borrador del acta de la sesiÓn ordinaria del dia 26 de … · 2017-03-13 · se procede al examen...
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ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA DEL DIA 26 DE MARZO DE
2013, CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO DE
UGENA, PROVINCIA DE TOLEDO.--------------------
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En el Salón de sesiones del Ayuntamiento de Ugena, siendo las diecinueve
horas del día veintiséis de marzo de dos mil trece, bajo la presidencia del Sr.
Alcalde Presidente, DON MARTIN PEREZ NUÑEZ, se reúnen en sesión
ordinaria y en primera convocatoria, los Sres/as. Concejales/as que a
continuación se reseñan:
NOMBRES Y APELLIDOS
Dª SILVIA DÍAZ GUIJARRO (A.S.I.)
D. JUAN JOSÉ PAULE BARROSO (A.S.I.)
D. JESÚS GARCÍA FERNÁNDEZ (P.S.O.E.)
Dª LEYLA ALONSO GARCÍA (P.S.O.E.)
D. FÉLIX GALLEGO GARCÍA (P.S.O.E.)
D. MANUEL PABLO GIMENEZ MATEO (P.S.O.E.)
Dª NIEVES VALERO GUTIÉRREZ (Partido Popular)
D. MANUEL CONDE NAVARRO (Partido Popular)
D. GABRIEL MONTESERÍN PRIETO (Partido Popular)
Dª EMILIA HERNÁNDEZ FEITO (Unión, Progreso y Democracia )
D. EDUARDO ESTEBAN PÉREZ (Unión, Progresos y Democracia)
No asiste la Sra. Paules Clemente, quien ha justificado convenientemente. Se
encuentran asistidos de mí el Secretario, que certifico, D. Benito-Cándido
Espuela y Díaz-Masa.
A continuación se procede a tratar los diversos asuntos del orden del día de la
convocatoria:
1º.- Dar cuenta del Acta Sesión anterior. (31-Enero-2013).
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2º.- Situación Puesto Secretaria-Intervención.
3º.- Declaración Incumplimiento plazo para urbanizar e incautación de la Garantía, en
la U.E.04 – Promociones “El Sol de la Sagra, S.L.”
4º.- Anomalías y Vicios obra Piscina Cubierta – EKENA IBÉRICA S.A. Ejecución Aval.
5º.- Recurso Reposición contra Acuerdo Plenario de 30/Nov./2012.- Recurrente
Lontana Sureste, S.L. (Denegando devolución).
6º.- Recurso de Reposición contra Decreto 44/2013, recurrente Lontana Sureste S.L.
(Denegando compensaciones tributarias).
7º.- Solicitud a la Comisión Nacional del Sector Postal sobre Prestación del Servicio.
(Distribución de Correspondencia- Urbanizaciones Los Llanos de Griñón y otras).
8º.- Recurso Reposición sobre Liquidación Tasa Prestación Servicio Recogida de
Basuras.
9º.- Asuntos Varios.
10º.- Mociones Grupos Políticos.
11º.- Ruegos y preguntas.
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1º.- LECTURA Y APROBACIÓN ACTA SESIÓN ANTERIOR
Se procede al examen del borrador del acta de la sesión anterior
correspondiente al pasado día 31 de enero de 2013, que ha sido entregado a
los Sres. Concejales con la convocatoria, previa votación en la que votan a
favor de la redacción los Sres. Concejales de los Grupos A.S.I. (3) y P.S.O.E.
(4), votando en contra los Sres. Concejales del Grupo Popular (3) y los
Concejales del Grupo UPyD (2), y por tanto por mayoría absoluta se acuerda
prestar aprobación al acta de la sesión celebrada el pasado dia 31 de enero de
2013, conforme se encuentra redactado.
2º.- SITUACIÓN PUESTO SECRETARIA-INTERVENCIÓN
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Seguidamente a orden del Sr. Alcalde se procede a dar cuenta de la
situación planteada durante el pasado mes de febrero del año en curso,
motivada por la incorporación a su plaza de Secretario-Interventor de este
Ayuntamiento del Funcionario de Habilitación Estatal Don Joaquín Muñiz
Fernández, ello con fecha de 22 de febrero de 2013, y posterior cese por
nombramiento en Comisión de Servicios con fecha 28 de febrero de 2013.
Todo ello determinó el cese automático del Funcionario que desempeñaba en
régimen de acumulación la plaza, habiéndose tramitado durante el corriente
mes de marzo, nuevo expediente de Acumulación, dictándose Resolución por
el Ilmo. Sr. Director General de Coordinación y Administración Local de la
Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en fecha 6 de marzo de 2013,
en cuya virtud se autoriza la acumulación del puesto de trabajo de Secretaria-
Intervención de este Ayuntamiento a Don Benito-Cándido Espuela y Diaz-
Masa, Funcionario con Habilitación de carácter estatal con ejercicio en el
Ayuntamiento de Carranque. Asimismo se procede a dar cuenta a la toma de
posesión efectuada, quedando enterados los señores asistentes.
Asimismo se procede a dar cuenta al Pleno de la renovación del
Convenio Marco suscrito entre las Alcaldías de los Ayuntamientos de
Carranque y Ugena, en el que se definen el régimen de derechos y
obligaciones de ambos Ayuntamientos, así como la asistencia a cada puesto
de trabajo que realizará el funcionario. A propuesta de la Alcaldía y por
unanimidad se acuerda:
Darse por enterados los presentes de la exposición efectuada, ratificándose
nuevamente el convenio marco renovado y suscrito entre las Alcaldías de
Carranque y Ugena por el que en lo sucesivo se ha regir el desempeño de la
acumulación.
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3º.- DECLARACIÓN INCUMPLIMIENTO PLAZO PARA URBANIZAR E
INCAUTACIÓN DE LA GARANTÍA, EN LA U.E.04 – PROMOCIONES “EL SOL DE
LA SAGRA, S.L.”
Dada cuenta del estado en que se encuentra el Expediente relativo a la
Unidad de Ejecución 04, que promueve y ejecuta la mercantil “El Sol de la
Sagra, S.L.”, y especialmente el escrito con entrada 729/2013, que dirige a
este Ayuntamiento la referida mercantil en el que en relación con las obras de
Urbanización que se contienen en el Proyecto de Urbanización de la U.E. 04 de
las NNSS y los avales presentados para garantía de su ejecución, muestra la
imposibilidad de llevarlas a efecto, renunciando a la ejecución de obras
pendientes y manifiesta su conformidad con la ejecución de los avales, al
tiempo que reitera las solicitudes de licencia de primera ocupación de las
viviendas terminadas y la prórroga por dos años del plazo de vigencia de las
licencias urbanísticas para edificar, y
RESULTANDO que efectivamente por parte de Promociones “El Sol de la Sagra
S.L. en su condición de Agente Urbanizador y para garantizar las obras de
urbanización de la Unidad de Ejecución 04 de las Normas Subsidiarias de este
municipio, se presentaron 2 avales bancarios (el 1º por 28.822,53 €, el 2º por
257.144,22).
RESULTANDO que el Proyecto de Urbanización fue aprobado por el Pleno en
sesión celebrada el 2 de Marzo de 2006, cuya ejecución puede resumirse
como sigue: -------------------------------------------------------------------“En
relación con el Proyecto de Urbanización de la Unidad de Ejecución 04,
promovido por esa entidad, respecto de las obras de pavimentación, acerado,
jardinería e instalación de riego, electricidad y alumbrado público y
señalización horizontal, etc.- no se han ejecutado en su totalidad, y que
inicialmente y sin perjuicio de la elaboración del pertinente Proyecto Técnico
de obras pendientes, han sido objeto de valoración previa, por parte de los
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Servicios Técnicos Municipales como “Deficiencias y obras pendientes de
ejecución”, con un valor inicialmente estimado de ejecución material de
90.756,42 €.
RESULTANDO que la entidad promotora “El Sol de la Sagra, S.L., ha solicitado
la ejecución subsidiaria de las obras por parte del Ayuntamiento motivando su
solicitud en que, dada la situación por la que atraviesa la empresa, no está
entre sus objetivos la ejecución de las obras de urbanización y edificación
simultánea a éstas, por lo que, a su juicio, estima y se encuentra de acuerdo
con que se ejecuten los avales.
CONSIDERANDO que teniendo en cuenta las circunstancias que concurren en
el caso, podría aceptarse la ejecución subsidiaria Material del Proyecto de
Urbanización
CONSIDERANDO que desde el punto de vista urbanístico, los avales garantizan
la ejecución de las obras de urbanización y también el cumplimiento de
obligación de ejecución del mismo, sin que proceda comunicación de esas
garantías con otras deudas de dicha entidad con este Ayuntamiento.
CONSIDERANDO que de conformidad con el art. 67.1 RPU que establece que
los proyectos de urbanización ejecutan de forma íntegra y sistemática la
acción urbanizadora.
“Los proyectos de urbanización son proyectos de obras que definirán los
contenidos técnicos de las obras de vialidad, saneamiento, instalación y
funcionamiento de los servicios públicos y de ajardinamiento, arbolado y
amueblamiento de parques y jardines
CONSIDERANDO que efectivamente, la garantía de las obras de urbanización
tiene por objeto asegurar ante el Ayuntamiento la total ejecución de la
actuación urbanística, respondiendo de las obligaciones asumidas por el
promotor, incluidos los plazos para la ejecución del planeamiento, que no sólo
vinculan frente a la Administración, sino también frente a los futuros
propietarios. Es decir, el aval bancario responde de todos los compromisos
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asumidos. La garantía no debe devolverse hasta que se cumpla el
compromiso asegurado.
CONSIDERANDO que al momento presente, desistido al promotor manifestada
la intención de no cumplir con el compromiso urbanizador, en ningún caso
debe devolverse. Esta parece la interpretación más garantista del interés
público. Al tener la actividad urbanizadora el carácter de función pública,
podría exigirse al Ayuntamiento responsabilidad patrimonial por haber
devuelto el aval. Máxime cuando el art. 14 del Texto Refundido de la Ley de
suelo, aprobado por R.D. Leg.2/2008, de 20 de junio, prevé la caducidad de la
actividad urbanizadora., restituyendo el suelo a la situación en la que se
encontraba al inicio de la actuación.
Por todo lo anterior procede y así se propone al Pleno acordar:
Primero.- Declarar el incumplimiento de los deberes urbanísticos asumidos por
el promotor, en concreto, el del plazo de urbanizar, que el propio interesado
ha manifestado en la solicitud dirigida al Ayuntamiento (“No está entre
nuestros objetivos la ejecución de las obras de urbanización”).
Segundo.- Ejecutar los avales que garantizan la ejecución de referidas obras,
incautándose de sus importes.
Tercero.- Ejecutar subsidiariamente las unidades pendientes de ejecutar del
Proyecto de Urbanización.
Tras breve debate, sometida a votación la propuesta de Alcaldía, con los
votos a favor de los Concejales de los Grupos A.S.I. (3 votos) y P.S.O.E.(4
votos) y U.P. y D. (2 votos), y las abstenciones de los concejales del Grupo
P.P. (3 VOTOS), y por tanto por mayoría absoluta queda acordado:
PRIMERO.- Declarar el incumplimiento de los deberes urbanísticos asumidos
por el promotor, en concreto, el del plazo de urbanizar, que el propio
interesado ha manifestado en la solicitud dirigida al Ayuntamiento (“No está
entre nuestros objetivos la ejecución de las obras de urbanización”).
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SEGUNDO.- Ejecutar los avales que garantizan la ejecución de referidas obras,
y que Promociones “El Sol de la Sagra” S.L. en su condición de Agente
Urbanizador y para garantizar las obras de urbanización de la Unidad de
Ejecución 04 de las Normas Subsidiarias de este municipio, presentó en su dia
por 28.822,53 € y por 257.144,22 €, incautándose de sus importes.
TERCERO.- Ejecutar subsidiariamente las unidades pendientes de ejecutar
del Proyecto de Urbanización de la Unidad de Ejecución 04, respecto de las
obras de pavimentación, acerado, jardinería e instalación de riego, electricidad
y alumbrado público y señalización horizontal, etc.- no se han ejecutado en su
totalidad.
CUARTO.- Dar cuenta del presente acuerdo a la entidad promotora, así como
al Banco de Santander, entidad avalista, solicitando los ingresos de los
importes avalados.
4º.- ANOMALÍAS Y VICIOS OBRA PISCINA CUBIERTA –EKENA IBÉRICA S.A.
EJECUCIÓN AVAL
Dada cuenta del estado en que se encuentra el Expediente relativo a la
Obra Piscina Cubierta, en relación con las deficiencias observadas en la
construcción , que ya le fueron evaluadas y comunicadas en 2007, y
posteriormente en 2010, enterados del Informe-Valorado suscrito por Don
Jesús Fogeda Moreno, Aparejador de este Ayuntamiento, sobre Obras
pendientes de realizar en Piscina Climatizada Cubierta, por un valor estimado
de 64.894,64€, y habiéndose comunicado en diversas ocasiones a la mercantil
“EKENA IBÉRICA, S.A.” adjudicataria de las obras, al objeto de que subsane
las deficiencias detectadas y realice completamente la ejecución de las
mismas, todo ello relacionado con la solicitud de devolución de Aval para
responder de la ejecución de las obras depositado por la mercantil referida por
un importe de 74.932,32 €, (Aval de Sociedad de Garantía Reciproca
IBERAVAL- C.I.F.: G-09330796)
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RESULTANDO que efectivamente por parte de EKENA IBÉRICA, S.A. en su
condición de Adjudicatario de las obras de “Piscina Climatizada Cubierta,
Vestuario, Servicios y otras contraprestaciones”, presentó Aval para
garantizar la ejecución de referidas obras, se depositó Aval por importe de
74.932,32 €, con fecha 28 de julio de 2005.
RESULTANDO que tras sucesivos requerimientos verbales y escritos, por
parte de la mercantil adjudicataria no se ha procedido a subsanar las
deficiencias detectadas ya en 2007, y sobre las que finalmente en 18 de
marzo de 2013, han sido valoradas por el Técnico Municipal en la cantidad de
64.894,64 €,
RESULTANDO que ha sido solicitado por la Sociedad de Garantía Reciproca
IBERAVAL la devolución del Aval depositado.
CONSIDERANDO que teniendo en cuenta las circunstancias que concurren en
el caso, podría aceptarse la ejecución subsidiaria de las deficiencias detectadas
con cargo al importe del aval.
CONSIDERANDO que el aval garantiza la ejecución de las obras y que la
garantía no debe devolverse hasta que se cumpla el compromiso asegurado.
Por todo lo anterior procede y así se propone al Pleno acordar:
Primero.- Declarar el incumplimiento de los deberes asumidos por EKENA
IBÉRICA, S.A., Adjudicatario de las obras de Piscina Climatizada Cubierta,
Vestuario, Servicios y otras contraprestaciones, en concreto, por la no
subsanación de los defectos y deficiencias observadas y que se detallan en el
Informe del Técnico Municipal.
Segundo.- Ejecutar el Aval presentado por importe de 74.932,32 €,
declarando la improcedencia de su cancelación, incautándose de su importe
hasta satisfacer el importe de las deficiencias detectadas.
Tercero.- Ejecutar subsidiariamente las deficiencias detectadas.
Tras breve debate, sometida a votación la propuesta de Alcaldía, con los
votos a favor de los Concejales de los Grupos A.S.I. (3 votos) y P.S.O.E.(4
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votos) y U.P. y D. (2 votos), y las abstenciones de los concejales del Grupo
P.P. (3 VOTOS), y por tanto por mayoría absoluta queda acordado:
Primero.- Declarar el incumplimiento de los deberes asumidos por EKENA
IBÉRICA, S.A., Adjudicatario de las obras de Piscina Climatizada Cubierta,
Vestuario, Servicios y otras contraprestaciones, en concreto, por la no
subsanación de los defectos y deficiencias observadas y que se detallan en el
Informe del Técnico Municipal.
Segundo.- Ejecutar el Aval presentado por importe de 74.932,32 €,
declarando la improcedencia de su cancelación, incautándose de su importe
hasta satisfacer el importe de las deficiencias detectadas.
Tercero.- Ejecutar subsidiariamente las deficiencias detectadas.
Cuarto.- Dar cuenta del presente acuerdo a la entidad constructora, así como
a la S.G.R. IBERAVAL, entidad avalista, solicitando el ingreso de los importes
avalados.
5º.- RECURSO REPOSICIÓN CONTRA ACUERDO PLENARIO DE
30/NOV./2012.- RECURRENTE LONTANA SURESTE, S.L.
Dada cuenta del Recurso de Reposición que dirige a este Ayuntamiento la
mercantil LONTANA SURESTE, S.L. contra acuerdo del Pleno de este
Ayuntamiento de 30 de noviembre de 2012, en el que se denegaba la petición
de reintegro de la cantidad de 409.740,93 €, importe que la referida mercantil
abono al Ayuntamiento en concepto de 6 certificaciones de obra de las del
C.A.I. de la localidad, por el presunto incumplimiento de este Ayuntamiento de
lo estipulado en Convenio suscrito con este Ayuntamiento en fecha de 24 de
mayo de 2007, en el que después de manifestar cuanto estime pertinente a su
derecho, en base a la falta de motivación del acuerdo impugnado, presunta
nulidad por lesiones en derechos dignos de amparo constitucional, vulneración
de los actos propios e incumplimiento del Convenio de 24 de mayo de 2007,
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así como enriquecimiento injusto por parte del Ayuntamiento y correlativo
empobrecimiento para la recurrente, solicitando finalmente la estimación del
recurso, así como que se dicte nueva resolución por la que se deje sin efecto
el acuerdo plenario impugnado, dictándose en su lugar otro en que se acuerde
reintegrar la cantidad de 409.740,93, más los intereses legales
correspondientes.
Visto el contenido del recurso, consultados los antecedentes que obran
en el Expediente administrativo del Convenio de 24 de mayo de 2007, y cuya
clausula quinta literalmente dice: “Transcurridos cinco años desde que el
Ayuntamiento iniciase la tramitación de un Plan de Ordenación Municipal sin
que la C.P.U. hubiese aprobado definitivamente el mismo con la inclusión del
ámbito del PAU “Vereda de San José” como suelo urbanizable, el
Ayuntamiento deberá reembolsar a Lontana Sureste, S.L. las cantidades de
dinero aportadas anticipadamente para la construcción del C.A.I.”.
Visto que la adjudicación de los trabajos de redacción del P.O.M. a la
adjudicataria T.A.U. Planificación Territorial S.L. se realizó con fecha 26 de
noviembre de 2008 por la Junta de Gobierno Local.
Al no haber sufrido variación de clase alguna las circunstancias que
determinaron la adopción del acuerdo de 30 de noviembre de 2012, por la
Alcaldía se propone desestimar el recurso de reposición.
Puesta a consideración y votación la propuesta con el resultado de
votos a favor los concejales de los Grupos ASI (3 Votos), PSOE (4 Votos) y
UPyD (2 Votos), absteniéndose los concejales del Grupo P.P. (3 Votos), y por
tanto por mayoría absoluta queda acordado:
ÚNICO.- Desestimar el recurso de reposición interpuesto por la mercantil
Lontana Sureste, S.L. contra acuerdo de 30 de noviembre de 2012, del Pleno
de este Ayuntamiento en cuya virtud se denegaba el reintegro de la cantidad
de 409.740,93 €.
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6º.- RECURSO DE REPOSICIÓN CONTRA DECRETO 44/2013, RECURRENTE
LONTANA SURESTE S.L.
Dada cuenta del Recurso de Reposición que dirige a este Ayuntamiento la
mercantil LONTANA SURESTE, S.L. contra Decreto de la Alcaldía de Ugena de
fecha 17 de enero de 2013, en cuya virtud se acuerda denegar la
compensación de las liquidaciones por Impuesto sobre el Incremento del Valor
de los Terrenos de Naturaleza Urbana, año de 2012, por un importe de
20.279,13 €, en el que después de manifestar cuanto estime pertinente a su
derecho, solicita finalmente la estimación del recurso, así como que se dicte
nueva resolución por la que se deje sin efecto el Decreto impugnado,
dictándose en su lugar otro en que se acuerde la compensación solicitada, y
no habiéndose revocado el acuerdo plenario de 30 de noviembre de 2012,
procede y así se propone al Ayuntamiento Pleno la desestimación del mismo.
Puesta a consideración y votación la propuesta con el resultado de
votos a favor los concejales de los Grupos ASI (3 Votos), PSOE (4 Votos) y
UPyD (2 Votos), absteniéndose los concejales del Grupo P.P. (2 Votos), y por
tanto por mayoría absoluta queda acordado:
ÚNICO.- Desestimar el recurso de reposición interpuesto por la mercantil
Lontana Sureste, S.L. contra Decreto de Alcaldía de fecha 17 de enero de
2013 en cuya virtud se denegaba la compensación solicitada.
7º.- SOLICITUD A LA COMISIÓN NACIONAL DEL SECTOR POSTAL SOBRE
PRESTACIÓN DEL SERVICIO. (DISTRIBUCIÓN DE CORRESPONDENCIA-
URBANIZACIONES LOS LLANOS DE GRIÑÓN Y OTRAS)
Sin mediar debate de clase alguna, a propuesta de la Alcaldía, en
consideración a cuanto se dispone en la Ley 23/2007, de 8 de octubre, al
objeto de prestar un servicio postal en las condiciones adecuadas de calidad,
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eficacia, eficiencia y en pleno respeto de los derechos de los usuarios, por
unanimidad se acuerda:
PRIMERO.- Solicitar de la Comisión Nacional del Sector Postal la distribución
del Correo a domicilio en las Urbanizaciones de la localidad, en particular en la
Urbanización Los Llanos de Griñón, al considerar que reúne los requisitos
establecidos en cuanto a superficie urbanizada, numero de viviendas y locales
comerciales construidos, número de personas empadronadas y residentes en
la urbanización.
SEGUNDO.- Solicitar a la Subdirección General de Régimen Postal del
Ministerio de Fomento, se proponga la fijación de servicios mínimos con
carácter obligatorio para asegurar la prestación del servicio de distribución de
correo a domicilio en la Urbanización Los Llanos de Griñón de este término
municipal.
8º.- RECURSO REPOSICIÓN SOBRE LIQUIDACIÓN TASA PRESTACIÓN
SERVICIO RECOGIDA DE BASURAS.
Dada cuenta del Recurso de Reposición que dirige a este Ayuntamiento
la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A. contra Liquidación de Tasa por
recogida de Basura de 2012, por un importe de 60,00 €, en el que después
de manifestar cuanto estime pertinente a su derecho, solicita finalmente la
estimación del recurso, así como que se dicte nueva resolución anulando la
resolución recurrida y se declare la exención de la Ley Postal a la Tasa por
prestación del Servicio de Gestión de Residuos Urbanos, y dar de baja a
Correos en el Padrón de la misma, procede y así se propone al Ayuntamiento
Pleno la estimación del mismo.
Puesta a consideración y votación la propuesta con el resultado de
votos a favor los concejales de los Grupos ASI (3 Votos), PSOE (4 Votos) y los
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votos en contra de los concejales de UPyD (2 Votos) y los concejales del
Grupo P.P. (3 Votos), y por tanto por mayoría absoluta queda acordado:
ÚNICO.- Estimar el recurso de reposición interpuesto por la mercantil Sociedad
Estatal Correos y Telégrafos, S.A. contra la Liquidación de Tasa por recogida
de Basura de 2012, declarar nula la liquidación girada, declarando la exención
a favor de la mencionada mercantil y acordando la baja de Correos en el
Padrón correspondiente.
9º.- ASUNTOS VARIOS
ÚNICO: PLAN PROVINCIAL OBRAS Y SERVICIOS 2012 Y 2013
Dada cuenta del escrito que dirige a este Ayuntamiento el Sr. Diputado
Delegado de Área de Cooperación, en el que comunica la inclusión de este
Ayuntamiento en el Plan Provincial de Cooperación a las Obras y Servicios de
Competencia Municipal para 2013, cuya aprobación ha sido acordada por el
Pleno de la Diputación Provincial de Toledo en fecha 18 de marzo de 2013, y
encontrándose pendiente de ejecución y tramitación el Plan Provincial para
2012, y habiéndose redactado a petición de este Ayuntamiento por parte del
I.T.I. Don Víctor Manuel García Molina el Proyecto Técnico “Alumbrado Público
AP.-5, AP-6 y AP.6- URB. PALOMINOS Y LAS MIMOSAS”(Presupuesto Total:
114.005,84 (G.G., B.I. é I.V.A. incluidos), y en el que se concretan las que se
han de incluir en el Plan de 2012 y parcialmente en 2013, así como la
Memoria Valorada de las obras Soterramiento de Línea Eléctrica Aérea de B.T.
en Calle Cedillo, por un importe presupuestado de 19.390,38 € en la que se
concretan las obras a incluir en 2013, en la parte de financiación no usada en
la obra Palominos y las Mimosas, en su consideración, a propuesta de la
Alcaldía, previa votación en la que votación en la que votan a favor los
concejales de los Grupos A.S.I. y P.S.O.E. (7 V votos), en contra los
concejales del Grupo U.P.y D. (2 votos), absteniéndose los del Grupo Popular
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(3 votos), y por tanto por mayoría absoluta que representan mayoría absoluta
de los que componen la Corporación, se acuerda:
PRIMERO.- Aceptar la inclusión de este Ayuntamiento de Ugena en el
Plan Provincial de Cooperación a las Obras y Servicios de Competencia
Municipal para 2013, con la siguiente financiación:
OBRA.29-REPOSICION DE ALUMBRADO (2013)
APORTACIÓN DIPUTACIÓN DE TOLEDO.............................47.875,01 euros.
APORTACIÓN AYUNTAMIENTO..................................... 2.519,73 euros.
TOTAL OBRA:................................................ 50.394,75 EUROS.
SEGUNDO.- Solicitar la Delegación de facultades de la obra.-------
TERCERO.- Aprobar el Proyecto Técnico Alumbrado Público AP.-5, AP-6 y
AP.6- URB. PALOMINOS Y LAS MIMOSAS”, así como la Memoria Valorada
“Soterramiento de Línea Eléctrica Aérea de B.T. en Calle Cedillo”, tal y como
se encuentran redactados, ello como base técnica y de contratación de la
obras arriba expresada, así como de las del Plan de 2012.
CUARTO.- Acordar para el supuesto de que la Delegación de la obra sea
concedida, licitar la ejecución de las obras por el sistema de Procedimiento
Negociado sin publicidad.
10º.- MOCIONES GRUPOS POLÍTICOS
- 10º. 1.- Moción del Grupo UPyD, de 8 de marzo de 2013 en la que
después de hacer exposición de los argumentos que estiman pertinentes
solicitan la exención de pago del Impuesto de Incremento de Plusvalías, a
favor de quienes se vean afectados por procedimientos de Desahucios, tras
breve debate, considerando el Sr. Alcalde suficientemente debatida la Moción,
propone al Pleno la desestimación de la misma, y previa votación en la que
votan a favor de la desestimación los Concejales de los Grupos A.S.I. y
P.S.O.E. (7 votos), en contra los votos del Grupo UPyD (2 votos),
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absteniéndose los del Grupo Popular (3 votos), queda acordada la
desestimación.
- 10º. 2.- Moción del Grupo UPyD, de 4 de marzo de 2013 en la que
después de hacer exposición de los argumentos que estiman pertinentes
solicitan la Instalación Placas de Señalización Vertical de Aparcamiento en la
“Urb. Los Llanos de Griñón”, tras breve debate, considerando el Sr. Alcalde
suficientemente debatida la Moción, propone al Pleno la desestimación de la
misma, y previa votación en la que votan a favor de la desestimación los
Concejales de los Grupos A.S.I. y P.S.O.E. (7 votos), en contra los votos del
Grupo UPyD (2 votos), absteniéndose los del Grupo Popular (3 votos), queda
acordada la desestimación.
- 10º. 3.- Moción del Grupo UPyD, de 4 de marzo de 2013 en la que
después de hacer exposición de los argumentos que estiman pertinentes
solicitan se proceda a realizar pintura vial en diferentes vías urbanas de la
localidad, considerando el Sr. Alcalde suficientemente debatida la Moción,
propone al Pleno la desestimación de la misma, y previa votación en la que
votan a favor de la desestimación los Concejales de los Grupos A.S.I. y
P.S.O.E. (7 votos), en contra los votos del Grupo UPyD (2 votos)y los del
Grupo Popular (3 votos), queda acordada la desestimación.
- 10º. 4.- Moción del Grupo UPyD, de 4 de marzo de 2013 en la que
después de hacer exposición de los argumentos que estiman pertinentes
solicitan la inclusión de nuevas obras de Alumbrado de Torrejoncillo de los
Higos, en los Planes Provincial de 2013, considerando el Sr. Alcalde
suficientemente debatida la Moción, propone al Pleno la desestimación de la
misma, y previa votación en la que votan a favor de la desestimación los
Concejales de los Grupos A.S.I. y P.S.O.E. (7 votos), en contra los votos del
ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA DEL DIA 26 DE MARZO DE
2013, CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO DE
UGENA, PROVINCIA DE TOLEDO.--------------------
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Grupo UPyD (2 votos), absteniéndose los del Grupo Popular (3 votos), queda
acordada la desestimación.
- 10º. 5.- Moción del Grupo UPyD, de 8 de marzo de 2013 en la que
después de hacer exposición de los argumentos que estiman pertinentes
solicitan el establecimiento de una Parada de Autobús en la Urb. Torrejoncillo
de los Higos, considerando el Sr. Alcalde suficientemente debatida la Moción,
propone al Pleno la estimación de la misma, y previa votación en la que por
unanimidad queda acordado la estimación de la misma.
- 10º. 6.- Moción del Grupo UPyD, de 8 de marzo de 2013 en la que
después de hacer exposición de los argumentos que estiman pertinentes
solicitan la instalación de un Parque Infantil en la Urbanización Torrejoncillo
Los Higos,
Considerando el Sr. Alcalde suficientemente debatida la Moción, propone al
Pleno la desestimación de la misma, y previa votación en la que votan a favor
de la desestimación los Concejales de los Grupos A.S.I. y P.S.O.E. (7 votos),
en contra los votos del Grupo UPyD (2 votos), absteniéndose los del Grupo
Popular (3 votos), queda acordada la desestimación.
-10º.- 7.- Moción del Equipo de Gobierno Grupo A.S.I. y P.S.O.E.
de 28 de febrero de 2013 en la que después de hacer exposición de los
argumentos que estiman pertinentes en relación con el Plan PREPARA, y con
el fin de garantizar la transición al empleo, alcanzar una mayor coordinación
entre las políticas activas de empleo y las ayudas económicas de
acompañamiento y evitar la exclusión social, solicitan la adopción por el
Ayuntamiento Pleno de los siguientes acuerdos:
1º. Solicitar al Gobierno de España a que proceda al estudio de la
transformación de la ayuda del plan PREPARA en contratos laborales, del tipo
ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA DEL DIA 26 DE MARZO DE
2013, CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO DE
UGENA, PROVINCIA DE TOLEDO.--------------------
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de los conocidos como Planes de Empleo, equiparando su retribución al Salario
Mínimo Interprofesional, incluyendo sus correspondientes cotizaciones y con el
objeto de desempeñar labores de colaboración en la prestación de servicios
públicos.
2º. Mientras se estudia y desarrolla lo anteriormente expuesto, solicitar al
Gobierno de España la modificación de las condiciones de acceso al programa
de recualificación profesional de las personas que agoten su prestación por
desempleo (PREPARA), regresando a las condiciones fijadas en el Real
Decreto-Ley 1/2011.
Previo debate, considerando el Sr. Alcalde suficientemente debatida la
Moción, y previa votación en la que votan a favor de la adopción de los
acuerdos expresados los Concejales de los Grupos A.S.I. y P.S.O.E. (7 votos),
absteniéndose los votos del Grupo UPyD (2 votos), en contra los del Grupo
Popular (3 votos), queda acordado por mayoría absoluta:
1º. Solicitar al Gobierno de España a que proceda al estudio de la
transformación de la ayuda del plan PREPARA en contratos laborales, del tipo
de los conocidos como Planes de Empleo, equiparando su retribución al Salario
Mínimo Interprofesional, incluyendo sus correspondientes cotizaciones y con el
objeto de desempeñar labores de colaboración en la prestación de servicios
públicos.
2º. Mientras se estudia y desarrolla lo anteriormente expuesto, solicitar al
Gobierno de España la modificación de las condiciones de acceso al programa
de recualificación profesional de las personas que agoten su prestación por
desempleo (PREPARA), regresando a las condiciones fijadas en el Real
Decreto-Ley 1/2011.
-10º.- 8.- Moción del Equipo de Gobierno Grupo A.S.I. y P.S.O.E.
de 26 de febrero de 2013. en la que después de hacer exposición de los
argumentos que estiman pertinentes en relación con la Reforma de las leyes
ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA DEL DIA 26 DE MARZO DE
2013, CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO DE
UGENA, PROVINCIA DE TOLEDO.--------------------
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que regulan las bases jurídicas que regulan el funcionamiento de las Entidades
Locales, solicitando la adopción por el Ayuntamiento Pleno de los siguientes
acuerdos:
1.- Reafirmar la autonomía local y la trascendencia del papel de los
Ayuntamientos en la igualdad de oportunidades, la democracia y la cohesión
social; elementos que han permitido vertebrar el territorio y prestar servicios
esenciales y básicos, descentralizados y de proximidad para la ciudadanía.
2.- Transmitir a los ayuntamientos y a sus habitantes, especialmente de los
municipios más pequeños nuestro apoyo y reconocimiento por la labor que
vienen realizando para mantener vivo el territorio para toda la sociedad.
3.- Solicitar la retirada por parte del gobierno del Anteproyecto de Ley para la
racionalización y sostenibilidad de la administración local.
4. Abrir un proceso de negociación con todos los grupos parlamentarios y con
la FEMP que permita abordar la reforma de las leyes que regulan el mundo
local garantizando la autonomía local y los derechos sociales de los
ciudadanos.
5.- Dar traslado de este acuerdo al Gobierno de España, al Gobierno de la
Comunidad Autónoma de Castilla La Mancha, a los Grupos Políticos del
Congreso de los diputados, las Cortes de castilla la mancha y a la Junta de
Gobierno de la FEMP.
Previo debate, considerando el Sr. Alcalde suficientemente debatida la
Moción, y previa votación en la que votan a favor de la adopción de los
acuerdos expresados los Concejales de los Grupos A.S.I. y P.S.O.E. (7 votos),
votando en contra los concejales Grupo UPyD y los del Grupo Popular (5
votos), queda acordada por mayoría absoluta la adopción de los acuerdos
propuestos.
11º.- RUEGOS Y PREGUNTAS
No encontrándose pendientes ruegos de clase alguna se pasa a las
ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA DEL DIA 26 DE MARZO DE
2013, CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO DE
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preguntas formulándose por la Portavoz del Grupo UPyD, las siguientes:
1.- Sobre las previsiones de derribo del muro del C.P. Tres Torres y
adecuación del terreno. Es contestada por Doña Silvia Diaz-Guijarro Rodal
respondiéndole lo que estima conveniente.
2.- a) Sobre los locales municipales que ocupan las asociaciones: A. Veragua,
A. Juvenil el Torreón, A. Moto Club Ugena, A. Amanecer, A. Y Que más y A.
Scouts. Es contestada por Doña Leila Alonso quien manifiesta la totalidad de
las ubicaciones, tanto antiguas como nuevas.
2.- b) Sobre la participación en gastos de quienes ocupan los locales. Leila
contesta que a este fin ingresan el diez por 100 de su recaudación que
ingresan mensualmente en el Ayuntamiento.
3.- Sobre si el Gobierno Local de Ugena acata y obedece las directrices,
LEYES Y NORMATIVAS DEL Gobierno de la Nación. Contesta el Alcalde que
naturalmente que sí.
4.- Previsiones sobre celebración de la reunión de Agenda 21. Responde el Sr.
Alcalde que a la mayor brevedad.
5.- Medidas que adoptará el Ayuntamiento respecto a la deuda de 600.000,00
€ contraída con la Mancomunidad. Responde el Sr. Alcalde que en la medida
que lo permitan las existencias en Caja del Ayuntamiento se estudia un plan
de pagos para hacerlos frente.
Y no habiendo más asuntos que tratar, siendo las veintiuna y treinta
minutos del día veintiséis de marzo de dos mil trece, por el Sr. Alcalde se
levanta la sesión de que yo secretario, certifico y doy fe.