bases administrativas

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ESTUDIO DE INGENIERÍA: “REPARACIÓN PUENTE ITATA, COMUNA DE COELEMU” REGIÓN DEL BIOBÍO DIRECCIÓN DE VIALIDAD REGIÓN DEL BIOBÍO A. Prat 501, 5º piso. F: 41-2852037 3.- BASES ADMINISTRATIVAS 3.1 DIRECCION CONTRATANTE La DIRECCIÓN DE VIALIDAD contrata el presente Estudio. 3.2 IDENTIFICACION DEL CONTRATO Las presentes Bases Administrativas se refieren a la Contratación de Trabajos de Consultoría para la ejecución del Estudio de Ingeniería REPARACIÓN PUENTE ITATA, COMUNA DE COELEMU, REGIÓN DEL BIOBÍO. 3.3 DOCUMENTOS DEL CONTRATO El presente Contrato se regirá por los siguientes documentos: - El Reglamento para la Contratación de Trabajos de Consultoría, Decreto MOP Nº 48, de 1994 y sus modificaciones posteriores. - El DFL MOP Nº 850, de 1997, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 15.840, de 1964. - El Decreto MOP Nº 1093, de 2003, que dejó sin efecto el Decreto MOP Nº 404, de 1998. - La Resolución Nº 520, de 1996, de la Contraloría General de la República. - Las presentes Bases de Concurso. 3.4 TIPO DE FINANCIAMIENTO El Estudio que se contrata será financiado con FONDOS SECTORIALES de la Dirección de Vialidad. 3.5 PARTICIPANTES Podrán participar en este Concurso aquellos Consultores debidamente certificados según la Norma ISO 9001:2000 y que se encuentren inscritos en el Registro de Consultores del Ministerio de Obras Públicas en las Áreas, Especialidades y Categorías que a continuación se definen: - Área “Ingeniería Civil”; Especialidad 4.1. “Estructuras”, Categoría “Primera Superior”. - Área “Ingeniería Civil”; Especialidad 4.9. “Obras Viales” (Urbanas y Rurales); Categoría “Primera Superior”. Según lo estipulado en el artículo 33 del Reglamento para Contratación de Trabajos de Consultoría, Decreto MOP Nº 48, de 1994, se aceptará la participación de Consorcios. Si el trabajo de consultoría es adjudicado a un Consorcio, éste tendrá la obligación de constituirse en Sociedad por Escritura Pública exclusivamente para tal fin. Este trámite no deberá exceder de 30 días corridos, los cuales se contarán a partir de la fecha en que sea tramitada la resolución que adjudique la ejecución del contrato. El incumplimiento, sin justificación, de la disposición anterior facultará a la Dirección de Vialidad para que administrativamente, y de modo anticipado, ponga término al contrato.

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ESTUDIO DE INGENIERÍA: “REPARACIÓN PUENTE ITATA, COMUNA DE COELEMU” REGIÓN DEL BIOBÍO

DIRECCIÓN DE VIALIDAD REGIÓN DEL BIOBÍO A. Prat 501, 5º piso. F: 41-2852037

3.- BASES ADMINISTRATIVAS

3.1 DIRECCION CONTRATANTE La DIRECCIÓN DE VIALIDAD contrata el presente Estudio.

3.2 IDENTIFICACION DEL CONTRATO Las presentes Bases Administrativas se refieren a la Contratación de Trabajos de Consultoría para la ejecución del Estudio de Ingeniería REPARACIÓN PUENTE ITATA, COMUNA DE COELEMU, REGIÓN DEL BIOBÍO.

3.3 DOCUMENTOS DEL CONTRATO El presente Contrato se regirá por los siguientes documentos:

- El Reglamento para la Contratación de Trabajos de Consultoría, Decreto MOP Nº 48, de 1994 y sus modificaciones posteriores.

- El DFL MOP Nº 850, de 1997, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 15.840, de 1964.

- El Decreto MOP Nº 1093, de 2003, que dejó sin efecto el Decreto MOP Nº 404, de 1998.

- La Resolución Nº 520, de 1996, de la Contraloría General de la República. - Las presentes Bases de Concurso.

3.4 TIPO DE FINANCIAMIENTO El Estudio que se contrata será financiado con FONDOS SECTORIALES de la Dirección de Vialidad.

3.5 PARTICIPANTES Podrán participar en este Concurso aquellos Consultores debidamente certificados según la Norma ISO 9001:2000 y que se encuentren inscritos en el Registro de Consultores del Ministerio de Obras Públicas en las Áreas, Especialidades y Categorías que a continuación se definen:

- Área “Ingeniería Civil”; Especialidad 4.1. “Estructuras”, Categoría “Primera Superior”.

- Área “Ingeniería Civil”; Especialidad 4.9. “Obras Viales” (Urbanas y Rurales); Categoría “Primera Superior”.

Según lo estipulado en el artículo 33 del Reglamento para Contratación de Trabajos de Consultoría, Decreto MOP Nº 48, de 1994, se aceptará la participación de Consorcios. Si el trabajo de consultoría es adjudicado a un Consorcio, éste tendrá la obligación de constituirse en Sociedad por Escritura Pública exclusivamente para tal fin. Este trámite no deberá exceder de 30 días corridos, los cuales se contarán a partir de la fecha en que sea tramitada la resolución que adjudique la ejecución del contrato. El incumplimiento, sin justificación, de la disposición anterior facultará a la Dirección de Vialidad para que administrativamente, y de modo anticipado, ponga término al contrato.

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Asimismo, la Escritura Pública que constituya legalmente el Consorcio, deberá consignar expresamente que las empresas que lo conforman, se constituyen en fiadores y codeudores solidarios de todas y cada una de las obligaciones que emanen de la adjudicación del contrato. Los estados de pago se cancelarán a nombre del Consorcio. Las anotaciones, beneficios y/o sanciones no pecuniarias, especialmente aquellas consignadas en el Título X del Reglamento para Contratación de Trabajos de Consultoría, Decreto MOP Nº 48, de 1994, afectarán por igual a cada integrante del Consorcio.

3.6 MODALIDAD DE CONTRATACIÓN El presente trabajo de Consultoría se contratará a Precios Unitarios. El Consultor determinará su valor de acuerdo al personal a emplear y los gastos que involucre el desarrollo del Estudio solicitado, incluyendo gastos generales y utilidades.

3.7 PERSONAL DE LA CONSULTORÍA Será responsabilidad del Consultor proponer al personal profesional y técnico que sea necesario para el buen desarrollo de las materias que se requieren estudiar, de acuerdo a los términos de referencia y a la metodología que se ofrezca. En todo caso, se deberá contemplar como mínimo el siguiente personal:

Cargo Calidad Profesional Experiencia Profesional Observaciones PTME

Jefe del Proyecto

Ingeniero Civil

Mínimo de 15 años de experiencia profesional, con al menos 5 años en Proyectos Viales

Se considerará especialmente en la calificación la experiencia en proyectos de puentes

40%

Ingeniero Civil

Especialista Estructural

Ingeniero Civil

Mínimo 15 años de experiencia profesional en Puentes y Estructuras similares

40%

Especialista en Mecánica de Suelos y Geotecnia

Ingeniero Civil

Mínimo 7 años de experiencia en Proyectos u Obras Viales

Se considerará especialmente en la calificación la experiencia en proyectos de puentes

35%

Especialista en

Geomensura

Ingeniero de ejecución enGeomensura

Mínimo 4 años de experiencia en Proyectos u Obras Viales

Se considerará especialmente en la calificación la experiencia en proyectos de puentes

35%

Encargado de

Autocontrol Topográfico

Ingeniero de ejecución enGeomensura

Mínimo 4 años de experiencia en Proyectos u Obras Viales

Se considerará especialmente en la calificación la experiencia en proyectos de puentes

35%

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Especialista en Materias Ambientales

Profesional Universitario

Titulado

Mínimo 3 años de experiencia en Estudios de Evaluación de Impacto Ambiental de Proyectos Viales

30%

Nota: PTME = Participación Total Mínima Exigida (del tiempo del Estudio) Eventualmente, un profesional o técnico podrá desempeñar dos o más cargos de los indicados, no superando su participación de 100%. Aparte de sus funciones propias como principal conductor del estudio, el Jefe de Proyecto deberá asistir a todas las visitas a terreno, reuniones y presentaciones que, con motivo del proyecto, se realicen tanto en el nivel central como en el regional, convocadas por el Inspector Fiscal. El incumplimiento de esta disposición se reflejará en la calificación final del trabajo de consultoría. El personal antes descrito y tiempo ofrecido para cada uno de ellos, será el que se considerará principalmente en la calificación de los oferentes y será a este personal al que se le exigirá los Formularios C-2, C-3, C-4 y C-5 indicados en el punto 3.15.2.5 de estas Bases Administrativas. Sin perjuicio de lo anterior, el resto del personal propuesto será considerado como especialista y/o personal de apoyo, colaborando con la suficiencia del equipo propuesto. Al margen de la responsabilidad propia del Consultor sobre el proyecto elaborado, todos los documentos de especialidades que el trabajo de consultoría genere, deben venir con la firma e identificación del especialista respectivo, quien será el principal responsable de su contenido. En caso de considerarse subcontratos, se debe cumplir fielmente lo establecido en el Art. 57 del Reglamento para la Contratación de Trabajos de Consultoría, en cuanto a que ellos deben ser expresamente declarados en la propuesta y la parte subcontratada debe ser ejecutada por un consultor inscrito en el Registro de Contratistas y Consultores del M.O.P. De acuerdo al Artículo 67 del Reglamento para Contratación de Trabajos de Consultoría, el Consultor deberá hacer intervenir en los trabajos al personal indicado en su propuesta. Cualquier cambio del personal ofrecido, deberá contar con la autorización del Inspector Fiscal. Si el Consultor ofrece la participación de algún profesional cuyo título haya sido obtenido en el extranjero, adjunto a su currículum deberá presentar la documentación que lo acredite para ejercer en Chile, en conformidad con la legislación vigente (Leyes Nº153 de 1981, Nº19.074 y Nº19.093 ambas de 1991).

3.8 PLAZOS DEL ESTUDIO El Plazo Total del Estudio será de 245 días corridos y regirá a partir de la fecha en que la Resolución que contrate el presente trabajo de consultoría ingrese totalmente tramitada por la Contraloría General de la República a la Oficina de Partes de la Dirección de Vialidad. El plazo total de ejecución incluye la revisión, corrección y aprobación de la Etapa Informe Final del Estudio. Para la revisión de cada Informe parcial, el Inspector Fiscal dispondrá de un plazo de 15 días corridos desde la fecha de recepción del Informe respectivo. El Consultor, a su vez,

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tendrá un plazo de 15 días corridos para la respuesta a las observaciones, contados desde la fecha del oficio en que el Inspector Fiscal notifica las observaciones respectivas. Para la revisión de la Etapa Informe Final, el Inspector Fiscal dispondrá de un plazo de 20 días corridos desde la fecha de recepción del mismo. El Consultor, a su vez, tendrá un plazo de 20 días corridos para la entrega del Informe Final corregido, contados desde la fecha del oficio en que el Inspector Fiscal notifica las observaciones respectivas. La aprobación final del trabajo del consultoría, a plena satisfacción de la Dirección de Vialidad se ajustará a lo indicado en el Art. 81 del RCTC. INFORMES MENSUALES De conformidad al Art. 74 del RCTC, el Consultor deberá remitir al Inspector Fiscal, antes del día cinco de cada mes, Informes de avance. En estos informes se deberá incluir un listado del personal que haya participado durante el mes anterior en el desarrollo del trabajo de la consultoría, los que además deberán incluir los siguientes datos:

- Nombre del contrato - Listado de principales actividades desarrolladas en el mes - Mano de obra calificada (en mes/H) - Mano de obra no calificada (en mes/H) - Mano de obra subcontratos (en mes/H) - Porcentaje de avance físico real y programado - Porcentaje de avance financiero

El incumplimiento de esta disposición se reflejará en la calificación final del trabajo de consultoría.

3.9 ETAPAS, PLAZOS Y FORMAS DE PAGO Los honorarios correspondientes al presente trabajo de consultoría se cancelarán mediante Estados de Pago, según lo indicado en el Anexo 1 adjunto.

3.10 TIPO DE REAJUSTES Los honorarios correspondientes a trabajos ejecutados y entregados dentro del plazo, se reajustarán en un cien por ciento (100%) de la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC), para el mes inmediatamente anterior al de la fecha de presentación del estado de pago y el valor del índice base del contrato que fijará la Resolución que apruebe la contratación del presente trabajo de consultoría. Si el consultor no cumpliera con los plazos estipulados, el reajuste de los honorarios quedará automáticamente congelado, considerándose para estos casos en la base del cálculo, el índice (IPC) correspondiente al mes anterior al de la fecha de entrega de la Etapa, de acuerdo al cronograma de actividades; ello, sin perjuicio de otras sanciones que pudieran corresponder. Los reajustes, así calculados, se cancelarán mediante estados de pago, conjuntamente con los honorarios del contrato o independientemente de éstos. En el estado de pago, el

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consultor deberá individualizar su valor, así como la base de cálculo utilizada.

3.11 MULTAS El incumplimiento de los plazos y fechas de entrega de cualquier etapa del estudio, incluida la Etapa Informe Final, será sancionado con una multa por cada día calendario de atraso. La multa corresponderá a un 0,4 % del valor de la Etapa por cada día calendario de atraso, y se reajustará de acuerdo al cien por ciento (100%) de variación que experimente el Índice de Precios al Consumidor (IPC), entre el mes inmediatamente anterior al cobro de la multa y el índice base de contrato. En caso que el consultor no haga entrega de las respuestas a las observaciones formuladas por el Inspector Fiscal en los plazos establecidos en estas Bases, incluido el informe final, se aplicará una multa diaria equivalente a la mitad de la multa definida en el párrafo anterior. Asimismo, si el contenido de las respuestas a las observaciones o el informe final corregido, no satisface lo exigido por el Inspector Fiscal, se aplicará esta misma multa a partir de la notificación respectiva.

3.12 RETENCIONES De cada estado de pago se retendrá un 10% de los honorarios pagados, hasta enterar unos 5% del valor total del contrato, incluidos sus aumentos. Estas retenciones no estarán afectas a ningún tipo de reajuste. El consultor tendrá derecho a canjear estas retenciones en la forma y condiciones expresadas en el punto 0 “GARANTÍA POR CANJE DE RETENCIONES”, de las presentes Bases de Concurso. El canje de estas retenciones se hará mediante estados de pago independientes y correlativos.

3.13 PRESUPUESTO OFICIAL El Presupuesto Oficial del presente trabajo de Consultoría será dado a conocer en el acto de apertura de las ofertas económicas.

3.14 PRESENTACION DE LAS PROPUESTAS

3.14.1 PROPUESTAS Las propuestas serán presentadas en dos sobres cerrados y caratulados "OFERTA TÉCNICA" y "OFERTA ECONÓMICA", indicando el nombre del proponente y el nombre del estudio, en 3 ejemplares: original, copia 1 y copia 2.

3.14.2 OFERTA TÉCNICA

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En el sobre “OFERTA TÉCNICA” el Consultor deberá presentar la siguiente documentación:

3.14.2.1 Formularios A Formulario A-1: Estructura Legal de la Firma Consultora, con indicación de porcentaje

de propiedad de cada socio. Formulario A-2: Planta Directiva y Profesional de la Firma Formulario A-3: Recursos de la Firma, donde se consignará superficie de oficinas

disponibles para el trabajo, indicando direcciones tanto de oficina central como de sucursales, si las hubiera. Se incluirá, asimismo, la información concerniente a recursos de transporte, computación, comunicaciones y topografía de propiedad de la Firma Consultora.

Formulario A-4: Nómina de la totalidad de los Contratos de Estudios de Ingeniería o

Estudios de Preinversión, ejecutados por la Firma en los últimos 5 años, tanto en el Nivel Central como Regional, donde la entidad mandante hubiera sido pública o privada.

Formulario A-5: Nómina de la totalidad de los Contratos de Estudios de Ingeniería o

Estudios de Preinversión vigentes, adjudicados y en vías de adjudicación, tanto en el Nivel Central como Regional, donde la entidad mandante hubiera sido pública o privada.

En caso de no contar con experiencia en alguno de estos dos últimos aspectos (Formularios A-4 y A-5), el Consultor deberá indicarlo expresamente en el formulario correspondiente.

3.14.2.2 Organigrama Organigrama de la planta superior permanente del Consultor, incluida la organización para el estudio solicitado.

3.14.2.3 Metodología Nivel de Detalle de Cada Tarea de acuerdo con la Metodología General Propuesta.

3.14.2.4 Formulario B, Cronograma de Actividades Plan de Trabajo para cada una de las Tareas definidas por Etapa.

3.14.2.5 Formularios C Formulario C-1: Listado del Personal que participará en el Estudio. Se indicará tanto

el listado de personal de la Empresa Oferente, como el nombre de la empresa subcontratada, si corresponde. En este último caso bastará con completar las dos primeras columnas referidas a nombre del subcontratista y giro (especialidad) respectivamente.

Formulario C-2: Carta Compromiso suscrita ante notario por cada miembro del

personal exigido como obligatorio indicado en el punto 3.7 de estas

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Bases. Formulario C-3: Currículum Vitae por cada miembro del personal exigido como

obligatorio indicado en el punto 3.7 de estas Bases. En el caso de los profesionales universitarios, además, se deberá anexar Certificado de Título o Diploma de Título en fotocopia legalizada ante Notario. El Oferente que resulte adjudicatario deberá presentar obligatoriamente los certificados de título en original, en un plazo no superior a 30 días contados desde la fecha de tramitación en Contraloría General de la República de la Resolución de adjudicación.

Formulario C-4: Anexo al Currículum con la Experiencia en Obras Viales y Puentes

por cada miembro del personal exigido como obligatorio indicado en el punto 3.7 de estas Bases.

Formulario C-5: Cronograma de participación del personal profesional y técnico en

el Estudio, agrupándolos en:

• Personal obligatorio exigido en punto 3.7 • Personal adicional de apoyo • Subcontratistas ofrecidos.

Se detallará la participación del personal propuesto por el Consultor. En el caso de los Subcontratistas se deberá indicar su participación mensual, siendo suficiente señalar sólo el profesional responsable del Subcontrato o la Empresa propiamente tal.

3.14.2.6 Declaración Privada firmada de que no tiene vinculaciones con firmas proveedoras de equipos y/o fabricantes de los mismos en el área de Ingeniería Vial, ni con Contratistas de Obras Públicas o Sociedades Financieras. Esta inhabilidad se hace extensiva a los socios directores y personal profesional exigido del Consultor.

3.14.2.7 Certificación ISO 9001:2000 de la empresa, la que deberá ser incluida en los documentos a presentar en la propuesta. El alcance de esta certificación deberá ser tal que incluya la totalidad de la organización o, en su defecto, a aquellos procesos claves que aseguren la calidad de los servicios de Consultoría para obras de infraestructura vial.

3.14.2.8 Los antecedentes indicados en los puntos 3.15.2.1, 3.15.2.4 y 3.15.2.5, deberán ser presentados de acuerdo a los modelos de Formularios que se adjuntan. El no cumplimiento de esta disposición implicará la devolución de la oferta en el Acto de Apertura de la Oferta Técnica.

3.14.3 OFERTA ECONÓMICA En el sobre "OFERTA ECONÓMICA" se debe incluir en los formularios proporcionados por el Departamento de Licitaciones de la Dirección de Vialidad, en tres ejemplares: original, copia 1 y copia 2, el presupuesto detallado de la oferta. Este formulario se entregará firmado por la Dirección de Vialidad, a los Consultores que presenten Certificados de Inscripción en el Registro de Consultores del M.O.P., en las Áreas, Especialidades y Categorías indicadas en el punto 3.5, de estas Bases Administrativas.

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En caso de participación de consorcios, al momento de presentar los Certificados de Inscripción que corresponda, se exigirá además un documento indicando expresamente la intención de constituir consorcio para este trabajo de consultoría, firmado por los representantes de las empresas e indicando la denominación del mismo. La Oferta Económica del proponente deberá tener una validez de ciento veinte (120) días corridos, contados desde la fecha del acto de apertura.

3.15 SISTEMA DE ADJUDICACIÓN La evaluación de las Ofertas y la adjudicación del contrato, se realizará en conformidad al artículo 46 del Reglamento para Contratación de Trabajos de Consultoría, que fueron modificados por Decreto MOP N° 6 del 05 de Enero de 1995.

3.16 GARANTÍAS DEL CONTRATO

3.16.1 GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 55 del Reglamento para Contratación de Trabajos de Consultoría, Decreto MOP Nº 48, del año 1994, una vez adjudicado el contrato, el consultor tendrá la obligación de caucionar el Fiel cumplimiento del mismo mediante una Boleta Bancaria o Póliza de Seguro, inscrita en el Registro de pólizas de la Superintendencia de Valores y Seguros bajo el código Pol 1 94036. El tipo de documento escogido deberá considerar un plazo de vigencia equivalente al plazo total del contrato, más doce (12) meses. Deberá, además, ser emitido en la ciudad de Santiago de Chile, a la orden del Director Nacional de Vialidad y por un monto correspondiente al 5% del valor total de adjudicación. La Garantía de Fiel Cumplimiento del contrato será devuelta una vez liquidado el contrato. La Póliza de Seguro, será visada y/o aprobada por el Departamento Legal de la Fiscalía del Ministerio de Obras Públicas. Sí ésta fuese observada en dos (2) ocasiones, el proponente ganador tendrá la obligación de cambiar el tipo de caución.

3.16.2 GARANTÍA ADICIONAL DE FIEL CUMPLIMIENTO De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 56 del Reglamento para Contratación de Trabajos de Consultoría, Decreto MOP Nº 48, del año 1994, se exigirá una Boleta Bancaria o Póliza de Seguro adicional, cuando el monto de la propuesta aceptada fuese inferior al Presupuesto Oficial, en más de un 20%. El monto de esta caución corresponderá a la diferencia entre el valor del Presupuesto Oficial, rebajado en un 20%, y el valor de la propuesta aceptada. El plazo de vigencia de esta caución será equivalente al plazo total del contrato, más doce (12) meses. Esta Garantía Adicional de Fiel Cumplimiento será devuelta una vez liquidado el contrato.

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3.16.3 GARANTÍA POR CANJE DE RETENCIONES. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 85 del Reglamento para Contratación de Trabajos de Consultoría, Decreto MOP Nº 48, del año 1994, el proponente ganador tendrá derecho a canjear los honorarios que se le retengan en virtud de lo estipulado en el punto 3.13. “Retenciones”, de las presentes Bases de Concurso, por una Boleta Bancaria o Póliza de Seguro, inscrita en el Registro de pólizas de la Superintendencia de Valores y Seguros bajo el código Pol 1 94036. El tipo de documento escogido deberá considerar un plazo de vigencia equivalente al plazo de ejecución pendiente del contrato, más doce (12) meses. Deberá, además, ser emitido en la ciudad de Santiago de Chile y a la orden del Director Nacional de Vialidad. Todos los documentos que sirvan de caución deberán ser emitidos, o en caso contrario, legalmente asumida la responsabilidad de su validez y pago, por Bancos o Compañías de Seguro, nacionales o extranjeras con representación en Chile, sometidos a la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras o a la Superintendencia de Valores y Seguros, según sea el caso.

3.17 CALENDARIO

3.17.1 ACLARACIONES AL CONCURSO Se recibirán consultas en el Departamento de Contratos de la Dirección Regional de Vialidad, Región del Biobío, Av. A. Prat 501 5º piso, Concepción, hasta 3 días corridos antes de la fecha de Recepción de las Propuestas. Dichas consultas serán respondidas, mediante Circular Aclaratoria, dirigida a todos los participantes, en un plazo máximo de 1 día corrido antes de la fecha de Recepción de las Propuestas.

3.17.2 RECEPCIÓN DE LAS PROPUESTAS Y APERTURA DE OFERTAS TÉCNICAS La recepción de las Propuestas y apertura de las Ofertas Técnicas se efectuará en la Dirección Regional de Vialidad, Región del Biobío, Av. A. Prat 501 5ª piso, Concepción, el día y hora fijados en la publicación del llamado a licitación, sin perjuicio de las modificaciones dispuestas a través de circulares aclaratorias.

3.17.3 APERTURA DE LAS OFERTAS ECONÓMICAS La apertura de las Ofertas Económicas se efectuará el día y hora fijados en la publicación del llamado a licitación, sin perjuicio de las modificaciones dispuestas a través de circulares aclaratorias.

3.18 PROPIEDAD DEL ESTUDIO De acuerdo a lo indicado en el Artículo 4 del RCTC, Todos los documentos originales derivados de la Consultoría, que el Consultor deba entregar de acuerdo a lo establecido en el contrato, serán de propiedad del Ministerio. El Director Nacional respectivo o la persona que él designe, podrá autorizar su uso o reproducción parcial o total, por personas o instituciones ajenas al Ministerio. El consultor podrá utilizar con fines curriculares y académicos los antecedentes que le otorga el hecho de haber ejecutado la Consultoría. Además, con consulta a la autoridad

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que adjudicó el contrato podrá publicar o utilizar los antecedentes en seminarios, congresos o eventos similares. Además, la Dirección de Vialidad se reserva el derecho de solicitar todo antecedente utilizado en el presente Estudio, que no haya sido adjuntado, y que a su juicio sea necesario exigirlo.

3.19 GESTIÓN DE CALIDAD EN CONTRATOS DE CONSULTORÍA El Consultor deberá implementar un Plan de Calidad para el trabajo de Consultoría, conforme al Sistema de Gestión de Calidad de la empresa consultora, el cual deberá contemplar todas las actividades de gestión u operativas necesarias para alcanzar los objetivos de calidad especificados en el contrato. Para ello deberá contemplar al menos los siguientes procedimientos mecanismos de gestión además de aquellos propios para las labores encomendadas al Consultor:

• Programación y Planificación del estudio • Revisiones periódicas del estudio • Modificaciones del Estudio • Control de Equipos de Medida y Ensayos • Plan de Inspecciones y Ensayos • Subcontrataciones • Tratamiento de No Conformidades (distinguiendo en grados de menor,

mayor y críticas). Se entenderá como No Conformidades a los incumplimientos de los requisitos especificados en las Bases de Licitación y/o a lo señalado en el Plan de Calidad. El establecimiento de una No Conformidad, es sin perjuicio de las eventuales multas contempladas en las Bases de Concurso. Las No Conformidades podrán ser establecidas por la empresa consultora y el Inspector Fiscal.

• Acciones correctivas y Preventivas • Control de los Registros • Control de la Documentación • Realización de Auditorías Internas

Los eventuales costos originados por el funcionamiento del Plan de Calidad, deberán ser de cargo del Consultor y considerados en los Gastos Generales del contrato, aunque no aparezcan en forma explícita en el análisis de dichos gastos generales. El Plan de Calidad deberá contener además:

• Portada • Índice • Descripción del Contrato • Objetivos de Calidad presentes en el sistema de Gestión de Calidad de la

empresa consultora y que serán medidos en el trabajo de Consultoría en cuestión.

• Normativa aplicable • Organización del Estudio • Interfaces Organizativas (interacción entre los grupos de trabajo

participantes en el estudio, tanto internos como externos) Sin perjuicio de lo anterior, la Dirección de Vialidad se reserva el derecho de exigir un aumento del alcance del Plan de Calidad, en caso de considerarlo necesario, producto

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de modificaciones de contrato u otras causales técnicas que lo ameriten a juicio del Inspector Fiscal. Lo anterior no dará derecho a indemnizaciones ni pago adicional alguno. Si el Consultor considera que para asegurar la calidad de los servicios contratados, es necesario incorporar algún otro procedimiento o actividad, podrá hacerlo, pero en ningún caso disminuirlos. El Consultor deberá elaborar y presentar el Plan de Calidad para revisión y aceptación del Inspector Fiscal del contrato, en un plazo de 15 días corridos. Estos días serán contados desde la fecha en que la resolución o decreto que adjudicó el contrato ingrese totalmente tramitado a la oficina de partes de la Dirección de Vialidad. El Inspector Fiscal tendrá un plazo de 15 días corridos para formular sus observaciones. Las eventuales observaciones del Inspector Fiscal se deberán incorporar al Plan de Calidad dentro del plazo que éste establezca. Si no hay observaciones y cumplido dicho plazo, se entenderá como aceptado el Plan de Calidad. En caso de haber observaciones, el Inspector Fiscal se las hará llegar al Consultor y le fijará un plazo para corregirlo y volver a presentarlo para su aceptación. El inspector fiscal exigirá lo anterior y en caso de incumplimiento, deberá aplicar las sanciones establecidas en las Bases de Concurso. En la primera reunión general citada por el Inspector Fiscal, el Consultor deberá exponer lo siguiente respecto a su Plan de Calidad y Sistema de Gestión de Calidad:

• Política de Calidad de la Empresa Consultora y objetivos de calidad para este contrato

• Experiencia de la empresa y de su equipo de trabajo • Aspectos más importantes del Plan de Calidad de la empresa consultora,

como medios de comunicación, forma de coordinarse con los distintos equipos de trabajo, Plan de Inspección y Ensayos, forma de coordinarse con los Laboratorios de Vialidad, control y uso de registros, etc.

La Dirección de Vialidad y el Inspector Fiscal, tendrán libre acceso a los documentos y registros del Plan de Calidad. El Plan de Calidad será supervisado por el Inspector Fiscal, y será auditado por la Dirección de Vialidad, según ésta lo disponga, para lo cual se avisará al consultor con a lo menos 15 días de anticipación. El Consultor deberá poner a disposición del o los auditores de la Dirección de Vialidad, todos los medios y la información necesaria para el correcto desarrollo de la auditoría. Para las auditorías internas de calidad se deberá desarrollar un procedimiento documentado y deberán ser desarrolladas por personas calificadas, capacitadas para ello e independientes de los responsables directos del contrato auditado. El Consultor deberá efectuar una auditoría interna por cada seis meses o fracción de duración efectiva del Estudio (incluidas las modificaciones de plazo), siendo la primera de ellas dentro de los primeros 60 días después de la aceptación del Plan de Calidad por parte del Inspector Fiscal, a todas las actividades con desarrollo de procedimientos documentados, así como a la implantación del plan de calidad en general. Las auditorías podrán ser realizadas por profesionales de la misma empresa o por auditores externos especialmente contratados para dichos efectos, que cumplan con el requisito d haber realizado al menos 5 auditorías para la calidad. El Plan de Calidad deberá reflejar el funcionamiento real de los servicios de consultoría contratados, por lo que es un documento que debe ser revisado y actualizado por el Consultor, según el desarrollo de los procesos y prácticas de la Consultoría. De este

Page 12: BASES ADMINISTRATIVAS

ESTUDIO DE INGENIERÍA: “REPARACIÓN PUENTE ITATA, COMUNA DE COELEMU” REGIÓN DEL BIOBÍO

DIRECCIÓN DE VIALIDAD REGIÓN DEL BIOBÍO A. Prat 501, 5º piso. F: 41-2852037

modo, el Plan de Calidad será dinámico durante el transcurso del la Consultoría, lo que generará sucesivas revisiones que deberán ser aceptadas por el Inspector Fiscal, para su puesta en vigencia. De las revisiones que se efectúen al Plan de Calidad podrán surgir mejoras al Sistema de Gestión de Calidad de la empresa consultora. Se deja establecido que el Plan de Calidad presentado por el consultor es de su exclusiva responsabilidad. Su aceptación o aprobación por parte de el Inspector Fiscal, no generará ningún compromiso por parte de la Dirección de Vialidad diferente de lo establecido en el R.C.T.C. La aceptación o aprobación por parte del Inspector Fiscal sólo implica que no existen observaciones al Plan de Calidad y a sus procedimientos Si al término del contrato, la Dirección de Vialidad estima, mediante revisión de las auditorías internas así como las que realice la propia Dirección de Vialidad, que la implementación del Sistema de Gestión de Calidad en la Consultoría ha sido deficiente o no existen evidencias de mejoramiento continuo en el transcurso de los servicios contratados, entonces la Dirección de Vialidad se reserva el derecho de enviar un reclamo formal, tanto a la empresa certificadora como al organismo acreditador de la empresa certificadora, respecto de la apreciación como cliente del sistema de Gestión de Calidad de la empresa consultora, avalado por los registros y documentos pertinentes.

3.20 PUBLICACIÓN DE LA LICITACIÓN POR SISTEMA ELECTRÓNICO La Dirección de Vialidad, una vez tramitado el acto administrativo que apruebe las presentes Bases de Concurso, ingresará información de esta licitación al Sistema Electrónico de Compras y Contratación Pública, www.mercadopublico.cl.