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Boletín Oficial - Publicación oficial - Ordenanza N° 33.701 - Ley N° 2739 Reglamentado por Decreto N° 964/08 - Director responsable: Dr. Pablo Clusellas - Registro de la Propiedad Intelectual N° 569.966 - Gerencia Operativa Boletín Oficial y Registro - Teléfonos: 4323-9625, 4323-9501 E-mail: [email protected] - [email protected] - Consultas y Publicación de Edictos Particulares de 9:30 a 15:00 hs. Rivadavia 524 (1084), Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Web: www.buenosaires.gob.ar Boletín Oficial Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires "2014, Año de las letras argentinas" 4456 11/08/2014

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Boletín Oficial - Publicación oficial - Ordenanza N° 33.701 - Ley N° 2739 Reglamentado por Decreto N° 964/08 - Director responsable: Dr. Pablo Clusellas - Registro de la Propiedad Intelectual N° 569.966 - Gerencia Operativa Boletín Oficial y Registro - Teléfonos: 4323-9625, 4323-9501 E-mail: [email protected] - [email protected] - Consultas y Publicación de Edictos Particulares de 9:30 a 15:00 hs. Rivadavia 524 (1084), Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Web: www.buenosaires.gob.ar

Boletín Oficial Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

"2014, Año de las letras argentinas"

4456

11/08/2014

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Sumario

Poder Ejecutivo

Resolución

Jefatura de Gabinete de Ministros

Resolución N° 671-MJGGC/14Se aprueba la Contratación Directa N° 7662/SIGAF/14....................................................................................... Pág. 13

Resolución N° 690-MJGGC/14Se transfieren agentes al Programa de Capacitación y Movilidad........................................................................ Pág. 15

Ministerio de Hacienda

Resolución N° 1187-MHGC/14Se aprueba modificación de créditos.................................................................................................................... Pág. 17

Resolución N° 1260-MHGC/14Se aprueba modificación de créditos.................................................................................................................... Pág. 17

Ministerio de Cultura

Resolución N° 5365-MCGC/14Se aprueban precios de localidades..................................................................................................................... Pág. 19

Resolución N° 5384-MCGC/14Se aprueba el precio de las entradas generales de Sala Principal del Complejo Cultural 25 de                                       Mayo..................................................................................................................................................................... Pág. 19

Resolución N° 5385-MCGC/14Se aprueba el precio de entradas sala Enrique Muiño del Centro Cultural General San Martín.......................... Pág. 20

Resolución N° 5386-MCGC/14Se aprueba el precio de las entradas del espectáculo Principe y Mendigo en el Complejo                                              Cultural 25 de Mayo.............................................................................................................................................. Pág. 21

Resolución N° 5387-MCGC/14Se aprueba el precio de las entradas del espectáculo La Bestia Rubia............................................................... Pág. 21

Resolución N° 5388-MCGC/14Se aprueba el precio de las entradas del espectáculo Su Frida Viva la Vida....................................................... Pág. 22

Resolución N° 5414-MCGC/14Se aprueba el precio de las entradas del espectáculo Cineastas........................................................................ Pág. 23

Ministerio de Ambiente y Espacio Público

Resolución N° 124-SSADM/14Se aprueban Pliegos y se llama a Licitación Pública N° 1107/14......................................................................... Pág. 24

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Ministerio de Modernización

Resolución N° 542-MMGC/14Se designa al señor Julio César Leonardo Delgado............................................................................................. Pág. 27

Resolución N° 543-MMGC/14Se designa a María Sol Renzi............................................................................................................................... Pág. 28

Resolución N° 544-MMGC/14Se designa a María de Luján Arzubi Calvo........................................................................................................... Pág. 29

Resolución N° 545-MMGC/14Se designa a Daniel Ángel Belanian..................................................................................................................... Pág. 30

Resolución N° 546-MMGC/14Se designa a Nicolás José Santamarina.............................................................................................................. Pág. 31

Resolución N° 552-MMGC/14Se rectifica la Resolución N° 489-MMGC/14........................................................................................................ Pág. 33

Secretaría de Medios (AJG)

Resolución N° 178-SECM/14Se encomienda la firma del despacho de la Dirección General Coordinación de Prensa a                                              Julieta Goldman.................................................................................................................................................... Pág. 34

Agencia Gubernamental de Control

Resolución N° 463-AGC/14Se rescinde el contrato a Paula Belén Cuneo...................................................................................................... Pág. 35

Resolución N° 470-AGC/14Se rechaza petición............................................................................................................................................... Pág. 35

Agencia de Protección Ambiental

Resolución N° 374-APRA/14Se modifican créditos presupuestarios................................................................................................................. Pág. 39

Resolución N° 376-APRA/14Se aprueba la Licitación Pública Nº 847/14.......................................................................................................... Pág. 39

Resolución N° 377-APRA/14Se convoca a Audiencia Pública........................................................................................................................... Pág. 40

Resolución N° 378-APRA/14Se delega en la Dirección General de Evaluación Técnica de la Agencia de Protección                                                  Ambiental la firma y atención del despacho de la Presidencia............................................................................. Pág. 42

Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes

Resolución N° 797-CDNNYA/14Se rectifíca la Resolución N° 774/CDNNyA/14..................................................................................................... Pág. 44

Resolución N° 798-CDNNYA/14Se aprueban gastos.............................................................................................................................................. Pág. 45

Resolución N° 813-CDNNYA/14Se cancela la inscripción de la Fundación Agreste en el Registro de Organizaciones No                                                Gubernamentales.................................................................................................................................................. Pág. 46

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Resolución N° 816-CDNNYA/14Se prorroga la licencia sin goce de haberes a Amalia Federik............................................................................. Pág. 47

Agencia de Sistemas de Información

Resolución N° 158-ASINF/14Se encomienda la firma de la Dirección General de Infraestructura a Dirección General de                                           Integración de Sistemas de la Agencia de Sistemas de Información................................................................... Pág. 49

Ministerio de Modernización - Ministerio de Salud

Resolución N° 689-MMGC/14Se rectifícan los términos de la Disposición Nº 426/HGATA/13........................................................................... Pág. 51

Resolución N° 690-MMGC/14Se rectifícan los términos de la Disposición Nº 176/HNBM/13............................................................................. Pág. 52

Resolución N° 691-MMGC/14Se rectifícan los términos de la Disposición Nº º 1242/HGARM/13...................................................................... Pág. 53

Resolución N° 692-MMGC/14Se rectifícan los términos de la Disposición Nº 345/HBR/13................................................................................ Pág. 54

Resolución N° 693-MMGC/14Se rectifícan los términos de la Disposición Nº 190/HNBM/13............................................................................. Pág. 55

Resolución N° 694-MMGC/14Se convalida la Disposición N° 31/HOPL/14......................................................................................................... Pág. 56

Resolución N° 695-MMGC/14Se convalida la Disposición N°453/HGATA/13..................................................................................................... Pág. 56

Resolución N° 696-MMGC/14Se reubíca a Guillermo Echebarrena.................................................................................................................... Pág. 57

Ente de Turismo - Ministerio de Educación

Resolución N° 2-SSGECP/14Se acuerda la participacion del Instituto de Formación Técnica Superior N° 7 en el proceso de                                      Evaluación de los guías para la incripción en el Registro de Guías de Turismo de la Ciudad............................ Pág. 59

Disposición

Jefatura de Gabinete de Ministros

Disposición N° 147-DGCACTYT/14Se aplica apercibimiento al agente Fernando Devolder....................................................................................... Pág. 61

Disposición N° 148-DGCACTYT/14Se aplica apercibimiento al agente Matías Ramirez............................................................................................. Pág. 61

Disposición N° 152-DGCACTYT/14Se aplica apercibimiento al agente Romina Iris Nancy Paez................................................................................ Pág. 62

Disposición N° 153-DGCACTYT/14Se aplica apercibimiento a la agente Irene Gil...................................................................................................... Pág. 63

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Ministerio de Justicia y Seguridad

Disposición N° 75-DGCYSB/14Se exime de la firma del registro diario de Asistencia a agentes varios............................................................... Pág. 65

Disposición N° 91-DGCYSB/14Se deja sin efecto la Disposición Nº73/DGCYSB/14............................................................................................ Pág. 66

Disposición N° 92-DGCYSB/14Se aprueban gastos.............................................................................................................................................. Pág. 67

Disposición N° 93-DGCYSB/14Se aprueban gastos.............................................................................................................................................. Pág. 67

Disposición N° 100-DGCYSB/14Se aprueban gastos.............................................................................................................................................. Pág. 68

Disposición N° 297-DGSPR/14Se aprueba Manual de Procedimientos................................................................................................................ Pág. 70

Ministerio de Salud

Disposición N° 94-DGADC/14Se posterga la fecha de apertura de ofertas correspondientes a la Licitación Pública N°                                                 401-0543-LPU14................................................................................................................................................... Pág. 71

Ministerio de Desarrollo Económico

Disposición N° 38-DGCOMEXT/14Se autoriza llamado a concurso para sortear becas............................................................................................. Pág. 72

Disposición N° 127-DGTALMDE/14Se aprueba Contratación Directa N° 650-0083-CDI14......................................................................................... Pág. 73

Ministerio de Modernización

Disposición N° 49-ISC/14Se aprueba pliego y se llama a contratación directa............................................................................................ Pág. 75

Ministerio de Gobierno

Disposición N° 14-DGRPM/14Se aprueban gastos.............................................................................................................................................. Pág. 77

Agencia de Protección Ambiental

Disposición N° 475-DGET/14Se categorizan proyectos...................................................................................................................................... Pág. 79

Disposición N° 487-DGET/14Se categorizan proyectos...................................................................................................................................... Pág. 81

Disposición N° 489-DGET/14Se categorizan proyectos...................................................................................................................................... Pág. 83

Disposición N° 503-DGET/14Se categorizan proyectos...................................................................................................................................... Pág. 86

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Disposición N° 504-DGET/14Se categorizan proyectos...................................................................................................................................... Pág. 87

Disposición N° 505-DGET/14Se categorizan proyectos...................................................................................................................................... Pág. 90

Disposición N° 506-DGET/14Se categorizan proyectos...................................................................................................................................... Pág. 91

Disposición N° 507-DGET/14Se categorizan proyectos...................................................................................................................................... Pág. 93

Disposición N° 508-DGET/14Se categorizan proyectos...................................................................................................................................... Pág. 95

Disposición N° 509-DGET/14Se categorizan proyectos...................................................................................................................................... Pág. 97

Disposición N° 511-DGET/14Se categorizan proyectos...................................................................................................................................... Pág. 99

Disposición N° 515-DGET/14Se categorizan proyectos.................................................................................................................................... Pág. 101

Administración Gubernamental de Ingresos Públicos

Disposición N° 230-DGESYC/14Se aprueba la Contratación Menor Nº 7432/SIGAF/14...................................................................................... Pág. 103

Ente de Turismo

Disposición N° 55-DGTALET/14Se autoriza viaje.................................................................................................................................................. Pág. 105

Ministerio de Salud

Disposición N° 93-HGAVS/14Se aprueban gastos............................................................................................................................................ Pág. 107

Disposición N° 98-HGAVS/14Se sanea considerando de la Disposición Nº 93-HGAVS-14............................................................................. Pág. 108

Disposición N° 152-HBR/14Se aprueba la Contratación Directa Nº 2438/14................................................................................................. Pág. 108

Disposición N° 155-HGAP/14Se aprueba la Contratación Directa Menor N°6253/14....................................................................................... Pág. 110

Disposición N° 158-HGAP/14Se aprueban gastos............................................................................................................................................ Pág. 111

Disposición N° 161-HGAP/14Se aprueban gastos............................................................................................................................................ Pág. 113

Disposición N° 246-HGADS/14Se aprueban gastos............................................................................................................................................ Pág. 114

Disposición N° 271-HGAPP/14Se aprueban gastos............................................................................................................................................ Pág. 116

Disposición N° 272-HGAPP/14Se aprueban gastos............................................................................................................................................ Pág. 117

Disposición N° 273-HGAPP/14Se aprueban gastos............................................................................................................................................ Pág. 118

Disposición N° 274-HGAPP/14Se aprueban gastos............................................................................................................................................ Pág. 119

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Disposición N° 275-HGAPP/14Se aprueban gastos............................................................................................................................................ Pág. 120

Disposición N° 276-HGAPP/14Se aprueban gastos............................................................................................................................................ Pág. 121

Disposición N° 277-HGAPP/14Se aprueban gastos............................................................................................................................................ Pág. 122

Disposición N° 278-HGAPP/14Se aprueban gastos............................................................................................................................................ Pág. 123

Disposición N° 279-HGAPP/14Se aprueban gastos............................................................................................................................................ Pág. 125

Disposición N° 282-HGAPP/14Se aprueban gastos............................................................................................................................................ Pág. 126

Disposición N° 283-HGAPP/14Se aprueban gastos............................................................................................................................................ Pág. 127

Disposición N° 284-HGAPP/14Se aprueban gastos............................................................................................................................................ Pág. 128

Disposición N° 285-HGAPP/14Se aprueban gastos............................................................................................................................................ Pág. 129

Disposición N° 286-HGAPP/14Se aprueban gastos............................................................................................................................................ Pág. 130

Disposición N° 287-HGAPP/14Se aprueban gastos............................................................................................................................................ Pág. 131

Organos de Control

Resolución

Ente Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Resolución N° 59-ERSP/14Se autoriza donación.......................................................................................................................................... Pág. 133

Resolución N° 60-ERSP/14Se autoriza donación.......................................................................................................................................... Pág. 134

Resolución N° 61-ERSP/14Se autoriza donación.......................................................................................................................................... Pág. 134

Resolución N° 62-ERSP/14Se autoriza donación.......................................................................................................................................... Pág. 135

Disposición

Ente Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Disposición N° 145-GA/14Se aprueba la Contratación Menor N°: 29/14..................................................................................................... Pág. 137

Disposición N° 148-GA/14Se aprueba la Contratación Menor N°: 30/14..................................................................................................... Pág. 138

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Disposición N° 162-GA/14Se aprueban pliegos y se autoriza el llamado a Licitación Privada N° 8/14....................................................... Pág. 139

Disposición N° 164-GA/14Se aprueban pliegos y se autoriza el llamado a Contratación Menor N° 36/14.................................................. Pág. 140

Comunicados y Avisos

Ministerio de Salud

Comunicados N° 98-HRR/14.............................................................................................................................. Pág. 142

Ministerio de Educación

Comunicados N° 12-GODCYDD/14.................................................................................................................... Pág. 143

Licitaciones

Jefatura de Gabinete de Ministros

Licitación - Circular con consulta N° 5264753-SSTRANS/14............................................................................ Pág. 144Expediente - Adjudicación N° 3413620-SSTRANS/14...................................................................................... Pág. 171

Ministerio de Hacienda

Licitación - Llamado N° 651-DGCYC/14............................................................................................................ Pág. 172Licitación - Llamado N° 653-DGCYC/14............................................................................................................ Pág. 172Licitación - Llamado N° 660-DGCYC/14............................................................................................................ Pág. 173

Ministerio de Justicia y Seguridad

Licitación - Fracaso N° 383-SSJUS/14.............................................................................................................. Pág. 174

Ministerio de Salud

Licitación - Preadjudicación N° 345-HGADS/14................................................................................................ Pág. 175Licitación - Preadjudicación N° 515-HGAP/14................................................................................................... Pág. 175Licitación - Preadjudicación N° 578-HIJCTG/14................................................................................................ Pág. 177Licitación - Preadjudicación N° 580-HGNPE/14................................................................................................ Pág. 177Licitación - Adjudicación N° 322-HNBM/14........................................................................................................ Pág. 178Licitación - Prórroga N° 543-DGADC/14............................................................................................................ Pág. 178Licitación - Circular con consulta N° 543-DGADC/14........................................................................................ Pág. 179Expediente - Llamado N° 9435988-HGACA/14................................................................................................. Pág. 181Expediente - Llamado N° 10812230-HBU/14.................................................................................................... Pág. 181Expediente - Adjudicación N° 8094009-HBU/14................................................................................................ Pág. 182

Page 9: Boletín Oficialboletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/boletines/2014/08/20140811.pdfSe aprueba el precio de las entradas del espectáculo Cineastas..... Pág. 23 Ministerio

Expediente - Adjudicación N° 8094184-HBU/14................................................................................................ Pág. 182Expediente - Adjudicación N° 8094337-HBU/14................................................................................................ Pág. 183Expediente - Adjudicación N° 8094500-HBU/14................................................................................................ Pág. 183Expediente - Adjudicación N° 8255471-HBU/14................................................................................................ Pág. 184

Ministerio de Educación

Expediente - Llamado N° 6844451-DGAR/14.................................................................................................... Pág. 185Expediente - Llamado N° 7644765-DGAR/14.................................................................................................... Pág. 185Expediente - Preadjudicación N° 5889181-DGAR/13........................................................................................ Pág. 186

Ministerio de Desarrollo Urbano

Expediente - Llamado N° 2217069-DGTALMDU/14.......................................................................................... Pág. 188

Ministerio de Desarrollo Económico

Licitación - Llamado N° 57-SECHI/14................................................................................................................ Pág. 189Licitación - Llamado N° 523-SECHI/14.............................................................................................................. Pág. 189

Ministerio de Ambiente y Espacio Público

Licitación - Llamado N° 1034-DGTALMAEP/14................................................................................................. Pág. 191Licitación - Llamado N° 1107-SSADM/14.......................................................................................................... Pág. 191

Agencia Gubernamental de Control

Licitación - Llamado N° 474-DGLYTAGC/14..................................................................................................... Pág. 193Licitación - Llamado N° 475-DGLYTAGC/14..................................................................................................... Pág. 193

Ente de Turismo

Expediente - Preadjudicación N° 5377743-DGTALET/14.................................................................................. Pág. 195Expediente - Preadjudicación N° 8114152-DGTALET/14.................................................................................. Pág. 195

Instituto de Vivienda de la Ciudad de Buenos Aires

Licitación - Llamado N° 10-IVC/14..................................................................................................................... Pág. 196

Banco Ciudad De Buenos Aires

Carpeta - Llamado N° 21391-BCOCIUDAD/14.................................................................................................. Pág. 197Carpeta - Llamado N° 21395-BCOCIUDAD/14.................................................................................................. Pág. 197Carpeta - Llamado N° 21426-BCOCIUDAD/14.................................................................................................. Pág. 198Carpeta - Llamado N° 21449-BCOCIUDAD/14.................................................................................................. Pág. 198Carpeta - Llamado N° 21463-BCOCIUDAD/14.................................................................................................. Pág. 199Actuación N° 207-BCOCIUDAD/14..................................................................................................................... Pág. 200

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Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana

Licitación - Llamado N° 1039-SECGCYAC/14................................................................................................... Pág. 201Licitación - Llamado N° 1053-SECGCYAC/14................................................................................................... Pág. 201Licitación - Llamado N° 1058-SECGCYAC/14................................................................................................... Pág. 202Licitación - Preadjudicación N° 262-SECGCYAC/14......................................................................................... Pág. 203

SUBTERRANEOS DE BUENOS AIRES SOCIEDAD DEL ESTADO

Licitación - Prórroga N° 166-SBASE/14............................................................................................................. Pág. 205

Edictos Particulares

Transferencias N° 301-SECLYT/14.................................................................................................................... Pág. 206Transferencias N° 302-SECLYT/14.................................................................................................................... Pág. 206Transferencias N° 304-SECLYT/14.................................................................................................................... Pág. 206Transferencias N° 305-SECLYT/14.................................................................................................................... Pág. 207Transferencias N° 306-SECLYT/14.................................................................................................................... Pág. 207Transferencias N° 307-SECLYT/14.................................................................................................................... Pág. 207Transferencias N° 308-SECLYT/14.................................................................................................................... Pág. 208Transferencias N° 309-SECLYT/14.................................................................................................................... Pág. 208Transferencias N° 310-SECLYT/14.................................................................................................................... Pág. 208Transferencias N° 311-SECLYT/14.................................................................................................................... Pág. 209Transferencias N° 312-SECLYT/14.................................................................................................................... Pág. 209

Edictos Oficiales

Ministerio de Desarrollo Económico

Notificación N° 7605572-DGEMP/14.................................................................................................................. Pág. 210Notificación N° 7771349-DGEMP/14.................................................................................................................. Pág. 210Notificación N° 7775418-DGEMP/14.................................................................................................................. Pág. 211Notificación N° 7775909-DGEMP/14.................................................................................................................. Pág. 212Notificación N° 7776558-DGEMP/14.................................................................................................................. Pág. 213Notificación N° 7778739-DGEMP/14.................................................................................................................. Pág. 213Notificación N° 7779273-DGEMP/14.................................................................................................................. Pág. 214Notificación N° 7779903-DGEMP/14.................................................................................................................. Pág. 215Notificación N° 7824024-DGEMP/14.................................................................................................................. Pág. 215Notificación N° 7830425-DGEMP/14.................................................................................................................. Pág. 216Notificación N° 7830797-DGEMP/14.................................................................................................................. Pág. 217Notificación N° 8215500-DGEMP/14.................................................................................................................. Pág. 218Notificación N° 8283356-DGEMP/14.................................................................................................................. Pág. 218Notificación N° 8388252-DGEMP/14.................................................................................................................. Pág. 219Notificación N° 8393907-DGEMP/14.................................................................................................................. Pág. 220Notificación N° 8394307-DGEMP/14.................................................................................................................. Pág. 220

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Notificación N° 8395198-DGEMP/14.................................................................................................................. Pág. 221Notificación N° 8395938-DGEMP/14.................................................................................................................. Pág. 222Notificación N° 8397105-DGEMP/14.................................................................................................................. Pág. 223Notificación N° 8402323-DGEMP/14.................................................................................................................. Pág. 223Notificación N° 9041741-DGEMP/14.................................................................................................................. Pág. 224Notificación N° 11017918-DGEMP/14................................................................................................................ Pág. 225Expediente N° 5885988-DGEMP/14................................................................................................................... Pág. 226Expediente N° 8921212-DGEMP/14................................................................................................................... Pág. 226Expediente N° 8965366-DGEMP/14................................................................................................................... Pág. 227Expediente N° 8966040-DGEMP/14................................................................................................................... Pág. 228Expediente N° 8972036-DGEMP/14................................................................................................................... Pág. 228Expediente N° 9115632-DGEMP/14................................................................................................................... Pág. 229Expediente N° 9175257-DGEMP/14................................................................................................................... Pág. 230Expediente N° 9516212-DGEMP/14................................................................................................................... Pág. 231Expediente N° 9516982-DGEMP/14................................................................................................................... Pág. 231Expediente N° 9517714-DGEMP/14................................................................................................................... Pág. 232Expediente N° 9518412-DGEMP/14................................................................................................................... Pág. 233Expediente N° 10493003-DGEMP/14................................................................................................................. Pág. 233Expediente N° 10493768-DGEMP/14................................................................................................................. Pág. 234Expediente N° 10495417-DGEMP/14................................................................................................................. Pág. 235Expediente N° 10501798-DGEMP/14................................................................................................................. Pág. 236Expediente N° 10502475-DGEMP/14................................................................................................................. Pág. 236Expediente N° 10503300-DGEMP/14................................................................................................................. Pág. 237Expediente N° 10504436-DGEMP/14................................................................................................................. Pág. 238Expediente N° 10504901-DGEMP/14................................................................................................................. Pág. 238Expediente N° 10804390-DGEMP/14................................................................................................................. Pág. 239Expediente N° 10806249-DGEMP/14................................................................................................................. Pág. 240Expediente N° 10812836-DGEMP/14................................................................................................................. Pág. 241Expediente N° 11269016-DGEMP/14................................................................................................................. Pág. 241Expediente N° 11270319-DGEMP/14................................................................................................................. Pág. 242Expediente N° 11270863-DGEMP/14................................................................................................................. Pág. 243Expediente N° 11271829-DGEMP/14................................................................................................................. Pág. 243Expediente N° 11272221-DGEMP/14................................................................................................................. Pág. 244Expediente N° 11273443-DGEMP/14................................................................................................................. Pág. 245

Administración Gubernamental de Ingresos Públicos

Notificación N° 21890-DGR/10........................................................................................................................... Pág. 246Notificación N° 78821-DGR/10........................................................................................................................... Pág. 246Notificación N° 1609-DGR/14............................................................................................................................. Pág. 246Notificación N° 1928-DGR/14............................................................................................................................. Pág. 252Notificación N° 1934-DGR/14............................................................................................................................. Pág. 258Notificación N° 1945-DGR/14............................................................................................................................. Pág. 263

Instituto de Vivienda de la Ciudad de Buenos Aires

Notificación N° 315-IVC/07................................................................................................................................. Pág. 268

Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Notificación N° 551673-DGS/10.......................................................................................................................... Pág. 269Actuación N° 11272638-DGS/14........................................................................................................................ Pág. 270

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Juzgado Provincial

Citación N° 11118278-JP/14............................................................................................................................... Pág. 271Citación N° 11233655-JP/14............................................................................................................................... Pág. 271Citación N° 11247964-JP/14............................................................................................................................... Pág. 272

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BS.AS.

Citación N° 10476966-JPIPCF30/14................................................................................................................... Pág. 273

MINISTERIO PUBLICO FISCAL

Citación N° 9492717-MPF/14............................................................................................................................. Pág. 274

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Poder Ejecutivo Resolución Jefatura de Gabinete de Ministros

RESOLUCIÓN N.° 671/MJGGC/14

Buenos Aires, 1 de agosto de 2014 VISTO: La Ley Nº 2.095, su Decreto Reglamentario N° 95/14, el Expediente N° 6.385.695-MGEYA- DGTALMJG/14, y CONSIDERANDO: Que por las presentes actuaciones esta Jefatura de Gabinete de Ministros tramita la Contratación Directa de la locación administrativa del inmueble sito en la calle Martín García 320/346/348/350/364/378, con entrada por el Nro. 348 de la calle Martín García de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con destino a oficinas administrativas pertenecientes a distintos Ministerios de este Gobierno de la Ciudad, por el plazo de treinta y seis (36) meses, contados a partir del 1° de agosto de 2.014 hasta el 31 de julio de 2.017; Que por Nota Nº 6368240-DGAB/14 la Dirección General Administración de Bienes dependiente del Ministerio de Desarrollo Económico expresa que "...no existen en la actualidad inmuebles disponibles de pertenecientes al patrimonio de la Ciudad que posean las características edilicias y geográficas necesarias para los fines solicitados"; Que, al no existir inmuebles disponibles que cumplan con las necesidades operativas de las distintas unidades de organización y que permitan alojar a la dotación que componen a las mismas, se propicia la locación administrativa en cuestión; Que, la presente contratación se encuadra en la excepción a la licitación pública contemplada en el inciso 12), artículo 28, de la Ley de Compras y Contrataciones Nº 2.095, dado que el inmueble reúne todas las condiciones necesarias para el funcionamiento de oficinas administrativas de distintos Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que el inmueble considerado es el que más se adecua a las necesidades de las dependencias a las que será destinado por sus cualidades edilicias y de infraestructura; Que con fecha cuatro (4) de junio de 2014 el Banco Ciudad de Buenos Aires fijó la tasación del canon locativo mensual en la suma de pesos cuatro millones seiscientos mil ($4.600.000), por lo que se llevaron adelante las gestiones con la locadora a los fines de acordar el contrato de locación; Que, en función de lo establecido en el inciso 12), artículo 28 del Anexo I del Decreto Nº 95/14, se procedió a consensuar con el propietario del inmueble el valor definitivo del canon locativo, por la suma total de PESOS CIENTO NOVENTA Y SIETE MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA MIL TRESCIENTOS VEINTICUATRO ($197.870.324) pagaderos de la siguiente manera: Primer semestre, cuotas 1 a 6 de PESOS TRES MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS VEINTICUATRO ($3.883.224) cada una. Segundo semestre, cuotas 7 a 12 de PESOS CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS DIECINUEVE MIL CIENTO NUEVE ($ 4.419.109) cada una. Tercer semestre, cuotas 13 a 18 de PESOS CINCO MILLONES VEINTIOCHO MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y SEIS ($5.028.946) cada una. Cuarto semestre, cuotas 19 a 24 de PESOS CINCO MILLONES SETECIENTOS

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VEINTIDOS MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y UNO ($5.722.941) cada una. Quinto semestre, cuotas 25 a 30 de PESOS SEIS MILLONES QUINIENTOS DOCE MIL SETECIENTOS SIETE ($ 6.512.707) cada una. Sexto semestre, Cuotas 31 a 36 DE PESOS SIETE MILLONES CUATROCIENTOS ONCE MIL CUATROCIENTOS SESENTA ($ 7.411.460) cada una; Que se afectaron las partidas presupuestarias de los fondos necesarios para afrontar la erogación en cuestión; Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado la intervención que le compete en los términos de la Ley Nº 1218 como asimismo del artículo 28, inciso 12), apartado 12) del Reglamento de Contrataciones aprobado por Decreto N° 95/14. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el apartado j) del inciso 12) del artículo 28 del Anexo I del Decreto N° 95/14,

EL JEFE DE GABIENTE DE MINISTROS RESUELVE

Artículo 1º.- Apruébase la Contratación Directa N° 7662/SIGAF/2014, realizada al amparo de lo establecido en el inciso 12), artículo 28, de la Ley Nº 2.095, de la locación administrativa del inmueble sito en la calle Martín García 320/346/348/350/364/378 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con destino a oficinas administrativas para distintos Ministerios, por el plazo de treinta y seis (36) meses, contados a partir del 1° de agosto de 2.014 hasta el 31 de julio de 2.017, por la suma total de PESOS CIENTO NOVENTA Y SIETE MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA MIL TRESCIENTOS VEINTICUATRO ($197.870.324) pagaderos de la siguiente manera: Primer semestre, cuotas 1 a 6 de PESOS TRES MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS VEINTICUATRO ($3.883.224) cada una. Segundo semestre, cuotas 7 a 12 de PESOS CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS DIECINUEVE MIL CIENTO NUEVE ($ 4.419.109) cada una. Tercer semestre, cuotas 13 a 18 de PESOS CINCO MILLONES VEINTIOCHO MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y SEIS ($5.028.946) cada una. Cuarto semestre, cuotas 19 a 24 de PESOS CINCO MILLONES SETECIENTOS VEINTIDOS MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y UNO ($5.722.941) cada una. Quinto semestre, cuotas 25 a 30 de PESOS SEIS MILLONES QUINIENTOS DOCE MIL SETECIENTOS SIETE ($ 6.512.707) cada una. Sexto semestre, Cuotas 31 a 36 DE PESOS SIETE MILLONES CUATROCIENTOS ONCE MIL CUATROCIENTOS SESENTA ($ 7.411.460) cada una, a favor de la firma AB CONSULTORA S.A CUIT N° 30-70848090-4, conforme los términos del Contrato, que como Anexo (IF Nº 09551715- MJGGC/14) forma parte integrante de la presente. Artículo 2°.- El gasto que irrogue la presente contratación se imputará a las partidas presupuestarias correspondientes a los ejercicios 2014, 2015, 2016 y 2017. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Administración de Bienes dependiente del Ministerio de Desarrollo Económico, a la Dirección General Escribanía General dependiente de la Secretaría Legal y Técnica, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de esta Jefatura de Gabinete de Ministros, y a las Direcciones Generales de Contaduría y Tesorería del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Rodríguez Larreta

ANEXO

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RESOLUCIÓN N.° 690/MJGGC/14

Buenos Aires, 6 de agosto de 2014 VISTO: El Decreto N° 660/11 y sus modificatorios, el Acta Paritaria N° 4/13 instrumentada por Resolución 285/MHGC/2013, el Convenio Colectivo de Trabajo y el Expediente N° 09081413-MGEYA- DGCACTYT/2014, y CONSIDERANDO: Que, por Decreto Nº 660/11 se aprobó la estructura orgánico funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, incluyendo al Instituto Superior de la Carrera como Organismo Fuera de Nivel en el ámbito del Ministerio de Modernización; Que, por Acta Paritaria N° 4/13 se creó el Programa de Capacitación y Movilidad, a cargo del Instituto Superior de la Carrera del Ministerio de Modernización, con el fin de adaptar y mejorar el perfil ocupacional de los empleados del escalafón general del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, favorecer el proceso de movilidad interna entre áreas que necesitan personal y otras que se encuentran en condiciones de proveerlo y que la reubicación sea satisfactoria tanto para la administración pública como para el empleado; Que, en dicho marco y con la asistencia del Ministerio de Modernización, la Dirección General Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Transporte ha realizado un análisis de su dotación para determinar las necesidades operativas de personal para cumplir con sus misiones y funciones; Que, como resultado de dicho relevamiento, se ha concluído que de acuerdo con la estructura orgánica y los procesos de trabajo vigentes, existe personal en condiciones de ser destinado a un nuevo puesto de trabajo en el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los términos del Acta Paritaria 4/13; Que, en razón de lo expuesto, las áreas intervinientes han seleccionado a las personas que participarán del Programa de Capacitación y Movilidad, los que serán transferidos al Instituto Superior de la Carrera conforme el art. 4º del Anexo de la mencionada Acta Paritaria; Que, la Subsecretaría de Transporte ha prestado conformidad a la medida que se propicia por el presente; Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Acta Paritaria N° 4/13,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS RESUELVE

Artículo 1º.- Transfiéranse al Programa de Capacitación y Movilidad, dependiente del Instituto Superior de la Carrera del Ministerio de Modernización, a las personas mencionadas en el Anexo I que como tal forma parte integrante de la presente. Artículo 2º.- La Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos tomará los recaudos necesarios con relación a lo dispuesto en el artículo anterior. Artículo 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

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comuníquese a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de la Jefatura de Gabinete de Ministros, al Instituto Superior de la Carrera y a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos dependientes del Ministerio de Modernización y para su conocimiento y notificación fehaciente a los interesados remítase a la Dirección General Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Transporte. Cumplido, archívese. Rodriguez Larreta

ANEXO

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Ministerio de Hacienda

RESOLUCION N.º 1187/MHGC/14

Buenos Aires, 11 de julio de 2014

VISTO: La Ley N° 4809 promulgada por el Decreto N° 523-GCABA-2013, la distribución analítica aprobada por Decreto N° 1-GCABA-14 (B.O. 4311), el Decreto N° 2-GCABA-14 (B.O. 4311), el Expediente Nº 8.106.849-14, y CONSIDERANDO: Que, por el expediente citado en el Visto distintas Jurisdicciones propician una modificación crediticia al Presupuesto vigente; Que, entre las compensaciones a realizar se encuentran la solicitada por el Ministerio de Educación con el objeto de reforzar la partida 314 "Teléfonos, Télex y Telefax, la gestionada por la Dirección General de Mantenimiento de la Flota Automotor a fin de incrementar la partida 3.5.4 “Primas y Gastos de Seguros“, la requerida por la Dirección General de Compras y Contrataciones a fin de ampliar el crédito de la partida 4.8.1 “Programas de Computación“; así como también aquellas otras readecuaciones crediticias que son imprescindibles para el normal desarrollo de las actividades del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, en virtud de lo expuesto, corresponde efectuar las modificaciones presupuestarias que se detallan en las fojas adjuntas, utilizando para ello las facultades emergentes del Capítulo IX, Artículo 36, Apartado I de las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio 2014, aprobadas por Decreto N° 2-GCBA-14 (B.O 4311.); Por ello,

EL MINISTRO DE HACIENDA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE Artículo 1º.- Apruébase la modificación de créditos obrante en el Anexo que, a todos sus efectos, forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2º.- Regístrese; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto. Cumplido, archívese. Grindetti

ANEXO

RESOLUCION N.º 1260/MHGC/14

Buenos Aires, 18 de julio de 2014 VISTO: La Ley N° 4809 promulgada por el Decreto N° 523-GCABA-2013, la distribución analítica aprobada por Decreto N° 1-GCABA-14 (B.O. 4311), el Decreto N° 2-GCABA-14 (B.O. 4311), el Expediente Nº 8.106.849-14, y

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CONSIDERANDO: Que, por el expediente citado en el Visto distintas Jurisdicciones propician una modificación crediticia al Presupuesto vigente; Que, entre las compensaciones a realizar se encuentran la solicitada por el Ministerio de Educación con el objeto de reforzar la partida 314 "Teléfonos, Télex y Telefax, la gestionada por la Dirección General de Mantenimiento de la Flota Automotor a fin de incrementar la partida 3.5.4 “Primas y Gastos de Seguros“, la requerida por la Dirección General de Compras y Contrataciones a fin de ampliar el crédito de la partida 4.8.1 “Programas de Computación“; así como también aquellas otras readecuaciones crediticias que son imprescindibles para el normal desarrollo de las actividades del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, en virtud de lo expuesto, corresponde efectuar las modificaciones presupuestarias que se detallan en las fojas adjuntas, utilizando para ello las facultades emergentes del Capítulo IX, Artículo 36, Apartado I de las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio 2014, aprobadas por Decreto N° 2-GCBA-14 (B.O. 4311); Por ello,

EL MINISTRO DE HACIENDA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE Artículo 1º.- Apruébase la modificación de créditos obrante en el Anexo que, a todos sus efectos, forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2º.- Regístrese; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto. Cumplido, archívese. Grindetti

ANEXO

Página Nº 18Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Ministerio de Cultura

RESOLUCIÓN N.º 5365/MCGC/14

Buenos Aires, 1 de agosto de 2014 VISTO: el Decreto 145-GCBA-2014, el Expediente Nº 9.428.891/2014, y CONSIDERANDO: Que, por los presentes actuados el Complejo Teatral de la Ciudad de Buenos Aires dependiente del Ministerio de Cultura solicita la aprobación del precio de las localidades para los espectáculos de la temporada internacional 2014, correspondientes a los espectáculos “Perfume de Danza“, Oylem Goylem“ yb “ The Globe Theatre (Hamlet)“, que se presentarán en el Teatro San Martín, Sala Martín Coronado y Sala Casacuberta y el espectáculo “Komunikazioa Inkomunikazioa“ en Teatro Sarmiento; Que, en consecuencia, corresponde el dictado del pertinente acto administrativo; Por ello, de acuerdo con las determinaciones establecidas por el Decreto Nº 145-GCBA-14 y lo normado por la Ley Nº 4.013 (B.O.C.B.A. Nº 3.807),

EL MINISTRO DE CULTURA RESUELVE:

Artículo 1º.- Apruébese el precio de las localidades para los espectáculos de la temporada internacional 2014, que se encuentra detallada en el Anexo (IF-2014-9513177-MCGC), que pasa a formar parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Comuníquese a la Dirección General del Complejo Teatral de la Ciudad de Buenos Aires, quien deberá publicar la presente en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en la Página Web del Gobierno de la Ciudad. Fecho, gírese a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese. Lombardi

ANEXO

RESOLUCIÓN N.º 5384/MCGC/14

Buenos Aires, 4 de agosto de 2014 VISTO: el Expediente Nº 10.460.737/2014, el Decreto Nº 145-GCBA-14 y de acuerdo a lo normado por la Ley Nº 4.013 (B.O.C.B.A. Nº 3.807), y CONSIDERANDO: Que, el citado Decreto faculta a este Ministerio de Cultura a fijar los precios de las entradas y de los cursos y talleres gestionados por diversos organismos que le dependen;

Página Nº 19Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Que, en consecuencia, la Dirección General del Centro Cultural General San Martín tramita la valorización de las entradas correspondientes al espectáculo "NOSOTROS...LOS AMANTES" que se llevará a cabo en el Sala Principal del Complejo Cultural 25 de Mayo, dependiente del citado Centro Cultural, los días 8, 9, 10, 15, 16, 17, 22, 23, 24, 29, 30 y 31 de agosto de 2014, viernes a las 22,00 horas, sábados a las 21,00 horas y domingos a las 19,00 horas; Por ello, de acuerdo con las determinaciones establecidas por el Decreto Nº 145-GCBA-14 y lo normado por la Ley Nº 4.013 (B.O.C.B.A. Nº 3.807),

EL MINISTRO DE CULTURA RESUELVE:

Artículo 1º.- Apruébese el precio de las entradas generales, del espectáculo "NOSOTROS...LOS AMANTES" que se llevará a cabo en el Sala Principal del Complejo Cultural 25 de Mayo, dependiente del citado Centro Cultural, los días 8, 9, 10, 15, 16, 17, 22, 23, 24, 29, 30 y 31 de agosto de 2014, viernes a las 22,00 horas, sábados a las 21,00 horas y domingos a las 19,00 horas, a un valor de PESOS CIEN ($100), y día popular (domingos) a PESOS SESENTA ($60). Artículo 2º.- Comuníquese a la Dirección General del Centro Cultural General San Martín, quien deberá publicar la presente en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en la Página Web del Gobierno de la Ciudad. Fecho, gírese a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese. Lombardi

RESOLUCIÓN N.º 5385/MCGC/14

Buenos Aires, 4 de agosto de 2014 VISTO: el Expediente Nº 10.461.609/2014, el Decreto Nº 145-GCBA-14 y de acuerdo a lo normado por la Ley Nº 4.013 (B.O.C.B.A. Nº 3.807), y CONSIDERANDO: Que, el citado Decreto faculta a este Ministerio de Cultura a fijar los precios de las entradas y de los cursos y talleres gestionados por diversos organismos que le dependen; Que, en consecuencia, la Dirección General del Centro Cultural General San Martín tramita la valorización de las entradas correspondientes al espectáculo "BIO 3 D" que se llevará a cabo en el Sala "Enrique Muiño", del Centro Cultural General San Martín, los días 8, 9, 15, 16, 22, 23, 29 y 30 de agosto de 2014 a las 21 horas; Que, el Centro Cultural General San Martín propicia el valor de la entrada a PESOS OCHENTA ($ 80.-); Por ello, de acuerdo con las determinaciones establecidas por el Decreto Nº 145-GCBA-14 y lo normado por la Ley Nº 4.013 (B.O.C.B.A. Nº 3.807),

EL MINISTRO DE CULTURA RESUELVE:

Artículo 1º.- Apruébese el precio de las entradas del espectáculo "BIO 3 D" que se llevará a cabo en el Sala "Enrique Muiño", del Centro Cultural General San Martín, los días 8, 9, 15, 16, 22, 23, 29 y 30 de agosto de 2014 a las 21 horas, a PESOS OCHENTA ($80,00).

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Artículo 2º.- Comuníquese a la Dirección General del Centro Cultural General San Martín, quien deberá publicar la presente en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en la Página Web del Gobierno de la Ciudad. Fecho, gírese a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese. Lombardi

RESOLUCIÓN Nº 5386/MCGC/14

Buenos Aires, 4 de agosto de 2014 VISTO: el Expediente Nº 10.461.225/2014, el Decreto Nº 145-GCBA-14 y de acuerdo a lo normado porla Ley Nº 4.013 (B.O.C.B.A. Nº 3.807), y CONSIDERANDO: Que, el citado Decreto faculta a este Ministerio de Cultura a fijar los precios de las entradas y de los cursos y talleres gestionados por diversos organismos que le dependen; Que, en consecuencia, la Dirección General del Centro Cultural General San Martín tramita la valorización de las entradas correspondientes al espectáculo "PRINCIPE Y MENDIGO" que se llevará a cabo en la Sala Principal del Complejo Cultural 25 de Mayo, los días 2, 3, 9, 10, 16, 17, 23, 24, 30 y 31 de agosto de 2014 a las 16 horas; Que, el Centro Cultural General San Martín propicia el valor de la entrada general a PESOS SESENTA ($ 60.-); Por ello, de acuerdo con las determinaciones establecidas por el Decreto Nº 145-GCBA-14 y lo normado por la Ley Nº 4.013 (B.O.C.B.A. Nº 3.807),

EL MINISTRO DE CULTURA RESUELVE:

Artículo 1º.- Apruébese el precio de las entradas del espectáculo, ""PRINCIPE Y MENDIGO" que se llevará a cabo en la Sala Principal del Complejo Cultural 25 de Mayo, los días 2, 3, 9, 10, 16, 17, 23, 24, 30 y 31 agosto de 2014 a las 16 horas, a un valor la entrada general a PESOS SESENTA ($ 60.-). Artículo 2º.- Comuníquese a la Dirección General del Centro Cultural General San Martín, quien deberá publicar la presente en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en la Página Web del Gobierno de la Ciudad. Fecho, gírese a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese. Lombardi

RESOLUCIÓN N.° 5387/MCGC/14

Buenos Aires, 4 de agosto de 2014 VISTO: El Expediente Nº 10.451.008/2014, el Decreto Nº 145-GCBA-14 y de acuerdo a lo normado por la Ley Nº 4.013 (B.O.C.B.A. Nº 3.807), y

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Que, el citado Decreto faculta a este Ministerio de Cultura a fijar los precios de las entradas y de los cursos y talleres gestionados por diversos organismos que le dependen; Que, en consecuencia, la Dirección General del Centro Cultural General San Martín tramita la valorización de las entradas correspondientes al espectáculo "LA BESTIA RUBIA" que se llevará a cabo en el Sala 3 del citado Centro Cultural, los días 16, 17, 21, 22, 23, 24, 28, 29, 30 y 31 de agosto de 2014, de jueves a sábados a las 21,00 horas y los Domingos a las 19,00 horas; Que, el Centro Cultural General San Martín propicia el valor de la entrada general a PESOS OCHENTA ($ 80.-), y un valor de PESOS SESENTA ($ 60.-) (día popular) para los días jueves; Por ello, de acuerdo con las determinaciones establecidas por el Decreto Nº 145-GCBA-14 y lo normado por la Ley Nº 4.013 (B.O.C.B.A. Nº 3.807),

EL MINISTRO DE CULTURA RESUELVE

Artículo 1º.- Apruébese el precio de las entradas, del espectáculo "LA BESTIA RUBIA" que se llevará a cabo en el Sala 3 del citado Centro Cultural, los días 16, 17, 21, 22, 23, 24, 28, 29, 30 y 31 de agosto de 2014, de jueves a sábados a las 21,00 horas y los Domingos a las 19,00 horas, a un valor de la entrada general a PESOS OCHENTA ($ 80.-), y de PESOS SESENTA ($ 60.-) (día popular) para los días jueves. Artículo 2º.- Comuníquese a la Dirección General del Centro Cultural General San Martín, quien deberá publicar la presente en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en la Página Web del Gobierno de la Ciudad. Fecho, gírese a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese. Lombardi

RESOLUCIÓN N.° 5388/MCGC/14

Buenos Aires, 4 de agosto de 2014 VISTO: El Expediente Nº 10.461.977/2014, el Decreto Nº 145-GCBA-14 y de acuerdo a lo normado por la Ley Nº 4.013 (B.O.C.B.A. Nº 3.807), y CONSIDERANDO: Que, el citado Decreto faculta a este Ministerio de Cultura a fijar los precios de las entradas y de los cursos y talleres gestionados por diversos organismos que le dependen; Que, en consecuencia, la Dirección General del Centro Cultural General San Martín tramita la valorización de las entradas correspondientes al espectáculo "SU FRIDA VIVA LA VIDA" que se llevará a cabo en el Salón Auditorio "Enrique Muiño", los días 10, 17, 24 y 31 de agosto de 2014, los domingos a las 19,00 horas; Que, el Centro Cultural General San Martín propicia el valor de la entrada general a PESOS SESENTA ($ 60.-); Por ello, de acuerdo con las determinaciones establecidas por el Decreto Nº 145-GCBA-14 y lo normado por la Ley Nº 4.013 (B.O.C.B.A. Nº 3.807),

Página Nº 22Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

CONSIDERANDO:

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Artículo 1º.- Apruébese el precio de las entradas generales del espectáculo "SU FRIDA VIVA LA VIDA" que se llevará a cabo en el Salón Auditorio "Enrique Muiño", los días 10, 17, 24 y 31 de agosto de 2014, los domingos a las 19,00 horas, a PESOS SESENTA ($60,00). Artículo 2º.- Comuníquese a la Dirección General del Centro Cultural General San Martín, quien deberá publicar la presente en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en la Página Web del Gobierno de la Ciudad. Fecho, gírese a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese. Lombardi

RESOLUCIÓN Nº 5414/MCGC/14

Buenos Aires, 5 de agosto de 2014 VISTO: el Expediente Nº 10.493.058/2014, el Decreto Nº 145-GCBA-14 y de acuerdo a lo normado por la Ley Nº 4.013 (B.O.C.B.A. Nº 3.807), y CONSIDERANDO: Que, el citado Decreto faculta a este Ministerio de Cultura a fijar los precios de las entradas y de los cursos y talleres gestionados por diversos organismos que le dependen; Que, en consecuencia, la Dirección General del Centro Cultural General San Martín tramita la valorización de las entradas correspondientes al espectáculo "CINEASTAS" que se llevará a cabo en el Sala AB del citado Centro Cultural, los días 1, 2, 3, 8, 9 y 10 de agosto de 2014, los jueves y viernes a las 21,00 horas, y los sábados y domingos a las 20.00 horas; Que, el Centro Cultural General San Martín propicia el valor de la entrada general a PESOS OCHENTA ($80) y día popular (jueves), a PESOS SESENTA ($ 60.-); Por ello, de acuerdo con las determinaciones establecidas por el Decreto Nº 145-GCBA-14 y lo normado por la Ley Nº 4.013 (B.O.C.B.A. Nº 3.807),

EL MINISTRO DE CULTURA RESUELVE

Artículo 1º.- Apruébese el precio de las entradas, del espectáculo "CINEASTAS" que se llevará a cabo en el Sala AB del citado Centro Cultural, los días 1, 2, 3, 8, 9 y 10 de agosto de 2014, los jueves y viernes a las 21,00 horas, y los sábados y domingos a las 20.00 horas, a un valor de la entrada general a PESOS OCHENTA ($80) y día popular (jueves), a PESOS SESENTA ($ 60.-). Artículo 2º.- Comuníquese a la Dirección General del Centro Cultural General San Martín, quien deberá publicar la presente en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en la Página Web del Gobierno de la Ciudad. Fecho, gírese a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese. Lombardi

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EL MINISTRO DE CULTURA RESUELVE:

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Ministerio de Ambiente y Espacio Público

RESOLUCIÓN N.º 124/SSADM/14

Buenos Aires, 7 de agosto de 2014 VISTO: La Ley Nacional de Obras Públicas N° 13064, aplicable en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sobre la base de lo dispuesto en la Cláusula Transitoria N° 3 de la Ley N° 70, la Ley N°4013, la Ley N° 123 y su Decreto Reglamentario N° 222/GCBA/12, los Decretos N° 1254/GCBA/08 y su modificatorio Decreto N° 663/GCBA/09, N° 166/GCBA/14, N° 660/GCBA/11 y sus modificatorios, N° 127/GCBA/14, , el Expediente Electrónico N° 5.847.600-DGTNT/14, y CONSIDERANDO: Que, por el Expediente citado en el Visto, tramita la contratación de la Obra Pública: “CONSTRUCCIÓN DE PLANTA DE TRATAMIENTO DE RESIDUOS ORGANICOS Y PLAYA DE MANIOBRAS“ mediante el procedimiento de Licitación Pública; Que, por Ley N° 4013, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, por Decreto N° 660/GCBA/11 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y los objetivos y responsabilidades primarias de las Unidades de Organización que lo componen; Que, mediante el Decreto N° 166/GCBA/14, se establecieron los niveles de decisión para la contratación de Obras Públicas y los plazos de publicación del llamado a Licitación Pública; Que, por el Decreto N° 1254/GCBA/08, y su modificatorio Decreto N° 663/GCBA/09, se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Generales para las Obras Públicas Mayores; Que, en el marco normativo descripto la Dirección General de Tratamiento y Nuevas Tecnologías, dependiente del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, en su carácter de organismo técnico, elaboró el Pliego de Especificaciones Técnicas, y la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, confeccionó el Pliego de Condiciones Particulares y sus Anexos; Que, el presupuesto oficial asciende a la suma de PESOS DIECINUEVE MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y DOS MIL VEINTISIETE CON NOVENTA Y NUEVE CENTAVOS ($19.332.027,99.-) Que, se procedió a efectuar la imputación presupuestaria de los fondos necesarios para hacer frente a la erogación en cuestión; Que, el gasto que se proyecta, queda sometido a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado dentro del presupuesto para el ejercicio o ejercicios siguientes, para financiar las obligaciones derivadas del contrato; Que, en el particular, la adquisición de los Pliegos de Bases y Condiciones que rigen la presente Licitación serán obtenidos previo pago de una suma total de PESOS DIECINUEVE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y DOS ($19.332.-) teniendo en cuenta las características propias del mismo, como así también la trascendencia e

importancia que reviste dicha Licitación para el interés público y a fin de proteger intereses económicos del GCBA, el cual debe observar en todas las etapas del proceso licitatorio criterios de austeridad y ahorro en el uso de sus recursos, los que en particular podrían resultar menguados por la extensión y cuantía de la documentación objeto de la Licitación, tornándose la gratuidad del pliego en una formalidad costosa e innecesaria;

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Que, el plazo de ejecución para la obra en cuestión es de SEIS (6) meses corridos a contar desde la fecha establecida en la Orden de Inicio de los trabajos; Que, la Dirección de Evaluación Técnica de la Agencia de Protección Ambiental, ha tomado la intervención que le compete de acuerdo a lo previsto en el Artículo N° 11 del Decreto N° 222/GCABA/12 que reglamenta la Ley N° 123; Que, asimismo, la Dirección General Interpretación Urbanística del Ministerio de Desarrollo Urbano, se ha expedido al respecto, conforme lo requerido por la Agencia de Protección Ambiental; Que, la Dirección General de Redeterminación de Precios dependiente de la Subsecretaria de Gestión Operativa del Ministerio de Hacienda, ha tomado la intervención que le compete de acuerdo a las facultades que le fueron asignadas por el Decreto N° 127/GCBA/14; Que, la Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064 en su artículo 10° y el Decreto N° 166/14 establecen los distintos plazos de anticipación y publicación para las licitaciones públicas, permitiendo asimismo, reducir los plazos en casos de urgencia; Que, en ese orden de ideas, resulta de vital importancia instrumentar, en el menor tiempo posible, las acciones tendientes a lograr la optimización de los tiempos y procedimientos a emplear por parte de este Ministerio; Que, la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado la intervención que le compete de acuerdo a las facultades asignadas por la Ley N° 1.218 (B.O.CABA 1850); Que, el régimen normativo de compras y contrataciones aplicable al ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, establece la necesidad de crear Comisiones de Evaluación de Ofertas, cuyas funciones se encuentran descriptas en dicho plexo normativo. Por ello, en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 166/GCBA/14;

EL SUBSECRETARIO DE ADMINISTRACIÓN DEL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

RESUELVE Artículo 1°.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que, como Anexo I (PLIEG-11112437-SSADM), y el Pliego de Especificaciones Técnicas, que como ANEXO II (IF-2014-9510838-DGTNT), forman parte integrante de la presente Resolución, para la contratación de la realización de la Obra Pública: “CONSTRUCCIÓN DE PLANTA DE TRATAMIENTO DE RESIDUOS ORGÁNICOS Y PLAYA DE MANIOBRAS“ cuyo presupuesto oficial asciende a la suma total de PESOS DIECINUEVE MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y DOS MIL VEINTISIETE CON NOVENTA Y NUEVE CENTAVOS ($19.332.027,99.-) Artículo 2°.- Llámese a Licitación Pública N° 1107/2014 para el día 27 de Agosto de 2014 las 12:00 hs., al amparo de lo establecido en la Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064 y los Pliegos Licitatorios que rigen la contratación en cuestión.

Artículo 3°.- Establécese que los Pliegos aprobados en el artículo 1° de la presente Resolución, tendrán un valor de PESOS DIECINUEVE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y DOS ($19.332.-). Artículo 4°.- Desígnese como integrantes de la Comisión Evaluadora de Ofertas, a la Srta. Jesica Laura Tort (D.N.I. 34.475.940) y a los Sres. Carlos Augusto Rosales Cartier (D.N.I. 33.457.043) y Juan Ignacio Adorante (DNI: 32.111.321), que intervendrán solo y especialmente en el proceso licitatorio correspondiente a la Licitación Pública citada en el Artículo 2°. Artículo 5°.- Publíquese el llamado en el Boletín Oficial de la ciudad de Buenos Aires por el término de 5 (cinco) días, con una anticipación de 5 (cinco) días, y en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de acuerdo a lo establecido en el artículo 10° de la Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064 y en el Decreto N° 166/14 el cual permite reducir los plazos en caso de urgencia. Artículo 6°.- Las erogaciones a que da lugar la obra que se licita, serán imputadas a las partidas presupuestarias correspondientes.

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Artículo 7°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y exhíbase copia de la presente Resolución en la cartelera de la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Ambiente y Espacio Público. Comuníquese a la Dirección General de Tratamiento y Nuevas Tecnologías y a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, remítase a la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones del Ministerio de Ambiente y Espacio Público en prosecución del trámite. Greco

ANEXO

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Ministerio de Modernización

RESOLUCIÓN N.º 542/MMGC/14

Buenos Aires, 7 de agosto de 2014 VISTO: La Ley N° 4013, los Decretos Nros. 684/2009, 335/2011, 571/2011, 660/2011 y sus modificatorios, el E.E.Nº 8102981/2014 (SSPLSAN), y CONSIDERANDO: Que por Decreto Nº 684/2009, se aprobó el Régimen Gerencial para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que sería de aplicación en los organismos del Poder Ejecutivo; Que posteriormente por Decreto Nº 335/2011, se modifica el artículo 3, del Decreto Nº 684/2009, el cual especifica que los cargos Gerenciales se dividirán en dos niveles que se denominarán "Gerencia Operativa" y "Subgerencia Operativa", a los que les corresponderán las acciones y objetivos que se prevén en las estructuras organizativas de este Gobierno; Que oportunamente por el artículo 4 del Decreto 571/2011, se autorizó al Secretario de Recursos Humanos a disponer la cobertura transitoria de los cargos Gerenciales, su duración y a fijar el plazo dentro del cual deberán convocarse los concursos públicos y abiertos de antecedentes y oposición para los cargos de los mismos; Que por la Ley N° 4013, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Decreto N° 660/2011 y modificatorios, fue aprobada la estructura organizativa, dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, incluyendo los cargos para los niveles de Gerentes y Subgerentes, entre otros, del Ministerio de Salud; Que según surge de los presentes actuados el citado Ministerio propicia a partir del 2 de julio de 2014, la designación del señor Julio César Leonardo Delgado, D.N.I. 32.484.746, CUIL. 20-32484746-5, legajo personal 435.154, como Subgerente Operativo de la Subgerencia Operativa Afiliación y Relación Comunitaria, del Departamento Cobertura Porteña de Salud, de la Subsecretaría de Planificación Sanitaria, en forma transitoria, hasta tanto se realice la convocatoria para el concurso público y abierto de antecedentes y oposición; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura del cargo en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley Nº 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizadas las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Por ello,

EL MINISTRO DE MODERNIZACIÓN RESUELVE

Artículo 1.- Desígnase a partir del 2 de julio de 2014, con carácter transitorio al señor

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Julio César Leonardo Delgado, D.N.I. 32.484.746, CUIL. 20-32484746-5, legajo personal 435.154, como Subgerente Operativo de la Subgerencia Operativa Afiliación y Relación Comunitaria, del Departamento Cobertura Porteña de Salud, de la Subsecretaría de Planificación Sanitaria, del Ministerio de Salud, partida 4001.0100.W.09, de acuerdo con lo establecido por los Decretos Nros. 684/2009 y 335/2011, reteniendo sin percepción de haberes la partida 4001.0500.A.A.01.0000, de la Dirección General Región Sanitaria II, de la Subsecretaría de Atención Integrada de Salud, del citado Ministerio. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Dirección General de Región Sanitaria II, a las Subsecretarías de Planificación Sanitaria y de Atención Integrada de Salud, y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Ibarra

RESOLUCIÓN N.° 543/MMGC/14

Buenos Aires, 7 de agosto de 2014 VISTO: La Ley N° 4013, los Decretos Nros. 684/2009, 335/2011, 571/2011, 660/2011 y sus modificatorios y el E.E.Nº 7626188/2014 (DGPLED), y CONSIDERANDO: Que por Decreto Nº 684/2009, se aprobó el Régimen Gerencial para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que sería de aplicación en los organismos del Poder Ejecutivo; Que posteriormente por Decreto Nº 335/2011, se modifica el artículo 3, del Decreto Nº 684/2009, el cual especifica que los cargos Gerenciales se dividirán en dos niveles que se denominarán "Gerencia Operativa" y "Subgerencia Operativa", a los que les corresponderán las acciones y objetivos que se prevén en las estructuras organizativas de este Gobierno; Que oportunamente por el artículo 4 del Decreto 571/2011, se autorizó al Secretario de Recursos Humanos a disponer la cobertura transitoria de los cargos Gerenciales, su duración y a fijar el plazo dentro del cual deberán convocarse los concursos públicos y abiertos de antecedentes y oposición para los cargos de los mismos; Que por la Ley N° 4013, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Decreto N° 660/2011 y modificatorios, fue aprobada la estructura organizativa, dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, incluyendo los cargos para los niveles de Gerentes y Subgerentes, entre otros, del Ministerio de Educación; Que según surge de los presentes actuados el citado Ministerio, propicia a partir del 1 de julio de 2014, la designación de la Dra. María Sol Renzi, D.N.I. 33.590.063, CUIL. 23-33590063-4, como Subgerente Operativa, de la Subgerencia Operativa Gestión Pedagógica de Incorporación de Tecnologías, de la Gerencia Operativa Incorporación de Tecnologías, de la Dirección General de Planeamiento e Innovación Educativa, en forma transitoria, hasta tanto se realice la convocatoria para los concursos públicos y abiertos de antecedentes y oposición;

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Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad del personal propuesto para la cobertura del cargo en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley Nº 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma. Por ello,

EL MINISTRO DE MODERNIZACIÓN RESUELVE

Artículo 1 .-Designase a partir del 1 de julio de 2014, con carácter transitorio, a la Dra. María Sol Renzi, D.N.I. 33.590.063, CUIL. 23-33590063-4, como Subgerente Operativa de la Subgerencia Operativa Gestión Pedagógica de Incorporación de Tecnologías, de la Gerencia Operativa Incorporación de Tecnologías, de la Dirección General de Planeamiento e Innovación Educativa del Ministerio de Educación, partida 5521.0031.W.09, de acuerdo con lo establecido por los Decretos Nros. 684/2009 y 335/2011. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Educación, a la Dirección General de Planeamiento e Innovación Educativa, y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Ibarra

RESOLUCIÓN N.° 544/MMGC/14

Buenos Aires, 7 de agosto de 2014 VISTO: La Ley N° 4013, los Decretos Nros. 684/2009, 335/2011, 571/2011, 660/2011 y sus modificatorios y el E.E. N° 6721368/2014 (DGEV), y CONSIDERANDO: Que por Decreto Nº 684/2009, se aprobó el Régimen Gerencial para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que sería de aplicación en los organismos del Poder Ejecutivo; Que posteriormente, por Decreto Nº 335/2011, se modifica el artículo 3, del Decreto Nº 684/2009, el cual especifica que los cargos Gerenciales se dividirán en dos niveles que se denominarán "Gerencia Operativa" y "Subgerencia Operativa", a los que les corresponderán las acciones y objetivos que se prevén en las estructuras organizativas de este Gobierno; Que oportunamente, por el artículo 4 del Decreto Nº 571/2011, se autorizó al Secretario de Recursos Humanos a disponer la cobertura transitoria de los cargos Gerenciales, su duración y a fijar el plazo dentro del cual deberán convocarse los concursos públicos y abiertos de antecedentes y oposición para los cargos de los mismos; Que por la Ley N° 4013, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Decreto N° 660/2011 y sus modificatorios, fue aprobada la estructura organizativa, dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, incluyendo los cargos para los niveles de Gerentes y Subgerentes, entre otros, del Ministerio de Ambiente y Espacio Público;

Página Nº 29Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Que en consecuencia, el precitado Ministerio propicia a partir del 16 de mayo de 2014, la designación de la Licenciada María de Luján Arzubi Calvo, D.N.I. 17.656.545, CUIL. 23-17656545-4, como Subgerente Operativo, de la Subgerencia Operativa Reforestación y Sanidad Vegetal, de la Gerencia Operativa Arbolado, de la Dirección General de Espacios Verdes, de la Subsecretaría de Mantenimiento del Espacio Público en forma transitoria, hasta tanto se realice la convocatoria para los concursos públicos y abiertos de antecedentes y oposición; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura del cargo en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley Nº 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en dicha situación de revista y realizado el alta que fuera necesaria para incorporar a la misma. Por ello,

EL MINISTRO DE MODERNIZACIÓN RESUELVE

Artículo 1.- Desígnase a partir del 16 de mayo de 2014, con carácter transitorio a la

Licenciada María de Luján Arzubi Calvo, D.N.I. 17.656.545, CUIL. 23-17656545-4, como Subgerente Operativo de la Subgerencia Operativa Reforestación y Sanidad Vegetal, de la Gerencia Operativa Arbolado dependiente de la Dirección General de Espacios Verdes, de la Subsecretaría Mantenimiento del Espacio Público, del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, partida 3530.0072.W.09, de acuerdo con lo establecido por los Decretos Nros. 684/2009 y 335/2011, reteniendo sin percepción de haberes la partida 3530.0050.P.A.05.0270.315, de la Gerencia Operativa Parque Tres de Febrero, de la citada Dirección General. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos remítase al Ministerio de Ambiente y Espacio Público, a la Dirección General de Espacios Verdes, a la Subsecretaría Mantenimiento del Espacio Público, y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Ibarra

RESOLUCIÓN N.° 545/MMGC/14

Buenos Aires, 7 de agosto de 2014 VISTO: La Ley N° 4013, los Decretos Nros. 684/2009, 335/2011, 571/2011, 660/2011 y sus modificatorios y el E.E. N° 6723704/2014 (DGEV), y CONSIDERANDO: Que por Decreto N° 684/2009, se aprobó el Régimen Gerencial para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que sería de aplicación en los organismos del Poder Ejecutivo; Que posteriormente, por Decreto N° 335/2011, se modifica el artículo 3, del Decreto N° 684/2009, el cual especifica que los cargos Gerenciales se dividirán en dos niveles que se denominarán “Gerencia Operativa“ y “Subgerencia Operativa“, a los que les corresponderán las acciones y objetivos que se prevén en las estructuras organizativas de este Gobierno;

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Que oportunamente, por el artículo 4 del Decreto N° 571/2011, se autorizó al Secretario de Recursos Humanos a disponer la cobertura transitoria de los cargos Gerenciales, su duración y a fijar el plazo dentro del cual deberán convocarse los concursos públicos y abiertos de antecedentes y oposición para los cargos de los mismos; Que por la Ley N° 4013, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Decreto N° 660/2011 y sus modificatorios, fue aprobada la estructura organizativa, dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, incluyendo los cargos para los niveles de Gerentes y Subgerentes, entre otros, del Ministerio de Ambiente y Espacio Público; Que en consecuencia, el precitado Ministerio propicia a partir del 16 de mayo de 2014, la designación del señor Daniel Ángel Belanian, D.N.I. 14.751.031, CUIL. 20-14751031-5, como Subgerente Operativo, de la Subgerencia Operativa Monumentos, Obras de Arte y Fuentes, de la Gerencia Operativa Mantenimiento y Obras, dependiente de la Dirección General de Espacios Verdes, de la Subsecretaría Mantenimiento del Espacio Público, en forma transitoria, hasta tanto se realice la convocatoria para los concursos públicos y abiertos de antecedentes y oposición; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura del cargo en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en dicha situación de revista y realizado el alta que fuera necesaria para incorporar al mismo. Por ello,

EL MINISTRO DE MODERNIZACIÓN RESUELVE

Artículo 1.- Desígnase a partir del 16 de mayo de 2014, con carácter transitorio al

señor Daniel Ángel Belanian, D.N.I. 14.751.031, CUIL. 20-14751031-5, como Subgerente Operativo de la Subgerencia Operativa Monumentos, Obras de Arte y Fuentes, de la Gerencia Operativa Mantenimiento y Obras, dependiente de la Dirección General de Espacios Verdes, de la Subsecretaría Mantenimiento del Espacio Público, del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, partida 3530.0046.W.09, de acuerdo con lo establecido por los Decretos Nros. 684/2009 y 335/2011, reteniendo sin percepción de haberes la partida 2050.0000.A.B.06.0260.644, de la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos remítase al Ministerio de Ambiente y Espacio Público, a la Dirección General de Espacios Verdes, a la Subsecretaría Mantenimiento del Espacio Público, y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Ibarra

RESOLUCIÓN N.° 546/MMGC/14

Buenos Aires, 7 de agosto de 2014 VISTO: La Ley N° 4013, los Decretos Nros. 684/2009, 335/2011, 571/2011, 660/2011 y sus modificatorios, y el E.E.Nº 5781335/2014 (DGIUEP), y

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Que por Decreto Nº 684/2009, se aprobó el Régimen Gerencial para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que sería de aplicación en los organismos del Poder Ejecutivo; Que posteriormente por Decreto Nº 335/2011, se modifica el artículo 3, del Decreto Nº 684/2009, el cual especifica que los cargos Gerenciales se dividirán en dos niveles que se denominarán "Gerencia Operativa" y "Subgerencia Operativa", a los que les corresponderán las acciones y objetivos que se prevén en las estructuras organizativas de este Gobierno; Que oportunamente por el artículo 4 del Decreto 571/2011, se autorizó al Secretario de Recursos Humanos a disponer la cobertura transitoria de los cargos Gerenciales, su duración y a fijar el plazo dentro del cual deberán convocarse los concursos públicos y abiertos de antecedentes y oposición para los cargos de los mismos; Que por la Ley N° 4013, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Decreto N° 660/2011 y modificatorios, fue aprobada la estructura organizativa, dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, incluyendo los cargos para los niveles de Gerentes y Subgerentes, entre otros, del Ministerio de Ambiente y Espacio Público; Que según surge de los presentes actuados el citado Ministerio propicia a partir del 1 de junio de 2014, la designación del señor Nicolás José Santamarina, D.N.I. 34.123.921, CUIL. 20-34123921-5, como Subgerente Operativo de la Subgerencia Operativa Equipo de Inspección Zona B, de la Gerencia Operativa Fiscalización del Espacio Público, de la Dirección General de Inspección del Uso del Espacio Público, de la Subsecretaría Uso del Espacio Público, en forma transitoria, hasta tanto se realice la convocatoria para el concurso público y abierto de antecedentes y oposición; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura del cargo en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley Nº 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en las distintas situaciones de revista y realizadas las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Por ello,

EL MINISTRO DE MODERNIZACIÓN RESUELVE

Artículo 1.- Desígnase a partir del 1 de junio de 2014, con carácter transitorio, al señor

Nicolás José Santamarina, D.N.I. 34.123.921, CUIL. 20-34123921-5, como Subgerente Operativo de la Subgerencia Operativa Equipo de Inspección Zona B, de la Gerencia Operativa Fiscalización del Espacio Público, de la Dirección General de Inspección del Uso del Espacio Público, de la Subsecretaría de Uso del Espacio Público, del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, partida 3539.0022.W.09, de acuerdo con lo establecido por los Decretos Nros. 684/2009 y 335/2011. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Ambiente y Espacio Público, a la Dirección General de Inspección del Uso del Espacio Público, Subsecretaría de Uso del Espacio Público, y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Ibarra

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CONSIDERANDO:

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RESOLUCIÓN N.° 552/MMGC/14

Buenos Aires, 7 de agosto de 2014 VISTO: La Ley 4013, la Resolución N° 489/MMGC/14, el EX-2014-8488608-DGPLC, y CONSIDERANDO: Que por Resolución N° 489/MMGC/14 se convocó a Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición para seleccionar al titular de la Gerencia Operativa Administración de Cartera, dependiente de la Gerencia Coordinación General del Instituto de Vivienda de la Ciudad; Que en el artículo 3° de la Resolución mencionada, se fijó el día 25 de Agosto de 2014, como fecha de inicio de las inscripciones electrónicas al concurso citado; Que por un error involuntario se transcribió erróneamente la fecha citada, siendo el día 25 de Julio del corriente año, la fecha correcta de inicio de las inscripciones electrónicas al concurso mencionado; Que dicha circunstancia y el principio de ttransparencia en los procedimientos de selección y promoción, hacen necesaria la rectificación del artículo referido. Por ello y en virtud de las facultades conferidas por la Ley N° 4013, la Resolución N° 1040/SECRH/11,

EL MINISTRO DE MODERNIZACIÓN RESUELVE

Artículo 1°.- Rectifícase el artículo 3° de la Resolución N° 489/MMGC/14, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Fíjase el día 25 de Julio de 2014, a partir de las 00:01 hs., como fecha de inicio de las inscripciones electrónicas al presente concurso público abierto de antecedentes y oposición, las que deberán realizarse completando los formularios electrónicos incluidos en el portal web www.buenosaires.gob.ar/regimengerencial/concursos. Los formularios electrónicos estarán activos para realizar la inscripción hasta el día 26 de Agosto de 2014, a las 23:59 hs”. Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el término de dos (2) días y en el portal web (www.buenosaires.gob.ar/regimengerencial/concursos) del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y comuníquese a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Modernización. Oportunamente pase a la Dirección General Planeamiento de Carreras, en prosecución de su trámite. Cumplido, archívese. Ibarra

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Secretaría de Medios (AJG)

RESOLUCIÓN N.° 178/SECM/14

Buenos Aires, 13 de junio de 2014 VISTO: Que el Director General de la Dirección General Coordinación de Prensa, dependiente de la Subsecretaría de Medios y Prensa de la Secretaria de Medios, Don Carlos Galligani (DNI 11.248.737), usufructuara licencia ordinaria, durante el período comprendido entre los días 23 de junio al 14 de julio; CONSIDERANDO: Que, el Señor Director General de la Dirección General Coordinación de Prensa, D. Carlos D. Galligani (DNI 11.248.737), hace saber que usufructuara licencia ordinaria, durante el periodo comprendido entre los días 23 de junio y el 14 de julio inclusive del corriente año. Que, en virtud de lo expresado precedentemente y a los efectos de mantener el normal funcionamiento de las actividades administrativas de la mencionada repartición, resulta conveniente encomendar la firma del despacho diario de las actuaciones a un funcionario; Que, por tal motivo, corresponde asignar dicha tarea a la Sra. Julieta GOLDMAN, Directora General de la Dirección General Nuevos Medios. Por ello, y en uso de las facultades que le son propias

EL SECRETARIO DE MEDIOS RESUELVE:

Artículo 1°- Encomiéndese la firma del despacho diario de la Dirección General Coordinación de Prensa dependiente de la Subsecretaría de Medios y Prensa de la Secretaria de Medios, a la Sra. Julieta GOLDMAN, desde el 23 de junio hasta el 14 de julio inclusive del corriente año. Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Coordinación de Prensa y a la Sra. Julieta GOLDMAN. Cumplido, Archívese. De Godoy

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Agencia Gubernamental de Control

RESOLUCIÓN N.° 463/AGC/14

Buenos Aires, 5 de agosto de 2014 VISTO: LA LEY 2.624, LA RESOLUCIÓN Nº 34/AGC/14, EL EXPEDIENTE ELECTRONICO Nº 08191948/MGEYA/AGC/14, Y CONSIDERANDO: Que a través de la Resolución Nº 34/AGC/14, se autorizó la contratación de la Sra. Paula Belén Cuneo (CUIT 27-37540650-6), bajo la modalidad de locación de servicios, para prestar servicios en la Dirección General de Habilitaciones y Permisos de esta AGC; Que tal lo que surge de las presentes actuaciones, la Sra. Cuneo ha presentado su renuncia al contrato de locación de servicios suscripto oportunamente con la AGC a partir del 30 de junio de 2014; Que por lo expuesto, deviene pertinente rescindir el contrato de locación de servicios suscripto; Que la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos de la Dirección General Legal y Técnica de esta AGC ha tomado la intervención de su competencia. Que por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 7º inciso e) de la Ley Nº 2.624,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL RESUELVE

Artículo 1.- Rescíndese a partir del 30 de junio de 2014, el contrato de locación de servicios suscripto entre la AGC y la Sra. Paula Belén Cuneo (CUIT 27-37540650-6), en virtud de la renuncia formulada. Artículo 2.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese electrónicamente a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Modernización, a la Dirección General Habilitaciones y Permisos de la AGC y pase a la Gerencia Operativa de Recursos Humanos de la Unidad de Coordinación Administrativa, quien deberá notificar a la interesada. Cumplido, archívese. Gómez Centurión

RESOLUCIÓN N.° 470/AGC/14

Buenos Aires, 5 de agosto de 2014 VISTO: EL EXPEDIENTE ELECTRÓNICO Nº 03290349/MGEYA/AGC/14, Y CONSIDERANDO: Que a través del Expediente Nº 03290349/MGEYA/AGC/14, tramita el reclamo efectuado por la Sra. Laura Soledad Dighero a esta Agencia Gubernamental de Control (AGC);

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Que la citada Sra. Dighero ingresó a prestar servicios en esta AGC, con fecha 01 de septiembre de 2009, bajo la modalidad de Contrato de Locación de Servicios; Que mediante el dictado de la Resolución N° 18/AGC/13 se autorizó la contratación de la misma, bajo la modalidad de Contrato de Locación de Servicios, por el período comprendido desde el 01 de enero de 2013 al 31 de diciembre de 2013; Que vencido el plazo establecido, el referido Contrato de Locación de Servicios no fue renovado; Que por esta razón el día 07 de marzo de 2014, mediante el Expediente N° 03290349-MGEYA-AGC-14, la Sra. Dighero, intimó a esta AGC por negativa de tareas y a los fines de que se regularice su vínculo laboral conforme los términos de las Leyes Nº 20.744 y Nº 24.013; Que asimismo el día 18 de marzo de 2014 a través del Expediente Nº 03605860-MGEYA-AGC-14, el cual se encuentra en la solapa de Tramitación Conjunta, la Sra. Dighero reiteró parte de los términos de su misiva anterior; Que en virtud del principio de informalismo establecido en el artículo 22 inciso b) de la Ley de Procedimientos Administrativos, que rige en la Administración Pública, el reclamo efectuado por la Sra. Laura Soledad Dighero, debería encauzarse y ser tratado como una simple petición por cuanto la presentante no formaliza impugnación de acto administrativo alguno, sino que circunscribe su reclamo a materia de derecho laboral privado; Que en atención a ello, no resulta ajustada a derecho la intimación cursada por la Sra. Dighero a los fines de registrarla, pues para las relaciones laborales habidas con esta Agencia se aplica la Ley Nº 471, y para este caso en particular, resulta de aplicación el Decreto Nº 915/09 ahora derogado por el Decreto Nº 224/13 por ser un contrato de locación de servicios; Que además de ello, su contrato de locación de servicios había culminado en fecha 31 de diciembre de 2013 y el mismo no fue renovado; Que el reclamo efectuado mediante la imposición del despacho telegráfico en fecha 07 de marzo de 2014 resulta extemporáneo, en atención del tiempo transcurrido desde la culminación de su contrato de locación de servicios; Que en todo este contexto, tampoco le asiste derecho a la Sra. Dighero a solicitar se aclare su situación laboral, en atención a que la misma se hallaba vinculada a esta AGC a través de un contrato de locación de servicios, pues se trata de institutos jurídicos ajenos a la modalidad de contratación a la que voluntariamente la reclamante se sometió al suscribir su contrato de locación de servicios, no otorgándole el mismo

estabilidad en la forma pretendida; Que cabe destacar que el Decreto Nº 915/09, ahora derogado por el Decreto Nº 224/13, faculta al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a contratar personas físicas bajo los regímenes de Locación de Servicios y de Obra; Que en virtud de ello, esta AGC autorizó la contratación de la Sra. Laura Soledad Dighero bajo la modalidad antes referida; Que de la cláusula primera del contrato suscripto entre el Gobierno de la Ciudad y la Sra. Laura Soledad Dighero, surge que EL GOBIERNO contrata a EL LOCADOR con el fin de prestar servicios para la AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL, por un plazo determinado, siendo este por el comprendido entre el 01/01/2013 y el 31/12/2013; Que al contrato de locación de servicios celebrado entre la Sra. Dighero y esta AGC, de manera alguna se le puede atribuir una naturaleza jurídica distinta a la que surge del mismo instrumento; Que habiéndose cumplido acabadamente el plazo estipulado, no existe situación alguna laboral que sea susceptible de reconsideración por parte de esta Administración; Que la presentante conocía la naturaleza del vínculo contractual contraído con el Gobierno de la Ciudad, es decir, conocía la figura de la locación de servicios, y las cláusulas que lo integran, a las que oportuna y voluntariamente aceptó someterse sin ningún tipo de reservas;

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Que por tal razón, no puede pretender ahora que se la registre, ni tampoco a reclamar la dación de tareas, en atención a que se trata de institutos jurídicos producto de relaciones laborales regidas en el ámbito privado y los mismos no se configuran para la modalidad de contratación a la que voluntariamente la Sra. Dighero se sometió - contrato de locación de servicios - pues ello implicaría ir contra sus propios actos (venire contra actum propium non valet); Que "La doctrina del acto propio importa una limitación o restricción al ejercicio de una pretensión (...) que conlleva como sanción la declaración de inadmisibilidad de la pretensión de quien intenta ponerse en contradicción con su anterior conducta deliberada, jurídicamente relevante y plenamente eficaz" (Stiglitz, Rubén S., "La Doctrina del acto propio", L.L. 1984-A, 865; Que con respecto a esta cuestión, la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, en los autos caratulados "Deheza, Hipólito A. c/ Municipalidad de Esteban Echeverría s/demanda contencioso administrativa" (Causa B 50208 S 26-2-91), sostuvo que "si el agente se sometió voluntariamente y sin reservas a un régimen estatutario que no le garantizaba la estabilidad en su empleo -personal contratado temporariamente - no puede reclamar los derechos emergentes de esa garantía de estabilidad sin violentar el principio que impide a un sujeto contravenir sus propios actos anteriores, libres y jurídicamente relevantes" (ED 144, 484-AyS 1991-I, 216 DJBA 142, 47); Que resulta necesario diferenciar los caracteres de la figura del Contrato de Locación de Servicios, del trabajo dependiente; en tal sentido Ricardo Luis Lorenzetti (Tratado de los Contratos T. II pág. 567 Rubinzal Culzoni febrero de 2000), expresa que, el primero, se presta en forma autónoma, señalando: "El servicio autónomo se trata de un vínculo de colaboración mediante el cual el titular del interés requiere del prestador una actividad en forma onerosa, sin garantía de resultado...los riesgos son a cargo del prestador y no hay dependencia jurídica, económica y técnica";

Que en esa inteligencia, y en virtud del principio jurídico que desaprueba conductas contradictorias con las obradas con anterioridad, venire contra actum propium non valet, se torna inadmisible la pretensión del reclamante a los fines de que se lo registre, como así también a que se aclare su situación laboral, institutos que son propios de la relación laboral bajo dependencia habida entre particulares; Que asimismo tampoco le asiste derecho a reclamar el salario correspondiente al mes de enero de 2014, toda vez que la misma prestó tareas hasta el 31 de diciembre de 2013 conforme se desprende de lo informado por la Subgerencia Operativa de Administración de Personal, ni tampoco el SAC y Vacaciones gozadas por el período no prescripto, toda vez que se trata de institutos jurídicos ajenos a la modalidad de contratación a la que voluntariamente la reclamante se sometió al suscribir su contrato de locación de servicios; Que por último, aún para el hipotético caso que la relación contractual que la Sra. Dighero mantuviera con el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires se encuadrare en lo dispuesto en la Ley de Contrato de Trabajo, tampoco se hallan cumplimentados los presupuestos legales que la habiliten a solicitar el cobro de multas ajenas a la liquidación final y en el caso de las multas de la Ley Nacional de Empleo, menos aún, en atención a que no ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 11 de dicho cuerpo normativo, relevándose todo su reclamo en una aventura jurídica carente de todo sustento fáctico y/o jurídico; Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, mediante el Dictamen Nº IF-2014-08112040- DGEMPP, ha tomado la intervención de su competencia; Que la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos de la Dirección General Legal y Técnica de esta AGC ha tomado la intervención de su competencia en virtud del Informe Nº IF-2014-08112040-DGEMPP; Por ello, en virtud de las facultades atribuidas por el artículo 7º inciso e) de la Ley Nº 2.624,

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Artículo 1.- Recházase por improcedente lo peticionado por la señora Laura Soledad Dighero, en virtud de la imposición del TCL Nº 82961996 de fecha 07 de marzo de 2014 y de la carta documento de fecha 18 de marzo de 2014. Artículo 2.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese a la interesada y comuníquese a la Gerencia Operativa de Recursos Humanos dependiente de la Unidad de Coordinación Administrativa de esta AGC. Cumplido, archívese. Gómez Centurión

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EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL RESUELVE

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Agencia de Protección Ambiental

RESOLUCIÓN N.° 374/APRA/14

Buenos Aires, 5 de agosto de 2014 VISTOS: Ley Nº 70, Ley Nº 4471, Decreto Nº 2/14, el Requerimiento N°4477/SIGAF/14, el expediente N° 7198606 /2014-MGEYA-DGTALAPRA CONSIDERANDO: Que conforme lo establecen los incisos b) y d) del artículo 8° de la Ley de creación de esta Agencia, son funciones de la Presidencia, entre otras, organizar y reglamentar el funcionamiento interno de la Agencia y administrar los recursos económicos asignados a la misma; Que por la presente se propicia la compensación de los créditos fundados en la necesidad de afrontar la contratación de Servicio de Catering destinados a distintos eventos programados en la Agencia de Protección Ambiental; Que mediante Decreto Nº 2/GCABA/2014, se aprobaron las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Por ello, en uso de las facultades conferidas por el artículo 35 Anexo "I", Apartado II, punto 2 del Decreto Nº 2/GCABA/2014,

EL PRESIDENTE DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL RESUELVE

Artículo 1º.-. Modifícanse los créditos presupuestarios, a los efectos de afrontar los gastos obrantes en el Requerimiento N° 4477/SIGAF/14 que como Anexo I IF-2014-10856244-APRA forma parte integrante de la presente. Artículo 2°.-.Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto. Cumplido, archívese.Villalonga

ANEXO

RESOLUCIÓN N.° 376/APRA/14

Buenos Aires, 5 de agosto de 2014 VISTO: Las Leyes N° 2628 y Nº 2.095 su modificatoria su Decreto Reglamentario N° 95/GCBA/14, las Resoluciones Nº 328/APRA/2014 y Nº 331/APRA/14, el EX-2014-06324346-MGEYA-DGTALAPRA y,

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Que, por las Resoluciones mencionadas en el VISTO, se aprobaron los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas y se llamó a Licitación Pública N° 847/2014 para el día 18 de julio de 2014 a las 12 horas, al amparo de lo establecido en el artículo 31 de la Ley Nº 2.095 conforme lo establecido en el artículo 31 párrafo primero, de la Ley Nº 2.095, bajo la modalidad del artículo 40 del Anexo I del Decreto Nº 95/GCBA/14, para la contratación del servicio de catering destinado a esta Agencia de Protección Ambiental; Que, cumplida con la publicidad de la convocatoria, conforme surge del Acta de Apertura de Ofertas N° 1448/2014, se recibieron TRES (3) ofertas de firmas de plaza; Que, posteriormente se realizó el Cuadro Comparativo de Precios y se confirió intervención a la Jefatura de Relaciones Institucionales de esta Agencia la que se expidió en sentido favorable desde el cariz técnico sobre las propuestas presentadas por el señor Santiago Lopez y la firma Fennel S.R.L; Que, acto continuo, llamada a intervenir la Comisión Evaluadora de Ofertas consideró que la oferta presentada por el señor Santiago Lopez (CUIT Nº 23-25983542-9), resultaba ser la más conveniente para los intereses de esta Agencia de Protección Ambiental, ello al amparo de lo establecido en el Artículo 108 de la Ley N° 2095; Que, el resultado de la preadjudicación fue notificado en forma fehaciente, anunciado y publicado en el Boletín Oficial y vencido el término para efectuar impugnaciones no se recibió ninguna presentación; Que en consecuencia, corresponde aprobar el presente procedimiento y adjudicar conforme fuera recomendado por la Comisión Evaluadora de Ofertas; Que ha tomado debida intervención la Dirección General Técnica Administrativa y Legal. Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo por el Anexo I del Decreto Nº 95/GCABA/14,

EL PRESIDENTE DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE Artículo 1º.- Apruébase la Licitación Pública Nº 847/2014, realizada al amparo de lo establecido en el Artículo 31 de la Ley Nº 2.095 bajo la modalidad del artículo 40 del Anexo I del Decreto Nº 95/GCBA/14. Artículo 2º.- Adjudícase los renglones Nº 1 a 4 al Santiago Lopez (CUIT Nº 23-25983542-9), por un monto total de PESOS TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO

MIL SEISCIENTOS ($ 384.600,00) Artículo 3º.- Establécese que la afectación preventiva del crédito y el compromiso definitivo se efectuarán en forma conjunta en el momento de la emisión de cada solicitud de provisión y solamente por el monto de la misma de conformidad con el artículo 40 del Anexo I del Decreto Nº 95/GCBA/14. Artículo 4º.- Emítase la respectiva Orden de Compra. Artículo 5º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y en el Sitio Oficial de Internet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese al área solicitante y remítase al Subgerencia de Compras y Contrataciones dependiente de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, para la prosecución de su trámite. Villalonga

RESOLUCIÓN N.° 377/APRA/14

Buenos Aires, 5 de agosto de 2014 VISTO: Las Leyes Nº 6 y 123, los Decretos Nº 220/07 y 222/12, la Resolución N° 300/MAyEPGC/08, el Expediente Electrónico EX-2014-00058794-MGEYA-DGET, y

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CONSIDERANDO:

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CONSIDERANDO: Que por el citado expediente tramita la Declaración de Impacto Ambiental y el correspondiente Certificado de Aptitud Ambiental para la actividad: "Terminal de carga por automotor (605.071)" a desarrollarse en el predio ubicado en Avenida Coronel Roca 3300, la calle Pergamino, la Avenida 27 de Febrero y la Autopista Presidente Héctor J. Cámpora (AU7), con una superficie de 375.698,51 m2 (Distrito de zonificación: E4-9 "Centro de Transferencia de Cargas Sur"), cuyo titular es CTC ADMINISTRADORA S.A.; Que en el contexto de la normativa ambiental la actividad a desarrollar ha sido categorizada Con Relevante Efecto Ambiental (CRE), por consiguiente debe celebrarse la pertinente Audiencia Pública, exigida en forma obligatoria conforme lo previsto por los Artículos 8º y 26 de la Ley Nº 123 y en un todo de acuerdo con el Artículo 30 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que la Gerencia Operativa de Prevención y Planificación de la Dirección General de Evaluación Técnica mediante el Informe IF-2014-09468218-DGET se ha expedido respecto del mérito del Estudio de Evaluación de Impacto Ambiental presentado por el solicitante; Que en cumplimiento de lo previsto en el artículo 9º, inciso d) de la Ley Nº 123 el Señor Presidente de ésta Agencia de Protección, como Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 123 ha emitido el Dictamen Técnico (IF-2014-10495047-APRA), receptando las consideraciones técnicas del proyecto efectuadas en el Informe Técnico antes citado; Que se ha expedido la Comisión Interfuncional de Habilitación Ambiental mediante Acta N° 25/CIHA/14, en orden a la competencia atribuida en el punto g) del Anexo II del Decreto N° 220/07 y la Resolución N° 300/MAyEPGC/08; Que habiéndose agregado el Dictamen Técnico y en mérito a los demás antecedentes antes señalados, corresponde proceder a efectuar la convocatoria a Audiencia Pública para la discusión y evaluación de la propuesta; Que en virtud de lo previsto en el Artículo 17 del Anexo I del Decreto Nº 222/12 ha sido delegada en la Autoridad de Aplicación la convocatoria a Audiencia Pública a la que hace referencia el Artículo 26 de la Ley N° 123, sin perjuicio de la intervención que le cabe a la Subsecretaria de Descentralización, Desconcentración y Participación Ciudadana, dependiente de la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana; Que el llamado a Audiencia Pública tiene por finalidad consultar en forma simultánea, en pie de igualdad y a través del contacto directo con los vecinos, organizaciones intermedias, sindicatos, empresarios, funcionarios, académicos, urbanistas y todo otro interesado en el proyecto presentado de la manera mas amplia que sea posible, estimulando de esta manera la participación ciudadana y favoreciendo la toma de decisiones y la transparencia en la gestión pública, de acuerdo con la normativa aplicable y en cumplimiento del trámite previsto en el Capítulo VII de la Ley N° 123; Que hasta tanto se celebre la Audiencia Pública y a los efectos de la toma de vista de los interesados y de la inscripción de quienes quieran intervenir con el carácter de participantes se procederá a abrir el correspondiente Registro y poner a su disposición el Expediente Electrónico EX-2014-00058794-MGEYA-DGET en la Subsecretaría de Descentralización, Desconcentración y Participación Ciudadana sita en Avenida Roque Sáenz Peña N° 555 piso 8º de esta Ciudad o vía e-mail a [email protected] desde el lunes 11 de agosto de 2014, hasta el miércoles 3 de septiembre de 2014 inclusive, en el horario de 11:00 a 16:00 horas; Que el Artículo 45 de la Ley N° 6 prevé que con el fin de difundir la convocatoria a Audiencia Pública se debe de publicitar en los medios de difusión masiva su realización con una antelación no menor de veinte (20) días hábiles respecto de la fecha fijada para la misma. Por ello, y en virtud de las facultades que le asigna la Ley Nº 2.628 y los Decretos Nº. 138/08 y 509/13,

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Artículo 1º.- Convócase a Audiencia Pública, de conformidad con lo establecido en Artículo 26 de la Ley Nº 123 de Evaluación de Impacto Ambiental y bajo el régimen de la Ley Nº 6 y sus modificatorias, para el día martes 9 de Septiembre de 2014, desde las 14:00 horas en el "Centro de Información y Formación Ambiental (CIFA)", sito en la esquina de avenida Escalada y avenida Castañares (Parque Indoamericano), Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 2°.- El objeto de la Audiencia Pública convocada precedentemente es el análisis de la actividad "Terminal de carga por automotor (605.071)" a desarrollarse en el predio ubicado en Avenida Coronel Roca 3300, la calle Pergamino, la Avenida 27 de Febrero y la Autopista Presidente Héctor J. Cámpora (AU7), con una superficie de 375.698,51 m2 (Distrito de zonificación: E4-9 "Centro de Transferencia de Cargas Sur"), cuyo titular es CTC ADMINISTRADORA S.A. Artículo 3º.- El organismo encargado de organizar la Audiencia Pública convocada por el Artículo 1º de la presente, es la Subsecretaría de Descentralización, Desconcentración y Participación Ciudadana dependiente de la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana, la cual dispondrá la apertura del registro de Participantes. Artículo 4º.- La documentación técnica correspondiente debe ser aportada por esta Agencia de Protección Ambiental. Artículo 5º.- Los participantes deben inscribirse y tomar vista del Expediente Electrónico EX-2014-00058794-MGEYA-DGET en la Subsecretaría de Descentralización, Desconcentración y Participación Ciudadana sita en Avenida Roque Sáenz Peña N° 555 piso 8º, o vía e-mail: [email protected] desde el lunes 11 de agosto de 2014 hasta el miércoles 3 de septiembre de 2014 inclusive, en el horario de 11:00 a 16:00 horas. Artículo 6º.- La difusión de la Audiencia Pública debe ser realizada de conformidad a lo previsto en el Artículo 45 de la Ley N° 6. Artículo 7º.- Establécese que la Audiencia Pública será presidida por el Señor

Presidente de esta Agencia, pudiendo delegar esta función en otro funcionario que él designe. La Coordinación de la Audiencia Pública estará a cargo de funcionarias/os de la Subsecretaría de Descentralización, Desconcentración y Participación Ciudadana, dependiente de la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana. Artículo 8°.- Los gastos que irrogue la publicación, logística, equipamiento, material de apoyo, grabación, desgrabación, versión taquigráfica y confección del Acta de Audiencia deben ser solventados por el titular del emprendimiento objeto de la misma. Artículo 9°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y procédase a la notificación a la parte interesada, dejándose debida constancia de ello en el cuerpo de la actuación y para su conocimiento y demás efectos pase a la Subsecretaría de Descentralización, Desconcentración y Participación Ciudadana. Cumplido, archívese. Villalonga RESOLUCIÓN N.° 378/APRA/14

Buenos Aires, 5 de agosto de 2014 VISTO: Las Leyes N° 2.628, el Decreto N° 509/13, las Resoluciones N° 228/APRA/14 y Nº 235/APRA/14, el Expediente Electrónico Nº 2014-10808216-MGEYA-DGTALAPRA, y CONSIDERANDO: Que mediante Ley N° 2.628 se creó la Agencia de Protección Ambiental de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Ambiente y Espacio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

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EL PRESIDENTE DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE

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Que conforme lo establecido en el artículo 8°, inciso b) de la ley antes mencionada, es función de la Presidencia organizar y reglamentar el funcionamiento interno de la Agencia, respecto a su estructura orgánico funcional para los niveles inferiores a los aprobados por la presente ley, organizativos, operativos y de administración de los recursos humanos; Que por Decreto Nº 509/13, se designó al Señor Juan Carlos Villalonga como presidente de la Agencia de Protección Ambiental; Que mediante la Resolución N° 228/APRA/2014, se aprobó la estructura orgánico funcional de la misma hasta el nivel de Gerencias, como así también las responsabilidades primarias de las mencionadas unidades organizativas; Que en virtud de la Asamblea Extraordinaria de Residuos Sólidos Urbanos del Consejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA), a celebrarse en la Ciudad de San Juan, Provincia de San Juan, el Presidente de esta Agencia de Protección Ambiental debe ausentarse de sus funciones entre los días 06 y 08 de Agosto de 2014 inclusive; Que la planificación, programación y ejecución de las acciones necesarias para cumplir con la Política Ambiental de la ciudad, requiere una continuidad en el ejercicio de la máxima autoridad de este organismo del Poder Ejecutivo; Que la competencia de los órganos administrativos constituye una obligación de la autoridad o del órgano correspondiente y es improrrogable, a menos que la delegación o sustitución estuvieran expresamente autorizadas; Que la Ley N° 2.628 en su artículo 8°, inciso k) faculta a la Presidencia de la Agencia de Protección Ambiental a delegar facultades de su competencia en el personal superior de la Agencia; Que por la Resolución N° 137/APRA/2014 se designó como Director General a cargo de la Dirección General de Evaluación Técnica de la Agencia de Protección Ambiental, al Arq. Edgardo Nardi DNI Nº 10.650.809, CUIL Nº 20-10650809-8; Que en virtud de la ausencia temporal del Señor Juan Carlos Villalonga, y a efectos de mantener el normal funcionamiento de las actividades administrativas del área a su cargo, deviene necesario delegar la firma de actos administrativos, la atención de los asuntos y el despacho diario de la Presidencia de esta Agencia en la Dirección General de Evaluación Técnica, a cargo del Arq. Edgardo Nardi; Que ha tomado debida intervención la Dirección Técnica Administrativa y Legal. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 8° de la Ley N° 2.628 y el Decreto Nº 509/13,

EL PRESIDENTE DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES RESUELVE

Artículo 1° - Delégase en la Dirección General de Evaluación Técnica de la Agencia de Protección Ambiental de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a cargo del Arq. Edgardo Nardi DNI Nº 10.650.809, CUIL Nº 20-10650809-8, la firma de actos administrativos, la atención de los asuntos y el despacho diario de esta Presidencia en el período comprendido entre el día 06 y 08 de agosto de 2014, inclusive, por las razones expuestas en los considerados. Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos dependiente del Ministerio de Modernización y oportunamente, archívese. Villalonga

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Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y

Adolescentes

RESOLUCIÓN N.º 797/CDNNYA/14

Buenos Aires, 28 de julio de 2014 VISTO: La Resolución Nº 774/CDNNyA/14, el Expediente Electrónico N° 6.955.563/MGEYA-DGLTACDN/14, y CONSIDERANDO: Que por el artículo 45 de la Ley 114 se crea el Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes como organismo especializado que tiene a su cargo las funciones que le incumben a la Ciudad en materia de la promoción y protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes; Que por el artículo 46 de la citada norma legal, el Consejo goza de autonomía técnica y administrativa y autarquía financiera; Que mediante la Resolución N° 774/CDNNyA/14, se aprobó la Contratación Directa para la Locación Administrativa del inmueble sito en la Av. Jujuy N° 1026/1028, de esta Ciudad, para el funcionamiento de la Defensoría Zonal Comuna 5, por el término de treinta y seis (36) meses, desde el 01 de junio de 2014 al 30 de mayo de 2017, por una suma mensual de PESOS DIEZ MIL OCHOCIENTOS ($ 10.800,00.-) por el primer año de vigencia, de acuerdo a las cláusulas del contrato de locación a celebrar con el Sr. Mamoud El Sayer, que luce como Anexo IF Nº 08941672-CDNNyA-2014; Que la Dirección Operativa Jurídica ha verificado un error material en dicha Resolución al mencionar en el artículo 1°, el número de Anexo IF Nº 08941672-DGLTACDN-2014, consignándose erróneamente la repartición signataria del citado Informe, debiendo haberse consignado la repartición CDNNyA, correspondiente a la Dirección Ejecutiva de este organismo; Que el artículo 120 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires, aprobada por Decreto N° 1510/97, establece que en cualquier momento podrán rectificarse los errores meramente materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere lo sustancial del acto o decisión; Que por las consideraciones de derecho vertidas precedentemente procede dictar el acto administrativo que rectifique el número de Anexo de la Resolución N° 774/CDNNyA/14, consignándose el IF Nº 08941672- CDNNyA-2014; Que la Dirección General Legal Técnica y Administrativa ha tomado intervención en el ámbito de su competencia. Por ello, y en uso de la facultades conferidas por la Ley 114 y el Decreto N° 122/2014,

LA PRESIDENTA DEL CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

RESUELVE Artículo 1.- Rectifícase el artículo 1° de la Resolución N° 774/CDNNyA/14, quedando redactado: "Apruébase la Contratación Directa para la Locación Administrativa del inmueble sito en la Av. Jujuy N° 1026/1028, de esta Ciudad, para el funcionamiento de la Defensoría Zonal Comuna 5, por el término de treinta y seis (36) meses, desde el 01

de junio de 2014 al 30 de mayo de 2017, por una suma mensual de PESOS DIEZ MIL OCHOCIENTOS ($ 10.800,00.-) por el primer año de vigencia, de acuerdo a las cláusulas del contrato de locación a celebrar con el Sr. Mamoud El Sayer, que como Anexo IF Nº 08941672-CDNNyA-2014, forma parte integrante de la presente resolución".

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Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial, para su comunicación a la Dirección General de Escribanía General dependiente de la Secretaría Legal y Técnica, y demás efectos, remítase a la Subdirección Operativa de Bienes y Servicios de la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa de este Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Cumplido, archívese. Tagliaferri

RESOLUCIÓN N.º 798/CDNNYA/14

Buenos Aires, 28 de julio de 2014 VISTO: La Ley Nº 114, el Decreto N° 556 y su modificatorio el Decreto N° 752/10, el Expediente Electrónico Nº 08.949.058/MGEYA-DGLTACDN/14, y CONSIDERANDO: Que por el artículo 45 de la Ley 114 se crea el Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes como organismo especializado que tiene a su cargo las funciones que le incumben a la Ciudad en materia de la promoción y protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes; Que por el artículo 46 de la citada norma, el Consejo goza de autonomía técnica, administrativa y autarquía financiera; Que mediante Expediente Electrónico N° 03.783.438/MGEYA-DGLTACDN/14, tramita la Contratación Menor N° 112-0017-CME14, a través del sistema electrónico Buenos Aires Compras (BAC), por el servicio de alquiler y mantenimiento integral de cuatro (4) equipos de fotocopiadores destinados a las sedes de Roque Sáenz Peña 832, piso 3°, Bartolomé Mitre 648, pisos 2° y 8°, y al Centro de Atención Transitoria ubicado en la calle Castañón 1040, todos de esta Ciudad y dependientes de este Consejo; Que hasta tanto entre en vigor la contratación menor a través de los procedimientos vigentes, resulta necesario arbitrar las medidas tendientes para evitar la suspensión de la prestación del servicio citado, con el objeto de garantizar el normal desenvolvimiento de las tareas diarias en el organismo, y que hasta ese momento era prestado por la firma CILINCOP S.A; Que la citada empresa prestó su conformidad para continuar brindando el servicio por el período correspondiente a los meses de julio y agosto de 2014, de acuerdo a las condiciones originariamente pactadas conforme surge del Informe N° IF-2014-08987891-DGLTACDN; Que por el Expediente Electrónico Nº 08.949.058/MGEYA-DGLTACDN/2014 tramita la autorización del gasto por dichos servicios por los meses de julio y agosto de 2014, por la suma mensual de PESOS TRES MIL TRESCIENTOS SESENTA ($ 3.360,00.-), a favor de la firma CILINCOP S.A; Que por el Decreto N° 556/10 se delegaron las facultades para la aprobación de gastos de imprescindible necesidad cuando se traten de operaciones impostergables que aseguren servicios instrumentales o fines esenciales, tal como resulta el servicio que se contrata, y que deben llevarse a cabo con una celeridad que impida someterlas a procedimientos previstos por el régimen de compras; Que el Decreto N° 752/10 en su artículo 6°, faculta a aprobar los gastos relacionados con la prestación de bienes y servicios de carácter imprescindible cuando la operación sea de tracto sucesivo; Que la firma en cuestión se encuentra debidamente inscripta en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores a la fecha de aprobación del gasto según obra en Informe N° IF-2014- 08987981-DGLTACDN; Que la Subdirección Operativa de Bienes y Servicios tomó intervención, efectuando la

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correspondiente afectación preventiva del gasto; Que la Dirección General Legal Técnica y Administrativa ha tomado intervención en el ámbito de competencia. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 556/10, su modificatorio el Decreto Nº 752/10 y el Decreto Nº 122/14,

LA PRESIDENTA DEL CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES

RESUELVE Articulo 1.- Apruébase el gasto correspondiente al servicio de alquiler y mantenimiento integral de fotocopiadoras, destinados a las sedes de Roque Sáenz Peña 832, piso 3°, Bartolomé Mitre 648, pisos 2° y 8°, y al Centro de Atención Transitoria, sito en la calle Castañón 1040, todos de esta Ciudad y dependientes de este Consejo, correspondiente a los meses de julio y agosto de 2014, por la suma mensual de PESOS TRES MIL TRESCIENTOS SESENTA ($ 3.360,00) a favor de la empresa CILINCOP S.A. Artículo 2.- El presente gasto se imputará a la correspondiente partida presupuestaria del ejercicio 2014. Articulo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial, y para su conocimiento, notificación a la empresa CILINCOP S.A. y demás efectos remítase a la Subdirección Operativa de Bienes y Servicios dependiente de la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa. Cumplido, archívese. Tagliaferri

RESOLUCIÓN N.º 813/CDNNYA/14

Buenos Aires, 30 de julio de 2014 VISTO: La Ley N° 114, la Resolución N° 436/CDNNyA/11, la Resolución N° 289/VP-CDNNyA/2010, el Expediente Electrónico N° 08881554/ MGEyA/ CDNNyA/14, y CONSIDERANDO: Que por el artículo 45 de la Ley 114 se crea el Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes como organismo especializado que tiene a su cargo las funciones que le incumben a la Ciudad en materia de la promoción y protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes; Que por el artículo 46 de la citada norma legal, el Consejo goza de autonomía técnica y administrativa y autarquía financiera; Que el artículo 74 de la Ley N° 114, crea en el ámbito del Consejo, el Registro de Organizaciones No Gubernamentales (Registro de ONGs) que tiene como objeto la inscripción de organizaciones que trabajan sobre temáticas y cuestiones vinculadas, directa o indirectamente, a los derechos de niñas, niños y adolescentes; Que el artículo 75 de la misma ley, establece la obligatoriedad de la inscripción en el mencionado Registro para todas las organizaciones de la sociedad civil y, en general, a las personas de existencia ideal que hayan obtenido su personería jurídica, como condición insoslayable para la celebración de convenios de cualquier naturaleza y alcance con instituciones oficiales; Que por Resolución N° 436/CDNNyA/11, se dictó el marco reglamentario de inscripción de las organizaciones y el funcionamiento del mencionado Registro; Que por Resolución N° 289/VP-CDNNyA/2010 se inscribió bajo el Legajo N° 678, a la Fundación Agreste (Ecología y Medio Ambiente), con domicilio legal sito en la calle Corrientes Nº 2294 12º piso, departamento "56", de esta Ciudad, en el Registro de ONGs de este Consejo;

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Que de acuerdo a lo informado por el Equipo Técnico del Departamento de Fiscalización del Registro de ONGs, mediante el IF N° 08887924/CDNNyA/2014, profesionales del mencionado Equipo tomaron conocimiento de la decisión de la Fundación de darse de darse de baja del Registro mencionado por encontrarse realizando actividades en el interior del país y no estar desarrollando acciones vinculadas a la temática en la Ciudad de Buenos Aires; Que mediante el IF N° 08887998/CDNNyA/2014, la Directora del Registro y Seguimiento de ONGs, propició la cancelación de la inscripción de la Fundación en cuestión; Que la Dirección General Técnica y Administrativa ha tomado intervención en el ámbito de su competencia. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 56 inciso "c" de la Ley 114, y el Decreto N° 221/14,

LA VICEPRESIDENTA DEL CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES

RESUELVE Artículo 1.- Cancelase la inscripción del Legajo N° 678 del Registro de Organizaciones No Gubernamentales de este Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a la Fundación Agreste (Ecología y Medio Ambiente), con domicilio legal sito en la calle Corrientes Nº 2294 12º piso, departamento "56", de esta Ciudad. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial. Pase a la Dirección de Registro y Seguimiento de ONGs para su conocimiento, notificar a la entidad mencionada en el Artículo 1° y demás efectos. Cumplido, archívese. Canido

RESOLUCIÓN N.º 816/CDNNYA/14

Buenos Aires, 30 de julio de 2014 VISTO: La Ley 114, la Ley Nº 471 y su modificatoria la Ley Nº 1.577, la Resolución Nº 583/CDNNyA/2014, el Expediente Electrónico Nº 05.243.741/MGEYA-DGPDES/14, y CONSIDERANDO: Que por el artículo 45 de la Ley 114 se crea el Consejo de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes como organismo especializado que tiene a su cargo las funciones que le incumben a la Ciudad en materia de la promoción y protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes; Que por el artículo 46 de la citada norma, el Consejo goza de autonomía técnica y administrativa y autarquía financiera; Que por Resolución N° 583/CDNNyA/2014, obrante en el Expediente Electrónico Nº 05.243.741/MGEYA- DGPDES/14, se aprobó la licencia por excedencia, sin goce de haberes, solicitada por la agente Federik Amalia, F.C.Nº 468.863, quien desarrolla tareas en la Defensoría Zonal Nueva Pompeya de la Comuna 4, a partir del 2 de junio del año en curso y por el termino de sesenta (60) días corridos; Que mediante el IF N° 08.607.804/DGPDES/2014, la agente en cuestión, solicitó la prórroga de la mencionada licencia por excedencia, sin goce de haberes, por un nuevo lapso de sesenta (60) días corridos; Que la Directora General de Programas Descentralizados del organismo prestó conformidad con la aprobación de la misma mediante la PV N° 08.887.491/DGPDES/2014;

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Que el artículo 22 de la Ley Nº 471, modificado por la Ley Nº 1.577 establece que, vencido el lapso previsto para el período de post-parto, la trabajadora podrá optar por extender su licencia hasta ciento veinte (120) días corridos, sin percepción de haberes; Que, en consecuencia, corresponde dictar al acto administrativo que prorrogue la licencia por excedencia, sin goce de haberes, a la agente Federik Amalia, F.C.Nº 468.863, quien desarrolla tareas en la Defensoría Zonal Nueva Pompeya de la Comuna 4, a partir del 1 de agosto del año en curso y por el termino de sesenta (60) días corridos; Que la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa ha tomado intervención en el ámbito de su competencia. Por ello, y en uso de las atribuciones y facultades conferidas por la ley 114 y el Decreto Nº 122/14,

LA PRESIDENTA DEL CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES

RESUELVE Artículo 1.- Prorrogase la licencia por excedencia, sin goce de haberes, solicitada por la agente Federik Amalia, F.C.Nº 468.863, quien desarrolla tareas en la Defensoría Zonal Nueva Pompeya de la Comuna 4, a partir del 1 de agosto del año en curso y por

el termino de sesenta (60) días corridos. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial, y para su conocimiento, notificación de la interesada y de la Dirección General de Programas Descentralizados, remítase a la Dirección Operativa de Recursos Humanos de este organismo y por su intermedio a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Modernización, archívese. Tagliaferri

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Agencia de Sistemas de Información

RESOLUCIÓN N.° 158/ASINF/14

Buenos Aires, 7 de agosto de 2014 VISTO: Ley N° 2.689/08, Ley de Ministerios N° 4.013/2.011, el Decreto Nº 1510/GCABA/97, Expediente Electrónico Nº 11022898-MGEYA-ASINF-2.014, y CONSIDERANDO: Que mediante Ley N° 2.689/2.008, se creó la Agencia de Sistemas de Información del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (ASINF), como órgano rector en materia de tecnologías de la información y las comunicaciones en el ámbito del Poder Ejecutivo, y como entidad autárquica en el orden administrativo, funcional y financiero; Que la Ley de Ministerios N° 4.013/2.011 establece que la Agencia de Sistemas de Información (ASINF) se encuentra bajo la órbita del Ministerio de Modernización de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que dada su naturaleza jurídica, la ASINF es una entidad autárquica en el orden administrativo, funcional y financiero, en el ámbito del Ministerio de Modernización del GCABA; Que el Director General de Infraestructura de esta Agencia de Sistemas de Información, Lic. Gustavo Hugo Goenaga se ausentará desde el 19 hasta el 27 de agosto de 2.014 inclusive; Que a efectos de mantener el normal funcionamiento de las actividades administrativas de la Agencia de Sistemas de Información (ASINF) resulta conveniente encomendar la firma de la Dirección General de Infraestructura de esta Agencia de Sistemas de Información a un funcionario hasta tanto dure la ausencia de su Director General; Que en consecuencia, resulta pertinente asignar dicha tarea a la Lic. Ana María Ortino, DNI 12.601.571, Directora General de Integración de Sistemas de la Agencia de Sistemas de Información; Que el artículo 2 del Anexo del Decreto Nº 1.510/ GCABA/97 permite la delegación y/o sustitución del ejercicio de la competencia cuando éstas estuvieran expresamente autorizadas; Que de esta manera, corresponde dictar el acto administrativo que encomiende la firma de la Dirección General de Infraestructura de la Agencia de Sistemas de Información a la Lic. Ana María Ortino, DNI 12.601.571, Directora General de Integración de Sistemas; Que la Gerencia Operativa de Legales de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de la ASINF ha tomado intervención. Por ello, y en uso de facultades que le son propias (art. 10, inc. a, de la Ley N° 2.689),

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACION RESUELVE

Artículo 1°.- Encomiéndase la firma de la Dirección General de Infraestructura de esta Agencia de Sistemas de Información, Lic. Gustavo Hugo Goenaga a la Lic. Ana María

Ortino al, DNI 12.601.571, Directora General de Integración de Sistemas de la Agencia de Sistemas de Información, a partir del 19 de agosto hasta el 27 de agosto de 2.014 inclusive.

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Artículo 2°.- Regístrese, publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, notifíquese al interesado y para su conocimiento y demás efectos comuníquese a las Direcciones Generales Técnica, Administrativa y Legal, de Infraestructura, de Gobierno Electrónico, de Integración de Sistemas, a la Unidad de Auditoría Interna de la Agencia de Sistemas de Información. Cumplido, archívese. Martínez

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Ministerio de Modernización - Ministerio de

Salud

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 689/MMGC/14

Buenos Aires, 6 de agosto de 2014 VISTO: La Ley Nº 2155, el Decreto reglamentario Nº 308/2008, la Resolución Nº 5/MSGCYMMGC/2013 y el E. E. Nº 3476931/2013 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado el Hospital General de Agudos "Dr. Teodoro Álvarez", dependiente del Ministerio de Salud, mediante Disposición Nº 426/HGATA/2013, designó con carácter interino, a la Licenciada Mirta Beatriz Ibarra, D.N.I. 12.644.469, CUIL. 27-12644469-4, como Jefa Sección Producción (dependiente de la División Alimentación), con 40 horas semanales, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza N° 41455, reglamentada por Decreto N° 2745/1987 y la Resolución N° 375/SSySHyF/2006 y modificatorias, reteniendo sin percepción de haberes el cargo de Nutricionista de Planta Consultor, titular, del citado Hospital; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley Nº 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que como resultado del análisis realizado en la mencionada norma, se han detectado anomalías; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, rectificando parcialmente dicho acto administrativo. Que asimismo, es dable destacar que la tramitación de la presente gestión, se encuentra contemplada en los términos de la Disposición Nº 10/DGAYDRH/2014. Por ello, y conforme lo determinado por Resolución Nº 5/MSGCYMMGC/2013,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACIÓN RESUELVEN

Artículo 1.- Rectifícanse parcialmente los términos de la Disposición Nº 426/HGATA/2013, dejándose establecido que la designación dispuesta lo es en favor de la Licenciada Mirta Beatriz Ibarra, D.N.I. 12.644.469, CUIL. 27-12644469-4, legajo personal 332.532. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud y a la Gerencia

Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra

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RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 690/MMGC/14

Buenos Aires, 6 de agosto de 2014 VISTO: La Ley Nº 2155, el Decreto reglamentario Nº 308/2008, la Resolución Nº 5/MSGCYMMGC/2013 y el E. E. Nº 3966632/2013 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado el Hospital Neuropsiquiátrico "Dr. Braulio Moyano", dependiente del Ministerio de Salud, mediante Disposición Nº 176/HNBM/2013, designó con carácter interino, a la Dra. Alicia Lucila Marti, D.N.I. 06.044.252, CUIL. 27-06044252-0, como Jefa Unidad Servicio de Psiquiatría N° 9, con 40 horas semanales, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza N° 41455, reglamentada por Decreto N° 2745/1987 y la Resolución N° 375/SSySHyF/2006 y modificatorias, reteniendo sin percepción de haberes el cargo de Jefa Sección Admisión, titular, del citado Hospital; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley Nº 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que como resultado del análisis realizado en la mencionada norma, se han detectado anomalías; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, rectificando parcialmente dicho acto administrativo. Que asimismo, es dable destacar que la tramitación de la presente gestión, se encuentra contemplada en los términos de la Disposición Nº 10/DGAYDRH/2014. Por ello, y conforme lo determinado por Resolución Nº 5/MSGCYMMGC/2013,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACIÓN RESUELVEN

Artículo 1.- Rectifícanse parcialmente los términos de la Disposición Nº 176/HNBM/2013, dejándose establecido que la designación dispuesta lo es en favor de la Dra. Alicia Lucila Marti, D.N.I. 06.044.252, CUIL. 27-06044252-0, legajo personal 244.128. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos

Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra

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RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 691/MMGC/14

Buenos Aires, 6 de agosto de 2014 VISTO: La Ley Nº 2155, el Decreto reglamentario Nº 308/2008, la Resolución Nº 5/MSGCYMMGC/2013 y el E.E. Nº 3401284/2013 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado el Hospital General de Agudos "Dr. José María Ramos Mejía", dependiente del Ministerio de Salud, mediante Disposición Nº 1242/HGARM/2013, designó con carácter interino a la Dra. Paola Andrea Pandullo, D.N.I. 18.227.025, CUIL. 27-18227025-9, como Especialista en la Guardia Médico Asistente (Neonatología), con 30 horas semanales, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza N° 41455, reglamentada por Decreto N° 2745/1987 y la Resolución N° 375/SSySHyF/2006 y modificatorias, cesando como Especialista en la Guardia Médica, suplente, del citado Hospital; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley Nº 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que como resultado del análisis realizado en la mencionada norma, se han detectado anomalías; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, rectificando parcialmente dicho acto administrativo. Que asimismo, es dable destacar que la tramitación de la presente gestión, se encuentra contemplada en los términos de la Disposición Nº 10/DGAYDRH/2014. Por ello, y conforme lo determinado por Resolución Nº 5/MSGCYMMGC/2013,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACIÓN RESUELVEN

Artículo 1.- Rectifícanse parcialmente los términos de la Disposición Nº 1242/HGARM/2013, dejándose establecido que la designación dispuesta lo es en favor de la Dra. Paola Andrea Pandullo, D.N.I. 18.227.025, CUIL. 27-18227025-9, legajo personal 402.766. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud y a la Gerencia

Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra

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RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 692/MMGC/14

Buenos Aires, 6 de agosto de 2014 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y el E.E. N° 5450134/2013 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital "Bernardino Rivadavia", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 345/HBR/2013, designó con carácter interino a la Dra. María Fernanda Agost Carreño, D.N.I. 23.844.547, CUIL. 27-23844547-2, como Médica de Planta Asistente (Anatomía Patológica), con 30 horas semanales, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza Nº 41455, reglamentada por Decreto Nº 2745/1987 y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006, y modificatorias; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar al mismo; Que como resultado del análisis realizado en la mencionada norma, se han detectado anomalías; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, rectificando parcialmente dicho acto administrativo. Que asimismo, es dable destacar que la tramitación de la presente gestión, se encuentra contemplada en los términos de la Disposición N° 11/DGAYDRH/2014. Por ello, y conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACIÓN RESUELVEN

Artículo 1.- Rectifícanse parcialmente los términos de la Disposición N° 345/HBR/2013, dejándose establecido que la designación dispuesta por la misma lo es en favor de la Dra. María Fernanda Agost Carreño, D.N.I. 23.844.547, CUIL. 27-23844547-2, legajo personal 475.030. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos

Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra

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RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 693/MMGC/14

Buenos Aires, 6 de agosto de 2014 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013, y el E.E. N° 3966992/2013 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital "Dr. Braulio Moyano", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 190/HNBM/2013, designó con carácter interino a la Dra. Laura Mónica Sasuli, D.N.I. 11.181.450, CUIL. 27-11181450-9, como Jefa de Sección Dermatología, con 40 horas semanales, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza Nº 41455, reglamentada por Decreto Nº 2745/1987 y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006, y modificatorias, reteniendo sin percepción de haberes el cargo de Jefe Sección Clínica Médica Crónicos, titular, del citado Hospital; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que como resultado del análisis realizado en la mencionada norma, se han detectado anomalías; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, rectificando parcialmente dicho acto administrativo. Que asimismo, es dable destacar que la tramitación de la presente gestión, se encuentra contemplada en los términos de la Disposición Nº 10/DGAYDRH/2014. Por ello, y conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACIÓN RESUELVEN

Artículo 1.- Rectifícanse parcialmente los términos de la Disposición N° 190/HNBM/2013, dejándose establecido que la designación dispuesta por la misma lo es en favor de la Dra. Laura Mónica Sasuli, D.N.I. 11.181.450, CUIL. 27-11181450-9, legajo personal 345.460. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos

Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra

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RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 694/MMGC/14

Buenos Aires, 6 de agosto de 2014 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013, y el E.E. N° 5055139/2013 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión, y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital Oftalmológico "Dr. Pedro Lagleyze", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 31/HOPL/2014, designó interinamente, con carácter transitorio y hasta la provisión definitiva de su titularidad por concurso, a la señora Julieta Laura Yanov, D.N.I. 36.701.694, CUIL. 27-36701694-4, como Técnica Administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley N° 471 y los Decretos Nros. 986/2004 y 583/2005; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, y conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACIÓN RESUELVEN

Artículo 1.-Convalídase en todos sus términos, lo dispuesto por Disposición N° 31/HOPL/2014. Artículo 2.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 695/MMGC/14

Buenos Aires, 7 de agosto de 2014 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013, y el E.E. N° 6313485/2013, (DGAyDRH), y

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Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos "Dr. Teodoro Álvarez", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 453/HGATA/2013, designó interinamente, con carácter transitorio y hasta la provisión definitiva de su titularidad por concurso, a la señora Lorena Verónica Procopio, D.N.I. 26.198.192, CUIL. 27-26198192-6, como Enfermera, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley N° 471 y los Decretos Nros. 986/2004 y 583/2005; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura del cargo en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, y conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACIÓN RESUELVEN

Artículo 1.-Convalídase en todos sus términos, lo dispuesto por Disposición N° 453/HGATA/2013. Artículo 2.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 696/MMGC/14

Buenos Aires, 7 de agosto de 2014 VISTO: El E.E. Nº 3074959/2013 (HGADS), y CONSIDERANDO: Que el Dr. Guillermo Echebarrena, D.N.I. 08.476.735, CUIL. 20-08476735-3, legajo personal 342.151, del Hospital General de Agudos "Donación Francisco Santojanni", del Ministerio de Salud, solicita el pase de Guardia a Planta; Que según surge de los presentes actuados, la Dirección General de Administración de Medicina del Trabajo, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, manifiesta que el profesional que nos ocupa por razones de salud solo podrá desempeñarse en Planta; Que por lo expuesto y a fin de regularizar la situación planteada, se propicia reubicar al nombrado como Médico de Planta Consultor (Neonatología), titular, con 40 horas semanales, más 4 horas adicionales, en el citado establecimiento asistencial;

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CONSIDERANDO:

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Que a tal efecto, es necesario dictar un acto administrativo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6, punto 6.7, Incs. a) y d), de la Carrera Municipal de Profesionales de Salud aprobada por Ordenanza Nº 41455, reglamentada por Decreto Nº 2745/1987, y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006, y modificatorias; Que es de hacer notar, que la misma no representa mayor erogación. Por ello, conforme las facultades conferidas mediante la Ley N° 4013 y el Decreto Nº 660/2011 y sus modificatorios,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACIÓN RESUELVEN

Artículo 1.- Reubícase al Dr. Guillermo Echebarrena, D.N.I. 08.476.735, CUIL. 20-08476735-3, legajo personal 342.151, como Médico de Planta Consultor (Neonatología), titular, con 40 horas semanales, más 4 horas adicionales, partida 4022.1100.MS.19.024, del Hospital General de Agudos "Donación Francisco Santojanni", dependiente del Ministerio de Salud, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6, punto 6.7, Incs. a) y d), de la Carrera Municipal de Profesionales de Salud aprobada por Ordenanza Nº 41455, reglamentada por Decreto Nº 2745/1987 y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006 y modificatorias, cesando como Especialista en la Guardia Médico Consultor (Neonatología), titular, con 40 horas semanales, más 4 horas adicionales, partida 4022.1100.MS.19.954, del citado Hospital. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra ANEXO

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Ente de Turismo - Ministerio de Educación

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 2/SSGECP/14

Buenos Aires, 4 de agosto de 2014 VISTO: La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires; las Leyes N° 1.264, y su modificatoria y Nº 2.627 y su modificatoria, la Resolución Nº 17-ENTUR/2014 y el Expediente Nº 9487163-DGYCOF/2014 CONSIDERANDO: Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su Artículo 32 establece que la Ciudad facilita el acceso a los bienes culturales, propicia el intercambio, protege y difunde las manifestaciones de la cultura popular, garantiza la preservación, recuperación y difusión del patrimonio cultural y la historia de la Ciudad y sus barrios; Que por su parte, el Artículo 59 establece que la Ciudad promueve el turismo como factor de desarrollo económico, social y cultural, así como también, potencia el aprovechamiento de sus recursos e infraestructura turística en beneficio de sus habitantes, procurando su integración con los visitantes de otras Provincias o países; Que mediante la Ley N° 2.627 se creó el Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como entidad autárquica con el objeto de diseñar y ejecutar políticas y programas de promoción, desarrollo y fomento del turismo como actividad económica estratégica de esta Ciudad; Que la Ley Nº 4.685 modificó la Ley Nº 2.627 con el propósito de dotar a dicho organismo de una mayor autarquía respecto de la administración central con el objetivo de perfeccionar el marco de abordaje de las políticas públicas en materia de turismo; Que la Ley Nº 1.264, y su modificatoria, tiene por objeto regular la actividad de los guías de turismo en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como actividad de interés público para el desarrollo turístico y la preservación y difusión del patrimonio cultural, arquitectónico y urbanístico local; Que en el artículo 4º, de la norma citada precedentemente, determina que la máxima autoridad en materia de turismo del Poder Ejecutivo es el Organismo de Aplicación de la misma, responsabilidad que, por imperio de la Ley Nº 2.627, recae en el Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que la inscripción en el Registro de Guías de Turismo es condición obligatoria para el ejercicio de dicha actividad en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que la Cláusula Transitoria Única de la Ley Nº 1.264 autorizó por única vez y por un plazo que no excediera los seis (6) meses de reglamentada dicha ley a la inscripción en el registro a aquellas personas que, careciendo del título habilitante de guía de turismo acreditasen una experiencia en el ejercicio profesional superior a los dos (2) años y cumplimentaran con los requisitos que determinara la reglamentación. Que el artículo 7° de la Ley Nº 1.264 establece en su inciso d) que los guías que soliciten su inscripción deben aprobar la evaluación que determine el Organismo de Aplicación a través de una entidad pública;

Que en este sentido, el Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires entiende que el Ministerio de Educación de la Ciudad de Buenos Aires, a través del Instituto de Formación Técnica Superior N° 7, resulta la entidad pública adecuada para la organización del proceso de evaluación según normas técnicas y de calidad institucional y educativa por impartir la carrera de Guía de Turismo con especialización en la Ciudad de Buenos Aires;

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Que la Subsecretaría de Gestión Educativa y Coordinación Pedagógica del Ministerio de Educación tiene a su cargo el gobierno de la Formación Técnica Superior a través de la Dirección de Formación Técnica Superior dependiente de su Dirección General de Educación Superior; Que mediante Resolución N° 17/ENTUR/14 se le asignó a la Dirección General de Desarrollo y Competitividad de la Oferta la función de supervisar la organización y administración del funcionamiento del Registro de Guías de Turismo, creado por la Ley Nº 1.264 y su modificatoria, así como la de diseñar y desarrollar programas de asistencia técnica con instituciones educativas que dicten carreras asociadas con el sector turístico; Que resulta necesario establecer, a partir de las competencias específicas de las áreas involucradas, criterios de articulación a fin de dar curso a una nueva convocatoria a una evaluación para los guías idóneos; Que la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ente de Turismo ha tomado la debida intervención que resulta de su competencia, mediante la emisión del Dictámen Nº IF 9.536.716-DGTALET/2014 Por ello, y en uso de las facultades que les son propias,

EL PRESIDENTE DEL ENTE DE TURISMO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Y LA SUBSECRETARIA DE GESTIÓN EDUCATIVA Y COORDINACIÓN PEDAGÓGICA

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES RESUELVEN:

Artículo 1°.- Acuérdese la participación de la Dirección de Formación Técnica Superior, de la Dirección General de Educación Superior, dependiente de la Subsecretaría de Gestión Educativa y Coordinación Pedagógica, a través del Instituto de Formación Técnica Superior Nº 7 en el proceso de evaluación de los guías idóneos para su efectiva inscripción en el Registro de Guías de Turismo de la Ciudad, conforme el inciso d) del artículo 7° de la Ley N° 1.264. Artículo 2°.- Determínese que la Dirección General de Desarrollo y Competitividad de la Oferta, del Ente de Turismo, y la Dirección de Formación Técnica, de la Dirección General de Educación Superior dependiente de la Subsecretaría de Gestión Educativa y Coordinación Pedagógica, actuarán en el proceso de evaluación de los guías idóneos conforme a los criterios enunciados en el Anexo I, que a todos sus efectos forma parte de la presente resolución conjunta. Artículo 3º.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a la Dirección General de Desarrollo y Competitividad de la Oferta del Ente de Turismo y a la Dirección General de Educación Superior, Dirección de Formación Técnica Superior, al Instituto de Formación Técnica Superior Nº 7; a la Dirección General Técnica,

Administrativa y Legal del Ente de Turismo. Cumplido, archívese. de Andreis - Ravaglia

ANEXO

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Disposición Jefatura de Gabinete de Ministros

DISPOSICIÓN N.º 147/DGCACTYT/14

Buenos Aires, 15 de julio de 2014 VISTO la Ley Nº 471, el Decreto 184/2010 del Convenio Colectivo de trabajo, y CONSIDERANDO: Que el Decreto 184/2010 del Convenio Colectivo de Trabajo reglamenta el Régimen Disciplinario en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que dicho Decreto en su ANEXO III, art. 1.- establece que: "El agente que se desempeña como franquero, según lo establecido en el artículo 2º del Decreto Nº 937/07, cuando incurra en inasistencias injustificadas se hará pasible de las siguientes sanciones: 1º inasistencia: apercibimiento, 2º inasistencia: DOS (2) días de suspensión que se cumplirán en un día en que el agente deba prestar servicio (...)" y así sucesivamente como lo establece el mencionado artículo; Que fue notificado el agente Devolder Fernando que por haber incurrido en una inasistencia injustificada el día 05 de julio de 2014, corresponde aplicar apercibimiento, conforme al Decreto mencionado anteriormente; Que el artículo 51 de la ley Nº 471 dispone que "Quedan exceptuados del procedimiento de sumario previo: a) los apercibimientos (...)"; Que conforme al Decreto 703/2011 el señor Carlos Perez DNI Nº 14.236.188 asume la Dirección General del Cuerpo de Agentes de Control de Transito y el Transporte; Por ello, y en uso de las facultades establecidas por el artículo 1.- del Anexo III del Decreto 184/2010;

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL CUERPO DE AGENTES DE CONTROL DE

TRÁNSITO Y TRANSPORTE DISPONE:

Artículo 1° - Aplíquese apercibimiento al agente Devolder Fernando Cuil N° 23-22719466-9 por haber incurrido en una inasistencia injustificada en el transcurso de un mes conforme a lo dispuesto por el art. 1.- del anexo III del Decreto 184/2010 del Convenio Colectivo de Trabajo; Artículo 2° - Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Notifíquese al agente mencionado ut- supra. Comuníquese a la Secretaría de Recursos Humanos y a la Subsecretaria de Transporte. Cumplido, archívese. Pérez

DISPOSICIÓN N.º 148/DGCACTYT/14

Buenos Aires, 16 de julio de 2014 VISTO la Ley Nº 471, el Decreto 184/2010 del Convenio Colectivo de trabajo, y

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CONSIDERANDO: Que el Decreto 184/2010 del Convenio Colectivo de Trabajo reglamenta el Régimen Disciplinario en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que dicho Decreto en anexo I inciso a) del art. 47.- establece que: "(...) Quien incurra en 3 incumplimientos injustificados del horario establecido, en no más de veinte (20) minutos en el día, más de tres (3) veces al mes se hará pasible del primer apercibimiento (...); y así sucesivamente como lo establece el mencionado artículo; Que fue notificado el agente Ramirez Matias que por haber incurrido en 3 incumplimientos injustificados del horario establecido los días 11, 13 y 16 de junio de 2014, corresponde aplicar apercibimiento, conforme al Decreto mencionado anteriormente; Que el artículo 51 de la ley Nº 471 dispone que "Quedan exceptuados del procedimiento de sumario previo: a) los apercibimientos (...)"; Que conforme al Decreto 703/2011 el señor Carlos Perez DNI Nº 14.236.188 asume la Dirección General del Cuerpo de Agentes de Control de Transito y el Transporte; Por ello, y en uso de las facultades establecidas por el anexo I inciso a) del art. 47.- del Decreto 184/2010;

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL CUERPO DE AGENTES DE CONTROL DE

TRÁNSITO Y TRANSPORTE DISPONE:

Artículo 1° - Aplíquese apercibimiento al agente Ramirez Matias Cuil N° 20-34270925-8 por haber incurrido en 3 incumplimientos injustificados del horario establecido, en no más de veinte (20) minutos en el día, más de tres (3) veces al mes los días 11, 13 y 16 de junio de 2014, conforme a lo dispuesto por el art. 47) inciso a) del anexo I del Decreto 184/2010 del Convenio Colectivo de Trabajo; Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Notifíquese al agente mencionado ut- supra. Comuníquese a la Secretaría de Recursos Humanos y a la Subsecretaria de Transporte. Cumplido, archívese. Pérez

DISPOSICIÓN N.º 152/DGCACTYT/14

Buenos Aires, 21 de julio de 2014 VISTO la Ley Nº 471, el Decreto 184/2010 del Convenio Colectivo de trabajo, y CONSIDERANDO: Que el Decreto 184/2010 del Convenio Colectivo de Trabajo reglamenta el Régimen Disciplinario en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que dicho Decreto en su ANEXO III, art. 1.- establece que: "El agente que se desempeña como franquero, según lo establecido en el artículo 2º del Decreto Nº 937/07, cuando incurra en inasistencias injustificadas se hará pasible de las siguientes sanciones: 1º inasistencia: apercibimiento, 2º inasistencia: DOS (2) días de suspensión que se cumplirán en un día en que el agente deba prestar servicio (...)" y así sucesivamente como lo establece el mencionado artículo;

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Que fue notificado el agente Paez Romina Iris Nancy que por haber incurrido en una inasistencia injustificada el día 12 de julio de 2014, corresponde aplicar apercibimiento, conforme al Decreto mencionado anteriormente; Que el artículo 51 de la ley Nº 471 dispone que "Quedan exceptuados del procedimiento de sumario previo: a) los apercibimientos (...)"; Que conforme al Decreto 703/2011 el señor Carlos Perez DNI Nº 14.236.188 asume la Dirección General del Cuerpo de Agentes de Control de Transito y el Transporte; Por ello, y en uso de las facultades establecidas por el artículo 1.- del Anexo III del Decreto 184/2010;

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL CUERPO DE AGENTES DE CONTROL DE

TRÁNSITO Y TRANSPORTE DISPONE:

Artículo 1° - Aplíquese apercibimiento al agente Paez Romina Iris Nancy Cuil N° 27-26191508-7 por haber incurrido en una inasistencia injustificada en el transcurso de un mes conforme a lo dispuesto por el art. 1.- del anexo III del Decreto 184/2010 del Convenio Colectivo de Trabajo; Artículo 2° - Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Notifíquese al agente mencionado ut- supra. Comuníquese a la Secretaría de Recursos Humanos y a la Subsecretaria de Transporte. Cumplido, archívese. Pérez

DISPOSICIÓN N.º 153/DGCACTYT/14

Buenos Aires, 21 de julio de 2014 VISTO la Ley Nº 471, el Decreto 184/2010 del Convenio Colectivo de trabajo, y CONSIDERANDO: Que el Decreto 184/2010 del Convenio Colectivo de Trabajo reglamenta el Régimen Disciplinario en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que dicho Decreto en su ANEXO III, art. 1.- establece que: "El agente que se desempeña como franquero, según lo establecido en el artículo 2º del Decreto Nº 937/07, cuando incurra en inasistencias injustificadas se hará pasible de las siguientes sanciones: 1º inasistencia: apercibimiento, 2º inasistencia: DOS (2) días de suspensión que se cumplirán en un día en que el agente deba prestar servicio (...)" y así sucesivamente como lo establece el mencionado artículo; Que fue notificado el agente Gil Irene que por haber incurrido en una inasistencia injustificada el día 13 de julio de 2014, corresponde aplicar apercibimiento, conforme al Decreto mencionado anteriormente; Que el artículo 51 de la ley Nº 471 dispone que "Quedan exceptuados del procedimiento de sumario previo: a) los apercibimientos (...)"; Que conforme al Decreto 703/2011 el señor Carlos Perez DNI Nº 14.236.188 asume la Dirección General del Cuerpo de Agentes de Control de Transito y el Transporte; Por ello, y en uso de las facultades establecidas por el artículo 1.- del Anexo III del Decreto 184/2010;

Página Nº 63Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL CUERPO DE AGENTES DE CONTROL DE

TRÁNSITO Y TRANSPORTE DISPONE:

Artículo 1° - Aplíquese apercibimiento al agente Gil Irene Cuil N° 27-25529423-2 por haber incurrido en una inasistencia injustificada en el transcurso de un mes conforme a lo dispuesto por el art. 1.- del anexo III del Decreto 184/2010 del Convenio Colectivo de Trabajo; Artículo 2° - Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Notifíquese al agente mencionado ut- supra. Comuníquese a la Secretaría de Recursos Humanos y a la Subsecretaria de Transporte. Cumplido, archívese. Pérez

Página Nº 64Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Ministerio de Justicia y Seguridad

DISPOSICIÓN N.º 75/DGCYSB/14

Buenos Aires, 2 de julio de 2014 VISTO: La Ley 471 de Relaciones Laborales de la Administración Pública de la Ciudad de Buenos Aires, los Convenios Colectivos de Trabajo instrumentados por Resolución N° 2.778/MHGC/2010, los Decretos N° 281/GCABA/2010 y 660/GCABA/11 y la Resolución N° 495/GCABA/MMGC12, y CONSIDERANDO Que, el artículo 38 de la Ley 471 regula la jornada de trabajo del personal de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires; Que, asimismo mediante Resolución N° 2778-MHGC-10 se instrumentaron los Convenios Colectivos de Trabajo que complementan la ley marco que rige las relaciones de empleo público; Que, por su parte, el Decreto N° 281/GCABA/2010 instruyó a la Subsecretaria de Gestión de Recursos Humanos y a la ex Subsecretaria de Modernización de la Gestión Pública, a elaborar en forma conjunta, el Régimen General y Único de Registro de Asistencia del personal comprendido en el artículo 4° del Capítulo II de la Ley 471; Que, atento dichas facultades la Resolución N° 495/GCABA/MMGC/12 aprueba el Reglamento General de Asistencia del Personal del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableciendo que los Directores Generales o funcionarios con rango equivalente de cada repartición, serán los responsables últimos del registro de asistencia de los agentes y de la gestión e información de las licencias de los mismos; Que, el Art 6° de la mencionada Resolución, establece el deber de eximir de la firma diaria a aquellos agentes que por la modalidad de trabajo o por razones de servicio desempeñen habitualmente tareas fuera de la Gerencia Operativa Control y Aprobación de Servicios dependiente de esta Dirección General, en atención al control de objetivos con vigiladores de Empresas Privadas a los cuales se controlan con agentes propios que cumplen funciones de Supervisores; Que, por la situación expuesta, se hace necesario exceptuar a los agentes que se detallan en el Anexo I, del trámite de firma del Registro de Asistencia. Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL DE CUSTODIA Y SEGURIDAD DE BIENES DISPONE

Art. 1°.- Exímase de la firma en el registro diario de salida “ANEXO II Planilla de Registros de Asistencia“, a los agentes que se detallan en el Anexo I(DI-2014-IF-2014-08061777-DGCYSB), en atención al control que se realiza fuera del Organismo en objetivos con vigiladores de Empresas Privadas a los cuales se supervisan con agentes propios que cumplen funciones de Supervisores; Art. 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese a los agentes involucrados y, para su conocimiento y demás efectos pase

a la Subsecretaria de Gestión de Recursos Humanos quien efectuará las registraciones pertinentes. Cumplido, archívese Sassano

ANEXO

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DISPOSICIÓN N.º 91/DGCYSB/14

Buenos Aires, 4 de julio de 2014 VISTO: El Decreto N° 67/10, las Resoluciones N° 51/MHGC/10, N° 956/MJYSGC/11 y N° 10/SECLYT/13, las Disposiciones N° 9/DGCG/10 y Nº73/DGCYSB/14 y el Expediente N° 539.347/14, y CONSIDERANDO: Que por la citada actuación tramitan los fondos de Caja Chica Común correspondiente al ejercicio 2014, otorgada en el marco del Decreto N° 67/10, destinada para afrontar los gastos urgentes y necesarios que demanden el normal funcionamiento de esta Unidad de Organización; Que la adquisición de toners recargados (comprobantes Nº 20 y Nº28) y la compra del cartucho del comprobante Nº 32 se hacen indispensables ya que no se encuentran disponibles en la orden de compra de la firma Stapples; Que en relación al gasto del comprobante Nº 16 cabe aclarar que se pidieron distintos presupuestos resultando que el provedor que realizó el mantenimiento de los aires acondicionados ofrecía el precio más conveniente; Que los gastos de peaje de los comprobantes Nº 4, Nº 10 y Nº 11 corresponden a vehículos oficiales de esta repartición en cumplimiento de tareas inherentes a esta Dirección General; Que todos los gastos se realizaron dentro de las actividades inherentes a esta Dirección General de Custodia y Seguridad de Bienes; Que por Disposición Nº73/DGCYSB/14 se aprobaron los gastos correspondientes a la Caja Chica Común Nº03/14 de la Dirección General de Custodia y Seguridad de Bienes por un monto total de pesos once mil novecientos dos con 29/100 ($ 11.902,29), según el detalle consignado en los Anexos IF N° 7678816/DGCYSB/14 y N° 7678982/DGCYSB/14 respectivamente; Que atento a un error material involuntario en el Artículo 1 corresponde dejar sin efecto la Disposición Nº73/DGCYSB/14 y dictar un nuevo acto administrativo; Que el presente gasto cuenta con el correspondiente respaldo presupuestario. Por ello, atento el Art. N° 1 del Anexo N° III de la Disposición N° 9/DGCG/10 y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR DE CUSTODIA Y SEGURIDAD DE BIENES DISPONE

Artículo 1.- Déjese sin efecto la Disposición Nº73/DGCYSB/2014. Artículo 2.- Apruébense los gastos correspondientes a la Caja Chica Común N° 03/14 de la Dirección General de Custodia y Seguridad de Bienes, otorgada en el marco del Decreto N° 67/10, destinada a solventar las erogaciones urgentes y necesarias por un monto total de pesos once mil novecientos dos con 29/100 ($ 11.902,29), según el detalle consignado en los Anexos IF N° 7678816/DGCYSB/14 y N° 7678982/DGCYSB/14 respectivamente, que forman parte integrante de la presente. Artículo 3.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y comuníquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad. Cumplido, archívese. Sassano

ANEXO

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DISPOSICIÓN N.º 92/DGCYSB/14

Buenos Aires, 14 de julio de 2014 VISTO: Los Decretos N° 67/10 y 501/12, las Resoluciones N° 1769/MHGC/12 y N° 18/MHGC/MMGC/MJGGC/SECLYT/12 y el EX-2014-1152916-MGEYA-DGCYSB; CONSIDERANDO: Que por la citada actuación tramitan los gastos de movilidad del ejercicio 2014, otorgados en el marco de los Decretos 67/2010 y 501/12, destinados a afrontar los gastos trimestrales de movilidad que demande el normal funcionamiento de esta Unidad de Organización; Que según lo establecido en la Resolución Conjunta Nº18/2012, el titular de la unidad receptora de fondos aprobará los gastos mediante Acto Administrativo, siendo responsable de la oportunidad, méritoy conveniencia de dichas erogaciones; Que todos los gastos de movilidad se realizaron dentro de las actividades inherentes a esta repartición; Que el presente gasto cuenta con el correspondiente respaldo presupuestario. Por ello, y en uso de las facultades conferidas, EL DIRECTOR GENERAL DE CUSTODIA Y SEGURIDAD DE BIENES DEL G.C.B.A.

DISPONE Artículo 1°.- Apruébese el gasto de pesos treinta y seis mil con 00/100 ($ 36.000,00) correspondiente a movilidad del 2do. Trimestre 2014 según el detalle consignado en el Anexo IF Nº 8519419-DGCYSB- 2014, asignado a la Dirección General de Custodia y Seguridad de Bienes del GCABA. Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y comuníquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad para su conocimiento y demás efectos. Cumplido, archívese. Sassano

ANEXO

DISPOSICIÓN N.º 93/DGCYSB/14

Buenos Aires, 15 de julio de 2014 VISTO: El Decreto 67/10, las Resoluciones N° 51-MHGC-2010, Nº10-SECLYT-13, Nº 339-MHGC-2014 y N° 199-MJYSGC-2014, las Disposiciones N° 9/DGCG/10 y Nº 183/DGCG/13 y el Expediente 2014- 2600401-MGEYA-DGCYSB, y CONSIDERANDO: Que por el Decreto N° 67/10 se aprobó el Régimen para la Asignación de Fondos a reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que impliquen el pago de obligaciones, la ejecución de gastos mediante los mismos, sus rendiciones y condiciones de aprobación;

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Que mediante la Resolución N° 51/MHGC/10 se dictó la reglamentación del mencionado decreto; Que la Disposición N° 9/DGCG/10 aprobó, entre otros, el procedimiento para las asignaciones en concepto de Caja Chica Especial con cumplimiento del Régimen de Compras y Contrataciones, modificada por Disposición Nº183/DGCG/13; Que por Resolución N° 199/MJYSGC/14, se asignó a la Dirección General de Custodia y Seguridad de Bienes fondos en concepto de Caja Chica Especial por la suma de PESOS CUARENTA Y DOS MIL ($ 42.000,00), a hacerse efectiva en cuatro entregas parciales de PESOS DIEZ MIL QUINIENTOS ($ 10.500,00) cada una, destinada a solventar los gastos del Programa de Descontaminación, Compactación y Disposición Final de Automotores de la CABA creado por Resolución N°377/MJYSGC/13; Que los gastos efectuados se correspondieron con los lineamientos fijados por la Resolución N° 199/MJYSGC/14; Que corresponde expedirse acerca de los gastos efectuados por la Caja Chica Especial de la Dirección General de Custodia y Seguridad de Bienes en lo que respecta a la oportunidad mérito y conveniencia de dichas erogaciones, de conformidad con el procedimiento previsto en el Anexo III de la Disposición N° 183/DGCG/13; Que la recarga de toner (comprobante Nº 9) resulta indispensable ya que el modelo de toner recargado no se encuentra disponible en la orden de compra de la firma Stapples; Que las botas de lluvia adquiridas por comprobante Nº 2 resultan necesarias, para el personal de esta Dirección General afectado al Programa de Compactación, para usar cuando concurre al predio donde se compactan los rodados; Que analizados los gastos relativos a la segunda entrega parcial de la Caja Chica Especial del ejercicio 2014, corresponde proceder a su aprobación con los alcances señalados en el párrafo precedente. Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DE CUSTODIA Y SEGURIDAD DE BIENES DISPONE

Artículo 1º.- Apruébense los gastos efectuados con los fondos asignados por

Resolución 199/MJYSGC/2014, en concepto de la segunda entrega parcial de la Caja Chica Especial del ejercicio 2014 a la Dirección General de Custodia y Seguridad de Bienes, por la suma total de pesos seis mil quinientos setenta y cinco con 90/100 ($ 6.575,90) y las Planillas que como Anexos IF-2014-8606227-DGCYSB e IF-2014-8606122-DGCYSB forman parte integrante de la presente. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos comuníquese a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad. Cumplido, archívese. Sassano

ANEXO

DISPOSICIÓN N.º 100/DGCYSB/14

Buenos Aires, 28 de julio de 2014 VISTO: El Decreto 67/10, las Resoluciones N° 51-MHGC-2010, Nº10-SECLYT-13, Nº 339-MHGC-2014 y N° 268-MJYSGC-2014, las Disposiciones N° 9/DGCG/10 y Nº 183/DGCG/13 y el Expediente 2014- 2600661-MGEYA-DGCYSB, y

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CONSIDERANDO: Que por el Decreto N° 67/10 se aprobó el Régimen para la Asignación de Fondos a reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que impliquen el pago de obligaciones, la ejecución de gastos mediante los mismos, sus rendiciones y condiciones de aprobación; Que mediante la Resolución N° 51/MHGC/10 se dictó la reglamentación del mencionado decreto; Que la Disposición N° 9/DGCG/10 aprobó, entre otros, el procedimiento para las asignaciones en concepto de Caja Chica Especial con cumplimiento del Régimen de Compras y Contrataciones, modificada por Disposición Nº 183/DGCG/13; Que por Resolución N° 268/MJYSGC/14, se asignó a la Dirección General de Custodia y Seguridad de Bienes fondos en concepto de Caja Chica Especial por la suma de PESOS VEINTE MIL ($ 20.000,00), a hacerse efectiva en dos entregas parciales de PESOS DIEZ MIL ($10.000,00) cada una, destinada a afrontar los gastos de viaje, estadía y alimentos que demanden los traslados de los agentes que prestan servicios en el objetivo "Hogar Alejandro Raimondi", en la ciudad de Necochea, siendo que los agentes de esta Dirección General deben concurrir a los fines de recibir directivas, instrucciones, capacitación y realizar gestiones inherentes a las tramitaciones de portaciones de armas, así como controlar el servicio de vigilancia propio y privado e instruir directivas; Que los gastos efectuados se correspondieron con los lineamientos fijados por la Resolución N° 268/MJYSGC/14; Que corresponde expedirse acerca de los gastos efectuados por la Caja Chica Especial de la Dirección General de Custodia y Seguridad de Bienes en lo que respecta a la oportunidad mérito y conveniencia de dichas erogaciones, de conformidad con el procedimiento previsto en el Anexo III de la Disposición N° 183/DGCG/13; Que analizados los gastos relativos a la primera entrega parcial de la Caja Chica Especial del ejercicio 2014, corresponde proceder a su aprobación con los alcances señalados en el párrafo precedente. Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DE CUSTODIA Y SEGURIDAD DE BIENES DISPONE

Artículo 1º.- Apruébense los gastos efectuados con los fondos asignados por Resolución 268/MJYSGC/2014, en concepto de la primera entrega parcial de la Caja

Chica Especial del ejercicio 2014 a la Dirección General de Custodia y Seguridad de Bienes, por la suma total de pesos un mil ochocientos noventa y seis con 56/100 ($ 1.896,56) y las Planillas que como Anexos IF-2014-9162879-DGCYSB e IF- 2014-9162984-DGCYSB forman parte integrante de la presente. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos comuníquese a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad. Cumplido, archívese. Sassano

ANEXO

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DISPOSICIÓN N.° 297/DGSPR/14

Buenos Aires, 6 de agosto de 2014 VISTO: la Ley Nº 1913 (B.O Nº 2363), los Decretos Nº 446-GCBA/2006 (B.O Nº 2436) y N°394 - GCABA/2013 (B.O. N°4248), CONSIDERANDO: Que la Ley Nº 1913 resulta ser el marco regulatorio de la prestación del servicio de seguridad privada, por parte de personas físicas o jurídicas privadas, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; ya sea que se trate de servicios con o sin autorización de uso de armas de fuego; Que mediante el Decreto N° 446/06, se aprobó la reglamentación de la precitada Ley; Que el Decreto Nº 394/13, modifica en parte el Decreto antes mencionado, a fin de asegurar su operatividad y vigencia; Que en base a razones de oportunidad, merito y conveniencia, resulta pertinente dejar sentado los procedimientos internos que satisfacen los requerimientos normativos que garantizan el funcionamiento de la Dirección General de Seguridad Privada. Que por lo expuesto y con el motivo de normalizar los actos administrativos y controles que garanticen la eficiencia en el cumplimiento del plexo normativo;

EL DIRECTOR GENERAL DE SEGURIDAD PRIVADA DISPONE

Artículo 1º.- Apruébese el Manual de Procedimientos de la Dirección General de Seguridad Privada. Articulo 2º.- Apruébese el Anexo Nº 11053365, el cual forma parte integrante del presente.- Artículo 3º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Buenos Aires, notifíquese fehacientemente al interesado. Para su conocimiento pase a la Subsecretaria de Seguridad Ciudadana. Cumplido, archívese. Cocca

ANEXO

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Ministerio de Salud

DISPOSICIÓN N.° 94/DGADC/14

Buenos Aires, 8 de agosto de 2014 VISTO: El Expediente Electrónico N° 8.350.961/MGEYA-DGADC/2014 y la Disposición N° 91/DGADC/14, y CONSIDERANDO: Que por la actuación citada en el Visto, tramita la Licitación Pública N° 401-0543-LPU14, al amparo de lo establecido en el artículo 31, primera parte del artículo 32 y concordantes de la Ley N° 2095 modificada por la Ley N° 4764, el Decreto Reglamentario N° 95-GCABA/14, que se gestiona bajo el Sistema Buenos Aires Compras (BAC), en el marco de lo dispuesto por el artículo 83 de la Ley de Compras y Contrataciones citada y su Decreto Reglamentario N° 1145-GCABA/09, para la “Adquisición de equipamiento médico con destino a diversos efectores dependientes del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”; Que mediante Disposición N° 91/DGADC/14 se aprobaron los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas que rigen la contratación que nos ocupa; Que por el mismo acto administrativo, se convocó a la presente licitación fijando fecha de apertura de ofertas para el día 11 de Agosto de 2014 a las 11:00 horas; Que una empresa interesada ha efectuado consultas sobre el Pliego de Especificaciones Técnicas; Que en ese orden de ideas, la Dirección General Recursos Físicos en Salud, mediante Nota N° 11303205/DGRFISS/2014 formuló las respuestas a dichas consultas y en atención a la proximidad de la apertura de ofertas propicia la postergación de la misma para el día 12 de agosto de 2014; Que al respecto, teniendo en cuenta lo requerido por esa área técnica y, en miras a garantizar la máxima concurrencia en el procedimiento licitatorio, resulta conveniente postergar la fecha para la presentación de ofertas; Que en ese contexto, corresponde dictar el acto administrativo en los términos solicitados. Por ello, y en ejercicio de las competencias establecidas en la Ley N° 2095 modificada por la Ley N° 4764, el Anexo II del Decreto Reglamentario N° 95-GCABA/14 y el Decreto Reglamentario N° 1145-GCABA/09,

LA DIRECTORA GENERAL ADMINISTRATIVA CONTABLE DISPONE

Articulo 1°.- Postérgase la fecha de apertura de ofertas fijada por el Artículo 2° de la Disposición N° 91/DGADC/2014, en la Licitación Pública N° 401-0543-LPU14, para la contratación de la “Adquisición de equipamiento médico con destino a diversos efectores dependientes del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires” y fíjase nueva fecha a tal efecto para el día 12 de Agosto de 2014, a las 11:00 horas. Artículo 2°.- Publíquese y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones y comuníquese a la Dirección General Recursos Físicos en Salud y a los efectores destinatarios. Filippo

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Ministerio de Desarrollo Económico

DISPOSICIÓN N.º 38/DGCOMEXT/14

Buenos Aires, 6 de agosto de 2014 VISTO: El Decreto Nº 78/GCABA/14, el Informe N° 11131899/14/DGCOMEXT, el Expediente N° 11131393/14 y, CONSIDERANDO: Que el Decreto N° 78/GCABA/14, modifica la estructura orgánica funcional del Ministerio de Desarrollo Económico, estableciendo entre sus responsabilidades primarias la de “elaborar políticas e instrumentar proyectos y programas orientados al desarrollo, promoción y fomento de las actividades comerciales, industriales y de servicios con énfasis en la generación de empleo y en la promoción de pequeñas y medianas empresas“ y “promover y fomentar la actividad exportadora e importadora de las empresas residentes en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, así como las inversiones privadas“; Que por otra parte, las responsabilidades de su Dirección General de Comercio Exterior, establecen "promover la internacionalización de las empresas ubicadas en el ámbito de la de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", e "impulsar el desarrollo de empresas y productos exportable y la apertura de mercados externos"; Que conforme los considerandos precedentes, el Banco Ciudad a través de su Instituto Pyme, y con la colaboración del Instituto IAE bussiness School de la Universidad Austral, realizará un seminario denominado "Programa de Formación para dueños de PyMES"; Que dicho seminario consiste en cuatro (4) encuentros tarifados, teóricos y prácticos, con modalidad interactiva y participativa, que se llevará a cabo en el Campus IAE Pilar, Mariano Acosta s/n y Ruta Nacional 8, Partido de Pilar, Provincia de Buenos Aires, los días 20, 27 de Agosto, 2, 10 y 17 de Septiembre de 2014, en el cual se transmitirán conocimientos sobre Las Personas como Ventaja Competitiva, Estrategia Competitiva, Control para la Dirección, Dirección Comercial, Impacto Financiero de las Decisiones, Negociación, Creando y Financiando las Empresas mas Fuentes de Financiamiento; Que por Nota, que se agrega al presente Expediente, la institución organizadora ofrece cinco (5) vacantes becadas a fin de ser sorteadas por esta Dirección General de Comercio Exterior, y permitir a los ganadores participar de los talleres de forma gratuita; Que en consecuencia, por la presente se abre la convocatoria a personas dueñas y/o titulares de PyMES que estén interesadas en participar, conforme se indica en el Anexo I, que en un todo es parte de la presente Disposición; Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL DE COMERCIO EXTERIOR DISPONE

Articulo 1.- Autorízase el llamado a concurso para sortear cinco (5) vacantes becadas

para el seminario "Programa de Formación para Dueños de PyMES", a llevarse a cabo en el campus IAE Pilar, sito en Mariano Acosta s/n y Ruta Nacional 8, Partido de Pilar, Provincia de Buenos Aires, los días 20 y 27 de Agosto y 2, 10 y 17 de Setiembre de 2014. Artículo 2.- Apruébanse las "Bases y Condiciones" para la asignación de las becas, que como Anexo N°I IF-2014-11132391- DGCOMEXT forman parte integrante de la presente Disposición.

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Artículo 3.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese al Ministerio de Desarrollo Económico. Cumplido, archívese. Amadeo

ANEXO

DISPOSICIÓN N.° 127/DGTALMDE/14

Buenos Aires, 6 de agosto de 2014 VISTO: La Ley N° 2.095, su modificatoria N° 4.764, los Decretos Nros. 95/14 y 1.145/09, las Resoluciones Nros. 596/MHGC/11 y 1.160/MHGC/11, las Disposiciones Nros. 396/DGCYC/14 y 97/DGTALMDE/14, el Expediente Electrónico N° 7.210.009/DGTALMDE/14, y CONSIDERANDO: Que mediante las Leyes citadas en el Visto se establecen las normas básicas que contienen los lineamientos que debe observar el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios, y se regulan las obligaciones y derechos que se derivan de los mismos; Que el artículo 83 de la referida Ley establece que los procesos de compras, ventas y contrataciones que efectúen los órganos contratantes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deben realizarse utilizando sistemas electrónicos o digitales que establezca el órgano rector, abarcando todas las instancias y actos administrativos del proceso; Que por Decreto N° 1.145/09 se aprobó la reglamentación del artículo precitado y se implementó el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones denominándoselo en adelante como Buenos Aires Compras (BAC); Que el artículo 9 del Anexo I del mencionado Decreto, ratificado por Decreto Nº 95/14, fijó el cuadro de competencias de decisión, estableciendo que el/a Director/a General, podrá aprobar la contratación y adjudicarla hasta un monto de doscientos cincuenta mil (250.000) unidades de compra; Que el artículo 28 apartado b) de la Ley Nº 4.809 fijó en pesos cinco con cincuenta centavos ($ 5,50) el monto de las Unidades de Compras y de Multas establecidas en la Ley Nº 2.095; Que por el Expediente mencionado en el Visto tramita la contratación de un (1) servicio de diseño y ejecución de clínicas de skate, slackline y BMX a desarrollarse durante el corriente año, en plazas y parques de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, solicitado por la Subsecretaría de Deportes; Que la Subsecretaría referida manifestó que la contratación resulta necesaria para cumplir con lo establecido en la Ley N° 1.624 sobre promoción y desarrollo de todas las disciplinas deportivas, como también la valoración de la práctica deportiva como factor de integración social y promoción del bienestar físico; Que las actividades a desarrollar en las clínicas mencionadas implican que las mismas sean realizadas y supervisadas por expertos en la materia, por lo que resulta necesaria la contratación de profesionales que aseguren el normal desarrollo de las mismas; Que en virtud de lo manifestado por la mencionada Subsecretaría y a fin de concretar la adquisición precitada, resultó oportuna la celebración de una Contratación Directa encuadrada en lo dispuesto por el inciso 4 del artículo 28 de la Ley Nº 2.095,

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modificado por la Ley 4.764; Que en tal sentido, por Disposición Nº 97/DGTALDME/14 se aprobaron los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas mediante BAC y se dispuso el llamado a Contratación Directa N° 650-0083-CDI14, para el día 24 de julio del año en curso, por un monto aproximado de pesos trescientos veinte mil ($ 320.000); Que conforme surge del Acta de Apertura BAC se ingresó una (1) única oferta presentada por Tomás Terrizzano, C.U.I.T 20- 34225107-3; Que la Comisión Evaluadora de Ofertas de esta Dirección General, mediante Dictamen de Evaluación de Ofertas BAC, aconsejó preadjudicar a Tomás Terrizzano C.U.I.T 20-34225107-3, por un monto total de pesos trescientos veinte mil ($ 320.000), por resultar su oferta conveniente para el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que vencido el plazo establecido en el inciso b) del artículo 20 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales BAC, no se han producido impugnaciones al citado Dictamen; Que se efectuó la correspondiente Solicitud de Gasto para hacer frente a la erogación en cuestión. Por ello, de acuerdo a lo expuesto precedentemente y en uso de las facultades conferidas por el artículo 9 del Anexo I del Decreto Nº 1.145/09, ratificado por el Decreto N° 95/14,

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL

DEL MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DISPONE

Artículo 1°.- Apruébase la Contratación Directa N° 650-0083-CDI14, realizada al amparo de lo establecido en el inciso 4 del artículo 28 de la Ley N° 2.095 y su modificatoria N° 4.764, para la contratación de un (1) servicio de diseño y ejecución de clínicas de skate, slackline y BMX a desarrollarse durante el corriente año, en plazas y parques de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, solicitado por la Subsecretaría de Deportes, en los términos del Anexo I del Decreto N° 1.145/09. Artículo 2°.- Adjudícase la Contratación Directa N° 650-0083-CDI14 a Tomás Terrizzano, C.U.I.T 20-34225107-3, por un monto total de pesos trescientos veinte mil ($ 320.000). Artículo 3°.- El presente gasto se imputará a la partida del presupuesto en vigor. Artículo 4°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Deportes y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Subgerencia Operativa Compras y Contrataciones. Cumplido, archívese. Barrailh Ortiz

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Ministerio de Modernización

DISPOSICIÓN N.° 49/ISC/14

Buenos Aires, 6 de agosto de 2014 VISTO: La Ley Nº 2095 (B.O.C.B.A. Nº 2557), la Ley 4764 (B.O.C.B.A. Nº 4313), el Decreto Nº 95/GCABA/14 (B.O.C.B.A N°4355), la Disposición N°396-DGCyC-14 (B.O.C.B.A N°4414), el Expediente N° 2014-03820878-MGEYA-ISC y el Expediente N° EX-2014-09036531-MGEYA-ISC, y; CONSIDERANDO: Que, el Instituto Superior de la Carrera del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires fue creado por Decreto Nº 726/GCABA/07, conforme lo expuesto en el Artículo 62 de la Ley 471, como Organismo Fuera de Nivel dependiente del Ministerio de Hacienda; Que, por Decreto Nº660/GCABA/11 se establece que el Instituto Superior de la Carrera del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como organismo fuera de nivel, depende del Ministerio de Modernización; Que, la Unidad Operativa de Adquisiciones del Instituto Superior de la Carrera se encuentra identificada con el Código SIGAF Nº 608; Que, por Disposición Nº 396-DGCyC-14 la Dirección General de Compras y Contrataciones en su carácter de Órgano Rector del sistema de contrataciones y de acuerdo a las facultades otorgadas por el artículo N° 85 de la Ley N° 2095, aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales; Que, por Expediente N° 2014-03820878-MGEYA-ISC tramitó la Contratación Menor N °2300/SIGAF/2014 para la provisión de un Servicio de Capacitación sobre Actualización de Habilidades Gerenciales para mandos medios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, el servicio mencionado ut-supra fue adjudicado a la Universidad Torcuato Di Tella, CUIL N° 30- 64659411-8, tras haber cumplido los requerimientos de la Contratación Pública precitada; Que, mediante Nota N° 2014-07617085-ISC, la Coordinadora de Formación Continua de este Instituto, informó que las solicitudes de cupos para el Programa de Actualización de Habilidades Gerenciales para mandos medios, habían excedido el número de vacantes contratadas; Que, dada la necesidad de garantizar el acceso para quienes no pudieron participar del mencionado Programa, se considera conveniente la realización de una nueva cursada de características equivalentes a los efectos de cubrir los cupos solicitados; Que, en consecuencia, resulta oficioso llevar a cabo un Procedimiento de Contratación Directa, en los términos del artículo 9° inciso 6 de la Ley Nº 4764 y el artículo 28° inciso 6 del Decreto N°95/GCABA/14 reglamentario de la Ley N° 2095, que la definen como el procedimiento que se aplica cuando "se trate de la reposición o complementación de bienes o servicios accesorios que deban necesariamente ser compatibles con los modelos, sistemas o infraestructura previamente adquiridos o contratados"; Que, se efectuaron las afectaciones preventivas correspondientes y obra en el expediente la Solicitud de Gastos Nº 46243 del ejercicio en vigor, para hacer frente a la erogación en cuestión; Que en consecuencia, corresponde dictar el acto administrativo que apruebe el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas y llame a Contratación Directa por Exclusividad Nº 7880/SIGAF/2014 para la provisión del Servicio de Capacitación de referencia.

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Por ello, en uso de las facultades otorgadas por La Ley Nº 2.095, su Modificatoria Ley Nº 4764, y el Decreto Reglamentario Nº 95/GCABA/14,

LA COORDINADORA GENERAL EJECUTIVA DEL INSTITUTO SUPERIOR DE LA CARRERA

DISPONE Artículo 1°.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares para la provisión del servicio de capacitación sobre Actualización de Habilidades Gerenciales para mandos medios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (PLIEG-2014-10865543-ISC) por el monto de PESOS DOSCIENTOS SETENTA Y TRES MIL ($273.000-). Artículo 2°.- Llámase a Contratación Directa, al amparo de lo establecido en el artículo 28 inc. 6) del Decreto Nº 95/GCABA/14, reglamentario de la Ley N° 2095, fijándose fecha de apertura para el día 20 de agosto de 2014 a las 14 Hs. Artículo 3º.- La erogación que demande la presente contratación será imputada a la correspondiente partida presupuestaria del Ejercicio 2014. Artículo 4°.- Publíquese en el sitio web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires www.buenosaires.gov.ar/areas/hacienda/compras/consulta/, y en la cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones de este Instituto Superior de la Carrera sita en Hipólito Yrigoyen 571, piso 3º, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 5°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y remítase a la Coordinación Técnica Administrativa y Legal para la prosecución de su trámite. Cumplido, archívese. Chierzi

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Ministerio de Gobierno

DISPOSICIÓN N.° 14/DGRPM/14

Buenos Aires, 6 de agosto de 2014 VISTO: La ley N° 3.304, los Decretos Nº 67/10 y 196/11, las Resoluciones Nº 51/MHGC/10, N° 25/MGOBGC/12, N° 44/MGOBGC/13, N° 46/MGOBGC/14, Nº 107/MHGC/14, la Disposición Nº 9/DGCG/10, modificada por la Disposición N° 183/DGCG/13, la Resolución Conjunta N° 10/SECLYT/13, el Expediente Electrónico Nº 2484979/DGRPM/2014, y CONSIDERANDO: Que la Ley N° 3.304 estableció un Plan de Modernización de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a fin de encarar un proceso de modernización administrativa; Que en el Capítulo III, Titulo II del Anexo de la Ley antes mencionada, denominado "Del Gobierno Electrónico y nuevas Tecnologías de la Información y Comunicación", se dispuso entre sus actividades "... desarrollar la arquitectura tecnológica para la implementación del expediente electrónico..."; Que en ese marco, por Decreto N° 196/11 se ordenó la implementación del "Expediente Electrónico en los términos de la Ley N° 3.304"; Que en dicho marco y con el objeto de fomentar la planificación, la eficiencia y la transparencia este Gobierno ha buscado estandarizar procesos, procedimientos y tareas inherentes a diferentes trámites administrativos; Que por el Decreto N° 67/10 se aprobó el Régimen para la Asignación de Fondos a reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que impliquen el pago de obligaciones, la ejecución de gastos mediante los mismos, sus rendiciones y condiciones de aprobación; incorporando por diversas normas trámites administrativos al expediente electrónico como herramienta de gestión administrativa; Que mediante la Resolución N° 51/MHGC/10, modificada por la Resolución N° 107/MHGC/14 se aprobó la reglamentación del mencionado Decreto; Que por medio de la Disposición N° 9/DGCG/10 modificada por la Disposición N° 183/DGCG/13, se aprobaron los procedimientos para las asignaciones en concepto de Caja Chica, Caja Chica Especial y Fondo con cumplimiento del Régimen de Compras y Contrataciones; Que, a su turno, mediante Resolución Conjunta N° 10/SECLYT/13 se estableció y aprobó el procedimiento de Solicitud, Rendición y Reposición de caja chica común mediante Expediente Electrónico; asimismo, mediante el art. 3 se aprobaron las planillas y modelos a ser utilizados durante el procedimiento que como anexo II y III forman parte integrante de la misma; Que, mediante Resolución N° 46/MGOBGC/2014 se procedió a modificar parcialmente la Resolución N° 25/MGOBGC/12 y su modificatoria N° 44/MGOBGC/13 y, en consecuencia, se dejaron sin efecto las designaciones del Sr. Raúl Sebastián García De Luca, DNI N° 27.851.829, del Sr. Ezequiel Eduardo Figueroa, DNI N° 24.010.446, y de la Srta. Jimena Guadalupe Matias, DNI N° 26.429.630, como responsables de la administración y rendición de los fondos otorgados en concepto de Caja Chica Común

y Gastos de Movilidad a la Dirección General Relaciones con las Provincias y Municipios;

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Que, asimismo, se ratificó la designación de la Srta. Sabina Hernández, DNI N° 30.531.801, y se designó al Sr. Ángel Manuel Mosca, DNI N° 29.297.915, a la Srta. Gabriela González Riollo, DNI N° 31.047.968, al Sr. Martín Pablo Villar, DNI N° 27.312.331 y al Sr. Marcelo Di Maggio, DNI N° 24.080.272, como responsables de la administración y rendición de los fondos asignados en concepto de Caja Chica Común y Gastos de Movilidad a la Dirección General Relaciones con las Provincias y Municipios; Que los gastos efectuados por la Dirección General Relaciones con las Provincias y Municipios se realizaron de conformidad con los artículos 4 y 10 del citado Decreto N° 67/10; Que se han respetado los montos máximos por comprobante que establece la Resolución N° 107/MHGC/14; Que el comprobante N° 1, corresponden al gasto derivado de la adquisición de un disco rígido portátil y envío del mismo, necesario para el normal funcionamiento de esta Dirección General; Que el comprobante N° 2, corresponde al gasto derivado del servicio de artes gráficas correspondientes a la realización de material promocional; Que los comprobantes N° 3 y 6 corresponden al servicio de catering y compra de alimentos, necesarios para la atención de reuniones de funcionarios que lleva a cabo esta Dirección General, a su vez, el comprobante N° 3 refleja en denominación "GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES" toda vez que el sistema de facturación sólo acepta una denominación y un domicilio asociado al número de CUIT; Que el comprobante N° 4 corresponde al gasto derivado de la compra de herramientas menores, útiles y materiales eléctricos, necesarios para el normal funcionamiento de esta Dirección General; Que el comprobante N° 5, corresponde a gastos derivados del servicio de internet, correspondiente a esta Dirección General, a su vez, refleja en denominación "GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES" toda vez que el sistema de facturación sólo acepta una denominación y un domicilio asociado al número de CUIT; Que el comprobante N° 7 corresponde al gasto derivado del servicio de correspondencia utilizado por esta Dirección General; Que tal como surge de los comprobantes que se adjuntan el gasto en cuestión asciende a la suma de PESOS NUEVE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y UNO CON 51/100 ($9.971,51), contando el mismo con el correspondiente respaldo presupuestario; Que por lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo que apruebe el gasto en cuestión. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 67/10 y la Disposición N° 9/DGCG/10,

EL DIRECTOR GENERAL DE RELACIONES CON LAS PROVINCIAS Y MUNICIPIOS

DISPONE Artículo 1º.- Apruébanse los gastos efectuados en concepto de Caja Chica Común N°02/2014 de la Dirección General Relaciones con las Provincias y Municipios del

Ministerio de Gobierno por la suma de PESOS NUEVE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y UNO CON 51/100 ($9.971,51) y las Planillas que como Anexo de Firma Conjunta, IF-2014-11053869-DGRPM, forman parte integrante de la presente disposición. Artículo 2º.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Gobierno para su conocimiento y demás efectos. Cumplido, Archívese. Mosca

ANEXO

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Agencia de Protección Ambiental

DISPOSICIÓN N.º 475/DGET/14

Buenos Aires, 29 de mayo de 2014 VISTO: Las Leyes N° 123 y N° 2.216, los Decretos N° 1.352/02 y N° 222/12, la Resolución N° 873-SSMAMB/04 y sus modificatorias, la Resolución N° 254-MMAGC/07, la Disposición N° DI-2012-117-DGTALAPRA, el Expediente N° 1.243.065/12, y CONSIDERANDO: Que por la actuación referenciada se presenta la solicitud de categorización del proyecto: "Industria: ClaNAE 2899.9: Fabricación de productos metálicos n.c.p. (502.168); ClaNAE 3000.0: Fabricación de maquinaria de oficina, contabilidad e informática (502.523); ClaNAE 3120.0: Fabricación de aparatos de distribución y control de la energía eléctrica (502.621); ClaNAE 3190.0: Fabricación de receptores de radio y televisión, aparatos de grabación y reproducción de sonido y video y productos conexos (502.874); Comercio Mayorista (con depósito artículo 5.2.8 inciso a): de máquinas y equipos para oficina (máquinas para escribir, calcular, etc.) (633.150); de máquinas para oficina, computadoras, informática (633.151); de aparatos, equipos y artículos de telefonía y comunicaciones (633.350)", a desarrollarse en la calle Muñecas N° 932/32A, Planta Baja, Entrepiso y Planta Alta, de esta Ciudad, con una superficie de 330,50 m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 15, Sección: 47, Manzana: 098, Parcela: 036, Distrito de Zonificación: E1; Que en el Informe N° IF-2013-2.204.328-DGET de fecha 4 de Junio de 2013, la Gerencia Operativa de Prevención y Planificación de esta Dirección General considera a la actividad peticionada como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto; Que asimismo y con la finalidad de atenuar los impactos ambientales negativos resulta menester establecer los requerimientos a cumplir para la ejecución de la actividad; Que la categorización asignada resulta conforme con el Decreto N° 1.352/02; Que de acuerdo al artículo 7° del Decreto N° 222/12, dicha reglamentación será de aplicación a todos los trámites que se encontraren pendientes a la fecha de su entrada en vigencia, ello con excepción de las diligencias y plazos que en el marco del procedimiento hayan tenido principio de ejecución; Que los requisitos enumerados en el citado informe no importan sino el cumplimiento de normas vigentes auditadas por las áreas de control del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por lo que no es necesario establecer una Auditoria especial para su verificación; Que asimismo el titular de la actividad presenta un Informe de mediciones sonoras de conformidad con la Ley N° 1.540 y el Decreto reglamentario N° 740/07; Que por Informe N° IF-2013-678.503-DGET, de fecha 27 de Febrero de 2.013, el Departamento de Contaminación Acústica de esta Dirección General, manifiesta que la actividad "Fabricación de productos metálicos n.c.p. (502.168)" se encuentra catalogada en el Anexo IX del Decreto reglamentario N° 740/07, de la Ley N° 1.540 y le corresponde la inscripción del titular de la misma en el Registro de actividades catalogadas (RAC), estableciéndose condiciones específicas de funcionamiento; Que el Certificado de Aptitud Ambiental se otorga, previa declaración jurada del titular de la actividad de dar cumplimiento a las condiciones de funcionamiento que se establecen; Que la Subgerencia Operativa de Certificación, Registro y Evaluación Técnica Legal ha tomado la debida intervención en el marco de sus competencias. Por ello, y en virtud de las facultades otorgadas por las Resoluciones N° RESOL-2014-137-APRA y N° RESOL-2014-288-APRA,

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EL DIRECTOR GENERAL DE EVALUACIÓN TÉCNICA DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL

DISPONE Artículo 1°.- Categorízase el proyecto: "Industria: ClaNAE 2899.9: Fabricación de productos metálicos n.c.p. (502.168); ClaNAE 3000.0: Fabricación de maquinaria de oficina, contabilidad e informática (502.523); ClaNAE 3120.0: Fabricación de aparatos de distribución y control de la energía eléctrica (502.621); ClaNAE 3190.0: Fabricación de receptores de radio y televisión, aparatos de grabación y reproducción de sonido y video y productos conexos (502.874); Comercio Mayorista (con depósito artículo 5.2.8 inciso a): de máquinas y equipos para oficina (máquinas para escribir, calcular, etc.) (633.150); de máquinas para oficina, computadoras, informática (633.151); de aparatos, equipos y artículos de telefonía y comunicaciones (633.350)", a desarrollarse en la calle Muñecas N° 932/32A, Planta Baja, Entrepiso y Planta Alta, de esta Ciudad, con una superficie de 330,50 m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 15, Sección: 47, Manzana: 098, Parcela: 036, Distrito de Zonificación: E1, como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto. Artículo 2°.- Otórgase el Certificado de Aptitud Ambiental a nombre de Simicro S.A., Macrophone Argentina S.A., titulares de la actividad indicada en el artículo 1°. Artículo 3°.- Se establecen las siguientes condiciones a cumplir en el desarrollo de la actividad: 1) Cumplir con la Ley Nº 1.540 y Decreto Reglamentario Nº 740/07; 2) Cumplir con la Ley Nº 1.356 y Decreto Reglamentario N° 198/06; 3) Cumplir con las condiciones contra incendio y medios de salida, según el Código de la Edificación; 4) En caso de corresponder, exhibir Plano Conforme a Obra de Condiciones Contra Incendio registrado por la Dirección General de Registro de Obras y Catastro; 5) Exhibir un Plan de Contingencia, firmado por profesional idóneo, siendo su implementación responsabilidad absoluta del titular de la actividad; 6) Poseer un Plan de Gestión de Residuos de todo tipo que contemple minimizar su producción, establezca las formas y horarios de disposición transitoria y recolección diferenciada de los residuos dentro del marco normativo vigente en la materia; 7) Realizar la Carga y Descarga del predio; 8) Evitar el estacionamiento en doble fila de los vehículos que operen con el establecimiento; 9) El Certificado de Aptitud Ambiental que se extiende se encuentra condicionado a la inscripción de la actividad en el Registro de Actividades Industriales; 10) En caso de generar residuos peligrosos deberá cumplir con la Ley Nº 2.214 y Decreto Reglamentario Nº 2.020/07; 11) Las plaquetas, pilas y baterías usadas o de descarte deberán devolverse a sus respectivos proveedores. 12) Exhibir inscripción en el Registro de Actividades catalogadas como potencialmente contaminantes por ruidos y vibraciones (RAC); 13) En caso de denuncia por ruidos molestos, comprobada fehacientemente por el organismo de control, se deberán presentar nuevas mediciones ante la Autoridad de Aplicación; 14)

Presentar mediciones de nivel sonoro continuo equivalente generado por el funcionamiento de la actividad, de acuerdo a los procedimientos establecidos en los Anexos IV y V del Decreto Nº 740/07, al momento de la renovación del Certificado de Aptitud Ambiental; 15) Los niveles sonoros continuos equivalentes generados en el interior del local no deberán superar los 82 dBA; 16) Operar con puertas, ventanas y/o portones debidamente cerrados respetando todas las medidas de seguridad vigentes en la normativa; 17) Instalar las maquinarias y/o equipos en forma adecuada y a la distancia necesaria de los muros perimetrales, a fin de evitar la transmisión de vibraciones hacia edificios linderos; 18) En relación a las construcciones linderas al establecimiento, el responsable deberá tomar las precauciones necesarias para que no se superen los valores de inmisión permitidos. Artículo 4°.- Establécese que el incumplimiento de las condiciones fijadas en el Artículo anterior y la comprobación de cualquier falsedad en la documentación y demás presentaciones exigidas, dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en la Ley N° 123.

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Artículo 5°.- Establécese que el otorgamiento del Certificado de Aptitud Ambiental no exime del cumplimiento de las normas de tejido, requerimientos de espacios de carga y descarga, estacionamiento y otras exigencias que surjan de la aplicación del Código de Planeamiento Urbano y sus modificatorias. Artículo 6°.- Cúmplase con la Ley Tarifaria previo al retiro de la presente Disposición. Artículo 7°.- Regístrese. Publíquese en el BOCBA. Notifíquese y entréguese copia de la presente Disposición y del Certificado de Aptitud Ambiental correspondiente al solicitante, dejándose debidaconstancia de ello en el cuerpo de la actuación. Cumplido, comuníquese a la Dirección General de Habilitaciones y Permisos dependiente de la Agencia Gubernamental de Control y a la Dirección General de Control Ambiental dependiente de la Agencia de Protección Ambiental. Cumplido archívese. Nardi

DISPOSICIÓN N.° 487/DGET/14

Buenos Aires, 30 de mayo de 2014 VISTO: Las Leyes N° 123 y N° 2.216, los Decretos N° 1.352/02 y N° 222/12, la Resolución N° 873- SSMAMB/04 y sus modificatorias, la Resolución N° 254-MMAGC/07, la Disposición N° DI-2012-117- DGTALAPRA, el Expediente N° 325.617/10, y CONSIDERANDO: Que por la actuación referenciada se presenta la solicitud de categorización del proyecto: "Comercio minorista de automotores, embarcaciones, aviones y motos (603.335); Comercio minorista de repuestos y accesorios para automotores (603.325); Industria: ClaNAE 502.21: Reparación de cámaras y cubiertas (503.162); ClaNAE 502.22: Reparación de amortiguadores, alineación y balanceo de ruedas (503.165); ClaNAE 502.30: Instalación y reparación de parabrisas, lunetas y ventanillas, alarmas, cerraduras, radios, sistemas de climatización automotor y grabado de cristales (503.423); ClaNAE 502.50: Reparaciones eléctricas, del tablero e instrumental; Reparación y recarga de batería (503.450); ClaNAE 502.92: Mantenimiento y reparación de frenos (599.994); ClaNAE 502.99: Mantenimiento y Reparación del Motor (ncp) Mecánica Integral (502.613)", a desarrollarse en la calle Leopoldo Marechal Nº 1.030/38/42 y Avenida Ángel Gallardo Nº 608, Planta Baja y 1º Piso, de esta Ciudad, con una superficie de 1.879,86 m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 7, Sección: 45, Manzana: 090, Parcela: 002/027A, Distrito de Zonificación: C3; Que en los Informes N° IF-2012-1.799.031-DGET de fecha 24 de Agosto de 2.012, y N° IF-2014- 4.987.387 de fecha 29 de Abril de 2014, la Gerencia Operativa de Prevención y Planificación de esta Dirección General considera a la actividad peticionada como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto; Que asimismo y con la finalidad de atenuar los impactos ambientales negativos resulta menester establecer los requerimientos a cumplir para la ejecución de la actividad; Que la categorización asignada resulta conforme con el Decreto N° 1.352/02; Que de acuerdo al artículo 7° del Decreto N° 222/12, dicha reglamentación será de aplicación a todos los trámites que se encontraren pendientes a la fecha de su entrada en vigencia, ello con excepción de las diligencias y plazos que en el marco del procedimiento hayan tenido principio de ejecución; Que los requisitos enumerados en el citado informe no importan sino el cumplimiento de normas vigentes auditadas por las áreas de control del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por lo que no es necesario establecer una Auditoria especial para su verificación;

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Que asimismo el titular de la actividad presenta un Informe de mediciones sonoras de conformidad con la Ley N° 1.540 y el Decreto reglamentario N° 740/07; Que por Informe N° IF-2011-933.206-DGET, de fecha 10 de Junio de 2.011, la Ex Coordinación de Impacto Acústico de esta Dirección General, manifiesta que las actividades "Industria: Mantenimiento y reparación del motor n.c.p.; mecánica integral (ClaNAE 502.99); Mantenimiento y reparación de frenos (ClaNAE 502.92)" se

encuentran catalogadas en el Anexo IX del Decreto reglamentario N° 740/07, de la Ley N° 1.540 y le corresponde la inscripción del titular de la misma en el Registro de actividades catalogadas (RAC), estableciéndose condiciones específicas de funcionamiento; Que el Certificado de Aptitud Ambiental se otorga, previa declaración jurada del titular de la actividad de dar cumplimiento a las condiciones de funcionamiento que se establecen; Que la Subgerencia Operativa de Certificación, Registros y Evaluación Técnica Legal ha tomado la debida intervención en el marco de sus competencias. Por ello, y en virtud de las facultades otorgadas por las Resoluciones N° RESOL-2014-137-APRA, y N ° RESOL-2014-228-APRA,

EL DIRECTOR GENERAL DE EVALUACIÓN TÉCNICA DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL

DISPONE Artículo 1°.- Categorízase el proyecto: "Comercio minorista de automotores, embarcaciones, aviones y motos (603.335); Comercio minorista de repuestos y accesorios para automotores (603.325); Industria: ClaNAE 502.21: Reparación de cámaras y cubiertas (503.162); ClaNAE 502.22: Reparación de amortiguadores, alineación y balanceo de ruedas (503.165); ClaNAE 502.30: Instalación y reparación de parabrisas, lunetas y ventanillas, alarmas, cerraduras, radios, sistemas de climatización automotor y grabado de cristales (503.423); ClaNAE 502.50: Reparaciones eléctricas, del tablero e instrumental; Reparación y recarga de batería (503.450); ClaNAE 502.92: Mantenimiento y reparación de frenos (599.994); ClaNAE 502.99: Mantenimiento y Reparación del Motor (ncp) Mecánica Integral (502.613)", a desarrollarse en la calle Leopoldo Marechal Nº 1.030/38/42 y Avenida Ángel Gallardo Nº 608, Planta Baja y 1º Piso, de esta Ciudad, con una superficie de 1.879,86 m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 7, Sección: 45, Manzana: 090, Parcela: 002/027A, Distrito de Zonificación: C3, como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto. Artículo 2°.- Otórgase el Certificado de Aptitud Ambiental a nombre de Francisco Osvaldo Díaz S.A., titular de la actividad indicada en el artículo 1°. Artículo 3°.- Se establecen las siguientes condiciones a cumplir en el desarrollo de la actividad: 1) Cumplir con la Ley Nº 1.540 y Decreto Reglamentario Nº 740/07; 2) Cumplir con la Ley Nº 1.356 y Decreto Reglamentario N° 198/06; 3) Cumplir con las condiciones contra incendio y medios de salida, según el Código de la Edificación; 4) En caso de corresponder, exhibir Plano Conforme a Obra de Condiciones Contra Incendio registrado por la Dirección General de Registro de Obras y Catastro; 5) Exhibir un Plan de Contingencia, firmado por profesional idóneo, siendo su implementación responsabilidad absoluta del titular de la actividad; 6) Poseer un Plan de Gestión de Residuos de todo tipo que contemple minimizar su producción, establezca las formas y horarios de disposición transitoria y recolección diferenciada de los residuos dentro del marco normativo vigente en la materia; 7) Realizar la Carga y Descarga dentro del predio; 8) Evitar el estacionamiento en doble fila de los vehículos que operen con el establecimiento; 9) El Certificado de Aptitud Ambiental que se extiende se encuentra condicionado a la inscripción de la actividad en el Registro de Actividades Industriales; 10) Se deberá dar cumplimiento a la referencia

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35b para Estacionamiento, según las exigencias establecidas en el Decreto N° 222/12. En caso de no ser posible, deberá cumplimentar tal requerimiento mediante locación u otro convenio, con un garaje ubicado a menos de 200 metros del establecimiento; 11) Se deberá dar cumplimiento a la referencia IIIa para Carga y Descarga, según las exigencias establecidas en el Decreto N° 222/12; 12) No desarrollar tareas propias de la actividad sobre vehículos estacionados en la vía pública; 13) No realizar tareas de pintura de vehículos, tanto en el establecimiento como en la vía pública; 14) No realizar tareas de lavado a vehículos de terceros; 15) En lo atinente a Residuos Peligrosos, deberá ajustarse estrictamente a las prescripciones impuestas por la Ley Nº 2.214 y Decreto Reglamentario Nº 2.020/07; 16) Inscribirse en el Registro de Generadores, Operadores y Transportistas de Residuos Peligrosos en los términos y oportunidad prevista en el artículo 13 del Decreto Nº 2.020/07; 17) Mantener los residuos líquidos peligrosos en un sitio especial y señalizado hasta su retiro por transportistas autorizados; 18) Exhibir constancia de presentación de la documentación exigida por los Decretos N° 674/89 y N° 776/92 ante la Autoridad de Aplicación; 19) Exhibir Autorización Condicional de Vuelco otorgada por AySA (Agua y Saneamientos Argentinos), o nota firmada por dicha empresa declarando no necesitarla; 20) Contar con cámara decantadora interceptora de Hidrocarburos/Grasas para el tratamiento de sus efluentes líquidos; 21) Exhibir constancia de mantenimiento preventivo de la planta o sistemas de tratamiento de efluentes industriales; 22) Exhibir inscripción en el Registro de Actividades catalogadas como potencialmente contaminantes por ruidos y vibraciones (RAC); 23) En caso de denuncia por ruidos molestos, comprobada fehacientemente por el organismo de control, se deberán presentar nuevas mediciones ante la Autoridad de Aplicación; 24) Presentar mediciones de nivel sonoro continuo equivalente generado por el funcionamiento de la actividad, de acuerdo a los procedimientos establecidos en los Anexos IV y V del Decreto Nº 740/07, al momento de la renovación del Certificado de Aptitud Ambiental; 25) Los niveles sonoros continuos equivalentes generados en el interior del local no deberán superar los 75 dBA; 26) Instalar las maquinarias y/o equipos en forma adecuada y a la distancia necesaria de los muros perimetrales, a fin de evitar la transmisión de vibraciones hacia edificios linderos; 27) En relación a las construcciones linderas al establecimiento, el responsable deberá tomar las precauciones necesarias para que no se superen los valores de inmisión permitidos. Artículo 4°.- Establécese que el incumplimiento de las condiciones fijadas en el Artículo anterior y la comprobación de cualquier falsedad en la documentación y demás presentaciones exigidas, dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en la Ley N° 123. Artículo 5°.- Establécese que el otorgamiento del Certificado de Aptitud Ambiental no exime del cumplimiento de las normas de tejido, requerimientos de espacios de carga y descarga, estacionamiento y otras exigencias que surjan de la aplicación del Código de Planeamiento Urbano y sus modificatorias. Artículo 6°.- Cúmplase con la Ley Tarifaria previo al retiro de la presente Disposición. Artículo 7°.- Regístrese. Publíquese en el BOCBA. Notifíquese y entréguese copia de la presente Disposición y del Certificado de Aptitud Ambiental correspondiente al solicitante, dejándose debida constancia de ello en el cuerpo de la actuación. Cumplido, comuníquese a la Dirección General de Habilitaciones y Permisos dependiente de la Agencia Gubernamental de Control y a la Dirección General de Control Ambiental dependiente de la Agencia de Protección Ambiental. Cumplido Nardi DISPOSICIÓN N.° 489/DGET/14

Buenos Aires, 30 de mayo de 2014 VISTO:

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Las Leyes N° 123 y N° 2.216, el Decreto N° 222/12, la Disposición N° DI-2012-117- DGTALAPRA, el Expediente N° 179.480/13, y

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CONSIDERANDO: Que por la actuación referenciada se presenta la solicitud de categorización del proyecto: "Industria: ClaNAE 2520.9: Fabricación de productos de plástico por moldeado o extrusión (501.449); ClaNAE 2520.9: Taller de corte y armado de artículos de plástico (501.770); ClaNAE 2891.0: Forjado, prensado, estampado y laminado de metales (502.011); ClaNAE 3430.0: Fabricación de partes, piezas y accesorios para vehículos automotores y sus motores (503.016); ClaNAE 2899.9: Fabricación de productos metálicos n.c.p. (502.168)", a desarrollarse en la Avenida Rivera Indarte Nº 3.565/67, Planta Baja, Entrepiso y Planta Alta, de esta Ciudad, con una superficie de 471,50 m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 1, Sección: 46, Manzana: 025, Parcela: 005, Distrito de Zonificación: I; Que en el Informe N° IF-2014-3.630.823-DGET, de fecha 20 de Marzo de 2.014, la Gerencia Operativa de Prevención y Planificación de esta Dirección General considera a la actividad peticionada como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto; Que asimismo y con la finalidad de atenuar los impactos ambientales negativos resulta menester establecer los requerimientos a cumplir para la ejecución de la actividad; Que la categorización asignada resulta conforme con el Decreto N° 222/12; Que los requisitos enumerados en el citado informe no importan sino el cumplimiento de normas vigentes auditadas por las áreas de control del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por lo que no es necesario establecer una Auditoria especial para su verificación; Que asimismo el titular de la actividad presenta un Informe de mediciones sonoras de conformidad con la Ley N° 1.540 y el Decreto reglamentario N° 740/07; Que por Informe N° IF-2013-5.356.868-DGET, de fecha 9 de Octubre de 2.013, el Departamento de Contaminación Acústica de esta Dirección General, manifiesta que las actividades "Fabricación de productos metálicos n.c.p.; Fabricación de partes, piezas y accesorios para vehículos automotores y sus motores" se encuentran catalogadas en el Anexo IX del Decreto reglamentario N° 740/07, de la Ley N° 1.540 y le corresponde la inscripción del titular de las mismas en el Registro de actividades catalogadas (RAC), estableciéndose condiciones específicas de funcionamiento; Que el Certificado de Aptitud Ambiental se otorga, previa declaración jurada del titular de la actividad de dar cumplimiento a las condiciones de funcionamiento que se establecen; Que la Subgerencia Operativa de Certificación, Registros y Evaluación Técnica Legal ha tomado la debida intervención en el marco de sus competencias. Por ello, y en virtud de las facultades otorgadas por las Resoluciones N° RESOL-2014-137-APRA, y N° RESOL-2014-228-APRA, EL DIRECTOR GENERAL DE EVALUACIÓN TÉCNICA

DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL DISPONE

Artículo 1°.- Categorízase el proyecto: "Industria: ClaNAE 2520.9: Fabricación de productos de plástico por moldeado o extrusión (501.449); ClaNAE 2520.9: Taller de corte y armado de artículos de plástico (501.770); ClaNAE 2891.0: Forjado, prensado, estampado y laminado de metales (502.011); ClaNAE 3430.0: Fabricación de partes, piezas y accesorios para vehículos automotores y sus motores (503.016); ClaNAE 2899.9: Fabricación de productos metálicos n.c.p. (502.168)", a desarrollarse en la Avenida Rivera Indarte Nº 3.565/67, Planta Baja, Entrepiso y Planta Alta, de esta Ciudad, con una superficie de 471,50 m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 1, Sección: 46, Manzana: 025, Parcela: 005, Distrito de Zonificación: I, como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto. Artículo 2°.- Otórgase el Certificado de Aptitud Ambiental a nombre de Vaer S.A., titular de la actividad indicada en el artículo 1°.

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Artículo 3°.- Se establecen las siguientes condiciones a cumplir en el desarrollo de la actividad: 1) Cumplir con la Ley Nº 1.540 y Decreto Reglamentario Nº 740/07; 2) Cumplir con la Ley Nº 1.356 y Decreto Reglamentario N° 198/06; 3) Cumplir con las condiciones contra incendio y medios de salida, según el Código de la Edificación; 4) En caso de corresponder, exhibir Plano Conforme a Obra de Condiciones Contra Incendio registrado por la Dirección General de Registro de Obras y Catastro; 5) Exhibir un Plan de Contingencia, firmado por profesional idóneo, siendo su implementación responsabilidad absoluta del titular de la actividad; 6) Poseer un Plan de Gestión de Residuos de todo tipo que contemple minimizar su producción, establezca las formas y horarios de disposición transitoria y recolección diferenciada de los residuos dentro del marco normativo vigente en la materia; 7) Realizar la Carga y Descarga dentro del marco normativo; 8) Evitar el estacionamiento en doble fila de los vehículos que operen con el establecimiento; 9) El Certificado de Aptitud Ambiental que se extiende se encuentra condicionado a la inscripción de la actividad en el Registro de Actividades Industriales; 10) En lo atinente a Residuos Peligrosos, deberá ajustarse estrictamente a las prescripciones impuestas por la Ley Nº 2.214 y Decreto Reglamentario Nº 2.020/07; 11) Inscribirse en el Registro de Generadores, Operadores y Transportistas de Residuos Peligrosos en los términos y oportunidad prevista en el artículo 13 del Decreto Nº 2.020/07; 12) Exhibir Autorización Condicional de Vuelco otorgada por AySA (Agua y Saneamientos Argentinos), o nota firmada por dicha empresa declarando no necesitarla; 13) Exhibir inscripción en el Registro de Actividades catalogadas como potencialmente contaminantes por ruidos y vibraciones (RAC); 14) En caso de denuncia por ruidos molestos, comprobada fehacientemente por el organismo de control, se deberán presentar nuevas mediciones ante la Autoridad de Aplicación; 15) Presentar próxima medición de nivel sonoro continuo equivalente generado por el funcionamiento de la actividad, de acuerdo a los procedimientos establecidos en los Anexos IV y V del Decreto Nº 740/07, a los 365 días de ser otorgado el Certificado de Aptitud Ambiental; 16) Los niveles sonoros continuos equivalentes generados en el interior del local, no deberán superar los 82 dBA, debiéndose instrumentar las medidas necesarias para que ello se cumpla. El titular de la actividad es responsable de verificar mediante monitoreos periódicos, que dichos niveles satisfagan esta condición; 17) Operar con puertas, ventanas y/o

portones debidamente cerrados respetando todas las medidas de seguridad vigentes en la normativa; 18) Instalar las fuentes sonoras en forma adecuada y a la distancia necesaria de los muros perimetrales, a fin de evitar la transmisión de vibraciones hacia edificios linderos; 19) En relación a las construcciones linderas al establecimiento, el responsable deberá tomar las precauciones necesarias para que no se superen los valores de inmisión permitidos; 20) Si el Nivel Sonoro Continuo Equivalente interno supera los 80 dBA, conforme lo establecido en el artículo 32º de la Ley Nº 1.540, deberá colocarse un cartel en lugar visible con el siguiente aviso: "Los niveles sonoros en este lugar pueden provocarle lesiones permanentes en el oído"; Artículo 4°.- Establécese que el incumplimiento de las condiciones fijadas en el Artículo anterior y la comprobación de cualquier falsedad en la documentación y demás presentaciones exigidas, dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en la Ley N° 123. Artículo 5°.- Establécese que el otorgamiento del Certificado de Aptitud Ambiental no exime del cumplimiento de las normas de tejido, requerimientos de espacios de carga y descarga, estacionamiento y otras exigencias que surjan de la aplicación del Código de Planeamiento Urbano y sus modificatorias. Artículo 6°.- Cúmplase con la Ley Tarifaria previo al retiro de la presente Disposición. Artículo 7°.- Regístrese. Publíquese en el BOCBA. Notifíquese y entréguese copia de la presente Disposición y del Certificado de Aptitud Ambiental correspondiente al solicitante, dejándose debida constancia de ello en el cuerpo de la actuación. Cumplido, comuníquese a la Dirección General de Habilitaciones y Permisos dependiente de la Agencia Gubernamental de Control y a la Dirección General de Control Ambiental dependiente de la Agencia de Protección Ambiental. Cumplido archívese. Nardi

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DISPOSICIÓN N.° 503/DGET/14

Buenos Aires, 3 de junio de 2014 VISTO: Las Leyes N° 123 y N° 2.216, el Decreto N° 222/12, la Disposición N° DI-2012-117- DGTALAPRA, el Expediente N° EX-2014-2.168.291-MGEyA-DGET, y CONSIDERANDO: Que por la actuación referenciada se presenta la solicitud de categorización del proyecto: "Comercio Minorista de materiales de construcción clase III (sin exclusiones) (603.186)", a desarrollarse en la calle Pola N° 2.021/31/39, Planta Baja, de esta Ciudad, con una superficie de 831 m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 1, Sección: 62, Manzana: 031, Parcela: 032, 033 y 034, Distrito de Zonificación: E2; Que en el Informe N° IF-2014-3.256.480-DGET, de fecha 10 de marzo de 2.014, la Gerencia Operativa de Prevención y Planificación de esta Dirección General considera a la actividad peticionada como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto; Que asimismo y con la finalidad de atenuar los impactos ambientales negativos resulta menester establecer los requerimientos a cumplir para la ejecución de la actividad; Que la categorización asignada resulta conforme con el Decreto N° 222/12; Que los requisitos enumerados en el citado informe no importan sino el cumplimiento de normas vigentes auditadas por las áreas de control del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por lo que no es necesario establecer una Auditoria especial para su verificación; Que el Certificado de Aptitud Ambiental se otorga, previa declaración jurada del titular de la actividad de dar cumplimiento a las condiciones de funcionamiento que se establecen; Que la Subgerencia Operativa de Certificación, Registros y Evaluación Técnica Legal ha tomado la debida intervención en el marco de sus competencias. Por ello, y en virtud de las facultades otorgadas por las Resoluciones N° RESOL-2014-137- APRA y N° RESOL-2014-228-APRA

EL DIRECTOR GENERAL DE EVALUACIÓN TÉCNICA DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL

DISPONE Artículo 1°.- Categorízase el proyecto: "Comercio Minorista de materiales de construcción clase III (sin exclusiones) (603.186)", a desarrollarse en la calle Pola N° 2.021/31/39, Planta Baja, de esta Ciudad, con una superficie de 831 m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 1, Sección: 62, Manzana: 031, Parcela: 032, 033 y 034, Distrito de Zonificación: E2, como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto. Artículo 2°.- Otórgase el Certificado de Aptitud Ambiental a nombre de Marta Noemí Massara, titular de la actividad indicada en el artículo 1°. Artículo 3°.- Se establecen las siguientes condiciones a cumplir en el desarrollo de la actividad: 1) Cumplir con la Ley N° 1.540 y Decreto Reglamentario N° 740/07; 2)

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Cumplir con la Ley N° 1.356 y Decreto Reglamentario N° 198/06; 3) Cumplir con las condiciones contra incendio y medios de salida, según el Código de la Edificación; 4) En caso de corresponder, exhibir Plano Conforme a Obra de Condiciones Contra Incendio registrado por la Dirección General de Registros de Obras y Catastro; 5) Exhibir un Plan de Contingencia, firmado por profesional idóneo, siendo su implementación responsabilidad absoluta del titular de la actividad; 6) Poseer un Plan de Gestión de Residuos de todo tipo que contemple minimizar su producción, establezca las formas y horarios de disposición transitoria y recolección diferenciada de los residuos dentro del marco normativo vigente en la materia; 7) En caso de generar residuos peligrosos deberá cumplir con la Ley N° 2.214 y Decreto Reglamentario N° 2.020/07; 8) Realizar la Carga y Descarga dentro del predio; 9) Evitar el estacionamiento en doble fila de los vehículos que operen con el establecimiento; 10) Contar con un sistema de señal sonora y visual, para indicar el ingreso y egreso de vehículos al establecimiento con el objeto de minimizar el riesgo de accidentes con peatones. Dicho sistema deberá cumplir con los requisitos establecidos por la Ley N° 1.540; 11) Se deberá dar cumplimiento a la referencia 3 para Estacionamiento, según las exigencias establecidas en el Decreto N° 222/12. En caso de no ser posible, deberá cumplimentar tal requerimiento mediante locación u otro convenio, con un garage ubicado a menos de 200 metros del establecimiento; 12) Se deberá dar cumplimiento a la referencia IIIb para Carga y Descarga, según las exigencias establecidas en el Decreto N° 222/12; 13) Cumplir con la Ley N° 11.843 para Control de Roedores y con la normativa legal vigente en lo que respecta a Control de Vectores. Artículo 4°.- Establécese que el incumplimiento de las condiciones fijadas en el Artículo anterior y la comprobación de cualquier falsedad en la documentación y demás presentaciones exigidas, dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en la Ley N° 123. Artículo 5°.- Establécese que el otorgamiento del Certificado de Aptitud Ambiental no exime del cumplimiento de las normas de tejido, requerimientos de espacios de carga y descarga, estacionamiento y otras exigencias que surjan de la aplicación del Código de Planeamiento Urbano y sus modificatorias. Artículo 6°.- Cúmplase con la Ley Tarifaria previo al retiro de la presente Disposición. Artículo 7°.- Regístrese. Publíquese en el BOCBA. Notifíquese y entréguese copia de la presente Disposición y del Certificado de Aptitud Ambiental correspondiente al solicitante, dejándose debida constancia de ello en el cuerpo de la actuación. Cumplido, comuníquese a la Dirección General de Habilitaciones y Permisos dependiente de la Agencia Gubernamental de Control y a la Dirección General de Control Ambiental dependiente de la Agencia de Protección Ambiental. Cumplido archívese. Nardi

DISPOSICIÓN N.° 504/DGET/14

Buenos Aires, 3 de junio de 2014

VISTO: Las Leyes N° 123 y N° 2.216, el Decreto N° 222/12, la Disposición N° DI-2012-117- DGTALAPRA, el Expediente N° EX-2013-4.102.745-MGEyA-DGET, y CONSIDERANDO:

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Que por la actuación referenciada se presenta la solicitud de categorización del proyecto: "Instituto privado (sanidad) sin internación (700.465)", a desarrollarse en la

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calle General Lucio Norberto Mansilla N° 3.141/45, Subsuelo, Planta Baja, Entrepiso y 1° Piso, de esta Ciudad, con una superficie de 1.293,18 m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 19, Sección: 15, Manzana: 045b, Parcela: 029f, Distrito de Zonificación: E3; Que en el Informe N° IF-2014-4.808.680-DGET, de fecha 24 de abril de 2.014, la Gerencia Operativa de Prevención y Planificación de esta Dirección General considera a la actividad peticionada como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto; Que asimismo y con la finalidad de atenuar los impactos ambientales negativos resulta menester establecer los requerimientos a cumplir para la ejecución de la actividad; Que la categorización asignada resulta conforme con el Decreto N° 222/12; Que los requisitos enumerados en el citado informe no importan sino el cumplimiento de normas vigentes auditadas por las áreas de control del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por lo que no es necesario establecer una Auditoria especial para su verificación; Que el Certificado de Aptitud Ambiental se otorga, previa declaración jurada del titular de la actividad de dar cumplimiento a las condiciones de funcionamiento que se establecen; Que la Subgerencia Operativa de Certificación, Registros y Evaluación Técnica Legal ha tomado la debida intervención en el marco de sus competencias. Por ello, y en virtud de las facultades otorgadas por las Resoluciones N° RESOL-2014-137- APRA y N° RESOL-2014-228-APRA,

EL DIRECTOR GENERAL DE EVALUACIÓN TÉCNICA DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL

DISPONE Artículo 1°.- Categorízase el proyecto: "Instituto privado (sanidad) sin internación (700.465)", a desarrollarse en la calle General Lucio Norberto Mansilla N° 3.141/45, Subsuelo, Planta Baja, Entrepiso y 1° Piso, de esta Ciudad, con una superficie de 1.293,18 m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 19, Sección: 15, Manzana: 045b, Parcela: 029f, Distrito de Zonificación: E3, como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto. Artículo 2°.- Otórgase el Certificado de Aptitud Ambiental a nombre de Fresenius Medical Care Argentina S.A., titular de la actividad indicada en el artículo 1°. Artículo 3°.- Se establecen las siguientes condiciones a cumplir en el desarrollo de la

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actividad: 1) Cumplir con la Ley N° 1.540 y Decreto Reglamentario N° 740/07; 2) Cumplir con la Ley N° 1.356 y Decreto Reglamentario N° 198/06; 3) Cumplir con las condiciones contra incendio y medios de salida, según el Código de la Edificación; 4) En caso de corresponder, exhibir Plano Conforme a Obra de Condiciones Contra Incendio registrado por la Dirección General de Registros de Obras y Catastro; 5) Exhibir un Plan de Contingencia, firmado por profesional idóneo, siendo su implementación responsabilidad absoluta del titular de la actividad; 6) Poseer un Plan de Gestión de Residuos de todo tipo que contemple minimizar su producción, establezca las formas y horarios de disposición transitoria y recolección diferenciada de los residuos dentro del marco normativo vigente en la materia; 7) Realizar la Carga y Descarga dentro del predio; 8) Evitar el estacionamiento en doble fila de los vehículos que operen con el establecimiento; 9) Contar con un sistema de señal sonora y visual, para indicar el ingreso y egreso de vehículos al establecimiento con el objeto de minimizar el riesgo de accidentes con peatones. Dicho sistema deberá cumplir con los requisitos establecidos por la Ley N° 1.540; 10) Se deberá dar cumplimiento a la referencia IIIb para Carga y Descarga, según las exigencias establecidas en el Decreto N° 222/12; 11) Se deberá dar cumplimiento a la referencia 20 para Estacionamiento, según las exigencias establecidas en el Decreto N° 222/12. En caso de no ser posible, deberá cumplimentar tal requerimiento mediante locación u otro convenio, con un garage ubicado a menos de 200 metros del establecimiento; 12) Los medicamentos vencidos deberán ser devueltos al proveedor y no podrán ser dispuestos con los residuos domiciliarios; 13) No efectuar análisis clínicos ni radiológicos dentro del local; 14) Exhibir Certificado de Aptitud Ambiental como Generador de Residuos Patogénicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Ley N° 154 y Decreto Reglamentario N° 706/05) y constancia de que el transporte y tratamiento de sus residuos patogénicos es efectuado por empresas habilitadas para tales fines; 15) Poseer Plan de Contingencias en casos de derrames de residuos o sustancias peligrosas teniendo en cuenta las recomendaciones establecidas en las Hojas de Seguridad de las Sustancias Químicas utilizadas. Su implementación será responsabilidad exclusiva del titular de la actividad; 16) Mantener los residuos peligrosos en un sitio especial y señalizado hasta su retiro por transportistas autorizados; 17) En lo atinente a Residuos Peligrosos, deberá ajustarse estrictamente a las prescripciones impuestas por la Ley N° 2.214 y Decreto Reglamentario N° 2.020/07; 18) Inscribirse en el Registro de Generadores, Operadores y Transportistas de Residuos Peligrosos en los términos y oportunidad prevista en el artículo 13 del Decreto N° 2.020/07; 19) Contar con registros del control regular y mantenimiento preventivo del equipamiento termo-electromecánico utilizado y de la planta de tratamiento de agua, a fin de posibilitar su adecuada operatividad. Los mismos podrán ser requeridos oportunamente por la Autoridad de Aplicación, o por los organismos con competencia en fiscalización y control del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; 20) Instalar las maquinarias en forma adecuada y a la distancia necesaria de los muros perimetrales, a fin de evitar la transmisión de vibraciones hacia edificios linderos. Artículo 4°.- Establécese que el incumplimiento de las condiciones fijadas en el Artículo anterior y la comprobación de cualquier falsedad en la documentación y demás presentaciones exigidas, dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en la Ley N° 123. Artículo 5°.- Establécese que el otorgamiento del Certificado de Aptitud Ambiental no

exime del cumplimiento de las normas de tejido, requerimientos de espacios de carga y descarga, estacionamiento y otras exigencias que surjan de la aplicación del Código de Planeamiento Urbano y sus modificatorias. Artículo 6°.- Cúmplase con la Ley Tarifaria previo al retiro de la presente Disposición.

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Artículo 7°.- Regístrese. Publíquese en el BOCBA. Notifíquese y entréguese copia de la presente Disposición y del Certificado de Aptitud Ambiental correspondiente al solicitante, dejándose debida constancia de ello en el cuerpo de la actuación. Cumplido, comuníquese a la Dirección General de Habilitaciones y Permisos dependiente de la Agencia Gubernamental de Control y a la Dirección General de Control Ambiental dependiente de la Agencia de Protección Ambiental. Cumplido archívese. Nardi

DISPOSICIÓN N.° 505/DGET/14

Buenos Aires, 3 de junio de 2014 VISTO: Las Leyes N° 123 y N° 2.216, el Decreto N° 222/12, la Disposición N° DI-2012-117- DGTALAPRA, el Expediente N° EX-2013-3.279.646-MGEyA-DGET, y CONSIDERANDO: Que por la actuación referenciada se presenta la solicitud de categorización del proyecto: "Autorizadas por Disposición N° DI-2013-2.084-DGIUR: Comercio minorista: Paseo de Compras, Comercio minorista: Mercado y ferias internadas", a desarrollarse en la calle Quintino Bocayuva N° 943 y Totoral N° 940/42/54, Planta Baja, de esta Ciudad, con una superficie de 800 m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 6, Sección: 36, Manzana: 055, Parcela: 007a, Distrito de Zonificación: R2bI; Que en el Informe N° IF-2014-4.813.320-DGET, de fecha 24 de abril de 2.014, la Gerencia Operativa de Prevención y Planificación de esta Dirección General considera a la actividad peticionada como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto; Que asimismo y con la finalidad de atenuar los impactos ambientales negativos resulta menester establecer los requerimientos a cumplir para la ejecución de la actividad; Que la categorización asignada resulta conforme con el Decreto N° 222/12; Que los requisitos enumerados en el citado informe no importan sino el cumplimiento de normas vigentes auditadas por las áreas de control del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por lo que no es necesario establecer una Auditoria especial para su verificación; Que el Certificado de Aptitud Ambiental se otorga, previa declaración jurada del titular de la actividad de dar cumplimiento a las condiciones de funcionamiento que se establecen; Que la Subgerencia Operativa de Certificación, Registros y Evaluación Técnica Legal ha tomado la debida intervención en el marco de sus competencias. Por ello, y en virtud de las facultades otorgadas por las Resoluciones N° RESOL-2014-137-APRA y N ° RESOL-2014-228-APRA,

EL DIRECTOR GENERAL DE EVALUACIÓN TÉCNICA DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL

DISPONE Artículo 1°.- Categorízase el proyecto: "Autorizadas por Disposición N° DI-2013-2.084-DGIUR: Comercio minorista: Paseo de Compras, Comercio minorista: Mercado y ferias internadas", a desarrollarse en la calle Quintino Bocayuva N° 943 y Totoral N° 940/42/54, Planta Baja, de esta Ciudad, con una superficie de 800 m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 6, Sección: 36, Manzana: 055, Parcela: 007a, Distrito de Zonificación: R2bI, como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto. Artículo 2°.- Otórgase el Certificado de Aptitud Ambiental a nombre de Carlos Raimundo Pascal Sosa, titular de la actividad indicada en el artículo 1°.

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Artículo 3°.- Se establecen las siguientes condiciones a cumplir en el desarrollo de la actividad: 1) Cumplir con la Ley N° 1.540 y Decreto Reglamentario N° 740/07; 2)

Cumplir con la Ley N° 1.356 y Decreto Reglamentario N° 198/06; 3) Cumplir con las condiciones contra incendio y medios de salida, según el Código de la Edificación; 4) En caso de corresponder, exhibir Plano Conforme a Obra de Condiciones Contra Incendio registrado por la Dirección General de Registro de Obras y Catastro; 5) Exhibir un Plan de Contingencia, firmado por profesional idóneo, siendo su implementación responsabilidad absoluta del titular de la actividad; 6) Poseer un Plan de Gestión de Residuos de todo tipo que contemple minimizar su producción, establezca las formas y horarios de disposición transitoria y recolección diferenciada de los residuos dentro del marco normativo vigente en la materia; 7) Realizar la Carga y Descarga dentro del marco normativo vigente; 8) Evitar el estacionamiento en doble fila de los vehículos que operen con el establecimiento; 9) En caso de generar residuos peligrosos deberá cumplir con la Ley N° 2.214 y Decreto Reglamentario N° 2.020/07; 10) Contar con registros del control regular y mantenimiento preventivo del equipamiento termo-electromecánico utilizado, a fin de posibilitar su adecuada operatividad. Los mismos podrán ser requeridos oportunamente por la Autoridad de Aplicación, o por los organismos con competencia en fiscalización y control del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; 11) Poseer un sistema alternativo proveedor de energía eléctrica para casos de corte de suministro eléctrico; 12) Cumplir con la Ley N° 11.843 para Control de Roedores y con la normativa legal vigente en lo que respecta a Control de Vectores; 13) Se admite la comercialización de inflamables de primera categoría (o sus equivalentes de otra categoría) para uso doméstico, en cantidades que no excedan de 150 (ciento cincuenta) litros, según lo establecido por el Código de Planeamiento Urbano. Artículo 4°.- Establécese que el incumplimiento de las condiciones fijadas en el Artículo anterior y la comprobación de cualquier falsedad en la documentación y demás presentaciones exigidas, dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en la Ley N° 123. Artículo 5°.- Establécese que el otorgamiento del Certificado de Aptitud Ambiental no exime del cumplimiento de las normas de tejido, requerimientos de espacios de carga y descarga, estacionamiento y otras exigencias que surjan de la aplicación del Código de Planeamiento Urbano y sus modificatorias. Artículo 6°.- Cúmplase con la Ley Tarifaria previo al retiro de la presente Disposición. Artículo 7°.- Regístrese. Publíquese en el BOCBA. Notifíquese y entréguese copia de la presente Disposición y del Certificado de Aptitud Ambiental correspondiente al solicitante, dejándose debida constancia de ello en el cuerpo de la actuación. Cumplido, comuníquese a la Dirección General de Habilitaciones y Permisos dependiente de la Agencia Gubernamental de Control y a la Dirección General de Control Ambiental dependiente de la Agencia de Protección Ambiental. Cumplido archívese. Nardi

DISPOSICIÓN N.° 506/DGET/14

Buenos Aires, 3 de junio de 2014 VISTO: Las Leyes N° 123 y N° 2.216, el Decreto N° 222/12, la Disposición N° DI-2012-117- DGTALAPRA, el Expediente N° EX-2014-2.514.983-MGEyA-DGET, y

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Que por la actuación referenciada se presenta la solicitud de categorización del proyecto: "(503.180) Cargado de extintores de incendios (ClaNAE 526.90); (603.380) Comercio Minorista de elementos contra incendio, matafuegos, y artículos para seguridad industrial", a desarrollarse en la calle Catulo Castillo N° 2.592 y Avenida Jujuy N° 1.910, Planta Baja, de esta Ciudad, con una superficie de 189,64 m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 2, Sección: 24, Manzana: 066, Parcela: 012, Distrito de Zonificación: C3; Que en el Informe N° IF-2014-4.818.070-DGET, de fecha 24 de abril de 2.014, la Gerencia Operativa de Prevención y Planificación de esta Dirección General considera a la actividad peticionada como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto; Que asimismo y con la finalidad de atenuar los impactos ambientales negativos resulta menester establecer los requerimientos a cumplir para la ejecución de la actividad; Que la categorización asignada resulta conforme con el Decreto N° 222/12; Que los requisitos enumerados en el citado informe no importan sino el cumplimiento de normas vigentes auditadas por las áreas de control del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por lo que no es necesario establecer una Auditoria especial para su verificación; Que el Certificado de Aptitud Ambiental se otorga, previa declaración jurada del titular de la actividad de dar cumplimiento a las condiciones de funcionamiento que se establecen; Que la Subgerencia Operativa de Certificación, Registros y Evaluación Técnica Legal ha tomado la debida intervención en el marco de sus competencias. Por ello, y en virtud de las facultades otorgadas por las Resoluciones N° RESOL-2014-137- APRA, y N° RESOL-2014-228-APRA,

EL DIRECTOR GENERAL DE EVALUACIÓN TÉCNICA DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL

DISPONE Artículo 1°.- Categorízase el proyecto: "(503.180) Cargado de extintores de incendios (ClaNAE 526.90); (603.380) Comercio Minorista de elementos contra incendio, matafuegos, y artículos para seguridad industrial", a desarrollarse en la calle Catulo Castillo N° 2.592 y Avenida Jujuy N° 1.910, Planta Baja, de esta Ciudad, con una superficie de 189,64 m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 2, Sección: 24, Manzana: 066, Parcela: 012, Distrito de Zonificación: C3, como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto. Artículo 2°.- Otórgase el Certificado de Aptitud Ambiental a nombre de Segalc S.A.,

titular de la actividad indicada en el artículo 1°.

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CONSIDERANDO:

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Artículo 3°.- Se establecen las siguientes condiciones a cumplir en el desarrollo de la actividad: 1) Cumplir con la Ley N° 1.540 y Decreto Reglamentario N° 740/07; 2) Cumplir con la Ley N° 1.356 y Decreto Reglamentario N° 198/06, en caso de corresponder, deberá inscribirse en el Registro de Generadores de Fuentes Fijas; 3) Cumplir con las condiciones contra incendio y medios de salida, según el Código de la Edificación; 4) En caso de corresponder, exhibir Plano Conforme a Obra de Condiciones Contra Incendio registrado por la Dirección General de Registro de Obras y Catastro; 5. Exhibir un Plan de Contingencia, firmado por profesional idóneo, siendo su implementación responsabilidad absoluta del titular de la actividad; 6) Poseer un Plan de Gestión de Residuos de todo tipo que contemple minimizar su producción, establezca las formas y horarios de disposición transitoria y recolección diferenciada de los residuos dentro del marco normativo vigente en la materia; 7) Realizar la Carga y Descarga dentro del predio; 8) Evitar el estacionamiento en doble fila de los vehículos que operen con el establecimiento; 9) Instalar las maquinarias en forma adecuada y a la distancia necesaria de los muros perimetrales, a fin de evitar la transmisión de vibraciones hacia edificios linderos; 10) Cumplir con la Ley N° 2.214 y Decreto Reglamentario N° 2.020/07, en caso de generar residuos peligrosos; 11) Se deberá dar cumplimiento a la referencia IIIb para Carga y Descarga, según las exigencias establecidas en Decreto N° 222/12 y Disposición N° DI-2012-117-DGTALAPRA; 12) El Certificado de Aptitud Ambiental que se extiende se encuentra condicionado a la inscripción de la actividad en el Registro de Actividades Industriales. Artículo 4°.- Establécese que el incumplimiento de las condiciones fijadas en el Artículo anterior y la comprobación de cualquier falsedad en la documentación y demás presentaciones exigidas, dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en la Ley N° 123. Artículo 5°.- Establécese que el otorgamiento del Certificado de Aptitud Ambiental no exime del cumplimiento de las normas de tejido, requerimientos de espacios de carga y descarga, estacionamiento y otras exigencias que surjan de la aplicación del Código de Planeamiento Urbano y sus modificatorias. Artículo 6°.- Cúmplase con la Ley Tarifaria previo al retiro de la presente Disposición. Artículo 7°.- Regístrese. Publíquese en el BOCBA. Notifíquese y entréguese copia de la presente Disposición y del Certificado de Aptitud Ambiental correspondiente al solicitante, dejándose debida constancia de ello en el cuerpo de la actuación. Cumplido, comuníquese a la Dirección General de Habilitaciones y Permisos dependiente de la Agencia Gubernamental de Control y a la Dirección General de Control Ambiental dependiente de la Agencia de Protección Ambiental. Cumplido archívese. Nardi

DISPOSICIÓN N.° 507/DGET/14

Buenos Aires, 3 de junio de 2014 VISTO: Las Leyes N° 123 y N° 2.216, el Decreto N° 222/12, la Disposición N° DI-2012-117- DGTALAPRA, el Expediente N° EX-2013-5.859.508-MGEyA-DGET, y

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Que por la actuación referenciada se presenta la solicitud de categorización del proyecto: "Rubros habilitados: Fabricación de artículos de plástico (con materia prima elaborada), taller mecánico, armado y reparación de artefactos y aparatos eléctricos"; ampliación de superficie para: "espacio para carga y descarga, guarda y estacionamiento, oficinas administrativas complementarias de la actividad existente; Rubros según normativa vigente: (501.764) Fabricación de envases plásticos (ClaNAE 2520.1)", a desarrollarse en la calle Albarracín N° 1.864/66/68/70/74, Planta Baja, Planta Alta y Azotea, de esta Ciudad, con una superficie de 1.244,40 m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 1, Sección: 38, Manzana: 066, Parcela: 019 y 020, Distrito de Zonificación: R2bIII; Que en el Informe N° IF-2014-4.820.392-DGET, de fecha 24 de abril de 2.014, la Gerencia Operativa de Prevención y Planificación de esta Dirección General considera a la actividad peticionada como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto; Que asimismo y con la finalidad de atenuar los impactos ambientales negativos resulta menester establecer los requerimientos a cumplir para la ejecución de la actividad; Que la categorización asignada resulta conforme con el Decreto N° 222/12; Que los requisitos enumerados en el citado informe no importan sino el cumplimiento de normas vigentes auditadas por las áreas de control del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por lo que no es necesario establecer una Auditoria especial para su verificación; Que el Certificado de Aptitud Ambiental se otorga, previa declaración jurada del titular de la actividad de dar cumplimiento a las condiciones de funcionamiento que se establecen; Que la Subgerencia Operativa de Certificación, Registros y Evaluación Técnica Legal ha tomado la debida intervención en el marco de sus competencias. Por ello, y en virtud de las facultades otorgadas por las Resoluciones N° RESOL-2014-137- APRA y N° RESOL-2014-228-APRA,

EL DIRECTOR GENERAL DE EVALUACIÓN TÉCNICA DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL

DISPONE Artículo 1°.- Categorízase el proyecto: "Rubros habilitados: Fabricación de artículos de plástico (con materia prima elaborada), taller mecánico, armado y reparación de artefactos y aparatos eléctricos"; ampliación de superficie para: "espacio para carga y descarga, guarda y estacionamiento, oficinas administrativas complementarias de la actividad existente; Rubros según normativa vigente: (501.764) Fabricación de

envases plásticos (ClaNAE 2520.1)", a desarrollarse en la calle Albarracín N° 1.864/66/68/70/74, Planta Baja, Planta Alta y Azotea de esta Ciudad, con una superficie de 1.244,40 m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 1, Sección: 38, Manzana: 066, Parcela: 019 y 020, Distrito de Zonificación: R2bIII, como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto. Artículo 2°.- Otórgase el Certificado de Aptitud Ambiental a nombre de Marcelo Gustavo Amiano, titular de la actividad indicada en el artículo 1°.

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CONSIDERANDO:

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Artículo 3°.- Se establecen las siguientes condiciones a cumplir en el desarrollo de la actividad: 1) Cumplir con la Ley N° 1.540 y Decreto Reglamentario N° 740/07; 2) Cumplir con la Ley N° 1.356 y Decreto Reglamentario N° 198/06, debiéndose inscribir en el Registro de Generadores de Fuentes Fijas; 3) Cumplir con las condiciones contra incendio y medios de salida, según el Código de la Edificación; 4) En caso de corresponder, exhibir Plano Registrado de Condiciones Contra Incendio registrado por la Dirección General de Registro de Obras y Catastro; 5) Exhibir un Plan de Contingencia, firmado por profesional idóneo, siendo su implementación responsabilidad absoluta del titular de la actividad; 6) Poseer un Plan de Gestión de Residuos de todo tipo que contemple minimizar su generación, establezca las formas y horarios de disposición transitoria y recolección diferenciada de los residuos dentro del marco normativo vigente en la materia; 7) Realizar la Carga y Descarga cumplir con la normativa vigente; 8) Evitar el Estacionamiento en doble fila sobre la vía pública de los vehículos que operen con el establecimiento; 9) Implementar las medidas de mitigación necesarias para evitar alteraciones en el tránsito, debido a las actividades de Estacionamiento, y Carga y Descarga; 10) Cumplir con la Ley 2.214 y Decreto Reglamentario N° 2.020/07, en caso de generar Residuos Peligrosos; 11) Exhibir Autorización Condicional de Vuelco otorgada por AySA (Agua y Saneamientos Argentinos), o nota firmada por dicha empresa declarando no necesitarla; 12) Instalar las maquinarias en forma adecuada y a la distancia necesaria de los muros perimetrales, a fin de evitar la transmisión de vibraciones hacia edificios linderos; 13) El Certificado de Aptitud Ambiental que se extiende se encuentra condicionado a la inscripción de la actividad en el Registro de Actividades Industriales. Artículo 4°.- Establécese que el incumplimiento de las condiciones fijadas en el Artículo anterior y la comprobación de cualquier falsedad en la documentación y demás presentaciones exigidas, dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en la Ley N° 123. Artículo 5°.- Establécese que el otorgamiento del Certificado de Aptitud Ambiental no exime del cumplimiento de las normas de tejido, requerimientos de espacios de carga y descarga, estacionamiento y otras exigencias que surjan de la aplicación del Código de Planeamiento Urbano y sus modificatorias. Artículo 6°.- Cúmplase con la Ley Tarifaria previo al retiro de la presente Disposición. Artículo 7°.- Regístrese. Publíquese en el BOCBA. Notifíquese y entréguese copia de la presente Disposición y del Certificado de Aptitud Ambiental correspondiente al solicitante, dejándose debida constancia de ello en el cuerpo de la actuación. Cumplido, comuníquese a la Dirección General de Habilitaciones y Permisos dependiente de la Agencia Gubernamental de Control y a la Dirección General de Control Ambiental dependiente de la Agencia de Protección Ambiental. Cumplido archívese. Nardi

DISPOSICIÓN N.° 508/DGET/14

Buenos Aires, 3 de junio de 2014 VISTO: Las Leyes N° 123 y N° 2.216, el Decreto N° 222/12, la Disposición N° DI-2012-117- DGTALAPRA, el Expediente N° EX-2013-6.249.692-MGEYA-DGET, y

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Que por la actuación referenciada se presenta la solicitud de categorización del proyecto: "Industria: ClaNAE 2423.9: Fabricación de productos de laboratorio, sustancias químicas medicinales y productos botánicos n.c.p. (599.988); Comercio mayorista: de reactivos y aparatos para laboratorios de análisis clínicos (con depósito artículo 5.2.8 inciso a) (633.440)", a desarrollarse en las calles Ministro Brin Nº 897 y Aristóbulo del Valle Nº 221/227/229/31, Planta Baja y Planta Alta, de esta Ciudad, con una superficie de 990,59 m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 4, Sección: 6, Manzana: 056, Parcela: 019, Distrito de Zonificación: R2bIII; Que en el Informe N° IF-2014-5.547.231-DGET, de fecha 14 de Mayo de 2.014, la Gerencia Operativa de Prevención y Planificación de esta Dirección General considera a la actividad peticionada como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto; Que asimismo y con la finalidad de atenuar los impactos ambientales negativos resulta menester establecer los requerimientos a cumplir para la ejecución de la actividad; Que la categorización asignada resulta conforme con el Decreto N° 222/12; Que los requisitos enumerados en el citado informe no importan sino el cumplimiento de normas vigentes auditadas por las áreas de control del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por lo que no es necesario establecer una Auditoria especial para su verificación; Que el Certificado de Aptitud Ambiental se otorga, previa declaración jurada del titular de la actividad de dar cumplimiento a las condiciones de funcionamiento que se establecen; Que la Subgerencia Operativa de Certificación, Registros y Evaluación Técnica Legal ha tomado la debida intervención en el marco de sus competencias. Por ello, y en virtud de las facultades otorgadas por las Resoluciones N° RESOL-2014-137-APRA y N° RESOL-2014-228-APRA,

EL DIRECTOR GENERAL DE EVALUACIÓN TÉCNICA DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL

DISPONE Artículo 1°.- Categorízase el proyecto: "Industria: ClaNAE 2423.9: Fabricación de productos de laboratorio, sustancias químicas medicinales y productos botánicos n.c.p. (599.988); Comercio mayorista: de reactivos y aparatos para Laboratorios de análisis clínicos (con depósito artículo 5.2.8 inciso a) (633.440)", a desarrollarse en las calles Ministro Brin Nº 897 y Aristóbulo del Valle Nº 221/227/229/31, Planta Baja y Planta Alta, de esta Ciudad, con una superficie de 990,59 m 2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 4, Sección: 6, Manzana: 056, Parcela: 019, Distrito de Zonificación: R2bIII, como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto. Artículo 2°.- Otórgase el Certificado de Aptitud Ambiental a nombre de Adaltis Argentina S.A., titular de la actividad indicada en el artículo 1°.

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CONSIDERANDO:

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Artículo 3°.- Se establecen las siguientes condiciones a cumplir en el desarrollo de la actividad: 1) Cumplir con la Ley Nº 1.540 y Decreto Reglamentario Nº 740/07; 2) Cumplir con la Ley Nº 1.356 y Decreto Reglamentario N° 198/06; 3) Cumplir con las condiciones contra incendio y medios de salida, según el Código de la Edificación; 4) En caso de corresponder, exhibir Plano Conforme a Obra de Condiciones Contra Incendio registrado por la Dirección General de Registro de Obras y Catastro; 5) Exhibir un Plan de Contingencia, firmado por profesional idóneo, siendo su implementación responsabilidad absoluta del titular de la actividad; 6) Poseer un Plan de Gestión de Residuos de todo tipo que contemple minimizar su producción, establezca las formas y horarios de disposición transitoria y recolección diferenciada de los residuos dentro del marco normativo vigente en la materia; 7) Realizar la Carga y Descarga dentro del predio; 8) Evitar el estacionamiento en doble fila de los vehículos que operen con el establecimiento; 9) El Certificado de Aptitud Ambiental que se extiende se encuentra condicionado a la inscripción de la actividad en el Registro de Actividades Industriales; 10) Exhibir Certificado de Aptitud Ambiental como Generador de Residuos Patogénicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Ley N° 154 y Decreto N° 706/05) y constancia de que el transporte y tratamiento de sus residuos patogénicos es efectuado por empresas habilitadas para tales fines; 11) En caso de generar residuos peligrosos deberá cumplir con la Ley Nº 2.214 y Decreto Reglamentario Nº 2.020/07; 12) Se deberá dar cumplimiento a la referencia IIIb para Carga y Descarga, según las exigencias establecidas en el Decreto N° 222/12; 13) Se deberá dar cumplimiento a la referencia 35a para Estacionamiento, según las exigencias establecidas en el Decreto N° 222/12. En caso de no ser posible, deberá cumplimentar tal requerimiento mediante locación u otro convenio, con un garage ubicado a menos de 200 metros del establecimiento; 14) Desarrollar la actividad "Comercio mayorista: de reactivos y aparatos para laboratorios de análisis clínicos (con depósito art. 5.2.8 inciso a) (633.440)" hasta una superficie máxima de 500 m2 según lo establecido en el Decreto Nº 222/12. Artículo 4°.- Establécese que el incumplimiento de las condiciones fijadas en el Artículo anterior y la comprobación de cualquier falsedad en la documentación y demás presentaciones exigidas, dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en la Ley N° 123. Artículo 5°.- Establécese que el otorgamiento del Certificado de Aptitud Ambiental no exime del cumplimiento de las normas de tejido, requerimientos de espacios de carga y descarga, estacionamiento y otras exigencias que surjan de la aplicación del Código de Planeamiento Urbano y sus modificatorias. Artículo 6°.- Cúmplase con la Ley Tarifaria previo al retiro de la presente Disposición. Artículo 7°.- Regístrese. Publíquese en el BOCBA. Notifíquese y entréguese copia de la presente Disposición y del Certificado de Aptitud Ambiental correspondiente al solicitante, dejándose debida constancia de ello en el cuerpo de la actuación. Cumplido, comuníquese a la Dirección General de Habilitaciones y Permisos dependiente de la Agencia Gubernamental de Control y a la Dirección General de Control Ambiental dependiente de la Agencia de Protección Ambiental. Cumplido archívese. Nardi DISPOSICIÓN N.° 509/DGET/14

Buenos Aires, 3 de junio de 2014 VISTO: Las Leyes N° 123 y N° 2.216, el Decreto N° 222/12, la Disposición N° DI-2012-117- DGTALAPRA, el Expediente N° EX-2014-2.350.519-MGEyA-DGET, y CONSIDERANDO:

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Que por la actuación referenciada se presenta la solicitud de categorización del proyecto: "Industria: (ClaNAE 3669.9) Fabricación de cepillos y pinceles (502.811)", a desarrollarse en la calle Pringles N° 606, Planta Baja, de esta Ciudad, con una superficie de 187,95 m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 7, Sección: 17, Manzana: 045, Parcela: 016b, Distrito de Zonificación: E3; Que en el Informe N° IF-2014-3.396.223-DGET, de fecha 13 de marzo de 2.014, la Gerencia Operativa de Prevención y Planificación de esta Dirección General considera a la actividad peticionada como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto; Que asimismo y con la finalidad de atenuar los impactos ambientales negativos resulta menester establecer los requerimientos a cumplir para la ejecución de la actividad; Que la categorización asignada resulta conforme con el Decreto N° 222/12; Que los requisitos enumerados en el citado informe no importan sino el cumplimiento de normas vigentes auditadas por las áreas de control del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por lo que no es necesario establecer una Auditoria especial para su verificación; Que el Certificado de Aptitud Ambiental se otorga, previa declaración jurada del titular de la actividad de dar cumplimiento a las condiciones de funcionamiento que se establecen; Que la Subgerencia Operativa de Certificación, Registros y Evaluación Técnica Legal ha tomado la debida intervención en el marco de sus competencias. Por ello, y en virtud de las facultades otorgadas por las Resoluciones N° 228-APRA/14 y N° RESOL-2014-137-APRA,

EL DIRECTOR GENERAL DE EVALUACIÓN TÉCNICA DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL

DISPONE Artículo 1°.- Categorízase el proyecto: "Industria: (ClaNAE 3669.9) Fabricación de cepillos y pinceles (502.811)", a desarrollarse en la calle Pringles N° 606, Planta Baja, de esta Ciudad, con una superficie de 187,95 m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 7, Sección: 17, Manzana: 045, Parcela: 016b, Distrito de Zonificación: E3, como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto. Artículo 2°.- Otórgase el Certificado de Aptitud Ambiental a nombre de Ariel Pernik, titular de la actividad indicada en el artículo 1°. Artículo 3°.- Se establecen las siguientes condiciones a cumplir en el desarrollo de la actividad: 1) Cumplir con la Ley N° 1.540 y Decreto Reglamentario N° 740/07; 2) Cumplir con la Ley N° 1.356 y Decreto Reglamentario N° 198/06; 3) Cumplir con las

condiciones contra incendio y medios de salida, según el Código de la Edificación; 4) En caso de corresponder, exhibir Plano Conforme a Obra de Condiciones Contra Incendio registrado por la Dirección General de Registro de Obras y Catastro; 5) Exhibir un Plan de Contingencia, firmado por profesional idóneo, siendo su implementación responsabilidad absoluta del titular de la actividad; 6) Poseer un Plan de Gestión de Residuos de todo tipo que contemple minimizar su producción, establezca las formas y horarios de disposición transitoria y recolección diferenciada de los residuos dentro del marco normativo vigente en la materia; 7) Realizar la Carga y Descarga dentro del marco normativo; 8) Evitar el estacionamiento en doble fila de los vehículos que operen con el establecimiento; 9) El Certificado de Aptitud Ambiental que se extiende se encuentra condicionado a la inscripción de la actividad en el Registro de Actividades Industriales; 10) En caso de generar residuos peligrosos deberá cumplir con la Ley N° 2.214 y Decreto Reglamentario N° 2.020/07; 11) Instalar las maquinarias en forma adecuada y a la distancia necesaria de los muros perimetrales, a fin de evitar la transmisión de vibraciones hacia edificios linderos; Artículo 4°.- Establécese que el incumplimiento de las condiciones fijadas en el Artículo anterior y la comprobación de cualquier falsedad en la documentación y demás presentaciones exigidas, dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en la Ley N° 123.

Página Nº 98Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Artículo 5°.- Establécese que el otorgamiento del Certificado de Aptitud Ambiental no exime del cumplimiento de las normas de tejido, requerimientos de espacios de carga y descarga, estacionamiento y otras exigencias que surjan de la aplicación del Código de Planeamiento Urbano y sus modificatorias. Artículo 6°.- Cúmplase con la Ley Tarifaria previo al retiro de la presente Disposición. Artículo 7°.- Regístrese. Publíquese en el BOCBA. Notifíquese y entréguese copia de la presente Disposición y del Certificado de Aptitud Ambiental correspondiente al solicitante, dejándose debida constancia de ello en el cuerpo de la actuación. Cumplido, comuníquese a la Dirección General de Habilitaciones y Permisos dependiente de la Agencia Gubernamental de Control y a la Dirección General de Control Ambiental dependiente de la Agencia de Protección Ambiental. Cumplido archívese. Nardi

DISPOSICIÓN N.° 511/DGET/14

Buenos Aires, 3 de junio de 2014 VISTO: Las Leyes N° 123 y N° 2.216, el Decreto N° 222/12, la Disposición N° DI-2012-117- DGTALAPRA, el Expediente N° 71.609/13, y CONSIDERANDO: Que por la actuación referenciada se presenta la solicitud de categorización del proyecto: "Industria: Forjado, prensado, estampado y laminado de metales (ClaNAE 2891.0) (502011)", a desarrollarse en la calle General Mariano Acha N° 4.218, Planta Baja y Entrepiso, de esta Ciudad, con una superficie de 429,18 m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 16, Sección: 55, Manzana: 155, Parcela: 019, Distrito de Zonificación: R2bI; Que en el Informe N° IF-2014-2.252.402-DGET, de fecha 6 de Febrero de 2.014, la Gerencia Operativa de Prevención y Planificación de esta Dirección General considera a la actividad peticionada como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto; Que asimismo y con la finalidad de atenuar los impactos ambientales negativos resulta menester establecer los requerimientos a cumplir para la ejecución de la actividad; Que la categorización asignada resulta conforme con el Decreto N° 222/12; Que los requisitos enumerados en el citado informe no importan sino el cumplimiento de normas vigentes auditadas por las áreas de control del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por lo que no es necesario establecer una Auditoria especial para su verificación; Que asimismo el titular de la actividad presenta un Informe de mediciones sonoras de conformidad con la Ley N° 1.540 y el Decreto reglamentario N° 740/07; Que por Informe N° IF-2013-5.101.493-DGET, de fecha 2 de Octubre de 2.013, el Departamento de Contaminación Acústica de esta Dirección General, manifiesta que la actividad "Forja, prensado, estampado y laminado de metal; pulvimetalurgia" se encuentra catalogada en el Anexo IX del Decreto reglamentario N° 740/07, de la Ley N° 1.540 y le corresponde la inscripción del titular de la misma en el Registro de actividades catalogadas (RAC), estableciéndose condiciones específicas de funcionamiento; Que el Certificado de Aptitud Ambiental se otorga, previa declaración jurada del titular de la actividad de dar cumplimiento a las condiciones de funcionamiento que se establecen; Que la Subgerencia Operativa de Certificación, Registros y Evaluación Técnica Legal ha tomado la debida intervención en el marco de sus competencias.

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Por ello, y en virtud de las facultades otorgadas por las Resoluciones N° RESOL-2014-137- APRA y N° RESOL-2014-288-APRA,

EL DIRECTOR GENERAL DE EVALUACIÓN TÉCNICA DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL

DISPONE Artículo 1°.- Categorízase el proyecto: "Industria: Forjado, prensado, estampado y laminado de metales (ClaNAE 2891.0) (502011)", a desarrollarse en la calle General Mariano Acha N° 4.218, Planta Baja y Entrepiso, de esta Ciudad, con una superficie de 429,18 m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 16, Sección: 55, Manzana: 155, Parcela: 019, Distrito de Zonificación: R2bI, como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto. Artículo 2°.- Otórgase el Certificado de Aptitud Ambiental a nombre de Damián Eduardo Amaduro, titular de la actividad indicada en el artículo 1°. Artículo 3°.- Se establecen las siguientes condiciones a cumplir en el desarrollo de la actividad: 1) Cumplir con la Ley Nº 1.540 y Decreto Reglamentario Nº 740/07; 2) Cumplir con la Ley Nº 1.356 y Decreto Reglamentario Nº 198/06; 3) Cumplir con las condiciones contra incendio y medios de salida, según el Código de la Edificación; 4) En caso de corresponder, exhibir Plano Conforme a Obra de Condiciones Contra Incendio registrado por la Dirección General de Registro de Obras y Catastro; 5) Exhibir un Plan de Contingencia, firmado por profesional idóneo, siendo su implementación responsabilidad absoluta del titular de la actividad; 6) Poseer un Plan de Gestión de Residuos de todo tipo que contemple minimizar su producción, establezca las formas y horarios de disposición transitoria y recolección diferenciada de los residuos dentro del marco normativo vigente en la materia; 7) Realizar las operaciones de Carga y Descarga dentro del predio; 8) Evitar el estacionamiento en doble fila de los vehículos que operen con el establecimiento; 9) El Certificado de Aptitud Ambiental que se extiende se encuentra condicionado a la inscripción de la actividad en el Registro de Actividades Industriales; 10) En lo atinente a Residuos Peligrosos, deberá ajustarse estrictamente a las prescripciones impuestas por la Ley Nº 2.214 y Decreto Reglamentario Nº 2.020/07; 11) En caso de generar residuos peligrosos, deberá cumplir con la Ley N° 2.214 y su Decreto reglamentario N° 2.020/07; 12) De corresponder, las áreas de producción deberán contar con dispositivos de extracción, provistos de un sistema de tratamiento acorde a las emisiones gaseosas generadas y llevar un registro del recambio de los filtros los que deberán ser dispuestos de acuerdo con la naturaleza del material retenido; 13) Instalar las maquinarias y/o fuentes de sonido en forma adecuada y a la distancia necesaria de los muros perimetrales, a fin de evitar la transmisión de vibraciones hacia edificios linderos; 14) De corresponder, contar con registros del control regular y mantenimiento preventivo de los aparatos sometidos a presión y del equipamiento termo-electromecánico utilizado, a fin de posibilitar su adecuada operatividad. Los mismos podrán ser requeridos oportunamente por la Autoridad de Aplicación, o por los organismos con competencia en fiscalización y control del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; 15) Cumplir con la Ley N° 11.843 para Control de Roedores y con la normativa legal vigente en lo que respecta a Control de Vectores; 16) Se deberá dar cumplimiento a la referencia IIIb para Carga y Descarga, según las exigencias establecidas en el Decreto N° 1.352/02; 17) Exhibir inscripción en el Registro de Actividades catalogadas como potencialmente contaminantes por ruidos y vibraciones (RAC); 18) En caso de denuncia por ruidos molestos, comprobada fehacientemente por el organismo de control, se deberán presentar nuevas mediciones ante la Autoridad de Aplicación; 19) Presentar mediciones de nivel sonoro continuo equivalente generado por el funcionamiento de la actividad, de acuerdo a los procedimientos establecidos en los Anexos IV y V del Decreto Nº 740/07, al momento de la renovación del Certificado de Aptitud Ambiental; 20) Los niveles sonoros

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continuos equivalentes generados en el interior del local no deberán superar los 78 dBA; 21) Operar con puertas, ventanas y/o portones debidamente cerrados respetando todas las medidas de seguridad vigentes en la normativa; 22) En relación a las construcciones linderas al establecimiento, el responsable deberá tomar las precauciones necesarias para que no se superen los valores de inmisión permitidos. Artículo 4°.- Establécese que el incumplimiento de las condiciones fijadas en el Artículo anterior y la comprobación de cualquier falsedad en la documentación y demás presentaciones exigidas, dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en la Ley N° 123. Artículo 5°.- Establécese que el otorgamiento del Certificado de Aptitud Ambiental no exime del cumplimiento de las normas de tejido, requerimientos de espacios de carga y descarga, estacionamiento y otras exigencias que surjan de la aplicación del Código de Planeamiento Urbano y sus modificatorias. Artículo 6°.- Cúmplase con la Ley Tarifaria previo al retiro de la presente Disposición. Artículo 7°.- Regístrese. Publíquese en el BOCBA. Notifíquese y entréguese copia de la presente Disposición y del Certificado de Aptitud Ambiental correspondiente al solicitante, dejándose debida constancia de ello en el cuerpo de la actuación. Cumplido, comuníquese a la Dirección General de Habilitaciones y Permisos dependiente de la Agencia Gubernamental de Control y a la Dirección General de Control Ambiental dependiente de la Agencia de Protección Ambiental. Cumplido archívese. Nardi

DISPOSICIÓN N.° 515/DGET/14

Buenos Aires, 4 de junio de 2014 VISTO: Las Leyes N° 123 y N° 2.216, el Decreto N° 222/12, la Disposición N° DI-2012-117- DGTALAPRA, el Expediente N° EX-2014-3.102.365-MGEyA-DGET, y CONSIDERANDO: Que por la actuación referenciada se presenta la solicitud de categorización del proyecto: "Actividades Especiales: Centro médico u odontológico (700.190); Establecimiento particular de asistencia medica (enfermos mentales) (700.208)", a desarrollarse en la calle Rosario N° 753, 7° Piso, Unidad Funcional N° 86, de esta Ciudad, con una superficie de 77,59 m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 6, Sección: 40, Manzana: 042a, Parcela: 007, Distrito de Zonificación: C3; Que en el Informe N° IF-2014-5.503.125-DGET, de fecha 13 de mayo de 2.014, la Gerencia Operativa de Prevención y Planificación de esta Dirección General considera a la actividad peticionada como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto; Que asimismo y con la finalidad de atenuar los impactos ambientales negativos resulta menester establecer los requerimientos a cumplir para la ejecución de la actividad; Que la categorización asignada resulta conforme con el Decreto N° 222/12; Que los requisitos enumerados en el citado informe no importan sino el cumplimiento de normas vigentes auditadas por las áreas de control del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por lo que no es necesario establecer una Auditoria especial para su verificación; Que el Certificado de Aptitud Ambiental se otorga, previa declaración jurada del titular de la actividad de dar cumplimiento a las condiciones de funcionamiento que se establecen; Que la Subgerencia Operativa de Certificación, Registros y Evaluación Técnica Legal, ha tomado la debida intervención en el marco de sus competencias. Por ello, y en virtud de las facultades otorgadas por las Resoluciones N° RESOL-2014-137- APRA y N° RESOL-2014-228-APRA,

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EL DIRECTOR GENERAL DE EVALUACIÓN TÉCNICA

DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL DISPONE

Artículo 1°.- Categorízase el proyecto: "Actividades Especiales: Centro médico u odontológico (700.190); Establecimiento particular de asistencia medica (enfermos mentales) (700.208)", a desarrollarse en la calle Rosario N° 753, 7° Piso, Unidad Funcional N° 86, de esta Ciudad, con una superficie de 77,59 m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 6, Sección: 40, Manzana: 042a, Parcela: 007, Distrito de Zonificación: C3, como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto. Artículo 2°.- Otórgase el Certificado de Aptitud Ambiental a nombre de Christian Gabriel López Pernas, titular de la actividad indicada en el artículo 1°. Artículo 3°.- Se establecen las siguientes condiciones a cumplir en el desarrollo de la

actividad: 1) Cumplir con la Ley N° 1.540 y Decreto Reglamentario N° 740/07; 2) Cumplir con la Ley N° 1.356 y Decreto Reglamentario N° 198/06; 3) Cumplir con las condiciones contra incendio y medios de salida, según el Código de la Edificación; 4) En caso de corresponder, exhibir Plano Conforme a Obra de Condiciones Contra Incendio registrado por la Dirección General de Registro de Obras y Catastro; 5) Exhibir un Plan de Contingencia, firmado por profesional idóneo, siendo su implementación responsabilidad absoluta del titular de la actividad; 6) Poseer un Plan de Gestión de Residuos de todo tipo que contemple minimizar su generación, establezca las formas y horarios de disposición transitoria y recolección diferenciada de los residuos dentro del marco normativo vigente en la materia; 7) Realizar la Carga y Descarga dentro del marco normativo vigente; 8) Evitar el estacionamiento en doble fila de los vehículos que operen con el establecimiento; 9) En caso de generar residuos peligrosos, deberá cumplir con la Ley N° 2.214 y su Decreto reglamentario N° 2.020/07; 10) En caso de generar residuos patogénicos, deberá cumplir con la Ley N° 154; 11) De corresponder, los medicamentos vencidos deberán ser devueltos al proveedor y no podrán ser dispuestos con los residuos domiciliarios; 12) Instalar las maquinarias y/o fuentes de sonido en forma adecuada y a la distancia necesaria de los muros perimetrales, a fin de evitar la transmisión de vibraciones hacia edificios linderos; 13) Implementar las medidas de mitigación necesarias para evitar alteraciones en el tránsito, debido a las actividades de Estacionamiento y Carga y Descarga; 14) No efectuar análisis clínicos ni radiológicos dentro del local. Artículo 4°.- Establécese que el incumplimiento de las condiciones fijadas en el Artículo anterior y la comprobación de cualquier falsedad en la documentación y demás presentaciones exigidas, dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en la Ley N° 123. Artículo 5°.- Establécese que el otorgamiento del Certificado de Aptitud Ambiental no exime del cumplimiento de las normas de tejido, requerimientos de espacios de carga y descarga, estacionamiento y otras exigencias que surjan de la aplicación del Código de Planeamiento Urbano y sus modificatorias. Artículo 6°.- Cúmplase con la Ley Tarifaria previo al retiro de la presente Disposición. Artículo 7°.- Regístrese. Publíquese en el BOCBA. Notifíquese y entréguese copia de la presente Disposición y del Certificado de Aptitud Ambiental correspondiente al solicitante, dejándose debida constancia de ello en el cuerpo de la actuación. Cumplido, comuníquese a la Dirección General de Habilitaciones y Permisos dependiente de la Agencia Gubernamental de Control y a la Dirección General de Control Ambiental dependiente de la Agencia de Protección Ambiental. Cumplido archívese. Nardi

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Administración Gubernamental de Ingresos

Públicos

DISPOSICIÓN N.° 230/DGESYC/14

Buenos Aires, 5 de agosto de 2014 VISTO: La Ley Nº 2.095, su modificatoria Ley Nº 4.764, el Decreto Nº 95/14, el E.E. Nº 9.117.023/MGEYA- DGESYC/14, y CONSIDERANDO: Que por los presentes actuados tramita el Servicio de Artes Gráficas, con destino a la Dirección General de Estadística y Censos, sita en Av. San Juan 1.340; Que se procedió a efectuar la imputación presupuestaria de los fondos necesarios para hacer frente a la erogación en cuestión; Que por Disposición Nº 59/DGESYC/2012 se ratificó como Unidad Operativa de Adquisiciones a esta Dirección General de Estadística y Censos; Que por Disposición Nº 396-DGCyC/14 la Dirección General de Compras y Contrataciones en carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el Artículo Nº 18 de la Ley Nº 2.095 aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales; Que mediante Disposición Nº 217/DGESYC/14 se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y se dispuso el llamado a Contratación Menor Nº 7.432/SIGAF/14 para el día 04 de agosto de 2.014 a las 12:30 horas, al amparo de lo establecido en el Artículo Nº 38 de la Ley Nº 2.095, su modificatoria Ley Nº 4.764 y el Decreto Nº 95/14; Que tal como luce en el Acta de Aperturas Nº 14/DGESYC/14 se recibieron tres (3) ofertas de las siguientes firmas: LATIN GRÁFICA S.R.L., MELENZANE S.A. y DACAR IMPRESORA S.R.L.; Que se ha cumplimentado el Cuadro Comparativo de Precios que ordena la reglamentación del cual surge que se aconseja la adjudicación de las ofertas presentadas por las firmas: MELENZANE S.A. (Renglón Nº 1) y LATIN GRÁFICA S.R.L. (Renglón Nº 2), por oferta más conveniente en un todo de acuerdo a lo establecido en el Artículo 108 de la Ley Nº 2.095, su modificatoria Ley Nº 4.764 y el Decreto Nº 95/14; Que en consecuencia y atento lo actuado, procede el dictado del presente acto administrativo por medio del cual se aprueba y adjudica el presente procedimiento. Por ello y en uso de las facultades conferidas en el Anexo II del Decreto Nº 95/14,

EL DIRECTOR GENERAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS DISPONE:

Artículo 1º.- Apruébase la Contratación Menor Nº 7.432/SIGAF/14 realizada al amparo de lo establecido en el Artículo Nº 38 de la Ley Nº 2.095, su modificatoria Ley Nº 4.764 y el Decreto Nº 95/14. Artículo 2º.- Adjudícase, el Servicio de Artes Gráficas, con destino a la Dirección General de Estadística y Censos, sita en Av. San Juan 1.340, a la firma MELENZANE S.A. (Renglón Nº 1) por la suma de Pesos Diez Mil Setecientos Sesenta y Siete ($

10.767,00) y LATIN GRÁFICA S.R.L. (Renglón Nº 2) por la suma de Pesos Doscientos Treinta y Ocho Mil ($ 238.000,00), ascendiendo el monto total para la presente contratación a la suma de Pesos Doscientos Cuarenta y Ocho Mil Setecientos Sesenta y Siete ($ 248.767,00).

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Artículo 3º.- La erogación que demande la presente gestión será imputada a la correspondiente Partida del Presupuesto del año 2.014. Artículo 4º.- Exhíbase copia de la presente en la cartelera oficial de la Unidad Operativa de Adquisiciones de esta Dirección General de Estadística y Censos por el término de un (1) día. Artículo 5º.- Emítanse las respectivas Órdenes de Compra ajustadas a los proyectos obrantes en el actuado. Artículo 6º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el término de un día y en la página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, notifíquese a las empresas oferentes, de acuerdo con los términos establecidos en los Artículos 60 y 61 del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1510/97, aprobado por Resolución Nº 41-LCABA/98. Donati

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Ente de Turismo

DISPOSICIÓN N.° 55/DGTALET/14

Buenos Aires, 6 de agosto de 2014 VISTO las Leyes Nº 2.627 y 4.685, el Decreto Nº 477/2011 la Resolución Nº 16-ENTUR/2014, la Disposición Nº 344-DGCG/2011, el Expediente Nº 9.436.828-ENTUR/2014, la Nota Nº 9.446.910- DGTALET/2014, y CONSIDERANDO: Que la Ley Nº 2.627 creó el Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que la Ley Nº 4.685 modificó la Ley Nº 2.627 con el propósito de dotar a dicho organismo de una mayor autarquía respecto de la administración central en miras de perfeccionar el marco de abordaje de las políticas públicas en materia de turismo; Que es su función fomentar el turismo nacional e internacional y desarrollar estrategias de mercado que tiendan a promocionar a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como destino turístico, así como representarla, como administración local de turismo, ante todos aquellos organismos nacionales, internacionales, gubernamentales y no gubernamentales, entidades públicas y privadas, empresas y particulares; Que por Decreto Nº 477/2011 se aprobó el nuevo régimen de viáticos, alojamiento y pasajes, destinado a misiones transitorias de carácter oficial en el interior y exterior del país, el que fuera reglamentado por la Disposición Nº 344-DGCG/2011; Que dicha norma establece que los viajes están sujetos a la operatoria instrumentada a través de la Licitación Pública Nº 4-DGCyC/2011, y su Resolución modificatoria Nº 1250/MHGC/12, excepto aquellos que determine la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda, los que se regirán por lo dispuesto por los Artículos 8º y 9º del régimen en cuestión; Que por Resolución Nº 16-ENTUR/2014, el Presidente del Ente de Turismo delegó en el titular de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del mencionado Ente, la elaboración y suscripción de todo acto administrativo mediante el cual se dispongan traslados, viajes y alojamientos por cuenta y orden del Ente, dentro del territorio de la República Argentina, de todos aquellos funcionarios, agentes y personas mencionadas en el artículo 11 inciso K) de la Ley 2.627, conforme al régimen legal vigente, habiendo emitido Dictamen la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, mediante informe Nº IF 4.563.763-PGAAIYEP/2014; Que entre los días 8 y 9 de agosto de 2014 se realizará en la Ciudad de Mendoza, Provincia de Mendoza, República Argentina, acciones de capacitación a responsables de la comunidad virtual local, así como también se establecerá contacto con desarrolladores de sitios web y de diversas aplicaciones; Que por Nota Nº 9.446.910-DGTALET-2014, se propuso autorizar el viaje del Sr. Mariano Lomolino D.N.I. Nº 34.885.043, Gerente Operativo de Contenidos Digitales de la Dirección General de Canales Digitales y Nuevas Tecnologías dependiente de la Dirección Ejecutiva de Comunicación del Ente de Turismo de la Ciudad de Buenos Aires;

Que en virtud de ello corresponde asignarle los viáticos correspondientes estipulados por el Decreto Nº 477/11; Que en virtud de lo expuesto, se ha realizado la reserva presupuestaria pertinente mediante la solicitud de entrega de fondos correspondiente por la suma total de PESOS SEISCIENTOS SETENTA Y CUATRO ($ 674,00), contra los créditos del presente ejercicio;

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Que la Subgerencia Operativa de Asuntos Legales ha tomado la debida intervención que resulta de su competencia, mediante la emisión del Dictamen Nº IF 10.899.267-DGTALET/2014; Por ello, y en uso de las facultades otorgadas por Artículo 11º, inciso k) de la Ley Nº 2.627, y la delegación efectuada mediante Resolución Nº 16-ENTUR/2014:

EL DIRECTOR GENERAL TECNICO ADMINISTRATIVO Y LEGAL DEL ENTE DE TURISMO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DISPONE: Artículo 1º.-Autorízase el viaje del Sr. Mariano Lomolino D.N.I. Nº 34.885.043, Gerente Operativo de Contenidos Digitales de la Dirección General de Canales Digitales y Nuevas Tecnologías dependiente de la Dirección Ejecutiva de Comunicación del Ente de Turismo de la Ciudad de Buenos Aires, para efectuar acciones capacitación a responsables de la comunidad virtual local, así como también establecer contacto con desarrolladores de sitios web y diversas aplicaciones, a desarrollarse entre los días 8 y 9 de agosto 2014, en la ciudad de Mendoza, Provincia de Mendoza, República Argentina, lo que ocasionará gastos desde el día 8 de agosto de 2014 y hasta el día 9 de agosto de 2014, inclusive. La persona aquí autorizada será la responsable de la administración y rendición de los fondos asignados; Artículo 2º.-Entréguese a favor de la Dirección General de Canales Digitales y Nuevas Tecnologías dependiente de la Dirección Ejecutiva de Comunicación del Ente de Turismo de la Ciudad de Buenos Aires, en los términos del Decreto 477/11, la suma de PESOS SEISCIENTOS SETENTA Y CUATRO ($ 674,00), en concepto de viáticos.- Artículo 3º.-La Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ente de Turismo de la Ciudad de Buenos Aires, gestionará bajo el procedimiento previsto en el Decreto Nº 477/11 y al amparo de lo establecido en la operatoria instrumentada a través de la Licitación Pública Nº 4-DGCyC/11, y su Resolución modificatoria Nº 1250/MHGC/12, la cobertura de pasajes y alojamiento de la persona autorizada en el Artículo 1º; Artículo 4º.-El gasto que involucre el cumplimiento de la presente medida, deberá ser imputado contra los créditos asignados al Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el actual ejercicio. Artículo 5º.-La Dirección General de Contaduría, deberá emitir la orden de pago a favor del beneficiario, por la suma detallada en el Artículo 2º de la presente Disposición, importe que será depositado al Beneficiario Nº 158.768, Cuenta Corriente del Banco de la Ciudad de Buenos Aires Nº 20.243/7 Suc.Nº 52. Artículo 6º.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Canales Digitales y Nuevas Tecnologías dependiente de la Dirección Ejecutiva de Comunicación del Ente de Turismo de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento, y a los efectos del cumplimiento del Artículo 5º de la presente, pase a la Dirección General de Contaduría, dependiente del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Acevedo

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Ministerio de Salud

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 93/HGAVS/14

Buenos Aires, 1 de agosto de 2014 VISTO: el Decreto Nº 556/2010 y el Pedido del Servicio de QUIROFANO, el cual tramita bajo el Expediente Nº 2014-03261528 MGEYA-HGAVS, y CONSIDERANDO: Que mediante el citado Pedido, se requiere la prestación de la Reparación de MESA DE ANESTESIA con destino al SERVICIO DE QUIROFANO, debidamente avalado por la Dirección del Establecimiento; Que, ante el carácter urgente e impostergable del pedido se solicitó presupuesto a Proveedor inherente al Rubro mencionado precedentemente, recibiéndose la cotización de la firma: J. A. BAGUETTE E HIJOS S. A. I. C. Que, mediante la Orden de Compra Nº 34 /2014, se solicitó a la Empresa J. A. BAGUETTE E HIJOS S. A. I. C. , la prestación del servicio objeto del trámite; Que, en forma efectiva, la Empresa J. A. BAGUETTE E HIJOS S. A. I. C., realizo la prestación correspondiente al renglón Nº 1 por un monto de Pesos CINCO MIL CUATROSCIENTOS TREINTA CON 00/100 ($ 5.430,00), mediante el Remito Nº 0001-00003547, correctamente rubricado y conformado por el Servicio receptor; Que, la prestación recibida asciende a un importe total de Pesos CINCO MIL CUATROSCIENTOS TREINTA CON 00/100 ($ 5.430,00), y han sido cargadas al SIGAF mediante la Solicitud de Gasto Nº 21047/2014; Que, en cumplimiento de lo establecido en el Art. 1º de la Disposición Nº 49/GCBA/DGAC-2.008, se detallan a continuación los datos relativos al uso del cupo mensual: Mes: JULIO Nº de Trámite: 12 (DOCE) Acumulado por Aprobación: $ 104.611,60 Saldo Remanente del Mes: $ 195.388,40 Que, obra incorporada la Planilla de Control prevista por el Memorándum Nº 1.263.255/DGADC- 2009; Que, mediante el Anexo incorporado al actuado, se han explicado y fundamentado las observaciones emanadas de la mencionada Planilla de Control; Por ello, en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 556/2010, y el Artículo 6º del Decreto 392/GCABA/10,

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DR. DALMACIO VELEZ SARSFIELD"

Y EL GERENTE OPERATIVO DE LA GERENCIA OPERATIVA GESTIÓN

ADMINISTRATIVA, ECONOMICA Y FINANCIERA DISPONEN:

Artículo 1º.- Apruébese el gasto originado en la prestación de la Reparación de MESA DE ANESTESIA para el Servicio QUIROFANO, cumplimentado según el siguiente detalle: Empresa J. A. BAGUETTE E HIJOS S. A. I. C. (renglón Nº 1) por un monto de Pesos CINCO MIL CUATROSCIENTOS TREINTA CON 00/100 ($ 5.430,00);

ascendiendo el total aprobado a un importe de Pesos CINCO MIL CUATROSCIENTOS TREINTA CON 00/100 ($ 5.430,00); Artículo 2º. - Archívese, remito original vinculado al presente expediente electrónico de acuerdo a la normativa vigente.

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Artículo 3º. - Regístrese, pase a la Dirección General Administrativo Contable del Ministerio de Salud para efectuar la autorización de la etapa Definitiva en el SIGAF, cumplido, remítase en prosecución del trámite al Hospital General de Agudos "Dr. Dalmacio Vélez Sarsfield". Filippo - Blancat

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 98/HGAVS/14

Buenos Aires, 7 de agosto de 2014 VISTO la DISFC Nº 2014-93-HGAVS, y; CONSIDERANDO Que, se transcribieron erróneamente los totales del acumulado y del saldo consignados en el 6º considerando de la Disposición precitada y que se consignó mes de Julio cuando correspondería mes de Agosto; Que, los montos correctos son: $ 5.430,00 para el acumulado por aprobación y $ 294.570,00 para el saldo remanente del mes; Que por lo expuesto precedentemente corresponde sanear el SEXTO CONSIDERANDO de la DISFC Nº 2014-93-HGAVS; Por Ello, y en uso de las facultades dispuestas en el Art. 19 inc. b) del Decreto Nº 1510/97 (B.O.C.B.A. Nº 310);

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS DALMACIO VELEZ SARSFIELD

Y EL GERENTE OPERATIVO DE LA GERENCIA OPERATIVA GESTIÓN

ADMINISTRATIVA, ECONOMICA Y FINANCIERA

DISPONEN: Art. 1º Sanease el 6º considerando de la DIFC Nº 2014-93-HGAVS debiéndose leer de la siguiente manera: Que, en cumplimiento de lo establecido en el Art. 1º de la Disposición Nº 49/GCBA/DGAC-2.008, se detallan a continuación los datos relativos al uso del cupo mensual: Mes: AGOSTO Nº de Trámite: 1 (UNO) Acumulado por Aprobación: $ 5.430,00 Saldo Remanente del Mes: $ 294.570,00 Art. 2º Regístrese para su conocimiento y demás efectos, cumplido gírese a la Dirección General Administrativo Contable. Filippo - Blancat

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 152/HBR/14

Buenos Aires, 6 de agosto de 2014 VISTO: Expediente Electrónico N° 2710455-MGEYA-HBR-2014, la Ley N° 2.095 y su modificatoria por Ley 4764 (B.O.C.B.A. N° 4313) de aplicación en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Decreto Reglamentario N° 95/14 y,

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Que, por la citada actuación se tramita la CONTRATACIÓN DIRECTA Nº: 2438/Sigaf/14 bajo la modalidad de Contratación Menor para la ADQUISICIÓN DE PROTEINOGRAMA, con destino al Servicio de Laboratorio Central; Que por Disposición nº 171-DGCyC-08 la Dirección General de Compras y Contrataciones en su carácter de órgano rector del sistema de contrataciones aprobó el Pliego único de Bases y Condiciones Generales para la contratación de bienes y servicios; Que, por Disposición Nº: 323-HBR-2014 se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares a regir en la Contratación en cuestión y se llamo a Contratación Directa Nº 2438/Sigaf/14 para el día 27/06/2014 a las 10:00 horas, al amparo de lo establecido en el Articulo Nº 38° de la Ley Nº 2095 y su modificatoria Ley 4764, Decreto Reglamentario N° 95/14; Que, tal como luce en el Acta de Apertura de Propuestas Nº 1221/14 se recibió una única (1) oferta de la firma: BIODIAGNOSTICO S.A.; Que, obra el cuadro comparativo de precios, y el DICTAMEN DE EVALUACIÓN DE OFERTAS Nº: 1160/2014, según lo manifestado en el Informe técnico con fecha 3/07/2014, del cual surge que corresponde la adjudicación de la oferta presentada por: BIODIAGNOSTICO S.A. (Renglones N° 1, 2 y 3), por resultar oferta conveniente conforme los términos del artículo 108 de la Ley Nº 2095, Que por DI-2014-418-HBR...el Director dispone:"Autorizase el ingreso y la permanencia, en el hospital BERNARDINO RIVADAVIA, UN (1) EQUIPO TOTALMENTE AUTOMATIZADO MODELO MICROGEL MARCA INTERLAB (ORIGEN ITALIA) ANMAT Nº PM -1201-1,CON PC, MONITOR, TECLADO, MOUSE,IMPRESORA Y UPS, provisto por la empresa BIODIAGNOSTICO SA; conforme surge del Pliego de Bases y Condiciones Generales como así también las características y especificaciones técnicas de los citados equipos en cumplimiento de la citada Orden de Compra; Que, el acta emitida fue exhibida en la cartelera del organismo licitante el día 16/07/2014; Que, según Memorando nº 5127/DGCyC/08, han quedado sin efecto las verificaciones por parte de la Dirección General de Compras y Contrataciones en los procedimientos licitatorios que lleven a cabo; Que, en consecuencia y atento lo actuado, procede el dictado del presente acto administrativo por medio del cual se apruebe y adjudique el presente procedimiento.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas en el art. 108 de la Ley N° 2.095 y su modificatoria por Ley 4764 (B.O.C.B.A. N° 4313) de aplicación en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Decreto Reglamentario N° 95/14;

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL "BERNARDINO RIVADAVIA" EN SU CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES

Y LA GERENTE OPERATIVA DE GESTION ADMINISTRATIVA ECONOMICA Y FINANCIERA

DISPONEN: Art. 1º - Apruébese la Contratación Directa Nº: 2438/2014 realizada al amparo de los establecido en el Articulo Nº: 38 de la Ley Nº 2095 y su modificatoria Ley 4764, Decreto Reglamentario 95/14 y Adjudíquese la ADQUISICIÓN DE ROTEINOGRAMA, con destino al Servicio de Laboratorio Central a favor de la siguiente firma: BIODIAGNOSTICO S.A. (Renglones N° 1, 2 y 3), por un Importe de PESOS: CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS VEINTIDÓS MIL CON 00/100 ($ 496.722,00). Art. 2º - Dicho gasto se imputara a la correspondiente Partida Presupuestaria del Ejercicio 2014 y Ejercicio 2015. Art. 3º - Exhíbase copia de la presente en la cartelera oficial del Hospital Bernardino Rivadavia por el termino de un (1) día Art. 4º - Emítase la respectiva Orden de Compra ajustada al Proyecto obrante en el pertinente actuado. Art.5º: Cúmplase lo establecido en los artículos 1º a 5 ºde la DI-2014-418-HBR

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CONSIDERANDO:

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Art. 6º - Regístrese, publíquese en la página de Internet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, y Boletín Oficial, por el término de un (1) día, notifíquese a las empresas Oferentes. Maiorano - Fernández Rostello

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 155/HGAP/14

Buenos Aires, 28 de julio de 2014 VISTO: el Expediente Electrónico N° 2014-07830249-MGEYA-HGAP, y; CONSIDERANDO: Que por los presentes actuados el Hospital General de Agudos "Dr. José María Penna", gestiona la adquisición de artículos de librería e impresoras en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 2.095 y su Decreto Reglamentario N° 95/GCABA/2014; Que se procedió a imputar en el código contable correspondiente los fondos necesarios para hacer frente a la erogación en cuestión con el respectivo movimiento presupuestario; Que mediante Disposición Nº 2014-225-HGAP se dispuso el llamado a Contratación Directa Menor N° 6253/2014 para el día 21/07/2014 a las 10:00 hs. al amparo de lo establecido en el Art. 38 de la Ley 2.095 y su Decreto Reglamentario N° 95/GCABA/2014; Que tal como luce en el Acta de Apertura Nº 1439/2014 se recibieron dos (2) Ofertas de la firmas: Juan Ernesto Ibarra y Document Consulting S.A., proveedores inscriptos en el RIUPP; Que se confecciono el cuadro comparativo de ofertas que ordena la reglamentación y obra el Acta de Asesoramiento Técnico en base a la cual , la Comisión de Evaluación de Ofertas ha emitido el Dictamen de Evaluación de Ofertas N° 1232/2014, recomendando adjudicar la Contratación Directa Menor N° 6253/2014 por la suma de Pesos: veinticinco mil doscientos veintiocho - $ 25.228,00 a la firma: Juan Ernesto Ibarra (Renglones N° 1,2,3,4,5, 7,8,9 y 10) por la suma de Pesos: diecinueve mil quinientos veinte - $ 19.520,00 y Document Consulting S.A. (Renglón N° 6) por la suma de Pesos: cinco mil setecientos ocho - $ 5.708,00 , por ofertas convenientes Ley 2.095. Que Document Consulting S.A presenta nota y documentación respaldatoria, informando que la impresora laser multifunción monocromática HP 1212 (Renglón N° 7), se encuentra discontinuada, por lo que no procede su adjudicación a la firma: Juan Ernesto Ibarra y dado que la oferta siguiente de Document Consulting S.A. excede las previsiones presupuestaria, se resuelve dejar sin efecto dicho ítem; En consecuencia se adjudica a Juan Ernesto Ibarra (Renglones N° 1,2,3,4,5, 8,9 y 10) por la suma de Pesos: doce mil ochocientos treinta - $ 12.830,00 y Document Consulting S.A. (Renglón N° 6) por la suma de Pesos: cinco mil setecientos ocho - $ 5.708,00, ascendiendo el total de la contratación a la suma de Pesos: dieciocho mil quinientos treinta y ocho - 18.538,00. Por ello, y en un todo de acuerdo con la Ley Nº 2.095 y su modificatoria Ley 4764 y su Decreto Reglamentario N° 95/GCABA/2014,

LA GERENTE OPERATIVA GESTION ADMINISTRATIVA ECONOMICA

FINANCIERA Y EL DIRECTOR DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DR. JOSE M. PENNA", EN

CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICION DISPONEN

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Artículo 1º: Apruébase la Contratación Directa Menor N° 6253/2014, realizada al amparo de lo establecido en el Art. 38 de la ley 2.095 , su Decreto Reglamentario N° 95/GCABA/2014, por el Hospital General de Agudos "Dr. José María Penna" para la adquisición de artículo de librería e impresoras y adjudicase a las firmas: Juan Ernesto Ibarra (Renglones N° 1,2,3,4,5, 8,9 y 10) por la suma de Pesos: doce mil ochocientos treinta - $ 12.830,00 y Document Consulting S.A. (Renglón N° 6) por la suma de Pesos: cinco mil setecientos ocho - $ 5.708,00, ascendiendo el total de la contratación a la suma de Pesos: dieciocho mil quinientos treinta y ocho - 18.538,00, según el siguiente detalle: Artículo 2ª.- Dejar sin efecto el Renglón N° 7 por exceder las previsiones presupuestarias. Artículo 3º.- Dicho gasto se imputará a la partida presupuestaria del presupuesto en vigor. Artículo 3°.- Autorizase a emitir las respectivas Ordenes de Compra. Artículo 4°.- Notifíquese y publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Sub Gerencia Operativa - Control Presupuestario a fin de efectuar la imputación presupuestaria correspondiente, cumplido gírese al Hospital General de Agudos "Dr. José M. Penna". Dalpiaz - San Martin

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.º 158/HGAP/14

Buenos Aires, 30 de julio de 2014 VISTO: el Expediente Nº 2014- 09078657-MGEYA-HGAP y el Decreto N° 556-GCABA/2010, y CONSIDERANDO: Que en las presentes actuaciones el Hospital General de Agudos "Dr. José María Penna" tramita la aprobación del gasto consistente en la adquisición de dos distractores interespinosos, para el paciente: Castro Oscar Alberto, D.N.I.N° 12.268.122;

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RENGLON CANTIDAD U. MEDIDA P.UNITARIO P. TOTAL

1 4 unidad $ 398,00 $ 1.592,002 4 unidad $ 398,00 $ 1.592,003 3 unidad $ 398,00 $ 1.194,004 4 unidad $ 398,00 $ 1.592,005 4 unidad $ 398,00 $ 1.592,006 4 unidad $ 1.427,00 $ 5.708,008 4 unidad $ 398,00 $ 1.592,009 2 unidad $ 398,00 $ 796,00

10 1 unidad $ 2.880,00 $ 2.880,00

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Que el paciente no posee cobertura social según informe efectuado por el Servicio Social de este Hospital; Que el requerimiento encuadra en las previsiones del Decreto 556/GCBA/2010, teniendo en cuenta que se trata de un gasto impostergable que asegura servicios instrumentales o finales esenciales en resguardo de la salud de los pacientes de esta institución y en cumplimiento del mandato constitucional y la Ley Básica de Salud N° 703 que garantizan el derecho a la salud integral; Que la División Compras efectúo la solicitud de cotización identificado como Compra N° 101/2014, fijando la recepción de ofertas vía fax o e mail hasta el 02/07/2014 a las 11:00 hs. y curso invitaciones para cotizar por idénticas vías a los proveedores del rubro; Que según Acta de Apertura N° 99/2014 se recibieron tres (3) ofertas de las firmas: Cirugía Alemana Insumos Médicos S.A. , Alphatec Buenos Aires S.R.L. y Tecniprax S.R.L. ; proveedores inscriptos en el RIUPP; Que de acuerdo con el asesoramiento efectuado por el profesional solicitante, se adjudico a la firma: Tecniprax S.R.L. (Renglón N° 1) por la suma de Pesos: veintitrés mil - $ 23.000,00; la que fue contratada mediante la emisión de una Orden de Compra manual, dado la celeridad del trámite; Que dicha Orden de Compra fue notificada vía fax a los números telefónicos declarados por el proveedor, siendo esta notificación válida, conforme Artículo 79° del Decreto Reglamentario N° 754/GCBA/2008 de la Ley 2095; Que mediante Remito: N° 0001-00008739, el servicio dio conformidad a los insumos recibidos; Que este nivel deja expresa constancia que el remito vinculado al presente expediente electrónico se corresponde con su original ajustado a la normativa vigente, el cual obra en poder de este efector/o unidad de organización y no contiene tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas; Que ha sido registrado en el Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera (SIGAF) bajo Solicitud de Gasto N° 46490/2014, para hacer frente a la erogación que demanda el presente gasto; Que la adquisición de los insumos cuya aprobación se gestiona corresponde a la autorización Nº 15 (quince) del mes de Julio de 2014, que acumula, incluido presente, la suma de Pesos: trescientos ochenta y seis mil cuatrocientos noventa y tres con nueve centavos - $ 386.493,09 , no excediendo el monto mensual autorizado de

Pesos: quinientos mil - $ 500.000,00, restando la suma de Pesos: ciento trece mil quinientos seis con noventa y un centavos - $ 113.506,91 , para el corriente mes. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 556/2010 y Art. 6° del Decreto N° 392/2010,

LA GERENTE OPERATIVA GESTION ADMINISTRATIVA ECONOMICA FINANCIERA Y EL

DIRECTOR DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DR. JOSE M. PENNA", EN CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICION

DISPONEN Artículo 1º.- Apruébase el Gasto de imprescindible necesidad a favor de la firma: Tecniprax S.R.L. (Renglones 1), ascendiendo el total del gasto aprobado a la suma de Pesos: veintitrés mil - $ 23.000,00. Artículo 2°.- Dejase expresa constancia que el remito vinculado al presente expediente electrónico se corresponde con su original ajustado a la normativa vigente, el cual obra en poder de este efector/o unidad de organización y no contiene tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas. Artículo 3º.- Dicho gasto se imputará a la partida presupuestaria en vigor. Artículo 4°.- Notifíquese y gírese a la Sub Gerencia Operativa Registro Presupuestario, cumplido gírese al Hospital Gral. de Agudos ¨Dr. J. M. Penna¨. Dalpiaz - San Martin

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DISPOSICIÓN CONJUNTA N.º 161/HGAP/14

Buenos Aires, 30 de julio de 2014 VISTO: el Expediente 2014- 08892898-MGEYA-HGAP y el Decreto N° 556-GCABA/2010, y CONSIDERANDO: Que en las presentes actuaciones el Hospital General de Agudos “Dr. José María Penna“ tramita la aprobación del gasto consistente en la adquisición de productos químicos y medicinales requeridos mediante Pedidos N° 502FE14; Que el requerimiento corresponde a medicamento incluidos en la Orden de Compra Abierta Centralizada a favor de PROGEN S.A. GEMEPE , sin stock por parte del mencionado y con negativa de la Interzona solicitada; Que el requerimiento encuadra en las previsiones del Decreto 556/GCBA/2010, teniendo en cuenta que se trata de un gasto impostergable que asegura servicios instrumentales o finales esenciales en resguardo de la salud de los pacientes de esta institución y en cumplimiento del mandato constitucional y la Ley Básica de Salud N° 703 que garantizan el derecho a la salud integral; Que la División Compras efectúo la solicitud de cotización identificado como Compra N° 79/2014, fijando la recepción de ofertas en sobre cerrado hasta el 14/05/2014 a las 11:00 hs. y curso invitaciones para cotizar vía e mail a la Unión Argentina de Proveedores, Cámara Argentina de Comercio, Guía de Licitaciones, Mercados transparentes, proveedores del rubro y publicación en la Página Web del G.C.B.A.; Que según Acta de Apertura N° 075/2014 se recibieron cuatro (4) Ofertas de las firmas: Alpha Medical Group S.R.L., Grupo Orion S.R.L., Droguería Hemofarm S.R.L. y Rodolfo Eduardo Frisare S.A.; proveedor inscripto en el RIUPP; Que de acuerdo con el asesoramiento efectuado por el profesional solicitante resultó adjudicadas a las firmas: Alpha Medical Group S.R.L. (Renglones N° 3,10 y14) por la suma de Pesos: seis mil doscientos noventa y cuatro con diez centavos - $ 6.294,10,Grupo Orion S.R.L. (Renglón N° 4) por la suma de Pesos: setecientos cuarenta y cinco con veinte centavos - $ 745,20, Droguería Hemofarm S.R.L. (Renglón N° 13) por la suma de Pesos: dos mil novecientos - $ 2.900,00 y Rodolfo Eduardo Frisare S.A (Renglón Nº 5) por la suma de Pesos: nueve mil doscientos ochenta y cinco - $ 9.285,00; las que fueron contratadas mediante la emisión de Ordenes de Compra manuales, dado la celeridad del trámite; Que dichas Ordenes de Compra fueron notificadas vía fax a los números telefónicos declarados por el proveedor, siendo esta notificación válida, conforme Artículo 79° del Decreto Reglamentario N° 754/GCBA/2008 de la Ley 2095; Que dado el tiempo transcurrido sin que Alpha Medical Group S.R.L. entregue el Renglón N° 10 de la O.C.N° 166/HGAP/2014 , se procede anular el mismo, por lo que el gasto a aprobar a Alpha Medical Group S.R.L. (Renglones N° 3 y 14) es de Pesos: cinco mil cuatrocientos ochenta y siete con cincuenta centavos - $ 5.487,50; Que el total del gasto asciende a la suma de Pesos: dieciocho mil cuatrocientos diecisiete con setenta centavos - $ 18.417,70; Que mediante Remitos: N° 0001-000037448 de Rodolfo Eduardo Frisare S.A ; Nº

0001-00030384 de Droguería Hemofarm S.R.L.; Nº 0001-00002452 y 0001-00002422 de Alpha Medical Group S.R.L. y Nº 0001-00003170 de Grupo Orion S.R.L., se dio conformidad a la recepción de los insumos; Que este nivel deja expresa constancia que los remitos vinculados al presente expediente electrónico se corresponde con su original ajustado a la normativa vigente, el cual obra en poder de este efector/o unidad de organización y no contiene tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas;

Página Nº 113Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Que ha sido registrado en el Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera (SIGAF) bajo Solicitud de Gasto N° 45575/2014, para hacer frente a la erogación que demanda el presente gasto; Que la adquisición de los insumos cuya aprobación se gestiona corresponde a la autorización Nº 12 (doce) del mes de Julio de 2014, que acumula, incluido presente, la suma de Pesos: trescientos treinta y seis mil cuatrocientos setenta y cinco con setenta y seis centavos - $ 336.475,76 , no excediendo el monto mensual autorizado de Pesos: quinientos mil - $ 500.000,00, restando la suma de Pesos: ciento sesenta y tres mil quinientos veinticuatro con veinticuatro centavos - $ 163.524,24 , para el corriente mes. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 556/2010 y Art. 6° del Decreto N° 392/2010,

LA GERENTE OPERATIVA GESTION ADMINISTRATIVA ECONOMICA FINANCIERA Y EL

DIRECTOR DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DR. JOSE M. PENNA“, EN CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICION

DISPONEN Artículo 1º.- Apruébase el Gasto de imprescindible necesidad a favor de las firmas: Alpha Medical Group S.R.L. (Renglones N° 3 y 14) es de Pesos: cinco mil cuatrocientos ochenta y siete con cincuenta centavos - $ 5.487,50, Grupo Orion S.R.L. (Renglón N° 4) por la suma de Pesos: setecientos cuarenta y cinco con veinte centavos - $ 745,20, Droguería Hemofarm S.R.L. (Renglón N° 13) por la suma de Pesos: dos mil novecientos - $ 2.900,00 y Rodolfo Eduardo Frisare S.A (Renglón Nº 5) por la suma de Pesos: nueve mil doscientos ochenta y cinco - $ 9.285,00 ; ascendiendo el total del gasto a la suma de Pesos: dieciocho mil cuatrocientos diecisiete con setenta centavos - $ 18.417,70. Artículo 2°.- Dejase expresa constancia que los remitos vinculados al presente expediente electrónico se corresponden con su original ajustado a la normativa vigente, el cual obra en poder de este efector/o unidad de organización y no contiene tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas. Artículo 3º.- Dicho gasto se imputará a la partida presupuestaria del presupuesto en vigor. Artículo 4º.- Anulese el Renglón Nº 10 de la O.C. N° 166/HGAP/2014 de Alpha Medical Group S.R.L.. Artículo 5°.- Notifíquese y gírese a la Sub Gerencia Operativa Registro Presupuestario, cumplido gírese al Hospital Gral. de Agudos ¨Dr. J. M. Penna¨. Dalpiaz - San Martín

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 246/HGADS/14

Buenos Aires, 24 de julio de 2014 VISTO: El Expediente Electrónico Nº 2014-6395311/MGEYA-HGADS, los términos del Decreto Nº 556/2010, y la requisición presentada, mediante Pedido Interno Nº 453/2013, por el Servicio de Traumatología, solicitando Ayuda Médica a favor del paciente Rodríguez Carmen; y CONSIDERANDO: Que el mencionado pedido ha sido autorizado por los fundamentos explicitados en la Solicitud de Gastos Nº 35801/2014;

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Que se recibieron 3 (tres) ofertas: Osteolife S.R.L., B.P.S. Implantes S.R.L. y Synthes Argentina S.A..- Que la Dirección de este Hospital autorizó que el presente pedido resulte adjudicado, mediante Acta de Preadjudicación Nº 244/2013, a la firma: Synthes Argentina S.A. (Renglón: 1) por un monto de pesos: tres mil quinientos diez con 01/100 ($ 3.510,01), acreditando ésta su inscripción en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores en los términos del Art. 22 de la Ley Nº 2095/06 (B.O.C.B.A. Nº 2557); Que por consiguiente se considera la presente tramitación dentro de los alcances del Decreto Nº 556/10 Artículo 1º Inciso d), al tratarse de una ayuda impostergable, Que se ha efectuado el ingreso al SIGAF, mediante la Solicitud de Gastos Nº 35801/2014, siendo el Procedimiento de Selección el Nº 6255/14; Que mediante el remito consignado en el articulado del presente acto administrativo, se ha efectuado el servicio de referencia, habiéndose dado conformidad de su prestación. Que este nivel deja expresa constancia que el remito vinculado al presente Expediente Electrónico se corresponden con su original ajustado a normativa vigente, el cual obra en poder de este efector/ o unidad de organización y no contiene tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas. NÚMERO DE AUTORIZACIONES DEL MES DE JULIO 2014 1 ACUMULADO APROBADO $ 3.510,01 Que sobre la base de la documentación existente, correspondería gestionar su aprobación de acuerdo a las competencias establecidas por Decreto Nº 556/2010, para proceder a su pago por medio de acreditación en cuenta del proveedor por parte de la Tesorería General del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Que por Resolución N° 627/MMGC/12 (BOCABA 4032/12), se designa con carácter transitorio al Licenciado Diego Ariel Rizzo como Gerente Operativo de la Gerencia Operativa Gestión Administrativa Económica y Financiera de este Hospital, Por ello, en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº 556/10 y que por Decreto N° 660/11, fue aprobada la estructura organizativa, dependiente del Poder ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL SEÑOR DIRECTOR MÉDICO DEL HOSPITAL DONACIÓN SANTOJANNI, y EL SEÑOR GERENTE OPERATIVO DE LA GERENCIA OPERATIVA GESTION ADMINISTRATIVA ECONOMICA y FINANCIERA

EN SU CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES DISPONEN

Artículo 1º.- Apruébese el gasto correspondiente al Servicio de Traumatología, solicitando Ayuda Médica a favor del paciente Rodríguez Carmen, según el siguiente detalle: PROVEEDOR RENGLON IMPORTE REMITO Nº FECHA Synthes Argentina S.A. 1 3.510,01 0001-00060195 26/12/2013 TOTAL APROBADO $ 3.510,01 Artículo 2º.- El monto total del gasto aprobado asciende a la suma de pesos: tres mil quinientos diez con 01/100 ($ 3.510,01), siendo el detalle del monto adjudicado el siguiente: Synthes Argentina S.A. (Renglón: 1) por un monto de pesos: tres mil quinientos diez con 01/100 ($ 3.510,01). Artículo 3º.- Este nivel deja expresa constancia que el remito vinculado al presente Expediente Electrónico se corresponde con su original ajustado a normativa vigente, el cual obra en poder de este efector/ o unidad de organización y no contiene tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas. Artículo 4º.-Autorízase a emitir la respectiva órden de Compra cuyo proyecto obra en el presente actuado. Artículo 5º.-Regístrese para su conocimiento y demás efectos, pase a la Gerencia Operativa de Gestión Contable del Ministerio de Salud para efectuar la afectación definitiva en el sistema SIGAF, cumplido gírese al Hospital General de Agudos Donación Santojanni para prosecución del trámite.- Rizzo - Auger

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DISPOSICIÓN CONJUNTA N.º 271/HGAPP/14

Buenos Aires, 18 de julio de 2014 VISTO el EE Nº 6958206/14 encuadrado en los términos del Dto. Nº 556/GCBA/2010 y CONSIDERANDO: Que, el Jefe del Servicio de Farmacia solicita la urgente adquisición para cubrir la demanda de pacientes en dicho Hospital. Que, por las presentes actuaciones se tramitó la adquisición para dicho Servicio, siendo la misma, impostergable e imprescindible y asegurar resultados finales esenciales.- Que, la presente gestión debe llevarse a cabo con la celeridad tal que impide someterse a procedimientos previstos en los regímenes de compras y contrataciones vigentes o mediante el sistema de caja chica común.- Que, la Sección Compras efectúo el pedido interno identificado con el Nº 235/14 (Pedido Sigaf Nº 5852/14) y cursó invitaciones para cotizar a e- mail/fax a la UAPE, CAC, Guía de Licitaciones, Mercados Transparentes y proveedores del rubro inscriptos en el RIUPP; Que, mediante Remito Nº 0014-00080962 (FRESENIUS KABI S.A.), se acreditaron las adquisiciones de los insumos debidamente conformados.- Que, este Nivel deja expresa constancia que el remito vinculado al EE mencionado en el visto se corresponde con su original ajustado a la normativa vigente, el cual obra en poder de esta Repartición y no contiene tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas.- Que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 1º de la Disposición Nº 49/GCABA/DGAC/2008, se detalla a continuación los datos del mes en curso de la presente disposición: NUMERO DE AUTORIZACION DEL MES 09(Julio/14) ACUMULADO APROBADO $ 91.055,30 SALDO A LA FECHA DE LA DISPOSICION $ 408.944,70 Que, se trata de un gasto de imprescindible necesidad tendiente a asegurar la atención de los pacientes.- Que, es competencia de la Dirección y la Gerencia Operativa de Gestión Administrativa Económica y Financiera del Hospital resolver al respecto.- Que, el Dr. Cosme Damián Pagano, a cargo de la Dirección del Hospital, se encuentra usufructuando licencia ordinaria.- Que, debe procederse según las facultades que surgen del Art. 2 de la Ley de Procedimiento Administrativo aprobado por Dto. Nº 1510/97.- Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por Dto. Nº 556/GCBA/2010, y lo dispuesto en el artículo 6º del Dto. Nº 392/GCBA/2010

EL SUB DIRECTOR Y LA GERENTE OPERATIVA DE GESTION ADM. ECONOM. Y FINANCIERA DEL HOSPITAL "P.PIÑERO"

DISPONEN

Art. 1º.- Apruébase el gasto de imprescindible necesidad para el normal funcionamiento de los servicios del Hospital, por un total de PESOS DIECISIETE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA ($17.880) realizado a la firma FRESENIUS KABI S.A. CUIT 30-69297195-3.- Art.2º.- Dicho gasto se imputará a la partida presupuestaria del presupuesto vigente.- Art.3º.- El Remito vinculado al EE señalado en el Visto se corresponde con su original ajustado a la normativa vigente y obra en poder de este Hospital sin contener tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas.-

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Art.4. - Para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General Administrativo Contable del Ministerio de Salud.- Efron - Bruno

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.º 272/HGAPP/14

Buenos Aires, 18 de julio de 2014 VISTO el EE Nº 6333116/14 encuadrado en los términos del Dto. Nº 556/GCBA/2010 y CONSIDERANDO: Que, el Jefe del Servicio de Farmacia solicita la urgente adquisición para cubrir la demanda de pacientes en dicho Hospital. Que, por las presentes actuaciones se tramitó la adquisición para dicho Servicio, siendo la misma, impostergable e imprescindible y asegurar resultados finales esenciales.- Que, la presente gestión debe llevarse a cabo con la celeridad tal que impide someterse a procedimientos previstos en los regímenes de compras y contrataciones vigentes o mediante el sistema de caja chica común.- Que, la Sección Compras efectúo el pedido interno identificado con el Nº 196/14 (Pedido Sigaf Nº 5209/14) y cursó invitaciones para cotizar a e- mail/fax a la UAPE, CAC, Guía de Licitaciones, Mercados Transparentes y proveedores del rubro inscriptos en el RIUPP; Que, mediante Remito Nº 0009-00079126 (GASES COMPRIMIDOS S.A.), se acreditaron las adquisiciones de los insumos debidamente conformados.- Que, este Nivel deja expresa constancia que el remito vinculado al EE mencionado en el visto se corresponde con su original ajustado a la normativa vigente, el cual obra en poder de esta Repartición y no contiene tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas.- Que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 1º de la Disposición Nº 49/GCABA/DGAC/2008, se detalla a continuación los datos del mes en curso de la presente disposición: NUMERO DE AUTORIZACION DEL MES 08(Julio/14) ACUMULADO APROBADO $ 73.175,30 SALDO A LA FECHA DE LA DISPOSICION $ 426.824,70 Que, se trata de un gasto de imprescindible necesidad tendiente a asegurar la atención de los pacientes.- Que, es competencia de la Dirección y la Gerencia Operativa de Gestión Administrativa Económica y Financiera del Hospital resolver al respecto.- Que, el Dr. Cosme Damián Pagano, a cargo de la Dirección del Hospital, se encuentra usufructuando licencia ordinaria.- Que, debe procederse según las facultades que surgen del Art. 2 de la Ley de Procedimiento Administrativo aprobado por Dto. Nº 1510/97.- Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por Dto. Nº 556/GCBA/2010, y lo dispuesto en el artículo 6º del Dto. Nº 392/GCBA/2010

EL SUB DIRECTOR Y LA GERENTE OPERATIVA DE GESTION ADM. ECONOM. Y FINANCIERA DEL HOSPITAL "P.PIÑERO"

DISPONEN

Art. 1º.- Apruébase el gasto de imprescindible necesidad para el normal funcionamiento de los servicios del Hospital, por un total de PESOS TRES MIL TRESCIENTOS SEIS ($3.306) realizado a la firma GASES COMPRIMIDOS S.A. CUIT 30-54398920-3.-

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Art.2º.- Dicho gasto se imputará a la partida presupuestaria del presupuesto vigente.- Art.3º.- El Remito vinculado al EE señalado en el Visto se corresponde con su original ajustado a la normativa vigente y obra en poder de este Hospital sin contener tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas.- Art.4. - Para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General Administrativo Contable del Ministerio de Salud.- Efron - Bruno

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.º 273/HGAPP/14

Buenos Aires, 18 de julio de 2014 VISTO el EE Nº 5594394/14 encuadrado en los términos del Dto. Nº 556/GCBA/2010 y CONSIDERANDO: Que, el Jefe del Servicio de Hemoterapia solicita la urgente adquisición para cubrir la demanda de pacientes en dicho Hospital. Que, por las presentes actuaciones se tramitó la adquisición para dicho Servicio, siendo la misma, impostergable e imprescindible y asegurar resultados finales esenciales.- Que, la presente gestión debe llevarse a cabo con la celeridad tal que impide someterse a procedimientos previstos en los regímenes de compras y contrataciones vigentes o mediante el sistema de caja chica común.- Que, la Sección Compras efectúo el pedido interno identificado con el Nº 193/14 (Pedido Sigaf Nº 5855/14) y cursó invitaciones para cotizar a e- mail/fax a la UAPE, CAC, Guía de Licitaciones, Mercados Transparentes y proveedores del rubro inscriptos en el RIUPP; Que, mediante Remitos Nº 0001-00019175 (INSUMOS COGHLAND S.R.L.) 0001- 00022419 (EGLIS S.A.) 0001-00019053 (RAUL JORGE LEON POGGI), se acreditaron las adquisiciones de los insumos debidamente conformados.- Que, este Nivel deja expresa constancia que el remito vinculado al EE mencionado en el visto se corresponde con su original ajustado a la normativa vigente, el cual obra en poder de esta Repartición y no contiene tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas.- Que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 1º de la Disposición Nº 49/GCABA/DGAC/2008, se detalla a continuación los datos del mes en curso de la presente disposición: NUMERO DE AUTORIZACION DEL MES 07(Julio/14) ACUMULADO APROBADO $ 69.869,30 SALDO A LA FECHA DE LA DISPOSICION $ 430.130,70 Que, se trata de un gasto de imprescindible necesidad tendiente a asegurar la atención de los pacientes.- Que, es competencia de la Dirección y la Gerencia Operativa de Gestión Administrativa Económica y Financiera del Hospital resolver al respecto.- Que, el Dr. Cosme Damián Pagano, a cargo de la Dirección del Hospital, se encuentra usufructuando licencia ordinaria.- Que, debe procederse según las facultades que surgen del Art. 2 de la Ley de Procedimiento Administrativo aprobado por Dto. Nº 1510/97.- Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por Dto. Nº 556/GCBA/2010, y lo dispuesto en el artículo 6º del Dto. Nº 392/GCBA/2010

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DISPONEN Art. 1º.- Apruébase el gasto de imprescindible necesidad para el normal funcionamiento de los servicios del Hospital, por un total de PESOS CINCO MIL SETECIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON 20/00 ($5.789,20) realizado a las firmas INSUMOS COGHLAND S.R.L. CUIT 30-66127859-1 por PESOS UN MIL DOSCIENTOS NOVENTA ($1.290) EGLIS S.A. CUIT 30-59401076-7 por PESOS DOS MIL OCHOCIENTOS SIETE CON 20/00 ($2.807,20) y a RAUL JORGE LEON POGGI CUIT 20-08336759-9 por PESOS UN MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS ($1.692).- Art.2º.- Dicho gasto se imputará a la partida presupuestaria del presupuesto vigente.- Art.3º.- El Remito vinculado al EE señalado en el Visto se corresponde con su original ajustado a la normativa vigente y obra en poder de este Hospital sin contener tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas.- Art.4. - Para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General Administrativo Contable del Ministerio de Salud.- Efron - Bruno

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.º 274/HGAPP/14

Buenos Aires, 18 de julio de 2014 VISTO el EE Nº 6807030/14 encuadrado en los términos del Dto. Nº 556/GCBA/2010 y CONSIDERANDO: Que, el Jefe del Servicio de Farmacia solicita la urgente adquisición para cubrir la demanda de pacientes en dicho Hospital. Que, por las presentes actuaciones se tramitó la adquisición para dicho Servicio, siendo la misma, impostergable e imprescindible y asegurar resultados finales esenciales.- Que, la presente gestión debe llevarse a cabo con la celeridad tal que impide someterse a procedimientos previstos en los regímenes de compras y contrataciones vigentes o mediante el sistema de caja chica común.- Que, la Sección Compras efectúo el pedido interno identificado con el Nº 236/14 (Pedido Sigaf Nº 5618/14) y cursó invitaciones para cotizar a e- mail/fax a la UAPE, CAC, Guía de Licitaciones, Mercados Transparentes y proveedores del rubro inscriptos en el RIUPP; Que, mediante Remito Nº 0001-00065914 (MEDI SISTEM S.R.L.), se acreditaron las adquisiciones de los insumos debidamente conformados.- Que, este Nivel deja expresa constancia que el remito vinculado al EE mencionado en el visto se corresponde con su original ajustado a la normativa vigente, el cual obra en poder de esta Repartición y no contiene tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas.- Que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 1º de la Disposición Nº 49/GCABA/DGAC/2008, se detalla a continuación los datos del mes en curso de la presente disposición: NUMERO DE AUTORIZACION DEL MES 06(Julio/14) ACUMULADO APROBADO $ 64.080,10 SALDO A LA FECHA DE LA DISPOSICION $ 435.919,90 Que, se trata de un gasto de imprescindible necesidad tendiente a asegurar la atención de los pacientes.- Que, es competencia de la Dirección y la Gerencia Operativa de Gestión Administrativa Económica y Financiera del Hospital resolver al respecto.-

Página Nº 119Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

EL SUB DIRECTOR Y LA GERENTE OPERATIVA DE GESTION ADM. ECONOM. Y FINANCIERA DEL HOSPITAL "P.PIÑERO"

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Que, el Dr. Cosme Damián Pagano, a cargo de la Dirección del Hospital, se encuentra usufructuando licencia ordinaria.- Que, debe procederse según las facultades que surgen del Art. 2 de la Ley de Procedimiento Administrativo aprobado por Dto. Nº 1510/97.- Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por Dto. Nº 556/GCBA/2010, y lo dispuesto en el artículo 6º del Dto. Nº 392/GCBA/2010

EL SUBDIRECTOR Y LA GERENTE OPERATIVA DE GESTION ADM. ECONOM. Y FINANCIERA DEL HOSPITAL "P.PIÑERO"

DISPONEN Art. 1º.- Apruébase el gasto de imprescindible necesidad para el normal

funcionamiento de los servicios del Hospital, por un total de PESOS DOS MIL SEISCIENTOS CINCUENTA ($2.650) realizado a la firma MEDI SISTEM S.R.L. CUIT 30-66165826-2.- Art.2º.- Dicho gasto se imputará a la partida presupuestaria del presupuesto vigente.- Art.3º.- El Remito vinculado al EE señalado en el Visto se corresponde con su original ajustado a la normativa vigente y obra en poder de este Hospital sin contener tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas.- Art.4. - Para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General Administrativo Contable del Ministerio de Salud.- Efron - Bruno

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.º 275/HGAPP/14

Buenos Aires, 18 de julio de 2014 VISTO el EE Nº 6276170/14 encuadrado en los términos del Dto. Nº 556/GCBA/2010 y CONSIDERANDO: Que, el Jefe del Servicio de Odontología solicita la urgente adquisición para cubrir la demanda de pacientes en dicho Hospital. Que, por las presentes actuaciones se tramitó la adquisición para dicho Servicio, siendo la misma, impostergable e imprescindible y asegurar resultados finales esenciales.- Que, la presente gestión debe llevarse a cabo con la celeridad tal que impide someterse a procedimientos previstos en los regímenes de compras y contrataciones vigentes o mediante el sistema de caja chica común.- Que, la Sección Compras efectúo el pedido interno identificado con el Nº 219/14 (Pedido Sigaf Nº 5182/14) y cursó invitaciones para cotizar a e- mail/fax a la UAPE, CAC, Guía de Licitaciones, Mercados Transparentes y proveedores del rubro inscriptos en el RIUPP; Que, mediante Remito Nº 0001-00004179 (TRAUMAX S.R.L.), se acreditaron las adquisiciones de los insumos debidamente conformados.- Que, este Nivel deja expresa constancia que el remito vinculado al EE mencionado en el visto se corresponde con su original ajustado a la normativa vigente, el cual obra en poder de esta Repartición y no contiene tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas.- Que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 1º de la Disposición Nº 49/GCABA/DGAC/2008, se detalla a continuación los datos del mes en curso de la presente disposición: NUMERO DE AUTORIZACION DEL MES 05(Julio/14) ACUMULADO APROBADO $ 61.430,10 SALDO A LA FECHA DE LA DISPOSICION $ 438.569,90

Página Nº 120Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Que, se trata de un gasto de imprescindible necesidad tendiente a asegurar la atención de los pacientes.- Que, es competencia de la Dirección y la Gerencia Operativa de Gestión Administrativa Económica y Financiera del Hospital resolver al respecto.- Que, el Dr. Cosme Damián Pagano, a cargo de la Dirección del Hospital, se encuentra usufructuando licencia ordinaria.- Que, debe procederse según las facultades que surgen del Art. 2 de la Ley de Procedimiento Administrativo aprobado por Dto. Nº 1510/97.- Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por Dto. Nº 556/GCBA/2010, y lo dispuesto en el artículo 6º del Dto. Nº 392/GCBA/2010

EL SUB DIRECTOR Y LA GERENTE OPERATIVA DE GESTION ADM. ECONOM. Y FINANCIERA DEL HOSPITAL "P.PIÑERO"

DISPONEN Art. 1º.- Apruébase el gasto de imprescindible necesidad para el normal

funcionamiento de los servicios del Hospital, por un total de PESOS DIECINUEVE MIL OCHOCIENTOS ($19.800) realizado a la firma TRAUMAX S.R.L. CUIT 30-70970355-9.- Art.2º.- Dicho gasto se imputará a la partida presupuestaria del presupuesto vigente.- Art.3º.- El Remito vinculado al EE señalado en el Visto se corresponde con su original ajustado a la normativa vigente y obra en poder de este Hospital sin contener tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas.- Art.4. - Para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General Administrativo Contable del Ministerio de Salud.- Efron - Bruno

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 276/HGAPP/14

Buenos Aires, 18 de julio de 2014 VISTO el EE Nº 5785832/14 encuadrado en los términos del Dto. Nº 556/GCBA/2010 y CONSIDERANDO: Que, el Jefe del Servicio de Farmacia solicita la urgente adquisición para cubrir la demanda de pacientes en dicho Hospital. Que, por las presentes actuaciones se tramitó la adquisición para dicho Servicio, siendo la misma, impostergable e imprescindible y asegurar resultados finales esenciales.- Que, la presente gestión debe llevarse a cabo con la celeridad tal que impide someterse a procedimientos previstos en los regímenes de compras y contrataciones vigentes o mediante el sistema de caja chica común.- Que, la Sección Compras efectúo el pedido interno identificado con el Nº 212/14 (Pedido Sigaf Nº 5145/14) y cursó invitaciones para cotizar a e- mail/fax a la UAPE, CAC, Guía de Licitaciones, Mercados Transparentes y proveedores del rubro inscriptos en el RIUPP; Que, mediante Remitos Nº 0002-00029762 (ERNESTO VAN ROSSUM Y CÍA. S.R.L.), 0001-00054638 (QUIMICA CORDOBA S.A.), se acreditaron las adquisiciones de los insumos debidamente conformados.- Que, este Nivel deja expresa constancia que el remito vinculado al EE mencionado en el visto se corresponde con su original ajustado a la normativa vigente, el cual obra en poder de esta Repartición y no contiene tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas.-

Página Nº 121Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 1º de la Disposición Nº 49/GCABA/DGAC/2008, se detalla a continuación los datos del mes en curso de la presente disposición: NUMERO DE AUTORIZACION DEL MES 04(Julio/14) ACUMULADO APROBADO $ 41.630,10 SALDO A LA FECHA DE LA DISPOSICION $ 458.369,90 Que, se trata de un gasto de imprescindible necesidad tendiente a asegurar la atención de los pacientes.- Que, es competencia de la Dirección y la Gerencia Operativa de Gestión Administrativa Económica y Financiera del Hospital resolver al respecto.- Que, el Dr. Cosme Damián Pagano, a cargo de la Dirección del Hospital, se encuentra usufructuando licencia ordinaria.- Que, debe procederse según las facultades que surgen del Art. 2 de la Ley de Procedimiento Administrativo aprobado por Dto. Nº 1510/97.- Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por Dto. Nº 556/GCBA/2010, y lo dispuesto en el artículo 6º del Dto. Nº 392/GCBA/2010 EL SUB DIRECTOR Y LA GERENTE OPERATIVA DE GESTION ADM. ECONOM. Y

FINANCIERA DEL HOSPITAL "P.PIÑERO" DISPONEN

Art. 1º.- Apruébase el gasto de imprescindible necesidad para el normal funcionamiento de los servicios del Hospital, por un total de PESOS DOS MIL SESENTA Y SIETE CON 10/00 ($2.067,10) realizado a las firmas ERNESTO VAN ROSSUM Y CIA. S.R.L. por PESOS UN MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON 10/00 ($1.759,10) CUIT 30-52693485-3 y a QUIMICA CORDOBA S.A. por PESOS TRESCIENTOS OCHO ($308,-) CUIT 33-57611332-9.- Art.2º.- Dicho gasto se imputará a la partida presupuestaria del presupuesto vigente.- Art.3º.- El Remito vinculado al EE señalado en el Visto se corresponde con su original ajustado a la normativa vigente y obra en poder de este Hospital sin contener tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas.- Art.4. - Para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General Administrativo Contable del Ministerio de Salud.- Efron – Bruno

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.º 277/HGAPP/14

Buenos Aires, 18 de julio de 2014 VISTO el EE Nº 5541626/14 encuadrado en los términos del Dto. Nº 556/GCBA/2010 y CONSIDERANDO: Que, el Jefe del Servicio de Farmacia solicita la urgente adquisición para cubrir la demanda de pacientes en dicho Hospital. Que, por las presentes actuaciones se tramitó la adquisición para dicho Servicio, siendo la misma, impostergable e imprescindible y asegurar resultados finales esenciales.- Que, la presente gestión debe llevarse a cabo con la celeridad tal que impide someterse a procedimientos previstos en los regímenes de compras y contrataciones vigentes o mediante el sistema de caja chica común.- Que, la Sección Compras efectúo el pedido interno identificado con el Nº 194/14 (Pedido Sigaf Nº 4488/14) y cursó invitaciones para cotizar a e- mail/fax a la UAPE, CAC, Guía de Licitaciones, Mercados Transparentes y proveedores del rubro inscriptos en el RIUPP;

Página Nº 122Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 123: Boletín Oficialboletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/boletines/2014/08/20140811.pdfSe aprueba el precio de las entradas del espectáculo Cineastas..... Pág. 23 Ministerio

Que, mediante Remitos Nº 0001-00025895 (ROSPAW S.R.L.), 0001-00022471 (EGLIS S.A.) 0001-00019170/19254 (RAUL JORGE LEON POGGI) se acreditaron las adquisiciones de los insumos debidamente conformados.- Que, este Nivel deja expresa constancia que el remito vinculado al EE mencionado en el visto se corresponde con su original ajustado a la normativa vigente, el cual obra en poder de esta Repartición y no contiene tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas.- Que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 1º de la Disposición Nº 49/GCABA/DGAC/2008, se detalla a continuación los datos del mes en curso de la presente disposición: NUMERO DE AUTORIZACION DEL MES 03(Julio/14) ACUMULADO APROBADO $ 39.563,00 SALDO A LA FECHA DE LA DISPOSICION $ 460.437,00 Que, se trata de un gasto de imprescindible necesidad tendiente a asegurar la atención de los pacientes.- Que, es competencia de la Dirección y la Gerencia Operativa de Gestión Administrativa Económica y Financiera del Hospital resolver al respecto.- Que, el Dr. Cosme Damián Pagano, a cargo de la Dirección del Hospital, se encuentra usufructuando licencia ordinaria.- Que, debe procederse según las facultades que surgen del Art. 2 de la Ley de Procedimiento Administrativo aprobado por Dto. Nº 1510/97.- Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por Dto. Nº 556/GCBA/2010, y lo dispuesto en el artículo 6º del Dto. Nº 392/GCBA/2010

EL SUB DIRECTOR Y LA GERENTE OPERATIVA DE GESTION ADM. ECONOM. Y FINANCIERA DEL HOSPITAL "P.PIÑERO"

DISPONEN Art. 1º.- Apruébase el gasto de imprescindible necesidad para el normal funcionamiento de los servicios del Hospital, por un total de PESOS DOCE MIL QUINIENTOS TREINTA ($12.530) realizado a las firmas ROSPAW S.R.L. por PESOS CUATRO MIL SETECIENTOS ($4.700) CUIT 30-70738276-3 EGLIS S.A. por PESOS DOS MIL CIENTO SESENTA ($2.160) CUIT 30-59401076-7 RAUL JORGE LEON POGGI por PESOS CINCO MIL SEISCIENTOS SETENTA ($5.670) CUIT 20-08336759-9.- Art.2º.- Dicho gasto se imputará a la partida presupuestaria del presupuesto vigente.- Art.3º.- El Remito vinculado al EE señalado en el Visto se corresponde con su original ajustado a la normativa vigente y obra en poder de este Hospital sin contener tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas.- Art.4. - Para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General Administrativo Contable del Ministerio de Salud.- Efron - Bruno

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.º 278/HGAPP/14

Buenos Aires, 18 de julio de 2014 VISTO el EE Nº 5060728/14 encuadrado en los términos del Dto. Nº 556/GCBA/2010 y CONSIDERANDO: Que, el Jefe del Servicio de Hematología solicita urgente estudio de PET-TC para el paciente Carril Gustavo atendido en dicho Hospital.

Página Nº 123Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Que, por las presentes actuaciones se tramitó la adquisición para dicho Servicio, siendo la misma, impostergable e imprescindible y asegurar resultados finales esenciales.- Que, la presente gestión debe llevarse a cabo con la celeridad tal que impide someterse a procedimientos previstos en los regímenes de compras y contrataciones vigentes o mediante el sistema de caja chica común.- Que, la Sección Compras efectúo el pedido interno identificado con el Nº 166/14 (Pedido Sigaf Nº 4279/14) y cursó invitaciones para cotizar a e- mail/fax a la UAPE, CAC, Guía de Licitaciones, Mercados Transparentes y proveedores del rubro inscriptos en el RIUPP; Que, mediante Orden Nº 2.498.083 (FUNDACION DR. JAIME ROCA PARA EL PROGRESO Y DESARROLLO DEL DIAGNOSTICO POR IMAGENES), se acreditaron las adquisiciones de los insumos debidamente conformados.- Que, este Nivel deja expresa constancia que el remito vinculado al EE mencionado en el visto se corresponde con su original ajustado a la normativa vigente, el cual obra en poder de esta Repartición y no contiene tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas.- Que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 1º de la Disposición Nº 49/GCABA/DGAC/2008, se detalla a continuación los datos del mes en curso de la presente disposición: NUMERO DE AUTORIZACION DEL MES 02(Julio/14) ACUMULADO APROBADO $ 27.033,00 SALDO A LA FECHA DE LA DISPOSICION $ 472.967,00 Que, se trata de un gasto de imprescindible necesidad tendiente a asegurar la atención de los pacientes.- Que, es competencia de la Dirección y la Gerencia Operativa de Gestión Administrativa Económica y Financiera del Hospital resolver al respecto.- Que, el Dr. Cosme Damián Pagano, a cargo de la Dirección del Hospital, se encuentra usufructuando licencia ordinaria.- Que, debe procederse según las facultades que surgen del Art. 2 de la Ley de Procedimiento Administrativo aprobado por Dto. Nº 1510/97.- Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por Dto. Nº 556/GCBA/2010, y lo dispuesto en el artículo 6º del Dto. Nº 392/GCBA/2010

EL SUB DIRECTOR Y LA GERENTE OPERATIVA DE GESTION ADM. ECONOM. Y FINANCIERA DEL HOSPITAL "P.PIÑERO"

DISPONEN Art. 1º.- Apruébase el gasto de imprescindible necesidad para el normal funcionamiento de los servicios del Hospital, por un total de PESOS TRES MIL NOVECIENTOS ($3.900) realizado a la firma FUNDACIÓN DR. JAIME ROCA PARA EL PROGRESO Y DESARROLLO DEL DIAGNOSTICO POR IMÁGENES (CUIT 30-64649212-9).- Art.2º.- Dicho gasto se imputará a la partida presupuestaria del presupuesto vigente.- Art.3º.- El Remito vinculado al EE señalado en el Visto se corresponde con su original ajustado a la normativa vigente y obra en poder de este Hospital sin contener tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas.- Art.4. - Para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General Administrativo Contable del Ministerio de Salud.- Efron - Bruno

Página Nº 124Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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DISPOSICIÓN CONJUNTA N.º 279/HGAPP/14

Buenos Aires, 18 de julio de 2014 VISTO el EE Nº 4068508/14 encuadrado en los términos del Dto. Nº 556/GCBA/2010 y CONSIDERANDO: Que, el Jefe del Servicio de Odontología solicita la urgente adquisición para cubrir la demanda de pacientes en dicho Hospital. Que, por las presentes actuaciones se tramitó la adquisición para dicho Servicio, siendo la misma, impostergable e imprescindible y asegurar resultados finales esenciales.- Que, la presente gestión debe llevarse a cabo con la celeridad tal que impide someterse a procedimientos previstos en los regímenes de compras y contrataciones vigentes o mediante el sistema de caja chica común.- Que, la Sección Compras efectúo el pedido interno identificado con el Nº 146/14 (Pedido Sigaf Nº 5904/14) y cursó invitaciones para cotizar a e- mail/fax a la UAPE, CAC, Guía de Licitaciones, Mercados Transparentes y proveedores del rubro inscriptos en el RIUPP; Que, mediante Remito Nº 0001-00007664 (BRAIN MEDICAL de OSCAR ALEJANDRO REVELLO), se acreditaron las adquisiciones de los insumos debidamente conformados.- Que, este Nivel deja expresa constancia que el remito vinculado al EE mencionado en el visto se corresponde con su original ajustado a la normativa vigente, el cual obra en poder de esta Repartición y no contiene tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas.- Que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 1º de la Disposición Nº 49/GCABA/DGAC/2008, se detalla a continuación los datos del mes en curso de la presente disposición: NUMERO DE AUTORIZACION DEL MES 01(Julio/14) ACUMULADO APROBADO $ 23.133,00 SALDO A LA FECHA DE LA DISPOSICION $ 476.867,00 Que, se trata de un gasto de imprescindible necesidad tendiente a asegurar la atención de los pacientes.- Que, es competencia de la Dirección y la Gerencia Operativa de Gestión Administrativa Económica y Financiera del Hospital resolver al respecto.- Que, el Dr. Cosme Damián Pagano, a cargo de la Dirección del Hospital, se encuentra usufructuando licencia ordinaria.- Que, debe procederse según las facultades que surgen del Art. 2 de la Ley de Procedimiento Administrativo aprobado por Dto. Nº 1510/97.- Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por Dto. Nº 556/GCBA/2010, y lo dispuesto en el artículo 6º del Dto. Nº 392/GCBA/2010

EL SUB DIRECTOR Y LA GERENTE OPERATIVA DE GESTION ADM. ECONOM. Y FINANCIERA DEL HOSPITAL "P.PIÑERO"

DISPONEN Art. 1º.- Apruébase el gasto de imprescindible necesidad para el normal funcionamiento de los servicios del Hospital, por un total de PESOS VEINTITRES MIL CIENTO TREINTA Y TRES ($23.133,-) realizado a la firma BRAIN MEDICAL de OSCAR ALEJANDRO REVELLO (CUIT 23-18606781-9).- Art.2º.- Dicho gasto se imputará a la partida presupuestaria del presupuesto vigente.-

Página Nº 125Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Art.3º.- El Remito vinculado al EE señalado en el Visto se corresponde con su original ajustado a la normativa vigente y obra en poder de este Hospital sin contener tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas.- Art.4. - Para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General Administrativo Contable del Ministerio de Salud.- Efron - Bruno

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.º 282/HGAPP/14

Buenos Aires, 25 de julio de 2014 VISTO el EE Nº 7805161/14 encuadrado en los términos del Dto. Nº 556/GCBA/2010 y CONSIDERANDO: Que, el Jefe del Servicio de Rayos solicita la urgente adquisición para cubrir la demanda de pacientes en dicho Hospital. Que, por las presentes actuaciones se tramitó la adquisición para dicho Servicio, siendo la misma, impostergable e imprescindible y asegurar resultados finales esenciales.- Que, la presente gestión debe llevarse a cabo con la celeridad tal que impide someterse a procedimientos previstos en los regímenes de compras y contrataciones vigentes o mediante el sistema de caja chica común.- Que, la Sección Compras efectúo el pedido interno identificado con el Nº 270/14 (Pedido Sigaf Nº 6442/14) y cursó invitaciones para cotizar a e- mail/fax a la UAPE, CAC, Guía de Licitaciones, Mercados Transparentes y proveedores del rubro inscriptos en el RIUPP; Que, mediante Remito Nº 0001-00033767 (PRO MED INTERNACIONAL S.A.), se acreditaron las adquisiciones de los insumos debidamente conformados.- Que, este Nivel deja expresa constancia que el remito vinculado al EE mencionado en el visto se corresponde con su original ajustado a la normativa vigente, el cual obra en poder de esta Repartición y no contiene tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas.- Que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 1º de la Disposición Nº 49/GCABA/DGAC/2008, se detalla a continuación los datos del mes en curso de la presente disposición: NUMERO DE AUTORIZACION DEL MES 22(Julio/14) ACUMULADO APROBADO $ 212.424,86 SALDO A LA FECHA DE LA DISPOSICION $ 287.575,14 Que, se trata de un gasto de imprescindible necesidad tendiente a asegurar la atención de los pacientes.- Que, es competencia de la Dirección y la Gerencia Operativa de Gestión Administrativa Económica y Financiera del Hospital resolver al respecto.- Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por Dto. Nº 556/GCBA/2010, y lo dispuesto en el artículo 6º del Dto. Nº 392/GCBA/2010

EL DIRECTOR Y LA GERENTE OPERATIVA DE GESTION ADM. ECONOM. Y FINANCIERA DEL HOSPITAL "P.PIÑERO"

DISPONEN Art. 1º.- Apruébase el gasto de imprescindible necesidad para el normal funcionamiento de los servicios del Hospital, por un total de PESOS CUATRO MIL NOVECIENTOS CUARENTA ($4.940) realizado a la firma PRO MED

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INTERNACIONAL S.A. CUIT 30-65096413-2.- Art.2º.- Dicho gasto se imputará a la partida presupuestaria del presupuesto vigente.- Art.3º.- El Remito vinculado al EE señalado en el Visto se corresponde con su original ajustado a la normativa vigente y obra en poder de este Hospital sin contener tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas.- Art.4. - Para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General Administrativo Contable del Ministerio de Salud.- Efron - Pagano

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.º 283/HGAPP/14

Buenos Aires, 25 de julio de 2014

VISTO el EE Nº 7585326/14 encuadrado en los términos del Dto. Nº 556/GCBA/2010 y CONSIDERANDO: Que, el Jefe del Servicio de Farmacia solicita la urgente adquisición para cubrir la demanda de pacientes en dicho Hospital. Que, por las presentes actuaciones se tramitó la adquisición para dicho Servicio, siendo la misma, impostergable e imprescindible y asegurar resultados finales esenciales.- Que, la presente gestión debe llevarse a cabo con la celeridad tal que impide someterse a procedimientos previstos en los regímenes de compras y contrataciones vigentes o mediante el sistema de caja chica común.- Que, la Sección Compras efectúo el pedido interno identificado con el Nº 266/14 (Pedido Sigaf Nº 6185/14) y cursó invitaciones para cotizar a e- mail/fax a la UAPE, CAC, Guía de Licitaciones, Mercados Transparentes y proveedores del rubro inscriptos en el RIUPP; Que, mediante Remitos Nº 0001-00022748/22750 (BIOFARMA S.R.L.), se acreditaron las adquisiciones de los insumos debidamente conformados.- Que, este Nivel deja expresa constancia que el remito vinculado al EE mencionado en el visto se corresponde con su original ajustado a la normativa vigente, el cual obra en poder de esta Repartición y no contiene tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas.- Que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 1º de la Disposición Nº 49/GCABA/DGAC/2008, se detalla a continuación los datos del mes en curso de la presente disposición: NUMERO DE AUTORIZACION DEL MES 21(Julio/14) ACUMULADO APROBADO $ 207.484,86 SALDO A LA FECHA DE LA DISPOSICION $ 292.515,14 Que, se trata de un gasto de imprescindible necesidad tendiente a asegurar la atención de los pacientes.- Que, es competencia de la Dirección y la Gerencia Operativa de Gestión Administrativa Económica y Financiera del Hospital resolver al respecto.- Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por Dto. Nº 556/GCBA/2010, y lo dispuesto en el artículo 6º del Dto. Nº 392/GCBA/2010

EL DIRECTOR Y LA GERENTE OPERATIVA DE GESTION ADM. ECONOM. Y FINANCIERA DEL HOSPITAL "P.PIÑERO"

DISPONEN Art. 1º.- Apruébase el gasto de imprescindible necesidad para el normal funcionamiento de los servicios del Hospital, por un total de PESOS DOS MIL OCHOCIENTOS CUATRO ($2.804) realizado a la firma BIOFARMA S.R.L.- CUIT 30-

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60459619-6.- Art.2º.- Dicho gasto se imputará a la partida presupuestaria del presupuesto vigente.- Art.3º.- El Remito vinculado al EE señalado en el Visto se corresponde con su original ajustado a la normativa vigente y obra en poder de este Hospital sin contener tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas.- Art.4. - Para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General Administrativo Contable del Ministerio de Salud.- Efron - Pagano

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 284/HGAPP/14

Buenos Aires, 25 de julio de 2014 VISTO el EE Nº 7356739/14 encuadrado en los términos del Dto. Nº 556/GCBA/2010 y CONSIDERANDO: Que, el Jefe del Servicio de Farmacia solicita la urgente adquisición para cubrir la demanda de pacientes en dicho Hospital. Que, por las presentes actuaciones se tramitó la adquisición para dicho Servicio, siendo la misma, impostergable e imprescindible y asegurar resultados finales esenciales.- Que, la presente gestión debe llevarse a cabo con la celeridad tal que impide someterse a procedimientos previstos en los regímenes de compras y contrataciones vigentes o mediante el sistema de caja chica común.- Que, la Sección Compras efectúo el pedido interno identificado con el Nº 262/14 (Pedido Sigaf Nº 6189/14) y cursó invitaciones para cotizar a e- mail/fax a la UAPE, CAC, Guía de Licitaciones, Mercados Transparentes y proveedores del rubro inscriptos en el RIUPP; Que, mediante Remito Nº 0001-00037699 (RODOLFO EDUARDO FRISARE S.A.), se acreditaron las adquisiciones de los insumos debidamente conformados.- Que, este Nivel deja expresa constancia que el remito vinculado al EE mencionado en el visto se corresponde con su original ajustado a la normativa vigente, el cual obra en poder de esta Repartición y no contiene tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas.- Que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 1º de la Disposición Nº 49/GCABA/DGAC/2008, se detalla a continuación los datos del mes en curso de la presente disposición: NUMERO DE AUTORIZACION DEL MES 20(Julio/14) ACUMULADO APROBADO $ 204.680,86 SALDO A LA FECHA DE LA DISPOSICION $ 295.319,14 Que, se trata de un gasto de imprescindible necesidad tendiente a asegurar la atención de los pacientes.- Que, es competencia de la Dirección y la Gerencia Operativa de Gestión Administrativa Económica y Financiera del Hospital resolver al respecto.- Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por Dto. Nº 556/GCBA/2010, y lo dispuesto en el artículo 6º del Dto. Nº 392/GCBA/2010

EL DIRECTOR Y LA GERENTE OPERATIVA DE GESTION ADM. ECONOM. Y FINANCIERA DEL HOSPITAL "P.PIÑERO"

DISPONEN Art. 1º.- Apruébase el gasto de imprescindible necesidad para el normal funcionamiento de los servicios del Hospital, por un total de PESOS CATORCE MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y DOS ($14.382) realizado a la firma RODOLFO EDUARDO FRISARE S.A. CUIT 30-61933934-3.-

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Art.2º.- Dicho gasto se imputará a la partida presupuestaria del presupuesto vigente.- Art.3º.- El Remito vinculado al EE señalado en el Visto se corresponde con su original ajustado a la normativa vigente y obra en poder de este Hospital sin contener tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas.- Art.4. - Para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General Administrativo Contable del Ministerio de Salud.- Efron - Pagano

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 285/HGAPP/14

Buenos Aires, 25 de julio de 2014 VISTO el EE Nº 7585394/14 encuadrado en los términos del Dto. Nº 556/GCBA/2010 y CONSIDERANDO: Que, el Jefe del Servicio de Anatomía Patológica solicita la urgente adquisición para cubrir la demanda de pacientes en dicho Hospital. Que, por las presentes actuaciones se tramitó la adquisición para dicho Servicio, siendo la misma, impostergable e imprescindible y asegurar resultados finales esenciales.- Que, la presente gestión debe llevarse a cabo con la celeridad tal que impide someterse a procedimientos previstos en los regímenes de compras y contrataciones vigentes o mediante el sistema de caja chica común.- Que, la Sección Compras efectúo el pedido interno identificado con el Nº 260/14 (Pedido Sigaf Nº 6182/14) y cursó invitaciones para cotizar a e- mail/fax a la UAPE, CAC, Guía de Licitaciones, Mercados Transparentes y proveedores del rubro inscriptos en el RIUPP; Que, mediante Remito Nº 0001-00058218 (BIOARS S.A.), se acreditaron las adquisiciones de los insumos debidamente conformados.- Que, este Nivel deja expresa constancia que el remito vinculado al EE mencionado en el visto se corresponde con su original ajustado a la normativa vigente, el cual obra en poder de esta Repartición y no contiene tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas.- Que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 1º de la Disposición Nº 49/GCABA/DGAC/2008, se detalla a continuación los datos del mes en curso de la presente disposición: NUMERO DE AUTORIZACION DEL MES 19(Julio/14) ACUMULADO APROBADO $ 190.298,86 SALDO A LA FECHA DE LA DISPOSICION $ 309.701,14 Que, se trata de un gasto de imprescindible necesidad tendiente a asegurar la atención de los pacientes.- Que, es competencia de la Dirección y la Gerencia Operativa de Gestión Administrativa Económica y Financiera del Hospital resolver al respecto.- Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por Dto. Nº 556/GCBA/2010, y lo dispuesto en el artículo 6º del Dto. Nº 392/GCBA/2010

EL DIRECTOR Y LA GERENTE OPERATIVA DE GESTION ADM. ECONOM. Y FINANCIERA DEL HOSPITAL "P.PIÑERO"

DISPONEN Art. 1º.- Apruébase el gasto de imprescindible necesidad para el normal funcionamiento de los servicios del Hospital, por un total de PESOS SEIS MIL DOSCIENTOS SESENTA CON 39/00 ($6.260,39) realizado a la firma BIOARS S.A. CUIT 30-68999191-9 por PESOS SEIS MIL DOSCIENTOS SESENTA CON 39/00

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($6.260,39).- Art.2º.- Dicho gasto se imputará a la partida presupuestaria del presupuesto vigente.- Art.3º.- El Remito vinculado al EE señalado en el Visto se corresponde con su original ajustado a la normativa vigente y obra en poder de este Hospital sin contener tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas.- Art.4. - Para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General Administrativo Contable del Ministerio de Salud.- Efron - Pagano

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 286/HGAPP/14

Buenos Aires, 25 de julio de 2014 VISTO el EE Nº 7356626/14 encuadrado en los términos del Dto. Nº 556/GCBA/2010 y CONSIDERANDO: Que, el Jefe del Servicio de Neonatología solicita la urgente adquisición para cubrir la demanda de pacientes en dicho Hospital. Que, por las presentes actuaciones se tramitó la adquisición para dicho Servicio, siendo la misma, impostergable e imprescindible y asegurar resultados finales esenciales.- Que, la presente gestión debe llevarse a cabo con la celeridad tal que impide someterse a procedimientos previstos en los regímenes de compras y contrataciones vigentes o mediante el sistema de caja chica común.- Que, la Sección Compras efectúo el pedido interno identificado con el Nº 256/14 (Pedido Sigaf Nº 6295/14) y cursó invitaciones para cotizar a e- mail/fax a la UAPE, CAC, Guía de Licitaciones, Mercados Transparentes y proveedores del rubro inscriptos en el RIUPP; Que, mediante Remito Nº 0001-00013792 (ARGENTINA MEDICAL PRODUCTS S.R.L.) y Nº 0001-00047119 (SILMAAG S.A.), se acreditaron las adquisiciones de los insumos debidamente conformados.- Que, este Nivel deja expresa constancia que el remito vinculado al EE mencionado en el visto se corresponde con su original ajustado a la normativa vigente, el cual obra en poder de esta Repartición y no contiene tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas.- Que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 1º de la Disposición Nº 49/GCABA/DGAC/2008, se detalla a continuación los datos del mes en curso de la presente disposición: NUMERO DE AUTORIZACION DEL MES 18(Julio/14) ACUMULADO APROBADO $ 184.038,47 SALDO A LA FECHA DE LA DISPOSICION $ 315.961,53 Que, se trata de un gasto de imprescindible necesidad tendiente a asegurar la atención de los pacientes.- Que, es competencia de la Dirección y la Gerencia Operativa de Gestión Administrativa Económica y Financiera del Hospital resolver al respecto.- Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por Dto. Nº 556/GCBA/2010, y lo dispuesto en el artículo 6º del Dto. Nº 392/GCBA/2010

EL DIRECTOR Y LA GERENTE OPERATIVA DE GESTION ADM. ECONOM. Y FINANCIERA DEL HOSPITAL "P.PIÑERO"

DISPONEN Art. 1º.- Apruébase el gasto de imprescindible necesidad para el normal funcionamiento de los servicios del Hospital, por un total de PESOS VEINTIUN MIL CINCUENTA Y SEIS CON 10/00 ($21.056,10) realizado a las firmas ARGENTINA

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MEDICAL PRODUCTS S.R.L. CUIT 30-70825256-1 por PESOS QUINCE MIL NOVECIENTOS SESENTA ($15.960) SILMAG S.A. CUIT 30-70821265-9 por PESOS CINCO MIL NOVENTA Y SEIS CON 10/00 ($5.096,10).- Art.2º.- Dicho gasto se imputará a la partida presupuestaria del presupuesto vigente.- Art.3º.- El Remito vinculado al EE señalado en el Visto se corresponde con su original ajustado a la normativa vigente y obra en poder de este Hospital sin contener tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas.- Art.4. - Para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General Administrativo Contable del Ministerio de Salud.- Efron - Pagano

DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 287/HGAPP/14

Buenos Aires, 25 de julio de 2014 VISTO el EE Nº 7186259/14 encuadrado en los términos del Dto. Nº 556/GCBA/2010 y CONSIDERANDO: Que, el Jefe del Servicio de Hemoterapia solicita la urgente adquisición para cubrir la demanda de pacientes en dicho Hospital. Que, por las presentes actuaciones se tramitó la adquisición para dicho Servicio, siendo la misma, impostergable e imprescindible y asegurar resultados finales esenciales.- Que, la presente gestión debe llevarse a cabo con la celeridad tal que impide someterse a procedimientos previstos en los regímenes de compras y contrataciones vigentes o mediante el sistema de caja chica común.- Que, la Sección Compras efectúo el pedido interno identificado con el Nº 252/14 (Pedido Sigaf Nº 6193/14) y cursó invitaciones para cotizar a e- mail/fax a la UAPE, CAC, Guía de Licitaciones, Mercados Transparentes y proveedores del rubro inscriptos en el RIUPP; Que, mediante Remito Nº 0001-00030970 (FELSAN S.R.L.), se acreditaron las adquisiciones de los insumos debidamente conformados.- Que, este Nivel deja expresa constancia que el remito vinculado al EE mencionado en el visto se corresponde con su original ajustado a la normativa vigente, el cual obra en poder de esta Repartición y no contiene tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas.- Que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 1º de la Disposición Nº 49/GCABA/DGAC/2008, se detalla a continuación los datos del mes en curso de la presente disposición: NUMERO DE AUTORIZACION DEL MES 17(Julio/14) ACUMULADO APROBADO $ 162.982,37 SALDO A LA FECHA DE LA DISPOSICION $ 337.017,63 Que, se trata de un gasto de imprescindible necesidad tendiente a asegurar la atención de los pacientes.- Que, es competencia de la Dirección y la Gerencia Operativa de Gestión Administrativa Económica y Financiera del Hospital resolver al respecto.- Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por Dto. Nº 556/GCBA/2010, y lo dispuesto en el artículo 6º del Dto. Nº 392/GCBA/2010

Página Nº 131Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Art. 1º.- Apruébase el gasto de imprescindible necesidad para el normal funcionamiento de los servicios del Hospital, por un total de PESOS DOS MIL CIENTO SETENTA Y OCHO ($2.178) realizado a la firma FELSAN S.R.L. CUIT 30-70712112-9.-

Art.2º.- Dicho gasto se imputará a la partida presupuestaria del presupuesto vigente.- Art.3º.- El Remito vinculado al EE señalado en el Visto se corresponde con su original ajustado a la normativa vigente y obra en poder de este Hospital sin contener tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas.- Art.4. - Para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General Administrativo Contable del Ministerio de Salud.- Efron - Pagano

Página Nº 132Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

EL DIRECTOR Y LA GERENTE OPERATIVA DE GESTION ADM. ECONOM. Y FINANCIERA DEL HOSPITAL "P.PIÑERO"

DISPONEN

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Organos de Control Resolución Ente Regulador de los Servicios Públicos de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

RESOLUCIÓN Nº 59/ERSP/14

Buenos Aires, 18 de julio de 2014 VISTO: el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad, la Ley Nº 210, el Acta de Directorio Nº 575 del 16 de julio de 2014, CONSIDERANDO: Que, la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su Art. 138 crea en el ámbito del Poder Ejecutivo el Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, el Ente ejerce el control, seguimiento y resguardo de la calidad de los servicios públicos cuya prestación o fiscalización se realice por la administración central y descentralizada o por terceros para la defensa y protección de los derechos de sus usuarios y consumidores, de la competencia y del medio ambiente, velando por la observancia de las leyes que se dicten al respecto; Que, por Acta de Directorio N° 575 se dispuso la donación de aparatos electrónicos en desuso a la Asociación de Padres para la Defensa Integral de Diferenciales, Centro de Día (ADID); Que, la Asesoría Legal ha tomado la intervención de su competencia. Por ello, EL DIRECTORIO DEL ENTE UNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PUBLICOS

DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES RESUELVE

Artículo 1°.- Autorizar la donación de los bienes en desuso propiedad del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que se detallan en el Anexo I que forma parte de la presente resolución. Artículo 2º.- Disponer la donación de los aparatos electrónicos detallados en el Anexo I a la Asociación de Padres para la Defensa Integral de Diferenciales, Centro de Día (ADID). Artículo 3°.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a la Gerencias de Administración y de Proyectos. Cumplido, archívese. Michielotto - Barrera - Goldsack - Lauría - Raffo

ANEXO

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RESOLUCIÓN Nº 60/ERSP/14

Buenos Aires, 18 de julio de 2014 VISTO: el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad, la Ley Nº 210, el Acta de Directorio Nº 575 del 16 de julio de 2014, CONSIDERANDO: Que, la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su Art. 138 crea en el ámbito del Poder Ejecutivo el Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, el Ente ejerce el control, seguimiento y resguardo de la calidad de los servicios públicos cuya prestación o fiscalización se realice por la administración central y descentralizada o por terceros para la defensa y protección de los derechos de sus usuarios y consumidores, de la competencia y del medio ambiente, velando por la observancia de las leyes que se dicten al respecto; Que, por Acta de Directorio N° 575 se dispuso la donación de aparatos electrónicos en desuso a la Fundación Centro de investigación par la Salud Mental (CISAM); Que, la Asesoría Legal ha tomado la intervención de su competencia. Por ello, EL DIRECTORIO DEL ENTE UNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PUBLICOS

DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES RESUELVE

Artículo 1°.- Autorizar la donación de los bienes en desuso propiedad del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que se detallan en el Anexo I que forma parte de la presente resolución. Artículo 2º.- Disponer la donación de los aparatos electrónicos detallados en el Anexo I a la Fundación Centro de investigación para la Salud Mental (CISAM) Artículo 3°.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a las Gerencias de Administración y de Proyectos. Cumplido, archívese. Michielotto - Barrera - Goldsack - Lauría - Raffo

ANEXO

RESOLUCIÓN Nº 61/ERSP/14

Buenos Aires, 18 de julio de 2014 VISTO: el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad, la Ley Nº 210, el Acta de Directorio Nº 575 del 16 de julio de 2014, CONSIDERANDO: Que, la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su Art. 138 crea en el ámbito del Poder Ejecutivo el Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Página Nº 134Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Que, el Ente ejerce el control, seguimiento y resguardo de la calidad de los servicios públicos cuya prestación o fiscalización se realice por la administración central y descentralizada o por terceros para la defensa y protección de los derechos de sus usuarios y consumidores, de la competencia y del medio ambiente, velando por la observancia de las leyes que se dicten al respecto; Que, por Acta de Directorio N° 575 se dispuso la donación de aparatos electrónicos en desuso al Instituto de Educación Especial ESSERE; Que, la Asesoría Legal ha tomado la intervención de su competencia. Por ello, EL DIRECTORIO DEL ENTE UNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PUBLICOS

DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES RESUELVE

Artículo 1°.- Autorizar la donación de los bienes en desuso propiedad del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que se detallan en el Anexo I que forma parte de la presente resolución. Artículo 2º.- Disponer la donación de los aparatos electrónicos detallados en el Anexo I al Instituto de Educación Especial ESSERE. Artículo 3°.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a las Gerencias de Administración y de Proyectos. Cumplido, archívese. Michielotto - Barrera - Goldsack - Lauría - Raffo

ANEXO

RESOLUCIÓN Nº 62/ERSP/14

Buenos Aires, 18 de julio de 2014 VISTO: el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad, la Ley Nº 210, el Acta de Directorio Nº 575 del 16 de julio de 2014, CONSIDERANDO: Que, la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su Art. 138 crea en el ámbito del Poder Ejecutivo el Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, el Ente ejerce el control, seguimiento y resguardo de la calidad de los servicios públicos cuya prestación o fiscalización se realice por la administración central y descentralizada o por terceros para la defensa y protección de los derechos de sus usuarios y consumidores, de la competencia y del medio ambiente, velando por la observancia de las leyes que se dicten al respecto; Que, por Acta de Directorio N° 575 se dispuso la donación de aparatos electrónicos en desuso al Instituto “Nuestra Escuela“ Hogar-Centro de Día; Que, la Asesoría Legal ha tomado la intervención de su competencia. Por ello,

Página Nº 135Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Artículo 1°.- Autorizar la donación de los bienes en desuso propiedad del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que se detallan en el Anexo I que forma parte de la presente resolución. Artículo 2º.- Disponer la donación de los aparatos electrónicos detallados en el Anexo I al Instituto Nuestra Escuela Hogar-Centro de Día. Artículo 3°.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a las Gerencias de Administración y de Proyectos. Cumplido, archívese. Michielotto - Barrera - Goldsack - Lauría - Raffo

ANEXO

Página Nº 136Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

EL DIRECTORIO DEL ENTE UNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PUBLICOS DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE

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Disposición Ente Regulador de los Servicios Públicos de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

DISPOSICIÓN N° 145/GA/14

Buenos Aires, 22 de julio de 2014 VISTO: El Art. 138 de la Constitución de la Ciudad, la Ley N° 210, la Ley N° 2095 y su Decreto Reglamentario Nº 95/2014, normas complementarias y modificatorias, la Resolución del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 3/EURSPCABA/14 del 6 de marzo de 2014, el expediente N°: 1396/E/2014, y CONSIDERANDO: Que, el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad, creó el Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dotándolo de personería jurídica, autarquía, independencia funcional y legitimación procesal; Que, por los presentes actuados se tramita la Contratación Menor N°: 29/2014 para una pauta comercial en el portal web "expedientepolitico.com.ar", con destino al Organismo; Que, la presente contratación se encuentra incluida en el Plan Anual de Compras y Contrataciones del ejercicio 2014 del ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES aprobado por el Directorio a través de la Resolución Nº 4-ERSP/2014 del 12 de marzo de 2014; Que, ante la necesidad de posicionar al Organismo en los medios de comunicación, el Departamento de Comunicación Institucional solicita la contratación de una pauta comercial en el mencionado portal "expedientepolitico.com.ar", un sitio de noticias del ámbito político y judicial; Que, a fs. 2 se ha estimado el presupuesto oficial para la presente contratación en la suma de pesos treinta y seis mil ($36.000,00); Que para el caso específico, el articulo 28 inc 5º de la Ley 2095 de la C.A.B.A. contempla la contratación directa cuando se trate de bienes o servicios prestados, fabricados o distribuidos exclusivamente por determinada persona o entidad, siempre que no hubiese sustitutos convenientes; Que, en virtud de ello, se entendió viable el llamado a Contratación Menor, conforme lo dispuesto en el Artículo 38º y cc. de la Ley Nº 2095 y su Decreto Reglamentario; Que, se procedió a efectuar la imputación presupuestaria de los fondos necesarios para hacer frente a la erogación en base a la estimación del gasto; Que, por Disposición Nº 133 de fecha 7 de julio de 2014, la Gerente de Administración declaró desierta la contratación menor N° 26/14 y autorizó un nuevo llamado a través de la contratación menor N°29/14 para una pauta comercial en el portal web "expedientepolitico.com.ar"; Que, por consiguiente se ha invitado a cotizar a Nicolás Antonio Pizzi, titular del dominio "expedientepolitico.com.ar", cuya oferta ha sido incorporada a estas actuaciones en el acto de apertura de fecha 8 de julio de 2014; Que la Asesoría Legal ha tomado la intervención de su competencia; Que, las atribuciones para el dictado del presente acto emergen del Artículo 11 inc. i) de la Ley 210, la Ley 2095, su Decreto Reglamentario N° 95/2014 y la Resolución del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 3/EURSPCABA/14; Por ello,

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LA GERENTE DE ADMINISTRACIÓN DEL ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DISPONE: Artículo 1º.-Aprobar la Contratación Menor N°: 29/2014 para una pauta comercial en el portal web "expedientepolitico.com.ar", por el período de doce (12) meses, con destino al Organismo. Artículo 2°.- Adjudicar a Nicolás Antonio Pizzi, la contratación de una pauta comercial en el portal web "expedientepolitico.com.ar" por el período de doce (12) meses, con destino al Organismo, por la suma de pesos treinta y seis mil ($36.000,00); Artículo 3º.- Emitir la respectiva Orden de Compra. Artículo 4º.- El gasto que demanda el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Disposición será imputado a la partida presupuestaria del ejercicio 2014 y del 2015 según corresponda. Artículo 5º.-Registrar. Notificar de la presente Disposición a Nicolás Antonio Pizzi. Comunicar al Área Administración Financiera. Publicar en el Boletín Oficial y en la Cartelera Oficial del EURSPCABA por un día. Cumplido, archívese. Colombo

DISPOSICIÓN N° 148/GA/14

Buenos Aires, 22 de julio de 2014 VISTO: El Art. 138 de la Constitución de la Ciudad, la Ley N° 210, la Ley N° 2095 y su Decreto Reglamentario Nº 95/2014, normas complementarias y modificatorias, la Resolución del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 3/EURSPCABA/14 del 6 de marzo de 2014, el expediente N°: 1982/E/2014, y CONSIDERANDO: Que, el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad, creó el Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dotándolo de personería jurídica, autarquía, independencia funcional y legitimación procesal; Que, por los presentes actuados se tramita la Contratación Menor N°: 30/2014 de un banner para el portal web "parabuenosaires.com", con destino al Organismo; Que, la presente contratación se encuentra incluida en el Plan Anual de Compras y Contrataciones del ejercicio 2014 del ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES aprobado por el Directorio a través de la Resolución Nº 4-ERSP/2014 del 12 de marzo de 2014; Que, ante la necesidad de posicionar al Organismo en los medios de comunicación, el Departamento de Comunicación Institucional solicita la contratación de un banner para el portal web "parabuenosaires.com", el cual es realizado por reconocidos periodistas sobre noticias destacadas de la ciudad de Buenos Aires, actualizadas en tiempo real; Que, se ha estimado el presupuesto oficial para la presente contratación en la suma de pesos treinta y seis mil ($36.000,00); Que, para el caso especifico, el articulo 28 inc. 5º de la Ley 2095 de la C.A.B.A. contempla la contratación directa cuando se trate de bienes o servicios prestados, fabricados o distribuidos exclusivamente por determinada persona o entidad, siempre que no hubiese sustitutos convenientes; Que, en virtud de ello, se entendió viable el llamado a Contratación Menor, conforme lo dispuesto en el Artículo 38º y cc. de la Ley Nº 2095 y su Decreto Reglamentario; Que, se procedió a efectuar la imputación presupuestaria de los fondos necesarios para hacer frente a la erogación en base a la estimación del gasto;

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Que, por Disposición Nº 136 de fecha 8 de julio de 2014 la Gerente de Administración autorizó la contratación respectiva; Que, por consiguiente se ha invitado a cotizar a Roberto Pablo D Anna, en su carácter de titular del portal web "parabuenosaires.com", cuya oferta ha sido incorporada a estas actuaciones en el acto de apertura de fecha 16 de julio de 2014; Que la Asesoría Legal ha tomado la intervención de su competencia; Que, las atribuciones para el dictado del presente acto emergen del Artículo 11 inc. i) de la Ley 210, la Ley 2095, su Decreto Reglamentario N° 95/2014 y la Resolución del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N°3/EURSPCABA/14; Por ello, LA GERENTE DE ADMINISTRACIÓN DEL ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS

SERVICIOS PÚBLICOS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DISPONE

Artículo 1º.-Aprobar la Contratación Menor N°: 30/2014 de un banner para el portal web "parabuenosaires.com" por el período de un (1) año, con destino al Organismo. Artículo 2°.-Adjudicar a Roberto Pablo D Anna la contratación de un banner para el portal web "parabuenosaires.com", por el período de un (1) año, con destino al Organismo, por la suma de pesos treinta y seis mil ($36.000,00). Artículo 3º.- Emitir la respectiva Orden de Compra. Artículo 4º.-El gasto que demanda el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Disposición será imputado a la partida presupuestaria del ejercicio 2014 y del 2015 según corresponda. Artículo 5º.-Registrar. Notificar de la presente Disposición a Roberto Pablo D Anna. Comunicar al Área Administración Financiera. Publicar en el Boletín Oficial y en la Cartelera Oficial del EURSPCABA por un día. Cumplido, archívese. Colombo

DISPOSICIÓN N.° 162/GA/14

Buenos Aires, 5 de agosto de 2014 VISTO: El Art. 138 de la Constitución de la Ciudad, la Ley N° 210, la Ley N° 2095 y su Decreto Reglamentario N° 95/2014, normas complementarias y modificatorias, la Resolución del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 3/EURSPCABA/14 del 6 de marzo de 2014, el expediente N°: 1391/E/2014, y CONSIDERANDO: Que, el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad, creó el Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dotándolo de personería jurídica, autarquía, independencia funcional y legitimación procesal; Que, por los presentes actuados se tramita la Licitación Privada N°: 08/2014 para el alquiler y mantenimiento de fotocopiadoras, con destino al Organismo; Que, la presente contratación no se encuentra incluida en el Plan Anual de Compras y Contrataciones del ejercicio 2014 del ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES aprobado por el Directorio a través de la Resolución N° 4-ERSP/2014 del 12 de marzo de 2014; Que, en atención a la nota del Área de Innovación Tecnológica, se fundamenta la necesidad de la contratación de este servicio, considerando la actual demanda de fotocopias, el mantenimiento que puedan requerir los equipos, y una cobertura que garantice la prestación del servicio;

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Que, a fs. 2/3 se ha estimado el presupuesto oficial para la presente contratación en la suma de pesos ciento cuarenta y cuatro mil ($144.000.-); Que, se procedió a efectuar la imputación presupuestaria de los fondos necesarios para hacer frente a la erogación en base a la estimación del gasto; Que, la Asesoría Legal ha tomado la intervención de su competencia; Que, las atribuciones para el dictado del presente acto emergen del Artículo 11 inc. i) de la Ley 210, la Ley 2095, su Decreto Reglamentario N° 95/2014 y la Resolución del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 3/EURSPCABA/14; Por ello,

LA GERENTE DE ADMINISTRACIÓN DEL ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DISPONE: Artículo 1°. Autorizar el llamado a Licitación Privada N° 08/2014 tendiente a la contratación de alquiler y mantenimiento de fotocopiadoras con destino al Organismo, por el período de un (1) año, con las características y demás condiciones descriptas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas que como Anexo I integran la presente Disposición, con un presupuesto oficial de pesos ciento cuarenta y cuatro mil ($144.000.-). Artículo 2°. Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares de la Licitación Privada N° 08/2014, y Especificaciones Técnicas que como Anexo I integran la presente Disposición. Artículo 3°.- Establecer el día 22 de agosto de 2014 a las 12:00 horas, como fecha para la apertura pública de ofertas. Artículo 4°.- Establecer que en la presente contratación el precio del pliego es “sin valor”. Artículo 5°.- Remitir las invitaciones de acuerdo a lo establecido en la Ley 2095. Artículo 6°.- Registrar. Comunicar al Área Administración Financiera. Publicar en el Boletín Oficial y en la Cartelera Oficial del EURSPCABA por un día. Cumplido, archívese. Colombo

ANEXO

DISPOSICIÓN N.° 164/GA/14

Buenos Aires, 8 de agosto de 2014 VISTO: El Art. 138 de la Constitución de la Ciudad, la Ley N° 210, la Ley N° 2095 y su Decreto Reglamentario N° 95/2014, normas complementarias y modificatorias, la Resolución del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 3/EURSPCABA/14 del 6 de marzo de 2014, el expediente N°: 2334/E/2014, y CONSIDERANDO: Que, el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad, creó el Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dotándolo de personería jurídica, autarquía, independencia funcional y legitimación procesal; Que, por los presentes actuados se tramita la Contratación Menor N°: 36/2014 para la Adquisición de equipos varios, con destino al Organismo;

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Que, se encuentra contemplada la adquisición de equipos varios, en el Plan Anual de Compras y Contrataciones del ejercicio 2014 del ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES aprobado por el Directorio a través de la Resolución N° 4-ERSP/2014 del 12 de marzo de 2014; Que, a fs. 13/18 se ha estimado el presupuesto oficial para la presente contratación en la suma de pesos ciento setenta y un mil seiscientos cincuenta ($171.650,00); Que, en virtud de ello, se entiende viable el llamado a Contratación Menor, conforme lo dispuesto en el Artículo 38° y ccs. de la Ley N° 2095 y su Decreto Reglamentario; Que, se procedió a efectuar la imputación presupuestaria de los fondos necesarios para hacer frente a la erogación en base a la estimación del gasto; Que la Asesoría Legal ha tomado la intervención de su competencia; Que, las atribuciones para el dictado del presente acto emergen del Artículo 11 inc. i) de la Ley 210, la Ley 2095, su Decreto Reglamentario N° 95/2014 y la Resolución del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 3/EURSPCABA/14; Por ello,

LA GERENTE DE ADMINISTRACIÓN DEL ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DISPONE: Artículo 1°.- Autorizar el llamado a Contratación Menor N°: 36/2014 tendiente a la adquisición de equipos varios con destino al Organismo, con las características y demás condiciones descriptas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas que como Anexo I y II integran la presente Disposición, con un presupuesto oficial de pesos ciento setenta y un mil seiscientos cincuenta ($171.650,00). Artículo 2°.- Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares de la Contratación Menor N°: 36/2014, y Especificaciones Técnicas que como Anexo I y II integran la presente Disposición.

Artículo 3°.- Establecer el día 14 de agosto de 2014 a las 12:00 horas, como fecha para la apertura pública de ofertas. Artículo 4°.- Establecer que en la presente contratación el precio del pliego es “sin valor”. Artículo 5°.- Remitir las invitaciones de acuerdo a lo establecido en la Ley 2095. Artículo 6°.- Registrar. Comunicar al Área Administración Financiera. Publicar en la Cartelera Oficial del EURSPCABA por un día. Cumplido, archívese. Colombo

ANEXO

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Comunicados y Avisos Ministerio de Salud

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL DE REHABILITACIÓN “MANUEL ROCCA“ Inscripción de Aspirantes - Nota Nº 98-HRR/14 Docentes para Interinatos y Suplencias para 2015 El Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires comunica que se realizará la inscripción de docentes aspirantes al ejercicio de la docencia en Educación Especial en los siguientes cargos: Maestro de Atípicos Ciegos, Motores, Múltiples y Sordos; Maestro Celador; Maestro de Grado-Alfabetización y Maestro de Materias Complementarias: Educación Plástica, Educación Física, Actividades Prácticas y Música. Fecha: 19 de agosto al 19 de setiembre de 2014. Lugar: Junta de Clasificación Docente Htal. de Rehabilitación “Manuel Rocca“, Av. Segurola 1949, 1º piso, Capital Federal, Tel.: 4630-4727. Horario: lunes a viernes de 9.30 a 11.30 hs.

José Alberto Addimanda Director

CA 318 Inicia: 5-8-2014 Vence: 11-8-2014

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Ministerio de Educación

MINISTERIO DE EDUCACIÓN DIRECCIÓN OPERATIVA DE CLASIFICACIÓN Y DISCIPLINA DOCENTE Comunicado N° 12 EXIBICIÓN DEFINITIVA LISTADOS INTERINATOS Y SUPLENCIAS INSCRIPCIÓN 2011-2012 – JUNTA MEDIA ZONA II El Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en cumplimiento con lo normado en la Ordenanza Nº 40593 y su Reglamentación, informa que la Junta de Clasificación Docente Área Media Zona II (Liceos y Nacionales), procederá a exhibir el Listado DEFINITIVO correspondiente a la Inscripción 2011/2012 para Interinatos y Suplencias en el horario y lugar que a continuación se detallan: Días de Exhibición: 11, 12, 13, 14 y 15 de agosto de 2014 Lugar: Liceo Nº 12 “Fray Mamerto Esquiú”, Av. José María Moreno 345 Horario: de 10 a 14 hs.

María L. Piacenza Gerenta Operativa de Clasificación y Disciplina Docente

CA 320 Inicia: 11-8-2014 Vence: 12-8-2014

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Licitaciones Jefatura de Gabinete de Ministros

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE Circular con consulta - Circular Aclaratoria con Consulta Nº 1 Circular Aclaratoria con Consulta Nº 001. Licitación Pública Nacional para otorgar bajo el régimen jurídico de concesión de servicio público la prestación de los servicios relacionados con el sistema de estacionamiento regulado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Las consultas de presentación se encuentran como Anexos que forman parte integrante de la circular. PRESENTACION N° 1 (IF-2014-06889722-SSTRANS) Consulta 1: 1. El artículo 11 del PBCG “INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO INFORMATIZADO ÚNICO Y PERMAMENTE DE PROVEEDORES DEL SECTOR PÚBLICO DE LA CIUDAD (RIUPP)” establece que “los interesados en participar en los procedimientos de selección deberán haber iniciado el trámite de inscripción en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de la Ciudad…” ¿Deben iniciar el trámite en cuestión todas y cada una de las personas integrantes de una UTE o ese recaudo se considera cumplido con el trámite de inscripción de una sola de las empresas miembros de la UTE? ¿Es aplicable esta exigencia para el caso que algún integrante de una UTE sea una empresa extranjera? Respuesta 1: El trámite de inscripción al RIUPP debe ser iniciado por cada una de las empresas integrantes de la UTE con excepción de las empresas extranjeras. Consulta 2: 2. El artículo 51 del PBCG “IMPACTO AMBIENTAL” establece que son de aplicación obligatoria al concesionario la Ley 123, el Decreto 222/12 y cc. ¿Es necesario para el servicio a licitar considerar la contratación de un Ing. Ambiental? En caso afirmativo por favor indicar el alcance de sus tareas a fin de realizar dicha estimación de costos. Respuesta 2: Los futuros oferentes deberán cumplir con las presentaciones que exige la Ley Nº 123. Para ello, deberán contratar un profesional pero únicamente a los efectos de cumplir debidamente con lo requerido por la Ley Nº 123. Consulta 3: 3. El artículo 5º del PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES (en adelante PBCP) “BIENES EXISTENTES” norma que “El concesionario se hará cargo de los bienes existentes al momento de inicio de la Concesión, pudiendo disponer de ellos siempre que no sean de utilidad para la correcta prestación del servicio. La disposición deberá hacerse previa autorización del de la autoridad competente y de acuerdo a los procedimientos legales vigentes”. ¿Es posible conocer con anticipación a la presentación de las Ofertas el detalle y ubicación de tales bienes y su estado? Respuesta 3:

Los bienes existentes mencionados en el artículo corresponden a todo el señalamiento vial existente en vía pública, así como a los predios a acondicionar para el acarreo de vehículos asignados a las zonas respectivas. Los mismos podrán ser relevados por los licitantes con anterioridad a la presentación de las ofertas. En el caso particular de los predios citados, se establecerá oportunamente el cronograma de visitas a los mismos.

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Consulta 4: 4. El artículo 15 PBCP “PRESENTACIÓN UTE” (penúltimo párrafo) establece que “Los balances y estados de situación patrimonial de las sociedades extranjeras, expresados en la moneda del país de origen, deberán haber sido presentados ante el correspondiente organismo de control. Asimismo, deberá adjuntarse una traducción oficial al castellano, con todos los importes convertidos a la moneda de curso legal en la Argentina, el tipo de cambio utilizado y la fecha de referencia y fuente, todo ello debidamente legalizado”. ¿Qué debe entenderse por “organismo de control”? ¿Un Auditor Externo independiente? ¿Un notario? Respuesta 4: El término “organismo de control” mencionado en el penúltimo párrafo del artículo 15 del PBCP hace alusión a cualquier autoridad que exista en el país correspondiente que sea equivalente al Registro Público de Comercio en la Argentina. Consulta 5: 5. El referido artículo 15 PBCP que “en la carta de presentación deberá figurar el nombre de cada una de las sociedades integrantes de la UTE con identificación de la Empresa con antecedentes operativos, el domicilio especial en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de cada una de ellas, y el domicilio especial común de la UTE en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”. En el supuesto de que una empresa extranjera integre una Unión Transitoria de Empresas ¿es necesario que constituya domicilio especial en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires? Respuesta 5: Afirmativo. La empresa extranjera que integre una UTE deberá constituir domicilio especial en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Consulta 6: 6. En el artículo 18 PBCP “CONTENIDO DE LAS OFERTAS” en su numeral 18.1. 14) establece que los oferentes deberán acompañar una “Declaración Jurada de no encontrarse comprendido en ninguno de los impedimentos para ser oferente establecidos en los pliegos que rigen la contratación”. En el supuesto de que una empresa extranjera integre una Unión Transitoria de Empresas ¿alcanza una Declaración Jurada de que ni la sociedad ni sus directivos se encuentran comprendidos en los impedimentos para ser oferente establecidos en los pliegos que rigen la contratación? ¿o debe acompañarse certificación de algún Registro en particular. En su caso, de no existir dicho Registro en el país de origen. ¿Cómo debe procederse? Respuesta 6: En el caso de una empresa extranjera integre una Unión Transitoria de Empresas y a fin de cumplir debidamente con lo exigido en el numeral 18.1. del artículo 18 del PBCP, es suficiente que se presente una Declaración Jurada de que ni la sociedad ni sus directivos se encuentran comprendidos en los impedimentos para ser oferente establecidos en los pliegos que rigen la contratación. Consulta 7: 7. El artículo 18 del PBCP “CONTENIDO DE LAS OFERTAS”, su numeral 18.1. 22) establece que los Oferentes deberán acompañar “Estudio de factibilidad económica que refleje la viabilidad económica – financiera de su oferta por todo el plazo del contrato de prestación de servicios, que deberá incluir el flujo de egresos previstos, los costos de inversión, los costos de mantenimiento, los costos administrativos, los costos financieros y todo otro costo considerado en la oferta. Se presentará además el flujo de ingresos y recursos anuales proyectados”. El flujo de ingresos que debe presentarse, se entiende corresponde al del Oferente, por lo tanto, uno de los componentes de ingresos es el CANON, o sea el precio; en consecuencia ¿no se estaría adelantado en definitiva el resultado del sobre nro.2, el referido al precio del servicio? En relación a dicho flujo de ingresos y egresos, ¿existe alguna recomendación con respecto a la exposición? ¿Con inflación? ¿Sin inflación? ¿A moneda constante? Etc. Respuesta 7:

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El flujo de ingresos y egresos deberá presentarse en el sobre Nº2. El flujo de fondos debería ser en valores nominales, ya que existe la redeterminación de precios. Consulta 8: 8. El artículo 18 del PBCP “CONTENIDO DE LAS OFERTAS” establece en su numeral 18.2.c. que “los oferentes deberán acompañar por lo menos 3 notas de entidades financieras, comerciales y/o industriales, a modo de referencia. Las referencia comerciales a aportar deberán estar referidas al desempeño de actividades afines al objeto de la presente licitación pública…”. A su vez, en el artículo 34 PBCP “ANALISIS DE ADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS”, numeral 34.2. c.3) Antecedentes Técnicos se lee que “los oferentes deberán adjuntar con carácter de Declaración Jurada, el detalle de la totalidad de las concesiones en las que hubieran participado individualmente o en UTE…”. ¿Es necesario que la Declaración Jurada previamente referida esté respaldada por notas provenientes de los respectivos concedentes? ¿El monto total de las concesiones en las que hubieran participado individualmente o en UTE debe ser expresado en moneda de curso legal en la República Argentina (pesos)? ¿O puede ser expresada en su moneda de origen (por ejemplo dólares estadounidenses, euros? Respuesta 8: La declaración jurada que deberán presentar los oferentes detallando la totalidad de las concesiones (artículo 34 del PBCP) no debe estar respaldada necesariamente por notas de los concedentes. Sin perjuicio de ello, la Comisión de Evaluación de Ofertas podrá solicitar a los oferentes dicha información en la oportunidad debida. El monto total de la concesión debe ser expresado en moneda de curso legal en la República Argentina (pesos) y en su moneda de origen indicando el tipo de cambio y la fecha de referencia. Consulta 9: 9. El artículo 18 del PBCP “CONTENIDO DE LAS OFERTAS”, su numeral 18.3. norma que “El oferente presentará la oferta económica para la Prestación del Servicio Público licitado. Los oferentes deberán presentar conjuntamente con la oferta económica, la estructura real de costos de cada uno de los ítems que integran la oferta económica. De ella debe surgir el detalle de los costos directos e indirectos que la componen, la incidencia impositiva y la utilidad prevista. También deberá indicar los índices de referencia asociados a cada uno de los conceptos que la componen. Estos índices de referencia, aprobados por el comitente al momento de la adjudicación, serán los considerados al momento de aplicarse el mecanismo de revisión de precios del contrato. Todos los valores deben ser expresados en pesos, en números y letras. Se deja establecido que los Oferentes no deberán contemplar previsiones para el pago de Indemnizaciones laborales al finalizar la presente CONTRATACIÓN, conforme se establece en el punto e) del artículo 53 del presente Pliego de Condiciones Particulares”. La estructura de costos, ¿se refiere a cada línea del flujo de egresos? ¿En ese caso, cada uno de los ítems (líneas de egresos) debe ir vinculado a un indicador de referencia? Al decir que deberá ir expresado en letras: ¿qué parte? ¿La suma anual? ¿El total? ¿El total parcial de cada línea de costos? ¿Un flujo de egresos expresado con letras? ¿Los índices de referencia son los cinco parámetros de variación del Artículo 59 del PBCP? En dicho Artículo 59 se determina una estructura de costos estimada, incidencia y parámetros, entonces ¿porque se solicitan índices de referencia en el art 18.3? ¿Se van a tomar estos parámetros del Artículo 59 para realizar el ajuste? ¿O debe vincularse cada ítem de la respectiva propuesta de costos a esos parámetros? Respuesta 9: Los índices de referencia asociados a cada uno de los conceptos que componen la estructura de costos deberán ser aquellos establecidos en la Ley Nº 2.809. El total de cada año y del período deberá estar expresado en letras. Consulta 10:

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10. El Artículo 53 del PBCP RÉGIMEN DEL PERSONAL establece en su inciso a) DOTACIÓN DEL PERSONAL que “En caso de ofertas para las zonas en las cuales en la actualidad se presta el servicio de estacionamiento medido (zona sur y norte) el Concesionario tendrá en consideración que deberá absorber a su exclusivo cargo y costo, en los términos del Convenio Colectivo 40/89, a la totalidad del personal operativo, en relación de dependencia, que al momento de la adjudicación de la Licitación se encuentre prestando servicio en esas zonas, manteniendo en las nuevas concesiones, el contrato -a todos sus efectos- conforme las previsiones de la ley laboral y convenios vigentes, sin restricción de los derechos laborales adquiridos en el transcurso del último contrato, salvo aquellas alteraciones de modo, tiempo y lugar que no impliquen menoscabo en los mismos, en un todo de acuerdo al art. 12 de la Ley N° 4.003, y sin perjuicio de encuadrarse en el futuro en la articulación y sucesión de convenios colectivos en su caso, con arreglo a lo previsto por la Ley Nacional N° 25.250, Capitulo 111". ¿Es posible conocer con anticipación a la presentación de las Ofertas detalles de la nomina, masa salarial, aportes legales y cualquier dato adicional que haya que tener en cuenta? Respuesta 10: La respuesta está en la circular sin consulta Nº1. Consulta 11: 11. El Artículo 52 PBCP “COSTOS” establece que “El Concesionario tendrá a su cargo, entre otros, los costos derivados de las siguientes actividades:...d) Los eventuales traslados de elementos ordenados por el GCABA...”. ¿A qué eventuales traslados de elementos se refiere? Por favor aclarar mediante ejemplos que tipo de costos y en que jurisdicción. Respuesta 11: Se refiere a traslados, dentro del ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de elementos vinculados al sistema que se encuentren dentro de la zona concesionada respetiva. Ejemplo: cartelería / postes, vehículos abandonados en playas hasta sectores de disposición final. Consulta 12: 12. El Artículo 1 GENERALIDADES del PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS (en adelante PCT) solicita en su punto f) “Señalización horizontal y vertical, incluso en las zonas no tarifadas”. ¿Qué tipo de señalización horizontal y vertical se va a solicitar para las zonas no tarifadas? ¿Se requiere que las zonas no tarifadas estén demarcadas al inicio de la Concesión o se solicitará solamente en caso de ampliación de la zona tarifada? Respuesta 12: El tipo de señalización horizontal y vertical requerida para las zonas no tarifadas se rige por las especificaciones detalladas en el artículo 3.6., en los Anexos IV, C y D del Pliego de Especificaciones Técnicas. Se requiere que toda la señalización encomendada esté materializada desde el inicio de la concesión. Consulta 13:

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13. El numeral 3 del PCT “ESPECIFICACIONES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LOS SERVICIOS” punto 3.9.1.3. establece que “A fin de controlar el total de la operatoria se deberá establecer un local de ciento ochenta metros cuadrados (180 m2) como mínimo, ubicado en la zona del microcentro, donde se centraliza la información de todo el sistema, se monitorean los equipos de venta, se Informe a los usuarios, se transmitan órdenes a las grúas y playas de remisión, móviles y personal de control, se atiendan reclamos, se monitoree la posición de los móviles equipados con GPS y se reciban órdenes de servicio e instrucciones de la Supervisión Técnica. El sistema Informático será provisto por el proveedor de las máquinas tickeadoras resultante del Concurso Público previsto al efecto y deberá registrar como mínimo la hora, lugar, dominio, marca, modelo y color del vehículo infraccionado, tipo de infracción, así como las características de las remociones realizadas por cada grúa. El personal a cargo del concesionario deberá registrar el momento de remoción, el destino, el momento de ingreso y egreso de la playa y cualquier otro dato que establezca la Autoridad de Aplicación. Este registro debe realizarse en tiempo real. Tanto la información sobre la posición de las grúas a través de GPS como la de las actas de infracción labradas, y de los vehículos removidos, así como cuando sean liberados de cada playa deberá estar disponible en tiempo real para todos los actores involucrados acorde con sus roles específicos. Se pondrá a disposición de los usuarios una línea telefónica gratuita y una página Web donde se podrá consultar por los vehículos acarreados y el sitio donde han sido remitidos a sus efectos. El Concesionario deberá indicar el número telefónico y la página mencionados en la cartelería correspondiente. Queda a criterio del concedente, la posibilidad de modificar el modo de suministro de dicha información al usuario. Los costos de locación, como de operación del presente inmueble, serán solventados por los Concesionarios en forma proporcional al Costo Fijo mensual percibido por cada uno. En el mismo deberá disponerse de escritorios y computadoras”. ¿Este control Centralizado del Concesionario, es una oficina que debe disponer cada concesionario o una única del GCABA para control de las 5 áreas concesionadas del sistema? Especificar de quien es responsabilidad esta oficina, detallar el esquema de distribución de costos, quien suscribe el contrato de alquiler, quien adquiere el mobiliario, servicios, telefonía, telecomunicaciones, etc ¿La línea telefónica gratuita y la página Web para consultar por los vehículos acarreados, es única de todo el sistema o propia de cada área de concesión? (Comentario: En esta última situación los cinco concedentes podrían optar por modos distintos de suministro de la información a los usuarios, con la confusión que podría generar.) Respuesta 13: La oficina requerida es única para el control centralizado de las 5 zonas concesionadas. El contrato de locación será suscripto por el GCBA, por cuenta y orden de los adjudicatarios de las zonas de operación. La totalidad de las provisiones y gastos derivados estará a cargo de los concesionarios, tal y como se establece en el punto 3.9.1.3 del Anexo IV (PET). Tanto la línea telefónica gratuita como la página WEB para consultar los vehículos acarreados serán únicas para todo el Sistema. Consulta 14: 14. El Artículo 3.9.1.7 del PCT “Sistema de información al usuario” establece que “Cada Concesionario deberá contar con un servicio telefónico que deberá tener un enlace de la totalidad del sistema por medio de un sistema de comunicación Vía pública - Control Centralizado del Concesionario, disponiendo de información en tiempo real de la ubicación de los vehículos removidos”. ¿Este servicio telefónico con enlace de la totalidad del sistema, deberá suministrar información de los vehículos removidos dentro de su zona de concesión o también de los removidos en las otras zonas de concesión? Respuesta 14:

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Cada Concesionario deberá poner a disposición del GCBA la información en tiempo real de los vehículos acarreados dentro de su zona de concesión en el formato que oportunamente se disponga. Consulta 15: 15. El Anexo B del Pliego de Especificaciones Técnicas, ANEXO PLAYAS DE ACARREO establece que “Cada una de las Zonas definidas, dispondrán de uno o más predios destinados a la guarda de vehículos de infractores. El predio deberá ser convenientemente adecuado por el concesionario, a fin de permitir el correcto funcionamiento de la playa de acarreo. El estado, ubicación y demás características de los predios del presente Anexo, serán verificados por el oferente con la visita correspondiente”. ¿Cómo se gestionan las visitas y a que repartición? ¿Cuál es la ubicación precisa de los predios destinados a la guarda de vehículos? Playas sin definición precisa de su ubicación: (i) Predio 1.2: ubicado en la intersección de Bernardo de Irigoyen y Av. San Juan. (ii) Predio 2.1: ubicado en Eduardo Couture y Francisco Romero.

(iii) Predio 22: Estación parque Chacarita ubicado en Av. Guzmán y Av. Jorge Newbery. (iv) Predio 4.1: Tiro Federal ubicado en Av. Adonado y Av. Lugones. (v) Predio 4.2: ubicado en sobre la calle Holmberg 4700. Ubicados bajo autopistas: (i) Predio 1.1: ubicado sobre la calle Rio Cuarto 1818. (ii) Predio 5.2: ubicado en sobre la Av. Rivadavia 9341 (bajo autopista). Playa subterránea: (i) Predio 1.3: ubicado en la playa subterránea ubicada en Cerrito y Sarmiento ¿Se proveerán las planchetas o los planos correspondientes (en el caso de las ubicadas bajo autopista o subterránea) donde se consignen las dimensiones precisas de las mismas? Respuesta 15: El día y hora de visitas a los predios, así como cualquier otro tema que aclare o amplíe lo indicado en el Anexo B, será informado mediante circular. Oportunamente y por el mismo medio, el GCBA suministrará los planos, las planchetas y/o toda otra información vinculada disponible. Consulta 16: 16. En el referido Anexo B se establece que “El Contratista deberá acondicionar y efectuar los trabajos y provisiones necesarios a fin de lograr las condiciones de infraestructura que permitan cumplimentar la recepción, el control, la disposición y el cumplimiento de la totalidad de lo requerido. En tal sentido y a sus efectos, el Concesionario deberá observar y cumplimentar la totalidad de lo solicitado en los presentes Pliegos, y todo aquello que -previa autorización de la Autoridad de Aplicación- considere conveniente implementar”. ¿Cuál es la Autoridad de Aplicación? ¿La Autoridad de Aplicación dispone de diseños previos para cada Playa de Acarreo? Respuesta 16: La Autoridad de Aplicación es la Subsecretaría de Transporte el GCBA. La Autoridad de Aplicación no dispone de diseños previos para cada playa de acarreo. Consulta 17: 17. Espacios de estacionamiento: ¿Cantidad total de espacios de estacionamiento por zona? ¿Cantidad de espacios para residentes que se estiman que solicitarán el permiso por zona? ¿Existen ya estimaciones realizadas por el Gobierno de CABA para el proyecto en general? Respuesta 17: Tal cual lo expresado en el punto 3.4. “Arterias Comprendidas”, se establece que el cómputo definitivo de los espacios de Estacionamiento Tarifado quedará determinado una vez que el GCABA apruebe expresamente el relevamiento que oportunamente presente para cada zona su adjudicatario.

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La cantidad de espacios de estacionamiento consultada se ha respondido mediante la Circular Sin Consulta Nº1. El GCBA ha realizado estimaciones de demanda de usuarios, las cuales se presentan a continuación. Se aclara que son datos estimativos y los oferentes y/o adjudicatarios no podrán realizar reclamo alguno por diferencias entre las estimaciones y la realidad. Las mismas se brindan al solo efecto de facilitar los cálculos a los oferentes.

Demanda de residentes estimada:

Consulta 18: 18. Los PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES establecen controles por parte de personal del GCBA. ¿Cuántos inspectores asignará el GCBA por zona? Respuesta 18: El GCBA asignará la cantidad de inspectores necesaria para la operación eficiente del servicio. Consulta 19: 19. El “Anexo III -Pliego de Bases y Condiciones Particulares” otorga en la tabla desplegada el punto 34.1 del Art. 34 un puntaje de 0 (cero) puntos al rubro “a.1) Máquinas Tickeadoras”. En el Art. 61 del mismo Anexo III se establece un criterio de evaluación de las ofertas para las máquinas expendedoras de tickets (tickeadoras) con una tabla de puntajes y un criterio de evaluación de las ofertas. Solicitamos confirmen si dicho Criterio de evaluación fue incluido a los solos fines de informar a los oferentes sobre el criterio utilizado para la selección de las máquinas tickeadoras y no tiene incidencia en los puntajes a otorgar en la presente licitación. Respuesta 19: El criterio de evaluación mencionado NO tiene incidencia alguna en los puntajes a otorgar en la presente licitación.

PRESENTACIÓN N°2 (IF-2014-07011643-SSTRANS) Consulta N° 1

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Zona 1 Zona 2 Zona 3 Zona 4 Zona 5 Etapa 1 Etapa 2 Etapa 1 Etapa 2 Etapa 1 Etapa 2 Etapa 1 Etapa 2 Etapa 1 Etapa 2

Cantidad de Vehículos/Hora 133.000

132.000

135.000

140.000

131.000

131.000

141.000

141.000

170.000

170.000

Cantidad de Usuarios 30.000

30.000

30.000

32.000

30.000

30.000

32.000

32.000

38.000

38.000

Demanda de no residentes estimada:

Zona 1 Zona 2 Zona 3 Zona 4 Zona 5 Etapa 1 Etapa 2 Etapa 1 Etapa 2 Etapa 1 Etapa 2 Etapa 1 Etapa 2 Etapa 1 Etapa 2

Cantidad de Vehículos/Hora 404.000

401.000

280.000

237.000

418.000

434.000

372.000

363.000

602.000

592.000

Cantidad de Usuarios 152.000

153.000

107.000

94.000

159.000

165.000

143.000

139.000

233.000

229.000

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Se solicita especificar para cada calle, en que carril se estaciona, derecho, izquierdo ó ambos dado que esto incide directamente con la provisión a realizar según los anexos C y D de DEMARCACION HORIZONTAL Y SEÑALAMIENTO VERTICAL. ¿Se ha realizado una evaluación de la cantidad de espacios de estacionamiento a demarcar por cuadra? En caso afirmativo solicitamos se nos suministre. Se solicita indicar la cantidad de señales verticales mínimas a instalar por cuadra. Respuesta N° 1 De acuerdo a lo consultado, se informa que los oferentes deberán considerar las normas de carácter general indicadas en la Ley 2.148: Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En caso de normas de carácter particular, las mismas deberán ser consideradas por el concesionario al momento de relevar la zona adjudicada. Las cantidades de espacios estimados por zona y etapa, se han transmitido por la Circular sin consulta Nº 1. La cantidad de carteles por cuadra, según cada caso tipificado, es uno (1). Consulta N° 2: El pliego admite que los oferentes coticen en más de una zona. ¿Es necesario retirar un pliego original y obtener su respectivo comprobante de retiro de pliego original para adjuntar a cada una de las presentaciones? ¿O es suficiente presentar una fotocopia del pliego y comprobante de retiro del pliego original para cotizaciones en otras zonas? Respuesta N° 2: Si. La obtención de los pliegos es requisito indispensable para la formulación de la oferta. El pliego original es el que se ha retirado de la Subsecretaría de Transporte. Los oferentes deben presentar como parte de su oferta el Pliego de la Licitación, sus anexos y toda la documentación vinculada al mismo, debidamente firmada en todas sus fojas. Esta documentación solo deberá ser incluida en la oferta original que se presente. Consulta N° 3: ¿Es posible obtener una versión original de los anexos C (Anexo Demarcación Horizontal) y D (Anexo de Señalamiento Vertical) a fin de tener acceso a ilustraciones con mayor resolución de las imágenes de señales incluidas en los mismos a fin de poder efectuar una adecuada lectura de las medidas indicadas en dichas imágenes? Caso contrario favor indicarnos dónde es posible obtener imágenes con una mejor resolución de las señales incluidas en dichos Anexos. Respuesta N° 3 A continuación se copia la versión original de los Anexos C y D:

ANEXO C

ANEXO DEMARCACIÓN HORIZONTAL 1. GENERALIDADES. 1.1. Objeto. El objeto del presente Anexo comprende el alcance de las tareas de demarcación horizontal y su mantenimiento, los cuales estarán a cargo del Concesionario durante el período de la contratación de los servicios. Hace referencia además, a los materiales a emplear estableciendo sus características e indicando los ensayos a los que se someterán los materiales antedichos y que periodicidad deberá observarse como mínimo para la toma de muestras. En los casos donde la demarcación fuera preexistente, si la misma estuviera en buen estado, podrá conservarse. 1.2. Descripción. La demarcación horizontal comprende toda línea, marca, símbolo o texto pintado sobre la calzada y cordones de aceras de conformidad con la normativa vigente y futura en materia de estacionamiento general de vehículos, y de operaciones de carga, descarga y abastecimiento en el área comprendida por la Contratación. 2. TIPO DE MARCAS A EMPLEAR.

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Las marcas a pintar responderán en sus características generales y símbolos a lo establecido en el Código de Tránsito y Transporte, y en el Sistema de Señalización Vial Uniforme, dispuesto por la Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449, en el Anexo L del Decreto Reglamentario N° 779/PEN/95, Capítulo VI. Asimismo, se emplearán las especificaciones contenidas en el presente Anexo y toda otra que implemente la Dirección General de Tránsito. Se enumeran aquellas marcas que como mínimo serán de responsabilidad del Concesionario proyectar, demarcar y mantener en el área de prestación de los servicios. 2.1. Espacios para estacionamiento medido. El Concesionario demarcará cada espacio de estacionamiento medido así como la .separación entre los mismos, según gráfico del punto 7.1.1. Compuestas por líneas de 0,10 m de ancho, de color blanco. Se empleará el material descripto en el Punto 3.1., pintura de aplicación en frío no reflectiva. 2.2. Espacios para estacionamiento de motos (en zonas con estacionamiento de automóviles tarifado). El Concesionario demarcará los espacios destinados al estacionamiento de motocicletas, según gráfico del punto 7.1.3. Compuestas por un paralelogramo determinado por líneas de 0,20 m de ancho, de color blanco y cordón de acera pintado en color naranja en el sector de estacionamiento. Se empleará el material descripto en el Punto 3.1. para demarcación del pavimento, como para el pintado de cordones de aceras. 2.3. Espacios para estacionamiento de motos (fuera de las zonas con estacionamiento de automóviles tarifado). Demarcarán los espacios destinados al estacionamiento de motocicletas, según gráfico del punto 7.2.1. Se pintarán en todos aquellos lugares que por normativa sean dispuestos con ese objeto, en el área comprendida para la prestación de los servicios contratados. Compuestas por un paralelogramo determinado por líneas de 0.20 m de ancho, de color blanco, cordón de acera pintado en color naranja en el sector de estacionamiento y el símbolo correspondiente en preformado termoplástico.

Se empleará el material descripto en él para las líneas, y el material indicado en el Punto 3.4.1, tipo III para el símbolo. 2.4. Cordones de aceras. 2.4.1. De amarillo. Ochavas: El Concesionario deberá efectuar la provisión, ejecución y mantenimiento de la pintura del cordón de la acera en color amarillo en cada esquina, en el sector establecido por la proyección de la ochava, en toda la ciudad con objeto de lograr la mejor visibilidad en los cruces. A tal efecto, el pintado podrá simplificarse abarcando solo los primeros 2,00 metros al comienzo y final del sector mencionado. Espacios para Carga y Descarga: En correspondencia con sectores de la calzada reservados a la operatoria de carga, descarga y abastecimiento el Concesionario pintará y mantendrá en color amarillo su cordón en el tramo abarcado por el espacio. Se empleará el material descripto en el Punto 3.1. tanto para demarcación del pavimento, como para el pintado de cordones de aceras. 2.4.2. De naranja Estacionamiento motocicletas: Se pintará el cordón de la acera en color naranja, en correspondencia con el sector destinado al estacionamiento para motocicletas. 3. MATERIALES 3.1. Pintura no reflectiva. Comprende la aplicación de una pintura de aplicación en frío de 0,6 mm de espesor húmedo, a pincel o rodillo, o por métodos de pulverización

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El material una vez aplicado deberá perder rápidamente su original característica pegajosa para evitar la adhesión de suciedad del mismo. El tipo de material a aplicar deberá reunir las condiciones de uso en clima templado, y sobre pavimento asfáltico o de hormigón. Debe resultar igualmente apto para temperatura de –5 grados centígrados sin quebrarse ni desprenderse. 3.1.1. Características del material no reflectivo. Este material deberá ser fabricado conforme a lo estipulado en la Norma IRAM 1210/92. 3.1.2. Condiciones generales de aceptación del material. La aceptación del material con que se propone la realización de la obra quedará condicionada a la presentación de: a) Certificado del fabricante, con la constancia de que el material es específicamente destinado a la demarcación de pavimentos. b) Detalle de las obras de demarcación realizadas en el país en las que se hubiera utilizado el material en cuestión. c) Certificado de reparticiones nacionales, provinciales y/o municipales donde se hubiera realizado la aplicación del material en cuestión. d) Certificado extendido por un laboratorio oficial con la constancia del ensayo realizado con el material en cuestión y su resultado en cuanto al cumplimiento de las especificaciones contenidas en la Norma IRAM 1210/92. e) Garantía de durabilidad: La pintura deberá estar garantizada por el Contratista contra fallas debidas a una adhesión deficiente, ya sea por defectos del material o el método de aplicación utilizado, por un plazo mínimo de doce (12) meses. 3.2. Material termoplástico – Señal preformada.

3.2.1. Alcance. Establecer los requisitos que deben cumplir las señales Termoplásticas Reflectantes que se emplearan para la demarcación de señales sobre pavimentos en correspondencia con los sectores de estacionamientos para motocicletas. Se utilizará material termoplástico (Previamente Preformado) para la instalación de estas señales, suministrándose este material cortado en piezas que se podrán adjuntar para formar, dibujos o textos de uno o más colores (blanco, amarillo, rojo, azul reflectivos y negro no reflectivo), las que serán aplicadas mediante la aplicación directa de calor (con un soplete), provocando la fusión y consecuente soldadura térmica sobre pavimentos asfálticos o de hormigón en forma horizontal en un espesor uniforme de 3 mm +/- 10%. 3.2.2. Documentos pertinentes y normas para consulta. a. Normas IRAM 115, 1005, 1022, 1045, 1211-1212/71, 1351, 113003 b. AASHTO Standard M249 (EEUU) c. DERSA OP-06-02 y 03 (Brasil) d. DER/SP 3.13 (Edo. São Paulo, Brasil) e. Normas ASTM D-1155, D-2794-90, D-4541-85, D-4797-88, E-97-82. 3.2.3. Composición. El material termoplástico consistirá en una composición de la cual participen en proporciones convenientes, resinas naturales y/o sintéticas, partículas granulares como elementos inertes y pigmentos. 3.2.4. Ligante. El material ligante debe estar constituido por resinas naturales y/o sintéticas, y plastificantes no volátiles y estables con el calor, la intemperie y los aceites y combustibles de uso automotor. 3.2.5. Propiedades durante y luego de su aplicación. El material termoplástico podrá ser aplicado a la temperatura recomendada por el fabricante, que deberá estar comprendida dentro de un rango de temperaturas de 220 +/- 20ºC, para todos los colores a utilizar en las señales preformadas.

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Se dispondrán las figuras de símbolos y marcas o leyendas sobre el pavimento, y luego se aplicara calor empleando un soplete cuya llama actúe directamente sobre el material hasta lograr su correcta adhesión. Este material permitirá su fácil manipulación cuando la temperatura ambiente supere los 15 º C. A temperaturas inferiores deberán tomarse precauciones, dada su mayor fragilidad frente a la manipulación. En caso de que por baja temperatura o caída, ocurriera que las piezas se rajen o rompan, se podrá igualmente armar la señal, símbolo o marca, procediendo luego a sus uniones mediante el proceso de pegado por calor. El material no exudará humos que sean tóxicos, molestos o desagradables para las personas u objetos cuando se lo calienta durante la aplicación. 3.2.6. Condiciones generales de aplicación: Sustrato La superficie del pavimento deberá estar limpia, seca, libre de polvo y barro seco adherido, impurezas, restos irregulares o sueltos de material termoplástico, combustibles, grasas y demás sustancias nocivas y a una temperatura superficial entre 5ºC y 60ºC. Limpieza Deberán eliminarse todos los restos de materiales indicados más arriba, por los medios más eficientes para ese fin. Imprimación Sobre toda superficie de pavimento, previo a la aplicación del material termoplástico, se deberá utilizar una imprimación o sellador. Este producto podrá ser de dos Tipos: Tipo A: Especial para substratos cementicios. Deberá ser transparente, ambarino, o del color del sustrato. Tipo B: Especial para substratos asfálticos. Deberá ser transparente, o del color del pavimento. 3.2.7. Características del imprimador. - Será provisto por el mismo proveedor del material termoplástico. En caso de no ser así se tendrá que asegurar la adecuada compatibilidad entre ambos productos. - Tendrá máxima adherencia con el sustrato a tratar. - Deberá secar rápidamente, permitiendo aplicar el material termoplástico en un plazo máximo de treinta (30) minutos, aun en condiciones climáticas de bajas temperaturas y alta humedad. - Dejara una capa de índole termoplástica, es decir, que permitirá la soldadura con el material termoplástico fundido. - Su punto de inflamación será superior a la máxima temperatura ambiente esperada durante la época de la aplicación del material termoplástico. Preferiblemente será “No Inflamable”. - El imprimador, una vez seco, no impartirá color a la demarcación terminada. 3.2.8. Duración. El material termoplástico aplicado y puesto en servicio según las reglas del arte y especificaciones realizadas, deberá ofrecer una durabilidad mínima de (12 meses), a partir de la fecha en que se efectué su Recepción Provisoria. 4. EQUIPOS A UTILIZAR EN OBRA. El Concesionario deberá utilizar equipos en buen estado de funcionamiento y en la cantidad suficiente para realizar la obra en el período establecido. Ningún sistema de generación de fuerza motriz de éstos podrá producir ruidos excesivos que pudieran molestar al vecindario durante los trabajos nocturnos. El equipo mínimo con que deberá contar cada unidad operativa para las tareas, será el siguiente; 4.1. Para aplicación manual. 4.1.1. Limpieza. Deberá emplearse cepillo de alambres para la remoción de partículas gruesas y grasitud. Luego se procederá a barrer la superficie con el objeto de retirar el material desprendido. 4.1.2. Pintado.

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Se deberá contar con un vehículo (con balizas) que permita transportar los insumos y equipos necesarios que garanticen un normal desenvolvimiento durante una jornada de trabajo. En caso de preverse la tarea durante horario nocturno, se dispondrá de medios de iluminación adecuados, direccionados de manera tal que no encandilen al tránsito pasante. Se deberá contar con pinceles, brochas o rodillos de buena calidad, no admitiéndose elementos deteriorados o endurecidos. Además se deberá contar con sistema de plantillas, de las figuras que forman parte de las marcas. 5. EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS. 5.1. Condiciones y forma de aplicación. Para la aplicación del material deberán observarse las siguientes normas: La superficie del pavimento deberá estar perfectamente seca, libre de aceite o grasas. El área en que se realice la aplicación estará perfectamente barrida, habiéndose removido la tierra y polvo existentes sobre la misma. El material, si se aplicara en pasadas sucesivas, se aplicará en la cantidad de pasadas necesarias para que la suma de espesores húmedos sea de 0,6 mm como mínimo. El material se extenderá con los dispositivos adecuados para que las franjas resulten perfectamente paralelas, de ancho y espesor uniforme y con las tolerancias exigidas. En general la tolerancia en las medidas y paralelismo será del +/-5% sobre los valores especificados. La superficie terminada no deberá ser más resbaladiza que la del pavimento seco o húmedo. No se admitirán diferencias de tonalidades dentro de un mismo tramo. Cualquier salpicadura, mancha o trazo de prueba producido durante la demarcación deberá ser removida por el Contratista. En los pavimentos de hormigón recientemente construidos deberá realizarse una limpieza cuidadosa, con el objeto de eliminar los productos del curado del hormigón. No se autorizará la aplicación de la pintura cuando la temperatura del pavimento sea inferior a 5 °C y cuando las condiciones climáticas adversas no lo permitan (lluvias, humedad, nieblas, polvaredas, etc.). La demarcación horizontal deberá ser liberada al tránsito en el tiempo máximo que surge de la Norma IRAM 1210/92. El Contratista deberá disponer de los envases vacíos de materiales usados en una forma ecológicamente responsable. Para el caso de la demarcación de cordones de aceras, el Contratista podrá seleccionar el método de trabajo ya sea a pincel o mediante la aplicación con equipos de proyección neumática. 5.2. Secuencia de los trabajos. Se seguirá como regla general, el siguiente orden de trabajos: a. Seguridad: Previo a todo trabajo, el Contratista deberá instalar el Señalamiento de seguridad que indique la Inspección de Obra, o en su defecto, el descrito en la Ordenanza N° 32.999 (BM N° 15.322) y otros elementos que sean necesarios para la protección del área de trabajo, tales como banderilleros, cintas, balizas, etc., los cuales deberán estar ubicados a distancias lo suficientemente amplias como para garantizar condiciones mínimas de seguridad en el tránsito pasante y para la protección del personal y/o equipo de la obra a entera satisfacción de la Inspección de Obra. Este señalamiento precautorio deberá mantenerse en perfectas condiciones, y tanto este como el que fuese necesario reemplazar por causas accidentales, no recibirá pago directo alguno, y los gastos que ello origine se considerarán comprendidos dentro de los precios del ítem. Lo especificado precedentemente podrá ser mejorado por el Contratista de su responsabilidad por accidentes o daños a las personas, o bienes de la Empresa o Terceros. b. El replanteo de la señalización horizontal se indicará con pinturas de corta durabilidad, tiza u otro elemento fácilmente removible.

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c. El pavimento será cepillado, soplado y secado a efectos de lograr la eliminación de toda materia extraña a la pintura. La Prestataria controlará que este trabajo se ejecute en forma eficiente, no autorizando la aplicación de material en las zonas preparadas de forma deficiente. d. La aplicación propiamente dicha se efectuará por medio de los equipos autorizados y la superficie a obtenerse deberá ser de ancho uniforme, presentar sus bordes bien definidos, rectos y nítidos, libre de burbujas, cráteres, grietas, surcos, ondulaciones superficiales (“Piel de naranja”), alteraciones de color, o cualquier otra anormalidad proveniente del material. TOMA DE MUESTRAS E INSPECCIÓN. 5.3. Toma de muestras. La Inspección podrá tomar muestras de pinturas para su ensayo, de cualquier material (en el estado en que se encuentre) que se incorpore a la obra. En particular, deberá tomar muestras de la pintura lista y previa a su aplicación, con una frecuencia que surge de la siguiente tabla:

La frecuencia de toma de muestras (una cada tantos m2) se calcula dividiendo la superficie total a demarcar por la cantidad de muestras a tomar. En obras de mayor envergadura, se tomarán muestras cada 6% de la superficie total. 6. CONSERVACIÓN DE LA OBRA. Periódicamente, la Supervisión Técnica llevará a cabo un control del estado de la demarcación, conjuntamente con el Profesional Responsable o el Representante Técnico del Concesionario. A resultas del mismo, se consignarán los resultados de la evaluación en un acta que será firmada por ambos. Dicha evaluación se ejecutará como sigue: - Serán inspeccionadas y evaluadas secciones continuas, no deberá superarse el treinta por ciento (30%) de fallas tales como: Desprendimientos, desgaste prematuro, pérdida de reflectancia nocturna. - En caso de superarse dicho porcentaje, el Concesionario reparará dentro de los treinta (30) días de la fecha de inspección periódica y a su cargo, toda parte de la obra que se encontrare defectuosa, dejándola en las condiciones estipuladas precedentemente. 7. DEMARCACIÓN HORIZONTAL DE PAVIMENTOS Y DE CORDONES. 7.1. ESQUEMA DE LAS MARCAS EN ZONA ESTACIONAMIENTO MEDIDO (PARA AUTOMÓVILES).

7.1.1. LUGARES PARA ESTACIONAMIENTO MEDIDO - “Cajones” de 5 m de longitud por 2,50 de ancho. - Líneas de color blanco, de 0,10 m de ancho.

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Volumen

de Obra

Cantidad de

Muestras

100–500 m2 03

501–2.000 m2 05

2.001–10.000 m2 10

10.001–50.000 m2 15

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Nota: Podrá la Autoridad de Aplicación suprimir el espacio de separación entre módulo y módulo, de así considerarlo necesario, en la zonas donde ésta establezca. 7.1.2. ESPACIOS PARA ABASTECIMIENTO. - Solo abarcará el pintado de color amarillo del sector en correspondencia con el espacio para abastecimiento.

7.1.3. LUGARES PARA ESTACIONAMIENTO DE MOTOS - “Cajones” a 45º - Líneas de color blanco, de 0,10 m de ancho. 7.2. ESQUEMA DE LAS MARCAS FUERA DE ZONA ESTACIONAMIENTO MEDIDO (PARA AUTOMÓVILES). 7.2.1. LUGARES PARA ESTACIONAMIENTO DE MOTOS FUERA DE TRAMOS CON MEDIDO, tipo 2.5. - Demarcación en color blanco, de 0,20 m de ancho. - Cordón pintado color naranja. - Signo preformado, de moto.

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ANEXO D

ANEXO SEÑALAMIENTO VERTICAL

1. GENERALIDADES. 1.1. Objeto. El objeto del presente Anexo comprende las normas de construcción e instalación de las señales viales verticales y su mantenimiento durante el período de garantía, como así también de sus elementos de sujeción. Hace además referencia a los materiales a emplear para la construcción de las señales y sus partes integrantes, estableciendo cuáles son sus características e indicando cuales serán los ensayos a los que se someterán los materiales antedichos y que periodicidad deberá observarse como mínimo para la toma de muestras. Al respecto, se señala: - Que el Anexo se refiere a las normas y señales preexistentes a la presente Licitación. - Que cualquier modificación posterior, correrá por cuenta y orden la Dirección General de tránsito del GCABA. - Que a partir de entonces, es decir una vez efectuadas las modificaciones mencionadas, el presente Anexo será de aplicación a todos sus efectos. 1.2. Descripción. La señal vial vertical consiste en un grupo de elementos vinculados entre sí a través de grampas y/o bulonería compuesto por: a. Elementos de sostén, consistentes en postes de caño de acero circular, abrazaderas para el emplazamiento en postes, columnas de alumbrado público o de señalamiento luminoso, ménsulas en columna, galvanizados o convenientemente tratados y pintados, los cuales deberán ser instalados conforme lo indica el presente pliego. b. Placas metálicas, de aluminio o hierro galvanizado y no metálicas, de material plástico reciclado o traslúcidas luminosas, según se indique en cada caso. c. Revestimientos de pinturas y láminas autoadhesivas reflectivas o no reflectivas, representando símbolos, leyendas, textos, etc. 2. TIPOS DE SEÑALES A EMPLEAR. Las señales a emplazar responderán en sus características generales y símbolos a lo establecido en el Sistema de Señalización Vial Uniforme, dispuesto por la Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449, en el Anexo L del Decreto Reglamentario N° 779/PEN/95, Capítulo II. Para el caso de señales no contempladas en dicha normativa, en cuanto a simbologías, tamaños y materiales, se emplearán las dispuestas por la Dirección General de Tránsito que se detallan en el presente Anexo. Se detallan a continuación las señales que serán responsabilidad del Concesionario su provisión, colocación y mantenimiento en el área de prestación de los servicios:

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2.1. Prohibido estacionar. Compuestas por una placa metálica circular de 0,70 m de diámetro, con el símbolo correspondiente y una placa adicional, en la parte inferior rectangular de 0,70 m de ancho y 0,30 m de altura, donde figure la leyenda adicional de día y horario de vigencia (de ser necesaria), así como la dirección de la playa de remisión y los teléfonos para información, sobre el poste de hierro a proveer o columna de alumbrado en existencia. Para el caso del símbolo y la placa adicional, su revestimiento cumplirá lo establecido en el Punto 4.2.3. Su instalación responderá a las especificaciones establecidas. 2.2. Estacionamiento permitido. Compuestas por una placa metálica circular de 0,70 m de diámetro, con el símbolo correspondiente, sobre el poste de hierro establecido o columna de alumbrado. Su revestimiento cumplirá lo establecido en el Punto 4.2.3. Su instalación responderá a las especificaciones establecidas. 2.3. Estacionamiento medido. Compuestas por una placa metálica, circular de 0,70 m de diámetro, con el símbolo correspondiente y una placa adicional, metálica o no, en la parte inferior rectangular de 0,70 m de ancho y 0,30 m de altura, donde figure el horario de funcionamiento, la tarifa horaria, el tipo de tarifación “progresiva o sencilla” la dirección de la playa de remisión y los teléfonos para información, sobre el poste de hierro establecido o columna de alumbrado. Para el caso del símbolo su revestimiento cumplirá lo establecido en el Punto 4.2.3., así como para la placa adicional. Su instalación responderá a las especificaciones establecidas. Se podrán ofrecer alternativas a este cartel a efectos de reciclar cartelería existente si fuera posible. Las alternativas deberán ser explícitamente aprobadas por le GCABA. 2.4. Exclusivo motos. Compuestas por una placa circular de 0,60 m de diámetro, con el símbolo correspondiente, sobre el poste de hierro establecido o columna de alumbrado. Su revestimiento cumplirá lo establecido en el Punto 4.2.3. Su instalación responderá a las especificaciones establecidas. En aquellos casos que se precise acotar la normativa estableciendo períodos u otras alternativas, la leyenda correspondiente se incluirá en una placa adicional metálica o no rectangular, de 0,60 m de ancho por 0,25 m de altura. 2.5. Playas de estacionamiento. 2.5.1. Informativa de ubicación. Se emplearán para informar la ubicación de las playas de remisión a cargo del Concesionario, instalándose en sus cercanías. Compuestas por una placa rectangular de 0,70 m por 0,90 m de lados, o bien informativas tipo U de 1,00 m por 1,50 m de lados, de acuerdo a las leyendas o grafismos que deban utilizarse. Su revestimiento cumplirá lo establecido en el Punto 4.2.3. Su instalación responderá a las especificaciones establecidas. 2.5.2. Informativas internas. Se emplearán para trasmitir toda información necesaria para los usuarios que los guíen en la utilización de las playas y en la ubicación de sus vehículos. Compuestas por placas metálicas o no, utilizando las medidas descriptas en el Punto 5 u otras que conforme la Dirección General de Tránsito. Su revestimiento cumplirá lo establecido en el Punto 4.2.3. Su instalación responderá a las especificaciones establecidas, admitiéndose variantes en función de su lugar de emplazamiento (fuera de la vía pública). 3. MATERIALES. 3.1. Características generales de los postes de caño de acero circular de 57,15 mm de diámetro externo. Serán caños de acero con costura. Serán nuevos, perfectamente derechos, sin abolladuras ni perforaciones, sus costuras serán perfectamente esmeriladas, a fin de no ofrecer protuberancias, no admitiéndose soldaduras por tramos.

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Los diámetros y espesores consignados en cada caso han sido establecidos respondiendo a medidas comerciales habituales, no pudiendo ser menores a los establecidos. Cuando mediaren razones de falta de abastecimiento originados en la discontinuidad de fabricación de estas medidas comerciales, se establecerá el criterio a seguir 3.1.1. Postes para señales de reglamentación, prevención, e información, de diámetro o lado igual a 0,60 m y 0,70 m Serán de caño de acero y sección circular de 57,15 mm de diámetro externo y 3 mm de espesor y de 3,00 m de altura y cierre hermético de 3 mm en su parte superior. Cuando la señal este conformada por un conjunto de dos señales o una señal con una chapa adicional mayor de 0,30 x 0,70 m y hasta 0,70 x 0,70 m, el poste deberá ser de 3,40 m de altura. Llevaran una mano de anti-óxido y dos capas: una de fondo y otra de revestimiento de pintura color blanco. En cuanto a la terminación se deberá tener en cuenta que en el sector superior del poste se pintara la grampa de color blanco. 3.1.2. Pórticos tipo “U” para señales informativas s/ vereda, de hasta 1,50 m de ancho. Serán de sección circular de 60,3 mm de diámetro externo y 3 mm de espesor con de 8,70 m de largo, doblado a 3,60 m de cada extremo en ángulo de 90º con un radio interno de 8 cm. En el caso de señales mayores de 1,50 m de ancho y hasta 1,20 x 2,40 m el desarrollo y longitud del caño será calculado respetando los radios de curva de la anterior, cubriendo el perímetro de la señal. Llevara una mano de anti-óxido y dos capas: una de fondo y otra de revestimiento, de pintura color azul. 3.1.3. Tratamiento. Previo a la aplicación de las pinturas, el poste y las abrazaderas serán tratadas convenientemente, a efectos de remover cualquier imperfección que presente el mismo ya sea por motivos de fabricación, maquinado, soldado, etc. debiendo posteriormente ser acondicionadas con limpiadores y desengrasantes líquidos. 3.1.4. Anclaje. Se asegurara la imposibilidad de rotación del poste, mediante la ejecución de agujeros en forma transversal al poste, a 15 cm de su base y pasando a través de ellos un hierro de 8 mm de diámetro por 15 cm de largo. 3.1.5. Fundación La totalidad de estos postes se empotrará a 50 cm de profundidad. Hasta los primeros 40 cm se rellenaran con hormigón de cascote apisonado de modo que el poste resulte sólidamente fijado y los 10 cm restantes se rellenarán con hormigón de fragüe rápido. En todos los casos debe existir una altura mínima desde el nivel de la acera hasta el borde de la placa inferior, más cercana a la vereda, de 2,10 m. La terminación a nivel de acera se realizara con cemento alisado y a un nivel ligeramente superior al de la acera para evitar la acumulación de agua. El pozo que se realice para la fundación de los postes no deberá tener una superficie mayor de 20 x 20 cm. Se deberán tomar los recaudos necesarios a fin de que los postes conserven una perfecta verticalidad, de manera que no sean aflojados producto de la aplicación de esfuerzos antes del endurecimiento del hormigón. 3.2. Grampas y bulonería para señales emplazadas en poste, en columnas de alumbrado público o de señalamiento luminoso. 3.2.1. Grampas y elementos de separación. Las grampas de fijación de las placas a los postes serán realizadas en planchuelas de acero SAE 1010 / 1020 de 4 mm de espesor y de 50 mm de ancho, dependiendo el largo y la forma de las mismas, de las características de cada tipo de señal incluidas en este pliego, del tipo de emplazamiento a utilizar, etc.

En las señales de reglamentación, prevención e información a instalar en poste, las grampas serán pintadas de color blanco, y todas las señales informativas serán pintadas en color azul.

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Entre la superficie de contacto de la placa y la abrazadera, se deberá utilizar un elemento separador de neoprene de 1,5 mm de espesor mínimo. Para las señales de reglamentación prevención e información de hasta 0,90 m de diámetro o lado y cuando se utilicen postes de 60,3 mm de diámetro se recurrirá al esquema constructivo descrito en 3.2.2. Cuando las señales deban emplazarse en columna de alumbrado público (CAP) se deberá utilizar la abrazadera con un omega de diámetro 150 - 160 mm según columna de alumbrado público asignada en el proyecto, y se emplearán los bulones indicados en 3.2.2. para sujetar la señal. El Contratista en cada caso, deberá cotejar las medidas de las columnas asignadas a los fines de determinar el diámetro del omega de la abrazadera a utilizar, pudiendo desarrollar un sistema de abrazaderas que sin desvirtuar la especificación pueda mediante la corrección de los agujeros utilizar una misma abrazadera para distintos tipos de columnas. Para la fijación de las placas a las columnas de alumbrado público o de señalamiento luminoso, se usará una abrazadera y una contrabrazadera de las características mencionadas en este párrafo. Para las señales de información a instalar en pórtico tipo U las abrazaderas se hallaran soldadas a la estructura del pórtico en un número no inferior a dos por lado y se sujetará la señal a estas empleando los mismos bulones y tuercas autoblocantes a cada abrazadera, tomando a la placa de su parte superior y de sus extremos derecho e izquierdo. Las separaciones de las abrazaderas deberán hallarse a un tercio de cada lado de la placa. 3.2.2. Fijación de grampas a postes. Bulonería. Se adoptarán sistemas de montaje en correspondencia con los detalles constructivos que se proporcionarán en cada caso. Para la fijación de las grampas a los postes de las señales reglamentarias e informativas de hasta 0,90 m de diámetro o lado, deberá llevarse a cabo un agujero trasversal al poste y a las grampas de 10 mm de diámetro, para luego instalar un bulón de cabeza redonda, cuello cuadrado de 3/8” de diámetro por 3” de largo para caño de 60,3 mm de diámetro y de 4” de largo para el caño de 76,2 mm de diámetro. Finalmente, se montaran estos elementos, vinculándolos con una arandela de presión y tuerca autoblocante hexagonal Para la fijación de las placas a las grampas se usaran bulones de acero cadmiado de 3/8” de diámetro y de 1” de largo con cabeza media caña, cuello cuadrado y vástago redondo, arandela a presión y tuerca hexagonal autoblocante. Las cabezas de los bulones y tuercas serán pintadas del color del revestimiento de la placa en ese punto, con el mismo tipo y color de pintura empleada para el resto de las partes. Las placas adicionales o conjuntos de señales se adosarán al poste de idéntica manera al poste o columna de alumbrado público o señalamiento luminoso, empleando dos abrazaderas. 3.3. Placas. 3.3.1. De hierro galvanizado.

Este material será utilizado para la fabricación de señales detalladas, de 0,70 m de diámetro a ser emplazadas en poste, en columnas de alumbrado público o de señalamiento luminoso según el caso, o también en señales informativas de hasta 1,00 por 1,50 m a instalar en pórtico tipo “U”, según se describe en 3.1.2 La chapa de acero galvanizado debe ser de espesor nominal 2 mm y su recubrimiento se corresponderá con la especificación Z 270 que cumpla con la norma IRAM U - 500 -43. Las chapas para su pintado o recubrimiento con láminas serán tratadas con limpiadores y desengrasantes de metales, debiendo utilizar detergentes líquidos apropiados; posteriormente se enjuagaran y secaran cuidadosamente para eliminar el agente utilizado en su lavado, pudiéndose llevar a cabo estas operaciones en forma mecánica hasta eliminar restos de pasivante (ácido crómico).

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Para las chapas que deban ser pintadas, se aplicará una mano para fondo especial galvanizado tipo “Galvite” o similar, continuando luego con el esquema indicado de pintura para la pieza, similar al del aluminio para el poliuretano. 3.4. Pintura. 3.4.1. Calidad. Se usará para todos los elementos metálicos, pintura a base de poliuretano, con tratamientos, bases de imprimación y acabados correspondientes. Los dos componentes de la pintura deberán mezclarse convenientemente entre sí y se iniciará y finalizará la operación del pintado dentro del tiempo que la mezcla mantenga sus propiedades. Al secar formarán una película dura y uniforme con gran resistencia a la abrasión. Los elementos pintados deberán soportar un ensayo acelerado de envejecimiento que equivaldrá exposición de 5 años a la intemperie (según Norma IRAM 1023 /C). 3.4.2. Tipos. - Base: Será pintada a soplete, compatible con la pintura poliuretánica, del tipo “wash primer” con un espesor de 10 - 12 micrones (rendimiento 12 m2 por litro), secado a temperatura ambiente durante 24 horas o durante 10 minutos a 120 º C previo oreo de 15 minutos, lijado en seco con una lija fina. - Capas de fondo y revestimiento: Serán de pintura poliuretánica de 30 - 40 micrones de espesor medidas en película seca, cada una (rendimiento 6 m2 por litro) aplicadas a soplete. El tiempo de secado será de 16 a 24 horas a temperatura ambiente o durante 20 minutos a 120º C para la primera etapa y de 24 horas a temperatura ambiente o durante 30 minutos a 120 º C para la segunda. - Terminaciones: Serán de pintura poliuretánica de 50 micrones de espesor, medidas en película seca (rendimiento 4 m2 por litro), e idéntico tratamiento para el secado. 3.4.3. Aplicación. Las aplicaciones se harán por pulverización, usando sopletes regulables de media presión, que permitan graduar el espesor de la película de pintura desde 19 hasta 200 micrones uniformes en toda la superficie. 3.4.4. Ensayos. La pintura poliuretánica que se utilice deberá cumplimentar las siguientes verificaciones: a) Resistencia al agua destilada (500 horas de inmersión) sin ninguna alteración.

b) Adherencia 100%, prueba con peine de Erichsen, inmediatamente después de 24 horas de inmersión en agua. c) Resistencia a la corrosión (1000 horas en niebla salina 20 % de Cl Na) sin presentar alteración alguna. d) Resistencia mecánica (72 horas a 150º C seguido por un doblez sobre mandril de 10 mm no debiendo presentar ningún cuarteo debiendo mantenerse firme la pintura. e) Cumplirá con Dureza Sward Rocker 60 - 70 3.4.5. Colores. Los colores de la pintura a utilizar serán los establecidos en la Norma IRAM DEF D 10 - 54/74, según el siguiente detalle: Rojo 03 - 1 - 50; Amarillo 05 -1- 40; Blanco 11 - 1 - 010; Azul 08 - 1- 120; exclusivamente para gráficos o escrituras en anversos de señales 08 - 1 - 100 y color aluminio brillante para ménsulas y pórticos de señales aéreas. 3.5. Láminas Autoadhesivas Reflectivas. 3.5.1. Características. Cuando se indique que las señales deban ser reflectivas, se usarán láminas reflectivas autoadhesivas, del tipo Grado Ingeniería o Alta Intensidad según se especifique en cada caso. La lámina autoadhesiva reflectiva Grado Ingeniería cumplirá con los requerimientos establecidos en la norma IRAM 10.033 y consistirá en una superficie lisa con elementos esféricos incrustados simétricamente dentro de una película de material plástico transparente. El conjunto producirá la retro reflexión de un haz de luz incidente

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La superficie no presentara granulaciones, protuberancias, asperezas ni otros defectos salientes y será suficientemente flexible y fácilmente cortable en cualquier forma, permitiendo la aplicación moderada de ciertos relieves poco profundos y de ciertos ribetes y signos. A los fines de una mejor identificación del material, la lámina de protección del adhesivo de la lámina (liner), deberá estar impresa, indicando el nombre del fabricante. Las muestras a presentar y los materiales de este tipo a emplear en la fabricación de las señales, deberán satisfacer los requisitos exigidos en la Norma IRAM 10.033. La especificación de la lámina autoadhesiva reflectiva da Alta Intensidad, cumplimentara los requisitos establecidos en la Norma IRAM 3.952, debiendo satisfacer los demás requisitos de control de garantía y presentación exigidos para la anterior. El concesionario deberá presentar la garantía escrita del fabricante de la lámina, en la que constará que la misma cumplirá con un mínimo de 50% de reflectividad a lo largo de siete años. La lámina reflectiva y los demás componentes utilizados en su aplicación, llámese papel posicionador, vinilos opacos o tintas, deberán poseer garantía del fabricante en cuanto a su correcto funcionamiento en su conjunto. 3.5.2. Preparación de la superficie de las placas. Con el objeto de remover de la superficie de las placas de aluminio, o del hierro galvanizado, todo el óxido allí depositado, las chapas deberán ser tratadas convenientemente por un proceso de desengrasado y limpieza mecánica, friccionando la superficie de la chapa con una fibra embebida en agua y detergente u otro agente, hasta obtener una superficie mate; procediendo luego a lavarse la misma con abundante agua hasta dejarla completamente limpia y luego totalmente seca. 3.5.3. Aplicación de laminas autoadhesivas reflectivas. Para el caso de las láminas autoadhesivas se emplearan los sistemas y métodos recomendados por el fabricante, guardando excesivo cuidado que en el área de trabajo no existan polvos o partículas en suspensión que puedan quedar adheridas al adhesivo o a la placa en el momento de su aplicación, debiéndose utilizar rodillos del tipo y a las presiones exigidas por aquel. 3.5.4. Colores de láminas. Los colores de las láminas reflectoras grado ingeniería y alta intensidad, serán: Blanco, Amarillo, Rojo, Verde y Azul, debiéndose verificar en forma visual que están comprendidos entre los colores limite indicados en las normas ya indicadas. Se podrá utilizar lamina no reflectiva o comúnmente denominada vinilo color negro, para la confección de figuras y textos, etc. a ser empleados en lugar de la pintura del mismo color, debiendo la misma cumplir con las exigencias de la Norma IRAM mencionada. 4. SISTEMAS DE IMPRESIÓN DE PLACAS SEÑALES. 4.1. Aplicación de fondo reflectivo y símbolos o caracteres reflectivos. Para este método se procederá a fondear la placa señal con lámina autoadhesiva reflectiva del color correspondiente en toda su superficie, admitiéndose un empalme longitudinal solamente en aquellas señales que excedan de 0,85 - 0,90 m de diámetro o de lado. Posteriormente se aplicarán sobre este fondo los símbolos, orlas, y/o leyendas que se indiquen utilizando las láminas reflectivas en los colores correspondientes, las cuales deberán tener el mismo tipo de adhesivo. Las letras y los símbolos deberán ser troquelados o cortados por medios mecánicos o electrónicos que aseguren una correcta definición de los mismos. El tipo de letra utilizar será Helvética Medium Bolt, según normas IRAM (mayúsculas y minúsculas). 4.2. Aplicación de materiales para señales combinadas.

4.2.1. Leyenda o símbolo no reflectivo sobre fondo reflectivo. Exclusivamente para los casos de símbolos o leyendas de color negro, se usara pintura del tipo poliuretánico de ese color, siempre aplicada con el sistema de planograph, sobre la lámina reflectiva.

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El Contratista también podrá emplear si así lo desea lámina autoadhesiva no reflectiva de color negro, debiendo en ese caso optar por uno de ambos procedimientos y mantenerlo en toda la contratación efectuada. 4.2.2. Leyenda o símbolo reflectivo sobre fondo no reflectivo. Para este caso se aplicarán pinturas de fondo correspondientes y las leyendas o símbolos reflectivos se aplicarán en lámina reflectiva autoadhesiva en los colores indicados. 4.2.3. Leyenda o símbolo y fondo pintados. La aplicación de fondos se deberá llevar a cabo mediante la aplicación de pintura con soplete utilizando la misma secuencia empleada para el anverso de señales pintadas, mientras que los textos o grafismos serán llevados a cabo por el sistema de planograph. Las letras y los símbolos deberán ser troquelados o cortados por medios mecánicos o electrónicos que aseguren una correcta definición de los mismos. Para los textos se emplearán mayúscula y minúsculas, tipo helvética médium o similar, excepto en los casos en que se indique otra tipología de letras. 4.3. Pintado de reverso de señales. Todos los reversos de placas señales reglamentarias y preventivas deberán ser pintadas de color blanco en su fondo, debiéndose completar con grafismos y/o escrituras cuando así se lo solicite. Todos los reversos de placas señales informativas deberán ser pintadas en color azul correspondiendo los grafismos o escrituras solicitados, hacerlos en color blanco. El número o clave de inventario, será suministrado por este Gobierno para cada contratación. Cuando se indique la impresión de los reversos y de los grafismos indicados, así como el Nº de inventario de la señal, se imprimirán por serigrafía utilizando los colores y la metodología ya indicados. En todos los casos los reversos de señales reglamentarias, preventivas e informativas, serán realizados con pinturas poliuretánicas siguiendo la metodología anteriormente descripta para el pintado de partes metálicas con pinturas de tipo poliuretánico de dos componentes. La aplicación de fondos se deberá llevar a cabo mediante la aplicación de pintura con soplete utilizando la misma secuencia empleada para el anverso de señales pintadas, mientras que los textos o grafismos como así también los números de inventario serán llevados a cabo por el sistema de planograph. 5. TAMAÑO DE LAS PLACAS SEÑALES. Las placas de las señales se hallan en función de su utilización determinadas de la siguiente manera, debiendo ser su revestimiento el exigido en cada ítem.

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TIPO DE SEÑAL TAMAÑO PLACA ESPESOR MATERIAL

Reglamentarias 0.60 m de diámetro 2 mm Según cada caso.

Reglamentarias 0.70 m de diámetro 2 mm Según cada caso.

Reglamentarias 0.85 m de diámetro 2 mm Según cada caso.

Informativas rectangulares 0,25 x 0,70 m de lado 2 mm Según cada caso.

Informativas rectangulares 0,30 x 0,70 m de lado 2 mm Según cada caso.

Informativas rectangulares 0,35 x 0,70 m de lado 2 mm Según cada caso.

Informativas rectangulares 0,50 x 0,70 m de lado 2 mm Según cada caso.

Informativas rectangulares 0,70 x 0,70 m de lado 2 mm Según cada caso.

Informativas pórtico tipo U 1,00 x 1,50 m de lado 2 mm Según cada caso.

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6. GARANTÍA DE LOS MATERIALES. Los materiales constitutivos de las señales como así también los métodos de aplicación, fabricación e instalación deberán estar garantizados por el Contratista contra fallas debidas a adhesiones deficientes, variaciones de color ó deficiencias en la instalación por un término de doce (12) meses. 6.1. Control de Calidad. 6.1.1. Toma de muestras. A criterio de la Dirección General de Tránsito y Transporte, se procederá a tomar muestras con el objeto de realizar los ensayos, correspondientes a la totalidad de los materiales a emplear en la obra. Dichas muestras podrán ser tomadas a libre elección de la Inspección en cualquiera de las etapas de procesamiento de los mismos, incluyendo el punto de abastecimiento de los proveedores del Concesionario en el momento de la compra de los insumos, durante su depósito en fábrica, en el transcurso de su elaboración o instalación. Con posterioridad y para asegurar la calidad de los materiales, se podrán tomar muestras denominadas de partidas, cuya periodicidad de la toma de muestras y la cantidad de las mismas estará sujeta a las necesidades de la obra. Durante la obra se podrá requerir la repetición de ensayos o informes complementarios a las exigidas inicialmente, a los efectos de comprobar el mantenimiento de la calidad exigida. Cuando mediaren razones técnicas que aconsejen la realización de nuevos ensayos durante el periodo de garantía del material instalado, la Inspección dispondrá el estudio o ensayo correspondiente sin reclamo por parte del Concesionario. La extracción de la muestra y los gastos que ellas demanden, como así también el costo de los traslados del material, corresponden por cuenta del Concesionario quien se obliga en todos los casos a acatar las órdenes impartidas por la Inspección sin derecho a reclamo o compensación alguna por parte de este Gobierno. Las muestras extraídas serán analizadas en laboratorios a determinar en cada caso, según el tipo de ensayo a realizar, los cuales le serán indicados al Concesionario con la debida antelación. El incumplimiento por parte del Concesionario de estas disposiciones contractuales será causa suficiente para el rechazo de los materiales correspondientes, no pudiendo continuar con la realización de la obra hasta dar plena satisfacción de los requerimientos que exija la Inspección. 6.1.2. Muestras de materiales. Los materiales a controlar y el tipo de muestras a presentar por el Concesionario constarán de: a) Muestras de 0,20 por 0,20 m de lámina reflectiva autoadhesiva blanco, verde, azul, rojo y amarillo, del mismo tipo a utilizar en la obra, y de lámina no reflectiva color negro. b) Muestras sin pintar de 0,30 x 0,30 m, de chapa de hierro galvanizado, del mismo tipo a ser empleado. c) Muestras de un litro de pintura poliuretánica en color blanco del tipo a ser empleado. d) Papel autoadhesivo tipo fantasía color blanco. e) Tubo de acero de 50,8 mm de diámetro exterior y 3,2 mm de espesor de pared, sin pintar (tramo de 1 metro). f) Las muestras entregadas serán ensayadas a criterio de la Dirección General de Tránsito, quedando de propiedad de este Gobierno. 7. EJECUCIÓN DE LA OBRA. 7.1. Replanteo de la Obra.

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Con anterioridad al comienzo de obra, el Concesionario deberá presentar el proyecto de señalamiento respectivo, el cual será analizado y aprobado si correspondiera, por la Subsecretaría de Transporte en un plazo no mayor de diez días. A partir de dicha aprobación el Concesionario dispondrá de veinte días para el replanteo de la obra en conjunto con personal de la Subsecretaría de Transporte, indicándose los lugares a instalar las señales; el mismo podrá ser realizado por etapas. Del mismo modo y antes de comenzar con la fabricación del señalamiento, se procederá a tomar muestras del material para su análisis, el cual será trasladado al laboratorio oficial o privado indicado por la Inspección. Los cargos de traslado y análisis de los mismos serán por exclusiva cuenta del Contratista. 7.2. Retiro del señalamiento obsoleto. El Concesionario queda obligado a retirar aquellas señales o postes de ellas que sean consideradas obsoletas, ilegales o deterioradas y que deban ser o no reemplazadas que fueran indicadas por la Inspección durante el replanteo. El material retirado deberá ser consignado en una planilla y luego remitido al Depósito de este Gobierno que se le indique. En el caso que fuera posible reciclar el material para nueva cartelería, el concesionario podrá hacerlo. Efectuado el retiro, en todos los casos y cualquiera sea el tipo de columna o poste al que se hallaba sujeta la señal, el Contratista, deberá proceder a retirar cualquier resto de obra y reparar la acera respetando el mismo tipo de solado existente en el lugar. 7.3. Instalación de nuevas señales. Se deberá proceder a la instalación de las nuevas señales cuidando que las mismas no presenten raspaduras, abolladuras, alabeos o cualquier otro tipo de marca que deteriore su aspecto o calidad.La verticalidad de los sistemas de sujeción como así también la correcta alineación horizontal de las placas, será controlada, siendo motivo de rechazo cualquiera de los motivos antes expuestos. La secuencia en la instalación, será la de fijación de postes, ménsulas o pórticos según corresponda a la señal y luego del adecuado tiempo de fragüe de los materiales, se instalaran las placas señales, las que serán cubiertas hasta el momento de la inauguración de la obra con el objeto de evitar inducir a confusiones en el uso de la vía pública. 7.4. Mantenimiento. Incluye la limpieza periódica y la reposición de la cartelería faltante o deteriorada durante toda la Contratación, tanto de las señales nuevas a instalar como las preexistentes, con cargo al Concesionario en todos los casos. Deberán efectuarse recorridas periódicas para detectar roturas o faltantes, así como procederá de igual manera ante denuncias que reciba de la Subsecretaría de Transporte. 7.5. Requerimientos de seguridad para trabajos en la vía pública. El Contratista deberá disponer de los elementos de elevación e instalación de señales adecuados, como así también los de seguridad y de desvío de obra establecidos en la Ord. N° 32.999 y de los demás que sean necesarios para la protección del área de trabajo requeridos en la Ley Nacional Nº 24.449 y demás reglamentarias. Este señalamiento de precaución, deberá mantenerse en perfectas condiciones, al igual que cualquier otro que resulte necesario emplazar para la seguridad pública, de peatones, vehículos y personal y equipos empleados en la obra incluyendo la Inspección, siendo de responsabilidad exclusiva el emplazarlo, conservarlo y retirarlo cuando el mismo haya efectivamente dejado de cumplir con su cometido. La Inspección, podrá de juzgarlo conveniente, requerir la agregación de medidas de seguridad adicionales en bien del servicio a prestar por el Contratista y de la seguridad vial, su implementación deberá ser concretada antes de dar inicio a la obra. En caso de requerirse el cierre parcial o total de un tramo de arteria, el Contratista deberá gestionar los correspondientes permisos y abonar los aranceles correspondientes en esta Repartición, adecuándose a los requerimientos de días y horarios y demás condiciones que se le impongan a su costo.

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Consulta N° 4 En caso de ser adjudicados ¿Es posible que el adjudicatario constituya y entregue una póliza por 5 (cinco) años de vigencia más un compromiso formal establecido en el contrato a suscribir de renovarla a su vencimiento por 5 (cinco) años más. Respuesta N°4: No. La garantía de ejecución del contrato deberá constituirse por el plazo de la duración del contrato. PRESENTACION N°3 (IF-2014-08097069-SSTRANS) Consulta N° 1 En el caso de integrarse una UTE en la que uno de los integrantes acredite un ingreso anual de cero ($ 0) y otro integrante de la UTE aporte con sus ingresos ponderados según su porcentaje de participación, más de doce millones de pesos de ingresos para la UTE, se dará por cumplida esta exigencia? Respuesta N°1 El monto mínimo que deberá acreditar cada una de las empresas integrantes de la UTE en atención a los montos establecidos en el art. 18.1 inciso 23 y 24 del PCP será el 25 % de lo allí establecido, según lo contemplado en el art. 15 del PCP. Sin perjuicio de ello, la UTE deberá cumplir la totalidad de los requisitos establecidos para la misma.

Guillermo Dietrich Subsecretario

OL 2527 Inicia: 8-8-2014 Vence: 12-8-2014

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JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE DIRECCIÓN GENERAL DE MOVILIDAD SALUDABLE Adjudicación - Expediente N° 3.413.620/14 Licitación Pública N° 934/14. Objeto: s/provisión y colocación de maceteros en las obras de intervenciones peatonales. Acto de Adjudicación: Resolución N° 362/SSTRANS/14. Repartición destinataria: Dirección General de Movilidad Saludable. Firmas adjudicadas: Estudio Marta Carena S.R.L. (CUIT-30-71038183-2). Monto adjudicado: pesos cuatro millones ciento treinta y siete mil ochocientos cuarenta con 03/100 ($ 4.137.840,03).

Guillermo Dietrich Subsecretario

OL 2543 Inicia: 11-8-2014 Vence: 12-8-2014

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Ministerio de Hacienda

MINISTERIO DE HACIENDA DIRECCIÓN GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES Adquisición de kits de limpieza - Expediente Electrónico Nº 10.820.329/MGEYA-DGCYC/214 Llámase a Licitación Pública Nº 623-0651-LPU14, referente al Convenio Marco de Compras para la adquisición de kits de limpieza, con destino a las áreas dependientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a realizarse el día 15 de agosto de 2014 a las 14 horas. Autorizante: Disposición N° 544/DGCYC/14. Valor del pliego: sin valor. Adquisición y consultas de pliegos: Los pliegos de bases y condiciones se encuentran a disposición de los interesados para su consulta y adquisición en el sitio Buenos Aires Compras (BAC) www.buenos airescompras.gob.ar. Lugar de apertura: El acto de apertura de ofertas se efectuará a través de Buenos Aires Compras (BAC) www.buenosairescompras.gob.ar Asimismo, se encuentran publicados en la página Web: www.buenosaires.gov.ar/areas/hacienda/compras/consulta

Mauricio Butera Director General

OL 2553 Inicia: 11-8-2014 Vence: 12-8-2014

MINISTERIO DE HACIENDA DIRECCIÓN GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES Adquisición de pinturas y productos afines - Expediente Electrónico Nº 10.885.580/MGEYA-DGCYC/14 Llámase a Licitación Pública Nº 623-0653-LPU14, referente al Convenio Marco de Compras para la adquisición de pinturas y productos afines, con destino a las áreas dependientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a realizarse el día 15 de agosto de 2014 a las 15 horas. Autorizante: Disposición N° 543-DGCYC/14. Valor del pliego: sin valor. Adquisición y consultas de pliegos: los pliegos de bases y condiciones se encuentran a disposición de los interesados para su consulta y adquisición en el sitio Buenos Aires Compras (BAC) www.buenos airescompras.gob.ar. Lugar de apertura: El acto de apertura de ofertas se efectuará a través de BuenosAires Compras (BAC) www.buenosairescompras.gob.ar Asimismo, se encuentran publicados en la página Web: www.buenosaires.gov.ar/areas/hacienda/compras/consulta

Mauricio Butera Director General

Página Nº 172Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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OL 2554 Inicia: 11-8-2014 Vence: 11-8-2014

MINISTERIO DE HACIENDA DIRECCIÓN GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES Adquisición de muebles de oficina - Expediente Electrónico Nº 11.227.631/MGEYA-DGCYC/14 Llámase a Licitación Pública Nº 623-0660-LPU14, referente al Convenio Marco de Compras para la adquisición de muebles de oficina, con distribución y entrega incluida, con destino a las áreas dependientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a realizarse el día 19 de Agosto de 2014 a las 14 horas. Autorizante: Disposición N° 545/DGCYC/14. Valor del pliego: sin valor. Adquisición y consultas de pliegos: los pliegos de bases y condiciones se encuentran a disposición de los interesados para su consulta y adquisición en el sitio Buenos Aires Compras (BAC) www.buenos airescompras.gob.ar. Lugar de apertura: El acto de apertura de ofertas se efectuará a través de Buenos Aires Compras (BAC) www.buenosairescompras.gob.ar Asimismo, se encuentran publicados en la página Web: www.buenosaires.gov.ar/areas/hacienda/compras/consulta

Mauricio Butera Director General

OL 2555 Inicia: 11-8-2014 Vence: 12-8-2014

Página Nº 173Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Ministerio de Justicia y Seguridad

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD SUBSECRETARÍA DE JUSTICIA Fracaso - Expediente N° 5.964.669/MGEYA-SSJUS/14 Declárese fracasada la Licitación Pública Nº 763-0383-LPU14, para la adquisición de un vehículo automotor “tipo furgón” para el traslado de personas. Autorizante: Resolución N° 410/SSJUS/14. Repartición destinataria: Subsecretaría de Justicia.

Javier A. Buján Subsecretario

OL 2520 Inicia: 8-8-2014 Vence: 11-8-2014

Página Nº 174Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Ministerio de Salud

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DONACIÓN FRANCISCO SANTOJANNI” Preadjudicación - Expediente N° 5.563.226/MGEYA/14 Licitación Pública Nº 345/14. Expediente N° 5.563.226/MGEYA/14. Dictamen de Evaluación Nº 345/14. Servicio: Esterilización. Objeto de la contratación: Adquisición del servicio de esterilización por oxido de etileno. Firma preadjudicada: Asisthos S.R.L. (Bolivia 470, Dpto. 60 (CP1406) Renglón: 1 - cantidad: 24 unidad - precio unitario: $ 9697,00 - precio total: $ 232.728,00. Monto total preadjudicado: $ 232.728,00. Consultas: Pilar 950, entrepiso, Oficina de Compras, en horario de 9 a 14 horas.

Sergio R. Auger Director

Ana Bernad

Jefa de Sección Esterilización

OL 2556 Inicia: 11-8-2014 Vence: 11-8-2014

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DR. J. M. PENNA” Preadjudicación - Expediente N° 7.750.667/MGEYA-HGAP/14 Tipo de Procedimiento de Selección: 425-0515-LPU14. Clase: etapa única. Rubro comercial: suturas mecánicas. Diagnóstico Belgrano S.R.L. Renglón: 1 - cantidad: 6 unidades - precio unitario: $ 6.296,80 - precio total: $ 37.780,80. Renglón: 2 - cantidad: 4 unidades - precio unitario: $ 6.296,80 - precio total: $ 25.187,20. Renglón: 4 - cantidad: 4 unidades - precio unitario: $ 6.296,80 - precio total: $ 25.187,20. Renglón: 17 - cantidad: 8 unidades - precio unitario: $ 7.224,84 - precio total: $ 57.798,72. Foc S.R.L. Renglón: 6 - cantidad: 2 unidades - precio unitario: $ 5.144,92 - precio total: $ 10.289,84.

Página Nº 175Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Renglón: 8 - cantidad: 4 unidades - precio unitario: $ 1.930,00 - precio total: $ 7.720,00. Renglón: 9 - cantidad: 4 unidades - precio unitario: $ 1.946,89. - precio total: $ 7.787,56. Renglón: 10 - cantidad: 7 unidades - precio unitario: $ 10.305,57 - precio total: $ 72.138,99. Renglón: 11 - cantidad: 4 unidades - precio unitario: $ 2.323,20 - precio total: $ 9.292,80. Renglón: 12 - cantidad: 14 unidades - precio unitario: $ 4.045,03 - precio total: $ 56.630,42. Renglón: 13 - cantidad: 4 unidades - precio unitario: $ 7.645,99 - precio total: $ 30.583,96. Renglón: 15 - cantidad: 13 unidades - precio unitario: $ 4.009,94. - precio total: $ 52.129,22. Renglón: 16 - cantidad: 4 unidades - precio unitario: $ 4.660,92 - precio total: $ 18.643,68. Renglón: 18 - cantidad: 6 unidades - precio unitario: $ 12.520,78. - precio total: $ 75.124,68. Renglón: 19 - cantidad: 2 unidades - precio unitario: $ 10.800,00 - precio total: $ 21.600,00. Renglón: 28 - cantidad: 2 unidades - precio unitario: $ 24.419,00 - precio total: $ 48.838,00. Renglón: 29 - cantidad: 2 unidades - precio unitario: $ 5.371,20 - precio total: $ 10.742,40. Renglón: 30 - cantidad: 7 unidades - precio unitario: $ 1.214,84 - precio total: $ 8.503,88.

Renglón: 31 - cantidad: 2 unidades - precio unitario: $ 10.890,00 - precio total: $ 21.780,00. Renglón: 36 - cantidad: 2 unidades - precio unitario: $ 1.536,70 - precio total: $ 3.073,40. Renglón: 38 - cantidad: 2 unidades - precio unitario: $ 6.300,00 - precio total: $ 12.600,00. Renglón: 43 - cantidad: 2 unidades - precio unitario: $ 1.638,34 - precio total: $ 3.276,68. Renglón: 44 - cantidad: 1 unidad - precio unitario: $ 2.937,88 - precio total: $ 2.937,88. Renglón: 45 - cantidad: 1 unidad - precio unitario: $ 1.638,34 - precio total: $ 1.638,34. Renglón: 46 - cantidad: 2 unidades - precio unitario: $ 11.603,90 - precio total: $ 23.207,80. Argentina Medical Products S.R.L. Renglón: 7 - cantidad: 2 unidades - precio unitario: $ 2.750,20 - precio total: $ 5.500,40. Renglón: 20 - cantidad: 4 unidades - precio unitario: $ 1.990,00 - precio total: $ 7.960,00. Renglón: 21 - cantidad: 2 unidades - precio unitario: $ 2.442,00 - precio total: $ 4.884,00. Renglón: 22 - cantidad: 4 unidades - precio unitario: $ 1.530,00 - precio total: $ 6.120,00. Renglón: 26 - cantidad: 4 unidades - precio unitario: $ 3.000,00 - precio total: $ 12.000,00. Renglón: 32 - cantidad: 1 unidad - precio unitario: $ 2.138,00 - precio total: $ 2.138,00. Renglón: 33 - cantidad: 1 unidad - precio unitario: $ 2.232,00 - precio total: $ 2.232,00. Renglón: 34 - cantidad: 1 unidad - precio unitario: $ 16.335,00 - precio total: $ 16.335,00. Adriana Bruno, Fabio Leiro, Clara Acosta, Cristina Desiderio. Total preadjudicado: pesos setecientos un mil seiscientos sesenta y dos con ochenta y cinco centavos. $ 701.662,85. Lugar de exhibición del acta: www.buenosairescompras.gob.ar a partir del 11/8/14 en cartelera, 3º piso.

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Gustavo San Martin

Director a/c

Stella Maris Dalpiaz Gerente Operativa

OL 2542 Inicia: 11-8-2014 Vence: 11-8-2014

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL INFANTO JUVENIL “DRA. CAROLINA TOBAR GARCÍA” Preadjudicación - Expediente Electrónico N° 8.709.718/MGEYA-HIJCTG/14 Licitación Pública Nº 437-0578-LPU14. Dictamen de Evaluación de Ofertas de fecha 7 de agosto de 2014. Clase: etapa única. Rubro comercial: Materia prima y/o semi elaborada no metálica. Materiales manufacturados de material plástico. Objeto de la contratación: Adquisición de Planchas de policarbonato cristal. Firma preadjudicada: Rubén Ameri Renglón: 1 - cantidad: 5 planchas - precio unitario: $ 6977 - precio total: $ 34.885. Fundamento de la preadjudicación: Soledad Silvina Acosta, Facundo Pinkas, Juan Manuel Gago. Vencimiento validez de oferta: 20 días hábiles, Renovables automáticamente por un plazo igual Decreto Nº 95/14, art. 102, Item 5. Lugar de exhibición del acta: Hospital Infanto Juvenil “Dra. Carolina Tobar García”, sito en Ramón Carrillo 315, un (1) día a partir del 11/8/14 en el Departamento de Compras y Contrataciones, el Portal Buenos Aires Compras y página web GCBA.

Susana Sosa Subdirectora Médica

Walter Bitar

Gerente Operativo OL 2541 Inicia: 11-8-2014 Vence: 11-8-2014

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE NIÑOS “DR. PEDRO DE ELIZALDE” Preadjudicación - Expediente Nº 8.769.967/HGNPE/14 Licitación Pública BAC Nº 417-0580-LPU14. Rubro: Bombas de infusión Farmacia. Firma adjudicataria:

Página Nº 177Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Medipack S.A. Renglón : - cant. 15000.00 u - precio $ 65.00 - total $ 975000.00. Encuadre legal: art. 109 Ley N° 2.095. Observaciones: Se desestima por estado registral de los oferentes.

Norberto R. Garrote Director Médico (I)

Marcelo Fakih

Gerente Operativo

OL 2536 Inicia: 8-8-2014 Vence: 11-8-2014

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL NEUROPSIQUIÁTRICO “DR. BRAULIO A. MOYANO” Adjudicación - Expediente Electrónico N° 5.337.147/MGEYA/HNBM/14 Licitación Pública Nº 422-322-LPU14. Paños Jabonosos. BAC. Firma adjudicada: Pharma Express S.A. Renglón: 1: cantidad: 20000 unidades - precio unitario: $ 2,28 - precio total: $ 45.600,00. Subtotal: $ 45.600,00 Total pesos: pesos cuarenta y cinco mil seiscientos ($ 45.600,00). Encuadre legal: art. 108, Ley N ° 2.095; modificada por Ley N° 4764, Decreto N° 95/14.

María N. C. Derito Subdirectora Médica

Luisa Gavechesky Gerente Operativo

OL 2547 Inicia: 11-8-2014 Vence: 12-8-2014

MINISTERIO DE SALUD DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA CONTABLE - GOCYC Postergación - Expediente Electrónico Nº 8.350.961/MGEYA-DGADC/14 Postérgase la Licitación Pública Nº 401-0543-LPU14, para la adquisición de equipamiento médico con destino a diversos efectores dependientes del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Nueva fecha de apertura: 12/8/14, a las 11 hs.

Página Nº 178Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Autorizante: Disposición Nº 94/DGADC/14.

Emilse Filippo Directora General Administrativa Contable

OL 2557 Inicia: 11-8-2014 Vence: 11-8-2014

MINISTERIO DE SALUD DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA CONTABLE - GOCYC Circular con consulta - Licitación Pública N° 543/LPU14 Circular N° 1 con consulta. Licitación Pública N° 401-0543-LPU14. Objeto: “Adquisición de equipamiento médico con destino a diversos efectores dependientes del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”. Consulta 1: Renglón 11: En el item 1c: Con selector de derivaciones, y calibración. No está claro a que se refiere con la palabra calibración. Podrían brindarnos una explicación aclaratoria? En el ítem 2c: Filtro por derivación: 0,25 o 0,5 Hz -3Db. A que se refiere? Está pidiendo que se pueda filtrar cada derivación por separado? Respuesta 1: Renglón 11: Item 1C: Entiéndase “calibración” como la posibilidad de que el equipo pueda imprimir, en una tira de papel térmico, la señal cuadrada de 1 mV. Item 2C: Se deben poder filtrar todas las derivaciones de la señal de ECG. Consulta 2: Renglón 31: 1- Dadas las especificaciones de la maquina parecería ser que están buscando un equipo de baja complejidad. Bajo esta premisa, quisiera consultar si resultan imprescindibles los modos ventilatorios SIMV y CPAP, como así también las gráficas de espirometria Presión-Volumen y Flujo-Volumen, utilizadas generalmente para evaluar la mecánica pulmonar en cirugías de mediana/alta complejidad. 2- Bajo la misma premisa de una máquina de baja complejidad, es imprescindible contar con una pantalla de 15 pulgadas? 3- Se podría aclarar a que se refieren cuando en el punto 1.5.7 se menciona “Tipo de ciclo respiratorio”? 4- En los puntos 1.5.3 y 1.5.4 se mencionan las variables Volumen corriente “inspirado” y Volumen minuto “inspirado”. Aclarar por favor si hubo un error de tipeo y deberían figurar valores “espirados” en ambos casos, como ocurre normalmente en equipos de asistencia respiratoria mecánica. Respuesta 2: Renglón 31 Item 1.2.1: Se aceptarán equipos que posean una pantalla LCD mayor o igual a 6.5”. Item 1.2.7: Entiéndase “monitoreó de parámetros, Tipo de ciclo respiratorio” como la indicación por parte del equipo del modo ventilatorio. Item 1.3.2 y 1.3.3: Donde dice “inspirado” debe decir “espirado”. Item 1.3.3: Donde dice “inspirado” debe decir “espirado”. Item 1.3: Se ratifica lo solicitado. Item 1.4: Se ratifica lo solicitado.

Emilse Filippo Directora General Administrativa Contable

OL 2558

Página Nº 179Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 180: Boletín Oficialboletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/boletines/2014/08/20140811.pdfSe aprueba el precio de las entradas del espectáculo Cineastas..... Pág. 23 Ministerio

Inicia: 11-8-2014 Vence: 11-8-2014

Página Nº 180Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 181: Boletín Oficialboletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/boletines/2014/08/20140811.pdfSe aprueba el precio de las entradas del espectáculo Cineastas..... Pág. 23 Ministerio

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DR. COSME ARGERICH” Provisión de insumos - Expediente N° 9.435.988/14 Llámase a Licitación Pública Nº BAC 412-0639-LPU14, cuya apertura se realizará el día 2/9/14, a las 10 hs., para la provisión de insumos (Alcohol etílico; etc.). Autorizante: Disposición Nº 242/HGACA/14. Repartición destinataria: Hospital General de Agudos “Dr. Cosme Argerich”, con destino a Anatomía Patológica. Valor del pliego: sin valor. Consultas de pliegos: www.buenosairescompras.gob.ar Lugar de apertura: Hospital General de Agudos “Dr. Cosme Argerich”, División Compras y Contrataciones, Av. Almirante Brown 240, planta baja.

Néstor Hernández Director Médico

OL 2546 Inicia: 11-8-2014 Vence: 11-8-2014

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL DE GASTROENTEROLOGÍA “DR. CARLOS BONORINO UDAONDO” Adquisición de suturas - Expediente Nº 10.812.230/MGEYA/14 Llámese a Contratación Menor Nº 7812/SIGAF/14, cuya apertura se realizará el día 13 de agosto de 2014 a las 10 hs., para la adquisición de suturas. Autorizante: DISFC-144-HBU-2014. Repartición destinataria: Hospital De Gastroenterología "Dr. Carlos Bonorino Udaondo" Valor del pliego: sin valor. Consulta del pliego: División Suministros, Compras y Contrataciones, 2° piso Pabellón "A" de lunes a viernes de 9 a 15 hs., Tel: 4306-7797 (int. 244) - [email protected] Entrega de sobres: hasta 13 de agosto de 2014, a las 10 horas, División Suministros Compras y Contrataciones. Lugar apertura: División Suministros, Compras y Contrataciones 2° piso Pabellón “A”, Av. Caseros 2061, C.A.B.A.

Eduardo Sosa Director

Jorge Oviedo

Gerente Operativo OL 2545 Inicia: 11-8-2014 Vence: 11-8-2014

Página Nº 181Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 182: Boletín Oficialboletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/boletines/2014/08/20140811.pdfSe aprueba el precio de las entradas del espectáculo Cineastas..... Pág. 23 Ministerio

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL DE GASTROENTEROLOGÍA “DR. CARLOS BONORINO UDAONDO” Adjudicación - Expediente N° 8.094.009/HBU/14 Decreto Nº 556/10. DISFC-2014-117-HBU. Objeto de la contratación: servicio de reparación integral de Videocolonoscopio Pentax. Firma adjudicada: Néstor H. Otero Conforme al Remito Nº 0001-00000207. Total adjudicado: $ 24.300,00 (pesos veinticuatro mil trescientos). Tel: 4306-7797 (int. 244) fax: 4306-3013. [email protected]

Eduardo Sosa Director

Jorge Oviedo

Gerente Operativo OL 2540 Inicia: 11-8-2014 Vence: 11-8-2014

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL DE GASTROENTEROLOGÍA “DR. CARLOS BONORINO UDAONDO” Adjudicación - Expediente N° 8.094.184/HBU/14 Decreto Nº 556/10. DISFC-2014-115-HBU. Objeto de la contratación: adquisición de heparina sódica 5.000 U/ML. Firma adjudicada: Laboratorios Duncan S.A. Conforme al Remito Nº 0002-00010889. Total adjudicado: $ 18.000,00 (pesos dieciocho mil). Tel.: 4306-7797 (int. 244) fax: 4306-3013. [email protected]

Eduardo Sosa Director

Jorge Oviedo

Gerente Operativo

OL 2523 Inicia: 11-8-2014 Vence: 11-8-2014

Página Nº 182Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 183: Boletín Oficialboletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/boletines/2014/08/20140811.pdfSe aprueba el precio de las entradas del espectáculo Cineastas..... Pág. 23 Ministerio

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL DE GASTROENTEROLOGÍA “DR. CARLOS BONORINO UDAONDO” Adjudicación - Expediente N° 8.094.337/HBU/14 Decreto Nº 556/10. DISFC-2014-121-HBU. Objeto de la contratación: Servicio de Reparación Integral de Mesa de Anestesia. Firma adjudicada: José A. Baguette e Hijos S.A.I.C. Conforme al Remito Nº 0001-00003501. Total adjudicado: $ 24.236,30 (pesos veinticuatro mil doscientos treinta y seis con treinta centavos). Tel.: 4306-7797 (int. 244) Fax: 4306-3013. [email protected]

Eduardo Sosa Director

Jorge Oviedo

Gerente Operativo

OL 2522 Inicia: 11-8-2014 Vence: 11-8-2014

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL DE GASTROENTEROLOGIA “DR. CARLOS BONORINO UDAONDO” Adjudicación - Expediente N° 8.094.500/HBU/14 Decreto Nº 556/10. DISFC-2014-116-HBU. Objeto de la contratación: adquisición de Gasa Hidrófila. Firma adjudicada: Laboratorios Igaltex S.R.L. Conforme al Remito Nº 0001-00089728. Total adjudicado: $ 11.856,00 (pesos once mil ochocientos cincuenta y seis). Tel: 4306-7797 (int. 244) fax: 4306-3013. [email protected]

Eduardo Sosa Director

Jorge Oviedo

Gerente Operativo OL 2539 Inicia: 11-8-2014 Vence: 11-8-2014

Página Nº 183Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 184: Boletín Oficialboletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/boletines/2014/08/20140811.pdfSe aprueba el precio de las entradas del espectáculo Cineastas..... Pág. 23 Ministerio

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL DE GASTROENTEROLOGÍA “DR. CARLOS BONORINO UDAONDO” Adjudicación - Expediente N° 8.255.471/HBU/14 Decreto Nº 556/10. DISFC-2014-122-HBU. Objeto de la contratación: adquisición de insumos para Diagnóstico por Imágenes. Firma adjudicada: Macor Insumos Hospitalarios S.R.L. Conforme al Remito Nº 0001-00135011. Total adjudicado: $ 14.113,60 (pesos catorce mil ciento trece con sesenta centavos). Tel: 4306-7797 (Int. 244) fax: 4306-3013. [email protected]

Eduardo Sosa Director

Jorge Oviedo

Gerente Operativo

OL 2524 Inicia: 11-8-2014 Vence: 11-8-2014

Página Nº 184Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 185: Boletín Oficialboletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/boletines/2014/08/20140811.pdfSe aprueba el precio de las entradas del espectáculo Cineastas..... Pág. 23 Ministerio

Ministerio de Educación

MINISTERIO DE EDUCACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS Trabajos de reparación de cubiertas y cerco perimetral para edificio - Expediente N° 6.844.451/14 Licitación Pública Nº 18/14. Expediente N° 6.844.451/14 Objeto del llamado: Trabajos de reparación de cubiertas y cerco perimetral para proteger al predio anexo en el Edificio de la Escuela N° 8, D.E. Nº 4, sita en Dr. Braun Menéndez 260 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Autorizante: Disposición Nº 865/DGAR/14. Consulta y entrega de pliegos: Ministerio de Educación sector de Licitaciones Paseo Colón 255, 2º piso frente, de la Ciudad de Buenos Aires; el horario de atención es de 10 a 17 hs. Valor del pliego: gratuito. Presupuesto oficial: $ 3.159.380,16 (pesos tres millones ciento cincuenta y nueve mil trescientos ochenta con dieciséis centavos). Lugar de presentación de las ofertas: Ministerio de Educación sector de Licitaciones, Paseo Colón 255, 2º piso frente, de la Ciudad de Buenos Aires. Fecha/hora de apertura: Las ofertas se recibirán únicamente el día fijado para la apertura de sobres. Las mismas se recibirán hasta el horario indicado en los pliegos licitatorios. 21 de agosto de 2014, a las 12 hs. Fecha/hora de visita a obra: 14 de agosto de 2014 a las 11 horas Lugar de apertura: Ministerio de Educación sector de Licitaciones Paseo Colón 255 2º piso frente, de la Ciudad de Buenos Aires. Plazo de mantenimiento de oferta: 30 días hábiles, prorrogados automáticamente por 30 días hábiles, excepto que el oferente comunique la caducidad de la Oferta. Plazo de ejecución de las obras: 120 días corridos, computados a partir de la fecha del acta de inicio.

Gonzalo L. Riobó Director General

OL 2498 Inicia: 7-8-2014 Vence: 13-8-2014

MINISTERIO DE EDUCACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS Trabajos de rehabilitación - Expediente Nº 7.644.765/14 Licitación Pública Nº 21/14. Programa Plan de Obras - Financiamiento del Ministerio de Educación de la Nación. Objeto del llamado: Trabajos de rehabilitación en el edificio de la Escuela Técnica Nº 9, D.E. Nº 7, sita en Gral. Martín de Gainza 1050 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Autorizante: Disposición Nº 855/DGAR/14.

Página Nº 185Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 186: Boletín Oficialboletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/boletines/2014/08/20140811.pdfSe aprueba el precio de las entradas del espectáculo Cineastas..... Pág. 23 Ministerio

Consulta y entrega de pliegos: Ministerio de Educación sector de Licitaciones Paseo Colón 255, 2º piso frente, de la Ciudad de Buenos Aires; el horario de atención es de 10 a 17 hs. Valor del pliego: gratuito. Presupuesto oficial: $ 2.883.843,60 (pesos dos millones ochocientos ochenta y tres mil ochocientos cuarenta y tres con sesenta centavos). Lugar de presentación de las ofertas: Ministerio de Educación sector de Licitaciones sito en Paseo Colón 255, 2º piso frente. Fecha/hora de apertura: 17 de septiembre de 2014 a las 12 hs. Las ofertas se recibirán únicamente el día fijado para la apertura de sobres. Las mismas se recibirán hasta el horario indicado en los pliegos licitatorios. Fecha/hora de visita a obra: 26 de agosto de 2014 a las 12 hs. Lugar de apertura: Ministerio de Educación sector de Licitaciones, sito en Paseo Colón 255, 2º piso frente. Plazo de ejecución de las obras: 120 días corridos, computados a partir de la fecha del acta de inicio.

Gonzalo L. Riobó Director General

OL 2499 Inicia: 11-8-2014 Vence: 25-8-2014

MINISTERIO DE EDUCACIÓN DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS Preadjudicación - Expediente N° 5.889.181/13 Licitación Pública N°678/SIGAF/14 (N° 12/14). Acta de Preadjudicación de Ofertas Nº 26 de fecha 7 de agosto de 2014. En la Ciudad de Buenos Aires a los 7 días del mes de agosto de 2014, se reúnen los integrantes de la Comisión de Preadjudicaciones, creada por la Resolución Nº 231/SSGEFyAR/14, con el objeto de realizar la preadjudicación de la Licitación Pública Nº 678/SIGAF/14 (12-14), que tramita por Expediente Nº 5889181/DGIES/13, autorizada por Disposición Nº 508/DGAR/14 para el edificio del Polo Educativo Saavedra, sito en Av. Crisologo Larralde 5058 y Galván, Distrito Escolar Nº 15 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de acuerdo con lo establecido por la ley de obras públicas Nº 13.064. Que corresponde la intervención de esta Comisión, en razón de la normativa precedentemente citada. Que se presentaron cuatro (4) ofertas correspondientes a los oferentes: Cunumi S.A; Tala Construcciones S.A.; Criba S.A. y Cia Central de Construcciones S.R.L. Que en función del informe técnico legal y contable que corresponde al análisis de las ofertas se recomienda: 1. Desestimar a la empresa CIA. Central Construcciones S.R.L, la cual al momento de la apertura no cumple con la documentación exigida por los Pliegos Licitatorios (Punto 2.3.2 ítem 14). 2. Desestimar a la empresa Tala Construcciones S.A., por resultar 0 puntos la calificación de los ítems B5. 3. Declarar admisible la oferta presentada por la empresa Cunumi S.A. y Criba S.A. 4. A Nº de Orden 2 de documento de trabajo obra una nota de la empresa Cunumi S.A. donde expresa que no mantiene la oferta de la mencionada licitación en los términos del (Punto 1.3.7) del Pliego de Bases y Condiciones

Página Nº 186Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Generales. 5. Desestimar a la empresa Cunumi S.A., en virtud de lo expresado en el (Punto 4). 6. Preadjudicar al oferente Criba S.A., por la suma de pesos seis millones trescientos cuarenta y dos mil setecientos sesenta ($ 6.342.760,00), la ejecución de los trabajos de cerco perimetral de hormigón in situ con remate de reja auraria y cerramiento medianero de alambrado olímpico en el edificio del Polo Educativo Saavedra D.E. N° 15, sita en la Av. Crisologo Larralde 5085 y Galvan, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en razón de ser la única oferta admisible y conveniente, siendo a su vez un 8,00 % inferior al presupuesto oficial actualizado, siendo el mismo de pesos seis millones ochocientos noventa y cuatro mil cuatrocientos siete con noventa y dos centavos ($ 6.894.407,92) Miembros de la Comisión de Preadjudicación según Resolución N° 231/SSGEFyAR/14 Ignacio Curti - Graciela Testa - José P. Di Iorio - Martina Ruiz Suhr.

Lugar de exhibición del acta: En Licitaciones dependiente de la Dirección Operativa de Compras y Contrataciones sita en Av. Paseo Colón 255, 2° piso (frente) a partir del 11/8/14 al 11/8/14

Gonzalo L. Riobó Director General

OL 2552 Inicia: 11-8-2014 Vence: 11-8-2014

Página Nº 187Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Ministerio de Desarrollo Urbano

MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL Construcción y explotación de estacionamiento subterránea, Área Facultad de Derecho, Nuevo Parque y Centro de Exposiciones y Convenciones - Expediente N° 2.217.069/14 Llámese a Licitación Pública Obra “Construcción y Explotación de una Playa de Estacionamiento Subterránea de carácter disuasorio ubicada en la denominada “Área Facultad de Derecho - Nuevo Parque y Centro de Exposiciones y Convenciones”. Autorizante: Resolución N° 241/MDUGC/14. Valor del pliego: gratuito. Consulta y descarga de pliegos: en el sitio web del G.C.B.A.: http://www.buenosaires.gov.ar/areas/planeamiento_obras/licitations/web/frontend_dev.php Presentación de ofertas y fecha de apertura: Hasta las 13 hs del día 28 de agosto de 2014 en la Subdirección Operativa de Compras, Licitaciones y Suministros del Ministerio de Desarrollo Urbano.

Fernando Codino Director General

OL 2425 Inicia: 31-7-2014 Vence: 27-8-2014

Página Nº 188Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Ministerio de Desarrollo Económico

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO SECRETARÍA DE HABITAT E INCLUSIÓN Obra Pública Menor - Expediente Electrónico Nº 9.139.592/SECHI/14 Licitación Privada Nº 57/SIGAF/14. Objeto del llamado: “Obra de Infraestructura Acceso Changuitos de la Villa 21-24 de esta Ciudad. Acto Administrativo: Resolución Nº 185/SIGAF/14. Consulta y entrega de pliegos: Secretaría de Hábitat e Inclusión, sita en Av. Roque Sáenz Peña 832, piso 8°, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el Horario de atención de 10 a 17 hs., los pliegos se entregan en formato digital. Valor del pliego: Gratuito. Asimismo los pliegos podrán ser consultados en la página web: www.buenosaires.gob.ar/areas/hacienda/compras/consulta Presupuesto oficial: dos millones novecientos noventa y un mil doscientos sesenta y cuatro con noventa y nueve centavos ($ 2.991.264,99). Lugar de presentación de las ofertas: Secretaría de Hábitat e Inclusión, sita en Av. Roque Sáenz Peña 832, piso 8°, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Fecha/hora de apertura: Las ofertas se recibirán únicamente el día fijado para la apertura de sobres. Las mismas se recibirán hasta el horario indicado en los pliegos licitatorios. Fecha de apertura: 21 de agosto de 2014 a las 12 hs. Fecha/hora de visita a obra: 14 de Agosto a las 11.00 hs. los interesados deberán concurrir a tal efecto, y previo al inicio de la Visita a Obra, a calle Pergamino 2936/50 entre calles Chilavert y Barros Pazos, dependencia de esta Secretaría de Hábitat e Inclusión. Lugar de apertura: Secretaría de Hábitat e Inclusión, sita en Avda. Roque Sáenz Peña 832, piso 8°, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Plazo de mantenimiento de oferta: 30 días hábiles, prorrogados automáticamente por 30 días hábiles, excepto que el oferente con una antelación de 5 días hábiles comunique la caducidad de la Oferta. Plazo de ejecución de las obras: noventa (90) días hábiles, computados a partir de la fecha del Acta de Inicio.

Marina Klemensiewicz Secretaria

OL 2550 Inicia: 11-8-2014 Vence: 11-8-2014

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO SECRETARÍA DE HABITAT E INCLUSIÓN Adquisición de vehículo para traslado de personas, con patentamiento incluido y logos institucionales ploteados - Expediente Electrónico Nº 7.819.569/MGEYA-SECHI/14

Página Nº 189Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Licitación Pública Nº 117-0523-LPU14, que se gestiona a través del sistema BAC www.buenosairescompras.gob.ar Objeto del llamado: Adquisición de un (1) vehículo para traslado de personas, con patentamiento incluido y logos institucionales ploteados, con destino a la Secretaría de Hábitat e Inclusión. Autorizante: Resolución N° 184/SECHI/14. Consulta y entrega de pliegos: Los pliegos se encuentran disponibles en el portal de Compras www.buenosairescompras.gob.ar Asimismo, se encuentran publicados en la página web: www.buenosaires.gov.ar/areas/hacienda/compras/consulta Las consultas deben realizarse mediante Buenos Aires Compras (BAC) hasta el día 1 de septiembre de 2014 a las 12 hs. Valor del pliego: Sin valor comercial Lugar de apertura: El acto de apertura de ofertas se efectuará a través del BAC, www.buenosairescompras.gob.ar Fecha/hora de apertura: 5 de septiembre de 2014 a las 12 hs.

Marina Klemensiewicz Secretaria

OL 2551 Inicia: 11-8-2014 Vence: 12-8-2014

Página Nº 190Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Ministerio de Ambiente y Espacio Público

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL Obra: “Programa de recuperación de fachadas - puesta en valor de edificios - Expediente Electrónico Nº 6.494.161/SSUEP/14 Llámase a Licitación Pública N° 1034/SIGAF/14 para el día 8 de septiembre de 2014, a las 12 horas, de conformidad con el régimen establecido en la Ley N° 13.064, para la contratación de la Obra “Programa de Recuperación de Fachadas - Puesta en Valor de edificios sitos en la calle Suipacha”. Autorizante: Disposición N° 162/DGTALMAEP/14. Presupuesto oficial: pesos siete millones quinientos ochenta y cuatro mil ciento cincuenta y tres con 40/100 ($ 7.584.153,44). Plazo de ejecución: 7 (siete) meses corridos. Valor del pliego: pesos siete mil quinientos ochenta y cuatro con 15/100 ($ 7.584,15). Adquisición y consulta del pliego: Los pliegos de bases y condiciones pueden ser adquiridos y consultados, en el Área Compras y Contrataciones de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal dependiente del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, sita en Av. Pte. Roque Sáenz Peña 570, 5° piso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes de 10 a 15 hs. Lugar y fecha de presentación y apertura de las ofertas: se recibirán hasta el día 8 de Septiembre de 2014, a las 12 horas, momento en que se realizará la apertura de las ofertas, en la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal dependiente del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, sita en Av. Pte. Roque Sáenz Peña 570, 5° piso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Ezequiel Pazos Verni Director General

OL 2544 Inicia: 11-8-2014 Vence: 15-8-2014

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL Obra: “Construcción de Planta de Tratamiento de Residuos Orgánicos y Playa de Maniobras”-Expediente Electrónico N° 5.847.600-DGTNT/14 Llamase a Licitación Pública N° 1107/14 para el día 27 de agosto de 2014, a las 12horas, de conformidad con el régimen establecido en la Ley N° 13.064, para la contratación de la Obra “Construcción De Planta de Tratamiento de Residuos Orgánicos y Playa de Maniobras”. Autorizante: Resolución N° 124/SSADM/14. Presupuesto oficial: pesos diecinueve millones trescientos treinta y dos mil veintisiete con noventa y nueve centavos ($ 19.332.027,99). Plazo de ejecución: 6 (seis) meses. Valor del pliego: pesos diecinueve mil trescientos treinta y dos ($ 19.332).

Página Nº 191Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Adquisición y consulta del pliego: los pliegos de bases y condiciones pueden ser adquiridos y consultados, en el Área Compras y Contrataciones de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal dependiente del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, sita en Av. Pte. Roque Sáenz Peña 570, 5° piso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes de 10 a 15 hs. Lugar y fechas de presentación y apertura de las ofertas: se recibirán hasta el día 27 de agosto de 2014, a las 12 horas, momento en que se realizará la apertura de las ofertas, en el Área Compras y Contrataciones de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal dependiente del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, sita en Av. Pte. Roque Sáenz Peña 570, 5° piso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Lisandro Greco Subsecretario de Administración

OL 2532 Inicia: 8-8-2014 Vence: 14-8-2014

Página Nº 192Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Agencia Gubernamental de Control

AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL Servicio de limpieza integral - Expediente Electrónico Nº 7.202.409/14 Licitación Pública N° 8262-0474-LPU14. Clase: etapa única. Objeto de la contratación: servicio de limpieza integral para el edificio sede de la AGC. Consulta de pliegos: pliego de bases y condiciones particulares y pliego de Especificaciones Técnicas están disponibles en el portal Buenos Aires Compras (BAC) www.compras.buenosaires.gov.ar Valor del pliego: gratuito. Presentación de las ofertas: Las ofertas y documentación se ingresarán a la página web oficial de “Buenos Aires Compras” hasta las 11 horas del día de la apertura de las ofertas y se presentarán en soporte papel en la Subgerencia Operativa de Compras y Contrataciones de la Agencia Gubernamental de Control, sito en Tte. Gral. Juan D. Perón 2933, piso 2º, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Fecha de apertura: 19/8/14, a las 11 hs. La apertura se realizará en el portal Buenos Aires Compras (BAC) www.compras.buenosaires.gov.ar Autorizante: Resolución N° 468/14.

Gustavo A. Bau Subgerente Operativo de Compras y Contrataciones

OL 2530 Inicia: 8-8-2014 Vence: 11-8-2014

AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL Servicio de mantenimiento integral - Expediente Electrónico Nº 7.202.765/14 Licitación Pública N° 8262-0475-LPU14. Clase: etapa única. Objeto de la contratación: servicio de mantenimiento integral del Edificio Sede de la AGC. Consulta de pliegos: pliego de bases y condiciones particulares, pliego de especificaciones técnicas generales y pliego de especificaciones técnicas particulares están disponibles en el portal Buenos Aires Compras (BAC). www.compras.buenosaires.gov.ar Valor del pliego: gratuito. Presentación de las ofertas: Las ofertas y documentación se ingresarán a la página web oficial de “Buenos Aires Compras” hasta las 11 horas del día de la apertura de las ofertas y se presentarán en soporte papel en la Subgerencia Operativa de Compras y Contrataciones de la Agencia Gubernamental de Control, sito en Tte. Gral. Juan D. Perón 2933, piso 2º, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Fecha de apertura: 19/8/14, a las 11 hs. La apertura se realizará en el portal Buenos Aires Compras (BAC) www.compras.buenosaires.gov.ar Autorizante: Resolución N° 464/14.

Página Nº 193Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Gustavo A. Bau Subgerente Operativo de Compras y Contrataciones

OL 2531 Inicia: 8-8-2014 Vence: 11-8-2014

Página Nº 194Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Ente de Turismo

ENTE DE TURISMO Preadjudicación - Expediente Nº 5.377.743/MGEYA-DGTALET/14 Licitación Pública Nº 9265-0327-LPU14. Rubro comercial: Servicio de transporte. Autorización: Disposición Nº 50/DGTALET/14. Objeto de la contratación: Contratación del servicio de transporte de pasajeros para el servicio de recorridos turísticos guiados temáticos. Firma adjudicada: New Travel S.R.L. (C.U.I.T. Nº 30-71053125-7). Total preadjudicado: pesos trescientos setenta y cinco mil con 00/100 ($ 375.000,00). Lugar de exhibición del acta: Unidad de Adquisiciones, Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Jesús M. Acevedo Director General

OL 2548 Inicia: 11-8-2014 Vence: 11-8-2014

ENTE DE TURISMO Preadjudicación - Expediente Nº 6.603.742/DGPRT/14 y Nº 8.114.152-DGTALET/14 Contratación Menor Nº 9265-0087-CME14. Rubro comercial: Servicio de Producción para la realización de Eventos. Autorización: Disposición Nº 44/DGTALET/14 Objeto de la contratación: Contratación del servicio de diseño, provisión en alquiler, armado y desarmado de un stand para la Feria Expoeventos 2014 Firma adjudicada: Mundo Babylonia S.R.L., C.U.I.T. Nº 33-71231394-9. Total preadjudicado: pesos trescientos cuatro mil trescientos veintinueve con 52/100 ($ 304.329,52). Lugar de exhibición del acta: Unidad de Adquisiciones, Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Jesús M. Acevedo Director General

OL 2549 Inicia: 11-8-2014 Vence: 11-8-2014

Página Nº 195Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Instituto de Vivienda de la Ciudad de Buenos

Aires

INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD Ejecución de Infraestructura del Barrio Rivera Iguazú - Expediente Electrónico N° 5.495.135- IVC/14 Se llama a Licitación Pública N° 10/14 para la ejecución de la infraestructura del Barrio Rivera Iguazú localizado en la calle Iguazú 1835 de la Ciudad de Buenos Aires. Fecha de apertura: 23 de septiembre a las 14 hs. Lugar: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones, Carlos Pellegrini 211 6° piso – Gerencia General. Presupuesto de la obra: $ 17.035.001,99. Plazo de obra: 8 meses. El Pliego podrá ser consultado en la página de Internet: www.buenosaires.gov.ar/hacienda/compras, y obtenido en forma gratuita en la Subgerencia Compras y Contrataciones, Carlos Pellegrini 211, 6º piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Los oferentes deberán presentar junto con su oferta el certificado de retiro gratuito del pliego.

Iván Kerr Gerente General

CV 16 Inicia: 1°-8-2014 Vence: 22-8-2014

Página Nº 196Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Banco Ciudad De Buenos Aires

BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES GERENCIA DE COMPRAS Provisión e instalación de mobiliario y equipamiento - Carpeta de Compra N° 21.391 Llámese a licitación pública (Carpeta de Compra N° 21.391) con referencia a la “Provisión e instalación de mobiliario y equipamiento para Dependencia Varias del Banco Ciudad de Buenos Aires, ubicadas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Provincia de Buenos Aires y en el Interior del País”, con fecha de Apertura el día 2/9/14 a las 11 horas. Valor del pliego: $ 0,00 (pesos sin cargo). Consulta de pliegos: página web del Banco Ciudad de Buenos Aires, www.bancociudad.com.ar/licitaciones Adquisición de pliegos: Gerencia de Compras, sita en Sarmiento 611, 7° piso, Capital Federal, en el horario de 10 a 15 horas. Fecha tope de consultas: 1°/8/14.

Leandro D. Biondo Jefe de Equipo

Equipo Remodelaciones y Adecuaciones Edilicias BC 203 Inicia: 8-8-2014 Vence: 12-8-2014

BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES GERENCIA DE COMPRAS Provisión e instalación del equipamiento para la Casa Matriz - Carpeta de Compra N° 21.395 Llámese a licitación pública (Carpeta de Compra N° 21.395) con referencia a la “Provisión e instalación del equipamiento para la Casa Matriz del Banco Ciudad de Buenos Aires, sita en Florida 302, esquina Sarmiento 611, Ciudad Autónoma de Buenos Aires”, con fecha de apertura el día 5/9/14 a las 11 horas. Valor del pliego: $ 0,00 (pesos sin cargo). Consulta de pliegos: página web del Banco Ciudad de Buenos Aires, www.bancociudad.com.ar/licitaciones Adquisición de pliegos: Gerencia de Compras, sita en Sarmiento 611, 7° piso, Capital Federal, en el horario de 10 a 15 horas. Fecha tope de consultas: 1°/9/14.

Leandro D. Biondo Jefe de Equipo

Equipo Remodelaciones y Adecuaciones Edilicias BC 205 Inicia: 11-8-2014 Vence: 13-8-2014

Página Nº 197Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES GERENCIA DE COMPRAS Provisión de resmas de papel - Carpeta de Compra N° 21.426 Llámese a Licitación Pública con referencia a la “Provisión de resmas de papel tamaño A4, Oficio y Carta, según normas IRAM 3100, 3123 y 3124 (Renglones 1 a 3)”. Fecha de apertura de sobres: 25/8/14, a las 11 hs. Valor del pliego: $ 0,00 (pesos sin cargo). Adquisición y consulta de pliegos: el pliego de bases y condiciones particulares podrá ser consultado u obtenido desde la página web del Banco www.bancociudad.com.ar en el link Licitaciones a partir del día 08.08.2014. Fecha tope de consultas: 19/8/14.

Sebastian A. Nicolay Equipo Provisiones y Prestaciones de carácter menor

Mario A. Selva

Coordinador Operativo Gerencia de Compras

BC 204 Inicia: 8-8-2014 Vence: 12-8-2014

BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES GERENCIA DE COMPRAS Remodelación de ascensores del edificio de Casa Matriz - Carpeta de Compra N° 21.449 Llámese a licitación pública (Carpeta de Compra N° 21.449) con referencia a la “Remodelación de los ascensores 1, 2, 3 y 4 del edificio de Casa Matriz del Banco Ciudad de Buenos Aires, sito en la calle Sarmiento 611, C.A.B.A., mas el servicio de mantenimiento y guardia operativa de todos los ascensores del Edificio incluyendo el ascensor 5, por un período de 12 mes”, con fecha de Apertura el día 3/9/14 a las 11 horas. Valor del pliego: $ 0,00 (pesos sin cargo). Consulta de pliegos: página web del Banco Ciudad de Buenos Aires, www.bancociudad.com.ar/licitaciones Adquisición de pliegos: Gerencia de Compras, sita en Sarmiento 611, 7° piso, Capital Federal, en el horario de 10 a 15 horas. Fecha tope de consultas: 28/8/14.

Leandro D. Biondo Jefe de Equipo

Equipo Remodelaciones y Adecuaciones Edilicias BC 206 Inicia: 11-8-2014 Vence: 13-8-2014

Página Nº 198Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES GERENCIA DE COMPRAS Adquisición de Gift Card - Carpeta de Compra N° 21.463 Llámese a licitación pública (Carpeta de Compra N° 21.463) con referencia a la “Adquisición de Gift Card”. Fecha de apertura de sobres: 19/8/14 a las 11 hs. Valor del pliego: $ 0,00 (pesos sin cargo). Adquisición y consulta de pliegos: el pliego de bases y condiciones particulares podrá ser consultado u obtenido desde la página web del Banco www.bancociudad.com.ar en el link Licitaciones a partir del día 7/8/14. Fecha tope de consultas: 13/8/14.

Sebastián A. Nicolay Equipo Provisiones y Prestaciones de Carácter Menor

Mario A. Selva

Coordinador Operativo BC 202 Inicia: 7-8-2014 Vence: 11-8-2014

Página Nº 199Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES GERENCIA DE COMPRAS Adjudicaciones - Art. 51 del Reglamento de Contrataciones del Banco Adjudicaciones desde el 1°/7/14 hasta el 31/7/14.

ANEXO

Mario Selva Coordinador

BC 207 Inicia: 11-8-2014 Vence: 11-8-2014

Página Nº 200Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Secretaría de Gestión Comunal y Atención

Ciudadana

SECRETARÍA DE GESTIÓN COMUNAL Y ATENCIÓN CIUDADANA DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL GERENCIA OPERATIVA COMPRAS Y CONTRATACIONES -GOCYC- Obra: “Puesta en Valor Plazoletas Av. Juan B. Justo” - Expediente Nº 8.085.925/14 Llámase a Licitación Pública Nº 1039/SIGAF/14 para contratar la siguiente obra: “Puesta en Valor Plazoletas Av. Juan B. Justo”, al amparo de lo establecido en la Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064 y el Decreto Nº 1254/GCBA/08. Autorizante: Disposición N° 163/DGTALCIU/14 Sistema de contratación: Ajuste alzado. Presupuesto oficial: $ 3.304.822,31. Plazo de ejecución: ciento veinte (120) días corridos. Fecha de apertura: 26 de agosto de 2014, a las 12 hs. Visita lugar de obra: Se efectuará el día 14 de agosto de 2014, a las 12.30 hs. en la intersección de Av. Juan B. Justo y Corro de la C.A.B.A. Consultas: Las consultas relacionadas con el procedimiento de contratación y de los Pliegos de Bases y Condiciones, se presentarán por escrito en la Mesa de Entradas dependiente de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, sita en Av. de Mayo 591, 1° piso, en el horario de 9 a 18 hs, hasta el día 19 de agosto de 2014. Adquisición y consultas de pliegos: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones - Av. de Mayo 591, 1° piso, C.A.B.A., en el horario de 10 a 17 hs. o en la Página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires: Se deja constancia que la página de internet del GCABA deberá ser consultada periódicamente a los efectos de constatar la emisión de circulares. Recepción de ofertas: Las ofertas deberán presentarse en la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones, Av. de Mayo 591, 1° piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el día 26 de agosto de 2014 a las 11 hs. Lugar de apertura: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones, Av. de Mayo 591 1º piso C.A.B.A. Valor del pliego: sin valor comercial.

Raúl Barrueco Gerente Operativo

OL 2511 Inicia: 7-8-2014 Vence: 13-8-2014

SECRETARÍA DE GESTIÓN COMUNAL Y ATENCIÓN CIUDADANA DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL GERENCIA OPERATIVA COMPRAS Y CONTRATACIONES -GOCYC-

Página Nº 201Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Obra: “Plaza Sudamérica” - Expediente Nº 8.019.376/14 Llámase a Licitación Pública Nº 1053/SIGAF/14 para contratar la siguiente obra: “Plaza Sudamérica”, al amparo de lo establecido en la Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064 y el Decreto Nº 1254/GCBA/08. Autorizante: Resolución N° 42/SSEPUC/14. Sistema de contratación: ajuste alzado. Presupuesto oficial: $ 3.192.996.80. Plazo de ejecución: ciento veinte (120) días corridos. Fecha de apertura: 26 de agosto de 2014, a las 14 hs. Visita lugar de obra: Se efectuará el día 14 de agosto de 2014, a las 16.30 hs. en la intersección de Av. Francisco Fernández de la Cruz y Piedrabuena de la C.A.B.A. Consultas: Las consultas relacionadas con el procedimiento de contratación y de los pliegos de bases y condiciones, se presentarán por escrito en la Mesa de Entradas dependiente de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, sita en Av. de Mayo 591, 1° piso, en el horario de 9 a 18 hs, hasta el día 19 de agosto de 2014. Adquisición y consultas de pliegos: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones - Av. de Mayo 591, 1° piso, C.A.B.A., en el horario de 10 a 17 hs o en la Página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires: Se deja constancia que la página de internet del GCABA deberá ser consultada periódicamente a los efectos de constatar la emisión de circulares. Recepción de ofertas: Las ofertas deberán presentarse en la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones, Av. de Mayo 591, 1° piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el día 26 de agosto de 2014 a las 13 hs. Lugar de apertura: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones, Av. de Mayo 591, 1º piso C.A.B.A. Valor del pliego: sin valor comercial.

Raúl Barrueco Gerente Operativo

OL 2512 Inicia: 7-8-2014 Vence: 13-8-2014

SECRETARÍA DE GESTIÓN COMUNAL Y ATENCIÓN CIUDADANA DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL GERENCIA OPERATIVA COMPRAS Y CONTRATACIONES -GOCYC- Obra: “Plaza Ciudad de Udine” - Expediente Nº 7.844.710/14 Llámase a Licitación Pública Nº 1058/SIGAF/14 para contratar la siguiente obra: "Plaza Ciudad de Udine", al amparo de lo establecido en la Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064 y el Decreto Nº 1254/GCBA/08. Autorizante: Resolución N° 43/SSEPUC/14. Sistema de contratación: ajuste alzado. Presupuesto oficial: $ 3.865.293,90. Plazo de ejecución: Ciento Veinte (120) días corridos. Fecha de apertura: 26 de agosto de 2014, a las 16 hs. Visita lugar de obra: Se efectuará el día 14 de agosto de 2014, a las 11 hs. en la intersección de las calles Camarones y Chivilcoy de la C.A.B.A.

Página Nº 202Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Consultas: Las consultas relacionadas con el procedimiento de contratación y de los pliegos de bases y condiciones, se presentarán por escrito en la Mesa de Entradas dependiente de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, sita en Av. de Mayo 591, 1° piso, en el horario de 9 a 18 hs, hasta el día 19 de agosto de 2014. Adquisición y consultas de pliegos: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones - Av. de Mayo 591, 1° piso, C.A.B.A., en el horario de 10 a 17 hs. o en la Página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires: Se deja constancia que la página de internet del GCABA deberá ser consultada periódicamente a los efectos de constatar la emisión de circulares. Recepción de ofertas: Las ofertas deberán presentarse en la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones, Av. de Mayo 591, 1° piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el día 26 de agosto de 2014 a las 15 hs. Lugar de apertura: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones, Av. de Mayo 591, 1º piso C.A.B.A. Valor del pliego: Sin valor comercial.

Raúl Barrueco Gerente Operativo

OL 2513 Inicia: 7-8-2014 Vence: 13-8-2014

SECRETARÍA DE GESTIÓN COMUNAL Y ATENCION CIUDADANA DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL GERENCIA OPERATIVA COMPRAS Y CONTRATACIONES -GOCYC- Preadjudicación - Expediente Nº 4.027.102/13 Licitación Pública Nº 262/14 Acta Nº 27/14 de fecha 7 de agosto de 2014. Clase: Etapa única Rubro comercial: contratación de obras en general, carpintería, herrería, pintura, Servicio de Profesionales de la Construcción. Objeto de la contratación: “Puesta en valor de explanada ingreso a Cementerio de la Chacarita y paseo de las Flores”. Orden de Mérito: 1° Cunumi S.A., 2° Instalectro S.A. y Altote S.A., de conformidad a lo aconsejado en el Acta N° 27/14 efectuada por la Comisión de Evaluación de Ofertas. Firma preadjudicada: Cunumi S.A. - (Bolívar 1115, CABA). Total preadjudicado: son pesos diez millones cuatrocientos treinta y cuatro mil doscientos cuarenta y cuatro con 48/100 ($ 10.434.244,48). Fundamento de la preadjudicación: Por ajustarse a los pliegos y ser la primera oferta en orden de mérito. No se consideran: Las ofertas presentadas por las firmas Emaco S.A., OCSA y Salvatori S.A. según los términos vertidos en la mencionada acta.

Raúl Barrueco Gerente Operativo

Página Nº 203Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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OL 2559 Inicia: 11-8-2014 Vence: 11-8-2014

Página Nº 204Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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SUBTERRANEOS DE BUENOS AIRES SOCIEDAD DEL

ESTADO

SUBTERRÁNEOS DE BUENOS AIRES S.E. Prórroga - Licitación Pública Nº 166/14 Licitación Pública Nº 166/14. Cámaras de Seguridad para Redes de Subtes. Admisión a la presente licitación y prórroga de la fecha de compra de pliegos y de presentación y apertura de las ofertas: Admisión: se ha emitido la Circular con Consulta 1 modificando las condiciones de cumplimiento de los requisitos económico financiero, que se ha publicado en el sitio web: www.buenosaires.gob.ar/subte/licitaciones/2014. Adquisición del pliego: se prorroga la fecha de obtención y adquisición del pliego al 14 de agosto de 2014. Fecha de presentación de ofertas: se prorroga al 29 de agosto de 2014 hasta las 11 hs. en Agüero 48 planta baja, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La apertura se realizará el mismo día y en el mismo lugar a las 11.15 hs.

Juan P. Piccardo Presidente

OL 2515 Inicia: 7-8-2014 Vence: 11-8-2014

Página Nº 205Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Edictos Particulares

Transferencia de Habilitación EL Salmon S.R.L, avisa que transfiere la habilitación del local sito en calle Reconquista 1014 PB y EP CA.B.A, que funciona como “602.000 restaurante cantina. 602010 casa de lunch. 602020 café bar. 602030 despacho de bebidas, wisqueria, cerveceria. 602060 parrilla” Habilitado por expediente Nº 1166556/2010 Según disposición Nº 4625/2011, en fecha 20/04/2011, con una superficie de 278.60 m2 a Resto Bar El Salmon S.R.L CUIT: 30-71433373-5 Reclamos de ley y domicilio en calle reconquista 1014 PB y EP C.A.B.A

Solicitante: Resto Bar El Salmon

EP 301 Inicia: 5-8-2014 Vence: 11-8-2014

Transferencia de Habilitación Pedro Canicatti con DNI 93.387.583 con domicilio constituido en Holmberg 1150 CABA transfiere la habilitación Expediente N° 9593/01 para el rubro: elaboración de pan, productos de grahan, centeno y similares local sito en Holmberg 1146 a “ Canicatti Vicente Julio y Canicatti Carlos Alberto Sociedad de Hecho “ con domicilio constituido en Holmberg 1146 CABA. Reclamos de ley en el local.

Solicitantes: Canicatti Vicente Julio y Canicatti Carlos Alberto EP 302 Inicia: 6-8-2014 Vence: 12-8-2014

Transferencia de Habilitación Carlos Nicolás Introzzi, con domicilio en Viel 1770 Ciudad Autónoma de Buenos Aires, transfiere la habilitación municipal, para funcionar en el carácter de Taller electromec. de repar. y acabado de piezas electromecánicas, incluso la producción de las mismas, excluye talleres de automot. y sus repuestos, incluye taller de mantenim. usinas y producción de vapor, tratam. de agua instal. en grandes indust. taller de herreria, broncer. zinguer. y hojalater. (502240) Com. min. de accesorios para automotores (603305), por Expediente N° 45982/02, según Decreto N° 2516/1998, con fecha 18/9/02, para el local sito en la calle Viel 1768, P.B., U.F. 1, con una superficie de 264.6 m2. Observaciones: otra puerta: 1770, sótano, planta alta, a Carlos N. Introzzi S.R.L., representada por su Socio Gerente, Carlos Nicolás Introzzi, D.N.I. 4.364.336. Reclamos de Ley en el mismo local.

Solicitante: Carlos Nicolás Introzzi EP 304 Inicia: 7-8-2014 Vence: 13-8-2014

Página Nº 206Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Transferencia de Habilitación David Fernandez transfiere la habilitación municipal del local para el rubro “Hotel” Habilitado por Exp. 189809. F./1967 con fecha 27/12/1967 y antecedente 76915 .P.1958 del 1º. Agosto 1967, del inmueble ubicado en la calle Soler 3343, CABA a Hotel Atisor SRL representada Maria Ines Fernandez Socia Gerente, con domicilio en Puerredon 2243 Carapachay Pcia de Buenos Aires,

Solicitante: Hotel Atisor SRL EP 305 Inicia: 8-8-2014 Vence: 14-8-2014

Transferencia de Habilitación Chevron San Jorge S.R.L., transfiere la habilitación municipal del inmueble ubicado en la calle Juan D. Tte. Gral. Perón número 925 piso 8°, UF 24 para funcionar en carácter de Oficina Comercial otorgada mediante expediente 2111/03, a Chevron Argentina S.R.L., dom. Juan Tte. Gral. Peron 925 Piso: 5. Reclamos de Ley en el mismo local.

Solicitante: Chevron Argentina S.R.L. EP 306 Inicia: 8-8-2014 Vence: 14-8-2014

Transferencia de Habilitación Marcos Antonio Toalba DNI Nº 27.267.309 y Jaime Cristian Romero DNI Nº 26.289.443, con domicilio en la calle Olazabal 2340 PB UF 2, comunican la transferencia de su Habilitación Municipal aprobada por Expte. Nº 30722/09 para funcionar en el carácter de Casa de Lunch (602010) Café Bar (602020) Despacho de Bebidas, Wisquería Cervecería (602030), mediante Disposición Nº 5354/DGHP/2010 con fecha 12/05/10, para el local sito en la calle Olazabal 2340 PB U.F. 2, con una superficie de 39,53 m2, Observaciones: Sin servicio de entrega a domicilio, a los señores Ramon Leiva DNI Nº 10.821.851 y Jaime Cristian Romero DNI Nº 26.289.443. Reclamos de Ley en la misma dirección.

Solicitante: Ramon Leiva EP 307 Inicia: 8-8-2014 Vence: 14-8-2014

Página Nº 207Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Transferencia de Habilitación Se avisa que el Sr. Pantaleón Soldano con DNI. Nº 93.469.606 con domicilio en Murguiondo Nº 1579 planta baja C.A.B.A, Transfiere la habilitación del local sito en la calle Murguiondo Nº 2454 planta baja y planta alta con una superficie de 529 m2 C.A.B.A, por expediente Nº 77927/06 a Procesadora Murguiondo S.R.L. representado por el socio gerente Sr. Guillermo Gustavo Corzo Con DNI Nº 25.497.975 con domicilio en Murguiondo Nº 2454, planta baja, UF. 0, C.A.B.A. habilitado como lavandería mecánica (503222). Observación: Planta Alta Reglamos de ley en Murguiondo Nº 2454 PB UF.0. C.A.B.A.

Solicitante: Guillermo Gustavo Corzo EP 308 Inicia: 8-8-2014 Vence: 14-8-2014

Transferencia de Habilitación Luis Manuel Castineira DNI 4088968, Titular de la habilitación de com.min.de art.de limpieza (603221). Lavandería, mecánica, autoservicio. (604260). Por Disposición 47461/DGHP/94,sita en Lopez Carlos Antonio N°2552 PB UF0 PI.SOT. SUP 60m2, transfiere a Ursula Irene Walla DNI.11530.104 el Exte 43804/92.Libre de deuda y gravámenes. Reclamos de ley Carlos A Lopez N°2552, PB.CABA.

Solicitante: Ursula Irene Walla EP 309 Inicia: 8-8-2014 Vence: 14-8-2014

Transferencia de Habilitación Entre Ríos 796 S.R.L., Representada por su gerente Fernando Louro Lonzarich, DNI 29.478.191, con domicilio en Entre Ríos 796, CABA, Transfiere la Habilitación Municipal: (601.050) Com. Min. de Helados (sin elaboración); (602.000) Restaurante; Cantina; (602.010) Casa de Lunch; (602.020) Café Bar; (602.021) Com. Min. Bar lácteo; (602.030) Despacho de Bebidas, Wisquería, Cervecería; (602.040) Casa de Comidas Rotisería; (602.050) Com. Min. Elab. y Vta. Pizza, Fugazza, Fainá, Empan. Postres, flanes, churros, Grill; (602.060) Parrilla; (602.070) Confitería; Por Expediente Nº 38031/00, según Decreto Nº 2516/1998, con fecha 8/6/00, para el local sito en la Av. Entre Ríos 796, P.B., U.F. 0, con una superficie de 281,46m2. Con otro acceso; Av. Independencia 1799, subsuelo y entrepiso U.F. 23, CABA., a Maceda S.A. Representada por su presidente Rodrigo Ferreiro DNI 31.422.758, con domicilio en Entre Ríos, 796 CBA. Reclamos de ley en Entre Ríos 796, CABA.

Solicitantes: Entre Ríos 796 S.R.L. (Representada por su gerente Fernando Louro Lonzarich)

Maceda S.A. (Representada por su presidente Rodrigo Ferreiro)

EP 310 Inicia: 11-8-2014 Vence: 15-8-2014

Página Nº 208Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Transferencia de Habilitación La sociedad Bristol Myers Squibb Argentina S.R.L., con domicilio constituido en Monroe 801, CABA, avisa que transfiere la habilitación comercial, ubicada en Ramsay 2522, planta baja, planta alta, CABA, habilitado por Expediente N° 81276/2003 según Disposición Nº 682/DGHP/2009 como Estacionamiento con área de esparcimiento para el personal Autorizado por informe 1331-SIU/2003, a Suizo Argentina S.A., con domicilio constituido en Av. Paseo Colon 505, Piso 6, CABA. Reclamos de Ley en Monroe 801 CABA.

Solicitantes: Bristol Myers Squibb Argentina S.R.L.

EP 311 Inicia: 11-8-2014 Vence: 15-8-2014

Transferencia de Habilitación La sociedad Bristol Myers Squibb Argentina S.R.L., continuadora de la sociedad Bristol Myers Squibb Argentina SA con domicilio constituido en Monroe 801, CABA, avisa que transfiere la habilitación comercial de sus oficinas ubicadas en Monroe 801/09 esq. Ramsay 2510, planta baja, 1º, 2º, 3º piso, CABA, habilitado por Expediente N° 55384/98, según Disposición Nº 21793/DGRYCE/1998 como Oficina Comercial (604010) a Suizo Argentina S.A., con domicilio constituido en Av. Paseo Colon 505, piso 6, CABA. Reclamos de Ley en Monroe 801 CABA.

Solicitante: Bristol Myers Squibb Argentina S.R.L. EP 312 Inicia: 11-8-2014 Vence: 15-8-2014

Página Nº 209Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Edictos Oficiales Ministerio de Desarrollo Económico

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. N° 7605572/MGEYA-DGEMP/14 Notifícase al Sr. Neri Agustín Mendoza (D.N.I. 37.687.704) que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suarez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3307 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Directorio 4344 CGPC Nº 11: Francisco Beiró 4680 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Ezequiel Jarvis Director General

EO 1008 Inicia: 7-8-2014 Vence: 11-8-2014

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. N° 7771349/MGEYA-DGEMP/14 Notifícase a la Sra. María Fernanda Rago Justel que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar:

Página Nº 210Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suarez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3307 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Directorio 4344 CGPC Nº 11: Francisco Beiró 4680 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Ezequiel Jarvis Director General

EO 1009 Inicia: 7-8-2014 Vence: 11-8-2014

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. N° 7775418/MGEYA-DGEMP/14 Notifícase a la Sra. Laura Noemí Carrizo (D.N.I. 30.531.162) que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suarez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3307 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Directorio 4344 CGPC Nº 11: Francisco Beiró 4680 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690

Página Nº 211Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Ezequiel Jarvis Director General

EO 1010 Inicia: 7-8-2014 Vence: 11-8-2014

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. N° 7775909/MGEYA-DGEMP/14 Notifícase a la Sra. María Constanza Pros (D.N.I. 31.880.466) que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suarez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3307 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Directorio 4344 CGPC Nº 11: Francisco Beiró 4680 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Ezequiel Jarvis Director General

EO 1011 Inicia: 7-8-2014 Vence: 11-8-2014

Página Nº 212Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 213: Boletín Oficialboletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/boletines/2014/08/20140811.pdfSe aprueba el precio de las entradas del espectáculo Cineastas..... Pág. 23 Ministerio

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. N° 7776558/MGEYA-DGEMP/14 Notifícase a la Sra. María Laura Escalada que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suarez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3307 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Directorio 4344 CGPC Nº 11: Francisco Beiró 4680 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Ezequiel Jarvis Director General

EO 1012 Inicia: 7-8-2014 Vence: 11-8-2014

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. N° 7778739/MGEYA-DGEMP/14 Notifícase a la Sra. Julieta Lucía Ruiz Cevoli (D.N.I. 35.591.080) que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo:

Página Nº 213Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 214: Boletín Oficialboletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/boletines/2014/08/20140811.pdfSe aprueba el precio de las entradas del espectáculo Cineastas..... Pág. 23 Ministerio

CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suarez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3307 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Directorio 4344 CGPC Nº 11: Francisco Beiró 4680 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Ezequiel Jarvis Director General

EO 1013 Inicia: 7-8-2014 Vence: 11-8-2014

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. N° 7779273/MGEYA-DGEMP/14 Notifícase a la Sra. Yessica Yohana Castro Díaz (D.N.I. 95.051.283) que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, El mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suarez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3307 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Directorio 4344 CGPC Nº 11: Francisco Beiró 4680 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Página Nº 214Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 215: Boletín Oficialboletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/boletines/2014/08/20140811.pdfSe aprueba el precio de las entradas del espectáculo Cineastas..... Pág. 23 Ministerio

Ezequiel Jarvis Director General

EO 1014 Inicia: 7-8-2014 Vence: 11-8-2014

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. N° 7779903/MGEYA-DGEMP/14 Notifícase a la Sra. Mercedes Eugenia Josefina Foschi (D.N.I. 31.470.614) que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suarez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3307 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Directorio 4344 CGPC Nº 11: Francisco Beiró 4680 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Ezequiel Jarvis Director General

EO 1015 Inicia: 7-8-2014 Vence: 11-8-2014

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. N° 7824024/MGEYA-DGEMP/14

Página Nº 215Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 216: Boletín Oficialboletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/boletines/2014/08/20140811.pdfSe aprueba el precio de las entradas del espectáculo Cineastas..... Pág. 23 Ministerio

Notifícase a la Sra. Josefina Ellena (D.N.I. 32.369.667) que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, El mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suarez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3307 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Directorio 4344 CGPC Nº 11: Francisco Beiró 4680 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Ezequiel Jarvis Director General

EO 1016 Inicia: 7-8-2014 Vence: 11-8-2014

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. N° 7830425/MGEYA-DGEMP/14 Notifícase a la Sra. Erika Banega (D.N.I. 29.937.930) que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suarez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3307 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Directorio 4344 CGPC Nº 11: Francisco Beiró 4680 CGPC Nº 12: Miller 2751

Página Nº 216Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 217: Boletín Oficialboletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/boletines/2014/08/20140811.pdfSe aprueba el precio de las entradas del espectáculo Cineastas..... Pág. 23 Ministerio

CGPC Nº 13: Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Ezequiel Jarvis Director General

EO 1017 Inicia: 7-8-2014 Vence: 11-8-2014

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. N° 7830797/MGEYA-DGEMP/14 Notifícase a la Sra. Constanza Paredes (D.N.I. 35.898.534) que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suarez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3307 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Directorio 4344 CGPC Nº 11: Francisco Beiró 4680 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Ezequiel Jarvis Director General

EO 1018 Inicia: 7-8-2014 Vence: 11-8-2014

Página Nº 217Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. N° 8215500/MGEYA-DGEMP/14 Notifícase a la Sra. Aurora del Carmen López (D.N.I. 16.892.744) que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suarez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3307 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Directorio 4344 CGPC Nº 11: Francisco Beiró 4680 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Ezequiel Jarvis Director General

EO 1019 Inicia: 7-8-2014 Vence: 11-8-2014

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. N° 8283356/MGEYA-DGEMP/14 Notifícase al Sr. Ramiro Andrés Doello (D.N.I. 28.030.526) que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal.

Página Nº 218Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suarez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3307 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Directorio 4344 CGPC Nº 11: Francisco Beiró 4680 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Ezequiel Jarvis Director General

EO 1020 Inicia: 7-8-2014 Vence: 11-8-2014

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. N° 8388252/MGEYA-DGEMP/14 Notifícase al Sr. Daniel Grimaldi (D.N.I. 16.277.798) que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suarez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3307 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Directorio 4344 CGPC Nº 11: Francisco Beiró 4680 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Página Nº 219Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Ezequiel Jarvis Director General

EO 1031 Inicia: 8-8-2014 Vence: 12-8-2014

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. N° 8393907/MGEYA-DGEMP/14 Notifícase a la Sra. Ana Laura Flores (D.N.I. 25.895.514) que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suarez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3307 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Directorio 4344 CGPC Nº 11: Francisco Beiró 4680 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Ezequiel Jarvis Director General

EO 1032 Inicia: 8-8-2014 Vence: 12-8-2014

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. N° 8394307/MGEYA-DGEMP/14

Página Nº 220Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Notifícase a la Sra. Claudia Soledad Ledesma Escalada (D.N.I. 29.753.402) que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suarez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3307 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Directorio 4344 CGPC Nº 11: Francisco Beiró 4680 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Ezequiel Jarvis Director General

EO 1021 Inicia: 7-8-2014 Vence: 11-8-2014

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. N° 8395198/MGEYA-DGEMP/14 Notifícase a la Sra. Roxana Brizuela que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suarez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3307 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Directorio 4344 CGPC Nº 11: Francisco Beiró 4680

Página Nº 221Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Ezequiel Jarvis Director General

EO 1033 Inicia: 8-8-2014 Vence: 12-8-2014

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. N° 8395938/MGEYA-DGEMP/14 Notifícase a la Sra. María Fernicola que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suarez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3307 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Directorio 4344 CGPC Nº 11: Francisco Beiró 4680 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Ezequiel Jarvis Director General

EO 1034 Inicia: 8-8-2014 Vence: 12-8-2014

Página Nº 222Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. N° 8397105/MGEYA-DGEMP/14 Notifícase al Sr. Iván Bortolin que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suarez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3307 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Directorio 4344 CGPC Nº 11: Francisco Beiró 4680 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Ezequiel Jarvis Director General

EO 1035 Inicia: 8-8-2014 Vence: 12-8-2014

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. N° 8402323/MGEYA-DGEMP/14 Notifícase al Sr. Eduardo Nicolás Fernández (D.N.I. 29.791.850) que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo:

Página Nº 223Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 224: Boletín Oficialboletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/boletines/2014/08/20140811.pdfSe aprueba el precio de las entradas del espectáculo Cineastas..... Pág. 23 Ministerio

CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suarez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3307 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Directorio 4344 CGPC Nº 11: Francisco Beiró 4680 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Ezequiel Jarvis Director General

EO 1036 Inicia: 8-8-2014 Vence: 12-8-2014

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. N° 9041741/MGEYA-DGEMP/14 Notifícase a la Sra. Vanesa Cyngiser que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suarez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3307 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Directorio 4344 CGPC Nº 11: Francisco Beiró 4680 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Página Nº 224Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Ezequiel Jarvis Director General

EO 1037 Inicia: 8-8-2014 Vence: 12-8-2014

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. N° 11017918/MGEYA-DGEMP/14 Notifícase al Sr. Julián Matías Soliño (D.N.I. 38.613.598) que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suarez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3307 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Directorio 4344 CGPC Nº 11: Francisco Beiró 4680 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Ezequiel Jarvis Director General

EO 1046 Inicia: 11-8-2014 Vence: 13-8-2014

Página Nº 225Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. N° 5885988/14 Notifícase a la Sra. Rocio Villares que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suárez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3325 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Av. Directorio 4360 CGPC Nº 11: Av. Francisco Beiró 4680 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Av. Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral

Ezequiel Jarvis Director General

EO 1038 Inicia: 8-8-2014 Vence: 12-8-2014

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. N° 8921212/14 Notifícase al Sr. Carlos Blas Bustamante que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suárez 2032

Página Nº 226Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 227: Boletín Oficialboletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/boletines/2014/08/20140811.pdfSe aprueba el precio de las entradas del espectáculo Cineastas..... Pág. 23 Ministerio

CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3325 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Av. Directorio 4360 CGPC Nº 11: Av. Francisco Beiró 4680 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Av. Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Ezequiel Jarvis Director General

EO 1039 Inicia: 8-8-2014 Vence: 12-8-2014

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. N° 8965366/14 Notifícase al Sr. Gustavo Battista que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suárez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3325 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Av. Directorio 4360 CGPC Nº 11: Av. Francisco Beiró 4680 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Av. Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Ezequiel Jarvis Director General

Página Nº 227Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 228: Boletín Oficialboletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/boletines/2014/08/20140811.pdfSe aprueba el precio de las entradas del espectáculo Cineastas..... Pág. 23 Ministerio

EO 1040 Inicia: 8-8-2014 Vence: 12-8-2014

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. N° 8966040/14 Notifícase al Sr. Luis Boccadoro que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suárez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3325 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Av. Directorio 4360 CGPC Nº 11: Av. Francisco Beiró 4680 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Av. Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Ezequiel Jarvis Director General

EO 1041 Inicia: 8-8-2014 Vence: 12-8-2014

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. N° 8972036/14 Notifícase a la Sra. Gabriela Miñoz que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar:

Página Nº 228Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suárez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3325 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Av. Directorio 4360 CGPC Nº 11: Av. Francisco Beiró 4680 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Av. Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Ezequiel Jarvis Director General

EO 1047 Inicia: 11-8-2014 Vence: 13-8-2014

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. N° 9115632/14 Notifícase a la Sra. Maria Florencia Cardozo que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suárez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3325 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Av. Directorio 4360 CGPC Nº 11: Av. Francisco Beiró 4680 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Av. Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690

Página Nº 229Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Ezequiel Jarvis Director General

EO 1048 Inicia: 11-8-2014 Vence: 13-8-2014

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. N° 9175257/14 Notifícase al Sr. Carlos Ezequiel Valdez que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suárez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3325 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Av. Directorio 4360 CGPC Nº 11: Av. Francisco Beiró 4680 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Av. Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Ezequiel Jarvis Director General

EO 1049 Inicia: 11-8-2014 Vence: 13-8-2014

Página Nº 230Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. N° 9516212/14 Notifícase a la Sra. Juliana Rossi que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suárez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3325 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Av. Directorio 4360 CGPC Nº 11: Av. Francisco Beiró 4680 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Av. Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Ezequiel Jarvis Director General

EO 1050 Inicia: 11-8-2014 Vence: 13-8-2014

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. N° 9516982/14 Notifícase al Sr. Pedro Oscar Traversa que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo:

Página Nº 231Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suárez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3325 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Av. Directorio 4360 CGPC Nº 11: Av. Francisco Beiró 4680 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Av. Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Ezequiel Jarvis Director General

EO 1051 Inicia: 11-8-2014 Vence: 13-8-2014

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. N° 9517714/14 Notifícase a la Sra. Sandra Haydee Noguera que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suárez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3325 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Av. Directorio 4360 CGPC Nº 11: Av. Francisco Beiró 4680 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Av. Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Página Nº 232Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Ezequiel Jarvis Director General

EO 1052 Inicia: 11-8-2014 Vence: 13-8-2014

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. N° 9518412/14 Notifícase a la Sra. Gabriela Bustamante que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suárez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3325 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Av. Directorio 4360 CGPC Nº 11: Av. Francisco Beiró 4680 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Av. Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Ezequiel Jarvis Director General

EO 1053 Inicia: 11-8-2014 Vence: 13-8-2014

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. N° 10493003/14 Notifícase al Sr. Fernando Ariel Loza que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar:

Página Nº 233Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suárez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3325 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Av. Directorio 4360 CGPC Nº 11: Av. Francisco Beiró 4680 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Av. Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Ezequiel Jarvis Director General

EO 1054 Inicia: 11-8-2014 Vence: 13-8-2014

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. N° 10493768/14 Notifícase al Sr. Jorge Rene Ocon Menes que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suárez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3325 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Av. Directorio 4360 CGPC Nº 11: Av. Francisco Beiró 4680 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Av. Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690

Página Nº 234Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Ezequiel Jarvis Director General

EO 1055 Inicia: 11-8-2014 Vence: 13-8-2014

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. N° 10495417/14 Notifícase a la Sra. Natalia Elisabeth Moreno que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suárez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3325 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Av. Directorio 4360 CGPC Nº 11: Av. Francisco Beiró 4680 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Av. Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Ezequiel Jarvis Director General

EO 1056 Inicia: 11-8-2014 Vence: 13-8-2014

Página Nº 235Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. N° 10501798/14 Notifícase a la Sra. Paola Romani que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suárez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3325 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Av. Directorio 4360 CGPC Nº 11: Av. Francisco Beiró 4680 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Av. Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Ezequiel Jarvis Director General

EO 1057 Inicia: 11-8-2014 Vence: 13-8-2014

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. N° 10502475/14 Notifícase a la Sra. Angel Hugo Aguilar que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo:

Página Nº 236Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 237: Boletín Oficialboletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/boletines/2014/08/20140811.pdfSe aprueba el precio de las entradas del espectáculo Cineastas..... Pág. 23 Ministerio

CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suárez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3325 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Av. Directorio 4360 CGPC Nº 11: Av. Francisco Beiró 4680 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Av. Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Ezequiel Jarvis Director General

EO 1058 Inicia: 11-8-2014 Vence: 13-8-2014

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. N° 10503300/14 Notifícase a la Sra. Liset Wanda Feider Irigoyen que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suárez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3325 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Av. Directorio 4360 CGPC Nº 11: Av. Francisco Beiró 4680 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Av. Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Página Nº 237Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 238: Boletín Oficialboletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/boletines/2014/08/20140811.pdfSe aprueba el precio de las entradas del espectáculo Cineastas..... Pág. 23 Ministerio

Ezequiel Jarvis Director General

EO 1059 Inicia: 11-8-2014 Vence: 13-8-2014

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. N° 10504436/14 Notifícase a la Sra. Florencia Soledad Morales que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suárez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3325 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Av. Directorio 4360 CGPC Nº 11: Av. Francisco Beiró 4680 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Av. Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Ezequiel Jarvis Director General

EO 1060 Inicia: 11-8-2014 Vence: 13-8-2014

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. N° 10504901/14 Notifícase al Sr. Sergio Rubén Carabajal que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar:

Página Nº 238Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suárez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3325 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Av. Directorio 4360 CGPC Nº 11: Av. Francisco Beiró 4680 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Av. Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

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EO 1061 Inicia: 11-8-2014 Vence: 13-8-2014

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. N° 10804390/14 Notifícase a la Sra. Sabrina Ailen Gallardo que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suárez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3325 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Av. Directorio 4360 CGPC Nº 11: Av. Francisco Beiró 4680 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Av. Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690

Página Nº 239Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Ezequiel Jarvis Director General

EO 1062 Inicia: 11-8-2014 Vence: 13-8-2014

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. N° 10806249/14 Notifícase al Sr. Sergio Gustavo Diaz que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suárez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3325 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Av. Directorio 4360 CGPC Nº 11: Av. Francisco Beiró 4680 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Av. Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Ezequiel Jarvis Director General

EO 1063 Inicia: 11-8-2014 Vence: 13-8-2014

Página Nº 240Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. N° 10812836/14 Notifícase al Sr. Carlos Luis Graña que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suárez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3325 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Av. Directorio 4360 CGPC Nº 11: Av. Francisco Beiró 4680 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Av. Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

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EO 1064 Inicia: 11-8-2014 Vence: 13-8-2014

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. N° 11269016/14 Notifícase a la Sra. Stephanie Pau que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo:

Página Nº 241Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 242: Boletín Oficialboletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/boletines/2014/08/20140811.pdfSe aprueba el precio de las entradas del espectáculo Cineastas..... Pág. 23 Ministerio

CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suárez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3325 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Av. Directorio 4360 CGPC Nº 11: Av. Francisco Beiró 4680 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Av. Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

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MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. N° 11270319/14 Notifícase a la Sra. Brenda Laura Galceran que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suárez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3325 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Av. Directorio 4360 CGPC Nº 11: Av. Francisco Beiró 4680 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Av. Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Página Nº 242Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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EO 1066 Inicia: 11-8-2014 Vence: 13-8-2014

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. N° 11270863/14 Notifícase a la Sra. Liliana Sosa Silva que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suárez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3325 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Av. Directorio 4360 CGPC Nº 11: Av. Francisco Beiró 4680 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Av. Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

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EO 1067 Inicia: 11-8-2014 Vence: 13-8-2014

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. N° 11271829/14 Notifícase al Sr. Edgardo Marino que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar:

Página Nº 243Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 244: Boletín Oficialboletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/boletines/2014/08/20140811.pdfSe aprueba el precio de las entradas del espectáculo Cineastas..... Pág. 23 Ministerio

a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suárez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3325 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Av. Directorio 4360 CGPC Nº 11: Av. Francisco Beiró 4680 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Av. Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

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EO 1068 Inicia: 11-8-2014 Vence: 13-8-2014

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. N° 11272221/14 Notifícase al Sr. Maximiliano Rivas Di Sarli que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suárez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3325 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Av. Directorio 4360 CGPC Nº 11: Av. Francisco Beiró 4680 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Av. Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690

Página Nº 244Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Page 245: Boletín Oficialboletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/boletines/2014/08/20140811.pdfSe aprueba el precio de las entradas del espectáculo Cineastas..... Pág. 23 Ministerio

Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Ezequiel Jarvis Director General

EO 1069 Inicia: 11-8-2014 Vence: 13-8-2014

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. N° 11273443/14 Notifícase a la Sra. Marcela Analia Sanchez que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suárez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3325 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Av. Directorio 4360 CGPC Nº 11: Av. Francisco Beiró 4680 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Av. Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Ezequiel Jarvis Director General

EO 1070 Inicia: 11-8-2014 Vence: 13-8-2014

Página Nº 245Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Administración Gubernamental de Ingresos

Públicos

ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS Notificación - Expediente N° 21.890/10 "Garcia, Mariana, deberá ingresar en concepto de haberes percibidos en mas, conforme la Ordenanza N° 36561/MCBA/81, el importe de $ 12.858,68, en un plazo no superior de 72 horas, mas los intereses previstos en el Código Fiscal Vigente, correspondiente al Expediente Nº 21.890/MGEYA/10, Cargo Nº 274/2010, por intermedio de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, Dirección General de Rentas, Departamento Otros Recursos. Rodriguez

Alejandro Rodriguez Subdirección de Recaudación y Atención al Contribuyente

EO 1044 Inicia: 11-8-2014 Vence: 13-8-2014

ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS Notificación - Expediente N° 78.821/10 "Caceres, Eladio, deberá ingresar en concepto de haberes percibidos en mas, conforme la Ordenanza N° 36561/MCBA/81, el importe de $ 1.120,41, en un plazo no superior de 72 horas, mas los intereses previstos en el Código Fiscal Vigente, correspondiente al Expediente Nº 78.821/MGEYA/10, Cargo Nº 273/10, por intermedio de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, Dirección General de Rentas, Departamento Otros Recursos. Rodriguez

Alejandro Rodriguez Subdirección de Recaudación y Atención al Contribuyente

EO 1045 Inicia: 11-8-2014 Vence: 13-8-2014

ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS Notificación - Resolución Nº 1609/DGR/14

Buenos Aires, miércoles 16 de julio de 2014

Página Nº 246Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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VISTO: El Expediente N° 480.291/2012 relacionada con el cumplimiento de las obligaciones impositivas de Continental Box S.R.L., con domicilio fiscal en la calle Blanco Encalada Nº 1204, Piso 4º, Departamento "A", Comuna N° 13, y con domicilio social sito en la calle Echeverría Nº 5868, Comuna Nº 12, ambos de esta Ciudad (fs. 37 y 162), inscripta en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos, como contribuyente local bajo el N° 0088676-09 y CUIT N° 30-69940785-9, cuya actividad sujeta a tributo consiste en "Venta al por mayor de papel, cartón, materiales de embalaje y artículos de librería", y CONSIDERANDO: Que, verificada la situación fiscal de la contribuyente frente a sus obligaciones por el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos, la inspección interviniente constató la existencia de ajustes a favor de este Fisco, por los períodos fiscales 2007 (12º anticipo mensual), 2008 (1º a 5º, 7º, 10º y 11º anticipos mensuales), 2010 (2º a 12º anticipos mensuales), 2011 (1º a 12º anticipos mensuales) y 2012 (1º a 10º anticipos mensuales); Que los ajustes fiscales han sido establecidos en autos conforme los alcances, términos y condiciones de los que da cuenta la Resolución Nº 2398-DGR-2013 (fojas 129/135), mediante la cual se dio inicio al procedimiento de determinación de oficio e instrucción de sumario conexo; Que corrido formal traslado de ley, de conformidad con las cédulas de notificación de fojas 141/144, y mediante la publicación de edictos en el Boletín Oficial N° 4305 de la Ciudad de Buenos Aires, desde el 26/12/2013 al 30/12/2013 tal como surge a fojas 145 vta. /149, cumplido el término de ley, ni la interesada ni los responsables solidarios presentaron descargo ni ofrecieron pruebas tendientes a hacer valer sus derechos; Que, analizadas las constancias de autos corresponde resolver definitivamente en esta instancia, teniendo en cuenta que mediante la documentación que dispuso la inspección interviniente se establecieron ajustes a favor de este Fisco, por los períodos mencionados en los considerandos de la presente Resolución; Que por lo expuesto corresponde: a) Mantener el ajuste practicado por la inspección interviniente, considerándolo técnicamente correcto; b) Impugnar las declaraciones juradas efectuadas por la contribuyente en relación a los periodos fiscales 2007 (12° anticipo mensual), 2008 (1° a 4° anticipos mensuales) y 2010 (2° a 12° anticipos mensuales), 2011 (2° a 12° anticipos mensuales) y 2012 (1° a 10° anticipos mensuales); c) Determinar de oficio sobre base presunta y con carácter parcial, la materia imponible y el impuesto resultante, por los períodos fiscales 2007 (12º anticipo mensual), 2008 (1º a 5º, 7º, 10º y 11º anticipos mensuales), 2010 (2º a 12º anticipos

mensuales), 2011 (1º a 12º anticipos mensuales) y 2012 (1º a 10º anticipos mensuales); en los montos que se detallan en el Anexo, que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución, a los cuales deben agregarse los intereses establecidos en el artículo 68 del Código Fiscal Texto Ordenado 2013 con las modificaciones introducidas por la Ley N° 4807 (B.O. Nº 4306, de fecha 27/12/13) y disposiciones concordantes de años anteriores, hasta el momento de su efectivo pago; d) Establecer que los ingresos de la contribuyente Continental Box S.R.L., respecto de la actividad "Venta al por mayor de papel, cartón, materiales de embalaje y artículos de librería" deben tributar el impuesto a la alícuota del 3%, en relación a los períodos fiscales 2007 (12º anticipo mensual), 2008 (1º a 5º, 7º, 10º y 11º anticipos mensuales), 2010 (2º a 12º anticipos mensuales), 2011 (1º a 12º anticipos mensuales) y 2012 (1º a 10º anticipos mensuales), de conformidad con lo dispuesto en el art. 53 inciso 5) de la Ley Tarifaria para el año 2012 y disposiciones concordantes con años anteriores motivo de ajuste; Que, en cuanto al sumario instruido es necesario poner de manifiesto que la jurisprudencia ha convalidado la naturaleza penal del ilícito tributario y por ende la necesaria presencia de los elementos objetivo y subjetivo en la conducta del autor del injusto penal;

Página Nº 247Nº4456 - 11/08/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

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Que, el elemento objetivo es aquel que contiene a la acción típica, verificada por los hechos -comisión u omisión- al autor, y a los medios comisivos. El elemento subjetivo, está dado por la intención y voluntad de realizar el hecho sancionado por la norma, es decir, el dolo; Que, el artículo 99 del Código Fiscal T.O. 2013 con las modificaciones introducidas por la Ley 4807 y disposiciones concordantes de años anteriores, en su parte pertinente textualmente dice: "Los contribuyentes, responsables o terceros que realicen cualquier hecho, aserción, omisión, simulación, ocultación o en general cualquier maniobra con el propósito de producir o facilitar la omisión total o parcial de los tributos a los que están obligados ellos u otros sujetos, serán sancionados por defraudación con una multa graduable entre el cien por ciento (100%) y el mil por ciento (1000%) del gravamen defraudado o que se haya pretendido defraudar, sin perjuicio de la responsabilidad penal por delitos comunes..."; Que para que se encuentre configurada la infracción de defraudación imputada, no basta la mera comprobación objetiva sino que también debe encontrarse presente el elemento subjetivo, el dolo del autor, teniendo en consideración que sólo puede ser reprimido quien sea culpable, es decir aquel a quien la acción punible puede serle atribuida tanto objetiva como subjetivamente, en virtud del ya consagrado principio de personalidad de la pena; Que, al respecto la Corte Suprema de Justicia, con fecha 31 de marzo de 1999, en autos "Casa Elen-Valmi de Claret y Garello c/ Dirección General Impositiva" ha expresado que "En el campo del derecho represivo tributario rige el criterio de la personalidad de la pena que, en su esencia, responde al principio fundamental de que sólo puede ser reprimido quien sea culpable, es decir aquel a quien la acción punible pueda ser atribuida tanto objetiva como subjetivamente. Si bien, por lo tanto, es inadmisible la existencia de responsabilidad sin culpa, aceptando que una persona ha cometido un hecho que encuadra en una descripción de conducta que merezca sanción, su impunidad sólo puede apoyarse en la concreta y razonada aplicación al caso de alguna excusa admitida por la legislación" (Revista Impuestos 1999-B 2175. Periódico Económico Tributario 1999-645; Fallos 322:519);

Que, así cabe recordar que mientras la figura descripta en el artículo 98 del Código Fiscal T.O. 2013 con las modificaciones introducidas por la Ley 4807 y disposiciones concordantes de años anteriores tipifica una infracción de naturaleza culposa, en la que se presume la culpa del actor, correspondiéndole a éste probar la eventual causal de excusabilidad de su conducta para quedar exento de pena, en el artículo 99 del citado ordenamiento fiscal se describe una conducta de naturaleza dolosa, que impone al Fisco la carga de acreditar la voluntad de engañar al Fisco. Es decir que ambas normas resultan asimilables en punto al alcance de la materialidad de la conducta en ellas reprochada y se diferencian solo en razón del elemento subjetivo, puesto que la segunda de ellas requiere la intencionalidad de esa conducta, como presupuesto de procedencia del agravamiento de la pena que ella contempla; Que el legislador en el articulo 100 del Código Fiscal citado, estableció presunciones que partiendo de determinados hechos ciertos permiten inferir la existencia deintención por parte de los responsables de producir o facilitar la omisión total o parcial de tributos a los que están obligados; Que, en el caso de autos, se encuentra debidamente comprobada la materialidad de la infracción, como así también su faz subjetiva, toda vez que se verificó la contradicción evidente entre los libros, documentos o demás antecedentes correlativos con los datos proporcionados por los contribuyentes o responsables, de conformidad al artículo 100 inciso 1) del Código Fiscal T.O. 2013 con las modificaciones introducidas por la Ley 4807 y disposiciones concordantes de años anteriores, en virtud de que la fiscalización verificó diferencias entre lo declarado en la Base de Datos de AFIP y los datos consignados en las Declaraciones Juradas del ISIB, tal como surge de los papeles de trabajo que lucen a fojas 22/23;

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Que, la jurisprudencia en el orden federal, tiene dicho respecto de la figura en comentario, que: "..el art. 47 incorpora una serie de presunciones legales “iuris tantum“ tendientes a invertir la carga de la prueba del elemento subjetivo de la defraudación tributaria. Es decir que, la consecuencia de dichas presunciones es que una vez que el ente fiscal prueba que se configura alguno de los supuestos previstos en los cinco incisos que contiene la norma citada se presume que el infractor ha actuado dolosamente y será éste quien deberá probar la inexistencia de dicha intención dolosa, (confr. “Batello, Tarcisio Ludovico“, C.N.A.C.A.F., sala V, 29/03/99); Que en el caso de marras no se observa una defensa adecuada y fehaciente que logre desvirtuar lo sostenido por el fisco. Ello así, ya que no resulta necesario la construcción de una estructura defraudatoria para entender que el contribuyente ha actuado con dolo, sino que basta que se configuren alguno de los supuestos establecidos en el art. 47 para que opere la presunción juris tantum; Que la recurrente ha presentado su DD.JJ primitiva con datos inexactos, omitiendo declarar ganancias por la suma de $50.665,28 provocando una alteración significativa a los efectos del ingreso del impuesto, por lo que dicho accionar se adecua al tipo previsto en el art. 47, inc. b) de la ley de rito; Que dicha confección inexacta no se encuentra justificada por la quejosa; más aún cuando se observa que la diferencia detectada por el fisco surgió del mero contraste de los registros contables con lo informado por los proveedores respectivos a través de las circularizaciones efectuadas..." ("Farmacia Central SCS", Tribunal Fiscal de la Nación, Sala B, 22/11/2005); Que, en función de lo expuesto, no habiendo la rubrada intentado defensa alguna en torno a la infracción enrostrada, y toda vez que los incumplimientos de la responsable a sus obligaciones fiscales resultan debidamente acreditados en autos, corresponde considerarla incursa en la infracción prevista y sancionada en el artículo 99 -defraudación- con sustento en el artículo 100 inciso 1) del Código Fiscal T.O. 2013 con las modificaciones introducidas por la Ley 4807 y disposiciones concordantes de años anteriores; Que el artículo 99 del ordenamiento fiscal precitado prevé una multa graduable entre el 100% y el 1.000% del gravamen defraudado, la que en cada caso se merituará considerando las circunstancias y gravedad de los hechos, conforme lo establecido en el artículo 106 del mencionado cuerpo legal; Que, evaluada la conducta de la contribuyente, a tenor del Informe de Inspección y demás constancias obrantes de autos, teniendo en consideración que nos encontramos frente al supuesto de omisión total en la declaración de base imponible y pago del impuesto por los períodos fiscales 2007 (12º anticipo mensual), 2008 (1º a 5º, 7º, 10º y 11º anticipos mensuales), 2010 (2º a 12º anticipos mensuales), 2011 (1º a 12º anticipos mensuales) y 2012 (1º a 10º anticipos mensuales), se ha de sancionarla con una multa de $ 386.668,20 (Pesos Trescientos Ochenta y Seis Mil Seiscientos Sesenta y Ocho con veinte), equivalente al 200% del impuesto defraudado, conforme se desprende del Anexo emitido por el Departamento Gestión Contable de la Dirección de Técnica Tributaria obrante a fojas 151/152, que forma parte integrante de la presente; Que resulta necesario observar que dado que la responsable no ha denunciado el correcto domicilio fiscal dentro del ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, de acuerdo con lo previsto en el art. 21 del Código Fiscal T.O. 2013 con las modificaciones introducidas por la Ley N° 4.807 y disposiciones concordantes de años anteriores y en virtud de lo establecido en el artículo 6° de la Resolución N° 2.398-DGR-2013, corresponde tener por constituido el domicilio de la contribuyente, en la sede de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos y por válidamente notificada la presente y posteriores actos administrativos, los días martes o viernes - o el siguiente día hábil si alguno es feriado- inmediato al de la fecha de su suscripción;

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Que corresponde remarcar que en virtud de los arts. 11 inc. 4° y 5°, 12, 14 inc. 1° y 101 del Código Fiscal T.O. 2013 con las modificaciones introducidas por la Ley N° 4807 y disposiciones concordantes de años anteriores, deviene responsable del cumplimiento de las obligaciones tributarias el Socio Gerente de la firma, señor Pablo Daniel Lambruschini, DNI 18.332.029, con domicilio en la calle Obispo San Alberto 2372, Comuna Nº 12, de esta Ciudad (fs. 20 y 35); y/o quien resulte responsable hasta la actualidad, por lo tanto corresponde mantener la extensión de la responsabilidad en forma solidaria; Que asimismo corresponde intimar a la contribuyente Continental Box S.R.L., al señor Pablo Daniel Lambruschini, y/o a quien resulte responsable hasta la actualidad, para que dentro del término de quince (15) días de notificada esta Resolución, acrediten en la presente actuación toda modificación de su empadronamiento o de su situación fiscal, especialmente pagos, acogimientos o cancelación de planes de facilidades, cambio de domicilio fiscal o en definitiva cualquier otro acto o hecho que no se hubiera tenido en cuenta al tiempo del dictado de la presente. Asimismo se los intima a que toda otra modificación de su empadronamiento o situación fiscal sea también comunicada en esta actuación hasta que se produzca el agotamiento de la instancia administrativa, todo ello bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se ha de continuar con el trámite de los actuados, según las constancias obrantes en los mismos, asumiendo la contribuyente y el responsable solidario la responsabilidad patrimonial en razón de las consecuencias dañosas que les pudieran sobrevenir, especialmente las costas judiciales; Por ello en vista de lo manifestado, y en virtud de los artículos 135, 136, 137, 138, 159, 160, 161, 162, 164, 165, 166, 169, 170 y 171 del Código Fiscal T.O. 2013 con las modificaciones introducidas por la Ley N° 4807 y disposiciones concordantes de años anteriores motivo de ajuste y la Resolución N° 822-AGIP/13;

EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS RESUELVE:

Artículo 1°: Impugnar las declaraciones juradas efectuadas por la cotribuyente Continental Box S.R.L., con domicilio fiscal en la calle Blanco Encalada N° 1204, piso 4°, Departamento "A", Comuna N° 13, y con domicilio social sito en la calle Echeverría N° 5868, Comuna N° 12, ambos de esta Ciudad, inscripta en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos como contribuyente local bajo el N° 0088676-09 y CUIT N° 30-69940785-9, cuya actividad sujeta a tributo consiste en Venta al por mayor de papel, cartón, materiales de embalaje y artículos de librería, por los periodos fiscales 2007 (12° anticipo mensual), 2008 (1° a 4° anticipos mensuales) y 2010 (2° a 12° anticipos mensuales), 2011 (2° a 12° anticipos mensuales) y 2012 (1° a 10° anticipos mensuales). Artículo 2°: Determinar de oficio sobre base presunta y con carácter parcial la materia imponible y el impuesto resultante de la contribuyente, por los períodos fiscales 2007 (12º anticipo mensual), 2008 (1º a 5º, 7º, 10º y 11º anticipos mensuales), 2010 (2º a 12º anticipos mensuales), 2011 (1º a 12º anticipos mensuales) y 2012 (1º a 10º anticipos mensuales), en los montos que se detallan en el Anexo, que a todos los efectos forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3°: Establecer que los ingresos de la contribuyente Continental Box S.R.L. respecto de la actividad "Venta al por mayor de papel, cartón, materiales de embalaje y artículos de librería" deben tributar el impuesto a la alícuota del 3%, en relación a la totalidad del ajuste fiscal, de conformidad con lo dispuesto en el art. 53 inciso 5) de la Ley Tarifaria para el año 2012 y disposiciones concordantes con años anteriores motivo de ajuste; Artículo 4°: Concluir el sumario instruido considerando a la contribuyente incursa en la figura de defraudación fiscal aplicándole una multa de $386.668,20 (Pesos Trescientos Ochenta y Seis Mil Seiscientos Sesenta y Ocho con 20/100), equivalente al 200% del impuesto defraudado, de acuerdo a lo dispuesto en los Considerandos de la presente.

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Artículo 5°: Tener por constituido el domicilio de la contribuyente, en la sede de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos y por válidamente notificada la presente y posteriores actos administrativos, los días martes o viernes - o el siguiente día hábil si alguno es feriado inmediato al de la fecha de su suscripción, por los motivos expuestos en los Considerandos de la presente. Artículo 6º: Mantener la extensión de responsabilidad por el cumplimiento de las obligaciones tributarias de la contribuyente al Socio Gerente de la firma, señor Pablo Daniel Lambruschini, DNI 18.332.029, con domicilio en la calle Obispo San Alberto 2372, Comuna Nº 12, de esta Ciudad, y/o a quien resulte responsable hasta la actualidad, en virtud de lo establecido en los artículos 11 inc. 4° y 5°, 12, 14 inc. 1° y

100 del Código Fiscal T.O. 2013 con las modificaciones introducidas por la Ley N° 4807, y disposiciones concordantes de años anteriores. Artículo 7º: Intimar a la contribuyente Continental Box S.R.L., al señor Pablo Daniel Lambruschini; y/o a quien resulte responsable hasta la actualidad para que dentro del término de quince (15) días de quedar notificada y firme la presente, ingrese la suma de $ 193.334,10.- (Pesos Ciento Noventa y Tres Mil Trescientos Treinta y Cuatro con 10/100), que resultan adeudar, y que proviene de las diferencias emergentes de esta determinación, a la cual deberán aditarse los intereses establecidos por el art. 68 del Código Fiscal Texto Ordenado 2013 con las modificaciones introducidas por la Ley Nº 4807 y disposiciones concordantes de años anteriores, hasta el momento del efectivo pago, y la multa aplicada de $ 386.668,20 (Pesos Trescientos Ochenta y Seis Mil Seiscientos Sesenta y Ocho con 20/100), debiendo acreditar su pago ante este Fisco bajo apercibimiento de solicitar la inhibición general de bienes y/o el embargo preventivo, en caso de corresponder, de acuerdo a lo previsto en el artículo 3° inciso 12 del Código Fiscal T.O. 2013 con las modificaciones introducidas por la Ley N° 4807; y ejecución fiscal, a cuyo efecto deberá concurrir ante la Dirección de Técnica Tributaria de la mencionada repartición sita en Viamonte 900 -Edificio Esmeralda 4° piso-, de esta Ciudad, a los efectos de posibilitar la efectivización del pago intimado. Artículo 8º: Intimar a la contribuyente Continental Box S.R.L., al señor Pablo Daniel Lambruschini, y/o a quien resulte responsable hasta la actualidad, para que dentro del término de quince (15) días de notificada esta Resolución, acrediten en la presente actuación toda modificación de su empadronamiento o de su situación fiscal, especialmente pagos, acogimientos o cancelación de planes de facilidades, cambio de domicilio fiscal o en definitiva cualquier otro acto o hecho que no se hubiera tenido en cuenta al tiempo del dictado de la presente. Asimismo se los intima a que toda otra modificación de su empadronamiento o situación fiscal sea también comunicada en esta actuación hasta que se produzca el agotamiento de la instancia administrativa, todo ello bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se ha de continuar con el trámite de los actuados, según las constancias obrantes en los mismos, asumiendo la contribuyente y los responsables solidarios la responsabilidad patrimonial en razón de las consecuencias dañosas que les pudieran sobrevenir, especialmente las costas judiciales. Artículo 9°: Regístrese, notifíquese a la contribuyente Continental Box S.R.L. en la sede de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, dejándose constancia en estos obrados y por medio de la publicación de edictos en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires conjuntamente con el Socio Gerente de la firma, señor Pablo Daniel Lambruschini y al domicilio consignado en el artículo 6º, conforme lo dispuesto en los artículos 21 y 31 del Código Fiscal T.O. 2013 con las modificaciones introducidas por la Ley N° 4807 y disposiciones concordantes de años motivos de ajuste, con copia de la misma y resérvese. Tujsnaider

Demian Tujsnaider Director General de Rentas

ANEXO

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EO 1028 Inicia: 7-8-2014 Vence: 11-8-2014

ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS NOTIFICACIÓN RESOLUCION: 1928/DGR/14

Buenos Aires, lunes 25 de julio de 2014 VISTO: El Expediente N° 1.691.182/2012 y sus incorporados Expediente N° 1.525.299/2012, Expediente N° 1.579.085/2012, Carpeta N° 1.064.663/2011, Expediente 502.232/2010 y Carpeta N° 51.306/DGR/2010, relacionados con el cumplimiento de las obligaciones impositivas de RADISOL S.A., inscripta en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos como contribuyente del Regimen de Convenio Multilateral bajo el Nº 901-270563-4 (CUIT N° 30-71042430-2) con domicilio fiscal en la calle Goncalvez Dias 678 (conforme surge de foja 638 del Expediente N° 1.691.182/2012), Comuna Nº 4, de ésta Ciudad, cuya actividad sujeta a tributo consiste en "SERVICIO DE EXPENDIO DE COMIDAS Y BEBIDAS EN BARES, CONFITERÍAS Y SALONES DE TE, SIN ESPECTÁCULO" y CONSIDERANDO: Que, verificada la situación fiscal de la contribuyente, frente a sus obligaciones por el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos, la inspección interviniente constató la existencia de ajustes a favor de este Fisco, por los períodos fiscales 2008 (3° a 12º anticipos mensuales), 2009 (1° a 12° anticipos mensuales), 2010 (1° a 12° anticipos mensuales), 2011 (1° a 3° anticipos mensuales), 2012 (1° a 12° anticipos mensuales) y 2013 ( 1° a 6° anticipos mensuales); Que los ajustes fiscales han sido establecidos en autos con los alcances, términos y condiciones de que da cuenta la Resolución N° 2519-DGR/13 (fojas 613/618 del Expediente N° 1.691.182/2012); mediante la cual se dio inicio al presente procedimiento de determinación de oficio e instrucción de sumario conexo; Que asimismo, se procedió a la ampliación de sumario conexo, toda vez que la contribuyente descontó de manera improcedente percepciones correspondientes a los períodos fiscales 2008 (4º a 7° y 9° a 12° anticipos mensuales), 2009 (1° a 7° y 11° anticipos mensuales), 2010 (2°, 4°, 6°, 9°, 10°, 12° anticipos mensuales), 2011 (4°, 6° a 11° anticipos mensuales), 2012 (1° a 6°, 8° y 9°) y 2013 (6° anticipo mensual), descontó un saldo a favor tomado en exceso en el período fiscal 2009 (5° anticipo mensual) y declaró fuera de término durante el curso de la verificación los periodos fiscales 2010 (1°, 3° a 8°, 10° y 11° anticipos mensuales), 2011 ( 2° a 5° anticipos mensuales) y 2012(4° y 5° anticipos mensuales), los cuales fueron intimadas, y no justificadas ni abonadas (conforme surge de fojas 499 y Acta N° 03-00212908 a fojas 510 del Expediente 1.691.182/2012); Que corrido formal traslado de ley, de conformidad con las cedulas de notificación de fecha 27/12/13, anexadas a fojas 628/630 y mediante la publicación de Edicto en Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires de fecha 26/12/13 al 30/12/13 conforme surge de fojas 623/627 todas del Expediente N° 1.691.182/2012 ni la contribuyente, ni

el responsable solidario habiéndose vencido los plazos, presentaron descargo ni ofrecieron pruebas tendientes a hacer valer sus derechos;

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Que, respecto a la cuestión de fondo y analizadas las constancias de autos corresponde resolver definitivamente en esta instancia teniendo en cuenta que mediante la documentación que dispuso la inspección interviniente se constataron ingresos que la responsable omitió declarar y por los cuales no ingresó el impuesto resultante, en los períodos fiscales mencionados en el párrafo primero de estos considerandos; Que asimismo conforme surge a fojas 558/559 del Expediente N° 1.691.182/2012 del Informe Final de Inspección, la actuante aclara que dado que en las declaraciones juradas de Ingresos Brutos desde el periodo 3/2008 hasta 4/2009 la contribuyente ha liquidado el impuesto como inicio de actividades art 14 del Convenio Multilateral, declarando el impuesto en Capital Federal, Provincia de Buenos Aires, y Santiago del Estero (solamente en periodos febrero, marzo y abril/2009), se ha procedido a efectuar comparación entre los montos imponibles declarados en el IVA y en las bases imponibles declaradas en el ISIB por la contribuyente en cada jurisdicción. De la mencionada comparación surgieron diferencias del monto imponible declarado en IVA con lo exteriorizado en las declaraciones juradas del ISIB; Que como resultado de dicha operatoria se ha detectado un mayor ingreso declarado en el IVA, por tal motivo surge la diferencia de ese mayor ingreso que ha sido tomado para Capital Federal, siendo esta la jurisdicción sede de la contribuyente fojas 515/516 del Expediente N° 1.691.182/2012); Que en adición se efectuó la comparación entre la base imponible declarada por la contribuyente en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos, y el monto imponible en el IVA. conforme surge de fojas 428, 432, 441, 443, 450, 454, 460, 464, 471, 474, 480 y 484 todas del Expediente N° 1.691.182/2012; Que es dable destacar que conforme sólo se contaba con los débitos fiscales hasta el periodo 04/2010 se tuvo en cuenta para los periodos 05/2010 a 06/2013, la base imponible declarada en el Impuesto Sobre los Ingresos brutos; Que la inspección actuante, para la atribución de ingresos a ésta jurisdicción, ha aplicado los coeficientes unificados declarados por la contribuyente en sus declaraciones juradas anuales, por los períodos en que los exteriorizó; Que obtenida de ese modo la base imponible, se procedió a aplicar la alícuota del 3% en relación a los ingresos determinados correspondientes a la actividad "SERVICIO DE EXPENDIO DE COMIDAS Y BEBIDAS EN BARES, CONFITERÍAS Y SALONES DE TE, SIN ESPECTÁCULO" conforme el Artículo 53, inc. 20) de la Ley Tarifaria 2013, y concordantes de años anteriores; Que de acuerdo a lo expuesto surgieron diferencias de verificación a favor de este Fisco, conforme surge de papeles de trabajo a fojas 434/435, 445/446, 456/457, 466/467, 476/477 y 486/487 del Expediente N° 1.691.182/2012 Que en virtud de lo expuesto, no habiendo la contribuyente presentado descargo ni aportado prueba que desvirtúe los términos de la Resolución N° 2519-DGR/13 por medio de la cual se diera inicio al presente procedimiento determinativo y sumarial,el procedimiento seguido por la fiscalización interviniente no merece objeciones de carácter técnico o jurídico, procediendo a determinar de oficio la materia imponible y el impuesto resultante; Que por lo expuesto, corresponde: a) Mantener el ajuste practicado por la inspección interviniente, considerándolo

técnicamente correcto; b) Impugnar las declaraciones efectuadas por la contribuyente en relación a los períodos fiscales 2008 (3° a 12º anticipos mensuales), 2009 (1° a 12° anticipos mensuales), 2010 (1° a 12° anticipos mensuales), 2011 (1° a 3° anticipos mensuales), 2012 (1° a 12° anticipos mensuales) y 2013 ( 1° a 6° anticipos mensuales),

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c) Determinar de oficio sobre base presunta y con carácter parcial la materia imponible y el impuesto resultante de la responsable, tal como lo prescriben los artículos 135/138, 159/162 164/166, 169/171 del Código Fiscal (to 2013) con las modificaciones introducidas por la Ley N° 4807 y disposiciones concordantes de años anteriores, por los períodos fiscales 2008 (3° a 12º anticipos mensuales), 2009 (1° a 12° anticipos mensuales), 2010 (1° a 12° anticipos mensuales), 2011 (1° a 3° anticipos mensuales), 2012 (1° a 12° anticipos mensuales) y 2013 ( 1° a 6° anticipos mensuales), en los montos que se detallan en el Anexo, que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución, a los cuales deben agregarse los intereses establecidos en el artículo 68 del citado Código Fiscal, hasta el momento de su efectivo pago; Que por otra parte, en cuanto al sumario instruido, es necesario poner de manifiesto que la jurisprudencia ha convalidado la naturaleza penal del ilícito tributario y por ende la necesaria presencia de los elementos objetivo y subjetivo en la conducta del autor; Que, el elemento objetivo es aquel que contiene a la acción típica, verificada por el hechos comisión u omisión- perpetrado por el agente activo, y a los medios comisivos. El elemento subjetivo, está dado por la intención y voluntad de realizar el hecho sancionado por la norma, es decir, el dolo; Que, el artículo 99 del Código Fiscal T.O. 2013 con las modificaciones introducidas por la Ley 4807 y disposiciones concordantes de años anteriores, en su parte pertinente textualmente dice: "Los contribuyentes, responsables o terceros que realicen cualquier hecho, aserción, omisión, simulación, ocultación o en general cualquier maniobra con el propósito de producir o facilitar la omisión total o parcial de los tributos a los que están obligados ellos u otros sujetos, serán sancionados por defraudación con una multa graduable entre el cien por ciento (100%) y el mil por ciento (1000%) del gravamen defraudado o que se haya pretendido defraudar, sin perjuicio de la responsabilidad penal por delitos comunes..."; Que para que se encuentre configurada la infracción de defraudación imputada, no basta la mera comprobación objetiva sino que también debe encontrarse presente el elemento subjetivo, el dolo del autor, teniendo en consideración que sólo puede ser reprimido quien sea culpable, es decir aquel a quien la acción punible puede serle atribuida tanto objetiva como subjetivamente, en virtud del ya consagrado principio de personalidad de la pena; Que, al respecto la Corte Suprema de Justicia, con fecha 31 de marzo de 1999, en autos "Casa Elen-Valmi de Claret y Garello c/ Dirección General Impositiva" ha expresado que "En el campo del derecho represivo tributario rige el criterio de la personalidad de la pena que, en su esencia, responde al principio fundamental de que sólo puede ser reprimido quien sea culpable, es decir aquel a quien la acción punible pueda ser atribuida tanto objetiva como subjetivamente. Si bien, por lo tanto, es inadmisible la existencia de responsabilidad sin culpa, aceptando que una persona ha cometido un hecho que encuadra en una descripción de conducta que merezca sanción, su impunidad sólo puede apoyarse en la concreta y razonada aplicación al

caso de alguna excusa admitida por la legislación" (Revista Impuestos 1999-B 2175. Periódico Económico Tributario 1999-645; Fallos 322:519); Que, así cabe recordar que mientras la figura de Omisión descripta en el artículo 98 del Código Fiscal T.O. 2013 con las modificaciones introducidas por la Ley 4807 y disposiciones concordantes de años anteriores tipifica una infracción de naturaleza culposa, en la que se presume la culpa del actor, correspondiéndole a éste probar la eventual exoneración de responsabilidad para quedar exento de la pena prevista; en el artículo 99 del citado ordenamiento fiscal se describe una conducta de naturaleza dolosa, que impone al Fisco la carga de acreditar la voluntad de engañar al Fisco. Es decir que ambas normas resultan asimilables en punto al alcance de la materialidad de la conducta en ellas reprochada y se diferencian sólo en razón del elemento subjetivo, puesto que la segunda de ellas requiere la intencionalidad de esa conducta, como presupuesto de procedencia del agravamiento de la pena que ella contempla;

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Que, en el caso de autos, se verificó la contradicción evidente entre los libros, documentos o demás antecedentes correlativos con los datos proporcionados por la contribuyente o responsable para determinar el gravamen, toda vez que se detectó una amplia diferencia entre los ingresos declarados por la contribuyente y los verificados por la inspección actuante y en el pago del impuesto resultante en relación a los períodos fiscales 2008 (3° a 12º anticipos mensuales), 2009 (1° a 12° anticipos mensuales), 2010 (1° a 12° anticipos mensuales); 2011 (1° a 3° anticipos mensuales), 2012 (1° a 12° anticipos mensuales) y 2013 (1° a 6° anticipos mensuales). Que el legislador en el artículo 100 del Código Fiscal T.O. 2013, con las modificaciones introducidas por la Ley 4807 y concordantes de años anteriores, estableció presunciones que partiendo de determinados hechos ciertos permiten inferir la existencia de intención por parte de los responsables de producir o facilitar la omisión total o parcial de los tributos a los que están obligados. Que siendo éstas presunciones "iuris tantum", la contribuyente tuvo la oportunidad de desvirtuar las mismas probando la inexistencia de dolo, toda vez que es ella la responsable de proponer y ofrecer las pruebas que hagan a su derecho; Que la conducta descripta en los párrafos precedentes encuadra en las presunciones establecidas en el artículo 100 del Código Fiscal T.O. 2013, con las modificaciones introducidas por la Ley 4807 y concordantes de años anteriores, el cual dispone: "Se presume la intención de defraudación al Fisco, salvo prueba en contrario, cuando se presenta cualquiera de las siguientes circunstancias: 1. Contradicción evidente entre los libros, documentos o demás antecedentes correlativos con los datos proporcionados por la contribuyente o responsables; (...)"; Que es dable destacar la figura del dolo, para lo cual la Jurisprudencia ha sostenido: "Que se dan pues así, las condiciones probatorias del tipo doloso, al haberse valido de declaraciones juradas engañosas y ocultación maliciosa para declarar en menos el impuesto que le correspondía ingresar..." (Andechaga Jorge Luis c/ Dirección General Impositiva, 15/04/2009, Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, sala III); Que, en función de lo expuesto, no habiendo la rubrada intentado defensa alguna en torno a la infracción enrostrada, y toda vez que de los elementos obrantes en autos surge que los incumplimientos de la responsable a sus obligaciones fiscales resultan debidamente acreditados en autos, corresponde considerarla incursa en la infracción prevista y sancionada en el articulo 99 -defraudación- con sustento en el artículo 100

(inciso 1) del Código Fiscal T.O. 2013, con las modificaciones introducidas por la Ley 4807 y disposiciones concordantes de años anteriores; Que el artículo 99 del Código Fiscal mencionado y disposiciones concordantes de años anteriores prevé una multa graduable entre el 100% y el 1000% del gravamen defraudado o que se haya pretendido defraudar; la que en cada caso se merituará considerando las circunstancias y gravedad de los hechos, conforme lo establecido en el artículo 106 del mencionado cuerpo legal; Que a fin de evaluar la graduación del monto sancionatorio a imponer a la responsable de marras, cabe mencionar que la jurisprudencia reiteradamente ha sostenido que las multas cuya finalidad es promover el más ajustado cumplimiento de las leyes y la más estricta sujeción a la disciplina que dentro de los límites establezcan las autoridades ejecutivas, importarán o no una acción, no solo según sea el monto, sino también según la razonabilidad de la relación que dicho monto tenga con la naturaleza de las circunstancias de la acción penada; Que la razonabilidad, en los casos de sanciones reside en la adecuada proporción entre la valoración de la conducta de la contribuyente y la cuantificación de la multa, dentro de las escalas que habilita la Ley en forma expresa, dando lugar a que esa evaluación del comportamiento de la responsable sea proporcional al accionar del obligado; Que las especiales y particulares circunstancias que rodean la presente casuística, conforme los parámetros y principios a salvaguardar a la hora de sancionar la conducta de la responsable, impulsan a este Fisco Local a fundamentar la articulación de la sanción a aplicar razonablemente graduada, analizada, valorada y aplicada en el especial y particular contexto que la involucra;

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Que asimismo, en relación a los conceptos que motivaron la ampliación del sumario conexo corresponde aclarar que se aplica lo establecido en la parte pertinente del Decreto 2033/2003 el cual establece que, tratándose de una misma actuación administrativa y un único sumario, en el que concurran varias infracciones de carácter substancial, se impone una única sanción para cuya graduación se han de tomar en cuenta todas las infracciones cometidas aplicando la escala punitiva correspondiente a la más grave; Que por todo lo expuesto en los párrafos precedentes, corresponde sancionar a la contribuyente con una multa de $ 2.829.254,32 (Pesos Dos Millones Ochocientos Veintinueve Mil Doscientos Cincuenta y cuatro con 32/100) equivalente al doscientos por ciento (200%) del impuesto defraudado ( $ 1.819.930,20) y el doscientos por ciento (200%) de la ampliación del sumario respectivo ($1.009.324,12) conforme se desprende del Anexo emitido por el Departamento Gestión Contable de esta Dirección Técnica Tributaria obrante a fojas 635/636, que forma parte integrante de la presente; Que resulta necesario observar que dado que la responsable no ha denunciado el correcto domicilio fiscal dentro del ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, de acuerdo con lo previsto en el art. 21 del Código Fiscal T.O. 2013 con las modificaciones introducidas por la Ley 4807 y disposiciones concordantes de años anteriores y en virtud de lo establecido en el artículo 6° de la Resolución N° 2519-DGR/2013, corresponde hacer efectivo el apercibimiento y tener por constituido el domicilio de la contribuyente, en la sede de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos y por válidamente notificada la presente y posteriores actos administrativos, los días martes o viernes o el siguiente día hábil si alguno es feriado inmediato a la fecha de su suscripción.

Que asimismo corresponde remarcar que en virtud de los artículos 11 (incisos 4º y 5º), 12, 14 (inciso 1°) y 101 del Código Fiscal T.O. 2013 y disposiciones concordantes de años anteriores, devienen responsables del cumplimiento de las obligaciones tributarias el Presidente del Directorio de la firma, Sr. Ramirez, Jorge Damián DNI N° 31.828.895 con domicilio en la calle Hortiguera 532 (Comuna N°6) de esa Ciudad ( foja 513 del Expediente N° 1.691.182/2012) y/o a quien hasta la actualidad resulte responsable, por lo que corresponde hacerle extensiva la responsabilidad en forma solidaria; Que corresponde intimar a RADISOL S.A., al responsable solidario y/o quien resulte responsable hasta la actualidad , para que dentro del término de quince (15) días de notificada esta Resolución, acredite en la presente actuación toda modificación de su empadronamiento o de su situación fiscal, especialmente pagos, acogimientos o cancelación de planes de facilidades, cambio de domicilio fiscal o en definitiva cualquier otro acto o hecho que no se hubiera tenido en cuenta al tiempo del dictado de la presente. Asimismo se los intima a que toda otra modificación de su empadronamiento o situación fiscal sea también comunicada en esta actuación hasta que se produzca el agotamiento de la instancia administrativa, todo ello bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se ha de continuar con el trámite de los actuados, según las constancias obrantes en los mismos, asumiendo la contribuyente, el responsable solidario y/o quien resulte responsable hasta la actualidad la responsabilidad patrimonial en razón de las consecuencias dañosas que le pudieran sobrevenir, especialmente las costas judiciales. Por ello, dadas las prescripciones legales invocadas y la Resolución Nº 822-AGIP/13;

EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS RESUELVE:

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Artículo 1º:- Impugnar las declaraciones juradas presentadas por la contribuyente RADISOL S.A., inscripta en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos como contribuyente de Convenio Multilateral bajo el Nº 901-270563-4 (CUIT N° 30-71042430-2) con domicilio fiscal en la calle Goncalvez Dias 678 (conforme surge de foja 638 del Expediente N° 1.691.182/2012), Comuna Nº 4, de ésta Ciudad, cuya actividad sujeta a tributo consiste en "SERVICIO DE EXPENDIO DE COMIDAS Y BEBIDAS EN BARES, CONFITERÍAS Y SALONES DE TE, SIN ESPECTÁCULO" y en relación a los períodos fiscales 2008 (3° a 12º anticipos mensuales), 2009 (1° a 12° anticipos mensuales), 2010 (1° a 12° anticipos mensuales), 2011 (1° a 3° anticipos mensuales), 2012 (1° a 12° anticipos mensuales) y 2013 ( 1° a 6° anticipos mensuales); Artículo 2°: Determinar de oficio sobre base presunta y con carácter parcial la materia imponible y el impuesto resultante de la contribuyente, por los períodos fiscales 2008 (3° a 12º anticipos mensuales), 2009 (1° a 12° anticipos mensuales), 2010 (1° a 12° anticipos mensuales), 2011 (1° a 3° anticipos mensuales), 2012 (1° a 12° anticipos mensuales) y 2013 ( 1° a 6° anticipos mensuales); en los montos que se detallan en el Anexo, que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3°:- Concluir el sumario instruido, considerando a la contribuyente incursa en la figura de defraudación fiscal, aplicándole una multa de $ 2.829.254,32 (Pesos Dos Millones Ochocientos Veintinueve Mil Doscientos Cincuenta y cuatro con 32/100) equivalente al doscientos por ciento (200%) del impuesto defraudado ($ 1.819.930,20) y el doscientos por ciento (200%) de la ampliación del sumario respectivo ($ 1.009.324,12) calculada y graduada en mérito a lo expuesto en los Considerandos de la presente. Artículo 4º: Mantener la extensión de la responsabilidad solidaria por el cumplimiento de las obligaciones tributarias de la contribuyente, al Presidente del Directorio de la firma, Sr. Ramirez, Jorge Damián, DNI N° 31.828.895, con domicilio en la calle Hortiguera 532 (Comuna N°6) de esa Ciudad ( foja 513 del Expediente N° 1.691.182/2012) y/o a quien hasta la actualidad resulte responsable, y/o quien hasta la actualidad resulte responsable, extendiéndose su responsabilidad solidariamente, en virtud de lo establecido en los artículos 11 (incisos 4° y 5º), 12, 14 (inciso 1°) y 101 del Código Fiscal TO 2013y disposiciones concordantes de años anteriores. Artículo 5°: Intimar a RADISOL S.A.,al responsable solidario y/o a quien resulte responsable hasta la actualidad para que dentro del término de quince (15) días de quedar notificada y firme la presente, ingrese la suma de pesos $909.965,10 (Pesos Novecientos nueve mil novecientos sesenta y cinco con 10/100) que resulta adeudar, y que proviene de las diferencias emergentes de esta determinación, a la cual deberán aditarse los intereses establecidos por el artículo 68 del Código Fiscal t.o 2013 con las modificaciones introducidas por la Ley N° 4807 y disposiciones concordantes de años anteriores, hasta el momento del efectivo pago, y la multa aplicada de $ 2.829.254,32 (Pesos Dos Millones Ochocientos Veintinueve Mil Doscientos Cincuenta y cuatro con 32/100) debiendo acreditar su pago ante esta Administración, bajo apercibimiento de solicitar la inhibición general de bienes y/o el embargo preventivo, en caso de corresponder, de acuerdo a lo previsto en el artículo 3° inciso 12 del Código Fiscal mencionado y ejecución fiscal, a cuyo efecto deberá concurrir ante la Dirección de Técnica Tributaria de la mencionada repartición sita en Viamonte 900 -Anexo Edificio Esmeralda piso 4º- a los efectos de posibilitar la efectivización del pago intimado.

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Artículo 6º: Intimar a RADISOL S.A., al responsable solidario y/o a quien resulte responsable hasta la actualidad, para que dentro del término de quince (15) días de notificada esta Resolución, acredite en la presente actuación toda modificación de su empadronamiento o de su situación fiscal, especialmente pagos, acogimientos o cancelación de planes de facilidades, cambio de domicilio fiscal o en definitiva cualquier otro acto o hecho que no se hubiera tenido en cuenta al tiempo del dictado de la presente. Asimismo se los intima a que toda otra modificación de su empadronamiento o situación fiscal sea también comunicada en esta actuación hasta que se produzca el agotamiento de la instancia administrativa, todo ello bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se ha de continuar con el trámite de los actuados, según las constancias obrantes en los mismos, asumiendo la contribuyente, el responsable solidario y/o a quien resulte responsable hasta la actualidad la responsabilidad patrimonial en razón de las consecuencias dañosas que le pudieran sobrevenir, especialmente las costas judiciales. Artículo 7º: Tener por constituido el domicilio de la contribuyente, en la sede de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos y por válidamente notificada la presente y posteriores actos administrativos, los días martes o viernes -o el siguiente día hábil si alguno es feriado- inmediato al de la fecha de su suscripción, por los motivos expuestos en los considerandos de la presente. Artículo 8º: Regístrese, notifíquese a la contribuyente RADISOL S.A. en la sede de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, dejándose constancia en estos obrados y por medio de la publicación de edictos en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires conjuntamente con el Presidente del Directorio de la firma, Sr. Ramirez,

Jorge Damián, conforme lo dispuesto en los artículos 21 y 31 del Código Fiscal T.O. 2013 con las modificaciones introducidas por le Ley 4807 (B.O N° 4306 del 27/12/2013), con copia de la presente. Resérvese. Tujsnaider

Demian Tujsnaider Director General de Rentas

ANEXO

EO 1042 Inicia: 8-8-2014 Vence: 12-8-2014

ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS Notificación - Resolución Nº 1934/DGR/14

Buenos Aires, miércoles 25 de julio de 2014 VISTO: El Expediente Nº 863.580-MGEyA-2012 relacionado con el cumplimiento de las obligaciones impositivas de DEVITEX S.A., inscripta en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos como contribuyente local bajo el N° 1182618-05 y CUIT 30-71067646-8, con domicilio fiscal sito en la calle Arregui Nº 3095, Piso 5º, Departamento "C" de esta Ciudad (Comuna Nº 11) (fojas 171 y 172), cuya actividad sujeta a tributo consiste en la "Venta al por mayor de tapices y alfombras de materiales textiles", y CONSIDERANDO:

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Que esta Administración en ejercicio de las facultades de fiscalización de impuestos que le conceden los sucesivos ordenamientos fiscales de aplicación en el ámbito del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, dispuso la realización de una inspección en el domicilio de la contribuyente con el objeto de controlar el correcto cumplimiento de sus obligaciones tributarias, como resultado de la cual se establecieron ajustes por el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos, con relación a los períodos fiscales 2008 (12º anticipo mensual), 2009 (1º a 12º anticipos mensuales), 2010 (1º a 12º anticipos mensuales), 2011 (1º a 12º anticipos mensuales) y 2012 (1º a 5º anticipos mensuales); Que el ajuste fiscal ha sido establecido en autos con los alcances, términos y condiciones de que da cuenta la Resolución Nº 493-DGR/14 (fojas 140/144) de fecha 6 de febrero de 2014, mediante la cual se inicio procedimiento de determinación de oficio y se instruyó sumario conexo; Que corrido el formal traslado de ley, de conformidad con las cédulas de notificación de fecha 20 de febrero de 2014 (fojas 168/169) y mediante la publicación de Edicto en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires desde el día 01/04/14 hasta el día 03/04/14, tal como obra a fojas 151/153, la contribuyente no presentó descargo ni ofreció pruebas tendientes a hacer valer sus derechos; Que analizadas las constancias de autos, corresponde resolver definitivamente en esta instancia teniendo en cuenta que mediante la documentación que dispuso la inspección actuante, se establecieron ajustes a favor de este Fisco, por los períodos fiscales mencionados precedentemente; Que por lo expuesto corresponde: a) Mantener el ajuste practicado por la inspección interviniente, considerándolo técnicamente correcto; b) Impugnar las declaraciones juradas presentadas por la contribuyente en relación a los períodos fiscales 2008 (12º anticipo mensual), 2009 (1º a 12º anticipos mensuales), 2010 (1º a 12º anticipos mensuales), 2011 (1º a 12º anticipos mensuales) y 2012 (1º a 5º anticipos mensuales);

c) Determinar de oficio sobre base presunta y con carácter parcial, la materia imponible y el impuesto resultante de la contribuyente, por los períodos fiscales 2008 (12º anticipo mensual), 2009 (1º a 12º anticipos mensuales), 2010 (1º a 12º anticipos mensuales), 2011 (1º a 12º anticipos mensuales) y 2012 (1º a 5º anticipos mensuales); en los montos que se detallan en el Anexo, que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución, a los cuales deben agregarse los intereses establecidos en el artículo 68 del Código Fiscal T.O. 2013 con las modificaciones introducidas por la Ley 4807 (BO 4306 del 27/12/2013) y disposiciones concordantes de años anteriores, hasta el momento de su efectivo pago; Que, en cuanto al sumario instruido es necesario poner de manifiesto que la doctrina al comentar el incumplimiento por omisión de la obligación tributaria sustancial ha sostenido: "De la relación jurídica sustantiva nace la obligación del contribuyente (o el responsable en su reemplazo) de pagar el tributo como objeto de esa obligación, en tanto y en cuanto este ha sido creado por ley (cumplimiento del principio de legalidad) y se dan en el caso los presupuestos de hecho o de derecho incluidos en la norma como hecho imponible (...) Esta obligación de dar debe cumplirse en el tiempo y en la forma en que los recaudos exigidos por el derecho tributario administrativo establecen a su respecto" (García Belsunce, Horacio "Derecho Tributario Penal", Editorial Depalma 1985, página 291); Que la omisión descripta supone negligencia o inobservancia por parte de la responsable del necesario cuidado para con el cumplimiento de las obligaciones fiscales de orden material que le son propias; Que para que se encuentre configurada la infracción imputada basta la mera culpa o negligencia en la observancia de las obligaciones de los contribuyentes;

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Que al respecto la Corte Suprema de Justicia, con fecha 31 de marzo de 1999, en autos "Casa Elen-Valmi de Claret y Garello c/ Dirección General Impositiva" ha expresado que "En el campo del derecho represivo tributario rige el criterio de la personalidad de la pena que, en su esencia, responde al principio fundamental de que sólo puede ser reprimido quien sea culpable, es decir aquel a quien la acción punible pueda ser atribuida tanto objetiva como subjetivamente. Si bien, por lo tanto, es inadmisible la existencia de responsabilidad sin culpa, aceptando que una persona ha cometido un hecho que encuadra en una descripción de conducta que merezca sanción, su impunidad sólo puede apoyarse en la concreta y razonada aplicación al caso de alguna excusa admitida por la legislación" (Revista Impuestos 1999-B 2175. Periódico Económico Tributario 1999-645; Fallos 322:519); Que, en cuanto al juzgamiento de la conducta de la imputada, cabe resaltar que no obstante haber sido debidamente notificada de los cargos formulados, no presentó descargo ni ofreció prueba alguna tendiente a enervar el peso de los hechos. Y toda vez que los incumplimientos de la responsable a sus obligaciones fiscales resultan debidamente acreditados en autos, corresponde considerarla incursa en la infracción prevista y sancionada en el artículo 98 omisión del Código Fiscal T.O. 2013 con las modificaciones introducidas por la Ley 4807 (BO 4306 del 27/12/2013) y disposiciones concordantes de años anteriores; Que el artículo precitado prevé una multa graduable hasta el 100% del gravamen omitido; la que en cada caso se merituará considerando las circunstancias y gravedad de los hechos, conforme lo establecido en el artículo 106 del mencionado cuerpo legal; Que a fin de evaluar la conducta, para la graduación de la sanción a aplicar, se tiene presente que la contribuyente ha presentado las declaraciones juradas declarando ingresos y el impuesto resultante, respecto de los períodos fiscales 2008 (12º anticipo mensual), 2009 (1º a 12º anticipos mensuales), 2010 (1º a 12º anticipos mensuales), 2011 (1º a 12º anticipos mensuales) y 2012 (1º a 5º anticipos mensuales), pero siendo inexactas las mismas se efectuaron los ajustes pertinentes con la determinación del impuesto omitido, los cuales no fueron conformados por la firma, motivando su negativa la presente determinación de oficio de la obligación tributaria por parte de esta Administración; Que por lo expuesto, corresponde sancionar a la contribuyente con una multa de $ 659.366,65 (Pesos seiscientos cincuenta y nueve mil trescientos sesenta y seis con sesenta y cinco centavos), equivalente al 65% del impuesto omitido, conforme se desprende del informe emitido por el Departamento Gestión Contable de esta Dirección de Técnica Tributaria, obrante a fojas 184/185, graduada y calculada de conformidad con lo establecido en el artículo 106 del Código Fiscal T.O. 2013, con las modificaciones introducidas por la Ley 4807 (BO 4306 del 27/12/2013) y disposiciones concordantes de años anteriores; Que asimismo corresponde remarcar que en virtud de los artículos 11 (incisos 4º y 5º), 12, 14 (inciso 1º) y 101 del Código Fiscal T.O. 2013 con las modificaciones introducidas por la Ley 4807 (BO 4306 del 27/12/2013) y disposiciones concordantes de años anteriores, devienen responsables del cumplimiento de las obligaciones tributarias la Ex presidenta de la sociedad, Señora Carolina Valeria Scotti, DNI 28.078.101, con domicilio en la calle Arregui Nº 3095, Piso 5º, Departamento "C" (Comuna Nº 11) (foja 63/65 y 126) y el Presidente de la sociedad, Señor Ramiro Pérez Gomar Alonso, DNI 92.950.196, con domicilio en la Avenida Santa Fe Nº 2365, Piso 17º, Departamento "D" (Comuna Nº 2) (foja 126), ambos de esta Ciudad y/o quien resulte responsable hasta la actualidad, por lo tanto corresponde mantener la extensión de la responsabilidad en forma solidaria;

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Que por otro lado, resulta necesario observar que dado que la responsable no ha denunciado el cambio de domicilio fiscal, de acuerdo con lo previsto en el artículo 21 del Código Fiscal T.O. 2013, con las modificaciones introducidas por la Ley 4807 (BO 4306 del 27/12/2013) y disposiciones concordantes de años anteriores y en virtud a lo establecido en el artículo 4º de la Resolución Nº 493-DGR/2014, corresponde hacer efectivo el apercibimiento teniendo por constituido el domicilio fiscal de la contribuyente en la sede de esta Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, teniendo el mismo plenos efectos legales. En función de ello, la presente resolución y los posteriores actos administrativos se han de considerar válidamente notificados el día martes o Viernes o el siguiente día hábil si alguno es feriado inmediato a la fecha de suscripción del acto resolutivo respectivo; Que por último corresponde intimar a la contribuyente, a los responsables solidarios y/o a quien resulte responsable hasta la actualidad para que dentro del término de quince (15) días de notificada esta Resolución, acrediten en la presente actuación toda modificación de su empadronamiento o de su situación fiscal, especialmente pagos, acogimientos o cancelación de planes de facilidades, cambio de domicilio fiscal o en definitiva cualquier otro acto o hecho que no se hubiera tenido en cuenta al tiempo del dictado de la presente. Asimismo se los intima a que toda otra modificación de su empadronamiento o situación fiscal, sea también comunicada en esta actuación hasta que se produzca el agotamiento de la instancia administrativa, todo ello bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se ha de continuar el trámite de los actuados según las constancias obrantes en los mismos, asumiendo la contribuyente, los responsables solidarios y/o quien resulte responsable hasta la actualidad; la responsabilidad patrimonial en razón de las consecuencias dañosas que les pudieran sobrevenir, especialmente las costas judiciales. Por ello, en vista de lo manifestado y dadas las prescripciones legales invocadas, artículos 135/138, 159/162, 164/166 y 169/171 del Código Fiscal T.O. 2013, con las modificaciones introducidas por la Ley 4807 (BO 4306 del 27/12/2013) y disposiciones concordantes de años anteriores y Resolución Nº 822-AGIP/2013,

EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS RESUELVE

Artículo 1º.- Impugnar las declaraciones juradas presentadas por la contribuyente DEVITEX S.A., inscripta en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos como contribuyente local bajo el N° 1182618-05 y CUIT 30-71067646-8, con domicilio fiscal sito en la calle Arregui Nº 3095, Piso 5º, Departamento "C" de esta Ciudad (Comuna Nº 11) (fojas 171 y 172), cuya actividad sujeta a tributo consiste en "Venta al por mayor de tapices y alfombras de materiales textiles" con respecto a los períodos fiscales 2008 (12º anticipo mensual), 2009 (1º a 12º anticipos mensuales), 2010 (1º a 12º anticipos mensuales), 2011 (1º a 12º anticipos mensuales) y 2012 (1º a 5º anticipos mensuales). Artículo 2°.- Determinar de oficio sobre base presunta y con carácter parcial la materia imponible y el impuesto resultante por los períodos fiscales 2008 (12º anticipo mensual), 2009 (1º a 12º anticipos mensuales), 2010 (1º a 12º anticipos mensuales), 2011 (1º a 12º anticipos mensuales) y 2012 (1º a 5º anticipos mensuales), en los montos que se detallan en el Anexo, que a todos los efectos forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3º.- Mantener la extensión de la responsabilidad solidaria por el cumplimiento de las obligaciones tributarias de la contribuyente, a la Ex presidenta de la sociedad, Señora Carolina Valeria Scotti, DNI 28.078.101, con domicilio en la calle Arregui Nº 3095, Piso 5º, Departamento "C" (Comuna Nº 11) (foja 63/65 y 126) y al Presidente de la sociedad, Señor Ramiro Pérez Gomar Alonso, DNI 92.950.196, con domicilio en la Avenida Santa Fe Nº 2365, Piso 17º, Departamento "D" (Comuna Nº 2) (foja 126), ambos de esta Ciudad y/o a quien resulte responsable hasta la actualidad, en virtud de lo establecido en los artículos 11 (incisos 4º y 5º), 12, 14 (inciso 1°) y 101 del Código Fiscal TO 2013 con las modificaciones introducidas por la Ley 4807 (BO 4306 del 27/12/2013) y disposiciones legales concordantes de años anteriores.

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Artículo 4°.- Concluir el sumario instruido considerando a la contribuyente incursa en la figura de omisión fiscal aplicándole una multa de $ 659.366,65 (Pesos seiscientos cincuenta y nueve mil trescientos sesenta y seis con sesenta y cinco centavos), equivalente al sesenta y cinco por ciento (65%) del impuesto omitido, conforme se desprende del Anexo que forma parte integrante de la presente. Artículo 5º.- Intimar a la contribuyente, a los responsables solidarios y/o a quien resulte responsable hasta la actualidad para que dentro del término de quince (15) días de quedar notificada y firme la presente, ingresen la suma de $ 1.014.410,23 (Pesos un millón catorce mil cuatrocientos diez con veintitrés centavos) que resulta adeudar, y que proviene de las diferencias emergentes de esta determinación, a la cual deberán aditarse los intereses establecidos por el artículo 68 del Código Fiscal T.O. 2013 con las modificaciones introducidas por la Ley 4807 (BO 4306 del 27/12/2013) y disposiciones concordantes de años anteriores, hasta el momento del efectivo pago, y la multa aplicada de $ 659.366,65 (Pesos seiscientos cincuenta y nueve mil trescientos sesenta y seis con sesenta y cinco centavos), debiendo acreditar su pago ante esta Dirección General bajo apercibimiento de solicitar la inhibición general de bienes y/o el embargo preventivo, en caso de corresponder, previsto en el artículo 3º inciso 12 del Código Fiscal T.O. 2013 con las modificaciones introducidas por la Ley 4807 (BO 4306 del 27/12/2013) y disposiciones concordantes de años anteriores y ejecución fiscal, a cuyo efecto deberá concurrir ante la Dirección de Técnica Tributaria de la mencionada repartición sita en Viamonte 900 (Edificio Esmeralda) 4° piso, a los efectos de posibilitar la efectivización del pago intimado. Artículo 6°.- Hacer efectivo el apercibimiento establecido en el artículo 4º de la Resolución Nº 493-DGR/2014, teniendo por constituido el domicilio fiscal de la contribuyente en la sede de esta Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, teniendo el mismo plenos efectos legales y considerando válidamente notificada la presente resolución y los posteriores actos administrativos, los días martes o viernes -o el siguiente día hábil si alguno es feriado inmediato a la fecha de suscripción del acto resolutivo respectivo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 21 del Código Fiscal T.O. 2013, con las modificaciones introducidas por la Ley 4807 (BO 4306 del 27/12/2013) y disposiciones concordantes de años anteriores. Artículo 7º.- Intimar a la contribuyente, a los responsables solidarios y/o a quien resulte responsable hasta la actualidad para que dentro del término de quince (15) días de notificada esta resolución, acrediten en la presente actuación toda modificación de su empadronamiento o de su situación fiscal, especialmente pagos, acogimientos o cancelación de planes de facilidades, cambio de domicilio fiscal o en definitiva cualquier otro acto o hecho que no se hubiere tenido en cuenta al tiempo del dictado de la presente. Asimismo se los intima a que toda otra modificación de su empadronamiento o situación fiscal sea también comunicada en esta actuación hasta que se produzca el agotamiento de la instancia administrativa, todo ello bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se ha de continuar el trámite de estos actuados según las constancias obrantes en los mismos, asumiendo la contribuyente, los responsables solidarios y/o quien resulte responsable hasta la actualidad la responsabilidad patrimonial en razón de las consecuencias dañosas que pudieran sobrevenir, especialmente las costas judiciales. Artículo 8°.- Regístrese; notifíquese a la contribuyente en la sede de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, dejándose constancia en estos obrados; y a la Ex presidenta de la sociedad, Señora Carolina Valeria Scotti y al Presidente de la sociedad, Señor Ramiro Pérez Gomar Alonso en los domicilios consignados en el artículo 3° de la presente. Asimismo, notifíquese a la contribuyente por medio de la publicación de edictos en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires conjuntamente con la Ex presidenta de la sociedad, Señora Carolina Valeria Scotti y el Presidente de la sociedad, Señor Ramiro Pérez Gomar Alonso, conforme lo dispuesto en los artículos 21 y 31 del Código Fiscal T.O. 2013, con las modificaciones introducidas por la Ley 4807 (BO 4306 del 27/12/2013) y disposiciones concordantes de años anteriores, con copia de la presente y resérvese. Tujsnaider

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Demian Tujsnaider Director General de Rentas

ANEXO

EO 1026 Inicia: 7-8-2014 Vence: 11-8-2014

ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS NOTIFICACIÓN RESOLUCION: 1945/DGR/14

Buenos Aires, lunes 28 de julio de 2014 VISTOS: El Expediente Nº 803.772-MGEyA-2012 y su incorporación Expediente N° 2.167.585-MGEyA-2011, relacionados con el cumplimiento de las obligaciones impositivas de PLEB-TEX S.R.L., inscripta en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos como Contribuyente Local bajo el Nº 1047135-09 (CUIT Nº 30-70745256-7), con domicilio fiscal en la calle Doctor Luis Belaustegui N° 4461, Comuna Nº 10 de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires (foja 90 del Expediente Nº 803.772-MGEyA-2012), cuya actividad sujeta a tributo consiste en: "Venta al por mayor de fibras textiles", Y CONSIDERANDO: Que esta Administración en ejercicio de las facultades de fiscalización de impuestos que le conceden los sucesivos ordenamientos fiscales de aplicación en el ámbito del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, dispuso la realización de una inspección en el domicilio de la contribuyente con el objeto de controlar el correcto cumplimiento de sus obligaciones tributarias, como resultado de la cual se establecieron ajustes a favor del fisco local, por el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos, con relación a los periodos fiscales 2010 (01º a 12º anticipos mensuales) y 2011 (01º a 10º anticipos mensuales), de los que se corrió traslado mediante la planilla de diferencia de verificación obrante a foja 22 del Expediente Nº 803.772-MGEyA-2012, solicitando la conformidad de la contribuyente mediante la publicación de edictos efectuada en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires desde el día 10/09/2012 hasta el día 12/09/2012 (foja 68 del Expediente Nº 803.772-MGEyA-2012); sin que la misma prestara su conformidad, tal como surge del Acta de foja 75 de la misma actuación; comprendiendo el traslado de la totalidad de documentos, elementos e información obrantes en autos, que constituyen el fundamento de esta Resolución y los antecedentes de hecho que le dan sustento; Que conforme se expresa en el informe de inspección y sus posteriores convalidaciones jerárquicas (fojas 79/89 del Expediente Nº 803.772-MGEyA-2012) cuya vista se confiere por medio de la presente como así también la de todos los antecedentes que fundan y sustentan el referido ajuste, la causa que fundamenta el mismo tiene su origen en: a) Omisión en la declaración de la Base Imponible y en el pago del consiguiente impuesto en relación a los periodos fiscales 2010 (01° a 12° anticipos mensuales) y 2011 (01° a 10° anticipos mensuales);

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Que las diferencias de verificación fueron establecidas en los presentes autos por la inspección interviniente teniendo en cuenta la siguiente documentación: Declaraciones Juradas del IVA, acreditaciones bancarias, Constancias de la Base de Datos de esta Repartición, y demás documentación obrante en autos;

Que preliminarmente corresponde referir que la citada contribuyente no brindó respuesta a los reiterados requerimientos e intimaciones que le cursara la inspección actuante a los fines de la fiscalización, imposibilitando ello la verificación de la actividad desarrollada; Que no obstante haber resultado infructuosa la localización de la rubrada, la inspección actuante, a los fines de establecer los ingresos obtenidos por la misma, procedió a cotejar los montos imponibles surgidos de las Declaraciones Juradas del IVA, cuyo detalle obra a fojas 27/28 del Expediente N° 2.167.585-MGEyA-2011, y los ingresos bancarios volcados en las planillas obrantes a fojas 29/30 de la citada actuación, considerándose para el cálculo de la base imponible el mayor valor surgido de dicha confrontación (tarea plasmada en los papeles de trabajo anexados a fojas 18/20 del Expediente N° 803.772-MGEyA-2012); Que en virtud de lo expuesto, se procedió a aplicar la alícuota del 3% a los ingresos determinados provenientes de la actividad declarada "Venta al por mayor de fibras textiles"; respecto a los periodos fiscales 2010 (01° a 12° anticipos mensuales) y 2011 (01º a 10º anticipos mensuales) de conformidad con lo establecido en el artículo 55, inciso 4) de la Ley Tarifaria 2011 y concordantes de años anteriores. Que en este estado y dadas las irregularidades establecidas en el cumplimiento de las obligaciones impositivas a cargo de la responsable, y atento su falta de conformidad para con las respectivas liquidaciones, corresponde iniciar el procedimiento de determinación de oficio sobre base presunta y con carácter parcial tal como lo prescriben los artículos 135/138; 159/162; 164/166 y 169/171 del Código Fiscal (t.o. 2013) con las modificaciones introducidas por la Ley N° 4807 (B.O. 4306 de fecha 27/12/13) y disposiciones concordantes de años anteriores motivo de ajuste; Que por otra parte, los hechos descriptos constituyen incumplimientos de las obligaciones tributarias que configuran presuntamente infracciones a los deberes fiscales de orden material contempladas en el articulo 99 Defraudación del Código Fiscal (TO 2013) con las modificaciones introducidas por la Ley N° 4807 y disposiciones concordantes de años anteriores; Que para así concluir se tuvo en cuenta: Que se verificó "prima facie", mediante el cotejo efectuado de los montos imponibles surgidos de las Declaraciones Juradas del IVA, cuyo detalle obra a fojas 27/28 del Expediente N° 2.167.585-MGEyA-2011, con los ingresos bancarios volcados en las planillas obrantes a fojas 29/30 de la citada actuación, la existencia de ingresos sujetos al Impuesto de tratas, los cuales no fueron declarados por la contribuyente ante esta Administración, ya que no ha presentado declaraciones juradas mensuales por ninguno de los periodos fiscales motivo de ajuste. Por lo expuesto, la mentada situación permite inferir la existencia de una conducta omisiva por parte de la contribuyente con la intención de producir o facilitar la omisión total del impuesto de marras, configurando así una conducta defraudatoria tipificada en el artículo mencionado anteriormente; Que en otro orden de ideas resulta necesario observar que dado que la responsable no ha denunciado el cambio de domicilio fiscal, de acuerdo con lo previsto en el artículo 26 del Código Fiscal T.O. 2013 con las modificaciones introducidas por la Ley N° 4807 (B.O. 4306 de fecha 27/12/13) y disposiciones concordantes de años anteriores, se intima a tramitar el mismo, bajo apercibimiento de considerar como válido y subsistente el último domicilio declarado por la contribuyente, teniendo el reseñado plenos efectos legales.

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Que por otra parte y a efectos de ponderar en el tiempo procesal oportuno la eventual situación infraccional de la contribuyente en el Registro de Reincidencia de faltas fiscales, conforme lo pautado en los artículos 102 y 103 del citado Código, se la intima para que dentro del termino de quince (15) días de notificada la presente, denuncie si ha interpuesto contra este fisco local demanda impugnativa contra un acto administrativo sancionatorio dictado en su contra con anterioridad, debiendo en caso afirmativo, aportar numero de expediente, juzgado y secretaria donde se encuentra su radicación, y todos aquellos datos que entienda relevantes y conducentes a la acreditación de tal extremo, bajo apercibimiento de resolver acorde a las constancias obrantes en estos actuados; Que asimismo corresponde remarcar que en virtud de los artículos 11 (incisos 4º y 5º), 12 y 14 (inciso 1º) y 101 del Código Fiscal (TO 2013) con las modificaciones introducidas por la Ley N° 4807 y disposiciones legales concordantes de años anteriores, devienen responsables del cumplimiento de las obligaciones tributarias de la contribuyente, los Socios Gerentes de la firma, Señores Luis Costa, LE N° 8.298.208, Mario Rubén Pluchi, DNI N° 21.347.141 y Carlos Fabián Miranda, DNI N° 22.834.090, todos con domicilio en la calle Doctor Luis Belaustegui N° 4461, Comuna Nº 10, de esta Ciudad (foja 52 del Expediente N° 2.167.585-MGEyA-2011), y/o quien resulte responsable hasta la actualidad, por lo tanto corresponde hacerles extensiva la responsabilidad en forma solidaria; Que asimismo corresponde intimar a PLEB-TEX S.R.L, a los responsables solidarios y/o a quien resulte responsable hasta la actualidad, para que dentro del termino de quince (15) días de notificada esta resolución, acrediten en la presente actuación toda modificación de su empadronamiento o de su situación fiscal, especialmente pagos, acogimientos o cancelación de planes de facilidades, cambio de domicilio fiscal o en definitiva cualquier otro acto o hecho que no se hubiera tenido en cuenta al tiempo del dictado de la presente. Asimismo se los intima a que toda otra modificación de su empadronamiento o situación fiscal sea también comunicada en esta actuación hasta que se produzca el agotamiento de la instancia administrativa, todo ello bajo apercibimiento de que en caso de incumplimiento se ha de continuar con el tramite de los actuados, según las constancias obrantes en los mismos, asumiendo la contribuyente y los responsables solidarios la responsabilidad patrimonial en razón de las consecuencias dañosas que les pudieran sobrevenir, especialmente las costas judiciales. Por ello, dadas las prescripciones legales invocadas y la Resolución Nº 822-AGIP-2013,

EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS RESUELVE:

Articulo 1º.- Iniciar el procedimiento de determinación de oficio sobre base presunta y con carácter parcial de la materia imponible y de las obligaciones fiscales consiguientes, con relación al Impuesto Sobre los Ingresos Brutos a la contribuyente PLEB- TEX S.R.L., inscripta en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos como Contribuyente Local bajo el Nº 1047135-09 (CUIT Nº 30-70745256-7), con domicilio fiscal sito en la calle Doctor Luis Belaustegui N° 4461, Comuna Nº 10 de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuya actividad sujeta a tributo consiste en: "Venta al por

mayor de fibras textiles", respecto de los periodos fiscales 2010 (01º a 12º anticipos mensuales) y 2011 (01º a 10º anticipos mensuales). Articulo 2º.- Instruir sumario a la contribuyente mencionada, por la comisión presunta de infracciones sancionadas en las normas fiscales referidas en los "Considerandos" de la presente.

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Articulo 3º.- Hacer extensiva la responsabilidad solidaria por el cumplimiento de las obligaciones tributarias de la contribuyente a los Socios Gerentes de la firma, Señores Luis Costa, LE N° 8.298.208, Mario Rubén Pluchi, DNI N° 21.347.141 y Carlos Fabián Miranda, DNI N° 22.834.090, todos con domicilio en la calle Doctor Luis Belaustegui N° 4461, Comuna Nº 10, de esta Ciudad y/o a quien resulte responsable hasta la actualidad, en virtud de lo establecido en los artículos 11( incisos 4º y 5º), 12 y 14 (inciso 1º) y 101 del Código Fiscal (TO 2013) con las modificaciones introducidas por la Ley N° 4807 y disposiciones concordantes de años anteriores motivo de ajuste. Articulo 4º.- Conferir vista de estas actuaciones a la contribuyente PLEB- TEX S.R.L , a los responsables solidarios y/o a quien resulte responsable hasta la actualidad, para que dentro del término de quince (15) días, contados a partir del primer día hábil siguiente al de notificada esta Resolución, presenten por escrito su descargo, ofrezcan y produzcan las pruebas que hagan a su derecho; debiendo el presentante acreditar la personería jurídica invocada de no estarlo en las actuaciones, bajo apercibimiento de disponer su rechazo "in limine". Articulo 5°.- Consignar que las planillas de diferencias de verificación forman parte integrante de la presente Resolución. Articulo 6º: Intimar a PLEB- TEX S.R.L a tramitar el cambio de domicilio fiscal ante esta Dirección General, bajo apercibimiento de considerar como válido y subsistente el último domicilio declarado por la responsable, teniendo el mismo plenos efectos legales. Articulo 7º.- Intimar a PLEB- TEX S.R.L , para que dentro del término de quince (15) días de notificada esta Resolución, declare si ha interpuesto demanda impugnativa contra un acto administrativo sancionatorio dictado por esta Administración Tributaria con anterioridad, aportando en caso afirmativo, los elementos conducentes a su fehaciente acreditación, y a los fines de realizar un correcto encuadre de su situación infractora, conforme lo pautado por los artículos 102 y 103 del Código Fiscal (TO 2013), con las modificaciones introducidas por la Ley N° 4807 y disposiciones concordantes de años anteriores, todo ello bajo apercibimiento de resolver conforme las constancias de autos. Articulo 8º.- Intimar a PLEB- TEX S.R.L, a los responsables solidarios y/o a quien resulte responsable hasta la actualidad, para que dentro del termino de quince (15) días de notificada esta resolución, acrediten en la presente actuación toda modificación de su empadronamiento o de su situación fiscal, especialmente pagos, acogimientos o cancelación de planes de facilidades, cambio de domicilio fiscal o en definitiva cualquier otro acto o hecho que no se hubiera tenido en cuenta al tiempo del dictado de la presente. Asimismo se los intima a que toda otra modificación de su empadronamiento o situación fiscal sea también comunicada en esta actuación hasta que se produzca el agotamiento de la instancia administrativa, todo ello bajo apercibimiento de que en caso de incumplimiento se ha de continuar con el tramite de los actuados, según las constancias obrantes en los mismos, asumiendo la contribuyente y los responsables solidarios la responsabilidad patrimonial en razón de las consecuencias dañosas que les pudieran sobrevenir, especialmente las costas judiciales. Articulo 9º.- Regístrese; notifíquese a la contribuyente en el domicilio fiscal, a los responsables solidarios en el domicilio consignado en el articulo 3º de la presente resolución, y a todos los precedentemente mencionados mediante publicación de edictos efectuada en el Boletín Oficial de esta Ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 31 del Código Fiscal (TO 2013), con las modificaciones introducidas por la Ley N° 4807, con copia de la presente y resérvese. Tujsnaider

Demian Tujsnaider Director General de Rentas

ANEXO

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EO 1029 Inicia: 7-8-2014 Vence: 11-8-2014

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Instituto de Vivienda de la Ciudad de Buenos

Aires

INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Nota Nº 315/IVC/07 El Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hace saber al Sr. Garay, Carlos Arturo (DNI 14.804.993), que por Resolución Nº 315/PD/07 de fecha 24/04/2007, se ha procedido a dejar rescindir el Boleto de Compraventa correspondiente a la U.C. Nº 74.334, ubicada en el Block 4, Piso 7º, Dto. "I", del C.U. Samore, por haber transgredido su titular, la Clausula 10º, en los términos de las Clausulas 9º, y 11º del citado instrumento. Asimismo, se le hace saber a el interesado que la referida Resolución es susceptible de impugnación por vía de los Recursos de Reconsideración y/o Jerárquico en Subsidio que deberán interponerse y fundarse dentro de los plazos de diez (10) y quince (15) días hábiles administrativos respectivamente, contados a partir del día siguiente de la notificación respectiva prevista en los art. 62 del decreto Nº 1510/CABA/97, de conformidad a lo establecido en los arts. 103, 107 y subsiguientes y concs. de la misma norma, quedando así agotada la vía administrativa. Sin perjuicio de ello, podrá a su exclusivo criterio, interponer Recurso de Alzada conforme lo dispuesto en el art. 113 del mencionado Decreto. La presente notificación se tendrá por cumplida a los cinco (5) días, computados desde el día siguiente al de la última publicación (art 62 del Decreto citado).

Juan M. Lanusse Gerencia Regularización Dominial y Notarial

EO 1027 Inicia: 7-8-2014 Vence: 11-8-2014

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Procuración General de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires

PROCURACIÓN GENERAL DIRECCIÓN GENERAL DE SUMARIOS DIRECCIÓN DE SUMARIOS DE RÉGIMEN GENERAL Notificación - Expediente Nº 551.673/10 - Sumario Nº 140/10 Buenos Aires, 27 de mayo de 2014. Se cita por tres (3) días al Sr. Eduardo Alberto Sciotto, D.N.I. N° 12.685.256, a fin que concurra a la actuaria a cargo de la Dra. Graciela Inés Carballo de la Dirección de Sumarios de Regímenes Especiales, dependiente de la Dirección General de Sumarios de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, sita en Av. Córdoba 1345, 8° “A”, de la Ciudad de Buenos Aires, T.E. 4811-3733, interno 117, a prestar declaración indagatoria dentro de los cinco días hábiles a partir de la última publicación, entre las 9:00 y las 11:00 hs, en el Sumario N° 140/10, que se instruye mediante el Expediente N° 551.673/2010 e incorporado, bajo apercibimiento en caso de incomparecencia de proseguir las actuaciones de acuerdo a lo establecido en el artículo 13 del Decreto 3360/68. Asimismo se la hace saber que podrá concurrir asistido por un abogado si lo creyere conveniente.

Liliana Accorinti Directora

EO 1025 Inicia: 7-8-2014 Vence: 11-8-2014

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PROCURACIÓN GENERAL DIRECCIÓN GENERAL DE SUMARIOS DIRECCIÓN DE SUMARIOS DE RÉGIMEN GENERAL Notificación N°11272638/14 Se solicita a los Sres. Jefes de Mesa de Entradas, Salidas y Archivos de las distintas Secretarías, Ministerios y Reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tengan a bien informar, a la Dirección General de Sumarios dependiente de la Procuración General Adjunta de Asuntos Institucionales y Empleo Público de la Procuración General, mediante Comunicación Oficial al usuario Ruggiero, si en el organismo al que pertenecen se encuentra o registra movimiento el original de los siguientes Expedientes administrativos: A) Expediente N° 69.643/2004; B) Expediente N° 62.048/2003; C) Expediente N° 55.426/2003; D) Expediente N° 24.799/2003 y; E) Expediente N° 2586/2004.

Ricardo Ruggiero

Director EO 1043 Inicia: 8-8-2014 Vence: 12-8-2014

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Juzgado Provincial

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES JUZGADO PENAL CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS Nº 12 Citación (Oficio Judicial E.E. Nº 11118278/MGEYA/2014) Carátula “CARRION RIVERA, YOEL S/ INF. ART 129 PARRAFO 1° EXHIBICIONES OBSCENAS DEL C.P” Causa Nº D 785/14 El Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas N° 12 de la C.A.B.A., Secretaría Única, sito en Beruti 3345, 4° piso de esta Ciudad, cita y emplaza a Yoel Carrión Rivera, a comparecer ante este Juzgado dentro del quinto día de notificado, a contar desde la última publicación de edictos, para estar a derecho en la causa de referencia, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenar su captura, tal como ha sido solicitado por la fiscalía interviniente. Publíquese por cinco días. Buenos Aires, 5 de agosto de 2014

Mariel Vogel

Prosecretaria Coadyuvante OJ 208 Inicia: 11-8-2014 Vence: 15-8-2014

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL, CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS N° 2 Citación (Oficio Judicial E.E. Nº 11233655/MGEYA/2014) Carátula “AVALO. JAVIER S/ INF. ART. 149 BIS DEL C.P.” Causa Nº 31678/12 En el marco del legajo de juicio correspondiente a la causa n° 31.678/2012 (876/8; caratulada “ AVALO. Javier s/ inf. art. 149 bis del C.P.”), en trámite por ante este Juzgado en lo penal, Contravencional y Faltas n° 2, con intervención del Equipo “B” de la Unidad Fiscal Sudeste, se ha ordenado en el día de la fecha los siguiente: “ (…) requiérase al Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la publicación de edictos por el término de cinco (5) días con el objeto de intimar al señor Javier Avalo a que concurra a este tribunal dentro del tercer día de notificado a fin de justificar la incomparecencia a la audiencia de juicio que se había fijado el pasado 11 de julio, bajo apercibimiento de lo que hubiera lugar por derecho (conf. Art. 63 del CPPCABA) (…) Fdo: Carlos A. Bentolila. Juez; Ante mí: Sergio A. Benavidez, Secretario” Buenos Aires, 5 de agosto de 2014

Sergio A. Benavidez Secretario

OJ 209 Inicia: 11-8-2014 Vence: 15-8-2014

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PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN JUZGADO CIVIL EN DOCUMENTOS Y LOCACIONES Citación (Oficio Judicial E.E. Nº 11247964/MGEYA/2014) Carátula “RUIZ RODOLFO SALVADOR Y OTRA C/ PAZ DIEGO JOSE S/ EJECUCION HIPOTECARIA.” Expte N°:8906/09 Por 5 días : Por disposición de S.S. Sra Juez Civil en Documentos y Locaciones de la Segunda Nominación, en los autos caratulados : RUIZ RODOLFO SALVADOR Y OTRA C/ PAZ DIEGO JOSE S/ EJECUCION HIPOTECARIA Expte: Nro: 8906/09, se ha ordenado notificar a HYDRO AGRI ARGENTINA S.A., mediante edicto, por desconocerse actual domicilio, el proveído que a continuación se transcribe: San Miguel de Tucumán, 27 de mayo de 2014.- Citese a los acreedores hipotecarios restantes ,conforme se solicita.- /// San Miguel de Tucumán, 10 de junio de 2014.-Ampliando la providencia que antecede: Atento a las constancias de autos, lo solicitado, bajo la responsabilidad del presentante , citese al Acreedor Hipotecario HYDRO AGRI ARGENTINA SA , para que dentro del tercer día presente sus títulos y los de grado preferente ,dentro del mismo plazo ,podrá solicitar el aumento de la base hasta cubrir el importe de sus créditos, mediante edictos .Se hace saber que la publicación de los mismos son a cargo del peticionante y la publicación se deberá efectuar por cinco días en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (art. 159 del CPC Y C Texto Consolidado). Asimismo se hace saber que se encuentra autorizado a diligenciar los edictos el letrado Marcelo Daniel Yanotti.- FDO LUCIA DEL VALLE ALCORTA. JUEZ. QUEDA UD. NOTIFICADO.- San Miguel de Tucuman, 25 de junio de 2014.-

Lucia del Valle Alcorta Juez

OJ 210 Inicia: 11-8-2014 Vence: 15-8-2014

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PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BS.AS.

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL, CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS N° 30 Citación (Oficio Judicial E.E. Nº 10476966/MGEYA/2014) Carátula “ARROYO, CARLOS RAMON S/INF. ART (S). 149 BIS – AMENAZAS – CODIGO PENAL ” Causa Nº 22.772/11 “//nos Aires, 18 de julio de 2014. “…cítese a Carlos Ramón Arroyo, titular del D.N.I N° 29.596.206, argentino, nacido el 30 de junio de 1982 en Posadas, Provincia de Misiones, de 32 años de edad, empleado, de estado civil soltero, hijo de Luis Antonio y de Deodata Sotero, con domicilio real en la calle Saavedra 618, piso 2°, departamento “B” de esta ciudad y constituido en la sede de la Defensoría Oficial N° 6, sita en la calle Beruti N° 3345, piso 2° de esta ciudad; a tenor de lo dispuesto por el art. 63 del CPPCABA, a efectos de que comparezca ante la sede de este tribunal, sito en la Av. Coronel Díaz 2110, piso 4° de esta Ciudad, el día 1° de SEPTIEMBRE de 2014, a las 09:30 horas, a la audiencia que se designara en autos en los términos previstos por el artículo 311 del CPPCABA. A tal fin, líbrese oficio al Sr. Director del Boletín Oficial de esta Ciudad. Fdo.: Juan José Cavallari – Juez – Ante mí: Gonzalo E. Villahoz, Secretario”.-- Secretaría, 18 de julio de 2014.

Gonzalo Enrique Villahoz Secretario

OJ 206 Inicia: 6-8-2014 Vence: 12-8-2014

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MINISTERIO PUBLICO FISCAL

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES UNIDAD FISCAL SUDESTE, EQUIPO FISCAL “E” Citación (Oficio Judicial E.E. Nº 9492717/MGEYA/2014) Carátula “EL HISTORICO S/INFR. ART 73 CC” Caso Nº 32127/13 El Equipo Fiscal “ E” de la Unidad Fiscal Sudeste sito en la calle Bartolomé Mitre 1735 piso 4 de esta Ciudad a cargo del Dr. Juan E. Rozas, Secretaría a cargo de la Dra. María Eugenia Ponte, en los autos caratulados “ EL HISTORICO s/infr. Art 73 CC” en relación al expediente 32127/2013 cita a JUANA ELBA DUARTE DUARTE (DNI N° 92.155.176) para que se presente ante esa Unidad Fiscal, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de solicitarle a el Juez interviniente su rebeldía y orden de captura. Publiquese por cinco (5) días en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (conf. Art.63 ley 2303). Bueno Aires 30 de julio de 2014. Fdo. Juan E. Rozas, Fiscal. Ante mí: María Eugenia Ponte. Secretaría.

Juan Rozas Fiscal

OJ 204 Inicia: 5-8-2014 Vence: 11-8-2014

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