cadena custodia.grupo 7 trabajo de seminario

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  • 8/20/2019 Cadena Custodia.grupo 7 Trabajo de Seminario

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     INTRODUCCIÓN 

    Es indispensable, para averiguar la verdad real como la finalidad esencial del proceso, que se garantice con

    absoluta certeza que los elementos utilizados como prueba en el juicio sean los mismos que se encontraron en el

    lugar de los hechos. No se debe olvidar que también la cadena de custodia nos permitirá identificar a todos los

    funcionarios o individuos sean peritos, policías entre otros, que hayan intervenido desde el inicio hasta la

    conclusin de la citada cadena, así se podrá verificar que quienes intervinieron son personas para haber tenido

    contacto con el indicio material, en algunas de las etapas de la cadena, de manera que se pueda garantizar la

    veracidad, autenticidad, originalidad e integridad del elemento probatorio recabado en el sitio del suceso.

    En efecto con la cadena de custodia se certifica la pulcritud de la evidencia física, que la misma se mantenga

    intacta durante todo el proceso judicial, tal cual se ubic en el sitio de suceso, en el sitio del hallazgo o en el

    cadáver, ciertamente con el cumplimiento efectivo de la cadena de custodia, se garantiza que la evidencia física,

    no sufra alguna alteracin, modificacin, contaminacin, o cualquier cambio! por lo que es necesario, si la

    misma ha sufrido durante las e"perticias de rigor, alguna alteracin o modificacin, es por ello que en estaoportunidad abordaremos todo lo relacionado con la cadena de custodia y el manual #nico de procedimientos en

    materia de $ustodia de evidencias físicas, con el fin de ampliar los conocimientos relacionados a este tema.

    CADENA DE CUSTODIA DE LA PRUEBA

    %a cadena de custodia de la prueba, encuentra su fundamento en el debido proceso. &e tal manera que se puede

    definir como el procedimiento controlado que se aplica a los indicios materiales relacionados con el delito,

    desde su localizacin hasta su valoracin por los encargados de administrar justicia y que tiene como fin no

    viciar el manejo de que ellos se haga y así evitar alteraciones, sustituciones, contaminaciones o destrucciones o

    cualquier accin que varíe su significado original.

    En suma, dentro del proceso penal se debe preservar la evidencia física a través de la cadena de custodia! por lo

    tanto, es obligatorio desde el primer momento de su ubicacin y coleccin, tanto en la escena del crimen como

    cualquier sitio relacionado con el hecho, así como, recibida por el testigo, victima, investigado, imputados o

     procedente de la autopsia de ley.

    %a cadena de custodia permite conocer en cualquier estado del proceso, dnde se encuentra el elemento de

     prueba, quién lo tiene, nombre del perito, nombre del gabinete, lo cual lgicamente garantiza la seriedad ytransparencia del dictamen efectuado por e"pertos de los diferentes laboratorios, entregando los resultados en

    forma oportuna y con la calidad e"igida en la investigacin.

    CUSTODIAR 

    'mpedir el acceso a sujetos e"tra(os, o bien limitar la cantidad de los mismos oficiales de policía en el sitio, ya

    que de esta #ltima forma también es posible que con la presencia e"cesiva de investigadores se provoque la

    alteracin o destruccin de importante evidencia. )na de las técnicas policiales más utilizadas para custodiar el

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    sitio del suceso es el acordonamiento, el cual se aplica en forma de anillos y con la utilizacin de cintas,

     personas y*o cualquier otro objeto idneo para lograr el fin pretendido en cada caso particular. +eg#n las

    características naturales del sitio del suceso, así será el tipo de acordonamiento, lo mismo que la cantidad y

    distancia de los anillos.

    PROCEDIMIENTO EN CUANTO A LA ESCENA Y EN TODO PROCESO DE INVESTIGACÓN:

    $oleccin adecuada de los indicios. $onservacin adecuada de los indicios.

    Entrega fiscalizada.

    OBJETO DE LA CADENA DE CUSTODIA

    Efectivamente el objeto de la cadena custodia es garantizar la integridad de la evidencia física, desde la etapa de

    la investigacin hasta la culminacin del proceso. +e debe dejar constancia en el informe de e"perticias en la

    cadena de custodia. -ediante la cadena de custodia se pretende garantizar la autenticidad de elementos de

     prueba y finalmente el problema de la custodia y preservacin definitiva hasta la finalizacin del juicio, ya sea

    de la totalidad o de una muestra, seg#n el caso y la naturaleza de la prueba.

    %a cadena de custodia tiene como objetivo primordial evitar que la evidencia física material sea

    &a(ada &ebe evitarse causar da(os parciales a los elementos de análisis

    $ontaminada No debe contaminarse un indicio con un instrumento impregnado de agentes que puedan hacer

    variar los resultados de su análisis

    &estruida +e puede producir cuando a raíz de un instrumento inapropiado o defectuoso, se destruye los

    elementos de análisis que poseía el indicio.

    /lterada $uando cambiamos los elementos sujetos a análisis de manera que estos indiquen otro resultado +ustituida implica el cambio de un indicio por otro

    IMPORTANCIA DE LA CADENA DE CUSTODIA

    %a cadena de custodia es el mecanismo que garantiza la autenticidad de los elementos de prueba recolectados y

    e"aminados, esto es, que las pruebas correspondan al caso investigado, sin que dé lugar a confusin,

    adulteracin, ni sustraccin alguna. 0or tanto, todo funcionario que participe en el proceso de cadena de

    custodia, deberá velar por la seguridad, integridad y preservacin de dichos elementos.

    %a cadena de custodia está conformada por los funcionarios y personas bajo cuya responsabilidad se encuentren

    los elementos de prueba respectivos durante las diferentes etapas del proceso penal. 0or consiguiente, todo

    funcionario que reciba, genere o analice muestras o elementos de prueba y documentos, forma parte de la

    cadena de custodia.

    1Es importante porque se mantendrá la evidencia física en un lugar seguro, y no se permitirá el acceso a la

    misma a persona sin autorizacin.

    1%a cadena de custodia es importante porque garantiza que la evidencia colectada sea la misma que se lleve al

     juicio.

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    1&a más licitud a las evidencias que se convertirán en prueba.

    1Es importante porque evita que la evidencia física sea modificada, deteriorada, alterada, o contaminada.

    1+e garantiza la pulcritud y la transparencia de la investigacin criminal y penal.

    10orque garantiza un juicio justo.

    10orque el funcionario que colecte, recibe, embale, envíe, transporte, y analice debe ser consciente de su

    responsabilidad en garantizar su cadena de custodia.momento de colectar los elementos de prueba se deja constancia en el acta de la diligencia correspondiente,

    haciendo la descripcin completa de los mismos, registrando su naturaleza, sitio e"acto donde fue removido o

    tomado y la persona o el funcionario que los recolect. En el formato de cadena de custodia aparecerán las

    firmas de quien recibe y entrega en forma legible 2nombres y apellidos claros3, nor#brica, tanto en el original

    como en la copia.

    *4oda muestra o elemento probatorio, sea este un cadáver, documento y*o cualquier material físico, enviados

     por la autoridad competente o que se origine al aplicar los procedimientos criminalísticos o médicolegales y de

    ciencias forenses, debe poseer el registro de cadena de custodia debidamente diligenciado.

    Importanca !"#!" "$ p%nto !" &#ta proc"#a$ ' pro(atoro

    4odos los pasos de la cadena de custodia van dirigidos a obtener certeza jurídica,

    -inimizando el margen de error y la afectacin del principio de verdad real al dictar sentencia judicial!

    reconstruyendo los hechos a través de los distintos elementos de prueba, de manera que se pueda garantizar la

    veracidad e integridad de la prueba, desde el momento mismo en que es localizada.

    %a cadena de custodia, tal y como se ha concebido es el medio idneo para identificar a todos aquellos sujetos2policías, mensajeros, conserjes, choferes, peritos, secretarios, escribientes, jueces, etc3 que hayan tenido o

    desplegado sobre una evidencia alg#n tipo de acto o contacto de forma que la integridad y pureza de la prueba,

    se mantenga garantizada desde su compilacin hasta su valoracin en juicio.

    %a cadena de custodia sirve para determinar sin error la relacin tripartita! victimasitio del sucesovictimario,

     para que el juzgador al valorar las pruebas puedan tener certeza de que las mismas fueron e"traídas del sitio, de

    la víctima o del victimario, así como del ne"o de que ellas se desprende.

    0or medio de la cadena de custodia, el juzgador podrá tener absoluta certeza que el elemento probatorio

    encontrado en el lugar de los hechos, es el mismo que servirá de base para el dictado de una sentencia

    condenatoria o absolutoria

    %a cadena de custodia, se fundamenta en el principio de veracidad, sea que la prueba debe ajustarse a la verdad

    de los hechos, por lo tanto no se admite que la realidad sea tergiversada, ocultada o deformada.

    ETAPAS DE LA CADENA DE CUSTODIA)

    a$$a+,o ' c%#to!a !"$ "#c"naro- donde es indispensable aislar adecuadamente la escena del crimen!

     brindando entre otras cosas, una custodia inmediata del sitio para evitar contaminacin o pérdida de elementos

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     probatorios.

    'n#p"cc.n pr"$mnar ' (/#0%"!a !" n!co#, es necesario contar con técnicas de rastreo adecuadas que

     permitan la deteccin de indicios de interés. Es de suma importancia una correcta administracin del escenario,

    ya que en el pasado se ha atribuido a desrdenes en el procesamiento de los indicios el que algunos casos no se

    hayan resuelto satisfactoriamente! o que la pureza de la evidencia haya sido cuestionada válidamente en

    estrados judiciales por parte de la defensa técnica del imputado.12ac.n !" $a "&!"nca- es una etapa importante en la ubicacin e"acta y fijacin del estado de los indicios

    que facilita la reconstruccin de los hechos, por medio de recursos audiovisuales y documentales.

    1R"co$"cc.n !" $o# n!co#. &onde es fundamental realizar el levantamiento de materiales, que sirvan como

     prueba del hecho delictivo, bajo procedimientos que no contaminen ni alteren con factores e"ternos la

    evidencia. El procedimiento e instrumentos por utilizar deben ser los idneos, válidos y recomendados.

    *Pr"#"r&ac.n ' "m(a$a2": donde mediante el adecuado empaque, lacrado y etiquetado, se debe individualizar

    y garantizar la integridad del elemento probatorio. El medio en que es colocado debe asegurar que sus

     propiedades no se alteren, ya sea por circunstancias naturales o artificiales.

    Rot%$a!o ' Et0%"ta!o:

    %uego del embalaje, para complementar la coleccin se procede al rotulado y etiquetado de la evidencia física,

    este marcaje es necesario, que debe llevarse a cabo en forma separada y debe contener el despacho de

    investigacin penal, fecha y lugar de la coleccin, n#mero de asunto o averiguacin, tipo de delito, funcionario

    que colecta, n#mero de la 'nspeccin 4écnica, nombre de la víctima, nombre del imputado, descripcin de la

    evidencia identificándola completamente, como por ejemplo marca, modelo, color, tama(o, serial y otros datos

    identificativos que permitan garantizar la cadena de custodia de las evidencias físicas, para resguardar laautenticidad, originalidad e inalterabilidad de las mismas.

    *In!&!%a$+ac.n &ebe garantizarse que el indicio este individualizado y registrado debidamente, de manera

    que no se produzca su combinacin o confusin con otros del mismo u otro caso. +i es factible marcarla para su

    identificacin, deberá hacerse constar la se(al o marca que puso.

    *Tran#port" o tra#$a!o !" $a pr%"(a: %a calidad del transporte debe salvaguardar su integridad de manera que

    no sufra da(os o alteraciones, ya sea por el movimiento o cambios en el medio ambiente es necesario que el

    indicio cuente con una custodia segura hasta su destino y en la medida de lo posible, de forma inmediata para

    evitar alteraciones en el mismo. El 4raspaso de la misma- ya sea a los laboratorios para su análisis, o a las

    diferentes fiscalías para su custodia.

    An3$## p"rca$, durante esta fase se debe describir detalladamente el estado en el que se reciben los indicios y

    garantizar resultados válidos y confiables.

    1Entr",a contro$a!a: &ebe hacerse constar quién la encontr, quién la recolect, dnde y que circunstancias.

    %a posesin del indicio debe estar a cargo de personas autorizadas y con capacidad técnica para manipularla sin

    causar alteracin o destruccin. $ustodia y preservacin final hasta que se realice el debate.

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    D"&o$%c.n o !"#tr%cc.n, seg#n lo ordene la autoridad competente se deben devolver o destruir los indicios

    de acuerdo a los requerimientos legales que cada uno de estos procedimientos implica.

    PRINCIPIOS PROBATORIOS DE LA CADENA DE CUSTODIA

    *) Prncpo !" a#",%ram"nto !" $a pr%"(a. $onsiste en la proteccin que establece el legislador a los medios

    de prueba para ponerlos a salvo de sus dos grandes enemigos! el tiempo y el interés de las partes... Elfuncionario judicial debe adoptar todas las medidas necesarias para evitar que los elementos materiales de

     prueba sean alterados, ocultados o destruidos. En este principio es donde encuentra asidero directo la cadena de

    custodia de la prueba, ya que los diversos procedimientos garantizarán que el elemento probatorio material que

    se localice en el sitio del suceso, no sea alterado, adulterado, ocultado o destruido por personas que tengan

    interés en entorpecer la investigacin judicial de los hechos denunciados como delictivos.

    *Prncpo !" $a $ct%! !" $a pr%"(a4

    +e le conoce como principio de la legitimidad de la prueba. Este principio se opone a todo procedimiento ilícito

     para la obtencin de la prueba y lleva a la conclusin de que toda prueba que la infrinja debe ser considerada

    ilícita, y por ende sin valor jurídico.

    ) Prncpo !" $a &"rac!a! !" $a pr%"(a4 +ostiene que tanto las partes como el juez investido del sagrado

    deber de administrar justicia entra en la obligacin moral y también legal de suministrar al funcionario la prueba

    libre de vicios, artima(as o arreglos! cuando esto #ltimo sucede se dice que hay deslealtad para con quienes

    intervienen en el proceso, en sentido contrario se predicará que la prueba es inmaculada. +e proporcionará

    seguridad a la administracin de justicia y a los sujetos procesales, la autenticidad y legalidad del material

     probatorio material 2indicios materiales3 que se recaudaron en el lugar de los hechos y que posteriormente podrían constituir en prueba esencial para decidir en forma favorable 2absolutoria3 o desfavorable

    2condenatoria3 la situacin jurídica de un imputado.

    1 Prncpo !" $a n"c"#!a! !" $a pr%"(a4

    Este principio alude a la necesidad de que los hechos sobre los cuales debe fundarse la sentencia se hallan

    acreditados, con pruebas suministradas por cualquiera de los litigantes o por el rgano jurisdiccional, sin que el

    magistrado pueda suplirlas con el conocimiento personal privado que tenga sobre ellos. $onstituye una

    inapreciable garantía para la libertad y los derechos del individuo, que de otra manera estarían en manos de

     jueces parciales y a merced de decisiones que no podrán ser revisadas por el superior. 5uién está amparado por

    esa presuncin no tiene porque demostrar el hecho que se presume y le traslada la carga de la prueba de

    desvirtuar el hecho a la contraparte. +i se presume la inocencia, el Estado por medio del fiscal debe probar la

    responsabilidad penal. &e lo contrario esa presuncin queda inclume y viene a imponer la decisin del

     juzgador.

     Prncpo !" $a o(t"nc.n coact&a !" $a pr%"(a4

    0ara el recaudo de la prueba, el Estado puede usar de los atributos que emanan de su soberanía, no quedando a

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    voluntad de las partes. +i alguien se resiste en facilitar el recaudo de la prueba 2por ejemplo, el testigo se niega a

    comparecer3 el Estado emplea la coercin para garantizar la recaudacin de la prueba 2el testigo es llevado por

    la 0olicía al 6uzgado y además sancionado con multa convertible en arresto3, en asuntos civiles. El Estado

    emplea medidas de coercin de diverso orden, a saber a3 7ísicas, como el arresto o la conduccin forzada. b3

    0sicolgicas, como el juramento. c3 Econmicas, como las multas. d3 6urídicas, como los indicios que deduce el

    legislador de la conducta de las partes.*Prncpo !" $a nm"!ac.n- p%($c!a! ' contra!cc.n !" $a pr%"(a4

    +ostiene que se da la oportunidad a la parte contra quien se pide o se recepciona una prueba, para que la

    conozca, la discuta y, si es posible la desvirt#e. 4al como se desprende de los alcances de los anteriores

     principios, el contacto directo y conocimiento que el juzgador y los sujetos procesales tendrían con el material

     probatorio de naturaleza física o material, es lo que permitirá en un momento determinado impugnar, cuestionar

    o debatir el mismo y eventualmente obtenerse otros elementos de prueba como la pericia que vendría en cierta

    medida a despejar dudas sobre los hechos indagados.

    1UNDAMENTACI5N JURIDICA DE LA CADENA DE CUSTODIA

    %a cadena de custodia se fundamenta en las siguientes normas

    *Con#tt%c.n !" $a R"p/($ca Bo$&arana !" V"n"+%"$a- "n #% art6c%$o 78- n%m"ra$ 9- r""r!o a$ !"(!o

    proc"#o4

    *C.!,o Or,3nco Proc"#a$ P"na$- artc%$o 9;< . 4odo funcionario o funcionaria que colecte evidencias físicas

    debe cumplir con la cadena de custodia, entendiéndose por esta, la garantía legal que permite el manejo idneo

    de las evidencias digitales, físicas o materiales con el objeto de evitar su modificacin, alteracin o

    contaminacin desde el momento de su ubicacin en el sitio del suceso o lugar del hallazgo, su trayectoria porlas distintas dependencias de investigaciones penales, criminalísticas y forenses, la consignacin de los

    resultados a la autoridad competente, hasta la culminacin del proceso.

    %a cadena de custodia comprende el procedimiento empleado en la 'nspeccin 4écnica del +itio del +uceso y

    del cadáver, debiendo cumplirse progresivamente con los siguientes pasos proteccin, fijacin, coleccin,

    embalaje, rotulado, etiquetado, preservacin y traslado de las evidencias digitales o físicas a las respectivas

    dependencias de investigaciones penales, criminalísticas o ciencias forenses u rganos jurisdiccionales.

    %os funcionarios o funcionarias que colectan evidencias físicas deben registrarlas en la planilla dise(ada para la

    cadena de custodia, a fin de garantizar la integridad, autenticidad, originalidad y seguridad del elemento

     probatorio, desde el momento de su coleccin, trayecto de las distintas dependencias de investigaciones penales,

    criminalísticas y ciencias forenses, durante su presentacin en el debate del juicio oral y p#blico, hasta la

    culminacin del proceso.

    %a planilla de registro de evidencias físicas deberá contener la indicacin, en cada una de sus partes de los

    funcionarios o funcionarias o personas que intervinieron en el resguardo, fijacin fotográfica o por otro medio,

    coleccin, embalaje, etiquetaje, traslado, preservacin, análisis, almacenaje y custodia de evidencias físicas para

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    evitar y detectar cualquier modificacin, alteracin, contaminacin o e"travío de estos elementos probatorios.

    %os procedimientos generales y específicos, fundados en los principios básicos de la cadena de custodia de las

    evidencias físicas, estarán regulados por un manual de procedimiento #nico, de uso obligatorio para todas las

    instituciones policiales del territorio nacional, que practiquen entre sus labores, el resguardo, fijacin fotográfica

    o por otro medio, coleccin, embalaje, etiquetaje, traslado preservacin, análisis, almacenaje y custodia de

    evidencias físicas, con la finalidad de mantener un criterio unificado de patrones criminalisticos. El referido-anual de $ustodia de evidencias físicas o prueba, es competencia del -inisterio del 0oder 0opular para

    8elaciones 'nteriores y 6usticia en coordinacin con el -inisterio 0#blico.

    ANALISIS LEGAL

    /nalizando esto a considerar que la custodia de una evidencia debe garantizar al juzgador que la evidencia

    física, que se le presenta en el juicio, es la misma que se recolect en el sitio del suceso! que no ha sido alterada,

    cambiada o destruida! o bien, que fue analizada y se entreg su significado., constituyendo esto herramienta que

    garantiza la seguridad, preservacin e integridad de los elementos probatorios colectados como recibidos y

    e"aminados, que se aportan en la investigacin penal, a fin de evitar su modificacin, alteracin o

    contaminacin, desde el momento de su ubicacin, su paso por las distintas dependencias que cumplan

    funciones de investigaciones penales, criminalísticas o forenses, la consignacin de los resultados de la

    e"perticia o informes técnicos a la autoridad competente hasta la culminacin del proceso.

    4odo funcionario que reciba, genere o analice muestras o elementos de prueba y*o documentos, forma parte

    automáticamente de este procedimiento, sencillo, pero de obligado cumplimiento durante el desarrollo de la

    investigacin. Es responsabilidad de todo funcionario que participa en el proceso de la cadena de custodia,

    conocer los procedimientos generales y específicos para tal fin. Es decir, el desconocimiento de la cadena decustodia no e"ime de responsabilidad al miembro de cualquier institucin que lo omita u olvide en determinado

    momento. Es así como cada uno de los funcionarios que participa en el proceso, es responsable del control y

    registro, pues su actuacin es directa sobre las diferentes decisiones tomadas por el fiscal o juez, dependiendo

    claro está, de la etapa procesal.

    &esde la ubicacin, fijacin, recoleccin, embalaje y traslado de la evidencia en la escena del siniestro, hasta la

     presentacin al debate, la cadena de custodia debe garantizar que el procedimiento empleado ha sido e"itoso, y

    al recolectar las pruebas, lo importante es el significado, el valor que va a tener en el proceso de investigacin y

     por medio de la cadena de custodia, este valor va a ser relevante, debido a que no se va a poder impugnar, al

    haberse acatado el procedimiento.

    C.!,o Or,3nco Proc"#a$ P"na$4 Art6c%$o 9;;. En cada rgano de investigacin penal se destinará un área

     para el resguardo de las evidencias que se recaben durante las investigaciones penales llevadas por esos

    organismos, definido de conformidad con las especificaciones del manual de procedimientos en materia de

    cadena de custodia de evidencias.

    El 4ribunal +upremo de 6usticia, a través del rgano del 0oder 6udicial que designe, tendrá a su cargo la

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    instalacin y funcionamiento en cada circuito judicial penal de un área debidamente acondicionada para el

    resguardo de evidencias relacionadas con los casos en los cuales haya sido admitida la acusacin.

    %as áreas de resguardo deberán estar debidamente acondicionadas, equipadas, y dotadas de infraestructura,

    materiales consumibles, tecnología, seguridad y mantenimiento, necesarios para contener y conservar

    evidencias de origen biolgico y no biolgico hasta la culminacin del proceso.

    %as evidencias de origen biolgico que por su naturaleza son susceptibles de degradacin, cuyos subproductos oderivados, pueden ser altamente t"icos, contaminantes y nocivos para la salud deben ser desechadas previa

    autorizacin judicial, a requerimiento del representante del -inisterio 0ublico a cargo del caso, tomando las

     previsiones necesarias para dejar muestras resguardadas para futuros análisis.

    1ORMAS DE PROTECCION DE LA ESCENA DEL CRIMEN

    Acor!ona!o

    )na forma sencilla de proteger la escena del crimen es el acordonado. %as recomendaciones más populares se

    refieren al uso de la cinta, mecates y barreras naturales.

    Cnta !" (arr"ra po$ca$:

    %a e"periencia nos dice que la cinta amarilla con letreros de 90olicía No 0ase9 es la que proporciona la

     proteccin más segura y econmica. Esta cinta es conocida con el nombre de cinta de barrera.

    +e ha dicho que deben utilizarse distancias no menores a diez metros de la evidencia más lejana, cien a

    doscientos metros 2una a dos cuadras3 del centro del evento relacionado con e"plosivos, etc., sin embargo,

    debemos insistir, todo dependerá de la naturaleza del hecho. &eben tomarse en cuenta todos los antecedentes

    que se tengan y el estudio previo o inspeccin preliminar de la escena.%a recomendacin que se está manejando actualmente para lograr un acordonado eficaz es la de utilizar la cinta

    a una altura entre un metro a metro treinta. E"isten algunas e"plicaciones para la altura en que usualmente se

    coloca la cinta sirve para proteger operaciones de salvamento o de evacuacin de peligros en una zona y la

    cinta colocada a esa altura permite 2gracias a su elasticidad3 bajarla al piso para el paso de los vehículos de

    emergencia que entran o salen de la zona crítica. +e dice que esta altura es suficientemente alta como para

    dificultar, en alguna medida, que se pase por encima, y muy baja para pasar por debajo, constituyéndose

    además, en un obstáculo psicolgico.

    An$$o#

    -uchas veces el peor enemigo de una escena del crimen son la policía. 0ese a la regla de que la escena del

    crimen debe ingresar #nicamente el personal que va a trabajar, en realidad sigue siendo evadidas por un sin

    n#mero de oficiales que no tienen misin determinada. El anillo más lejano sirve para esos policías que llegan

    al lugar, puedan permanecer allí en espera de alguna colaboracin que se pueda requerir. El oficial a cargo de la

    seguridad debe designarles la misin de colaborar con la vigilancia del cordn e"terior o bien solicitarles que se

    aboquen a la localizacin de testigos dentro del p#blico, con el cual deberá mezclarse.

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    El primer anillo debe ser estrictamente para el personal que realiza el levantamiento de la escena del crimen.

    Pr"n#a

    :tro elemento que debe permanecer controlado en la escena del crimen es la prensa. /l igual que los oficiales,

    los periodistas siempre buscarán un lugar de privilegio y suelen ser incontrolables si no les proporciona un

    mejor lugar que en el del p#blico. 0ara ellos filmar o fotografiar lo mismo que ve el p#blico desde la calle no es

    suficiente. -antendrán siempre su deseo de apro"imarse por una e"clusiva.Lo# t"#t,o#

    %os testigos son parte de la investigacin de la escena del crimen pues no slo aportan informacin referente a

    lo acontecido, sino que orientan al investigador en la b#squeda de indicios que ayuda en la reconstruccin de la

    dinámica de lo hechos. Es necesario mantenerlos cerca en un lugar no mezclado directamente con el p#blico ni

    dentro de la zona crítica de recoleccin de indicios.

    V,$anca

    &ebe recordarse que más que una barrera física, la cinta amarilla es una barrera psicolgica. %os acordonados

    garantizan su objetivo cuando se les coloca personal para vigilarlos. Esta vigilancia consiste en la colocacin de

    oficiales preferiblemente uniformados dentro del segundo anillo, mirando hacia el e"terior.

    =nca p%"rta !" "ntra!a ' #a$!a

    +e debe procurar establecer una #nica entrada y salida y un filtro para controlar el acceso. Es importante pues

    sirve para filtrar la entrada de personal policial comprometidos con otros policías o personajes diversos, pues,

     pueden desviar los intentos de ingreso hacia la entrada y el filtro, donde el encargado toma nota del personal

    que desea ingresar y anota los motivos, los cuales e"pondrá al oficial a cargo para autorizar su entrada. Esto es

    suficiente disuasivo para muchos oficiales o personajes que normalmente llegan como un espectador más.Barr"ra# 6#ca#

    +on aquellas que por su naturaleza física impiden o dificultan el paso de las personas.

    P%"#to !" contro$

    %a colocacin de varios anillos propicia lugares aptos para establecer un puesto de control. Este tiene como

    funcin servir como centro de operaciones para organizar las funciones de cada uno de los miembros o entes

    involucrados. / través de él se canaliza la informacin y se dirigen las operaciones que han de llevarse a cabo.

    $on la proteccin de la escena del crimen, se garantiza la legalidad de la prueba, es decir el indicio material

    encontrado en el lugar de los hechos debe guardar una relacin directa o indirecta con el hecho punible

    investigado, en consecuencia la proteccin resulta de fundamental importancia.

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    &esde tiempo remotos hasta la fecha la investigacin penal se ha visto en oportunidades afectada por la

    demanda interpuesta ante los tribunales por algunos de los actores procesales alegando que una evidencia física

  • 8/20/2019 Cadena Custodia.grupo 7 Trabajo de Seminario

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    fue sembrada, cambiada, oculta, alterada, forjada o manipulada e" profeso en el sitio del suceso, o en cualquier

    otro lugar, bien sea por funcionarios policiales, o por alguna otra persona interesada en tergiversa los hechos a

    favor de uno de los sujetos comprometidos en el caso que se investiga. >eneralmente, el descubrimiento de

    estos desafueros es detectado sorpresiva o casualmente por un testigo subrepticio que se hallaba en la escena del

    crimen, cerca del sitio u oculto en el lugar del hecho. 0rocediendo a posterior a denunciarlas osadamente ante

    las autoridades competentes, familiares o allegados del afectado. 4ambién pueden darse, aunque en pocasocasiones, cuando en la causa se evidencian contradicciones entre los entrevistados y los medios de prueba, o

    entre medios de prueba que se contradicen.

    El legislador reformista, futurista e innovador del incipiente sistema procesal, acusatorio y oral del a(o ABBB.

    $onsciente de las arbitrariedades cometidas generalmente por algunos funcionarios policiales que se prestan

     para estos menesteres. &ej entrever la necesidad de soslayar este tipo de maniobras o tácticas, incorporando en

    el instrumento procesal penal, 0rincipios, herramientas y disposiciones que traten de ipso facto de soslayar estos

    abusos policiales

    En primer lugar, se impulsa el estricto cumplimiento del 0rincipio de %icitud y %egalidad de la 0rueba!

    segundo, se incorpora te"tualmente la necesidad de elaborar una herramienta 2-/N)/%3, cuyos procedimiento

    garanticen la integridad de la evidencia física colectada en la escena del crimen o en cualquier etapa de la

    investigacin criminal con la finalidad de revestirlas del valor necesario que se requiere para continuar con los

     pasos subsiguientes a su procesamiento e"perimental y sea e"hibida en el juicio oral y, finalmente, se procede

    de forma e"presa en la norma, de obligar a los funcionarios, investigadores o e"pertos de los rganos de

    investigacin penal de permitir, por lo menos que una persona se encargue de presenciar el acto salvo, cuando

    se requieran que otros ciudadanos acompa(en a la comisin policial debido a la e"tensin o complejidad dellugar a inspeccionar o registrar. -ientras que en los casos de allanamiento, se requerirá la asistencia de más de

    un testigo habilitado para presenciar el acto, mínimo dos testigos! así como, la asistencia del abogado defensor

    del imputado, o en ausencia de este, alguna otra persona que lo asista, tal como lo contempla la norma.