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GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO DIRECCIÓN REGIONAL DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES – AYACUCHO ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº 016- 2015-GRA-DRTCA (PRIMERA CONVOCATORIA) CONTRATACIÓN DEL SERVICIOS DE MANTENIMIENTO RUTINARIO MANUAL POR RESULTADOS DE LA CARRETERA: SOLISCUCHO - PUNQUI - HUARCCA - CHUNGUI TRAMO II (Km 26+000 - Km 51+808) LONGITUD = 25.808 Km PROVINCIA: LA MAR VALOR REFERENCIAL: S/. 88,807.01

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GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO

DIRECCIN REGIONAL DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONESADS N 16-2015-GRA-DRTCA--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO

DIRECCIN REGIONAL DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES AYACUCHO

ADJUDICACIN DIRECTA SELECTIVA N 016-2015-GRA-DRTCA (PRIMERA CONVOCATORIA)

CONTRATACIN DEL SERVICIOS DE MANTENIMIENTO RUTINARIO MANUAL POR RESULTADOS DE LA CARRETERA:

SOLISCUCHO - PUNQUI - HUARCCA - CHUNGUI

TRAMO II (Km 26+000 - Km 51+808)

LONGITUD = 25.808 Km

PROVINCIA: LA MAR

VALOR REFERENCIAL:

S/. 88,807.01AYACUCHO, MARZO DEL 2015

SECCIN GENERAL

DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCESO DE SELECCIN

CAPTULO IETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIN

1.1. BASE LEGAL

Ley N 28411 - Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto.

Decreto Legislativo N 1017 - Ley de Contrataciones del Estado, y su modificatoria Ley N 29873, en adelante la Ley. Decreto Supremo N 184-2008-EF - Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y su modificatoria DS N 138-2012-EF, en adelante el Reglamento.

Directivas del OSCE. Ley N 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General.

Cdigo Civil.

Ley 27806 Ley de Transparencia y de Acceso a la Informacin Pblica. Decreto Supremo N 007-2008-TR - Texto nico Ordenado de la Ley de Promocin de la Competitividad, Formalizacin y Desarrollo de la Micro y Pequea Empresa y del acceso al empleo decente, Ley MYPE.

Decreto Supremo N 008-2008-TR - Reglamento de la Ley MYPE.

Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.

Para la aplicacin del derecho deber considerarse la especialidad de las normas previstas en las presentes Bases.

1.2. CONVOCATORIA

Se efectuar de conformidad con lo sealado en el artculo 51 del Reglamento, en la fecha sealada en el cronograma.

1.3. REGISTRO DE PARTICIPANTES

El registro de participantes se efectuar desde el da siguiente de la convocatoria y hasta un (1) da hbil despus de haber quedado integradas las Bases. En el caso de propuestas presentadas por un consorcio, bastar que se registre uno (1) de sus integrantes, de conformidad con el artculo 53 del Reglamento.

La persona natural o persona jurdica que desee participar en el proceso de seleccin deber contar con inscripcin vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) conforme al objeto de la convocatoria. La Entidad verificar la vigencia de la inscripcin en el RNP y que no se encuentre inhabilitada para contratar con el Estado.

Al registrarse, el participante deber sealar la siguiente informacin: Nombres, apellidos y Documento Nacional de Identidad (DNI), en el caso de persona natural; razn social de la persona jurdica; nmero de Registro nico de Contribuyentes (RUC); domicilio legal; telfono y fax.

IMPORTANTE:

Para registrarse como participante en un proceso de seleccin convocado por las Entidades del Estado Peruano, es necesario que los proveedores cuenten con inscripcin vigente ante el Registro Nacional de Proveedores (RNP) que administra el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). Para obtener mayor informacin, podr ingresarse a la siguiente direccin electrnica: www.rnp.gob.pe1.4. FORMULACIN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASESLas consultas y observaciones a las Bases sern presentadas por un periodo mnimo de tres (3) das hbiles, contados desde el da siguiente de la convocatoria, de conformidad con lo establecido en los artculos 55 y 57 del Reglamento.

1.5. ABSOLUCIN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES

La decisin que tome el Comit Especial con relacin a las consultas y observaciones presentadas constar en el pliego absolutorio que se notificar a travs del SEACE, de conformidad con lo establecido en los artculos 54 y 56 del Reglamento, en la fecha sealada en el cronograma del proceso de seleccin.

El plazo para la absolucin no podr exceder de tres (3) das hbiles contados desde el vencimiento del plazo para recibir las consultas y observaciones.

De haberse presentado observaciones, el Comit Especial debe incluir en el pliego absolutorio el requerimiento de pago de la tasa por concepto de elevacin de observaciones al OSCE.

IMPORTANTE:

No se absolvern consultas ni observaciones a las Bases que se presenten extemporneamente o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes.

1.6. ELEVACIN DE OBSERVACIONES AL OSCE

El plazo para solicitar la elevacin de observaciones para el pronunciamiento del OSCE es de tres (3) das hbiles, computados desde el da siguiente de la notificacin del pliego absolutorio a travs del SEACE.

Los participantes pueden solicitar la elevacin de las observaciones para la emisin de pronunciamiento, en los siguientes supuestos:

1. Cuando las observaciones presentadas por el participante no fueron acogidas o fueron acogidas parcialmente;

2. Cuando a pesar de ser acogidas sus observaciones, el participante considere que tal acogimiento contina siendo contrario a lo dispuesto por el artculo 26 de la Ley, cualquier otra disposicin de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relacin con el proceso de seleccin; y

3. Cuando el participante considere que el acogimiento de una observacin formulada por otro participante resulta contrario a lo dispuesto por el artculo 26 de la Ley, cualquier otra disposicin de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relacin con el proceso de seleccin. En este caso, el participante debe haberse registrado como tal hasta el vencimiento del plazo para formular observaciones.

El Comit Especial, bajo responsabilidad, deber remitir la totalidad de la documentacin requerida para tal fin por el TUPA del OSCE, a ms tardar al da siguiente de vencido el plazo para que los participantes soliciten la elevacin de observaciones.

La emisin y publicacin del pronunciamiento en el SEACE, debe efectuarse dentro de los diez (10) das hbiles siguientes de recibido el expediente completo por el OSCE.1.7. INTEGRACIN DE LAS BASES

Las Bases integradas constituyen las reglas definitivas del proceso de seleccin por lo que debern contener las correcciones, precisiones y/o modificaciones producidas como consecuencia de la absolucin de las consultas y de las observaciones, las dispuestas por el pronunciamiento, as como las requeridas por el OSCE en el marco de sus acciones de supervisin.

Una vez integradas, las Bases no podrn ser cuestionadas en ninguna otra va ni modificadas por autoridad administrativa alguna, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad. Esta restriccin no afecta la competencia del Tribunal para declarar la nulidad del proceso por deficiencias en las Bases.

El Comit Especial integrar y publicar las Bases teniendo en consideracin los siguientes plazos:

1. Cuando no se hayan presentado observaciones, al da siguiente de vencido el plazo para formularlas.

2. Cuando se hayan presentado observaciones, al da siguiente de vencido el plazo para que los participantes soliciten la elevacin de dichas observaciones para la emisin de pronunciamiento, siempre que ningn participante haya hecho efectivo tal derecho.

3. Cuando se haya solicitado la elevacin de observaciones, dentro de los dos (2) das hbiles siguientes de notificado el pronunciamiento respectivo en el SEACE.

Corresponde al Comit Especial, bajo responsabilidad, integrar las Bases y publicarlas en el SEACE, conforme lo establecen los artculos 59 y 60 del Reglamento.

De conformidad con el artculo 31 del Reglamento, el Comit Especial no podr efectuar modificaciones de oficio al contenido de las Bases, bajo responsabilidad.1.8. FORMA DE PRESENTACIN DE PROPUESTAS Y ACREDITACIN

Todos los documentos que contengan informacin referida a los requisitos para la admisin de propuestas y factores de evaluacin se presentarn en idioma castellano o, en su defecto, acompaados de traduccin oficial o certificada efectuada por traductor pblico juramentado o traductor colegiado certificado, segn corresponda, salvo el caso de la informacin tcnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catlogos o similares, que podr ser presentada en el idioma original. El postor ser responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos.

Las propuestas se presentarn en dos (2) sobres cerrados, de los cuales el primero contendr la propuesta tcnica y el segundo la propuesta econmica.

Si las propuestas se presentan en hojas simples se redactarn por medios mecnicos o electrnicos y sern foliadas correlativamente empezando por el nmero uno.

Asimismo, cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente mediante formularios o formatos, stos podrn ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual.

En ambos supuestos, las propuestas deben llevar el sello y la rbrica del postor o de su representante legal o mandatario designado para dicho fin, salvo que el postor sea que el postor sea persona natural, en cuyo caso bastar que ste o su apoderado, indique debajo de la rbrica sus nombres y apellidos completos.

Cuando la presentacin de propuestas se realice en acto pblico, las personas naturales podrn concurrir personalmente o a travs de su apoderado debidamente acreditado ante el Comit Especial, mediante carta poder simple (Formato N 1). Las personas jurdicas lo harn por medio de su representante legal acreditado con copia simple del documento registral vigente que consigne dicho cargo o a travs de su apoderado acreditado con carta poder simple suscrita por el representante legal, a la que se adjuntar el documento registral vigente que consigne la designacin del representante legal, expedido con una antigedad no mayor de treinta (30) das calendario a la presentacin de propuestas. (Formato N 1)

En el caso de consorcios, la propuesta puede ser presentada por el representante comn del consorcio, o por el apoderado designado por ste, o por el representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, conforme a lo siguiente:

1. En el caso que el representante comn del consorcio presente la propuesta, ste debe presentar copia simple de la promesa formal de consorcio.

2. En el caso que el apoderado designado por el representante comn del consorcio presente la propuesta, este debe presentar carta poder simple suscrita por el representante comn del consorcio y copia simple de la promesa formal de consorcio.

3. En el caso del representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, la acreditacin se realizar conforme a lo dispuesto en el sexto prrafo del presente numeral, segn corresponda. 1.9. PRESENTACIN DE PROPUESTAS

En caso la presentacin de propuestas se realice en ACTO PRIPBLICO, deber tenerse en consideracin lo siguiente:

La presentacin de propuestas se realiza en acto pblico, en la fecha y hora sealadas en el cronograma del proceso.

El acto se inicia cuando el Comit Especial empieza a llamar a los participantes en el orden en que se registraron para participar en el proceso, para que entreguen sus propuestas. Si al momento de ser llamado el participante no se encuentra presente, se le tendr por desistido. Si algn participante es omitido, podr acreditarse con la presentacin de la constancia de su registro como participante.

Los integrantes de un consorcio no podrn presentar propuestas individuales ni conformar ms de un consorcio.

IMPORTANTE:

En caso de convocarse segn relacin de tems, los integrantes de un consorcio no podrn presentar propuestas individuales ni conformar ms de un consorcio en un mismo tem, lo que no impide que puedan presentarse individualmente o conformando otro consorcio en tems distintos.

En el caso que el Comit Especial rechace la acreditacin del apoderado, representante legal o representante comn, segn corresponda en atencin al numeral 1.8, y este exprese su disconformidad, se anotar tal circunstancia en el acta y el Notario (o Juez de Paz) mantendr la propuesta y los documentos de acreditacin en su poder hasta el momento en que el participante formule apelacin. Si se formula apelacin se estar a lo que finalmente se resuelva al respecto.

Despus de recibidas las propuestas, el Comit Especial proceder a abrir los sobres que contienen la propuesta tcnica de cada postor, a fin de verificar que los documentos presentados por cada postor sean los solicitados en las Bases.

En el caso que de la revisin de la propuesta se adviertan defectos de forma, tales como errores u omisiones subsanables en los documentos presentados que no modifiquen el alcance de la propuesta tcnica, o la omisin de presentacin de uno o ms documentos que acrediten el cumplimiento de los requerimientos tcnicos mnimos siempre que se trate de documentos emitidos por autoridad pblica nacional o un privado en ejercicio de funcin pblica, tales como autorizaciones, permisos, ttulos, constancias y/o certificados que acrediten estar inscrito o integrar un registro, y otros de naturaleza anloga, para lo cual deben haber sido obtenidos por el postor con anterioridad a la fecha establecida para la presentacin de propuestas,, se actuar conforme lo dispuesto en el artculo 68 del Reglamento. Este es el nico momento en que puede otorgarse plazo para subsanar la propuesta tcnica.

En el caso de advertirse que la propuesta no cumple con lo requerido por las Bases, y no se encuentre dentro de los supuestos sealados en el prrafo anterior, se devolver la propuesta, tenindola por no admitida, salvo que el postor exprese su disconformidad, en cuyo caso se anotar tal circunstancia en el acta y el Notario (o Juez de Paz) mantendr la propuesta en su poder hasta el momento en que el postor formule apelacin. Si se formula apelacin se estar a lo que finalmente se resuelva al respecto.

Despus de abierto cada sobre que contiene la propuesta tcnica, el Notario (o Juez de Paz) proceder a sellar y firmar cada hoja de los documentos de la propuesta tcnica. A su vez, si las Bases han previsto que la evaluacin y calificacin de las propuestas tcnicas se realice en fecha posterior, el Notario (o Juez de Paz) proceder a colocar los sobres cerrados que contienen las propuestas econmicas dentro de uno o ms sobres, los que sern debidamente sellados y firmados por l, por los miembros del Comit Especial y por los postores que as lo deseen, conservndolos hasta la fecha en que el Comit Especial, en acto pblico, comunique verbalmente a los postores el resultado de la evaluacin de las propuestas tcnicas.

Al terminar el acto pblico, se levantar un acta, la cual ser suscrita por el Notario (o Juez de Paz), por todos sus miembros, as como por los veedores y los postores que lo deseen.

De conformidad con lo dispuesto en el artculo 64 del Reglamento, en los actos de presentacin de propuestas y otorgamiento de la Buena Pro se podr contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participar como veedor y deber suscribir el acta correspondiente, su inasistencia no viciar el proceso.

En caso la presentacin de propuestas se realice en ACTO PRIVADO, deber tenerse en consideracin lo siguiente:

Los participantes presentarn sus propuestas, con cargo y en sobre cerrado, en el lugar, el da y horario sealados en la seccin especfica de las Bases, bajo responsabilidad del Comit Especial.

Los integrantes de un consorcio no podrn presentar propuestas individuales ni conformar ms de un consorcio.

IMPORTANTE:

En caso de convocarse segn relacin de tems, los integrantes de un consorcio no podrn presentar propuestas individuales ni conformar ms de un consorcio en un mismo tem, lo que no impide que puedan presentarse individualmente o conformando otro consorcio en tems distintos .

De conformidad con lo dispuesto en el artculo 64 del Reglamento, en los actos de presentacin de propuestas y otorgamiento de la Buena Pro se podr contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participar como veedor y deber suscribir el acta correspondiente, su inasistencia no viciar el proceso.1.10. CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONMICA

La propuesta econmica (Sobre N 2) deber incluir obligatoriamente lo siguiente:

La oferta econmica, en la moneda que corresponda, incluidos todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislacin vigente, as como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio a contratar; excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales. La Entidad no reconocer pago adicional de ninguna naturaleza.

El monto total de la propuesta econmica y los subtotales que lo componen debern ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrn ser expresados con ms de dos decimales.

IMPORTANTE:

Tratndose de un proceso segn relacin de tems, cuando los postores se presenten a ms de un tem, debern presentar sus propuestas econmicas en forma independiente.

1.11. EVALUACIN DE PROPUESTAS

La evaluacin de propuestas se realizar en dos (2) etapas: La evaluacin tcnica y la evaluacin econmica.

Los mximos puntajes asignados a las propuestas son los siguientes:

Propuesta Tcnica: 100 puntos

Propuesta Econmica: 100 puntos

1.11.1. EVALUACIN TCNICA

En caso se hubiese previsto la presentacin de propuestas en ACTO PBLICO, en la evaluacin se deber tener en consideracin lo siguiente:Se verificar que la propuesta tcnica cumpla con los requerimientos tcnicos mnimos contenidos en las presentes Bases. Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos no sern admitidas.

Slo aquellas propuestas admitidas y aquellas a las que el Comit Especial hubiese otorgado plazo de subsanacin, pasarn a la evaluacin tcnica.

En aquellos casos en los que se hubiese otorgado plazo para la subsanacin de la propuesta, el Comit Especial deber determinar si se cumpli o no con la subsanacin solicitada. Si luego de vencido el plazo otorgado, no se cumple con la subsanacin, el Comit Especial tendr la propuesta por no admitida.

Una vez cumplida la subsanacin de la propuesta o vencido el plazo otorgado para dicho efecto, se continuar con la evaluacin de las propuestas tcnicas admitidas, asignando los puntajes correspondientes, conforme a la metodologa de asignacin de puntaje establecida para cada factor.

Las propuestas tcnicas que no alcancen el puntaje mnimo de ochenta (80) puntos, sern descalificadas en esta etapa y no accedern a la evaluacin econmica.

En caso se hubiese previsto la presentacin de propuestas en ACTO PRIVADO, en la evaluacin se deber tener en consideracin lo siguiente:

Se proceder a la apertura de las propuestas tcnicas presentadas y se verificar que contengan los documentos de presentacin obligatoria y cumplan con los requerimientos tcnicos mnimos contenidos en las presentes Bases. Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos no sern admitidas.En el caso que de la revisin de la propuesta se adviertan defectos de forma, tales como errores u omisiones subsanables en los documentos presentados que no modifiquen el alcance de la propuesta tcnica, o la omisin de presentacin de uno o ms documentos que acrediten el cumplimiento de los requerimientos tcnicos mnimos siempre que se trate de documentos emitidos por autoridad pblica nacional o un privado en ejercicio de funcin pblica, tales como autorizaciones, permisos, ttulos, constancias y/o certificados que acrediten estar inscrito o integrar un registro, y otros de naturaleza anloga, para lo cual deben haber sido obtenidos por el postor con anterioridad a la fecha establecida para la presentacin de propuestas, se actuar conforme lo dispuesto en el artculo 68 del Reglamento. Este es el nico momento en que puede otorgarse plazo para subsanar la propuesta tcnica.

IMPORTANTE:

En tanto OSCE no comunique a travs de su portal institucional la implementacin del mecanismo de notificacin electrnica en el SEACE para la Entidad, el Comit Especial deber notificar al postor el requerimiento de subsanacin de la propuesta tcnica en forma personal, conforme a lo dispuesto por la Dcima Disposicin Complementaria Transitoria del Reglamento.En el caso de advertirse que la propuesta no cumple con lo requerido por las Bases, y no se encuentre dentro de los supuestos sealados en el prrafo anterior, se tendr por no admitida. El Comit Especial incluir el motivo de esa decisin en el acta de los resultados del proceso que se publicar en el SEACE, debiendo devolver los sobres que contienen la propuesta tcnica y econmica, una vez consentido el otorgamiento de la Buena Pro.

Slo aquellas propuestas admitidas y aquellas a las que el Comit Especial hubiese otorgado plazo de subsanacin, pasarn a la evaluacin tcnica.

En aquellos casos en los que se hubiese otorgado plazo para la subsanacin de la propuesta, el Comit Especial deber determinar si se cumpli o no con la subsanacin solicitada. Si luego de vencido el plazo otorgado, no se cumple con la subsanacin, el Comit Especial tendr la propuesta por no admitida.

Una vez cumplida la subsanacin de la propuesta o vencido el plazo otorgado para dicho efecto, se continuar con la evaluacin de las propuestas tcnicas admitidas, asignando los puntajes correspondientes, conforme a la metodologa de asignacin de puntaje establecida para cada factor.

Las propuestas tcnicas que no alcancen el puntaje mnimo de ochenta (80) puntos, sern descalificadas en esta etapa y no accedern a la evaluacin econmica.

En caso de la descalificacin de la propuesta, el Comit Especial incluir el motivo de esa decisin en el acta de los resultados del proceso que publicar en el SEACE.

1.11.2. EVALUACIN ECONMICA

Si la propuesta econmica excede el valor referencial, ser devuelta por el Comit Especial y se tendr por no presentada, conforme lo establece el artculo 33 de la Ley.

La evaluacin econmica consistir en asignar el puntaje mximo establecido a la propuesta econmica de menor monto. Al resto de propuestas se les asignar un puntaje inversamente proporcional, segn la siguiente frmula:

Pi = Om x PMPEOiDonde:

i

= Propuesta

Pi

= Puntaje de la propuesta econmica i

Oi

= Propuesta Econmica i

Om

= Propuesta Econmica de monto o precio ms bajo

PMPE

= Puntaje Mximo de la Propuesta Econmica

IMPORTANTE: En caso el proceso se convoque bajo el sistema de precios unitarios, tarifas o porcentajes, el Comit Especial deber verificar las operaciones aritmticas de la propuesta que obtuvo el mayor puntaje total y, de existir alguna incorreccin, deber corregirla a fin de consignar el monto correcto y asignarle el lugar que le corresponda. Dicha correccin debe figurar expresamente en el acta respectiva.

Slo cuando se haya previsto (segn el caso concreto) aceptar propuestas econmicas que incluyan propuestas de financiamiento, la propuesta econmica se evaluar utilizando el mtodo del valor presente neto del flujo financiero que comprenda los costos financieros y el repago de la deuda. Se tomarn en cuenta todos los costos del financiamiento, tales como la tasa de inters, comisiones, seguros y otros, as como la contrapartida de la Entidad si fuere el caso, conforme a las disposiciones contenidas en el artculo 70 del Reglamento.1.12. OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO

En caso el otorgamiento de la Buena Pro se realice en ACTO PBLICO, se deber tener en consideracin lo siguiente:

En la fecha y hora sealada en las Bases, el Comit Especial se pronunciar sobre la admisin y la evaluacin tcnica de las propuestas, comunicando los resultados de esta ltima.El Comit Especial proceder a la apertura de los sobres que contienen las propuestas econmicas de aquellos postores cuyas propuestas tcnicas hubieran alcanzado el puntaje tcnico mnimo requerido en las Bases.

La evaluacin de las propuestas econmicas se realizar de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases.

La determinacin del puntaje total se har de conformidad con el artculo 71 del Reglamento.

IMPORTANTE:

En el caso de contratacin de servicios a ser prestados fuera de las provincias de Lima y Callao, a solicitud del postor, se asignar una bonificacin equivalente al diez por ciento (10%) sobre la sumatoria de las propuestas tcnica y econmica de los postores con domicilio en la provincia donde se prestar el servicio objeto del proceso de seleccin o en las provincias colindantes, sean o no pertenecientes al mismo departamento o regin. El domicilio ser el consignado en la constancia de inscripcin ante el RNP.

El Comit Especial proceder a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, dando a conocer los resultados del proceso de seleccin a travs de un cuadro comparativo en el que se consignar el orden de prelacin en que han quedado calificados los postores, detallando los puntajes tcnico, econmico y total obtenidos por cada uno de ellos.

En el supuesto que dos (2) o ms propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuar observando lo sealado en el artculo 73 del Reglamento.

Al terminar el acto pblico se levantar un acta, la cual ser suscrita por el Notario (o Juez de Paz), por todos los miembros del Comit Especial, as como por los veedores y los postores que deseen hacerlo.

El otorgamiento de la Buena Pro se presumir notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregar a los postores copia del acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados en cada factor de evaluacin. Dicha presuncin no admite prueba en contrario. Esta informacin se publicar el mismo da en el SEACE.En caso que el otorgamiento de la Buena Pro se realice en ACTO PRIVADO, se deber tener en consideracin lo siguiente:

El Comit Especial proceder a la apertura de los sobres que contienen las propuestas econmicas de aquellos postores cuyas propuestas tcnicas hubieran alcanzado el puntaje tcnico mnimo requerido en las Bases.La evaluacin de las propuestas econmicas se realizar de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases.

La determinacin del puntaje total se har de conformidad con el artculo 71 del Reglamento.

IMPORTANTE:

En el caso de contratacin de servicios a ser prestados fuera de las provincias de Lima y Callao, a solicitud del postor, se asignar una bonificacin equivalente al diez por ciento (10%) sobre la sumatoria de las propuestas tcnica y econmica de los postores con domicilio en la provincia donde se prestar el servicio objeto del proceso de seleccin o en las provincias colindantes, sean o no pertenecientes al mismo departamento o regin. El domicilio ser el consignado en la constancia de inscripcin ante el RNP .El Comit Especial proceder a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, elaborando en forma previa un cuadro comparativo en el que se consignar el orden de prelacin en que han quedado calificados los postores, detallando los puntajes tcnico, econmico y total obtenidos por cada uno de ellos.

En el supuesto que dos (2) o ms propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuar observando lo sealado en el artculo 73 del Reglamento.

Al terminar el acto se levantar un acta, la cual ser suscrita por todos los miembros del Comit Especial, as como por los veedores, de ser el caso.El otorgamiento de la Buena Pro se publicar y se entender notificado a travs del SEACE, el mismo da de su realizacin, bajo responsabilidad del Comit Especial, debiendo incluir el acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo.

1.13. CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO

Cuando se hayan presentado dos (2) o ms propuestas, el consentimiento de la Buena Pro se producir a los cinco (5) das hbiles de la notificacin de su otorgamiento, sin que los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelacin. En este caso, el consentimiento se publicar en el SEACE al da hbil siguiente de haberse producido.

En el caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la Buena Pro se producir el mismo da de la notificacin de su otorgamiento, y podr ser publicado en el SEACE ese mismo da o hasta el da hbil siguiente.

1.14. CONSTANCIA DE NO ESTAR INHABILITADO PARA CONTRATAR CON EL ESTADO

De acuerdo con el artculo 282 del Reglamento, a partir del da hbil siguiente de haber quedado consentida la Buena Pro o de haberse agotado la va administrativa conforme a lo previsto en el artculo 115 del Reglamento, hasta el dcimo quinto da hbil de producido tal hecho, el postor ganador de la Buena Pro debe solicitar ante el OSCE la expedicin de la constancia de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.

El OSCE no expedir constancias solicitadas fuera del plazo establecido.CAPTULO IISOLUCIN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE SELECCIN

1.15. RECURSO DE APELACINA travs del recurso de apelacin se impugnan los actos dictados durante el desarrollo del proceso de seleccin, desde la convocatoria hasta aquellos emitidos antes de la celebracin del contrato.

El recurso de apelacin se presenta ante la Entidad que convoc el proceso de seleccin y es resuelto por el Titular de la Entidad o el funcionario a quien este haya delegado dicha facultad.

Los actos emitidos por el Titular de la Entidad que declaren la nulidad de oficio o cancelen el proceso, podrn impugnarse ante el Tribunal de Contrataciones del Estado.1.16. PLAZOS DE INTERPOSICIN DEL RECURSO DE APELACIN

La apelacin contra el otorgamiento de la Buena Pro o contra los actos dictados con anterioridad a ella debe interponerse dentro de los cinco (5) das hbiles siguientes de haberse otorgado la Buena Pro.

La apelacin contra los actos distintos a los indicados en el prrafo anterior debe interponerse dentro de los cinco (5) das hbiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar.CAPTULO IIIDEL CONTRATO

1.17. DEL PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la Buena Pro, dentro de los doce (12) das hbiles siguientes, sin mediar citacin alguna, el postor ganador deber presentar a la Entidad la documentacin para la suscripcin del contrato prevista en las Bases. Asimismo, dentro de los tres (3) das hbiles siguientes a la presentacin de dicha documentacin, deber concurrir ante la Entidad para suscribir el contrato. En el supuesto que el postor ganador no presente la documentacin y/o no concurra a suscribir el contrato, segn corresponda, en los plazos antes indicados, se proceder de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 3 del artculo 148 del Reglamento.

El contrato ser suscrito por la Entidad, a travs del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratndose de persona natural, y tratndose de persona jurdica, a travs de su representante legal, de conformidad con lo establecido en el artculo 139 del Reglamento.

Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deber presentar, adems de los documentos previstos en las Bases, los siguientes: Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.

Garanta por el monto diferencial de propuesta, en caso corresponda.

Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso.

Cdigo de cuenta interbancario (CCI).1.18. VIGENCIA DEL CONTRATO

En aplicacin de lo dispuesto en el artculo 149 del Reglamento, el contrato tiene vigencia desde el da siguiente de la suscripcin del documento que lo contiene. Dicha vigencia rige hasta que el funcionario competente d la conformidad de la recepcin de la prestacin a cargo del contratista y se efecte el pago correspondiente. 1.19. DE LAS GARANTAS

1.19.1. GARANTA POR EL MONTO DIFERENCIAL DE PROPUESTA

Cuando la propuesta econmica fuese inferior al valor referencial en ms del diez por ciento (10%) de ste, para la suscripcin del contrato, el postor ganador deber presentar una garanta adicional por un monto equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta econmica. Dicha garanta deber tener vigencia hasta la conformidad de la recepcin de la prestacin a cargo del contratista.1.20. REQUISITOS DE LAS GARANTAS

Las garantas que se presenten debern ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realizacin automtica en el pas al slo requerimiento de la Entidad. Asimismo, deben ser emitidas por empresas que se encuentren bajo la supervisin de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, y deben estar autorizadas para emitir garantas; o estar consideradas en la lista actualizada de bancos extranjeros de primera categora que peridicamente publica el Banco Central de Reserva del Per.

IMPORTANTE:

Corresponde a la Entidad verificar que las garantas presentadas por los postores o contratistas cumplen con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptacin y eventual ejecucin.

1.21. EJECUCIN DE GARANTASLas garantas se harn efectivas conforme a las estipulaciones contempladas en el artculo 164 del Reglamento.

1.22. ADELANTOS

La Entidad entregar adelantos directos, conforme a lo previsto en el artculo 171 del Reglamento, siempre que ello haya sido previsto en la seccin especfica de las Bases.

En el supuesto que no se entregue el adelanto en el plazo previsto, el contratista tiene derecho a solicitar la ampliacin del plazo de ejecucin de la prestacin por el nmero de das equivalente a la demora, conforme al artculo 172 del Reglamento.

1.23. DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

Las penalidades por retraso injustificado en la ejecucin del servicio y las causales para la resolucin del contrato, sern aplicadas de conformidad con los artculos 165 y 168 del Reglamento, respectivamente.

De acuerdo con los artculos 48 de la Ley y 166 del Reglamento, en las Bases o el contrato podrn establecerse penalidades distintas a la mencionada en el artculo 165 del Reglamento, siempre y cuando sean objetivas, razonables y congruentes con el objeto de la convocatoria, hasta por un monto mximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del tem que debi ejecutarse. Estas penalidades se calcularn de forma independiente a la penalidad por mora.

1.24. PAGOSLa Entidad deber realizar todos los pagos a favor del contratista por concepto de los servicios objeto del contrato. Dichos pagos se efectuarn despus de ejecutada la respectiva prestacin; salvo que, por razones de mercado, el pago del precio sea condicin para la realizacin del servicio.La Entidad deber pagar las contraprestaciones pactadas a favor del contratista en la forma y oportunidad (pago nico o pagos parciales) establecida en las Bases o en el contrato, siempre que el contratista los solicite presentando la documentacin que justifique el pago y acredite la ejecucin de la prestacin de los servicios, conforme a la seccin especfica de las Bases.

Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la prestacin de los servicios, deber hacerlo en un plazo que no exceder de los diez (10) das calendario de ser stos prestados, a fin que la Entidad cumpla con la obligacin de efectuar el pago dentro de los quince (15) das calendario siguientes, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el contrato.

En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago se realizar de acuerdo a lo que se indique en el contrato de consorcio.

En caso de retraso en el pago, el contratista tendr derecho al pago de intereses conforme a lo establecido en el artculo 48 de la Ley, contado desde la oportunidad en que el pago debi efectuarse.1.25. DISPOSICIONES FINALES

Todos los dems aspectos del presente proceso no contemplados en las Bases se regirn supletoriamente por la Ley y su Reglamento, as como por las disposiciones legales vigentes.

SECCIN ESPECFICA

CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCESO DE SELECCIN

CAPTULO IGENERALIDADES

1.1. ENTIDAD CONVOCANTE

Nombre:Direccin Regional de Transportes y Comunicaciones Ayacucho

RUC N:N: 20365228109

Domicilio legal:Jr. Manuel Gonzles Prada N 325 Jess Nazareno Departamento de Ayacucho

Telfono/Fax:066-312523

Email:[email protected]

1.2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA

El presente proceso de seleccin tiene por objeto la contratacin del servicios para el Mantenimiento Rutinario Manual por Resultados, de la Carretera: Soliscucho - Punqui - Huarcca - Chungui, Tramo II (Km 26+000 al Km 51+808), Longitud = 25.808 Km, ubicado en el Distrito de: Anco, Provincia de La Mar y Departamento de Ayacucho,1.3. VALOR REFERENCIAL

El valor referencial asciende a Ochenta y ocho mil ochocientos siete con 01/100 Nuevos Soles (S/. 88,807.01), incluido los impuestos de Ley y cualquier ro concepto que incida en el costo total del servicio. El valor referencial ha sido calculado al mes de Febrero 2015.IMPORTANTE: Las propuestas econmicas no pueden exceder el monto consignado en las Bases como valor referencial de conformidad con el artculo 33 de la Ley. No existe un lmite mnimo como tope para efectuar dichas propuestas.

1.4. EXPEDIENTE DE CONTRATACIN

El expediente de contratacin fue aprobado con el Memorando N 0167 -2015-GRA-GG-GRI-DRTCA del 13 de Febrero 2015.1.5. FUENTE DE FINANCIAMIENTO

Recursos Ordinarios IMPORTANTE: La fuente de financiamiento debe corresponder a aquellas previstas en la Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Pblico del ao fiscal en el cual se convoca el proceso de seleccin.

1.6. SISTEMA DE CONTRATACIN

El presente proceso se rige por el sistema de SUMA ALZADA, de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratacin respectivo.

1.7. ALCANCES DEL REQUERIMIENTO

El servicio a contratar est definido en los Requerimientos Tcnicos Mnimos que forman parte de la presente Seccin en el Captulo III.

1.8. PLAZO DE PRESTACIN DEL SERVICIO

Los servicios materia de la presente convocatoria se prestarn en el plazo de 300 das calendario. Dicho plazo constituye un requerimiento tcnico mnimo que debe coincidir con lo establecido en el expediente de contratacin.1.9. COSTO DE REPRODUCCIN DE LAS BASES

S/. 10.00 nuevos soles 1.10. BASE LEGAL

Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.

Ley N 30281 - Ley de Presupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal 2015. Decreto Legislativo N 1017-Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley y modificatorias. Decreto supremo N 184-2008-EF-Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en Adelante Reglamento y Modificatoria. Manual Tcnico de Mantenimiento Rutinario para la Red Vial Departamental No Pavimentada, aprobado por Resolucin Directoral N 015-2006-MTC. Convenio Marco de Adhesin del Programa de Caminos Departamentales, aprobado con Resolucin Ejecutiva Regional N 329-06-GRA/PRESLas referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.CAPTULO IIDEL PROCESO DE SELECCIN

1.11. CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIN

ETAPAFECHALUGAR Y HORA

Convocatoria21/05/2015A travs del SEACE

Registro de Participantes22/05/2015 al 03/06/2015Oficina de Abastecimiento, en horario de oficina, De 8:00 a 16:00 horas - Jr. Mariano Melgar N 454 - Jess Nazareno

Formulacin de consultas y observaciones a las bases 22/05/2015 al 27/05/2015Ante la Ventanilla de Mesa de Partes de la Entidad Jr. Mariano Melgar N 454, Jess Nazareno, De 8:00 a 16:00 horas

Absolucin de consultas y observaciones a las bases01/06/2015A travs del SEACE

Integracin de Bases02/06/2015A travs del SEACE

Presentacin de Propuestas05/06/2015Ventanilla de Mesa de Partes de la DRTCA, Jr. Mariano Melgar N 454 Jess Nazareno, De 8:00 a 16:00 horas

Calificacin Evaluacin de Propuestas08/06/201509/06/2015Unidad de Caminos

Otorgamiento de la Buena Pro10/06/2015A travs del SEACE

1.12. REGISTRO DE PARTICIPANTES

El registro de los participantes es gratuito y se realizar en Unidad de Abastecimientos y Servicios Auxiliares de la DRTCA, sito en Jr. Mariano Melgar N 454, Distrito Jess Nazareno Prov. Huamanga Dpto. Ayacucho (2do piso), en las fechas sealadas en el cronograma, en el horario de 8:00 a 16:00 horas.En el momento del registro, se emitir la constancia o cargo correspondiente en el que se indicar: nmero y objeto del proceso, el nombre y firma de la persona que efectu el registro, as como el da y hora de dicha recepcin.

1.13. FORMULACIN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES

Las consultas y observaciones se presentarn por escrito, debidamente fundamentadas, ante la ventanilla de Mesa de Partes de la Entidad (Unidad de Trmite Documentario) o la que haga sus veces, sito en Jr. Manuel Gonzlez Prada N 454, Distrito Jess Nazareno Provincia Huamanga Departamento Ayacucho, en las fechas sealadas en el cronograma, en el horario de 8:00 a 16:00 horas. Debiendo estar dirigidos al Presidente del Comit Especial de la ADJUDICACIN DIRECTA SELECTIVA N 016-2015-GRA-DRTCA, pudiendo ser remitidas adicionalmente al siguiente correo electrnico: [email protected]. PRESENTACIN DE PROPUESTAS

Los participantes presentarn sus propuestas en sobre cerrado, en la ventanilla de Mesa de Partes de la Entidad (Unidad de Trmite Documentario) o la que haga sus veces, sito en Jr. Mariano Melgar N 454, Dist. Jess Nazareno Prov. Huamanga Dpto. Ayacucho, en la fecha y horario sealados en el cronograma, bajo responsabilidad del Comit Especial.

Las propuestas (Tcnica y Econmica) se presentarn en dos (2) sobres debidamente cerrados y/o lacrados y estarn dirigidas al Comit Especial de la ADJUDICACIN DIRECTA SELECTIVA N 016-2015-GRA-DRTCA, conforme al siguiente detalle:

SOBRE N 1: Propuesta Tcnica. El sobre ser rotulado:

SOBRE N 2: Propuesta Econmica. El sobre ser rotulado:

1.15. CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS

1.15.1. SOBRE N 1 - PROPUESTA TCNICA

Se presentar en un (01) original y una (01) copia.El sobre N 1 contendr, adems de un ndice de documentos, la siguiente documentacin:

Documentacin de presentacin obligatoria:

a) Declaracin jurada de datos del postor.

Cuando se trate de consorcio, esta declaracin jurada ser presentada por cada uno de los consorciados (Anexo N 1).

b) Declaracin jurada de cumplimiento de los Requerimientos Tcnicos Mnimos contenidos en el Captulo III de la presente seccin (Anexo N 2).

c) Declaracin jurada simple de acuerdo al artculo 42 del Reglamento (Anexo N 3). En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaracin jurada, salvo que sea presentada por el representante comn del consorcio.

d) Promesa formal de consorcio, de ser el caso, en la que se consigne los integrantes, el representante comn, el domicilio comn y las obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes del consorcio as como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones. (Anexo N 4)

La promesa formal de consorcio deber ser suscrita por cada uno de sus integrantes.

Se presume que el representante comn del consorcio se encuentra facultado para actuar en nombre y representacin del mismo en todos los actos referidos al proceso de seleccin, suscripcin y ejecucin del contrato, con amplias y suficientes facultades.e) Declaracin jurada de plazo de prestacin del servicio (Anexo N 5).f) Relacin del personal que efectuar el servicio de mantenimiento rutinario vial materia de la convocatoria, adjuntando copia simple de DNI Vigente, debiendo ser segn Sistema de Gestin de Mantenimiento Vial - GEMA, un mnimo de 07 personas. Anexo N 12a g) Declaracin Jurada, en que el postor declara contar con herramientas en buen estado y en cantidad suficiente, segn el Manual Tcnico de Mantenimiento Rutinario para la Red Vial Departamental no Pavimentada, que la empresa pondr a disposicin para ejecutar las actividades de mantenimiento rutinario vial. Adjuntar la relacin y cantidad detallada de herramientas con las que cuenta. Anexo N 13h) Declaracin Jurada, en que la empresa se compromete a pagar al personal encargado de ejecutar las actividades de mantenimiento rutinario vial, el monto mnimo diario de S/. 25.00 (Veinticinco con 00/100 Nuevos Soles), de lunes a viernes. Anexo N 14, as mismo el importe a pagar del Responsable Tcnico en forma mensual.IMPORTANTE: La omisin de alguno de los documentos enunciados acarrear la no admisin de la propuesta, sin perjuicio de lo sealado en el artculo 68 del Reglamento.Documentacin de presentacin facultativa:

a) Certificado de inscripcin o reinscripcin en el registro de la Micro y Pequea Empresa REMYPE, de ser el caso.b) En el caso de microempresas y pequeas empresas integradas por personas con discapacidad, o en el caso de consorcios conformados en su totalidad por stas, deber presentarse una constancia o certificado con el cual acredite su inscripcin en el Registro de Empresas Promocionales para Personas con Discapacidad.c) El postor deber presentar la descripcin del servicio ofertado, en funcin al inventario vial fsico indicando las principales actividades a efectuar durante la vigencia del contrato la que debe ser concordante con las condiciones, caractersticas y las especificaciones tcnicas del servicio indicadas en el captulo IV, Anexo 06, Anexo 07, Anexo 08, de las bases, debidamente calculadas, y como consecuencia con su cronograma de actividades mensualizado (diagrama de barra con metrado correspondiente de cada actividad por mes: Formato Libre), de acuerdo al Manual Tcnico de Mantenimiento Rutinario para la Red Vial Departamental No Pavimentada, la que debe ser consistente y concordante con la descripcin del Servicio Ofertado. As mismo elaborar un croquis de fuentes de agua y cantera. d) Solicitud de bonificacin del diez por ciento (10%) por servicios prestados fuera de lima y callao, segn formato. Anexo N 11.e) RESPONSABLE TECNICO DE MANTENIMIENTO RUTINARIO VIALEl postor participante deber presentar un Responsable Tcnico de Mantenimiento Rutinario Vial, con una experiencia mnima de un (01) ao, en mantenimiento vial, los cuales sern sustentados con el Anexo N 15 y 16 de la presente base administrativa.

El Responsable tcnico de Mantenimiento Rutinario Vial, deber contar un perfil mnimo el Titulo de nivel No Universitario (Construccin Civil), Estudiante del ltimo ao acadmico en Ingeniera y/o carreras afines superiores a las anteriores, de los cuales deber adjuntar el curriculum vitae documentado en copia simple especficamente de la actividad vial, teniendo en cuenta el Criterio de Evaluacin Tcnica del Captulo IV Numeral 1), as mismo dicho Responsable Tcnico deber tener capacidad de programacin y valorizar de actividades del servicio de mantenimiento rutinario vial de carreteras.

RESPONSABILIDADES: El Responsable tcnico de Mantenimiento Rutinario Vial, deber brindar los siguientes servicios a favor de la microempresa o asociacin de mantenimiento rutinario vial:

Dirigir la ejecucin de las actividades de mantenimiento rutinario vial, segn el Manual Tcnico de Mantenimiento Rutinario para la Red Vial Departamental No Pavimentada.

Capacitar al personal de la microempresa o asociacin en la correcta ejecucin de las actividades de mantenimiento rutinario vial.

Permanencia en actividad 04 (Cuatro) das como mnimo de asistencia tcnica por tramo mensual (01 da por semana). Coordinar constantemente con el Supervisor, Inspector o Monitor Vial de la Entidad.

Elaborar los informes mensuales.

Elaborar las valorizaciones mensuales.

Elaborar las programaciones mensuales.

Elaborar los inventarios viales.

Elaborar las liquidaciones.

Otras inherentes al mantenimiento rutinario vial.

NOTA: El Responsable Tcnico Propuesto por la empresa y adjudicado en dicho proceso de seleccin bajo ningn motivo podr ser reemplazado salvo fuerza mayor.

Por cada inasistencia del responsable tcnico se sancionara a la empresa con el 25% del haber mensual del responsable tcnico IMPORTANTE: Los postores que soliciten el beneficio de la exoneracin del IGV previsto en la Ley N 27037, Ley de Promocin de la Inversin en la Amazona, deben presentar la declaracin jurada de cumplimiento de condiciones para la aplicacin de la exoneracin del IGV (Anexo N 10).

En el caso de consorcios, todos los integrantes que figuran en la promesa formal de consorcio deben reunir las condiciones exigidas para acceder al beneficio de la exoneracin del IGV, debiendo presentar de manera independiente la declaracin jurada antes sealada.

En caso exista contradiccin entre la informacin presentada en la propuesta tcnica, la propuesta ser descalificada.

1.15.2. SOBRE N 2 - PROPUESTA ECONMICA

El Sobre N 2 deber contener la siguiente informacin obligatoria:

Oferta econmica expresada en la moneda del valor referencial y el detalle de los precios cuando este sistema haya sido establecido en las Bases (Anexo N 09)El monto total de la propuesta econmica deber ser expresado con dos decimales.IMPORTANTE:

La admisin de la propuesta econmica que presenten los postores depender de si aquella se encuentra dentro los mrgenes establecidos en el artculo 33 de la Ley y el artculo 39 de su Reglamento.

En caso la informacin contenida en la propuesta econmica difiera de la informacin contenida en la propuesta tcnica, la propuesta econmica ser descalificada.1.16. DETERMINACIN DEL PUNTAJE TOTAL

Una vez evaluadas las propuestas tcnica y econmica se proceder a determinar el puntaje total de las mismas.

El puntaje total de las propuestas ser el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la siguiente frmula:

PTPi = c1 PTi + c2 PEi

Donde:

PTPi = Puntaje total del postor i

PTi = Puntaje por evaluacin tcnica del postor i

PEi = Puntaje por evaluacin econmica del postor i

Se Aplicarn Las Siguientes Ponderaciones:c1 =Coeficiente de ponderacin para la evaluacin tcnica. = 0.70c2

=Coeficiente de ponderacin para la evaluacin econmica. = 0.30Donde: c1 + c2 = 1.00

IMPORTANTE:

En caso se hubiese presentado dentro de la propuesta tcnica la solicitud de bonificacin por servicios ejecutados en la provincia o provincias colindantes (Anexo N 11), se asignar una bonificacin equivalente al diez por ciento (10%) sobre la sumatoria de las propuestas tcnica y econmica de los postores con domicilio en la provincia donde se prestar el servicio objeto del proceso de seleccin o en las provincias colindantes, sean o no pertenecientes al mismo departamento o regin. El domicilio ser el consignado en la constancia de inscripcin ante el RNP.

1.17. REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIN DEL CONTRATO

El postor ganador de la Buena Pro deber presentar los siguientes documentos para suscribir el contrato:

a) Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.

b) Garanta por el monto diferencial de la propuesta, de ser el caso. Presentar Carta Fianzac) Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso.d) Domicilio para efectos de la notificacin durante la ejecucin del contrato.

e) Correo electrnico para notificar la orden de servicio, en el caso que habiendo sido convocado el proceso por relacin de tems, el valor referencial del tem adjudicado corresponda al proceso de Adjudicacin de Menor Cuanta, de ser el caso.f) Copia de DNI vigente del Representante Legalg) Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa.h) Copia de la constitucin de la empresa y sus modificatorias debidamente actualizadoi) Copia del RUC de la empresaj) Carta de Autorizacin para el pago con abonos en la cuenta bancaria del proveedor(C.C.I.) conforme lo establece la Directiva de Tesorera N.001-2007-EF/77.15.ANEXO 17 Y 18IMPORTANTE:

En caso de que el postor ganador de la Buena Pro sea un consorcio y la Entidad opte por solicitar como garanta para la suscripcin del contrato carta fianza o pliza de caucin, conforme a lo indicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones en los Oficios N 5196-2011-SBS y N 15072-2012-SBS, a fin de que no existan problemas en la ejecucin de las mencionadas garantas, resulta necesario que stas consignen en su texto, el nombre, denominacin o razn social de todas y cada una de las personas naturales y/o jurdicas que integran el consorcio .

La Entidad no podr exigir documentacin o informacin adicional a la consignada en el presente numeral para la suscripcin del contrato.

1.18. PLAZO PARA LA SUSCRIPCIN DEL CONTRATO

El postor ganador de la Buena Pro, sin mediar citacin alguna por parte de la Entidad, deber presentar toda la documentacin prevista para la suscripcin del contrato dentro del plazo de Doce (12) das hbiles, contados a partir del da siguiente de consentida la Buena Pro. Asimismo, dentro de los tres (3) das hbiles siguientes a la presentacin de dicha documentacin, deber concurrir ante la Entidad para suscribir el contrato.La citada documentacin deber ser presentada en Unidad de Abastecimientos y Servicios Auxiliares de la DRTCA, Jr. Mariano Melgar N 454, Dist. Jess Nazareno Prov. Huamanga Dpto. Ayacucho (2do. piso). . 1.19. FORMA DE PAGO

La Entidad deber realizar el pago de la contraprestacin pactada a favor del contratista en pagos parciales en forma mensual que corresponde al 10% del monto del contrato original.De acuerdo con el artculo 176 del Reglamento, para efectos del pago de las contraprestaciones ejecutadas por el contratista, la Entidad deber contar con la siguiente documentacin:

Recepcin y conformidad del PCD (Programa de Caminos Departamentales) y la Subdireccin de Estudios, Supervisin y Liquidacin de Obras. Informe del funcionario responsable del rea usuaria emitiendo su conformidad de la prestacin efectuada.

Factura. Informe mensual de la microempresa, conteniendo la informacin requerida por el rea usuaria.1.20. PLAZO PARA EL PAGO

La Entidad debe efectuar el pago dentro de los diez (10) das calendario siguiente al otorgamiento de la conformidad respectiva, siempre que se verifiquen las dems condiciones establecidas en el contrato.CAPTULO IIITRMINOS DE REFERENCIA Y REQUERIMIENTOS TCNICOS MNIMOS

REQUERIMIENTOS TCNICOS MNIMOS

TRMINOS DE REFERENCIA PARA LA CONTRATACIN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO RUTINARIO MANUAL POR RESULTADOS DE LA CARRETERA DEL PROGRAMA DE CAMINOS DEPARTAMENTALES DE AYACUCHO.

1. ESPECIFICACIONES TECNICAS DE SERVICIO

1.1OBJETO DE LA CONTRATACIN:

El presente proceso tiene la finalidad de seleccionar a la persona natural o jurdica debidamente constituida para que preste los servicios para el Mantenimiento Rutinario Manual por Resultados, de la Carretera: Soliscucho - Punqui - Huarcca - Chungui, Tramo II (Km 26+000 al Km 51+808), Longitud = 25.808 Km, ubicado en el Distrito de: Anco, Provincia de La Mar y Departamento de Ayacucho, para lo cual deber hacer uso intensivo de mano de obra que no requiere alto grado de calificacin y empleando a los pobladores que radican en las zonas adyacentes al tramo o en los centros poblados que el camino interconecte.

Los servicios prestados debern garantizar la adecuada transitabilidad y accesibilidad del camino, y stos debern estar de acuerdo a los trminos de referencia establecidos en el presente captulo. Las actividades programadas se adjuntan en el siguiente cuadro; sin embargo cabe indicar que los metrados consignados son una propuesta del rea usuaria y el postor puede mejorar el servicio ofertado:

1.2PLAZO DE EJECUCION DEL SERVICIO

El servicio ser ejecutado en (300) das calendarios, el cual ser valorizado en forma mensual.1.3FORMA DE EJECUCION DEL SERVICIO

La forma de ejecucin del servicio ser la siguiente:

sta se iniciar inmediatamente despus de firmado el contrato, cumpliendo las actividades de mantenimiento rutinario en las formas y respetando lo establecido en el Manual Tcnico de Mantenimiento Rutinario para la red vial no pavimentada que se entregar una vez firmado el contrato y efectuada la entrega del terreno.

De ser necesario, el servicio ser suspendido una vez que se inicien las actividades de mantenimiento peridico de las Carreteras, valorizndose el trabajo realizado hasta el momento de la suspensin de las actividades. Una vez culminadas las actividades de mantenimiento peridico de carreteras se retomarn las actividades de mantenimiento rutinario debiendo las microempresas cumplir con las actividades en las formas y respetando lo establecido en el Manual Tcnico de mantenimiento rutinario para la red vial no pavimentada.

Cualquier omisin o incumplimiento de las actividades establecidas en las presentes bases y anexos adjuntos sern causales de aplicacin de sanciones o resolucin de contrato, as mismo se aplicar lo indicado en el Anexo N 1A Normas de Evaluacin de Mantenimiento rutinario adjunto a las presentes bases.1.4 ALCANCE DE LOS SERVICIOS REQUERIDOS:

a) Es responsabilidad de la EMPRESA ganadora, suministrar los servicios de mantenimiento rutinario vial de Caminos Departamentales.b) Es responsabilidad de la EMPRESA ganadora presentar mensualmente un plan de trabajo previo al inicio del mes siguiente, el cual deber ser aprobado por la supervisin, caso contrario no podr continuar con las labores encargadas.c) Las actividades a realizar por parte de la empresa al prestar el servicio de mantenimiento rutinario de carreteras para la red vial departamental no pavimentada consistirn en:CODIGOELEMENTOS, ENTORNO Y OPERACIN DEL CAMINOACTIVIDADES

1.0MOVILIZACION Y DESMOVILIZACION1.1 Movilizacin y transporte de personal obrero y herramientas

1.2 Seales preventivas durante el proceso de ejecucin

1.3 Mantenimiento de seales de trnsito y seguridad vial

2.0DERECHO DE VIA2.1 Remocin de pequeos derrumbes

3.0PLATAFORMA DE LA VIA3.1 Limpieza de la plataforma

3.2 Preparacin y transporte de material en cantera para bacheo

3.3 Bacheo manual de plataforma

4.0OBRAS DE DRENAJE Y SUBDRENAJE4.1 Limpieza manual de cunetas sin revestir

4.2 Reconformacin manual de cunetas sin revestir

5.0ALCANTARILLAS Y TAJEAS5.1 Limpieza de alcantarillas

5.2 Reparaciones menores de alcantarillas

5.3 Limpieza y reparacin menor de tajeas

6.0CUIDADO Y VIGILANCIA DE LA VIA6.1 Control de trnsito e IMD

7.0OBRAS DE ARTE7.1 Limpieza de puentes y Pontones

7.2 Limpieza de Badenes

7.3 Limpieza de Cauces de ros

8.0SEALIZACION Y ELEMENTOS DE SEGURIDAD VIAL8.1 Pintado de sardinel de puente

8.2 Refaccin, Limpieza y Pintado de muro letrero del Proyecto

8.3 Limpieza de Hitos kilomtricos o postes de referencia

NOTA: Adicionalmente en Obras de Arte se considerar la actividad: MR 24-I Reparacin de Muro Seco.

d) Garantizar la intervencin del 100% del tramo contratado y asegurar su transitabilidad, para lo cual la microempresa deber realizar las actividades establecidas en el literal c) citado anteriormente y se evaluar en el orden de prioridad establecido en el Anexo N 1A Normas de Evaluacin considerando las siguientes prioridades:

a) Primera prioridad: Seguridad de viaje

b) Segunda prioridad: Mantenimiento de obras de drenaje

c) Tercera prioridad: Otras actividades complementarias con prioridad media bajaCdigoActividadpoca de lluvia (Dic./Ene./Feb./Mar)Despus de lluvias (Abr./May.)poca seca (Jun./Jul.Ago./Sept.)Antes de lluvias (Oct./Nov.)

MR1Limpieza de plataforma1ra Prioridad1ra Prioridad1ra Prioridad1ra Prioridad

MR2Bacheo en afirmado2da Prioridad1ra Prioridad1ra Prioridad1ra Prioridad

MR18Desquinche manual de taludes3ra Prioridad

MR19Remocin de pequeos derrumbes1ra Prioridad

MR3Limpieza de cunetas1ra Prioridad1ra Prioridad2da Prioridad3ra Prioridad

MR8Limpieza de alcantarillas2da Prioridad1ra Prioridad

MR23Limpieza de badenes1ra Prioridad

MR6Limpieza de zanjas de coronacin1ra Prioridad

MR21Limpieza de puentes y pontones1ra Prioridad

MR22Limpieza de cauces3ra Prioridad2da Prioridad

MR16Roce de la franja de derecho de va2da Prioridad2da Prioridad2da Prioridad2da Prioridad

MR25Mantenimiento de las seales verticales3ra Prioridad3ra Prioridad

MR29Siembra de vegetacin nativa3ra Prioridad

MR33Cuidado y vigilancia de la va3ra Prioridad3ra Prioridad3ra Prioridad3ra Prioridad

MR24-IReparacin de muros secos1ra Prioridad

e) Garantizar la presencia del personal estipulado en la Propuesta Tcnica, siendo el nmero mnimo de trabajadores segn lo indicado por la Subdireccin de Estudios, Supervisin y Liquidacin de Obras-PCD (Segn tipologizacin del programa GEMA: 07 personas), y la asesora constante del Jefe de Mantenimiento distribuidos de acuerdo al plan de trabajo previamente aprobado por el Supervisor.f) Garantizar que el personal propuesto para desarrollar las actividades de mantenimiento rutinario, sea el mismo que labore durante el plazo contractual.

g) Deber designar a un Responsable de la ejecucin de las actividades de mantenimiento rutinario: que se encargar del manejo y control del rendimiento del personal en todas las actividades de mantenimiento rutinario vial.h) Cumplir las pautas, indicaciones, procedimientos y dems normas de ejecucin establecidas en el Manual Tcnico de Mantenimiento rutinario para la Red Vial no pavimentada que se entregar al ganador de la Buena Pro.i) Utilizar en forma obligatoria el uniforme determinado por Direccin Regional, durante la jornada de trabajo.j) Ejecutar directamente las labores objeto de este contrato. No se aceptar la subcontratacin o cesin del contrato.k) Comunicar a la brevedad posible la ocurrencia de emergencias o daos en el camino que por su naturaleza excedan el marco del presente contrato y requieran la pronta intervencin de las entidades competentes. En dicho caso, la EMPRESA DE MANTENIMIENTO deber disponer el personal necesario para apoyar las acciones que se ejecuten para recuperar la transitabilidad de la va.l) Absolver oportunamente cualquier observacin escrita remitida por la Direccin Regional en relacin con la ejecucin del contrato.m) Cumplir cualquier disposicin escrita remitida por la Subdireccin de Estudios, Supervisin y Liquidacin de Obras - PCD (Programa de Caminos Departamentales), para mejorar los resultados de las actividades de mantenimiento rutinario.n) Presentar los informes mensuales del servicio ejecutado que incluir el conteo de trfico de acuerdo a los formatos que sern proporcionados en la Direccin de Caminos. ste deber acompaar a la valorizacin mensual para el pago correspondiente. As mismo deber presentar la planilla de pago debidamente firmados y con los montos pagados a cada trabajador.o) Garantizar el monto mnimo diario a pagar a c/trabajador de S/. 25.00, de lunes a viernes.

1.5. ASOCIACIONES O EMPRESAS

Las asociaciones, empresas, microempresas, persona natural y/o jurdica en la condicin de contratista, debern cumplir con los trabajos encomendados bajo responsabilidad, de ser sancionados ser informado al OSCE para su inhabilitacin correspondiente.

1.6.PERSONAL OBRERO

El personal obrero que se requiera para la prestacin del servicio objeto de la convocatoria, deber ser poblador del lugar y/o de otras comunidades.1.7.RESPONSABILIDAD LABORAL

Por la naturaleza del servicio a ejecutar se firmar un contrato el cual no generar vnculo laboral alguno entre el personal de la Microempresa de Mantenimiento y la Direccin Regional de Transportes.1.8. ACTIVIDADES ADICIONALES A LA PRESTACIN a) REFORESTACIN: La EMPRESA DE MANTENIMIENTO, deber comprometer su participacin mediante un plan de trabajo, realizar nueva instalacin y cuidado de los plantones en el tramo adjudicado.

b) SUPERVISIN: La Direccin Regional, supervisar el cumplimiento de las obligaciones a cargo de LAS EMPRESAS DE MANTENIMIENTO, a travs de la Direccin de Caminos de Ayacucho, con domicilio en Jr. Moquegua N 201 Santa Elena, Provincia de Huamanga Departamento de Ayacucho.

La Supervisin incluye la vigilancia y control de las actividades previstas en las presentes bases, la revisin de los cuadernos de mantenimiento, la evaluacin de los resultados y la coordinacin con los Alcaldes para recoger sus observaciones.

Las principales funciones del Supervisor sern:

a) Apoyar a la EMPRESA DE MANTENIMIENTO en la organizacin y programacin mensual de las actividades del mantenimiento rutinario.

b) Inspeccionar y controlar el cumplimiento de las actividades del mantenimiento rutinario de acuerdo a lo programado, cumpliendo los procedimientos tcnicos del Manual Tcnico de Mantenimiento.

c) Verificar la informacin consignada en el cuaderno de obra/servicio de mantenimiento y las cargas de trabajo ejecutadas por la EMPRESA DE MANTENIMIENTO.

d) Controlar las medidas de prevencin y mitigacin que deber considerar la EMPRESA DE MANTENIMIENTO para preservar el medio ambiente; aplicando las recomendaciones contenidas en el Manual Tcnico de Mantenimiento.

e) Supervisar la elaboracin de los conteos de trnsito, en el tramo adjudicado.

f) Asesorar permanentemente a los microempresarios a su cargo, en los temas relacionados con el mantenimiento rutinario de caminos y aspectos administrativos y tcnicas modernas.

g) Evaluar los indicadores de mantenimiento vial y certificar su cumplimiento, para lo cual deber emitir las notificaciones. Para ello aprobar los informes mensuales y las valorizaciones para su pago, verificando que cumplan con los requisitos y condiciones del contrato.

h) Exigir la concurrencia a campo del Responsable Tcnico de Mantenimiento Rutinario Vial, para realizar la direccin tcnica para una adecuada ejecucin de las actividades de mantenimiento rutinario.

i) Elaborar el informe final de supervisin del servicio de mantenimiento, en el cual se analice el comportamiento general de la EMPRESA DE MANTENIMIENTO, el grado de cumplimiento de las labores asignadas, la calidad de los trabajos, los rendimientos y costos, los problemas de solucin pendiente, con su prioridad de atencin y se proponga un programa de trabajo anual para el siguiente ao. Adicionalmente, el informe deber contener todas las recomendaciones que se consideren pertinentes para mejorar la gestin del mantenimiento de los caminos.

j) Es deber de la EMPRESA DE MANTENIMIENTO sujetarse a las pautas que establezca el Supervisor respecto a la prestacin del servicio, sin perjuicio de las disposiciones que establezca la Direccin de Caminos de la Direccin Regional de Transportes y Comunicaciones.

1.9. SANCIONES

1.9.1 POR RETRASO INJUSTIFICADO EN LA EJECUCIN DE LAS PRESTACIONES OBJETO DEL CONTRATO Y POR INASISTENCIA DEL PERSONAL OBRERO:

En caso de retraso injustificado en la ejecucin de las prestaciones objeto del contrato, la Entidad le aplicar al contratista una penalidad por cada da de atraso, hasta por un monto mximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del tem que debi ejecutarse. Esta penalidad ser deducida de los pagos a cuenta, del pago final o en la liquidacin final; o si fuese necesario se cobrar del monto resultante de la ejecucin de las garantas otorgadas por el contratista.En todos los casos, la penalidad se aplicar automticamente y se calcular de acuerdo con la siguiente frmula:En todos los casos, la penalidad se aplicar automticamente y se calcular de acuerdo con la siguiente frmula:Penalidad Diaria = 0.10 x Monto

F x Plazo en das

Donde:

F = 0.40 para plazos menores o iguales a sesenta das.Tanto el monto como el plazo se refieren a la prestacin parcial que fuera materia de retraso. Para efectos del clculo de la penalidad diaria se considerar el monto del contrato vigente.

1.9.2 POR INASISTENCIA DEL PERSONAL: Se aplicar la penalidad de S/. 50.00 por cada trabajador que falte una jornada laboral, el cual se descontar del monto mensual, as mismo por cada inasistencia del responsable tcnico se sancionara a la empresa con descuento del 25% del haber mensual del responsable tcnico.

Cuando se llegue a cubrir el monto mximo de la penalidad, la Entidad podr resolver el contrato por incumplimiento.

La justificacin por el retraso se sujeta a lo dispuesto por el Cdigo Civil y dems normas concordantes.

1.9.3 POR INDICADORES DE SERVICIO: stas se establecern conforme lo indica el Anexo N 1A Normas de evaluacin adjuntas a las presentes bases.

1RA NOTIFICACIN: (DOCUMENTO DE ADVERTENCIA - AMONESTACIN)2DA NOTIFICACIN: (DESCUENTO DEL 5% DEL VALOR MENSUAL DEL CONTRATO - VALORIZACION)3RA NOTIFICACIN: (DESCUENTO DEL 10% DEL VALOR MENSUAL DEL CONTRATO - VALORIZACION)4TA NOTIFICACIN: (DESCUENTO DEL 15% DEL VALOR MENSUAL DEL CONTRATO - VALORIZACION)5TA NOTIFICACIN: RESOLUCION DEL CONTRATO

Son causales de la aplicacin de multas las establecidas en el Anexo N 1A Normas de Evaluacin: Primera, Segunda y Tercera prioridad, adjuntas a las presentes bases.

1.10. RESOLUCIN DE CONTRATO

La Direccin Regional de Transportes y Comunicaciones de Ayacucho se reserva el derecho de resolver el Contrato, cuando LA EMPRESA DE MANTENIMIENTO incumpla reiteradamente sus obligaciones; en dicho caso se ordenar la liquidacin del contrato en el estado en que se encuentre.

De igual manera, se resolver automticamente el contrato cuando se verifique que la empresa no ha cumplido con abonar oportunamente los pagos por las jornadas laboradas al personal a su cargo, o cuando se verifique que la empresa no ha cumplido con abonar el jornal bsico diario de: S/. 25.00 (Veinticinco con 00/100 Nuevos Soles) al personal a su cargo.

ANEXO N 1A

INDICADORES DE MANTENIMIENTO RUTINARIO MANUAL Y TOLERANCIAS DE CUMPLIMIENTO

CdigoActividad de MantenimientoResponsabilidad de la empresaIndicador de Mantenimiento y Tolerancia de cumplimiento

Penalidades

1era.2da.3era4ta5ta

MR1Limpieza de la plataforma

Remover desechos materiales, derrames de productos lubricantes, basuras o cualquier obstculo en forma inmediata. Transportar y botar los desechos en un lugar adecuado.

La plataforma debe permanecer siempre libre de obstculos que afecten la seguridad vial. No puede haber ningn obstculo o material extrao por ms de 48 horas en la plataforma.

Amonestacin5%10%15%Resolucin de contrato

MR2

Bacheo en afirmado

Se obligar a disponer de la mano de obra para tapar los huecos aislados de forma inmediata con material con el material adecuado. Se obligar a informar al Supervisor de la existencia de huecos. Disponer de la mano de obra y las herramientas necesarias para el bacheo.

No se permitir que haya baches en la superficie de rodadura. Los baches puntuales sern reparados antes de 48 horas despus de identificados.

5%10%15%MR3

Limpieza de cunetas.

Limpiar las cunetas con el personal y las herramientas manuales adecuadas.

Las cunetas deben permanecer siempre limpias. No se aceptarn acumulaciones de material en ellas por ms de 48 horas.

5%

10%

15%

MR4

Reconformacin de cunetas no revestidas

Realizar la actividad con el personal y las herramientas manuales adecuadas.

Las cunetas no revestidas deben estar reconformadas antes y durante el perodo de lluvias. En perodos secos la tolerancia lo define el Supervisor.

5%

10%

15%

MR5

Reparacin menor de cunetas revestidas.

Reparar las cunetas revestidas con el personal y las herramientas manuales adecuadas utilizando los materiales aprobados por el Supervisor.

La reparacin de roturas de las cunetas revestidas debe hacerse dentro de los 7 das despus de identificados los daos.

5%

10%

15%

MR6

Limpieza de zanjas de coronacin.

Limpiar las zanjas de coronacin con el personal y las herramientas manuales adecuadas.

Las zanjas de coronacin deben permanecer siempre limpias. No se aceptarn acumulaciones de material u otros desechos por ms de 72 horas.

5%

10%

15%

MR7

Reparacin menor de zanjas de coronacin.

Reparar las zanjas de coronacin con el personal y las herramientas manuales adecuadas utilizando los materiales aprobados por el Supervisor.

La reparacin de roturas de las zanjas debe hacerse dentro de los 7 das despus de identificados los daos.

5%

10%

15%

MR8

Limpieza de Alcantarillas.

Inspeccionar y limpiar las alcantarillas y las obras complementarias de entrada y salida.

El conducto y las estructuras de entrada y salida para el flujo del agua, deben estar siempre limpias. No se permitir ninguna obstruccin por ms de 72 horas.

5%

10%

15%

MR9

Reparacin menor de alcantarillas.

Reparar las alcantarillas con el personal y las herramientas manuales adecuadas utilizando los materiales aprobados por el Supervisor.

La reparacin de roturas menores de cabezales y/o cajas de entrada y aliviaderos de salida, debe hacerse dentro de los 7 das, despus de identificados los daos.

5%

10%

15%

MR10

Limpieza de canales y aliviaderos.

Inspeccionar y limpiar los canales y aliviaderos.

Los canales y los aliviaderos deben estar siempre limpios. No se permite ninguna obstruccin por ms de 72 horas.

5%

10%

15%

MR11

Reparacin menor de canales y aliviaderos.

Reparar los canales y aliviaderos con el personal y las herramientas manuales adecuadas utilizando los materiales aprobados por el Supervisor.

La reparacin de roturas menores, debe hacerse dentro de los 7 das, despus de identificados los daos.

5%

10%

15%

MR12

Limpieza de disipadores de energa.

Inspeccionar y limpiar los disipadores de energa.

Los disipadores de energa deben estar siempre limpios. No se permite ninguna obstruccin por ms de 72 horas.

5%

10%

15%

MR13

Reparacin menor de disipadores de energa.

Reparar los disipadores de energa con el personal y las herramientas manuales adecuadas utilizando los materiales aprobados por el Supervisor.

La reparacin de roturas menores debe hacerse dentro de los 7 das despus de identificados los daos.

5%

10%

15%

MR14

Mantenimiento de subdrenajes

Inspeccionar y limpiar la salida de los subdrenajes.

Las salidas de subdrenajes deben estar siempre limpias. No se permitir subdrenes obstruidos por ms de 7 das.

5%

10%

15%

OTROS INDICADORES DE MANTENIMIENTO RUTINARIO MANUAL Y TOLERANCIAS DE CUMPLIMIENTO

Cdigo

Descripcin

Responsabilidad de la Microempresa

Indicador de Mantenimiento y Tolerancia de cumplimiento

Penalidades

1era.

2da.

3era

4ta

5ta

1

Indumentaria y equipo de seguridad

El personal de la microempresa, debe realizar las actividades de mantenimiento rutinario, con indumentaria de seguridad necesaria como: Chalecos, cascos, etc y tambin debe emplear accesorios de seguridad como: conos y tranqueras

Todo el personal de la microempresa, debe usar indumentaria de seguridad necesaria como: Chalecos, cascos, etc y tambin debe emplear accesorios de seguridad como: conos y tranqueras. En caso no contaran con ellos, o no los tuvieran completos, tendr a ms un mes de plazo para adquirirlos.

Amonestacin

5%

10%

15%

Resolucin de contrato

2

Herramientas

La empresa est en la obligacin de dotar todas las herramientas necesarias, en buen estado y en cantidad suficiente, a todo su personal.

Todo el personal debe usar: herramientas necesarias, en buen estado y en cantidad suficiente, para realizar adecuadamente las actividades de mantenimiento rutinario; acorde a lo consignado en el Manual Tcnico de Mantenimiento Rutinario para la Red Vial Departamental no Pavimentada.

5%

10%

15%

3

Transporte de material de cantera y agua

Para realizar la actividad de bacheo en afirmado: la empresa deber realizar el transporte de material de cantera y agua, acorde a lo consignado en el Manual Tcnico de Mantenimiento Rutinario para la Red Vial Departamental no Pavimentada.

El supervisor ser el encargado de verificar en campo, si la microempresa ha cumplido con el transporte de material de cantera y agua; y segn los datos recabados valorizar la actividad: bacheo en afirmado. En caso la microempresa no haya ejecutado el 100.00% de lo programado en el mes, en la actividad: bacheo en afirmado, el Supervisor valorizar la diferencia y ser aplicada como penalidad.

Lo que haya calculado el supervisor

Lo que haya calculado el supervisor

Lo que haya calculado el supervisor

CAPTULO IVCRITERIOS DE EVALUACIN TCNICA

De acuerdo con el artculo 45 del Reglamento, las Bases deben consignar el siguiente factor de evaluacin: FACTORES DE EVALUACIN OBLIGATORIOSPUNTAJE / METODOLOGA PARA SU ASIGNACIN

A.EXPERIENCIA EN LA ACTIVIDADM = Monto facturado acumulado

por el postor por la prestacin de servicios correspondientes a la actividad objeto del proceso

M > 02 veces el valor referencial: 30 puntos

M = 01 veces el valor referencial: 20 puntosM < 01 vez el valor referencial:>= 0.5 veces el valor referencial

10 puntos

Criterio:Se evaluar considerando el monto facturado acumulado por el postor correspondiente a la actividad objeto del proceso, durante un periodo de no mayor a cinco (05) aos a la fecha de la presentacin de propuestas, los cuales deberan ser demostrados conforme a los parametros detallados para el presente factor por un monto mximo acumulado equivalente a dos (02) veces el valor referencial del presente proceso.

Acreditacin:La experiencia se acreditar mediante copia simple de: contratos u rdenes de servicio, y su respectiva conformidad por la prestacin efectuada; o comprobantes de pago cuya cancelacin se acredite documental y fehacientemente, con voucher de depsito, reporte de estado de cuenta, correspondientes a un mximo de diez (10) servicios. En caso los postores presenten varios comprobantes de pago para acreditar la prestacin de un solo servicio, se deber acreditar que corresponden a dicho servicio; de lo contrario, se asumir que los comprobantes acreditan servicios independientes, en cuyo caso solo se considerar, para la evaluacin y calificacin, los diez (10) primeros servicios indicados en el Anexo N 6 referido a la Experiencia del Postor.En el caso de servicios de ejecucin peridica, slo se considerar como experiencia la parte del contrato que haya sido ejecutada a la fecha de presentacin de propuestas, debiendo adjuntarse copia de las conformidades correspondientes a tal parte o los respectivos comprobantes de pago.

En los casos que se acredite experiencia adquirida en consorcio, deber presentarse la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumi en el contrato presentado; de lo contrario, no se computar la experiencia proveniente de dicho contrato.

Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de seleccin convocados antes del 20.09.2012, se entender que el porcentaje de las obligaciones equivale al porcentaje de participacin de la promesa formal o del contrato de consorcio. En caso que en dichos documentos no se consigne el porcentaje de participacin se presumir que las obligaciones se ejecutaron en partes iguales.

Cuando en los contratos, rdenes de servicios o comprobantes de pago el monto facturado se encuentre expresado en moneda extranjera, debe indicarse el tipo de cambio venta publicada por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la fecha de suscripcin del contrato, de emisin de la orden de servicio o de cancelacin del comprobante de pago, segn corresponda.

Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo N 6 referido a la Experiencia del Postor.

B.CUMPLIMIENTO DEL SERVICIOSe debe utilizar la siguiente frmula de evaluacin:

PCP= PF x CBC

NC

Donde:

PCP = Puntaje a otorgarse al postor.

PF = Puntaje mximo al postor.

NC = Nmero de contrataciones presentadas para acreditar la experiencia del postor.

CBC = Nmero de constancias de prestacin vlidas.

20 puntos

Criterio:Se evaluar el nivel de cumplimiento del postor, respecto de los servicios presentados para acreditar la experiencia del postor, en funcin al nmero de constancias de prestacin presentadas, conforme al art 178. Constancia de prestacion, del Reglamento de la Ley de ContratacionesAcreditacin:Mediante la presentacin de un mximo de diez (10) constancias de prestacin o cualquier otro documento que, independientemente de su denominacin, indique, como mnimo, lo siguiente:

1. La identificacin del contrato u orden de servicio, indicando como mnimo su objeto.

2. El monto correspondiente; esto es, el importe total al que asciende el contrato, comprendiendo las variaciones por adicionales, reducciones, reajustes, etc., que se hubieran aplicado durante la ejecucin contractual.

3. Las penalidades en que hubiera incurrido el contratista durante la ejecucin de dicho contrato.

C.PERSONAL PROPUESTO PARA LA PRESTACIN DEL SERVICIOMs de 02 aos: 15 puntos

Desde 01 hasta 02 aos:

10 puntos

Criterio:Se evaluar en funcin al tiempo de experiencia en la especialidad del personal propuesto como RESPONSABLE TECNICO del mantenimiento vial. Se considerarn como trabajos o prestaciones similares a los siguientes: Supervisin o residencia en obras o proyectos viales.

De presentarse experiencia ejecutada paralelamente (traslape), para el cmputo del tiempo de dicha experiencia slo se considerar una vez el periodo traslapado.Acreditacin:Mediante la presentacin de copia simple de contratos de trabajo, constancias o certificados. En el supuesto que el postor fuera una persona natural, la experiencia que acredite como tal, tambin podr utilizarla para acreditar su experiencia como personal propuesto para la prestacin del servicio, de ser el caso.

D.MEJORAS A LAS CONDICIONES PREVISTASMejora 1 : 15 puntos

Criterio:1.- Superior a las bases en todas las actividades (cargas de Trabajo)Acreditacin :

Se acreditara mediante la revisin del Anexo N 08.

E.OTROS FACTORES REFERIDOS AL SERVICIO OFERTADOa. 05 Puntosb. 05 Puntos

c. 05 puntos

d. 05 puntos 20 Puntos

a. Presenta Inventario Vial (incluye fuentes de agua y cantera).b. Programacin mediante diagrama de barras (deber consignar el Metrado a ejecutarse por cada actividad y por mes)c. Presenta programa peridico de reforestacin del tramo asignado.

d. Presenta programa de capacitaciones, a cargo del Responsable Tcnico de Mantenimiento Vial.

NOTA: Las que no cumplan con ninguna de las anteriores ser calificada con 0 puntos

PUNTAJE TOTAL 100 puntos

PARA ACCEDER A LA ETAPA DE EVALUACIN ECONMICA, EL POSTOR DEBER OBTENER UN PUNTAJE TCNICO MNIMO DE OCHENTA (80) PUNTOS.CAPTULO VPROFORMA DEL CONTRATO

IMPORTANTE:

Dependiendo del objeto del contrato, de resultar indispensable, podr efectuarse la inclusin de clusulas adicionales o la adecuacin de las propuestas en el presente documento, las que en ningn caso pueden contemplar disposiciones contrarias a la normativa vigente ni a lo sealado en este captulo.

Conste por el presente documento, la contratacin del servicio Mantenimiento Rutinario Manual por Resultados, de la Carretera: Soliscucho - Punqui - Huarcca - Chungui, Tramo II (Km 26+000 al Km 51+808), Longitud = 25.808 Km que celebra de una parte Direccin Regional de Transportes y Comunicaciones Ayacucho en adelante LA ENTIDAD, con RUC N 20365228109, con domicilio legal en Jr. Manuel Gonzlez Prada N 325, Distrito. Jess Nazareno Prov. Huamanga Dpto. Ayacucho (2do piso) representada por [..], identificado con DNI N [], y de otra parte [.....................], con RUC N [................], con domicilio legal en [.....................], inscrita en la Ficha N [.........] Asiento N [.......] del Registro de Personas Jurdicas de la ciudad de [], debidamente representado por su Representante Legal, [.....................], con DNI N [..], segn poder inscrito en la Ficha N [..], Asiento N [] del Registro de Personas Jurdicas de la ciudad de [], a quien en adelante se le denominar EL CONTRATISTA en los trminos y condiciones siguientes:

CLUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES

Con fecha [..], el Comit Especial adjudic la Buena Pro de la ADJUDICACIN DIRECTA SELECTIVA N 016-2015-GRA-GRI-DRTCA para la contratacin del servicio Mantenimiento Rutinario Manual por Resultados, de la Carretera: Soliscucho - Punqui - Huarcca - Chungui, Tramo II (Km 26+000 al Km 51+808), Longitud = 25.808 Km A [INDICAR NOMBRE DEL GANADOR DE LA BUENA PRO], cuyos detalles e importe constan en los documentos integrantes del presente contrato.CLUSULA SEGUNDA: OBJETO

El presente contrato tiene por objeto la contratacin del Servicio de Mantenimiento Rutinario Manual por Resultados, de la Carretera: Soliscucho - Punqui - Huarcca - Chungui, Tramo II (Km 26+000 al Km 51+808), Longitud = 25.808 Km, conforme a los Trminos de Referencia.CLUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUAL

El monto total del presente contrato asciende a [CONSIGNAR MONEDA Y MONTO], [CONSIGNAR SI O NO] incluye IGV.

Este monto comprende el costo del servicio, seguros e impuestos, as como todo aquello que sea necesario para la correcta ejecucin de la prestacin materia del presente contrato.

CLUSULA CUARTA: DEL PAGO

LA ENTIDAD se obliga a pagar la contraprestacin a EL CONTRATISTA en [INDICAR MONEDA], en se realiza pagos mensuales, luego de la recepcin formal y completa de la documentacin correspondiente, segn lo establecido en el artculo 181 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la prestacin deber hacerlo en un plazo que no exceder de los diez (10) das calendario de ser estos recibidos.LA ENTIDAD debe efectuar el pago dentro de los diez (10) das calendario siguiente al otorgamiento de la conformidad respectiva, siempre que se verifiquen las dems condiciones establecidas en el contrato.En caso de retraso en el pago, EL CONTRATISTA tendr derecho al pago de intereses conforme a lo establecido en el artculo 48 de la Ley de Contrataciones del Estado, contado desde la oportunidad en el que el pago debi efectuarse.

CLUSULA QUINTA: DEL PLAZO DE LA EJECUCIN DE LA PRESTACINEl plazo de ejecucin del presente contrato es de [..] das calendario, el mismo que se computa desde el da siguiente de suscrito en contrato.IMPORTANTE:

De preverse en los Trminos de Referencia la ejecucin de actividades de instalacin, implementacin u otros que deban realizarse de manera previa al inicio del plazo de ejecucin, se debe consignar lo siguiente:

El plazo para la [CONSIGNAR LAS ACTIVIDADES PREVIAS PREVISTAS EN LOS TRMINOS DE REFERENCIA] es de [...] das calendario, el mismo que se computa desde [INDICAR CONDICIN CON LA QUE DICHAS ACTIVIDADES SE INICIAN].

CLUSULA SEXTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO

El presente contrato est conformado por las Bases integradas, la oferta ganadora y los documentos derivados del proceso de seleccin que establezcan obligaciones para las partes.

CLUSULA STIMA: GARANTAS

EL CONTRATISTA entreg a la suscripcin del contrato la respectiva garanta solidaria, irrevocable, incondicional y de realizacin automtica a slo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por los conceptos, importes y vigencias siguientes:En el caso que corresponda, consignar lo siguiente: Garanta por el monto diferencial de la propuesta: S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a travs de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTA Y NUMERO DEL DOCUMENTO, EMPRESA QUE LA EMITE], la misma que deber mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepcin de la prestacin.CLUSULA OCTAVA: EJECUCIN DE GARANTAS POR FALTA DE RENOVACIN

LA ENTIDAD est facultada para ejecutar las garantas cuando EL CONTRATISTA no cumpliera con renovarlas, conforme a lo dispuesto por el artculo 164 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

CLUSULA DCIMA: CONFORMIDAD DEL SERVICIO

La conformidad del servicio se regula por lo dispuesto en el artculo 176 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y ser otorgada por Direccin Regional de Transportes y Comunicaciones Ayacuc