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Derecho Sacramental 2007-2008

Bautismo

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Bautismo

• CIC 834-878

• LIBER IV

• DE ECCLESIAE MUNERE SANCTIFICANDI

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• c. 204 §1: Pueblo de Dios… participa del munus de Cristo

• §2: Enseñar, santificar y gobernar… participación en la potestad de Cristo

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• Enseñar, gobernar y santificar misión de Cristo

• Título es de hacer santos a los hombres, hace referencia ala liturgia a beneficio de los hombres, glorificar a Dios

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• Derecho sacramental y fundamental NO rubricismo vacío

• ¿Cuál es la diferencia entre un terrorista y un liturgista?

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• Código busca dar una visión

• 3 partes:

a) Cánones introductivos,6,

b) Liturgia de la Iglesia,

c) Se trata cada sacramento

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• … otros actos de culto; liturgia de las horas, exequias, culto de los santos, de las imágenes sagradas, voto, juramento

• No están todas las normas

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Derecho Litúrgico:

• Conjunto de normas que regulan la liturgia, distingue normas y costumbres, universal y particular, existen tantas rúbricas que no se quería canonizar (codificar)

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• Antes del Vat II se vivía de la reforma litúrgica de san Pío V,

• Antes de Trento barroca, Congregación de los ritos, etc.

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• Derecho litúrgico antes del Vat II:

• a) Centralización

• b) Uniformidad, todos iguales, excluyendo culturas

• c) Unicidad de lengua

• d) Rubricismo, culto a las mismas, inmovilidad litúrgica, ha sobrevivido

• e) Poca atención al significado teológico

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• Pío XII, Mediator Dei, Nov 1947, comenzó la renovación

• Sacrosanctum Concilium:

• principios teológicos para la renovación.

• traducir en lenguaje jurídico el campo litúrgico.

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Sacrosanctum Concilium:

• primado de la liturgia en la función de santificar (c. 834)

• unidad entre santificación y culto (c. 834 §1)

• es sujeto de la santificación la comunidad eclesial, ejercitado en las acciones litúrgicas (c. 835)

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Sacrosanctum Concilium:

• Relación entre fe y liturgia (c. 836), procede y se funda en la fe

• Carácter público y eclesial no es privada (c. 837)

• Participación de la comunidad (c. 837 §2)

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Sacrosanctum Concilium:

• Descentralización poderes a las conferencias de los obispos

• Muerte a la uniformidad, pues no respetaba adaptarse a la cultura, se va adaptando

• … así se fue haciendo la renovación

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• El Espíritu en el modo del orden a tratar los sacramentos;

• Teología dogmática sacramentaria,

• Derecho Canónico sacramentario,

• Liturgia sacramentaria.

• Es la misma realidad administrada por la Iglesia, dada por Jesucristo, hoy se hace la división del trabajo, ¿contrapuestas?

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¿Pero es posible una verdadera pastoral sin Derecho?

a) Competencia del ministro de administrar los sacramentos

b) Obligación jurídica de recibir los sacramentos,

c) Normas positivas por las cuales es valido o no, para recibir los sacramentos y la licitud,

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¿Pero es posible una verdadera pastoral sin Derecho?

d) Obligación en el foro externo, para la recepción,

e) Sujeto capaz de recibir o dar los sacramentos, ¿mujer capaz del sacerdocio?, ¿si el presbítero puede absolver siempre en modo válido?,

f) Condiciones (por institución divina) que se requieren para un sacramento

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• Se construye sobre la base teológica –dogmática-, NO:

• Laicista,

• Peleada con la teología,

• Es una realidad sobrenatural

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• Distinguir leyes:

• DIVINA POSITIVA, inmutables

• Eclesiástica mutables

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MÉTODOS:

• HISTÓRICO;

• Luego de una larga historia de elaboración, medios instituidos por Cristo, duran por siempre, inmutables en lo esencial

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MÉTODOS:

• EXEGÉTICO;

• Explicación con finalidad práctica, subsidios interpretativos, conocimiento, conexión con otros cc., scuola textus.

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MÉTODOS:

• SISTEMÁTICO-DOGMÁTICO;

• Recoge elementos dispersos, descubre conexiones, filosofía y teología, sobre las cuales está la norma, elementos escondidos, en la formación trabajaron mas teólogos que canonistas.

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MÉTODOS:

• COMPARATIVO;

• Es de las auténticas ciencia del derecho, busca reabrirse, de comparación, para llegar a elementos comunes, percibir mejor las normas, soluciones. En el apartado matrimonial no hay aplicación…

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MÉTODOS:

• PRÁCTICO;

• O de aplicación a la realidad social con la cual fue destinado, claridad, ventajas y desventajas,

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Espíritu del Derecho sacramentario

• Cada ordenamiento tiene su propia mentalidad,

• El espíritu es para explicar los principios que trascienden y que dan la inspiración, dan un contexto determinado,

• Finalidad diversa,

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Espíritu del Derecho sacramentario

• Tarea de dirigir una comunidad sobrenatural hacia un fin sobrenatural (no natural)

• Interpretes profundamente pastorales que inspira todos los sacramentos de la Iglesia.

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• cc. 834 – 839 son introductivos no tienen título, explica cómo se ejerce el munus sanctificandi, se refiere a toda la materia, sacramentos y actos, lugares y tiempos sagrados que deben de estar presentes en la función de santificar de la Iglesia.

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• c. 834.

• Santificar mediante la liturgia sacra, la acción sacerdotal de Jesucristo, ejercitado de la cabeza y los miembros, el culto integral a Dios.

• §2

• Los fines o el fin de santificar, en modo peculiar, no exclusivo, sea por acciones litúrgicas o no litúrgicas.

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• El culto integral se realiza cuando viene ofrecido por personas encargadas, con la aprobación de a Iglesia:

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3 elementos:

• a) In nomine Ecclesiae,

• b) A personis legitimis deputatis,

• c) Per actus auctoritate aprobatus.

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• Culto público y privado

• cc. 834, 837 actiones liturgicae no son privadas

• Culto ofrecido in nomine ecclesiae (11 veces)

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• c. 836

• Relación entre liturgia y fe:

• Objetivistica: mucho valor al ex opere operato,

• Subjetivística: mucha importancia a la cooperación externa que a la preparación personal.

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• Hacer depender de la disposición externa de la gente, “si no estas preparado no participes”, “si no se participa no hay bautismo”

• Basta con la fe de la Iglesia, sacramentos conducen al ejercicio y al aumento de la fe y no se requiere la fe personal, medico pagano…

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• c. 837

• Culto cristiano por medio de la Palabra

• c. 834 §1

• Definición de liturgia SC 26

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c. 838

• Normativa sobre la competencia en las normas

• Sujeto concreto: Santa Sede, c. 222§1 aprueba

• Les espera a cada uno §§2-4

• Obispos vigilar

• 1261 §2 normas para eventuales abusos

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• Relación entre liturgia y la fe, la liturgia es la expresión de la fe, lex orando lex credendi, la Iglesia tiene la misión de conservar, transmitir la fe, tarea primordial de la liturgia y medio de evangelización, que no se introduzcan desviaciones.

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• Sujeto: Sede Apostólica, y Obispo diocesano, ad norman iuris, tiene un límite, no tiene competencia ilimitada, absoluta, puede hacer lo que no está reservado a la instancia superior.

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• La competencia del obispo viene concedida del derecho, es ordinaria, no es delegada, es propia, no es vicaria

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• §3

• Conferencias de obispos

• Costumbre 23-28

• §2 Competencia de la Santa Sede

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Santa Sede

• Ordenar la sagrada liturgia de la Iglesia universal,

• Publicar los libros litúrgicos,

• Autorizar y reconocer los libros litúrgicos en lenguas vernáculas,

• Vigilar que las leyes litúrgicas sean observadas en todas partes

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• c. 657 otras leyes

• Ordenar la liturgia es dar disposiciones, leyes, decretos, instrucciones para toda la Iglesia: por medio de la Congregación del Culto Divino y Disciplina de los Sacramentos, Doctrina de la Fe, Congregación para las Causas de los Santos.

• Aprobación-Confirmación-Publicación

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• §3

• Margen de adaptar, ¿pero los ritos? SC 38-40 c. 455

• §§3-4: competencia del obispo diocesano, en sus límites, dar leyes en materia litúrgica, limitado vigilar

• ¿Y a quiénes corresponde estas normas litúrgicas particulares?

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C. 839

• Otros medios de santificación

• §2

• Deberes de los obispos que responden al espíritu cristiano, velar por la ley.

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CCE

• Bautismo-Confirmación-Eucaristía,

• Reconciliación-Unción de los Enfermos,

• Orden-Matrimonio.

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Concilio de Florencia (para los armenios, 1439)

• primeros 5 de santificación,

• últimos 2 de gobierno

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EL BIEN DE LOS FIELES

• …cè troppo e inutile habere di più…

Reino espiritual sobre la tierra ajurídico,

Sin intermediarios humanos, seculares, mundanos,

Juridicismo es para justificar al obispo de Roma.

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PARS IDE SACRAMENTIS

• c. 840

• Definición descriptiva

• Causa y raíz sacramentos instituidos por Cristo y confiados a la Iglesia.

• ¿Qué es instituir?

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¿Con qué grado de inmediatez?

a) fijar el grado de gracia que produce,

b) signo visible que da la gracia.

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• Sustancia de los sacramentos

TODO lo que se debe de observar,

Todo lo que Cristo ha establecido, ritos esenciales de los sacramentos (Pío XII, 30 XI 1947) es el mínimo que el signo sacramental requiere. (traditio instumentorum)

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• RITUS ESENTIALIS mínimo que es suficiente para la validez según la doctrina eclesial, aquello que la Iglesia le ha adjuntado

• La Iglesia es la custodia de los sacramentos asistencia del Espíritu Santo para la transmisión fiel de los sacramentos es la administradora culto: digno y fuente de santidad

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c. 846

• Celebrar con diligencia

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c. 841

• Sobre la competencia de los sacramentos, dos partes:

• 1.- Iglesia es la única para definir y es la suprema autoridad, por dos motivos;

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• 1.1) los mismos sacramentos para toda la Iglesia,

• 1.2) los sacramentos pertenecen al divino deposito particular de toda la Iglesia de cuidar, se ejerce ejercitando 2,

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• 1.2.1) enseñar, declarando los requisitos divinos – naturales, positivos para la validez, por ejemplo (decl. 1977 sobre la impotencia masculina)

• 1.2.2) con el munus regendi, no todo sacerdote puede dar la Confirmación, o la penitencia. Determina los requisitos respecto al sujeto (que las mujeres no pueden recibir el orden sacerdotal, requisito para la ordenación, forma canónica para el matrimonio)

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• 2) Para determinar la licitud, es competente la suprema autoridad.

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c. 842

• Bautismo, ianua, porta Dei el hombre llega a ser persona.

• Orden más teológico – pastoral que canónico:

• 1º Bautismo,

• 2º Confirmación,

• 3º Eucaristía

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Luego de Vat II

• 1º Bautismo 2º Eucaristía 3º Confirmación

• Por organización catequética, se ha cambiado el orden de 20 siglos, sin explicación suficiente.

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c. 843

• Del derecho a los sacramentos

§1

• Condiciones para tener derecho a los sacramentos

• NO negar a aquellos que lo requieran bien dispuestos,

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c. 213; tres condiciones,

• Requerirlo oportunamente, tiempo, lugar, etc. no habla de la comodidad subjetiva del ministro, Modalidad depende de cada sacramento, v.gr. reconciliación…

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• Bien dispuestos, espiritualmente, para recibir con validez y con licitud los sacramentos

• no se duda del derecho a negar los sacramentos,

• que no tengan prohibición de recibirlos,

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§2.

• Obligación de procurar una buena preparación a los sacramentos homilías, predicaciones, misiones, folletos…

• … c. 843… no se puede negar los sacramentos a quienes lo pidan OPORTUNAMENTE

• 2º Personas bien dispuestas,

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• 3º Aquellos que no se les prohíba; excomulgados, entredicho (c. 1381s), a la comunión eucarística: c. 915, pecado público manifiesto, aquellos que viven en unión de facto, irregular, matrimonios solo por el civil, ejercicio de la sexualidad en modo uxorio, se presume la situación de pecado con gran prudencia con las situaciones que se debe de negar los sacramentos, prudencia al negarla al que se acerca en la fila… penitencia y unción de los enfermos que no tengan la prohibición del derecho.

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c. 844.

• Communicatio in sacris

• Directorio ecuménico de 1983… antes prohibido.

• Comunión de fe y de culto

§1

• Ministros católicos a fieles católicos

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§2

• Para licitud

• De ministros no católicos fieles católicos: penitencia, eucaristía, unción de los enfermos en determinadas circunstancias y condiciones NO: ERROR E INDEFERENTISMO

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• Cuando la necesidad lo exija, utilidad espiritual, en estado de pecado,

• Verdadera utilidad espiritual, se presupone el estado de gracia, TRES condiciones;

– Donde tengas sacramentos VÁLIDOS (sucesión apostólica) y si no hay certeza de duda de la validez.

– Evitar peligro de error e indiferentismo.– Que sea físicamente o moralmente difícil acceder al

ministro católico… por distancia, enfermedad, gastos…

• *** Si faltase alguna de estas condiciones no es lícito recibir alguno de los sacramentos.

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§3

• Norma para los ministros católicos en dar sacramentos a orientales

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De católicos a no católicos, para licitud, estas condiciones:

1) Que los no católicos no estén en plena comunión, antiguos católicos (vetero),

2) Petición espontánea no debe de ser “arriado”,

3) Dispuestos con buena fe,

4) Manifiesten fe católica sobre el sacramento.

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§4

• En peligro de muerte o grave necesidad ministro católico debe de administrar a los no católicos.

a) Que se tenga peligro de muerte,

b) A juicio del obispo diocesano, Conferencia de los obispos, cuando surja una necesidad, en casos particulares… falta de sus ministros.

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§5

• Acuerdos con las autoridades de los no católicos y el obispo y/o Conferencia de los obispos… normas generales, consultar autoridad competente, normas con prudencia.

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APÉNDICE

• A. INFORMACIÓN ACERCA DE LA VALIDEZ E INVALIDEZ DEL BAUTISMO EN ALGUNAS IGLESIAS Y SECTAS

• http://www.vicariadepastoral.org.mx/cardenal/directorio_sacramentos/principal.htm

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Se considera válido…

• a) Se considera válido el bautismo de las Iglesias que, en su ritual utilizan Agua y la fórmula trinitaria, sea por inmersión, sea por infusión.(1) Por tanto:

• b) Téngase como válido el bautismo de las Iglesias Ortodoxas

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Valido…

• Patriarcado Ecuménico de ConstantinoplaPatriarcados de Alejandría, Antioquia, Jerusalén, Moscú, Belgrado, Bucarest, Sofía, Iglesias autocéfalas de Chipre, Grecia, Polonia y Albania

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Inválido…

• d) Téngase como inválido el bautismo, para efectos canónicos.

• Los que se declaran Ortodoxos en México provenientes de la Iglesia Ortodoxa Mexicana o sucesores del Patriarca PérezNótese aquí la Iglesia de Camargo MeloLos del Cerro de la Estrella.

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Valido…

• c) Se reconoce como válido (si no hay una causa grave para dudar de su bautismo), el celebrado en las llamadas Iglesias Históricas del s. XVI

• Comunión Anglicana, Episcopalianos, Presbiterianos, Luteranos, CalvinistasMetodistas (en México se tienen como dudoso su bautismo)(2)

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Inválido…

• e) Se considera inválido el bautismo de las sectas

• Testigos de Jehová, Mormones, EvangélicosCruzada Evangelista MundialIglesia Alianza Cristiana y MisioneraIglesia Cristiana unidaIglesia de Dios en México

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Inválido…

• Iglesia del Nazareno en MéxicoIglesia Evangélica de los PeregrinosIglesia Evangélica MisioneraIglesias Evangélicas independientesMisión centroamericanaMisión Cristiana México-PonienteMisión Evangelística MexicanaMisiones Mundiales de MéxicoUnión de Iglesias Evangélicas MexicanasIglesias Evangélicas

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Inválido…

• f) Se considera inválido el bautismo de los Pentecostales

• Iglesias PentecostalesAsambleas de DiosIglesias de DiosIglesia Bautista del séptimo díaIglesia Cristiana BethelIglesia Cristiana Interdenominacional

Bautismo Derecho Sacramental 07-08 77

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Inválido…

• Iglesia Cristiana Nacional de las Asambleas de DiosIglesia de Dios PentecostalIglesia del Evangelio CuadrangularIglesias Evangélicas IndependientesMovimiento de Iglesias EvangélicasPentecostales IndependientesMovimiento de Iglesias Evangélicas

Bautismo Derecho Sacramental 07-08 78

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Inválido…

• Unión de Iglesias Evangélicas IndependientesLa Santa Iglesia de Dios de la Inundación ApostólicaIglesia Internacional del Evangelio InquebrantableAsambleas de Dios en MéxicoBando Evangélico Gedeón

Bautismo Derecho Sacramental 07-08 79

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Inválido…

• Concilio Latinoamericano de Iglesias CristianasIglesia Apostólica de la fe en JesucristoIglesia Cristiana InterdenominacionalIglesia Cristiana de las Asambleas de DiosIglesia de Dios de la ProfecíaIglesia de Dios en Cristo por el Espíritu Santo

Bautismo Derecho Sacramental 07-08 80

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Inválido…

• Iglesia de Dios en la República MexicanaIglesia de Dios PentecostalIglesia de Dios (Evangelio Completo)Iglesia del Buen PastorIglesia del Consejo Estatal MexicanoIglesia Luz del MundoIglesia Misionera MexicanaIglesias Evangélicas Independientes

Bautismo Derecho Sacramental 07-08 81

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Inválido…

• Movimiento de Iglesias Evangélicas IndependientesCruzada Evangelística MundialIglesia Alianza Cristiana y MisioneraIglesia Evangélica de los PeregrinosIglesia Libre Metodista EvangélicaUnión Evangélica MexicanaEmpresa Apostólica de los Intérpretes de la Voluntad de Dios (EAINVOD)

Bautismo Derecho Sacramental 07-08 82

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Inválido…

• g) Se considera inválido el bautismo de los Adventistas

• Iglesia Adventista del Séptimo Día (Sabatistas)Iglesia de Dios del Séptimo DíaCuáquerosEjército de SalvaciónLuz del Mundo

Bautismo Derecho Sacramental 07-08 83

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Inválido…

• h) Se considera inválido el bautismo de otras sectas

• EspiritistasEspiritualistasRosacrucesTeósofosIglesia Gnóstica

Bautismo Derecho Sacramental 07-08 84

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Inválido…

• i) Se considera inválido el bautismo de los Bautistas (dieron origen a grupos considerados como pentecostales)

• Asambleas de DiosConvención Nacional Bautista de México

Bautismo Derecho Sacramental 07-08 85

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Inválido + CONFUSIÓN…

• j) Lista de algunas Iglesias cuyo Bautismo no es válido y que frecuentemente provocan confusión entre los católicos

• Cristo Rey (El Calvario, Ecatepec. Edo. de México)Cristo Rey y Santa María de Guadalupe (San Francisco Tlaltenco, Tláhuac).Iglesia Antigua Católica Corpus Christi. (Mario Fdo. López Col. Escuadrón 201)

Bautismo Derecho Sacramental 07-08 86

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Inválido + CONFUSIÓN…

• Nuestra Señora del Perpetuo Socorro o Monasterio Franciscano Ortodoxo. (Col. Santa María del Monte Iztapalapa)San Charbel Makluf (Santa Cecilia, Tláhuac)Santa María Magdalena (Col. Magdalena Atlazolpa, Iztapalapa)Santuario de la Guadalupana Milagrosa(Col. U. H. Picos, Iztacalco)

Bautismo Derecho Sacramental 07-08 87

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Inválido + CONFUSIÓN…

• Santuario de Nuestra Señora de Guadalupe(Col. El Parque Balbuena. Deleg. Venustiano Carranza)Sr. de la Clemencia(Col. Ex-ejidos de Padierna)Sr. San José(Col. Jardines del Tepeyac, Ecatepec, Edo. de México)

Bautismo Derecho Sacramental 07-08 88

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Inválido + CONFUSIÓN…

• Templo "Monte María"(Tlalnepantla, Edo. Méx.)Templo de la Misericordia(Bravo 35 Col. Centro. Deleg. Venustiano Carranza)Templo Nuestra Señora de San Juan de los Lagos(Cerro de la Mora, Cuautepec Barrio Bajo, México D. F.)

Bautismo Derecho Sacramental 07-08 89

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Inválido + CONFUSIÓN…

• Templo San Antonio Abad(México, D. F.)Templo Santa Cruz y Nuestra Señora de Guadalupe(Etiopía M. 555 L. 11 Col. Glorieta Ecatepec, Edo. Méx.)

Bautismo Derecho Sacramental 07-08 90

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B. INFORMACIÓN ACERCA DE LA CONFIRMACIÓN

• a) En el estado de nuestras relaciones con las comunidades Eclesiales surgidas de la Reforma del s. XVI, aún no se llega a un acuerdo sobre la significación, ni sobre la naturaleza sacramental, ni siquiera sobre la administración del Sacramento de la Confirmación.

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B. INFORMACIÓN ACERCA DE LA CONFIRMACIÓN

• Por consiguiente, si alguien en estas circunstancias quiere entrar en la plena comunión con la Iglesia Católica debe recibir el Sacramento de la Confirmación, antes de ser admitido a la comunión eucarística. (Cf. Inciso "c" de la primera parte de este apéndice).

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B. INFORMACIÓN ACERCA DE LA CONFIRMACIÓN

• b) Igualmente, en relación con la Comunidades cuyo Bautismo no es válido debe afirmarse lo mismo para la Confirmación. Por lo tanto, ha de aplicarse para esos casos lo indicado en el número 83 de este documento.

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Bautismo Derecho Sacramental 07-08 94

c. 845

§1

• Sacramentos que imprimen carácter

§2

• Bajo condición…

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Bautismo Derecho Sacramental 07-08 95

Condiciones:

1) Diligente investigación,

2) Dubio prudens, sin temor a equivocarse, pues permanece inseguro, duda grave obligatorio.

• ¿Cuáles serían…?• “Si no estas bautizado validamente…”• “Si vives…”• “Si…”

– C. 869 no absolución a condición de futuro

• c.1102§1 matrimonio a futuro, vetado.

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C. 846

• Normativa de ritos prescritos en los libros litúrgicos: nadie añada, cambie por propia iniciativa

§2

• Cada quien en su propio rito.

• Con fidelidad cada uno a su propio rito y ceremonia.

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Bautismo Derecho Sacramental 07-08 97

Problemas de las devociones:

a) Fondo psicológico, subjetivístico – histérico,

b) Auténtica teológicamente, fundada sobre la verdad, humildad y obediencia. El responsable cuando celebra está obligado a promover esta devoción auténtica, por la observancia fiel, humilde, a los libros litúrgicos.

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Bautismo Derecho Sacramental 07-08 98

§2

• 111s sobre la pertenencia a la Iglesia ritual.

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Bautismo Derecho Sacramental 07-08 99

C 847

• Normativa sobre el santos oleos

• Sólo del olivo, pero ahora ¿dónde se da?

• C 999 §1. En caso de necesidad

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Bautismo Derecho Sacramental 07-08 100

§2

• Cuidar con diligencia

• ¿Pero si falta?

• ¿Rellenarlo?

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Bautismo Derecho Sacramental 07-08 101

C. 848

• La “colecta”

• Gratuita administración de los sacramentos, no se pida… para los pobres

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Bautismo Derecho Sacramental 07-08 102

• C 1264 Región pastoral, cc. 945-958 “Taxativo” por los servicios requeridos, costumbre universal… que no sea incongruente… sustentamiento de los ministros.

• Evitar los abusos.

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Bautismo Derecho Sacramental 07-08 103

• No está prohibido “aceptar” en la administración de los sacramentos.

• Mejor evitar relación Dinero-Sacramento

• El Reembolso… taxi, gasolina, viaje

• Evitar que los pobres se les excluya por su falta de $$$... pero tienen derechos…

• Evitar la simonía…

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Bautismo Derecho Sacramental 07-08 104

TITULUS IDE BAPTISMO

cc. 849-878

5 capítulos:

• 1.- Celebración,

• 2.- Ministro,

• 3.- Normas del bautizando,

• 4.- Padrinos,

• 5.- Normativa sobre la prueba y anotación del bautismo conferido.

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• 30 cánones

• Ya no existe bautizo solemne o no, privado, de fetos abortivos, monstruo …

• Infieles, acatólicos, hijos de heréticos y cismáticos

• Eliminado el impedimento de unión espiritual (queda en CCEO)

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Bautismo Derecho Sacramental 07-08 106

C 849

• Ianua sacramentorum

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LG 11, AG 14, PO 5, 3 elementos:

a) Necesario para la salvación,

b) Con verdadera agua,

c) Palabras preestablecidas.

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Bautismo Derecho Sacramental 07-08 108

EFECTOS:

• Incorporación a la Iglesia, miembro del pueblo de Dios, constituido persona, derechos y deberes c. 96, obligación de actuar en el mundo c. 204, 209-211.

• Necesidad c. 849s, en peligro de muerte c. 867 §2, 868 §2

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Bautismo Derecho Sacramental 07-08 109

SIMPLE:

• c. 853, con agua no bendita, fuera de la Iglesia, cc. 857 §1, 860 §1, 862 fuera del territorio, 861 §2 conferido por quien sea recta intención.

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Bautismo Derecho Sacramental 07-08 110

URGENTE:

• c. 850 con agua y forma verbal,

• en peligro de muerte sea conferido c. 867 §2

• también en contra de la voluntad de los padres católicos o no, 865 §2

• prueba, c. 869 §1 y 870.

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Bautismo Derecho Sacramental 07-08 111

RITO ESENCIAL:

• c. 849 indica los elementos para la validez:

• lavado con agua verdadera y la forma.

• Saliva no es materia válida (Dz 829)

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Bautismo Derecho Sacramental 07-08 112

• FORMA: Trinitaria

• C. 850: con los libros litúrgicos aprobados, salvo el caso de necesidad

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Bautismo Derecho Sacramental 07-08 113

C. 851: debe de ser oportunamente preparado

– Para los adultos: SC, AG, intención del adulto, catecumenado, ordo christianae adultorum, Conferencia de los obispos adapte (Venezuela), aquí párroco (A)

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Bautismo Derecho Sacramental 07-08 114

C. 851: debe de ser oportunamente preparado

• Para los niños: SC, CDFe 1980, los sujetos pasivos son los padres y padrinos, instrucción preparatoria. Responsable el párroco: exhortaciones pastorales, oraciones, visitas a las familias.

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Bautismo Derecho Sacramental 07-08 115

– ¿Cómo distinguir entre adulto y niño?

– Adulto: todos aquellos que ya salieron de la infancia, que tienen el uso de razón.

– Niños: no son responsables de sus actos.

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Bautismo Derecho Sacramental 07-08 116

• C. 97 §2

• C. 852, 7-14 851 §1 como adulto

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Bautismo Derecho Sacramental 07-08 117

C. 854

• agua benditaMODO:

a) Infusión:

b) Inmersión:

• Excluido aspersión

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C. 855

• No venga impuesto un nombre extraño al sentimiento cristiano, falta criterio, ¿cuáles son nombres cristianos?

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Bautismo Derecho Sacramental 07-08 119

C. 856

• domingo, también cualquier otro día, Vigilia Pascual

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Bautismo Derecho Sacramental 07-08 120

C. 857

• Lugar Iglesia, oratorio, no olvidar la importancia de la parroquia y de los mismos fieles.

§2

• Por regla en la iglesia parroquial,

• Los niños en la iglesia parroquial de los padres

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Bautismo Derecho Sacramental 07-08 121

C. 858

§1 Cada Parroquia tenga una fuente bautismal

§2 Oído el párroco, otras fuentes en oratorios

• - Fuera del caso de necesidad NO casas privadas, hospitales, si el ordinario del lugar ya dio permiso, si.

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Bautismo Derecho Sacramental 07-08 122

C 859

• ¿Distancias? al menos un lugar decoroso.

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Bautismo Derecho Sacramental 07-08 123

CAPUT IIDE BAPTISMI MINISTRO

C. 861- ordinario: Obispo, presbítero, diacono

• 830§1 impedido el ministro ordinario.

§2

• Otros ministros (no extraordinarios)

• Catequista, y en caso de necesidad…

• Dz 1315, aunque sea mujer… o pagano.

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Bautismo Derecho Sacramental 07-08 124

C. 862

• Dar el bautismo en otro territorio

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Bautismo Derecho Sacramental 07-08 125

C. 863

• De adultos, más de 14 años, avisar a la Curia Diocesana

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Bautismo Derecho Sacramental 07-08 126

CAPUT IIIDE BAPTIZANDIS

• SUJETO:

• Toda persona aún no bautizada

• Solo se distingue entre adulto y niño, por los requisitos previos.

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Bautismo Derecho Sacramental 07-08 127

C. 864

• Persona y no bautizada

• Contra algunos abusos,

• PROHIBIDO:– Animales,– Muertos,

• Solo la persona VIVA.

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C. 865

• - Preparación catequética y moral, dos situaciones;

§1

• Ordinariamente, manifiesten la voluntad de recibirlo, probados, exhortados a arrepentirse de sus pecados, instruidos suficientemente sobre la fe y los derechos y deberes cristianos

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C. 865 §2

• En peligro de muerte:

• un mínimo de conocimiento de la fe

• prometa observar los mandamientos

• que haya manifestado la intención

• vivir cristianamente, al menos en el deseo

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C. 866

• Sino hay razón grave…

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C. 867s

• Pastoralis Actio (1980)

• Hijos que luego se separan de la fe,¿Ser mas severos?

• ¿Un catecumenado más largo?

• Praxis es inmemorial, desde el tiempo de los apóstoles

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Bautismo Derecho Sacramental 07-08 132

Regeneración en Cristo por medio del bautismo:

• 1.- Es necesario para la salvación

• Libera

• comunica consortium vita divina darse a los niños

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Bautismo Derecho Sacramental 07-08 133

2.- Del codex,

• - precauciones,

• - obligación de los padres c. 867 §1,3

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Bautismo Derecho Sacramental 07-08 134

• 2.1) dentro de las primeras semanas de nacido: quam primum

• ver el límite de la mortalidad post nacimiento, para evitar que mueran “como paganos”

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Bautismo Derecho Sacramental 07-08 135

• 2.2) Acercarse al párroco, antes del nacimiento,

• deberes de los padres y también de la parroquia,

• Pastoralidad del bautismo

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Bautismo Derecho Sacramental 07-08 136

2.3) Debida preparación de los padres, padrinos c. 851 §2,

• Con flexibilidad, por los horarios

• padres jóvenes

• de los que “bautizan” seguido o esporádicamente

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Bautismo Derecho Sacramental 07-08 137

2.4) EN PELIGRO DE MUERTE

• c. 867 §2, rápidamente, no preferenciar ministros,

• basta asegurar la validez, que se sepa bautizar

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Bautismo Derecho Sacramental 07-08 138

c. 868

• Condiciones, fuera del peligro de muerte, para la licitud

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Bautismo Derecho Sacramental 07-08 139

c. 868 §1

• 1.- Consienta al menos uno de los padres, o quien hace las veces de,

• sin consentimiento no, en condiciones normales

• 2.- Fundada esperanza que el niño sea educado en la fe católica

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Bautismo Derecho Sacramental 07-08 140

c 868 §2

Dos hipótesis:

• 1.- si hay fundada esperanza de educación católica, se proceda,

• 2.- si falta o no queda clara del todo (esperanza de educación católica)

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Bautismo Derecho Sacramental 07-08 141

• bautismo sea diferido

• dar razón y motivos de esta dilación, a los progenitores,

• es difícil de interpretar

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Bautismo Derecho Sacramental 07-08 142

¿Qué debemos de entender por sólida y fundada esperanza de la educación?

• según las circunstancias: si se está en país del todo pagano, musulmán, no hay católicos

• padres de familia que no dan esperanza ni garantías

• situación irregular de los padres

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Bautismo Derecho Sacramental 07-08 143

• niños expósitos

• que los padres quieran el bautismo, con un grado mínimo de suficiencia

• no llegar a tener a la Iglesia como “elite”

• no poner obstáculos a quien quiere permanecer en este pueblo en camino

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Bautismo Derecho Sacramental 07-08 144

No se hace referencia entre niños nacidos católicos o no, todos son tratados en la misma forma

• (ex c 750 §1 -diversamente-)

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Bautismo Derecho Sacramental 07-08 145

c. 868 §2

• Bautizar en contra de la voluntad de los padres, en peligro de muerte.

• Normalmente lo hacen los laicos (pocos sacerdotes)

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Bautismo Derecho Sacramental 07-08 146

C. 749 §2

• Da la norma que a nadie le es lícito que con constricción abrace la fe católica

• ¿Para quedarse perplejos?

• Es grande el don bautismal

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Bautismo Derecho Sacramental 07-08 147

C. 869 §3

• En caso de duda del Bautismo de un adulto, ¿qué hacer?

• Explicar doctrina, razones, porque en lo psicológico es muy importante

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Bautismo Derecho Sacramental 07-08 148

C. 870

• Niños expósitos

• ¿Adoptados?

• Hoy mejor no bautizarlo antes de entregarlo…

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Bautismo Derecho Sacramental 07-08 149

C. 871

• Bautismo de fetos abortivos

• Se deja a la discreción de los médicos y enfermeros

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Bautismo Derecho Sacramental 07-08 150

CAPUT IVDE PATRINIS

• Es un instituto jurídico muy antiguo

susceptores, levatores signo de garantía de la buena intención del candidato

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PATRINIS…

• Instituto litúrgico por los efectos jurídicos (parentela espiritual)

• Hoy hay más obligación moral

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Bautismo Derecho Sacramental 07-08 152

C. 872

• Quantum fieri potest

• Asistir

• Cooperar

• Vida cristiana

• ¿Cuando termina el “trabajo”?

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Bautismo Derecho Sacramental 07-08 153

• TAREA

• 1.- Presentarse en el momento del bautismo, actos preparatorios, junto con los padres

• 2.- cooperación con los padres,

• Cumpla con las obligaciones ¿regalo? ¿Fiesta?

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Bautismo Derecho Sacramental 07-08 154

C. 873

• Número

• Uno, una, o uno y una

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C. 873s

• Normativa

• Designado por los padres o por el mismo bautizando

• 16 años cumplidos Obispo haya dado norma Párroco no crea propio

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Bautismo Derecho Sacramental 07-08 156

Condiciones:

• Calidad moral,

• Católico con la iniciación cristiana cumplida,

• Vida conforme a la fe y al encargo que asume, congruente

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EXTREMOS:

• Situación irregular, concubinos, públicamente en vida inmoral, quien trabaja en…, católicos creyentes pero “no fanáticos” (2-3 al año), quienes “pelean” o escriben contra la Iglesia,

• Evitar una guerra atómica en las oficinas y/o sacristía

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EXTREMOS…

• Si no hay uno digno ¿ayudará al menos uno indigno?

• C. 874 §1,4 no tenga una pena canónica declarada o pública

• 5, no sea la madre/padre

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c. 874 §2

• un testigo no católico

• evitando escándalo,

• epikeia

• cuidar la paz en la familia

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CAPUT VDE COLLATI BAPTISMI

PROBATIONE ET ADNOTATIONE

• Efectos

• Persona,

• Comunidad

• Conferido y cumplido en modo cierto, comprobado.

• Documental

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Trento

• Libro de Bautismos según la verdad, • Cada uno sea bien registrado• No solo de manera burocrática• UN libro:• - no hojas separadas• - no solamente en el ordenador• - inscripción no hablar mal bautismo

y basta

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C. 875

• Al menos un testigo, de buena fama

• Por si falta la prueba escrita

• Para el matrimonio se requieren dos testigos

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C. 877

• En caso ordinario

• Referencia al día, lugar de nacimiento, nombres

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C. 877 §2

• Madre no casada

• Padre (comprobado o declarado)

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C. 877 §3

• Regla del niño adoptado

• En la práctica lo del civil

• Padres naturales, ¿solo el nombre? ¿Apellidos?

• Niños extranjeros adoptados…

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C. 878

• Notificación del bautismo no administrado por el párroco

• Por comodidad donde fue bautizado el niño

• Ministro debe de informar al párroco c. 877 §1

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Acta simple

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Acta Certificada

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Libro

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Acta Juramentada

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Requisitos:

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Requisitos:

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Agosto 2007   No. 19 / 2007

Carta - Circular

•   Asunto: Interrogantes en relación a los sacramentos de iniciación cristiana.

•  

• A LA COMUNIDAD DIOCESANA:

 

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• Queridos hermanos, han surgido entre nosotros algunas interrogantes en relación a los sacramentos de iniciación cristiana que conviene aclarar a fin de no apartarnos de la doctrina de la Iglesia y actuar con congruencia y caridad. Asimismo, no es nuestra intención tratar con rigor a algunas personas y hermanos nuestros, sin embargo, es muy importante que se defina la postura de la Iglesia al respecto.

Respondiendo a la primera pregunta:

El Catecismo de la Iglesia Católica dice en el núm. 1310: 'Para recibir la Confirmación es preciso hallarse en estado de Gracia. Conviene recurrir al sacramento de la Penitencia para ser purificado en atención al Espíritu Santo'. La respuesta es muy clara y precisa.

Recordemos que el orden teológico de los sacramentos de Iniciación Cristiana es: Bautismo, Confirmación y Eucaristía. He visto con agrado que se le ha ido dando forma a esta petición de la Iglesia y conviene respetar este orden.

Por tanto, cuando preparemos a los niños para recibir el sacramento de la Confirmación, debemos prepararlos para recibir el sacramento de la Reconciliación, porque recordemos que aparte de perdonar los pecados, infunde la gracia santificante, restituye las virtudes y méritos, confiere la gracia específica y reconcilia con la Iglesia (cfr. CEC 1469). De lo contrario aunque el sacramento de la Confirmación sea válido, no fructifica en la persona, por no hallarse en ese estado de gracia.

Además, el Compendio del Catecismo de la Iglesia Católica en el núm. 269 dice: 'El sacramento de la Confirmación puede y debe recibirlo, una sola vez, aquel que haya sido bautizado. Para recibirlo con fruto, hay que estar en gracia de Dios'

Conclusión de esta primera interrogante: Conviene preparar debidamente a los que van a recibir sacramento de la Confirmación de acuerdo a estas normas, es decir, dicha preparación incluye el sacramento de la Reconciliación, pues para que alguien reciba lícitamente el sacramento de la Confirmación se requiere, si goza de uso de razón, que esté convenientemente instruido, bien dispuesto y pueda renovar las promesas del bautismo. (cfr. CIC 889)

Respondiendo a la segunda interrogante:

El Catecismo de la Iglesia Católica en el núm. 1650, (haciendo referencia a alguien que se ha casado por la Iglesia y por el civil; y luego se divorcia y se casa nuevamente por lo civil) dice: 'Si los divorciados se vuelven a casar civilmente, se ponen en una situación que contradice objetivamente a la ley de Dios. Por lo cual no pueden acceder a la comunión eucarística mientras persista esta situación y por la misma razón no pueden ejercer ciertas responsabilidades eclesiales.

Además el Derecho Canónico, en el can. 874 & 1, menciona, entre otros requisitos para ser padrino: '... sea católico, esté confirmado, haya recibido ya el Santísimo Sacramento de la Eucaristía y lleve, al mismo tiempo una vida congruente con la fe y con la misión que va a asumir…'

Más aún, el can. 892 dice: 'En la medida de lo posible, tenga el confirmando un padrino, a quien corresponde procurar que se comporte como verdadero testigo de Cristo y cumpla fielmente las obligaciones inherentes al sacramento'.

Y el can. 893 dice: 'Para que alguien pueda ser padrino, es necesario que cumpla las condiciones del canon 874'.

Con estos fundamentos podemos llegar a la conclusión de esta segunda interrogante: 'Los divorciados y vueltos a casar no pueden ser admitidos como padrinos de los tres sacramentos de Iniciación Cristiana, ya que su situación no les permite recuperar la gracia, necesaria para vivir una vida congruente con la fe'.

Sin embargo, cuando tengamos contacto con personas que vivan esta situación les ruego, que sean tratados con suma caridad e invitados a resolver su situación irregular en la medida de lo posible, a fin de que no se sientan como apartados de la Iglesia, de la que se tienen que seguir sirviendo: 'que se les exhorte a escuchar la palabra de Dios, a frecuentar el sacrificio de la misa, a perseverar en la oración, a incrementar las obras de caridad y las iniciativas de la comunidad, a educar a sus hijos en la fe cristiana, a cultivar el espíritu y las obras de penitencia para implorar de este modo, día a día, la gracia de Dios. (cfr. CEC 1651).

Con la única intención de dar respuesta a estas interrogantes y en el amor a Jesucristo y a nuestros hermanos, nos encomendamos a nuestra Madre Santísima para seguir adelante en los procesos de evangelización que nos marca nuestro Plan Diocesano.

Dado en la Sede del Arzobispado de Monterrey, a los tres días del Septiembre del año del Señor 2007.

Prot. No.462/2007.

•   • + Francisco Robles Ortega

Arzobispo de Monterrey• Pbro. Alfonso Gerardo Miranda Guardiola

Secretario - Canciller

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•LAS INTERROGANTES SON:

1.- ¿SE DEBEN CONFESAR LOS NIÑOS ANTES DE RECIBIR EL SACRAMENTO DE LA CONFIRMACIÓN?

2.- ¿PUEDEN SER PADRINOS DE ALGÚN SACRAMENTO DE INICIACIÓN CRISTIANA LOS DIVORCIADOS Y VUELTOS A CASAR?

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