calendario 2011 - ministerio de energía y minas - inicio · de conformidad con lo dispuesto por...

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FEBRERO

MARZO

ABRIL

MAYO

2011

FECHA LÍMITE PARA CANCELAR DERECHO DE VIGENCIA

10 PRIMEROS DÍAS DE CADA MES LOS TITULARES DELA ACTIVIDAD MINERA DEBEN CUMPLIR CON

PRESENTAR SU DECLARACION ESTADÍSTICA MENSUAL

ESTAMIN

LEGISLACIÓN MINERA

BÁSICA

OFICINA DE IMAGEN INSTITUCIONAL Y COMUNICACIONES

D.S. N° 014-92-EM: TUO de la Ley General de Minería.

D.S. N° 018-92-EM:Reglamento de Procedimientos Mineros.

D.S. N° 03-94-EM:Reglamento de los Títulos Pertinentes del TUO de la Ley General de Minería.

Ley N° 28611:Ley General del Ambiente.

Ley N° 27446 y Decreto Supremo Nº 019-2009-EM:Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental y su Reglamento.

Decreto Supremo N° 016-1993-EM y modificaciones: Reglamento de Protección Ambiental de las Actividades Minero-Metalúrgicas.

Ley N° 28090 y Decreto Supremo Nº 033-2005-EM: Ley que regula el Cierre de Minas y su Reglamento.

Decreto Supremo Nº 020-2008-EM:Reglamento Ambiental para las Actividades de Exploración Minera.

Decreto Supremo Nº 028-2008-EM: Reglamento de Participación Ciudadana en el Subsector Minero.

Ley N° 27651, Decreto Supremo N° 013-2002-EM y Decreto Supremo Nº 051-2009-EM: Ley de Formalización y Promoción de la Pequeña Minería y la Minería Artesanal y su Reglamento.

Resolución Ministerial N° 167-2008-MEM/DM: Aprobación de Términos de Referencia Comunes para las actividades de exploración minera Categoría I y Categoría II.

Resolución Ministerial N° 304-2008-MEM/DM: Aprobación de Normas que regulan el Proceso de Participación Ciudadana en el Subsector Minero.

Ley N° 28271 y D.S. N° 059-2005-EM: Ley que regula los Pasivos Ambientales de la Actividad Minera y su Reglamento.

D.S. N° 055-2010-EM y anexos:Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional en Minería.

DAC 2010Es importante estar atento en los primeros meses del año de la publicación de la Resolución Directoral que

autoriza el inicio y plazo de presentación de la Declaración Anual Consolidada (ver detalles atrás)

DICIEMBRE

JULIO

AGOSTO

SETIEMBRE

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NOVIEMBRE

2011

10 PRIMEROS DÍAS DE CADA MES LOS TITULARES DELA ACTIVIDAD MINERA DEBEN CUMPLIR CON

PRESENTAR SU DECLARACION ESTADÍSTICA MENSUAL

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¿En qué consiste la Declaración Anual Consolidada?Es una declaración jurada mediante la cual usted informa al MEM sobre las actividades que desarrolló durante el año previo.Estas declaraciones permiten producir estadísticas sobre el desempeño de la minería en el Perú –tanto para la minería artesanal como para la minería en pequeña, mediana y gran escala–; y así evaluar su impacto en la economía nacional.

¿Qué datos debo proporcionar en mi DAC?

Entre la información que debe presentar en su DAC se encuentra por ejemplo, la identificación, ubicación y situación en la que se encuentra(n) su(s) derecho(s) mineros; las inversiones realizadas; la declaración de la acreditación de la producción mínima, etc.

¿Cómo presento mi DAC?

A través de un formulario electrónico que está disponible en forma gratuita en la extranet de la página web del MEM http://extranet.minem.gob.peEso significa que desde cualquier lugar que cuente con un computador con acceso a Internet, usted va a poder llenar su formulario de DAC. Para ello, necesita contar con : • Un nombre de usuario, y• Una contraseña de acceso.Tanto el nombre de usuario como la contraseña los puede obtener sin costo en el MEM o en la DREM de su región.Sólo necesita acercarse a cualquiera de estas autoridades con su DNI, o solicitarlos a través de un representante acreditado con carta poder legalizada.

¿Qué pasa si no puedo llenar bien mi DAC o si necesito ayuda?En la página web del MEM puede usted encontrar una guía sobre cómo llenar la DAC. Además, el propio formulario de la DAC cuenta con instrucciones sobre cómo llenarlo.Sin embargo, si le quedaran dudas o necesitara ayuda adicional, puede enviar un correo electrónico a la siguiente dirección: [email protected] o formular su consulta vía telefónica al MEM (618-8700 Anexo 2273- 2276).

¿Debo llenar todo el formulario de declaración?Asegúrese de llenar todas las secciones del formulario de la DAC. El formulario sólo presenta secciones que se adecuan a las características, sustancia metálica o no metálica y tipo de operaciones que usted realiza.

¿La información de la DAC es confidencial?Sí, es totalmente confidencial. El Ministerio no puede divulgar ninguna información de su declaración. Toda la información permanece en la base de datos del MEM para fines estadísticos y sólo los funcionarios acreditados tienen acceso a ella.

¿Cuál es el plazo de presentación de la DAC?La fecha de presentación de la DAC la establece cada año la Dirección General de Minería del MEM, mediante Resolución Directoral.Por ejemplo, el plazo de presentación de la DAC 2009, en la cual los titulares mineros declaran las actividades que realizaron durante el año 2009, fue el 30/06/2010, fecha establecida a través de la R.D.N° 131-2010-MEM/DGM. Entre los meses de mayo y junio debe estar atento a la expedición de la RD que autoriza la presentación de esta obligación.

¿Qué pasa si no cumplo con presentar mi DAC?Se le aplicará una sanción que consiste en el pago de una multa equivalente a:• Dos UIT como máximo, si es usted un PPM acreditado.• Una UIT como máximo, si es usted un PMA acreditado.Si no estuviera acreditado como PPM o PMA, la sanción impuesta sería hasta de seis UIT como máximo.El valor de la UIT cada año es determinado por el Ministerio de Economía y Finanzas. Para el año 2010, el monto aprobado para la UIT fue de S/. 3,600.

Para cumplir con la obligación de presentar la DAC no se requiere hacer ningún pago, basta con ingresar a la

página web extranet.minem.gob.pe y llenar los formularios electrónicos respectivos.

¿Qué cuidado debo tener con mi contraseña?A fin de garantizar que nadie más conozca su contraseña, una vez que la reciba y acceda por primera vez al extranet del MEM (extranet.minem.gob.pe), el sistema le pedirá cambiar su contraseña y registrar un correo electrónico válido, para que en el futuro si olvida su contraseña pueda recuperarla vía internet ingresando a http://extranet.minem.gob.pe/mail_password_form

¿Quiénes deben presentar los reportes ESTAMIN?De conformidad con lo dispuesto por las normas reglamentarias de la Ley General de Minería, todos los titulares de la actividad minera deben presentar mensualmente información necesaria para elaborar las encuestas estadísticas mineras.

¿Qué reportes debo presentar?Son dos tipos de reportes los que debe presentar:• Reporte mensual de avances de producción; y• Reporte de estadísticas de incidentes y accidentes.

¿Cuándo debo presentarlos?Deben de ser presentados en el plazo de 10 días calendario posteriores al vencimiento de cada mes.

¿Cómo los presento?Para la presentación de los reportes, el MEM ha aprobado un formulario electrónico (Encuestas estadísticas de producción y de seguridad minera - ESTAMIN), que está disponible en la extranet de la página web del MEM: extranet.minem.gob.pe.Para acceder a este formulario se utilizará el mismo nombre de usuario y clave secreta que para la presentación de la DAC.

¿Dónde obtengo ayuda para llenar mis reportes ESTAMIN?En la página web del MEM puede usted encontrar una guía sobre cómo llenar la ESTAMIN. Además, el propio formulario de web del ESTAMIN cuenta con instrucciones sobre cómo llenarlo.Sin embargo, si le quedaran dudas o necesitara ayuda adicional, puede enviar un correo electrónico a la siguiente dirección: [email protected] o formular su consulta, vía telefónica, al MEM (618-8700 Anexo 2273 - 2276).

Declaración Anual Consolidada - DAC

Reporte Estadístico Mensual - ESTAMIN

PEQUEÑA MINERÍA Y MINERÍA ARTESANAL

Le permite trabajar en el área autorizada, planeando sus operaciones hasta el ven-cimiento del plazo del contrato.

Genera derechos incuestionables, que eliminan los conflictos que pudieran surgir con la comunidad y/o con terceros.

Incentiva la inversión. La garantía de que no será desalojado “en cualquier mo-mento”, lo que permite invertir en traba-jos de exploración-desarrollo, para una explotación racional.

Le permite comprar legalmente, explo-sivos y accesorios de voladura a precio de mercado, sin tener que pagar sobre-precios en el “mercado negro” ni expo-nerse a ser sancionado por compra, po-sesión, transporte y uso ilegal de explo-sivos y conexos.

Son aplicables los beneficios mínimos que otorga la ley, tanto en el aspecto laboral, como de salud y seguridad.

Logra acceso a crédito y financiamien-tos, pues puede utilizar el contrato de explotación como garantía de pago.

Cuenta con otros beneficios que otorga la ley, tales como programas de capa-citación en el área legal, técnica y de gestión ambiental.

Puede realizar la comercialización de sus minerales libremente sin ser condicio-nado.

Vía PROCEDIMIENTO CONVENCIO-NAL de formular su petitorio minero ante el Ingemmet y, solicitar permisos y autorizaciones para realizar activi-dades con las ventajas de la acredi-tación de PPM y PMA , o ...

Vía CONTRATO DE EXPLOTACIÓN entre el minero artesanal y el titular de la concesión minera. Mediante este contrato el titular autoriza a personas naturales o jurídicas a desarrollar actividad minera artesanal para extraer minerales en una parte o en el área total de su concesión minera, a cambio de una contraprestación.

VENTAJAS DELA MINERÍA FORMAL

LEY 27651

LEY DE FORMALIZACIÓN Y PROMOCIÓN DE LA PEQUEÑA MINERÍA

Y MINERÍA ARTESANAL Y SU REGLAMENTO EL D.S. 013-2002-EM

Reconoce e incorpora al minero artesanal en la legislación minera peruana.

Define sus características de estratificación.

Establece los procedimientos tendientes a su formalización, desarrollo y consolidación.

PPP

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PPP

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ALTERNATIVAS DEFORMALIZACIÓN

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MODIFICADO POR DEC. LEG. 1040

El título de concesión minera no autoriza por si mismo a realizar las actividades mineras de exploración y explotación, sino que previamente el concesionario deberá:• Gestionar la aprobación del Instituto Nacional de Cultura de las declaraciones,

autorizaciones o certificados que son necesarios para el ejercicio de las actividades mineras.

• Contar con la certificación ambiental emitida por la autoridad ambiental competente con sujeción a las normas de participación ciudadana.

• Obtener el permiso para la utilización de tierras mediante acuerdo previo con el propietario del terreno superficial o la culminación del proceso de servidumbre administrativa conforme a la reglamentación sobre la materia

• Obtener las demas licencias, permisos y autorizaciones que son requeridos en la legislación vigente de acuerdo con la naturaleza y localización de las actividades que va a desarrollar. Art. 23º del D.S. Nº 018-92-EM - Reglamento de Procedimientos Mineros

de la Ley General de Minería, modificado por el art. 1º del D.S. Nº 059-2008-EM

OFICINA DE IMAGEN INSTITUCIONAL Y COMUNICACIONES

Es importante recordar ...

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