bases adjudicacion de menor cuantia por subasta …...las bases, a la ley de contrataciones del...

27
ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 0004-2010-MTPE Derivada de la LP Nº 0007-2009-MTPE “ADQUISICION DE COMBUSTIBLE PARA LOS VEHICULOS DEL MTPE” ____________________________________________________ Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo Av. Salaverry Nº 655 – JESÚS MARÍA. 1 BASES ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 0004- 2010-MTPE Derivada de la LP Nº 0007-2009-MTPE (Primera Convocatoria) ADQUISICIÓN DE COMBUSTIBLES PARA LOS VEHÍCULOS DEL MTPE

Upload: others

Post on 07-Feb-2020

6 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 0004-2010-MTPE Derivada de la LP Nº 0007-2009-MTPE “ADQUISICION DE COMBUSTIBLE PARA LOS VEHICULOS DEL MTPE”

____________________________________________________

Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo Av. Salaverry Nº 655 – JESÚS MARÍA.

1

BASES

ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 0004-

2010-MTPE Derivada de la LP Nº 0007-2009-MTPE

(Primera Convocatoria)

ADQUISICIÓN DE COMBUSTIBLES PARA LOS VEHÍCULOS DEL MTPE

ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 0004-2010-MTPE Derivada de la LP Nº 0007-2009-MTPE “ADQUISICION DE COMBUSTIBLE PARA LOS VEHICULOS DEL MTPE”

____________________________________________________

Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo Av. Salaverry Nº 655 – JESÚS MARÍA.

2

I. ENTIDAD CONVOCANTE

Entidad : MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO Domicilio Legal : AV. SALAVERRY 655 – JESUS MARÍA

II. OBJETO DE LA CONVOCATORIA

Adquisición de Combustibles para los vehículos del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Sede Central.

III. VALOR REFERENCIAL

El valor referencial asciende a la suma de S/. 512,185.20 (Quinientos doce mil ciento ochenta y cinco con 20/100 Nuevos Soles) incluido los impuestos de ley. El valor referencial citado se desagrega de la siguiente manera:

Item Bien Común Descripción Unidad

de Medida

Cantidad Precio Unitario

Valor Referencial

1 B172100040004 GASOLINA DE 97

SP Galón 22,560 S/. 14.120 S/. 318,547.20

2 B172100040002 GASOLINA DE 90

SP Galón 10,800 S/. 11.170 S/. 120,636.00

3 B172100070001 DIESEL Nº 2 Galón 6,900 S/. 10.580 S/. 73,002.00

TOTAL S/. 512,185.20

Dicha suma comprende todos los costos directos e indirectos, tributos vigentes o los que los substituyan, seguros, transporte, inspecciones y cualquier otro concepto que pueda incidir sobre el costo del bien a suministrar. El Valor Referencial ha sido calculado al mes de enero del 2010. La presente licitación se realizará por el Sistema de Suma alzada El expediente de Contratación fue aprobado mediante Oficio Nº 209-2010-MTPE/4/10.1 el 28 de enero del 2010.

IV. FUENTE DE FINANCIAMIENTO

1 - Recursos Ordinarios. V. DECREMENTO MÍNIMO

El valor monetario que representa el Decremento Mínimo que deberá contemplarse durante el periodo de puja, será conforme al siguiente detalle:

Item Descripción Valor Referencial

Valor Monetario del Decremento Mínimo

(1%)

1 GASOLINA DE 97 SP S/. 318,547.20 S/. 3,185.47

2 GASOLINA DE 90 SP S/. 120,636.00 S/. 1,206.36 3 DIESEL Nº 2 S/. 73,002.00 S/. 730.02

ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 0004-2010-MTPE Derivada de la LP Nº 0007-2009-MTPE “ADQUISICION DE COMBUSTIBLE PARA LOS VEHICULOS DEL MTPE”

____________________________________________________

Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo Av. Salaverry Nº 655 – JESÚS MARÍA.

3

VI. REGISTRO DE PARTICIPANTES

El Registro de participantes se efectuará desde el día siguiente de publicada la convocatoria hasta un día (01) antes de la fecha prevista para el acto público de presentación de propuestas, puja y otorgamiento de la Buena Pro. En el caso de propuestas presentadas por un consorcio, bastará que se registre uno de sus integrantes, de conformidad con el Artículo 53º del Reglamento.

El registro de los participantes se realizará en la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, sito en Av. Salaverry Nº 655 Piso 8 – Jesús María, en las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de 08:00 a 16:00 horas. Asimismo, deberá acreditar estar con inscripción vigente en el RNP, presentando copia de inscripción en dicho registro. De acuerdo con lo establecido en el artículo 52º del Reglamento, en caso el participante solicite que, adicionalmente, se le notifique electrónicamente, deberá consignar una dirección de correo electrónico y mantenerla activa, a efecto de las notificaciones que deban realizarse, conforme a lo previsto en el Reglamento.

VII. DE LOS POSTORES

Pueden participar como postores las personas naturales o jurídicas acreditadas como tales que tengan capacidad operativa para proporcionar los bienes materia del presente proceso de selección, que en su caso estén legalmente constituidas y debidamente inscritas en los Registros Públicos, a condición de que se registren como participantes sometiéndose al cumplimiento de las bases, a la Ley de Contrataciones del Estado, su Reglamento y la Directiva Nº 006-2009-OSCE/CD, Lineamientos para la Aplicación de la Modalidad Especial de Selección por Subasta Inversa. Están impedidos de ser postores, las personas comprendidas en las limitaciones establecidas en el Artículo 10º de la Ley de Contrataciones del Estado. Los postores en un proceso de selección están prohibidos de celebrar acuerdos entre sí o con terceros, con el fin de establecer prácticas restrictivas de la libre competencia, bajo sanción de quedar inhabilitados para contratar con el Estado, sin perjuicio de las demás sanciones que establecen las disposiciones vigentes, de conformidad a lo establecido en el artículo 11° de la Ley.

VIII. BASE LEGAL:

Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto. Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010. Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo N° 1017. Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 184-

2008-EF y sus modificatorias. Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información

Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 043-2003-PCM y su Reglamento aprobado por aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM y sus modificatorias.

Ley 27806 – Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública. Directiva Nº 006-2009-OSCE/CD, lineamientos para la aplicación de la modalidad especial de

selección por subasta inversa. Las referidas normas incluyen sus respectivas disposiciones ampliatorias, modificatorias y

conexas, de ser el caso.

ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 0004-2010-MTPE Derivada de la LP Nº 0007-2009-MTPE “ADQUISICION DE COMBUSTIBLE PARA LOS VEHICULOS DEL MTPE”

____________________________________________________

Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo Av. Salaverry Nº 655 – JESÚS MARÍA.

4

IX. DE LA CONVOCATORIA

La Convocatoria del presente Proceso de Selección se efectuará mediante la correspondiente publicación en el SEACE.

X. CRONOGRAMA

El calendario del presente proceso de selección será el indicado en el cuadro siguiente:

ETAPA FECHA

Convocatoria en el SEACE 11/02/2010

Fecha de Registro de Participantes Del 12/02/2010 Al 23/02/2010

Fecha de Presentación de Propuestas, Puja y Otorgamiento de la Buena Pro

24/02/2010 a las 11:00 horas en el Octavo piso de la Sede Central del MTPE, sito en Av. Salaverry Nº 655 Jesús María.

XI. ACTO PÚBLICO

El acto público de presentación de propuestas, puja y otorgamiento de la buena pro, es uno solo y, una vez iniciado, no puede suspenderse, salvo caso fortuito o fuerza mayor. Asimismo, en los procesos convocados según relación de ítems solamente podrá suspenderse el acto público cuando el horario no permita su continuación, para lo cual es necesario que se haya otorgado la Buena Pro o declarado desierto un ítem determinado, debiendo reanudarse en el día hábil siguiente con el ítem que corresponda. En el supuesto que el acto público se suspenda por alguna de las causales antes indicadas, los sobres quedarán en custodia del Notario Público o Juez de Paz hasta su reanudación. Se contará con la presencia de un notario público de Lima. Asimismo, se podrá contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participará como veedor y deberá suscribir el acta correspondiente. La no asistencia del mismo no vicia el proceso. El lugar y hora de realización del acto público será la señalada en el cronograma del proceso. El lugar será implementado para dar cabida a todos los participantes que se hubieran registrado, considerándose la asistencia de mínimo dos personas por participante, y uno por cada miembro de un consorcio. Además, contará con una pizarra o sistema de proyección con pantalla y, opcionalmente, con un sistema de grabación con el que se registrará los actos realizados, sobre todo durante la puja.

Asimismo, la Entidad podrá utilizar opcionalmente un programa informático instalado en el mismo ambiente en el que se desarrollará el acto público. En el lugar, fecha y hora indicados en la convocatoria, antes de dar inicio a cada uno de los actos sucesivos que constituyen el acto público: la acreditación de participantes, la presentación de propuestas, la clasificación de propuestas, la puja y el otorgamiento de la buena pro, el Presidente del Comité Especial invitará a los participantes a formular preguntas sobre el proceso en general, debiendo absolverlas de inmediato. Cualquier desacuerdo que pudiera surgir en torno a las respuestas recibidas no dará lugar a procedimiento de reclamo alguno. La presentación de propuestas por parte de un postor significa su conformidad con las respuestas dadas a las consultas.

ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 0004-2010-MTPE Derivada de la LP Nº 0007-2009-MTPE “ADQUISICION DE COMBUSTIBLE PARA LOS VEHICULOS DEL MTPE”

____________________________________________________

Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo Av. Salaverry Nº 655 – JESÚS MARÍA.

5

Las personas naturales concurren personalmente o a través de su apoderado debidamente acreditado ante el Comité Especial mediante carta poder simple.

Las personas jurídicas lo hacen por medio de su representante legal o apoderado. El representante legal acreditará tal condición con copia simple del documento registral vigente que consigne dicho cargo y, en el caso del apoderado, será acreditado con carta poder simple suscrita por el representante legal, a la que se adjuntará el documento registral vigente que acredite la condición de éste. En ambos casos, en la carta poder debe establecerse la representación para formular propuestas, efectuar lances y para ejercer todos los demás actos inherentes a la Subasta Inversa durante el acto público. En caso de presentarse en consorcio, el representante común acreditará tal condición con la promesa formal de consorcio, que consigne dicho cargo, adjuntando los documentos registrales vigentes de cada uno de los representantes legales de los consorciados, sólo en el caso que éste sea persona jurídica. En caso que el Consorcio se presente a través de un apoderado, éste se acreditará con carta poder simple suscrita por el representante común del consorcio, adjuntando la promesa formal de consorcio, que consigne dicho cargo, adjuntando los documentos registrales vigentes de cada uno de los representantes legales de los consorciados, sólo en el caso que éste sea persona jurídica. En la promesa formal de consorcio y la carta poder debe establecerse la representación para formular propuestas, efectuar lances y para ejercer todos los demás actos inherentes a la Subasta Inversa durante el acto público. Nota: Entiéndase como documento registral vigente aquellos emitidos durante el año 2010.

XII. PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS

El Comité Especial llamará a todos los participantes en el orden en que se hubieren inscrito, con la finalidad que presenten sus dos (2) sobres, de los cuales el primero, denominado sobre de habilitación, contendrá la documentación que acredite que el postor se encuentra habilitado para participar en el proceso de selección y cumple con el objeto de la contratación, y el segundo su propuesta económica. Los sobres de habilitación y de oferta económica deberán estar perfectamente cerrados e identificados con su membrete, según los siguientes modelos:

Señores MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO Att.: Comité Especial

Adjudicación de Menor Cuantía por Subasta Inversa Presencial N° 0004-2010-MTPE Derivada de la LP Nº 0007-2009-MTPE Primera Convocatoria Objeto del proceso: Adquisición de combustibles para Vehículos del MTPE. SOBRE N° 1: SOBRE DE HABILITACIÓN ITEM Nº …………… NOMBRE / RAZON SOCIAL DEL POSTOR FOLIOS:

ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 0004-2010-MTPE Derivada de la LP Nº 0007-2009-MTPE “ADQUISICION DE COMBUSTIBLE PARA LOS VEHICULOS DEL MTPE”

____________________________________________________

Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo Av. Salaverry Nº 655 – JESÚS MARÍA.

6

SOBRE Nº 1 – SOBRE DE HABILITACIÓN:

En el sobre de habilitación los participantes deberán presentar:

1. Copia simple de la Constancia de Inscripción Electrónica vigente en el Registro Nacional de

Proveedores, CAPÍTULO DE BIENES. Cuando se trate de Consorcios, el presente documento será presentado por cada uno de los miembros del consorcio.

2. Carta de Presentación (Ver Anexo Nº 1). Cuando se trate de Consorcios, el presente documento será presentado por cada uno de los miembros del consorcio.

3. Declaración Jurada conforme a lo establecido en el artículo 42º del Reglamento de la Ley (Ver Anexo Nº 02). En caso de consorcio, cada uno de los miembros del mismo deberá presentar este documento.

4. Declaración Jurada que acredite el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos. 5. Declaración Jurada estableciendo la (s) estación (es) de servicio donde se suministrarán los

combustibles (Ver anexo Nº 04). 6. Promesa formal de consorcio, de ser el caso.

SOBRE N° 2 - PROPUESTA ECONOMICA: El sobre Nº 2, deberá contener la siguiente información obligatoria: a) La oferta económica, debiendo indicarse el precio o costo ofertado en función al valor

referencial total establecido en las Bases, y deberán expresarse hasta con dos (02) decimales. La oferta económica deberá incluir todos los conceptos a que se refiere el quinto párrafo del artículo 63º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y no podrá exceder el valor referencial total del proceso o del ítem, según corresponda. (Los postores podrán usar el modelo señalado en el Anexo Nº 03 de las presentes Bases).

b) Garantía de Seriedad de la Oferta, (el plazo de vigencia de la garantía de seriedad de la

oferta no podrá ser menor a dos (2) meses, computados a partir del día siguiente a la presentación de las propuestas).

Carta fianza de acuerdo al siguiente detalle:

Item Objeto Importe de la Carta Fianza

1 Gasolina de 97 SP S/. 6,370.00 2 Gasolina de 90 SP S/. 2,412.00 3 Diesel Nº 2 S/. 1,460.00

Las propuestas se presentarán en hojas simples y se redactarán por medios mecánicos o electrónicos o por manuscrito, debiendo llevar siempre el sello y la rúbrica del postor.

Señores MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO Att.: Comité Especial

Adjudicación de Menor Cuantía por Subasta Inversa Presencial N° 0004-2010-MTPE Derivada de la LP Nº 0007-2009-MTPE Primera Convocatoria Objeto del proceso: Adquisición de combustibles para Vehículos del MTPE SOBRE N° 2: PROPUESTA ECONÓMICA ITEM Nº ………… NOMBRE / RAZON SOCIAL DEL POSTOR

ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 0004-2010-MTPE Derivada de la LP Nº 0007-2009-MTPE “ADQUISICION DE COMBUSTIBLE PARA LOS VEHICULOS DEL MTPE”

____________________________________________________

Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo Av. Salaverry Nº 655 – JESÚS MARÍA.

7

Bajo esta modalidad de selección no es posible que un postor presente propuestas alternativas o más de una propuesta para un mismo ítem o proceso de selección.

XIII. APERTURA DE PROPUESTAS:

Una vez presentadas las propuestas, el Presidente del Comité Especial abrirá los sobres de habilitación de cada uno de los postores, para verificar la presentación de la totalidad de la documentación exigida en las Bases. En caso se omita la presentación de alguno de ellos se procederá a la descalificación de la propuesta. Acto seguido, el Presidente del Comité Especial abrirá cada uno de los sobres que contienen las propuestas económicas de los postores habilitados, anunciando los montos ofertados y los anotará en la pantalla, a través de un sistema informático, o directamente en la pizarra, ordenándolos de menor a mayor y garantizando la perfecta visualización y seguimiento por parte de los asistentes. En los procesos de selección según relación de ítems, la apertura de los sobres que contienen las propuestas económicas, hasta el otorgamiento de la Buena Pro respectiva, se realizarán ítem por ítem de manera sucesiva. Las propuestas que excedan el valor referencial, serán devueltas por el Comité Especial, teniéndose por no presentadas. El notario público deberá verificar dichas actuaciones y hacer las anotaciones correspondientes en el acta respectiva.

XIV. CLASIFICACIÓN DE PROPUESTAS:

De acuerdo con lo establecido en el artículo 95º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, solamente pasarán al período de puja el postor que haya ofrecido el menor precio o costo y aquellas propuestas que no hayan superado en mas del diez por ciento (10%). Si una vez realizado dicho corte, no hubieran pasado al período de puja tres o más postores, incluido el del menor precio o costo, se seleccionará a los que hubieran ofrecido los tres menores precios o costos, cualesquiera que sean los montos ofrecidos y el número de postores que los ofrecieron. En el supuesto que solo existieran dos propuestas válidas, la puja se realizará con la participación de dichos postores. En caso que dos o más postores hubieran ofrecido el mismo precio o costo, todos ellos clasificaran al período de puja; sin embargo, deberá realizarse un sorteo entre ellos para establecer el orden requerido en el numeral siguiente.

XV. PERÍODO DE PUJA:

Solamente los postores que hubieran sido clasificados, de acuerdo a lo establecido en el numeral anterior, podrán participar en el período de puja, realizando lances verbales, debiendo contemplar necesariamente, al momento de efectuar los lances, el valor monetario fijado como decremento mínimo, aplicado al monto más bajo ofrecido hasta dicho momento. Durante el período de puja, los postores pueden realizar las coordinaciones internas que consideren pertinentes, ya sea por vía telefónica u otros medios análogos disponibles, con la finalidad de hacer propuestas serias y reales. Sin embargo, considerando que se hallan en plena competencia, cualquier comunicación o coordinación entre ellos que sea detectada por el Comité Especial y el Notario Público, será considerada como un acto de concertación prohibido por la Ley, y ocasionará la descalificación inmediata de los postores implicados. La realización de los lances verbales se sujeta a lo siguiente:

ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 0004-2010-MTPE Derivada de la LP Nº 0007-2009-MTPE “ADQUISICION DE COMBUSTIBLE PARA LOS VEHICULOS DEL MTPE”

____________________________________________________

Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo Av. Salaverry Nº 655 – JESÚS MARÍA.

8

1. El presidente del Comité Especial invitará al postor que haya presentado la propuesta de

menor precio o costo a dar inicio a la puja realizando lances verbales, y luego a los demás postores en el orden de prelación que hayan ocupado en la clasificación de propuestas, siguiendo la secuencia de menor a mayor precio o costo. Un postor será excluido de la puja cuando, al ser requerido para realizar un lance verbal, manifieste expresamente su desistimiento.

2. Cuando un postor sea requerido para realizar un lance verbal, contará con no más de tres

minutos para dar una respuesta; de no hacerlo, se le tendrá por desistido. El Comité Especial proveerá de un sistema de control de tiempo que sea visible para todos los participantes.

3. El período de puja mediante lances verbales culmina cuando se ha identificado el precio o

costo más bajo, luego de que todos los demás postores que participaron en dicho período hayan desistido de seguir efectuando nuevos lances.

XVI. OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO:

Para otorgar la buena pro deberá haber por lo menos dos (02) propuestas hábiles, caso contrario se procederá a declarar Desierto el proceso de selección. Una vez culminado el periodo de puja, se establecerá el orden de prelación de los postores en función al último precio o costo ofrecido y se otorgará la Buena Pro al postor que haya ofrecido el precio o costo mas bajo. Para efectos de la aplicación de lo establecido en el inciso 2) del artículo 148º del Reglamento de la Ley anteriormente indicada, debe precisarse en el acto público y anotarse en actas que, en caso que el postor al que se le otorga la buena pro no suscriba el contrato dentro de los plazos establecidos, la misma le corresponderá al postor que ha ocupado el segundo lugar. En el supuesto que el proceso de selección sea declarado desierto, se convocará a un proceso de adjudicación de menor cuantía, conforme a lo dispuesto en el artículo 32º de la Ley antes citada.

XVII. CONSENTIMIENTO DEL OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO:

Se entenderá que la Buena Pro ha quedado consentida el día de su otorgamiento, si otorgada la Buena Pro del proceso o del ítem, de ser el caso, ningún postor hubiera dejado constar en el acta su intención de impugnar el proceso.

En caso de empate el otorgamiento de la Buena Pro se efectuará a través de sorteo en el mismo acto.

Para otorgar la Buena Pro, el Comité Especial verificará que por lo menos haya dos (2) propuestas válidas, caso contrario el proceso se declarará desierto.

XVIII. SUSCRIPCIÓN DE CONTRATO:

El contrato será suscrito por el funcionario que cuente con facultades suficientes para ello de acuerdo al modelo del Anexo Nº 05. Consentido el Otorgamiento de Buena Pro, el postor ganador o su representante debidamente autorizado, deberá cumplir con suscribir el contrato en un plazo no menor de cinco (5) ni mayor de diez (10) días hábiles de notificado. Si el postor no se presentara en el plazo indicado, perderá la Buena Pro automáticamente. En este supuesto y sin perjuicio de la sanción administrativa aplicable, la Entidad llamará al Postor que ocupó el segundo lugar en el orden de prelación para que suscriba el contrato, el

ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 0004-2010-MTPE Derivada de la LP Nº 0007-2009-MTPE “ADQUISICION DE COMBUSTIBLE PARA LOS VEHICULOS DEL MTPE”

____________________________________________________

Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo Av. Salaverry Nº 655 – JESÚS MARÍA.

9

cual deberá cumplir con los mismos requisitos establecidos para el Postor ganador. Si el postor llamado como segunda opción no suscribe el contrato, la Entidad declarará desierto el proceso de selección, sin perjuicio de la sanción aplicable. El MTPE se reserva el derecho de adquirir prestaciones adicionales, manteniendo las condiciones, precio y términos de referencia de las ofertas aceptadas, hasta en un 25 % del monto del contrato original, de acuerdo al artículo 41° de la Ley y el artículo 174° del Reglamento. Es requisito previo e indispensable para la suscripción del Contrato, que el Postor que obtenga la Buena Pro, presente la siguiente documentación:

1) Constancia de no encontrarse inhabilitado para contratar con el Estado, (en caso de consorcio cada uno de los consorciados deberá presentarla).

2) Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, materializada a través de una CARTA FIANZA. 3) Garantía por el monto diferencial de la propuesta, materializada a través de una CARTA

FIANZA de ser el caso. 4) En caso de Consorcio deberá presentar el documento notarial que acredite el

perfeccionamiento de la Promesa Formal de Consorcio. 5) Certificado de vigencia de poder de fecha actual expedido por la Oficina del Registro Público

correspondiente con una antigüedad no mayor a 30 días calendario de la fecha de firma del contrato. En caso de representante legal extranjero no residente, deberá presentar el poder que le ha sido otorgado ante el Consulado peruano, debidamente legalizado ante el Ministerio de Relaciones Exteriores y el certificado registral de inscripción del poder o mandato.

6) Copia del documento de identidad del representante legal facultado para celebrar contratos 7) Copia simple de la Constancia de Inscripción Electrónica en el Registro Nacional de

Proveedores de BIENES vigente. Cuando se trate de Consorcios, el presente documento será presentado por cada uno de los miembros del consorcio.

8) Código de Cuenta Interbancaria (CCI), correspondiente al contratista. 9) Detalle de costo por tipo de combustible (por cada galón).

XVI. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS:

Las discrepancias que surjan entre la Entidad y los participantes o postores en un proceso de selección, solamente podrán dar lugar a la interposición del recurso de apelación. Mediante el recurso de apelación se podrán impugnar los actos dictados desde la convocatoria hasta antes de la celebración del contrato. Por esta vía no se podrán impugnar las Bases ni su integración, así como tampoco las resoluciones o acuerdos que aprueben las exoneraciones.

El recurso de apelación sólo podrá interponerse luego de otorgada la Buena Pro. El Reglamento establecerá el procedimiento, requisitos y plazo para su presentación y resolución.

El recurso de apelación será conocido y resuelto por el Titular de la Entidad siempre y cuando el valor referencial del proceso no supere las seiscientas (600) Unidades Impositivas Tributarias (UIT). En caso el valor referencial del proceso de selección sea superior a dicho monto, los recursos de apelación serán conocidos y resueltos por el Tribunal de Contrataciones del Estado, en la forma y oportunidad que establezca el Reglamento de la presente norma, salvo lo establecido en la Décimo Tercera Disposición Complementaria Final. La resolución que resuelva el recurso de apelación agota la vía administrativa.

El Titular de la Entidad podrá delegar la potestad de resolver el recurso de apelación. El funcionario a quién se otorgue dicha facultad será responsable por la emisión del acto que resuelve el recurso.

ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 0004-2010-MTPE Derivada de la LP Nº 0007-2009-MTPE “ADQUISICION DE COMBUSTIBLE PARA LOS VEHICULOS DEL MTPE”

____________________________________________________

Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo Av. Salaverry Nº 655 – JESÚS MARÍA.

10

Cuando la apelación se haya interpuesto ante el Tribunal de Contrataciones del Estado, la Entidad está obligada a remitir el expediente correspondiente, dentro del plazo máximo de tres (3) días de requerida, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad. El incumplimiento de dicha obligación por parte de la Entidad será comunicada a la Contraloría General de la República.

La garantía por interposición del recurso de apelación deberá otorgarse a favor del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE y de la Entidad, cuando corresponda. Esta garantía será equivalente al tres por ciento (3%) del valor referencial del proceso de selección o del ítem que se decida impugnar. En cualquier caso, la garantía no podrá ser menor al cincuenta por ciento (50%) de una (1) UIT.

La interposición de la acción contencioso-administrativa procede contra lo resuelto en última instancia administrativa, sin suspender su ejecución.

Mediante acuerdos adoptados en Sala Plena, los cuales constituyen precedentes de observancia obligatoria, el Tribunal de Contrataciones del Estado interpreta de modo expreso y con carácter general las normas establecidas en la presente norma y su Reglamento. Art. 53º de la Ley. El recurso de apelación contra los actos producidos durante el acto público de presentación de propuestas, puja y otorgamiento de la Buena Pro, y contra los actos que afecten su validez, deberá ser interpuesto por los postores dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de dicho acto público, en el caso de Adjudicaciones Directas y Adjudicaciones de Menor Cuantía. En el caso de procesos de selección según relación de ítems, el plazo indicado en el párrafo anterior se contará a partir de la culminación del acto público de otorgamiento de la Buena Pro de la totalidad de los ítems.

Para los actos posteriores al otorgamiento de la Buena Pro, el recurso de apelación deberá interponerse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar, en el caso de Adjudicaciones Directas y Adjudicaciones de Menor Cuantía.

El Titular de la Entidad o el Tribunal, deberán resolver dentro del término no mayor de diez (10) días hábiles de admitido el recurso, salvo que hubiese requerido información adicional, en cuyo caso deberá pronunciarse dentro del término de quince (15) días hábiles. Art. 94º del Reglamento.

ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 0004-2010-MTPE Derivada de la LP Nº 0007-2009-MTPE “ADQUISICION DE COMBUSTIBLE PARA LOS VEHICULOS DEL MTPE”

____________________________________________________

Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo Av. Salaverry Nº 655 – JESÚS MARÍA.

11

FORMATO N° 01

MODELO DE CARTA DE ACREDITACIÓN DEL REPRESENTANTE Ó APODERADO Lima, ___ de _____________ de 2010 Señores: COMITÉ ESPECIAL Adjudicación de Menor Cuantía por Subasta Inversa Presencial Nº …………………… Presente.- ……………………………… (nombre del postor/ Empresa y/o Consorcio), identificada con RUC Nº ……………………………… , debidamente representado por ………………. (nombre del representante y/o apoderado), identificado con DNI Nº ……………….tenemos el agrado de dirigirnos a ustedes, en relación con la Adjudicación de Menor Cuantía por Subasta Inversa Presencial Nº …………………a fin de acreditar a nuestro representante y/o apoderado: ……………………………. (nombre del apoderado) identificado con DNI. Nº ………………………………quien se encuentra en virtud a este documento, debidamente autorizado para formular propuestas, efectuar lances y para ejercer todos los demás actos inherentes a la Subasta Inversa, durante el acto público. Para tal efecto, se adjunta copia simple de la ficha registral vigente del suscrito1.

………………………………….………………….. Firma, Nombres y Apellidos del Postor/

Razón Social de la Empresa

1 En caso de acreditación de representantes de personas jurídicas es de aplicación lo establecido en los artículos 65º y 95 del Reglamento.

ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 0004-2010-MTPE Derivada de la LP Nº 0007-2009-MTPE “ADQUISICION DE COMBUSTIBLE PARA LOS VEHICULOS DEL MTPE”

____________________________________________________

Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo Av. Salaverry Nº 655 – JESÚS MARÍA.

12

ANEXO 01

CARTA DE PRESENTACIÓN DEL POSTOR

ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTIA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL

Nº ……………………………..

ADQUISICIÓN DE COMBUSTIBLE PARA VEHÍCULOS DEL MTPE

Lima, de del 2010 Señores COMITÉ ESPECIAL MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO Ciudad.- Nos dirigimos a usted con relación a la Adjudicación de Menor Cuantía por Subasta Inversa Presencial Nº ………………………………….., haciéndoles llegar nuestra oferta de acuerdo a las Bases y Especificaciones Técnicas para el (los) ítem (s): ______________________ . Asimismo, en cumplimiento de lo exigido en las Bases y en la Directiva que aprueba los lineamientos para la aplicación de la modalidad especial de selección por subasta inversa, para el Sobre de Habilitación, detallamos lo siguiente:

NOMBRE O RAZON SOCIAL: DOMICILIO LEGAL TELEFONO Nº

R.U.C.

RELACIÓN DE SOCIOS ACCIONISTAS, PARTICIPACIONISTAS O TITULARES

PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN

1. 2. 3.

REPRESENTACION LEGAL

APELLIDOS Y NOMBRES:

DNI: PODER INSCRITO EN:

FECHA DE INSCRIPCIÓN DEL PODER:

En mi calidad de Representante Legal de la empresa……………………………………… DECLARO BAJO JURAMENTO que los datos e información consignados en el presente formulario se sujetan a la verdad. Atentamente,

(Firma del representante Legal) (Apellidos y nombres) (DNI)

ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 0004-2010-MTPE Derivada de la LP Nº 0007-2009-MTPE “ADQUISICION DE COMBUSTIBLE PARA LOS VEHICULOS DEL MTPE”

____________________________________________________

Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo Av. Salaverry Nº 655 – JESÚS MARÍA.

13

ANEXO N° 02

DECLARACION JURADA (ART. 42º DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO)

ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTIA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL

Nº ………………………………………………

ADQUISICIÓN DE COMBUSTIBLE PARA VEHICULOS DEL MTPE

Señores COMITÉ ESPECIAL ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº………………………………….. Presente.-

De nuestra consideración:

El que suscribe…………….. (o representante legal de …………..), identificado con DNI Nº ................, con RUC Nº ……………, domiciliado en .........................................., que se presenta como postor de la ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº ………………., para la ADQUISICIÓN DE COMBUSTIBLE PARA VEHICULOS DEL MTPE declaro bajo juramento: 1.- No tener impedimento para participar en el proceso de selección ni para contratar con el Estado,

conforme al Art. 10º de la Ley. 2.- Conozco, acepto y me someto a las Bases, condiciones y procedimientos del proceso de selección. 3.- Soy responsable de la veracidad de los documentos e información que presento a efectos del

presente proceso de selección. 4.- Me comprometo a mantener la oferta durante el proceso de selección y a suscribir el contrato, en

caso que resulte favorecido con la Buena Pro. 5.- Conozco las sanciones contenidas en la Ley y su Reglamento, así como en la Ley N° 27444, Ley

del Procedimiento Administrativo General. Lima, …………………………………..

………………………….……………………….. Firma y sello del representante legal

Nombre / Razón social del postor

ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 0004-2010-MTPE Derivada de la LP Nº 0007-2009-MTPE “ADQUISICION DE COMBUSTIBLE PARA LOS VEHICULOS DEL MTPE”

____________________________________________________

Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo Av. Salaverry Nº 655 – JESÚS MARÍA.

14

ANEXO Nº 03

MODELO PARA PRESENTACIÓN DE PROPUESTA DE PRECIO

ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL

Nº …………………………………………..

ADQUISICIÓN DE COMBUSTIBLE PARA VEHICULOS DEL MTPE

Señores: Comité Especial ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº ………………… Presente.-

Me dirijo a ustedes por medio del presente, con la finalidad de hacerle llegar nuestra propuesta de precio para __________ ______ de la Adjudicación de Menor Cuantía por Subasta Inversa Presencial N° …………………., conforme al siguiente detalle:

Item Descripción Unidad de Medida Cantidad Precio Total (incluido IGV)

1

2

3

MONTO TOTAL DE LA PROPUESTA

El precio total deberá ser considerado en Nuevos Soles e incluir el Impuesto General a las Ventas y todos los costos directos e indirectos, materiales, desgastes de equipos, tributos vigentes o los que los substituyan, transporte, traslados, inspecciones, utilidades y cualquier otro concepto que pueda incidir sobre el costo total de los bienes. Lima, _____ de ________________ del 2010 Atentamente,

(Nombre del Postor) (Firma del Representante Legal) (Nombre del Representante Legal) (DNI)

ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 0004-2010-MTPE Derivada de la LP Nº 0007-2009-MTPE “ADQUISICION DE COMBUSTIBLE PARA LOS VEHICULOS DEL MTPE”

____________________________________________________

Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo Av. Salaverry Nº 655 – JESÚS MARÍA.

15

ANEXO Nº 04

DECLARACIÓN JURADA ESTABLECIENDO LA ESTACIÓN O ESTACIONES DE SERVICIO DONDE SE SUMINISTRARÁN LOS COMBUSTIBLES

ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL

Nº …………………………………………………………………

ADQUISICIÓN DE COMBUSTIBLE PARA VEHÍCULOS DEL MTPE

Lima, de de 2009 Señores Comité Especial Presente.-

De nuestra consideración: Por medio de la presente (Razón Social del Postor) establece que brindará el suministro de los Combustibles, objeto del presente proceso, en su (s) Estación (es) de Servicio ubicado (s) en: Item Nº Nombre de la Estación de Servicio Distrito y

Provincia Dirección de la Estación

de servicio

Según lo señalado en las especificaciones técnicas, las Bases, las fichas de los combustibles, aprobadas por el OSCE, según sea el caso.

Atentamente,

(Nombre del Postor) (Firma del Representante Legal) (Nombre del Representante Legal) (DNI)

ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 0004-2010-MTPE Derivada de la LP Nº 0007-2009-MTPE “ADQUISICION DE COMBUSTIBLE PARA LOS VEHICULOS DEL MTPE”

____________________________________________________

Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo Av. Salaverry Nº 655 – JESÚS MARÍA.

16

ANEXO N° 05

PROFORMA DE CONTRATO

Conste por el presente documento, el contrato de contratación de ……….., que celebra de una parte ……………………., en adelante LA ENTIDAD, con RUC Nº ………, con domicilio legal en …………, representada por …………, identificado con DNI Nº ……………., y de otra parte ………………......................................, con RUC Nº ……………….., con domicilio legal en ………………..........................., inscrita en la Ficha N° ………. Asiento N° …………. del Registro de Personas Jurídicas de (Ciudad), debidamente representado por su Representante Legal, ……………….........................................., con DNI N° ……………….., según poder inscrito en la Ficha N° ………., Asiento N° ……….. del Registro de Personas Jurídicas de (Ciudad), a quien en adelante se le denominará EL CONTRATISTA en los términos y condiciones siguientes:

CLÁUSULA PRIMERA: OBJETO Con fecha ……., el Comité Especial adjudicó la Buena Pro del PROCESO DE SELECCIÓN ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº …….. para la

contratación de …………………(indicar objeto de contratación), a ……………………… (indicar nombre del ganador de la Buena Pro), cuyos detalles, importes unitarios (en caso de corresponder) y totales, constan en los documentos integrantes del presente contrato. CLÁUSULA SEGUNDA: FINALIDAD DEL CONTRATO ………………………. CLÁUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUAL El monto total del presente contrato asciende a S/. ………………… a todo costo, incluido IGV, (de corresponder). Este monto comprende el costo del bien, seguros e impuestos, así como todo aquello que sea necesario para la correcta ejecución de la prestación materia del presente contrato. CLÁUSULA CUARTA: FORMA DE PAGO2 LA ENTIDAD se obliga a pagar la contraprestación a EL CONTRATISTA en ………………. (indicar moneda), en el plazo de ……………………… (indicar el plazo en el que la Entidad efectuará el pago), luego de la recepción formal y completa de la documentación correspondiente, según lo establecido en el artículo 181° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, para tal efecto, el responsable de dar la conformidad de la prestación deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días de ser estos recibidos. Los precios podrán ser reajustados cuando se acredite el incremento o disminución del precio del combustible. Dicho reajuste deberá ser de acuerdo a la normatividad vigente al momento del reajuste. Para tal efecto, EL CONTRATISTA hará de conocimiento por escrito a la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de LA ENTIDAD la lista oficial de los precios fijados emitida por el proveedor mayorista, la cual será remitida al Área de Transporte de la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares para el control respectivo. El reajuste de los precios será sólo en los casos de entregas futuras de combustible y no para el combustible ya entregado. CLÁUSULA QUINTA: INICIO Y CULMINACIÓN DE LA PRESTACIÓN El plazo de ejecución de la prestación se extenderá desde …..……… hasta……………………….(deberá indicarse desde cuándo se computa el plazo de ejecución de

2 En cada caso concreto, dependiendo de la naturaleza del contrato, podrá adicionarse la información que resulte pertinente a

efectos de generar el pago.

ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 0004-2010-MTPE Derivada de la LP Nº 0007-2009-MTPE “ADQUISICION DE COMBUSTIBLE PARA LOS VEHICULOS DEL MTPE”

____________________________________________________

Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo Av. Salaverry Nº 655 – JESÚS MARÍA.

17

las obligaciones a cargo del contratista y hasta cuándo se extienden éstas). CLÁUSULA SEXTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO El presente contrato está conformado por la oferta ganadora y los documentos derivados del proceso de selección que establezcan obligaciones para las partes. CLÁUSULA SÉPTIMA: GARANTÍAS EL CONTRATISTA entregó a la suscripción del contrato la respectiva garantía solidaria, irrevocable, incondicional y de realización automática a sólo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por los conceptos, importes y vigencias siguientes: - De fiel cumplimiento del contrato: S/…………………., a través de la …………………(Indicar el

tipo de garantía). Cantidad que es equivalente al diez por ciento (10%) del monto total del contrato y tiene una vigencia hasta el consentimiento de la liquidación final.

En el caso que corresponda consignar lo siguiente: - Garantía por prestaciones accesorias: S/………………, de ser el caso, …………………., a través

de la ………………(Indicar el tipo de garantía) con una vigencia hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas.

Esta(s) garantía(s) es (son) emitida(s) por una empresa bajo el ámbito de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones o que estén consideradas en la lista actualizada de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú. La garantía de fiel cumplimiento deberá encontrarse vigente hasta el consentimiento de la liquidación final.3

CLÁUSULA OCTAVA: EJECUCIÓN DE GARANTÍAS POR FALTA DE RENOVACIÓN LA ENTIDAD está facultada para ejecutar las garantías cuando EL CONTRATISTA no cumpliera con renovarlas antes de la fecha de su vencimiento, conforme a lo dispuesto por el artículo 164º del Reglamento. CLÁUSULA NOVENA: CONFORMIDAD DE RECEPCIÓN DE LA PRESTACIÓN La conformidad de recepción de la prestación se regula por lo dispuesto en el Artículo 176º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y estará a cargo del Área de Transporte de la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares. De existir observaciones se consignarán en el acta respectiva, indicándose claramente el sentido de éstas, dándose al contratista un plazo prudencial para su subsanación, en función a la complejidad del bien. Dicho plazo no podrá ser menor de dos (2) ni mayor de diez (10) días calendario. Si pese al plazo otorgado, el contratista no cumpliese a cabalidad con la subsanación, la Entidad podrá resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan. Este procedimiento no será aplicable cuando los bienes manifiestamente no cumplan con las características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso la Entidad no efectuará la recepción, debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose las penalidades que correspondan. CLÁUSULA DÉCIMA: DECLARACIÓN JURADA DEL CONTRATISTA EL CONTRATISTA declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de 3 De manera excepcional, en aquellos contratos que tengan una vigencia superior a un (1) año, previamente a la suscripción del

contrato, las Entidades podrán aceptar que el ganador de la Buena Pro presente la garantía de fiel cumplimiento con una vigencia de un (1) año, con el compromiso de renovar su vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación.

ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 0004-2010-MTPE Derivada de la LP Nº 0007-2009-MTPE “ADQUISICION DE COMBUSTIBLE PARA LOS VEHICULOS DEL MTPE”

____________________________________________________

Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo Av. Salaverry Nº 655 – JESÚS MARÍA.

18

incumplimiento. CLÁUSULA UNDÉCIMA: RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS La conformidad de recepción de la prestación por parte de LA ENTIDAD no enerva su derecho a reclamar posteriormente por defectos o vicios ocultos, conforme a lo dispuesto por el artículo 50º de la Ley. CLÁUSULA DUODÉCIMA: PENALIDADES4 Si EL CONTRATISTA incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, LA ENTIDAD le aplicará al contratista una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse en concordancia con el artículo 165° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. En todos los casos, la penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula:

Penalidad Diaria = 0.10 x Monto F x Plazo en días

Donde: F = 0.25 para plazos mayores a sesenta (60) días o; F = 0.40 para plazos menores o iguales a sesenta (60) días. Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, LA ENTIDAD podrá resolver el contrato por incumplimiento. Esta penalidad será deducida de los pagos a cuenta, del pago final o en la liquidación final; o si fuese necesario se cobrará del monto resultante de la ejecución de las garantías de Fiel Cumplimiento o por el Monto diferencial de la propuesta (de ser el caso). La justificación por el retraso se sujeta a lo dispuesto por el Código Civil y demás normas concordantes. CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATO Cualquiera de las partes podrá resolver el contrato, de conformidad con los artículos 40º, inciso c), y 44º de la Ley, y los artículos 167º y 168º de su Reglamento. De darse el caso, LA ENTIDAD procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 169° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA: RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA Sin perjuicio de la indemnización por daño ulterior, las sanciones administrativas y pecuniarias aplicadas a EL CONTRATISTA, no lo eximen de cumplir con las demás obligaciones pactadas ni de las responsabilidades civiles y penales a que hubiere lugar. CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA: MARCO LEGAL DEL CONTRATO En lo no previsto en este contrato, en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, serán de aplicación las disposiciones pertinentes del Código Civil vigente y demás normas concordantes.

CLÁUSULA DÉCIMO SEXTA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Cualquiera de las partes tiene el derecho a iniciar el arbitraje administrativo a fin de resolver las controversias que se presenten durante la etapa de ejecución contractual dentro del plazo de caducidad previsto en los artículos 144º, 170, 175º y 177º del Reglamento o, en su defecto, en el artículo 52º de la Ley. Facultativamente, cualquiera de las partes podrá someter a conciliación la referida controversia, sin

4 Deberá considerarse las penalidades que se hubieran establecido al amparo del artículo 166º del Reglamento de la Ley de

Contrataciones del Estado.

ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 0004-2010-MTPE Derivada de la LP Nº 0007-2009-MTPE “ADQUISICION DE COMBUSTIBLE PARA LOS VEHICULOS DEL MTPE”

____________________________________________________

Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo Av. Salaverry Nº 655 – JESÚS MARÍA.

19

perjuicio de recurrir al arbitraje en caso no se llegue a un acuerdo entre ambas, según lo señalado en el artículo 214º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. El Laudo arbitral emitido es definitivo e inapelable, tiene el valor de cosa juzgada y se ejecuta como una sentencia. La conciliación y/o arbitraje se llevara a cabo bajo la organización y administración de los órganos del Sistema Nacional de Arbitraje del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE y de acuerdo a su Reglamento. CLÁUSULA DÉCIMO SÉPTIMA: FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PÚBLICA Cualquiera de las partes podrá elevar el presente contrato a Escritura Pública corriendo con todos los gastos que demande esta formalidad. CLÁUSULA DÉCIMO OCTAVA: VERACIDAD DE DOMICILIOS Las partes contratantes han declarado sus respectivos domicilios en la parte introductoria del presente contrato. De acuerdo con las Bases, las propuestas técnico y económica y las disposiciones del presente contrato, las partes lo firman por triplicado en señal de conformidad en la ciudad de ………. al ………………………… LA ENTIDAD EL CONTRATISTA

ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 0004-2010-MTPE Derivada de la LP Nº 0007-2009-MTPE “ADQUISICION DE COMBUSTIBLE PARA LOS VEHICULOS DEL MTPE”

____________________________________________________

Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo Av. Salaverry Nº 655 – JESÚS MARÍA.

20

ANEXO Nº 06

LICITACIÓN PÚBLICA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº ……………………………………………….

ADQUISICIÓN DE COMBUSTIBLES PARA VEHICULOS DEL MTPE

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

El combustible que el postor oferte será debidamente filtrado y estar en condiciones técnicas de ser suministrado a los vehículos, sin que éstos posteriormente presenten desperfectos relacionados al combustible. Asimismo deberá cumplir con las normas técnicas de calidad respectivas. PLAZO DE ENTREGA El plazo de entrega se efectuará a partir de la suscripción del contrato por un período de 12 meses o hasta completar el suministro total requerido durante la vigencia del contrato. LUGAR DE ENTREGA El suministro de Combustible será realizado en los puntos de distribución que el postor señale, ubicados dentro de la ciudad de Lima; teniendo en cuenta que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo se encuentra ubicado en la Av. Salaverry Nº 655 – Jesús María. La Estación de Servicio o Grifo deberá estar ubicado dentro del siguiente perímetro:

Av. Brasil, desde la plaza Bolognesi hasta la cuadra Nº 21. Av. San Felipe hasta la cuadra 20 de la Av. Salaverry. Av. Coronel Cesar Canevaro. Av. Pardo, hasta la cuadra 2. Av. Petit Thouars, hasta la cuadra 18. Av. 9 de Diciembre (Paseo Colón).

FORMA DE ENTREGA Para que el postor cumpla con la distribución de combustible a los vehículos que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo designe, previamente y en coordinación con el personal encargado de la Unidad de Transportes del Ministerio, hará entrega de los vales de consumo debidamente enumerados y firmados; para ser llenados con la cantidad de galones autorizados por la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares. Cada quince días el postor hará entrega de los vales atendidos acompañados de una hoja de liquidación y de la factura correspondiente para su cancelación de acuerdo al contrato suscrito. El suministro del combustible se realizará en forma diaria (incluyendo sábados, domingos y feriados) durante las 24 horas, a los vehículos que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo designe. El postor hará entrega del combustible a través de los surtidores de combustible de los locales que proponga para el suministro, para lo cual el chofer de cada vehículo en cada ocasión hará entrega del “vale de consumo” emitido y debidamente firmado por la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares.

ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 0004-2010-MTPE Derivada de la LP Nº 0007-2009-MTPE “ADQUISICION DE COMBUSTIBLE PARA LOS VEHICULOS DEL MTPE”

____________________________________________________

Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo Av. Salaverry Nº 655 – JESÚS MARÍA.

21

FICHA TECNICA – GASOLINA DE 97 OCTANOS APROBADA

CARACTERISTICAS GENERALES

Características generales del bien Denominación del Bien : GASOLINA DE 97sp. Denominación técnica : GASOLINA DE 97sp. Grupo/clase/familia : COMBUSTIBLES, CARBURANTES Y LUBRICANTES/COMBUSTIBLES Y

CARBURANTES/GASOLINA PARA VEHICULOS Nombre del Bien en el catalogo del SEACE

: GASOLINA DE 97 OCTANOS

Codigo : B172100040004 Unidades de medida : Galones Anexos adjuntos : Descripcion general : La gasolina es una mezcla volátil de hidrocarburos ligeros,que generalmente

contiene pequeñas cantidades de aditivos,apropiada para uso de motores de ignición por chispa y de combustión interna.

Características generales de la Ficha Versión : 2 Estado : Aprobada Periodo para recibir sugerencias en el SEACE

: del 04/07/2005 al 18/07/2005

Fecha de inscripcion en el SEACE : 29/03/2006 18:30 CARACTERISTICAS TECNICAS

Toda especificación normativa a la Gasolina Uso Motor, así como los métodos de ensayo utilizados, se adecuarán en base a la Norma Técnica Peruana NTP 321.102-2002.Petróleos y Derivados-Gasolina Uso Motor. Toda especificación normativa a la Gasolina Uso Motor, así como los métodos de ensayo utilizados, se adecuarán en base a la Norma Técnica Peruana NTP 321.102-2002.Petróleos y Derivados-Gasolina Uso Motor. - Destilación: Método de ensayo ASTM D 86 - Relación vapor/líquido: El Método de Ensayo ASTM D 2533 tiene procedimientos para la determinación de la relación vapor líquido (V/L) tanto para gasolina como para mezclas gasolina-oxigenado. Debido a que algunos oxigenados son miscibles con la glicerina usada en un procedimiento, otro procedimiento que usa mercurio como fluido de confinación se provee para las mezclas gasolina-oxigenado. Cualquiera de los procedimientos puede ser usado para la determinación de V/L para la gasolina. El Método de Ensayo ASTM D 5188 es un método de cámara evacuada para la determinación de temperaturas para relaciones de vapor líquido entre 8:1 y 75:1. Puede ser usado tanto para gasolina como para mezclas gasolina oxigenado. - Presión de vapor: Métodos de ensayo ASTM D 4953, ASTM D 5190, ASTM D 5191 o ASTM D 5482. - Corrosión del cobre: Método de ensayo ASTM D 130, tres horas a 50 ºC. - Contenido de goma lavada por solvente: Método de ensayo ASTM D 381, aparato de aire a chorro. - Azufre: Métodos de ensayo ASTM D 1266, ASTM D 2622 o ASTM D 4294. Con el método de ensayo ASTM D 1266, se puede determinar concentraciones de Azufre total en un rango de 0,01% a 0,4% en masa. Para el método de ensayo ASTM D 2622 se utiliza como disolvente el aceite blanco (While Oil) para concentraciones de azufre de 3mg/kg a 5,3% en masa. Con el método de ensayo ASTM D 4294, el rango de concentración aplicable es de 0,0150% a 5,00% en masa de azufre. - Plomo: Métodos de Ensayo ASTM D 3341 o ASTM D 5059 (Métodos de Ensayo A o B). Para niveles de plomo menores a 0,03g/L use los Métodos de Ensayo ASTM D 3237 o ASTM D 5059 (Método de Ensayo C). - Estabilidad a la oxidación: Método de Ensayo ASTM D 525. - Detección de oxigenados: Método de Ensayo ASTM D 4815 o ASTM D 5845. Estos métodos están diseñados para la determinación cuantitativa de metil ter-butil éter (MTBE), etil ter-butil éter (ETBE), metil ter-amil éter (TAME), diisopropil éter (DIPE), alcohol metílico, alcohol etílico, y alcohol ter-butílico. Adicionalmente, el Método de Ensayo ASTM D 4815 está diseñado para la determinación cuantitativa de alcohol propílico normal, alcohol isopropílico, alcohol butílico normal, alcohol sec-butílico, alcohol isobutílico y alcohol ter-amílico. Los resultados de estos métodos se reportan en porcentaje en masa, pero el Método de Ensayo ASTM D 4815 incluye procedimientos para el cálculo de la concentración de oxigenados en porcentaje en volumen y el contenido másico de oxígeno usando los resultados de porcentaje en masa de oxigenados.

ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 0004-2010-MTPE Derivada de la LP Nº 0007-2009-MTPE “ADQUISICION DE COMBUSTIBLE PARA LOS VEHICULOS DEL MTPE”

____________________________________________________

Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo Av. Salaverry Nº 655 – JESÚS MARÍA.

22

- Tolerancia de agua: Véase el método de ensayo en el Anexo B de la NTP 321.102-2002. El significado de estas especificaciones se detallan en el Anexo E de la NTP 321.102-2002.

REQUISITOS

Apariencia: Transparente. Volatilidad: -DestilaciónºC(a 760 mmHg). 10%Vol.: Min:-- Máx.:70 50%Vol.: Min:77 Máx.:121 90%Vol.: Min:-- Máx.:190 Punto final: Min:-- Máx.:225 Residuo,% V: Min:-- Máx.:2 -Relación Vapor/Líquido a 56 ºC,1 atm: Min:-- Máx.:20 -Presión de Vapor Reid, kPa (psi) : Min:-- Máx.:69(10) Composición: -Oxígeno,%masa: Min:-- Máx.:2,7 -Aromático,%Vol.:Min:-- Máx.:45 -Olefinas,%Vol.:Min:-- Máx.:25 -Benceno,%Vol.:Min:-- Máx.:2,5 Corrosividad: -Corrosión Lámina de Cobre,3 h,50 ºC,Nº:Min:-- Máx.:1 -Azufre total,%Masa:Min:-- Máx.:0,10 Estabilidad a la Oxidación: -Minutos:Min:240 Máx.:-- Antidetonancia: -Nº Octano Research: Super Extra Contaminantes: -Goma existente,mg/100Ml:Min:-- Máx.:5,0 -Plomo,g Pb/L: Min:-- Máx.:0,013

EXIGIR CERTIFICACIÓN

Opcional

OTRAS ESPECIFICACIONES

La presente ficha ha sido modificada de acuerdo a la recomendación en la evaluación técnica que realizó SNOASC

ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 0004-2010-MTPE Derivada de la LP Nº 0007-2009-MTPE “ADQUISICION DE COMBUSTIBLE PARA LOS VEHICULOS DEL MTPE”

____________________________________________________

Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo Av. Salaverry Nº 655 – JESÚS MARÍA.

23

FICHA TECNICA – GASOLINA DE 90 OCTANOS

APROBADA CARACTERISTICAS GENERALES

Características generales del bien Denominacion del Bien : GASOLINA DE 90sp Denominacion tecnica : GASOLINA DE 90sp Grupo/clase/familia : COMBUSTIBLES, CARBURANTES Y LUBRICANTES/COMBUSTIBLES Y

CARBURANTES/GASOLINA PARA VEHICULOS Nombre del Bien en el catalogo del SEACE

: GASOLINA DE 90 OCTANOS

Codigo : B172100040002 Unidades de medida : Galones Anexos adjuntos : Descripcion general : La gasolina es una mezcla volátil de hidrocarburos ligeros, que generalmente

contiene pequeñas cantidades de aditivos, apropiada para uso de motores de ignición por chispa y de combustión interna.

Características generales de la Ficha Versión : 2 Estado : Aprobada Periodo para recibir sugerencias en el SEACE

: del 13/09/2005 al 27/09/2005

Fecha de inscripcion en el SEACE : 29/03/2006 18:05 CARACTERISTICAS TECNICAS

Toda especificación normativa a la Gasolina Uso Motor, así como los métodos de ensayo utilizados, se adecuarán en base a la Norma Técnica Peruana NTP 321.102-2002.Petróleos y Derivados-Gasolina Uso Motor. - Destilación: Método de ensayo ASTM D 86 - Relación vapor/líquido: El Método de Ensayo ASTM D 2533 tiene procedimientos para la determinación de la relación vapor líquido (V/L) tanto para gasolina como para mezclas gasolina-oxigenado. Debido a que algunos oxigenados son miscibles con la glicerina usada en un procedimiento, otro procedimiento que usa mercurio como fluido de confinación se provee para las mezclas gasolina-oxigenado. Cualquiera de los procedimientos puede ser usado para la determinación de V/L para la gasolina. El Método de Ensayo ASTM D 5188 es un método de cámara evacuada para la determinación de temperaturas para relaciones de vapor líquido entre 8:1 y 75:1. Puede ser usado tanto para gasolina como para mezclas gasolina oxigenado. - Presión de vapor: Métodos de ensayo ASTM D 4953, ASTM D 5190, ASTM D 5191 o ASTM D 5482. - Corrosión del cobre: Método de ensayo ASTM D 130, tres horas a 50 ºC. - Contenido de goma lavada por solvente: Método de ensayo ASTM D 381, aparato de aire a chorro. - Azufre: Métodos de ensayo ASTM D 1266, ASTM D 2622 o ASTM D 4294. Con el método de ensayo ASTM D 1266, se puede determinar concentraciones de Azufre total en un rango de 0,01% a 0,4% en masa. Para el método de ensayo ASTM D 2622 se utiliza como disolvente el aceite blanco (While Oil) para concentraciones de azufre de 3mg/kg a 5,3% en masa. Con el método de ensayo ASTM D 4294, el rango de concentración aplicable es de 0,0150% a 5,00% en masa de azufre. - Plomo: Métodos de Ensayo ASTM D 3341 o ASTM D 5059 (Métodos de Ensayo A o B). Para niveles de plomo menores a 0,03g/L use los Métodos de Ensayo ASTM D 3237 o ASTM D 5059 (Método de Ensayo C). - Estabilidad a la oxidación: Método de Ensayo ASTM D 525. Detección de oxigenados: Método de Ensayo ASTM D 4815 o ASTM D 5845. Estos métodos están diseñados para la determinación cuantitativa de metil ter-butil éter (MTBE), etil ter-butil éter (ETBE), metil ter-amil éter (TAME), diisopropil éter (DIPE), alcohol metílico, alcohol etílico, y alcohol ter-butílico. Adicionalmente, el Método de Ensayo ASTM D 4815 está diseñado para la determinación cuantitativa de alcohol propílico normal, alcohol isopropílico, alcohol butílico normal, alcohol sec-butílico, alcohol isobutílico y alcohol ter-amílico. Los resultados de estos métodos se reportan en porcentaje en masa, pero el Método de Ensayo ASTM D 4815 incluye procedimientos para el cálculo de la concentración de oxigenados en porcentaje en volumen y el contenido másico de oxígeno usando los resultados de porcentaje en masa de oxigenados. - Tolerancia de agua: Véase el método de ensayo en el Anexo B de la NTP 321.102-2002. El significado de estas especificaciones se detalla en el Anexo E de la NTP 321.102-2002.

ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 0004-2010-MTPE Derivada de la LP Nº 0007-2009-MTPE “ADQUISICION DE COMBUSTIBLE PARA LOS VEHICULOS DEL MTPE”

____________________________________________________

Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo Av. Salaverry Nº 655 – JESÚS MARÍA.

24

REQUISITOS

Apariencia: Transparente. Volatilidad: -DestilaciónºC(a 760 mmHg). 10%Vol.: Min:-- Máx.:70 50%Vol.: Min:77 Máx.:121 90%Vol.: Min:-- Máx.:190 Punto final: Min:-- Máx.:225 Residuo,% V: Min:-- Máx.:2 -Relación Vapor/Líquido a 56 ºC,1 atm: Min:-- Máx.:20 -Presión de Vapor Reid, kPa (psi) : Min:-- Máx.:69(10) Composición: -Oxígeno,%masa: Min:-- Máx.:2,7 -Aromático,%Vol.:Min:-- Máx.:45 -Olefinas,%Vol.:Min:-- Máx.:25 -Benceno,%Vol.:Min:-- Máx.:2,5 Corrosividad: -Corrosión Lámina de Cobre,3 h,50 ºC,Nº:Min:-- Máx.:1 -Azufre total,%Masa:Min:-- Máx.:0,10 Estabilidad a la Oxidación: -Minutos:Min:240 Máx.:-- Antidetonancia: -Nº Octano Research: Super Contaminantes: -Goma existente,mg/100Ml:Min:-- Máx.:5,0 -Plomo,g Pb/L: Min:-- Máx.:0,013

EXIGIR CERTIFICACIÓN

Opcional

OTRAS ESPECIFICACIONES

La presente ficha ha sido modificada de acuerdo a la recomendación en la evaluación técnica que realizó SNOASC.

ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 0004-2010-MTPE Derivada de la LP Nº 0007-2009-MTPE “ADQUISICION DE COMBUSTIBLE PARA LOS VEHICULOS DEL MTPE”

____________________________________________________

Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo Av. Salaverry Nº 655 – JESÚS MARÍA.

25

FICHA TECNICA – DIESEL 2

APROBADA CARACTERISTICAS GENERALES

Características generales del bien Denominacion del Bien : DIESEL Nº 2 Denominacion tecnica : DIESEL Nº 2 Grupo/clase/familia : COMBUSTIBLES, CARBURANTES Y LUBRICANTES/COMBUSTIBLES Y

CARBURANTES/PETROLEO PARA MOTOR Nombre del Bien en el catalogo del SEACE

: PETROLEO DIESEL 2

Codigo : B172100070001 Unidades de medida : Galones Anexos adjuntos : Descripcion general : Existen 2 tipos de Combustible Diesel Nº 2:

Combustible Diesel Nº 2 Esta clase comprende destilados de menor volatilidad. Estos combustibles se utilizan en motores de alta velocidad, en servicios que implican relativamente altas cargas y velocidades uniformes. Combustible Diesel Nº 2 especial: Esta clase comprende los gasóleos destilados de menor volatilidad. Estos combustibles se utilizan en motores de alta velocidad que requieren un contenido medio de azufre, elevado número de cetano, en servicios que implican relativamente altas cargas y velocidades uniformes.

Características generales de la Ficha Versión : 3 Estado : Aprobada Periodo para recibir sugerencias en el SEACE

: del 04/07/2005 al 18/07/2005

Fecha de inscripcion en el SEACE : 24/03/2006 12:36 CARACTERISTICAS TECNICAS

- Punto de inflamación: Método de Ensayo ASTM D 93. Igualmente se puede usar el Método de Ensayo ASTM D 56 como otra alternativa siempre que el Punto de Inflamación esté por debajo de 93 ºC y que la viscosidad sea menor que 5,5 mm ² /s (cSt) a 40 ºC. Este método de ensayo puede dar resultados ligeramente menores. En caso de diferencia, el Método de Ensayo ASTM D 93es el método de arbitraje. - Punto de escurrimiento: Método de Ensayo ASTM D 97. - Agua y sedimentos: Métodos de ensayo ASTM D 2709 y ASTM D 1796. - Residuo de carbón: Para el Carbón Ramsbottom el método de ensayo ASTM D 524. Si no se contara con el equipo requerido para aplicar este método, se calculará esta propiedad utilizando el Apéndice X1 del Método de Ensayo ASTM D 524 que relaciona el ensayo del Carbón Conradson (Método de Ensayo ASTM D 189) con el Carbón Ramsbottom. Para el Carbón Conradson los métodos de ensayo ASTM D 189 y ASTM D 4530. - Cenizas: Método de Ensayo ASTM D 482. - Destilación: Método de Ensayo ASTM D 86 - Viscosidad: Método de Ensayo ASTM D 445 - Densidad: Métodos de Ensayo ASTM D 1298 - Azufre: Métodos de Ensayo ASTM D 129, ASTM D 2622, ASTM D 4294. - Corrosión del cobre: Método de ensayo ASTM D 130, prueba de tres horas a 50 ºC. - Número de cetano: Método de ensayo ASTM D 613. En caso de no contar con el equipo de este método, se calculará el índice de Cetano con el método de ensayo ASTM D 4737: 96a * Diesel Nº 2 --------------- VOLATILIDAD Destilación min.: --- máx.: --- 90% Recuperado, ºC min.: 282.0 máx.:360.0 Punto de inflamación Pensky Martens, ºC min.: 52,0 máx.: ---

ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 0004-2010-MTPE Derivada de la LP Nº 0007-2009-MTPE “ADQUISICION DE COMBUSTIBLE PARA LOS VEHICULOS DEL MTPE”

____________________________________________________

Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo Av. Salaverry Nº 655 – JESÚS MARÍA.

26

FLUIDEZ Viscosidad Cinemática a 40 ºC, sCt min.:1.7 máx.: 4,1 Punto de Escurrimiento ºC (A)min.: --- máx.: +4 COMPOSICION Número de Cetano (B) min.: 45 máx.: --- Índice de Cetano min.: 40 máx.: --- Cenizas % masa min.: --- máx.: 0,010 Residuos de CarbónRamsbottom 10% fondos % masa (D) min.: --- máx.: 0.35 Azufre total % Masa min.: --- máx.: 0.50 (lo que equivale a 5,000 ppm ó 5,000 mg/kg) CORROSIVIDAD Corrosión a la lámina de Cobre, 3h 50 ºC, Nº min.: --- máx.: 3 CONTAMINANTES Agua y Sedimentos, % Vol. min.: --- máx.: 0,05 * Diesel Nº 2 (especial) --------------- VOLATILIDAD Destilación min.: --- máx.: --- 90% Recuperado, ºC min.: 282.0 máx.:360.0 Punto de inflamación Pensky Martens, ºC min.: 52,0 máx.: --- FLUIDEZ Viscosidad Cinemática a 40 ºC, sCt min.:1.9 máx.: 4,1 Punto de Escurrimiento ºC (A) min.: --- máx.: +4 COMPOSICION Número de Cetano (B) min.: 50 máx.: --- Índice de Cetano min.: 45 máx.: --- Cenizas % masa min.: --- máx.: 0,010 Residuos de Carbón Ramsbottom 10% fondos % masa (D) min.: --- máx.: 0.35 Azufre total % Masa min.: --- máx.: 0.05 (lo que equivale a 5,000 ppm ó 5,000 mg/kg) CORROSIVIDAD Corrosión a la lámina de Cobre, 3h 50 ºC, Nº min.: --- máx.: 3 CONTAMINANTES Agua y Sedimentos, % Vol. min.: --- máx.: 0,05 (A) Cuando el cliente lo requiere se determinará el Punto de Niebla o enturbiamiento ASTM D 2500-98a (B) En caso de no contar con el equipo del Método de Ensayo D 613-95 (Número de Cetano) se calculará el índice de Cetano con el Método de Ensayo ASTM D 4737: 96a (C) Solamente para combustibles Diesel de rango de número de Cetano entre 56.5 a 60.0 se utilizará el Índice de Cetano ASTM D 976 para calcular el Índice de Cetano. (D) En caso de no contar con el equipo, se calculará esta propiedad utilizando el Apéndice XI del Método de Ensayo ASTM D524: 97, que relaciona el ensayo de Carbón Conradson (Método de Ensayo ASTM D 189: 97) con el Carbón Ramsbottom. * Estos requisitos están conforme a la Ley N.° 28694, Ley que regula el contenido de azufre en el combustible Diesel, publicado el 22 de marzo de 2006 y el Decreto Supremo N.º 041-2005-EM, Decreto Supremo que aprueba el cronograma de reducción progresiva del contenido de Azufre en el combustible Diesel, publicado el 14 de Octubre de 2005.

REQUISITOS

POR PARTE DE LA ENTIDAD Sólo aquellas entidades que sean A.-Consumidor Directo con Instalación Fija --------------------------------------------------- (Capacidad mínima de almacenamiento de 1m3 ó 264.17 gl.). *Constancia de DGH (De la instalación o tanques donde se recibirá y almacenará el Diesel N° 2). La referida constancia, y el Informe Técnico Favorable del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía (OSINERG). *La Entidad deberá hacer uso del Sistema de Control de Órdenes de Pedido (SCOP), que es la plataforma de información de las Órdenes de Pedido de Combustibles, a través de la base de datos de OSINERG, en ella se

ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº 0004-2010-MTPE Derivada de la LP Nº 0007-2009-MTPE “ADQUISICION DE COMBUSTIBLE PARA LOS VEHICULOS DEL MTPE”

____________________________________________________

Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo Av. Salaverry Nº 655 – JESÚS MARÍA.

27

deberán declarar los despachos que permitan el seguimiento y la conciliación diaria entre las Órdenes de Pedido registradas y las Órdenes de despacho del operador, según RESOLUCION OSINERG N° 048-2003-OS/CD. B.-Consumidor Directo con Instalación Móvil ----------------------------------------------------- *Inscripción en la DGH (La autorización e inscripción, deben estar vigentes no se requiere el Informe Técnico Favorable de OSINERG). *La Entidad deberá hacer uso del Sistema de Control de Órdenes de Pedido (SCOP), que es la plataforma de información de las Órdenes de Pedido de Combustibles, a través de la base de datos de OSINERG, en ella se deberán declarar los despachos que permitan el seguimiento y la conciliación diaria entre las Órdenes de Pedido registradas y las Órdenes de despacho del operador, según RESOLUCION OSINERG N° 048-2003-OS/CD

POR PARTE DEL POSTOR Sólo aquellas postores que sean A.-Distribuidores Mayoristas ---------------------------------- *Constancia de DGH (A nombre de la empresa o postor del proceso de selección, con Constancia de Registro vigente, con autorización a comercializar el DIESEL N° 2, descrito en la Constancia). *La Entidad deberá hacer uso del Sistema de Control de Órdenes de Pedido (SCOP), que es la plataforma de información de las Órdenes de Pedido de Combustibles, a través de la base de datos de OSINERG, en ella se deberán declarar los despachos que permitan el seguimiento y la conciliación diaria entre las Órdenes de Pedido registradas y las Órdenes de despacho del operador, según RESOLUCION OSINERG N° 048-2003-OS/CD. B.-Distribuidores Minoristas --------------------------------- *Constancia de DGH (A nombre de la empresa o postor del proceso de selección, con Constancia de Registro vigente, con autorización a comercializar el DIESEL N° 2, descrito en la Constancia, con suficiente capacidad total de galones para abastecer, con registro de camiones tanque y cisternas, con Informe Técnico Favorable de OSINERG) NOTA : El volumen máximo que podrá vender de DIESEL N° 2, por cliente (Entidad Pública), en forma mensual no excederá de 113,56 m3 (30,000 galones), según Decreto Supremo 045-2005 EM, Modificación al Reglamento de Comercialización del Subsector de Hidrocarburos. *La Entidad deberá hacer uso del Sistema de Control de Órdenes de Pedido (SCOP), que es la plataforma de información de las Órdenes de Pedido de Combustibles, a través de la base de datos de OSINERG, en ella se deberán declarar los despachos que permitan el seguimiento y la conciliación diaria entre las Órdenes de Pedido registradas y las Órdenes de despacho del operado, según RESOLUCION OSINERG N° 048-2003-OS/CD. C.-Grifos ----------- *Constancia de DGH (A nombre de la empresa o postor del proceso de selección, con Constancia de Registro vigente, con autorización a comercializar el DIESEL N° 2, descrito en la Constancia, con suficiente capacidad total de galones para abastecer, especificación del tipo de establecimiento, con Informe Técnico Favorable de OSINERG) *La Entidad deberá hacer uso del Sistema de Control de Órdenes de Pedido (SCOP), que es la plataforma de información de las Órdenes de Pedido de Combustibles, a través de la base de datos de OSINERG, en ella se deberán declarar los despachos que permitan el seguimiento y la conciliación diaria entre las Órdenes de Pedido registradas y las Órdenes de despacho del operador, según RESOLUCION OSINERG N° 048-2003-OS/CD.

EXIGIR CERTIFICACIÓN

Opcional

OTRAS ESPECIFICACIONES

La presente ficha ha sido modificada de acuerdo a la recomendación en la evaluación técnica que realizó SNOASC.