bases - fondo nacional de financiamiento de la … · web viewrobo de cables eléctricos de alta...

198
BASES CONCURSO PÚBLICO N° 002-2007/FONAFE SEGUNDA CONVOCATORIA “CONTRATACION DE LOS SERVICIOS DE COBERTURA DE RIESGOS (POLIZAS DE SEGUROS PATRIMONIALES, PERSONALES Y OTRAS POLIZAS) 2008 PARA LAS EMPRESAS DEL SECTOR ELECTRICO BAJO EL AMBITO DE FONAFE” (COMPRA CORPORATIVA FACULTATIVA) Febrero, 2008 LIMA Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202 www.fonafe.gob.pe 1

Upload: phamkhanh

Post on 08-May-2018

226 views

Category:

Documents


5 download

TRANSCRIPT

Page 1: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

BASES CONCURSO PÚBLICON° 002-2007/FONAFE

SEGUNDA CONVOCATORIA

“CONTRATACION DE LOS SERVICIOS DE COBERTURA DE RIESGOS (POLIZAS DE SEGUROS PATRIMONIALES, PERSONALES Y OTRAS POLIZAS) 2008 PARA LAS EMPRESAS DEL

SECTOR ELECTRICO BAJO EL AMBITO DE FONAFE”(COMPRA CORPORATIVA FACULTATIVA)

Febrero, 2008

LIMA

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

1

Page 2: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

BASES CONCURSO PÚBLICO N° 002-2007/FONAFE

SEGUNDA CONVOCATORIA

“CONTRATACION DE LOS SERVICIOS DE COBERTURA DE RIESGOS (POLIZAS DE SEGUROS PATRIMONIALES, PERSONALES Y OTRAS POLIZAS) 2008 PARA LAS EMPRESAS DEL

SECTOR ELECTRICO BAJO EL AMBITO DE FONAFE” (COMPRA CORPORATIVA)

Capítulo 1ASPECTOS GENERALES

1.1 ENTIDAD CONVOCANTE:

Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado – FONAFE.Dirección: Av. Paseo de la República N° 3121, San Isidro, Lima.R.U.C.: Nº 20458605662Teléfono: 440-4222Fax: 440-4222, Anexo 363

1.2 OBJETO:

El presente proceso tiene por objeto la selección de una persona jurídica que brinde el servicio de pólizas de Seguros Patrimoniales y Seguros Personales y otras pólizas; para todas las Empresas Participantes, conforme a los requerimientos técnicos mínimos detallados en las presentes bases.

1.3 BASE LEGAL

a) Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado con Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, en adelante LA LEY.

b) Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado con Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, y demás disposiciones modificatorias, complementarias y conexas, en adelante EL REGLAMENTO.

c) Ley N° 27170, Ley del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado y demás disposiciones modificatorias y complementarias.

d) Ley 26702 Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros.

e) Decreto Supremo Nº 072-2000-EF, Reglamento de la Ley del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado y demás disposiciones modificatorias y complementarias.

f) Directiva Nº 013-2001-CONSUCODE/PREg) Directiva Nº 003-2003-CONSUCODE/PREh) Disposiciones legales modificatorias, complementarias y conexas.

1.4 REFERENCIAS

Cuando en las presentes Bases se mencione la palabra “LEY”, se entenderá que se está haciendo referencia al Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM; la mención al “REGLAMENTO”, se entenderá referida al Reglamento de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; CONSUCODE se entenderá por Consejo Superior de Contrataciones y

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

2

Page 3: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

Adquisiciones del Estado; SEACE se entenderá por Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado (www.seace.gob.pe); CONVOCANTE se entenderá que se refiere a la Entidad a la que se le ha encargado la convocatoria y ejecución del proceso de selección mediante Compra Corporativa, ENTIDADES se entenderá que se refiere a todas las Entidades que han suscrito el Convenio Interinstitucional de Compra Corporativa con el FONAFE que motiva este proceso de selección, y con las que se suscribirán los contratos de seguros correspondientes, estando a cargo además de la etapa de ejecución contractual; CONTRATISTA se entenderá como el proveedor que celebre un contrato con una Entidad participante.

Durante el proceso de selección, desde su convocatoria y hasta la suscripción del Contrato, en los términos procesales, los plazos establecidos en días sin calificarlos, se computarán como días hábiles. Son días inhábiles los días sábado, domingo y feriados no laborables, así como los de duelo nacional no laborable y otros declarados por el Poder Ejecutivo o autoridades competentes.

1.5     DE LOS POSTORES       

Podrán participar como postores las empresas de seguros legalmente constituidas, organizadas y debidamente autorizadas por la Superintendencia de Banca y Seguros, al amparo de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica del la Superintendencia de Banca y Seguros, y que actúen dentro del territorio nacional, a condición de que se hayan inscrito como participantes en el presente proceso corporativo, sometiéndose al cumplimiento de las presentes Bases.

1.6 IMPEDIMENTOS PARA SER POSTORES Y/O CONTRATISTAS

Están impedidos de ser postores y/o contratistas:

a) El Presidente y los Vicepresidentes de la República, los representantes al Congreso de la República, los Ministros y Viceministros de Estado, los vocales de la Corte Suprema de Justicia de la República, los titulares y los miembros del órgano colegiado de los organismos constitucionales autónomos, hasta un año después de haber dejado el cargo;

b) Los titulares de instituciones o de organismos públicos descentralizados, los presidentes y vicepresidentes regionales, los consejeros de los Gobiernos Regionales, los alcaldes, los regidores, los demás funcionarios y servidores públicos, los directores y funcionarios de las empresas del Estado; y, en general, las personas naturales contractualmente vinculadas a la Entidad que tengan intervención directa en la definición de necesidades, especificaciones, evaluación de ofertas, selección de alternativas, autorización de adquisiciones o pagos;

c) El cónyuge, conviviente o los parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad de las personas a que se refieren los literales precedentes;

d) Las personas jurídicas en las que las personas naturales a que se refieren los literales a), b) y c) tengan una participación superior al cinco por ciento del capital o patrimonio social, dentro de los veinticuatro meses anteriores a la convocatoria;

e) Las personas jurídicas o naturales cuyos apoderados o representantes legales sean cónyuge, conviviente o parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad de las personas a que se refieren los literales a) y b) precedentes;

f) Las personas naturales o jurídicas que se encuentren sancionadas administrativamente con inhabilitación temporal o permanente en el ejercicio de sus derechos para participar en procesos de selección y para contratar con Entidades, de acuerdo a lo dispuesto por la presente Ley y su Reglamento;

g) Las personas jurídicas cuyos socios, accionistas, participacionistas o titulares hayan formado parte de personas jurídicas sancionadas administrativamente con inhabilitación temporal o permanente para participar en procesos de selección y para contratar con el

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

3

Page 4: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

Estado, o que habiendo actuado como personas naturales se encontrarán con los mismos tipos de sanción; conforme a los criterios señalados en la Ley y en el Reglamento; y,

h) La persona natural o jurídica que haya participado como tal en la elaboración de los estudios o información técnica previa que da origen al proceso de selección y sirve de base para el objeto del contrato, salvo en el caso de los contratos de supervisión.

En los casos a que se refieren los incisos b), c) y d) el impedimento para ser postor se restringe al ámbito de la jurisdicción o sector al que pertenecen las personas a que se refieren los literales a) y b). En el caso de los organismos constitucionales autónomos, el impedimento se circunscribe a las adquisiciones y contrataciones que realizan dichas entidades.

1.7 VALOR REFERENCIAL Y CONVOCATORIA

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

4

Page 5: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

I VALOR REFERENCIAL

Valor Referencial total: US$ 8’803,850 (Ocho millones ochocientos tres mil ochocientos cincuenta y 00/100 dólares americanos)

Item 1: US$ 7`813,850 (Siete millones ochocientos trece mil ochocientos cincuenta y 00/100 dólares americanos)Item 2: US$ 500,000 (Quinientos mil y 00/100 dólares americanos)Item 3: US$ 490,000 (Cuatrocientos noventa mil y 00/100 dólares americanos).

Valores al mes de Febrero 2008

II LIMITES DEL VALOR REFERENCIAL

Los Límites del Valor Referencial del Item 1 son:

Límite Superior (110%): US$ 8´595,235.00(Ocho millones quinientos noventa y cinco mil doscientos treinta y cinco y 00/100 Dólares Americanos)Límite Inferior (70%): US$ 5´469,695.00 (Cinco millones cuatrocientos sesenta y nueve mil seiscientos noventa y cinco y 00/100 Dólares Americanos).

Los Límites del Valor Referencial del Item 2 son:

Límite Superior (110%): US$ 550,000.00 (Quinientos cincuenta mil y 00/100 Dólares Americanos)Límite Inferior (70%): US$ 350,000.00 (Trescientos cincuenta mil y 00/100 Dólares Americanos).

Los Límites del Valor Referencial del Item 3 son:

Límite Superior (110%): US$ 539,000.00 (Quinientos treinta y nueve mil y 00/100 Dólares Americanos)Límite Inferior (70%): US$ 343,000.00 (Trescientos cuarenta y tres mil y 00/100 Dólares Americanos).

Los límites del valor referencial total son:

Límite Superior (110%): US$ 9’684,235.00 (Nueve millones seiscientos ochenta y cuatro mil doscientos treinta y cinco y 00/100 Dólares Americanos)Límite Inferior (70%): US$ 6’162,695.00 (Seis millones ciento sesenta y dos mil seiscientos noventa y cinco y 00/100 Dólares Americanos).

III FUENTE DE FINANCIAMIENTO Recursos Directamente Recaudados por las empresas participantes

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

5

Page 6: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

IV CALENDARIO

1. Convocatoria: 25-02-20082. Plazo de registro de participantes: Del 26-02-2008 al 12-03-20083. Plazo de presentación de consultas y observaciones a las bases: Del 26-02-2008 al 03-03-20084. Fecha de absolución de consultas y observaciones: El 07-03-20075. Fecha de integración de bases: El 10-03-20086. Fecha del Acto Público de Presentación de Propuestas, Apertura y Evaluación de Propuestas Técnicas: El 14-03-2008, a las 09:00 a.m. en las instalaciones de FONAFE, sito en Av. Paseo de la República 3121 Piso 18, San Isidro7. Fecha de Acto Público de Apertura de Propuestas Económicas y Otorgamiento de la Buena Pro (Sobre Nº 2): El 14-03-2008, a las 04:00 p.m. en las instalaciones de FONAFE, sito en Av. Paseo de la República 3121 Piso 18, San Isidro

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

6

Page 7: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

Capítulo 2ETAPAS DEL PROCESO

2.1 CONVOCATORIA

Se efectuará a través de la publicación en el SEACE, de conformidad con lo señalado en el Artículo 104° del Reglamento, la misma que se realizará en la fecha señalada en el cronograma.

2.2 REGISTRO DE PARTICIPANTES

El Registro de participantes se efectuará desde el día siguiente de la convocatoria y hasta un día después de haber quedado integradas las bases. En el caso de propuestas presentadas por un consorcio, bastará que se registre uno de sus integrantes, de conformidad con el Artículo 107º del Reglamento.

El Registro de los participantes se realizará llenando el formato del Anexo N° 1 que deberá ser presentado en medio escrito al Area de Tesorería de FONAFE (7mo.piso), sito en Av. Paseo de la República N° 3121, San Isidro, en las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de 09:00 a 17:00 horas, efectuando el pago de S/. 15.00 (QUINCE Y 00/100 NUEVOS SOLES), por derecho de participación.

2.3 OFERTAS EN CONSORCIO

En los procesos de selección, podrán participar distintos postores en consorcio, sin que ello implique crear una persona jurídica diferente. Para ello, será necesario acreditar la existencia de una promesa formal de consorcio, la que se perfeccionará luego del otorgamiento de la Buena Pro y antes de la suscripción del contrato.

Las empresas integrantes del Consorcio deberán estar inscritas en el Registro Nacional de Proveedores y encontrarse hábiles para contratar con el Estado.

Las partes del consorcio, responderán solidariamente ante FONAFE y las Entidades, por todas las consecuencias derivadas de su participación individual o en conjunto dentro del consorcio en los procesos de selección y en la ejecución del contrato derivado de éste. Deberán designar un representante o apoderado común con poderes suficientes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven de su calidad de postores y del contrato hasta la liquidación del mismo.

NOTA:Se precisa que en los distintos momentos del proceso de selección, que van desde la convocatoria hasta antes que se firme el respectivo contrato, así como los distintos momentos de la ejecución contractual, que se desarrollarán a partir del día siguiente de firmado el contrato, se determinará la responsabilidad solidaria que pudiera atribuírsele a cada parte del consorcio, ante FONAFE y/o las Entidades, respectivamente.

Tanto las propuestas técnica y económica deberán ser suscritas y rubricadas por el representante del consorcio; tales documentos comprometen a todos los integrantes del consorcio.

Obtenida la Buena Pro, LA CONTRATISTA deberá formalizar el contrato de consorcio, siendo suficiente que se perfeccione mediante documento privado con firmas legalizadas de cada uno de los representantes legales ante Notario Público.

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

7

Page 8: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

El contrato de consorcio se formaliza mediante documento privado con firmas legalizadas ante Notario Público por cada uno de los asociados, de sus apoderados o de sus representantes legales, según corresponda, designándose en dicho documento al representante o apoderado común.

En la promesa formal de consorcio se deberá consignar la participación porcentual y obligaciones de cada una de las partes. En el supuesto que la promesa formal de consorcio no precisara las obligaciones de cada integrante del mismo, se presumirá que éstos participarán conjuntamente en el objeto de la convocatoria.

NOTA:Se precisa que la Promesa de Consorcio deberá ser suscrita por los Representantes Legales con facultades de representación suficientes de las empresas participantes en el Consorcio, conforme lo señala el numeral 6.1.1 de la Directiva N° 003-2003-CONSUCODE/PRE.

Los integrantes de un consorcio responden solidariamente respecto de la no suscripción del contrato y del incumplimiento del mismo, estando facultada la Entidad, en dichos casos, para demandar a cualquiera de ellos por los daños y perjuicios causados.

El incumplimiento del contrato generará la imposición de sanciones administrativas que se aplicarán a todos los integrantes del consorcio, aun cuando se hayan individualizado las obligaciones y precisado la participación de cada uno.

2.4 FORMULACION Y ABSOLUCION DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES

A través de las consultas, los participantes podrán solicitar la aclaración de cualquiera de los extremos de las Bases o plantear solicitudes respecto de ellas.

Mediante escrito debidamente fundamentado, los participantes podrán formular observaciones a las Bases, las que deberán versar sobre el incumplimiento de las condiciones mínimas a que se refiere el artículo 25° de la Ley, de cualquier disposición en materia de adquisiciones y contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección.

Las consultas y observaciones a las Bases serán presentadas por un período de cinco (05) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la convocatoria en el SEACE, de conformidad con lo establecido en el artículo 109º y 110º del Reglamento.

Se presentarán las consultas y observaciones por escrito ante Mesa de Partes de FONAFE, sito en la Av. Paseo de la República N° 3121, San Isidro, Piso 1, en la fecha señalada en el cronograma, en el horario de 09:00 a 13:00 horas y de 14:00 a 18:00 horas y al correo electrónico [email protected] debiendo estar dirigidos al Presidente del Comité Especial del CP-002-2007/FONAFE – Primera Convocatoria.

MUY IMPORTANTE, no se aceptarán Consultas ni Observaciones a las Bases que se presenten en otras oficinas, fuera de la fecha, fuera del horario establecido y correos electrónicos diferentes.

Efectuadas las consultas y observaciones por los participantes, el Comité Especial deberá absolverlas de manera fundamentada y sustentada, cualquiera fuese su respuesta, mediante un pliego absolutorio que deberá contener la identificación de cada participante y la respuesta del Comité Especial para cada consulta u observación presentada.

El plazo para la absolución de consultas y observaciones y su respectiva publicación a través del SEACE, en la sede de FONAFE o a los correos electrónicos de los participantes, de ser el caso, no podrá exceder de cinco (5) días hábiles contados desde el vencimiento del plazo para la recepción de las consultas y observaciones.

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

8

Page 9: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

El mencionado pliego deberá ser notificado a través del SEACE, en la sede de FONAFE y a los correos electrónicos de los participantes, de ser el caso.

Elevación de observaciones al CONSUCODE.Los observantes tienen la opción de solicitar que las Bases y los actuados del proceso sean elevados al CONSUCODE dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al vencimiento del término para absolverlas. Dicha opción no sólo se originará cuando las observaciones formuladas no sean acogidas por el Comité Especial, sino, además, cuando el mismo observante considere que el acogimiento declarado por el Comité Especial continúa siendo contrario a lo dispuesto por el Artículo 25° de la Ley, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones y adquisiciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección.

Igualmente, cualquier otro participante que se hubiere registrado como tal con anterioridad a la etapa de formulación de consultas y/u observaciones, tendrá la opción de solicitar la elevación de las Bases al CONSUCODE cuando habiendo sido acogidas las observaciones formuladas por los observantes, considere que la decisión adoptada por el Comité Especial es contraria a lo dispuesto por el Artículo 25° de la Ley, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones y adquisiciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección.

En concordancia con lo indicado en los párrafos precedentes, el Comité Especial deberá incluir en el pliego de absolución de observaciones, el requerimiento de pago de la tasa por concepto de remisión de actuados al CONSUCODE.

El participante deberá cumplir con el pago de la tasa a su cargo y remitir al Comité Especial el comprobante de pago, voucher o papeleta de depósito respectivo, dentro de las 48 horas siguientes a la recepción del oficio de requerimiento.

El participante domiciliado en Lima, deberá efectuar el pago en las oficinas del CONSUCODE y recabar el recibo de pago correspondiente.

En caso que el participante observante, no cumpla con cancelar el monto de la tasa a su cargo dentro del plazo establecido, el Presidente del Comité Especial aplicará lo prescrito en el Artículo 125.4 de la Ley del Procedimiento Administrativo General (Ley 27444), teniendo por no presentadas las observaciones no acogidas.

En el plazo máximo de diez (10) días, el CONSUCODE resolverá las observaciones y, de ser el caso, se pronunciará de oficio sobre cualquier aspecto de las Bases que contravenga la normativa sobre contrataciones y adquisiciones del Estado. Asimismo, en dicho plazo, requerirá las acreditaciones que resulten pertinentes, a través de un pronunciamiento que se publicará en el SEACE. De no emitir pronunciamiento dentro del plazo establecido, el CONSUCODE devolverá el importe de la tasa al observante manteniendo la obligación de emitir el respectivo pronunciamiento.

Una vez publicado el pronunciamiento del CONSUCODE deberá ser implementado estrictamente por el Comité Especial, aún cuando ello implique que dicho órgano acuerde, bajo responsabilidad, la suspensión temporal del proceso y/o la prórroga de las etapas del mismo, en atención a la complejidad de las correcciones, adecuaciones o acreditaciones que sea necesario realizar. El Comité Especial no puede continuar con la tramitación del proceso de selección si no ha cumplido con implementar adecuadamente lo dispuesto en el Pronunciamiento del CONSUCODE bajo sanción de nulidad y sin perjuicio de las responsabilidades a que hubiere lugar.

Contra el pronunciamiento del CONSUCODE, no cabe la interposición de recurso alguno y constituye precedente administrativo.

2.5 PRORROGAS Y POSTERGACIONES

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

9

Page 10: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

El Comité Especial podrá prorrogar o postergar las etapas del proceso de selección. Las prórrogas o postergaciones deberán registrarse en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones de Estado (SEACE) modificando el cronograma original; asimismo, el Comité Especial comunicará dicha decisión a los participantes o postores, según sea el caso, en la propia Entidad o al correo electrónico que hayan consignado al registrarse como participantes, debiendo en todo caso tener en consideración lo que sobre este aspecto se encuentra normado en el artículo 30º de la Ley.

2.6 INTEGRACION DE LAS BASES

El Comité Especial integrará las Bases como reglas definitivas del presente proceso de selección, una vez absueltas todas las Consultas y/u Observaciones, o si las mismas no se han presentado, no pudiendo ser cuestionadas en ninguna otra vía, ni modificadas por autoridad administrativas alguna.

En los casos en que no se hubiere elevado al CONSUCODE el expediente respectivo, corresponde al Comité Especial, bajo responsabilidad, integrar las Bases, como lo establece al Artículo 117º del Reglamento.

Asimismo, el Comité Especial, publicará las Bases integradas a través del SEACE, tal como lo señala el Artículo 118º del Reglamento.

2.7 ACTO PÚBLICO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS, APERTURA Y EVALUACIÓN DE PROPUESTAS TÉCNICAS:

2.7.1 PRESENTACION DE PROPUESTAS

Las propuestas se presentarán en Acto Público, en la fecha, hora y lugar señalados en el cronograma, debiendo estar dirigidas al Presidente del Comité Especial del CP N° 002-2007/FONAFE, Segunda Convocatoria. Asimismo, todos los documentos que contengan información esencial de las propuestas del proceso de selección se presentará en idioma castellano. El postor será responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos.

Los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio.

Los Actos de Recepción de Propuestas, Apertura de Sobres y Otorgamiento de la Buena Pro, se llevarán a cabo en Acto Público el mismo que se realizará con la participación de Notario Público.

El acto público de Presentación de Propuestas, se iniciará cuando el Comité empiece a llamar a los Postores en el orden en que se registraron como participantes, para que entreguen los sobres conteniendo ambas propuestas. Si al momento de ser llamado, el Postor no se encontrase presente, se le tendrá por desistido de participar en el proceso. Si algún Postor es omitido, podrá acreditarse con la presentación del Comprobante de Pago de su registro como participante. En ningún caso los integrantes de un consorcio podrán presentar propuestas individuales.

El Acto Público de Presentación de Propuestas se llevará a cabo en la fecha, hora y lugar señalados en el cronograma. Las personas jurídicas concurren por medio de su representante legal o apoderado acreditado con carta poder simple. El postor deberá acreditar el pago de su registro como participante a través de la presentación del comprobante de pago respectivo.

Las propuestas se formularán en idioma español y se presentarán para cada item en dos (02) sobres cerrados, de los cuales el primero contendrá la propuesta técnica y el

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

10

Page 11: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

segundo la propuesta económica, denominados:

Sobre N° 1 - Propuesta Técnica (01 original y 01 Copia) Sobre N° 2 - Propuesta Económica (01 sólo juego original)

Los sobres deberán estar rotulados con la siguiente inscripción:

ITEM ....

SOBRE N°……….. – PROPUESTA………………

CONCURSO PÚBLICO Nº 002-2007/FONAFESEGUNDA CONVOCATORIA

“CONTRATACION DE LOS SERVICIOS DE COBERTURA DE RIESGOS (POLIZAS DE SEGUROS PATRIMONIALES, PERSONALES Y OTRAS POLIZAS) 2008 PARA LAS EMPRESAS DEL SECTOR ELECTRICO BAJO EL AMBITO DE

FONAFE” (COMPRA CORPORATIVA FACULTATIVA)

POSTOR: ……………………………….…………………………

Cuando las propuestas se presenten en hojas simples se redactarán por medios mecánicos o electrónicos, llevarán el sello y la rúbrica del postor y serán foliadas correlativamente empezando por el número uno (01). La última hoja será firmada por el postor o su representante legal o mandatario designado para tal efecto.

Cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente mediante formularios o formatos, éstos podrán ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual, debiendo llevar el sello y la rúbrica del postor o su representante legal o mandatario designado para dicho fin.

NOTASe precisa que las copias pueden ser fotocopias del original.

2.7.2 PRESENTACION, APERTURA Y EVALUACIÓN DE PROPUESTAS TÉCNICAS

Después de recibidas las Propuestas, el Comité Especial procederá en la fecha, hora y lugar señalados en el cronograma, a la apertura de los Sobres que contienen la Propuesta Técnica de cada postor y verificará que los documentos presentados por cada Postor sean los solicitados por las Bases.

De no ser así, el Comité Especial, devolverá los documentos al Postor, salvo que éste exprese su disconformidad, en cuyo caso, se anotará tal circunstancia en el Acta y el Notario autenticará una copia de la Propuesta, la cual mantendrá en su poder hasta el momento que el postor formule apelación o deje consentir la devolución. Si se formula apelación, se estará a lo que se resuelva finalmente al respecto.

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

11

Page 12: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

Si existieran defectos de forma tales como omisiones o errores subsanables en los documentos presentados que no modifiquen el alcance de la propuesta técnica, el Comité Especial otorgará un plazo máximo de dos (2) días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, para que el postor los subsane, en cuyo caso la propuesta continuará vigente para todo efecto, a condición de la efectiva enmienda del defecto encontrado dentro del plazo previsto, salvo que el defecto pueda corregirse en el mismo acto. No cabe subsanación alguna por omisiones o errores en la propuesta económica.

Después de abierto cada sobre que contiene la Propuesta Técnica, el Notario procederá a sellar y firmar cada hoja de todos los documentos originales de cada Propuesta Técnica.

La Propuesta Técnica deberá contener la documentación especificada en el Capítulo 4 CONTENIDO DE LOS SOBRES, de las presentes bases.

Los Factores y criterios de Evaluación de las Propuestas Técnicas están descritas en el Capítulo 5 FACTORES Y CRITERIOS DE EVALUACION Y OTORGAMIENTO DE BUENA PRO, de las presentes bases.

Con la deliberación del Comité Especial para la calificación de las propuestas, hará de conocimiento de los postores, a través de un cuadro comparativo el puntaje obtenido en la evaluación técnica y su correspondiente orden de prelación, indicando, además las propuestas descalificadas, de ser el caso.

Al final de este primer Acto el Notario custodiará los sobres de las propuestas económicas hasta la fecha indicada para la continuación del Acto Público de Apertura de Propuestas Económicas y Otorgamiento de Buena Pro.

2.8 ACTO PÚBLICO DE APERTURA DE PROPUESTAS ECONÓMICAS Y OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO

2.8.1 APERTURA DE PROPUESTAS ECONÓMICAS

En la fecha, hora y lugar señalados en el cronograma, el Notario entregará al Comité Especial las Propuestas Económicas de todos los postores, aperturándose sólo la de aquellos postores cuyas propuestas técnicas hubieran alcanzado el puntaje técnico mínimo requerido.

La Propuesta Económica deberá presentarse según modelo del Anexo N° 9, hasta con dos decimales, incluyendo todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del bien, servicio u obra a adquirir o contratar; excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales.

La evaluación de las propuestas económicas se realizará de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases. Las propuestas que excedan en más del diez por ciento (10%) y las que fueren inferiores al setenta por ciento (70%) del valor referencial, serán devueltas por el Comité Especial teniéndolas por no presentadas.

2.8.2 OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO

El Presidente del Comité Especial anunciará la Propuesta Ganadora indicando el orden en que han quedado calificados los Postores a través del Cuadro Comparativo.

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

12

Page 13: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

En el supuesto que dos (02) o más propuestas empatasen, el Otorgamiento de la Buena Pro se efectuará observando lo señalado en el artículo 133º del Reglamento.

Se levantará un Acta, la cual será suscrita por el Notario Público, por todos los miembros del Comité Especial y por los postores que así deseen hacerlo.

El otorgamiento de la Buena Pro, se presumirá notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregará a los postores copia del acta y del cuadro comparativo detallando los resultados en cada factor de evaluación, sin perjuicio de que se publiquen en el SEACE. Dicha presunción no admite prueba en contrario.

2.9 SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE SELECCIÓN

La única vía para impugnar es el recurso de apelación, que se presenta ante y es resuelto por el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.

Los requisitos de admisibilidad del recurso de apelación y la garantía para la interposición del recurso de apelación se sujetarán a lo establecido en los artículos 155º y 158º del Reglamento.

La apelación contra el otorgamiento de la buena Pro o contra los actos dictados con anterioridad a ella deben interponerse dentro de los ocho (08) días siguientes de haberse otorgado la buena pro.

La apelación contra los actos distintos a los indicados en el párrafo anterior debe interponerse a los ocho (08) días siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar.

La resolución que resuelve el recurso de apelación presentado será notificada a través del SEACE dentro del plazo de cinco (05) días, contados desde que se declare que el expediente está listo para resolver.

Contra la resolución que resuelve el recurso de apelación solamente cabe la interposición de demanda contencioso – administrativa. Dicha interposición no suspende la ejecución de lo resuelto por el Tribunal.

2.10 VERIFICACION:

Luego de concluido el proceso de selección, FONAFE podrá realizar los procedimientos de fiscalización posterior sobre la documentación presentada en las propuestas, salvo que durante el proceso exista indicio razonable y suficiente que limite la aplicación de la presunción de veracidad.

2.11 CONTRATO

Consentido el otorgamiento de la Buena Pro o cuando este haya quedado administrativamente firme, el Representante Legal del postor adjudicado, debidamente autorizado con poder suficiente, presentara la cobertura provisional de las pólizas correspondientes. Asimismo deberá cumplir con la suscripción del respectivo contrato, según proforma del Anexo N° 10. Para tal efecto, se le citará dentro de los dos (02) días hábiles siguientes al consentimiento de la Buena Pro, indicándole la fecha en que tendrá lugar la firma de Contrato, la cual tendrá un plazo mínimo de cinco (05) días y máximo de diez (10) días hábiles. En caso que el postor ganador no se presente en el día previsto, será de aplicación lo establecido en el Artículo 203°, numeral 2, del Reglamento.

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

13

Page 14: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

Antes de la suscripción del contrato, el postor al que se le hubiere adjudicado la buena pro, deberá entregar lo siguiente:

a) Documentos legales del Postor Ganador: Copia del Documento Nacional de Identidad. vigencia de poder de representante legal con una antigüedad no mayor a 30

días con el detalle de sus facultades para suscribir el contrato.b) Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.c) Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los asociados, de ser el caso.d) Garantía de Fiel Cumplimiento, que deberá ser emitida por una suma equivalente al diez

por cien (10%) del monto del contrato y, tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del CONTRATISTA. (En caso de configurarse el supuesto a que se refiere el segundo párrafo del artículo 213º del Reglamento, deberá preverse la posibilidad de retención del diez por ciento del monto del contrato, conforme a lo establecido en la Ley Nº 28015, Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa, y en su Reglamento).

e) Garantía adicional por el monto diferencial de propuesta; cuando la propuesta económica fuese inferior al valor referencial en más del diez por cien (10%), junto a la garantía de fiel cumplimiento y con idéntico objeto y vigencia, el postor ganador deberá presentar una garantía adicional por un monto equivalente al veinticinco por cien (25%) de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta económica.

f) Cartas de los Reaseguradores y Aseguradora que respaldan la colocación de la Póliza de Incendio Todo Riesgo y Lucro Cesante, indicando sus porcentajes de participación hasta completar el 100% de la colocación

g) Declaración Jurada donde se precise lo siguiente: Que SI (………….) NO (……..) estoy afecto a la Detracción, según lo establecido por la Resolución de Superintendencia Nº 183-2004/SUNAT, para tal efecto mi número de Cuenta Corriente en el Banco de la Nación es ………………………………..

NOTA

Se precisa que cuando el postor ganador de la buena pro otorgue la cobertura provisional, una vez suscrito el contrato, de ser el caso, corresponderá reducir del periodo de cobertura del seguro patrimonial previsto en las Bases, el periodo de cobertura provisional que efectivamente se haya brindado desde el consentimiento de la buena pro hasta antes de la suscripción del contrato.

Capítulo 3CARACTERISTICAS ESPECIFICAS DEL PROCESO

3.1 OBJETO

El presente proceso de contratación corporativa, tiene por objeto la selección de una persona jurídica que brinde el servicio de pólizas de Seguros Patrimoniales y Seguros Personales y otras pólizas; para todas las Empresas Participantes, conforme a los requerimientos técnicos mínimos detallados en las presentes bases.

3.2 SISTEMA DE CONTRATACION

El proceso se llevará a cabo por ítems.

Item I : Suma Alzada.

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

14

Page 15: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

Item II : Suma Alzada. Item III : Suma Alzada.

NOTASe precisa que el postor podrá presentarse a uno o varios ítems. Los postores deberán presentar para cada item un sobre técnico y un sobre económico, respectivamente.

3.3 MODALIDAD DEL FINANCIAMIENTO

Recursos Directamente Recaudados de cada una de las Entidades.

3.4 UNIDAD MONETARIA

Las propuestas deberán presentarse en dólares americanos.

3.5 ALCANCES DEL SERVICIO

La prestación del servicio comprende los siguientes conceptos:

Seguros PatrimonialesSeguros PersonalesSeguros de Robo de Cables

NOTASe precisa que se deberá emitir una póliza por cada seguro detallado en los Requerimientos Técnicos Mínimos (Slip Técnico), imprimiendo tantas copias de las mismas como empresas participantes de la presente compra corporativa, debiendo facturarse de acuerdo al Anexo N° 13.

3.6 PERIODO A CONTRATAR

El periodo de la prestación del servicio será de doce (12) meses, contados desde las 12:00 horas a partir del 31 de marzo de 2008, concluyendo a las 12:00 horas del día 31 de marzo de 2009.

En el caso de las siguientes Entidades, el periodo de la prestación tendrá las siguientes fechas de inicio:

- EGEMSA : 06.04.2008- SAN GABAN : 10.04.2008

Por consiguiente, el importe de la prima a ser facturada será calculado a prorrata témporis considerando el periodo de cobertura de cada Entidad.

NOTA- Se precisa que el Valor referencial ha sido determinado considerando el plazo de

vigencia de la póliza para cada Entidad.- Se suscribirán tantos contratos como empresas se encuentran detalladas en el Anexo 13.

3.7 SUSCRIPCION DEL CONTRATO

El postor beneficiario de la buena pro, en adelante EL CONTRATISTA, suscribirá el respectivo contrato con cada Entidad.

3.8 FORMA DE PAGO

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

15

Page 16: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

La forma de pago se efectuará en Dólares Americanos o en Nuevos Soles, de acuerdo a cada póliza que se contrate. Cada Entidad efectuará el pago según el siguiente detalle. A efecto del pago, EL CONTRATISTA presentará su respectiva factura.

Ítem I : Al contado a los 30 días de iniciada la vigencia de las pólizas.Item II : Según las declaraciones que se realicen conforme a lo que corresponda para cada

póliza.Ítem III : Al contado a los 30 días de iniciada la vigencia de las pólizas.

Para tal efecto, el Postor ganador emitirá las pólizas en Dólares Americanos o en Nuevos Soles según corresponda, pudiendo las Entidades realizar los pagos de los seguros en Dólares o en moneda nacional, para lo cual se utilizará el tipo de cambio venta que establezca la Superintendencia de Banca y Seguros para la fecha en la que se realizará el pago.

El monto porcentual correspondiente a cada entidad participante se detalla en el Anexo Nº 13.

NOTAEn el caso de las empresas que forman parte del grupo DISTRILUZ, la prima de la póliza será distribuida de la siguiente manera:Item 1: Proporcionalmente, de acuerdo al valor declarado por cada una de las empresas.Item 2: Proporcionalmente, de acuerdo al valor de la planilla declarada por cada una de las empresas.Item 3: En partes iguales.

Capítulo 4CONTENIDO DE LOS SOBRES

4.1 CONTENIDO DE PROPUESTA TECNICA

4.1.1 Documentación de presentación obligatoria:

Documentación general: Declaración Jurada de Información Empresarial, según modelo del Anexo N° 2. Declaración Jurada de acuerdo con lo establecido en el Artículo 76° del

Reglamento del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, según modelo del Anexo N° 3.

Copia simple del certificado de inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores emitido por CONSUCODE en SERVICIOS.

Declaración Jurada de Cumplimiento de Requerimientos Técnicos Mínimos y Forma de Pago descritas en las presentes bases, según modelo del Anexo N° 4.

De ser el caso, Promesa de Consorcio, de acuerdo a la Directiva Nº 003-2003/CONSUCODE/PRE (Anexo Nº 8)

Declaración Jurada de Respaldo de Reaseguro para la póliza de Incendio Todo Riesgo y Lucro Cesante (Anexo Nº 12)En el caso de los Anexos No. 2 (Declaración Jurada de Información Empresarial) y Nº 3 (Declaración Jurada de acuerdo con lo establecido en el artículo 76 del Reglamento del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado), éstos deberán ser presentados por cada uno de los miembros conformantes del Consorcio, tal como se especifica al final de cada anexo.

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

16

Page 17: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

4.1.2 Documentación de presentación facultativa:

Documentación cuando corresponda: Carta de Información y Documentación referida al Objeto del Proceso (Anexo Nº

5), adjuntando la documentación solicitada en los factores de evaluación respectivos.

Declaración Jurada de Servicios Elaborados en el Territorio Nacional (Anexo Nº 6)

Declaración Jurada de ser micro o pequeña empresa (Anexo Nº 7)

En el caso de los Anexos Nº 6 (Declaración Jurada de Servicios Prestados en el País) y Nº 7 (Declaración Jurada de ser una pequeña o una micro empresa), también deberán ser presentados por cada uno de los miembros conformantes del Consorcio, tal como se especifica al final de cada anexo, de ser el caso.

4.2 PROPUESTA ECONOMICA

La Propuesta Económica deberá presentarse según modelo del Anexo N° 9, con dos decimales, incluyendo todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio a contratar; excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales.

Capítulo 5FACTORES Y CRITERIOS DE EVALUACION Y OTORGAMIENTO DE BUENA PRO

La evaluación de las propuestas es integral y por ítem. Se realiza en dos etapas.

- La primera es la evaluación técnica, cuya finalidad es calificar la calidad de la propuesta; y - La segunda es la evaluación económica, cuyo objeto es calificar el monto ofertado.

Las propuestas técnicas y económicas se evaluarán mediante la asignación de puntajes, de acuerdo a los criterios de evaluación y calificación que se establecen más adelante.

5.1 EVALUACIÓN TÉCNICA

Admisión de las propuestas

En la evaluación técnica, a efecto de la admisión de la propuesta, el Comité Especial, verificará que la oferta cumpla con los Requerimientos Técnicos Mínimos establecidos en las Bases, debiendo adjuntar en su propuesta técnica toda la documentación especificada de presentación obligatoria.

Calificación:

Una vez admitida la propuesta, el Comité Especial aplicará los factores de evaluación previstos en las Bases y asignará los puntajes correspondientes, conforme a los criterios establecidos para cada factor.

Las propuestas que alcancen el puntaje mínimo de ochenta (80) puntos, accederán a la evaluación económica. Las propuestas técnicas que no alcancen dicho puntaje, serán descalificadas en esta etapa.

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

17

Page 18: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

Factores de evaluación de la propuesta técnica:ITEM I (SEGUROS PATRIMONIALES) Pntaje. Max.: 100.00 puntos

El postor deberá consignar en la Carta de Información y Documentación referida al Objeto del Proceso (Anexo N° 5) las opciones que se compromete a ofrecer a FONAFE como experiencia y mejora en los servicios requeridos, sin costo alguno para FONAFE, según detalle siguiente:

A) EXPERIENCIA EN LA ACTIVIDAD Pntje. Max.: 75.00 puntos

Se calificará considerando el monto facturado de seguros en general (nacionales y/o internacionales) acumulado por el Postor durante un periodo no mayor a diez (10) años a la fecha de la presentación de propuestas hasta por un monto máximo acumulado equivalente a una (1) vez el valor referencial (US$ 7`813,850.00) de la contratación materia de la convocatoria. Tales experiencias se acreditarán con copia simple de los comprobantes de pago cancelados, o en su defecto, con copia del contrato y su respectiva conformidad de culminación de la prestación del servicio con un máximo de diez (10) servicios.

NOTASe precisa que para el caso de la acreditación de la experiencia de la actividad los postores podránutilizar los mismos documentos sustentatorios para cada uno de los tres (03) ítems.

A la propuesta que cumpla con acreditar el monto requerido (US$ 7`813,850.00), ya sea con facturas o contratos, o uno superior a éste, se le asignará el puntaje máximo, al resto de propuestas con montos inferiores a US$ 7`813,850.00 se les asignará el puntaje de manera proporcional. Se precisa que si el monto acreditado por los Postores superase el monto máximo solicitado, no se tomará en cuenta la diferencia entre el monto sustentado y el monto requerido. Asimismo, si el Postor presentase un número mayor a 10 servicios, se tomarán en cuenta sólo los 10 servicios con mayores montos.

B) MEJORAS TECNICAS Pntje. Max.: 25.00 puntos

CONDICIONES DE COBERTURA:

POLIZA DE INCENDIO TODO RIESGO Y LUCRO CESANTE

1. Incluir cobertura de masas y subsuelos incluyendo pérdidas o daños a taludes para reponer y/o consolidar subsuelos y/o masas de tierra, así como superficies adyacentes a las obras aseguradas que se agregan al daño físico de las obras permanentes o temporales aseguradas en caso de un siniestro amparado por la póliza hasta un límite de US $1,0000,000 08 puntos

2. Extender la condición especial 10.39.h del slip técnico de las presentes bases a las otras represas de los demás asegurados 04 puntos

3. Extender bajo la cobertura de lucro cesante las pérdidas por Lucro Cesante en caso se tenga que paralizar la operación, debido al incremento de sedimentos y

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

18

Page 19: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

partículas de arena y tierra en el agua que superen las condiciones normales de limpieza en los desarenados y/o operación de los equipos, siempre y cuando dicha anomalía sea como consecuencia de un siniestro cubierto por la póliza. Esta medida es para evitar daños y desgaste en turbinas. 04 puntos

POLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL D&OLa póliza se extiende a cubrir las demandas provenientes deentidades del Estado peruano 04 puntos

POLIZA DE VEHICULOSLa Cobertura de Ausencia de control cubrirá al asegurado por incumplimientode cualquier norma, dispositivo o reglamento, por parte del conductor, pudiendo luego la aseguradora repetir contra el causante 05 puntos

ITEM II (SEGUROS PERSONALES) Pntje. Max.: 100.00 puntos

El postor deberá consignar en la Carta de Información y Documentación referida al Objeto del Proceso (Anexo N° 5) las opciones que se compromete a ofrecer a FONAFE como experiencia y mejora en los servicios requeridos, sin costo alguno para FONAFE, según detalle siguiente:

A) EXPERIENCIA EN LA ACTIVIDAD Pntje. Max.: 75.00 puntos

Se calificará considerando el monto facturado de seguros en general acumulado por el Postor durante un periodo no mayor a diez (10) años a la fecha de la presentación de propuestas hasta por un monto máximo acumulado equivalente a una (1) vez el valor referencial (US$ 500,000) de la contratación materia de la convocatoria. Tales experiencias se acreditarán con copia simple de los comprobantes de pago cancelados, o en su defecto, con copia del contrato y su respectiva conformidad de culminación de la prestación del servicio con un máximo de diez (10) servicios.

NOTASe precisa que para el caso de la acreditación de la experiencia de la actividad los postores podránUtilizar los mismos documentos sustentatorios para cada uno de los tres (03) ítems.

A la propuesta que cumpla con acreditar el monto requerido (US$ 500,000), ya sea con facturas o contratos, o uno superior a éste, se le asignará el puntaje máximo, al resto de propuestas con montos inferiores a US$ 500,000 se les asignará el puntaje de manera proporcional. Se precisa que si el monto acreditado por los postores superase el monto máximo solicitado, no se tomará en cuenta la diferencia entre el monto sustentado y el monto requerido. Asimismo, si el postor presentase un número mayor a 10 servicios, se tomarán en cuenta sólo los 10 servicios con mayores montos.

B) MEJORAS TECNICAS Pntje. Max.: 25.00 puntos

CONDICIONES DE COBERTURA:

PARA TODAS LAS POLIZASLas solicitudes de modificación o rectificación de las pólizas se darán por aceptadas automáticamente en caso de no respuesta de la aseguradora o respuesta en un periodo mayor de los siguientes plazos:a) Plazo máximo de respuesta hasta 12 días hábiles 06 puntos

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

19

Page 20: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

b) Plazo máximo de respuesta hasta 15 días hábiles 03 puntosc) Plazo máximo de respuesta hasta 18 días hábiles 01 punto

SEGURO DE ACCIDENTES PERSONALESLa póliza de accidentes personales considerará las siguientes condiciones para cúmulos:a) No considerará cúmulo 06 puntosb) Se considerará un cúmulo mayor a US$. 5,000,000

(solo se consideran para puntaje sumas mayores a US$. 5,500,000) 04 puntos

c) Se considerará un cúmulo de US$. 5,000,000 03 puntosNOTA:

Se precisa que el cúmulo mínimo es de US$ 4´999,999.99 por empresa y por evento.

SEGURO DE ACCIDENTES PERSONALESLa póliza de accidentes personales incluye las siguientes condiciones especiales con puntaje acumulativo:a) La indemnización en caso de siniestro incluye la bonificación

compensatoria que reciben los funcionarios 04 puntosNOTASe aclara que las remuneraciones de los funcionarios de las entidades participantes están conformadas por varias partidas y bonificaciones. En caso de siniestro la indemnización sea realizada en base al sueldo total incluyendo estas bonificaciones y no solo sobre el sueldo básico. Dicha condición se refiere a la póliza de accidentes personales en base a las planillas de sueldos y salarios.

b) La cobertura de gastos de curación se extiende a cubrir los gastosque el asegurado incurra en alimentación y hospedaje cuando eltratamiento no pueda ser realizado en el lugar de origen 03 puntos

POLIZA DE VIDA LEYSe amplían los beneficios de muerte natural y muerte accidental (incluyendo invalidez total por accidente). a) Hasta 20 sueldos ò más por enfermedad y 40 sueldos o más por

accidente 06 puntosb) Hasta 19 sueldos por enfermedad y 38 sueldos por accidente 04 puntosc) Hasta 18 sueldos por enfermedad y 36 sueldos por accidente 03 puntosd) Hasta 17 sueldos por enfermedad y 34 sueldos por accidente 02 puntos

ITEM III (SEGURO PARA ROBO DE CABLES Y CONDUCTORES) Pntje. Max.: 100.00 p.

El postor deberá consignar en la Carta de Información y Documentación referida al Objeto del Proceso (Anexo N° 5) las opciones que se compromete a ofrecer a FONAFE como experiencia y mejora en los servicios requeridos, sin costo alguno para FONAFE, según detalle siguiente:

A) EXPERIENCIA EN LA ACTIVIDAD Pntje. Max.: 75.00 puntos

Se calificará considerando el monto facturado de seguros en general acumulado por el Postor durante un periodo no mayor a diez (10) años a la fecha de la presentación de propuestas hasta por un monto máximo acumulado equivalente a una (1) vez el valor referencial (US$ 490,000) de la contratación materia de la convocatoria. Tales experiencias se acreditarán con copia simple de los comprobantes de pago cancelados,

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

20

Page 21: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

o en su defecto, con copia del contrato y su respectiva conformidad de culminación de la prestación del servicio con un máximo de diez (10) servicios.

NOTASe precisa que para el caso de la acreditación de la experiencia de la actividad los postores podránutilizar el mismo contrato para cada uno de los tres (03) ítems.

A la propuesta que cumpla con acreditar el monto requerido (US$ 490,000), ya sea con facturas o contratos, o uno superior a éste, se le asignará el puntaje máximo, al resto de propuestas con montos inferiores a US$ 490,000 se les asignará el puntaje de manera proporcional. Se precisa que si el monto acreditado por los Postores superase el monto máximo solicitado, no se tomará en cuenta la diferencia entre el monto presentado y sustentado y el monto requerido. Asimismo, si el Postor presentase un número mayor a 10 servicios, se tomarán en cuenta sólo los 10 servicios con mayores montos.

B) MEJORAS TECNICAS Pntje. Max.: 25.00 puntos

CONDICIONES DE COBERTURA:

Las solicitudes de modificación o rectificación de las pólizas se darán por aceptadas automáticamente en caso de no respuesta de la aseguradora o respuesta en un periodo mayor de los siguientes plazos:a) Plazo máximo de respuesta hasta 12 días hábiles

10 puntosb) Plazo máximo de respuesta hasta 15 días hábiles

5 puntosc) Plazo máximo de respuesta hasta 18 días hábiles 3 puntos

La empresa para la indemnización, podrá optar por que se le reemplacenlos cables de cobre sustraídos por cables de aluminio. 5 puntos

Incrementar la suma asegurada por evento y en el Agregado Anual en:a) 35% 5 puntosb) 30% 3 puntosc) 25% 1 punto

Con la finalidad de agilizar las liquidaciones por siniestros de robosde cable, únicamente será de obligación del Asegurado presentarcomo sustento documentario, el informe de incidencia debidamenterecibido por Osinerg, así como el presupuesto por la reposicióndel cable robado 5 puntos

5.2 EVALUACION ECONOMICA PARA LOS ITEMS I, II y III:

La Evaluación Económica, consiste en asignar el puntaje máximo (100 puntos) a la oferta económica de menor costo. Al resto de las propuestas se les asignará puntaje según la siguiente fórmula:

Pi = Om x PMPE OiDonde:i = Propuesta

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

21

Page 22: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

Pi = Puntaje de la propuesta económica i Oi = Propuesta Económica i Om = Propuesta Económica del porcentaje de comisión más bajoPMPE = Puntaje Máximo de la Propuesta Económica

Si la Propuesta Económica excede en más del 10%, o es menor del 70%, del Valor Referencial del presente proceso, se tendrá por no presentada.

La Propuesta Económica se evaluará sobre un puntaje de cien (100) puntos, como sigue:

5.3 CALCULO DEL PUNTAJE TOTAL.-

El puntaje total se obtendrá conforme a la siguiente fórmula, salvo en los casos en los que no se califique la propuesta técnica conforme a lo previsto en el Reglamento:

PTPi = 0.6 x PTi + 0.4 x PEi

Donde:PTPi = Puntaje Total del postor iPTi = Puntaje por Evaluación Técnica del postor iPEi = Puntaje por Evaluación Económica del postor i

El puntaje total se calculará hasta el tercer decimal.La Buena Pro se otorga a la propuesta que obtenga el Mayor Puntaje Total.

5.4 APLICACIÓN DE LA BONIFICACION A QUE SE REFIERE LA LEY Nº 27143:

De conformidad con lo previsto en el artículo 1 de la Ley N° 27143, "Ley de Promoción Temporal del Desarrollo Productivo Nacional", modificada por Decreto de Urgencia Nº 064-2000, por Ley Nº 27633 y complementada con Ley Nº 28242, para efectos del otorgamiento de la buena pro se agregará un 20% adicional a la sumatoria de la calificación técnica y económica obtenida por las posturas de servicios prestados dentro del territorio nacional. Anexo N° 6.

5.5 ADJUDICACIÓN DE LA BUENA PRO

La Buena Pro será otorgada al Postor que obtenga el puntaje total más alto, la cuál será publicada en el SEACE, en la entidad y será notificada al correo electrónico descrito por el postor en su Registro de Participantes.

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

22

Page 23: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

ANEXO N° 1REGISTRO DE PARTICIPANTES

Concurso Público N° 002-2007-FONAFE, 2da. Convocatoria“CONTRATACION DE LOS SERVICIOS DE COBERTURA DE RIESGOS (POLIZAS DE SEGUROS

PATRIMONIALES, PERSONALES Y OTRAS POLIZAS) 2008 PARA LAS EMPRESAS DEL SECTOR ELECTRICO BAJO EL AMBITO DE FONAFE”

(COMPRA CORPORATIVA FACULTATIVA)

NOMBRE DEL POSTOR O RAZON SOCIALNOMBRE DEL POSTOR O RAZON SOCIAL : ………………………………………: ………………………………………

REP. LEGALREP. LEGAL : ………………..… (de ser el caso): ………………..… (de ser el caso)

RUCRUC : ………………………………………: ………………………………………

DOMICILIO LEGALDOMICILIO LEGAL : ………………………………………: ………………………………………

PROVINCIA Y DEPARTAMENTOPROVINCIA Y DEPARTAMENTO : ………………………………………: ………………………………………

DISTRITODISTRITO : ………………………………………: ………………………………………

TELEFONOSTELEFONOS :………………………………………:………………………………………

CORREO ELECTRONICOCORREO ELECTRONICO : ………………………………………: ………………………………………

TELEFAXTELEFAX : ………………………………………: ………………………………………

Conforme a lo descrito en el artículo 87º del Reglamento de Contrataciones y Adquisiciones delConforme a lo descrito en el artículo 87º del Reglamento de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, deseamos de voluntad propia que las notificaciones la recibiremos:Estado, deseamos de voluntad propia que las notificaciones la recibiremos:

Personalmente en la Sede de FONAFEPersonalmente en la Sede de FONAFE

Vía correo electrónico Vía correo electrónico

Fecha: …………………… Hora: …………Fecha: …………………… Hora: …………

...........................................................................Firma y sello del Representante Legal

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

23

Page 24: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

ANEXO N° 2DECLARACION JURADA DE INFORMACION EMPRESARIAL

San Isidro, ___ de _______ de 2008

SeñoresFONAFEPresente.-

Concurso Público N° 002-2007-FONAFE, 2da.Convocatoria“CONTRATACION DE LOS SERVICIOS DE COBERTURA DE RIESGOS (POLIZAS DE SEGUROS PATRIMONIALES, PERSONALES Y OTRAS POLIZAS) 2008 PARA LAS EMPRESAS DEL SECTOR ELECTRICO BAJO EL AMBITO DE FONAFE” (COMPRA CORPORATIVA FACULTATIVA)

El que suscribe, ….......…………......................….........., identificado con D.N.I. N° ..............................., Representante Legal de ................................................................., con R.U.C. Nº …………………, con poder inscrito en la localidad de ................... en la Ficha Nº ............ Asiento Nº ...........; DECLARO BAJO JURAMENTO, que la siguiente información de mi representada se sujeta a la verdad.

Datos de la empresaNombre o Razón SocialDomicilio LegalRUC Teléfono Fax

Registro de Personas JurídicasLocalidad Ficha AsientoFecha de InscripciónDescripción de la actividad comercial del postor

..............................................................Firma y sello del Representante Legal

En caso de presentarse en Consorcio, cada parte integrante deberá llenar el presente formato

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

24

Page 25: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

ANEXO N° 3DECLARACION JURADA DE ACUERDO CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 76° DEL

REGLAMENTO DEL T.U.O. DE LA LEY DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO

San Isidro, ___ de _______ de 2008

SeñoresFONAFEPresente.-

Concurso Público N° 002-2007-FONAFE, 2da.Convocatoria“CONTRATACION DE LOS SERVICIOS DE COBERTURA DE RIESGOS (POLIZAS DE SEGUROS PATRIMONIALES, PERSONALES Y OTRAS POLIZAS) 2008 PARA LAS EMPRESAS DEL SECTOR ELECTRICO BAJO EL AMBITO DE FONAFE” (COMPRA CORPORATIVA FACULTATIVA)

El que suscribe, ….......…………......................….........., identificado con D.N.I. N° ......................... ; DECLARO BAJO JURAMENTO, que mi representada, al postular al presente proceso de selección de Concurso Público:

1. No tiene impedimento para participar en el proceso de selección ni para contratar con el Estado conforme al artículo 9º, del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado;

2. Conoce, acepta y se somete a las Bases, condiciones y procedimientos del proceso de selección;

3. Es responsable de la veracidad de los documentos e información que presente para efectos del Concurso Público;

4. Se compromete a mantener la oferta durante el proceso de selección y/o suscribir el contrato en caso de resultar favorecido con la Buena Pro;

5. Conoce las sanciones contenidas en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, y demás normas vigentes sobre la materia;

.................................................................. Firma y sello del Representante Legal

En caso de presentarse en Consorcio, cada parte integrante deberá llenar el presente formato

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

25

Page 26: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

ANEXO N° 4

DECLARACION JURADA DE CUMPLIMIENTO DE REQUERIMIENTOS TECNICOS MINIMOS Y FORMA DE PAGO

San Isidro, ___ de _______ de 2008

SeñoresFONAFEPresente.-

Concurso Público N° 002-2007-FONAFE, 2da Convocatoria“CONTRATACION DE LOS SERVICIOS DE COBERTURA DE RIESGOS (POLIZAS DE SEGUROS PATRIMONIALES, PERSONALES Y OTRAS POLIZAS) 2008 PARA LAS EMPRESAS DEL SECTOR ELECTRICO BAJO EL AMBITO DE FONAFE” (COMPRA CORPORATIVA FACULTATIVA)

El que suscribe, ………………......................….........., identificado con D.N.I. N° ........................., Representante Legal de ................................................................., con R.U.C. Nº …………………; DECLARO BAJO JURAMENTO que mi representada:

En caso de presentarse en Consorcio, el formato del primer párrafo será el siguiente::

El que suscribe, ………………......................….........., identificado con D.N.I. N° ........................., Representante del Consorcio ................................................................., DECLARO BAJO JURAMENTO que mi representada:

Cumplirá con los Requerimientos Técnicos Mínimos y la Forma de Pago establecidos en las bases.

.....................................................................Firma y sello del Representante Legal

En caso de presentarse en Consorcio, el Representante del Consorcio deberá firmar el presente documento.

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

26

Page 27: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

ANEXO Nº 5

CARTA DE INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN REFERIDA AL OBJETO DEL PROCESO

San Isidro, ___ de _______ de 2008SeñoresFONAFEPresente.-

Concurso Público N° 002-2007-FONAFE, 2da.Convocatoria“CONTRATACION DE LOS SERVICIOS DE COBERTURA DE RIESGOS (POLIZAS DE SEGUROS PATRIMONIALES, PERSONALES Y OTRAS POLIZAS) 2008 PARA LAS EMPRESAS DEL SECTOR ELECTRICO BAJO EL AMBITO DE FONAFE” (COMPRA CORPORATIVA FACULTATIVA)

El que suscribe, ………………......................….........., identificado con D.N.I. N° ........................., Representante Legal de ................................................................., con R.U.C. Nº …………………; DECLARO BAJO JURAMENTO lo siguiente:

En caso de presentarse en Consorcio, el formato del primer párrafo será el siguiente::

El que suscribe, ………………......................….........., identificado con D.N.I. N° ........................., Representante del Consorcio ................................................................., DECLARO BAJO JURAMENTO que mi representada:

A.- EXPERIENCIA EN LA ACTIVIDAD

ITEM I (SEGUROS PATRIMONIALES)

N° CLIENTEFECHA DE

FACTURA Y/O CONTRATO

MONTOS FACTURADOS

12

3

4

5

6

7

8

9

10

Notas:Para efectos de la calificación y de presentar el Postor servicios realizados en Nuevos Soles, el Comité Especial utilizará el tipo de cambio de US$ 1.00 = S/. 3.00.Se adjunta copia simple de comprobantes de pago cancelados y/o copia simple de contratos con su respectiva conformidad de culminación de la prestación del servicio en donde se

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

27

Page 28: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

advierta el monto del servicio, conforme se ha señalado en el factor de evaluación correspondiente.

ITEM II (SEGUROS PERSONALES)

N° CLIENTEFECHA DE

FACTURA Y/O CONTRATO

MONTOS FACTURADOS

12

3

4

5

6

7

8

9

10

Notas:Para efectos de la calificación y de presentar el Postor servicios realizados en Nuevos Soles, el Comité Especial utilizará el tipo de cambio de US$ 1.00 = S/. 3.00.Se adjunta copia simple de comprobantes de pago cancelados y/o copia simple de contratos con su respectiva conformidad de culminación de la prestación del servicio en donde se advierta el monto del servicio, conforme se ha señalado en el factor de evaluación correspondiente.

ITEM III (SEGURO PARA ROBO DE CABLES Y CONDUCTORES)

N° CLIENTEFECHA DE

FACTURA Y/O CONTRATO

MONTOS FACTURADOS

12

3

4

5

6

7

8

9

10

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

28

Page 29: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

Notas:Para efectos de la calificación y de presentar el Postor servicios realizados en Nuevos Soles, el Comité Especial utilizará el tipo de cambio de US$ 1.00 = S/. 3.00.Se adjunta copia simple de comprobantes de pago cancelados y/o copia simple de contratos con su respectiva conformidad de culminación de la prestación del servicio en donde se advierta el monto del servicio, conforme se ha señalado en el factor de evaluación correspondiente.

B.- MEJORAS TECNICAS

MARCAR CON UNA ASPA ( X ) SI SE OTORGA LA MEJORA

ITEM I (SEGUROS PATRIMONIALES)

POLIZA DE INCENDIO TODO RIESGO Y LUCRO CESANTE

Incluir cobertura de masas y subsuelos incluyendo pérdidas o daños a taludes para reponer y/o consolidar subsuelos y/o masas de tierra, así como superficies adyacentes a las obras aseguradas que se agregan al daño físico de las obras permanentes o temporales aseguradas en caso de un siniestro amparado por la póliza hasta un límite de US $1,0000,000 (…...)

Extender la condición especial 10.39.h del slip técnico de las presentes bases a las otras represas de los demás asegurados (…….)

Extender bajo la cobertura de lucro cesante las pérdidas por Lucro Cesante en caso se tenga que paralizar la operación, debido al incremento de sedimentos y partículas de arena y tierra en el agua que superen las condiciones normales de limpieza en los desarenados y/o operación de los equipos, siempre y cuando dicha anomalía sea como consecuencia de un siniestro cubierto por la póliza. Esta medida es para evitar daños y desgaste en turbinas. (…….)

POLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL D&OLa póliza se extiende a cubrir las demandas provenientes deentidades del Estado peruano (……)

POLIZA DE VEHICULOSLa Cobertura de Ausencia de control cubrirá al asegurado por incumplimientode cualquier norma, dispositivo o reglamento, por parte del conductor, pudiendo luego la aseguradora repetir contra el causante (…….)

ITEM II (SEGUROS PERSONALES)

CONDICIONES DE COBERTURA:

PARA TODAS LAS POLIZAS

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

29

Page 30: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

Las solicitudes de modificación o rectificación de las pólizas se darán por aceptadas automáticamente en caso de no respuesta de la aseguradora o respuesta en un periodo mayor de los siguientes plazos:a) Plazo máximo de respuesta hasta 12 días hábiles ( )b) Plazo máximo de respuesta hasta 15 días hábiles ( )c) Plazo máximo de respuesta hasta 18 días hábiles ( )

SEGURO DE ACCIDENTES PERSONALESLa póliza de accidentes personales considerará las siguientes condiciones para cúmulos:a) No considerará cúmulo ( )b) Se considerará un cúmulo mayor a US$. 5,000,000

(solo se consideran para puntaje sumas mayores a US$. 5,500,000) ( )

c) Se considerará un cúmulo de US$. 5,000,000 ( )

SEGURO DE ACCIDENTES PERSONALESLa póliza de accidentes personales incluye las siguientes condiciones especiales con puntaje acumulativo:a) La indemnización en caso de siniestro incluye la bonificación

compensatoria que reciben los funcionarios ( )b) La cobertura de gastos de curación se extiende a cubrir los gastos

que el asegurado incurra en alimentación y hospedaje cuando eltratamiento no pueda ser realizado en el lugar de origen ( )

POLIZA DE VIDA LEYSe amplían los beneficios de muerte natural y muerte accidental (incluyendo invalidez total por accidente). a) Hasta 20 sueldos ò más por enfermedad y 40 sueldos o más por

accidente ( )b) Hasta 19 sueldos por enfermedad y 38 sueldos por accidente ( )c) Hasta 18 sueldos por enfermedad y 36 sueldos por accidente ( )d) Hasta 17 sueldos por enfermedad y 34 sueldos por accidente ( )

ITEM III (SEGURO PARA ROBO DE CABLES Y CONDUCTORES)

Las solicitudes de modificación o rectificación de las pólizas se darán por aceptadas automáticamente en caso de no respuesta de la aseguradora o respuesta en un periodo mayor de los siguientes plazos :

a) Plazo máximo de respuesta hasta 12 días hábiles ( )

b) Plazo máximo de respuesta hasta 15 días hábiles ( )c) Plazo máximo de respuesta hasta 18 días hábiles ( )

La empresa para la indemnización, podrá optar por que se le reemplacenlos cables de cobre sustraídos por cables de aluminio ( )

Incrementar la suma asegurada por evento y en el Agregado Anual en:c) 35% ( )

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

30

Page 31: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

d) 30% ( )c) 25% ( )

Con la finalidad de agilizar las liquidaciones por siniestros de robosde cable, únicamente será de obligación del Asegurado presentarcomo sustento documentario, el informe de incidencia debidamenterecibido por Osinerg, así como el presupuesto por la reposicióndel cable robado ( )

.....................................................................Firma y sello del Representante Legal

En caso de presentarse en Consorcio, el representante del Consorcio deberá firmar el presente formato.

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

31

Page 32: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

ANEXO Nº 6

DECLARACIÓN JURADA DE SERVICIOS PRESTADOS EN EL PAÍS

San Isidro, ___ de _______ de 2008

SeñoresFONAFEPresente.-

Concurso Público N° 002-2007-FONAFE, 2da.Convocatoria“CONTRATACION DE LOS SERVICIOS DE COBERTURA DE RIESGOS (POLIZAS DE SEGUROS PATRIMONIALES, PERSONALES Y OTRAS POLIZAS) 2008 PARA LAS EMPRESAS DEL SECTOR ELECTRICO BAJO EL AMBITO DE FONAFE” (COMPRA CORPORATIVA FACULTATIVA)

El que se suscribe, ……………………………………………, identificado(a) con D.N.I. Nº ………………….., Representante Legal de …………………………. con RUC Nº ………………………… DECLARO BAJO JURAMENTO que los servicios de mi representada, son elaborados dentro del territorio nacional, de conformidad con lo establecido en el Artículo 2° del Decreto Supremo N° 003-2001-PCM.

.....................................................................Firma y sello del Representante Legal

En caso de presentarse en Consorcio, cada parte integrante deberá llenar el presente formato

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

32

Page 33: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

ANEXO Nº 7

DECLARACIÓN JURADA DE SER UNA PEQUEÑA O UNA MICROEMPRESA

San Isidro, ___ de _______ de 2008

SeñoresFONAFEPresente.-

Concurso Público N° 002-2007-FONAFE, 2da.Convocatoria“CONTRATACION DE LOS SERVICIOS DE COBERTURA DE RIESGOS (POLIZAS DE SEGUROS PATRIMONIALES, PERSONALES Y OTRAS POLIZAS) 2008 PARA LAS EMPRESAS DEL SECTOR ELECTRICO BAJO EL AMBITO DE FONAFE” (COMPRA CORPORATIVA FACULTATIVA)

El que se suscribe, ……………………………………………, identificado con D.N.I. Nº ………………….., Representante Legal de …………………………. con RUC Nº ………………………… DECLARO BAJO JURAMENTO que mi representada es una pequeña o microempresa, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 28015 “Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa” y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 009-2003-TR.

.....................................................................Firma y sello del Representante Legal

En caso de presentarse en Consorcio, cada parte integrante deberá llenar el presente formato

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

33

Page 34: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

ANEXO Nº 8

PROMESA DE CONSORCIOBASE LEGAL: Articulo 37° del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.

SeñoresFONAFEPresente.-

Concurso Público N° 002-2007-FONAFE, 2da. Convocatoria“CONTRATACION DE LOS SERVICIOS DE COBERTURA DE RIESGOS (POLIZAS DE SEGUROS PATRIMONIALES, PERSONALES Y OTRAS POLIZAS) 2008 PARA LAS EMPRESAS DEL SECTOR ELECTRICO BAJO EL AMBITO DE FONAFE” (COMPRA CORPORATIVA FACULTATIVA)

Conste a través del presente documento, una Promesa de Consorcio que celebran las Empresas ....................................., con R.U.C. N° ....................., debidamente representada por su Gerente General, Sr. ......................................, identificado con D.N.I. ........................, con domicilio legal en .............................................., y ...................................., con R.U.C. N° ................................, debidamente representada por su Gerente General Sr. ........................................., identificado con D.N.I. ....................................., con domicilio legal en ........................................, conforme a los siguientes términos:

PRIMERO: Las empresas .......................................... y ................................... convienen en formular a través del presente documento, una Promesa de Consorcio con el objeto de brindar el servicio de pólizas de Seguros Patrimoniales, Seguros Personales y otras pólizas; para todas las Empresas Participantes, conforme al presente de selección.

SEGUNDO: El presente Consorcio se efectúa con la finalidad que la empresa........................................ aporte..................................................., con una obligación equivalente al ………% y la empresa .................... aporte......................................... , con una obligación equivalente al ……%.

TERCERO: Ambas empresas convienen en designar al Sr. …………........................., identificado con DNI Nº ..............................., como representante común del presente Consorcio, así mismo, lo designamos como apoderado común, con poderes suficientes para ejercitar los derechos y cumplir con las obligaciones que se deriven del referido proceso de selección, con todas las facultades de representación que sean necesarias; así como señalamos como domicilio legal la …………………………………

CUARTO: la presente promesa de Consorcio se formalizará en caso de obtener la Buena Pro en el presente proceso de selección, convocado por el FONAFE.

En señal de conformidad, las empresas intervinientes firman la presente promesa a los.................días del mes de……............. de 2008.

……………………………………………... ...............……………………………………… Firma y sello del Representante Legal Firma y sello del Representante Legal

Empresa 1 Empresa 2

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

34

Page 35: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

ANEXO Nº 9

PROPUESTA ECONOMICA

San Isidro, ___ de _______ de 2008SeñoresFONAFEPresente.-Concurso Público N° 002-2007-FONAFE, 2da Convocatoria“CONTRATACION DE LOS SERVICIOS DE COBERTURA DE RIESGOS (POLIZAS DE SEGUROS PATRIMONIALES, PERSONALES Y OTRAS POLIZAS) 2008 PARA LAS EMPRESAS DEL SECTOR ELECTRICO BAJO EL AMBITO DE FONAFE” (COMPRA CORPORATIVA FACULTATIVA)De nuestra consideración:

...................................................................... (Nombre del Representante Legal o Apoderado Común), en calidad de....................................... (Representante Legal o Apoderado Común) en relación al proceso de la referencia indicada en el asunto del rubro, el que suscribe expresa la mejor oferta económica de su representada, la misma que asciende a:

ITEM I (SEGUROS PATRIMONIALES): US$ ……………………. (…………………………………….con 00/100 Dólares Americanos). Oferta que incluye Derechos de Emisión e I.G.V.

ITEM II (SEGUROS PERSONALES): US$ ……………………. (…………………………………….con 00/100 Dólares Americanos). Oferta que incluye Derechos de Emisión e I.G.V.Nota: Para el caso de las pólizas en Nuevos Soles (S/.), el postor para la elaboración de su propuesta utilizará el tipo de cambio de US$ 1.00 = S/. 3.00.

ITEM III (SEGURO PARA ROBO DE CABLES Y CONDUCTORES): US$ …………….. (…………………………………….con 00/100 Dólares Americanos). Oferta que incluye Derechos de Emisión e I.G.V.

.......................……................................Firma y sello del Representante Legal

En caso de presentarse en Consorcio, el representante del Consorcio deberá llenar el presente formato.

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

35

Page 36: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

ANEXO Nº 10

MODELO DE CONTRATO

Conste por el presente documento el contrato que celebran, de una parte xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, con RUC Nº xxxxxxxxxxx, inscrita en la partida Nº xxxxxxxxxxx del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de xxxxxxxxxx, con domicilio en xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, a quien en adelante se denominará LA ENTIDAD, debidamente representada por su Gerente General xxxxxxxxxxxxx, identificado con DNI Nº xxxxxxx; y, de la otra parte xxxxxxxxxxxxxxxx, con RUC Nº xxxxxxxxx, con domicilio en xxxxxxxxxxxxxxxx, a quienes en adelante se denominará ASEGURADORA, representado por su apoderado señor xxxxxxxxxxxxxxx, identificado con DNI N° xxxxxxxx, según poder inscrito en la partida Nº xxxxxxxxxx del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de xxxxxxxxxx, en los términos y condiciones siguientes:

CLÁUSULA PRIMERA.- ANTECEDENTES1.1. En fecha xxxxxxxxxxx, LA ENTIDAD suscribió un Convenio Interinstitucional para la

realización de proceso de selección mediante el Sistema de Contratación Corporativa de Seguros, a través del cuál se encargo a FONAFE (EL FONDO NACIONAL DE FINANCIAMIENTO DE LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL DEL ESTADO) la realización del proceso de selección para la contratación del Servicio de Seguros Patrimoniales, personales y otras pólizas.

1.2. Con fecha xxxxxxxxx, el Comité Especial designado por FONAFE mediante Autorización de Dirección Ejecutiva de fecha ____ de febrero de 2008, efectuó la segunda convocatoria del Concurso Público Nº 002-2007-FONAFE para el “SERVICIO DE COBERTURA DE SEGUROS (POLIZAS DE SEGUROS PATRIMONIALES, PERSONALES y OTRAS POLIZAS) 2008 COMPRA CORPORATIVA FACULTATIVA”.

1.3. Con fecha xxxxxxxxxxxxxx, el Comité Especial otorgó la buena pro a la ASEGURADORA para la prestación del servicio señalado en el numeral precedente.

1.4. Además de lo especificado en el presente contrato, rigen las disposiciones y estipulaciones consignadas en las bases integradas del proceso de selección y en la propuesta técnica y económica de la ASEGURADORA, en lo no especificado rige la Ley y su Reglamento, supletoriamente será de aplicación la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y el Código Civil.

CLÁUSULA SEGUNDA.- OBJETOEl objeto del presente contrato es fijar las obligaciones y derechos de las partes contratantes, así como las condiciones bajo las cuales la ASEGURADORA brindará los servicios del Programa de Seguros Patrimoniales, Personales y otras pólizas, destinado a cubrir los daños materiales y personales y consecuenciales de los bienes e intereses de xxxxxxxxxxxxxxx

CLÁUSULA TERCERA – COSTOS.-La ASEGURADORA, de conformidad con los resultados del Concurso Público, se obliga a entregar a LA ENTIDAD en las condiciones establecidas en el presente contrato las pólizas que se detallan a continuación, las mismas que contienen todas las condiciones específicas establecidas en las Bases integradas del Proceso de Selección y la propuesta técnica y económica presentada por la ASEGURADORA.:

Póliza MonedaPrima Neta

Anual

Derecho de Emisión

Impuesto(I.G.V.)

Prima Total Anual

Xxxxxxxxxxxxx

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

36

Page 37: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

XxxxxxxxxxxxxXxxxxxxxxxxxxXxxxxxxxxxxxxXxxxxxxxxxxxxXxxxxxxxxxxxxTOTAL US$.

CLÁUSULA CUARTA.- FACULTAD Y ESPECIALIZACIÓNLa ASEGURADORA declara ser una entidad facultada y especializada en la prestación de servicios que son materia del presente contrato y garantiza que sus servicios se ajustarán a las bases integradas, la oferta y demás documentos anexos a éstas durante la vigencia del presente Contrato.

CLÁUSULA QUINTA.- BASE LEGALEl presente Contrato se regula por el artículo 1764° y siguientes del Código Civil y la Base Legal establecida en el Concurso y en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones Ley Nº 26850 (en adelante La Ley) y su Reglamento, aprobados mediante D.S. Nº 083 y 084-2004-PCM (en adelante el Reglamento), y sus modificatorias.

CLÁUSULA SEXTA.- CONSENTIMIENTO Y DECLARACIÓN DE ADECUACIÓN AL TEXTO ÚNICO ORDENADO DE LA LEY Y SU REGLAMENTO

La ASEGURADORA, declara conocer y haber encontrado conforme las bases integradas, especificaciones técnicas, proyecto de contrato, absolución de consultas y demás anexos correspondientes al Concurso Público Nº 002-2007/FONAFE que ha proporcionado xxxxxxxxxxxxxxxx y que sirvieron para formular su propuesta, a las cuales se ciñe voluntariamente.

CLÁUSULA SÉPTIMA.- OBLIGACIONES DE LA ASEGURADORAEn la ejecución del Contrato y teniendo como referencia las bases integradas y demás documentos señalados en la cláusula anterior, la ASEGURADORA se obliga a brindar los servicios materia de la primera cláusula del contrato de acuerdo con las especificaciones técnicas y oferta técnico - económica presentadas en el proceso de selección.

La ASEGURADORA, hará entrega de las Pólizas de Seguros debidamente suscritas por el representante legal en un plazo máximo de diez (10) días calendario contados a partir de la suscripción del contrato; las cuales formarán parte del contrato.

La ASEGURADORA designará al (los) Funcionario(s), que se encargará(n) de la atención de las pólizas de seguros contraídas por LA ENTIDAD.

CLÁUSULA OCTAVA.-RESPONSABILIDADLa ASEGURADORA, no podrá transferir los servicios contratados. Es de su exclusiva responsabilidad la ejecución y cumplimiento total de las obligaciones fijadas en el contrato y en los documentos que lo conforman.

CLÁUSULA NOVENA.- INTANGIBILIDADLa ASEGURADORA reconoce y acepta la intangibilidad del contenido de su propuesta materia del presente contrato, por lo tanto no puede ser alterada, modificada ni sustituida al ejecutarse.

CLÁUSULA DÉCIMA.- TASAS DE SEGUROSLa ASEGURADORA se compromete a respetar durante la vigencia del presente Contrato, las tasas de seguros consideradas en su propuesta, las cuales serán aplicadas a prorrata témporis para las inclusiones, exclusiones, aumentos y disminuciones de sumas aseguradas, a que hubiere lugar.

En caso la Entidad ordene adicionales o la aseguradora solicite la ampliación del plazo, conforme lo permite el artículo 42° de la Ley o el artículo 232° del Reglamento, respectivamente, la

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

37

Page 38: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

ASEGURADORA se compromete a mantener vigente por el periodo que corresponda las tasas, coberturas y deducibles presentados en su oferta.NOTASe precisa que la tasa se refiere a la tasa de riesgo utilizada por los postores para estimar el monto de sus ofertas.

CLÁUSULA UNDÉCIMA.- GARANTÍASLa ASEGURADORA entrega, a la suscripción del contrato, una Garantía de Fiel Cumplimiento emitida por empresa de primer orden autorizada y sujeta al ámbito de la Superintendencia de Banca y Seguros, la cual es sin beneficio de excusión, solidaria, irrevocable, incondicional y de realización automática a primera solicitud, por un monto equivalente al 10% del monto total del contrato, vigente hasta que se otorgue la conformidad de la ùltima prestación del servicio prestado.

CLÁUSULA DUODÉCIMA.- GARANTÍASEn caso de que la ASEGURADORA no cumpliera con pagar la respectiva indemnización de un siniestro cubierto en el plazo fijado en su propuesta, contados a partir de la fecha de devolución del Convenio de Ajuste debidamente suscrito por LA ENTIDAD y de su consentimiento de acuerdo a lo señalado en el artículo 332° de la Ley Nº 26702, de ser el caso, deberá abonar a LA ENTIDAD un interés compensatorio cuya tasa será la correspondiente al TAMN.Este cobro de interés no exime a LA ENTIDAD, de ejecutar las penalidades y garantía otorgada por el fiel cumplimiento de contrato.

CLÁSULA DÉCIMOTERCERA.- OBLIGACIONES DE LA ENTIDADCon la suscripción del presente contrato, la Gerencia de Administración y Finanzas de LA ENTIDAD, designará a los funcionarios responsables de la administración de las Pólizas de Seguros; quienes se encargarán de realizar las coordinaciones que correspondan con la ASEGURADORA en la ejecución de las pólizas de seguros patrimoniales y personales.

CLÁUSULA DECIMOCUARTA.- PAGOSEl pago de Prima de Seguros que genere la adjudicación se realizará por LA ENTIDAD, a los 30 días naturales del inicio de la vigencia de las pólizas de seguros patrimoniales y otras pólizas por el periodo de cobertura que corresponda a cada empresa. Los seguros por declaraciones se pagarán de acuerdo a las declaraciones que se realicen, las primas de los seguros serán pagadas en moneda nacional, y para las facturas en dólares al tipo de cambio compra fijado por la Superintendencia de Banca y Seguros de la fecha más próxima a la cancelación de las facturas. En caso de consorcio se indicará la empresa que facturará el servicio.

El pago de las primas de seguros que se originen por las inclusiones o por incrementos de las sumas aseguradas, serán pagadas por LA ENTIDAD a la presentación de la correspondiente factura debidamente sustentada, sin necesidad de adenda ya que ésta es reemplazada por los endosos y/o facturas correspondientes. Asimismo, en caso de exclusiones o disminuciones de sumas aseguradas, La ASEGURADORA devolverá, a prorrata témporis, a LA ENTIDAD la prima no devengada.

CLÁUSULA DECIMOQUINTA.- CLAUSULA DE ASEGURADOS MULTIPLES

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

38

Page 39: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

15.1 Queda anotado y acordado que si el Asegurado descrito en la póliza comprende más de una parte asegurada, cada una de las cuales opera como una entidad separada y distinta, entonces, se aplicará la cobertura en virtud de esto en la misma forma y extensión como si pólizas individuales hubieran sido emitidas a cada una de las partes aseguradas, sujeto a que la responsabilidad total de los Aseguradores hacia la totalidad de las partes aseguradas no exceda la suma asegurada, los límites y los sub-limites indicados en la póliza.

15.2 Queda entendido y acordado que cualquier pago o pagos por parte de los Aseguradores a una o cualquiera de las partes aseguradas reducirá el total de la responsabilidad de pago de los Aseguradores hacia todas y cada una de las partes, excepto que hubiere una restitución de la suma asegurada.

15.3 Queda entendido que las partes aseguradas en todo momento preservarán y respetarán los acuerdos contractuales celebrados por las partes aseguradas y los recursos contractuales de tales partes en la eventualidad de una pérdida o daño.

15.4 Queda entendido y acordado que los aseguradores no podrán reclamar indemnización por perjuicios de cualquiera de las partes aseguradas, en caso que cualquiera de las demás partes aseguradas en la presente póliza cometiera un Acto de Vicio, es decir si cometiere fraude o falsedad, omitiere cualquier información, incumpliere cualquier garantía o condición de esta póliza..

15.5 Sin embargo se acuerda que un Acto de Vicio cometido por una parte asegurada no perjudicará el derecho a indemnización de cualquier otra parte asegurada que tenga interés asegurable y que no haya cometido un Acto de Vicio.

15.6 Los Aseguradores acuerdan renunciar a los derechos de subrogación que pudieran tener o adquirir contra cualquiera de las partes, excepto cuando estos derechos de subrogación sean como consecuencia o resultado de un Acto de Vicio, en cuyas circunstancias los Aseguradores podrán hacer valer dichos derechos, no obstante el estado legal vigente o anterior de la parte que incurriere en Vicio como Asegurado. Queda anotado, sin embargo, que los Aseguradores no ejercerán ninguno de dichos derechos de subrogación que de cualquier modo resulten en competencia con los derechos de las Partes Financieras con respecto a sus intereses en el Proyecto o en los dineros obtenidos sobre estos.

15.7 Queda entendido y acordado que cualquier falta de pago o pagos de prima por parte de uno o más de los Asegurados, no afectarán las coberturas y/o indemnizaciones de los otros Asegurados con sus obligaciones al día.

CLÁUSULA DECIMOSEXTA.- PENALIDADESLas penalidades mínimas que serán consideradas, son aquellas que se mencionan en el artículo 222° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.

En caso que la ASEGURADORA, incurra en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del Contrato, deberá pagar una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10 %) del monto actualizado del Contrato, conforme a lo establecido en el artículo 222° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aplicación y cálculo que se realizará de acuerdo con la fórmula señalada en el precitado artículo.

Si el monto de la penalidad por demora, alcanzara el diez por ciento (10 %) del monto del Contrato, LA ENTIDAD, podrá resolver administrativamente el Contrato y procederá a la ejecución del íntegro de las garantías de fiel cumplimiento.

CLÁUSULA DECIMOSÉPTIMA.- RESOLUCIÓN DE CONTRATOSon causales de resolución del contrato:

a) El incumplimiento de las obligaciones estipuladas en este contrato, condiciones generales, particulares, especiales y las inherentes a las pólizas de seguros patrimoniales y personales objeto del presente contrato.

b) El incumplimiento de las bases, especificaciones técnicas y anexos correspondientes del presente proceso de selección.

c) El incumplimiento de la propuesta técnico-económica de la ASEGURADORA.

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

39

Page 40: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

d) Haber llegado a acumular el monto máximo de la penalidad por mora.

Para la resolución del contrato, se procederá de conformidad con lo establecido en el artículo 224º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.

CLÁUSULA DECIMOOCTAVA.- VIGENCIA“El presente contrato tiene una vigencia de un (01) año a partir de las 12:00 horas del …… de ……………………… del ………., hasta las 12:00 horas del ……. de ……………….. del ……... No obstante ello, de ponerse de acuerdo el contratista y las empresas que conforman el presente proceso, se podrá contratar complementariamente el servicio de seguros previsto en el presente proceso, hasta por un máximo del treinta por ciento (30%) del monto del contrato original, considerando la ASEGURADORA, para tal efecto, los mismos costos y términos contractuales, así como el mismo cobro de la prima a prorrata temporís, conforme lo estipula el artículo 236° del Reglamento de la ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.

CLÁUSULA DECIMONOVENA.- ASPECTOS FINALES

19.1 ARBITRAJE

En caso de surgir cualquier conflicto o controversia como consecuencia de la interpretación o ejecución del contrato, incluidas las relacionadas con su nulidad e invalidez, serán resueltas mediante arbitraje de derecho, a cargo de un Tribunal Arbitral compuesto por tres miembros, realizado conforme al Reglamento de Conciliación y Arbitraje del Centro de Arbitraje Nacional e Internacional de la Cámara de Comercio de Lima a cuyas normas, administración y decisión se someten las partes en forma incondicional, declarando conocerlas y aceptarlas en su integridad. A efectos de interpretar los alcances de las obligaciones previstas en el presente contrato se seguirá el siguiente orden de prelación:

- El Contrato- El Slip Técnico- Las Bases Integradas- El Pliego de Absolución de consultas y observaciones- El Pronunciamiento y/o Resolución del Tribunal de CONSUCODE, de ser el caso.- Normativa que resulte aplicable.

19.2 CESIÓN DE POSICIÓN CONTRACTUALLA ENTIDAD podrá ceder total o parcialmente su posición contractual en el presente contrato para facilitar el proceso de privatización, por todos y cada uno de los derechos y obligaciones asumidas mediante este Contrato.

Asimismo podrá transferir en su oportunidad, todos los gastos activos y pasivos derivados de la ejecución del objeto del presente Contrato.

En ambos casos, la cesión de posición contractual, como la transferencia de gastos, activos y pasivos cuenta con la autorización previa de la ASEGURADORA.

La ASEGURADORA no podrá ceder su posición contractual, salvo que exista norma legal que lo permita expresamente, conforme lo indica el artículo 209° del Reglamento.

19.3 CESIÓN DE DERECHOS

Salvo disposición legal o reglamentaria en contrario, la ASEGURDORA podrá ceder sus derechos al pago a favor de terceros, caso en el cual, previa solicitud escrita de la ASEGURADORA, la ENTIDAD abonará a éstos la prestación a su cargo dentro de los límites expresamente establecidos en la cesión.

19.4. PRESTACIONES ADICIONALESAv. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202

www.fonafe.gob.pe40

Page 41: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

La Entidad podrá ordenar y pagar directamente la ejecución de prestaciones adicionales hasta por el quince por ciento de su monto, siempre que sean indispensables para alcanzar la finalidad del contrato. Asimismo, podrá reducir los servicios hasta por el mismo porcentaje. (Artículo 42º de la Ley)

CLÁUSULA VIGESIMA.- DOCUMENTACIÓN CONTRACTUALForman parte integrante del presente Contrato los Anexos y documentos siguientes:

Anexo Nº 01 Bases Integradas del Concurso Público.

Anexo Nº 02 Oferta de la ASEGURADORA en los Sobres Nº 01 y N° 02.

Anexo N° 03 Copia de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato y del Monto Referencial de Propuesta, de ser el caso.

Anexo Nº 04 Original de la Constancia Vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado, expedida por el CONSUCODE.

Anexo Nº 05 Copia de la Constancia de Registro de Empresa de Seguros emitida por la Superintendencia de Banca y Seguros, de la ASEGURADORA.

Anexo Nº 06 Copia de la Cobertura Provisional de las Pólizas de Seguros.

Anexo N° 07 Copia de Poder vigente del representante legal del postor adjudicatario de la buena pro, debidamente inscrito en el Registro de Personas Jurídicas, con facultades para suscribir contratos y señalando domicilio legal en Lima.

Anexo Nº 08 Cartas de los Reaseguradores y Aseguradora que respaldan la colocación de la Póliza de Incendio Todo Riesgo y Lucro Cesante, indicando sus porcentajes de participación hasta completar el 100% de la colocación.

Anexo Nº 09 De ser el caso, Contrato de Consorcio.

Cualquiera de las partes podrá elevar a escritura pública el presente Contrato asumiendo todos los gastos que demande esta formalidad.

En fe de estar conforme con todas y cada una de las estipulaciones fijadas en las cláusulas de este contrato, las partes contratantes lo firman en la ciudad de Lima a los............. días del mes de............ de 2007

Por LA ENTIDAD Por LA ASEGURADORA

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

41

Page 42: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

ANEXO 12

CARTA DE RESPALDO DE REASEGURO PARA LA POLIZA DE INCENDIO TODO RIESGO y LUCRO CESANTE

San Isidro, ___ de _______ de 2008SeñoresFONAFEPresente.-

Concurso Público N° 002-2007-FONAFE, 2da.Convocatoria“CONTRATACION DE LOS SERVICIOS DE COBERTURA DE RIESGOS (POLIZAS DE SEGUROS PATRIMONIALES, PERSONALES Y OTRAS POLIZAS) 2008 PARA LAS EMPRESAS DEL SECTOR ELECTRICO BAJO EL AMBITO DE FONAFE” (COMPRA CORPORATIVA)

El que suscribe, ……………………………………………, identificado con D.N.I. Nº ………………….., Representante Legal de …………………………. con RUC Nº ………………………… DECLARO BAJO JURAMENTO que la oferta de mi representada para la póliza de Incendio Todo Riesgo y Lucro Cesante cuenta con el respaldo de Reaseguro necesario.

De vernos favorecidos con el Otorgamiento de la Buen Pro y para la suscripción del contrato, presentaremos el respaldo de reaseguro correspondiente al 100% de la cobertura.

.......................……................................Firma y sello del Representante Legal

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

42

Page 43: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

ANEXO Nº 13PORCENTAJES QUE LE CORRESPONDE A CADA EMPRESA PARTICIPANTE PARA EL PAGO DE LAS PRIMAS

ITEM 1 ITEM 2 ITEM 3

MULTIRIESGO DESHONESTIDAD 3D

RESPONSABILIDAD CIVIL D&O VEHICULOS RIESGOS

HUMANOSROBO DE CABLES

ADINELSA 4.08% 1.98% 1.71% 6.86% 3.15% 2.09% 4.00%

GRUPO DISTRILUZ 7.48% 69.17% 16.00% 9.14% 45.77% 32.51% 60.00% - ELECTROCENTRO (DISTRILUZ) 2.19% 20.22% 4.68% 2.67% 13.38% 9.75% 15.00% - ENOSA (DISTRILUZ) 1.39% 12.87% 2.98% 1.70% 8.51% 6.50% 15.00% - ENSA (DISTRILUZ) 1.06% 9.85% 2.28% 1.30% 6.52% 4.88% 15.00%

- HIDRANDINA (DISTRILUZ) 2.84% 26.24% 6.07% 3.47% 17.36% 11.38% 15.00%EGASA 18.92% 3.29% 12.68% 6.60% 2.38% 7.07%  

EGEMSA 5.00% 1.14% 5.60% 4.50% 3.02% 4.88%  

EGESUR 7.63% 0.90% 3.43% 6.86% 2.75% 3.71%  ELECTROPERU 29.50% 2.81% 13.71% 11.43% 5.47% 7.33%  ELECTROPUNO 1.71% 1.76% 4.57% 5.87% 4.27% 3.48% 6.00%

ELECTROSUR 1.31% 6.59% 0.20% 9.14% 5.47% 4.92% 6.00%

ELECTRO SUR ESTE 4.06% 3.51% 18.85% 9.14% 7.88% 11.70% 6.00%ELECTROUCAYALI 2.59% 0.78% 2.29% 9.14% 3.09% 3.32% 6.00%ELECTRO ORIENTE 6.85% 3.62% 11.43% 9.14% 9.73% 6.19% 6.00%

SAN GABAN 7.03% 1.16% 6.45% 5.78% 3.38% 2.62%  

SEAL 3.86% 3.27% 3.08% 6.40% 3.64% 10.18% 6.00%100.00% 100.00% 100.00% 100.00% 100.00% 100.00% 100.00%

NOTAPara calcular los porcentajes señalados precedentemente se utilizó el cuadro ¨Cálculo de porcentajes primas empresas FONAFE¨, adjunto en CD que será entregado al momento de registrarse como participantes.

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

43

Page 44: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

44

Page 45: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

ANEXO Nº 14 -AVALORES DECLARADOS POR EMPRESA

EGASA EGEMSA EGESUR SEAL ELECTROSUR ELECTRO SUR ESTE ELECTROPUNO ELECTRO

UCAYALI ELECTROPERU

VALOR DECLARADO                  

a. Edificios y Obras Civiles 158,973,100 70,610,000 40,586,070 7,328,600 4,326,881 3,715,000 5,955,000 5,775,632 608,993,687

b. Maquinarias y Equipos 169,052,707 53,270,000 31,881,874 33,804,000 15,334,848 19,584,000 12,551,400 20,266,928 456,628,205

c. Contenidos 3,532,000     2,636,400 104,343 625,250 200,000 1,401,897  d. Equipos diversos         2,432,566        

d. Existencias 5,000,000 2,000,000     733,263 1,875,750 778,000 356,000  e. Líneas de Transmisión   11,000,000   24,135,195 12,931,102 7,364,207 1,200,000 617,789 14,378,108e. Líneas de Distribución       32,945,000 30,180,108 31,066,208 51,280,160 12,817,192  f. Carreteras / Obras                  f. Otras subestaciones       3,323,468          

Sub Total (US$): 336,557,807 136,880,000 72,467,944 104,172,663 66,043,111 64,230,415 71,964,560 41,235,438 1,080,000,000

f. Lucro Cesante (UBA 9 meses)       25,000,000          f. Lucro Cesante (UBA 12 meses)   20,000,000 7,500,000     12,500,000 6,000,000 5,700,000  f. Lucro Cesante (UBA 18 meses) 34,500,000               194,786,335f. Lucro Cesante (UBA 24 meses)                  

Total (US$): 371,057,807 156,880,000 79,967,944 129,172,663 66,043,111 76,730,415 77,964,560 46,935,438 1,274,786,335

                 RESUMEN VALOR DECLARADO            TOTAL DAÑO MATERIAL (US$) 336,557,807 136,880,000 72,467,944 104,172,663 66,043,111 64,230,415 71,964,560 41,235,438 1,080,000,000

                 TOTAL LUCRO CESANTE (12 meses) (US$) 34,500,000 20,000,000 7,500,000 25,000,000 0 12,500,000 6,000,000 5,700,000 194,786,335

                 

TOTAL (US$) 371,057,807 156,880,000 79,967,944 129,172,663 66,043,111 76,730,415 77,964,560 46,935,438 1,274,786,335

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

45

Page 46: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

ANEXO Nº 14 –BVALORES DECLARADOS POR EMPRESA

ADINELSA ELECTRO ORIENTE SAN GABAN ELECTRO

CENTROELECTRO

NOROESTEELECTRO

NORTE HIDRANDINA TOTAL DISTRILUZ TOTAL (US$)

VALOR DECLARADO                  

a. Edificios y Obras Civiles 21,555,801Falta el

disgregado 87,253,000            

b. Maquinarias y Equipos 84,390,247Falta el

disgregado 43,859,000            

c. Contenidos  Falta el

disgregado 1,853,740            

d. Equipos diversos                  

d. Existencias  Falta el

disgregado 4,500,000            

e. Líneas de Transmisión   46,000,0009,790,000            

e. Líneas de Distribución                

f. Carreteras / Obras     4,865,000            

f. Otras subestaciones                  

Sub Total (US$): 105,946,048 131,695,077 152,120,740 135,036,294 83,899,645 62,176,331 176,589,730 457,702,000 2,821,015,803

f. Lucro Cesante (UBA 9 meses)                  

f. Lucro Cesante (UBA 12 meses)   6,000,000 43,700,000 15,728,000 10,303,000 9,164,000 21,529,000 56,724,000  

f. Lucro Cesante (UBA 18 meses)                  

f. Lucro Cesante (UBA 24 meses)                  

Total (US$): 105,946,048 137,695,077 195,820,740 150,764,294 94,202,645 71,340,331 198,118,730 514,426,000 3,233,426,138

RESUMEN VALOR DECLARADO                  TOTAL DAÑO MATERIAL (US$) 105,946,048 131,695,077 152,120,740 135,036,294 83,899,645 62,176,331 176,589,730 457,702,000 2,821,015,803TOTAL LUCRO CESANTE (12 meses) (US$) 0 6,000,000 43,700,000 15,728,000 10,303,000 9,164,000 21,529,000 56,724,000 412,410,335

TOTAL (US$) 105,946,048 137,695,077 195,820,740         514,426,000 3,233,426,138NOTA: Valores de ELECTRO ORIENTE: Líneas de transmisión: Us $ 19`773,000 aprox.

Líneas de distribución: Us $ 26´023,000 aprox.NOTA: Los valores de las líneas de transmisión y distribución declarados en las empresas incluyen los cables eléctricos aéreos y subterráneos, postes, soportes, luminarias, pastorales, así como los accesorios componentes de las redes. Los transformadores aéreos y de caseta están declarados dentro del rubro de activos.

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

46

Page 47: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

REQUERIMIENTOS TECNICOS MINIMOS

(SLIP TECNICO)

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

47

Page 48: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

INDICE

ITEM I SEGUROS PATRIMONIALES:

Seguro de Incendios y Todo Lucro Cesante Seguro de Responsabilidad Civil General Seguro de Deshonestidad 3-D Seguro de Responsabilidad Civil D&O Seguro de Vehículos Seguro de Transporte Importación/Exportación

ITEM II SEGUROS PERSONALES:

Seguro de Vida D.L. 688 Seguro de Accidentes Personales por Planillas Seguro de Accidentes Policías y Vigilantes Seguro de Accidentes Personales para Practicantes Seguro de Accidentes Personales para Viajes Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo – Pensiones

ITEM III SEGUROS PARA ROBO DE CABLES Y CONDUCTORES

NOTA: La información referida a estudios PML será entregadas en un CD al momento del registro de participantes debido a que contiene información de carácter reservado

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

48

Page 49: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

ITEM I

SEGUROS PATRIMONIALES

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

49

Page 50: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

SEGURO DE INCENDIO TODO RIESGO Y LUCRO CESANTE

1. ASEGURADO

Empresa Concesionario de Electricidad de Ucayali S.A. ELECTRO UCAYALI S.A. y/o Empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica S.A. ADINELSA y/o Empresa de Generación Eléctrica de Arequipa S.A. EGASA y/o Empresa de Generación Eléctrica del Sur S.A. EGESUR y/o Empresa de Generación Eléctrica Machupicchu S.A. EGEMSA y/o Empresa de Generación Eléctrica SAN GABAN S.A. y/o Empresa de Servicio Público de Electricidad del Nor Oeste del Perú S.A. ELECTRONOROESTE y/o Empresa de Servicio Público de Electricidad Electro Norte Medio S.A. HIDRANDINA y/o Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad de Puno S.A.A - ELECTROPUNO S.A.A y/o EMPRESA DE ELECTRICIDAD DEL PERU ELECTROPERU S.A. y/o Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Centro S.A. - ELECTROCENTRO S.A. y/o Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Norte S.A. - ELECTRONORTE S.A. y/o Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Oriente S.A. ELECTRO ORIENTE S.A. y/o Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Sur Este S.A.A - ELECTRO SUR ESTE S.A.A. y/o Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Sur S.A.- ELECTRO SUR S.A. y/o Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. - SEAL y/o empresas afiliadas, asociadas y/o subsidiarias y/o controladas y/o sucursales y/o empresas conexas y/o cualquier otra empresa relacionada y/o empresa con accionariado común que forme parte y/o llegue a formar parte del Grupo del Asegurado, a ser declarado posteriormente a la aseguradora .

NOTALos asegurados adicionales a los que se refiere la descripciòn, estàn relacionados directamente con las entidades y sus accionistas. No se tiene programado adquirir màs empresas que las actuales, sin embargo, es decisiòn del gobierno central la formaciòn o adquisiciòn de empresas.

2. MATERIA DEL SEGURO

Todos los bienes de propiedad del asegurado y bienes de terceros bajo su responsabilidad, custodia o control, ubicados en superficie, bajo tierra, ríos, quebradas, lagunas y cualquier otro lugar donde se encuentran instaladas, dentro de la República del Perú, incluyendo bienes en construcción y montaje (para los bienes nuevos o ampliaciones ) y prueba. Para trabajos sobre bienes existentes (ampliaciones, overhaul, etc.) estos bienes deben cubrirse hasta el límite principal indicado para cada asegurado, incluyendo las coberturas y extensiones indicadas en la póliza.

De no asegurarse algunos bienes, se dejará constancia en la póliza.NOTA

Respecto a los bienes ubicados bajo tierra, ríos, quebradas, estos se refieren a cualquier bien que por su naturaleza y necesidad para la operación deba ubicarse bajo tierra, en ríos, quebradas y lagunas, incluyendo pero no limitado a presas, tuberías, presas de derivación, bocatomas, compuertas, válvulas y equipos electromecánicos en general, túneles, pilotes y obras civiles en general, elevadores, montacargas, equipos de medición y regulación, generadores, turbinas, transformadores, cables, centros de control y equipos electrónicos en general, mobiliario de oficina, entre otros.

2.2 Utilidad Bruta y/o Margen Bruto y/o Margen Comercial del negocio.

3. ESQUEMA ASEGURATIVO Y COBERTURAS

CONDICION ESPECIAL DE POLIZA

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

50

Page 51: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

Las coberturas descritas en la póliza serán aplicables en su totalidad para todas las empresas que figuran como contratantes o tomadores del seguro, salvo aquellas condiciones que se indican aplicables expresamente a una o más empresas. En caso de siniestro, la indemnización será pagada a la empresa afectada.

3.1 SUMAS ASEGURADAS

3.1.1 Primer Riesgo

El asegurado, en caso de un siniestro cubierto, tendrá derecho a ser indemnizado por cada evento u ocurrencia por las pérdidas y el lucro cesante consecuente hasta consumir la suma asegurada máxima mencionada en la póliza, ya sea para la suma asegurada principal y/o los sublímites y luego de aplicar los deducibles que correspondan.

Sólo se aplicaría la regla de proporcionalidad o “infraseguro” si al momento del siniestro se constate que los valores declarados al inicio de la vigencia del seguro, por concepto de sumatoria de activos y utilidad bruta, son inferiores al 90% de sus respectivos valores.

NOTA:La suma asegurada máxima por cada empresa está indicada en el numeral 6 de la presente póliza.

3.1.2 Límite de indemnización, por Ocurrencia:

Las sumas aseguradas indicadas por empresa representan el límite máximo de indemnización para cubrir todo aquel evento u ocurrencia que afecte cualquier local, o simultáneamente varios locales que contengan la materia del seguro, de acuerdo a lo expresado en el numeral 2.

El cúmulo máximo indicado representa el límite máximo de indemnización por cualquier siniestro que afecte a una o varias empresas simultáneamente.

En caso de siniestro, la suma aseguradas por empresa y el cúmulo máximo se reinstalarán en forma automática e inmediata. Es decir, podrán ser utilizados nuevamente y en su totalidad, en todo y cualquier momento, sin necesidad de haber antes reportado el siniestro.

NOTA:Está condición no aplica para huelga, motín, conmoción civil, daño malicioso, vandalismo y terrorismo.

3.2 BASES DE AVALUO E INDEMNIZACION

3.2.1 Edificaciones, obras civiles en general y vitrales:Valor de reconstrucción a nuevo.

3.2.2 Maquinaria, equipos, instalaciones y contenidos:Valor de Reposición o Reemplazo a Nuevo, incluyendo costos de instalación, montaje y fletes.

3.2.3 Existencias de materiales, insumos, repuestos y otros:Valor de reposición o reemplazo.

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

51

Page 52: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

3.3 NUEVAS ADQUISICIONES

Cualquier nueva adquisición de activos en general o la inclusión de un nuevo local, de operación está automáticamente amparado dentro de la suma asegurada sin necesidad de dar previo aviso, hasta dentro de un plazo máximo de 180 días y con un límite del 10% de la Suma Asegurada correspondiente a la empresa adquiriente, pero no mayor a US$ 20,000,000. Incluye también bienes de terceros entregados al asegurado para su custodia, control y operación. Nota:Se precisa que la cobertura se debe dar irrestrictamente para los bienes que son de habitual consumo por parte de las empresas, tales como, pero no limitado a equipos de computo, partes, piezas, repuestos, consumibles, entre otros. Los bienes de cierta importancia serán informados a la aseguradora en un plazo razonable desde que toman control.

3.4 PERDIDAS INDIRECTAS

Se utilizará la cédula ¨A¨ (Sistema Inglés), con un periodo de indemnización según cobertura.

Se incluirá la cobertura de Explosión de Calderas u otros equipos a presión.Cubre las pérdidas del asegurado al tener que compensar a sus clientes por la falta de entrega de energía eléctrica por daños ocurridos en sus locales, todo ello de acuerdo a las normas legales vigentes del sector electricidad sobre compensación, así como al mayor costo por el incremento de los precios de la energía en el COES.

Incluye el Lucro Cesante Contingente entre las empresas del Grupo asegurado.

4. VALORIZACION DE ACTIVOS Y LUCRO CESANTE

- Activos fijos y existencias a nivel nacional US$. 2,821,015,803- Lucro Cesante proyectado US$. 412,410,335

US$. 3,233,426,138Ver anexo de valores declarados por empresa

5. COBERTURA

"Todo Riesgo", contra pérdida o daño físico y Lucro Cesante. Incluyendo pero no limitado a Terremoto, Derrumbes, lluvias, Inundaciones, Huelga, Conmoción Civil, Daño Malicioso, Vandalismo, Terrorismo y la derivada de la explosión de calderos y/u otros equipos a presión y otras coberturas no excluidas en la Cláusula de Todo Riesgo.

6. SUMA ASEGURADA PRINCIPAL (US$)

Limite Único y Combinado a Primer Riesgo y Por Ocurrencia para Daños Materiales y Lucro Cesante, que será de 24 meses para Electroperù, Egasa, Egemsa, San Gabán, Egesur, Electroucayali, Electrooriente y de 18 meses para Seal, Distriluz, Electrosureste y Electropuno.

1. ELECTROPERÚ 600,000,0002. EGASA 300,000,000 3. EGEMSA/ SAN GABAN, ELECTRONORTE, ELECTRONOROESTE, HIDRANDINA Y ELECTROCENTRO.

Cada uno 100,000,000

4. ELECTROORIENTE, EGESUR, SEAL, ELECTROSUROESTE.5. ELECTROSUR, ELECTROPUNO, ADINELSA Y ELECTROUCAYALI.

Cada uno 50,000,000

Cada uno 20,000,000

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

52

Page 53: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

LÍMITE MÁXIMO POR EVENTO US$. 700,000,000. Este límite representa el importe máximo a indemnizar por la aseguradora en el caso que un mismos evento afecte una o varias de las empresas aseguradas, sin embargo, ningún importe excederá del límite asegurado especificado para cada una de ellas en ésta sección.

7. SUB LIMITES POR EVENTO Y OCURRENCIA US$

7.1 Huelga, conmoción civil, daño malicioso, Asonada, motín, sabotaje, vandalismo y terrorismo Incluyendo Lucro Cesante Periodo de indemnización 12 mesesIncluyendo líneas de transmisión y distribución.(Límite único y combinado en agregado vigencia). 50,000,000

Límite para ELECTROSUR, ELECTROPUNO, ADINELSA y ELECTROUCAYALI 20,000,000

7.2 Rotura de Maquinaria y Lucro Cesante por Rotura de Maquinaria.Periodo de indemnización 12 meses incluyendo la compra de energía al COES. (Límite único y combinado por evento) 50,000,000

7.3 Equipo Electrónico y Equipos MóvilesSección I, II y III (Límite único y combinado por evento) 1,500,000Portátiles o móviles a nivel mundial L.A.V. 300,000

7.4 Infortunios (equipos de comunicación, medición, cómputo, laptop,instrumentos, herramientas y similares incluyendo bienes propios y de terceros bajo su responsabilidad). 200,000Límite agregado por vigencia US$. 800,000

7.5 Todo Riesgo de Equipos de Contratistas TREC por evento 1,000,000

7.6 Líneas de transmisión y distribución eléctrica incluyendo Lucro Cesante por evento. Periodo de Indemnización 12 meses 10,000,000

7.7 Construcción / Montaje Límite único y combinado por evento 2,000,000

7.8 Transporte Local e Incidental por evento 1,000,000

7.9 Lucro Cesante de clientes y/o proveedores (LAV) 5,000,000

7.10 Lucro Cesante por Interrupción de accesos (LAV) 5,000,000

7.11 Lucro Cesante Contingente por agua, gas y combustible (LAV) 5,000,000

7.12 Gastos Extraordinarios por evento 20,000,000

7.13 Gastos Extras para todas las coberturas (por evento) 20,000,000

7.14 Gastos de limpieza de las instalaciones y cauces de los ríos y cuencas por daños causados por fenómenos de la naturaleza u otros riesgos asegurados así no existan daños materiales en los activos asegurados solo para Electroperu por evento. 20,000,000

Se precisa que éste es un monto fijo destinado para la limpieza de las instalaciones a consecuencia de eventos de la naturaleza que podrían causar la paralización total o parcial de las operaciones por

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

53

Page 54: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

eventos extraordinarios y no de operaciones normales de limpieza, mientras que el punto 10.47 de las bases no está solo referido a gastos de limpieza sino también al lucro cesante derivado del derrumbes o embalses en las cuencas, así estos no hubieran causado daños.

7.15 Gastos de aceleración de trabajos en caso de siniestro, por evento 1,000,000

Se precisa que se refiere a las acciones tomadas por el asegurado para disminuir las pérdidas y serán sustentadas al momento de la ocurrencia.

7.16 Gastos adicionales para todas las coberturas y todo tipo de siniestros por horas extras, trabajo nocturno, flete aéreo, trabajo en días feriados flete expreso, alquiler de equipos y maquinarias (gastos de rescate hasta por US$ 50,000), por evento 1,000,000

7.17 Robo y/o Asalto de activos y existencias dentro y fuera de los predios y a la intemperie, por evento, en exceso de la póliza de deshonestidad 3D . No incluye robo de cables eléctricos 500,000

7.18 Dinero y/o valores dentro de los locales (Todo Riesgo de Incendio) 150,000

7.19 Robo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión(1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

7.20 Derrame de contenidos de tanques y tuberías por evento. 1,000,000

7.22 Vehículos de terceros dentro de sus predios y/o estacionamientosexternos por evento 200,000

7.23 Rotura accidental de Lunas, Vidrios, Avisos Luminosos, Paneles 50,000Incluyendo Huelgas, Daño Malicioso, Vandalismo y Terrorismo por evento

7.24 Obras de arte y similares por evento 50,000

7.25. Cobertura Automática por Nuevas Adquisiciones (180 días) por evento 20,000,000

Nota:Se precisa que los sub límites incluidos en el slip técnico no son en adición al límite máximo para cada empresa.Se precisa que obras de arte y similares se refiere a cuadros, pinturas, esculturas, jarrones y en general cualquier objeto considerado como tal.

8. DEDUCIBLES

8.1 Todo Riesgo

1. Electroperú US$ 1,000,0002. Egemsa, Egasa, Egesur y San Gaban 85,0003. Demas empresas 10,0004. Oficinas y campamentos, almacenes de cualquiera de las empresas.

1,000

8.2 Huelga Conmoción Civil, Daño Malicioso, Vandalismo y Terrorismo

1. Electroperú US$ 1,000,0002. Egemsa, San Gaban, Egasa y Egesur 80,0003. Demás empresas 10% del monto indemnizable,

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

54

Page 55: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

mínimo 10,0004. Oficinas, campamentos, almacenes de cualquiera de las empresas.

5% del monto indemnizable, mínimo 2,500

8.3 Riesgos de la Naturaleza (incluye Terremoto y Maremoto)

1. Electroperú US$ 1,000,000

2. Demás empresas generadoras 1% del valor del predio afectado y su contenido, mínimo 5,000.

2. Distribuidoras 1% del valor del predio y su contenido, mínimo 5,000, máximo

US$. 200,000 3. Oficinas, campamentos y almacenes de cualquiera de las empresas.

5% del monto indemnizable, mínimo 2,500

8.4 Rotura de Maquinaria

Electroperu : a) Turbinas y Generadores en general US$. 150,000b) Otras maquinarias 10% del monto indemnizable,

mínimo US$. 25,000Demás empresas de generación eléctricaa) Turbina y generador en centrales hidroeléctricas cuyo valor de la central es > a $ 50,000,001

5% del monto indemnizable, mínimo US$ 150,000

b) Turbina y generador de centrales térmicas cuyo valor de las centrales es > a $ 10,000,001

5% del monto indemnizable, mínimo US$ 200,000

c) Otras maquinarias 10% del monto indemnizable, mínimo US$. 25,000

Empresas de distribuciónc) Maquinarias y equipos con valor mayor > a $350,000

10% del monto indemnizable, mínimo $10,000.

d) Maquinarias y equipos con valor hasta $ 350,000 10% del monto a indemnizar, mínimo $ 5,000

8.5 Equipo Electrónico

a) Sección I, II10% del monto indemnizable, mínimo US$ 200.

b) Sección III3 días

c) Robo de equipos móviles10% del monto indemnizable, mínimo US$ 500.

d) Robo de equipos10% del monto indemnizable, mínimo US$ 500.

e) Hurto10% del monto indemnizable, mínimo US$ 500.

8.6 Todo Riesgo de Equipo Contratista - TREC

10% del monto indemnizable, mínimo US$ 1,500

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

55

Page 56: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

8.7 Rotura Accidental de cristales, avisos luminosos y paneles publicitarios

10% del monto indemnizable, mínimo US$ 30.

8.8 Transporte Local Nacional e Incidental

10% del monto indemnizable, mínimo US$ 100

8.9 Vehículos propios y/ o de terceros dentro de sus predio

10% del monto a indemnizar, mínimo US$ 100.

8.10 “Dinero y/o Valores dentro de los locales (Todo Riesgo de Incendio)”

10% del monto a indemnizar, mínimo US$ 500.

8.11 Infortunio

10% del monto a indemnizar, mínimo US$ 500.

8.12 Flete aéreo, gastos adicionales, trabajos nocturnos y feriados

5% del monto indemnizable, mínimo US$ 100

8.13 Construcción y Montaje

10% del monto indemnizable, mínimo US$ 1,000

8.14 Líneas de Transmisión Eléctrica

Catastrófico(*) : US$ 50,000 No catastrófico : US$ 15,000

(*) Se entiende por catastrófico Fenómeno del niño, terremoto y maremoto. NOTA:

Se entiende como terremoto y maremoto: “Terremoto, Temblor, Erupción Volcánica y/o Fuego Subterráneo, Maremoto (Tsunami), Marejada, Salida de Mar y Oleaje”.La clasificación de Fenómeno del Niño la debe dar la autoridad competente.

8.15 Líneas de Distribución Eléctrica (redes aéreas y subterráneas de distribución)

Catastrófico 10% del monto indemnizable, mínimo US$ 50,000No catastrófico 10% del monto indemnizable, mínimo US$. 2,500

8.17 Derrame de líquidos

US$ 1,000

8.18 Lucro Cesante por cualquier causa, excepto Rotura de Maquinaria

Generadoras, excepto Electroperu y EGEMSA : 30 díasElectroperu : 25 díasEGEMSA : 28 díasTransmisión y distribución, excepto el Grupo

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

56

Page 57: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

Distriluz (Hidrandina, Electrocentro, Electronoroeste,Electronorte) y SEAL : 25 díasGrupo Distriluz y SEAL : 15 días

8.19 Lucro Cesante por Rotura de Maquinaria

Generadoras, excepto Electroperu y EGEMSA : 30 díasElectroperu : 25 díasEGEMSA : 28 díasTransmisión y distribución, excepto el Grupo Distriluz (Hidrandina, Electrocentro, Electronoroeste,Electronorte) y SEAL : 25 díasGrupo Distriluz y SEAL : 15 días

8.20 Daños por agua e impacto de vehículos

10% del monto indemnizable, mínimo US$ 50.

8.21 Robo de cables eléctricos

10% del monto indemnizable, mínimo US$ 2,500

8.22 Robo de activos, existencias, dinero y/o valores

10% del monto indemnizable, mínimo US$ 500.

8.23 Gastos Extraordinarios, Gastos Extras, Gastos de limpieza, Gastos de aceleración, Otras propiedades adyacentes del asegurado

Dentro del deducible de la cobertura afectada

9. CLAUSULAS ADICIONALES PARA TODAS LAS COBERTURAS

En adición a las condiciones generales y particulares de la póliza, se consideran como parte del contrato las siguientes cláusulas adicionales.

- Adelanto del 50% del Siniestro- Nombramiento de Ajustadores- Traslado Temporal- Reemplazo- Errores u Omisiones- Propiedades Fuera del Control del Asegurado- Permisos y Privilegios- Rehabilitación Automática de la Suma Asegurada

NOTA:La Rehabilitación Automática de la Suma Asegurada, no es aplicable a la cobertura de Huelga, Conmoción Civil Daño Malicioso, Vandalismo y Terrorismo y Coberturas en Límite Agregado Vigencia.

- Sellos y Marcas- Combustión Espontánea sin necesidad que exista llama o fuego.

Se precisa que se refiere a combustibles, pinturas, solventes y otros productos químicos.- Extorno de la Prima de Lucro Cesante- Cobertura Automática- Reparaciones y reconstrucciones

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

57

Page 58: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

CLAUSULA DE ASEGURADOS MULTIPLES

a) Queda anotado y acordado que si el Asegurado descrito en la póliza comprende más de una parte asegurada, cada una de las cuales opera como una entidad separada y distinta, entonces, se aplicará la cobertura en virtud de esto en la misma forma y extensión como si pólizas individuales hubieran sido emitidas a cada una de las partes aseguradas, sujeto a que la responsabilidad total de los Aseguradores hacia la totalidad de las partes aseguradas no exceda la suma asegurada, los límites y los sub-limites indicados en la póliza.

b) Queda entendido que las partes aseguradas en todo momento preservarán y respetarán los acuerdos contractuales celebrados por las partes aseguradas y los recursos contractuales de tales partes en la eventualidad de una pérdida o daño.

c) Queda entendido y acordado que los aseguradores no podrán reclamar indemnización por perjuicios de cualquiera de las partes aseguradas, en caso que cualquiera de las demás partes aseguradas en la presente póliza cometiera un Acto de Vicio, es decir si cometiere fraude o falsedad, omitiere cualquier información, incumpliere cualquier garantía o condición de esta póliza incluyendo la falta de pago de las primas.

d) Sin embargo se acuerda que un Acto de Vicio cometido por una parte asegurada no perjudicará el derecho a indemnización de cualquier otra parte asegurada que tenga interés asegurable y que no haya cometido un Acto de Vicio.

Este supuesto se refiere a cualquier situación, incluso cuando la empresa que ha cometido acto de vicio no se ha visto afectada por la ocurrencia.

e) Los Aseguradores acuerdan renunciar a los derechos de subrogación que pudieran tener o adquirir contra cualquiera de las partes, excepto cuando estos derechos de subrogación sean como consecuencia o resultado de un Acto de Vicio, en cuyas circunstancias los Aseguradores podrán hacer valer dichos derechos, no obstante el estado legal vigente o anterior de la parte que incurriere en Vicio como Asegurado. Queda anotado, sin embargo, que los Aseguradores no ejercerán ninguno de dichos derechos de subrogación que de cualquier modo resulten en competencia con los derechos de las Partes Financieras con respecto a sus intereses en el Proyecto o en los dineros obtenidos sobre estos.

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

58

Page 59: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

10. CONDICIONES ESPECIALES APLICABLES A TODA LA POLIZA

10.1 El plazo de aviso de siniestro a la Compañía de Seguros será hasta 30 días después de conocida la ocurrencia por la oficina principal del Asegurado.

10.2 La rehabilitación automática de la suma asegurada es sin costo adicional solo para Electroperú (aplicable solo para las coberturas que no están expresadas como Límite agregado vigencia).

10.3 No se rechazarán siniestros por declaración extemporánea, siempre y cuando no constituya una agravación del riesgo para la Aseguradora.

10.4 Las condiciones especiales y adicionales prevalecerán sobre las condiciones generales de la póliza.

10.5 En caso un siniestro pudiera ser presentado bajo dos coberturas contratadas en la misma póliza o pólizas diferentes, se aplicará a discreción del asegurado la cobertura en la cual se considere el deducible menor.

10.6 En caso de siniestro la empresa asegurada decidirá si: a) La cía aseguradora se encargará de la reposición del bien, en coordinación con la empresa asegurada, o b) Se recibirá el monto de la indemnización que corresponda.

En todos los casos, las empresas aseguradas se sujetarán al ordenamiento legal vigente.

10.7 En caso de pérdida o daño a un bien que forme parte de un conjunto y que no pueda ser repuesto, se indemnizará el valor total del conjunto, incluyendo cuando la parte afectada por el siniestro ya no se fabrique debido a obsolescencia. En caso de producirse indemnización por pérdida total del conjunto, la aseguradora podrá rescatar los bienes indemnizados.

10.8 Las indemnizaciones se efectuarán en base a presupuestos de reparación y/o de reposición de los bienes siniestrados.

10.9 Cuando la reparación del siniestro sea efectuado por el propio asegurado; en la indemnización, se reconocerá la mano de obra, materiales, repuestos y la utilidad y gastos que generen los trabajos de reparación.

NOTA:Sí el asegurado ha destinado recursos para atender un siniestro que le generan una pérdida de utilidad por dejar de brindar un servicio, esta pérdida debe ser reconocida por la aseguradora.Se precisa que dentro del límite de la cobertura de gastos extraordinarios se incluyen los gastos para demostrar la ocurrencia y cuantía del siniestro.

10.10 La póliza cubre los gastos incurridos por el Asegurado para demostrar la ocurrencia y cuantía del siniestro, dentro del límite de la cobertura de gastos extraordinarios.

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

59

Page 60: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

10.11 Para la indemnización de siniestros en los que el asegurado no pueda obtener facturas o proformas se tomarán en cuenta los vales de salida de almacén, los listados de costos y/o órdenes de compra y/o inventarios.

10.12 Cubre las reparaciones transitorias o medidas de protección necesarias que surjan directamente de las pérdidas siempre y cuando estén cubiertas por la póliza.

NOTA:Se precisa que se coordinará con la aseguradora en cuanto sea aplicable. Para los casos de emergencia o de imposibilidad de contar con una respuesta oportuna del postor, no será necesaria la coordinación con la aseguradora.

10.13 La Compañía de seguros renuncian expresamente a los derechos de subrogación con respecto a los asegurados contemplados en la presente póliza y/o sobre cualquier otro prestamista especificado o no en la póliza.

10.14 Se exonera la denuncia policial en caso de fuerza mayor (donde no haya Comisarias por ser lugares alejados o en zonas que sea riesgoso desplazarse).

10.15 En caso de siniestro bajo la cobertura de todo riesgo y líneas aliadas, no se aplicará depreciación para pérdida total, debido a que los valores están declarados a valor nuevo de reemplazo (nuevo por viejo).

10.16 En caso de pérdida total para Rotura de Maquinaria, Equipo Electrónico y TREC, la indemnización será a valor de reposición a nuevo de la máquina siniestrada, incluyendo gastos de transporte, aduana y montaje, acordándose una depreciación no mayor al 20%. Se precisa que el grupo ha implementado polìticas de renovación de tecnología.

10.17 En caso de siniestro y cuando la autoridad pertinente no permita o autorice la reconstrucción de las instalaciones y debido a ello tengan que construir una nueva instalación en otro lugar, la póliza indemnizará como pérdida total sin descontar el monto del salvamento existente en el lugar del siniestro.Los restos o instalaciones indemnizadas podrán ser dispuestas por la aseguradora y se considerarán todos los costos que conlleva a la operación.

10.18 Están cubiertos los daños por cortocircuito por cualquier causa, así como por fluctuaciones y/o cualquier falla eléctrica, aún cuando no generen incendio.

10.19 Bajo la coberturas de equipo electrónico se ampara también los aparatos contadores de energía.

10.20 La cobertura CAR /EAR incluye cobertura principal A y D, Riesgo de Diseño, Debilitamiento de bases y Propiedades adyacentes y Período de prueba. Los demás riesgos están cubiertos bajo las demás coberturas de esta póliza y otras pólizas contratadas por el Asegurado.

NOTA:Se precisa que la cobertura principal A y D, Riesgo de Diseño, Debilitamiento de bases y Propiedades adyacentes y Período de prueba son para nuevas obras. La reparación, ampliación, transformación y modificación de los bienes existentes incluyen dichos conceptos hasta los límites de las coberturas aplicables que se encuentren indicadas en la póliza.El tipo de obras que se pretende cubrir son aquellas relacionadas a las actividades propias de cada empresa del sector, incluyendo pero no limitado a: reubicación de

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

60

Page 61: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

estructuras, ampliaciones, mejoramientos, obras de índole preventivo y otros, cuyos valores estén por debajo del sub límite requerido.

La vigencia del sublímite culmina con la fecha de término de la póliza, por lo que la póliza de la siguiente vigencia deberá cubrir los daños que ocurran a partir de esa fecha, al igual que la presente póliza deberá cubrir los daños de las obras en curso.

10.21 La póliza ampara los equipos y accesorios instalados en las líneas de transmisión eléctricas y/o comunicaciones y en locales e instalaciones dentro y fuera de los predios y a la intemperie.NOTA: Los valores de dichos bienes se encuentran incluidos en los valores declarados de líneas de transmisión y distribución. Con relación al deducible se debe aplicar lo dispuesto en el numeral 8.22 de la póliza de seguro de incendio todo riesgo.

10.22 Están cubiertos los daños causados directamente o indirectamente por falla o interrupción en el aprovisionamiento de corriente eléctrica.

10.23 También están cubiertos los gastos y costos incurridos con el propósito de extinguir incendios en el predio del asegurado o en sus cercanías ante amenaza de daños o pérdida y que tengan como objeto impedir o disminuir las pérdidas y/o daños a los bienes asegurados.

10.24 Para considerar la pérdida total para maquinarias y equipos, el daño debe superar el 80% del valor a nuevo.

10.25 Para efectos de la indemnización están cubiertos los daños o pérdidas de las maquinarias y equipos, así estos hayan cumplido con su vida útil de trabajo.

10.26 Cualquier pérdida o daño a la propiedad a consecuencia de eventos de la naturaleza, huelgas, conmociones civiles, daño malicioso, vandalismo y terrorismo que se produzca durante un período de 72 horas, será considerada como un solo evento y constituirá como una sola ocurrencia para efectos de la aplicación del deducible.

10.27 Las indemnizaciones en caso de pérdida total de equipos electrónicos, de comunicación, de telefonía, y similares, se harán a valor de reposición a nuevo; en caso de no existir en el mercado el modelo del equipo siniestrado, la indemnización se hará hasta por el valor de reposición del equipo inmediato superior existente en el mercado, sin deducción por adelanto tecnológico.

Se precisa que el valor de reposición de equipos se determina en base al valor de reposición a nuevo del equipo similar (en calidad y capacidad) al siniestrado disponible en el mercado. Para efectos prácticos, siempre se considerará al inmediatamente superior disponible.

10.28 La cobertura para equipos portátiles, ya sean computadoras, equipos de comunicación, de telefonía y similares, instrumentos electrónicos, herramientas, se amplia a cubrir todo riesgo de pérdida y/o daño como consecuencia del tránsito, utilizando cualquier medio de transporte fuera de los locales asegurados, dentro del territorio de la República y/o en el extranjero, incluyendo permanencia en aeropuertos, hoteles y/o en los domicilios de los trabajadores a quienes se les haya asignado dichos equipos, así como robo y asalto.NOTA: La cobertura se determinará de acuerdo a las circunstancias del siniestro al igual que el deducible aplicable.

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

61

Page 62: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

10.29 Los equipos móviles y portátiles tiene cobertura de Hurto dentro de los vehículos y en cualquier lugar del país hasta US$. 50,000 por evento. Es de aplicación de las coberturas de Equipo Electrónico (Equipo Móvil) e Infortunio.

10.30 Dentro de los sublímites de cobertura para equipo electrónico y/o equipo móvil y/o hurto de equipos electrónicos están incluidos “radios y/o equipos de comunicación y/o similares”.

10.31 La cobertura de infortunio se extiende a amparar los equipos, máquinas, instrumentos y herramientas etc. que tengan daños externos e internos y/o pérdidas por cualquier causa durante su almacenamiento, trabajo o transporte en cualquier lugar del Perú, utilizando para su traslado cualquier medio o vía incluyendo el robo mientras se encuentre en cualquier medio de transporte (incluye vehículos desocupados).

10.32 La cobertura de rotura de maquinaria se extiende a cubrir las pérdidas y/o daños a los componentes electrónicos de las máquinas que cuenten con ellos.

10.33 Los equipos y maquinarias móviles, sin placa de rodaje, tienen cobertura durante su transporte por sus propios medios a nivel nacional y en vehículos, cuando efectúan trabajos en los cauces de ríos, quebradas y lagunas y pueden hacer uso y transitar por vías autorizadas y no autorizadas.

10.34 Se incluye las labores de izaje para equipos pesados y/o cualquier otro bien de propiedad del asegurado y/o de terceros bajo su responsabilidad.NOTA: Se precisa que además de estar dentro del sublimite de Montaje, en el caso de equipos pesados, la indemnización deberá hacerse bajo la cobertura TREC y en el caso del resto de bienes, hasta el límite principal asegurado.

10.35 Bajo la cobertura de Transporte Terrestre local e Incidental se cubre el transporte a nivel nacional (incluye carreteras no autorizadas). El medio de transporte será en vehículos de propiedad del asegurado y/o de sus representantes y/o de sus empresas de transporte legalmente establecidas y/o agencias de terceros y/o vehículos fletados por el asegurado para operaciones de distribución y/o cualquier otro vehículo alquilado por el asegurado para su distribución, asi como aviones de líneas aéreas con itinerario regular y/o aviones fletados por el asegurado y/o vía fluvial en chatas y/o barcazas y/o embarcaciones de propiedad de empresas de transporte legalmente establecidas y/o vía marítima (cabotaje).

10.36 La presente póliza ampara los daños y pérdidas consecuenciales y/o Lucro Cesante debido a:

a) La paralización de cámaras para el acondicionamiento de perecibles y productos comestibles o aparatos de refrigeración.

b) La suspensión total o parcial de suministros eléctricos por plantas de generación o instalaciones de transmisión y distribución de fluido eléctrico externo a los perímetros de los predios del asegurado para las oficinas y otras locaciones de empresas de distribución y generación que pueden ser atendidas por operadores diferentes.

10.37 Bajo la cobertura de Lucro Cesante se consideran y están cubiertos:

a) Todos los perjuicios por paralización, el incremento adicional de los costos de funcionamiento y los honorarios profesionales o similares con el fin de restablecer el equilibrio económico del asegurado dañado por la paralización de su negocio a consecuencia de un siniestro.

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

62

Page 63: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

Los perjuicios por paralización y consecuente incremento de costos relacionados con la generación y transmisión quedan dadas principalmente por los mayores costos por combustibles, potencia firme y energía comprada en el COES, los menores ingresos por energía dejada de vender en el COES y los menores ingresos por ventas no efectuadas.

b) Para la cobertura de Lucro Cesante bajo todas las coberturas se ha declarado la Utilidad Bruta o Margen Comercial anual, que corresponde a las ventas de energía y potencia más otros servicios, más el incremento del costo de operación e incremento de costos de potencia firme y energía comprada en el COES para satisfacer los compromisos de suministros a los clientes del Asegurado bajo condiciones normales, descontando el costo variable.

De ocurrir un siniestro con una paralización total o parcial, la liquidación de la indemnización se hará con aplicación de los precios del mercado durante el período de la paralización fijados por los organismos reguladores del Perú (COES; Osinerg) que permita al Asegurado cubrir sus contratos de abastecimiento con sus clientes.

En caso no hubiera oferta de energía suficiente en el sistema (SEIN) para atender la demanda insatisfecha, el Asegurado no se verá afectado en su cobertura de pérdida del margen comercial. Este mayor incremento esta incluido bajo la suma asegurada a primer riesgo de la póliza, considerándose por tanto este monto, como el límite máximo hasta donde se indemnizará cualquier siniestro, sin considerar infraseguro alguno.

c) Todos los gastos extras o adicionales incurridos por el Asegurado o por cualquier otra persona natural o jurídica en representación del Asegurado, con el fin de evitar o minimizar la paralización del negocio (haya o no una reducción en el beneficio bruto y/o en el volumen del negocio). Están incluidos también los gastos extras por evacuación y/o traslados del personal y gastos de alojamiento en caso de daños a las viviendas o por daños ocurridos en las inmediaciones que pongan en peligro los mismos.

d) Las pérdidas resultantes por la interrupción total o parcial ocasionada por siniestros en los locales de los clientes del Asegurado.

e) La pérdida de beneficios puede ser también a consecuencia de que el agua no utilizada no pueda ser embalsada para una generación adicional a la que hubiera habido sin la paralización de las centrales al mismo precio.La cobertura será activada siempre que exista una pérdida amparada por la póliza.

f) En caso se demuestre que el almacenamiento del agua no utilizada durante la paralización no se traduce en una efectiva mayor generación posterior, la indemnización se calculará como la energía que se dejó de generar, valorizada al costo marginal del sistema (SEIN) determinado por el COES.La cobertura será activada siempre que exista una pérdida amparada por la póliza.

g) En el caso de las centrales en “serie hidráulica” quedan cubiertas también las pérdidas de la central que deje de funcionar a consecuencia de daños en la central anterior a ella.

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

63

Page 64: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

h) Las pérdidas de beneficios por la paralización de las operaciones de Electroperu a consecuencia de derrumbes sobre la represa Tablachaca, y la cuenca de los ríos sin dañar a las obras civiles y que requieran la limpieza y/o habilitación de los cauces de las cuencas y ríos, hasta la normalización del servicio de agua y generación de energía.

i) La indemnización a ser pagada bajo la cobertura de Lucro Cesante será hasta el monto de la suma asegurada respectiva y los valores declarados para este rubro serán los indicados en la póliza y que corresponden a 12 meses. En caso de siniestro no se aplicará infraseguro

NOTA:Se precisa que el tiempo estará determinado por los periodos de indemnización La indemnización será pagada bajo el límite de lucro cesante de la cobertura afectada.

j) La póliza ampara el Lucro Cesante a consecuencia de daños y/o pérdidas a las líneas de transmisión y distribución eléctrica, incluyendo subestaciones y transformadores.

k) Dentro de la cobertura de Gastos Extras están incluidos los gastos de construcción y/o habilitación de instalaciones y construcciones temporales y fijas con el fin de efectuar reparaciones, limpieza y/o reposiciones de los activos dañados, todos ellos con el fin de evitar la paralización de las operaciones y/o pérdidas por Lucro Cesante.Ésta cobertura es para cubrir los costos necesarios para restituir y garantizar el servicio brindado, así como aquellos gastos para minimizar las pérdidas.

l) Se incluye el Lucro Cesante derivado de daños a obras civiles e instalaciones bajo tierra y bajo el agua.

m) Cubre el mayor costo del combustible en que incurra el Asegurado debido a generación con unidades más caras, propias o de terceros.Ésta cobertura es para cubrir los costos necesarios para restituir y garantizar el servicio brindado, así como aquellos gastos para minimizar las pérdidas.

n) Bajo la cobertura de Lucro Cesante se cubren las compensaciones por aplicación de la NTCSE, de acuerdo a lo estipulado en las normas emitidas por las autoridades competentes que deberá pagar el asegurado a consecuencia de un daño amparado bajo la póliza. Dicha compensación será materia de cobertura, aunque el daño físico que ocasionó la paralización no sea indemnizable por estar por debajo del deducible. Se excluyen los eventos de fuerza mayor catalogados como tales por las entidades reguladoras.

o) Bajo esta póliza se cubre los siniestros de Lucro Cesante causados por un evento cubierto bajo la presente póliza, aunque dicho daño no sea indemnizable por estar por debajo del deducible.

p) Se amparan los siniestros por Lucro Cesante, no obstante la existencia de la garantía de calidad y correcto funcionamiento otorgado por el fabricante, contratista o taller de reparación sobre la maquinaria y equipos asegurados en la póliza. El asegurador se obliga a pagar la totalidad de la indemnización en caso de siniestro que afecte estos bienes. Al asegurador le asiste el derecho de subrogarse en las acciones que se deriven de la garantía.

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

64

Page 65: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

10.38 El valor de reemplazo de las maquinas y equipos asegurados deben corresponder al valor de reemplazo a nuevo, teniendo en cuenta la capacidad de producción y tecnología, aún cuando dicha tecnología ya no se produzca, debido a obsolescencia. Por consiguiente, la cantidad indemnizada por la aseguradora, en caso de pérdida total, será la que corresponda al valor instalado del bien nuevo, de capacidad semejante aunque de diferente marca y característica.

10.39 En caso de resultar afectados dos o más asegurados en un mismo evento, el deducible se dividirá proporcionalmente a sus bienes afectados. De igual forma el monto a indemnizar correspondiente a las coberturas de Gastos Extras y Gastos Extraordinarios serán prorrateados en la misma proporción al valor de sus bienes afectados.

10.40 En caso se presentara la situación en la que las propiedades aseguradas, pudieran sufrir amenaza de daños materiales o pérdidas que se encuentren cubiertos por la póliza, están cubiertos los gastos que efectuará el Asegurado a fin de adoptar las medidas necesarias y razonables para proteger y conservar dichas propiedades. NOTA: El límite máximo de responsabilidad es la suma asegurada principal indicada para cada asegurado. El costo que representen las acciones tomadas por el asegurado para evitar pérdidas ante una amenaza de daño se deben cubrir por la póliza.

10.41 Bajo los alcances de esta póliza y para todas las coberturas están aseguradas las computadoras personales portátiles como laptop y palms de propiedad de empleados, siempre que estas sean utilizadas al servicio y/o en beneficio del asegurado. Se limita la cobertura a US$. 5,000 por evento.Nota: Los daños pueden estar cubiertos bajo las coberturas de Equipo Movil o Infortunio según las circunstancias de la pérdida. La extensión incluye a los trabajadores de la empresa en general.

10.42 Después de ocurrido el siniestro, el asegurado tomará las medidas necesarias a su alcance para la pronta reparación y/o reposición del bien siniestrado. De no encontrarse en el mercado nacional e internacional, los repuestos, maquinarias y equipos adecuados para la reparación y/o reposición así como mano de obra, contratistas, especialistas calificados, para que efectúen los trabajos, la cobertura de Lucro Cesante se mantendrá hasta la reparación y/o reposición definitiva, siempre y cuando el Asegurado proceda diligentemente para conseguir la inmediata reparación y/o reposición del bien afectado.

10.43 En caso de siniestro, el Asegurado decidirá la forma de indemnización (reposición, reparación o pago).

10.44 En caso de siniestro y a solicitud del Asegurado, la Aseguradora contratará en forma directa los servicios de proveedores en general en sustitución del Asegurado.NOTA: Se reitera que los gastos cubiertos deben ser, entre otros, aquellos que permitan la restitución y continuidad del servicio. El numeral se refiere principalmente a servicios de reparación, limpieza, reconstrucción, entre otros, que la aseguradora pueda pagar con la finalidad de minimizar los tiempos de contratación, en vista que existen procedimientos que pueden prolongar los periodos de contratación.

Se precisa que en caso de siniestro la empresa asegurada decidirá si: a) La cía aseguradora se encargará de la reposición del bien, en coordinación con la empresa asegurada, o

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

65

Page 66: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

b) Se recibirá el monto de la indemnización que corresponda.

En todos los casos, las empresas aseguradas se sujetarán al ordenamiento legal vigente.

10.45 De ocurrir derrumbes o embalses en las cuencas aguas arriba y aguas abajo de las represas, canales y obras civiles hidráulicas y que afecten la normal operación del Asegurado, están cubiertos los gastos de limpieza del cauce así como el lucro cesante derivado de dicha paralización, así estas no hayan afectado las obras civiles aseguradas. Si durante los trabajos de remoción, descolmatación y limpieza del cauce ocurrieran daños a las obras civiles e hidráulicas, dichos daños estarán cubiertos bajo esta póliza así como el lucro cesante derivado del evento. El límite de esta cobertura es el límite principal de la póliza.

11. CONDICIONES ESPECIALES ADICIONALES APLICABLES SOLO A LAS COBERTURAS INDICADAS :

11.1 ROTURA DE MAQUINARIA Y LUCRO CESANTE POR ROTURA DE MAQUINARIA (incluye equipos fijos y equipos móviles).

Se incluye cobertura para aceites, lubricantes o refrigerantes, cadenas y cintas transportadoras, cables metálicos y cables no eléctricos, materiales refractarios (no se aplica depreciación en el caso de siniestro).

Gastos extras, incluye alquiler de maquinarias y equipos y/o reparaciones provisionales para continuar con la operación.

Gastos adicionales por horas extras, trabajo nocturno, días feriados, flete expreso. Flete aéreo. Valor nuevo de reposición para pérdida total. Cortocircuito y/o cualquier falla eléctrica por cualquier causa. Cobertura para bombas sumergidas, por daños a consecuencia de la erosión, daños por

arena, falta de agua, colapso del pozo o destrucción de tubos. Maquinarias y/o equipos bajo tierra. Se excluye las siguientes cláusulas:

- Motores de combustión interna.- Revisión de motores eléctricos- Bobinado de máquinas eléctricas

11.2 EQUIPO ELECTRÓNICO Y EQUIPOS MÓVILES INCLUYENDO: SECCIONES I, II Y III

Equipos móviles y portátiles fuera del predio incluyendo cuando son transportados vía terrestre, fluvial, lacustre, aérea y/o marítima.

Gastos adicionales por horas extras, trabajo nocturno, días feriados, flete expreso. Flete aéreo. Valor nuevo de reposición de un equipo actual. Demoras en la reparación. Cláusula Munich Re EE564. Cobertura a nivel mundial para equipos portátiles. Robo con fractura y/o asalto, mientras estén en cualquier medio de transporte.

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

66

Page 67: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

Hurto Daños causados directamente por fallo o interrupción del aprovisionamiento de corriente

eléctrica. Terremoto y otros riesgos de la naturaleza. huelgas conmociones civiles, sabotaje, asonada, daño malicioso, vandalismo y terrorismo. Pérdidas en vehículos desocupados. Se excluye las cláusulas de climatización y contrato de mantenimiento.

11.3 TODO RIESGO DE EQUIPOS DE CONTRATISTAS T R E C

Gastos de alquiler de equipos. Gastos adicionales por horas extras, trabajo nocturno, días feriados, flete expreso. Flete aéreo. Maquinaria y equipo bajo tierra. Transporte por sus propios medios a nivel nacional. Uso de vías no autorizadas. Valor nuevo de reposición para pérdida total y maquinaria hasta 10 años de antigüedad. Gastos de rescate hasta la suma asegurada. El deducible està incluido dentro del deducible

de daño material. Trabajos a orillas de ríos, quebradas y lagunas durante todo el año. Cobertura para bandas, correas, cadenas, filtros, lunas, combustibles, refrigerantes (no se

aplica depreciación en caso de siniestro). huelgas conmociones civiles, sabotaje, asonada, daño malicioso, vandalismo y terrorismo. Carretas remolcadas por vehículos asegurados bajo TREC.

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

67

Page 68: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

11.4 TRANSPORTE LOCAL E INCIDENTAL (Activos y existencias)

En Todo el territorio nacional Cláusula “A” 252 del Instituto (en lo aplicable al transporte terrestre) Carga y descarga huelgas conmociones civiles, sabotaje, asonada, daño malicioso,

vandalismo y terrorismo. Izaje en los predios Dentro del Predio y entre predios Durante una mudanza Mientras se trasladen en forma temporal para ser reparados,

mantenimiento, revisión Precio de venta según factura comercial incluyendo el flete e IGV El transporte puede ser terrestre, aéreo, marítimo, lacustre y fluvial. La maquinaria, equipos, existencias y otros no necesitan de inspección

previa al embarque. La póliza se extiende a cubrir daños y pérdidas, incluyendo robo por

desaparición, en depósitos intermedio usados por el asegurado, siempre que sean parte del tránsito ordinario.

NOTA: Se precisa que la aseguradora podrá realizar la inspección previa si lo estima conveniente. Se aplicará la póliza de Deshonestidad 3D hasta sus alcances, para el resto se aplicará la cobertura de transportes, pudiendo luego la aseguradora repetir contra los causantes.

11.5 GASTOS EXTRAORDINARIOS PARA TODAS LAS COBERTURAS

Todos aquellos Gastos Extraordinarios en los que necesite incurrir el asegurado como consecuencia de un siniestro cubierto, tales como: remoción de escombros, limpieza y desmontaje montaje y pruebas en sitio de equipos, reconstrucción de documentos y modelos, honorarios de profesionales (abogados, ingenieros, arquitectos, y topógrafos y otros), gastos de demolición, todo ello con el fin de dejar limpio el lugar siniestrado para la reconstrucción de los bienes dañados, así como el costo por demoler, desmantelar parte de un bien no afectado por el siniestro para proceder a la reparación o reposición de la parte dañada, así como los gastos de apuntalamiento necesarios u ordenados por la autoridad en caso de desplome o derrumbe.

Entre los principales gastos tenemos:

Honorarios profesionales. Licencias. Patentes de cualquier tipo. Impuestos. Defensa. Salvamento.

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

68

Page 69: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

Limpieza. Remoción de escombros. Documentos y modelos. Costos de extinguir el incendio en el predio y áreas vecinas. Recondicionamientos provisionales. Cualquier otro gasto necesario para dejar óptimo el lugar del siniestro.

NOTA:Defensa se refiere a aquellos gastos en que deba incurrir el asegurado para constituir protecciones a fin de evitar o minimizar las pérdidas por daños en las instalaciones aseguradas. Limpieza se refiere a la remoción o retiro de material extraño que no permite la operación normal del asegurado. Los costos de extinguir incendios en el predio y en áreas vecinas se refieren a todos aquellos gastos incurridos por el asegurado con la finalidad de evitar daños a sus instalaciones. Cualquier otro gasto necesario para dejar óptimo el lugar del siniestro se refiere a todos aquellos gastos incurridos luego de la ocurrencia (para reparar daños y pérdidas consecuenciales) de un siniestro, en que el asegurado incurra con la finalidad de habilitar las instalaciones temporales y definitivas a fin de reiniciar las operaciones en el mas corto plazo.

11.6 GASTOS EXTRAS PARA TODAS LAS COBERTURAS

Se extiende a cubrir los gastos adicionales en que incurra el asegurado para disminuir las pérdidas o daños como consecuencia de daños o destrucción a la propiedad asegurada causado por cualquiera de los riesgos cubiertos por esta póliza y de esta forma el asegurado pueda continuar con su actividad normal. Dichos gastos adicionales serán reconocidos durante el tiempo requerido y necesario para reconstruir, reparar o reemplazar la propiedad dañada, o colocar al asegurado en la misma condición en que se encontraba inmediatamente antes de ocurrir tal daño o pérdida; aún cuando dicho gasto no contribuya a la reducción de la pérdida de beneficios o Lucro Cesante cubierta por esta póliza. Estos gastos extras son en exceso de cualquier otro especificado en cualquiera de las coberturas de la póliza.

Entre algunos de estos “Gastos extras” podemos citar los siguientes, los que no son únicos y que no están limitados sólo a dichos gastos, pudiendo existir otros gastos razonables y necesarios considerados como “Gastos Extras” como:

Alquiler de locales Pago de honorarios profesionales y alquileres de máquinas, equipos y otros. Mayor gasto por aplicación de cualquier ley u ordenanza que regule la construcción y

reparación Uso de edificios. Compras de energía en el sistema interconectado en forma directa o indirecta,

considerándose el costo marginal para la indemnización. Gastos adicionales por limpieza, descontaminación por un accidente causado en su local

u otro o lugar que compromete la paralización de las operaciones del asegurado. Gastos de auditoria y peritaje especializados para la certificación de la pérdidas. Gastos por reconstrucción de documentos y modelos. Gastos por la demora del inicio de los trabajos de reparación, debido a trámites

administrativos ante las autoridades pertinentes Gastos efectuados por el asegurado en caso no se permita el acceso a su local a

consecuencia de daños a propiedades adyacentes.

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

69

Page 70: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

Cualquier otro gasto variable que origine pérdida para el asegurado y que esté relacionado con la paralización de sus operaciones por un siniestro cubierto por la póliza.

Sobre tiempos, trabajos nocturnos, fines de semana y feriados.

11.8 LUCRO CESANTE CONTINGENTE DE CLIENTES Y PROVEEDORES

Incluye Terrorismo, Huelgas, Conmoción Civil, Daño Malicioso y/o Vandalismo.

La presente póliza se extiende a amparar las siguientes pérdidas contingentes por asegurado:

1) Perjuicio por paralización contingente por interdependencia: La póliza se extiende a cubrir las pérdidas por paralización de una determinada central, grupo generador, instalación, equipo o servicio o proveedor y que sin haber sido directamente afectada por un siniestro indemnizable, se vea impedida de continuar su actividad comercial normal debido a una pérdida o daño en las operaciones de sus proveedores.

2) Perjuicio por paralización Contingente de clientes: se cubre contra pérdidas del asegurado, que resulten de la interrupción necesaria de la actividad/negocio, del cliente del asegurado, ocasionadas por daño físico directo en sus operaciones.

CONDICIONES ESPECIALES ACLARATORIASComo resultado del proceso de absolucion de consultas y observaciones se efectuan las siguientes aclaraciones a la presente poliza

1. Con relación a:

a. Los estados financieros auditados del último ejercicio. b. La utilidad bruta anual de cada empresa por un periodo de indemnización de 12

meses. c. La siniestralidad detallada de los últimos 5 años de cada una de las empresas. d. Informes de inspección de las ubicaciones principales.e. En relación a las centrales de generación: Clasificación de cada una por tipo de

actividad (hidráulica, térmica, turbinas a gas); Potencia de generación, cantidad de unidades, con sus marcas, modelos, especificaciones, fecha de fabricación y último mantenimiento mayor; Horas de operación desde inicio de operaciones y desde su último mantenimiento; Turbinas a gas / Ciclos combinados: si se poseen contratos de operación / mantenimiento con fabricantes, provisión de repuestos.

f. En relación a las empresas de distribución / transmisión: La apertura de suma asegurada por subestaciones, indicando cantidad y potencia de transformadores; para transformadores de potencia superior a 50 MVA, detalle de los mismos indicando potencias, tensiones, fecha de fabricación y fecha de último mantenimiento mayor; líneas de transmisión, cantidad de kilómetros de tendidos, cúmulo por zonas cresta. Se pide cubrir un límite de US$ 25 MM.

g. Las estimaciones de pérdidas de cada empresa (a modo referencial).h. Desglose completo de valores por cada Asegurado y por ubicación. La información

alcanzada es global (sin detalle por Asegurado) y no comprende el desglose por Asegurado.

i. Desglose de valores por zona cresta de terremoto.

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

70

Page 71: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

j. Planes preventivos de Riesgos de la Naturaleza del patrimonio de las empresas participantes.

k. Maquinaria cubierta bajo Todo Riesgo de Equipos de Contratistas – TREC.l. Horas de funcionamiento a la fecha de todos los componentes mayores de la planta

– en el caso de turbinas a gas, horas de funcionamiento equivalente a la fecha.m. Frecuencias y fechas de los últimos overhauls e inspecciones; respecto a las

hidroeléctricas: calidad del agua (turbidez, sedimentos del reservorio, etc)n. Unidad de Planta y generación disponibilidad y confiabilidad de datos (histórico y

predicho por el período de la indemnizacióno. Relación de Maquinaría cuyo valor individual es Mayor a US$ 100,000.00 para la

cobertura de Rotura de Maquinaria (turbinas, Generadores, etc.) y TREC (relación de equipos) y Equipos Mayores a US$ 25,000 para la cobertura de Equipo Electrónico.

p. El valor declarado para Líneas de Transmisión y el valor declarado para Líneas de Distribución Eléctrica por cada una de las empresas que forman parte de la presente convocatoria, así como la información sobre la longitud, ubicación, tramo.

q. Relación de los repuestos principales con los que cuenta en Detalles de las protecciones contra incendio en la casa de maquinas, transformadores, cuarto de control y cableado. Nivel de calificación de los empleados. Turnos de trabajo.

r. Detalle del programa de mantenimiento.

La información precedente disponible, así como los Estudios de Pérdida Máxima probable, se entregará en un disco compacto a las aseguradoras al momento de registrarse como postores participantes al momento de comprar las bases.

2. Se confirma que los montos asegurados son por cada Asegurado; es decir un total asegurado de US$ 1,780’000,000, pero límite máximo por evento US$ 1,000,000,000.

3. Con relación al contenido de asegurados del Seguro de Incendio Todo Riesgo y Lucro Cesante se precisa que los asegurados adicionales a los que se refiere la descripción, están relacionados directamente con las entidades y sus accionistas. No se tiene programado adquirir más empresas que las actuales, sin embargo, es decisión del gobierno central la formación o adquisición de empresas.

4. Se precisa que el sublímite CAR / EAR se refiere a los sublímites para los bienes nuevos o ampliaciones incluyendo pero no limitado a: reubicación de estructuras, ampliaciones, mejoramientos, obras de índole preventivo y otros, cuyo valor se encuentre por debajo del límite especificado, incluyendo en planta interna y externa. Para trabajos sobre bienes existentes (ampliaciones, overhaul, etc.) estos bienes deben cubrirse hasta el límite principal indicado para cada asegurado, incluyendo las coberturas y extensiones indicadas en la póliza.

5. Se precisa que el cálculo del lucro cesante está detallado en la cláusula 10.39 del slip técnico de la póliza de seguro de incendio todo riesgo.

6. Con relación al numeral 3.1.1. de la póliza de Seguro de Incendio Todo Riesgo y Lucro Cesante, se aclara que la suma asegurada máxima por cada empresa está indicada en el numeral 6 del slip técnico de la póliza de seguro de incendio todo riesgo.

7. Se precisa que la cobertura de explosión de calderos debe ser considerada bajo la cláusula de Todo Riesgo de incendio.

8. Con relación al incremento en el costo de operación no se puede determinar antes de la ocurrencia de un siniestro. Se refiere a los mayores costos que se deben reconocer por motivos de siniestros, tales como, compra de energía a costo marginal en el sistema interconectado, generación alternativa a través de grupos electrógenos o de otro tipo, alquiler de equipos, uso de reticulados, cuadrillas de linieros, contratistas y otros destinados a restituir y garantizar el servicio de electricidad.

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

71

Page 72: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

No se está pretendiendo cubrir el incremento habitual de la operación, sino aquel incremento extraordinario por causa de un siniestro. Como tal partida, no existe en el estado de ganancias y pérdidas.Las Compensaciones por la NTCSE se originan por la falta de entrega del servicio de electricidad a los usuarios finales y no es necesaria su mención en el contrato para que sea de aplicación. Estas compensaciones generan un perjuicio económico a la empresa eléctrica que no van necesariamente en proporción al daño causado a los usuarios. Además la misma norma indica que el pago de compensaciones y/o multas no exime al Suministrador de su responsabilidad por daños y perjuicios por la mala calidad de los servicios eléctricos.Se confirma que para el Sublimite, numeral 7.1 – se indica como S.A. 100,000.000 es el límite máximo por evento para todas las empresas.

9. Se aclara que el sublímite para las coberturas de Huelga, conmoción civil, daño malicioso, asonada, motín, sabotaje, vandalismo y terrorismo incluyendo Lucro Cesante Período de Indemnización 12 meses incluyendo Líneas de Transmisión y distribución incluye tanto los daños a instalaciones como a líneas de transmisión y distribución, incluyendo el lucro cesante en el mismo evento.

10. Se confirma que el Valor Declarado de Maquinaria, Equipo Electrónico y TREC incluye los conceptos de transporte y aduana.

11. Se adjunta un cuadro con las cifras corregidas de los Sub Totales y los Totales de los anexos 14-A y 14-B.

12. Se precisa que lo declarado bajo el concepto de Líneas de Distribución Incluye los cables eléctricos aéreos y subterráneos, postes, soportes, luminarias, pastorales, así como los accesorios componentes de las redes. Los transformadores aéreos y de caseta están declarados dentro del rubro de activos.

13. Se aclara que en la cláusula 10.39 del slip técnico (pág. 59 de las Bases) de la póliza de seguro de incendio todo riesgo se ha detallado la aplicación del concepto ¨compra de energía al Comité de Operación económica del sistema interconectado (COES-SINAC)¨.

14. Se precisa que la cobertura de Equipo Electrónico-Equipo Móvil cubre los equipos propios del asegurado y aquellos que se encuentran por alguna circunstancia bajo su responsabilidad.

15. Se precisa que cobertura de infortunio no excluye los equipos móviles portátiles, equipos de comunicación que sean electrónicos, equipos de computo, laptop, herramientas, y está afecta a la condición de restitución automática de la suma asegurada.

16. Se precisa que las siglas L.A.V. incluidas en las diversas coberturas del Programa de Seguros quieren decir “Limite Agregado Vigencia”.

17. Se precisa que el sublímite “Gastos de aceleración de trabajos en caso de siniestro” se refiere a las acciones tomadas por el asegurado para disminuir las pérdidas y serán sustentadas al momento de la ocurrencia.

18. Se precisa que el punto 7.24 “Obras de Arte y Similares” se refiere a cuadros, pinturas, esculturas, jarrones y en general cualquier objeto considerado como tal.

19. Se precisa que las empresas tienen existencias de Combustibles, pinturas, solventes y otros productos químicos.

20. Se precisa que la cláusula de cobertura automática no considera límite.21. Se precisa que los sublímites indicados en el slip técnico son por evento para todas las

empresas y no son en adición al límite máximo principal de indemnización para cada empresa.

22. Se precisa que la reposición por el conjunto incluye cuando la parte afectada por el siniestro ya no se fabrique debido a obsolescencia. En caso de producirse indemnización por pérdida total del conjunto, la aseguradora podrá rescatar los bienes indemnizados.

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

72

Page 73: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

23. Se precisa que para efecto de la cobertura básica de incendio, los daños por corto circuito se cubrirán por la cobertura de Todo Riesgo aún cuando no generen incendio.

24. Se precisa que la vigencia del sublímite culmina con la fecha de término de la póliza, por lo que la póliza de la siguiente vigencia deberá cubrir los daños que ocurran a partir de esa fecha, al igual que la presente póliza deberá cubrir los daños de las obras en curso.

25. Se precisa que los valores de los equipos y accesorios instalados en las líneas de transmisión y distribución eléctrica se encuentran incluidos en los valores declarados de líneas de transmisión y distribución. Asimismo, se precisa que el deducible aplicable es el indicado en el numeral 8.22 de la póliza de seguro de incendio todo riesgo.

26. Se precisa que en caso de producirse pérdidas o daños a taludes o terrenos donde se encuentran instalados o construidos los bienes asegurados, la póliza indemnizará el costo de reponer dichos taludes o terrenos bajo la cobertura de masas y subsuelos hasta un monto máximo por evento de US$. 1,000,000.

27. Se precisa que el valor declarado de cada empresa incluye además el afirmado del terreno para la construcción de las obras civiles.

28. Se precisa que la indemnización para pérdidas totales de equipos electrónicos, se hará en base al valor de reposición a nuevo del equipo similar (en calidad y capacidad) al siniestrado disponible en el mercado y en los casos en los cuales no exista el equipo en el mercado debido a su obsolescencia, siempre se considerará al inmediatamente superior disponible.

29. Se precisa que la cobertura de izaje para equipos pesados y/o cualquier otro bien de propiedad del asegurado y/o de terceros bajo su responsabilidad, se puede cubrir por los sublímites de montaje, TREC o hasta el límite principal de la póliza para lo que no se refiere a equipos pesados.

30. Se precisa que la cobertura de Transporte local e incidental se refiere a transporte nacional y transporte incidental, por lo cual es de aplicación lo indicado en el numeral 10.37 del slip técnico de las bases.

31. Se precisa que las empresas solo tienen cámaras de refrigeración para el acondicionamiento de perecibles y productos comestibles.

32. Se aclara que las oficinas y otras locaciones de empresas de distribución y generación pueden ser atendidas por operadores diferentes.

33. Se aclara que el punto indicado en el numeral 38, literal c), se encuentra dentro de los alcances del numeral 7.10 cobertura de lucro cesante contingente por vías de acceso, y se aplicará hasta el límite indicado en dicho numeral.

34. Se precisa que los conceptos indicados en numeral 10.39, literales e) y f) serán de aplicación siempre que exista una pérdida amparada por la póliza.

35. Se precisa que los valores declarados por utilidad bruta anual, margen bruto o margen comercial del negocio, para cubrir el riesgo de lucro cesante, corresponden a 12 meses.

36. Se precisa que el concepto de Gastos Extras es cubrir los costos necesarios para restituir y garantizar el servicio brindado, así como aquellos gastos para minimizar las pérdidas.

37. Se precisa que la cobertura de perjuicios y compensaciones por la Norma Técnica de calidad de los servicios eléctricos se debe cubrir bajo el concepto de lucro cesante de la cobertura afectada, sin perjuicio de reclamación de pérdidas por parte de terceros.

38. Se precisa que la cobertura para pérdidas por Lucro Cesante en caso se tenga que paralizar la operación, debido al incremento de sedimentos y partículas de arena y tierra en el agua que superen las condiciones normales de limpieza en los desarenados y/o operación de los equipos, es a consecuencia de un riesgo cubierto por la póliza.

39. Se precisa que la cobertura de los gastos para adoptar las medidas necesarias y razonables para proteger y conservar las propiedades ante una amenaza de daño, se indemnizarán hasta el límite máximo indicado como suma asegurada principal indicada

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

73

Page 74: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

para cada asegurado. Asimismo, el costo que representen las acciones tomadas por el asegurado para evitar pérdidas ante una amenaza de daño se deben cubrir por la póliza.

40. Se precisa que la cobertura para las computadoras personales portátiles como laptop y palms de propiedad de empleados (siempre que estas sean utilizadas al servicio y/o en beneficio del asegurado) se cubren tanto por el límite de equipo móvil, como por el límite de infortunio, según las circunstancias de la pérdida. Asimismo, la extensión incluye a los trabajadores de la empresa en general.

41. Se precisa que el límite asegurado por concepto de daños a las obras civiles e hidráulicas durante los trabajos de remoción, descolmatación y limpieza del cauce de los ríos es la suma asegurada principal indicada para cada asegurado en la póliza,

42. Se precisa que al margen comercial está definido en el primer párrafo del literal b del númeral 10.39(página 59 de las bases).

43. Se precisa que la cobertura para las pérdidas por Lucro Cesante en caso que se tenga que paralizar la operación debido al incremento de sedimentos y partículas de arena y tierra en el agua que supere las condiciones normales de limpieza en los desarenados y/o operaciones de los equipos se otorgará siempre y cuando dicha anomalía sea como consecuencia de un siniestro cubierto por la póliza.

44. Se precisa el numeral 10.46 en los siguientes términos: En caso de siniestro la empresa asegurada decidirá si: a) La cía aseguradora se encargará de la reposición del bien, en coordinación con la empresa asegurada, o b) Se recibirá el monto de la indemnización que corresponda.

En todos los casos, las empresas aseguradas se sujetarán al ordenamiento legal vigente.

45. Se precisa que el límite para los gastos de rescate de la cobertura TREC es el indicado en el numeral 7.5. Asimismo, se precisa que el deducible está incluido dentro del deducible de daño material.

46. Se precisa que la cobertura para robo por escape, ratería, hurto, sustracción sistemática, estafa, fraude o desaparición dentro del riesgo de transporte incidental, se cubrirá aquello que no sea reclamado o aplicable por la póliza de deshonestidad 3D.

47. Se precisa que el término ¨Defensa¨, del numeral 11.5-Gastos Extraordinarios, se refiere a aquellos gastos en que deba incurrir el asegurado para constituir protecciones a fin de evitar o minimizar las pérdidas por daños en las instalaciones aseguradas.

48. Se precisa que el término ¨Limpieza¨, del numeral 11.5-Gastos Extraordinarios, se refiere a la remoción o retiro de material extraño que no permite la operación normal del asegurado.

49. Se precisa que el término ¨Costos de extinguir incendios en el predio y en áreas vecinas¨, del numeral 11.5-Gastos Extraordinarios, se refieren a todos aquellos gastos incurridos por el asegurado con la finalidad de evitar daños a sus instalaciones.

50. Se precisa que el término ¨Cualquier otro gasto necesario para dejar óptimo el lugar del siniestro¨, del numeral 11.5-Gastos Extraordinarios, se refiere a todos aquellos gastos incurridos luego de la ocurrencia (para reparar daños y pérdidas consecuenciales) de un siniestro, en que el asegurado incurra con la finalidad de habilitar las instalaciones temporales y definitivas a fin de reiniciar las operaciones en el mas corto plazo.

51. La información referida al desglose de valores declarados por predio será proporcionada al postor ganador de la buena pro, conforme al formato indicado en la Resolución No. 1305-2005.

52. Se precisa que los equipos electrónicos cuentan con estabilizadores y UPS segùn lo indique el fabricante.

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

74

Page 75: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

53. Los equipos electrónicos, por su menor valor, deben tener un deducible diferenciado. El límite indicado en la cobertura de Lucro Cesante puede ser incluido en las sumas aseguradas para los riesgos indicados, sin embargo, los deducibles se mantienen.

54. Se aclara que los precios de mercado son establecidos cada 15 minutos en base al precio de la generadora más cara que está operando en ese momento. Dichos costos no pueden considerarse en el valor declarado, pues no son tarifas fijas a lo largo del año, sin embargo, el único mercado al que pueden acudir los generadores para comprar energía es al sistema interconectado nacional. La pérdida de margen bruto tiene que ser como consecuencia de un evento cubierto por la póliza.

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

75

Page 76: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL GENERAL

1. ASEGURADO

Empresa Concesionario de Electricidad de Ucayali S.A. ELECTRO UCAYALI S.A. y/o Empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica S.A. ADINELSA y/o Empresa de Generación Eléctrica de Arequipa S.A. EGASA y/o Empresa de Generación Eléctrica del Sur S.A. EGESUR y/o Empresa de Generación Eléctrica Machupicchu S.A. EGEMSA y/o Empresa de Generación Eléctrica SAN GABAN S.A. y/o Empresa de Servicio Público de Electricidad del Nor Oeste del Perú S.A. ELECTRONOROESTE y/o Empresa de Servicio Público de Electricidad Electro Norte Medio S.A. HIDRANDINA y/o Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad de Puno S.A.A - ELECTROPUNO S.A.A y/o EMPRESA ELECTRICIDAD DEL PERU ELECTROPERU S.A. y/o Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Centro S.A. - ELECTROCENTRO S.A. y/o Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Norte S.A. - ELECTRONORTE S.A. y/o Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Oriente S.A. ELECTRO ORIENTE S.A. y/o Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Sur Este S.A.A - ELECTRO SUR ESTE S.A.A. y/o Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Sur S.A.- ELECTRO SUR S.A. y/o Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. - SEAL y/o sus empresas afiliadas, asociadas y/o subsidiarias y/o controladas y/o sucursales y/o empresas conexas y/o cualquier otra empresa relacionada y/o empresa con accionariado común que forme parte y/o llegue a formar parte del Grupo del Asegurado.

2. MATERIA DEL SEGURO

- Responsabilidad Civil Extracontractual - Responsabilidad Civil Contractual- Responsabilidad Civil Patronal- Responsabilidad Civil de Productos

3. SUMA ASEGURADA EN AGREGADO VIGENCIA PÒR EMPRESA

Electroperú y EGASA US$ 5,000,000Demás empresas US$ 3,000,000

4. CLAUSULAS ADICIONALES

4.1 Ámbito jurisdiccional / territorial: Perú.4.2 Cubre Trabajos subterráneos.4.3 Incluye Gastos y costes de defensa.4.4 Contaminación y/o polución súbita y accidental.4.5 Responsabilidad civil de vehículos en exceso de la póliza de vehículos del grupo.4.6 Responsabilidad Civil Cruzada.

4.7 Incluye a los trabajadores y el personal de los contratistas y/o subcontratistas, así como a las personas que mantengan cualquier vínculo laboral con la empresa y/o que brinden servicios, aún cuando no se encuentren registrados en la planilla del Asegurado, siempre que se encuentren efectuando trabajos para el Asegurado.

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

76

Page 77: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

4.8 Responsabilidad Civil derivada del uso y/o manipuleo y/o almacenamiento y/o transporte de explosivos y detonantes y/o productos peligrosos y/o químicos y/o hidrocarburos y/o combustibles.

4.9 Clubes asociados y academias deportivas.

4.10 Talleres de reparación.

4.11 Cines, teatro y/o salas de conciertos y convenciones.

4.12 Colegios, instituciones de enseñanza.

4.13 Oficinas y similares

4.14 Gastos de defensa penal hasta US$ 10,000 por evento.

4.15 Gastos admitidos hasta US$. 20,000 por evento.

NOTASe precisa que los gastos admitidos se refieren a los gastos en los que puede incurrir el asegurado inmediatamente después del siniestro, con la finalidad de transar con los afectados para evitar demandas posteriores y sanciones de los entes reguladores, dado que existen procedimientos normados con tiempos definidos para la solución de las eventualidades que ocurran con las empresas del sector eléctrico.

4.16 Vehículos de terceros y/o ajenos, incluyendo vehículos alquilados o con contrato, en exceso de la póliza de vehículos.

4.17 Ascensores, grúas, montacargas y/o cargadores frontales, escaleras mecánicas, equipo móvil y/o equipos o maquinarias similares, dentro y fuera de sus predios.

4.18 Locales y operaciones.

4.19 Locatarios y/o arrendatarios.

4.20 Responsabilidad civil para propietarios de locales y edificios.

4.21 Incendio y/o explosión y/o daños por agua y/o daños por humo.

4.22 Contratistas y/o subcontratistas independientes.

4.23 Contratistas de obras.

4.24 Suministro de alimentos y bebidas.

4.25 Gastos médicos admitidos hasta USD 5,000 por persona.

NOTASe precisa que los gastos médicos admitidos son los que se indemnizarán hasta por los sublímites establecidos en la presente póliza como gastos razonables por concepto de primeros auxilios prestados durante las primeras setenta y dos (72) horas siguientes a la ocurrencia de los hechos, tales como los servicios médicos, quirúrgicos, de evacuación, traslado, hospitalización, enfermería y farmacia, que sean el resultado de lesiones causadas a terceros, en desarrollo de sus actividades, sin que sea necesaria la existencia de una responsabilidad del Asegurado. Para

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

77

Page 78: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

efectos de este amparo, no habrá lugar a la aplicación de deducible. El límite es por persona, no por evento.

4.26 Playas de estacionamientos.

4.27 Trabajos terminados.

4.28 Uso de armas de fuego.

4.29 RC de la carga transportada que cause daños a terceros.

4.30 Transporte de personal.

4.31 Eventos sociales y culturales.

4.32 Rehabilitación automática de la suma asegurada.

4.33 Responsabilidad Civil como consumidor directo de combustible, GLP y GN.

CLAUSULA DE ASEGURADOS MULTIPLES

f) Queda anotado y acordado que si el Asegurado descrito en la póliza comprende más de una parte asegurada, cada una de las cuales opera como una entidad separada y distinta, entonces, se aplicará la cobertura en virtud de esto en la misma forma y extensión como si pólizas individuales hubieran sido emitidas a cada una de las partes aseguradas, sujeto a que la responsabilidad total de los Aseguradores hacia la totalidad de las partes aseguradas no exceda la suma asegurada, los límites y los sub-limites indicados en la póliza.

NOTASe precisa que la suma asegurada es un límite máximo de indemnización por empresa y evento.

g) Queda entendido que las partes aseguradas en todo momento preservarán y respetarán los acuerdos contractuales celebrados por las partes aseguradas y los recursos contractuales de tales partes en la eventualidad de una pérdida o daño.

h) Queda entendido y acordado que los aseguradores no podrán reclamar indemnización por perjuicios de cualquiera de las partes aseguradas, en caso que cualquiera de las demás partes aseguradas en la presente póliza cometiera un Acto de Vicio, es decir si cometiere fraude o falsedad, omitiere cualquier información, incumpliere cualquier garantía o condición de esta póliza incluyendo la falta de pago de las primas.

NOTASe precisa que la referida condición hace mención únicamente a que si una de las partes hubiera cometido acto de vicio tal como está definido, no afectará el derecho de las otras partes que han actuado en forma adecuada.

i) Sin embargo se acuerda que un Acto de Vicio cometido por una parte asegurada no perjudicará el derecho a indemnización de cualquier otra parte asegurada que tenga interés asegurable y que no haya cometido un Acto de Vicio.

j) Los Aseguradores acuerdan renunciar a los derechos de subrogación que pudieran tener o adquirir contra cualquiera de las partes, excepto cuando estos derechos de subrogación sean como consecuencia o resultado de un Acto de Vicio, en cuyas circunstancias los Aseguradores podrán hacer valer dichos derechos, no obstante el estado legal vigente o anterior de la parte

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

78

Page 79: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

que incurriere en Vicio como Asegurado. Queda anotado, sin embargo, que los Aseguradores no ejercerán ninguno de dichos derechos de subrogación que de cualquier modo resulten en competencia con los derechos de las Partes Financieras con respecto a sus intereses en el Proyecto o en los dineros obtenidos sobre estos.

5. CONDICIONES ESPECIALES ADICIONALES

5.1 Están cubiertos los reclamos de terceros por daños materiales y personales que sufran como consecuencia del uso por parte del asegurado de torres, líneas de transmisión, cables eléctricos y antenas, canales, represas, desborde de aguas, tuberías de presión y/o cualquier otra instalación de generación, transformación y distribución de energía eléctrica operada o bajo responsabilidad del asegurado, incluyendo los casos de concurrencia de causas.

5.2 La póliza cubre los daños y/o pérdidas a consecuencia de la generación de energía eléctrica, transmisión y distribución a través de las líneas de energía eléctrica así como por el uso de la energía eléctrica, y los producidos por campos electromagnéticos.

NOTASe precisa que los daños que pudieran causar los campos electromagnéticos están sujetos a evaluación y prueba por parte de los afectados o a una sentencia judicial.

5.3 Bajo Resp. Civil de Productos se ampara los daños y/o pérdidas, incluyendo el Lucro Cesante que pueda causar la energía eléctrica a terceros en general y la entregada a clientes.

5.4 El Asegurador indemnizará al Asegurado las cantidades que legalmente tuviera que pagar por reclamo de usuarios del servicio eléctrico motivado por lesiones o daños causados a sus maquinarias y/o equipos y/o artefactos eléctricos e instalaciones en general registrados como consecuencia de una elevación o disminución repentina del voltaje o cualquier incidente similar que origine, con su personal y/o contratados fijos o temporales. Se cubre también bajo Responsabilidad Civil el Lucro Cesante de terceros afectados por la paralización total o parcial debido a la falta y/o falla del suministro eléctrico.

5.5 Bajo esta póliza están cubiertos los daños y/o perjuicios que cause el asegurado los bienes de sus clientes, que le han sido entregados para su trabajo, asi como al personal del cliente.

5.6 Los daños y perjuicios pueden ser derivados de los trabajos que efectúe el Asegurado tales como instalaciones, reparaciones, mantenimiento y otras relacionados con su actividad.

5.7 En caso el asegurado efectúe trabajos en locales de clientes están cubiertos los daños que cause a los bienes del cliente y que se encuentren bajo su custodia y control así como el personal del cliente.

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

79

Page 80: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

5.8 Bajo R.Civil se cubren policías particulares, trabajadores contratados y/o practicantes y/o eventuales, y/o trabajadores en base a honorarios profesionales y/o transportistas y/o vendedores libres y/o comisionistas y/o personal de terceros al servicio del asegurado y en general cualquier trabajador que desarrolle actividades para el asegurado.

5.9 Se extiende a cubrir la responsabilidad civil derivada por el uso indebido de bienes propios y/o de terceros por personas no autorizadas dentro y/o fuera de los locales

5.10 Ampara la responsabilidad del asegurado en caso de daños materiales y personales o perjuicios a los familiares de los trabajadores o terceros que participen en los programas de extensión cultural, recreativo, capacitación y actividades sociales, espectáculos y demás eventos que organice, promocione y/o desarrolle el asegurado dentro y/o fuera de sus locales.

5.11 Bajo la cobertura de trabajos terminados se ampara la responsabilidad civil en que incurra el asegurado por daños corporales y/o materiales, incluido el Lucro Cesante, ocasionados a sus clientes y/o terceros, como consecuencia de accidentes atribuibles a un trabajo defectuoso, una vez que el asegurado haya terminado o suspendido dicho trabajo.

5.12 Cubre la Responsabilidad Civil por uso de ascensores, grúas, montacargas, cargadores frontales, escaleras mecánicas, equipo móvil con y sin placa de rodaje y/o equipos o maquinarias similares y se amplía a cubrir los daños materiales y/o personales causados por maquinarias y/o equipos móviles que se encuentren dentro o fuera de los predios asegurados, que sean de propiedad del Asegurado y que estén o no bajo su cuidado, custodia y/o control y/o sobre aquellos en los cuales tenga un interés asegurable.

Asimismo, cubre los daños materiales y/o personales causados por maquinarias y/o equipos móviles que se encuentren dentro o fuera de los predios, de propiedad de terceros pero que se encuentren bajo cuidado, custodia y/o control del Asegurado.

5.13 La cobertura de Responsabilidad Civil Patronal se extiende a cubrir las demandas judiciales que interpongan al Asegurado sus obreros y/o empleados en planilla o contratados bajo cualquier modalidad, por accidentes fuera de horas de trabajo, pero dentro de los predios del Asegurado o fuera de los predios del Asegurado en comisión de trabajo, al servicio del Asegurado.

NOTASe precisa que dada la naturaleza de las operaciones de los asegurados involucrados en la compra corporativa, sus trabajadores o contratados bajo cualquier modalidad pueden atender emergencias o comisiones de servicio durante las 24 horas del día, todos los días del año y a lo largo de las zonas de concesión u operación de las empresas. Además, ésta condición no pretende transformar la póliza de responsabilidad civil en una póliza de accidentes personales debido a que se refiere a demandas judiciales. La póliza de accidentes personales es de actuación inmediata.

5.14 Se considerarán terceros a los familiares del personal del Asegurado y/o de los contratistas y subcontratistas.

NOTA

Asimismo, a cualquier persona, natural o jurídica distinta de:

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

80

Page 81: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

- El CONTRATANTE o el ASEGURADO. - Personas miembros de la familia del ASEGURADO y/o del CONTRATANTE considerándose

como tales a: los cónyuges, los ascendientes, los descendientes, los hermanos y, en general, los familiares hasta el cuarto grado de consanguinidad y el segundo de afinidad, incluyendo el padre adoptante o hijo adoptivo, así como la (o el) conviviente.

- Personas, naturales o jurídicas, que sean socios o formen parte del accionariado del ASEGURADO y/o CONTRATANTE.

- Personas que sean parte de la Administración, así como directivos, empleados y/o trabajadores, sea que estén en planilla o contratados o que, de hecho o de derecho, tengan alguna relación de dependencia con el ASEGURADO y/o CONTRATANTE.

Lo indicado, sin perjuicio de la cobertura de Responsabilidad Civil Patronal y las extensiones referidas a esta, así como sin perjuicio de los alcances de la extensión de Responsabilidad Civil cruzada y la cláusula de asegurados múltiples.

5.15 Incluyendo Responsabilidad Civil para Consultorios y Centros Médicos (limitado hasta USD 50,000 por evento) aplicable al consultorio y centro médico del Centro de Operación. Se excluye la responsabilidad civil profesional.

5.16 La presente póliza ampara la responsabilidad civil derivada del uso, almacenamiento,

manipuleo y transporte de líquidos y gas combustible y/o inflamable y/o explosivos y/o productos químicos.

5.17 La cobertura Responsabilidad Civil ampara los gastos incurridos en la defensa del personal de la empresa por reclamos de terceros por daños o perjuicios atribuibles a la operación de la empresa.

5.18 Está cubierta la responsabilidad legal en que incurriera el asegurado por daños a terceros, ocasionadas por variaciones perjudiciales de aguas, atmósfera, suelos o por el ruido.

5.19 La Cláusula de contaminación, se extiende a cubrir los daños producidos por perjuicios al medio ambiente, especialmente daños y/o gastos y/o lesiones originadas directa e indirectamente por acción de la contaminación accidental, súbita e imprevista o envenenamiento del aire, del suelo o del agua, por uso de combustible, por el ruido, olores, vibraciones, electricidad, temperatura, radiaciones visibles e invisibles, siempre y cuando el efecto perjudicial se deba a un acontecimiento repentino, no previsto, no esperado por el asegurado.

6. DEDUCIBLE

10% del monto indemnizable, mínimo US$ 500 solo para daños materiales

CONDICIONES ESPECIALES ACLARATORIASComo resultado del proceso de absolucion de consultas y observaciones se efectuan las siguientes aclaraciones a la presente poliza

1. Descripción en detalle de los riesgos y/o los servicios prestados y/o los trabajos realizados.

Las empresas participantes de la compra corporativa son empresas que se dedican principalmente a actividades de generación y distribución de energía eléctrica, y sus

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

81

Page 82: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

riesgos están vinculados a las actividades de generación y distribución, asimismo operan centrales hidroeléctricas y térmicas aunque también operan líneas de transmisión propias principalmente para llevar la energía hasta los puntos de entrega al sistema interconectado nacional (SINAC) donde la reciben los transmisores y la transportan a lo largo de nuestro territorio. Respecto a las operaciones de distribución de energía, estas empresas se dedican al servicio público de electricidad aunque también tienen actividades de generación, para consumo de sus propios clientes, y transmisión, para llevar la energía a distintas poblaciones o empresas dentro de su zona de concesión. Tanto las generadoras como las distribuidoras pueden tener clientes finales directos. A estos clientes se les llama clientes libres, y adquieren la condición de tales por su nivel de consumo de energía, lo cual les permite negociar sus contratos de abastecimiento con generadoras o la distribuidora de la zona directamente, así como pactar sus propias tarifas.

2. Con relación a:

a) Siniestralidad detallada de los últimos cinco años de cada una de las empresas, la cual indique montos indemnizados, montos reservados, año y motivo.

b) Cantidad de empleados y sus remuneraciones anuales.c) Cantidad y características de los vehículos.d) Ingresos del 2006 y la proyección del 2007 .e) Ingresos del 2006 y la proyección del 2007.f) Facturación de los últimos 12 meses por empresa y estimado para los próximos 12

meses por cada Asegurado.g) Cifras de rendimiento / MW por cada Asegurado.h) Longitud de las líneas de transmisión por cada Asegurado.i) Información respecto a localesj) Información respecto de dimensiones de las represas, dimensiones de la reservorio,

capacidad en MW, exposición aguas abajo, descripciones de la infraestructurak) Número de clientesl) Los Estados Financieros Auditados al 31.12.2006, de las empresas que forman parte

del presente proceso.

La información precedente disponible, así como los Estudios de Pérdida Máxima probable, se entregará en un disco compacto a las aseguradoras al momento de registrarse como postores participantes al momento de comprar las bases.

3. Se precisa que las empresas participantes si exigen a los contratistas y sub contratistas tener su propia póliza de responsabilidad civil.

4. Se confirma que el límite asegurado es de US$5MM en agregado anual para ELECTROPERU y EGASA; y de US$3MM para las demás empresas.

5. Se precisa Ninguna de las empresas participantes transportan, manipulan y/o almacenan explosivos y detonantes.

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

82

Page 83: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

SEGURO DE DESHONESTIDAD 3-D

Asegurado : Electroperu S.A. y/o Electro Oriente S.A. y/o Empresa de Generaciòn Elèctrica del Sur S.A. y/o Empresa de Generaciòn Elèctrica de Arequipa S.A. y/o Empresa de Generaciòn Elèctrica Machupicchu S.A. y/o Empresa de Generaciòn Elèctrica San Gaban S.A. y/o Hidrandina S.A. y/o Electrocentro S.A. y/o Electronoroeste S.A. y/o Electronorte S.A. y/o Empresa Regional de Servicio Pùblico de Elèctricidad Electrosur S.A. y/o Electro Ucayali S.A. y/o Electro Sur Este S.A.A. y/o Sociedad Elèctrica del Sur Oeste S.A. y/o Electro Puno S.A. y/o Empresa Administradora de la Infraestructura Elèctrica S.A. ADINELSA y/o empresas afiliadas, asociadas y/o subsidiarias y/o controladas y/o sucursales y/o empresas conexas y/o cualquier otra empresa relacionada y/o empresa con accionariado común que forme parte y/o llegue a formar parte del Grupo del Asegurado, a ser declarado posteriormente a la aseguradora .

Riesgo : Deshonestidad 3D

Condición EspecialDe póliza : Las coberturas descritas en la póliza serán aplicables en su

totalidad para todas las empresas que figuran como contratantes o tomadores del seguro, salvo aquellas condiciones que se indican aplicables expresamente a una o más empresas.

Interés Asegurado : Sobre bienes de propiedad del asegurado o personal a su servicio y/o de terceros que estén a su cargo, custodia y/o control y/o por los que sea de alguna manera responsable, contenido en locales propios y/o de terceros, y/o a la intemperie (para bienes que suelen mantenerse a la intemperie, excepto cables y conductores eléctricos instalados en operación para el Convenio VI) en todo el territorio nacional en forma permanente o temporal, entendiéndose como tales principalmente dinero, valores, existencias, activos incluyendo instalaciones fijas.

Ubicación del riesgo : Cualquier lugar de la república donde el asegurado tenga operaciones y/o intereses.

Coberturas y Sumas Aseguradas

Convenios

Convenio I Deshonestidad de trabajadores US$. 200,000

Convenio IIGrupo Distriluz US$. 300,000Demàs

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

83

Page 84: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

a) Diario US$. 50,000b) Dos veces al mes en exceso de a) para Electropuno y Electroriente y Electroucayali

US$. 70,000Se cubre la pérdida de dinero y/o valores: Ocurridos dentro del local, locales de los centros autorizados de recaudación (CAR), centros

autorizados de servicio (CAS), centros de atención descentralizada (CAD) y locales de entidades bancarias.

Contenidos en Cajas de Seguridad Empotradas, Cajas Fuertes, Cajas de Caudales y Bóvedas, cajones de escritorio, caja chica, Caja registradora, y/o fuera de cualquiera de estas.

Convenio III Pérdida de dinero y/o valores fuera de los locales. US$. 30,000Pérdida de dinero y/o valores ocurrida fuera del local del asegurado, mientras sean transportados por cualquier empleado y/o funcionario y/o mensajero y/o cobrador/vendedor y/o empresa (incluyendo a los empleados de los CAR, CAS, CAD y services) o persona a la que se le ha encargado el traslado y/o por cualquier compañía de vehículos blindados de protección. Se cubren herramientas y equipos en tránsito.

Esta cobertura cubre el tránsito de dinero y/o valores entre los locales del asegurado, entre los locales del asegurado y/o bancos y/o clientes y/o viceversa y/o entre locales del asegurado y/o cualquier otro traslado que decidan efectuar

.Convenio IV Falsificación de documentos de ingreso US$. 250,000Pérdida sufrida a causa de la aceptación de buena fe y en cambio de mercancía o en pago de servicios prestados de cualquier giro postal o libranza, orden o cheque emitido o que se pretende haber emitido por un banco o entidad financiera, o por pérdida sufrida a causa de la aceptación de buena fe, durante el curso regular de los negocios, de papel moneda o billetes falsificados, ya sea de la República del Perú y/o del extranjero; adicionalmente, se cubre la falsificación de boletas de depósito y/o guías de remisión y/o carta de transferencia y/u ordenes de compra y/o cualquier otro documento similar, incluyendo aquellos de firmas reproducidas mecánicamente tales como facsímiles u órdenes de compra vía correo electrónico y/o internet y/o telecrédito.

15,000.00

Convenio V Falsificación de documentos bancarios y de salida. US$. 250,000 Pérdida sufrida por el Asegurado o por cualquier banco que se incluye en la evidencia de la pérdida y en el cual el asegurado mantenga una cuenta corriente o una cuenta de ahorros, de acuerdo a como aparezca sus intereses respectivos, a causa de la falsificación o alteración de cualquier cheque, giro, pagaré, letra de cambio, o cualquier otra nota comercial, orden o instrucción escrita de pagar alguna cantidad de dinero o entregar mercadería, emitida o girada por el Asegurado o girada a cargo de Asegurado, o emitida o girada por un tercero que actúe en calidad de agente del asegurado o que da a entender que ha sido emitida o girada tal y como se ha descrito más arriba.

Convenio VI Robo y Asalto US$. 200,000 Se amparan contra Robo, asalto y cualquier modalidad de sustracción ilícita, todos los bienes de propiedad del Asegurado y/o de terceros bajo responsabilidad, custodia y/o control del asegurado, con excepción de dinero y/o valores, mientras estén contenidos en los locales propios y/o de terceros y/o a la intemperie debido a su naturaleza (se excluyen cables y conductores instalados en operación).

Coberturas adicionales Hurto de activos, existencias, dinero, valores, bienes de funcionarios, directores, gerentes, empleados, proveedores, visitantes (incluyendo cuando aún no se encuentren bajo custodia del asegurado) US$. 20,000

Robo y Asalto de bienes de empleados, clientes, visitantes, proveedores,

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

84

Page 85: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

Gerentes, funcionarios y directores (incluyendo bienes del personal ydirectivos cuando se encuentren en tránsito en poder de mensajeros) US$. 10,000

DeduciblesPara Todos los convenios 10% del monto indemnizable, mínimo US$. 500.00Coberturas adicionales 10% del monto indemnizable, mínimo US$. 200.00Traslado en vehículos blindados Sin deducible

Cláusulas adicionalesCondicionado General de 3DHurtoRehabilitación automáticaPropiedades fuera del control del aseguradoAdelanto del 50% de la indemnizaciónInclusión automáticaDeshonestidad comprensivaReposición de productosTraslado de dinero (adjunta)Errores u omisionesTraslado temporalReemplazo a nuevoPropiedades de tercerosNombramiento de ajustadores

Condiciones especiales Bajo esta póliza se incluyen practicantes, eventuales, policías particulares, policías PNP y/o

personal de las FF.AA, proveedores de servicios, Transportistas, trabajadores contratados, eventuales, personal de cooperativa de servicios y/o cualquier persona que tenga vínculo laboral y/o de servicio con el asegurado y que no esté necesariamente formalizado y/o personal en base a honorarios profesionales y/o personal de terceros al servicio del asegurado aún cuando no se encuentren expresamente enumerados.

En caso de huelgas o paros bancarios, feriados y fines de semana, se duplicará el límite asegurado.

En caso el asegurado establezca locales adicionales dentro de la República del Perù, estos tendrán cobertura inmediata hasta los límites indicados en las condiciones de la presente póliza, sin pago de prima adicional. NOTA:Se precisa que la inclusión de locales adicionales, durante el periodo a ser asegurado, no afecta la exposición de la aseguradora más allá de lo que se tiene previsto, en base a los slips técnicos y los costos considerados en el valor referencial.

Ante la eventualidad de que el asegurado incumpla con adecuar el número de personas y las exigencias de seguridad para los límites de remesa establecidos, la Compañía de Seguros reconocerá en caso de siniestro hasta el monto establecido para el número de personas que hicieron el traslado.

Bajo el Convenio IV se cubre la falsificación de tarjetas de crédito, guías de almacén, órdenes de compra, guías de entrega y cheques de gerencia.

Se cubre en forma automática a las importaciones de mercaderías una vez que sobrepasen el tiempo de estadía en la aduana.

30 días de plazo para dar aviso de siniestro a la Cia de Seguros, una vez de enterarse la Gerencia de Finanzas del asegurado. En el caso que la demora produzca un incremento en la pérdida o perjudique los derechos de subrogación, únicamente no se indemnizará el incremento originado.

En el Convenio I no será necesario identificar al culpable. Se incluye en la cobertura a las mercaderías entregadas al asegurado en consignación, así como

activos del asegurado en locales de terceros.

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

85

Page 86: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

No se incluirá cláusula de garantía sin previo acuerdo con el asegurado o sus representantes. Dentro del Convenio III se cubren los tránsitos realizados por funcionarios y/o personas

encargadas a sus domicilios y/o viceversa hasta US$. 10,000.00. Bajo los convenios II y III se cubre toda pérdida, destrucción o desaparición de dinero y/o valores,

sin que la cobertura sea limitada a solo robo con fractura y/o asalto. La Cobertura bajo el Convenio III se extiende a cubrir cualquier traslado dentro del territorio

nacional (incluye viáticos) entre locales y/o lugares donde el cliente realice operaciones propias del giro del negocio. Asimismo bajo esta cobertura se cubren los traslados que el asegurado y/o personal autorizado por el asegurado realice en vehículos contratados en la vía pública.

Se excluye limitación de que el dinero esté guardado en Caja Fuerte para el convenio II. Las Sumas aseguradas son a primer riesgo absoluto. Todas las sumas aseguradas son a primer riesgo, no hay límites agregados anuales. La base de valorización de los bienes en caso de siniestro será el valor de reemplazo a nuevo. Las remesas pueden ser trasladadas a pie hasta 1000 metros de distancia desde el punto de

partida. Se cubre el dinero y/o valores en poder de empleados autorizados cuando por motivos de trabajo

estos deban efectuar viajes a provincias y/o el extranjero y se vea obligados a guardar el dinero y/o los valores en las habitaciones del hotel y/o locales similares donde se hospeden.

La Cobertura de la póliza es a nivel nacional, salvo los casos de extensiones. Bajo el Convenio I, adicionalmente se amparan los siniestros descubiertos posteriores a los tres

meses del vencimiento de la póliza contratada con la anterior aseguradora y cuyo origen se remonte a la vigencia pasada hasta 12 meses antes de la fecha de descubrimiento.

Bajo los Convenios II y III se incluye el costo de reposición de cheques y/o letras y/u otros documentos bancarios.

Bajo el Convenio III se cubre dinero y/o bienes y/o mercadería en tránsito en poder de empleados y/o cobradores/vendedores, personal de CAD, CAD, CAR y services, incluyendo cuando se encuentren dentro de los vehículos utilizados por ellos.

Bajo el Convenio I se asegura a los Vigilantes y Personal de Limpieza de terceras empresas contratadas para llevar a cabo este servicio a los asegurados, a pesar que – como práctica normal- se les exige a éstas empresas contar con un seguro de Deshonestidad. En el caso de ocurrir un acto deshonesto causado por personal de estas empresas de servicio, la aseguradora indemnizará directamente a los asegurados, pudiendo luego subrogarse contra la empresa del personal que causó el acto deshonesto.

Solo se considerarán aceptadas las medidas de seguridad que figuren expresamente en las condiciones particulares de la póliza.

CLAUSULA DE ASEGURADOS MULTIPLES

1. Queda anotado y acordado que si el Asegurado descrito en la póliza comprende más de una parte asegurada, cada una de las cuales opera como una entidad separada y distinta, entonces, se aplicará la cobertura en virtud de esto en la misma forma y extensión como si pólizas individuales hubieran sido emitidas a cada una de las partes aseguradas, sujeto a que la responsabilidad total de los Aseguradores hacia la totalidad de las partes aseguradas no exceda la suma asegurada, los límites y los sub-limites indicados en la póliza.

2. Queda entendido que las partes aseguradas en todo momento preservarán y respetarán los acuerdos contractuales celebrados por las partes aseguradas y los recursos contractuales de tales partes en la eventualidad de una pérdida o daño.

3. Queda entendido y acordado que los aseguradores no podrán reclamar indemnización por perjuicios de cualquiera de las partes aseguradas, en caso que cualquiera de las demás partes aseguradas en la presente póliza cometiera un Acto de Vicio, es decir si cometiere fraude o falsedad, omitiere cualquier información, incumpliere cualquier garantía o condición de esta póliza incluyendo la falta de pago de las primas.

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

86

Page 87: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

4. Sin embargo se acuerda que un Acto de Vicio cometido por una parte asegurada no perjudicará el derecho a indemnización de cualquier otra parte asegurada que tenga interés asegurable y que no haya cometido un Acto de Vicio.

5. Los Aseguradores acuerdan renunciar a los derechos de subrogación que pudieran tener o adquirir contra cualquiera de las partes, excepto cuando estos derechos de subrogación sean como consecuencia o resultado de un Acto de Vicio, en cuyas circunstancias los Aseguradores podrán hacer valer dichos derechos, no obstante el estado legal vigente o anterior de la parte que incurriere en Vicio como Asegurado. Queda anotado, sin embargo, que los Aseguradores no ejercerán ninguno de dichos derechos de subrogación que de cualquier modo resulten en competencia con los derechos de las Partes Financieras con respecto a sus intereses en el Proyecto o en los dineros obtenidos sobre estos.

Cláusula de traslado de dinero

El número mínimo de personas requerido para los traslados de dinero se detalla a continuación:

Hasta US$. 10,000 Un servidor del aseguradoDe US$. 10,001 a US$. 30,000 Dos servidores del aseguradoDe US$. 30,001 a US$. 50,000 Tres servidores del asegurado, uno de ellos portando arma de fuego.

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

87

Page 88: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL D&OSLIP TÉCNICO

TIPO Seguro en base de reclamaciones presentadas (Claims Made) para Responsabilidad Civil para Gerentes y Funcionarios.

ASEGURADO Miembros de los órganos de control y dirección de la empresa, funcionarios y administradores de:

Electroperú S.A. Electro Oriente S.A. Empresa de Generación Eléctrica del Sur S.A. – EGESUR Empresa de Generación Eléctrica de Arequipa S.A. – EGASA Empresa de Generación Eléctrica Machupicchu S.A. – EGEMSA Empresa de Generación Eléctrica San Gabán S.A. Grupo Distriluz (Hidrandina S.A. y/o Electrocentro S.A. y/o

Electronoroeste S.A. y/o Electronorte S.A.) Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad S.A. –

ELECTROSUR Electro Ucayali S.A. Electro Sur Este S.A.A. Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. – SEAL Electro Puno S.A. Empresa Administradora de la Infraestructura Eléctrica S.A. – ADINELSA

y sus compañías filiales y asociadas y subsidiarias actualmente existentes o por crearse.

ENTIDADTOMADORA

Electroperú S.A. Electro Oriente S.A. Empresa de Generación Eléctrica del Sur S.A. – EGESUR Empresa de Generación Eléctrica de Arequipa S.A. – EGASA Empresa de Generación Eléctrica Machupicchu S.A. – EGEMSA Empresa de Generación Eléctrica San Gabán S.A. Grupo Distriluz (Hidrandina S.A. y/o Electrocentro S.A. y/o

Electronoroeste S.A. y/o Electronorte S.A.) Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad S.A. –

ELECTROSUR Electro Ucayali S.A. Electro Sur Este S.A.A. Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. – SEAL Electro Puno S.A. Empresa Administradora de la Infraestructura Eléctrica S.A. – ADINELSA

CONDICION ESPECIAL DE PÒLIZA Las coberturas descritas en la póliza serán aplicables en su totalidad para

todas las empresas que figuran como contratantes o tomadores del seguro, salvo que se trate de condiciones expresamente aplicables a empresas particularmente nombradas.

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

88

Page 89: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

JURISDICCIÓN Mundial

ÁMBITOTERRITORIAL Perú

SUMAASEGURADA POR EVENTO USD 2,000,000

EN EL AGREGADO VIGENCIA USD 6,000,000

DEDUCIBLE1. Funcionarios: Sin deducible.2. Reembolso a la entidad tomadora:

Reclamos en el Perù : Sin deducibleReclamos fuera del Perù : USD 25,000

3. Gastos de Defensa: Sin deducible

TÉRMINOS Y/OCONDICIONES

Condicionado General D&O a ser proporcionado por la aseguradora que resulte ganadora.

Los asegurados pueden escoger los abogados que asumirán su defensa, de una terna de abogados, a ser proporcionada y aceptada por la aseguradora, previo al inicio de vigencia.

Cobertura Adicional para Cauciones Judiciales – Sublímite: 10% del la suma asegurada, por evento y en el agregado anual.

Cobertura Adicional para Gastos de Representación Legal – Hasta el límite de la póliza, por evento y en el agregado anual.

Extensión para cónyuges y herederos legales. Se cubren Funcionarios y Administradores presentes, pasados y futuros. La definición de Administrador se extiende a incluir a cualquier empleado

de la entidad tomadora que, sin tener representación legal de la misma, desempeñe funciones técnicas o administrativas, similares a las de los Administradores.

Cobertura Adicional para Reclamaciones de Carácter Laboral – Hasta el límite de la póliza, por evento y en el agregado anual.

Cobertura Adicional para Gastos de Imagen Corporativa – Sublímite: USD 500,000 por evento y en el agregado anual.

Cobertura Adicional de Costos de Defensa por Contaminación – Sublímite: USD 500,000 por evento y en el agregado anual.

Cobertura Adicional para Siniestros por Reclamos por Contaminación – Sublímite: USD 500,000 por evento y en el agregado anual.

Cobertura Adicional para Participación como miembro de junta directiva de entidades sin fines de lucro – HASTA EL LÍMITE DE LA PÓLIZA por evento y en el agregado anual. Bajo esta cobertura, se ampara a los Directores y Administradores de las empresas tomadoras cuando actúen como Directores en el Comité de Operación Económica del Sistema Interconectado Nacional (COES SINAC).

Litigios previos y pendientes: inicio de vigencia. Fecha de retroactividad: Ilimitada para reclamos o circunstancias no

conocidas. No se cubrirán reclamaciones relacionadas con hechos o circunstancias

conocidas con anterioridad al inicio de vigencia y no informadas, que puedan dar origen a una reclamación bajo esta póliza.

Cobertura automática para nuevas subsidiarias, siempre que no superen en un 20% de los activos totales de la entidad tomadora.

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

89

Page 90: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

Descubrimiento opcional: 12 meses con cobro adicional de prima del 75%. Debe elegirse dentro de los 30 días posteriores al expirar la vigencia.

Todas las coberturas adicionales son parte y no en adición del máximo límite de responsabilidad.Todos los demás términos y condiciones sujetos al Condicionado General D&O proporcionado por la aseguradora que resulte ganadora.

EXCLUSIONES Exclusión de accionista mayoritarios, con 20% o más. Political Risk Exclusion. Incumplimiento de Contrato. Responsabilidad Civil Profesional.

Todos los demás términos y condiciones sujetos al Condicionado General D&O proporcionado por la aseguradora que resulte ganadora.

LEY & JURISDICCIÓNDEL SEGURO El presente seguro está sujeto a las leyes peruanas. Todas las disputas

entre el asegurador y el asegurado deberán ser resueltas por arbitraje.El lugar del arbitraje será Lima, Perú.

GARANTÍA DE PAGODE LA PRIMA La prima de seguro será pagadera a mas tardar a los 60 días desde el inicio

de vigencia, primas a ser recibidas por el asegurador, es decir en sus oficinas, dentro de este plazo. En caso de incumplimiento de esta Cláusula de garantía, la cobertura quedará sin efecto en forma absoluta y retroactiva al inicio de vigencia de la póliza o a la fecha efectiva correspondiente al último pago de prima.

CONDICIONES ESPECIALES

EXCLUSION DE INCUMPLIMIENTODE CONTRATO que sea consecuencia directa en cualquier incumplimiento de contrato, de

cualquier otra obligación contraída por los Asegurados o por el Grupo Corporativo, de la que puedan ser legalmente responsables mediante un contrato escrito.

EXCLUSION DE RESPONSABILIDADPROFESIONAL Que tenga su origen o este fundado o sea consecuencia directa de la

prestación o falta de prestación por parte del Asegurado y/o del Grupo Corporativo y/o de cualquier Sociedad Relacionada o Persona Jurídica sin Fines de Lucro, de servicios profesionales a terceros relacionados directa o indirectamente con sus actividades por actuaciones ajenas a las funciones encargadas como funcionarios y administradores de la sociedad.

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

90

Page 91: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

CLAUSULA DE ASEGURADOS MULTIPLES

4. Queda anotado y acordado que si el Asegurado descrito en la póliza comprende más de una parte asegurada, cada una de las cuales opera como una entidad separada y distinta, entonces, se aplicará la cobertura en virtud de esto en la misma forma y extensión como si pólizas individuales hubieran sido emitidas a cada una de las partes aseguradas, sujeto a que la responsabilidad total de los Aseguradores hacia la totalidad de las partes aseguradas no exceda la suma asegurada, los límites y los sub-limites indicados en la póliza.

5. Queda entendido que las partes aseguradas en todo momento preservarán y respetarán los acuerdos contractuales celebrados por las partes aseguradas y los recursos contractuales de tales partes en la eventualidad de una pérdida o daño.

6. Queda entendido y acordado que los aseguradores no podrán reclamar indemnización por perjuicios de cualquiera de las partes aseguradas, en caso que cualquiera de las demás partes aseguradas en la presente póliza cometiera un Acto de Vicio, es decir si cometiere fraude o falsedad, omitiere cualquier información, incumpliere cualquier garantía o condición de esta póliza incluyendo la falta de pago de las primas.

7. Sin embargo se acuerda que un Acto de Vicio cometido por una parte asegurada no perjudicará el derecho a indemnización de cualquier otra parte asegurada que tenga interés asegurable y que no haya cometido un Acto de Vicio.

8. Los Aseguradores acuerdan renunciar a los derechos de subrogación que pudieran tener o adquirir contra cualquiera de las partes, excepto cuando estos derechos de subrogación sean como consecuencia o resultado de un Acto de Vicio, en cuyas circunstancias los Aseguradores podrán hacer valer dichos derechos, no obstante el estado legal vigente o anterior de la parte que incurriere en Vicio como Asegurado. Queda anotado, sin embargo, que los Aseguradores no ejercerán ninguno de dichos derechos de subrogación que de cualquier modo resulten en competencia con los derechos de las Partes Financieras con respecto a sus intereses en el Proyecto o en los dineros obtenidos sobre estos.

NOTA

En relación a la Carta de Garantía de No Reclamos suscrita por cada una de las empresas (Carta de Garantía D&O).

Debemos precisar que la Carta de Garantía de No Reclamo se proporcionará al postor ganador de la Buena Pro.

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

91

Page 92: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

SEGURO DE VEHICULOS

1. ASEGURADO

Electroperu S.A. y/o Electro Oriente S.A. y/o Empresa de Generaciòn Elèctrica del Sur S.A. y/o Empresa de Generaciòn Elèctrica de Arequipa S.A. y/o Empresa de Generaciòn Elèctrica Machupicchu S.A. y/o Empresa de Generaciòn Elèctrica San Gaban S.A. y/o Hidrandina S.A. y/o Electrocentro S.A. y/o Electronoroeste S.A. y/o Electronorte S.A. y/o Empresa Regional de Servicio Pùblico de Elèctricidad Electrosur S.A. y/o Electro Ucayali S.A. y/o Electro Sur Este S.A.A. y/o Sociedad Elèctrica del Sur Oeste S.A. y/o Electro Puno S.A. y/o Empresa Administradora de la Infraestructura Elèctrica S.A. ADINELSA y/o empresas afiliadas, asociadas y/o subsidiarias y/o controladas y/o sucursales y/o empresas conexas y/o cualquier otra empresa relacionada y/o empresa con accionariado común que forme parte y/o llegue a formar parte del Grupo del Asegurado, a ser declarado posteriormente a la aseguradora

2. MATERIA DEL SEGURO Según relación adjuntaLos valores indicados corresponden al valor comercial con un factor de seguridad por el incremento de los precios de los vehículos por la depreciación del dólar frente al nuevo sol.

3. COBERTURAS

A. Daño Propio (choque, vuelco, incendio, robo parcial y total, rotura de lunas y cualquier otro no específicamente excluido).

B. Riesgos de la Naturaleza (terremoto, lluvia, inundación, huayco y demás Riesgos de la Naturaleza)

C. Terrorismo, Huelga y Conmoción Civil, Daño Malicioso, Vandalismo y otros riesgos políticos (incluye acciones bélicas en tiempos de paz).

D. Responsabilidad Civil frente a terceros hasta US$ 250,000 por vehículo y US$1,000,000 en exceso para toda la flota

E. Responsabilidad Civil frente a Ocupantes hasta por US$ 25,000 por ocupante.

F. Accidentes Personales para Ocupantes (de acuerdo a la especificaciónde la tarjeta de propiedad de cada vehículo y por cualquier siniestro cubierto por la póliza incluyendo al chofer)

- Muerte e Invalidez Permanente: 50,000 c/u- Gastos de Curación incluyendo evacuación: 10,000 c/u- Gastos de Sepelio : 3,000 c/u

G. Accesorios especiales y musicales hasta su valor de reposición para los de fábrica y otros hasta US$ 2,000 sin costo adicional. Excesos con tasa de 10%. No será necesario entregar la caratula desmontable del equipo.

H. Ausencia de Control incluyendo Responsabilidad Civil dentro de los límites fijados en la póliza para la cobertura de Responsabilidad Civil y Responsabilidad Civil en exceso pero sin ser límites adicionales .

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

92

Page 93: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

I. Grúa, Ambulancia y Servicio de Asistencia (por Auxilio Mecánico) sin costo adicional. En los casos en los cuales el accidente suceda fuera del radio de acción del servicio de emergencia, el asegurado podrá contratar un servicio particular de Grùa y/o ambulancia hasta US$. 1,000 por cada servicio, el cual será reembolsado por la aseguradora.

J. Gastos de asistencia legal y penal hasta US$.20,000 por evento.NOTASe precisa que los gastos que se indican en este inciso (J), se refieren a la misma extensión de cobertura que figura en el literal G del Título “Extensión de Cobertura” de la presente póliza

K. Reembolso por gastos inmediatos hasta por US$. 2,500 para cubrir cualquier gasto inmediato que el asegurado tenga que realizar para aminorar las pérdidas en caso ocurra un siniestro que involucre daños materiales y personales.

NOTASe aclara que esta cobertura se puede activar en caso de la presencia del procurador de la compañía, por una transacción realizada notarialmente o por gastos médicos en los cuales es necesario incurrir para salvaguardar la vida o integridad de los afectados.

L. Gastos de rescate por evento hasta US$. 20,000.

4. DEDUCIBLES (Incluido IGV) Deducible General : 10% del monto del siniestro, mínimo US$ 150.

Ausencia de control : 10% del monto del siniestro, mínimo US$. 300Pérdida Total y daños personales sin deducible.Vehículo de reemplazo: 3 días a cuenta del asegurado (en días o el pago de US$. 60.00 con beneficio desde el primer día, a elección del asegurado).

Rotura accidental de lunas nacionales: Sin deducible (Importadas con deducible de 10% del monto del siniestro).Las películas anti-impacto y polarizadas están cubiertas sin costo, ni deducible adicionalAccesorios Musicales : 10% del monto indemnizable.

5. CONDICIONES ESPECIALES

Condición Especial de pólizaLas coberturas descritas en la póliza serán aplicables en su totalidad para todas las empresas que figuran como contratantes o tomadores del seguro, salvo aquellas condiciones que se indican aplicables expresamente a una o más empresas.

5.1 En caso de Pérdida Total, la indemnización será hasta la suma asegurada indicada en la póliza, sin depreciación.

5.2 Atención inmediata de los siniestros cubiertos a sola presentación de la Denuncia del accidente, donde se detallará la descripción de los hechos tal y como se declaró en la Denuncia Policial respectiva.

5.3 El asegurado se obliga a tomar todas las precauciones necesarias para cuidar el vehículo y evitar que sobrevengan pérdidas o daños ulteriores, excepto cuando peligre la vida o integridad de los ocupantes de los vehículos participantes en el siniestro o de la(s) persona(s) atropelladas.

5.4 El asegurado se obliga a remitir a la compañía toda reclamación escrita, notificación administrativa o judicial o citación, así como informar por escrito cualquier reclamación verbal que le fuera formulada en un plazo razonable desde que tome conocimiento.

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

93

Page 94: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

5.5 Aviso de siniestro no sujeto a límite de tiempo alguno, siempre y cuando se haya cumplido con la denuncia policial inmediatamente después de la ocurrencia del siniestro o de la atención médica especializada en caso hubiera sido necesaria.

5.6 El asegurado estará exonerado de presentar la denuncia policial en los casos donde no intervengan terceros (robos parciales, rotura de lunas, choques estacionados, etc.), así como en los casos de choques en que sea solicitada la presencia de un procurador.

5.7 En siniestros de Pérdida Total, Daños personales de ocupantes y Rotura Accidental de Lunas (con reposición de lunas nacionales), no se aplica el deducible.

5.8 Exclusión de las prescripciones de seguridad y garantías.

5.9 El aire acondicionado, los airbargs y cualquier otro equipamiento se encuentran incluidos en el valor declarado del vehículo.

5.10 Aviso de siniestro no sujeto a límite de tiempo alguno, siempre y cuando se haya cumplido con los trámites policiales de ley dentro de los plazos que indica la misma y no exista agravamiento de riesgo.

5.11 La cobertura de daño propio y responsabilidad civil se extiende a cubrir los daños causados al propio vehículo o terceros, cuando el vehículo arrastre remolques, semiremolques o carretas de propiedad del asegurado y/o terceros, exclusivamente para camiones, camionetas y autos.

5.12 Cobertura para los vehículos que se encuentren siendo halados y/o transportados por otros vehículos, en pruebas y/o en reparación en los talleres donde se encuentre.

5.13 La aseguradora, bajo la cobertura de Responsabilidad civil, otorgará la “Reclamaciòn de daños por terceros” hasta el importe de US$ 5,000 por transacción directa del asegurado cuando este claramente establecida la responsabilidad del conductor del vehículo asegurado.

NOTASSe aclara que ésta cobertura se puede activar en caso de la presencia del procurador de la compañía o por una transacción realizada notarialmente.

5.14 La cobertura de Ausencia de Control incluyendo Responsabilidad Civil por Ausencia de Control estará vigente las 24 horas del día y los 365 días del año. Se deja constancia que esa cobertura ampara inclusive cuando están siendo conducidos fuera de horas laborales y el siniestro no se produzca en el desempeño de las labores autorizadas a los trabajadores. Asimismo, esta cobertura ampara inclusive cuando el vehículo se encuentre bajo la conducción del titular asegurado (o la persona a la cual se asignó el vehículo), la de su cónyuge, sus hijos mayores de edad y/o terceras personas con la autorización del asegurado, inclusive cuando se trate de una persona que carezca de licencia de conducir y/o cuando sea utilizado indebidamente por personal no autorizado (puede o no tener licencia de conducir). No es necesario que el conductor se encuentre en la planilla del asegurado.

5.15 Bajo la cláusula de Ausencia de control se amparan los daños causados a terceros cuando el vehículo ha sido robado siempre y cuando lo determine así la autoridad competente.

5.16 La Cobertura de la cláusula de ausencia de control no se invalidará por el hecho en el cual el chofer hubiera presentado una licencia de conducir falsificada y/o adulterada y este hecho no fuera de conocimiento del asegurado.

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

94

Page 95: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

5.17 La cobertura de la cláusula de ausencia de control será de aplicación en cualquier caso de apropiación ilícita, abuso de confianza y cualquier acto no autorizado, cometido por un trabajador o director de la empresa, pudiendo luego aplicar el principio de subrogación contra el causante del daño.

5.18 Cuando el presupuesto de reparación de un vehículo siniestrado, emitido por el representante oficial de la marca, sea mayor al 70% del valor indemnizable del mismo, el siniestro será declarado como pérdida total.

5.19 Los Deducibles indicados en las condiciones particulares prevalecerán sobre cualquier otro deducible que figure en cualquier cláusula de la póliza.

5.20 Las inclusiones y exclusiones de vehículos por periodos menores a un año, se liquidarán a prorrata.

5.21 Se deja constancia que se cubren los gastos de salvataje y/o rescate, hasta US$ 20,000 por evento. La aseguradora podrá decidir si se utilizará la Cobertura para Gastos de rescate o se deja el vehículo en el lugar del accidente

5.22 Imprudencia involuntaria del conductor incluyendo imprudencia temeraria.

5.23 Atención de siniestros en talleres especializados

5.24 En el caso de rotura de lunas se incluye las láminas de seguridad.

5.25 La póliza se extiende a cubrir los daños a los vehículos durante los traslados de una orilla a otra de los ríos de sierra y selva.

NOTASe precisa que está admitido incluir el uso de balsas o chatas u otras embarcaciones cuando el caudal del río lo amerite.

6. EXTENSIONES DE COBERTURA

A. Uso de vías o rutas no autorizadas

B. Restitución automática de la suma asegurada sin costo adicional.

C. Cobertura automática de nuevas unidades por 30 días.

D. Chofer de reemplazo para todas las unidades.NOTA

Se precisa que las extensiones indicadas en éste literal y en el literal F, son aplicables para todos los vehículos incluyendo ómnibus, excepto vehículos pesados y vehículos menores, de acuerdo a las clasificaciones consideradas por el MTC.

E. Libre elección de talleres

F. Vehículo de reemplazo hasta 30 días por cualquier siniestro cubierto por la póliza.

NOTACon relación a esta extensión de la cobertura se precisa que el servicio será una unidad de reemplazo con características similares a la unidad siniestrada a nivel nacional. Para vehículos que operan fuera de Lima, este beneficio se puede otorgar por reembolso en base a las tarifas acostumbradas de los proveedores de éste servicio o el asegurador de la buena pro puede pagar

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

95

Page 96: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

directamente el servicio al proveedor. Esta cobertura no es aplicable para vehículos pesados (excepto del tipo ómnibus) ni para vehículos ligeros.

G. Gastos y/o costos de defensa penal hasta $ 20,000 por evento.

H. Cláusula de Ajuste de primas (aplicable por empresas).

Se cobrará una prima de depósito del 70%. Si la siniestralidad supera la prima de depósito, se reajustará hasta completar el 100% de la prima neta anual. La liquidación para el reajuste se efectuará al final de la vigencia. Las aseguradoras deberán presentar en sus propuestas económicas el 100% de la prima neta anual, sin embargo la emisión saldrá solo por el 70%.

J La póliza cubre automáticamente los casos en los cuales hubiera resultado positivo de alcoholemia hasta 0.70g/l de sangre.

7. SERVICIOS ESPECIALES PARA VEHICULOS DE GERENTES - No presentación de Parte Policial, ni Dosaje Etílico para accidentes menores.

8. TASA :

9. PRIMAS MÌNIMAS :

NOTA: La información de las placas faltantes se entregará al postor ganador de la buena pro.

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

96

Page 97: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

CLAUSULA DE ASEGURADOS MULTIPLES

1. Queda anotado y acordado que si el Asegurado descrito en la póliza comprende más de una parte asegurada, cada una de las cuales opera como una entidad separada y distinta, entonces, se aplicará la cobertura en virtud de esto en la misma forma y extensión como si pólizas individuales hubieran sido emitidas a cada una de las partes aseguradas, sujeto a que la responsabilidad total de los Aseguradores hacia la totalidad de las partes aseguradas no exceda la suma asegurada, los límites y los sub-limites indicados en la póliza.

2. Queda entendido que las partes aseguradas en todo momento preservarán y respetarán los acuerdos contractuales celebrados por las partes aseguradas y los recursos contractuales de tales partes en la eventualidad de una pérdida o daño.

3. Queda entendido y acordado que los aseguradores no podrán reclamar indemnización por perjuicios de cualquiera de las partes aseguradas, en caso que cualquiera de las demás partes aseguradas en la presente póliza cometiera un Acto de Vicio, es decir si cometiere fraude o falsedad, omitiere cualquier información, incumpliere cualquier garantía o condición de esta póliza incluyendo la falta de pago de las primas.

4. Sin embargo se acuerda que un Acto de Vicio cometido por una parte asegurada no perjudicará el derecho a indemnización de cualquier otra parte asegurada que tenga interés asegurable y que no haya cometido un Acto de Vicio.

5. Los Aseguradores acuerdan renunciar a los derechos de subrogación que pudieran tener o adquirir contra cualquiera de las partes, excepto cuando estos derechos de subrogación sean como consecuencia o resultado de un Acto de Vicio, en cuyas circunstancias los Aseguradores podrán hacer valer dichos derechos, no obstante el estado legal vigente o anterior de la parte que incurriere en Vicio como Asegurado. Queda anotado, sin embargo, que los Aseguradores no ejercerán ninguno de dichos derechos de subrogación que de cualquier modo resulten en competencia con los derechos de las Partes Financieras con respecto a sus intereses en el Proyecto o en los dineros obtenidos sobre estos.

NOTA:Los ómnibus son generalmente usados para transporte de personal, las camionetas son usadas generalmente para trabajos de campo y transporte de funcionarios, los vehículos ligeros son generalmente para uso de funcionarios, personal administrativo y labores administrativas en general. Los vehículos menores son destinados para múltiples usos como seguridad, entrega de documentos y labores administrativas en general. No obstante lo indicado, no se deberá incluir limitación alguna por uso de vehículos.

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

97

Page 98: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

ANEXOS DE LA PÒLIZA DE VEHÌCULOSNOTA

Se precisa que los valores indicados corresponden al valor comercial con un factor de seguridad por el incremento de los precios de los vehículos por la depreciación del dólar frente al nuevo sol.

SOCIEDAD ELECTRICA DEL SUR OESTE - SEAL

Daño Propio

Eq. Adicional

US$ US$1 WH-5994 PTJ -8009342 Camión Dodge D-800 1979 8,300 25,2002 WH-7006 3183271945 Camión Dodge D-800 1982 9,100 16,2003 WH-7279 TD70G103200207 Camión Volvo N7-54 1984 10,000 27,6004 RI-5357 003CL3 Cmta. Jeep Militar 1980 2,5005 RH-3467 445351 Cmta. L.Rover Rural 1991 4,0006 OH-2418 275455 Cmta. Chevrol. Luv D/C 1994 3,0007 WH-8611 374950/10/214805 Camión M.Benz 912/42.5 1994 16,0008 OH-3065 391672 Cmta. Chevrol. Luv D.C 1995 3,2009 OH-3427 419370 Cmta. Chevrol. Luv D.C 1995 3,20010 OH-3430 417594 Cmta. Chevrol. Luv D.C 1995 3,20011 RGI-489 6G72-XY5031 Cmta. Mitsub. Montero 1993 5,90012 TQ-5566 B52528520979 Cta SW Volvo 850 GLT 1995 6,30013 XH-1303 15B-1470290 Camión Toyota Dyna 400 1996 10,00014 XH-1304 15B-1470229 Camión Toyota Dyna 400 1996 10,00015 OH-5588 2L5107654 Cmta. Toyota P/U HL 4x4 D/C 2001 8,50016 PGM-271 Cmta. Toyota P/U HL 4x4 D/C 1997 6,40017 OH-5744 2L5234158 Cmta Toyota P/U HL 4x2 C/D 2002 9,90018 OH-5746 2L5233618 Cmta Toyota P/U HL 4x2 C/D 2002 9,90019 OH-5738 2L5248675 Cmta Toyota P/U HL 4x2 C/D 2002 9,90020 OH-5737 2L5249048 Cmta Toyota P/U HL 4x2 C/D 2002 9,90021 OH-5743 2L5266777 Cmta Toyota P/U HL 4x2 C/D 2002 9,90022 OH-5736 3L5264505 Cmta Toyota P/U HL 4x4 C/D 2002 14,30023 OH-5749 KA24089755A Cmta Nissan Fiera 4x2 C/S 2002 8,300

Sumas AseguradasAñoPlaca Nº MotorInc Tipo / Clase Marca Modelo

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

98

Page 99: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

EMPRESA DE GENERACION ELECTRICA DE AREQUIPA - EGASA

Inc Placa Nº Motor Tipo /

ClaseMarc

a Modelo Año

Sumas Aseguradas

Daño Propi

o

Eq. Adicion

al              US$ US$1 WH-

67323024053 Camión Scania 111542 1981 17,500 3,600

2 WH-6779

3021459 Camión Scania 111542 1981 17,500 36,000

3 WH-8756

3.7495E+13 Camión M.Benz 912/42.5 1994 20,000  

4 OH-3353

22R-4109570 Cmta. Toyota HL D/C 4x4 G

1995 5,900  

5 OH-3369

22R-4109456 Cmta. Toyota HL D/C 4x4 G

1995 5,900  

6 RH-7105

GZ58Y3TC191258

Cmta. Jeep Rural

G.Cherokee 1996 11,300  

7 OH-4569

1FTZR15X9W Cmta. Ford Ranger 4x4 1998 7,500  

8 RIM-181

6G74DJ6528 Cmta. Mitsubis. Montero 1998 13,100  

9 S/P 3HN249886 Cuatrim Yamaha 1FM350FW 1998 3,000  10 S/P 3HN249899 Cuatrim Yamaha 1FM350FW 1998 3,000  11 S/P 3HN249908 Cuatrim Yamaha 1FM350FW 1998 3,000  12 S/P 3HN249884 Cuatrim Yamaha 1FM350FW 1998 3,000  13 RIP-161 14273 Cmta. Ford 4x4 Expedit.

XLT1998 13,800  

14 OH-5090

Z24926380Z Cmta. Nissan Frontier 4x4 1999 9,500  

15 OH-5089

Z24930439Z Cmta. Nissan Frontier 4x4 1999 9,500  

16 OH-5087

Z24927068Z Cmta. Nissan Frontier 4X4 1999 9,500  

17 OH-5564

3RZ2649617 Cmta. Toyota H-L D/C 4x4 2001 12,500  

18 OH-5732

3RZ2885570 Cmta Toyota H-L D/C 4x4 2002 13,700  

19 OH-5733

3RZ2875845 Cmta Toyota H-L D/C 4x4 2002 13,700  

20 PIS-024 ZD30048490T Cmta. Nissan Front 4x4 D/C

2005 17,900  

21 PIS-025 ZD30048417T Cmta. Nissan Front 4x4 D/C

2005 17,900  

                 

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

99

Page 100: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

EMPRESA DE GENERACION MACHU PICCHU - EGEMSA

US$1 PJS-514 Camioneta Toyota Hi Lux 4x4 3.0 CD TD 1997 8,0002 PJS-515 Camioneta Toyota Hi Lux 4x4 3.0 CD TD 1997 8,0003 PJS-516 Camioneta Toyota Hi Lux 4x4 3.0 CD TD 1997 8,0004 PZ-3091 Camioneta Toyota 4Runner 2.8 D 1994 8,0005 PZ-5263 Camioneta Toyota Hi Lux 4x2 CD 2.2 Gas. 1994 5,0006 PZ-5264 Camioneta Toyota Hi Lux 4x2 CD 3.0 D 1994 5,0007 PZ-5265 Camioneta Toyota Hi Lux 4x2 CD 3.0 D 1994 5,0008 PZ-5877 Camioneta Toyota Hi Lux 4x4 2.2 CD 1996 5,0009 PZ-3845 Camioneta Toyota Land Cruiser 80 1994 8,00010 PZ-4081 Camioneta Suzuki Nomade 2.0 1997 8,00011 WZ-6254 Camión Volvo NL 12 1998 80,00012 WZ-6255 Camión Volvo NL 12 1998 80,000

Sumas AseguradasInc Tipo / Clase Marca Modelo AñoPlaca

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

100

Page 101: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

ELECTRO SUR ESTE - ELSE 1/ 2

Inc Placa Nº Motor Tipo / Clase Marca Modelo Año Sumas Aseguradas

US$1 MG-17627 L185SE5459910 Moto Honda P/C 1999 1,4002 MV-13025 MD28E94203247 Moto Honda P/C 2004 2,5003 MV-13026 MD28E94202828 Moto Honda P/C 2004 2,5004 MV-7752 L185SE-5442624 Moto Honda P/C 1995 7005 MV-9757 3AH076027 Moto Yamaha P/C 1999 1,4006 MZ-3188 CB125SE2136378 Moto Honda P/C 1987 5007 OO-5425 22R-3570589 Cmta. Toyota Pick Up Hi Lux 4x4 C/D 1993 7,0008 OO-5559 Z20875372X Cmta. Nissan Pick Up 1993 5,2009 OO-8218 22R-3807092 Cmta. Toyota Pick Up 4X4 Hi Lux 1994 5,50010 OO-8219 22R-3800796 Cmta. Toyota Pick Up Hi Lux 4x4 C/D 1994 5,50011 OO-9430 22R-3851692 Cmta. Toyota Pick Up Hi Lux 4x4 C/D 1994 5,50012 OO-9434 22R-3854702 Cmta. Toyota Pick Up Hi Lux 4x4 C/D 1994 5,50013 OO-9437 22R-3856203 Cmta. Toyota Pick Up Hi Lux 4X4 1994 5,50014 PGC-770 22R-4041224 Cmta. Toyota Pick Up Hi Lux 4X4 1994 5,50015 PGD-543 22R-4047307 Cmta. Toyota Pick Up Hi Lux 4X4 1995 8,00016 PGD-546 22R-4044551 Cmta. Toyota Pick Up Hi Lux 4X4 1995 8,00017 PGE-080 22R-4075612 Cmta. Toyota Pick Up Hi Lux 4x4 C/D 1995 5,50018 PGE-473 22R-4085017 Cmta. Toyota Pick Up Hi Lux 4x4 C/D 1995 6,20019 PGW-278 22R4236258 Cmta. Toyota Pick Up Hi Lux 4X4 1997 8,00020 PGW-280 22R-4235299 Cmta. Toyota Pick Up Hi Lux 4x4 C/D 1997 8,00021 PGW-282 22R-4235659 Cmta. Toyota Pick Up Hi Lux 4x4 C/D 1997 8,00022 PIB-700 3RZ-2037523 Cmta. Toyota Pick Up Hi Lux 4x4 C/D 1999 9,00023 PIB-709 3RZ-2074667 Cmta. Toyota Pick Up Hi Lux 4x4 C/D 1999 9,00024 PIB-712 3RZ2033314 Cmta. Toyota Pick Up 4X2 C/S 1999 9,00025 PIB-713 3RZ-2034585 Cmta. Toyota Pick Up Hi Lux 4x4 C/D 1999 9,00026 PIB-714 3RZ-2035738 Cmta. Toyota Pick Up Hi Lux 4x4 C/D 1999 9,00027 PIB-715 3RZ-2035837 Cmta. Toyota Pick Up 4X4 Hi Lux 1999 9,00028 PIB-716 3RZ2043288 Cmta. Toyota Pick Up Hi Lux 4x4 C/D 1999 9,00029 PIS-128 ZD30048367T Cmta. Nissan Pick Up 2005 18,30030 PIS-130 ZD30048370T Cmta. Nissan Pick Up 2005 18,30031 PIS-131 ZD30048384T Cmta. Nissan Pick Up 2005 18,30032 PIS-132 ZD30048356T Cmta. Nissan Pick Up 2005 18,30033 PT-1369 3L-2697157 Cmta. Toyota Pick Up 4X4 Hi Lux 1993 5,00034 PT-1370 22R-3697430 Cmta. Toyota Pick Up 4X2 C/D 1993 5,00035 PT-1371 22R-3704794 Cmta. Toyota Pick Up 1993 5,00036 PT-1444 3L-4555172 Cmta. Toyota Pick Up 4X4 Hi Lux 1998 8,00037 PT-1464 3L-4705232 Cmta. Toyota Pick Up 4X4 Hi Lux 1999 9,00038 PZ-4444 3Y-0533897 Cmta. Toyota Pick Up Hi Lux 1987 3,00039 PZ-4445 3Y-0550449 Cmta. Toyota Pick Up Hi Lux 1987 3,00040 PZ-4448 3Y-0144579 Cmta. Toyota Pick Up 1984 3,00041 PZ-4605 3B-0895786 Cmta. Toyota Pick Up 4X2 C/S 1988 3,70042 PZ-5206 4D56-GDS470 Cmta. Toyota Pick Up 4X4 Hi Lux 1994 5,50043 PZ-5208 4D56-GD8247 Cmta. Mitsubishi K34TJUNSL 1994 5,50044 PZ-5210 4D56-GC4898 Cmta. Mitsubishi K34T-JUNSL 1994 5,50045 PZ-5212 4D56-GD8567 Cmta. Mitsubishi K34TJUNSL 1994 5,50046 PZ-5862 3L-4153592 Cmta. Toyota Pick Up Hi Lux 4x4 C/D 1996 6,50047 PZ-5864 22R-4190324 Cmta. Toyota Pick Up Hi Lux 4x4 C/D 1996 6,60048 PZ-5865 3L-4133941 Cmta. Toyota Pick Up 4X4 Hi Lux 1996 6,50049 PZ-5866 3L-4154709 Cmta. Toyota Pick Up 4X4 Hi Lux 1996 6,50050 PZ-5868 3L-4146506 Cmta. Toyota Pick Up 4X4 Hi Lux 1996 6,500

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

101

Page 102: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

ELECTRO SUR ESTE - ELSE 2/ 2

Inc Placa Nº Motor Tipo / Clase Marca Modelo Año Sumas Aseguradas

51 PZ-5870 3L-4159390 Cmta. Toyota Pick Up 4X4 Hi Lux 1996 6,50052 PZ-5872 22R-4189422 Cmta. Toyota Pick Up Hi Lux 4x4 C/D 1996 6,50053 PZ-5873 3L-4153034 Cmta. Toyota Pick Up Hi Lux 4x4 C/D 1996 6,50054 PZ-5874 22R-4161976 Cmta. Toyota Pick Up Hi Lux 4X2 C/D 1996 6,50055 PZ-5875 3L-4151404 Cmta. Toyota Pick Up Hi Lux 4X2 C/D 1996 6,50056 PZ-6105 31-4380762 Cmta. Toyota Pick Up 4X4 Hi Lux 1997 8,00057 PZ-6529 2L-4941852 Cmta. Toyota Pick Up Hi Lux 4x4 C/D 2000 10,00058 PZ-6530 2L-4942203 Cmta. Toyota Pick Up Hi Lux 4X2 C/D 2000 10,50059 RZ-2157 3F-0324361 Cmta. Toyota FJ80-GCKNS 1991 5,00060 RZ-2158 3F-0323850 Cmta. Toyota FJ80L-GCKNS 1991 5,00061 RZ-3450 P157MBO39894 Cmta. Peugeot J -9 Diesel Laborat. 1987 17,00062 RZ-3861 3RZ-1150881 Cmta. Toyota Land Cruiser 1996 9,00063 WH-6733 302-4036 Camión Grúa Scania LT-111542 1981 25,00064 WH-7016 3025769 Camión Grúa Scania Camión Grúa 1981 22,00065 WZ-3934 4D31-528147 Camión Mitsubishi Canter 1987 5,00066 WZ-3936 4D31-527463 Camion Mitsubishi Canter 1987 5,50067 WZ-4256 207224 Camión Grúa Volvo Camión Grúa 1988 28,00068 WZ-4747 352-906-10-842092 Camión Grúa Merc/Benz Grúa Telescópica 1987 27,000

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

102

Page 103: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

EMPRESA DE GENERACION ELECTRICA SAN GABAN

US$1 KO-5587 4AB945797 Auto Toyota Corolla GLI 1.6 Sedan 1995 3,5002 IO-7962 4AK865673 Auto Toyota Corolla Sedan 1995 3,5003 RIR-923 2L4810540 Cmta.Rural Toyota Hi Ace Commuter 1999 9,0004 PIR-863 ZD30048264T Cmta. P.Up Nissan Frontier 4x4 D.C. 2005 20,5005 PGS-134 3L4340924 Cmta. P.Up Toyota Hi lux 4x4 D.C. 1997 7,0006 PGV-362 3L4496521 Cmta. P.Up Toyota Hi lux 4x4 D.C. 1998 7,5007 RIR-746 1HZ0306569 Cmta.Rural Toyota Land Cruiser 4.2 STD 4x4 1999 15,3008 PGN-193 22R4157861 Cmta. P.Up Toyota Hi lux 4x4 D.C. 1996 6,0009 RQI-553 1KZ0976980 Cmta.Rural Toyota Land Cruiser Prado 4X4 2002 20,00010 PIR-861 ZD30047918T Cmta. P.Up Nissan Frontier 4x4 D.C. 2005 20,50011 PGW-187 3L4517178 Cmta. P.Up Toyota Hi lux 4X4 D.C. 1998 7,50012 PGP-056 3L4151074 Cmta. P.Up Toyota Hi lux 4X4 D.C. 1996 6,00013 PIR-862 ZD30048253T Cmta. P.Up Nissan Frontier 4x4 D.C. 2005 20,50014 PGW-185 3L4516373 Cmta. P.Up Toyota Hi lux 4X4 D.C. 1998 7,50015 XQ-2721 35699710461386 Camión Mercedes Benz Unimog U-1650(214) Baranda 1998 70,000

16 XQ-2720 35699710460777 Camión Mercedes Benz Unimog U-1650(214) Baranda 1998 70,00017 PGF-478 22R4101587 Cmta. P.Up Toyota Hi lux 4X2 D.C. 1995 4,00018 PQA-766 ZD30054923K Cmta. P.Up Nissan Frontier 4x4 D.C. 2006 22,30019 PQA-767 ZD30059675K Cmta. P.Up Nissan Frontier 4x4 D.C. 2006 22,300

Sumas Aseguradas

2008Inc Tipo / Clase Marca Modelo AñoPlaca Nº Motor

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

103

Page 104: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

ELECTRO PUNO

Placa Tipo / Clase Marca Modelo Año

US$1 PU-2463 3RZ-2314098 Cmta. Toyota Pick up 2000 12,6002 PU-2450 3RZ-2166533 Cmta. Toyota Pick up 1999 11,3403 PU-2451 3RZ-2164629 Cmta. Toyota Pick up 1999 11,3404 PZ-5863 22R-4189843 Cmta. Toyota Pick up 1996 7,0005 PZ-5869 3L-4156638 Cmta. Toyota Pick up 1996 7,0006 RZ-2038 2L-T-1625793 Cmta. Toyota Cmta. Rural 1988 3,0007 PU-5614 EY-05623206 Cmta. Toyota Pick up 1987 3,0008 PU-5615 3Y-0520460 Cmta. Toyota Pick up 1987 3,0009 PGE-084 22R-4077015 Cmta. Toyota Pick up 1995 5,80010 PU-2464 3RZ-2316548 Cmta. Toyota Pick up 2000 12,60011 PU-2449 3RZ-2165001 Cmta. Toyota Pick up 1999 11,34012 PU-5998 22R-4081899 Cmta. Toyota Pick up 1995 5,80013 PZ-5213 4056-GC-4072 Cmta. Mitsubishi Pick up 1994 5,50014 RZ-2036 2L-T-1603414 Cmta. Toyota Cmta. Rural 1988 3,00015 PU-2264 22R-3704601 Cmta. Toyota Pick up 1993 4,77016 PU-2263 22R-3702819 Cmta. Toyota Pick up 1993 4,77017 PGC-783 22R-4048056 Cmta. Toyota Pick up 1994 5,00018 PZ-5867 3L-4153964 Cmta. Toyota Pick up 1996 7,00019 PGE-466 22R-4088800 Cmta. Toyota Pick up 1995 5,80020 PGC-774 22R-4049339 Cmta. Toyota Pick up 1994 5,00021 PU-2482 3RZ2683789 Cmta. Toyota Hi lux 2001 15,10022 PU-2481 3RZ-2716687 Cmta. Toyota Pick up 2001 15,10023 PGE-156 22R4076314 Cmta. Toyota Pick up 1995 5,80024 PGE-085 22R4077207 Cmta. Toyota Pick up 1995 5,80025 PGE-082 22R-4073225 Cmta. Toyota Pick up 1995 5,80026 PGE-487 22R-4087063 Cmta. Toyota Pick up 1995 5,80027 PIR-856 ZD30048331T Cmta. Nissan Pick up 2005 22,80028 PIR-838 ZD30048244T Cmta. Nissan Pick up 2005 22,80029 PIC-402 3L4829119 Cmta. Toyota Pick up 1999 11,34030 PID-681 3RZ2315576 Cmta. Toyota Pick up 2000 12,60031 WO-5275 35394010796806 Camión Mercedes Benz Unimog 1984 17,000

32 XU-3474TFDLF-7SEA-

66849 Camión Ford Grua 1995 38,00033 WU-2256 D7-68096 Camión Volvo Grua 1994 45,00034 XO-8549 G1TO8377 Camión Volvo Grua 2005 69,00035 WZ-3968 4D31-555149 Camión Mitsubishi Turbo 1987 5,220

Inc Sumas AseguradasNº Motor

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

104

Page 105: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

EMPRESA DE GENERACION ELECTRICA DEL SUR - EGESUR

Placa Marca Modelo Año

US$1 RH-8049 Cmta. Nissan Rural 1998 15,0002 PK-5771 Cmta. T oyota Pick Up 1998 7,5003 PK-5636 Cmta. Nissan Pick Up 1997 7,5004 PK-5637 Cmta. Nissan Pick Up 1997 7,5005 WK-4128 Camión T oyota P/C 2001 17,0006 WK-2315 Camión Mercedes Benz P/C 1976 11,0007 WK-4162 Camión Grúa Mercedes Benz P/C 2002 80,0008 PGA-092 Cmta. Toyota Pick Up 1994 3,5009 RO-9932 Cmta. Nissan Rural 1992 5,50010 PK-5635 Cmta. Nissan Pick Up 1997 7,50011 PK-5766 Cmta. Toyota Pick Up 1998 7,50012 RO-9934 Cmta. Nissan Ambulancia 1992 5,50013 WH-6731 Camión Scania P/C 1981 21,000

Sumas AseguradasInc Tipo / Clase

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

105

Page 106: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

ELECTROSUR

US$1 MK-3557 Moto Honda CD-125 2000 5502 PK-5181 Cmta. Toyota Hi lux 4x4 1995 5,5003 PK-5191 Cmta. Toyota Hi lux 4x2 1995 3,9004 PK-5401 Cmta. Nissan PU 4x2 1996 6,0005 PK-5402 Cmta. Nissan PU 4x2 1996 6,0006 PK-5403 Cmta. Nissan PU 4x2 1996 8,0507 PK-5404 Cmta. Nissan PU 4x2 1996 8,0508 PK-5405 Cmta. Nissan PU 4x2 1996 6,0009 PK-5406 Cmta. Nissan PU 4x2 1996 6,00010 PK-5407 Cmta. Nissan PU 4x2 1996 6,00011 PK-5408 Cmta. Nissan PU 4x2 1996 6,00012 PK-5412 Cmta. Nissan PU 4x2 1996 5,40013 PK-5413 Cmta. Nissan PU 4x2 1996 5,40014 PK-5414 Cmta. Nissan PU 4x2 1996 8,05015 PK-5859 Cmta. Nissan PU 4x2 1998 12,00016 PK-5860 Cmta. Nissan PU 4x2 1998 12,00017 PK-5861 Cmta. Nissan PU 4x2 1999 8,75018 PK-5862 Cmta. Nissan PU 4x2 1998 10,50019 PK-5936 Cmta. Toyota Hi lux 4x2 1999 10,50020 PK-5937 Cmta. Toyota Hi lux 4x2 1999 10,50021 PK-6137 Cmta. Toyota Pick Up 2000 11,50022 PK-6138 Cmta. Toyota Pick Up 2000 11,50023 PK-6139 Cmta. Toyota Pick Up 2000 16,00024 QK-1818 Cmta. Fiat Ducato 2000 10,00025 QK-1819 Cmta. Fiat Ducato 2000 10,00026 QK-1820 Cmta. Fiat Ducato 2000 10,00027 QK-1821 Cmta. Fiat Ducato 2000 10,00028 QK-1822 Cmta. Fiat Ducato 2000 10,00029 QK-1823 Cmta. Fiat Ducato 2000 10,00030 RK-5050 Cmta. Toyota Hi lux 4x4 1995 8,00031 RK-5051 Cmta. Toyota Hi lux 4x4 1995 8,00032 WK-3275 Camión Nissan Civilian 1996 13,00033 WK-3800 Camión Daihatsu G-200LS 1999 23,00034 WK-3801 Camión Daihatsu G-200LS 1999 23,000

35 XO-4878 Camión Mitsubishi Canter Turbo 2002 60,00036 PIS-081 Cmta. Nissan Frontier 4x4 2005 69,446

Inc AñoPlaca Tipo / Clase Marca Modelo Sumas Aseguradas

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

106

Page 107: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

EMP.DE ADMIN. DE INFRAEST. ELECTRICA S.A

US$1 PIR787 CAMIONETA NISSAN SEG TAR PROP. 2005 22,000.00 2 PIR798 CAMIONETA NISSAN SEG TAR PROP. 2005 22,000.00 3 PIR808 CAMIONETA NISSAN SEG TAR PROP. 2005 22,000.00 4 PIR801 CAMIONETA NISSAN SEG TAR PROP. 2005 22,000.00 5 PIF787 CAMIONETA NISSAN SEG TAR PROP. 2001 10,500.00 6 PIF782 CAMIONETA NISSAN SEG TAR PROP. 2001 10,500.00 7 RQJ257 CAMIONETA TOYOTA SEG TAR PROP. 2003 27,000.00 8 RQJ258 CAMIONETA TOYOTA SEG TAR PROP. 2003 27,000.00 9 PIF401 CAMIONETA TOYOTA SEG TAR PROP. 2000 7,800.00

10 PGW279 CAMIONETA TOYOTA SEG TAR PROP. 1997 4,700.00 11 PGW272 CAMIONETA TOYOTA SEG TAR PROP. 1997 4,700.00 12 PIG426 CAMIONETA TOYOTA HI LUX 2000 11,500.00 13 WGB574 CAMION INTERNATIONAL Sin Datos 2006 65,000.00

Valor EstimadoInc Placa Tipo / Clase Marca Modelo Año

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

107

Page 108: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

ELECTRO UCAYALI S.A.

US$1 XY2039 CAMION TOYOTA SEG TAR PROP. 1999 35,000.00 2 XY1813 CAMION CHEVROLET SEG TAR PROP. 1992 32,000.00 3 PY7146 CAMIONETA TOYOTA SEG TAR PROP. 2001 13,500.00 4 PY7150 CAMIONETA TOYOTA SEG TAR PROP. 2001 13,500.00 5 PY7130 CAMIONETA TOYOTA SEG TAR PROP. 2000 13,500.00 6 PY7106 CAMIONETA TOYOTA SEG TAR PROP. 1998 8,500.00 7 PY7104 CAMIONETA TOYOTA SEG TAR PROP. 1998 8,500.00 8 PY7105 CAMIONETA TOYOTA SEG TAR PROP. 1998 8,500.00 9 PGO840 CAMIONETA TOYOTA SEG TAR PROP. 1997 7,000.00

10 PGS237 CAMIONETA TOYOTA SEG TAR PROP. 1997 7,000.00 11 PGC769 CAMIONETA TOYOTA SEG TAR PROP. 1994 5,500.00 12 PGC771 CAMIONETA TOYOTA SEG TAR PROP. 1998 5,500.00 13 PGC775 CAMIONETA TOYOTA SEG TAR PROP. 1994 5,500.00 14 PGC773 CAMIONETA TOYOTA SEG TAR PROP. 1994 5,500.00 15 NY25783 MOTOCICLETA HONDA SEG TAR PROP. 2001 1,000.00 16 NY25781 MOTOCICLETA HONDA SEG TAR PROP. 2001 1,000.00 17 NY25782 MOTOCICLETA HONDA SEG TAR PROP. 2001 1,000.00 18 NY23871 MOTOCICLETA HONDA SEG TAR PROP. 2000 1,450.00 19 NY25034 MOTOCICLETA YAMAHA SEG TAR PROP. 2000 1,400.00 20 PY6827 CAMIONETA TOYOTA SEG TAR PROP. 1992 4,700.00 21 PY6706 CAMIONETA TOYOTA SEG TAR PROP. 1987 3,000.00 22 PY6824 CAMIONETA TOYOTA SEG TAR PROP. 1992 4,500.00 23 OO3514 CAMIONETA NISSAN SEG TAR PROP. 1991 4,700.00 24 OO3507 CAMIONETA NISSAN SEG TAR PROP. 1991 4,700.00 25 OO3569 CAMIONETA NISSAN SEG TAR PROP. 1991 4,700.00 26 OO3481 CAMIONETA NISSAN SEG TAR PROP. 1991 4,700.00 27 PY6828 CAMIONETA TOYOTA SEG TAR PROP. 1992 4,700.00 28 OO5402 CAMIONETA TOYOTA SEG TAR PROP. 1993 5,700.00 29 PQA714 CAMIONETA NISSAN FRONTIER 2006 26,000.00 30 PQA713 CAMIONETA NISSAN FRONTIER 2006 26,000.00 31 PQA712 CAMIONETA NISSAN FRONTIER 2006 26,000.00 32 PQA710 CAMIONETA NISSAN FRONTIER 2006 26,000.00 33 PQA694 CAMIONETA NISSAN FRONTIER 2006 26,000.00 34 PQA715 CAMIONETA NISSAN FRONTIER 2006 26,000.00 35 PQA721 CAMIONETA NISSAN FRONTIER 2006 26,000.00 36 PQA720 CAMIONETA NISSAN FRONTIER 2006 26,000.00 37 PQA719 CAMIONETA NISSAN FRONTIER 2006 26,000.00 38 PQA718 CAMIONETA NISSAN FRONTIER 2006 26,000.00 39 CAMIONETA NISSAN FRONTIER 2006 26,000.00 40 CAMIONETA NISSAN FRONTIER 2006 26,000.00

Año Valor Estimado

Inc Placa Tipo / Clase Marca Modelo

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

108

Page 109: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

ELECTROPERU S.A

US$1 PIM129 ZD30013525T CAMIONETA NISSAN FRONTIER 2003 17,000.00 2 PIM230 ZD30014415T CAMIONETA NISSAN FRONTIER 2003 17,000.00 3 PIM270 ZD30014303T CAMIONETA NISSAN FRONTIER 2003 17,000.00 4 PIM229 ZD30014488T CAMIONETA NISSAN FRONTIER 2003 17,000.00 5 RQA162 1FZ0470180 CAMIONETA TOYOTA SEG TAR PROP. 2001 25,000.00 6 PIE497 3RZ2345807 CAMIONETA TOYOTA HI LUX 2000 10,000.00 7 PIE500 3RZ2345648 CAMIONETA TOYOTA HI LUX 2000 10,000.00 8 PGZ533 Z24930829Z CAMIONETA NISSAN FRONTIER 1998 7,500.00 9 PGZ532 Z24923652Z CAMIONETA NISSAN FRONTIER 1998 7,500.00

10 PGU545 Z24907738Z CAMIONETA NISSAN FRONTIER 1997 7,000.00 11 PGU546 Z24907352Z CAMIONETA NISSAN FRONTIER 1997 7,000.00 12 RIK992 3RZ1340640 CAMIONETA TOYOTA LAND CRUISER 1997 10,300.00 13 RIL008 14L11551G CAMIONETA TOYOTA LAND CRUISER 1997 10,300.00 14 PGU547 Z24902454Z CAMIONETA NISSAN FRONTIER 1997 7,000.00 15 PGU541 Z24902007Z CAMIONETA NISSAN FRONTIER 1997 7,000.00 16 PGU543 Z24904835Z CAMIONETA NISSAN FRONTIER 1997 7,000.00 17 RIL010 3RZ1435477 CAMIONETA TOYOTA LAND CRUISER 1997 10,300.00 18 PGQ378 Z24959922Y CAMIONETA NISSAN SEG TAR PROP. 1996 6,500.00 19 PGQ379 Z24959753Y CAMIONETA NISSAN SEG TAR PROP. 1996 6,500.00 20 QI2218 TB42107705 CAMIONETA NISSAN SEG TAR PROP. 1994 7,500.00 21 RO9942 TB42074110 CAMIONETA NISSAN SEG TAR PROP. 1992 6,500.00 22 PGQ380 Z24959910Y CAMIONETA NISSAN SEG TAR PROP. 1996 5,500.00 23 PGL724 4D56GY9689 CAMIONETA MITSUBISHI SEG TAR PROP. 1996 5,500.00 24 PGO298 22R4159222 CAMIONETA TOYOTA SEG TAR PROP. 1996 5,500.00 25 OO3339 Z20772115X CAMIONETA NISSAN SEG TAR PROP. 1992 2,800.00 26 BGV388 3S7919866 AUTOMOVIL TOYOTA CORONA 2000 10,300.00 27 BGV391 3S7923692 AUTOMOVIL TOYOTA CORONA 2000 10,300.00 28 BGV395 3S7923063 AUTOMOVIL TOYOTA CORONA 2000 10,300.00 29 BGW390 1MZ1008923 AUTOMOVIL TOYOTA CAMRY 2000 13,000.00 30 BGW392 1MZ1003972 AUTOMOVIL TOYOTA CAMRY 2000 13,000.00 31 BGW935 3S7940400 AUTOMOVIL TOYOTA CORONA 2000 10,300.00 32 RIU876 1FMRU186XXLC46939 CAMIONETA FORD EXPEDITION 1999 17,000.00 33 RIU808 1FMRU1866XLC46937 CAMIONETA FORD EXPEDITION 1999 17,000.00 34 RIU807 1FMRU1868XLC46938 CAMIONETA FORD EXPEDITION 1999 17,000.00 35 RIP194 TB45019108 CAMIONETA NISSAN PATROL 1998 12,000.00 36 RIV870 CAMIONETA SSANG YONG MUSSO 1998 8,200.00 37 RIP193 TB45015826 CAMIONETA NISSAN PATROL 1998 11,000.00 38 RIL009 3RZ1468935 CAMIONETA TOYOTA LAND CRUISER 1997 11,000.00 39 RIK990 3RZ1381620 CAMIONETA TOYOTA LAND CRUISER 1997 11,000.00 40 RIK991 3RZ1170837 CAMIONETA TOYOTA LAND CRUISER 1997 11,000.00 41 RIK993 3RZ1380725 CAMIONETA TOYOTA LAND CRUISER 1997 11,000.00 42 GO5618 CA20798196B AUTOMOVIL NISSAN LAUREL 1994 3,800.00 43 GO3423 CA20798052B AUTOMOVIL NISSAN LAUREL 1994 3,800.00 44 UO9983 37498010336473 OMNIBUS MERCEDES BENZ SEG TAR PROP. 1996 37,000.00 45 UO9984 37498010337163 OMNIBUS MERCEDES BENZ SEG TAR PROP. 1996 37,000.00 46 PQA688 ZD30055651K CAMIONETA NISSAN FRONTIER 2006 21,500.00 47 PQA689 ZD30069019K CAMIONETA NISSAN FRONTIER 2006 21,500.00 48 PQA750 ZD30046843K CAMIONETA NISSAN FRONTIER 2006 21,500.00 49 PQA749 ZD30063562K CAMIONETA NISSAN FRONTIER 2006 21,500.00

AñoSumas

AseguradasInc Placa Nº Motor Tipo / Clase Marca Modelo

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

109

Page 110: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

HIDRANDINA 1/ 2

US$1 AE3105 BF632090 AUTOMOVIL VOLKSWAGEN ESCARABAJO 1300 1974 900.00 2 ML0508 3HA034612 MOTOCICLETA YAMAHA RX-115 1994 800.00 3 ML0983 L1855E5447024 MOTOCICLETA HONDA XL-185 1997 1,100.00 4 ML0984 L18SSE5447818 MOTOCICLETA HONDA CB-125 1997 1,100.00 5 ML5405 3HA034609 MOTOCICLETA YAMAHA RX-115 1994 800.00 6 ML6211 CB125SE2129126 MOTOCICLETA HONDA CB-125 1986 800.00 7 ML6528 3HA034615 MOTOCICLETA YAMAHA RX-115 1995 900.00 8 OI1629 3Y0139377 CAMIONETA TOYOTA HILUX 4X2 CD 3.0 D 1984 3,500.00 9 PD4947 3Y0057172 CAMIONETA TOYOTA HILUX 2.4 4X4 CD DIESEL 1984 2,700.00

10 PD6214 4Y0317894 CAMIONETA TOYOTA STOUT 1992 4,500.00 11 PD6215 4Y0317833 CAMIONETA TOYOTA HILUX 2.0 4X2 CD 1991 8,700.00 12 PD6216 4Y0322020 CAMIONETA TOYOTA HILUX 2.0 4X2 CD 1991 6,700.00 13 PD6302 4Y0324832 CAMIONETA TOYOTA HILUX 2.0 4X2 CD 1992 6,700.00 14 PD6839 3L3550731 CAMIONETA TOYOTA HILUX 4X2 CD 3.0 D 1994 7,800.00 15 PD6911 22R3931996 CAMIONETA TOYOTA HILUX 4X4 CD GX 2.8 DIESEL 1994 7,200.00 16 PE2462 3.5394E+13 CAMIONETA MERCEDES BENZ UNIMOG 1980 3,150.00 17 PE3052 4Y0320829 CAMIONETA TOYOTA STOUT 1992 4,500.00 18 PE3053 4Y0316845 CAMIONETA TOYOTA SR5 V6 PICK UP 1992 7,200.00 19 PE3055 4Y0322146 CAMIONETA TOYOTA SR5 V6 PICK UP 1992 7,200.00 20 PE3068 4Y0324471 CAMIONETA TOYOTA HILUX 4X4 CD 2.0 GASOLINA (YN67) 1992 7,200.00 21 PE3069 4Y0323675 CAMIONETA TOYOTA SR5 V6 PICK UP 1992 7,200.00 22 PE6358 4Y0316498 CAMIONETA TOYOTA HILUX 4X2 CD 3.0 D 1992 7,200.00 23 PE6359 4Y0317751 CAMIONETA TOYOTA STOUT 1992 4,500.00 24 PE6363 4Y0322550 CAMIONETA TOYOTA HILUX 4X2 CD 3.0 D 1992 7,200.00 25 PE6364 4Y0320521 CAMIONETA TOYOTA STOUT 1992 4,500.00 26 PE6371 4Y0323831 CAMIONETA TOYOTA HILUX 4X2 CD 3.0 D 1992 7,200.00 27 PIB558 3RZ2077120 CAMIONETA TOYOTA HILUX 4X2 CD 3.0 D 1999 11,600.00 28 PIB644 3RZ2065715 CAMIONETA TOYOTA HILUX 4X2 CD 3.0 D 1999 9,700.00 29 PIB698 3RZ2036017 CAMIONETA TOYOTA HILUX 4X2 CS 3.0 D 1999 9,700.00 30 PIC461 3RZ2032766 CAMIONETA TOYOTA HI LUX 4X4 D/C 1999 11,600.00 31 PIC462 3RZ2032114 CAMIONETA TOYOTA HILUX 2.2 4X4 CD 1999 9,700.00 32 PIG421 3L4999073 CAMIONETA TOYOTA HILUX 4X2 CD 3.0 D 2000 13,100.00 33 PIG598 3L5000482 CAMIONETA TOYOTA HI LUX 4X4 CD 3.0 DIESEL 2000 13,100.00 34 PIR541 TD27751038 CAMIONETA NISSAN FRONTIER 4X2 CD 2.0 2004 24,500.00 35 PIR545 TD27750746 CAMIONETA NISSAN FRONTIER 4X2 CD 2.0 2004 24,500.00 36 PIR546 TD27750330 CAMIONETA NISSAN FRONTIER 3.0 TD DX 2004 24,500.00 37 PIR549 TD27750343 CAMIONETA NISSAN FRONTIER 4X2 CD 2.0 2004 24,500.00 38 PIR550 TD27750443 CAMIONETA NISSAN FRONTIER 3.0 TD DX 2004 24,500.00 39 PIR551 TD27750422 CAMIONETA NISSAN FRONTIER 4X2 CD 2.0 2004 24,500.00 40 PIR552 TD27749861 CAMIONETA NISSAN FRONTIER 4X2 CD 2.0 2004 24,500.00 41 PIR553 TD27750970 CAMIONETA NISSAN FRONTIER 4X2 CD 2.0 2004 24,500.00 42 PIR586 TD27750929 CAMIONETA NISSAN FRONTIER 4X2 CD 2.0 2004 24,500.00 43 PIR818 ZD30048453T CAMIONETA NISSAN FRONTIER 4X2 CD 2.0 2005 25,300.00 44 PIR819 ZD30048541T CAMIONETA NISSAN FRONTIER 3.0 TD DX 2005 25,300.00 45 PIR824 ZD30048473T CAMIONETA NISSAN FRONTIER 4X2 CD 2.0 2005 25,300.00 46 PIR825 ZD30048498T CAMIONETA NISSAN FRONTIER 4X2 CD 2.0 2005 25,300.00 47 PIR828 ZD30048441T CAMIONETA NISSAN FRONTIER 3.0 TD DX 2005 25,300.00 48 PIR829 ZD30048518T CAMIONETA NISSAN FRONTIER 4X2 CD 2.0 2005 25,300.00 49 PIR830 ZD30048494T CAMIONETA NISSAN FRONTIER 3.0 TD DX 2005 25,300.00 50 PL2610 4Y0321911 CAMIONETA TOYOTA HILUX 4X2 CD 3.0 D 1991 6,700.00

Año Sumas AseguradasInc Placa Nº Motor Tipo / Clase Marca Modelo

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

110

Page 111: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

HIDRANDINA 2/ 2

51 PL2622 4Y0323421 CAMIONETA TOYOTA HI LUX 4X4 2.4 CAB 1 1/2 1992 7,200.00 52 PQB405 ZD300059268K CAMIONETA NISSAN FRONTIER 2006 22,100.84 53 PQB407 ZD300064080K CAMIONETA NISSAN FRONTIER 2006 22,100.84 54 PQB408 ZD300064404K CAMIONETA NISSAN FRONTIER 2006 22,100.84 55 PQB409 YD25225808A CAMIONETA NISSAN FRONTIER 2006 17,226.89 56 PQB410 YD25225500A CAMIONETA NISSAN FRONTIER 2006 17,226.89 57 PQB411 ZD300059573K CAMIONETA NISSAN FRONTIER 2006 22,100.84 58 PQB442 YD25221045A CAMIONETA NISSAN FRONTIER 2006 17,226.89 59 PQB443 YD25221821A CAMIONETA NISSAN FRONTIER 2006 17,226.89 60 PQB444 YD25221834A CAMIONETA NISSAN FRONTIER 2006 17,226.89 61 PQB445 YD25224290A CAMIONETA NISSAN FRONTIER 2006 17,226.89 62 PQB446 YD25221675A CAMIONETA NISSAN FRONTIER 2006 17,226.89 63 PQB449 ZD300058651K CAMIONETA NISSAN FRONTIER 2006 22,100.84 64 PQB450 ZD300064937K CAMIONETA NISSAN FRONTIER 2006 22,100.84 65 PQB463 ZD300058353K CAMIONETA NISSAN FRONTIER 2006 22,100.84 66 RE1437 2F596558 CAMIONETA TOYOTA LAND CRUISER HT 1982 3,900.00 67 RE1438 2F591239 CAMIONETA TOYOTA LAND CRUISER HT 1982 3,900.00 68 RO5752 NXJJE2950802 CAMIONETA JEEP CHEROKEE 2.5 1992 7,000.00 69 WD3939 PTJ8010450 CAMION DODGE DN-800 1978 11,300.00 70 WD3948 PT18010293 CAMION DODGE DP-500 1979 6,000.00 71 WD5161 4D31467824 CAMION MITSUBISHI CANTER TURBO 1986 7,200.00 72 WD6765 D37498010294247 CAMION MERCEDES BENZ 914/42.5 1996 23,900.00 73 WD6768 35699710420046 CAMION MERCEDES BENZ UNIMOG 1996 99,000.00 74 WD6894 D37498010294423 CAMION MERCEDES BENZ 914/42.5 1995 23,900.00 75 WD8436 D4DB3176692 CAMION HYUNDAI HD 72 INTERCOOLER 2003 109,848.90 76 WE1022 LH67177X19770W CAMION DODGE D-300 1971 2,900.00 77 WE2005 PT86000707 CAMION DODGE D-500 1976 4,500.00 78 WE2406 1FDNF60H6CVA0393 CAMION FORD F-600 1982 7,200.00 79 WE2407 TX67501X11038W CAMION FORD F-600 1982 7,200.00 80 WE2427 35396110824188 CAMION MERCEDES BENZ UNIMOG 1986 13,000.00 81 WE2432 35396110839290 CAMION MERCEDES BENZ UNIMOG 1986 13,000.00 82 WE2450 LH6717X7031S CAMION DODGE D-300 1980 3,900.00 83 WE2452 PT20169525 CAMION DODGE D-800 1976 6,000.00 84 WE2472 TU88333B043833B CAMION CHEVROLET D-70 1992 22,500.00 85 WE2473 TW8833B043646V CAMION CHEVROLET D-70 1991 20,000.00 86 WE2474 TU8833B43873V CAMION CHEVROLET S-10 4.3 4X4 CS 1991 20,000.00 87 WE2479 32295 CAMION HINO . 1983 6,200.00 88 WL1634 2D237719 CAMION TOYOTA DA115L 1985 9,000.00 89 XE1649 34499110894000 CAMION MERCEDES BENZ S/M 1987 15,500.00 90 XO6237 4094887 CAMION VOLKSWAGEN 8.12 2003 66,199.00 91 XO6238 4100512 CAMION VOLKSWAGEN 8.12 2003 66,199.00

Año Sumas AseguradasInc Placa Nº Motor Tipo / Clase Marca Modelo

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

111

Page 112: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

ELECTROCENTRO 1/ 3

US$1 2101 4G63LU1170 CAMIONETA MITSUBISHI L200 4X4 CD 2.0 1991 45002 2103 4G63108632 CAMIONETA MITSUBISHI L200 4X4 CD 2.0 1991 53003 DQ8241 AUTOMOVIL DATSUN STANZA 1980 14004 MP4180 JDO8E1017129 MOTOCICLETA HONDA XL-125 1994 8005 MS2524 JC25ERS17057 MOTOCICLETA HONDA XL-185 1995 8006 MS2525 C25ERS17057 MOTOCICLETA HONDA TITAN 1995 8007 OO2109 4G63MH8962 CAMIONETA MITSUBISHI L200 4X4 CD 2.0 1992 55008 OO2539 4Y0312738 CAMIONETA TOYOTA HI LUX 4X4 CD 3.0 DIESEL 1992 70009 OO2541 4Y0313055 CAMIONETA TOYOTA HI LUX 4X4 CD 3.0 DIESEL 1991 6500

10 OO2592 4Y0309708 CAMIONETA TOYOTA HILUX 4X2 CS 3.0 D 1992 700011 OO3338 220866987 CAMIONETA NISSAN FIERA 4X2 CS 1992 500012 OO3409 Z20628188 CAMIONETA NISSAN FIERA 4X2 CS 1992 500013 OO3488 Z24961796X CAMIONETA NISSAN FIERA 4X4 CS 1991 470014 OO3490 Z24961925X CAMIONETA NISSAN FIERA 4X2 CS 1991 470015 OO3561 Z249616031X CAMIONETA NISSAN FIERA 4X2 CD 1992 450016 OO3567 Z20867094X CAMIONETA NISSAN FIERA 4X2 CD 1991 430017 OO3570 Z24961418X CAMIONETA NISSAN FIERA 4X4 CD 1991 500018 OO3572 Z24961860X CAMIONETA NISSAN FIERA 4X2 CS 1991 650019 OO3576 Z24962075X CAMIONETA NISSAN FIERA 4X2 CS 1991 500020 OO3638 4Y00307013 CAMIONETA TOYOTA HILUX 4X2 CS 3.0 D 1991 500021 OP1231 KA24897326X CAMIONETA NISSAN FIERA 4X2 CS 2002 1600022 OQ6018 4Y0253019 CAMIONETA TOYOTA HI LUX 4X4 CD 3.0 DIESEL 1981 320023 OQ8217 4Y0283473 CAMIONETA TOYOTA HI LUX 4X4 CD 3.0 DIESEL 1991 400024 OQ8218 4Y0284211Y CAMIONETA TOYOTA HI LUX 4X4 CD 3.0 DIESEL 1990 400025 OQ8306 4Y0287698 CAMIONETA TOYOTA HI LUX 4X4 CD 3.0 DIESEL 1990 400026 OQ8593 4Y0291314 CAMIONETA TOYOTA STOUT 1991 400027 OQ8862 4Y0284033 CAMIONETA TOYOTA HILUX 4X2 CD 3.0 D 1991 510028 OQ8997 4Y0293338 CAMIONETA TOYOTA STOUT 1991 440029 PGE467 CAMIONETA TOYOTA HILUX 2.0 4X2 CS 1995 1000030 PIB643 3RZ2063702 CAMIONETA TOYOTA HILUX 4X4 CD GX 2.7 GASOLINA (RZN169) 1999 600031 PIB645 3RZ2083293 CAMIONETA TOYOTA HILUX 4X4 CD GX 2.7 GASOLINA (RZN169) 1999 600032 PIB710 3RZ2030752 CAMIONETA TOYOTA HI LUX 4X4 CD 3.0 GASOLINA 1999 1550033 PIB711 3RZ2030931 CAMIONETA TOYOTA HILUX 4X4 CD GX 2.7 GASOLINA (RZN169) 1999 600034 PIC463 3RZ2030307 CAMIONETA TOYOTA HI LUX 4X4 CD 3.0 GASOLINA 1999 1550035 PID703 3L4914173 CAMIONETA TOYOTA HI LUX 4X4 CD 3.0 DIESEL 2000 1250036 PIN245 KA24144338A CAMIONETA NISSAN FIERA 4X2 CD 2003 1350037 PIN246 KA24145232A CAMIONETA NISSAN FIERA 4X2 CD 2.4 (1998-2004) 2003 1350038 PIN247 KA24863245Y CAMIONETA NISSAN FRONTIER 4X4 CS 2.4 8V 2003 2100039 PIN257 KA24862277Y CAMIONETA NISSAN FRONTIER 4X4 CS 2.4 8V 2003 2100040 PIN258 KA24850915Y CAMIONETA NISSAN FRONTIER 4X4 CS 2.4 8V 2003 2100041 PIN259 KA24857811Y CAMIONETA NISSAN FRONTIER 4X4 CS 2.4 8V 2003 2200042 PIN261 KA24856552Y CAMIONETA NISSAN FRONTIER 4X4 CS 2.4 8V 2003 2200043 PIN263 KA24145228A CAMIONETA NISSAN FIERA 4X2 CD 2.4 (1998-2004) 2003 1350044 PIN264 KA24149226A CAMIONETA NISSAN FIERA 4X2 CS 2.4 (1998-2004) 2003 1350045 PIN265 KA24148353A CAMIONETA NISSAN FIERA 4X2 CD 2.4 (1998-2004) 2003 1350046 PIN310 KA24851297Y CAMIONETA NISSAN FRONTIER 4X4 CS 2.4 8V 2003 2200047 PIN311 KA24150102A CAMIONETA NISSAN FRONTIER 4X4 CS 2.4 8V 2003 2200048 PIN319 KA24845147Y CAMIONETA NISSAN FRONTIER 4X4 CS 2.4 8V 2003 2200049 PIN320 KA24145250A CAMIONETA NISSAN FIERA 4X2 CD 2003 1350050 PIN332 KA24149882A CAMIONETA NISSAN FIERA 4X2 CD 2003 13500

AñoSumas

AseguradasInc Placa Nº Motor Tipo / Clase Marca Modelo

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

112

Page 113: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

ELECTROCENTRO 2/ 3

51 PIP764 CAMIONETA NISSAN FRONTIER 4X4 CD 2.4 8V 2003 2200052 PM3088 4Y308742 CAMIONETA TOYOTA HILUX 4X2 CS 3.0 D 1991 510053 PM3089 4Y313262 CAMIONETA TOYOTA STOUT 1992 480054 PM3090 4Y308530 CAMIONETA TOYOTA STOUT 1992 480055 PM7662 Z20616561 CAMIONETA NISSAN UFLGD21SF 1991 500056 PM7665 4Y0300166 CAMIONETA TOYOTA HI LUX 4X4 CD 3.0 DIESEL 1991 670057 PN1371 4Y0283995 CAMIONETA TOYOTA HILUX 2.4 4X4 CD DIESEL 1991 670058 PN1380 4Y0313402 CAMIONETA TOYOTA HILUX 4X2 CS 3.0 D 1992 590059 PN1381 4Y0308471 CAMIONETA TOYOTA HI LUX 4X4 CD 3.0 DIESEL 1992 720060 PN1383 4Y0313890 CAMIONETA TOYOTA HI LUX 4X4 CD 3.0 DIESEL 1992 720061 PP5549 J18003263P CAMIONETA NISSAN TLE720T 1986 320062 PP5696 J18003257 CAMIONETA NISSAN FIERA 4X2 CS 1996 700063 PP5777 AY0281786 CAMIONETA TOYOTA HI LUX 4X4 CD 3.0 DIESEL 1990 400064 PP5780 J180032680 CAMIONETA NISSAN FIERA 4X2 CS 1986 320065 PP5787 Z20610456 CAMIONETA NISSAN UFLGD21SF 1990 400066 PP5792 3Y0865461 CAMIONETA TOYOTA HI LUX 4X4 CD 3.0 DIESEL 1991 670067 PP5796 4Y0284101 CAMIONETA TOYOTA HI LUX 4X4 CD 3.0 DIESEL 1990 400068 PP5865 4Y0284906 CAMIONETA TOYOTA HI LUX 4X4 CD 3.0 DIESEL 1991 670069 PP5955 Z20864771X CAMIONETA NISSAN FIERA 4X2 CS 1992 470070 PP5956 Z208664863X CAMIONETA NISSAN FIERA 4X2 CS 1992 470071 PP5957 Z0865198X CAMIONETA NISSAN FIERA 4X2 CS 1992 470072 PP5960 Z24404433W CAMIONETA NISSAN FIERA 4X2 CS 1991 420073 PP5961 4Y0313494 CAMIONETA TOYOTA HI LUX 4X4 CD 3.0 DIESEL 1992 720074 PP5982 Y03201450 CAMIONETA TOYOTA HI LUX 4X4 CD 3.0 DIESEL 1992 720075 PP6025 Z206300047 CAMIONETA NISSAN FIERA 4X2 CD 1992 470076 PP6044 Z20867979X CAMIONETA NISSAN FIERA 4X2 CS 1992 470077 PP6047 4Y032673 CAMIONETA TOYOTA HI LUX 4X4 CD 3.0 DIESEL 1992 720078 PP6048 4Y0324170 CAMIONETA TOYOTA HI LUX 4X4 CD 3.0 DIESEL 1992 720079 PP6174 Z249107804 CAMIONETA NISSAN FIERA 4X2 CD 1993 520080 PP6931 22R4213509 CAMIONETA TOYOTA HILUX 4X4 CD GX 2.8 DIESEL 1997 1080081 PP6932 22R4219310 CAMIONETA TOYOTA HI LUX 4X4 CD 3.0 DIESEL 1997 1080082 PP6933 22R4213222 CAMIONETA TOYOTA HI LUX 4X4 CD 3.0 DIESEL 1997 1080083 PP6934 22R4213648 CAMIONETA TOYOTA HI LUX 4X4 CD 3.0 DIESEL 1997 1080084 PP6935 22R4213250 CAMIONETA TOYOTA HI LUX 4X4 CD 3.0 DIESEL 1997 1080085 PP6936 22R4214392 CAMIONETA TOYOTA HI LUX 4X4 CD 3.0 DIESEL 1997 1080086 PP7160 3R1803885 CAMIONETA TOYOTA HI LUX 4X4 CD 3.0 DIESEL 1998 1300087 PP7161 3RZ1707806 CAMIONETA TOYOTA HI LUX 4X4 CD 3.0 DIESEL 1998 1300088 PP7162 3RZ1798121 CAMIONETA TOYOTA HI LUX 4X4 CD 3.0 DIESEL 1998 1300089 PP7163 3RZ1803075 CAMIONETA TOYOTA HI LUX 4X4 CD 3.0 DIESEL 1998 1300090 PP7164 3RZ1799784 CAMIONETA TOYOTA HI LUX 4X4 CD 3.0 DIESEL 1998 1300091 PP7165 3RZ1793925 CAMIONETA TOYOTA HI LUX 4X4 CD 3.0 DIESEL 1998 1300092 PP7166 3RZ1725661 CAMIONETA TOYOTA HI LUX 4X4 CD 3.0 DIESEL 1998 1300093 PP7167 3RZ1770054 CAMIONETA TOYOTA HI LUX 4X4 CD 3.0 DIESEL 1998 1300094 PP7168 3RZ17069556 CAMIONETA TOYOTA HI LUX 4X4 CD 3.0 DIESEL 1998 1300095 PP7169 3RZ1731720 CAMIONETA TOYOTA HI LUX 4X4 CD 3.0 DIESEL 1998 1300096 PP7170 3RZ1739123 CAMIONETA TOYOTA HI LUX 4X4 CD 3.0 DIESEL 1998 1300097 PP7171 3RZ1740928 CAMIONETA TOYOTA HI LUX 4X4 CD 3.0 DIESEL 1998 1300098 PP7172 3RZ1757531 CAMIONETA TOYOTA HI LUX 4X4 CD 3.0 DIESEL 1998 13000

AñoSumas

AseguradasInc Placa Nº Motor Tipo / Clase Marca Modelo

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

113

Page 114: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

ELECTROCENTRO 3/ 3

99 PP7173 CAMIONETA TOYOTA HI LUX 4X4 CD 3.0 DIESEL 1998 13000100 PP7174 3RZ1730110 CAMIONETA TOYOTA HI LUX 4X4 CD 3.0 DIESEL 1998 13000101 PQB488 ZD30071545K CAMIONETA NISSAN FRONTIER 2006 26300102 PQB541 ZD30065045F CAMIONETA NISSAN FRONTIER 2006 26300103 PQB542 ZD30064683K CAMIONETA NISSAN FRONTIER 2006 26300104 PQB543 ZD30068031K CAMIONETA NISSAN FRONTIER 2006 26300105 PQB544 ZD30064217K CAMIONETA NISSAN FRONTIER 2006 26300106 PQB545 ZD30063416K CAMIONETA NISSAN FRONTIER 2006 26300107 PQB576 ZD30068615K CAMIONETA NISSAN FRONTIER 2006 26300108 PQB577 ZD30070155K CAMIONETA NISSAN FRONTIER 2006 26300109 PQB578 ZD30070523K CAMIONETA NISSAN FRONTIER 2006 26300110 PQB579 ZD30070662K CAMIONETA NISSAN FRONTIER 2006 26300111 PQB580 ZD30069595K CAMIONETA NISSAN FRONTIER 2006 26300112 PQB599 ZD30070746K CAMIONETA NISSAN FRONTIER 2006 26300113 PQB600 ZD30059943K CAMIONETA NISSAN FRONTIER 2006 26300114 PQB602 ZD30070908K CAMIONETA NISSAN FRONTIER 2006 26300115 PR1177 4Y0316052 CAMIONETA TOYOTA HI LUX 4X4 CD 3.0 DIESEL 1992 7200116 RG2061 JCSERS17155 MOTOCICLETA HONDA CG150 TITAN 1995 1100117 RP1807 CAMIONETA NISSAN PATHFINDER 2.7 D 1982 3000118 RQ3804 4G54FY5437 CAMIONETA MITSUBISHI MONTERO 3.8 V6 1986 3600119 RQ4498 2F822883 CAMIONETA TOYOTA LAND CRUISER HT 1984 3600120 RQ7840 6G72LX5474 CAMIONETA MITSUBISHI MONTERO SUPER WAGON 1990 4500121 RQ9950 TB42073866 CAMIONETA NISSAN PATROL 4.2 4X4 1992 7200122 WM2993 TU8833804389V CAMION GRUA CHEVROLET D-70 1991 13500123 WP6987 1FDNF604SCVA03938 CAMION FORD F-600 1981 7200124 WP7169 31997 AUTOMOVIL HINO . 1982 8000125 WP8225 1FDKF3H8MKASO 302 CAMION FORD F-350 1991 10800126 WP9521 1705808 CAMION DATSUN BLUEBIRD 2002 14000127 WP9522 4D34129642 CAMION MITSUBISHI FE-214EXSLCP 2002 24000128 WP9538 37498810579167 CAMION MERCEDES BENZ S/M 2003 20000129 WP9539 37498810579145 CAMION MERCEDES BENZ S/M 2003 20000130 WP9540 37498810579160 CAMION MERCEDES BENZ S/M 2003 20000131 WP9541 37498810579150 CAMION MERCEDES BENZ S/M 2003 20000132 WP9542 37498810580924 CAMION MERCEDES BENZ S/M 2003 20000133 WP9543 37498810581022 CAMION MERCEDES BENZ S/M 2003 20000134 WP9544 37498810582042 CAMION MERCEDES BENZ S/M 2003 20000135 WP9545 37498810582153 CAMION MERCEDES BENZ S/M 2003 20000136 WP9546 37498810582114 CAMION MERCEDES BENZ S/M 2003 20000137 XO6079 4000722 CAMION VOLKSWAGEN GTI 2003 30000

AñoSumas

AseguradasInc Placa Nº Motor Tipo / Clase Marca Modelo

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

114

Page 115: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

ELECTRONOROESTE 1/ 2

US$1 **0002 BEV009260 MONTACARGA LINK BELT S/M 2005 33,000.00 2 2 BEV009248 MONTACARGA LINK BELT S/M 2005 33,000.00 3 AAA003 ZD30059937K CAMIONETA NISSAN FRONTIER 2006 26,300.00 4 AB9469 BJ847810 AUTOMOVIL VOLKSWAGEN ESCARABAJO 1300 1981 1,500.00 5 AQ1002 R1660561 AUTOMOVIL VOLKSWAGEN ESCARABAJO 1300 1979 1,500.00 6 CB128 CB125SE2133724 MOTOKAR HONDA CB-125 1987 800.00 7 CO5675 4AK112550 AUTOMOVIL TOYOTA COROLLA 1.6 (VERSION AMERICANA) 1992 4,800.00 8 CO5807 4AF091996 AUTOMOVIL TOYOTA COROLLA 1.6 (VERSION AMERICANA) 1992 4,800.00 9 MB6910 C5OE5411791 MOTOCICLETA HONDA C-50 1996 1,500.00

10 MB8986 L185SE5210894 MOTOCICLETA HONDA XT175 1982 1,000.00 11 NB0678 52A006367 MOTOCICLETA YAMAHA RX-115 1994 1,250.00 12 NB0682 52A007372 AUTOMOVIL YAMAHA RX-115 1994 1,250.00 13 NB0713 52A007373 MOTOCICLETA YAMAHA RX-115 1994 1,250.00 14 NB0715 52A007317 MOTOCICLETA YAMAHA RX-115 1994 1,250.00 15 NB1018 CB125SE2129258 MOTOCICLETA HONDA CB-125 1986 1,350.00 16 NB1019 CB125SE2129161 MOTOKAR HONDA CB-125 1986 800.00 17 NB1780 GS125A199239 MOTOCICLETA SUZUKI GS-125 1986 1,350.00 18 NB1781 GS125A199442 MOTOCICLETA SUZUKI CB125 1995 1,350.00 19 NB2646 96L10E07918 MOTOCICLETA HONDA CD-100 SLEEK 1996 800.00 20 NB2768 CB125SE2130681 MOTOCICLETA HONDA CB-125 1986 800.00 21 NB3301 3HA62726 MOTOCICLETA YAMAHA AG-100 1998 2,500.00 22 NB3302 3HA62733 MOTOCICLETA YAMAHA AG-100 1998 2,500.00 23 NB3425 97M17E00184 MOTOCICLETA HONDA SPLENDOR 1997 2,000.00 24 NB7718 O1E18E06661 MOTOCICLETA HONDA SPLENDOR 2000 1,500.00 25 NB7719 O1D18E18761 MOTOCICLETA HONDA SPLENDOR 2000 1,500.00 26 OB1019 2L3588505 CAMIONETA TOYOTA HILUX 4X2 CS 3.0 D 1994 7,000.00 27 OB1140 2L3673276 CAMIONETA TOYOTA HILUX 4X2 CS 3.0 D 1994 7,000.00 28 OB1212 2L3686213 CAMIONETA TOYOTA HILUX 4X2 CS 3.0 D 1995 7,200.00 29 OB1224 3L3730956 CAMIONETA TOYOTA HI LUX 4X4 CD 3.0 DIESEL 1995 7,000.00 30 OO5141 22R3541452 CAMIONETA TOYOTA HI LUX 4X4 CD 3.0 DIESEL 1992 7,000.00 31 OO5145 22R3540187 CAMIONETA TOYOTA HI LUX 4X4 CD 3.0 DIESEL 1993 7,400.00 32 OO5146 22R3549229 CAMIONETA TOYOTA HI LUX 4X4 CD 3.0 DIESEL 1993 7,200.00 33 OO5163 22R3535566 CAMIONETA TOYOTA HI LUX 4X4 CD 3.0 DIESEL 1992 7,200.00 34 OO5862 22R3460638 CAMIONETA TOYOTA HI LUX 4X4 CD 3.0 DIESEL 1993 7,400.00 35 OO5863 22R3556409 CAMIONETA TOYOTA HI LUX 4X4 CD 3.0 DIESEL 1993 7,400.00 36 OO5865 22R3561858 CAMIONETA TOYOTA HI LUX 4X4 CD 3.0 DIESEL 1993 7,400.00 37 OO6663 22R3553431 CAMIONETA TOYOTA HI LUX 4X4 CD 3.0 DIESEL 1992 7,400.00 38 OO6664 22R3552486 CAMIONETA TOYOTA HI LUX 4X4 CD 3.0 DIESEL 1992 7,200.00 39 OO6665 22R3556361 CAMIONETA TOYOTA HI LUX 4X4 CD 3.0 DIESEL 1992 7,200.00 40 OO6668 22R3569961 CAMIONETA TOYOTA HI LUX 4X4 CD 3.0 DIESEL 1992 7,200.00 41 OO6671 22R3566214 CAMIONETA TOYOTA HI LUX 4X4 CD 3.0 DIESEL 1992 7,200.00 42 OO6676 22R3566011 CAMIONETA TOYOTA HI LUX 4X4 CD 3.0 DIESEL 1992 7,200.00 43 OO6677 22R3552505 CAMIONETA TOYOTA HI LUX 4X4 CD 3.0 DIESEL 1992 7,200.00 44 OO6680 22R3566750 CAMIONETA TOYOTA HI LUX 4X4 CD 3.0 DIESEL 1992 7,200.00 45 PB7431 J16293958J CAMIONETA DATSUN STANZA 1983 2,200.00

Año Sumas AseguradasInc Placa Nº Motor Tipo / Clase Marca Modelo

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

115

Page 116: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

ELECTRONOROESTE 2/ 2

46 PB9287 FE168447 CAMIONETA MAZDA B2000 CS 1984 4,000.00 47 PQA479 ZD30070231K CAMIONETA NISSAN FRONTIER 2006 26,300.00 48 PQA480 2D30065329K CAMIONETA NISSAN FRONTIER 2006 26,300.00 49 PQA481 YD25221536A CAMIONETA NISSAN FRONTIER 2006 20,500.00 50 PQA482 YD25221816A CAMIONETA NISSAN FRONTIER 2006 20,500.00 51 PQA483 YD25221893A CAMIONETA NISSAN FRONTIER 2006 20,500.00 52 PQA484 YD25221648A CAMIONETA NISSAN FRONTIER 2006 20,500.00 53 PQA496 YD25221636A CAMIONETA NISSAN FRONTIER 2006 20,500.00 54 PQA497 YD25221640A CAMIONETA NISSAN FRONTIER 2006 20,500.00 55 PQA498 YD25222377A CAMIONETA NISSAN FRONTIER 2006 20,500.00 56 PQA499 YD25221835A CAMIONETA NISSAN FRONTIER 2006 20,500.00 57 PQA500 YD25222072A CAMIONETA NISSAN FRONTIER 2006 20,500.00 58 PQA504 ZD30059444K CAMIONETA NISSAN FRONTIER 2006 26,300.00 59 PQA505 ZD30058618K CAMIONETA NISSAN FRONTIER 2006 26,300.00 60 PQA506 ZD30058718K CAMIONETA NISSAN FRONTIER 2006 26,300.00 61 PQA516 ZD30063545K CAMIONETA NISSAN FRONTIER 2006 26,300.00 62 PQA517 ZD30063573K CAMIONETA NISSAN FRONTIER 2006 26,300.00 63 PQA518 ZD30064060K CAMIONETA NISSAN FRONTIER 2006 26,300.00 64 PQA519 ZD30063947K CAMIONETA NISSAN FRONTIER 2006 26,300.00 65 PQA524 ZD30058763K CAMIONETA NISSAN FRONTIER 2006 26,300.00 66 PQA525 ZD30071000K CAMIONETA NISSAN FRONTIER 2006 26,300.00 67 PQA526 ZD30070083K CAMIONETA NISSAN FRONTIER 2006 26,300.00 68 PQA527 ZD30058898K CAMIONETA NISSAN FRONTIER 2006 26,300.00 69 RB3566 EJ20130630 CAMIONETA SUBARU FORESTER 2.0 AWD 1997 11,000.00 70 RC1644 2F605242 CAMIONETA TOYOTA LAND CRUISER HT 1982 2,300.00 71 RGH365 22R3567455 CAMIONETA TOYOTA 4 RUNNER 2.2 1993 10,000.00 72 RGH366 22R3567766 CAMIONETA TOYOTA 4 RUNNER 2.2 1993 10,000.00 73 RQ1365 XGEWD7C14ETG43727 CAMIONETA JEEP CHEROKEE 2.5 1983 3,800.00 74 SO9134 WVW22332GE077878 AUTOMOVIL VOLKSWAGEN PASSAT 1986 3,800.00 75 WA1247 4D31393274 CAMION DODGE D-300 1974 3,400.00 76 WB5366 LH67177X10996W CAMION FORD F-600 1982 7,200.00 77 WB5442 3183272363 CAMION GRUA DODGE D-300 1983 5,000.00 78 WB5918 TU188338051920V AUTOMOVIL CHEVROLET D-70 1994 45,000.00 79 XG3945 6861852625 CAMION ISUZU FSR33H-04 1993 50,000.00 80 XG5188 B1346010 CAMION GRUA TOYOTA DYNA 350 1994 13,500.00 81 XG5189 B1346583 CAMION TOYOTA DYNA 350 1994 13,500.00 82 XG5190 B1345774 CAMION TOYOTA DYNA 350 1994 13,500.00 83 XG5192 B1346214 CAMION TOYOTA DYNA 350 1994 13,500.00 84 XG5193 B1345872 CAMION TOYOTA DYNA 350 1994 13,500.00 85 XO6514 4107095 CAMION VOLKSWAGEN 7.11 2004 56,000.00 86 XO6515 4107093 CAMION VOLKSWAGEN 7.11 2004 56,000.00 87 XO6722 904925567 CAMION GRUA MERCEDES BENZ 1315 2004 69,000.00

Año Sumas AseguradasInc Placa Nº Motor Tipo / Clase Marca Modelo

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

116

Page 117: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

ELECTRONORTE

US$1 **0003 95110304 MOTOCICLETA KUMOTO XING-FU 125A 1995 900.00 2 **0004 123097 MOTOCICLETA HYOSUNG MX 125 1995 900.00 3 **0005 E2124460 MOTOCICLETA YAMAHA AG-100 1992 1,200.00 4 **0006 L185SE5447357 MOTOCICLETA HONDA XL-125 1996 1,000.00 5 **0007 MOTOCICLETA HONDA XL-125 1983 1,000.00 6 **0008 3HA027175 MOTOCICLETA YAMAHA AG-100 1992 1,200.00 7 BC6754 GA16713640S AUTOMOVIL NISSAN BAMALBFB13SW01 1996 4,500.00 8 EQ3969 BD062468 AUTOMOVIL VOLKSWAGEN ESCARABAJO 1300 1982 1,500.00 9 OQ9655 Z24401255 CAMIONETA NISSAN 11ZUBLMD21SFA 1991 6,000.00

10 PC7513 4Y0266495 CAMIONETA TOYOTA HI LUX 4X4 CD 3.0 DIESEL 1990 5,000.00 11 PC7636 4Y0300712 CAMIONETA TOYOTA HILUX 4X2 CD 3.0 D 1991 4,000.00 12 PC7642 4Y0303955 CAMIONETA TOYOTA HILUX 4X2 CD 3.0 D 1991 4,000.00 13 PC7643 BD30005616 CAMIONETA TOYOTA HILUX 4X2 CD 3.0 D 1991 4,500.00 14 PC7707 3L2306434 CAMIONETA TOYOTA HILUX 4X2 CD 3.0 D 1991 5,500.00 15 PC8890 3L3800672 CAMIONETA TOYOTA HILUX 4X2 CD 3.0 D 1995 7,500.00 16 PC8906 22R4096239 CAMIONETA TOYOTA RN85L-TRMSSV 1995 7,500.00 17 PC8949 3L3837758 CAMIONETA TOYOTA HI LUX 4X4 CD 3.0 DIESEL 1995 7,500.00 18 PC9302 TD27171560 CAMIONETA CHEVROLET EL CAMINO 1995 5,500.00 19 PW1754 Z20866937 CAMIONETA NISSAN FLGD21SFA 1992 5,000.00 20 WC3253 FD35015512 CAMIONETA DODGE D-300 1975 4,000.00 21 WH6791 3021255 CAMION GRUA SCANIA L-11154 1980 19,500.00 22 WQ8045 PT86003165 CAMION GRUA DODGE D-500 1976 17,000.00 23 XI8321 6014963 CAMION GRUA FORD F-14000 1997 27,000.00 24 XI8511 6015588 CAMION GRUA FORD F-14000 1996 27,000.00

Año Sumas AseguradasInc Placa Nº Motor Tipo / Clase Marca Modelo

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

117

Page 118: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

ELECTRO ORIENTE 1/ 2

US$1 MG33481 MOTOCICLETA HONDA SPLENDOR 2002 1,200.00 2 MG33482 MOTOCICLETA HONDA SPLENDOR 2002 1,200.00 3 MG33493 MOTOCICLETA HONDA SPLENDOR 2002 1,200.00 4 MG33500 MOTOCICLETA HONDA SPLENDOR 2002 1,200.00 5 MX02955 MOTOCICLETA HONDA CD 100 1996 800.00 6 MX02957 MOTOCICLETA HONDA CD 100 1996 800.00 7 MX0296 MOTOCICLETA SUZUKI DR-125-SE 1992 800.00 8 MX03053 MOTOCICLETA WUYANG WY 125-A 1996 800.00 9 MX03325 MOTOCICLETA WUYANG WY 125-A 1996 900.00

10 MX03458 MOTOCICLETA MOTOKAR MC125GL 1997 1,400.00 11 MX03459 MOTOCICLETA MOTOKAR MC125GL 1997 1,400.00 12 MX03460 MOTOCICLETA MOTOKAR MC125GL 1997 1,400.00 13 MX03461 MOTOCICLETA MOTOKAR MC125GL 1997 1,400.00 14 MX04657 MOTOCICLETA YAMAHA AG-100 1998 1,200.00 15 MX13649 MOTOCICLETA YAMAHA AG-100 2000 1,500.00 16 MX13650 MOTOCICLETA YAMAHA AG-100 2000 1,500.00 17 MX13651 MOTOCICLETA YAMAHA AG-100 2000 1,500.00 18 MX14522 MOTOCICLETA YAMAHA AG-100 2000 1,500.00 19 MX15494 MOTOCICLETA YAMAHA AG-100 2001 1,700.00 20 MX15496 MOTOCICLETA YAMAHA AG-100 2002 1,900.00 21 MX15497 MOTOCICLETA YAMAHA RX100 2001 1,700.00 22 MX15498 MOTOCICLETA YAMAHA AG-100 2001 1,700.00 23 MX33260 MOTOCICLETA LING KEN LK110-8 2005 667.00 24 MX33432 MOTOCICLETA LING KEN LK125-5B 2005 788.00 25 MX5030 MOTOCICLETA HONDA XL-185 1986 450.00 26 MX5227 MOTOCICLETA YAMAHA AG-100 1981 400.00 27 MY00018 CAMION DODGE A-300 1981 3,300.00 28 MY50130 MOTOCICLETA HONDA XL-185 1986 450.00 29 MY50598 MOTOCICLETA SUZUKI DR-125-SE 1988 650.00 30 MY65243 MOTOCICLETA HONDA MF 125 2001 1,900.00 31 MY65244 MOTOCICLETA HONDA MF 125 2001 1,900.00 32 MY65245 MOTOCICLETA HONDA MF 125 2001 1,900.00 33 MY65246 MOTOCICLETA HONDA MF 125 2001 1,900.00 34 MY81112 MOTOCICLETA HONDA CGL 125 2004 4,872.00 35 MY85939 MOTOCICLETA HONDA CGL 125 2006 1,420.00 36 MY85953 MOTOCICLETA HONDA CGL 125 2006 1,420.00 37 MY85954 MOTOCICLETA HONDA CGL 125 2006 1,420.00 38 OO1323 CAMIONETA TOYOTA HILUX 2.2 4X4 CD 1991 3,900.00 39 OO3337 CAMIONETA NISSAN FIERA 4X2 CD 1991 3,600.00 40 OO3342 CAMIONETA NISSAN PICK UP CD G 1992 2,900.00 41 OO3411 CAMIONETA NISSAN PICK UP CD G 1992 1,400.00 42 OO3423 CAMIONETA NISSAN FIERA 4X2 CS 1991 2,500.00 43 OO3480 CAMIONETA NISSAN FIERA 4X2 CS 1991 2,500.00 44 OO3483 CAMIONETA NISSAN FIERA 4X2 CD 1991 3,600.00 45 OO3493 CAMIONETA NISSAN FIERA 4X2 CD 1991 2,500.00 46 OO3495 CAMIONETA NISSAN FIERA 4X2 CD 1991 3,600.00

Año Sumas AseguradasInc Placa Tipo / Clase Marca Modelo

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

118

Page 119: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

ELECTRO ORIENTE 2/ 2

47 OO3568 CAMIONETA NISSAN FIERA 4X2 CD 1991 2,500.00 48 PGD548 CAMIONETA TOYOTA HILUX 4X4 CD DIESEL 1995 4,400.00 49 PGE081 CAMIONETA TOYOTA HILUX 4X4 CD DIESEL 1995 4,400.00 50 PGW281 CAMIONETA TOYOTA HILUX 2.2 4X4 CD 1997 5,400.00 51 PGY144 CAMIONETA TOYOTA HILUX 2.2 4X4 CD 1998 8,300.00 52 PGY145 CAMIONETA TOYOTA HILUX 2.2 4X4 CD 1998 8,300.00 53 PIB678 CAMIONETA TOYOTA HILUX 2.2 4X4 CD 1999 9,000.00 54 PIB679 CAMIONETA TOYOTA HILUX 2.2 4X4 CD DIESEL 1998 6,900.00 55 PIR780 CAMIONETA NISSAN FRONTIER DC DX 3.0 2005 28,000.00 56 PIR796 CAMIONETA NISSAN FRONTIER DC DX 3.0 2005 28,000.00 57 PIR797 CAMIONETA NISSAN FRONTIER DC DX 3.0 2005 28,000.00 58 PIR799 CAMIONETA NISSAN FRONTIER DC DX 3.0 2005 28,000.00 59 PIR809 CAMIONETA NISSAN FRONTIER 3.0 TD DX 2005 20,900.00 60 PQB244 CAMIONETA NISSAN FRONTIER 4X4 3.0 CD TD 2006 26,300.00 61 PQB246 CAMIONETA NISSAN FRONTIER 2.5 4X2 CD TDI 2006 20,500.00 62 PQB247 CAMIONETA NISSAN FRONTIER 2.5 4X2 CD TDI 2006 20,500.00 63 PQB248 CAMIONETA NISSAN FRONTIER 2.5 4X2 CD TDI 2006 20,500.00 64 PQB281 CAMIONETA NISSAN FRONTIER 2.5 4X2 CD TDI 2006 26,300.00 65 PQB282 CAMIONETA NISSAN FRONTIER 2.5 4X2 CD TDI 2006 20,500.00 66 PQB283 CAMIONETA NISSAN FRONTIER 2.5 4X2 CD TDI 2006 20,500.00 67 PQB321 CAMIONETA NISSAN FRONTIER 2.5 4X2 CD TDI 2006 20,500.00 68 PQB322 CAMIONETA NISSAN FRONTIER 2.5 4X2 CD TDI 2006 20,500.00 69 PQB323 CAMIONETA NISSAN FRONTIER 2.5 4X2 CD TDI 2006 20,500.00 70 PX1365 CAMIONETA DATSUN GNL-620 1980 1,900.00 71 PX3079 CAMIONETA TOYOTA HILUX 4X2 CD 3.0 D 1993 4,500.00 72 PX3233 CAMIONETA TOYOTA PICK UP CS DIESEL 1996 5,700.00 73 PX3234 CAMIONETA TOYOTA PICK UP CS DIESEL 1995 5,700.00 74 PX3255 CAMIONETA TOYOTA HILUX 4X4 CD DIESEL 1997 7,200.00 75 PY2220 CAMIONETA TOYOTA HILUX 2.0 4X2 CS 1994 4,000.00 76 PY2225 CAMIONETA TOYOTA HILUX 4X4 CS G 1994 4,000.00 77 PY2226 CAMIONETA TOYOTA HILUX 2.2 4X4 CS 1994 4,000.00 78 PY2300 CAMIONETA TOYOTA HILUX 2.2 4X4 CD 1995 4,400.00 79 PY2301 CAMIONETA TOYOTA HILUX 2.2 4X4 CD 1995 4,400.00 80 PY2409 CAMIONETA TOYOTA STOUT 1998 3,500.00 81 PY2419 CAMIONETA TOYOTA HILUX 2.2 4X4 CD 1998 8,300.00 82 PY2420 CAMIONETA TOYOTA HILUX 2.2 4X4 CD 1998 8,300.00 83 RO9936 CAMIONETA NISSAN WLGY60SF 1992 2,900.00 84 RY1622 CAMIONETA TOYOTA LAND CRUSIER 4.2 L 1984 2,400.00 85 RY1945 CAMIONETA HYUNDAI GRACE DLX 1999 7,200.00 86 WX1363 CAMION DODGE D-300 1981 4,000.00 87 WX1616 CAMION TOYOTA WU90L MDDT3 1986 5,100.00 88 WX1759 CAMION HYUNDAI TRITON DLX 1997 8,600.00 89 WY1644 CAMION DODGE DN-800 1981 6,900.00 90 WY1666 CAMION TOYOTA DYNA 1986 5,700.00 91 WY2201 CAMION MERCEDES BENZL1620/51 2002 64,800.00 92 WY2202 CAMION MERCEDES BENZ1720-48 4X6 2002 40,500.00 93 XO9530 CAMION HYUNDAI HD 65 2004 15,800.00 94 XQ9939 CAMION MERCEDES BENZL1620/51 1999 48,600.00

Año Sumas AseguradasInc Placa Tipo / Clase Marca Modelo

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

119

Page 120: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

ITEM II

SEGUROS PERSONALES

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

120

Page 121: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

NOTAS APLICABLES A TODAS LAS POLIZAS DE ESTE ITEM:

Con relación a:

La siniestralidad de los últimos 5 años de cada una de las empresas que forman parte de este proceso por cada uno de los ramos: Vida Ley, Accidentes Personales por planillas, Accidentes Personales para Viajes y SCTR.

La información precedente disponible se entregará en un disco compacto a las aseguradoras al momento de registrarse como postores participantes al momento de comprar las bases.

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

121

Page 122: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

SLIP DE SEGUROSVIDA LEY

ASEGURADO : Empresa Concesionario de Electricidad de Ucayali S.A. ELECTRO UCAYALI S.A. y/o Empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica S.A. ADINELSA y/o Empresa de Generación Eléctrica de Arequipa S.A. EGASA y/o Empresa de Generación Eléctrica del Sur S.A. EGESUR y/o Empresa de Generación Eléctrica Machupicchu S.A. EGEMSA y/o Empresa de Generación Eléctrica SAN GABAN S.A. y/o Empresa de Servicio Público de Electricidad del Nor Oeste del Perú S.A. ELECTRONOROESTE y/o Empresa de Servicio Público de Electricidad Electro Norte Medio S.A. HIDRANDINA y/o Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad de Puno S.A.A - ELECTROPUNO S.A.A y/o EMPRESA DE ELECTRICIDAD DEL PERU ELECTROPERU S.A. y/o Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Centro S.A. - ELECTROCENTRO S.A. y/o Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Norte S.A. - ELECTRONORTE S.A. y/o Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Oriente S.A. ELECTRO ORIENTE S.A. y/o Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Sur Este S.A.A - ELECTRO SUR ESTE S.A.A. y/o Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Sur S.A.- ELECTRO SUR S.A. y/o Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. - SEAL y/o empresas afiliadas, asociadas y/o subsidiarias y/o controladas y/o sucursales y/o empresas conexas y/o cualquier otra empresa relacionada y/o empresa con accionariado común que forme parte y/o llegue a formar parte del Grupo del Asegurado.

Condición EspecialDe póliza : Las coberturas descritas en la póliza serán aplicables en su

totalidad para todas las empresas que figuran como contratantes o tomadores del seguro, salvo aquellas condiciones que se indican aplicables expresamente a una o más empresas

PERSONAL ASEGURADO: Personal con 3 meses

Coberturas Sumas Aseguradas

Coberturas BásicasMuerte Natural 16 remuneraciones

Muerte Accidental 32 remuneraciones

Invalidez total y permanente por accidente 32 remuneraciones

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

122

Page 123: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

Coberturas Adicionales:

Gastos de sepelio 5 remuneraciones, máximo S/. 10,000

Desgravamen por saldos deudores 7 remuneraciones, máximo S/. 30,000

Desamparo familiar súbito

Transplante de órganos

Enfermedades Graves :

5 remuneraciones, máximo S/. 70,000

5 remuneraciones, máximo S/. 20,000

* Cáncer 5 remuneraciones, máximo S/. 20,000

* Infarto al miocardio 5 remuneraciones, máximo S/. 12,500

* Insuficiencia Renal Crónica 5 remuneraciones, máximo S/. 12,500

* Ceguera por accidente (por ojo) (*) 5 remuneraciones, máximo S/. 15,000

* Quemadura (*) 5 remuneraciones, máximo S/. 15,000

* Sordera por accidente (por oido) (*)

* Esclerosis Múltiple

* Coma

* Traslado al lugar de origen

* Repatriación de restos

* Cirugía puente aorto coronario

* Hijo póstumo

* Anticipo por enfermedades terminales

5 remuneraciones, máximo S/. 15,000

7 remuneraciones, máximo S/. 12,000

7 remuneraciones, máximo S/. 12,000

7 remuneraciones, máximo S/. 12,000

7 remuneraciones, máximo S/. 12,000

7 remuneraciones, máximo S/. 15,000

5 remuneraciones, máximo S/. 9,000

5 remuneraciones, máximo S/. 10,000

(*) En caso de Invalidez Permanente por accidente

ESTIMADO ANUAL DE PLANILLASObreros S/. 4’304,000Empleados S/. 112’350,000

SUELDO MAYOR: Consignado para efectos del proceso y para el cálculo de la indemnización.S/. 16,500

TASAEmpleadosObreros

BENEFICIARIOS: De acuerdo a ley

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

123

Page 124: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

CONDICIONES ESPECIALES

Se amplía el plazo de aviso de siniestro a 30 días de conocido el hecho por parte del área que maneja seguros en la empresa, a fin de evitar su rechazo por extemporaneidad.

Los trabajadores que cesan automáticamente quedan incluidos bajo las condiciones de Ley; siempre y cuando, confirmen la contratación del seguro dentro del plazo de ley, considerando la declaración del cliente al mes vencido.

Los trabajadores mayores de 60 años, tendrán derechos a la coberturas adicionales Las coberturas adicionales, según correspondan, serán otorgadas a los trabajadores en

vida, previo diagnóstico.

NOTASComo resultado del proceso de absolucion de consultas y observaciones se efectuan las siguientes aclaraciones a la presente poliza

1. Con relación a:

a. El número de personas por asegurar según rango de edades y sueldo promedio.b. La relación de personas que sufren de enfermedades graves y/o terminal y el monto de

remuneración mensual de cada uno de ellos.c. La relación de personal que sufre de diabetes y/o hipertensión y/o los que han sufrido infarto

al miocardio.d. La relación del personal mayor de 60 años, indicando el monto de su remuneración y fecha

de nacimiento.e. El número de personas que estuvieron aseguradas y que se han retirado de su entidad e los

últimos 2 años, para el ramo de Vida Ley.f. El sueldo menor.g. El número de trabajadores con sueldos mayores a US $3,125 y/o su equivalente en nuevos

soles.

La información precedente disponible se entregará en un disco compacto a las aseguradoras al momento de registrarse como postores participantes al momento de comprar las bases.

2. Se precisa que el monto indicado de Planilla Anual para el ramo de Vida Ley, considera 12 sueldos al año

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

124

Page 125: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

SLIP DE SEGUROSACCIDENTES PERSONALES POR PLANILLAS

ASEGURADO : Empresa Concesionario de Electricidad de Ucayali S.A. ELECTRO UCAYALI S.A. y/o Empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica S.A. ADINELSA y/o Empresa de Generación Eléctrica de Arequipa S.A. EGASA y/o Empresa de Generación Eléctrica del Sur S.A. EGESUR y/o Empresa de Generación Eléctrica Machupicchu S.A. EGEMSA y/o Empresa de Generación Eléctrica SAN GABAN S.A. y/o Empresa de Servicio Público de Electricidad del Nor Oeste del Perú S.A. ELECTRONOROESTE y/o Empresa de Servicio Público de Electricidad Electro Norte Medio S.A. HIDRANDINA y/o Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad de Puno S.A.A - ELECTROPUNO S.A.A y/o EMPRESA DE ELECTRICIDAD DEL PERU ELECTROPERU S.A. y/o Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Centro S.A. - ELECTROCENTRO S.A. y/o Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Norte S.A. - ELECTRONORTE S.A. y/o Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Oriente S.A. ELECTRO ORIENTE S.A. y/o Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Sur Este S.A.A - ELECTRO SUR ESTE S.A.A. y/o Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Sur S.A.- ELECTRO SUR S.A. y/o Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. - SEAL y/o empresas afiliadas, asociadas y/o subsidiarias y/o controladas y/o sucursales y/o empresas conexas y/o cualquier otra empresa relacionada y/o empresa con accionariado común que forme parte y/o llegue a formar parte del Grupo del Asegurado.

Condición EspecialDe póliza : Las coberturas descritas en la póliza serán aplicables en su

totalidad para todas las empresas que figuran como contratantes o tomadores del seguro, salvo aquellas condiciones que se indican aplicables expresamente a una o más empresas

ASEGURADOS: Funcionarios, empleados y obreros

COBERTURAS SUMA ASEGURADAUS$

Muerte Accidental 48 remuneraciones Invalidez Permanente c/u 48 remuneraciones Gastos de Curación c/u 5 remuneraciones

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

125

Page 126: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

Sepelio y/o Repatriación de Restos 3,500Desamparo Súbito Familiar por Accidente 3 remuneracionesTransporte por evacuación 3,000Incapacidad Temporal 5,000Exceso de Gastos de curación 10,000

BENEFICIOS ADICIONALES

Servicio de ambulancia Servicio de evacuación en caso de accidente en ambulancias, que atienden emergencias accidentales con instrumental de tecnología de punta

NOTAEs necesario precisar que la cobertura de ambulancia se efectuará vía reembolso en las ciudades donde no se cuente con el servicio vía crédito.

CLAUSULAS ADICIONALESCondiciones generales de la pólizaRiesgos Sociales y Políticos, tales como Huelgas, Motín, Conmoción Civil, Daño Malicioso, Insurrección, Rebelión, Vandalismo, Sabotaje y TerrorismoCubre las 24 horas, todos los días del año.Cobertura nacional e InternacionalCláusula de cobertura en base a planilla de sueldos.Ampliación del límite de edad hasta 80 años.Se amplía el plazo de aviso de siniestro a 30 días de conocido el hecho por parte del área que maneja seguros en la empresa, a fin de evitar su rechazo por extemporaneidad.Riesgos de la naturaleza.Uso de equipos y maquinarias.Reclamaciones por actividades relacionadas con operación o mantenimiento de líneas de transmisión.Extensión de Coberturas:Conducción de motocicletas, motonetas y otros vehículos similaresPor el uso como pasajero de cualquier medio habitual y no habitual de transporte público de personas ya sea terrestre, lacustre, fluvial, marítimo o aéreo, en vehículos que pudiendo ser o no de las empresas comerciales, no recorren itinerarios regulares y fijosPor el uso como pasajero de aviones y/o helicópteros particulares y/o de las Fuerzas Armadas, por viajes eventuales. Extensión de cobertura del riesgo por el uso como pasajero de aviones, aerotaxis y/o helicópteros privados y/o del Estado por viajes eventuales.

NOTASComo resultado del proceso de absolucion de consultas y observaciones se efectuan las siguientes aclaraciones a la presente póliza

1. Con relación a:

a. El numero de personas que tengan algún impedimento físico y el detalle del impedimento.b. El número de personas que hacen uso de motocicletas y/o vehículos similares.

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

126

Page 127: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

c. El uso y frecuencia de aviones, aéreo taxis y/o helicópteros por parte del personal.d. El tipo de trabajo que realizan el personal asegurado.e. El número de personas que tienen 60 años o más.f. El número de Funcionarios, Empleados y Obreros a asegurar

La información precedente disponible se entregará en un disco compacto a las aseguradoras al momento de registrarse como postores participantes al momento de comprar las bases.

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

127

Page 128: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

SLIP DE SEGUROS

ACCIDENTES PERSONALES PARA VIAJES

ASEGURADO : Empresa Concesionario de Electricidad de Ucayali S.A. ELECTRO UCAYALI S.A. y/o Empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica S.A. ADINELSA y/o Empresa de Generación Eléctrica de Arequipa S.A. EGASA y/o Empresa de Generación Eléctrica del Sur S.A. EGESUR y/o Empresa de Generación Eléctrica Machupicchu S.A. EGEMSA y/o Empresa de Generación Eléctrica SAN GABAN S.A. y/o Empresa de Servicio Público de Electricidad del Nor Oeste del Perú S.A. ELECTRONOROESTE y/o Empresa de Servicio Público de Electricidad Electro Norte Medio S.A. HIDRANDINA y/o Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad de Puno S.A.A - ELECTROPUNO S.A.A y/o EMPRESA DE ELECTRICIDAD DEL PERU ELECTROPERU S.A. y/o Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Centro S.A. - ELECTROCENTRO S.A. y/o Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Norte S.A. - ELECTRONORTE S.A. y/o Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Oriente S.A. ELECTRO ORIENTE S.A. y/o Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Sur Este S.A.A - ELECTRO SUR ESTE S.A.A. y/o Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Sur S.A.- ELECTRO SUR S.A. y/o Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. - SEAL y/o empresas afiliadas, asociadas y/o subsidiarias y/o controladas y/o sucursales y/o empresas conexas y/o cualquier otra empresa relacionada y/o empresa con accionariado común que forme parte y/o llegue a formar parte del Grupo del Asegurado.

MODALIDAD : Por declaraciones mensuales a mes vencido

Condición EspecialDe póliza : Las coberturas descritas en la póliza serán aplicables en su

totalidad para todas las empresas que figuran como contratantes o tomadores del seguro, salvo aquellas condiciones que se indican aplicables expresamente a una o más empresas

COBERTURAS SUMA ASEGURADAUS$

Muerte accidental / Invalidez Permanente c/uFuncionarios 20 remuneracionesEmpleados 20 remuneracionesVisitas (a elección del asegurado) 20,000

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

128

Page 129: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

Sepelio 5,000Desamparo Súbito Familiar por Accidente 12,000Gastos de Curación 5,000Transporte por evacuación 8,000

CLAUSULAS ADICIONALESCondiciones generales de la pólizaRiesgos Sociales y Políticos, tales como Huelgas, Motín, Conmoción Civil, Daño Malicioso, Insurrección, Rebelión, Vandalismo, Sabotaje y TerrorismoCubre las 24 horas, todos los días del año.Cobertura nacional e InternacionalCláusula de cobertura en base a declaración mensual de viajes a mes vencido.Ampliación del límite de edad hasta 80 años.Se amplía el plazo de aviso de siniestro a 30 días de conocido el hecho por parte del área que maneja seguros en la empresa, a fin de evitar su rechazo por extemporaneidad.Riesgos de la naturaleza.Uso de equipos y maquinarias.Reclamaciones por actividades relacionadas con operación o mantenimiento de líneas de transmisión.Extensión de Coberturas:Conducción de motocicletas, motonetas y otros vehículos similaresPor el uso como pasajero de cualquier medio habitual y no habitual de transporte público de personas ya sea terrestre, lacustre, fluvial, marítimo o aéreo, en vehículos que pudiendo ser o no de las empresas comerciales, no recorren itinerarios regulares y fijosPor el uso como pasajero de aviones y/o helicópteros particulares y/o de las Fuerzas Armadas, por viajes eventuales. Extensión de cobertura del riesgo por el uso como pasajero de aviones, aerotaxis y/o helicópteros privados y/o del Estado por viajes eventuales.

CLAUSULA DE ASEGURADOS MULTIPLES

1. Queda anotado y acordado que si el Asegurado descrito en la póliza comprende más de una parte asegurada, cada una de las cuales opera como una entidad separada y distinta, entonces, se aplicará la cobertura en virtud de esto en la misma forma y extensión como si pólizas individuales hubieran sido emitidas a cada una de las partes aseguradas, sujeto a que la responsabilidad total de los Aseguradores hacia la totalidad de las partes aseguradas no exceda la suma asegurada, los límites y los sub-limites indicados en la póliza.

2. Queda entendido que las partes aseguradas en todo momento preservarán y respetarán los acuerdos contractuales celebrados por las partes aseguradas y los recursos contractuales de tales partes en la eventualidad de una pérdida o daño.

3. Queda entendido y acordado que los aseguradores no podrán reclamar indemnización por perjuicios de cualquiera de las partes aseguradas, en caso que cualquiera de las demás partes aseguradas en la presente póliza cometiera un Acto de Vicio, es decir si cometiere fraude o falsedad, omitiere cualquier información, incumpliere cualquier garantía o condición de esta póliza incluyendo la falta de pago de las primas.

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

129

Page 130: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

4. Sin embargo se acuerda que un Acto de Vicio cometido por una parte asegurada no perjudicará el derecho a indemnización de cualquier otra parte asegurada que tenga interés asegurable y que no haya cometido un Acto de Vicio.

5. Los Aseguradores acuerdan renunciar a los derechos de subrogación que pudieran tener o adquirir contra cualquiera de las partes, excepto cuando estos derechos de subrogación sean como consecuencia o resultado de un Acto de Vicio, en cuyas circunstancias los Aseguradores podrán hacer valer dichos derechos, no obstante el estado legal vigente o anterior de la parte que incurriere en Vicio como Asegurado. Queda anotado, sin embargo, que los Aseguradores no ejercerán ninguno de dichos derechos de subrogación que de cualquier modo resulten en competencia con los derechos de las Partes Financieras con respecto a sus intereses en el Proyecto o en los dineros obtenidos sobre estos.

NOTASComo resultado del proceso de absolucion de consultas y observaciones se efectuan las siguientes aclaraciones a la presente póliza

1. Con relación a: a. La proyección de viajes que se realizarán al año.b. El promedio de días de duración de los viajes.c. el cúmulo máximo conocido para esta póliza (el número máximo de personas por viaje)d. Las pólizas de Accidentes Personales a las que se aplicarán los beneficios solicitados.e. Medio de transporte utilizado.f. Número de personas mayores a 70 años existente.

La información precedente disponible se entregará en un disco compacto a las aseguradoras al momento de registrarse como postores participantes al momento de comprar las bases.

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

130

Page 131: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

SLIP DE SEGUROSASISTENCIA MEDICA PARA PRACTICANTES

ASEGURADO : Empresa Concesionario de Electricidad de Ucayali S.A. ELECTRO UCAYALI S.A. y/o Empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica S.A. ADINELSA y/o Empresa de Generación Eléctrica de Arequipa S.A. EGASA y/o Empresa de Generación Eléctrica del Sur S.A. EGESUR y/o Empresa de Generación Eléctrica Machupicchu S.A. EGEMSA y/o Empresa de Generación Eléctrica SAN GABAN S.A. y/o Empresa de Servicio Público de Electricidad del Nor Oeste del Perú S.A. ELECTRONOROESTE y/o Empresa de Servicio Público de Electricidad Electro Norte Medio S.A. HIDRANDINA y/o Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad de Puno S.A.A - ELECTROPUNO S.A.A y/o EMPRESA DE ELECTRICIDAD DEL PERU ELECTROPERU S.A. y/o Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Centro S.A. - ELECTROCENTRO S.A. y/o Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Norte S.A. - ELECTRONORTE S.A. y/o Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Oriente S.A. ELECTRO ORIENTE S.A. y/o Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Sur Este S.A.A - ELECTRO SUR ESTE S.A.A. y/o Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Sur S.A.- ELECTRO SUR S.A. y/o Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. - SEAL y/o empresas afiliadas, asociadas y/o subsidiarias y/o controladas y/o sucursales y/o empresas conexas y/o cualquier otra empresa relacionada y/o empresa con accionariado común que forme parte y/o llegue a formar parte del Grupo del Asegurado.

Condición EspecialDe póliza : Las coberturas descritas en la póliza serán aplicables en su

totalidad para todas las empresas que figuran como contratantes o tomadores del seguro, salvo aquellas condiciones que se indican aplicables expresamente a una o más empresas

ASEGURADOS : 150 Practicantes

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

131

Page 132: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

TABLA DE BENEFICIOS Y COBERTURAS

US$Beneficio Máximo por Persona para Enfermedad

5,000

Beneficio Máximo por Persona para Accidentes

10,000

HospitalizaciónDeducible Hospitalario Un día cuartoServicios, Honorarios, Medicinas, etc. al 90%

Ambulatorio Reembolso - Deducible por consulta 20- Exceso al 80%

Crédito - Deducible por consulta 10- Exceso al 90%

Beneficios Adicionales

Oftalmológico Una medición de vista por persona una vez al año

100%

Transporte por Evacuación- Ambulancia 100%- Avión Nacional 100%

Emergencia Accidental (Ambulatorio)

Las primeras 48 horas, al 100%

Sepelio 1,000

Accidentes Personales Incluyendo Terrorismo - Muerte Accidental 10,000- Invalidez Permanente Total y Parcial 10,000

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

132

Page 133: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

SEGURO COMPLEMENTARIO TRABAJO DE RIESGO – PENSIONES

ASEGURADO : Empresa Concesionario de Electricidad de Ucayali S.A. ELECTRO UCAYALI S.A. y/o Empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica S.A. ADINELSA y/o Empresa de Generación Eléctrica de Arequipa S.A. EGASA y/o Empresa de Generación Eléctrica del Sur S.A. EGESUR y/o Empresa de Generación Eléctrica Machupicchu S.A. EGEMSA y/o Empresa de Generación Eléctrica SAN GABAN S.A. y/o Empresa de Servicio Público de Electricidad del Nor Oeste del Perú S.A. ELECTRONOROESTE y/o Empresa de Servicio Público de Electricidad Electro Norte Medio S.A. HIDRANDINA y/o Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad de Puno S.A.A - ELECTROPUNO S.A.A y/o EMPRESA DE ELECTRICIDAD DEL PERU ELECTROPERU S.A. y/o Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Centro S.A. - ELECTROCENTRO S.A. y/o Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Norte S.A. - ELECTRONORTE S.A. y/o Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Oriente S.A. ELECTRO ORIENTE S.A. y/o Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Sur Este S.A.A - ELECTRO SUR ESTE S.A.A. y/o Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Sur S.A.- ELECTRO SUR S.A. y/o Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. - SEAL y/o empresas afiliadas, asociadas y/o subsidiarias y/o controladas y/o sucursales y/o empresas conexas y/o cualquier otra empresa relacionada y/o empresa con accionariado común que forme parte y/o llegue a formar parte del Grupo del Asegurado.

Condición EspecialDe póliza : Las coberturas descritas en la póliza serán aplicables en su

totalidad para todas las empresas que figuran como contratantes o tomadores del seguro, salvo aquellas condiciones que se indican aplicables expresamente a una o más empresas

ACTIVIDAD DE RIESGO

ASEGURADOS:

Planilla Anual S/. 118´441,000

COBERTURASMuerte

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

133

Page 134: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

Pensión Invalidez Pensión de SobrevivenciaGastos de Sepelio por Accidentes de Trabajo Enfermedad Profesional, de acuerdo a ley

BENEFICIARIOSDe acuerdo a Ley.

CLAUSULA DE ASEGURADOS MULTIPLES

1. Queda anotado y acordado que si el Asegurado descrito en la póliza comprende más de una parte asegurada, cada una de las cuales opera como una entidad separada y distinta, entonces, se aplicará la cobertura en virtud de esto en la misma forma y extensión como si pólizas individuales hubieran sido emitidas a cada una de las partes aseguradas, sujeto a que la responsabilidad total de los Aseguradores hacia la totalidad de las partes aseguradas no exceda la suma asegurada, los límites y los sub-limites indicados en la póliza.

2. Queda entendido que las partes aseguradas en todo momento preservarán y respetarán los acuerdos contractuales celebrados por las partes aseguradas y los recursos contractuales de tales partes en la eventualidad de una pérdida o daño.

3. Queda entendido y acordado que los aseguradores no podrán reclamar indemnización por perjuicios de cualquiera de las partes aseguradas, en caso que cualquiera de las demás partes aseguradas en la presente póliza cometiera un Acto de Vicio, es decir si cometiere fraude o falsedad, omitiere cualquier información, incumpliere cualquier garantía o condición de esta póliza incluyendo la falta de pago de las primas.

4. Sin embargo se acuerda que un Acto de Vicio cometido por una parte asegurada no perjudicará el derecho a indemnización de cualquier otra parte asegurada que tenga interés asegurable y que no haya cometido un Acto de Vicio.

5. Los Aseguradores acuerdan renunciar a los derechos de subrogación que pudieran tener o adquirir contra cualquiera de las partes, excepto cuando estos derechos de subrogación sean como consecuencia o resultado de un Acto de Vicio, en cuyas circunstancias los Aseguradores podrán hacer valer dichos derechos, no obstante el estado legal vigente o anterior de la parte que incurriere en Vicio como Asegurado. Queda anotado, sin embargo, que los Aseguradores no ejercerán ninguno de dichos derechos de subrogación que de cualquier modo resulten en competencia con los derechos de las Partes Financieras con respecto a sus intereses en el Proyecto o en los dineros obtenidos sobre estos.

NOTASComo resultado del proceso de absolucion de consultas y observaciones se efectuan las siguientes aclaraciones a la presente póliza

1. Con relación a:

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

134

Page 135: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

a. El detalle de las actividades y labores que realizan los trabajadores de Alto Riesgo, Mediano y Bajo Riesgo

b. El número de trabajadores a asegurar, detallado por cada empresa, disgregado por tipo del Riesgo (alto, mediano y bajo riesgo)

c. Uso por parte del personal de medios de transporte no regulares (helicópteros, avionetas, canoas, botes, etc.)

d. Detalle de trabajadores que presenta invalidez por accidente de trabajo o enfermedad profesional

La información precedente disponible se entregará en un disco compacto a las aseguradoras al momento de registrarse como postores participantes al momento de comprar las bases.

2. Se precisa que el monto de planilla se ha calculado en base a 14 sueldos

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

135

Page 136: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

ITEM III

SEGURO PARA ROBO DE CABLES Y

CONDUCTORES

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

136

Page 137: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

SEGURO PARA ROBO DE CABLES Y CONDUCTORESSEGURO PARA ROBO DE CABLES Y CONDUCTORES

Asegurado : Empresa Administradora de la Infraestructura Eléctrica S.A. ADINELSA

Riesgo : Robo y Asalto

Interés Asegurado : Sobre cables y conductores en alta, media y baja tensión instalados y en operación comercial, incluyendo bienes de propiedad del asegurado y/o de terceros que estén a su cargo, custodia y/o control y/o por los que sea de alguna manera responsable, contenido en locales propios y/o de terceros, y/o a la intemperie en todo el territorio nacional en forma permanente o temporal.

Ubicación del riesgo : Cualquier lugar de la república donde los asegurados tengan operaciones y/o intereses.

Valores DeclaradosConductores en Alta y media tensión y baja tensión US$. 105,946,048

Coberturas y Sumas Aseguradas

Suma asegurada por evento en exceso del deducible US$. 10,000 Compensaciones por aplicación de la Norma Técnica de Suma Asegurada en Límite agregado anual US$. 60,000

DeducibleDeducible Agregado anual US$. 25,000 Deducible en exceso US$. 2,500 por evento

Cláusulas adicionalesCondicionado General de Robo y AsaltoPropiedades fuera del control del aseguradoAdelanto del 50% de la indemnizaciónInclusión automáticaErrores u omisionesReemplazo a nuevoPropiedades de terceros

Condiciones especiales Forma de operación del deducible agregado anual: la empresa declarará todos sus eventos

cuantificados y acompañados de los reportes de ocurrencia a OSINERG, los cuales no serán indemnizables hasta completar el importe acumulado de US$. 25,000. Una vez que el importe

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

137

Page 138: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

acumulado de los siniestros llegue a US$. 25,000, a los siniestros que ocurran a partir de ese momento, se les aplicará un deducible de US$. 2,500 por evento.

30 días de plazo para dar aviso de siniestro a la Cia de Seguros, una vez de enterarse el asegurado. En el caso que la demora produzca un incremento en la pérdida o perjudique los derechos de subrogación, únicamente no se indemnizará el incremento originado.

No se incluirá cláusula de garantía sin previo acuerdo con el asegurado o sus representantes. Bajo la pòliza se cubre toda pérdida, destrucción o desaparición, sin que la cobertura sea limitada

a solo robo con fractura y/o asalto. Las Sumas aseguradas son a primer riesgo absoluto. La base de valorización de los bienes en caso de siniestro será el valor de reemplazo a nuevo. La Cobertura de la póliza es a nivel nacional.

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

138

Page 139: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

SEGURO PARA ROBO DE CABLES Y CONDUCTORESSEGURO PARA ROBO DE CABLES Y CONDUCTORES

Asegurado : Hidrandina S.A. y/o Electrocentro S.A. y/o Electronoroeste S.A. y/o Electronorte S.A.

Condición EspecialDe póliza : Las coberturas descritas en la póliza serán aplicables en su

totalidad para todas las empresas que figuran como contratantes o tomadores del seguro, salvo aquellas condiciones que se indican aplicables expresamente a una o más empresas.

Riesgo : Robo y Asalto

Interés Asegurado : Sobre cables y conductores en alta, media y baja tensión instalados y en operación comercial, incluyendo bienes de propiedad del asegurado y/o de terceros que estén a su cargo, custodia y/o control y/o por los que sea de alguna manera responsable, contenido en locales propios y/o de terceros, y/o a la intemperie en todo el territorio nacional en forma permanente o temporal.

Ubicación del riesgo : Cualquier lugar de la república donde los asegurados tengan operaciones y/o intereses.

Valores Declarados

Conductores en Alta y media tensión US$. 83,133,000

Conductores en baja tensión US$. 270,852,000

Total US$. 353,985,000

Coberturas y Sumas Aseguradas

Suma asegurada por evento en exceso del deducible US$. 10,000 Suma Asegurada en Límite agregado anual US$. 400,000 (US$. 100,000 por empresa)

DeducibleDeducible Agregado anual US$. 25,000 por empresaDeducible en exceso US$. 2,500 por evento

Cláusulas adicionalesCondicionado General de Robo y AsaltoPropiedades fuera del control del aseguradoAdelanto del 50% de la indemnizaciónInclusión automáticaErrores u omisionesReemplazo a nuevoPropiedades de terceros

Condiciones especiales Forma de operación del deducible agregado anual: la empresa declarará todos sus eventos

cuantificados y acompañados de los reportes de ocurrencia a OSINERG, los cuales no serán

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

139

Page 140: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

indemnizables hasta completar el importe acumulado de US$. 25,000. Una vez que el importe acumulado de los siniestros llegue a US$. 25,000, a los siniestros que ocurran a partir de ese momento, se les aplicará un deducible de US$. 2,500por evento.

30 días de plazo para dar aviso de siniestro a la Cia de Seguros, una vez de enterarse el asegurado. En el caso que la demora produzca un incremento en la pérdida o perjudique los derechos de subrogación, únicamente no se indemnizará el incremento originado.

No se incluirá cláusula de garantía sin previo acuerdo con el asegurado o sus representantes. Bajo la póliza se cubre toda pérdida, destrucción o desaparición, sin que la cobertura sea limitada

a solo robo con fractura y/o asalto. Las Sumas aseguradas son a primer riesgo absoluto. La base de valorización de los bienes en caso de siniestro será el valor de reemplazo a nuevo. La Cobertura de la póliza es a nivel nacional.

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

140

Page 141: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

SEGURO PARA ROBO DE CABLES Y CONDUCTORESSEGURO PARA ROBO DE CABLES Y CONDUCTORES

Asegurado : Electro Oriente S.A.

Riesgo : Robo y Asalto

Interés Asegurado : Sobre cables y conductores en alta, media y baja tensión instalados y en operación comercial, incluyendo bienes de propiedad del asegurado y/o de terceros que estén a su cargo, custodia y/o control y/o por los que sea de alguna manera responsable, contenido en locales propios y/o de terceros, y/o a la intemperie en todo el territorio nacional en forma permanente o temporal.

Ubicación del riesgo : Cualquier lugar de la república donde los asegurados tengan operaciones y/o intereses.

Valores DeclaradosConductores en Alta y media tensión y baja tensión US$. 46,000,00

Coberturas y Sumas Aseguradas

Suma asegurada por evento en exceso del deducible US$. 10,000 Suma Asegurada en Límite agregado anual US$. 60,000

DeducibleDeducible Agregado anual US$. 25,000 Deducible en exceso US$. 2,500 por evento

Cláusulas adicionalesCondicionado General de Robo y AsaltoRehabilitación automáticaPropiedades fuera del control del aseguradoAdelanto del 50% de la indemnizaciónInclusión automáticaErrores u omisionesReemplazo a nuevoPropiedades de terceros

Condiciones especiales Forma de operación del deducible agregado anual: la empresa declarará todos sus eventos

cuantificados y acompañados de los reportes de ocurrencia a OSINERG, los cuales no serán indemnizables hasta completar el importe acumulado de US$. 25,000. Una vez que el importe acumulado de los siniestros llegue a US$. 25,000, a los siniestros que ocurran a partir de ese momento, se les aplicará un deducible de US. 2,500 por evento.

30 días de plazo para dar aviso de siniestro a la Cia de Seguros, una vez de enterarse el asegurado. En el caso que la demora produzca un incremento en la pérdida o perjudique los derechos de subrogación, únicamente no se indemnizará el incremento originado.

No se incluirá cláusula de garantía sin previo acuerdo con el asegurado o sus representantes. Bajo la póliza se cubre toda pérdida, destrucción o desaparición, sin que la cobertura sea limitada

a solo robo con fractura y/o asalto. Las Sumas aseguradas son a primer riesgo absoluto. La base de valorización de los bienes en caso de siniestro será el valor de reemplazo a nuevo.

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

141

Page 142: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

La Cobertura de la póliza es a nivel nacional.

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

142

Page 143: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

SEGURO PARA ROBO DE CABLES Y CONDUCTORESSEGURO PARA ROBO DE CABLES Y CONDUCTORES

Asegurado : Electro Puno S.A.

Riesgo : Robo y Asalto

Interés Asegurado : Sobre cables y conductores en alta, media y baja tensión instalados y en operación comercial, incluyendo bienes de propiedad del asegurado y/o de terceros que estén a su cargo, custodia y/o control y/o por los que sea de alguna manera responsable, contenido en locales propios y/o de terceros, y/o a la intemperie en todo el territorio nacional en forma permanente o temporal.

Ubicación del riesgo : Cualquier lugar de la república donde los asegurados tengan operaciones y/o intereses.

Valores DeclaradosConductores en Alta y media tensión US$. 1,200,000

Conductores en baja tensión US$. 51,280,160

Total US$. 52,480,160

Coberturas y Sumas Aseguradas

Suma asegurada por evento en exceso del deducible US$. 10,000 Suma Asegurada en Límite agregado anual US$. 60,000

DeducibleDeducible Agregado anual US$. 25,000 Deducible en exceso US$. 2,500 por evento

Cláusulas adicionalesCondicionado General de Robo y AsaltoRehabilitación automáticaPropiedades fuera del control del aseguradoAdelanto del 50% de la indemnizaciónInclusión automáticaErrores u omisionesReemplazo a nuevoPropiedades de terceros

Condiciones especiales Forma de operación del deducible agregado anual: la empresa declarará todos sus eventos

cuantificados y acompañados de los reportes de ocurrencia a OSINERG, los cuales no serán indemnizables hasta completar el importe acumulado de US$. 25,000. Una vez que el importe acumulado de los siniestros llegue a US$. 25,000, a los siniestros que ocurran a partir de ese momento, se les aplicará un deducible de US. 2,500 por evento.

30 días de plazo para dar aviso de siniestro a la Cia de Seguros, una vez de enterarse el asegurado. En el caso que la demora produzca un incremento en la pérdida o perjudique los derechos de subrogación, únicamente no se indemnizará el incremento originado.

No se incluirá cláusula de garantía sin previo acuerdo con el asegurado o sus representantes.

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

143

Page 144: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

Bajo la póliza se cubre toda pérdida, destrucción o desaparición, sin que la cobertura sea limitada a solo robo con fractura y/o asalto.

Las Sumas aseguradas son a primer riesgo absoluto. La base de valorización de los bienes en caso de siniestro será el valor de reemplazo a nuevo. La Cobertura de la póliza es a nivel nacional.

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

144

Page 145: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

SEGURO PARA ROBO DE CABLES Y CONDUCTORESSEGURO PARA ROBO DE CABLES Y CONDUCTORES

Asegurado : Electro Ucayali S.A.

Riesgo : Robo y Asalto

Interés Asegurado : Sobre cables y conductores en alta, media y baja tensión instalados y en operación comercial, incluyendo bienes de propiedad del asegurado y/o de terceros que estén a su cargo, custodia y/o control y/o por los que sea de alguna manera responsable, contenido en locales propios y/o de terceros, y/o a la intemperie en todo el territorio nacional en forma permanente o temporal.

Ubicación del riesgo : Cualquier lugar de la república donde los asegurados tengan operaciones y/o intereses.

Valores DeclaradosConductores en Alta y media tensión US$. 617,789

Conductores en baja tensión US$. 12,817,192

Total US$. 13,434,981

Coberturas y Sumas Aseguradas

Suma asegurada por evento en exceso del deducible US$. 10,000 Suma Asegurada en Límite agregado anual US$. 60,000

DeducibleDeducible Agregado anual US$. 25,000 Deducible en exceso US$. 2,500 por evento

Cláusulas adicionalesCondicionado General de Robo y AsaltoPropiedades fuera del control del aseguradoAdelanto del 50% de la indemnizaciónInclusión automáticaErrores u omisionesReemplazo a nuevoPropiedades de terceros

Condiciones especiales Forma de operación del deducible agregado anual: la empresa declarará todos sus eventos

cuantificados y acompañados de los reportes de ocurrencia a OSINERG, los cuales no serán indemnizables hasta completar el importe acumulado de US$. 25,000. Una vez que el importe acumulado de los siniestros llegue a US$. 25,000, a los siniestros que ocurran a partir de ese momento, se les aplicará un deducible de US. 2,500 por evento.

30 días de plazo para dar aviso de siniestro a la Cia de Seguros, una vez de enterarse el asegurado. En el caso que la demora produzca un incremento en la pérdida o perjudique los derechos de subrogación, únicamente no se indemnizará el incremento originado.

No se incluirá cláusula de garantía sin previo acuerdo con el asegurado o sus representantes.

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

145

Page 146: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

Bajo la póliza se cubre toda pérdida, destrucción o desaparición, sin que la cobertura sea limitada a solo robo con fractura y/o asalto.

Las Sumas aseguradas son a primer riesgo absoluto. La base de valorización de los bienes en caso de siniestro será el valor de reemplazo a nuevo. La Cobertura de la póliza es a nivel nacional.

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

146

Page 147: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

SEGURO PARA ROBO DE CABLES Y CONDUCTORESSEGURO PARA ROBO DE CABLES Y CONDUCTORES

Asegurado : Electrosur S.A.

Riesgo : Robo y Asalto

Interés Asegurado : Sobre cables y conductores en alta, media y baja tensión instalados y en operación comercial, incluyendo bienes de propiedad del asegurado y/o de terceros que estén a su cargo, custodia y/o control y/o por los que sea de alguna manera responsable, contenido en locales propios y/o de terceros, y/o a la intemperie en todo el territorio nacional en forma permanente o temporal.

Ubicación del riesgo : Cualquier lugar de la república donde los asegurados tengan operaciones y/o intereses.

Valores DeclaradosConductores en Alta y media tensión US$. 12,931,102

Conductores en baja tensión US$. 30,180,108

Total US$. 43,111,210

Coberturas y Sumas Aseguradas

Suma asegurada por evento en exceso del deducible US$. 10,000 Suma Asegurada en Límite agregado anual US$. 60,000

DeducibleDeducible Agregado anual US$. 25,000 Deducible en exceso US$. 2,500 por evento

Cláusulas adicionalesCondicionado General de Robo y AsaltoPropiedades fuera del control del aseguradoAdelanto del 50% de la indemnizaciónInclusión automáticaErrores u omisionesReemplazo a nuevoPropiedades de terceros

Condiciones especiales Forma de operación del deducible agregado anual: la empresa declarará todos sus eventos

cuantificados y acompañados de los reportes de ocurrencia a OSINERG, los cuales no serán indemnizables hasta completar el importe acumulado de US$. 25,000. Una vez que el importe acumulado de los siniestros llegue a US$. 25,000, a los siniestros que ocurran a partir de ese momento, se les aplicará un deducible de US. 2,500 por evento.

30 días de plazo para dar aviso de siniestro a la Cia de Seguros, una vez de enterarse el asegurado. En el caso que la demora produzca un incremento en la pérdida o perjudique los derechos de subrogación, únicamente no se indemnizará el incremento originado.

No se incluirá cláusula de garantía sin previo acuerdo con el asegurado o sus representantes.

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

147

Page 148: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

Bajo la póliza se cubre toda pérdida, destrucción o desaparición, sin que la cobertura sea limitada a solo robo con fractura y/o asalto.

Las Sumas aseguradas son a primer riesgo absoluto. La base de valorización de los bienes en caso de siniestro será el valor de reemplazo a nuevo. La Cobertura de la póliza es a nivel nacional.

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

148

Page 149: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

SEGURO PARA ROBO DE CABLES Y CONDUCTORESSEGURO PARA ROBO DE CABLES Y CONDUCTORES

Asegurado : Electro Sur Este S.A.A.

Riesgo : Robo y Asalto

Interés Asegurado : Sobre cables y conductores en alta, media y baja tensión instalados y en operación comercial, incluyendo bienes de propiedad del asegurado y/o de terceros que estén a su cargo, custodia y/o control y/o por los que sea de alguna manera responsable, contenido en locales propios y/o de terceros, y/o a la intemperie en todo el territorio nacional en forma permanente o temporal.

Ubicación del riesgo : Cualquier lugar de la república donde los asegurados tengan operaciones y/o intereses.

Valores DeclaradosConductores en Alta y media tensión US$. 7,364,207Conductores en baja tensión US$. 31,066,208

Total US$. 38,430,415

Coberturas y Sumas Aseguradas

Suma asegurada por evento en exceso del deducible US$. 10,000 Suma Asegurada en Límite agregado anual US$. 60,000

DeducibleDeducible Agregado anual US$. 25,000 Deducible en exceso US$. 2,500 por evento

Cláusulas adicionalesCondicionado General de Robo y AsaltoPropiedades fuera del control del aseguradoAdelanto del 50% de la indemnizaciónInclusión automáticaErrores u omisionesReemplazo a nuevoPropiedades de terceros

Condiciones especiales Forma de operación del deducible agregado anual: la empresa declarará todos sus eventos

cuantificados y acompañados de los reportes de ocurrencia a OSINERG, los cuales no serán indemnizables hasta completar el importe acumulado de US$. 25,000. Una vez que el importe acumulado de los siniestros llegue a US$. 25,000, a los siniestros que ocurran a partir de ese momento, se les aplicará un deducible de US. 2,500 por evento.

30 días de plazo para dar aviso de siniestro a la Cia de Seguros, una vez de enterarse el asegurado. En el caso que la demora produzca un incremento en la pérdida o perjudique los derechos de subrogación, únicamente no se indemnizará el incremento originado.

No se incluirá cláusula de garantía sin previo acuerdo con el asegurado o sus representantes.

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

149

Page 150: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

Bajo la póliza se cubre toda pérdida, destrucción o desaparición, sin que la cobertura sea limitada a solo robo con fractura y/o asalto.

Las Sumas aseguradas son a primer riesgo absoluto. La base de valorización de los bienes en caso de siniestro será el valor de reemplazo a nuevo. La Cobertura de la póliza es a nivel nacional.

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

150

Page 151: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

SEGURO PARA ROBO DE CABLES Y CONDUCTORESSEGURO PARA ROBO DE CABLES Y CONDUCTORES

Asegurado : Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. SEAL

Riesgo : Robo y Asalto

Interés Asegurado : Sobre cables y conductores en alta, media y baja tensión instalados y en operación comercial, incluyendo bienes de propiedad del asegurado y/o de terceros que estén a su cargo, custodia y/o control y/o por los que sea de alguna manera responsable, contenido en locales propios y/o de terceros, y/o a la intemperie en todo el territorio nacional en forma permanente o temporal.

Ubicación del riesgo : Cualquier lugar de la república donde los asegurados tengan operaciones y/o intereses.

Conductores en Alta y media tensión US$. 24,135,195

Conductores en baja tensión US$. 32,945,000

Sub Total US$. 57,080,195

Coberturas y Sumas Aseguradas

Suma asegurada por evento en exceso del deducible US$. 10,000 Suma Asegurada en Límite agregado anual US$. 60,000

DeducibleDeducible Agregado anual US$. 25,000 Deducible en exceso US$. 2,500 por evento

Cláusulas adicionalesCondicionado General de Robo y AsaltoPropiedades fuera del control del aseguradoAdelanto del 50% de la indemnizaciónInclusión automáticaErrores u omisionesReemplazo a nuevoPropiedades de terceros

Condiciones especiales Forma de operación del deducible agregado anual: la empresa declarará todos sus eventos

cuantificados y acompañados de los reportes de ocurrencia a OSINERG, los cuales no serán indemnizables hasta completar el importe acumulado de US$. 25,000. Una vez que el importe acumulado de los siniestros llegue a US$. 25,000, a los siniestros que ocurran a partir de ese momento, se les aplicará un deducible de US. 2,500 por evento.

30 días de plazo para dar aviso de siniestro a la Cia de Seguros, una vez de enterarse el asegurado. En el caso que la demora produzca un incremento en la pérdida o perjudique los derechos de subrogación, únicamente no se indemnizará el incremento originado.

No se incluirá cláusula de garantía sin previo acuerdo con el asegurado o sus representantes. Bajo la póliza se cubre toda pérdida, destrucción o desaparición, sin que la cobertura sea limitada

a solo robo con fractura y/o asalto.

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

151

Page 152: BASES - Fondo Nacional de Financiamiento de la … · Web viewRobo de cables eléctricos de alta (30 a 220 KV) y media tensión (1 a 30 KV) por evento. Sólo para generadores 200,000

Las Sumas aseguradas son a primer riesgo absoluto. La base de valorización de los bienes en caso de siniestro será el valor de reemplazo a nuevo. La Cobertura de la póliza es a nivel nacional.

Av. Paseo de la República Nº 3121, San Isidro / Teléf. 440-4222 Fax: 440-4222 anexo 202www.fonafe.gob.pe

152