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Inicio Directorio mensual Buscar Ayuda BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO AÑO CCCXLIII K SÁBADO 1 DE FEBRERO DE 2003. K .NÚMERO 28 ESTE NÚMERO CONSTA DE TRES FASCÍCULOS FASCÍCULO PRIMERO (Fascículo tercero encartado en el segundo) SUMARIO4289 I. Disposiciones generales PÁGINA MINISTERIO DE HACIENDA Impuesto sobre la Renta de no Residentes.—Real Decreto 116/2003, de 31 de enero, por el que se modifican el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, aprobado por el Real Decre- to 326/1999, de 26 de febrero, y el Real Decre- to 1080/1991, de 5 de julio, por el que se determinan los países o territorios a que se refieren los artícu- los 2. o , apartado 3, número 4, de la Ley 17/1991, de 27 de mayo, de Medidas Fiscales Urgentes, y 62 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presu- puestos Generales del Estado para 1991. A.6 4294 Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas e Impuesto sobre la Renta de no Residentes.—Orden HAC/117/2003, de 31 de enero, por la que se aprue- ban los modelos para comunicar a la Administración tributaria el cambio de residencia a los efectos de la práctica de retenciones sobre los rendimientos del trabajo y se regula la forma, lugar y plazo para su presentación. A.9 4297

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Page 1: BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO · MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Funcionarios de la Administración del Estado. Orden AEX/122/2003 de 24 de enero, por la que se anuncia convocatoria

Inicio Directorio mensual Buscar Ayuda

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADOAÑO CCCXLIII K SÁBADO 1 DE FEBRERO DE 2003. K .NÚMERO 28

ESTE NÚMERO CONSTA DE TRES FASCÍCULOS FASCÍCULO PRIMERO(Fascículo tercero encartado en el segundo)

SUMARIO4289

I. Disposiciones generales

PÁGINA

MINISTERIO DE HACIENDAImpuesto sobre la Renta de no Residentes.—RealDecreto 116/2003, de 31 de enero, por el que semodifican el Reglamento del Impuesto sobre la Rentade no Residentes, aprobado por el Real Decre-to 326/1999, de 26 de febrero, y el Real Decre-to 1080/1991, de 5 de julio, por el que se determinanlos países o territorios a que se refieren los artícu-los 2.o, apartado 3, número 4, de la Ley 17/1991,de 27 de mayo, de Medidas Fiscales Urgentes, y 62de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presu-puestos Generales del Estado para 1991. A.6 4294Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicase Impuesto sobre la Renta de no Residentes.—OrdenHAC/117/2003, de 31 de enero, por la que se aprue-ban los modelos para comunicar a la Administracióntributaria el cambio de residencia a los efectos dela práctica de retenciones sobre los rendimientos deltrabajo y se regula la forma, lugar y plazo para supresentación. A.9 4297

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4290 Sábado 1 febrero 2003 BOE núm. 28

PÁGINA

MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALESS e g u r i d a d S o c i a l . C o t i z a c i o n e s . — O r d e nTAS/118/2003, de 31 de enero, por la que sedesarrollan las normas de cotización a la SeguridadSocial, Desempleo, Fondo de Garantía Salarial y For-mación Profesional, contenidas en la Ley 52/2002,de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales delEstado para el año 2003. A.16 4304

MINISTERIO DE ECONOMÍATabaco. Precios.—Resolución de 29 de enerode 2003, del Comisionado para el Mercado de Taba-cos, por la que se publican los precios de venta alpúblico de determinadas labores de tabaco en expen-dedurías de tabaco y timbre del área del monopolio.

B.13 4317

MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍAColegios profesionales.—Real Decreto 104/2003,de 24 de enero, por el que se aprueban los EstatutosGenerales de los Colegios Oficiales de Peritos e Inge-nieros Técnicos Industriales y de su Consejo General.

B.14 4318

COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADODE ASTURIASAnimales.—Ley 13/2002, de 23 de diciembre, deTenencia, Protección y Derechos de los Animales.

C.12 4332Presupuestos.—Ley 14/2002, de 27 de diciembre, dePresupuestos Generales para 2003. D.4 4340

II. Autoridades y personal

A. Nombramientos, situacionese incidencias

PRESIDENCIA DEL GOBIERNOCeses.—Real Decreto 121/2003, de 31 de enero, porel que se dispone el cese de doña Catalina Cirer Adrovercomo Delegada del Gobierno en la Comunidad Autó-noma de las Illes Balears. D.16 4352Nombramientos.—Real Decreto 122/2003, de 31 deenero, por el que se nombra Delegado del Gobiernoen la Comunidad Autónoma de las Illes Balears a donMiguel Ángel Ramis Socías. D.16 4352

CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIALNombramientos.—Acuerdo de 29 de enero de 2003,de la Comisión Permanente del Consejo General delPoder Judicial, por el que se nombran Jueces sustitutospara el año judicial 2002/2003, en el ámbito del TribunalSuperior de Justicia de la Comunidad Valenciana. D.16 4352

MINISTERIO DE JUSTICIASituaciones.—Resolución de 16 de enero de 2003, dela Dirección General de los Registros y del Notariado,por la que se declara en situación de excedencia volun-taria al Notario de Barcelona don José Alberto MartínVidal. D.16 4352

MINISTERIO DE DEFENSANombramientos.—Orden DEF/119/2003, de 31 de ene-ro, por la que se nombra Coordinador del Ministerio deDefensa para las actuaciones derivadas de la catástrofedel buque «Prestige» al Vicealmirante del Cuerpo Generalde la Armada don Ángel Manuel Tello Valero. D.16 4352

PÁGINA

MINISTERIO DE FOMENTO

Nombramientos.—Real Decreto 123/2003, de 31 deenero, por el que se nombra Comisionado del Minis-terio de Fomento para las actuaciones derivadas dela catástrofe del buque «Prestige» a don Francisco Alon-so Lorenzo. E.1 4353

MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Destinos.—Orden ECD/120/2003, de 22 de enero,p o r l a q u e s e c o r r i g e n e r r o r e s e n l a d eECD/1842/2002, de 12 de julio, por la que se resuelveel concurso de méritos para la provisión de plazasvacantes en el exterior, convocado por OrdenECD/410/2002, de 20 de febrero. E.1 4353

Resolución de 7 de enero de 2003, de la Secretaríade Estado de Cultura, por la que se corrige la de 29de noviembre de 2002, por la que se publicaba la adju-dicación de un puesto de trabajo convocado a libredesignación. E.1 4353

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE

Ceses.—Real Decreto 124/2003, de 31 de enero, porel que se dispone el cese de don José Antonio VillegasAlés como Presidente de la Confederación Hidrográficadel Sur. E.2 4354

Nombramientos.—Real Decreto 125/2003, de 31 deenero, por el que se nombra Presidente de la Con-federación Hidrográfica del Sur a don Francisco Ortizde la Torre. E.2 4354

Real Decreto 126/2003, de 31 de enero, por el quese nombra Comisionado del Ministerio de MedioAmbiente para las actuaciones derivadas de la catás-trofe del buque «Prestige» a don Xoán Nóvoa Rodríguez.

E.2 4354

Destinos.—Orden MAM/121/2003, de 20 de enero,por la que se resuelve parcialmente convocatoria públi-ca para la provisión de puestos de trabajo, por el sis-tema de libre designación, en la Secretaría de Estadode Aguas y Costas, anunciada por Resolución de 26de noviembre de 2002. E.2 4354

MINISTERIO DE ECONOMÍA

Nombramientos.—Real Decreto 127/2003, de 31 deenero, por el que se nombra Director Técnico de Pro-tección Radiológica del Consejo de Seguridad Nucleara don Juan Carlos Lentijo Lentijo. E.2 4354

UNIVERSIDADES

Nombramientos.—Resolución de 15 de enero de2003, de la Universidad de Alcalá, por la que se nom-bra Profesor titular de Escuela Universitaria del áreade conocimiento de «Ingeniería Química» a don MiguelÁngel Arranz Pascual. E.3 4355

Resolución de 15 de enero de 2003, de la Universidadde Alcalá, por la que se nombra Profesor titular deUniversidad del área de conocimiento de «Ecología»a don José Manuel Nicolau Ibarra. E.3 4355

Resolución de 15 de enero de 2003, de la Universidadde Alcalá, por la que se nombra Profesor titular deUniversidad del área de conocimiento de «IngenieríaQuímica» a don Antonio Rodríguez Fernández-Alba.

E.3 4355

Resolución de 15 de enero de 2003, de la Universidadde Alcalá, por la que se nombra Profesor titular deUniversidad del área de conocimiento de «IngenieríaQuímica» a don Roberto Rosal García. E.3 4355

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BOE núm. 28 Sábado 1 febrero 2003 4291

PÁGINA

Resolución de 15 de enero de 2003, de la Universidadde Alcalá, por la que se nombra Profesora titular deEscuela Universitaria del área de conocimiento de «Fi-sioterapia» a doña Yolanda Pérez Martín. E.4 4356Resolución de 15 de enero de 2003, de la Universidadde Alcalá, por la que se procede a corregir erroresde la Resolución de fecha 26 de diciembre de 2002,por la que se nombra Catedrático de Universidad delÁrea de conocimiento de «Anatomía y EmbriologíaHumanas» a don Francisco Javier Fernández Camacho.

E.4 4356Resolución de 15 de enero de 2003, de la Universidadde Alcalá, por la que se nombra Profesor titular deEscuela Universitaria del área de conocimiento de «Di-dáctica y Organización Escolar» a don Juan CarlosTorrego Seijo. E.4 4356Resolución de 15 de enero de 2003, de la Universidadde Zaragoza y de la Consejería de Salud, Consumoy Servicios Sociales del Gobierno de Aragón, por laque se nombra a don José Antonio Carmelo Casas-novas Lenguas Profesor titular de Universidad, del áreade conocimiento de «Medicina», adscrita al Departa-mento de Medicina, Psiquiatría y Dermatología, vin-culada con la plaza de Facultativo Especialista de Car-diología en el Hospital Universitario «Miguel Servet»,de Zaragoza, y su área asistencial. E.4 4356Resolución de 15 de enero de 2003, de la Universidadde Alcalá, por la que se nombra Profesor titular deEscuela Universitaria del área de conocimiento de«Anatomía y Embriología Humanas» a don Juan BoscoCalvo Mínguez. E.5 4357

B. Oposiciones y concursos

CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIALCarrera Judicial.—Acuerdo de 29 de enero de 2003,de la Comisión Permanente del Consejo General delPoder Judicial, por el que se anuncia concurso parala provisión de determinados cargos judiciales entremiembros de la Carrera Judicial, con categoría deMagistrado. E.6 4358

MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORESFuncionarios de la Administración del Estado.Orden AEX/122/2003 de 24 de enero, por la que seanuncia convocatoria para la provisión por el sistemade «Libre Designación», de puestos de trabajo en elDepartamento. E.8 4360Resolución de 21 de enero de 2003, de la Secretaríade Estado para la Cooperación Internacional y paraIberoamérica, por la que se anuncia la provisión deun puesto de trabajo en la Agencia Española de Coo-peración Internacional por el procedimiento de libredesignación. E.11 4363

MINISTERIO DE JUSTICIACuerpos de Auxiliares y Oficiales de la Administra-ción de Justicia.—Resolución de 13 de enero de 2003,de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que seanuncia la provisión de puestos de trabajo de Secre-tarías de los Magistrados del Tribunal Supremo y Fis-cales de Sala, por el sistema de libre designación.

E.13 4365

PÁGINA

MINISTERIO DE DEFENSA

Funcionarios de la Administración del Estado.Orden DEF/123/2003, de 16 de enero, por la quese anuncia convocatoria publica para proveer puestode trabajo por el sistema de libre designación. E.15 4367

Orden DEF/124/2003, de 16 de enero, por la quese anuncia convocatoria publica para proveer puestode trabajo por el sistema de libre designación. F.1 4369

Orden DEF/125/2003, de 29 de enero, por la quese anuncia convocatoria pública para proveer puestode trabajo por el sistema de libre designación. F.3 4371

MINISTERIO DE HACIENDA

Funcionarios de la Administración del Estado.Orden HAC/126/2003, de 27 de enero, por la quese anuncia convocatoria publica (3/03) para proveerpuestos de trabajo por el sistema de libre designación.

F.5 4373

Resolución de 28 de enero de 2003, de la AgenciaEstatal de Administración Tributaria, por la que seanuncia convocatoria pública para proveer puestos detrabajo por el sistema de libre designación(LD 2/2003). F.8 4376

MINISTERIO DEL INTERIOR

Funcionarios de la Administración del Estado.Orden INT/127/2003, de 21 de enero, del Ministeriodel Interior, por la que se anuncia, por el sistema delibre designación, convocatoria pública para la pro-visión de puestos de trabajo vacantes en los serviciosperiféricos de la Dirección General de InstitucionesPenitenciarias. F.16 4384

Orden INT/128/2003, de 22 de enero, por la que seanuncia, por el sistema de libre designación, convo-catoria pública para la provisión de un puesto de tra-bajo vacante en los Servicios Centrales de la DirecciónGeneral de Instituciones Penitenciarias. G.3 4387

Orden INT/129/2003, de 23 de enero, por la que seanuncia, por el sistema de libre designación, convo-catoria pública para la provisión de un puesto de tra-bajo vacante en los Servicios Centrales de la DirecciónGeneral de Instituciones Penitenciarias. G.5 4389

Orden INT/130/2003, de 28 de enero, por la que seanuncia convocatoria pública para proveer puestos detrabajo por el sistema de libre designación. G.7 4391

MINISTERIO DE FOMENTO

Funcionarios de la Administración del Estado.Orden FOM/131/2003, de 27 de enero, por la quese anuncia convocatoria pública de un puesto de tra-bajo en el Departamento, por el sistema de libre desig-nación. G.9 4393

MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Funcionarios de la Administración del Estado.Orden ECD/132/2003, de 8 de enero, por la que seanuncia convocatoria pública para la provisión, porel sistema de libre designación, de un puesto de trabajoen el Departamento. G.11 4395

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4292 Sábado 1 febrero 2003 BOE núm. 28

PÁGINA

Orden ECD/133/2003, de 20 de enero, por la quese anuncia convocatoria pública para la provisión, porel sistema de libre designación, de varios puestos detrabajo en el Departamento. G.13 4397

Resolución de 19 de diciembre de 2002, de la Secre-taría de Estado de Cultura, por la que se anuncia con-vocatoria pública para la provisión, por el sistema delibre designación, de un puesto de trabajo vacante enel Museo Nacional del Prado. G.15 4399

Resolución de 22 de enero de 2003, de la Presidenciadel Consejo Superior de Deportes, por la que se anun-cia convocatoria pública para la provisión, por el sis-tema de libre designación, de un puesto de trabajoen el organismo. H.1 4401

MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES

Funcionarios de la Administración del Estado.Orden TAS/134/2003, de 15 de enero, por la quese anuncia convocatoria pública para proveer puestospor el procedimiento de libre designación. H.1 4401

MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCAY ALIMENTACIÓN

Funcionarios de la Administración del Estado.Orden APA/135/2003, de 21 de enero, por la quese acuerda la provisión de puestos de trabajo, por elsistema de libre designación, en el Departamento.

H.1 4401

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

Funcionarios de la Administración del Estado.Orden PRE/136/2003, de 30 de enero, por la quese efectúa convocatoria para proveer puestos de tra-bajo de libre designación. H.4 4404

MINISTERIO DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

Funcionarios de la Administración del Estado.Orden APU/137/2003, de 27 de enero, por la quese anuncia la provisión, por el sistema de libre desig-nación, de los puestos de trabajo vacantes en el Depar-tamento. H.6 4406

Funcionarios de Administración Local con habilita-ción de carácter nacional.—Resolución de 20 de ene-ro de 2003, de la Dirección General para la Admi-nistración Local, por la que se publica extracto de con-vocatoria para provisión, por el sistema de libre desig-nación, del puesto de Vicesecretaría Segunda, clase1.a, de la Diputación Provincial de Granada, reservadoa funcionarios de Administración Local con habilita-ción de carácter nacional. H.8 4408

MINISTERIO DE SANIDAD Y CONSUMO

Personal estatutario de las Instituciones Sanitariasde la Seguridad Social.—Orden SCO/138/2003, de22 de enero, por la que se corrigen errores en la OrdenSCO/52/2003, de 16 de enero, por la que se anunciala fecha, hora y lugar de celebración del ejercicio dela oposición de la fase de selección para acceso a plazasde Técnicos Especialistas en Medicina Nuclear, Téc-nicos Especialistas de Radioterapia, Técnicos Especia-listas de Anatomía Patológica, Técnicos Especialistasde Radiodiagnóstico, Técnicos Especialistas de Labo-ratorio y Trabajadores Sociales en las InstitucionesSanitarias de la Seguridad Social convocado por Órde-nes de 3 de diciembre de 2001. H.8 4408

Orden SCO/139/2003, de 22 de enero, por la quese sustituye a un miembro del Tribunal Central de laspruebas selectivas para acceso a plazas de Mecánicos.

H.8 4408

PÁGINA

Funcionarios de la Administración del Estado.Orden SCO/140/2003, de 29 de enero, por la quese anuncia convocatoria pública para cubrir, por libredesignación, puestos de trabajo en el Departamento.

H.9 4409

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE

Funcionarios de la Administración del Estado.Orden MAM/141/2003, de 28 de enero, por la quese anuncia convocatoria pública para la provisión, porel sistema de libre designación, de un puesto de trabajovacante en el Departamento. H.11 4411

Escala de Técnicos Facultativos Superiores deOrganismos Autónomos del Departamento.—Reso-lución de 27 de enero de 2003, de la Subsecretaría,por la que se hace pública la lista de aspirantes apro-bados en las fases de oposición y de concurso de laspruebas selectivas para ingreso, por el sistema de pro-moción interna, en la Escala de Técnicos FacultativosSuperiores de Organismos Autónomos del Ministeriode Medio Ambiente, convocadas por OrdenMAM/1407/2002, de 6 de junio. H.13 4413

MINISTERIO DE ECONOMÍA

Funcionarios de la Administración del Estado.Orden ECO/142/2003, de 29 de enero, por la quese anuncia convocatoria pública (01/03) para proveerpuestos de trabajo por el sistema de libre designación.

H.13 4413

MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA

Funcionarios de la Administración del Estado.Orden CTE/143/2003, de 22 de enero, por la quese anuncia convocatoria pública para cubrir, mediantelibre designación, puestos de trabajo vacantes en elConsejo Superior de Investigaciones Científicas.

H.16 4416

Orden CTE/144/2003, de 27 de enero, por la quese anuncia convocatoria pública para cubrir por libredesignación puestos de trabajo en el departamento.

I.2 4418

ADMINISTRACIÓN LOCAL

Personal funcionario.—Resolución de 8 de enero de2003, del Ayuntamiento de Gijón (Asturias), referentea la convocatoria para proveer varios puestos de tra-bajo por el sistema de libre designación. I.2 4418

Resolución de 16 de enero de 2003, del Ayuntamientode Ayamonte (Huelva), referente a la convocatoria paraproveer un puesto de trabajo por el sistema de libredesignación. I.3 4419

Personal funcionario y laboral.—Resolución de 14de enero de 2003, del Ayuntamiento de Manises (Va-lencia), referente a la convocatoria para proveer variasplazas. I.2 4418

Resolución de 14 de enero de 2003, del Ayuntamientode Murcia, Patronato Municipal de Escuelas Infantiles,referente a la convocatoria para proveer una plaza deOperario. I.3 4419

Resolución de 20 de enero de 2003, del Ayuntamientode Sevilla la Nueva (Madrid), referente a la convoca-toria para proveer una plaza de Arquitecto. I.3 4419

UNIVERSIDADES

Personal de Administración y Servicios.—Resoluciónde 20 de enero de 2003, de la Universidad Públicade Navarra, por la que se hace pública la convocatoriapara proveer una plaza de la Escala Técnica de Gestión.

I.3 4419

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BOE núm. 28 Sábado 1 febrero 2003 4293

PÁGINA

Resolución de 18 de diciembre de 2002, de la Uni-versidad de Málaga, por la que se convocan pruebasselectivas para ingreso en la plantilla de personal labo-ral de esta Universidad en la categoría profesional deTécnico de Grado Medio de Apoyo a la Docencia eInvestigación (Laboratorio de Mecánica). I.3 4419

III. Otras disposicionesMINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Ayudas.—Orden ECD/3503/2002, de 9 de diciembre, de correc-ción de errores de la Orden ECD/3099/2002, de 5 de noviem-bre, mediante la cual se convocan las ayudas correspondientesa las acciones descentralizadas del Programa Sócrates de laUnión Europea para el año 2003. II.A.1 4425

Resolución de 10 de diciembre de 2002, de la Secretaría deEstado de Educación y Universidades, por la que se modificanlas cantidades asignadas por Resolución de 30 de octubrede 2002 en el programa español de movilidad de estudiantes«Séneca», a estudiantes de Universidades situadas en Comu-nidades insulares. II.A.2 4426

Resolución de 10 de diciembre de 2002, de la Secretaría deEstado de Educación y Universidades, por la que se modificanlas cantidades asignadas por Resolución de 27 de agostode 2002 en el programa español de movilidad de estudiantes«Séneca» a estudiantes de Universidades situadas en Comu-nidades Insulares. II.A.2 4426

Becas.—Resolución de 30 de diciembre de 2002, de la Secre-taría de Estado de Educación y Universidades, por la quese renuevan las becas de posgrado para la formación de pro-fesorado universitario de las convocatorias 1998, 1999, 2000y 2001. II.A.3 4427

Premio «Ciudades Patrimonio de la Humanidad».—OrdenECD/3504/2002, de 19 de diciembre, por la que se concedeel premio «Ciudades Patrimonio de la Humanidad», corres-pondiente al año 2002. II.B.16 4456

MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCAY ALIMENTACIÓN

Seguros agrarios combinados.—Corrección de erratas de laOrden APA/3227/2002, de 3 de diciembre, por la que se defi-nen el ámbito de aplicación, las condiciones técnicas mínimasde cultivo, rendimientos, precios y fechas de suscripción enrelación con el seguro combinado y de daños excepcionalesen frutales: Albaricoque, ciruela, manzana de mesa, melocotóny pera, comprendido en el Plan Anual de Seguros AgrariosCombinados. II.C.1 4457

Corrección de erratas y errores de la Orden APA/3408/2002,de 23 de diciembre, por la que se definen el ámbito de apli-cación, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, rendi-mientos, precios y fechas de suscripción en relación con elSeguro Combinado y de Daños Excepcionales en Tomate, com-prendido en el Plan Anual de Seguros Agrarios Combinados.

II.C.2 4458

Corrección de erratas de la Orden APA/3409/2002, de 23 dediciembre, por la que se definen el ámbito de aplicación, lascondiciones técnicas mínimas de cultivo, rendimientos, pre-cios y fechas de suscripción en relación con el Seguro Com-binado y de Daños Excepcionales en Sandía, comprendidoen el Plan Anual de Seguros Agrarios Combinados. II.C.2 4458

PÁGINACorrección de erratas de la Orden APA/3410/2002, de 23 dediciembre, por la que se definen el ámbito de aplicación, lascondiciones técnicas mínimas de cultivo, rendimientos, pre-cios y fechas de suscripción en relación con el Seguro Com-binado y de Daños Excepcionales en Pimiento, comprendidoen el Plan Anual de Seguros Agrarios Combinados. II.C.3 4459

Corrección de erratas de la Orden APA/3413/2002, de 23 dediciembre, por la que se definen el ámbito de aplicación, lascondiciones técnicas mínimas de cultivo, rendimientos, pre-cios y fechas de suscripción en relación con el Seguro Com-binado y de Daños Excepcionales en Melón, comprendido enel Plan Anual de Seguros Agrarios Combinados. II.C.3 4459

Corrección de erratas de la Orden APA/3417/2002, de 23 dediciembre, por la que se definen el ámbito de aplicación, lascondiciones técnicas mínimas de cultivo, rendimientos, pre-cios y fechas de suscripción en relación con el Seguro Com-binado y de Daños Excepcionales en Zanahoria, comprendidoen el Plan Anual de Seguros Agrarios Combinados. II.C.3 4459

MINISTERIO DE SANIDAD Y CONSUMO

Comunidad Autónoma de Cantabria. Convenio.—Resoluciónde 16 de enero de 2003, de la Secretaría General de Sanidad,por la que se da publicidad al Convenio en materia de far-macovigilancia entre la Agencia Española del Medicamentodel Ministerio de Sanidad y Consumo y la Consejería de Sani-dad, Consumo y Servicios Sociales de la Comunidad Autó-noma de Cantabria. II.C.3 4459

BANCO DE ESPAÑA

Mercado de divisas.—Resolución de 31 de enero de 2003, delBanco de España, por la que se hacen públicos los cambiosdel euro correspondientes al día 31 de enero de 2003, publi-cados por el Banco Central Europeo, que tendrán la consi-deración de cambios oficiales, de acuerdo con lo dispuestoen el artículo 36 de la Ley 46/1998, de 17 de diciembre, sobrela Introducción del Euro. II.C.4 4460

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA

Homologaciones.—Resolución de 26 de noviembre de 2002,de la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrialdel Departamento de Trabajo, Industria, Comercio y Turismo,de homologación e inscripción en el Registro del siguienteproducto fabricado por «Grupo Consist, Sociedad Anónima»,saco de papel multihoja resistente al agua, código 5M2, marcay modelo «Gruconsa» 558113/AAAI, para el transporte de mer-cancías peligrosas por ferrocarril y vía marítima. II.C.5 4461

Prototipos.—Resolución de 18 de noviembre de 2002, de laDirección General de Consumo y Seguridad Industrial delDepartamento de Trabajo, Industria, Comercio y Turismo, porla que se autorizan provisionalmente para su uso e instalaciónen la red los contadores estáticos trifásicos, multienergía ymultifunción, marca «Actaris», modelo SL-7000.SMART-E.

II.C.6 4462

UNIVERSIDADES

Universidad Ramón Llull. Planes de estudios.—Resoluciónde 27 de enero de 2003, de la Universidad Ramón Llull, porla que se ordena la publicación del plan de estudios de diplo-mado en Ciencias Empresariales. II.C.7 4463

Resolución de 27 de enero de 2003, de la Universidad RamónLlull, por la que se ordena la publicación del plan de estudiosde Arquitecto Técnico. II.C.14 4470

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4294 Sábado 1 febrero 2003 BOE núm. 28

I. Disposiciones generales

MINISTERIO DE HACIENDA2097 REAL DECRETO 116/2003, de 31 de enero,

por el que se modifican el Reglamento delImpuesto sobre la Renta de no Residentes,aprobado por el Real Decreto 326/1999, de26 de febrero, y el Real Decreto 1080/1991,de 5 de julio, por el que se determinan lospaíses o territorios a que se refieren los artícu-los 2.o, apartado 3, número 4, de la Ley17/1991, de 27 de mayo, de Medidas Fis-cales Urgentes, y 62 de la ley 31/1990, de 27de diciembre, de Presupuestos Generales delEstado para 1991.

La Ley 46/2002, de 18 de diciembre, de reformaparcial del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físi-cas y por la que se modifican las Leyes de los Impuestossobre Sociedades y sobre la Renta de no Residentes,ha introducido en la Ley 41/1998, de 9 de diciembre,del Impuesto sobre la Renta de no Residentes y NormasTributarias, mejoras orientadas a la consecución de untriple objetivo: facilitar la internacionalización de laempresa española, tanto desde el punto de vista de lainversión como de la movilidad geográfica del factor tra-bajo, favorecer la atracción de inversiones extranjerasy mejorar los mecanismos de control para evitar el fraudefiscal.

El desarrollo reglamentario de los nuevos preceptosque la Ley 46/2002, de 18 de diciembre, de reformaparcial, introduce en la Ley 41/1998, de 9 de diciembre,del Impuesto sobre la Renta de no Residentes y NormasTributarias, hace necesario el presente Real Decreto, quese estructura en dos artículos y una disposición final.

El artículo primero responde al desarrollo reglamen-tario de los nuevos preceptos legales y aborda lassiguientes materias: elementos afectos al establecimien-to permanente, obligaciones de retención sobre las ren-tas del trabajo en caso de cambio de residencia y enti-dades en atribución de rentas.

Se incluyen también algunas mejoras técnicas deltexto reglamentario. Así, se corrigen las menciones queel Reglamento realiza al antiguo Ministro de Economíay Hacienda para adaptarlas a la situación actual, se actua-liza una cantidad para expresarla en euros y se intro-ducen determinadas medidas en materia de gestión, rela-tivas a declaraciones en soporte directamente legiblepor ordenador, que ya operan en otros impuestos.

El plazo para solicitar la devolución de cantidadesingresadas en exceso sobre las que se deriven de laaplicación de un convenio de doble imposición se amplíacon carácter general, quedando fijado en cuatro años.De esta manera se ajusta a la práctica internacional másextendida. No obstante, se habilita al Ministro para fijarun plazo distinto en caso de que no exista la lógicareciprocidad en el Estado de residencia del contribuyen-te.

El artículo segundo modifica el Real Decreto1080/1991, de 5 de julio, para introducir la posibilidad

de excluir de la lista de paraísos fiscales a los paísesy territorios que se comprometan a intercambiar infor-mación con la Administración española. Dicho compro-miso ha de quedar plasmado en un acuerdo específicode intercambio de información o en un convenio paraevitar la doble imposición con cláusula de intercambiode información.

En cuanto a la habilitación normativa, los preceptosque incorpora el presente Real Decreto se amparan tantoen las remisiones específicas que la propia Ley efectúacomo en la habilitación general contenida en la dispo-sición final segunda de la Ley 41/1998, de 9 de diciem-bre, del Impuesto sobre la Renta de no Residentes yNormas Tributarias.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Hacienda,de acuerdo con el Consejo de Estado y previa delibe-ración del Consejo de Ministros en su reunión del día31 de enero de 2003,

D I S P O N G O :

Artículo primero. Modificación del Reglamento delImpuesto sobre la Renta de no Residentes.

Uno. Modificación del artículo 1, «Diversidad deestablecimientos permanentes», del Reglamento delImpuesto sobre la Renta de no Residentes.

La rúbrica del artículo 1 al Reglamento del Impuestosobre la Renta de no Residentes, aprobado por RealDecreto 326/1999, de 26 de febrero, quedará redactadacomo sigue: «Artículo 1 bis. Diversidad de estableci-mientos permanentes».

Dos. Se añade un nuevo artículo 1 del Reglamentodel Impuesto sobre la Renta de no Residentes, aprobadopor Real Decreto 326/1999, de 26 de febrero, con lasiguiente redacción:

«Artículo 1. Elementos patrimoniales afectos alestablecimiento permanente.

Los activos representativos de la participaciónen fondos propios de una entidad vinculados fun-cionalmente al desarrollo de la actividad que cons-tituye el objeto del establecimiento permanentesólo se considerarán elementos patrimoniales afec-tos a éste cuando sea una sucursal registrada enel Registro Mercantil y se cumplan los siguientesrequisitos:

a) Que dichos activos se reflejen en los estadoscontables del establecimiento permanente.

b) Tratándose de establecimientos permanen-tes que, de acuerdo con lo establecido en el artículo81 de la Ley 43/1995, de 27 de diciembre, delImpuesto sobre Sociedades, puedan considerarsesociedades dominantes, que dicho establecimientopermanente disponga, para dirigir y gestionar esasparticipaciones, de la correspondiente organizaciónde medios materiales y personales.»

Tres. El apartado 2 del artículo 7 del Reglamentodel Impuesto sobre la Renta de no Residentes, aprobado

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por Real Decreto 326/1999, de 26 de febrero, quedaráredactado como sigue:

«2. A los efectos de lo dispuesto en el párrafo c)del apartado 5 del artículo 32 de la Ley del Impues-to, se considerará que existe una explotación eco-nómica diferenciable de la simple tenencia o arren-damiento del inmueble cuando se dé cualquierade las circunstancias siguientes:

a) Que el valor real del inmueble o inmueblescuya propiedad o posesión corresponda a la enti-dad no residente o sobre los que recaigan los dere-chos reales de goce o disfrute no exceda de cincoveces el valor real de los elementos patrimonialesafectos a una explotación económica. A estos efec-tos, en los supuestos de inmuebles que sirvan par-cialmente al objeto de la explotación, se tomaráen cuenta la parte del inmueble que efectivamentese utilice en aquélla.

Cuando, de conformidad con lo dispuesto en elpárrafo anterior, no pueda considerarse que existeuna explotación económica diferenciable que afec-te a la totalidad del inmueble, la base imponibledel gravamen especial estará constituida únicamen-te por la parte del valor catastral o, en su defecto,del valor determinado con arreglo a las disposi-ciones aplicables a efectos del Impuesto sobre elPatrimonio, que corresponda a la parte del inmue-ble no utilizado en la explotación económica.

b) Que el volumen anual de operaciones dela explotación económica sea igual o superior acuatro veces la base imponible del gravamen espe-cial, calculada de acuerdo con lo establecido enel apartado 2 del artículo 32 de la Ley del Impuesto.

c) Que el volumen anual de operaciones de laexplotación económica sea igual o superior a600.000 euros.»

Cuatro. El apartado 4 del artículo 7 del Reglamentodel Impuesto sobre la Renta de no Residentes, aprobadopor Real Decreto 326/1999, de 26 de febrero, quedaráredactado como sigue:

«4. El Ministro de Hacienda establecerá losmodelos a utilizar para la declaración del GravamenEspecial sobre Bienes Inmuebles de Entidades noResidentes.»

Cinco. El apartado 2 del artículo 8 del Reglamentodel Impuesto sobre la Renta de no Residentes, aprobadopor Real Decreto 326/1999, de 26 de febrero, quedaráredactado como sigue:

«2. A efectos de lo dispuesto en los párrafos c)y d) del apartado anterior:

a) Para la determinación de la renta total obte-nida por el contribuyente en el período impositivose tomarán en cuenta la totalidad de las rentasobtenidas durante dicho período, con independen-cia del lugar donde se hubiesen producido y cual-quiera que sea la residencia del pagador.

b) Para la calificación de las rentas se atenderáa lo dispuesto en la normativa reguladora delImpuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

c) Las rentas se computarán por sus importesnetos, determinados de acuerdo con lo dispuestoen la Ley 40/1998, de 9 de diciembre, del Impuestosobre la Renta de las Personas Físicas y otras Nor-mas Tributarias. Serán de aplicación, en su caso,las reducciones a que se refieren los artículos 46bis y 47 quinquies.»

Seis. El apartado 4 del artículo 8 del Reglamentodel Impuesto sobre la Renta de no Residentes, aprobadopor Real Decreto 326/1999, de 26 de febrero, quedaráredactado como sigue:

«4. A efectos de la aplicación del régimenopcional previsto en el presente capítulo, el períodoimpositivo coincidirá con el año natural. No obs-tante, cuando se produzca el fallecimiento del con-tribuyente en un día distinto del 31 de diciembre,el período impositivo finalizará en la fecha de falle-cimiento.

La determinación de los miembros de la unidadfamiliar se realizará atendiendo a la situación exis-tente a 31 de diciembre de cada año.»

Siete. El apartado 4 del artículo 14 del Reglamentodel Impuesto sobre la Renta de no Residentes, aprobadopor Real Decreto 326/1999, de 26 de febrero, quedaráredactado como sigue:

«4. Se faculta al Ministro de Hacienda paraestablecer el procedimiento para hacer efectiva lapráctica de retención, al tipo que corresponda encada caso, o la exclusión de retención, sobre losrendimientos derivados de la emisión de valoresnegociables.»

Ocho. El apartado 1 del artículo 19 del Reglamentodel Impuesto sobre la Renta de no Residentes, aprobadopor Real Decreto 326/1999, de 26 de febrero, quedaráredactado como sigue:

«1. El retenedor o el obligado a ingresar a cuen-ta por el Impuesto sobre la Renta de no Residentesdeberán presentar en los primeros veinte días natu-rales de los meses de abril, julio, octubre y enero,ante el órgano competente de la Administracióntributaria, declaración de las cantidades retenidasy de los ingresos a cuenta efectuados que corres-pondan por el trimestre natural inmediato anteriore ingresar su importe en el Tesoro.

No obstante, la declaración e ingreso a que serefiere el párrafo anterior se efectuará en los veinteprimeros días naturales de cada mes, en relacióncon las cantidades retenidas y los ingresos a cuentaefectuados que correspondan por el mes inmediatoanterior, cuando se trate de retenedores u obliga-dos en los que concurran las circunstancias a quese refiere el apartado 3.1.o del artículo 71 del Regla-mento del Impuesto sobre el Valor Añadido, apro-bado por Real Decreto 1624/1992, de 29 dediciembre. Por excepción, la declaración e ingresocorrespondientes al mes de julio se efectuarándurante el mes de agosto y los veinte primerosdías naturales del mes de septiembre inmediatoposterior.

Los retenedores y los obligados a ingresar acuenta presentarán declaración negativa cuandohubiesen satisfecho rentas de las señaladas en elapartado 4 del artículo 30 de la Ley del Impuesto,salvo en los supuestos en los que así lo establezcael Ministro de Hacienda.»

Nueve. El apartado 2 del artículo 19 del Reglamentodel Impuesto sobre la Renta de no Residentes, aprobadopor Real Decreto 326/1999, de 26 de febrero, quedaráredactado como sigue:

«2. El retenedor y el obligado a ingresar a cuen-ta deberán presentar, en el mismo plazo de la últimadeclaración correspondiente a cada año, un resu-men anual de las retenciones e ingresos a cuentaefectuados. En este resumen, además de sus datosde identificación, deberá constar una relación nomi-nativa de los perceptores de las rentas sujetas alimpuesto satisfechas o abonadas por el retenedoru obligado a ingresar a cuenta, incluyendo aquellosa los que se hubiesen satisfecho rentas respectode las que no se hubiera practicado retención envirtud de lo establecido en el apartado 4 del artícu-

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lo 30 de la Ley del Impuesto. La relación de per-ceptores deberá contener los datos que determineel Ministro de Hacienda.

No obstante, en el caso de que el resumen sepresente en soporte directamente legible por orde-nador o haya sido generado mediante la utilización,exclusivamente, de los correspondientes módulosde impresión desarrollados, a estos efectos, porla Administración tributaria, el plazo de presenta-ción será el comprendido entre el 1 de enero yel 31 de enero del año siguiente al del que corres-ponde el resumen anual.

A las mismas obligaciones establecidas en lospárrafos anteriores están sujetas las entidadesdomiciliadas, residentes o representadas en Espa-ña, que paguen por cuenta ajena rentas sujetasa retención o ingreso a cuenta o que sean depo-sitarias o gestionen el cobro de las rentas de valo-res.

Sin perjuicio de lo establecido en los párrafosanteriores de este apartado, el Ministro de Hacien-da, atendiendo a razones fundadas de carácter téc-nico, podrá ampliar el plazo correspondiente a lasdeclaraciones que puedan presentarse por vía tele-mática.»

Diez. El artículo 20 del Reglamento del Impuestosobre la Renta de no Residentes, aprobado por RealDecreto 326/1999, de 26 de febrero, quedará redac-tado como sigue:

«Artículo 20. Devoluciones.1. Cuando se haya soportado una retención o

ingreso a cuenta superior a la cuota del impuesto,se podrá solicitar a la Administración tributaria ladevolución del exceso sobre la citada cuota.

A tal efecto, se practicará la autoliquidación delimpuesto en el modelo que determine el Ministrode Hacienda.

2. Conforme a lo previsto en el artículo 3 dela Ley del Impuesto, la Administración tributariaefectuará estas devoluciones en los términos esta-blecidos en el artículo 85 de la Ley 40/1998, de9 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta delas Personas Físicas y otras Normas Tributarias.

3. Además de los contribuyentes, podrán pre-sentar declaraciones con solicitud de devoluciónlos responsables solidarios y los sujetos obligadosa retener.

4. Cuando se hubieran ingresado en el Tesorocantidades, o soportado retenciones a cuenta, encuantías superiores a las que se deriven de la apli-cación de un convenio de doble imposición, sepodrá solicitar dicha aplicación y la devolución con-siguiente, dentro del plazo de cuatro años, contadodesde la fecha del ingreso o del término del períodode declaración e ingreso de la retención.

El Ministro de Hacienda, en el supuesto de faltade reciprocidad, podrá establecer un plazo distinto.»

Once. Se añade un nuevo artículo 21 al Reglamentodel Impuesto sobre la Renta de no Residentes, aprobadopor Real Decreto 326/1999, de 26 de febrero, con lasiguiente redacción:

«Artículo 21. Obligaciones de retención sobre lasrentas del trabajo en caso de cambio de resi-dencia.1. Los trabajadores por cuenta ajena que no

sean contribuyentes por este impuesto, pero quevayan a adquirir dicha condición como consecuen-cia de su desplazamiento al extranjero por suempleador, podrán comunicar a la Administración

tributaria dicha circunstancia, mediante el modelode comunicación que apruebe el Ministro deHacienda, quien establecerá la forma, lugar y plazopara su presentación, así como la documentaciónque deba adjuntarse a dicho modelo.

2. En la citada comunicación se hará constarla identificación del trabajador y del pagador delos rendimientos del trabajo, la fecha de salida delterritorio español, la fecha de comienzo de la pres-tación del trabajo en el extranjero, así como la exis-tencia de datos objetivos en esa relación laboralque hagan previsible que, como consecuencia dela prestación de trabajo en otro país, la permanen-cia en dicho país sea superior a 183 días duranteel año natural en que se produce el desplazamientoo, en su defecto, en el siguiente.

3. La Administración tributaria, a la vista dela comunicación y documentación presentadas,expedirá al trabajador, si procede, en el plazo máxi-mo de los diez días hábiles siguientes al de pre-sentación de la comunicación, un documento acre-ditativo en el que conste la fecha a partir de lacual se practicarán las retenciones por este impues-to.

4. El trabajador entregará al pagador de losrendimientos de trabajo un ejemplar del documentoexpedido por la Administración tributaria, al objetode que este último, a los efectos de la prácticade retenciones, le considere contribuyente delImpuesto sobre la Renta de no Residentes a partirde la fecha que se indique en aquél.

Los citados documentos acreditativos extende-rán sus efectos respecto de la práctica de reten-ciones conforme al Impuesto sobre la Renta deno Residentes, como máximo, a dos años naturales,el del desplazamiento y el siguiente o, si no cabecomputar el del desplazamiento, a los dos inme-diatos siguientes.

5. Este procedimiento podrá ser también uti-lizado en los supuestos en los que, por aplicaciónde las reglas de determinación de las rentas obte-nidas en territorio español contenidas en el artículo12 de la Ley 41/1998, del Impuesto sobre la Rentade no Residentes y Normas Tributarias, no proce-diese la práctica de retenciones. En estos supues-tos, se tendrá en cuenta a estos trabajadores alos efectos del cumplimiento de las obligacionesestablecidas en el apartado 5 del artículo 30 dela Ley del Impuesto.

6. La obtención del documento acreditativoconforme al procedimiento descrito anteriormenteno exonerará al trabajador de acreditar su nuevaresidencia fiscal ante la Administración tributaria.»

Doce. Se añade una nueva sección 3.a al capítulo Vdel Reglamento del Impuesto sobre la Renta de no Resi-dentes, aprobado por Real Decreto 326/1999, de 26de febrero, con la siguiente redacción:

«SECCIÓN 3.a ENTIDADES EN RÉGIMEN DE ATRIBUCIÓN

DE RENTAS

Artículo 22. Obligación de practicar pagos frac-cionados.

1. Los contribuyentes a que se refiere el apar-tado 1 del artículo 32 sexies de la Ley del Impuestoestarán obligados a realizar pagos fraccionados acuenta de la liquidación de este impuesto, en losmismos términos que los contribuyentes de este

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Impuesto con establecimiento permanente enEspaña.

2. En cualquiera de las modalidades de pagosfraccionados que deba realizar la entidad en régi-men de atribución de rentas, las cuantías de aque-llos serán las correspondientes a la parte de rentaatribuible a los miembros no residentes.

3. A los efectos de lo dispuesto en el apartado3 del artículo 38 de la Ley 43/1995, de 27 dediciembre, del Impuesto sobre Sociedades, la baseimponible se calculará de acuerdo con lo dispuestoen el capítulo VI de la Ley 41/1998, de 9 de diciem-bre, del Impuesto sobre la Renta de no Residentesy Normas Tributarias.

Artículo 23. Devolución ante la invocación de unconvenio de doble imposición más favorable.

Cuando, de acuerdo con lo dispuesto en el apar-tado 4 del artículo 32 sexies de la Ley del Impuesto,se invoque un convenio de doble imposición, seaplicará lo dispuesto en el artículo 20 de esteReglamento.»

Artículo segundo. Modificación del Real Decreto1080/1991, de 5 de julio, por el que se determinanlos países o territorios a que se refieren los artícu-los 2.o, apartado 3, número 4, de la Ley 17/1991,de 27 de mayo, de Medidas Fiscales Urgentes, y 62de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presu-puestos Generales del Estado para 1991.

Uno. El artículo único del Real Decreto 1080/1991,de 5 de julio, pasa a ser el artículo 1.

Dos. Se añade un artículo 2 al Real Decreto1080/1991, de 5 de julio, con la siguiente redacción:

«Artículo 2.

Los países y territorios a los que se refiere elartículo 1 que firmen con España un acuerdo deintercambio de información en materia tributariao un convenio para evitar la doble imposición concláusula de intercambio de información dejarán detener la consideración de paraísos fiscales en elmomento en que dichos convenios o acuerdosentren en vigor.»

Disposición final única. Entrada en vigor.

1. Lo dispuesto en este Real Decreto entrará envigor el día siguiente al de su publicación en el «BoletínOficial del Estado».

2. Las normas del Reglamento del Impuesto sobrela Renta de no Residentes se aplicarán a los períodosimpositivos que se inicien a partir del 1 de enerode 2003.

3. Lo dispuesto en el apartado nueve del artículoprimero de este Real Decreto se aplicará respecto delos resúmenes y declaraciones informativas anuales cuyainformación se refiera al ejercicio 2003 y siguientes.

4. Lo dispuesto en el apartado diez del artículo pri-mero de este Real Decreto, con relación al plazo previstoen el apartado 4 del artículo 20 del Reglamento delImpuesto sobre la Renta de no Residentes, será de apli-cación respecto de las cantidades ingresadas y las reten-ciones soportadas a partir del 1 de enero de 2003.

Dado en Madrid a 31 de enero de 2003.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Hacienda,CRISTÓBAL MONTORO ROMERO

2098 ORDEN HAC/117/2003, de 31 de enero,por la que se aprueban los modelos paracomunicar a la Administración tributaria elcambio de residencia a los efectos de la prác-tica de retenciones sobre los rendimientos deltrabajo y se regula la forma, lugar y plazo parasu presentación.

Los artículos cuadragésimo cuarto y octogésimo pri-mero de la Ley 46/2002, de 18 de diciembre, de reformaparcial del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físi-cas y por la que se modifican las Leyes de los Impuestossobre Sociedades y sobre la Renta de no Residentes(«Boletín Oficial del Estado» del 19), al objeto de facilitarla movilidad internacional de los trabajadores y loscorrespondientes cambios de residencia de España alextranjero o viceversa, han introducido, en relación conlos rendimientos del trabajo, en el sistema de retencionesaplicable en estos supuestos, un mecanismo de comu-nicación del cambio de residencia a la Administracióntributaria. Este mecanismo se ha incorporado tanto enla Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físi-cas, a través de la modificación del artículo 82.8.2.o,como en la del Impuesto sobre la Renta de no Residentes,mediante la adición del artículo 30 bis.

Se establece con ello la posibilidad de que los con-tribuyentes del Impuesto sobre la Renta de no Residentesque cambien de residencia y, en consecuencia, pasena ser contribuyentes del Impuesto sobre la Renta delas Personas Físicas o viceversa, anticipen los efectosde ese cambio en relación con las retenciones sopor-tadas sobre sus rentas del trabajo por cuenta ajena. Endefinitiva, se trata de que a los trabajadores que haganuso de este mecanismo su pagador de rendimientos deltrabajo les practique retenciones, en el primer supuesto,como contribuyentes del Impuesto sobre la Renta delas Personas Físicas sin esperar al transcurso de un perío-do de permanencia en territorio español superior a 183días durante un año natural o, en el segundo, atendiendoa la normativa del Impuesto sobre la Renta de no Resi-dentes sin esperar a disponer de la acreditación de lanueva residencia fiscal.

Como condición para su aplicación se requiere acre-ditar que existen datos objetivos en la relación laboralque conlleven una permanencia previsible en territorioespañol, o en otro país, que, como mínimo, sea superiora 183 días durante un año natural. A los efectos deeste mecanismo, ese tiempo mínimo de permanenciadeberá ocurrir en el propio año del desplazamiento o,cuando éste tenga lugar en una fecha que haga imposiblealcanzar ese número de días durante ese año, en elsiguiente.

Considerando el carácter de anticipación que persi-gue este mecanismo, la presentación de las comunica-ciones sólo será admisible en ciertos plazos, toda vezque transcurridos los mismos carecen de objeto, en elcaso del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas,porque los efectos sobre las retenciones cuya anticipa-ción se pretende ya serían directamente aplicables uti-lizando el mecanismo general de la regularización y, enel del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, porquehabría concluido el período al que se extenderían losefectos de los documentos expedidos por la Adminis-tración cuya obtención constituye el objeto de la comu-nicación.

El artículo 82 bis del Reglamento del Impuesto sobrela Renta de las Personas Físicas, añadido al Reglamentopor el artículo trigésimo octavo del Real Decreto27/2003, de 10 de enero, por el que se modifica elReglamento del Impuesto sobre la Renta de las PersonasFísicas, aprobado por el Real Decreto 214/1999, de5 de febrero («Boletín Oficial del Estado» del 11), y elartículo 21 del Reglamento del Impuesto sobre la Rentade no Residentes, añadido a este Reglamento por el

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artículo octavo del Real Decreto 116/2003, de 31 deenero, por el que se modifican el Reglamento del Impues-to sobre la Renta de no Residentes, aprobado por elReal Decreto 326/1999, de 26 de febrero, y el RealDecreto 1080/1991, de 5 de julio, por el que se deter-minan los países o territorios a que se refieren los ar-tículos 2.o, apartado 3, número 4, de la Ley 17/1991,de 27 de mayo, de Medidas Fiscales Urgentes, y 62de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de PresupuestosGenerales del Estado para 1991 («Boletín Oficial del Esta-do» del 1 de febrero), desarrollan, respectivamente, loprevisto en los artículos 82.8.2.o y 30 bis de las Leyesreguladoras de los citados Impuestos y disponen queel Ministro de Hacienda aprobará el modelo de comu-nicación que deben utilizar los trabajadores y establecerála forma, lugar y plazo para su presentación, así comola documentación que debe adjuntarse.

En consecuencia, y haciendo uso de las autorizacio-nes que tengo conferidas, dispongo:

Primero. Aprobación de los modelos de comunicación.

Se aprueban los modelos 147 y 247 de comunica-ción, que figuran en los anexos I y II de la presenteOrden, que deben ser utilizados por los trabajadores porcuenta ajena que hagan uso de la posibilidad de comu-nicar a la Administración tributaria el cambio de resi-dencia a que se refieren los artículos 82.8.2.o de la Leydel Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y30 bis de la Ley del Impuesto sobre la Renta de noResidentes, respectivamente.

Estos modelos de comunicación constan de dos ejem-plares, «ejemplar para la Administración» y «ejemplarpara el trabajador».

Segundo. Características de la comunicación.

1. La comunicación tiene carácter voluntario ypodrá ser realizada por los trabajadores por cuenta ajenainteresados en anticipar los efectos del cambio de resi-dencia en la aplicación del sistema de retenciones, cuan-do concurran las circunstancias y condiciones señaladasen los artículos 82.8.2.o de la Ley del Impuesto sobrela Renta de las Personas Físicas y 30 bis de la Ley delImpuesto sobre la Renta de no Residentes, así comoen los artículos 82 bis y 21 de sus respectivos Regla-mentos.

2. La comunicación tiene por objeto la obtenciónde un documento acreditativo expedido por la Admi-nistración tributaria para su entrega a los pagadores delos rendimientos del trabajo, en los términos previstosen el apartado séptimo de la presente Orden. Estos paga-dores han de ser residentes o con establecimiento per-manente en España.

Tercero. Requisitos y condiciones.

1. Los modelos de comunicación podrán ser utili-zados por:

a) El modelo 147, por los trabajadores por cuentaajena que no sean contribuyentes por el Impuesto sobrela Renta de las Personas Físicas pero que vayan a adquirirdicha condición como consecuencia de su desplazamien-to a territorio español.

b) El modelo 247, por los trabajadores por cuentaajena que, no siendo contribuyentes por el Impuestosobre la Renta de no Residentes, vayan a adquirir dichacondición como consecuencia de su desplazamiento alextranjero. También podrá ser utilizado cuando, por apli-cación de las reglas de determinación de las rentas obte-nidas en territorio español contenidas en el artículo 12de la Ley reguladora de dicho Impuesto, no procediesela práctica de retenciones.

2. La obtención del documento expedido por laAdministración tributaria requerirá acreditar suficiente-mente la existencia de datos objetivos en la relaciónlaboral que hagan previsible:

a) Tratándose de los trabajadores que vayan a adqui-rir la condición de contribuyentes por el Impuesto sobrela Renta de las Personas Físicas, indicados en el número1.a) anterior, que, como consecuencia de la relación labo-ral por la que se presta el trabajo en territorio españolse va a producir, como mínimo, una permanencia enterritorio español superior a 183 días, contados desdeel comienzo de la prestación del trabajo en territorioespañol, durante el año natural en que se produce eldesplazamiento.

Si por la fecha del desplazamiento a territorio españolno se va a alcanzar ese tiempo mínimo de permanenciadentro del año de desplazamiento, se requerirá que seproduzca en el año natural siguiente, computándose, eneste caso, desde 1 de enero de ese año siguiente. Eneste supuesto, como el cambio de condición de con-tribuyente no podrá tener lugar en el mismo año deldesplazamiento, la práctica de las retenciones conformeal Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas seiniciará el 1 de enero del año siguiente, salvo que lacomunicación se presente con posterioridad a dichafecha.

b) Tratándose de los trabajadores que vayan aadquirir la condición de contribuyentes por el Impuestosobre la Renta de no Residentes, indicados en el número1.b) anterior, que, como consecuencia de la prestacióndel trabajo en otro país, la permanencia en el mismoserá, como mínimo, superior a 183 días, contados desdeel comienzo de la prestación del trabajo en otro país,durante el año natural en que se produce el despla-zamiento.

Si por la fecha del desplazamiento al extranjero nose va a alcanzar ese tiempo mínimo de permanenciadentro del año del desplazamiento, se requerirá que seproduzca en el año natural siguiente, computándose, eneste caso, desde el 1 de enero de ese año siguiente.En este supuesto, como el cambio de condición de con-tribuyente no podrá tener lugar en el mismo año deldesplazamiento, la práctica de retenciones conforme alImpuesto sobre la Renta de no Residentes se iniciaráel 1 de enero del año siguiente, salvo que la comuni-cación se presente con posterioridad a dicha fecha.

A estos efectos, el desplazamiento ha de producirsea un único país o territorio.

Cuarto. Documentación.

La acreditación exigida en el número 2 del apartadotercero requerirá que se adjunte al modelo de comu-nicación aprobado por la presente Orden un documentojustificativo del pagador de los rendimientos del trabajoque exprese:

a) En el supuesto de trabajadores que vayan a adqui-rir la condición de contribuyentes del Impuesto sobrela Renta de las Personas Físicas a que se refiere la letra a)del número 2 del apartado tercero, el reconocimientode la relación laboral con el trabajador, la fecha decomienzo de la prestación del trabajo en territorio espa-ñol, el centro de trabajo y dirección del mismo, la dura-ción del contrato y la intención del pagador de que eltrabajador preste su trabajo en territorio español, comomínimo, durante un período superior a 183 días duranteel año natural en el que está comprendida la fecha decomienzo de la prestación del trabajo en territorio espa-ñol, o, en su defecto, que ese período mínimo de per-manencia se producirá en el año natural siguiente.

b) En el supuesto de trabajadores que vayan a adqui-rir la condición de contribuyentes del Impuesto sobrela Renta de no Residentes a que se refiere la letra b) del

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BOE núm. 28 Sábado 1 febrero 2003 4299

número 2 del apartado tercero, el reconocimiento dela relación laboral con el trabajador, el país o territoriode desplazamiento, la duración del contrato, la fechade comienzo de la prestación del trabajo en otro país,y la duración del desplazamiento, con indicación de lafecha previsible de finalización del mismo.

Quinto. Lugar de presentación de la comunicación.

La comunicación y documentación adjunta se pre-sentarán en la Administración o Delegación de la Agen-cia Estatal de Administración Tributaria que correspondasegún las siguientes reglas:

a) Tratándose de los trabajadores que vayan a adqui-rir la condición de contribuyentes del Impuesto sobrela Renta de las Personas Físicas a que se refiere el apar-tado tercero.1.a), en la Administración o Delegación encuyo ámbito territorial esté situado su domicilio en terri-torio español en el momento de la presentación. Si ésteno pudiera determinarse, se atenderá al lugar de situa-ción del centro de trabajo. En defecto de este últimocriterio, se atenderá al domicilio fiscal del pagador delos rendimientos.

b) Tratándose de los trabajadores que vayan aadquirir la condición de contribuyentes del Impuestosobre la Renta de no Residentes a que se refiere el apar-tado tercero.1.b), en la Administración o Delegacióncorrespondiente a su domicilio fiscal previo al despla-zamiento.

Sexto. Plazo de presentación de la comunicación.

1. La presentación de la comunicación se realizaráde acuerdo con los siguientes plazos:

a) Tratándose de los trabajadores que vayan a adqui-rir la condición de contribuyentes del Impuesto sobrela Renta de las Personas Físicas a que se refiere el apar-tado tercero.1.a), la comunicación deberá presentarseentre el momento del desplazamiento a territorio españoly los 183 días siguientes a dicha fecha, salvo que, porla fecha del desplazamiento, el período mínimo de per-manencia deba producirse en el año siguiente, en cuyocaso, se deberá presentar entre el momento del des-plazamiento y hasta el 30 de junio de este año siguiente.

b) Tratándose de los trabajadores que vayan aadquirir la condición de contribuyentes del Impuestosobre la Renta de no Residentes a que se refiere el apar-tado tercero.1.b), la comunicación deberá presentarseentre el momento del desplazamiento al otro país o terri-torio y el fin del plazo en que está previsto que se extien-dan los efectos de los documentos que expide la Admi-nistración tributaria, conforme el apartado séptimo.5.b)de la presente Orden.

2. No obstante, también podrán presentarse lascomunicaciones con anterioridad a dichos plazos siem-pre que la presentación se realice dentro de los treintadías anteriores a las fechas de entrada, o de salida, delterritorio español, indicadas en la comunicación.

Séptimo. Expedición por la Administración tributariadel documento acreditativo para su entrega a lospagadores de los rendimientos del trabajo.

1. La Administración tributaria, a la vista de la comu-nicación y documentación presentadas, expedirá al tra-bajador, si procede, en el plazo máximo de los diez díashábiles siguientes al de presentación de la comunicación,un documento acreditativo en el que constará la iden-tificación del trabajador, la identificación del pagadorde los rendimientos del trabajo, la fecha de presentaciónde la comunicación en la Administración tributaria, la

fecha de expedición del documento así como la fechaa partir de la cual se practicarán retenciones conformea la regulación del otro Impuesto.

2. El citado documento constará de dos ejemplares,uno para el trabajador y otro para el pagador de losrendimientos del trabajo.

3. El trabajador entregará al pagador de los ren-dimientos del trabajo el ejemplar correspondiente deldocumento expedido por la Administración tributaria,debiendo quedar constancia de la recepción y fecha dela entrega.

4. Las retenciones conforme a la regulación del otroImpuesto se practicarán a partir de la recepción por elpagador del documento. No obstante, en los casos aque se refieren los segundos párrafos de las letras a)y b) del número 2 del apartado tercero de la presenteOrden, ese momento será el 1 de enero del año siguienteal del desplazamiento, salvo que la comunicación se pre-sente con posterioridad a esa fecha, en cuyo caso seatenderá a la fecha de recepción por el pagador. Asi-mismo, cuando por haberse presentado la comunicacióncon anterioridad al momento del desplazamiento, elpagador reciba el documento acreditativo antes de lafecha señalada por la Administración para practicarretenciones conforme a la regulación del otro Impuesto,éstas se practicarán a partir de la fecha prevista en eldocumento.

5. Recibido el documento, el obligado a retener,atendiendo a la fecha indicada, practicará retencionesconforme establece la normativa del Impuesto quecorresponda:

a) Tratándose del Impuesto sobre la Renta de lasPersonas Físicas, teniendo en cuenta para el cálculo deltipo de retención lo señalado en el artículo 82.8.1.o dela Ley y aplicando, en su caso, la regularización previstaen el artículo 81.2.10.o del Reglamento. En este caso,el trabajador deberá, además, efectuar al pagador lacomunicación de la situación personal y familiar a quese refiere el artículo 82 del Reglamento.

b) Tratándose del Impuesto sobre la Renta de noResidentes, aplicando la normativa de este Impuesto.En este caso, el documento extenderá sus efectos, res-pecto a la práctica de retenciones conforme al Impuestosobre la Renta de no Residentes, como máximo, a dosaños naturales, el del desplazamiento y el siguiente, o,si no cabe computar el del desplazamiento, los dos inme-diatos siguientes, sin que pueda considerarse ampliadoese período por la fecha de presentación de la comu-nicación.

6. El pagador de los rendimientos deberá conservar,a disposición de la Administración tributaria, el docu-mento acreditativo a que se refiere este apartado.

7. Cuando no proceda la expedición del documento,por no cumplirse los requisitos y condiciones exigidospara ello, se comunicará al interesado dicha circunstan-cia, con expresión de las causas que la motivan.

Disposición final única.

La presente Orden entrará en vigor el día siguienteal de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Podrán utilizarse los modelos 147 y 247 aprobadospor la presente Orden para comunicar desplazamientosproducidos con anterioridad a su entrada en vigor siem-pre que el plazo de presentación no haya concluido.

Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento yefectos.

Madrid, 31 de enero de 2003.

MONTORO ROMERO

Ilmo. Sr. Director general de la Agencia Estatal de Admi-nistración Tributaria e Ilmo. Sr. Director general deTributos.

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4300 Sábado 1 febrero 2003 BOE núm. 28

Modelo

147147147147147Comunicación del desplazamiento a territorio españolComunicación del desplazamiento a territorio españolComunicación del desplazamiento a territorio españolComunicación del desplazamiento a territorio españolComunicación del desplazamiento a territorio español

efectuada por trabajadores por cuenta ajena.efectuada por trabajadores por cuenta ajena.efectuada por trabajadores por cuenta ajena.efectuada por trabajadores por cuenta ajena.efectuada por trabajadores por cuenta ajena.

(artículos 82.8.2º Ley 40/98 del IRPF y 82bis Rgto. IRPF)

Agencia Tributaria

N.I.F. Primer apellido

Segundo apellido Nombre

Vía pública Núm. Esc. Piso Prta.

Municipio Provincia C. Postal

Domicilio

Espacio reservado para la etiqueta identificativa.Espacio reservado para la etiqueta identificativa.Espacio reservado para la etiqueta identificativa.Espacio reservado para la etiqueta identificativa.Espacio reservado para la etiqueta identificativa. Si no dispone de etiquetas, consigne los datos que se solicitan eneste apartado y adjunte fotocopia del documento acreditativo del número de identificación fiscal (N.I.F.).

1.1.1.1.1. TTTTTrabajadorrabajadorrabajadorrabajadorrabajador

1010101010

1111111111

Fecha de entrada en territorio español............................................... 4040404040

4141414141Fecha de comienzo de la prestación del trabajo en territorio español...

TTTTTeléfonos de contactoeléfonos de contactoeléfonos de contactoeléfonos de contactoeléfonos de contacto (prefijos incluidos)

Teléfono 2.º ..

Teléfono 1.º ..

3.3.3.3.3. Datos identificativos del pagador de los rendimientos del trabajoDatos identificativos del pagador de los rendimientos del trabajoDatos identificativos del pagador de los rendimientos del trabajoDatos identificativos del pagador de los rendimientos del trabajoDatos identificativos del pagador de los rendimientos del trabajo

3030303030

N.I.F.

3131313131

Apellidos y nombre o Razón Social

2.2.2.2.2. Domicilio para notificacionesDomicilio para notificacionesDomicilio para notificacionesDomicilio para notificacionesDomicilio para notificaciones

5.5.5.5.5. RepresentanteRepresentanteRepresentanteRepresentanteRepresentante

7.7.7.7.7. Espacio reservado para la AdministraciónEspacio reservado para la AdministraciónEspacio reservado para la AdministraciónEspacio reservado para la AdministraciónEspacio reservado para la Administración

N.I.F. Apellidos y nombre o razón social

Vía pública Núm. Municipio Provincia C. Postal

A fin de agilizar la resolución de las incidencias que eventualmente puedan surgir en la tramitación de estedocumento, sírvase consignar los números de teléfono en los que pueda ser localizado/a en días y horaslaborables.

COMUNICO mi desplazamiento a territorio español, como consecuencia del cual voy a adquirir la condición de contribuyente del Impuesto sobre la Rentade las Personas Físicas. Asimismo, manifiesto que existen datos objetivos en mi relación laboral con el pagador previamente identificado para que resulteaplicable lo dispuesto en los artículos 82.8.2º de la Ley 40/1998, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y 82.bis del Reglamento de dichoImpuesto, y hago constar lo siguiente:

4.4.4.4.4. Comunicación del desplazamiento a territorio españolComunicación del desplazamiento a territorio españolComunicación del desplazamiento a territorio españolComunicación del desplazamiento a territorio españolComunicación del desplazamiento a territorio español

Delegación de

Administración de

Apellidos y Nombre o Razón Social

Vía pública

Núm. Esc. Piso Prta.

Municipio

Provincia C. Postal

Domicilio

Si desea que las notificaciones que puedan producirse con relación a esteprocedimiento se dirijan a un domicilio en territorio español distinto al indica-do en el recuadro identificativo, deberá indicar el domicilio al que quiere quese dirijan, así como el titular de dicho domicilio.

3232323232

Domicilio fiscal

ADJUNTO documento justificativo del pagador para acreditar los requisitos y condiciones exigidos.

SOLICITO la expedición del documento acreditativo previsto en los artículos 82.8.2º de la Ley 40/1998, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas,y 82.bis del Reglamento de dicho Impuesto, para su entrega al pagador, al objeto de que las retenciones se practiquen conforme a este Impuesto.

Esta comunicación se presentará en la Administración o Delegación de la Agencia Tributaria en cuyo ámbito territorial esté situado su domicilio en territorio español en el momento de lapresentación. Si éste no pudiera determinarse, se atenderá al lugar de situación del centro de trabajo o, en su defecto, al domicilio fiscal del pagador de los rendimientos.

Podrán presentar esta comunicación los trabajadores por cuenta ajena que no sean contribuyentes por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas pero que vayan a adquirir dichacondición como consecuencia de su desplazamiento a territorio español, siempre que como consecuencia de la relación laboral por la que se presta el trabajo en territorio español seaprevisible una permanencia en el mismo superior a 183 días, contados desde el comienzo de la prestación del trabajo en este territorio, durante el año natural en que se produce el despla-zamiento o, en su defecto, en el siguiente.

Si desea que las notificaciones que puedan producirse con relación a este procedimiento se dirijan al representante, deberá cumplimentar los datos solicitados en el apartado 2."Domicilio paranotificaciones".

Fdo.: ________________________________________________________________________

Declaro que son ciertos los datos consignados en la presente comunicación.

Lugar y fecha _______________________________________________________________Firma del/de la interesado/a o de su representante:

6.6.6.6.6. Fecha y firmaFecha y firmaFecha y firmaFecha y firmaFecha y firma

Ejemplar para la Administración

Para la aplicación de este procedimiento, los pagadores de los rendimientos del trabajo han de ser residentes o con establecimiento permanente en territorio español.

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BOE núm. 28 Sábado 1 febrero 2003 4301

Modelo

147147147147147Comunicación del desplazamiento a territorio españolComunicación del desplazamiento a territorio españolComunicación del desplazamiento a territorio españolComunicación del desplazamiento a territorio españolComunicación del desplazamiento a territorio español

efectuada por trabajadores por cuenta ajena.efectuada por trabajadores por cuenta ajena.efectuada por trabajadores por cuenta ajena.efectuada por trabajadores por cuenta ajena.efectuada por trabajadores por cuenta ajena.

(artículos 82.8.2º Ley 40/98 del IRPF y 82bis Rgto. IRPF)

Agencia Tributaria

N.I.F. Primer apellido

Segundo apellido Nombre

Vía pública Núm. Esc. Piso Prta.

Municipio Provincia C. Postal

Domicilio

Espacio reservado para la etiqueta identificativa.Espacio reservado para la etiqueta identificativa.Espacio reservado para la etiqueta identificativa.Espacio reservado para la etiqueta identificativa.Espacio reservado para la etiqueta identificativa. Si no dispone de etiquetas, consigne los datos que se solicitan eneste apartado y adjunte fotocopia del documento acreditativo del número de identificación fiscal (N.I.F.).

1.1.1.1.1. TTTTTrabajadorrabajadorrabajadorrabajadorrabajador

1010101010

1111111111

Fecha de entrada en territorio español............................................... 4040404040

4141414141Fecha de comienzo de la prestación del trabajo en territorio español...

TTTTTeléfonos de contactoeléfonos de contactoeléfonos de contactoeléfonos de contactoeléfonos de contacto (prefijos incluidos)

Teléfono 2.º ..

Teléfono 1.º ..

3.3.3.3.3. Datos identificativos del pagador de los rendimientos del trabajoDatos identificativos del pagador de los rendimientos del trabajoDatos identificativos del pagador de los rendimientos del trabajoDatos identificativos del pagador de los rendimientos del trabajoDatos identificativos del pagador de los rendimientos del trabajo

3030303030

N.I.F.

3131313131

Apellidos y nombre o Razón Social

2.2.2.2.2. Domicilio para notificacionesDomicilio para notificacionesDomicilio para notificacionesDomicilio para notificacionesDomicilio para notificaciones

5.5.5.5.5. RepresentanteRepresentanteRepresentanteRepresentanteRepresentante

7.7.7.7.7. Espacio reservado para la AdministraciónEspacio reservado para la AdministraciónEspacio reservado para la AdministraciónEspacio reservado para la AdministraciónEspacio reservado para la Administración

N.I.F. Apellidos y nombre o razón social

Vía pública Núm. Municipio Provincia C. Postal

A fin de agilizar la resolución de las incidencias que eventualmente puedan surgir en la tramitación de estedocumento, sírvase consignar los números de teléfono en los que pueda ser localizado/a en días y horaslaborables.

COMUNICO mi desplazamiento a territorio español, como consecuencia del cual voy a adquirir la condición de contribuyente del Impuesto sobre la Rentade las Personas Físicas. Asimismo, manifiesto que existen datos objetivos en mi relación laboral con el pagador previamente identificado para que resulteaplicable lo dispuesto en los artículos 82.8.2º de la Ley 40/1998, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y 82.bis del Reglamento de dichoImpuesto, y hago constar lo siguiente:

4.4.4.4.4. Comunicación del desplazamiento a territorio españolComunicación del desplazamiento a territorio españolComunicación del desplazamiento a territorio españolComunicación del desplazamiento a territorio españolComunicación del desplazamiento a territorio español

Delegación de

Administración de

Apellidos y Nombre o Razón Social

Vía pública

Núm. Esc. Piso Prta.

Municipio

Provincia C. Postal

Domicilio

Si desea que las notificaciones que puedan producirse con relación a esteprocedimiento se dirijan a un domicilio en territorio español distinto al indica-do en el recuadro identificativo, deberá indicar el domicilio al que quiere quese dirijan, así como el titular de dicho domicilio.

3232323232

Domicilio fiscal

ADJUNTO documento justificativo del pagador para acreditar los requisitos y condiciones exigidos.

SOLICITO la expedición del documento acreditativo previsto en los artículos 82.8.2º de la Ley 40/1998, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas,y 82.bis del Reglamento de dicho Impuesto, para su entrega al pagador, al objeto de que las retenciones se practiquen conforme a este Impuesto.

Esta comunicación se presentará en la Administración o Delegación de la Agencia Tributaria en cuyo ámbito territorial esté situado su domicilio en territorio español en el momento de lapresentación. Si éste no pudiera determinarse, se atenderá al lugar de situación del centro de trabajo o, en su defecto, al domicilio fiscal del pagador de los rendimientos.

Podrán presentar esta comunicación los trabajadores por cuenta ajena que no sean contribuyentes por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas pero que vayan a adquirir dichacondición como consecuencia de su desplazamiento a territorio español, siempre que como consecuencia de la relación laboral por la que se presta el trabajo en territorio español seaprevisible una permanencia en el mismo superior a 183 días, contados desde el comienzo de la prestación del trabajo en este territorio, durante el año natural en que se produce el despla-zamiento o, en su defecto, en el siguiente.

Si desea que las notificaciones que puedan producirse con relación a este procedimiento se dirijan al representante, deberá cumplimentar los datos solicitados en el apartado 2."Domicilio paranotificaciones".

Fdo.: ________________________________________________________________________

Declaro que son ciertos los datos consignados en la presente comunicación.

Lugar y fecha _______________________________________________________________Firma del/de la interesado/a o de su representante:

6.6.6.6.6. Fecha y firmaFecha y firmaFecha y firmaFecha y firmaFecha y firma

Ejemplar para el trabajador

Para la aplicación de este procedimiento, los pagadores de los rendimientos del trabajo han de ser residentes o con establecimiento permanente en territorio español.

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4302 Sábado 1 febrero 2003 BOE núm. 28

Modelo

247247247247247Comunicación del desplazamiento al extranjero efectuadaComunicación del desplazamiento al extranjero efectuadaComunicación del desplazamiento al extranjero efectuadaComunicación del desplazamiento al extranjero efectuadaComunicación del desplazamiento al extranjero efectuada

por trabajadores por cuenta ajena.por trabajadores por cuenta ajena.por trabajadores por cuenta ajena.por trabajadores por cuenta ajena.por trabajadores por cuenta ajena.

(artículos 30.bis Ley 41/98 del IRNR y 21 Rgto. IRNR)

Agencia Tributaria

Delegación de

Administración de

Esta comunicación se presentará en la Administración o Delegación de la Agencia Tributaria en cuyo ámbito territorial estuviese situado su domicilio fiscal previo al desplazamiento.

Podrán presentar esta comunicación los trabajadores por cuenta ajena que no sean contribuyentes por el Impuesto sobre la Renta de no Residentes pero que vayan a adquirir dicha condicióncomo consecuencia de su desplazamiento a otro país, siempre que como consecuencia de la prestación del trabajo en ese otro país sea previsible una permanencia en el mismo superior a183 días, contados desde el comienzo de la prestación del trabajo en el otro país, durante el año natural en que se produce el desplazamiento o, en su defecto, en el siguiente.

Este procedimiento tambien podrá ser utilizado en los supuestos en los que, por aplicación de las reglas de determinación de las rentas obtenidas en territorio español contenidas en el artículo12 de la Ley 41/1998, del Impuesto sobre la renta de no Residentes, no procediese la práctica de retenciones.

IMPORTIMPORTIMPORTIMPORTIMPORTANTEANTEANTEANTEANTE: La obtención del documento acreditativo que se solicita mediante la presente comunicación no exonerará al trabajador de acreditar su nueva residencia fiscal ante la Adminis-tración tributaria.

N.I.F. Primer apellido

Segundo apellido Nombre

Vía pública Núm. Esc. Piso Prta.

Municipio Provincia C. Postal

Domicilio

Espacio reservado para la etiqueta identificativa.Espacio reservado para la etiqueta identificativa.Espacio reservado para la etiqueta identificativa.Espacio reservado para la etiqueta identificativa.Espacio reservado para la etiqueta identificativa. Si no dispone de etiquetas, consigne los datos que se solicitan eneste apartado y adjunte fotocopia del documento acreditativo del número de identificación fiscal (N.I.F.).

1.1.1.1.1. TTTTTrabajadorrabajadorrabajadorrabajadorrabajador

1010101010

1111111111

TTTTTeléfonos de contactoeléfonos de contactoeléfonos de contactoeléfonos de contactoeléfonos de contacto (prefijos incluidos)

Teléfono 2.º ..

Teléfono 1.º ..

3.3.3.3.3. Datos identificativos del pagador de los rendimientos del trabajoDatos identificativos del pagador de los rendimientos del trabajoDatos identificativos del pagador de los rendimientos del trabajoDatos identificativos del pagador de los rendimientos del trabajoDatos identificativos del pagador de los rendimientos del trabajo

3030303030

N.I.F.

3131313131

Apellidos y nombre o Razón Social

2.2.2.2.2. Domicilio para notificacionesDomicilio para notificacionesDomicilio para notificacionesDomicilio para notificacionesDomicilio para notificaciones

A fin de agilizar la resolución de las incidencias que eventualmente puedan surgir en la tramitación de estedocumento, sírvase consignar los números de teléfono en los que pueda ser localizado/a en días y horaslaborables.

4.4.4.4.4. Comunicación del desplazamiento al extranjerComunicación del desplazamiento al extranjerComunicación del desplazamiento al extranjerComunicación del desplazamiento al extranjerComunicación del desplazamiento al extranjerooooo

Apellidos y Nombre o Razón Social

Vía pública

Núm. Esc. Piso Prta.

Municipio

Provincia C. Postal

Domicilio

Si desea que las notificaciones que puedan producirse con relación a esteprocedimiento se dirijan a un domicilio en territorio español distinto al indica-do en el recuadro identificativo, deberá indicar el domicilio al que quiere quese dirijan, así como el titular de dicho domicilio.

3232323232

Domicilio fiscal

Fecha de salida del territorio español................................................. 4040404040

4141414141Fecha de comienzo de la prestación del trabajo en el otro país............

COMUNICO mi desplazamiento a otro país, como consecuencia del cual se va a producir un cambio en mi condición de contribuyente. Asimismo, manifiestoque existen datos objetivos en mi relación laboral con el pagador previamente identificado para que resulte aplicable lo dispuesto en los artículos 30.bisde la Ley 41/1998, del Impuesto sobre la Renta de no Residentes y 21 del Reglamento de dicho Impuesto, y hago constar lo siguiente:

ADJUNTO documento justificativo del pagador para acreditar los requisitos y condiciones exigidos.

SOLICITO la expedición del documento acreditativo previsto en los artículos 30.bis de la Ley 41/1998, del Impuesto sobre la Renta de no Residentes,y 21 del Reglamento de dicho Impuesto, para su entrega al pagador, al objeto de que las retenciones se practiquen conforme a este Impuesto.

País o territorio de desplazamiento.................................................... 4242424242

5.5.5.5.5. RepresentanteRepresentanteRepresentanteRepresentanteRepresentante

7.7.7.7.7. Espacio reservado para la AdministraciónEspacio reservado para la AdministraciónEspacio reservado para la AdministraciónEspacio reservado para la AdministraciónEspacio reservado para la Administración

N.I.F. Apellidos y nombre o razón social

Vía pública Núm. Municipio Provincia C. Postal

Si desea que las notificaciones que puedan producirse con relación a este procedimiento se dirijan al representante, deberá cumplimentar los datos solicitados en el apartado 2."Domicilio paranotificaciones".

Fdo.: ________________________________________________________________________

Declaro que son ciertos los datos consignados en la presente comunicación.

Lugar y fecha _______________________________________________________________Firma del/de la interesado/a o de su representante:

6.6.6.6.6. Fecha y firmaFecha y firmaFecha y firmaFecha y firmaFecha y firma

Ejemplar para la Administración

Para la aplicación de este procedimiento, los pagadores de los rendimientos del trabajo han de ser residentes o con establecimiento permanente en territorio español.

Page 15: BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO · MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Funcionarios de la Administración del Estado. Orden AEX/122/2003 de 24 de enero, por la que se anuncia convocatoria

BOE núm. 28 Sábado 1 febrero 2003 4303

Modelo

247247247247247Comunicación del desplazamiento al extranjero efectuadaComunicación del desplazamiento al extranjero efectuadaComunicación del desplazamiento al extranjero efectuadaComunicación del desplazamiento al extranjero efectuadaComunicación del desplazamiento al extranjero efectuada

por trabajadores por cuenta ajena.por trabajadores por cuenta ajena.por trabajadores por cuenta ajena.por trabajadores por cuenta ajena.por trabajadores por cuenta ajena.

(artículos 30.bis Ley 41/98 del IRNR y 21 Rgto. IRNR)

Agencia Tributaria

Delegación de

Administración de

Esta comunicación se presentará en la Administración o Delegación de la Agencia Tributaria en cuyo ámbito territorial estuviese situado su domicilio fiscal previo al desplazamiento.

Podrán presentar esta comunicación los trabajadores por cuenta ajena que no sean contribuyentes por el Impuesto sobre la Renta de no Residentes pero que vayan a adquirir dicha condicióncomo consecuencia de su desplazamiento a otro país, siempre que como consecuencia de la prestación del trabajo en ese otro país sea previsible una permanencia en el mismo superior a183 días, contados desde el comienzo de la prestación del trabajo en el otro país, durante el año natural en que se produce el desplazamiento o, en su defecto, en el siguiente.

Este procedimiento tambien podrá ser utilizado en los supuestos en los que, por aplicación de las reglas de determinación de las rentas obtenidas en territorio español contenidas en el artículo12 de la Ley 41/1998, del Impuesto sobre la renta de no Residentes, no procediese la práctica de retenciones.

IMPORTIMPORTIMPORTIMPORTIMPORTANTEANTEANTEANTEANTE: La obtención del documento acreditativo que se solicita mediante la presente comunicación no exonerará al trabajador de acreditar su nueva residencia fiscal ante la Adminis-tración tributaria.

N.I.F. Primer apellido

Segundo apellido Nombre

Vía pública Núm. Esc. Piso Prta.

Municipio Provincia C. Postal

Domicilio

Espacio reservado para la etiqueta identificativa.Espacio reservado para la etiqueta identificativa.Espacio reservado para la etiqueta identificativa.Espacio reservado para la etiqueta identificativa.Espacio reservado para la etiqueta identificativa. Si no dispone de etiquetas, consigne los datos que se solicitan eneste apartado y adjunte fotocopia del documento acreditativo del número de identificación fiscal (N.I.F.).

1.1.1.1.1. TTTTTrabajadorrabajadorrabajadorrabajadorrabajador

1010101010

1111111111

TTTTTeléfonos de contactoeléfonos de contactoeléfonos de contactoeléfonos de contactoeléfonos de contacto (prefijos incluidos)

Teléfono 2.º ..

Teléfono 1.º ..

3.3.3.3.3. Datos identificativos del pagador de los rendimientos del trabajoDatos identificativos del pagador de los rendimientos del trabajoDatos identificativos del pagador de los rendimientos del trabajoDatos identificativos del pagador de los rendimientos del trabajoDatos identificativos del pagador de los rendimientos del trabajo

3030303030

N.I.F.

3131313131

Apellidos y nombre o Razón Social

2.2.2.2.2. Domicilio para notificacionesDomicilio para notificacionesDomicilio para notificacionesDomicilio para notificacionesDomicilio para notificaciones

A fin de agilizar la resolución de las incidencias que eventualmente puedan surgir en la tramitación de estedocumento, sírvase consignar los números de teléfono en los que pueda ser localizado/a en días y horaslaborables.

4.4.4.4.4. Comunicación del desplazamiento al extranjerComunicación del desplazamiento al extranjerComunicación del desplazamiento al extranjerComunicación del desplazamiento al extranjerComunicación del desplazamiento al extranjerooooo

Apellidos y Nombre o Razón Social

Vía pública

Núm. Esc. Piso Prta.

Municipio

Provincia C. Postal

Domicilio

Si desea que las notificaciones que puedan producirse con relación a esteprocedimiento se dirijan a un domicilio en territorio español distinto al indica-do en el recuadro identificativo, deberá indicar el domicilio al que quiere quese dirijan, así como el titular de dicho domicilio.

3232323232

Domicilio fiscal

Fecha de salida del territorio español................................................. 4040404040

4141414141Fecha de comienzo de la prestación del trabajo en el otro país............

COMUNICO mi desplazamiento a otro país, como consecuencia del cual se va a producir un cambio en mi condición de contribuyente. Asimismo, manifiestoque existen datos objetivos en mi relación laboral con el pagador previamente identificado para que resulte aplicable lo dispuesto en los artículos 30.bisde la Ley 41/1998, del Impuesto sobre la Renta de no Residentes y 21 del Reglamento de dicho Impuesto, y hago constar lo siguiente:

ADJUNTO documento justificativo del pagador para acreditar los requisitos y condiciones exigidos.

SOLICITO la expedición del documento acreditativo previsto en los artículos 30.bis de la Ley 41/1998, del Impuesto sobre la Renta de no Residentes,y 21 del Reglamento de dicho Impuesto, para su entrega al pagador, al objeto de que las retenciones se practiquen conforme a este Impuesto.

País o territorio de desplazamiento.................................................... 4242424242

5.5.5.5.5. RepresentanteRepresentanteRepresentanteRepresentanteRepresentante

7.7.7.7.7. Espacio reservado para la AdministraciónEspacio reservado para la AdministraciónEspacio reservado para la AdministraciónEspacio reservado para la AdministraciónEspacio reservado para la Administración

N.I.F. Apellidos y nombre o razón social

Vía pública Núm. Municipio Provincia C. Postal

Si desea que las notificaciones que puedan producirse con relación a este procedimiento se dirijan al representante, deberá cumplimentar los datos solicitados en el apartado 2."Domicilio paranotificaciones".

Fdo.: ________________________________________________________________________

Declaro que son ciertos los datos consignados en la presente comunicación.

Lugar y fecha _______________________________________________________________Firma del/de la interesado/a o de su representante:

6.6.6.6.6. Fecha y firmaFecha y firmaFecha y firmaFecha y firmaFecha y firma

Ejemplar para el trabajador

Para la aplicación de este procedimiento, los pagadores de los rendimientos del trabajo han de ser residentes o con establecimiento permanente en territorio español.

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MINISTERIO DE TRABAJOY ASUNTOS SOCIALES

2099 ORDEN TAS/118/2003, de 31 de enero, porla que se desarrollan las normas de cotizacióna la Seguridad Social, Desempleo, Fondo deGarantía Salarial y Formación Profesional, con-tenidas en la Ley 52/2002, de 30 de diciem-bre, de Presupuestos Generales del Estadopara el año 2003.

El artículo 81 de la Ley 52/2002, de 30 de diciembre,de Presupuestos Generales del Estado para el año 2003,establece las bases y tipos de cotización a la SeguridadSocial, Desempleo, Fondo de Garantía Salarial y Forma-ción Profesional para el ejercicio 2003, facultando ensu apartado once al Ministro de Trabajo y Asuntos Socia-les para dictar las normas necesarias para la aplicacióny desarrollo de lo previsto en el mismo.

A dicha finalidad responde la presente Orden, mediantela cual se desarrollan las previsiones legales en materiade cotizaciones sociales para el ejercicio 2003. A travésde la misma no sólo se reproducen las bases y tipos decotización reflejados en el texto legal citado, sino que,en desarrollo de las facultades atribuidas por el artícu-lo 110 del texto refundido de la Ley General de la Segu-ridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo1/1994, de 20 de junio, se adaptan las bases de coti-zación establecidas con carácter general a los supuestosde contratos a tiempo parcial.

En materia de accidentes de trabajo y enfermedadesprofesionales, seguirá siendo de aplicación la vigentetarifa de primas, aprobada por Real Decreto 2930/1979,de 29 de diciembre.

A su vez y de conformidad con lo dispuesto en elReglamento General sobre Cotización y Liquidación deotros Derechos de la Seguridad Social, aprobado porReal Decreto 2064/1995, de 22 de diciembre, en lapresente Orden se fijan los coeficientes aplicables paradeterminar la cotización a la Seguridad Social en supues-tos específicos, como son los de Convenio Especial,colaboración en la gestión de la Seguridad Social o exclu-sión de alguna contingencia. De igual modo, se esta-blecen las cuantías a satisfacer por la dispensación dela prestación de asistencia sanitaria de la SeguridadSocial a colectivos ajenos a la misma.

En su virtud y en uso de las atribuciones conferidasen el artículo 81 de la Ley 52/2002, de 30 de diciembre,de Presupuestos Generales del Estado para el año 2003,y en la disposición final única del Reglamento Generalsobre Cotización y Liquidación de otros Derechos dela Seguridad Social, de acuerdo con el Consejo de Estado,he dispuesto:

CAPÍTULO I

Cotización a la Seguridad Social

SECCIÓN 1.a RÉGIMEN GENERAL

Artículo 1. Determinación de la base de cotización.

1. La base de cotización, para todas las contingenciasy situaciones comprendidas en la acción protectora delRégimen General de la Seguridad Social, vendrá deter-minada por la remuneración total, cualquiera que sea suforma o denominación, que mensualmente tenga derechoa percibir el trabajador o asimilado o la que efectivamente

perciba, de ser ésta superior, por razón del trabajo querealice por cuenta ajena, sin otras excepciones que lascorrespondientes a los conceptos no computables deter-minados en el apartado 2 del artículo 109 del texto refun-dido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobadopor Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, enlos términos establecidos en el artículo 23 del ReglamentoGeneral sobre Cotización y Liquidación de otros Derechosde la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto2064/1995, de 22 de diciembre.

2. Para determinar la base de cotización correspon-diente a cada mes por las contingencias comunes, seaplicarán las siguientes normas:

Primera.—Se computará la remuneración devengadaen el mes a que se refiere la cotización.

Segunda.—A la remuneración computada conformea la norma anterior se añadirá la parte proporcional delas gratificaciones extraordinarias establecidas y de aque-llos otros conceptos retributivos que tengan una perio-dicidad en su devengo superior a la mensual o que notengan carácter periódico y se satisfagan dentro del ejer-cicio económico del año 2003. A tal efecto, el importeanual estimado de dichas gratificaciones extraordinariasy demás conceptos retributivos se dividirá por 365, yel cociente que resulte se multiplicará por el númerode días que comprenda el período de cotización de cadames. En el caso de que la remuneración que correspondaal trabajador tenga carácter mensual, el indicado importeanual se dividirá por 12.

Tercera.—Si la base de cotización que resulte de acuer-do con las normas anteriores no estuviese comprendidaentre la cuantía de la base mínima y de la máxima corres-pondiente al grupo de cotización de la categoría pro-fesional del trabajador, conforme a la tabla establecidaen el artículo 3, se cotizará por la base mínima o máxima,según que la resultante sea inferior a aquélla o superiora ésta. La indicada base mínima será de aplicación cual-quiera que fuese el número de horas trabajadas dia-riamente, excepto en aquellos supuestos en que por dis-posición legal se establece lo contrario.

3. Para determinar la base de cotización correspon-diente a cada mes por las contingencias de accidentesde trabajo y enfermedades profesionales, se aplicaránlas normas primera y segunda del número anterior. Lacantidad que así resulte no podrá ser superior al topemáximo ni inferior al tope mínimo correspondiente, pre-vistos ambos en el artículo 2, cualquiera que sea el núme-ro de horas trabajadas diariamente, excepto en aquellossupuestos en que por disposición legal se establece locontrario.

Artículo 2. Topes máximo y mínimo de cotización.

1. El tope máximo de la base de cotización al Régi-men General de la Seguridad Social será, a partir de 1de enero de 2003, de 2.652,00 euros mensuales.

2. A partir de la fecha indicada en el apartado 1,el tope mínimo de cotización para las contingencias deaccidente de trabajo y enfermedad profesional será equi-valente al salario mínimo interprofesional vigente encada momento, incrementado por el prorrateo de laspercepciones de vencimiento superior al mensual queperciba el trabajador, sin que pueda ser inferior a 526,50euros mensuales.

Artículo 3. Bases máximas y mínimas de cotización.

Conforme a lo establecido en el artículo 81 de la Ley52/2002, de 30 de diciembre, la cotización al RégimenGeneral de la Seguridad Social por contingencias comu-

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nes estará limitada para cada grupo de categorías pro-fesionales por las bases mínimas y máximas siguientes:

Basesmínimas

—Euros/mes

Basesmáximas

—Euros/mes

Grupode

cotiza-ción

Categorías profesionales

1 Ingenieros y Licenciados. Per-sonal de alta dirección noincluido en el artículo 1.3.c)del Estatuto de los Traba-jadores . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 784,20 2.652,00

2 Ingenieros Técnicos, Peritos yAyudantes titulados . . . . . . . . 650,70 2.652,00

3 Jefes Administrativos y deTaller . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 565,50 2.652,00

4 Ayudantes no titulados . . . . . . . 526,50 2.652,005 Oficiales administrativos . . . . . . 526,50 2.652,006 Subalternos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 526,50 2.652,007 Auxiliares administrativos . . . . 526,50 2.652,00

Basesmínimas

—Euros/día

Basesmáximas

—Euros/día

Grupode

cotiza-ción

Categorías profesionales

8 Oficiales de primera y segunda. 17,55 88,409 Oficiales de tercera y Especia-

listas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 17,55 88,4010 Peones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 17,55 88,4011 Trabajadores menores de die-

ciocho años, cualquiera quesea su categoría profesional. 17,55 88,40

Artículo 4. Tipos de cotización.

A partir de 1 de enero de 2003, los tipos de cotizaciónal Régimen General de la Seguridad Social serán lossiguientes:

1. Para las contingencias comunes, el 28,30por 100, del que el 23,60 por 100 será a cargo dela empresa y el 4,70 por 100 a cargo del trabajador.

2. Para las contingencias de accidentes de trabajoy enfermedades profesionales se aplicarán, reducidosen un 10 por 100, los porcentajes de la tarifa de primasaprobada por Real Decreto 2930/1979, de 29 dediciembre, siendo a cargo exclusivo de la empresa.

Artículo 5. Cotización adicional por horas extraordinarias.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley52/2002, de 30 de diciembre, la remuneración queobtengan los trabajadores por el concepto de horasextraordinarias queda sujeta a una cotización adicionalque no será computable a efectos de determinar la basereguladora de las prestaciones.

La cotización adicional por las horas extraordinariasmotivadas por fuerza mayor, se efectuará aplicando eltipo del 14,00 por 100, del que el 12,00 por 100 seráa cargo de la empresa y el 2,00 por 100 a cargo deltrabajador.

La cotización adicional por las horas extraordinariasque no tengan la consideración referida en el párrafoanterior, se efectuará aplicando el tipo del 28,30por 100, del que el 23,60 por 100 será a cargo dela empresa y el 4,70 por 100 a cargo del trabajador.

Artículo 6. Cotización durante las situaciones de inca-pacidad temporal, riesgo durante el embarazo ymaternidad.

1. La obligación de cotizar permanece durante lassituaciones de incapacidad temporal, riesgo durante elembarazo y de disfrute de los períodos de descansopor maternidad, aunque éstos supongan una causa desuspensión de la relación laboral.

2. En las situaciones señaladas en el número ante-rior, la base de cotización aplicable para las contingen-cias comunes será la correspondiente al mes anterioral de la fecha de la incapacidad, situación de riesgodurante el embarazo o del inicio del disfrute de los perío-dos de descanso por maternidad.

Para la aplicación de lo dispuesto en el párrafo ante-rior, se tendrán en cuenta las siguientes reglas:

Primera.—En el supuesto de remuneración que sesatisfaga con carácter diario o cuando, teniendo dichocarácter, el trabajador no hubiere permanecido en altaen la empresa durante todo el mes natural anterior, elimporte de la base de cotización de dicho mes se dividirápor el número de días a que se refiera la cotización.El cociente resultante será la base diaria de cotización,que se multiplicará por el número de días en que eltrabajador permanezca en situación de incapacidad tem-poral, riesgo durante el embarazo o de disfrute de losperíodos de descanso por maternidad para determinarla base de cotización durante dicha situación.

Segunda.—Cuando el trabajador tuviera remunera-ción mensual y hubiese permanecido en alta en la empre-sa durante todo el mes natural anterior al de la iniciaciónde dicha situación, la base de cotización de ese messe dividirá por 30. Si no hubiera permanecido en altaen la empresa durante todo el mes natural anterior, elimporte de la base de cotización de dicho mes se dividirápor el número de días a que se refiere la cotización.En ambos casos, el cociente resultante será la base diariade cotización, que se multiplicará por 30, de permanecertodo el mes en la situación de incapacidad temporal,riesgo durante el embarazo o de disfrute de los períodosde descanso por maternidad, o por la diferencia existenteentre dicha cifra y el número de días que realmentehaya trabajado en dicho mes.

Tercera.—Cuando el trabajador hubiera ingresado enla empresa en el mismo mes en que haya iniciado lasituación de incapacidad temporal, riesgo durante elembarazo o de disfrute de los períodos de descansopor maternidad, se aplicará a ese mes lo establecidoen las reglas precedentes.

3. Lo dispuesto en el número anterior será de apli-cación para calcular la base de cotización, a efectos delas contingencias de accidentes de trabajo y enferme-dades profesionales, durante las situaciones de incapa-cidad temporal, riesgo durante el embarazo y materni-dad. No obstante, y a fin de determinar la cotizaciónque por el concepto de horas extraordinarias correspon-de efectuar, se tendrá en cuenta el promedio de lasefectivamente realizadas y cotizadas durante el añoinmediatamente anterior a la fecha de iniciación de dichasituación.

A tal efecto, el número de horas realizadas se dividirápor 12 ó 365, según que la remuneración del trabajadorse satisfaga o no con carácter mensual.

4. Salvo en los supuestos en que por disposiciónlegal se establece lo contrario, en ningún caso la basede cotización por contingencias comunes, en las situa-ciones a que se refiere el presente artículo, podrá serinferior a la base mínima vigente en cada momentocorrespondiente a la categoría profesional del trabajador.A tal efecto, el subsidio por incapacidad temporal, riesgo

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durante el embarazo o por maternidad se actualizaráa partir de la fecha de entrada en vigor de la nuevabase mínima de cotización.

5. A efectos de la cotización por accidentes de trabajoy enfermedades profesionales, mientras el trabajador seencuentre en situación de incapacidad temporal, riesgodurante el embarazo o maternidad, las empresas podránaplicar los porcentajes correspondientes al epígrafe 126de la tarifa de primas vigente, cualquiera que fuese lacategoría profesional y la actividad del trabajador.

Artículo 7. Cotización en la situación de alta sin percibode remuneración.

1. Cuando el trabajador permanezca en alta en elRégimen General y se mantenga la obligación de cotizarconforme a lo dispuesto en el apartado 2 del artícu-lo 106 del texto refundido de la Ley General de la Segu-ridad Social, sin que perciba remuneración computable,se tomará como base de cotización la mínima corres-pondiente al grupo de su categoría profesional. A efectosde cotización por las contingencias de accidentes detrabajo y enfermedades profesionales. se tendrá en cuen-ta el tope mínimo de cotización establecido en el apar-tado 2 del artículo 2.

2. Lo dispuesto en el número anterior no será deaplicación a las situaciones previstas en la Orden delMinisterio de Trabajo y Seguridad Social de 27 de octu-bre de 1992.

Artículo 8. Base de cotización en la situación de desem-pleo protegido.

1. La base de cotización por contingencias comunesde aquellos trabajadores que se encuentren en situaciónlegal de desempleo y por los que exista obligación decotizar, será equivalente al promedio de las bases delos últimos seis meses de ocupación cotizada por dichascontingencias anteriores a la situación legal de desem-pleo o al momento en que cesó la obligación de cotizar.

2. En los casos de suspensión y reducción de jor-nada, la base de cotización de dichos trabajadores, paralas contingencias de accidentes de trabajo y enferme-dades profesionales, será el promedio de las bases delos últimos seis meses de ocupación cotizada por talesconceptos anteriores a la situación legal de desempleoo al momento en que cesó la obligación de cotizar.

3. La reanudación de la prestación por desempleo,en los supuestos de suspensión del derecho, supondrála reanudación de la obligación de cotizar por la basede cotización correspondiente al momento del nacimien-to del derecho.

4. Cuando se hubiere extinguido el derecho a laprestación por desempleo y, en aplicación del apartado 3del artículo 210 del texto refundido de la Ley Generalde la Seguridad Social, el trabajador opte por reabrirel derecho inicial por el período que le restaba y lasbases y tipos que le correspondían, la base de cotizacióna la Seguridad Social, durante la percepción de dichaprestación, será la correspondiente al derecho inicial porel que opta.

Artículo 9. Cotización en la situación de pluriempleo.

1. Cuando el trabajador se encuentre en situaciónde pluriempleo se aplicarán las siguientes normas:

A) Para las contingencias comunes:Primera.—El tope máximo de las bases de cotización,

establecido en 2.652,00 euros mensuales, se distribuiráentre todas las empresas en proporción a la remune-ración abonada al trabajador en cada una de ellas.

Segunda.—Cada una de las empresas cotizará por losconceptos retributivos computables que satisfaga al tra-bajador, con el límite que corresponda a la fracción deltope máximo que se le asigne.

Tercera.—La base mínima correspondiente al traba-jador, según su categoría profesional, se distribuirá entrelas distintas empresas y será aplicada para cada unade ellas en forma análoga a la señalada para el topemáximo. Si al trabajador le correspondieran diferentesbases mínimas de cotización por su clasificación laboral,se tomará para su distribución la base mínima de superiorcuantía.

B) Para las contingencias de accidentes de trabajoy enfermedades profesionales:

Primera.—El tope máximo de la base de cotización,establecido en 2.652,00 euros mensuales, se distribuiráentre todas las empresas en proporción a la remune-ración abonada al trabajador en cada una de ellas.

Segunda.—El tope mínimo de cotización se distribuiráentre las distintas empresas y será aplicado para cadauna de ellas, en forma análoga a la señalada para eltope máximo.

Tercera.—La base de cotización será para cada empre-sa la que resulte conforme a lo señalado en el artículo 1,con los límites que se le hayan asignado, según las nor-mas primera y segunda inmediatamente anteriores.

2. En el supuesto de que uno de los empleos con-lleve la inclusión en el Régimen General de la SeguridadSocial en los términos indicados en la disposición adicionalnovena de esta Orden, la distribución del tope máximocorrespondiente a las contingencias de accidentes de tra-bajo y enfermedades profesionales sólo se efectuará alobjeto de determinar las cuotas y demás conceptos derecaudación conjuntos con las mismas correspondientesa las contingencias comúnmente protegidas por ambasmodalidades de inclusión.

A tal fin, se efectuará una doble distribución del topemáximo de cotización citado, una de ellas para deter-minar la cotización por accidentes de trabajo y enfer-medades profesionales, así como para Formación Pro-fesional, y la otra para determinar la cotización porDesempleo y para el Fondo de Garantía Salarial.

3. Los prorrateos indicados en los números anterioresse llevarán a cabo, a petición de las empresas o traba-jadores afectados o, en su caso, de oficio, por las Direc-ciones Provinciales de la Tesorería General de la SeguridadSocial o Administraciones de la misma, con la salvedadprevista en el apartado 4 del presente artículo. La dis-tribución así determinada tendrá efectos a partir de laliquidación de cuotas que corresponda al mes en quese acredite la existencia de la situación de pluriempleo,salvo que se trate de períodos en los que hubiera prescritola obligación de cotizar.

4. Las Direcciones Provinciales de la Tesorería Gene-ral de la Seguridad Social o Administraciones de la mis-ma, de oficio o a instancia del trabajador o empresarioafectados, podrán rectificar la distribución entre las dis-tintas empresas, efectuada conforme a lo dispuesto enel apartado 1, cuando de acuerdo con dicha distribuciónse produzcan desviaciones en las bases de cotizaciónresultantes.

Artículo 10. Cotización de los representantes decomercio.

De conformidad con lo previsto en el artículo 81 dela Ley 52/2002, de 30 de diciembre, la base máximade cotización por contingencias comunes aplicable a par-tir de 1 de enero de 2003, a los representantes de comer-cio, será de 2.652,00 euros mensuales.

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Artículo 11. Cotización de los artistas.

1. Las bases máximas de cotización por contingen-cias comunes de los artistas serán, a partir de 1 de enerode 2003, las siguientes:

1.1. Trabajos de teatro, circo, música, variedadesy folclore, incluidos los que se realicen para radio y tele-visión o mediante grabaciones:

Grupo decotización

Euros/mesCategoría profesional

Directores, directores coreográficos,de escena y artísticos, primerosmaestros directores y presentado-res de radio y televisión . . . . . . . . . . . . 1 2.652,00

Segundos y terceros maestros direc-tores, primeros y segundos maes-tros sustitutos, y directores deorquesta . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2 2.652,00

Maestros coreográficos, maestros decoro, maestros apuntadores, direc-tores de banda, regidores, apun-tadores y locutores de radio ytelevisión . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3 2.652,00

Actores, cantantes líricos y de músicaligera, caricatos, animadores desalas de fiesta, bailarines, músicosy artistas de circo, variedades yfolclore . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3 2.652,00

Adjuntos de dirección . . . . . . . . . . . . . . . . . 5 2.652,00Secretarios de dirección . . . . . . . . . . . . . . 7 2.652,00

1.2 Trabajos de producción, doblaje o sincroniza-ción de películas (tanto en las modalidades de largo-metraje, cortometraje o publicidad) o para televisión:

Grupo decotización

Euros/mesCategoría profesional

Directores . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1 2.652,00Directores de fotografía . . . . . . . . . . . . . . . 2 2.652,00Directores de producción y actores. 3 2.652,00Decoradores . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4 2.652,00Montadores, técnicos de doblaje, jefes

técnicos y adaptadores de diálogo,segundos operadores, maquillado-res, ayudantes técnicos, primerayudante de producción, fotógrafo(foto fija), figurinistas, jefes de soni-do y ayudantes de dirección . . . . . . . 5 2.652,00

Ayudantes de operador, ayudantesmaquilladores, segundos ayudantesde producción, secretarios de roda-je, ayudantes decoradores, peluque-ros, ayudantes de peluquería,ayudantes de sonido, secretario deproducción en rodaje, ayudantesde montaje, auxiliares de dirección,auxiliares de maquillador y auxilia-res de producción, comparsería yfiguración . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7 2.652,00

Conforme a lo previsto en el artículo 81, apartadodos, párrafo 5, de la Ley 52/2002, de 30 de diciembre,de Presupuestos Generales del Estado para el año 2003,así como en el apartado 4 del artículo 32 del ReglamentoGeneral sobre Cotización y Liquidación de otros Dere-chos de la Seguridad Social, el tope máximo de las bases

de cotización en razón de las actividades realizadas porun artista, para una o varias empresas, tendrá carácteranual y se determinará por la elevación a cómputo anualde la base mensual máxima señalada.

2. Las bases de cotización a cuenta para determinarla cotización de los artistas, previstas en el párrafo b)del apartado 5 del artículo 32 del Reglamento Generalcitado en el número anterior, serán, a partir de 1 deenero de 2003 y para todos los grupos de cotización,las siguientes:

Retribuciones íntegras—

EurosEuros/día

Hasta 300 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 177,00Entre 300,01 y 541,00 . . . . . 221,00Entre 541,01 y 902,00 . . . . . 265,00Mayor de 902,00 . . . . . . . . . . . . 354,00

Artículo 12. Cotización de los profesionales taurinos.

1. De conformidad con lo dispuesto en el artícu-lo 81 de la Ley 52/2002, de 30 de diciembre, de Pre-supuestos Generales del Estado para el año 2003, lasbases máximas de cotización por contingencias comu-nes de los profesionales taurinos serán, a partir de 1de enero de 2003, las siguientes:

Grupo decotización

Categoría profesional Euros/mes

Matadores de toros y rejoneadores,clasificados en los grupos «A» y«B» . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1 2.652,00

Matadores de toros y rejoneadores,clasificados en el grupo «C» . . . . . . . 3 2.652,00

Picadores y banderilleros que acom-pañan a matadores de toros delgrupo «A» . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2 2.652,00

Restantes picadores y banderilleros . . . 3 2.652,00Mozos de estoque y ayudantes, pun-

tilleros, novilleros y toreros cómi-cos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7 2.652,00

Conforme a lo previsto en el artículo 81, apartadodos, párrafo 6, de la Ley 52/2002, de 30 de diciembre,de Presupuestos Generales del Estado para el año 2003,y en el apartado 4 del artículo 33 del Reglamento Generalsobre Cotización y Liquidación de otros Derechos de laSeguridad Social, el tope máximo de las bases de coti-zación para los profesionales taurinos tendrá carácteranual y se determinará por la elevación a cómputo anualde la base mensual máxima señalada.

2. Las bases de cotización para determinar las liqui-daciones provisionales por los profesionales taurinos,previstas en el artículo 33, apartado 5, párrafo b), delReglamento General sobre Cotización y Liquidación deotros Derechos de la Seguridad Social, serán, a partirde 1 de enero de 2003 y para cada grupo de cotización,las siguientes:

Grupo de cotización Euros/día

1 837,002 769,003 575,007 344,00

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4308 Sábado 1 febrero 2003 BOE núm. 28

SECCIÓN 2.a RÉGIMEN ESPECIAL AGRARIO

Artículo 13. Bases y tipos de cotización.

1. A partir de 1 de enero de 2003 el tipo de coti-zación de los trabajadores por cuenta ajena será el 11,50por 100 y el de los trabajadores por cuenta propia el18,75 por 100.

2. De conformidad con lo establecido en el artículo81 de la Ley 52/2002, de 30 de diciembre, las basesmensuales y la cuota fija mensual resultante aplicablespara los trabajadores por cuenta ajena serán, a partirde 1 de enero de 2003, las siguientes:

Base decotización

—Euros/mes

Cuota fija—

Euros/mes

Grupo decotización

Categorías profesionales

1 Ingenieros y Licenciados. Perso-nal de alta dirección no inclui-do en el artículo 1.3.c) delEstatuto de los Trabajadores . 822,00 94,53

2 Ingenieros Técnicos, Peritos yAyudantes Titulados . . . . . . . . . . 681,90 78,42

3 Jefes Administrativos y de Ta-ller . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 592,80 68,17

4 Ayudantes no Titulados . . . . . . . . . . 550,20 63,275 Oficiales Administrativos . . . . . . . . 550,20 63,276 Subalternos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 550,20 63,277 Auxiliares Administrativos . . . . . . . 550,20 63,278 Oficiales de primera y segun-

da . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 550,20 63,279 Oficiales de tercera y Especialis-

tas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 550,20 63,2710 Trabajadores mayores de diecio-

cho años no cualificados . . . . . 550,20 63,2711 Trabajadores menores de diecio-

cho años, cualquiera que seasu categoría profesional . . . . . . 550,20 63,27

3. La base de cotización y la cuota fija mensual delos trabajadores por cuenta propia por contingenciascomunes serán, a partir de 1 de enero de 2003, lassiguientes:

Base de cotización: 585,00 euros/mes.Cuota fija mensual: 109,69 euros/mes.

La cuota fija mensual de los trabajadores por cuentapropia para la cobertura de las contingencias de inca-pacidad permanente y muerte y supervivencia derivadasde accidentes de trabajo y enfermedades profesionalesserá, a partir de 1 de enero de 2003, de 5,85 euros.

4. Los trabajadores por cuenta propia acogidos ala mejora voluntaria de incapacidad temporal, conformea lo establecido en el artículo 46 del Reglamento Generalsobre Inscripción de Empresas y Afiliación, Altas, Bajasy Variaciones de Datos de Trabajadores en la SeguridadSocial, aprobado por Real Decreto 84/1996, de 26 deenero, abonarán mensualmente, y a partir de 1 de enerode 2003, una cuota de 12,87 euros, resultantes de apli-car a la base de cotización el tipo del 2,20 por 100por enfermedad común y accidente no laboral, más otrade 2,93 euros, correspondiente al 0,50 por 100 sobredicha base, por accidentes de trabajo y enfermedadesprofesionales. Dichas cuotas se ingresarán conjuntamen-te con las obligatorias.

5. Las bases diarias de cotización por jornadas rea-les, correspondientes a cada uno de los grupos de tra-bajadores que realicen labores agrarias por cuenta ajena,serán, a partir de 1 de enero de 2003, las siguientes:

Basediaria de

cotización—

Euros

Grupode

cotizaciónCategorías profesionales

1 Ingenieros y Licenciados. Personal de altadirección no incluido en el artícu-lo 1.3.c) del Estatuto de los Trabaja-dores . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 36,56

2 Ingenieros Técnicos, Peritos y Ayudan-tes Titulados . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 30,31

3 Jefes Administrativos y de Taller . . . . . . . 26,374 Ayudantes no Titulados . . . . . . . . . . . . . . . . . 24,475 Oficiales Administrativos . . . . . . . . . . . . . . . . 24,476 Subalternos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 24,477 Auxiliares Administrativos . . . . . . . . . . . . . . . 24,478 Oficiales de primera y segunda . . . . . . . . . 24,479 Oficiales de tercera y Especialistas . . . . . 24,47

10 Trabajadores mayores de dieciochoaños no cualificados . . . . . . . . . . . . . . . . . . 24,47

11 Trabajadores menores de dieciochoaños, cualquiera que sea su categoríaprofesional . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 24,47

La cotización por cada jornada real se obtendrá apli-cando el 15,50 por 100 a la base de cotización señaladaen el cuadro anterior.

6. En la cotización por accidentes de trabajo y enfer-medades profesionales se estará a lo establecido en elReal Decreto 2930/1979, de 29 de diciembre. No obs-tante, a las empresas que con anterioridad al 26 deenero de 1996 vinieran cotizando por la modalidad decuotas por hectáreas, les resultará de aplicación duranteel año 2003 una reducción del 45 por 100 en los tiposde porcentajes establecidos en el citado Real Decreto.

SECCIÓN 3.a RÉGIMEN ESPECIAL DE LOS TRABAJADORESPOR CUENTA PROPIA O AUTÓNOMOS

Artículo 14. Bases y tipos de cotización.

A partir de 1 de enero de 2003, el tipo y las basesde cotización a este Régimen Especial serán los siguien-tes:

1. Tipo de cotización: El 28,30 por 100.No obstante, cuando el trabajador por cuenta propia

o autónomo haya optado por no acogerse a la coberturade la protección por incapacidad temporal, el tipo decotización será el 26,50 por 100.

2. Bases de cotización:

2.1 Base mínima de cotización: 740,70 euros men-suales.

2.2 Base máxima de cotización: 2.652,00 eurosmensuales.

3. La base de cotización para los trabajadores que,a 1 de enero de 2003, sean menores de cincuenta añosde edad, será la elegida por éstos, dentro de los límitescomprendidos entre las bases mínima y máxima.

4. Los trabajadores cuya alta en el Régimen Especialde la Seguridad Social de los Trabajadores por CuentaPropia o Autónomos se haya practicado de oficio, comoconsecuencia, a su vez, de una baja de oficio en el Régi-men General de la Seguridad Social o en otro Régimende trabajadores por cuenta ajena, podrán optar, cual-quiera que sea su edad en el momento de causar alta,entre mantener la base de cotización por la que veníancotizando en el Régimen en que causaron baja, o elegir

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una base de cotización aplicando las reglas generalesprevistas, a tales efectos, en aquel Régimen Especial.

5. Sin perjuicio de lo establecido en el número ante-rior, y de conformidad con lo establecido en el artículo81 de la Ley 52/2002, de 30 de diciembre, los tra-bajadores que, a 1 de enero de 2003, tengan cumplidala edad de cincuenta o más años podrán elegir entre labase mínima que se establece en el apartado 2.1 deeste artículo o la que deseen, hasta un límite máximode 1.388,10 euros mensuales, salvo que con anterio-ridad vinieran cotizando por una base de cuantía supe-rior, en cuyo caso podrán mantener dicha base de coti-zación o incrementarla, como máximo, en el mismo por-centaje en que haya aumentado la base máxima de coti-zación a este Régimen.

6. Si la cantidad resultante a que se refieren losapartados anteriores fuese superior a la base máximade cotización o inferior a la base mínima, fijadas en elapartado 2 de este artículo, se tomará la base máximao mínima, respectivamente.

SECCIÓN 4.a RÉGIMEN ESPECIAL DE LOS EMPLEADOS DE HOGAR

Artículo 15. Base y tipo de cotización.

El tipo y la base de cotización a este Régimen Especialde la Seguridad Social serán, a partir de 1 de enerode 2003, los siguientes:

Base de cotización: 550,20 euros mensuales.Tipo de cotización: 22,00 por 100.

Cuando, de conformidad con la normativa vigente,proceda la distribución del tipo de cotización señaladoanteriormente, ésta se realizará de la siguiente forma:A cargo del empleador el 18,30 por 100 y del empleadode hogar el 3,70 por 100. Cuando el empleado de hogarpreste sus servicios con carácter parcial o discontinuoa uno o más empleadores, será de su exclusivo cargoel tipo de cotización señalado anteriormente.

SECCIÓN 5.a RÉGIMEN ESPECIAL DE LA SEGURIDAD SOCIALDE LOS TRABAJADORES DEL MAR

Artículo 16. Normas aplicables.

De conformidad con lo establecido en el artículo 81,apartado seis, de la Ley 52/2002, de 30 de diciembre,lo previsto en la sección 1.a de este capítulo será deaplicación al Régimen Especial de la Seguridad Socialde los Trabajadores del Mar, sin perjuicio, en su casoy para la cotización por contingencias comunes, de lodispuesto en la Orden de 22 de noviembre de 1974,y de lo establecido para la cotización de los trabajadoresincluidos en los grupos segundo y tercero, a los quese refiere el artículo 19.6 del texto refundido de las Leyes116/1969, de 30 de diciembre, y 24/1972, de 21 dejunio, aprobado por Decreto 2864/1974, de 30 deagosto.

SECCIÓN 6.a COEFICIENTES REDUCTORES DE LA COTIZACIÓN APLI-CABLES A LAS EMPRESAS EXCLUIDAS DE ALGUNA CONTINGENCIA Y A

LAS EMPRESAS COLABORADORAS

Artículo 17. Coeficientes aplicables a las empresasexcluidas de alguna contingencia.

Desde el 1 de enero de 2003, los coeficientes reduc-tores que han de aplicarse a las cuotas devengadas porlas empresas excluidas de alguna contingencia seránlos siguientes:

a) En las empresas excluidas de las contingenciasde jubilación y de incapacidad permanente y muertey supervivencia, derivadas de enfermedad común y acci-dente no laboral, se aplicará el coeficiente 0,80, corres-pondiendo el 0,67 a la cuota empresarial y el 0,13 ala cuota del trabajador.

b) En las empresas excluidas de la contingencia deincapacidad temporal derivada de enfermedad comúno accidente no laboral, se aplicará el coeficiente 0,055,correspondiendo el 0,046 a la cuota empresarial y el0,009 a la cuota del trabajador.

c) En las empresas excluidas de la contingencia deasistencia sanitaria por enfermedad común, riesgo duran-te el embarazo, maternidad y accidente no laboral, seaplicará el coeficiente 0,069, correspondiendo el 0,058a la cuota empresarial y el 0,011 a la cuota a cargodel trabajador.

d) En las empresas excluidas de la contingencia deasistencia sanitaria en las que, asimismo, se asumanlos gastos derivados de la prestación farmacéutica, sereducirá, además de los coeficientes anteriores, el 0,018de la cuota de la empresa y el 0,004 de la cuota acargo del trabajador.

Artículo 18. Coeficientes aplicables a las empresasautorizadas a colaborar voluntariamente en la gestiónde la Seguridad Social.

De acuerdo con lo establecido en los artículos 9 y15 ter, apartado 2, de la Orden de 25 de noviembrede 1966, por la que se regula la colaboración de lasempresas en la gestión del Régimen General de la Segu-ridad Social, desde el día 1 de enero de 2003, el coe-ficiente reductor aplicable a las empresas autorizadaspara colaborar voluntariamente en la gestión de la pres-tación económica de incapacidad temporal derivada deenfermedad común o accidente no laboral, en las moda-lidades previstas en el artículo 77.1, párrafos b) y d),de la Ley General de la Seguridad Social, será el 0,055sobre la cuota que les correspondería satisfacer de noexistir la colaboración.

Artículo 19. Aplicación de los coeficientes reductores.

El importe a deducir de la cotización en los supuestosreferidos en los artículos anteriores se determinará mul-tiplicando por los coeficientes señalados o suma de losmismos, en su caso, la cuota íntegra resultante de aplicarel tipo único vigente a las correspondientes bases decotización.

SECCIÓN 7.a FINANCIACIÓN DE LAS FUNCIONES Y ACTIVIDADES ATRI-BUIDAS A LAS MUTUAS DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERME-DADES PROFESIONALES DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN RELACIÓN CON

LA COBERTURA DE LA PRESTACIÓN ECONÓMICA DE INCAPACIDADTEMPORAL

Artículo 20. Determinación de la fracción de cuota.

1. La financiación de las funciones y actividades atri-buidas a las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfer-medades Profesionales de la Seguridad Social para lagestión de la prestación económica por incapacidad tem-poral derivada de contingencias comunes a favor de lostrabajadores de las empresas asociadas que hayan opta-do por formalizar la cobertura con las mismas, se efec-tuará durante el año 2003 mediante la fracción de cuotaa que se refiere el artículo 71.2 del Reglamento Generalde Colaboración, aprobado por Real Decreto1993/1995, de 7 de diciembre, en los siguientes tér-minos:

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Con carácter general, mediante la aplicación del coe-ficiente 0,059 sobre la cuota íntegra obtenida por dichasempresas como resultado de aplicar el tipo único vigentede cotización por contingencias comunes a las corres-pondientes bases de cotización.

Mediante la transferencia por la Tesorería Generalde la Seguridad Social del importe que se autorice hastael límite resultante de aplicar un coeficiente adicionaldel 0,001 a las cuotas íntegras obtenidas por el conjuntode las empresas asociadas a las Mutuas que cubranlas expresadas contingencias comunes, a favor de aque-llas Mutuas que acrediten la insuficiencia financiera delcoeficiente general en base a circunstancias estructu-rales, previa autorización de la Dirección General deOrdenación Económica de la Seguridad Social, en lostérminos y condiciones que establezca la misma.

2. La fracción de cuota prevista en el artículo 76.2del Reglamento de colaboración citado en el númeroanterior, que deben percibir las Mutuas de Accidentesde Trabajo y Enfermedades Profesionales de la SeguridadSocial para la financiación de la cobertura de la pres-tación económica por incapacidad temporal de los tra-bajadores incluidos en el Régimen Especial de los Traba-jadores por Cuenta Propia o Autónomos y de los tra-bajadores por cuenta propia incluidos en el RégimenEspecial Agrario de la Seguridad Social, se fija para elejercicio del año 2003:

En el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuen-ta Propia o Autónomos, en el resultado de aplicar eltipo del 1,8 por 100 a las correspondientes bases decotización.

En el Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social,en una cuantía fija mensual de 12,87 euros por con-tingencias comunes y de 2,93 euros por contingenciasprofesionales.

SECCIÓN 8.a COEFICIENTES APLICABLES PARA DETERMINAR LA COTI-ZACIÓN EN LOS SUPUESTOS DE CONVENIO ESPECIAL Y OTRAS SITUA-

CIONES ASIMILADAS A LA DE ALTA

Artículo 21. Coeficientes aplicables.

En el Convenio Especial y otras situaciones asimiladasa la de alta se aplicarán, a partir de 1 de enero de 2003,los siguientes coeficientes:

a) Cuando el Convenio Especial tenga por objetola cobertura de todas las prestaciones derivadas de con-tingencias comunes, a excepción de los subsidios porincapacidad temporal, riesgo durante el embarazo ymaternidad, el 0,94.

b) Cuando el Convenio Especial se hubiera suscritocon anterioridad a 1 de enero de 1998 y tenga porobjeto la cobertura de las prestaciones de jubilación,incapacidad permanente y muerte y supervivencia, deri-vadas de contingencias comunes, y servicios sociales,el 0,77.

c) En los supuestos de Convenio Especial suscritocon anterioridad a 1 de enero de 1998 por trabajadorescontratados a tiempo parcial y por trabajadores quereduzcan la jornada por cuidado de menor, minusválidoo familiar, el 0,77. Si el Convenio Especial se hubierasuscrito con posterioridad a 1 de enero de 1998, enlos indicados supuestos o durante la situación de altaespecial motivada por huelga legal o cierre patronal,el 0,94.

d) En los supuestos regulados por el artículo 11de la Orden de 18 de julio de 1991 y en la Orden de 4de agosto de 1992, sobre suscripción de Convenio Espe-cial por trabajadores perceptores del subsidio de desem-pleo con derecho a cotización por la contingencia dejubilación:

Por la totalidad de la base de cotización elegida porel interesado, para la cobertura de las contingencias deincapacidad permanente, muerte y supervivencia,el 0,29.

Por la diferencia entre dicha base de cotización ele-gida y aquella por la que cotice en cada momento elInstituto Nacional de Empleo, para la cobertura de lacontingencia de jubilación, el 0,56.

e) En los Convenios Especiales regulados por el RealDecreto 2805/1979, de 7 de diciembre, sobre inclusiónen el Régimen General de la Seguridad Social de losespañoles no residentes en territorio nacional que osten-ten la condición de funcionarios o empleados de orga-nizaciones internacionales intergubernamentales, cuan-do se hubieren suscrito antes de 1 de enero de 2000se aplicará el 0,77. A los suscritos con posterioridada dicha fecha les será de aplicación el coeficiente 0,94.

f) En los supuestos de Convenio Especial suscritopor quienes pasen a prestar servicios en la Adminis-tración de la Unión Europea para la cobertura de lasprestaciones por incapacidad permanente, el 0,35.

g) En los Convenios Especiales regulados por el RealDecreto 996/1986, de 25 de abril, por el que se regulala suscripción de Convenio Especial de emigrantes e hijosde emigrantes, se aplicará el coeficiente 0,77.

Artículo 22. Determinación de la cuota.

Para determinar la cotización en los supuestos seña-lados en el artículo anterior, se actuará de la siguienteforma:

a) Se calculará la cuota íntegra aplicando a la basede cotización que corresponda el tipo único de cotizaciónvigente en el Régimen General.

b) El resultado obtenido se multiplicará por el coe-ficiente que en cada caso corresponda, constituyendoel producto que resulte la cuota a ingresar.

SECCIÓN 9.a COTIZACIÓN POR ASISTENCIA SANITARIAEN SUPUESTOS ESPECIALES

Artículo 23. Determinación de las cuotas.

a) La cuota de asistencia médico-farmacéutica porenfermedad común que corresponde satisfacer a loscolectivos ajenos y en aplicación de Convenios Inter-nacionales, salvo las excepciones que pudieran conte-nerse en los mismos, será, a partir de 1 de enerode 2003, de 79,93 euros mensuales.

La cuota por asistencia médico-farmacéutica por acci-dente de trabajo y enfermedad profesional, en lossupuestos a que se refiere el párrafo anterior, se fija,a partir de 1 de enero de 2003, en 4,27 euros mensuales.

La Tesorería General de la Seguridad Social aplicaráa los conciertos en vigor y a los que se suscriban, apartir de 1 de enero de 2003, la cuota o fracción de cuo-ta, en función de la prestación que en cada uno de ellosse establezca.

La cuota fijada en los párrafos anteriores será de apli-cación, a partir de 1 de enero de 2003, en los ConveniosEspeciales previstos en la Orden de 18 de febrerode 1981, por la que se establece el Convenio en materiade asistencia sanitaria en el Régimen General de la Segu-ridad Social en favor de los españoles emigrantes queretornen al territorio nacional; en el Real Decreto1564/1998, de 17 de julio, por el que se regula el Con-venio Especial de asistencia sanitaria a favor de los tra-bajadores españoles que realizan una actividad por cuen-ta propia en el extranjero, y en el Real Decreto1658/1998, de 24 de julio, por el que se regula el Con-venio Especial en materia de asistencia sanitaria en el

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Régimen General de la Seguridad Social en favor delos españoles residentes en territorio nacional que osten-ten la condición de funcionarios o empleados de orga-nizaciones internacionales intergubernamentales.

b) A partir de 1 de enero de 2003, se fija en 40,70euros mensuales, por beneficiario, la cuota en conceptode asistencia médico-farmacéutica y servicios sociales enlos supuestos previstos en el Decreto 670/1976, de 5de marzo; en la Ley 5/1979, de 18 de septiembre; enla Ley 35/1980, de 26 de junio; en la Ley 6/1982, de29 de marzo, y en el título II de la Ley 37/1984, de 22de octubre; supuestos todos ellos a los que se refiereel artículo 54 de la Ley 37/1988, de 28 de diciembre,de Presupuestos Generales del Estado para 1989.

c) La cuota que corresponde satisfacer en conceptode asistencia sanitaria, a favor de los trabajadores emi-grantes y sus familiares residentes en el territorio nacio-nal a que se refiere el Decreto 1075/1970, de 9 deabril, será, a partir de 1 de enero de 2003, de 51,27euros, de la que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Socia-les se reintegrará, a cargo del trabajador, 7,78 euros.

SECCIÓN 10. COEFICIENTES APLICABLES PARA DETERMINAR LASAPORTACIONES A CARGO DE LAS MUTUAS DE ACCIDENTES DE TRABAJOY ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y EMPRE-SAS COLABORADORAS PARA EL SOSTENIMIENTO DE LOS SERVICIOS

COMUNES Y SOCIALES

Artículo 24. Coeficientes aplicables.

1. Las aportaciones de las Mutuas de Accidentesde Trabajo y Enfermedades Profesionales de la SeguridadSocial al sostenimiento de los Servicios Comunes y Socia-les de la Seguridad Social, a que se refiere el artículo75 del Reglamento General sobre Cotización y Liquida-ción de otros Derechos de la Seguridad Social, aprobadopor Real Decreto 2064/1995, de 22 de diciembre, sedeterminarán aplicando el coeficiente 26,40 por 100.

La Tesorería General de la Seguridad Social aplicaráel coeficiente señalado en el apartado anterior sobrelas cuotas ingresadas que correspondan a cada una delas Mutuas afectadas, una vez descontada la parte rela-tiva al reaseguro obligatorio.

2. Se fija en el 31,30 por 100 el coeficiente paradeterminar la cantidad que deben ingresar las empresasautorizadas a colaborar en la gestión de la asistenciasanitaria e incapacidad temporal derivadas de las con-tingencias de accidentes de trabajo y enfermedades pro-fesionales, en concepto de aportación al sostenimientode los Servicios Comunes y Sociales de la SeguridadSocial y de contribución a los demás gastos generalesy a las exigencias de solidaridad nacional.

El citado coeficiente se aplicará a las cuotas de acci-dentes de trabajo y enfermedades profesionales recau-dadas por incapacidad permanente y muerte y super-vivencia.

SECCIÓN 11. COEFICIENTES APLICABLES PARA DETERMINARLA COTIZACIÓN EN SUPUESTOS DE DESEMPLEO DE NIVEL ASISTENCIAL

Artículo 25. Determinación de los coeficientes.

Para determinar la cotización que corresponda efec-tuar por los trabajadores beneficiarios del subsidio dedesempleo, a que se refiere el artículo 218 del textorefundido de la Ley General de la Seguridad Social, seaplicarán los siguientes coeficientes reductores, a dedu-cir de la cuota íntegra resultante:

a) En los supuestos previstos en el número 1 dedicho precepto, el 0,69.

b) En los supuestos previstos en los números 2 y 3del mismo artículo, el 0,35.

SECCIÓN 12. COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIALEN LOS CONTRATOS TEMPORALES DE CORTA DURACIÓN

Artículo 26. Incremento en la cuota empresarial porcontingencias comunes.

En los contratos de carácter temporal cuya duraciónefectiva sea inferior a siete días, la cuota empresariala la Seguridad Social por contingencias comunes seincrementará en un 36 por 100. Dicho incremento noserá de aplicación a los contratos de interinidad.

CAPÍTULO II

Cotización para Desempleo, Fondo de Garantía Salarialy Formación Profesional

Artículo 27. Bases y tipos de cotización.

1. La base de cotización para Desempleo, Fondode Garantía Salarial y Formación Profesional, en todoslos Regímenes de la Seguridad Social que tengan cubier-tas tales contingencias, a excepción del Régimen Espe-cial Agrario, será la correspondiente a las contingenciasde accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

Con independencia de su inclusión en la base de coti-zación por desempleo, en el cálculo de la base reguladorade la prestación se excluirá la retribución por horasextraordinarias, según dispone el apartado 1 del artículo211 del texto refundido de la Ley General de la SeguridadSocial.

2. Los tipos de cotización para Desempleo, Fondode Garantía Salarial y Formación Profesional serán, apartir de 1 de enero de 2003, los siguientes:

2.1 Desempleo:2.1.1 Contratación indefinida, incluidos los contra-

tos indefinidos a tiempo parcial y fijos discontinuos, asícomo la contratación de duración determinada en lasmodalidades de contratos formativos en prácticas, deinserción, de relevo, de interinidad y contratos, cualquie-ra que sea la modalidad utilizada, realizados con tra-bajadores discapacitados que tengan reconocido un gra-do de minusvalía no inferior al 33 por 100: 7,55 por100, del que el 6,00 por 100 será a cargo de la empresay el 1,55 por 100 a cargo del trabajador.

2.1.2 Contratación de duración determinada:2.1.2.1 Contratación de duración determinada a

tiempo completo: 8,30 por 100, del que el 6,70 por100 será a cargo del empresario y el 1,60 por 100a cargo del trabajador.

2.1.2.2 Contratación de duración determinada atiempo parcial: 9,30 por 100, del que el 7,70 por 100será a cargo del empresario y el 1,60 por 100 a cargodel trabajador.

Cuando la contratación de duración determinada, atiempo completo o parcial, se realice por empresas detrabajo temporal para poner a disposición de las empre-sas usuarias a los trabajadores contratados: 9,30 por100, del que el 7,70 por 100 será a cargo del empresarioy el 1,60 por 100 a cargo del trabajador. Si el contratose celebra con un trabajador que tenga reconocido ungrado de minusvalía no inferior al 33 por 100 se aplicaráel tipo previsto en el apartado 2.1.1 anterior.

2.1.3 Transformación de la contratación de dura-ción determinada en contratación de duración indefini-da.—Cuando el contrato de duración determinada, a tiem-po completo o parcial, se transforme en un contratode duración indefinida se aplicará el tipo de cotizaciónprevisto en el apartado 2.1.1 anterior desde el día dela fecha de la transformación.

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4312 Sábado 1 febrero 2003 BOE núm. 28

2.1.4 Socios trabajadores y de trabajo de las coo-perativas.—Los socios trabajadores de las cooperativasde trabajo asociado, los socios trabajadores de las coo-perativas de explotación comunitaria de la tierra, asícomo los socios de trabajo de las cooperativas, incluidosen Regímenes de Seguridad Social que tienen previstala cotización por desempleo, cotizarán al tipo previstoen el apartado 2.1.1 anterior.

2.1.5 Colectivos con una relación de servicios decarácter temporal con las Administraciones, los Serviciosde Salud o las Fuerzas Armadas.—Los funcionarios deempleo de las Administraciones Públicas, el personal connombramiento estatutario temporal de los Servicios deSalud, los militares de complemento y los militares detropa y marinería de las Fuerzas Armadas que mantienenuna relación de servicios de carácter temporal, cotizaránsegún lo previsto en el apartado 2.1.1 anterior si esosservicios son de interinidad o sustitución, y según loprevisto en el apartado 2.1.2 anterior si esos serviciosson de carácter eventual

2.1.6 Reconocimiento de minusvalía durante lavigencia del contrato de duración determinada.—El tipode cotización previsto en el apartado 2.1.2 anterior semodificará por el establecido en el apartado 2.1.1 ante-rior a partir de la fecha en que se reconozca al trabajadorun grado de minusvalía no inferior al 33 por 100.

2.1.7 Representantes de comercio que prestenservicios para varias empresas.—A los representantes decomercio que presten servicios como tales para variasempresas les será de aplicación el tipo de cotizaciónpor desempleo que corresponda a cada contratación.

2.1.8 Internos que trabajen en talleres penitencia-rios.—A los penados que realicen actividades laboralesen talleres penitenciarios les será de aplicación el tipoprevisto en el apartado 2.1.1 anterior.

2.2 Fondo de Garantía Salarial: El 0,40 por 100,a cargo de la empresa.

2.3 Formación Profesional: El 0,70 por 100, del queel 0,60 por 100 será a cargo de la empresa, y el 0,10por 100 a cargo del trabajador.

Artículo 28. Bases y tipos en el Régimen Especial Agra-rio de la Seguridad Social.

1. La cotización para la contingencia de Desempleode los trabajadores por cuenta ajena, tanto de carácterfijo como eventual, incluidos en el Régimen EspecialAgrario de la Seguridad Social, se obtendrá aplicandoa la base mensual de cotización por jornadas reales,constituida por la suma correspondiente de las basesdiarias fijadas en el apartado 5 del artículo 13 de lapresente Orden, los siguientes tipos:

Para los trabajadores por cuenta ajena de carácterfijo, el 7,55 por 100, del que el 6,00 por 100 será acargo de la empresa y el 1,55 por 100 a cargo deltrabajador.

Para los trabajadores por cuenta ajena de caráctereventual, el 8,30 por 100, del que el 6,70 por 100 seráa cargo de la empresa y el 1,60 por 100 a cargo deltrabajador.

No obstante lo dispuesto en el párrafo inmediato ante-rior, cuando se trate de contratos de duración deter-minada o para trabajadores discapacitados a que se refie-re el apartado 2.1.1 del artículo 27 de esta Orden, eltipo aplicable será el 7,55 por 100, del que el 6,00por 100 será a cargo de la empresa y el 1,55 por 100a cargo del trabajador.

Se aplicarán en todo caso los tipos establecidos enel último párrafo del apartado 2.1.2 del artículo 27 dela presente Orden, cuando la contratación de duración

determinada se realice por empresas de trabajo temporalpara poner a disposición de las empresas usuarias alos trabajadores contratados.

2. Respecto a la cotización para la contingencia deDesempleo de los trabajadores eventuales, la cuota aingresar tanto por los mismos como por los empresariosse reducirá en un 70 por 100, de acuerdo con lo dis-puesto en el apartado 1.1 del artículo 4 de la Ley45/2002, de 12 de diciembre, de Medidas Urgentespara la Reforma del Sistema de Protección por Desem-pleo y Mejora de la Ocupabilidad, así como en el apartadoNueve.2.A) del artículo 81 de la Ley 52/2002, de 30de diciembre.

3. La cotización a favor del Fondo de Garantía Sala-rial de los trabajadores por cuenta ajena, incluidos eneste Régimen Especial, se obtendrá aplicando a la basemensual de cotización por jornadas reales el 0,40 por100, a cargo exclusivo de la empresa.

Artículo 29. Normas aplicables en el Régimen Especialde los Trabajadores del Mar.

En el Régimen Especial de la Seguridad Social delos Trabajadores del Mar, a la base de cotización paraDesempleo, determinada conforme a lo dispuesto en elartículo 27 de la presente Orden, le serán de aplicaciónlos coeficientes correctores a los que se refieren el apar-tado 6 del artículo 19 del texto refundido aprobado porDecreto 2864/1974, de 30 de agosto, y la Orden de 22de noviembre de 1974, sin perjuicio de lo señalado enel artículo 16 de esta Orden.

CAPÍTULO III

Cotización en los supuestos de contratos a tiempoparcial

Artículo 30. Bases de cotización.

1. La cotización a la Seguridad Social, Desempleo,Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional deri-vada de los contratos de trabajo a tiempo parcial, seefectuará en razón de la remuneración efectivamentepercibida en función de las horas trabajadas en el mesque se considere.

2. Para determinar la base de cotización mensualcorrespondiente a las contingencias comunes, se apli-carán las siguientes normas:

Primera.—Se computará la remuneración devengadapor las horas ordinarias y complementarias en el mesa que se refiere la cotización, cualquiera que sea suforma o denominación, con independencia de que hayasido satisfecha diaria, semanal o mensualmente.

Segunda.—A dicha remuneración se adicionará la par-te proporcional que corresponda en concepto de des-canso semanal y festivos, pagas extraordinarias y aque-llos otros conceptos retributivos que tengan una perio-dicidad en su devengo superior a la mensual o que notengan carácter periódico y se satisfagan dentro delaño 2003.

Tercera.—Si la base de cotización mensual, calculadaconforme a las normas anteriores, fuese inferior a lasbases mínimas que resulten de lo dispuesto en los ar-tículos 31 y 32 de esta Orden o superior a las máximasestablecidas con carácter general para los distintos gru-pos de categorías profesionales, se tomarán éstas oaquéllas, respectivamente, como bases de cotización.

3. Para determinar la base de cotización por las con-tingencias de accidentes de trabajo y enfermedades pro-fesionales, así como para Desempleo, Fondo de GarantíaSalarial y Formación Profesional, se computará, asimis-

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mo, la remuneración correspondiente a las horas extraor-dinarias realizadas motivadas por fuerza mayor, tenién-dose en cuenta las normas primera y segunda del apar-tado anterior. En ningún caso, la base así obtenida podráser superior, a partir de 1 de enero de 2003, al topemáximo señalado en el apartado 1 del artículo 2, niinferior a 2,62 euros por cada hora trabajada.

Con independencia de su inclusión en la base de coti-zación por desempleo, en el cálculo de la base reguladorade la prestación se excluirá la retribución por estas horasextraordinarias, según dispone el apartado 1 del artículo211 del texto refundido de la Ley General de la SeguridadSocial.

4. Conforme a lo dispuesto en el artículo 81 de laLey 52/2002, de 30 de diciembre, la remuneración queobtengan los trabajadores a tiempo parcial por el con-cepto de horas extraordinarias motivadas por fuerzamayor, a las que se refiere el artículo 35.3 de la Leydel Estatuto de los Trabajadores, queda sujeta a la coti-zación adicional regulada en el artículo 5 de la presenteOrden.

Artículo 31. Base mínima de cotización mensual.

La base mínima mensual de cotización será el resul-tado de multiplicar el número de horas realmente tra-bajadas por la base horaria que se establece en el artículosiguiente.

Artículo 32. Bases mínimas por horas.

A partir de 1 de enero de 2003, las bases mínimasde cotización por contingencias comunes aplicables alos contratos de trabajo a tiempo parcial serán lassiguientes:

Basemínimapor hora

—Euros

Grupode

cotizaciónCategorías profesionales

1 Ingenieros y Licenciados. Personal de altadirección no incluido en el artícu-lo 1.3.c) del Estatuto de los Trabaja-dores . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3,93

2 Ingenieros Técnicos, Peritos y Ayudan-tes Titulados . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3,25

3 Jefes Administrativos y de Taller . . . . . . . 2,834 Ayudantes no Titulados . . . . . . . . . . . . . . . . . 2,625 Oficiales Administrativos . . . . . . . . . . . . . . . . 2,626 Subalternos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2,627 Auxiliares Administrativos . . . . . . . . . . . . . . . 2,628 Oficiales de primera y segunda . . . . . . . . . 2,629 Oficiales de tercera y Especialistas . . . . . 2,62

10 Trabajadores mayores de dieciochoaños no cualificados . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2,62

11 Trabajadores menores de dieciochoaños, cualquiera que sea su categoríaprofesional . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2,62

Artículo 33. Cotización en los supuestos de incapaci-dad temporal, riesgo durante el embarazo y mater-nidad.

Durante las situaciones de incapacidad temporal, ries-go durante el embarazo y maternidad, la base diaria decotización será el resultado de dividir la suma de lasbases de cotización acreditadas en la empresa durante

los tres meses inmediatamente anteriores a la fecha delhecho causante entre el número de días efectivamentetrabajados y, por tanto, cotizados en dicho período. Estabase se aplicará exclusivamente a los días en que eltrabajador hubiera estado obligado a prestar serviciosefectivos en la empresa, de no hallarse en alguna delas situaciones anteriores.

Artículo 34. Cotización en la situación de pluriempleo.

Cuando el trabajador preste sus servicios en dos omás empresas en régimen de contratación a tiempo par-cial, cada una de ellas cotizará en razón de la remu-neración que le abone. Si la suma de las retribucionespercibidas sobrepasase el tope máximo de cotizacióna la Seguridad Social, éste se distribuirá en proporcióna las abonadas al trabajador en cada una de las empre-sas.

Artículo 35. Cotización en los supuestos de trabajo con-centrado en períodos inferiores a los de alta.

1. De acuerdo con lo dispuesto en el apartado 3del artículo 65 del Reglamento General sobre Cotizacióny Liquidación de otros Derechos de la Seguridad Social,en la redacción dada por la disposición adicional terceradel Real Decreto 1131/2002, de 31 de octubre, porel que se regula la Seguridad Social de los trabajadorescontratados a tiempo parcial, así como la jubilación par-cial, en aquellos supuestos en que los trabajadores hayanacordado con su empresa que la totalidad de las horasde trabajo que anualmente deben realizar se prestenen determinados períodos de cada año, percibiendotodas las remuneraciones anuales o las correspondientesal período inferior de que se trate, en esos períodosde trabajo concentrado, existiendo períodos de inacti-vidad superiores al mensual, la cotización a la SeguridadSocial se efectuará de acuerdo con las siguientes reglas:

1.a La base de cotización se determinará al cele-brarse el contrato de trabajo y al inicio de cada añoen que el trabajador se encuentre en dicha situación,computando el importe total de las remuneraciones quetenga derecho a percibir el trabajador a tiempo parcialen ese año, con exclusión en todo caso de los importescorrespondientes a los conceptos no computables enla base de cotización a la Seguridad Social de acuerdocon lo establecido en el artículo 23 del Reglamento Gene-ral sobre Cotización y Liquidación de otros Derechosde la Seguridad Social y demás disposiciones comple-mentarias.

2.a El importe obtenido se prorrateará entre los docemeses del año o del período inferior de que se trate,determinándose de este modo la cuantía de la base decotización correspondiente a cada uno de los mismosy con independencia de que las remuneraciones se per-ciban íntegramente en los períodos de trabajo concen-trado o de forma prorrateada a lo largo del año o períodoinferior respectivo.

3.a La base mensual de cotización, calculada con-forme a las reglas anteriores, no podrá ser inferior alimporte de las bases mínimas que resulten de lo dis-puesto en los artículos 31 y 32 de esta Orden.

4.a Si al final del ejercicio o período inferior de quese trate, el trabajador con contrato a tiempo parcial, sub-sistiendo su relación laboral, hubiese percibido remu-neraciones por importe distinto al inicialmente conside-rado en ese año o período para determinar la base men-sual de cotización durante el mismo, conforme a lasreglas 1.a a 3.a anteriores, se procederá a realizar lacorrespondiente regularización. A tal efecto, el empre-sario deberá o bien practicar la correspondiente liqui-dación complementaria de cuotas por las diferencias en

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más y efectuar el pago dentro del mes de enero delaño siguiente o del mes siguiente a aquel en que seextinga la relación laboral o bien solicitar, en su caso,la devolución de las cuotas que resulten indebidamenteingresadas.

5.a Asimismo, la Administración de la SeguridadSocial podrá efectuar de oficio las liquidaciones de cuo-tas y acordar las devoluciones solicitadas que sean pro-cedentes, en especial, en los supuestos de extinción dela relación laboral de estos trabajadores con contratoa tiempo parcial por jubilación ordinaria o anticipada,por reconocimiento de la pensión por incapacidad per-manente, por fallecimiento o por cualquier otra causa,con la consiguiente baja en el Régimen correspondientede la Seguridad Social y cese en la obligación de cotizar.

2. Lo previsto en el apartado anterior no será deaplicación a los trabajadores fijos-discontinuos a que serefiere el artículo 15.8 de la Ley del Estatuto de losTrabajadores, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado3 de la disposición adicional tercera del Real Decreto1131/2002, de 31 de octubre.

Artículo 36. Cotización en el Régimen Especial Agrarioen los supuestos de contratos a tiempo parcial.

Lo dispuesto en este Capítulo no será de aplicaciónpara la determinación de la cotización, en función delas jornadas reales realizadas, de los trabajadores porcuenta ajena incluidos en el campo de aplicación delRégimen Especial Agrario de la Seguridad Social, con-tratados a tiempo parcial, respecto de los cuales se estaráa lo establecido en el apartado 5 del artículo 13 dela presente Orden.

CAPÍTULO IV

Cotización en los contratos para la formación y deaprendizaje

Artículo 37. Determinación de las cuotas.

1. De conformidad con lo establecido en el apartadodiez del artículo 81 de la Ley 52/2002, de 30 de diciem-bre, de Presupuestos Generales del Estado para el año2003, la cotización a la Seguridad Social y demás con-tingencias protegidas por los trabajadores que hubierancelebrado un contrato para la formación, o de apren-dizaje con anterioridad a 17 de mayo de 1997, se efec-tuará, durante el año 2003, de acuerdo con lo siguiente:

a) La cotización a la Seguridad Social consistirá enuna cuota única mensual, distribuida de la siguienteforma:

En los contratos para la formación, 30,37 euros porcontingencias comunes, de los que 25,32 euros corres-ponderán al empresario y 5,05 euros al trabajador.

En los contratos de aprendizaje, 24,78 euros por con-tingencias comunes, de los que 20,67 euros correspon-derán al empresario y 4,11 euros al trabajador.

En ambas modalidades de contratos, 3,49 euros porcontingencias profesionales, a cargo del empresario, delos que 1,96 euros corresponderán a incapacidad tem-poral y 1,53 euros a incapacidad permanente, muertey supervivencia.

b) La cuota al Fondo de Garantía Salarial será de1,94 euros/mes, a cargo del empresario.

c) A efectos de cotización por Formación Profesio-nal, se abonará una cuota mensual de 1,07 euros, delos que 0,93 euros corresponderán al empresario y 0,14euros al trabajador.

2. Las retribuciones que perciban los trabajadoresque hubieran celebrado un contrato para la formación,o de aprendizaje, en concepto de horas extraordinarias,estarán sujetas a la cotización adicional regulada en elartículo 5 de esta Orden.

Disposición adicional primera. Cotización en lossupuestos de abono de salarios con carácter retroac-tivo.

1. Cuando hayan de abonarse salarios con carácterretroactivo, el ingreso de las liquidaciones que hayande efectuarse a la Seguridad Social, Desempleo, Fondode Garantía Salarial y Formación Profesional, como con-secuencia de los mismos, se realizará en los plazos seña-lados en el artículo 66.3 de la Orden de 26 de mayode 1999, por la que se desarrolla el Reglamento Generalde Recaudación de los Recursos del Sistema de la Segu-ridad Social, aprobado por el Real Decreto 1637/1995,de 6 de octubre.

En dichos supuestos, el ingreso se efectuará mediantela correspondiente liquidación complementaria, a cuyofin se tomarán las bases, topes, tipos y condiciones vigen-tes en los meses a que los citados salarios correspondan.

2. De igual forma se liquidarán aquellas gratifica-ciones que no puedan ser objeto de cuantificación anti-cipada total o parcialmente, a efectos del prorrateo esta-blecido en el artículo 1 de la presente Orden, a cuyofin las empresas deberán formalizar una liquidación com-plementaria por las diferencias de cotización relativasa los meses del año ya transcurridos, e incrementar,en la parte que corresponda, las cotizaciones pendientesde ingresar durante el ejercicio económico del año 2003.

3. Las liquidaciones complementarias a que se refie-ren los números anteriores se confeccionarán con detalleseparado de cada uno de los meses transcurridos.

Disposición adicional segunda. Cotización por percep-ciones correspondientes a vacaciones devengadas yno disfrutadas.

Las percepciones correspondientes a vacacionesanuales devengadas y no disfrutadas y que sean retri-buidas a la finalización de la relación laboral serán objetode liquidación y cotización complementaria a la del mesde la extinción del contrato.

La liquidación y cotización complementaria compren-derán los días de duración de las vacaciones aun cuandoalcancen también el siguiente mes natural o se inicieuna nueva relación laboral durante los mismos, sinprorrateo alguno y con aplicación, en su caso, del topemáximo de cotización correspondiente al mes o mesesque resulten afectados.

No obstante lo establecido en el párrafo anterior, enlos supuestos en que, mediante ley o en ejecución dela misma, se establezca que la remuneración a percibirpor el trabajador deba incluir la parte proporcional corres-pondiente a las vacaciones devengadas, se aplicarán lasnormas generales de cotización.

Disposición adicional tercera. Cotización por contin-gencias profesionales en los supuestos de suspensiónde la relación laboral o percepción de prestacionespor desempleo parcial.

1. La cotización por accidentes de trabajo y enfer-medades profesionales por aquellos trabajadores quetengan suspendida la relación laboral por causas eco-nómicas, técnicas, organizativas o de producción o deri-vadas de fuerza mayor, a que se refiere el artículo 47del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Tra-bajadores, que se encuentren en situación de desempleo

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total, se efectuará aplicando los porcentajes correspon-dientes al epígrafe 126 de la tarifa de primas vigente,cualquiera que fuese la categoría profesional y la acti-vidad del trabajador.

2. El epígrafe señalado en el número anterior seráde aplicación también en los supuestos de trabajadoresque vinieran percibiendo prestaciones por desempleoparcial, por reducción temporal de la jornada ordinariade trabajo basada en las causas citadas, a cuyo fin aquélse aplicará a la fracción de la base de cotización pordichas contingencias correspondiente a la parte de jor-nada que dejen de realizar.

Disposición adicional cuarta. Cotización en los supues-tos de guarda legal o cuidado directo de un familiar.

La cotización por los trabajadores que, por razonesde guarda legal o cuidado directo de un familiar, y envirtud de lo dispuesto en el apartado 5 del artículo 37del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Tra-bajadores, realicen una jornada reducida, se efectuaráen función de las retribuciones que perciban sin que,en ningún caso, la base de cotización pueda ser inferiora la cantidad resultante de multiplicar las horas real-mente trabajadas en el mes a que se refiere la cotizaciónpor las bases mínimas horarias señaladas en el artícu-lo 32 de esta Orden.

Disposición adicional quinta. Cotización en el RégimenEspecial para la Minería del Carbón.

1. La cotización por contingencias comunes, respec-to de los trabajadores pertenecientes a categorías o espe-cialidades profesionales de nueva creación, que no ten-gan asignada la correspondiente base normalizada, yhasta que ésta se determine, se realizará en función dela base de cotización por accidentes de trabajo y enfer-medades profesionales.

Este criterio será también de aplicación a los supues-tos de categorías o especialidades profesionales que,habiendo desaparecido, vuelvan a crearse de nuevo.

2. La cotización en el Convenio Especial suscritoen el Régimen Especial para la Minería del Carbón, seefectuará del siguiente modo:

2.1 Categorías o especialidades profesionales quetienen fijada base normalizada de cotización, en elmomento de suscripción del Convenio Especial.

En los supuestos señalados, se aplicarán las siguien-tes reglas:

Primera.—La base inicial de cotización correspondien-te al Convenio Especial será la base normalizada vigenteen el momento de la suscripción del Convenio, para lacategoría o especialidad profesional a la que pertenecíael trabajador. Las sucesivas bases de cotización seránequivalentes a las bases normalizadas que, en cada ejer-cicio económico, se fijen para la respectiva categoríao especialidad profesional.

Segunda.—Si la base normalizada de la categoría oespecialidad profesional de que se trate tuviese, en elejercicio económico correspondiente, un importe inferiora la base del Convenio Especial, ésta permanecerá inal-terable hasta que la base normalizada que se fije seade una cuantía igual o superior a la del Convenio Especial.

Tercera.—En el supuesto de que desaparezca la cate-goría o especialidad profesional a la que perteneció, ensu momento, el trabajador que suscribió el ConvenioEspecial, la base de cotización del Convenio Especialpodrá ser actualizada de acuerdo con lo establecido enel apartado 4 del artículo 6.o de la Orden de 18 dejulio de 1991, por la que se regula el Convenio Especialen el sistema de la Seguridad Social, pudiendo incre-

mentarse dicha base, como máximo, en el porcentajede variación de la base mínima de cotización en el Régi-men General.

A partir del momento en que vuelva a fijarse la basenormalizada de cotización para la categoría o especia-lidad profesional correspondiente, al crearse de nuevo,la base de cotización en el Convenio Especial será dichabase normalizada, sin perjuicio de lo señalado en la reglasegunda.

2.2 Categorías o especialidades profesionales denueva creación, que no tienen fijada base normalizada,en el momento de la suscripción del Convenio Especial.

En los supuestos indicados, la base de cotización,en el momento de suscripción del Convenio Especial,será la que resulte de aplicar el procedimiento estable-cido en el párrafo b) del apartado 3 del artículo 6.o dela Orden de 18 de julio de 1991. La base inicial, asídeterminada, será sustituida por la base normalizada que,para la categoría o especialidad profesional, se fije porel Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

3. A efectos de determinar la cotización por los pen-sionistas de incapacidad permanente, en los supuestosreferidos en los artículos 20 y 22 de la Orden de 3de abril de 1973, para la aplicación y desarrollo delDecreto 298/1973, de 8 de febrero, y cuando no existabase normalizada de cotización correspondiente a lacategoría o especialidad profesional que ocupaban lospensionistas, en todos o en alguno de los períodos quehan de tomarse en cuenta para el cálculo de la pensiónde jubilación y a efectos de determinar las cantidadesa deducir de la pensión de jubilación, se aplicarán lassiguientes reglas:

Primera.—Se tendrá en cuenta, como base de coti-zación y por los períodos indicados, la base de cotizaciónfijada para la categoría o especialidad profesional deque se trate, antes de su desaparición.

Segunda.—La citada base de cotización se incremen-tará aplicando a la misma el porcentaje de incrementoque haya experimentado la base mínima de cotizaciónen el Régimen General, correspondiente al grupo de coti-zación en que estuviese encuadrada la categoría o espe-cialidad profesional a las que perteneciese, en su momen-to, el trabajador.

Disposición adicional sexta. Cotización por contingen-cias profesionales de los trabajadores desempleadosque realicen trabajos de colaboración social.

1. De acuerdo con lo establecido en la disposiciónadicional quinta del Reglamento General sobre Cotiza-ción y Liquidación de otros Derechos de la SeguridadSocial, las Administraciones Públicas que, conforme alo establecido en el artículo 38 del Real Decreto1445/1982, de 25 de junio, en la redacción dada porel Real Decreto 1809/1986, de 28 de junio, utilicentrabajadores desempleados para la realización de tra-bajos de colaboración social, vendrán obligadas a for-malizar la cobertura de las contingencias de accidentesde trabajo y enfermedades profesionales por dichos tra-bajadores, y a ingresar las cuotas correspondientes alas citadas contingencias.

2. La base de cotización por las contingencias seña-ladas en el número anterior se calculará conforme alpromedio de la base de cotización por dichas contin-gencias, en los últimos seis meses de ocupación efectiva,sin perjuicio de la aplicación, en su caso, de lo previstoen los apartados 3 y 4 del artículo 8 de la presenteOrden.

En los supuestos de trabajadores perceptores del sub-sidio de desempleo, la base de cotización será equiva-

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lente al tope mínimo de cotización a que se refiere elartículo 2 de la presente Orden.

3. A la base de cotización, calculada de conformidadcon lo previsto en el apartado anterior, se aplicará eltipo de cotización del 1,50 por 100, del que el 0,80por 100 corresponderá a la incapacidad temporal y el0,70 por 100 a Incapacidad Permanente, Muerte ySupervivencia.

Disposición adicional séptima. Cotización por los sala-rios de tramitación.

De acuerdo con lo dispuesto en el apartado 6 delartículo 209 del texto refundido de la Ley General dela Seguridad Social, en la redacción dada por el artículoprimero de la Ley 45/2002, de 12 de diciembre, deMedidas Urgentes para la Reforma del Sistema de Pro-tección por Desempleo y Mejora de la Ocupabilidad, elempresario es el sujeto responsable del cumplimientode la obligación de cotizar por los salarios de tramitaciónen los supuestos a que se refiere el artículo 56 del textorefundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores,sin perjuicio de su derecho a reclamar del Estado elimporte de dichos salarios y demás compensaciones quepudieran corresponderle, en los términos previstos enel artículo 57, apartado 2, de dicha Ley, y en el RealDecreto 924/1982, de 17 de abril, sobre reclamacionesal Estado por salarios de tramitación en juicios de des-pido, y demás disposiciones complementarias.

El ingreso de las cuotas correspondientes se efectuaráen el plazo previsto en el artículo 66.3.2 de la Ordende 26 de mayo de 1999.

Disposición adicional octava. Cotización en supuestosde Convenio Especial suscritos por perceptores desubsidio de desempleo.

En los supuestos a los que se refiere el apartado d)del artículo 21 de la presente Orden, si el Convenio Espe-cial se hubiera suscrito con anterioridad a 1 de enerode 1998, o trajera su causa de Expedientes de Regu-lación de Empleo autorizados con anterioridad a esa mis-ma fecha, se aplicarán los siguientes coeficientes:

Por la totalidad de la base de cotización elegida porel interesado, para la cobertura de las contingencias deincapacidad permanente, muerte y supervivencia, el0,33.

Por la diferencia entre dicha base de cotización ele-gida y aquella por la que cotice en cada momento elInstituto Nacional de Empleo, para la cobertura de lacontingencia de jubilación, el 0,40.

Disposición adicional novena. Código de cuenta decotización para Consejeros y Administradores desociedades mercantiles capitalistas y de sociedadeslaborales.

Para la inclusión en el Régimen de la Seguridad Socialque corresponda de los Consejeros y Administradoresde sociedades mercantiles capitalistas y de sociedadeslaborales, asimilados a trabajadores por cuenta ajenapor el artículo 97.2.k) de la Ley General de la SeguridadSocial y por el artículo 21.2 de la Ley 4/1997, de 24de marzo, de Sociedades Laborales, en la redacción efec-tuada por los artículos 34 y 22 de las Leyes 50/1998,de 30 de diciembre, y 55/1999, de 29 de diciembre,de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Socialpara los años 1999 y 2000, respectivamente, las empre-sas deberán solicitar un código de cuenta de cotizaciónespecífico.

Disposición adicional décima. Cotización en el sistemaespecial para las tareas de manipulado y empaque-tado de tomate fresco dentro del Régimen Generalde la Seguridad Social.

La cuota por tonelada de tomate fresco empaquetadoo fracción de 500 o más kilogramos queda fijada en1,05 euros.

Disposición adicional undécima. Tipo de cotización ensupuestos especiales.

1. El tipo de cotización por incapacidad temporalderivada de contingencias comunes en los supuestosa que se refiere el artículo 112 bis de la Ley Generalde la Seguridad Social, en la redacción dada por el ar-tículo 40 de la Ley 53/2002, de 30 de diciembre, deMedidas Fiscales, Administrativas y del Orden Socialpara 2003, será el 1,70 por 100, del que el 1,42 por100 será a cargo de la empresa y el 0,28 por 100 acargo del trabajador.

2. El tipo de cotización por incapacidad temporalen los supuestos a que se refiere la disposición adicionaltrigésima segunda de la Ley General de la SeguridadSocial, en la redacción dada por el artículo 13 de laLey 35/2002, de 12 de julio, de Medidas para el Esta-blecimiento de un Sistema de Jubilación Gradual y Flexi-ble, será el 1,80 por 100.

3. A efectos de la aplicación de lo previsto en elartículo 47.Tres.8 de la Ley 53/2002, de 30 de diciem-bre, las bonificaciones para los trabajadores con sesentao más años se determinarán sobre las cuotas resultantesde aplicar a la correspondiente base de cotización eltipo de cotización del 22,18 por 100.

Disposición adicional duodécima. Cotización en loscasos de compatibilidad de la maternidad con perío-dos de descanso en régimen de jornada a tiempoparcial.

Cuando se compatibilice la percepción del subsidiopor maternidad con el disfrute de los períodos de des-canso en régimen de jornada a tiempo parcial, la basede cotización vendrá determinada por los dos sumandossiguientes:

a) Base reguladora del subsidio, reducida en pro-porción inversa a la reducción que haya experimentadola jornada laboral.

b) Remuneraciones sujetas a cotización, en propor-ción a la jornada efectivamente realizada.

A efectos de cotización por accidentes de trabajoy enfermedades profesionales respecto de los trabaja-dores por cuenta ajena, se aplicarán los porcentajes quecorrespondan a cada uno de los sumandos anteriormen-te indicados.

Disposición transitoria primera. Opción de bases decotización, en determinados supuestos, en el Régi-men Especial de Trabajadores por Cuenta Propia oAutónomos.

Los trabajadores comprendidos en el Régimen Espe-cial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuen-ta Propia o Autónomos que, en la fecha de surtir efectoslas nuevas bases de cotización establecidas por el artícu-lo 81 de la Ley 52/2002, de 30 de diciembre, de Pre-supuestos Generales del Estado para el año 2003, hubie-ran optado por las bases máximas permitidas hasta esemomento, podrán elegir, hasta el último día del messiguiente al de la publicación de la presente Orden en

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el «Boletín Oficial del Estado», cualquier base de coti-zación de las comprendidas entre aquélla por la quevinieran cotizando y el límite máximo que les sea deaplicación. La nueva base elegida surtirá efectos a partirde 1 de enero de 2003.

Disposición transitoria segunda. Ingreso de diferenciasde cotización.

1. Las diferencias de cotización que se hubieranpodido producir por la aplicación de lo dispuesto en estaOrden respecto de las cotizaciones que, a partir de 1de enero de 2003, se hubieran efectuado, podrán seringresadas, sin recargo de mora, en el plazo que finalizael último día del segundo mes siguiente al de la publi-cación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado».

2. Asimismo, las diferencias de cotización que seproduzcan como consecuencia de lo que se estableceen la disposición transitoria primera, cuando los traba-jadores a los que se refiere la misma opten por unabase de cotización superior a aquella por la que vinierencotizando, se podrán ingresar, sin recargo de mora, hastael último día del mes siguiente a aquel en que finaliceel plazo de opción que se fija en la disposición señalada.

Disposición transitoria tercera. Determinación provisio-nal de las bases de cotización aplicables en los Regí-menes Especiales de la Seguridad Social de los Tra-bajadores del Mar y para la Minería del Carbón.

La cotización por los trabajadores incluidos en losgrupos segundo y tercero del Régimen Especial de laSeguridad Social de los Trabajadores del Mar, respectode todas las contingencias, y por los trabajadores inclui-dos en el Régimen Especial de la Seguridad Social parala Minería del Carbón, respecto de contingencias comu-nes, se efectuará sobre las bases establecidas para 2002,hasta que, de conformidad con lo dispuesto en el artícu-lo 81, apartados 6 y 7, de la Ley 52/2002, de 30 dediciembre, se aprueben las bases de cotización que hande regir en el presente ejercicio, sin perjuicio de las regu-larizaciones a que, con posterioridad, hubiere lugar.

Disposición transitoria cuarta. Declaración de actuacio-nes de los artistas y de los profesionales taurinos.

Los profesionales taurinos y los artistas deberán for-malizar la declaración anual de actuaciones realizadascorrespondientes al ejercicio 2002 dentro del plazo quefinalizará el último día del mes siguiente al de la publi-cación de la presente Orden en el «Boletín Oficial delEstado».

Disposición transitoria quinta. Regularización de coti-zaciones respecto de los trabajadores a tiempo parcialcon trabajo concentrado.

Según establece la disposición transitoria única delReal Decreto 1131/2002, de 31 de octubre, por el quese regula la Seguridad Social de los trabajadores con-tratados a tiempo parcial, así como la jubilación parcial,las cotizaciones efectuadas con anterioridad al 28 denoviembre de 2002, fecha de la entrada en vigor dela norma, en forma distinta a la indicada en la misma,deberán ser regularizadas por los empresarios de acuer-do con las normas que se establecen en el artículo 35de la presente Orden, mediante una liquidación de cuotasque comprenda la totalidad del período, y que tendráel carácter de complementaria si, como consecuenciade las remuneraciones abonadas por los períodos de

trabajo concentrado, hubieran quedado exentos deter-minados importes de la obligación de cotizar, siempreque la liquidación de cuotas y el ingreso de la liquidacióncomplementaria, en su caso, se realice dentro de losdos meses siguientes a la fecha antes indicada de entra-da en vigor del citado Real Decreto, y sin perjuicio dela aplicación del plazo de prescripción establecido.

Disposición final primera. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor al día siguientede su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», conefectos desde el día 1 de enero de 2003.

Disposición final segunda. Facultades de aplicación ydesarrollo.

Se faculta a la Dirección General de Ordenación Eco-nómica de la Seguridad Social para resolver cuantascuestiones de índole general puedan plantearse en laaplicación de la presente Orden.

Madrid, 31 de enero de 2003.

ZAPLANA HERNÁNDEZ-SORO

Excmo. Sr. Secretario de Estado de la Seguridad Sociale Ilmos. Sres. Subsecretario y Secretario general deEmpleo.

MINISTERIO DE ECONOMÍA

2100 RESOLUCIÓN de 29 de enero de 2003, delComisionado para el Mercado de Tabacos, porla que se publican los precios de venta al públi-co de determinadas labores de tabaco enexpendedurías de tabaco y timbre del áreadel monopolio.

En virtud de lo establecido en el artículo 4 de laLey 13/1998, de Ordenación del Mercado de Tabacos,se publican los precios de venta al público de deter-minadas labores de tabaco en expendedurías de tabacoy timbre del área del monopolio, que han sido propuestospor los correspondientes fabricantes e importadores.

Primero.—Los precios de venta al público de las labo-res de tabaco que se indican a continuación, incluidoslos diferentes tributos, en expendedurías de tabaco ytimbre de la península e Illes Balears, serán los siguientes:

Precio totalde ventaal público

—Euros/cajetilla

A) CigarrillosB.N. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1,75B.N. Ultra Lights . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1,75Boncalo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1,70Davidoff Internacional . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2,35Davidoff K.S. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2,30Ducados . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1,70Ducados 25 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2,10Ducados Lights . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1,70

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4318 Sábado 1 febrero 2003 BOE núm. 28

Precio totalde ventaal público

—Euros/cajetilla

Ducados 25 Lights . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2,10Ducados Extra Lights . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1,70Ducados Internacional . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2,10Ducados K.S. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2,00Ducados de Lujo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1,90Gitanes con filtro . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2,30Gitanes sin filtro . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2,30Habanos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2,00Partagás . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2,00Partagás B.N.A. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2,00Sombra . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1,70MS Club Slim . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2,00

Precio totalde ventaal público

—Euros/unidad

B) Cigarros y cigarritosEl Corsario:

Mediterráneos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,35

Toscano:

Antico . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,96Extravecchi . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,80Toscani . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,76Toscanelli . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,44

Precio totalde ventaal público

—Euros/unidad

C) Picadura para liarVan Nelle Zware (bolsa de 50 gramos) . . . . . . . 3,50Van Nelle Half Zware (bolsa de 50 gramos). 3,50

Segundo.—Los precios de venta al público de las labo-res de tabaco que se indican a continuación, incluidoslos diferentes tributos, en expendedurías de tabaco ytimbre de Ceuta y Melilla, serán los siguientes:

Precio totalde ventaal público

—Euros/cajetilla

A) Cigarrillos

B.N. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1,30B.N. Ultra Lights . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1,30Ducados . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1,20Ducados Lights . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1,20Habanos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1,50

Precio totalde ventaal público

—Euros/unidad

B) Cigarros y cigarritosCerdan:

Perlas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1,75Petit Jenny’s . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1,12Otto’s . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5,37Celebration . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2,15Ejecutivos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3,18Napoleón . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3,77Juan Carlos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3,66Welles . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4,04Gables . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4,17Churchills . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4,71Don Juan . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5,11Ribo’s . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4,25

Tercero.—La presente Resolución entrará en vigor aldía siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial delEstado».

Madrid, 29 de enero de 2003.—El Presidente delComisionado, Tomás Suárez-Inclán González.

MINISTERIODE CIENCIA Y TECNOLOGÍA

2101 REAL DECRETO 104/2003, de 24 de enero,por el que se aprueban los Estatutos generalesde los Colegios Oficiales de Peritos e Inge-nieros Técnicos Industriales y de su ConsejoGeneral.

El Real Decreto 331/1979, de 11 de enero, aprobólos Estatutos generales de los Colegios Oficiales de Peri-tos e Ingenieros Técnicos Industriales, vigentes en laactualidad, con las modificaciones introducidas por dis-posiciones posteriores.

La aprobación del Real Decreto-ley 5/1996, de 7 dejunio, luego convertido en Ley 7/1997, de 14 de abril,de medidas liberalizadoras en materia de suelo y de Cole-gios profesionales, la cual introduce diversas modifica-ciones en los artículos de la Ley 2/1974, de 13 de febre-ro, y obliga en su disposición adicional a adaptar losEstatutos de todos los Colegios, y del Real Decreto-ley6/2000, de 23 de junio, de Medidas urgentes de inten-sificación de la competencia en mercados de bienes yservicios, hacen necesaria su adaptación a las normasvigentes.

En otro orden de cosas, la existencia de las Comu-nidades Autónomas y el ejercicio por éstas de las com-petencias correspondientes en materia de Colegiosprofesionales hace que deba preverse expresamente laposibilidad de creación y regulación por parte de lasComunidades Autónomas de los correspondientes Cole-gios Oficiales de Peritos e Ingenieros Técnicos Indus-triales.

El Pleno del Consejo General de Colegios de Peritose Ingenieros Técnicos Industriales, en su reunión de 12 demayo de 2001, aprobó los Estatutos generales de los

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BOE núm. 28 Sábado 1 febrero 2003 4319

Colegios Oficiales de Peritos e Ingenieros Técnicos Indus-triales y de su Consejo General.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.2 dela Ley 2/1974, de 13 de febrero, de Colegios profe-sionales, dichos Estatutos se remitieron al Ministerio deCiencia y Tecnología, para su aprobación por el Gobierno.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Ciencia yTecnología, de acuerdo con el Consejo de Estado y previadeliberación del Consejo de Ministros en su reunión deldía 24 de enero de 2003,

D I S P O N G O :

Artículo único. Aprobación de los Estatutos.

Se aprueban los Estatutos generales de los ColegiosOficiales de Peritos e Ingenieros Técnicos Industrialesy de su Consejo General, que se insertan a continuación.

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

Queda derogado el Real Decreto 331/1979, de 11 deenero, por el que se aprueban los Estatutos generalesde los Colegios Oficiales de Peritos e Ingenieros TécnicosIndustriales con las modificaciones introducidas por dis-posiciones posteriores.

Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente Real Decreto entrará en vigor el díasiguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial delEstado».

Dado en Madrid a 24 de enero de 2003.JUAN CARLOS R.

El Ministro de Ciencia y Tecnología,JOSEP PIQUÉ I CAMPS

ESTATUTOS GENERALESDE LOS COLEGIOS OFICIALES DE PERITOSE INGENIEROS TÉCNICOS INDUSTRIALES

Y DE SU CONSEJO GENERAL

TÍTULO PRELIMINAR

CAPÍTULO I

Disposiciones generales

Artículo 1. Organización corporativa.

1. Constituye el objeto de estos Estatutos la regu-lación de la organización, competencias y funcionamien-to de los Colegios Oficiales y del Consejo General deColegios, sin perjuicio de las competencias que en estamateria tengan las Comunidades Autónomas.

2. Los Colegios Oficiales de Peritos e Ingenieros Téc-nicos Industriales son corporaciones de derecho públicode carácter representativo de la profesión, amparadaspor la Ley y reconocidas por el Estado, con personalidadjurídica propia y plena capacidad de obrar para el cum-plimiento de sus fines.

3. El Consejo General de Colegios es una corpo-ración de derecho público con personalidad jurídica pro-pia y plena capacidad de obrar que integra, coordinay representa, en la esfera estatal e internacional, a losColegios Oficiales de Peritos e Ingenieros Técnicos Indus-triales para el cumplimiento de sus fines.

4. Los Consejos Autonómicos de Colegios existen-tes y los que puedan crearse tendrán el carácter y lasfunciones que las Leyes de cada Comunidad Autónomales otorguen.

Artículo 2. Régimen jurídico.

1. El Consejo General y los Colegios se regirán enlo sucesivo por la Ley 2/1974, de 13 de febrero, modi-ficada por la Ley 74/1978, de 26 de diciembre; porla Ley 7/1997, de 14 de abril, y por el Real Decreto-ley 6/2000, de 23 de junio, y demás legislación apli-cable, así como por los presentes Estatutos y sus Regla-mentos de régimen interior y por la normativa relativaa los Colegios profesionales que aprueben las Comu-nidades Autónomas en el ámbito de sus respectivosterritorios.

2. La estructura interna y el funcionamiento de losColegios y del Consejo General deberán ser democrá-ticos.

Artículo 3. Alcance.

Los Colegios estarán integrados por los titulados conarreglo a los planes de estudios anteriores al Real Decre-to 1497/1987, de 27 de noviembre, o conforme a losReales Decretos 1462/1990, de 26 de octubre, y1402/1992, 1403/1992, 1404/1992, 1405/1992 y1406/1992, todos ellos de 20 de noviembre, y por losperitos industriales, siempre que estén en posesión delcorrespondiente título con carácter oficial y validez entodo el territorio nacional, expedido, homologado o reco-nocido por el Estado, que lo soliciten y cumplan losdemás requisitos exigidos por los presentes Estatutos.

Artículo 4. Ámbito territorial.

1. Los Colegios que actualmente existen son los quese relacionan en la disposición transitoria primera deestos Estatutos.

2. La fusión, segregación y cambio de denomina-ción de los Colegios existentes en la actualidad, se efec-tuará de acuerdo con la legislación del Estado y conla de las Comunidades Autónomas en el ámbito de susrespectivas competencias.

3. Los nuevos Colegios no podrán tener una cir-cunscripción territorial inferior a la provincia, salvo quela legislación autonómica correspondiente lo autoriceexpresamente, y su constitución deberá comunicarse alConsejo General.

4. Los Colegios podrán establecer delegaciones odemarcaciones en aquellas localidades, distintas de lacapitalidad de aquéllos, en que lo estimen conveniente.

5. Las delegaciones podrán constituirse en Colegioscon sujeción a lo previsto en sus Estatutos y en la legis-lación del Estado y la de las Comunidades Autónomasen el ámbito de sus respectivas competencias.

Artículo 5. Relaciones con la Administración Generaldel Estado.

Los Colegios, en todo lo que atañe a los contenidosde su profesión y a los aspectos institucionales y cor-porativos contemplados en las leyes, se relacionarán através del Ministerio de Ciencia y Tecnología, con laAdministración General del Estado.

Las relaciones con la Administración General del Esta-do se establecerán a través del Consejo General.

CAPÍTULO II

De los fines y funciones de los Colegios

Artículo 6. Fines y funciones de los Colegios.

1. Los Colegios tendrán los fines propios de estosórganos corporativos profesionales y como finalidad últi-

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4320 Sábado 1 febrero 2003 BOE núm. 28

ma la tutela del correcto ejercicio de la profesión comogarantía de los derechos de los ciudadanos. En particular:

a) Velarán para que se remueva cualquier obstáculojurídico o de otra índole que impida el ejercicio por losperitos e ingenieros técnicos industriales de las atribu-ciones integradas en su actividad profesional que legal-mente tienen reconocidas.

b) Igualmente velarán por que se reconozca el carác-ter privativo de la actuación profesional de los peritose ingenieros técnicos industriales en las atribuciones quelegalmente tienen reconocidas, promoviendo, en sucaso, las actuaciones administrativas o judiciales queen su ámbito territorial correspondan, contra el intru-sismo profesional.

2. Los Colegios en su ámbito territorial tendrán lassiguientes funciones:

a) Ordenar, en el ámbito de su competencia y deacuerdo con lo previsto en las leyes, la actividad pro-fesional de los colegiados.

b) Ejercer la potestad disciplinaria en el orden pro-fesional y colegial sobre los colegiados.

c) Asesorar a las Administraciones públicas y cola-borar con ellas en la realización de estudios e informes,elaboración de estadísticas y otras actividades relacio-nadas con la ingeniería técnica industrial que puedanserles solicitadas o acuerden formular por propia inicia-tiva.

d) Facilitar a los Tribunales, conforme a las leyes,la relación de colegiados que pudieran ser requeridospara intervenir como peritos en los asuntos judiciales,o designarlos directamente, según proceda.

e) Ejercer cuantas funciones le sean encomendadaso delegadas por las Administraciones públicas.

f) Ostentar en su ámbito competencial la represen-tación y defensa de los derechos e intereses de la pro-fesión ante toda clase de Instituciones, Tribunales, Admi-nistraciones públicas, entidades sociales y particulares.

g) Perseguir ante las Administraciones públicas oante los Tribunales de Justicia todos los casos de intru-sismo en que se pretenda ejercer la profesión de inge-niería técnica industrial por persona no colegiada.

h) Recoger y encauzar las aspiraciones de la pro-fesión, elevando a los organismos oficiales competentescuantas sugerencias guarden relación con el perfeccio-namiento y con las normas que rijan la prestación deservicios propios de la ingeniería técnica industrial.

i) Participar en la formulación del perfil profesionaldel perito e ingeniero técnico industrial.

j) Realizar el visado de proyectos, informes, dictá-menes, valoraciones, peritaciones y demás trabajos quelleven a cabo los colegiados.

k) Encargarse del cobro de las remuneraciones yhonorarios devengados en el ejercicio libre de la pro-fesión en los términos previstos en el artículo 21.

l) Informar y dictaminar en los procedimientos admi-nistrativos o judiciales en que se discutan cuestionesrelacionadas con los honorarios profesionales de loscolegiados.

m) Intervenir, en vía de conciliación o arbitraje, enlas cuestiones que por motivos profesionales se suscitenentre los colegiados o entre éstos y sus clientes.

n) Fomentar y promocionar los servicios de laMutualidad de Previsión Social de Peritos e IngenierosTécnicos Industriales.

ñ) Cualquier otra función que redunde en beneficiode los intereses de los colegiados o de la ingeniería téc-nica industrial.

TÍTULO I

CAPÍTULO I

De la colegiación

Artículo 7. De la colegiación.

1. Son miembros de la organización colegial todoslos colegiados en los Colegios.

Para el ejercicio de la profesión, tanto libre comopor cuenta ajena o en cualquier otra forma, será obli-gatorio estar incorporado al correspondiente Colegio.

Quedan exceptuados de tal requisito de incorpora-ción, los peritos y los ingenieros técnicos industrialessometidos a régimen funcionarial que desarrollen susactividades exclusivamente en el seno de las Adminis-traciones públicas.

2. La colegiación deberá realizarse en el Colegiocuya circunscripción territorial corresponda al lugar don-de el perito o ingeniero técnico industrial tiene su domi-cilio profesional único o principal.

3. No podrá limitarse el número de colegiados ins-critos en un Colegio, ni tampoco cerrarse temporal odefinitivamente la admisión de nuevos colegiados.

4. La incorporación al Colegio del domicilio profe-sional único o principal habilita para el ejercicio de laprofesión en todo el territorio del Estado.

No puede exigirse por los Colegios en cuyo ámbitoterritorial no radique el indicado domicilio profesional,habilitación alguna ni pago de contraprestaciones eco-nómicas distintas de aquellas que exijan habitualmentea sus colegiados por la prestación de los servicios delos que sean beneficiarios y no se encuentren cubiertospor la cuota colegial.

Artículo 8. Requisitos de la colegiación.

1. Para la incorporación a un Colegio se requiere,con carácter general:

a) Haber obtenido el correspondiente título oficial,expedido, homologado o reconocido por el Estado.

b) No estar legalmente sujeto a incapacidad quele impida la colegiación.

c) Tener la nacionalidad española o la de algunode los Estados miembros de la Unión Europea, o la delos Estados parte o signatarios del Acuerdo sobre el Espa-cio Económico Europeo, sin perjuicio de lo dispuestoen los Tratados internacionales ratificados por el Estadoespañol y publicados en el «Boletín Oficial del Estado».

d) No estar sujeto a pena de inhabilitación para elejercicio profesional por sentencia firme, ni encontrarseimpedido para tal ejercicio por una anterior sanción dis-ciplinaria firme.

e) Satisfacer la cuota de ingreso correspondiente.

2. Podrán ser nombrados colegiados de honor aque-llas personas naturales o jurídicas, nacionales o extran-jeras que, tengan o no titulación académica, reúnan méri-tos o hayan prestado servicios relevantes a favor delColegio o de la profesión en general. Estos nombramien-tos sólo tendrán efectos honoríficos.

Artículo 9. Régimen de las incorporaciones colegiales.

1. La incorporación a los Colegios tiene carácterreglado y no podrá denegarse a quienes reúnan los requi-sitos fijados en el artículo anterior, salvo lo dispuestoen este precepto.

2. Las Juntas de Gobierno de los Colegios resol-verán, previos los informes oportunos, las solicitudes decolegiación, en el plazo de dos meses, mediante acuerdo

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BOE núm. 28 Sábado 1 febrero 2003 4321

motivado, contra el que cabrán los recursos establecidosen estos Estatutos.

La colegiación se entenderá producida, respecto delas solicitudes deducidas en debida forma, una vez trans-currido el plazo de dos meses sin que haya habido reso-lución expresa.

3. La colegiación se suspenderá y con ella los dere-chos inherentes a la condición de colegiado, a conse-cuencia de:

a) La inhabilitación o incapacitación para el ejercicioprofesional decretada por resolución judicial firme.

b) La suspensión en el ejercicio profesional impues-ta por sanción disciplinaria colegial devenida firme.

La situación de suspensión se mantendrá en tantosubsista la causa que la determina.

4. La regulación expuesta será objeto del pertinentedesarrollo en los Estatutos particulares de los Colegiosde conformidad con lo previsto en estos Estatutos y enla legislación sobre colegios profesionales estatal y auto-nómica.

Artículo 10. Pérdida de la condición de colegiado.

1. Serán causas de pérdida de la condición de cole-giado:

a) La condena por sentencia firme que lleve consigola pena principal o accesoria de inhabilitación para elejercicio de la profesión.

El colegiado vendrá obligado a comunicar al Colegiola sentencia condenatoria dentro de los diez días siguien-tes en que se le notifique, sin perjuicio de abstenersede toda actividad profesional desde que produzca efec-tos la sentencia condenatoria.

b) La expulsión disciplinaria acordada por resoluciónfirme del Colegio correspondiente o del Consejo General.

La sanción de expulsión disciplinaria producirá efec-tos desde que sea firme y el Colegio o Consejo lo noti-ficará al Consejo Autonómico correspondiente y al Con-sejo General que lo comunicará a los demás Colegios.

c) La baja voluntaria del colegiado, que sólo se admi-tirá previa manifestación del cese de la actividad pro-fesional, y tendrá efectos desde su solicitud si bien noeximirá del pago de las cuotas y otras deudas vencidas.

d) El fallecimiento del colegiado.

2. La falta de pago de cuotas y otras aportacionescolegiales, por importe mínimo de un trimestre, previorequerimiento de su abono, no producirá la pérdida dela condición de colegiado pero sí la suspensión de todossus derechos corporativos; si el descubierto alcanza lascuotas correspondientes a una anualidad como mínimo,no se procederá al visado de los trabajos del colegiadoen tanto no abone todas las cuotas pendientes más susintereses legales, todo ello sin perjuicio de lo dispuestoen el Título IV de estos Estatutos y del alzamiento dela suspensión de los derechos tan pronto como el cole-giado se ponga al corriente de sus pagos.

CAPÍTULO II

Derechos y deberes de los colegiados

Artículo 11. Derechos de los colegiados en relacióna su actividad profesional.

a) Los colegiados tienen derecho a las considera-ciones debidas a su profesión reconocidas por la legis-lación y las normas estatutarias.

b) Los colegiados tienen derecho al libre ejerciciode su profesión sin que por la Administración ni por

terceros se limiten las atribuciones profesionales quetengan reconocidas en las leyes.

c) Los colegiados tienen derecho al cobro de hono-rarios profesionales por los servicios prestados a susclientes en los términos previstos en estos Estatutos ydemás disposiciones vigentes.

Artículo 12. Deberes de los colegiados en el ejerciciode su actividad profesional.

Serán deberes de los colegiados:

a) Cumplir con las prescripciones legales que seande obligada observancia en los trabajos profesionalesque realice.

b) Someter a visado del Colegio correspondientetoda la documentación técnica o facultativa, proyectos,informes o cualesquiera otros trabajos que suscriba enel ejercicio de su profesión, cualquiera que sea el clienteo destinatario de aquéllos.

Artículo 13. Derechos corporativos de los colegiados.

Además de los derechos señalados en el artículo ante-rior en relación con su actividad profesional, correspon-den a los colegiados los siguientes derechos corpora-tivos:

a) De sufragio activo y pasivo en relación a todoslos cargos electivos de los Colegios y del Consejo Gene-ral, en los términos previstos en el artículo 35 y sinperjuicio de lo establecido en el artículo 44.

b) A participar en la vida colegial, según los términosfijados en estos Estatutos o en los de los Colegios.

c) A dirigir sugerencias y peticiones por escrito alos órganos de gobierno de los Colegios.

d) A solicitar el amparo del Colegio correspondientecuando consideren lesionados o menoscabados susderechos e intereses profesionales o corporativos o nose respete la consideración y el trato que les está reco-nocido.

e) A participar en el uso y disfrute de los bienesdel Colegio y de los servicios que éste tenga establecidos,en la forma reglamentariamente prevista.

f) A ostentar las insignias y distintivos propios dela profesión.

g) A conocer la contabilidad colegial en la formaque se determine por cada Colegio, pero sin que enningún caso pueda privarse de real efectividad a estederecho.

h) A disponer de una guía profesional con la direc-ción de las oficinas y despachos de los colegiados corres-pondientes y con sujeción a lo previsto en la legislaciónsobre protección de datos personales.

Los colegiados que reuniendo los requisitos exigidosse acojan voluntariamente a la jubilación como profe-sionales conservarán todos los derechos corporativos sinperjuicio de lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 35.

Artículo 14. Deberes corporativos de los colegiados.

a) Cumplir las prescripciones legales en materia deprevisión social.

b) Cumplir las resoluciones de los órganos degobierno del Colegio y del Consejo General.

c) Desempeñar los cometidos que le encomiendenlos órganos de gobierno del Colegio a que pertenezcan.

d) Pagar las cuotas y derechos que hayan sido apro-bados por el Colegio para su sostenimiento y para finesde previsión y mutuo auxilio.

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e) Hacer respetar el ejercicio profesional y el de lasinstituciones colegiales.

f) Guardar el secreto profesional.g) Guardar respeto a los miembros de los órganos

de gobierno de la corporación y a los demás compañeros.

CAPÍTULO III

De la ordenación del ejercicio de la profesión

Artículo 15. Del ejercicio de la profesión.

El ejercicio de la profesión se realizará en régimende libre competencia y estará sujeto, en cuanto a laoferta de servicios y fijación de su remuneración, a laLey de Defensa de la Competencia y a la Ley sobreCompetencia Desleal.

Artículo 16. Incompatibilidades.

1. El ejercicio de la profesión es incompatible concualquier situación prevista como tal por la Ley.

2. El profesional en quien concurra alguna causade incompatibilidad deberá comunicarlo inmediatamen-te a la Junta de Gobierno de su Colegio y cesar en elejercicio de la profesión.

Artículo 17. Encargos profesionales.

1. Salvo que otra cosa resulte de los términos delencargo profesional, el cliente puede resolver el encargohecho a un colegiado y hacérselo a otro del mismo ode otro Colegio, sin perjuicio del pago de los honorariosdevengados hasta la fecha por el anterior colegiado.

2. El nuevo encargo surtirá efectos desde su fecha,quedando así el nuevo colegiado habilitado para realizarlos trabajos que se le encarguen.

3. Lo dispuesto en los apartados anteriores seentiende sin perjuicio de las acciones judiciales que asis-tan al colegiado, primer titular del encargo, y del ejerciciode aquéllas, en su caso, por el propio Colegio, conformea lo previsto en estos Estatutos.

Artículo 18. Visado.

1. El visado es una función pública descentralizadaque por atribución de la Ley ejercen los Colegios enrelación con todos los proyectos y demás trabajos pro-fesionales de los colegiados, en garantía de los interesesde los clientes y del interés público general.

2. El visado garantiza:

a) La identidad y habilitación legal del técnico autor,que el proyecto es de quien lo firma y que éste es eltécnico debidamente colegiado, encontrándose en elejercicio legítimo de la profesión.

b) La observancia de la normativa de obligado cum-plimiento, de pertinente aplicación en cada caso, en rela-ción con el ejercicio de la profesión.

c) La corrección e integridad formal de la documen-tación integrante del proyecto de acuerdo con la legis-lación vigente al caso.

3. El visado no comprenderá los honorarios ni lasdemás condiciones contractuales cuya determinación sedeja al libre acuerdo de las partes y no sancionará elcontenido del trabajo profesional ni su corrección téc-nica.

4. El Consejo General desarrollará y fomentará eluso de los modelos procedimentales tendentes a esta-blecer la calidad del servicio de visado y el visado deacreditación de calidad.

5. Asimismo, el Consejo General formulará modelosorganizativos de simplificación y economía que facilitenel acceso al servicio de sus usuarios basado en el prin-cipio de corresponsabilidad.

6. Los Colegios podrán establecer visados de acre-ditación en los que garanticen aspectos técnicos de lostrabajos, salvaguardando la libertad de proyectar de loscolegiados.

7. El visado de los trabajos profesionales se realizarápor el Colegio en el que el colegiado tenga su domicilioprofesional único o principal, al cual deberá el colegiadoestar incorporado.

En el caso de trabajos profesionales que hayan desurtir efectos fuera del ámbito territorial del Colegio queotorga el visado, éste dirigirá al Colegio en cuyo ámbitoproduzca sus efectos el trabajo una comunicación iden-tificativa del colegiado autor del trabajo y del trabajomismo, a los efectos del ejercicio por dicho Colegio delas funciones que legalmente le corresponden.

Artículo 19. Responsabilidad profesional.

El colegiado responde directamente por los trabajosprofesionales que suscribe.

Artículo 20. Honorarios profesionales.

a) Los honorarios son libres y los colegiados podránpactar su importe y las condiciones de pago con sucliente, si bien deberán observar las prohibiciones legalesrelativas a la competencia desleal.

b) El Consejo General podrá acordar baremos orien-tativos de honorarios profesionales, teniendo en cuentalo dispuesto en la legislación vigente.

Artículo 21. Cobro de honorarios.

El cobro de los honorarios profesionales de los cole-giados devengados en el ejercicio libre de la profesiónse hará cuando el colegiado lo solicite libre y expre-samente, a través del Colegio a quien corresponda elvisado de los trabajos que motivan su abono, siempreque el Colegio tenga establecido dicho servicio, y enlas condiciones que se determinen en sus Estatutos.

TÍTULO II

De la organización colegial

CAPÍTULO I

De los órganos de gobierno de los Colegios

Artículo 22. Clases de órganos de gobierno.

1. En todos los Colegios existirán como mínimo lossiguientes órganos: la Junta General, la Junta de Gobier-no, el Decano, el Vicedecano, el Secretario, el Vicese-cretario, el Tesorero y el Interventor con las atribucionesque se prevén en estos Estatutos.

2. Los Estatutos de cada Colegio podrán crear oautorizar la creación de una Comisión Ejecutiva de laJunta de Gobierno para que, previa delegación de ésta,atienda o resuelva los asuntos urgentes que se le enco-mienden.

También podrán prever la creación o la autorizaciónpara que se creen otros órganos unipersonales o cole-giados de mera gestión de las actividades o servicioscomunes que ofrezca el Colegio, o de preparación y estu-dio de asuntos que deben resolver otros órganos degobierno.

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Artículo 23. La Junta General.

1. La Junta General es el órgano superior de expre-sión de la voluntad del Colegio en el que están repre-sentados todos los colegiados. Sus acuerdos, adoptadoscon arreglo a los presentes Estatutos y a las disposicionesde los Estatutos del propio Colegio, serán de obligadocumplimiento para todos los colegiados.

2. Corresponde a la Junta General:

a) La aprobación de los Estatutos del Colegio y desus modificaciones posteriores.

b) La aprobación del presupuesto, de las cuentasanuales, de la cuota colegial periódica y la de la incor-poración al Colegio. El importe de la cuota de incor-poración del Colegio no podrá ser restrictiva del derechoa la colegiación.

c) La aprobación de la gestión de la Junta de Gobier-no.

d) El establecimiento, o supresión en su caso, delos servicios corporativos necesarios para el cumplimien-to de sus fines.

Artículo 24. Régimen de funcionamiento de la JuntaGeneral.

1. La Junta General podrá celebrar sesiones ordi-narias o extraordinarias.

2. Sin perjuicio de lo que al respecto dispongan susEstatutos, en el mes de febrero el Colegio celebrará unaJunta general ordinaria para aprobación del presupuestoy renovación de cargos directivos, si procediera. En estaJunta General ordinaria se aprobará las cuentas, dán-doseles a los colegiados una información general sobrela marcha del Colegio en todos sus aspectos.

3. La convocatoria de toda Junta General ordinariase cursará a todos los colegiados con un mes, al menos,de antelación a la fecha de celebración de la sesión.

Los acuerdos de la Junta General se adoptarán pormayoría simple de asistentes, salvo que legal o esta-tutariamente se exija una mayoría reforzada.

4. La Junta General celebrará sesión extraordinariaprevia convocatoria decidida por el Decano, o por acuer-do de la Junta de Gobierno o a petición de un númerode colegiados que fijen los Estatutos de cada Colegio;la convocatoria expresará los asuntos concretos quehayan de tratarse en ella. La Junta habrá de celebrarseen el plazo máximo de un mes contado desde el acuerdodel Decano o de la Junta de Gobierno, en los dos pri-meros casos, o desde la presentación de la solicituden el tercero.

5. Los Estatutos colegiales determinarán los requi-sitos de convocatoria y quórum de asistencia para laválida constitución de la Junta General. A falta de pre-visión de los Estatutos de cada Colegio para la válidaconstitución de la Junta General, tanto en sesión ordi-naria como extraordinaria, será necesaria la asistenciade la mayoría absoluta de sus miembros en primera con-vocatoria, pudiendo celebrarse la segunda convocatoriamedia hora más tarde, en la que bastará para la válidaconstitución de las Juntas la presencia del Decano yel Secretario, o quienes reglamentariamente les suplan,cualquiera que sea el número de colegiados asistentes.

Artículo 25. Aprobación de las actas.

Los acuerdos de la Junta General serán ejecutivosindependientemente de cuando se produzca la aproba-ción del acta.

Artículo 26. La Junta de Gobierno.

La Junta de Gobierno es órgano representativo y eje-cutivo al que corresponde el gobierno del Colegio y esta-rá compuesta por el Decano, Vicedecano, Secretario,Vicesecretario, Tesorero, Interventor y el número devocales que prevea el Estatuto de cada Colegio, queal menos deberán ser cuatro. El funcionamiento y com-petencias de la Junta de Gobierno vendrán reguladospor los Estatutos del Colegio sin perjuicio de que la propiaJunta se dote de un Reglamento de funcionamiento.

Artículo 27. Competencias de la Junta de Gobierno.

Corresponde a la Junta de Gobierno la dirección yadministración del Colegio, para el cumplimiento de susfines, en todo aquello que de manera expresa no com-pete a la Junta General.

De modo especial corresponde a la Junta de Gobierno:a) Velar por el cumplimiento de los fines de la orga-

nización colegial en su ámbito territorial.b) Aprobar los informes, estudios, dictámenes, lau-

dos y arbitrajes encomendados al Colegio.c) La formación del presupuesto y la rendición de

las cuentas anuales.d) Proponer a la Junta General las cuotas que deben

abonar los colegiados.e) Dirigir la gestión económica del Colegio y pro-

poner a la Junta General las inversiones o actos de dis-posición de los bienes patrimoniales del Colegio.

f) La admisión y baja de los colegiados, con los requi-sitos y mediante la tramitación establecida en los ar-tículos 8, 9 y 10 de los Estatutos.

g) Convocar y fijar el orden del día de las JuntasGenerales y la ejecución de sus acuerdos, sin perjuiciode las facultades del Decano de decidir por sí la con-vocatoria de cualquier clase de Junta General con elorden del día que aquél decida.

h) Mediar en la resolución de los problemas quepuedan surgir entre los colegiados.

i) Ejercer la potestad disciplinaria.j) Convocar elecciones para proveer los cargos de

la Junta de Gobierno.k) Elaborar y aprobar los Reglamentos de régimen

interior cuando así se prevea en los Estatutos.l) Acordar el ejercicio de toda clase de acciones

y recursos, ordinarios y extraordinarios, administrativosy jurisdiccionales ante cualquier organismo administra-tivo, Juzgado o Tribunal, o ante el Tribunal Constitucional.

m) Las demás funciones que le encomienden direc-tamente las leyes, estos Estatutos, y los Estatutos delColegio.

n) Las funciones que sean competencia del Colegioy no estén expresamente atribuidas a otros órganoscolegiales.

Artículo 28. El Decano.

1. Quien desempeñe el cargo de Decano deberáencontrarse en el ejercicio de la profesión en cualquierade sus formas.

2. Corresponden al Decano cuantas funciones leconfieran los Estatutos particulares y en todo caso:

a) Ostentar la representación legal del Colegio, otor-gar poderes en favor de procuradores de los tribunalesy designar letrados.

b) Convocar y fijar el orden del día de cualquierreunión colegial incluida la de la Junta General, dirigirlas deliberaciones y autorizar con su firma las actas dela Junta General y la de Gobierno.

c) Dar posesión a los miembros de la Junta deGobierno.

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d) Autorizar con su firma los títulos de incorporaciónal Colegio. En su caso, el carné nacional deberá ir refren-dado por el Consejo General, quien lo unificará para todaEspaña.

e) Autorizar con su firma las certificaciones que expi-da el Secretario del Colegio.

f) Autorizar y firmar los libramientos u órdenes depago y firmar los documentos necesarios para la aperturade cuentas corrientes, así como los cheques expedidospor la Tesorería y demás autorizaciones para retirarcantidades.

g) Todas aquellas que le otorguen los Estatutoscolegiales.

Artículo 29. El Vicedecano.

Corresponden al Vicedecano todas las funciones quele delegue el Decano, sin que pueda éste delegarle latotalidad de las que tiene atribuidas.

El Vicedecano asumirá las funciones del Decano encaso de ausencia, enfermedad o vacante.

Artículo 30. El Secretario y el Vicesecretario.

1. Independientemente de los derechos y obligacio-nes especiales que le confieran los Estatutos particularesy los acuerdos de la respectiva Junta de Gobierno, corres-ponden al Secretario las siguientes atribuciones:

a) Redactar y cursar, siguiendo las instrucciones delDecano, la convocatoria y orden del día de la Junta Gene-ral, de la Junta de Gobierno y de los demás órganoscolegiados de los que sea miembro, así como preparary facilitar la documentación necesaria para la delibera-ción y adopción de resoluciones en la sesión corres-pondiente.

b) Levantar acta de las sesiones de la Junta General,de la Junta de Gobierno y de los demás órganos cole-giados de los que forme parte.

c) Llevar y custodiar los libros de actas y documen-tación que reflejan la actuación de los órganos citadosen el párrafo anterior, y de los demás libros de obligadallevanza en el Colegio.

d) Redactar la memoria anual.e) Expedir, con el visto bueno del Decano, certifi-

caciones.f) Firmar por sí, o con el Decano en caso necesario,

las órdenes, correspondencia y demás documentosadministrativos de gestión ordinaria.

g) Ejercer la jefatura del personal del Colegio.h) Tener a su cargo el archivo general del Colegio

y su sello.i) Recibir y dar cuenta al Decano de cuantas soli-

citudes y comunicaciones se reciban en el Registro gene-ral del Colegio.

j) Cumplir y hacer cumplir al personal a sus órdeneslos acuerdos de la Junta General y Junta de Gobierno,y las órdenes del Decano, cuya ejecución le corresponda.

2. Corresponde al Vicesecretario auxiliar al Secre-tario en el ejercicio de sus funciones y ejercerlas encaso de ausencia, enfermedad o vacante.

Artículo 31. El Tesorero.

Corresponde al Tesorero:a) Recaudar y custodiar los fondos del Colegio, sien-

do responsable de ellos, a cuyo fin firmará recibos yrecibirá cobros.

b) Pagar los libramientos que expida el Decano ylos demás pagos de ordinaria administración autorizadosde forma general hasta la cuantía autorizada por elDecano.

c) Ingresar y retirar fondos de las cuentas bancarias,conjuntamente con la firma autorizatoria del Decano.

d) Cobrar los intereses y rentas del capital.e) Dar cuenta de la falta de pago de las cuotas de

los colegiados, para que por la Junta de Gobierno seadopten las medidas procedentes.

Artículo 32. El Interventor.

Corresponde al Interventor:

a) Llevar los libros de contabilidad legalmente exi-gidos.

b) Firmar la cuenta de ingresos y pagos mensualespara informe de la Junta de Gobierno, así como la cuentaanual para su aprobación por la Junta General.

c) Elaborar la memoria económica anual, dando aconocer a todos los colegiados el balance de situacióneconómica del Colegio.

d) Elaborar el anteproyecto de presupuestos delColegio.

e) Llevar inventario de los bienes del Colegio.

Artículo 33. De los vocales de la Junta de Gobierno.

Corresponde a los vocales de la Junta de Gobierno:

a) El desempeño de las funciones que les delegueo encomiende el Decano o la Junta de Gobierno.

b) Sustituir a los titulares de los restantes cargosde la Junta de Gobierno en caso de ausencia, enfer-medad o vacante temporal, sin perjuicio de lo dispuestoen estos Estatutos.

c) Asistir, en turno con los restantes vocales, aldomicilio social del Colegio para atender el despachode los asuntos que lo requieran.

Artículo 34. Estatutos particulares y Reglamentos inter-nos de los Colegios.

Los Colegios regularán su funcionamiento mediantesus propios Estatutos particulares y Reglamentos inter-nos que deberán ser comunicados, así como sus modi-ficaciones, al Consejo General.

CAPÍTULO II

De la elección de los cargos de la Junta de Gobierno

Artículo 35. Cargos electivos y derecho de sufragio acti-vo y pasivo.

1. Los miembros de la Junta de Gobierno de losColegios serán elegidos con arreglo a lo que establezcansus Estatutos.

2. La elección tendrá lugar mediante sufragio libre,igual, directo y secreto de todos los electores. La emisióndel voto podrá realizarse personalmente o por correoen las condiciones que establezcan los Estatutos cole-giales.

3. El derecho de sufragio activo corresponde a todoslos colegiados que se encuentren al corriente de pagode las cuotas colegiales y en el pleno goce de los dere-chos corporativos.

4. Para ser candidato se precisará ostentar el dere-cho de sufragio activo y encontrarse en el ejercicio dela profesión en cualquiera de sus formas.

Artículo 36. Procedimiento electoral.

1. La convocatoria de las elecciones correspondea la Junta de Gobierno.

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2. La convocatoria se realizará, como mínimo, conun mes de antelación a la fecha de celebración de laselecciones, y deberá comunicarse a todos los colegiadose insertarse en el tablón de anuncios. En dicho tablónse publicará también la lista de electores con derechode sufragio activo en la fecha de la convocatoria.

La convocatoria deberá expresar los cargos objetode elección, la fecha límite para la presentación de can-didaturas, los recursos contra la proclamación y dene-gación de aquéllas y el día, hora y lugar en que debencelebrarse las elecciones.

3. Los Estatutos de cada Colegio establecerán unprocedimiento electoral que deberá garantizar comomínimo:

1.o La duración del mandato de los candidatos ele-gidos, que no podrá ser superior a cuatro años, sin per-juicio de la posibilidad de reelección con arreglo a lospropios Estatutos.

2.o El ejercicio efectivo de los derechos reconocidosa los colegiados en el artículo 13 de estos Estatutos.

3.o La comunicación de las propuestas electoralesde los candidatos.

4.o La transparencia y objetividad del proceso elec-toral, la igualdad de las candidaturas y la imparcialidadde la Junta de Gobierno saliente.

5.o Las vías de recurso para la defensa de los dere-chos electorales.

6.o La celeridad en la resolución de los recursos.

4. Si por cualquier causa quedaran vacantes másde la mitad de los cargos de la Junta de Gobierno deun Colegio, el Consejo Autonómico, o en su defecto elConsejo General, designarán una Junta provisional deentre los colegiados más antiguos en el plazo de tiempomás breve posible. Esta Junta deberá convocar eleccio-nes para la provisión de los cargos vacantes en el plazomás breve posible y nunca superior a tres meses.

Artículo 37. De la moción de censura.

1. Podrá proponerse la censura de cualquier miem-bro de la Junta de Gobierno, conjuntamente la de varioso todos, mediante propuesta motivada suscrita por unnúmero de colegiados que represente, al menos, el diezpor ciento (10 por 100) de los colegiados, o el quincepor ciento (15 por 100) si se propusiere la censura delDecano o de la mayoría o totalidad de la Junta de Gobier-no. La propuesta habrá de incluir el nombre del candidatoo candidatos al cargo o cargos a los que se refiera lacensura y la aceptación firmada de dichos candidatos.

La propuesta se presentará y tramitará conjuntamen-te para todos aquellos cuya censura se proponga.

No podrá proponerse la censura de ningún miembrode la Junta hasta transcurridos seis meses de su tomade posesión.

2. Presentada la moción de censura y verificado elcumplimiento de sus requisitos, se debatirá en JuntaGeneral extraordinaria, que deberá celebrarse dentro delos treinta (30) días hábiles siguientes a la presentación.

El debate comenzará por la defensa de la moción,que corresponderá al candidato que a tal fin se designeen la propuesta, que, de censurarse al Decano, habráde ser en todo caso el candidato a Decano. A conti-nuación intervendrá el censurado, que, de ser varios,será el que designe la Junta de Gobierno, si bien, deser censurado el Decano, será éste el que intervenga.

3. Seguidamente, se abrirá un debate entre los asis-tentes, en la forma ordinaria prevista para las JuntasGenerales, concluido el cual volverán a intervenir eldefensor de la moción y quien se hubiere opuesto aésta.

Los votos se emitirán a favor o en contra de la moción,sin que puedan los que voten a favor excluir de la censura

a ninguno de aquellos para los que se proponga ni tam-poco a ninguno de los candidatos propuestos.

4. Si la participación en la votación no alcanzarael veinte por ciento (20 por 100) al menos de los cole-giados, o el veinticinco por ciento (25 por 100) si sepropusiera la censura del Decano o de la mayoría dela Junta de Gobierno, la moción se entenderá rechazadasin necesidad de proceder al escrutinio.

Si se alcanzara la participación mínima indicada, seráprecisa la mayoría de dos tercios de los votos válida-mente emitidos, para la aprobación de la moción.

Si la moción no fuese aprobada, no podrá presentarseotra por ningún colegiado de los que la hayan suscritohasta transcurrido un año del primer día de votaciónni tampoco contra los mismos cargos hasta pasadosseis meses contados en la misma forma.

Aprobada la moción de censura, quedarán automá-ticamente proclamados los candidatos propuestos, quetomarán posesión inmediatamente de sus cargos.

CAPÍTULO III

Del Consejo General de Colegios Oficialesde Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales

Artículo 38. Funciones del Consejo General.

1. El Consejo General de Colegios tal como se defineen el artículo 1.3 de estos Estatutos es el organismosuperior en cuestiones de la competencia de los Colegiosy coordinador de los mismos y representará a la profesiónde perito e ingeniero técnico industrial con carácternacional e internacional.

2. Corresponde al Consejo General las siguientesfunciones:

a) La representación nacional e internacional de laprofesión sin perjuicio de las facultades que puedancorresponder a los Consejos Autonómicos y la defensa,en los mismos ámbitos, de los intereses profesionales.

b) Dirigir, plantear y determinar las estrategias ade-cuadas para la defensa de la profesión con carácter gene-ral, en relación con cada una de las modalidades desu ejercicio, decidiendo en cuantos asuntos afecten alconjunto de la profesión, sus derechos, decoro y pres-tigio.

c) Coordinar la actuación de los Colegios y ConsejosAutonómicos en el ejercicio de sus competencias y pres-tarles el asesoramiento adecuado.

d) Dirimir los conflictos que se susciten:1.o Entre Colegios de distintas Comunidades Autó-

nomas.2.o Entre Colegios de la misma Comunidad Autó-

noma, con autorización del Consejo Autonómico.

3. Para la consecución de los fines y el ejerciciode las competencias que tiene encomendadas, el Con-sejo General tendrá plena capacidad de obrar y estarálegitimado para intervenir ante las Administracionespúblicas y para ejercer cualquier clase de acciones einterponer cualquier clase de recursos tanto administra-tivos como jurisdiccionales.

4. El Consejo General tiene su sede en Madrid aun-que podrá celebrar reuniones estatutarias de sus órganosen cualquier otro lugar de España.

Artículo 39. Órganos del Consejo General.

1. Son órganos del Consejo General: la AsambleaGeneral, el Pleno y la Junta Ejecutiva, como órganoscolegiados, y el Presidente, Vicepresidente, Secretario,Vicesecretario, Tesorero e Interventor, como órganosunipersonales.

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2. La Asamblea General de Colegios está integradapor los Decanos de todos los Colegios de España.

Se reunirá, con carácter ordinario, una vez al añopara aprobar los presupuestos del Consejo General ysus cuentas y para diseñar las estrategias y líneas gene-rales de actuación del Consejo General, en los asuntosque afecten con carácter nacional o internacional a laprofesión en sus distintas modalidades; y con carácterextraordinario, cuando lo decida el Presidente, por sí oa requerimiento del Pleno o de Decanos de Colegiosque representen, al menos, el porcentaje del total decolegiados de España que se determine en los Regla-mentos del Consejo.

Artículo 40. El Pleno.

1. El Pleno del Consejo General está integrado porlos miembros de la Junta Ejecutiva y por un represen-tante de los Colegios de cada Comunidad Autónoma,que será el Presidente del respectivo Consejo Autonó-mico de Colegios (o Decano en quien delegue) o, ensu defecto, el Decano que por período de un año desig-nen los Decanos de cada Comunidad Autónoma, en laforma que tengan por conveniente y, a falta de acuerdoentre ellos, el Decano del Colegio que cuente con mayornúmero de colegiados entre los Colegios de la Comu-nidad Autónoma.

2. En todo caso, en las Comunidades Autónomasen las que exista más de un Colegio, será siempre por-tavoz de su propio Colegio y ejercerá en el Pleno losvotos correspondientes a su número de colegiados, elDecano, o quien estatutariamente le sustituya de aque-llos Colegios cuyo número de colegiados alcance el por-centaje que se determine en los Reglamentos del Con-sejo.

3. Cuando en una reunión del Pleno haya de deli-berarse y acordar sobre asuntos que afecten particu-larizadamente a un Colegio cuyo Decano no sea miembrodel Pleno, tendrá derecho dicho Decano a asistir al Plenoy ejercer el voto correspondiente a los colegiados desu Colegio, cuyo número de votos se deducirá en talcaso de los correspondientes al representante autonó-mico.

Artículo 41. Competencias del Pleno.

Son competencias del Pleno:a) Las cuestiones que afectan a la organización cole-

gial o a la profesión de perito e ingeniero técnico indus-trial que tengan dimensión estatal o internacional.

b) Informar preceptivamente los anteproyectos deley o de disposiciones generales de cualquier rango, deámbito estatal, que afecten con carácter general al ejer-cicio de las profesiones relacionadas con la ingenieríatécnica industrial.

c) La representación ante la Administración del Esta-do o de organismos internacionales de los intereses dela profesión y de los colegiados.

d) La aprobación de los Estatutos generales y desus Reglamentos.

e) Aprobar las normas deontológicas de ámbitoestatal sobre el ejercicio de la profesión, las cuales nopodrán ir contra lo establecido en los presentes Estatutosy con sujeción a los mismos.

f) La coordinación de las actividades de los Colegios,en los ámbitos nacional e internacional.

g) Organizar los servicios de asistencia y previsiónde los profesionales colegiados con carácter general entodo el Estado.

h) Procurar el mayor nivel de empleo para los cole-giados, colaborando con la Administración en cuantosea conveniente para esta finalidad.

i) Aprobar las cuentas anuales del Consejo, sus pre-supuestos y la aportación de los Colegios para su sos-tenimiento.

j) Ejercer la potestad disciplinaria respecto de losmiembros de las Juntas de Gobierno de los Colegioscuando no exista Consejo Autonómico o las supuestasinfracciones tengan repercusión nacional, y de los pro-pios miembros del Consejo General.

k) Cumplir y velar por que se cumplan las leyes ylos Estatutos generales por las entidades colegiales ypor los demás órganos del Consejo General en las acti-vidades que les competen.

l) Resolver los recursos que se interpongan contraactos y acuerdos de los Colegios, si así se contemplaen la legislación aplicable o en los Estatutos del Colegiocorrespondiente.

m) Las demás atribuciones que se reconozcan alConsejo en estos Estatutos generales o que le atribuyala legislación vigente.

Artículo 42. Funcionamiento del Pleno.

1. El Pleno del Consejo General se reunirá en sesiónordinaria obligatoriamente una vez cada tres meses. Enla primera sesión del año, el orden del día deberá con-tener al menos los siguientes asuntos: aprobación delas cuentas anuales, los presupuestos, las aportacionesde los Colegios, y la información sobre la marcha delConsejo y de las actividades de la Junta Ejecutiva enel ejercicio anterior.

2. El Pleno celebrará sesión extraordinaria para laaprobación de los Estatutos generales y de sus Regla-mentos, y cuando así lo decida el propio Pleno en sesiónordinaria, lo acuerde la Junta Ejecutiva o lo soliciten cincoColegios, por acuerdo de sus respectivas Juntas deGobierno.

La convocatoria del Pleno se ordenará por su Pre-sidente, y se cursará por el Secretario, acompañada delorden del día, debiéndose notificar a todos sus miembroscon una antelación mínima de diez días, salvo casosde urgencia apreciada por el Presidente. Para las sesio-nes extraordinarias, el Presidente deberá convocar al Ple-no para la fecha que se haya decidido por el propioPleno o la Junta Ejecutiva, o dentro del mes siguientea recibir la solicitud de los Colegios que se expresanen el párrafo anterior.

3. En el orden del día, además de los asuntos queacuerde la Junta Ejecutiva, deberán incluirse, en su caso,los asuntos que hubiese dejado sobre la mesa el Plenoen sesiones anteriores, y los que hubieren solicitado lasJuntas de Gobierno de los Colegios.

Los acuerdos se adoptarán por mayoría simple, conexcepción de los que tienen previsto un quórum especialen estos Estatutos o en su Reglamento correspondiente.El Presidente tendrá voto dirimente en caso de empate.

Artículo 43. La Junta Ejecutiva.

1. La Junta Ejecutiva está integrada por un Presi-dente, un Vicepresidente, un Secretario, Vicesecretario,un Tesorero, un Interventor y cinco Vocales.

Los miembros de la Junta Ejecutiva serán elegidospor el Pleno y su mandato será de cuatro años, si bienlos vocales cesarán si pierden la condición de Decanos.Dicha elección y la cobertura de sus vacantes se suje-tarán a lo dispuesto en el correspondiente Reglamento.

2. La Junta Ejecutiva adoptará decisiones ejecutivasen todas las materias competencia del Pleno.

En todo caso, corresponde a la Junta Ejecutiva elcumplimiento y la ejecución de los acuerdos del Pleno,la preparación de sus sesiones, y el despacho de losasuntos que no requieren quórum especial y sean dereconocida urgencia.

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BOE núm. 28 Sábado 1 febrero 2003 4327

Igualmente le corresponde otorgar poderes y acordarel ejercicio de toda clase de acciones y la interposiciónde cualquier clase de recursos ante toda clase de orga-nismos y Tribunales, nacionales e internacionales. Encaso de reconocida urgencia, la interposición de recursospodrá ordenarse por el Presidente y deberá ratificarsepor la Junta Ejecutiva en la sesión siguiente.

3. La Junta Ejecutiva se reunirá a convocatoria delPresidente, al menos una vez al mes y aprobará su propioReglamento de funcionamiento.

Artículo 44. Órganos unipersonales del ConsejoGeneral.

1. Al Presidente le corresponde la suprema repre-sentación del Consejo General, la presidencia de todoslos órganos colegiados de los que forme parte y lasdemás atribuciones que se determinen en estos Esta-tutos y en sus correspondientes Reglamentos.

El cargo de Presidente del Consejo, para cuyo desem-peño se exigirá ser colegiado con una antigüedad mínimade diez años, o Decano de un Colegio y encontrarseen el ejercicio de la profesión en cualquiera de sus for-mas, se podrá ostentar por un máximo de dos mandatosconsecutivos; a tal efecto sólo se computarán los man-datos obtenidos a partir de la entrada en vigor de lospresentes Estatutos.

2. El Vicepresidente sustituirá al Presidente en casode ausencia, enfermedad o vacante, y desempeñará lasfunciones que le delegue el Presidente.

3. El Secretario lo será del Pleno y de los demásórganos colegiados de los que forme parte.

4. El Secretario, el Vicesecretario, el Tesorero y elInterventor desempeñarán las funciones propias de susrespectivos cargos que se especificarán en los corres-pondientes Reglamentos del Consejo.

5. Los cargos de Presidente y Vicepresidente soncompatibles con la condición de Decano de algún Cole-gio. Los cargos de Secretario, Vicesecretario, Tesoreroe Interventor son incompatibles con cualquier otro dela organización colegial.

TÍTULO III

Del régimen jurídico de la actividady del patrimonio de los entes colegiales

CAPÍTULO I

Del régimen jurídico de la actividad

Artículo 45. Régimen de la actividad de los entes cole-giales sujeta al derecho administrativo.

1. Las disposiciones colegiales y los actos referidosa la organización colegial se someterán a lo dispuestoen estos Estatutos Generales y en los Estatutos y Regla-mentos de los Colegios, según la corporación de quese trate, y supletoriamente a la Ley 30/1992, de 26de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administra-ciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, y demás leyes y principios de derecho públicoque les resulten de aplicación.

2. Las disposiciones colegiales y los actos de losentes colegiales se dictarán conforme al procedimientoestablecido en los respectivos Estatutos y Reglamentosde cada corporación.

3. Las disposiciones colegiales de las corporacionescolegiales deberán publicarse en los boletines de cadaentidad y en el tablón oficial, donde figurarán expuestosal menos durante dos meses.

4. Las resoluciones de las corporaciones colegialesdeberán dictarse con audiencia del interesado y debi-damente motivadas cuando tengan carácter sanciona-dor, limitativo de derechos o intereses legítimos, o resuel-van recursos.

5. Deberán notificarse los actos que afecten a losderechos e intereses de los colegiados, dejando cons-tancia en el expediente de su recepción. La notificacióndeberá contener el texto íntegro de la resolución, el órga-no que la dictó y la fecha, así como la indicación desi el acto es o no definitivo en la vía corporativa, y delos recursos que procedan, plazo para interponerlos yórgano ante el que hubieran de interponerse, sin perjuiciode que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cual-quier otro que estimen procedente.

Artículo 46. Silencio administrativo.

1. Los Estatutos y Reglamentos de los Colegios ylos del Consejo General deberán establecer el plazo enque obligatoriamente deberá resolverse la tramitacióndel procedimiento en cada caso. De no establecerse unplazo inferior, se entenderá que las solicitudes de loscolegiados deberán resolverse en el plazo máximo detres meses.

2. Finalizado el plazo establecido para la resoluciónde cada procedimiento sin que se haya notificado alinteresado solicitante, se entenderán producidos losefectos del silencio administrativo en el sentido favorablea lo solicitado o desestimatorio de la solicitud, que seestablezca en los citados Estatutos y Reglamentos delas corporaciones colegiales.

3. En todo caso, se entenderán estimadas por silen-cio administrativo las solicitudes referidas a la incorpo-ración al Colegio, cuando se haya acreditado en la soli-citud el cumplimiento de los requisitos exigidos por estosEstatutos.

Los actos producidos por silencio administrativo posi-tivo que supongan el reconocimiento o la atribución defacultades o derechos contrarios al ordenamiento jurí-dico serán nulos de pleno derecho.

Artículo 47. Nulidad y anulabilidad de los actos de lascorporaciones colegiales.

Los actos de las corporaciones colegiales serán nulosde pleno derecho o anulables en los casos establecidosen la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común.

Artículo 48. Acuerdos de los órganos colegiales.

Los órganos colegiados de gobierno de los Colegiosy del Consejo General no podrán adoptar acuerdos sobreasuntos no incluidos en el orden del día, salvo que esténpresentes todos sus miembros y acuerden por mayoríaabsoluta el carácter urgente del asunto a tratar.

Artículo 49. Recursos.

1. Los actos y acuerdos de los Colegios que resuel-van definitivamente un procedimiento serán susceptiblesde recurso de alzada ante el Consejo General, previoal contencioso-administrativo, en los siguientes supues-tos, siempre que así se contemple en la respectiva nor-mativa autonómica o en los Estatutos del Colegio corres-pondiente:

a) En los supuestos de denegación de la colegiación.b) Los actos de proclamación de candidatos y de

proclamación de candidatos electos.

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c) La denegación del visado colegial.d) Las sanciones disciplinarias, según lo dispuesto

en el artículo 58.e) Los acuerdos aprobatorios de normas reglamen-

tarias que afecten directamente al ejercicio profesionaly cuya aprobación no corresponda al Consejo General.

f) Los demás supuestos señalados en estos Esta-tutos generales.

2. Los acuerdos y actos de los Colegios no com-prendidos en el apartado anterior y los del ConsejoGeneral serán susceptibles de recurso de reposición concarácter facultativo, salvo que la legislación autonómicaprevea otra cosa en relación a la actividad de los Cole-gios.

3. Sin perjuicio de los recursos corporativos seña-lados en los apartados anteriores, todos los actos y dis-posiciones de las corporaciones colegiales dictados enel ejercicio de potestades administrativas podrán serobjeto de recurso contencioso-administrativo ante losórganos jurisdiccionales competentes.

4. Todo lo anterior se entiende sin perjuicio de laregulación propia de las Comunidades Autónomas, enmateria de las competencias de los Colegios y de losConsejos Autonómicos y del régimen jurídico de susactos.

Artículo 50. Procedimiento de los recursos.

1. El recurso de alzada se interpondrá ante el Con-sejo General, en el plazo de un mes a partir de su publi-cación o notificación.

2. El recurso de reposición se interpondrá ante elmismo órgano de gobierno de la corporación colegialque lo dictó, en el plazo de un mes.

La resolución de los recursos de reposición contraactos dictados por delegación corresponderá al órganodelegante.

3. El plazo de resolución de los recursos de alzaday de reposición será de tres meses, y de un mes res-pectivamente, entendiéndose desestimados, si a su ven-cimiento no hubiera sido notificada al recurrente la reso-lución del recurso.

Artículo 51. Comunicaciones entre los Colegios y elConsejo General.

Los Colegios deberán comunicar al Consejo General,por fax u otro medio que asegure su recepción en unplazo máximo de veinticuatro horas desde que se dic-taron, los actos de proclamación de candidatos y decandidatos electos y, en caso de proceder recurso dealzada ante el Consejo General, los recursos que contralos mismos se interpongan. De igual forma procederáel Consejo General a comunicar al Colegio correspon-diente la resolución que proceda en estos supuestos.

Los demás actos que hayan de elevarse al ConsejoGeneral para su resolución deberán remitirse en un plazono superior a diez días, salvo que se trate de recursosinterpuestos contra actos colegiales, en cuyo caso debe-rán remitirse en un plazo máximo de cinco días jun-tamente con el expediente administrativo.

Artículo 52. Régimen de la actividad no sujeta al dere-cho administrativo.

Los actos y contratos que no guarden relación conla organización de las corporaciones colegiales, ni el ejer-cicio de potestades administrativas, se someterán a lodispuesto en estos Estatutos generales y al derecho pri-vado, civil, mercantil o laboral según corresponda.

CAPÍTULO II

De los recursos económicos

Artículo 53. Recursos económicos de los Colegios.

1. Constituyen recursos económicos ordinarios delos Colegios:

a) Los derechos de incorporación al Colegio.b) Las cuotas periódicas a cargo de los colegiados.c) Las cuotas por visado de trabajos profesionales.d) Los ingresos procedentes de las rentas de su

patrimonio.e) Las contraprestaciones o subvenciones por servi-

cios o actividades del Colegio.

2. Son recursos económicos de carácter extraordi-nario de los Colegios:

a) Las cuotas o derramas que puedan ser aprobadasen una Junta General extraordinaria convocada al efecto,necesitando para ello de la aprobación de los dos terciosde los asistentes.

b) Las subvenciones y donativos a favor del Colegio.c) Cualquier otro ingreso que se pueda obtener

lícitamente.

3. El patrimonio del Consejo General estará cons-tituido exclusivamente por su sede social, el equipamien-to de la misma y el capital procedente de sus ingresosordinarios o extraordinarios destinado a sufragar susnecesidades.

TÍTULO IV

Del régimen disciplinario

Artículo 54. Competencia.

Los Colegios Oficiales, el Consejo General y, en sucaso, los Consejos Autonómicos, dentro de su respectivacompetencia, ejercerán la potestad disciplinaria para san-cionar las infracciones en que incurran los colegiadosy los cargos colegiales en el ejercicio de su profesióno en su actividad colegial.

Artículo 55. Infracciones.

Las infracciones que pueden ser objeto de sancióndisciplinaria se clasifican en muy graves, graves y leves.

1. Son infracciones muy graves:a) Los hechos constitutivos de delito como conse-

cuencia del ejercicio profesional o con ocasión del mismoo que afecten al ejercicio profesional.

b) El encubrimiento del intrusismo profesional.c) El uso del cargo o función pública en provecho

propio.

2. Son infracciones graves:a) El incumplimiento grave de los acuerdos de carác-

ter obligatorio adoptados por los órganos de gobiernode la organización colegial en materia de su competen-cia, o el incumplimiento grave de las obligaciones esta-blecidas en estos Estatutos.

b) El incumplimiento injustificado de las obligacio-nes económicas con los Colegios o de éstos con el Con-sejo General.

c) La desconsideración u ofensa graves a los miem-bros de los órganos de gobierno de la organización cole-gial, en el ejercicio de sus funciones, así como hacialos compañeros en el desempeño de la actividad pro-fesional.

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d) La competencia desleal.e) La realización de trabajos profesionales que aten-

tan contra el prestigio profesional que especifique elReglamento de normas deontológicas de actuación pro-fesional de los ingenieros técnicos industriales.

f) El incumplimiento de los deberes o incompatibi-lidades que por razón de su cargo se han de observar.

3. Son infracciones leves:

a) Las faltas reiteradas de asistencia o de delegaciónde la misma sin causa justificada a las reuniones dela Junta de Gobierno del Colegio o del Pleno del ConsejoGeneral.

b) Las incorrecciones de escasa trascendencia enla realización de los trabajos profesionales.

c) Las desconsideraciones u ofensas previstas enel párrafo c) del apartado anterior que no revistan carác-ter de grave.

d) El mal uso de los bienes muebles o inmueblesdel Colegio.

Artículo 56. Sanciones.

1. Las sanciones disciplinarias se clasifican en leves,graves y muy graves:

a) Son sanciones leves: amonestación privada y elapercibimiento por oficio del Decano.

b) Son sanciones graves: la suspensión de la cole-giación o de los derechos colegiales hasta seis meses;la inhabilitación para el ejercicio de cargos corporativoshasta un año.

c) Son sanciones muy graves: la suspensión de lacolegiación o de los derechos colegiales hasta dos años;la inhabilitación para el ejercicio de cargos corporativoshasta cinco años y la expulsión del Colegio, o en sucaso del Consejo General.

2. Las faltas que guarden relación con obligacionescolegiales se consideran corporativas y se sancionarán,según su gravedad, con amonestación privada o aper-cibimiento por oficio del Decano con anotación en elexpediente personal, si son leves; suspensión de los dere-chos colegiales hasta seis meses e inhabilitación paracargos colegiales hasta un año, si son graves, y sus-pensión de la colegiación e inhabilitación para cargoscolegiales hasta cinco años, si son muy graves.

3. Las faltas que entren dentro de la esfera de lasobligaciones profesionales serán sancionables, con amo-nestación privada, si son leves; con la suspensión dela colegiación hasta seis meses si son graves, y conla suspensión de la colegiación hasta dos años o la expul-sión si son muy graves.

Artículo 57. Procedimiento disciplinario.

1. No podrá imponerse sanción alguna sin haberinstruido un procedimiento previo. En su tramitación segarantizarán al colegiado, en todo momento, los siguien-tes derechos:

a) La presunción de no responsabilidad disciplinariamientras no se demuestre lo contrario.

b) A ser notificado de los hechos que se le imputan,de las infracciones que tales hechos puedan constituiry de las sanciones que, en su caso, se le pudieran impo-ner.

c) A ser notificado de la identidad del instructor,de la autoridad competente para imponer la sanción yde la norma que le atribuya tal competencia.

d) A conocer, en cualquier momento, el estado dela tramitación de los procedimientos en los que tenganla condición de interesado, y obtener copias de los docu-

mentos contenidos en ellos y asimismo copia selladade los que presente.

e) A utilizar la lengua propia de la Comunidad Autó-noma.

f) A formular alegaciones y presentar documentosen cualquier fase del procedimiento, anterior al trámitede alegaciones contra la propuesta de sanción.

g) A obtener información y orientación jurídicasobre el modo de defender sus intereses y a disponerde las suficientes garantías de defensa en el expediente.

h) A que la tramitación del procedimiento sancio-nador tenga una duración no superior a seis meses salvocausa justificada de la que quede debida constancia enel expediente.

2. Las sanciones leves podrán imponerse en un pro-cedimiento abreviado en el que se verificará la exactitudde los hechos, se oirá al presunto infractor, se com-probará si los mismos están tipificados en alguno delos supuestos del artículo 55.3 de estos Estatutos y seseñalará la sanción correspondiente.

Artículo 58. Recursos contra las resoluciones sancio-nadoras.

1. Las resoluciones de los Colegios que impongansanciones leves serán susceptibles de recurso ante elpropio órgano sancionador, salvo lo dispuesto en la legis-lación autonómica correspondiente en cuanto a las reso-luciones de los Colegios; las que impongan sancionesgraves o muy graves serán recurribles ante el ConsejoGeneral o ante el Consejo Autonómico, según resultede la legislación aplicable o de los Estatutos del Colegio,en el plazo de un mes desde su notificación.

2. Las resoluciones del Consejo General que impon-gan sanciones serán susceptibles de recurso potestativoante dicho órgano colegial.

3. Las resoluciones sancionadoras no serán ejecu-tivas hasta que sean firmes en la vía colegial.

No obstante, si se hubiere impuesto una sanción desuspensión por infracción muy grave, el órgano com-petente podrá acordar la adopción de las medidas pro-visionales pertinentes para garantizar la efectividad dela misma. En este caso, lo comunicará inmediatamenteal Consejo General o Autonómico, el cual, si se interponerecurso contra dicha sanción, deberá resolverlo en elplazo de un mes desde la efectividad de la medida pro-visional acordada por el Colegio sancionador.

4. La resolución de los recursos contra las resolu-ciones sancionadoras deberá producirse en el plazo detres meses, teniendo el silencio efectos desestimatorios.Contra las resoluciones de estos recursos sólo podráinterponerse recurso contencioso-administrativo.

Artículo 59. Prescripción de infracciones y sanciones.

1. Las infracciones leves prescribirán a los seismeses, las graves a los dos años y las muy graves alos tres años a contar desde el día en que la infracciónse hubiese cometido. La incoación debidamente noti-ficada al presunto infractor del procedimiento discipli-nario interrumpe la prescripción, reanudándose ésta sidicho procedimiento estuviese paralizado durante másde un mes por causa no imputable al presunto respon-sable.

2. Las sanciones prescribirán, de no haberse hechoefectivas por la entidad colegial sancionadora, en losmismos plazos que las infracciones según su clase, salvola expulsión del Colegio, que prescribirá a los cinco años.El plazo comenzará a contarse desde el momento en

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que hubiere adquirido firmeza en vía colegial la reso-lución sancionadora y se interrumpirá la prescripción porla iniciación, con conocimiento del interesado, de su eje-cución, reanudándose si ésta se paraliza más de un mespor causa no imputable al infractor.

Artículo 60. Anotación y cancelación de las sanciones.

1. Todas las sanciones disciplinarias se anotarán enel expediente personal del colegiado, con comunicaciónal Consejo y de éste a los Colegios en el caso de queafecten al ejercicio de la profesión.

2. Los sancionados podrán pedir la cancelación dela nota de su expediente personal, en los siguientes pla-zos contados desde el cumplimiento de la sanción:

a) Si fuese por falta leve, a los seis meses.b) Si fuese por falta grave, a los dos años.c) Si fuese por falta muy grave, a los cuatro años.

3. Ejecutada la sanción de expulsión, no se podrásolicitar la reincorporación a ninguno de los Colegioshasta transcurridos cinco años, salvo que sus Estatutosseñalen otro plazo superior.

4. La cancelación de antecedentes se realizará pre-via la instrucción de un procedimiento en el que el cole-giado gozará de los mismos derechos que en el pro-cedimiento incoado para la imposición de la sanción,siendo susceptible la resolución que se adopte de serimpugnada en la misma forma que la resolución san-cionadora.

Artículo 61. Régimen supletorio.

En lo no previsto en el presente título y en los Esta-tutos particulares de los Colegios regirán como suple-torios la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común; el Reglamento del pro-cedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadoray demás disposiciones concordantes.

TÍTULO V

De la reforma de los Estatutos generales

Artículo 62. Procedimiento para la reforma de los Esta-tutos generales.

Para la modificación de los presentes Estatutos gene-rales será preciso el acuerdo del Pleno del Consejo Gene-ral, adoptado con la mayoría absoluta de los votos desus miembros presentes o representados, previa audien-cia de los Colegios y su aprobación por el Gobierno,a propuesta del Ministro competente.

Disposición adicional primera. Denominación de losEstatutos de los Colegios.

Los Estatutos de los Colegios podrán adoptar cual-quier otra denominación que los identifique claramente,diferenciándolos de cualquier otro Reglamento internodel Colegio, salvo la de Estatutos generales que quedareservada a estos Estatutos.

Disposición adicional segunda. De los colegiados deCeuta y Melilla.

Los colegiados de Ceuta y Melilla se relacionarándirectamente con el Consejo General, el cual ejercerá

respecto de los mismos todas las funciones que los pre-sentes Estatutos atribuyen a los Colegios, pudiendo ejer-cerlos de modo directo o bien creando una delegaciónen cada una de dichas ciudades o mediante delegacionesen los Colegios que se consideren adecuados.

Disposición transitoria primera. Capitalidad y ámbitoterritorial de los Colegios.

1. Los Colegios de Peritos e Ingenieros TécnicosIndustriales existentes en la actualidad y su capitalidadson los siguientes:

Designación y capitalidad: Álava (Vitoria)Designación y capitalidad: Albacete. Albacete.Designación y capitalidad: Alicante. Alicante.Designación y capitalidad: Almería. AlmeríaDesignación y capitalidad: Aragón (Zaragoza).Designación y capitalidad: Ávila. Ávila.Designación y capitalidad: Badajoz. Badajoz.Designación y capitalidad: Barcelona. Barcelona.Designación y capitalidad: Burgos. Burgos.Designación y capitalidad: Cáceres. Cáceres.Designación y capitalidad: Cádiz. Cádiz.Designación y capitalidad: Cantabria. SantanderDesignación y capitalidad: Ciudad Real (Puertollano).Designación y capitalidad: Córdoba. Córdoba.Designación y capitalidad: A Coruña. A CoruñaDesignación y capitalidad: Cuenca. CuencaDesignación y capitalidad: Girona. Girona.Designación y capitalidad: Granada. Granada.Designación y capitalidad: Guadalajara. Guadalajara.Designación y capitalidad: Guipúzcoa (San Sebastián).Designación y capitalidad: Huelva. Huelva.Designación y capitalidad: Illes Balears (Palma de

Mallorca).Designación y capitalidad: Jaén (Agrupación Lina-

res-Jaén). Jaén.Designación y capitalidad: León. León.Designación y capitalidad: Lugo. Lugo.Designación y capitalidad: Lleida. Lleida.Designación y capitalidad: Madrid. Madrid.Designación y capitalidad: Málaga. Málaga.Designación y capitalidad: Manresa. Manresa.Designación y capitalidad: Navarra (Pamplona).Designación y capitalidad: Ourense. Ourense.Designación y capitalidad: Palencia. Palencia.Designación y capitalidad: Las Palmas. Las Palmas.Designación y capitalidad: Principado de Asturias

(Gijón).Designación y capitalidad: Región de Murcia. Murcia.Designación y capitalidad: La Rioja (Logroño).Designación y capitalidad: Salamanca. Salamanca.Designación y capitalidad: Santa Cruz de Tenerife.

Santa Cruz de Tenerife.Designación y capitalidad: Segovia. Segovia.Designación y capitalidad: Sevilla. Sevilla.Designación y capitalidad: Soria. Soria.Designación y capitalidad: Tarragona. Tarragona.Designación y capitalidad: Toledo. Toledo.Designación y capitalidad: Valencia. Valencia.Designación y capitalidad: Valladolid. Valladolid.Designación y capitalidad: Vigo. Vigo.Designación y capitalidad: Vilanova i la Geltrú. Vila-

nova i la Geltrú.Designación y capitalidad: Vizcaya (Bilbao).Designación y capitalidad: Zamora. Zamora.

2. El ámbito territorial de cada uno de los Colegioses el siguiente:

Colegio de Álava. Provincias que abarca: Álava y todasu provincia.

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BOE núm. 28 Sábado 1 febrero 2003 4331

Colegio de Albacete. Provincias que abarca: Albacetey toda su provincia.

Colegio de Alicante. Provincias que abarca: Alicantey toda su provincia.

Colegio de Almería. Provincias que abarca: Almeríay toda su provincia.

Colegio de Aragón. Provincias que abarca: Zaragoza,Huesca y Teruel.

Colegio de Ávila. Provincias que abarca: Ávila y todasu provincia.

Colegio de Badajoz. Provincias que abarca: Badajozy toda su provincia.

Colegio de Barcelona. Comarcas que abarca: L’Anoia,el Baix Llobregat, el Barcelonés, el Maresme, Osona, elVallés Occidental i el Vallés Oriental.

Colegio de Burgos. Provincias que abarca: Burgos ytoda su provincia.

Colegio de Cáceres. Provincias que abarca: Cáceresy toda su provincia.

Colegio de Cádiz. Provincias que abarca: Cádiz y todasu provincia.

Colegio de Cantabria. Provincias que abarca: Santan-der y toda su provincia.

Colegio de Ciudad Real. Provincias que abarca: CiudadReal y toda su provincia.

Colegio de Córdoba. Provincias que abarca: Córdobay toda su provincia.

Colegio de A Coruña. Provincias que abarca: A Coruñay toda su provincia.

Colegio de Cuenca. Provincias que abarca: Cuencay toda su provincia.

Colegio de Girona. Comarcas que abarca: la Selva,el Gironés, el Baix Empordá, L’Alt Empordá, el Pla del’Estany, La Garrotxa, el Ripollés y la Cerdanya.

Colegio de Granada. Provincias que abarca: Granaday toda su provincia.

Colegio de Guadalajara. Provincias que abarca: Gua-dalajara y toda su provincia.

Colegio de Guipúzcoa. Provincias que abarca: Gui-púzcoa y toda su provincia.

Colegio de Huelva. Provincias que abarca: Huelva ytoda su provincia.

Colegio de Illes Balears. Provincias que abarca: Todaslas Illes Balears.

Colegio de Jaén. Provincias que abarca: Jaén y todasu provincia.

Colegio de León. Provincias que abarca: León y todasu provincia.

Colegio de Lugo. Provincias que abarca: Lugo y todasu provincia.

Colegio de Lleida. Comarcas que abarca: l’Alt Urgell,l’Alta Ribagorça, les Garrigues, la Noguera, el Pallars Jus-sá, el Pallars Sobira, el Pla d’Urgell, La Segarra, el Segriá,el Solsonés, L’Urgell i Era Val d’Aran.

Colegio de Madrid. Provincias que abarca: Madrid ytoda su provincia.

Colegio de Málaga. Provincias que abarca: Málagay toda su provincia.

Colegio de Manresa. Comarcas que abarca: del Bagesi el Berguedà.

Colegio de Navarra. Provincias que abarca: Navarray toda su provincia.

Colegio de Ourense. Provincias que abarca: Ourensey toda su provincia.

Colegio de Palencia. Provincias que abarca: Palenciay toda su provincia.

Colegio de Las Palmas. Provincias que abarca: LasPalmas y toda su provincia.

Colegio de Principado de Asturias. Provincias queabarca: Asturias y toda su provincia.

Colegio de la Región de Murcia. Provincias que abar-ca: Murcia y toda su provincia.

Colegio de La Rioja. Provincias que abarca: La Riojay toda su provincia.

Colegio de Salamanca. Provincias que abarca: Sala-manca y toda su provincia.

Colegio de Santa Cruz de Tenerife. Provincias queabarca: Santa Cruz de Tenerife y toda su provincia.

Colegio de Segovia. Provincias que abarca: Segoviay toda su provincia.

Colegio de Sevilla. Provincias que abarca: Sevilla ytoda su provincia.

Colegio de Soria. Provincias que abarca: Soria y todasu provincia.

Colegio de Tarragona. Comarcas que abarca: l’AltCamp, el Baix Camp, el Baix Ebre, el Baix Penedés, laConca de Barberá, El Montsiá, el Priorat, la Ribera d’Ebre,El Tarragonés i la Terra Alta.

Colegio de Toledo. Provincias que abarca: Toledo ytoda su provincia.

Colegio de Valencia. Provincias que abarca: Valenciay Castellón de la Plana.

Colegio de Valladolid. Provincias que abarca: Valla-dolid y toda su provincia.

Colegio de Vigo. Provincias que abarca: Pontevedray toda su provincia.

Colegio de Vilanova i la Geltrú. Comarcas que abarca:Garraf i l’Alt Penedés.

Colegio de Vizcaya. Provincias que abarca: Vizcayay toda su provincia.

Colegio de Zamora. Provincias que abarca: Zamoray toda su provincia.

3. Lo dispuesto en los apartados anteriores será deaplicación en tanto en cuanto las Comunidades Autó-nomas no dispongan otra cosa en sus respectivos ámbi-tos territoriales.

Disposición transitoria segunda. Aplicación de los Esta-tutos particulares de los Colegios.

En tanto no se produzca la adaptación que se prevéen la disposición final primera, los Colegios aplicaránlos Estatutos actualmente vigentes en cuanto no entrenen contradicción con lo dispuesto en estos Estatutosgenerales.

Disposición final primera. Adaptación de los Estatutosde los Colegios a los Estatutos generales.

En el plazo de un año desde la aprobación de estosEstatutos, los Colegios procederán a la reforma de susEstatutos vigentes, por el procedimiento señalado en elartículo 34, para adaptarlos a lo dispuesto en estos Esta-tutos, todo ello sin perjuicio, en su caso, de lo dispuestoen la legislación autonómica aplicable.

En el mismo plazo, el Consejo General procederá ala reforma de sus correspondientes Reglamentos.

Disposición final segunda. Moción de censura de losmiembros del Consejo General.

La moción de censura de los miembros del ConsejoGeneral se regulará en el correspondiente Reglamento,de acuerdo con las prescripciones del artículo 37 deestos Estatutos.

Disposición final tercera. Elecciones de cargos de laJunta Ejecutiva del Consejo General.

En el plazo de seis meses desde la publicación deestos Estatutos en el «Boletín Oficial del Estado», se con-vocarán elecciones para cubrir los cargos de la JuntaEjecutiva del Consejo General, salvo que procediesenantes en función de la duración de los mandatos vigen-tes.

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COMUNIDAD AUTÓNOMADEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

2102 LEY 13/2002, de 23 de diciembre, de tenen-cia, protección y derechos de los animales.

EL PRESIDENTE DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

Sea notorio que la Junta general del Principado deAsturias ha aprobado, y yo en nombre de Su Majestadel Rey, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31.2del Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias,vengo a promulgar la siguiente Ley de tenencia, pro-tección y derechos de los animales.

PREÁMBULO

La presente Ley es consecuencia de la voluntad polí-tica de abordar el problema de la inexistencia de unalegislación con una perspectiva general y actualizadasobre la protección de los animales domésticos, salvajesdomesticados y salvajes en cautividad.

El Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias,aprobado por Ley Orgánica 7/1981, de 30 de diciembre,establece como competencia exclusiva del Principadoen su artículo 10.1.10 la agricultura y ganadería, deacuerdo con la ordenación general de la economía.

La normativa vigente, ya anticuada y parcial, seencuentra dispersa, no permitiendo llevar a cabo unatarea de protección y defensa efectiva de la seguridadhumana frente a los animales, siendo necesario, al mismotiempo, establecer las normas y los medios que permitanmantener y salvaguardar los animales, y las condiciones,en los casos permitidos, de la tenencia, venta, tráficoy el mantenimiento de animales en cautividad a fin deque se produzcan con unas garantías mínimas de bie-nestar.

En la Declaración Universal de los Derechos delAnimal, proclamada el 15 de octubre de 1987 por laUNESCO, así como en los Convenios de Washington,Berna y Bonn, firmados por España, se establece el mar-co general de protección a las especies animales, requi-riendo una adaptación a la Comunidad Autónoma delPrincipado de Asturias.

Asimismo, la creciente sensibilidad social por el res-peto, la protección y la defensa de todos los seres vivos,en general, y de los animales más próximos a las per-sonas, en particular, hace necesario incorporar esos prin-cipios a una normativa actualizada y en concordanciacon estos convenios internacionales y la normativa dela Unión Europea en la materia.

Respondiendo a esta demanda, procede la promul-gación de la presente Ley, en la que se pretende incor-porar no sólo las medidas que garanticen una saludablerelación de los animales con las personas en el aspectohigiénico-sanitario, sino también una eficaz protecciónde los animales evitándoles los malos tratos, la utilizaciónabusiva y el sufrimiento innecesario infligidos por laspersonas.

La Ley va dirigida fundamentalmente, aunque no demanera exclusiva, a la protección de los denominadosanimales de compañía, cuya mera tenencia va a com-portar obligaciones para su propietario o poseedor. Elconocimiento de éstas es el primer elemento para quequienes lo pretendan valoren y sopesen la decisión queentraña el ocuparse de un animal de compañía.

Esta Ley desarrolla, asimismo, los aspectos legisla-tivos que en virtud de las competencias del Principadode Asturias en materia de agricultura y ganadería le otor-ga el Estatuto de Autonomía y de la Ley 50/1999,de 23 de diciembre, sobre el régimen jurídico de la tenen-cia de animales potencialmente peligrosos.

CAPÍTULO I

Disposiciones generales

Artículo 1. Objeto y ámbito.

1. La presente Ley tiene por objeto establecer lasnormas que regirán la tenencia y protección de los ani-males domésticos, salvajes domesticados o en cautivi-dad dentro del territorio del Principado de Asturias, conindependencia de que estén o no censados o registradosen éste, y del lugar de residencia de las personas pro-pietarias o poseedoras.

2. La presente Ley pretende hacer efectivos lossiguientes fines:

a) Alcanzar un nivel de bienestar de los animalesadecuado a su condición de seres vivos, recogiendo dere-chos inherentes a esta condición.

b) Compatibilizar el adecuado trato de los animalescon el disfrute por el ser humano de los mismos.

c) Permitir la utilización de los animales para la mejo-ra del bienestar económico, físico y social del ser huma-no, sin que ello suponga infligir a los animales un dañoo maltrato innecesario para alcanzar aquel objeto.

d) Evitar situaciones de riesgo y posibles daños apersonas, animales o bienes por inadecuado manejo ycontrol de animales potencialmente peligrosos.

e) Fomentar el conocimiento del mundo animal.f) Sensibilizar y formar al ser humano sobre los valo-

res y conductas que esta Ley recoge.

Artículo 2. Exclusiones y excepciones.

1. Las especies de fauna silvestre en su medio natu-ral y las que de acuerdo con las disposiciones vigenteshan sido declaradas objeto de caza o pesca, estaránsometidas a la legislación específica sobre estas mate-rias, aplicándose esta Ley en todo lo demás.

2. La presente Ley se aplicará sin perjuicio de loestablecido en la legislación vigente, en las siguientesmaterias:

a) La utilización de animales para la experimenta-ción y otros fines científicos.

b) La fiesta de los toros y los encierros.c) Las competiciones de tiro al pichón controladas

por la federación y autorizadas por la Consejería com-petente en materia de ganadería.

d) Las fiestas que se hayan celebrado de forma inin-terrumpida durante cien años, siempre que no supongantortura, lesiones o muerte del animal.

Artículo 3. Definiciones.

A los efectos de lo establecido en la presente Ley,se entenderán por animales, establecimientos y profe-sionales los siguientes conceptos:

1. Animales:a) Animales domésticos: Los que pertenezcan a

especies que habitualmente se críen, reproduzcan y con-vivan con las personas.

b) Animales de compañía: Los animales domésticosque se mantienen generalmente en el propio hogar, conel objeto de obtener su compañía. Los perros y los gatos,

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sea cual sea su finalidad, se considerarán a efectos deesta Ley animales de compañía.

c) Animales salvajes domesticados: Los que habien-do nacido silvestres y libres son acostumbrados a lavista y compañía de la persona, dependiendo definiti-vamente de ésta para su subsistencia.

d) Animales salvajes en cautividad: Los que siendolibres por su condición sean objeto de captura en sumedio natural, manteniéndose en grado absoluto y per-manente de dominación.

e) Animal errante: Todo animal que se mueva segúnsu instinto fuera del control de su propietario o poseedor.

f) Perro errante: Todo perro que fuera de una acciónde caza o guarda de un rebaño no se encuentre bajoel cuidado efectivo de su dueño o dueña, se encuentrefuera del alcance de su voz o de un instrumento sonoroque permita llamarle o que esté alejado de su propietarioo propietaria o de la persona poseedora más de 100metros.

g) Gato errante: Todo gato encontrado a más de1.000 metros del domicilio de su dueño o dueña y queno se encuentre bajo el control directo de éstos, asícomo todo gato cuyo propietario o propietaria no seaconocido y sea recogido en la vía pública o en la pro-piedad de otro.

h) Animal abandonado: Todo animal errante quetras su captura y una vez concluido el plazo que establecela normativa vigente no haya sido reclamado por su due-ño o dueña o éstos no hayan podido ser localizados.

i) Animales potencialmente peligrosos: Todos losanimales de la fauna salvaje que se utilicen como ani-males domésticos o de compañía, con independenciade su agresividad, y que pertenezcan a especies o razasque tengan capacidad de causar la muerte o lesionesa las personas o a otros animales y daños a las cosas.

También tendrán la calificación de potencialmentepeligrosos los animales domésticos o de compañía quereglamentariamente se determinen, en particular, los per-tenecientes a la especie canina.

2. Establecimientos:a) Establecimiento: Cualquier recinto, instalación,

edificio o grupo de edificios, incluyendo anexos y espa-cios que no estén totalmente cerrados o cubiertos, asícomo instalaciones móviles donde se alojen, mantengano críen animales.

b) Núcleo zoológico: Los que albergan coleccioneszoológicas de animales indígenas o exóticos con finescientíficos, culturales, recreativos, de reproducción, recu-peración, adaptación o conservación de los mismos,incluyendo: Los parques, jardines zoológicos, los zoo-safaris, las reservas zoológicas o bancos de animales,las colecciones zoológicas privadas y otras agrupacioneszoológicas.

c) Centro para el fomento y cuidado de animalesde compañía: Los establecimientos que tienen por objetola reproducción, explotación, tratamiento higiénico, alo-jamiento temporal o permanente y venta, o ambos, deanimales de compañía.

d) Centro de depósito de animales: Establecimientoque tiene por objeto principal la recogida de perros ygatos errantes facilitándoles en el tiempo y forma quemarque la normativa vigente alojamiento, alimentación,cuidados y los tratamientos higiénico-sanitarios que lanormativa establezca.

e) Refugio: Establecimiento sin fines lucrativos diri-gido por una fundación o asociación de protección deanimales reconocida por la autoridad competente y queacoja o se encargue de los animales provenientes deun centro de depósito de animales al término de losplazos establecidos o bien procedan de particulares.

f) Establecimientos veterinarios: Aquéllos donde serealiza habitualmente cualquier tipo de tratamientos qui-

rúrgicos, terapéuticos y la hospitalización de animalesbajo la responsabilidad de un Veterinario.

3. Profesionales:

Veterinario acreditado: Todo profesional que con taltitulación sea autorizado por la Consejería competenteen materia de ganadería para desarrollar algunas de lastareas que se deberán realizar al amparo de esta Ley.

Artículo 4. Registro Informático Centralizado

1. Se crea en la Consejería competente en materiade ganadería un Registro Informático Centralizado, cuyaorganización y funcionamiento se establecerá reglamen-tariamente, debiendo estar coordinado con los censosde los Concejos y personas físicas o jurídicas autorizadaspor aquélla.

2. El Registro tendrá, al menos, las siguientes sec-ciones:

a) Animales identificados y sus propietarios.b) Censo por Concejos.c) Establecimientos relacionados con los animales

objeto de esta Ley.d) Animales potencialmente peligrosos.e) Veterinarios acreditados.

3. Los Ayuntamientos remitirán los datos del censode su competencia al Registro, para su constancia.

CAPÍTULO II

Protección de los animales

Artículo 5. Condiciones de la tenencia de animales.

Todo animal debe ser mantenido por la persona pro-pietaria en condiciones compatibles con los imperativosbiológicos propios de su especie, estando obligado aproporcionarle la alimentación suficiente y adecuada asu normal desarrollo, asistencia veterinaria y un aloja-miento, así como el necesario descanso y esparcimientoa sus características específicas.

Artículo 6. Prohibición de malos tratos.

1. Se prohíben los malos tratos a los animales.2. Reglamentariamente se desarrollarán las medi-

das apropiadas para asegurar su protección frente a losmalos tratos o las utilizaciones abusivas y para evitarlessufrimientos innecesarios derivados de las manipulacio-nes inherentes a las diferentes técnicas de crianza, mane-jo, estancia, transporte y sacrificio de los animales objetode esta Ley.

Artículo 7. Requisitos de los centros, establecimientose instalaciones de animales.

1. Los centros de depósito de animales, los refugios,los centros para el fomento y cuidado de animales decompañía, así como los núcleos zoológicos deberán:

a) Estar inscritos en el correspondiente RegistroMunicipal.

b) Estar inscritos en el Registro Informático Centra-lizado regulado en el artículo 4 de esta Ley. En el casode centros o instalaciones de acuicultura en aguas con-tinentales, se requerirá informe vinculante del órganocompetente.

c) Contar con una persona responsable de la gestióndel establecimiento, que figure inscrita como tal en elRegistro de Establecimientos.

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d) Cumplir la normativa en lo referente al empla-zamiento, las instalaciones, las condiciones sanitarias yel bienestar de los animales.

e) Contar al menos con una persona que esté encontacto directo con los animales que posea un cer-tificado de capacitación, expedido en la forma y conlas condiciones que se determinen reglamentariamente.

f) Disponer de un servicio veterinario responsableacreditado por la Consejería competente en materia deganadería que se encargará de las cuestiones sanitariasy de bienestar de los animales pertenecientes a estoscentros.

2. Las peluquerías de animales deberán cumplir losrequisitos de los puntos d) y e) del apartado 1 de esteartículo.

3. Las personas que, sin ejercer las actividadesincluidas en este artículo, posean más de cinco animalesdestetados deberán cumplir la letra d) del apartado 1de este artículo.

4. Los servicios veterinarios oficiales de la Conse-jería competente en materia de ganadería supervisaráne inspeccionarán regularmente el cumplimiento de estaLey y sus Reglamentos en estos centros. Reglamenta-riamente se determinarán las condiciones sanitarias ylas medidas de control.

Artículo 8. Exposición y manifestación de animales.

La persona responsable de la organización de unaexposición o de cualquier otra manifestación referidaa los animales objeto de esta Ley deberá solicitar pre-viamente autorización a la Consejería competente enmateria de ganadería. El lugar y las instalaciones dondese celebre la manifestación cumplirán las reglas sani-tarias y de protección y bienestar de los animales, con-tando, en todo caso, con el correspondiente controlveterinario.

Artículo 9. Cesión y venta de animales.

1. La cesión gratuita o venta de los animales objetode esta Ley en lugares o instalaciones públicas sólo sepodrá realizar en aquellos autorizados por la Consejeríacompetente en materia de ganadería.

2. Sólo se podrán vender perros y gatos mayoresde ocho semanas. No obstante, los perros y gatos quevayan desde el criadero al domicilio particular delcomprador directamente podrán ser vendidos con seissemanas.

3. Toda venta de animales de compañía deberáacompañarse en el momento de la entrega del animalal receptor del animal de un documento informativosobre las características y las necesidades del animal,que contenga asimismo consejos para su educación ymanejo.

4. Cualquier transacción estará sujeta a la presen-tación de la cartilla sanitaria debidamente cumplimen-tada por un Veterinario para los animales que reglamen-tariamente se establezca.

Artículo 10. Transporte de animales.

1. A los efectos de esta Ley, se entenderá por trans-porte todo desplazamiento de animales que se efectúecon un medio de transporte desde el lugar de origenhasta el de destino, incluidas todas las operaciones decarga y descarga de los animales, las paradas interme-dias con o sin descarga, las operaciones que puedanrealizarse para el cuidado, descanso, alimentación y abre-vado de los animales y los posibles trasbordos.

2. El transporte de los animales objeto de la pre-sente Ley habrá de efectuarse de acuerdo con las pecu-

liaridades propias de cada especie, cumpliéndose losrequisitos de identificación y registro del animal, de bie-nestar del mismo e higiénico-sanitarios exigidos en lanormativa específica y aquellos otros que reglamenta-riamente se determinen.

Durante el transporte y el estacionamiento de los ani-males de compañía en vehículos privados, el animal dis-pondrá de aireación y temperaturas adecuadas.

3. Asimismo, se establecerá reglamentariamente elacceso de animales de compañía a los medios de trans-porte públicos, que en todo caso estará supeditado alestado higiénico-sanitario óptimo de los animales y alos requisitos acordados.

4. Respecto a los perros guía para deficientes visua-les, así como en relación con otros animales de compañíaque auxilien a otros deficientes psíquicos o físicos, siem-pre que vayan acompañados de quienes se valgan deellos o de sus instructores, se estará a lo dispuesto enla legislación correspondiente.

CAPÍTULO III

Obligaciones de las personas propietarias de animalesde compañía para con las Administraciones Públicas

SECCIÓN 1.a REQUISITOS ADMINISTRATIVOS: IDENTIFICACIÓNY CENSO

Artículo 11. Cartilla sanitaria.

Los animales de compañía deberán poseer una cartillasanitaria en los casos y con las características que regla-mentariamente se determinen.

Artículo 12. Identificación y censo de animales de com-pañía.

1. Los perros y gatos deberán ser identificados indi-vidualmente mediante la implantación de un microchipen las condiciones que reglamentariamente se determi-nen y, en todo caso, deberán estar identificados antesde su venta o cesión. La identificación será obligatoriaantes de los tres meses.

2. Los perros y gatos deberán ser censados en elConcejo en que se encuentren habitualmente en el plazode tres meses a contar desde la fecha de nacimientoo de quince días a contar desde la fecha de adquisición.

3. El traslado de perros y gatos de otras Comuni-dades Autónomas al ámbito territorial del Principado deAsturias por un período de tiempo no superior a tresmeses requerirá la identificación del animal con el micro-chip reglamentario y la notificación previa al Concejode destino o a la Consejería competente en materia deganadería. Los perros y gatos que permanezcan en elPrincipado de Asturias por un tiempo superior a tresmeses, deberán ser censados en el Concejo de residenciadel animal.

4. La Consejería competente en materia de gana-dería podrá determinar qué otras especies de animalesobjeto de esta Ley deben ser identificadas individual-mente y censadas.

SECCIÓN 2.a MEDIDAS SANITARIAS

Artículo 13. Vacunación, tratamiento sanitario y sacri-ficio de animales.

1. Sin perjuicio de lo dispuesto en la legislación auto-nómica en materia de sanidad animal, la Consejería com-petente en materia de ganadería podrá imponer la vacu-nación, tratamiento sanitario obligatorio y el sacrificiode los animales a que hace referencia esta Ley por razo-

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nes de salud pública, de sanidad animal o de bienestaranimal.

2. Los animales que hayan de ser sacrificados loserán de forma rápida e indolora y por métodos auto-rizados por la Consejería competente en materia de gana-dería, y siempre que ello sea posible en locales aptospara tal fin y bajo control y responsabilidad de un Vete-rinario.

3. Las autoridades sanitarias del Principado de Astu-rias podrán ordenar el internamiento o aislamiento delos animales, en el supuesto de que se les hubieran diag-nosticado enfermedades transmisibles o existan indiciosde ser portadores de las mismas, ya sea para someterlosa observación, a un tratamiento curativo, o para su sacri-ficio si fuese necesario.

CAPÍTULO IV

Animales abandonados y errantes

Artículo 14. Prohibición de abandono de animales.

Se prohíbe abandonar los animales, excepto los des-tinados a repoblaciones autorizadas.

Artículo 15. Animales errantes.

1. Cuando los animales errantes se encuentren enterrenos que pertenecen a terceros, la persona propie-taria perjudicada, su representante, las juntas de pastoso los propios servicios municipales, en su caso, tienenderecho a inmovilizarlos de forma no lesiva para el ani-mal, debiendo denunciar ante el Ayuntamiento respec-tivo o ante la Consejería competente en materia de gana-dería los hechos.

2. Si se conociera a la persona propietaria del animalerrante, ésta será requerida a efectos de que procedaa retirar al animal, siendo a su costa los gastos oca-sionados a la Administración por la manutención y tenencia.

3. Si los animales retenidos no son reclamados enel plazo de ocho días siguientes del suceso, los serviciosveterinarios oficiales o acreditados podrán ordenar, trasla evaluación de los daños, su cesión o sacrificio.

4. Con el fin de evitar daños a las personas, ganadoy riqueza cinegética, así como por motivos de salud públi-ca, los perros errantes asilvestrados podrán ser abatidoscuando su captura no sea posible.

Artículo 16. Perros y gatos errantes.

1. Para evitar la existencia de perros y gatos erran-tes, las autoridades municipales podrán ordenar que losanimales vayan atados y que los perros usen bozal.

2. Los perros y gatos errantes deberán ser condu-cidos al centro de depósito de animales, donde semantendrán durante los plazos y formas fijados en elartículo 18 de esta Ley.

3. Los titulares de terrenos de explotación agrariatienen derecho a que sean recogidos por un agente dela autoridad los perros y gatos errantes, en las propie-dades que explotan, para su conducción al centro dedepósito de animales.

Artículo 17. Centros de depósito de animales.

1. Los Ayuntamientos dispondrán de un centro dedepósito de animales para recoger y mantener los perrosy gatos que se encuentren errantes o abandonados hastael término de los plazos y formas fijados en el artículo 18

de esta Ley. Reglamentariamente se determinarán losrequisitos que deben cumplir dichos depósitos.

2. El bienestar animal, la sanidad y la epidemiovi-gilancia en el depósito, se asegurará por los serviciosveterinarios acreditados del establecimiento. Reglamen-tariamente se definirán las obligaciones de los mismos.

Artículo 18. Destino de los animales de los centrosde depósito de animales.

1. Una vez identificados los propietarios o propie-tarias de los perros y de los gatos recogidos en el centrode depósito de animales, se procederá a la entrega delos animales al respectivo dueño o dueña, salvo quese trate de zona declarada oficialmente de rabia, en lasque sólo se devolverán a sus propietarios o propietariaslos animales vacunados.

2. Al final de un plazo de ocho días hábiles, si elanimal no ha sido reclamado será considerado comoabandonado y pasará a propiedad municipal, pudiéndoseadoptar por la autoridad municipal competente algunade las siguientes medidas:

a) En las zonas indemnes de rabia, la guarda y cui-dado de los animales hasta el límite de plazas de acogidade la misma. Tras la inspección veterinaria se podránceder los animales a fundaciones o asociaciones de pro-tección y defensa de animales que dispongan de unrefugio idóneo o a particulares. Si el Veterinario constatala necesidad, se procederá al sacrificio del animal.

b) En las zonas oficialmente declaradas infectadasde rabia se procederá al sacrificio de los animales.

Artículo 19. Control de gatos errantes que vivan engrupo.

1. La autoridad municipal, por su iniciativa o a ins-tancia de una asociación de protección de los animales,en las zonas indemnes de rabia, podrá ordenar la capturade los gatos errantes no identificados y sin propietarioo propietaria conocido que vivan en grupo en lugarespúblicos del Concejo a fin de proceder a su esterilizacióny a su identificación conforme al artículo 12 y devolverlosal mismo lugar.

2. La identificación y censo se realizarán a nombredel Ayuntamiento respectivo, al que competen la vigi-lancia sanitaria y el control de estas poblaciones.

CAPÍTULO V

Animales potencialmente peligrosos

Artículo 20. Vigilancia y control de animales potencial-mente peligrosos.

1. Si un animal dadas sus condiciones presentaraun peligro para las personas o los animales domésticos,el Ayuntamiento o la Consejería competente en materiade ganadería, de oficio o a petición de parte, pediráa la persona propietaria o poseedora del animal queen el plazo que a tal fin se le conceda tome las medidasoportunas para prevenir el peligro.

2. Si la persona propietaria poseedora del animal,en el plazo que a tal fin se le conceda, no ejecutaralas medidas indicadas, se procederá a la incautacióndel animal y a su traslado a un lugar de depósito quereúna condiciones higiénico-sanitarias y de seguridad,procediéndose por la Consejería competente en materiade ganadería de conformidad con el artículo 18 de estaLey.

3. Si al final de ocho días hábiles el propietario opropietaria o la persona poseedora no hubiera aplicado

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las medidas propuestas, tras la inspección de losservicios veterinarios oficiales de la Consejería compe-tente en materia de ganadería se procederá:

a) Para las especies sensibles a la rabia, susceptiblesde transmitirla por mordedura, se aplicará lo dispuestoen el artículo 18 de esta Ley.

b) Para el resto de las especies la Consejería com-petente en materia de ganadería podrá proceder a lacesión gratuita o sacrificio del animal.

4. Los animales objeto de esta Ley, cuando supon-gan peligro para las personas o sus bienes, podrán sercapturados o abatidos con la urgencia que el caso requie-ra y bajo el control de la autoridad competente.

Artículo 21. Clasificación de animales potencialmentepeligrosos.

1. Los perros potencialmente peligrosos, que seránobjeto de las medidas específicas definidas en este capí-tulo, se dividirán en dos categorías:

1.a Perros de ataque.2.a Perros de guarda y defensa.

Reglamentariamente se establecerá una relación delos tipos de perros y su categoría.

2. Los servicios veterinarios oficiales de la Conse-jería competente en materia de ganadería determinarán,de oficio o a petición de parte, si determinados perrosdeben ser incluidos en una de estas dos categorías, inde-pendientemente de la raza a la que pertenezcan.

3. Los servicios veterinarios oficiales de la Conse-jería competente en materia de ganadería determinarán,de oficio o a petición de parte, si animales de otrasespecies deben ser clasificados como potencialmentepeligrosos.

Artículo 22. Medidas a adoptar sobre la circulación deperros potencialmente peligrosos.

1. En la vía y espacios públicos y en las zonas comu-nes de las comunidades de vecinos, los perros poten-cialmente peligrosos deberán estar sujetos con correao cadena no extensible de menos de dos metros, usarbozal y estar vigilados por una persona mayor de edad,sin que puedan llevarse más de uno de estos perrospor persona.

2. Se prohíbe el acceso de los perros de ataquea los transportes colectivos, a los lugares públicos, excep-tuando las vías públicas, así como a locales abiertosal público, y su estancia en instalaciones colectivas delas comunidades de vecinos.

Artículo 23. Licencia y limitaciones de tenencia deperros potencialmente peligrosos.

1. La tenencia de perros potencialmente peligrososrequerirá la obtención de previa licencia administrativaotorgada por el Ayuntamiento del Concejo de residenciade la persona propietaria.

2. No podrán obtener la licencia a que se refiereeste artículo:

a) Las personas menores de dieciocho años.b) Las personas condenadas por delitos de homi-

cidio o torturas, contra la libertad o contra la integridadmoral, contra la libertad sexual y la salud pública, deasociación con banda armada o de narcotráfico, así comolas personas que tengan sanciones por infracciones enmateria de tenencia de animales potencialmente peli-grosos.

c) Las personas que no posean un certificado deaptitud psicológica.

d) Quienes no acrediten haber formalizado un segu-ro de responsabilidad civil por daños a terceros que pue-dan ser causados por sus animales.

Artículo 24. Requisitos para la obtención de la licenciade animales potencialmente peligrosos.

Para la obtención de licencia de tenencia de animalespotencialmente peligrosos serán precisos los siguientesrequisitos, que deberán mantenerse durante toda la vidadel animal:

a) Identificación del animal y cartilla sanitaria obli-gatoria según la normativa vigente en cada momentopara los diferentes animales objeto de esta Ley.

b) Vacuna antirrábica obligatoria y vigente en losanimales susceptibles a la enfermedad.

c) El certificado veterinario de esterilización del ani-mal para los perros machos y hembras de la 1.a categoría.Se exceptuarán de esta intervención quirúrgica los perrospertenecientes a personas físicas o jurídicas debidamen-te autorizadas por la Consejería competente en materiade ganadería que realicen actividades de selección yreproducción, así como los perros pertenecientes a lasFuerzas Armadas, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad delEstado y Cuerpos de Policía Local, a Aduanas, a serviciospúblicos de socorro y compañías privadas de seguridadautorizadas.

Artículo 25. Importación y comercio de animales poten-cialmente peligrosos.

La importación, venta o transmisión por cualquier títu-lo de los animales potencialmente peligrosos se ajus-tarán a lo dispuesto en la legislación básica en la materia.

Artículo 26. Sección Registral de «Animales Potencial-mente Peligrosos».

1. La Sección de «Animales Potencialmente Peligro-sos» prevista en el Registro Informático Centralizadoregulado en el artículo 4 de esta Ley estará coordinadacon los diversos Registros Municipales, y que podrá serconsultada por todas las Administraciones Públicas yautoridades competentes, así como por aquellas perso-nas físicas o jurídicas que acrediten tener interés legítimoen el conocimiento de los datos obrantes en el mismo.

2. En esta Sección, en la que figurará una clasi-ficación de animales potencialmente peligrosos por espe-cies, se incluirán, al menos, los datos personales delpropietario o propietaria, las características del animalque hagan posible su identificación y el lugar habitualde residencia del mismo, especificando si está destinadoa convivir con los seres humanos o si por el contrariotiene finalidades distintas como la guarda, protecciónu otra que se indique.

Artículo 27. Centros de cría y venta de animales peli-grosos.

Los centros de cría y venta de animales peligrosos,además de necesitar las licencias previstas en esta Ley,y constar en los registros pertinentes, estarán sometidosa inspecciones periódicas, prohibiéndose la manipula-ción genética con objeto de favorecer el desarrollo dedeterminados rasgos y potencialidades físicas o com-portamientos de agresividad. Asimismo se prohíbe lapublicidad o promoción de tales características.

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Artículo 28. Actos registrables y obligaciones de la per-sona titular de la licencia frente al Registro InformáticoCentralizado.

1. Incumbe a la persona titular de la licencia la obli-gación de solicitar la inscripción en el Registro Infor-matico Centralizado a que se refiere el artículo 4 deesta Ley, dentro de los quince días siguientes a la fechaen que haya obtenido la correspondiente licencia de laAdministración competente.

2. Cualesquiera incidentes producidos por animalespotencialmente peligrosos a lo largo de su vida se haránconstar en la hoja registral de cada animal, que se cerrarácon su muerte o sacrificio certificado por un Veterinarioo autoridad competente. Asimismo, la persona titularde la licencia está obligada a comunicar al respectivoRegistro Municipal la venta, traspaso, donación, robo,muerte, desaparición o pérdida del animal, que se haráconstar en su correspondiente hoja registral, debiendofigurar constancia suficiente en el Registro InformáticoCentralizado. Las autoridades administrativas y las judi-ciales comunicarán a la Consejería competente en mate-ria de ganadería, para constancia en el Registro, los inci-dentes de los que tuvieran conocimiento producidos porlos animales potencialmente peligrosos.

3. En las hojas registrales de cada animal se haráconstar igualmente el certificado de sanidad animal expe-dido por los servicios veterinarios acreditados, que conperiodicidad anual deberán certificar la situación sani-taria del animal y la inexistencia de enfermedades o tras-tornos que lo hagan especialmente peligroso.

4. Las autoridades responsables del Registro noti-ficarán a las autoridades administrativas o judiciales com-petentes cualquier incidencia que conste en el Registropara su valoración y, en su caso, adopción de medidascautelares o preventivas.

5. El incumplimiento por el propietario o propietariadel animal de lo dispuesto en este artículo será objetode la correspondiente sanción administrativa, de con-formidad con lo dispuesto en la presente Ley.

Artículo 29. Adiestramiento de animales potencialmen-te peligrosos y certificado de capacitación.

1. El adiestramiento de los animales a los que serefiere este capítulo sólo podrá ser realizado por las per-sonas autorizadas por la Consejería competente en mate-ria de ganadería, mediante la expedición del certificadode capacitación de adiestrador.

2. El certificado de capacitación será otorgado pre-via superación de las pruebas de aptitud, cursos o acre-ditación de experiencia que se determinen por resolucióndel titular de la Consejería competente en materia deganadería.

3. El adiestrador o adiestradora en posesión del cer-tificado de capacitación deberá comunicar trimestral-mente al Registro Informático Centralizado la relaciónnominal de clientes que han hecho adiestrar a un animalpotencialmente peligroso, con determinación de la iden-tificación de éste, a efectos de su anotación registralen la hoja del animal, con indicación expresa del tipode adiestramiento recibido.

Artículo 30. Transporte de animales potencialmentepeligrosos.

1. El transporte de animales potencialmente peli-grosos habrá de efectuarse de conformidad en laLey 50/1999, de 23 de diciembre, sobre régimen jurí-dico de la tenencia de animales potencialmente peli-grosos.

2. El traslado de un animal potencialmente peligrosode otra Comunidad Autónoma al ámbito territorial del

Principado de Asturias, de manera permanente o tem-poral, requerirá la notificación, previa al traslado, a laConsejería competente en materia de ganadería.

3. La permanencia de estos animales en la Comu-nidad Autónoma, con carácter permanente o por períodosuperior a tres meses, obligará a la persona propietariaa efectuar la inscripción oportuna en el correspondienteRegistro Municipal.

CAPÍTULO VI

Asociaciones de protección y defensa de los animales

Artículo 31. Asociaciones de protección y defensa.

1. De acuerdo con la presente Ley, son asociacionesde protección y defensa de los animales las asociacionessin fines de lucro, legalmente constituidas, que tenganpor finalidad la defensa y protección de los animales.Dichas asociaciones serán consideradas, a todos losefectos, como sociedades de utilidad pública y bené-fico-docentes.

2. Las asociaciones de protección y defensa de losanimales que reúnan los requisitos determinados regla-mentariamente deberán estar inscritas en un registrocreado a tal efecto y se les otorgará el título de EntidadesColaboradoras por la Consejería competente en materiade ganadería. Dicha Consejería podrá convenir con estasasociaciones la realización de actividades encaminadasa la protección y defensa de los animales.

3. La Administración del Principado de Asturiaspodrá conceder ayudas a las asociaciones que hayanobtenido el título de colaboradoras.

4. Las asociaciones de protección y defensa de losanimales podrán instar a la Consejería competente enmateria de ganadería y a los Concejos, en el marco desus respectivas competencias, para que realicen inspec-ciones en aquellos casos concretos en que existan indi-cios de irregularidades.

5. Los agentes de la autoridad podrán prestar sucolaboración y asistencia a las asociaciones de protec-ción y defensa de los animales declaradas EntidadesColaboradoras, en las gestiones incluidas en sus finesestatutarios.

Artículo 32. Otras asociaciones.

1. Igualmente podrán crearse otras asociacionesque, sin tener por finalidad específica la protección ydefensa de los animales, tengan por objeto cualquierotro lícito relacionado con los mismos, y que sin tenerfinalidad lucrativa se hallen legalmente constituidas einscritas en el correspondiente Registro de la Consejeríacompetente en materia de ganadería.

2. A este tipo de asociaciones les será igualmenteaplicable lo dispuesto en los apartados 3, 4 y 5 del ar-tículo 31 de esta Ley.

CAPÍTULO VII

Vigilancia e inspección

Artículo 33. Vigilancia e inspección.

Los Ayuntamientos y la Consejería competente enmateria de ganadería llevarán a cabo la vigilancia e ins-pección de los centros para el fomento y cuidado deanimales de compañía, así como los centros de depósitode animales, refugios y demás establecimientos defini-dos en esta Ley.

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Artículo 34. Control veterinario de los animales.

Los Veterinarios en ejercicio, las clínicas y los hos-pitales veterinarios archivarán las fichas clínicas de losanimales objeto de vacunación, tratamiento o sacrificiodurante al menos cinco años y las pondrán a disposiciónde la autoridad competente.

CAPÍTULO VIII

De la divulgación y educación en materiade protección animal

Artículo 35. Divulgación.

1. La Administración autonómica adoptará las medi-das necesarias que contribuyan a la divulgación del con-tenido de esta Ley, fomentando el respeto a los animales,defendiendo y promoviendo el mismo en la sociedad.

2. Las asociaciones de protección y defensa de losanimales declaradas colaboradoras serán instrumentosbásicos en el desarrollo de las tareas de divulgación einformación de esta Ley.

Artículo 36. Asesoramiento a la Administración Local.

La Administración autonómica desarrollará las actua-ciones necesarias para que las Administraciones localescon competencia en la ejecución de lo previsto en estaLey conozcan las obligaciones y responsabilidades queésta les encomienda, prestándoles para ello el aseso-ramiento y colaboración técnica necesaria.

Artículo 37. Información.

1. La Administración Autonómica velará por que losdistintos sectores sociales y profesionales a que estaLey directamente afecta estén informados de las obli-gaciones que de esta Ley se derivan, sin que ello seaóbice para el obligado cumplimiento de la misma.

2. En particular tras la entrada en vigor de la pre-sente Ley, la Administración Autonómica programarácampañas divulgativas de su contenido, entre ganaderos,criadores y transportistas de animales de abasto, hacien-do especial hincapié en la formación de profesionalesen materia de bienestar animal, y llevará a cabo cam-pañas informativas con la finalidad de evitar la proli-feración incontrolada de los animales domésticos enposesión de las personas, así como el abandono de crías.

Artículo 38. Educación.

1. A partir del curso escolar en que esta Ley entreen vigor y también en los cursos sucesivos, el Gobiernodel Principado de Asturias programará campañas divul-gativas del contenido de la presente disposición entrelos escolares y habitantes del Principado de Asturias.

2. El Gobierno del Principado de Asturias, en losprogramas educativos aplicables en el ámbito de laComunidad, incluirá contenidos en materia de bienestaranimal, teniendo como objetivos el respeto a los ani-males y el establecimiento de una correcta relación entrepersonas y animales.

Artículo 39. Fomento.

1. La Administración Autonómica fomentará los sis-temas de producción animal que maximicen las con-diciones de bienestar animal, la libertad de los animales,cuidados higiénico-sanitarios y calidad en la alimenta-ción. Para ello, se establecerán programas de calidadpara la cría y mantenimiento de animales bajo estas

condiciones, así como para la comercialización de susproductos derivados.

2. En particular protegerá y fomentará la cría derazas autóctonas asturianas que permitan el manteni-miento de explotaciones en régimen extensivo.

3. La Administración Autonómica fomentará la for-mación continuada y actualizada del personal de lamisma que desarrolle funciones relacionadas con la eje-cución de esta Ley.

CAPÍTULO IX

Infracciones y sanciones

SECCIÓN 1.a INFRACCIONES

Artículo 40. Clases de infracciones.

Las infracciones que pudieran cometerse contra lodispuesto en la presente Ley se clasifican en muy graves,graves y leves.

Artículo 41. Infracciones muy graves.

Son infracciones administrativas muy graves:

a) El mal trato, la utilización abusiva y el sufrimientoinnecesario ejercido a los animales objeto de esta Ley.

Se considerará agravante de esta infracción cuandosea cometida por personas que ejerzan las actividadesincluidas en los artículos 7 y 29 de esta Ley.

b) Abandonar un animal potencialmente peligroso.c) Tener animales potencialmente peligrosos sin

licencia.d) Vender o transmitir por cualquier título un animal

potencialmente peligroso a quien carezca de licencia.e) Adiestrar animales para potenciar su agresividad

o para fines prohibidos.f) Adiestrar animales potencialmente peligrosos por

quien carezca del certificado de capacitación.g) La organización o celebración de concursos, ejer-

cicios, exhibiciones, peleas o espectáculos de los ani-males objeto de esta Ley que supongan malos tratos,utilización abusiva o sufrimiento innecesario.

h) Circular con perros de ataque sin bozal o sincorrea.

Artículo 42. Infracciones graves.

Son infracciones administrativas graves:a) La apertura y funcionamiento de establecimien-

tos que no reúnan los requisitos del artículo 7 de estaLey.

b) La venta o cesión en lugares públicos no auto-rizados.

c) La organización de exposiciones u otras mani-festaciones con animales sin autorización.

d) Vender perros y gatos con incumplimiento delo dispuesto en el artículo 9.1 y 2 de esta Ley.

e) No estar en posesión del certificado veterinariode buen estado sanitario en las transacciones cuandoel animal padezca enfermedades o vicios ocultos.

f) Transportar los animales incumpliendo la norma-tiva específica en materia de bienestar animal y sin adop-tar las medidas precautorias para garantizar la seguridadde las personas, bienes y otros animales.

g) No poseer la cartilla sanitaria y vacunaciones obli-gatorias vigentes de los animales potencialmente peli-grosos.

h) No tener identificados reglamentariamente losperros y los gatos, o las demás especies objeto de estaLey a las que se refiere el artículo 12.3.

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i) Incumplir los requisitos sanitarios obligatorios,siempre que ello entrañe peligro para otros animaleso las personas.

j) Ejecutar el sacrificio de animales incumpliendo losmétodos autorizados reglamentariamente o cuando elsacrificio de estos animales se realice sin la supervisiónde un Veterinario responsable, suponiendo en amboscasos sufrimiento innecesario del animal.

k) Abandonar los animales objeto de esta Ley. Seconsidera abandono la pérdida o extravío de uno deestos animales que no se hubiera denunciado ante laautoridad competente en el plazo de cuarenta y ochohoras.

l) Dejar suelto un animal potencialmente peligrosoo no haber adoptado las medidas necesarias para evitarsu escapada o extravío.

m) Incumplir la obligación de identificar el animalpotencialmente peligroso.

n) No inscribir en el Registro correspondiente unanimal potencialmente peligroso.

ñ) Circular un perro de guarda o defensa en lugarespúblicos sin bozal o no sujeto con correa.

o) No esterilizar los perros de ataque en los supues-tos legalmente exigidos.

p) No facilitar la información requerida por las auto-ridades competentes, en el cumplimiento de sus fun-ciones, así como el suministro de información inexactao de documentación falsa.

q) No controlar debidamente a los animales, deján-dolos deambular por espacios públicos o privados, sinautorización.

Artículo 43. Infracciones leves.

Son infracciones leves:a) No acompañar la venta de los animales objeto

de esta Ley de documento informativo citado en el ar-tículo 9.

b) No presentar certificado veterinario en las tran-sacciones dispuestas en el artículo 9.

c) No controlar la aireación y la temperatura en lostransportes en vehículos privados de perros y gatos.

d) No poseer cartilla sanitaria, ni certificado de vacu-nación obligatoria, para los animales que preceptivamen-te la requieran.

e) No cumplir los requisitos sanitarios obligatorios,cuando ello no entrañe peligro para los animales o laspersonas.

f) No guardar las fichas clínicas de los animalesdurante cinco años en los establecimientos veterinarios.

g) La participación a título de espectador o espec-tadora en espectáculos prohibidos por esta Ley.

h) Ejecutar el sacrificio de animales incumpliendolos métodos autorizados reglamentariamente o cuandoel sacrificio de estos animales se realice sin la supervisiónde un Veterinario responsable, cuando en ambos supues-tos no haya sufrimiento innecesario.

SECCIÓN 2.a SANCIONES

Artículo 44. Cuantía de la sanciones.

1. Las infracciones tipificadas en la sección anteriorserán sancionadas con multas de:

a) Leves: 60,1 euros a 601,01 euros.b) Graves: 601,02 euros a 3.005,06 euros.c) Muy graves: 3.005,07 euros a 90.151 euros.

2. Las cuantías de las sanciones establecidas enla presente Ley podrán ser revisadas y actualizadas anual-mente por Decreto, a propuesta de la Consejería com-petente en materia de ganadería.

3. La imposición de cualquiera de las sancionesestablecidas en la presente Ley no excluye de la res-ponsabilidad civil de la persona sancionada, ni de suobligación de hacer frente a la indemnización que pudie-ra resultar exigible por la valoración de los daños y per-juicios ocasionados por la infracción cometida.

Artículo 45. Sanciones accesorias.

En la resolución del expediente sancionador, ademásde las multas a que se refiere el artículo 44, los órganoscompetentes podrán imponer las siguientes sancionesaccesorias:

a) El cierre temporal o definitivo de los estableci-mientos regulados por esta Ley para las infraccionesgraves o muy graves. El cierre podrá llegar hasta dosaños en las infracciones graves, y en las muy graves,de dos a cuatro años, hasta el cierre definitivo.

b) La prohibición temporal o permanente, respec-tivamente para las infracciones graves y muy graves,del ejercicio de actividades comerciales reguladas porla Ley. La prohibición temporal en las infracciones gravespodrá llegar hasta dos años. En las muy graves, de dosa cuatro años, hasta la prohibición permanente.

c) En el caso de entidades no lucrativas podrá sus-penderse temporalmente el ejercicio de las actividadescon los animales objeto de esta Ley en las infraccionesgraves y las muy graves. La suspensión será de hastados años en las infracciones graves, y de dos años acuatro años, hasta la suspensión definitiva, en caso deinfracciones muy graves.

d) La prohibición de adquirir animales por un perío-do de hasta dos años, si la infracción es calificada degrave, y de dos a cuatro años, hasta prohibición defi-nitiva, si la infracción es muy grave.

e) La incautación de los animales objeto de la infrac-ción, cuando fuere necesario para garantizar el bienestardel animal y la protección de las personas y las cosas.

Los animales incautados se custodiarán en instala-ciones habilitadas al efecto y serán cedidos a terceroso sacrificados de conformidad con lo establecido en estaLey.

f) La comisión de faltas graves o muy graves delas previstas en esta Ley, en los centros u otros esta-blecimientos e instalaciones, podrá comportar la inha-bilitación del gestor o gestora o persona responsablede forma temporal o definitiva. La inhabilitación en lasinfracciones calificadas como graves podrá llegar hastados años. En las muy graves, de dos a cuatro años,hasta la inhabilitación definitiva.

Artículo 46. Graduación de las sanciones.

1. Para la graduación de la cuantía de las multasy la determinación del tiempo de duración de las san-ciones previstas en el artículo precedente se tendránen cuenta las siguientes circunstancias:

a) La importancia del daño causado al animal.b) La existencia de lucro ilícito y la cuantía del bene-

ficio obtenido en la comisión de la infracción.c) La trascendencia social o sanitaria y el perjuicio

causado por la infracción cometida.d) La reincidencia en la comisión de infracciones.

Existe reincidencia cuando se hubiere impuesto sanciónmediante resolución firme en vía administrativa por comi-sión de una de las infracciones previstas en la presenteLey, en el plazo de cinco años.

e) La violencia ejercida contra animales en presen-cia de niños o discapacitados psíquicos.

2. En el supuesto de que unos mismos hechos seanconstitutivos de dos o más infracciones administrativas,se impondrá la sanción de mayor cuantía.

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Artículo 47. Personas responsables.

Se considerará responsables de las infracciones pre-vistas en esta Ley a quienes por acción u omisión hayanparticipado en su comisión, a la persona propietaria oposeedora de los animales o, en su caso, a la personaresponsable de la gerencia y a la persona titular delestablecimiento, local, centro o medio en el que se pro-duzcan los hechos. En este último caso, se considerarátambién responsable a la persona titular de la empresadel transporte.

Artículo 48. Prescripción.

1. Los plazos de prescripción de las infraccionesson de tres años para las muy graves, dos años paralas graves y seis meses para las leves, a contar desdela fecha de la comisión de la infracción.

2. Los plazos de prescripción de las sanciones sonde tres años para las muy graves, dos años para lasgraves y un año para las leves, a contar desde el díasiguiente en que la resolución sancionadora sea firme.

SECCIÓN 3.a PROCEDIMIENTO Y COMPETENCIA

Artículo 49. Procedimiento sancionador.

El ejercicio de la potestad sancionadora prevista enla presente Ley requerirá la incoación e instrucción delcorrespondiente expediente administrativo, de conformi-dad con lo establecido en la presente sección y en lasdisposiciones legales o reglamentarias que regulen elprocedimiento sancionador de la Administración del Prin-cipado de Asturias.

Artículo 50. Órgano competente.

El ejercicio de la potestad sancionadora correspon-derá:

a) A la persona titular de la Dirección General com-petente en materia de ganadería, en el caso de infrac-ciones graves y leves.

b) A la persona titular de la Consejería competenteen materia de ganadería, en el caso de infracciones muygraves.

Artículo 51. Medidas cautelares.

1. Iniciado el expediente sancionador, la autoridadadministrativa instructora podrá adoptar motivadamentelas siguientes medidas cautelares:

a) La retirada preventiva de los animales sobre losque existan indicios de haber sufrido alguna de las con-ductas sancionadas por la presente Ley y la custodia,tras su ingreso, en un centro de recogida de animales.

b) La clausura preventiva de las instalaciones, cen-tros o establecimientos.

2. Las medidas cautelares durarán mientras persis-tan las causas que motivaron su adopción. En todo caso,la retirada de animales no podrá prolongarse mas alláde la resolución firme del expediente, ni la clausura pre-ventiva podrá exceder de la mitad del plazo previstoen artículo 45.a) de esta Ley para las faltas graves ymuy graves.

Disposición transitoria única.

Los gatos nacidos con anterioridad a la entrada envigor de la presente Ley se identificarán en los plazosque se determinen reglamentariamente.

Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos a quienessea de aplicación esta Ley coadyuven a su cumplimiento,así como a todos los Tribunales y Autoridades que laguarden y la hagan guardar.

Oviedo, a 23 de diciembre de 2002.

VICENTE ÁLVAREZ ARECES,Presidente

(Publicada en el «Boletín Oficial del Principado de Asturias» núme-ro 301, de 31 de diciembre de 2002)

2103 LEY 14/2002, de 27 de diciembre, de Pre-supuestos Generales para 2003.

EL PRESIDENTE DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

Sea notorio que la Junta general del Principado deAsturias ha aprobado, y yo en nombre de Su Majestadel Rey, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31.2del Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias,vengo a promulgar la siguiente Ley de PresupuestosGenerales para 2003.

PREÁMBULO

Los Presupuestos Generales del Principado de Astu-rias para el ejercicio 2003 se configuran como el prin-cipal instrumento de racionalización de la actividad dela Administración autonómica y como mecanismo esen-cial de integración de la actividad pública dentro delescenario económico regional. En este sentido, el papelde la Administración Pública ha de servir de catalizadorde la actividad de los diferentes agentes económicosy sociales, con el objetivo último de consolidar y mejorarlas estructuras económicas regionales dentro de unentorno de coherencia y desarrollo sostenible.

El entorno financiero y presupuestario en el que seenmarcan estos presupuestos viene condicionado en pri-mer lugar porque el presupuesto de ingresos refleja ensu totalidad el nuevo sistema de financiación autonómicaal haber asumido el Principado de Asturias el traspasode las funciones y servicios del Instituto Nacional dela Salud, mediante Real Decreto 1471/2001, de 27 dediciembre. La asunción de esta nueva competencia esun aspecto de trascendental importancia porque reflejael avance que esta Comunidad Autónoma ha experimen-tado a lo largo de estos tres últimos años en autonomía,corresponsabilidad fiscal y nivel de autogobierno.

En segundo lugar, tras la entrada en vigor de la Ley18/2001, de 12 de diciembre, general de estabilidadpresupuestaria, quedan delimitados los principios rec-tores a que deberá adecuarse la política presupuestariadel Sector Público, en aplicación efectiva del principiode estabilidad presupuestaria. En este contexto, la auto-rización de endeudamiento se limita a que el saldo vivode la deuda a 31 de diciembre de 2003 no supere elcorrespondiente a 1 de enero de 2003, quedando mer-madas, en consecuencia, las posibilidades reales deinversión autonómica.

Atendiendo a su contenido, los presupuestos para2003 tienen como clara prioridad fortalecer el Estadodel bienestar y dar mayor peso a las políticas sociales.Es un presupuesto que apuesta claramente por la con-solidación y mantenimiento de un sistema educativo decalidad para todos los asturianos y asturianas, por laconstitución de un sistema de servicios sociales avan-zado y estable y por el desarrollo de un sistema próximode salud cuyo objetivo es ofrecer la mejor atención alciudadano a través de la implantación de nuevos pro-gramas y de realizar un esfuerzo en materia de inver-

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siones sanitarias, que permitirá completar la red de cen-tros sanitarios, reformar los hospitales comarcales yhacer realidad el comienzo de la construcción del nuevoHospital Universitario Central de Asturias.

Todas estas actuaciones se complementan con elapoyo decidido al empleo, como factor de integraciónsocial y desarrollo personal, con las políticas que facilitanel acceso a la vivienda, con las destinadas a garantizarla igualdad de oportunidades para todos, haciendo espe-cial hincapié en las mujeres y los jóvenes, y con la puestaen marcha de unas políticas fiscales con carácter redis-tributivo y social.

Los Presupuestos Generales para 2003 tambiénfomentan el desarrollo económico con la implantaciónde las nuevas tecnologías de la información en todoslos ámbitos de la sociedad y a través del impulso deun modelo industrial competitivo y abierto, sin olvidarla puesta en valor de nuestros activos, como el turismo,el medio rural y la riqueza cultural de esta ComunidadAutónoma. En materia de infraestructuras se destina unimportante volumen de recursos a mejorar la articulaciónterritorial.

Finalmente, y en cumplimiento de los acuerdos fir-mados el 5 de julio de 2001 entre la Administraciónde la Comunidad Autónoma y los representantes de lossindicatos mineros, los Presupuestos Generales del Prin-cipado de Asturias para 2003 incorporan los créditosdestinados a la ejecución de la tercera anualidad delPlan complementario de reactivación de las comarcasmineras.

CAPÍTULO I

De la aprobación de los Presupuestosy de sus modificaciones

SECCIÓN 1.a CRÉDITOS INICIALES Y FINANCIACIÓNDE LOS MISMOS

Artículo 1. Ámbito de los Presupuestos Generales delPrincipado de Asturias.

1. Los Presupuestos Generales del Principado deAsturias para el ejercicio 2003 se integran por:

a) El presupuesto de la Administración del Princi-pado.

b) Los presupuestos de los organismos públicoscuya normativa específica confiere carácter limitativo alos créditos de sus presupuestos de gastos:

Centro Regional de Bellas Artes.Orquesta Sinfónica del Principado de Asturias.Consejo de la Juventud del Principado de Asturias.Comisión Regional del Banco de Tierras.Establecimientos Residenciales para Ancianos de

Asturias.Servicio de Salud del Principado de Asturias.Junta de Saneamiento.Servicio Regional de Investigación y Desarrollo Agroa-

limentario del Principado de Asturias.c) Los presupuestos de los restantes organismos

públicos:112 Asturias.Bomberos del Principado de Asturias.Instituto de Desarrollo Económico del Principado de

Asturias.d) Los presupuestos de los siguientes Entes públi-

cos:Consejo Económico y Social.Real Instituto de Estudios Asturianos.

Consorcio para la Gestión del Museo Etnográfico deGrandas de Salime.

Consorcio de Transportes de Asturias.e) Los presupuestos de las siguientes empresas

públicas, constituidas por aquellas entidades mercantilescon participación mayoritaria, directa o indirecta, del Prin-cipado en su capital social:

«Sociedad Regional de Recaudación del Principadode Asturias, Sociedad Anónima».

«Sociedad Asturiana de Estudios Económicos e Indus-triales, Sociedad Anónima».

«Viviendas del Principado de Asturias, Sociedad Anó-nima».

«Sedes, Sociedad Anónima».«Productora de Programas del Principado de Asturias,

Sociedad Anónima».«Empresa Asturiana de Servicios Agrarios, Sociedad

Anónima».«Empresa Pública Sociedad de Servicios del Princi-

pado de Asturias, Sociedad Anónima».«Sociedad Inmobiliaria del Real Sitio de Covadonga,

Sociedad Anónima».«Hostelería Asturiana, Sociedad Anónima.«Inspección Técnica de Vehículos de Asturias, Socie-

dad Anónima».«Sociedad Regional de Promoción del Principado de

Asturias, Sociedad Anónima».«Sociedad Regional de Turismo, Sociedad Anónima».«Ciudad Industrial Valle del Nalón, Sociedad Anóni-

ma».

Artículo 2. De la aprobación de los estados de gastose ingresos.

1. En el estado de gastos del presupuesto de laAdministración del Principado se aprueban créditos parala ejecución de los distintos programas por importe dedos mil novecientos noventa y siete millones novecientosveintinueve mil ochocientos uno (2.997.929.801) euros,cuya financiación figura en el estado de ingresos conel siguiente detalle:

a) Derechos económicos estimados a liquidar parael ejercicio, por un importe de dos mil ochocientos noven-ta y nueve millones quinientos ochenta y seis mil dos-cientos setenta y ocho (2.899.586.278) euros.

b) Endeudamiento resultante de las operaciones decrédito a realizar durante el ejercicio 2003, manteniendola posición neta deudora.

2. En los estados de gastos de los presupuestosde los organismos públicos cuya normativa específicaconfiere carácter limitativo a los créditos de sus pre-supuestos de gastos se aprueban, para la ejecución desus programas, créditos por los importes siguientes:

a) Centro Regional de Bellas Artes: Tres millonesdoscientos sesenta y siete mil quinientos noventa y cinco(3.267.595) euros.

b) Orquesta Sinfónica del Principado de Asturias:Tres millones ochocientos setenta y cuatro mil seiscien-tos treinta y seis (3.874.636) euros.

c) Consejo de la Juventud del Principado de Astu-rias: Trescientos ochenta y siete mil ciento noventa(387.190) euros.

d) Comisión Regional del Banco de Tierras: Sete-cientos cincuenta y un mil ciento noventa y uno(751.191) euros.

e) Establecimientos Residenciales para Ancianos deAsturias: Cuarenta y un millones trescientos quince milnovecientos sesenta y siete (41.315.967) euros.

f) Servicio de Salud del Principado de Asturias:Novecientos sesenta y nueve millones trescientos cin-

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cuenta y cinco mil seiscientos cuarenta y dos(969.355.642) euros.

g) Junta de Saneamiento: Veintisiete millones cien-to once mil cuatrocientos seis (27.111.406) euros.

h) Servicio Regional de Investigación y DesarrolloAgroalimentario del Principado de Asturias: Seis millonesnovecientos tres mil cuarenta y uno (6.903.041) euros.

3. Los créditos a que hace referencia el apartadoanterior se financiarán con los derechos económicos quefiguran en los estados de ingresos de cada organismopúblico por el mismo importe que los gastos consig-nados.

4. En los estados de gastos de los presupuestosde los restantes organismos públicos se aprueban lasestimaciones de gastos y previsiones de ingresos, asícomo sus estados financieros por los importes siguien-tes:

a) 112 Asturias: Dos millones ciento cuarenta y tresmil cuatrocientos (2.143.400) euros.

b) Bomberos del Principado de Asturias: Once millo-nes novecientos noventa y nueve mil seiscientos cua-renta (11.999.640) euros.

c) Instituto de Desarrollo Económico del Principadode Asturias: Cincuenta y siete millones seiscientos treintay un mil quinientos ocho (57.631.508) euros.

5. En los presupuestos de los entes públicos seaprueban dotaciones por los siguientes importes, quese financiarán con unos recursos totales de igual cuantía:

a) Consejo Económico y Social: setecientos seis milsetenta y uno (706.071) euros.

b) Real Instituto de Estudios Asturianos: Doscientossetenta y dos mil ochocientos treinta y cuatro (272.834)euros.

c) Consorcio para la Gestión del Museo Etnográficode Grandas de Salime: Doscientos cuarenta mil trescien-tos ochenta y nueve (240.389) euros.

d) Consorcio de Transportes de Asturias: Cuatromillones ciento veinticinco mil trescientos siete(4.125.307) euros.

6. En los presupuestos de las empresas públicascon participación mayoritaria, directa o indirecta, del Prin-cipado en su capital social se incluyen las estimacionesy previsiones de gastos e ingresos por los siguientesimportes, así como sus estados financieros referidos asu actividad específica:

a) «Sociedad Regional de Recaudación del Princi-pado de Asturias, Sociedad Anonima»: Cinco millonestrescientos noventa y cuatro mil trescientos veintiocho(5.394.328) euros.

b) «Sociedad Asturiana de Estudios Económicos eIndustriales, Sociedad Anónima»: Un millón trescientosdieciséis mil trescientos (1.316.300) euros.

c) «Viviendas del Principado de Asturias, SociedadAnónima»: Un millón doscientos setenta y cuatro milsetecientos sesenta (1.274.760) euros.

d) «Sedes, Sociedad Anónima»: Cincuenta y nuevemillones setecientos treinta y seis mil ochocientos noven-ta y siete (59.736.897) euros.

e) «Productora de Programas del Principado deAsturias, Sociedad Anónima»: Un millón cuatrocientoscuarenta y siete mil novecientos treinta y nueve(1.447.939) euros.

f) «Empresa Asturiana de Servicios Agrarios, Socie-dad Anónima»: Un millón doscientos cincuenta y nuevemil ciento veinte (1.259.120) euros.

g) «Empresa Pública Sociedad de Servicios del Prin-cipado de Asturias, Sociedad Anónima»: Setecientossesenta y siete mil setecientos ochenta y tres (767.783)euros.

h) «Sociedad Inmobiliaria del Real Sitio de Covadon-ga, Sociedad Anónima»: Seiscientos noventa y siete mildoscientos (697.200) euros.

i) «Hostelería Asturiana, Sociedad Anónima»: Seismillones seiscientos noventa y cinco mil trescientos vein-tiocho (6.695.328) euros.

j) «Inspección Técnica de Vehículos de Asturias,Sociedad Anónima»: Cinco millones setecientos sesentay cuatro mil novecientos diecinueve (5.764.919) euros.

k) «Sociedad Regional de Promoción del Principadode Asturias, Sociedad Anónima»: Seis millones ochocien-tos cincuenta y dos mil cuatrocientos veinte (6.852.420)euros.

l) «Sociedad Regional de Turismo, Sociedad Anó-nima»: Tres millones novecientos cincuenta y seis mil(3.956.000) euros.

m) «Ciudad Industrial Valle del Nalón, Sociedad Anó-nima»: Dos millones setecientos cuarenta y ocho mil cien-to treinta y seis (2.748.136) euros.

Artículo 3. De la distribución funcional del gasto.

El importe consolidado de los estados de gastos delos presupuestos de la Administración del Principado deAsturias y de los organismos públicos cuya normativaespecífica confiere carácter limitativo a los créditos desus presupuestos de gastos se desagrega por funcionesde acuerdo con el siguiente detalle en euros:

Deuda: Ciento cincuenta y tres millones setecientosveintiocho mil cuatrocientos ochenta (153.728.480)euros.

Alta dirección de la Comunidad y del Consejo deGobierno: Diez millones seiscientos sesenta y ocho milciento treinta y seis (10.668.136) euros.

Administración general: Cincuenta y cuatro millonestrescientos veintiocho mil cuatrocientos setenta(54.328.470) euros.

Seguridad y protección civil: Doce millones ochocien-tos sesenta y seis mil quinientos sesenta (12.866.560)euros.

Seguridad Social y protección social: Ciento cuarentay dos millones seiscientos setenta y un mil ciento once(142.671.111) euros.

Promoción social: Ciento sesenta y siete millones seis-cientos setenta y seis mil quinientos cuarenta y uno(167.676.541) euros.

Sanidad: Mil veinticinco millones seiscientos diez mildoscientos cuarenta y ocho (1.025.610.248) euros.

Educación: Seiscientos nueve millones ciento ochentay dos mil doscientos siete (609.182.207) euros.

Vivienda y urbanismo: Setenta y seis millones nove-cientos catorce mil setecientos setenta y uno(76.914.771) euros.

Bienestar comunitario: Ciento seis millones ochocien-tos setenta y cinco mil treinta y cinco (106.875.035)euros.

Cultura: Setenta millones ochocientos ochenta y dosmil cuatrocientos treinta y ocho (70.882.438) euros.

Infraestructuras básicas de transporte: Doscientoscincuenta y cuatro millones cuatrocientos cuarenta yocho mil trescientos noventa (254.448.390) euros.

Comunicaciones: Ocho millones setecientos treintay un mil ciento ocho (8.731.108) euros.

Infraestructuras agrarias: Veintiún millones novecien-tos noventa mil cuatrocientos setenta (21.990.470)euros.

Investigación científica, técnica y aplicada: Diecisietemillones treinta y cuatro mil cuatrocientos setenta y siete(17.034.477) euros.

Regulación económica: Treinta y nueve millones trein-ta y seis mil cuatrocientos cincuenta y seis (39.036.456)euros.

Regulación comercial: Ocho millones setecientossesenta y siete mil seiscientos noventa y dos (8.767.692)euros.

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Regulación financiera: Cinco millones seiscientostreinta y uno (5.000.631) euros.

Agricultura, ganadería y pesca: Ciento cuarenta millo-nes doscientos setenta y tres mil trescientos cincuentay cuatro (140.273.354) euros.

Industria: Ochenta y tres millones novecientos ochen-ta y cinco mil ochocientos tres (83.985.803) euros.

Minería: Seis millones quinientos seis mil seis(6.506.006) euros.

Turismo: Quince millones ochocientos sesenta y seismil ciento cincuenta y uno (15.866.151) euros.

Artículo 4. De las transferencias internas.

En el presupuesto del Principado se consignan cré-ditos para la realización de transferencias internas porel siguiente importe:

Con organismos públicos cuya normativa específicaconfiere carácter limitativo a los créditos de sus pre-supuestos de gastos: Mil diecisiete millones ochocientoscincuenta y un mil novecientos cuarenta y tres(1.017.851.943) euros.

Con los restantes organismos públicos: Sesenta y nue-ve millones novecientos ochenta y nueve mil setecientosocho (69.989.708) euros.

Con entes públicos: Dos millones ciento treinta y cua-tro mil ochocientos setenta y ocho (2.134.878) euros.

Con empresas públicas: Siete millones ochocientostreinta y seis mil doscientos dieciocho (7.836.218) euros.

Artículo 5. De los beneficios fiscales.

Los beneficios fiscales que afectan a los tributos pro-pios del Principado y a los tributos cedidos se estimanen quinientos cincuenta y un millones novecientos cincomil quinientos ochenta (551.905.580) euros.

SECCIÓN 2.a MODIFICACIONES DE CRÉDITOSPRESUPUESTARIOS

Artículo 6. De los créditos ampliables.

Se consideran ampliables los siguientes créditos delestado de gastos, excepcionalmente considerados comotales:

a) Los que figuran relacionados en el apartado 1del anexo «Créditos ampliables», destinados a la con-cesión de anticipos o préstamos al personal, hasta ellímite de los respectivos ingresos por reintegros.

b) Los créditos destinados a satisfacer obligacionesderivadas de operaciones de endeudamiento en sus dis-tintas modalidades, tanto por intereses y amortizacionesdel principal como por gastos derivados de las opera-ciones de emisión, constitución, conversión, canje oamortización.

c) Los que figuran relacionados en el apartado 2del anexo «Créditos ampliables», en función del reco-nocimiento de obligaciones específicas por encima delas inicialmente previstas en el estado de gastos.

d) Los créditos a que hace referencia el artículo 106de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de lajurisdicción contencioso-administrativa, en el importepreciso para hacer frente a las obligaciones derivadasdel cumplimiento de sentencias en los litigios o proce-dimientos en los cuales la Administración del Principadode Asturias fuera condenada al pago de cantidad líquidaque pudiera surgir por encima de la consignación ini-cialmente prevista.

e) El crédito a que hace referencia la disposiciónadicional primera de esta Ley, «del uno por ciento cul-tural», en el importe correspondiente a la diferencia entre

la cantidad inicial consignada y el importe correspon-diente a las reservas que correspondería efectuar en lospresupuestos de las obras públicas de conformidad conel artículo 99 de la Ley del Principado de Asturias1/2001, de 6 de marzo, de patrimonio cultural.

Artículo 7. Habilitación por superávit.

Corresponderá al Consejo de Gobierno, a propuestadel Consejero competente en materia económica y pre-supuestaria, la aprobación de las habilitaciones de gastoque se refieran, exclusivamente, a los siguientes pro-gramas:

Sección 03. Deuda: Capítulo 9 del programa 011C,«Amortización y gastos financieros de la deuda del Prin-cipado».

Sección 12. Consejería de Hacienda: Capítulo 7 delprograma 632D, «Política financiera».

Sección 18. Consejería de Medio Rural y Pesca:Capítulo 7 de los programas de gasto 712C, «Ordenaciónde las producciones agrícolas», y 531B, «Desarrolloforestal y mejora de las estructuras agrarias».

Sección 19. Consejería de Industria, Comercio yTurismo: Capítulo 7 del programa 723B, «Modernizaciónindustrial».

Sección 21. Consejería de Trabajo y Promoción deEmpleo: Capítulos 6 y 7 del programa 322A, «Fomentodel empleo y mejora de las relaciones laborales».

Sección 98. Junta de Saneamiento: Capítulos 4, 6y 7 del programa 441B, «Saneamiento de aguas».

Sección 97. Servicio de Salud del Principado deAsturias en los programas 412A «Administración y Ser-vicios Generales», 412F «Formación del personal sani-tario», 412G «Atención primaria», 412H «Atención espe-cializada», 412I «Servicios de Salud Mental» y 412K«Hospital Monte Naranco».

CAPÍTULO II

De la gestión presupuestaria

Artículo 8. De la autorización y disposición de gastos.

1. A efectos de lo establecido en el apartado 1 delartículo 41 del Texto Refundido del régimen económicoy presupuestario, aprobado por Decreto Legislativo delPrincipado de Asturias 2/1998, de 25 de junio, corres-ponderá a cada Consejero la autorización de gastos porimporte no superior a quinientos mil (500.000) eurosy la disposición de los gastos dentro de los límites delas consignaciones incluidas en la sección del presupues-to correspondiente a su respectiva Consejería.

Corresponde al Consejo de Gobierno la autorizaciónde gastos por importe superior a quinientos mil(500.000) euros, con las excepciones previstas en elreferido artículo 41.

2. La autorización y disposición de gastos con cargoa las secciones del estado de gastos del presupuestocorresponderá, en los términos señalados por la ley, alos siguientes órganos:

a) La de la sección 01 (Presidencia del Principadoy del Consejo de Gobierno), al Presidente del Principado.

b) La de la sección 02 (Junta General del Princi-pado), a la Mesa de la Junta, a cuyo efecto se libraránen firme los pagos que periódicamente demande, loscuales no estarán sujetos a justificación.

c) La de la sección 03 (Deuda), al titular de la Con-sejería competente en materia económica y presupues-taria.

d) La de la sección 04 (Clases Pasivas), al titularde la Consejería competente en materia de funciónpública.

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e) La de la sección 31 (Gastos de diversas conse-jerías y órganos de gobierno), al titular de la Consejeríacompetente en materia de función pública en relacióncon el servicio 01 (Servicios generales) y al titular dela Consejería competente en materia económica y pre-supuestaria en relación con el servicio 02 (Gastos notipificados).

3. Las facultades de autorización y disposición degastos en los organismos públicos y demás entes públi-cos se ejercerán por el órgano designado en sus esta-tutos o normas de creación con el límite que estableceel apartado 1 del presente artículo, sin perjuicio de loque dispongan, en su caso, sus correspondientes normasde creación.

4. A los efectos establecidos en la disposición adi-cional segunda de la Ley del Principado de Asturias1/1992, de 2 de julio, del Servicio de Salud del Prin-cipado de Asturias, le corresponde al Director Gerenteautorizar los gastos de inversión hasta quinientos mil(500.000) euros, al Consejo de Administración entre qui-nientos mil y un millón de euros y al Consejo de Gobiernopara importes superiores a un millón (1.000.000) deeuros.

5. A efectos de lo establecido en el apartado 1 delartículo 29 de la Ley del Principado de Asturias 2/2002,de 12 de abril, del Instituto de Desarrollo Económicodel Principado de Asturias, corresponde al Director gene-ral del Instituto aprobar los compromisos de gasto, lospagos o riesgos hasta trescientos mil (300.000) euros,al Presidente del Instituto para importes comprendidosentre trescientos mil y quinientos mil euros y al Consejode Gobierno para importes superiores a quinientos mil(500.000) euros.

Artículo 9. Liquidación de cuantía inferior al coste derecaudación.

Se autoriza al Consejo de Gobierno, a propuesta deltitular de la Consejería competente en materia econó-mica y presupuestaria, para acordar la anulación y bajaen contabilidad de aquellas liquidaciones de derechosde las que resulten deudas cuya cuantía no exceda decincuenta (50) euros.

Artículo 10. Ingreso mínimo de inserción.

1. A los efectos contemplados en el artículo 8 dela Ley del Principado de Asturias 6/1991, de 5 de abril,de ingreso mínimo de inserción, el crédito máximo asig-nado para este concepto se fija en once millones ocho-cientos noventa y cuatro mil setecientos cincuenta ycinco (11.894.755) euros.

2. A los efectos contemplados en el apartado 2 delartículo 9 del referido texto legal, el aumento anual dela cuantía básica de la prestación del ingreso mínimode inserción, prorrateado en doce mensualidades, será,en el presente ejercicio, igual al que resulte de la cuantíafijada para las pensiones de jubilación e invalidez dela Seguridad Social, en su modalidad no contributiva,por la Ley de presupuestos generales del Estado parael año 2003.

3. Cuando el hogar independiente esté constituidopor más de una persona, a la cuantía básica de la pres-tación se le sumarán 72,12 euros como complementopor cada miembro que conviva con el beneficiario res-ponsable hasta una cuantía máxima equivalente al impor-te del salario mínimo interprofesional.

4. Cuando se concedan subvenciones asistencialesdel ingreso mínimo de inserción, se podrán adquirir com-promisos de gasto por un período máximo de dos años,incluyendo el inicial, que se extiendan a ejercicios futu-ros, teniendo a efectos contables y de tramitación laconsideración de gastos plurianuales.

Artículo 11. Financiación complementaria en los con-ciertos educativos de régimen singular.

Las cantidades a percibir de los alumnos en conceptode financiación complementaria a la proveniente de losfondos públicos que se asignen al régimen de conciertossingulares, suscritos para enseñanzas de niveles no obli-gatorios y en concepto exclusivo de enseñanza reglada,es de 18,39 euros alumno/mes durante diez meses, enel período comprendido entre el 1 de enero y el 31de diciembre de 2003.

La financiación obtenida por los centros, consecuen-cia del cobro a los alumnos de estas cantidades, tendrácarácter de complementaria a la abonada directamentepor la Administración para la financiación de «Otros gas-tos». La cantidad que aporte la Administración del Prin-cipado de Asturias no podrá ser inferior a la resultantede minorar en 3.678,12 euros el importe correspondien-te al componente de «Otros gastos» de los módulos eco-nómicos establecidos por la Ley de presupuestos gene-rales del Estado para 2003.

Artículo 12. De las limitaciones presupuestarias.

1. El conjunto de los créditos comprometidos enel año 2003 con cargo al presupuesto del Principadoy referidos a operaciones no financieras, excluidos losimputables a créditos extraordinarios y suplementos decrédito aprobados por la Junta General, a créditos habi-litados o ampliados como consecuencia de ingresos pre-vios o remanentes de tesorería, así como los gastos finan-cieros por operaciones de canje, recompras y otras ope-raciones de gestión de la deuda pública no podrán supe-rar la cuantía total de los créditos inicialmente aprobadospara atender dichas operaciones no financieras en elpresupuesto del Principado de Asturias.

2. El titular de la Consejería competente en materiaeconómica y presupuestaria, previo conocimiento formaldel Consejo de Gobierno, podrá establecer, en los casosen que ello resulte justificado, retenciones de créditocon el fin de cubrir obligaciones de pago derivadas decontratos u otros compromisos que afecten a varias con-sejerías, o por razones de eficacia y equilibrio presu-puestario. En todo caso se precisará la justificaciónmediante memoria, manifestando la conveniencia deefectuar la retención.

3. Cuando razones de equilibrio presupuestario loaconsejen, y en la medida en que resulte necesario, seretendrán a lo largo del ejercicio aquellas partidas degastos afectadas a ingresos cuya recaudación o reco-nocimiento no estén garantizados. La liberación de laretención se efectuará a medida que se realicen los ingre-sos o se aporte la documentación justificativa de su per-cepción con cargo al concepto correspondiente.

CAPÍTULO III

De los créditos para gastos de personal

SECCIÓN 1.a LIMITACIÓN DEL AUMENTO DE GASTOSDE PERSONAL

Artículo 13. Del incremento de los gastos de personal.

1. Con efectos de 1 de enero del año 2003, lasretribuciones íntegras del personal perteneciente a laAdministración del Principado de Asturias, sus organis-mos y entes públicos, así como a la Universidad de Ovie-do no podrán experimentar un incremento global supe-rior al que se apruebe en la Ley de presupuestos gene-rales del Estado con respecto a las establecidas en elejercicio 2002, en términos de homogeneidad para los

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dos períodos de comparación, tanto por lo que respectaa efectivos de personal como a la antigüedad del mismo.

2. En caso de no estar aprobados los presupuestosgenerales del Estado a 1 de enero del año 2003, seaplicará un incremento del dos por ciento a las retri-buciones íntegras del personal al que se refiere el apar-tado anterior.

3. Lo dispuesto en el apartado anterior debe enten-derse sin perjuicio de las adecuaciones retributivas que,con carácter singular y excepcional, resulten imprescin-dibles por el contenido de los puestos de trabajo, porla variación del número de efectivos asignados a cadaprograma o por el grado de consecución de los objetivosfijados al mismo, siempre con estricto cumplimiento delo dispuesto en los artículos 23 y 24 de la Ley 30/1984,de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la funciónpública.

SECCIÓN 2.a REGÍMENES RETRIBUTIVOS

Artículo 14. Retribuciones de los miembros del Consejode Gobierno y altos cargos de la Administración delPrincipado de Asturias.

1. Las retribuciones del Presidente, Vicepresidente,consejeros y viceconsejeros de la Comunidad Autónomaserán las que establezcan los presupuestos generalesdel Estado para subsecretarios, sin perjuicio de la retri-bución por antigüedad que pudiera corresponderles.

2. Las retribuciones correspondientes a Secretariosgenerales técnicos, directores generales y asimilados dela Comunidad Autónoma serán las que establezcan lospresupuestos generales del Estado para directores gene-rales, sin perjuicio de la retribución por antigüedad quepudiera corresponderles.

3. En ningún caso serán de aplicación a los miem-bros del Consejo de Gobierno y altos cargos el com-plemento de productividad y las gratificaciones por ser-vicios extraordinarios.

Artículo 15. Retribuciones de otros cargos.

Las retribuciones correspondientes a directores deagencia y otros cargos equivalentes coincidirán con laspropias del puesto de trabajo administrativo cuyo rangoorgánico les corresponda de acuerdo con su norma decreación o estructura, sin perjuicio de la retribución porantigüedad que pudiera corresponderles y del incremen-to retributivo previsto en el artículo 13 de esta Ley.

Artículo 16. Retribuciones del personal funcionario.

1. Con efectos de 1 de enero del año 2003, lasretribuciones del personal funcionario y docente no uni-versitario perteneciente a la Administración del Princi-pado de Asturias, sus organismos y entes públicos, asícomo a la Universidad de Oviedo experimentarán, apli-cado en las cuantías y de acuerdo con los regímenesretributivos vigentes en 2002, un incremento porcentualidéntico al establecido en la Ley de presupuestos gene-rales del Estado para el año 2003 para el personal deanáloga naturaleza, sin perjuicio del resultado individualde la aplicación de dicho incremento y de las adecua-ciones que resulten necesarias para asegurar que lasfunciones asignadas a cada puesto de trabajo guardenla relación procedente con el contenido de especial difi-cultad técnica, dedicación, responsabilidad, peligrosidado penosidad del mismo.

2. Los complementos personales y transitorios, queserán absorbidos por cualquier mejora retributiva quese produzca en el año 2003, incluidas las derivadas delcambio de puesto de trabajo, quedan excluidos del

aumento porcentual fijado en el apartado 1 de este ar-tículo.

3. A efectos de lo previsto en el apartado anterior,los incrementos de retribuciones que se puedan producirse computarán en el cincuenta por ciento de su importe,entendiendo que tienen el carácter de absorbibles elsueldo, referido a catorce mensualidades, el complemen-to de destino y el complemento específico. En ningúncaso se considerarán los trienios, el complemento deproductividad ni las gratificaciones por servicios extraor-dinarios.

4. De conformidad con lo establecido en los apar-tados anteriores, las retribuciones a percibir en el año2003 por el personal funcionario del Principado de Astu-rias sometido al ámbito de aplicación de esta ley seránlas que a continuación se reflejan, de acuerdo a los dife-rentes conceptos retributivos:

a) El sueldo y los trienios que correspondan al grupoen que se halle clasificado el cuerpo o escala a quepertenezca, de acuerdo con las siguientes cuantías, refe-ridas a una mensualidad:

Cuantía mensual—

Sueldo (euros)Grupo Trienio

Euros

A 1.028,05 39,50B 872,54 31,60C 650,42 23,72D 531,83 15,85E 485,52 11,89

b) Las pagas extraordinarias.c) El complemento de destino, que será el corres-

pondiente al nivel del puesto de trabajo que se desem-peñe, de acuerdo con las siguientes cuantías, referidasa una mensualidad.

Nivelde complemento

de destino

Cuantía mensual—

Euros

30 902,7429 809,7428 775,6827 741,6226 650,6325 577,2524 543,2023 509,1622 475,0821 441,0820 409,7319 388,8018 367,8717 346,9416 326,0515 305,1114 284,2013 263,2612 242,3211 221,42

d) El complemento específico, destinado a retribuirlas condiciones particulares de cada puesto de trabajo,en atención a su dificultad técnica, dedicación, respon-sabilidad, incompatibilidad, peligrosidad o penosidad,entendiendo como penosidad, según las característicasque concurran en el desempeño del puesto de trabajo,

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la especial disponibilidad, la prestación de servicios encondiciones especialmente tóxicas o penosas, así comoen determinadas jornadas a turnos, festivas, nocturnas,etcétera, sin perjuicio de la modalidad de su devengo.En ningún caso podrá asignarse más de un complementoespecífico a cada puesto de trabajo.

5. Los funcionarios interinos percibirán las retribu-ciones básicas, excluidos los trienios, correspondientesal grupo en el que esté incluido el cuerpo o escala aque estén adscritos, y las retribuciones complementariasque correspondan al puesto de trabajo que desempeñen.

Artículo 17. Retribuciones del personal estatutario.

1. Con efectos de 1 de enero de 2003, las retri-buciones del personal incluido en el ámbito de aplicacióndel Real Decreto Ley 3/1987, de 11 de septiembre,experimentarán, aplicado en las cuantías y de acuerdocon los regímenes retributivos vigentes en 2002, unincremento porcentual idéntico al establecido en la Leyde presupuestos generales del Estado para el año 2003para el personal de análoga naturaleza, sin perjuicio delresultado individual de la aplicación de dicho incrementoy de las adecuaciones que resulten necesarias para ase-gurar que las funciones asignadas a cada puesto de tra-bajo guarden la relación procedente con el contenidode especial dificultad técnica, dedicación, responsabi-lidad, peligrosidad o penosidad del mismo.

2. El incremento referido en el apartado anterior seefectuará sin perjuicio de lo establecido en la disposicióntransitoria segunda apartado dos de dicho Real Decre-to-ley.

Artículo 18. Retribuciones del personal laboral.

1. Con efectos de 1 de enero del año 2003, lasretribuciones del personal laboral perteneciente a laAdministración del Principado de Asturias, sus organis-mos y entes públicos, así como a la Universidad de Ovie-do experimentarán, aplicado en las cuantías y de acuerdoa los regímenes retributivos vigentes en 2002, un incre-mento porcentual idéntico al fijado en la Ley de pre-supuestos generales del Estado para el año 2003 parael personal de análoga naturaleza, sin perjuicio del resul-tado individual de la aplicación de dicho incremento yde las adecuaciones que resulten necesarias para ase-gurar que las funciones asignadas a cada puesto de tra-bajo guarden la relación procedente con el contenidode especial dificultad técnica, dedicación, responsabi-lidad, peligrosidad o penosidad del mismo.

2. Con efectos de 1 de enero del año 2003, lasretribuciones del personal temporal que preste sus ser-vicios en la Administración del Principado, sus organis-mos y entes públicos experimentarán, con respecto alas reconocidas en 2002, un incremento porcentual idén-tico al fijado en la presente ley para el personal a quehace referencia el apartado anterior.

3. Del mismo modo, el personal con contrato dealta dirección que preste sus servicios en la Adminis-tración del Principado, sus organismos y entes públicospercibirá en el año 2003 un aumento porcentual idénticoal fijado en esta Ley para el personal a que se refiereel apartado 1 de este artículo.

Artículo 19. Retribuciones del personal eventual.

Con efectos de 1 de enero del año 2003, las retri-buciones del personal eventual que preste sus serviciosen la Administración del Principado de Asturias, sus orga-nismos y entes públicos experimentarán, con respectoa las reconocidas en 2002, un incremento porcentualidéntico al fijado en la presente ley para el personala que hace referencia el artículo 16.

Artículo 20. Retribuciones de los funcionarios sanita-rios locales.

Las retribuciones íntegras de los funcionarios sani-tarios locales que presten servicios en cualquiera de losentes de la Administración del Principado de Asturiasy no estén adscritos a puestos de trabajo catalogadosexperimentarán un incremento porcentual idéntico al fija-do para los funcionarios de la Administración del Prin-cipado sobre las correspondientes retribuciones básicaspercibidas en 2002.

SECCIÓN 3.a OTRAS DISPOSICIONES EN MATERIADE RETRIBUCIONES DE PERSONAL

Artículo 21. Procesos de autoorganización y políticasde personal.

1. Con independencia de lo dispuesto en los artí-culos anteriores, la Administración del Principado deAsturias, al objeto de desarrollar procesos de autoor-ganización y políticas de personal, podrá realizar las ade-cuaciones retributivas que, con carácter singular y excep-cional, resulten imprescindibles por el contenido de lospuestos de trabajo, a cuyo fin destinará los fondos con-signados en el presupuesto, de acuerdo con los criteriosque se determinen.

2. Se autoriza al Consejero competente en materiaeconómica y presupuestaria a realizar en los créditosde gastos de personal las modificaciones presupuesta-rias necesarias para su ajuste que resulten aprobadascon arreglo a lo dispuesto en esta ley y demás dispo-siciones legales.

3. Los actos o acuerdos que afecten a la aplicaciónde tales fondos requerirán previamente a su adopcióninforme favorable de las consejerías competentes enmateria de función pública y en materia económica ypresupuestaria, y se atendrán a las limitaciones generalesque al respecto contenga la normativa básica de apli-cación.

Artículo 22. Determinación de masa salarial.

1. Con carácter previo al comienzo de las negocia-ciones de convenios o acuerdos colectivos que se cele-bren en el año 2003, deberá solicitarse de la Consejeríacompetente en materia económica y presupuestaria,oída la Consejería competente en materia de funciónpública, la correspondiente autorización de masa salarialque, dentro de las consignaciones presupuestarias, cuan-tifique el límite máximo de las obligaciones que puedancontraerse como consecuencia de dichos acuerdos oconvenios, aportando al efecto la certificación de las retri-buciones salariales satisfechas y devengadas en 2002distinguiendo entre retribuciones fijas y conceptos varia-bles. Cuando se trate de personal no sujeto a conveniocolectivo, cuya retribución, en todo o en parte, vengadeterminada por contrato individual, deberán, igualmen-te, comunicarse a la Consejería competente en materiaeconómica y presupuestaria las retribuciones satisfechasy devengadas durante 2002.

2. Se entenderá por masa salarial, a los efectos deesta ley, el conjunto de las retribuciones incluidas entablas salariales o en conceptos retributivos variablespara el total de la plantilla del centro, exceptuándoseen todo caso:

a) Prestaciones e indemnizaciones de la SeguridadSocial.

b) Cotizaciones al sistema de Seguridad Social acargo del empleador.

c) Gastos de acción social.d) Gratificaciones e indemnizaciones devengadas.

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3. Los incrementos de la masa salarial se calcularánen términos de homogeneidad para los dos períodosobjeto de comparación, tanto en lo que respecta a efec-tivos del personal laboral y antigüedad del mismo comoal régimen retributivo, computándose por separado lascantidades que correspondan a las variaciones de talesconceptos. Con cargo a la masa salarial así obtenidapara el año 2003 deberán satisfacerse la totalidad delas retribuciones del personal laboral derivadas delcorrespondiente acuerdo y todas las que se devenguena lo largo del ejercicio.

Artículo 23. Determinación o modificación de las con-diciones retributivas.

1. Será preciso informe favorable de las consejeríascompetentes en materia de función pública y en materiaeconómica y presupuestaria para proceder a determinaro modificar las condiciones retributivas del personal labo-ral o funcionario al servicio del Principado de Asturias,sus organismos y entes públicos, a cuyo objeto los cen-tros gestores remitirán a las consejerías citadas el pro-yecto de pacto, con carácter previo a su firma o acuerdo,acompañando un informe económico en el que se cuan-tifique el coste de los acuerdos adoptados.

2. A los efectos de lo dispuesto en el apartado ante-rior se entenderá por determinación o modificación decondiciones retributivas cualquiera de las situacionessiguientes:

a) Firma de convenios o acuerdos colectivos, asícomo sus revisiones y las adhesiones o extensiones alos mismos.

b) Aplicación de convenios colectivos de ámbitosectorial, así como sus revisiones y las adhesiones oextensiones a los mismos.

c) Fijación de retribuciones mediante contrato indi-vidual, ya se trate de personal fijo o contratado por tiem-po determinado, cuando no vengan reguladas en todoo en parte por convenio colectivo.

d) Otorgamiento de cualquier clase de mejora sala-rial de tipo unilateral, con carácter individual o colectivo,aunque se derive de la aplicación extensiva del régimenretributivo de los funcionarios públicos.

e) Transformación de plazas o modificación de rela-ciones de puestos de trabajo.

3. El informe a que se refiere el apartado 1 seráevacuado en el plazo de veinte días a contar desde lafecha de recepción de la información preceptiva y versarásobre aquellos aspectos de los que se deriven conse-cuencias directas o indirectas en materia de gasto públi-co, tanto para el ejercicio 2003 como para los futurosy, especialmente, en lo que se refiere a la adecuaciónde los acuerdos adoptados a la masa salarial previamentedeterminada y a las consignaciones presupuestarias exis-tentes.

4. Serán nulos de pleno derecho los acuerdos adop-tados en esta materia con omisión del trámite de informeo en contra de un informe desfavorable.

Artículo 24. Prohibición de ingresos atípicos.

Los empleados públicos comprendidos en el ámbitode aplicación de la presente ley no podrán percibir par-ticipación alguna de los tributos, comisiones u otrosingresos de cualquier naturaleza que correspondan a laAdministración como contraprestación de cualquier ser-vicio, ni participación o premio en multas impuestas,aun cuando estuvieran normativamente atribuidas a losmismos, debiendo percibir únicamente las remuneracio-nes del correspondiente régimen retributivo, todo ellosin perjuicio de lo que resulte de la aplicación del sistemade incompatibilidades.

Artículo 25. Plantillas.

1. De conformidad con lo dispuesto en los artícu-los 28 y 29 de la Ley del Principado de Asturias 3/1985,de 26 de diciembre, de ordenación de la función pública,se aprueban las plantillas del personal funcionario y labo-ral de la Administración del Principado de Asturias, ysus organismos públicos, clasificados por grupos, cuer-pos, escalas y categorías, con adscripción inicial a losprogramas y secciones presupuestarias conforme a lodispuesto en el «Informe de personal» anexo a estospresupuestos.

2. No obstante lo referido en el punto anterior, elConsejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería com-petente en materia de función pública, previos informesde la Consejería competente en materia económica ypresupuestaria y de las consejerías afectadas, podráaprobar la transformación de plazas vacantes de la plan-tilla de personal funcionario y laboral al objeto de adecuarlas mismas a las necesidades administrativas, así comolas que resulten precisas derivadas de las modificacionesde las relaciones de puestos de trabajo que se aprueban.De la presente transformación, y de los acuerdos queel Consejo de Gobierno adopte a este respecto, se darácuenta a la Junta General del Principado de Asturiasen el plazo del mes siguiente a su aprobación.

3. Se autoriza al Consejero competente en materiaeconómica y presupuestaria a realizar en los créditosde gastos de personal las modificaciones presupuesta-rias necesarias para su ajuste a las alteraciones de lasrelaciones de puestos de trabajo y de las plantillas queresulten aprobadas con arreglo a lo dispuesto en estaley y demás disposiciones legales.

Artículo 26. Oferta de empleo público durante elaño 2003.

1. El Consejo de Gobierno, a propuesta de la Con-sejería competente en materia de función pública, previoinforme de la Consejería competente en materia eco-nómica y presupuestaria, determinará con la aprobaciónde la oferta de empleo público el número de plazas vacan-tes que se podrán convocar para ser provistas por per-sonal de nuevo ingreso. Dichas plazas se concentraránen los sectores, funciones y categorías profesionales quese consideren absolutamente prioritarios o que afectenal funcionamiento de los servicios públicos esenciales,con el límite en cuanto a la tasa de reposición de efec-tivos que resulte de la aplicación de la normativa básicadel Estado en la materia.

2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado ante-rior, la oferta de empleo público podrá comprender lospuestos o plazas que, estando presupuestariamentedotados, e incluidos en las relaciones de puestos detrabajo, catálogos o plantillas, se encuentren desempe-ñados interinamente o temporalmente, con las limita-ciones, en todo caso, que sean de aplicación derivadasde la normativa básica del Estado en la materia.

Artículo 27. Costes de personal de la Universidad deOviedo

1. De conformidad con lo dispuesto en el artícu-lo 81.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre,de universidades, se autorizan los costes, sin incluir trie-nios, Seguridad Social ni los componentes del comple-mento específico por mérito docente y de productividadpor la actividad investigadora previstos en el Real Decre-to 1086/1989, de 28 de agosto, sobre retribucionesdel profesorado universitario, del personal docente einvestigador, así como de administración y servicios dela Universidad de Oviedo para el año 2003, excluidos

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los que ocupan plazas vinculadas a las instituciones sani-tarias, por los importes detallados a continuación:

Personal docente e investigador: Cincuenta y tresmillones cuarenta y siete mil cuatrocientos noventa(53.047.490) euros.

Personal de administración y servicios: Veinte millo-nes once mil doscientos nueve (20.011.209) euros.

2. Será preciso informe favorable de la Consejeríacompetente en materia económica y presupuestaria,oída la Consejería competente en materia de funciónpública, como trámite previo a la formalización de con-venios colectivos para personal laboral de la Universidadde Oviedo, o modificación del existente, que comportenincrementos salariales.

3. Para el reconocimiento de tramos docentes porla Universidad de Oviedo será necesario informe pre-ceptivo, que constará en el expediente, de la Intervenciónde la Universidad por el que se acredite que existe créditoadecuado y suficiente en las consignaciones presupues-tarias que a tal fin figuran en los presupuestos de laUniversidad.

CAPÍTULO IV

De las operaciones financieras

SECCIÓN 1.a OPERACIONES DE CRÉDITO

Artículo 28. Operaciones de crédito a largo plazo.

1. A los efectos de lo establecido en los artícu-los 49 y 50 del texto refundido del régimen económicoy presupuestario, aprobado por Decreto Legislativo delPrincipado de Asturias 2/1998, de 25 de junio, se auto-riza al Consejo de Gobierno, a propuesta del titular dela Consejería competente en materia económica y pre-supuestaria, a concertar operaciones de crédito a largoplazo o emitir deuda pública, con la limitación de queel saldo vivo de la deuda a 31 de diciembre de 2003no supere al correspondiente a 1 de enero de 2003.

2. La emisión y, en su caso, la formalización de lasoperaciones de crédito previstas en el apartado anteriorpodrán concretarse en una o varias operaciones en fun-ción de las necesidades de tesorería, no pudiendo demo-rarse más allá del ejercicio inmediato siguiente al devigencia de la presente ley.

3. La autorización del Consejo de Gobierno al titularde la Consejería competente en materia económica ypresupuestaria para la emisión de la deuda pública ola formalización de las operaciones de endeudamientoservirá de justificante al reconocimiento contable de loscorrespondientes derechos en el presupuesto de ingre-sos del Principado de Asturias.

4. El Consejo de Gobierno dará cuenta a la JuntaGeneral de las operaciones que se concierten al amparode lo previsto en los apartados anteriores.

Artículo 29. Operaciones de crédito a corto plazo.

1. Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 48del texto refundido del régimen económico y presupues-tario, aprobado por Decreto Legislativo del Principadode Asturias 2/1998, de 25 de junio, y al objeto de cubrirnecesidades transitorias de tesorería, el Consejo deGobierno, a propuesta del titular de la Consejería com-petente en materia económica y presupuestaria, podráautorizar adicionalmente la concertación de operacionesde endeudamiento por un plazo igual o inferior a unaño, con el límite del diez por ciento del estado de gastos

de los presupuestos generales del Principado de Asturiaspara 2003.

2. El Consejo de Gobierno dará cuenta a la JuntaGeneral de las operaciones que se concierten al amparode lo previsto en el apartado anterior.

Artículo 30. Operaciones de crédito a corto plazo delos organismos autónomos.

1. Con el fin de cubrir necesidades transitorias detesorería de los organismos autónomos, el Consejo deGobierno, a propuesta de la Consejería competente enmateria económica y presupuestaria y previo informemotivado de la Consejería a la que esté adscrito el orga-nismo, podrá autorizar la concertación de operacionesde crédito por un plazo igual o inferior a un año, conel límite máximo del cinco por ciento del crédito inicialdel estado de gastos de sus presupuestos para el ejer-cicio 2003. Estas operaciones deberán ser canceladasantes del 31 de diciembre de 2003.

2. El Consejo de Gobierno dará cuenta a la JuntaGeneral de las operaciones que se concierten al amparode lo previsto en el apartado anterior.

Artículo 31. Operaciones de crédito a largo plazo delas entidades públicas.

1. Previo informe favorable de la Consejería com-petente en materia económica y presupuestaria, las enti-dades públicas Bomberos del Principado de Asturiasy 112 Asturias podrán concertar operaciones de créditoa largo plazo con la limitación de que el saldo vivo dela deuda a 31 de diciembre de 2003 no supere al corres-pondiente a 1 de enero de 2003.

2. De las operaciones que se concierten al amparode lo previsto en el apartado anterior, se dará cuentaa la Junta General del Principado de Asturias, a travésde la Consejería competente en materia económica ypresupuestaria.

SECCIÓN 2.a RÉGIMEN DE AVALES

Artículo 32. Avales para apoyo al sector empresarial.

Durante el ejercicio 2003 la Administración del Prin-cipado de Asturias podrá avalar, en las condiciones quedetermine el Consejo de Gobierno, operaciones de cré-dito que se concierten por empresas o entidades condestino a actuaciones de reindustrialización o mejorade su estructura financiera hasta un límite de cuarentay dos millones (42.000.000) de euros.

Artículo 33. Segundo aval a pequeñas y medianasempresas.

1. Durante el ejercicio 2003 la Administración delPrincipado de Asturias podrá avalar prestando un segun-do aval, en las condiciones que se determinen por elConsejo de Gobierno, a aquellas pequeñas y medianasempresas avaladas por sociedades de garantía recíprocaque sean socios partícipes de éstas. El límite global deavales a conceder por esta línea será de nueve millonesseiscientos mil (9.600.000) euros.

2. Las operaciones de crédito a avalar, según lo dis-puesto en el apartado anterior, tendrán como única fina-lidad financiar inversiones productivas o actuaciones dereestructuración o reindustrialización de pequeñas ymedianas empresas radicadas en Asturias. Ningún avalindividualizado podrá significar una cantidad superior alquince por iento del total que se autorice.

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Artículo 34. Avales al sector público autonómico.

Durante el ejercicio 2003 la Administración del Prin-cipado de Asturias podrá avalar, en las condiciones quedetermine el Consejo de Gobierno, operaciones de cré-dito que concierten organismos, empresas o entes públi-cos pertenecientes al sector público autonómico hastaun límite de dieciocho millones (18.000.000) de euros.

Artículo 35. Avales para otros fines.

Durante el ejercicio 2003 la Administración del Prin-cipado de Asturias podrá avalar, en las condiciones quedetermine el Consejo de Gobierno, operaciones de cré-dito no comprendidas en los artículos anteriores. El límiteglobal de avales a conceder por esta línea será de docemillones (12.000.000) de euros.

CAPÍTULO V

Normas tributarias

Artículo 36. Cuantía de las tasas.

1. Con efectos desde el 1 de enero de 2003 lostipos de cuantía fija de las tasas del Principado de Astu-rias se elevarán hasta la cantidad que resulte de la apli-cación del coeficiente 1,03 a la cuantía exigible en elaño 2002.

A estos efectos se consideran como tipos de cuantíafija aquellos que no se determinan por un porcentajede la base o ésta no se valora en unidades monetarias.

2. Se exceptúan de lo dispuesto en el apartado ante-rior aquellas tarifas que sean objeto de regulación enla Ley de medidas presupuestarias, administrativas y fis-cales.

3. Los órganos de la Administración autonómicaque gestionen tasas del Principado de Asturias proce-derán a señalar las nuevas cuantías que resulten de laaplicación de esta ley, remitiendo al titular de la Con-sejería competente en materia económica y presupues-taria una relación de las cuotas resultantes, antes deun mes desde la entrada en vigor de la presente ley.

Disposición adicional primera. Del 1 por 100 cultural.

A los efectos de financiar las actuaciones de con-servación, restauración y enriquecimiento del patrimoniocultural a que se refiere el artículo 99 de la Ley delPrincipado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo, de patri-monio cultural, se consigna en la sección 15, «Consejeríade Educación y Cultura», el crédito 15.02-458D-601.08,«Uno por ciento cultural. Bienes del patrimonio histó-rico-artístico». El importe de dicho crédito equivale a lacuantía estimada de las reservas que corresponderíaefectuar en los presupuestos de las obras públicas aque hace referencia el artículo 99 antes citado.

Disposición adicional segunda. De la gestión de los cré-ditos asociados a la ejecución del Plan complemen-tario de reactivación de las comarcas mineras.

1. A efectos de lograr una mayor eficacia en la ges-tión y ejecución de los proyectos del plan complemen-tario de reactivación de las comarcas mineras, el Consejode Gobierno, a propuesta del Consejero competente enmateria económica y presupuestaria, podrá autorizartransferencias de crédito para operaciones de cualquiernaturaleza, incluso entre las distintas secciones, siempreque se destinen a financiar proyectos identificados enel estado numérico de gastos como Plan complementariode reactivación de las comarcas mineras.

2. A las transferencias de crédito a que se refiereel apartado anterior no les serán de aplicación las limi-taciones establecidas en el apartado 7 del artículo 31ni en el apartado 4 del artículo 34 del texto refundidodel régimen económico y presupuestario, aprobado porDecreto Legislativo 2/1998, de 25 de junio.

Disposición adicional tercera. Del Pacto local.

1. En el marco del Pacto local y para articular sudesarrollo, se autoriza al Consejo de Gobierno, a pro-puesta de la Consejería competente en materia econó-mica y presupuestaria, a realizar en el presupuesto delPrincipado de Asturias las adaptaciones que sean nece-sarias para transferir a favor de las entidades localeslas partidas y cuantías que correspondan, en los procesosde traspaso y delegación de competencias, siempre quelas mismas queden expresamente determinadas en lascorrespondientes disposiciones o acuerdos.

2. La Administración de la Comunidad Autónomadel Principado de Asturias podrá suscribir convenios conlas entidades locales para la prestación de servicios quehayan sido acordados en el marco del Pacto local. Cuan-do las características de la prestación de servicios asílo exigieran, dichos convenios podrán extenderse avarios ejercicios pudiendo adquirirse compromisos degasto, que tendrán la consideración de gasto plurianuala efectos presupuestarios.

Disposición adicional cuarta. Del Plan de ordenaciónde las escuelas del primer ciclo de Educación Infantil.

La Administración del Principado de Asturias podrásuscribir convenios de colaboración con las entidadeslocales para la ejecución y gestión del Plan de ordenaciónde las escuelas del primer ciclo de Educación Infantil.Dichos convenios podrán extenderse a varios ejercicioseconómicos, pudiendo adquirirse compromisos de gas-tos, que tendrán la consideración de gasto plurianuala efectos presupuestarios.

Disposición adicional quinta. Incremento salarial encumplimiento de la normativa de carácter básicoestatal.

1. En el supuesto de que la normativa recogida enel capítulo III de la presente ley hubiera de adaptarsea la normativa retributiva de carácter básico dictada porla Administración del Estado al amparo de los artícu-los 149.1.13.a y 126.1 de la Constitución, se autorizaal Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejeríacompetente en materia económica y presupuestaria, arealizar en el presupuesto del Principado de Asturias lasadaptaciones necesarias para dotar el capítulo primero,«Gastos de personal», de crédito suficiente al efecto.

2. A las transferencias de crédito que pudieran ins-trumentarse en aplicación del apartado anterior no lesserán de aplicación las limitaciones establecidas en elapartado 7 del artículo 31 ni en el apartado 4 del artículo34 del texto refundido del régimen económico y pre-supuestario, aprobado por Decreto Legislativo 2/1998,de 25 de junio.

Disposición adicional sexta. De la contratación para laejecución de las obras del Hospital Universitario Cen-tral de Asturias.

En relación con la contratación para la ejecución delas obras del Hospital Universitario Central de Asturias,el Consejo de Gobierno podrá adquirir compromisos degastos plurianuales sin la limitación temporal que señalael apartado 2 del artículo 29 del texto refundido delrégimen económico y presupuestario, aprobado porDecreto Legislativo 2/1998, de 25 de junio.

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Disposición adicional séptima. Autorización al Presi-dente del Principado de Asturias.

Se autoriza al Presidente del Principado de Asturiaspara variar, mediante decreto, el número, denominacióny competencias de las consejerías que integran la Admi-nistración del Principado de Asturias.

Disposición adicional octava. De las dotaciones no uti-lizadas.

El Consejo de Gobierno, a propuesta del Consejerocompetente en materia económica y presupuestaria,podrá autorizar transferencias de crédito de las dota-ciones no utilizadas en los programas de las distintassecciones del presupuesto, a los distintos conceptos delprograma de imprevistos y funciones no clasificadas,habilitando a tal efecto los créditos que sean necesarios,para su ulterior reasignación. De estas transferencias elConsejo de Gobierno dará cuenta a la Junta Generaldel Principado de Asturias en el plazo de un mes desdesu aprobación.

Disposición adicional novena. Medidas reparadoras enrelación con el accidente del buque «Prestige».

1. A efectos de atender eficazmente las necesida-des de financiación de las medidas reparadoras que seinstrumenten para paliar los efectos derivados del acci-dente sufrido por el buque «Prestige», el Consejo deGobierno, a propuesta de la consejería competente enmateria económica y presupuestaria, podrá autorizartransferencias de crédito para operaciones de cualquiernaturaleza, incluso entre las distintas secciones presu-puestarias.

2. A las transferencias de crédito a que se refiereel apartado anterior no les serán de aplicación las limi-taciones establecidas en el apartado 7 del artículo 31,ni en el apartado 4 del artículo 34 del Texto Refundidodel régimen económico y presupuestario, aprobado porDecreto Legislativo 2/1998, de 25 de junio.

Disposición derogatoria.

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual oinferior rango, emanadas de los órganos del Principadode Asturias, se opongan a lo establecido en la presenteLey.

Disposición final primera. Vigencia.

La vigencia de las disposiciones contenidas en estaley coincidirá con la del año natural.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

La presente Ley entrará en vigor el día 1 de enerode 2003.

Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos a quienessea de aplicación esta Ley coadyuven a su cumplimiento,así como a todos los Tribunales y Autoridades que laguarden y la hagan guardar.

Oviedo, a 27 de diciembre de 2002.

VICENTE ÁLVAREZ ARECES,Presidente

(Publicada en el «Boletín Oficial del Principado de Asturias»número 301, de 31 de diciembre de 2002)

ANEXO

Créditos ampliables

1. Se consideran ampliables, de acuerdo a lo queestablece el apartado a) del artículo 6 de esta Ley:

1.1 En la sección 31, «Gastos de diversas conse-j e r í a s y ó r g a n o s d e G o b i e r n o » , e l c r é d i t o31.01-126G-821.00, «Préstamos y anticipos al perso-nal», en el importe de los reintegros que efectivamentese produzcan con aplicación al concepto 822.00, «Rein-tegros de préstamos concedidos al sector público: Anti-cipos al personal», del presupuesto de ingresos.

1.2 En la sección 90, «Centro Regional de BellasArtes», el crédito 90.01-455F-821.00, «Préstamos y anti-cipos al personal», en el importe de los reintegros queefectivamente se produzcan con aplicación al concepto822.00, «Reintegros de préstamos concedidos al sectorpúblico: Anticipos al personal», del presupuesto de ingre-sos del Centro Regional de Bellas Artes.

1.3 En la sección 92, «Orquesta Sinfónica del Prin-cipado de Asturias», el crédito 92.01-455D-821.00,«Préstamos y anticipos al personal», en el importe delos reintegros que efectivamente se produzcan con apli-cación al concepto 822.00, «Reintegros de préstamosconcedidos al sector público: Anticipos al personal», delpresupuesto de ingresos de la Orquesta Sinfónica delPrincipado de Asturias.

1.4 En la sección 94, «Consejo de la Juventud»,el crédito 94.01-323C-821.00, «Préstamos y anticiposal personal», en el importe de los reintegros que efec-tivamente se produzcan con aplicación al concepto822.00, «Reintegros de préstamos concedidos al sectorpúblico: Anticipos al personal», del presupuesto de ingre-sos del Consejo de la Juventud.

1.5 En la sección 95, «Comisión Regional del Bancode Tierras», el crédito 95.01-712E-821.00, «Préstamosy anticipos al personal», en el importe de los reintegrosque efectivamente se produzcan con aplicación al con-cepto 822.00, «Reintegros de préstamos concedidos alsector público: Anticipos al personal», del presupuestode ingresos de la Comisión Regional de Banco de Tierras.

1.6 En la sección 96, «Establecimientos Residen-ciales para Ancianos de Asturias», el crédito96.01-313J-821.00, «Préstamos y anticipos al perso-nal», en el importe de los reintegros que efectivamentese produzcan con aplicación al concepto 822.00, «Rein-tegros de préstamos concedidos al sector público: Anti-cipos al personal», del presupuesto de ingresos de Esta-blecimientos Residenciales para Ancianos de Asturias.

1.7 En la sección 97, «Servicio de Salud del Prin-cipado de Asturias», la suma del crédito para «Préstamosy anticipos al personal» recogido en las aplicaciones pre-supuestarias 97.01-412A-821.00, 97.02-412G-821.00y 97.02-412H-821.00 en el importe de los reintegrosque efectivamente se produzcan con aplicación al con-cepto 822.00, «Reintegros de préstamos concedidos alsector público: Anticipos al personal», del presupuestode ingresos del Servicio de Salud del Principado de Astu-rias.

1.8 En la sección 98, «Junta de Saneamiento», elcrédito 98.01-441B-821.00, «Préstamos y anticipos alpersonal», en el importe de los reintegros que efecti-vamente se produzcan con aplicación al concepto822.00, «Reintegros de préstamos concedidos al sectorpúblico: Anticipos al personal», del presupuesto de ingre-sos del organismo autónomo Junta de Saneamiento.

1.9 En la sección 99, «Servicio Regional de Inves-tigación y Desarrollo Agroalimentario del Principado deAsturias», el crédito 99.01-542F-821.00, «Préstamos yanticipos al personal», en el importe de los reintegrosque efectivamente se produzcan con aplicación al con-

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cepto 822.00, «Reintegros de préstamos concedidos alsector público: Anticipos al personal», del presupuestode ingresos del Servicio Regional de Investigación yDesarrollo Agroalimentario del Principado de Asturias.

2. Se consideran ampliables, de acuerdo a lo queestablece el apartado c) del artículo 6 de esta Ley:

2.1 En la sección 11, «Consejería de Presidencia»,el crédito 11.01-121A-226.03, «Jurídicos, contencio-sos», en el importe preciso para hacer frente a las obli-gaciones que pudieran surgir por encima de la consig-nación inicialmente prevista.

2.2 En la sección 12, «Consejería de Hacienda», elcrédito 12.03-613A-480.04, «Para pagos de premios dela Rifa Benéfica», en el importe preciso para efectuarlos pagos de premios de la Rifa Benéfica, en tanto encuanto el importe consignado en dicho crédito no seasuficiente para atender a las obligaciones puestas demanifiesto por este motivo durante el ejercicio 2003.

2.3 En la sección 12, «Consejería de Hacienda», elcrédito 12.03-613A-480.05, «Para pagos de premios dela Rifa Pro Infancia», en el importe preciso para efectuarlos pagos de premios de la Rifa Pro Infancia, en tantoen cuanto el importe consignado en dicho crédito nosea suficiente para atender a las obligaciones puestasde manifiesto por este motivo durante el ejercicio 2003.

2.4 En la sección 12, «Consejería de Hacienda», elcrédito 12.03-613A-226.05, «Remuneraciones a agen-tes mediadores independientes», en el importe precisopara hacer frente a las obligaciones que pudieran surgirpor encima de la consignación inicialmente prevista.

2.5 En la sección 12, «Consejería de Hacienda», elcrédito 12.03-613G-226.05, «Remuneraciones a agen-tes mediadores independientes», en la medida en quela aplicación del convenio entre el Principado de Asturias

y la «Sociedad Regional de Recaudación del Principadode Asturias, Sociedad Anónima» origine un reconoci-miento de obligaciones con dicha sociedad que superela cantidad inicialmente presupuestada.

2.6 En la sección 12, «Consejería de Hacienda», elcrédito 12.03-632D-779.01, «Para insolvencia de ava-les», en el importe preciso para hacer frente a los fallidosque hayan tenido lugar sobre los avales formalizadosde conformidad con la autorización contenida inicialmen-te en la Ley del Principado de Asturias 9/1984, de 13de julio, sobre garantía a créditos para inversiones, yposteriormente en las leyes de presupuestos generalesdel Principado de Asturias para cada ejercicio.

2.7 En la sección 14, «Consejería de Medio Ambien-te», el crédito 14.03-443F-483.05, «Para indemnizaciónde daños ocasionados por la fauna salvaje», en el importepreciso para hacer frente a las obligaciones que pudieransurgir por encima de la consignación inicialmente pre-vista.

2.8 En la sección 18, «Consejería de Medio Ruraly Pesca», el crédito 18.06-712F-773.21, «Indemnizacio-nes por medidas excepcionales EEB», en el importe pre-ciso para hacer frente a las obligaciones que pudieransurgir por encima de la consignación inicialmente pre-vista.

2.9 En la sección 18, «Consejería de Medio Ruraly Pesca», el crédito 18.06-712F-773.22, «Primas deseguro sanidad animal», en el importe preciso para hacerfrente a las obligaciones que pudieran surgir por encimade la consignación inicialmente prevista.

2.10 En la sección 20, «Consejería de Salud y Ser-vicios Sanitarios», el crédito 20.02-413D-221.06, «Pro-ductos farmacéuticos», en el importe preciso para hacerfrente a las obligaciones que pudieran surgir por encimade la consignación inicialmente prevista.

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II. Autoridades y personal

II. Autoridades y personal

A. NOMBRAMIENTOS, SITUACIONES E INCIDENCIAS

PRESIDENCIA DEL GOBIERNO2104 REAL DECRETO 121/2003, de 31 de enero, por el

que se dispone el cese de doña Catalina Cirer Adrovercomo Delegada del Gobierno en la Comunidad Autó-noma de las Illes Balears.

A propuesta del Presidente del Gobierno y previa deliberacióndel Consejo de Ministros en su reunión del día 31 de enerode 2003,

Vengo en disponer el cese de doña Catalina Cirer Adrover comoDelegada del Gobierno en la Comunidad Autónoma de las IllesBalears, agradeciéndole los servicios prestados.

Dado en Madrid a 31 de enero de 2003.

JUAN CARLOS R.

El Presidente del Gobierno,JOSÉ MARÍA AZNAR LÓPEZ

2105 REAL DECRETO 122/2003, de 31 de enero, por elque se nombra Delegado del Gobierno en la Comu-nidad Autónoma de las Illes Balears a don MiguelÁngel Ramis Socías.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 22.3 de laLey 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamientode la Administración General del Estado, a propuesta del Pre-sidente del Gobierno y previa deliberación del Consejo de Ministrosen su reunión del día 31 de enero de 2003,

Vengo en nombrar Delegado del Gobierno en la ComunidadAutónoma de las Illes Balears a don Miguel Ángel Ramis Socías.

Dado en Madrid a 31 de enero de 2003.

JUAN CARLOS R.

El Presidente del Gobierno,JOSÉ MARÍA AZNAR LÓPEZ

CONSEJO GENERALDEL PODER JUDICIAL

2106 ACUERDO de 29 de enero de 2003, de la ComisiónPermanente del Consejo General del Poder Judicial,por el que se nombran Jueces sustitutos para el añojudicial 2002/2003, en el ámbito del Tribunal Superiorde Justicia de la Comunidad Valenciana.

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judi-cial, en su reunión del día de la fecha, y en uso de las facultadesdelegadas por el Pleno en su sesión de 3 de octubre de 1989,

ratificada en la de 22 de abril de 1993 («Boletín Oficial del Estado»de 7 de mayo), ha acordado nombrar para el año judicial2002/2003, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 147del Reglamento 1/1995, de 7 de junio, de la Carrera Judicial,a los Jueces sustitutos que a continuación se relacionan, en elámbito del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valen-ciana:

Don José María Bernabeu Vergara, Juez sustituto de los Juz-gados de Elda (Alicante).

Doña María Carmen Gil Catalá, Juez sustituta de los Juzgadosde Villarreal/Vila-Real (Castellón).

Contra el presente acuerdo cabe interponer recurso conten-cioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremoen el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al desu publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 29 de enero de 2003.—El Presidente del Consejo Gene-ral del Poder Judicial,

HERNANDO SANTIAGO

MINISTERIO DE JUSTICIA2107 RESOLUCIÓN de 16 de enero de 2003, de la Dirección

General de los Registros y del Notariado, por la quese declara en situación de excedencia voluntaria alNotario de Barcelona don José Alberto Martín Vidal.

Vista la instancia suscrita por el Notario de Barcelona, donJosé Alberto Martín Vidal, en la que al amparo de los artículos109 y demás concordantes del Reglamento Notarial, solicita sele declare en situación de excedencia voluntaria por plazo no infe-rior a un año.

Esta Dirección General en uso de las facultades atribuidas porel artículo 4.e) del Real Decreto 1474/2000, de 4 de agosto,ha acordado declarar al mencionado Notario en situación de exce-dencia voluntaria por plazo no inferior a un año.

Lo que comunico a V.I. para su conocimiento, el de esa JuntaDirectiva y demás efectos.

Madrid, 16 de enero de 2003.—La Directora general, AnaLópez-Monis Gallego.

Ilmo. Sr. Decano del Colegio Notarial de Cataluña.

MINISTERIO DE DEFENSA2108 ORDEN DEF/119/2003, de 31 de enero, por la que

se nombra Coordinador del Ministerio de Defensapara las actuaciones derivadas de la catástrofe delbuque «Prestige» al Vicealmirante del Cuerpo Generalde la Armada don Ángel Manuel Tello Valero.

Por Real Decreto 101/2003, de 24 de enero, se crean losComisionados de los Ministerios de Fomento y de Medio Ambiente

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y el Coordinador del Ministerio de Defensa para las actuacionesde los respectivos Departamentos derivadas de la catástrofe delbuque «Prestige».

En virtud de las atribuciones que me están conferidas en elartículo 130.2 de la Ley 17/1999, de 18 de mayo, de Régimendel Personal de las Fuerzas Armadas, y previo conocimiento delConsejo de Ministros, en su reunión del día 31 de enero de 2003,he resuelto nombrar al Vicealmirante del Cuerpo General de laArmada don Angel Manuel Tello Valero Coordinador del Ministeriode Defensa para las actuaciones derivadas de la catástrofe delbuque «Prestige».

Este nombramiento es sin perjuicio de su actual destino comoJefe del Arsenal Militar de Ferrol.

Madrid, 31 de enero de 2003.

TRILLO-FIGUEROA Y MARTÍNEZ-CONDE

MINISTERIO DE FOMENTO2109 REAL DECRETO 123/2003, de 31 de enero, por el

que se nombra Comisionado del Ministerio de Fomen-to para las actuaciones derivadas de la catástrofe delbuque «Prestige» a don Francisco Alonso Lorenzo.

A propuesta del Ministro de Fomento y previa deliberación delConsejo de Ministros en su reunión del día 31 de enero de 2003,

Vengo en nombrar Comisionado del Ministerio de Fomentopara las actuaciones derivadas de la catástrofe del buque «Prestige»a don Francisco Alonso Lorenzo.

Dado en Madrid a 31 de enero de 2003.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Fomento,FRANCISCO ÁLVAREZ-CASCOS FERNÁNDEZ

MINISTERIO DE EDUCACIÓN,CULTURA Y DEPORTE

2110 ORDEN ECD/120/2003, de 22 de enero, por la quese corrigen errores en la de ECD/1842/2002, de 12de julio, por la que se resuelve el concurso de méritospara la provisión de plazas vacantes en el exterior,convocado por Orden ECD/410/2002, de 20 de febrero.

Observado error en el anexo a la Orden ECD/1848/2002, de 12de julio («Boletín Oficial del Estado» de 19) por la que se resuelveel concurso de méritos para la provisión de plazas vacantes defuncionarios docentes en el exterior, convocado por OrdenECD/410/2002, de 20 de febrero,

Este Ministerio ha dispuesto su corrección en el siguiente sen-tido:

Primero.—En el apartado 2. Maestros, Subapartado 2.1 Cen-tros, procede modificar el período de adscripción de doña MaríaDolores Hurtado Mola, DNI 7404370, Cuerpo 597, especialidadFilología, Lengua Castellana, en el siguiente sentido: Donde dice:«1- 2-2003/31- 1-2006», debe decir: «1- 2-2003/31- 1-2005».

Segundo.—En el apartado 2. Maestros, Subapartado 2.4 Agru-paciones de Lengua y Cultura, procede modificar el período deadscripción de don José Antonio Piñero Gómez, DNI 22421066,Cuerpo 597, especialidad Educación Primaria, en el siguiente sen

tido: «Donde dice: «1- 9-2002/31- 8-2004», debe decir:«1- 9-2002/31- 8-2005».

Tercero.—En el apartado 2. Maestros, Subapartado 2.4 Agru-paciones de Lengua y Cultura, procede modificar el período deadscripción de doña Ángela Infante Sánchez, DNI 7768489, Cuer-po 597, especialidad Educación Primaria, en el siguiente sentido:Donde d ice : «1 - 9 -2002/31 - 8 -2005» , debe dec i r :«1- 9-2002/31- 8-2004».

Cuarto.—En el apartado 2. Maestros, Subapartado 2.3 EscuelasEuropeas, procede modificar el período de adscripción de donJesús García Ares, DNI 17151061, Cuerpo 597, especialidad Edu-cación Primaria, doña María Luz Cogollos Rubio, DNI 13060781,especialidad Educación Primaria y doña Teresa Cuella Garrido-Les-tache, DNI 5243247, especialidad Educación Primaria, en elsiguiente sentido: Donde dice: «1- 9-2002/31- 8-2003», debedecir: «1- 9-2002/31- 8-2004».

Quinto.—En el apartado 1. Profesores de E. Secundaria, deE.O.I. y Técnicos de F.P., Subapartado 1.3. Escuelas Europeas,procede modificar el período de adscripción de doña Ana MaríaGonzález Iglesias, DNI 34599346, Cuerpo 590, especialidad Mate-m á t i c a s , e n e l s i g u i e n t e s e n t i d o : D o n d e d i c e :«1- 9-2002/31- 8-2003», debe decir: «1- 9-2002/31- 8-2004».

Sexto.—Contra esta Orden que es definitiva en la vía admi-nistrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativoante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-administrativo, con-forme a lo establecido en los artículos 9.a) de la Ley 29/1998,de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Admi-nistrativa, y el 90.4 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio,del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgáni-ca 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contardesde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdocon lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

Asimismo, la presente Orden podrá ser recurrida potestativa-mente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órganoque la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del Procedimiento Adminis-trativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13de enero.

Madrid, 22 de enero de 2003—La Ministra, P. D. (Orden de 1de febrero de 2001, «Boletín Oficial del Estado» del 9), la Directorageneral de Programación Económica, Personal y Servicios, Engra-cia Hidalgo Tena.

Ilmos. Sres.: Directora general de Programación Económica, Per-sonal y Servicios y Secretario general Técnico.

2111 RESOLUCIÓN de 7 de enero de 2003, de la Secretaríade Estado de Cultura, por la que se corrige la de 29de noviembre de 2002, por la que se publicaba laadjudicación de un puesto de trabajo convocado alibre designación.

Advertido error en la Resolución de 29 de noviembre de 2002,publicada en el «Boletín Oficial del Estado» de 3 de enero de 2003,por la que se publicaba la adjudicación de un puesto de trabajoconvocado a libre designación por Resolución de 18 de octubrede 2002, en la Subdirección General de Cooperación CulturalInternacional, se transcribe a continuación la oportuna rectifica-ción:

En el anexo I, donde dice: «Puesto de trabajo: Secretario Gene-ral», debe decir: «Puesto de trabajo: «Subdirector General».

Lo que se comunica para su conocimiento y efectos.

Madrid, 7 de enero de 2003.—El Secretario de Estado, P. D.(Orden de 1 de febrero de 2001, «Boletín Oficial del Estado» del 9),el Subsecretario, Mariano Zabía Lasala.

Ilmo. Sr. Subsecretario.

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MINISTERIODE MEDIO AMBIENTE

2112 REAL DECRETO 124/2003, de 31 de enero, por elque se dispone el cese de don José Antonio VillegasAlés como Presidente de la Confederación Hidrográ-fica del Sur.

A propuesta del Ministro de Medio Ambiente y previa delibe-ración del Consejo de Ministros en su reunión del día 31 de enerode 2003,

Vengo en disponer el cese, a petición propia, de don JoséAntonio Villegas Alés como Presidente de la Confederación Hidro-gráfica del Sur, agradeciéndole los servicios prestados.

Dado en Madrid a 31 de enero de 2003.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Medio Ambiente,JAIME MATAS I PALOU

2113 REAL DECRETO 125/2003, de 31 de enero, por elque se nombra Presidente de la Confederación Hidro-gráfica del Sur a don Francisco Ortiz de la Torre.

A propuesta del Ministro de Medio Ambiente y previa delibe-ración del Consejo de Ministros en su reunión del día 31 de enerode 2003,

Vengo en nombrar Presidente de la Confederación Hidrográficadel Sur a don Francisco Ortiz de la Torre.

Dado en Madrid a 31 de enero de 2003.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Medio Ambiente,JAIME MATAS I PALOU

2114 REAL DECRETO 126/2003, de 31 de enero, por elque se nombra Comisionado del Ministerio de MedioAmbiente para las actuaciones derivadas de la catás-trofe del buque «Prestige» a don Xoán Nóvoa Rodrí-guez.

A propuesta del Ministro de Medio Ambiente y previa delibe-ración del Consejo de Ministros en su reunión del día 31 de enerode 2003,

Vengo en nombrar Comisionado del Ministerio de MedioAmbiente para las actuaciones derivadas de la catástrofe del buque«Prestige» a don Xoán Nóvoa Rodríguez.

Dado en Madrid a 31 de enero de 2003.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Medio Ambiente,JAIME MATAS I PALOU

2115 ORDEN MAM/121/2003, de 20 de enero, por la quese resuelve parcialmente convocatoria pública parala provisión de puestos de trabajo, por el sistema delibre designación, en la Secretaría de Estado de Aguasy Costas, anunciada por Resolución de 26 de noviem-bre de 2002.

Por Resolución de 26 de noviembre de 2002 («Boletín Oficialdel Estado» de 2 de diciembre), se anunció convocatoria públicapara la provisión, por el sistema de libre designación, de puestosde trabajo vacantes en la Secretaría de Estado de Aguas y Costas.

Previa la tramitación prevista en los artículos 51 a 56 del RealDecreto 364/1995, de 10 de marzo («Boletín Oficial del Estado»

de 10 de abril), y de conformidad con lo dispuesto en el artículo20.1.c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, según la redaccióndada al mismo por la Ley 23/1988, de 28 de julio («Boletín Oficialdel Estado» del 29).

Este Ministerio, en uso de las atribuciones conferidas por elartículo 13.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organizacióny Funcionamiento de la Administración General del Estado, hadispuesto:

Primero.—Resolver parcialmente la referida convocatoria adju-dicando el puesto de trabajo, que se relaciona en el anexo adjunto,en los términos que se señalan.

Segundo.—La toma de posesión del nuevo destino se realizaráconforme a lo establecido en el artículo 48 del Real Decreto364/1995, de 10 de marzo, antes citado.

Tercero.—Contra el presente acto, que pone fin a la vía admi-nistrativa, se podrá recurrir potestativamente en reposición anteel titular del Departamento en el plazo de un mes o interponerrecurso contencioso-administrativo ante el correspondiente Juz-gado Central de lo Contencioso-administrativo en el plazo de dosmeses, contados, ambos plazos, desde el día siguiente al de supublicación en el «Boletín Oficial del Estado», no pudiendo inter-ponerse este último hasta que aquél sea resuelto expresamenteo se haya producido su desestimación presunta, conforme a lodispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públi-cas y del Procedimiento Administrativo Común, según redaccióndada a los mismos por la Ley 4/1999, de 13 de enero, así comoen los artículos 9 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio.

Madrid, 20 de enero de 2003.—El Ministro, P. D. (Orden de 6de febrero de 2001, «Boletín Oficial del Estado» del 14), la Sub-secretaria, María Jesús Fraile Fabra.

Dirección General de Programación y Control Económico y Pre-supuestario. Subdirección General de Recursos Humanos.

ANEXO

Convocatoria: Resolución de 26 de noviembre de 2002(«Boletín Oficial del Estado» de 2 de diciembre)

Puesto adjudicado: Número de orden: 1. Puesto: DirecciónGeneral de Costas. Demarcaciones y Servicios Provinciales. Servi-cio Provincial de Costas Alicante. Jefe Servicio Provincial. Loca-lidad: Alicante. Nivel: 28. Complemento específico: 13.257,12euros. Puesto de procedencia: Ministerio, unidad, localidad: Minis-terio de Fomento. Demarcaciones de Carreteras. Demarcación deValencia. Valencia. Nivel: 27. C.E. (en euros): 10.566,96. Datospersonales adjudicatario: Apellidos y nombre: Prieto Martín,Tomás. NRP: 0121696368A1000. Grupo: A. Cuerpo o Escala:Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos. Situación administra-tiva: Servicio activo.

MINISTERIO DE ECONOMÍA2116 REAL DECRETO 127/2003, de 31 de enero, por el

que se nombra Director Técnico de Protección Radio-lógica del Consejo de Seguridad Nuclear a don JuanCarlos Lentijo Lentijo.

El apartado 2 del artículo 41 del Estatuto del Consejo de Segu-ridad Nuclear, aprobado por Real Decreto 1157/1982, de 30 deabril, dispone que los titulares de las dos Direcciones Técnicasserán designados por el Gobierno a propuesta del VicepresidenteSegundo del Gobierno para Asuntos Económicos y Ministro deEconomía y previo informe favorable del Consejo de SeguridadNuclear.

En su virtud, a propuesta del Vicepresidente Segundo delGobierno para Asuntos Económicos y Ministro de Economía y pre-

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via deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día31 de enero de 2003,

Vengo en nombrar Director Técnico de Protección Radiológicadel Consejo de Seguridad Nuclear a don Juan Carlos LentijoLentijo.

Dado en Madrid a 31 de enero de 2003.

JUAN CARLOS R.

El Vicepresidente Segundo del Gobiernopara Asuntos Económicosy Ministro de Economía,

RODRIGO DE RATO Y FIGAREDO

UNIVERSIDADES2117 RESOLUCIÓN de 15 de enero de 2003, de la Uni-

versidad de Alcalá, por la que se nombra Profesortitular de Escuela Universitaria del área de conoci-miento de «Ingeniería Química» a don Miguel ÁngelArranz Pascual.

De conformidad con la propuesta elevada por la Comisión nom-brada para juzgar la plaza de Profesor titular de Escuela Univer-sitaria, código Z033/DIQ403, del área de «Ingeniería Química»,convocada por Resolución de esta Universidad de fecha 4 de octu-bre de 2001 («Boletín Oficial del Estado» de 17 de noviembre),y presentada por el interesado la documentación a que hace refe-rencia el punto octavo de la convocatoria,

Este Rectorado, en uso de las atribuciones conferidas por elartículo 42 de la Ley 11/1983, de 25 de agosto, de ReformaUniversitaria, y demás disposiciones concordantes, ha resueltonombrar a don Miguel Ángel Arranz Pascual, con documento nacio-nal de identidad número 7.507.089-G, Profesor titular de EscuelaUniversitaria del área de «Ingeniería Química», adscrita al Depar-tamento de Química Analítica e Ingeniería Química de esta Uni-versidad. El interesado deberá tomar posesión en el plazo máximode un mes a contar desde el día siguiente de la publicación dela presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa,podrá recurrirse en vía contencioso-administrativa en el plazo dedos meses a contar desde el día siguiente al de notificación opublicación del acto.

Sin perjuicio de lo anterior, la presente Resolución podrá serrecurrida, potestativamente, en reposición ante el mismo órganoque la ha dictado, en el plazo de un mes. En este caso, no podráinterponerse recurso contencioso-administrativo hasta que searesuelto expresamente o se haya producido la desestimación pre-sunta del recurso de reposición interpuesto.

Alcalá de Henares, 15 de enero de 2003.—El Rector, VirgilioZapatero Gómez.

2118 RESOLUCIÓN de 15 de enero de 2003, de la Uni-versidad de Alcalá, por la que se nombra Profesortitular de Universidad del área de conocimiento de«Ecología» a don José Manuel Nicolau Ibarra.

De conformidad con la propuesta elevada por la Comisión nom-brada para juzgar la plaza de Profesor titular de Universidad, códi-go Z038/DEC208, del área de «Ecología», convocada por Reso-lución de esta Universidad de fecha 23 de noviembre de 2001(«Boletín Oficial del Estado» de 14 de diciembre), y presentadapor el interesado la documentación a que hace referencia el puntooctavo de la convocatoria,

Este Rectorado, en uso de las atribuciones conferidas por elartículo 42 de la Ley 11/1983, de 25 de agosto, de ReformaUniversitaria, y demás disposiciones concordantes, ha resueltonombrar a don José Manuel Nicolau Ibarra, con documento nacio-nal de identidad número 17.205.431-M, Profesor titular de Uni-

versidad del área de «Ecología», adscrita al Departamento de Eco-logía de esta Universidad. El interesado deberá tomar posesiónen el plazo máximo de un mes a contar desde el día siguientede la publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficialdel Estado».

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa,podrá recurrirse en vía contencioso-administrativa en el plazo dedos meses a contar desde el día siguiente al de notificación opublicación del acto.

Sin perjuicio de lo anterior, la presente Resolución podrá serrecurrida, potestativamente, en reposición ante el mismo órganoque la ha dictado, en el plazo de un mes. En este caso, no podráinterponerse recurso contencioso-administrativo hasta que searesuelto expresamente o se haya producido la desestimación pre-sunta del recurso de reposición interpuesto.

Alcalá de Henares, 15 de enero de 2003.—El Rector, VirgilioZapatero Gómez.

2119 RESOLUCIÓN de 15 de enero de 2003, de la Uni-versidad de Alcalá, por la que se nombra Profesortitular de Universidad del área de conocimiento de«Ingeniería Química» a don Antonio Rodríguez Fer-nández-Alba.

De conformidad con la propuesta elevada por la Comisión nom-brada para juzgar la plaza de Profesor titular de Universidad, códi-go Z033/DIQ203, del área de «Ingeniería Química», convocadapor Resolución de esta Universidad de fecha 22 de octubre de2001 («Boletín Oficial del Estado» de 27 de noviembre), y pre-sentada por el interesado la documentación a que hace referenciael punto octavo de la convocatoria,

Este Rectorado, en uso de las atribuciones conferidas por elartículo 42 de la Ley 11/1983, de 25 de agosto, de ReformaUniversitaria, y demás disposiciones concordantes, ha resueltonombrar a don Antonio Rodríguez Fernández-Alba, con documentonacional de identidad número 50.402.877-X, Profesor titular deUniversidad del área de «Ingeniería Química», adscrita al Depar-tamento de Química Analítica e Ingeniería Química de esta Uni-versidad. El interesado deberá tomar posesión en el plazo máximode un mes a contar desde el día siguiente de la publicación dela presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa,podrá recurrirse en vía contencioso-administrativa en el plazo dedos meses a contar desde el día siguiente al de notificación opublicación del acto.

Sin perjuicio de lo anterior, la presente Resolución podrá serrecurrida, potestativamente, en reposición ante el mismo órganoque la ha dictado, en el plazo de un mes. En este caso, no podráinterponerse recurso contencioso-administrativo hasta que searesuelto expresamente o se haya producido la desestimación pre-sunta del recurso de reposición interpuesto.

Alcalá de Henares, 15 de enero de 2003.—El Rector, VirgilioZapatero Gómez.

2120 RESOLUCIÓN de 15 de enero de 2003, de la Uni-versidad de Alcalá, por la que se nombra Profesortitular de Universidad del área de conocimiento de«Ingeniería Química» a don Roberto Rosal García.

De conformidad con la propuesta elevada por la Comisión nom-brada para juzgar la plaza de Profesor titular de Universidad, códi-go Z033/DIQ205, del área de «Ingeniería Química», convocadapor Resolución de esta Universidad de fecha 23 de noviembrede 2001 («Boletín Oficial del Estado» de 14 de diciembre), y pre-sentada por el interesado la documentación a que hace referenciael punto octavo de la convocatoria,

Este Rectorado, en uso de las atribuciones conferidas por elartículo 42 de la Ley 11/1983, de 25 de agosto, de ReformaUniversitaria, y demás disposiciones concordantes, ha resueltonombrar a don Roberto Rosal García, con documento nacionalde identidad número 10.838.749-E, Profesor titular de Univer-sidad del área de «Ingeniería Química», adscrita al Departamentode Química Analítica e Ingeniería Química de esta Universidad.

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4356 Sábado 1 febrero 2003 BOE núm. 28

El interesado deberá tomar posesión en el plazo máximo de unmes a contar desde el día siguiente de la publicación de la presenteResolución en el «Boletín Oficial del Estado».

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa,podrá recurrirse en vía contencioso-administrativa en el plazo dedos meses a contar desde el día siguiente al de notificación opublicación del acto.

Sin perjuicio de lo anterior, la presente Resolución podrá serrecurrida, potestativamente, en reposición ante el mismo órganoque la ha dictado, en el plazo de un mes. En este caso, no podráinterponerse recurso contencioso-administrativo hasta que searesuelto expresamente o se haya producido la desestimación pre-sunta del recurso de reposición interpuesto.

Alcalá de Henares, 15 de enero de 2003.—El Rector, VirgilioZapatero Gómez.

2121 RESOLUCIÓN de 15 de enero de 2003, de la Uni-versidad de Alcalá, por la que se nombra Profesoratitular de Escuela Universitaria del área de cono-cimiento de «Fisioterapia» a doña Yolanda Pérez Martín.

De conformidad con la propuesta elevada por la Comisiónnombrada para juzgar la plaza de Profesora titular de EscuelaUniversitaria, código Z034/DFP409, del área de «Fisioterapia»,convocada por Resolución de esta Universidad de fecha 23 denoviembre de 2001 («Boletín Oficial del Estado» de 14 de diciem-bre), y presentada por la interesada la documentación a que hacereferencia el punto octavo de la convocatoria,

Este Rectorado, en uso de las atribuciones conferidas por elartículo 42 de la Ley 11/1983, de 25 de agosto, de ReformaUniversitaria, y demás disposiciones concordantes, ha resueltonombrar a doña Yolanda Pérez Martín, con documento nacionalde identidad número 3.097.797-L, Profesora titular de EscuelaUniversitaria del área de «Fisioterapia», adscrita al Departamentode Fisioterapia (en el momento de la convocatoria, Departamentode Enfermería y Fisioterapia) de esta Universidad. La interesadadeberá tomar posesión en el plazo máximo de un mes a contardesde el día siguiente de la publicación de la presente Resoluciónen el «Boletín Oficial del Estado».

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa,podrá recurrirse en vía contencioso-administrativa en el plazo dedos meses a contar desde el día siguiente al de notificación opublicación del acto.

Sin perjuicio de lo anterior, la presente Resolución podrá serrecurrida, potestativamente, en reposición ante el mismo órganoque la ha dictado, en el plazo de un mes. En este caso, no podráinterponerse recurso contencioso-administrativo hasta que searesuelto expresamente o se haya producido la desestimación pre-sunta del recurso de reposición interpuesto.

Alcalá de Henares, 15 de enero de 2003.—El Rector, VirgilioZapatero Gómez.

2122 RESOLUCIÓN de 15 de enero de 2003, de la Uni-versidad de Alcalá, por la que se procede a corregirerrores de la Resolución de fecha 26 de diciembrede 2002, por la que se nombra Catedrático de Uni-versidad del área de conocimiento de «Anatomía yEmbriología Humanas» a don Francisco Javier Fer-nández Camacho.

Advertido error en la Resolución de 26 de diciembre de 2002,de la Universidad de Alcalá, por la que se nombra Catedráticode Universidad del área de conocimiento de «Anatomía y Embrio-logía Humanas» a don Francisco Javier Fernández Camacho, publi-cada en el «Boletín Oficial del Estado» número 13, de fecha 15de enero de 2003, mediante la presente Resolución se procedea su oportuna corrección.

Así, donde dice: «Este Rectorado, en uso de las atribucionesconferidas por el artículo 42 de la Ley 11/1983, de 25 de agosto,de Reforma Universitaria, y demás disposiciones concordantes,ha resuelto nombrar a don Francisco J. Fernández Camacho, condocumento nacional de identidad número 51.637.088-H, Cate-

drático de Universidad del área de conocimiento de “Anatomíay Embriología Humanas”, adscrita al Departamento de CienciasMorfológicas y Cirugía de esta Universidad»; debe decir: «Este Rec-torado, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 42de la Ley 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria,y demás disposiciones concordantes, ha resuelto nombrar a donFrancisco Javier Fernández Camacho, con documento nacionalde identidad número 51.637.088-H, Catedrático de Universidaddel área de conocimiento de “Anatomía y Embriología Humanas”,adscrita al Departamento de Ciencias Morfológicas y Cirugía deesta Universidad».

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa,podrá recurrirse en vía contencioso-administrativa en el plazo dedos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación.Sin perjuicio de lo anterior, la presente Resolución podrá serrecurrida, potestativamente, en reposición ante el mismo órganoque la ha dictado, en el plazo de un mes. En este caso, no podráinterponerse recurso contencioso-administrativo hasta que searesuelto expresamente o se haya producido la desestimación pre-sunta del recurso de reposición intepuesto.

Alcalá de Henares, 15 de enero de 2003.—El Rector, VirgilioZapatero Gómez.

2123 RESOLUCIÓN de 15 de enero de 2003, de la Uni-versidad de Alcalá, por la que se nombra Profesortitular de Escuela Universitaria del área de cono-cimiento de «Didáctica y Organización Escolar» a donJuan Carlos Torrego Seijo.

De conformidad con la propuesta elevada por la Comisión nom-brada para juzgar la plaza de Profesor titular de Escuela Univer-sitaria, código Z011/DOE402, del área de «Didáctica y Organi-zación Escolar», convocada por Resolución de esta Universidadde fecha 4 de octubre de 2001 («Boletín Oficial del Estado» de17 de noviembre), y presentada por el interesado la documentacióna que hace referencia el punto octavo de la convocatoria,

Este Rectorado, en uso de las atribuciones conferidas por elartículo 42 de la Ley 11/1983, de 25 de agosto, de ReformaUniversitaria, y demás disposiciones concordantes, ha resueltonombrar a don Juan Carlos Torrego Seijo, con documento nacionalde identidad número 50.682.735-G, Profesor titular de EscuelaUniversitaria del área de «Didáctica y Organización Escolar», ads-crita al Departamento de Educación de esta Universidad. El inte-resado deberá tomar posesión en el plazo máximo de un mesa contar desde el día siguiente de la publicación de la presenteResolución en el «Boletín Oficial del Estado».

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa,podrá recurrirse en vía contencioso-administrativa en el plazo dedos meses a contar desde el día siguiente al de notificación opublicación del acto.

Sin perjuicio de lo anterior, la presente Resolución podrá serrecurrida, potestativamente, en reposición ante el mismo órganoque la ha dictado, en el plazo de un mes. En este caso, no podráinterponerse recurso contencioso-administrativo hasta que searesuelto expresamente o se haya producido la desestimación pre-sunta del recurso de reposición interpuesto.

Alcalá de Henares, 15 de enero de 2003.—El Rector, VirgilioZapatero Gómez.

2124 RESOLUCIÓN de 15 de enero de 2003, de la Uni-versidad de Zaragoza y de la Consejería de Salud,Consumo y Servicios Sociales del Gobierno de Aragón,por la que se nombra a don José Antonio CarmeloCasasnovas Lenguas Profesor titular de Universidad,del área de conocimiento de «Medicina», adscrita alDepartamento de Medicina, Psiquiatría y Dermatolo-gía, vinculada con la plaza de Facultativo Especialistade Cardiología en el Hospital Universitario «MiguelServet», de Zaragoza, y su área asistencial.

De conformidad con lo establecido en el artículo 4, base octava,del Real Decreto 1558/1986, de 28 de junio («Boletín Oficial delEstado» de 31 de julio), en relación con lo previsto en la base

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octava de la convocatoria de plazas vinculadas incluidas en elconcierto suscrito entre la Universidad de Zaragoza y la DirecciónGeneral del Instituto Nacional de la Salud, publicada por Reso-lución de 4 de diciembre de 2001, de la Secretaría de Estadode Universidades e Investigación («Boletín Oficial del Estado»del 21), y una vez efectuada por la Comisión de selección la corres-pondiente propuesta para la provisión de una plaza vinculada seña-lada con el número 5-V, el Rector de la Universidad de Zaragozay el Consejero de Salud, Consumo y Servicios Sociales del Gobier-no de Aragón, por haberse efectuado el traspaso a la ComunidadAutónoma de Aragón de las funciones y servicios del InstitutoNacional de la Salud, según Real Decreto 1475/2001, de 27 dediciembre («Boletín Oficial del Estado» número 311, del 28), hanresuelto nombrar a don José Antonio Carmelo Casasnovas Len-guas Profesor titular de Universidad, del área de conocimientode «Medicina», adscrita al Departamento de Medicina, Psiquiatríay Dermatología, vinculada con la plaza de Facultativo Especialistade Cardiología en el Hospital Universitario «Miguel Servet», deZaragoza, y su área asistencial.

La categoría básica asistencial con la que se encuentra vin-culada la plaza docente se entenderá sin perjuicio del puesto asis-tencial, a desempeñar por el titular del presente nombramientoen el Hospital Universitario «Miguel Servet», de Zaragoza, debiendosometerse a los sistemas de evaluación contemplados en la dis-posición transitoria segunda, dos, del Real Decreto 118/1991,de 25 de enero.

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativade conformidad con lo establecido en el artículo 6 de la Ley Orgá-nica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, cabe inter-poner recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dosmeses a partir del día siguiente al de la presente publicación enel boletín oficial, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativodel Tribunal Superior de Justicia de Aragón, según lo dispuestoen el artículo 10.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladorade la Jurisdicción Contencioso-Administrativa («Boletín Oficial delEstado» número 167, de 14 de julio).

No obstante, los interesados podrán optar por interponer contraesta Resolución recurso de reposición, en el plazo de un mes,ante este órgano, en cuyo caso no cabrá interponer el recursocontencioso-administrativo anteriormente citado en tanto recaigaresolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuer-do con lo dispuesto en los artículos 116 y siguientes de la Ley30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Admi-nistraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero («Boletín Oficialdel Estado» número 12, del 14).

Zaragoza, 15 de enero de 2003.—El Rector, Felipe Pétriz Cal-vo.—El Consejero de Salud, Consumo y Servicios Sociales, AlbertoLarraz Vileta.

2125 RESOLUCIÓN de 15 de enero de 2003, de la Uni-versidad de Alcalá, por la que se nombra Profesortitular de Escuela Universitaria del área de cono-cimiento de «Anatomía y Embriología Humanas» a donJuan Bosco Calvo Mínguez.

De conformidad con la propuesta elevada por la Comisión nom-brada para juzgar la plaza de Profesor titular de Escuela Univer-sitaria, código Z006/DAT402, del área de «Anatomía y Embrio-logía Humanas», convocada por Resolución de esta Universidadde fecha 22 de junio de 2001 («Boletín Oficial del Estado» de 19de julio), y presentada por el interesado la documentación a quehace referencia el punto octavo de la convocatoria,

Este Rectorado, en uso de las atribuciones conferidas por elartículo 42 de la Ley 11/1983, de 25 de agosto, de ReformaUniversitaria, y demás disposiciones concordantes, ha resueltonombrar a don Juan Bosco Calvo Mínguez, con documento nacio-nal de identidad número 21.630.683-B, Profesor titular de EscuelaUniversitaria del área de «Anatomía y Embriología Humanas», ads-crita al Departamento de Ciencias Morfológicas y Cirugía de estaUniversidad. El interesado deberá tomar posesión en el plazo máxi-mo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicaciónde la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa,podrá recurrirse en vía contencioso-administrativa en el plazo dedos meses a contar desde el día siguiente al de notificación opublicación del acto.

Sin perjuicio de lo anterior, la presente Resolución podrá serrecurrida, potestativamente, en reposición ante el mismo órganoque la ha dictado, en el plazo de un mes. En este caso, no podráinterponerse recurso contencioso-administrativo hasta que searesuelto expresamente o se haya producido la desestimación pre-sunta del recurso de reposición interpuesto.

Alcalá de Henares, 15 de enero de 2003.—El Rector, VirgilioZapatero Gómez.

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4358 Sábado 1 febrero 2003 BOE núm. 28

II. Autoridades y personal

B. OPOSICIONES Y CONCURSOS

CONSEJO GENERALDEL PODER JUDICIAL

2126 ACUERDO de 29 de enero de 2003, de la ComisiónPermanente del Consejo General del Poder Judicial,por el que se anuncia concurso para la provisión dedeterminados cargos judiciales entre miembros de laCarrera Judicial, con categoría de Magistrado.

De conformidad con lo establecido en los artículos 118, 131,326, 327, 329, 330, 332, 333, 334 y concordantes de la LeyOrgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y del Regla-mento 1/1995, de 7 de junio, de la Carrera Judicial, Real Decre-to 1161/2002, de 8 de noviembre y Orden del Ministerio de Jus-ticia de 26 de noviembre de 2002, la Comisión Permanente delConsejo General del Poder Judicial en su reunión del día 29 deenero de 2003, ha acordado anunciar concurso para la provisiónde destinos en la Carrera Judicial, entre miembros de la mismacon categoría de Magistrado, con arreglo a las siguientes bases:

Primera.—No podrán tomar parte en el concurso:

a) Los Magistrados electos.b) Los que se hallaren en situación administrativa de suspen-

sión definitiva.c) Los sancionados con traslado forzoso hasta que transcurra

el plazo determinado en la resolución que ponga fin al proce-dimiento sancionador.

d) Los que hubieran sido designados a su instancia para cual-quier cargo judicial de provisión reglada hasta transcurridos tresaños desde la fecha del Real Decreto de nombramiento.

e) Los Magistrados que hayan obtenido primer destino en talcategoría no podrán concursar hasta transcurridos dos años desdela fecha del Real Decreto de nombramiento o ascenso cualquieraque hubiera sido el sistema o el momento de su promoción.

f) Los Magistrados que desempeñen destino por el mecanismode provisión previsto en el artículo 118 de la Ley Orgánica delPoder Judicial no podrán concursar hasta transcurrido un añodesde la fecha del Real Decreto de nombramiento, a menos queantes de que transcurra un año se encuentren en situación deadscripción.

Los miembros de la Carrera Fiscal que hayan accedido a laJudicial a través de pruebas de especialización y los juristas dereconocida competencia que ingresen en ella en concurso limitadoconforme al número 3 del artículo 311 de la Ley Orgánica 6/1985,de 1 de julio, del Poder Judicial, no podrán concursar a plazascorrespondientes a un orden jurisdiccional o una especialidad dis-tinta hasta transcurridos cinco años de servicios efectivos y obte-nido el certificado prevenido en el artículo 83 del Reglamen-to 1/1995, de 7 de junio, de la Carrera Judicial.

g) Las vacantes reservadas a sus titulares por encontrarse enla situación administrativa de servicios especiales en la CarreraJudicial, que se anuncian para su provisión por el mecanismoprevisto en el artículo 118 de la LOPJ, no podrán ser peticionadaspor los Magistrados que se encuentren en situación administrativade suspensión provisional de funciones o en servicios especiales,salvo que, en este último supuesto, expresen en su instancia quede obtener la plaza se incorporarán, dentro del plazo posesorio,al destino judicial obtenido y por tanto al servicio activo.

Segunda.—Deberán participar en este concurso los Magistradosen situación administrativa de excedencia voluntaria que hubierensolicitado el reingreso al servicio activo y obtenido la correspon-diente declaración de aptitud.

También deberán participar, en su caso, los Magistrados ensituación de suspensión definitiva superior a seis meses que hubie-ren solicitado el reingreso al servicio activo y obtenido la corres-pondiente declaración de aptitud, así como los Magistrados reha-bilitados.

Los reingresados al servicio activo, procedentes de excedenciavoluntaria, suspensión definitiva o rehabilitados que obtengan des-tino en este concurso, no podrán concursar hasta transcurridosdos años desde la fecha del Real Decreto de nombramiento.

Tercera.—El concurso para la provisión de las plazas anun-ciadas se resolverán en favor de los Magistrados solicitantes queocupen el mejor puesto escalafonal, con las singularidades esta-blecidas en los párrafos siguientes.

Para la provisión de la plaza de Presidente de Sala o Seccióntendrán preferencia quienes hubieran prestado cinco años de servi-cios en el orden jurisdiccional de que se trata, siempre que nose encuentren sancionados disciplinariamente por comisión de fal-ta grave o muy grave, cuya anotación en el expediente no hubieresido cancelada.

Para la provisión de plazas de Magistrado de las Salas de loContencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional y TribunalesSuperiores de Justicia reservadas a especialista, rige el criteriode mejor puesto escalafonal en la especialidad.

Para la provisión de plazas de Magistrado de la Sala de loSocial de la Audiencia Nacional y Tribunales Superiores de Justiciareservadas a Magistrado especialista en dicho orden jurisdiccionalo que haya pertenecido al extinguido Cuerpo de Magistrados deTrabajo, gozará de preferencia el que ocupe el mejor puesto esca-lafonal, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 332, párrafoúltimo, de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicialy en la disposición transitoria 17.a 4 y 5 de la citada Ley Orgánica.

Para la provisión de los Juzgados de lo Social, el concursose resolverá en favor de quienes, ostentando la categoría de Magis-trado especialista en el orden social o habiendo pertenecido alextinguido Cuerpo de Magistrados de Trabajo, tengan mejor pues-to escalafonal, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 332,párrafo último, de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, delPoder Judicial y disposición transitoria 17.a 4 y 5 de la citadaLey Orgánica. En su defecto en favor de los Magistrados que hayanprestado al menos tres años de servicios, dentro de los cinco ante-riores a la fecha de la presente convocatoria, en el orden social.A falta de estos, en favor de los Magistrados con mejor puestoescalafonal; en este último caso, los que obtuvieran plaza deberánparticipar antes de tomar posesión de su nuevo destino en lasactividades específicas de formación que establezca el ConsejoGeneral del Poder Judicial para los supuestos de cambio de ordenjurisdiccional a los que se refieren el artículo 105 y siguientesdel Reglamento de la Carrera Judicial aprobado por el Pleno delConsejo General del Poder Judicial de 7 de junio de 1995. Siincumplieren tal obligación, serán tenidos por renunciantes a laplaza obtenida y continuarán desempeñando la que vinieran sir-viendo.

Para la provisión de los Juzgados de lo Contencioso-Adminis-trativo, el concurso se resolverá en favor de quienes, ostentandola categoría de Magistrado especialista en el orden jurisdiccionalcontencioso-administrativo, tengan mejor puesto escalafonal. Ensu defecto, a favor de los Magistrados que hayan prestado al menostres años de servicios, dentro de los cinco anteriores a la fechade la presente convocatoria, en el orden jurisdiccional conten-cioso-administrativo. A falta de los dos supuestos anteriores, a

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favor de los Magistrados con mejor puesto escalafonal; en el últimocaso, los que obtuvieran plaza deberán participar, antes de tomarposesión de su nuevo destino, en las actividades específicas yobligatorias de formación que establezca expresamente para estesupuesto el Consejo General del Poder Judicial. Si incumplierantal obligación, los nombrados serán tenidos por renunciantes ala plaza obtenida y continuarán desempeñando la que vinieransirviendo.

Para la provisión de los Juzgados de Menores el concurso seresolverá a favor de quienes ostentando la categoría de Magistrado,y acreditando la correspondiente especialización en materia demenores en la Escuela Judicial, tengan mejor puesto en el esca-lafón. En su defecto, se cubrirán por Magistrados que hayan pres-tado al menos tres años de servicio, dentro de los cinco anterioresa la fecha de la convocatoria, en la jurisdicción de menores.

A falta de estos, se cubrirán de acuerdo con lo dispuesto enel apartado 1 del artículo 329 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1de julio, del Poder Judicial. En este último caso, los que obtuvierenplaza deberán participar, antes de tomar posesión de su nuevodestino, en las actividades de especialización en materia de meno-res que establezca el Consejo General del Poder Judicial.

Para quienes deseen alegarlo, constituirá mérito preferente elconocimiento de la Lengua Oficial y el Derecho Civil Especial oForal propios de las Comunidades Autónomas, en los términosprevistos en el título III del Reglamento 1/1995, de 7 de junio,de la Carrera Judicial.

Cuarta.—Los destinados a su instancia para alguna de las plazasanunciadas no podrán solicitar traslado hasta transcurridos tresaños desde la fecha de su nombramiento para las mismas, sinperjuicio de lo dispuesto en el artículo 118 de la Ley Orgánicadel Poder Judicial.

Quinta.—Las solicitudes de destino contendrán los requisitosprevistos en el artículo 182 del Reglamento 1/1995, de 7 de junio,de la Carrera Judicial y serán presentadas en el Consejo Generaldel Poder Judicial, Marqués de la Ensenada, numero 8, 28071Madrid, o en la forma establecida en el artículo 38 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, en el plazo de diez días naturales, contados a partir delsiguiente al de la publicación del presente concurso en el «BoletínOficial del Estado». Las peticiones que se formulen en forma con-dicionada, o no aparezcan redactadas con claridad, carecerán devalidez, al igual que las modificaciones o desistimientos efectuadostranscurridos el plazo anterior.

Las peticiones que se cursen a través de las oficinas de Correos,deberán presentarse en sobre abierto para que el funcionariocorrespondiente pueda estampar en ellas el sello de fechas antesde certificarlas.

Las solicitudes, desistimientos y modificaciones dirigidos alConsejo General del Poder Judicial podrán formularse dentro delplazo establecido en el párrafo primero de la presente base portelégrafo o fax, con obligación de cursar la instancia por escritosimultáneamente, debiendo tener ésta su entrada en el RegistroGeneral del Consejo dentro de los cinco días naturales siguientesal de expiración del plazo de presentación de instancias. De nohacerse así, la solicitud, desistimiento o modificación careceránde validez. El fax al que habrán de dirigirse, en su caso,es: 91 700 63 58.

Sexta.—Las plazas que quedaren vacantes por falta de soli-citantes en situación de servicio activo, suspensión provisional,servicios especiales o excedencia forzosa se proveerán por losque hayan de reingresar al servicio activo según las preferenciasmanifestadas en el respectivo concurso y las que resultan de laaplicación del artículo 369 de la Ley Orgánica del Poder Judicial,sin perjuicio de lo establecido en los artículos 323 y 364 de lamisma Ley Orgánica, y, en su defecto, por los que sean nombrados,promovidos o asciendan a la categoría de Magistrado, con arregloal turno que corresponda de los previstos en el artículo 311.1de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Séptima.—En la promoción que se efectúe como consecuenciade este concurso, el Juez que sirviera su destino en Juzgado dePrimera Instancia, de Instrucción o de Primera Instancia e Ins-trucción, radicado en población cuyo Juzgado de Primera Ins-tancia, de Instrucción o de Primera Instancia e Instrucción, debieraser servido por Magistrado y fuere promovido a esta categoría,continuará en el mismo Juzgado con la categoría de Magistrado,

salvo que opte por el ascenso con cambio de destino, en la formay plazo que determine este Consejo.

En aquellos supuestos en que la plaza vacante que correspondaa los Jueces que deban ser promovidos a la categoría de Magis-trado, sea un Juzgado de lo Social o de lo Contencioso-Admi-nistrativo, antes de tomar posesión en su nuevo destino habránde participar en las actividades específicas y obligatorias de for-mación que establezca el Consejo General del Poder Judicial paralos supuestos de cambio de orden jurisdiccional a los que se refie-ren el artículo 105 y siguientes del Reglamento de la CarreraJudicial. En caso de incumplimiento de tal obligación se pospondrála promoción del Juez afectado hasta la siguiente que se efectúe,ostentando entre tanto la categoría de Juez a todos los efectosy acreciendo la vacante no cubierta a la siguiente promoción quecorresponda al turno de antigüedad.

En aquellos supuestos en que la plaza vacante que correspondaa los Jueces que deban ser promovidos a la categoría de Magis-trado, sea un Juzgado de Menores, antes de tomar posesión ensu nuevo destino habrán de participar en las actividades específicasy obligatorias de formación que establezca el Consejo Generaldel Poder Judicial para los supuestos de cambio de orden juris-diccional.

Las solicitudes se podrán ajustar al modelo normalizado apro-bado por la Comisión Permanente y publicado en el «Boletín Oficialdel Estado» del día 18 de octubre de 2000, como anexo al acuerdode la Comisión Permanente de fecha 11 de octubre.

En el supuesto de rectificación que afectara a alguna de lasplazas anunciadas en el presente concurso se iniciaría de nuevoel plazo señalado en la base quinta de esta convocatoria parala solicitud de las plazas afectadas por el error.

En todo lo no expresamente previsto en las bases del presenteconcurso regirá lo dispuesto en la Ley Orgánica del Poder Judicialy el Reglamento 1/1995, de 7 de junio, de la Carrera Judicial.

Contra la presente disposición podrá interponerse recurso dealzada ante el Pleno del Consejo General del Poder Judicial enel plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la publi-cación de este Acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado», conformea lo establecido en los artículos 142 y 143 de la Ley Orgánica6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y 114 de la Ley deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común.

Relación de plazas que se anuncian

Andalucía

Juzgado de lo Penal número 1 de Algeciras.Juzgado de Menores Único de Córdoba.Juzgado de Primera Instancia número 9 de Granada.Juzgado de Primera Instancia número 5 de Huelva, con fun-

ciones compartidas de registro civil.Presidente de la Sección Quinta, civil, de la Audiencia Pro-

vincial de Málaga.Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Málaga.Juzgado de lo Social número 5 de Málaga.Juzgado de Primera Instancia número 1 de Marbella.Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Melilla.Juzgado de lo Penal número 1 de Melilla.Juzgado de Primera Instancia e Instrucción numero 2 de Motril.Magistrado de la Sección Sexta, civil, de la Audiencia Provincial

de Sevilla.Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 7 de Torre-

molinos.

Baleares

Juzgado de Primera Instancia número 13 de Palma de Mallorca.

Canarias

Magistrado de la Sala de lo Contencioso-Administrativo delTribunal Superior de Justicia de Canarias, con sede en Santa Cruzde Tenerife.

Juzgado de Primera Instancia número 11 de Las Palmas.

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Cantabria

Juzgado de Instrucción número 1 de Santander.

Castilla-La Mancha

Juzgado de lo Penal número 1 de Albacete.

Castilla y León

Magistrado de la Audiencia Provincial de Palencia.

Cataluña

Juzgado de Primera Instancia número 1 de Barcelona.Juzgado de Primera Instancia número 9 de Barcelona.Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Bar-

celona, mientras sus titulares don José María Macías Castaño ydon Pedro Antonio Más Cladera, se encuentren en la situaciónadministrativa de servicios especiales en la Carrera Judicial.*

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 6 de Bar-celona.

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 10 de Bar-celona.

Juzgado de lo Social número 2 de Barcelona.Juzgado de lo Penal número 1 de Gerona.Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Lérida.Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 5 de Santa

Coloma de Gramanet.

Comunidad Valenciana

Juzgado de Menores número 1 de Alicante.Juzgado de lo Penal número 3 de Castellón.Juzgado de lo Social número 2 de Castellón.Juzgado de lo Social número 2 de Elche.Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Ori-

huela.Juzgado de Primera Instancia número 8 de Valencia, de familia.Juzgado de lo Social número 4 de Valencia.

Extremadura

Juzgado de Primera Instancia número 3 de Badajoz.

La Rioja

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Logroño.

Madrid

Magistrado de la Sala de lo Contencioso-Administrativo delTribunal Superior de Justicia de Madrid.

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Alcaláde Henares.

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Maja-dahonda.

Juzgado de Primera Instancia número 9 de Madrid.Juzgado de Primera Instancia número 71 de Madrid.Juzgado de Instrucción número 35 de Madrid.Juzgado de Instrucción número 36 de Madrid.Juzgado de Instrucción número 40 de Madrid.Juzgado de lo Penal número 12 de Madrid, de ejecuciones

penales.Juzgado de lo Penal número 2 de Móstoles.

Murcia

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Lorca.

Navarra

Juzgado de Instrucción número 2 de Pamplona.

País Vasco

Juzgado de lo Penal número 1 de Baracaldo.Juzgado de lo Penal número 2 de Baracaldo.Juzgado de lo Penal número 7 de Bilbao, de ejecuciones penales.Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Vitoria.Magistrado de la Sección Cuarta, civil, de la Audiencia Pro-

vincial de Vizcaya.

Juzgados de nueva creación:

Juzgado de Instrucción número 47 de Madrid.Juzgado de Instrucción número 48 de Madrid.Juzgado de Instrucción número 49 de Madrid.Juzgado de Instrucción número 50 de Madrid.Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 5 de Tala-

vera de la Reina.Juzgado de Menores número 2 de Zaragoza.

El anuncio de las vacantes señaladas con asterisco (*) en laanterior relación, se hace para su provisión por el sistema previstoen el artículo 118 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, unavez que por la Comisión Permanente se ha examinado la cargacompetencial y la situación del órgano que hace necesaria sucobertura inmediata, todo ello en ejecución del Acuerdo del Plenodel Consejo General del Poder Judicial de 7 de febrero de 1996,por el que se entendió que la facultad que la norma confiere alConsejo General del Poder Judicial en su artículo 118 de la LeyOrgánica del Poder Judicial, comporta el deber de ponderar laconcurrencia de especial urgencia o necesidad para la utilizaciónde las previsiones contenidas en el referido precepto.

Madrid, 29 de enero de 2003.—El Presidente del Consejo Gene-ral del Poder Judicial.

HERNANDO SANTIAGO

MINISTERIODE ASUNTOS EXTERIORES

2127 ORDEN AEX/122/2003 de 24 de enero, por la quese anuncia convocatoria para la provisión por el sis-tema de «Libre Designación», de puestos de trabajoen el Departamento.

Conforme a lo dispuesto en el Art. 20.1.c) de la Ley 30/1984,de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública,

Este Ministerio acuerda anunciar la convocatoria para la pro-visión, por el sistema de «Libre Designación», de los puestos detrabajo que se relacionan en los anexos I.a) y I.b) de esta Orden,y que figuran en la relación de puestos de trabajo del Departa-mento, aprobado por la Resolución de la CECIR del día 10 deabril de 1997 y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de20 de enero de 1998, con arreglo a las siguientes bases:

Primera.—Los puestos de trabajo ofertados podrán ser solici-tados por los funcionarios que reúnan los requisitos establecidospara el desempeño de los mismos.

Segunda.—Las solicitudes se presentarán en el modelo de soli-citud que figura como anexo II y se dirigirán en el plazo de quincedías hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación dela presente Orden en el «Boletín Oficial del Estado», al excelen-tísimo señor Subsecretario del Ministerio de Asuntos Exteriores,plaza de la Provincia, número 1, Madrid.

Tercera.—Junto con las solicitudes, que se formalizarán unapor cada puesto individualmente, los aspirantes acompañarán sucurrículum vitae, en el que consten los títulos académicos, añosde servicio, puestos de trabajo desempeñados en la Administra-ción, estudios y cursos realizados y otros méritos que se estimeoportuno poner de manifiesto y harán constar detalladamente lascaracterísticas del puesto que viniera desempeñando.

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Cuarta.—La permanencia en los puestos ubicados en el exteriortendrá una duración máxima improrrogable de cinco años.

Contra esta Resolución que agota la vía administrativa, caberecurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses apartir del día siguiente a su publicación, ante los Juzgados Cen-trales de lo Contencioso-Administrativo con arreglo a lo dispuestoen el artículo 9.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladorade la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y sin perjuicio decualquier otro recurso que pudiera interponer.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 24 de enero de 2003.—P. D. (Orden 11 de marzo de1998, «Boletín Oficial del Estado» del 18), el Subsecretario, JoséPedro Sebastián de Erice y Gómez-Acebo.

ANEXO I.a)

Puesto de trabajo: Secretaria de Estado de Asuntos Europeos,Gabinete Secretario de Estado.—Secretaria Director GabineteSecretario Estado.

Nivel: 14. Complemento específico: 4.261,44 euros. Número:1. Localidad: Madrid. Adscripción: AD: AE. GR: C/D. Observa-ciones: Manejo de correo electrónico, control del sistema Wordy archivo. Experiencia en puesto similar. Conocimiento idiomasinglés y francés.

ANEXO I. b)

Puesto de trabajo: Oficina Consular en Federación Rusa.—JefeNegociado Visados. Nivel: 18. Complemento específico: 2.948,40euros. Número: 1. Localidad: Moscú. Adscripción: AD: AE. GR:CD. Cuerpo: EX11. Observaciones: Experiencia y conocimientosen Servicio Exterior. Experiencia en puesto similar. Experienciay conocimientos en labores contables. Idioma: Inglés y/o local.

Puesto de trabajo: Misión Diplomática en Camerún.—CancillerEmbajada. Nivel: 22. Complemento específico: 3.509,76 euros.Número: 1. Localidad: Yaundé. Adscripción: AD: AE. GR: BC.Cuerpo: EX11. Observaciones: Experiencia y conocimiento en Ser-vicio Exterior. Experiencia y conocimientos probados en laborescontables. Conocimientos Jurídicos y experiencia en jefatura deequipos de trabajo y organización de los mismos. Experiencia enconocimientos de informática. Idioma: Francés.

Puesto de trabajo: Oficina Consular en Brasil.—Canciller Con-sulado. Nivel: 22. Complemento específico: 3.509,76 euros.Número: 1. Localidad: Salvador Bahía. Adscripción: AD: AE. GR:

BC. Cuerpo: EX11. Observaciones: Experiencia y conocimientoen Servicio Exterior. Experiencia y conocimientos probados enlabores contables. Conocimientos Jurídicos y experiencia en jefa-tura de equipos de trabajo y organización de los mismos. Expe-riencia en conocimientos de informática. Idioma: Portugués.

Puesto de trabajo: Misión Diplomática en Ecuador.—CancillerEmbajada. Nivel: 24. Complemento específico: euros. Número:1. Localidad: Quito. Adscripción: AD: AE. GR: B. Cuerpo: EX11.Observaciones: Experiencia y conocimiento en Servicio Exterior.Experiencia y conocimientos probados en labores contables. Cono-cimientos Jurídicos y experiencia en jefatura de equipos de trabajoy organización de los mismos. Experiencia en conocimientos deinformática.

Puesto de trabajo: Oficina Consular en EE.UU.—Canciller Con-sulado. Nivel: 24. Complemento específico: 3.509,76 euros.Número: 1. Localidad: Houston. Adscripción: AD: AE. GR: B. Cuer-po: EX11. Observaciones: Experiencia y conocimiento en ServicioExterior. Experiencia y conocimientos probados en labores con-tables. Conocimientos Jurídicos y experiencia en jefatura de equi-pos de trabajo y organización de los mismos. Experiencia en cono-cimientos de informática. Idioma: Inglés.

Puesto de trabajo: Oficina Consular en República. P. Chi-na.—Canciller Consulado. Nivel: 24. Complemento específico:3.509,76 euros. Número: 1. Localidad: Hong-Kong. Adscripción:AD: AE. GR: B. Cuerpo: EX11. Observaciones: Experiencia y cono-cimiento en Servicio Exterior. Experiencia y conocimientos pro-bados en labores contables. Conocimientos Jurídicos y experienciaen jefatura de equipos de trabajo y organización de los mismos.Experiencia en conocimientos de informática. Idioma: Inglés.

Puesto de trabajo: Misión Diplomática en Malasia.—CancillerEmbajada. Nivel: 22. Complemento específico: 3.509,76 euros.Número: 1. Localidad: Kuala Lumpur. Adscripción: AD: AE. GR:BC. Cuerpo: EX11. Observaciones: Experiencia y conocimientoen Servicio Exterior. Experiencia y conocimientos probados enlabores contables. Conocimientos Jurídicos y experiencia en jefa-tura de equipos de trabajo y organización de los mismos. Expe-riencia en conocimientos de informática. Idioma: Inglés.

Puesto de trabajo: Misión Diplomática en Noruega.—CancillerEmbajada. Nivel: 22. Complemento específico: 3.509,76 euros.Número: 1. Localidad: Oslo. Adscripción: AD: AE. GR: BC. Cuer-po: EX11. Observaciones: Experiencia y conocimiento en ServicioExterior. Experiencia y conocimientos probados en labores con-tables. Conocimientos Jurídicos y experiencia en jefatura de equi-pos de trabajo y organización de los mismos. Experiencia en cono-cimientos de informática. Idioma: Inglés.

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BOE núm. 28 Sábado 1 febrero 2003 4363

2128 RESOLUCIÓN de 21 de enero de 2003, de la Secretaríade Estado para la Cooperación Internacional y paraIberoamérica, por la que se anuncia la provisión deun puesto de trabajo en la Agencia Española de Coo-peración Internacional por el procedimiento de libredesignación.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 20.1.b) de la Ley30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Fun-ción Pública, modificado por la Ley 23/1988, de 28 de julio,

Esta Secretaría de Estado acuerda anunciar la provisión, porel procedimiento de libre designación, del puesto que se relacionaen el anexo I de la presente Resolución, con arreglo a las siguientesbases:

Primera.—El puesto de trabajo que se convoca podrá ser soli-citado por los funcionarios que reúnan los requisitos establecidospara el desempeño del mismo en la relación de puestos de trabajo,aprobada por la Comisión Interministerial de Retribuciones paraesta Secretaría de Estado para la Cooperación Internacional y paraIberoamérica.

Segunda.—Las solicitudes se presentarán en el modelo de ins-tancia que figura como anexo II, y se dirigirán en el plazo dequince días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicaciónde esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado», al excelen-tísimo Secretario de Estado para la Cooperación Internacional ypara Iberoamérica, avenida de los Reyes Católicos, 4, 28040Madrid.

Tercera.—Junto con la solicitud, los aspirantes acompañaránsu currículum vitae, en el que figuren títulos académicos, años

de servicio, puestos de trabajo desempeñados en la Administra-ción, estudios y cursos realizados y otros méritos que estimenoportuno poner de manifiesto y harán constar detalladamente lascaracterísticas del puesto que vinieran desempeñando.

Cuarta.—Contra esta Resolución, que agota la vía administra-tiva, cabe recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dosmeses a partir del día siguiente a su publicación, ante los JuzgadosCentrales de lo Contencioso-Admininistrativo, con arreglo a lodispuesto en el artículo 9.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio,Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y sinperjuicio de cualquier otro recurso que se pudiera interponer.

Madrid, 21 de enero de 2003.—El Secretario de Estado, MiguelÁngel Cortés Martín.

ANEXO I

Número de orden: 1. Puesto de trabajo: Coordinador de Pro-gramas. Misión Diplomática en Guinea Ecuatorial. Nivel: 26. Com-plemento específico: 4.676,40 euros. Localidad: Bata. Adscrip-ción: AE. Grupo: AB. Perfil: Experiencia y conocimientos en pro-gramas de Cooperación al Desarrollo. Experiencia y conocimientosen gestión económica y presupuestaria. Conocimientos jurídicos.Experiencia en jefatura de equipos de trabajo, organización y ges-tión de recursos humanos. Experiencia en programas de formaciónde recursos humanos y de difusión de la lengua y cultura españolas.Experiencia y conocimientos de informática. Conocimientos enmetodología de proyectos. Experiencia en realización de informes,memorias y presupuestos.

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4364 Sábado 1 febrero 2003 BOE núm. 28

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BOE núm. 28 Sábado 1 febrero 2003 4365

MINISTERIO DE JUSTICIA2129 RESOLUCIÓN de 13 de enero de 2003, de la Secretaría

de Estado de Justicia, por la que se anuncia la pro-visión de puestos de trabajo de Secretarías de losMagistrados del Tribunal Supremo y Fiscales de Sala,por el sistema de libre designación.

Conforme a lo dispuesto en la Resolución de 20 de marzode 2001 de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que sedictan reglas aplicables a determinados procedimientos de asig-nación de puestos de trabajo por el sistema de libre designación,

Esta Secretaría de Estado de Justicia acuerda anunciar la pro-visión, por procedimiento de libre designación, de las plazas quese indican en el anexo I de la presente Resolución y que corres-ponden a puestos de trabajo de Secretaría de Magistrados delTribunal Supremo y Fiscales de Sala de dicho Tribunal.

La presente convocatoria se desarrollará con arreglo a lassiguientes bases:

Primera.—Podrán concurrir a la cobertura de las mismas losfuncionarios de carrera pertenecientes a los Cuerpos Nacionalesde Oficiales y Auxiliares de la Administración de Justicia que esténinteresados en su provisión mediante escrito, según modelo diri-gido al Director general de Relaciones con la Administración deJusticia, calle San Bernardo, número 21, 28015 Madrid, dentrodel plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguienteal de la publicación de la presente convocatoria en el «BoletínOficial del Estado».

Segunda.—Además de los datos personales y destino actual,los aspirantes deberán acompañar currículum vitae, en que haránconstar:

a) Títulos académicos.b) Puestos desempeñados en la Administración de Justicia

o en otras Administraciones Públicas.c) Cuantos otros méritos el aspirante estime oportuno poner

de manifiesto.

Únicamente se tomarán en consideración aquellas instanciasque respondan al modelo del anexo II, así como los datos y méritosque específicamente queden consignados en las mismas. Asimis-mo, los interesados consignarán en la instancia el Magistrado delTribunal Supremo o Fiscal de Sala a cuyo servicio desean serasignados.

Tercera.—Por el órgano convocante del Ministerio de Justiciase efectuarán los nombramientos entre los aspirantes seleccio-nados. Los nombramientos se efectuarán en el plazo máximo deun mes contado desde la finalización del de la presentación desolicitudes. Dicho plazo podrá prorrogarse hasta un mes más.

Cuarta.—El plazo de toma de posesión del nuevo destino seráel establecido en los artículos 24 y 55 del Real Decreto 249/1996,de 16 de febrero, excepto en el caso de que el aspirante ya estuvieraen comisión de servicios ocupando dicho puesto.

Quinta.—Los funcionarios nombrados para estos puestos detrabajo podrán ser cesados con carácter discrecional y siempre

que se produzca el cese del alto cargo a cuyo servicio fueronnombrados.

Los funcionarios cesados serán adscritos provisionalmente aun puesto de trabajo correspondiente a su Cuerpo o Escala enel mismo municipio, en tanto no obtengan otro con carácter defi-nitivo, y con efectos del día siguiente al de la fecha de cese. Noserá de aplicación cuando se trate del cese de funcionarios condestino anterior en distinto municipio o provincia.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía admi-nistrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo enel plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su noti-ficación ante el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo,de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicasy del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998,de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Admi-nistrativa, o bien, con carácter potestativo, recurso de reposiciónante este órgano en el plazo de un mes a contar desde el díasiguiente a su publicación, significándose que en este caso nose podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta quesea resuelto expresamente o se haya producido la desestimaciónpresunta del mismo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley4/1999, de modificación de la Ley 30/1992.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y demás efectos.Madrid, 13 de enero de 2003.—El Secretario de Estado, P.

D. (Orden de 29 de octubre de 1996), el Director general de Rela-ciones con la Administración de Justicia, Carlos Lesmes Serrano.

Ilma. Sra. Subdirectora general de Medios Personales al Serviciode la Administración de Justicia.

ANEXO I

Número de orden: 1. Número de plazas ofertadas: Dos. Deno-minación del puesto: Secretario/a Magistrados Sala II de lo Penaldel Tribunal Supremo. Descripción del puesto: Realización de fun-ciones propias de Secretaria/o de Magistrados del Tribunal Supre-mo. Méritos: Experiencia en puestos similares.

Número de orden: 2. Número de plazas ofertadas: Dos. Deno-minación del puesto: Secretario/a Magistrados Sala III de lo Con-tencioso-Administrativo del Tribunal Supremo. Descripción delpuesto: Realización de funciones propias de Secretaria/o de Magis-trados del Tribunal Supremo. Méritos: Experiencia en puestossimilares.

Número de orden: 3. Número de plazas ofertadas: Una. Deno-minación del puesto: Secretario/a Magistrados Sala IV de lo Socialdel Tribunal Supremo. Descripción del puesto: Realización de fun-ciones propias de Secretaria/o de Magistrados del Tribunal Supre-mo. Méritos: Experiencia en puestos similares.

Número de orden: 4. Número de plazas ofertadas: Una. Deno-minación del puesto: Secretario/a Fiscal Jefe Fiscalía Especial parala Represión de los Delitos Económicos relacionados con laCorrupción. Descripción del puesto: Realización de funciones pro-pias de Secretaria/o de Fiscales de Sala del Tribunal Supremo.Méritos: Experiencia en puestos similares.

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BOE núm. 28 Sábado 1 febrero 2003 4367

MINISTERIO DE DEFENSA

2130 ORDEN DEF/123/2003, de 16 de enero, por la quese anuncia convocatoria publica para proveer puestode trabajo por el sistema de libre designación.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 20.1.c) de la Ley30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Fun-ción Pública, con la nueva redacción dada por la Ley 23/1988,de 28 de julio,

Este Ministerio acuerda anunciar la provisión, por el proce-dimiento de libre designación, del puesto de trabajo que se rela-ciona en el anexo I de esta Orden, con arreglo a las siguientesbases:

Primera.—El puesto de trabajo que se convoca podrá ser soli-citado por los funcionarios que reúnan los requisitos establecidospara el desempeño del mismo.

Segunda.—Los interesados dirigirán sus solicitudes, segúnmodelo del anexo II, al Excmo. Sr. Director general de Personal(Subdirección General de Personal Civil).

Tercera.—Las solicitudes se presentarán dentro del plazo dequince días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publi-cación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado», en el Regis-

tro General del Ministerio de Defensa, paseo de la Castellana, 109,28046 Madrid, o por cual en el artículo 38 de la Ley de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común.

Cuarta.—Además de los datos consignados en el modelo desolicitud, los aspirantes acompañarán a la misma su curriculumvitae, en el que figuren títulos académicos, años de servicio, pues-tos de trabajo desempeñados en la Administración, estudios ycursos realizados y otros méritos que se estime oportuno ponerde manifiesto. Así mismo harán constar detalladamente las carac-terísticas del puesto de trabajo que vinieran desempeñando.

Madrid, 16 de enero de 2003.—P. D. (Orden 62/1994, de 13de junio, «Boletín Oficial del Estado» del 20), el Director generalde Personal, Joaquín Pita Da Veiga Jáudenes.

ANEXO I

Convocatoria de puestos de trabajo de libre designación

Puestos de trabajo: Ministerio de Defensa. Subsecretaría deDefensa. Dirección General de Personal. Subdirección General dePersonal Civil. Jefe de Área. Número de puestos: Uno. Nivel: 28.Complemento específico: 13.257,12 euros. Localidad: Madrid.Grupo: A. Méritos preferentes: Planificación, control y gestión delos diferentes procedimientos de cobertura de vacantes de personalfuncionario. Coordinación y gestión de datos informáticos refe-rentes a las diversas situaciones de personal funcionario.

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BOE núm. 28 Sábado 1 febrero 2003 4369

2131 ORDEN DEF/124/2003, de 16 de enero, por la quese anuncia convocatoria publica para proveer puestode trabajo por el sistema de libre designación.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 20.1.c) de la Ley30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Fun-ción Pública, con la nueva redacción dada por la Ley 23/1988,de 28 de julio,

Este Ministerio acuerda anunciar la provisión, por el proce-dimiento de libre designación, del puesto de trabajo que se rela-ciona en el anexo I de esta Orden, con arreglo a las siguientesbases:

Primera.—El puesto de trabajo que se convoca podrá ser soli-citado por los funcionarios que reúnan los requisitos establecidospara el desempeño del mismo.

Segunda.—Los interesados dirigirán sus solicitudes, segúnmodelo del anexo II, al excelentísimo señor Director general dePersonal (Subdirección General de Personal Civil).

Tercera.—Las solicitudes se presentarán dentro del plazo dequince días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publi-cación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado», en el Regis-tro General del Ministerio de Defensa, paseo de la Castellana, 109,28046 Madrid, o por cualquiera de las formas previstas en elartículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Cuarta.—Además de los datos consignados en el modelo desolicitud, los aspirantes acompañarán a la misma su curriculumvitae, en el que figuren títulos académicos, años de servicio, pues-tos de trabajo desempeñados en la Administración, estudios ycursos realizados y otros méritos que se estime oportuno ponerde manifiesto. Así mismo harán constar detalladamente las carac-terísticas del puesto de trabajo que vinieran desempeñando.

Madrid, 16 de enero de 2003.—P. D. (Orden 62/1994, de 13de junio, «Boletín Oficial del Estado» del 20), el Director generalde Personal, Joaquín Pita Da Veiga Jáudenes.

ANEXO I

Convocatoria de puestos de trabajo de libre designación

Puestos de trabajo: Ministerio de Defensa. Estado Mayor dela Defensa. Cuartel General del Estado Mayor de la Defensa. AuxiliarOficina (OTAN) N12. Número de puestos: Uno. Nivel: 12. Com-plemento específico: 1.368,36 euros. Localidad: Madrid. Grupo: D.Méritos preferentes: Experiencia en puesto de trabajo similar. Cono-cimientos de informática a nivel usuario. Tramitación de documen-tación clasificada OTAN. Estar en posesión o posibilidad de obtenerla acreditación OTAN.

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BOE núm. 28 Sábado 1 febrero 2003 4371

2132 ORDEN DEF/125/2003, de 29 de enero, por la quese anuncia convocatoria pública para proveer puestode trabajo por el sistema de libre designación.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 20.1.c) de la Ley30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Fun-ción Pública, con la nueva redacción dada por la Ley 23/1988,de 28 de julio,

Este Ministerio acuerda anunciar la provisión, por el proce-dimiento de libre designación, del puesto de trabajo que se rela-ciona en el anexo I de esta Orden, con arreglo a las siguientesbases:

Primera.—El puesto de trabajo que se convoca podrá ser soli-citado por los funcionarios que reúnan los requisitos establecidospara el desempeño del mismo.

Segunda.—Los interesados dirigirán sus solicitudes, segúnmodelo del anexo II, al excelentísimo señor Director general dePersonal (Subdirección General de Personal Civil).

Tercera.—Las solicitudes se presentarán dentro del plazo dequince días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publi-cación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado», en el Regis-tro General del Ministerio de Defensa, paseo de la Castellana,número 109, 28046 Madrid, o por cualquiera de las formas pre-

vistas en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Admi-nistraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Cuarta.—Además de los datos consignados en el modelo desolicitud, los aspirantes acompañarán a la misma su currículumvitae, en el que figuren títulos académicos, años de servicio, pues-tos de trabajo desempeñados en la Administración, estudios ycursos realizados y otros méritos que se estime oportuno ponerde manifiesto. Asimismo, harán constar detalladamente las carac-terísticas del puesto de trabajo que vinieran desempeñando.

Madrid, 29 de enero de 2003.—P. D. (Orden 62/1994, de 13de junio, «Boletín Oficial del Estado» del 20), El Director generalde Personal, Joaquín Pita Da Veiga Jáudenes.

ANEXO I

Convocatoria de puestos de trabajo de libre designación

Puestos de trabajo: Ministerio de Defensa. Subsecretaría deDefensa. Secretaría del Subsecretario.—Jefe de Secretaría. Núme-ro de puestos: Uno. Nivel: 22. Complemento específico: 6.651,72euros. Localidad: Madrid. Grupo: B/C. Méritos preferentes: Expe-riencia en puesto de trabajo similar. Conocimientos de informáticaa nivel de usuario.

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BOE núm. 28 Sábado 1 febrero 2003 4373

MINISTERIO DE HACIENDA

2133 ORDEN HAC/126/2003, de 27 de enero, por la quese anuncia convocatoria publica (3/03) para proveerpuestos de trabajo por el sistema de libre designación.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 20.1.b) de la Ley30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Fun-ción Pública, modificada en su redacción por la Ley 23/1988,de 28 de julio, este Ministerio acuerda anunciar la provisión, porel procedimiento de libre designación, de los puestos de trabajoque se relacionan en el anexo I de la presente Orden, con arregloa las siguientes bases:

Primera.—Los puestos de trabajo que se convocan podrán sersolicitados por los funcionarios que reúnan los requisitos esta-blecidos para el desempeño de los mismos.

Estos podrán solicitar por orden de preferencia los puestosque se incluyen en el anexo I.

Segunda.—Los interesados dirigirán sus solicitudes, una paracada uno de los puestos de trabajo a los que deseen optar, alilustrísimo señor Subsecretario de Hacienda (Subdirección Generalde Recursos Humanos, calle Alcalá, 9, 4.a planta, 28071 Madrid),en el anexo II en el que se alegarán los méritos que se considerenoportunos.

Tercera.—Además de los datos personales y número de Registrode Personal, los aspirantes incluirán en la solicitud su curriculumvitae, en el que consten títulos académicos, años de servicio, pues-tos de trabajo desempeñados en las Administraciones Públicas,estudios y cursos realizados y otros méritos que se estime oportunoponer de manifiesto, y harán constar detalladamente las carac-terísticas del puesto que vinieran desempeñando y el nivel delmismo.

Cuarta.—El plazo de presentación de solicitudes será de quincedías hábiles contados a partir del siguiente al de la publicaciónde esta Orden, y se presentarán en los Registros y oficinas previstosen el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común, desarrollado por el Real Decreto772/1999, de 7 de mayo, «Boletín Oficial del Estado» del 22.Estas últimas oficinas tienen obligación de cursar las solicitudesrecibidas dentro de las veinticuatro horas a partir de su presen-tación.

Quinta.—Los nombramientos derivados de la presente convo-catoria, cuya resolución se publicará en el «Boletín Oficial delEstado», deberán efectuarse en el plazo máximo de un mes contadodesde la finalización del de presentación de solicitudes; dicho plazopodrá prorrogarse hasta un mes más.

El plazo para tomar posesión en el nuevo puesto de trabajoserá de tres días hábiles, si no implica cambio de residencia delfuncionario o de un mes si comporta cambio de residencia o elreingreso al servicio activo.

El plazo de toma de posesión empezará a contarse a partirdel día siguiente al del cese o al del cambio de la situación admi-nistrativa que en cada caso corresponda.

Sexta.—Los funcionarios públicos en servicio activo deberánadjuntar, si son elegidos y prestan sus servicios en Ministerio yorganismo distinto del convocante, certificado extendido por laUnidad de personal donde se encuentre destinado, especificandoel grado personal consolidado y la fecha de consolidación, el niveldel puesto de trabajo que estuvieran desempañando y el tiempode servicios efectivos reconocido para el cómputo de trienios.

Séptima.—Contra la presente orden, que pone fin a la vía admi-nistrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de repo-sición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente alde su publicación, ante el mismo órgano que lo ha dictado, orecurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses antelos Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo (Ley30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Admi-nistraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Comúny Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la JurisdicciónContencioso-Administrativa).

Madrid, 27 de enero de 2003.—El Ministro, P. D. (Orden de22 de noviembre de 2000, «Boletín Oficial del Estado» del 25),el Subsecretario, Francisco Uría Fernández.

Ilmo. Sr. Subdirector general de Recursos Humanos.

ANEXO I

Complementoespecífico

Núm.de

puestosPlaza Denominación del puesto Nivel Localidad Grupo Méritos a valorar Observaciones

Secretaría de Estadode Hacienda

TRIBUNAL ECONÓMICO ADTVO.

CENTRAL

Presidencia del T.E.A.C.

1 Ponente Adjunto G. A. 1 28 17.916,00 Madrid. A Profundos conocimientos dela normativa tributaria yamplia experiencia en ges-tión tributaria.

TEAR CataluñaSede Barcelona

2 Vocal Área Tributaria. 1 28 24.219,12 Barcelona. A Profundos conocimientos dela normativa tributaria yamplia experiencia en ges-tión tributaria.

Adscripción a CuerpoSuperior de Inspecto-res de Hacienda delEs tado o CuerpoSuperior de Interven-tores y Auditores delEstado.

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Complementoespecífico

Núm.de

puestosPlaza Denominación del puesto Nivel Localidad Grupo Méritos a valorar Observaciones

TEAR de AragónSede Zaragoza

3 Presidente. 1 30 31.792,08 Zaragoza. A Amplia experiencia en direc-ción de equipos humanos yprofundos conocimientosjurídicos tributarios.

Adscripción a CuerpoSuperior de Inspecto-res de Hacienda delEs tado o CuerpoSuperior de Interven-tores y Auditores delEstado.

Secretaría de Estadode Presupuestos y Gastos

INTERVENCIÓN GRAL. ADMÓN.

ESTADO

I. D. M.o Asuntos Exteriores

4 Interventor Delegado Adjunto. 1 29 16.545,60 Madrid. A Adscripción al CuerpoSuperior de Interven-tores y Auditores delEstado.

I. D. M.o Trabajo y A. Sociales

5 Interventor Delegado Adjunto. 1 29 16.545,60 Madrid. A Adscripción al CuerpoSuperior de Interven-tores y Auditores delEstado.

Delegaciones de Economíay Hacienda

DELEGACIÓN ECON. Y HAC. ÁVILA

Gerencia Territorial de Ávila

6 Gerente Territorial. 1 28 19.012,32 Ávila. A Experiencia en catastrosinmobiliarios y en fiscali-dad inmobiliaria.

DELEG. ESP. ECON.

Y HAC. BARCELONA

Gerencia Regional Barcelona

7 Gerente Regional Adjunto. 1 29 20.930,76 Barcelona. A Experiencia en catastrosinmobiliarios y en fiscali-dad inmobiliaria.

DELEGACIÓN ECON. Y HAC. HUELVA

Gerencia Territorial de Huelva

8 Gerente Territorial. 1 28 19.012,32 Huelva. A Experiencia en catastrosinmobiliarios y en fiscali-dad inmobiliaria.

DELEGACIÓN ECON. Y HAC. MÁLAGA

Geren. Territ. Málaga-provincia

9 Gerente Territorial. 1 29 20.108,40 Málaga. A Experiencia en catastrosinmobiliarios y en fiscali-dad inmobiliaria.

DELEGACIÓN ECON. Y HAC. TERUEL

Gerencia Territorial de Teruel

10 Gerente Territorial. 1 28 19.012,32 Teruel. A Experiencia en catastrosinmobiliarios y en fiscali-dad inmobiliaria.

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2134 RESOLUCIÓN de 28 de enero de 2003, de la AgenciaEstatal de Administración Tributaria, por la que seanuncia convocatoria pública para proveer puestos detrabajo por el sistema de libre designación (LD 2/2003).

De conformidad con lo establecido en el artículo 20.1.b) dela Ley 30/1984, de 2 de agosto, según redacción dada por laLey 23/1988, de 28 de junio, en uso de las atribuciones conferidaspor el artículo 103 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, yde la Resolución de 24 de junio de 1999, de la Presidencia dela Agencia Estatal de Administración Tributaria.

En su virtud he dispuesto convocar la provisión, por el pro-cedimiento de libre designación, de los puestos de trabajo quese relacionan en el anexo I de la presente Resolución, con arregloa las siguientes bases:

Primera.—Los puestos de trabajo que se convocan podrán sersolicitados por los funcionarios que reúnan los requisitos esta-blecidos para el desempeño de los mismos.

Segunda.—Los interesados dirigirán sus solicitudes, una paracada puesto a que deseen optar, al ilustrísimo señor Director gene-ral de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (Departa-mento de Recursos Humanos y Administración Económica), calleLérida, 32-34, 28020 Madrid.

Tercera.—Las solicitudes, ajustadas al modelo publicado comoanexo II de esta Resolución, se presentarán dentro del plazo dequince días hábiles, contados a partir del día siguiente a aquelen que tenga lugar la publicación de esta Resolución en el «BoletínOficial del Estado», en el Registro de la Agencia Estatal de Admi-nistración Tributaria (Departamento de Recursos Humanos yAdministración Económica), en los Registros Generales del Minis-terio de Hacienda, o en el de la respectiva Unidad de ámbito peri-férico, según la localización de los puestos de trabajo, así comoen los organismos previstos en el artículo 38.4 de la Ley de Régi-men Jurídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común.

Los aspirantes que, a la fecha de publicación de esta convo-catoria, presten servicios en la Agencia Estatal de Administración

Tributaria podrán, en el mismo plazo establecido en el párrafoanterior, presentar su solicitud de participación en esta convo-catoria por vía telemática, de conformidad con lo establecido enla Resolución de 25 de julio de 2002 («Boletín Oficial del Estado»de 30 de agosto), de la Dirección General de la Agencia Estatalde Administración Tributaria, por la que se regula la presentaciónpor vía telemática de instancias, solicitudes, escritos y comuni-caciones en procedimientos internos de gestión de recursos huma-nos. La presentación telemática de solicitudes se efectuará a travésde la aplicación «Panel de Recursos Humanos», debiendo paraello utilizar el formulario específico incluido en el módulo «LibreDesignación» de dicha aplicación.

Cuarta.—Los aspirantes incluirán en la solicitud sus datos per-sonales, número de Registro de Personal y currículum vitae, enel que consten títulos académicos, años de servicio, puestos detrabajo desempeñados en las Administraciones Públicas, estudiosy cursos realizados, así como cualquier otro mérito que considerenoportuno, y harán constar detalladamente las características delpuesto que vinieran desempeñando y el nivel del mismo. En elcaso de presentación de la solicitud por vía telemática, la pre-sentación por los aspirantes del currículum vitae o de cualquierotra documentación que deseen adjuntar a su solicitud, se realizaráde conformidad con lo dispuesto en la citada Resolución de 25de julio de 2002.

Quinta.—Contra la presente convocatoria podrá interponerserecurso de reposición, en el plazo de un mes, a partir del díasiguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado»,ante el Presidente de la Agencia Estatal de Administración Tri-butaria, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dosmeses, a partir también del día siguiente al de su publicaciónen el «Boletín Oficial del Estado», ante el Juzgado Central de loContencioso-Administrativo, no pudiendo interponerse simultá-neamente ambos recursos.

Madrid, 28 de enero de 2003.—P. D. (Resolución de 24 dejunio de 1999, «Boletín Oficial del Estado» de 9 de julio), el Directorgeneral, Salvador Ruiz Gallud.

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4378 Sábado 1 febrero 2003 BOE núm. 28

i

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BOE núm. 28 Sábado 1 febrero 2003 4379

KCVS‘ C.DIIS.

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4380 Sábado 1 febrero 2003 BOE núm. 28

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BOE núm. 28 Sábado 1 febrero 2003 4381

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4382 Sábado 1 febrero 2003 BOE núm. 28

W' DK DUXSMS

NIML c.fx.9

23

23

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TJKRPO SUPKRIOR Dp: INSPRmoRKS

CUERPO SUPKRIOR DI INsP1eroRRK DK WCIKNDA DKL KKTADO. KSPECIALIDAD INs9pKccIoN FINAN- CIKFS Y TRIKOTRRIA. mNDcrYIms QKKTION RICAUDA- TORIA. CO~C.XSP.~T.IKSP~ccI~N COMJ'ROBRCIOH GIuM)ES BHPRSSAS. RKKKRVADO KKPL- PVKLICO DK NACIONALIDAD KsPAfbr.a.

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BOE núm. 28 Sábado 1 febrero 2003 4383

ANEXO II

AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRAClON TRIBUTARIA

DATOS PERSONALES Primer Apelido Segundo Apellido Nombre

D.N.1. N.R.P

Domicilio, caile y número Provintia LocalMad Te&fono

i I 1 I

DESTINO ACTUAL

Puesto de Trabajo Comptemento Especifico

SOLICITA: Ser admitida a la convocatoria p&blica para proveer puestos de trabajo por el sistema de libre designaadn. anuntiada po~ . . . . . . . . . . . . . “_” ,.......,, ~. de fecha __..__. .__ ,.,.._.._..__..._.. .., .., .,, ,,.._.. f”Bol&h Oficial del Estado” de . . .._....... .._.. . ..). al

considerar el Interesado que retine tos requisitos exigidos para el puesto de trabajo que Se cita:

No 0 rden Puesto de tmbajo Nid

SE ADJUNTA CURRICULUM.

C. Especifia, Centro Directivo o Unidad de

adscripción del puesto LoUdad

En _._. . . .._.._........_......., a.. .de de 2003. f Lugar, fecha y firma I

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4384 Sábado 1 febrero 2003 BOE núm. 28

MINISTERIO DEL INTERIOR

2135 ORDEN INT/127/2003, de 21 de enero, del Ministeriodel Interior, por la que se anuncia, por el sistemade libre designación, convocatoria pública para la pro-visión de puestos de trabajo vacantes en los serviciosperiféricos de la Dirección General de InstitucionesPenitenciarias.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 20.1.b) de laLey 30/1984, de 2 de agosto, modificado en su redacción porla Ley 23/1988, de 28 de julio, de Medidas de Reforma de laFunción Pública,

Este Ministerio acuerda anunciar la provisión, por el proce-dimiento de libre designación, de los puestos de trabajo vacantesque se detallan en el anexo I a la presente y con arreglo a lassiguientes

Bases de convocatoria

Primera.—Los puestos de trabajo que se convocan podrán sersolicitados por los funcionarios que reúnan los requisitos que seestablecen para su desempeño en la correspondiente relación depuestos de trabajo, debiendo utilizar modelo que figura comoanexo II.

Segunda.—Los solicitantes dirigirán sus solicitudes al ilustrí-simo señor Director general de Instituciones Penitenciarias, Sub-dirección General de Personal de Instituciones Penitenciarias, calleAlcalá, número 38, 28014 Madrid.

Tercera.—Las solicitudes deberán presentarse dentro del plazode quince días hábiles, contados desde el siguiente al de la publi-cación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado», en el Regis-tro General de la Dirección General de Instituciones Penitenciariaso en los organismos previstos en el artículo 38.4 de la Ley30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicasy del Procedimiento Administrativo Común.

Cuarta.—Los aspirantes acompañarán junto con la solicitud,en la que harán constar sus datos personales y número de Registrode Personal, su currículum vitae, en el que figuren títulos aca-démicos, años de servicio, puestos de trabajo desempeñados enla Administración, estudios y cursos realizados, así como cualquierotro mérito que se considere oportuno.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa,cabe recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses,a partir del día siguiente a su publicación, ante los Juzgados Cen-trales de lo Contencioso-Administrativo, con arreglo a lo dispuestoen el artículo 9.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladorade la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y sin perjuicio deotro recurso que pudiera interponer.

Madrid, 21 de enero de 2003.- P. D. (Orden INT/2992/2002,de 21 de noviembre), el Director general de Instituciones Peni-tenciarias, Ángel Yuste Castillejo.

ANEXO I

Númeroorden Centro y denominación puesto de trabajo Vacantes Localidad Grupo 1 Nivel C. D.

Complemento específico—

Euros

Descripciónpto. trabajo

C. P. Nanclares de Oca

1 Subdirector Jefe E.O.T. . . . . . . . . . . . . . . 1 Nanclares de Oca . . . . . . . . . . . A 25 13.642,8 2

C. P. Alicante Cumplimiento

2 Subdirector de Seguridad . . . . . . . . . . . . . 1 Font-Calent . . . . . . . . . . . . . . . . . AB 25 9.961,56 23 Subdirector Médico . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1 Font-Calent . . . . . . . . . . . . . . . . . A 25 9.961,56 2

C. P. Alicante II

4 Director . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1 Villena . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . AB 26 18.801,84 15 Subdirector Régimen-1 . . . . . . . . . . . . . . . 1 Villena . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . AB 25 9.961,56 26 Subdirector de Seguridad . . . . . . . . . . . . . 1 Villena . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . AB 25 9.961,56 27 Subdirector Jefe E.O.T. . . . . . . . . . . . . . . 1 Villena . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A 25 9.961,56 28 Subdirector Médico . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1 Villena . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A 25 9.961,56 29 Administrador . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1 Villena . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . AB 25 9.961,56 3

C. P. Mallorca

10 Subdirector Régimen-1 . . . . . . . . . . . . . . . 1 Palma de Mallorca . . . . . . . . . . AB 25 10.123,56 2

C. P. Ibiza

11 Subdirector Jefe E.O.T. . . . . . . . . . . . . . . 1 San José . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A 25 7.893,48 212 Administrador . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1 San José . . . . . . . . . . . . . . . . . . . AB 25 7.893,48 3

C. P. Puerto de Santa María-I

13 Subdirector Régimen-1 . . . . . . . . . . . . . . . 1 Puerto de Santa María . . . . . . AB 25 9.961,56 2

C. P. Algeciras

14 Subdirector Jefe E.O.T. . . . . . . . . . . . . . . 1 Algeciras . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A 25 9.961,56 2

C. P. Alcázar de San Juan

15 Subdirector Jefe E.O.T. . . . . . . . . . . . . . . 1 Alcázar de San Juan . . . . . . . . A 25 7.976,16 2

C. P. San Sebastián

16 Director . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1 San Sebastián . . . . . . . . . . . . . . AB 26 20.494,2 1

C. P. Jaén

17 Subdirector Médico . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1 Jaén . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A 25 9.961,56 2

C. P. Logroño

18 Subdirector Jefe E.O.T. . . . . . . . . . . . . . . 1 Logroño . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A 25 7.976,16 2

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BOE núm. 28 Sábado 1 febrero 2003 4385

Númeroorden Centro y denominación puesto de trabajo Vacantes Localidad Grupo 1 Nivel C. D.

Complemento específico—

Euros

Descripciónpto. trabajo

C. P. Lugo-Monterroso

19 Subdirector Jefe E.O.T. . . . . . . . . . . . . . . 1 Monterroso . . . . . . . . . . . . . . . . . A 25 7.976,16 2

C. P. Madrid III (Valdemoro)

20 Subdirector de Seguridad . . . . . . . . . . . . . 1 Valdemoro . . . . . . . . . . . . . . . . . AB 25 9.961,56 221 Subdirector Jefe E.O.T. . . . . . . . . . . . . . . 1 Valdemoro . . . . . . . . . . . . . . . . . A 25 9.961,56 2

C. P. Málaga

22 Subdirector Jefe E.O.T. . . . . . . . . . . . . . . 1 Alhaurín de la Torre . . . . . . . . . A 25 9.961,56 2

C. P. Murcia

23 Subdirector CIS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1 Sangonera la Verde . . . . . . . . . AB 25 7.976,16 2

C. P. Pamplona

24 Subdirector Jefe E.O.T. . . . . . . . . . . . . . . 1 Pamplona . . . . . . . . . . . . . . . . . . A 25 13.642,8 2

C. P. Tenerife

25 Subdirector Médico . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1 El Rosario . . . . . . . . . . . . . . . . . . A 25 10.123,56 2

C. P. Teruel

26 Subdirector Jefe E.O.T. . . . . . . . . . . . . . . 1 Teruel . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A 25 7.976,16 2

C. P. Ocaña I

27 Subdirector de Seguridad . . . . . . . . . . . . . 1 Ocaña . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . AB 25 8.520,96 2

C. P. Valencia

28 Director adjunto . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1 Picassent . . . . . . . . . . . . . . . . . . . AB 26 14.533,32 129 Director . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1 Picassent . . . . . . . . . . . . . . . . . . . AB 26 18.801,84 130 Subdirector Régimen-1 . . . . . . . . . . . . . . . 2 Picassent . . . . . . . . . . . . . . . . . . . AB 25 9.961,56 231 Subdirector de Seguridad . . . . . . . . . . . . . 2 Picassent . . . . . . . . . . . . . . . . . . . AB 25 9.961,56 232 Subdirector Jefe E.O.T. . . . . . . . . . . . . . . 2 Picassent . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A 25 9.961,56 233 Subdirector Médico Adjunto . . . . . . . . . . 1 Picassent . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A 25 9.961,56 234 Subdirector Médico . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1 Picassent . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A 26 14.533,32 235 Administrador Adjunto . . . . . . . . . . . . . . . 1 Picassent . . . . . . . . . . . . . . . . . . . AB 25 9.961,56 3

C. P. Valencia CIS

36 Subdirector Régimen-1 CIS . . . . . . . . . . . 1 Picassent . . . . . . . . . . . . . . . . . . . AB 25 7.976,16 237 Subd. Jefe E.O.T. CIS . . . . . . . . . . . . . . . . 1 Picassent . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A 25 7.976,16 2

C. P. Ceuta

38 Subdirector Jefe E.O.T. . . . . . . . . . . . . . . 1 Ceuta . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A 25 8.066,16 2

C. P. Melilla

39 Subdirector Jefe E.O.T. . . . . . . . . . . . . . . 1 Melilla . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . A 25 8.066,16 2

ANEXO I bis

Número Denominación del puesto Descripción de funciones

1 Director.Director adjunto.

Las recogidas en el artículo 280 delReglamento Penitenciario aproba-do por Real Decreto 1201/1981 ypreceptos concordantes.

2 Subdirector Régimen-I.Subdirector Régimen-I CIS.Subdirector Seguridad.Subdirector Jefe E.O.T.Subdirector Jefe E.O.T. CIS.Subdirector Médico.

Las recogidas en el artículo 281 delReglamento Penitenciario aproba-do por Real Decreto 1201/1981 ypreceptos concordantes.

Subdirector Médico adjunto.Subdirector CIS.

3 Administrador.Administrador adjunto.

Las recogidas en el artículo 282 delReglamento Penitenciario aproba-do por Real Decreto 1201/1981 ypreceptos concordantes.

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4386 Sábado 1 febrero 2003 BOE núm. 28

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BOE núm. 28 Sábado 1 febrero 2003 4387

2136 ORDEN INT/128/2003, de 22 de enero, por la quese anuncia, por el sistema de libre designación, con-vocatoria pública para la provisión de un puesto detrabajo vacante en los Servicios Centrales de la Direc-ción General de Instituciones Penitenciarias.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 20.1.b) de la Ley 30/84,de 2 de agosto, modificado en su redacción por la Ley 23/88,de 28 de julio, de Medidas de Reforma de la Función Pública,

Este Ministerio acuerda anunciar la provisión, por el proce-dimiento de libre designación, del puesto de trabajo vacante quese detalla en el anexo a la presente y con arreglo a las siguientes

Bases de convocatoria

Primera.—El puesto de trabajo que se convoca podrá ser soli-citado por los funcionarios que reúnan los requisitos que se esta-blecen para su desempeño en la correspondiente relación de pues-tos de trabajo, debiendo utilizar el modelo que figura comoanexo II.

Segunda.—Los solicitantes dirigirán sus solicitudes al ilustrí-simo señor Director general de Instituciones Penitenciarias, Sub-dirección General de Personal de Instituciones Penitenciarias, calleAlcalá número 38, 28014 Madrid.

Tercera.—Las solicitudes deberán presentarse dentro del plazode quince días hábiles, contados desde el siguiente al de la publi-cación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado», en el Regis-tro General de la Dirección General de Instituciones Penitenciariaso en los Organismos previstos en el artículo 38.4 de la Ley30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicasy del Procedimiento Administrativo Común.

Cuarta.—Los aspirantes acompañarán junto con la solicitud,en la que harán constar sus datos personales y Número de Registrode Personal, su currículum vitae, en el que figuren títulos aca-démicos, años de servicio, puestos de trabajo desempeñados enla Administración, estudios y cursos realizados, así como cualquierotro mérito que se considere oportuno.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa,cabe recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses,a partir del día siguiente a su publicación, ante los Juzgados Cen-trales de lo Contencioso-Administrativo, con arreglo a lo dispuestoen el artículo 9.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladorade la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y sin perjuicio deotro recurso que pudiera interponer.

Madrid, a 22 de enero de 2003.- P. D (Orden INT/2992/2002,de 21 de noviembre) la Subsecretaria, María Dolores de CospedalGarcía.

ANEXO

Código: 001. Denominación del puesto, descripción de fun-ciones: Dirección General de Instituciones Penitenciarias. Sub-dirección General de Servicios Penitenciarios. Subdirector general:Administración y gestión patrimonial de los inmuebles, equipa-mientos y medios materiales asignados a la Dirección Generalde Instituciones Penitenciarias. Evaluación, ejecución y seguimien-to de actuaciones de mantenimiento y mejora de inversiones. Ges-tión económica y financiera de la Dirección General de Institu-ciones Penitenciarias. Elaboración y aplicación de los planes infor-máticos de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias.Vacante: Una. Clave del puesto: 9SUB0. Nivel complemento des-tino: 30. Complemento específico: 20.930,76 euros. Adscripción:Administración, A3; Grupo: A.

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4388 Sábado 1 febrero 2003 BOE núm. 28

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BOE núm. 28 Sábado 1 febrero 2003 4389

2137 ORDEN INT/129/2003, de 23 de enero, por la quese anuncia, por el sistema de libre designación, con-vocatoria pública para la provisión de un puesto detrabajo vacante en los Servicios Centrales de la Direc-ción General de Instituciones Penitenciarias.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 20.1.b) de laLey 30/1984, de 2 de agosto, modificado en su redacción porla Ley 23/1988, de 28 de julio, de Medidas de Reforma de laFunción Pública, este Ministerio acuerda anunciar la provisión,por el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajovacante que se detalla en el anexo a la presente y con arregloa las siguientes:

Bases de convocatoria

Primera.—El puesto de trabajo que se convoca podrá ser soli-citado por los funcionarios que reúnan los requisitos que se esta-blecen para su desempeño en la correspondiente relación de pues-tos de trabajo, debiendo utilizar modelo que figura como anexo II.

Segunda.—Los solicitantes dirigirán sus solicitudes al ilustrí-simo señor Director general de Instituciones Penitenciarias,Subdirección General de Personal de Instituciones Penitenciarias,calle Alcalá número 38, 28014 Madrid.

Tercera.—Las solicitudes deberán presentarse dentro del plazode quince días hábiles, contados desde el siguiente al de la publi-cación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado», en el Regis-tro General de la Dirección General de Instituciones Penitenciariaso en los Organismos previstos en el artículo 38.4 de la Ley30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicasy del Procedimiento Administrativo Común.

Cuarta.—Los aspirantes acompañarán junto con la solicitud,en la que harán constar sus datos personales y número de Registrode Personal, su curriculum vitae, en el que figuren títulos aca-démicos, años de servicio, puestos de trabajo desempeñados enla Administración, estudios y cursos realizados, así como cualquierotro mérito que se considere oportuno.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa,cabe recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses,a partir del día siguiente a su publicación, ante los Juzgados Cen-trales de lo Contencioso-Administrativo, con arreglo a lo dispuestoen el artículo 9.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladorade la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y sin perjuicio deotro recurso que pudiera interponer.

Madrid, 23 de enero de 2003.—P. D. (Orden INT/2992/2002,de 21 de noviembre), el Director general de Instituciones Peni-tenciarias, Ángel Yuste Castillejo.

ANEXO QUE SE CITA

Código: 002. Denominación del puesto descripción de funcio-nes: Dirección General de Instituciones Penitenciarias. InspecciónPenitenciaria. Jefe Área Inspección: Organización y control delos diferentes programas de la Inspección General Penitenciaria;coordinación y seguimiento de los trámites administrativos enmateria de reclamación indemnizatoria en el Sector Público; orga-nización, control y supervisión de los procedimientos administra-tivos relacionados con los expedientes disciplinarios del personaldependiente de la Institución Penitenciaria. Vacante: Una. Clavedel puesto: 92A10. Nivel complemento destino: 28. Complementoespecífico: 13.257,12 euros. Adscripción: Administración: AE.Grupo: A.

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4390 Sábado 1 febrero 2003 BOE núm. 28

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BOE núm. 28 Sábado 1 febrero 2003 4391

2138 ORDEN INT/130/2003, de 28 de enero, por la quese anuncia convocatoria pública para proveer puestosde trabajo por el sistema de libre designación.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1.b) de laLey 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma dela Función Pública, modificado en su redacción por laLey 23/1988, de 28 de julio, y en el artículo 52 del Real Decre-to 364/95, de 10 de marzo, por el que se aprueba el ReglamentoGeneral de Ingreso del Personal al Servicio de la AdministraciónGeneral del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Pro-moción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administra-ción del Estado («Boletín Oficial del Estado» de 10 de abril),

Este Ministerio acuerda anunciar la provisión, por el proce-dimiento de libre designación, de los puestos de trabajo que serelacionan en el anexo I de la presente Orden, con arreglo a lassiguientes bases:

Primera.—Los puestos de trabajo que se convocan podrán sersolicitados por los funcionarios que reúnan los requisitos esta-blecidos para el desempeño de los mismos en la relación de puestosde trabajo aprobada por la Comisión Ejecutiva de la ComisiónInterministerial de Retribuciones.

Segunda.—Los interesados dirigirán sus solicitudes, indepen-dientes para cada uno de los puestos de trabajo a los que deseenoptar, a la Subsecretaría del Departamento (Subdirección Generalde Personal e Inspección), calle Amador de los Ríos, 7, 28010Madrid, en el modelo de instancia publicado como anexo II dela presente Orden.

Tercera.—El plazo de presentación de solicitudes será de quincedías hábiles, contados a partir del día siguiente a aquél en quetenga lugar la publicación de esta Orden en el «Boletín Oficialdel Estado».

Cuarta.—Los aspirantes acompañarán a la solicitud el «currí-culum vitae», en el que figuren títulos académicos, años de servicio,puestos de trabajo desempeñados en la Administración, estudiosy cursos realizados, así como cualquier otro mérito que se con-sidere oportuno.

Quinta.—Contra esta Orden, que pone fin a la vía adminis-trativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo

ante el Juzgado Central de lo Contencioso-administrativo, conarreglo a lo dispuesto en el artículo 9.a) de la Ley 29/1998, de 13de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa,en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al desu notificación o publicación, o potestativamente y con carácterprevio, recurso administrativo de reposición en el plazo de unmes ante el mismo órgano que lo dictó.

Madrid, 28 de enero de 2003.—(P. D. Orden de 21 de noviembrede 2002, «Boletín Oficial del Estado» del 28), la Subsecretaria,María Dolores de Cospedal García.

Ilma. Sra. Subdirectora general de Personal e Inspección.

ANEXO I

Número de orden: 1. Centro directivo: Subsecretaría del Inte-rior. Subdirección General de Gestión Económica y Patrimonial.Puesto de trabajo: Subdirector general. Número de plazas: Una.Nivel: 30. Complemento específico: 20.930,76 euros. Localidad:Madrid. Administración: A6 (Adscripción indistinta a funcionariosincluidos en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, y a miembros deFuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado). Grupo, según artícu-lo 25 de la Ley 30/1984: A. Observaciones: FC1 (Cuando el puestolo ocupe personal de las Fuerzas y Cuerpos de la Seguridad delEstado, percibirá el complemento de destino y el complementoespecífico del puesto de trabajo desempeñado, no percibiéndoseel componente general del complemento específico establecidopara las Fuerzas y Cuerpos de la Seguridad del Estado).

Número de orden: 2. Centro directivo: Secretaría de Estadode Seguridad. Dirección General de la Guardia Civil. Unidad deApoyo. Puesto de trabajo: Consejero técnico. Número de plazas:Tres. Nivel: 28. Complemento específico: 9.850,92 euros. Loca-lidad: Madrid. Administración: AE. Grupo, según artículo 25 dela Ley 30/1984: A. Otros requisitos: Experiencia en dirección téc-nica de proyectos informáticos y de comunicaciones. Experienciaen gestión de programas de I + D. Experiencia o formación enmateria de contratación administrativa en el ámbito de las TIC,s.Experiencia en evaluación, priorización y seguimiento de proyec-tos.

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4392 Sábado 1 febrero 2003 BOE núm. 28

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BOE núm. 28 Sábado 1 febrero 2003 4393

MINISTERIO DE FOMENTO

2139 ORDEN FOM/131/2003, de 27 de enero, por la quese anuncia convocatoria pública de un puesto de tra-bajo en el Departamento, por el sistema de libre desig-nación.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1.b) de laLey 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma dela Función Pública, modificado en su redacción por el artículoprimero de la Ley 23/1988, de 28 de julio,

Este Ministerio, en uso de las facultades conferidas por el artí-culo 13.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organizacióny Funcionamiento de la Administración General del Estado, haresuelto anunciar para su provisión, por el sistema de libre desig-nación, el puesto de trabajo que se relaciona en el anexo I dela presente Orden, con arreglo a las siguientes bases:

Primera.—Las instancias para tomar parte en esta convocatoriase ajustarán al modelo que se publica como anexo II a esta Orden,debiendo presentarse dentro del plazo de quince días hábiles, con-tados desde el siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficialdel Estado», en el Registro General de este Ministerio (paseo dela Castellana, 67, Nuevos Ministerios, 28071 Madrid), o en losOrganismos previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públi-cas y del Procedimiento Administrativo Común.

Segunda.—Los aspirantes acompañarán el curriculum vitae, enel que figuren títulos académicos, años de servicio, puestos de

trabajo desempeñados en la Administración, estudios y cursos rea-lizados, así como cualquier otro mérito que se considere oportuno.

Tercera.—De acuerdo con el artículo 14 de la ConstituciónEspañola y la Directiva Comunitaria de 9 de febrero de 1976,la Administración Pública lleva a cabo una política de igualdadde trato entre hombres y mujeres, por lo que se refiere al accesoal empleo, a la formación profesional y a las condiciones de trabajo.

Cuarta.—Contra la presente Orden, que agota la vía adminis-trativa, cabe recurso contencioso-administrativo ante los JuzgadosCentrales de lo Contencioso-Administrativo, con arreglo a lo dis-puesto en el artículo 9.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio,en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al desu publicación, o, potestativamente y con carácter previo, recursoadministrativo de reposición ante el mismo órgano que la dicta,en el plazo de un mes (artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre).

Madrid, 27 de enero de 2003.— P. D. (Orden de 25 de sep-tiembre de 2000; «Boletín Oficial del Estado» de 5 de octubre),el Director general de Organización, Procedimiento y Control, JoséA. Sánchez Velayos.

Subsecretaria del Departamento.

ANEXO I

Número de orden: 1. Denominación del puesto: Subsecretaria,Subdirección General de Regulación de Servicios Postales.—Sub-director adjunto. Número plazas: Una. Localidad: Madrid. Niv.CD: 29. Complemento específico euros: 14.060,76. Adscripción:GR: A. ADM: AE.

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4394 Sábado 1 febrero 2003 BOE núm. 28

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BOE núm. 28 Sábado 1 febrero 2003 4395

MINISTERIO DE EDUCACIÓN,CULTURA Y DEPORTE

2140 ORDEN ECD/132/2003, de 8 de enero, por la que seanuncia convocatoria pública para la provisión, porel sistema de libre designación, de un puesto de tra-bajo en el Departamento.

De conformidad con la legislación vigente, este Ministerioacuerda anunciar la provisión, por el procedimiento de libre desig-nación, del puesto de trabajo que se relaciona en el anexo I dela presente Orden, con arreglo a las siguientes bases:

Primera.—El puesto de trabajo que se convoca por la presenteOrden podrá ser solicitado por los funcionarios que reúnan losrequisitos que se establecen para el desempeño del mismo.

Segunda.—Las solicitudes se presentarán en el modelo de ins-tancia que figura como anexo II, y se dirigirán, en el plazo dequince días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicaciónde la presente Orden en el «Boletín Oficial del Estado», a la ilus-trísima señora Directora general de Programación Económica, Per-sonal y Servicios de este Departamento.

Tercera.—Además de los datos personales, número de RegistroPersonal y último destino definitivo obtenido, los aspirantes debe-rán acompañar a la solicitud su currículum vitae en el que haránconstar:

a) Títulos académicos.b) Puestos de trabajo desempeñados.c) Estudios y cursos realizados y cuantos otros méritos estime

el aspirante oportuno poner de manifiesto.

Cuarta.—Contra la presente Orden, que pone fin a la vía admi-nistrativa, podrá interponerse en el plazo de dos meses, contadosdesde el día siguiente al de su publicación, recurso contencio-so-administrativo ante el correspondiente Juzgado Central de loContencioso-Administrativo, conforme a lo establecido en losartículos 9.a) y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladorade la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o, potestativamentey con carácter previo, recurso de reposición en el plazo de unmes ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo conlo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redac-ción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Lo que se comunica para su conocimiento y efectos.Madrid, 8 de enero de 2003.—P. D. (Orden de 1 de febrero

de 2001, «Boletín Oficial del Estado» del 9), la Directora generalde Programación Económica, Personal y Servicios, EngraciaHidalgo Tena.

Ilma. Sra. Directora general de Programación Económica, Personaly Servicios.

ANEXO I

MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Dirección General de Programación Económica, Personaly Servicios

Oficina de Estadística

Número de orden: 1. Puesto de trabajo: Subdirector generalAdjunto (EP.C08.00.003.28001.003). Nivel: 29. Grupo: A. Com-plemento específico: 16.221,12 euros/año. Administración: AE.Localidad: Madrid.

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4396 Sábado 1 febrero 2003 BOE núm. 28

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BOE núm. 28 Sábado 1 febrero 2003 4397

2141 ORDEN ECD/133/2003, de 20 de enero, por la quese anuncia convocatoria pública para la provisión, porel sistema de libre designación, de varios puestos detrabajo en el Departamento.

De conformidad con la legislación vigente, este Ministerioacuerda anunciar la provisión, por el procedimiento de libre desig-nación, de los puestos de trabajo que se relacionan en el anexo Ide la presente Orden, con arreglo a las siguientes bases:

Primera.—Los puestos de trabajo que se convocan por la pre-sente Orden podrán ser solicitados por los funcionarios que reúnanlos requisitos que se establecen para el desempeño de los mismos.

Segunda.—Los interesados dirigirán sus solicitudes, que debe-rán ajustarse al modelo que figura en el anexo II, a la ilustrísimaseñora Directora general de Programación Económica, Personaly Servicios de este Departamento, dentro del plazo de quince díashábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación deesta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», y las pre-sentarán en el Registro General del Ministerio (calle Alcalá 36,Madrid) o en la forma establecida en el artículo 38 de la Leyde Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Pro-cedimiento Administrativo Común.

En el supuesto de que un mismo solicitante optase a más deun puesto de trabajo de los anunciados en el anexo I, deberáformular petición independiente por cada uno de ellos, indicandoel orden de preferencia en que se soliciten.

Tercera.—Además de los datos personales, número de RegistroPersonal y último destino definitivo obtenido, los aspirantes debe-rán acompañar a la solicitud su currículum vitae en el que haránconstar:

a) Títulos académicos.b) Puestos de trabajo desempeñados.c) Estudios y cursos realizados y cuantos otros méritos estime

el aspirante oportuno poner de manifiesto.

Cuarta.—Contra la presente Orden, que pone fin a la vía admi-nistrativa, podrá interponerse en el plazo de dos meses, contadosdesde el día siguiente a su publicación, recurso contencioso-ad-ministrativo ante el correspondiente Juzgado Central de lo Con-tencioso-Administrativo, conforme a lo establecido en los artículos9.a) y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de laJurisdicción Contencioso-Administrativa o, potestativamente y concarácter previo, recurso de reposición en el plazo de un mes anteel mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuestoen los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Pro-

cedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por laLey 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 20 de enero de 2003.—P. D. (Orden de 1 de febrerode 2001, «Boletín Oficial del Estado» del 9), la Directora generalde Programación Económica, Personal y Servicios, Engracia Hidal-go Tena.

Ilma. Sra. Directora general de Programación Económica, Personaly Servicios.

ANEXO I

(ORDEN DE 20 DE ENERO DE 2003)

Ministerio de Educación, Cultura y Deporte

ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO EN EL EXTERIOR

Consejería de Educación en Polonia

Número de orden: 1. Puesto de trabajo: Consejero de Edu-cación. Nivel: 28. Grupo: A. Complemento específico: 13.257,12euros/año. Administración: AE. Cuerpo: EX28. Localidad: Var-sovia (Polonia). Observaciones: Cumplimiento de los requisitosestablecidos en el artículo 6.3 del Real Decreto 1138/2002, de 31de octubre, por el que se regula la Administración del Ministeriode Educación, Cultura y Deporte en el Exterior. Conocimientodel idioma polaco y/o inglés y/o alemán.

Consejería de Educación en Bulgaria

Número de orden: 2. Puesto de trabajo: Consejero de Edu-cación. Nivel: 28. Grupo: A. Complemento específico: 13.257,12euros/año. Administración: AE. Cuerpo: EX28. Localidad: Sofía(Bulgaria). Observaciones: Cumplimiento de los requisitos esta-blecidos en el artículo 6.3 del Real Decreto 1138/2002, de 31de octubre, por el que se regula la Administración del Ministeriode Educación, Cultura y Deporte en el Exterior. Conocimientodel idioma búlgaro y/o inglés.

Consejería de Educación en Australia

Número de orden: 3. Puesto de trabajo: Consejero de Edu-cación. Nivel: 28. Grupo: A. Complemento específico: 13.257,12 euros/año. Administración: AE. Cuerpo: EX28. Localidad: Can-berra (Australia). Observaciones: Cumplimiento de los requisitosestablecidos en el artículo 6.3. del Real Decreto 1138/2002, de31 de octubre, por el que se regula la Administración del Ministeriode Educación, Cultura y Deporte en el Exterior. Conocimientodel idioma inglés.

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4398 Sábado 1 febrero 2003 BOE núm. 28

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BOE núm. 28 Sábado 1 febrero 2003 4399

2142 RESOLUCIÓN de 19 de diciembre de 2002, de la Secre-taría de Estado de Cultura, por la que se anunciaconvocatoria pública para la provisión, por el sistemade libre designación, de un puesto de trabajo vacanteen el Museo Nacional del Prado.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 20.1.b) de la Ley30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Fun-ción Pública, modificado en su redacción por la Ley 23/1988,de 28 de julio, y en uso de las atribuciones conferidas por RealDecreto 364/95, de 10 de marzo, previo informe del Pleno delReal Patronato,

Esta Secretaría de Estado acuerda anunciar la provisión, porel procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo quese relaciona en el anexo I de la presente Resolución, con arregloa las siguientes bases:

Primera.—El puesto de trabajo que se convoca podrá ser soli-citado por los funcionarios que reúnan los requisitos establecidospara el desempeño del mismo.

Segunda.—Los interesados dirigirán sus solicitudes, que debe-rán ajustarse al modelo que figura en el anexo II, al ilustrísimoseñor Director general del Organismo Autónomo Museo Nacionaldel Prado, dentro del plazo de quince días hábiles contados apartir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria enel «Boletín Oficial del Estado» y las presentarán en el RegistroGeneral del Museo (Ruiz de Alarcón, número 23, Madrid) o enla forma establecida en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del Procedimiento Adminis-trativo Común.

Tercera.—A las citadas solicitudes deberán acompañar currí-culum vitae en el que harán constar los títulos académicos queposean, puestos de trabajo desempeñados y demás circunstanciasy méritos que estimen oportuno poner de manifiesto.

Cuarta.—Contra la presente Resolución, que pone fin a la víaadministrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de

reposición en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que laha dictado, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo dedos meses, ante el correspondiente Juzgado Central de lo Con-tencioso-Administrativo, contados ambos plazos desde el díasiguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado»,no pudiendo interponerse este último hasta que aquél sea resueltoexpresamente o se haya producido su desestimación presunta deconformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, según redacción dada a losmismos por la Ley 4/1999, de 13 de enero, así como en los artí-culos 9 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio.

Madrid, 19 de diciembre de 2002.—P. D. (Orden de 1 de febrerode 2001, «Boletín Oficial del Estado» del 9), el Director del Orga-nismo Autónomo Museo Nacional del Prado, Miguel Zugaza Miran-da.

Ilmo. Sr. Director general del Organismo Autónomo Museo Nacio-nal del Prado.

ANEXO I

Secretaría de Estado de Cultura

MUSEO NACIONAL DEL PRADO

Subdirección General de Conservación

Número de orden: 1. Puesto de trabajo: Jefe de DepartamentoN28 (EP67800004.28001.013). Nivel: 28. Grupo: A. Complemen-to específico: 11.922,48 euros/año. Administración: AE. Loca-lidad y provincia: Madrid.

Méritos: Experiencia en catalogación de pintura flamenca.

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4400 Sábado 1 febrero 2003 BOE núm. 28

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BOE núm. 28 Sábado 1 febrero 2003 4401

2143 RESOLUCIÓN de 22 de enero de 2003, de la Pre-sidencia del Consejo Superior de Deportes, por la quese anuncia convocatoria pública para la provisión, porel sistema de libre designación, de un puesto de tra-bajo en el organismo.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 20.1.b) de la Ley30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Fun-ción Pública, modificado en su redacción por la Ley 23/1988,de 28 de julio, y en el título III, capítulo III, del Real Decreto364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el ReglamentoGeneral de Ingreso del Personal al Servicio de la AdministraciónGeneral del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Pro-moción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administra-ción General del Estado,

Esta Secretaría de Estado acuerda anunciar la provisión, porel procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo vacan-te que se detalla en el anexo de esta Resolución, con arregloa las siguientes bases:

Primera.—El puesto de trabajo que se convoca por la presenteResolución, podrá ser solicitado por los funcionarios que reúnanlos requisitos establecidos para el desempeño del mismo.

Segunda.—Los interesados dirigirán sus solicitudes al excelen-tísimo señor Secretario de Estado, Presidente del Consejo Superiorde Deportes (Dirección General de Infraestructuras Deportivas yServicios), calle de Martín Fierro, sin número, 28040 Madrid, den-tro del plazo de quince días hábiles, contados a partir del díasiguiente al de la publicación de la presente Resolución en el«Boletín Oficial del Estado».

Tercera.—Además de los datos personales, número de registrode personal y destino actual, los aspirantes deberán acompañara su escrito un currículum vitae, en el que se harán constar:

a) Títulos académicos.

b) Puestos de trabajo desempeñados.

c) Estudios y cursos realizados y cuantos otros méritos estimeel aspirante oportuno poner de manifiesto.

A la citada solicitud, los aspirantes podrán acompañar, en todocaso, informes o cualquier otra documentación que permita apre-ciar los requisitos exigidos.

Cuarta.—Contra la presente Resolución, que pone fin a la víaadministrativa, podrá interponerse en el plazo de dos meses, con-tados desde el día siguiente al de su publicación, recurso con-tencioso-administrativo ante el correspondiente Juzgado Centralde lo Contencioso-Administrativo, conforme a lo establecido enlos artículos 9.a) y 46 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladorade la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamen-te y con carácter previo, recurso de reposición en el plazo deun mes ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo conlo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redac-ción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 22 de enero de 2003.—El Secretario de Estado-Pre-sidente del Consejo Superior de Deportes, Juan AntonioGómez-Angulo Rodríguez.

Ilmo. Sr. Director general de Infraestructuras Deportivas y Ser-vicios.

ANEXO

Subdirección General del Deporte Profesional

Denominación del puesto: Subdirector general. Nivel CD: 30.Complemento específico: 20.930,76 euros. Grupo: A. AdscripciónAdministración: AE. Localidad: Madrid.

MINISTERIO DE TRABAJOY ASUNTOS SOCIALES

2144 ORDEN TAS/134/2003, de 15 de enero, por la quese anuncia convocatoria pública para proveer puestospor el procedimiento de libre designación.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 20.1.b) de la Ley30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Fun-ción Pública, modificado en su redacción por la Ley 23/1988,de 28 de julio,

Este Departamento acuerda anunciar la provisión por el pro-cedimiento de libre designación, de los puestos de trabajo quese relacionan en el anexo de la presente Orden, con arreglo alas siguientes bases:

Primera.- Los puestos de trabajo que se convocan por la pre-sente Orden podrán ser solicitados por los funcionarios que reúnanlos requisitos establecidos para el desempeño de los mismos.

Segunda.—Los interesados dirigirán sus solicitudes al excelen-tísimo señor Secretario de Estado de la Seguridad Social.

Tercera.—Las solicitudes podrán presentarse dentro del plazode quince días hábiles, contados desde el día siguiente al de lapublicación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado», enla Subdirección General de Ordenación y Desarrollo de los Recur-sos Humanos de los Organismos Autónomos y de la SeguridadSocial, Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, calle Agustínde Bethancourt, 4, 28071 Madrid.

Cuarta.—Además de los datos personales y número de Registrode Personal, los aspirantes acompañarán junto con la solicitudsu currículum vitae, en el que consten títulos académicos, añosde servicio, puestos de trabajo desempeñados en la Administra-ción, estudios y cursos realizados y otros méritos que se estimeoportuno poner de manifiesto y harán constar detalladamente lascaracterísticas del puesto que vinieran desempeñando.

Madrid, 15 de enero de 2003.—P. D. (artículo primero tresOrden de 21 de mayo de 1996), el Secretario de Estado de laSeguridad Social, Gerardo Camps Devesa.

ANEXO

Tesorería General de la Seguridad Social

Denominación del puesto: Vocal Asesor (Subdirección Generalde Recursos Humanos y Materiales). Número de plazas: Una. NivelCD: 30. Complemento específico: 16.221,12 euros. Localidad:Madrid. Adscripción ADM: AE. GR: A.

MINISTERIO DE AGRICULTURA,PESCA Y ALIMENTACIÓN

2145 ORDEN APA/135/2003, de 21 de enero, por la quese acuerda la provisión de puestos de trabajo, porel sistema de libre designación, en el Departamento.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 20.1.b) de la Ley30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Fun-ción Pública, modificado en su redacción por la Ley 23/1988,de 28 de julio,

Este Ministerio acuerda anunciar la provisión, por el proce-dimiento de libre designación, del puesto de trabajo que se rela-ciona en el anexo 1 de la presente Orden y que figura en la relaciónde puestos de trabajo del Departamento.

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4402 Sábado 1 febrero 2003 BOE núm. 28

La presente convocatoria, de acuerdo con el artículo 14 dela Constitución Española y la Directiva comunitaria de 9 de febrerode 1976, tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entrehombres y mujeres en la provisión de los puestos de trabajo ypromoción profesional de los funcionarios y se desarrollará conarreglo a las siguientes bases:

Primera.—Los funcionarios interesados dirigirán su solicitud,en el modelo que figura en el anexo 2, a la Subdirección Generalde Recursos Humanos y Gestión de Personal del Departamento,debiendo presentarse dentro del plazo de quince días hábiles, con-tados a partir del siguiente al de la publicación de la presenteOrden en el «Boletín Oficial del Estado», en el Registro Generaldel Ministerio, paseo Infanta Isabel, 1, o por cualquiera de lasformas que establece el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del Procedimiento Adminis-trativo Común.

Segunda.—Además de los datos personales, número de Registrode Personal y destino actual, los aspirantes deberán acompañara su solicitud un currículum vitae, en el que harán constar:

a) Títulos académicos.b) Puestos de trabajo desempeñados, tanto en la Adminis-

tración pública como en la empresa privada.c) Conocimientos de idiomas y cuantos méritos el aspirante

estime oportuno poner de manifiesto.

Deberá cursarse una instancia por cada puesto de trabajo soli-citado, acompañando justificantes de todos los méritos alegados.

Únicamente se tomarán en consideración aquellas solicitudesque se ajusten al modelo de referencia, así como los datos y méritosque expresamente queden consignados en las mismas.

Tercera.—Por el órgano competente del Departamento se efec-tuarán los nombramientos de los aspirantes que se consideren

más idóneos para desempeñar los puestos de trabajo convocados,pudiendo, en su caso, declararse desiertos los puestos ofertados.

Cuarta.—Contra el presente acto, que pone fin a la vía admi-nistrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo enel plazo de dos meses contados, desde el día siguiente a su noti-ficación, ante el Juzgado Central de lo Contencioso-Administra-tivo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públi-cas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Conten-cioso-Administrativa, o bien, con carácter potestativo, recurso dereposición ante este órgano en el plazo de un mes a contar desdeel día siguiente a su publicación, significándose que en este casono se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hastaque sea resuelto expresamente o se haya producido la desesti-mación presunta del mismo, de conformidad con lo dispuesto enla Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992.

Madrid, 21 de enero de 2003.—El Ministro, P. D. (Orden de26 de abril de 2001, «Boletín Oficial del Estado» de 5 de mayo),el Subsecretario, Manuel Esteban Pacheco Manchado.

Ilma. Sra. Subdirectora general de Recursos Humanos y Gestiónde Personal. Departamento.

ANEXO 1

Número de orden: 1. Centro directivo/Subdirección Gene-ral/Puesto de trabajo: MAPA. Subsecretaría de Agricultura, Pescay Alimentación. S.G. de Administración Económica y Patrimo-nial.—Subdirector general. Nivel: 30. Complemento específico:20.930,76. Tipo pto.: S. Adsc. Admón.: AE. Ads. Grupo: A. Loca-lidad: Madrid.

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BOE núm. 28 Sábado 1 febrero 2003 4403

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4404 Sábado 1 febrero 2003 BOE núm. 28

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

2146 ORDEN PRE/136/2003, de 30 de enero, por la quese efectúa convocatoria para proveer puestos de tra-bajo de libre designación.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 20.1.b) y c) de laLey de Medidas para la Reforma de la Función Pública, en relacióncon el capítulo III del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo,se efectúa convocatoria para proveer puestos de trabajo de libredesignación, con arreglo a las siguientes bases:

Primera.—Los puestos de trabajo a proveer mediante libredesignación entre funcionarios públicos, a que se refiere la con-vocatoria, se detallan en el anexo I.

Segunda.—Los funcionarios dirigirán sus solicitudes, quehabrán de ajustarse al modelo que figura como anexo II, a laSubsecretaria de la Presidencia.

Tercera.—Las solicitudes podrán presentarse, dentro del plazode quince días hábiles contados desde el día siguiente al de lapublicación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado», enel Registro General -Edificio INIA- Complejo de la Moncloa, o porcualquiera de las formas que establece el artículo 38 de la Leyde Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Pro-cedimiento Administrativo Común.

Cuarta.—Además de los datos personales y número de Registrode Personal, los aspirantes acompañarán junto con la solicitudsu currículum vitae, en el que consten títulos académicos, añosde servicio, puestos de trabajo desempeñados en la Administra-ción, estudios y cursos realizados y otros méritos que se estimeoportuno poner de manifiesto, y harán constar detalladamentelas características del puesto de trabajo que vinieran desempe-ñando.

Madrid, 30 de enero de 2003.—El Ministro P. D. (Ordende 1 de octubre de 1993), la Subsecretaria, Dolores de la FuenteVázquez.

ANEXO I

Puesto de trabajo: Secretario de puesto de trabajo N30. Gabi-nete del Presidente del Gobierno. Número de puestos: Uno. Nivel:14. Complemento específico: 3.492,36 euros. Adscripción: Fun-cionario de la Administración del Estado. Grupo: C/D. Localidad:Madrid.

Puesto de trabajo: Ayudante de Secretaría. Secretaría del Vice-presidente Primero. Vicepresidente Primero del Gobierno. Númerode Puestos: Uno. Nivel: 18. Complemento específico: 4.261,44euros. Adscripción: Funcionario de la Administración del Estado.Grupo: C/D. Localidad: Madrid.

Puesto de trabajo: Jefe Adjunto de Secretaría. Secretaría delSecretario de Estado. Secretaría de Estado de Comunicación.Número de puestos: Uno. Nivel: 18. Complemento específico:4.261,44 euros. Adscripción: Funcionario de la Administracióndel Estado. Grupo: C/D. Localidad: Madrid.

Puesto de trabajo: Secretario Director Gabinete Secretario Esta-do. Gabinete del Secretario de Estado. Secretaría de Estado deComunicación. Número de puestos: Dos. Nivel: 14. Complementoespecífico: 4.261,44 euros. Adscripción: Funcionario de la Admi-nistración del Estado. Grupo: C/D. Localidad: Madrid.

Puesto de trabajo: Jefe de Área. Unidad de Apoyo. DirecciónGeneral de Comunicación del Área Internacional. Número de Pues-tos: Uno. Nivel: 29. Complemento específico: 16.545,60 euros.Adscripción: Funcionario de la Administración del Estado. Grupo:A. Localidad: Madrid. Especificaciones: Experiencia en el SectorExterior y/o Relaciones Internacionales. Idiomas: Inglés y francés.

Puesto de trabajo: Consejero Técnico. Subdirección Generalde Información Internacional. Dirección General de Comunicacióndel Área Internacional. Número de puestos: Uno. Nivel: 28. Com-plemento específico: 11.338,80 euros. Adscripción: Funcionariode la Administración del Estado. Grupo: A. Localidad: Madrid.Especificaciones: Experiencia en el Sector Exterior y/o RelacionesInternacionales. Idiomas: Inglés y francés.

Puesto de trabajo: Subdirector general adjunto. SubdirecciónGeneral de Gestión Económica. Dirección General de RecursosHumanos, Servicios e Infraestructura. Número de puestos: Uno.Nivel: 29. Complemento específico: 13.257,12 euros. Adscrip-ción: Funcionario de la Administración del Estado. Grupo: A. Loca-lidad: Madrid.

Puesto de trabajo: Jefe Sección Seguridad. Dirección de Coor-dinación de Medios y Seguridad. Consejo de Administración delPatrimonio Nacional. Número de puestos: Uno. Nivel: 24. Com-plemento específico: 3.522,00 euros. Adscripción: Exclusiva aFuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Grupo: A/B. Loca-lidad: San Lorenzo de El Escorial, Madrid.

Puesto de trabajo: Ayudante de Seguridad. Dirección de Coor-dinación de Medios y Seguridad. Consejo de Administración delPatrimonio Nacional. Número de puestos: Uno. Nivel: 18. Com-plemento específico: 2.965,92 euros. Adscripción: Exclusiva alCuerpo de la Guardia Civil. Grupo: B/C. Localidad: Palma deMallorca, Baleares.

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BOE núm. 28 Sábado 1 febrero 2003 4405

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4406 Sábado 1 febrero 2003 BOE núm. 28

MINISTERIODE ADMINISTRACIONES

PÚBLICAS

2147 ORDEN APU/137/2003, de 27 de enero, por la quese anuncia la provisión, por el sistema de libre desig-nación, de los puestos de trabajo vacantes en el Depar-tamento.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 20.1.b) de la Ley30/1984, de 2 de agosto, modificado en su redacción por la Ley23/1988, de 28 de julio, de Medidas para la Reforma de la FunciónPública,

Este Ministerio acuerda anunciar la provisión, por el proce-dimiento de libre designación, de los puestos de trabajo que serelacionan en la presente Orden, que figuran en la relación depuestos de trabajo del Departamento, con arreglo a las siguientesbases:

Las solicitudes se presentarán en el modelo de instancia quefigura como anexo II y se dirigirán, en el plazo de quince díashábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de lapresente Orden en el «Boletín Oficial del Estado», a la Subsecretaría(Registro General), calle Alcalá Galiano, número 10, 28010Madrid.

En el supuesto de que un mismo solicitante optase a dos omás puestos de trabajo de los anunciados en el anexo I, deberáformular petición independiente por cada uno de ellos, indicandoel orden de preferencia en que los mismos se soliciten.

Además de los datos personales y número de Registro de Per-sonal, los aspirantes acompañarán junto con la solicitud su currí-

culum vitae, en el que consten títulos académicos, años de servicio,puestos de trabajo desempeñados en la Administración, estudiosy cursos realizados, y otros méritos que se estime oportuno ponerde manifiesto, y harán constar detalladamente las característicasdel puesto que vinieran desempeñando.

Los funcionarios públicos en servicio activo deberán adjuntar,si son elegidos y prestan sus servicios en Ministerio y organismodistinto del convocante, certificado extendido por la Unidad dePersonal donde se encuentren destinados, especificando el gradopersonal consolidado y la fecha de consolidación, el nivel del pues-to de trabajo que estuvieran desempeñando y el tiempo de serviciosefectivos reconocido para el cómputo de trienios.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa,podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en elplazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publi-cación, ante el mismo órgano que lo ha dictado, o recurso con-tencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante los Juz-gados Centrales de lo Contencioso-Administrativo (Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común, y Ley29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Conten-cioso-Administrativa).

Madrid, 27 de enero de 2003.—P. D. (Orden de 27 de diciembrede 2002), el Subsecretario, Marino Díaz Guerra.

ANEXO I

Número de orden: 1. Denominación del puesto: Secretaría deEstado de Organización Territorial del Estado, Dirección Generalpara la Administración Local, Unidad de Apoyo, Vocal asesor.Dot.: 1. Nivel: 30. C. específico: 16.545,60 euros. Localidad:Madrid. Adscripción: AD, AE; GR, A.

Número de orden: 2. Denominación del puesto: Subsecretaríade Administraciones Públicas, Gabinete Técnico, Consejero Téc-nico. Dot.: 1. Nivel: 28. C. específico: 11.338,80 euros. Localidad:Madrid. Adscripción: AD, AE; GR, A.

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BOE núm. 28 Sábado 1 febrero 2003 4407

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4408 Sábado 1 febrero 2003 BOE núm. 28

2148 RESOLUCIÓN de 20 de enero de 2003, de la Dirección

General para la Administración Local, por la que se

publica extracto de convocatoria para provisión, por

el sistema de libre designación, del puesto de Vice-

secretaría Segunda, clase 1.a, de la Diputación Pro-

vincial de Granada, reservado a funcionarios de Admi-

nistración Local con habilitación de carácter nacional.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 28.3 del RealDecreto 1732/94, de 29 de julio, y en uso de las competenciasconferidas en el artículo 8 apartado 1.p) del Real Decre-to 1000/2002, de 27 de septiembre,

Esta Dirección General acuerda publicar extracto de convo-catoria para provisión, por el procedimiento de libre designación,del puesto de Vicesecretaría Segunda, clase 1.a de la DiputaciónProvincial de Granada reservado a funcionarios de AdministraciónLocal con habilitación de carácter nacional que se relaciona enel anexo, con arreglo a las siguientes bases:

Primera.—El puesto de trabajo que se anuncia podrá ser soli-citado por los funcionarios de Administración Local con habili-tación de carácter nacional, de la subescala y categoría a quepertenece el puesto.

Segunda.—Los interesados dirigirán sus solicitudes a la Cor-poración convocante dentro de los quince días naturales siguientesa la publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficialdel Estado», acompañando a la solicitud la documentación acre-ditativa de reunir los requisitos para su desempeño que figurenen la convocatoria.

Tercera.—Los aspirantes deberán sujetarse a las bases de laconvocatoria publicadas íntegramente en el diario oficial que enel anexo se indican.

Madrid, 20 de enero de 2003.—El Director general, Pablo Tri-llo-Figueroa y Martínez-Conde.

ANEXO

Corporación: Diputación Provincial de Granada.

Denominación del puesto: Vicesecretaría Segunda, clase 1.a

Complemento específico: 15.297,60 euros.

Requisitos de los aspirantes: Pertenecer a la Subescala deSecretaría, categoría superior y no encontrarse en ninguna de lassiguientes situaciones:

1. Los funcionarios inhabilitados y los suspensos en virtudde Sentencia o Resolución Administrativa firme, si no hubieratranscurrido el tiempo señalado en ellas.

2. Los funcionarios destituidos a que se refiere el artícu-lo 148.5 del texto refundido de las disposiciones legales vigentesen Materia de Régimen Local, aprobado por el Real Decreto Legis-lativo 781/1986, de 18 de abril.

3. Los funcionarios en las situaciones de excedencia volun-taria a que se refiere el artículo 29.3 c) y d) de la Ley de Medidaspara la Reforma de la Función Pública, si no hubiera transcurridoel plazo de dos años desde el pase a las mismas.

Publicación íntegra de la convocatoria: Resolución de 29 denoviembre de 2002, de la Dirección General de la Función Públicade la Junta de Andalucía («Boletín Oficial de la Junta de Andalucía»número 151, de 24 de diciembre de 2002).

MINISTERIODE SANIDAD Y CONSUMO

2149 ORDEN SCO/138/2003, de 22 de enero, por la quese corrigen errores en la Orden SCO/52/2003, de 16de enero, por la que se anuncia la fecha, hora y lugarde celebración del ejercicio de la oposición de la fasede selección para acceso a plazas de Técnicos Espe-cialistas en Medicina Nuclear, Técnicos Especialistasde Radioterapia, Técnicos Especialistas de AnatomíaPatológica, Técnicos Especialistas de Radiodiagnós-tico, Técnicos Especialistas de Laboratorio y Traba-jadores Sociales en las Instituciones Sanitarias de laSeguridad Social convocado por Órdenes de 3 dediciembre de 2001.

Advertido error en la Orden de 16 de enero por la que seanuncia la fecha, hora y lugar de celebración del ejercicio de laoposición de la fase de selección para acceso a plazas de TécnicosEspecialistas en Medicina Nuclear, Técnicos Especialistas deRadioterapia, Técnicos Especialistas de Anatomía Patológica, Téc-nicos Especialistas de Radiodiagnóstico, Técnicos Especialistasde Laboratorio y Trabajadores Sociales en las instituciones sani-tarias de la Seguridad Social dependientes del Insalud, se procedea rectificar los mismos de la forma siguiente:

Técnicos Especialistas de Radiodiagnóstico:

Donde dice: «De Martines Delgado, Maria del Pilar, a PresaMerino, Sonia. Facultad de Matemáticas. Universidad Compluten-se. Ciudad Universitaria, sin número. 28040 Madrid», debe decir:«De Martín Aguado, M. Macaria, a Presa Merino, Sonia. Facultadde Matemáticas. Universidad Complutense. Ciudad Universitaria,sin número. 28040 Madrid».

Madrid 22 de enero de 2003.—La Ministra, P. D. (OrdenSCO/996/2002, de 30 de abril, «Boletín Oficial del Estado» de7 de mayo), el Subsecretario, Pablo Vázquez Vega.

2150 ORDEN SCO/139/2003, de 22 de enero, por la quese sustituye a un miembro del Tribunal Central delas pruebas selectivas para acceso a plazas de Mecá-nicos.

Con fecha 18 de diciembre de 2002 se publicó Orden de 12de diciembre de 2002, del Ministerio de Sanidad y Consumo, porla que se nombraban miembros de los Tribunales Centrales delas pruebas selectivas para acceso a plazas de Odontólogos deAtención Primaria, Farmacéuticos de Atención Primaria, Albañi-les, Conductores, Calefactores, Electricistas, Fontaneros, Mecá-nicos y Peones. Ante la existencia de renuncia de un miembrode Tribunal,

Este Ministerio resuelve nombrar a un miembro del TribunalCentral de las pruebas selectivas en sustitución del anteriormentedesignado:

Tribunal de Mecánicos

Vocal suplente: Don Fernando de Felipe Paredes, sustituye adon Agustín Rodríguez García Cuevas.

Contra la presente Orden podrá interponerse, alternativamente,recurso potestativo de reposición ante este Departamento minis-terial, paseo del Prado, 18-20, 28071 Madrid, dentro del plazode un mes contado desde el día siguiente al de la publicaciónde esta Orden (artículos 116 y 117 y disposición transitoria segun-da, párrafo segundo, de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modi-ficación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre), o bien interponerdirectamente recurso contencioso-administrativo ante la Salacorrespondiente de la Audiencia Nacional, dentro del plazo dedos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación

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BOE núm. 28 Sábado 1 febrero 2003 4409

de la presente, a tenor de lo previsto en el artículo 11 de la Ley29/1998, de 13 de julio («Boletín Oficial del Estado» del 14),reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 22 de enero de 2003.—La Ministra, P. D. (OrdenSCO/996/2002, de 30 de abril, «Boletín Oficial del Estado» de7 de mayo), el Subsecretario, Pablo Vázquez Vega.

2151 ORDEN SCO/140/2003, de 29 de enero, por la quese anuncia convocatoria pública para cubrir, por libredesignación, puestos de trabajo en el Departamento.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 20.1.b) y c) de la Ley30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Fun-ción Pública, según redacción dada al mismo por la Ley 23/1988,de 28 de julio, de modificación de la anterior,

Este Ministerio acuerda anunciar la provisión, por el proce-dimiento de libre designación, de los puestos de trabajo que serelacionan en el anexo I de la presente Orden, que figuran enlas relaciones de puestos de trabajo de los centros a los que per-tenecen los puestos objeto de la convocatoria, aprobadas porAcuerdos de la Comisión Ejecutiva de la Interministerial de Retri-buciones, con arreglo a las siguientes bases:

Primera.—Los puestos de trabajo que se convocan por la pre-sente Orden podrán ser solicitados por los funcionarios, que reú-nan los requisitos establecidos para el desempeño de los mismos.

Segunda.—Los interesados dirigirán sus solicitudes a la Direc-ción General de Recursos Humanos y Servicios Económico-Pre-supuestarios del Departamento (Subdirección General de RecursosHumanos), paseo del Prado, 18 y 20, 28014 Madrid, ajustándoseal modelo publicado como anexo II de la presente Orden, dentro

del plazo de quince días hábiles contados a partir del siguienteal de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Tercera.—Además de los datos personales, número de Registrode Personal y destino actual, los aspirantes deberán acompañara su escrito un currículum vitae en el que harán constar:

a) Títulos académicos.b) Puestos de trabajo desempeñados, tanto en la Adminis-

tración Pública, como en la empresa privada, en su caso.c) Estudios y cursos realizados, conocimiento de idiomas y

cuantas otras circunstancias estime el aspirante oportuno ponerde manifiesto.

A la citada solicitud podrán los aspirantes acompañar, en todocaso, aquellas publicaciones, informes o cualquier otra documen-tación que permita apreciar las especificaciones del puesto.

Madrid, 29 de enero de 2003.

PASTOR JULIÁN

Ilmo. Sr. Subsecretario.

ANEXO I

Número de orden: 1. Número de plazas: Una. Centro direc-tivo/puesto de trabajo: Subsecretaría de Sanidad y Consumo. Ofi-cialía Mayor.—Oficial Mayor. Localidad/provincia: Madrid. Nivel:30. Complemento específico: 20.930,76 euros. Requisitos de ads-cripción: AD.: AE; GR.: A. Tipo: S.

Número de orden: 2. Número de plazas: Una. Centro direc-tivo/puesto de trabajo: Secretaría de la Ministra.—Ayudante deSecretaría. Localidad/provincia: Madrid. Nivel: 16. Complementoespecífico: 4.261,44 euros. Requisitos de adscripción: AD.: AE;GR.: C/D. Tipo: N.

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MINISTERIODE MEDIO AMBIENTE

2152 ORDEN MAM/141/2003, de 28 de enero, por la quese anuncia convocatoria pública para la provisión, porel sistema de libre designación, de un puesto de tra-bajo vacante en el Departamento.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1.b) de laLey 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma dela Función Pública, modificado en su redacción por la Ley23/1988, de 28 de julio,

Este Ministerio, en uso de las facultades conferidas por el artícu-lo 13.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización yFuncionamiento de la Administración General del Estado, acuerdaanunciar la provisión, por el sistema de libre designación, delpuesto de trabajo que se relaciona en el anexo I de la presenteOrden, con arreglo a las siguientes bases:

Primera.—Los funcionarios interesados dirigirán su solicitud ala Dirección General de Programación y Control Económico y Pre-supuestario, Subdirección General de Recursos Humanos, en ins-tancia según modelo que se publica como anexo II a esta Orden.

Segunda.—Las solicitudes deberán presentarse dentro del plazode quince días hábiles, contados desde el siguiente al de la publi-cación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado» en el Regis-tro General de este Ministerio, plaza de San Juan de la Cruz,sin número, 28071 Madrid, o en los organismos previstos en elartículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administra-ciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Tercera.—Los funcionarios participantes acompañarán a la soli-citud el currículum vitae, en el que figuren títulos académicos,años de servicio, puestos de trabajo desempeñados en la Admi-nistración, estudios y cursos realizados, así como cualquier otromérito que se considere oportuno.

Madrid, 28 de enero de 2003.—El Ministro, P. D. (Orden de6 de febrero de 2001, «Boletín Oficial del Estado» del 14), la Sub-secretaria, María Jesús Fraile Fabra.

Dirección General de Programación y Control Económico y Pre-supuestario. Subdirección General de Recursos Humanos.

ANEXO I

Subsecretaría de Medio Ambiente

Secretaría de la Subsecretaría

Denominación del puesto: Ayudante de Secretaría. Número deplazas: Una. Localidad: Madrid. Nivel/CD: 16. Complemento espe-cífico (en euros): 4.261,44. Adscripción, GR: CD; ADM: AE.

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BOE núm. 28 Sábado 1 febrero 2003 4413

2153 RESOLUCIÓN de 27 de enero de 2003, de la Sub-secretaría, por la que se hace pública la lista de aspi-rantes aprobados en las fases de oposición y de con-curso de las pruebas selectivas para ingreso, por elsistema de promoción interna, en la Escala de Téc-nicos Facultativos Superiores de Organismos Autóno-mos del Ministerio de Medio Ambiente, convocadaspor Orden MAM/1407/2002, de 6 de junio.

Finalizadas las fases de oposición y de concurso de las pruebasselectivas para ingreso, por el sistema de promoción interna, enla Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autó-nomos del Ministerio de Medio Ambiente, convocadas por OrdenMAM/1407/2002, de 6 de junio («Boletín Oficial del Esta-do» del 12),

Esta Subsecretaría ha resuelto:

Primero.—Hacer pública, de conformidad con lo dispuesto enla base 7.2 de la convocatoria, la lista de los aspirantes aprobados—por orden de puntuación obtenida y con indicación del docu-mento nacional de identidad y del sistema de acceso–, que serelacionan en el anexo de esta Resolución.

Segundo.—Los opositores aprobados, en cumplimiento de loprevisto en la base 8.1 de la convocatoria, deberán presentar,en el plazo de veinte días naturales, en la Subdirección Generalde Recursos Humanos del Ministerio de Medio Ambiente, plazade San Juan de la Cruz, sin número, 28071 Madrid, la docu-mentación prevista en dicha base, al objeto de poder acceder asu nombramiento como funcionarios en prácticas.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía admi-nistrativa, podrá recurrir potestativamente en reposición ante laSubsecretaría del Departamento, en el plazo de un mes, o inter-poner recurso contencioso-administrativo ante el correspondienteTribunal Superior de Justicia, en el plazo de dos meses, contadosambos plazos desde el día siguiente al de la publicación de estaResolución en el «Boletín Oficial del Estado», no pudiendo inter-ponerse este último hasta que aquél sea resuelto expresamenteo se haya producido su desestimación presunta, conforme a lodispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero,así como en los artículos 10, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de13 de julio.

Madrid, 27 de enero de 2003.—La Subsecretaria, P. D. (Re-solución de 6 de noviembre de 1996, «Boletín Oficial del Esta-do» del 18), el Subdirector general de Recursos Humanos, JoséSáenz González.

Sr. Subdirector general de Recursos Humanos.

ANEXO

Relación de aspirantes aprobados en las fases de oposicióny de concurso de las pruebas selectivas para ingreso en laEscala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos

Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente(Orden MAM/1407/2002, de 6 de junio,

«Boletín Oficial del Estado» del 12)

Sistema de promoción interna

Número de orden: 1. Apellidos y nombre: Mena Pérez, Rocío.Documento nacional de identidad número: 811.770. Especialidad:Dominio Público. Puntuación total: 82,77.

Número de orden: 2. Apellidos y nombre: Sánchez Peña, Gerar-do. Documento nacional de identidad número: 51.643.356. Espe-cialidad: Conservación del Medio Natural. Puntuación total:64,22.

Número de orden: 3. Apellidos y nombre: Alonso Sopeña, Nata-lia. Documento nacional de identidad número: 51.663.939. Espe-cialidad: Técnicas Costeras. Puntuación total: 61,11.

Número de orden: 4. Apellidos y nombre: Bejerano Álvarez,Alicia. Documento nacional de identidad número: 7.221.339.Especialidad: Educación Ambiental y Uso Público. Puntuacióntotal: 57,04.

MINISTERIO DE ECONOMÍA2154 ORDEN ECO/142/2003, de 29 de enero, por la que

se anuncia convocatoria pública (01/03) para proveerpuestos de trabajo por el sistema de libre designación.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 20.1.b) de la Ley30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Fun-ción Pública, modificada en su redacción por la Ley 23/1988,de 28 de julio, este Ministerio acuerda anunciar la provisión, porel procedimiento de libre designación, de los puestos de trabajoque se relacionan en el anexo I de la presente Orden, con arregloa las siguientes bases:

Primera.—Los puestos de trabajo que se convocan podrán sersolicitados por los funcionarios que reúnan los requisitos esta-blecidos para el desempeño de los mismos.

Estos podrán solicitar por orden de preferencia los puestosque se incluyen en el anexo I.

Segunda.—Los interesados dirigirán sus solicitudes al ilustrí-simo señor Subsecretario de Economía (Subdirección General deRecursos Humanos y Organización, paseo de la Castellana, 135,planta 4, 28071 Madrid), en el anexo II en el que se alegaránlos méritos que se consideren oportunos.

Tercera.—Además de los datos personales y número de Registrode Personal, los aspirantes incluirán en la solicitud su currículumvitae, en el que consten títulos académicos, años de servicio, pues-tos de trabajo desempeñados en las Administraciones Públicas,estudios y cursos realizados y otros méritos que se estime oportunoponer de manifiesto, y harán constar detalladamente las carac-terísticas del puesto que vinieran desempeñando y el nivel delmismo.

Cuarta.—El plazo de presentación de solicitudes será de quincedías hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicaciónde esta Orden, y se presentarán en los Registros y oficinas previstosen el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común, desarrollado por el Real Decre-to 772/1999, de 7 de mayo («Boletín Oficial del Estado» del 22).Estas últimas oficinas tienen obligación de cursar las solicitudesrecibidas dentro de las veinticuatro horas, a partir de su presen-tación.

Quinta.—Los nombramientos derivados de la presente convo-catoria, cuya Resolución se publicará en el «Boletín Oficial delEstado», deberán efectuarse en el plazo máximo de un mes, con-tado desde la finalización del de presentación de solicitudes; dichoplazo podrá prorrogarse hasta un mes más.

El plazo para tomar posesión en el nuevo puesto de trabajoserá de tres días hábiles, si no implica cambio de residencia delfuncionario o de un mes si comporta cambio de residencia o elreingreso al servicio activo.

El plazo de toma de posesión empezará a contarse a partirdel día siguiente al del cese o al del cambio de la situación admi-nistrativa que en cada caso corresponda.

Sexta.—Los funcionarios públicos en servicio activo deberánadjuntar, si son elegidos y prestan sus servicios en Ministerio yorganismo distinto del convocante, certificado extendido por launidad de personal donde se encuentre destinado, especificandoel grado personal consolidado y la fecha de consolidación, el niveldel puesto de trabajo que estuvieran desempeñando y el tiempode servicios efectivos reconocido para el cómputo de trienios.

Séptima.—Contra la presente Orden, que pone fin a la vía admi-nistrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de repo-sición en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente alde su publicación, ante el mismo órgano que lo ha dictado, orecurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses antelos Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo(Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, y Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Juris-dicción Contencioso-Administrativa).

Madrid, 29 de enero de 2003.—El Ministro, P.D. (Orden de 3de agosto de 2000, «Boletín Oficial del Estado» del 11), el Sub-secretario, Miguel Crespo Rodríguez.

Ilmo. Sr. Secretario general Técnico.

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4414 Sábado 1 febrero 2003 BOE núm. 28

ANEXO I

Complem.específico

anual—

Euros

Localidad Grupo Méritos a valorarPlaza Denominación del puesto Númerode puestos

NivelCD

1 Secretaría de Estado de Economía. D.G.Política Económica. Unidad de Apo-yo. Vocal Asesor.

1 30 20.930,76 Madrid. A Experiencia de materias de contenidoeconómico en el ámbito de la UniónEuropea.

Experiencia en elaboración de informesy análisis de coyuntura.

Experiencia en participación en negocia-ciones internacionales en la UniónEuropea y la OCDE.

Dominio de los idiomas inglés y francés.2 Tribunal Defensa de la Competencia.

Secretaría del Presidente. SecretarioPresidente.

1 16 4.261,44 Madrid. CD Experiencia en puesto similar.Conocimientos de ofimática: Access,

Excel, Word.Idioma: Inglés a nivel de conversación.

3 Secretaría de Estado de Comercio yTurismo. Secretaría General de Turis-mo. Unidad de Apoyo. Vocal Asesor.

1 30 16.545,60 Madrid. A Experiencia en la administración turís-tica del Estado.

Experiencia en gestión presupuestaria ygestión económica-administrativa.

Experiencia en gestión de recursoshumanos.

Experiencia en asuntos parlamentarios,asuntos de Consejos de Ministros yelaboración de informes económicos.

Idiomas.4 S.G. Cooperación y Coord. Turistic.

Coordinador de Área.1 29 16.545,60 Madrid. A Experiencia en la administración turís-

tica del Estado.Experiencia en cooperación internacio-

nal al desarrollo.Experiencia en organismos internacio-

nales.Experiencia jurídica de vertiente inter-

nacional.Experiencia en definición y gestión de

proyectos y convenios de coopera-ción.

Idiomas.

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BOE núm. 28 Sábado 1 febrero 2003 4415

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4416 Sábado 1 febrero 2003 BOE núm. 28

MINISTERIODE CIENCIA Y TECNOLOGÍA

2155 ORDEN CTE/143/2003, de 22 de enero, por la quese anuncia convocatoria pública para cubrir, mediantelibre designación, puestos de trabajo vacantes en elConsejo Superior de Investigaciones Científicas.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 20.1.b) de la Ley30/1984, de 2 de agosto, modificado en su redacción por la Ley23/1988, de 28 de julio, de Medidas para la Reforma de la FunciónPública, este Organismo acuerda anunciar la provisión por el pro-cedimiento de libre designación, de los puestos de trabajo quese relaciona en el anexo I de la presente Orden, con arreglo alas siguientes bases:

Primera.—Los puestos de trabajo que se convocan por la pre-sente Orden, podrán ser solicitados por los funcionarios que reú-nan los requisitos que se establecen para el desempeño del mismo.

Segunda.—Las solicitudes para tomar parte en este procedi-miento de libre designación, dirigidas a la Subdirección Generalde Recursos Humanos del Consejo Superior de InvestigacionesCientíficas, se ajustarán al modelo publicado como anexo II deesta Orden, y se presentarán en el plazo de quince días hábiles,a contar del siguiente al de la publicación de la presente con-vocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», en el Registro Generaldel Consejo Superior de Investigaciones Científicas (calle Serra-no, 117, 28006 Madrid) o en las oficinas a que se refiere el artí-culo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Tercera.—Los aspirantes deberán acompañar a la solicitud su«curriculum vitae», en el que harán constar, además de los datosque consideren oportunos, los siguientes:

a) Títulos académicos.b) Puestos de trabajo desempeñados.c) Estudios y cursos realizados.

Lo que se comunica para su conocimiento y efectos.Madrid, 22 de enero de 2003.—El Ministro, por delegación

(Orden de 19 de diciembre de 2000, «Boletín Oficial del Estado»del 21), el Presidente del Consejo Superior de InvestigacionesCientíficas, Rolf Tarrach Siegel.

ANEXO I

1. Estación Biológica de Doñana

Puesto de trabajo: Gerente de Instituto A. Nivel: 26. Comple-mento específico: 8.183,28 euros. Localidad: Sevilla. Grupo: AB.Administración: AE. (1).

2. Instituto de Neurociencias

Puesto de trabajo: Gerente de Instituto C. Nivel: 22. Comple-mento específico: 3.848,64 euros. Localidad: San Juan (Alicante).Grupo BC. Administración AE. (1).

3. Laboratorio de Investigación en Tecnología

de la Combustión

Puesto de trabajo: Gerente de Instituto. Nivel: 22. Complementoespecífico: 3.848,64 euros. Localidad: Zaragoza. Grupo: BC. Admi-nistración: AE. (1)

4. Instituto de Biología y Genética Molecular

Puesto de trabajo: Gerente de Instituto. Nivel: 22. Complementoespecífico: 3.848,64 euros. Localidad: Valladolid. Grupo: BC.Administración: AE. (1)

5. Instituto de Agrobiotecnología y Recursos Naturales

Puesto de trabajo: Gerente de Instituto C. Nivel: 22. Comple-mento específico: 3.848,64 euros. Localidad: Pamplona. Grupo: BC.Administración: AE (1)

6. Instituto de Gestión, Innovación y Conocimiento

Puesto de trabajo: Gerente de Instituto. Nivel: 22. Complementoespecífico: 3.848,64 euros. Localidad: Valencia. Grupo: BC. Admi-nistración: AE (1)

(1) Conocimientos y experiencia en gestión administrativa.

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BOE núm. 28 Sábado 1 febrero 2003 4417

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4418 Sábado 1 febrero 2003 BOE núm. 28

2156 ORDEN CTE/144/2003, de 27 de enero, por la quese anuncia convocatoria pública para cubrir por libredesignación puestos de trabajo en el Departamento.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 20.1.b) de la Ley23/1988, de 28 de julio, de Modificación de la Ley de Medidaspara la Reforma de la Función Pública, este Ministerio acuerdaanunciar la provisión, por el procedimiento de libre designación,de los puestos de trabajo que se relacionan en el Anexo de lapresente Orden, con arreglo a las siguientes bases:

Primera.—Los puestos de trabajo que se convocan por la pre-sente Orden podrán ser solicitados por los funcionarios que reúnanlos requisitos establecidos para el desempeño de los mismos.

Segunda.—Los interesados dirigirán sus solicitudes, a la Sub-secretaria del Ministerio de Ciencia y Tecnología (paseo de la Cas-tellana, 160, 28046 Madrid), dentro del plazo de quince días hábi-les, contados a partir del siguiente al de la publicación de la pre-sente Orden en el Boletín Oficial del Estado.

Tercera.—Además de los datos personales, número de Registrode Personal y destino actual, los aspirantes deberán acompañara su escrito un curriculum vitae en el que harán constar:

a) Títulos académicos.b) Puestos de trabajo desempeñados, tanto en la Adminis-

tración Pública, como en la empresa privada, en su caso.c) Estudios y cursos realizados, conocimiento de idiomas y

cuantas otras circunstancias estime el aspirante oportuno ponerde manifiesto.

A la citada solicitud podrán los aspirantes acompañar cualquierotra documentación que permita apreciar los requisitos exigidos.

Cuarta.—De acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Espa-ñola y la Directiva Comunitaria de 9 de febrero de 1976, la Admi-nistración Pública lleva a cabo una política de igualdad de tratoentre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo,a la formación profesional y a las condiciones de trabajo.

Lo que comunico a V.I. para su conocimiento y efectos.Madrid, 27 de enero de 2003.—El Ministro.-P. D. (Orden de

30 de noviembre de 2000 («Boletín Oficial del Estado» de 5 dediciembre), el Subsecretario, Tomás Pérez Franco.

Ilmo. Sr. Subsecretario del Departamento.

ANEXO

Número de orden: 1. Número de puestos: 1. Centro directivoy Subdirección General o asimilada: Gabinete del Ministro. Deno-minación del puesto: Jefe Servicio Apoyo. Nivel: 26. Complementoespecífico: 8.183,28 euros. Localidad y provincia: Madrid. Ads-cripción: AD: AE. GR: AB. Méritos preferentes: Titulado Superior.Experiencia laboral en gabinetes de altos cargos. Conocimientosde Office a nivel usuario. Inglés fluido. Usuario habitual de Internet.Conocimiento del Sistema público de I + D. Experiencia laboralen Organismos Públicos de Investigación. Conocimientos de Dere-cho administrativo, mercantil y comunitario.

Número de orden: 2. Número de puestos: 1. Centro directivoy Subdirección General o asimilada: Secretaría de Estado de Polí-tica Científica y Tecnológica. Gabinete del Secretario de Estado.Denominación del puesto: Consejero Técnico. Nivel: 28. Com-plemento específico: 9.850,92 euros. Localidad y provincia:Madrid. Adscripción: AE. GR: A. Cuerpo: EX22. Méritos prefe-rentes: Experiencia en la preparación de informes, documentosanálisis y propuestas sobre los programas de investigación ydesarrollo tecnológico, nacionales y europeos. Experiencia en laelaboración de estudios y análisis sobre política científica nacional.Experiencia en la preparación de convocatorias y gestión de pro-gramas de ayudas para la investigación científica y técnica. Apoyoen la preparación de intervenciones sobre política científica y tec-nológica. Dominio del inglés y del francés.

Número de orden: 3. Número de puestos: 1. Centro directivoy Subdirección General o asimilada: Secretaría de Estado de Polí-tica Científica y Tecnológica. Secretaría General de Política Cien-tífica.

Secretaría del Secretario General. Denominación del puesto:Ayudante de Secretaría. Nivel: 16. Complemento específico:4.261,44 euros. Localidad y provincia: Madrid. Adscripción: AD:

AE. GR: CD. Méritos preferentes. Experiencia en puesto de trabajode Secretaría. Experiencia en trabajos de gestión de I + D. Expe-riencia en registro, tratamiento y archivo informatizado de docu-mentación.

Número de orden: 4. Número de puestos: 1. Centro directivoy Subdirección General o asimilada: Secretaría de Estado de Polí-tica Científica y Tecnológica. Secretaría General de Política Cien-tífica. Gabinete Técnico. Denominación del puesto: Analista deSistemas. Nivel: 22. Complemento específico: 7.453,56 euros.Localidad y provincia: Madrid. Adscripción: AD: AE. GR: BC. Gru-po: EX11. Méritos preferentes: Organización informes, estadís-ticas, e indicadores. Gestión y seguimiento económico y financierode programas de ayudas de Investigación. Manejo de paquetesinformáticos. Manejo de bases de datos relacionales. Manejo deregistro y archivo de documentos. Tareas de seguimiento de laactividad científica de los OPI. Tramitación y gestión de las acti-vidades de I + D en los OPI. Conocimiento del ProcedimientoAdministrativo.

ADMINISTRACIÓN LOCAL

2157 RESOLUCIÓN de 8 de enero de 2003, del Ayunta-miento de Gijón (Asturias), referente a la convocatoriapara proveer varios puestos de trabajo por el sistemade libre designación.

En el «Boletín Oficial del Principado de Asturias» de 17 dediciembre de 2002, con la corrección de errores y publicacióncompleta de nuevo en el «Boletín Oficial del Principado» de 8de enero de 2003, aparecen las bases de la convocatoria parala provisión, entre funcionarios de la Administración del Estado,de las Comunidades Autónomas y de la Administración Local,de los puestos de trabajo vacantes en el Ayuntamiento de Gijónque se citan a continuación por el procedimiento de libre desig-nación:

Un Secretario/a de despacho, nivel 14, grupo C/D (a cubrirentre funcionarios del Ayuntamiento de Gijón).

Un jefe de Unidad Operativa, nivel 22, grupo C (a cubrir entrefuncionarios del Ayuntamiento de Gijón).

Un Jefe de Servicio Prevención y Salud Laboral, nivel 26, grupoA (a cubrir entre personal perteneciente a la Administración delEstado, de Comunidades Autónomas y Administración Local).

Una Secretaria/o, despacho distritos, nivel 14, grupo C/D (acubrir entre funcionarios del Ayuntamiento de Gijón).

De conformidad con las bases de la convocatoria las instanciassolicitando tomar parte en el mencionado proceso de provisiónjunto con el resto de documentación requerida se dirigirán a lailustrísima señora Alcaldesa del Ayuntamiento de Gijón, conformeal modelo publicado, y habrán de presentarse en el Registro Gene-ral del Ayuntamiento dentro de los quince días hábiles siguientesal de la publicación del presente anuncio de convocatoria en el«Boletín Oficial del Estado», haciendo constar en las mismas losdatos personales, plaza de la que sean titulares en su adminis-tración de procedencia y destino actual del solicitante.

Gijón, 8 de enero de 2003.—La Alcaldesa, Paz Fernández Fel-gueroso.

2158 RESOLUCIÓN de 14 de enero de 2003, del Ayun-tamiento de Manises (Valencia), referente a la con-vocatoria para proveer varias plazas.

En el «Boletín Oficial de la Provincia de Valencia» número 210,del día 4 de septiembre de 2002, se publican las bases para laprovisión en propiedad, mediante concurso oposición libre, denueve plazas de Operario y tres de Oficiales de segunda (unode carpintería, uno de albañilería y uno de electricista) y dos plazas

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BOE núm. 28 Sábado 1 febrero 2003 4419

de Oficial de primera (uno de fontanería y uno de electricidad),y extracto de las mismas en el «Diario Oficial de la GeneralidadValenciana» número 4344, de fecha 26 de septiembre de 2002.

Las plazas se encuentran vacantes en la plantilla de personallaboral fijo.

El plazo de presentación de instancias será de veinte días natu-rales, contados a partir del día siguiente de la publicación delextracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

Manises, 14 de enero de 2003.—El Alcalde (Decreto 1711,de 15 de diciembre de 1999), P. D., el Concejal Delegado deRégimen Interior y Hacienda, Francisco Izquierdo Moreno.

2159 RESOLUCIÓN de 14 de enero de 2003, del Ayun-tamiento de Murcia, Patronato Municipal de EscuelasInfantiles, referente a la convocatoria para proveeruna plaza de Operario.

En el «Boletín Oficial de la Región de Murcia» número 256,de fecha 5 de noviembre de 2002, aparece publicada Resolucióndel Patronato Municipal de Escuelas Infantiles del excelentísimoAyuntamiento de Murcia, relativa a la oposición libre para proveeruna plaza de Operario, de la Escala de Administración Especial,subescala Servicios Especiales, clase Personal de Oficios.

Las instancias serán dirigidas al señor Presidente del Patronatoy se presentarán en el Registro del Patronato Municipal de EscuelasPúblicas Infantiles, en el plazo de veinte días naturales a partirdel siguiente al de esta publicación.

Murcia, 14 de enero de 2003.—El Teniente Alcalde de Edu-cación, Francisco Porto Oliva.

2160 RESOLUCIÓN de 16 de enero de 2003, del Ayunta-miento de Ayamonte (Huelva), referente a la convo-catoria para proveer un puesto de trabajo por el sis-tema de libre designación.

En el «Boletín Oficial» de la provincia número 3, de 4 de enerode 2003 y en el de la Junta de Andalucía número 7, de 13 deenero de 2003, aparecen publicadas las bases de la convocatoriapara la provisión por libre designación del puesto de Jefe del Cuer-po de la Policía Local del Ayuntamiento de Ayamonte, grupo B,Escala Administración Especial, sistema de acceso, libre desig-nación.

El plazo de presentación de solicitudes será de quince díashábiles, a contar del siguiente al de la publicación de este anuncioen el «Boletín Oficial del Estado».

Los sucesivos anuncios relacionados con esta convocatoria sepublicarán en el «Boletín Oficial» de la provincia y en el tablónde anuncios del Ayuntamiento.

Ayamonte, 16 de enero de 2003.—El Alcalde accidental.

2161 RESOLUCIÓN de 20 de enero de 2003, del Ayunta-miento de Sevilla la Nueva (Madrid), referente a laconvocatoria para proveer una plaza de Arquitecto.

En el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid», núme-ro 14, de fecha 17 de enero de 2003, se publican las bases dela convocatoria para cubrir en propiedad, por el sistema de con-curso-oposición libre, una plaza de Arquitecto, en régimen de fun-cionario de carrera, clasificada en la Escala de AdministraciónEspecial, subescala Técnica, Técnicos Superiores del Ayuntamien-to de Sevilla la Nueva.

Las instancias se presentarán en el plazo de veinte días natu-rales, contados a partir del siguiente de la publicación de esteanuncio en el «Boletín Oficial del Estado».

Sevilla la Nueva, 20 de enero de 2003.—El Alcalde, Juan Anto-nio Teresa Villacieros.

UNIVERSIDADES

2162 RESOLUCIÓN de 20 de enero de 2003, de la Uni-versidad Pública de Navarra, por la que se hace públi-ca la convocatoria para proveer una plaza de la EscalaTécnica de Gestión.

En el «Boletín Oficial de Navarra» número 9, de 20 de enerode 2003, se ha publicado anuncio relativo a la convocatoria públi-ca para la provisión de una plaza de la Escala Técnica de Gestiónde la Universidad Pública de Navarra.

El sistema de selección de la plaza es el de concurso-oposición.Las bases íntegras de esta convocatoria aparecen publicadas

en el «Boletín Oficial de Navarra» número 9, de 20 de enerode 2003.

El plazo de presentación de instancias será de veinte días natu-rales, contados desde el día siguiente a la publicación de esteanuncio en el «Boletín Oficial del Estado».

Los sucesivos anuncios relativos a la provisión de estas plazas,se publicarán únicamente en el «Boletín Oficial de Navarra».

Pamplona, 20 de enero de 2003.—El Rector, Antonio PérezPrados.

2163 RESOLUCIÓN de 18 de diciembre de 2002, de la Uni-versidad de Málaga, por la que se convocan pruebasselectivas para ingreso en la plantilla de personal labo-ral de esta Universidad en la categoría profesionalde Técnico de Grado Medio de Apoyo a la Docenciae Investigación (Laboratorio de Mecánica).

De conformidad con lo establecido en el artículo 28 del RealDecreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba elReglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Admi-nistración del Estado y el artículo 22 del III Convenio Colectivodel Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía,publicado por Resolución de la Dirección General de Trabajo ySeguridad Social («Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» de30 de junio de 1994,

Este Rectorado en uso de las competencias que le atribuyeel artículo 20.1 de la Ley 6/2001, de 21 de diciembre, de Uni-versidades, en relación con el artículo 2.2.e) de la misma, asícomo los Estatutos de esta Universidad, ha resuelto convocar prue-bas selectivas para ingreso en la plantilla laboral de la Universidadde Málaga, con sujeción a las siguientes

Bases de la convocatoria

1. Normas generales

1.1 Número de plazas convocadas.—Se convocan pruebasselectivas para cubrir una plaza de Técnico de Grado Medio deApoyo a la Docencia e Investigación —Laboratorio de Mecánica»,vacante en la plantilla laboral de la universidad de Málaga, porel sistema general de acceso libre, cuyas demás característicasse especifican en el anexo I de esta convocatoria.

1.1.1 En el caso de producirse, tras los procesos selectivosde promoción interna, nuevas vacantes en la Universidad en idén-tica categoría, las plazas correspondientes podrán acumularse alas ofertadas en el apartado 1.1 mediante Resolución del Rectorde esta Universidad, anterior a la realización del último ejerciciode la fase de oposición, autorizando la incorporación de esas plazaspara ser provistas por las pruebas selectivas objeto de la presenteconvocatoria.

1.2 Disposiciones aplicables.—Las presentes pruebas selec-tivas se regirán por las bases de esta convocatoria y en cuantoles sea de aplicación por el Real Decreto 364/1995, de 10 demarzo, y el III Convenio Colectivo para el Personal Laboral delas Universidades Públicas de Andalucía.

1.3 Sistema de selección.—El procedimiento de selección delos aspirantes será el de concurso-oposición, con las pruebas ypuntuaciones que se especifican en el anexo II a esta convocatoria.

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4420 Sábado 1 febrero 2003 BOE núm. 28

1.3.1 En la fase de concurso, que no tendrá carácter elimi-natorio, se valorarán los méritos y los servicios prestados, conarreglo al baremo que se especifica en el mencionado anexo II.

1.3.2 En la fase de oposición, que tendrá carácter elimina-torio, los aspirantes deberán desarrollar los ejercicios que igual-mente se indican en el anexo II de esta Resolución.

1.3.3 La puntuación obtenida por los aspirantes en la fasede concurso se publicará con anterioridad a la celebración delprimer ejercicio de la fase de oposición y con el carácter de valo-ración provisional de méritos.

Los interesados dispondrán de un plazo de diez días naturalespara efectuar posibles reclamaciones a la mencionada valoración,transcurridos los cuales se hará público la valoración definitiva,pudiendo ser recurrida ésta en tiempo y forma ante el excelentísimoseñor Rector magnífico de la Universidad de Málaga.

1.3.4 La fecha, hora y lugar de celebración del primer ejer-cicio de la fase de oposición será publicada por el Tribunal alaprobar la lista definitiva de admitidos y excluidos, que a su vezhará publica en un plazo no superior a dos meses desde la fechade publicación de la lista provisional.

1.3.5 El Tribunal calificador, con carácter previo al desarrollode cada una de las pruebas, hará públicos los criterios de eva-luación de las mismas. En los supuestos de pruebas tipo test,una vez finalizadas, hará pública la plantilla con las respuestascorrectas.

2. Requisitos de los aspirantes

2.1 Requisitos generales.—Para ser admitido a la realizaciónde estas pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir lossiguientes requisitos:

a) Tener nacionalidad española o ser nacional de un Estadomiembro de la Unión Europeo o nacional de aquellos Estadosa los que, en virtud de los Tratados Internacionales celebradospor la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicaciónla libre circulación de los trabajadores, en los términos en queésta se halle definida en el Tratado constitutivo de la Unión Euro-pea.

También podrán participar el cónyuge, descendientes y des-cendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales deotros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que noestén separados de derecho, menores de veintiún años o mayoresde dicha edad que vivan a sus expensas.

Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiaresde nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los Tra-tados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y rati-ficados por España.

b) Tener cumplidos los dieciocho años de edad y no habercumplido la edad de jubilación.

c) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitaciónfísica o psíquica que sea incompatible con el desempeño de lascorrespondientes funciones.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinariodel servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, nihallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.En el caso de nacional de los demás Estados miembros de la UniónEuropea o nacionales de aquellos Estados a los que, en virtudde Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea yratificados por España, sea de aplicación la libre circulación detrabajadores en los términos en que ésta se halle definida en elTratado constitutivo de la Unión Europea, no estar sometido asanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado,el acceso a la función pública.

e) Poseer la titulación exigida por la/s plaza/s ofertada/s.

2.2 Todos los requisitos deberán poseerse en el día de fina-lización del plazo de presentación de solicitudes y mantenersehasta el momento de la contratación como personal laboral deplantilla de la Universidad de Málaga.

3. Solicitudes

3.1 Modelo de solicitud.—Quienes deseen tomar parte enestas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en instancia queserá facilitada gratuitamente en el Rectorado de la Universidadde Málaga, según modelo que se acompaña como anexo IV.

3.2 Recepción de solicitudes.—La presentación de solicitudesse hará en el Registro General de esta Universidad, plaza de ElEjido, sin número, edificio Rectorado, o en las formas establecidasen el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común, modificada parcialmente por laLey 4/1999, en el plazo de veinte días naturales a partir del siguien-te al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficialdel Estado»y se dirigirán al excelentísimo señor Rector magníficode la Universidad de Málaga.

Las solicitudes suscritas por los españoles en el extranjeropodrán concursarse, en el plazo expresado en el párrafo anterior,a través de las representaciones diplomáticas o consulares espa-ñolas correspondientes, quienes las remitirán seguidamente alorganismo competente.

3.3 Acreditación méritos.—Aquellos aspirantes que solicitenpuntuación en la fase de concurso deberán acreditar documen-talmente los méritos alegados, en el momento de presentaciónde la solicitud de admisión, adjuntándolos a la misma y en lostérminos que se especifican en el anexo II.

3.4 Adaptaciones turno de minusvalía.—Los aspirantes conminusvalía deberán indicar en la instancia la minusvalía que pade-cen, para lo cual se utilizará el recuadro de la solicitud. Asimismo,deberán solicitar, expresándolo en dicho recuadro, las posiblesadaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejer-cicios en los que esta adaptación sea necesaria.

3.5 Justificación de los derechos de examen.—El interesadoadjuntará a la solicitud comprobante bancario de haber satisfecholos derechos de examen. En ningún caso, se dará carácter desolicitud al simple abono de dichos derechos en la entidad bancariacorrespondiente.

3.6 Derechos de examen.—Los derechos de examen serán de18,03 euros y se ingresarán en Unicaja, cuenta corriente número2103 0146 95 0030028625, bajo el nombre de «Universidad deMálaga. Pruebas Selectivas P.A.S.». En la solicitud deberá figurarel sello de la mencionada entidad de ahorro o, en su caso, elcomprobante bancario acreditativo del pago de los derechos ycuya falta determinará la exclusión automática y definitiva delaspirante.

3.7 Subsanación de errores.—Los errores de hecho que pudie-ran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficioo a petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Relación de admitidos y excluidos.—Expirado el plazo depresentación de instancias se dictará Resolución en el plazo máxi-mo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de admi-tidos y excluidos.

En dicha Resolución se indicarán los lugares en que se encuen-tran expuestas al público, debiendo ponerse de manifiesto en todocaso en el Rectorado de la Universidad de Málaga. En ellas cons-tarán al menos los apellidos, nombre y número de documentonacional de identidad, así como las causas de exclusión.

4.2 Plazo de subsanación.—Los aspirantes excluidos o queno figuren en la relación de admitidos dispondrán de un plazode diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de lapublicación de la relación a que se refiere la base anterior, parapoder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión.

Contra dicha Resolución podrá interponerse recurso de alzada,en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación,ante el Rector de la Universidad de Málaga, que resolverá loprocedente.

De no presentarse tal recurso, el escrito de subsanación dedefectos se considerará recurso de alzada si el aspirante fuesedefinitivamente excluido de la realización de los ejercicios.

5. Tribunal calificador

5.1 Composición.—El Tribunal calificador de estas pruebasserá designado por el excelentísimo señor Rector Magnífico dela Universidad de Málaga y observará la composición que estableceel artículo 21.3 del Convenio Colectivo para el Personal Laboralde las Universidades Públicas de Andalucía.

5.2 Abstención y recusación.—Los miembros del Tribunaldeberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la

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BOE núm. 28 Sábado 1 febrero 2003 4421

Universidad de Málaga, cuando concurran en ellos circunstanciasde las previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspi-rantes a pruebas selectivas de acceso a tales categorías, en loscinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal decla-ración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias pre-vistas en dicho artículo.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros delTribunal, cuya identidad se publicará junto con la relación deaspirantes admitidos y excluidos, cuando concurran algunas dedichas circunstancias.

5.3 Cambio en la composición.—Con anterioridad a la ini-ciación de las pruebas selectivas la autoridad convocante publicaráResolución por la que se nombre a los nuevos miembros del Tri-bunal que hayan de sustituir a los que hubieran perdido su con-dición por alguna de las causas previstas en la base 5.2.

5.4 Constitución.—Previa convocatoria del Presidente, seconstituirá el Tribunal con asistencia obligada del Presidente,Secretario y de la mitad, al menos, de sus miembros.

Celebrará su sesión de constitución en el plazo máximo detreinta días a partir de su designación, y mínimo de diez díasantes de la realización del primer ejercicio.

En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones quele correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebasselectivas (concurso-oposición).

5.5 Sesiones.—A partir de su constitución y para el resto delas sesiones del Tribunal, para actuar válidamente requerirá lamisma mayoría de miembros indicada en el apartado anterior desus miembros, titulares o suplentes.

5.6 Actuación del Tribunal.—A lo largo del proceso selectivoel Tribunal resolverá las dudas que pudieran surgir en la aplicaciónde estas normas, acordando las medidas necesarias para resolvercuantas cuestiones no estén previstas en la presente convocatoria.En todo caso, el procedimiento de actuación se ajustará a lo dis-puesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

5.7 Asesores.—El Tribunal podrá disponer la incorporacióna sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas corres-pondientes de los ejercicios que se estime pertinente, limitándosedichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidadestécnicas. La designación de tales asesores deberá comunicarseal Rector de la Universidad de Málaga.

5.8 Adaptaciones para minusválidos.—El Tribunal adoptarálas medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario,de forma que los aspirantes con minusvalía gocen de similarescondiciones para la realización de los ejercicios que el resto delos demás participantes. En este sentido, se establecerán paralas personas con minusvalía que lo soliciten en la forma previstaen la base 3.4 las adaptaciones posibles en tiempos y mediospara su realización.

5.9 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas nece-sarias para que los ejercicios de la fase de oposición se realicende forma conjunta y coordinada, para lo cual podrá nombrar cola-boradores en número suficiente para garantizar el correcto y nor-mal desarrollo de los ejercicios. Asimismo se adoptarán las medi-das oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase deoposición sean corregidos sin que se conozca la identidad de losaspirantes utilizando para ello los impresos aprobados por laOrden del Ministerio de la Presidencia de 18 de febrero de 1985o cualquier otro equivalente. El Tribunal excluirá a aquellos opo-sitores en cuyo ejercicio figuren nombres, rasgos, marcas o signosque permitan conocer la identidad de los mismos.

5.10 Información a los participantes.—A efectos de comuni-caciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en elRectorado de la Universidad de Málaga, plaza de El Ejido, sinnúmero, 29071 Málaga. Teléfono 952 13 10 00.

5.11 El Tribunal que actúe en cada proceso selectivo tendrála categoría que corresponda de las recogidas en el anexo V delDecreto 54/1989, de 21 de marzo («Boletín Oficial de la Juntade Andalucía» de 21 de abril), según la titulación exigida paracada plaza ofertada.

5.12 En ningún caso el Tribunal podrá declarar que han supe-rado las pruebas selectivas, un número de aspirantes superioral de plazas convocadas. Cualquier propuesta que contravengalo establecido en este punto será nula de pleno derecho.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 Cada uno de los diversos ejercicios que conforman lafase de oposición se celebrarán en un único día y a la mismahora en todas las sedes del examen.

6.2 Llamamiento único.—Los aspirantes serán convocadospara cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos dela oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerzamayor debidamente justificados y libremente apreciados por elTribunal.

6.3 Orden de actuación.—El orden de actuación de los opo-sitores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra quecorresponda, al día de publicación de la presente convocatoria,atendiendo al sorteo realizado anualmente por la Secretaría deEstado para la Administración Pública y de conformidad con loestablecido en la correspondiente Resolución de la mencionadaSecretaría de Estado.

6.4 Acreditación de la identidad.—En cualquier momento losaspirantes podrán ser requeridos por los miembros del Tribunalcon la finalidad de acreditar su identidad.

6.5 Publicación de fechas de los ejercicios.—La publicaciónde las fechas de celebración del segundo y sucesivos ejercicios,si los hubiere, se efectuará por el Tribunal en los locales dondese haya celebrado el respectivo anterior, así como en la sede delTribunal, señalada en la base 5.10, y por cualquier otro mediosi se juzga conveniente para facilitar su máxima divulgación, concuarenta y ocho horas al menos de antelación a la señalada parala iniciación de los mismos.

6.6 Exclusión de participantes.—En cualquier momento delproceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que algu-no de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidospor la presente convocatoria, previa audiencia del interesado,deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad, comu-nicándole asimismo las inexactitudes o falsedades formuladas porel aspirante en su solicitud de admisión a las pruebas selectivas,a los efectos procedentes.

7. Calificación final y lista de aprobados

7.1 Finalizados cada uno de los ejercicios de la fase de opo-sición, excepto el último, el Tribunal hará público, en el lugarde celebración de cada uno de ellos y en el Rectorado de la Uni-versidad, la relación de aspirantes aprobados por orden de pun-tuación alcanzada, con indicación de su documento nacional deidentidad.

7.2 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará públi-ca, en el lugar de celebración del último ejercicio, así como enel Rectorado, la relación de aspirantes, por orden de puntuaciónfinal alcanzada, que han superado el proceso selectivo.

7.3 La calificación final de las pruebas selectivas, a efectosde declaración de aprobados, vendrá determinada por la sumade las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición más la deconcurso.

7.4 En caso de empate, éste se resolverá atendiendo a lamayor puntuación obtenida en la fase de oposición y en el supuestode que persistiera el mismo, sucesivamente a la puntuación obte-nida en el primer ejercicio, en el segundo, etc., así como en lafase de concurso y en último lugar atendiendo al criterio de pre-ferencia de la mayor edad.

8. Presentación de documentos y formalización de contrato

8.1 Documentación a presentar.—En el plazo de veinte díasnaturales, a contar desde el día siguiente a aquél en que se hicieranpúblicas las listas de aspirantes que hubieran superado las pruebasselectivas, los candidatos aprobados deberán justificar adecua-damente en el Servicio de Personal de Administración y Serviciosde la Universidad de Málaga los requisitos o condiciones exigidosen la convocatoria y que no hubieran debido acreditar en elmomento de la presentación de instancias.

A este efecto, deberán presentar los siguientes documentos:a) Fotocopia debidamente compulsada del título académico

exigido para la/s plaza/s.b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado

mediante expediente disciplinario de ninguna AdministraciónPública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones

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públicas, según el modelo que les será facilitado en el mencionadoServicio.

c) Los aspirantes que no posean la nacionalidad españoladeberán presentar fotocopia compulsada del documento que acre-dite su nacionalidad, así como documentación certificada por lasautoridades competentes de su país de origen en la que se acrediteno estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal queimpida, en su Estado, el acceso a la función pública.

d) Certificado médico areditativo de no padecer enfermedadni defecto físico que imposibiliten para el servicio. Este certificadodeberá ser expedido por el facultativo de Medicina General dela Seguridad Social que corresponda al interesado, y en el casode que éste no esté acogido a ningún régimen de la SeguridadSocial, se expedirá por los Servicios Provinciales del Ministeriode Sanidad y Consumo u Organismos correspondientes de lasComunidades Autónomas.

e) Los aspirantes que hayan hecho valer su condición de per-sona con minusvalía deberán presentar certificación del organismocompetente para acreditar tal condición, e igualmente deberánpresentar certificado de los citados órganos o de la AdministraciónSanitaria acreditativo de la compatibilidad con el desempeño detareas y funciones correspondientes.

f) Originales de cuantos documentos le hayan sido valoradosen la fase de concurso.

Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentarlos documentos expresados en este apartado, podrá acreditarseque se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria mediantecualquier medio de prueba admisible en derecho.

8.2 Exención de justificación.—Quienes tuvieran la condiciónde funcionarios de carrera o personal laboral fijo estarán exentosde justificar documentalmente las condiciones y demás requisitosya probados para obtener su anterior nombramiento o contrato,debiendo presentar certificación del Ministerio u organismo delque dependieran para acreditar tal condición, con expresión delnúmero e importe de trienios o antigüedad, así como de la fechade su cumplimiento.

8.3 Anulación de actuaciones.—Quienes dentro del plazo fija-do, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentaren los docu-mentos o del examen de los mismos se dedujera que carece dealgunos de los requisitos señalados, o no concuerdan los originalescon las fotocopias presentadas en la fase de concurso, no podránser contratados y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuiciode la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad enla solicitud.

8.4 Formalización de contrato.—Los aspirantes que hubieransuperado el proceso selectivo, previa propuesta del Tribunal cali-ficador, formalizarán un contrato en el que se contemplará el perío-do de prueba establecido en el Convenio Colectivo para el PersonalLaboral de las Universidades Públicas de Andalucía para cadacategoría profesional, transcurrido el cual adquirirán la condiciónde personal laboral fijo aquellos que lo hayan superado satisfac-toriamente.

8.5 Bolsa de trabajo.—Una vez concluido el proceso selectivose podrá confeccionar, por el Servicio de Personal de Adminis-tración y Servicios, una lista ordenada conforme a los criteriosque la Universidad y el Comité de Empresa determinen, en laque figuren los aspirantes que no hubieran obtenido plaza, parasu posible contratación en tal categoría profesional, siempre ycuando las necesidades de personal existentes en la Universidadde Málaga así lo requieran.

9. Norma final

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos sederiven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser impug-nados, en los casos y en las formas establecidas por laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, modificada parcialmente por la Ley 4/1999.

Asimismo, la Universidad podrá, en su caso, proceder a la revi-sión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto enla mencionada Ley.

Málaga, 18 de diciembre de 2002.—El Rector, Antonio Díezde los Ríos Delgado.

ANEXO I

Número de plazas: Una.Denominación: Técnico de Grado Medio de Apoyo a la Docen-

cia e Investigación. Laboratorio de Mecánica.Destino: Servicios Generales de Investigación.Código de la plaza ofertada: L2C.LA948.05.Grupo de clasificación según Convenio: II.Titulación exigida: Diplomado Universitario, Ingeniero Técni-

co, Arquitecto Técnico o titulaciones equivalentes, a las indicadas,reconocidas por el Ministerio de Educación y Ciencia.

Perfil (Convenio Colectivo): Es el trabajador o trabajadora queestando en posesión de la correspondiente titulación académica,tiene encomendadas las siguientes funciones en el ámbito de unServicio General de Investigación:

Supervisar, dirigir y en caso necesario, realizar las operacionesnecesarias para el funcionamiento de las técnicas y equipo deltaller o laboratorio del Servicio.

Efectúa los trabajos de apoyo a la docencia e investigacióndesarrollados por el Servicio.

Efectúa el estudio y puesta a punto de las nuevas técnicasy campos de que se disponga.

Es el encargado de la gestión de los grupos, medios y tiemposasignados a cada trabajo.

Trabaja con sujeción a las normas oficiales de ensayo y análisisy de acuerdo con las directrices para el desarrollo de los trabajos,investigación y docencia a realizar.

ANEXO II

Procedimiento de selección: Concurso y oposición. Pruebasy puntuaciones

A) Concurso (máximo 30 puntos).En esta fase de concurso se valorarán los méritos, debidamente

justificados por los interesados, de acuerdo con el siguiente bare-mo:

1. Servicios prestados en la Universidad de Málaga mediantecontratos de trabajo retribuidos con cargo al capítulo I de gastosde personal de los presupuestos de la Universidad de Málaga (acre-ditados mediante el oportuno certificado del Servicio de Personalde Administración y Servicios):

a) En la misma categoría profesional: Un punto por mes com-pleto de trabajo, hasta un máximo de 15 puntos. Las fraccionesde mes se acumularán en el supuesto de distintos períodos, com-putándose así un mes más por cada treinta días de prestaciónde tales servicios. El último resto de días se computará comoun punto más si fuese superior a quince días.

b) En otra categoría profesional: 0,5 puntos por mes completode trabajo, hasta un máximo de 8 puntos. Igualmente, las frac-ciones de mes se acumularán en el supuesto de distintos períodos,computándose así un mes más por cada treinta días de prestaciónde tales servicios. El último resto de días se computará comoun punto más si fuese superior a quince días.

2. Experiencia laboral fuera de la Universidad de Málaga (acre-ditada mediante certificado de empresa o copia de los contratosde trabajo y documento acreditativo de alta y/o baja en la Segu-ridad Social). Sólo se valorarán los servicios prestados en las Admi-nistraciones Públicas en la misma categoría que la ofertada, arazón de 0,2 puntos por mes completo de trabajo, hasta un máximode cinco puntos. Al igual que en los apartados anteriores, lasfracciones de mes se acumularán y el resto se puntuará en sucaso su sipera los quince días.

3. Formación.a) Cursos: Se valorará la realización y seguimiento de cursos

de especialización y perfeccionamiento, acreditados mediante cer-tificado o diploma correspondiente, relacionados directamente conel contenido funcional y el desarrollo de las funciones de la plazaofertada, recibidos en centros oficiales o los homologados porla Comisión de Formación del PAS de la Universidad de Málaga,de la siguiente forma: 0,1 punto por curso de duración igual oinferior a quince horas, valorándose proporcionalmente a su dura-ción los recibidos por tiempo superior.

b) Titulación oficial: Se valorará con 1,5 puntos el estar enposesión de Titulación/es Académica/s Oficial/es, directamente

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BOE núm. 28 Sábado 1 febrero 2003 4423

relacionadas con la plaza ofertada y expresamente indicadas enel anexo I de la convocatoria.

La puntuación de los apartados a) y b) en su conjunto serácomo máximo de 2 puntos.

B) Oposición (máximo 70 puntos): El tipo de prueba fijadopor la Gerencia y el Comité de Empresa, ajustada al temarioque se publica como anexo III a la presente convocatoria, es elsiguiente:

a) Primer ejercicio, de carácter eliminatorio: Ejercicio tipo testsobre el contenido del temario.

La prueba contendrá entre 60 y 100 preguntas, con cuatrorespuestas posibles, siendo una de ellas la correcta. El tiempopara la realizción del ejercicio será de 50 segundos por pregunta.

Para superar el ejercicio será necesario contestar correctamen-te, al menos, un porcentaje fijado por el Tribunal, comprendidoentre el 50 y el 60 por 100 de las preguntas.

Las respuestas erróneas se podrán valorar negativamente res-tando, en tal caso, una respuesta correcta por cada cuatro deaquéllas.

b) Segundo ejercicio, también de carácter eliminatorio: Con-sistirá en resolver un supuesto teórico-práctico o práctico, sobreel contenido del temario, dividido en un máximo de cuatro apar-tados.

Para superar este ejercicio será necesario obtener al menosel 60 por 100 de la puntuación del mismo y no haber sido puntuadocon cero puntos en alguno de sus apartados.

ANEXO III

Temario para la categoría de Técnico de Grado Medio ApoyoDocencia e Investigación. Laboratorio de Mecánica

1. Ley de Prevención de Riesgos Laborales (capítulos I, III,IV y V).

2. Vigente Convenio Colectivo del personal laboral de las Uni-versidades Públicas de Andalucía, excluidas las categorías decla-radas a extinguir y los anexos I, III, IV y V.

3. Estatutos de la Universidad de Málaga.4. Procesos con soldadura.5. Operaciones de mecanizado: Fresado.6. Operaciones de mecanizado: Torneado.7. Operaciones de mecanizado: Rectificado, plegado, etc.8. Técnicas de mecanizado por control numérico.9. Elaboración de programas CNC, con métodos directos y

a través de software para generación automática.10. Mecanizado por electroerosión.11. Tratamientos térmicos.12. Metrología.13. Diseño Mecánico.14. Conocimiento de los materiales empleado en diseño

mecánico.15. Técnicas de organización de un taller.16. Diseño por ordenador, en particular de los programas:

Autocad, Mechanical Desktop, Solid Edge e Imagineer.17. Definición de procesos de mecanizado.

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4424 Sábado 1 febrero 2003 BOE núm. 28

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADOAÑO CCCXLIII K SÁBADO 1 DE FEBRERO DE 2003. K .NÚMERO 28

FASCÍCULO SEGUNDO

III. Otras disposiciones

MINISTERIO DE EDUCACIÓN,CULTURA Y DEPORTE

2164 ORDEN ECD/3503/2002, de 9 de diciembre, de correcciónde errores de la Orden ECD/3099/2002, de 5 de noviembre,mediante la cual se convocan las ayudas correspondientesa las acciones descentralizadas del Programa Sócrates dela Unión Europea para el año 2003.

Observados errores en la Orden de 5 de noviembre de 2002, publicadaen el «Boletín Oficial del Estado» de 7 de diciembre,

Este Ministerio ha tenido a bien disponer:

En el apartado segundo, 1:

Donde dice: «Los plazos de presentación de solicitudes serán:

Hasta el 1 de febrero de 2003 para las acciones de Comenius 1 (1.1,1.2 y 1.3), Comenius 2 (2.2.B) y Grundtvig 2», debe decir: «Hasta el 1de febrero de 2003 para las acciones de Comenius 1 (1.1, 1.2 y 1.3), Come-nius 2 (2.2.B)».

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4426 Sábado 1 febrero 2003 BOE núm. 28

Donde dice: «Hasta el 1 de marzo de 2003 para las acciones de Comenius2.2.C y Grundtvig 3, Cursos y/o actividades incluidas en catálogo», debedecir: «Hasta el 1 de marzo de 2003 para las acciones de Comenius 2.2.C,Grundtvig 2 (Asociaciones de aprendizaje) y Grundtvig 3 (Cursos y/o acti-vidades incluidas en catálogo)».

Madrid, 9 de diciembre de 2002.—P. D. (Orden de 1 de febrero de 2001),la Secretaria general de Educación y Formación Profesional, Isabel CousoTapia.

Ilmos. Sres. Director general de Educación, Formación Profesional e Inno-vación Educativa y Directora de la Agencia Nacional «Sócrates» deEspaña.

2165 RESOLUCIÓN de 10 de diciembre de 2002, de la Secretaríade Estado de Educación y Universidades, por la que semodifican las cantidades asignadas por Resolución de 30de octubre de 2002 en el programa español de movilidadde estudiantes «Séneca», a estudiantes de Universidadessituadas en Comunidades insulares.

Padecido error en la asignación de la ayuda de viaje a los estudiantescon destino u origen en las Comunidades Insulares que habían obtenidouna beca en el programa español de movilidad de estudiantes «Séneca»por Resolución de 30 de octubre de 2002, procede corregir el error ymodificar la cuantía de la ayuda de viaje, que debe ser de 200 euros encada caso, para los estudiantes relacionados en el anexo adjunto, en lugarde los 120 euros que figuraban en la resolución de 30 de octubre de 2002,modificada por la presente.

Madrid, 10 de diciembre de 2002.-El Secretario de Estado, Julio Iglesiasde Ussel.

Ilmo Sr. Director general de Universidades.

ANEXO

Nombre

Alarco Gómez, Javier.Limón Josa, Gemma.López Caballero, Santiago.

2166 RESOLUCIÓN de 10 de diciembre de 2002, de la Secretaríade Estado de Educación y Universidades, por la que semodifican las cantidades asignadas por Resolución de 27de agosto de 2002 en el programa español de movilidadde estudiantes «Séneca» a estudiantes de Universidadessituadas en Comunidades Insulares.

Padecido error en la asignación de la ayuda de viaje a los estudiantescon destino u origen en las Comunidades Insulares que habían obtenidouna beca en el programa español de movilidad de estudiantes «Séneca»por Resolución de 27 de agosto de 2002, procede corregir el error y modi-ficar la cuantía de la ayuda de viaje, que debe ser de 200 euros en cadacaso, para los estudiantes relacionados en el anexo adjunto, en lugar delos 120 euros que figuraban en la Resolución de 27 de agosto de 2002,modificada por la presente.

Madrid, 10 de diciembre de 2002.—El Secretario de Estado, Julio Iglesiasde Ussel.

Ilmo. Sr. Director general de Universidades.

ANEXO

Apellidos y nombre

Abril Abril, Juan Antonio.Adrover Roig, Daniel.Albalde Pinto, José Luis.Alcántara López, María Vicenta.Alguacil Ortiz, Eva María.

Alonso Abril, Sonia.Alonso Agustín, Eva Ruth.Anaya González, Julia Consolación.Arias Monche, Carolina.Arias Pérez, Ramón.Arso Civil, Mónica.Baraibar Oroz, Aintzane.Barberán Navalón, María.Batle i Siquier, Margalida.Batlle Subirós, Nuria.Benítez Barrios, Verónica María.Berengué Saló, Isaac.Betancor Pérez, Daniel.Binefa Chueca, Sonia.Birkdar Bertolín, Nabil.Blanco Fernández, Florencio.Bolaños Arbelo, Marta.Bosa Mendoza, Ángel.Buenache Catalán, Vanesa.Burgos Rodríguez, Carmen.Cabrera Romero, M. Laura.Caparrós Alcaraz, Vianney.Cárdenes Cabrera, Miguel Sabas.Carlin Ramírez, Edgar.Carnero Rosell, Aurelio.Cerro Barrantes, Sergio.Chinea Rodríguez, Anabelle.Coba Gamón, Aday de la.Comi Díaz, Cristina.Costa Abad, Yanis Javier.Cruz Afonso, Antonio Manuel.Dámaso Rosario, Cheney.Darwish Miranda, Nasser.Davia Matas, Juan.Del Otero Sanz, Raquel.Díaz Alemán, María.Díaz García, Cristina.Díaz López, María Begoña.Esparza Martín, Míriam Leticia.Fernández Gomila, María.Fernández Raboso, Diego.Fernández Vázquez, Óscar.Fernández Vela, Lucía.Fernández-Nespral Castaño, Catalina.Ferrer Ripoll, Joan de Deu.Ferrer Rodríguez, Coral.Font Clotas, Esperanza.Fornés Bisquerra, Alicia.Fuster Simo, Jordi.Gama Morales, María Belén.García Castro, Patricia.García Chagrín, Daniel.García Izquierdo, Sonia.García Peláez, Aritz.García Ponce, Ana.García Román, José Víctor.García Sánchez, Yaiza.Garriga Beloso, Alicia.Garrorena Gómez, Rubén.Gómez Castro, Ero José.Gómez González, María Elena.Gómez Linacero, Ruth.Gómez Mateu, Óscar.Gómez Pérez, Déborah.González González, Sheila.González Pérez, Ainhoa.Guitián Iglesias, Luis.Gutiérrez Nicolás, Fátima.Gutiérrez Sánchez, Javier.Haro Martín, Diego de Kisai.Hernández Aguiar, Daniel.Hernández Bernal, Yurena.Hernández Fernández, Pedro Gerardo.Hernández García, Juan Carlos.Izquierdo Crisóstomo, Fernando.Izquierdo García, Ana Cristina.Julio Eleno, Raquel.

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BOE núm. 28 Sábado 1 febrero 2003 4427

Jurado Zúñiga, Ignacio.Kistler, Ralph.Lax Vidal, José Blas.Leal López, Juan José.Leal Tacoronte, Luisa.Leceta Murguzur, Aitor.Lepe Gómez, Gonzalo.Llamas Rubio, Virginia.López Cancio, Mónica.López Ferraz, Cristina.López Veloso, Ana Carolina.Lorente Plana, Eva.Magaña Hernández, Luis.Marco Llorca, Carles.Maronda Albiñana, Sandra.Márquez Martínez, Miguel Ángel.Martín Guelmes, Elena.Martín Hernández, Rita María.Martínez Navarro, Iván.Mata Farrona, Unai.Mata García, Arturo.Mata García, Matías.Mazo González, José Luis.Melián Melián, Ayose.Méndez González, Ana.Mendoza Santana, Jaime.Miranda Fernández, Sara.Molina López, Víctor.Montagut Muñoz, Pilar.Montaña Suñé, Laura.Montes de Oca Alda, Antonio Ignacio.Montes Fernández, Nel.Moreno González, Elena.Moreno Sánchez, José Ignacio.Morera Cáceres, Isabel.Muguruza González, Eneritz.Muiña Vílchez, Pilar.Navarro Barrera, Mónica.Navarro Guerra del Río, Lucía.Nieto Mesa, Carolina.Nigorra Martorell, Laura.O’Shanahan Otero, María.Ortega Ruiz, Natalia.Paiz Álvarez, Nuria.Parga Díaz, Santiago.Pasadas Muñoz, Eva María.Pérez Calvo, Lara.Pérez Díaz, Pablo José.Pérez Pérez, Carmen Dolores.Pérez Quintana, Esther.Pérez Santana, Laura Gisela.Perucho Campaña, Pilar.Quevedo González, Pedro Luis.Quintana Herrera, Ruyman.Reche Poirier, Sergio.Rioja Ortega, Lorenzo José.Riverón Miranda, Jacob.Rodríguez Lecuona, Alfonso.Rodríguez Marín, Francisco Manuel.Rodríguez Navarro, María Vanessa.Sánchez Martín, Juan José.Sánchez Martínez, Magdalena.Santana Ramírez, Marco Antonio.Serón Aguirre, Juan.Serrano Díaz, Rafael.Sicilia Bravo, Jonathan.Siquier Capo, Catalina.Solís Reyes, María.Soto Hernández, Daura.Sousa Sánchez, Kepa.Suárez Ruiz, Héctor José.

Terreros Martínez, Álvaro.Torres Batista, Sonia.Torres Sanz, Naia.Trujillo Cabrera, Carlos.Trujillo Martín, Iván Ramón.Utrera de Gallegos Trujillo, África.Velázquez Sanz, María Teresa.Vera Gómez, Juan Alberto.Vialas Fernández, Vital.Vindel Sans, Jaime.

2167 RESOLUCIÓN de 30 de diciembre de 2002, de la Secretaríade Estado de Educación y Universidades, por la que serenuevan las becas de posgrado para la formación de pro-fesorado universitario de las convocatorias 1998, 1999,2000 y 2001.

Por Resolución de 5 de agosto de 2002 («Boletín Oficial del Estado»del 29) de la Secretaría de Estado de Educación y Universidades, se con-vocaban becas de postgrado para la Formación de Profesorado Univer-sitario, estableciéndose en el apartado 11 las previsiones de renovaciónde las becas concedidas en anteriores convocatorias.

De acuerdo con el punto 11.1.4, corresponde al Director general deUniversidades la confirmación de las renovaciones propuestas.

En consecuencia, esta Secretaría de Estado ha resuelto:

1. Vistos los informes de los interesados y de los organismos de inves-tigación receptores de los becarios, renovar las becas del Programa de«Formación de Profesorado Universitario» que se relacionan en el anexo,a partir del 1 de enero de 2003 y por un periodo de 1 año, excepto lasde aquellos becarios cuya renovación finalizará en la fecha indicada endicho anexo.

2. Los becarios renovados por esta Resolución pasarán a regirse porlas normas expresadas en la citada Resolución de 5 de agosto de 2002(«Boletín Oficial del Estado» del 29).

3. Los becarios que deseen extender el seguro médico al cónyugee hijos, deberán solicitarlo por escrito a la Dirección General de Univer-sidades (Servicio de Formación de Personal Investigador en España, calleSerrano, número 150, 28071 Madrid), en el término de quince días a contardesde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el «BoletínOficial del Estado», acreditando, mediante certificación expedida por laSeguridad Social, su no inclusión en la misma.

4. Los becarios cuyas circunstancias personales o familiares hayancambiado a efectos de la declaración del Impuesto sobre las PersonasFísicas, deberán comunicarlo en el modelo aprobado por Resolución de23 de octubre de 2002, del Departamento de Gestión Tributaria de la Agen-cia Estatal de la Administración Tributaria y disponible en la siguientepágina web: www.aeat.es/irpf/res151200.htm.

5. El gasto resultante se financiará con cargo a la aplicación pre-supuestaria 18.07.541A.781 y, en su caso, con los recursos procedentesdel Fondo Social Europeo.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa,cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Con-tencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo estable-cido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladorade la Jurisdicción Contencioso Administrativa, y en el artículo 66 de laLey Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redaccióndada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos mesesa contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdocon lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

Lo que pongo en conocimiento de V.I. a los efectos oportunos.Madrid, 30 de diciembre de 2002.—El Secretario de Estado, P. D. (Orden

de 1 de febrero de 2001), el Director general de Universidades, PedroChacón Fuertes.

Ilmo. Sr. Subdirector general de Becas y Ayudas para la Formación, Movi-lidad, Perfeccionamiento y Actualización de Conocimientos del Pro-fesorado Universitario y Ayudantes Universitarios.

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4428 Sábado 1 febrero 2003 BOE núm. 28

ANEXO

Renovación de becas de formación de profesorado universitario en 2003

Organismo Conv. Nombre del becario/a DNI Fecha de baja

CENTRE DE REGULACIO GENOMICA. 2001 CASCANTE CIRERA, ANNA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 38.171.652CONSEJO SUPERIOR DE INVESTIGACIONES CIEN-

TIFICAS.1999 ARIAS LOPEZ, CARMEN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5.917.897

BOLUMAR GARCIA, JOSE TOMAS . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52.942.880BONACHE DE MARCOS, M CRUZ . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 51.939.855GONZALEZ FUENTES, SONIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9.203.817LASA VENTURA, MARTA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.625.561LOPEZ MARQUES, ROSA LAURA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 34.767.985MOLINA GALDEANO, MYRIAM . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 53.706.585OLIVER GUILLEN, JOSE FRANCISCO . . . . . . . . . . . . . . 22.573.014PLEITE GUTIERREZ, RAFAEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52.298.723PUERTA FERNANDEZ, ELENA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 53.690.408ROJAS MARTINEZ, ANTONIA M. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 45.584.300SAN MIGUEL LOPEZ, ELIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 51.419.808ZOZAYA MONTES, LEONOR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52.476.196

2000 AGUILERA MANZANO, JOSE MARIA . . . . . . . . . . . . . . . 53.705.750ALCARAZO VELASCO, MANUEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.956.526ARRIBAS BOSACOMA, RAQUEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 40.348.645BAYARRI TORRES, SARA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33.410.481CARDETE DEL OLMO, MARIA CRUZ . . . . . . . . . . . . . . . . 50.861.748CARMONA IGLESIAS, FRANCISCO PEDRO . . . . . . . . 5.272.091CASAL BANCIELLA, ENRIQUETA . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9.422.852CRUZ-GUZMAN ALCALA, MARTA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 28.955.089DIAZ MORENO, IRENE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 28.924.655DOMINGUEZ FERRERAS, ANA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5.677.398FERNANDEZ CALVINO, LOURDES . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52.188.632GIMENEZ LAZARRAGA, MONICA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25.687.591GOMEZ HERAS, MIGUEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.842.812GONZALEZ GUERRERO, MANUEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . 31.691.680GONZALEZ JUAREZ, FERNANDO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 71.929.101GONZALEZ VERA, JUAN ANTONIO . . . . . . . . . . . . . . . . . 74.674.978HERNANDEZ VELASCO, REBECA . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.200.395HERRERO GOMEZ, MIGUEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.549.733HUNGRIA HERNANDEZ, M.a TERESA . . . . . . . . . . . . . . 52.870.963LANA VILLARREAL, TERESA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33.443.060LAZARO CASTILLO, AMPARO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 75.234.073LETIZIA, ANNALISA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.770.594LOPEZ LOPEZ, CRISTINA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 76.367.624LUQUE MARTINEZ, AFRICA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 48.855.367MARTIN GALVEZ, DAVID . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.294.927MATAS ARROYO, ANTONIO JAVIER . . . . . . . . . . . . . . . . 77.469.234MENDEZ GARCIA, PABLO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52.988.274MORANTE REDOLAT, JOSE MANUEL . . . . . . . . . . . . . . 24.368.633MUÑOZ MARTINEZ, FRANCISCO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 74.644.467MUÑOZ-POMER FUENTES, VIOLETA . . . . . . . . . . . . . . . 24.360.721NACHER GONZALEZ, ENRIQUE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.859.113NUÑEZ LAISECA, MONICA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 70.869.956OLMEDO VERD, ELVIRA DE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 48.808.776PEREZ HERNANDEZ, NATALIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 78.701.574REVELLES LOPEZ, OLGA MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 23.263.474ROCA ZAMORA, LUIS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33.464.124RODRIGUEZ HERAS, SARA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 45.595.777ROZAS ESPADAS, JOSE LUIS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7.012.248SALAMA COHEN, PATRICIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 45.296.573SAMPEDRO QUESADA, MARIA INMACULADA . . . . 74.645.741SANCHEZ BARRENA, MARIA JOSE . . . . . . . . . . . . . . . . . 9.201.994SANCHEZ SANCHEZ, NOELIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20.267.485SORIA MONZON, ANA CRISTINA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52.372.794TORRE SAINZ, IGNACIO DE LA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 50.856.672TORTOSA MANZANARES, MARIOLA . . . . . . . . . . . . . . . 21.659.523VELAZQUEZ MURIEL, JAVIER ANGEL . . . . . . . . . . . . . 52.410.020VELEDO PEREZ, M.a TERESA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 71.552.499VERGARAJAUREGUI LETAMENDIA, SILVIA LUI-

SA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.159.9412001 ALBARRAN NOGALES, CRISTINA . . . . . . . . . . . . . . . . . . 28.766.855

ALCOBA DABINI, DIEGO RICARDO . . . . . . . . . . . . . . . . . X3477397ALCORLO PAGES, MARTIN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 50.319.135ALONSO LAITA, PATRICIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43.122.223ALONSO PEREZ, FERNANDO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.446.174ALONSO SAEZ, LAURA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 45.625.616

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BOE núm. 28 Sábado 1 febrero 2003 4429

Organismo Conv. Nombre del becario/a DNI Fecha de baja

ALVAREZ RODRIGUEZ, RAQUEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9.436.471ALVARO CARRILES, ELSA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7.251.251ANDUEZA PEREZ, ALICIA ROSALIA . . . . . . . . . . . . . . . 72.689.014ARIAS SANCHEZ, CRISTINA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.265.549BABOT RIERA, ZOILA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 40.343.587BALLESTEROS YAÑEZ, INMACULADA . . . . . . . . . . . . . 3.881.395BARAJAS RAMIREZ, DANIEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 53.043.257BARREIRO LOPEZ, PAULA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 53.173.800BARTOLOME PORCAR, CRISTINA . . . . . . . . . . . . . . . . . . 72.970.913BEJAR GALLEGO, MANUEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7.244.279BESSA CORREIA, VIRGINIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . X3719792CACHARRO MORAS, LUIS MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . 71.927.882CAMPOS HERRERA, RAQUEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 53.015.842CARRASCO GARCIA, SILVIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 51.068.331CARRERAS CARBONELL, JOSEP . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 38.838.684CASAR MARTINEZ, BERTA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 72.035.214CASTANYS MUÑOZ, ESTHER . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33.376.331COLLADO MUÑOZ, JAVIER . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25.418.373CONTRERAS LOPEZ, SERGIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 75.243.488CUESTA CALLE, IGOR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.546.522DELGADO MORENO, LAURA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 74.650.445DOMINGUEZ MATAS, CARLOS MANUEL . . . . . . . . . . . 50.855.715ESPINA ZAMBRANO, AGUEDA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 75.553.980FERNANDEZ ALONSO, M.a DEL CARMEN . . . . . . . . . . 53.177.861FERNANDEZ SAAVEDRA, ROEMI EMILIA . . . . . . . . . 1.188.823FORMENT DASCA, JOSE VICENTE . . . . . . . . . . . . . . . . . 52.948.630FORTEA MANZANARES, LAURA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3.113.927FUSTER SIGNES, DAVID . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20.028.243GARCIA GONZALEZ, DIEGO LUIS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 28.751.405GOMEZ RODRIGUEZ, CAROLA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 80.072.741GOMEZ-HORTIGUELA SAINZ, LUIS . . . . . . . . . . . . . . . . . 51.076.125HERRERA MEDINA, M.a JOSE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.266.087HUESO MARTOS, JOSE LUIS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 77.323.496JANER GUAL, GEMMA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 47.100.056JIMENEZ BARANDA, SONIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33.976.292JUAREZ SANTOS, RAQUEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.655.364LARRIBA MUÑOZ, MARIA JESUS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 50.210.416MAGEN DOMINGUEZ, CESAR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25.479.054MALDONADO BARCINA, ROBERTO . . . . . . . . . . . . . . . . 13.145.967MANSILLA SANCHEZ, CATALINA . . . . . . . . . . . . . . . . . . 26.221.883MARTIN BERENJENO, INMACULADA . . . . . . . . . . . . . . 28.924.013MARTINEZ ATIENZA, MARIA JULIANA . . . . . . . . . . . . 77.585.516MARTINEZ BUEY, RUBEN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 12.777.404MORALES RUIZ, M. DEL VALLE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5.915.843MORAN ZORZANO, MARIA TERESA . . . . . . . . . . . . . . . . 44.612.655MUNUERA LOPEZ, CARMEN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 28.767.540NAVAS FERNANDEZ, LUIS FERNANDO DE . . . . . . . . 33.527.555ORTIZ GOMEZ, AURORA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 45.596.159PALACIO BLASCO, SARA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 17.742.161PALAU MASOLIVER, ANA MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43.630.499PEREZ CABERO, MONICA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 53.052.972PEREZ CARO, MARIA JESUS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52.316.669PEREZ DE MORA, ALFREDO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 28.785.969PEREZ GONZALEZ, ALICIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 51.940.335PEREZ JIMENEZ, EVA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 50.195.311PINEDA DORADO, MONICA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 74.834.162PINTER, AGNES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . X4091564PRIMO ARNAU, ANA MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 29.191.803RENDON MARQUEZ, NURIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 28.626.525RIO SANCHEZ, MARIA ESPERANZA DEL . . . . . . . . . . 77.588.248RUBIO ESTEVE, CARLOS MIGUEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43.421.940RUBIO MORENO, MIGUEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 28.791.096SANCHEZ ARTEAGA, JUAN MANUEL . . . . . . . . . . . . . . 52.109.364SANCHEZ SASTRE, EDUARDO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 23.019.570SANCHO ANDRES, PATRICIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 72.967.292SERRATE DONOSO, DAVID . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25.175.682TOLEDO ARANA, ALEJANDRO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25.203.434TUDELA FERNANDEZ, JUAN ANTONIO . . . . . . . . . . . . 52.808.232YUST ESCOBAR, MARIA DEL MAR . . . . . . . . . . . . . . . . . 28.775.217

FUNDACIO FAMILIAR CATALANA-UNIV. INTER-NACIONAL C.

1999 GIRONES GARCIA, JAVIER . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.239.246

2000 LORENZO IZQUIERDO, DAVID . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.734.135

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4430 Sábado 1 febrero 2003 BOE núm. 28

Organismo Conv. Nombre del becario/a DNI Fecha de baja

INSTITUTO NACIONAL DE LA SALUD. 2001 VERGAÑO VERA, EVA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3.120.042UNIVERSIDAD AUTONOMA DE BARCELONA. 1998 MOSCHITZ, JULIUS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . X2649318 31-08-2003

PALACIOS BONILLA, OSCAR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52.176.587 31-01-2003TEBAR VILCHES, BEATRIZ . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52.594.734 28-02-2003

1999 BALLBE MOHEDANO, MARTA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 77.632.521BRESSAN, MARCO JOSE MIGUEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . X2932139CAMIÑA CENTENO, ESTER . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7.249.602CORTINAS HERNANDEZ, LUCIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 38.137.724FENECH MARTINEZ, M. DEL MAR . . . . . . . . . . . . . . . . . . 38.149.726GARCIA QUINTANILLA, LOURDES . . . . . . . . . . . . . . . . . 40.985.932GINESTI ROSELL, ANNA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52.156.964JIMENEZ VIDAL, AIDA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.415.285LOPEZ FERRER, MARAYCA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.347.452MUÑOZ MUÑOZ, IVAN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 39.361.597ROMERO RODRIGUEZ, EVA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43.691.070SANCHEZ CASTRO, MARIA MARTA . . . . . . . . . . . . . . . . 53.079.242VITORES GONZALEZ, ANNA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 36.519.946

2000 BERRETTA CARDOSO SCHMIDT, CRISTINA . . . . . . . X3106673BLANCO FERNANDEZ, CARLOS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 39.731.099BLANCO SANCHEZ, BEGOÑA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 38.142.044BUIL BLASCO, M.a TERESA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.739.613CAPON GARCIA, JOSE LUIS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 45.486.363CARRERAS AUBETS, ANNA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 45.490.345CASTAÑO CARDOSO, JULIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43.448.535CASTELLA PUJOLS, M BETLEM . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 77.739.825FRIGOLA MAS, JORDI . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 77.914.159GUMI CABALLERO, TANIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.987.137GUTIERREZ MATEO, CRISTINA MERCEDES . . . . . . . 39.369.041JADOTTE, EVANS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . X3202694LIPP RAMIREZ, LETICIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . X1990285MARTINEZ GONZALEZ, VALERIA SUSANA . . . . . . . . 35.099.156MUÑOZ MUÑOZ, FRANCESC . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 39.361.598ONS SCHLEMENSON, SHEILA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . X3394784PERPIÑAN HINAREJOS, DAVID . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52.277.465RAMOS ROMEU, FRANCISCO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.140.882ROIG NAVARRO, IGNASI . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.348.446SANJUST LATORRE, CRISTINA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 38.127.235SEMPERE ROIG, JORDI . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.735.194SERRA SELLARES, FRANCESC . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 39.359.768SERRANO MANCILLA, SUSANA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 32.053.386TARRES FONT, JOAQUIN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 79.300.577

2001 AGUDO CANTERO, JUDITH . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 47.153.148ALCALDE CAMPOS, ROSALINA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43.098.685ANGUITA FREIXA, MONTSERRAT . . . . . . . . . . . . . . . . . . 77.740.398BALAGUER NADAL, PAZ . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.141.123BALLESTIN GONZALEZ, BEATRIZ . . . . . . . . . . . . . . . . . . 38.831.567BURUSCO GOÑI, KEPA KOLDO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 72.693.151CANTIJOCH CUNILL, MARTA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.242.191CAÑO ALCAINA, SILVIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 47.150.718CHAPINAL GOMEZ, NURIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.710.750CORBELLA PANE, MONTSERRAT . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43.740.968CUCURELLA GRIFE, ARIADNA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 39.357.765DA ROLD, LEANDRO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 523.425DANES SALA, ADRIANA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 40.335.945DELGADO RAACK, SELINA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 30.682.415DRUDIS SOLE, GALI . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.141.523ESTEVE MESTRE, FRANCESC . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 77.311.473EUGENIO GOZALBO, MARCIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.021.086FRIGOLE ARPA, LAIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 40.338.999GALLEGO MOLI, ORIOL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 40.998.457GONZALEZ GARCIA, ROBERTO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43.724.112LOPEZ GAY, ANTONIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43.447.123MIÑANO MOLINA, ALFREDO JESUS . . . . . . . . . . . . . . . . 46.695.809PALOMINO SCHATZLEIN, MARTINA . . . . . . . . . . . . . . . 52.597.757SAN MARTIN MORANT, JOSEP . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20.017.949SEMINATI, CHIARA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.703.463SERRANO CANOVAS, RAQUEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 53.065.484SOLER I LECHA, EDUARD . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 36.520.399SURRIBAS CASALPRIM, ANNA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 77.916.855TRISTANY SOLER, MARIA DEL MAR . . . . . . . . . . . . . . . 43.452.297VIDA, PETER . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . X4092430YEPEZ PIEDRA, DANIEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.941.256

UNIVERSIDAD AUTONOMA DE MADRID. 1998 BOTELLA ORDINAS, EVA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 31.853.895 31-05-2003

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BOE núm. 28 Sábado 1 febrero 2003 4431

Organismo Conv. Nombre del becario/a DNI Fecha de baja

BRAVO LOPEZ, LAURA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 51.940.390 31-05-20031999 EGOSCOZABAL MARTINEZ-AVIAL, CRISTINA . . . . 50.311.903

GARCIA RODRIGUEZ, LUIS FRANCISCO . . . . . . . . . . . 2.915.927HERNANDEZ MARTINEZ DE LA PEÑA, LORENZO 43.367.460JIMENEZ DE LUCAS, ISABEL EUGENIA . . . . . . . . . . . 4.181.957MARCO FERRERES, RAQUEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5.431.129MORENO BOTE, RUBEN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52.978.795MUÑOZ HERRANZ, M. PAZ . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.179.550NOGAL FERNANDEZ, ROCIO DE LA . . . . . . . . . . . . . . . . 7.243.667PEINADO SELGAS, HECTOR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.917.295RODRIGUEZ LOPEZ, M. CARMEN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.379.489RODRIGUEZ RIVERO, MARTA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3.468.611RUIZ-RISUEÑO MONTOYA, FRANCISCO M. . . . . . . . . 44.390.709SANCHEZ ARGILES, MONICA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 50.732.683SANZ ENCINAR, ABRAHAM . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33.521.345VARELA GIL, CARLOS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 29.115.549VECINO VAZQUEZ, ENRIQUE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 53.401.444ZAMORA MERCHAN, MARIA DEL MAR . . . . . . . . . . . . 53.039.356

2000 ALVAREZ GOMEZ, ENRIQUE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3.464.397BARRIOS FERNANDEZ, ANGELA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52.129.431BENITO SIPOS, JONATHAN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5.417.509CAMPOS GARCIA, RUTH . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8.933.137CORRAL PEREZ, INES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.885.759CREMADES RUBIO, TOMAS DANIEL . . . . . . . . . . . . . . . 51.072.668FAKHOURI GOMEZ, YAMILA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.846.008FUENTES MEGIAS, FERNANDO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52.103.879GARCIA BENEYTEZ, EVA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 50.106.220GARCIA DE LA MORENA, ELADIO LUIS . . . . . . . . . . . 5.286.221GARCIA ESTEBAN, ROBERTO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52.103.666GARCIA MANCHEÑO, OLGA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 50.736.581GONZALEZ REYERO, SUSANA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 51.418.708HERNANDO REAL, NOELIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7.473.684HOYOS FERNANDEZ DE CORDOVA, CARLOS . . . . . 52.476.443LAFUENTE LOPEZ, NURIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 51.413.851LORENTE ORTEGA, ALICIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5.284.723MARCHESANO BUZNEGO, FERNANDO G. . . . . . . . . . 1.187.406MATESANZ PARELLADA, NURIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.835.539MITTELBRUNN HERRERO, MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . 51.074.223MORENO VAQUERIZO, ANTONIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52.372.249PAREDES BARRAGAN, PEDRO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7.502.017PEÑA CERVANTES, YOLANDA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52.385.651RIERA BURGER, CONSTANZA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 51.418.960ROSADO GARCIA, SILVIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6.579.712SISON ANDUJAR, JOSE MANUEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 51.949.600UROZ MARTINEZ, MARIA VICTORIA . . . . . . . . . . . . . . . 45.587.647

2001 ADAN ROVIRA, CRISTINA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 53.404.627BARRADA GONZALEZ, JUAN RAMON . . . . . . . . . . . . . . 43.698.646BASANTA RAMOS, MIGUEL ANGEL . . . . . . . . . . . . . . . . 50.866.117BATSIUKOVA, VOLHA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . X3741801BIEL RUIZ, BLANCA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 74.646.315BRONCANO BERROCAL, ALICIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7.875.251CASANUEVA SOLORZANO, JORGE . . . . . . . . . . . . . . . . . 50.860.549CAVA VALENCIANO, LUIS FELIPE . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.648.396CHAPARRO MARTINEZ, SANDRA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 51.380.871CURIEL SANCHEZ, ANA MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.897.234DIAZ BLANCO, CRISTINA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 51.937.798DIEGO ROMERO, JAVIER DE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.913.740DRAPER DIAZ DE ATAURI, ISABEL . . . . . . . . . . . . . . . . 52.479.300ESPADA MALLORQUIN, SUSANA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 53.013.595FABREGAS ALFARO, ANTONIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 51.428.497FERNANDEZ GREGORACI, BEATRIZ . . . . . . . . . . . . . . . 51.076.366FERNANDEZ HERNANDEZ, JORGE . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.186.201FUENTEALBA ARCOS, JORGE PATRICIO . . . . . . . . . . X3626877GARCIA CASCALES, JUAN FRANCISCO . . . . . . . . . . . 53.024.472GARCIA ZARAGOZA, MARIA ELENA . . . . . . . . . . . . . . . 1.934.919GONZALEZ PEREZ DE VILLAR, NOEMI . . . . . . . . . . . . 5.420.770GUEREZ TRICARICO, PABLO LUIS . . . . . . . . . . . . . . . . . 51.429.231HIDALGO ESTEVEZ, ALICIA MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . 52.691.593HORCAJO ROSADO, FRANCISCO JAVIER . . . . . . . . . . 11.833.710MADRAZO GARCIA DE LOMANA, GONZALO . . . . . . 51.078.695MAHMOUD METWALY, MOHAMED . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.906.438MARTIN JEAN-MAIRET, ROBERTO . . . . . . . . . . . . . . . . . 51.072.873MARUGAN LOBON, JESUS C. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52.476.121

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4432 Sábado 1 febrero 2003 BOE núm. 28

Organismo Conv. Nombre del becario/a DNI Fecha de baja

PALACIOS CAÑAS, ALICIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6.253.435PASTRANA IZQUIERDO, ERIKA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7.505.736PENNA TOSSO, FLORENCIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 50.880.794PEREA FERNANDEZ, JOSE IGNACIO . . . . . . . . . . . . . . . 50.871.282PEREZ HERRANZ, MATILDE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 51.076.632PEREZ MARTIN, SARA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.846.109PICHARDO GALAN, JOSE IGNACIO . . . . . . . . . . . . . . . . 50.086.004POWER, BRIAN J. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 42.191RAMOS LIMA, FRANCISCO J. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33.987.084REBOLLO MESA, IRENE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.541.747RELLO VARONA, SANTIAGO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 50.734.362RIOLOBOS SANTAMARIA, LAURA . . . . . . . . . . . . . . . . . . 76.112.531ROJO SANCHIS, ANA ISABEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 51.981.544SAAVEDRA ARROYO, CRISTINA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 47.018.379SANCHEZ-SIERRA SANCHEZ, ANA . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.917.008SOLLA SASTRE, MARIA JULIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.910.835TORRES COROMINAS, EDUARDO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 51.067.726UBIS MARTINEZ, ADRIAN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 16.597.978UNCETA GOMEZ, LUIS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 14.300.875VALDOMINOS PASTOR, VIRGINIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9.021.010WAIDELICH, KATJA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 63.936.201

UNIVERSIDAD CARLOS III. 1998 BLAZQUEZ CUESTA, MARIA TERESA . . . . . . . . . . . . . . 7.986.851 28-02-20031999 BAEZ MORENO, ANDRES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.045.329

GARRIDO BERENGUEL, ANGELES . . . . . . . . . . . . . . . . . 45.587.415POZO MOREIRA, FRANCISCO JAVIER . . . . . . . . . . . . . . 52.189.711ROMANO TRIGUERO, PATRICIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.542.359

2000 ARELLANO ESPINAR, FRANCISCO ALFONSO . . . . 50.462.700ARENAS GARCIA, JERONIMO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 28.767.862FORTE ARCOS, SANTIAGO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 27.394.143HERNANDEZ IGLESIAS, JAVIER . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 47.021.090LOPEZ LOPEZ, HUGO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52.374.726LOSADA LOPEZ, RAMIRO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20.185.665MAYO BURGOS, IVAN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52.980.623MOYANO MARTINEZ, EMILIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33.521.305ORNAGHI, CARMINE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 861.028SANZ GARCIA, LAURA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 53.529.710

2001 BENITO BONITO, MONICA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 53.134.992CUENCA GOMEZ, PATRICIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.924.688DELGADO AMARO, ANTONIA MARIA . . . . . . . . . . . . . . 75.015.477DIEZ ALVAREZ, JAIME . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 50.848.131GARCIA MARTUL, DAVID . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 34.991.629GOMEZ GONZALEZ, MARIA DEL MAR . . . . . . . . . . . . . . 50.317.819PULIDO SERRANO, MARIA DE LOS ANGELES . . . . 52.958.728RIBOTTA, SILVINA VERONICA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . X2951966

UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID. 1998 ASUA CORCHADO, TERESA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.934.996 31-10-2003GOMEZ DEL PULGAR GARROTE, MARIA TERESA 2.532.667 30-04-2003SUGRANYES FOLETTI, SILVIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.885.059 30-04-2003

1999 ABAD RABAT, CATALINA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 50.738.320AGUILERA MONTILLA, NOEMI . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 21.668.696ALONSO DENIZ, ALCORAC . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 78.477.672ALONSO GARCIA, DAVID . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 50.458.960CAJA RODRIGUEZ, MIGUEL ANGEL . . . . . . . . . . . . . . . . 2.216.010CARRETERO POBLETE, PEDRO ANTONIO . . . . . . . . . 52.505.769CHACON GARCIA, FERNANDO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33.512.073CRESPO DELGADO, DANIEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 40.336.629CRIADO GARCIA, RAQUEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.547.929CUELLO DE ORO CELESTINO, M BELEN . . . . . . . . . . . 8.948.311CUERVO FUENTE, NOEMI . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20.257.050DIAZ DEL CAMPO LOZANO, JESUS . . . . . . . . . . . . . . . . . 5.673.687DIAZ DEL TORO, SILVIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 50.099.092DIAZ RAVELO, MARTA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 50.101.417ESPINO MARTIN, JAVIER . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 50.729.489GARCIA FERNANDEZ-VILLA, SILVIA . . . . . . . . . . . . . . . 51.067.523GARCIA GERBOLES, LORNA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.932.095GARCIA ORTEGA, LUCIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3.877.733GARROTE REVILLA, JULIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52.867.607GONZALEZ MUÑOZ, DIANA M . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.903.362GONZALEZ RUIBAL, ALFREDO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.082.655GUZMAN ARANGUEZ, ANA ISABEL . . . . . . . . . . . . . . . . 51.071.827HERNANDEZ DOMINGUEZ, ROSARIO . . . . . . . . . . . . . . 2.645.860HUERTAS RODRIGUEZ, M VIRGINIA . . . . . . . . . . . . . . . 45.563.948IBAÑEZ FERNANDEZ, JUAN CARLOS . . . . . . . . . . . . . . 50.819.107IGNACIO SILVERO, FELIPE MARTIN . . . . . . . . . . . . . . . 20.256.664

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BOE núm. 28 Sábado 1 febrero 2003 4433

Organismo Conv. Nombre del becario/a DNI Fecha de baja

ISORNA ALONSO, ESTHER . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 50.454.273ITURMENDI RUBIA, JOSE MIGUEL . . . . . . . . . . . . . . . . . 50.861.920MARTINEZ PULGARIN, SUSANA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 47.015.895MESAS DE ROMAN, PEDRO JOSE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7.230.679MOLINA JIMENEZ, MARIA FRANCISCA . . . . . . . . . . . . 8.932.124MORENO MONTOYA, MARGARITA . . . . . . . . . . . . . . . . . . 45.582.408MUÑOZ CUEVAS, FCO JAVIER . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 30.833.334NOGALES DIAZ, EMILIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7.239.298PALOMA GONZALEZ, FRANCISCO MANUEL . . . . . . 52.950.478PANADERO HERRERO, SONIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20.254.937PARDO DE SANTAYANA SANZ, RAQUEL . . . . . . . . . . 13.942.534 31-03-2003PEREZ GONZALEZ, PABLO GUILLERMO . . . . . . . . . . . 52.347.377PEREZ OROZCO, AMAIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 13.154.168PIZARROSO LOPEZ, NOEMI . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9.010.180PUERTO CANTERO, MARTA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 50.451.384RAMA IÑIGUEZ, SARA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 50.461.132RESANO EZCARAY, JESUS JAVIER . . . . . . . . . . . . . . . . . 29.119.419RODRIGUEZ MARTINEZ, MARTA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5.285.324RODRIGUEZ MATEOS, ARACELI . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6.252.623RODRIGUEZ MAYORGAS, ANA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52.979.171RODRIGUEZ SAINZ-TERREROS, M ARANZAZU . . . . 28.611.430ROMERO BACHILLER, M DEL CARMEN . . . . . . . . . . . 50.102.308RUIZ CEMBRANOS, JOSE ALBERTO . . . . . . . . . . . . . . . . 52.375.869RUIZ-CUEVAS AZPILLAGA, MIREN EDURNE . . . . . . 11.832.706SANCHEZ GOMEZ, PATRICIA PILAR . . . . . . . . . . . . . . . 2.642.324SANTOS GRACIA, MIGUEL ANGEL . . . . . . . . . . . . . . . . . 17.448.018SANTOS GUZMAN, PATRICIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 53.038.850SANTOS MARINAS, ENRIQUE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3.470.156UBEDA DE TORRES, AMAYA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.930.156

2000 ALVARO MOYA, ADORACION . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.262.584ALVARO PEREZ, CRISTINA DE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 70.238.856ARTES CASELLES, JOAQUIN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.186.526ASENSIO GIL, LUIS MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.843.254AVILA SEOANE, NICOLAS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.886.528BARRAL CATOIRA, PATRICIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.895.528BARTOLOME MARTIN, DAVID . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.932.706CASTILLO ROBLES, MARIA DEL CARMEN . . . . . . . . 52.989.776CESCA, SIMONE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 274.726COLINO FERNANDEZ, ALBERTO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 51.937.168COTARELO JIMENEZ, INES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.933.320CRIADO GRANDE, JUAN IGNACIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.834.412DIAZ PULIDO, JOSE MANUEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.714.841ESPINOSA GONZALEZ, PATRICIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.603.771FERNANDEZ DE LA CUESTA GONZALEZ, BEA-

TRIZ . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.847.419FERNANDEZ HERNANDEZ, LEDIA . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.822.133FERNANDEZ LOPEZ, ISRAEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 50.970.513FRUTOS SASTRE, LETICIA MARIA DE . . . . . . . . . . . . . 3.464.816GALED CERESUELA, GEMMA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25.455.584GALLINAL MORENO, ANA MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . 51.411.732GARCIA FRANK, ALEJANDRA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 51.422.571GARCIA GARCIA, ANTONIO AGUSTIN . . . . . . . . . . . . . 52.817.222GARCIA SANCHEZ, JORGE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 50.739.473GARCIA VILLADA, LIBERTAD . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.875.848HAZAS CEREZO, EVA MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 78.872.333HERRERA ESPADA, RAQUEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 50.859.852JIMENEZ MELERO, ENRIQUE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.260.440LARRION CARTUJO, JOSEAN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.628.252LOPEZ ERRASQUIN, ELENA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 50.104.239LOZANO ESTEVAN, M CARMEN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 51.067.014MARTIN-FONTECHA CORRALES, MARIA DEL

MAR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 50.196.264MARTINEZ LOPEZ, RAQUEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.914.256MARTINEZ-ECHEVARRIA CASTILLO, MACARENA 14.301.283MEDINA ALCOZ, LUIS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 50.732.617MINGUEZ PARDO, ANDRES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.847.557MOHINO HARRIS, ELSA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33.532.806MONTES MIRALLES, MARIA YOLANDA . . . . . . . . . . . . 2.910.156MONTESI, MICHELA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . X2205017MORA CORRAL, CARLOS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 28.960.579MUÑOZ GARCIA, MARIA BELEN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 50.461.890NAVARRO LERIDA, INMACULADA . . . . . . . . . . . . . . . . . 70.985.790NIETO MORENO, MARTA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3.872.506

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4434 Sábado 1 febrero 2003 BOE núm. 28

Organismo Conv. Nombre del becario/a DNI Fecha de baja

NUÑEZ SANZ, MARIA TERESA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5.427.493OLASAGASTI ARSUAGA, FELIX . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.142.470ORTEGA GUTIERREZ, SILVIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 50.110.745ORTEGA LOPEZ, RUTH . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 18.109.216PALOMARES GRACIA, OSCAR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52.349.049PALOMINO DIAZ, RICARDO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.549.280PARRALO AGUAYO, CARMEN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.186.802PEREZ GARCIA, DAVID . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25.675.914PEREZ GARCIA, GUADALUPE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 71.014.590PEREZ MILLAN, DAVID . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 50.464.971RAMOS ZAMORA, SARA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20.253.685RELAÑO PEREZ, ARMANDO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.886.039RENDUELES MENENDEZ DE LLANO, CESAR . . . . . 53.525.803RICA ALMENDRO, ANGEL RUBEN DE LA . . . . . . . . . 8.945.223RIOJA GARCIA, EVA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 53.020.777RODRIGUEZ BRAVO, ANA EVA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 51.074.940RODRIGUEZ QUINTANA, ESTHER . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.841.260RODRIGUEZ TEN, MARIA ELENA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9.011.893RODRIGUEZ-BRIOSO PEREZ, MARIA DEL MAR . . . 32.050.772ROMAN GONZALEZ, ELVIRA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 14.300.081ROSA NOVALBOS, FRANCISCO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 51.404.316RUBIO MARTINEZ, AMPARO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 45.686.460RUBIO MARTINEZ, LUIS MANUEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . 16.580.552RUIZ HERNANDEZ, GLORIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 24.353.496SAIZ ECHEZARRETA, VANESSA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20.212.823SAMA ACEDO, SARA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.188.636SANCHEZ JIMENEZ, ABEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.547.527SANTIUSTE DIAZ, MARTA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.642.909SANTOS-OLMO SANCHEZ, ANA BELEN . . . . . . . . . . . . 9.015.497TELLO RUIZ-PEREZ, ARTURO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.928.204TOLEDANO VARGAS, MARIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.200.779VALLS OYARZUN, EDUARDO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52.989.928VALOR MARTINEZ, CARMEN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 50.459.408VELA DELFA, CRISTINA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33.524.293VERA GOMEZ, MARIA ROSA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3.468.876

2001 ALCALA QUINTANA, MARIA DEL ROCIO . . . . . . . . . . 46.853.948ALVAREZ GUTIERREZ DE ROZAS, ANA LAURA . . 72.038.139ANDRINO MARTINEZ, MARTA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.534.088ARINERO GARCIA, MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 11.831.808AVILA BRANDE, DAVID . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.601.112BAUMERT, THOMAS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 35.481.075BLANCO LOPEZ, YOLANDA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 47.037.339BOUAZZA ARIÑO, OMAR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43.112.050CABRERA GRANADO, EDUARDO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 50.857.331CADENAS DE GEA, VICTOR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5.432.170CALONGE REILLO, FERNANDO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6.257.534CANO CANO, LAURA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 53.105.808CANO DE PABLO, JUAN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 51.929.365CARAVANTES TORTAJADA, JORGE . . . . . . . . . . . . . . . . 50.739.373CEBOLLA VIEITES, JOSE ALFONSO . . . . . . . . . . . . . . . . 53.109.106CONEJERO HALL, LAURA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.907.585CORDOBA AZCARATE, MATILDE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 47.017.811CRESPO CHACON, INES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 51.947.622DIEZ PASCUAL, ANA MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 50.741.911GARCIA CARRETERO, BELEN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 50.855.023GARCIA DE LA PUENTE, INES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52.179.753GARCIA-ARANDA JIMENEZ, CRISTINA . . . . . . . . . . . . 3.878.893GARCIA-SANCHO TELLEZ, MERCEDES GUADA-

LUPE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 51.079.658GOMEZ PEREZ, JOSE IGNACIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.870.472HERRERO DE JAUREGUI, MIGUEL . . . . . . . . . . . . . . . . . 5.433.213HERVAS TORRES, GONZALO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.642.025JIMENEZ ORTEGA, VANESSA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.920.377LAGO BLASCO, JORGE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33.525.745LECONA SAGRADO, EMILIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 50.864.701LEFLAIVE, GABRIELLE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . X2513037LEON MANZANERO, ANA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 50.105.760LLANO ALVAREZ, SAMUEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.186.765LOPEZ MORENO, JOSE ANTONIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5.416.098LOPEZ SANCHEZ, SARA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 50.315.694MARTIN GARCIA, MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.925.571MARTIN HERNANDEZ, RAQUEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 51.067.314MARTIN PUIG, PATRICIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 50.311.596

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BOE núm. 28 Sábado 1 febrero 2003 4435

Organismo Conv. Nombre del becario/a DNI Fecha de baja

MARTINEZ-SOLANO GONZALEZ, LAURA . . . . . . . . . . 4.847.659MESEGUER GANCEDO, PABLO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.641.668MOREIRA VILLEGAS, HUMBERTO . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8.932.637MORENO FERNANDEZ, IGNACIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.935.389OCAÑA ZARCEÑO, M.a ANGELES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5.676.506OLIVAN SANTALIESTRA, LAURA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 18.049.281ORIO ORTIZ, LAURA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 72.788.919PATON CORDERO, OSCAR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.877.621PEREZ DEL POZO, ANGEL LUIS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.601.238PIÑA GARCIA, RUBEN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 50.866.837PRIEGO CUADRA, TERESA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.545.203REDONDO PALOMO, M.a DEL CARMEN . . . . . . . . . . . . 70.241.903ROMERO PEÑA, MARIA MERCEDES . . . . . . . . . . . . . . . . 71.267.314ROSALES LOPEZ, VIRGINIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . X3638698RUBIO RETAMA, BENITO JORGE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52.950.594RUIZ FERNANDEZ, JOSE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6.236.850RUIZ PEREZ, JAVIER . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 50.061.050SANCHEZ HERNANDEZ, JUAN PABLO . . . . . . . . . . . . . 50.111.103SANZ GARCIA, EDUARDO SANTIAGO . . . . . . . . . . . . . . 1.932.628SARDON RUIZ, DAVID . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 30.692.808TENLLADO VAN DER REIJDEN, CHRISTIAN . . . . . . 1.184.829TORNERO LOPEZ, JESUS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.894.549VAZQUEZ GESTAL, PABLO JESUS . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.082.485VEGA GOMEZ, MARIA CELESTE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . X2965412ZULUAGA RODRIGUEZ, SUSANA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 78.892.777

UNIVERSIDAD DE ALCALA. 1998 DIAZ MARTIN, DAVID . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 50.198.977 31-08-2003IZQUIERDO LAHUERTA, ADRIANA . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.927.386 31-03-2003

1999 ALBALADEJO VIVERO, MANUEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5.204.773CORTES CORRAL, MONICA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3.106.945FRUTOS GAITE, LUIS MANUEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3.115.525GARCIA CUADRADO, DOMINGO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3.115.305LEON GOMEZ, MAGDALENA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 53.046.333MARTINEZ FERNANDEZ, JESUS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 11.831.398MUÑOZ ZAMARRON, M LETICIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 50.856.674PERUCHA MARTINEZ, ESPERANZA . . . . . . . . . . . . . . . . 3.112.590RUIZ LLORENTE, LIDIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9.010.783

2000 FERNANDO GARCIA, LAURA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9.016.737RINCON BERMUDEZ-REINA, OSCAR . . . . . . . . . . . . . . . 9.006.658ROMERO ASENSIO, CRISTINA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9.012.846SUDUPE ORMEÑO, MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9.017.563

2001 CASTILLO FERNANDEZ, HECTOR DEL . . . . . . . . . . . . 51.422.217COLLADO PEREZ, BEATRIZ . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.869.635CRUZ TORRES, MARIA DEL CARMEN . . . . . . . . . . . . . . 44.354.841HERNANDEZ ALFARO, ROSARIO MARIA . . . . . . . . . . X3417480PASCUAL CHENEL, ALVARO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 53.435.841RODRIGUEZ ALVAREZ, FRANCISCO JAVIER . . . . . . 2.265.991SANCHEZ AMORES, SUSANA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9.010.297SANCHEZ MEDINA, ESTHER . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52.115.531

UNIVERSIDAD DE ALICANTE. 1999 GARCIA CORTES, JORGE MANUEL . . . . . . . . . . . . . . . . . 48.341.179GOMIS SOLER, JOAQUIN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 48.319.470MARTINEZ NARANJO, FRANCISCO JAVIER . . . . . . . 21.516.651

2000 BAGUE QUILEZ, LUIS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.835.707BARCIELA GONZALEZ, VIRGINIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . 48.364.694BERENGUER MURCIA, ANGEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52.776.283CORTES SAMPER, CARLOS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 21.666.342DIAZ-VALDES FARRAY, MARTA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 51.408.525LLEDO BOSCH, MARIA BELEN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 48.347.912ORTIZ TRUJILLO, ROSA MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 48.378.568PEREZ GARCIA-TORRES, ANA PILAR . . . . . . . . . . . . . . 44.754.347PERTUSA VALERO, JORGE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 48.372.768RODRIGUEZ ROSIQUE, SUSANA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 45.568.488SUCH BASAÑEZ, ION . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52.766.717VERDU PARRA, ENRIQUE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 79.109.038ZAMORA PASTOR, JORGE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52.772.448

2001 ALVARADO ORTEGA, MARIA BELEN . . . . . . . . . . . . . . 44.752.168CADAHIA LORENZO, LUIS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 76.622.964DIAZ SANCHEZ, MARIA MERCEDES . . . . . . . . . . . . . . . 48.347.909DIEZ LORENTE, SILVIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 74.220.115DIEZ VILLASEÑOR, CESAR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 47.058.669GIMENEZ FONT, PABLO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 48.353.391GOMEZ VIDAL, SONIA DOLORES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.758.550LARA VIVES, GABRIEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 74.220.391MACIA RUIZ, BEATRIZ . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 53.230.518

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4436 Sábado 1 febrero 2003 BOE núm. 28

Organismo Conv. Nombre del becario/a DNI Fecha de baja

MARTINEZ GARCIA, MANUEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 48.353.206MARTINEZ IBARRA, EMILIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 48.300.351MOLINA JORDA, JOSE MIGUEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 21.669.783PEREZ BERNABEU, BEGOÑA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52.769.212SANTAPAU PASTOR, M.a CARMEN . . . . . . . . . . . . . . . . . 48.342.874SANZ GANDARA, CRISTINA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 48.343.163

UNIVERSIDAD DE ALMERIA. 1999 BONACHERA VILLEGAS, RAQUEL . . . . . . . . . . . . . . . . . 34.855.104GOMEZ MILAN, ENCARNACION . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 45.590.406RODRIGUEZ LOPEZ, SOFIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 75.230.461

2000 AGUILAR RUBIO, MARINA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 45.589.026ASENSIO HITA, MARIA ANGELES . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.027.052GARRIDO HERRERA, FRANCISCO JAVIER . . . . . . . . 78.032.695GUTIERREZ MARTINEZ, OLGA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 45.593.089

2001 BAYO MONTOYA, MARIA DEL MAR . . . . . . . . . . . . . . . . 75.235.408BRINDLEY ALIAS, CELESTE ELENA . . . . . . . . . . . . . . . 75.251.621CASAS SOLVAS, JUAN MANUEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 75.237.086GARCIA MUÑOZ, SERGIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 75.238.894HERRERA DE LAS HERAS, RAMON . . . . . . . . . . . . . . . . 74.650.382ORTEGA PEREZ, RAUL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 75.239.322

UNIVERSIDAD DE BARCELONA. 1998 DOMINGO CARVAJAL, GEMMA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.189.079 31-05-2003LASO MORENO, NURIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.693.674 31-01-2003

1999 ALTARRIBA SANPONS, MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 36.576.096BALAÑA ALCAIDE, DANIEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.758.752BELLOSTAS UREÑA, JOSE MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . 35.117.593BESUMBES CALVO, OSCAR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43.526.517CAMPABADAL BERTRAN, MIREIA . . . . . . . . . . . . . . . . . 38.146.481CAMPOS CEPRIAN, EVANGELINA . . . . . . . . . . . . . . . . . . 47.610.775CRIADO TORIL, PILAR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.760.275DALFO SIMO, DIANA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.354.778FIGUERAS POLO, MARIA TERESA . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.351.171FORMIGA CRUZ, MERITXEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 38.127.880GALINDO SOLE, MIREIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.778.803GARCIA VILCHEZ, ENCARNACION . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.191.331GASOL ESCUER, EMMA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.761.869GIRONELLA COS, MERITXELL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.726.329GONZALEZ BAILON, SANDRA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 38.561.933GONZALEZ ROURA, ALBERT . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43.695.270GRATACOS TORRA, OSCAR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 40.993.629GUILARTE PIÑA, ALEJANDRO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43.444.120HERRERO RODRIGUEZ, LAURA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.766.287HUGUET RIBA, MARTA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.141.667JANE LOPEZ, ENRIC . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.140.504LASTRAS MEMBRIVE, GALDERIC . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.765.411MOREJON CORREDERA, LAURA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43.631.132OTAL AGUDO, RAQUEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43.695.383PEDRO PASCUAL, MIREIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.754.790PEIG DE LLANZA, JORDI . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.728.593PEREDA BELTRAN, NOEMI . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.812.535PEREZ DEL PINO, ANGEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.787.745PEREZ RECHE, FCO. JOSE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.818.048PICH COMAS, SARA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 77.115.364RICART JANE, DAVID . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43.442.327SANCHIS ESTRUCH, M TERESA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20.018.971SANCHO PARRAMON, JORDI . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 53.065.160SOLE PASCUAL, MARTA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.009.347TORRAS BENEZET, NURIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52.155.820TUDELA FERNANDEZ, RAUL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 40.990.288VALLRIBERA RELAÑO, MERCE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43.533.001

2000 ANTOLIN LLOVERA, MERITXELL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 78.085.461BARCO TRILLO, JESUS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43.510.822BENEITO SENDRA, JORDI . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 77.786.280BURGHARDT COLL, HANS-EDUARDO . . . . . . . . . . . . . . 47.713.231CABACO OLMEDO, OSCAR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.695.678CAMARA NAVARRO, YOLANDA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 36.522.630CANTARELL BARELLA, ELENA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.212.612CARDONA TORRENS, ALBERT . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 39.736.295CARMONA HEREDIA, MARIA ANGELES . . . . . . . . . . . 38.149.871CASTELLNOU SABATE, DAVID . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43.734.846DIEZ PALOMAR, FRANCISCO JAVIER . . . . . . . . . . . . . . 46.781.154DOMINGO MARIMON, NEUS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.782.514GARCIA GOMEZ-VALADES, ALICIA . . . . . . . . . . . . . . . . 40.994.680GONZALEZ ESTEVEZ, CRISTINA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43.447.300GRABULOSA RODRIGUEZ, ARNALD . . . . . . . . . . . . . . . 43.630.349

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BOE núm. 28 Sábado 1 febrero 2003 4437

Organismo Conv. Nombre del becario/a DNI Fecha de baja

IGLESIAS SERRET, DANIEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 38.435.851LO CASCIO, PAOLA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . X3317740LOPEZ PUJOL, JORDI . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 39.898.182MAHIQUES CLIMENT, JOAN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20.028.229MARCE ROMERO, RAFAEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.747.362MARQUEZ FERNANDEZ, GEMMA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 36.519.247MUÑOZ SOLER, GERARD . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43.629.156MUSSARRA ROCA, JOAN JOSEP . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.234.746NAPAL BELMONTE, LAURA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.703.533NAVAS SANCHEZ, JOSE ANTONIO . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.176.311ORPINELL MERCADE, MERITXELL . . . . . . . . . . . . . . . . 46.742.583PAPIOL MIRO, SERGI . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.756.052PEREA MANERA, HECTOR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 38.824.007PONS RIVERO, ANTONIO JAVIER . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 41.502.299PUJADAS PUIGDOMENECH, LLUIS . . . . . . . . . . . . . . . . . 33.956.748RODRIGUEZ MIAS, RICARD-ALEIX . . . . . . . . . . . . . . . . . 40.345.290ROMERO MORA, JORDI . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.023.122ROZAS AMADOR, JOSE MARIN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.805.584SALCEDO GOMEZ, RICARD . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 39.153.875SANCHO FORTUNY, NURIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.772.746SERNA LIBRERO, CARLOS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 51.075.424SERRANO NAVARRO, PEDRO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.761.919SUCH SANZ, ANGEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20.425.697TORO SOTO, JUAN MANUEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . X3190494URQUIZU SANCHEZ, CECILIA ALEJANDRA . . . . . . . X2715939URREIZTI FREXEDAS, ROSER . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.810.701VILA BOSQUED, GEMMA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 36.524.798VIVAR LOMBARTE, GUSTAVO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.238.422ZUÑIGA GARCIA, DIANA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 76.995.266

2001 ACEDO MATELLAN, VICTOR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.907.454AMAT FUSTE, JORDI . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 36.518.236AYMERICH BUCH, IVETTE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.242.099BARTOCCIONI, PAOLA CHIARA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . X3684298BOSCH COMAS, ANNA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 38.145.589BRUFAU DONES, GEMMA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43.735.085CABALLERO GOMEZ, IVAN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 53.081.786CALVO GOMEZ, MIRIAM . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52.168.894CASALS GUILLEN, OLGA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.345.537CHIESA, JUAN JOSE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 24.088CIRONI LOPEZ, PABLO GABRIEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 47.910.655COLL MULET, LORENZO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43.120.517COMA BASSAS, SILVIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33.944.370CORBELLA ROCA, CARLES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.358.008CORBERA LOPEZ, SILVIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 47.700.578CUADRAS PALLEJA, DANIEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.242.349EGEA PUJOL, LAIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 77.628.586ESPINOSA PARRILLA, JUAN FRANCISCO . . . . . . . . . 46.711.132ESTEVE GUILLEN, ANA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52.767.687FONT COT, JOSE ORIOL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 38.816.525GARCIA CORDENTE, ANTONIO FELIPE . . . . . . . . . . . 46.353.029GONZALEZ HERNANDEZ, PEDRO . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.755.072GUERRA LOPEZ, SONIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 47.601.775GUIDONET RIERA, ALICIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.653.670HONDARES VIERA, ELAYNE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . X3368704LOPEZ FERNANDEZ, OLATZ . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43.521.198LOPEZ LEGENTIL, SUSANA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43.728.799MAJOS ORO, NURIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43.739.182MARCOTE GARCIA, MANUEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43.141.644MOLINA ARCAS, MIRIAM . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 77.613.902NEGRE BUSO, MARTA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 79.302.039OLTRA ALGADO, CHRISTIAN BENJAMIN . . . . . . . . . . 48.353.796PAUL CARRIL, VALERIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.651.753PERA TITUS, MARC . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 38.833.689PEREZ PALOMAR, EVA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.022.927RAMIREZ RUIZ, BLANCA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.060.055RICO ORTEGA, ENRIQUE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 53.022.348ROCA ROYES, SONIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 39.367.691SANTAMARIA MERINO, RAUL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.352.985TAGLIACOZZO, LUCA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . X3558212TOME DESSY, PABLO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33.967.944VENDRELL ESCOBAR, MARC . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 47.647.276VICENTE MAUREL, MARCOS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43.440.660VILLANUEVA ALVAREZ, LAURA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 37.383.201

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4438 Sábado 1 febrero 2003 BOE núm. 28

Organismo Conv. Nombre del becario/a DNI Fecha de baja

VIVES RIERA, ANTONI . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 37.337.191ZAFRA LOPEZ, DELIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43.542.049

UNIVERSIDAD DE BURGOS. 1999 GIMENEZ IBAÑEZ, DIEGO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 13.165.5952000 CARCEDO DE ANDRES, BRUNO PEDRO . . . . . . . . . . . 13.157.652

GARCIA LOMILLO, INMACULADA . . . . . . . . . . . . . . . . . . 13.169.915MARTINEZ TEJERO, MARIA ABIGAIL . . . . . . . . . . . . . . 71.261.579VIVAR CANTERO, ROBERTO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 13.166.663

2001 GOMEZ GONZALEZ, MARIA JESUS . . . . . . . . . . . . . . . . . 13.154.891VAQUERO ORTIZ, EVA MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 71.264.247

UNIVERSIDAD DE CADIZ. 1998 DOÑORO RODRIGUEZ, OLGA MARIA . . . . . . . . . . . . . . . 31.264.918 31-05-20031999 MORENO PEREZ, YOLANDA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.029.152

NOUAOURI IZRELLI, NADI HAMDI . . . . . . . . . . . . . . . . . 53.581.898PALACIOS SANTANDER, JOSE MARIA . . . . . . . . . . . . . 44.029.179REINO MOYA, JOSE LUIS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 34.003.480

2000 ABASCAL CRESPO, FRANCISCO J. . . . . . . . . . . . . . . . . . 45.096.464FERNANDEZ DE LA COTERA NAVARRO, PATRI-

CIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.044.811MOGUEL GONZALEZ, M. CARMEN . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.042.636ORDOÑEZ MUÑOZ, FRANCISCO JAVIER . . . . . . . . . . . 25.594.729REPETO GARCIA, DIANA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52.927.134REYES FERNANDEZ, MARIA JESUS . . . . . . . . . . . . . . . . 52.924.212ROSETY RODRIGUEZ, MANUEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.031.578SANCHEZ SANDOVAL, JUAN JOSE . . . . . . . . . . . . . . . . . 31.255.176

2001 ACOSA SANCHEZ, M. DEL ROSARIO . . . . . . . . . . . . . . . 31.690.402ALCONCHEL PEREZ, FERNANDO . . . . . . . . . . . . . . . . . . 31.641.148AMAT FLOREZ, CARMEN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 48.896.747BERROCOSO DOMINGUEZ, ESTHER MARIA . . . . . . . 52.928.983GARCIA CRUZ, EULALIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 75.786.972HERRERA COLLADO, MIRIAM . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 31.698.150MOLINA RABADAN, DAVID . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 75.758.687PAYAN MARTIN, JUAN JESUS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 75.752.986POLA PEREZ, MARTA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.899.713SANCHEZ AMAYA, JOSE MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.045.031

UNIVERSIDAD DE CANTABRIA. 1999 ACOSTA COBACHO, JUAN CARLOS . . . . . . . . . . . . . . . . 13.166.618GONZALEZ PRIETO, FRANCISCO JOSE . . . . . . . . . . . . 13.167.860GUTIERREZ CUENCA, ENRIQUE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20.211.998LARGO MAESO, JULIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20.218.732LUCAS GAY, MARIA JESUS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 30.681.501MARCANO AGUADO, NOELIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 13.981.023MORO ABADIA, OSCAR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20.213.855ORDEN MARTIN, DAVID . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20.210.537PEREDA CUBIAN, DAVID . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20.206.560PIEDRA GOMEZ, JONATAN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 22.753.916QUINTELA INCERA, ANTONIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20.198.748SEVILLA GONZALEZ, DAVID . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7.048.252

2000 CALDERON TAZON, ALICIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 72.126.223GARCIA CALDERON, REBECA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20.197.850LUCAS SALAS, L. MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20.214.613MIGUEL GONZALEZ, ROMAN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 13.785.972ORTIZ MARQUEZ, MARIA DOLORES . . . . . . . . . . . . . . . . 20.211.380PEÑA ROTELLA, ALFONSO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 72.128.445TAMAYO REVUELTA, ESTHER . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 72.053.323

2001 FERNANDEZ LOPEZ, RAUL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 72.037.281GARCIA FERNANDEZ, PABLO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 72.029.688HERNANDEZ CAMPO, IGNACIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 72.032.300MARQUINA ORTEGA, REGINA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20.204.935PEREZ LOPEZ, JESUS RAMON . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 13.796.046

UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA. 1999 BAEZA ROMERO, M. TERESA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5.680.677GOMEZ ALONSO, SERGIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3.876.364JOVER MARTI, FRANCISCO JAVIER . . . . . . . . . . . . . . . . 44.396.112MUÑOZ SANCHEZ, ESMERALDA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5.664.077PERALES BLANCO, VERONICA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9.007.936RODRIGO ALARCON, AZAHARA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.602.178TORRE FAZIO, SEBASTIAN DE LA . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.576.842

2000 CAMARILLO BLAS, RAFAEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6.253.660DELICADO CANTERO, MANUEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 47.052.073GONZALEZ COFRADE, ANGELA MARIA . . . . . . . . . . . 5.683.514MARTIN-GIL CORDOBA, JOSE JUAN . . . . . . . . . . . . . . . 5.670.240

2001 AREVALO VILLENA, MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5.674.849BARCALA RODRIGUEZ, MARTA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.917.491BELDAD CORRAL, JULIANA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5.673.629CASTELLANOS LOPEZ, JOSE ANTONIO . . . . . . . . . . . . 47.054.194DONOSO BELLON, ALBERTO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5.676.262

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BOE núm. 28 Sábado 1 febrero 2003 4439

Organismo Conv. Nombre del becario/a DNI Fecha de baja

ESPINOLA VILCHEZ, ROSARIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.291.989GOMEZ ALMAGRO, M.a VICTORIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5.668.028MONTESINOS MATILLA, GASPAR DAVID . . . . . . . . . . 6.256.809

UNIVERSIDAD DE CORDOBA. 1998 GARFIA CATALAN, BARTOLOME . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.215.833 30-06-20031999 BELLIDO CABELLO DE ALBA, MARIA DE LA LUZ 30.833.623

BUENO GALLARDO, ESTHER . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8.845.754CARACUEL RIOS, ZAIRA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 30.942.217CARBONERO MARTINEZ, ALFONSO . . . . . . . . . . . . . . . 30.833.640CORREDOR COCA, M. CARMEN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 30.830.664GARCIA POZUELO, SALVADOR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 30.942.024LUQUE ALMAGRO, VICTOR MANUEL . . . . . . . . . . . . . . 30.826.380VAZQUEZ EZQUERRA, LUIS MANUEL . . . . . . . . . . . . . . 30.824.777

2000 ALARCON SOTOMAYOR, LUCIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 30.821.389BAS IZQUIERDO, ALICIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 45.295.034CALERO NIETO, FERNANDO JOSE . . . . . . . . . . . . . . . . . 52.569.343CAMARA MARTOS, FERNANDO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 26.029.563CARRILLO CALDERERO, ALICIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7.012.079GARZON GARCIA, RAFAEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 30.947.578GOMEZ ALVAREZ, SILA MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 30.833.172GRANADOS MACHUCA, MARIA DEL MAR . . . . . . . . . 74.905.875HITA NIETO, RAUL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 30.821.517LUCENA MARTIN, AGUSTIN MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . 30.829.135LUQUE GARCIA, JOSE LUIS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 30.828.533MUÑOZ SERRANO, ENCARNACION . . . . . . . . . . . . . . . . 44.359.847NUÑEZ CASTEL, ALEJANDRO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52.316.122PEREZ GUISADO, JOAQUIN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 26.022.532PEREZ REINADO, EVA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 34.009.684RASO REYES, M. JOSE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 30.834.823ROLDAN MESA, RAFAEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 30.834.727SERRANO CAÑAS, JOSE MANUEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.358.975VENTURA ROJAS, JOSE MANUEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . 30.945.003

2001 ALCALA-ZAMORA GRANADINO, JOSE LUIS . . . . . . . 30.503.592BONILLA CEREZO, RAFAEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 30.950.730CAMARGO GARCIA, ANTONIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 30.943.261GARCIA MARIN, AMANDA PENELOPE . . . . . . . . . . . . . 30.950.251GAROSI, LINDA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . X3233636GASCUEÑA GAHETE, JAVIER . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 30.943.519LOPEZ ALBACETE, JAVIER . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.354.830LOPEZ LOZANO, FRANCISCO ANTONIO . . . . . . . . . . . 44.355.349LUCENA RODRIGUEZ, RAFAEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 30.836.901LUQUE ALVAREZ DE SOTOMAYOR, RAFAEL . . . . . 44.362.880MADRID RISQUEZ, JOSE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.357.475MAESTRE DELGADO, OSCAR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5.915.083MERINO RODRIGUEZ, FRANCISCO . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.358.065PEREZ MORALES, MARTA ROSEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . 30.817.668PLAZA GARCIA, SILVIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.364.428PORRAS MILLAN, PABLO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 31.703.754RODRIGUEZ HIDALGO, ANTONIO JESUS . . . . . . . . . . 30.813.778ROMERO RUIZ, ANTONIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 79.221.402

UNIVERSIDAD DE DEUSTO. 1999 ARNAEZ ARCE, VEGA MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 30.664.471CASTRO RUIZ, LEYRE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 14.605.555PEREIRO MURIAS, MIREN AGURNE . . . . . . . . . . . . . . . . 30.655.159ROMEO MALANDA, SERGIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 22.754.627

2000 ORDEÑANA GUEZURAGA, ISUSKO . . . . . . . . . . . . . . . . . 78.873.256UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA. 1998 DUQUE ESPINO, DAVID M. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9.203.432 30-04-2003

1999 CERRILLO CUENCA, ENRIQUE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 28.968.051PORRINAS GONZALEZ, DAVID . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 28.965.549

2000 ALVAREZ SANCHEZ, AMELIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8.818.539BRAVO TRINIDAD, JOSE LUIS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52.962.017CHACON DURAN, JOSE ENRIQUE . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8.864.852FERNANDEZ GALVAN, IGNACIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8.840.424GUTIERREZ MARTIN, MARIA YOLANDA . . . . . . . . . . . 8.874.166MANZANO VENTURA, MARIA VICTORIA . . . . . . . . . . . 76.023.589MORALES PALOMARES, SARA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.970.037 31-03-2003RIOLA MACIAS, JOSE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9.191.597RODRIGUEZ GOMEZ, M. JOSE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8.814.879RUBIO CABALLERO, JOSE ANTONIO . . . . . . . . . . . . . . 52.968.766SABIO BUZO, GUADALUPE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33.978.254SANCHEZ CALDERON, HORTENSIA . . . . . . . . . . . . . . . . 52.966.812VALERA MARTIN, ELVIRA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8.847.926

2001 ANTON MARTINEZ, MANUEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8.880.144BORRERO LOPEZ, OSCAR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 80.071.215CAYETANO RODRIGUEZ, JAVIER . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 80.064.355

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4440 Sábado 1 febrero 2003 BOE núm. 28

Organismo Conv. Nombre del becario/a DNI Fecha de baja

CORDERO FERRERA, JOSE MANUEL . . . . . . . . . . . . . . 8.873.036DIAZ ALVAREZ, JESUS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52.965.327GUARINO ALMEIDA, ESTRELLA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.779.253LOZANO VILA, ANA MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 80.064.294MALDONADO ESCRIBANO, JOSE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52.967.882MALDONADO ROGADO, MARIA AMPARO . . . . . . . . . 44.775.220SEPULVEDA JUSTO, MARIA DEL ROSARIO . . . . . . . 9.201.254SERRANO PEREZ, SARA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 80.064.231

UNIVERSIDAD DE GIRONA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1998 BOU MAS, FRANCESC XAVIER . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 40.310.850 31-05-20031999 BADIA BREA, M. ELENA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 40.325.2842000 ILA, VIORELA SIMONA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 72.0202001 BADOSA SALVADOR, ANNA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 78.000.529

BASSOLS CASADEVALL, JUDIT . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 40.340.236BOSCH GELI, CARLES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 40.445.704CICRES BOSCH, JORDI . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 40.329.525FERRER ISERN, DANIEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 40.444.853INSA AGUILAR, SARA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 40.449.746MASLLORENS LLINAS, ESTER . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 77.918.107MASLLORENS LLINAS, JUDIT . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 77.918.104

UNIVERSIDAD DE GRANADA. 1998 JODAR REYES, ANA BELEN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 74.640.533 31-05-20031999 BERZAL GALIANO, FERNANDO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.290.936

CARRERO LERIDA, JUANA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 26.227.550CASA GARCIA, EMILIO JOSE LUIS DE LA . . . . . . . . . 26.023.531FERNANDEZ ALONSO, MERCEDES . . . . . . . . . . . . . . . . . 75.868.607GAMIZ SANCHEZ, MARIA ELVIRA . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.293.090GOMEZ APARICIO, LORENA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 75.785.523HUERTAS ROA, RAFAEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.298.062JABALERA RODRIGUEZ, ANTONIA . . . . . . . . . . . . . . . . 52.527.903MARTINEZ VAQUERO, JOAQUIN M. . . . . . . . . . . . . . . . . 44.271.378MINWER-BARAKAT REQUENA, RAEF . . . . . . . . . . . . . . 26.492.821MUÑOZ MIRANDA, ALEJANDRO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 24.277.392NAVARRO VALVERDE, FRANCISCO ANTONIO . . . . 44.289.805ORTIZ COBO, MONICA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 74.665.392RODRIGUEZ SALAS, GERARDO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.291.673ROSALES MARTINEZ, ANTONIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 75.015.355SANCHEZ ROMERO, OSCAR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.294.109UBRIC RABANEDA, PURIFICACION . . . . . . . . . . . . . . . . 14.624.555VALIÑAS LOPEZ, FRANCISCO MANUEL . . . . . . . . . . . 74.648.293ZABELL, SIMON . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . X0678245

2000 ARAQUE ARROYO, PATRICIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 70.739.759AYUSO SANCHEZ, LUIS MANUEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 75.071.124CANO RAYA, CLARA MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 75.952.283CARTA, RAFFAELLA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9.271.818CORREA TORRES, ANGEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 74.662.723DIAZ GAVILAN, MONICA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 74.653.744FUENTES ENRIQUEZ DE SALAMANCA, SUSANA . 44.960.785GALLEGO CUIÑAS, ANA MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 78.966.192GARCIA CARACUEL, MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 74.667.053GARCIA ROMAN, MIGUEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.279.439GARCIA-ALIX DAROCA, ANTONIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . 75.246.644GOMEZ DOMINGUEZ, DAVID . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 75.745.932GOMEZ-VILLALVA PELAYO, ELENA . . . . . . . . . . . . . . . . 24.266.898JIMENEZ RUBIO, MARIA DOLORES . . . . . . . . . . . . . . . . 74.658.619LATORRE MEDINA, MARIA JOSE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 75.227.972LOPEZ DEL PASO, RAFAEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.282.302LOPEZ RODRIGUEZ, SILVIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.279.254MELGUIZO MADRID, ENRIQUE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.293.462MORA DE ZAYAS, LAURA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 74.656.377MORENO OSTOS, ENRIQUE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 74.652.574MUÑOZ DE BENAVIDES, MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.582.439MUÑOZ PEREZ DEL PULGAR, ARANTXA . . . . . . . . . . 74.645.858NEUMAN GALAN, ANDRES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 74.686.188ORTE GUTIERREZ, ANGEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.365.284ORTEGA SANCHEZ, MIGUEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.297.783PEREZ VALERA, FERNANDO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 77.705.974PORTERO DE LA TORRE, AIXA VICTORIA . . . . . . . . . 44.283.332RODRIGUEZ RUIZ, SONIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 48.870.543ROSALES LOMBARDO, MANUEL CESAR . . . . . . . . . . 74.644.227SANCHEZ HIDALGO, MARINA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52.388.503SANCHEZ-CALERO ARRIBAS, BLANCA . . . . . . . . . . . . 44.290.109SERRANO ORTIZ, SUSANA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 74.718.651UBAGO PEREZ, RUTH . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.291.269VARGAS QUESADA, BENJAMIN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 24.215.184

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BOE núm. 28 Sábado 1 febrero 2003 4441

Organismo Conv. Nombre del becario/a DNI Fecha de baja

VAZQUEZ GARCIA, RAFAEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25.686.459ZABALA DIAZ, MIGUEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33.428.592

2001 ALVAREZ CORRAL, LUIS DAVID . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.284.994ARCO BLANCO, MIGUEL ANGEL DEL . . . . . . . . . . . . . . 44.289.864BAREA MARTINEZ, ELISA MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . 74.656.932BERTRAN GIRON, MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 74.659.046CALLEJAS SEVILLA, ALICIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 74.643.428CAÑIZO RINCON, JOSE ALFREDO . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.298.847CAURCEL CARA, MARIA JESUS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 74.663.272COLLADO MARTIN, ANTONIO PEDRO . . . . . . . . . . . . . 74.654.120COLLADO RUIZ, MARIA JOSE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 23.254.480DURAN RUIZ, FRANCISCO JAVIER . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.273.368ESPIGARES RODRIGUEZ, ELENA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.288.358ESPIN MILLA, MANUEL JESUS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52.559.164ESTEVEZ TAPIADOR, JUAN MANUEL . . . . . . . . . . . . . . 75.017.274GARCIA CUETO, DAVID . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 74.822.004GARCIA HERNANDEZ, RUBEN JESUS . . . . . . . . . . . . . . 26.039.854GARCIA MORENO, JOSE MANUEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . 74.645.931GARCIA TOSCANO, MIGUEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.287.909GIBAJA GALINDO, EVA LUCRECIA . . . . . . . . . . . . . . . . . 74.642.012GONZALEZ MARTINEZ, JOSE MANUEL . . . . . . . . . . . . 75.070.257GONZALEZ VIDA, M.a DE LOS REYES . . . . . . . . . . . . . . 80.147.291JIMENEZ ARENAS, JUAN MANUEL . . . . . . . . . . . . . . . . . 25.106.997LOPEZ LOPEZ, MODESTO TORCUATO . . . . . . . . . . . . . 74.656.775LOPEZ MORENO, IGNACIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52.525.098MALDONADO ARAQUE, FRANCISCO JAVIER . . . . . 74.666.022MARTIN GARCIA, JOSE CARLOS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 74.667.061MARTINEZ CASTRO, ALEJANDRO ENRIQUE . . . . . . 44.297.671MARTINEZ FUENTES, YAMILES M. . . . . . . . . . . . . . . . . . X2731502MARTINEZ GALLEGOS, JUAN FRANCISCO . . . . . . . . 44.292.448MARTINEZ YAÑEZ, CELIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 74.655.335MEGIAS FERNANDEZ, EUGENIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.263.244MORILLAS FERNANDEZ, DAVID LORENZO . . . . . . . 44.263.902NAVAJAS PEREZ, RAFAEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 74.667.532OLIVERAS LOPEZ, MARIA JESUS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 74.653.583OLLER LOPEZ, JUAN LUIS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 75.228.271ORTEGA PEREZ, NIEVES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 23.031.981ORTUÑO LEYVA, NOEMI . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 74.720.095PELAEZ ROVIRA, ANTONIO MIGUEL . . . . . . . . . . . . . . . 25.331.852PRADOS SUAREZ, MARIA BELEN . . . . . . . . . . . . . . . . . . 74.667.595RODRIGUEZ AGUERA, ANTONIO DAVID . . . . . . . . . . . 75.745.058RODRIGUEZ PEREZ, MARIA MAGDALENA . . . . . . . . 74.716.015RUEDA MANZANARES, ANTONIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . 74.684.821RUZ CAMARA, MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.359.606SORIANO ASENSI, ANTONIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 73.566.789SOTO MOYA, MERCEDES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 74.665.164TIENDA LUNA, ISABEL MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 30.948.594VALLEJO RUIZ, MONICA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 74.718.199VERA GONZALEZ, ROCIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 74.658.759VICENTE HERRANZ, ELENA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25.483.094VILLANUEVA FERNANDEZ, NEFTALI . . . . . . . . . . . . . . 74.667.640VILLAR ARGAIZ, M.a PILAR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 74.653.493

UNIVERSIDAD DE HUELVA. 1999 GOMEZ RODRIGUEZ, AGUEDA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 29.484.680LOZANO GOMEZ, FERNANDO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 48.808.653MARTIN MARTIN, SEBASTIAN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 14.316.173PEREZ VIDES, M. AUXILIADORA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 48.908.589

2000 CHACON MUÑOZ, HELENA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 75.878.138LOPEZ APARICIO, SUSANA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 27.321.641RODRIGUEZ BAYONA, MOISES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.215.182

2001 ABAD DE LOS SANTOS, MANUEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 45.100.057CABALLERO BEVIA, ANA REYES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 28.497.152ESCOBAR CHIMENO, PAOLA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 48.921.530GARCIA MORALES, MOISES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.231.247GORDO MARQUEZ, MERCEDES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.221.555LOPEZ GONZALEZ, NIEVES MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . 29.489.089LOPEZ REYES, VIRGINIA M. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.216.232SANCHEZ RICO, MARIA SOLEDAD . . . . . . . . . . . . . . . . . 48.907.054

UNIVERSIDAD DE JAEN. 2000 CASTRO MARMOL, JUAN MIGUEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52.559.012CASTRO RODRIGUEZ, ENRIQUE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 74.657.034DOMINGUEZ MACIAS, JORGE NICOLAS . . . . . . . . . . . 44.222.030DOMINGUEZ VIDAL, ANA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 75.015.927ESTUDILLO MARTINEZ, MARIA DOLORES . . . . . . . . 75.068.681JODAR MENA, MANUEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 75.021.288

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4442 Sábado 1 febrero 2003 BOE núm. 28

Organismo Conv. Nombre del becario/a DNI Fecha de baja

MARCHAL ORTEGA, JUAN ALBERTO . . . . . . . . . . . . . . 77.323.973PEREZ PULIDO, RUBEN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 75.018.539TORRE MARTINEZ, LOURDES DE LA . . . . . . . . . . . . . . . 26.039.056

2001 CAÑUELO NAVARRO, ANA ROSA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 78.683.585CASAS PEDROSA, ANTONIO VICENTE . . . . . . . . . . . . . 75.019.941CASTILLO GUTIERREZ, SONIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 75.017.948GAMEZ GARCIA, JAVIER . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 75.020.720MARTIN ORTEGA, OLGA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 28.621.290RUEDAS RAMA, MARIA JOSE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 77.326.423

UNIVERSIDAD DE LA CORUÑA. 1999 FELIPE SOTELO, MONICA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 32.842.325REY CASTRO, CARLOS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 34.896.856RODRIGUEZ RAMOS, DANIEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 32.837.775

2000 EIRIN LOPEZ, JOSE MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 32.839.306MARTINEZ BUJAN, RAQUEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 32.842.485NAVEIRA ZARRA, MAITA MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 32.839.731PIMENTEL PEREIRA, MANUEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 32.820.898QUINDIMIL LOPEZ, JORGE ANTONIO . . . . . . . . . . . . . . 47.359.303RIOBOO BLANCO, CARMEN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 32.840.324SANCHEZ PENAS, JUAN JOSE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 32.806.920TOBA VELOSO, ROSA MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.902.054

2001 FREIRE CORBACHO, ANTONIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.907.891GARCIA CALVO, BEATRIZ . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 53.163.063MOURELLE ESPASANDIN, ESTEFANIA . . . . . . . . . . . . 32.805.489PALLAS LOZANO, ALICIA MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . 53.165.368PENA PIÑON, MIGUEL ANGEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 32.685.931PEREIRA SAEZ, CAROLINA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.904.702SUAREZ ORDOÑEZ, ROSA MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.907.706TARRIO YAÑEZ, NURIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 32.821.914VILARES FERRO, JESUS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 36.111.593

UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA. 1998 PEREZ CAAMAÑO, FRANCISCO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 42.182.405 30-06-20031999 BARROSO RAMOS, MOISES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 45.455.034

BOLUDA CABRERA, CARLOS JOSE . . . . . . . . . . . . . . . . 42.175.368FARRUJIA DE LA ROSA, AUGUSTO JOSE . . . . . . . . . . 45.450.865GARCIA MIRANDA, EDUARDO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.306.118GONZALEZ GARCIA, ANA CRISTINA . . . . . . . . . . . . . . . 43.366.694GUERRA HERNANDEZ, CARLOS BORJA . . . . . . . . . . . 43.819.670HERNANDEZ MEDINA, FRANCISCO JAVIER . . . . . . 78.406.139HERNANDEZ PIÑERO, M. ARANZAZU . . . . . . . . . . . . . . 43.826.514IGLESIAS PONTE, DAVID . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.705.752MORA HERNANDEZ, JUAN LUIS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43.807.921PERERA HERNANDEZ, DAVID . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 78.609.788SANTANA ACUÑA, ALVARO AGUSTIN . . . . . . . . . . . . . 78.559.882

2000 ARMAS CRUZ, YAIZA DEL MAR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43.828.144BAUCELLS MESA, SERGIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 42.098.363CALVIÑO PEREZ, ELYN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 78.633.304DOPIDO CLOT, ROSA DACIL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 45.702.494GIMENEZ MARIÑO, CRISTINA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43.361.960GONZALEZ GONZALEZ, NURIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 45.703.793GONZALEZ MARTIN, ALEJANDRO SANTIAGO . . . . 44.316.962HERREROS CEDRES, JAVIER . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 54.042.950JOJO VERGE, VIOLETTA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43.616.213MACHARGO OJEDA, M.a DEL VALLE . . . . . . . . . . . . . . . 44.700.877MENDEZ RAMOS, JORGE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43.825.885NAVARRO RIVERO, FRANCISCO JOSE . . . . . . . . . . . . . 44.322.717NGUEWA TCHINDA, PAUL ALAIN . . . . . . . . . . . . . . . . . . X1904739PEREZ GARCIA, CARLOS GUSTAVO . . . . . . . . . . . . . . . . 78.693.482 30-11-2003PONTE AZCARATE, MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 54.042.921RODRIGUEZ PAZ, MARIANELA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 42.182.238RODRIGUEZ SUAREZ, GUACIMARA . . . . . . . . . . . . . . . . 44.709.841SUAREZ GOMEZ, BLANCA ROSA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52.838.327

2001 CARRILLO FUMERO, ROMEN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 78.696.081GUTIERREZ NICOLAS, FERNANDO . . . . . . . . . . . . . . . . . 43.827.192HERNANDEZ BORGES, JAVIER . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 78.542.304MONTEVERDE MIRANDA, CARLOS ALBERTO . . . . 43.794.024MORAZA PULLA, OLGA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43.811.308PASAN GARCIA, JORGE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 78.694.283PAZ LUGO, PATRICIA DE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 78.557.107PERERA ALBERTO, MARIA MONTSERRAT . . . . . . . . 54.042.371ROSQUETE IZQUIERDO, LAURA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43.812.997VEGA RODRIGO, INES DE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 54.043.716YANES LOPEZ, YURENA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43.821.206

UNIVERSIDAD DE LA RIOJA. 1999 LOPEZ ALFARO, ISABEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 16.580.683SOLDEVILLA ARMAS, ALBERTO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 16.571.848

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BOE núm. 28 Sábado 1 febrero 2003 4443

Organismo Conv. Nombre del becario/a DNI Fecha de baja

2000 ALFARO MARTINEZ, NURIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 16.593.185PEREZ LAZARO, JAVIER . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 16.598.388PEREZ PASTOR, JOSE LUIS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 16.587.530SAENZ DE JUBERA HIGUERO, BEATRIZ . . . . . . . . . . . 16.592.093

2001 ARRONIZ CRESPO, MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 16.585.319ESCOLANO PEREZ, ELENA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 18.167.200GONZALEZ MARCOS, ANA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 16.584.554IBAÑEZ MORENO, ANA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 16.598.014PEREZ BARAHONA, SERGIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 72.446.957RUIZ PEREZ, JESUS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 72.786.485

UNIVERSIDAD DE LAS ISLAS BALEARES. 1999 ASENSIO LANDA, VICTOR JOSE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43.100.921DOMENECH SANCHEZ, ANTONIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43.087.922FELIPE LEGAZ, FRANCISCO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 18.224.174RODRIGUEZ PARRONA, ENRIQUE . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43.066.390ZAMBRINI, ROBERTA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . X2834851

2000 FRONTERA BORRUECO, MARGARITA . . . . . . . . . . . . . 37.336.777PUJOL HOLGADO, MARIA ESPERANZA . . . . . . . . . . . . 43.094.787RODRIGUEZ DELGADO, MONTSERRAT . . . . . . . . . . . . 43.122.412SANCHEZ ROIG, JUANA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 37.336.565SUREDA GOMILLA, ANTONIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 18.222.971VALIN RODRIGUEZ, MANUEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43.089.188

2001 ADROVER FIOL, MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 78.214.757CASAS RODRIGUEZ, JESUS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52.749.418CLADERA CERDA, ANA MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 37.339.006CUART PASCUAL, JUAN JOSE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 37.337.717PERELLO BESTARD, JOAN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43.131.801

UNIVERSIDAD DE LAS PALMAS DE GRAN CANA-RIA.

1998 BILBAO SIEYRO, CRISTINA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.810.444 31-05-2003

MORENO FLORIDO, MARIA SERUYA . . . . . . . . . . . . . . . 78.486.631 31-05-20031999 GONZALEZ SANTANA, ROSA MARIA . . . . . . . . . . . . . . . 44.314.829

MARTIN MORALES, NOELIA ESTHER . . . . . . . . . . . . . . 42.879.790RAMIREZ RIVERO, GUSTAVO ADOLFO . . . . . . . . . . . . . 44.710.865RODRIGUEZ SUAREZ, AUXILIADORA . . . . . . . . . . . . . . 44.707.024

2000 NEGRIN HERNANDEZ, MIGUEL ANGEL . . . . . . . . . . . 44.709.113VICENTE RODRIGUEZ, GERMAN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 11.830.923

2001 ALAMO SANTANA, DESIREE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 54.069.944GONZALEZ HERRERA, FRANCISCO JAVIER . . . . . . 44.712.808GREINER SANCHEZ, DAVID JUAN . . . . . . . . . . . . . . . . . . 42.877.798HENRIQUEZ HERNANDEZ, LUIS ALBERTO . . . . . . . 44.320.805

UNIVERSIDAD DE LEON. 1999 DIEZ ALARCIA, REBECA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 13.164.732GOMEZ ESCRIBANO, JUAN PABLO . . . . . . . . . . . . . . . . . 3.466.773GUTIERREZ GIL, BEATRIZ . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9.808.422MARTINEZ PASTOR, FELIPE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 12.776.847OLMO FLECHA, INMACULADA DEL . . . . . . . . . . . . . . . . 9.778.275

2000 BODAS RODRIGUEZ, RAUL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 11.974.870DIEZ COBO, ROSA MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 71.422.074DIEZ VALLE, CARLOS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9.804.768FERNANDEZ ROMOJARO, JOSE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 11.445.774FIDALGO REDONDO, RAQUEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9.808.994JUAN ALVAREZ, JARA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 71.550.562PINTO LABAJO, ROSA MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7.978.107SERRANO SOTO, ANTONIO MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . 72.036.557VALBUENA CRESPO, NOELIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9.808.648

2001 AGUADO OTERO, BEATRIZ . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 71.502.624GARCIA ANGULO, PENELOPE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 71.262.375GARCIA GONZALEZ, RUBEN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 53.515.160GODIO FERNANDEZ, RAMIRO PEDRO . . . . . . . . . . . . . 71.453.623GUDIÑA PEREZ, EDUARDO JOSE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 76.708.909MARTINEZ ARIAS, OSCAR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 71.417.104MOLINA DE LA TORRE, ANTONIO JOSE . . . . . . . . . . . 71.120.850RODRIGUEZ ALVAREZ, ROBERTO . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9.438.696SUAREZ TEJERINA, LORENA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 71.426.013TRIGAL DOMINGUEZ, CRISTINA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 12.402.707VARA DEL RIO, MARIA DEL PILAR . . . . . . . . . . . . . . . . . 71.417.332

UNIVERSIDAD DE LLEIDA. 1999 GATIUS CORTIELLA, FERNANDO . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43.716.1272000 CRIADO GARCIA, MARIA NIEVES . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.855.399

GRAU MONTAÑA, MARIA TERESA . . . . . . . . . . . . . . . . . 43.728.343SEGURA GINARD, MIGUEL FRANCISCO . . . . . . . . . . . 43.104.912

2001 ENSENYAT BRUN, AMALIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 78.092.474MARTIN ARNEDO, LIDIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 47.675.126NIETO MORALES, MARIA GEMA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.794.149OROMI FARRUS, MIREIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43.736.441PEREZ GARCIA, MARIA JOSE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43.071.725

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4444 Sábado 1 febrero 2003 BOE núm. 28

Organismo Conv. Nombre del becario/a DNI Fecha de baja

SANAHUJA NAVARRO, JORDI . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43.742.381TOLO LOPEZ, ELENA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 78.090.574

UNIVERSIDAD DE MALAGA. 1999 COLLADO MARTIN, DANIEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25.693.901DIEZ DE LOS RIOS GONZALEZ, ANTONIO . . . . . . . . . 74.839.856EXTREMERA PACHECO, NATALIO . . . . . . . . . . . . . . . . . 25.678.852GONZALEZ AREVALO, RAUL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.580.579KORBEE PEINADO, NATHALIE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25.717.338MALPARTIDA TIRADO, RAFAEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25.593.172MARTI ANDRES, GABRIEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 53.693.453MARTIN MONTAÑEZ, ELISA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.581.630MAYORGA FERNANDEZ, M JOSE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25.697.902PELAEZ MARQUEZ, JOSE ANGEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25.719.037QUESADA SANCHEZ, ANTONIO JOSE . . . . . . . . . . . . . . 25.683.008RUIZ GARCIA, RAQUEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33.389.100SALCEDO PARRONDO, M CRUZ . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.579.847TOME MONTESINOS, MARIA MERCEDES . . . . . . . . . . 53.152.706ZAYAS FERNANDEZ, MARIA BELEN . . . . . . . . . . . . . . . 25.664.457

2000 AGUILAR RIO, JOSE MIGUEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.575.890AVILA RODRIGUEZ, CARMEN MARIA . . . . . . . . . . . . . . 74.827.979BAUTISTA RUIZ, HILARIO JESUS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 77.469.508BERNEDO MUÑOZ, ISABEL MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . 53.696.325CARRILLO ANDRES, ANTONIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.575.738CENTENO BENIGNO, SILVIA P . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 53.693.616CERON TORREBLANCA, CRISTIAN MATIAS . . . . . . 74.825.837CRIADO ALDEANUEVA, FRANCISCO . . . . . . . . . . . . . . 53.695.732MARQUEZ BOTELLA, DAVID . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25.720.234MASEDO GUTIERREZ, ANA ISABEL . . . . . . . . . . . . . . . . 74.826.777MORENO NAVARRO, MARIA DEL PILAR . . . . . . . . . . . 25.338.604MOSTAZO MORENO, SUSANA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 53.691.583OSORIO ALGAR, SONIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7.246.739PAEZ GONZALEZ, PATRICIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 74.826.935RODRIGUEZ CASO, CARLOS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 74.829.595RUEDA NARVAEZ, MARIO FEDERICO . . . . . . . . . . . . . . 74.843.521RUIZ ROMAN, CRISTOBAL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.580.032SOUVIRON BONO, SEBASTIAN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33.389.678VIDA POL, YOLANDA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 53.684.422

2001 ALVAREZ GONZALEZ, ELSA MARINA . . . . . . . . . . . . . . 33.937.585ARANDA PINO, GONZALO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25.722.623CAÑAS PENDON, RAFAEL ANTONIO . . . . . . . . . . . . . . . 74.835.070DIAZ RAMOS, ANTONIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.577.306DIAZ ROSALES, PATRICIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 79.012.385ESTEBA RAMOS, DIANA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33.398.929GALLARDO GIL, MONSALUD . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 74.836.454GARCIA VERGARA, FRANCISCA BELEN . . . . . . . . . . . 74.834.816GOMEZ ALCANTARA, MARIA DEL MAR . . . . . . . . . . . 27.393.311LARA RALLO, CARMEN MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 74.842.103LUQUE JIMENEZ, M. DEL CARMEN . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.584.860MARTIN SEDEÑO, MARIA DEL CARMEN . . . . . . . . . . 79.013.022MONTAÑEZ VEGA, MARIA ISABEL . . . . . . . . . . . . . . . . . 74.824.306POSTIGO ASENJO, MARTA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.583.292RUBIO VALVERDE, LOURDES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25.338.639SANCHEZ LUQUE, MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 74.836.954SANCHEZ RUIZ, ANTONIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 31.870.391

UNIVERSIDAD DE MURCIA. 1999 CARRION VILCHES, MIGUEL ANGEL . . . . . . . . . . . . . . . 23.000.150EIROA RODRIGUEZ, JORGE A . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 48.390.352FERRANDIZ GARCIA, CARMEN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 34.822.097JAVALOYES VICTORIA, MIGUEL ANGEL . . . . . . . . . . 45.566.627LOPEZ ANDREO, MARIA JOSEFA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 23.257.846OLIVARES SANCHEZ, M. CONCEPCION . . . . . . . . . . . . 34.820.558ORGILES AMOROS, MIREIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.764.023VILAR GARCIA, MARIA JOSE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 48.390.800

2000 AMOROS POVEDA, LUCIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.751.711BARBA ARAGON, NURIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 34.835.458CHAVES POZO, ELENA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 48.391.384EGEA SANCHEZ, MARIA ISABEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 48.390.096ENCABO FERNANDEZ, EDUARDO . . . . . . . . . . . . . . . . . . 34.822.493GARCIA PEREZ, NOELIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 23.019.796HERNANDEZ PRADOS, MA. ANGELES . . . . . . . . . . . . . 22.998.190MOLINA PUCHE, SEBASTIAN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 29.073.913MOROTE GARCIA, JULIO CESAR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 34.823.014ORENES MARTINEZ, RAUL ANGEL . . . . . . . . . . . . . . . . . 34.811.714PARRA MUÑOZ, MARIA DOLORES . . . . . . . . . . . . . . . . . . 23.264.002PEREZ DE HEREDIA BENEDICTE, FATIMA . . . . . . . 34.832.245

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BOE núm. 28 Sábado 1 febrero 2003 4445

Organismo Conv. Nombre del becario/a DNI Fecha de baja

PIQUERAS RODRIGUEZ, JOSE ANTONIO . . . . . . . . . . 48.394.554RUIZ LOPEZ, JUAN IGNACIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 34.798.228VERA MENDEZ, JUAN DOMINGO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 22.998.440VIZCAINO SANCHEZ, JAIME . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 23.015.404

2001 BALLESTER MARTINEZ, PILAR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 48.392.286BARRIO BLAYA, ALEJO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 23.017.607BENAVENTE RECHE, ANA PILAR . . . . . . . . . . . . . . . . . . 34.822.695CRIADO SANCHEZ, RAQUEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 48.477.613CRUZ VALCARCEL, CARLOS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 53.142.851GALERA GARCIA, RAQUEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 34.828.974GOMEZ WESTERMEYER, JUAN FRANCISCO . . . . . . 48.396.091LOPEZ NICOLAS, ROSA MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 23.268.449LOPEZ SAEZ, MARIA JOSE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 34.820.937MARTIZ LIZA, BRUNO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52.829.035NICOLAS MOLINA, FRANCISCO ESTEBAN . . . . . . . . 48.481.223PEREZ LOPEZ, ANA MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 48.416.941PEREZ MARIN, MARI CRUZ . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 48.488.000PITA LOZANO, ANTONIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 48.481.191RAMS SANCHEZ, SUSANA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 29.075.657SIDRACH DE CARDONA PANIAGUA, LARA . . . . . . . 48.415.858SORIANO PACHECO, NICOLAS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52.829.008

UNIVERSIDAD DE NAVARRA. 1999 AYMERICH SOLER, JOSE MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33.441.507CIGANDA ELIZONDO, ROBERTO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33.448.463ELIZEGUI TELLECHEA, EIDER . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.125.921GOMEZ BACEIREDO, BEATRIZ . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.670.521INDA PEREZ, MARIA DEL MAR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33.448.418

2000 ARANDIGOYEN VIDAURRE, MIKEL . . . . . . . . . . . . . . . . 72.695.015ESCOBEDO ROMERO, RAFAEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 72.691.482GARCIA ESTEBAN, MARTA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.625.905GARCIA MARTINEZ, ALEJANDRO NESTOR . . . . . . . 48.481.576MUÑOZ ARANDA, JORGE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 15.258.695NIETO BODELON, MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.906.056RODRIGUEZ ANTOLIN, BEATRIZ . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 71.931.104RODRIGUEZ MADOZ, JUAN ROBERTO . . . . . . . . . . . . . 72.693.084ROMAN VIÑASPRE, JOSE PABLO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.673.375 30-09-2003TIRAPU FERNANDEZ DE LA CUESTA, IÑIGO . . . . . 44.621.281

2001 AMETZAZURRA PICON, AMAGOIA . . . . . . . . . . . . . . . . . 45.629.462ASARTA LACUNZA, MARIA JESUS . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.627.313BALIBREA CARCELES, ALVARO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 48.492.551CARVAJAL PRIETO, MIGUEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 34.813.826ERVITI MACHAIN, ESTIBALIZ . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33.435.778GARCIA ZUBIRI, IÑIGO XABIER . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 72.697.119SALCEDO DE PRADO, ISABEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 72.699.686

UNIVERSIDAD DE OVIEDO. 1999 ALVAREZ FAES, MARIA VANESA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10.907.863FERNANDEZ LORENCES, TARESA . . . . . . . . . . . . . . . . . 10.566.683FRIERA ALVAREZ, MARTA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9.434.735GONZALEZ VASCO, MARIA ISABEL . . . . . . . . . . . . . . . . 9.782.157LAVANDERA GARCIA, IVAN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.911.266MIRANDA MENENDEZ, ENRIQUE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9.439.655PELLO GARCIA, JAVIER . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 11.428.691QUESADA FERNANDEZ, VICTOR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 53.507.141

2000 ANDINA MENENDEZ, FACUNDO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 53.529.330DIAZ VAZQUEZ, SUSANA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9.424.619DIEGO LIAÑO, LEONARDO BORJA . . . . . . . . . . . . . . . . . 20.219.076FERNANDEZ GARCIA, CARMEN MARIA . . . . . . . . . . . 71.637.506GARCIA LORENZO, ANA MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9.434.895GARCIA MANSO, DIEGO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9.439.015GARCIA SUAREZ, VICTOR MANUEL . . . . . . . . . . . . . . . . 9.434.327HUERTA LOPEZ, MONICA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 71.638.615IRIBARREN BLANCO, MIGUEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9.413.935LOPEZ GARCIA, MONICA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 53.530.932LOPEZ MARTINEZ, ELENA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 71.702.406MANZANO LEDESMA, FERNANDO . . . . . . . . . . . . . . . . . 11.970.490PRIETO ENTRIALGO, CLARA ELENA . . . . . . . . . . . . . . 10.892.191SAN JOSE VAZQUEZ, EDUARDO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9.402.045SEVILLA ALVAREZ, JUAN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9.441.755SOSIKOVA, LENKA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . X2053868VILLA SIEIRO, SONIA VICTORIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52.987.562VILLAMIL GARCIA, LORENA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 76.956.074

2001 ABAJO CHIC, ADAN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9.012.113CAMBIELLA PRADO, ANGEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10.903.492FERNANDEZ RODRIGUEZ, JAVIER . . . . . . . . . . . . . . . . . 71.879.008GARCIA MENENDEZ, JAVIER . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10.905.305

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4446 Sábado 1 febrero 2003 BOE núm. 28

Organismo Conv. Nombre del becario/a DNI Fecha de baja

GONZALEZ SABIN, JAVIER . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 11.420.479GONZALEZ SANCHEZ, IRMA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 53.534.212GONZALEZ-NUEVO GONZALEZ, JOAQUIN . . . . . . . . . 76.947.240GRANDA, ANGELICA PAZ . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . X3559105MARIÑO GARCIA, GUILLERMO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 71.634.817RAMOS ALONSO, ALBERTO EMILIANO . . . . . . . . . . . . 53.533.295ROCES FERNANDEZ, LAURA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 76.957.575RODRIGUEZ FERNANDEZ, MONTSERRAT . . . . . . . . . 53.515.034SANCHEZ ALVAREZ, LUIS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9.437.555SELGAS BUZNEGO, VIRGINIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 53.535.935SUAREZ DIEZ, MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9.435.621TOMAS ZAPICO, CRISTINA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 71.636.415TRINCADO RODRIGUEZ, MONICA . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9.437.468

UNIVERSIDAD DE SALAMANCA. 1999 BENEITEZ GALLEGO, M. DEL TEMPLO . . . . . . . . . . . . 11.974.723COLMENERO HIDALGO, ELENA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9.432.373FUENTE RUIZ, SAMUEL DE LA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 16.581.029GARCIA PEREZ, JOSE RICARDO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6.579.399MARCET RODRIGUEZ, VICENTE JOSE . . . . . . . . . . . . . 48.319.603MARTINEZ MARTINEZ, MARIA SANTOS . . . . . . . . . . . 16.574.671 31-03-2003MERINO TOME, OSCAR ANTONIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.907.433RAMOS MARTIN, NURIA ELENA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8.863.706 31-03-2003RAMOS PEREZ, DAVID . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43.826.247REGUERA GARCIA, M. ISABEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6.583.495ROJAS DIAZ, M. SOLEDAD . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 45.572.222RUBIO PEREZ, M. BELEN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7.985.036SANZ VICENTE, MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7.991.687SIMON RUBIO, LUIS MANUEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7.992.647

2000 ALMEIDA PARRA, MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52.412.029BETEGON NICOLAS, LOURDES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6.584.672CUBAS MARTIN, NOEMI . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7.954.534DIAZ MOURE, LEOPOLDO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 76.622.783FERNANDEZ PORDOMINGO, OLIMPIA . . . . . . . . . . . . . 70.866.149GARCIA ALONSO, MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7.986.302GARCIA DOMINGO, MONICA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 13.146.688GONZALEZ SANCHEZ, MARIA DOLORES . . . . . . . . . . 7.979.386HERNANDEZ MUÑOZ, NATIVIDAD . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.601.446HERRAEZ CUBINO, GUILLERMO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 70.868.627IGLESIAS CURTO, JOSE IGNACIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . 70.866.916MARTIN MARCOS, MARIA DEL PILAR . . . . . . . . . . . . . 70.864.309MARTINEZ BECARES, ALBERTO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10.204.629MORIN RODRIGUEZ, MATIAS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7.990.881PEDRERA GOMEZ, DIEGO JESUS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 76.016.416POZO PEREZ, MARTA DEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6.573.786PRIETO SANCHEZ, ROSARIO MARIA . . . . . . . . . . . . . . . 45.685.787REVILLA RUIZ, PATRICIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 72.092.096RODRIGUEZ GONZALEZ, ALBERTO . . . . . . . . . . . . . . . . 71.551.674RUIZ MENDEZ, CAMILO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . X2901370SANCHEZ PEREZ, MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7.986.473TRAVIESO RODRIGUEZ, CRISPULO . . . . . . . . . . . . . . . . 44.313.783ZURDO PIÑEIRO, JOSE LUIS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 70.800.943

2001 AIJON OLIVA, MIGUEL ANGEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 70.875.432ALCALDE EON, CRISTINA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7.989.234ALONSO GONZALEZ, RUTH . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 72.046.174CALDERON APARICIO, MARIA SUZANNE . . . . . . . . . 12.779.302CANTILLO NIEVES, MARIA TERESA . . . . . . . . . . . . . . . 80.072.484GONZALEZ NUÑEZ, VERONICA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7.991.807HERNANDEZ SENDIN, AMALIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 70.869.936HUERTA HURTADO, PEDRO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 13.170.135LOPEZ REVUELTA, ABEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 12.772.412MARTIN DOMINGUEZ, RAUL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7.978.389MARTIN GARCIA, REBECA MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . 70.871.425MIGUELEZ CAVERO, LAURA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 71.428.139MOTA ALVAREZ, DAVID . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 45.684.257NAVARRO PRADOS, ANA BELEN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7.974.553ORTIZ SANTALIESTRA, MANUEL ELOY . . . . . . . . . . . . 18.042.050PASCUA RODRIGUEZ, PATRICIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 70.865.225RAMUDO GONZALEZ, LAURA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7.981.159ROA GOMEZ, SERGIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 16.594.280RODRIGO MURIAS, AZUCENA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7.984.165VALERO GOMEZ-LOBO, JORGE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.202.500VERGE MESTRE, TANIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 39.904.137VIJANDE ASENJO, JAVIER . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 71.502.029

UNIVERSIDAD DE SANTIAGO DE COMPOSTELA. 1999 CACHO, RODRIGO GABRIEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . X1603389

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BOE núm. 28 Sábado 1 febrero 2003 4447

Organismo Conv. Nombre del becario/a DNI Fecha de baja

CAJADE FRIAS, SONIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 32.819.798CID FERNANDEZ, MIGUEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 34.976.780DOALLO PESADO, SONIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33.296.249FERNANDEZ BURGUERA, ELENA . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33.299.939FERNANDEZ CASAS, MARIA JOSE . . . . . . . . . . . . . . . . . 34.998.625LOPEZ GARCIA, FERNANDO J . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 76.863.334MUÑOZ PATIÑO, ANA M . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33.290.523MURIAS FERNANDEZ, MARIA DEL PILAR . . . . . . . . . 77.595.021PAREDES GALAN, ANGEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33.293.551PEÑA GALLEGO, M. ANGELES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 36.124.053PIÑEIRO RIOBO, JOSE ALEJANDRO . . . . . . . . . . . . . . . . 78.739.186RAMIL CRIADO, MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 32.679.719REBOLLEDO LEMUS, MARTA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 32.838.293REGUEIRO GRELA, M. SANDRA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 35.322.992ROMAN DOMINGUEZ, YOLANDA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 36.138.348

2000 BASCOY LAMELAS, MONTSERRAT . . . . . . . . . . . . . . . . . 78.796.405CABANA IGLESIA, ANA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 76.576.238CASTRO PAREDES, JOSE FERNANDO . . . . . . . . . . . . . 44.807.558CERVIÑO GOMEZ, M. DEL CARMEN . . . . . . . . . . . . . . . . 76.417.571CID ARAUJO, JOSE ANGEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 34.973.303FERNANDEZ LEMA, BRIGIDA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.808.115FERNANDEZ VAZQUEZ, JOSE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 53.162.507GOMEZ COUSO, HIPOLITO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.813.354LEIS MARTINEZ, HUGO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 36.145.122LENCE QUINTANA, EMILIO JOSE . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33.340.218LOPEZ DIAZ, CARMEN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33.341.078LOPEZ FERNANDEZ, FELIPE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33.338.799MARTINEZ RODRIGUEZ, SUSANA . . . . . . . . . . . . . . . . . . 78.793.612NOVIO MALLON, PAULA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 53.164.280OTERO QUINTANA, ABRAHAM . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.475.734PEDREIRA CABANAS, JORGE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 76.578.416QUINTANA ALVAREZ, JOSE BENITO . . . . . . . . . . . . . . . 44.456.301QUINTELA JORGE, OSCAR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.807.291RIO REY, BLANCA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33.293.879RODRIGUEZ NOGUEIRAS, MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . 34.995.726ROMERO FRAIS, ESTHER . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 53.161.825TARRAZO ANTELO, MARIA TERESA . . . . . . . . . . . . . . . 44.809.190VIDAL PUGA, M. DEL PILAR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 76.990.907VIÑA CASTELAO, MARIA DOLORES . . . . . . . . . . . . . . . . 76.937.320

2001 ALMEIDA CERREDA, MARCOS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 34.991.549AMORIN LOPEZ, MANUEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.814.322BARCIA GONZALEZ, FRANCISCO JAVIER . . . . . . . . . 44.806.793BERMUDEZ POSE, ROBERTO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.905.274BLANCO CANOSA, JUAN BAUTISTA . . . . . . . . . . . . . . . 46.898.811CANO LOPEZ, PABLO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 53.167.736DAPENA MORA, ANA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.077.735DIAZ RAMOS, JOSE CARLOS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33.343.533FERNANDEZ GONZALEZ, ALBERTO . . . . . . . . . . . . . . . . 34.255.918FIGUEIRAS GOMEZ, SERGIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.807.297FUENTE FREIRE, MARIA DE LA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 32.686.974GOMEZ RAPOSO, EDUARDO MANUEL . . . . . . . . . . . . . 33.289.024GONZALEZ DIAZ, JULIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33.332.679GONZALEZ LAZARO, MANUEL F . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 32.688.716GONZALEZ SOUTELO, SILVIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 76.909.540HOSPIDO QUINTANA, ALMUDENA . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.805.139LOPEZ MORENO, DAVID . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 53.531.257MARTINEZ ARRIBAS, FERNANDO . . . . . . . . . . . . . . . . . . 79.313.432MORENO-CID BARINAGA, AMADA . . . . . . . . . . . . . . . . . 32.666.384PARDO SECO, FERNANDO RAFAEL . . . . . . . . . . . . . . . . 44.808.569PENEDO FERNANDEZ, JOSE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 36.123.278RIERA ALVAREZ, ADOLFO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 36.169.766RODRIGUEZ BARREIRO, ANA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33.339.526RODRIGUEZ RIOBO, RAUL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 78.792.425SANCHEZ CARREIRA, MARIA DEL CARMEN . . . . . . 76.825.967VAZQUEZ NOGUEIRAS, GUIOMAR . . . . . . . . . . . . . . . . . . 76.726.730

UNIVERSIDAD DE SEVILLA. 1999 ALCAZAR RUEDA, ANGELA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.950.657ARENAS VIRUEZ, MARGARITA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 75.744.305 30-09-2003AYALA ESPINAR, REGLA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 27.321.388CABRERA SOLA, MARGARITA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 45.656.517CRUZ RIVERO, DIEGO JUAN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 28.729.945ESCACENA VENTURA, JAIME . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 77.589.363GOMEZ GARCIA, ANTONIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 45.659.600LAVIE MARTINEZ, JOSE MANUEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.028.366

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4448 Sábado 1 febrero 2003 BOE núm. 28

Organismo Conv. Nombre del becario/a DNI Fecha de baja

LOPEZ GOMEZ, CESAR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 75.430.431LOPEZ LOPEZ, OSCAR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 77.583.500LUQUE TERUEL, ANDRES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 28.873.236MARIN RUBIO, PEDRO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 48.807.921MEJIAS ESTEVEZ, REBECA MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . 78.525.633MORIÑA DIEZ, ANABEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.204.022PONS RODRIGUEZ, M. DOLORES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 28.788.196RAMOS PRIETO, BLANCA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 27.308.032REY ALAMILLO, ROSARIO DEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.352.274SANTOS AREVALO, FRANCISCO JAVIER . . . . . . . . . . 44.357.577SOLA MARQUEZ, ISABEL MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 77.535.068VARGAS RODRIGUEZ, JUAN CARLOS . . . . . . . . . . . . . . 28.485.944

2000 AGUADO MENDOZA, ROSA MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . 28.762.609CARRASCO BURGOS, ANTONIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 75.338.953GALVEZ PERALTA, MARINA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52.960.799GARCIA FERNANDEZ, MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 28.767.305GARCIA SAN ROMAN, JUAN MIGUEL . . . . . . . . . . . . . . 77.583.492GOMEZ GARCIA, MARTA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 28.773.047HERNANDEZ RONDAN, PATRICIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . 31.703.347HORNILLO ARAUJO, MARIA ELENA . . . . . . . . . . . . . . . 44.952.734IRUIN NAZABAL, ANA MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 28.622.044LOPEZ MAURY, LUIS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 28.631.933LOPEZ SANTOS, LAURA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 28.746.736MAQUEDA PEREZ, M.a DE LOS ANGELES . . . . . . . . . 52.313.080MARTINEZ PITA, INES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 28.781.904MELENDEZ MARTINEZ, ANTONIO JESUS . . . . . . . . . 80.145.767MERINO CABAÑAS, LUIS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33.977.059MUÑOZ CABELLO, ANA MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 28.625.252MURO JIMENEZ, FERNANDO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 28.765.751PAGANI, GIANLUCA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . X2390334PERERA RODRIGUEZ, VICTOR HUGO . . . . . . . . . . . . . . 29.489.618PINEDA CACHERO, ANTONIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 28.930.588PINTO GOMEZ, ALONSO RAMON . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 48.905.063PRADO BASSAS, JOSE ANTONIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 27.318.568REDONDO GOMEZ, SUSANA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 48.909.650RITE ZAMBRANO, INMACULADA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 75.560.687RODRIGUEZ ROMERO, LUIS FERNANDO . . . . . . . . . . 48.811.724ROJAS GARCIA, MARIA DE LOS REYES . . . . . . . . . . . . 77.585.703RUIZ PEREZ, M. DEL ROCIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 28.603.646SANTOS MARQUEZ, ANTONIO JOAQUIN . . . . . . . . . . 77.540.576SOBRINO GUIJARRO, IRENE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 28.779.083VALVERDE MACIAS, ANDRES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 28.779.676VANTI, MANUELA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 353.373VELASCO DE CASTRO, ROCIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 48.808.109VERA AYOSO, YOLANDA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 31.673.505VILLAGRAN DELGADO, OSCAR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 77.587.847

2001 BENITO HERNANDEZ, ELENA MARIA . . . . . . . . . . . . . 27.316.111BERJANO PEREZ, REGINA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 48.812.727CARRASCO GONZALEZ, FRANCISCO MIGUEL . . . . 28.630.291ESPINOSA TORRE, FREE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 28.792.523GALLEGO RODRIGUEZ, VIRGINIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . 31.870.694GARCIA DE SORIA LUCENA, M ISABEL . . . . . . . . . . . . 75.813.088GIL BERNABE, ANA MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.044.902GOMEZ MIGUEZ, JOSEFA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 77.537.574GOMEZ MIGUEZ, MANUELA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 77.537.573GUERRERO RODRIGUEZ, SERGIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . 75.810.285JIMENEZ CORTES, MARIA DEL ROCIO . . . . . . . . . . . . . 28.623.456JIMENEZ NAVAS, MARIA DEL MAR . . . . . . . . . . . . . . . . 28.767.221LEAL ABAD, ELENA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 77.589.973MALO LARA, LINA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 28.626.263MARCH DIAZ, ROSANA ROCIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 48.815.970MARTINEZ DE PABLOS, ROCIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 48.807.182MAYNAR BLANCO, PABLO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52.268.083MENAYA NAVARRO, ISABEL MARIA . . . . . . . . . . . . . . . 28.771.160MERCHAN IGNACIO, FRANCISCO . . . . . . . . . . . . . . . . . . 53.266.677MIGENS FERNANDEZ, MERCEDES . . . . . . . . . . . . . . . . . 28.495.652OSUNA CABEZAS, MARIA JOSE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 28.496.560PEREZ BARRALES, M.a ROCIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 14.325.407RODRIGUEZ GALLARDO, MANUELA . . . . . . . . . . . . . . . 28.770.819SACCHETTI, ELENA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . X4426985SANCHEZ ESPAÑA, ANA ISABEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 48.911.662SAYAGO GARCIA, FRANCISCO JAVIER . . . . . . . . . . . . 29.490.095SERNA GALLEGO, ANA DEL ROSARIO . . . . . . . . . . . . . 28.614.447SOLIS PRIETO, CARMEN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 48.879.820

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BOE núm. 28 Sábado 1 febrero 2003 4449

Organismo Conv. Nombre del becario/a DNI Fecha de baja

VARAS RIVERO, MANUEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 28.467.360VENTRIGLIA, TIZIANA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.180.748VILLADIEGO LUQUE, FRANCISCO JAVIER . . . . . . . . 28.752.036

UNIVERSIDAD DE VALENCIA. 1999 ALCAIDE VALVERDE, MIGUEL ANGEL . . . . . . . . . . . . 24.368.512BORRAS BLASCO, CONSUELO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 22.571.468CAMPOS GONZALEZ, ANGELS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 53.095.595CERVERA MONTESINOS, JAVIER . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52.627.348FORNAS CALVIÑO, MANUEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 29.184.775GARCIA BARCHINO, MARIA JOSE . . . . . . . . . . . . . . . . . . 73.559.188GIL SOLDEVILLA, JOSUE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 72.786.077GOMEZ PUCHE, MARIA MAGDALENA . . . . . . . . . . . . . 29.183.969GONZALEZ MALABIA, SERGIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33.458.888MARTINEZ GARAY, ISABEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 45.634.122MARTINEZ PLA, JUAN JOSE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 48.286.385MILIAN MEDINA, BEGOÑA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 24.369.631MIQUEL GONZALEZ, M RAQUEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52.949.588MORILLO PRATS, CARMEN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 41.453.299ORTIZ ZAPATER, ELENA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 85.090.497PALOMAR BURDEUS, JUAN ESTEBAN . . . . . . . . . . . . . 52.944.883PALOMARES RUIZ, SERGIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 48.381.076PEREZ ARJONA, ISABEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 19.007.245PEREZ BOSCH, ESTELA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 73.778.453PIERA BALAGUER, JULIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33.413.593TRELIS VILLANUEVA, MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 22.574.002ZARAGOZA COLOM, ROSA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 45.633.817ZORNOZA SABINA, TEODORO ANTONIO . . . . . . . . . . 20.815.386

2000 BAEZA MANZANARES, ANTONIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 21.494.223BAGUENA AÑO, MARIA MINERVA . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.854.854BELDA GARCIA, ANA MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 48.307.455BLANCH MICO, M. TERESA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 24.360.967BUSO SAEZ, ENRIQUE JOSE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33.462.205CAVA MONTESINOS, PATRICIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 53.055.428CHIVA TARREGA, GEMMA MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33.462.362DEVESA GINER, ISABEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52.789.091FLAMES BONILLA, NURIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 45.633.115GARCIA ROGER, EDUARDO MOISES . . . . . . . . . . . . . . . 24.368.276GARCIA SAEZ, ANA JESUS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 73.563.608GASTALDO BARTUAL, IRENE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 53.097.794GOMEZ CHOVA, LUIS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33.458.120GOZALBO GIMENO, DANIEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 19.008.587HAUSER, DENISE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 32.050.365HURTADO CORTEÇANA, ANA MARIA . . . . . . . . . . . . . . 53.223.409JORQUERA RODERO, MERCEDES . . . . . . . . . . . . . . . . . . 75.099.463JUNQUERA HERNANDEZ, JOSE MIGUEL . . . . . . . . . . 29.193.216LALAGUNA HOLZWARTH, ENRIQUE . . . . . . . . . . . . . . . 44.859.974LLORENS MARZO, LUIS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52.735.128LLORENS MONTOLIO, JOSE MANUEL . . . . . . . . . . . . . . 44.858.256LLORET GOMEZ DE BARREDA, PAZ . . . . . . . . . . . . . . . . 24.319.877LOPEZ DE COZAR, ELENA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.790.965LOPEZ-ALMANSA BEAUS, ELENA AITANA . . . . . . . . 45.633.706MENGUAL CUQUERELLA, JESUS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20.821.766MESEGUER LLORET, SUSANA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.858.774MICO ROMERO, NOELIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 24.395.583MOLL CEBOLLA, JOSE SALVADOR . . . . . . . . . . . . . . . . . 20.827.015MORATA FELIPE, SARA MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 45.635.760MUÑOZ BERTOMEU, JESUS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52.657.222NALDA MOLINA, JOSE RICARDO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 48.366.796NEBOT GOMEZ, MIGUEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20.161.142NICLOS CORTS, RAQUEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 73.944.680OCHANDO PARDO, MONTSERRAT . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.860.808PILATO IRANZO, ARMANDO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 22.557.395POVEDA GABALDON, ANA MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.793.605RODRIGUEZ DIAZ, JESUS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 29.188.739ROSELLO NADAL, ALEJANDRO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 21.667.334SANCHO BIELSA, FRANCISCO JAVIER . . . . . . . . . . . . 48.435.915SANEGRE LLOPIS, M. TERESA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.851.288SANJUAN VERDEGUER, RAFAEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 85.090.494SANZ CILLERO, JUAN JOSE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.650.040SAURI PERIS, ANA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 45.633.213SCANDOLA, VIVIANA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.989.197TORRES PEREZ, FRANCISCO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 19.087.386TORTOLA BAIXAULI, MARIA AMPARO . . . . . . . . . . . . 45.630.668VALERO HEREDIA, ANA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.503.038

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4450 Sábado 1 febrero 2003 BOE núm. 28

Organismo Conv. Nombre del becario/a DNI Fecha de baja

2001 ANDREU AGULLO, CELIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 74.219.147ANTON SUCH, CONCEPCION . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.628.873ARROYO MAÑEZ, PAU . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 24.358.983BAYONA CANDEL, OSCAR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 22.580.699BERMUDEZ SALDAÑA, JOSE MARIA . . . . . . . . . . . . . . . 53.201.392BLESA GIL, LUIS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 29.190.518CERDAN OTERO, RAQUEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 48.385.973CERVERO SANZ, ANA CRISTINA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 18.437.399CUENCA GRAU, BERNARDO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 29.195.664ESPERT FERNANDEZ, ANA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 24.366.567ESTEBAN MARTIN, ADOLFO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33.455.246GALLEGO PITARCH, MARIA JOSE . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20.245.917GARCIA MORALES, VLADIMIR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 47.056.755GOMEZ DE SEGURA DOMINGUEZ, AMAIA . . . . . . . . . 72.722.695GONZALEZ MORALES, MARIA GLORIA . . . . . . . . . . . . 43.824.913GRACIA CALANDIN, JAVIER . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 24.360.258GREGORI GARCIA, JUAN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20.016.555IBIZA PALACIOS, MARIA DE SALES . . . . . . . . . . . . . . . . 73.567.349LARA ALBEROLA, EVA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 24.372.073MARCO ALEIXANDRE, ALICIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 22.577.335MARS AICART, SERGIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 45.633.401MARTIN LOPEZ, JORGE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 24.374.589MARTIN LOPEZ, SARA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 24.368.219MARTINEZ GAVARA, ANA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 53.222.752MILIAN MEDINA, LARA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 24.369.632MOCHOLI MARTINEZ, M.a ELVIRA . . . . . . . . . . . . . . . . . . 53.203.045MOLINER MARTINEZ, YOLANDA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 19.010.267MONTERO TORTAJADA, ENCARNACION . . . . . . . . . . 73.564.633MORA ALMERICH, JOSE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 53.094.111OLIVARES GUILLEM, ALBERTO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.868.036PARDO MARIN, EMILIO JOSE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 48.306.932PEREZ BROCAL, VICENTE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.860.377PICON PONCE, MOISES ROGELIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . 23.253.085PONS FERRER, VICENTE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20.025.355PUIG MORAGON, ROSA MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52.684.037RODRIGUEZ GARRIDO, NURIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 53.053.249RUS, ARIANA DIANA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3.242.692SANCHEZ ROMERO, REBECA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 53.202.240SANCHEZ ZURIAGA, DANIEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 29.194.565TEBAR MEGIAS, ESTIBALIZ . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33.466.528TOMA, LUMINITA MARILENA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . X3772840TORRES PEREZ, MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 45.630.593UREÑA ROBLES, ROCIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33.462.126VESES JIMENEZ, VERONICA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 48.307.879VIDAL MAYOR, VANESSA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 29.026.218VILA FRANCES, JOAN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 22.577.483ZUÑIGA PEREZ, JESUS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 24.373.198

UNIVERSIDAD DE VALLADOLID. 1998 ANDRES LOPEZ, GONZALO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 13.154.640 31-03-2003ROBLES RODRIGUEZ, ROBERTO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9.798.323 31-03-2003

1999 AMIGO VAZQUEZ, LOURDES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.433.497CAÑO GONZALEZ, TEODOSIO DEL . . . . . . . . . . . . . . . . . 6.576.279CASTRO BARRIGON, ALBERTO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9.319.935GARCIA GONZALEZ, ANA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33.334.144GOMEZ CUESTA, CRISTINA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 12.397.163LOPEZ FERNANDEZ, RAQUEL MARIA . . . . . . . . . . . . . 44.904.409MENDILUCE CABRERA, GUSTAVO . . . . . . . . . . . . . . . . . 9.345.703NOCILLI, CECILIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . X3033170OLALLA GUTIERREZ, ELENA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 45.572.098SAN MARTIN TORO, JESUS MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . 9.328.528

2000 ALONSO BONIS, SUSANA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 45.681.625BUSTOS MARTIN, ENRIQUE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9.347.599CABALLERO MESONERO, BEATRIZ . . . . . . . . . . . . . . . . 71.127.334CAMARERO PASCUAL, RAQUEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 71.102.631GARCIA GONZALEZ, ALEJANDRO . . . . . . . . . . . . . . . . . . 71.121.356GARCIA VITORIA, IGNACIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 71.132.249GONZALEZ PEREZ, LEYRE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 30.678.027HERRERO OVIEDO, MARGARITA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9.349.593JIMENEZ JIMENEZ, MARINA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6.571.677LOPEZ TORRES, MARIA ESTHER . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 12.405.008MARTINEZ ESCRIBANO, CELIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 12.400.323MARTINEZ FERNANDEZ, LUIS CARLOS . . . . . . . . . . . 12.371.656MORENO FERNANDEZ, SUSANA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 72.090.518OLCESE ALVEAR, JUAN MANUEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.901.394

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BOE núm. 28 Sábado 1 febrero 2003 4451

Organismo Conv. Nombre del becario/a DNI Fecha de baja

PERERO QUINTAS, MONTSERRAT . . . . . . . . . . . . . . . . . . 12.407.088PEREZ DE CASTRO, RAMON . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 71.117.790

2001 ALVAREZ ALVAREZ, HENAR MARIA . . . . . . . . . . . . . . . 12.387.188ARENALES GOMEZ, EDUARDO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 71.125.928ARES ALVAREZ, EVA MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.913.758BANDE FUENTES, EMILIO JOSE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 71.118.726BERMEJO RODA, MARIA DOLORES . . . . . . . . . . . . . . . . 12.395.067BOILLOS RAMOS, ENMANUEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.910.617CARRETERO RIVERA, MARIA CONCEPCION . . . . . . 71.128.432CASTREÑO OLLER, M.a PILAR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.902.233COCA SANZ, MONICA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.907.534CUARESMA RENEDO, ROBERTO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9.328.526FERNANDEZ SANCHEZ, EVA MARIA . . . . . . . . . . . . . . . 44.906.568LOPEZ FERNANDEZ, MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 74.836.888MARCOS DE LA FUENTE, JORGE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 12.404.135MARTIN MARTINEZ, ANGEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 71.129.042POZO LUENGO, M.a SOLEDAD DEL . . . . . . . . . . . . . . . . . 71.128.276RUEDA FERREIRO, ALMUDENA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.905.025

UNIVERSIDAD DE VIGO. 1999 DURAN GALLEGO, RUTH . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 36.136.226VAZ ARAUJO, BELEN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 36.124.799

2000 DOMINGUEZ SEOANE, MARTA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 36.120.477FERNANDEZ FERRIN, CARLOS ALBERTO . . . . . . . . . 36.116.543FERNANDEZ MASTACHE, ELENA . . . . . . . . . . . . . . . . . . 36.089.778GONZALEZ ALVAREZ, RAQUEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.088.552GONZALEZ VAZQUEZ, JULIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.462.335MOHAMED FALCON, KAIS JACOB . . . . . . . . . . . . . . . . . . 36.143.909PARAMA ARJONES, MARIA DEL ROCIO . . . . . . . . . . . 36.114.672RODRIGUEZ PIÑEIRO, ANA MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . 53.174.316ROMERO ROCHA, MARCOS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 35.570.165SICRE GONZALEZ, CRISTINA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 36.135.474

2001 ALVAREZ IGLESIAS, PAULA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 76.902.561CABALEIRO LAGO, CELIA MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . 77.006.850DIEZ ARENAS, RAQUEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.432.314ESTEVEZ BLANCO, PATRICIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 53.170.307MAGARIÑOS ALVAREZ, JORGE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 76.826.890NIETO FAZA, OLALLA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 53.170.325SILVA LOPEZ, CARLOS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 36.151.311

UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA. 1999 ACIN TRESACO, CRISTINA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 18.045.082ALFAYE VILLA, SILVIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25.473.442BARRIO SENA, M. DEL PILAR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 18.169.397CALVO LOPEZ, BELEN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25.166.272CEAMANOS LLORENS, ROBERTO . . . . . . . . . . . . . . . . . . 22.695.336CHACON PEREZ, GEMA MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25.467.044HERNANDEZ PEMAN, JOSE ANGEL . . . . . . . . . . . . . . . . 25.177.878LOPEZ SARRION, JUSTO JAVIER . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7.566.588ORTIZ DE SOLORZANO AURUSA, M DEL CAMINO 25.472.971SOLA LARRAÑAGA, IÑIGO JUAN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.621.019TEJERO BRAVO, JESUS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 16.577.844

2000 ACIN PEREZ, REBECA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 17.739.745BERRUECO MORENO, CESAR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 17.449.369BLANCO BASCUAS, MARIA TERESA . . . . . . . . . . . . . . . 17.741.259BUENO FERNANDEZ, MARTA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25.471.138BUENO SERRANO, ANA CARMEN . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25.174.276CANUDAS BECANA, JESUS LUIS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 18.013.973CULLERE VAREA, LAURA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25.160.760FERNANDEZ IBAÑEZ, EVA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25.472.684FLORES GARCIA, MONICA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 17.745.817GARCIA ALVAREZ, DAVID . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 29.106.672GARCIA GARCIA, CRISTINA BELEN . . . . . . . . . . . . . . . . 25.477.882GOMEZ BENITO, M. JOSE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25.482.577HEREDIA LACLAUSTRA, AFRICA . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25.459.141IBAÑEZ FERNANDEZ, JAVIER . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25.468.557IRALA HORTAL, M. DEL PILAR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25.463.641MARTINEZ CEREZO, MARIA SOLEDAD . . . . . . . . . . . . 45.573.012MAZA CASTAN, VIRGINIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25.476.120PUEYO PAULES, ESTHER . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 18.037.015SOLANAS VILLACAMPA, ESTELA MARIA . . . . . . . . . 17.743.636TEJEDOR HERNANDEZ, DIEGO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25.171.283VAZQUEZ BELTRAN, ANA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 29.119.244VILASECA LLOSADA, MONTSERRAT . . . . . . . . . . . . . . . 39.362.980

2001 BAILON LUESMA, RAQUEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25.473.539BALLANO BALLANO, M. GEMA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25.183.606BLASCO PEREZ, SERGIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25.179.286

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4452 Sábado 1 febrero 2003 BOE núm. 28

Organismo Conv. Nombre del becario/a DNI Fecha de baja

BOSQUE PARDOS, ALBERTO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25.484.758COLLADOS COLLADOS, M.a VICTORIA . . . . . . . . . . . . . 25.478.294DIAZ ARIÑO, BORJA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 17.447.961EDESO NATALIAS, VERONICA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 72.972.518GARCIA GONZALO, DIEGO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 17.750.507HERNANDEZ GIMENEZ, MONICA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25.475.124LANASPA GARCIA, MIGUEL ANGEL . . . . . . . . . . . . . . . 17.750.639LOPEZ GOMOLLON, SARA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 29.122.800LUCEA ANAYA, M. VICTORIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 72.968.491MAORAD MONTAÑES, MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25.475.554MARCUELLO LOPEZ, ANA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25.180.972MARTI LOPEZ, CARIDAD . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 18.048.864MARTIN RAPUN, RAFAEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 29.117.477MARTINEZ BEA, MANUEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 17.749.728MATAMALA ADELL, ANA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25.469.897MENDIARA NEGREDO, MARIA TERESA . . . . . . . . . . . 18.045.496OTIN ACIN, ARANZAZU . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 73.229.437RAMON GARCIA, SANTIAGO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25.474.922ROY MARTIN, M. DE LOS ANGELES . . . . . . . . . . . . . . . . 29.122.610SAID WEHBI, ZEINA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . X2839924SANZ BELTRAN, VANESA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 17.750.614SANZ CLEMENTE, ANTONIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 72.966.250SANZ PEREZ, DAVID . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25.182.381YETANO SANCHEZ DE MUNIAIN, ANA . . . . . . . . . . . . . 25.476.725

UNIVERSIDAD DEL PAIS VASCO/EUSKAL HERRI-KO UNIBERTSITATEA.

1999 BARANDA GONZALEZ, ANA BEATRIZ . . . . . . . . . . . . . 30.684.201

CASTRO ORTIZ DE PINEDO, KEPA . . . . . . . . . . . . . . . . . 16.066.325CHURRUCA QUINCOCES, FATIMA . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.676.705ELIZALDE ORQUIETA, OIHANA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.169.177GOMEZ GARCIA, SERGIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 30.693.585IRIARTE VELASCO, UNAI . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 30.687.378KINTANA GOIRIENA, JURGI . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 14.261.197LOPEZ DE MUNAIN MAGUREGUI, RAFEL CARLOS 30.666.601MONTERO CARCABOSO, ANGEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 16.061.993MORALES GONZALEZ, M CELIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7.966.453ORTEGA SAN MARTIN, LUIS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 45.623.199PEÑA ARRANZ, RAUL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 78.880.360SORRELUZ AGUINAGA, AITOR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 72.443.846

2000 ABASOLO OSINAGA, EIDER . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.671.629AGUIRREGOITIA MARCOS, NAIARA . . . . . . . . . . . . . . . 78.884.544ALONSO ARANA, EDURNE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 45.628.562ALONSO CARNICERO, JOSE MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . 72.727.598ALZUALDE ZULOAGA, AINHOA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 72.460.816BURZACO GALAN, JAIONE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 72.726.116EGUIZABAL ARGAIZ, CRISTINA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.683.046FERNANDEZ PLAGARO, RAUL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 72.719.735GARCIA LINARES, CRISTINA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 78.891.823GOMEZ MENDICUTE, AMAGOIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 72.577.446GOMEZ SEGUEL, ANDRES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . X2708255IGLESIAS ARA, AINHOA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 78.894.326MENDIGUREN ORDORICA, AITZIBER . . . . . . . . . . . . . . 14.263.367MENTXAKA FRUCTUOSO, NAIARA . . . . . . . . . . . . . . . . . 29.035.565PONCE MARQUEZ, SARA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20.187.154RAMOS GARCIA, JOSE ANGEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.677.449RAMOS JULIAN, JOSE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 15.252.525RODRIGUEZ ZABALETA, HANNOT . . . . . . . . . . . . . . . . . 35.773.156RUIZ FERNANDEZ, JAVIER . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 14.611.413SAINZ CANO, NATALIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 30.683.674VALCARCEL CUESTA, MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 16.060.000

2001 ALDABALDETREKU ETXEBERRIA, GOTZON . . . . . . 44.165.784BAÑUELOS PRIETO, RAUL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 72.394.316BLANCO REY, MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20.221.920CAVIA PARDO, BEATRIZ . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20.217.832DELGADO ACOSTA, FERNANDO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 45.457.500DIEZ TORRE, ALEJANDRO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 78.901.690GOMEZ SANTOS, LAURA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 78.905.867JAUREGUIBEITIA CAYROLS, ARRATE . . . . . . . . . . . . . 16.066.284LEONISIO CALVO, RAFAEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 30.682.552LORENZO JIMENEZ, JESUS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 11.916.791MAJUELO APIÑANIZ, MIRIAM . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 18.592.599MARQUEZ IZQUIERDO, MARIA LUISA . . . . . . . . . . . . . 72.687.447MARTINEZ MARTINEZ, VIRGINIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 72.091.440MENENDEZ VILLANUEVA, SERGIO . . . . . . . . . . . . . . . . 20.172.766

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BOE núm. 28 Sábado 1 febrero 2003 4453

Organismo Conv. Nombre del becario/a DNI Fecha de baja

MORILLO RUANO, ALBERTO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 30.681.733PEREZ BRAVO, MARIA CARMEN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 14.603.302PEREZ HOYOS, SANTIAGO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 78.883.677RODRIGUEZ NOVOA, LORENA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 78.908.809RUIZ LITAGO, FATIMA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52.442.181SAN FELICES MATEOS, LEIRE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 78.893.949YEREGUI HERNANDEZ, MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.151.228

UNIVERSIDAD JAUME I. 1999 GIL MOLTO, MARIA JOSE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 19.011.762RODRIGUEZ MOYA, M. INMACULADA . . . . . . . . . . . . . . 19.000.629

2000 BELTRAN MARTIN, INMACULADA . . . . . . . . . . . . . . . . . 79.091.673CLIMENTE PLASENCIA, JUAN IGNACIO . . . . . . . . . . . 44.795.725CUESTAS OLIVARES, JUAN CARLOS . . . . . . . . . . . . . . . 29.191.224IBAÑEZ ROMAN, GRACIA MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 19.011.750MARTINEZ FLOR, ALICIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 19.002.527ROCA MOLINER, MARIA TERESA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52.948.792

2001 PARIS ALBERT, SONIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20.242.742ROCA SANZ, VICENTE RAMON . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52.948.173

UNIVERSIDAD MIGUEL HERNANDEZ. 1999 MOLINA PERALTA, ISABEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 48.319.2592000 JOVER GIL, SARA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.760.6492001 BERNABEU SANZ, ANGELA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 48.341.913

CATURLA CERNUDA, NURIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52.765.411GARCIA MARTINEZ, SANTIAGO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 48.376.579HERNANDEZ ROCAMORA, FLAVIA TAMARA . . . . . 48.373.210MAS LLORET, VICENTE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 48.341.097MORALES SABATER, RUTH . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 48.350.213QUESADA PAREDES, MARIA ENCARNACION . . . . 48.377.415

UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACION A DIS-TANCIA.

1998 CANO JIMENEZ, MIGUEL ANGEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 28.414.984 28-02-2003

1999 AHERN, AOIFE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . X1624380FABEIRO FIDALGO, PATRICIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 51.415.302GARCIA FALGUERAS, ALICIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52.929.560GARCIA FERNANDEZ, HUGO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.933.708LOZANO SANTIAGO, SARA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 14.615.577MONTERO CALDERA, MERCEDES . . . . . . . . . . . . . . . . . . 50.701.482RELINQUE FEIJOO, SILVIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 50.856.161RUEDA LAFFOND, BEATRIZ . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 51.922.509VILLALON OGAYAR, JUAN JOSE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 26.012.437

2000 BARBA REY, JESUS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 53.137.779DOMINGUEZ FERNANDEZ, MANUEL . . . . . . . . . . . . . . . 24.278.398GIL JAURENA, INES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 72.674.417JIMENEZ BLANCO, AMELIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7.230.067MORIANO LEON, JUAN ANTONIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.834.498RIVILLA PEREZ, IGNACIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.901.911SAN MARTIN GONZALEZ, ENRIQUE . . . . . . . . . . . . . . . . 53.005.203SANCHEZ ROMERO, CRISTINA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.252.201YRAVEDRA SAINZ DE LOS TERREROS, JOSE . . . . . 51.072.125

2001 ASEDEGBEGA NIETO, ESTHER . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.864.296BISCAIA FERNANDEZ, JOSE MIGUEL . . . . . . . . . . . . . . 51.916.788CASAJUS MURILLO, M.a LOURDES . . . . . . . . . . . . . . . . . 17.203.776DIAZ DE LOSADA LOPEZ, LUIS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43.816.338DONADO VARA, ARACELI . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 50.746.849ESCUDERO LIEBANA, CARLOS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 71.764.232GOOD SVOBODA, GABRIELA MURIEL . . . . . . . . . . . . . 48.316.864LOPEZ FERNANDEZ, MIGUEL ANGEL . . . . . . . . . . . . . 10.900.826MARTINEZ PASTOR, JUAN IGNACIO . . . . . . . . . . . . . . . 7.251.021MONTERO SANCHEZ, SARA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 50.319.218MORAN LUENGO, NOEMI . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 50.739.145SALIDO ORTIZ, JAVIER . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.708.707

UNIVERSIDAD PABLO DE OLAVIDE. 1999 MORENO SOLDEVILA, ROSARIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 28.492.9902000 GARCIA GONZALEZ, VICENTE MARCO . . . . . . . . . . . . 52.698.6382001 BREA CALVO, GLORIA TERESA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 53.274.046

UNIVERSIDAD POLITECNICA DE CARTAGENA. 1999 IGLESIAS VICTORIA, PATRICIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43.097.0022000 GARCIA GARCIA, MARIA DEL MAR . . . . . . . . . . . . . . . . 23.000.472

MOLINA VILAPLANA, JAVIER . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 34.811.8642001 CONESA BUENO, ANDRES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 23.002.505

NORTES TORTOSA, PEDRO ANTONIO . . . . . . . . . . . . . . 34.822.095UNIVERSIDAD POLITECNICA DE CATALUÑA. 1999 ALCOLEA RODRIGUEZ, ANDRES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.696.995

ALGABA JOAQUIN, INES M . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 34.753.731CACERES RABIONET, IVAN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 38.827.301LIBERATORE, CLAUDIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . X2923660LOPEZ CALVO, DANIEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 38.122.641MARTIN ARNEDO, JACINTO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.685.018TENEZ YBERN, VICTOR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43.683.305TURMO CODERQUE, JOSE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25.474.483

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4454 Sábado 1 febrero 2003 BOE núm. 28

Organismo Conv. Nombre del becario/a DNI Fecha de baja

2000 ALSINA TORRENT, JOSE MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 30.797.788BACHILLER SAÑA, ADRINA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.626.489BADIA MARTINEZ, DANIEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 39.354.632BARATTINI, JURY . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 423.697BRUNA ESCUER, PERE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43.533.239CABALLERO JURADO, ANTONIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52.467.019CASAS GARRIGA, GEMMA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.755.105DOMINGUEZ IGLESIAS, MONTSERRAT . . . . . . . . . . . . 43.431.071FALCON SAMPER, AYOSE JESUS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.315.213FERNANDEZ PRADES, CARLOS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43.533.564FERRER FORES, JAIME JOSE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43.099.082GAMEZ PEREZ, JOSE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 24.364.336GUALDA MANZANO, EMILIO JOSE . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.822.759JORDA SANCHEZ, GABRIEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43.093.426PELAEZ LOPEZ, JUAN CARLOS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . X2926632PUERTAS RODRIGUEZ, RICARDO . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52.914.304RICART ULLDEMOLINS, JOSEP . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.647.838ROLDAN GONZALEZ, PABLO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 38.142.528TRIAS MIQUEL, FRANCESC XAVIER . . . . . . . . . . . . . . . 46.762.279VILA SERRA, JAUME . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33.941.870

2001 AGUARELES CARRERO, MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 38.149.925BEA JOFRE, SERGIO ANDRES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3.698.131BONFILL TEIXIDOR, ANNA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 77.304.302CORZO RUEDA, MARIA CLEMENCIA . . . . . . . . . . . . . . . 37.555.481DARBRA ROMAN, ROSA MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 78.083.317DIAZ DOUTON, FERNANDO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.816.498FRANCO LANAO, MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 18.034.769GUILLEN GOSALBEZ, GONZALO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 48.479.073IZQUIERDO VILLENA, JESUS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.737.216LATORRE SALINAS, FERNANDO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 18.167.188MATA BURGAROLAS, MARTA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 77.311.643MAYOL AMENGUAL, JAUME . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 18.221.882MECA ALVAREZ, ESTEBAN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 36.519.819MUNTES MULERO, VICTOR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 36.576.800OROZCO LUQUERO, JORGE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 51.081.654RASTELLINI, FERNANDO GABRIEL . . . . . . . . . . . . . . . . X3719474RUBIO COMPAÑY, ANNA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 48.300.071SOLA BADIA, ESTER . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.658.670SOLE ROJALS, JOEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 39.896.394SOLE SIMO, MARC . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52.627.940URRUELA PLANAS, ANDRES AVELINO . . . . . . . . . . . . 46.241.968

UNIVERSIDAD POLITECNICA DE MADRID. 1998 LORENZO YUSTOS, HECTOR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 51.406.037 30-11-2003MACHADO SANCHEZ, FELIPE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.708.829 28-02-2003MARTIN GARCIA, CARLOS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20.251.475 31-07-2003

1999 BUENAPOSADA BIENCINTO, JOSE MIGUEL . . . . . . 53.107.951CASTRO MARTIN, ANGEL DE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 51.064.194CASTRO NOVAL, LAURA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.931.096FERNANDEZ ARROJO, CRISTINA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 53.007.367FERNANDEZ-GETINO GARCIA, ANA PATRICIA . . . 3.104.972GARCIA DEL PINO, PEDRO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 50.094.367GARRIDO RODRIGUEZ, MERCEDES . . . . . . . . . . . . . . . . 2.646.587GASCO GUERRERO, ANTONIO M . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.842.726JIMENEZ MARTIN, ANA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7.237.287 31-07-2003MARTIN CARNES, JOSE JAVIER . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8.982.211MARTIN MARTIN, DIEGO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52.539.230MORATA BARRADO, ANTONIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.376.958PEREZ GUTIERREZ, MARIA CONCEPCION . . . . . . . . 34.990.633SALAZAR LOPEZ, ALICIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6.252.125ZORNOZA RAMIREZ, JOSE AGUSTIN . . . . . . . . . . . . . . . 33.527.343ZUMEL VAQUERO, PABLO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 13.151.462

2000 ALAMO DE PEDRO, JUAN CARLOS DEL . . . . . . . . . . . 50.201.441BANDEIRA GREÑO, PABLO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7.502.456CASCAJO JIMENEZ, ROCIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 50.854.105ESCRIBANO RODENAS, LUIS MIGUEL . . . . . . . . . . . . . 2.629.947GALLARDO PEREZ, CAROLINA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.255.069GARCIA LAMPEREZ, ALEJANDRO . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.901.852GARCIA MARTINEZ, MARIA JESUS . . . . . . . . . . . . . . . . . 51.413.644GARCIA RUIZ, ANA MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 53.042.139GARCIA-AMORENA GOMEZ DEL MORAL, IGNA-

CIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 50.852.361GUADARRAMA COTADO, SERGIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . 51.940.044JIMENEZ DELGADO, M.a DEL CARMEN . . . . . . . . . . . . 2.906.047

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BOE núm. 28 Sábado 1 febrero 2003 4455

Organismo Conv. Nombre del becario/a DNI Fecha de baja

LUMBRERAS MARTIN, JULIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5.419.098MENDEZ POZO, GONZALO RUBEN . . . . . . . . . . . . . . . . . 33.519.872MUÑOZ IGUALADA, JAIME . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.595.186MUTKE REGNERI, SVEN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 71.142.386PEREZ CAMAÑO, JUAN LUIS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.831.169RAMOS MILLAN, ALBERTO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.842.833RODRIGUEZ-LOSADA GONZALEZ, DIEGO . . . . . . . . . 7.247.431ROVIRA DE ANTONIO, ANTONIO JOSE . . . . . . . . . . . . . 5.428.062RUIZ CRUZ, JORGE ALFONSO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7.250.608SANCHEZ MUÑOZ, ALMUDENA MARIA . . . . . . . . . . . . 51.064.096SEGURADO ESCUDERO, JAVIER . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 13.165.194SOTO DEL PECHO, ANDRES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.649.000VERA MOROS, JOAQUIN M . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 50.436.864

2001 CALVO PLAZA, FRANCISCO JOSE . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.598.838GALIANA BLANCO, BEATRIZ . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 11.837.910GARROTE GARCIA, FERNANDO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20.261.170HERMANNS, MIGUEL KARL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 605.388HERNANDEZ SANCHEZ, NATALIA . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.258.515JIMENEZ FERNANDEZ, SILVIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 50.959.162LOPEZ DE HEREDIA LARREA, UNAI . . . . . . . . . . . . . . . 44.684.038LOPEZ DEL CASTILLO, MARIA DEL PILAR . . . . . . . . 1.928.922LOPEZ FERNANDEZ, SUSANA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 50.110.717MIGUEL SANCHEZ, JAVIER . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52.374.780MUÑOZ CORRAL, ENRIQUE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 51.936.691NAVARRO GONZALEZ-VALERIO, JUAN ANTONIO 1.934.393PARAMES LASHERAS, ELENA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.932.299PETCHSKE, TOBIAS PHILIPP . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . X2933790RAMIREZ MORAN, DAVID . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 51.942.235SAENZ LECHON, NICOLAS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33.518.867

UNIVERSIDAD POLITECNICA DE VALENCIA. 1999 CARRASQUILLA GARCIA, NOELIA . . . . . . . . . . . . . . . . . 33.487.560CASANOVA LERMA, LAURA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 24.359.481DIEZ DIAZ, MONICA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25.423.722FERRER RIBERA, ROSA BELEN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.792.927GONZALEZ MOLLA, JORGE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.851.645RODRIGUEZ MATTALIA, MARIA LORENA . . . . . . . . . 24.378.159

2000 ATARES HUERTA, LORENA MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . 44.859.175BENLLOCH ORTIZ, REYES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.858.764CAPELLA HERNANDEZ, JUAN VICENTE . . . . . . . . . . 73.563.601COLLADO AMORES, MARIA CARMEN . . . . . . . . . . . . . . 24.377.448DIAZ GARCIA, DIEGO JOSE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 23.258.369GARCIA GABALDON, MONTSERRAT . . . . . . . . . . . . . . . 33.461.278GONZALEZ PELLICER, ANA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20.822.176IBAÑEZ COMPANY, JUAN BAUTISTA . . . . . . . . . . . . . . 73.561.066LLOVERA SEGOVIA, ADELA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25.406.344LOPEZ GARCIA, RAFAEL CARLOS . . . . . . . . . . . . . . . . . 73.554.498MARTINEZ LLORENS, SILVIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33.457.460NAVARRO VARELA, ROSA ISABEL . . . . . . . . . . . . . . . . . 23.022.127PEREZ MARIN, EVA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 29.189.562SILVESTRE GARCIA, LAURA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33.460.211SORIANO SANCHO, M.a PILAR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.794.345

2001 ARMESTO ANGEL, LEOPOLDO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.605.873BARRERA PUIGDOLLERS, CRISTINA . . . . . . . . . . . . . . 45.634.574CARRION BENEDITO, CAROLINA . . . . . . . . . . . . . . . . . . 45.632.996CASTELLO GOMEZ, MARIA LUISA . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33.461.965FUENTES LOPEZ, ANA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.850.883FUENTES LOPEZ, ELENA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 23.808.398GOMEZ MINGUET, EUGENIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 22.572.736MAYOR IVORRA, JOSE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25.127.186MORAGA BALLESTEROS, M.a JOSE . . . . . . . . . . . . . . . . 53.201.370OSETE CORTINA, LAURA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 85.091.574PERIS MOLL, ELENA MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20.434.956PLAZAS TORRES, ALEJANDRO HERNAN . . . . . . . . . . X3867782ROS LIS, JOSE VICENTE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 53.097.357SAEZ CANTOS, ROBERTO CARLOS . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.386.139SANCHIS KILDERS, PABLO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 53.203.515VALERO CUBAS, SOLEDAD . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 53.051.505VALLES LLUCH, ANA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 73.779.451

UNIVERSIDAD POMPEU FABRA. 1999 CARRASCO MARTIN, JORDI . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.705.466FULLANA FERRE, GUILLEM DÉFAK . . . . . . . . . . . . . . . 46.728.504

2000 BODI BRUN, OSCAR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 35.100.513CASADOME BURRIEL, LAURA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43.528.470CASTILLO ANDREO, ESTER . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 53.073.393GINES SANCHEZ, ANDREU . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 24.386.449

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4456 Sábado 1 febrero 2003 BOE núm. 28

Organismo Conv. Nombre del becario/a DNI Fecha de baja

MATTIOLI, LAURA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8.350.850PIÑEIRO SALGUERO, JOSE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 39.368.144PUIG BORREIL, ISABEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 38.136.808PUIG SIMON, INMACULADA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 45.472.366SALVA CERDA, FRANCESCA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43.119.212

2001 CAMI CAMPAMA, MARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 77.315.182CISNEROS SALA, MAMES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 38.148.443COUTO FERREIRA, MARIA ERICA . . . . . . . . . . . . . . . . . . 77.008.169PALA, GIAIME . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . X3907017RODA NOGUERA, ORIOL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 36.531.369VELASCO RICO, CLARA ISABEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 38.853.669YELAMOS BAYARRI, ESTELA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.023.072

UNIVERSIDAD PONTIFICIA DE COMILLAS. 1999 BERASTEGUI PEDRO-VIEJO, ANA . . . . . . . . . . . . . . . . . . 51.064.476CERISOLA LOPEZ DE HARO, SANTIAGO . . . . . . . . . . 50.099.771

2000 ESPINAR FELLMANN, ISABEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43.085.688GOMEZ BENGOECHEA, BLANCA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52.479.261SANCHEZ MIRALLES, ALVARO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 13.156.272TELLO DIAZ-MAROTO, INMACULADA . . . . . . . . . . . . . 47.019.462

2001 BELMONTE GARCIA, OLGA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 48.378.852BURGOS BUIL, MERCEDES DOLORES . . . . . . . . . . . . . 25.089.632JODAR ANCHIA, RAFAEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7.247.648

UNIVERSIDAD PONTIFICIA DE SALAMANCA. 1999 BROTONS TENA, ERNESTO JESUS . . . . . . . . . . . . . . . . . 25.150.215ORTEGA SANTAMARIA, SERGIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 12.396.906

2000 ANTONA CASAS, CESAR JESUS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6.584.241CAPATAZ COLAS, IZASKUN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 72.722.578MORA GOMEZ-CALCERRADA, EPIFANIO . . . . . . . . . . 62.462.640

UNIVERSIDAD PUBLICA DE NAVARRA. 1998 GALVEZ GOMEZ, MARIA DOLORES . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.620.171 30-04-20031999 GOÑI TURUMBAY, VIRGINIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.611.590

PIEROLA NARVARTE, GEMMA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.613.464RODRIGUEZ SANZ DE GALDEANO, BEATRIZ . . . . . 72.694.371SIMON DE GOÑI, OIHANE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 72.692.504ZANDUETA CRIADO, AITOR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 72.681.992

2000 ALCALDE UNZU, JORGE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 72.692.701ARROABARREN ALEMAN, IXONE . . . . . . . . . . . . . . . . . . 72.673.821BAÑUELOS VILLAVERDE, PATRICIA . . . . . . . . . . . . . . 72.788.074CASASNOVAS OLIVA, VALERO LUIS . . . . . . . . . . . . . . . 18.032.732VIDAURRE ARBIZU, CARMEN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.631.366

2001 CAMPION ARRASTIA, M.a JESUS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 72.690.211LAZCANO GARRO, DAVID . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33.442.499PEREZ SINUSIA, ESTER . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 17.745.953SARASIBAR IRIARTE, MIREN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.632.842

UNIVERSIDAD RAMON LLULL. 1998 CORBELLA SANTOMA, SERGI . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 36.526.706 31-05-20032000 ROMERA VAZQUEZ, BERTA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.683.151

UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS. 1999 ESTEBAN RODRIGUEZ, MARIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52.983.5802001 ALFARO CABADO, VERONICA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5.418.690

UNIVERSIDAD ROVIRA I VIRGILI. 1999 MARTINEZ IGUAL, MIGUEL ANGEL . . . . . . . . . . . . . . . . 22.493.878MARTINEZ MOLINA, KENNETH . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.014.257PERIS CAMPODARBE, SERGIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44.415.725VIDAL CASADO, MONICA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46.692.461

2000 ANDREU PUJOL, ROBERT . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 39.895.295CABANES CRUELLES, DAN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 47.624.062DAURA OLLER, ELIAS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 39.903.966NIETO DRAGHI, CARLOS EDUARDO . . . . . . . . . . . . . . . X2902728 30-09-2003WARCZOK, JUSTYNA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . X3366966

2001 ALMACELLAS MORENO, NURIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43.738.912BECERRA BONACHE, LEONOR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 39.891.544BUTNAR, ISABELA ANAMARIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . X3904013CARO RUBIO, ESTER . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 39.885.953IVANOV, PETER TSOLOV . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . X3339659MEÑACA RODRIGUEZ-AVIAL, ARANTZAZU DE . . . 51.066.790NADAL LOMAS, MARTI . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 39.901.224SALAH MOUSSA, AMGAD . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . X3893049

2168 ORDEN ECD/3504/2002, de 19 de diciembre, por la que seconcede el premio «Ciudades Patrimonio de la Humani-dad», correspondiente al año 2002.

Por Orden de 16 de octubre de 2002 («Boletín Oficial del Estado» de 7de noviembre), se convocó el Premio «Ciudades Patrimonio de la Huma-nidad» correspondiente a 2002, regulado por Orden de 23 de marzo de 2000(«Boletín Oficial del Estado» del 31), para reconocer y recompensar lalabor de personas físicas o jurídicas en el ámbito de la conservación, res-tauración, promoción y difusión del patrimonio histórico y cultural rea-

lizada en las ciudades españolas cuyos conjuntos históricos han sido decla-rados Patrimonio de la Humanidad por la UNESCO.

El jurado encargado del fallo para la concesión de este Premio fuedesignado por Orden de 23 de octubre de 2002 («Boletín Oficial del Estado»de 8 de noviembre).

Constituido el mismo, emitido el fallo y elevado éste a través del Directorgeneral de Bellas Artes y Bienes Culturales, de conformidad con lo dis-puesto en el Punto Sexto de la Orden reguladora, he tenido a bien disponer:

Se concede el Premio Nacional de Restauración y Conservación deBienes Culturales correspondiente al año 2002 a:

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BOE núm. 28 Sábado 1 febrero 2003 4457

Primer premio, dotado de 15.025,30 euros, al proyecto de intervenciónen el Cerro San Vicente (Salamanca), llevado a cabo por el Ayuntamientode Salamanca, por su propuesta cultural y adecuación urbanística comoMuseo de la Ciudad, archivo de arquitectura moderna y contemporánea,por su calidad en el diseño arquitectónico y por la recuperación tan singularde este sitio como parque arqueológico.

Segundo premio, dotado con 9.015,18 euros, al proyecto de restauracióny recuperación del antiguo hospital de Santa María la Rica, llevado a cabopor la obra social de Caja Madrid y el Ayuntamiento de Alcalá de Henares,por representar la rehabilitación y recuperación de un edificio del siglo XVsituado en el recinto medieval cristiano del casco histórico complutense,contribuyendo a través de una cuidadosa integración arquitectónica a larevitalización del caserío residencial que rodea a la catedral mediantela incorporación innovadora de un centro dedicado al arte y a la culturacontemporánea en el corazón de la ciudad monumental.

Ambos proyectos destacan por su ejecución material y su función derevitalización social y urbana, constituyendo un modelo en cuanto a susignificación innovadora de la vida de las ciudades Patrimonio de la Huma-nidad.

Lo que comunico a V. E. y a V. I. para su conocimiento y efectos.Madrid, a 19 de diciembre de 2002.

DEL CASTILLO VERA

Excmo. Sr. Secretario de Estado de Cultura e Ilmo. Sr. Director generalde Bellas Artes y Bienes Culturales del Ministerio de Educación, Culturay Deporte.

MINISTERIO DE AGRICULTURA,PESCA Y ALIMENTACIÓN

2169 CORRECCIÓN de erratas de la Orden APA/3227/2002, de3 de diciembre, por la que se definen el ámbito de apli-cación, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, ren-dimientos, precios y fechas de suscripción en relación conel seguro combinado y de daños excepcionales en frutales:Albaricoque, ciruela, manzana de mesa, melocotón y pera,comprendido en el Plan Anual de Seguros Agrarios Com-binados.

Advertidas erratas en la inserción de la Orden APA/3227/2002, de3 de diciembre, por la que se definen el ámbito de aplicación, las con-diciones técnicas mínimas de cultivo, rendimientos, precios y fechas desuscripción en relación con el seguro combinado y de daños excepcionalesen frutales: Albaricoque, ciruela, manzana de mesa, melocotón y pera,comprendido en el Plan Anual de Seguros Agrarios Combinados, publicadaen el «Boletín Oficial del Estado» número 302, de fecha 18 de diciembrede 2002, a continuación se transcriben las oportunas rectificaciones:

Página 44536 y 44537, el cuadro referido al período de suscripciónen ciruela se sustituirá por el que se recoge a continuación:

«2. Período de suscripción (ciruela)

Opciones Inicio suscripción Ámbito geográfico Variedades Final suscripción

«Opción A. 1 enero

Comunidades Autónomas de Andalucía, Valencia,Extremadura y provincias de Huesca, Lleida y Zara-goza.

Todas las variedades. 28 febrero.

Resto ámbito de aplicación.Beauty y Red Beauty. 28 de febrero.

Resto variedades. 15 marzo.

Opción B. 16 febrero. Todo el ámbito de aplicación. Todas las variedades. 30 abril.

Opción C. 1 enero.

Murcia y Valencia (excepto Valle de Ayora). De recolección anterior a 31 de julioexcepto Beauty y Red Beauty.

28 febrero.

Valle de Ayora (Valencia). De recolección anterior a 31 de julioexcepto Beauty y Red Beauty.

15 marzo.

Opción D. 16 febrero. Murcia y Valencia. De recolección anterior a 31 de julioexcepto Beauty y Red Beauty.

30 abril.

Complementario opciónA.

16 febrero. Todo el ámbito de aplicación. Todas las variedades. 30 abril.

Complementario opciónC.

16 febrero. Murcia y Valencia. De recolección anterior a 31 de julioexcepto Beauty y Red Beauty.

30 abril.»

Página 44537, el cuadro referido al período de garantía en ciruela se sustituirá por el que se recoge a continuación:

«3. Período de garantía (ciruela)

Opciones Inicio de garantías Ámbito geográfico Variedades Final garantías

Opción A. Estado fenológico «F». Todo el ámbito de aplicación. Todas las variedades. 30 septiembre.

Opción B. Estado fenológico «F». Todo el ámbito de aplicación. Todas las variedades. 30 septiembre.

Opción C. Estado fenológico «F». Murcia y Valencia. De recolección anterior a 31 de julioexcepto Beauty y Red Beauty.

31 julio.

Opción D. Estado fenológico «F». Murcia y Valencia. De recolección anterior a 31 de julioexcepto Beauty y Red Beauty.

31 julio.

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4458 Sábado 1 febrero 2003 BOE núm. 28

Opciones Inicio de garantías Ámbito geográfico Variedades Final garantías

Complementario opciónA.

15 marzo. Cádiz, Córdoba, Huelva y Sevilla.Beauty y Red Beauty. 30 septiembre.1 abril. Resto provincias.

15 abril. Todo el ámbito de aplicación. Resto variedades.

Complementario opciónC.

1 abril. Murcia y Valencia. De recolección anterior a 31 de julioexcepto Beauty y Red Beauty.

31 julio.

Nota: Para los riesgos de viento huracanado y lluvia persistente en todas las opciones, las garantías se iniciarán en el estado fenológico “Fruto 8 mm”».

Página 44537, en cuadro referido a las opciones de manzana de mesa se sustituirá por el que se recoge a continuación:

«1. Opciones (manzana de mesa)

Opciones Ámbito geográfico Riesgo

Opción A. Todo el ámbito de aplicación. Helada, pedrisco e inundación lluvia torrencial y garantía de daños excepcionales *.Opción B. Todo el ámbito de aplicación. Pedrisco e inundación-lluvia torrencial y garantía de daños excepcionales *.Opción C. Girona, Lleida, Huesca y Zaragoza. Helada, pedrisco e inundación-lluvia torrencial y garantía de daños excepcionales *.Opción D. Girona, Lleida, Huesca y Zaragoza. Pedrisco e inundación-lluvia torrencial y garantía de daños excepcionales *.Complementario opción A. Todo el ámbito de aplicación. Pedrisco e inundación-lluvia torrencial y garantía de daños excepcionales *.Complementario opción C. Girona, Lleida, Huesca y Zaragoza. Pedrisco e inundación-lluvia torrencial y garantía de daños excepcionales *.

* Se incluyen lluvia persistente y viento huracanado».

Página 44.537, el cuadro referido al período de garantía en manzana de mesa, se sustituirá por el que se recoge a continuación:

«3. Período de garantía (manzana de mesa)

Opciones Inicio garantías Ámbito geográfico Variedades Final garantías

Opción A. Estado fenológico «D». Murcia. Todas. 15 octubre.

Resto ámbito de aplicación. Todas. 15 noviembre.

Opción B. Estado fenológico «D».Murcia. Todas. 15 octubre.

Resto ámbito de aplicación. Todas. 15 noviembre.

Opción C. Estado fenológico «D». Girona, Lleida, Huesca y Zaragoza. Variedades con recolección anterior al 31 de agosto. 31 agosto.

Opción D. Estado fenológico «D». Girona, Lleida, Huesca y Zaragoza. Variedades con recolección anterior al 31 de agosto. 31 agosto.

Complementario opción A. 15 abril.Murcia. Todas. 15 octubre.

Resto del ámbito de aplicación. Todas. 15 noviembre.

Complementario opción C. 15 abril. Girona, Lleida, Huesca y Zaragoza. Variedades con recolección anterior al 31 de agosto. 31 agosto.

Nota: Para los riesgos de viento huracanado y lluvia persistente en todas las Opciones, las garantías se iniciarán en el estado fenológico “Fruto 12 mm”».

2170 CORRECCIÓN de erratas y errores de la OrdenAPA/3408/2002, de 23 de diciembre, por la que se definenel ámbito de aplicación, las condiciones técnicas mínimasde cultivo, rendimientos, precios y fechas de suscripciónen relación con el Seguro Combinado y de Daños Excep-cionales en Tomate, comprendido en el Plan Anual de Segu-ros Agrarios Combinados.

Advertidas erratas y errores en la Orden APA/3408/2002, de 23 dediciembre, por la que se definen el ámbito de aplicación, las condicionestécnicas mínimas de cultivo, rendimientos, precios y fechas de suscripciónen relación con el Seguro Combinado y de Daños Excepcionales en Tomate,comprendido en el Plan Anual de Seguros Agrarios Combinados, publicadaen el «Boletín Oficial del Estado» número 8, de fecha 9 de enero de 2003,a continuación se transcriben las oportunas rectificaciones:

Página 1031, en el anexo, para la provincia de Jaén, riesgos, dondedice «Pedrisco e inundación-lluvia torrencial y garantía de daños excep-cionales», debe decir: «Helada, pedrisco e inundación y garantía de dañosexcepcionales».

Página 1032, en el anexo, modalidad «B», para la provincia de Cádiz,Fechas límite de siembra o trasplante, donde dice: «Del 16-3 al 15-5», debedecir: «Del 16-3 al 31-5». Y para la provincia de Castellón, fechas límitede siembra o trasplante: Donde dice: «Del 1-4 al 31-5», debe decir: «Del 1-4al 15-5».

2171 CORRECCIÓN de erratas de la Orden APA/3409/2002, de23 de diciembre, por la que se definen el ámbito de apli-cación, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, ren-dimientos, precios y fechas de suscripción en relación conel Seguro Combinado y de Daños Excepcionales en Sandía,comprendido en el Plan Anual de Seguros Agrarios Com-binados.

Advertidas erratas en la inserción de la Orden APA/3409/2002, de23 de diciembre, por la que se definen el ámbito de aplicación, las con-diciones técnicas mínimas de cultivo, rendimientos, precios y fechas desuscripción en relación con el Seguro Combinado y de Daños Excepcionalesen Sandía, comprendido en el Plan Anual de Seguros Agrarios Combinados,

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BOE núm. 28 Sábado 1 febrero 2003 4459

publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 8, de fecha 9 de enerode 2003, a continuación se transcriben las oportunas rectificaciones:

Página 1035, Modalidad A, Riesgos para las provincias de Murcia yValencia, donde dice: «Pedrisco e Inundación-lluvia torrencial y garantíade daños excepcionales», debe decir: «Helada, Pedrisco e Inundación-lluviatorrencial y garantía de daños excepcionales».

2172 CORRECCIÓN de erratas de la Orden APA/3410/2002, de 23de diciembre, por la que se definen el ámbito de aplicación,las condiciones técnicas mínimas de cultivo, rendimientos,precios y fechas de suscripción en relación con el SeguroCombinado y de Daños Excepcionales en Pimiento, com-prendido en el Plan Anual de Seguros Agrarios Combina-dos.

Advertidas erratas en la inserción de la Orden APA/3410/2002, de23 de diciembre, por la que se definen el ámbito de aplicación, las con-diciones técnicas mínimas de cultivo, rendimientos, precios y fechas desuscripción en relación con el Seguro Combinado y de Daños Excepcionalesen Pimiento, comprendido en el Plan Anual de Seguros Agrarios Com-binados, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 8, de fecha9 de enero de 2003, a continuación se transcriben las oportunas recti-ficaciones:

Página 1037, en el anexo, para la provincia de Alicante, límite de garan-tías, donde dice: «31-10», debe decir: «30-11».

Página 1039, en el anexo, para la provincia de Zamora, ámbito deaplicación: Comarcas de Benavente y Los Valles y Duero Bajo; Riesgos:Helada, pedrisco e inundación-Lluvia torrencial y garantía de daños excep-cionales; Finalización período de suscripción 31-5; Límite de garantías31-10; Duración máxima garantías (meses) 15; debe añadirse para la pro-vincia de Zamora: «ámbito de aplicación Resto de comarcas; Riesgos: Pedris-co e Inundación-Lluvia torrencial y Garantía de daños excepcionales; Fina-lización período de suscripción 31-05; límite de garantías: 31-10; Duraciónmáxima garantías (meses): 5».

2173 CORRECCIÓN de erratas de la Orden APA/3413/2002, de23 de diciembre, por la que se definen el ámbito de apli-cación, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, ren-dimientos, precios y fechas de suscripción en relación conel Seguro Combinado y de Daños Excepcionales en Melón,comprendido en el Plan Anual de Seguros Agrarios Com-binados.

Advertidas erratas en la inserción de la Orden APA/3413/2002, de23 de diciembre, por la que se definen el ámbito de aplicación, las con-diciones técnicas mínimas de cultivo, rendimientos, precios y fechas desuscripción en relación con el Seguro Combinado y de Daños Excepcionalesen Melón, comprendido en el Plan Anual de Seguros Agrarios Combinados,publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 8, de fecha 9 de enerode 2003, a continuación se transcriben las oportunas rectificaciones:

Página 1046, en el anexo, para la provincia de Alicante, fechas límitede siembra o trasplante, donde dice: «Hasta 00-01», debe decir: «Hasta 15-04».

2174 CORRECCIÓN de erratas de la Orden APA/3417/2002, de23 de diciembre, por la que se definen el ámbito de apli-cación, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, ren-dimientos, precios y fechas de suscripción en relación conel Seguro Combinado y de Daños Excepcionales en Zana-horia, comprendido en el Plan Anual de Seguros AgrariosCombinados.

Advertidas erratas en la inserción de la Orden APA/3417/2002 de 23de diciembre, por la que se definen el ámbito de aplicación, las condicionestécnicas mínimas de cultivo, rendimientos, precios y fechas de suscripciónen relación con el Seguro Combinado y de Daños Excepcionales en Zana-horia, comprendido en el Plan Anual de Seguros Agrarios Combinados,publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 8, de 9 de enero de2003, a continuación se transcriben las oportunas rectificaciones:

Página 1068, en el anexo, finalización período de suscripción y parala provincia de Tarragona, donde dice: «31-6», debe decir: «30-6».

Página 1069, en el anexo, finalización período de suscripción en laModalidad C y para la provincia de Cádiz, donde dice: «15-5 hasta 15-4»,debe decir: «15-1 hasta 15-4».

MINISTERIODE SANIDAD Y CONSUMO

2175 RESOLUCIÓN de 16 de enero de 2003, de la Secretaría Gene-ral de Sanidad, por la que se da publicidad al Convenioen materia de farmacovigilancia entre la Agencia Espa-ñola del Medicamento del Ministerio de Sanidad y Consumoy la Consejería de Sanidad, Consumo y Servicios Socialesde la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Suscrito el 9 de mayo de 2002, Convenio en materia de farmacovi-gilancia entre la Agencia Española del Medicamento del Ministerio de Sani-dad y Consumo y la Consejería de Sanidad, Consumo y Servicios Socialesde la Comunidad Autónoma de Cantabria, en cumplimiento de lo dispuestoen el apartado dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial delEstado» de dicho Acuerdo, que figura como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.Madrid, 16 de enero de 2003.—El Secretario general, Rafael Pérez-San-

tamarina Feijóo.

ANEXO QUE SE CITA

Convenio en materia de farmacovigilancia entre la Agencia Españoladel Medicamento del Ministerio de Sanidad y Consumo y la Consejeríade Sanidad, Consumo y Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma

de Cantabria

En Madrid, a 9 de mayo de 2002.

REUNIDOS

De una parte el excelentísimo señor don Jaime del Barrio Seoane,Consejero de Sanidad, Consumo y Servicios Sociales, nombrado por RealDecreto 78/1999, de 4 de agosto, publicado en el «Boletín Oficial de Can-tabria» número 154, de 4 de agosto de 1999 y facultado para celebrarel presente Convenio en virtud del acuerdo adoptado por el Consejo deGobierno de fecha 6 de julio de 2000.

De otra parte el ilustrísimo señor don Fernando García Alonso, Directorde la Agencia Española del Medicamento, con nombramiento provisionalde 7 de febrero de 2002 del Subsecretario de Sanidad y Consumo y enrepresentación de ese Organismo Autónomo, con domicilio social en calleHuertas, 75, 28014 Madrid, y CIF Q 2827023 I.

Intervienen en función de sus respectivos cargos que han quedadoexpresados y en el ejercicio de las facultades que a cada uno le estánconferidas, y con plena capacidad para formalizar el presente Convenio,ambos de mutua conformidad.

Asimismo el presente Convenio de colaboración se suscribe al amparode lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley 30/1992, según modificaciónde la Ley 4/1999, de 13 de enero.

EXPONEN

Primero.—Que el Ministerio de Sanidad y Consumo desarrolla des-de 1984 el Sistema Español de Farmacovigilancia para conocer la incidenciade las Reacciones Adversas a medicamentos comercializados en España

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4460 Sábado 1 febrero 2003 BOE núm. 28

cuyo programa básico es la notificación estructurada de sospechas de efec-tos adversas, a través de los profesionales sanitarios.

Segundo.—Que el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Saludestableció en julio de 1988 que las Comunidades Autónomas y el Ministeriode Sanidad y Consumo elaborarían convenios de cooperación en materiade Farmacovigilancia.

Tercero.—Que la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales,Administrativas y del Orden social, crea la Agencia Española del Medi-camento, a la que se le atribuye, entre otras funciones, la de planificar,coordinar, evaluar y desarrollar el Sistema Español de Farmacovigilancia,recogido en el artículo 5.19 de su Estatuto, aprobado por Real Decre-to 520/1999, de 26 de marzo.

Cuarto.—Que es imprescindible la colaboración entre la Agencia Espa-ñola del Medicamento del Ministerio de Sanidad y Consumo de una partey la Consejería de Sanidad, Consumo y Servicios Sociales de la ComunidadAutónoma de Cantabria por otra, al objeto de llevar a cabo este programade Farmacovigilancia coordinadamente.

Quinto.—Que la Consejería de Sanidad, Consumo y Servicios Socialesde la Comunidad Autónoma de Cantabria dispone de los medios suficientespara efectuar un programa de este tipo en el ámbito de su zona geográfica.

Sexto.—Que en la fase piloto del programa de farmacovigilancia se esta-bleció un centro en Cantabria que posteriormente y de acuerdo con laexposición tercera, pasó a depender del Gobierno de la Comunidad Autó-noma.

Séptimo.—Que este Convenio viene a sustituir al suscrito con fecha 24de julio de 2001, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 29 deseptiembre de 2001, y recoge el mutuo interés de ambas partes para actuaren un único Sistema Español de Farmacovigilancia siendo fruto de unacuerdo de colaboración interadministrativa para la ejecución de un pro-grama de un sector de actividad como es la farmacovigilancia.

Octavo.—Que este Convenio se celebre en base a lo establecido en elartículo 48 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad y seenmarca en el ámbito de competencias y esfera de intereses que, en lamateria, atribuyen al Estado y a la Comunidad Autónoma de Cantabriala Constitución en su artículo 149.1.16.a y el artículo 24.9 del Estatutode Autonomía para Cantabria.

ESTIPULACIONES

Primera.—La Consejería de Sanidad, Consumo y Servicios Sociales secompromete a mantener la actividad del Centro de Farmacovigilancia dela Comunidad Autónoma de Cantabria.

Segunda.—La Consejería de Sanidad, Consumo y Servicios Sociales dis-tribuirá las tarjetas amarillas empleadas para la notificación a los pro-fesionales sanitarios colegiados en su Comunidad. El modelo utilizado seráel empleado en el Sistema Español de Farmacovigilancia.

Tercera.—Se mantendrá la absoluta confidencialidad tanto de los pacien-tes como de los profesionales sanitarios notificadores, garantizando lano duplicidad de las sospechas de reacciones adversas a los medicamentos.

Cuarta.—La información recibida será evaluada periódicamente por lostécnicos del Centro de Farmacovigilancia. El Centro contará con el apoyode un Comité Consultivo que será responsable de la evaluación de lasnotificaciones especialmente complejas.

La composición del Comité y las variaciones que se produzcan en elmismo serán comunicadas a la Agencia Española del Medicamento delMinisterio de Sanidad y Consumo.

Quinta.—El Centro de Farmacovigilancia integrará la información reci-bida, una vez evaluada y codificada, en la Base de Datos FEDRA del SistemaEspañol de Farmacovigilancia. La carga de datos se realizará «on-line»,dando la máxima prioridad a las reacciones adversas graves. Cuando laconexión no sea posible, la información se enviará en disquete al CentroCoordinador.

Sexta.—La Consejería de Sanidad, Consumo y Servicios Sociales podrásolicitar a la Agencia Española del Medicamento informes específicos deReacciones Adversas a medicamentos o a grupos de medicamentos obte-nidos a través del Conjunto del Sistema Español de Farmacovigilancia.

Séptima.—La Agencia Española del Medicamento podrá solicitar infor-mes específicos sobre Reacciones Adversas a medicamentos o grupos demedicamentos a la Consejería de Sanidad, Consumo y Servicios Sociales.

Octava.—El Centro de Farmacovigilancia facilitará información de retor-no a los facultativos que lo soliciten y elaborará una memoria anual conlos resultados del Programa que se entregará a la Agencia Española delMedicamento del Ministerio de Sanidad y Consumo, antes de finalizarel primer trimestre del año siguiente a la finalización de este Convenio.

El Centro deberá coordinar las intervenciones de los profesionales de suComunidad en materia de Farmacovigilancia.

Novena.—El Centro de Farmacovigilancia se compromete a enviar unrepresentante a las reuniones del Comité Técnico Nacional con el fin deasegurar la aplicación de un mismo método de trabajo.

Décima.—Que en los Presupuestos de la Agencia Española del Medi-camento con cargo al Programa 413-B, «Oferta y Uso Racional del Medi-camento y Productos Sanitarios», Capítulo II, Concepto 226.16, «Programasde Farmacovigilancia», existe una dotación suficiente para atender a esteConvenio. La aportación de la Agencia Española del Medicamento parala ejecución del presente Convenio será la que a continuación se relaciona:

Por la ejecución del Programa en el 2002 que se concreta en lo esta-blecido en las estipulaciones 4.a 5.a 8.a 9.a y 10.a la Agencia Españoladel Medicamento entregará a la Comunidad Autónoma de Cantabria lacantidad de 18.030,36 euros.

La mencionada cantidad se entregará de una sola vez previa presen-tación de la nota de cargo correspondiente por parte de la Consejeríade Sanidad, Consumo y Servicios Sociales de la Comunidad Autónomade Cantabria.

Undécima.—En todas las publicaciones, carteles, impresos de difusión,boletines relacionados con el programa y similares, junto con los símbolospropios de la Consejería de Sanidad, Consumo y Servicios Sociales figu-rarán los siguientes elementos:

a) El lema: Sistema Español de Farmacovigilancia.b) La leyenda: Ministerio de Sanidad y Consumo, Agencia Española

del Medicamento.

Duodécima.—De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.2.e) dela Ley 4/1999, que modifica la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de RégimenJurídico para las Administraciones Públicas y del Procedimiento Admi-nistrativo Común, no es necesario establecer una organización para lagestión del Convenio.

Decimotercera.—Las cuestiones litigiosas que puedan surgir en materiade interpretación, modificación, efectos y extinción del acuerdo, seráncompetencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

Decimocuarta.—El presente Convenio tendrá carácter anual y su vigen-cia se extiende hasta el 31 de diciembre de 2002, salvo denuncia expresapor cualquiera de las partes, con un mínimo de dos meses de antelacióna la finalización del Convenio.

En cualquier caso ambas partes se comprometen a adoptar las medidasoportunas que garanticen la finalización de las actividades específicas quehubieran sido puestas en marcha.

Y en prueba de conformidad con cuanto queda estipulado, firman laspartes el presente documento en el lugar y fecha consignados en el enca-bezamiento.—El Director de la Agencia Española del Medicamento, Fer-nando García Alonso.—El Consejero de Sanidad, Consumo y Servicios Socia-les, Jaime del Barrio Seoane.

BANCO DE ESPAÑA

2176 RESOLUCIÓN de 31 de enero de 2003, del Banco de España,por la que se hacen públicos los cambios del euro corres-pondientes al día 31 de enero de 2003, publicados por elBanco Central Europeo, que tendrán la consideración decambios oficiales, de acuerdo con lo dispuesto en el ar-tículo 36 de la Ley 46/1998, de 17 de diciembre, sobre laIntroducción del Euro.

CAMBIOS

1 euro = 1,0816 dólares USA.1 euro = 129,17 yenes japoneses.1 euro = 7,4368 coronas danesas.1 euro = 0,65570 libras esterlinas.1 euro = 9,2285 coronas suecas.1 euro = 1,4678 francos suizos.1 euro = 83,54 coronas islandesas.

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BOE núm. 28 Sábado 1 febrero 2003 4461

1 euro = 7,4520 coronas noruegas.1 euro = 1,9557 levs búlgaros.1 euro = 0,57927 libras chipriotas.1 euro = 31,572 coronas checas.1 euro = 15,6466 coronas estonas.1 euro = 243,98 forints húngaros.1 euro = 3,4525 litas lituanos.1 euro = 0,6255 lats letones.1 euro = 0,4201 liras maltesas.1 euro = 4,1345 zlotys polacos.1 euro = 35.848 leus rumanos.1 euro = 231,0725 tolares eslovenos.1 euro = 41,741 coronas eslovacas.1 euro = 1.781.000 liras turcas.1 euro = 1,8397 dólares australianos.1 euro = 1,6562 dólares canadienses.1 euro = 8,4363 dólares de Hong-Kong.1 euro = 1,9820 dólares neozelandeses.1 euro = 1,8766 dólares de Singapur.1 euro = 1.265,47 wons surcoreanos.1 euro = 9,2639 rands sudafricanos.

Madrid, 31 de enero de 2003.—El Director general, Francisco JavierAríztegui Yáñez.

COMUNIDAD AUTÓNOMADE CATALUÑA

2177 RESOLUCIÓN de 26 de noviembre de 2002, de la DirecciónGeneral de Consumo y Seguridad Industrial del Departa-mento de Trabajo, Industria, Comercio y Turismo, de homo-logación e inscripción en el Registro del siguiente productofabricado por «Grupo Consist, Sociedad Anónima», sacode papel multihoja resistente al agua, código 5M2, marcay «Gruconsa» 558113/AAAI, para el transporte de mercan-cías peligrosas por ferrocarril y vía marítima.

Recibida en la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrialdel Departamento de Trabajo, Industria, Comercio y Turismo, de la Gene-ralitat de Catalunya, la solicitud presentada por «Grupo Consist, SociedadAnónima», con domicilio social en calle Del Tossal, 2, municipio de Agra-munt (Lleida), para la homologación e inscripción en el Registro del siguien-te producto fabricado por «Grupo Consist, Sociedad Anónima», en su ins-talación industrial ubicada en Agramunt, saco de papel multihoja resistenteal agua, código 5M2, marca y modelo «Gruconsa» 558113/AAAI, para eltransporte de mercancías peligrosas por ferrocarril y vía marítima.

Resultando que el interesado ha presentado la documentación exigidapor la legislación vigente que afecta al producto cuya homologación einscripción en el Registro se solicita, y que la EIC-ENICRE, «ECA, SociedadAnónima», mediante informe, certificado y actas con clave25/25/15/0/003221, ha hecho constar que el tipo presentado cumple todaslas especificaciones actualmente establecidas por Orden de 17 de marzode 1986 («Boletín Oficial del Estado» del 31), modificada por la de 28de febrero de 1989, sobre homologaciones de envases y embalajes des-tinados al transporte de mercancías peligrosas, he resuelto homologar eltipo del citado producto, con la contraseña de inscripción 02-J-652, y defi-nir, por último, como características técnicas para cada marca y modeloregistrado, las que se indican a continuación:

Marca y modelo «Gruconsa» 558113/AAAI.

Características y productos autorizados a transportar:

Las indicadas en el anexo.

Esta homologación se hace únicamente en relación con la Orden de17 de marzo de 1986 («Boletín Oficial del Estado» del 31), modificada

por la de 28 de febrero de 1989, sobre homologaciones de envases y emba-lajes destinados al transporte de mercancías peligrosas, por tanto, conindependencia de la misma, se habrá de cumplir cualquier otro Reglamentoo disposición que le sea aplicable, debiéndose presentar la conformidadde la producción con el tipo homologado antes del 26 de noviembre de2004 (Orden de 28 de febrero de 1989).

Esta Resolución de homologación solamente puede ser reproducidaen su totalidad.

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, sepuede interponer recurso de alzada ante el Consejero de Industria, Comer-cio y Turismo, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguientede su notificación, sin perjuicio de poder interponer cualquier otro recursoque se considere oportuno.

Barcelona, 26 de noviembre de 2002.—El Director general, P. D. (Re-solución de 7 de octubre de 1996, «Diario Oficial de la Generalidad deCataluña» de 13 de noviembre), el Jefe del Servicio de Automóviles y Metro-logía, Joan Pau Clar Guevara.

ANEXO

Tipo de embalaje: Saco de papel multihoja resistente al agua.Marca y modelo: «Gruconsa», 558113/AAAI.Nombre de la EIC y número del informe: ECA, «Entidad Colaboradora

de la Adminis trac ión , Soc iedad Anónima» , in forme núme-ro 25/25/15/0/003221.

Contraseña de homologación RID/IMDG: 02-J-652.Descripción:

Clase de material: Papel Kraft y PE.Composición: Bolsa interior de plástico polietileno LD, de 38 l de grue-

so, galga 150. Hoja interior de papel kraft crudo de 70 g/m2 ± 4%. Hojaintermedia de papel kraft crudo de 70 g/m2 ± 4%. Hoja interior de papelkraft blanco de 70 g/m2 ± 4%.

Gramaje total: 70 g/m2.Dimensiones en m (2): 550 mm × 810 mm × 130 mm.Volumen útil máximo en L (2):Peso bruto máximo del conjunto en kg: 25 kg.Tara del conjunto y de cada elemento en kg:Presión de diseño en bar:Presión de prueba en bar:Dispositivos de seguridad:Tipos y sistema de cierre: Saco de boca abierta, pegado, plano, con

fondo hexagonal, de acuerdo con la norma UNE EN 26590-1:1992.Material de las juntas:Código (tipo, material y grupo): 5M2.

Materias a transportar:

Tipo de transporte (3): ADR-RID-IMD.Densidad máxima relativa de las materias transportables (3).Tensión máxima de vapor a 50 0C (3).Transporte por carretera (de acuerdo con el ADR):

Grupo de embalaje (1): II y III.Materias, clase y apartados:

Clase 4.1: Materias sólidas inflamables:

UN 1325: Sólido inflamable, orgánico, n.e.p.

Clase 6.1: Materias tóxicas:

UN 2783: Plaguicida a base de organofósforo.UN 2757: Plaguicida a base de carbamato.UN 2588: Plaguicida sólido tóxico.Materias de la clase 9.UN 3077: «Sustancias sólidas potencialmente peligrosas para el medio

ambiente, n.e.p.».Transporte para ferrocarril (de acuerdo con el RID):

Grupo de embalaje (1): II y III.Materias, clase y apartados:

Clase 4.1: Materias sólidas inflamables:

UN 1325: Sólido inflamable, orgánico, n.e.p.

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4462 Sábado 1 febrero 2003 BOE núm. 28

Clase 6.1: Materias tóxicas:

UN 2783: Plaguicida a base de organofósforo.UN 2757: Plaguicida a base de carbamato.UN 2588: Plaguicida sólido tóxico.Materias de la clase 9.UN 3077: «Sustancias sólidas potencialmente peligrosas para el medio

ambiente, n.e.p.».Transporte marítimo (de acuerdo con el IMO/IMDG):

Grupo de embalaje (1): II y III.Materias, clase, capítulos y número ONU:

UN 1325: Sólido inflamable, orgánico, n.e.p. (II y III).UN 2588: Plaguicida sólido, n.e.p. (II y III).UN 2757: Plaguicida sólido, tóxico a base de carbamatos (II y III).UN 2783: Plaguicida sólido, tóxico, a base de compuestos organofos-

forados (II y III).UN 3077: Sustancia sólida potencialmente peligrosa para el medio

ambiente, n.e.p. (III).

Excepciones (4).Instrucciones de embalaje (4): No deberían utilizarse estos embalajes

cuando las sustancias transportadas puedan licuarse durante el transporte.Los embalajes deberían ser no tamizados (grupo de envase III), exceptoUN 1325.

Instrucciones especiales (4): En el caso UN 3077 se permiten los sacos5H1, 5L1 y 5M1 cuando son transportados en unidades de transportecerradas.

(1) Tachar lo que no procede.(2) En los embalajes compuestos y combinados indicar los valores tanto de

los envases interiores como del embalaje exterior.(3) Indicar tipo de transporte (ADR/RID/IMDG/OACI).(4) Indicar la identificación de las materias que se pueden transportar de acuer-

do con el reglamento respectivo, y si las hay reflejar las excepciones, instruccionesde embalaje e instrucciones especiales.

2178 RESOLUCIÓN de 18 de noviembre de 2002, de la DirecciónGeneral de Consumo y Seguridad Industrial del Departa-mento de Trabajo, Industria, Comercio y Turismo, por laque se autorizan provisionalmente para su uso e insta-lación en la red los contadores estáticos trifásicos, mul-tienergía y multifunción, marca «Actaris», modeloSL-7000.SMART-E.

Vista la solicitud presentada por la empresa «Actaris Contadores, Socie-dad Anónima», domiciliada en Montornès del Vallès (Barcelona), Vial Norte,número 5, inscrita en el Registro de Control Metrológico con el número02-E.03, en solicitud de autorización de los contadores estáticos trifásicos,multienergía y multifunción, marca «Actaris», modelo SL-7000.SMART-E.

Visto el informe técnico favorable emitido por el Centro Español deMetrología con número de referencia: CEM-ITC-00/170-3.4, y los certifi-cados de ensayo emitidos por el «Nederlands Meetinstituut» (NMI) dereferencias CVN-10119306-01 y CVN-10119306-02, que acreditan el cum-plimiento de las prescripciones técnicas, metrológicas y de compatibilidadelectromagnética aplicables a estos instrumentos.

Considerando que a la parte activa del contador presentado le es deaplicación la Orden que regula el control metrológico del Estado sobrelos contadores estáticos de energía activa en corriente alterna, clases 1y 2 («Boletín Oficial del Estado» número 532, de marzo de 2000).

Considerando que el Real Decreto 385/2002, de 26 de abril, que modificael Real Decreto 2018/1997, de 26 de diciembre, por el cual se aprueba

el Reglamento de puntos de medida de los consumos y tránsitos de energíaeléctrica, establece que cuando un contador estátito integral o combinadoincorpore equipos sujetos a aprobación de modelo conforme a una dis-posición de desarrollo de la Ley 3/1986, de Metrología, junto con equiposo dispositivos no sujetos a la mencionada aprobación de modelo, estosúltimos requerirán autorización de modelo para su uso e instalación enla red, siendo otorgada ésta por la misma Administración que otorga laaprobación de modelo del resto del equipo.

De acuerdo con el Decreto 199/1991, de 30 de julio, que determinalos órganos competentes en Cataluña en materia de control metrológico,resuelvo:

Primero.—Autorizar a «Actaris Contadores, Sociedad Anónima», parasu uso e instalación a la red, mediante esta Resolución, que incluye laaprobación de modelo de la componente activa y la autorización de modelodel resto de componenetes, el tipo de contador de energía eléctrica quese indica a continuación:

Contador estático electrónico combinado, para energía activa y energíareactiva, que incorpora funciones de maxímetro, trifásico, marca «Actaris»,modelo SL-7000.SMART-E, frecuencia 50Hz, Clase de precisión 1 (activa)y 2 (reativa), en conexión directa, de intensidad 5(120)A y tensiones3 × 127/220, 3 × 230/400V y rango extendido entre 3 × 57,7/100Vy 3 × 240/415V. Este contador se presenta en dos versiones: Versión SL-761con funciones de tarifador y versión SL-762 con funciones de tarifadory registrador.

Segundo.—El signo de aprobación de modelo asignado es:

E-00302

02022

Tercero.—Será exigible al fabricante que los aparatos antes reseñadoscumplan los requisitos indicados en las normas UNE-EN-61036:1997, sobrecontadores estáticos de medida de energía activa para corriente alterna(clases 1 y 2) y UNE-EN-61268 para contadores estáticos de medida deenergía eléctrica reactiva (clases 2 y 3). Asimismo, se ajustarán a lo indicadoen la memoria y documentación presentada.

Cuarto.—Previamente a su instalación, los aparatos a los que se refiereesta autorización tendrán que superar el control de verificación realizadopor un laboratorio habilitado de acuerdo con el Real Decreto 1617/1985,de 11 de septiembre, o bien por un laboratorio español oficialmente acre-ditado, justificando el mismo mediante la colocación de los precintos yetiquetas identificativas correspondientes.

Quinto.—Esta autorización, válida en todo el territorio nacional, tieneun plazo de validez de diez años, o bien el plazo inferior resultante deuna futura Orden que regulase el control metrológico de los dispositivosdel equipo no sujetos a aprobación de modelo o que regulase la totalidaddel equipo objeto de autorización.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puedeinterponer recurso de alzada frente al Consejero de Trabajo, Industria,Comercio y Turismo en el plazo de un mes a contar desde el día siguientede su notificación, sin perjuicio de que se pueda hacer uso de cualquierotro recurso que se considere oportuno.

Barcelona, 18 de noviembre de 2002.—El Director general, P. D. (Re-solución de 7 de octubre de 1996, «Diario Oficial de la Generalidad deCataluña» de 13 de noviembre), el Jefe de Servicio de Automóviles y Metro-logía, Joan Pau Clar i Guevara.

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BOE núm. 28 Sábado 1 febrero 2003 4463

UNIVERSIDADES 2179 RESOLUCIÓN de 27 de enero de 2003, de la Universidad -Ramón Llull-, por la que se ordena la publicación del plan de estudios

de diplomado en Ciencias Empresariales.

Aprobada la modificación del plan de estudios de diplomado en Ciencias Empresariales que se imparte en la Facultad de Economía IQS de la Universidad ((Ramón Llull)~ en la sesión de la Junta Académica de fecha 22 de noviembre de 2002; homologada la modificación por acuerdo de la Comisión Académica del Consejo de Universidades de fecha 10 de junio de 2002,

El Rector ha resuelto ordenar la publicación de dicho plan de estudios conforme a lo establecido en el artículo 10.2 del Real Decreto 1497/1987, de 27 de noviembre (((Boletín Oficial del Estado)) de 14 de diciembre), que modificará el plan de estudios anterior, publicado en el Real Decreto 1470/1997, de 19 de septiembre (((Boletín Oficial del Estado)) de 4 de octubre); Resolución de 21 de julio de 1998 (((Boletín Oficial del Estado)) de 7 de agosto); Resolución de 21 de julio de 1998 (((Boletín Oficial del Estado)) de 21 de octubre), y Resolución de 13 de diciembre de 1999 (((Boletín Oficial del Estado)) de 20 de enero de 2000).

El plan de estudios al que se refiere la presente Resolución quedará estructurado conforme a lo que figura en el anexo de la misma.

Barcelona, 27 de enero de 2003.-La Rectora, Esther Giménez-Salinas Colomer.

Anexo 2-A. Contenido del plan de estudios

UNIVERSIDAD IRAMQNLLULL

PLAN DE ESTUDIOS CONDUCENTESALTíTULOOFKIALDE

DIPLOMADO ENCIENCIAS EMPKESAKIALES 1

1. Materias troncales

1 Contabilidad Firtanciera Contabilidad Financiera 9T.k 6 4s Estmctora de las cuenta artoales, Ecofiomia fiwartciera y contabilidad 1,5A incluyendo Bojo de fondos y proceso

de contabilizach Principios de valoración generdmente aceptados. Inflacián y contabilidad Contabilidad de sociedades.

lx&mIL4ticas Y 1 estadlstica aplicada a la MatemBtus 12 8 4 Algebra heal. Cfculo dlferenciaf e Ecooomia Aplicada, Economia Financiera y

empresa integrai. Matemhttcas de las Contabilidad, Estadística e Investigación operaciones financwas Operativa, Fundamentos de Antiisis

Ecwnbmico, Matemática Aplicada

Matemhcas Y cstadihra aplicada a la Eetadistica aplicada a ia empresa 6 3 3 Esradistica descriptiva. Econumia Aplicada, EcOnO& Fmawera y empresa Distribuciones untdimenrionales y Contabilidad, Estadística e Investigación

mok~d~mensionales Regresrdn y Operativa, Fundamentos de Análisis f correiacilin. NúMeFOS indices y EconOmico, Matemkca Aplicada.

’ fnformitica aplicada a scnes cronológicas.

la gestión de laempresa Infarmát!ca aphcada a la gesth de la 6 3 3 Anál~sts de Los ststemas de Lenguajes y sisteaias informáticos. UllpreStl informacidn en la empresa. Estudio Economia aplica< Fundamentos del

de modelos computerizados de anális~ econhmic CrganiruciOn de gesth de empresa. empresas.

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4464 Sábado 1 febrero 2003 BOE núm. 28

Anexo 2-A. Contenido del plan de estudios

UNIVERSIDAD [RAMUN LLULL

PLAN KHZ ESTUDIOS CONDUCENTES AL TíTULO OFICIAL DE

1 DIPLOMADO EN CIENCIAS EMPRESARIALES I

1. Materias troncales 3C1.3 CWN Dl”Wri~Ci60 A*i!&wurd* cn 111 que b Ilni”ersidad, cn 111 E1I0, Crkdilm anuales (4) BRVL dereripci&n del Vi”C”kid” B Arel1 de

(1) (1, cqanWdivcraiácr Is mmeh tmuI (3) conreòldo ronoîimicnro(5, Totrb, Tebrina Pricticm

Irlirdrcn 1 Derecho Empresarial Derecho de Empresa b 4 2 Introducuón ai Derecha y element~~s de Derecho Civi Derecha Fmanïiero y

derecho crvil y mercantil Tr~bulario. Dt echo Mercantil. Derecho del : abajo y de la Segurrdad Social.

1 Derecho Empresarial Derecho fiscal y laboral 6 4 2 Elementos de dcrccho laboral. Fiscalidad Derecho Civil. Derecho Financkro y de ta empresa Tributario. Derecho Mercantil.

Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social.

I Economia Poliuca MirCWWXW~lliil 3Tt 4 2 Iniroduwbn a los mecanismos bGcos Economía Aplicada y Fundamentos 3A del equilibrio económico B nivel de de Anitl& Económico.

conjuntu. El dmero. Inflacidn y paro.

&! Ecolzomia Polinca MiCRlW.WNTli~ 3'rt 4 2 Introducción a los mecanismos básicos Economía Aplicada y Fundamentos 3A del equilibrio econ4mico a nivel de de Análisis Económico.

mercado. Teoria de los precios, del consumo y de la producción.

1 Cofirablhdad de costes Contabilidad de costes 9 5 4 Cálcutos para detentunar los costes de Economja finamicra y contabilidad los productos, servicios y secciones Análisis de los costes y su uld~zacilirl en la toma de decis%ones.

Anexo 2-A. Contenido del plan de estudios

UNIVERSIDAD [RAMON LLULL I

PLAN DE ESTUDIOS CONDUCENT&S AL TÍTULO OFICIAL DE

f DIPLOMADO EN CIENCIAS EMPWSARIALES 1

1 Economía Espallola y Economia Espahola y Mundial 6 4 2 Den;c+cibn de los rasgos bksicor Economia Aplicada y Fundamentos Mundial de la economia espaiíola y de del An&is Econ6mico.

aquCllos de la mundial que m&s iwdcn sobre esta. lnstirec~ones más importantes.

1 Dircccibn Comercial Dirección Comercial 9 6 3 Estudios de mercado. Polílica de Comercialización e Investigación de precios. Canales de diskbución. Mercados y Organizuciún de Promoci6n do ventas y politica de Empresas. producto

1 h~ección fkanciera Direccibn financiera 9 5 4 Evaluación de proyectos de Economla financiera y contabilidad. Inversión y critetios de seleccián. Comercialización e investigahh de Fuentes de fmanciación, est~c~ura mercados. Organizaci6o de empresas. financiera y coste del capital. An6lisis fmanciero.

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BOE núm. 28 Sábado 1 febrero 2003 4465

Anexo 2-R. Cc&enido del plan de estudios

UNIVERSIDAD [RAMON LLULL 1

PLAN DE ESTUDIOS CONDUCENTES AL TÍTULO OFICIAL DE

[DIPLOMADO EN CIENCIAS EMPRESARIALES

Enlomo económico

Inglds 1

Mniketing

In!“ormárica Avanzada

2. MATERIAS UELIGATORIAS DE UNIVERSIDAD (en su caso)(I) Créditos anuales Breve descripeilln del contenido Vinculación s áreas de ronoeimientn (9

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12

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6

6

mvestigacibn de Mercadso, Economia financiera 1 Contabihdad, Fundamentos de Alltiisis Econhico.

Habhdades integradas leclura, comprensi4n 0ra.l y convmaci611.

escritura, Fdología inglesa

Componamienko de compra del consumidor Comerc:rúiraeión e hvestqaci$tr de r. zcados Segmenta&1 del mercado y posicionamiento. Ciclo de vida.

Corrienks actuales de pensamiento Resptiestas Antropologia social. Historia del pensamiento y de lo! cristmas. Doctrina social de la Iglesia Problem$tica movimientos sociales y poliricos. social actual. Las raices del pensamiento social cristiano.

So/“we general y especifico para la planificación y Lenguajas y sistemas infomuiticos. Economia aplicada control de proyrcros Fundamemos del antiisis econbmico Organizach dt

empresas.

Expresidn verbal. Expresión no verbal La Psicafogia soclai. Sociologia comunicación como proceso psicorocial.

Anexo 2-B. Contenido del plan de estudios

UNIVERSIDAD [RAMON LLULL 1

PLAN DE ESTUDIOS CONDUCENTES AL TÍTULO OFICIAL DE

1 DIPLOMADO EN CIENCIAS EMPRESARIALES

2. MATEKIAS OBLIGATORIAS DE UNIVERSIDAD (en su caso) (1) Criditoa mwales Breve descripción del contenido Vinculación a áreas de conocimiento (3)

Totsles I Tddcos I Yrlcticos

üestih de Operaciones 3 Gestiln de materiales. Sistemas de geslibn. 1-a Organización de Empresas. Estadística e Investigación cadena del valor arladido. Operaha.

4 2 Componamientu mdivldual y sociai. Moral objetiva Filosofia moral y subjetwa Distinción entre moralidad y legaltdad. I~osjuicios éticos de la realidad socÍoecanhica.

J

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4466 Sábado 1 febrero 2003 BOE núm. 28

Anexo 2-B. Contenido del plan de estudios

UNIVERSIDAD [ RAMON LLULL 1 PLAN DE ESTUDIOS CONDUCENTES AL TÍTULO OFICIAL DE

1 DIPLOMADO EN CIENCIAS EMPRESARIALES 1

2. MATERIAS OBL 7

iATORIAS DE UNWERSIDAB (en su caso) (1) Breve descripción del contenido Vinculación a ireas de conocimiento (3) Ciclo [ curso ] Denominación

Yodos los contenidos de la canera

hmercializaci<in e investigaci4n de mercados, Economíi kaociera y Contabhlad y Organizaciirn de Empresas

(1) tibrcmente incluidas por la Universidad en el plan de estudios como ubiigatorias para el alumno (2) i,n especificacibo por cursos es opcional para Is Universidad. (3) Libremente decidida pur la Universidad.

Anexo 2-C. Contenido del plan de estudios

UNIVERSIDAD [RAMON LLULL ‘II

PLAN DE ESTUDIOS CONDUCENTES AL TíTULO OFICIAL D1:

/ DH’LOMADO EN CIENCIAS EMPRESARIALES 1

i

3. MATEKIAS OPTATIVAS (en su caso)

Vinculaclán a áreas de conofimienlo (3)

ComercialitUci4n e investigacibn dc mercados. Organirac~bn de empresas

Filologia Inglesa.

Filologia Inglesa

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1 12) robles Te6riros

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PrZWc0s clloicl?s

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1.5

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2

2

1

Marco legal Normas ikucaì de auditoria. Las cuentas anuales. Gxalidad y Contabilidad.

Introducción a los finanzas internacionales. EI mercado de divisas. Cond~crones, paridad y predtcción del tipo de cambio. Gestión del riesgo de cambio Pinanc~ación intemactonal Productos financieros derivados.

Elaboración Piar¡ dc Marketing Las politwts del Markehg. Ejecudón del Plan. COIU~OI

Ingles Superior

Preparación para un opttmo nivel Estructuras gramaticales. Intensificación de tompreosidn oral, comprenwjn escrira y expresibn esaita.

Funcidn de Compras

Plan de Marketmg

(1) Se expresaC el tola1 dc ( :ré ditos asignados para optativas y, en su caso, ei total de tos &.mos por ciclos 0 curso (2) Se menoonarA entre paréntesis, tras la denominacián de In optativa, el curso o ciclo que corresponda si cl plan de estudios configura la materia como optativa de curso a CidO.

+3j%%emente decidida por la Universidad.

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ANEX

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BOE núm. 28 Sábado 1 febrero 2003 4469

CONVALIDACIONES DIPLOMATWA EN CIENCIAS EMPRESARIALES

ASSIGNATURAS P. 1997 CREDITOS CURSO ASSIGNATURAS P. 2002 CREDITOS

CONTABILIDAD f INANCIERA 9 TR 10 + CONTABILIDAD FIN SUP. 9 OP 10 CONTABILIDAD FINANCIERA 10.5 TR

MATEMAT. Y ESTADISTICA / 12 TR 10 MATEMATICAS 12 TR + MATEMAT. Y ESTAD. II 6 TR 20 + ESTADISTICA 6 TR

DERECHO EMPRESARIAL I 5 TR 10 DERECHO DE EMPRESA 6 TR + ENTORNO JURIDICO Y 4,5 TR 3”

ECONOM/CO DE LA PIAE

INFORMATICA APLICADA 6 Tf? 10 IINFORMAT~CA APLICADA 6 TR I

ECONOMIA ESP. Y MUND.

JECNICAS COMUN/CAClóN

PROD. E fN. TECNOLÓGICA + ORG. ADM. EMPRESAS i

DIRECCION COMERCIAL

COMPORTAMIENTO HUM. I + COMP HUM. II + ORG. ADM. EMPRESAS /

CONTABILIDAD DE COSTES

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5 TR 20 5 TR 3” 6 TR 30

9 TR 20

ECONOMIA ESP. Y MUNDIAL

COMUNICACIÓN ORAL Y ESC.

GESTlON OPERACIONES

DIRECCION COMERCIAL

ORG. ADM. EMPRESAS

CONTABILIDAD DE COSTES

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DIRECCION FINANCIERA

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DERECHO EMPRESARIAL ll

GESTION COMERCIAL

AUDITORIA

ESTFtATEGlAS DE MARKET.

MARKETING E STRATEGICO

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6 TR 30

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5 OP 20

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DIRECCION FINANCIERA

DIRECCION ESTRATEGICA

DERECHO FISCAL Y LABORAL

MARKETING

AUDITORIA

PLAN DE MARKETING

,PLAN DE MARKETING

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4470 Sábado 1 febrero 2003 BOE núm. 28

2180 RESOLUCIÓN de 27 de enero de 2003, de la Universidad -Ramón Llull-, por la que se ordena la publicación del plan de estudios de Arquitecto Técnico.

Aprobada la modificación del plan de estudios de Arquitecto Técnico que se imparte en la Escuela Técnica Superior de Arquitectura La Salle de la Universidad <<Ramón Llull~ en la sesión de la Junta Académica de fecha 21 de febrero de 2002; homologada la modificación por acuerdo de la Comisión Académica del Consejo de Universidades de fecha 10 de junio de 2002,

El Rector ha resuelto ordenar la publicación de dicho plan de estudios conforme a lo establecido en el artículo 10.2 del Real Decreto 1497/1987, de 27 de noviembre (((Boletín Oficial del Estado)) de 14 de diciembre), que modificará el plan de estudios anterior, publicado en el Real Decreto 1559/1998, de 17 de julio (((Boletín Oficial del Estado)) de 13 de agosto).

El plan de estudios al que se refiere la presente Resolución quedará estructurado conforme a lo que figura en el anexo de la misma.

Barcelona, 27 de enero de 2003.-La Rectora, Esther Giménez-Salinas Colomer.

1. M4TERlAS TRONCALES

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BOE núm. 28 Sábado 1 febrero 2003 447 1

Anexo 2-A. Contenido del plan de estudios

UNIVERSIDAD 1 RAMON LLULL

PLAN DE ESTUDIOS CONDUCENTES AL TiTULO OFICIAL DE

1 ARQUITECTURA TÉCNICA

1. MATERIAS TRONCALES

Ciclo CUUO Denomirulribn A~ipmd, cn IU qw la “Nvcr,idal, cn ,u caso, Crbditas *II”~ll. (4, lirwe descripcibn del “inculnribn a breas de (1) (2) orgsnidíliverrifics la m,llril tmnrd (3, ront.n¡d” ro”ocimnleoto (5,

Tatdu Tebrieor PrPcdcor lrlinicos

1 3 Proyectos Proyectos 6 3 3 Oficina Técnica. Metodología, Construcciones Arquitectonicas. organización y gestión de Expresión Gráfica Arquitectónica proyectos. Normativas. Elabora- Ingeniería de la Construccion. cion de un Proyecto fin de ca- rrera corno ejercicio integrador o de síntesis. Arquitectura aplicada.

1 2 Equipos de Obra, Equipos de Obra, Instalaciones y Medios 6 3 3 Análisis de necesidades. Construcciones Arquitectonicas. Instalaciones y Auxiliares Características de equipos, Ingeniería Eléctrica. Ingeniería Medios Auxiliares instalaciones y medios auxiliares Hidráulica. Ingeniería Mecánica.

para la ejecución de obras. Normativas.

I 3 Estructuras de la Estructuras de la Edificación 12 9 3 Elasticidad y Plasticidad. Construcciones Arquitectdnicas. Edilicación Resistencia de materiales. Mecánica de los Medios

Mecanica del suelo y cimenta- Continuos y Teoría de ciones. Tipologías estructumles. Eslructuras. Estructuras de edilicación. Normativas,

Anexo 2-A. Contenido del plan de estudios

UNIVERSIDAD 1 RAMON LLULL

PLAN DE ESTUDIOS CONDUCENTES AL TÍTULO OFICIAL DE

1 ARQUITECTURA TECNICA 1

Matemáticos de la 2 / ~;~ecurrrsTécnica

3

Exprcsibn gráfica aplicada a la edificación y a las construcciones

Fundamentos Físicos de la Arquitectura

Fundamentos Matemáticos de la Arquitectura Técnica

6

Geometría descriptiva. Dibujo arquitectónico. Disefio asistido por computador. Normativas.

Mecánica general y de fluidos. Acústica. Optica. Termodinámi- ca. Electricidad. Electromagne- tismo. Algebra lineal. Calculo. Geome- Trla. Métodos numéricos. Estadística. Técnicas de acondicionamiento. Instalaciones eléctricas, mecáni- cas c hidráulicas. Otras instalaciones en la ediftcación. Control. Normativas.

Construcciones Arquitectónicas. Expresión Gráfict, ,Arquilectónica

Física Aplicada. Electromagnetismo. Óptica.

Análisis Matemático. Matemática Aplicada. Estadística c Investi- gación Operativa. Construcciones Arquitectónicas. Ingeniería Electrica. Ingeniería Hidrftulica. Ingeniería Mecánica. Construcciones Arquitectónicas. Ingeniería Eléctrica. Ingeniería Hidráulica. Ingeniería Mecánica.

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4472 Sábado 1 febrero 2003 BOE núm. 28

Anexo 2-A. Contenido del plan de estudios

UNIVERSIDAD 1 RAMON LLULL 1

PLAN DE ESTUDIOS CONDUCENTES AL TíTULO OFICIAL DE

( ARQUITECTURA TÉCNICA I

1. MATERIAS TRONCALES

‘id0 turno lknominseión Aaigwurds en Irr que Ia UNwsid~d, en BU cw+ Cr¿ditos muales (4) Breve dírcri,dn del wnrulreión a ircu de (1) (2, urgm”ldivcrsWra Ia matcrir trmrsl (3) Contenido ro”acimk”<o (5,

Totnlrr Tebrieos PrPetkas

Iclinicm

1 1 Materiales de Construcción 1: Materiales y Técnicas 9 5 4 Tecnología de materiales. Ciencia de los Materiales e Inge- Construcción Química aplicada. niería Metalúrgica. Construccio-

nes Arquitectonicas. Mecánica de los Medios Continuos y Teoría dc Estructuras. Tecnología del Me- dio Ambiente.

I 3 Materiales: Normativa y Control 6 3 3 Ensayos. Control. Impacto Ciencia de los Materiales e Inge- medio-ambiental. Normativas. nieria Metalúrgica. Construccio-

nes Arquitectónicas. Mecánica de los Medios Contínuos y Teoria de Estructuras. Tecnología del Me- dio Ambiente.

1 2 Seguridad y Seguridad y Prevención 6 3 3 Análisis, prevención y control. Construcciones Arquitectónicas. Prevención Normativas. Derecho del Trabajo y de la

Seguridad Social. Organización de Empresas.

Anexo 2-A. Contenido del plan de estudios

UNIVERSIDAD 1 RAMON LLULL

PLAN DE ESTUDIOS CONDUCENTES AL TÍTULO OFICIAL DE

LARQUITECTURA TÉmIcA

IcIítuCor

1 3 Organización y Organización y Control de Obras. 18 9 9 Técnicas de análisis, organiza- Construcciones Arquitectónicas. Control de Obras. Mediciones, presupuestos y valoraciones Ción, programación y control de Organización de Empresas. Mediciones, obras. Técnicas de medición y presupuestos y valoración. Análisis y composi- valoraciones Ción de precios. Métodos para

la optimización de recursos.

J

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BOE núm. 28 Sábado 1 febrero 2003 4473

Anexo 2-B. Contenido del plan de estudios

UNIVERSIDAD (RAMON LLULL

PLAN DE ESTUDIOS CONDUCENTES AL TíTULO OFICIAL DE

1 ARQUITECTURA TÉCNICA 3

2. MATERIAS OBLIGATORIAS DE UNIVERSIDAD (1)

Ciclo 1 Curso I Denuminacih I CrCditas anuales

I I l I I 1 1 1 1 Herramientas I 6 I 3 I 3

1 Informáticas 1 1 1 1 ~Amoliacióndelas I 5 I 3 1 2

Historia: Introducción a la

Breve drscripción del contenido Vinculación a has de conocimiento (3)

Análisir de Formas de Edificios. Análisis compositivo de Edificios. Creaci<jn Arquitectónica.

Construcciones Arquitectónicas. Expresi6n Gráfica Arquitectónica.

Construcción Geométrica. Representación. Dibujo.

Expresión Gráfica Arquitectúnica.

Dibujo y Geometría Descriptiva. Diseño asistido por Ordenador. Algebrd Lineal. Geometría.

Construcciones Arquitectónicas. Expresión Grática en Arquitectura. Análisis Matemático. Matemática Aplicada. Estadística e Investigación Operativa.

Introduccián a la Arquitectura. Historia del Arte. Historia de la Arquitectura.

Composición Arquitectónica.

Fundamentos del Cálculo Estructural. Introducción alas Estructuras de Hormigón y Hierro. Construcción Geométrica. Representación.

Construcciones ArqUitectÓniCas. Teoría de Estructuras.

Expresi6n Gráfica Arquitectónica.

Anexo 2-C. Contenido del plan de estudios

UNIVERSIDAD LRAMON LLuLL

PLAN DE ESTUDIOS CONDUCENTES AL TíTULO OFICIAL DE

1 ARQUITECTURA TÉCNICA

3. MATERIAS OPTATIVAS Créditos totales para optatIvas (1): 6 - por ciclo: 6

Denominación Crklitoî Breve descripción del contenido Vinculacibn a áreas de (2) conocimiento (3)

Totales Teóricos Prkticos /clinicos

Arquitectura del siglo XX 6 6 0 Teoria de la Arquitectura. Arquitectura Contemporánea. 1 Iistoria del Arte. Composición Arquitectónica. Historia del Pensamiento.

Iluminación y Control 6 3 3 Iluminación natural y artilicial. Eficiencia. Aplicaciones. Ingeniería Eléctrica. Ingeniería Ambiental Mecánica. Animación por Ordenador 6 3 3 Sistemas de representación. Sistemas multimedia. Aplicaciones en la Ciencias de la Comp. iación e

Arquitectura. Inteligencia Artifici; Expresión Gráfica A Iuitectónica.

Sistemas de Informaci6n 6 3 3 Cartografía digital. Creación de mapas, proyectos y bases de datos. Análisis Ciencias de la Computación e Geográfica espacial y geográfico. Inteligencia Artificial. Expresión

Gráfica Arquilectónica. Gestión Urbanística 6 3 3 Medio fisico, medio social y teoría e historia de los trazados urbanos. Urbanistica y Ordenación del

Sistemas de gestión urbanistica. Ley del suelo. Territorio. Gestión Medioambiental 6 3 3 Estudios dc impacto ambiental: Acústica cn la edificación. Infraestructuras Construcciones Arquitectónicas.

urbanas. Ingeniería Hidráulica. Ingeniería Mecánica.

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4474 Sábado 1 febrero 2003 BOE núm. 28

Anexo 2-C. Contenido del plan de estudios

UNIVERSIDAD 1 RAMON LLULL 1

PLAN DE ESTUDIOS CONDIJCENTES AL TíTULO OFICIAL DE

[ARQUITECTURA TÉCNICA 1

3. MATERIAS OPTATIVAS Créditos totales para optalivas (1): 6 - por ciclo. 6

Denominación Cr4ditos Breve descripción del contenido Vinculnción a áreas de (2) conocimiento (3)

Totales Tehricos Pr4cticar /clinicos

fécnicas de Intervención 6 3 3 Análisis histórico-constructivo del edificio. Proyectos y tknicas de Construcciones Arquitectúnicas. en el Patrimonio Estructuras de Madera 6 3 3 La madera como elemento estructural. Posibilidades. Aplicaciones. Construcciones Arquitectónicas.

Mecánica de Medios Continuos y Teoría de Estructuras.

Producciones Multimedia 6 3 3 Guiones multimedia. Técnicas de edición digital de vídeo. Infografia. Ciencias de la Computación e Herramientas de autor. Inteligencia Artificial. Expresión

Gráfica Arquitectbnica. Energia Solar 6 3 3 Iluminación natural y artificial. Energía solar térmica y fotovoltaica. Ingenieria Eláctrica. Ingeniería

Eficiencia. Aplicaciones. Meciinica. Aire Acondicionado 6 3 3 Sistemas de climatización mecánicos. Alternativas e idoneidad de los Ingenieria Hidráulica. Ingeniería

diferentes tipos. Tecnología actual. Elktrica. Ingeniería Mecánica. Control Ambiental de 6 3 3 Acondicionamiento energ&ico de grandes espacios. Sistemas de ahorro tngcnieria Hidrkdica. Ingeniería Grandes Es acios energético. Disefio. Normativa. Eléctrica. Ingeniería Mechica. Acústica en la Editicaci6n 6 3 3 Acústica. Técnicas de aislamiento y acondicion&%nto acústico. Estudio de Construcciones Arquitectónicas.

materiales. Física Aplicada. Instalaciones Urbanas 6 3 3 Redes y sistemas de suministro de instalaciones en las ciudades. Impacto Ingeniería Hidraulica. Ingenieria

medioambiental. Normativa. Eléctrica. Ingeniería Mecánica.

nnexo 2-C. Contenido del plan de estudios

UNIVERSIDAD (RAMON LLULL I

PLAN DE ESTUDIOS CONDUCENTES AL TíTULO OFICIAL DE

1 ARQUITECTURA TÉCNICA

I

u. .,.... y . ..z. y OPTATIVAS 7 MATORIAE Crkditos totales para optalivas (1): 6 por ciclo: 6

Denominación Créditos Breve descripción del contenido Vinculación a áreas de

(2) Conocimiento (3)

Totales Teóricos Prlcticas Ichicos

Estudio sobre el Medio 6 3 3 Análisis del medio ambiente. Estudios de impacto ambiental. Métodos. Tecnología del Medio Ambiente. Normativa. Economía Aplicada.

Programación b 3 3 Técnicas de programación. Lenguajes de programación. Ciencias de la Computación e Inteligencia Artificial.

Rehabilitación 6 3 3 Problemática de la rehabilitación en la construcción actual. Construcciones Arquitectónicas. ‘- Introducción al Proyecto 6 0 6 Herramientas básicas de proyectación arquitectgnica. Construcciones Arquiîect6nicas.

Composición Arquite :tónica. Construcciones Arqr: &micas.

Departamental

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BOE núm. 28 Sábado 1 febrero 2003 4475

Anexo 2-C. Contenido del plan de estudios

UNIVERSIDAD 1 RAMON LLULL l

PLAN DE ESTUDIOS CONDUCENTES AL TíTULO OFICIAL DE

1 ARQUITECTURA TÉCNICA 1

3. MATERIAS OPTATIVAS Créditos rolales para optativas (1). 6 - por Ciclos 6

DenOlllinaCión Créditos Breve descripción del contenido Vinculación a áreas de (2) conocimiento (3)

Totales Teóricos Pr4cticos lclinicos

Sistemas de 6 3 3 Dibujo arquitectbnico. Geometría descriptiva. Dibujo asistido por Composición Arquitectónica. Representación computador. Expresih tiráfica Arquitectónica. Infraestructuras de 6 3 3 Estudio de los distintos servicios de comunicación en la edificación. Construcciones Arquitectónicas. Telecomunicaciones Ingeniería Eléctrica. Instalaciones Especiales 6 3 3 Instalaciones de protección contra incendios. Accesibilidad. Construcciones Arquitectónicas.

Acondicionamientos. Normativa. Ingeniería Eléctrica. Ingeniería Hidráulica.

Patología y Diagnosis 6 3 3 Estudio de las principales patologías en la construcción. Sistemas de Construcciones Arquitectónicas. control. Normativa.

Complementos de 6 3 3 Dibujo y geometría descriptiva. Diseño asistido por ordenador. Construcciones Arquitectónicas. Herramientas Informhticas Expresión Gráfica Arquitectónica.

(1) Se expresará el total de créditos asignados para optativas y, en su caso, el total de los mismos por ciclos o curso. (2) Se mencionará entre paréntesis, tras la denominaciím de la optativa, cl curso o ciclo que corresponda si el plan de estudios configura la materia como optativa de curso o ciclo. (3) Libremente decidida por la Universidad.

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EL

PLAN

D

E ES

TUD

IOS

1”’ E

SCU

ELA

TÉC

NIC

A SU

PER

IOR

DE

ARQ

UIT

ECTU

RA

LA S

ALLE

1

4. C

ARG

A LE

CTI

VA

GLO

BAL

)l C

RÉD

ITO

S (4

)

Dis

tribu

ción

de

los c

rédi

tos

CIC

LO

CU

RSO

.M

ATER

lAS

MAT

ERIA

S M

ATER

IAS

CR

EDIT

OS

DE

TRAB

AJO

Fl

?4

TOTA

LES

TRO

NC

ALES

O

BLIG

ATO

RIA

S O

f’TAT

IV4S

LI

BRE

DE

CAR

RER

A C

ON

FIG

L’R

A-

CIÓ

N (

5)

1 30

40

0

0 70

1 CIC

LO

2 4s

15

0

14

74

3 63

0

6 12

81

I

(1) S

e in

dica

rá lo

que

corre

spon

da

(2)

Se in

dica

rá lo

que

cor

resp

onda

segú

n el

art.

4”

del R

.D.

1497

187 (

de 1

” cic

lo;

de 1

” y 2

’ cic

lo;

de ti

lo

2”

cicl

o) y

las p

revi

sion

es d

el R

.D. d

e di

rect

rices

gene

rale

s pro

pias

del

títu

lo d

e qu

e se

trate

. (3

) Se

indi

cará

el C

entro

Uni

vers

itario

, con

exp

resi

ón d

e la

nor

ma

de c

reac

ión

del m

ism

o o

de la

dec

isió

n de

la

Adm

inis

traci

ón c

orre

spon

dien

te po

r la

que

se a

utor

iza l

a im

parti

ción

de

las e

nseñ

anza

s por

dic

ho C

entro

. (4

) D

entro

de

los

límite

s es

tabl

ecid

os po

r el R

.D. d

e di

rect

rices

gen

eral

es pr

opia

s de

los

plan

es d

e es

tudi

os d

el

títul

o de

que

se t

rate

. (5

) Al m

enos

el 1

-O %pe

la

carg

a le

ctiv

a “g

loba

l”.

5. S

E EX

IGE

TRAB

AJO

0

PKO

YEC

TO

FIN

D

E C

ARR

ERA,

0

EXAM

EN

0 PR

UEB

A G

ENER

AL

NEC

ESAR

IA

PAR

A O

BTEN

ER

EL T

íTl

Il 9

isr

(6)

6.

SI

SE O

TOR

GAN

, PO

R E

QU

IVAL

ENC

IA,

CR

ÉDIT

OS

A:

(7)

SI

1

PRÁC

TIC

AS

EN E

MPR

ESAS

, IN

STIT

UC

ION

ES

PÚBL

ICAS

0

PRIV

ADAS

, ET

C.

SI

TRAB

AJO

S AC

ADÉM

ICAM

ENTE

D

IRIG

IDO

S E

INTE

GR

ADO

S EN

EL

PL

AN

DE

ESTU

DIO

S SI

ES

TUD

IOS

REA

LIZA

DO

S EN

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M

ARC

O

DE

CO

NVE

NIO

S IN

TER

NAC

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ALES

SU

SCR

ITO

S PO

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A U

NIV

ERSI

DAD

N

O

OTR

AS

ACTI

VID

ADES

- EXP

RES

IÓN

. EN

SU

CAS

O, D

E LO

S C

tiDlT

OS

OTO

RG

ADO

S:

CR

ÉDIT

OS

6 - E

XPR

ESIÓ

N D

EL R

EFER

ENTE

D

E LA

EQ

UIV

ALEN

CIA

(8

): 6

créd

itos

prác

ticos

, co

ntab

ilizad

os

a 20

hor

as p

or c

rédi

to.

7. A

ÑO

S AC

ADÉM

ICO

S EN

QU

E S

E E

STR

UC

TUR

A EL

PLA

N,

POR

CIC

LOS

(9)

- 1.

” CIC

LO

/3/

AÑO

S

- 2.

' C

ICLO

n

AÑO

S

8. D

ISTR

IBU

CIÓ

N

DE

LA C

ARG

A LE

CTI

VA

GLO

BAL

POR

O A

CAD

ÉMIC

O:

AÑO

AC

ADÉM

ICO

TO

TAL

TEÓ

RIC

OS

PR4C

T1C

09C

Li

NIC

OS

1 70

33

37

2

60

34

26

3 69

40

29

I

I I

l

CR

. L.

CO

NF

1 26

(6)

Si o

No.

Es

deci

sión

pot

estiv

a de

la U

nive

rsid

ad.

En c

aso

afirm

ativ

o,

se c

onsi

gnar

án

los

créd

itos

en e

l pre

cede

nte

cuad

ro d

e di

strib

ució

n de

los

créd

itos

de la

car

ga le

ctiv

a gl

obal

. (7

) S

i o N

o. E

s de

cisi

ón p

otes

tiva

de la

Uni

vers

idad

. En

el p

rimer

cas

o se

esp

ecifi

cará

la

act

ivid

ad

a la

qu

e se

oto

rgan

cré

dito

s po

r eq

uiva

lenc

ia.

(8)

En

su

caso

, se

”con

sign

ará

“mat

eria

s tro

ncal

es”,

“obl

igat

oria

s”,

“opt

ativ

as”,

“trab

ajo

fin

de

carre

ra”,

etc.

, as

í com

o la

exp

resi

ón

del n

úmer

o de

hor

as a

tribu

ido,

po

r eq

uiva

lenc

ia,

a ca

da c

rédi

to,

y el

car

ácte

r te

óric

o o

práb

tico

de é

ste.

(9

) Se

exp

resa

rá l

o qu

e Eo

rresp

onda

seg

ún lo

est

able

cido

en

la d

irect

riz

gene

ral

segu

nda

del

R.D

. de

di

rect

rices

ge

nera

les

prfp

ias

del t

ítulo

de

l que

se

trate

.

Page 189: BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO · MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Funcionarios de la Administración del Estado. Orden AEX/122/2003 de 24 de enero, por la que se anuncia convocatoria

II. O

RG

ANIZ

ACIÓ

N

DEL

PLA

N

DE

ESTU

DIO

S

-, .-

1. L

a U

nive

rsid

ad

debe

l-á r

efer

irse

nece

saria

men

te

a lo

s si

guie

ntes

ex

trem

os:

a)

Rég

imen

de

ac

ceso

al

2”

ci

clo.

Ap

licab

le

sólo

al

cas

o de

ens

eñan

zas

de 2

.” ci

clo

o al

2.”

cicl

o de

en

seña

nzas

de

1.”

y 2.

” ci

clo,

te

nien

do

en c

uent

a lo

dis

pues

to

en l

os a

rtícu

los

5.”

y 8.

” de

l R

.D.

1497

!87.

b)

Det

erm

inac

ión,

en

su

ca

so,

de

la

orde

naci

ón

tem

pora

l en

el

apre

ndiz

aje.

fij

ando

se

cuen

cias

en

tre

mat

eria

s o

asig

natu

ras

o en

tre c

onju

ntos

de

ella

s (a

rticu

lo

9.“,1

_ R

.D.

1497

/87)

.

c) P

erio

do

de e

scol

arid

ad

mín

imo,

en

su

caso

(ar

tícul

o 9.

“, 2,

4.”

R.D

. 14

9718

7).

d)

En s

u ca

so,

mec

anis

mos

de

con

valid

ació

n y/

o ad

apta

ción

al

nue

vo

plan

de

est

udio

s pa

ra

los

alum

nos

que

vini

eran

cu

rsan

do

el p

lan

antig

uo

(artí

culo

11

R.D

. 14

97/8

7)

2.

Cua

dro

de

asig

naci

ón

de

la

doce

ncia

de

la

s m

ater

ias

tronc

ales

a

área

s de

co

noci

mie

nto.

Se

cu

mpl

imen

tará

en

el

supu

esto

a)

de

la N

ota

(5)

del

Anex

o 2-

A.

3. L

a U

nive

rsid

ad

podr

á añ

adir

las

acla

raci

ones

qu

e es

time

opor

tuna

s pa

ra

acre

dita

r el

aju

ste

del

plan

de

es

tudi

os

a la

s pr

evis

ione

s de

l R

.D.

de d

irect

rices

ge

nera

les

prop

ias

del

títul

o de

que

se

trate

(e

n es

peci

al,

en l

o qu

e se

ref

iere

a

la i

ncor

pora

ción

al

mis

mo

de l

as m

ater

ias

y co

nten

idos

tro

ncal

es

y de

los

cré

dito

s y

área

s de

con

ocim

ient

o co

rresp

ondi

ente

s se

gún

lo d

ispu

esto

en

dic

ho

R.D

.),

asi

com

o es

peci

ficar

cu

alqu

ier

deci

sión

o

crite

rio

sobr

e la

org

aniz

ació

n de

su

plan

de

est

udio

s qu

e es

time

rele

vant

e.

En t

odo

caso

, es

tas

espe

cific

acio

nes

no c

onst

ituye

n ob

jeto

de

hom

olog

ació

n po

r el

Con

sejo

de

Uni

vers

idad

es.

El P

lan

de E

stud

ios

se c

ompo

ne

de u

n C

iclo

de

tre

s C

urso

s de

dur

ació

n,

con

un t

otal

pu

es d

e tre

s añ

os,

segú

n es

tabl

ece

el A

rt.

9”,

2.3”

del

R.D

. 14

9718

7.

Ord

enac

ión

Tem

pora

l de

l Ap

rend

izaj

e

1”

Anál

isis

Ar

quite

ctón

ico

(Obl

igat

oria

-

18 C

r.) A

nual

Fu

ndam

ento

s Fi

sico

s de

la

Arqu

itect

ura

Técn

ica

(Tro

ncal

-

6 C

r.) C

uatri

mes

tre

1”

Con

stru

ccio

n 1:

Mat

eria

les

y Té

cnic

as

(Tro

ncal

-

9 C

r.) A

nual

Fu

ndam

ento

s M

atem

átic

os

de l

a Ar

quite

ctur

a Té

cnic

a (T

ronc

al

- 6

Cr.)

Cua

trim

estre

Io

Am

plia

ción

de

las

Mat

emát

icas

(O

blig

ator

ia-

5 C

r.) C

uatri

mes

tre

2”

Geo

met

ría

Des

crip

tiva

I (O

blig

ator

ia

- 5

Cr.)

Cua

trim

estre

2”

H

erra

mie

ntas

In

form

átic

as

1 (O

blig

ator

ia

- 6

Cr.)

Cua

trim

estre

1’

H

isto

ria:

Intro

ducc

ión

a la

Arq

uite

ctur

a (O

blig

ator

ia

- 6

Cr.)

Cua

trim

estre

2”

Ex

pres

ión

gráf

ica

aplic

ad?

a la

edi

ficac

ión

y a

las

cons

trucc

ione

s ar

quite

ctón

icas

(T

ronc

al

- 9

Cr.)

Anu

al

1”:

Cua

trim

estre

lo

An

ális

is

Arqu

itect

ónic

o (O

blig

ator

ia

- 18

cr.

Anua

l) C

onst

rucc

ión

1: M

ater

iale

s y

Técn

icas

(T

ronc

al

- 9

cr.

Anua

l) Ex

pres

ión

gráf

ica

aplic

ada

a la

edi

ficac

ión

y a

las

cons

trucc

ione

s ar

quite

ctón

icas

(T

ronc

al

- 9

Cr.)

Anu

al

Fund

amen

tos

Físi

cos

de l

a A$

titec

tura

cnic

a (T

ronc

al

- 6

Cr.)

Cua

trim

estre

1”

Fu

ndam

ento

s M

atem

átic

os

de l

a Ar

quite

ctur

a Té

cnic

a (T

ronc

al

- 6

Cr.)

Cua

trim

estre

1”

H

erra

mie

ntas

In

form

átic

as

1 (O

blig

ator

ia

- 6

Cr.)

Cua

trim

estre

1’

._

,,*

.._

..-.- -

1’:

Cua

trim

estre

2”

An

ális

is

Arqu

itect

ónic

o (O

blig

ator

ia

- 18

CT.

Anua

l) C

onst

rucc

ion

1: M

ater

iale

s y

Técn

icas

(T

ronc

ai

-- 9

cr.

Anua

l) Ex

pres

ión

gráf

ica

aplic

ada

a la

edi

lita

ción

y

a la

s co

nstru

ccio

nes

arqu

itect

ónic

as

(Tro

ncal

-

9 C

r.) A

nual

Am

plia

ción

de

las

Mat

emát

icas

(O

blig

ator

ia

- 5

Cr.)

Cua

trim

estre

2”

G

eom

etria

D

escr

iptiv

a 1

(Obl

igat

oria

-

5 C

r.) C

uatri

mes

tre

2”

His

toria

: In

trodu

cció

n a

la A

rqui

tect

ura

(Obl

igat

oria

-

6 cr

.) C

uatri

mes

tre

2”

2”

Equi

pos

de O

bra

Inst

alac

ione

s y

Med

ios

Auxi

liare

s (T

ronc

al

- 6

Cr.)

Cua

trim

estre

lo

Se

gurid

ad

y Pr

even

cion

(T

ronc

al

- 6

Cr.)

Cua

trim

estre

2’

C

onst

rucc

ión

II: S

iste

mas

de

Cer

ram

ient

os

(Tro

ncal

-

12 C

r.) A

nual

In

trodu

cció

n al

as E

stru

ctur

as

de E

dific

acio

n (O

blig

ator

ia-

10 C

T.) A

nual

In

stal

acio

nes

Inte

grad

as

(Tro

ncal

-

9 C

r.) A

nual

As

pect

os

lega

les

de la

Con

stru

cció

n.

Ges

tión

Urb

anís

tica

(Tro

ncal

-

6 C

T.) C

uatri

mes

tre

1”

Topo

graf

ía

y R

epla

nteo

s (T

ronc

al

- 6

CT.

) Cua

trim

estre

2”

G

eom

etría

D

escr

iptiv

a II

(Obl

igat

oria

-

5 C

r.) C

uatri

mes

tre

1”

2’:

Cua

trim

estre

1”

C

onst

rucc

iUn

II: S

iste

mas

de

Cer

ram

ient

os

(Tro

ncal

-

12 C

T.) A

nual

In

trodu

cció

n a

las

Estru

ctur

as

de E

dific

ació

n (O

blig

ator

ia-

10 C

r.) A

nual

In

stal

acio

nes

Inte

grad

as

(Tro

ncal

-

9 C

r.) A

nual

Eq

uipo

s de

Obr

a In

stal

acio

nes

y M

edio

s Au

xilia

res

(Tro

ncal

-

6 C

T.) C

uatri

mes

tre

1”

Aspe

ctos

le

gale

s de

la C

onst

rucc

ión.

G

estió

n U

rban

ístic

a (T

ronc

al

- 6

Cr.)

Cua

trim

estre

1”

G

eom

etria

D

escr

iptiv

a II

(Obl

igat

oria

- 5

CT.

) Cua

trim

estre

1”

2”:

Cua

trim

estre

2”

C

onst

rucc

i<in

II:

Sis

tem

as d

e C

erra

mie

ntos

(T

ronc

al

- 12

Cr.)

Anu

al

Intro

ducc

ión

a la

s Es

truct

uras

de

Edi

ficac

ión

(Obl

igat

oria

-

10 C

r.) A

nual

In

stal

acio

nes

Inte

grad

as

(Tro

ncal

-

9 C

T.) A

nual

Se

gurid

ad

y Pr

even

ción

(T

ronc

al

- 6

Cr.)

Cua

trim

estre

2’

To

pogr

afia

y

Rep

lant

eos

(Tro

ncal

-

6 C

r.) C

uatri

mes

tre

2”

3”

Org

aniz

ació

n y

Con

trol

de O

bras

, M

edic

ione

s,

Pres

upue

stos

y V

alor

acio

nes

(Tro

ncal

-

18 c

r.) A

nual

M

ater

iale

s:

Nor

mat

iva

y C

ontro

l (T

ronc

al

- 6

cr.)

Cua

trim

estre

1”

Ec

onom

ía

Aplic

ada

(Tro

ncal

-

6 C

r.) C

uatri

mes

tre

2”

Con

stru

cció

n III

: Si

stem

as E

stru

ctur

ales

(T

ronc

al

- 9c

r.) A

nual

Es

truct

uras

de

la E

diIic

+ón

(Tro

ncal

-

12 C

r.) A

nual

In

stal

acio

nes

de S

ervi

cio

(Tro

ncal

-

6 C

r.) C

uatri

mes

tre

1”

Opt

ativ

? (O

ptat

iva

- G

Cr.)

Cua

trim

estre

2”

Pr

oyec

tos

(Tro

ncal

-

6 C

r.) C

yatri

mes

tre

2’

3”:

Cua

trim

estre

Io

O

rgan

izac

ión

y C

ontro

l de

Obr

as,

Med

icio

nes,

Pr

esup

uest

os y

Val

orac

ione

s (T

ronc

al

- 18

Cr.)

Anu

al

Con

stri$

ón

III:

Sist

emas

Es,

truct

ural

es (

Tron

cal

- 9c

r.) A

nual

Es

truct

uras

de

la E

ditic

acib

n,(T

ronc

al

- 12

CT.

) Anu

al

Mat

eria

le>~

.Nor

mat

iva

y C

ohtro

l (T

ronc

al

- 6

Cr.)

Cua

trim

estre

1”

In

stal

acio

nesr

le~S

er@

io~{

Tron

cal

- 6

Cr.)

Cua

trim

estre

1”

Page 190: BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO · MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Funcionarios de la Administración del Estado. Orden AEX/122/2003 de 24 de enero, por la que se anuncia convocatoria

jo:

Cua

trim

estre

2”

O

rgan

izac

ión

y C

ontro

l de

Obr

as,

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