bases administrativas 009-2014 c.v tambillo grande

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GOBIERNO REGIONAL DE HUANUCO LICITACION PUBLICA N° 009- 2014/GRH 1 PRIMERA CONVOCATORIA CONTRATACION DE LA EJECUCION DE LA OBRA “CONSTRUCCION Y MEJORAMIENTO DE CAMINO VECINAL TAMBILLO GRANDE – SAN JUAN PAMPA - SAN FRANCISCO - BUENOS AIRES, DISTRITO DE MARIANO DAMASO BERAUN, PROVINCIA DE LEONCIO PRADO - HUANUCO”. CALENDARIO DE CONVOCATORIA Etapa Fecha, hora y lugar Convocatoria : 12/06/2014 Registro de participantes : Del 13/06/2014 Al: 08/07/2014 Formulación de Consultas : Del: 13/06/2014 Al: 19/06/2014 Absolución de Consultas : 23/06/2014 Formulación de Observaciones a las Bases : Del: 24/06/2014 Al: 30/06/2014 Absolución de Observaciones a las Bases : 03/07/2014 Integración de las Bases : 07/07/2014 Presentación de Propuestas : 14/07/2014 * El acto público se realizará en : Dirección Regional de Administración, Calle calicanto N° 145 Amarilis: 10:00 horas Calificación y Evaluación de Propuestas : 15/07/2014 Otorgamiento de la Buena Pro : 15/07/2014 * El acto público se realizará en : Dirección Regional de Administración, Calle calicanto N° 145 Amarilis: 15:00 horas HUANUCO - JUNIO 2014 LICITACION PÚBLICA N° 009-2014/GRH

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  • GOBIERNO REGIONAL DE HUANUCO

    LICITACION PUBLICA N 009- 2014/GRH

    1

    PRIMERA CONVOCATORIA

    CONTRATACION DE LA EJECUCION DE LA OBRA

    CONSTRUCCION Y MEJORAMIENTO DE CAMINO VECINAL TAMBILLO GRANDE SAN JUAN PAMPA - SAN FRANCISCO - BUENOS AIRES, DISTRITO DE MARIANO DAMASO BERAUN,

    PROVINCIA DE LEONCIO PRADO - HUANUCO.

    CALENDARIO DE CONVOCATORIA Etapa Fecha, hora y lugar

    Convocatoria : 12/06/2014

    Registro de participantes : Del 13/06/2014 Al: 08/07/2014

    Formulacin de Consultas : Del: 13/06/2014 Al: 19/06/2014

    Absolucin de Consultas : 23/06/2014

    Formulacin de Observaciones a las Bases

    : Del: 24/06/2014 Al: 30/06/2014

    Absolucin de Observaciones a las Bases : 03/07/2014

    Integracin de las Bases : 07/07/2014

    Presentacin de Propuestas : 14/07/2014

    * El acto pblico se realizar en : Direccin Regional de Administracin, Calle calicanto N 145 Amarilis: 10:00 horas

    Calificacin y Evaluacin de Propuestas : 15/07/2014

    Otorgamiento de la Buena Pro : 15/07/2014

    * El acto pblico se realizar en : Direccin Regional de Administracin, Calle calicanto N 145 Amarilis: 15:00 horas

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    SECCIN GENERAL

    DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCESO DE SELECCIN

    (ESTA SECCIN NO DEBE SER MODIFICADA EN NINGN EXTREMO, BAJO SANCIN DE NULIDAD)

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    CAPTULO I ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIN

    1.1. BASE LEGAL

    - Ley N 28411 - Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto. - Decreto Legislativo N 1017 - Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley. - Decreto Supremo N 184-2008-EF - Reglamento de la Ley de Contrataciones del

    Estado, en adelante el Reglamento. - Directivas del OSCE. - Ley N 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General. - Cdigo Civil. - Ley N 27806 Ley de Transparencia y de Acceso a la Informacin Pblica. Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso. Para la aplicacin del derecho deber considerarse la especialidad de las normas previstas en las presentes Bases.

    1.2. CALIFICACIN PREVIA En aplicacin de lo dispuesto en el artculo 39 del Reglamento, cuando el valor referencial de la contratacin de la ejecucin de una obra sea igual o superior a veinticinco mil Unidades Impositivas Tributarias (25,000 UIT), en la seccin especfica de las Bases deber preverse el requisito de calificacin previa.

    1.3. CONVOCATORIA Se efectuar de conformidad con lo sealado en el artculo 51 del Reglamento, en la fecha sealada en el cronograma.

    1.4. REGISTRO DE PARTICIPANTES El registro de participantes se efectuar desde el da siguiente de la convocatoria y hasta un (1) da hbil despus de haber quedado integradas las Bases. En el caso de propuestas presentadas por un consorcio, bastar que se registre uno (1) de sus integrantes, de conformidad con el artculo 53 del Reglamento. La persona natural o persona jurdica que desee participar en el proceso de seleccin deber contar con inscripcin vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) conforme al objeto de la convocatoria. La Entidad verificar la vigencia de la inscripcin en el RNP y que no se encuentre inhabilitada para contratar con el Estado. Al registrarse, el participante deber sealar la siguiente informacin: Nombres, apellidos y Documento Nacional de Identidad (DNI), en el caso de persona natural; razn social de la persona jurdica; nmero de Registro nico de Contribuyentes (RUC); domicilio legal; telfono y fax. IMPORTANTE:

    Para registrarse como participante en un proceso de seleccin convocado por las Entidades del Estado Peruano, es necesario que los proveedores cuenten con inscripcin vigente ante el Registro Nacional de Proveedores (RNP) que administra el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). Para obtener mayor

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    informacin, podr ingresarse a la siguiente direccin electrnica: www.rnp.gob.pe.

    1.5. FORMULACIN DE CONSULTAS A LAS BASES Las consultas a las Bases sern presentadas por un periodo mnimo de cinco (5) das hbiles, contados desde el da siguiente de la convocatoria, de conformidad con lo establecido en el artculo 55 del Reglamento.

    1.6. ABSOLUCIN DE CONSULTAS A LAS BASES La decisin que tome el Comit Especial con relacin a las consultas presentadas constar en el pliego absolutorio que se notificar a travs del SEACE, de conformidad con lo establecido en el artculo 54 del Reglamento, en la fecha sealada en el cronograma del proceso de seleccin. El plazo para la absolucin no podr exceder de cinco (5) das hbiles contados desde el vencimiento del plazo para recibir las consultas. IMPORTANTE:

    No se absolvern consultas a las Bases que se presenten extemporneamente o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes.

    1.7. FORMULACIN DE OBSERVACIONES A LAS BASES Las observaciones a las Bases sern presentadas dentro de los cinco (5) das hbiles siguientes de haber finalizado el trmino para la absolucin de las consultas, de conformidad con lo establecido en el artculo 57 del Reglamento.

    1.8. ABSOLUCIN DE OBSERVACIONES A LAS BASES El Comit Especial notificar la absolucin de las observaciones a travs del SEACE, de conformidad con lo establecido en el artculo 56 del Reglamento, en la fecha sealada en el cronograma del proceso de seleccin. El plazo para la absolucin no podr exceder de los cinco (5) das hbiles desde el vencimiento del plazo para recibir observaciones. El Comit Especial debe incluir en el pliego de absolucin de observaciones el requerimiento de pago de la tasa por concepto de elevacin de observaciones al OSCE. IMPORTANTE:

    No se absolvern observaciones a las Bases que se presenten extemporneamente o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes.

    1.9. ELEVACIN DE OBSERVACIONES AL OSCE El plazo para solicitar la elevacin de observaciones para el pronunciamiento del OSCE es de tres (3) das hbiles, computados desde el da siguiente de la notificacin del pliego absolutorio a travs del SEACE. Los participantes pueden solicitar la elevacin de las observaciones para la emisin de pronunciamiento, en los siguientes supuestos: 1. Cuando las observaciones presentadas por el participante no fueron acogidas o

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    fueron acogidas parcialmente;

    2. Cuando a pesar de ser acogidas sus observaciones, el participante considere que tal acogimiento contina siendo contrario a lo dispuesto por el artculo 26 de la Ley, cualquier otra disposicin de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relacin con el proceso de seleccin; y

    3. Cuando el participante considere que el acogimiento de una observacin formulada por otro participante resulta contrario a lo dispuesto por el artculo 26 de la Ley, cualquier otra disposicin de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relacin con el proceso de seleccin. En este caso, el participante debe haberse registrado como tal hasta el vencimiento del plazo para formular observaciones.

    El Comit Especial, bajo responsabilidad, deber remitir la totalidad de la documentacin requerida para tal fin por el TUPA del OSCE, a ms tardar al da siguiente de vencido el plazo para que los participantes soliciten la elevacin de observaciones. La emisin y publicacin del pronunciamiento en el SEACE, debe efectuarse dentro de los diez (10) das hbiles siguientes de recibido el expediente completo por el OSCE

    1.10. INTEGRACIN DE LAS BASES Las Bases integradas constituyen las reglas definitivas del proceso de seleccin por lo que debern contener las correcciones, precisiones y/o modificaciones producidas como consecuencia de la absolucin de las consultas y de las observaciones, las dispuestas por el pronunciamiento, as como las requeridas por el OSCE en el marco de sus acciones de supervisin. Una vez integradas, las Bases no podrn ser cuestionadas en ninguna otra va ni modificadas por autoridad administrativa alguna, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad. Esta restriccin no afecta la competencia del Tribunal para declarar la nulidad del proceso por deficiencias en las Bases. El Comit Especial integrar y publicar las Bases teniendo en consideracin los siguientes plazos: 1. Cuando no se hayan presentado observaciones, al da siguiente de vencido el plazo

    para formularlas.

    2. Cuando se hayan presentado observaciones, al da siguiente de vencido el plazo para que los participantes soliciten la elevacin de dichas observaciones para la emisin de pronunciamiento, siempre que ningn participante haya hecho efectivo tal derecho.

    3. Cuando se haya solicitado la elevacin de observaciones, dentro de los dos (2) das hbiles siguientes de notificado el pronunciamiento respectivo en el SEACE.

    Corresponde al Comit Especial, bajo responsabilidad, integrar las Bases y publicarlas en el SEACE, conforme lo establecen los artculos 59 y 60 del Reglamento. De conformidad con el artculo 31 del Reglamento, el Comit Especial no podr efectuar modificaciones de oficio al contenido de las Bases, bajo responsabilidad.

    1.11. FORMA DE PRESENTACIN DE PROPUESTAS Y ACREDITACIN Todos los documentos que contengan informacin referida a los requisitos para la admisin de propuestas y factores de evaluacin se presentan en idioma castellano o, en

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    su defecto, acompaados de traduccin oficial o sin valor oficial efectuada por traductor pblico juramentado o traduccin certificada efectuada por traductor colegiado certificado, salvo el caso de la informacin tcnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catlogos o similares, que puede ser presentada en el idioma original. El postor es responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos. Las propuestas se presentarn en dos (2) sobres cerrados, de los cuales el primero contendr la propuesta tcnica y el segundo la propuesta econmica. Si las propuestas se presentan en hojas simples se redactarn por medios mecnicos o electrnicos y sern foliadas correlativamente empezando por el nmero uno. Asimismo, cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente mediante formularios o formatos, stos podrn ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual. En ambos supuestos, las propuestas deben llevar el sello y la rbrica del postor o de su representante legal o mandatario designado para dicho fin, salvo que el postor sea persona natural, en cuyo caso bastar que ste o su apoderado, indique debajo de la rbrica sus nombres y apellidos completos. Las personas naturales podrn concurrir personalmente o a travs de su apoderado debidamente acreditado ante el Comit Especial, mediante carta poder simple (Formato N 1). Las personas jurdicas lo harn por medio de su representante legal acreditado con copia simple del documento registral vigente que consigne dicho cargo o a travs de su apoderado acreditado con carta poder simple suscrita por el representante legal, a la que se adjuntar el documento registral vigente que consigne la designacin del representante legal, expedido con una antigedad no mayor de treinta (30) das calendario a la presentacin de propuestas. (Formato N 1) En el caso de consorcios, la propuesta puede ser presentada por el representante comn del consorcio, o por el apoderado designado por ste, o por el representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, conforme a lo siguiente: 1. En el caso que el representante comn del consorcio presente la propuesta, ste

    debe presentar copia simple de la promesa formal de consorcio.

    2. En el caso que el apoderado designado por el representante comn del consorcio presente la propuesta, este debe presentar carta poder simple suscrita por el representante comn del consorcio y copia simple de la promesa formal de consorcio.

    3. En el caso del representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, la acreditacin se realizar conforme a lo dispuesto en el sexto prrafo del presente numeral, segn corresponda.

    IMPORTANTE:

    Las Entidades someten a fiscalizacin posterior conforme a lo previsto en el artculo 32 de la Ley N 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la documentacin, declaraciones y traducciones presentadas por el ganador de la Buena Pro.

    1.12. PRESENTACIN DE PROPUESTAS La presentacin de propuestas se realiza en acto pblico, en la fecha y hora sealadas en el cronograma del proceso. El acto se inicia cuando el Comit Especial empieza a llamar a los participantes en el

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    orden en que se registraron para participar en el proceso, para que entreguen sus propuestas. Si al momento de ser llamado el participante no se encuentra presente, se le tendr por desistido. Si algn participante es omitido, podr acreditarse con la presentacin de la constancia de su registro como participante. Los integrantes de un consorcio no podrn presentar propuestas individuales ni conformar ms de un consorcio. IMPORTANTE:

    En caso de convocarse segn relacin de tems, los integrantes de un consorcio no podrn presentar propuestas individuales ni conformar ms de un consorcio en un mismo tem, lo que no impide que puedan presentarse individualmente o conformando otro consorcio en tems distintos.

    En el caso que el Comit Especial rechace la acreditacin del apoderado, representante legal o representante comn, segn corresponda en atencin al numeral 1.11, y este exprese su disconformidad, se anotar tal circunstancia en el acta y el Notario (o Juez de Paz) mantendr la propuesta y los documentos de acreditacin en su poder hasta el momento en que el participante formule apelacin. Si se formula apelacin se estar a lo que finalmente se resuelva al respecto. Despus de recibidas las propuestas, el Comit Especial proceder a abrir los sobres que contienen la propuesta tcnica de cada postor, a fin de verificar que los documentos presentados por cada postor sean los solicitados en las Bases. En el caso que de la revisin de la propuesta se adviertan defectos de forma, tales como errores u omisiones subsanables en los documentos presentados que no modifiquen el alcance de la propuesta tcnica, o la omisin de presentacin de uno o ms documentos que acrediten el cumplimiento de los requerimientos tcnicos mnimos siempre que se trate de documentos emitidos por autoridad pblica nacional o un privado en ejercicio de funcin pblica, tales como autorizaciones, permisos, ttulos, constancias y/o certificados que acrediten estar inscrito o integrar un registro, y otros de naturaleza anloga, para lo cual deben haber sido obtenidos por el postor con anterioridad a la fecha establecida para la presentacin de propuestas, se actuar conforme lo dispuesto en el artculo 68 del Reglamento. Este es el nico momento en que puede otorgarse plazo para subsanar la propuesta tcnica. En el caso de advertirse que la propuesta no cumple con lo requerido por las Bases, y no se encuentre dentro de los supuestos sealados en el prrafo anterior, se devolver la propuesta, tenindola por no admitida, salvo que el postor exprese su disconformidad, en cuyo caso se anotar tal circunstancia en el acta y el Notario (o Juez de Paz) mantendr la propuesta en su poder hasta el momento en que el postor formule apelacin. Si se formula apelacin se estar a lo que finalmente se resuelva al respecto. Despus de abierto cada sobre que contiene la propuesta tcnica, el Notario (o Juez de Paz) proceder a sellar y firmar cada hoja de los documentos de la propuesta tcnica. A su vez, si las Bases han previsto que la evaluacin y calificacin de las propuestas tcnicas se realice en fecha posterior, el Notario (o Juez de Paz) proceder a colocar los sobres cerrados que contienen las propuestas econmicas dentro de uno o ms sobres, los que sern debidamente sellados y firmados por l, por los miembros del Comit Especial y por los postores que as lo deseen, conservndolos hasta la fecha en que el Comit Especial, en acto pblico, comunique verbalmente a los postores el resultado de la evaluacin de las propuestas tcnicas. Al terminar el acto pblico, se levantar un acta, la cual ser suscrita por el Notario (o Juez de Paz), por todos sus miembros, as como por los veedores y los postores que lo deseen. De conformidad con lo dispuesto en el artculo 64 del Reglamento, en los actos de

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    presentacin de propuestas y otorgamiento de la Buena Pro se podr contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participar como veedor y deber suscribir el acta correspondiente, su inasistencia no viciar el proceso.

    1.13. CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONMICA La propuesta econmica (Sobre N 2) deber incluir obligatoriamente lo siguiente: La oferta econmica, en la moneda que corresponda, incluidos todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislacin vigente, as como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo de la ejecucin de la obra a ser contratada; excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales. La Entidad no reconocer pago adicional de ninguna naturaleza.

    El monto total de la propuesta econmica y los subtotales que lo componen debern ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrn ser expresados con ms de dos decimales. IMPORTANTE:

    Tratndose de un proceso segn relacin de tems, cuando los postores se presenten a ms de un tem, debern presentar sus propuestas econmicas en forma independiente.1

    1.14. EVALUACIN DE PROPUESTAS La evaluacin de propuestas se realizar en dos (2) etapas: La evaluacin tcnica y la evaluacin econmica. Los mximos puntajes asignados a las propuestas son los siguientes: Propuesta Tcnica : 100 puntos Propuesta Econmica : 100 puntos 1.14.1. EVALUACIN TCNICA

    Se verificar que la propuesta tcnica cumpla con los requerimientos tcnicos mnimos contenidos en las presentes Bases. Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos no sern admitidas. Slo aquellas propuestas admitidas y aquellas a las que el Comit Especial hubiese otorgado plazo de subsanacin, pasarn a la evaluacin tcnica. En aquellos casos en los que se hubiese otorgado plazo para la subsanacin de la propuesta, el Comit Especial deber determinar si se cumpli o no con la subsanacin solicitada. Si luego de vencido el plazo otorgado, no se cumple con la subsanacin, el Comit Especial tendr la propuesta por no admitida. Una vez cumplida la subsanacin de la propuesta o vencido el plazo otorgado para dicho efecto, se continuar con la evaluacin de las propuestas tcnicas admitidas, asignando los puntajes correspondientes, conforme a la metodologa de asignacin de puntaje establecida para cada factor.

    1 Luego de efectuada la evaluacin tcnica, cabe la posibilidad que dicho postor haya obtenido el puntaje necesario para

    acceder a la evaluacin econmica nicamente en algunos de los tems a los que se present, por lo que, de acuerdo con el artculo 71 del Reglamento, correspondera devolver las propuestas econmicas sin abrir, lo que no resultara posible si la totalidad de las propuestas econmicas del postor se incluyen en un solo sobre.

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    Las propuestas tcnicas que no alcancen el puntaje mnimo de sesenta (60) puntos, sern descalificadas en esta etapa y no accedern a la evaluacin econmica.

    1.14.2. EVALUACIN ECONMICA Si la propuesta econmica es inferior al noventa por ciento (90%) del valor referencial o excede el ciento diez por ciento (110%) del valor referencial, ser devuelta por el Comit Especial y se tendr por no presentada, conforme lo establece el artculo 33 de la Ley. La evaluacin econmica consistir en asignar el puntaje mximo establecido a la propuesta econmica de menor monto. Al resto de propuestas se les asignar un puntaje inversamente proporcional, segn la siguiente frmula:

    Pi = Om x PMPE Oi Donde:

    i = Propuesta Pi = Puntaje de la propuesta econmica i Oi = Propuesta Econmica i Om = Propuesta Econmica de monto o precio ms bajo PMPE = Puntaje Mximo de la Propuesta Econmica IMPORTANTE:

    En caso el proceso se convoque bajo el sistema de precios unitarios, el Comit Especial deber verificar las operaciones aritmticas de la propuesta que obtuvo el mayor puntaje total y, de existir alguna incorreccin, deber corregirla a fin de consignar el monto correcto y asignarle el lugar que le corresponda. Dicha correccin debe figurar expresamente en el acta respectiva.

    Slo cuando se haya previsto (segn el caso concreto) aceptar propuestas econmicas que incluyan propuestas de financiamiento, la propuesta econmica se evaluar utilizando el mtodo del valor presente neto del flujo financiero que comprenda los costos financieros y el repago de la deuda. Se tomarn en cuenta todos los costos del financiamiento, tales como la tasa de inters, comisiones, seguros y otros, as como la contrapartida de la Entidad si fuere el caso, conforme a las disposiciones contenidas en el artculo 70 del Reglamento.

    1.15. ACTO PBLICO DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO En la fecha y hora sealada en las Bases, el Comit Especial se pronunciar sobre la admisin y la evaluacin tcnica de las propuestas, comunicando los resultados de esta ltima. La evaluacin de las propuestas econmicas se realizar de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases. La determinacin del puntaje total se har de conformidad con el artculo 71 del Reglamento. El Comit Especial proceder a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, dando a conocer los resultados del proceso de seleccin a travs de un cuadro comparativo en el que se consignar el orden de prelacin en que han quedado calificados los postores, detallando los puntajes tcnico, econmico y total obtenidos por cada uno de ellos.

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    En el supuesto que dos (2) o ms propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuar observando lo sealado en el artculo 73 del Reglamento. Al terminar el acto pblico se levantar un acta, la cual ser suscrita por el Notario (o Juez de Paz), por todos los miembros del Comit Especial y por los postores que deseen hacerlo. El otorgamiento de la Buena Pro se presumir notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregar a los postores copia del acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados en cada factor de evaluacin. Dicha presuncin no admite prueba en contrario. Esta informacin se publicar el mismo da en el SEACE. IMPORTANTE:

    De conformidad con el artculo 76 del Reglamento, para otorgar la Buena Pro a propuestas que superen el valor referencial, hasta el lmite del ciento diez por ciento (110%), deber contarse con la asignacin suficiente de crditos presupuestarios y la aprobacin del Titular de la Entidad, salvo que el postor que haya obtenido el mejor puntaje total acepte reducir su oferta econmica a un monto igual o menor al valor referencial.

    1.16. CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO Cuando se hayan presentado dos (2) o ms propuestas, el consentimiento de la Buena Pro se producir a los ocho (8) das hbiles de la notificacin de su otorgamiento en acto pblico, sin que los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelacin. En este caso, el consentimiento se publicar en el SEACE al da hbil siguiente de haberse producido. En el caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la Buena Pro se producir el mismo da de la notificacin de su otorgamiento en acto pblico, y podr ser publicado en el SEACE ese mismo da o hasta el da hbil siguiente.

    1.17. CONSTANCIA DE NO ESTAR INHABILITADO PARA CONTRATAR CON EL ESTADO De acuerdo con el artculo 282 del Reglamento, a partir del da hbil siguiente de haber quedado consentida la Buena Pro o de haberse agotado la va administrativa conforme a lo previsto en el artculo 122 del Reglamento, el postor ganador de la Buena Pro debe solicitar ante el OSCE la expedicin de la constancia de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.

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    CAPTULO II SOLUCIN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE SELECCIN

    2.1. RECURSO DE APELACIN

    A travs del recurso de apelacin se impugnan los actos dictados durante el desarrollo del proceso de seleccin, desde la convocatoria hasta aquellos emitidos antes de la celebracin del contrato. El recurso de apelacin se presenta ante y es resuelto por el Tribunal de Contrataciones del Estado. Los actos emitidos por el Titular de la Entidad que declaren la nulidad de oficio o cancelen el proceso, podrn impugnarse ante el Tribunal de Contrataciones del Estado.

    2.2. PLAZOS DE INTERPOSICIN DEL RECURSO DE APELACIN La apelacin contra el otorgamiento de la Buena Pro o contra los actos dictados con anterioridad a ella debe interponerse dentro de los ocho (8) das hbiles siguientes de haberse otorgado la Buena Pro. La apelacin contra los actos distintos a los indicados en el prrafo anterior debe interponerse dentro de los ocho (8) das hbiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar.

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    CAPTULO III DEL CONTRATO

    3.1. DEL PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO

    Dentro del plazo de doce (12) das hbiles siguientes al consentimiento de la Buena Pro o cuando esta haya quedado administrativamente firme, debe suscribirse el contrato. Dentro del referido plazo: a) El postor ganador debe presentar la totalidad de la documentacin prevista en las Bases, b) La Entidad, de corresponder, solicita la subsanacin de la documentacin presentada y c) El postor ganador subsana las observaciones formuladas por la Entidad. En el supuesto que el postor ganador no presente la documentacin y/o no concurra a suscribir el contrato, en los plazos antes indicados, se proceder de acuerdo a lo dispuesto en el artculo 148 del Reglamento, segn corresponda. El contrato ser suscrito por la Entidad, a travs del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratndose de persona natural, y tratndose de persona jurdica, a travs de su representante legal, de conformidad con lo establecido en el artculo 139 del Reglamento. Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deber presentar, adems de los documentos previstos en las Bases, los siguientes:

    Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.

    Constancia de capacidad libre de contratacin.

    Garanta de fiel cumplimiento.

    Garanta de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias, en caso corresponda.

    Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso.

    Cdigo de cuenta interbancario (CCI).

    Designacin del residente de obra, cuando este no haya formado parte de su propuesta tcnica.

    Calendario de avance de obra valorizado sustentado en el Programa de Ejecucin de Obra (PERT-CPM), salvo en obras bajo las modalidades de concurso oferta o llave en mano que incluya la elaboracin del expediente tcnico.

    Calendario de adquisicin de materiales o insumos necesarios para la ejecucin de obra2, en concordancia con el calendario de avance de obra valorizado, salvo en obras bajo las modalidades de concurso oferta o llave en mano que incluya la elaboracin del expediente tcnico.

    Desagregado por partidas que dio origen a su propuesta, cuando el sistema de contratacin sea a suma alzada, salvo en obras bajo las modalidades de concurso oferta o llave en mano que incluya la elaboracin del expediente tcnico.

    3.2. DE LAS GARANTAS

    3.2.1. GARANTA DE FIEL CUMPLIMIENTO El postor ganador debe entregar a la Entidad la garanta de fiel cumplimiento del contrato. Esta deber ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y tener vigencia hasta el consentimiento de la liquidacin final.

    2 De acuerdo con el artculo 183 del Reglamento, este calendario se actualizar con cada ampliacin de plazo otorgada, en

    concordancia con el calendario de avance de obra valorizado vigente.

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    De manera excepcional, respecto de aquellos contratos que tengan una vigencia superior a un (1) ao, previamente a la suscripcin del contrato, las Entidades podrn aceptar que el ganador de la Buena Pro presente la garanta de fiel cumplimiento con una vigencia de un (1) ao, con el compromiso de renovar su vigencia hasta el consentimiento de la liquidacin final.

    3.2.2. GARANTA DE FIEL CUMPLIMIENTO POR PRESTACIONES ACCESORIAS En caso el contrato conlleve a la ejecucin de prestaciones accesorias, se otorgar una garanta adicional por este concepto, la misma que se renovar peridicamente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas, no pudiendo eximirse su presentacin en ningn caso.

    3.3. REQUISITOS DE LAS GARANTAS Las garantas que se presenten debern ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realizacin automtica en el pas al slo requerimiento de la Entidad. Asimismo, deben ser emitidas por empresas que se encuentren bajo la supervisin de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, y deben estar autorizadas para emitir garantas; o estar consideradas en la lista actualizada de bancos extranjeros de primera categora que peridicamente publica el Banco Central de Reserva del Per. IMPORTANTE:

    Corresponde a la Entidad verificar que las garantas presentadas por los postores o contratistas cumplen con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptacin y eventual ejecucin.

    3.4. EJECUCIN DE GARANTAS Las garantas se harn efectivas conforme a las estipulaciones contempladas en el artculo 164 del Reglamento.

    3.5. INICIO DEL PLAZO DE EJECUCIN DE OBRA3 El plazo de ejecucin de obra se inicia a partir del da siguiente de que se cumplan las siguientes condiciones: 1. Que la Entidad designe al inspector o al supervisor, segn corresponda. 2. Que la Entidad entregue el expediente tcnico de obra completo al contratista. 3. Que la Entidad entregue el terreno o lugar donde se ejecutar la obra al contratista. 4. Que la Entidad provea el calendario de entrega de los materiales o insumos al

    contratista, cuando en la seccin especfica de las Bases la Entidad haya asumido esta obligacin.

    5. Que la Entidad entregue el adelanto directo o el primer desembolso de dicho adelanto al contratista, en las condiciones y oportunidad establecidas en la seccin especfica de las Bases, salvo que en dicha seccin no se haya previsto la entrega de este adelanto.

    6. Que el contratista presente el certificado de habilidad de los profesionales4 sealados en su propuesta tcnica.

    3 En las obras bajo las modalidades de concurso oferta y llave en mano que incluya la elaboracin del expediente tcnico,

    estos requisitos debern ser considerados para el inicio de la ejecucin de la obra.

    4 Ingenieros o arquitectos.

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    Estas condiciones debern ser cumplidas dentro de los quince (15) das calendario siguientes a la suscripcin del contrato. En caso no se haya solicitado la entrega del adelanto directo, el plazo se inicia con el cumplimiento de las dems condiciones. Si cumplidas las condiciones antes indicadas la estacionalidad climtica no permitiera el inicio de la ejecucin de la obra, la Entidad podr acordar con el contratista la fecha para el inicio de la ejecucin. Dicha decisin deber ser sustentada en un informe tcnico que formar parte del expediente de contratacin de la obra. IMPORTANTE:

    De acuerdo con el artculo 190 del Reglamento, deber designarse a un supervisor cuando el valor de la obra a ejecutarse sea igual o mayor al monto establecido por la Ley de Presupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal en el que se convoca el proceso de seleccin.

    3.6. RESIDENTE DE OBRA5 Profesional6 colegiado y habilitado, con no menos de dos (2) aos de experiencia en la especialidad7, designado por el contratista, previa conformidad de la Entidad. Por su sola designacin, el residente representa al contratista para los efectos ordinarios de la obra, no estando facultado a pactar modificaciones al contrato. La sustitucin del residente slo proceder previa autorizacin por escrito del funcionario de la Entidad que, segn sus normas de organizacin interna, cuente con facultades suficientes para brindar tal autorizacin, y siempre que el profesional reemplazante rena calificaciones profesionales iguales o superiores a las del profesional originalmente propuesto. El pronunciamiento de la Entidad sobre la sustitucin del residente de obra debe ser emitido y notificado al contratista dentro de los ocho (8) das hbiles siguientes de presentada la respectiva solicitud, transcurrido dicho plazo sin que la Entidad emita pronunciamiento alguno, se considerar aprobada la sustitucin.

    3.7. INSPECTOR O SUPERVISOR8 DE OBRA Profesional colegiado y habilitado, con menos de dos (2) aos de experiencia en la especialidad, designado por la Entidad para velar, de modo permanente y directo, por la correcta ejecucin de la obra y el cumplimiento de las especificaciones tcnicas y del contrato. Debe cumplir, cuando menos, con las mismas calificaciones profesionales del residente. En caso que el supervisor sea una persona jurdica, esta deber designar a una persona natural como supervisor permanente de la obra.

    5 De acuerdo con el artculo 185 del Reglamento, en toda obra debe contarse, de modo permanente y directo, con un

    residente de obra. 6 Ingeniero o arquitecto, segn lo requerido en el expediente tcnico de obra que es parte de las Bases, conforme a la

    naturaleza de la obra a ser ejecutada. 7 En el expediente tcnico que es parte de las Bases, la Entidad puede establecer calificaciones y/o experiencia adicionales

    para el profesional propuesto como residente de obra, segn la naturaleza, envergadura y complejidad de la obra a ser ejecutada.

    8 De acuerdo con el artculo 190 del Reglamento, deber contarse con supervisor cuando el valor de la obra a ejecutarse sea

    igual o mayor al monto establecido por la Ley de Presupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal en el que se convoca el proceso de seleccin.

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    3.8. CUADERNO DE OBRA Y ANOTACIN DE OCURRENCIAS El cuaderno de obra se abre en la fecha de entrega del terreno al contratista, oportunidad en la que deber ser firmado en cada una de sus pginas por el inspector o supervisor, segn corresponda, y por el residente. Dicho cuaderno debe constar de una hoja original con tres (3) copias desglosables, correspondiendo una de estas copias a la Entidad, otra al contratista y la tercera al inspector o supervisor. El cuaderno de obra original debe permanecer en la obra, bajo custodia del residente, el que no podr impedirle el acceso al mismo al inspector o supervisor, bajo pena de aplicarle al contratista una multa del cinco por mil (5/1000) del monto de la valorizacin por cada da en que se impida el acceso. Slo el inspector o supervisor, y el residente, pueden hacer anotaciones en el cuaderno de obra. Estos profesionales anotarn los hechos relevantes que ocurran durante la ejecucin de la obra, firmando al pie de cada anotacin que efecten. Tambin se anotarn en el cuaderno de obra las consultas al inspector o supervisor de obra, as como la respuesta de este ltimo. Las solicitudes que realice el contratista, o su representante legal, como consecuencia de las ocurrencias anotadas en el cuaderno de obra, se harn directamente a la Entidad, por medio de comunicacin escrita. El cuaderno de obra ser cerrado por el inspector o supervisor cuando la obra haya sido recibida por la Entidad, procediendo a entregar el original de dicho cuaderno a la Entidad. IMPORTANTE:

    El inspector o supervisor, y/o el residente, deben anotar en el cuaderno de obra la fecha de inicio del plazo de ejecucin de la obra, a efectos de evitar futuras controversias sobre el particular.

    3.9. ADELANTOS La Entidad entregar adelantos directos y adelantos para materiales o insumos, conforme a lo establecido en el artculo 186 del Reglamento, siempre que ello haya sido previsto en la seccin especfica de las Bases9. En el supuesto que no se entreguen los adelantos en el plazo previsto en la seccin especfica de las Bases, el contratista tendr derecho a solicitar la ampliacin del plazo de ejecucin de la obra por el nmero de das equivalente a la demora, conforme al artculo 201 del Reglamento.

    3.10. VALORIZACIONES La valorizacin es la cuantificacin econmica del avance fsico en la ejecucin de la obra en un periodo determinado, tendr el carcter de pago a cuenta y deber ser realizada el ltimo da de cada periodo de valorizacin previsto en la seccin especfica de las Bases, por el inspector o supervisor, segn corresponda, y por el contratista. Si el inspector o supervisor no se presenta para la valorizacin conjunta con el contratista, este ltimo la realizar.

    9 En el caso de obras bajo las modalidades de concurso oferta o llave en mano que incluya la elaboracin del expediente

    tcnico, si la Entidad prev la entrega del adelanto directo para la elaboracin del expediente tcnico, el monto de este adelanto no podr ser superior al veinte por ciento (20%) del monto original correspondiente a esta prestacin. Asimismo, si la Entidad prev la entrega del adelanto directo para la ejecucin de la obra, el monto de este adelanto no podr ser superior al veinte por ciento (20%) del monto original correspondiente a esta prestacin.

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    En caso de retraso en el pago de las valorizaciones, por razones imputables a la Entidad, el contratista tendr derecho al pago de intereses, de conformidad con el artculo 48 de la Ley y los artculos 1244, 1245 y 1246 del Cdigo Civil. Para tal efecto, se formular una valorizacin de intereses y el pago se efectuar en las valorizaciones siguientes. En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago de las valorizaciones se realizar a quien se indique en el contrato de consorcio.

    3.11. REAJUSTES Si el valor referencial es establecido en moneda nacional, las valorizaciones debern ser ajustadas multiplicndolas por el respectivo coeficiente de reajuste K que se obtenga de aplicar en la frmula o frmulas polinmicas previstas en el expediente tcnico de obra que es parte de las Bases, los ndices Unificados de Precios de la Construccin que publica el Instituto Nacional de Estadstica e Informtica INEI. Dado que los ndices Unificados de Precios de la Construccin son publicados con un mes de atraso, los reajustes debern calcularse teniendo en consideracin el coeficiente de reajuste K conocido a ese momento; posteriormente, cuando se conozcan los ndices que se deben aplicar, se calcular el monto definitivo de los reajustes que corresponden, los que se pagarn con la valorizacin ms cercana posterior o en la liquidacin final sin reconocimiento de intereses. IMPORTANTE:

    Tanto la elaboracin como la aplicacin de las frmulas polinmicas se sujetan a lo dispuesto en el Decreto Supremo N 011-79-VC.

    3.12. DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO La penalidad por retraso injustificado en la ejecucin de la obra y las causales para la resolucin del contrato, sern aplicadas de conformidad con los artculos 165 y 168 del Reglamento, respectivamente. De acuerdo con los artculos 48 de la Ley y 166 del Reglamento, en las Bases o el contrato podrn establecerse penalidades distintas a la mencionada en el artculo 165 del Reglamento, siempre y cuando sean objetivas, razonables y congruentes con el objeto de la convocatoria, hasta por un monto mximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del tem que debi ejecutarse. Estas penalidades se calcularn de forma independiente a la penalidad por mora.

    3.13. LIQUIDACIN DEL CONTRATO DE OBRA El procedimiento para la liquidacin del contrato de obra que deber observarse, es el que se encuentra descrito en el artculo 211 del Reglamento. No proceder la liquidacin mientras existan controversias pendientes de resolver. Luego de haber quedado consentida la liquidacin y efectuado el pago del saldo de la liquidacin, culmina el contrato y se cierra el expediente respectivo. Las controversias sobre pagos podrn ser sometidas a conciliacin y/o arbitraje, dentro del plazo de quince (15) das hbiles siguientes al vencimiento del plazo previsto en la seccin especfica de las Bases para efectuar el pago del monto correspondiente al saldo de la liquidacin.

    3.14. VIGENCIA DEL CONTRATO

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    En aplicacin de lo dispuesto en el artculo 149 del Reglamento, el contrato tiene vigencia desde el da siguiente de la suscripcin del documento que lo contiene, hasta que la liquidacin quede consentida y se efecte el pago correspondiente.

    3.15. DISPOSICIONES FINALES Todos los dems aspectos del presente proceso no contemplados en las Bases se regirn supletoriamente por la Ley y su Reglamento, as como por las disposiciones legales vigentes. IMPORTANTE:

    Cuando se trate de obras bajo la modalidad de concurso oferta, a cada una de las prestaciones involucradas se le aplicarn, en principio, las disposiciones de la normativa de contrataciones del Estado que sean compatibles con su naturaleza, salvo en aquellos supuestos que impliquen la erogacin de mayores fondos pblicos (adelantos y prestaciones adicionales), en los que se aplicarn las disposiciones de dicha normativa que regulan la ejecucin de obras.

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    SECCIN ESPECFICA

    CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCESO DE SELECCIN

    (EN ESTA SECCIN LA ENTIDAD DEBER COMPLETAR LA INFORMACIN EXIGIDA, DE ACUERDO A LAS INSTRUCCIONES INDICADAS)

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    CAPTULO I GENERALIDADES

    1.1. ENTIDAD CONVOCANTE

    Nombre : GOBIERNO REGIONAL DE HUANUCO

    RUC N : 20489250731

    Domicilio legal : Calle CALICANTO N 145 AMARILIS HUNUCO

    Telfono y fax: : 062-512124 anexo 128

    Correo electrnico: : [email protected]

    1.2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA

    El presente proceso de seleccin tiene por objeto la contratacin de la ejecucin de la obra: CONSTRUCCION Y MEJORAMIENTO DE CAMINO VECINAL TAMBILLO GRANDE SAN JUAN PAMPA - SAN FRANCISCO - BUENOS AIRES, DISTRITO DE MARIANO DAMASO BERAUN, PROVINCIA DE LEONCIO PRADO - HUANUCO.

    1.3. VALOR REFERENCIAL10

    El valor referencial asciende a S/. 10, 055,562.12 (Diez millones cincuenta y cinco mil quinientos sesenta y dos con 12/100 Nuevos Soles). Incluido los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que incida en el costo total de las prestaciones, El valor referencial ha sido calculado al mes de Marzo del 2014.

    Valor Referencial (VR)

    Lmites

    Inferior Superior

    S/. 10, 055,562.12

    (Diez millones cincuenta y cinco mil quinientos sesenta

    y dos con 12/100 Nuevos Soles).

    S/. 9, 050,005.91

    (Nueve millones cincuenta mil cincuenta mil cinco con

    91/100 Nuevos Soles).

    S/. 11, 061,118.33

    (Once millones sesenta y un mil ciento dieciocho con

    33/100 Nuevos Soles).

    IMPORTANTE:

    Las propuestas econmicas no pueden exceder los lmites del valor referencial de conformidad con el artculo 33 de la Ley.

    De conformidad con lo sealado en el numeral 2 de la citada Disposicin Complementaria Final, en las Bases del respectivo proceso de seleccin deber establecerse adems del valor referencial, los lmites de ste, con y sin IGV, tal como se indica a continuacin:

    Valor Referencial

    (VR)

    Lmite Inferior Lmite Superior

    Con IGV Sin IGV Con IGV Sin IGV

    10, 055,562.12 9, 050,005.91 7, 669,496.54 11, 061,118.33 9, 373,829.09

    10 El monto del valor referencial indicado en esta seccin de las Bases no debe diferir del monto del valor referencial

    consignado en la ficha del proceso en el SEACE. No obstante, de existir contradiccin entre estos montos, primar el monto del valor referencial indicado en las Bases aprobadas.

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    1.4. EXPEDIENTE DE CONTRATACIN

    El expediente de contratacin fue aprobado mediante Formato 2 N 169-2014/GRH, de fecha 05 de Junio del 2014. Asimismo, el expediente tcnico de obra actualizado fue aprobado mediante Resolucin Ejecutiva Regional N 1026-2014-GRH/PR de fecha 20 de mayo de 2014.

    1.5. FUENTE DE FINANCIAMIENTO RECURSOS ORDINARIOS.

    1.6. SISTEMA DE CONTRATACIN El presente proceso se rige por el sistema a SUMA ALZADA, de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratacin respectivo.

    1.7. MODALIDAD DE EJECUCIN CONTRACTUAL No Aplica

    1.8. ALCANCES DEL REQUERIMIENTO La obra a ser ejecutada est definida en los Requerimientos Tcnicos Mnimos que forman parte de la presente seccin, en el captulo III.

    1.9. PLAZO DE EJECUCIN DE LA OBRA El plazo de ejecucin de la obra materia de la presente convocatoria, es de Doscientos cuarenta (240) das calendario.

    1.10. COSTO DE REPRODUCCIN DE LAS BASES El costo de reproduccin de las Bases es de S/. 10.00 (Diez con 00/100 Nuevos Soles).

    1.11. BASE LEGAL

    Ley N 28411 Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto

    Ley N 30114 Ley de Presupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal 2014

    Ley N 27444 Ley de Procedimiento Administrativo General.

    Ley N 27806 Ley de Transparencia y de Acceso a la Informacin Pblica.

    Ley N 27785 Ley Orgnica del Sistema Nacional de Control y de la Contralora General de la

    Repblica.

    Cdigo Civil en forma supletoria.

    Decreto Legislativo N 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado.

    Decreto Supremo N 184-2010-EF, que aprueba el Reglamento del D.L. N 1017 Ley de

    Contrataciones del Estado, en adelante el Reglamento.

    Decreto Supremo N 021-2009-EF, Modificacin del Reglamento de la Ley de Contrataciones

    del Estado.

    Directivas del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE).

    Decreto Supremo N 007-2010-TR, Texto nico Ordenado de la Ley de Promocin de la

    Competitividad, Formalizacin y Desarrollo de la Micro y Pequea y del acceso al empleo

    decente, Ley MYPE.

    Decreto Supremo N 010-2010-TR, Reglamento de la Ley MYPE.

    Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.

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    CAPTULO II DEL PROCESO DE SELECCIN

    2.1. CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIN 11

    Etapa Fecha, hora y lugar

    Convocatoria : 12/06/2014

    Registro de participantes : Del 13/00/2014 Al: 08/07/2014

    Formulacin de Consultas : Del: 13/06/2014 Al: 19/06/2014

    Absolucin de Consultas : 23/06/2014

    Formulacin de Observaciones a las Bases

    : Del: 24/06/2014 Al: 30/06/2014

    Absolucin de Observaciones a las Bases : 03/07/2014

    Integracin de las Bases : 07/07/2014

    Presentacin de Propuestas : 14/07/2014

    * El acto pblico se realizar en : Direccin Regional de Administracin, Calle calicanto N 145 Amarilis: 10:00 horas

    Calificacin y Evaluacin de Propuestas : 15/07/2014

    Otorgamiento de la Buena Pro : 15/07/2014

    * El acto pblico se realizar en : Direccin Regional de Administracin, Calle calicanto N 145 Amarilis: 15:00 horas

    2.2. REGISTRO DE PARTICIPANTES

    El registro de los participantes es gratuito y se realizar en la oficina de Logstica y Servicios Auxiliares del Gobierno Regional Hunuco, sito en Calle Calicanto N 145 - Amarilis - Hunuco, en las fechas sealadas en el cronograma, en el horario de 8:00 am a 16:30 pm, En el momento del registro, se emitir la constancia o cargo correspondiente en el que se indicar: nmero y objeto del proceso, el nombre y firma de la persona que efectu el registro, as como el da y hora de dicha recepcin.

    2.3. FORMULACIN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES Las consultas y observaciones se presentarn por escrito, debidamente fundamentadas, ante la ventanilla de la Unidad de Tramite Documentario del GOBIERNO REGIONAL HUANUCO, sito en la calle CALICANTO N 145 AMARILIS - HUANUCO, en las fechas sealadas en el cronograma, en el horario de 08.00 am. a 16:30 horas, debiendo estar dirigidos al Presidente del Comit Especial de la LICITACION PUBLICA N 009-2014/GRH pudiendo acompaar opcionalmente un CD conteniendo las consultas y/u observaciones. En el caso que los participantes decidan solicitar la elevacin de observaciones al OSCE, dicha solicitud junto con los requisitos establecidos para ello debern ser presentados en Unidad de Tramite Documentario del GOBIERNO REGIONAL HUANUCO, sito en la calle CALICANTO N 145 AMARILIS - HUANUCO en el horario de 08.00 horas a 16.30 horas. Pudiendo ser remitidos adicionalmente al correo:

    11 La informacin del cronograma indicado en las Bases no debe diferir de la informacin consignada en el cronograma de la

    ficha del proceso en el SEACE. No obstante, de existir contradiccin en esta informacin, primar el cronograma indicado en la ficha del proceso en el SEACE.

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    [email protected]

    2.4. ACTO PBLICO DE PRESENTACIN DE PROPUESTAS Las propuestas se presentarn en acto pblico, en la DIRECCION REGIONAL DE ADMINISTRACION, SITO EN LA CALLE CALICANTO N 145 AMARILIS HUANUCO, en la fecha y hora sealada en el cronograma. El acto pblico se realizar con la presencia de Notario Pblico. Las personas naturales concurren personalmente o a travs de su apoderado debidamente acreditadas ante el Comit Especial mediante carta poder simple. Las personas jurdicas lo hacen por medio de su representante legal o apoderado. El representante legal acreditar tal condicin con copia simple del documento registral vigente12 que consigne dicho cargo y, en el caso del apoderado, ser acreditado con carta poder simple suscrita por el representante legal, a la que se adjuntar el documento registral vigente que acredite la condicin de ste. Las propuestas se presentarn en dos sobres cerrados y estarn dirigidas al Comit Especial de la LICITACION PUBLICA N 009-2014/GRH conforme al siguiente detalle:

    SOBRE N 1: Propuesta Tcnica. El sobre ser rotulado:

    SOBRE N 2: Propuesta Econmica. El sobre ser rotulado:

    2.5. CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS 2.5.1. SOBRE N 1 - PROPUESTA TCNICA

    Se presentar en un original y dos copias.

    12

    La vigencia de poder a presentar por el Representante Legal o Apoderado deber tener una antigedad no mayor a treinta (30) das calendario a la fecha de presentacin de las propuestas.

    Seores

    GOBIERNO REGIONAL DE HUANUCO CALLE CALICANTO 145 AMARILIS - HUANUCO Att.: Comit Especial

    LICITACIN PBLICA N 009-2014/GRH

    DENOMINACIN DE LA CONVOCATORIA: CONTRATACION PARA LA EJECUCION DE LA OBRA: CONSTRUCCION Y MEJORAMIENTO DE CAMINO VECINAL TAMBILLO GRANDE SAN JUAN PAMPA - SAN FRANCISCO - BUENOS AIRES, DISTRITO DE MARIANO DAMASO BERAUN, PROVINCIA DE LEONCIO PRADO - HUANUCO

    SOBRE N 1: PROPUESTA TCNICA [NOMBRE / RAZN SOCIAL DEL POSTOR]

    Seores

    GOBIERNO REGIONAL DE HUANUCO CALLE CALICANTO 145 AMARILIS - HUANUCO

    Att.: Comit Especial

    LICITACIN PBLICA N 009-2014/GRH

    DENOMINACIN DE LA CONVOCATORIA: CONTRATACION PARA LA EJECUCION DE LA OBRA: CONSTRUCCION Y MEJORAMIENTO DE CAMINO VECINAL TAMBILLO GRANDE SAN JUAN PAMPA - SAN FRANCISCO - BUENOS AIRES, DISTRITO DE MARIANO DAMASO BERAUN, PROVINCIA DE LEONCIO PRADO - HUANUCO.

    SOBRE N 2: PROPUESTA ECONMICA [NOMBRE / RAZN SOCIAL DEL POSTOR]

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    El sobre N 1 contendr, adems de un ndice de documentos 13 , la siguiente documentacin: Documentacin de presentacin obligatoria:

    a) Declaracin jurada de datos del postor. Cuando se trate de consorcio, esta declaracin jurada ser presentada por

    cada uno de los consorciados (Anexo N 1). b) Declaracin jurada de cumplimiento de los Requerimientos Tcnicos Mnimos

    contenidos en el Captulo III de la presente seccin14 (Anexo N 2).

    Acompaado de la siguiente documentacin:

    b.1. Formato y documentos sustentatorios de la EXPERIENCIA DEL POSTOR

    EXIGIDA EN LOS REQUERIMIENTOS TCNICOS MNIMOS, incorporados en el Captulo III de la presente seccin. (Anexo 06)

    b.2. Relacin del personal que ser asignado a la ejecucin de la obra. (Formato 02)

    b.3. Declaracin Jurada de Compromiso de Trabajo de cada uno del personal propuesto para la ejecucin de la obra. (Formato N 03.)

    b.4. Formato y documentos sustentatorios de la CALIFICACIN Y EXPERIENCIA DEL PERSONAL PROPUESTO. (Formato N 04).

    b.5. Declaracin jurada de Disponibilidad de Equipos y Maquinaria, De ser el caso. (Formato N 05). c) Declaracin jurada simple de acuerdo al artculo 42 del Reglamento (Anexo N

    3). En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaracin

    jurada, salvo que sea presentada por el representante comn del consorcio. d) Promesa formal de consorcio, de ser el caso, en la que se consigne los

    integrantes, el representante comn, el domicilio comn y las obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes del consorcio, as como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones (Anexo N 4).

    La promesa formal de consorcio deber ser suscrita por cada uno de sus

    integrantes. Se presume que el representante comn del consorcio se encuentra facultado

    para actuar en nombre y representacin del mismo en todos los actos referidos al proceso de seleccin, suscripcin y ejecucin del contrato, con amplias y suficientes facultades.

    e) Declaracin jurada de plazo de ejecucin de la obra (Anexo N 5).

    IMPORTANTE:

    La omisin de alguno de los documentos enunciados acarrear la no admisin de la propuesta, sin perjuicio de lo sealado en el artculo 68 del Reglamento.

    Documentacin de presentacin facultativa:

    13 La omisin del ndice no descalifica la propuesta, ya que su presentacin no tiene incidencia en el objeto de la

    convocatoria. 14 El Comit Especial debe determinar al elaborar las Bases si solo bastar la presentacin de una declaracin jurada para

    acreditar el cumplimiento de los requerimientos tcnicos mnimos o, de lo contrario, si ser necesario que lo declarado se encuentre respaldado con la presentacin de algn otro documento, en cuyo caso, deber precisar dicha informacin en el listado de documentacin de presentacin obligatoria del numeral 2.5.1 de la seccin especfica de las Bases.

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    24

    a) Factor experiencia en obras en general: Copia simple de contratos y sus

    respectivas actas de recepcin y conformidad; contratos y sus respectivas resoluciones de liquidacin; o contratos y cualquier otra documentacin de la cual se desprenda fehacientemente que la obra fue concluida, as como su monto total. Adicionalmente, para acreditar experiencia adquirida en consorcio, deber presentarse copia simple de la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio. Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben presentar el Anexo N 6, referido a la experiencia en obras en general del postor.

    b) Factor experiencia en obras similares: Copia simple de contratos y sus respectivas actas de recepcin y conformidad; contratos y sus respectivas resoluciones de liquidacin; o contratos y cualquier otra documentacin de la cual se desprenda fehacientemente que la obra fue concluida, as como su monto total. Adicionalmente, para acreditar experiencia adquirida en consorcio, deber presentarse copia simple de la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio. Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben presentar el Anexo N 7, referido a la experiencia en obras similares del postor.

    c) Factor experiencia y calificaciones del personal profesional propuesto:

    Para acreditar el factor experiencia del personal profesional propuesto, se presentar: (i) copia simple de contratos y su respectiva conformidad, (ii) constancias, (iii) certificados o (iv) cualquier otro documento que, de manera fehaciente demuestre el tiempo de experiencia del profesional propuesto Para acreditar el factor calificacin del personal profesional propuesto, se presentar: Se acreditarn con copia simple de Ttulos, Diploma, Constancias y/o Certificados.

    d) Factor cumplimiento de ejecucin de obras: Mediante la presentacin de

    constancias de prestacin o cualquier otro documento que, independientemente de su denominacin, indique, como mnimo, lo siguiente: 1. La identificacin del contrato indicando como mnimo su objeto.2. El monto correspondiente; esto es, el importe total al que asciende el contrato, comprendiendo las variaciones por adicionales, reducciones, reajustes, etc., que se hubieran aplicado durante la ejecucin contractual.3. Las penalidades en que hubiera incurrido el contratista durante la ejecucin de dicho contrato. IMPORTANTE:

    Los postores que soliciten el beneficio de la exoneracin del IGV previsto en la Ley N 27037, Ley de Promocin de la Inversin en la Amazona, deben presentar la Declaracin Jurada de cumplimiento de condiciones para la aplicacin de la exoneracin del IGV (Anexo N 8). En el caso de consorcios, todos los integrantes que figuran en la promesa formal de consorcio deben reunir las condiciones exigidas para acceder al beneficio de la exoneracin del IGV, debiendo presentar de manera independiente la declaracin jurada antes sealada.

    IMPORTANTE:

    En caso exista contradiccin entre la informacin presentada en la propuesta tcnica, la propuesta ser descalificada.

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    2.5.2. SOBRE N 2 - PROPUESTA ECONMICA15 El Sobre N 2 deber contener la siguiente informacin obligatoria: Oferta econmica expresada en la moneda del valor referencial (Anexo N 9). El monto total de la propuesta econmica y los subtotales que lo componen debern ser expresados con dos decimales. IMPORTANTE:

    La admisin de la propuesta econmica que presenten los postores depender de si aquella se encuentra dentro los mrgenes establecidos en el artculo 33 de la Ley y el artculo 39 de su Reglamento. La propuesta econmica de los postores que presenten la Declaracin Jurada de cumplimiento de condiciones para la aplicacin de la exoneracin del IGV (Anexo N 8), debe encontrase dentro de los lmites del valor referencial sin IGV.

    En caso la informacin contenida en la propuesta econmica difiera de la informacin contenida en la propuesta tcnica, la propuesta econmica ser descalificada.

    2.6. DETERMINACIN DEL PUNTAJE TOTAL

    Una vez evaluadas las propuestas tcnica y econmica se proceder a determinar el puntaje total de las mismas. El puntaje total de las propuestas ser el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la siguiente frmula:

    PTPi = c1 PTi + c2 PEi Donde: PTPi = Puntaje total del postor i PTi = Puntaje por evaluacin tcnica del postor i PEi = Puntaje por evaluacin econmica del postor i Se aplicarn las siguientes ponderaciones: c1 = Coeficiente de ponderacin para la evaluacin tcnica.

    = 0.70 c2 = Coeficiente de ponderacin para la evaluacin econmica.

    = 0.30 Donde: c1 + c2 = 1.00

    2.7. REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIN DEL CONTRATO El postor ganador de la Buena Pro deber presentar los siguientes documentos para suscribir el contrato: a) Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado. b) Constancia de capacidad libre de contratacin.

    15 De acuerdo con el artculo 63 del Reglamento la propuesta econmica solo se presentar en original.

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    c) Garanta de fiel cumplimiento del contrato. DEBE PRESENTARSE CARTA FIANZA (*) d) Garanta de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias, No aplica e) Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso. f) Cdigo de cuenta interbancario (CCI). g) Domicilio para efectos de la notificacin durante la ejecucin del contrato. h) Calendario de avance de obra valorizado sustentado en el Programa de Ejecucin de

    Obra (PERT-CPM), i) Calendario de adquisicin de materiales o insumos necesarios para la ejecucin de

    obra16, en concordancia con el calendario de avance de obra valorizado, j) Desagregado por partidas que dio origen a su propuesta, cuando el sistema de

    contratacin sea a suma alzada,

    IMPORTANTE:

    En caso que el postor ganador de la Buena Pro sea un consorcio y la Entidad opte por solicitar como garanta para la suscripcin del contrato carta fianza o pliza de caucin, conforme a lo indicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones en los Oficios N 5196-2011-SBS y N 15072-2012-SBS, a fin de que no existan problemas en la ejecucin de las mencionadas garantas, resulta necesario que stas consignen en su texto, el nombre, denominacin o razn social de todas y cada una de las personas naturales y/o jurdicas que integran el consorcio.

    Adicionalmente, deber presentar

    a. Copia de DNI del Representante Legal. b. Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa. con una

    antigedad no mayor de treinta (30) das. c. Copia de la constitucin de la empresa y sus modificatorias debidamente actualizado. d. Copia del RUC de la empresa. e. Bases Integradas, Expediente Tcnico y planos sellados y firmados por El Contratista f. Pliza de Seguro Complementario por Trabajo de Riesgo (SCTR). g. Pliza Todo Riesgo de Construccin (CAR), por el 100% del monto total del

    Presupuesto, para cubrir los daos que pueda causar el Contratista a terceras personas, a la Entidad en sus propiedades, bienes y a su mismo personal, por efectos de los trabajos correspondientes a la Ejecucin de la obra. Se deja constancia que el monto de este Seguro, no limita la responsabilidad del Contratista en caso que los daos producidos fuesen por suma mayor. Asimismo, el Contratista deber proporcionar a la Entidad constancia de pago de la prima, en caso de que sta se pague al crdito deber precisar el vencimiento de las cuotas. Para el caso de que existan adeudos en el pago de la Pliza, estos sern

    descontados de la valorizacin correspondiente y sern pagados por la Entidad,

    adems se descontar los cargos que corresponden por incumplimiento contractual.

    Cualesquiera sean el caso, las Plizas de Seguros que se acrediten debern

    contratarse en forma mancomunada Contratista y/o Entidad, las que sern

    supervisadas por nuestros Asesores de Seguros, afn de que las condiciones de la

    Pliza correspondiente cumplan con los requisitos que respalden y garanticen los

    intereses y Patrimonio de Entidad.

    La Pliza Contratada, deber acreditarse por el Contratista debidamente cancelada

    por la compaa aseguradora.

    Dicha Pliza de Seguros deber ser previamente aprobada por la Entidad, estando

    obligado el Contratista a mantenerla en vigencia durante el plazo de ejecucin de la

    obra.

    16 De acuerdo con el artculo 183 del Reglamento, este calendario se actualizar con cada ampliacin de plazo otorgada, en

    concordancia con el calendario de avance de obra valorizado vigente.

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    (*) Esta Carta Fianza debe ser incondicional, irrevocable, y de realizacin automtica en el pas al solo requerimiento de la respectiva Entidad, bajo responsabilidad de las empresas que las emiten, las mismas que debern estar dentro del mbito de la supervisin de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones o estar consideradas en la ltima lista de bancos extranjeros de primera categora que peridicamente publica el Banco Central de Reserva del Per. (Artculo 39, de la Ley de Contrataciones del Estado, artculo 155 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado).

    Cabe sealar que en cumplimiento de Resolucin N 1490-2011-TC-S2, las garantas de fiel

    cumplimiento presentada por los consorcios deben incluir la relacin de sus integrantes,

    siendo causal de incumplimiento en los requisitos para la suscripcin del contrato.

    h. Certificado de habilidad profesional del personal profesional propuesto (*). (*) La habilidad de los profesionales se requerir para el inicio de su participacin efectiva en la ejecucin de la obra, tanto para aquellos titulados en el Per o en el extranjero.

    2.8. PLAZO PARA LA SUSCRIPCIN DEL CONTRATO

    Dentro del plazo de doce (12) das hbiles siguientes al consentimiento de la Buena Pro o cuando esta haya quedado administrativamente firme, debe suscribirse el contrato, plazo dentro del cual el postor ganador y la Entidad debern realizar las acciones correspondientes para cumplir las disposiciones contenidas en el numeral 1 del artculo 148 del Reglamento. La citada documentacin deber ser presentada en mesa de partes del Gobierno regional de Hunuco sito en Calle Calicanto N 145 Amarilis Hunuco.

    2.9. ADELANTOS17 2.9.1. ADELANTO DIRECTO

    La Entidad otorgar adelantos directos por el 20% del monto del contrato original.

    El contratista debe solicitar formalmente el ADELANTO dentro de los ocho (8) das calendario a la Suscripcin del contrato, adjuntando a su solicitud la garanta por adelantos18 mediante CARTA FIANZA y el comprobante de pago correspondiente. La Entidad debe entregar el monto solicitado dentro de los siete (7) das siguientes a la presentacin de la solicitud del contratista. Vencido el plazo para solicitar el adelanto no proceder la solicitud. En el supuesto que no se entregue EL ADELANTO en la oportunidad prevista, el contratista tendr derecho a solicitar la ampliacin del plazo de ejecucin de la obra por el nmero de das equivalente a la demora, conforme al artculo 201 del Reglamento.

    2.9.2. ADELANTO PARA MATERIALES O INSUMOS La Entidad otorgar adelantos para materiales o insumos por el 40% del monto original de la prestacin consistente en la ejecucin de la obra, conforme al calendario

    17 Si la Entidad ha previsto la entrega de adelantos, deber consignar el procedimiento para su entrega y la respectiva

    garanta, precisando el plazo en el cual el contratista solicitar los adelantos. Asimismo, deber consignar la oportunidad y plazo en el cual se entregarn dichos adelantos, conforme a lo previsto por los artculos 186 y 187 del Reglamento.

    18 De conformidad con el artculo 162 del Reglamento, esta garanta deber ser emitida por idntico monto y un plazo mnimo

    de vigencia de tres (3) meses, renovable trimestralmente por el monto pendiente de amortizar, hasta la amortizacin total del adelanto otorgado. Cuando el plazo de ejecucin de la obra sea menor a tres (3) meses, la garanta podr ser emitida con una vigencia menor, siempre que cubra la fecha prevista para la amortizacin total del adelanto otorgado.

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    de adquisicin de materiales o insumos. Para dicho efecto, el contratista deber entregar la garanta por adelantos19 mediante CARTA FIANZA y el comprobante de pago correspondiente. Para el otorgamiento del adelanto para materiales o insumos se deber tener en cuenta lo dispuesto en el Decreto Supremo N 011-79-VC

    2.10. VALORIZACIONES El periodo de valorizacin ser MENSUAL IMPORTANTE:

    Cuando el periodo de valorizacin establecido por la Entidad sea el mensual, el plazo del pago de la valorizacin se regir por lo dispuesto en el sexto prrafo del artculo 197 del Reglamento. En cambio, si la Entidad prev un periodo de valorizacin distinto al mensual, deber establecer los plazos y procedimiento aplicables para la valorizacin, teniendo en consideracin lo dispuesto en el quinto prrafo del referido artculo, as como el plazo para el pago de las valorizaciones.

    De acuerdo con los prrafos quinto y sexto del artculo 197 del Reglamento, para efectos del pago de las valorizaciones, la Entidad deber contar con la valorizacin del periodo correspondiente, debidamente aprobada por el inspector o supervisor, segn corresponda; a la que deber adjuntarse el comprobante de pago respectivo.

    2.11. PLAZO PARA EL PAGO DEL SALDO DE LA LIQUIDACIN DEL CONTRATO DE OBRA La Entidad o el contratista, segn corresponda, deben efectuar el pago del monto correspondiente al saldo de la liquidacin del contrato de obra, en el plazo de 10 das calendario, computados desde el da siguiente del consentimiento de la liquidacin. Para tal efecto, la parte que solicita el pago debe presentar el comprobante de pago respectivo.

    19 De conformidad con el artculo 162 del Reglamento, esta garanta deber ser emitida por idntico monto y mantenerse

    vigente hasta la utilizacin de los materiales o insumos a satisfaccin de la Entidad, pudiendo reducirse de manera proporcional de acuerdo con el desarrollo respectivo.

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    CAPTULO III REQUERIMIENTOS TCNICOS MNIMOS

    REQUERIMIENTOS TECNICOS MINIMOS

    EJECUCION DE LA OBRA: CONSTRUCCION Y MEJORAMIENTO DE CAMINO VECINAL TAMBILLO GRANDE - SAN JUAN PAMPA - SAN FRANCISCO BUENOS AIRES, DISTRITO DE MARIANO DAMASO BERAUN, PROVINCIA DE LEONCIO PRADO - HUANUCO, CON CDIGO SNIP N 176318. 1. OBJETO

    Los presentes requerimientos tcnicos mnimos tienen como objeto sealar y establecer las condiciones mnimas bajo las cuales el CONTRATISTA ejecutar las prestaciones con el fin de cumplir las metas previstas en el Proyecto de Inversin Pblica denominado Construccin y Mejoramiento de Camino Vecinal Tambillo Grande - San Juan Pampa - San Francisco Buenos Aires, Distrito de Mariano Damaso Beraun, Provincia de Leoncio Prado - Hunuco, con Cdigo SNIP N 176318.

    2. FINALIDAD PBLICA

    Lograr una eficiente transitabilidad en la va y a travs de ella coadyuvar al desarrollo socioeconmico de la poblacin, mejorando as sus condiciones de vida, facilitando el acceso a la poblacin de la zona, especialmente los de educacin (superior) y salud (atenciones especializadas), as como el acceso a los servicios privados que se ofertan en la capital del distrito, favorecer la economa familiar a travs de la disminucin del costo de operacin del transporte terrestre tanto de productos como de pasajeros y reducir las condiciones de pobreza de las zonas rurales integradas en la vida departamental y nacional, mediante su integracin en

    el sistema vial de la regin.

    3. CONDICIONES DE LA EJECUCION DE OBRA Segn lo establecido en el Expediente Tcnico Actualizado, del Proyecto de Inversin Pblica: Construccin y Mejoramiento de Camino Vecinal Tambillo Grande - San Juan Pampa - San Francisco Buenos Aires, Distrito de Mariano Damaso Beraun, Provincia de Leoncio Prado - Hunuco, con cdigo SNIP N 176318, aprobado mediante Resolucin Ejecutiva Regional N 1026-2014-GRH/PR, de fecha 20 de mayo de 2014.

    4. VALOR REFERENCIAL

    El valor referencial es de S/. 10055,562.12 (Diez millones cincuenta y cinco mil quinientos sesenta y dos con 12/100 nuevos soles), con precios vigentes al mes de marzo de 2014, desagregado de la siguiente manera:

    ITEM DESCRIPCION TOTAL S/.

    001 CONSTRUCCIN Y MEJORAMIENTO DE CAMINO VECINAL TAMBILLO GRANDE - SAN JUAN PAMPA - SAN FRANCISCO BUENOS AIRES 7376,407.15

    002 PLAN DE MANEJO AMBIENTAL 135,935.28

    COSTO DIRECTO 7512,342.43

    GASTOS GENERALES (6.50%) 488,302.26

    UTILIDAD (6.94%) 521,018.12

    SUB TOTAL 8521,662.81

    I.G.V. (18%) 1533,899.31 TOTAL PRESUPUESTO DE OBRA S/. 10055,562.12

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    5. SISTEMA DE CONTRATACION

    A Suma Alzada

    6. PLAZO DE EJECUCION

    El plazo de ejecucin de obra es de doscientos cuarenta (240) das calendarios.

    7. UBICACIN DE LA OBRA

    Localidad : Tambillo Grande San Juan Pampa San Francisco Buenos Aires Distrito : Mariano Damaso Beraun

    Provincia : Leoncio Prado Regin : Hunuco

    8. REQUISITOS MINIMOS DEL POSTOR

    EXPERIENCIA DE OBRAS EN GENERAL

    El postor deber haber ejecutado como mnimo dos (02) obras en general, en los ltimos cinco (05) aos anteriores a la presentacin de propuestas. La experiencia del postor podr acreditarse: i) copia simple de contratos y su respectiva acta de recepcin y conformidad, ii) copia simple de contratos y la resolucin de liquidacin de obra, iii) copia simple de contratos y cualquier otra documentacin de la cual se desprenda, de manera fehaciente, que la obra fue concluida, siendo que, en este supuesto, dicha documentacin deber consignar el monto total de la obra. En los casos que se acredite experiencia con contratos en los que se particip en consorcio, deber presentarse el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumi en el contrato presentado; de lo contrario, no se computar la experiencia proveniente de dicho contrato.

    EXPERIENCIA EN OBRAS SIMILARES El postor deber haber ejecutado como mnimo una (01) obra igual y/o similar, en los ltimos cinco (05) aos anteriores a la presentacin de propuestas, cuyo valor mnimo de cada obra sea equivalente al quince por ciento (15%) del valor referencial. La experiencia del postor podr acreditarse: i) copia simple de contratos y su respectiva acta de recepcin y conformidad, ii) copia simple de contratos y la resolucin de liquidacin de obra, iii) copia simple de contratos y cualquier otra documentacin de la cual se desprenda, de manera fehaciente, que la obra fue concluida, siendo que, en este supuesto, dicha documentacin deber consignar el monto total de la obra. En los casos que se acredite experiencia con contratos en los que se particip en consorcio, deber presentarse el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumi en el contrato presentado; de lo contrario, no se computar la experiencia proveniente de dicho contrato. Definicin de Obras Similares: construccin y/o ampliacin y/o mejoramiento, de caminos vecinales y/o trochas carrozables y/o carreteras a nivel de afirmado.

    9. PERSONAL PROPUESTO MINIMO

    El personal propuesto, no podr ocupar doble cargo, por ningn motivo, para el cabal cumplimiento de los objetivos de la obra.

    El personal propuesto para la ejecucin de la obra no podr ser sustituido, salvo los casos o de fuerza mayor debidamente comprobada que se susciten despus de la suscripcin del contrato,

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    situacin que ser aprobado por la Gerencia Regional de Infraestructura previa opinin del Supervisor y/o Inspector segn corresponda, y el Sub Gerente de Supervisin y Liquidacin. El profesional sustituido, deber demostrar igual o mayor experiencia, del Profesional saliente, en caso hubiese cambio de personal.

    La experiencia del personal propuesto, se podr acreditar con cualquiera de los siguientes documentos: (i) copia simple de contratos y su respectiva conformidad o (ii) constancias o (iii) certificados o (iv) cualquier otra documentacin que, de manera fehaciente demuestre la experiencia del personal propuesto.

    RESIDENTE DE OBRA Ingeniero Civil, Experiencia mnima de cuatro (04) aos como residente y/o supervisor y/o inspector en la

    ejecucin de obras iguales y/o similares. Acreditar capacitacin en la Ley de Contrataciones del Estado, relacionado a Obras Pblicas,

    mnimo 60 horas lectivas, en los ltimos tres (03) aos a la presentacin de propuestas, debiendo acreditar mediante la presentacin de constancias, certificados o cualquier otro documento que, de manera fehaciente, demuestre que los profesionales propuestos recibieron la capacitacin requerida.

    Acreditar capacitacin en Residencia de Obras Pblicas, mnimo 24 horas lectivas, en los ltimos cinco (05) aos a la presentacin de propuestas, debiendo acreditar mediante la presentacin de constancias, certificados o cualquier otro documento que, de manera fehaciente, demuestre que los profesionales propuestos recibieron la capacitacin requerida.

    ASISTENTE DE RESIDENTE DE OBRA

    Ingeniero Civil, Experiencia mnima de tres (03) aos como residente y/o supervisor y/o inspector y/o

    asistente de residente y/o asistente de supervisor y/o asistente de inspector en la ejecucin de obras iguales y/o similares.

    Acreditar capacitacin en valorizaciones y liquidaciones de obras, mnimo 24 horas lectivas, en los ltimos tres (03) aos a la presentacin de propuestas, debiendo acreditar mediante la presentacin de constancias, certificados o cualquier otro documento que, de manera fehaciente, demuestre que los profesionales propuestos recibieron la capacitacin requerida.

    ESPECIALISTA EN OBRAS DE ARTE

    Ingeniero Civil, Experiencia mnima de dos (02) aos como especialista en obras de arte, en la ejecucin de

    obras iguales y/o similares.

    ESPECIALISTA EN SUELOS Y PAVIMENTOS

    Ingeniero Civil y/o Gelogo, Experiencia mnima de dos (02) aos como especialista en suelos y pavimentos, en la

    ejecucin de obras iguales y/o similares.

    ESPECIALISTA AMBIENTAL Y DE SEGURIDAD EN OBRAS

    Ingeniero Civil, Experiencia mnima de dos (02) aos como especialista ambiental y de seguridad de obras,

    en la ejecucin de obras iguales y/o similares.

    ADMINISTRADOR DE OBRA

    Licenciado en Administracin o Contador,

    Experiencia mnima de tres (03) aos como Administrador de Obra en la ejecucin de obras

    en general.

    MAESTRO DE OBRA

    Experiencia mnima de cuatro (04) aos como maestro de obra en ejecucin de obras iguales y/o similares.

    NOTA.-

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    El personal propuesto, deber adjuntar los siguientes documentos: a. Declaracin Jurada de Compromiso de Trabajo debidamente firmada y huella digital. b. Copia del ttulo profesional, para los profesionales. c. Copia del DNI.

    La colegiatura y habilidad de los profesionales se requerir para el inicio de su participacin efectiva en la ejecucin de la obra, tanto para aquellos titulados en el Per o en el extranjero.

    10. MAQUINARIA Y EQUIPO MINIMO PARA LA EJECUCION DE LA OBRA

    ITEM CANTIDAD DESCRIPCION

    1.00 01 RODILLO LISO VIBR AUTOP 70-100 HP 7-9 T.

    2.00 01 RETROEXCAVADOR S/ORUG 170-250 HP 1.1-2.75

    3.00 01 TRACTOR DE ORUGAS DE 190-240 HP

    4.00 01 CARGADOR FRONTAL 200 HP

    5.00 01 MOTONIVELADORA DE 125 HP

    6.00 01 CAMION CISTERNA 4x2 (AGUA) 122 HP 2,0000 GALONES

    7.00 01 VOLQUETE DE 10 M3

    8.00 01 COMPRESORA NEUMATICA 250-330 PCM, 87 HP

    9.00 01 MOTOBOMBA 10 HP 4"

    10.00 01 SOLDADORA ELECT. MONOF. ALTERNA 225 AMP

    11.00 01 MEZCLADORA 11 P3

    12.00 01 COMPACTADOR VIBR. TIPO PLANCHA 7 HP

    13.00 01 VIBRADOR DE CONCRETO 4 HP 2.40"

    14.00 01 NIVEL TOPOGRAFICO

    15.00 01 TEODOLITO

    El postor podr acreditar con distintos documentos que sustenten la propiedad de los equipos y/o vehculos, la posicin, compromisos de compra venta o alquiler de los mismos, o declaraciones juradas que evidencien la disponibilidad de estos; sin perjuicio de la potestad de la Entidad de requerir para la suscripcin del contrato los documentos que sustenten su disponibilidad.

    La maquinaria y equipos debern tener una antigedad mxima de tres (3) aos a la

    presentacin de propuestas.

    11. PLAZO DE RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA

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    La responsabilidad del contratista por la calidad ofrecida y por lo vicios ocultos de la obra ejecutada, ser de siete (7) aos, contados a partir de la recepcin de obra, de conformidad al artculo 50 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo N 1017 y sus modificatorias.

    12. PRESENTACIN DEL PLAN DE TRABAJO DETALLADO El Plan de Trabajo detallado no se presentar como parte de la Propuesta Tcnica, deber ser presentado por el Contratista al inicio de la obra, el cual contendr lo siguiente: Desarrollo secuencial de la obra, se considera detallado cuando como mnimo explique

    partida por partida el desarrollo secuencial de los trabajos necesarios para ejecutar la obra. Cronograma de actividades PERT CPM detallado, se considerara detallado cuando como

    mnimo se presente expresado en das calendario, desarrollado a nivel de detalle con partidas, sub partidas, asignacin de recursos y tareas necesarias para la culminacin de la obra.

    13. ADELANTOS

    Directo: Se solicitar y otorgar segn los plazos y condiciones establecidos en los Arts. 186 y 187 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N 184-2008-EF y su modificatoria aprobado mediante Decreto Supremo N138-2012-EF. El monto de Adelanto Directo en ningn caso deber superar el 20% del monto del contrato original.

    Materiales: La Entidad otorgar adelanto de materiales hasta por el monto acumulado mximo

    del 40% del monto del contrato original, el cual deber solicitarlo dentro de los 10 das posteriores

    a la fecha de inicio de la obra, segn lo establecido en los Arts. 186 y 188 del Reglamento de la

    Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N 184-2008-EF y su

    modificatoria aprobada mediante Decreto Supremo N138-2012-EF, teniendo en consideracin el

    calendario de adquisicin de materiales o insumos presentado por el Contratista.

    Para su otorgamiento se tendr en cuenta lo dispuesto en el Decreto Supremo N 011-79-VC y

    sus modificatorias.

    14. FORMA DE PAGO

    Segn valorizaciones mensuales, de conformidad con lo establecido en el artculo 197 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N 184-2008-EF, y sus modificatorias.

    15. OTRAS PENALIDADES

    Se establece la aplicacin las penalidades descritas en la siguiente tabla (estas penalidades se calcularn en forma independiente a la penalidad por mora):

    N PENALIDADES MULTA

    1

    SEGURIDAD DE OBRA Y SEALIZACIN

    Cuando el Contratista no cuenta con los dispositivos de seguridad en la obra, tanto vehicular como peatonal, incumpliendo con lo propuesto. Multa por da

    1/5000 del Valor

    Contratado

    2

    IMPLEMENTOS DE PROTECCIN PERSONAL

    Cuando el Contratista no cumpla con dotar a su personal de los elementos de seguridad, como arneses, lneas de vida, lentes, cascos, botas, etc. Multa por da.

    1/5000 del Valor

    Contratado

    3

    CAMBIO DE PROFESIONAL PROPUESTO

    Cada vez que el Contratista Solicite el Cambio de Profesional propuesto en su Propuesta Tcnica. La multa es por cada cambio autorizado.

    1/1000 del Valor

    Contratado

    SEGURO COMPLEMENTARIO DE TRABAJO DE RIESGO

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    4

    Cuando el Contratista no cuente con Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo, para el personal que realice trabajos de ensayos de Estudios de Suelos, y durante la ejecucin de la Obra. La multa es por cada da.

    1/1000 del Valor

    Contratado

    5

    PERMANENCIA DEL RESIDENTE DE OBRA

    Cuando el Residente de Obra no se encuentre en forma permanente en la Obra. La multa es por cada da

    1/5000 del Valor

    Contratado

    6

    EQUIPOS DECLARADOS EN LA PROPUESTA TCNICA

    Cuando el contratista no presente los equipos necesarios y declarados en la propuesta tcnica, luego de 5 das de ser requerido por el supervisor. La multa es por cada equipo

    1/5000 del Valor

    Contratado

    7

    CUADERNO DE OBRA

    No tener al da el cuaderno de obra, o no tenerlo fsicamente en la obra.

    1/5000 del Valor

    Contratado

    Las penalidades se calcularn aplicando los porcentajes sealados, al monto contractual, las que sern deducidas de los pagos a cuenta, del pago final, o en la liquidacin final, o si fuese necesario se cobrara del monto resultante de la ejecucin de la garanta de fiel cumplimiento, de acuerdo a la sugerencia del supervisor y la importancia de la falta cometida.

  • GOBIERNO REGIONAL DE HUANUCO

    LICITACION PUBLICA N 009- 2014/GRH

    35

    CAPTULO IV CRITERIOS DE EVALUACIN TCNICA

    EVALUACIN TCNICA (Puntaje Mximo: 100 Puntos) Es de exclusiva responsabilidad del Comit Especial que los factores permitan la seleccin de la mejor oferta en relacin con la necesidad que se requiere satisfacer. I. FACTORES DE EVALUACIN PARA LA CONTRATACIN DE LA EJECUCIN DE

    OBRAS De acuerdo con el artculo 47 del Reglamento, las Bases deben consignar los siguientes factores de evaluacin, necesariamente:

    FACTORES DE EVALUACIN - OBLIGATORIOS PUNTAJE / METODOLOGA

    PARA SU ASIGNACIN20

    A. EXPERIENCIA EN OBRAS EN GENERAL (20 puntos)

    Criterio: Se evaluar considerando el monto facturado acumulado por el postor correspondiente a la ejecucin de obras en general, durante un periodo de diez (10) aos a la fecha de presentacin de propuestas, hasta por un monto acumulado equivalente a tres (03) veces al valor referencial del componente de ejecucin de la obra materia de convocatoria. Acreditacin: La experiencia se acreditar mediante copia simple de: contratos y sus respectivas actas de recepcin y conformidad; contratos y sus respectivas re