cambio de nombre
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Prontuario diligencias voluntarias de Cambio de NombreTRANSCRIPT
ACTA NOTARIAL DE CAMBIO DE NOMBRE.
ACTA DE REQUERIMIENTO: En la ciudad de Mazatenango, departamento de
Suchitepéquez, siendo las nueve horas del dos de marzo de dos mil nueve, yo, JORGE
LUIS MAZARIEGOS MOLINA, Notario, soy requerido en mi oficina profesional
ubicada en la séptima calle tres guión cuarenta de la zona tres de esta ciudad por el señor
CESAR AUGUSTO HERNÁNDEZ PULIDO, quien es de veinte años de edad,
soltero, guatemalteco, Maestro de Educación Primaria Urbana, de este domicilio, se
identifica con la cédula de vecindad número de orden Jota guión diez y de registro
ochocientos noventa y cuatro mil doscientos veinte, extendida por el Alcalde Municipal
de este municipio, quien requiere de mis servicios notariales a efecto de que sea
tramitado ante mi LAS DILIGENCIAS VOLUNTARIAS EXTRAJUDICIALES DE
CAMBIO DE NOMBRE de su persona, procediéndose de la forma siguiente:
PRIMERO: El requirente es juramentado de conformidad con la ley y para que se
conduzca con la verdad en la presente acta y así ofrece hacerlo advirtiéndosele del delito
de perjurio; me manifiesta llamarse como quedó escrito, ser de los datos de identificación
personal anotados y requiere de mis servicios notariales para que de conformidad con lo
establecido en el Código Civil y en Leyes Conexas, se tramite el PROCESO
VOLUNTARIO EXTRAJUDICIAL DE CAMBIO DE NOMBRE del requirente ya que
como consta en la certificación de su partida de nacimiento, nació en este municipio el
diez de enero de mil novecientos ochenta y nueve, estando inscrito su nacimiento en el
Acta número diez mil novecientos ochenta (10,980), folio diez (10), del libro
cuatrocientos noventa y nueve (499) de nacimientos del Registro Civil local y solicita el
cambio de su nombre por el de JORGE HUMBERTO HERNÀNDEZ LORENZANA,
por ser este con el que se le ha llamado y es conocido, así como el que ha usado en los
actos de su vida, incluso documentos de trabajo están con ese nombre, ya que con el que
fue inscrito no lo usa por no ser de su agrado. SEGUNDO: Para el efecto el requirente
me propone y ofrece los siguientes medios de prueba: a) su propia declaración, en la que
informa sobre los motivos por los que solicita su cambio de nombre; b) DOCUMENTO:
consistente en la certificación de su partida de nacimiento, extendida por el Registro
Nacional de Personas con fecha diez de febrero del presente año. TERCERO: En virtud
de lo anterior el requirente me solicita: I) que se tengan por iniciadas las diligencias
voluntarias extrajudiciales de cambio de nombre, II) Por presentado el documento ya
indicado; III) por recibida la información del caso; IV) Que se elaboren los edictos que
manda la ley en el diario oficial y en otro de mayor circulación; V) que en su oportunidad
se dicte la resolución correspondiente accediendo al CAMBIO DE NOMBRE DE
CESAR AUGUSTO HERNÀNDEZ PULIDO, por el de JORGE HUMBERTO
HERNÀNDEZ LORENZANA, ordenando se haga la publicación final y la
modificación en el Registro Nacional de Personas (RENAP). No habiendo nada más
que hacer constar termino la presente acta en el mismo lugar y fecha, cuarenta minutos
después de su inicio la que consta de una hoja de papel bond a la que adhiero un timbre
fiscal de cincuenta centavos. Leo lo escrito al compareciente quien bien enterado de su
contenido, objeto, validez y demás efectos legales, la acepta, ratifica y firma. DOY FE:
f)
Sello y Firma del Notario
BUFETE PROFESIONAL DEL NOTARIO JORGE LUIS MAZARIEGOS
MOLINA, Séptima calle tres guión cuarenta de la zona tres, Mazatenango,
Suchitepéquez
Mazatenango, diez de marzo de dos mil nueve.
I) Se tienen por iniciadas las diligencias voluntarias extrajudiciales de CAMBIO
DE NOMBRE del señor CESAR AUGUSTO HERNÁNDEZ PULIDO.
II) Agréguese al expediente el documento presentado.
III) Se tiene por recibida la información del solicitante;
IV) Publíquense los edictos en el Diario Oficial y en otro de mayor circulación.
V) Lo demás solicitado téngase presente para su oportunidad. Artículos 1,2,18
del Decreto 54-77 del Congreso de la República.
FIRMA Y SELLO DEL NOTARIO
A oficina profesional Séptima calle tres guión cuarenta, zona tres, Mazatenango,
Suchitepéquez, se presentó CESAR AUGUSTO HERNÀNDEZ PULIDO, a solicitar
CAMBIO DE NOMBRE por el de JORGE HUMBERTO HERNÁNDEZ
LORENZANA. Se puede formalizar oposición por quienes se consideren
perjudicados.
Mazatenango, Suchitepéquez, doce de marzo de dos mil nueve.
FIRMA Y SELLO DE NOTARIO
BUFETE PROFESIONAL DEL NOTARIO JORGE LUIS MAZARIEGOS
MOLINA, Séptima calle tres guión cuarenta de la zona tres, Mazatenango,
Suchitepéquez
Mazatenango, Suchitepéquez, dos de julio de dos mil nueve.-----------------------------------
SE TIENE A LA VISTA: Para resolver las diligencias voluntarias extrajudiciales de
CAMBIO DE NOMBRE que ante mi, inició y sigue el señor CESAR AUGUSTO
HERNÁNDEZ PULIDO.
El objeto de las diligencias es su CAMBIO DE NOMBRE, deseando usar legalmente el
nombre de JORGE HUMBERTO HERNÀNDEZ LORENZANA.----------------------------
DEL ESTUDIO DEL EXPEDIENTE APARECE: El señor CESAR AUGUSTO
HERNÁNDEZ PULIDO, requirió mis servicios notariales el día diez de marzo del
presente año para las presentes diligencias, manifestando que nació en este municipio el
diez de enero de mil novecientos ochenta y nueve, estando inscrito su nacimiento en el
Acta número diez mil novecientos ochenta (10,980), folio diez (10), del libro
cuatrocientos noventa y nueve (499) de nacimientos del Registro Civil local en donde
aparece inscrito como CESAR AUGUSTO HERNÀNDEZ PULIDO, habiéndome
presentado la certificación de su partida de nacimiento. Como el nombre con el que fue
inscrito no es de su agrado, además no lo usa, ya que utiliza y es conocido con el nombre
de JORGE HUMBERTO HERNÁNDEZ LORENZANA y que dicho nombre aparece en
algunos documentos relacionados, dando su propia declaración, misma que consta en el
expediente.---------------------------------------------------------------------------------------------
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DE LA PRIMERA RESOLUCIÓN: con fecha diez de marzo del presente año se dictó la
primera resolución en la cual se tuvo por iniciadas las diligencias dejándose agregado al
expediente respectivo el documento presentado, se tuvo por recibida la información del
solicitante, se ordenó publicar los edictos en el Diario Oficial y en otro de mayor
circulación por el término establecido por la ley.-------------------------------------------------
DE LAS PRUEBAS RENDIDAS: I) Documental; consistente en la certificación de la
partida de nacimiento del interesado, extendida por el Registro Nacional de Personas
(RENAP), de este municipio, el diez de febrero del presente año; II) Información del
propio interesado en la primera solicitud; III) Publicaciones efectuadas en el Diario
Oficial y en Prensa Libre, los días veintidós de julio, cinco y diecinueve de agosto del
presente año, documentos que están agregados al expediente.----------------------------------
CONSIDERANDO: que nuestro ordenamiento legal establece que la persona que por
cualquier motivo desee cambiar su nombre, de acuerdo con lo dispuesto en el Código
Civil, lo puede solicitar ante Notario, expresando para el efecto los motivos que tenga
para hacerlo y el nombre completo que desea adoptar. En el presente caso, se presentó
CESAR AUGUSTO HERNÁNDEZ PULIDO, solicitando el cambio de nombre de
conformidad con la ley y expresó los motivos para hacerlo, manifestando que el nombre
que desea adoptar es el de JORGE HUMBERTO HERNÀNDEZ LORENZANA,
aportando las pruebas del caso.----------------------------------------------------------------------
CONSIDERANDO: Que el Notario recibió la información ofrecida y mandó publicar
los edictos por el término de ley en los que se advirtió que se podía formalizar oposición
por quienes se consideraren perjudicados por el cambio de nombre; que reciba la
información y transcurridos los diez días a partir de la última publicación no hubo
oposición al mismo, en tal virtud, es procedente dictar la resolución accediendo al
cambio de nombre. Artículos 6 y 7 del Código Civil; 438 y 439 del Código Procesal
Civil y Mercantil; 18 y 19 del Decreto 54-77 del Congreso de la
República.---------------------------------------------
POR TANTO: Con base en lo considerado y leyes citadas, al resolver DECLARO: a)
Con lugar las presentes diligencias voluntarias extrajudiciales de Cambio de Nombre. B)
se hace constar y se accede al cambio de nombre de CESAR AUGUSTO HERNÁNDEZ
PULIDO por el de JORGE HUMBERTO HERNÁNDEZ LORENZANA. c) Publíquese
por una sola vez el cambio de nombre en el Diario Oficial. D) Extiéndase certificación
para que se proceda a hacer la anotación en el Registro Nacional de Personas de este
municipio en donde se encuentra el nacimiento en el Acta número diez mil novecientos
ochenta (10,980), folio diez (10), del libro cuatrocientos noventa y nueve (499), de
nacimientos. E) envíese el expediente al Archivo General de Protocolos.
FIRMA Y SELLO DEL NOTARIO
ESQUEMA DE CAMBIO DE NOMBRE
Acta notarial de requerimiento
Primera Resolución
Edictos
Edicto
Recibe información testimonial (sí la hubiere)
Resolución o Auto final
Expedición de Certificación para el Registro Nacional de
Personas
Remisión del Expediente al Archivo General de Protocolo