bases de licitacion de casinos udp 2014

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    BASES DE LICITACIN

    SERVICIO DE ALIMENTACIN

    2014

    CASINOS FACULTADES

    UNIVERSIDAD DIEGO PORTALES

    ENERO 2014

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    I. INTRODUCCIN

    La Universidad Diego Portales invita a todos los interesados en participar de

    su proceso de seleccin del servicio de alimentacin para sus funcionarios y estudiantes de todas las facultades habilitadas.

    Todos los participantes debern cumplir con las exigencias que la

    Universidad ha determinado para un servicio de calidad para sus trabajadores y estudiantes.

    Las etapas del proceso definidas segn las BASES ADMINISTRATIVAS Y BASES TECNICAS, representan lo establecido por la Direccin General de Operaciones y Servicios la cual es responsable de llevar el proceso de licitacin orientada a las necesidades que hoy requieren las diferentes Facultades y Unidades Centrales. Toda la informacin recibida ser utilizada como elemento de evaluacin, la cual permitir realizar con posterioridad la seleccin de los proveedores y de adjudicar a los que cumplan satisfactoriamente con las distintas fases del proceso.

    Toda comunicacin a travs del desarrollo de la licitacin debe ser canalizada a travs del Departamento de Adquisiciones y Servicios Generales.

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    BASES ADMINISTRATIVAS LICITACIN DE CASINOS

    UNIVERSIDAD DIEGO PORTALES 1. OBJETO DE LA LICITACIN Estas bases estn orientadas a regir el proceso de licitacin, contratacin y ejecucin del servicio de CASINO de las Facultades de la Universidad Diego Portales, segn las especificaciones que se detallan en las Bases Tcnicas adjuntas. Las empresas invitadas deben acreditar dos aos, a lo menos, de experiencia en el rea de explotacin de Casinos. Ser de especial inters para la Universidad contar con unidades de educacin superior como referentes de trabajo. 2. MODALIDAD DE LA COTIZACN El contrato corresponde al sistema de CONCESIN, en virtud del cual el oferente seleccionado deber, por la oferta formulada, y conforme a los antecedentes de la licitacin y su reglamentacin, realizar todo lo relacionado con la ejecucin oportuna y completa del servicio sealado en el prrafo anterior. La propuesta deber contener la identificacin y costo de cada uno de los ofrecimientos propuestos. 3. CONDICIONES BSICAS 3.1. Invitacin Se convoca a la licitacin por invitacin a fin de recibir las ofertas de las Empresas que la Universidad ha seleccionado para estos efectos, la que resolver libremente sobre la aceptacin o rechazo de lo propuesto. 3.2 Administracin de la licitacin La administracin de esta licitacin, y por tanto la recepcin de los estudios e informes de las ofertas, estar a cargo del Depto. Adquisiciones y Servicios Generales de la Universidad. Cualquier consulta respecto del tema podr dirigirse a este Departamento correo electrnico [email protected], en los plazos y condiciones que se indican ms adelante.

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    3.3 Oferta Completa Las empresas debern ofertar exactamente lo solicitado, y en las condiciones requeridas, detallando en prrafos aparte, los servicios anexos que deseen proponer. 3.4 Responsabilidad de la propuesta tcnica Los proveedores participantes, como profesionales de la materia licitada, debern analizar y sugerir, si es que corresponde, las mejoras a los servicios que se licitan, orientndose a la maximizacin de los recursos en beneficio de un menor costo final para la Universidad, o bien una mejor calidad de servicio a igual costo. 3.5 Ofertas fuera de base Las ofertas que se presenten y no cumplan con las especificaciones o plazos de las presentes bases, no sern consideradas. 3.6 Formato Las ofertas se remitirn al Departamento Adquisiciones y Servicios Generales y debern estar firmadas y timbradas por uno de / los representantes legales autorizados del proponente. 3.7 Contenido de las ofertas. La propuesta deber ser presentada en un sobre cerrado, denominado Licitacin Servicios de Casino de las Facultades. En el anverso del sobre se deber indicar el nombre de la Empresa proponente. Por el slo hecho de presentarse a la propuesta, se entender que el proponente ha estudiado todos los antecedentes de la licitacin, conociendo y aceptando las condiciones en que se solicitan los servicios.

    De igual forma el proponente se hace totalmente responsable de su propuesta, comprometindose desde ya a su absoluto cumplimiento en caso de ser beneficiario de la adjudicacin. El no cumplimiento de esto dar derecho al Universidad a solicitar indemnizaciones por cualquier dao y perjuicio que se pudiera producir producto de ello.

    Se debe tener presente que estas Bases Administrativas y Tcnicas pasarn a formar parte integrante del contrato que se suscriba con la Universidad en caso

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    de adjudicacin por alguna de las empresas proponentes. No obstante, la Universidad podr incorporar clusulas adicionales que le parezcan necesarias para resguardar de la mejor manera posible sus intereses.

    Los antecedentes que se enumeran a continuacin, debern ser entregados en originales, debiendo cumplir con todas las clusulas establecidas en las presentes bases.

    3.7.1 Carta de Oferta (Formato libre) 3.7.2 Carta de Aceptacin de Bases Administrativas y Tcnicas 3.7.3 Antecedentes Legales

    Copia de la escritura pblica de constitucin de la sociedad y copia de la Inscripcin del Extracto de dicha escritura en el Registro de Comercio respectivo.

    Copia de inscripcin vigente de la escritura pblica en la que consten los poderes de los representantes de la sociedad, en la cual se les faculta para firmar contratos.

    Fotocopia de Cdula de Identidad de representantes legales. Ultima copia de formulario F-30-1 actualizado con vigencia de al menos

    un mes. 3.7.4 Antecedentes Financieros

    Balance de los dos ltimos perodos. Declaracin y Pagos de IVA de los 12 ltimos meses. Certificado otorgado por DICOM con vigencia de al menos un mes.

    3.8 Tarifas: Los precios se deben expresar en pesos chilenos y deben incluir IVA. Si por alguna razn un proponente informase la existencia de un error en algn precio presentado, esto dar lugar para que dicho tem sea automticamente eliminado y no se le considere en la oferta. Los oferentes podrn considerar en sus propuestas reajustes, segn variacin del IPC anual. En caso que esto no sea indicado, se asumir que los precios se mantendrn fijos durante la vigencia del servicio. 3.9 Forma de Pago

    Las Becas de alimentos se facturarn por mes vencido, pagndose la misma, a los quince das de recibida conforme. Mensualmente, El Concesionariopresentar a la Direccin de Asuntos Estudiantiles la factura acompaada de los listados con

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    firmas de los alumnos u otra forma que la universidad determine. En caso de desacuerdo entre "La Universidad y El Concesionario, la primera pagar la parte no discutida, quedando el saldo pendiente en espera de aclaracin.

    Los pagos de los vales de colacin del personal se pagar a travs de dos vas de pago: deposito en cuenta corriente o Vale Vista del Banco Santander Santiago. 3.10 Duracin del contrato: La duracin del contrato ser de 1 (un ao). Este contrato podr ser renovado de comn acuerdo al trmino del mismo y por el plazo y condiciones que en dicha ocasin se acuerde. No obstante lo estipulado en el prrafo anterior cualquiera de las partes podr poner trmino al contrato en cualquier momento y sin expresin de causa, mediante carta certificada dirigida al domicilio de la otra ,con a lo menos 30 das corridos de anticipacin, y sin lugar a pago alguno, como indemnizacin, por dicha terminacin o cualquier concepto relacionado con ello, debiendo en este caso la empresa proceder a devolver el local del casino, sus muebles y todas las instalaciones dentro del plazo de 10 das corridos, segn inventario firmado al inicio del contrato. Sin perjuicio de lo anterior, la Universidad podr dar trmino anticipado y hacer efectivas de inmediato todas las garantas que obren en su poder en los siguientes casos:

    1. Incumplimiento grave o reiterado de las obligaciones. 2. En caso de quiebra o cesin de bienes, insolvencia u otros que puedan

    afectar el servicio o intereses de la Universidad. 3. Si la Empresa, por causa que le sea imputable, no diere inicio al servicio en

    la fecha sealada para ello. 4. Por incumplimiento reiterado de las rdenes e instrucciones impartidas por

    la Universidad, relacionadas con la ejecucin del servicio. 5. Por modificaciones o alteracin de lo contratado sin la debida autorizacin.

    El aviso se dar mediante carta dirigida, a lo menos con 30 das de anticipacin y sin lugar a pago alguno como indemnizacin por dicha terminacin o cualquier otro concepto relacionado con ello, al domicilio del Proveedor o a aquel indicado por escrito a la Universidad. 3.11 Confidencialidad: El oferente es responsable que el personal de su dependencia no revele, sustraiga o divulgue informacin escrita o verbal que tenga relacin con los alumnos , proyectos, equipamiento y de todo lo que constituya la seguridad de sus

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    instalaciones (Normas, Procedimientos, Manuales) u otro antecedente sobre la Universidad, obligndose a ejercer todas las medidas de seguridad o disciplinarias que sean necesarias y respondiendo legal y econmicamente por el no cumplimiento de la obligacin aqu detallada. De igual forma la informacin contenida en estas bases es confidencial, por lo que su divulgacin en cualquier forma queda estrictamente prohibida. Por su parte, la Universidad Diego Portales, no divulgar ninguna informacin concerniente a este proceso, excepto a funcionarios autorizados por los proveedores y la Universidad, que estn directamente relacionados con este tema. 3.12. Relacin Laboral El PROVEEDOR deber contar con personal idneo y suficiente, como manipuladores de alimentos acreditados y personal de aseo, para dar cumplimiento a las obligaciones asumidas por servicio que se contrate, el cual depender nica y exclusivamente del PROVEEDOR conforme a los contratos correspondientes suscritos entre ellos, obligndose a dar estricto cumplimiento a todas y cada una de las normas laborales y de previsin que sea del caso. A mayor abundamiento, las partes dejan expresa constancia que la Universidad no tiene ni tendr relacin ni vnculo laboral alguno con el personal del PROVEEDOR, quedando desde ya liberado de toda obligacin y responsabilidad que pudiere afectarle obligndose el PROVEEDOR a responder a la Universidad de cualquier acto u omisin de parte de su personal, obligndose adems a que cualquier profesional o dependiente del PROVEEDOR de estricto cumplimiento a las normas de seguridad e higiene que la Universidad estime procedente. No obstante, la Universidad queda facultado a su slo arbitrio y sin necesidad de expresin de causa, para objetar el desempeo de cualquier profesional o dependiente del PROVEEDOR. 3.13. Boleta de Garanta Los oferentes que se adjudiquen la propuesta, junto con la firma del contrato debern acompaar una boleta de garanta o pliza de seguro, emitida a nombre de la Universidad Diego Portales como garanta del FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO por un monto de UF 200 (doscientas) el cual quedara en custodia por parte de tesorera de la universidad.

    La vigencia de esta garanta deber extenderse hasta 60 das despus del trmino del contrato respectivo. En caso de renovarse el contrato, esta garanta se reemplazar antes de su vencimiento y su valor se reajustar utilizando algn mecanismo determinado por la Universidad, informando al concesionario con a lo menos 30 das de anticipacin a la fecha de renovacin.

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    3.14. Sanciones y Multas Las sanciones que corresponda aplicar como consecuencia del incumplimiento por parte del oferente seleccionado, se aplicarn administrativamente, sin forma de juicio, haciendo uso de las garantas vigentes o de cualquier otro valor que se le adeude al concesionario cualquiera sea su origen o naturaleza. En caso de incumplimiento de otros aspectos administrativos establecidos en las bases, contrato, rdenes y/o instrucciones de la Universidad, se podrn hacer efectivas las multas que se detallan en las Bases Tcnicas. 3.15 Centralizacin de documentos y del servicio Todo lo relacionado con los aspectos contractuales, facturizacion de los servicios y requerimiento de informacin y/o cartas estarn centralizadas por el depto., de Adquisiciones de la universidad el cual pasa hacerse cargo en forma integral del contrato. 4. PROCESO DE LICITACION: 4.1 Consultas Las consultas o aclaraciones que deseen formular por los proponentes, con relacin a las presentes bases, debern ser hechas por escrito y enviadas va correo electrnico a [email protected], las que sern contestadas de igual forma al respectivo consultante, con copia al resto de los proponentes invitados a participar, sin identificacin del oferente que hizo la consulta. Ser responsabilidad de los participantes estudiar las respuestas o aclaraciones efectuadas, las cuales formarn parte integrante de las bases de licitacin y del futuro contrato que se suscriba. 4.2. Recepcin de las propuestas: Se recibirn EN SOBRE CERRADO en la Central de Correspondencia ubicada en Manuel Rodrguez Sur 343 1 er piso, ocasin en que se deber registrar la llegada estampando en el sobre la fecha y hora de recepcin de la propuesta. 4.3. Apertura de las ofertas: La apertura de las ofertas la realizar el Departamento de Adquisiciones y Servicios Generales en conjunto con un representante de la Direccin de. Asuntos Estudiantiles y de la Direccin Jurdica.

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    Toda divergencia, cuestionamiento u observacin que se presente en el acto de apertura de las ofertas, quedar consignado en un acta para su posible aclaracin o eliminacin del proceso de licitacin. 4.4. Evaluacin y Adjudicacin La Universidad se reserva el derecho de adjudicar la propuesta total o parcialmente, a la(s) empresa(s), que ofrezca(n) las mejores condiciones, como asimismo, a rechazar cualquiera o todas ellas sin expresin de causa y sin lugar a indemnizacin de ninguna especie, o de aceptar cualquiera de ellas, aunque no sea la de menor valor, no dando lugar por estos motivos a reclamos de indemnizacin de alguna clase o especie, por parte de los oferentes. 4.5. Contrato por el Servicio El contrato comenzar a regir a contar del 1 de marzo del 2014 hasta el 31 de Diciembre del 2014. Una vez realizada la adjudicacin, la Universidad enviar a la empresa adjudicataria un borrador del contrato que regir el servicio. Desde la fecha del envo, la empresa dispondr de un mximo de 5 das hbiles para aclarar dudas, sugerir modificaciones y adjuntar los antecedentes que le solicite la Universidad. Si terminado el plazo no hay acuerdo respecto del contrato, o bien no se entregasen los antecedentes solicitados, la Universidad quedar en libertad de cancelar la adjudicacin y optar por un proveedor alternativo, sin derecho alguno a reclamo. El contrato que la Universidad y l o los oferentes suscriban, se someter a la competencia de los Tribunales de Justicia de la ciudad y comuna de Santiago. Toda modificacin a lo contratado primitivamente, deber quedar establecida en un anexo del contrato. 4.6. Supervisin de las obligaciones contractuales La Direccin General de Operaciones y Servicios quedarn facultadas, durante la vigencia del contrato, para fiscalizar en cualquier momento el cumplimiento de las obligaciones laborales, legales y de salud del concesionario. La presentacin de los contratos de trabajo, comprobante de pago de

    remuneraciones, planillas de imposiciones El cumplimiento de normas de manipulacin de alimentos e higiene ambiental. Tener al da los registros legales necesarios exigidos por la Municipalidad,

    Seremi de Salud RM y el Servicio de Impuestos Internos (Patente, Resolucin Sanitaria, Boletas).

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    La Universidad ha dispuesto una herramienta web de uso tecnolgico (PRONEXO) que se utilizar para el control y gestin de contratistas, en donde el concesionario deber incluir a todo su personal contratado (indefinidos, plazo fijo y/o honorarios) e incorporarlo al sistema. Los documentos que debern publicar en el sistema para revisin de la Universidad son los siguientes: 1.- Contratos de trabajos 2.- Formularios declaracin derechos a saber (DAS) 3.- Pago de cotizaciones previsionales 4.- Liquidaciones de sueldo 5.- Finiquitos 6.- Formulario F30-1 Toda la capacitacin para los contratistas para el desarrollo de la operacin del sistema tecnolgico, lo entregar la Universidad. Los costos asociados a la implementacin del sistema, la mantencin de servicio web y otros que se deriven de su administracin, son de nica exclusividad de la Universidad, quedando excluido pagos por parte de la Concesin. El departamento de Bienestar estudiantil en conjunto con el prevencionista de riesgos de la UDP efectuar un control por medio de inspecciones peridicas, en las que verificar, registrar e informar entre otros aspectos, los siguientes: Estado de los locales, equipamiento e instalaciones, uniformes y presentacin

    personal de los funcionarios. El cumplimiento de normas de manipulacin de alimentos e higiene ambiental

    (gorros, guantes, mascarillas, etc.) La verificacin de emisin de boletas por las ventas como asimismo el Libro de

    Ventas con registro al da.

    La negativa o incumplimiento por parte del concesionario a los requerimientos de fiscalizacin paralizar de inmediato la autorizacin de funcionamiento y, podr adems, ser causal del trmino anticipado del contrato. El concesionario deber designar un administrador permanente o alguna persona que cumpla esta funcin, con experiencia en este servicio, el cual dispondr de las atribuciones necesarias para resolver y/o decidir respecto de cualquier problema referente al servicio y de controlar mediante la herramienta web todo lo relacionado de los trabajadores.

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    4.7. Aseo, Servicios Bsicos y de mantencin El servicio de aseo del recinto y todos los servicios bsicos de que hagan uso en las instalaciones habilitadas para ello ser de cargo exclusivo del concesionario. El servicio de aseo de las instalaciones del casino ser contratado

    directamente por el concesionario, siendo responsable directo que este servicio sea el adecuado para el tipo de instalaciones de que se trata. Ser de su responsabilidad mantener los recintos permanentemente aseados, ordenados y adecuadamente presentados. Al trmino del da, se exigir una limpieza total del Casino o Cafetera (sector mesas y detrs de la lnea de servicio). Tambin ser de su responsabilidad el retiro y disposicin de la basura del Casino y mantener limpios los basureros. Adems una vez al mes deber realizar una limpieza profunda a los establecimientos, incluyendo campanas de extraccin, aire acondicionado, desages, luminaria, etc. sern de cargo de la Concesin. Los desechos del casino, deben ser almacenados en contenedores propios del casino, de un color distinto al resto de las facultades, distinguiendo los contenedores orgnicos de los inorgnicos. En caso de huelga o paro del sistema recolector municipal, ser responsabilidad del concesionario el traslado de sus residuos a botaderos autorizados.

    Los consumos de agua, electricidad y gas, sern en su totalidad, de cargo del concesionario, por cuanto la universidad equipar con remarcadores para verificar los consumos y mensualmente se tomarn los estados y se reportarn a las unidades de control del servicio. El aseo de los servicios sanitarios destinados al personal de casino, ser de exclusiva responsabilidad del concesionario, obligndose ste a mantenerlos en condiciones optimas de aseo e higiene

    La mantencin de los artefactos y equipamiento de propiedad de la Universidad debern ser de responsabilidad del concesionario, por cuanto deber estar permanentemente en ptimo estado de funcionamiento, siendo de su cargo los costos asociados a la mantencin que obligatoriamente deben ser realizadas por empresas certificadas por la marca en un periodo de 2 veces anuales (Julio y Diciembre).

    El reemplazo de artefactos o equipamiento de casino como la adicin de stos ser de exclusivo cargo del concesionario, y siempre deber ser informado y aprobado por la Direccin de Infraestructura de la Universidad, previo a su instalacin.

    La Universidad entrega las instalaciones de los casinos en buen estado. Es responsabilidad del concesionario la mantencin de la infraestructura, tales como; mquinas, equipos, reposicin de ampolletas, destape y cambio de

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    sifones, reposicin de vidrios, entre otros, es por eso que todos los trabajos ejecutados por la concesin deben ser informados y validados por la Direccin de Infraestructura y Mantencin de la UDP.

    5. Calendario Proceso:

    ACTIVIDAD RESPONSABLE FECHA/HORA OBSERVACIONES

    1 Despacho de Invitaciones

    Universidad 10-01-2014. Se enviarn va Correo Electrnica

    2 Despacho de las Bases Administrativas y Tcnicas.

    Proveedores Invitados.

    10-01-2014 Se enviarn va correo electrnico

    3 Recepcin de consulta de Proveedores.

    Proveedores 14-01-2014 Entre 9:00 y 18:00 Horas.

    Va e mail a [email protected]

    4 Respuesta a Consultas.

    Universidad 16-01-2013 Soledad Rosales responder las consultas de las bases administrativas, y Alejandra Moro y Barbara Lagos las consultas tcnicas

    5 Recepcin de Propuestas.

    Proveedores 20-01-2014 Central de Correspondencia ubicada en Manuel Rodrguez Sur 343 , entre las 9 AM y 18 hrs. PM

    7 Inicio del contrato Universidad 01-03-2014 Inicio general del servicio

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    BASES TCNICAS

    LICITACIN CASINOS Y CAFETERIAS UNIVERSIDAD DIEGO PORTALES

    1. rea de Servicio El servicio comprende la atencin de alumnos, funcionarios y docentes. Ser obligatorio efectuar la visita a terreno que se indica en las Bases Administrativas a objeto de tener una visin clara de las dependencias en que se ejecutar el servicio.

    1. Requisitos Operativos El Concesionario recibir de parte de la Universidad los locales de Casinos y Cafeteras con el equipamiento existente, el inventario ser entregado a los concesionarios que se adjudiquen la licitacin. En dicha oportunidad, la Empresa acepta estas especies entregadas en comodato, declarando que las recibe en buen estado de conservacin y se obliga a restituirlas en igual estado al trmino de la concesin. Adems, sern de cargo de la Empresa las obligaciones de mantencin (Diciembre y Julio) y reparacin de los equipos y artefactos entregados en comodato, as como corresponder la reparacin cada vez que fallen o se deterioren. Deber adems restituir al trmino de la Concesin, los bienes muebles e inmuebles de la Universidad en buen estado, considerando slo el desgaste o deterioro derivado del uso normal. De lo contrario se har uso de la boleta de garanta. Es obligacin del concesionario, abastecer de vajillas, cuchillera y menaje, necesario en relacin al nmero de alumnos y funcionarios por casino, con las reposiciones durante el perodo de vigencia del contrato, u otros artculos necesarios para su funcionamiento, y, de mantener una ambientacin adecuada a las actividades propias de los alumnos, acadmicos y personal de la Universidad. 3. Condiciones de la Concesin.

    El funcionamiento de las instalaciones licitadas estar sujeto a la supervigilancia y fiscalizacin de la Direccin de Asuntos Estudiantiles y de la Direccin de RRHH que resguardarn especialmente la calidad del servicio y condiciones sanitarias que pongan en riesgo la salud de los alumnos y funcionarios.

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    Los locales incluidos en la Concesin solo se podrn destinar a proporcionar servicios de alimentacin a los alumnos y funcionarios de la Universidad. No obstante lo anterior, se entiende que los Casinos y Cafeteras sern utilizados por los alumnos como un lugar de encuentro y estudio.

    La Universidad se reserva el derecho de terminar y autorizar la exclusividad de venta de un producto en todos los casinos y cafeteras, segn mejor convenga a sus intereses.

    Cualquier contrato del tipo de video juegos, publicidad, televisores (tac) etc., que funcionen dentro de los casino o cafeteras, deber estar autorizado por la Direccin de Asuntos Estudiantiles.

    Facilitar el recinto del casino a los alumnos, profesores y/o trabajadores de la Universidad cuando stos lo requieran para eventos especiales, previa autorizacin del Decano de la respectiva facultad que lo requiera. En estos casos, los usuarios debern restituir el local, totalmente limpios, ordenados y bajo inventario de equipamiento entregado y para estas actividades debern dejar algn funcionario del casino el cual tendr una labor de supervisin del evento

    La Universidad podr solicitar atencin especial en das laborales, fuera del horario convenido o en das Domingos o festivos, con ocasin de cursos de capacitacin, seminarios, trabajos extraordinarios, celebraciones u otros eventos, solicitud que ser presentada con a lo menos 48 horas de anticipacin. El contenido, nmero y valor de estos suministros especiales ser determinado de comn acuerdo entre las partes.

    4. OBLIGACIONES

    Entregar el Men mensual a la Direccin de Asuntos Estudiantiles y a la Direccin de RRHH, para su revisin, el que deber ser enviado 10 das antes del mes entrante. Los platos del da debern ser exhibidos en cada uno de los casinos.

    Mantener, una dotacin suficiente de personal, para lograr un buen funcionamiento de los servicios, en especial, en horarios de punta (12.30 y 15.00) y de acuerdo al nmero de alumnos y funcionarios por casino (ver anexo N 2).

    Asesora permanente y obligatoria de un profesional Nutricionista.

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    Mantener una atencin continuada del servicio de lunes a viernes de 8:00 a 18:30 como norma general , y de 8:00 a 21:00 hrs. y los sbados de 9:00 a 16:00 hrs., en el caso de las facultades con carreras vespertinas. Podr haber extensin o cambio de horario, de acuerdo a los requerimientos de cada Escuela.

    Publicar en un lugar visible la lista de productos y de sus precios. Su incumplimiento ser sancionado con Multa por incumplimiento de contrato.

    Mantener los precios de los productos o servicios, menores o iguales al promedio de los locales ubicados en el barrio Universitario, y similar entre las Facultades

    Mantener una ambientacin adecuada a las actividades propias de los alumnos, acadmicos y personal de la Universidad.

    Evitar que se propague cualquier clase de olores al resto de los recintos universitarios, a travs de un perfecto funcionamiento de los sistemas de extraccin de aire y campanas

    Mantener en lugar visible un libro de sugerencias y reclamos. Deber remitirse una fotocopia a la Direccin de Asuntos Estudiantiles el da 30 de cada mes.

    Ser de responsabilidad exclusiva del concesionario obtener y tramitar la respectiva patente municipal hacindose cargo de las citaciones que para esos efectos emanen de las autoridades sanitarias y/o municipales. La unidad de Mantencin de la UDP, por su parte, deber entregar al Concesionario la documentacin necesaria para la tramitacin de la misma en el momento de la adjudicacin. Cualquier sancin por incumplimiento a citaciones ser de cargo y responsabilidad del concesionario.

    El Uso de la patente otorgada queda de uso exclusivo para la actividad solicitada.

    Los plazos convenidos para tramitar la patente provisoria o definitiva estarn sujetas a lo establecido el organismo competente y dentro de lo sealado en el artculo anterior.

    El concesionario deber acoger las solicitudes que se le realicen, a travs de Bienestar Estudiantil y/o la Facultad, respecto de la composicin de los mens, horarios, atencin de pblico, etc.

    El Concesionario deber dar cumplimiento y supervisar las Normas de Higiene estipuladas en el anexo N3.

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    Personal de Infraestructura y Mantenimiento de UDP mantendr vigente y actualizado un control de inventario de todos los elementos entregados a la concesin ya sea utensilios y equipamiento en general, el cual se anexar al contrato firmado entre las partes,

    El concesionario debe avisar a la unidad de mantencin cuando se d de baja algn equipamiento y ste deber informar a la unidad de activos fijos.

    5. PROHIBICIONES

    Los derechos de Concesin no podrn arrendarse, subarrendarse, cederse, transferirse o gravarse a favor de terceros, sin el conocimiento y autorizacin expresa de la Universidad dada por escrito

    Cualquier contrato del tipo de video juegos, publicidad, televisores (Tac), etc., que funcionen dentro de los Casinos o Cafeteras, deber estar autorizado por la Direccin de Asuntos Estudiantiles.

    En los recintos de la Concesin no se podr vender, proporcionar o permitir el consumo de bebidas alcohlicas en cualquiera de sus formas.

    Introducir modificaciones o mejoras en la infraestructura proporcionada por la Universidad sin la expresa y previa autorizacin de la Unidad de Mantencin, dejndose establecido que las mejoras que se efecten con la debida autorizacin, quedarn a beneficio de la Universidad al trmino del presente contrato, sin derecho a compensacin o indemnizacin de ninguna especie.

    Recibir ningn tipo de proveedores en horario punta. Destinar a su personal a funciones de otra ndole que no sean

    el servicio, en horario punta. Realizar la reparacin o mantencin de equipos en horario

    punta. Efectuar modificaciones a la infraestructura (electricidad,

    agua, gas, tabiques, aire acondicionado, tableros elctricos, etc.) sin aprobacin de la Unidad de Mantencin. Los requerimientos necesarios para el buen funcionamiento del casino deben ser solicitados a dicha Unidad para su aprobacin presupuestaria, si corresponde y posterior ejecucin.

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    La infraccin a cualquiera de las prohibiciones anteriores, dar derecho a la Universidad para poner trmino de inmediato y sin indemnizacin alguna al presente contrato.

    6. Servicios que se Licitan

    El servicio de alimentacin que se entregue a la Universidad, constar bsicamente de lo siguiente: Becas Alimenticias Almuerzo alumnos, funcionarios y acadmicos de la Universidad Servicios de Cafetera 6.1. Becas de Alimentacin Beca alimenticia UDP:

    o Para los alumnos diurnos consta de una colacin diaria de lunes a viernes, de un plato de fondo, ensalada o postre (determinado por el alumno), pan y jugo , en un horario entre las 12:30 a 15:30 horas, durante los perodos en que la Universidad mantenga clases regulares de acuerdo al Calendario Acadmico, que se entregar a los concesionarios que se adjudiquen la propuesta. Debern existir dos alternativas de plato de fondo hasta las 14:30 hrs.

    o Para los alumnos vespertinos consta de una colacin diaria de lunes a viernes, con diferentes alternativas de sndwich, t o caf o jugo o bebida, y un yogurt o snack, en un horario entre las 17:30 y las 20:00 horas, durante los perodos en que la Universidad mantenga clases regulares de acuerdo al calendario acadmico.

    o Incorporar un plato de fondo hipocalrico y/o vegetariano.

    Bienestar Estudiantil determinar qu alumnos son los beneficiarios de dicha beca y ser el encargado de supervisar su uso, a travs, de listados de alumnos, cuponeras, vales, etc. u otra forma que la Universidad determine. El valor de la beca para el 2014 tanto diurna como vespertina es de $ 1.909 IVA incluido, dicho valor se reajustar anualmente, conforme a la variacin que experimente el ndice de Precios al Consumidor (I.P.C.),

    La Empresa deber proponer en cada casino un nmero de Becas Alimenticias, igual o superior a los requerimientos que se detallan en el Anexo N 2.

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    Beca alimenticia JUNAEB

    Consiste en una tarjeta electrnica otorgada por la JUNAEB a aquellos alumnos que tienen algn tipo de beca o crdito estatal y que pertenecen a los quintiles socio-econmicos ms necesitados. La carga mensual de la tarjeta es de $ 32.000 mensual ($ 1.600 por 20 das). En virtud, de que este valor diario de la beca Junaeb es menor al de la beca alimenticia UDP, la Universidad complementar su valor diario por el diferencial ms IVA entre ambas becas. Para aquellos productos de cafetera u otros distintos a la colacin, se mantendr el precio original diario de la Tarjeta.

    6.2. Servicios Acadmicos y Funcionarios La Universidad hoy no cuenta con lugares especialmente habilitados en los Casinos para atender a los funcionarios de la Universidad. Actualmente la modalidad es de convenios con Restaurantes del Sector y tambin pueden acudir a los Casinos y Cafeteras de las Facultades. El desafo de l(los) concesionario(s) que se adjudique(n) la licitacin ser el atraer a los funcionarios a los Casinos de la Universidad. El Men de los funcionarios consta de ensalada o sopa, plato de fondo, postre, pan y un vaso de jugo o bebida. Servicio que se obtendr a travs de vales emitidos por el Departamento de Recursos Humanos u otro sistema que determine la Universidad. El vale no podr ser cambiado por cigarros, alcohol, dinero o abarrotes. El valor del vale para el 2014 ser de $2.400 (IVA incluido), dicho valor se reajustar anualmente conforme a la variacin que experimente el ndice de Precios al Consumidor (I.P.C.), Deben existir diariamente a lo menos dos alternativas de men y una alternativa de men hipocalrico y/o vegetariano (verduras, hidratos de carbono, huevos y quesillo), la que deber estar disponible entre las 12:30 y 14:30 hrs. inclusive. 6.3 Facturacin y Forma de pago:

    Las Becas de alimentos se facturarn por mes vencido, pagndose la misma, a los quince das de recibida conforme. Mensualmente, El Concesionario presentar a la Direccin de Asuntos Estudiantiles la factura acompaada de los listados con firmas de los alumnos u otra forma que la universidad determine. Durante los meses de julio y diciembre, no se descontar el pago de las becas alimenticias debido a la baja asistencia de los alumnos durante ese perodo.

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    El consumo de funcionarios se facturar cada quince das, pagndose la misma a los 15 das de recibida conforme. La Empresa presentar a la Universidad las guas de despacho acompaado de los vales de colacin recepcionados y rendidos. En caso de desacuerdo entre La Universidad y La Empresa, la primera pagar la parte no discutida, quedando el saldo pendiente en espera de aclaracin. La Universidad para el caso de vales de colacin del personal, pagar la factura a travs de dos vas de pago: depsito en cuenta corriente o vale vista en Banco Santander Santiago. Para la aceptacin de vales recibidos por los usuarios, tendr una vigencia de 30 das corridos por mes, por cuanto no se aceptaran vales sin la vigencia dentro de los plazos acordados.

    Requerimientos bsicos para pago va depsito en cuenta corriente:

    o La cuenta corriente debe ser de la razn social. o Si la cuenta corriente es bipersonal, el primer titular debe ser de la

    razn social. o Lugar recepcin de la factura: Central de Correspondencia ubicada

    en Manuel Rodriguez Sur N 343 Primer piso. Para efectuar el proceso, una vez adjudicado el casino, se requiere los siguientes antecedentes, los cuales deben ser enviados al correo

    Razn Social RUT Direccin

    N CuentaCorriente

    Nombre Banco

    Correo Confirmacin Telfono

    Persona Contacto

    En caso de inexistencia de cuenta corriente, o mientras no se comunique la informacin previamente solicitada, de existir una factura, el correspondiente pago, deber retirarse en el Banco Santander Santiago, cualquier sucursal, segn fechas indicadas. La persona debe llevar un poder de parte del casino que autorice el retiro de dicho pago. 6.4. Cafetera El concesionario deber presentar un listado de los principales productos a ofrecer en el servicio de cafetera, acompaando para ello el listado de precios con impuesto (IVA incluido), precios que deber respetar en caso de adjudicarse la concesin. Preferentemente deber considerar sndwich, bebidas fras y calientes, snack y otros.

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    7. Contenido de la Propuesta

    La PROPUESTA, deber contener:

    Valor de cada servicio que propone, con I.V.A. incluido Ejemplo: plato vegetariano, plato econmico, men ejecutivo, entre otros y especificar que contiene cada alternativa

    Cantidad de Becas de Alimentacin mensuales 8. MULTAS Las sanciones que corresponda aplicar como consecuencia del incumplimiento por parte del oferente seleccionado, se aplicarn administrativamente, sin forma de juicio y se otorgar un plazo no mayor a 10 das hbiles para su cumplimiento, en caso contrario se ejecutarn las garantas vigentes. El incumplimiento y debilidad que experimente el servicio durante el transcurso del contrato, facultar a la Universidad para intervenir en primera instancia con la aplicacin de multas. SERVICIO MOTIVO MULTA UF + IVA Incumplimiento de lo estipulado en las bases administrativa, contrato, rdenes y/o instrucciones de la Universidad y especificaciones tcnicas

    Cuando el contratista no subsane la o las observaciones formuladas en el Libro de Novedades dentro del plazo de 24 Horas, a satisfaccin de la Universidad o alguna entidad fiscalizadora. Por reiteracin de reclamos fundados por parte de los usuarios o mala calidad en los alimentos o parte de sus componentes. si no repara los equipos o instalaciones en mal estado dentro de 48 horas, esto ltimo siempre que sea de su responsabilidad directa, si no equipa correctamente a sus empleados, si los insumos no son de la calidad adecuada o por falta de los mismos.

    UF 5 por da de incumplimientos, sin perjuicio de la facultad de la Universidad de poner trmino anticipado, con cargo, a las garantas vigentes, dando aviso por escrito al concesionario, de la situacin de infraccin, con a lo menos 30 das de anticipacin.

    Calidad de los alimentos entregados en locales afiliados.

    Alimentos fuera de los rangos alimenticios normales (descomposicin Infeccin, etc.).

    UF 10 por evento y dependiendo de lo crtico del problema, la Universidad podr ejercer su derecho a demandar y cobrar las indemnizaciones a que haya lugar.

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    En el entendido que la Universidad Diego Portales busca calidad y atencin oportuna, las reiteradas multas aplicadas a un proveedor (entindase ms de tres reclamos formales con o sin aplicacin de multas) darn derecho a la Universidad a poner trmino al contrato de servicio en forma inmediata y sin lugar a pago alguno por efecto de indemnizacin u otro a que diera lugar.

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    ANEXO N 1

    CARTA DE ACEPTACIN DE BASES ADMINISTRATIVAS Y TCNICAS Declaro haber ledo y comprendido cada uno de los puntos incluidos en las Bases Administrativas y Tcnicas de la Licitacin del Servicio de Casino y Cafeteras para el perodo 2014, las Normas de Higiene y Limpieza y los Anexos complementarios. Al respecto, declaro que desde ya no tengo observaciones al respecto y las acepto en su totalidad. Razn Social : _______________________________ Nombre Representante Legal : __________________________________ RUT :___________________________________ Firma : ___________________________________ Fecha : ___________________________________

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    ANEXO N 2

    NUMERO DE ALUMNOS, FUNCIONARIOS Y BECAS REQUERIDAS

    Es importante sealar que es determinante para la adjudicacin de los

    proveedores, la cantidad de becas que ofrecen. El valor informado en el cuadro precedente, es el mnimo que los proponentes

    pueden ofrecer.

    SEDESN DEALUMNOS

    NDEBECASPORSEDE

    Arquitectura, Arte yDiseo 1.465 15Ciencias Sociales eHistoria 879 9

    ComunicacinyLetras 1.102 11

    Derecho 1.029 10Educacin 409 0Ingeniera 2.401 24

    Medicina1Y2 1.438 14Carreras de Medicina,OdontologaYT,Mdica.

    Psicologa 938 9

    Huechuraba 1.878 19Carreras de I. Comercial, I.ControldeGestin.

    ExEconoma 1.966 20

    Economa Vespertinos, CADiurno, Enfermera,Kinesiologa, Obstetricia yNeonatologa

    CentrodeDeportes 0 10CafeteraExEconoma 0 10Casino Bibliotecacentral 25

    Total 13.505 176

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    Anexo 3

    NORMAS DE HIGIENE Y LIMPIEZA DE LOS CASINOS DE LA UNIVERSIDAD DIEGO PORTALES

    HIGIENE DE ESTABLECIMIENTOS

    1. No podr ubicarse ningn basurero en la zona de manipulacin de alimentos, estando estos recipientes slo en el rea de desconche o zona sucia.

    2. Los desechos debern retirarse de las zonas de manipulacin y otras zonas de trabajo (zonas limpias), cuantas veces sea necesario, haciendo el retiro general de la basura del casino (ubicada en la zona sucia), a lo menos una vez al da.

    3. Inmediatamente despus de la evacuacin de los desechos, los receptculos utilizados para el almacenamiento y todo el equipo que haya entrado en contacto con los desechos debern limpiarse. La zona de almacenamiento de desechos deber, asimismo, mantenerse limpia.

    4. Slo se permitirn basureros de material plstico que tengan tapas y ruedas para su transporte fuera del casino.

    5. Los basureros debern limpiarse diariamente y una vez a la semana tendrn que asearse en forma profunda.

    6. Se deber impedir el acceso de las plagas a los desechos. 7. Inmediatamente despus de terminar el trabajo de la jornada o cuantas

    veces sea necesario, debern limpiarse minuciosamente los pisos, incluidos los desages, las estructuras auxiliares y las paredes de la zona de manipulacin de alimentos. Asimismo, una vez al mes, deber realizarse una limpieza profunda de todo el casino, incluyendo campanas, ductos de extraccin, desages, etc.

    8. Las salas de vestuario, servicios higinicos, vas de acceso y los patios situados en las inmediaciones de los locales y que sean partes de stos, debern mantenerse limpios.

    9. Deber establecerse un calendario de limpieza y desinfeccin permanente, con atencin especial a las zonas, equipos y materiales de ms alto riesgo,

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    el cual ser comunicado mensualmente a la Unidad de Bienestar Estudiantil.

    10. Deber aplicarse un programa preventivo eficaz y continuo de lucha contra las plagas. Los establecimientos y las zonas circundantes debern inspeccionarse peridicamente para cerciorarse de que no exista infestacin.

    11. En caso que alguna plaga invada los establecimientos debern adoptarse medidas de erradicacin. El tratamiento con agentes qumicos, fsicos o biolgicos slo deber aplicarse de acuerdo a la reglamentacin vigente, por empresas autorizadas para tales efectos por la autoridad sanitaria correspondiente.

    12. Deber disponerse de personal exclusivo para el aseo, que mantenga limpio durante toda la jornada las distintas zonas del casino. Todo el personal de aseo deber estar capacitado en tcnicas de limpieza.

    13. Para impedir la contaminacin de los alimentos, todos los equipo y utensilios debern mantenerse debidamente protegidos en estantes, vitrinas, u otros, despus de limpiarse y desinfectarse.

    14. No deber almacenarse en la zona de manipulacin de alimentos ninguna sustancia que pueda contaminar los alimentos ni depositarse ropas u objetos personales en las zonas de manipulacin de alimentos.

    15. Todas las mquinas que requieran de fro o calor, debern contar con termmetro que indique la temperatura en la cual se est almacenando los diversos alimentos.

    16. Ser responsabilidad del concesionario del casino el pintar semestralmente los muros de las dependencias concesionadas, o cada vez que se requiera, como asimismo la reparacin de pisos, equipos y maquinarias, cableado elctrico, todo esto realizado con personal idneo y aprobado por el Departamento de Mantencin de la Universidad.

    17. Al interior de la cocina deber existir un extintor de CO2, y en el resto del casino segn superficie a cubrir, extintores de polvo qumico seco (PQS), todos los cuales debern mantenerse expeditos, sin obstculos para su uso, sealizados y colgados.

    18. Se deber acreditar que el personal que opera en el casino cuente con un curso de uso y manejo de extintores.

    19. Ser responsabilidad de la UDP, la sanitizacion y control de plagas de los casinos y cafeteras.

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    HIGIENE DEL PERSONAL

    1. El concesionario del casino ser responsable de que todas las personas que manipulen alimentos, reciban una instruccin adecuada y continua en materia de manipulacin higinica de los mismos e higiene personal. Adems estos trabajadores debern contar con carnet de manipulador de alimentos vigente.

    2. Cualquier persona que trabaje a cualquier ttulo y, aunque sea ocasionalmente, en un casino de la Universidad, deber mantener un estado de salud que garantice que no representa riesgo de contaminacin de los alimentos que estn a su alrededor.

    3. El concesionario del casino tomar las medidas necesarias para evitar que el personal que padece o es portador de una enfermedad susceptible de transmitirse por los alimentos, o tenga heridas infectadas, infecciones cutneas, llagas o diarrea, trabaje en las zonas de manipulacin de alimentos en las que haya probabilidad que pueda contaminar directa o indirectamente a stos con microorganismos patgenos. Toda persona que se encuentre en esas condiciones debe comunicar inmediatamente al supervisor su estado de salud.

    4. El personal que manipule directamente alimentos, menor de 30 aos deber vacunarse anualmente contra la fiebre tifoidea.

    5. El personal que manipule alimentos no deber atender pagos del pblico, sea recibiendo o entregando dinero, y no deber realizar tareas que puedan contaminar sus manos y ropas de trabajo.

    6. El personal que manipula alimentos deber lavarse y cepillarse siempre las manos antes de iniciar el trabajo, inmediatamente despus de haber hecho uso de los servicios higinicos, despus de manipular material contaminado, cada vez que ocurra una interrupcin, despus de tocar alimentos crudos y antes de tocar alimentos cocidos, despus de utilizar el pauelo para toser, estornudar o sonarse, y todas las veces que sea necesario.

    7. Para el lavado de manos, el personal deber contar siempre con jabn, toallas desechables y escobilla de uas.

    8. Los manipuladores debern mantener una esmerada limpieza personal mientras estn en funciones debiendo llevar ropa protectora, tal como: cofia o gorro que cubra la totalidad del cabello, mascarilla desechable y delantal. Adems por razones de seguridad, el concesionario deber brindarles calzado antideslizante de manera de prevenir cadas al interior de la cocina. En el caso de la ropa los artculos deben ser lavables, a menos que sean desechables y debern mantenerse limpios.

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    9. Los manipuladores de alimentos no deben usar objetos de adorno en las manos cuando manipule alimentos (anillos, relojes, pulseras) y deber mantener las uas de las manos cortas, limpias y sin barniz.

    10. En las zonas en que se manipulen alimentos deber prohibirse todo acto que pueda contaminar los alimentos, como: comer, fumar, masticar chicle, o realizar otras prcticas antihiginicas, tales como escupir.

    11. Si algn manipulador presenta heridas en las manos, deber utilizar guantes en forma obligatoria, hasta que no presente ninguna herida o cicatriz.

    12. Si para manipular los alimentos se emplean guantes, stos se mantendrn en perfectas condiciones de limpieza e higiene. El uso de guantes no eximir al operario de la obligacin de lavarse las manos cuidadosamente.

    13. Se deber evitar la presencia de personas extraas en las salas donde se manipulen alimentos. En la eventualidad que esto suceda se tomarn las precauciones para impedir que stas contaminen los alimentos. Las precauciones deben incluir el uso de ropas protectoras.

    14. La responsabilidad del cumplimiento por parte del personal de todos los requisitos sealados en este ttulo, deber asignarse al personal supervisor competente, sin que ello implique exclusin de esta responsabilidad a los propietarios del establecimiento.

    HIGIENE EN LA ELABORACIN DE LOS ALIMENTOS

    1. En la elaboracin slo debern utilizarse materias primas e ingredientes en buen estado de conservacin, debidamente identificados, exentos de microorganismos o sustancias txicas u otras materias extraas.

    2. Las materias primas y los ingredientes almacenados en los locales del establecimiento debern mantenerse en condiciones que eviten su deterioro y contaminacin.

    3. Los alimentos que en su etiqueta indiquen que deben mantenerse refrigerados no podrn romper la cadena de fro, de manera que no se daen, ej yogurt, cremas, etc

    4. El flujo del personal y de materias primas en las distintas etapas del proceso, debe ser ordenado y conocido por todos los que participen en la elaboracin, de manera de evitar contaminacin cruzada de los alimentos.

    5. Todo el equipo que haya entrado en contacto con materias primas o con material contaminado deber limpiarse, desinfectarse y verificarse el grado de limpieza antes de entrar en contacto con productos terminados.

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    6. Nunca manipular con los mismos utensilios los alimentos crudos con los alimentos cocidos, sin que exista de por medio una limpieza de los materiales. Hacer lo mismo, si se manipulan verduras antes de entrar en contacto con productos crneos, o viceversa.

    7. Si un utensilio cae al suelo, no se utilizar nunca sin haberlo lavado. 8. Tanto el local como los equipos, superficies de trabajo y utensilios debern

    mantenerse en perfectas condiciones de limpieza. La vajilla, cubiertos y cristalera, despus de lavados con agua corriente y jabn u otro detergente, deben ser tratados con agua caliente y/o vapor de agua por dos minutos y sumergidos por veinte segundos, por lo menos, en una solucin que contenga sesenta partes por milln de cloro libre, con posterior enjuague con agua corriente. Donde no se desinfecten los vasos, copas y tazas, ser obligatorio el empleo de utensilios de nico uso y de material autorizado. No se permite el uso de vajilla, platos, vasos, copas y tazas que presenten trizaduras o bordes rotos.

    9. Nunca preparar alimentos que puedan ocasionar una posible intoxicacin alimentaria, ej. mariscos o pescado crudo, mayonesas caseras, cremas sin refrigerar, entre otros.

    10. Cada vez que se haya de probar un alimento para rectificar el punto de sal o condimento, se ha de utilizar una cuchara limpia.

    11. Si las comidas se exponen al pblico, debern estar en vitrinas protegidas y refrigeradas. En ningn caso el pblico podr tener acceso a ellas.

    12. Para no contaminar los utensilios al momento de servir se debern seguir las siguientes recomendaciones: no colocar los dedos en los vasos o tazas limpias antes de entregarlos; tomar los platos correctamente sin insertar los dedos dentro de l; si el servicio se dispone para que el pblico lo saque, se debern disponer los mangos hacia arriba, de manera que no sean manoseados;

    La Universidad cuenta con un Prevencionista de Riesgos quien supervisar permanentemente el funcionamiento de todos los casinos y cafeteras para el control del personal y de las labores que desempean cada uno para minimizar los riesgos de la actividad. Mediante los controles establecidos se ha dispuesto que dos veces en el ao, la universidad contratar los servicios del DICTUC y/o el organismo similar para regulacin y certificacin de los alimentos elaborados por la concesin el cual sern analizados y se emitirn los informes correspondientes y entregados a los interesados.