bases de cotizacion nÚmero coti-007-2021

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Municipalidad de Santo Domingo Suchitepéquez, Departamento de Suchitepéquez, Guatemala, C. A. [email protected] Administración Municipal 2020 2024 Dirección Municipal de Planificación, 2021 BASES DE COTIZACION NÚMERO COTI-007-2021 NOMBRE DEL PROYECTO: MEJORMIENTO CAMINO RURAL CANTON TARACENA SANTO DOMINGO SUCHITEPEQUEZ, SUCHITEPEQUEZNOVIEMBRE 2021.

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Administración Municipal 2020 – 2024 Dirección Municipal de Planificación, 2021

BASES DE COTIZACION NÚMERO COTI-007-2021

NOMBRE DEL PROYECTO:

“MEJORMIENTO CAMINO RURAL CANTON TARACENA SANTO DOMINGO SUCHITEPEQUEZ,

SUCHITEPEQUEZ”

NOVIEMBRE 2021.

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INDICE

SECCION I

1. DEFINICIONES 2. INVITACION A COTIZAR

SECCION II BASES QUE REGIRAN LA OBRA

1. Objeto del concurso 2. Preparación de la Oferta 3. Condiciones que deban reunir los oferentes 4. Lugar y forma donde será ejecutada la obra 5. Documentos de la Plica 6. Precios y Moneda de la Oferta 7. Idioma 8. Presentación de una sola oferta 9. Consultas y Aclaraciones 10. Validez de la Oferta 11. Presentación de la oferta 12. Rechazo de Ofertas 13. Ausencia de oferta 14. Entrega de la Oferta 15. Análisis de la oferta 16. Acreditación de los miembros de la junta 17. Procedimiento y criterios para la Evaluación de la

Oferta 18. Solicitud de Aclaración de la Oferta 19. Confidencialidad 20. Forma de Pago 21. Facturación 22. Impuestos y Obligaciones 23. Propiedad de las Ofertas 24. Errores u Omisiones 25. Modificación a los Documentos 26. Plazo de Entrega 27. Garantías de Calidad 28. Entrega de la Obra Ejecutada 29. Diferencias en los Documentos 30. FUENTES DE FINANCIAMIENTO Y EJECUCIÓN. 31. DOCUMENTOS DE COTIZACION 32. DOCUMENTOS DE PLANIFICACION 33. SOLUCION DE ACLARACION DE LA OFERTA 34. NOTIFICACIONES 35. ADJUDICACIÓN 36. CONTRATO 37. RESCISIÓN DEL CONTRATO 38. CALENDARIZACIÓN PARA EL INICIO DE LA OBRA 39. BITACORA DEL PROYECTO 40. REPRODUCCION DE DOCUMENTOS 41. TRAMITE DE LICENCIA AMBIENTAL

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42. LEGALIZACION DE DOCUMENTOS 43. AMPLIACIONES DEL CONTRATO 44. ORDENES ADICIONALES 45. PRUEBAS DE LABORATORIO 46. PLANIFICACION FINAL DEL PROYECTO 47. CONSTANCIA DE INSCRIPCION DEL IGSS 48. DERECHO DE PRESCINDIR 49. DISPOSICIONES ESPECIALES EN LAS BASES DE CONTRATACION 50. NORMATIVA

SECCION III GARANTIAS CONTRACTUALES SECCION IV SANCION PECUNIARIAS SECCION V ADJUDICACION SECCION VI FORMULARIO DE PRECIOS SECCION VII MODELO DE PRESENTACION DE OFERTA (RENGLONES DE TRABAJO) SECCION VIII MODELO DE PRESENTACION DE OFERTA (INTEGRACION DE COSTOS UNITARIOS) SECCION IX ESPECIFICACIONES TECNICA DEL PROYECTO SECCION X PLANIFICACION (PLANOS) DEL PROYECTO SECCION XI ROTULACION DE SOBRES SECCION XII CONSTANCIA DE VISITA AL PREDIO SECCION XIII MODELO DE CARTA DE OFERTA SECCION XIV MODELO DE CARTA DEL BANCO SECCION XV MODELO DE CONTRATO SECCION XVI MODELO DECLARACION JURADA NRD-3. SECCION XVII PERFIL DE LOS MIEMBROS DE LA JUNTA. SECCION XVIII MATRIZ DE RIESGO

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BASES PARA PROYECTOS

DEL EJERCICIO FISCAL 2021

NÚMERO COTI-007-2021

TERMINOS DE REFERENCIA

BASES QUE REGIRAN LA OBRA Artos. 18 y 19 Ley de Contrataciones del Estado

SECCION I

INSTRUCIONES A LAS EMPRESAS CONSTRUCTORAS OFERTANTES 1). DEFINICIONES

Para efectos de COTIZACION los términos que se consignan en el segmento se interpretan como allí se indica y solo así:

Nombre del proyecto: “MEJORMIENTO CAMINO RURAL CANTON TARACENA

SANTO DOMINGO SUCHITEPEQUEZ, SUCHITEPEQUEZ”

Municipio: Santo Domingo, Departamento: Suchitepéquez.

Institución: La Municipalidad contratante denominada: Municipalidad de Santo Domingo, departamento de Suchitepéquez; con horario de atención administrativa de 08:00 a 16:00 horas.

Autoridad Superior: La Corporación Municipal de acuerdo con el

Artículo 9 de la Ley de Contrataciones del Estado o Concejo Municipal. (Art. 9 Ley de C. y Mod.)

Autoridad Administrativa Superior: El Alcalde Municipal es la autoridad

Administrativa Superior de la Municipalidad (Alcalde).

Entidad, dependencia Interesada o contratante, o unidad ejecutora: La Municipalidad de Santo Domingo,

Suchitepéquez. Invitación a COTIZAR: Invitación girada por la Municipalidad de

Santo Domingo, departamento de SUCHITEPÉQUEZ. Podrán participar en el Concurso de COITZACION, las Constructoras que se enteren

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por medio del sistema de Internet en GUATECOMPRAS y que llenen el formulario de invitación a cotizar o Licitar emitido por La Municipalidad y/o invitadas directamente.

Documentos de Cotizacion: Los Documentos de COTIZACION son los

siguientes: Bases de COTIZACION, Especificaciones generales, técnicas, disposiciones especiales, Planos, y anexos (Art. 18 de Ley de C.) las bases de COTIZACION pueden ser adquiridas en el portal de GUATECOMPRAS y/o en la Dirección Municipal de Planificación, teniendo en el último caso el costo por reproducción de los mismos. Los cuales quedaron APROBADOS por la autoridad administrativa superior.

Bases: Apartado de estos DOCUMENTOS en donde se

desglosa la información del PROCESO que las EMPRESAS ofertantes deben de conocer para poder ofertar (art. 18 y 19 de Ley de C.)

Disposiciones Especiales: Apartado de estos DOCUMENTOS en donde se

desglosan instrucciones particulares para este PROCESO que deben ser respetados por las EMPRESAS oferentes.

Especificaciones generales y técnicas: Apartado de estos DOCUMENTOS en donde se

desglosa las características inherentes del OBJETO de este PROCESO.

Ofertas: Propuesta presentada por una persona

individual o jurídica ofreciendo los Suministros, materiales, bienes obras o servicios. Esta propuesta debe incluir los aspectos técnicos, financieros y legales, de acuerdo con lo solicitado en las bases de Cotización o Licitación del presente concurso.

Oferente: Persona individual o Jurídica legalmente

constituida y con capacidad para actuar como comerciante, quien presenta su oferta ante la invitación por el presente concurso público.

Plica: Sobre cerrado, sellado y debidamente

identificado que contiene los documentos solicitados en los Documentos o bases de COTIZACION.

Junta de Cotización: Integrada por tres miembros, nombrada por la

AUTORIDAD a la que le compete recibir, analizar

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y calificar las ofertas y adjudicar la ejecución del Objeto (Art. 15 de LEY).

Colusión: La existencia de acuerdo previo entre dos o

más oferentes para lograr en forma ilícita la adjudicación de una compra COTIZACION.

Adjudicatario: Persona individual o jurídica a quien la JUNTA

DE COTIZACIÓN y/o LICITACION adjudica el concurso.

Adjudicación definitiva: Es la adjudicación aprobada por la

autoridad superior. Contratista: Adjudicatario con quien se suscribe un

contrato para la ejecución de la Obra. Monto o valor de la Negociación: Es el valor de contratación de obra, bienes,

suministros o servicios.

Plazo contractual: Periodo en días calendarios, meses o años de que dispone el contratista para el cumplimiento del objeto del contrato.

Vigencia del contrato: Periodo comprendido de la fecha de la aprobación del contrato a la fecha de aprobación de la liquidación del mismo.

Contrato: Documento suscrito entre la Municipalidad de

SANTO DOMINGO, departamento de SUCHITEPEQUEZ, y el adjudicatario para la obra o el suministro del servicio, en el que constan las obligaciones y derechos de la Municipalidad y del Contratista para la ejecución de la Obra del cual forman parte todos los documentos que puedan derivarse de este proceso.

Adendum: Documento de Modificación de datos mal

consignados en las bases de COTIZACION siempre que no sean de fondo, el cual se emite con posterioridad al haber sido detectado algún error involuntario.

Ley de Contrataciones del Estado: Decreto número 57-92 del Congreso de la

República de Guatemala y sus reformas. Reglamento: Reglamento de la Ley de Contrataciones del

Estado. Acuerdo Gubernativo número 122-2016, y, sus reformas.

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Supervisor: Persona Profesional de Ingeniería y/o Arquitectura Supervisor de Obras Municipal que designa la Municipalidad Santo Domingo Suchitepéquez, Suchitepéquez para que supervise y controle los trabajos.

Cotización Pública: Es un procedimiento formal y competitivo de adquisiciones, mediante el cual se solicitan y reciben públicamente y se evalúan confidencialmente ofertas para la adquisición de bienes y servicios conexos y se adjudica el contrato correspondiente al oferente cuya propuesta resulte ganador y que cumple sustancialmente con los documentos de cotización y obtenga el punto más alto.

Protesta: Es todo reclamo, objeción, impugnación, rechazo u otra manifestación de disconformidad, presentado por escrito por un oferente durante cualquier etapa cumplida del proceso de Cotización, ya sea ante alguna autoridad competente del país donde se lleve a cabo la adquisición.

Garante: Es cualquier banco, institución financiera, u otro ente, sus sucesores o cesionarios, que contrae una obligación con el comprador a favor del oferente, mediante presentación de garantía firmada.

GUATECOMPRAS: Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones, su dirección en Internet es www.GUATECOMPRAS.gt.

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SECCION II

BASES QUE REGIRAN LA OBRA

1. OBJETO DEL CONCURSO:

Contratación de una empresa sólida y calificada para la ejecución del proyecto: “MEJORMIENTO CAMINO RURAL CANTON TARACENA SANTO DOMINGO SUCHITEPEQUEZ, SUCHITEPEQUEZ”, para promover y fortalecer la distribución del agua como parte del mejoramiento de la calidad de vida de la población del Municipio de Santo Domingo, Departamento de Suchitepéquez.

2. PREPARACIÓN DE LA OFERTA:

a. Las empresas invitadas deberán examinar la totalidad de la documentación, las condiciones y las especificaciones que rigen este evento.

b. Solo se aceptará una oferta por persona individual o jurídica, caso contrario el oferente será descalificado, tal y como lo establece el artículo No. 25 de la Ley de Contrataciones del Estado.

c. La empresa oferente proveerá toda la información requerida en la invitación a cotizar, en sobre debidamente sellado, no se tomará en cuenta ofertas que presenten borrones, enmiendas, raspaduras, omisiones, adiciones o entrelineados que no estén debidamente salvados antes de la firma del representante legal.

d. Las ofertas deben ser escritas en idioma español, a máquina

como mínimo y contener el precio unitario, desglose y el total de cada uno de los renglones que la integran (los renglones que se indican en el cuadro de cantidades estimadas de trabajo a ejecutar contenido en la Sección VI Formulario de Cotización).

e. Los precio unitarios y totales de la Planificación, los cuales

deben ser fijos, inalterables, calculados tomando en cuenta las disposiciones estipuladas en los Documentos de y expresados en quetzales, moneda de curso legal, tanto en números como en letras. BASE LEGAL: Artículo 6 de la Ley de Contrataciones del Estado.

f. Los precios unitarios deben incluir el pago de cada uno de los

gastos en que se incurra para la elaboración y entrega de la Planificación, el pago de todos los impuestos aplicables incluyendo el Impuesto al Valor Agregado (IVA). BASE LEGAL: Artículo 32 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, Artículo 2 numeral 6 del Reglamento de la Ley del Impuesto al Valor

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Agregado y sus Reformas. Además, debe contener su dirección, número de identificación tributaria NIT, sello y la fecha

g. No se aceptarán solicitudes de reajuste de precios después de

que la oferta haya sido presentada.

h. En ningún caso se admitirán en la oferta condiciones que modifiquen o tergiversen las Bases de Cotización. BASE LEGAL: Artículo 18 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

3. CONDICIONES QUE DEBAN REUNIR LOS OFERENTES:

a. Podrán participar en este evento todas aquellas personas individuales o jurídicas que no estén comprendidas en ninguno de los casos indicados en el artículo 80 de la Ley de Contrataciones del Estado, y deben reunir los siguientes requisitos:

b. Estar sujetos a las leyes vigentes de la República de Guatemala.

c. Aceptar en forma expresa, todas y cada una de las condiciones contenidas en las bases y que rigen la misma.

d. Comprometerse a mantener inalterable la oferta hasta la suscripción del contrato con su respectiva fianza de sostenimiento de oferta, la que tendrá vigencia de ciento veinte (120) días.

e. Acreditar estar inscritos como contribuyentes del Impuesto al Valor Agregado – IVA- Impuesto Sobre la Renta –ISR- Impuesto de Solidaridad –ISO-, en La Superintendencia de Administración Tributaria, y otros impuestos aplicables.

f. Presentar documentación que demuestre la capacidad técnica y financiera del oferente con sus respectivos estados financieros.

g. La no inclusión o presentación requisitos sin la totalidad de la información y formalidades requeridas, dará lugar a la Junta de Cotización, de acuerdo a lo establecido en el artículo 30 de la Ley, rechazar la oferta, sin responsabilidad de su parte.

4. LUGAR Y FORMA DONDE SERÁ EJECUTADA LA OBRA:

El proyecto: “MEJORMIENTO CAMINO RURAL CANTON TARACENA SANTO DOMINGO SUCHITEPEQUEZ, SUCHITEPEQUEZ”, será ejecutado en el Municipio de Santo Domingo Suchitepéquez, del departamento de Suchitepéquez. La obra se ejecutará por contrato y se integra por los diferentes renglones y cantidades de trabajos indicados en el Formulario de Cotización correspondiente.

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5. DOCUMENTOS DE LA PLICA:

Requisitos de la bases La oferta deberá contener los documentos siguientes: (Los documentos deberán de presentarse en forma ordenada según el siguiente listado de las bases) REQUISITOS FUNDAMENTALES: I. Formulario electrónico emitido por el portal de

www.GUATECOMPRAS.gt, como constancia de a ver ingresado la información de la oferta.

II. Carta del oferente en hoja membretada de su empresa, donde indique, fecha de presentación de la oferta, costo y tiempo de ejecución del referido proyecto, nombre completo del representante legal y dirección de ubicación de las oficinas, con el sello respectivo de la empresa. (Sección XIII Modelo de carta de oferente).

III. La oferta de acuerdo con el formulario de que se adjunta en la sección VI “Presentación de Ofertas”, la cual irá debidamente firmada y sellada por el oferente o su representante legal, incluyendo el plazo en que se compromete a ejecutar la obra o el servicio objeto de la Cotización.

IV. DECLARACIONES JURADAS: 1. Dos -2- Declaración Jurada ante Notario, reciente y en

original de que el oferente no es deudor moroso del Estado ni de las entidades a las que se refiere el Artículo 1, de la Ley de Contrataciones del Estado, o en su defecto, compromiso formal de que, en caso de adjudicársele la negociación, previo a la suscripción del contrato acreditará haber efectuado el pago correspondiente. BASE LEGAL: Artículo 19 numeral 10 de la Ley de Contrataciones del Estado y Artículo 18 numeral 2 del Reglamento.

2. Dos -2- Declaración Jurada ante Notario, reciente y en original en la que el oferente garantice que no ha incumplido contratos celebrados con dependencias o instituciones del Estado.

3. Dos -2- Declaración Jurada ante Notario, reciente y en original, de que el oferente no está comprendido dentro de las prohibiciones enumeradas en el artículo 80 de la Ley de Contrataciones del Estado.

4. Dos-2- Declaración jurada de no ser deudor moroso del Estado, conforme artículo 19 inciso 10) y articulo 26 de la Ley. así como articulo No. 18 numeral 2) del reglamento de la ley, esta declaración deberá ser reciente y presentarse en original.

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5. Dos -2- Declaración Jurada ante Notario, reciente y en original en la que el oferente garantice conocer las penas relacionadas a la comisión del delito de Pacto Colusorio en las Adquisiciones Publicas establecidas en el artículo 25 Bis de la Ley, así como penas y demás disposiciones contenidas en el Capítulo III del título XIII del Decreto Numero 17-73 del Congreso de la República de Guatemala, Código Penal.

6. Dos -2- Declaración Jurada ante Notario, reciente y en

original en la que el oferente garantice conocer los requisitos para llevar a cabo subcontrataciones en los procesos de contratación de obras, al tenor del artículo 53 de la Ley de Contrataciones del Estado.

Si se descubriere falsedad en la declaración, la autoridad a que corresponda la adjudicación descalificará a aquel oferente, sin perjuicio de poner el hecho en conocimiento de los Tribunales de Justicia. BASE LEGAL: Artículos 26 de la Ley de Contrataciones del Estado. En caso de que la falsedad de la declaración fuere descubierta estando en ejecución el proyecto terminado la misma, el adjudicatario responderá por los daños o perjuicios que se produzcan por tal causa, aplicándole las sanciones previstas en la Ley de Contrataciones del Estado y trasladando lo conducente a los Tribunales de Justicia. BASE LEGAL: Artículo 26 de la Ley de Contrataciones del Estado.

V. FIANZA DE SOSTENIMIENTO DE OFERTA: no menor del 1% y no mayor

del 5% del valor de la oferta, que deberá de estar vigente hasta que sea sustituida por la FIANZA DE CUMPLIMIENTO, en el caso del adjudicatario. La FIANZA DE SOSTENIMIENTO DE OFERTA que otorgue el adjudicatario a la Municipalidad tendrá una vigencia de 120 días en ORIGINAL. ARTS. 64 DEL DTO. 57-92 LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO. La fianza deberá formalizarse mediante póliza emitida a favor de: Municipalidad de SANTO DOMINGO SUCHITEPEQUEZ, del departamento de SUCHITEPÉQUEZ, por una afianzadora de reconocida solvencia financiera autorizada para operar en la República de Guatemala. En la fianza debe consignarse el nombre completo del oferente y/o representante legal. BASE LEGAL: Artículo 69 de la Ley de Contrataciones del Estado.

VI. Constancia de inscripción en el Registro General de Adquisiciones del Estado- RGAE- Ministerio de finanzas publicas y contar con la especialidad registrada de la siguiente: ESPECIALIDADES:

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4312 PREPARACION DEL TERRENO 4313 MOVIMIENTO DE TIERRA Y/O EXCAVACIONES 4298 ADOQUINADO Y EMPEDRADO LAS EMPRESAS INTERESADAS, DEBEN REUNIR COMO MINIMO LAS ESPECIALIDADES ANTERIORES, Y, Una capacidad económica mínimo de Q.30,000,000.00 (TREINTA MILLONES DE QUETZALES) Para el efecto se tomará en cuenta también lo establecido en el Artículo 27 del Reglamento del RGAE, Acuerdo Gubernativo 170-2018.

VII. Programa preliminar de inversión y ejecución de los trabajos, de acuerdo al sistema que se especifique en las bases, o calendarización para la entrega de bienes o suministros.

VIII. Cantidad estimada de trabajo. IX. Análisis detallado de la integración de costos de todos y cada

uno de los precios unitario que se aplicarán a los diferentes conceptos o renglones de trabajo.

X. Presupuesto total desglosado en mano de obra y materiales.

Sellado y Firmado, por el Ingeniero y/o Arquitecto Supervisor de la Empresa y representante legal de la empresa (Modelo según sección VIII).

XI. Renglones de trabajo Sellado y Firmado, por el Ingeniero y/o Arquitecto Supervisor de la Empresa y representante legal de la empresa (Modelo según sección VII).

XII. Programa de Inversión del 20% de Anticipo, Sellado y Firmado, por el Ingeniero y/o Arquitecto Supervisor de la Empresa y representante legal de la empresa. BASE LEGAL: Articulo 18 numeral 4,5 y 7 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, Acuerdo Gubernativo 122-2016. Reforma, Decreto 147-2021.

XIII. Programa de Ejecución del 20% del Anticipo, Sellado y Firmado, por el Ingeniero y/o Arquitecto Supervisor de la Empresa y representante legal de la empresa. BASE LEGAL: Articulo 18 numeral 4,5 y 7 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, Acuerdo Gubernativo 122-2016. Reforma, Decreto 147-2021.

XIV. Programa de Ejecución 100.00%, Sellado y Firmado, por el Ingeniero y/o Arquitecto Supervisor de la Empresa y representante legal de la empresa. BASE LEGAL: Articulo 18 numeral 4,5 y 7 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, Acuerdo Gubernativo 122-2016. Reforma, Decreto 147-2021.

XV. Programa de Inversión 100.00% Sellado y Firmado, por el Ingeniero y/o Arquitecto Supervisor de la Empresa y representante legal de la empresa. BASE LEGAL: Articulo 18 numeral 4,5 y 7 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, Acuerdo Gubernativo 122-2016. Reforma, Decreto 147-2021.

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XVI. Documento Personal de Identificación –DPI- completo (ambos lados)

XVII. Constancia de Inscripción y modificación al Registro

Tributario Unificado (RTU) (Actualizado 2021)

XVIII. Patente de Comercio de Empresa, que indica el giro comercial afín al OBJETO.

a. Si la EMPRESA oferente es una sociedad: - Escritura de Constitución de la Sociedad y sus

modificaciones. - Acta de nombramiento del Representante Legal

inscrito en el Registro Mercantil. - Patente de Comercio de Sociedad. - Patente de Comercio de Empresa, que indica el giro

comercial afín al OBJETO. ARTS. 24 Y 41 DEL DTO. 57-92 LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO.

XIX. Fotocopia de la Constancia de Inscripción al IGSS como patrono.

ACTUALIZADA 2021, y copia del último pago efectuado.

XX. Dos -2- declaración Jurada que haga constar que toda la información y documentos anexos proporcionados por el oferente al Registro de Proveedores adscrito al Ministerio de Finanzas Publicas está actualizada y es de fácil acceso. BASE LEGAL: Artículo 1 inciso a) Acuerdo Ministerial número 24-2010 de fecha 22 de abril 2010.

XXI. Dos -2- Declaración Jurada que tiene pleno conocimiento de la Norma de Reducción de Desastres número tres (NRD-3) denominada “Especificaciones Técnicas de Materiales para la Construcción” BASE LEGAL: contenida en el Acuerdo número dos guión dos mil trece (02-2013), de fecha veintidós de enero de dos mil trece, publicado en el Diario de Centro América el día uno de marzo de dos mil trece. (VER ANEXO SECCION XVI)

XXII. Certificación que enumera e identifica a los accionistas, directivos o socios que conforman la entidad, según corresponda. En el caso de las sociedades mercantiles, únicamente podrán participar las que emitan acciones nominativas. BASE LEGAL: Artículo 1 inciso b) Acuerdo Ministerial número 24-2010 de fecha 22 de abril 2010.

XXIII. Certificación bancaria que acredite la titularidad de las cuentas y operaciones bancarias que posee. Para el efecto deberá contener la información siguiente: ORIGINAL. (VER ANEXO SECCION XIV)

Identificación del cuentahabiente; Tipo de cuentas que posee en la institución bancaria; Promedio de cifras antes del punto decimal de los saldos

que posee; Tiempo de manejo de la cuenta;

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Clase de cuentahabiente; Determinación si posee créditos; Saldo del deudor; y, Clasificación o categoría del deudor de conformidad con

la normativa correspondiente.

BASE LEGAL: Artículo 1 inciso c) Acuerdo Ministerial número 24-2010 de fecha 22 de abril 2010.

XXIV. Dos -2- Declaración jurada sobre la inexistencia de conflicto

de interés entre el oferente y el banco que acredite la titularidad de sus cuentas bancarias. BASE LEGAL: Artículo 1 inciso d) Acuerdo Ministerial número 24-2010 de fecha 22 de abril 2010.

XXV. Oficio firmado y sellado en hoja membretada de la empresa donde se compromete a la entrega de las pruebas de laboratorio, y planos finales a nombre del proyecto, para garantizar la calidad de los materiales según lo presentado en las especificaciones y lo que requiera en su momento el Director de la Dirección Municipal de Planificación y/o el Ingeniero Supervisor de Obras de la Municipalidad.

REQUISITOS NO FUNDAMENTALES: I. Fotocopia del Carné de Número Identificación Tributaria, de la

SAT. LEGIBLE. II. Solvencia fiscal actualizada, con un mínimo de vigencia de 6

meses de a ver sido emitida.

III. Fotocopia de la última declaración de impuesto, esto sobre el valor agregado y el impuesto sobre la renta, presentado ante la SAT, con sus respectivos anexos. LEGIBLE (Reciente)

IV. Últimos tres estados financieros de la empresa (2018, 2019,

2020), debidamente firmados y sellados por el contador de la empresa, el propietario, y, auditor EN ORIGINAL (Balance General, Estado de Resultados y Flujo de Efectivo).

V. TRES -3- Constancias COLEGIADO ACTIVO ORIGINAL del Profesional

designado como Supervisor del proyecto por parte del Contratista. La misma deberá de estar VIGENTE COMO MÍNIMO EL TIEMPO O POSTERIOR AL TIEMPO OFERTADO. EN ORIGINAL.

VI. Fotocopia completa del Documento Personal de Identificación –

D.P.I.- del INGENIERO Y/O ARQUITECTO del director responsable de la empresa, según precalificación exclusiva. LEGIBLE.

VII. Presentar la Constancia De Visita Al Predio Del Proyecto

descrito, Firmada y Sellada, la cual será entregada de la siguiente manera: El Proveedor y/o constructor interesado debe presentarse a la Dirección Municipal de Planificación de Santo Domingo, Suchitepéquez, el día MARTES VEINTITRES de NOVIEMBRE

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del 2021, para la visita en el horario de 08:30 horas, en el lugar del proyecto, la cual será únicamente con el Director de la Dirección Municipal de Planificación y/o persona que el designe para que los acompañe al lugar de ejecución de la obra, para luego regresar a la oficina antes mencionada donde se le hará entrega de la Constancia. En la visita al lugar donde se ejecutarán los trabajos se deberán conocer las condiciones en que se ejecutarán éstos. Se considerará que el oferente ha inspeccionado y examinado el lugar y sus alrededores y ha quedado satisfecho antes de presentar su oferta, en lo que respecta a todo asunto relativo a la naturaleza del terreno y su subsuelo, la forma y las condiciones del lugar, estructuras existentes, los detalles y niveles de las tuberías, conductos, alcantarillado, drenajes, cables u otros servicios existentes, las cantidades y la índole de los trabajos y la maquinaria y materiales necesarios para realizar la Obra, los medios de acceso al lugar y el alojamiento que necesite, y que, en general, ha obtenido la información necesaria en cuanto a posibilidades de riesgo, condiciones climáticas, hidrológicas y naturales y otras circunstancias que podrían influir en su oferta o afectarla. No se considerará ningún reclamo del Oferente o del Contratista en relación con lo anterior. Ver SECCION XII.

6. PRECIOS Y MONEDA DE LA OFERTA:

Los precios deberán estar expresados en QUETZALEZ, en letras y números. Los precios deben tener incluidos todos los impuestos, incluyendo el impuesto al valor agregado (IVA), y cualquier otro impuesto local que sea aplicable. Si existieran diferencias entre los montos expresados en números y letras, la que se tomara como válida será la cantidad expresada en letras. - No se aceptarán solicitudes de reajuste de precios después que la oferta haya sido presentada.

7. IDIOMA: Todos los documentos que se presenten deberán ser cuidadosamente redactados en español o traducido a este idioma por traductor jurado en la República, sin borrones, tachaduras o enmendaduras. No se admitirán testados y entrelineados que no se encuentren debidamente salvados.

8. PRESENTACIÓN DE UNA SOLA OFERTA: Únicamente se permitirá la presentación de una sola oferta por cada persona individual o jurídica, conforme a lo establecido en el Artículo 25 de la Ley de Contrataciones del Estado. En ningún caso se admitirán en las ofertas, condiciones que contradigan o

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modifiquen o tergiversen los presentes documentos de Cotización, así como las que no se ajusten a los requisitos aquí establecidos.

9. CONSULTAS Y ACLARACIONES:

Las empresas invitadas podrán solicitar aclaraciones sobre los documentos de la invitación a Cotizar. Las consultas deberán ser formuladas por escrito, entregada directamente o en línea por medio del sitio de Internet, a más tardar el día hábil antes de la apertura de plicas, hasta las 12:00 horas (medio día). La Municipalidad dará respuesta por escrito a las consultas que le sean formuladas en el sitio de Internet en la brevedad posible. En las respuestas, las que serán enviadas a todos los participantes por medio del sitio Web de GUATECOMPRAS, se consignarán las consultas y las respuestas, sin identificar quien las formulo.

10. VALIDEZ DE LA OFERTA:

El oferente deberá garantizar que su oferta tendrá vigencia desde la fecha de recepción de las ofertas el día de apertura de plicas hasta la aprobación de la adjudicación mediante contrato, lo cual será garantizado mediante la fianza de sostenimiento de oferta.

11. PRESENTACION DE OFERTAS: Asimismo, de acuerdo con el artículo 39 de la Ley, el procedimiento de cotizar consiste en solicitar, mediante concurso público a través de GUATECOMPRAS, ofertar firmes a proveedores legalmente establecidos para el efecto y que estén en condiciones de ejecutar, vender o contratar los bienes o servicios requeridos.

12. RECHAZO DE OFERTAS: La Junta de Cotización rechazará, sin responsabilidad de su parte, las ofertas que no se ajusten a los requisitos fundamentales definidos como tales en las presentes bases o cuando los precios, calidades u otras condiciones ofrecidas sean inconvenientes para los intereses de la Municipalidad.

13. AUSENCIAS DE OFERTAS: En caso de que a la convocatoria a Cotizar no concurriere ningún oferente, la Junta suscribirá el acta correspondiente y lo hará del conocimiento de la autoridad administrativa superior respectivo, para que se prorrogue el plazo para recibir ofertas. Si aun así no concurriere algún oferente, la autoridad superior quedará facultada a realizar la compra directa. (Artículos 9, inciso 5, subinciso 5.1, y 5.2.; 32 y 42 de la Ley de Contrataciones del Estado).

14. ENTREGA DE OFERTA:

Las OFERTAS se estarán recibiendo por la (Junta de recepción de ofertas), el día y hora indicada en la invitación a ofertar, teniendo

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como límite para la presentación treinta (30) minutos después de la hora señala para la presentación y recepción de ofertas, en las instalaciones de la Dirección de Planificación Municipal La JUNTA extenderá una constancia de la recepción de la OFERTA. (Art. 24 y 41 LEY). Las OFERTAS recibidas no serán devueltas y la presentación de la misma constituirá evidencia de que la EMPRESA oferente estudió los DOCUMENTOS, lo que le ha permitido identificar de manera clara, completa y precisa lo requerido, para poder cuantificar en cantidad y calidad, determinar el precio y presentar su OFERTA. Las EMPRESAS oferentes deben tomar en cuenta que:

No se aceptarán OFERTAS presentadas por fax o enviadas por correo, ni presentadas extemporáneamente. (Art. 24 LEY).

Cada EMPRESA, podrá presentar una única OFERTA. (Art. 25

LEY).

Las ofertas deberán ser entregadas en original y una copia en la dirección indicada, a más tardar treinta minutos después de la fecha y hora señaladas, en dos sobres cerrados y sellados, debidamente identificado (Anexo 3)

Las ofertas que sean presentadas fuera del plazo indicado

anteriormente, NO serán recibidas. (Art. 24 LEY).

15. ANALISIS DE LAS OFERTAS: Previo a la evaluación de las OFERTAS, la JUNTA analizará las mismas, pudiendo, sin responsabilidad de su parte, rechazarlas por las causas siguientes:

a) Sí no incluyera cualquiera de los documentos solicitados en el numeral 2 de estas Bases indicado como “Requisito fundamental”. Sí el documento no incluido es uno de los indicados como “Requisito no fundamental”, la JUNTA podrá fijar un plazo para que el OFERENTE lo incluya; si aun así no lo entregará, la OFERTA será rechazada. (Art. 30 LEY)

b) Si no cumple a satisfacción con las especificaciones básicas del OBJETO.

c) Si modifican o tergiversan lo establecido por estos DOCUMENTOS. (Art.18 REGLAMENTO)

d) Si no son legibles o dan lugar a dudas al interpretarlas.

e) Si el precio ofertado no se ajusta a los valores del mercado o no es conveniente a los intereses del Estado. (Art. 30 LEY)

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f) Si la EMPRESA oferente tiene antecedentes comprobables de incumplimiento o mala calidad.

g) Si se determinara que hay colusión o sí al verificar la autenticidad de los documentos presentados y la veracidad de la información contenida en la oferta, se encuentra falsedad. Se entiende por colusión la existencia de acuerdo entre dos o más EMPRESAS oferentes para lograr en forma ilícita la adjudicación. En estos casos, la JUNTA trasladará la (s) oferta (s) a la Oficina del Alcalde Municipal para que se continué con las acciones correspondientes. (Art. 25 de LEY).

La JUNTA podrá solicitar a las EMPRESAS oferentes, para facilitar el análisis y la evaluación de las OFERTAS, las aclaraciones y muestras que considere pertinentes, aun cuando no estuviere incluido este requisito en estos DOCUMENTOS, siempre que sea económica y físicamente posible. (Art. 27 LEY).

16. ACREDITACION DE LOS MIEMBROS DE LA JUNTA:

La junta actúa en forma colegiada y es autónoma en sus decisiones. Todos los miembros de la junta gozan de las mismas facultades, no existiendo jerarquía entre ellos. Sus integrantes son solidariamente responsables de su actuación, salvo el caso de los miembros que hayan razonado su voto en las actas respectivas. BASE LEGAL: articulo 10 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Los miembros titulares y suplentes deberán estar presentes el día de la apertura de ofertas, en ausencia de alguno de los miembros titulares, en cualquier parte del proceso, el miembro titular está obligado a informarlo a la autoridad competente. Es obligatorio la integración inmediata de la junta con el suplente correspondiente, por medio de sorteo. BASE LEGAL: articulo 10 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Los miembros titulares y suplentes deberán de acreditar la idoneidad con los documentos que hagan constar que el servidor público tiene la experiencia, conocimiento técnico o profesional que corresponda, debiendo cubrir los ámbitos legal, financiero o técnico del negocio a adjudicar. BASE LEGAL: artículo 12 del reglamento. PERFIL DE JUNTAS DE CONTRATACIÓN (ACUERDO GUBERNATIVO NO. 172-2017)

La autoridad competente municipal, deberá dar acreditación de la idoneidad de los miembros de juntas. Para tal efecto, en las presentes bases se indicará el perfil de los miembros titulares y suplentes que integraran la respectiva. Los requisitos idóneos que deben llenar los integrantes de las juntas de cotización y/o licitación, los cuales deben ser:

1. Poseer estudios de nivel básico. 2. Haber participado en junta de cotización y/o licitación con anterioridad. 3. Tener como mínimo 1 año laborado dentro de la Municipalidad.

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4. Haber participado como mínimo en una capacitación sobre la ley de contrataciones del estado.

ARTICULO 16. REFORMADO POR ACUERDO GUBERNATIVO 147-2021, ARTICULO 8, DOCUMENTOS DEL PROCESO DE CONTRATACION PARRAFO SEPTIMO

17. ADJUDICACIÓN: Dentro de un plazo NO MENOR DE CINCO (5) DIAS

hábiles, contados a partir de la fecha de recepción de plicas, la Junta adjudicará la cotización al oferente que adjuntándose a los requisitos y condiciones de los Documentos de Cotización, haya hecho la proposición más conveniente para los intereses de la Municipalidad BASE LEGAL: Artículo 21, segundo párrafo, del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, a menos que la Junta de Cotizacion solicite aclaraciones, o prorroga en el tiempo que solicite la junta hasta un máximo de diez (10) días adicionales, en este caso se publicará en el sitio de Internet www.GUATECOMPRAS.gt la fecha de adjudicación cuando la Junta de cotización esté satisfecha con las aclaraciones recibidas y según la reforma que se realizó a la misma ley. La mayor o menor conveniencia de las ofertas se determinará de la aplicación de los criterios de calificación establecidos en el numeral 13 de esta sección. Se da por entendido que la Autoridad Superior de la Municipalidad aún debe aprobar la adjudicación de la cotización, por lo que ésta puede aprobar o improbar lo actuado por la Junta de Cotización, además tiene el derecho de prescindir. BASE LEGAL: Artículos 9 y 36 de la Ley de Contrataciones del Estado.

En el acta también se dejará constancia, si fuera el caso, de lo siguiente:

a) OFERTAS rechazadas al realizar el análisis de las mismas y la razón del rechazo;

b) OFERTAS calificadas y las puntuaciones obtenidas al realizar la evaluación de las mismas, para que en caso de que la EMPRESA adjudicataria no suscribiere el CONTRATO, el PROCESO se continué con la subsiguiente EMPRESA oferente según su puntuación. (Art. 32 de la Ley)

La JUNTA notificará su decisión a todas las EMPRESAS oferentes. Adicionalmente, el acta se publicará en GUATECOMPRAS. (Art. 35 de la Ley).

18. PROCEDIMIENTO Y CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN DE LA

OFERTA:

CRITERIOS PARA LA EVALUACION DE LAS OFERTAS: Las ofertas serán evaluadas de acuerdo con el siguiente procedimiento:

i. Primera fase:

Aplicación del artículo 29 de la ley de contrataciones del estado y quienes se ajusten a las franjas, pasaran a la segunda fase del proceso.

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ii. Segunda fase:

Se les realizara revisión documental de carácter excluyente, en la cual se comprobará que esté completa la documentación exigida. La falta de algunos de los documentos indicados en la sección II, “PREPARACION DE LA OFERTA”, será causa justificada para rechazar la oferta. BASE LEGAL: Artículo 30 de la Ley de Contrataciones del Estado.

iii. Tercera fase:

Para determinar cuál es la oferta más conveniente y favorable para los intereses de la Municipalidad, de las ofertas aceptadas según el párrafo anterior, la Junta de calificará las ofertas siguiendo los criterios siguientes, pudiendo calificar como máximo en los puntajes indicados: BASE LEGAL: Artículo 28 de la Ley de Contrataciones del Estado. No. CRITERIOS DE CALIFICACION PUNTEO PORCENTAJE

% 1.- Precio De Oferta 30.00 30.00 % 2.- Tiempo De Entrega De la obra o

los Servicios Requeridos 25.00 25.00 %

3.- Cumplimiento De La Documentación y Las Especificaciones Técnicas, detalladas en las bases de COTIZACION.

30.00 30.00 %

4.- Experiencia del oferente 10.00 10.00 % 5.- Visita de campo 5.00 5.00 % TOTAL DE LA CALIFICACION 100.00 100.00 % Para determinar cuál es la oferta más conveniente y favorable la Junta de utilizará los criterios anteriores y demás aspectos que se consideren en su momento y que puedan afectar los intereses locales.

Precio total de la oferta: Es el precio que incluye la totalidad de lo concerniente a la elaboración y entrega del proyecto COTIZADO.

Se otorgarán 30 puntos al oferente que ofrezca el precio más

próximo al estimado, 25 puntos al segundo más próximo, 20 puntos al tercero, y 15 puntos al resto de los oferentes.

En caso de que exista una discrepancia entre los montos en cifras y en letras, prevalecerán los montos en letras.

En caso de que exista una discrepancia entre un precio unitario y el Sub-total que resulte de multiplicar el precio unitario por la cantidad, prevalecerá el precio unitario indicado, a

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menos que, a criterio de la Junta de COTIZACIÓN, exista un error evidente en la colocación del punto decimal del precio unitario, en cuyo caso el Sub-total indicado prevalecerá y se corregirá el precio unitario.

La Junta de ajustará el monto indicado, de acuerdo con el procedimiento descrito anteriormente para la corrección de los errores y, con el consentimiento del Oferente, si no está de acuerdo, su oferta será rechazada.

Tiempo de entrega de la obra o los Servicios requeridos:

Plazo en que será entregada la Obra. Se otorgarán 25 puntos al oferente que ofrezca el menor tiempo, 20 puntos al segundo menor tiempo, 15 puntos al tercer menor tiempo y 10 punto al resto de los oferentes.

Los tiempos ofrecidos por los oferentes, principalmente los menores, van a ser analizados cuidadosamente por la Junta de Cotización, para verificar que realmente se ajusten a la naturaleza y características del proyecto. Si el tiempo no se considera apegado a la realidad, se solicitarán las consultas con el oferente para que esclarezca las dudas que pudieran existir, y queda a criterio de la Junta de cotización penalizarlo con un punteo más bajo.

Cumplimiento De La Documentación y Las Especificaciones Técnicas, detalladas en las bases de COTIZACION:

Se refiere a la evaluación del listado de requisitos que esta Municipalidad ha solicitado en su numeral 2 de las bases de COTIZACION, que refiere a PREPARACION DE LA OFERTA Y LOS REQUISITOS QUE EL OFERENTE DEBE PRESENTAR, y a lo cual al oferente que llene y presente todos los requisitos se le asignaran 30 puntos, restándole el punteo correspondiente por cada documento no presentado, a los siguientes oferentes.

Experiencia de la Empresa: Se refiere a la evaluación del listado

de Obras realizadas por el Oferente, relacionadas con el proyecto de la presente COTIZACION. La Junta de COTIZACION podrá requerir la documentación que compruebe la información aquí incluida.

Visita de campo: Se refiere a la constancia que esta Municipalidad

extiende a cada oferente que de forma conjunta con un empleado designado por esta Municipalidad allá visitado el proyecto y que servirá como respaldo que el oferente ha visitado el lugar del proyecto. La empresa que presente oferta sin constancia no obtendrá el punteo correspondiente a esta constancia.

La forma detallada de calificación se dará a conocer el día de apertura de plicas conjuntamente con los cuadros de evaluación.

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La Junta de LICITACION y/o COTIZACIÓN rechazará, sin responsabilidad de su parte, las ofertas cuando las ofertas que no se ajusten a los requisitos fundamentales definidos como tales LOS precios, calidades u otras condiciones ofrecidas sean inconvenientes para los intereses de la Municipalidad. BASE LEGAL: Artículo 30 de la Ley de Contrataciones del Estado.

Es importante que el oferente no haya incumplido contratos con la MUNICIPALIDAD DE SANTO DOMINGO, del Departamento de SUCHITEPÉQUEZ, y/o deshabilitado en el portal de GUATECOMPRAS, pues ello puede ser y es causal de descalificación. EXPUESTO LO ANTERIOR SE ENTENDERÁ QUE TODO PROVEEDOR PARTICIPARÁ BAJO SU PROPIO RIESGO Y SIN NINGÚN PERJUICIO PARA LA MUNICIPALIDAD DE SANTO DOMINGO, DEL DEPARTAMENTO DE SUCHITEPÉQUEZ.

19. SOLICITUD DE ACLARACIÓN DE LA OFERTA. La Junta de Cotización podrá solicitar a los oferentes las aclaraciones y muestras que considere pertinentes, siempre y cuando se refieran a requisitos y condiciones relacionados con la compra o contratación que se trate. La solicitud de aclaración y la respuesta serán formuladas por escrito y no se solicitarán ni ofrecerán cambios en los precios ni en los aspectos substanciales de la oferta. Basados en lo que establece el artículo No. 27 de la Ley del Contrataciones del Estado.

20. CONFIDENCIALIDAD: La actuación de la Junta de será confidencial durante el periodo de análisis y adjudicación. Todo intento de un oferente de indagar sobre el estado de la calificación o tratar de influir en el resultado será motivo para descalificación inmediata de su oferta. Los oferentes deberán esperar la notificación de la Municipalidad.

21. FORMA DE PAGO: Artos. 58, 59, y 62 L de C. del E. y Art. 52 del Regl.

La Municipalidad pagará los trabajos de ejecución de la obra con Fondos proporcionados del aporte Constitucional de la Municipalidad de Santo Domingo, del departamento de Suchitepéquez.

NOTA: Para otorgar el pago del 20% del anticipo, el constructor deberá presentar un cuadro pormenorizado en donde indicará en que se va a ejecutar el anticipo que se le entregará, este cuadro deberá estas firmado por el representante legal de la empresa y con el visto bueno del Alcalde Municipal.

Los pagos se harán de la siguiente forma:

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a). El veinte por ciento (20%) de anticipo, previa acta de inicio de los trabajos a realizarse, descontándose gradualmente hasta su amortización total, b). Los pagos subsiguientes serán efectuados de acuerdo al avance físico de los trabajos hasta su terminación, según informe del Supervisor de la Obra, previa solicitud de la empresa ejecutora, adjuntando estimaciones de trabajos ejecutados, descontándose gradualmente el anticipo dado, hasta su total amortización, donde el Ingeniero de la Municipalidad y Director responsable de la empresa realizaran la visita de campo en forma conjunta, quedando constancia en la bitácora respectiva de la visita realizada con rubrica y sello de cada uno, c). la liquidación del proyecto se realizará previa visita de los ingenieros respectivos en forma conjunta, informe del Supervisor de Obras Municipal al Concejo Municipal, y recepción en forma conjunta entre Municipalidad, y, Constructor. d). A CADA UNA DE LAS ESTIMACIONES LA EMPRESA EJECUTORA DEBERA:

I. Presentar la respectiva estimación II. Solicitud en hoja membretada de la empresa, III. Fotografías del avance físico registrado indicando en

el título de las fotos el avance físico de las mismas, IV. Al finalizar la ejecución del 100.00% del proyecto la

empresa está obligada a presentar un historial fotográfico en carpetas por fechas del proyecto, grabado en un disco compacto –cd-.

22. FACTURACION: El contratista emitirá sus facturas en quetzales, cumpliendo con todos los requisitos de ley, a nombre de: MUNICIPALIDAD DE SANTO DOMINGO, Dirección: SANTO DOMINGO, SUCHITEPEQUEZ, numero de Nit 420950-8, y la presentará en la Dirección de Administración Financiera Municipal –DAFIM- de esta dependencia Municipal.

23. IMPUESTOS Y OBLIGACIONES: Los precios de la oferta deberán incluir el pago de todos los impuestos de importación, del valor agregado (IVA), impuesto de circulación para el presente año y cualquier otro impuesto aplicable.

24. PROPIEDAD DE LAS OFERTAS: Las ofertas que sean presentadas al presente concurso serán propiedad de la Municipalidad de Santo Domingo, departamento de Suchitepéquez, quien las conservara en su poder dentro del expediente respectivo del proyecto.

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25. ERRORES U OMISIONES: No se permitirá que alguna empresa invitada y/o proveedor pretenda aprovecharse de cualquier error u omisión de las especificaciones que corren adjunto. En el caso de que una empresa encontrara error u omisiones, deberá notificarlos a la Municipalidad por medio del portal de www.GUATECOMPRAS.gt, que ésta emita un addendum con la corrección pertinente.

26. MODIFICACIONES A LOS DOCUMENTOS: La Municipalidad podrá introducir modificaciones a los documentos de cotización siempre que demuestre que es en beneficio del mismo, si es así éstos se publicarán por medio de Internet en la dirección www.GUATECOMPRAS.gt, debiendo emitir addendums con la información adicional.

27. PLAZO DE ENTREGA: El contratista indicará en su oferta el plazo o meses, en que se compromete a entregar la obra totalmente terminada, objeto de la presente cotización Firmada y sellada, fecha que se contará a partir de cinco (5) días calendario después de que se suscriba el contrato, debiéndose suscribir el acta de inicio respectivo, para efectos de contabilizar el tiempo. El proyecto se considerará recibido cuando la Comisión Receptora levante y firme el acta de recepción en la que haga constar que el Contratista ha cumplido con la entrega a entera satisfacción de la Comisión.

28. GARANTIAS DE CALIDAD: El contratista presentará certificados de garantía de calidad y funcionamiento que deberán amparar el bien adquirido por la Municipalidad de Santo Domingo, del departamento de Suchitepéquez.

29. ENTREGA DE LA OBRA EJECUTADA:

a) La Obra a ejecutar, deberá ser ejecutada y entregada en el Municipio de Santo Domingo, Departamento de Suchitepéquez, en el tiempo ofertado y contratado.

b) La forma de ejecución de la obra será conforme las especificaciones y planos de construcción, proporcionados por la Municipalidad de Santo Domingo.

c) En la entrega de la obra, deberá estar presente el contratista o un representante acreditado, el Supervisor de Obras Municipales y la Comisión de Recepción, para garantizar el cumplimiento de todos los requisitos contractuales.

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d) Casos fortuitos o de fuerza mayor: Únicamente se otorgará

prórroga plazo y suspensión de los trabajos en casos fortuitos o de fuerza mayor, debidamente justificados.

e) La obra se considera recibida por la Comisión de Recepción

cuando ésta levante y firme el acta respectiva, en la que hará constar que el contratista ha cumplido con la entrega a entera satisfacción.

30. DIFERENCIAS EN LOS DOCUMENTOS:

En caso de existir discrepancias en los Documentos de cotización, la prevalencia de los mismos será en el orden en que se citan a continuación: Disposiciones especiales, Especificaciones Técnicas, especificaciones generales, Planos, y Bases de Cotización. BASE LEGAL: Artículo 18 de la Ley.

31. FUENTES DE FINANCIAMIENTO Y EJECUCIÓN. Arto. 3 L. de C. del E. a) Esta obra será financiada por La Municipalidad de Santo

Domingo, del departamento de Suchitepéquez, quien será la encargada de tramitar los respectivos desembolsos, conforme las estimaciones presentadas oportunamente.

b) La entidad ejecutora del programa es la Municipalidad de Santo Domingo, del departamento de Suchitepéquez, será la encargada de toda la tramitación de los aportes del financiamiento.

32. DOCUMENTOS DE: Los documentos de cotización a los que se hace

referencia están compuestos por las presentes bases, que se pueden adquirir en la Dirección Municipal de Planificación y/o en el portal de GUATECOMPRAS hasta el día anterior al día fijado para la recepción de ofertas.

33. DOCUMENTOS DE PLANIFICACION: Los documentos de planificación a los que se hace referencia están compuestos por los planos y especificaciones técnicas, que se pueden adquirir sola y exclusivamente en la Dirección Municipal de Planificación, hasta el día anterior al día fijado para la recepción de ofertas.

34. SOLUCION DE ACLARACION DE LA OFERTA: La Municipalidad podrá

solicitar aclaraciones a cualquier propuesta recibida. La solicitud de aclaración y respuesta serán formuladas por escrito y no se solicitarán ni ofrecerán cambios en los precios ni en los aspectos substanciales de la oferta. BASE LEGAL: Artículo 27 de la Ley de Contrataciones del Estado.

35. NOTIFICACIONES: De todo lo actuado por la Junta de Cotización, lo aprobado y/o improbado por la autoridad administrativa superior se publicará en el portal de www.GUATECOMPRAS.gt, quedando el oferente participante enterado de lo actuado.

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Artículo 15, notificación por publicación en el sistema GUATECOMPRAS, según resolución No. 30-2009 del Director de la Dirección Normativa de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y, Decreto 47-2008, Ley para el reconocimiento de las comunicaciones y firmas electrónicas, del Congreso de la República.

36. ADJUDICACIÓN: Dentro de un plazo de 03 días hábiles, contados a partir de la fecha de recepción de plicas, la Junta adjudicará la cotización al oferente que adjuntándose a los requisitos y condiciones de los Documentos de Cotización, haya hecho la proposición más conveniente para los intereses de la Municipalidad BASE LEGAL: Artículo 21, segundo párrafo, del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, a menos que la Junta de Cotizacion solicite aclaraciones, o prorroga en el tiempo que solicite la junta hasta un máximo de diez (10) días adicionales, en este caso se publicará en el sitio de Internet www.GUATECOMPRAS.gt la fecha de adjudicación cuando la Junta de cotización esté satisfecha con las aclaraciones recibidas y según la reforma que se realizó a la misma ley. La mayor o menor conveniencia de las ofertas se determinará de la aplicación de los criterios de calificación establecidos en el numeral 13 de esta sección. Se da por entendido que la Autoridad Superior de la Municipalidad aún debe aprobar la adjudicación de la cotización, por lo que ésta puede aprobar o improbar lo actuado por la Junta de Cotización, además tiene el derecho de prescindir. BASE LEGAL: Artículos 9 y 36 de la Ley de Contrataciones del Estado.

En el acta también se dejará constancia, si fuera el caso, de lo siguiente:

c) OFERTAS rechazadas al realizar el análisis de las mismas y la razón del rechazo;

d) OFERTAS calificadas y las puntuaciones obtenidas al realizar la evaluación de las mismas, para que en caso de que la EMPRESA adjudicataria no suscribiere el CONTRATO, el PROCESO se continué con la subsiguiente EMPRESA oferente según su puntuación. (Art. 32 de la Ley)

La JUNTA notificará su decisión a todas las EMPRESAS oferentes. Adicionalmente, el acta se publicará en GUATECOMPRAS. (Art. 35 de la Ley).

37. DEL CONTRATO: El oferente que salga favorecido deberá suscribir el respectivo Contrato con la Municipalidad, en Escritura Pública ante Notario que ella disponga o bien en Contrato Administrativo en la Municipalidad; corriendo por cuenta del oferente el pago de Honorarios.

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El contrato debe suscribirse dentro del plazo de diez (10) días contados a partir de la adjudicación definitiva. BASE LEGAL: Artículo 47 de la Ley de Contrataciones del Estado. El contrato deberá ser aprobado dentro de los diez (10) días calendario contados a partir de la presentación por parte del Contratista de la fianza de Cumplimiento. BASE LEGAL: Artículo 42 del Reglamento.

Al momento de firmar el contrato, el contratista deberá presentar timbres de ingeniería del UNO POR MILLAR para adherirlos al mismo.

Si por cualquier causa el adjudicatario de esta COTIZACION no concurriere a suscribir el Contrato correspondiente dentro de un plazo máximo de diez (10) días contados a partir de la fecha de la notificación de la adjudicación definitiva, o si habiéndolo hecho no presentase la Fianza de Cumplimiento en el término fijado, la Autoridad Superior de la Municipalidad podrá llevar a cabo la negociación con solo el subsiguiente clasificado en su orden. BASE LEGAL: Artículo 33 de la Ley de Contrataciones del Estado. En cualquiera de los casos, la Municipalidad hará efectiva la Garantía de Sostenimiento de Oferta. BASE LEGAL: Artículo 84 de la Ley de Contrataciones del Estado.

Forman parte del contrato:

Los Documentos de COTIZACION. Los addendums Las respuestas aclaratorias que emita la

Municipalidad. Todos los documentos que se generen durante el

concurso y la vigencia del contrato que obliguen a las partes.

Los derechos y obligaciones que origina el contrato no son transferibles a terceros. El Contratista no enajenará, cederá, transferirá, gravará, comprometerá ni dispondrá del contrato o de una parte de éste o de los derechos, títulos o deberes en relación con el contrato.

38. RESCISIÓN DEL CONTRATO: La Municipalidad podrá rescindir el contrato sin responsabilidad alguna de su parte, y hacer efectiva la fianza correspondiente, si el Contratista:

a. No inicia la ejecución de los trabajos dentro del plazo

estipulado. b. No cumple con proveer suficiente mano de Obra, equipo o

materiales para asegurar que terminará el proyecto en el plazo convenido.

c. Sea declarado en quiebra. d. Por vencimiento del plazo, siempre que no se hubiere

acordado prórroga alguna. e. Si el Contratista cede el Contrato a otros.

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39. CALENDARIZACIÓN PARA EL INICIO DE LA OBRA: Los trabajos en el proyecto deberán efectuarse de conformidad con el programa de inversión y ejecución presentado en la plica. El Contratista deberá iniciar los trabajos según lo estipulado en el contrato respectivo que firmara en su oportunidad no debiendo pasar cinco (5) días calendario para iniciar, debiendo suscribirse el Acta de iniciación de los trabajos en la que indique la fecha en la que iniciará el plazo contractual.

40. BITACORA DEL PROYECTO: La empresa ganadora, será la encargada de sufragar los gastos y la respectiva papelería necesaria para del trámite de la bitácora para el proyecto, que estará bajo la responsabilidad del DIRECTOR DE LA D. M. P. la gestión de la misma ante la Contraloría General de Cuentas, a costas de la empresa, misma que deberá tenerla al momento del INICIO DE LA OBRA, y que deberá de estar en poder y responsabilidad del encargado de la obra por parte de la constructora la cual será entregada con su respectivo conocimiento de parte de la D.M.P. -Dirección Municipal De Planificación-.

41. REPRODUCCION DE DOCUMENTOS (COPIAS EXPEDIENTES U OTROS): Por cuenta de la empresa que resultare adjudicada con el proyecto correrá el 100% del costo de reproducción de los expedientes respectivo en que se incurra la Municipalidad para el traslado a las dependencias municipales D.M.P. Y TESORERIA.

42. TRAMITE DE LICENCIA AMBIENTAL: La Empresa ganadora del evento deberá cumplir con los trámites ante el MINISTERIO DE AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES de la República de Guatemala, con obtener la Resolución Ambiental Y la LICENCIA DE AMBIENTE.

43. LEGALIZACION DE DOCUMENTOS: Por cuenta de la empresa que resultare adjudicada con el proyecto, correrá con la responsabilidad del 100% de los costos en que se incurra la Municipalidad para su LEGALIZACION O AUTENTICAS necesarias para el trámite de los diferentes procesos dentro de la ejecución del mismo para su presentación ante tesorería, alcaldía y/o secretaria. -

44. AMPLIACIONES DEL CONTRATO: Si hubiere necesidad de ampliar el contrato, éste se sujetará al porcentaje que para el efecto estipula el Artículo 52 de la Ley de Contrataciones del Estado.

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45. ORDENES ADICIONALES: Cuando sea necesaria la ejecución de ampliaciones o reducciones de trabajo se emitirán las correspondientes órdenes adicionales, a propuesta del supervisor, y aprobadas por la Municipalidad de Santo Domingo, Suchitepéquez previo a iniciar su ejecución.

Las órdenes adicionales consistirán en: Órdenes de Trabajo Suplementario: Es la orden escrita que emite la Municipalidad de Santo Domingo, Suchitepéquez para que el Contratista ejecute unidades adicionales en cualquiera de los renglones establecidos, a los precios unitarios del respectivo renglón. La emisión de esta orden es una facultad de la Municipalidad de Santo Domingo, Suchitepéquez por lo que debe ser cumplida por el Contratista, el cual no interviene en su elaboración.

Orden de Cambio: Es la orden escrita emitida por la Municipalidad de Santo Domingo, Suchitepéquez, para que el Contratista efectúe cambio o modificación a los planos o cantidades de trabajo de uno o más renglones, pudiendo dar derecho al contratista a una compensación económica, para lo cual este deberá presentar los cálculos de costos que lo justifiquen. La emisión de esta orden es una facultad de la Municipalidad de Santo Domingo, Suchitepéquez, por lo que debe ser cumplida por el Contratista, el cual no interviene en su elaboración.

Orden de Trabajo Extra: Es el convenio suscrito entre el Contratista y la Municipalidad de Santo Domingo, Suchitepéquez para que éste ejecute un trabajo no contemplado en el contrato original, en base de precio global o precio unitario indicando el plazo máximo de la ejecución. Si no puede llegarse a un acuerdo, o la Municipalidad de Santo Domingo, Suchitepéquez lo estima conveniente emitirá una orden para que el trabajo se efectúe por Administración.

46. PRUEBAS DE LABORATORIO:

A costas de la empresa que resultare adjudicada, la Municipalidad de Santo Domingo, por medio del INGENIERO SUPERVISOR tomará las muestras necesarias del material que se esté utilizando, y, requerirá las pruebas de laboratorio necesarias, para determinar la calidad de material utilizados en el proyecto durante la ejecución del mismo, presentándose la constancia del laboratorio a nombre del proyecto.

47. PLANIFICACION FINAL DEL PROYECTO: La empresa que resultare adjudicada, al finalizar el proyecto está en la obligación de entregar 03 JUEGOS DE PLANIFICACION COMPLETA FINAL, del proyecto, esto con el fin de mantener un dato actualizado

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si el mismo tuviera alguna variación en su diseño original, la cual deberá de ser presentada ANTES DE LA LIQUIDACION FINAL DEL PROYECTO.

48. CONSTANCIA DE INSCRIPCION DEL IGSS: La empresa que resultare adjudicada, está en la OBLIGACION ante la UNIDAD EJECUTORA, que en el presente Proyecto es la Municipalidad de Santo Domingo, el de presentar la FOTOCOPIA DE LA(S) PLANILLA(S) O CONSTACIA DE INSCRIPCION firmadas y selladas de recibidas, del proyecto ejecutado durante el Ejercicio Fiscal 2018, por la misma ante las Oficinas del IGSS Correspondiente, en el caso de esta última se podrá presentar fotocopia del recibo de pago correspondiente al mes anterior de la fecha de recepción de ofertas. LEGIBLE. 49. DERECHO DE PRESCINDIR:

La Municipalidad de Santo Domingo, del departamento de SUCHITEPÉQUEZ puede por intermedio de la Autoridad Superior, prescindir de la negociación en cualquier fase en que ésta se encuentre, pero antes de la suscripción del contrato respectivo. BASE LEGAL: Artículo 37 de la Ley de Contrataciones del Estado. Expuesto lo anterior se entenderá que todo proveedor participará bajo su propio riesgo y sin ningún perjuicio para la Municipalidad. 50. SEGUIMIENTO DE LA INVERSIÓN FÍSICA Y GEOREFERENCIA: Las instituciones públicas responsables de la ejecución de obra física nueva o de arrastre, tienen la obligación de incluir las coordenadas geográficas: latitud y longitud (código georeferencial) de cada proyecto registrado en el SNIP, y la Secretaría de Planificación y Programación de la Presidencia deberá mapear dicha información para su análisis y seguimiento geoespacial.

51. RESPONSABILIDAD POR LAS ACTIVIDADES EN EL EMPLAZAMIENTO DE LA OBRA:

El contratista asumirá la plena responsabilidad por la idoneidad, estabilidad y seguridad de las actividades y los métodos de ejecución en el emplazamiento.

52. ORIGEN DE LAS INSTRUCCIONES:

El contratista no procurará ni aceptará instrucciones de otra autoridad que no sea la de la municipalidad de Santo Domingo Suchitepéquez, departamento de Suchitepéquez.

53. CONDICIONES SANITARIAS:

El contratista debe de proporcionar y mantener en condiciones sanitarias y de limpieza, los servicios para el uso de sus empleados, cumpliendo con los requisitos del Código de Salud, incluyendo los servicios de agua potable, sistema de eliminación sanitaria de excretas, disposiciones adecuadas de desechos sólidos, y la

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adecuación de lugares destinados al descanso y alimentación de sus trabajadores. También debe de mantener los campamentos presentables y en perfectas condiciones de sanidad y limpieza.

54. SEGURIDAD DEL PERSONAL:

El contratista está obligado a cumplir con las disposiciones del Código de Trabajo de la República de Guatemala, en el que se hace referencia a la obligatoriedad de adoptar las precauciones necesarias para proteger eficazmente la vida, la salud y la moralidad de los trabajadores; además de la prevención y acaecimiento de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

55. DISPOSICIONES ESPECIALES EN LAS BASES DE CONTRATACION: “En cualquier fase del procedimiento de contratación pública en la que el funcionario o empleado público responsable tenga duda razonable de la veracidad de los documentos o declaraciones presentadas por el oferente o adjudicatario, deberá requerir a este por escrito, la información y constancia que permitan disipar la duda en un plazo que no exceda de dos días hábiles de conocido el hecho, la cual deberá anexarse al expediente respectivo. Para el efecto, la autoridad concederá al oferente o adjudicatario, audiencia por dos días hábiles y resolverá dentro de un plazo similar. En caso el oferente o adjudicatario no proporcione la información y constancias requeridas o persista la duda, el funcionario o empleado público responsable de la etapa en que se encuentre el proceso de compra o contratación, resolverá:

a) Rechazar la oferta; o b) Improbar lo actuado.

En los casos arriba señalados se deberá denunciar el hecho ante el Ministerio Publico, sin perjuicio de las demás responsabilidades administrativas o sanciones que le fueran aplicables, debiendo ser inhabilitado en el sistema de GUATECOMPRAS para ser proveedor del Estado, cuando proceda, bajo la responsabilidad de la Autoridad Superior de la entidad que promueve el proceso de contratación”. BASE LEGAL: Articulo 2 Acuerdo Ministerial número 24-2010 de fecha 22 de abril 2010.

56. NORMATIVA:

Todo lo concerniente a la COITZACION se regirá por las siguientes leyes:

a) Constitución Política de la República de Guatemala b) Ley de Contrataciones del Estado, Decreto número 57-92 del

Congreso de la República de Guatemala, y su Reglamento, Acuerdo Gubernativo número 122-2016, y sus reformas.

c) Ley del Impuesto al Valor Agregado I.V.A., Decreto número 27-92 de Congreso de la República, y su Reglamento, Acuerdo Gubernativo número 311-97.

d) Código de Comercio.

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e) Normas para el uso del Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones del Estado -GUATECOMPRAS-. Resolución No. 30-2009 del Ministerio de Finanzas Públicas, de fecha 6 de abril del 2009.-

f) Ley de lo Contencioso Administrativo. Decreto 119-96 del Congreso de la República.

g) Código Municipal. Decreto número 12-2002 del Congreso de la República.

h) Código Procesal Civil. Decreto-Ley número 107. i) Otras que sean aplicables a la contratación de Obras, bienes

y servicios. j) Acuerdo Ministerial número 23-2010 de fecha 22 de abril del

2010, del Ministerio de Finanzas Públicas. k) Acuerdo Ministerial número 24-2010 de fecha 22 de abril del

2010, del Ministerio de Finanzas Públicas. l) Resolución número 11-2010 de fecha 22 de abril del 2010, del

Director de la Dirección normativa de contrataciones del estado, del Ministerio de Finanzas públicas.

El Contratista debe conocer, cumplir y actuar de conformidad con todas y cada una de las leyes, acuerdos y reglamentos de la República de Guatemala, relacionados con el trabajo a efectuarse. Será responsabilidad del Contratista estar completamente informado de todas las leyes, ordenanzas, códigos de seguridad, reglamentos y todas las órdenes y decretos que tengan cualquier jurisdicción o autoridad. El Contratista observará y cumplirá, en todo momento, con todas esas leyes, y deberá proteger e indemnizar al Estado, Municipalidad y a sus representantes contra cualquier reclamación o responsabilidad originada por o basada en la violación de cualquiera de tales leyes, ordenanzas, reglamentos de seguridad, disposiciones, ordenes o decretos.

SECCION III GARANTIAS CONTRACTUALES

Artos. 64, 65, 66, 67 y 68 de la Ley de Contrataciones del Estado y sus Reformas

1. GARANTIA DE SOSTENIMIENTO DE LA OFERTA:

La firmeza de su oferta la caucionaran los oferentes mediante la fianza, cheque certificado o en efectivo, por el UNO POR CIENTO (1%) del valor de su oferta. Si la garantía es prestada mediante fianza de sostenimiento de oferta, la póliza deberá ser emitida a favor y a entera satisfacción de la Municipalidad de Santo Domingo, departamento de Suchitepéquez, por una afianzadora de reconocida solvencia financiera autorizada para operar en la República de Guatemala. Si la garantía consiste en cheque certificado, se realizará a nombre de la Municipalidad de Santo Domingo, departamento de

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Suchitepéquez, y si consiste en efectivo, deberá hacerse en quetzales, depositado en la Tesorería Municipal. Los oferentes estarán obligados a sostener sus ofertas hasta que se les notifique oficialmente la aprobación de la adjudicación, y en todo caso la fianza de sostenimiento de oferta tendrá una vigencia de 120 días. El adjudicatario acepta y se compromete que una vez vencido el plazo de vigencia de dicha fianza, se prorrogará hasta que sea sustituida por la fianza de cumplimiento de contrato, debiendo presentar inmediatamente la póliza de prorroga respectiva. El calificado en segundo lugar deberá mantenerla vigente hasta que se le notifique oficialmente la aprobación del contrato por la autoridad superior correspondiente. Al ser aprobada la adjudicación, la Municipalidad de Santo Domingo, departamento de Suchitepéquez, lo hará del conocimiento de los oferentes, del calificado en tercer lugar en adelante, para que cancelen su garantía de sostenimiento de oferta. La garantía de sostenimiento de oferta se hará efectiva por cualquiera de las razones siguientes: a. Si el adjudicatario no sostiene su oferta. b. Si no concurre a suscribir el contrato respectivo dentro del

plazo que determina el artículo 47 de la ley o, si habiéndose hecho no presenta la garantía de cumplimiento dentro del plazo de quince (15) días siguientes a la firma del contrato.

En cualquiera de los casos anteriores, la adjudicación que se hubiere hecho quedara sin efecto, debiendo ser llamado a negociar el oferente calificado en segundo lugar.

Con base en el informe que rinda el supervisor, la Municipalidad de Santo Domingo, departamento de Suchitepéquez, exigirá por escrito el pago de la fianza, acompañado de la información y la documentación pertinentes y la afianzadora hará el pago conforme lo establece el artículo 1030 del código de comercio. Todo lo anterior se hará constar expresamente en la póliza respectiva y, si la caución fuere en efectivo, al hacer el depósito el oferente aceptará que de incumplir, no se le reintegrará la garantía prestada.

2. FIANZA DE CUMPLIMIENTO:

Para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el contrato, el adjudicatario deberá presentar fianza por un DIEZ POR CIENTO (10%) del monto del contrato respectivo. La fianza de cumplimiento cubrirá los aspectos contemplados en el artículo 38 del reglamento de la

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ley de contrataciones del estado, en los porcentajes allí contemplados. La póliza de dicha fianza deberá ser emitida a favor y a entera satisfacción de la Municipalidad de Santo Domingo, departamento de Suchitepéquez, por una afianzadora de reconocida solvencia financiera, autorizada para operar en la república de Guatemala. La Municipalidad hará efectiva la fianza de cumplimiento en los siguientes casos. < Si el contratista no prestara los certificados de garantía de funcionamiento y calidad dentro de los quince (15) días siguientes a la entrega de la obra o servicios contratados. < Si el contratista no presenta la constancia que extienda la Municipalidad de Santo Domingo, departamento de Suchitepéquez, de haber recibido a su entera satisfacción la obra o los servicios objeto del contrato. < Si el contratista deja de cumplir con las obligaciones derivadas de la ley del contrato. Si se produjera el incumplimiento por parte del contratista, la Municipalidad de Santo Domingo, departamento de Suchitepéquez, solicitará por escrito y en forma fundamental el pago de la fianza a la afianzadora, debiendo esta última hacer el pago conforme el artículo 1030 del código de comercio (10 días cuando hay afianzamiento directo y 30 días cuando hay reafianzamieto). Todo lo anterior se hará constar expresamente en la póliza respectiva.

3. FIANZA POR ANTICIPO: Previo a recibir cualquier suma por concepto de anticipó, el contratista constituirá garantía mediante fianza o hipoteca por el monto de un cien por ciento (100%) del mismo. La garantía podrá reducir al máximo del saldo del deudor y estará vigente hasta su total amortización. El reglamento establecerá el procedimiento de reducción y lo concerniente en los casos de rescisión, resolución y terminación del contrato.

4. FIANZA DE CONSERVACION DE OBRA O DE CALIDAD O DE FUNCIONAMIENTO:

Cuando la obra esté terminada, antes de su recepción, el contratista deberá presentar póliza de fianza de Conservación de Obra. BASE LEGAL: Artículo No. 55 de la Ley de Contrataciones del Estado. El contratista responderá por la conservación de la obra, cuando la obra esté terminada, mediante fianza a favor de: la municipalidad de Santo Domingo Suchitepequez, departamento de Suchitepéquez, la cual debe estar vigente y cubrir el valor de las reparaciones de las fallas o desperfectos que le sean imputables y que aparecieren durante el tiempo de responsabilidad de dieciocho (18) meses y veinte

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(20) días contados a partir de la fecha de recepción de la obra. La fianza de Conservación de Obra deberá otorgarse 20 días antes de la recepción de la obra por el equivalente al quince por ciento (15%) del valor original del contrato, como requisito previo para la recepción de la obra. BASE LEGAL: Artículo No. 67 de la Ley de Contrataciones del Estado y Artículo No. 57 bis de su Reforma del Acuerdo Gubernativo 147-2021. La fianza deberá formalizarse mediante póliza emitida por una afianzadora de reconocida solvencia financiera autorizada para operar en la República de Guatemala. En la fianza debe consignarse el nombre completo del oferente o representante legal.

El vencimiento del tiempo de responsabilidad previsto en el párrafo anterior, no exime al contratista de responsabilidades de destrucción o deterioro de la obra debido al dolo o culpa de su parte, por el plazo de (5) años, a partir de la obra o servicio.

5. FIANZA POR SALDOS DEUDORES: Para garantizar el pago de saldos deudores que pudieran resultar a favor de la Municipalidad en la liquidación, el contratista deberá presentar fianza, deposito en efectivo, constituir hipoteca o prenda, a su elección, por el cinco por ciento (5%) del valor original del contrato. Esta garantía deberá otorgarse simultáneamente con la conservación de la obra como requisito previo a la recepción de la obra o servicio. Aprobada la liquidación, si no hubiere saldos deudores, se cancelará esta garantía.

SECCION IV

SANCION PECUNIARIAS El retraso del Contratista en la entrega satisfactoria del proyecto en el plazo convenido según contrato y por causas imputables a él, se sancionará con el pago de una multa por cada día laboral de atraso, equivalente al cero punto cinco por millar (0.5 %) del valor total del contrato. Las multas por retraso en ningún caso excederán del cinco por ciento (5%) del valor del contrato. Si esto ocurre, la entidad contratante podrá rescindir el contrato sin responsabilidad de su parte y sin perjuicio de aplicar las medidas que establece la Ley de Contrataciones del Estado y su reglamento. BASE LEGAL: Artículo 85 de la Ley de Contrataciones del Estado.

SECCION V

ADJUDICACION

La comisión de COTIZACION deberá adjudicar la obra, suministro o servicios al oferente que haya presentado la oferta más conveniente

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a los intereses de la Municipalidad de Santo Domingo, departamento de Suchitepéquez. La mayor o menor conveniencia de las ofertas se determinará de la aplicación de los criterios de calificación establecidos en la SECCION II, numeral 10 de estos documentos.

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SECCION IX ESPECIFICACIONES TECNICA DEL PROYECTO

MEJORAMIENTO CAMINO RURAL CANTON TARACENA SANTO DOMINGO SUCHITEPEQUEZ, SUCHITEPEQUEZ DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO: Las presentes Especificaciones Técnicas se han realizado con el propósito que el Ejecutor y/o Contratista cuente en lo posible con un documento que sirva como base de entendimiento técnico, para la realización de este Proyecto. El Contratista realizará los trabajos de entero acuerdo con los Planos y Especificaciones Técnicas. A continuación, se presenta un resumen de Especificaciones Técnicas las cuales tendrán incidencia en la ejecución del presente Proyecto, dichas Especificaciones fueron tomadas de los siguientes manuales: Reglamento para las Construcciones de Concreto A.C.I. 318-95, recomendaciones de los fabricantes y distribuidores de productos de acero y Libro Azul de la DGC. El proyecto consta de 1,102.00 metros cuadrados de adoquinamiento con todo y llaves de confinamiento transversal, también contará con bordillo de 0.10x0.40 mts. por una longitud de 380 metros lineales.

1. TRABAJOS PRELIMINARES (1,980.00 M2) MEMORIA DESCRIPTIVA:

LIMPIEZA GENERAL El contratista será encargado de la remoción de vegetación, raíces de árboles, deshechos ripio, materia orgánica, basura, suelos sueltos, suaves o mojados, y obstáculos que existan en las superficies de las áreas sujetas a corte o relleno. Su finalidad será evitar la mezcla de material de corte con materiales inadecuados para emplearse en los rellenos, depositando estos en donde no interfieran con la misma.

RECTIFICACIÓN TOPOGRAFICA Este trabajo consiste en el suministro de personal calificado, equipo y material necesario para efectuar los trabajos de levantamiento y replanteo topográfico para establecer niveles necesarios, cálculo y registro de datos para el control del trabajo. El contratista será responsable del correcto replanteo y ubicación del proyecto, con respecto a los puntos fijos, niveles y líneas de referencia. El mantenimiento de éstos, estará bajo su responsabilidad durante el tiempo que dure su ejecución, para lo cual el personal, equipo y materiales deben cumplir con los siguientes requisitos. Las cuadrillas de topografía, suministradas por el contratista deben estar técnicamente calificadas, capases de ejecutar el trabajo en el tiempo y con la exactitud requerida. Los instrumentos de topografía y equipo de soporte deben ser capaces de alcanzar las tolerancias especificadas. Las herramientas e insumos suministrados deben ser del tipo y de la calidad utilizada normalmente en los trabajos de levantamiento topográfico, dentro de los cuales mencionamos

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estacas, mojones, clavos, aerosol, cal, etc., ya que estos servirán como guía para trazar los ejes de la construcción, rostros de muros, niveles y sistemas auxiliares.

2. BORDILLO DE CONCRETO (de 0.10 x 0.40 mts) (660.00 M)

Serán de concreto con una resistencia mínima de 281 kg/cm2 con una sección constante indicada en planos, en proporción volumétrica 1:3:3, utilizando maquinaria mezcladora mecánica y vibrador para el preparado y fundición del concreto.

Para su construcción se utilizará formaletas metálicas y/o de madera de buen calidad, con las dimensiones y formas indicadas en los planos. Deben ser suficientemente sólidas y estables para poder resistir a la presión debida a la colocación del concreto. Se apuntalarán y sujetarán de manera adecuada para que conserven su forma y posición. Se pintará todo el tramo de bordillo en ambos lados de la calle. Los bordillos irán a ambos lados del adoquín, su medida será de 0.10 metros de ancho por 0.40 metros de alto, el concreto a utilizar debe ser de 281 kg/cm2 y se hará en base a las medidas de los plano, los agregados a utilizar para el concreto debe de ser de óptima calidad, el agregado grueso de ¾¨ y agregado fino de granulometría adecuada, ambos libres de contaminantes o materias orgánicas, para el tiempo de colocación del concreto no debe exceder de 30 minutos luego de su preparación.

CONSTRUCCIÓN DE RAMPA DE ACCESO

La estructura de rampa especificadas en los planos del diseño. El concreto tendrá resistencia mínima a la compresión de 4,000 PSI (281 Kg/cm²) a los 28 días. Los materiales se mezclarán en una proporción volumétrica 1:2:2, es decir, una parte de cemento, dos partes de arena y dos partes de piedrín triturado.

3. BASE DE MATERIAL SELECTO (e=17.5cm) CORTE DE CAJUELA (e=0.30) (1,914.00m2)

Este reglón consiste en retirar el sobrante que resulte del estaqueo y nivelación que en este caso será de 0.30 m compartidos de la siguiente manera: 0.175m serán para colocar la capa de base de material selecto, 0.025m servirán para colocar la capa de arena y finalmente 0.10m de la carpeta de adoquín. Para realizar este renglón de trabajo es necesaria la ayuda de maquinaria pesada, por lo cual se realizará el traslado de la misma al lugar de trabajo.

CONFORMACIÓN DE SUB-RASANTE Es el resultado del corte de la cajuela y consiste en escarificar, mezclar, uniformizar, homogenizar, conformar y compactar la sub-rasante de determinada carretera previo a su construcción realizando rellenos o cortes no mayores a 0.20mts de espesor con el objeto de regularizar las condiciones de la sub-rasante. Se colocará una capa base de material selecto y una capa de asiento de arena inmediatamente después de la capa de sub-rasante que servirá para el descanso de la rodadura, tendrá un espesor de 0.175 y 0.025m cada una, como específica en planos y luego se procederá a compactar a lo ancho y largo

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del tramo a adoquinar. El confinamiento de esta capa se asegurará por medio de llaves transversales y longitudinales que serán fundidas luego de haber colocado y nivelado el adoquín.

BASE MATERIAL ARENA LIMOSA COLOR BEIGE ESPESOR DE 0.175 METROS + COMPACTADO

Se colocará una capa de base de material selecto que servirá para que descanse la carpeta de rodadura, tendrá un espesor mínimo de 0.175 mts como especifica en planos y se deberá realizar una compactación a todo lo largo y ancho del tramo a adoquinar.

CAMA DE ASIENTO (AREANA DE RÍO DE T=2.5 CM) Es el procedimiento siguiente a la colocación de material base y consiste en colocar una capa de arena de 0.025mts de espesor sobre la que descansara la carpeta de rodadura. Esta servirá también como drenaje de la estructura de adoquín.

4. ADOQUINADO (LLAVES DE CONFINAMIENTO + REMATES LATERALES) (1,914 M2)

El adoquín es un pavimento semi-rigido, está compuesto por bloques de concreto de cemento portland colocados a presión, confinados por fundiciones de concreto (llaves), soportados en toda superficie que resista la carga e intensidad del tráfico. El adoquín a utilizar deberá llenar los requisitos de calidad, para lo cual se requiere que el soporte a compresión sea de 280 kg/cm2. y de dimensiones aproximadas de 0.10x0.22x0.24 mts. Resistencia a tráfico liviano. Estos están fabricados por medio de moldes, que pueden ser llenados manualmente con pequeñas máquinas vibradoras, semimanuales o fabricados con grandes máquinas automáticas que producen adoquines vibro prensados de gran calidad y de gran rendimiento. Para la instalación se deben colocar cuidadosamente sobre el terreno conformado y compactado de una capa de 0.175 mts de material selecto y 0.025 mts de asiento de arena. Con el adoquín se formaran hiladas regulares a nivel, las separaciones máximas no deben exceder 1 cm entre sí. Es necesario considerar que la base esté debidamente preparada para el soporte a compresión, las juntas entre adoquines deben llenarse con arena de rió con un 40% de arcilla para proveer cohesión entre las partículas granulares, para evitar corrimientos.

JUNTAS ENTRE ADOQUINES

Se denomina así a la separación que existe entre adoquines, que deben ser perfectamente llenados con material que permita un mínimo reacomodamiento de los bloques entre sí en el sentido lateral y longitudinal, sin embargo, no debe ser un mortero ya que este le quita la flexibilidad al pavimento y dificulta la remoción de parte del adoquinado cuando se hace necesario. Las juntas deben tener una separación de 6 a 10 milímetros, para ayudar a llenar las juntas contra la filtración de agua superficial es conveniente usar una mezcla de arena fina con arcilla, en este caso debe mezclarse perfectamente los materiales en seco, humedeciéndolos antes de colocarlos.

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Con esta mezcla se logra un relleno de junta que aunque es flexible es menos erosionable que la arena sola y una vez seca, se vuelve impermeable el agua que escurre sobre el adoquín.

CONSTRUCCIÓN DE LLAVES DE CONFINAMIENTO LLAVES DE CONFINAMIENTO

Las llaves de confinamiento son un elemento de concreto corriente, que generalmente se utiliza para mantener confinado un grupo de adoquines, para evitar deslizamiento y así proveer una durabilidad aceptable del proyecto.

Se deber colocar confinamientos de concreto de 0.15 metros de ancho y 0.30 metros de alto y serán construidas como se indica en planos a cada 6 metros. La proporción para la mezcla de concreto deberá ser 1:2:3 (cemento, arena, piedrín), esto para la construcción de llaves de confinamiento y deberá garantizar una resistencia f¨c=281kg/cm2 a los 28 días de su fundición. Los agregados finos y gruesos de granulometría adecuada ambos libres de contaminantes o materias orgánicas. Para el tiempo de colocación del concreto no debe exceder de 30 minutos luego de su preparación, para lo cual deberán cortar adoquines a la mitad únicamente en las llaves transversales para proveer la dimensión requerida.

SISADO DE ADOQUIN Se deberán sellar las juntas entre cada adoquín con arena de rio con un 40% de arcilla para proveer cohesión entre las partículas y evitar corrimientos y que será la encargada de evitar el movimiento lateral de los bloques de adoquín, este trabajo se debe realizar posteriormente a la fundición de confinamiento transversal y longitudinal y antes de transitar vehículos.

5. SEÑALIZACIÓN HORIZONTAL (990.00 ML)

Suministro y aplicación de pintura termoplástica color blanco, en líneas laterales continuas de 10 cm. de ancho y 2 mm de espesor con microesfras drop on de vidrio sobre superficie de concreto hidráulico. Suministro y aplicación de pintura termoplástica color amarillo, en línea central discontinua de 10 cm. de ancho y 2 mm de espesor con microesfras drop on de vidrio sobre superficie de concreto hidráulico. Líneas y Marcas de Tráfico. Son el conjunto de indicadores que se aplican en el pavimento para el control y ordenamiento del tráfico de la carretera. DESCRIPCION. Este trabajo consiste en el transporte, almacenamiento, suministro de materiales y equipo y manejo de materiales para la aplicación al pavimento, de las líneas y marcas de tráfico. Las líneas y marcas deben ser del ancho, largo, dimensiones y colores indicados en los planos. MATERIALES

a) Pintura. La pintura debe ser reflectiva. Su composición y propiedades deben llenar los requisitos indicados en la especificación AASHTO M 248 para el Tipo F.

b) La pintura debe ser suministrada en envases resistentes originales, claramente marcados con el peso por litro, el volumen del contenido de pintura en litros, color y el uso propuesto. Deben también mostrar una declaración fiel de la composición del pigmento en porcentaje, de la proporción del pigmento al vehículo y el nombre del fabricante. Cualquier envío que no esté marcado en la forma indicada, no será aceptado para su uso, según estas Especificaciones Generales.

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c) Blanco. Tendrá un contenido de Dióxido de Titanio (TiO2), según ASTM

D 476, Tipo II de 18% mínimo (16.5% mínimo a un 100% de pureza) con un 75 a 82% de Resina Epóxica.

d) Amarillo. Tendrá un contenido de Amarillo Cromo (Pb Cr O4), según

ASTM D 211, Tipo III de 23% mínimo (20 % mínimo a un 100% de pureza) con un 70 a 77% de Resina epóxica.

e) Contenido de Epóxico. Masa por equivalente epóxico, según ASTM D

1652, será igual al límite dado por el fabricante ± 50. f) Componente B. El valor de amina, según ASTM D 2074, será igual al

límite dado por el fabricante ± 50

g) Toxicidad. No deberá de existir ninguna emanación de vapores tóxicos o nocivos a la temperatura a la que se apliquen el producto.

h) Color. El espesor de la película curada debe ser igual a 0.38

milímetros, siendo éstos los definidos en las normas de la Federal Highway Administration (FHWA) como el blanco y el amarillo estándar para carretera.

i) Reflexión directriz. (Sin esferas de vidrio). De acuerdo con el

Federal Test Standard Method (FTSM) 141 Método 6121, el color blanco tendrá un valor de 84% y el color amarillo un 55%, ambos con relación al estándar de óxido de magnesio.

j) Tiempo de Secado. La película con un espesor de 0.38 milímetros con

esferas de vidrio tendrá un tiempo de secado de 30 minutos máximo en el laboratorio a 22° C, según ASTM D 711, para alcanzar la condición de que no se despegue. En el campo a 25° C, el tiempo para alcanzar la condición que no deje marcas en la pintura al paso de la rodadura de un vehículo, será de 10 minuto máximo.

k) Resistencia a la abrasión. El índice de desgaste con una llanta CS-

17 bajo una carga de 1,000 g por 100 ciclos, de acuerdo con ASTM C 501 deberá ser de 82% máximo.

l) (8) Dureza. El producto deberá de alcanzar un rango de dureza Shore D después de haberse curado entre 72 a 96 horas a 22º C, según ASTM D 2240, de 75 a 100.

m) Almacenaje. El producto debe estar en capacidad de poderse utilizar inmediatamente, sin necesidad de un proceso de pre-mezclado de sus componentes individualmente, después de haberse almacenado hasta 12 meses sin haber sido utilizado.

n) Marcadores resaltados en el pavimento (Ojos de gato). El Contratista

debe suministrar marcadores resaltados reflectivos de tipo prismático consistentes en un marcador de metacrilato metilo, policarbonato o de un compuesto adecuado de acrilonitilobutadino–estireno (ABS) ajustado con lentes reflectivos. La superficie exterior del marcador resaltado debe ser lisa.

o) El material reflectivo debe tener el coeficiente mínimo de intensidad

luminosa indicado en la Tabla 706-1. Tabla 706-1 Coeficiente Mínimo de Intensidad Luminosa RI (Milicandelas por Lux)

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Angulo de Observación

Angulo de Entrada Blanco (1)

Amarillo Rojo

0.2 0 279 167 70 0.2 20 112 67 28

Cristalinas, claras o incoloras son designaciones de color aceptables. La base del marcador resaltado debe ser plana, con patrones o texturizada y libre de brillo o substancias que puedan reducir su capacidad de ligarse al adhesivo. La desviación de una superficie plana no debe de exceder de 1 milímetro. REQUISITOS DE CONSTRUCCION GENERALIDADES Las superficies sobre las cuales se van a aplicar las marcas tienen que ser superficies limpias, secas y libres de partículas sueltas, lodo, acumulaciones de alquitrán o grasa u otros materiales nocivos. La demarcación para el caso de líneas de tráfico se debe hacer por lo menos cada 2 metros en tramos rectos y cada metro en las curvas, por el método más conveniente. Para el caso de las marcas, se debe hacer de acuerdo con las dimensiones indicadas en los planos. Cuando se coloquen las marcas sobre pavimentos rígidos que tengan menos de un año de construidos, se tiene que limpiar la superficie del pavimento para eliminar todo residuo y compuestos de curado antes de la colocación de los materiales de señalización. Las líneas longitudinales centrales tienen que tener un ancho mínimo de 100 milímetros. Si los planos no lo indican de otra manera, las líneas longitudinales discontinuas tienen que tener 5 metros de largo con intervalos de 10 metros. Las líneas centrales se aplican en el pavimento de las carreteras, cuya calzada tiene únicamente dos carriles en diferente sentido. Se traza continua para indicar que los vehículos no pueden rebasar y discontinua cuando se puede rebasar. La maniobra de rebasar es restringida por curvas horizontales de radios mínimos, cambios de pendiente, o cruces a nivel con otros caminos. La localización de los lugares, las dimensiones de los tramos discontinuos y los espaciamientos deben estar indicadas en los planos. Las líneas longitudinales no centrales se aplican en el pavimento de las carreteras, cuya calzada tiene únicamente dos o más carriles. Se traza continua cuando se aplica a la orilla de los hombros y delimita el ancho de rodadura y se traza discontinua en el caso de carreteras con dos o más carriles en el mismo sentido y delimita el ancho de los carriles. Las flechas y las letras tienen que ser de las dimensiones indicadas en los planos. Todas las marcas tienen que presentar una apariencia clara, uniforme y bien terminada. Las marcas que no tengan una apariencia uniforme y satisfactoria, durante el día o la noche, tienen que ser corregidas por el Contratista de modo aceptable al Delegado Residente y a su costa. Las marcas de tráfico se deben aplicar en la dirección del tráfico. MEDIDA (a) Marcas. La medida se debe hacer del número de kilómetros, con aproximación de tres decimales, de Marcas de Tráfico, del material, tamaño y razón de aplicación especificado en las Disposiciones Especiales, medidos a lo largo de la línea central de la carretera, aplicados y aceptados

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satisfactoriamente, de acuerdo con los planos, las Disposiciones Especiales y estas Especificaciones Generales.

6. SEÑALIZACIÓN VERTICAL (4 UNIDADES)

DESCRIPCIÓN. Busca mejorar las condiciones de funcionalidad y seguridad vial para los vehículos y peatones que usan nuestras vías Departamentales y con base al manual de señalización se determina algunas especificaciones técnicas para la ejecución del proceso de señalización. Las especificaciones técnicas para la construcción de señales verticales de tránsito garantiza las características técnicas de desempeño y calidad de los materiales usados en la señalización vertical y horizontal y de otros dispositivos que tendrán en cuenta además de los requerimientos particulares incluidos en el Manual de las Normas Técnicas, que sean aplicables en cada caso, esta sección tiene por objeto establecer las guías básicas a seguir durante el suministro, almacenamiento, transporte e instalación de señales verticales de tránsito, conforme se establezca en los planos del proyecto o lo indique el Interventor. El diseño de las señales verticales, los mensajes y los colores, deberán estar de acuerdo con lo estipulado en el manual de señalización. Función La función de las señales verticales es reglamentar las limitaciones, prohibiciones o restricciones, advertir de peligros, informar acerca de rutas, direcciones, destinos y sitios de interés. Son esenciales en lugares donde existen regulaciones especiales, permanentes o temporales, y en aquellos donde los peligros no son de por sí evidentes Clasificación de acuerdo con la función que desempeñan, las señales verticales se clasifican en 4 grupos: 1. Señales Reglamentarias: tienen por finalidad notificar a los usuarios de las vías las prioridades en el uso de las mismas, así como las prohibiciones, restricciones, obligaciones y autorizaciones existentes. Su transgresión constituye infracción a las normas del tránsito. 2. Señales Preventivas: su propósito es advertir a los usuarios sobre la existencia y naturaleza de riesgos y/o situaciones imprevistas presentes en la vía o en sus zonas adyacentes, ya sea en forma permanente o temporal. Estas señales suelen denominarse también Advertencia de Peligro. 3. Señales Informativas: tienen como propósito guiar a los usuarios y entregarles la información necesaria para que puedan llegar a sus destinos de la forma más segura, simple y directa posible. También informan acerca de distancias a ciudades y localidades, kilometrajes de rutas, nombres de calles, lugares de interés turístico, servicios al usuario, entre otros. 4. Señales Transitorias: modifican transitoriamente el régimen normal de utilización de la vía. Pueden ser estáticas o dinámicas, indicando mensajes reglamentarios, preventivos o informativos. Ambas se caracterizan por entregar mensajes que tienen aplicación acotada en el tiempo, siendo las segundas también denominadas señales de mensaje variable capaces de entregarlo en tiempo real. Materiales para Señales Las señales verticales son dispositivos de control de tránsito, constituidas por placas fijadas en postes, estructuras instaladas sobre las vías o adyacentes a ellas, o aparatos luminosos, destinados a transmitir

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un mensaje a los conductores y peatones, mediante palabras o símbolos, sobre la reglamentación de tránsito vigente, o para advertir sobre la existencia de algún peligro en la vía y su entorno, o para guiar e informar sobre rutas, nombres y ubicación de poblaciones, lugares de interés y servicios. Las señales verticales deben usarse solamente donde se justifiquen según un análisis de necesidades y estudios técnicos de campo. Las señales son esenciales donde rigen regulaciones especiales, tanto en lugares específicos como durante períodos de tiempo específicos, o donde los peligros no sean evidentes para los usuarios. Las señales también suministran información sobre rutas, direcciones, destinos, puntos de interés y otras informaciones que se consideren necesarias. Será construido de aluzinc calibre 16 y el poste será de tubo galvanizado de 2”x2” chapa 14. La señal será de medidas de 0.76x0.76m con reflectivo grado ingeniería. La medida por unidad y forma de pago se hará por de igual manera por unidad de la cantidad a solicitar en moneda quetzal guatemalteco.

7. LIMPIEZA FINAL

El contratista deberá retirar cualquier tipo de desperdicio al momento de hacer la entrega del proyecto evitando dejar contaminadas áreas aledañas con basura resultante de la ejecución del proyecto. RENGLONES DE TRABAJO

No. DESCRIPCION CANTIDAD UNIDAD

1 TRABAJOS PRELIMINARES 1,980.00 m2

2 BORDILLO DE CONCRETO (de 0.10 x 0.40 mts) 660.00 m

3 BASE DE MATERIAL SELECTO (e=0.175) CORTE DE CAJUELA (e=0.30)

1,914.00 m2

4 ADOQUINADO (LLAVES DE CONFINAMIENTO + REMATES LATERALES)

1,914.00 m2

5 SEÑALIZACIÓN HORIZONTAL 990.00 ml

6 SEÑALIZACIÓN VERTICAL 4.00 unidad

7 LIMPIEZA FINAL 1.00 unidad

El CONTRATISTA será responsable por los deterioros de las obras ejecutadas, perdida de cualquier elemento, artefacto o accesorio, que se produjera durante el desarrollo de los trabajos, como así mismo por toda falta y/o negligencia que a juicio del SUPERVISOR se hubiera incurrido, así mismo se considerará lo siguiente:

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Teniendo en cuenta las condiciones particulares donde se desarrollarán los trabajos, el CONTRATISTA deberá mantener limpio y libre de residuos de cualquier naturaleza todos los sectores de la obra.

El CONTRATISTA deberá organiza los trabajos de modo tal que los residuos de obra provenientes de las tareas desarrolladas por él, sean retirados periódicamente del área de las obras, no permaneciendo en el predio más de 48 horas y quedando a su cargo el acarreo de los mismo.

Se pondrá el mayor cuidado en proteger y limpiar todos los talleres, removiendo el material de colocación excedente y los residuos provenientes de la ejecución de las obras de albañilería.

Se deberá evitar la obstrucción de desagües, colocando en las mismas mallas metálicas o plásticas de protección.

Al completar los trabajos comprendidos en su contrato, el CONTRATISTA retirara todos los desperdicios y deshechos del lugar y el entorno de la obra. Así mismo retirara todas sus herramientas, maquinarias, equipos, enseres y materiales sobrantes, dejando la obra limpia (a escoba) o su equivalente.

El SUPERVISOR de obras estará facultado para exigir, si lo creyera conveniente, la intensificación de limpieza periódica.

El CONTRATISTA deberá contar con la cantidad suficiente de volquetes que posibilitan la descarga y retiro de todos los sobrantes y escombros de la misma, quedando a su cargo también el transporte de los mismos. Al realizar maniobras sobre la vía pública, deberán aumentar los cuidados respecto de posibles molestias con el acarreo de materiales, etc., y cumplir con toda la reglamentación local vigente.

CUALQUIER CAMBIO O DISCREPANCIA DE ESTAS ESPECIFICACIONES CON LOS PLANOS DEBERA DE SER PUESTA EN CONOCIMIENTO DEL SUPERVISOR DESIGNADO PARA QUE SEA EL QUIEN AUTORICE O APRUEBE CAMBIOS EN MEJORAS DEL PROYECTO, DE LO CONTRARIO SE PUEDE TOMAR UN TRABAJO NO ACEPTABLE.

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MEJORAMIENTO CAMINO RURAL CANTON TARACENA SANTO DOMINGO SUCHITEPEQUEZ, SUCHITEPEQUEZ

GENERALIDADES DEL CONCRETO El concreto estará compuesto de agregado grueso, agregado fino, cemento Portland, agua y eventualmente aditivos a criterio del Contratista y Supervisor. Todos los materiales estarán sujetos a inspecciones y pruebas en cualquier momento durante su producción o empleo. En todo caso para los cuales no se indiquen otras disposiciones en las Especificaciones, valdrán las normas ASTM.

Todo concreto simple o reforzado deberá ser conforme el “Reglamento de las Construcciones de Concreto Reforzado”, ACI 318 editado por el “American Concrete Institute”, excepto cuando se indique lo contrario. AGREGADO FINO La arena debe estar libre de cantidades dañinas, polvo, terrones, partículas suaves o escamosas, pizarra, álcalis, material orgánico, mica, arcilla, sales, basura y otras sustancias nocivas.

Debe estar constituida por materiales de origen basáltico o cuarzo, perfectamente lavada. La arena no debe ser demasiado fina, no debe contener partículas de más de 6 mm, y en las muestras de control no más de 1/5 parte puede quedar retenida en un tamiz No. 30, no debe pulverizarse arena de mar o estero, a menos que la supervisión apruebe la arena y el método de lavado. AGREGADO GRUESO Debe cumplir con los requisitos de AASHTO M 80 y ASTM C 33; excepto que no se aplicará el ensayo de congelamiento y deshielo alternados y que en el ensayo de desintegración al sulfato de sodio, la pérdida de masa debe ser no mayor de 15% después de cinco ciclos, conforme AASHTO T 104 ó ASTM C 88. Además, el porcentaje de desgaste debe ser no mayor de 40% en masa después de 500 revoluciones en el ensayo de abrasión, AASHTO T 96 ó ASTM C 131 y ASTM C 535. ALMACENAMIENTO DE AGREGADOS El manejo y almacenamiento de los agregados para el concreto se hará en forma tal, que se evite la mezcla con materiales extraños. Los agregados fino y grueso, se almacenarán en montones separados a suficiente distancia el uno del otro, para evitar que se mezclen. CEMENTOS HIDRÁULICOS Estos cementos deben ajustarse a las Normas AASHTO M 85, ASTM C 150 ó COGUANOR NG 41005 para los Cementos Portland ordinarios y a las normas AASHTO M 240, ASTM C 595 ó COGUANOR NG 41001 y ASTM C 1157, para Cementos Hidráulicos Mezclados y debiendo indicarse su clase de resistencia en MPa o en lbs/pulg2. En Guatemala se comercializan los Cementos Hidráulicos asignándoles una clase de resistencia de 21, 28, 35 y 42 MPa (3000, 4000, 5000 y 6000 lb/pulg²), que corresponde a una resistencia mínima a 28 días en morteros de cemento normalizados AASHTO T 106, ASTM C 109 y COGUANOR NG 41003.h10. en nuestro proyecto se utilizará un cemento de clase 28.

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AGUA El agua empleada en la mezcla y curado del concreto deberá ser limpia y libre de cantidades dañinas de aceite, ácido, álcalis, materia orgánica y otras sustancias nocivas. REQUISITOS GENERALES DEL EQUIPO Todo el equipo necesario para el mezclado, manejo y colocación del concreto para la adecuada ejecución del Proyecto, deberá estar en el sitio del mismo, en condiciones óptimas de servicio, antes de que se inicien dichas operaciones, deberán ser inspeccionados y aprobados por el Supervisor. MEZCLADORAS Las mezcladoras serán de un tipo aprobado y diseñadas en tal forma que asegure una distribución uniforme de los materiales en toda clase de concreto o mortero. REQUISITOS GENERALES DEL MEZCLADO DE CONCRETO El concreto se debe mezclar solamente en la cantidad que sea necesario para el uso inmediato, no se usará ningún concreto que haya desarrollado un fraguado inicial. No se podrá usar el concreto que no haya sido colocado luego del tiempo de fraguado, (excepto aquel que haya sido entregado en camiones mezcladores o agitadores). Ninguna mezcladora se operará más allá de su capacidad indicada. OPERACION DE LA MEZCLADORA EN EL LUGAR El tiempo mínimo de mezclado después de que todos los materiales estén dentro del tambor, será de un minuto y un tiempo máximo que no altere el fraguado del concreto. COLOCACION DEL CONCRETO El concreto deberá colocarse, compactarse y conformarse en las formaletas antes de haberse alcanzado el fraguado inicial. Se podrán usar aditivos retardantes en casos especiales, permitiéndose prolongar el tiempo de colocación y compactación del concreto, según indicaciones del aditivo usado. Todo el concreto deberá ser depositado durante tiempo seco y sin lluvia, en superficies húmedas, limpias, libres de corrientes de agua, libres de aceite, lodo, roca segregada, fragmentos flojos, semidespegables o defectuosos. No se debe permitir depositar el concreto desde alturas mayores de 1.50 m. de caída libre. Todo el concreto será debidamente compactado mientras se lleva a cabo la operación de colocación usando para ello vibradores, o maceado, según lo que apruebe el Supervisor. El Contratista debe tomar todas las precauciones necesarias para drenar y desaguar las aguas de los lugares donde se debe colocar el concreto. VIBRADO DEL CONCRETO El uso de vibradores deberá efectuarse bajo estricta vigilancia de personas con experiencia en su operación.

Los vibradores deberán ser introducidos en la masa de concreto perpendicularmente a la superficie de la misma, penetrando en la capa inmediata inferior, en puntos distantes entre sí. Deberán mantenerse introducidos por períodos entre 5 y 15 segundos. En las esquinas, obstrucciones y otros puntos en los cuales es difícil la perfecta colocación

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del concreto, deberá aplicarse una compactación manual adicional por medio de apisonado con barras de acero. CURADO DEL CONCRETO Todo el concreto acabado de colocar se protegerá de los rayos solares, de la lluvia, corriente de agua y cualquier otro agente exterior que pudiera dañarlo. Tan pronto como sea posible después de terminada la conformación del concreto, se debe iniciar el curado para un correcto fraguado, el cual deberá efectuarse por un período no menor de siete (7) días, o según especificaciones del producto utilizado. En caso de curar el concreto con agua, ésta será limpia y completamente libre de cualquier materia nociva que pueda producir un fraguado incorrecto o afecte la calidad del concreto. Cualquier tratamiento del concreto que consista en la aplicación de un material sobre su superficie, por medio del cual se evite la evaporación del agua de hidratación presente en el concreto, estará sujeto a la aprobación del Supervisor. FORMALETAS Las formaletas deben de ser de preferencia metálicas y deben ser diseñadas y construidas sólidamente, con la rigidez suficiente para evitar distorsiones debidas a la presión del concreto y otras cargas incidentes durante la construcción. RASANTE Debe cumplir con especificaciones de incompresibilidad; resistencia a la expansión y retracción por efectos de humedad, debe ser lo suficientemente rígida para evitar una deformación excesiva por efecto de cargas imprevistas o accidentes (sobre cargas de tránsito y tener previstos desniveles) y tener previstos desniveles necesarios para desalojar el agua de lluvia fuera del área donde se encuentre pavimentado. La rasante tendrá una compactación al 95% proctor modificado a la colocación de la base de selecto además es indispensable que el nivel final sea preciso para la evasión de las aguas pluviales.

CALIDAD DE LA SUBRASANTE

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SECCION X PLANIFICACION (PLANOS) DEL PROYECTO

LOS PLANOS A QUE SE REFIERE LA PRESENTE SECCION SE ADJUNTA EN LA OPCION DEL PORTAL DE GUATECOMPRAS, RAZON POR LA CUAL UNICAMENTE SE ESTARA ENTREGANDO EN LA DIRECCION MUNICIPAL DE PLANIFIACION –D.M.P.-, UBICADA EN EL EDIFICIO MUNICIPAL DE SANTO DOMINGO, SUCHITEPÉQUEZ, Y, QUE ESTARA SIENDO ENTREGADA A TODO AQUEL INTERESADO, EN PARTICIPAR EN EL PRESENTE CONCURSO, CANCELANDO UNICAMENTE EL COSTO DE REPRODUCCION DE LOS PLANOS DEL PRESENTE PROYECTO, Y LAS ESPECIFICACIONES TECNICAS SE ADJUNTAN A LAS PRESENTES BASES.

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SECCION No. XI

PROYECTOS CON FONDOS

PARA EL EJERCICIO FISCAL 2021

MODELO DE ETIQUETA DE IDENTIFICACIÓN DEL SOBRE

NOG: XXXX

NOMBRE DEL PROYECTO: MEJORMIENTO CAMINO RURAL CANTON TARACENA SANTO DOMINGO SUCHITEPEQUEZ, SUCHITEPEQUEZ MUNICIPIO: SANTO DOMINGO

DEPARTAMENTO: SUCHITEPEQUEZ. NOMBRE DE LA EMPRESA: XXXX MONTO OFERTADO: _________________________________ (Q.O.OO) TIEMPO OFERTADO: ________________ TELEFONO: XXXX PROPIETARIO Y/O REPRESENTANTE LEGAL: XXXX

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SECCION XII PROYECTOS CON FONDOS

PARA EL EJERCICIO FISCAL 2021

CONSTANCIA DE VISITA AL PREDIO Por este medio se hace constar que el señor ___________________________________________________________, como representante legal y/o dueño de la empresa ___________________________________ visito el área de trabajo del proyecto MEJORMIENTO CAMINO RURAL CANTON TARACENA SANTO DOMINGO SUCHITEPEQUEZ, SUCHITEPEQUEZ, con el propósito de evaluar los aspectos referentes al acceso al área de trabajo, conocer las condiciones y características del predio y conversar con la comunidad sobre el aporte de mano de obra no calificada para la ejecución del proyecto antes referido. Para efectos de la COTIZACION, se extiende la presente CONSTANCIA, el ______ de NOVIEMBRE del 2021. (N) ___________________ (F) ________________________ NOMBRE FIRMA DE LA AUTORIDAD RESPONSABLE AUTORIDAD RESPONSABLE

SELLO (AUTORIDAD CERCANA) NOTA: ESTA CONSTANCIA TIENE QUE INCLUIRSE EN EL SOBRE DE LA OFERTA. EL EJECUTOR TIENE QUE OBTENER UNA CONSTANCIA PARA CADA UNO DE LOS PROYECTOS INCLUIDOS EN LA INVITACIÓN A PRESENTAR OFERTA, SEGÚN ESTE MODELO.

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SECCION XIII MODELO DE CARTA DE OFERTA

Lugar y fecha.

A _______ Presente. Ofrezco construir y entregar totalmente terminado el proyecto denominado MEJORMIENTO CAMINO RURAL CANTON TARACENA SANTO DOMINGO SUCHITEPEQUEZ, SUCHITEPEQUEZ, de conformidad con el CUADRO DE CANTIDADES ESTIMADAS DE TRABAJO Y PRECIOS UNITARIOS adjunto, que forma parte de la oferta, con apego a lo indicado en los Datos de la COTIZACION, las ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE CONSTRUCCIÓN y PLANOS proporcionados por la Dirección Municipal de Planificación D.M.P. Para preparar la oferta he visitado el área de trabajo y he evaluado las condiciones de acceso, las características de la región, conversado con miembros de la comunidad.

Me comprometo a Ejecutar el Proyecto, bajo mi cuenta y riesgo, por los medios más adecuados, todos los materiales necesarios para la ejecución, he incluido este costo en cada uno de los precios unitarios por renglón. En esas condiciones ofrezco ejecutar el proyecto descrito anteriormente por el monto _______________ LETRAS ____________Q. _________ (escribir el monto en letras y números utilizando cifras enteras múltiplos de 10) y propongo el plazo de _____________________ meses calendario [escribir en letras y números]. Entiendo que LA MUNICIPALIDAD no está obligada a aceptar ni la oferta más baja ni ninguna otra que pueda recibir. Declaro que conozco y acepto íntegramente todas las condiciones y requisitos fijados por LA MUNICIPALIDAD en los documentos de Cotización. Confirmo que la presente oferta tiene la validez de ciento veinte (120) días y que adjunto a la presente la Fianza de Sostenimiento de oferta por un monto no menor del 1% ni mayor 5% del monto ofertado. Firma autorizada: ________________________________________________ (estampar sello) Nombre y Cargo del Firmante: ______________________________________ Nombre del Oferente: _____________________________________________ Dirección para recibir notificaciones __________________________________ Teléfono __________________ Fax ______________________

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SECCION XIV

MODELO DE CERTIFICACION BANCARIA.

A Q U I E N I N T E R E S E:

Por este medio hacemos constar que el señor (nombre completo), quien se identifica con el Documento de Personal de Identificación (D.P.I.) (numérico) extendido por el Registro Nacional de Personas (RENAP) (en el caso de una sociedad deberá consignarse la denominación social y el nombre comercial), es cuentahabiente de la entidad con cuentas de tipo (descripción de la cuenta que corresponda, sin identificar el número de monetarios, de ahorro o a plazo, etc.), las cuales tienen (Número) de años de haberlas aperturado, en las que maneja un saldo promedio de hasta (poner el número de cifras antes del punto decimal); cifras y según las políticas internas de esta entidad es considerado como un tipo cuentahabiente clase (A,B,C). Asimismo, (SI ó NO) posee obligaciones crediticias con el banco por un saldo de (poner el número de cifras antes del punto decimal), las que conforme a las normativas correspondientes tiene asignada la categorías de deudor de (categoría A, de riesgo normal; categoría B, de riesgo superior a lo normal; categoría C, con pérdidas esperadas; categoría D, con pérdidas significativas esperadas y categoría E, de alto riesgo de irrecuperabilidad). La presente se extiende a solicitud del interesado para los efectos legales que correspondan el (día) de (mes) de (año). Atentamente,

Nombre de la persona que lo extiende Cargo

Sello del banco debidamente LEGIBLE

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SECCION XVI

MODELO DECLARACION JURADA NRD-3. En la ciudad de Guatemala, a los _________ días del mes de _______ de dos mil __________, siendo las _________ horas, Yo, Infrascrito Notario, constituido en __________________________________________, a requerimiento del (la) señor (a) _______________________________, (edad), (estado civil), (nacionalidad), (profesión u oficio), (número de colegiado activo), (domicilio), quien se identifica con el (Documento Personal de Identificación), quien actúa en su calidad de ___________________________ (en caso de tratarse de representante legal de una entidad, deberá consignar los datos de su representación y adjuntar la personería), para lo cual se procede de la siguiente manera: PRIMERO: El (la) requirente enterado (a) de las penas relativas al delito de perjurio manifiesta por este acto que es el (la) profesional encargado (a) de la ejecución del edificio/instalación denominado __________________, con sede en el municipio de _________________________, departamento de ___________, ubicado en (dirección) ___________________________, y que tiene pleno conocimiento de la Norma de Reducción de Desastres número tres (NRD-3) denominada “Especificaciones Técnicas de Materiales para la Construcción” contenida en el Acuerdo número dos guión dos mil trece (02-2013), de fecha veintidós de enero de dos mil trece, publicado en el Diario de Centro América el día uno de marzo de dos mil trece. SEGUNDO: Continúa manifestando el requirente que de acuerdo a las especificaciones establecidas en la Norma de Reducción de Desastres número tres (NRD-3), según la (s) Norma (s) NTG ____________________________________________, el proyecto/edificio/instalación denominado _______________________. TERCERO: El requirente manifiesta que de acuerdo a los extremos anteriormente mencionados la edificación/instalación cumple con todas las especificaciones en materiales para la construcción. CUARTO: No habiendo más que hacer constar, se da por terminada la presente acta en el mismo lugar y fecha, _______________ minutos después de su inicio, la cual queda contenida en _____ hoja (s) de papel bond, tamaño oficio, la (s) cual (es) habiéndola (s) leído al requirente, e impuesto por mí, de su contenido, objeto, validez y demás efectos legales, la acepta expresamente, la ratifica y firma junto con el Infrascrito Notario, quien de todo lo actuado DOY FE. _____________________________________ Profesional (____________) ANTE MÍ:

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SECCION XVII PERFIL DE LOS MIEMBROS DE LA JUNTA.

No. MIEMBRO NIVEL

ACADEMICO CAPACITACION O EXPERIENCIA EN EL AREA DE COTIZACION Y/O LICITACION

1 TITULAR DIVERSIFICADO DESDE EL AÑO 2,020 A LA PRESENTE FECHA HAN RECIBIDO CAPACITACIONES POR LA ANAM Y AUDITOR INTERNO DE LA MUNICIPALIDAD, SOBRELA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO EN RELACION A JUNTAS DE LICITACION Y COTIZACION

2 TITULAR DIVERSIFICADO DESDE EL AÑO 2,020 A LA PRESENTE FECHA HAN RECIBIDO CAPACITACIONES POR LA ANAM Y AUDITOR INTERNO DE LA MUNICIPALIDAD, SOBRELA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO EN RELACION A JUNTAS DE LICITACION Y COTIZACION

3 TITULAR DIVERSIFICADO DESDE EL AÑO 2,020 A LA PRESENTE FECHA HAN RECIBIDO CAPACITACIONES POR LA ANAM Y AUDITOR INTERNO DE LA MUNICIPALIDAD, SOBRELA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO EN RELACION A JUNTAS DE LICITACION Y COTIZACION

4 SUPLENTE DIVERSIFICADO UNA CAPACITACION IMPARTIDA POR EL AUDITOR INTERNO DE LA MUNICIPALIDAD, SOBRE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO EN RELACION A JUNTAS DE LICITACION Y COTIZACION

5 SUPLENTE DIVERSIFICADO UNA CAPACITACION IMPARTIDA POR EL AUDITOR INTERNO DE LA MUNICIPALIDAD, SOBRE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO EN RELACION A JUNTAS DE LICITACION Y COTIZACION

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SECCION XVIII MATRIZ DE RIESGO.

“MEJORMIENTO CAMINO RURAL CANTON TARACENA SANTO DOMINGO SUCHITEPEQUEZ, SUCHITEPEQUEZ”

No. Tipo de Amenaza

Descripción Responsabilidad ¿Cómo mitigar el

riesgo?

Penalización o Acción

Correctiva

1 Riesgo de Construcción

Son aquellos que generan sobre costos o atrasos en la entrega de las obras, los cuales se pueden originar por varias razones: aspectos ambientales, legales, financieros y técnicos.

Riesgo compartido entre el

Contratista y el Contratante

Cumplimiento estricto de la especificaciones técnicas, renglones de trabajo y diseño del proyecto Cumplimiento estricto de las obligaciones del contrato Adecuada supervisión durante la ejecución por parte del contratista y también del contratante.

Se deberá analizar la posibilidad de realizar las modificaciones al contrato que corresponda, de acuerdo a lo que establece la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento o determinar si es procedente la rescisión del contrato, según sea el caso. En el caso de cumplimiento imperfecto en la entrega de la obra, el contratista deberá realizar las correcciones de forma obligatoria.

2 Riesgo por Amenazas Naturales

Son todos los que puedan derivarse por fenómenos atmosféricos, hidrológicos, geológicos (especialmente sísmicos y volcánicos) y a los incendios que por su ubicación, severidad y frecuencia, tienen el potencial de afectar adversamente al ser humano, a sus estructuras y a sus actividades. La calificación de "natural" excluye a todos los fenómenos causados exclusivamente por el hombre. (Lluvias, hundimientos, inundaciones)

Riesgo compartido entre el

Contratista y el Contratante

Hacer uso de las nuevas tecnologías e información en la red sobre evaluación de riesgos Contar con una bodega con infraestructura adecuada en el lugar del proyecto Prevenir con insumos y materiales necesarios para reducir el impacto Elaborar un plan de respuesta Involucrar a los vecinos en el plan de respuesta

Minimizar el impacto del riesgo en la población e infraestructura afectada

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3 Riesgos

Económicos

Son aquellos que se producen por el comportamiento del mercado (fluctuación de precios, desabastecimiento o escasez) Se debe considerar el tiempo en que se va a realizar la contratación y el plazo.

Riesgo exclusivo del contratista

Obtener y manejar información sobre el comportamiento del mercado y proyecciones que puedan causar alteraciones en la oferta.

Asumir los sobre costos que está acción implique

4 Riesgos Sociales

Se entiende por riesgo social a la posibilidad de que una persona sufra un daño que tiene su origen en una causa social, esto quiere decir que el riesgo social depende de las condiciones del entorno que rodea al individuo. (Restricción de la libre locomoción, manifestaciones)

Riesgo compartido entre el

Contratista y el Contratante

El proyecto durante su fase de ejecución debe ser resguardado y de ser necesario contar con vigilancia o responsable

Asumir los sobre costos que está acción implique