bases romanistas de los derechos reales

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Bases Romanistas de Bases Romanistas de los Derechos Reales los Derechos Reales

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Bases Romanistas de los Bases Romanistas de los Derechos RealesDerechos Reales

Clasificación de CosasClasificación de Cosas

Cosas extra Cosas extra comercio (extra-comercio (extra-patrominium)patrominium)

- - Cosas comunesCosas comunes

- Cosas de nadie- Cosas de nadie

- Cosas públicas- Cosas públicas

Cosas en el comercio Cosas en el comercio (in patrimonium)(in patrimonium)

- - Cosas muebles e inmueblesCosas muebles e inmuebles - Cosas simples, cosas compuestas.- Cosas simples, cosas compuestas.

- Cosas consumibles e - Cosas consumibles e inconsumiblesinconsumibles

- Cosas accesorias y cosas - Cosas accesorias y cosas principalesprincipales

- Cosas fructíferas e infructífieras- Cosas fructíferas e infructífieras

- Cosas mancipables y no - Cosas mancipables y no mancipablesmancipables

CONCEPTOS GENERALESCONCEPTOS GENERALES

Derechos realesDerechos reales

También llamado derechos sobre las cosas También llamado derechos sobre las cosas

((iura in reiura in re)) Son los derechos que se crean entre la persona y las cosas Son los derechos que se crean entre la persona y las cosas

en una relación directa o inmediata.en una relación directa o inmediata. Facultad que tiene una persona de sacar utilidades o Facultad que tiene una persona de sacar utilidades o

goce de una cosa; en forma privativa.goce de una cosa; en forma privativa. Se impone Se impone erga omneserga omnes Se pueden ejercer sobre bienes propios y bienes ajenos.Se pueden ejercer sobre bienes propios y bienes ajenos.

Elementos:Elementos:La persona sujeto activo del derechoLa persona sujeto activo del derecho

La cosa objeto del derechoLa cosa objeto del derecho

La posesiónLa posesión

Elemento Intelectual(animus)

Elemento físico(corpus)

La posesión

Hecho por mediodel cual una persona tenía

una cosa en supoder y disponía

de ella segúnsu voluntad

como propietario

La posesiónLa posesión

La posesión es un poder de hecho, La posesión es un poder de hecho, constituido por:constituido por:

Elemento intelectual (Elemento intelectual (animusanimus)) - La - La intención de comportarse como dueño.intención de comportarse como dueño.

El elemento físico (El elemento físico (corpuscorpus)) – poder o – poder o control ejercido sobre una cosa - por una control ejercido sobre una cosa - por una persona.persona.

Es un poder físico que se ejerce sobre una Es un poder físico que se ejerce sobre una cosa.cosa.

La posesiónLa posesión La propiedad es distinta a la posesión.La propiedad es distinta a la posesión. La propiedad es un derechoLa propiedad es un derecho

La posesión es un hecho protegido por el derecho.La posesión es un hecho protegido por el derecho.

La posesión sirve de base para la adquisición de la La posesión sirve de base para la adquisición de la propiedad mediante:propiedad mediante:

1. La tradición1. La tradición (entrega de la posesión de una cosa en (entrega de la posesión de una cosa en virtud de una causa justa)virtud de una causa justa)

2. La ocupación2. La ocupación (toma de posesión de una cosa sin (toma de posesión de una cosa sin dueño)dueño)

3. La usucapión3. La usucapión (posesión de una cosa por mucho (posesión de una cosa por mucho tiempo)tiempo)

La PosesiónLa Posesión Clases de posesiónClases de posesión::

Posesión justaPosesión justa: si el poseedor la había : si el poseedor la había adquirido de acuerdo a derecho.adquirido de acuerdo a derecho.

Posesión injusta y viciosa:Posesión injusta y viciosa: si la posesión si la posesión se adquiría por violencia, clandestinamente o se adquiría por violencia, clandestinamente o por concesión precaria.por concesión precaria.

De buena o mala fe.De buena o mala fe. La primera, en la que La primera, en la que el poseedor tiene motivos suficientes para el poseedor tiene motivos suficientes para creer que posee legítimamente. La segunda creer que posee legítimamente. La segunda cuando conoce que su poder sobre cosa cuando conoce que su poder sobre cosa poseída no está respaldado por ningún poseída no está respaldado por ningún derecho alguno. derecho alguno.

La PosesiónLa Posesión Modo de adquirir o perder la posesión:Modo de adquirir o perder la posesión:

Se requiere el acto de aprehensión material de la Se requiere el acto de aprehensión material de la

cosa (cosa (corpuscorpus)) Debe haber la intención Debe haber la intención animusanimus de ejercer sobre de ejercer sobre

ella un cierto control (ella un cierto control (animusanimus posesorio) posesorio) La pérdida se da cuando voluntaria o La pérdida se da cuando voluntaria o

involuntariamente, el poseedor pierde los dos o involuntariamente, el poseedor pierde los dos o uno de los elementos.uno de los elementos.

La PosesiónLa Posesión

El procedimiento de defensa de la El procedimiento de defensa de la posesión. posesión.

El interdicto es un mandato por el El interdicto es un mandato por el cual el magistrado ordena o cual el magistrado ordena o defiende alguna cosa.defiende alguna cosa.

Deriva del Deriva del imperiumimperium del pretor. del pretor. Los interdictos más importantes son:Los interdictos más importantes son:

La PosesiónLa Posesión

a. a. Retinendae possesionisRetinendae possesionis, orden de no hacer nada , orden de no hacer nada que perturbe el estado actual de la posesión.que perturbe el estado actual de la posesión.

Uti possidetisUti possidetis (conservación la posesión de bien (conservación la posesión de bien inmuebles), Se otorgaba al poseedor actual.inmuebles), Se otorgaba al poseedor actual.

«me opongo a la violencia que impide que poseáis «me opongo a la violencia que impide que poseáis aquel fundo del que se trata, puesto que no lo aquel fundo del que se trata, puesto que no lo poseéis ni con violencia ni en precario ni poseéis ni con violencia ni en precario ni clandestinamente el uno respecto al otro»clandestinamente el uno respecto al otro»

Utrubi Utrubi (conservar la posesión de bienes muebles) (conservar la posesión de bienes muebles) b. b. Recuperandae possesionisRecuperandae possesionis, orden de restituir la , orden de restituir la

posesión.posesión. Uden viUden vi “ “ restituirás al demandante en el fundo donde lo restituirás al demandante en el fundo donde lo

has expulsado tú o tu servidumbre y en todo lo que has expulsado tú o tu servidumbre y en todo lo que en ese momento él tenía allí, sin violencia ni en ese momento él tenía allí, sin violencia ni clandestinidad el uno del otro”. clandestinidad el uno del otro”.

La PosesiónLa Posesión

Posesión Civil:Posesión Civil: Es la posesión que Es la posesión que

convierte al poseedor convierte al poseedor en propietario, en en propietario, en virtud de la usucapión.virtud de la usucapión.

Posesión Natural: Posesión Natural: Se contrapone a la Se contrapone a la

posesión civil, es la posesión civil, es la simple toma de las simple toma de las cosas.cosas.

La PropiedadLa Propiedad

Propiedad deriva del vocablo latino Propiedad deriva del vocablo latino propietaspropietas que a su vez deriva de que a su vez deriva de propium propium lo que significa ”lo que lo que significa ”lo que pertenece a una persona o es pertenece a una persona o es propio”.propio”.

Propiedad es el derecho subjetivo Propiedad es el derecho subjetivo que otorga a su titular el derecho de que otorga a su titular el derecho de gozar y disponer plena y gozar y disponer plena y exclusivamente de una cosa.exclusivamente de una cosa.

La PropiedadLa Propiedad Sus Caracteres:Sus Caracteres:

Derecho absolutoDerecho absoluto, ya que otorga a su titular el poder , ya que otorga a su titular el poder de gozar y disponer de la cosa como mejor parezca, de gozar y disponer de la cosa como mejor parezca, sin que persona alguna pueda impedir su libre sin que persona alguna pueda impedir su libre ejercicio.ejercicio.

Derecho exclusivo e individualDerecho exclusivo e individual.-.- El propietario El propietario puede impedir de concurrir en el ejercicio de los puede impedir de concurrir en el ejercicio de los poderes inherentes a la propiedad (ius prohibendi)poderes inherentes a la propiedad (ius prohibendi)

Derecho perpetuo e irrevocableDerecho perpetuo e irrevocable.- El derecho .- El derecho subsiste con independencia del ejercicio que de el subsiste con independencia del ejercicio que de el hagan.hagan.

La PropiedadLa Propiedad Elementos de la propiedadElementos de la propiedad::

Ius utendi o ususIus utendi o usus:: era el derecho que tenía el era el derecho que tenía el propietario de servirse de la cosa y obtener todas propietario de servirse de la cosa y obtener todas las ventajaslas ventajas

Ius fruendi:Ius fruendi: la facultad de gozar del bien la facultad de gozar del bien

obteniendo los frutos civiles o naturales.obteniendo los frutos civiles o naturales. Ius abutendi:Ius abutendi: Facultad de disponer la cosa Facultad de disponer la cosa Ius vindicandi:Ius vindicandi: El derecho que tenía el El derecho que tenía el

propietario para reclamar el objeto de terceros propietario para reclamar el objeto de terceros poseedores o detentadores. poseedores o detentadores.

Clases de propiedadClases de propiedad

Propiedad QuiritariaPropiedad Quiritaria:: Para que el Para que el derecho civil reconozca la cualidad de derecho civil reconozca la cualidad de propietario, es necesario que se reúnan propietario, es necesario que se reúnan las siguientes condiciones: ciudadanía las siguientes condiciones: ciudadanía romana, cosa mueble o inmueble itálico romana, cosa mueble o inmueble itálico y con las formalidades requeridas.y con las formalidades requeridas.

Se protege con la acción reivindicatoria Se protege con la acción reivindicatoria

Clases de propiedadClases de propiedad

Propiedad bonitaria o pretoriaPropiedad bonitaria o pretoria.-.- Se da Se da esta propiedad cuando el pretor esta propiedad cuando el pretor protege al que recibió una cosa protege al que recibió una cosa mancipable, contra el propietario civil mancipable, contra el propietario civil que se la entregó sin utilizar la forma que se la entregó sin utilizar la forma de la de la mancipatio o la in iure cessio.mancipatio o la in iure cessio.

También comprende la propiedad También comprende la propiedad provincial y propiedad de los provincial y propiedad de los peregrinosperegrinos

Protección de la propiedadProtección de la propiedad

La acción reivindicatoria:La acción reivindicatoria:

La reivindicatio La reivindicatio es la acción que es la acción que tutela al propietario civil que no tutela al propietario civil que no posee contra el poseedor. El posee contra el poseedor. El propietario acude a esta acción propietario acude a esta acción cuando ha perdido la posesión de cuando ha perdido la posesión de una cosa de su propiedad y debe una cosa de su propiedad y debe demandar al que posee. demandar al que posee.

MODOS DE ADQUIRIR LA PROPIEDADMODOS DE ADQUIRIR LA PROPIEDAD

Modos originarios Modos originarios de adquirir la de adquirir la propiedad:propiedad:

OcupaciónOcupación

AccesiónAccesión

EspecificaciónEspecificación

ConfusiónConfusión

UsucapioUsucapio

Modos derivativos Modos derivativos de adquirir la de adquirir la propiedad propiedad

MancipatioMancipatio

In iure cessioIn iure cessio

TradictioTradictio

Mary
In iure cessio.- Significa cesión ante el pretor. era formal abstracto, no se indicaba la causa o el motivo de la cesión.Objeto de iure cessio:Constitución de usufructoServidumbre rustuca y urbanaEmancipaciónAdopciónManumisión solemne
Mary
Existe accesión cuando una cosa se adhiere a otra

MODOS DE ADQUIRIR LA PROPIEDADMODOS DE ADQUIRIR LA PROPIEDAD

Ocupación.- Toman de posesión de una res nullius con la voluntad de hacerse propietario (animales salvajes, las cosas abandonadas, cosas preciosas depositadas por el mar)

Los animales salvajes, la caza, la pesca.

El botín hecho sobre el enemigo.

Piedras preciosas, las perlas y el coral

El tesoro

Accesión.- Cuando una cosa se adhiere a otra de forma inseparable, cuyo caso será el dueño de la cosa principal. La adquisición es definitiva, aunque indemnizando al propietario de la cosa accesoria

MODOS DE ADQUIRIR LA MODOS DE ADQUIRIR LA PROPIEDADPROPIEDAD

Bien mueble a bien mueble

Bien mueble a inmueble

Bien inmueble a bien inmueble

Especificación.- Se daba especificación cuando una cosa era transformada en otra adquiriendo una nueva individualidad (speciem facere), como por ejemplo haciendo vino de la uva

MODOS DE ADQUIRIR LA MODOS DE ADQUIRIR LA PROPIEDADPROPIEDAD

Confusión.- Comunidad de bienes dada al mezclarse pertenecientes a varias personas

USUCAPIÓNUSUCAPIÓN Modo de Modo de adquisición de la propiedad mediante la posesión adquisición de la propiedad mediante la posesión

continuada de una cosa durante un tiempo determinado por continuada de una cosa durante un tiempo determinado por ley.ley.

Conocido modernamente como prescripción adquisitiva.Conocido modernamente como prescripción adquisitiva.

Usucapión proviene del vocablo latino Usucapión proviene del vocablo latino usus, usus, que significa que significa usar una cosa y de la voz usar una cosa y de la voz capere capere apoderarse de algo.apoderarse de algo.

La Ley de las XII Tablas escribía que el estado posesorio La Ley de las XII Tablas escribía que el estado posesorio continuado durante dos años cuando la cosa era inmueble, o continuado durante dos años cuando la cosa era inmueble, o de un año si se trataba de cualquier otra cosa, otorgaba al de un año si se trataba de cualquier otra cosa, otorgaba al poseedor los derechos de propiedad.poseedor los derechos de propiedad.

En el Derecho Justiniano la adquisición de bienes inmuebles En el Derecho Justiniano la adquisición de bienes inmuebles se producía a los tres años bienes muebles y de diez años se producía a los tres años bienes muebles y de diez años bienes inmuebles. bienes inmuebles.

Requisitos para la UsucapiónRequisitos para la Usucapión

Res habilis. Res habilis. No se podía usucapir la res No se podía usucapir la res extracommercium, las cosas hurtadas, las extracommercium, las cosas hurtadas, las sustraídas por violencia y toda cosa que sustraídas por violencia y toda cosa que estuviera prohibida su venta.estuviera prohibida su venta.

Titulus. Titulus. Era justa causa de usucapir. Por justa Era justa causa de usucapir. Por justa causa o justo título se entiende todo acto causa o justo título se entiende todo acto jurídico válido en derecho que hubiera sido por jurídico válido en derecho que hubiera sido por si mismo idóneo para adquirir inmediatamente si mismo idóneo para adquirir inmediatamente la propiedad pero por defecto de forma. la propiedad pero por defecto de forma.

Fides. Fides. La creencia leal, la honesta convicción de La creencia leal, la honesta convicción de que no lesionaba intereses jurídicos ajenos al que no lesionaba intereses jurídicos ajenos al entrar en posesión de una cosa.entrar en posesión de una cosa.

Possessio. Possessio. Se exigía la posesión continuada de Se exigía la posesión continuada de un cosa durante el término fijado por ley.un cosa durante el término fijado por ley.

La interrupción obligaba a comenzar de nuevo.La interrupción obligaba a comenzar de nuevo. Tempus. Tempus. Tiempo establecido por leyTiempo establecido por ley..

Artículo 950 del C.C.La propiedad inmueble se adquiere por pescripción mediante la posesión continua, pacífica y pública durante diez años

DERECHOS REALES DERECHOS REALES SOBRE COSA AJENASOBRE COSA AJENA

LA SERVIDUMBRELA SERVIDUMBRE USUFRUCTOUSUFRUCTO SUPERFICIESUPERFICIE ENFITEUSISENFITEUSIS

LA SERVIDUMBRELA SERVIDUMBRE

Proviene de la palabra Proviene de la palabra servusservus que que indica la relación de sumisión (una indica la relación de sumisión (una restricción a la libertad)restricción a la libertad)

Derecho sobre cosa ajena Derecho sobre cosa ajena constituido sobre un fundo y en constituido sobre un fundo y en ventaja de otro fundo (servidumbre ventaja de otro fundo (servidumbre predial) o sobre cualquier cosa en predial) o sobre cualquier cosa en ventaja de una persona ventaja de una persona (servidumbre personal).(servidumbre personal).

SERVIDUMBRE PREDIAL: SERVIDUMBRE PREDIAL: Principios y reglasPrincipios y reglas

La servidumbre consiste en un tolerar o no hacer.La servidumbre consiste en un tolerar o no hacer. No puede cederse el uso de un bien separado de la No puede cederse el uso de un bien separado de la

servidumbre. Por ser un derecho vinculado al fundo servidumbre. Por ser un derecho vinculado al fundo dominante.dominante.

La servidumbre no puede cederse, venderse separadamente La servidumbre no puede cederse, venderse separadamente al fundo.al fundo.

Nadie puede constituir una servidumbre sobre bien propio.Nadie puede constituir una servidumbre sobre bien propio. Es indivisible. No se adquieren ni se extinguen Es indivisible. No se adquieren ni se extinguen

parcialmente.parcialmente. La servidumbres son perpetuas.La servidumbres son perpetuas.

La servidumbre se establece para gravar un La servidumbre se establece para gravar un predio “sirviente” con un uso limitado a favorpredio “sirviente” con un uso limitado a favor

de otro predio “dominante”. de otro predio “dominante”.

CLASES DE SERVIDUMBRE CLASES DE SERVIDUMBRE PREDIALESPREDIALES

Servidumbre prediales rústicas:Servidumbre prediales rústicas: De pasoDe paso:: Senda: servidumbre de paso a pie, en caballo.Senda: servidumbre de paso a pie, en caballo. Paso de ganado: derecho de pasar con animales Paso de ganado: derecho de pasar con animales

o con carros.o con carros. Camino: Paso para todo uso.Camino: Paso para todo uso. De aguasDe aguas:: Acueducto: el derecho de conducir agua en la Acueducto: el derecho de conducir agua en la

superficie de un fundo ajeno.superficie de un fundo ajeno. Llevar ganado a pastar o beber.Llevar ganado a pastar o beber. De extraer arena o greda De extraer arena o greda

CLASES DE SERVIDUMBRE CLASES DE SERVIDUMBRE PREDIALESPREDIALES

Servidumbre prediales urbanasServidumbre prediales urbanas::

Vertientes de agua:Vertientes de agua:

Verter el agua de lluvia desde el propio Verter el agua de lluvia desde el propio tejado.tejado.

Apoyo de muro o de viga en edificio contiguo.Apoyo de muro o de viga en edificio contiguo.

De luces o de vista.De luces o de vista.

Que el vecino prive de luces al edificio o de Que el vecino prive de luces al edificio o de vista.vista.

Constitución de la Servidumbre:Constitución de la Servidumbre:

Voluntad de los propietariosVoluntad de los propietarios ( (mancipatio e in iure mancipatio e in iure cessiocessio))

Mortis causaMortis causa. La última voluntad del testador. La última voluntad del testador

AdjudicacionesAdjudicaciones. Podía el juez cuando fuera . Podía el juez cuando fuera necesario, constituir servidumbre entre los fundos necesario, constituir servidumbre entre los fundos resultantes de una partición.resultantes de una partición.

Prescripciones adquisitivaPrescripciones adquisitiva. Por lo general 10 años.. Por lo general 10 años.

MARIA-ELENA
MARIA-ELENA
Voluntad de los propietarios (mancipatio e in iure cessio)Mortis causa. La última voluntad del testAdjudicaciones. Podía el juez cuando fuera necesario, constituir servidumbre entre los fundos resultantes de una partición.Prescripciones adquisitiva. Por lo general 10 años.

Protección de la ServidumbreProtección de la Servidumbre

La acción La acción confesoriaconfesoria que correspondía al que correspondía al propietario del fundo dominante contra el propietario del fundo dominante contra el propietario o poseedor del fundo sirviente que propietario o poseedor del fundo sirviente que perturbará el libre ejercicio de la servidumbre.perturbará el libre ejercicio de la servidumbre.

Su objeto era el restablecimiento de la condición Su objeto era el restablecimiento de la condición legítima de la servidumbre y el resarcimiento de legítima de la servidumbre y el resarcimiento de los daños y perjuicios.los daños y perjuicios.

SERVIDUMBRE PERSONAL: SERVIDUMBRE PERSONAL: USUFRUCTOUSUFRUCTO

Abarca dos de los elementos de la propiedad el Abarca dos de los elementos de la propiedad el usus usus o o derecho de usar la cosa y el derecho de usar la cosa y el fructus fructus o facultad de percibir o facultad de percibir los frutos que ella produjera. El propietario conserva el los frutos que ella produjera. El propietario conserva el ius ius abutendi.abutendi.

El usufructuario no podía adquirir la propiedad por El usufructuario no podía adquirir la propiedad por usucapión.usucapión.

Podía constituirse sobre bienes muebles e inmuebles.Podía constituirse sobre bienes muebles e inmuebles.

ConceptoConcepto.- Es el Derecho real de aprovechar una cosa no fungible .- Es el Derecho real de aprovechar una cosa no fungible e inconsumible ajena dentro de los límites de uso, e inconsumible ajena dentro de los límites de uso,

el disfrute y la tenencia de modo de exceptuarse su disposición.el disfrute y la tenencia de modo de exceptuarse su disposición.

USUFRUCTOUSUFRUCTO

Es dada siempre a favor de una persona Es dada siempre a favor de una persona determinada y por tiempo convenido. En el caso determinada y por tiempo convenido. En el caso de personas jurídica se limita a los cien años.de personas jurídica se limita a los cien años.

Podía constituirse indiferentemente sobre Podía constituirse indiferentemente sobre diversas cosas, a excepción de las cosas diversas cosas, a excepción de las cosas consumibles.consumibles.

No podía haber usufructo sobre cosa propia.No podía haber usufructo sobre cosa propia.

Principios FundamentalesPrincipios Fundamentales

El usufructuario quedaba excluido de la El usufructuario quedaba excluido de la posibilidad de modificar la estructura y posibilidad de modificar la estructura y destino de la cosa, no podía realizar actos destino de la cosa, no podía realizar actos de disposición.de disposición.

La conexión del usufructo con la persona La conexión del usufructo con la persona era intransmisible.era intransmisible.

Temporalidad. Si no hay plazo fijo termina Temporalidad. Si no hay plazo fijo termina con la vida del usufructuario. con la vida del usufructuario.

USUFRUCTOUSUFRUCTO

Modos de adquirir el usufructo: Modos de adquirir el usufructo: mediante legado, mediante legado, iure cessioiure cessio, , mancipatiomancipatio, , tradictiotradictio, adjudicación., adjudicación.

La extinción del usufructo: renuncia, La extinción del usufructo: renuncia, por confusión, muerte del por confusión, muerte del usufructuario, vencimiento del plazo.usufructuario, vencimiento del plazo.

LA SUPERFICIELA SUPERFICIE

La superficie es el derecho de La superficie es el derecho de gozar a perpetuidad o por gozar a perpetuidad o por plazos larguísimos, de una plazos larguísimos, de una construcción establecida construcción establecida sobre el terreno de otro. Es un sobre el terreno de otro. Es un derecho acordado por el derecho acordado por el pretor.pretor.

Esta práctica fue iniciada por Esta práctica fue iniciada por el Estado, seguida luego por el Estado, seguida luego por los particulares que los particulares que concedieron a otros concedieron a otros particulares el derecho de particulares el derecho de edificar y gozar del edificio edificar y gozar del edificio construido plenamente. construido plenamente.

LA SUPERFICIELA SUPERFICIE

Se acostumbró a Se acostumbró a celebrar contratos en los celebrar contratos en los que el propietario del que el propietario del suelo recibía como suelo recibía como contraprestación el pago contraprestación el pago de un canon o alquiler.de un canon o alquiler.

La superficie se extinguía La superficie se extinguía por destrucción del por destrucción del fundo, no del edificio, ya fundo, no del edificio, ya que el titular se que el titular se reservara el derecho a reservara el derecho a reconstruirlo.reconstruirlo.

ENFITEUSISENFITEUSIS Sobre terrenos del estado y las comunidades a él Sobre terrenos del estado y las comunidades a él

sometidas se acostumbraron hacer en Roma sometidas se acostumbraron hacer en Roma arrendamientos de muy largo plazo o a arrendamientos de muy largo plazo o a perpetuidad a favor de particulares de tierras perpetuidad a favor de particulares de tierras lejanas sin cultivar.lejanas sin cultivar.

Por la tierra se realizaba un pago anual.Por la tierra se realizaba un pago anual.

El arrendamiento obligaba a plantar y cultivar esos El arrendamiento obligaba a plantar y cultivar esos terrenos.terrenos.

El pretor concedió una acción que reconocía su El pretor concedió una acción que reconocía su derecho real.derecho real.

Mary
la tierra es para quien la cultiva es un enunciado del Derecho Natural.Enfiteusis: significa hacer plantaciones. SE conviertieron en perpetuos y hereditarios

Los arrendatarios eran de hecho Los arrendatarios eran de hecho propietarios, pues podían disfrutar propietarios, pues podían disfrutar plenamente del inmueble y disponer de él.plenamente del inmueble y disponer de él.

El arriendo de predio estatales se extendió El arriendo de predio estatales se extendió a los fundos de los particulares y entró en a los fundos de los particulares y entró en él área de las instituciones del derecho él área de las instituciones del derecho privado.privado.

Para el derecho justinianeo la enfiteusis Para el derecho justinianeo la enfiteusis queda configurada como un derecho real queda configurada como un derecho real sobre cosas ajena otorgando a perpetuidad sobre cosas ajena otorgando a perpetuidad o a muy largo plazo.o a muy largo plazo.

El derecho se perdía por el derecho de El derecho se perdía por el derecho de demorar tres años en el pago del canon y demorar tres años en el pago del canon y por el vencimiento del término.por el vencimiento del término.