base legal - san luis potosí
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Base Legal
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Artículo 3°.
Ley General de EducaciónReforma publicada en el Diario Oficial de la Federación.11 de septiembre del 2013.
Ley de Educación del Estado de San Luis Potosí Artículo 1, 13, 22 y 23 Fracción IV, 77, 80, 81, 82.Periódico Oficial del Estado del 28 de diciembre del 2010.
Reglamento Interior de la Secretaría de Educación del Estado Artículo10, Fracciones XXVI, XXVII y XXX.Periódico Oficial del Estado del 20 de Julio del 2002.
NOTA: En caso de haber modificación en la base legal se aplicará al momento de su publicación oficial.
preescolar
primaria
secundaria
media terminal
La Educación que imparten los Particulares es una acción de alto significado social que impacta en la formación de nuevas generaciones.
InformesPara el trámite de Incorporación el interesado(a) deberá presentarse en la Dirección de Planeación y Evaluación del S.E.E.R. para asignarle No. de Folio y firmar solicitud de incorporación.
Calle Coronel Romero No. 660Col. Jardínes del Estadio
C.P. 78280
1 37 24 00 ext. 227Directo: 8392505
http://[email protected] Octubre, 2014 / San Luis Potosí, S.L.P.
InstructivoPara el procedimiento de Incorporación de Planteles Particulares
Para obtener la autorización de impartir Educación Preescolar, Primaria o Secundaria, se deberá cumplir con los planes y programas oficiales de estudio vigentes, así como otros programas que implemente la Secretaría de Educación Pública.
Para obtener el Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios (REVOE) en el Nivel Media Terminal (Capacitación para el Trabajo) se sujetarán a los planes y programas existentes en el Sistema Educativo Estatal Regular. En el caso de solicitar la incorporación de Carreras distintas a las que oficialmente funcionan, el solicitante propondrá los planes y programas de estudio al S.E.E.R para su análisis y en su caso aprobación.
1. Proyecto
1.1 Introducción: Consiste en la descripción general del proyecto de apertura.1.2 Justificación del Nombre: Personaje finado destacado en cualquier actividad humana, hecho social o histórico, alguna palabra en dialecto que tenga significado con educación, valores (presentar tres propuestas).1.3 Objetivo: Refiere al proyecto de apertura que tiene la institución.1.4 Justificación: Consiste en explicar la necesidad que existe del servicio educativo en la localidad que se propone.1.5 Misión: Qué hace la institución para llegar a cumplir los motivos y/o metas por el cual existe.1.6 Visión: Plantear o formular las aspiraciones que tiene la institución para lograr sus metas a largo plazo.1.7 Pronósticos: Analizar las probabilidades de demanda educativa que puede llegar a tener la institución.1.8 Conclusiones: Consiste en la elaboración de una síntesis del Proyecto.1.9 Bibliografía: Recopilación de las fuentes documentales donde se obtuvo la información.
2. Del Propietario
2.1 Original o copia notariada de acta para consignación de persona moral en caso de que se trate de Asociación o Sociedad Civil, etc.2.2 Original o copia notariada de acta de nacimiento del Propietario o Representante Legal.2.3 Copia de credencial oficial con fotografía y original para cotejo (IFE, licencia, pasaporte).2.4 Fotocopia de la CURP.
3. Del Inmueble Escolar
3.1 Plano arquitectónico (medida estándar 90 x 60 cm) especificando espacios.3.2 Copia notariada del registro público de propiedad del inmueble, contrato de arrendamiento o comodato (con fecha de inicio y término).3.3 Constancia de Seguridad Estructural del inmueble expedida por personal autorizado ante la Dirección de Obras Públicas del Municipio, anexando copia del pago de actualización y cédula profesional.3.4 Dictamen de Higiene expedido por la Secretaría de Salud.3.5 Dictamen de Verificación de Instalaciones Eléctricas en baja tensión, emitidos por unidades de verificación autorizadas.3.6 Licencia del Uso de Suelo expedida por el H. Ayuntamiento de la Capital, especificando el nivel o niveles a incorporar. NOTA: En caso de contar con la aprobación del H. Cuerpo de Bomberos y de Protección Civil en este documento, hacer caso omiso de los puntos 3.7 y 3.8, de no ser así realizar el trámite correspondiente.3.7 Dictamen de Seguridad contra incendios, expedido por el H. Cuerpo de Bomberos.3.8 Dictamen aprobatorio de Medidas de Seguridad emitido por Protección Civil.3.9 Fotografías de fachada e interiores del inmueble: aulas, anexos, dirección, servicios sanitarios por separado (alumnas, alumnos, personal docente y administrativo), área cívica, impresas en hoja tamaño carta u oficio con descripción.
4. Del Personal Docente
4.1 Copia certificada por el Depto. de Control Escolar del S.E.E.R. o notariada en caso de ser foráneo de la cédula profesional, título o constancia de estudios.4.2 Original o copia certificada por el Depto. de Control Escolar del S.E.E.R. o notariada en caso de ser foráneo del acta de nacimiento.4.3 Copia de identificación oficial con fotografía (IFE, licencia, pasaporte, etc.) y original para cotejo.4.4 Certificado médico.4.5 Copia de la CURP.4.6 Calidad migratoria en caso de ser extranjero.
5. Otros
5.1 Que en materia pedagógica se cuente con mobiliario y material didáctico acorde al nivel a incorporar.5.2 Que las instalaciones satisfagan las condiciones de: aulas, biblioteca, talleres, laboratorios, etc. (ver anexo).
6. Formatos a entregar por la Dirección de Planeación y Evaluación
Los formatos se proporcionarán en la Dirección de Planeación y Evaluación, posterior a la última revisión del expediente, siendo los siguientes:
6.1 Solicitud de autorización para Educación Básica o Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios para Educación Media Terminal.6.2 Anexo número 2 (instalaciones).6.3 Carta compromiso de otorgamiento de becas.6.4 Forma CCT-NM (Notificación de Movimientos en el Catálogo de Centro de Trabajo).6.5 Plantilla de Personal.
La fecha límite para entregar expediente técnico será el 29 de mayo del 2015.
* Todos los documentos deberán ser vigentes.
El inspector del nivel correspondiente será el comisionado para llevar a cabo una visita de supervisión técnica pedagógica, apoyado por un supervisor técnico del Departamento de Planeación.
Toda la documentación del expediente del plantel a incorporar deberá ser revisada por el personal de la Dirección de Planeación y Evaluación, entregarse en original y dos copias en carpetas con broche de accogrip, además de un tanto de la plantilla de personal, en el orden numérico que se establece en este instructivo. En caso de contar ya con un nivel incorporado, deberán de acreditar que cuente con los espacios independientes a la institución ya establecida, de tal forma que los recintos académicos no sean compartidos y las áreas de esparcimiento y deportes sean suficientes para cada uno de los niveles.
Una vez obtenida la incorporación, todos los cambios de: Nombre de la institución, domicilio, infraestructura, Propietario, Representante Legal, deberán reportarse a la inspección correspondiente antes de realizar el mismo, para su validación y posteriormente entregar a la Dirección de Planeación y Evaluación para el trámite y registro, en caso de no acatar esta disposición la inspección emitirá una llamada de atención por escrito, mismo que se hará del conocimiento de sus superiores a efecto de que se determinen las acciones legales que correspondan por el incumplimiento señalado.
AnexoEducación Preescolar
La Educación que imparten los Particulares es una acción de alto significado social que impacta en la formación de nuevas generaciones.
InformesPara el trámite de Incorporación el interesado(a) deberá presentarse en la Dirección de Planeación y Evaluación del S.E.E.R. para asignarle No. de Folio y firmar solicitud de incorporación.
Calle Coronel Romero No. 660Col. Jardínes del Estadio
C.P. 78280
1 37 24 00 ext. 227Directo: 8392505
http://[email protected] Octubre, 2014 / San Luis Potosí, S.L.P.
Del Personal
1. Para ser Director Técnico o con grupo
Ser Profesor de Educación Preescolar o Licenciado en Educación Preescolar egresado de instituciones formadoras de docentes públicas o particulares incorporadas, o bien profesionista titulado en alguna licenciatura vinculada a la educación.
Tendrá a su cargo la responsabilidad sobre los aspectos pedagógicos, académicos, administrativos y de la plantilla de personal del plantel.
2. Para ser Personal Docente
Ser Profesor de Educación Preescolar egresado de Escuela Normal Oficial o Particular incorporada, Licenciado en Educación Preescolar, Licenciado en Psicología Educativa, Licenciado en Educación Primaria, Licenciado en Educación Especial, Licenciado en Educación Básica, Licenciado en Pedagogía o cualquier Licenciatura vinculada al área educativa.
3. Para ser Profesor de Educación Física
Ser Licenciado en Educación Física o contar con el certificado de Entrenador Deportivo expedido por la Comisión Nacional del Deporte (CONADE) o por la Autoridad Deportiva Estatal que corresponda, o contar con una experiencia mínima de tres años con los conocimientos comprobables para impartir dicha materia.
4.Documentos
El personal docente que ya cuente con dictamen emitido por el S.E.E.R., podrá incluir copia en lugar de los documentos solicitados en el punto 4 del instructivo.
De las Instalaciones
De las instalaciones de acuerdo a las Normas y Especificaciones para Estudios, Proyectos, Construcciones e Instalaciones (INIFED.- Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa, www.inified.gob.mx )
Objetivo: Que satisfagan las condiciones de higiene, seguridad
y pedagógicas.
Requisitos de Infraestructura Física del Inmueble:
1.- Aulas: Iluminadas, ventiladas, cristales con película plástica
anti impacto, piso antiderrapante, área aproximada de un metro
cuadrado por alumno y en el caso de estar en planta alta contar
con escaleras con adecuado desarrollo así como su descanso.
2.- Servicios Sanitarios: Servicios Sanitarios por Separado:
alumnas (inodoros y lavabos); alumnos (inodoros, mingitorios y
lavabos) y personal docente y administrativo (inodoro y
lavabos).
3.- Estabilidad de la construcción: Ajeno a contaminación
sanitaria y por ruido.
4.- Área de recreación:
Preescolar: arenero, pasto sintético con retardante de fuego,
juegos preferentemente de plástico, también tendría la función
de espacio cívico.
5.- Contar con salida de emergencia.
6.- Contar con un programa y plan interno de Protección Civil
Estatal y presentar la documentación que acredite la
preparación de dicho programa.
Primeros auxilios, prevención y combate de incendios,
evacuación de inmuebles y búsqueda y rescate.
Base Legal
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Artículo 3°.
Ley General de EducaciónReforma publicada en el Diario Oficial de la Federación 11 de septiembre del 2013.
Ley de Educación del Estado de San Luis Potosí Artículo 1, 13, 22 y 23 Fracción IV, 77, 80, 81, 82.Periódico Oficial del Estado del 28 de diciembre del 2010.
Reglamento Interior de la Secretaría de Educación del EstadoArtículo10, Fracciones XXVI, XXVII y XXX.Periódico Oficial del Estado del 20 de julio del 2002.
Acuerdo 278 de la Secretaría de Educación Pública, por el que se establecen los trámites y procedimientos relacionados con el Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios de Preescolar. Diario Oficial de la Federación, 30 de junio del 2000.
Acuerdo 357 por el que se establecen los requisitos y procedimientos relacionados con la autorización para impartir Educación Preescolar.Diario Oficial de la Federación, 3 de junio del 2005.
Acuerdo 696 por el que se establecen las Normas Generales para la Evaluación, Acreditación, Promoción y Certificación en la Educación Básica.Diario Oficial de la Federación, 20 de Septiembre del 2013.
NOTA: En caso de haber modificación en la base legal se aplicará al momento de su publicación oficial.
Educación Preescolar
La Educación que imparten los Particulares es una acción de alto significado social que impacta en la formación de nuevas generaciones.
InformesPara el trámite de Incorporación el interesado(a) deberá presentarse en la Dirección de Planeación y Evaluación del S.E.E.R. para asignarle No. de Folio y firmar solicitud de incorporación.
Calle Coronel Romero No. 660Col. Jardínes del Estadio
C.P. 78280
1 37 24 00 ext. 227Directo: 8392505
http://[email protected]
AnexoEducación Primaria
Octubre, 2014 / San Luis Potosí, S.L.P.
Del Personal
1. Para ser Director Técnico o con grupo
Ser Profesor Normalista o Lic. en Educación Primaria egresado
de alguna institución formadora de docentes pública o particular
incorporada, profesionista titulado de alguna carrera
universitaria, vinculada a la educación.
Tendrá a su cargo la responsabilidad sobre los aspectos
pedagógicos, académicos, administrativos y de la plantilla de
personal del plantel.
2. Para ser Personal Docente
Ser Profesor Normalista egresado de Escuela Normal Oficial o
Particular incorporada o Licenciado en: Educación Primaria,
Educación Básica, Educación Especial, Psicología Educativa,
Pedagogía, Ciencias de la Educación, Administración Escolar, o
cualquier otra carrera afin.
3. Para ser Profesor de Educación Física
Ser licenciado en educación física o contar con el certificado de
entrenador deportivo expedido por la Comisión Nacional del
Deporte (CONADE) o contar con una experiencia mínima de
tres años con los conocimientos comprobables, para impartir
dicha materia.
4. Documentos
El personal docente que ya cuente con dictamen emitido por el S.E.E.R., podrá incluir copia en lugar de los documentos solicitados en el punto 4 del instructivo.
Base Legal
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Artículo 3°.
Ley General de EducaciónReforma publicada en el Diario Oficial de la Federación 11 de septiembre del 2013.
Ley de Educación del Estado de San Luis PotosíArtículo 1, 22 y 23 Fracción XI, 77, 80, 81, 82. Periódico Oficial del Estado del 28 de diciembre del 2010.
Reglamento Interior de la Secretaría de Educación del Estado Artículo10 Fracciones XXVI, XXVII y XXX.Periódico Oficial del Estado del 20 de julio del 2002.
Acuerdo 96 por el que se establece la Organización y Funcionamiento de las Escuelas Primarias.Diario Oficial de la Federación del 7 de diciembre de 1982.
Acuerdo 254 por el que se establecen los trámites y procedimientos relacionados con la autorización para impartir Educación Primaria. Diario Oficial de la Federación del 26 de marzo de 1999.
Acuerdo 696 por el que se establece las Normas Generales para la Evaluación, Acreditación, Promoción y Certificación en la Educación Básica.Diario Oficial de la Federación del 20 de Septiembre del 2013.
NOTA: En caso de haber modificación en la base legal se aplicará al momento de su publicación oficial.
Educación Primaria
De las Instalaciones
De las instalaciones de acuerdo a las Normas y Especificaciones para Estudios, Proyectos, Construcciones e Instalaciones (INIFED.- Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa, www.inified.gob.mx )
Objetivo: Que satisfagan las condiciones de higiene, seguridad y
pedagógicas.
Requisitos de Infraestructura Física del Inmueble:
1.- Aulas: Iluminadas, ventiladas, cristales con película plástica
anti impacto, piso antiderrapante, área aproximada de un metro
cuadrado por alumno y en el caso de estar en planta alta contar
con escaleras con adecuado desarrollo así como su descanso.
2.- Servicios Sanitarios: Servicios Sanitarios por Separado:
alumnas (inodoros y lavabos); alumnos (inodoros, mingitorios y
lavabos) y personal docente y administrativo (inodoro y
lavabos).
3.- Estabilidad de la construcción: Ajeno a contaminación
sanitaria y por ruido.
4.- Área de recreación:
Primaria: cancha de baloncesto o voleibol o dimensiones
similares también tendría la función de espacio cívico.
5.- Contar con salida de emergencia.
6.- Contar con un programa y plan interno de Protección Civil
Estatal y presentar la documentación que acredite la
preparación de dicho programa.
Primeros auxilios, prevención y combate de incendios,
evacuación de inmuebles y búsqueda y rescate.
La Educación que imparten los Particulares es una acción de alto significado social que impacta en la formación de nuevas generaciones.
InformesPara el trámite de Incorporación el interesado(a) deberá presentarse en la Dirección de Planeación y Evaluación del S.E.E.R. para asignarle No. de Folio y firmar solicitud de incorporación.
Calle Coronel Romero No. 660Col. Jardínes del Estadio
C.P. 78280
1 37 24 00 ext. 227Directo: 8392505
http://[email protected]
AnexoEducación Secundaria
Octubre, 2014 / San Luis Potosí, S.L.P.
Del Personal
1. Para ser Director técnico o con grupo
Ser Profesor o Licenciado Normalista egresado de Escuela Normal Pública o Particular incorporada, profesionista titulado de alguna licenciatura vinculada con la educación.
Tendrá a su cargo la responsabilidad sobre los aspectos pedagógicos, académicos, administrativos y de la plantilla de personal del plantel.
2. Para ser Personal Docente
Ser egresado de Escuela Normal Superior o de instituciones formadoras de docentes pública o particular incorporada con especialidad acorde al nivel educativo, poseer título, cédula profesional, carta de pasante o estudios en el campo en el que desempeñará funciones académicas.
Para Profesores de actividades tecnológicas: El certificado de preparatoria o equivalente y los documentos que acrediten su preparación en la materia.
Los candidatos a Profesores de Historia de México, Formación Cívica y Ética, así como de Geografía de México, deberá ser de Nacionalidad Mexicana.
3. Para ser Profesor de Educación Física
Ser Licenciado de Educación Física o contar con el certificado de entrenador deportivo expedido por la Comisión Nacional del Deporte (CONADE) o por la Autoridad Deportiva Estatal que corresponda, o bien contar con una experiencia mínima de tres años con los conocimientos comprobables para impartir dicha materia.
4. DocumentosEl personal docente que ya cuente con dictamen emitido por el S.E.E.R., podrá incluir copia en lugar de los documentos solicitados en el punto 4 del instructivo.
Base Legal
Constitución Política de los Estados Unidos MexicanosArtículo 3°.
Ley General de EducaciónReforma publicada en el Diario Oficial de la Federación 11 de septiembre del 2013.
Ley de Educación del Estado de San Luis PotosíArtículo 1 y 22 Fracción XI, 77, 80, 81, 82. Periódico Oficial del Estado del 28 de diciembre del 2010.
Reglamento Interior de la Secretaría de Educación del Estado Artículo10 Fracciones XXVI, XXVII y XXX.Periódico Oficial del Estado del 20 de julio del 2002.
Acuerdo 98 por el que se establecen la organización y funcionamiento de las Escuelas de Educación Secundaria.Diario Oficial de la Federación del 7 de diciembre de 1982.
Acuerdo 255 por el que se establecen los trámites y procedimientos relacionados con la autorización para impartir Educación Secundaria.Diario Oficial de la Federación del 13 de abril de 1999.
Acuerdo 696 Por las que se establecen Normas Generales para la Evaluación, Acreditación, Promoción y Certificación en la Educación Básica.Diario Oficial de la Federación del 20 de Septiembre del 2013.
NOTA: En caso de haber modificación en la base legal se aplicará al momento de su publicación oficial.
Educación Secundaria
De las Instalaciones
De las instalaciones de acuerdo a las Normas y Especificaciones para Estudios, Proyectos, Construcciones e Instalaciones (INIFED.- Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa, www.inified.gob.mx )
Objetivo: Que satisfagan las condiciones de higiene, seguridad y
pedagógicas.
Requisitos de Infraestructura Física del Inmueble:
1.- Aulas: Iluminadas, ventiladas, cristales con película plástica anti
impacto, piso antiderrapante, área aproximada de un metro
cuadrado por alumno y en el caso de estar en planta alta contar con
escaleras con adecuado desarrollo así como su descanso.
2.- Servicios Sanitarios: Servicios Sanitarios por Separado:
alumnas (inodoros y lavabos); alumnos (inodoros, mingitorios y
lavabos) y personal docente y administrativo (inodoro y lavabos).
3.- Estabilidad de la construcción: Ajeno a contaminación
sanitaria y por ruido.
4.- Área de recreación:
Secundaria: cancha de baloncesto o voleibol o dimensiones
similares también tendría la función de espacio cívico.
5.- Contar con salida de emergencia.
6.- Contar con Laboratorio de Ciencias y Talleres.
7.- Contar con un programa y plan interno de Protección Civil
Estatal y presentar la documentación que acredite la preparación
de dicho programa.
Primeros auxilios, prevención y combate de incendios, evacuación
de inmuebles y búsqueda y rescate.
La Educación que imparten los Particulares es una acción de alto significado social que impacta en la formación de nuevas generaciones.
InformesPara el trámite de Incorporación el interesado(a) deberá presentarse en la Dirección de Planeación y Evaluación del S.E.E.R. para asignarle No. de Folio y firmar solicitud de incorporación.
Calle Coronel Romero No. 660Col. Jardínes del Estadio
C.P. 78280
1 37 24 00 ext. 227Directo: 8392505
http://[email protected]
AnexoEducación Media Terminal
Octubre, 2014 / San Luis Potosí, S.L.P.
Base Legal
Constitución Política de los Estados Unidos MexicanosArtículo 3°
Ley General de EducaciónReforma publicada en el Diario Oficial de la Federación11 de septiembre del 2013.
Ley de Educación del Estado de San Luis Potosí Artículo 1, 22, Fracción XI, 77, 80, 81, 82. Periódico Oficial del Estado del 28 de diciembre del 2010.
Reglamento Interior de la Secretaría de Educación del Estado Artículo10 Fracciones XXVI, XXVII y XXX.Periódico Oficial del Estado del 2 de julio del 2002.
Nota: En caso de haber modificación en la base legal se aplicará al momento de su publicación oficial.
Educación Media Terminal
Del Personal
1. Para ser Director técnico o con grupo
Ser Profesor o Licenciado Normalista, egresado de Escuela Normal Pública o Particular incorporada, profesionista titulado de alguna licenciatura vinculada con la educación.
Tendrá a su cargo la responsabilidad sobre los aspectos pedagógicos, académicos, administrativos y de la plantilla de personal del plantel.
2. Para ser Personal Docente
Poseer título, cédula profesional, carta de pasante o estudios en el campo en el que desempeñará funciones académicas.
3. Documentos
El personal docente que ya cuente con dictamen emitido por el S.E.E.R., podrá incluir copia en lugar de los documentos solicitados en el punto 4 del instructivo.
De las Instalaciones
De las instalaciones de acuerdo a las Normas y Especificaciones para Estudios, Proyectos, Construcciones e Insta lac iones ( I N I F E D .‐ Inst i tuto Nacional de la Infraestructura Física Educativa, www.inified.gob.mx )
Objetivo: Que satisfagan las condiciones de higiene, seguridad y pedagógicas.
Requisitos de Infraestructura Física del Inmueble:
1.- Aulas: Iluminadas, ventiladas, cristales con película plástica
anti impacto, piso antiderrapante, área aproximada de un metro
cuadrado por alumno y en el caso de estar en planta alta contar
con escaleras con adecuado desarrollo así como su descanso.
2.- Servicios Sanitarios: Servicios Sanitarios por Separado:
alumnas (inodoros y lavabos); alumnos (inodoros, mingitorios y
lavabos) y personal docente y administrativo (inodoro y
lavabos).
3.- Estabilidad de la construcción: Ajeno a contaminación
sanitaria y por ruido.
4.- Área de recreación: Cancha de baloncesto o voleibol o
dimensiones similares también tendría la función de espacio
cívico.
5.- Contar con salida de emergencia
6.- Contar con Laboratorio de Ciencias y Talleres.
7.- Contar con un programa y plan interno de Protección Civil
Estatal y presentar la documentación que acredite la
preparación de dicho programa.
Primeros auxilios, prevención y combate de incendios,
evacuación de inmuebles y búsqueda y rescate.