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    Boletn Ocial de Castilla y Len

    Nm. 117 Pg. 27238Lunes, 20 de junio de 2016

    I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LENB. AUTORIDADES Y PERSONAL

    B.2. Oposiciones y Concursos

    CONSEJERA DE SANIDAD

    ORDEN SAN/525/2016, de 3 de junio, por la que se convoca proceso selectivo parael acceso a la condicin de personal estatutario fijo en plazas de la categora de Celador,

    del Servicio de Salud de Castilla y Len.

    Aprobadas las Ofertas de Empleo Pblico de la Administracin de la Comunidad deCastilla y Len para los aos 2015 y 2016 mediante el Acuerdo 17/2015, de 26 de marzo,(B.O.C. y L. n. 61 de 30 de marzo de 2015) y el Acuerdo 7/2016, de 4 de febrero,(B.O.C. y L. n. 24, de 5 de febrero de 2016), de conformidad con lo dispuesto en laLey 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los serviciosde salud (B.O.E. n. 301, de 17 de diciembre de 2003), en la Ley 2/2007, de 7 de marzo,del Estatuto Jurdico del personal estatutario del Servicio de Salud de Castilla y Len(B.O.C. y L. 14 de marzo de 2007), y de acuerdo con lo establecido en el Decreto 8/2011,de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Seleccin y determinadas

    formas de provisin de plazas y puestos de trabajo de personal estatutario en centros einstituciones sanitarias dependientes de la Gerencia Regional de Salud (B.O.C. y L.n. 42 de 2 de marzo), con el fin de atender las necesidades de personal de este Serviciode Salud, el Consejero de Sanidad, en uso de las competencias atribuidas.

    ACUERDA:

    Convocar proceso selectivo para el acceso, a travs del sistema de concurso-oposicin, a plazas de la categora de Celador del Servicio de Salud de Castilla y Len,con sujecin a las siguientes.

    BASES:

    Primera. Normas generales.

    1.1. Se convoca proceso selectivo para la cobertura de 68 plazas de la categorade Celador del Servicio de Salud de Castilla y Len, correspondientes a las Ofertas deEmpleo Pblico de los aos 2015 y 2016, de acuerdo con la siguiente distribucin:

    a) 61 plazas para el turno de acceso libre.

    b) 7 plazas para el turno de personas con discapacidad, con un grado de discapacidadigual o superior al 33 por ciento.

    1.2. Las plazas no cubiertas en el turno de personas con discapacidad se incrementarna las ofertadas en el turno libre.

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    Boletn Ocial de Castilla y LenNm. 117 Pg. 27239Lunes, 20 de junio de 2016

    1.3. Los aspirantes nicamente podrn participar en uno de los turnos establecidos.

    1.4. La realizacin de este proceso selectivo se ajustar a lo establecido en laLey 2/2007, de 7 de marzo, del Estatuto Jurdico del personal estatutario del Serviciode Salud de Castilla y Len, en la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marcodel personal estatutario de los servicios de salud; en el Real Decreto Legislativo 5/2015,de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Bsicodel Empleado Pblico, en el Acuerdo 17/2015, de 26 de marzo, (B.O.C. y L. n. 61 de30 de marzo de 2015), en el Acuerdo 7/2016, de 4 de febrero, (B.O.C. y L. n. 24, de5 de febrero de 2016), en el Decreto 8/2011, de 24 de febrero, por el que se aprueba elReglamento de Seleccin y determinadas formas de provisin de plazas y puestos detrabajo de personal estatutario en centros e instituciones sanitarias dependientes de laGerencia Regional de Salud (B.O.C. y L. n. 42 de 2 de marzo); as como en las basesde la presente orden. En lo no previsto por estas normas, se estar a lo dispuesto en laLey 7/2005 de 24 de mayo, de la Funcin Pblica de Castilla y Len y normas de

    desarrollo.

    1.5. El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura en el Anexo IIde la presente orden.

    1.6. El procedimiento de seleccin de los aspirantes, para todos los turnos, ser elde concurso-oposicin y estar formado por:

    a) Fase de oposicin.

    b) Fase de concurso.

    1.6.a) Fase de oposicin.

    La fase de oposicin consistir en la realizacin de un ejercicio nico para todos losturnos o sistemas de acceso, que tendr carcter eliminatorio.

    Dicho ejercicio consistir, para todos los turnos, en contestar un cuestionario queestar formado por 70 preguntas relacionadas con el programa establecido en esta Orden,con cuatro respuestas alternativas, de las que slo una de ellas ser la correcta, ms el10% de preguntas de reserva para posibles anulaciones.

    Las contestaciones errneas se penalizarn con un tercio del valor de las respuestascorrectas. No tendrn la consideracin de errneas las preguntas no contestadas.

    El Tribunal Calificador determinar el nmero mnimo de respuestas correctasnecesario, una vez descontadas las negativas, para superar el ejercicio, que, en todocaso, ser el mismo para todos los turnos. Esta decisin se tomar con anterioridad a laidentificacin de los aspirantes y el ejercicio se calificar de cero a diez puntos.

    En todo caso, el nmero mnimo de respuestas correctas necesario para superarel ejercicio, que determine el Tribunal Calificador, no podr ser inferior al 50% de laspreguntas formuladas, una vez descontadas las negativas.

    El tiempo total para la realizacin de este ejercicio ser de 90 minutos, incluido elcorrespondiente a las preguntas de reserva.

    Las pruebas para el turno de personas con discapacidad tendrn idntico contenidoque las de los aspirantes del turno libre.

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    Boletn Ocial de Castilla y LenNm. 117 Pg. 27240Lunes, 20 de junio de 2016

    El Tribunal Calificador publicar, en el plazo de dos das hbiles siguientes a larealizacin del ejercicio, las respuestas correctas, en los tablones de anuncios de lasGerencias de Salud de rea, en la sede del Tribunal y en la pgina Web del portal de salud

    (htt://www.saludcastillayleon.es).Asimismo esta informacin se remitir al servicio telefnico de Informacin 012.

    (983 327 850 para llamadas desde fuera de Castilla y Len).

    Los aspirantes dispondrn de un plazo de siete das naturales, a partir del dasiguiente de la publicacin de las respuestas correctas, para plantear impugnacionesfundadas contra las preguntas formuladas o las respuestas otorgadas por el Tribunal.Dichas impugnaciones debern dirigirse, debidamente documentadas, a la sede delTribunal.

    El Tribunal mediante Resolucin, publicar al menos en las Gerencias de Salud de

    rea, en la sede del propio Tribunal y en el Portal de Salud, las relaciones de aspirantes quehubieran superado el ejercicio de la fase de oposicin, de forma separada para cada turno.Asimismo esta informacin se remitir al Servicio de telefnico 012. En esta Resolucinel Tribunal indicar, en su caso, las preguntas anuladas, que sern sustituidas por otrastantas de reserva.

    Podrn superar la fase de oposicin un nmero de aspirantes superior al de lasplazas convocadas.

    1.6.b) Fase de concurso.

    En la fase de concurso se valorarn nicamente los mritos aportados y debidamente

    acreditados con arreglo al baremo que se recoge en el Anexo III de la presente orden.

    Para acceder a la fase de concurso, los aspirantes debern superar previamentela fase de oposicin, por lo que nicamente se valorarn los mritos de aqullos quela hubieran superado, referidos al ltimo da del plazo de presentacin de solicitudes yacreditados mediante la aportacin de la documentacin original de los mismos o fotocopiacompulsada. Dicha documentacin se presentar en el plazo de 20 das naturales siguientesal de la publicacin de la Resolucin por la que publica la relacin de aspirantes que hayansuperado la fase de oposicin.

    En ningn caso, la puntuacin obtenida en la fase de concurso podr ser aplicada

    para superar el ejercicio de la fase de oposicin.El Tribunal, que solamente valorar la documentacin debidamente acreditada y

    aportada en tiempo y forma, podr requerir cualquier aclaracin sobre la misma. Si elrequerimiento no es atendido, no podr valorarse el mrito correspondiente.

    Asimismo, los aspirantes que aporten mritos cuyos certificados estn redactadosen idioma extranjero distinto a los oficiales de Espaa debern presentar copia traducidapor traductor jurado de los documentos aportados, en caso contrario, no se procedera su valoracin. En todo caso, se tendr en cuenta lo dispuesto en el artculo 36 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Rgimen Jurdico de las Administraciones Pblicasy del Procedimiento Administrativo Comn, respecto a las lenguas cooficiales.

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    Boletn Ocial de Castilla y LenNm. 117 Pg. 27241Lunes, 20 de junio de 2016

    1.7. La realizacin del proceso selectivo tendr una duracin mxima de ochomeses. Los solicitantes podrn entender desestimadas sus peticiones transcurrido eltiempo mximo establecido sin que recaiga resolucin expresa, sin perjuicio del sentido

    de la resolucin que se dicte con posterioridad.Segunda. Requisitos de los aspirantes.

    2.1. Para ser admitidos al presente proceso selectivo, los aspirantes debern reunirlos requisitos siguientes:

    a) Poseer la nacionalidad espaola. Tambin podrn participar, en igualdad decondiciones que los espaoles:

    1. Los nacionales de los Estados Miembros de la Unin Europea.

    2. El cnyuge de los espaoles y de los nacionales de los Estados miembrosde la Unin Europea, cualquiera que sea su nacionalidad, siempre que noestn separados de derecho, o la pareja de hecho. Asimismo con las mismascondiciones, podrn participar sus descendientes y los del cnyuge o los dela pareja de hecho menores de 21 aos o mayores de dicha edad que vivan asus expensas.

    3. Las personas incluidas en el mbito de aplicacin de los TratadosInternacionales celebrados por la Unin Europea y ratificados por Espaa, enlos que sea de aplicacin la libre circulacin de trabajadores.

    Los aspirantes incluidos en el apartado segundo y tercero debern acompaar

    a su solicitud documento que acredite las condiciones que se alegan, medianteaportacin del documento original o fotocopia compulsada.

    b) Tener cumplidos diecisis aos y no exceder de la edad de jubilacin forzosa.

    c) Titulacin: Estar en posesin del Certificado de Escolaridad o equivalente expedidopor el Ministerio competente en materia de Educacin o estar en condiciones deobtenerlo dentro del plazo establecido para la presentacin de solicitudes.

    En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deber estar en posesinde la credencial que acredite su homologacin por el Ministerio competente enmateria de Educacin.

    d) Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeo de las funcionesque se deriven del correspondiente nombramiento.

    e) No ostentar la condicin de personal estatutario fijo de la misma categoraobjeto de convocatoria, a la fecha de finalizacin del plazo de presentacin desolicitudes.

    f) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, de cualquier serviciode salud o Administracin Pblica en los seis aos anteriores a la convocatoria, nihallarse inhabilitado con carcter firme para el desempeo de funciones pblicas

    ni, en su caso, para la correspondiente profesin.

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    Boletn Ocial de Castilla y LenNm. 117 Pg. 27242Lunes, 20 de junio de 2016

    Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la espaola debern acreditar,igualmente, no estar sometidos a sancin disciplinaria o condena penal queimpida, en su Estado, el acceso a la funcin pblica.

    g) No haber sido condenado por sentencia firme por algn delito contra la libertad eindemnidad sexual, conforme dispone el artculo 13.5 de la Ley Orgnica 1/1996,de 15 de enero, de Proteccin Jurdica del Menor, de modificacin parcial delCdigo Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

    2.2. Los aspirantes que se presenten por el turno de personas con discapacidad,habrn de tener reconocido y actualizado, un grado de discapacidad igual o superior al33 por ciento, debiendo acompaar a la solicitud certificado acreditativo de tal condicin,mediante la aportacin de la documentacin original de los mismos o fotocopia compulsada,expedido por los rganos competentes en materia de servicios sociales. No obstantelo anterior, aquellos aspirantes a los que se haya reconocido dicha discapacidad por la

    Comunidad Autnoma de Castilla y Len no debern aportar tal acreditacin.

    El grado y tipo de discapacidad requerido en la correspondiente convocatoria deberposeerse el da de finalizacin del plazo de presentacin de solicitudes y mantenersedurante todo el proceso selectivo. Los aspirantes debern comunicar al rgano gestordel proceso selectivo cualquier modificacin que se produzca en su grado o en el tipo dediscapacidad durante su desarrollo.

    El reconocimiento de una discapacidad con posterioridad a la finalizacin delplazo de presentacin de solicitudes, an cuando se hiciese con efectos retroactivos,no podr conllevar en ningn caso la admisin del aspirante al turno de personas condiscapacidad.

    Los aspirantes que participen por el turno reservado a personas con discapacidadque no renan o acrediten los requisitos exigidos en los mismos, sern incluidos de oficioen la relacin de admitidos del turno libre, siempre y cuando, previo requerimiento porparte del rgano gestor, abonen los derechos de examen correspondientes a este turno.

    2.3. Todos los requisitos establecidos en esta base segunda debern poseerse en elda de finalizacin del plazo de presentacin de solicitudes y mantenerse hasta el momentode la toma de posesin, salvo lo dispuesto en el apartado 2.1.e) de esta base.

    Tercera. Solicitudes.

    3.1. Quienes deseen tomar parte en este proceso selectivo, debern realizar lassiguientes actuaciones:

    3.1.1. Cumplimentar el modelo de solicitud que est disponible en la pgina web delPortal de Salud de Castilla y Len:

    http://www.saludcastillayleon.es/profesionales/es/procesos_selectivos/convocatorias-procesos-selectivos-2016.

    En la citada pgina del portal de salud se encontrar el siguiente enlace:

    https://procesosselectivos.saludcastillayleon.es al que debern acceder.

    3.1.2. Los participantes, una vez que cumplimenten el modelo de solicitud por estemedio, debern imprimir dos ejemplares, abonar los derechos de examen (salvo exentos),

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    Boletn Ocial de Castilla y LenNm. 117 Pg. 27243Lunes, 20 de junio de 2016

    y presentarlos (2 ejemplares) en un registro oficial (o en oficinas de correo en sobre abierto),conforme a lo dispuesto en la presente convocatoria, en el plazo indicado a continuacin.

    3.2. Plazo, lugar y forma de presentacin de solicitudes.

    3.2.1. El plazo de presentacin de solicitudes ser de 20 das naturales, contadosa partir del da siguiente al de la publicacin de esta convocatoria en el Boletn Oficialde Castilla y Len y se dirigirn a la Gerencia de Salud de rea de Palencia, sita en lacalle Soldados, n. 15 de Palencia-34001.

    3.2.2. Las solicitudes podrn presentarse en los Servicios Centrales de la GerenciaRegional de Salud de Castilla y Len, en las Gerencias de Salud de rea, as como enlos centros oficiales a los que se refiere y en la forma prevista en el artculo 38.4 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Rgimen Jurdico de las Administraciones Pblicasy del Procedimiento Administrativo Comn.

    Las solicitudes que se presenten a travs de las Oficinas de Correos debern iren sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes de suenvo.

    Las solicitudes suscritas en el extranjero se cursarn a travs de las representacionesdiplomticas o consulares espaolas correspondientes.

    3.2.3. Las solicitudes debern presentarse en duplicado ejemplar. Uno quedar enpoder de la Administracin y el otro en poder del interesado, una vez sellado y registradopor la oficina pblica donde se presente la solicitud.

    3.2.4. Con independencia de que hagan uso o no de la reserva para discapacitados,aquellos aspirantes que precisen adaptaciones debern indicarlo en el apartadocorrespondiente de la solicitud, pudiendo solicitar las necesidades especficas deadaptacin y ajuste de tiempo y medios que consideren oportunas para participar en laspruebas selectivas en condiciones de igualdad. Para ello harn constar en la solicitud lasposibles adaptaciones que precisen para participar en las pruebas selectivas.

    El Tribunal calificador adoptar las medidas precisas en aquellos casos que resultenecesario, de forma que los aspirantes que hubieran solicitado adaptaciones de tiempoy/o medios en la forma prevista en el apartado anterior, gocen de similares condicionespara la realizacin de los ejercicios que el resto de los participantes. En ningn caso, lasadaptaciones solicitadas podrn desvirtuar el carcter de las pruebas selectivas.

    El rgano Gestor del presente proceso selectivo solicitar informe tcnico a laGerencia de Servicios Sociales de Castilla y Len, o a cualquier otro rgano competentede las Administraciones Pblicas, sobre la necesidad o no de la adaptacin solicitada porlos aspirantes, en funcin de las caractersticas especificas de las pruebas de oposicin yel tiempo establecido para su desarrollo.

    3.2.5. Los aspirantes extranjeros debern presentar, junto con la solicitud, documentoque acredite que es nacional de la Unin Europea o de algn Estado al que, en virtud delos Tratados Internacionales celebrados por la Unin Europea y ratificados por Espaa,sea de aplicacin la libre circulacin de trabajadores. Los familiares de los anteriores quetengan derecho a participar en el proceso selectivo conforme a la normativa aplicable,

    debern presentar fotocopia compulsada de un documento que acredite el vnculo deparentesco y, en su caso, del hecho de vivir a sus expensas.

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    Boletn Ocial de Castilla y LenNm. 117 Pg. 27244Lunes, 20 de junio de 2016

    3.3. Tasa por participacin en las pruebas selectivas.

    3.3.1. Los derechos de examen para participar en el proceso selectivo por el turnolibre sern de 9,10 euros.

    3.3.2. Las modalidades de pago de la tasa por derechos de examen que se puedenutilizar son las siguientes:

    a) Pago presencial. Esta modalidad permite dos opciones:

    1. Pago a travs de entidad colaboradora.

    2. Pago a travs de la cuenta restringida.

    Para el pago presencial en cualquiera de las dos opciones indicadas se utilizarel modelo 046, que se encuentra en el siguiente enlace:

    http://www.tributos.jcyl.es/web/jcyl/Tributos/es/Plantilla100/1284270174781/_/_/_

    Al acceder a este enlace aparecer el modelo denominado Modelo 046 online. Acceso sin certificado. Tambin aparecer un modelo especfico para laConsejera de Sanidad denominado Acceso al modelo 046 en formato PDF:modelos preimpresos especficos por Consejeras. Se podr utilizar uno u otro.En este ltimo modelo aparecern ya cumplimentados determinados datos.

    Una vez cumplimentado correctamente el modelo 046, y al dar en pestaaimprimir cumplimentado aparecer el documento (tres ejemplares).

    Una vez impresos los ejemplares, en la parte inferior del mismo, el aspirantepodr optar por realizar el ingreso a travs de entidades colaboradoras (debermarcar casilla) o en cuenta restringida.

    Si opta por realizar el ingreso a travs de entidades colaboradoras (una vezmarcada manualmente la casilla Ingreso a travs de entidades colaboradorasy firmados los 3 ejemplares), deber presentar los tres ejemplares en cualquieroficina de Banco, Caja de Ahorros o Cooperativa de crdito que actan comoentidades colaboradoras de la recaudacin tributaria. La relacin de entidadescolaboradoras que admiten el pago presencial del modelo 046 se puede consultaren la siguiente direccin de internet:

    http://www.tributos.jcyl.es/web/jcyl/Tributos/es/Plantilla100/1284561102356/_/_/_

    En el Ejemplar para la Administracin y Ejemplar para el interesado delmodelo 046 deber constar que se ha realizado dicho ingreso mediante validacinde la entidad colaboradora a travs de certificacin mecnica o, en su defecto,de sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos.El Ejemplar para la Administracin debidamente validado se acompaar almodelo de solicitud que se presente en la Administracin.

    Si el interesado opta por el pago a travs de la cuenta restringida:

    Se marcar manualmente en el modelo 046 (parte inferior) la opcin Pago encuenta restringida y se cumplimentar a mano el campo de la cuenta, con la

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    Boletn Ocial de Castilla y LenNm. 117 Pg. 27245Lunes, 20 de junio de 2016

    siguiente numeracin: ES26 2108 2260 86 0033892442. El ingreso se efectuaren cualquier oficina de la Entidad Financiera Banco Caja Espaa de Inversiones,Salamanca y Soria, S.A. (Grupo UNICAJA).

    b) Pago mediante transferencia.

    El pago se realizar mediante transferencia a la cuenta de abonoES26 2108 2260 86 0033892442.

    Los requisitos de esta forma de pago son los siguientes:

    El interesado cumplimentar el formulario Autoliquidacin y orden detransferencia que se acompaa como Anexo V de esta orden, lo firmar y loacompaar al modelo de solicitud de participacin en las pruebas selectivas,junto al resguardo bancario.

    En el campo Concepto o equivalente de la transferencia deber hacerseconstar: DNI con letra y Orden de la convocatoria (SAN/130/2016), sinespacios. Ejemplo: 12345678ASAN/130/2016.

    El importe ingresado en la cuenta de abono deber ser el importe ntegro dela tasa. No podr disminuirse este importe como consecuencia de comisionesbancarias por transferencias o cualquier otro motivo.

    Las rdenes de transferencia debern realizarse con anterioridad al quinto dalaborable previo al final del plazo de presentacin de las solicitudes.

    El pago de la tasa solamente se considera producido cuando el importe ntegrode la cuota est ingresado en la cuenta de abono antes citada. El interesadoes el responsable que se produzca el pago de la tasa antes de finalizar el plazode presentacin de solicitudes y la falta del pago en plazo de la tasa que seaconsecuencia de la operativa de las entidades de depsito que intervienen enla transferencia no ser oponible ante la Administracin.

    c) Adems de las modalidades indicadas anteriormente, se podr utilizar el pagotelemtico del Modelo 046 (con acceso con certificado/DNI electrnico), cuyaopcin aparece en el enlace sealado.

    3.3.3. Son causas de exclusin del aspirante:

    La no presentacin de la solicitud en tiempo y forma.

    La falta de pago en plazo de la tasa por derechos de examen o la falta dejustificacin de encontrarse exento de este pago.

    No obstante lo anterior, podr subsanarse el pago incompleto de la tasa.

    3.3.4. Estarn exentas del pago de la tasa por derechos de examen.

    a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento,debiendo acompaar a la solicitud, acreditacin de la misma. No obstante loanterior, aquellos aspirantes a los que se haya reconocido dicha discapacidad porla Comunidad Autnoma de Castilla y Len no debern aportar tal acreditacin.

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    Boletn Ocial de Castilla y LenNm. 117 Pg. 27246Lunes, 20 de junio de 2016

    b) Los miembros de las familias numerosas que tengan reconocida tal condicin,siempre que la base imponible total, menos el mnimo personal y familiar, en elImpuesto sobre la Renta de las Personas Fsicas de la unidad familiar del interesado

    no supere 18.900 euros en tributacin individual o 31.500 en tributacin conjunta.La condicin de familia numerosa se acreditar mediante el carnet de familianumerosa expedido por la Junta de Castilla y Len o documento equivalenteen el caso de aspirantes que sean residentes en otra comunidad autnoma. Elrequisito de renta se referir al ltimo ejercicio cuyo perodo de autoliquidacinse encuentre finalizado a la fecha de publicacin de esta convocatoria. A estosefectos, debern acompaar a la solicitud acreditacin de la misma, medianteaportacin del documento original o fotocopia compulsada.

    La aplicacin de cualquiera de estas exenciones tiene la naturaleza de declaracintributaria a efectos de la potestad administrativa para comprobar la veracidad de losdatos proporcionados por el interesado y de la eventual comisin de la infraccin prevista

    en el artculo 194 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (solicitarindebidamente devoluciones, beneficios o incentivos fiscales).

    3.3.5. En ningn caso, el pago en la entidad bancaria de la tasa de derechos deexamen supondr la sustitucin del trmite de presentacin, en tiempo y forma, de lasolicitud.

    No proceder devolucin alguna de la tasa en los supuestos de exclusin definitivade las pruebas selectivas por causa imputable al interesado.

    3.4. Los aspirantes quedan vinculados a los datos consignados en la solicitud,pudiendo nicamente promover su modificacin mediante escrito motivado presentadoen el plazo de presentacin de solicitudes, sin perjuicio de lo previsto en el apartadosiguiente.

    El domicilio que figura en la solicitud se considerar el nico vlido a efectos denotificaciones, siendo responsabilidad exclusiva del aspirante tanto los errores en suconsignacin como la falta de comunicacin de cualquier cambio de domicilio.

    Cuarta. Admisin de aspirantes.

    4.1. Finalizado el plazo de presentacin de solicitudes, la Gerencia del ComplejoAsistencial Universitario de Palencia dictar Resolucin, aprobando las listas provisionales

    de aspirantes admitidos y excluidos, con indicacin de los lugares en que se encuentranexpuestas al pblico las listas completas, con expresin en su caso, de las causas deexclusin. Dicha Resolucin se publicar en el Boletn Oficial de Castilla y Len, aexcepcin de los listados, que con expresin del nombre, apellidos, DNI, e indicando, ensu caso, la causa de exclusin, sern expuestos en las Gerencias de Salud de rea yen el Portal de Salud de Castilla y Len (http://www.saludcastillayleon.es) y se remitir altelfono de informacin 012.

    4.2. Los aspirantes dispondrn de un plazo de quince das naturales, contados apartir del da siguiente al de la publicacin de la Resolucin citada en el punto anterior,para presentar reclamaciones o subsanar el defecto que haya motivado su exclusin o ensu caso, su no inclusin expresa.

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    Boletn Ocial de Castilla y LenNm. 117 Pg. 27247Lunes, 20 de junio de 2016

    4.3. Las reclamaciones, contra la Resolucin por la que se aprueban las listasprovisionales de admitidos y excluidos, se resolvern mediante Resolucin de la Gerenciadel Complejo Asistencial Universitario de Palencia en el momento que apruebe las listas

    definitivas de admitidos y excluidos, e indicar lugar, da y hora para la realizacin delejercicio de la fase de oposicin. Esta Resolucin deber ser publicada en el BoletnOficial de Castilla y Len con una antelacin mnima de 10 das naturales a la celebracindel ejercicio. Los listados no sern objeto de publicacin en el Boletn Oficial de Castillay Len, siendo expuestos en los lugares indicados en el punto 4.1.

    4.4. Contra dicha Resolucin por la que se aprueba la relacin definitiva de admitidosy excluidos, podr interponerse recurso de alzada ante Gerente de Salud de rea dePalencia, en el plazo de un mes, contado desde el da siguiente a su publicacin, segnlo dispuesto en los artculos 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Rgimen Jurdico de las Administraciones Pblicas y del Procedimiento AdministrativoComn.

    Si en la fecha de la celebracin de las pruebas no se hubiera resuelto el recursoformulado, los aspirantes afectados podrn realizar el examen de forma condicionada, sibien ste carecer de validez en el supuesto de ser desestimado el mencionado recurso.

    El hecho de figurar en la relacin de admitidos no prejuzga que se reconozca alos interesados la posesin de los requisitos exigidos en el procedimiento convocado alamparo de estas bases.

    Quinta. Tribunales.

    5.1. El Tribunal calificador, titular y suplente, figura en el Anexo IV de estaconvocatoria.

    5.2. Los miembros del Tribunal Calificador debern abstenerse de intervenir en elproceso selectivo, notificndolo a la autoridad convocante, cuando concurra en ellos algunade las circunstancias previstas en el artculo 28.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Rgimen Jurdico de las Administraciones Pblicas y del Procedimiento AdministrativoComn, o si hubieran realizado tareas de preparacin de aspirantes a pruebas selectivasen los cinco aos anteriores a la publicacin de esta convocatoria. Asimismo los aspirantespodrn recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstasen el referido artculo.

    5.3. Previa convocatoria por el Presidente de los miembros titulares y suplentes, seconstituir el Tribunal Calificador en el plazo mximo de un mes, a partir de la publicacinen el Boletn Oficial de Castilla y Len de la presente orden.

    5.4. Para la vlida constitucin del Tribunal Calificador, a efectos de celebracin desesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requerir la presencia del Presidente ySecretario y la mitad al menos de sus miembros, titulares o suplentes, de modo indistinto.

    Con carcter general, no podrn actuar indistinta y concurrentemente titulares ysuplentes, exceptundose de esta regla las sesiones de constitucin del Tribunal, ascomo aquellas otras en las que, por la complejidad tcnica de los asuntos a tratar o por elexceso de trabajo, se considere necesario, previa autorizacin de la Direccin General de

    Profesionales de la Gerencia Regional de Salud.

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    En aquellas sesiones en las que se d la concurrencia de titulares y suplentes, slopodrn ejercer su derecho a voto los miembros titulares del Tribunal y los suplentes queacten en sustitucin del titular.

    5.5. Dentro del proceso selectivo, el Tribunal Calificador resolver las dudas quepudieran surgir en la aplicacin de estas bases, as como la forma de actuacin en loscasos no previstos. Su actuacin se ajustar a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, de Rgimen Jurdico de las Administraciones Pblicas y del ProcedimientoAdministrativo Comn, en lo referente al funcionamiento de rganos colegiados.

    5.6. El Tribunal solicitar al rgano convocante el nmero mximo de asistenciasque puedan devengarse, teniendo en cuenta las sesiones previsibles segn el nmero deaspirantes, el tiempo necesario para la elaboracin de cuestiones, correccin del ejercicioy otros factores de tipo objetivo.

    El Tribunal podr solicitar de la Direccin General de Profesionales Gerente de Saludde rea de Palencia el nombramiento e incorporacin de aquel personal colaborador quese estime necesario para el desarrollo de las pruebas o de asesores especialistas, cuandolas circunstancias o el carcter de alguna de las pruebas as lo aconseje.

    5.7. Corresponde al Tribunal la determinacin concreta del contenido de las pruebasy su calificacin, adoptando, en su caso, las medidas oportunas para garantizar el correctodesarrollo del proceso selectivo.

    5.8. A efectos de reclamaciones y dems incidencias, el Tribunal tendr su sede enla Gerencia del Complejo Asistencial Universitario de Palencia, sita en la calle Donantesde Sangre, s/n de Palencia-34005.

    5.9. Los miembros del Tribunal y, en su caso personal colaborador y los asesoresespecialistas, tendrn derecho a la percepcin de las indemnizaciones que correspondanpor asistencia al mismo, de acuerdo con la normativa vigente sobre Indemnizaciones porrazn de Servicio. En el presente caso la clasificacin del rgano de seleccin y calificacina efectos de percepcin de asistencias, ser de la segunda categora.

    5.10. La tramitacin y la aprobacin de los expedientes de gastos derivados de lagestin de material del proceso selectivo objeto de la presente convocatoria correspondera la Gerencia del Complejo Asistencial Universitario de Palencia.

    Sexta. Desarrollo del proceso selectivo.El ejercicio de la fase de oposicin se celebrar en el lugar que se indique en la

    Resolucin por la que se apruebe la relacin definitiva de admitidos y excluidos y sedesarrollar con arreglo a lo establecido en esta base.

    6.1. La fecha, hora y lugares para la realizacin del ejercicio de la fase de oposicin,que ser la misma para todos los aspirantes, se publicar en el Boletn Oficial de Castillay Len con ocasin de la publicacin de la Resolucin por la que se apruebe la relacindefinitiva de aspirantes admitidos y excluidos al proceso selectivo.

    6.2. Finalizado el ejercicio de la fase de oposicin, el Tribunal har pblica la

    Resolucin con la relacin de los aspirantes aprobados, separando la de cada turnode acceso, con indicacin de la puntuacin obtenida. Esta Resolucin se har pblica

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    en las Gerencias de Salud de rea, en la sede del Tribunal, en el portal de salud(http://www.saludcastillayleon.es) y se remitir al servicio telefnico de informacin 012.Asimismo, el Tribunal, para facilitar su mxima divulgacin, proceder a su publicacin

    en el tabln de anuncios de las Gerencias de Atencin Primaria y Especializada de laGerencia Regional de Salud.

    6.3. El Tribunal adoptar las medidas necesarias para garantizar que el ejerciciode que consta la fase de oposicin sea corregido sin que se conozca la identidad de losaspirantes.

    6.4. El Tribunal calificador establecer para las personas con discapacidad quepreviamente lo hayan solicitado, las adaptaciones posibles de tiempo y medios para larealizacin del ejercicio de forma que dispongan de igualdad de oportunidades con losdems participantes.

    6.5. El Tribunal podr requerir a los aspirantes para que acrediten su identidad encualquier momento.

    6.6. Los aspirantes sern convocados en llamamiento nico, quedando decadosen su derecho quienes no comparezcan a realizarlo, sin perjuicio de la necesidad deaplazamiento de dicho llamamiento en los supuestos establecidos en el apartado sexto.2del Acuerdo 17/2015, de 26 de marzo, de la Junta de Castilla y Len, por el que se apruebala Oferta de Empleo Pblico de la Administracin de la Comunidad de Castilla y Len parael ao 2015 y del Acuerdo 7/2016, de 4 de febrero (B.O.C. y L. n. 24, de 5 de febrerode 2016), por el que se aprueba la Oferta de Empleo Pblico de la Administracin de laComunidad de Castilla y Len para el ao 2016, en la Ley Orgnica 3/2007, de 22 demarzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y en aquellos casos en que assea necesario un aplazamiento del llamamiento como consecuencia de la obligacin derespetar cualquier derecho fundamental declarado constitucionalmente.

    De tal forma que si alguna/o de los aspirantes no pudiera completar el procesoselectivo a causa de embarazo de riesgo o parto debidamente acreditados o por alguna delas otras causas establecidas en el prrafo anterior, aqul quedar aplazado, reanudndosea la terminacin de la causa, siempre y cuando tal aplazamiento no menoscabe el derechodel resto de los aspirantes a una resolucin del proceso ajustada a tiempos razonables;este extremo deber ver valorado por el tribunal. En todo caso, la realizacin de las pruebasselectivas pendientes deber tener lugar antes de la publicacin de la lista de aspirantesque han superado el proceso selectivo.

    6.7. Si en el transcurso del proceso selectivo llegara a conocimiento del Tribunal odel rgano convocante que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitosexigidos en la convocatoria, se comunicar de inmediato a la Gerencia del ComplejoAsistencial Universitario de Palencia para la adopcin de la resolucin que proceda, previaaudiencia del interesado.

    Sptima. Fase del concurso.

    7.1. En el plazo de 20 das naturales, contados a partir del da siguiente al que sehaga pblica la relacin de aspirantes aprobados de la fase de oposicin, los aspirantesque la hayan superado debern presentar la documentacin acreditativa de los mritosalegados a que se hace referencia en esta base.

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    7.2. El Tribunal, que solamente podr valorar la documentacin debidamenteacreditada y aportada en tiempo y forma, podr requerir cualquier aclaracin sobre lamisma. Si el requerimiento no es atendido, no podr valorarse el mrito correspondiente.

    7.3. La certificacin de los mritos ir referida al ltimo da del plazo de presentacinde solicitudes, acreditados mediante aportacin del documento original o fotocopiacompulsada.

    7.4. En ningn caso, la puntuacin obtenida en la fase de concurso podr ser aplicadapara superar el ejercicio de la fase de oposicin.

    7.5. La valoracin de los mritos correspondientes a esta fase de concurso se realizarconforme se establece en el Anexo III de la presente convocatoria y la puntuacin mximaque puede obtenerse por todos los mritos de la fase de concurso ser de 10 puntos.

    7.6. El Tribunal publicar en los mismos lugares que se indican en la Base 6.2. laResolucin que contenga la valoracin provisional de mritos de la fase de concurso,separando la de cada turno de acceso, con indicacin de la puntuacin obtenida en cadauno de los mritos a considerar y la total.

    Los aspirantes dispondrn de un plazo de quince das naturales, contados a partir delsiguiente al de su publicacin, para efectuar las alegaciones pertinentes. Finalizando dichoplazo y una vez resueltas las reclamaciones por el Tribunal, ste publicar la Resolucinaprobando la valoracin definitiva de los mritos de la fase de concurso en los lugaresindicados en la Base 6.2.

    Las alegaciones planteadas contra la resolucin por la que se aprueben las

    relaciones provisionales sern admitidas o rechazadas mediante la publicacin de larelacin definitiva de mritos, que servir de notificacin a los interesados que hayanpresentado las mismas, no siendo, por lo tanto, objeto de contestacin individual.

    Octava. Relaciones de aprobados, oferta de destinos y presentacin dedocumentos.

    8.1. Finalizada la fase de concurso del proceso selectivo, el Tribunal Calificadorelevar al rgano convocante propuesta con la relacin de aspirantes que hayan superadoel proceso selectivo, por orden de puntuacin, reflejando la puntuacin obtenida en la fasede oposicin, la obtenida en la fase de concurso y la suma total de ambas. En caso de

    empate, el orden de los aspirantes se establecer atendiendo a los siguientes criterios:1. Mayor puntuacin obtenida en la fase de oposicin.

    2. Mayor puntuacin obtenida en la fase de concurso.

    3. Mayor puntuacin obtenida, por su orden, en los distintos apartados delbaremo de la fase de concurso: En primer lugar, en el apartado de experienciaprofesional y en segundo lugar, en el de formacin Continuada.

    4. De persistir an el empate, el orden alfabtico de su primer apellido comenzandopor la letra resultante del sorteo pblico realizado por la Direccin Generalde la Funcin Pblica de la Consejera de la Presidencia, cuyo resultado se

    publique en el Boletn Oficial de Castilla y Len en el ao correspondiente ala publicacin de la presente convocatoria.

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    Los aspirantes que, habiendo participado a travs del turno de discapacidad, noobtuvieran plazas por dicho turno de participacin, y hubieran obtenido una puntuacinigual o superior, a la de alguno de los aspirantes que hubieran participado a travs del

    turno libre, sern incluidos por su orden de puntuacin, en la relacin de aprobados delturno libre.

    En ningn caso el Tribunal podr declarar que ha superado el proceso selectivoun nmero superior de aspirantes al de plazas convocadas, declarndose nula de plenoderecho cualquier resolucin que contravenga esta norma.

    Con independencia de lo indicado anteriormente, al finalizar el proceso selectivo,se elaborar una relacin nica, en la que se incluyan todos los aspirantes que hayansuperado dicho proceso, ordenados por la puntuacin obtenida, con independencia delturno por el que hayan participado. En caso de empate, aqul que haya participado por elturno de discapacidad, ocupar el primer lugar entre ellos.

    Con el fin de asegurar la cobertura de todas las plazas convocadas, cuando seproduzca alguno de los supuestos regulados en el artculo 16.4 del Decreto 8/2011,de 24 de febrero (B.O.C. y L. n. 42 del 2 de marzo de 2011), el rgano competentepara el nombramiento de los aspirantes, podr requerir al rgano de seleccin relacincomplementaria de aquellos aspirantes que sigan por puntuacin a los propuestos, parasu posible nombramiento como personal estatutario fijo.

    En estos supuestos se podr llevar a cabo la publicacin del nombramiento deaquellos que hayan presentado en tiempo y forma la documentacin requerida, sin esperara la presentacin de documentacin por parte de los nuevos aspirantes propuestos.

    8.2. La relacin de aprobados, junto con la oferta de las vacantes correspondientes,ser publicada en el Boletn Oficial de Castilla y Len por Orden del Consejero deSanidad de la Junta de Castilla y Len, debiendo los aspirantes que figuren en la mismapresentar ante la Direccin General de Profesionales, en el plazo de veinte das naturales,a contar desde el da siguiente al de su publicacin, los siguientes documentos:

    a) Fotocopia compulsada de la titulacin acadmica exigida para la admisin alproceso selectivo segn lo dispuesto en la base 2.1.

    Aquellos aspirantes que aleguen titulaciones homologadas o equivalentes a lasexigidas, habrn de citar la disposicin legal en que se reconozca la homologacin

    o equivalencia o, en su caso, aportar certificacin expedida en tal sentido porel rgano correspondiente del Ministerio competente en materia de educacino cualquier otro rgano de la Administracin competente para ello. En el casode ciudadanos de otros Estados, debern aportar credencial que acredite lahomologacin de su ttulo en el Estado espaol.

    b) Declaracin de no haber sido separado del servicio mediante expedientedisciplinario de ninguna Administracin Pblica en los seis aos anteriores a laconvocatoria, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones pblicas.

    c) Declaracin de no ostentar, en la fecha establecida, la condicin de personalestatutario fijo en la misma categora que la convocada.

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    d) Certificado mdico oficial acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto fsicoque le imposibiliten para el ejercicio de sus funciones. Dicho certificado deberser expedido dentro del plazo establecido para su presentacin.

    Los aspirantes que tuvieran la condicin de persona con discapacidad, a losefectos de acreditar su capacidad para el desempeo de las tareas quecorresponden a las plazas objeto de la convocatoria, debern aportar asimismocertificacin especfica actualizada emitida por parte de los rganos competentesen materia de servicios sociales (centro base que hubiera expedida el certificadoacreditativo de la discapacidad).

    e) Certificacin negativa del Registro Central de delincuentes sexuales, salvoque haya otorgado a la Consejera de Sanidad la autorizacin para recabar loscorrespondientes datos derivados del apartado 2.1 g).

    Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentossealados anteriormente podr acreditarse que se renen las condiciones exigidas en laconvocatoria mediante cualquier prueba admisible en derecho.

    Salvo causas de fuerza mayor, quienes no presentaran esta documentacin en plazoo si de su examen se dedujera que no renen alguno de los requisitos exigidos, no podrnser nombrados personal estatutario del Servicio de Salud de Castilla y Len, quedandoanuladas todas sus actuaciones y sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera podidoincurrir por falsedad en la solicitud de participacin.

    La concrecin de las plazas se llevar a cabo en el momento de su oferta a losaspirantes que hubieran superado el proceso selectivo, mediante la publicacin en elBoletn Oficial de Castilla y Len de la relacin definitiva de aspirantes que hayansuperado el proceso selectivo y la oferta de las vacantes correspondientes.

    8.3. La adjudicacin de vacantes se efectuar, de acuerdo con las peticiones de losinteresados, entre las plazas ofertadas segn el orden obtenido en el proceso selectivo.

    Novena. Nombramiento y toma posesin de Personal Estatutario.

    9.1. Transcurrido el plazo de presentacin de documentos y una vez comprobadoel cumplimiento de los requisitos exigidos, los aspirantes que hubieran superado elproceso selectivo sern nombrados, por el titular de la Direccin General de Profesionalesde la Gerencia Regional de Salud, personal estatutario fijo en la categora de Celador,con expresin del destino concreto adjudicado que se publicar en el Boletn Oficial deCastilla y Len.

    9.2. Los aspirantes nombrados dispondrn del plazo de un mes para incorporarse ala plaza adjudicada y efectuar la toma de posesin.

    El cmputo de dicho plazo se iniciar el da siguiente al de la publicacin a que serefiere el apartado anterior, decayendo en su derecho quienes no se incorporen a su destinoen dicho plazo, salvo imposibilidad acreditada y as apreciada por el rgano convocante.

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    Dcima. Norma final.

    La presente convocatoria vincula a la Administracin convocante, al Tribunalencargado de juzgar el concurso-oposicin y a quienes participen en el mismo.

    Contra la presente orden, que agota la va administrativa, podr interponerserecurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo deValladolid, de conformidad con lo establecido en el artculo 14.2 de la Ley 29/1998, de13 de julio, reguladora de la Jurisdiccin Contencioso-Administrativa, en el plazo de dosmeses contados desde el da siguiente al de su publicacin.

    Con carcter previo y potestativo, podr interponerse recurso de reposicin previoante la Consejera de Sanidad en el plazo de un mes a contar desde el da siguiente alde su publicacin, segn disponen los artculos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de26 de noviembre, de Rgimen Jurdico de las Administraciones Pblicas y del Procedimiento

    Administrativo Comn.

    Valladolid, 3 de junio de 2016.

    El Consejero de Sanidad,Fdo.:ANTONIOMARASEZAGUADO

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    ANEXO II

    TEMARIO CELADOR

    Tema 1. Estructura de la Consejera de Sanidad. Reglamento de la GerenciaRegional de Salud de Castilla y Len. Estructura orgnica de los servicios centralesy perifricos de la Gerencia Regional de Salud.

    Tema 2. Modalidades de la asistencia sanitaria. La Atencin Primaria de la Salud,los Equipos de Atencin Primaria, el Centro de Salud y la Zona Bsica de Salud. LaAtencin Especializada: centros y servicios dependientes de la misma. Los rganosdirectivos, la estructura y organizacin de los hospitales.

    Tema 3. Ley 2/2007, de 7 de marzo, del Estatuto Jurdico del personal estatutario delServicio de Salud de Castilla y Len: Clasificacin del personal estatutario. Provisin

    de plazas, seleccin y promocin interna. Adquisicin y prdida de la condicin depersonal estatutario fijo.

    Tema 4. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevencin de Riesgos Laborales:Objeto, mbito de aplicacin y definiciones. Derechos y obligaciones. Servicios deprevencin. Consulta y participacin de los trabajadores.

    Tema 5. Organizacin preventiva de la Gerencia Regional de Salud de Castilla yLen. Planes de Prevencin de Riesgos Laborales de la Gerencia Regional de Saludde Castilla y Len. Procedimiento de valoracin del puesto de trabajo por causa desalud. Procedimiento de proteccin de las trabajadoras durante el embarazo y lalactancia. El Plan Integral frente a las agresiones al personal de la Gerencia Regional

    de Salud.

    Tema 6. Derechos y deberes de los pacientes en relacin con la salud. Autonomade decisin. Intimidad y confidencialidad, proteccin de datos, secreto profesional.Derecho a la informacin. Decreto 101/2005, de 22 de diciembre por el que se regulala Historia Clnica en Castilla y Len.

    Tema 7. Rgimen Jurdico de las Administraciones Pblicas y del ProcedimientoAdministrativo Comn: mbito de aplicacin y principios generales. Los rganos delas Administraciones Pblicas. Los interesados. Trminos y plazos.

    Tema 8. La Organizacin territorial de la Comunidad de Castilla y Len Castilla yLen. Derechos y deberes de los castellanos y leoneses.

    Tema 9. La atencin al usuario. El derecho a la informacin y a la confidencialidad.

    Tema 10. Funciones de vigilancia. Funciones de asistencia al personal sanitariofacultativo y no facultativo. Relacin del Celador con los familiares de los enfermos.Actuaciones en las habitaciones de los enfermos y las estancias comunes. Aseo delpaciente.

    Tema 11. El celador en su relacin con los enfermos. Traslado y movilidad de lospacientes. Tcnicas de movilizacin de pacientes. Traslado de paciente encamando,

    en camilla y en silla de ruedas. Posiciones anatmicas bsicas. Uso y mantenimiento

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    del material auxiliar (gras, transfer, sillas, camillas, sujeciones, correas). Actuacindel celador en relacin con los pacientes terminales.

    Tema 12. Normas de actuacin del celador en los quirfanos. Normas de higiene. LaEsterilizacin.

    Tema 13. Actuacin del celador en relacin con los pacientes fallecidos. Actuacinen las salas de autopsias y mortuorios. Relacin del celador con los familiares de laspersonas fallecidas.

    Tema 14. Los suministros. Suministros internos y externos. Recepcin yalmacenamiento de mercancas. Organizacin del almacn. Distribucin depedidos.

    Tema 15. El traslado de documentos y objetos. Manejo y traslado de la documentacin

    sanitaria.Tema 16. Recepcin, movilizacin y traslado de pacientes en urgencias. Criterios deactuacin del Celador en urgencias frente a traumatismos, heridas, quemaduras yasfixia. Nociones generales sobre primeros auxilios.

    Tema 17. Concepto de infeccin intrahospitalaria. Prevencin. Gestin de residuossanitarios. Clasificacin, transporte, eliminacin y tratamiento.

    Tema 18. Plan de emergencias ante incendios. Medidas preventivas. Conceptosbsicos. Medios tcnicos de proteccin. Equipos de primera intervencin: funciones,actuaciones a realizar.

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    ANEXO III

    BAREMO DE MRITOS

    I. Experiencia Profesional.

    1. Por cada mes completo de servicios prestados en la categora objeto deconvocatoria, en centros sanitarios pblicos del Sistema Nacional de Salud o SistemaSanitario Pblico de un pas de la Unin Europea: 0,03 puntos.

    2. Por cada mes completo de servicios prestados en la categora objeto deconvocatoria, en centros pblicos pertenecientes a otras Administraciones Pblicasdistintos de los contemplados en el apartado anterior: 0,015 puntos.

    3. Por cada mes completo de servicios prestados en la categora objeto deconvocatoria en centros sanitarios privados concertados con los Servicios de Salud del

    Sistema Nacional de Salud: 0,010 puntos.4. Por cada mes completo de servicios prestados en la categora objeto de

    convocatoria en centros sociosanitarios privados concertados con los Servicios de Saluddel Sistema Nacional de Salud: 0,008 puntos.

    5. Por cada mes completo de servicios prestados en la categora objeto de convocatoriao servicios prestados en centros sanitarios o sociosanitarios privados: 0,005 puntos.

    En caso de coincidencia en el tiempo de distintos servicios prestados, slo secomputar el ms favorable.

    Un mismo perodo de tiempo no podr ser objeto de valoracin en ms de uno de los

    subapartados que integran este apartado de servicios prestados, valorndose solo el msfavorable. No obstante lo anterior, en los supuestos de prestacin de servicios simultnea,con nombramiento a tiempo parcial, en distintas entidades, si sern objeto de valoracinlos servicios coincidentes en un mismo perodo de tiempo, sin que en ningn caso en cadames se pueda valorar ms de un mes.

    Los servicios prestados por personal, con nombramiento temporal a tiempo parcial,se valorarn en proporcin al tiempo trabajado.

    Los perodos de reduccin de jornada, por las causas contempladas en los artculos48 y 49 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba eltexto refundido de la Ley del Estatuto Bsico del Empleado Pblico, sern valorados comoservicios prestados a tiempo completo.

    La puntuacin mxima obtenible por la totalidad de experiencia profesional ser de6 puntos.

    II. Formacin.

    Formacin continuada:

    Por la realizacin de cursos directamente relacionados con el contenido de lacategora a proveer, siempre que cumplan alguna de estas caractersticas:

    a) Que hayan sido organizados, impartidos, acreditados o reconocidos oficialmente

    por cualquier Administracin Pblica o por Universidades y as conste en elcorrespondiente certificado.

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    A estos efectos se entender por Administraciones Pblicas aquellasestablecidas en el artculo 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RgimenJurdico de las Administraciones Pblicas y del Procedimiento Administrativo

    Comn.b) Que hayan sido organizados o impartidos por las Organizaciones Sindicales

    al amparo de norma reguladora de rango suficiente que avale estos procesosformativos y que deber constar en los mismos. Se entendern avalados pornorma reguladora de rango suficiente, respecto de los cursos organizados porlas Centrales Sindicales, los que se hayan impartido al amparo de los acuerdosde formacin continua, siempre que dichas circunstancias consten en el propiottulo o diploma, o bien se certifiquen debidamente.

    Se valorarn a razn de 0,025 puntos por crdito asignado o, supletoriamente, porcada mdulo o tramo de 10 horas de formacin. En el supuesto de que la certificacin venga

    expresada simultneamente en crditos y en horas, la valoracin se realizar siempre porlos crditos certificados. En el caso de que en el correspondiente certificado o diploma nose especifiquen horas ni crditos, dicha actividad no ser objeto de valoracin.

    Se valorarn a razn de 0,05 puntos por crdito asignado (incluida fraccin) loscursos en cuyo ttulo aparezcan crditos europeos.

    La valoracin de esta formacin se realizar de forma independiente por cadaactividad formativa; de tal forma que el remanente de horas de una actividad formativa enningn caso ser acumulable a otra/s.

    Solamente ser objeto de valoracin la formacin realizada en los ltimos 10 aos,

    contados desde la fecha de finalizacin de la actividad formativa hasta el ltimo da delplazo establecido para la presentacin de solicitud de participacin al proceso selectivoque se convoca mediante la presente orden.

    No se valorar la formacin correspondiente a los ciclos formativos o planes deestudios, tanto de la titulacin acreditada para el acceso a la categora, como de cualesquieraotras titulaciones o enseanzas regladas.

    La puntuacin mxima que puede obtenerse por todo el apartado de formacincontinuada ser de 4 puntos.

    * A los efectos de la valoracin de los diferentes apartados establecidos en elpresente ANEXO III (BAREMO DE MRITOS), se tendr en cuenta, comocategoras equivalentes a la convocada, el ANEXO del Real Decreto 184/2015,de 13 de marzo, por el que se regula el catlogo homogneo de equivalencias delas categoras Profesionales del personal estatutario de los servicios de salud yel procedimiento de su actualizacin (B.O.E. nm. 83 del 7/4/2015).

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    Boletn Ocial de Castilla y LenNm. 117 Pg. 27258Lunes, 20 de junio de 2016

    ANEXO IV

    TRIBUNAL TITULAR:

    Presidente: D. Sergio Abril Gonzlez

    Vocales Adm.: D. Silvia Huesca Masa

    D. Virginia Redondo Marcos

    Vocal sindical: D. Francisco J. Hernndez Presa

    Secretaria: D. Eva Romo de Prado

    TRIBUNAL SUPLENTE:

    Presidenta: D. Ana Mara Pajares Cardeoso

    Vocales Adm.: D. Inmaculada Revilla Revilla

    D. Carlos Villafez Martnez

    Vocal sindical: D. Ana Beln de Prado Garrido

    Secretario: D. Emilio Rodrguez Monje

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    22/22

    Boletn Ocial de Castilla y LenNm. 117

    http://bocyl.jcyl.es D.L.: BU 10-1979 - ISSN 1989-8959

    Pg. 27259Lunes, 20 de junio de 2016

    ANEXO V

    AUTOLIQUIDACIN Y ORDEN DE TRANSFERENCIA

    Datos personales (mismos datos que los recogidos en la solicitud de admisin):

    DNI.....

    Primer apellido

    Segundo apellido................

    Nombre...................

    Convocatoria (Categora/Especialidad)...

    Autoliquidacin de la tasa:

    Cuota a ingresar: ..

    Datos de la orden de transferencia:

    Campo Concepto o equivalente: .............................................................................

    Fecha de ordenacin: ..../. /

    En, a de de 2016

    Firma

    Importante:

    El presente documento no constituye justificante de pago de la tasa. El pago dela tasa solamente se considera producido cuando el importe ntegro de la cuotaest ingresado en la cuenta ES26 2108 2260 86 0033892442.

    El arriba firmante es responsable que se produzca el pago de la tasa antes dela finalizacin del plazo de presentacin de solicitudes de participacin en elproceso selectivo. La falta del pago en plazo de la tasa que sea consecuencia dela operativa de las entidades de depsito que intervienen en la transferencia noser oponible ante la Administracin.