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página 1 índice página 1 índice página 1 índice Año XVI - N° 3481 BUENOS AIRES, Viernes 13 de Marzo de 2020 BOLETÍN DEL INSTITUTO DISPOSICIONES DI-2020-33-INSSJP-GESP#INSSJP Renueva contrato. LP 10/18. Fumigación. ........................ pág.1 DI-2020-34-INSSJP-GESP#INSSJP Declara fracasada CD N° 296/20. Autoriza llamado. .pág.2 DI-2020-43-INSSJP-GESP#INSSJP Renueva contrato LP N° 63/18. Manten. ascensores ..pág.3 DI-2020-44-INSSJP-GESP#INSSJP Autoriza llamado LP. Instalación baterías UPS ..............pág.4 DI-2020-45-INSSJP-GESP#INSSJP Prorroga Órden de Compra contratación envío SMS.. pág.5 DI-2020-46-INSSJP-GESP#INSSJP Adjudica LP N° 43/15. Sistema SAP.................................... pág.6 RESOLUCIONES RESOL-2020-965-INSSJP-DE#INSSJP Traslada y asigna titular Coord. O,. DAMNPYP .............. pág.7 RESOL-2020-969-INSSJP-DE#INSSJP Designa y asigna titular Agencia F. varela. UGL XXXVIIpág.8 RESOL-2020-970-INSSJP-DE#INSSJP Designa y asigna titular CAP Bosques. UGL XXXVII..... pág.9 RESOL-2020-975-INSSJP-DE#INSSJP Designa y asigna titular CAP V. Dolores. UGL III........... pág.10 RESOL-2020-977-INSSJP-DE#INSSJP Autoriza ampliación horaria. SGA.......................................pág.12 RESOL-2020-978-INSSJP-DE#INSSJP Asigna titular CAP Cruce. UGL XXXVII ..............................pág.12 RESOL-2020-994-INSSJP-DE#INSSJP Designa y asigna titular Coord. GE. UGL XXII.................pág.13 RESOL-2020-995-INSSJP-DE#INSSJP Designa y asigna Director Ejecutivo. UGL XXII ............. pág.14 DI-2020-33-INSSJP-GAD#INSSJP BUENOS AIRES, 10 MAR. 2020 VISTO las Resoluciones Nº 124/DE/18 y sus modificatorias y complementarias, Nº RESOL-2019-23-INSSJP-DE#INSSJP, Nº RESOL-2019-179-INSSJP-DE#INSSJP, el Expediente Nº 0200-2018-0003612-7, y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el Visto tramitó la contratación del servicio de fumigación y desinsectación para todos los edificios del Sistema Por Más Salud sitos en La Rioja 951 (Unidad Asistencial Dr. Cesar Milstein), Estados Unidos 3205 (Centro de Promoción y Prevención), Emilio Mitre 688 (Centro de Promoción, Prevención y Recuperación), Av. Honorio Pueyrredón 1116 (Centro de Capacitación y Docencia) y La Rioja 1011/13 por el término de doce (12) meses con opción a renovación por hasta igual período. Que por Disposición Nº DI-2018-1862-INSSJP-GAD#INSSJP se autorizó el llamado a Licitación Privada con el mencionado objeto, registrada bajo el N° 10/18, en los términos establecidos por el artículo 24º inciso c) apartado c.1) del Régimen de Compras y Contrataciones, aprobado por Resolución Nº 124/DE/18 y sus modificatorias y complementarias, y asimismo se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, Especificaciones Técnicas y sus Anexos para la contratación. Que mediante Disposición Nº DI-2018-2013-INSSJP- GAD#INSSJP se adjudicó la Licitación Privada N° 10/18 a la firma CARLOS G. BLANCO Y DIEGO G. BLANCO S.H., por la suma total de PESOS QUINIENTOS DIECISÉIS MIL CIENTO OCHO CON 00/100 ($ 516.108,00), emitiéndose en su favor la Orden de Compra N° 4500262893/18, para el período comprendido entre el 24 de febrero de 2019 y el 23 de febrero de 2020. Que atento a la proximidad del vencimiento de la contratación, la Gerencia de Efectores Sanitarios Propios solicitó se arbitren los medios necesarios a efectos de hacer uso de la opción a renovación del contrato, a partir de la fecha de su vencimiento y por el término de doce (12) meses. Que en consecuencia, la Subgerencia de Compras y Contrataciones requirió a la firma CARLOS G. BLANCO Y DIEGO G. BLANCO S.H. su consentimiento con el fin de proceder a la renovación en forma ordinaria del contrato, en idénticas condiciones a las pactadas oportunamente. Que a su turno, la firma adjudicataria manifestó su voluntad de seguir prestando el servicio, toda vez que se considere un aumento en los precios unitarios vigentes. Que atento a ello se dio intervención al Departamento Estudios Económicos, dependiente de la Gerencia Económico Financiera, quien informó los valores dentro de los cuales el Instituto estaría en condiciones de proceder a la renovación. Que habiendo sido notificada de ello, la firma CARLOS G. BLANCO Y DIEGO G. BLANCO S.H. prestó su conformidad a la renovación en forma ordinaria, en un todo de acuerdo a lo informado por el Instituto. Que en virtud de lo expuesto corresponde aprobar, en los alcances del Artículo 3° de la Resolución N° RESOL- 2019-23-INSSJP-DE#INSSJP y el Anexo I punto 3) de la Resolución N° RESOL-2019-179-INSSJP-DE#INSSJP, la renovación en forma ordinaria del contrato celebrado con la firma CARLOS G. BLANCO Y DIEGO G. BLANCO S.H, para el servicio de fumigación y desinsectación para todos los edificios del Sistema Por Más Salud sitos en La Rioja 951 (Unidad Asistencial Dr. Cesar Milstein), Estados Unidos 3205 (Centro de Promoción y Prevención), Emilio Mitre 688 (Centro de Promoción, Prevención y Recuperación), Av. Honorio Pueyrredón 1116 (Centro de Capacitación y Docencia) y La Rioja 1011/13 a partir de la fecha de su vencimiento y por el término de doce (12) meses, por un monto total de PESOS SEISCIENTOS

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Año XVI - N° 3481

BUENOS AIRES, Viernes 13 de Marzo de 2020

BOLETÍNDEL INSTITUTO

DISPOSICIONES

DI-2020-33-INSSJP-GESP#INSSJP Renueva contrato. LP 10/18. Fumigación. ........................ pág.1

DI-2020-34-INSSJP-GESP#INSSJP Declara fracasada CD N° 296/20. Autoriza llamado. .pág.2

DI-2020-43-INSSJP-GESP#INSSJP Renueva contrato LP N° 63/18. Manten. ascensores ..pág.3

DI-2020-44-INSSJP-GESP#INSSJP Autoriza llamado LP. Instalación baterías UPS ..............pág.4

DI-2020-45-INSSJP-GESP#INSSJP Prorroga Órden de Compra contratación envío SMS .. pág.5

DI-2020-46-INSSJP-GESP#INSSJP Adjudica LP N° 43/15. Sistema SAP ....................................pág.6

RESOLUCIONES

RESOL-2020-965-INSSJP-DE#INSSJP Traslada y asigna titular Coord. O,. DAMNPYP ..............pág.7

RESOL-2020-969-INSSJP-DE#INSSJP Designa y asigna titular Agencia F. varela. UGL XXXVII pág.8

RESOL-2020-970-INSSJP-DE#INSSJP Designa y asigna titular CAP Bosques. UGL XXXVII .....pág.9

RESOL-2020-975-INSSJP-DE#INSSJP Designa y asigna titular CAP V. Dolores. UGL III...........pág.10

RESOL-2020-977-INSSJP-DE#INSSJP Autoriza ampliación horaria. SGA .......................................pág.12

RESOL-2020-978-INSSJP-DE#INSSJP Asigna titular CAP Cruce. UGL XXXVII ..............................pág.12

RESOL-2020-994-INSSJP-DE#INSSJP Designa y asigna titular Coord. GE. UGL XXII .................pág.13

RESOL-2020-995-INSSJP-DE#INSSJP Designa y asigna Director Ejecutivo. UGL XXII ............. pág.14

DI-2020-33-INSSJP-GAD#INSSJP

BUENOS AIRES, 10 MAR. 2020VISTO las Resoluciones Nº 124/DE/18 y sus modificatorias y complementarias, Nº RESOL-2019-23-INSSJP-DE#INSSJP, Nº RESOL-2019-179-INSSJP-DE#INSSJP, el Expediente Nº 0200-2018-0003612-7, yCONSIDERANDO:Que por el Expediente citado en el Visto tramitó la contratación del servicio de fumigación y desinsectación para todos los edificios del Sistema Por Más Salud sitos en La Rioja 951 (Unidad Asistencial Dr. Cesar Milstein), Estados Unidos 3205 (Centro de Promoción y Prevención), Emilio Mitre 688 (Centro de Promoción, Prevención y Recuperación), Av. Honorio Pueyrredón 1116 (Centro de Capacitación y Docencia) y La Rioja 1011/13

por el término de doce (12) meses con opción a renovación por hasta igual período.Que por Disposición Nº DI-2018-1862-INSSJP-GAD#INSSJP se autorizó el llamado a Licitación Privada con el mencionado objeto, registrada bajo el N° 10/18, en los términos establecidos por el artículo 24º inciso c) apartado c.1) del Régimen de Compras y Contrataciones, aprobado por Resolución Nº 124/DE/18 y sus modif icator ias y complementarias, y asimismo se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, Especificaciones Técnicas y sus Anexos para la contratación.Que mediante Disposición Nº DI-2018-2013-INSSJP-GAD#INSSJP se adjudicó la Licitación Privada N° 10/18 a la firma CARLOS G. BLANCO Y DIEGO G. BLANCO S.H., por la suma total de PESOS QUINIENTOS DIECISÉIS MIL CIENTO OCHO CON 00/100 ($ 516.108,00), emitiéndose en su favor la Orden de Compra N° 4500262893/18, para el período comprendido entre el 24 de febrero de 2019 y el 23 de febrero de 2020.Que atento a la proximidad del vencimiento de la contratación, la Gerencia de Efectores Sanitarios Propios solicitó se arbitren los medios necesarios a efectos de hacer uso de la opción a renovación del contrato, a partir de la fecha de su vencimiento y por el término de doce (12) meses.Que en consecuencia, la Subgerencia de Compras y Contrataciones requirió a la firma CARLOS G. BLANCO Y DIEGO G. BLANCO S.H. su consentimiento con el fin de proceder a la renovación en forma ordinaria del contrato, en idénticas condiciones a las pactadas oportunamente.Que a su turno, la firma adjudicataria manifestó su voluntad de seguir prestando el servicio, toda vez que se considere un aumento en los precios unitarios vigentes.Que atento a ello se dio intervención al Departamento Estudios Económicos, dependiente de la Gerencia Económico Financiera, quien informó los valores dentro de los cuales el Instituto estaría en condiciones de proceder a la renovación.Que habiendo sido notificada de ello, la firma CARLOS G. BLANCO Y DIEGO G. BLANCO S.H. prestó su conformidad a la renovación en forma ordinaria, en un todo de acuerdo a lo informado por el Instituto.Que en vir tud de lo expuesto corresponde aprobar, en los alcances del Artículo 3° de la Resolución N° RESOL- 2019-23-INSSJP-DE#INSSJP y el Anexo I punto 3) de la Resolución N° RESOL-2019-179-INSSJP-DE#INSSJP, la renovación en forma ordinaria del contrato celebrado con la firma CARLOS G. BLANCO Y DIEGO G. BLANCO S.H, para el servicio de fumigación y desinsectación para todos los edificios del Sistema Por Más Salud sitos en La Rioja 951 (Unidad Asistencial Dr. Cesar Milstein), Estados Unidos 3205 (Centro de Promoción y Prevención), Emilio Mitre 688 (Centro de Promoción, Prevención y Recuperación), Av. Honorio Pueyrredón 1116 (Centro de Capacitación y Docencia) y La Rioja 1011/13 a partir de la fecha de su vencimiento y por el término de doce (12) meses, por un monto total de PESOS SEISCIENTOS

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Año XVI - N° 3481

BUENOS AIRES, Viernes 13 de Marzo de 2020

BOLETÍNDEL INSTITUTO

TRES MIL SEISCIENTOS SETENTA Y SIETE CON 88/100 ($ 603.677,88), conforme a lo detallado en el Anexo que se agrega y pasa a formar parte integrante de la presente, y en un todo de acuerdo a las demás condiciones establecidas en el marco de la Licitación Privada Nº 10/18.Que la Subgerencia de Control Presupuestario y Control de Gestión procedió a verificar en el Sistema de Gestión Económico Financiero la disponibilidad de fondos, realizándose en consecuencia la reserva presupuestaria N° 760001494 de conformidad con la normativa vigente en la materia.Que la Asesoría Legal de la Gerencia de Administración ha tomado la debida intervención en el marco de su competencia.Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Resoluciones Nº 678/DE/17, Nº 124/DE/18 y sus modificatorias y c omp lementa r ias , N º RESO L-2019 -23 - INSS J P-DE#INSSJP, Nº RESOL-2019-179-INSSJP- DE#INSSJP y N° RESOL-2019-1991-INSSJP-DE#INSSJP,

EL GERENTE DE ADMINISTRACIÓNDEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS

SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOSDISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Renuévase en forma ordinaria, en los alcances del Artículo 3° de la Resolución N° RESOL-2019-23-INSSJP-DE#INSSJP y el Anexo I punto 3) de la Resolución N° RESOL-2019-179-INSSJP-DE#INSSJP, el contrato celebrado con la firma CARLOS G. BLANCO Y DIEGO G. BLANCO S.H., para el servicio de fumigación y desinsectación para todos los edificios del Sistema Por Más Salud sitos en La Rioja 951 (Unidad Asistencial Dr. Cesar Milstein), Estados Unidos 3205 (Centro de Promoción y Prevención), Emilio Mitre 688 (Centro de Promoción, Prevención y Recuperación), Av. Honorio Pueyrredón 1116 (Centro de Capacitación y Docencia) y La Rioja 1011/13, a partir del 24 de febrero de 2020 y por el término de doce (12) meses, por un monto total de PESOS SEISCIENTOS TRES MIL SEISCIENTOS SETENTA Y SIETE CON 88/100 ($ 603.677,88), conforme a lo detallado en el Anexo que se agrega y pasa a formar parte integrante de la presente, y en un todo de acuerdo a las demás condiciones establecidas en el marco de la Licitación Privada Nº 10/18.ARTÍCULO 2°.- Autorízase a la Subgerencia de Compras y Contrataciones a emitir y suscribir la correspondiente Orden de Compra.ARTÍCULO 3°.- Dispónese el libramiento de la Orden de Compra mencionada en el artículo 2º, al solo efecto de su inclusión en el Sistema de Gestión Económico Financiero, conforme lo dispuesto en el artículo 1° de la presente.ARTÍCULO 4º.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.DI-2020-33-INSSJP-GAD#INSSJPSANTIAGO AUGUSTO CORVALAN OLIVERA - Gerente - Gerencia de Administración

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DI-2020-34-INSSJP-GAD#INSSJP

BUENOS AIRES, 12 MAR. 2020VISTO la Resolución Nº 124/DE/18, sus modificatorias y complementarias, el Expediente EX-2020- 07058390- INSSJP-GAD#INSSJP y,CONSIDERANDO:Que por el Expediente citado en el Visto tramita la contratación de un servicio de provisión de bidones de agua pura, vasos descartables y la entrega en comodato de dispensadores de agua fría-caliente, incluyendo el servicio técnico mensual de los dispensadores, con destino a los edificios de Nivel Central, Residencias Propias, el Centro “Por Más Salud” (Htal. Dr. César Milstein) y el Hospital de Alta Complejidad “Dr. Luis Federico Leloir”, por el término de seis (6) meses.Que por Disposición Nº DI-2020-22-INSSJP-GAD#INSSJP, se procedió a dejar sin efecto la Contratación Directa Nº 230/20 y se autorizó un nuevo llamado a Contratación Directa del tipo por presupuestos, subtipo urgencia o emergencia, bajo la modalidad de Orden de Compra abierta en los términos establecidos de los artículos 24° inciso d) apartado d.1.2, 30º inciso a) apartado 2 y 32º del Régimen de Compras y Contrataciones, aprobado por Resolución Nº 124/DE/18 y sus modificatorias.Que sobre la base de lo requerido, la Subgerencia de Compras y Contrataciones procedió a registrar la Contratación Directa Nº 296/20 fijándose la presentación de presupuestos para el día 26 de febrero de 2020.Que con arreglo a lo previsto se procedió a publicar la convocatoria en la página de Internet del Instituto, y asimismo fueron invitadas a participar las empresas del rubro inscriptas en el Portal de Prestadores y Proveedores del INSSJP.Que según surge de las presentes actuaciones, se recibió un (1) presupuesto, a saber: FISCHETTI Y CIA. S.R.L.Que no obstante ello, del análisis realizado por la Unidad de Evaluación de Ofertas de la Coordinación de ésta Gerencia de Administración, la misma informó que la firma FISCHETTI Y CIA. S.R.L. es la actual proveedora de la Licitación Pública Nº 18/18 correspondiente al servicio objeto de la presente y la mentada contratación se encuentra en proceso de rescisión con culpa, por incumplimiento de parámetros mínimos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas, mediante expediente sancionatorio Nº EX2020- 09018545-INSSJP-GAD#INSSJP.Que en virtud de lo expuesto, la mencionada Unidad de Evaluación de Ofertas recomendó desestimar la oferta presentada por la firma FISCHETTI Y CIA. S.R.L. por resultar inconveniente a los intereses del Instituto.Que así las cosas la Subgerencia de Recursos Físicos manifestó que persiste la necesidad de contratar el servicio objeto de la presente y rectificó las condiciones establecidas oportunamente mediante un nuevo formulario de requerimiento.Que en virtud de lo expuesto corresponde declarar fracasada la Contratación Directa N° 296/20 por no haberse recibido ofertas

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Año XVI - N° 3481

BUENOS AIRES, Viernes 13 de Marzo de 2020

BOLETÍNDEL INSTITUTO

convenientes y de acuerdo a lo dispuesto por los artículos 24° inciso d) apartado d.1.2, 30º inciso a) apartado 2 y 32º del Régimen de Compras y Contrataciones del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, aprobado por Resolución Nº 124/DE/18 y sus modificatorias, autorizar a realizar un nuevo llamado a Contratación Directa del tipo por presupuestos, subtipo urgencia o emergencia, bajo la modalidad de orden de compra abierta.Que las Subgerencias de Recursos Físicos, Control Presupuestario y Control de Gestión y de Compras y Contrataciones de ésta Gerencia de Administración han tomado la debida intervención de sus competencias.Por ello,y en uso de las facultades conferidas por las Resoluciones Nº 678/DE/17, Nº 124/DE/18, sus modificatorias y complementarias, RESOL-2019-879-INSSJP-DE#INSSJP y RESOL-2019-1991-INSSJP-DE#INSSJP,

EL GERENTE DE ADMINISTRACIÓN DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS

SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOSDISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el procedimiento realizado para la Contratación Directa del tipo por presupuestos, subtipo urgencia o emergencia Nº 296/20, para la contratación de un servicio de provisión de bidones de agua pura, vasos descartables y la entrega en comodato de dispensadores de agua fría-caliente, incluyendo el servicio técnico mensual de los dispensadores, con destino a los edificios de Nivel Central, Residencias Propias, el Centro “Por Más Salud” (Htal. Dr. César Milstein) y el Hospital de Alta Complejidad “Dr. Luis Federico Leloir”, por el término de seis (6) meses.ARTÍCULO 2º.- Desestímese la oferta presentada por la firma FISCHETTI Y CIA. S.R.L., por los motivos expuestos en los considerandos de la presente.ARTÍCULO 3º.- Declárese fracasada la Contratación Directa N° 296/20, por los motivos expuestos en los considerandos.ARTÍCULO 4º.-Autorizase a efectuar un nuevo llamado a Contratación Directa del tipo por presupuestos, subtipo urgencia o emergencia, para la contratación de un servicio de provisión de bidones de agua pura, vasos descartables y la entrega en comodato de dispensadores de agua fría-caliente, incluyendo el servicio técnico mensual de los dispensadores, con destino a los edificios de Nivel Central, Residencias Propias, el Centro “Por Más Salud” (Htal. Dr. César Milstein) y el Hospital de Alta Complejidad “Dr. Luis Federico Leloir”, por el término de doce (12) meses, encuadrada en los términos de los artículos 24° inciso d) apartado d.1.2, 30º inciso a) apartado 2 y 32º del Régimen de Compras y Contrataciones, aprobado por Resolución Nº 124/DE/18 y sus modificatorias.ARTÍCULO 5º.-Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.DI-2020-34-INSSJP-GAD#INSSJPSANTIAGO AUGUSTO CORVALAN OLIVERA - Gerente - Gerencia de Administración

DI-2020-43-INSSJP-GAD#INSSJP

BUENOS AIRES, 12 MAR. 2020VISTO las Rsoluciones Nº 124/DE/18, sus modificatorias y complementarias, RESOL-2019-23-INSSJP-DE#INSSJP, RESOL-2019-179-INSSJP-DE#INSSJP, el Expediente Nº 0200-2018-0013096-4 y,CONSIDERANDO:Que por el Expediente citado en el Visto tramitó la contratación de un profesional y/o empresa habilitada por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires para actuar en la conservación y mantenimiento preventivo y/o correctivo de los ascensores pertenecientes a los inmuebles del Instituto ubicados en el ámbito de C.A.B.A. por el término de doce (12) meses con opción a renovación por hasta igual período.Que por Disposición Nº DI-2018-1950-INSSJP-GAD#INSSJP se autorizó el llamado a Licitación Pública con el mencionado objeto, en los términos establecidos por el artículo 24º inciso a) apartado a.1) del Régimen de Compras y Contrataciones, aprobado por Resolución Nº 124/DE/18 y sus modificatorias, y asimismo se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, Especificaciones Técnicas y sus Anexos para la contratación.Que mediante Disposición Nº DI-2019-61-INSSJP-GAD#INSSJP y su modificatoria Nº DI-2019-176-INSSJP-GAD#INSSJP se adjudicó la Licitación Pública N° 63/18 a la firma BESTEC S.A., por la suma total de PESOS CINCO MILLONES NOVECIENTOS ONCE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y OCHO ($5.911.848,00), emitiéndose en consecuencia la Orden de Compra N° 4500269452/19, para el período comprendido entre el 1° de Marzo de 2019 al 29 de Febrero de 2020.Que atento a la proximidad del vencimiento de la contratación, la Subgerencia de Recursos Físicos solicitó se arbitren los medios necesarios a efectos de hacer uso de la opción a renovación del contrato celebrado con la firma BESTEC S.A., a partir de la fecha de su vencimiento y por el término de doce (12) meses.Que en consecuencia la Subgerencia de Compras y Contrataciones requirió a la mencionada firma su consentimiento, a fin de proceder a la renovación en forma ordinaria de la contratación, en idénticas condiciones a las pactadas oportunamente.Que a su turno, la firma adjudicataria manifestó su voluntad de seguir prestando el servicio, toda vez que se considere un aumento en los valores unitarios vigentes.Que atento a ello se dio intervención al Departamento Estudios Económicos, dependiente de la Gerencia Económico Financiera, quien informó el porcentaje de aumento dentro de los cuales el Instituto estaría en condiciones de proceder a la renovación anual.Que habiendo sido notificada de ello la firma BESTEC S.A., prestó su conformidad a los valores propuestos por el Instituto, pero con la salvedad que la renovación se realice por el término de seis (6) meses.

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Año XVI - N° 3481

BUENOS AIRES, Viernes 13 de Marzo de 2020

BOLETÍNDEL INSTITUTO

Que por lo expuesto, y tratándose de un servicio que reviste el carácter de esencial para el normal funcionamiento y una correcta atención de las afiliadas y los afiliados, y a efectos de no discontinuar el servicio, se solicitó nueva intervención al Departamento Estudios Económicos, dependiente de la Gerencia Económico Financiera, quien consideró razonable lo solicitado por la firma.Que en virtud de lo expuesto corresponde aprobar, en los alcances del Artículo 3° de la Resolución N° RESOL-2019-23-INSSJP-DE#INSSJP y el Anexo I punto 3) de la Resolución N° RESOL-2019-179-INSSJP-DE#INSSJP, la renovación en forma ordinaria del contrato celebrado con la firma BESTEC S.A., a partir de la fecha de vencimiento y por el término de seis (6) meses, por un monto total de PESOS CUATRO MILLONES CIENTO TREINTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y TRES CON 60/100 ($4.138.293,60), conforme a lo detallado en el Anexo que se agrega y pasa a formar parte integrante de la presente, y en un todo de acuerdo a las demás condiciones establecidas, en el marco de la Licitación Pública N° 63/18.Que la Subgerencia de Control Presupuestario y Control de Gestión procedió a verificar en el Sistema de Gestión Económico Financiero la disponibilidad de fondos, realizándose en consecuencia la reserva presupuestaria N° 730002041 de conformidad con la normativa vigente en la materia.Que la Asesoría Legal de la Gerencia de Administración ha tomado la debida intervención en el marco de su competencia.Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Resoluciones Nº 678/DE/17, Nº RESOL-2019-23-INSSJP- DE#INSSJP, Nº RESOL-2019-179-INSSJP-DE#INSSJP, y N° RESOL-2019-1991-INSSJP-DE#INSSJP,

EL GERENTE DE ADMINISTRACIÓN DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

DISPONE:ARTÍCULO 1º.- Apruébase, en los alcances del Artículo 3° de la Resolución N° RESOL-2019-23-INSSJP-DE#INSSJP y el Anexo I punto 3) de la Resolución N° RESOL-2019-179-INSSJP-DE#INSSJP, la renovación en forma ordinaria del contrato celebrado con la firma BESTEC S.A., para la contratación de un Profesional y/o empresa habilitada por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires para actuar en la conservación y mantenimiento preventivo y/o correctivo de los ascensores pertenecientes a los inmuebles del Instituto ubicados en el ámbito de C.A.B.A., a partir del 1° de Marzo de 2020 y por el término de seis (6) meses, por la suma total de PESOS CUATRO MILLONES CIENTO TREINTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y TRES CON 60/100 ($4.138.293,60), conforme a lo detallado en el Anexo que se agrega y pasa a formar parte integrante de la presente, y en un todo de acuerdo a las demás condiciones establecidas, en el marco de la Licitación Pública N° 63/18.ARTÍCULO 2°.- Autorízase a la Subgerencia de Compras y Contrataciones a emitir y suscribir la correspondiente Orden de Compra, facultándola a disponer su libramiento al solo efecto de

su inclusión en el Sistema de Gestión Económico Financiero, conforme lo dispuesto en el artículo 1° de la presente.ARTÍCULO 3º.- Regístrese, comuníquese a la firma BESTEC S.A.. Publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.DI-2020-43-INSSJP-GAD#INSSJPSANTIAGO AUGUSTO CORVALAN OLIVERA - Gerente - Gerencia de Administración

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DI-2020-44-INSSJP-GAD#INSSJP

BUENOS AIRES, 12 MAR. 2020VISTO el Expediente Nº EX-2019-107765621-INSSJP-GIT#INSSJP, Resoluciones N° 678/DE/17, Nº 124/DE/18 y sus modificatorias, RESOL-2018-879-INSSJP-DE#INSSJP yCONSIDERANDO:Que por el Expediente citado en el Visto tramita la provisión, instalación y puesta en servicio, por reemplazo, de dos (2) baterías (nuevas – sin uso) asociadas a UPS instaladas en Av. Corrientes 655 y en Paraná 468, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.Que a tal efecto, la Gerencia Infraestructura Tecnológica, ha elaborado el listado de servicios requeridos, sus especificaciones técnicas, las pautas y normas generales, las cantidades necesarias y el costo total estimado para la contratación que se propicia.Que sobre la base de lo requerido, la Subgerencia Continuidad de Servicios Esenciales procedió a la elaboración del Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y Anexos que regirá el presente llamado y notificó a la Gerencia Infraestructura Tecnológica a fin de que la misma ratifique o rectifique sus cláusulas, habiendo ésta última ratificado las mismas.Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 24º inciso c) apartado c.1) y 34° inciso a) del Régimen de Compras y Contrataciones, aprobado por Resolución Nº 124/DE/18 y sus modificatorias, corresponde realizar un llamado a Licitación Privada bajo la modalidad Etapa Única.Que la convocatoria a presentar ofertas debe efectuarse mediante la publicación en la página web del Instituto, con un mínimo de tres (3) días de antelación a la fecha fijada para la apertura, computados a partir del día siguiente a la última publicación, conforme a lo establecido por el artículo 45° del Régimen de Compras y Contrataciones aprobado por Resolución N° 124/DE/18 y sus modificatorias.Que, en forma simultánea con la publicidad, se deberá invitar a las empresas del rubro que se encuentren inscriptas en el Portal de Prestadores y Proveedores de este Instituto, a presentar ofertas en la presente Licitación Privada, dejando constancia en las actuaciones.Que la Subgerencia de Control Presupuestario y Control de

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Año XVI - N° 3481

BUENOS AIRES, Viernes 13 de Marzo de 2020

BOLETÍNDEL INSTITUTO

Gestión, procedió a realizar la solicitud de pedido de conformidad con la normativa vigente en la materia.Que la Gerencia de Infraestructura Tecnológica, la Subgerencia de Control Presupuestario y Control de Gestión y la Subgerencia Continuidad de Servicios Esenciales han tomado la debida intervención en el marco de sus competencias.Que la Asesoría Legal de ésta Gerencia de Administración emitió el dictamen de acuerdo a sus funciones manifestando la inexistencia de objeciones legales para la suscripción del presente acto dispositivo.Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Reso luc iones N° 678 /DE /17, N º 124 /DE /18 y sus modificatorias, RESOL-2018-879-INSSJP-DE#INSSJP y RESOL-2019-1991-INSSJP-DE#INSSJP,

EL GERENTE DE ADMINISTRACION DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

DISPONE:ARTÍCULO 1º.- Autorízase a efectuar un llamado a Licitación Privada para la provisión, instalación y puesta en servicio, por reemplazo, de dos (2) baterías (nuevas – sin uso) asociadas a UPS instaladas en Av. Corrientes 655 y en Paraná 468, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, encuadrada en los términos de los artículos 24º inciso c) apartado c.1) y 34° inciso a) del Régimen de Compras y Contrataciones, aprobado por Resolución Nº 124/DE/18 y sus modificatorias.ARTÍCULO 2º.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y Anexos que como PLIEG-2020-14502870-INSSJP-GAD#INSSJP forma parte de la presente.ARTÍCULO 3º.- Difúndase el presente llamado en la página web del Instituto, con un mínimo de tres (3) días de antelación a la fecha fijada para la apertura, computados a partir del día siguiente a la última publicación, conforme a lo establecido por el artículo 45° del Régimen de Compras y Contrataciones aprobado por Resolución N° 124/DE/18 y su modificatoria.ARTÍCULO 4º.- Invítase, en forma simultánea con la publicidad, a las empresas del rubro que se encuentren inscriptas en el Portal de Prestadores y Proveedores de este Instituto, a presentar ofertas en la presente Licitación Privada, dejando constancia en las actuaciones.ARTÍCULO 5º.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.DI-2020-44-INSSJP-GAD#INSSJPSANTIAGO AUGUSTO CORVALAN OLIVERA - Gerente - Gerencia de Administración

DI-2020-45-INSSJP-GAD#INSSJP

BUENOS AIRES, 12 MAR. 2020VISTO la Resolución Nª 124/DE/18, sus modificatorias y complementarias, RESOL-2019-23-INSSJP-DE#INSSJP,

RESOL-2019-179-INSSJP-DE#INSSJP, el Expediente N° 0200-2018-0005921-6 y,CONSIDERANDO:Que por el Expediente citado en el Visto tramitó la contratación de un servicio de envío y recepción de SMS masivo para posibilitar la acreditación de credenciales nuevas de las afiliadas y los afiliados mediante este sistema, y efectuar comunicaciones respecto a los turnos médicos asignados en los efectores propios, como así también respecto de las recetas digitales, por el plazo de doce (12) meses con opción de renovación por hasta igual período.Que por Disposición Nº DI-2018-210-INSSJP-SE#INSSJP se autorizó el llamado a Licitación Pública con el mencionado objeto, registrado bajo el N° 59/18, en los términos establecidos por los artículos 24º inciso a) apartado a.1, 30° inciso a) apartado 2 y 32° del Régimen de Compras y Contrataciones, aprobado por Resolución Nº 124/DE/18 y sus modificatorias, y asimismo se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, Especificaciones Técnicas y sus Anexos para la contratación.Que mediante Disposición Nº DI-2019-36-INSSJP-SE#INSSJP se adjudicó la citada Licitación Pública a la firma MOVILGATE S.R.L., por la suma total de HASTA PESOS ONCE MILLONES TRESCIENTOS SESENTA MIL ($11.360.000,00), emitiéndose en su favor la Orden de Compra N° 4500271255/19 por el período comprendido entre el 4 de marzo de 2019 y el 3 de marzo de 2020.Que atento a la proximidad del vencimiento de la contratación, y en virtud de la existencia de una cantidad remanente de SMS que no han sido consumidos, las Gerencias de Sistemas y de Infraestructura Tecnológica solicitaron se arbitren los medios necesarios a efectos de proceder a prorrogar la Orden de Compra mencionada en el considerando anterior por el término de doce (12) meses, a los fines de cumplimentar cabalmente con el objeto base de la contratación. Que en tal sentido la Subgerencia de Compras y Contrataciones procedió a informar a la firma adjudicataria la voluntad del Instituto de prorrogar el plazo de la vigencia de la Orden de Compra N° 4500271255/19 por el término de doce (12) meses.Que la firma MOVILGATE S.R.L. manifestó su conformidad a la prórroga, toda vez que la misma sea por el plazo de seis (6) meses o hasta agotar los ocho (8) millones de mensajes de texto contratados, lo que ocurra primero.Que atento a ello, se pidió nueva intervención las Gerencias de Sistemas y de Infraestructura Tecnológica, quienes manifestaron su conformidad a la propuesta realizada por la firma adjudicataria.Que en virtud de lo expuesto corresponde aprobar, en los términos del Artículo 3° de la Resolución N° RESOL-2019-23-INSSJP-DE#INSSJP y el Anexo I punto 1) de la Resolución N° RESOL-2019-179-INSSJP-DE#INSSJP, la prórroga de la vigencia de la Orden de Compra Nº 4500271255/19 emitida a favor de la firma MOVILGATE S.R.L., por la contratación de un servicio de envío y recepción de SMS masivo para posibilitar

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Año XVI - N° 3481

BUENOS AIRES, Viernes 13 de Marzo de 2020

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la acreditación de credenciales nuevas de las afiliadas y los afiliados mediante este sistema, y efectuar comunicaciones respecto a los turnos médicos asignados en los efectores propios, como así también respecto de las recetas digitales, a partir del 4 de Marzo y por el término de seis (6) meses o hasta agotar los ocho (8) millones de mensajes de texto contratados, lo que ocurra primero, para cumplir cabalmente con el objeto base de la contratación, en el marco de la contratación celebrada mediante Licitación Pública N° 59/18.Que la Subgerencia de Compras y Contrataciones, y la Asesoría Legal de la Gerencia de Administración han tomado la debida intervención en el marco de sus competencias.Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Resoluciones Nº 678/DE/17, Nº 124/DE/18 y sus modificatorias, y RESOL-2019-1991-INSSJP-DE#INSSJP,

EL GERENTE DE ADMINISTRACIÓN DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

DISPONE:ARTÍCULO 1º.- Prorrógase, de conformidad con lo establecido por el Artículo 3° de la Resolución Nº RESOL- 2019-23-INSSJP-DE#INSSJP y el Anexo I punto 1) de la Resolución N° RESOL-2019-179-INSSJP-DE#INSSJP, la vigencia de la Orden de Compra Nº 4500271255/19 emitida a favor de la firma MOVILGATE S.R.L., por la contratación de un servicio de envío y recepción de SMS masivo para posibilitar la acreditación de credenciales nuevas de las afiliadas y los afiliados mediante este sistema, y efectuar comunicaciones respecto a los turnos médicos asignados en los efectores propios, como así también respecto de las recetas digitales, a partir del 4 de Marzo y por el término de seis (6) meses o hasta agotar los ocho (8) millones de mensajes de texto contratados, lo que ocurra primero, para cumplir cabalmente con el objeto base de la contratación, en el marco de la contratación celebrada mediante Licitación Pública N° 59/18.ARTÍCULO 2º.- Autorízase a la Subgerencia de Compras y Contrataciones a readecuar la Orden de Compra mencionada en el Artículo 1º, facultándola a disponer su libramiento al sólo efecto de su inclusión en el Sistema de Gestión Económico Financiero.ARTÍCULO 3º.- Regístrese, comuníquese a la firma MOVILGATE S.R.L.. Publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.DI-2020-45-INSSJP-GAD#INSSJPSANTIAGO AUGUSTO CORVALAN OLIVERA - Gerente - Gerencia de Administración

DI-2020-46-INSSJP-GAD#INSSJP

BUENOS AIRES, 12 MAR. 2020VISTO la Resolución Nº 124/DE/18, sus modif icatorias y complementar ias, el EX–2019–95395108–INSSJP–GPM#INSSJP, y

CONSIDERANDO:Que por el Expediente citado en el Visto tramita la adquisición de tiras reactivas con la entrega de glucómetros en comodato para las Unidades Operativas de la DAMNPyP (Capital Federal – VI, San Martin – VIII, Lanús – X y Morón – XXIX), por el término de doce (12) meses con opción a renovación por hasta igual periodo.Que a tal efecto, la Gerencia de Prestaciones Médicas, ha elaborado las especificaciones de los insumos requeridos, las pautas y condiciones generales y el costo estimado para la contratación que se propicia.Que sobre la base de lo requerido, el Departamento de Contrataciones de Insumos Médicos procedió a la elaboración del Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y Anexos que regirá el presente llamado, y notificó a la Gerencia de Prestaciones Médicas a fin de que la misma ratifique o rectifique sus cláusulas, el cual fue ratificado por la citada Gerencia.Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 24º inciso c) apartado c.1), 30º inciso a) apartado 2), 32º y 34º inciso a) del Régimen de Compras y Contrataciones, aprobado por Resolución Nº 124/DE/18 y sus modificatorias, corresponde realizar un llamado a Licitación Privada, bajo la modalidad de Etapa Única y Orden de Compra Abierta.Que asimismo, deberá efectuarse la publicación en la página web del Instituto, con un mínimo de tres (3) días de antelación a la fecha fijada para la apertura, computados a partir del día siguiente a la última publicación, conforme a lo establecido por el artículo 45° del Régimen de Compras y Contrataciones aprobado por Resolución N° 124/DE/18 y sus modificatorias.Que, en forma simultánea con la publicidad, se deberá invitar a las empresas del rubro que se encuentran inscriptas en el Portal de Prestadores y Proveedores de este Instituto, a presentar ofertas en la presente Licitación Privada, dejando constancia en las actuaciones.Que la Subgerencia de Control Presupuestario y Control de Gestión procedió a verificar en el Sistema de Gestión Económico Financiero la disponibilidad de fondos, realizándose en consecuencia la reserva de la correspondiente partida presupuestaria de conformidad con la normativa vigente en la materia.Que la Gerencia de Prestaciones Médicas, la Subgerencia de Control Presupuestario y Control de Gestión, la Subgerencia Continuidad de Servicios Esenciales y la Asesoría Legal de ésta Gerencia de Administración han tomado a debida intervención en el marco de sus competencias.Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Resoluciones Nº 678/DE/17, Nº 124/DE/18, sus modificatorias y complementarias, RESOL-2019-1991-INSSJP-DE#INSSJP y RESOL-2018-879-INSSJP- DE#INSSJP,

EL GERENTE DE ADMINISTRACION DELINSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES

PARA JUBILADOS Y PENSIONADOSDISPONE:

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Año XVI - N° 3481

BUENOS AIRES, Viernes 13 de Marzo de 2020

BOLETÍNDEL INSTITUTO

ARTÍCULO 1º.- Autorízase a efectuar un llamado a Licitación Privada para la adquisición de tiras reactivas con la entrega de glucómetros en comodato para las Unidades Operativas de la DAMNPyP (Capital Federal – VI, San Martin – VIII, Lanús – X y Morón – XXIX), por el término de doce (12) meses con opción a renovación por hasta igual periodo, encuadrada en los términos de los artículos 24º inciso c) apartado c.1), 30º inciso a) apartado 2), 32º y 34º inciso a) del Régimen de Compras y Contrataciones, aprobado por Resolución Nº 124/DE/18 y sus modificatorias.ARTÍCULO 2º.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y Anexos que como PLIEG-2020-15813219-INSSJP-GAD#INSSJP forma parte de la presente.ARTÍCULO 3º.- Difúndase el presente llamado en la página web del Instituto, con un mínimo de tres (3) días de antelación a la fecha fijada para la apertura, computados a partir del día siguiente a la última publicación, conforme a lo establecido por el artículo 45° del Régimen de Compras y Contrataciones aprobado por Resolución N° 124/DE/18 y sus modificatorias.ARTÍCULO 4º.- Invítase en forma simultánea con la publicidad, a las empresas del rubro que se encuentren inscriptas en el Portal de Prestadores y Proveedores de este Instituto, a presentar ofertas en la presente Licitación Privada, dejando constancia en las actuaciones.ARTÍCULO 5º.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.DI-2020-46-INSSJP-GAD#INSSJPSANTIAGO AUGUSTO CORVALAN OLIVERA - Gerente - Gerencia de Administración

RESOL-2020-965-INSSJP-DE#INSSJP

BUENOS AIRES, 12 MAR. 2020VISTO el Expediente N° EX-2020-12904675- -INSSJP-GRRHH # INSSJP, la Reso luc ión N° 678 /DE /17 y, CONSIDERANDO:Que el acto resolutivo citado en el Visto se dicta ante la necesidad de adecuar la estructura organizativa del Instituto, de manera tal de reordenar el flujo de responsabilidades y unidades organizativas, con el propósito de atender de manera dinámica y eficiente los objetivos del servicio y gestión que imponen las normas que regulan su accionar.Que el dictado de la norma aludida hace necesario dotar a este Instituto de los recursos humanos idóneos para el normal cumplimiento de las acciones que le son propias, a efectos de brindar las prestaciones médico – asistenciales acorde la demanda de la población a quien debe prestar cobertura esta obra social.Que en ese sentido resulta procedente asignar, a partir de la fecha de notificación, las funciones de titular de la Coordinación Operativa, Dirección de Atención Médica No Programada y Programada, Gerencia de Prestaciones Médicas, dependiente

de la Secretaria General Técnico Médica, al trabajador Fabián Tobías ZAMUDIO (Legajo N° 57401 ADMTRC CH35SEM INI), de la Agencia General Pachecho, Unidad de Gestión Local VIII - San Martín, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso e), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución N° 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13 y RESOL-2018-1038-INSSJP-DE#INSSJP, Tramo A dentro del Agrupamiento Administrativo, según lo estipulado en el artículo 9, Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, con una carga horaria de cuarenta y cinco (45) horas semanales de labor, de acuerdo a las previsiones del artículo 4 de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07.Que, conforme lo manifestado en los párrafos que antecede, y previo a la asignación de funciones, resulta necesario trasladar, a partir de la fecha de notificación, al trabajador Fabián Tobías ZAMUDIO (Legajo N° 57401 ADMTRC CH35SEM INI, de la Agencia General Pacheco, Unidad de Gestión Local VIII – San Martín, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, con destino a la Dirección de Atención Médica No Programada y Programada, Gerencia de Prestaciones Médicas, dependiente de la Secretaria General Técnico Médica. Que asimismo se deja constancia que el trabajador Fabián Tobías ZAMUDIO, deberá realizar la presentación dentro de los diez (10) días, contados a partir de la fecha de notificación, del Formulario 161 “Declaración Jurada de Cargos y Actividades”, a fin de reflejar la modificación en su estado laboral, conforme lo indica la normativa vigente.Que la presente designación se realiza para la cobertura de cargos vacantes en las estructuras orgánico – funcionales vigentes.Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04 y el artículo 1° del Decreto N° DECFO-2019-31-APN-SLYT,

LA DIRECTORA EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

RESUELVEARTÍCULO 1º.- Trasladar, a partir de la fecha de notificación, al trabajador Fabián Tobías ZAMUDIO (Legajo N° 57401 ADMTRC CH35SEM INI), de la Agencia General Pacheco, Unidad de Gestión Local VIII – San Martín, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, a la Dirección de Atención Médica No Programada y Programada, Gerencia de Prestaciones Médicas, dependiente de la Secretaria General Técnico Médica.ARTÍCULO 2°.- Asignar, a partir de la fecha de notificación, las funciones de titular de la Coordinación Operativa, Dirección de Atención Médica No Programada y Programada, Gerencia de Prestaciones Médicas, dependiente de la Secretaria General Técnico Médica, al trabajador Fabián Tobías ZAMUDIO (Legajo

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Año XVI - N° 3481

BUENOS AIRES, Viernes 13 de Marzo de 2020

BOLETÍNDEL INSTITUTO

N° 57401 ADMTRC CH35SEM INI), correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso e), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución N° 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13 y RESOL-2018-1038- INSSJP-DE#INSSJP, Tramo A dentro del Agrupamiento Administrativo, según lo estipulado en el artículo 9, Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, con una carga horaria de cuarenta y cinco (45) horas semanales de labor, de acuerdo a las previsiones del artículo 4 de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07.ARTÍCULO 3°.- Establecer que el trabajador Fabián Tobías ZAMUDIO, deberá realizar la presentación dentro de los diez (10) días, contados a partir de la fecha de notificación, del Formulario 161 “Declaración Jurada de Cargos y Actividades”, a fin de reflejar la modificación en su estado laboral, conforme lo indica la normativa vigenteARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese, y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.RESOL-2020-965-INSSJP-DE#INSSJPLUANA VOLNOVICH - Directora Ejecutiva - Dirección Ejecutiva

RESOL-2020-969-INSSJP-DE#INSSJP

BUENOS AIRES, 12 MAR. 2020VISTO el Expediente N° EX-2020-16039840-INSSJP-GRRHH # INSSJP, la Reso luc ión N° 678 /DE /17 y, CONSIDERANDO:Que el acto resolutivo citado en el Visto se dicta ante la necesidad de adecuar la estructura organizativa del Instituto, de manera tal de reordenar el flujo de responsabilidades y unidades organizativas, con el propósito de atender de manera dinámica y eficiente los objetivos del servicio y gestión que imponen las normas que regulan su accionar.Que el mismo hace necesario dotar a este Instituto de los recursos humanos idóneos para el normal cumplimiento de las acciones que le son propias, a efectos de brindar las prestaciones médico – asistenciales acorde la demanda de la población a quien debe prestar cobertura esta obra social.Que en ese sentido resulta apropiado proceder a la designación, a partir de la fecha de notificación, en el Agrupamiento Ingreso, con un régimen laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor, para prestar servicios en la Unidad de Gestión Local XXXVII – Quilmes, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, de la señora Lidia Verónica SANDOVAL (CUIL N° 27- 31362565-1).Que, encontrándose vacante la titularidad de la Agencia Florencio Varela, Unidad de Gestión XXXVII – Quilmes, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, se estima procedente asignar el ejercicio de las aludidas funciones, a partir de la fecha de notificación, a la señora Lidia Verónica SANDOVAL (CUIL N° 27-31362565-1), correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso g), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05,

modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13, artículo 3° de la Resolución N° 659/DE/07, e inciso h), artículo 4° de la RESOL 2018-1038-INSSJP- DE#INSSJP, Tramo B dentro del Agrupamiento que corresponda, conforme Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, con una carga horaria de cuarenta (40) horas semanales de labor, de acuerdo a las previsiones del artículo 4 de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07.Que, asimismo, corresponde dejar constancia que el alta laboral de la señora Lidia Verónica SANDOVAL (CUIL N° 27-31362565-1), procederá a partir de la fecha de notificación, sin perjuicio de lo cual, conforme lo estipulado en el artículo 4, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá, dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de notificación, proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento Evaluación de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional.Que, cabe destacar que, vencido el plazo establecido en el párrafo que antecede, quedará sin efecto la designación instrumentada por la presente.Que, asimismo, se deja establecido que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga.Que la presente designación se realiza para la cobertura de cargos vacantes en las estructuras orgánico - funcionales vigentes.Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04, el artículo 1° del Decreto Nº DECFO-2019-31-APN-SLYT,

LA DIRECTORA EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

RESUELVE:ARTÍCULO 1º.- Designar, a partir de la fecha de notificación, en el Agrupamiento Ingreso, con un régimen laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor, para prestar servicios en la Unidad de Gestión Local XXXVII – Quilmes, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, a la señora Lidia Verónica SANDOVAL (CUIL N° 27-31362565-1).ARTÍCULO 2°.- Asignar, a partir de la fecha de notificación, las funciones de titular de la Agencia Florencio Varela, Unidad de Gestión XXXVII – Quilmes, Gerencia Operativa y Coordinación

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Año XVI - N° 3481

BUENOS AIRES, Viernes 13 de Marzo de 2020

BOLETÍNDEL INSTITUTO

de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, a la señora Lidia Verónica SANDOVAL (CUIL N° 27-31362565-1), correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso g), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13, artículo 3° de la Resolución N° 659/DE/07, e inciso h), artículo 4° de la RESOL 2018-1038-INSSJP-DE#INSSJP, Tramo B dentro del Agrupamiento que corresponda, conforme Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, con una carga horaria de cuarenta (40) horas semanales de labor, de acuerdo a las previsiones del artículo 4 de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07.ARTÍCULO 3°.- Dejar constancia que el alta laboral, de la señora Lidia Verónica SANDOVAL (CUIL N° 27-31362565-1), procederá a partir de la fecha de notificación, sin perjuicio de lo cual, conforme lo estipulado en el artículo 4, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá, dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de notificación, proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional.ARTÍCULO 4°.- Tener presente que vencido el plazo establecido en el artículo que antecede, quedará sin efecto la designación instrumentada por la presente.ARTÍCULO 5°.- Establecer que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga.ARTÍCULO 6°.- Regístrese, comuníquese, y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.RESOL-2020-969-INSSJP-DE#INSSJPLUANA VOLNOVICH - Directora Ejecutiva - Dirección Ejecutiva

RESOL-2020-970-INSSJP-DE#INSSJP

BUENOS AIRES, 12 MAR. 2020VISTO el Expediente N° EX-2020-16017117-INSSJP-GRRHH # INSSJP, la Reso luc ión N° 678 /DE /17 y, CONSIDERANDO:Que el acto resolutivo citado en el Visto se dicta ante la necesidad de adecuar la estructura organizativa del Instituto, de manera tal de reordenar el flujo de responsabilidades y unidades organizativas,

con el propósito de atender de manera dinámica y eficiente los objetivos del servicio y gestión que imponen las normas que regulan su accionar.Que el mismo hace necesario dotar a este Instituto de los recursos humanos idóneos para el normal cumplimiento de las acciones que le son propias, a efectos de brindar las prestaciones médico – asistenciales acorde la demanda de la población a quien debe prestar cobertura esta obra social.Que en ese sentido resulta apropiado proceder a la designación, a partir de la fecha de notificación, en el Agrupamiento Ingreso, con un régimen laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor, para prestar servicios en el Centro de Atención Personalizada Bosques de la Coordinación General Ejecutiva Local XXXVII, Unidad de Gestión Local XXXVII – Quilmes, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, de la señora Stella Maris GALVÁN (CUIL N° 27-24738439-7).Que, encontrándose vacante la titularidad de la Jefatura del Centro de Atención Personalizada Bosques, de la Coordinación General Ejecutiva Local XXXVII, Unidad de Gestión Local XXXVII – Quilmes, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, se estima necesario asignar las aludidas funciones, a partir de la fecha de notificación, a la señora Stella Maris GALVÁN (CUIL N° 27-24738439-7), correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso g), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13, artículo 3 de la Resolución N° 659/DE/07, e inciso i), artículo 4 de la RESOL 2018-1038-INSSJP-DE#INSSJP, Tramo B dentro del Agrupamiento que corresponda, conforme Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, con una carga horaria de cuarenta (40) horas semanales de labor, de acuerdo a las previsiones del artículo 4 de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07. Que, asimismo, corresponde dejar constancia que el alta laboral de la señora Stella Maris GALVÁN (CUIL N° 27-24738439-7), procederá a partir de la fecha de notificación, sin perjuicio de lo cual, conforme lo estipulado en el artículo 4, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá, dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de notificación, proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento Evaluación de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional.Que, cabe destacar que, vencido el plazo establecido en el párrafo

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Año XVI - N° 3481

BUENOS AIRES, Viernes 13 de Marzo de 2020

BOLETÍNDEL INSTITUTO

que antecede, quedará sin efecto la designación instrumentada por la presente.Que, asimismo, se deja establecido que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga.Que la presente designación se realiza para la cobertura de cargos vacantes en las estructuras orgánico - funcionales vigentes.Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04, el artículo 1° del Decreto Nº DECFO-2019-31-APN-SLYT,

LA DIRECTORA EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

RESUELVE:ARTÍCULO 1º.- Designar, a partir de la fecha de notificación, en el Agrupamiento Ingreso, con un régimen laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor, para prestar servicios en el Centro de Atención Personalizada Bosques, de la Coordinación General Ejecutiva Local XXXVII, Unidad de Gestión Local XXXVII – Quilmes, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, a la señora Stella Maris GALVÁN (CUIL N° 27-24738439-7).ARTÍCULO 2°.- Asignar, a partir de la fecha de notificación, las funciones de titular del Centro de Atención Personalizada Bosques, de la Coordinación General Ejecutiva Local XXXVII, Unidad de Gestión Local XXXVII – Quilmes, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, a la señora Stella Maris GALVÁN (CUIL N° 27-24738439-7), correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso g), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13, artículo 3° de la Resolución N° 659/DE/07, e inciso i), artículo 4° de la RESOL 2018-1038-INSSJP-DE#INSSJP, Tramo B dentro del Agrupamiento que corresponda, conforme Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, con una carga horaria de cuarenta (40) horas semanales de labor, de acuerdo a las previsiones del artículo 4 de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07. ARTÍCULO 3°.- Dejar constancia que el alta laboral, de la señora Stella Maris GALVÁN (CUIL N 27-24738439-7), procederá a partir de la fecha de notificación, sin perjuicio de lo cual, conforme lo estipulado en el artículo 4, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá, dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de notificación, proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación, de la Gerencia de Recursos Humanos,

dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional.ARTÍCULO 4°.- Tener presente que vencido el plazo establecido en el artículo que antecede, quedará sin efecto la designación instrumentada por la presente.ARTÍCULO 5°.- Establecer que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga.ARTÍCULO 6°.- Regístrese, comuníquese, y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.RESOL-2020-970-INSSJP-DE#INSSJPLUANA VOLNOVICH - Directora Ejecutiva - Dirección Ejecutiva

RESOL-2020-975-INSSJP-DE#INSSJP

BUENOS AIRES, 12 MAR. 2020VISTO el Expediente Nº EX-2020-15691991- -INSSJP-GRRHH # INSSJP, la Reso luc ión N° 678 / DE /17, y CONSIDERANDO:Que el acto resolutivo citado en el Visto se dicta ante la necesidad de adecuar la estructura organizativa del Instituto, de manera tal de reordenar el flujo de responsabilidades y unidades organizativas, con el propósito de atender de manera dinámica y eficiente los objetivos del servicio y gestión que imponen las normas que regulan su accionar.Que la misma hace necesario dotar a este Instituto de los recursos humanos idóneos para el normal cumplimiento de las acciones que le son propias, a efectos de brindar las prestaciones médico – asistenciales acorde la demanda de la población a quien debe prestar cobertura esta obra social.Que en ese sentido resulta apropiado proceder a la designación, a partir de la fecha de notificación, en el Agrupamiento Ingreso, con un régimen laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor, para prestar servicios en la Unidad de Gestión Local III -Córdoba, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, del señor Mario Alberto MOLINA (CUIL N° 20-21784564-6).Que, encontrándose vacante la titularidad de la jefatura del Centro de Atención Personalizada Villa Dolores, Unidad de Gestión Local III -Córdoba, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, resulta necesario asignar, a partir de la fecha de notificación, las funciones de titular del citado Centro de Atención Personalizada, al señor Mario Alberto MOLINA (CUIL N° 20-21784564-6), correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso g), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N°

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BOLETÍNDEL INSTITUTO

833/DE/13, artículo 3 de la Resolución N° 659/DE/07 e inciso i), artículo 4 de la RESOL 2018-1038-INSSJP-DE#INSSJP, Tramo B dentro del Agrupamiento que corresponda, según lo estipulado en el Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, con una carga horaria de cuarenta (40) horas semanales de labor, de acuerdo a las previsiones del artículo 4 de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07.Que, asimismo, corresponde dejar constancia que el alta laboral del señor Mario Alberto MOLINA (CUIL N° 20-21784564-6) procederá a partir de la fecha de notificación, sin perjuicio de lo cual, conforme lo estipulado en el artículo 4, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá, dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de notificación, proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento Evaluación de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional.Que, cabe destacar que, vencido el plazo establecido en el párrafo que antecede, quedará sin efecto la designación instrumentada por la presente.Que, por otra parte, la incorporación también quedará sujeta al informe de la Oficina Anticorrupción, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, respecto del cumplimiento de presentación de la Declaración Jurada Patrimonial, cuya gestión corresponderá a la Gerencia de Recursos Humanos.Que, asimismo, se deja establecido que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga.Que la presente designación se realiza para la cobertura de cargos vacantes en las estructuras orgánico – funcionales vigentes.Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04, el artículo 1° del Decreto Nº DECFO-2019-31-APN-SLYT,

LA DIRECTORA EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

RESUELVE:ARTÍCULO 1º.- Designar, a partir de la fecha de notificación, en el Agrupamiento Ingreso, con un régimen laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor, para prestar servicios en la Unidad de Gestión Local III -Córdoba, Gerencia Operativa

y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, al señor Mario Alberto MOLINA (CUIL N° 20-21784564-6).ARTÍCULO 2°.- Asignar, a partir de la fecha de notificación, las funciones de titular del Centro de Atención Personalizada Villa Dolores, Unidad de Gestión Local III -Córdoba, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, al señor Mario Alberto MOLINA (CUIL N° 20-21784564- 6), correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso g), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13, artículo 3 de la Resolución N° 659/DE/07 e inciso i), artículo 4 de la RESOL 2018-1038-INSSJP-DE#INSSJP, Tramo B dentro del Agrupamiento que corresponda, según lo estipulado en el Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, con una carga horaria de cuarenta (40) horas semanales de labor, de acuerdo a las previsiones del artículo 4 de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07.ARTÍCULO 3°.- Dejar constancia que el alta laboral, del señor Mario Alberto MOLINA (CUIL N° 20-21784564-6), procederá a partir de la fecha de notificación, sin perjuicio de lo cual, conforme lo estipulado en el artículo 4, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá, dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de notificación, proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional.ARTÍCULO 4°.- Tener presente que vencido el plazo establecido en el artículo que antecede, quedará sin efecto la designación instrumentada por la presente.ARTÍCULO 5°.- Asentar que la incorporación también quedará sujeta al informe de la Oficina Anticorrupción, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, respecto del cumplimiento de presentación de la Declaración Jurada Patrimonial, cuya gestión corresponderá a la Gerencia de Recursos Humanos.ARTÍCULO 6°.- Establecer que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga.ARTÍCULO 7°.- Regístrese, comuníquese, y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.

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BUENOS AIRES, Viernes 13 de Marzo de 2020

BOLETÍNDEL INSTITUTO

RESOL-2020-975-INSSJP-DE#INSSJPLUANA VOLNOVICH - Directora Ejecutiva - Dirección Ejecutiva

RESOL-2020-977-INSSJP-DE#INSSJP

BUENOS AIRES, 12 MAR. 2020VISTO el Expediente N° EX-2020-15908016- -INSSJP-GRRHH#INSSJP, y CONSIDERANDO:Que por el citado expediente tramita la solicitud de ampliación de la carga horaria, a cuarenta y cinco (45) horas semanales de labor, a favor del trabajador Guido Ezequiel FOLETTI (Legajo N° 62620 ADMTRB CH40SEM INI), titular del Sector Mesa de Entradas, División Administración, Departamento Despacho y Enlace Operativo, Gerencia Análisis de Procesos Retributivos, dependiente de la Secretaria General de Administración.Que el titular de la citada Gerencia ha prestado conformidad a la ampliación horaria requerida, en virtud de la demanda laboral existente en la precitada Unidad.Que por lo expuesto se estima procedente hacer lugar a lo peticionado, autorizando, a partir de la fecha de notificación, la ampliación de la carga horaria a cuarenta y cinco (45) horas semanales de labor, a favor del trabajador Guido Ezequiel FOLETTI (Legajo N° 62620 ADMTRB CH40SEM INI), correspondiendo la percepción del adicional por Mayor Carga Horaria, previsto en el artículo 23 de la Resolución N° 1523/DE/05.Que por último se deja constancia que el trabajador Guido Ezequiel FOLETTI deberá realizar la presentación dentro de los diez (10) días, contados a partir de la fecha de notificación, del Formulario 161 “Declaración Jurada de Cargos y Actividades”, a fin de reflejar la modificación en su estado laboral, conforme lo indica la normativa vigente.Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04 y el artículo 1° del Decreto N° DECFO-2019-31-APN-SLYT,

LA DIRECTORA EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

RESUELVEARTÍCULO 1°.- Autorizar ampliar, a partir de la fecha de notificación, a cuarenta y cinco (45) horas semanales de labor, a favor del trabajador Guido Ezequiel FOLETTI (Legajo N° 62620 ADMTRB CH40SEM INI), titular del Sector Mesa de Entradas, División Administración, Departamento Despacho y Enlace Operativo, Gerencia Análisis de Procesos Retributivos, dependiente de la Secretaria General de Administración, correspondiéndole la percepción del adicional por Mayor Carga Horaria, previsto en el artículo 23 de la Resolución N° 1523/DE/05.ARTÍCULO 2°.- Disponer que el trabajador Guido Ezequiel FOLETTI, deberá realizar la presentación dentro de los diez (10) días, contados a partir de la fecha de notificación, del Formulario 161 “Declaración Jurada de Cargos y Actividades”, a fin de

reflejar la modificación en su estado laboral, conforme lo indica la normativa vigente.ARTÍCULO 3º.- Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.RESOL-2020-977-INSSJP-DE#INSSJPLUANA VOLNOVICH - Directora Ejecutiva - Dirección Ejecutiva

RESOL-2020-978-INSSJP-DE#INSSJP

BUENOS AIRES, 12 MAR. 2020VISTO el Expediente N° EX-2020-16020512-INSSJP-GRRHH # INSSJP, la Reso luc ión N° 678 /DE /17 y, CONSIDERANDO:Que el acto resolutivo citado en el Visto se dicta ante la necesidad de adecuar la estructura organizativa del Instituto, de manera tal de reordenar el flujo de responsabilidades y unidades organizativas, con el propósito de atender de manera dinámica y eficiente los objetivos del servicio y gestión que imponen las normas que regulan su accionar.Que el mismo hace necesario dotar a este Instituto de los recursos humanos idóneos para el normal cumplimiento de las acciones que le son propias, a efectos de brindar las prestaciones médico – asistenciales acorde la demanda de la población a quien debe prestar cobertura esta obra social.Que, encontrándose vacante la titularidad de la Jefatura del Centro de Atención Personalizada Cruce de Florencio Varela, de la Coordinación General Ejecutiva Local XXXVII, Unidad de Gestión Local XXXVII – Quilmes, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, resulta necesario asignar, a partir de la fecha de notificación, las funciones de titular del precitado Centro, al señor José Augusto ARENA (Legajo N° 63388 ADMTRC CH35SEM INI), correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso g), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13, artículo 3 de la Resolución N° 659/DE/07, e inciso i), artículo 4 de la RESOL 2018-1038-INSSJP-DE#INSSJP, Tramo B dentro del Agrupamiento Administrativo, conforme artículo 9, Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, con una carga horaria de cuarenta (40) horas semanales de labor, de acuerdo a las previsiones del artículo 4 de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07.Que asimismo se deja constancia que el trabajador José Augusto ARENA, deberá realizar la presentación dentro de los diez (10) días, contados a partir de la fecha de notificación, del Formulario 161 “Declaración Jurada de Cargos y Actividades”, a fin de reflejar la modificación en su estado laboral, conforme lo indica la normativa vigente.Que la presente designación se realiza para la cobertura de cargos vacantes en las estructuras orgánico - funcionales vigentes.Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04, el artículo 1° del Decreto Nº DECFO-2019-31-APN-SLYT,L

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Año XVI - N° 3481

BUENOS AIRES, Viernes 13 de Marzo de 2020

BOLETÍNDEL INSTITUTO

LA DIRECTORA EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

RESUELVE:ARTÍCULO 1°.- Asignar, a partir de la fecha de notificación, las funciones de titular del Centro de Atención Personalizada Cruce de Florencio Varela, de la Coordinación General Ejecutiva Local XXXVII, Unidad de Gestión Local XXXVII – Quilmes, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, al trabajador José Augusto ARENA (Legajo N° 63388 ADMTRC CH35SEM INI), correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso g), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13, artículo 3 de la Resolución N° 659/DE/07, e inciso i), artículo 4 de la RESOL 2018-1038-INSSJP-DE#INSSJP, Tramo B dentro del Agrupamiento Administrativo, conforme artículo 9, Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, con una carga horaria de cuarenta (40) horas semanales de labor, de acuerdo a las previsiones del artículo 4 de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07.ARTÍCULO 2°.- Dejar establecido que el trabajador José Augusto ARENA, deberá realizar la presentación dentro de los diez (10) días, contados a partir de la fecha de notificación, del Formulario 161 “Declaración Jurada de Cargos y Actividades”, a fin de reflejar la modificación en su estado laboral, conforme lo indica la normativa vigente.ARTÍCULO 3°.- Regístrese, comuníquese, y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.RESOL-2020-978-INSSJP-DE#INSSJPLUANA VOLNOVICH - Directora Ejecutiva - Dirección Ejecutiva

RESOL-2020-994-INSSJP-DE#INSSJP

BUENOS AIRES, 12 MAR. 2020VISTO el Expediente N° EX-2020-16443009-INSSJP-GRRHH # INSSJP, la Reso luc ión N° 678 /DE /17, y CONSIDERANDO:Que el acto resolutivo citado en el Visto se dicta ante la necesidad de adecuar la estructura organizativa del Instituto, de manera tal de reordenar el flujo de responsabilidades y unidades organizativas, con el propósito de atender de manera dinámica y eficiente los objetivos del servicio y gestión que imponen las normas que regulan su accionar.Que la misma hace necesario dotar a este Instituto de los recursos humanos idóneos para el normal cumplimiento de las acciones que le son propias, a efectos de brindar las prestaciones médico – asistenciales acorde la demanda de la población a quien debe prestar cobertura esta obra social.Que en ese sentido resulta apropiado proceder a la designación, a partir de la fecha de notificación, en el Agrupamiento Ingreso, con un régimen laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor, para prestar servicios en la Coordinación General Ejecutiva

Local XXII, Unidad de Gestión Local XXII – Jujuy, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, del señor Juan Manuel ESQUIVEL (CUIL N° 20-16210084-0).Que, encontrándose vacante la titularidad de la Coordinación General Ejecutiva Local XXII, Unidad de Gestión Local XXII – Jujuy, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, se estima necesario asignar las aludidas funciones, al señor Juan Manuel ESQUIVEL (CUIL N° 20-16210084-0), correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso c), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13 y RESOL 2018-1038-INSSJP-DE#INSSJP, Tramo A dentro del Agrupamiento que corresponda, conforme Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, con una carga horaria de cuarenta y cinco (45) horas semanales de labor, de acuerdo a las previsiones del artículo 4 de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07.Que, asimismo, corresponde dejar constancia que el alta laboral del señor Juan Manuel ESQUIVEL (CUIL N° 20-16210084-0), procederá a partir de la fecha de notificación, sin perjuicio de lo cual, conforme lo estipulado en el artículo 4, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá, dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de notificación, proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento Evaluación de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional.Que, cabe destacar que, vencido el plazo establecido en el párrafo que antecede, quedará sin efecto la designación instrumentada por la presente.Que por otra parte, la incorporación también quedará sujeta al informe de la Oficina Anticorrupción, dependiente de la Presidencia de la Nación, respecto del cumplimiento de presentación de la Declaración Jurada Patrimonial, cuya gestión corresponderá a la Gerencia de Recursos Humanos.Que, asimismo, se deja establecido que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga.Que la presente designación se realiza para la cobertura de cargos vacantes en las estructuras orgánico - funcionales vigentes.Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04, y el artículo 1° del Decreto N°

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Año XVI - N° 3481

BUENOS AIRES, Viernes 13 de Marzo de 2020

BOLETÍNDEL INSTITUTO

DECFO-2019-31-APN-SLYT,LA DIRECTORA EJECUTIVA DEL INSTITUTO

NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

RESUELVE:ARTÍCULO 1º.- Designar, a partir de la fecha de notificación, en el Agrupamiento Ingreso, con un régimen laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor, para prestar servicios en la Coordinación General Ejecutiva Local XXII, Unidad de Gestión Local XXII – Jujuy, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, al señor Juan Manuel ESQUIVEL (CUIL N° 20-16210084-0).ARTÍCULO 2°.- Asignar, a partir de la fecha de notificación, las funciones de titular de la Coordinación General Ejecutiva Local XXII, Unidad de Gestión Local XXII – Jujuy, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, al señor Juan Manuel ESQUIVEL (CUIL N° 20- 16210084-0), correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso c), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13 y RESOL 2018-1038- INSSJP-DE#INSSJP, Tramo A dentro del Agrupamiento que corresponda, conforme Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, con una carga horaria de cuarenta y cinco (45) horas semanales de labor, de acuerdo a las previsiones del artículo 4 de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07.ARTÍCULO 3°.- Dejar constancia que el alta laboral, del señor Juan Manuel ESQUIVEL (CUIL N° 20-16210084-0), procederá a partir de la fecha de notificación, sin perjuicio de lo cual, conforme lo estipulado en el artículo 4, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá, dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de notificación, proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional.ARTÍCULO 4°.- Tener presente que vencido el plazo establecido en el artículo que antecede, quedará sin efecto la designación instrumentada por la presente.ARTÍCULO 5°.- Asentar que la incorporación también quedará sujeta al informe de la Oficina Anticorrupción, dependiente de la Presidencia de la Nación, respecto del cumplimiento de presentación de la Declaración Jurada Patrimonial, cuya gestión corresponderá a la Gerencia de Recursos Humanos.ARTÍCULO 6°.- Establecer que de no tener principio de ejecución

el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga.ARTÍCULO 7°.- Regístrese, comuníquese, y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.RESOL-2020-994-INSSJP-DE#INSSJPLUANA VOLNOVICH - Directora Ejecutiva - Dirección Ejecutiva

RESOL-2020-995-INSSJP-DE#INSSJP

BUENOS AIRES, 12 MAR. 2020VISTO el Expediente N° EX-2020-16441946-INSSJP-GRRHH # INSSJP, la Reso luc ión N° 678 /DE /17, y CONSIDERANDO:Que el acto resolutivo citado en el Visto se dicta ante la necesidad de adecuar la estructura organizativa del Instituto, de manera tal de reordenar el flujo de responsabilidades y unidades organizativas, con el propósito de atender de manera dinámica y eficiente los objetivos del servicio y gestión que imponen las normas que regulan su accionar.Que la misma hace necesario dotar a este Instituto de los recursos humanos idóneos para el normal cumplimiento de las acciones que le son propias, a efectos de brindar las prestaciones médico – asistenciales acorde la demanda de la población a quien debe prestar cobertura esta obra social.Que en ese sentido resulta apropiado proceder a la designación, a partir de la fecha de notificación, en el Agrupamiento Ingreso, con un régimen laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor, para prestar servicios en la Dirección Ejecutiva Local de la Unidad de Gestión Local XXII – Jujuy, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, del señor Francisco Daniel RODRIGUEZ (CUIL N° 20-24020780-0).Que, encontrándose vacante la titularidad de la Dirección Ejecutiva Local de la Unidad de Gestión Local XXII – Jujuy, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, se estima procedente asignar el ejercicio de dichas funciones, al señor Francisco Daniel RODRIGUEZ (CUIL N° 20-24020780-0), correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso d), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13, Resolución N| 441/DE/17 y RESOL 2018-1037-INSSJP-DE#INSSJP, Tramo A dentro del Agrupamiento que corresponda, conforme Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, con una carga horaria de cuarenta y cinco (45) horas semanales de labor, de acuerdo a las previsiones del artículo 4 de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07.Que, asimismo, corresponde dejar constancia que el alta laboral del señor Francisco Daniel RODRIGUEZ (CUIL N° 20-24020780-0), procederá a partir de la fecha de notificación, sin perjuicio

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Año XVI - N° 3481

BUENOS AIRES, Viernes 13 de Marzo de 2020

BOLETÍNDEL INSTITUTO

de lo cual, conforme lo estipulado en el artículo 4, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá, dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de notificación, proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento Evaluación de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional.Que, cabe destacar que, vencido el plazo establecido en el párrafo que antecede, quedará sin efecto la designación instrumentada por la presente.Que por otra parte, la incorporación también quedará sujeta al informe de la Oficina Anticorrupción, Presidencia de la Nación, respecto del cumplimiento de presentación de la Declaración Jurada Patrimonial, cuya gestión corresponderá a la Gerencia de Recursos Humanos.Que, asimismo, se deja establecido que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga.Que la presente designación se realiza para la cobertura de cargos vacantes en las estructuras orgánico - funcionales vigentes.Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04, y el artículo 1° del Decreto N° DECFO-2019-31-APN-SLYT,

LA DIRECTORA EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

RESUELVE:ARTÍCULO 1º.- Designar, a partir de la fecha de notificación, en el Agrupamiento Ingreso, con un régimen laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor, para prestar servicios en la Dirección Ejecutiva Local de la Unidad de Gestión Local XXII – Jujuy, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, al señor Francisco Daniel RODRIGUEZ (CUIL N° 20-24020780-0).ARTÍCULO 2°.- Asignar, a partir de la fecha de notificación, las funciones de Director Ejecutivo Local de la Unidad de Gestión Local XXII – Jujuy, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa, al señor Francisco Daniel RODRIGUEZ (CUIL N° 20-24020780-0), correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso d), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13, Resolución N° 441/DE/17 y RESOL 2018-1037- INSSJP-

DE#INSSJP, Tramo A dentro del Agrupamiento que corresponda, conforme Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, con una carga horaria de cuarenta y cinco (45) horas semanales de labor, de acuerdo a las previsiones del artículo 4 de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07. ARTÍCULO 3°.- Dejar constancia que el alta laboral, del señor Francisco Daniel RODRIGUEZ (CUIL N° 20-24020780-0), procederá a partir de la fecha de notificación, sin perjuicio de lo cual, conforme lo estipulado en el artículo 4, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá, dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de notificación, proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional.ARTÍCULO 4°.- Tener presente que vencido el plazo establecido en el artículo que antecede, quedará sin efecto la designación instrumentada por la presente.ARTÍCULO 5°.- Asentar que la incorporación también quedará sujeta al informe de la Oficina Anticorrupción, Presidencia de la Nación, respecto del cumplimiento de presentación de la Declaración Jurada Patrimonial, cuya gestión corresponderá a la Gerencia de Recursos Humanos.ARTÍCULO 6°.- Establecer que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga.ARTÍCULO 7°.- Regístrese, comuníquese, y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.RESOL-2020-995-INSSJP-DE#INSSJPLUANA VOLNOVICH - Directora Ejecutiva - Dirección Ejecutiva

Boletin del Instituto: Resoluciones N° 0439/DE/04, 0039/DE/16 y 0053/DE/18

Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados

Lic. Luana VOLNOVICH - Directora Ejecutiva

Lic. Jorge Martín RODRÍGUEZ ALBERTI -Subdirector Ejecutivo

Edición: División Gestión Electrónica de Normativa Departamento Despacho. Unidad Secretaría Administrativa

[email protected] / [email protected]@pami.org.ar