begoÑa vidal fernÁndez (ptun uva dcho procesal) …

8
LECCIÓN 5 FUENTES DEL DERECHO PROCESAL BEGOÑA VIDAL FERNÁNDEZ (PTUN UVA Dcho Procesal)

Upload: others

Post on 20-Oct-2021

13 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: BEGOÑA VIDAL FERNÁNDEZ (PTUN UVA Dcho Procesal) …

LECCIÓN 5

FUENTES DEL DERECHO PROCESAL

BEGOÑA VIDAL FERNÁNDEZ (PTUN UVA Dcho Procesal)

Page 2: BEGOÑA VIDAL FERNÁNDEZ (PTUN UVA Dcho Procesal) …

FUENTES DEL DERECHO PROCESAL

• Art. 1 CC: la ley, la costumbre y los principios generales del derecho.

• Art. 1.7 CC: los jueces y tribunales tienen el deber inexcusable de resolver… ateniéndose al sistema de fuentes establecido.

• Art. 4 bis LOPJ:” 1. Los Jueces y Tribunales aplicarán el Derecho de la Unión Europea de conformidad con la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea”.

• Art. 6 LOPJ: “Los Jueces y Tribunales no aplicarán los reglamentos o cualquier otra disposición contrarios a la Constitución, a la ley o al principio de jerarquía normativa”.

Page 3: BEGOÑA VIDAL FERNÁNDEZ (PTUN UVA Dcho Procesal) …

LA CONSTITUCIÓN DE 1978

• Art. 5 LOPJ: “1. La Constitución es la norma suprema del ordenamiento jurídico, y vincula a todos los Jueces y Tribunales, quienes interpretarán y aplicarán las leyes y los reglamentos según los preceptos y principios constitucionales, conforme a la interpretación de los mismos que resulte de las resoluciones dictadas por el Tribunal Constitucional en todo tipo de procesos”.

• Aplicación directa: – Preceptos relativos al reconocimiento y protección de los ds y libs fs. – Normas de organización y de atribución de la potestad jurisdiccional. – Cláusula derogatoria automática, de las normas con rango de ley

preconstitucionales y de todas las infralegales.

• Aplicación indirecta: interpretando las leyes conforme a la constitución o planteando la cuestión de inconstitucionalidad

LA GRANJA

Page 4: BEGOÑA VIDAL FERNÁNDEZ (PTUN UVA Dcho Procesal) …

LA LEY: LEYES DE ORGANIZACIÓN (orgánicas) Y LEYES PROCESALES (de procedimiento)

• La ley procesal. • 1) Vinculan a todos los que intervienen en el proceso; 2) no son

renunciables; 3) leyes formales; 4) principio de jerarquía normativa. • A) LEYES DE ORGANIZACIÓN: Art. 122 CE

– LOPJ/1985, Ley de planta y demarcación judicial de 1988, Reglamento de aspectos accesorios de la justicia 1/2005, y Ley y Reglamento de Asistencia Jurídica gratuita.

• B) LEYES DE PROCEDIMIENTO: – CIVIL: LEC/2000, y Ley de Jurisdicción Voluntaria/2015. – PENAL: LECRIM/1882, LOTJ/1995, Ley 4/2015 del Estatuto de la Víctima del

delito . – ADMINISTRATIVO: LJCA/1998 – LABORAL: LJS/2011. – CONSTITUCIONAL:LOTC/1979 – CASTRENSE: LPM/1989 y LO de competencia y organización de la

jurisdicción militar de 1987.

• “Espacio Europeo de Libertad, Seguridad y Justicia”. PRONTUARIO.

Fuente del cabildo

Page 5: BEGOÑA VIDAL FERNÁNDEZ (PTUN UVA Dcho Procesal) …

OTRAS FUENTES DEL CÓDIGO CIVIL

• LA COSTUMBRE – No es fuente del derecho procesal. – “Usos forenses”.

• LOS PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO

– Verdades universales dictadas por la razón natural. • - Derecho histórico (DR), la propia regulación vigente

– Son fuente cuan están reconocidos por la ley o por la doctrina jurisprudencial.

– Sirven para interpretar y completar la ley escrita cuando no están reconocidos, como fuente indirecta.

• LA JURISPRUDENCIA: la doctrina jurisprudencial.

– La libertad de interpretación de los jueces y tribunales está por encima de la vinculatoriedad de esta doctrina.

Page 6: BEGOÑA VIDAL FERNÁNDEZ (PTUN UVA Dcho Procesal) …

OTRAS FUENTES. ART. 21 LOPJ: “1. Los Tribunales civiles españoles conocerán de las pretensiones que se susciten en

territorio español con arreglo a lo establecido en los tratados y convenios internacionales en los que España sea parte, en las normas de la Unión Europea y en las leyes españolas”

• EL DERECHO DE LA UNIÓN EUROPEA. Art. 4 bis LOPJ: “1. Los Jueces y Tribunales aplicarán el Derecho de la Unión Europea de conformidad con la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea”.

– En el ámbito civil: reglamentos sobre competencia, reconocimiento y ejecución de resoluciones judiciales y extrajudiciales (en materia civil, mercantil, obligaciones de alimentos, matrimonial, responsabilidad parental, sucesiones mortis causa), obtención de pruebas, titulo ejecutivo europeo, proceso europeo de escasa cuantía, proceso monitorio europeo, y las Directivas sobre asistencia jurídica gratuita en litigios transfronterizos y sobre indemnización a las víctimas.

– En el ámbito penal: fundamentalmente a través de Directivas implementadas al ordenamiento español bien mediante leyes especialmente promulgadas (Ley de reconocimiento mutuo de resoluciones penales en la UE) o mediante la modificación de la legislación procesal concernida.

– Portal Europeo de e-justicia (a través de la web del Ministerio de Justicia).

• LOS TRATADOS INTERNACIONALES: forman parte del Derecho español una vez asumidos formalmente. Convenios de la Conferencia de la Haya, Convenios del Consejo de Europa, Convenios bilaterales…: PRONTUARIO JUDICIAL (www.mjusticia.gob.es).

• FUENTES DE CONOCIMIENTO O DE APLICACIÓN: – La doctrina científica – El derecho histórico – El derecho comparado. El derecho extranjero nunca puede ser fuente de d. procesal – Circulares de la Fiscalía General del Estado

Page 7: BEGOÑA VIDAL FERNÁNDEZ (PTUN UVA Dcho Procesal) …

APLICACIÓN DE LA LEY PROCESAL Limites de la eficacia de las ns. procesales

• EN EL TIEMPO. Tempus regit actum – Irrectroactividad: art. 2.3 CC y art. 2 LEC. – Fundamento: distinción entre objeto litigioso (ley

material) y objeto del proceso o pretensión (ley procesal. – Cambio de ley procesal: Disposiciones Transitorias

(Derecho transitorio: procesos pendientes). • EN EL ESPACIO. Locus regit actum

– Relación de validez de varios ordenamientos que coexisten en el mismo espacio.

– Territorialidad: art. 3 LEC. El territorio nacional. – Acto procesal: lex fori; cosa litigiosa: lex rei (lugar donde

está)

Page 8: BEGOÑA VIDAL FERNÁNDEZ (PTUN UVA Dcho Procesal) …

INTERPRETACIÓN DE LA LEY PROCESAL

• Situaciones: • 1) Que exista disposición expresa en la ley: aplicación • 2) Que la aplicación sea dudosa: “interpretación”. • 3) Que no exista disposición legal: “integración”.

• MÉTODOS: “interpretación por el poder judicial” – GRAMATICAL O LITERAL – EXEGÉTICO – DOGMÁTICO – HISTÓRICO – SISTEMÁTICO – TELEOLÓGICO

• INTEGRACIÓN DE LA LEY PROCESAL: LA ANALOGÍA.