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Franciscanas Misioneras de la Madre del Divino Pastor C/ Francisco Laguna 21 Bis – 28053 Madrid – Tel/Fax 914.771.158 – Código Centro: 28009215 – Correo: [email protected] – www.sanjose.anamogas.org Estimadas familias. A través de esta circular os comunicamos que la normativa vigente, hasta el día 25 de mayo de este año es la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (en adelante, Ley Orgánica de 1999), que evidentemente, tras casi 20 años ha quedado obsoleta con todos los cambios que ha habido en cuanto a la Protección de Datos y, sobre todo, en el ámbito de las Nuevas Tecnologías. El nuevo Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de los datos personales y a la libre circulación de estos datos (en adelante, RGPD) es un nuevo reglamento que viene de Europa y tiene aplicación directa en todos los países de la Unión. No hay trasposición en la normativa española, por tanto su aplicación y la adecuación de todas las entidades al mismo viene dada por las medidas, pautas y directrices de la Agencia Española de Protección de Datos (en adelante, AEPD). Se prevé además, la entrada en vigor de una nueva Ley de Protección de Datos en los próximos meses tras la aprobación del anteproyecto, sin embargo no tenemos certeza de cuándo entrará en vigor y, por tanto, en los próximos meses tendremos que hacer ciertas matizaciones en la adecuación que estamos haciendo de los centros educativos a este reglamento. A priori, los cambios, que suponen el obligatorio cumplimiento de este nuevo reglamento en el caso concreto de los centros educativos, es importante. Sin embargo, al llevar una buena adecuación en materia de protección de datos con respecto a la normativa vigente hasta ahora, estos cambios se minimizan en gran medida, suponiendo simplemente (y resumiendo muy brevemente): 1. Modificación y adecuación de las cláusulas que manejan los distintos centros educativos para cumplir con el deber de información o para el recabado de datos; 2. Modificación y adecuación de los contratos con terceros susceptibles a ser encargados del tratamiento de datos (con o sin acceso a los mismos); 3. Elaboración de un Registro de Actividades de Tratamiento (en adelante, RAT) con las actividades de tratamiento clasificadas por base o legitimación jurídica partiendo de los ficheros ya inscritos en el Registro de la AEPD; 4. Nombramiento de un Delegado de Protección de Datos (en adelante, DPO), como figura independiente a la consultoría, responsable de verificar la implantación o la adecuación por parte de la entidad del nuevo reglamento RGPD. Teniendo en cuenta todos estos cambios y los que a menudo se producen a nivel interno en nuestros centros, agradecemos una vez más vuestra colaboración con el centro para recoger los consentimientos necesarios para llevar a cabo el tratamiento de los datos. Quedamos a vuestra disposición ante cualquier consulta que estiméis oportuna. En MADRID a 22 de MAYO de 2018 Dª. Mª Teresa Guinea Lozano

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Franciscanas Misioneras de la Madre del Divino Pastor C/ Francisco Laguna 21 Bis – 28053 Madrid – Tel/Fax 914.771.158 – Código Centro: 28009215 – Correo: [email protected] – www.sanjose.anamogas.org

Estimadasfamilias.

Atravésdeestacircularoscomunicamosque lanormativavigente,hastaeldía25demayodeesteañoeslaLeyOrgánica15/1999,de13dediciembre,deProteccióndeDatosdeCarácterPersonal(enadelante,LeyOrgánicade1999),queevidentemente,trascasi20añoshaquedadoobsoletacontodoslos cambios que ha habido en cuanto a la Protección de Datos y, sobre todo, en el ámbito de lasNuevasTecnologías.

ElnuevoReglamento (UE)2016/679del ParlamentoEuropeoydelConsejo, de27deabril de2016relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de los datospersonales y a la libre circulación de estos datos (en adelante, RGPD) es un nuevo reglamento quevienedeEuropaytieneaplicacióndirectaentodos lospaísesde laUnión.Nohaytrasposiciónen lanormativa española, por tanto su aplicación y la adecuación de todas las entidades almismo vienedadaporlasmedidas,pautasydirectricesdelaAgenciaEspañoladeProteccióndeDatos(enadelante,AEPD).

Seprevéademás,laentradaenvigordeunanuevaLeydeProteccióndeDatosenlospróximosmesestras laaprobacióndelanteproyecto,sinembargonotenemoscertezadecuándoentraráenvigory,por tanto, en los próximosmeses tendremos que hacer ciertasmatizaciones en la adecuación queestamoshaciendodeloscentroseducativosaestereglamento.

Apriori, loscambios,quesuponenelobligatoriocumplimientodeestenuevoreglamentoenelcasoconcretode los centros educativos, es importante. Sin embargo, al llevar unabuena adecuaciónenmateria de protección de datos con respecto a la normativa vigente hasta ahora, estos cambios seminimizanengranmedida,suponiendosimplemente(yresumiendomuybrevemente):

1. Modificación y adecuación de las cláusulas que manejan los distintos centros educativos paracumplirconeldeberdeinformaciónoparaelrecabadodedatos;

2. Modificación y adecuación de los contratos con terceros susceptibles a ser encargados deltratamientodedatos(conosinaccesoalosmismos);

3.ElaboracióndeunRegistrodeActividadesdeTratamiento(enadelante,RAT)conlasactividadesdetratamiento clasificadas por base o legitimación jurídica partiendo de los ficheros ya inscritos en elRegistrodelaAEPD;

4. Nombramiento de un Delegado de Protección de Datos (en adelante, DPO), como figuraindependientealaconsultoría,responsabledeverificarlaimplantaciónolaadecuaciónporpartedelaentidaddelnuevoreglamentoRGPD.

Teniendoencuentatodosestoscambiosylosqueamenudoseproducenanivelinternoennuestroscentros, agradecemos una vez más vuestra colaboración con el centro para recoger losconsentimientosnecesariosparallevaracaboeltratamientodelosdatos.

Quedamosavuestradisposiciónantecualquierconsultaqueestiméisoportuna.

EnMADRIDa22deMAYOde2018

Dª.MªTeresaGuineaLozano

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