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BOLETIN DE CRIMINALIDAD EN EL DISTRITO GREGORIO ALBARRACIN LANCHIPA Julio Septiembre 2 0 1 5 Violencia física Violencia psicológica Violencia física Violencia psicológica Violencia física Violencia psicológica Violencia física MUNICIPALIDAD DISTRITAL CRNL. GREGORIO ALBARRACÍN LANCHIPA

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BOLETIN DE CRIMINALIDAD EN EL DISTRITO GREGORIO ALBARRACIN LANCHIPA

Julio – Septiembre 2 0 1 5

Violencia física

Violencia psicológica

Violencia física

Violencia psicológica

Violencia física

Violencia psicológica

Violencia física

MUNICIPALIDAD DISTRITAL

CRNL. GREGORIO ALBARRACÍN LANCHIPA

Page 2: BOLETIN DE CRIMINALIDAD - cdn.munialbarracin.gob.pecdn.munialbarracin.gob.pe/files/seguridad/BOLETIN_OBSERVATORIO... · Julio – septiembre 2015 Se debe considerar que existen delitos

Incidencia Delictiva Julio - Septiembre 2015

Se debe considerar que existen delitos que no se denuncian, los cuales integran la denominada cifra negra. Según investigaciones desarrolladas por el Observatorio de Criminalidad y reportes oficiales sobre victimización publicados en nuestro país, un promedio de 4 de cada 10 delitos, infracciones a la ley penal y agresiones se denuncian.

ELABORACIÓN: Secretaría Técnica CODISEC - DCGAL

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ELABORACIÓN: Secretaría Técnica CODISEC - DCGAL

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ELABORACIÓN: Secretaría Técnica CODISEC - DCGAL

Infracciones a la Ley Julio – septiembre 2015

Se debe considerar que existen delitos que no se denuncian, los cuales

integran la denominada cifra negra. Según investigaciones desarrolladas por

el Observatorio de Criminalidad y reportes oficiales sobre victimización

publicados en nuestro país, un promedio de 4 de cada 10 delitos, infracciones

a la ley penal y agresiones se denuncian.

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Los adolescentes que tienen entre 14 y 17 años de edad y cometen una conducta punible tipificada en el Código Penal son considerados como infractores a la ley penal según el Código de los Niños y Adolescentes (artículos 183° y 184°). Si se demuestra judicialmente su responsabilidad, se les impone una medida socio-educativa en función de la gravedad de la infracción cometida, la cual puede ser una

amonestación, la prestación de servicios a la comunidad, la libertad asistida, la libertad restringida o el internamiento en un centro juvenil (artículo 217°).

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