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Año CXX 13 de abril de 2016 Núm. 7.638 ISSN 1989-9114 D.L.: M. 7178/1958 BOAM Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid SUMARIO I. Ayuntamiento de Madrid A) Sesiones Ayuntamiento Pleno Acuerdos de la sesión (3/2016) ordinaria del Pleno celebrada el día 23 de febrero de 2016. p. 3 Distrito de Villaverde Extracto de los acuerdos adoptados por la Junta Municipal del Distrito de Villaverde en sesión ordinaria celebrada el día 7 de abril de 2016. p. 4 C) Personal Nombramientos y Ceses Gerencia de la Ciudad Resolución de 4 de abril de 2016 del Director General de Recursos Humanos por la que se resuelve el Concurso General de Méritos FG-22/2015 para la provisión de puestos de trabajo en el Área de Gobierno de Economía y Hacienda, Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo y en la Alcaldía. p. 7 1 Copia impresa del documento cuyo original puede comprobar en https://sede.madrid.es/csv con el código 0901E240814B073D

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Año CXX13 de abril de 2016

Núm. 7.638

ISSN 1989-9114D.L.: M. 7178/1958

BOAMBoletín Oficial del

Ayuntamiento de Madrid

SUMARIO

I. Ayuntamiento de Madrid

A) Sesiones

Ayuntamiento Pleno

Acuerdos de la sesión (3/2016) ordinaria del Pleno celebrada eldía 23 de febrero de 2016.

p. 3

Distrito de Villaverde

Extracto de los acuerdos adoptados por la Junta Municipal delDistrito de Villaverde en sesión ordinaria celebrada el día 7 de abrilde 2016.

p. 4

C) Personal

Nombramientos y Ceses

Gerencia de la Ciudad

Resolución de 4 de abril de 2016 del Director General deRecursos Humanos por la que se resuelve el Concurso General deMéritos FG-22/2015 para la provisión de puestos de trabajo en elÁrea de Gobierno de Economía y Hacienda, Área de Gobierno deEquidad, Derechos Sociales y Empleo y en la Alcaldía.

p. 7

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Convocatorias

Gerencia de la Ciudad

Resolución de 14 de marzo de 2016 del Director General deRecursos Humanos y Relaciones Laborales por la que se aprueban lasBases Generales por las que se regirán los procesos selectivos queconvoque el Ayuntamiento de Madrid para la selección de personalfuncionario.

p. 10

Resolución de 5 de abril de 2016 del Director General de RecursosHumanos por la que se designan los miembros de la Comisión deValoración correspondiente al Concurso General de Méritos FG-41/2015, para la provisión de puestos de trabajo en diversos Distritos.

p. 17

D) Anuncios

Otros anuncios

Área de Gobierno de Economía y Hacienda

Resolución de 7 de abril de 2016 de la Directora General deContratación y Servicios por la que se da a conocer la relación deobjetos depositados en la Oficina de Objetos Perdidos durante el mesde marzo de 2016.

p. 18

Distrito de San Blas-Canillejas

Resolución de 5 de abril de 2016 del Coordinador del Distrito deSan Blas-Canillejas por la que se publica el trámite de audiencia previoa la orden de demolición de obras a Diego Cascallana Riol, expedientenúmero 117/2015/01194.

p. 18

Resolución de 5 de abril de 2016 del Coordinador del Distrito deSan Blas-Canillejas por la que se publica la notificación de la resoluciónde expediente sancionador número 117/2015/03629, a D.ª YadiraYohanna Chang Vargas.

p. 18

Resolución de 5 de abril de 2016 del Coordinador del Distrito deSan Blas-Canillejas por la que se publica la notificación de la resoluciónde expediente sancionador número 117/2015/04494 a Insatel LasRosas.

p. 19

Distrito de Barajas

Decreto de 6 de abril de 2016 de la Concejala Presidenta delDistrito de Barajas por el que se aprueba la relación de situadosaislados en la vía pública, puestos de mercadillos periódicos yocasionales en el distrito para la temporada 2017.

p. 19

BOAM núm. 7.638 13 de abril de 2016

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I. Ayuntamiento de Madrid

A) Sesiones

Ayuntamiento Pleno

766 Acuerdos de la sesión (3/2016)ordinaria del Pleno celebrada el día 23de febrero de 2016.

Sesión (3/2016), ordinaria celebrada el día 23 de febrero de 2016en el Salón de Sesiones del Pleno del Palacio de Cibeles.

 Presidenta: doña Manuela Carmena Castril lo, Alcaldesa y

Presidenta del Pleno. Secretario: don Federico Andrés López de la Riva Carrasco,

Secretario General del Pleno. Concejales asistentes: Por el Grupo Municipal del Partido Popular: doña Esperanza

Aguirre Gil de Biedma, don Francisco de Borja Carabante Muntada,doña María Carmen Castell Díaz, don Pablo Cavero Martínez deCampos, doña Alicia Delibes Liniers, doña Beatriz María ElorriagaPisarik, don Francisco de Borja Fanjul Fernández-Pita, don ÁlvaroGonzález López, don Íñigo Henríquez de Luna Losada, doña MaríaBegoña Larrainzar Zaballa, doña Almudena Maíllo del Valle, donPercival Peter Manglano Albacar, don Fernando Martínez Vidal, donJosé Luis Martínez-Almeida Navasqüés, doña María Isabel Martínez-Cubells Yraola, don José Luis Moreno Casas, don Jesús MorenoSánchez, doña Ana María Román Martín, doña Isabel Rosell Volart ydoña María Inmaculada Sanz Otero.

 Por el Grupo Municipal Ahora Madrid: doña Rommy Arce Legua,

don José Javier Barbero Gutiérrez, don José Manuel Calvo del Olmo,don Pablo César Carmona Pascual, doña Montserrat GalceránHuguet, don Jorge García Castaño, doña Marta Gómez Lahoz, doñaEsther Gómez Morante, doña Marta María Higueras Garrobo, doñaRita Maestre Fernández, doña Celia Mayer Duque, don Ignacio MurguiParra, don Francisco Pérez Ramos, doña Yolanda Rodríguez Martínez,doña Inés Sabanés Nadal, don Carlos Sánchez Mato, don Pablo SotoBravo, don Mauricio Valiente Ots y don Guillermo Zapata Romero.

 Por el Grupo Municipal Socialista de Madrid: don Ignacio de Benito

Pérez, don Antonio Miguel Carmona Sancipriano, doña PurificaciónCausapié Lopesino, don José Manuel Dávila Pérez, doña María delMar Espinar Mesa-Moles, doña María de las Mercedes GonzálezFernández, doña María Carlota Merchán Mesón, don Julio RansésPérez Boga y don Ramón Silva Buenadicha.

 Por el Grupo Municipal Ciudadanos-Partido de la Ciudadanía: don

Sergio Brabezo Carballo, doña Ana María Domínguez Soler, donBosco Labrado Prieto, doña Sofía Miranda Esteban, don Miguel ÁngelRedondo Rodríguez, doña Silvia Elena Saavedra Ibarrondo y doñaBegoña Villacís Sánchez.

 Asiste también la Interventora General doña Beatriz Vigo Martín. Excusa su asistencia el concejal don Pedro María Corral Corral, del

Grupo Municipal del Partido Popular.

Se abre la sesión pública por la Presidenta del Pleno a las nuevehoras y dieciséis minutos.

 

ORDEN DEL DÍA 

I.  PARTE RESOLUTIVA No hay asuntos a sustanciar en este epígrafe. 

II. PARTE DE INFORMACIÓN, IMPULSO Y CONTROL 

COMPARECENCIAS

 Punto 1. Se sustancia la comparecencia n.º 2016/8000236 de la

Alcaldesa, a petición propia, con el objetivo de rendir cuentas y señalarlas líneas de actuación del Gobierno Municipal.

Punto 2. Se sustancia la comparecencia n.º 2016/8000232 de laDelegada del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales yEmpleo, interesada por el Grupo Municipal Socialista de Madrid, alefecto de que informe sobre las relaciones contractuales mantenidaspor la empresa mixta Mercamadrid, con las sociedades mercantilesKonin 22, S.L. y Merca Ocio Hoteles 22, S.L., y de las acciones quepiensa adoptar el Gobierno Municipal al respecto de los presuntosilícitos cometidos en las mismas.

Punto 3. Se sustancia la comparecencia n.º 2016/8000239 de laDelegada del Área de Gobierno de Cultura y Deportes, interesada porel Grupo Municipal Ciudadanos-Partido de la Ciudadanía, "al objeto deque explique las líneas generales de la política cultural del Área quedirige".

 

PREGUNTAS

 Punto 4. Se sustancia la pregunta n.º 2016/8000238, dirigida a la

Alcaldesa por la concejala doña Esperanza Aguirre Gil de Biedma, delGrupo Municipal del Partido Popular, interesando conocer "cómovalora la señora Alcaldesa su gestión al frente del Ayuntamiento".

Punto 5. Se sustancia la pregunta n.º 2016/8000241, formuladapor el concejal don Fernando Martínez Vidal, del Grupo Municipal delPartido Popular (con las subsanaciones introducidas por su autormediante escritos números 2016/8000261 y 2016/8000263),interesando conocer "cuándo piensa el equipo de gobierno cumplircon el acuerdo unánime del Pleno de fecha 28 de mayo de 2014, porel que se acordó instalar placas conmemorativas a las víctimas delterrorismo en el llamado «Itinerario de la Libertad»".

Punto 6. Se sustancia la pregunta n.º 2016/8000242, formuladapor el concejal don Percival Peter Manglano Albacar, del GrupoMunicipal del Partido Popular, interesando conocer "qué criterios haseguido el Ayuntamiento de Madrid para contratar la campaña deconcienciación y sensibilización para la limpieza de Madrid".

Punto 7. Se sustancia la pregunta n.º 2016/8000244, formuladapor la concejala doña Silvia Elena Saavedra Ibarrondo, del GrupoMunicipal Ciudadanos-Partido de la Ciudadanía, interesando conocer,de la Delegada del Área de Gobierno de Portavoz, Coordinación de laJunta de Gobierno y Relaciones con el Pleno, "cuáles son los criteriosdel equipo de gobierno para el nombramiento del personal directivo yde confianza".

Punto 8. Se sustancia la pregunta n.º 2016/8000246, formuladapor el concejal don Sergio Brabezo Carballo, del Grupo Municipal

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Ciudadanos-Partido de la Ciudadanía, interesando conocer "quévaloración hace la Delegada de Medio Ambiente y Movilidad sobre ladirección y gestión de «Madrid Calle 30, S.A.»".

 INFORMACIÓN DEL EQUIPO DE GOBIERNO

 Punto 9. Se da cuenta del Acuerdo adoptado por la Junta de

Gobierno de la Ciudad de Madrid en sesión de 21 de enero de 2016,por el que se inadmite a trámite el Plan Especial de Control UrbanísticoAmbiental de Usos para la implantación de la actividad de bar-restaurante en las plantas sótano, baja y primera del edificio sito en laTravesía del Arenal, número 1, promovido por la entidad Refase, S. A.Distrito de Centro.

Punto 10. Se da cuenta del Acuerdo adoptado por la Junta deGobierno de la Ciudad de Madrid en sesión de 21 de enero de 2016,por el que se inadmite a trámite el Plan Especial de Control UrbanísticoAmbiental de Usos para la implantación de la actividad de restauranteen las plantas baja y primera del edificio sito en la calle de San Andrés,número 38, promovido por la entidad Fast Pizza, S. A. Distrito deCentro.

Punto 11. Se da cuenta del Acuerdo adoptado por la Junta deGobierno de la Ciudad de Madrid en sesión de 21 de enero de 2016,por el que se inadmite a trámite el Plan Especial de Control UrbanísticoAmbiental de Usos para la implantación de la actividad de garajeaparcamiento con obras de nueva planta en la parcela sita en la callede Luis Ruiz, número 81, promovido por inmobiliaria Barrio de Bilbao,S. A. Distrito de Ciudad Lineal.

Punto 12. Se da cuenta del Acuerdo adoptado por la Junta deGobierno de la Ciudad de Madrid en sesión de 28 de enero de 2016,por el que se avoca la competencia para la ejecución de las obras deconservación y mantenimiento del inmueble situado en la calle AlfonsoFernández, número 25, del Distrito de Carabanchel y se delega en laDirección General de Patrimonio del Área de Gobierno de Economía yHacienda.

Punto 13. Se da cuenta del Acuerdo adoptado por la Junta deGobierno de la Ciudad de Madrid en sesión de 28 de enero de 2016,por el que se adoptan determinadas medidas de eficiencia en el gastopara el ejercicio 2016.

Punto 14. Se da cuenta del Acuerdo adoptado por la Junta deGobierno de la Ciudad de Madrid en sesión de 4 de febrero de 2016,por el que se modifica el Acuerdo de 29 de octubre de 2015 deorganización y competencias del Área de Gobierno de ParticipaciónCiudadana, Transparencia y Gobierno Abierto.

Punto 15. Se da cuenta del Acuerdo adoptado por la Junta deGobierno de la Ciudad de Madrid en sesión de 4 de febrero de 2016,por el que se establecen directrices para la aplicación de la reserva delderecho a participar en la contratación municipal a los CentrosEspeciales de Empleo y Empresas de Inserción y se fija el porcentajemínimo de participación para 2016.

Punto 16. Se da cuenta del Acuerdo adoptado por la Junta deGobierno de la Ciudad de Madrid en sesión de 4 de febrero de 2016,por el que se inadmite a trámite el Plan Especial para la finca sita en lacalle de Antillón, número 6, promovido por particular. Distrito de Latina.

Punto 17. Se da cuenta de la memoria de la actividad desarrolladapor el Tribunal Económico-Administrativo Municipal de Madrid en elaño 2015, elevada por el Presidente del Tribunal en cumplimiento de lodispuesto en el artículo 10.3 de su Reglamento Orgánico, y remitidapor Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid,adoptado en su reunión de 18 de febrero de 2016.

 Se levanta la sesión por la Presidenta del Pleno a las doce horas y

cincuenta minutos. El acta de la presente sesión ha sido aprobada por el Pleno en su

sesión de 30 de marzo de 2016. Madrid, a 30 de marzo de 2016.- El Secretario General del Pleno,

Federico Andrés López de la Riva Carrasco.

Distrito de Villaverde

767 Extracto de los acuerdos adoptados porla Junta Municipal del Distrito deVillaverde en sesión ordinaria celebradael día 7 de abril de 2016.

Sesión ordinaria celebrada en primera convocatoria el día 7 de abrilde 2016.

 Se reúnen en sesión ordinaria bajo la presidencia del Concejal D.

Guillermo Zapata Romero, del Partido Ahora Madrid, los vocales-vecinos D. Alberto García Martín, D.ª Lara Alba Hernaiz, D.ª LorenaYusta Pérez, D.ª Lidia Navarro Triguero, D. Imanol Royo Bouzón, D.ªFernanda Alonso de la Vega, D. Valere Alexander Díaz Nava, D. JuanLuis González Bazaga del Grupo Municipal Ahora Madrid; los vocales-vecinos D. Orlando Chacón Tabares, D.ª María del Pilar GarcíaMoreno, D. Fernando Martínez Vidal, D.ª Milagros Agüero Martínez, D.Alberto Vicente Hernández, D. Víctor Lozano Alonso, D. Jorge MataGarcía, del Grupo Municipal del Partido Popular; los vocales-vecinosD. Miguel Ángel Carrasco Melgar, D.ª María del Carmen Rayo Talavera,D.ª Montserrat Díez Olazábal del Grupo Municipal Socialista; losvocales-vecinos D. Javier Maurín Rodríguez, D. Julio Rueda Estades,D. Hugo Moreno Campillos del Grupo Municipal Ciudadanos-Partidode la Ciudadanía. Asistidos de la Secretaria del Distrito D.ª AnaGuillamón Minaya, estando presente la Coordinadora del Distrito D.ªPaloma Molina Molina.

 Se abre la sesión a las dieciocho horas, desarrollándose la misma

con arreglo al siguiente 

ORDEN DEL DÍA 

ACUERDOS: 

I. APROBACIÓN DE ACTAS DE SESIONES ANTERIORES 1. Aprobar el acta de la sesión ordinaria de 3 de marzo de 2016 y

del acta de la sesión extraordinaria de 31 de marzo de 2016. 

II. PARTE RESOLUTIVA 

Propuestas 2. Se da cuenta del Decreto de Alcaldía de fecha 17 de marzo de

2016 de cese de Dña. María Luisa Moya Ortí y Dña. Rocío Martín Muroy de nombramiento de Dña. María Asunción Gómez Campillejo y Dña.Sara Paniagua Torrijos en su cargo de vocales vecinas del GrupoMunicipal del Partido Popular de la Junta Municipal del Distrito deVillaverde.

  3. Toma de posesión del cargo de Vocal Vecina de la Junta

Municipal por Dña. María Asunción Gómez Campillejo. 4. Toma de posesión del cargo de Vocal Vecina de la Junta

Municipal por Dña. Sara Paniagua Torrijos. 

Proposiciones de los Grupos Políticos 5. Aprobar la proposición 2016/0313084 presentada por el Grupo

Municipal Socialista para que se instalen en el parque Plata y Castañaraparatos de gimnasia al aire libre para la tercera edad.

 6. Aprobar la proposición 2016/0313124 presentada por el Grupo

Municipal Socialista para que se ponga en marcha una campaña dedifusión e información de los plenos del distrito entre las AMPAS y lasdirecciones de los centros escolares y que se ofrezca a estas laposibilidad de organizar visitas e intervenciones de los estudiantes enlos plenos, y, en su caso, se sustancien sus intervenciones tras elpunto del orden del día de las proposiciones de grupos políticos yasociaciones.

 7. Aprobar la proposición 2016/0314677 presentada por el Grupo

Municipal Popular para que el Concejal Presidente del distrito inste al

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Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible a realizar lasactuaciones necesarias para la construcción de un paso de peatones yel rebaje de acera en la calle Martínez Oviol esquina calle San Agapito.

 8. Aprobar la proposición 2016/0322006 presentada por el Grupo

Municipal Popular para que la Junta Municipal y el área de gobiernocompetente tomen las medidas necesarias para que dejen deproducirse actos vandálicos en el centro de mayores María Zambranoy en el Centro Cultural de San Cristóbal de los Ángeles.

 9. Aprobar la proposición 2016/0315992 presentada por el Grupo

Municipal Ciudadanos para instar al órgano competente a hacercumplir los convenios existentes con las compañías eléctricas parallevar a cabo el soterramiento de la línea de alta tensión que atraviesael distrito a la altura de la calle San Luciano, n.º 9.

 10. Aprobar la proposición 2016/0316795 presentada por el Grupo

Munic ipa l Ciudadanos para que se inste a los órganoscorrespondientes a que realicen varias instalaciones y reparaciones enel CEIP Ausias March consistentes en instalar alarma de emergencias,fijar tubos de riego, acondicionar zona de sombra en zona de recreoinfantil y primaria, asfaltar zona de arena alrededor de los viales,sustituir puertas abatibles, instalación de fuentes, pintar la zona decocina, acondicionar puerta nueva del patio y poner rejas en ventanasde primaria.

 11. Aprobar la proposición 2016/0318797 presentada por el Grupo

Municipal Ahora Madrid para iniciar un estudio completo de viabilidadtécnica y costes financieros para la implementación de una red wifimunicipal con el fin de conseguir el acceso universal y gratuito a todala ciudadanía de Villaverde y, tras su conclusión, proceder a laimplementación técnica del proyecto aprobado y a la elaboración delcorrespondiente reglamento regulador.

 12. Rechazar la proposición 2016/0318850 presentada por el

Grupo Municipal Ahora Madrid instando a la Comunidad de Madrid lamodificación del artículo 7.1 f) del Decreto 19/2006, por el que seregula el proceso de adjudicación de viviendas del IVIMA, así comoinstar al Ayuntamiento de Madrid el cambio del artículo 5 delReglamento de la EMVS, con objeto de suprimir el requisito esencialdel solicitante de no encontrarse ocupando una vivienda o inmueble detitularidad del Ayuntamiento de Madrid, Comunidad de Madrid o EMVSsin título legítimo para ello en el momento de la solicitud.

 13. Aprobar la proposición 2016/0313308 presentada por el Grupo

Municipal Socialista para que se instalen fuentes públicas en variospuntos del parque de Ingenieros.

 14. Aprobar la proposición 2016/0313344 presentada por el Grupo

Municipal Socia l ista para que se inste a los organismoscorrespondientes a que instalen, en la estación de Puente Alcocer,ascensores para mejorar la accesibilidad de la misma.

 15. Aprobar la proposición 2016/0322025 presentada por el Grupo

Municipal Popular para que se inste al área correspondiente para quese instalen en la explanada sita en la entrada a la Gran Vía deVillaverde, por la calle Clara Schumann, "toldos de calle" para que losvecinos puedan seguir acercándose y disfrutando de esa zona enperíodo estival.

 16. Aprobar la proposición 2016/0313392 presentada por el Grupo

Municipal Socialista para que en la Gran Vía de Villaverde se reubiquencorrectamente los maceteros, se repongan los árboles en aquellosmaceteros que se encuentren vacíos y se analicen los mecanismosalternativos viables para proporcionar sombra a lo largo de la vía.

 17. Aprobar la proposición 2016/0322030 presentada por el Grupo

Municipal Popular para que por el Concejal Presidente del Distrito seinste al Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad u órganocompetente para la subsanación de las deficiencias de mantenimientodetectadas en el parque Katiuska de la Ciudad de los Ángeles.

 18. Aprobar la proposición 2016/0316798 presentada por el Grupo

Municipal Ciudadanos para que se inste al Área de Gobierno deDesarrollo Urbano Sostenible a modificar los instrumentos deplaneamiento oportunos para calificar como zona verde la parcela queactualmente se reserva a una gasolinera dentro del parque delEspinillo.

19. Aprobar la proposición 2016/0323670 presentada por el GrupoMunicipal Ciudadanos, con la enmienda de adición formulada por elGrupo Municipal Ahora Madrid, del siguiente tenor literal: Para que porparte de la Junta Municipal de Distrito se elabore un censo depersonas que por problemas físicos, pobreza, enfermedad y demássituaciones puedan estar en riesgo de aislamiento social, así como uncenso de edificios que por sus deficiencias técnicas pueda propiciarque estas personas queden aisladas sin poder salir a la calle. Ademásla Junta Municipal realizará una campaña de comunicación y difusiónpública dirigida a entidades y vecinos del distrito para apoyar dichocenso.

 20. Aprobar la proposición 2016/0323777 presentada por el Grupo

Municipal Ahora Madrid para que se proceda a recuperar la plazasituada entre las calles Encarnación del Pino, Sulfato, Grafito y Paseode los Ferroviarios, mediante la recuperación de rosaledas, arreglo dezonas deterioradas y subsanación de deficiencias en paseo, bordillos eisletas evitando así el peligro de los vecinos que se reúnen en la plaza.

 21. Aprobar la proposición 2016/0325246 presentada por el Grupo

Municipal Ahora Madrid para que se inste al área competente en elámbito de contratación de los servicios técnicos de sonido eiluminación a que recupere el servicio técnico de audiovisuales de loscentros culturales remunicipalizándolo para mejorar la calidad delmismo y facilitar el uso de los espacios municipales para el conjunto delas vecinas y vecinos del distrito.

 22. Aprobar la proposición 2016/0325334 presentada por el Grupo

Municipal Ahora Madrid para que se arreglen los desperfectos deltramo de acera a la altura del número 12 del paseo de Talleres a laespalda del campo de fútbol de Villaverde Boetticher.

 III. PARTE DE INFORMACIÓN, IMPULSO Y CONTROL

 Información del Concejal Presidente y de la Coordinadora del

Distrito 

23. Se da cuenta de los decretos dictados por el ConcejalPresidente y de las resoluciones de la Coordinadora del distrito en elejercicio de sus respectivas competencias.

 Preguntas

 24. Queda sustanciada la pregunta 2016/0312824 presentada por

el Grupo Municipal Socialista consistente en si se va a impulsar desdela Junta Municipal del Distrito alguna oficina de información paradifundir e informar a los vecinos del distrito sobre las ayudasenmarcadas dentro de las áreas preferentes de impulso a laregeneración urbana.

 25. Queda sustanciada la pregunta 2016/0314059 presentada por

el Grupo Municipal Ciudadanos relativa a cómo se transformará elproyecto piloto de Economía Social y Solidaria en empleo directo paranuestros vecinos, qué entidades del distrito participarán en esteproyecto, qué inversión se realizará en el edificio Semilla para sureapertura y cuál es la fecha prevista de inicio de este proyecto.

 26. Queda sustanciada la pregunta 2016/0316796 presentada por

el Grupo Municipal Ciudadanos consistente en cuántos aseospúblicos, puntos wifi y pantallas digitales de las que próximamente seinstalarán en toda la ciudad de Madrid como consecuencia del nuevocontrato de mobiliario urbano corresponderán al Distrito de Villaverde ycuáles serán sus ubicaciones.

 27. Queda sustanciada la pregunta 2016/0322011 presentada por

el Grupo Municipal Popular consistente en qué acciones ha realizado otiene previsto realizar la Junta de Distrito para que no se sigafomentando la venta ambulante ilegal.

 28. Queda sustanciada la pregunta 2016/0322023 presentada por

el Grupo Municipal Popular consistente en cómo valora el ConcejalPresidente de la Junta de Distrito el éxito de participación de la reuniónde presupuestos participativos.

 IV. DECLARACIONES INSTITUCIONALES

 29. Iniciativa 2016/0325023 presentada por el Grupo Municipal

Ahora Madrid, tras redacción posterior suscrita por el Grupo MunicipalSocialista y Grupo Municipal Ciudadanos, del siguiente tenor literal "El

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pasado 22 de marzo, a primera hora de la mañana, diversasexplosiones sacudían Bruselas, capital de Bélgica, a consecuencia deun nuevo ataque terrorista llevado a cabo por miembros del DAESH oautodenominado "Estado" Islámico (ISIS). 

La criminal y radical acción del DAESH ha sido aprovechada,instrumentalizando el dolor de las víctimas, por grupos de ideologíanazifascista, que promueven discurso de odio contra la comunidadmusulmana, generalizando e incitando a la violencia contra ella. Unclaro ejemplo de ese discurso xenófobo y racista lo encontramos en elataque llevado a cabo por parte de algunos miembros del "HogarSocial de Madrid", usando botes de humo y bengalas, contra la"Mezquita de la M-30", lugar de culto y espacio de referencia para lasy los musulmanes de nuestro distrito, durante la noche posterior a losatentados. 

La Junta Municipal de Villaverde condena toda la escalada deatentados terroristas llevados a cabo por el DAESH y grupos talibanes,

tanto en Bélgica como en Lahore, Pakistán -contra la comunidadcristiana. 

Así mismo, reconoce y apoya de forma clara y sin fisuras alconjunto de la comunidad musulmana en Villaverde, así como el restode religiones perseguidas en otros puntos del planeta. Para ello, esesencial el combate y la repulsa hacia el racismo y la islamofobiapropagada por los grupos neonazis que instrumentalizan este tipo deactos criminales/atentados para promover el odio y su ideologíacriminal.

 

Se levanta la sesión a las veintiunahoras y diez minutos.

 

Madrid, a 7 de abril de 2016.- La Secretaria del Distrito deVillaverde, Ana Guillamón Minaya.

BOAM núm. 7.638 13 de abril de 2016

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C) Personal

Nombramientos y Ceses

Gerencia de la Ciudad

768 Resolución de 4 de abril de 2016 delDirector General de Recursos Humanospor la que se resuelve el ConcursoGeneral de Méritos FG-22/2015 para laprovisión de puestos de trabajo en elÁrea de Gobierno de Economía yHacienda, Área de Gobierno deEquidad, Derechos Sociales y Empleo yen la Alcaldía.

Por Resolución de fecha 15 de abril de 2015 de la CoordinadoraGeneral de Recursos Humanos, se convocó el Concurso General deMéritos FG-22/2015, para la provisión de puestos de trabajo en elÁrea de Gobierno de Economía y Hacienda, Área de Gobierno deEquidad, Derechos Sociales y Empleo y en la Alcaldía (anterior Área deGobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública).

 

Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la Comisiónde Valoración del Concurso, constituida al efecto, ha evaluado losméritos alegados por los participantes de acuerdo con lasdisposiciones contenidas en el Real Decreto 364/1995, de 10 demarzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso delPersonal al Servicio de la Administración General del Estado y deProvisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de losFuncionarios Civiles de la Administración General del Estado, y en lasBases Generales que habrán de regir la provisión de puestos detrabajo reservados a funcionarios de carrera en el Ayuntamiento deMadrid, mediante concurso. De acuerdo con las puntuacionesobtenidas por cada participante que figuran en el Anexo I del Acta, laComisión de Valoración eleva propuesta de resolución del concurso alDirector General de Recursos Humanos, en aplicación de la Base 10.7de las Generales.

 

Así y en virtud del apartado 9.1.1 j) del Acuerdo de 29 de octubrede 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid deorganización y competencias de la Gerencia de la Ciudad, publicadoen el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 10 de noviembrede 2015,

RESUELVO PRIMERO. Resolver el Concurso General de Méritos FG-22/2015,

para la provisión de puestos de trabajo en el Área de Gobierno deEconomía y Hacienda, Área de Gobierno de Equidad, DerechosSociales y Empleo y en la Alcaldía, de acuerdo con la propuestaformulada por la Comisión de Valoración, de fecha 17 de marzo de2016, constituida al efecto.

 El desarrollo del concurso se ha realizado de conformidad con lo

dispuesto en el artículo 39 y siguientes del Real Decreto 364/1995, de10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingresodel Personal al Servicio de la Administración General del Estado y deProvisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de losFuncionarios Civiles de la Administración General del Estado, y en lasBases Generales que rigen la provisión de puestos de trabajoreservados a funcionarios de carrera en el Ayuntamiento de Madrid,mediante concurso.

  SEGUNDO. Adjudicar los puestos de trabajo que se expresan en

el Anexo I, a los funcionarios propuestos.  La presente resolución tendrá efectos a partir del día siguiente al de

su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid. Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa,

los interesados podrán interponer, con carácter potestativo, recurso dereposición, en el plazo de un mes, ante el Director General deRecursos Humanos, o bien, directamente, de conformidad con elartículo 8.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de laJurisdicción Contencioso-Administrativa, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante los Juzgados de loContencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados apartir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial delAyuntamiento de Madrid.

 Todo ello, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en

su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente, en virtud delo dispuesto en el artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común.

 Madrid, a 4 de abril de 2016.- El Director General de Recursos

Humanos y Relaciones Laborales, Juan José Benito González.

BOAM núm. 7.638 13 de abril de 2016

7Copia impresa del documento cuyo original puede comprobar en https://sede.madrid.es/csv con el código 0901E240814B073D

Page 8: Boletín Oficial del BOAM Ayuntamiento de Madrid · Delegada del Área de Gobierno de Cultura y Deportes, interesada por el Grupo Municipal Ciudadanos-Partido de la Ciudadanía, "al

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Convocatorias

Gerencia de la Ciudad

769 Resolución de 14 de marzo de 2016 delDirector General de Recursos Humanosy Relaciones Laborales por la que seaprueban las Bases Generales por lasque se regirán los procesos selectivosque convoque el Ayuntamiento deMadrid para la selección de personalfuncionario.

Por la Subdirección General de Selección se ha formuladopropuesta de aprobación de las bases generales por las que se regiránlos procesos selectivos que convoque el Ayuntamiento de Madrid parala selección de personal funcionario de carrera, que sustituirán a lasaprobadas por Decreto del Delegado del Área de Gobierno deHacienda y Administración Pública de fecha 23 de abril de 2009(BOAM núm. 5.925, de 29 de abril de 2009), y modificadas porDecreto de 15 de noviembre de 2010 del Delegado del Área deGobierno de Hacienda y Administración Pública por el que se modificala Base Novena de las Generales (BOAM núm. 6.316, de 23 denoviembre de 2010).

 Estas bases generales han sido objeto de negociación conforme al

artículo 37.1.c) del Texto Refundido de la Ley 7/2007, del EstatutoBásico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo5/2015, de 30 de octubre, y han sido tomadas en consideración por laMesa General de Negociación en su reunión de 1 de marzo de 2016.

 Corresponde al Director General de Recursos Humanos y

Relaciones Laborales la competencia para convocar, aprobar lasbases y resolver las convocatorias de selección de personal, sinperjuicio de las competencias atribuidas al Área de Gobierno deSeguridad y Emergencias, de conformidad con lo dispuesto en elartículo 9º.1.1 apartado e) del Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de laJunta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización ycompetencias de la Gerencia de la Ciudad.

 En consecuencia, en uso de las competencias delegadas en el

artículo 9º.1.1 apartado e), del precitado Acuerdo de 29 de octubre de2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid,

 RESUELVO

 Primero.- Aprobar las bases generales por las que se regirán los

procesos selectivos que convoque el Ayuntamiento de Madrid para laselección de personal funcionario.

Dichas bases figuran como anexo a la presente resolución. Segundo.- Contra la presente resolución, que pone fin a la vía

administrativa, podrá interponerse cualquiera de los recursos que seindican a continuación:

 I.- Recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano que ha

dictado la presente Resolución, en el plazo de un mes desde el díasiguiente al de la publicación del mismo en el Boletín Oficial delAyuntamiento de Madrid (artículos 107, 116 y 117 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común).

 Transcurrido un mes desde la interposición del recurso sin que se

dicte y notifique su resolución, se entenderá desestimado por silencioadministrativo, pudiendo en este caso interponer contra ladesestimación presunta recurso contencioso-administrativo dentro delplazo de seis meses.

 II.- Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses

desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución. En ambos casos, el recurso contencioso-administrativo se

interpondrá ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuyacircunscripción tenga su domicilio el demandante o se halle la sede delórgano autor del acto impugnado, a elección de aquel (artículos 8.1 y

14.1.2ª de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de laJurisdicción Contencioso-Administrativa).

 III.- Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier

otro recurso que estime procedente (artículo 58.2 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común).

 Madrid, a 14 de marzo de 2016.- El Director General de Recursos

Humanos y Relaciones Laborales. 

ANEXO BASES GENERALES POR LAS QUE SE REGIRÁN LOS

PROCESOS SELECTIVOS QUE CONVOQUE EL AYUNTAMIENTO DEMADRID PARA LA SELECCIÓN DE PERSONAL FUNCIONARIO.

 Primera. Objeto. 1.1. Las presentes bases regulan los aspectos comunes a los

procesos selectivos que convoque el Ayuntamiento de Madrid para laselección de personal funcionario de carrera, dentro del marco generalde ejecución de las Ofertas de Empleo Público de conformidad con lodispuesto en el artículo 70 del Texto Refundido de la Ley 7/2007, delEstatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real DecretoLegislativo 5/2015, de 30 de octubre.

1.2. Las especificidades de cada proceso selectivo serán objeto deregulación en las bases específicas que se aprobarán por el titular delórgano competente para regir cada convocatoria.

1.3. Estas bases se aplicarán a los Cuerpos de Policía Municipal,del Servicio de Extinción de Incendios y de SAMUR-Protección Civil,en todo aquello que no contravenga su normativa específica.

 Segunda. Normativa aplicable.Los procesos selectivos se regirán por lo establecido en estas

bases generales y en las correspondientes bases específicas yconvocatorias. Asimismo serán de aplicación a estos procesosselectivos el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico delEmpleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de30 de octubre; la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para laReforma de la Función Pública; la Ley 7/1985, de 2 de abril,Reguladora de las Bases de Régimen Local; el Texto Refundido de lasDisposiciones Legales Vigentes en Materia de Régimen Local,aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril; elReglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de laAdministración General del Estado y de Provisión de Puestos deTrabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de laAdministración General del Estado, aprobado por Real Decreto364/1995, de 10 de marzo; el Real Decreto 2271/2004, de 3 dediciembre, por el que se regula el Acceso al Empleo Público y laProvisión de Puestos de Trabajo de las Personas con Discapacidad; elReal Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen lasReglas Básicas y Programas Mínimos del Procedimiento de Selecciónde los Funcionarios de Administración Local; la Ley 22/2006, de 4 dejulio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid; el Reglamentode Ordenación de Personal del Ayuntamiento de Madrid de 22 dediciembre de 2005; el Texto Refundido del Acuerdo de la MesaGeneral de los Empleados Públicos sobre Condiciones de TrabajoComunes al Personal Funcionario y Laboral del Ayuntamiento deMadrid y de sus Organismos Autónomos vigente; la Instrucción relativaal funcionamiento y actuación de los Tribunales de Selección en elámbito del Ayuntamiento de Madrid y de sus Organismos Autónomos;la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común(LRJ-PAC, en adelante) y demás disposiciones que sean de aplicación.

 Tercera. Normas generales sobre distribución de plazas entre los diferentes

turnos.3.1. Cupo de reserva para personas con discapacidad:Las convocatorias de pruebas selectivas correspondientes a la

Oferta de Empleo Público incluirán, salvo en aquellas categorías cuyanaturaleza lo impida, un total del 7 por ciento de las vacantes que se

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convoquen para ser cubiertas entre personas con discapacidad, quecuenten con un grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento.Se garantizará la igualdad de condiciones en las pruebas con respectoa los demás aspirantes.

La reserva del mínimo del 7 por ciento se realizará de manera que,al menos, el 2 por ciento de las plazas ofertadas lo sea para sercubiertas por personas que acrediten discapacidad intelectual y elresto de las plazas ofertadas lo sea para personas que acreditencualquier otro tipo de discapacidad.

La resolución de convocatoria determinará, en su caso, el númerode plazas que se reservarán para el turno de discapacidad.

Si las plazas reservadas y que han sido cubiertas por las personascon discapacidad no alcanzaran la tasa del 3 por ciento de las plazasconvocadas, las plazas no cubiertas se acumularán al cupo del 7 porciento de la oferta siguiente, con un límite máximo del 10 por ciento.

Si las plazas reservadas y que han sido cubiertas por las personascon discapacidad alcanzan la tasa del 3 por ciento referida en elapartado anterior, las plazas sin cubrir se incorporarán al sistema deacceso libre.

 3.2. Turno de promoción interna:La Resolución de convocatoria determinará, en su caso, el número

de plazas que se reservarán para el turno de promoción interna.Las plazas sin cubrir de las reservadas al turno de promoción

interna se incorporarán al sistema de acceso libre. 3.3. Los aspirantes sólo podrán participar por el turno libre, de

promoción interna o cupo de discapacidad. Cuarta. Requisitos de los aspirantes. 4.1. Requisitos generales: Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas los

aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:a) Tener la nacionalidad española o cumplir los requisitos

establecidos en el artículo 57 del Texto Refundido de la Ley delEstatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real DecretoLegislativo 5/2015, de 30 de octubre, en el supuesto de acceso alempleo público de nacionales de otros estados.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la

edad máxima de jubilación forzosa, salvo que la normativa específicadetermine una diferente.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario delservicio de cualquiera de las administraciones públicas o de losórganos constitucionales o estatutarios de las comunidadesautónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial paraempleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso alcuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a lasque desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiesesido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otroEstado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sidosometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en suEstado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

e) Poseer la titulación que se requiera en las bases específicas querijan en cada convocatoria.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberáestar en posesión de la correspondiente convalidación o de lacredencial que acredite, en su caso, la homologación.

f) Otros requisitos que, en su caso, puedan exigirse en lascorrespondientes bases específicas.

 4.2. Requisitos específicos para participar por el turno de

promoción interna:Los requisitos que han de reunir los aspirantes que participen, en

su caso, por el turno de promoción interna serán los establecidos paracada convocatoria en las bases específicas.

 4.3. Requisitos específicos para participar por el cupo de reserva

de discapacidad:Los aspirantes que concurran por el cupo de reserva de

discapacidad, además de reunir los requisitos generales exigidos en elapartado 4.1, deberán tener legalmente reconocido un grado deminusvalía igual o superior al 33 por ciento. Esta circunstancia seacreditará una vez superado el proceso selectivo.

 4.4. Los aspirantes deberán reunir los requisitos establecidos en

estas bases en la fecha de finalización del plazo de presentación desolicitudes y mantenerlos durante todo el proceso selectivo.

Quinta. Solicitudes.5.1. Las solicitudes deberán cumplimentarse en el modelo oficial,

que será facilitado gratuitamente en las Oficinas de Atención alCiudadano del Ayuntamiento de Madrid. Dicha solicitud podráobtenerse también a través de Internet, en la Sede Electrónica delAyuntamiento de Madrid (www.madrid.es).

Las Oficinas de Atención al Ciudadano del Ayuntamiento de Madridpueden consultarse en la Sede Electrónica del Ayuntamiento deMadrid (www.madrid.es).

En el supuesto de que el sistema selectivo establecido sea elconcurso-oposición, los méritos que en cada proceso selectivoestablezcan las bases específicas se alegarán en la solicitud o en elmodelo normalizado establecido al efecto por el Ayuntamiento deMadrid.

Los aspirantes deberán aportar junto a la solicitud fotocopia de losdocumentos acreditativos de los méritos alegados. No será necesariala compulsa de los documentos que se presenten fotocopiados,bastando la declaración jurada del interesado sobre la autenticidad delos mismos, así como de los datos que figuran en la instancia, sinperjuicio de que, en cualquier momento, el Tribunal Calificador o losórganos competentes del Ayuntamiento de Madrid puedan requerir alos aspirantes que acrediten la veracidad de las circunstancias ydocumentos aportados y que hayan sido objeto de valoración.

La fecha límite para la alegación de los méritos y la presentación delos documentos relativos a los mismos será la de la finalización delplazo de presentación de solicitudes.

En ningún caso se valorarán méritos no alegados en la solicitud ono acreditados documentalmente en plazo.

 5.2. Tasa por derechos de examen: conforme a lo establecido por

la Ordenanza Fiscal Reguladora de dicha tasa, será obligatorio habersatisfecho los derechos de examen cuya cuantía se indicará en lasrespectivas convocatorias.

Su importe íntegro se hará efectivo mediante autoliquidación quese efectuará en el impreso establecido a tal efecto por el Ayuntamientode Madrid y que estará a disposición de los aspirantes en las Oficinasde Atención al Ciudadano del Ayuntamiento de Madrid. El impreso deautoliquidación podrá obtenerse también a través de la SedeElectrónica del Ayuntamiento de Madrid (www.madrid.es).

El abono de la autoliquidación se podrá realizar en las Entidadesbancarias autorizadas que aparecen relacionadas en el propio impresode autoliquidación.

Asimismo, y de conformidad con lo previsto en el artículo 38 de laLRJ-PAC, el importe de la tasa por derechos de examen podráhacerse efectivo mediante transferencia. La orden de transferenciadeberá darse a favor del "Ayuntamiento de Madrid. Derechos deExamen", remitiéndose el importe de la tasa a la cuenta corrienteabierta a estos efectos en Banco Santander con IBAN: ES 92 00491892 6322 1328 7290, debiendo indicarse en el impreso el nombre yapellidos del aspirante y hacerse constar la inscripción a las pruebasselectivas de........................................................... Deberá figurarcomo remitente el propio aspirante quien hará constar en el espacio dela solicitud destinado para ello: transferencia bancaria, su fecha y sunúmero.

De conformidad con lo establecido en el artículo 6 de la OrdenanzaFiscal Reguladora de la Tasa por Derechos de Examen, no procederála devolución del importe satisfecho en concepto de tasa por derechosde examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivaspor causas imputables a los interesados. No obstante, según loprevisto en el mismo artículo, se procederá a la devolución de la tasacuando por causas no imputables al sujeto pasivo la actividad técnicay/o administrativa que constituyen el hecho imponible de la tasa no serealice.

La so l ic i tud de par t ic ipac ión deberá i r acompañada,necesariamente, del justificante que acredite el abono íntegro de latasa por derechos de examen.

No obstante, los sujetos pasivos dispondrán de un plazo único eimprorrogable de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al dela publicación de la resolución por la que se aprueba la lista provisionalde admitidos y excluidos, para subsanar la falta de pago o cualquierotro defecto relacionado con el pago de la tasa que haya motivado suexclusión o su no inclusión expresa en la misma.

La falta de justificación del pago íntegro de la tasa por derechos deexamen en dicho plazo determinará la exclusión definitiva del aspirantedel proceso selectivo.

 Reducción de la tasa:Se aplicará una reducción del 50 por ciento sobre las tarifas de la

tasa a los aspirantes que figuren como demandantes de empleo conuna antigüedad mínima de dos años, referida a la fecha de publicacióndel anuncio de la convocatoria de las pruebas selectivas en el BoletínOficial del Estado.

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Para la aplicación de la mencionada reducción, el sujeto pasivodeberá acreditar las circunstancias descritas en el apartado anteriormediante la presentación de certificado de desempleo, emitido por elServicio Público de Empleo que corresponda, que deberá aportarsejunto a la solicitud de participación en el plazo de veinte días naturalesprevisto en el apartado 5.4.

 Exención de la tasa:Estarán exentas del pago de la tasa, las víctimas del terrorismo, el

cónyuge y sus ascendientes o descendientes, por naturaleza oadopción.

A los efectos del disfrute de esta exención, se equipara al cónyugea quien conviva o hubiere convivido con la víctima con análoga relaciónde afectividad y acredite, en tal sentido, en virtud de certificadoexpedido al efecto, su inscripción en el Registro de Uniones de Hechode la Comunidad Autónoma correspondiente.

Para la aplicación de esta exención, el sujeto pasivo deberá aportarcertificado emitido por el órgano competente del Ministerio del Interior,en el que conste la identificación de la víctima y, en su caso, elparentesco.

 Bonificación de la tasa:Gozarán de una bonificación en la tasa, los sujetos pasivos que en

el día en que finaliza el plazo de presentación de solicitudes tengan lacondición de miembros de familias numerosas conforme a loestablecido en la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección alas Familias Numerosas y demás normativa concordante, en lossiguientes términos:

a) Familias numerosas de categoría general: 50%.b) Familias numerosas de categoría especial: 100%. Para la aplicación de esta bonificación, el sujeto pasivo deberá

aportar certificado o fotocopia del carné vigente de familia numerosaexpedido por el órgano competente.

 5.3. En la solicitud deberá hacerse constar expresamente el turno

por el que se participe de acuerdo con las siguientes indicaciones:a) Libre.b) Promoción interna.c) Cupo de reserva de discapacidad. 5.4. Plazo de presentación de solicitudes:El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días

naturales contados a partir del siguiente a la publicación del anunciodel extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Dichoextracto se publicará igualmente en el Boletín Oficial de la Comunidadde Madrid. En ambos extractos figurará la oportuna referencia alnúmero y fecha del Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid en elque con anterioridad se hayan publicado íntegramente la convocatoriay sus bases.

La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá lainadmisión del aspirante al proceso selectivo.

 5.5. Lugar de presentación:El impreso de solicitud con su copia, debidamente cumplimentado,

así como el ejemplar correspondiente del impreso de autoliquidación,una vez realizado el pago íntegro de la tasa por derechos de exameno, en su caso, el recibo acreditativo de haber abonado la tasamediante transferencia, podrá presentarse en las Oficinas de Atenciónal Ciudadano y en las Oficinas de Registro del Ayuntamiento deMadrid, o en cualquiera de los lugares y formas establecidos en elartículo 38 de la LRJ-PAC. En el caso de que se opte por presentar lasolicitud ante una oficina de Correos, se hará en sobre abierto, paraque la misma sea fechada y sellada por el funcionario de Correosantes de ser certificada.

Las Oficinas de Atención al Ciudadano del Ayuntamiento de Madridpueden consultarse en la sede electrónica municipal (www.madrid.es).

Asimismo, podrán presentarse de manera telemática a través de laSede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid (www.madrid.es).

 5.6. Los aspirantes con discapacidad con grado de minusvalía

igual o superior al 33 por ciento podrán solicitar en la instancia lasadaptaciones y los ajustes razonables de tiempo y medios de laspruebas del proceso selectivo, a fin de asegurar su participación encondiciones de igualdad. En cualquier caso no se tendrán enconsideración las solicitudes de adaptación que se efectúen conposterioridad a la publicación del anuncio de concesión o denegaciónde las mismas.

La solicitud deberá adjuntar el dictamen medico facultativo emitidopor el órgano técnico de calificación del grado de minusvalía,acreditando de forma fehaciente las deficiencias permanentes que handado origen al grado de minusvalía reconocido, a efectos de que elTribunal pueda valorar la procedencia o no de la concesión de laadaptación solicitada. No obstante el Tribunal podrá recabar informe y,

en su caso, colaboración de los órganos competentes de los ServiciosSociales o Médicos del Ayuntamiento de Madrid.

La adaptación de tiempos consistirá en la concesión de un tiempoadicional para la realización de los ejercicios, y se llevará a cabo deconformidad con lo dispuesto en la Orden PRE-1822/2006, de 9 dejunio, por la que se establecen criterios generales para la adaptaciónde tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso alempleo público de personas con discapacidad.

Una vez analizadas las necesidades específicas de cada uno de losaspirantes, el Tribunal Calificador adoptará las medidas precisas, enaquellos casos que resulte necesario, de forma que los solicitantes deadaptaciones de tiempo y/o medios gocen de similares condicionespara la realización de los ejercicios que el resto de los participantes.

La relación de adaptaciones concedidas y/o denegadas será hechapública mediante Anuncio en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento deMadrid y en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid(www.madrid.es).

 5.7. A efectos del cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica

15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de CarácterPersonal y el artículo 6 de la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protecciónde Datos de Carácter Personal de la Comunidad de Madrid, los datoscontenidos en la solicitud serán objeto de tratamiento automatizadopor el órgano competente para el desarrollo del proceso selectivo. Sucumplimentación será obligatoria para la admisión a las pruebasselectivas.

 Sexta. Admisión de aspirantes. 6.1. Para ser admitido al proceso selectivo bastará con que los

aspirantes manifiesten en sus solicitudes que reúnen todos y cada unode los requisitos exigidos en la base cuarta, referidos a la fecha definalización del plazo de presentación de solicitudes. El cumplimientode estos requisitos será acreditado mediante la presentación de losdocumentos correspondientes en la forma prevista en la baseundécima.

 6.2. Terminado el plazo de presentación de solicitudes el titular del

órgano competente dictará Resolución declarando aprobada la listaprovisional de admitidos y excluidos, en el plazo máximo de dosmeses. Este plazo podrá ser prorrogado por una sola vez, por causasjustificadas y previa resolución motivada. La Resolución, que deberápublicarse en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, contendrácomo anexo único, la relación nominal de aspirantes excluidos con sucorrespondiente documento nacional de identidad o análogo para losde nacionalidad extranjera e indicación de las causas de inadmisión.Asimismo, esta Resolución será publicada en el Tablón de Edictos delAyuntamiento de Madrid y en la Sede Electrónica del Ayuntamiento deMadrid (www.madrid.es) contendrá la lista completa de aspirantesadmitidos y excluidos.

 6.3. Los aspirantes excluidos expresamente, así como los que no

figuren en la relación de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán deun plazo único e improrrogable de diez días hábiles, contados a partirdel siguiente al de la publicación de la Resolución, para subsanar eldefecto que haya motivado su exclusión o su no inclusión expresa.Quienes dentro del plazo señalado no subsanen los defectosjustificando su derecho a ser admitidos, serán definitivamenteexcluidos del proceso selectivo.

Los errores en la consignación de los datos personales serectificarán de oficio o a instancia del interesado en cualquier momentodel proceso selectivo.

 6.4. Finalizado el plazo de subsanación de defectos de las

solicitudes, se publicará en el Boletín Oficial del Ayuntamiento deMadrid, una Resolución declarando aprobada la relación definitiva deaspirantes admitidos y excluidos, en el plazo máximo de un mes, quepodrá ser prorrogado por causas justificadas y previa resoluciónmotivada. A propuesta del Tribunal Calificador, se podrá indicar en lacitada Resolución, la fecha, lugar y hora de realización de la primeraprueba que hubiera de realizarse, sin perjuicio de que con anterioridadel Tribunal publique las mismas mediante Anuncio del TribunalCalificador.

Los aspirantes que, habiendo concurrido por el turno depromoción interna o por el cupo de discapacidad, no cumplan algunode los requisitos exigidos para el acceso a dichas plazas de reserva,serán incluidos, de oficio, en la relación definitiva de aspirantesadmitidos por el turno libre, siempre que la Administración tengaconocimiento de tal circunstancia con anterioridad a la Resolución queapruebe las citadas relaciones definitivas de aspirantes admitidos yexcluidos y, además, hayan declarado en su solicitud que cumplentodos los requisitos necesarios para ello.

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Séptima. Tribunales de selección. 7.1. Los Tribunales Calificadores que han de juzgar las pruebas

selectivas serán nombrados por el órgano competente en el plazomáximo de dos meses desde la fecha de la publicación de la listaprovisional de admitidos. Este plazo podrá ser prorrogado por una solavez, por causas justificadas y previa resolución motivada. Estaránconstituidos por un Presidente, un Secretario con voz y sin voto, y unmínimo de cuatro Vocales, así como sus correspondientes suplentes.

No podrán formar parte de los Tribunales el personal de seleccióno designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual.Tampoco podrá formar parte de los órganos de selección defuncionarios de carrera el personal laboral, ni aquellos funcionarios quehubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebasselectivas en los cinco años anteriores a la publicación de lacorrespondiente convocatoria.

Todos los miembros de los Tribunales deberán poseer titulación deigual nivel o superior a la exigida para el acceso a las plazasconvocadas y ser funcionarios de carrera. Asimismo, los Tribunales nopodrán estar formados mayoritar iamente por funcionariospertenecientes al mismo Cuerpo o Escala objeto de la selección.

La pertenencia a los Tribunales será siempre a título individual, nopudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.

Los órganos de selección deberán ajustarse a los principios deimparcialidad y profesionalidad de sus miembros y responderán alprincipio de presencia equilibrada de mujeres y hombres, salvo porrazones fundadas y objetivas, debidamente motivadas, encumplimiento de lo establecido en el artículo 53 de la Ley Orgánica3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres yHombres y en el artículo 60.1 del Texto Refundido de la Ley delEstatuto Básico del Empleado Publico, aprobado por el Real DecretoLegislativo 5/2015, de 30 de octubre.

De acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, losTribunales velarán por el cumplimiento del principio de igualdad deoportunidades entre ambos sexos.

A los Tribunales de las pruebas selectivas asistirá un observadordel desarrollo del procedimiento selectivo. Dicho observador, con voz ysin voto, actuará a título individual. Para su designación, la autoridadque nombre a los miembros del tribunal requerirá a las organizacionessindicales el listado de profesionales susceptibles de aquelladesignación. El observador deberá ser funcionario de carrera opersonal laboral fijo del Ayuntamiento de Madrid, no siendo necesarioque posea titulación de igual nivel o superior a la exigida para elacceso a las plazas convocadas.

 7.2. Cuando el procedimiento selectivo por dificultades técnicas o

de otra índole así lo aconsejase, los Tribunales podrán disponer laincorporación a sus trabajos de asesores especialistas, para todas oalgunas de las pruebas, de acuerdo con lo previsto en lascorrespondientes convocatorias. Dichos asesores colaborarán con elórgano de selección exclusivamente en el ejercicio de susespecialidades técnicas, y tendrán voz pero no voto. Asimismo, losTribunales podrán valerse de personal auxiliar durante el desarrollomaterial de los ejercicios, cuya designación deberá comunicarse alórgano competente, que habrá de autorizar el número de personalauxiliar propuesto.

El nombramiento de los asesores especialistas y personal auxiliarse publicará mediante Anuncio del Tribunal Calificador en el Tablón deEdictos del Ayuntamiento de Madrid y en la Sede Electrónica(www.madrid.es).

 7.3. Para la válida constitución de los Tribunales, a efectos de la

celebración de las sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, serequerirá la presencia del Presidente y el Secretario o, en su caso, dequienes les sustituyan, y de la mitad al menos del resto de susmiembros.

Con carácter genera l , no podrán actuar ind is t in ta yconcurrentemente titulares y suplentes, exceptuándose de esta reglalas sesiones de constitución de los Tribunales y las de realización deejercicios, así como aquellas otras en las que, por la complejidadtécnica de los asuntos a tratar o el exceso de trabajo, se considerenecesario, previa autorización del titular del órgano competente.

En aquellas sesiones en las que se dé la concurrencia de titulares ysuplentes, solo podrán ejercer su derecho a voto los miembrostitulares del Tribunal.

 7.4. El régimen jurídico aplicable a los Tribunales se ajustará en

todo momento a lo dispuesto para los órganos colegiados en lalegislación de procedimiento administrativo.

En caso de ausencia tanto del Presidente titular como del suplente,el primero designará de entre los vocales un sustituto que lo suplirá. Enel supuesto en que el Presidente titular no designe a nadie, su

sustitución se hará de conformidad con el régimen de sustitución deórganos colegiados previsto en el artículo 23 de la LRJ-PAC.

Los Tribunales adoptarán sus acuerdos por mayoría de losmiembros presentes en cada sesión. En caso de empate se repetirá lavotación hasta una tercera vez en la que, si persiste el empate, éste lodirimirá el Presidente con su voto. Para las votaciones se seguirá elorden establecido en la Resolución de nombramiento de los miembrosdel Tribunal, votando en último lugar el Presidente.

Los acuerdos de los Tribunales podrán ser impugnados en lossupuestos y en la forma establecida en la LRJ-PAC.

Los Tribunales continuarán constituidos hasta tanto se resuelvanlas reclamaciones planteadas o las dudas que pueda suscitar elprocedimiento selectivo.

 7.5. Los miembros de los Tribunales, los asesores especialistas, el

personal auxiliar y los observadores deberán abstenerse de formarparte del mismo cuando concurran en ellos circunstancias de lasprevistas en el artículo 28 de la LRJ-PAC o hubiesen realizado tareasde preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso a lamisma o equivalente categoría a la que corresponden las plazasconvocadas, en los cinco años anteriores a la publicación de laconvocatoria de que se trate, e igualmente si hubieran colaboradodurante ese período de algún modo con centros de preparación deopositores de la categoría a la que pertenezcan las plazasconvocadas.

En la sesión de constitución del Tribunal el Presidente exigirá de losmiembros del Tribunal declaración formal de no hallarse incursos enestas circunstancias. Esta declaración deberá ser tambiéncumplimentada, por los asesores especialistas y por el personalauxiliar que, en su caso y de conformidad con lo contemplado en labase 7.2, el Tribunal incorpore a sus trabajos, así como por losobservadores.

 7.6. Los aspirantes podrán recusar a los miembros de los

Tribunales, a los asesores especialistas, al personal auxiliar y a losobservadores cuando, a su juicio, concurra en ellos alguna o varias delas circunstancias señaladas en la base 7.5, siguiéndose para ello elprocedimiento establecido en el artículo 29 de la LRJ-PAC.

 7.7. Durante el desarrollo de las pruebas selectivas los Tribunales

resolverán todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de lasbases de la convocatoria, y adoptarán los acuerdos que garanticen elbuen orden del proceso en lo no previsto expresamente por aquéllas.

Las incidencias que puedan surgir respecto a la admisión deaspirantes en las sesiones de celebración de exámenes seránresueltas por el Tribunal Calificador, quien dará traslado al órganocompetente

Los Tribunales podrán requerir a los aspirantes, en cualquiermomento del proceso, la documentación acreditativa de los requisitosexigidos en la convocatoria. En caso de constatarse que alguno de losaspirantes no reúne uno o varios de los requisitos, el Tribunal, previaaudiencia al interesado, deberá emitir propuesta motivada de exclusióndel proceso selectivo, dirigida al órgano que hubiera aprobado larelación definitiva de aspirantes admitidos, comunicando, asimismo,las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en susolicitud de participación a los efectos pertinentes. Contra laResolución de dicho órgano podrán interponerse los recursosadministrativos que procedan.

Asimismo, si el Tribunal, durante el desarrollo del proceso selectivo,tuviera conocimiento o dudas fundadas de que alguno de losaspirantes carece de la capacidad funcional para el desempeño de lastareas y funciones habituales de la categoría objeto de la convocatoria,recabará informe preceptivo de los órganos técnicos competentes, elcual será evacuado en el plazo máximo de diez días y tendrá elcarácter de determinante para resolver. De esta actuación se daráconocimiento al interesado, al objeto de que pueda formular lasalegaciones que estime oportunas.

Si del contenido del dictamen se desprende que el aspirantecarece de capacidad funcional, el Tribunal, previa audiencia delinteresado, emitirá propuesta motivada de exclusión del procesoselectivo dirigida al órgano competente.

Hasta que se dicte la oportuna Resolución por el órganocompetente e l asp i ran te podrá cont inuar par t i c ipandocond ic ionadamente en e l p roceso se lec t i vo .

Los Tribunales podrán excluir a aquellos opositores en cuyas hojasde examen figuren nombres, marcas o signos que permitan conocer laidentidad de los autores o lleven a cabo cualquier actuación de tipofraudulento durante la realización de los ejercicios.

Las resoluciones de los Tribunales vinculan a la AdministraciónMunicipal aunque esta, en su caso, pueda proceder a su revisiónconforme a lo previsto en los artículos 102 y siguientes de la LRJ-PAC,en cuyo caso habrán de practicarse de nuevo las pruebas o trámitesafectados por las irregularidades.

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7.8. Los Tribunales Calificadores quedarán incluidos en la categoríaque corresponda al grupo de titulación al que pertenezcan las plazasconvocadas, conforme a lo preceptuado en el artículo 30 del RealDecreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razóndel servicio.

 Octava. Sistema de selección.8.1. Los procesos de selección se realizarán a través de los

sistemas de oposición o concurso-oposición.A) Sistema de oposición.El proceso de selección constará de los ejercicios que se

determinen en las bases específicas. B) Sistema de concurso-oposición.En las pruebas selectivas que se realicen por el sistema de

concurso-oposición, la fase de concurso no tendrá caráctereliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de lafase de oposición.

Los méritos y su correspondiente valoración, así como los sistemasde acreditación de los mismos se establecerán en cada baseespecífica. La titulación académica acreditada como requisito aefectos de lo previsto en el apartado e) de la base 4.1 no se tendrá encuenta en la fase de concurso.

La fase de oposición constará de los ejercicios que se determinenen cada base específica.

En los procesos selectivos podrá establecerse la superación de uncurso de formación y/o periodo de prácticas, y otros ejercicios,además de los señalados a continuación para cada grupo detitulación.

En aquellos procesos selectivos en los que se incluya la realizaciónde pruebas físicas, éstas se realizarán en los términos que seestablezcan en las correspondientes bases específicas.

Con carácter general, las pruebas a superar en la fase de oposiciónse ajustarán a las siguientes precisiones:

 Grupo A Subgrupo A1.Las pruebas para el acceso a las categorías pertenecientes a este

grupo de titulación estarán integradas, al menos, por tres ejercicios,pudiendo consistir éstos en:

- Cuestionario tipo test.- Exposición oral del número de temas que se determinen en las

bases específicas.- Desarrollo por escrito del número de temas que se especifiquen

en las bases específicas.- Resolución de uno o varios supuestos prácticos o pruebas

prácticas.- Redacción de informes o propuestas de resolución. Grupo A Subgrupo A2.Las pruebas para el acceso a las categorías pertenecientes a este

grupo de titulación estarán integradas, al menos, por tres ejercicios,pudiendo consistir éstos en:

- Cuestionario tipo test.- Desarrollo por escrito del número de temas que se especifiquen

en las bases específicas.- Resolución de uno o varios supuestos prácticos o pruebas

prácticas.- Redacción de informes o propuestas de resolución. Grupo C Subgrupo C1 y Grupo C Subgrupo C2.Las pruebas para el acceso a las categorías pertenecientes a este

grupo de titulación estarán integradas, al menos, por dos ejercicios,pudiendo consistir estos en:

- Cuestionario tipo test.- Desarrollo por escrito del número de temas que se especifiquen

en las bases específicas.- Resolución de uno o varios supuestos prácticos o pruebas

prácticas. Agrupaciones Profesionales.Las pruebas para el acceso a las categorías pertenecientes a este

grupo de titulación estarán integradas por dos ejercicios, pudiendoconsistir éstos en:

- Cuestionario tipo test.- Resolución de un supuesto práctico escrito desglosado en

preguntas tipo Test.- Prueba práctica manual.Los cuestionarios tipo test estarán compuestos por preguntas con

tres respuestas alternativas, siendo una de ellas la correcta, yconstarán del siguiente número de preguntas dependiendo del grupode titulación en el que estén incluidas las categorías correspondientes,indicándose asimismo el tiempo para la realización del ejercicio:

- Grupo A Subgrupo A1: 120 preguntas 120 minutos.- Grupo A Subgrupo A2: 100 preguntas 100 minutos.- Grupo C Subgrupo C1: 90 preguntas 90 minutos.- Grupo C Subgrupo C2: 70 preguntas 70 minutos.- Agrupaciones Profesionales: 45 preguntas 45 minutos.En los ejercicios tipo test, los aspirantes tendrán derecho a obtener

una copia de su hoja de respuestas. Igualmente podrán retirar elcuestionario siempre que el ejercicio se haya realizado en un únicollamamiento. Si existieran varios llamamientos, los diferentescuestionarios serán publicados por el Tribunal Calificador en la SedeElectrónica del Ayuntamiento de Madrid (www.madrid.es) conposterioridad a la finalización del examen.

En aquellos supuestos en que los ejercicios consistan en eldesarrollo por escrito de temas, en la resolución de supuestos opruebas prácticas, o en la redacción de informes o propuestas deresolución, éstos podrán ser leídos posteriormente por los opositores,si así lo dispusieran las bases específicas. En estos casos el Tribunalpodrá abrir un diálogo posterior con cada opositor durante un tiempomáximo de quince minutos, que versará sobre los contenidosexpuestos. Este diálogo podrá asimismo abrirse cuando el ejercicioconsista en la exposición oral de temas.

Todas las bases específicas incluirán en el temario las materiasrelativas a Igualdad de Género y Prevención de Riesgos Laborales.

 8.2. Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el

comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de sietedías naturales y máximo de cuarenta y cinco días naturales.

 8.3. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio de la

oposición en llamamiento único aunque el mismo haya de dividirse envarias sesiones, debiendo asistir los aspirantes a la sesión a la quehayan sido convocados. Serán excluidos del proceso selectivo quienesno comparezcan, salvo en los supuestos alegados y justificados conanterioridad a la celebración del ejercicio, debiendo el Tribunal adoptarresolución motivada a tal efecto. La no presentación de un aspirante acualquiera de los ejercicios obligatorios en el momento de ser llamadodeterminará automáticamente el decaimiento de su derecho aparticipar en el mismo y en los sucesivos, quedando excluido enconsecuencia del procedimiento selectivo.

 8.4. Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso

selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto debidamenteacreditados, su situación quedará condicionada a la finalización delmismo y a la superación de las fases que hubieran quedadoaplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que semenoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución delproceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valoradopor el Tribunal, y en todo caso la realización de las mismas tendrálugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que hansuperado el proceso selectivo.

 8.5. El orden de actuación de los opositores se iniciará

alfabéticamente por el primero de la letra que resultara del sorteo anualrealizado por la Secretaría de Estado para la Administración Pública aque se refiere el artículo 17 del Reglamento General de Ingreso delPersonal al Servicio de la Administración General del Estado y deProvisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de losFuncionarios Civiles de la Administración General del Estado aprobadopor Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

 8.6. Concluido cada uno de los ejercicios de la oposición, el

Tribunal hará pública, en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento deMadrid la relación de aspirantes que hayan superado el mismo, conindicación de la puntuación obtenida. Dicha publicación se efectuaráen el plazo máximo de un mes, que podrá ser prorrogado, por unasola vez, por causas justificadas y previa resolución motivada.

 Novena. Calificación del proceso selectivo.9.1. Sistema selectivo de oposición. A) Normas generales.En cada uno de los ejercicios de la oposición se calificará en primer

lugar a los aspirantes del turno de promoción interna, procediéndose apublicar la l ista de aprobados. Posteriormente se calif icará,separadamente y por este orden, a los aspirantes del cupo dediscapacidad y a los aspirantes del turno de acceso libre.

Los ejercicios que sean puntuables se calificarán de cero a diezpuntos o como "apto" o "no apto".

En aquellos ejercicios que sean de carácter obligatorio seráneliminados aquellos aspirantes que no alcancen un mínimo de cincopuntos o que no obtengan la calificación de "apto" en cada uno deellos.

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El Tribunal Calificador queda facultado para la determinación delnivel mínimo exigido de conformidad con el sistema de valoración quese adopte en cada prueba selectiva, pudiendo establecer, en cada unode los ejercicios, puntuaciones mínimas diferenciadas entre el turno depromoción interna, cupo de discapacidad y turno de acceso libre,garantizando en todo caso, la idoneidad de los aspirantesseleccionados.

En aquellos casos en los que el nivel mínimo fijado por el Tribunalsea igual entre los aspirantes de turno l ibre y del cupo dediscapacidad, una vez cubiertas las plazas del mencionado cupo, sialguno de los aspirantes que se haya presentado por este cupo dereserva superase los ejercicios correspondientes, pero no obtuvieraplaza y su puntuación fuera superior a la obtenida por otros aspirantesdel sistema de acceso general, será incluido por su orden depuntuación en el turno de acceso libre.

B) Calificación de los distintos ejercicios.- Cuestionario tipo test: en la calificación de los cuestionarios cada

pregunta contestada correctamente se valorará en positivo; lapregunta no contestada no tendrá valoración, y la pregunta concontestación errónea se penalizará con el equivalente a 1/3 del valorde la respuesta correcta, redondeado al valor del segundo decimal.

- Exposición oral de temas: el ejercicio será puntuado por cadamiembro del Tribunal con tantas notas como temas hayan sido objetode exposición. Las calificaciones estarán comprendidas en una escalaentre cero y diez puntos. Posteriormente, la suma de las calificacionesparciales de cada uno de los temas se dividirá entre el número deasistentes del Tribunal, obteniéndose tantas calificaciones, entre cero ydiez puntos, como temas expuestos. Será preciso para aprobar esteejercicio alcanzar un mínimo de cinco puntos en cada una de estascalificaciones parciales. La calificación final del ejercicio vendrádeterminada por el resultado de dividir la suma de las calificacionesparciales entre el número de temas expuestos.

Cuando entre las puntuaciones otorgadas por los miembros delTribunal exista una diferencia de tres o más enteros entre lascalificaciones máxima y mínima, éstas serán automáticamenteexcluidas y se hallará la puntuación media entre las calificacionesrestantes. En el supuesto en que haya más de dos notas emitidas quese diferencien en tres o más puntos, sólo se eliminarán una de lascalificaciones máximas y otra de las mínimas. En ningún caso seprocederá a la exclusión de las calificaciones extremas cuando alefectuarse dicha exclusión pueda alcanzarse una nota media superiora la que se lograría de computarse la totalidad de las calificaciones.

- Desarrollo por escrito de temas: el ejercicio será puntuado porcada miembro del Tribunal con tantas notas como temas hayan sidoobjeto de desarrollo. Las calificaciones estarán comprendidas en unaescala entre cero y diez puntos. Posteriormente, la suma de lascalificaciones parciales de cada uno de los temas, se dividirá entre elnúmero de asistentes del Tribunal, obteniéndose tantas calificaciones,entre cero y diez puntos, como temas desarrollados. Será preciso,para aprobar este ejercicio, alcanzar un mínimo de cinco puntos encada una de estas calificaciones parciales. La calificación final delejercicio vendrá determinada por el resultado de dividir la suma de lascalificaciones parciales entre el número de temas objeto de desarrollo.

Cuando entre las puntuaciones otorgadas por los miembros delTribunal exista una diferencia de tres o más enteros entre lascalificaciones máxima y mínima, éstas serán automáticamenteexcluidas y se hallará la puntuación media entre las calificacionesrestantes. En el supuesto en que haya más de dos notas emitidas quese diferencien en tres o más puntos, sólo se eliminarán una de lascalificaciones máximas y otra de las mínimas. En ningún caso seprocederá a la exclusión de las calificaciones extremas cuando alefectuarse dicha exclusión pueda alcanzarse una nota media superiora la que se lograría de computarse la totalidad de las calificaciones.

- Resolución de uno o varios supuestos prácticos o pruebasprácticas, o redacción de informes o propuestas de resolución: elejercicio será puntuado en la forma descrita en los apartadosanteriores, o bien puede ser calificado como "apto" o "no apto" si asílo establecen las bases específicas.

C) Calificación final del proceso selectivo.La calificación definitiva del proceso de selección vendrá

determinada por la suma de las calificaciones obtenidas en cada unode los ejercicios determinados en las respectivas bases específicas.Los posibles empates en la puntuación se solventarán en la formaestablecida en las bases específicas.

 9.2. Sistema selectivo de concurso-oposición:En el concurso-oposición la calificación de la fase de concurso se

hará pública por el Tribunal Calificador en el Tablón de Edictos delAyuntamiento de Madrid y en la Sede Electrónica del Ayuntamiento deMadrid (www.madrid.es) en el momento que determinen las basesespecíficas. Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez díashábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de lacalificación de la fase de concurso, para hacer alegaciones.

La calificación de los ejercicios de la fase de oposición se llevará acabo en la forma establecida en la base 9.1.

La calif icación definitiva del proceso de selección estarádeterminada por la suma de la calificación final de la fase de oposicióny la puntuación obtenida en la fase de concurso. Los posibles empatesen la puntuación se solventarán en la forma que establezcan en lasbases específicas.

 Décima. Lista de aprobados.10.1. Finalizado el proceso de selección, el Tribunal publicará en el

plazo máximo de un mes la relación de aprobados, por el orden depuntuación alcanzado, con indicación del documento nacional deidentidad, así como las notas parciales de todas y cada una de lasfases del proceso selectivo, en el Tablón de Edictos del Ayuntamientode Madrid. Dicho plazo podrá ser prorrogado por causas justificadas yprevia resolución motivada.

Simultáneamente a su publicación en dicho Tablón, el Tribunalelevará la relación expresada al titular del órgano competente y sepublicará en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 10.2. El Tribunal no podrá declarar que han superado las pruebas

selectivas un número superior de aspirantes al de plazas convocadas.No obstante lo anterior, siempre que el Tribunal haya propuesto el

nombramiento de igual número de aspirantes que el de plazasconvocadas, y con el fin de asegurar la cobertura de las mismas,cuando se produzcan renuncias de los aspirantes seleccionados ocuando de la documentación aportada por los aspirantes se deduzcaque no cumplen los requisitos exigidos o por circunstanciassobrevenidas se deduzca la imposibilidad de incorporación de algunode los aspirantes, antes de su nombramiento o toma de posesión, elórgano competente podrá requer i r de l Tr ibunal re lac ióncomplementaria de los aspirantes que sigan a los propuestos para suposible nombramiento como funcionarios de carrera.

 10.3. El acto que ponga fin al procedimiento selectivo deberá ser

motivado. La motivación de los actos del Tribunal dictados en virtud dediscrecionalidad técnica en el desarrollo de su cometido de valoración,estará referida al cumplimiento de las normas reglamentarias y de lasbases de la convocatoria.

 Undécima. Presentación de documentos.11.1. En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el día

siguiente a aquel en que se hiciera pública la lista definitiva deaspirantes aprobados en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid,los aspirantes propuestos aportarán los documentos que acontinuación se relacionan:

a) Fotocopia y original del DNI, pasaporte o cualquier otrodocumento acreditativo de la nacionalidad en vigor.

b) En el caso de aspirantes que hayan concurrido a las pruebasselectivas por tratarse de cónyuges, o descendientes del cónyuge, deespañoles o nacionales de países miembros de la Unión Europeadeberán presentar los documentos expedidos por las autoridadescompetentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaraciónjurada o promesa del español o del nacional de la Unión Europea conel que existe este vínculo, de que no está separado de derecho de sucónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a susexpensas o está a su cargo.

c) Fotocopia y original del título exigido en las bases específicas, ocertificación académica que acredite haber realizado y aprobado losestudios completos necesarios para la expedición del mismo. En elcaso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá aportar ladocumentación acreditativa de su homologación o convalidación.

d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separadomediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de lasAdministraciones Públicas o de los órganos constitucionales oestatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse eninhabilitación absoluta o especial para el desempeño de funcionespúblicas por resolución judicial para el acceso a la escala, subescala,clase y categoría de funcionario en el que hubiese sido separado oinhabilitado.

Los nacionales de otros Estados deberán acreditar igualmente nohallarse inhabilitados o en situación equivalente ni haber sidosometidos a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en suEstado, en los mismos términos, el acceso a la función pública.

e) Documentación acreditativa de los restantes requisitos que, ensu caso, pudieran exigirse en cada base específica.

f) Los aspirantes que hayan participado por el cupo dediscapacidad deberán aportar certificado vigente acreditativo del gradode minusvalía expedido por el órgano competente de la comunidadautónoma, salvo que dicho certificado se hubiera emitido por la

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Comunidad de Madrid y se hubiera habilitado al Ayuntamiento deMadrid para su consulta en el apartado previsto a tal efecto en lasolicitud de admisión. En todo caso, deberán aportar la certificación decompatibil idad con el desempeño de las tareas y funcionescorrespondientes.

Aquellos aspirantes del cupo de discapacidad, que en aplicaciónde lo dispuesto en la base 9.1 hubieran obtenido plaza por el turno deacceso l ibre, deberán aportar, asimismo la documentaciónanteriormente señalada.

 11.2. Conforme a lo dispuesto en el artículo 23.2 del Reglamento

General de Ingreso del Personal al Servicio de la AdministraciónGeneral del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y PromociónProfesional de los funcionarios Civiles de la Administración General delEstado, quienes dentro del plazo indicado en el apartado 11.1, y salvolos casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación exigidaen las bases de la convocatoria o del examen de la misma se dedujeseque carecen de alguno de los requisitos exigidos por las mismas nopodrán ser nombrados funcionarios de carrera, quedando anuladastodas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en la quepudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes departicipación.

 11.3. En el citado plazo de veinte días naturales fijado en la base

11.1, se publicará en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid(www.madrid.es) la relación de puestos a ofertar a los aspirantes aefectos de que procedan, en el citado plazo, a la presentación de susolicitud de adjudicación de los destinos.

Si transcurrido este plazo de veinte días naturales algún aspiranteno hubiera presentado su solicitud de adjudicación de destinos, se leadjudicará el puesto que no hubiera sido asignado a ningún otroaspirante.

 Duodécima. Adjudicación de destinos.12.1. La adjudicación de puestos de trabajo a los funcionarios de

nuevo ingreso se efectuará de acuerdo con las peticiones de losinteresados entre los puestos ofertados a los mismos, según el ordenobtenido en el proceso selectivo.

Los funcionarios que accedan por el turno de promoción internatendrán, en todo caso, preferencia para cubrir los puestos vacantes dela respectiva convocatoria sobre los aspirantes que no procedan deeste turno.

Los aspirantes aprobados por el Tribunal y que hayan sidoadmitidos al proceso por el cupo de discapacidad, podrán solicitar alórgano competente la alteración del orden de prelación para laelección de las plazas, por motivos de dependencia personal,dificultades de desplazamiento u otras análogas, que deberán serdebidamente acreditados. El órgano competente decidirá dichaalteración cuando se encuentre debidamente justificado, y deberálimitarse a realizar la mínima modificación en el orden de prelaciónnecesaria para posibilitar el acceso al puesto de la personadiscapacitada.

 12.2. Adaptación de puestos:En la solicitud de adjudicación de destino correspondiente a

pruebas de nuevo ingreso o promoción interna, los aspirantes condiscapacidad propuestos por el Tribunal podrán pedir la adaptacióndel puesto de trabajo correspondiente.

A la solicitud deberán acompañar un informe expedido por elórgano competente en la materia que acredite la procedencia de laadaptación.

 Decimotercera. Nombramiento como funcionario de carrera.13.1. Concluido el proceso selectivo quienes lo hubieran superado

y aporten la documentación acreditativa del cumplimiento de losrequisitos exigidos en la convocatoria, serán nombrados funcionariosde carrera por el titular del órgano competente, en el plazo máximo decuatro meses desde la publicación de la relación de aprobados en elBoletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid. Con carácter general, seintentará que este plazo de cuatro meses esté comprendido dentro delplazo general de tres años de ejecución de las Ofertas de EmpleoPúblico, previsto en el artículo 70 del Texto Refundido de la Ley delEstatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real DecretoLegislativo 5/2015, de 30 de octubre.

 13.2. Los nombramientos se publicarán en el Boletín Oficial del

Ayuntamiento de Madrid.La toma de posesión de los aspirantes que hubiesen superado el

proceso selectivo se efectuará en el plazo de un mes, contado a partirdel día siguiente a la fecha de publicación de su nombramiento como

funcionarios de carrera en el Boletín Oficial del Ayuntamiento deMadrid.

Transcurrido el plazo de un mes, los aspirantes que no hayantomado posesión perderán todos los derechos adquiridos durante elproceso selectivo quedando anuladas todas sus actuaciones.

 Decimocuarta. Comunicaciones e incidencias.14.1. La publicación de todos los actos y acuerdos que se dicten

en desarrollo de cada proceso selectivo, se realizará a través delBoletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, o mediante su inserción enel Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Madrid, sin perjuicio de lapublicidad que se dará a dichos actos a efectos informativos en suSede Electrónica (www.madrid.es).

La publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid o,en su caso, en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento será vinculante aefectos de la convocatoria para la realización de los ejercicios de lafase de oposición y en su caso para el concurso, así como la quedetermine el inicio del cómputo de cualquiera de los plazos que esténestablecidos y sean de aplicación según las bases.

 14.2. Los aspirantes podrán dirigir al órgano competente las

comunicaciones sobre incidencias relativas a la actuación del Tribunal,así como las reclamaciones, quejas, peticiones o sugerencias sobre elproceso selectivo.

 Decimoquinta. Lista de espera para funcionarios interinos.15.1. En las convocatorias, una vez finalizado el proceso selectivo

se formarán listas de espera, a efectos de su posible nombramientocomo funcionarios interinos, con aquellos aspirantes del turno libre, depromoción interna y de discapacidad que, cumpliendo los requisitosexigidos en la convocatoria, hubieran alcanzado un nivel mínimosuficiente para el desempeño de las funciones correspondientes deacuerdo con lo establecido en las diferentes bases específicas,ordenados según la puntuación obtenida en el proceso. Los aspirantesque no deseen formar parte de las listas de espera deberán presentarescrito de renuncia ante la Administración convocante.

15.2. A estos efectos, una vez publicada la Resolución denombramiento de los funcionarios de carrera que hayan superado elproceso, el órgano competente publicará en el plazo máximo de unmes en la forma prevista en el apartado 15.5 la relación de aspirantesque deban integrar la correspondiente lista de espera, ordenados porpuntuación, de acuerdo con lo previsto en las respectivasconvocatorias. Dicho plazo podrá ser prorrogado, por una sola vez,por causas justificadas y previa resolución motivada. En todo casotendrán preferencia los aspirantes con mayor número de ejerciciosaprobados. Los posibles empates en la puntuación de los aspirantesque hayan de formar parte de dicha lista de espera serán dirimidosantes de la publicación del listado, atendiendo al orden alfabético, deacuerdo con la letra a la que se refiere la base 8.5.

15.3. En ningún caso formarán parte de la lista de espera losaspirantes a los que el Tribunal Calificador anule el examen de algunode los ejercicios de la oposición, por incumplimiento de las normaslegales y reglamentarias de aplicación en la presente convocatoria.

15.4. La lista de espera resultante de cada proceso selectivopermanecerá en vigor hasta la aprobación de una nueva lista deespera resultante de una convocatoria posterior, y anulará las listasderivadas de procesos anteriores.

15.5. La lista de espera resultante de cada proceso se publicará enel Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Madrid y en la SedeElectrónica (www.madrid.es).

15.6. En los procesos selectivos cuyas bases específicas preveancomo ejercicio obligatorio un reconocimiento médico, el nombramientocomo funcionario interino irá precedido del correspondientereconocimiento médico practicado por los Servicios de Prevención deRiesgos Laborales del Ayuntamiento de Madrid.

15.7. En las convocatorias independientes para el cupo reservadoa personas con discapacidad intelectual, los aspirantes que hayanconcurrido a las mismas y que hayan alcanzado el nivel mínimosuficiente, podrán formar parte de las listas de espera que, en su caso,deriven de los procesos selectivos correspondientes, en el lugar queproceda según la puntuación final obtenida.

 Disposición Final. Las presentes bases generales serán de aplicación a partir del día

siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento deMadrid.

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770 Resolución de 5 de abril de 2016 delDirector General de Recursos Humanospor la que se designan los miembros del a C o m i s i ó n d e V a l o r a c i ó ncorrespondiente al Concurso Generalde Mér i tos FG-41/2015, para laprovisión de puestos de trabajo endiversos Distritos.

En virtud del apartado 9.1.1 j) del Acuerdo de 29 de octubre de2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organizacióny competencias de la Gerencia de la Ciudad, publicado en el BoletínOficial de la Comunidad de Madrid de 10 de noviembre de 2015,

 RESUELVO

  Primero. Designar los miembros de la Comisión de Valoración

correspondiente al Concurso General de Méritos FG-41/2015, para laprovisión de puestos de trabajo en diversos Distritos convocadomediante Resolucióndel Directora General de Recursos Humanos yRelaciones Laborales de fecha 3 de septiembre de 2015 (BOAM15.09.15), de conformidad con lo establecido en la base 10 de lasGenerales que rigen la provisión de puestos de trabajo medianteconcurso y la base 6.ª de la convocatoria.

 Segundo. La Comisión quedará integrada por los siguientes

miembros: Presidente/a:Titular: D.ª Elsa Jouve Molina.Suplente: D.ª Carmen López Vilar. Vocales:Titulares:D. Fernando Pérez Fuentes.D.ª María del Carmen Romera Gil.

D.ª María Constanza Zapata Plaza.D. Emilio de Castro García. Suplentes:D.ª María Antonia Delgado Cruz.D.ª Olga Caballero Mateos.D.ª Gema Hernández Romero.D.ª Sonia María Nieves Moreno Martínez. Vocales en representación de las Centrales Sindicales:Titular: D. Gabriel-Antonio Arza Cuesta.Suplente: D. Miguel Peidró Guerrero. Secretario/a:Titular: D.ª Elena Aguilar Izquierdo.Suplente: D. Santiago Tomás Mendirichaga Magro. Tercero. Contra la presente resolución, que pone fin a la vía

administrativa, los interesados podrán interponer, con carácterpotestativo, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante elDirector General de Recursos Humanos, o bien, directamente, deconformidad con el artículo 8.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, recursocontencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante losJuzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazoscontados a partir del día siguiente al de su publicación en el BoletínOficial del Ayuntamiento de Madrid.

 Todo ello, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en

su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente, en virtud delo dispuesto en el artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común.

 Madrid, a 5 de abril de 2016.- El Director General de Recursos

Humanos, Juan José Benito González.

BOAM núm. 7.638 13 de abril de 2016

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Área de Gobierno de Economía y Hacienda

771 Resolución de 7 de abril de 2016 de laDirectora General de Contratación yServicios por la que se da a conocer larelación de objetos depositados en laOficina de Objetos Perdidos durante elmes de marzo de 2016.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 615 del Código Civil y enel artículo 9 del Reglamento de Depósito, Custodia y Devolución de losObjetos Perdidos en la Ciudad de Madrid, de 30 de julio de 2014 y, envirtud del Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobiernode la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área deGobierno de Economía y Hacienda (BOCM de 10 de noviembre de2015),

  RESUELVO

 Poner en conocimiento del público en general la relación de objetos

depositados en la Oficina de Objetos Perdidos durante el mes demarzo de 2016:

 Abanico, altavoz, audífono, auriculares, balones de fútbol,

bastones, bisutería, boleto de La Quiniela premiado, bolígrafos, bolsasde plástico y papel con objetos, bolsas térmicas, bolsas de viaje ymaletas, bolsos, caja con freidora, cámaras de fotos, caña de pescar,carpetas, carritos de bebé, carteras y monederos, casco de bicicleta,casco de moto, complementos, consola, correa de perro,cuentapasos, discos de vinilo, documentos nacionales de identidad,efectivo, gafas, GPS, juguetes, libros, libros electrónicos, llaves,material escolar, mochilas, móviles y cargadores, muleta, objetosdorados y plateados, ordenadores portátiles, pantalla de lámpara,pantalla de proyector, pasaportes, patinete, porta-trajes, raquetas,relojes, reproductores musicales, revistero, ropa, sacos de dormir,sillas de bebé, sobres con diversos contenidos, tabletas y trípodes.

 Dichos objetos podrán ser entregados a quienes acrediten ser sus

dueños en la Oficina de Objetos Perdidos, situada en el paseo delMolino, 7 y 9, en días laborables, en horario de ocho treinta a catorcehoras de lunes a viernes, excepto los días 24 y 31 de diciembre.

 Madrid, a 7 de abri l de 2016.- La Directora General de

Contratación y Servicios, Ana Isabel Méndez Carbajal.

Distrito de San Blas-Canillejas

772 Resolución de 5 de abril de 2016 delCoordinador del Distrito de San Blas-Canillejas por la que se publica eltrámite de audiencia previo a la ordende demolición de obras a DiegoCascallana Riol, expediente número117/2015/01194.

Intentada sin efecto la notificación al interesado, y de conformidadcon el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jur ídico de las Administraciones Públ icas y del

Procedimiento Administrativo Común, se procede a la notificación yedicto, por medio del presente anuncio, del trámite de audiencia previoa la orden de demolición de obras en la calle San Mariano, 33,expediente número 117/2015/01194.

 Interesado: Diego Cascallana Riol.Emplazamiento: Calle San Mariano, 33.Fecha de resolución: 24 de abril de 2015. A la vista de las actuaciones practicadas en el presente expediente,

en el que ha quedado constancia de que no se ha dado cumplimientode la resolución que se cita, por la que se requería la legalización delas obras realizadas en la finca mencionada, o, en su caso, no hubieseajustado las obras a las condiciones señaladas en la licencia u ordende ejecución, y en la que se señalaba expresamente la posibilidad dela demolición de lo abusivamente construido, procede ordenar lademolición de las obras ilegalmente ejecutadas, conforme a lopreceptuado en los artículos 194.2 y 195.3 de la Ley 9/2001, de 17 dejulio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

 Por lo tanto, previamente a la emisión de la orden de demolición

correspondiente, se concede trámite de audiencia al interesado paraque en el plazo de diez días, contados desde el siguiente a larecepción de la presente notificación, realice las alegaciones ypresente los documentos y justificaciones que estime pertinentes endefensa de sus derechos e intereses, de conformidad con lo dispuestoen el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común.

 Madrid, a 5 de abril de 2016.- El Coordinador del Distrito de San

Blas-Canillejas, José Luis de Pablo Trabalón.

773 Resolución de 5 de abril de 2016 delCoordinador del Distrito de San Blas-Canillejas por la que se publica lanot i f icación de la resolución deexpediente sancionador número117/2015/03629, a D.ª Yadira YohannaChang Vargas.

Intentada sin efecto la notificación al interesado, y de conformidadcon el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jur ídico de las Administraciones Públ icas y delProcedimiento Administrativo Común, se procede a la notificación yedicto, por medio del presente anuncio, de la notificación de laresolución de expediente sancionador número 117/2015/03629,pudiendo consultar el texto íntegro en el Negociado de Gestión delDistrito de San Blas-Canillejas, avenida de Arcentales, 28.

   Denunciado: Yadira Yohanna Chang Vargas. Lugar de los hechos: calle Noviembre, 25. Hechos denunciados: no haber aportado la documentación

requerida por autoridad competente, correspondiente al perroimplicado en la denuncia de Policía Municipal y permanecer el perrosuelto y deambulando solo en la vía pública.

 Norma infringida: artículos 5 y 10.1 de la Ordenanza Reguladorade la Tenencia y Protección de los Animales, aprobada por Acuerdodel Pleno del Ayuntamiento de Madrid de 26 de julio de 2001.

 Calificación y artículo de la sanción: falta leve, artículo 37.a. 5 y 21de la Ordenanza Reguladora de la Tenencia y Protección de losAnimales.

BOAM núm. 7.638 13 de abril de 2016

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 Sanción prevista: artículo 38.1.a, falta leve desde, 150,25 euroshasta 300,51 euros.

 Fecha de la denuncia: 3 de mayo del 2015.   "Imponer a D./Dª Yadira Yohanna Chang Vargas la sanción de 175

euros como autor/a de la infracción prevista en los artículos 5 y 10.1de la Ordenanza Reguladora de la Tenencia y Protección de losAnimales, aprobada por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento deMadrid de 26 de julio de 2001, por los siguientes hechos: no haberaportado la documentación requerida por autoridad competente,correspondiente al perro implicado en la denuncia de Policía Municipaly permanecer el perro suelto y deambulando solo en la vía pública enla calle Noviembre, 25. Tales hechos sucedieron el 3 de mayo de 2015y están calificados como falta leve, artículos 37.a. 5 y 21 de laOrdenanza Reguladora de la Tenencia y Protección de los Animales,toda vez que:

   1º.- Transcurrido el plazo concedido para presentar alegaciones,

estas no han sido presentadas.   2º.- Todo ello de conformidad con los artículos de la citada norma

y el Decreto 245/2000, de 16 de noviembre, por el que se aprueba elReglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora por laAdministración de la Comunidad de Madrid".

   Madrid, a 5 de abril de 2016.- El Coordinador del Distrito de San

Blas-Canillejas, José Luis de Pablo Trabalón.

774 Resolución de 5 de abril de 2016 delCoordinador del Distrito de San Blas-Canillejas por la que se publica lanot i f icación de la resolución deexpediente sancionador número117/2015/04494 a Insatel Las Rosas.

Intentada sin efecto la notificación al interesado, y de conformidadcon el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jur ídico de las Administraciones Públ icas y delProcedimiento Administrativo Común, se procede a la notificación yedicto, por medio del presente anuncio, de la notificación de laresolución de expediente sancionador número 117/2015/04494,pudiendo consultar el texto íntegro en el Negociado de Gestión delDistrito de San Blas-Canillejas, avenida de Arcentales, 28.

  Denunciado: Insatel Las Rosas.Lugar de los hechos: Avenida de Guadalajara, 2, PB, L-B43.Hechos denunciados: Incumplimiento del deber de colaboración

con la Administración.Norma infringida: Artículo 36.1 de la Ley 11/1998, de 9 de julio, de

Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid.Calificación: Falta leve, artículo 52.2 de la Ley 11/1998, de 9 de

julio, de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid.Importe de sanción: 500 euros.Fecha de la denuncia: 26 de octubre de 2015.  "Primero.- Imponer a Insatel Las Rosas la sanción de 500 euros,

como autor de la infracción de lo dispuesto en el/los artículo/s 36.1 dela Ley 11/1998, de 9 de julio, de Protección de los Consumidores de laComunidad de Madrid, por incumplimiento del deber de colaboracióncon la Administración, en el establecimiento sito en CC las Rosas, enla avenida de Guadalajara, 2, según consta en el informe delDepartamento de Servicios Sanitarios de Calidad y Consumo de fecha26 de octubre de 2015, al calificar la sanción como leve según el/losartículo/s 52.2 de la mencionada ley.

  Segundo.- Anular el abonaré con número ident i f icador

30516029865160001, por importe de 350 euros, a nombre de InsatelLas Rosas, al no haberse ingresado el mismo en el plazo concedido alefecto, en aplicación del artículo 6.2 de la Ley 11/1998, de 9 de julio,de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid, y del

Decreto 245/2000, de 16 de noviembre, por el que se aprueba elReglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora por laAdministración de la Comunidad de Madrid, toda vez que:

  1º.- Transcurrido el plazo concedido para presentar alegaciones,

estas no han sido presentadas.  2º.- Todo ello de conformidad con los artículos de la citada norma

y el Decreto 245/2000, de 16 de noviembre, por el que se aprueba elReglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora por laAdministración de la Comunidad de Madrid".

  Madrid, a 5 de abril de 2016.- El Coordinador del Distrito de San

Blas-Canillejas, José Luis de Pablo Trabalón.

Distrito de Barajas

775 Decreto de 6 de abril de 2016 de laConcejala Presidenta del Distrito deBarajas por el que se aprueba larelación de situados aislados en la víapúbl ica, puestos de mercadi l losperiódicos y ocasionales en el distritopara la temporada 2017.

Primero: Aprobar la relación de situados aislados en la vía pública,puestos de mercadillos periódicos y ocasionales, en el Distrtito deBarajas para la temporada 2017.

 Segundo: Someter dicha aprobación al trámite de información

pública por un periodo de veinte días, contados desde el día siguienteal de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid,para formular alegaciones, de conformidad con el artículo 86 de la Ley30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jur ídico de lasAdministraciones Públicas y del procedimiento Administrativo Común.

  1. SITUADOS PARA LA INSTALACIÓN DE PUESTOS DE

ENCLAVE FIJO Y CARÁCTER NO DESMONTABLE 1.1. Puestos de helados y/o bebidas refrescantes. 1. Prórroga:Parque Juan Carlos I-puerta Norte.Parque Juan Carlos I-paseo Central.Parque Juan Carlos I-aparcamiento principal, junto paseo Sur. 2.Situado vacante:Parque Juan Carlos I-entorno del jardín de las Cuatro Estaciones.Avenida de Logroño, 315. Superficie de los quioscos situados en el parque Juan Carlos I:

12,25 metros cuadrados.Superficie máxima de ocupación de los quioscos situados en la vía

pública: 2x2 metros = 4 metros cuadrados.Plazo de vigencia de las autorizaciones: Del 15 de marzo de 2017

al 31 de octubre de 2017.Plazo de presentación de solicitudes: Del 1 de noviembre de 2016

al 31 de enero de 2017. Nota aclarativa:En la selección de situados en la vía pública para el año 2017

"puestos de helados" se ha suprimido los siguientes enclaves por nohaber sido solicitada en los últimos años:

Puestos de helados y/o bebidas refrescantes:Plaza de la Goleta (entrada aparcamiento de residentes).Calle Trespaderne, 3.Calle Carabela, 7. 1.2. Puestos de flores y plantas. 1. Prórroga:Calle Cantabria, 30. Superficie: 5 metros cuadrados.Plazo de vigencia de las autorizaciones: Anual.

BOAM núm. 7.638 13 de abril de 2016

19Copia impresa del documento cuyo original puede comprobar en https://sede.madrid.es/csv con el código 0901E240814B073D

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Plazo de presentación de solicitudes: Del 1 de noviembre de 2016al 31 de enero de 2017.

 1.3. Puestos de la ONCE. 1. Prórroga:Plaza de los Hermanos Falcó y Álvarez de Toledo, 10.Avenida de Logroño, 118. Superficie: 2 metros cuadrados.Plazo de vigencia de las autorizaciones: Anual.Plazo de presentación de las solicitudes: Del 1 de noviembre de

2016 al 31 de enero de 2017. 1.4. Quioscos de bebida permanentes. 1. Situado: Parque Juan Carlos I-puerta Norte. Se encaja en el

espacio libre que queda en la unión del paseo de otoño y el estanqueNorte.

Superficie: 136,45 metros cuadrados, complementado con unespacio libre exterior dedicado a terraza de temporada con unasuperficie de 173,45 metros cuadrados.

Periodo: Concesión demanial, según pliego de condiciones. 2. Situado: Parque Juan Carlos I- Estufa Fría. Se encaja en el

espacio libre del lateral sur del paseo que une los "Dedos" con la"Estufa Fría".

Superficie: 136,45 metros cuadrados, complementando con unespacio libre exterior dedicado a terraza de temporada con unasuperficie de 173,46 metros cuadrados.

Periodo: Concesión demanial, según pliego de condiciones. 3. Situado: Parque Juan Carlos I-avenida de Logroño. Se encaja en

el espacio libre entre los dos caminos que arrancan del paseo que seinicia en la puerta al parque que recae en la avenida de Logroño y seemplaza al este de "My Sky Hole Madrid".

Superficie: 136,45 metros cuadrados, complementado con unespacio libre exterior dedicado a terraza de temporada con unasuperficie de 173,45 metros cuadrados.

Periodo: Concesión demanial, según pliego de condiciones. 4. Situado: Calle Ribera del Sena, 16.Superficie: 36 metros cuadrados, complementado con un espacio

libre exterior dedicado a terraza con una superficie máxima de 60metros cuadrados.

Periodo: Concesión demonial, según pliego de condiciones. 1.5. Churrería. Situado: Plaza del Navío. Superficie: Máximo 18 metros cuadrados.Periodo de ocupación: Del 1 de noviembre de 2016 al 15 de marzo

de 2017.Periodo de presentación de solicitudes: Del 1 de noviembre de

2016 al 31 de enero de 2017.  1.6. Puestos de castañas y/o tubérculos asados. 1. Situados de nueva creación:Avenida de Logroño, c/v Playa de Riazor (junto a salida de metro

de Barajas).Plaza del Navío, n.º 4 (junto a calle Carabela). Plazo de vigencia de las autorizaciones: Del 1 de noviembre de

2016 al 15 de marzo de 2017.Plazo de presentación de las solicitudes: Del 1 de noviembre de

2016 al 31 de enero de 2017.  2. SITUADOS PARA LA INSTALACIÓN DE PUESTOS DE

ENCLAVE FIJO Y CARÁCTER DESMONTABLE 2.1. Puestos de flores y plantas. 1. Prorroga:Plaza de Hermanos Falcó y Álvarez de Toledo, 11.Avenida de Logroño, 321.Calle Rioja, 13 (junto a estación de metro Alameda de Osuna). Superficie máxima de ocupación: 2x2 metros.Plazo de vigencia de las autorizaciones: Día de la Madre y 1 de

noviembre de 2017.Plazo de presentación: Del 1 de noviembre de 2016 al 31 de enero

de 2017.

3. MERCADILLOS 3.1. PERIÓDICOS SECTORIALES. 1. Mercadillo calle Ayerbe.94 puestos de 6 metros x 2 metros. Plazo de vigencia de las autorizaciones: Quince años, prorrogable

por otros quince años.Plazo de presentación de documentación: Anual, que deben

aportar los actuales titulares de autorizaciones de venta ambulante, del1 de noviembre de 2016 al 31 de enero de 2017.

 4. FERIAS. 4.1. Fiestas del Distrito: Situado: Recinto Ferial calle Ayerbe.Superficie destinada a las atracciones de feria: 6.100 metros

cuadrados.Superficie máxima de la ocupación: 1.600 metros cuadrados.Periodo: Del 14 al 18 de septiembre de 2017. 4.2. Feria del Marisco: Situado: Plaza de Cristina Arce y Rocío Oña.Superficie: 1.750 metros cuadrados.Superficie de ocupación: Máximo 1.000 metros cuadrados.Periodo: Del 1 al 31 de marzo de 2017 y del 1 al 31 de octubre de

2017. Situado Parcela municipal sita en calle Bahía de Gando, c/v calle

Bahía de Pollensa.Superficie: 3.300 metros cuadrados.Superficie de ocupación: Máximo 2.500 metros cuadrados.Periodo: Del 1 al 31 de marzo de 2017 y del 1 de octubre al 30 de

noviembre de 2017. 4.3. Feria de Abril y Ferias Temáticas. Situado: Recinto ferial calle Ayerbe.Superficie 14.000 metros cuadrados.Superficie de ocupación: Máximo 6.000 metros cuadrados.Período: Del 1 de abril al 30 de mayo de 2017.Situado: Plaza de Cristina Arce y Rocío Oña.Superficie: 1.750 metros cuadrados.Superficie de ocupación: Máximo 1.000 metros cuadradosPeriodo: Del 1 de abril al 30 de mayo de 2017.  4.4. Mercadillos Temáticos. Situado: Plaza de Cristina Arce y Rocío Oña.Superficie: 1.750 metros cuadrados.Superficie de ocupación: Máximo 1.000 metros cuadrados.Periodo: Del 1 de mayo al 30 de junio de 2017 y del 1 al 30 de

octubre de 2017.Situado: Pasillo en la zona verde comprendida entre la avenida de

Logroño y el panteón de Fernán Núñez.Superficie: 600 metros cuadrados.Superficie de ocupación: Máximo 600 metros cuadrados.Periodo: Del 1 de mayo al 30 de junio de 2017 y del 1 al 30 de

octubre 2017.  4.5. Cine de verano. Situado: Calle Ayerbe (recinto ferial).Superficie: 14.000 metros cuadrados.Superficie de ocupación: Máximo 6.000 metros cuadrados.Periodo: Del 30 de junio al 31 de agosto de 2017.Situado: Plaza de Cristina Arce y Rocío Oña.Superficie: 1.700 metros cuadrados.Superficie de ocupación: Máximo 1.500 metros cuadrados.Periodo: Del 30 de junio al 31 de agosto de 2017. 4.6. Mercadillo navideño y atracciones infantiles de invierno. Situado: Plaza de Cristina Arce y Rocío Oña.Superficie: 1.700 metros cuadrados.Superficie de ocupación: Máximo 1.500 metros cuadrados.Período: Del 1 de enero al 30 de abril 2017 y del 1 de noviembre al

31 de diciembre de 2017.  El plazo de solicitudes deberá cursarse con, al menos, 3 meses de

anterioridad a la fecha prevista de ocupación o, en su caso, de

BOAM núm. 7.638 13 de abril de 2016

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acuerdo con lo establecido en los pliegos a regir en la correspondienteautorización de ocupación, exceptuando el apartado I.1.5 de larelación de situados que indica el plazo de un mes.

 Dicha relación se entenderá aprobada definitivamente si no se

presentaran reclamaciones durante el plazo de información pública deveinte días, contados desde el día siguiente al de su publicación en el

Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, para formular alegaciones,de conformidad con el artículo 86 de la Ley 30/92, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común.

 Madrid, a 6 de abril de 2016.- La Concejala Presidenta del Distrito

de Barajas, Marta Gómez Lahoz.

BOAM núm. 7.638 13 de abril de 2016

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