cálculos de nómina y prestaciones sociales
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Nómina Laboral
Prestaciones Sociales
Bajo la Nueva Ley Orgánica del Trabajo,los Trabajadores y
las Trabajadoras
MSc. Nelly Ocando
Octubre de 2015
Material de apoyo
Nombre del participante
Contenido
Introducción
Artículo 35: Definición de trabajador o trabajadora dependiente.
Artículo 36: Definición de trabajador o trabajadora no dependiente
Artículo 40: Definición de patrono
Artículo 76: Causas de terminación de la relación de trabajo
Artículo 77: Clases de despido
Artículo 78: Definición de retiro
Artículo 79: Causas justificadas de despido
Artículo 80: Causas justificadas de despido
Artículo 84: Constancia de trabajo
Artículo 92: Indemnización por terminación de la relación de trabajo por
causas ajenas a la trabajadora o el trabajador.
Artículo 104: Salario
Artículo 105: Beneficios sociales de carácter no remunerativo.
Artículo 112: Formas de estipular el salario.
Artículo 117: Pago el bono nocturno
Artículo 118: Pago de horas extraordinarias
Artículo 119: Pago del día feriado y de descanso
Artículo 120: Pago por trabajo en días feriados o descanso
Artículo 121: Salario por vacaciones
Artículo 122: Salario base para el cálculo de las prestaciones sociales
Artículo 131: Beneficios anuales o utilidades
Artículo 132: Bonificación de fin de año
Artículo 136: Forma de cálculo de las utilidades
Artículo 140: Bonificación de fin de año en patronos o patronas sin fines
de lucro.
Artículo 141: Régimen de Prestaciones sociales
Artículo 142: Garantía y cálculo de la prestaciones sociales
Artículo 147: Fondo Nacional de prestaciones
Artículo: 168: Horas de descanso y de alimentación.
Artículo 173: Límites de la jornada laboral.
Artículo 178: Definición y limites de las horas extraordinarias
Artículo 184: Días hábiles y días feriados.
Artículo 190: Las vacaciones
Artículo 192: Bono vacacional
Ley del Programa de Alimentación según Gaceta Oficial 6.127
¿Qué una nómina laboral?
Estructura
Identificación
Datos del Trabajador
Devengado en el período
Clases de salarios
Salario diario
Salario normal
Salario integral
Salario por hora
Elementos del Salario
Jornada de Trabajo
Bono Nocturno
Descanso Semanal
Horas Extraordinarias
Base para calcular las horas extras
Método para determinar las horas extras
Horas Extras diurnas
Horas extras nocturnas
Día Feriado
Dia feriado trabajado
Deducciones
Aportes al IVSS.
Método para retener SSO, RPE Y FAOV
Deducciones
Casos prácticos
Conclusión
Bibliografía
Introducción
La Nueva Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y
Trabajadoras (LOTTT) ha derogado a la Ley Orgánica del Trabajo del
año 1997 con el objeto de disminuir la jornada laboral en beneficio de las
clases sociales trabajadoras. La derogación de la legislación laboral
anterior se hizo responsablemente según Decreto Oficial Nº. 8983 del
30 de abril del año 2012 y de acuerdo la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela.
Si bien es cierto, la legislación laboral anterior se sustentaba con
artículos relacionados con las horas extras diurnas, nocturnas y mixtas
ocasionadas por los trabajadores (as) y las prestaciones sociales. A este
respecto, la Nueva LOTTT está dirigida hacia las mejoras de carácter
salarial de las clases sociales dentro de un sistema económico productivo.
De igual manera, la Nueva LOTTT incrementa, las utilidades, las
vacaciones y el bono vacacional, las prestaciones sociales. Es preciso
mencionar, que para la elaboración del vigente material de apoyo la
autora tomó ejemplos de otros autores que tienen altos niveles de calidad
académica y reconocimientos profesionales, experiencias didácticas y
pedagógicas de la temática de la legislación laboral y los incorporó como
temas pertinentes para la interpretación y posterior aplicación de los
artículos según sea el caso en cuestión.
Atendiendo a estas consideraciones, son de carácter obligatorio las
aplicaciones de la Nueva LOTTT. De acuerdo con la citada ley en el
presente trabajo usted encontrará ejercicios prácticos muy útiles. Solo se
requerirá que sea disciplinado (a) en su actividad relacionada con los
pasivos laborales empresariales.
Desarrollo
El artículo 35: expresa lo siguiente se entiende por trabajador o
trabajadora dependiente, toda persona natural que preste servicios
personales en el proceso social de trabajo bajo dependencia de otra
natural o jurídica.
Comentarios: las personas que prestan servicios para otros
recibirá un pago o una remuneración por el servicio prestado.
Artículo 36: los trabajadores o trabajadoras no dependientes o por
cuenta propia son aquellos o aquellas que no dependen de patrono o
patrona alguno (a).
Comentarios: los trabajadores y las trabajadoras que no presten
servicios a un patrono o patrona tienen derecho a la seguridad social.
Artículo 40: patrono o patrona es toda persona natural o jurídica
que tenga bajo su dependencia a una o más trabajadora o trabajadora, en
virtud de una relación laboral en el proceso social de trabajo.
Comentarios: el artículo expresa que para que haya una relación
laboral debe existir la figura de patrono o patrona y otra figura que es la
conformada por el trabajador o la trabajadora.
Artículo 76: la relación de trabajo puede terminar por cualquier
causa: despido, retiro, voluntad común, causas ajenas a la voluntad de
ambos.
Comentarios: son más varias las causas por las que puede
terminar una relación laboral: el patrono o patrona pueden retirar a el
trabajador o a la trabajadora de la empresa, también se pueden poner de
acuerdo para terminar la relación laboral, el trabajador o la trabajadora
pueden tomar la decisión de retirarse voluntariamente de la empresa.
Artículo 77: los tipos de despidos:
a) Justificado: cuando la trabajadora o el trabajador haya
incurrido en una causa prevista por esta ley.
b) No justificado: cuando se realiza sin el trabajador o la
trabajadora hayan incurrido en causa legal que lo justifique.
Comentarios: el despido justificado ocurre cuando el trabajador o la
trabajadora han incurrido en faltas graves (tal como establece el
articulo79).
En relación al despido no justificado o injustificado es cuando el
patrono o patrona despide al trabajador o a la trabajadora sin causa justa
y le paga todas sus prestaciones sociales acordes a la presente ley.
Artículo 78: se refiere al retiro como la manifestación unilateral de
poner fin a la relación laboral en forma espontanea sin coacción.
Comentarios: los trabajadores y las trabajadoras toman la decisión
de retirarse del trabajo de manera espontánea de la empresa para cual
presta sus servicios.
Artículo 79: los causales del despido justificado son varios (leer en
todo el artículo 79)
Comentarios: el referido es muy amplio razón por la cual le sugiero
leerlo y luego comentar sobre lo leído.
Artículo 80: el referido artículo trae consigo varios causales de
despido justificado entre los cuales se mencionan a continuación los
siguientes:
a) Falta de probidad.
b) Actos inmorales.
c) Injuria o falta de respeto.
d) Vías de hecho.
e) Acoso laboral o sexual.
Comentarios: son varias las causas que puede dar lugar a un
despido justificado si se comprueba que el trabajador o trabajadora han
faltado a lo que contenido en el artículo 80.
Artículo 84: cuando la relación de trabajo termine el trabajador o la
trabajadora tienen derecho a recibir del patrono o patrona una constancia
de trabajo donde se especifique lo siguiente:
a) La duración de la relación laboral (tiempo).
b) El último salario devengado por el trabajador.
c) El oficio desempeñado.
Comentarios: la constancia de trabajo debe ser expedida por el patrono
o patrona o por algún representante de la empresa.
Artículo 92: en caso de despido sin causa justa el patrono o
patrona deberá pagarle a la trabajadora o trabajador una indemnización
equivalente al monto que le corresponde por concepto de las
prestaciones sociales.
Comentarios: el despido injustificado establece pagar una
indemnización al doble de las prestaciones sociales. Este artículo deroga
en su totalidad al artículo 125 de la extinta Ley Orgánica del Trabajo.
Artículo 104: se considera salario la remuneración que recibe el
trabajador por concepto de pago por sus servicios prestados a un patrono
o patrona.
Comentarios: la ley establece una definición muy amplia del salario
(les sugiero leer en toda su extensión al referido artículo 104).
Articulo105: los beneficios sociales que reciba el trabajador o la
trabajadora no se consideran salario tales como:
a) Los servicios de educación inicial
b) Las provisiones de ropa.
c) El pago de gastos funerarios.
d) El otorgamiento de becas o pagos de cursos de capacitación,
formación o especialización.
Comentarios: los beneficios que reciben los trabajadores y las
trabajadoras no se consideran parte del salario, aunque al patrono o a la
patrona les cueste dinero.
Artículo 112: la presente ley contempla que el salario se puede
estipular de la siguiente manera:
a) Por unidad de tiempo.
b) Por unidad de obra.
c) Por pieza o a destajo.
d) Por tarea o comisión.
En relación a las horas extraordinarias
Concepto: las horas extraordinarias, también llamadas sobretiempo u
horas extras, es el tiempo durante el cual el trabajador o la
trabajadora prestan sus servicios al patrono o patrona fuera de su
jornada ordinaria. Estas horas extraordinarias tiene carácter o
accidental o eventual solo se utilizan cuando se presentan trabajados
imprevistos o de emergencia.
Artículo 117: el bono nocturno se pagará con un recargo el 30%
sobre el salario de la jornada diurna.
Comentarios: el trabajador o trabajadora que cause horas nocturnas
se les pagará con un treinta por ciento (30%) de recargo, por lo menos,
sobre el salario convenido para la jornada diurna.
Artículo 118: las horas extraordinarias serán pagadas con el recargo
del 50% del salario convenido para la jornada diurna:
Comentarios: en este artículo 118 se toma como base el salario diario
o normal dividido entre 8 horas que es la jornada diurna según el Artículo
173 y el cociente que arroje se multiplique por la horas extras diurnas
trabajadas. Ejemplo: el salario mensual actual es de Bs. 4.889 para
determinar el salario diario se divide entre 30 días: Bs. 4.889/30=162,96 y
luego para determinar el salario por horas se divide entre las 8 horas
diarias de trabajo en horario diurno es decir, Bs. 162.96/8 horas=20,37
salario por hora, ahora se multiplica por las horas extras diurnas que
tenga el trabajador o la trabajadora y luego se multiplicar por el cincuenta
por ciento (50%) de recargo.
Artículo 119: contiene lo referente al pago día feriado y el día de
descanso, indica que los trabajadores y trabajadoras tienen derechos a
recibir pago por sus días de descanso.
Comentarios: en referencia al artículo anterior el trabajador o la
trabajadora tienen totalmente garantizado sus días de descanso. Es decir
la jornada de trabajo es de lunes a viernes, entonces el patrono o patrona
deberá cancelarle dos días de descanso que son los sábados y los
domingos y el día feriado si lo hubiere también debe ser cancelado.
Artículo 120: cuando el trabajador o trabajadora preste sus servicios
en el día feriado tendrá derecho al salario correspondiente at ese día y
además al que le corresponda por razón del trabajo realizado, calculado
con recargo del cincuenta por ciento (50%) sobre el salario normal.
Comentarios: se aprecia que el trabajador y trabajadora están
amparados por el referido artículo 120 porque si laboran en los días
feriados el patrono o patrona deberá pagarle dos días y medio con base al
salario que devenga para la fecha del día feriado..
Artículo 121: las vacaciones de pagan al salario normal que devenga
el trabajador o trabajadora.
Comentarios: es deber del patrono o patrona pagará al trabajador
o trabajadora las vacaciones al salario que devenga para el momento de
la salida de las vacaciones y no al salario que tenía cuando entró a
prestar sus servicios en determinada empresa.
Artículo 122: enuncia este artículo que las prestaciones sociales
se cancelarán al último salario devengado por el trabajador o trabajadora.
Comentarios: el artículo 122 protege el derecho a las prestaciones
sociales e indemnizaciones de los trabajadores y trabajadoras porque
antes las prestaciones sociales se cancelaban a salario devengado por
año, es decir, se calculaba el salario integral en base a los salarios
percibidos en cada uno de los años de servicios prestados hasta llegar al
último año de servicio y salario percibido.
Artículo 131: los trabajadores y trabajadoras se le deben cancelar
el quince por ciento (15%) de los beneficios líquidos (utilidades de la
empresa) que obtenga antes del pago del Impuesto Sobre la Renta
(ISLR).
Comentarios: el beneficio por concepto de utilidades establece un
tope mínimo de 30 días (1 mes) y máximo 120 días (4 meses). Ningún
trabajador o trabajadora estará por debajo de la percepción de 30 días de
salario.
Artículo 140: una bonificación de 30 días de salario como mínimo
Comentarios: este artículo beneficia en toda su extensión a los
trabajadores y trabajadoras porque en la derogada Ley Orgánica del
Trabajo del año 1997 solo se pagaba como mínimo por concepto de
bonificación de fin de año 15 días de salario, ahora el pago por concepto
de utilidades es de 30 días como remuneración mínima.
Artículo 141: el nuevo régimen de las prestaciones sociales
establece el pago de este derecho en forma proporcional al tiempo de
servicio calculado al último salario devengado por el trabajador y
trabajadora. Además, si el patrono o patrona tarda en cancelar el
beneficio este genera intereses de mora.
Comentarios: el mencionado artículo beneficia y reivindica a la
masa trabajadora al cancelarle la liquidación de sus prestaciones sociales
al último salario devengado.
Artículo 142: el cálculo para cancelar las prestaciones sociales
será al último salario devengado por el trabajador o trabajadora. El
patrono o patrona depositarán trimestralmente en una cuenta bancaria o
en la contabilidad de la empresa 15 días de salario integral. Además en
literal b del citado artículo el patrono o patrona depositará dos (2) días de
adicionales de salario integral por cada año acumulado de servicios. Este
derecho se establece al iniciarse la relación laboral.
Comentarios: el artículo anterior deroga en su totalidad al artículo
108 de la extinta Ley Orgánica del trabajo. Porque el trabajador tenía
derecho al pago de la antigüedad después de tres (3) meses de servicios
prestados para una entidad de trabajo. Bajo la Nueva LOTTT al iniciarse
la relación laboral de inmediato el trabajador (a) comienzan a percibir el
pago de 5 días integral por mes y trimestralmente el patrono o patrona
depositará 15 días a salario integral.
Artículo 147: La nueva Ley Orgánica del Trabajo, las
Trabajadoras y los Trabajadores establecen un Fondo Nacional de
prestaciones.
Comentarios: el citado artículo 147 deja a criterio del trabajador o
trabajadora la decisión de depositar en dicho fondo sus prestaciones
sociales.
Artículo 168: el trabajador o trabajadora tienen derecho a disfrutar
de las horas de descanso y de alimentación, el tiempo de descanso y
alimentación será de al menos una (01) hora diaria sin que pueda
obligarse al trabajador a trabajar más de cinco (05) horas continuas.
Durante los periodos de descanso y alimentación el trabajador tiene
derecho a suspender sus labores y a salir del lugar donde presta sus
servicios. (Articulo 168 LOTTT y Art. 5 Reglamento Parcial de la
LOTTT sobre el tiempo de trabajo)
Artículo 173: la jornada ordinaria de trabajo no excederá de cinco
días a la semana y el tiempo durante el cual el trabajador (a) se
encuentran a disposición para cumplir con las responsabilidades y tareas
a su cargo, en el proceso social del trabajo. Las horas extraordinarias o
sobretiempo no se consideran parte de la jornada ordinaria. (Artículos
167 LOTTT y Articulo. 2 del Reglamento Parcial de la LOTTT sobre el
tiempo de trabajo.)
La jornada ordinaria de trabajo es diurna cuando se cumple
entre las 5:00 a.m. y 7:00 p.m.; en principio no podrá exceder de ocho
(08) horas diarias, ni de cuarenta (40) horas semanales. (Articulo 173
LOTTT)
La jornada ordinaria de trabajo es nocturna cuando se cumple
entre las 7:00 p.m. y 5:00 a.m. no podrá exceder de siete (07) horas
diarias, ni de treinta y cinco (35) horas semanales. (Articulo 173 LOTTT)
La jornada ordinaria de trabajo es mixta cuando comprende
periodos de trabajo nocturnos y diurnos y no podrá exceder de siete horas
y media (71/2) diarias, ni de treinta y siete horas y media (37 ½)
semanales. (Articulo 173 LOTTT)
Nota: cuando la jornada mixta tiene un periodo nocturno mayor de
cuatro (04) horas, la jornada se considera nocturna en su totalidad.
(Articulo 173 LOTTT)
Límites de la jornada de trabajo y los días de descanso.
La Jornada de trabajo no excederá de cinco días (05) días a la
semana y el trabajador o trabajadora, tendrá derecho a dos días de
descanso, continuos y remunerados, durante cada semana. (Articulo
173 LOTTT).
Nota importante: los dos días de descanso continuos incluirá el domingo,
pudiendo establecerse los días de descanso: sábado y domingo o
domingo y lunes. (Articulo 120 LOTTT y Art. 13 del Reglamento
Parcial de la LOTTT sobre el tiempo de trabajo).
Excepción: hay trabajos que no pueden ser interrumpidos. En estos
casos, el día de descanso puede ser otro distinto al domingo, pero
siempre deben ser dos días continuos y debe pactarse con los
trabajadores (as) esta posibilidad.
Tal es el caso, por ejemplo, de las entidades de trabajo de
producción y distribución de energía eléctrica, teléfono, agua y otros
servicios públicos, centros de salud, distribuidores de combustibles,
medios de comunicación social, transporte público, farmacias, hoteles,
turismo. (Articulo 185 LOTTT y Articulo 17 Reglamento Parcial de la
LOTTT sobre el tiempo de trabajo).
En los trabajos continuos y por turnos, el día de descanso también
puede ser distinto al domingo y un solo día de descanso por semana,
pero, en este último caso, debe compensarse con un día adicional de
disfrute vacacional correspondiente a ese año, con pago de salario y sin
incidencia en el bono vacacional.
Artículo 178: las horas fuera de la jornada diaria se consideran
extraordinarias.
Artículo 182: autorización para laborar en horas extraordinarias.
Para laborar horas extraordinarias se requiere la autorización previa de la
Insectoría del Trabajo. En caso imprevisto y urgente debidamente
comprobado, se podrá trabajar horas extraordinarias, de acuerdo con las
disposiciones indicadas en los artículos 179 y 180 de la LOTTT antes
enunciadas, sin previo permiso del Inspector, a condición que se le
notifique al día siguiente hábil y de que se comprueben las causas que lo
motivaron. (Artículo. 182 LOTTT y Articulo. 10 del Reglamento Parcial
de la LOTTT sobre el tiempo de trabajo)
Importante: en caso de laborarse las horas extraordinarias sin la
autorización del Inspector del Trabajo, éstas deberán pagarse con el
doble del recargo previsto en la LOTTT (2 x 50%), sin perjuicio de las
sanciones adicionales que resulten aplicables.
Artículo 183: Registro de horas extraordinarias. En toda entidad
de trabajo o empresa debe llevarse un Registro donde se anote todas las
horas extraordinarias utilizadas.
Comentarios: en el Registro de horas extraordinarias se dejará
constancia de los trabajos efectuados en esas horas, los trabajadores que
las realizaron y la remuneración especial que se haya pagado a cada
trabajador.
Artículo 190: las vacaciones se pagan al salario actual son 15 días
hábiles de salario cuando el trabajador o trabajadora cumpla un año (1)
de servicio laborando para un patrona o patrona, los años sucesivos el
trabajador o la trabajadora tendrán derecho a un día adicional de
vacaciones hasta un máximo de 30 días.
No se interrumpirá durante el disfrute de vacaciones el beneficio
de alimentación y las cotizaciones al seguro social que le corresponde al
trabajador y a la trabajadora.
Comentarios: se aprecia el cambio en el anterior artículo 219,
porque si el trabajador estaba disfrutando de sus vacaciones no percibía
el beneficio de alimentación.
Artículo 192: cuando el trabajador o trabajadora salga de
vacaciones recibirá aparte 15 días de salario más un (1) día adicional
por concepto de bono vacacional hasta un total de 30 días de salario.
Comentarios: el actual articulo 192 modifica a el artículo 223 de la
extinta Ley Orgánica del Trabajo porque antes el trabajador solo recibía
como pago por concepto de bono vacacional 7 días de salario más un día
(1) adicional al primer año de servicio; hasta un tope máximo de 21 días
de pago de bono vacacional .hoy en día la diferencia es significativa
porque el tope máximo con la Nueva LOTTT es de 30 días de salario
Nómina laboral
Estructura
Identificación
Datos del Trabajador
Devengado en el período
Acepciones del salario
No es parte del salario
Jornada de Trabajo
Bono Nocturno
Descanso Semanal
Horas Extraordinarias
Método para determinar las horas extras trabajadas
Horas Extras
Día Feriado
Día feriado trabajado
Deducciones
Ley del programa de alimentación según Gaceta Oficial 6.127
Método para retener el SSO, RPE y FAOV
Casos prácticos
Conclusión
Bibliografía
¿Qué una nómina laboral?
Existen diferentes conceptos relacionados con la nómina laboral
No obstante se puede definir de la siguiente manera: es un instrumento
que permite asentar todas las asignaciones y las deducciones de los
trabajadores y las trabajadoras.
Acepciones del salario
Artículo 105: no es salario los servicios de comedores,
provisiones para ropa, becas o pago para cursos de capacitación,
reintegro de gastos médicos entre otros.
Estructura de la nómina
Identificación
Membrete y logotipo de la empresa
RIF
Departamento
Tipo de nómina
Fecha
Datos del trabajador (a)
Apellidos y Nombres
Cedula de identidad
Cargo
Salario
Asignaciones
Deducciones
Neto a pagar
Artículo 173: jornada de trabajo
Jornada Extensiones Máximo
horas
diarias
Máximo
horas
semanales
Hora
ordinaria
Horas
extras
Diurna 5:00am -7:00 pm 8 40 Salario
diario
8 horas
Hora
ordinaria+
50%
Nocturna 7:00pm-5:00am 7 35 Salario
diario
7 horas
Hora
ordinaria+
50+30%
Mixta De las dos
anteriores
7,5 (37 ½) Salario
diario
7,5 horas
Hora
ordinaria+
50%
A continuación un ejercicio con bono de
productividad y bono nocturno
MSc. Nelly Ocando
Bono nocturno
Artículo 117: el bono nocturno se paga con un treinta por ciento
(30%) de recargo.
Ejercicio con bono nocturno
Se pide:
a) Determinar el monto a pagar por concepto de la semana
trabajada y los días descanso.
b) Elaborar comprobante de pago.
Apellido-Nombre C.I. V- Salario
diario
Bono de producción
semanal
Tromp Juan 10.550.639 247,38 200,00
Datos del trabajador
Apellido-Nombre: Tromp Juan
C.I. V-10.550.xxx
SD: 247,38
BPS: 200,00
Procedimiento para elaborar la nómina semanal con bono de
productividad y bono nocturno:
Semana trabajada: 5 días x SD= 5X247, 38=1, 236,94
Bono se producción: Bs. 200,00
Bono nocturno=semana trabajada+BPSx 30%
Entonces: 1.236,90+200x30%=1.436,90=431,07=1.867,97
Días de descanso: semana trabajada+BPS+BNx2
5 días
DD= 1.236,90+200+431,07x2
5
DD= 747,18
Total asignaciones Bs. 2.615, 15
Trabajador –Deducciones de carácter obligatorio
SSO= SDx7x4%
SSO= 247,38x7x4%
SSO= 69,26
RPE= SD x 7x 0, 50%
RPE= 247,38x7x0, 50%
RPE= 8, 65
FAOV= 2.615, 15x1%
FAOV= 26,15
Total deducciones Bs. 104,06
Neto a pagar Bs. 2.511,09
Elaborar comprobante de pago del ejercicio con bono de
productividad y bono nocturno
Empresa: ABC, S.A. RIF: Datos del trabajador: Apellido y Nombre: Tromp Juan C.I. Nº. V- 10.550.xxx Cargo: Obrero SD: Bs. 247,38 BPS: Bs. 200,00
Semana desde el día _______________Hasta el día______________
Recibe conforme Juan Tromp
Nombre y Apellido C.I.V-10.550.xxx
Asignaciones
Articulo Conceptos Días/horas Factor Sub-total
Semana trabajada 5 247,38 1.236,90
110 Bono de producción 200,00
117 Bono nocturno 431,07
119 Días de descanso 2 747,18
Sub-total asignaciones Bs. 2.615,15
Deducciones
SSO - 69,26
RPE - 8, 65
FAOV - 26,15
Total deducciones Bs. 104,05
Neto a pagar Bs. 2.511,10
Base para calcular las horas extras
Según los Artículos 117 y 118 de la Nueva Ley Orgánica del
Trabajo, los Trabajadores las Trabajadoras la cancelación de las
horas extras se pagan de la siguiente manera:
Explicación
Concepto Salario normal Horas extras
Hora extra diurna
(HED)
Es igual a una hora de
salario normal
Recargo del cincuenta por
ciento (50%) de esa misma
hora de recargo.
Concepto Salario normal Horas extras
Hora extra nocturna
(HEN)
Es igual a una hora de
salario normal
Recargo del cincuenta por
ciento (50%) más treinta
(30%) de esa misma hora
de recargo.
Según el Artículo 118 para cancelar las horas extras diurnas se procederá
así: HED se paga a salario normal de una hora +50% de recargo.
Salario hora: es la alícuota de dividir el salario diario entre las horas que
comprende la jornada diurna.
HED= Bs. /horas 1,50x cantidad de horas extras ocasionadas
Método para determinar las horas extras
Hora Diurna Semanal Hora extra diurna Salario por hora
diurna(SXH)
8 horas 40 horas HED= salario normal / 8
horas x 1,50x el número
de horas ocasionadas.
HED= SxHx1, 50x el
número de ocasionadas
HEN= Bs. /horax1, 50x el
número de horas extras
diurnas ocasionadas.
Hora
Nocturna
Semanal Hora extra nocturna Salario por hora
nocturna (SXH)
7 horas 35 horas HEN= salario normal/7
horasx1, 50 x 1,30 x el
número de horas extras
nocturnas ocasionadas.
HEN= SxHx1.50x1, 30x el
número de horas extras
nocturnas ocasionadas.
HEN= Bs. /horax1, 50x1, 30
por el número de horas
extras nocturnas
ocasionadas.
Hora
Mixta
Semanal Hora mixta Salario por hora
mixta
7,5 horas 37 ½
horas
Comprende los periodos
de trabajo diurnos y
nocturnos siempre y
cuando no sea mayor de
(4) horas de ser así se
considerará como jornada
nocturna.
HEM se paga a salario normal de una hora +50% de recargo.
HEM= SxHx1, 50 por el
número de horas extras
mixtas ocasionadas.
HEM= Bs. /horas x 1,50 de horas mixtas ocasionadas.
Debe señalarse que, para calcular las horas extraordinarias se
toma el salario base devengado por el trabajador o la trabajadora. No
obstante, si el trabajador (a) percibe bono de producción (Artículo 110),
de manera permanente, además, tiene horas extras ocasionadas
entonces la base para el cálculo será el salario normal.
Ley del programa de alimentación según Gaceta Oficial 6.127
No será pagado en dinero en efectivo
No debe bajar de 0,50 ni exceder de 0,75
Forma de cálculo
Forma de pago:
Valor:
Bono de alimentación x Unidad Tributaria:
BA= 0,50%x UT= 150= 75 x días laborados
Entonces BA= 0,50x150X22días= 1.650,00
Continuando con el ejemplo:
BA= 0,75%x UT=150x días laborados
Ba= 0,75x150= 112,50x22 días=2.475,00
Seguro Social Obligatorio
Para determinar las cotizaciones que corresponde el patrono o
patrona le sugiero leer el Artículo 65 y el Artículo 66 de la Ley Instituto
Venezolano del Seguro Social Obligatorio (SSO).
Según el Artículo 65 las cotizaciones al Instituto Venezolano
del Seguro Social (IVSS) serán de acuerdo a la clasificación del
riesgo empresarial.
Clase de riesgo Patrono Trabajador Aporte total
Riesgo mínimo 11% 4% 15%
Riesgo medio 12% 4% 16%
Riesgo máximo 13% 4% 17%
Parcial 4% 2% 6%
Límite para el cálculo= 5 salarios mínimos urbanos
Método para las retenciones de carácter obligatorio
Aportes Al IVSS
Patrono Trabajador
Fórmula:
SSO= Salario mensual x12x 4 x 11%
52 semanas
Leyenda:
12= Meses que tiene un año
4= Número de lunes que tiene un mes
11%= Riesgo empresarial
52= Semanas que tiene u n año
Fórmula:
SSO= Salario mensual x 12x4x4%
52 semanas
Leyenda:
12= Meses que tiene un año
4= Número de lunes que tiene un mes
4%= Aporte del trabajador
52= Semanas que tiene u n año
La sumatoria de estos dos montos es lo que la empresa debe
cancela al IVSS. A tal efecto, que el límite para el cálculo de las
cotizaciones se toma el salario base y esté tiene un tope máximo de cinco
(5) salarios mínimos urbanos.
Régimen Prestacional de Empleo (Antiguo Paro Forzoso)
Para efectuar los cálculos que corresponden al Régimen
Prestacional de Empleo (RPE) le sugiero leer la Gaceta Oficial Nº. 38.281
Aportes Al IVSS
Patrono Trabajador
Fórmula:
RPE= Salario mensual x12x 4 x 2%
52 semanas
Leyenda:
12= Meses que tiene un año
4= Número de lunes que tiene un mes
2%= Riesgo empresarial
52= Semanas que tiene u n año
Fórmula:
RPE= Salario mensual x 12x4x0,50%
52 semanas
Leyenda:
12= Meses que tiene un año
4= Número de lunes que tiene un mes
0.50%= Aporte del trabajador
52= Semanas que tiene u n año
La sumatoria de estos dos montos es lo que la empresa debe
cancela al IVSS. Cabe aclarar, que el límite para el cálculo de las
cotizaciones se toma el salario base y esté tiene un tope máximo de cinco
(5) salarios mínimos urbanos.
Ley de Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat
Según Gaceta Oficial Nº. 5.889 establece la creación de un Fondo
de Ahorro de Vivienda y Hábitat (FAOV) de carácter obligatorio y el rector
es Banco Nacional de la Vivienda y Hábitat (BANAVIH) y la
Superintendencia de bancos y otras instituciones financieras.
Aportes Al FAOV
Patrono Trabajador
Fórmula:
FAOV= Todo el salario x 2%
Leyenda:
2%= Aporte patronal
Fórmula:
FAOV= Todo el salario x 0,50%
Leyenda:
0.50%= Aporte del trabajador
La sumatoria que generen estos dos montos es lo que la empresa
debe cancelar a la institución bancaria, estas dos sumas conforman los
aportes, se hacen los primeros cinco (5) días de cada mes. La base para
elaborar los aportes es todo el salario percibido por el trabajador o la
trabajadora en un mes. Cabe aclarar, no es el salario base el que se toma
en cuenta para determinar los cálculos al FAOV.
Otra manera de calcular las deducciones de carácter legal
Patrono Trabajador
SSO= SD x7 x11%
SSO= 247,38x7x11%
SSO=190,48
SSO= SD x7 x4%
SSO= 247,38x7x4%
SSO=69,26
RPE= SD x7 x2%
RPE= 247,38x7x2%
RPE= 34,63
RPE= SD x7 x0,50%
RPE= 247,38x7x0,50%
RPE=8,65
Nómina Semanal
MSc. Nelly Ocando
Ejercicio
La empresa ABC, S.A. Requiere que usted le prepare la nómina
correspondiente a la semana xxxx del siguiente personal obrero, el riesgo
empresarial es del 11%.
Caso práctico Nº. 1
Nº. Apellido y
Nombre
C.I. Salario
mensual
Salario
diario
BP DF
DFT HED HEN
1 Avend Josué 17.550.XXX 7.421,68 247,38 0 1 0 4 3
Se pide:
1. Determinar los cálculos de la semana de trabajada.
2. Determinar los cálculos de las horas extras diurnas trabajadas.
3. Determinar los cálculos de las horas extras nocturnas trabajadas.
4. Determinar el cálculo día feriado
5. Determinar el cálculo del día feriado trabajado.
6. Determinar los cálculos de los días de descanso.
7. Determinar los cálculos de asignaciones.
8. Determinarlas los cálculos de deducciones de carácter obligatorio
al trabajador.
9. Determinar cálculos de los aportes patronales al IVSS y al FAOV.
10. Elaborar comprobante de pago.
SSO= SDX7 diasx11%
SSO= 247,38x7x11%
SSO=190, 48
RPE= SD x7 x2%
RPE= 247,38 x7x2%
RPE=34, 63
Aportes al Fondo de ahorro obligatorio de la vivienda
FAOV= 2.280, 81x2%
FAOV=45,61
Total aportes patronales Bs. 270,72
Comprobante de pago
Caso práctico Nº. 1
Empresa: ABC, S.A. RIF: Datos del trabajador: Apellido y Nombre: Avend Josué C.I. Nº.V- 17.550.XXX Cargo: Obrero SD: Bs. 247,68 Semana desde el día _______________Hasta el día______________
Recibe conforme
Jossue Avend
Nombre y Apellido C.I. V-17.550.xxx
Asignaciones
Articulo Conceptos Días/horas Factor Sub-total
Semana trabajada 4 247,38 989,52
119 Día feriado 1 247,38 247,38
118 Horas extras diurnas 4 185,52
117 Horas extras nocturnas 3 206,73
119 Días de descanso 2 651,66
Sub-total asignaciones Bs. 2.280,81
Deducciones
SSO -69,26
RPE -8,65
FAOV -22,80
Total deducciones Bs. 100,71
Neto a pagar Bs. 2.180,10
Ejercicio
La empresa ABC, S.A. Requiere que usted le prepare la nómina
correspondiente a la semana xxxx del siguiente personal obrero, el riesgo
empresarial es del 11%.
Caso práctico Nº. 2
Nº. Apellido y
Nombre
C.I. Salario
mensual
Salario
diario
BP DF
DFT HED HEN
2 Cuic Eunice 20.563.XX 7.800,00 260 0 1 0 3 4
Se pide:
1. Determinar los cálculos de la semana de trabajada.
2. Determinar los cálculos de las horas extras diurnas trabajadas.
3. Determinar los cálculos de las horas extras nocturnas trabajadas.
4. Determinar el cálculo día feriado
5. .Determinar los cálculos de los días de descanso.
6. Determinar los cálculos de asignaciones.
7. Determinarlas los cálculos de deducciones de carácter obligatorio
a la trabajadora.
8. Determinar cálculos de los aportes patronales al IVSS y al FAOV.
9. Elaborar comprobante de pago.
Nota importante: los aportes por concepto del pago al FAOV
Caso práctico Nº. 2 Nómina semanal
Datos del trabajador Apellido y Nombre: Cuic Eunice C.I. Nº.V- 17.550.XXX Cargo: Obrera SD: Bs. 260 HED= 3 HEN= 4
Procedimientos: para elaborar la nómina de obreros Días de la semana trabajados 4 días x SD= 5X =260=1.040 Determinar el día feriado
Día feriado: ST=1.040/4=260
Horas extras diurnas
HED= SD /8 horas =247,38/8 horas=30,92 HED= SxHx1, 50 x 3 horas extras diurnas ocasionadas HED= 30,92x1, 50x3 HED= 139,14 Horas extras nocturnas
HEN= SD /7 horas =247,38/7 horas=35,34 HEN= SxHx1, 50 x 1,30x4horas extras nocturnas ocasionadas HEN= 35,34x1, 30x1, 50X4 HEN= 275,65 Determinar los días de descanso DD= semana trabajada DF+HED+HEN x 2 5 días DD= 1.040+260139,14+275,65 2 5 DD= 685,91 Determinar las asignaciones: Bs. 2.400.70 Trabajador: Deducciones de carácter obligatorio
SSO= SDx7 diasx4% SSO= 260x7x4% SSO=72,80 RPE= SD x7 x0, 50% RPE= 260x7x0, 50% RPE=9, 10 Fondo de ahorro obligatorio de vivienda FAOV= 2.400, 70x1% FAOV=24, 00
Total deducciones Bs. 105,90
Neto a pagar Bs. 2.400,70-105,90=2.294,80
Ahora los aportes patronales de carácter obligatorio al IVSS
SSO= SDX7 diasx11%
SSO= 260x7x11%
SSO=200, 20
RPE= SD x7 x2%
RPE= 260x7x2%
RPE= 36, 40
Fondo Obligatorio de vivienda
FAOV= 2.400,70 15x2%
FAOV=48,01
Total aportes patronales Bs. 284,61
Nota importante: los aportes al FAOV se hacen mensual, para efectos de la presente práctica se han elaborado semanal.
Comprobante de pago Caso práctico Nº.2
Empresa: ABC, S.A. RIF: Datos del trabajador: Apellido y Nombre: Cuic Eunice C.I. Nº.V- 20.563.XXX Cargo: Obrera SD: Bs. 260
Semana desde el día ________Hasta el día_____________
Recibe conforme Eunice Cuic
Nombre y Apellido C.I. V-20.563.xxx
Asignaciones
Articulo Conceptos Días/horas Factor Sub-total
Semana trabajada 4 260 1.040.00
119 Día feriado 1 260 260,00
118 Horas extras diurnas 3 139,14
117 Horas extras nocturnas 4 275,65
119 Días de descanso 2 685,91
Sub-total asignaciones Bs. 2.400,70
Deducciones
SSO -72,80
RPE -9,10
FAOV -24,00
Total deducciones Bs. 105,90
Neto a pagar Bs. 2.294,80
Ejercicio
La empresa ABC, S.A. Requiere que usted le prepare la nómina
correspondiente a la semana xxxx del siguiente personal obrero, el riesgo
empresarial es del 11%.
Caso práctico Nº. 3
Nº. Apellido y
Nombre
C.I. Salario
mensual
Salario
diario
BP DF
DFT HED HEN
3 Huerta Josefa 15.769.xxx 7.421,68 247,38 0 1 1 - -
Se pide:
1. Determinar los cálculos de la semana trabajada.
2. Determinar el cálculo de día feriado
3. Determinar los cálculos del día feriado trabando.
4. .Determinar los cálculos del días de descanso.
5. Determinar los cálculos de asignaciones.
6. Determinarlas los cálculos de deducciones de carácter obligatorio
a la trabajadora.
7. Determinar cálculos de los aportes patronales al IVSS y al FAOV
8. Elaborar comprobante de pago.
Caso práctico Nº.3 Nómina semanal
Datos del trabajador Apellido y Nombre: Huert Josefa C.I. Nº.V- 15.789.XXX Cargo: Obrera SD: Bs. 247,38 DFT: 1
Procedimiento:
Días de la semana trabajados =4 días x SD= 4X 247.38= 989,52.
Determinar el día feriado
ST=989,52 /4=247,38
Determinar el día feriado trabajado
DFT= Semana trabajada +DF 1,50
5 días DFT=989,52+247,38 x 1,50
5 DFT=371,04 Determinar los días de descanso
DD= semana trabajada +DF+DFT x 2 5 días DD= 989,52+247,38+371,04 x2 5 DD= 643,14
Determinar las asignaciones: Bs. 2.251,08
Trabajador: Deducciones de carácter obligatorio
SSO= SDX7 diasx4% SSO= 247,38x7x4% SSO=69, 26 RPE= SD x7 x0, 50% RPE= 247,38x7x0, 50% RPE=8, 65 Fondo de ahorro obligatorio de la vivienda FAOV= 2.251,08% FAOV=22,51
Total deducciones Bs. 100,42
Neto a pagar Bs. 2.251,08 -100,42= 2.150,66
Nota importante: los aportes por concepto del pago al FAOV son mensuales, para efectos de la presente práctica se han elaborado por semana.
Ahora los aportes patronales de carácter obligatorio al IVSS
SSO= SDX7 diasx11%
SSO= 247,38x7x11%
SSO=190,48
RPE= SD x7x2%
RPE= 247,38x7x2%
RPE=34, 63
Aportes al Fondo Obligatorio de vivienda
FAOV= 2.424, 32x2%
FAOV=48,48
Total aportes patronales Bs. 273,59
Comprobante de pago Caso práctico Nº. 3
Empresa ABC, S. A. RIF: Datos del trabajador Apellido y Nombre: Huert Josefa C.I. Nº.V- 15.789.XXX Cargo: Obrera SD: Bs. 247.38 Semana desde el día ________________Hasta el día_______________
Recibe conforme
Josefa Huert Nombre y Apellido C.I. V-15.789.XXX
Asignaciones
Articulo Conceptos Días/horas Factor Sub-total
Semana trabajada 4 247,38 989,52
119 Día feriado 1 247,38
120 Día feriado trabajado 1 371,04
119 Días de descanso 2 643,14
Sub-total asignaciones Bs. 2.251,08
Deducciones
SSO -69, 26
RPE -8,65
FAOV -22,51
Total deducciones Bs. 100.42
Neto a pagar Bs. 2.150,66
Ejercicio
La empresa ABC, S.A. Requiere que usted le prepare la nómina
correspondiente a la semana xxxx del siguiente personal obrero, el riesgo
empresarial es del 11%.
Caso práctico Nº. 4
Nº. Apellido y
Nombre
C.I. Salario
mensual
Salario
diario
BP DF
DFT HED HEN
4 Mor Juan 15.766.xxx 8.000,00 266.66 300 1 1 3 2
Se pide:
11. Determinar los cálculos de la semana de trabajada.
12. Determinar los cálculos de las horas extras diurnas trabajadas.
13. Determinar los cálculos de las horas extras nocturnas trabajadas.
14. Determinar el cálculo día feriado
15. Determinar el cálculo del día feriado trabajado.
16. Determinar los cálculos de los días de descanso.
17. Determinar los cálculos de asignaciones.
18. Determinarlas los cálculos de deducciones de carácter obligatorio
al trabajador.
19. Determinar cálculos de los aportes patronales al IVSS y al FAOV.
20. Elaborar comprobante de pago.
Continuación del caso práctico Nº. 4 Determinar los días de descanso DD= semana trabajada +DF+HED+HEN +BPS+DFT x 2 5 días DD= 750+118,12+117+300+385x2 5 DD= 668,04 Bono de producción semanal Bs. 300,00 Determinar las asignaciones: Bs: 2.338,16
Trabajador: Deducciones de carácter obligatorio
SSO= SDX7 diasx4% SSO= 150x7x4% SSO=42, 00 RPE= SDx7x0, 50% RPE= 150x7x0, 50% RPE=5, 25 FAOV= 2.338,16% FAOV=23,38
Total deducciones Bs: 70,63
Neto a pagar Bs. 2.338,16-70,63=2.267,53
Caso práctico Nº.4 Nómina semanal
Datos del trabajador Apellido y Nombre: Mor Juan C.I. Nº.V- 15.796.XXX Cargo: Obrero SD: Bs. 266,66 BPS: 300 HED: 3 HEN: 2
Procedimiento para elaborar la nómina de obreros Días de la semana trabajados 4 días x SD= 4X 266,66= 1.066,66
Determinar el día feriado
DF= ST= 1.066,66/4=266,66
Determinar las Horas extras diurnas
Nota importante: cuando un trabajador (a) percibe algún bono
de producción (Articulo110) y además tiene horas extras
ocasionadas se cancelan a salario normal y se procede de la
siguiente manera:
BPS= 300/5=60+266,66=326,66 (salario normal)
Ahora de procede a calcular las horas extras diurnas
HED= SD /8 horas =326,66/8 horas=40,83 HED= SxHx1, 50 x 3 horas extras diurnas ocasionadas HED= 40.83 x1, 50x3 HED= 183,74 Procedimiento para calcular las horas extras nocturnas
HEN= SD /7 horas =326,66/7 horas=46,66 HEN= SxHx1, 50 x 1,30x2 horas extras nocturnas ocasionadas HEN= 46,66x1, 50x1, 30X2 HEN= 181,99 Determinar el día feriado trabajado Nota importante: cuando un trabajador (a) labora en un día feriado se le cancelan dos días y medio (2½) (Articulo 120) DFT= Semana trabajada +DF+HED+HEN+BPSx1, 50
5 días DFT=750+118,12+117 +300 x 1,50 5 días DFT=385
Continuación del caso práctico Nº. 4
DFT= ST+DF+BPS+HED+HENx1, 50
5
DFT=1.066, 66+266,66+300+183,74+181,99x1, 50
5
DFT=599,71
Determinar los días de descanso
DD= ST+DF+BPS+HED+HEN+DFTx2
5
DD=1.066, 66+266,66+300+183,74+181,99+599,71
5
DD= 1, 039, 50
Total asignaciones Bs. 3.638,26
Determinar las deducciones de carácter obligatorio
SSO= SDx7 x4%
SSO= 266,66x7x4%
SSO=74,66
RPE= SDx7x0, 50%
RPE= 266, 66,7x0, 50%
RPE=9,33
Deducciones para el Fondo de ahorro obligatorio de vivienda
FAOV= 3.638,26x1%
FAOV=36,38
Total deducciones B. 120,37
Nota importante: los aportes por concepto del pago al FAOV son mensuales, para efectos de la presente práctica se han elaborado por semana.
Ahora los aportes patronales de carácter obligatorio al IVSS
SSO= SDX7 diasx11%
SSO= 266,66x7x11%
SSO=205,32
RPE= SDx7 x2%
RPE= 266,66x7x2%
RPE=37,33
Aportes al Fondo de ahorro obligatorio de vivienda
FAOV= 3.638,26x2%
FAOV=72,76
Total aportes patronales Bs. 315,41
Comprobante de pago Caso práctico Nº. 4
Empresa ABC, S. A. RIF: Datos del trabajador Apellido y Nombre: Mor Juan C.I. Nº.V- 15.796.XXX Cargo: Obrero SD: Bs. 150 BPS: Bs. 300
Semana desde el día: ______________Hasta el día: ____________
Asignaciones
Articulo Conceptos Días/horas Factor Sub-total
Semana trabajada 4 266,66 1.066,64
119 Día feriado 1 266,66
110 Bono de producción semanal 300,00
118 Horas extras diurnas 3 183,74
117 Horas extras nocturnas 2 181,99
120 Día feriado trabajado 1 599,71
119 Días de descanso 2 1.039,50
Sub-total asignaciones Bs. 3.638,26
Deducciones
SSO -74,66
RPE -9,33
FAOV -36,38
Total deducciones Bs. 120,42
Neto a pagar Bs. 3,517,84
Vaciado de la nómina. Aquí van los datos de la empresa conjuntamente con su logotipo
Asignaciones Deducciones
Apellido-Nombre SD DT DF DFT HED HEN
DD
BPS Otros Sub-total
SSO RPE FAOV Otros Total Neto a pagar
Avend Josue 247,38 4 247,38 0 135,52 206,73 651,66 0
0
2.280,81
69,26
8,65 22,80
0
100,71
2.180,10
Cuic Eunice 260,00 4 260,00 0 139,14 275,66 685,91 0
0
2.400,70
72,80
9,10
24,00 0
105,90
2.294,80
Huert Josefa 247,38 4 247,38 371,04 0 0 643,14 0 0
2.251,08
69,26
8,65
22.51
0
100,42
2.150,66
Mor Juan 266,66 4 266,66 599,71 183,74 181,99 1.039,50
300 0
3.638,26
74,66
9,33
36,38
0
120,37 3.517,89
Leyenda: SD: Salario diario DT: días trabajados HED: Horas extras diurnas HEN: Horas extras nocturnas DF: Día feriado DFT: Día feriado trabajado DD: Días de descanso BPS: Bono de producción semanal SSO: Seguro Social Obligatorio RPE: Régimen Prestacional de Empleo FAOV: Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda
Total Asignaciones Bs.
10.530,85
Total deducciones Bs. 427,41
Neto a pagar Bs. 10.103,44
Nómina Semanal
Deducciones -Trabajadores–Pago al IVSS
Mes de octubre de 2015
Apellido-Nombre
C.I. V-
Asignaciones Total Deducciones
Salario diario Salario Semanal SSO
4%
RPE
0,50%
Total Bs.
Avenda Josue
17.550.XXX
247,38
2.280,81
69,26
8,65
77,91
Cuic Eunice 20.563.XXX 260,00 12.400,70 72,80 9,10 81,90
Huert Josefa 15.789.XXX 247,38 2.251,08 69,26 8,65 77,91
Mor Juan 15.796.XXX 266,66 3.638,26
285,98 35,73 35,73
Total B. 321,71
Nómina Semanal
Aportes patronales al IVSS-Pago al Seguro Social Obligatorio.
Apellido-Nombre
C.I. V-
Asignaciones Total Deducciones
Salario diario Salario Semanal SSO
11%
RPE
2%
Total Bs.
Avenda Josue
17.550.XXX
247,38
2.280,81
190,48
36,63
227,11
Cuic Eunice 20.563.XXX 260,00 12.400,70 200,20 36,40 236,60
Huert Josefa 15.789.XXX 247,38 2.251,08 190,48 36,63 227,11
Mor Juan 15.796.XXX 266,66 3.638,26
205,32 37,33 242,65
Total B. 933,47
Nómina Semanal
Deducciones -Trabajadores–Pago al Fondo de Ahorro Obligatorio de la Vivienda
Mes de octubre de 2015
Apellido-Nombre
C.I. V-
Asignaciones Total Deducciones
Salario diario Salario Semanal FAOV Total Bs.
Avenda Josue
17.550.XXX
247,38
2.280,81
22,80
22,80
Cuic Eunice 20.563.XXX 260,00 2.400,70 24,00 24,00
Huert Josefa 15.789.XXX 247,38 2.251,08 22,51 22,51
Mor Juan 15.796.XXX 266,66 3.638,26
36,38 36,38
Total Bs. 105,69
Nómina Semanal
Aportes patronales–Pago al Fondo de Ahorro Obligatorio de la Vivienda
Mes de octubre de 2015
Apellido-Nombre
C.I. V-
Aportes patronales
Salario diario
Salario Semanal FAOV
2%
Total Bs.
Avenda Josue
17.550.XXX
247,38
2.280,81
45,61
45.61
Cuic Eunice 20.563.XXX 260,00 2.400,70 48,01 48,01
Huert Josefa 15.789.XXX 247,38 2.251,08 45,02 45,02
Mor Juan 15.796.XXX 266,66 3.638,26 72,76 72,76
Total Bs. 211,40
A través de la información proporcionada y los ejercicios
explicados ampliamente a continuación se le presentan un caso
práctico para Ud; prepare la nomina del siguiente personal obrero:
La empresa Az,S.A.- Requiere que Ud; le prepare la nómina de
correspondiente la semana del 17.11.14 al 23.11.14 del siguiente
personal obrero el riesgo es medio.
Nº. Apellido y
Nombre
C.I. Salario
mensual
B P Bono
nocturno
DF
DFT HED HEN
1 Perz juan 5.785.XXX 8.000,00 200 Trabajo
horas
nocturnas
1 1 0 0
2 Quit Jaime 16.630.XXX 7.421,68 0 1 0 0 2
3 Her María 11.750.XXX 9000,00 300 1 1 0 0
4 Zag Estefa 8.963.XXX 7.421,68 0 1 1 4 3
Se pide:
a) Determinar los cálculos de la semana de trabajada.
b) Determinar los cálculos de las horas extras diurnas trabajadas.
c) Determinar los cálculos de las horas extras nocturnas trabajadas.
d) Determinar los cálculos del día feriado trabajado.
e) Determinar los cálculos de los días de descanso.
f) Determinar los cálculos de las asignaciones.
g) Determinarlas deducciones de carácter obligatorio al trabajador (a)
y los aportes patronales.
h) Elaborar comprobante de pago.
Elabore la nómina del ejercicio anterior
Vacaciones
MSc.Nelly Ocando
De acuerdo, con el Artículo 190 cuando un trabajador (a) haya
cumplido un año de servicios sin interrupciones tiene derecho a 15 días
hábiles de vacaciones. Los años sucesivos tendrán derecho a un día
adicional remunerado hasta un máximo de 15 días más.
Por otra parte, el Artículo 192 Bono Vacacional otorga el
Beneficio de 15 días remunerados más un (1) día adicional hasta un
máximo de 30 días
Vacaciones = 15 días hábiles Más un (1) día adicional por
cada año de servicio prestado hasta un máximo de otros 15 días. En
total serán 30 días hábiles para aquellos trabajadores (as) que lleve
más de 15 años trabajando para un patrono o patrona.
La base para el cálculo de las vacaciones
La base es el salario normal devengado por el trabajador(a).Las
vacaciones de cancelan al inicio de las mismas.
Vacaciones
Caso práctico Nº. 1
La empresa ABC, S.A. Elaborar los cálculos de las vacaciones al
siguiente personal.
a) ¿
C
¿
C
Determinar:
a) ¿Cuántos días percibirá por concepto de vacaciones?
b) ¿Cuántos días adicionales de vacaciones le corresponden?
c) ¿Cuántos días de bono vacacional le corresponde disfrutar?
d) ¿Cuántos días adicionales de bono vacacional le corresponde
disfrutar?
e) ¿Cuántos años de servicios tiene en la empresa?
f) ¿Cuántos son los días inhábiles o de descanso?
g) ¿Cuántos días le corresponde disfrutar?
h) ¿Cuándo se reincorpora a sus labores?
i) Elaborar comprobante de pago.
Nº. Apellido y
Nombre
C.I. Salario
mensual
Fecha de Ingreso Fecha de
Vacaciones
1 Sola Luis 18.510.XXX 4.251.78 15.01.11 15.01.14
Procedimiento:
Para determinar el salario diario Salario = 7.421,68/30 días =247,38
Articulo 190 Vacaciones
Antigüedad Vacaciones Días adicionales Total días de
vacaciones
1 año 15 0 15
2 años 15 1 16
3 años 15 2 17
Articulo 192 Bono vacacional
Antigüedad Días de bono
vacacional
Días adicionales
de bono
vacacional
Total días de bono
vacacional
1 año 15 1 16
2 años 15 2 17
3 años 15 3 18
Caso práctico Nº. 1 Vacaciones
Datos del Trabajador Apellido-Nombre: Sola Luis
C.I.V-18.510.XXX SD= 247,38 Cargo=Obrero FI: 19.01.12 FV: 19.01.15 TS: 3 años
Vacaciones y bono vacacional se explica a continuación:
Días hábiles= 15 días
Días adicionales de vacaciones= 2 días
Días inhábiles o de descanso= 7 días
Total días a disfrutar= 24 días
Bono vacacional
Días de bono vacacional= 15 días
Días adicionales de bono vacacional: 3 días
Total días de bono vacacional= 18 días
Total días a pagar por concepto de vacaciones= 42 días
Nota: Los 42 días se multiplican por el salario diario que devenga el
trabajador
Total = 42 días x 247,38= Bs. 10.389,96
Reintegro el día= 12.02.15
Comprobante de pago Caso práctico Nº. 1
Vacaciones Empresa ABC, S. A. RIF: Datos del trabajador Apellido y Nombre: Sola Luis C.I. Nº.V- 18.510.XXX Cargo: Obrero SD: Bs. 141,72
Fecha de salida de vacaciones: 19.01.15 Fecha de reincorporación a sus actividades: 12.02.15
Recibe conforme
Luis Sola
Nombre Apellido
C.I.V-18.510.XXX
Asignaciones
Articulo Conceptos Días/horas Factor Sub-total
190 Vacaciones 15 247,38 3.710,70
190 Días adicionales de vacaciones
2 247,38 494,76
192 Bono vacacional 15 247,38 3.710,70
192 Días adicionales de bono vacacional
3 247,38 742,14
119 Días de descanso 7 247,38 1.731,66
Sub-total asignaciones Bs. 10.389.96
Deducciones
SSO -237,48
RPE -29,68
FAOV -103,89
Total deducciones Bs. 371,05
Neto a pagar Bs. 10.018,90
Ejercicios
Con base en la información suministrada calcule las vacaciones del
siguiente personal obrero de la empresa ABC, S.A.-
Determinar:
a) ¿Cuántos días percibirá por concepto de vacaciones?
b) ¿Cuantos días adicionales de vacaciones le corresponden?
c) ¿Cuántos días de bono vacacional le corresponde disfrutar?
d) ¿Cuántos días adicionales de bono vacacional le corresponde
disfrutar?
e) ¿Cuántos años de servicios tiene en la empresa?
f) ¿Cuántos son los días inhábiles o de descanso?
g) ¿Cuántos días le corresponde disfrutar?
h) ¿Cuándo se reincorpora a sus labores?
i) Elaborar comprobante de pago.
Nº. Apellido y
Nombre
C.I. Salario
mensual
Fecha de Ingreso Fecha de
Vacaciones
1 Sal María 17.550.XXX 6.000 01.07.08 01.07.15
2 Uz José 15.309.XXX 5.000 05.01.10 15.01.15
3 Zap Carlos 11.560.XXX 4889 15.04.03 15.04.15
Vacaciones fraccionadas (Articulo 196)
Artículo 196: parafraseando al citado artículo cuando la relación
de trabajo termine antes de cumplirse un año de servicio el trabajador (a)
tiene derecho a que le pague la remuneración a que hubiera causado en
relación a las vacaciones anuales y el bono vacacional en proporción a
los meses completos de servicio.
Tienen derecho al pago por concepto de vacaciones fraccionadas y
bono vacacional fraccionado los trabajadores (as) que se retiren por
causas distintas al despido justificado. El beneficio es el pago fraccionado
que le corresponda en proporción a los meses completos de servicios
prestados.
Caso práctico Nº. 1 Vacaciones fraccionadas y bono vacacional fraccionado
Determinar:
a) ¿Cuántos días percibirá por concepto de vacaciones
fraccionadas?
Nº. Apellido y
Nombre
C.I. Salario
mensual
Fecha de Ingreso Fecha de
despido
injustificado
1 Sazar José 18.550.XXX 6.000 01.02.14 01.10.15
b) ¿Cuántos días de bono vacacional fraccionado le corresponde
disfrutar?
c) ¿Cuántos años de servicios tiene en la empresa?
d) ¿Cuántos días le corresponde disfrutar?
e) Elaborar comprobante de pago.
Vacaciones fraccionadas y bono vacacional fraccionado se
explica a continuación el procedimiento para determinar la fracción
de vacaciones aplicando la regla de tres
12 meses_____________15 días
8 meses____________ X
X= 8 meses x 15 días/12 meses= 10 días
Total días vacaciones fraccionadas= 10 días
Nota: Los días de vacaciones se multiplican por el salario diario que
devenga el trabajador.
Igualmente para determinar la fracción de bono vacacional se aplica
regla de tres
Días de bono vacacional fraccionado
12 meses_____________16 días
8 meses ____________X
X= 8 meses x 16 días/12 meses= 10,66 días
Total días de bono vacacional fraccionado= 10,66 días
Nota: Los días de bono vacacional se multiplican por el salario
diario que devengado el trabajador.
Total días a pagar por concepto de vacaciones fraccionadas bono
vacacional fraccionado= 10 66 días X SD
Total días = 10,66 días x 2.47,38= 2.637,07
Vacaciones colectivas
MSc. Nelly Ocando
Artículo 191: las vacaciones colectivas es un beneficio que percibe
el trabajador (a) por concepto de las prestación de sus servicios a un
patrono o patrona.
Base para el cálculo de las vacaciones colectivas
El salario devengado por el trabajador (a) en el mes efectivo de
labores inmediato al día que nació el derecho a las vacaciones.
Utilidades
MSC. Nelly Ocando
Utilidades
Con base en Artículo 131: las utilidades es una porción que le
corresponde al trabajador (a) por concepto de sus servicios prestados a
un patrono o patrona se cancelan tal como se explica a continuación:
Base de declaración de ISLR
Fórmula para determinar los porcentajes de las utilidades
Mínimo= 30 días x 100=8,33 360
2 meses= 60 días x 100= 16,66%
360
Máximo= 120 días x 100=33,33% 360
Utilidades
Ejercicio
La empresa ABC, S.A.- Cuya actividad económica es la compra-
venta de artículos de oficina obtuvo una utilidad Bs. 338.430 según su
estado financiero de Ganancias y Pérdidas, la suma total de todos
salarios en todo el año ascendieron a Bs. 267.180,48
Fórmula para calcular las utilidades
Al respecto, el Articulo 136: para determinar la participación que
le corresponda a cada trabajador (a) se dividirá el total de los beneficios
repartibles entre el total de los salario devengados por todos los
trabajadores (as) durante el respectivo ejercicio económico. La
participación correspondiente a cada trabajador o trabajadora será la
resultante de multiplicar el cociente obtenido por el monto total de los
salarios devengados por los trabajadores (as) durante el respectivo
ejercicio económico anual.
Ejemplo:
Al finalizar su ejercicio económico la empresa ABC, S.A.- Según
su estado financiero de Ganancias y Pérdidas obtuvo unas ganancias de
Bs. 338.430 dicha cantidad se multiplica por el quince por ciento (15%)
de acuerdo, al Artículo 131 luego la cantidad obtenida se divide entre la
suma anual de todos los salarios de los trabajadores o las trabajadoras
durante un año. En ese sentido el salario mensual devengado por el
trabajador (a) se multiplica por los meses del año, es decir: si el
trabajador (a) percibe mensualmente la cantidad de Bs. 7.421,68
posteriormente se multiplica por los meses del año x 12= 89.060,16 ver
cuadro explicativo.
Fórmula para calcular las utilidades
Utilidad= 15% utilidad de la empresa
Total salario anuales
Utilidades: 338.430x15%=50.764,50 = 0,19 267.180,48
Bs. 7.421,68x12= 89.060,16 la cantidad obtenida se multiplica por
el factor (0,19) =16.921,43=el resultado será lo que el pagará a cada
trabajador por concepto pago de utilidades.
A continuación se le presenta el siguiente cuadro detallado con ejercicios
de aplicación:
Apellido-Nombre
Salario
mensual
Meses
del
año
(12)
Total salario
anual
Factor Utilidad por
trabajador(a)
Asc José 7.421,68 x 12 89.060,16 0,19 16.921,43
Gonz Juan 7.421,68 X 12 89.060,16 0,19 16.921,43
Her María 7.421,68 x 12 89.060,16 0,19 16.921,43
Total Bs. 267.180,48 Total
Bs.
50.764,29
Calcular las utilidades correspondientes a cada uno (a) trabajador (a).
Prestaciones Sociales bajo la nueva LOTTT
MSc. Nelly Ocando
Según Garay y Garay (2012) “Las prestaciones son los pagos que,
al finalizar la relación laboral, se le dan al trabajador en reconocimiento a
sus años de servicio y le amparen en la cesantía, o sea, mientras está sin
trabajo”.
Prestaciones Sociales
Tres opciones para el depósito de las Prestaciones Sociales
Fideicomiso
individual
Banco
Fondo Nacional de
Prestaciones Sociales
Articulo 147
Contabilidad de la
empresa
Articulo 81 Preaviso
Después de un( 1)
mes
Seis meses Un año
Siete días (7) una
semana
Una quincena(15) días Treinta días (30) un
mes
En caso de preaviso omitido, el patrono o patrona, deberá, pagar al
trabajador o trabajadora, los beneficios correspondientes hasta la fecha
que prestó servicios.
Nota importante: si el trabajadora(a) se retira voluntariamente
deberá dar al patrono un preaviso de unos días tal como lo indica el
Articulo 81. Pero no hay sanción si no lo hace (como si la había en
Derogada Ley Orgánica del Trabajo del año 1997).
Preaviso por despido: la actual Ley Orgánica del Trabajo,
Trabajadores y Trabajadoras no dispone nada sobre el preaviso que
el patrono o patrona debe dar al trabajador (a) que va despedir.
Indemnización por Renuncia
Caso práctico Nº. 1
Indemnización por Renuncia
Caso práctico Nº. 1
Indemnización por Renuncia
El ciudadano Jul Pez, titular de la cedula de identidad Nº.
15.340.XXX, trabajador de empresa ABC, S.A. se desempeña en el cargo
Jardinero su salario mensual Bs. 7.421,68.- tiene fecha de ingreso a la
empresa del día 01.04.15.- El trabajador presentó su carta de renuncia
ante el departamento de RRHH comunicando que estaría laborando hasta
el día 07.10.15
Datos adicionales:
1) La empresa guarda su pasivo laboral en la contabilidad de la
misma.
2) Determinar el tiempo de servicio
3) La empresa paga un mes de utilidades
4) El empleado presentó su carta de renuncia, cumplió con el
preaviso
Determinar:
1) ¿Cuánto le corresponde por concepto de liquidación?
Datos del trabajador
Apellido-Nombre: Pez Julián
C.I. V-15.340.XXX
Cargo: Jardinero
SD: Bs, 247,38
Tiempo de servicio: 8 meses y seis (6) días
Indemnización por Renuncia
Caso prácticoNº.1
Renuncia
Procedimiento para determinar el pago de las Prestaciones Sociales,
es necesario tomar en cuenta los 30 días que la empresa paga por
concepto de utilidades. En el presente caso práctico Nº. 1
corresponde una fracción de las utilidades
Aplicando la regla de tres
12 meses_____________30 días 8 meses ____________X X= 8 meses x 30 días/12 meses= 20 días
Total días utilidades fraccionadas= 20 días
Ahora corresponde calcular las alícuotas de las utilidades y la del
bono vacacional para determinar el salario integral:
Alícuota de utilidades= 30 días x SD= 30X247, 38=7.421,68/360
días=20,61
Alícuota de bono vacacional=16 días x SD=247,38=7.421,68/360
días=10,99
Días de bono vacacional fraccionado
12 meses_____________16 días 8 meses ____________X X= 8 meses x 16 días/12 meses= 10,66 días
Total días de bono vacacional fraccionado= 10,66 días
Igualmente para determinar la fracción de vacaciones se aplica
regla de tres
Vacaciones fraccionadas
12 meses______________1 5 días 8 meses _____________X X= 8 mesesx15 días/12 meses=10 días
Total días de vacaciones fraccionadas= 10 días
Asimismo, también se pueden las utilidades fraccionadas y el
bono vacacional fraccionado de la siguiente manera:
Utilidades fraccionadas
UF= 30 días /12meses=2,5 x 8meses=20días
SD x 20dias=247,38x20=4.9447, 60
Vacaciones fraccionadas
VF=15 días/12=1,25 x 8 meses=10 días x SD=10x247, 38
SD x 10dias=2.473,80
Bono vacacional fraccionado
BVF=16días/12meses=1,33
x8meses=10,66xSD=10,66x247, 38=2.637,07
Indemnización por Renuncia
MSc. Nelly Ocando
Prestaciones Sociales Caso práctico Nº.1
Indemnización por Renuncia
Empresa: ABC, S.A. Trabajador: Julián Pez C.I. Nº. 15.340.XXX FI: 01.04.13 FE: 07.12.13 Lo anterior se traduce en lo siguiente
Tiempo de duración de la relación laboral: 8 meses y 6 días Fecha Antigüedad Días Días
acumulados
SD AU ABV SI Abono
en cuenta
Prestaciones
Acumulados
Tasa
BCV
Bs. Bs.
Acumulados
Mayo 1 mes 5 5 224,90 18,74 9,99 253,63 1.268,15 1.268,15 15,63% 15,85 15.85
Junio 2 meses 5 10 224,90 18,74 9,99 253,33 1.268,15 2.536,30 15,26% 32,25 48,10
Julio 3 meses 5 15 247,38 20,61 10,99 278,98 1.394,90 3.931,20 15,43% 50,54 98,64
Agosto 4 meses 5 20 247,38 20,61 10,99 278,98 1.394,90 5.326,10 16,56% 73,50 172,16
Septiembre 5 meses 5 25 247,38 20,61 10,99 278,98 1.394,90 6.721,00 15.76% 88,26 260,40
Octubre 6 meses 5 30 247,38 20,61 10,99 278,98 1.394,90 8.115,90 15,47% 104,89 365,02
Prestaciones Sociales Caso práctico Nº.1
Indemnización por Renuncia Empresa_________________________________________ RIF______________________________________________ Teléfono_________________________________________ Dirección________________________________________
Por BS:
Recibo de liquidación de Prestaciones Sociales
Apellidos y Nombres del Trabajador: _______________________ Cedula de Identidad Nº._________________________________ Cargo: _______________________________________________ Salario diario Bs._______________________________________ Motivo de Liquidación: _________________________________ Fecha de ingreso: _____________________________________ Fecha de Egreso: ______________________________________
Cálculo de Liquidación Asignaciones
Articulado Concepto Días/horas Factor Subtotal 142 a Prestaciones sociales acumulados 30 278,98 8.399,40
142 c Diferencia de Prestaciones Sociales 30 278,98 8.369,40
143 Intereses 365,02
131 Utilidades fraccionadas 20 247,38 4.947,60
196 Vacaciones fraccionadas 10 247,38 2.473,80
192 Bono vacacional fraccionado 10,66 247,38 2.637,07
81 Preaviso 15 247,38 3.710,70
Total asignaciones Bs. 30.902,99
Deducciones
Articulado Concepto Días/horas Factor Subtotal
Inces 0,5% -24,73
Total deducciones Bs.
Neto a pagar Bs. 30.878,26
El suscrito trabajador declara haber recibido a su entera cuenta y satisfacción el monto arriba indicado especificado por concepto de los salarios e indemnizaciones hasta la fecha de la presente liquidación, no teniendo nada que reclamar con relación a salarios.
Recibe conforme: _____________
C.I.Nº V- ____________________
Prestaciones Sociales
Caso práctico Nº. 2
Indemnización por Despido Justificado
Datos adicionales:
1) La empresa guarda su pasivo laboral en la contabilidad de la
misma.
2) Determinar el tiempo de servicio
3) La empresa paga un mes de utilidades
Determinar:
4) ¿Cuánto le corresponde por concepto de liquidación?
Caso práctico Nº. 2 Indemnización por Despido Justificado
El Sr. Juan Lez, titular de la cedula de identidad Nª. 7.896.XXX,
se desempeña con el cargo de obrero en la empresa ABC,S.A.
devengando un salario mensual de Bs. 6474,00.- Fecha de ingreso
desde el día 02.01.15 y el día 04.05.15 fue despedido justificadamente.
Datos del trabajador
Apellido-Nombre: Lez Juan
C.I. V-7.896.XXX
Cargo: Obrero
SD: Bs, 224,90
Tiempo de servicio: 4 meses y 2 días
Indemnización por Despido
Justificado
Caso práctico Nº. 2
Despido Justificado
Procedimiento para determinar el pago la fracción de
utilidades
Aplicando la regla de tres
12 meses_____________30 días 4 meses ____________X X= 4 meses x 30 días/12 meses= 10 días
Total días utilidades fraccionadas= 10 días
Igualmente para determinar la fracción de vacaciones se aplica
regla de tres
Vacaciones fraccionadas
12 meses______________15 días 4 meses _____________X X= 4 mesesx15días/12 meses=5 días
Días de bono vacacional fraccionado
12 meses_____________16 días
4 meses ____________X
X= 4 meses x 16 días/12 meses= 5,33 días
Total días de bono vacacional fraccionado= 5,33 días
Nota importante: el salario para el pago de las Prestaciones Sociales
es el salario integral: es igual a Bs. 253,63
Continuación del caso práctico Nº. 2
Para determinar el salario integral se calcula con la adición del
salario diario más las alícuotas de las utilidades y la del bono
vacacional:
Alícuota de utilidades= 30 días x SD= 30X224, 90=6.747/360
días=18,74
Alícuota de bono vacacional=16 días x SD=16X224, 90=3.598,40/360
días=9,99
A continuación se determina el Salario integral=
SD+AU+ABV=224,90+18,74+9,99=253,63
Continuación del caso práctico Nº. 2
Para determinar el salario integral se calcula con la adición del salario
diario más las alícuotas de las utilidades el bono vacacional:
A continuación la explicación:
Salario integral= SD+AU+ABV=224,90+18,74+9,99=253,63
Nota importante: el salario para el pago de las Prestaciones Sociales es
el salario integral: es igual a Bs. 253,63
Asimismo, también se pueden las utilidades fraccionadas y el
bono vacacional fraccionado de la siguiente manera:
Utilidades fraccionadas
UF= 30 días /12meses=2,5x4meses=10 días
SD=224,90X10=2.249
Vacaciones fraccionadas
VF=15 días/12=1,25x4meses=5días x SD=5x224, 90=1.124,50
Bono vacacional fraccionado
BVF=16días/12meses=1,33
x4meses=5,33xSD=5,33x224,90=1.198,71
Indemnización por Despido Justificado
MSc. Nellly Ocando
Prestaciones Sociales Caso práctico Nº. 2 Despido Justificado
Empresa: ABC, S.A. Apellido-Nombre: Lez Juan C.I. V-7.896.XXXX Cargo: Obrero SD: Bs. 150 Tiempo de duración de la relación laboral: 4 meses y 2 días
Lo anterior se traduce en lo siguiente:
Fecha Antigüedad Días Días
acumulados
SD AU ABV SI Abono
en cuenta
Prestaciones
Acumulados
Tasa
BCV
Bs. Bs.
Acumulados
Febrero 1 mes 5 5 224,90 18.74 9,99 253,63 1.268,15 1.268,15 16,43% 17,36 17,36
Marzo 2 meses 5 10 224,90 18,74 9,99 253,63 1.268,15 2.568,15 15,27% 32,27 49,63
Abril 3 meses 5 15 224,90 18,74 9,99 253,63 1.268,15 3.804,45 15,67% 49,67 99,30
Mayo 4 meses 5 20 224,90 18,74 9,99 253,63 1.268,15 5.072,63 15,63% 66,07 165,37
Prestaciones Sociales Caso práctico Nº.2
Indemnización por Despido Justificado Empresa_________________________________________ RIF______________________________________________ Teléfono_________________________________________ Dirección________________________________________
Por BS:
Recibo de liquidación de Prestaciones Sociales
Apellidos y Nombres del Trabajador: _______________________ Cedula de Identidad Nº._________________________________ Cargo: _______________________________________________ Salario diario Bs._______________________________________ Motivo de Liquidación: _________________________________ Fecha de ingreso: _____________________________________ Fecha de Egreso: ______________________________________
Cálculo de Liquidación Asignaciones
Articulado Concepto Días/horas Factor Subtotal
142 a Prestaciones sociales acumulados 20 253,63 5.072,60
142 c Diferencia de prestaciones sociales 10 253,63 2.536,30
143 Intereses 165,37
131 Utilidades fraccionadas 10 224,90 2.249,00
196 Vacaciones fraccionadas 5 224,90 1.124,50
192 Bono vacacional fraccionado 5,33 224,90 1.198,71 Total asignaciones Bs. 12.346,48
Deducciones
Articulado Concepto Días/horas Factor Subtotal
Inces 0,5% -11,24
Total deducciones Bs.
Neto a pagar Bs. 12.335,24
El suscrito trabajador declara haber recibido a su entera cuenta y satisfacción el monto arriba indicado especificado por concepto de los salarios e indemnizaciones hasta la fecha de la presente liquidación, no teniendo nada que reclamar con relación a salarios.
Recibe conforme: _____________
C.I Nº.V-____________________
Caso práctico Nº.3
Indemnización por Despido Injustificado
Datos adicionales:
1) La empresa guarda su pasivo laboral en la contabilidad de la
misma.
2) Determinar el tiempo de servicio
3) La empresa paga sesenta (60) días de utilidades
Determinar:
4) ¿Cuánto le corresponde por concepto de liquidación?
Caso práctico Nº. 3 Indemnización por Despido Injustificado
La ciudadana Petra Poo, titular de la cedula de identidad Nº.
11.333.XXX, se desempeña como cajera en la empresa Stylos, S.A.-
devengado un salario mensual de Bs. 6.747,00.- Fecha de ingreso a la
empresa desde el 02.01.15 y el día 04.05.15 fue despedida
injustificada.
Datos del trabajador
Apellido-Nombre: Poo Petra
C.I. V-11.333.XXX
Cargo: Cajera
SD: Bs, 224,90
Tiempo de servicio: 4 meses y 2 días
Indemnización por Despido
Injustificado
Caso práctico Nº. 3
Despido Injustificado
Procedimiento: para determinar el pago de las Prestaciones Sociales, es
necesario tomar en cuenta los 60 días que la empresa paga por concepto
de utilidades. En el presente caso práctico Nº. 3 corresponde una
fracción de las utilidades:
Aplicando la regla de tres
12 meses_____________60 días 4 meses ____________X X= 4 meses x 60 días/12 meses= 20 días
Total días utilidades fraccionadas= 20 días
Igualmente para determinar la
fracción de bono vacacional se
aplica regla de tres
Vacaciones fraccionadas
12 meses______________16 días 4 meses _____________X X= 4 mesesx16días/12 meses=5,33
Total días de bono vacacional
fraccionado = 12 días
Días de bono vacacional fraccionado
12 meses_____________16 días
9 meses ____________X
X= 9 meses x 16 días/12 meses= 12 días
Total días de bono vacacional fraccionado= 12 días
Ahora corresponde calcular las alícuotas de las utilidades y la del bono
vacacional para determinar el salario integral:
Alícuota de utilidades= 60 días x SD= 60X224, 90=13.494/360 días=37,48
Alícuota de bono vacacional=16 días x SD=16X224, 90=3.598,40/360
días=9,99
Se determina el salario integral adicionando el salario diario las
alícuotas de utilidades y bono vacacional
SD+AU+ABV=224,90+37,48+9,99=272,37
La fracción de las vacaciones
Aplicando regla de tres
12 meses_____________15 días 4 meses________________ X=4 mesesx15/12 meses=5 días Total días de vacaciones fraccionadas= 5 días
Prestaciones Sociales: Caso práctico Nº. 3 Despido Injustificado Empresa: ABC, S.A. Apellido-Nombre: Poo Petra C.I. V-11.333.XXX Cargo: Cajera SD: Bs. 224,90 Tiempo de duración de la relación laboral: 4 meses y 2 días
Lo anterior se traduce en lo siguiente: Fecha Antigüedad Días Días
acumulados
SD AU ABV SI Abono
en cuenta
Prestaciones
Acumulados
Tasa
BCV
Bs. Bs.
Acumulados
Febrero 1 mes 5 5 224,90 37,48 9,99 272,37 1.361,85 1.361,85 16,43% 18,64 18,64
Marzo 2 meses 5 10 224,90 37,48 9,99 272,37 1.361,85 2.723,70 15,27% 34,65 53,29
Abril 3 meses 5 15 224,90 37,48 9,99 272,37 1.361,85 4.085,55 15,67% 53.35 106,64
Mayo 4 meses 5 20 224,90 37,48 9,99 272,37 1.361,85 5.447,40 15,63% 70,95 177,59
Prestaciones Sociales Caso práctico Nº.3
Indemnización por Despido Injustificado Empresa_________________________________________ RIF______________________________________________ Teléfono_________________________________________ Dirección________________________________________
Por BS:
Recibo de liquidación de Prestaciones Sociales
Apellidos y Nombres del Trabajador: _______________________ Cedula de Identidad Nº._________________________________ Cargo: _______________________________________________ Salario diario Bs._______________________________________ Motivo de Liquidación: _________________________________ Fecha de ingreso: _____________________________________ Fecha de Egreso: ______________________________________
Cálculo de Liquidación Asignaciones
Articulado Concepto Días/horas Factor Subtotal
142 a Prestaciones sociales acumulados 20 272,37 5.447,40
142 c Diferencia de Prestaciones Sociales 10 272,37 2.723,70
92 Indemnización 8.171,10
143 Intereses 177,59
131 Utilidades fraccionadas 20 224,90 4.498,00
196 Vacaciones fraccionadas 5 224,90 1.124,50
192 Bono vacacional fraccionado 5,33 224,90 1.198,71 Total asignaciones Bs. 23.341,00
Deducciones
Articulado Concepto Días/horas Factor Subtotal
Inces 0,5% -22,49
Total deducciones Bs.
Neto a pagar Bs. 23.318,51
El suscrito trabajador declara haber recibido a su entera cuenta y satisfacción el monto arriba indicado especificado por concepto de los salarios e indemnizaciones hasta la fecha de la presente liquidación, no teniendo nada que reclamar con relación a salarios.
Recibe conforme: _____________ C.I.- Nº V- ____________________
Conclusión
La metodología utilizada por la autora se basó en un plan didáctico
de aprendizaje fundamentado en la interpretación y aplicación de los
artículos contenidos la Nueva Ley Orgánica del Trabajo de los
Trabajadores y las Trabajadoras. Los ejercicios fueron abordados de
manera práctica y objetiva.
En ese sentido, los beneficios que perciben los trabajadores y las
trabajadoras de los patronos y patronas son de carácter obligatorio.
Según lo expuesto, para que los trabajadores (as) perciben los beneficios
que les otorga la Nueva LOTTT deben existir una relación laboral que
demuestra a través de una nómina bien sea semanal, quincenal o
mensual las asignaciones por concepto de pago por servicios prestados y
las deducciones de carácter obligatorio las cuales contribuyen con la
seguridad social de los trabajadores (as).
Cabe aclarar, que es de carácter obligatorio las cotizaciones según
sea el riesgo empresarial al Instituto Venezolano del Seguro Social
Obligatorio (IVSS). Así mismo, el patrono o patrona debe inscribir al
trabajador o trabajadora en dicho Instituto, es decir, es obligatoria la
afiliación de los trabajadores (as) al IVSS
Además, los trabajadores y las trabajadoras conjuntamente con sus
patronos o patronas están obligados a enterar sus cuotas por concepto de
cotizaciones al IVSS, Instituto Nacional de Capacitación y Educación
Socialista (Inces) y al Fondo de Ahorro Obligatorio de Vivienda y
Hábitat (FAOV) como garantía de los beneficios de carácter social.
Bibliografía
Arthco. Consultores. Cálculo de Nómina y Prestaciones Sociales.
Estado Miranda-Venezuela.
Garay Juan. (1997) Legislación Laboral Práctica.
Garay Juan y Garay Miren. (2012). Ley del Trabajo. Ley Orgánica del
Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras.
Gaceta Oficial de República Bolivariana de Venezuela: Ley Orgánica
del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras.
Datos tomados de: Herrera Silla Enrique. Consideraciones básicas con
relación al horario, las jornadas de trabajo y a las horas extraordinarias.
Adaptados por: Ocando (2015).www.enriqueherrera.com.ve
http://iuristantums.blogspot.com/2011/05/ejemplo-de-calculo-de-las-
prestaciones.html
http://es.slideshare.net/juliocesar0113/nomina-y-calculo-de-prestaciones-sociales-
13228470
“Hay que pensar como hombre de acción y actuar como hombre pensador.”
Henri Bergson