borrador ayudas correos y valoracion de cgt

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1 CONVOCATORIA DE ANTICIPOS Y PRÉSTAMOS SIN INTERÉS Se convocan préstamos y anticipos a cuenta, sin interés, en las condiciones previstas en las siguientes instrucciones. 1.- BENEFICIARIOS Podrán solicitar anticipos y préstamos personales, a cuenta, todo el personal funcionario y laboral fijo en situación de activo en Correos. No obstante lo anterior, estarán excluidos: Los funcionarios y laborales fijos que a 31 de diciembre de 2015 les falten 24 o menos meses para la edad de jubilación. Los funcionarios y laborales fijos que tengan iniciado un expediente de jubilación o situación similar. El personal laboral fijo discontinuo. Los suspensos provisionales. Aquellos empleados cuyas retribuciones dinerarias íntegras en 2014 con cargo a Correos hayan sido superiores a 20.000 2.- REQUISITOS El peticionario no deberá tener, en la fecha de solicitud, otro anticipo o préstamo de los referidos en esta convocatoria pendiente de amortización. A quien con anterioridad se le hubiese concedido ya un anticipo o préstamo, no podrá solicitar otro hasta pasados doce meses desde el término de la amortización del mismo, siendo ineficaz, a estos efectos, la cancelación adelantada del anterior anticipo o préstamo. El interesado deberá comprometerse, formalmente, a mantener y respetar la retención de haberes que para la amortización del anticipo o préstamo se señale, aunque por otras retenciones judiciales o administrativas quede totalmente absorbida la parte del sueldo legalmente embargable. El beneficiario del anticipo o préstamo se compromete al pago de la cuota del seguro colectivo de vida temporal concertado, cuyas coberturas aseguradas son el fallecimiento o la invalidez absoluta y permanente para todo trabajo que pudiera producirse durante el plazo de amortización del

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CONVOCATORIA DE ANTICIPOS Y PRÉSTAMOS SIN INTERÉS

Se convocan préstamos y anticipos a cuenta, sin interés, en las condiciones previstas en las siguientes instrucciones. 1.- BENEFICIARIOS Podrán solicitar anticipos y préstamos personales, a cuenta, todo el personal funcionario y laboral fijo en situación de activo en Correos. No obstante lo anterior, estarán excluidos:

Los funcionarios y laborales fijos que a 31 de diciembre de 2015 les falten 24 o menos meses para la edad de jubilación.

Los funcionarios y laborales fijos que tengan iniciado un expediente de jubilación o situación similar.

El personal laboral fijo discontinuo.

Los suspensos provisionales.

Aquellos empleados cuyas retribuciones dinerarias íntegras en 2014 con cargo a Correos hayan sido superiores a 20.000 €

2.- REQUISITOS

El peticionario no deberá tener, en la fecha de solicitud, otro anticipo o préstamo de los referidos en esta convocatoria pendiente de amortización. A quien con anterioridad se le hubiese concedido ya un anticipo o préstamo, no podrá solicitar otro hasta pasados doce meses desde el término de la amortización del mismo, siendo ineficaz, a estos efectos, la cancelación adelantada del anterior anticipo o préstamo.

El interesado deberá comprometerse, formalmente, a mantener y respetar la retención de haberes que para la amortización del anticipo o préstamo se señale, aunque por otras retenciones judiciales o administrativas quede totalmente absorbida la parte del sueldo legalmente embargable.

El beneficiario del anticipo o préstamo se compromete al pago de la cuota del seguro colectivo de vida temporal concertado, cuyas coberturas aseguradas son el fallecimiento o la invalidez absoluta y permanente para todo trabajo que pudiera producirse durante el plazo de amortización del

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mismo. El importe del seguro se abonará en una sola cuota, que se detraerá de la cantidad prestada.

El interesado se comprometerá a reintegrar, en una sola vez, las cantidades pendientes de amortización cuando, por cualquier causa, deje de percibir sus haberes por la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, a excepción de lo previsto en el apartado cuatro de esta convocatoria.

3.- IMPORTE DE LOS ANTICIPOS Y PRÉSTAMOS Podrán solicitarse anticipos o préstamos de los regulados en las presentes instrucciones por los siguientes importes:

1.000 €

2.200 €

3.500 €

No se admitirán fracciones de las cantidades enumeradas anteriormente.

4.- PLAZO DE AMORTIZACIÓN

El plazo de amortización del anticipo o préstamo será de 24 meses. Sólo en el caso de los beneficiarios que durante el período de amortización se acojan a una licencia sin sueldo, de hasta tres meses de duración, se interrumpirá, excepcionalmente, la amortización del anticipo durante el mes o meses en que el empleado no perciba haberes.

5.- PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

El plazo de admisión de solicitudes comenzará el día -- de ---- y finalizará el -- de ---------- de 2015. Los peticionarios deberán aportar la siguiente documentación:

Solicitud en el modelo oficial publicado al efecto

Copia del certificado de haberes del año 2014

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6.- TRAMITACIÓN DE LAS SOLICITUDES

Las solicitudes, original y copia, formuladas en el modelo oficial publicado al efecto, se presentarán o dirigirán a las unidades de Relaciones Laborales o Recursos Humanos de su zona o provincia, que devolverán la copia sellada al interesado. El personal destinado en el Centro Directivo presentará éstas en la Unidad de Negociación de Recursos Humanos -Sección de Asuntos Sociales. Si la documentación fuera incompleta o existieran errores en la misma, se requerirá al interesado para que los subsane en el plazo de diez días o aporte los documentos omitidos, con indicación expresa de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, archivándose sin más trámite. Una vez concluido el plazo de admisión de instancias, todas las Direcciones Zonales remitirán a la Unidad de Negociación de Recursos Humanos, Sección de Asuntos Sociales, las correspondientes certificaciones en el plazo que se determine en las instrucciones complementarias a esta convocatoria.

7.- RESOLUCIÓN

A la vista de los préstamos solicitados, se abonarán por el orden de prelación resultante de considerar, en sentido creciente, las retribuciones dinerarias anuales íntegras de los solicitantes con cargo a Correos en el año 2014. En el caso de no poder atender la totalidad de las peticiones, podrían denegarse en función del orden anterior.

8.- CANCELACIÓN

El desistimiento respecto de la solicitud de anticipo deberá notificarse, siempre por escrito (en modelo libre), a las unidades de Relaciones Laborales o Recursos Humanos correspondientes y se entenderá siempre como cancelación anticipada del mismo, aún cuando éste no se hubiera hecho todavía efectivo. Por ello, el interesado deberá abonar, en su caso, el importe del seguro a través de su nómina de haberes y le será de aplicación lo previsto en esta convocatoria en referencia al período de carencia para solicitar un nuevo anticipo sin interés.

Madrid,-- de ------ de 2015

El Director de Recursos Humanos

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Luis Pérez Capitán

AYUDAS AL ESTUDIO PARA HIJOS (LIBROS Y MATERIAL ESCOLAR)

Con objeto de contribuir a sufragar los gastos educativos de los hijos de los empleados de Correos, se convocan Ayudas al Estudio con arreglo a las siguientes instrucciones: 1.- BENEFICIARIOS Podrán acceder a estas ayudas los funcionarios y personal laboral fijo de Correos que se encuentren en activo en la Sociedad Estatal en el plazo de admisión de solicitudes y a fecha de hacerse efectivo el pago de las mismas. Los huérfanos de empleados que hubieran fallecido estando en activo, podrán ser beneficiarios de la correspondiente ayuda a través del otro progenitor o representante legal. Si el padre y la madre trabajan en Correos, sólo podrán realizar la solicitud uno de ellos. Cuando se detecten instancias formuladas por dos empleados para el mismo hijo, ambos decaerán automáticamente del derecho a percibir la ayuda que nos ocupa. Asimismo, estas ayudas son incompatibles en el tramo de la cuantía que resulte coincidente con las que, en su caso, pudieran corresponder por asistencia a centros de educación infantil o por hijo con discapacidad cuando se trate del mismo curso e hijo.

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2.- REQUISITOS 2.1 Tener hijos o familiar a cargo por sentencia judicial matriculados en centros ubicados en el ámbito del territorio nacional durante el curso escolar 2015-2016 en: -Segundo Ciclo de Educación Infantil, en Centros Escolares o Escuelas Infantiles ya sean de carácter público o privado. -Enseñanza Obligatoria, en Centros Públicos o Concertados. -Bachillerato, Ciclos Formativos de Formación Profesional o Enseñanza Universitaria, en Centros Públicos. 2.2 Los hijos deberán tener como máximo veintiséis años, convivir con el solicitante y ser económicamente dependientes.

2.3 Las retribuciones dinerarias íntegras del solicitante por parte de Correos en el año 2014 no serán superiores a 17.000 €

3.- DOCUMENTACIÓN EXIGIDA

a) Solicitud en el modelo oficial publicado al efecto.

b) Certificado expedido por el centro de enseñanza correspondiente que justifique la matrícula en el curso 2015-2016. Si se trata de un centro concertado deberá hacerse constar expresamente.

c) Fotocopia de los DNI del solicitante y cónyuge.

d) Fotocopia del libro de familia completo.

e) Fotocopia del certificado de haberes del año 2014.

4.- PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día --- de ---- y finalizará el día ---------de --------- de 2015.

5.- TRAMITACIÓN DE LAS SOLICITUDES

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Las solicitudes, original y copia, formuladas en el modelo oficial publicado al efecto, se presentarán o dirigirán a las unidades de Relaciones Laborales o Recursos Humanos de su zona o provincia, que devolverán la copia sellada al interesado. El personal destinado en el Centro Directivo presentará éstas en la Unidad de Negociación de Recursos Humanos -Sección de Asuntos Sociales.

Aquellas instancias que no cumplan con los requisitos previstos en esta convocatoria serán devueltas a los interesados, dándoles un plazo de diez días para corregir las deficiencias, en caso de que éstas sean subsanables.

La inexactitud en alguno de los datos o documentos que se aporten podrá tener como consecuencia la pérdida de los derechos del solicitante, cualquiera que sea el momento en que se descubra aquella, con independencia de la responsabilidad personal que de ella se derive.

6.- RESOLUCIÓN A la vista de las solicitudes recibidas, se establecerá la cuantía de las ayudas y se abonarán por el orden de prelación resultante de considerar, en sentido creciente, el siguiente cálculo: (Retribuciones dinerarias anuales íntegras del solicitante con cargo a Correos en 2014) / (1+ Nº hijos con derecho a percibir ayuda). En el caso de no poder atender la totalidad de las peticiones, podrían denegarse en función del orden anterior.

Madrid, -- de ---- de 2015 El Director de Recursos Humanos

Luis Pérez Capitán

AYUDAS DE EDUCACIÓN INFANTIL

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Con objeto de contribuir a sufragar parte de los gastos originados por la contratación de plazas en Escuelas Infantiles o Centros de Educación Infantil para los hijos de los empleados de Correos, se convocan ayudas con arreglo a las siguientes instrucciones. 1.- BENEFICIARIOS Podrán acceder a estas ayudas los funcionarios y personal laboral fijo de Correos que se encuentren en activo en la Sociedad Estatal en el plazo de admisión de solicitudes y a fecha de hacerse efectivo el pago de las mismas. Si el padre y la madre trabajan en Correos, solo podrán realizar la solicitud uno de ellos. Cuando se detecten instancias formuladas por dos empleados para el mismo hijo, ambos decaerán automáticamente del derecho a percibir la ayuda que nos ocupa. 2.- REQUISITOS Tener hijos nacidos en los años 2012 y posteriores, matriculados en el Primer Ciclo de Educación Infantil en escuelas infantiles o centros de educación infantil durante el curso escolar 2014/2015, (de septiembre-14 a julio-15). Las plazas deberán haber sido contratadas con centros públicos o privados que cumplan con los requisitos legales y reglamentarios exigidos a la prestación de servicios de esta naturaleza y el gasto mínimo superior a 200€. 3.- DOCUMENTACIÓN EXIGIDA

a) Solicitud en el modelo oficial publicado al efecto.

b) Certificado expedido por el centro correspondiente que justifique la matriculación y asistencia en el curso 2014-2015, especificando nombre y apellidos del niño, periodo de asistencia, cantidades abonadas y conceptos por el que se realizan los pagos.

c) Copia de las facturas o justificantes de pago.

d) Fotocopia del DNI del solicitante y del cónyuge. e) Fotocopia del libro de familia completo.

4.- PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día -- de junio y finalizará el día -- de --------- de 2015.

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5.- TRAMITACIÓN DE LAS SOLICITUDES Las solicitudes, original y copia, formuladas en el modelo oficial publicado al efecto, se presentarán o dirigirán a las unidades de Relaciones Laborales o Recursos Humanos de su zona o provincia, que devolverán la copia sellada al interesado. El personal destinado en el Centro Directivo presentará éstas en la Unidad de Negociación de Recursos Humanos -Sección de Asuntos Sociales. Aquellas instancias que no cumplan con los requisitos previstos en esta convocatoria serán devueltas a los interesados, dándoles un plazo de diez días para corregir las deficiencias en caso de que éstas sean subsanables.

La inexactitud en alguno de los datos o documentos que se aporten podrá tener como consecuencia la pérdida de los derechos del solicitante, cualquiera que sea el momento en que se descubra aquella, con independencia de la responsabilidad personal que de ella se derive. 6.- RESOLUCIÓN A la vista de las solicitudes recibidas, se establecerá la cuantía de las ayudas y se abonarán por el orden de prelación resultante de considerar, en sentido creciente, el siguiente cálculo: (Retribuciones dinerarias anuales íntegras del solicitante con cargo a Correos en 2014) / (1+ Nº hijos con derecho a percibir ayuda). En el caso de no poder atender la totalidad de las peticiones, podrían denegarse en función del orden anterior.

Madrid, - de ---- de 2015 El Director de Recursos Humanos

Luis Pérez Capitán

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AYUDAS AL ESTUDIO EN PLANES UNIVERSITARIOS

Con objeto de contribuir a sufragar el coste de la matrícula y demás gastos de inscripción en los estudios universitarios cursados por el personal de Correos, se convocan ayudas con arreglo a las siguientes instrucciones. 1.- BENEFICIARIOS Podrán acceder a estas ayudas el personal funcionario y laboral fijo de Correos que se encuentre en activo en la Sociedad Estatal en el plazo de admisión de solicitudes y a fecha de hacerse efectivo el pago de las mismas. 2.- REQUISITOS

- Estar matriculado en el curso 2014/2015 en estudios de nivel universitario en al menos dos asignaturas anuales, cuatro cuatrimestrales o veinte créditos. El proyecto de fin de carrera, cuando exista y cuya superación sea requisito para la obtención del título correspondiente, no requerirá un mínimo de asignaturas.

- Haber aprobado entre las convocatorias de febrero, junio y septiembre de

2015 el mínimo de asignaturas o créditos referidos en cada caso en el punto anterior.

- El gasto mínimo acreditado por la matrícula y gastos de inscripción deberá ser superior a 300 €.

Quedan excluidos los estudios correspondientes a Doctorado, másteres, cursos de postgrado o estudios de especialización. 3.- DOCUMENTACIÓN EXIGIDA

f) Solicitud en el modelo oficial publicado al efecto.

g) Fotocopia de la matrícula formalizada para el curso 2014/2015 en la correspondiente Universidad o Escuela Universitaria, así como el justificante de haber abonado su importe y demás gastos de inscripción.

h) Documentación justificativa de haber aprobado entre las convocatorias de febrero, junio y septiembre de 2015 el mínimo de asignaturas o créditos referidos en cada caso en el punto 2.- Requisitos.

4.- PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día -- de ---- y finalizará el día -- de ------- de 2015.

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5.- TRAMITACIÓN DE LAS SOLICITUDES Las solicitudes, original y copia, formuladas en el modelo oficial publicado al efecto, se presentarán o dirigirán a las unidades de Relaciones Laborales o Recursos Humanos de su zona o provincia, que devolverán la copia sellada al interesado. El personal destinado en el Centro Directivo presentará éstas en la Unidad de Negociación de Recursos Humanos -Sección de Asuntos Sociales. Aquellas instancias que no cumplan con los requisitos previstos en esta convocatoria serán devueltas a los interesados, dándoles un plazo de diez días para corregir las deficiencias, en caso de que éstas sean subsanables. La inexactitud en alguno de los datos o documentos que se aporten podrá tener como consecuencia la pérdida de los derechos del solicitante, cualquiera que sea el momento en que se descubra aquella, con independencia de la responsabilidad personal que de ella se derive. 6.- RESOLUCIÓN A la vista de las solicitudes recibidas, se establecerá la cuantía de las ayudas y se abonarán por el orden de prelación resultante de considerar, en sentido creciente, las retribuciones dinerarias anuales íntegras con cargo a Correos de los solicitantes en el año 2014. En el caso de no poder atender la totalidad de las peticiones, podrían denegarse en función del orden anterior.

Madrid, -- de ---- de 2015 El Director de Recursos Humanos

Luis Pérez Capitán

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AYUDA POR FALLECIMIENTO

Con objeto de contribuir a mitigar la minoración de ingresos producidos en la unidad familiar del trabajador ocasionada por su fallecimiento, así como los gastos derivados del sepelio, se convocan ayudas con arreglo a las siguientes instrucciones: 1.- CAUSANTES Empleados pertenecientes al colectivo de personal laboral fijo de la Sociedad Estatal que hubieran fallecido a lo largo del año 2015 estando en la situación de activo. 2.- BENEFICIARIOS Tendrán derecho a percibir estas ayudas, según orden excluyente, en primer lugar el cónyuge (Salvo que existiera divorcio, separación legal o declaración de nulidad del

matrimonio) y en segundo lugar los hijos menores de 18 años no emancipados.

En el supuesto de existir varios hijos con derecho a ser beneficiarios, la ayuda se repartirá por partes iguales. 3.- DOCUMENTACIÓN EXIGIDA

a) Solicitud en el modelo oficial publicado al efecto.

b) Fotocopia compulsada del certificado de fallecimiento, ya sea médico oficial o del Registro Civil. c) Fotocopia del D.N.I. del solicitante y documento acreditativo en el caso de tratarse de un representante legal.

d) Fotocopia compulsada del libro de familia completo o certificado del Registro Civil en el que conste el parentesco alegado. e) En el caso de existir varios hijos con derecho a ser beneficiarios, ha de consignarse el nombre, apellidos y D.N.I. de todos

ellos, así como adjuntar autorización de cobro, de todos en favor de uno de ellos, con las firmas legitimadas.

4.- PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

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El plazo de presentación de instancias comenzará el día -- de ---- de 2015 y finalizará el día 31 de diciembre de 2015, pudiendo ser ampliado hasta el 15 de enero de 2016 en el caso de que el empleado hubiese fallecido después del 15 y hasta el 31 de diciembre de 2015. Dentro de estos plazos, las solicitudes deberán presentarse con la mayor brevedad posible desde la fecha de fallecimiento.

5.- TRATAMIENTO DE LAS SOLICITUDES

Las solicitudes, original y copia, formuladas en el modelo oficial publicado al efecto, se presentarán o dirigirán a las unidades de Relaciones Laborales o Recursos Humanos de su zona o provincia, que devolverán la copia sellada al interesado. Las solicitudes referidas a personal destinado en el Centro Directivo se presentarán en la Unidad de Negociación de Recursos Humanos -Sección de Asuntos Sociales. Aquellas solicitudes que no cumplan con los requisitos previstos en esta convocatoria serán devueltas a los interesados, dándoles un plazo de diez días para corregir las deficiencias en caso de que éstas sean subsanables. La inexactitud en alguno de los datos o documentos que se aporten con la solicitud podrá tener como consecuencia la pérdida de los derechos del solicitante, cualquiera que sea el momento en el que se descubra aquella, con independencia de la responsabilidad personal que de ella se derive.

6.- CUANTÍA DE LAS AYUDAS El importe de las ayudas será calculado en función de la edad del trabajador fallecido y el resto de criterios fijados en cada momento para el personal funcionario.

Madrid, -- de ---- de 2015 El Director de Recursos Humanos

Luis Pérez Capitán

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AYUDAS PARA HIJOS CON DISCAPACIDAD

Con objeto de contribuir a sufragar los gastos educativos de los hijos con algún tipo de discapacidad de los empleados de Correos, se convocan ayudas con arreglo a las siguientes instrucciones: 1.- BENEFICIARIOS Podrán acceder a estas ayudas los funcionarios y personal laboral fijo de Correos que tengan hijos o familiares bajo tutela judicial, excepto ascendientes, con al menos un 33% de discapacidad, conviviendo con ellos y a su cargo, y que se encuentren en activo en la Sociedad Estatal en el plazo de admisión de solicitudes y a fecha de hacerse efectivo el pago de las mismas. Los huérfanos con discapacidad de aquellos empleados que hubieran fallecido estando en activo, podrán ser beneficiarios de la correspondiente ayuda a través del otro progenitor o representante legal. Asimismo, podrán ocasionar ayudas los hijos del cónyuge o pareja de hecho del solicitante, siempre que estén a su cargo y convivan con él. Si el padre y la madre trabajan en Correos, sólo podrán realizar la solicitud uno de ellos. Cuando se detecten solicitudes formuladas por dos empleados para el mismo hijo, ambos decaerán del derecho a percibir la ayuda que nos ocupa. Asimismo, estas ayudas son incompatibles con las Ayudas al Estudio convocadas por Correos cuando se trate del mismo hijo. 2.- DOCUMENTACIÓN EXIGIDA

a) Solicitud en el modelo oficial publicado al efecto. b) Copia del certificado de discapacidad emitido por el organismo competente en el que se especifique el grado, que deberá ser, en todo caso, igual o superior al 33%, y si se trata de una discapacidad definitiva o sujeta a revisión.

c) Fotocopia del DNI del solicitante y del cónyuge.

d) Fotocopia del libro de familia completo.

e) Cuando la ayuda que se solicita tenga como destinatario un hijo mayor de veinticinco años deberá aportarse certificado municipal de convivencia o de empadronamiento.

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3.- PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

El plazo de presentación de instancias comenzará el día -- de ------- de 2015 y finalizará el día -- de -------- de 2015

4.- TRATAMIENTO DE LAS SOLICITUDES

Las solicitudes, original y copia, formuladas en el modelo oficial publicado al efecto, se presentarán o dirigirán a las unidades de Relaciones Laborales o Recursos Humanos de su zona o provincia, que devolverán la copia sellada al interesado. El personal destinado en el Centro Directivo presentará éstas en la Unidad de Negociación de Recursos Humanos -Sección de Asuntos Sociales. Aquellas solicitudes que no cumplan con los requisitos previstos en esta convocatoria serán devueltas a los interesados, dándoles un plazo de diez días para corregir las deficiencias en caso de que éstas sean subsanables. La inexactitud en alguno de los datos o documentos que se aporten con la solicitud podrá tener como consecuencia la pérdida de los derechos del solicitante, cualquiera que sea el momento en el que se descubra aquella, con independencia de la responsabilidad personal que de ella se derive. 5.- RESOLUCIÓN A la vista de las solicitudes recibidas, se establecerá la cuantía de las ayudas y se abonarán por el orden de prelación resultante de considerar, en sentido creciente, el siguiente cálculo: (Retribuciones dinerarias anuales íntegras del solicitante con cargo a Correos en 2014) / (1+ Nº hijos con derecho a percibir ayuda). En el caso de no poder atender la totalidad de las peticiones, podrían denegarse en función del orden anterior.

Madrid, -- de ---- de 2015

El Director de Recursos Humanos

Luis Pérez Capitán

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AYUDAS PARA TRATAMIENTOS DE SALUD

Con objeto de contribuir a sufragar los gastos de determinados tratamientos médicos no cubiertos, o sólo atendidos en parte por la Seguridad Social o MUFACE, del personal de Correos, se convocan ayudas para tratamientos de salud. 1.- BENEFICIARIOS

Podrán acceder a estas ayudas los funcionarios y personal laboral fijo de Correos que se encuentren en activo en la Sociedad Estatal en el plazo de admisión de solicitudes y a fecha de hacerse efectivo el pago de las mismas. 2.- MODALIDADES Se disponen exclusivamente para tratamientos del solicitante. 2.1. Tratamientos y prótesis bucodentales.

2.2. Tratamientos y prótesis audiovisuales.

2.3. Intervenciones quirúrgicas oculares no cubiertas por la Seguridad Social o MUFACE.

2.4. Otros tratamientos:

- De salud mental. - Motrices o psicomotrices.

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- Celiaquía. (En este supuesto solo podrá solicitarlo el personal laboral).

En tratamientos de larga duración, la ayuda se aplicará a los actos médicos abonados en el período de cobertura de la convocatoria (año 2014). Si se trata de beneficiarios de MUFACE se descontará del importe de la factura la ayuda prevista por esta Mutualidad para cada tipo de tratamiento, salvo que se acredite la denegación expresa (no la ausencia de solicitud por parte del interesado) que en su día acordara la citada Entidad.

3.- REQUISITOS

3.1. Los tratamientos deben haber sido abonados durante el año 2014. 3.2. Se excluyen los tratamientos de medicinas no convencionales, así como las

prescripciones farmacéuticas. 3.3. El gasto a cargo del empleado por modalidad y beneficiario en su caso, una

vez deducida la prestación de MUFACE, deberá ser superior a 200 euros

3.4. Quedan excluidos del beneficio de estas ayudas los empleados y sus hijos en el caso de que hayan percibido, o estén pendientes de percibir, ayudas para tratamientos de salud de las especificadas en esta convocatoria, de la empresa u organismo en que trabaje

el cónyuge.

4.- DOCUMENTACIÓN EXIGIDA

4.1. Fotocopia de las facturas o recibos justificativos de pago en los que necesariamente constará:

- Persona que recibe el tratamiento. - Concepto. - Número y fecha. - Coste del tratamiento y momento en el que se ha hecho efectivo. - Nombre o razón social, NIF o CIF, domicilio y localidad de quien los

extienda. - Recibí o pagado de quien extienda la factura.

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4.2 . Si el empleado es funcionario, visado de la factura efectuado por MUFACE o copia de la resolución en la que se deniega la misma. En caso de no disponer de ninguno de estos requisitos, se entenderá que no se solicitó la prestación y se efectuará el descuento que corresponda al importe de la factura.

4.3 .Para las modalidades 2.3, 2.4 y tratamientos de ortodoncia, fotocopia del informe médico correspondiente en el que se indique el diagnóstico y necesidad del tratamiento. Para los enfermos celiacos bastará con este informe, sin necesidad de aportar las facturas previstas en el apartado 4.1

5.- PLAZO DE PRESENTACIÓN

El plazo de admisión de solicitudes comenzará el día -- de ---- y finalizará el día -- de ------------- de 2015.

6.- TRAMITACIÓN DE LAS SOLICITUDES

Las solicitudes, original y copia, formuladas en el modelo oficial publicado al efecto, se presentarán o dirigirán a las unidades de Relaciones Laborales o Recursos Humanos de su zona o provincia, que devolverán la copia sellada al interesado y procederán a la grabación de las mismas. El personal destinado en el Centro Directivo presentará éstas en la Unidad de Negociación de Recursos Humanos -Sección de Asuntos Sociales.

Aquellas solicitudes que no cumplan con los requisitos previstos en esta convocatoria serán devueltas a los interesados, dándoles un plazo de diez días para corregir las deficiencias en caso de que éstas sean subsanables. La inexactitud en alguno de los datos o documentos que se aporten con la solicitud podrá tener como consecuencia la pérdida de los derechos del solicitante, cualquiera que sea el momento en que se descubra aquella, con independencia de la responsabilidad personal que de ella se derive. 7.- RESOLUCIÓN

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A la vista de las solicitudes recibidas, se establecerá la cuantía de las ayudas y se abonarán por el orden de prelación resultante de considerar, en sentido creciente, las retribuciones dinerarias anuales íntegras con cargo a Correos de los solicitantes en el año 2014. En el caso de no poder atender la totalidad de las peticiones, podrían denegarse en función del orden anterior.

Madrid, -- de ---- de 2015 El Director de Recursos Humanos

Luis Pérez Capitán

VALORACIÓN DE CGT

LA PROPUESTA DE CORREOS EN ACCIÓN SOCIAL 2015 ES:

EXCLUYENTE, DISCRIMINADORA E INJUSTA.

El día 1 junio, la Dirección de Recursos Humanos de la SAE Correos y Telégrafos. nos ha enviado BORRADORES de la convocatoria de ayudas de Acción social 2015. Hasta el 9 de junio, CGT presentará alegaciones y propuestas, esperando que sean tenidas en cuenta. Una vez más, ALERTAMOS DE LAS TRAMPAS y RESTRICCIONES que supone este plan de “IN-ACCIÓN SOCIAL

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PERMANENTE”, que demuestra la nula intención de realizar una verdadera Acción Social, tan necesitada por el colectivo postal:

1º.- El personal EVENTUAL y FIJO DISCONTINUO, colectivo precario y sensible, una vez más es el más discriminado ya que ve condicionadas las distintas ayudas a TENER CONTRATO EN VIGOR AL SOLICITARLAS, tema harto difícil si vemos cómo va la contratación actualmente y MAS AUN, TENER CONTRATO EN VIGOR AL COBRAR TALES AYUDAS. Excluid@s, inicialmente, de TODAS LAS AYUDAS, como en 2014 en la presentación de borradores, vamos a luchar desde CGT para que ningún colectivo postal sea discriminado y excluido, ya que en 2014, al final cedieron y fueron incluidos con la condición de “personal laboral eventual con una antigüedad mínima de dos años de servicios prestados en los seis años inmediatamente anteriores a la publicación de esta convocatoria.” Esta condición es una barbaridad y un abuso, pues con la contratación actual, conseguir haber trabajado dos años enteros en los últimos seis es una verdadera proeza, o tener un gran enchufe.

2º.- AUMENTAN LAS CONDICIONES DINERARIAS,” Las retribuciones dinerarias íntegras del solicitante por parte de Correos en el año 2014 no serán superiores a 17.000 €, como si no supieran lo que cobramos. 3º.- RESTRINGEN y DISCRIMINAN A NUESTRAS FAMILIAS, excluyéndolas de ayudas a tratamientos de salud y otras ayudas. Creen que somos tontas/os, que no somos conocedoras de que su estrategia es RECORTAR, QUITARNOS DERECHOS , QUE ESTEMOS CALLADAS y PASIVAS, reaccionemos, luchemos y plantemos cara, con unión, centro a centro, ¡QUE SE VAYAN YA!

COMPAÑER@S, un año más se recorta en la partida social, de supuesta ayuda a nuestra mermada economía, un año más priman los beneficios Capitalistas a nuestras necesidades, un año más endurecen los requisitos y excluyen a parte del colectivo.

En CGT seguiremos luchando, por los derechos económicos, laborales y sociales, de todas/os, contra el ABUSO EMPRESARIAL ACTUAL.