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AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 1 DE PORTUGALETE Pleno 26.09.02 Dto. de Secretaría Tel. 944729202 Ayto. Portugalete NIF.: P-4809100-C Telf..: 944729200 Fax.: 944729299 ACTA DE LA SESION ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO DE LA NOBLE VILLA DE PORTUGALETE, EL DIA 26 DE SEPTIEMBRE DE 2002. ALCALDE-PRESIDENTE D. MIGUEL ANGEL CABIECES GARCIA (PSE-EE(PSOE) TENIENTES DE ALCALDE D. FRANCISCO RUIZ ORTEGA (PSE-EE(PSOE) Dª DOLORES CIORDIA BURGOS (PP) Dª ESTHER CABEZUDO MARTINEZ (PSE-EE(PSOE) D. MIKEL TORRES LORENZO (PSE-EE(PSOE) D. JOSE ANTONIO URANGA OCIO (PP) Dª FATIMA FREIJE RUEDA (PSE-EE(PSOE) D.PEDRO LUIS MORAN PEÑA(PSE-EE(PSOE) D. SANTIAGO PEREZ HERNANDEZ (PP) CONCEJALES Dª BEATRIZ MORENO MINGUEZ (PSE-EE(PSOE) Dª MARIA DEL MAR RODRIGUEZ CARRERA (PSE-EE(PSOE) D. FRANCISCO JAVIER MIRANDA GARATE (Coalición EAJ-PNV/EA) D. ALFREDO PALACIO SOTO (Coalición EAJ-PNV/EA) D. FRANCISCO JAVIER MARTINEZ CONTRERAS (Coalición EAJ-PNV/EA) D. JOSE MIGUEL PEREZ LARRINAGA (Coalición EAJ-PNV/EA) D. FRANCISCO JAVIER ALDA OCHOA (Coalición EAJ-PNV/EA) D. JOSE MANUEL DE INSAUSTI MONTALVO (PP) D. JUAN CARLOS CASTAÑO MORENO (PP) D. MIKEL QUINTELA ALVAREZ Dª IZARRA GISASOLA MARTIN D. JOSE NAVAS AMORES (IU-EB) D. ROMAN VICENTE CAÑADA (IU-EB) TRADUCTORA DE EUSKERA Dª NOEMI PASTOR MARTINEZ INTERVENTOR D. JAVIER ORIO VEGAS SECRETARIA GENERAL ACCIDENTAL Dª IRENE FERNANDEZ MARTINEZ En la Noble Villa de Portugalete, siendo las doce horas treinta minutos del día 26 de septiembre 2002, se constituyó el Ayuntamiento Pleno en el salón de actos de la casa consistorial, al objeto de celebrar la correspondiente sesión ordinaria convocada al efecto bajo la presidencia del Alcalde D. MIGUEL ANGEL CABIECES GARCIA, asistido de mí, la Secretaria General Accidental.

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Page 1: AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA DE PORTUGALETE Pleno 26.09 · Ayuntamiento el día 3 de julio de 1999, según dispone la Ley, el Pleno adoptó determinados acuerdos relativos a la organización

AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 1 DE

PORTUGALETE Pleno 26.09.02

Dto. de Secretaría Tel. 944729202 Ayto. Portugalete NIF.: P-4809100-C Telf..: 944729200 Fax.: 944729299

ACTA DE LA SESION ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO DE LA NOBLE VILLA DE PORTUGALETE, EL DIA 26 DE SEPTIEMBRE DE 2002. ALCALDE-PRESIDENTE D. MIGUEL ANGEL CABIECES GARCIA (PSE-EE(PSOE) TENIENTES DE ALCALDE D. FRANCISCO RUIZ ORTEGA (PSE-EE(PSOE) Dª DOLORES CIORDIA BURGOS (PP) Dª ESTHER CABEZUDO MARTINEZ (PSE-EE(PSOE) D. MIKEL TORRES LORENZO (PSE-EE(PSOE) D. JOSE ANTONIO URANGA OCIO (PP) Dª FATIMA FREIJE RUEDA (PSE-EE(PSOE) D.PEDRO LUIS MORAN PEÑA(PSE-EE(PSOE) D. SANTIAGO PEREZ HERNANDEZ (PP) CONCEJALES Dª BEATRIZ MORENO MINGUEZ (PSE-EE(PSOE) Dª MARIA DEL MAR RODRIGUEZ CARRERA (PSE-EE(PSOE) D. FRANCISCO JAVIER MIRANDA GARATE (Coalición EAJ-PNV/EA) D. ALFREDO PALACIO SOTO (Coalición EAJ-PNV/EA) D. FRANCISCO JAVIER MARTINEZ CONTRERAS (Coalición EAJ-PNV/EA) D. JOSE MIGUEL PEREZ LARRINAGA (Coalición EAJ-PNV/EA) D. FRANCISCO JAVIER ALDA OCHOA (Coalición EAJ-PNV/EA) D. JOSE MANUEL DE INSAUSTI MONTALVO (PP) D. JUAN CARLOS CASTAÑO MORENO (PP) D. MIKEL QUINTELA ALVAREZ Dª IZARRA GISASOLA MARTIN D. JOSE NAVAS AMORES (IU-EB) D. ROMAN VICENTE CAÑADA (IU-EB) TRADUCTORA DE EUSKERA Dª NOEMI PASTOR MARTINEZ INTERVENTOR D. JAVIER ORIO VEGAS SECRETARIA GENERAL ACCIDENTAL Dª IRENE FERNANDEZ MARTINEZ En la Noble Villa de Portugalete, siendo las doce horas treinta minutos del día 26 de septiembre 2002, se constituyó el Ayuntamiento Pleno en el salón de actos de la casa consistorial, al objeto de celebrar la correspondiente sesión ordinaria convocada al efecto bajo la presidencia del Alcalde D. MIGUEL ANGEL CABIECES GARCIA, asistido de mí, la Secretaria General Accidental.

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AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 2 DE

PORTUGALETE Pleno 26.09.02

Dto. de Secretaría Tel. 944729202 Ayto. Portugalete NIF.: P-4809100-C Telf..: 944729200 Fax.: 944729299

Excusa su ausencia la Sra. IBARRA RODRIGUEZ y los Sres. VIZCAINO GOMEZ y CARBAJO LAORDEN de la Coalición EAJ-PNV/EA. El Sr. PRESIDENTE DE LA CORPORACION pide al Sr. QUINTELA ALVAREZ que retire el cartel que está exhibiendo. Ante la negativa de éste, le solicita de nuevo que retire el cartel porque, si no, será expulsado del salón de plenos. A continuación, ordena a la Policía Municipal que retire el cartel. I.- PARTE RESOLUTORIA 1.01.-SE PROPONE, APROBACIÓN DEL ACTA DE PLENO DE FECHA 24.05.02.

(SESIÓN EXTRAORDINARIA) El Sr. PRESIDENTE DE LA CORPORACIÓN pregunta a los asistentes si se muestran todos ellos conformes con el borrador del acta de la sesión extraordinaria de 24.05.02, o si, por el contrario, alguno de ellos desea realizar algún tipo de reparo u observación. No habiendo reparos ni observaciones, el Sr. ALCALDE somete la aprobación del acta a votación. Votan a favor los miembros de los grupos políticos municipales PSE-EE(PSOE), Coalición EAJ-PNV/EA, PP e IU-EB, que suman 20. Se abstienen los sres. concejales QUINTELA ALVAREZ y GISASOLA MARTIN y, por lo tanto, por mayoría absoluta, se aprueba el acta de 24.05.02. A continuación solicita explicación de voto el Sr. QUINTELA ALVAREZ: “En señal de protesta por la vulneración de los derechos que nos asisten para participar en la vida política en este pueblo, y dado que esta vulneración viene dada por los que se denominan hoy neofascistas, ni vamos a tomar parte en el debate de este Pleno ni a votar ningún punto.” 1.02.-SE PROPONE, APROBACIÓN DEL ACTA DE PLENO DE FECHA 30.05.02. (SESIÓN

ORDINARIA) El Sr. PRESIDENTE DE LA CORPORACIÓN pregunta a los asistentes si se muestran todos ellos conformes con el borrador del acta de la sesión extraordinaria de 30.05.02, o si, por el contrario, alguno de ellos desea realizar algún tipo de reparo u observación. No habiendo reparos ni observaciones, el Sr. ALCALDE somete la aprobación del acta a votación. Votan a favor los miembros de los grupos políticos municipales PSE-EE(PSOE), Coalición EAJ-PNV/EA, PP e IU-EB, que suman 20. Se abstienen los sres. concejales QUINTELA ALVAREZ y GISASOLA MARTIN y, por lo tanto, por mayoría absoluta, se aprueba el acta de 30.05.02. 1.03.-SE PROPONE, APROBACIÓN DEL ACTA DE PLENO DE FECHA 21.06.02.

(SESIÓN EXTRAORDINARIA)

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AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 3 DE

PORTUGALETE Pleno 26.09.02

Dto. de Secretaría Tel. 944729202 Ayto. Portugalete NIF.: P-4809100-C Telf..: 944729200 Fax.: 944729299

El Sr. PRESIDENTE DE LA CORPORACIÓN pregunta a los asistentes si se muestran todos ellos conformes con el borrador del acta de la sesión extraordinaria de 21.06.02, o si, por el contrario, alguno de ellos desea realizar algún tipo de reparo u observación. No habiendo reparos ni observaciones, el Sr. ALCALDE somete la aprobación del acta a votación. Votan a favor los miembros de los grupos políticos municipales PSE-EE(PSOE), Coalición EAJ-PNV/EA, PP e IU-EB, que suman 20. Se abstienen los sres. concejales QUINTELA ALVAREZ y GISASOLA MARTIN y, por lo tanto, por mayoría absoluta, se aprueba el acta de 21.06.02. 1.04.-SE PROPONE, APROBACIÓN DEL ACTA DE PLENO DE FECHA 27.06.02.

(SESIÓN ORDINARIA) El Sr. PRESIDENTE DE LA CORPORACIÓN pregunta a los asistentes si se muestran todos ellos conformes con el borrador del acta de la sesión extraordinaria de 27.06.02, o si, por el contrario, alguno de ellos desea realizar algún tipo de reparo u observación. No habiendo reparos ni observaciones, el Sr. ALCALDE somete la aprobación del acta a votación. Votan a favor los miembros de los grupos políticos municipales PSE-EE(PSOE), Coalición EAJ-PNV/EA, PP e IU-EB, que suman 20. Se abstienen los sres. concejales QUINTELA ALVAREZ y GISASOLA MARTIN y, por lo tanto, por mayoría absoluta, se aprueba el acta de 27.06.02. 1.05.-SE PROPONE, APROBACIÓN DEL ACTA DE PLENO DE FECHA 29.07.02 (SESIÓN

EXTRAORDINARIA) El Sr. PRESIDENTE DE LA CORPORACIÓN pregunta a los asistentes si se muestran todos ellos conformes con el borrador del acta de la sesión extraordinaria de 29.07.02, o si, por el contrario, alguno de ellos desea realizar algún tipo de reparo u observación. No habiendo reparos ni observaciones, el Sr. ALCALDE somete la aprobación del acta a votación. Votan a favor los miembros de los grupos políticos municipales PSE-EE(PSOE), Coalición EAJ-PNV/EA, PP e IU-EB, que suman 19. Se abstienen los sres. concejales QUINTELA ALVAREZ y GISASOLA MARTIN y el Sr. NAVAS AMORES de IU-EB debido a que no estuvo en la sesión, que suman 3 y, por lo tanto, por mayoría absoluta, se aprueba el acta de 29.07.02. 1.06.-SE PROPONE, APROBACIÓN DE TRANSFERENCIAS DE CRÉDITO.

EXPEDIENTE Nº 75/02. El Sr. PRESIDENTE DE LA CORPORACION pregunta a los portavoces de los grupos si desean intervenir. No habiendo intervenciones somete a votación el punto. Votan a favor los miembros de los grupos políticos municipales PSE-EE(PSOE), Coalición EAJ-PNV/EA, PP e IU-EB, que suman un total de 20. Se abstienen los señores concejales QUINTELA ALVAREZ y GISASOLA MARTIN, que suman 2 y, por lo tanto, por mayoría absoluta, se aprueba el siguiente acuerdo:

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AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 4 DE

PORTUGALETE Pleno 26.09.02

Dto. de Secretaría Tel. 944729202 Ayto. Portugalete NIF.: P-4809100-C Telf..: 944729200 Fax.: 944729299

“Visto el expediente número 75/02, relativo a la transferencia de crédito entre partidas de gastos, pertenecientes a un proyecto de inversión del Presupuesto presente ejercicio 2.002, suponiendo minoración de las consignaciones para inversiones reales en favor de nuevo proyecto de inversión de urgente realización, que se financiará con recursos propios, afectados al proyecto del cual se nutre Considerando que según informa el Sr. Interventor, el expediente está ajustado a los requisitos exigidos por los artículos 29 de la Norma Foral 2/91, Presupuestaria de las Entidades Locales del Territorio Histórico de Bizkaia y 17 de la Norma Municipal de Ejecución Presupuestaria vigente. El Ayuntamiento Pleno acuerda la aprobación de las transferencias de crédito según se propone en el expediente, conforme a las siguientes operaciones presupuestarias: Partidas de Gastos con Créditos en baja

Partida Presup.

Proyecto Denominación Crédito Inicial Bajas euros

04.4521.6230205 20014903 Depuradora Piscinas 0 300.505,05 TOTAL BAJAS 0 300.505,05 Partidas de Gastos con altas de crédito

Partida Presup.

Proyecto Denominación Crédito Inicial Altas euros

04.4521.85201 20024906 Ampliac.Capital Demu Piscina 0 300.505,05 TOTAL ALTAS 0 300.505,05 El total de altas de créditos es igual a las bajas, siendo este acuerdo firme y ejecutivo sin necesidad de más trámites, en virtud de lo dispuesto en el artículo 17.a) de la Norma Municipal de Ejecución Presupuestaria vigente, por lo que se procederá por los servicios de Intervención a introducir las modificaciones de créditos aprobadas en la contabilidad de la Corporación con efectos inmediatos.” 1.07.-SE PROPONE, NOMBRAMIENTO DE REPRESENTANTE EN LA JUNTA

RECTORA DE LA MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS PRO-MINUSVÁLIDOS PSÍQUICOS “TALLER RANZARI – LANTEGIA”

El Sr. PRESIDENTE DE LA CORPORACION manifiesta: “Al producirse la baja de Irene Fernández, tenemos que nombrar un nuevo representante en RANZARI y corresponde al grupo político municipal Partido Popular nombrar representante.” Seguidamente la Sra. CIORDIA BURGOS del PP expone: ”En primer lugar, quiero recordar, aunque ya lo hicimos en la junta de portavoces ayer, al guardia civil asesinado por ETA, que quede en nuestro recuerdo, y quiero solicitar que todos acudamos a los actos de repulsa por el asesinato de esta persona y de todas las anteriores. Mi grupo propone a Maria Dolores Ciordia Burgos, en sustitución de Irene Fernández, para representante en la Mancomunidad de Ranzari.”

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AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 5 DE

PORTUGALETE Pleno 26.09.02

Dto. de Secretaría Tel. 944729202 Ayto. Portugalete NIF.: P-4809100-C Telf..: 944729200 Fax.: 944729299

El Sr. PRESIDENTE DE LA CORPORACION pregunta si hay otra propuesta.. No habiendo ninguna otra propuesta, somete a votación la propuesta de nombramiento de Mª Dolores Ciordia Burgos del PP. Votan a favor los miembros del grupo político municipal PP, que suman 5. Se abstienen los miembros de los grupos políticos municipales PSE-EE(PSOE), Coalición EAJ-PNV/EA, EH e IU-EB que suman 17 y, por lo tanto, por mayoría simple, se aprueba la siguiente propuesta: “Tras las Elecciones Locales celebradas el día 13 de junio de 1999 y la posterior constitución del Ayuntamiento el día 3 de julio de 1999, según dispone la Ley, el Pleno adoptó determinados acuerdos relativos a la organización político-administrativa del Ayuntamiento para el mandato 1999-2003. A tales efectos, de conforme con lo dispuesto en el artículo 38 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, el Pleno determinó el nombramiento de representantes de la Corporación en los Organismos y Entidades de que forme parte y sean competencia del Pleno, mediante acuerdo adoptado en su sesión de 30 de diciembre de 1999.

Vista la solicitud presentada el día 16 de septiembre pasado, por la que el Grupo Político Municipal del Partido Popular pone en conocimiento del Ayuntamiento el acuerdo del grupo de proceder a la sustitución de Dª. Irene Fernández Fernández, representante del Ayuntamiento en la Junta de la Mancomunidad Municipal pro-minusválidos psíquicos “TALLER RANZARI” y adscrita al grupo Político Municipal del PP, por la Concejala D. Maria Dolores Ciordia Burgos, adscrita al mismo Grupo Político Municipal, de conformidad con lo dispuesto en los estatutos de la Mancomunidad Municipal pro-minusválidos psíquicos “TALLER RANZARI” y en la Legislación lvigente, en particular en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el Pleno de la Corporación acuerda:

Primero.- Cesar a Dª. Irene Fernández Fernández como representante de este Ayuntamiento

en la Junta de la Mancomunidad Municipal pro-minusválidos psíquicos “TALLER RANZARI”, agradeciéndole los servicios prestados.

Segundo.- Nombrar a la Concejala Dª. Maria Dolores Ciordia Burgos, representante de este

Ayuntamiento en la Junta de la Mancomunidad Municipal pro-minusválidos psíquicos “TALLER RANZARI.”

Tercero.- Notificar el presente acuerdo a la Presidencia y Secretaría de la Junta de la citada

Mancomunidad, así como a su Gerencia e interesados.” 1.08.-SE PROPONE, NOMBRAMIENTO DE REPRESENTANTE EN LA ASAMBLEA

GENERAL DEL CONSORCIO DE AGUAS BILBAO-BIZKAIA.” El Sr. PRESIDENTE DE LA CORPORACION manifiesta que para este organismo tienen que nombrar un representante.

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AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 6 DE

PORTUGALETE Pleno 26.09.02

Dto. de Secretaría Tel. 944729202 Ayto. Portugalete NIF.: P-4809100-C Telf..: 944729200 Fax.: 944729299

A continuación, la Sra. CIORDIA BURGOS del PP propone, en sustitución de Irene Fernández, a Mª Dolores Ciordia Burgos como representante del Ayuntamiento en el Consorcio. Seguidamente el Sr. PALACIO SOTO de la Coalición EAJ-PNV/EA propone a Ricardo Vizcaino Gómez como representante. El Sr. PRESIDENTE DE LA CORPORACION somete las dos propuestas a votación. Votan a favor de la propuesta de nombramiento de Mª Dolores Ciordia Burgos, los grupos políticos municipales PSE-EE(PSOE) y PP, que suman 12. Votan en contra los miembros de la Coalición EAJ-PNV/EA e IU-EB, que suman 7. Se abstienen los Sres. QUINTELA ALVAREZ y GISASOLA MARTIN, que suman 2. Votan a favor de la propuesta de nombramiento de Ricardo Vizcaino Gómez, los miembros de los grupos políticos municipales Coalición EAJ-PNV/EA e IU-EB, que suman 7. Votan en contra los miembros de los grupos políticos municipales PSE-EE(PSOE) y PP, que suman 12. Se abstienen los Sres. QUINTELA ALVAREZ y GISASOLA MARTIN, que suman 2. Efectuadas las dos votaciones, queda nombrada representante, por mayoría absoluta, Mª Dolores Ciordia Burgos y se adopta el siguiente acuerdo: “Tras las Elecciones Locales celebradas el día 13 de junio de 1999 y la posterior constitución del Ayuntamiento el día 3 de julio de 1999, según dispone la Ley, el Pleno adoptó determinados acuerdos relativos a la organización político-administrativa del Ayuntamiento para el mandato 1999-2003. A tales efectos, de conforme con lo dispuesto en el artículo 38 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, el Pleno determinó el nombramiento de representantes de la Corporación en los Organismos y Entidades de que forme parte y sean competencia del Pleno, mediante acuerdo adoptado en su sesión de 30 de diciembre de 1999.

Vista la solicitud presentada el día 16 de septiembre pasado por la que el Grupo Político Municipal del Partido Popular pone en conocimiento del Ayuntamiento el acuerdo del grupo de proceder a la sustitución de Dª. Irene Fernández Fernández, representante del Ayuntamiento en la ASAMBLEA GENERAL DEL CONSORCIO DE AGUAS BILBAO-BIZKAIA, adscrita al grupo político municipal del PP, por la Concejal D. Maria Dolores Ciordia Burgos, adscrita al mismo Grupo Político, de conformidad con lo dispuesto en la Legislación vigente, en particular en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el Pleno de la Corporación acuerda:

Primero.- Cesar, por sustitución, a Dª Irene Fernández Fernández, como representante del

Ayuntamiento en la Asamblea General del Consorcio de Aguas Bilbao-Bizkaia, agradeciéndole los servicios prestados.

Segundo.- Nombrar representante del Ayuntamiento en la Asamblea General del Consorcio

de Aguas Bilbao-Bizkaia a la Sra. Concejala Dª. Maria Dolores Ciordia Burgos

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AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 7 DE

PORTUGALETE Pleno 26.09.02

Dto. de Secretaría Tel. 944729202 Ayto. Portugalete NIF.: P-4809100-C Telf..: 944729200 Fax.: 944729299

Tercero.- Notificar el presente acuerdo al Consorcio de Aguas Bilbao-Bizkaia a los efectos oportunos.” Solicita explicación de voto el Sr. NAVAS AMORES de IU-EB: “Nuestro grupo considera que la representación en los órganos supramunicipales, aunque ya lo discutimos al comienzo de la legislatura, debería corresponder a todos los grupos municipales. Ahora que se produce una vacante podíamos haberlo aplicado. Por eso nuestro grupo ha apoyado la candidatura de un miembro de la oposición.” A continuación el Sr. RUIZ ORTEGA del PSE-EE(PSOE) expone: “Al inicio de la legislatura se unieron todos los grupos para dejar fuera de esa representación al Partido Socialista. Eso está en la memoria del Ayuntamiento y sólo tienen que recurrir ustedes al Registro para ver que así fue.” 1.09.-RATIFICAR EL DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 24 DE JUNIO DE 2002,

RELATIVO A NOMBRAMIENTO DE PROCURADORAS Y LETRADO PARA LA REPRESENTACIÓN Y DEFENSA DE LOS INTERESES DE ESTE AYUNTAMIENTO, EN LA IMPUGNACIÓN JUDICIAL CONTRA LA COMUNICACIÓN DE 29 DE ABRIL DE 2002, REMITIDA POR LA DIRECTORA GENERAL DE INFANCIA, MUJER Y PERSONAS MAYORES DEL DEPARTAMENTO DE ACCIÓN SOCIAL DE LA DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA.

El Sr. PRESIDENTE DE LA CORPORACION manifiesta: “Este asunto es una ratificación de algo que ya está en vías de solución. El Ayuntamiento reclama y necesita la ratificación del Pleno. Por vía de urgencia se hizo un Decreto de Alcaldía para poner en marcha esa acción en defensa de los intereses municipales. El Departamento de Acción Social de la Diputación nos mandó un oficio diciendo que los dineros de la guardería no se iban a ingresar, porque era competencia del Gobierno Vasco, por lo que para salvaguardar los intereses municipales inmediatamente interpusimos un recurso a ese escrito. Este recurso no va a hacer falta porque hemos suspendido el procedimiento, ya que ha abonado la mitad la Diputación, y parece que está en vías de solución.” A continuación el Sr. NAVAS AMORES de IU-EB expone: “Para que no hubiera mucho desfase entre el inicio del procedimiento por urgencia por parte de la Alcaldía y la ratificación del Pleno, podíamos haberlo traído al pleno antes.” Responde el Sr. PRESIDENTE E LA CORPORACION: “Este Decreto es de 24 de junio, los demás son de julio y septiembre. Sólo hemos tenido un pleno extraordinario en julio. No hay ningún inconveniente en llevarlos tanto a un pleno ordinario como a un extraordinario.” A continuación somete a votación la ratificación del Decreto de alcaldía de fecha 24 de junio de 2002. Votan a favor los miembros de los grupos políticos municipales PSE-EE(PSOE), Coalición EAJ-PNV/EA, PP e IU-EB, que suman 20. Se abstienen los Sres. QUINTELA ALVAREZ y GISASOLA MARTIN, que suman 2 y, por lo tanto, por mayoría absoluta, se ratifica el siguiente Decreto de Alcaldía:

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AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 8 DE

PORTUGALETE Pleno 26.09.02

Dto. de Secretaría Tel. 944729202 Ayto. Portugalete NIF.: P-4809100-C Telf..: 944729200 Fax.: 944729299

“Con fecha 2 de mayo de 2002, se recibió en las Dependencias Municipales de este Ayuntamiento, el escrito de 29 de abril anterior, remitido por la Directora General de Infancia, Mujer y Personas Mayores del Departamento de Acción Social de la Diputación Foral de Bizkaia, Dª Iratxe Landeta Lekona, en el que comunica que con base en el acuerdo interinstitucional entre el Gobierno Vasco, Diputaciones y Eudel de fecha 8 de febrero de 2001, “el Departamento de Acción Social no tiene que hacerse cargo del coste generado por la Guardería de su municipio en el año 2002 y que deberán ponerse en contacto directamente con el Departamento de Educación para recibir la financiación oportuna.” Emitido informe por los Servicios Municipales que obra en el expediente y en el que se pone de manifiesto que, a tenor del contenido de la “Orden Foral nº 2487/1986, de 24 de septiembre por la que se regula el Convenio entre la Diputación Foral de Bizkaia y el Ayuntamiento de Portugalete, en relación a la Guardería Municipal de la Fundación Pública Municipal de los Servicios Sociales de Infancia de dicho Ayuntamiento”, es obligación de la Diputación Foral de Bizkaia proceder al sostenimiento y financiación de la Guardería Municipal de Portugalete hasta que se acuerde la rescisión de dicha obligación y que la comunicación de 29 de abril de 2002, antes citada, se trata de un acto administrativo que pretende la resolución unilateral de una obligación, confirmada por la falta de abono de las liquidaciones mensuales de los gastos de personal, causados en el ejercicio 2002 y debidamente notificadas a la Institución Foral en la forma pactada en el Convenio. Visto que procede la impugnación ante los tribunales de justicia del acto manifestado a través de la comunicación foral de 29 de abril de 2002, al objeto de obtener un pronunciamiento anulatorio de dicho acto y el reconocimiento de la subsistencia del compromiso de la Administración Foral relativo a la financiación de los gastos de personal de la Guardería Municipal “Txikitxu” de Portugalete hasta que se produzca la resolución del Convenio aprobado mediante Orden Foral nº 2487/1986, de 24 de septiembre, de conformidad con lo dispuesto en la Legislación vigente, en particular Ley 7/1.985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio. VENGO EN DISPONER: PRIMERO.- Interponer recurso contencioso-administrativo contra la comunicación de 29 de abril de 2002 que accedió al Registro General de este Ayuntamiento con fecha 2 de mayo siguiente, remitida por la Directora General de Infancia, Mujer y Personas Mayores del Departamento de Acción Social de la Diputación Foral de Bizkaia, Dª Iratxe Landeta Lekona, en la que comunica que, con base en el acuerdo interinstitucional entre el Gobierno Vasco, Diputaciones y Eudel de fecha 8 de febrero de 2001, “el Departamento de Acción Social no tiene que hacerse cargo del coste generado por la Guardería de su municipio en el año 2002 y que deberán ponerse en contacto directamente con el Departamento de Educación para recibir la financiación oportuna.” SEGUNDO.- Designar a las Procuradoras de los Tribunales Dª PAULA BASTERRECHE ARCOCHA y Dª MARIA BASTERRECHE ARCOCHA y al Letrado del Ilustre Colegio de Abogados de Bizkaia D. JOSE MANUEL SALINERO FEIJOO, para la representación y defensa, respectivamente, de los intereses de este Ayuntamiento, ejerciendo cuantas acciones sean precisas en la impugnación judicial contra la comunicación citada de 29 de abril de 2002 que accedió al

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AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 9 DE

PORTUGALETE Pleno 26.09.02

Dto. de Secretaría Tel. 944729202 Ayto. Portugalete NIF.: P-4809100-C Telf..: 944729200 Fax.: 944729299

Registro General de este Ayuntamiento con fecha 2 de mayo siguiente, remitida por la Directora General de Infancia, Mujer y Personas Mayores del Departamento de Acción Social de la Diputación Foral de Bizkaia. TERCERO.- Dar cuenta del presente Decreto al Pleno en la siguiente sesión que celebre, para su ratificación y notifíquese a los interesados a los efectos oportunos.” 1.10.-RATIFICAR EL DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 1 DE JULIO DE 2002,

RELATIVO A NOMBRAMIENTO DE PROCURADORAS Y LETRADO PARA LA REPRESENTACIÓN Y DEFENSA DE LOS INTERESES DE ESTE AYUNTAMIENTO, EN LA IMPUGNACIÓN DE LA RECLAMACIÓN 48/10/02 012775746 POR RESPONSABILIDAD DE DEUDA POR CUOTAS Y OTROS CONCEPTOS DEBIDOS A LA SEGURIDAD SOCIAL, DESEMPLEO, FONDO DE GARANTÍA SALARIAL Y FORMACIÓN PROFESIONAL, CON CARÁCTER SOLIDARIO, POR LA DEUDA CORRESPONDIENTE A LA ENTIDAD ETXEAN LAGUNTZEKO ELKARTEA – ELE.

El Sr. PRESIDENTE DE LA CORPORACION manifiesta: “Este Decreto se refiere a una reclamación de la Seguridad Social referente a un asunto de ELE. El Ayuntamiento presenta una demanda contra ese acto. Nos quieren cobrar una compensación que nosotros creemos que está muy bien hecha, porque para eso la pusimos en el contrato; si no hubiéramos puesto esas compensaciones, posiblemente el embargo que nos practicó habría afectado a esas deudas y no habríamos podido pagar las deudas de la empresa. Pensamos que se ganará, que no tiene razón la Seguridad Social.” No habiendo intervenciones, somete el asunto a votación. Votan a favor los miembros de los grupos políticos municipales PSE-EE(PSOE), Coalición EAJ-PNV/EA, PP e IU-EB, que suman 20. Se abstienen los Sres. QUINTELA ALVAREZ y GISASOLA MARTIN, que suman 2 y, por lo tanto, por mayoría absoluta, se ratifica el Decreto de Alcaldía de fecha 1 de julio de 2002: “Con fecha 21 de junio de 2002, se ha recibido en las Dependencias Municipales de este Ayuntamiento, procedente de la Dirección Provincial de Bizkaia de la Tesorería General de Seguridad Social - Unidad de Recaudación ejecutiva nº 99, la Reclamación 48/10/02 012775746 por responsabilidad de deuda por cuotas y otros conceptos debidos a la Seguridad Social,

Desempleo, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional, con carácter solidario, por la deuda correspondiente a la entidad ETXEAN LAGUNTZEKO ELKARTEA - ELE, por un importe que asciende a treinta y nueve mil cuatrocientos diecinueve euros y veintidós céntimos (39.419,22 €). Visto el informe que obra en el expediente, así como el contenido de la cláusula 25 del Pliego de Cláusulas económico administrativas que rigieron el contrato suscrito por el Ayuntamiento de Portugalete con la entidad ETXEAN LAGUNTZEKO ELKARTEA - ELE para el servicio de asistencia domiciliaria en el Municipio que quedó resuelto mediante Decreto de la Alcaldía de 28 de mayo de 2001.

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AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 10 DE

PORTUGALETE Pleno 26.09.02

Dto. de Secretaría Tel. 944729202 Ayto. Portugalete NIF.: P-4809100-C Telf..: 944729200 Fax.: 944729299

Visto que la reclamación de responsabilidad 48/710/77702 012775746 es susceptible de ser recurrida, en alzada, ante el Director Provincial, siendo conveniente para los intereses municipales que se formalice en tiempo y forma, al objeto de obtener un pronunciamiento anulatorio de la reclamación formulada, de conformidad con las atribuciones que me confiere la Legislación vigente, en particular Ley 7/1.985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, es por lo que VENGO EN DISPONER: PRIMERO.- Interponer recurso de alzada ante el Director Provincial de Bizkaia de la Tesorería General de la Seguridad Social, contra la Reclamación 48/10/02 012775746 por responsabilidad de deuda por cuotas y otros conceptos debidos a la Seguridad Social, Desempleo, Fondo de Garantía

Salarial y Formación Profesional, con carácter solidario, por la deuda correspondiente a la entidad ETXEAN LAGUNTZEKO ELKARTEA - ELE , por un importe que asciende a treinta y nueve mil cuatrocientos diecinueve euros y veintidós céntimos (39.419,22 €) SEGUNDO.- Designar a las Procuradoras de los Tribunales Dª PAULA BASTERRECHE ARCOCHA y Dª MARIA BASTERRECHE ARCOCHA y al Letrado del Ilustre Colegio de Abogados de Bizkaia D. JUAN JOSÉ SAN MIGUEL SAEZ DE JAUREGUI, para la representación y defensa, respectivamente, de los intereses de este Ayuntamiento, ejerciendo cuantas acciones sean oportunas, tanto en vía administrativa como judicial, de ser preciso, para la impugnación de la Reclamación 48/10/02 012775746 por responsabilidad de deuda por cuotas y otros conceptos

debidos a la Seguridad Social, Desempleo, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional, con carácter solidario, por la deuda correspondiente a la entidad ETXEAN LAGUNTZEKO ELKARTEA - ELE , por un importe que asciende a treinta y nueve mil cuatrocientos diecinueve euros y veintidós céntimos (39.419,22 €) TERCERO.- Dar cuenta del presente Decreto al Pleno en la siguiente sesión que celebre, para su ratificación, y notifíquese a los interesados a los efectos oportunos.” 1.11.-RATIFICAR EL DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 5 DE JULIO DE 2002,

RELATIVO A NOMBRAMIENTO DE PROCURADORAS Y LETRADO PARA LA REPRESENTACIÓN Y DEFENSA DE LOS INTERESES DE ESTE AYUNTAMIENTO, PARA LA IMPUGNACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DE LA DELEGADA TERRITORIAL DEL DEPARTAMENTO DE JUSTICIA, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DEL GOBIERNO VASCO, DE 14 DE JUNIO DE 2002, RECAÍDA EN EL EXPEDIENTE SANCIONADOR SH-182/02 (56/02).

El SR-. PRESIDENTE DE LA CORPORACION manifiesta: “El Decreto de Alcaldía es relativo a la impugnación frente a una resolución de la Delegación Territorial del Departamento de Justicia del Gobierno Vasco, que, ante un accidente ocurrido en el Centro de Iniciación Profesional (CIP), consideró que faltaban medidas de seguridad. Hubo una demanda civil y el propio juez manifestó que no había falta de medidas de seguridad, con lo cual se va a recurrir.” No habiendo intervenciones, somete el asunto a votación Votan a favor los miembros de los grupos políticos municipales PSE-EE(PSOE), Coalición EAJ-PNV/EA, PP e IU-EB, que suman 20. Se

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AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 11 DE

PORTUGALETE Pleno 26.09.02

Dto. de Secretaría Tel. 944729202 Ayto. Portugalete NIF.: P-4809100-C Telf..: 944729200 Fax.: 944729299

abstienen los Sres. QUINTELA ALVAREZ y GISASOLA MARTIN, que suman 2 y, por lo tanto, por mayoría absoluta, se ratifica el siguiente Decreto de Alcaldía: “Con fecha 27 de junio de 2002, se ha recibido en las Dependencias Municipales de este Ayuntamiento, procedente de la Delegación Territorial de Bizkaia del Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social del Gobierno Vasco la Resolución de 14 de junio de 2002, recaída en el expediente sancionador SH-182/02 (56/02), por la que se impone al Ayuntamiento de Portugalete una sanción, por un importe que asciende a mil quinientos dos euros y cincuenta y cuatro céntimos (1.502,54 €). Visto el informe que obra en el expediente y que la Resolución notificada es susceptible de ser recurrida, en alzada, ante el Director de Trabajo y Seguridad Social del Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social del Gobierno Vasco, siendo conveniente para los intereses municipales que se formalice en tiempo y forma, al objeto de obtener un pronunciamiento anulatorio de la resolución recaída, de conformidad con las atribuciones que me confiere la Legislación vigente, en particular Ley 7/1.985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, es por lo que VENGO EN DISPONER: PRIMERO.- Interponer recurso de alzada ante el Director de Trabajo y Seguridad Social del Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social del Gobierno Vasco, contra la Resolución de la Delegada Territorial en Bizkaia del Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social del

Gobierno Vasco, recaída, con fecha 14 de junio de 2002, en el expediente sancionador SH-182/02

(56/02) por la que se impone al Ayuntamiento de Portugalete una sanción, por un importe que asciende a mil quinientos dos euros y cincuenta y cuatro céntimos (1.502,54 €). SEGUNDO.- Designar a las Procuradoras de los Tribunales Dª PAULA BASTERRECHE ARCOCHA y Dª MARIA BASTERRECHE ARCOCHA y al Letrado del Ilustre Colegio de Abogados de Bizkaia D. JUAN JOSE SANMIGUEL SAEZ DE JAUREGUI, para la representación y defensa de los intereses de este Ayuntamiento, ejerciendo cuantas acciones sean oportunas, tanto en vía administrativa como judicial, de ser preciso, para la impugnación de la Resolución de la Delegada Territorial del Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social del Gobierno Vasco, de 14 de junio de 2002, recaída en el expediente sancionador SH-182/02 (56/02) por la que se impone al Ayuntamiento de Portugalete una sanción, por un importe que asciende a mil quinientos dos euros y cincuenta y cuatro céntimos (1.502,54 €). TERCERO.- Dar cuenta del presente Decreto al Pleno en la siguiente sesión que celebre, para su ratificación, y notifíquese a los interesados a los efectos oportunos.” 1.12.-RATIFICAR EL DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 19 DE SEPTIEMBRE DE

2002, RELATIVO A DESIGNACIÓN DE PROCURADORAS Y LETRADO PARA LA REPRESENTACIÓN Y DEFENSA DE LOS INTERESES DE ESTE AYUNTAMIENTO, EJERCIENDO CUANTAS ACCIONES SEAN PRECISAS EN LA IMPUGNACIÓN JUDICIAL CONTRA LA RESOLUCIÓN DEL JURADO

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AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 12 DE

PORTUGALETE Pleno 26.09.02

Dto. de Secretaría Tel. 944729202 Ayto. Portugalete NIF.: P-4809100-C Telf..: 944729200 Fax.: 944729299

TERRITORIAL DE EXPROPIACIÓN FORZOSA DE BIZKAIA, DE 3 DE JULIO DE 2002, DICTADA EN EL EXPEDIENTE NR 138/02.

El Sr. PRESIDENTE DE LA CORPORACION manifiesta: “Este asunto se refiere a una demanda que se interpone ante el Jurado Territorial de Expropiación Forzosa de Bizkaia, que ha decretado la valoración de unos terrenos que son privados pero tenían que ser públicos. Por lo tanto, se inicia el expediente para que sean públicos. La demanda está ya interpuesta.” No habiendo intervenciones, somete el asunto a votación. Votan a favor los miembros de los grupos políticos municipales PSE-EE(PSOE), Coalición EAJ-PNV/EA, PP e IU-EB, que suman 20. Se abstienen los Sres. QUINTELA ALVAREZ y GISASOLA MARTIN, que suman 2 y, por lo tanto, por mayoría absoluta, se ratifica el siguiente Decreto de Alcaldía: “Con fecha de Registro de entrada 21 de agosto de 2002, se recibió en las Dependencias Municipales de este Ayuntamiento, la Resolución del Jurado Territorial de Expropiación Forzosa de 3 de julio de2002, por la que, para una finca de 1.459,62 m2, propiedad de SOTERA DE LA MIER S.L., representada por D. Luis Sancho Elvira, se estable un precio de expropiación de 1.024.840,67 €, incluido el premio de afección.

Emitido informe por los Servicios Técnicos Municipales, se ha puesto de manifiesto que en el proceso de valoración seguido por el Jurado Territorial se han producido diversos errores y que los criterios valorativos aplicados no resulta ajustados a la normativa de aplicación, resultando procedente la impugnación de la resolución citada ante los Tribunales de Justicia y, de conformidad con lo dispuesto en la Legislación vigente, en particular Ley 7/1.985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, es por lo que VENGO EN DISPONER: PRIMERO.- Interponer recurso contencioso-administrativo contra la Resolución del Jurado Territorial de Expropiación Forzosa, de 3 de julio de 2002, dictada en el expediente NR 138/02, por la que se establece el justiprecio correspondiente a una finca de 1.459,62 m2 , propiedad de la mercantil SOTERA DE LA MIER S.L., representada por D. Luis Sancho Elvira, en un importe de un millón veinticuatro mil ochocientos cuarenta euros y sesenta y siete céntimos (1.024.840,67 €), incluido el 5% del premio de afección. SEGUNDO.- Designar a las Procuradoras de los Tribunales Dª PAULA BASTERRECHE ARCOCHA y Dª MARIA BASTERRECHE ARCOCHA y al Letrado del Ilustre Colegio de Abogados de Bizkaia D. IÑIGO AMANN GARAMENDI, para la representación y defensa, respectivamente, de los intereses de este Ayuntamiento, ejerciendo cuantas acciones sean precisas en la impugnación judicial contra la Resolución del Jurado Territorial de Expropiación Forzosa de Bizkaia, de 3 de julio de 2002, dictada en el expediente NR 138/02. TERCERO.- Dar cuenta del presente Decreto al Pleno en la siguiente sesión que celebre, para su ratificación, y notifíquese a los interesados a los efectos oportunos.”

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AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 13 DE

PORTUGALETE Pleno 26.09.02

Dto. de Secretaría Tel. 944729202 Ayto. Portugalete NIF.: P-4809100-C Telf..: 944729200 Fax.: 944729299

II.- CONTROL Y SEGUIMIENTO DE LA GESTIÓN DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO

POR EL PLENO. 2.- DAR CUENTA DE LA INFORMACIÓN TRIMESTRAL DE LA GESTIÓN

PRESUPUESTARIA AL 30 DE JUNIO DE 2002. El Sr. Presidente de la Corporación manifiesta que este punto es el de dar cuenta de la información trimestral de la gestión presupuestaria al 30.06.02, es obligatorio y se adjunta a la presente acta como anexo número 1. 3.- DECRETOS DE LA ALCALDÍA. 3.01.-DAR CUENTA DEL DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 17 DE JUNIO DE 2002,

RELATIVO A APROBACIÓN DE DISPOSICIÓN DE CRÉDITO. EXPEDIENTE Nº 52/02.

El Sr. Alcalde-Presidente, D. MIKEL CABIECES GARCIA, recuerda a los asistentes que conocen el contenido del Decreto, pues se les ha remitido copia junto con el orden del día y, si ninguno de los presentes lo precisa, se excusará su lectura, reproduciéndose su contenido en el acta de la sesión, que resulta del siguiente tenor literal: “Visto el expediente número 52/02, relativo a disposiciones del CREDITO GLOBAL previsto en el artículo 14 de la Norma Municipal de Ejecución Presupuestaria vigente. Considerando que según informa el Sr. Interventor, el expediente está ajustado a los requisitos exigidos en esa norma. De conformidad con las facultades que atribuye a esta Alcaldía el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, y demás legislación de pertinente aplicación, es por lo que VENGO EN DISPONER PRIMERO.- la aprobación de la disposición de crédito según se propone en el expediente, que en conjunto son las siguientes: Partidas de Gastos con Créditos en baja

Partida Denominación Crédito inicial € Importe baja € 03.1911.22608 Gtos.indefinidos: Cdto.Global 699.850,52 4.200 Partidas de Gastos con altas de crédito

Partida Denominación Crédito inicial € Importe €

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AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 14 DE

PORTUGALETE Pleno 26.09.02

Dto. de Secretaría Tel. 944729202 Ayto. Portugalete NIF.: P-4809100-C Telf..: 944729200 Fax.: 944729299

08.4514.62602 Tarjetas sistema inform.Internet de Cultura 0 3.000 08.4514.6230201

Reposic.Focos Salón y Galer.Casa Cultura 0 1.200

Suma total de las altas igual a la cuantía de la baja 0 4.200 El total de altas de créditos es igual a las bajas, siendo esta resolución firme y ejecutiva sin necesidad de más trámites, por lo que se procederá por los servicios de Intervención a introducir las modificaciones de créditos aprobadas en la contabilidad de la Corporación con efectos inmediatos. SEGUNDO.- De la presente resolución se dará cuenta al Pleno, en cumplimiento de lo dispuesto en le artículo 27.3 de la Norma Foral 2/91, de 26 de marzo, Presupuestaria de las Entidades Locales del Territorio Histórico de Bizkaia, en la primera sesión que celebre. 3.02.-DAR CUENTA DEL DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 24 DE JUNIO DE 2002,

RELATIVO A DELEGACIÓN DE LA FACULTAD DE AUTORIZAR MATRIMONIO EN LA CONCEJALA Dª MARIA DEL MAR RODRIGUEZ CARRERA.

El Sr. Alcalde-Presidente, D. MIKEL CABIECES GARCIA, recuerda a los asistentes que conocen el contenido del Decreto, pues se les ha remitido copia junto con el orden del día y, si ninguno de los presentes lo precisa, se excusará su lectura, reproduciéndose su contenido en el acta de la sesión, que resulta del siguiente tenor literal:

“Nuestro centenario Código Civil determina la competencia del Alcalde para autorizar el matrimonio en forma civil en aquellos municipios, que como el nuestro, no cuentan con Juez de Primera Instancia Encargado del Registro Civil, si bien la Ley 35/1.995 de 23 de diciembre, modificó determinados artículos del Código Civil, generalizando a todos los municipios el régimen competencial de celebración de matrimonios.

Por otra parte viene siendo habitual en el actual mandato municipal el deseo de vecinos de nuestro municipio de ser casados por la Autoridad Municipal, aunque también el Juez de Paz pueda realizar tal acto, existiendo por parte de esta Alcaldía plena comprensión para facilitar a los vecinos la realización de tal importante decisión de su esfera personal.

La Legislación local permite que determinadas facultades del Alcalde puedan ser delegadas por éste en favor de otros Concejales aunque no pertenezcan a la Comisión de Gobierno, encontrándose la de autorizar el matrimonio entre las facultades que pueden ser objeto de delegación a cualquier Concejal de la Corporación, que tendría la naturaleza y régimen jurídico asignada a las delegaciones especiales para cometido específico. Y habiendo solicitado el Concejal Dª MARIA DEL MAR RODRIGUEZ CARRERA ser delegado por esta Alcaldía para autorizar el matrimonio que en la parte dispositiva constará y vistas las facultades que la legislación vigente atribuye a esta Alcaldía, en particular Ley 7/1.985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, artículos 21 y 23.4, y restante legislación de pertinente aplicación: VENGO EN DISPONER:

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AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 15 DE

PORTUGALETE Pleno 26.09.02

Dto. de Secretaría Tel. 944729202 Ayto. Portugalete NIF.: P-4809100-C Telf..: 944729200 Fax.: 944729299

Primero: Delegar en el Concejal Dª MARIA DEL MAR RODRIGUEZ CARRERA, la facultad de autorizar el matrimonio de D. IÑAKI ANGULO DEL PINO y Dª MARIA DOLORES MARTINEZ GONZALEZ, a celebrar en esta Casa Consistorial el próximo día 29 DE JUNIO DE 2002..

Segundo: El presente Decreto entrará en vigor al siguiente día de la fecha de su firma, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Bizkaia.

Tercero. El presente Decreto será notificado a todos los interesados y se dará cuenta al Pleno, para su conocimiento, en la siguiente sesión que celebre.” 3.03.-DAR CUENTA DEL DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 26 DE JUNIO DE 2002,

RELATIVO A DELEGACIÓN DE LA FACULTAD DE AUTORIZAR MATRIMONIO EN EL CONCEJAL D. JOSE NAVAS AMORES.

El Sr. Alcalde-Presidente, D. MIKEL CABIECES GARCIA, recuerda a los asistentes que conocen el contenido del Decreto, pues se les ha remitido copia junto con el orden del día y, si ninguno de los presentes lo precisa, se excusará su lectura, reproduciéndose su contenido en el acta de la sesión, que resulta del siguiente tenor literal:

“Nuestro centenario Código Civil determina la competencia del Alcalde para autorizar el matrimonio en forma civil en aquellos municipios, que como el nuestro, no cuentan con Juez de Primera Instancia Encargado del Registro Civil, si bien la Ley 35/1.995 de 23 de diciembre, modificó determinados artículos del Código Civil, generalizando a todos los municipios el régimen competencial de celebración de matrimonios.

Por otra parte viene siendo habitual en el actual mandato municipal el deseo de vecinos de nuestro municipio de ser casados por la Autoridad Municipal, aunque también el Juez de Paz pueda realizar tal acto, existiendo por parte de esta Alcaldía plena comprensión para facilitar a los vecinos la realización de tal importante decisión de su esfera personal.

La Legislación local permite que determinadas facultades del Alcalde puedan ser delegadas por éste en favor de otros Concejales aunque no pertenezcan a la Comisión de Gobierno, encontrándose la de autorizar el matrimonio entre las facultades que pueden ser objeto de delegación a cualquier Concejal de la Corporación, que tendría la naturaleza y régimen jurídico asignada a las delegaciones especiales para cometido específico. Y habiendo solicitado el Concejal D. JOSE NAVAS AMORES ser delegado por esta Alcaldía para autorizar el matrimonio que en la parte dispositiva constará y vistas las facultades que la legislación vigente atribuye a esta Alcaldía, en particular Ley 7/1.985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, artículos 21 y 23.4, y restante legislación de pertinente aplicación: VENGO EN DISPONER:

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AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 16 DE

PORTUGALETE Pleno 26.09.02

Dto. de Secretaría Tel. 944729202 Ayto. Portugalete NIF.: P-4809100-C Telf..: 944729200 Fax.: 944729299

Primero: Delegar en el Concejal D. JOSE NAVAS AMORES, la facultad de autorizar el matrimonio de D. JULEN GALLARZAGOITIA ZORROZUA y Dª MARIA YOLANDA NUÑEZ GARNICA, a celebrar en esta Casa Consistorial el próximo día 6 de julio de 2002.

Segundo: El presente Decreto entrará en vigor al siguiente día de la fecha de su firma, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Bizkaia.

Tercero. El presente Decreto será notificado a todos los interesados y se dará cuenta al Pleno, para su conocimiento, en la siguiente sesión que celebre.” 3.04.-DAR CUENTA DEL DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 28 DE JUNIO DE 2002,

RELATIVO A DELEGACIÓN DE LA FACULTAD DE AUTORIZAR MATRIMONIO EN LA TENIENTE DE ALCALDE Dª DOLORES CIORDIA BURGOS.

El Sr. Alcalde-Presidente, D. MIKEL CABIECES GARCIA, recuerda a los asistentes que conocen el contenido del Decreto, pues se les ha remitido copia junto con el orden del día y, si ninguno de los presentes lo precisa, se excusará su lectura, reproduciéndose su contenido en el acta de la sesión, que resulta del siguiente tenor literal:

“Nuestro centenario Código Civil determina la competencia del Alcalde para autorizar el matrimonio en forma civil en aquellos municipios, que como el nuestro, no cuentan con Juez de Primera Instancia Encargado del Registro Civil, si bien la Ley 35/1.995 de 23 de diciembre, modificó determinados artículos del Código Civil, generalizando a todos los municipios el régimen competencial de celebración de matrimonios.

Por otra parte viene siendo habitual en el actual mandato municipal el deseo de vecinos de nuestro municipio de ser casados por la Autoridad Municipal, aunque también el Juez de Paz pueda realizar tal acto, existiendo por parte de esta Alcaldía plena comprensión para facilitar a los vecinos la realización de tal importante decisión de su esfera personal.

La Legislación local permite que determinadas facultades del Alcalde puedan ser delegadas por éste en favor de otros Concejales aunque no pertenezcan a la Comisión de Gobierno, encontrándose la de autorizar el matrimonio entre las facultades que pueden ser objeto de delegación a cualquier Concejal de la Corporación, que tendría la naturaleza y régimen jurídico asignada a las delegaciones especiales para cometido específico. Y habiendo solicitado la Sra. Teniente de Alcalde Dª MARIA DOLORES CIORDIA BURGOS ser delegado por esta Alcaldía para autorizar el matrimonio que en la parte dispositiva constará y vistas las facultades que la legislación vigente atribuye a esta Alcaldía, en particular Ley 7/1.985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, artículos 21 y 23.4, y restante legislación de pertinente aplicación: VENGO EN DISPONER:

Primero: Delegar en la Sra. Teniente de Alcalde Dª MARIA DOLORES CIORDIA BURGOS, la facultad de autorizar el matrimonio de D. MATTHEW JOHN WESTON y Dª

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AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 17 DE

PORTUGALETE Pleno 26.09.02

Dto. de Secretaría Tel. 944729202 Ayto. Portugalete NIF.: P-4809100-C Telf..: 944729200 Fax.: 944729299

MARIA LUISA FLORES PANIZO, a celebrar en esta Casa Consistorial el próximo día 6 de junio de 2002.

Segundo: El presente Decreto entrará en vigor al siguiente día de la fecha de su firma, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Bizkaia.

Tercero. El presente Decreto será notificado a todos los interesados y se dará cuenta al Pleno, para su conocimiento, en la siguiente sesión que celebre.” 3.05.-DAR CUENTA DEL DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 28 DE JUNIO DE 2002,

RELATIVO A APROBACIÓN DE CRÉDITO ADICIONAL. EXPEDIENTE Nº 55/02. El Sr. Alcalde-Presidente, D. MIKEL CABIECES GARCIA, recuerda a los asistentes que conocen el contenido del Decreto, pues se les ha remitido copia junto con el orden del día y, si ninguno de los presentes lo precisa, se excusará su lectura, reproduciéndose su contenido en el acta de la sesión, que resulta del siguiente tenor literal: “Visto el expediente número 55/02, relativo a concesión de CREDITO ADICIONAL para la realización de gasto para el que no existe crédito de pago consignado, o existiendo éste fuere insuficiente y no ampliable y no siendo posible su cobertura en virtud de régimen de modificaciones previsto en la Norma Municipal de Ejecución Presupuestaria vigente. Considerando que según informa el Sr. Interventor, el expediente está ajustado a los requisitos exigidos por los artículos 34 de la Norma Foral 2/91, Presupuestaria de las Entidades Locales del Territorio Histórico de Bizkaia y 21 de la Norma Municipal de Ejecución Presupuestaria vigente, relativos a la justificación de la necesidad o urgencia del gasto y la especificación del recurso que ha de financiar el gasto propuesto y de la partida presupuestaria, debidamente detallada, a incrementar. De conformidad con las facultades que atribuye a esta Alcaldía el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, y demás legislación de pertinente aplicación, VENGO EN DISPONER PRIMERO.- La aprobación del CREDITO ADICIONAL con arreglo a la siguiente determinación: GASTO QUE SE PROPONE CREAR O INCREMENTAR.-

Partida Denominación Código Proy.

Financiación Importe euros

07.8101.43301 Transf.a Sdades. Pcas.:DEMUPORSA ---- 870.01 2.100 T O T A L ------ ------ 2.100 Especificación del recurso que financia el gasto propuesto: Importe euros - Remanente de Tesorería.................. 2.100

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AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 18 DE

PORTUGALETE Pleno 26.09.02

Dto. de Secretaría Tel. 944729202 Ayto. Portugalete NIF.: P-4809100-C Telf..: 944729200 Fax.: 944729299

- Nuevos o mayores ingresos liquidados sobre totales previstos...... ---- - Nuevos ingresos finalistas.............. ---- - Bajas por anulación..................... ---- - Operación de crédito.................... ---- TOTAL RECURSOS...... 2.100 SEGUNDO.- De la presente resolución se dará cuenta al Pleno, en cumplimiento de lo dispuesto en le artículo 27.3 de la Norma Foral 2/91, de 26 de marzo, Presupuestaria de las Entidades Locales del Territorio Histórico de Bizkaia, en la primera sesión que celebre.” 3.06.-DAR CUENTA DEL DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 3 DE JULIO DE 2002,

RELATIVO A NOMBRAMIENTO DE PROCURADORAS Y LETRADO PARA LA REPRESENTACIÓN Y DEFENSA DE ESTE AYUNTAMIENTO EN EL PROCEDIMIENTO ORDINARIO 115/02.

El Sr. Alcalde-Presidente, D. MIKEL CABIECES GARCIA, recuerda a los asistentes que conocen el contenido del Decreto, pues se les ha remitido copia junto con el orden del día y, si ninguno de los presentes lo precisa, se excusará su lectura, reproduciéndose su contenido en el acta de la sesión, que resulta del siguiente tenor literal:

“El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Bilbao ha requerido de este Ayuntamiento la remisión de expediente administrativo relativo a “Desestimación presunta del recurso de reposición de fecha 07.02.02 en el que se recurría el Decreto de Alcaldía de fecha 11 de enero del año en curso”, para recurso Procedimiento ORDINARIO 115/02 interpuesto por D. FLORENTINO DEL DUJO LERONES.

Vistas las facultades que atribuye a esta Alcaldía el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, y demás legislación de pertinente aplicación,

VENGO EN DISPONER:

PRIMERO- Instar a la Secretaría General de la Corporación y Servicios Municipales, que por razón de la materia corresponda, a la preparación de copia autenticada del expediente administrativo relativo a “Desestimación presunta del recurso de reposición de fecha 07.02.02 en el que se recurría el Decreto de Alcaldía de fecha 11 de enero del año en curso.” para recurso interpuesto por D. FLORENTINO DEL DUJO LERONES y a foliarlo debidamente para su remisión al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Bilbao, para recurso contencioso-administrativo Procedimiento: ORDINARIO 115/02.

SEGUNDO.- Emplazar a cuantos aparezcan interesados en el expediente para que puedan comparecer y personarse en este recurso en el plazo de nueve días, por notificación del presente

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AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 19 DE

PORTUGALETE Pleno 26.09.02

Dto. de Secretaría Tel. 944729202 Ayto. Portugalete NIF.: P-4809100-C Telf..: 944729200 Fax.: 944729299

Decreto que habrá de hacerse en el plazo de cinco días. A tal efecto emplácese a Dª ARSENIA FERRERO FERRERO y a D. ANTONIO PEREZ URIBASTERRA. Insértese copia del presente Decreto en el tablón de edictos de la Corporación y quede constancia del mismo y de los emplazamientos habidos, en su caso, en el expediente administrativo, para su remisión al Juzgado.

TERCERO.- Nombrar a las Procuradoras del Colegio de Procuradores de Bizkaia Dª PAULA BASTERRECHE ARCOCHA y Dª MARIA BASTERRECHE ARCOCHA y al Letrado del Colegio de Abogados de Vizcaya D. IÑIGO AMANN GARAMENDI, para la representación y defensa, respectivamente, de este Ayuntamiento en el recurso contencioso-administrativo ORDINARIO 115/02 otorgando el poder general para pleitos, si fuera necesario, ante Notario de Portugalete.

CUARTO.- Una vez el expediente administrativo a que se refiere al apartado precedente del presente Decreto, se encuentre completo, foliado, autenticado y acompañado de un índice asimismo autenticado, remitirlo al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Bilbao.

QUINTO.- Dar conocimiento del presente Decreto al Pleno de la Corporación, en la siguiente sesión que celebre y notificar a los interesados en legal forma.” 3.07.-DAR CUENTA DEL DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 9 DE JULIO DE 2002,

RELATIVO A NOMBRAMIENTO DE PROCURADORAS Y LETRADO PARA LA REPRESENTACIÓN Y DEFENSA DE LOS INTERESES DE ESTE AYUNTAMIENTO EN EL RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO PROCEDIMIENTO ORDINARIO 1.112/02.

El Sr. Alcalde-Presidente, D. MIKEL CABIECES GARCIA, recuerda a los asistentes que conocen el contenido del Decreto, pues se les ha remitido copia junto con el orden del día y, si ninguno de los presentes lo precisa, se excusará su lectura, reproduciéndose su contenido en el acta de la sesión, que resulta del siguiente tenor literal:

“La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha requerido de este Ayuntamiento la remisión de expediente administrativo relativo a “Inactividad del Ayuntamiento de Portugalete consistente en la falta de aprobación de Relación de

Puestos de Trabajo”, para recurso Procedimiento Ordinario 1.112/02, interpuesto por Dª ROSA MARIA LUISA RODRIGUEZ PASTOR.

Vistas las facultades que atribuye a esta Alcaldía el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, y demás legislación de pertinente aplicación,

VENGO EN DISPONER:

PRIMERO.- Instar a la Secretaría General de la Corporación y Servicios Municipales, que por razón de la materia corresponda, a la preparación de copia autentificada del expediente administrativo relativo a “Inactividad del Ayuntamiento de Portugalete consistente en la falta de

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AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 20 DE

PORTUGALETE Pleno 26.09.02

Dto. de Secretaría Tel. 944729202 Ayto. Portugalete NIF.: P-4809100-C Telf..: 944729200 Fax.: 944729299

aprobación de Relación de Puestos de Trabajo”, para recurso interpuesto por Dª ROSA MARIA LUISA RODRIGUEZ PASTOR, y a foliarlo debidamente para su remisión a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, para recurso contencioso-administrativo Procedimiento Ordinario 1.112/02.

SEGUNDO.- Emplazar a cuantos aparezcan interesados en el expediente para que puedan comparecer y personarse en este recurso en el plazo de nueve días, por notificación del presente Decreto que habrá de hacerse en el plazo de cinco días. Insértese copia del presente Decreto en el tablón de edictos de la Corporación y quede constancia del mismo y de los emplazamientos habidos, en su caso, en el expediente administrativo, para su remisión a la Sala.

TERCERO.- Nombrar a las Procuradoras de Tribunales del Colegio de Procuradores de Bizkaia Dª PAULA BASTERRECHE ARCOCHA y Dª MARIA BASTERRECHE ARCOCHA y al Abogado D. MANUEL SALINERO FEIJOO del Colegio de Abogados de Vizcaya, para la representación y defensa, respectivamente, de este Ayuntamiento en el recurso contencioso-administrativo Procedimiento Ordinario 1.112/02, otorgando el poder general para pleitos, si fuera necesario, ante Notario de Portugalete.

CUARTO.- Una vez el expediente administrativo a que se refiere al apartado precedente del presente Decreto, se encuentre completo, foliado, autentificado y acompañado de un índice asimismo autentificado, remitirlo a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

QUINTO.- Dar conocimiento del presente Decreto al Pleno de la Corporación para su conocimiento, en la siguiente sesión que celebre y notificar a los interesados en legal forma.” 3.08.-DAR CUENTA DEL DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 17 DE JULIO DE 2002,

RELATIVO A APROBACIÓN DE HABILITACIÓN DE CRÉDITOS. EXPEDIENTE Nº 56/02.

El Sr. Alcalde-Presidente, D. MIKEL CABIECES GARCIA, recuerda a los asistentes que conocen el contenido del Decreto, pues se les ha remitido copia junto con el orden del día y, si ninguno de los presentes lo precisa, se excusará su lectura, reproduciéndose su contenido en el acta de la sesión, que resulta del siguiente tenor literal: “Visto el expediente número 56/02 relativo a HABILITACIÓN DE CRÉDITOS previsto en el artículo 18 de la Norma Municipal de Ejecución Presupuestaria vigente. Considerando que según informa el Sr. Interventor, el expediente está ajustado a los requisitos exigidos en esa norma y habida cuenta de la obtención de los siguientes recursos no previstos en el presupuesto en vigor, procedentes de la subvención de la Dirección Provincial del INEM con objeto de financiar 14 programas de empleo por un importe de 111.145,08.-euros.

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AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 21 DE

PORTUGALETE Pleno 26.09.02

Dto. de Secretaría Tel. 944729202 Ayto. Portugalete NIF.: P-4809100-C Telf..: 944729200 Fax.: 944729299

De conformidad con las facultades que atribuye a esta Alcaldía el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, y demás legislación de pertinente aplicación, es por lo que VENGO EN DISPONER: PRIMERO. La aprobación de la habilitación de créditos de conformidad a las finalidades que a continuación se precisan: El ingreso procedente de una subvención de la Dirección Provincial del INEM , por un importe de 111.145,08.- euros Dicho ingreso se aplicará a la realización del nuevo gasto no previsto correspondiente a la realización de 14 Programas de Empleo por importe de 111.145,08.- euros Siendo esta resolución firme y ejecutiva sin necesidad de más trámites, por lo que se procederá por los servicios de Intervención a introducir las modificaciones de créditos aprobadas en la contabilidad de la Corporación con efectos inmediatos, conforme al siguiente detalle: Subcpto. Iº Denominación Prev.inicial Mayor Iº euros 401.03 Subvención INEM Corporaciones Locales 0 111.145,08 T O T A L 0 111.145,08 2.- El establecimiento de la correlación entre el ingreso finalista obtenido y el crédito de gasto a habilitar, estableciéndose su fijación conforme a la siguiente determinación: Subcpto. Iº Importe Mayor Iº Nº Proy.Gasto Aplicac.Presup. Mayor Iºeuros 401.03 111.145,08 ------ 02.3225.13101 82.136,21 02.3225.16001 29.008,87 En consecuencia, por tratarse de ingresos con carácter finalista corresponde la aprobación del expediente al Alcalde Presidente de la Corporación. SEGUNDO.- De la presente resolución se dará cuenta al Pleno, en cumplimiento de lo dispuesto en le artículo 27.3 de la Norma Foral 2/91, de 26 de marzo, Presupuestaria de las Entidades Locales del Territorio Histórico de Bizkaia, en la primera sesión que celebre.” 3.09.-DAR CUENTA DEL DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 19 DE JULIO DE 2002,

RELATIVO A APROBACIÓN DE CRÉDITO ADICIONAL. EXPEDIENTE Nº 58/02. El Sr. Alcalde-Presidente, D. MIKEL CABIECES GARCIA, recuerda a los asistentes que conocen el contenido del Decreto, pues se les ha remitido copia junto con el orden del día y, si ninguno de los presentes lo precisa, se excusará su lectura, reproduciéndose su contenido en el acta de la sesión, que resulta del siguiente tenor literal:

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AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 22 DE

PORTUGALETE Pleno 26.09.02

Dto. de Secretaría Tel. 944729202 Ayto. Portugalete NIF.: P-4809100-C Telf..: 944729200 Fax.: 944729299

“Visto el expediente número 58/02, relativo a concesión de CREDITO ADICIONAL para la realización de gasto para el que no existe crédito de pago consignado, o existiendo éste fuere insuficiente y no ampliable y no siendo posible su cobertura en virtud de régimen de modificaciones previsto en la Norma Municipal de Ejecución Presupuestaria vigente. Considerando que según informa el Sr. Interventor, el expediente está ajustado a los requisitos exigidos por los artículos 34 de la Norma Foral 2/91, Presupuestaria de las Entidades Locales del Territorio Histórico de Bizkaia y 21 de la Norma Municipal de Ejecución Presupuestaria vigente, relativos a la justificación de la necesidad o urgencia del gasto y la especificación del recurso que ha de financiar el gasto propuesto y de la partida presupuestaria, debidamente detallada, a incrementar. De conformidad con las facultades que atribuye a esta Alcaldía el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, y demás legislación de pertinente aplicación, VENGO EN DISPONER PRIMERO.- La aprobación del CREDITO ADICIONAL con arreglo a la siguiente determinación: GASTO QUE SE PROPONE CREAR O INCREMENTAR.-

Partida Denominación Código Proy. Financiación Importe euros 01.1111.21401 Reparación Mobil.y Enseres;Presid. ---- 870.01 3.475 T O T A L ---- ---- 3.475 Especificación del recurso que financia el gasto propuesto: Importe euros - Remanente de Tesorería.................. 3.475 - Nuevos o mayores ingresos liquidados sobre totales previstos...... ---- - Nuevos ingresos finalistas.............. ---- - Bajas por anulación..................... ---- - Operación de crédito.................... ---- TOTAL RECURSOS...... 3.475 SEGUNDO.- De la presente resolución se dará cuenta al Pleno, en cumplimiento de lo dispuesto en le artículo 27.3 de la Norma Foral 2/91, de 26 de marzo, Presupuestaria de las Entidades Locales del Territorio Histórico de Bizkaia, en la primera sesión que celebre.” 3.10.-DAR CUENTA DEL DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 24 DE JULIO DE 2002,

RELATIVO A APROBACIÓN DE TRANSFERENCIAS DE CRÉDITO. EXPEDIENTE Nº 60/02.

El Sr. Alcalde-Presidente, D. MIKEL CABIECES GARCIA, recuerda a los asistentes que conocen

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AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 23 DE

PORTUGALETE Pleno 26.09.02

Dto. de Secretaría Tel. 944729202 Ayto. Portugalete NIF.: P-4809100-C Telf..: 944729200 Fax.: 944729299

el contenido del Decreto, pues se les ha remitido copia junto con el orden del día y, si ninguno de los presentes lo precisa, se excusará su lectura, reproduciéndose su contenido en el acta de la sesión, que resulta del siguiente tenor literal: “Visto el expediente número 60/02, relativo a transferencias de crédito entre partidas de gastos correspondientes al vigente Presupuesto de la Corporación, pertenecientes a la misma subfunción o programa funcional, o bien tratándose de transferencias entre distintas subfunciones en las que la variación acumulada de modificaciones en las que las subfunciones de origen y destino no superan el 25% de sus consignaciones iniciales previstas, salvo que minoren consignaciones para inversiones reales. Considerando que según informa el Sr. Interventor, el expediente está ajustado a los requisitos exigidos por los artículos 29 de la Norma Foral 2/91, Presupuestaria de las Entidades Locales del Territorio Histórico de Bizkaia y 17 de la Norma Municipal de Ejecución Presupuestaria vigente. De conformidad con las facultades que me vienen conferidas por el Art. 21 de la Ley 7/85, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en relación con el art. 41 del Reglamento, aprobado por Real Decreto 2.568/86, de 28 de noviembre, y es por lo que, VENGO EN DISPONER PRIMERO. La aprobación de las transferencias de crédito según se propone en el expediente, que en conjunto son las siguientes: Partidas de Gastos con Créditos en baja

Partida Presupuest.

Denominación

Código Proyecto

Crédito Inicial €

Importe euros

08.4516.22111 Utiles y Herramientas; Banda M ------ 9.015,18 4.800 Total Bajas de Crédito ------ 9.015,18 4.800

Partidas de Gastos con altas de crédito

Partida Presupuest.

Denominación

Código Proyecto

Crédito Inicial €

Importe euros

08.4516.21201 Reparac.y manten.instala,util ------- 0 1.800 08.4516.6230401 Utiles y Herram.;Banda Musica 20028903 0 3.000 Total Altas de Crédito ---- ----- 4.800

El total de altas de créditos es igual a las bajas, siendo esta resolución firme y ejecutiva sin necesidad de más trámites, por lo que se procederá por los servicios de Intervención a introducir las modificaciones de créditos aprobadas en la contabilidad de la Corporación con efectos inmediatos. SEGUNDO.- De la presente resolución se dará cuenta al Pleno, en cumplimiento de lo dispuesto en le artículo 27.3 de la Norma Foral 2/91, de 26 de marzo, Presupuestaria de las Entidades Locales del Territorio Histórico de Bizkaia, en la primera sesión que celebre.”

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AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 24 DE

PORTUGALETE Pleno 26.09.02

Dto. de Secretaría Tel. 944729202 Ayto. Portugalete NIF.: P-4809100-C Telf..: 944729200 Fax.: 944729299

3.11.-DAR CUENTA DEL DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 29 DE JULIO DE 2002, RELATIVO A NOMBRAMIENTO DE PROCURADORAS Y LETRADO PARA LA REPRESENTACIÓN DE ESTE AYUNTAMIENTO EN EL RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO ABREVIADO 153/02.

El Sr. Alcalde-Presidente, D. MIKEL CABIECES GARCIA, recuerda a los asistentes que conocen el contenido del Decreto, pues se les ha remitido copia junto con el orden del día y, si ninguno de los presentes lo precisa, se excusará su lectura, reproduciéndose su contenido en el acta de la sesión, que resulta del siguiente tenor literal:

“El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Bilbao ha requerido de este Ayuntamiento la remisión de expediente administrativo relativo a “Acuerdo de la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Portugalete adoptado el 21 de marzo de 2002 por el que se sanciona al recurrente con multa de 1.202,02 euros y apercibimiento, por considerar incumplida la obligación de cierre de establecimiento a la hora establecida a tal efecto”, para recurso Procedimiento ABREVIADO 153/02 interpuesto por D. JOSE LUIS QUINTANILLA RUEDA.

Vistas las facultades que atribuye a esta Alcaldía el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, y demás legislación de pertinente aplicación,

VENGO EN DISPONER:

PRIMERO- Instar a la Secretaría General de la Corporación y Servicios Municipales, que por razón de la materia corresponda, a la preparación de copia autenticada del expediente administrativo relativo a “Acuerdo de la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Portugalete adoptado el 21 de marzo de 2002 por el que se sanciona al recurrente con multa de 1.202,02 euros y apercibimiento, por considerar incumplida la obligación de cierre de establecimiento a la hora establecida a tal efecto.” para recurso interpuesto por D. JOSE LUIS QUINTANILLA RUEDA y a foliarlo debidamente para su remisión al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Bilbao, para recurso contencioso-administrativo Procedimiento: ABREVIDADO 153/02.

SEGUNDO.- Emplazar a cuantos aparezcan interesados en el expediente para que puedan comparecer y personarse en este recurso en el plazo de nueve días, por notificación del presente Decreto que habrá de hacerse en el plazo de cinco días. Insértese copia del presente Decreto en el tablón de edictos de la Corporación y quede constancia del mismo y de los emplazamientos habidos, en su caso, en el expediente administrativo, para su remisión al Juzgado.

TERCERO.- Nombrar a las Procuradoras del Colegio de Procuradores de Bizkaia Dª PAULA BASTERRECHE ARCOCHA y Dª MARIA BASTERRECHE ARCOCHA y al Letrado del Colegio de Abogados de Vizcaya D. IÑIGO AMANN GARAMENDI, para la representación y defensa, respectivamente, de este Ayuntamiento en el recurso contencioso-administrativo ABREVIADO 153/02 otorgando el poder general para pleitos, si fuera necesario, ante Notario de Portugalete.

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AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 25 DE

PORTUGALETE Pleno 26.09.02

Dto. de Secretaría Tel. 944729202 Ayto. Portugalete NIF.: P-4809100-C Telf..: 944729200 Fax.: 944729299

CUARTO.- Una vez el expediente administrativo a que se refiere al apartado precedente del

presente Decreto, se encuentre completo, foliado, autenticado y acompañado de un índice asimismo autenticado, remitirlo al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Bilbao.

QUINTO.- Dar conocimiento del presente Decreto al Pleno de la Corporación, en la siguiente sesión que celebre y notificar a los interesados en legal forma.” 3.12.-DAR CUENTA DEL DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 29 DE JULIO DE 2002,

RELATIVO A APROBACIÓN DE CRÉDITO ADICIONAL. EXPEDIENTE Nº 61/02. El Sr. Alcalde-Presidente, D. MIKEL CABIECES GARCIA, recuerda a los asistentes que conocen el contenido del Decreto, pues se les ha remitido copia junto con el orden del día y, si ninguno de los presentes lo precisa, se excusará su lectura, reproduciéndose su contenido en el acta de la sesión, que resulta del siguiente tenor literal: “Visto el expediente número 61/02, relativo a concesión de CREDITO ADICIONAL para la realización de gasto para el que no existe crédito de pago consignado, o existiendo éste fuere insuficiente y no ampliable y no siendo posible su cobertura en virtud de régimen de modificaciones previsto en la Norma Municipal de Ejecución Presupuestaria vigente. Considerando que según informa el Sr. Interventor, el expediente está ajustado a los requisitos exigidos por los artículos 34 de la Norma Foral 2/91, Presupuestaria de las Entidades Locales del Territorio Histórico de Bizkaia y 21 de la Norma Municipal de Ejecución Presupuestaria vigente, relativos a la justificación de la necesidad o urgencia del gasto y la especificación del recurso que ha de financiar el gasto propuesto y de la partida presupuestaria, debidamente detallada, a incrementar. De conformidad con las facultades que atribuye a esta Alcaldía el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, y demás legislación de pertinente aplicación, VENGO EN DISPONER PRIMERO.- La aprobación del CREDITO ADICIONAL con arreglo a la siguiente determinación: GASTO QUE SE PROPONE CREAR O INCREMENTAR.-

Partida Denominación Código Proy. Financiación Importe euros 01.2221.62901 Elementos de Seguridad; Policía Munp. ---- 870.01 5.100 T o t a l -- ---- 5.100 Especificación del recurso que financia el gasto propuesto: Importe euros - Remanente de Tesorería.................. 5.100 - Nuevos o mayores ingresos liquidados sobre totales previstos...... ------

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AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 26 DE

PORTUGALETE Pleno 26.09.02

Dto. de Secretaría Tel. 944729202 Ayto. Portugalete NIF.: P-4809100-C Telf..: 944729200 Fax.: 944729299

- Nuevos ingresos finalistas.............. ------ - Bajas por anulación..................... ------ - Operación de crédito.................... ----- TOTAL RECURSOS...... 5.100 SEGUNDO.- De la presente resolución se dará cuenta al Pleno, en cumplimiento de lo dispuesto en le artículo 27.3 de la Norma Foral 2/91, de 26 de marzo, Presupuestaria de las Entidades Locales del Territorio Histórico de Bizkaia, en la primera sesión que celebre.” 3.13.-DAR CUENTA DEL DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 7 DE AGOSTO DE 2002,

RELATIVO A APROBACIÓN DE CRÉDITO ADICIONAL. EXPEDIENTE Nº 62/02. El Sr. Alcalde-Presidente, D. MIKEL CABIECES GARCIA, recuerda a los asistentes que conocen el contenido del Decreto, pues se les ha remitido copia junto con el orden del día y, si ninguno de los presentes lo precisa, se excusará su lectura, reproduciéndose su contenido en el acta de la sesión, que resulta del siguiente tenor literal: “Visto el expediente número 62/02, relativo a concesión de CREDITO ADICIONAL para la realización de gasto para el que no existe crédito de pago consignado, o existiendo éste fuere insuficiente y no ampliable y no siendo posible su cobertura en virtud de régimen de modificaciones previsto en la Norma Municipal de Ejecución Presupuestaria vigente. Considerando que según informa el Sr. Interventor, el expediente está ajustado a los requisitos exigidos por los artículos 34 de la Norma Foral 2/91, Presupuestaria de las Entidades Locales del Territorio Histórico de Bizkaia y 21 de la Norma Municipal de Ejecución Presupuestaria vigente, relativos a la justificación de la necesidad o urgencia del gasto y la especificación del recurso que ha de financiar el gasto propuesto y de la partida presupuestaria, debidamente detallada, a incrementar. De conformidad con las facultades que atribuye a esta Alcaldía el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, y demás legislación de pertinente aplicación, VENGO EN DISPONER PRIMERO.- La aprobación del CREDITO ADICIONAL con arreglo a la siguiente determinación: GASTO QUE SE PROPONE CREAR O INCREMENTAR.-

Partida Denominación Código Proy. Financiación Importe euros 04.4431.62201 Instalación Marcos Nichos Cementerio 20004907 870.01 18.029,18 Especificación del recurso que financia el gasto propuesto: Importe euros - Remanente de Tesorería.................. 18.029,18

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AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 27 DE

PORTUGALETE Pleno 26.09.02

Dto. de Secretaría Tel. 944729202 Ayto. Portugalete NIF.: P-4809100-C Telf..: 944729200 Fax.: 944729299

- Nuevos o mayores ingresos liquidados sobre totales previstos...... ----- - Nuevos ingresos finalistas.............. ----- - Bajas por anulación..................... ----- - Operación de crédito.................... ---- TOTAL RECURSOS...... 18.029,18 SEGUNDO.- De la presente resolución se dará cuenta al Pleno, en cumplimiento de lo dispuesto en le artículo 27.3 de la Norma Foral 2/91, de 26 de marzo, Presupuestaria de las Entidades Locales del Territorio Histórico de Bizkaia, en la primera sesión que celebre.” 3.14.-DAR CUENTA DEL DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 8 DE AGOSTO DE 2002,

RELATIVO A APROBACIÓN DE CRÉDITO ADICIONAL. EXPEDIENTE Nº 63/02. El Sr. Alcalde-Presidente, D. MIKEL CABIECES GARCIA, recuerda a los asistentes que conocen el contenido del Decreto, pues se les ha remitido copia junto con el orden del día y, si ninguno de los presentes lo precisa, se excusará su lectura, reproduciéndose su contenido en el acta de la sesión, que resulta del siguiente tenor literal: “Visto el expediente número 63/02, relativo a concesión de CREDITO ADICIONAL para la realización de gasto para el que no existe crédito de pago consignado, o existiendo éste fuere insuficiente y no ampliable y no siendo posible su cobertura en virtud de régimen de modificaciones previsto en la Norma Municipal de Ejecución Presupuestaria vigente. Considerando que según informa el Sr. Interventor, el expediente está ajustado a los requisitos exigidos por los artículos 34 de la Norma Foral 2/91, Presupuestaria de las Entidades Locales del Territorio Histórico de Bizkaia y 21 de la Norma Municipal de Ejecución Presupuestaria vigente, relativos a la justificación de la necesidad o urgencia del gasto y la especificación del recurso que ha de financiar el gasto propuesto y de la partida presupuestaria, debidamente detallada, a incrementar. De conformidad con las facultades que atribuye a esta Alcaldía el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, y demás legislación de pertinente aplicación, VENGO EN DISPONER PRIMERO.- La aprobación del CREDITO ADICIONAL con arreglo a la siguiente determinación: GASTO QUE SE PROPONE CREAR O INCREMENTAR.-

Partida Denominación Código Proy. Financiación Importe euros 01.1111.48001 Transfer.a familias Víctim.Terroristmo --- 87001 17.000 T o t a l --- ---- 17.000

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AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 28 DE

PORTUGALETE Pleno 26.09.02

Dto. de Secretaría Tel. 944729202 Ayto. Portugalete NIF.: P-4809100-C Telf..: 944729200 Fax.: 944729299

Especificación del recurso que financia el gasto propuesto: Importe euros - Remanente de Tesorería.................. 17.000 - Nuevos o mayores ingresos liquidados sobre totales previstos...... ----- - Nuevos ingresos finalistas.............. ----- - Bajas por anulación..................... ----- - Operación de crédito.................... ---- TOTAL RECURSOS...... 17.000 SEGUNDO.- De la presente resolución se dará cuenta al Pleno, en cumplimiento de lo dispuesto en le artículo 27.3 de la Norma Foral 2/91, de 26 de marzo, Presupuestaria de las Entidades Locales del Territorio Histórico de Bizkaia, en la primera sesión que celebre.” 3.15.-DAR CUENTA DEL DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 8 DE AGOSTO DE 2002,

RELATIVO A APROBACIÓN DE CRÉDITO ADICIONAL. EXPEDIENTE Nº 64/02. El Sr. Alcalde-Presidente, D. MIKEL CABIECES GARCIA, recuerda a los asistentes que conocen el contenido del Decreto, pues se les ha remitido copia junto con el orden del día y, si ninguno de los presentes lo precisa, se excusará su lectura, reproduciéndose su contenido en el acta de la sesión, que resulta del siguiente tenor literal: “Visto el expediente número 64/02, relativo a concesión de CREDITO ADICIONAL para la realización de gasto para el que no existe crédito de pago consignado, o existiendo éste fuere insuficiente y no ampliable y no siendo posible su cobertura en virtud de régimen de modificaciones previsto en la Norma Municipal de Ejecución Presupuestaria vigente. Considerando que según informa el Sr. Interventor, el expediente está ajustado a los requisitos exigidos por los artículos 34 de la Norma Foral 2/91, Presupuestaria de las Entidades Locales del Territorio Histórico de Bizkaia y 21 de la Norma Municipal de Ejecución Presupuestaria vigente, relativos a la justificación de la necesidad o urgencia del gasto y la especificación del recurso que ha de financiar el gasto propuesto y de la partida presupuestaria, debidamente detallada, a incrementar. De conformidad con las facultades que atribuye a esta Alcaldía el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, y demás legislación de pertinente aplicación, VENGO EN DISPONER PRIMERO.- La aprobación del CREDITO ADICIONAL con arreglo a la siguiente determinación: GASTO QUE SE PROPONE CREAR O INCREMENTAR.-

Partida Denominación Código Proy. Financiación Importe euros

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AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 29 DE

PORTUGALETE Pleno 26.09.02

Dto. de Secretaría Tel. 944729202 Ayto. Portugalete NIF.: P-4809100-C Telf..: 944729200 Fax.: 944729299

01.2221.62901 Elementos de Seguridad; Pol.Munp. ---- 870.01 8.000 T o t a l ---- ---- 8.000 Especificación del recurso que financia el gasto propuesto: Importe euros - Remanente de Tesorería.................. 8.000 - Nuevos o mayores ingresos liquidados sobre totales previstos...... ----- - Nuevos ingresos finalistas.............. ----- - Bajas por anulación..................... ----- - Operación de crédito.................... ----- TOTAL RECURSOS...... 8.000 SEGUNDO.- De la presente resolución se dará cuenta al Pleno, en cumplimiento de lo dispuesto en le artículo 27.3 de la Norma Foral 2/91, de 26 de marzo, Presupuestaria de las Entidades Locales del Territorio Histórico de Bizkaia, en la primera sesión que celebre.” 3.16.-DAR CUENTA DEL DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 20 DE AGOSTO DE

2002, RELATIVO A NOMBRAMIENTO DE LETRADO PARA LA REPRESENTACIÓN Y DEFENSA DE ESTE AYUNTAMIENTO EN EL RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO ABREVIADO 216/02.

El Sr. Alcalde-Presidente, D. MIKEL CABIECES GARCIA, recuerda a los asistentes que conocen el contenido del Decreto, pues se les ha remitido copia junto con el orden del día y, si ninguno de los presentes lo precisa, se excusará su lectura, reproduciéndose su contenido en el acta de la sesión, que resulta del siguiente tenor literal: “El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 4 de Bilbao ha requerido de este Ayuntamiento la remisión de expediente administrativo relativo a “Acuerdo de la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Portugalete de 18 de abril de 2002, notificado el día 10 de mayo de 2002”, para recurso Procedimiento ABREVIADO 216/02 interpuesto por D. JOSE MANUEL MARTINEZ MADRIÑAN. Vistas las facultades que atribuye a esta Alcaldía el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, y demás legislación de pertinente aplicación, VENGO EN DISPONER: PRIMERO- Instar a la Secretaría General de la Corporación y Servicios Municipales, que por razón de la materia corresponda, a la preparación de copia autenticada del expediente administrativo relativo a “Acuerdo de la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Portugalete de 18 de

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AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 30 DE

PORTUGALETE Pleno 26.09.02

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abril de 2002, notificado el día 10 de mayo de 2002”, para recurso interpuesto por D. JOSE MANUEL MARTINEZ MADRIÑAN, y a foliarlo debidamente para su remisión al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 4 de Bilbao, para recurso contencioso-administrativo Procedimiento ABREVIADO 216/02. SEGUNDO.- Emplazar a cuantos aparezcan interesados en el expediente para que puedan comparecer y personarse en este recurso en el plazo de nueve días, por notificación del presente Decreto que habrá de hacerse en el plazo de cinco días. Insértese copia del presente Decreto en el tablón de edictos de la Corporación y quede constancia del mismo y de los emplazamientos habidos, en su caso, en el expediente administrativo, para su remisión al Juzgado. TERCERO.- Nombrar al Letrado D. JUAN JOSE SANMIGUEL SAEZ DE JAUREGUI del Colegio de Abogados de Vizcaya, para la representación y defensa de este Ayuntamiento en el recurso contencioso-administrativo ABREVIADO 216/02, otorgando el poder general para pleitos, si fuera necesario, ante Notario de Portugalete. CUARTO.- Una vez el expediente administrativo a que se refiere al apartado precedente del presente Decreto, se encuentre completo, foliado, autenticado y acompañado de un índice asimismo autenticado, remitirlo al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 4 de Bilbao. QUINTO.- Dar conocimiento del presente Decreto al Pleno de la Corporación para su conocimiento, en la siguiente sesión que celebre y notificar a los interesados en legal forma.” 3.17.-DAR CUENTA DEL DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 20 DE AGOSTO DE

2002, RELATIVO A DELEGACIÓN DE LA FACULTAD DE AUTORIZAR MATRIMONIO EN EL CONCEJAL D. ALFREDO PALACIO SOTO.

El Sr. Alcalde-Presidente, D. MIKEL CABIECES GARCIA, recuerda a los asistentes que conocen el contenido del Decreto, pues se les ha remitido copia junto con el orden del día y, si ninguno de los presentes lo precisa, se excusará su lectura, reproduciéndose su contenido en el acta de la sesión, que resulta del siguiente tenor literal:

“Nuestro centenario Código Civil determina la competencia del Alcalde para autorizar el matrimonio en forma civil en aquellos municipios, que como el nuestro, no cuentan con Juez de Primera Instancia Encargado del Registro Civil, si bien la Ley 35/1.995 de 23 de diciembre, modificó determinados artículos del Código Civil, generalizando a todos los municipios el régimen competencial de celebración de matrimonios.

Por otra parte viene siendo habitual en el actual mandato municipal el deseo de vecinos de nuestro municipio de ser casados por la Autoridad Municipal, aunque también el Juez de Paz pueda realizar tal acto, existiendo por parte de esta Alcaldía plena comprensión para facilitar a los vecinos la realización de tal importante decisión de su esfera personal.

La Legislación local permite que determinadas facultades del Alcalde puedan ser delegadas por éste en favor de otros Concejales aunque no pertenezcan a la Comisión de Gobierno, encontrándose

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AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 31 DE

PORTUGALETE Pleno 26.09.02

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la de autorizar el matrimonio entre las facultades que pueden ser objeto de delegación a cualquier Concejal de la Corporación, que tendría la naturaleza y régimen jurídico asignada a las delegaciones especiales para cometido específico. Y habiendo solicitado el Concejal D. ALFREDO PALACIO SOTO ser delegado por esta Alcaldía para autorizar el matrimonio que en la parte dispositiva constará y vistas las facultades que la legislación vigente atribuye a esta Alcaldía, en particular Ley 7/1.985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, artículos 21 y 23.4, y restante legislación de pertinente aplicación: VENGO EN DISPONER:

Primero: Delegar en el Concejal D. ALFREDO PALACIO SOTO, la facultad de autorizar el matrimonio de D. ASIER ANGULO ONANDIA y Dª MIREN KORO MENDIETA ABASCAL, a celebrar en esta Casa Consistorial el próximo día 24 de agosto de 2002..

Segundo: El presente Decreto entrará en vigor al siguiente día de la fecha de su firma, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Bizkaia.

Tercero. El presente Decreto será notificado a todos los interesados y se dará cuenta al Pleno, para su conocimiento, en la siguiente sesión que celebre.” 3.18.-DAR CUENTA DEL DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 20 DE AGOSTO DE

2002, RELATIVO A DELEGACIÓN DE LA FACULTAD DE AUTORIZAR MATRIMONIO EN EL TENIENTE DE ALCALDE D. MIKEL TORRES LORENZO.

El Sr. Alcalde-Presidente, D. MIKEL CABIECES GARCIA, recuerda a los asistentes que conocen el contenido del Decreto, pues se les ha remitido copia junto con el orden del día y, si ninguno de los presentes lo precisa, se excusará su lectura, reproduciéndose su contenido en el acta de la sesión, que resulta del siguiente tenor literal:

“Nuestro centenario Código Civil determina la competencia del Alcalde para autorizar el matrimonio en forma civil en aquellos municipios, que como el nuestro, no cuentan con Juez de Primera Instancia Encargado del Registro Civil, si bien la Ley 35/1.995 de 23 de diciembre, modificó determinados artículos del Código Civil, generalizando a todos los municipios el régimen competencial de celebración de matrimonios.

Por otra parte viene siendo habitual en el actual mandato municipal el deseo de vecinos de nuestro municipio de ser casados por la Autoridad Municipal, aunque también el Juez de Paz pueda realizar tal acto, existiendo por parte de esta Alcaldía plena comprensión para facilitar a los vecinos la realización de tal importante decisión de su esfera personal.

La Legislación local permite que determinadas facultades del Alcalde puedan ser delegadas por éste en favor de otros Concejales aunque no pertenezcan a la Comisión de Gobierno, encontrándose la de autorizar el matrimonio entre las facultades que pueden ser objeto de delegación a cualquier Concejal de la Corporación, que tendría la naturaleza y régimen jurídico asignada a las delegaciones especiales para cometido específico. Y habiendo solicitado el Teniente de Alcalde D. MIKEL

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AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 32 DE

PORTUGALETE Pleno 26.09.02

Dto. de Secretaría Tel. 944729202 Ayto. Portugalete NIF.: P-4809100-C Telf..: 944729200 Fax.: 944729299

TORRES LORENZO ser delegado por esta Alcaldía para autorizar el matrimonio que en la parte dispositiva constará y vistas las facultades que la legislación vigente atribuye a esta Alcaldía, en particular Ley 7/1.985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, artículos 21 y 23.4, y restante legislación de pertinente aplicación: VENGO EN DISPONER:

Primero: Delegar en el Teniente de Alcalde D. MIKEL TORRES LORENZO, la facultad de autorizar el matrimonio de D. JUAN ANTONIO PODEROSO IGLESIAS y Dª MARIA BEGOÑA MARTINEZ FERNANDEZ, a celebrar en esta Casa Consistorial el próximo día 25 de agosto de 2002.

Segundo: El presente Decreto entrará en vigor al siguiente día de la fecha de su firma, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial del territorio histórico de Bizkaia.

Tercero. El presente Decreto será notificado a todos los interesados y se dará cuenta al Pleno, para su conocimiento, en la siguiente sesión que celebre.” 3.19.-DAR CUENTA DEL DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 22 DE AGOSTO DE

2002, RELATIVO A HABILITACIÓN DE CRÉDITOS. EXPEDIENTE Nº 65/02. El Sr. Alcalde-Presidente, D. MIKEL CABIECES GARCIA, recuerda a los asistentes que conocen el contenido del Decreto, pues se les ha remitido copia junto con el orden del día y, si ninguno de los presentes lo precisa, se excusará su lectura, reproduciéndose su contenido en el acta de la sesión, que resulta del siguiente tenor literal: “Visto el expediente número 65/02 relativo a HABILITACIÓN DE CRÉDITOS previsto en el artículo 18 de la Norma Municipal de Ejecución Presupuestaria vigente. Considerando que según informa el Sr. Interventor, el expediente está ajustado a los requisitos exigidos en esa norma y habida cuenta de la obtención de los siguientes recursos no previstos en el presupuesto en vigor, procedentes de la subvención del Departamento de Cultura de la Diputación foral de Bizkaia, con el objeto de financiar actividades de entidades de ámbito municipal: Asociaciones Juveniles y de Tiempo Libre, por importe de 8.669,69 € De conformidad con las facultades que atribuye a esta Alcaldía el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, y demás legislación de pertinente aplicación, es por lo que VENGO EN DISPONER: PRIMERO. La aprobación de la habilitación de créditos de conformidad a las finalidades que a continuación se precisan:

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AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 33 DE

PORTUGALETE Pleno 26.09.02

Dto. de Secretaría Tel. 944729202 Ayto. Portugalete NIF.: P-4809100-C Telf..: 944729200 Fax.: 944729299

El ingreso procedente del Departamento de Cultura de la Diputación foral de Bizkaia, por un importe de 8.669,69 euros Dicho ingreso se aplicará a la realización del nuevo gasto no previsto correspondiente a: actividades de entidades de ámbito municipal: Asociaciones Juveniles y de Tiempo Libre de Portugalete, por importe de 8.669,69 euros. Siendo esta resolución firme y ejecutiva sin necesidad de más trámites, por lo que se procederá por los servicios de Intervención a introducir las modificaciones de créditos aprobadas en la contabilidad de la Corporación con efectos inmediatos, conforme al siguiente detalle: Subcpto. Iº Denominación Prev.inicial Mayor Iº euros 42045 Subvención Diputación Foral de Bizkaia:

actividades tiempo libre 0 8.669,69

2.- El establecimiento de la correlación entre el ingreso finalista obtenido y el crédito de gasto a habilitar, estableciéndose su fijación conforme a la siguiente determinación: Subcpto. Iº Importe Mayor Iº € Nº Proy.Gasto Aplicac.Presup. Mayor Iºeuros 42045 8.669,69 -- 07.4632.48101 8.669,69 En consecuencia, por tratarse de ingresos con carácter finalista corresponde la aprobación del expediente al Alcalde Presidente de la Corporación. SEGUNDO.- De la presente resolución se dará cuenta al Pleno, en cumplimiento de lo dispuesto en le artículo 27.3 de la Norma Foral 2/91, de 26 de marzo, Presupuestaria de las Entidades Locales del Territorio Histórico de Bizkaia, en la primera sesión que celebre.” 3.20.-DAR CUENTA DEL DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 22 DE AGOSTO DE

2002, RELATIVO A HABILITACIÓN DE CRÉDITOS. EXPEDIENTE Nº 67/02. El Sr. Alcalde-Presidente, D. MIKEL CABIECES GARCIA, recuerda a los asistentes que conocen el contenido del Decreto, pues se les ha remitido copia junto con el orden del día y, si ninguno de los presentes lo precisa, se excusará su lectura, reproduciéndose su contenido en el acta de la sesión, que resulta del siguiente tenor literal: “Visto el expediente número 67/02 relativo a HABILITACIÓN DE CRÉDITOS previsto en el artículo 18 de la Norma Municipal de Ejecución Presupuestaria vigente. Considerando que según informa el Sr. Interventor, el expediente está ajustado a los requisitos exigidos en esa norma y habida cuenta de la obtención de los siguientes recursos no previstos en el presupuesto en vigor, procedentes de la subvención del Gobierno Vasco, según Resolución adoptada por el Departamento de Educación, Universidades e Investigación, Delegación Territorial de Bizkaia, el día 4 de junio de 2002, con objeto de financiar gastos destinados a la

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AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 34 DE

PORTUGALETE Pleno 26.09.02

Dto. de Secretaría Tel. 944729202 Ayto. Portugalete NIF.: P-4809100-C Telf..: 944729200 Fax.: 944729299

adecuación de centros docentes públicos afectos al sistema educativo, por un importe de 173.315,31 euros. De conformidad con las facultades que atribuye a esta Alcaldía el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, y demás legislación de pertinente aplicación, es por lo que VENGO EN DISPONER: PRIMERO. La aprobación de la habilitación de créditos de conformidad a las finalidades que a continuación se precisan: El ingreso procedente del Departamento de Educación, Universidades e Investigación, Delegación Territorial de Bizkaia, por un importe de 173.315,31 euros. Dicho ingreso se aplicará a la realización del nuevo gasto no previsto correspondiente a la adecuación de centros docentes públicos afectos al sistema educativo por importe de 173.315,31 euros. Siendo esta resolución firme y ejecutiva sin necesidad de más trámites, por lo que se procederá por los servicios de Intervención a introducir las modificaciones de créditos aprobadas en la contabilidad de la Corporación con efectos inmediatos, conforme al siguiente detalle: Subcpto. Iº Denominación Prev.inicial Mayor Iº euros 710.32 Subvención Gobierno Vasco: Obras en

colegios públicos 0 173.315,31

2.- El establecimiento de la correlación entre el ingreso finalista obtenido y el crédito de gasto a habilitar, estableciéndose su fijación conforme a la siguiente determinación: Subcpto. Iº Importe Mayor Iº Nº Proy.Gasto Aplicac.Presup. Mayor Iºeuros 710.32 173.315,31 20017001 07.4221.62201 173.315,31

En consecuencia, por tratarse de ingresos con carácter finalista corresponde la aprobación del expediente al Alcalde Presidente de la Corporación. SEGUNDO.- De la presente resolución se dará cuenta al Pleno, en cumplimiento de lo dispuesto en le artículo 27.3 de la Norma Foral 2/91, de 26 de marzo, Presupuestaria de las Entidades Locales del Territorio Histórico de Bizkaia, en la primera sesión que celebre.” 3.21.-DAR CUENTA DEL DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 23 DE AGOSTO DE

2002, RELATIVO A HABILITACIÓN DE CRÉDITOS. EXPEDIENTE Nº 66/02. El Sr. Alcalde-Presidente, D. MIKEL CABIECES GARCIA, recuerda a los asistentes que conocen el contenido del Decreto, pues se les ha remitido copia junto con el orden del día y, si ninguno de

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AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 35 DE

PORTUGALETE Pleno 26.09.02

Dto. de Secretaría Tel. 944729202 Ayto. Portugalete NIF.: P-4809100-C Telf..: 944729200 Fax.: 944729299

los presentes lo precisa, se excusará su lectura, reproduciéndose su contenido en el acta de la sesión, que resulta del siguiente tenor literal: “Visto el expediente número 66/02 relativo a HABILITACIÓN DE CRÉDITOS previsto en el artículo 18 de la Norma Municipal de Ejecución Presupuestaria vigente. Considerando que según informa el Sr. Interventor, el expediente está ajustado a los requisitos exigidos en esa norma y habida cuenta de la obtención de los siguientes recursos no previstos en el presupuesto en vigor, procedentes de la subvención del Gobierno Vasco: Departamento de Industria , Comercio y Turismo, Viceconsejería de Turismo, con objeto de financiar el programa de Promoción y Comercialización Turística de Portugalete, por un importe de 7.878,60 euros. De conformidad con las facultades que atribuye a esta Alcaldía el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, y demás legislación de pertinente aplicación, es por lo que VENGO EN DISPONER: PRIMERO. La aprobación de la habilitación de créditos de conformidad a las finalidades que a continuación se precisan: El ingreso procedente del Gobierno Vasco: Departamento de Industria , Comercio y Turismo, Viceconsejería de Turismo , por un importe de 7.878,60 euros. Dicho ingreso se aplicará a la realización del nuevo gasto no previsto correspondiente al programa de Promoción y Comercialización Turística de Portugalete, por importe de 7.878,60 euros. Siendo esta resolución firme y ejecutiva sin necesidad de más trámites, por lo que se procederá por los servicios de Intervención a introducir las modificaciones de créditos aprobadas en la contabilidad de la Corporación con efectos inmediatos, conforme al siguiente detalle: Subcpto. Iº Denominación Prev.inicial Mayor Iº euros 410.41 Subvención Gobierno Vasco: Promoción y

comercialización turística 0 7.878,60

2.- El establecimiento de la correlación entre el ingreso finalista obtenido y el crédito de gasto a habilitar, estableciéndose su fijación conforme a la siguiente determinación: Subcpto. Iº Importe Mayor Iº Nº Proy.Gasto Aplicac.Presup. Mayor Iºeuros 410.41 7.878,60 --- 07.7510.22603 7.878,60 En consecuencia, por tratarse de ingresos con carácter finalista corresponde la aprobación del expediente al Alcalde Presidente de la Corporación.

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AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 36 DE

PORTUGALETE Pleno 26.09.02

Dto. de Secretaría Tel. 944729202 Ayto. Portugalete NIF.: P-4809100-C Telf..: 944729200 Fax.: 944729299

SEGUNDO.- De la presente resolución se dará cuenta al Pleno, en cumplimiento de lo dispuesto en le artículo 27.3 de la Norma Foral 2/91, de 26 de marzo, Presupuestaria de las Entidades Locales del Territorio Histórico de Bizkaia, en la primera sesión que celebre.” 3.22.-DAR CUENTA DEL DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 23 DE AGOSTO DE

2002, RELATIVO A DELEGACIÓN EN EL PRIMER TENIENTE DE ALCALDE D. FRANCISCO RUIZ ORTEGA, CON CARÁCTER ACCIDENTAL, LAS FUNCIONES DE ALCALDÍA, HASTA LA REINCORPORACIÓN DEL ALCALDE TITULAR.

El Sr. Alcalde-Presidente, D. MIKEL CABIECES GARCIA, recuerda a los asistentes que conocen el contenido del Decreto, pues se les ha remitido copia junto con el orden del día y, si ninguno de los presentes lo precisa, se excusará su lectura, reproduciéndose su contenido en el acta de la sesión, que resulta del siguiente tenor literal: “Dada cuenta de la ausencia por vacaciones del Sr. Alcalde titular del puesto en esta Entidad Local D. MIGUEL ANGEL CABIECES GARCIA, a partir del día 26 de agosto del año en curso De conformidad con las facultades que me otorga el artículo 47 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Local, VENGO EN DISPONER: PRIMERO: Delegar en el primer Teniente de Alcalde D. FRANCISCO RUIZ ORTEGA, con carácter accidental, las funciones de Alcaldía, a partir del día 26 de agosto del año en curso, hasta que dicho Decreto sea revocado por otro posterior, que se producirá al incorporarse el firmante del presente al ejercicio del cargo. SEGUNDO: Notificar el presente Decreto al interesado y dese cuenta al Pleno en la siguiente sesión que se celebre.” 3.23.-DAR CUENTA DEL DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 29 DE AGOSTO DE

2002, RELATIVO A APROBACIÓN DE HABILITACIÓN DE CRÉDITOS. EXPEDIENTE Nº 68/02.

El Sr. Alcalde-Presidente, D. MIKEL CABIECES GARCIA, recuerda a los asistentes que conocen el contenido del Decreto, pues se les ha remitido copia junto con el orden del día y, si ninguno de los presentes lo precisa, se excusará su lectura, reproduciéndose su contenido en el acta de la sesión, que resulta del siguiente tenor literal: “Visto el expediente número 68/02 relativo a HABILITACIÓN DE CRÉDITOS previsto en el artículo 18 de la Norma Municipal de Ejecución Presupuestaria vigente. Considerando que según informa el Sr. Interventor, el expediente está ajustado a los requisitos exigidos en esa norma y habida cuenta de la obtención de los siguientes recursos no previstos en el

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AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 37 DE

PORTUGALETE Pleno 26.09.02

Dto. de Secretaría Tel. 944729202 Ayto. Portugalete NIF.: P-4809100-C Telf..: 944729200 Fax.: 944729299

presupuesto en vigor, procedentes de la subvención del Departamento de Cultura de la Diputación Foral de Bizkaia, con objeto de financiar el Concurso de Cuentos “Noble Villa de Portugalete” por un importe de 2.400.-euros De conformidad con las facultades que atribuye a esta Alcaldía el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, y demás legislación de pertinente aplicación, es por lo que VENGO EN DISPONER: PRIMERO. La aprobación de la habilitación de créditos de conformidad a las finalidades que a continuación se precisan: El ingreso procedente del Departamento de Cultura de la Diputación Foral de Bizkaia, por un importe de 2.400.-euros. Dicho ingreso se aplicará a la realización del nuevo gasto no previsto correspondiente al Concurso de Cuentos “Noble Villa de Portugalete” por un importe de 2.400.-euros Siendo esta resolución firme y ejecutiva sin necesidad de más trámites, por lo que se procederá por los servicios de Intervención a introducir las modificaciones de créditos aprobadas en la contabilidad de la Corporación con efectos inmediatos, conforme al siguiente detalle: Subcpto. Iº Denominación Prev.inicial Mayor Iº euros 420.60 Subvenc.Diputac.Foral:Concurso Cuentos 0 2.400

2.- El establecimiento de la correlación entre el ingreso finalista obtenido y el crédito de gasto a habilitar, estableciéndose su fijación conforme a la siguiente determinación: Subcpto. Iº Importe Mayor Iº Nº Proy.Gasto Aplicac.Presup. Mayor Iºeuros 420.60 2.400 ------- 07.4632.22603 800

07.4632.22699 400 07.4632.48005 1.200 En consecuencia, por tratarse de ingresos con carácter finalista corresponde la aprobación del expediente al Alcalde Presidente de la Corporación. SEGUNDO.- De la presente resolución se dará cuenta al Pleno, en cumplimiento de lo dispuesto en le artículo 27.3 de la Norma Foral 2/91, de 26 de marzo, Presupuestaria de las Entidades Locales del Territorio Histórico de Bizkaia, en la primera sesión que celebre.” 3.24.-DAR CUENTA DEL DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 10 DE SEPTIEMBRE

DE 2002, RELATIVO A APROBACIÓN DE HABILITACIÓN DE CRÉDITOS. EXPEDIENTE Nº 69/02.

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AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 38 DE

PORTUGALETE Pleno 26.09.02

Dto. de Secretaría Tel. 944729202 Ayto. Portugalete NIF.: P-4809100-C Telf..: 944729200 Fax.: 944729299

El Sr. Alcalde-Presidente, D. MIKEL CABIECES GARCIA, recuerda a los asistentes que conocen el contenido del Decreto, pues se les ha remitido copia junto con el orden del día y, si ninguno de los presentes lo precisa, se excusará su lectura, reproduciéndose su contenido en el acta de la sesión, que resulta del siguiente tenor literal: “Visto el expediente número 69/02 relativo a HABILITACIÓN DE CRÉDITOS previsto en el artículo 18 de la Norma Municipal de Ejecución Presupuestaria vigente. Considerando que según informa el Sr. Interventor, el expediente está ajustado a los requisitos exigidos en esa norma y habida cuenta de la obtención de los siguientes recursos no previstos en el presupuesto en vigor, procedentes de la subvención del Departamento de Cultura de la Diputación Foral De Bizkaia, con objeto de financiar LA SEMANA INTERNACIONAL CORAL JUVENIL por un importe de 3.200.- euros y EL PREMIO DE INVESTIGACION HISTORICA por un importe de 1.500.- euros De conformidad con las facultades que atribuye a esta Alcaldía el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, y demás legislación de pertinente aplicación, es por lo que VENGO EN DISPONER: PRIMERO. La aprobación de la habilitación de créditos de conformidad a las finalidades que a continuación se precisan: El ingreso procedente del Departamento de Cultura de la Diputación Foral De Bizkaia, por un importe de 4.700.- euros Dicho ingreso se aplicará a la realización del nuevo gasto no previsto correspondiente a la realización de LA SEMANA INTERNACIONAL CORAL JUVENIL por un importe de 3.200.- euros y EL PREMIO DE INVESTIGACION HISTORICA por un importe de 1.500.- euros Siendo esta resolución firme y ejecutiva sin necesidad de más trámites, por lo que se procederá por los servicios de Intervención a introducir las modificaciones de créditos aprobadas en la contabilidad de la Corporación con efectos inmediatos, conforme al siguiente detalle: Subcpto. Iº Denominación Prev.inicial Mayor Iº euros 42061 Subvenc.Diput.Foral:Actividades Cultura 0 4.700

2.- El establecimiento de la correlación entre el ingreso finalista obtenido y el crédito de gasto a habilitar, estableciéndose su fijación conforme a la siguiente determinación: Subcpto. Iº Importe Mayor Iº Nº Proy.Gasto Aplicac.Presup. Mayor Iºeuros 420.61 4.700 ------ 08.4514.22699 4.700

En consecuencia, por tratarse de ingresos con carácter finalista corresponde la aprobación del expediente al Alcalde Presidente de la Corporación.

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AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 39 DE

PORTUGALETE Pleno 26.09.02

Dto. de Secretaría Tel. 944729202 Ayto. Portugalete NIF.: P-4809100-C Telf..: 944729200 Fax.: 944729299

SEGUNDO.- De la presente resolución se dará cuenta al Pleno, en cumplimiento de lo dispuesto en le artículo 27.3 de la Norma Foral 2/91, de 26 de marzo, Presupuestaria de las Entidades Locales del Territorio Histórico de Bizkaia, en la primera sesión que celebre.” 3.25.-DAR CUENTA DEL DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 11 DE SEPTIEMBRE

DE 2002, RELATIVO A REVOCACIÓN DE DELEGACIÓN EFECTUADA AL PRIMER TENIENTE DE ALCALDE D. FRANCISCO RUIZ ORTEGA PARA EL EJERCICIO DE LAS FUNCIONES DE ALCALDÍA.

El Sr. Alcalde-Presidente, D. MIKEL CABIECES GARCIA, recuerda a los asistentes que conocen el contenido del Decreto, pues se les ha remitido copia junto con el orden del día y, si ninguno de los presentes lo precisa, se excusará su lectura, reproduciéndose su contenido en el acta de la sesión, que resulta del siguiente tenor literal: “Por Decreto de Alcaldía de 23 de agosto pasado, fueron delegadas en el Primer Teniente de Alcalde las funciones de Alcaldía con carácter accidental a partir del día 26 de agosto, en razón a la ausencia del Alcalde Titular, estando previsto en el citado Decreto que se encontraría vigente hasta que fuera revocado por otro posterior una vez se produjera la incorporación del Alcalde titular al ejercicio del cargo. Produciéndose la circunstancia de incorporación al cargo, y de acuerdo con las facultades que me atribuye la legislación vigente, VENGO A DISPONER: PRIMERO: Dejar sin efecto el Decreto de Alcaldía de 23 de agosto pasado, revocando la delegación efectuada al Primer Teniente de Alcalde D. FRANCISCO RUIZ ORTEGA para el ejercicio de las funciones de Alcaldía, agradeciéndole los servicios prestados. SEGUNDO: Notificar el presente Decreto al interesado, dese cuenta al Pleno en la siguiente sesión que celebre y expóngase en el tablón de edictos de la Entidad.” 3.26.-DAR CUENTA DEL DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 12 DE SEPTIEMBRE

DE 2002, RELATIVO A DELEGACIÓN DE LA FACULTAD DE AUTORIZAR MATRIMONIO EN EL CONCEJAL D. ROMAN VICENTE CAÑADA.

El Sr. Alcalde-Presidente, D. MIKEL CABIECES GARCIA, recuerda a los asistentes que conocen el contenido del Decreto, pues se les ha remitido copia junto con el orden del día y, si ninguno de los presentes lo precisa, se excusará su lectura, reproduciéndose su contenido en el acta de la sesión, que resulta del siguiente tenor literal:

“Nuestro centenario Código Civil determina la competencia del Alcalde para autorizar el matrimonio en forma civil en aquellos municipios, que como el nuestro, no cuentan con Juez de Primera Instancia Encargado del Registro Civil, si bien la Ley 35/1.995 de 23 de diciembre,

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AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 40 DE

PORTUGALETE Pleno 26.09.02

Dto. de Secretaría Tel. 944729202 Ayto. Portugalete NIF.: P-4809100-C Telf..: 944729200 Fax.: 944729299

modificó determinados artículos del Código Civil, generalizando a todos los municipios el régimen competencial de celebración de matrimonios.

Por otra parte viene siendo habitual en el actual mandato municipal el deseo de vecinos de nuestro municipio de ser casados por la Autoridad Municipal, aunque también el Juez de Paz pueda realizar tal acto, existiendo por parte de esta Alcaldía plena comprensión para facilitar a los vecinos la realización de tal importante decisión de su esfera personal.

La Legislación local permite que determinadas facultades del Alcalde puedan ser delegadas por éste en favor de otros Concejales aunque no pertenezcan a la Comisión de Gobierno, encontrándose la de autorizar el matrimonio entre las facultades que pueden ser objeto de delegación a cualquier Concejal de la Corporación, que tendría la naturaleza y régimen jurídico asignada a las delegaciones especiales para cometido específico. Y habiendo solicitado el Concejal D. ROMAN VICENTE CAÑADA ser delegado por esta Alcaldía para autorizar el matrimonio que en la parte dispositiva constará y vistas las facultades que la legislación vigente atribuye a esta Alcaldía, en particular Ley 7/1.985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, artículos 21 y 23.4, y restante legislación de pertinente aplicación: VENGO EN DISPONER:

Primero: Delegar en el Concejal D. ROMAN VICENTE CAÑADA, la facultad de autorizar el matrimonio de D. DEAN JOHN HAMBLIN y Dª MONTSERRAT MOTA ALVAREZ, a celebrar en esta Casa Consistorial el próximo día 21 de septiembre de 2002.

Segundo: El presente Decreto entrará en vigor al siguiente día de la fecha de su firma, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Bizkaia.

Tercero. El presente Decreto será notificado a todos los interesados y se dará cuenta al Pleno, para su conocimiento, en la siguiente sesión que celebre.” 3.27.-DAR CUENTA DEL DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 13 DE SEPTIEMBRE

DE 2002, RELATIVO A APROBACIÓN DE HABILITACIÓN DE CRÉDITOS. EXPEDIENTE Nº 70/02.

El Sr. Alcalde-Presidente, D. MIKEL CABIECES GARCIA, recuerda a los asistentes que conocen el contenido del Decreto, pues se les ha remitido copia junto con el orden del día y, si ninguno de los presentes lo precisa, se excusará su lectura, reproduciéndose su contenido en el acta de la sesión, que resulta del siguiente tenor literal: Visto el expediente número 70/02 relativo a HABILITACIÓN DE CRÉDITOS previsto en el artículo 18 de la Norma Municipal de Ejecución Presupuestaria vigente. Considerando que según informa el Sr. Interventor, el expediente está ajustado a los requisitos exigidos en esa norma y habida cuenta de la obtención de los siguientes recursos no previstos en el presupuesto en vigor, procedentes de la subvención del Departamento de Cultura de la

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AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 41 DE

PORTUGALETE Pleno 26.09.02

Dto. de Secretaría Tel. 944729202 Ayto. Portugalete NIF.: P-4809100-C Telf..: 944729200 Fax.: 944729299

Diputación Foral de Bizkaia, con objeto de financiar las actividades culturales que se detallan a continuación: Actuaciones Teatrales de Pequeño Formato y Veladas Musicales en Santa Clara, XVI Concurso de Comic Noble Villa de Portugalete, Café Tertulias ciclo de Conferencias a cargo de Escritores de Reconocido Prestigio, e Inauguración de la Torre de Salazar por un importe de 21.200.- euros De conformidad con las facultades que atribuye a esta Alcaldía el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, y demás legislación de pertinente aplicación, es por lo que VENGO EN DISPONER: PRIMERO. La aprobación de la habilitación de créditos de conformidad a las finalidades que a continuación se precisan: El ingreso procedente de una subvención del Departamento de Cultura de la Diputación Foral de Bizkaia, por un importe de 21.200.- euros Dicho ingreso se aplicará a la realización del nuevo gasto no previsto correspondiente a financiar las actividades culturales que se detallan a continuación: Actuaciones Teatrales de Pequeño Formato y Veladas Musicales en Santa Clara, XVI Concurso de Comic Noble Villa de Portugalete, Café Tertulias ciclo de Conferencias a cargo de Escritores de Reconocido Prestigio, e Inauguración de la Torre de Salazar por un importe de 21.200.- euros Siendo esta resolución firme y ejecutiva sin necesidad de más trámites, por lo que se procederá por los servicios de Intervención a introducir las modificaciones de créditos aprobadas en la contabilidad de la Corporación con efectos inmediatos, conforme al siguiente detalle: Subcpto. Iº Denominación Prev.inicial Mayor Iº euros 420.61 Subvenc.Diput.Foral: Activ.Culturales 0 21.200

2.- El establecimiento de la correlación entre el ingreso finalista obtenido y el crédito de gasto a habilitar, estableciéndose su fijación conforme a la siguiente determinación: Subcpto. Iº Importe Mayor Iº Nº Proy.Gasto Aplicac.Presup. Mayor Iºeuros 420.61 21.200 ----- 08.4514.22699 7.700 08.4514.22799 13.500 En consecuencia, por tratarse de ingresos con carácter finalista corresponde la aprobación del expediente al Alcalde Presidente de la Corporación. SEGUNDO.- De la presente resolución se dará cuenta al Pleno, en cumplimiento de lo dispuesto en le artículo 27.3 de la Norma Foral 2/91, de 26 de marzo, Presupuestaria de las Entidades Locales del Territorio Histórico de Bizkaia, en la primera sesión que celebre.”

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AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 42 DE

PORTUGALETE Pleno 26.09.02

Dto. de Secretaría Tel. 944729202 Ayto. Portugalete NIF.: P-4809100-C Telf..: 944729200 Fax.: 944729299

3.28.-DAR CUENTA DEL DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 16 DE SEPTIEMBRE DE 2002, RELATIVO A APROBACIÓN DE TRANSFERENCIAS DE CRÉDITO. EXPEDIENTE Nº 71/02.

El Sr. Alcalde-Presidente, D. MIKEL CABIECES GARCIA, recuerda a los asistentes que conocen el contenido del Decreto, pues se les ha remitido copia junto con el orden del día y, si ninguno de los presentes lo precisa, se excusará su lectura, reproduciéndose su contenido en el acta de la sesión, que resulta del siguiente tenor literal: “Visto el expediente número 71/02, relativo a transferencias de crédito entre partidas de gastos correspondientes al vigente Presupuesto de la Corporación, pertenecientes a la misma subfunción o programa funcional, o bien tratándose de transferencias entre distintas subfunciones en las que la variación acumulada de modificaciones en las que las subfunciones de origen y destino no superan el 25% de sus consignaciones iniciales previstas, salvo que minoren consignaciones para inversiones reales. Considerando que según informa el Sr. Interventor, el expediente está ajustado a los requisitos exigidos por los artículos 29 de la Norma Foral 2/91, Presupuestaria de las Entidades Locales del Territorio Histórico de Bizkaia y 17 de la Norma Municipal de Ejecución Presupuestaria vigente. De conformidad con las facultades que me vienen conferidas por el Art. 21 de la Ley 7/85, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en relación con el art. 41 del Reglamento, aprobado por Real Decreto 2.568/86, de 28 de noviembre, y es por lo que, VENGO EN DISPONER PRIMERO. La aprobación de las transferencias de crédito según se propone en el expediente, que en conjunto son las siguientes: Partidas de Gastos con Créditos en baja

Partida Presupuest.

Denominación

Código Proyecto

Crédito Inicial €

Importe euros

08.4515.48101 Transf.a ISFL:Exposic.Cultur ---- 0 4.320 Total Bajas de Crédito ---- 0 4.320

Partidas de Gastos con altas de crédito

Partida Presupuest.

Denominación

Código Proyecto

Crédito Inicial €

Importe euros

08.4512.48005 Transf.Premiso,becas,pens. ---- 0 4.320 Total Altas de Crédito ---- 0 4.320

El total de altas de créditos es igual a las bajas, siendo esta resolución firme y ejecutiva sin necesidad de más trámites, por lo que se procederá por los servicios de Intervención a introducir las modificaciones de créditos aprobadas en la contabilidad de la Corporación con efectos inmediatos.

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AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 43 DE

PORTUGALETE Pleno 26.09.02

Dto. de Secretaría Tel. 944729202 Ayto. Portugalete NIF.: P-4809100-C Telf..: 944729200 Fax.: 944729299

SEGUNDO.- De la presente resolución se dará cuenta al Pleno, en cumplimiento de lo dispuesto en le artículo 27.3 de la Norma Foral 2/91, de 26 de marzo, Presupuestaria de las Entidades Locales del Territorio Histórico de Bizkaia, en la primera sesión que celebre.” 3.29.-DAR CUENTA DEL DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 16 DE SEPTIEMBRE

DE 2002, RELATIVO A ADSCRIPCIÓN DE CONCEJAL A LAS COMISIONES INFORMATIVAS.

El Sr. Alcalde-Presidente, D. MIKEL CABIECES GARCIA, recuerda a los asistentes que conocen el contenido del Decreto, pues se les ha remitido copia junto con el orden del día y, si ninguno de los presentes lo precisa, se excusará su lectura, reproduciéndose su contenido en el acta de la sesión, que resulta del siguiente tenor literal:

“Tras las Elecciones Locales celebradas el día 13 de junio de 1999 y la posterior constitución del Ayuntamiento el posterior 3 de julio, el Ayuntamiento dispone de la correspondiente organización político-administrativa, de acuerdo con la legislación vigente, y en particular de las comisiones informativas permanentes, creadas por acuerdo del Pleno, adoptado, en sesión celebrada el 30 de diciembre de 1999.

Mediante Decreto de Alcaldía de 17 de enero de 2000, se dispuso las materias y servicios de

competencia de cada Comisión; asimismo se designaron los Presidentes, Vicepresidentes y Secretarios de cada una de ellas, y finalmente los grupos políticos municipales designaron los Concejales titulares y suplentes que debían ocupar las vocalías que a cada uno pertenecen en cada Comisión.

Habiéndose producido posteriormente la renuncia a su cargo de la Concejala Dª Irene Fernández

Fernández y la correspondiente sustitución y toma de posesión en la persona de D. Juan Carlos Castaño Moreno procede adscribir al nuevo Concejal en las correspondientes Comisiones Informativas.

Por consiguiente, vistas las disposiciones establecidas en la Ley 7/1985, de 2 de Abril,

Reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril; El Texto Refundido de las Disposiciones legales vigentes en materia del Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril; El Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2.568/1986, de 28 de noviembre, y demás legislación concordante de pertinente aplicación,

VENGO EN DISPONER: Primero.- Adscribir al Concejal D. Juan Carlos Castaño Moreno (PP) a las siguientes comisiones informativas permanentes: ♦ C.I.P. de Cultura. Vicepresidente ♦ C.I.P. de Bienestar Social. Vocal Titular. ♦ C.I.P. de Sanidad y Consumo. Vocal titular.

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AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 44 DE

PORTUGALETE Pleno 26.09.02

Dto. de Secretaría Tel. 944729202 Ayto. Portugalete NIF.: P-4809100-C Telf..: 944729200 Fax.: 944729299

♦ C.I.P. de Urbanismo. Vocal titular ♦ C.I.P. de Drogodependencias. Vocal Titular. ♦ C.I.P. de Obras y Servicios. Vocal Suplente. ♦ C.I.P. de Seguridad Ciudadana. Vocal Suplente. ♦ C.I.P. de Hacienda, Patrimonio y Especial de Cuentas. Vocal Suplente. ♦ C.I.P. de Educación, Juventud y Deportes. Vocal Suplente. Segundo.- Del presente Decreto se dará cuenta al Pleno Municipal en la siguiente sesión ordinaria que celebre y se publicará en el tablón municipal de edictos. Tercero.- Notifíquese en legal forma a D. Juan Carlos Castaño Moreno, a los Presidentes de las comisiones informativas permanentes afectadas, a los portavoces de los distintos grupos políticos municipales, y a los secretarios delegados de las comisiones informativas permanentes afectadas.” 3.30.-DAR CUENTA DEL DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 18 DE SEPTIEMBRE

DE 2002, RELATIVO A APROBACIÓN DE HABILITACIÓN DE CRÉDITOS. EXPEDIENTE Nº 72/02.

El Sr. Alcalde-Presidente, D. MIKEL CABIECES GARCIA, recuerda a los asistentes que conocen el contenido del Decreto, pues se les ha remitido copia junto con el orden del día y, si ninguno de los presentes lo precisa, se excusará su lectura, reproduciéndose su contenido en el acta de la sesión, que resulta del siguiente tenor literal: “Visto el expediente número 72/02 relativo a HABILITACIÓN DE CRÉDITOS previsto en el artículo 18 de la Norma Municipal de Ejecución Presupuestaria vigente. Considerando que según informa el Sr. Interventor, el expediente está ajustado a los requisitos exigidos en esa norma y habida cuenta de la obtención de los siguientes recursos no previstos en el presupuesto en vigor, procedentes de la subvención del Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales del Gobierno Vasco, con objeto de financiar las Obras de Repetidores Acústicos en Semáforos por un importe de 17.309,49.-euros y un Plan de Accesibilidad por un importe de 40.868,82.-euros. De conformidad con las facultades que atribuye a esta Alcaldía el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, y demás legislación de pertinente aplicación, es por lo que VENGO EN DISPONER: PRIMERO. La aprobación de la habilitación de créditos de conformidad a las finalidades que a continuación se precisan: El ingreso procedente del subvención del Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales del Gobierno Vasco, por un importe total de 58.178,31.-euros.

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AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 45 DE

PORTUGALETE Pleno 26.09.02

Dto. de Secretaría Tel. 944729202 Ayto. Portugalete NIF.: P-4809100-C Telf..: 944729200 Fax.: 944729299

Dicho ingreso se aplicará a la realización del nuevo gasto no previsto correspondiente a las Obras de Repetidores Acústicos en Semáforos por un importe de 17.309,49.-euros y un Plan de Accesibilidad por un importe de 40.868,82.-euros. Siendo esta resolución firme y ejecutiva sin necesidad de más trámites, por lo que se procederá por los servicios de Intervención a introducir las modificaciones de créditos aprobadas en la contabilidad de la Corporación con efectos inmediatos, conforme al siguiente detalle: Subcpto.

Iº Denominación Prev.inicial Mayor Iº euros

710.43 Subv.Gob.Vasco:Plan de Accesibilidad 0 40.868,82 710.44 Subv.Gob.Vasco: Repet.Acust.en Semafor 0 17.309,49 T o t a l 0 58.178,31

2.- El establecimiento de la correlación entre el ingreso finalista obtenido y el crédito de gasto a habilitar, estableciéndose su fijación conforme a la siguiente determinación: Subcpto. Iº Importe Mayor Iº Nº Proy.Gasto Aplicac.Presup. Mayor Iºeuros 710.43 40.868,82 20019003 09.4321.64303 40.868,82 710.44 17.309,49 20019903 09.4321.6250101 17.309,49 En consecuencia, por tratarse de ingresos con carácter finalista corresponde la aprobación del expediente al Alcalde Presidente de la Corporación. SEGUNDO.- De la presente resolución se dará cuenta al Pleno, en cumplimiento de lo dispuesto en le artículo 27.3 de la Norma Foral 2/91, de 26 de marzo, Presupuestaria de las Entidades Locales del Territorio Histórico de Bizkaia, en la primera sesión que celebre.” 3.31.-DAR CUENTA DEL DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 18 DE SEPTIEMBRE

DE 2002, RELATIVO A APROBACIÓN DE HABILITACIÓN DE CRÉDITOS. EXPEDIENTE Nº 73/02.

El Sr. Alcalde-Presidente, D. MIKEL CABIECES GARCIA, recuerda a los asistentes que conocen el contenido del Decreto, pues se les ha remitido copia junto con el orden del día y, si ninguno de los presentes lo precisa, se excusará su lectura, reproduciéndose su contenido en el acta de la sesión, que resulta del siguiente tenor literal: “Visto el expediente número 73/02 relativo a HABILITACIÓN DE CRÉDITOS previsto en el artículo 18 de la Norma Municipal de Ejecución Presupuestaria vigente. Considerando que según informa el Sr. Interventor, el expediente está ajustado a los requisitos exigidos en esa norma y habida cuenta de la obtención de los siguientes recursos no previstos en el presupuesto en vigor, procedentes del Ingreso realizado por el Instituto Nacional de Estadística

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AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 46 DE

PORTUGALETE Pleno 26.09.02

Dto. de Secretaría Tel. 944729202 Ayto. Portugalete NIF.: P-4809100-C Telf..: 944729200 Fax.: 944729299

con objeto de financiar el trabajo realizado por el Asesor Local en los Censos de Población y Vivienda del año 2.001 por un importe de 721,21.- euros De conformidad con las facultades que atribuye a esta Alcaldía el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, y demás legislación de pertinente aplicación, es por lo que VENGO EN DISPONER: PRIMERO. La aprobación de la habilitación de créditos de conformidad a las finalidades que a continuación se precisan: El ingreso procedente del Instituto Nacional de Estadística por un importe de 721,21.- euros Dicho ingreso se aplicará a la realización del nuevo gasto no previsto correspondiente al trabajo realizado por el Asesor Local en los Censos de Población y Vivienda del año 2.001 por un importe de 721,21.- euros Siendo esta resolución firme y ejecutiva sin necesidad de más trámites, por lo que se procederá por los servicios de Intervención a introducir las modificaciones de créditos aprobadas en la contabilidad de la Corporación con efectos inmediatos, conforme al siguiente detalle: Subcpto. Iº Denominación Prev.inicial Mayor Iº euros 400.04 Instituto Naciona Estadísitca INE 0 721,21

2.- El establecimiento de la correlación entre el ingreso finalista obtenido y el crédito de gasto a habilitar, estableciéndose su fijación conforme a la siguiente determinación: Subcpto. Iº Importe Mayor Iº Nº Proy.Gasto Aplicac.Presup. Mayor Iºeuros 400.04 721,21 ---- 01.1214.12105 721,21 En consecuencia, por tratarse de ingresos con carácter finalista corresponde la aprobación del expediente al Alcalde Presidente de la Corporación. SEGUNDO.- De la presente resolución se dará cuenta al Pleno, en cumplimiento de lo dispuesto en le artículo 27.3 de la Norma Foral 2/91, de 26 de marzo, Presupuestaria de las Entidades Locales del Territorio Histórico de Bizkaia, en la primera sesión que celebre.” 3.32.-DAR CUENTA DEL DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 20 DE SEPTIEMBRE

DE 2002, RELATIVO A DELEGACIÓN DE LA FACULTAD DE AUTORIZAR MATRIMONIO EN EL CONCEJAL D. ALFREDO PALACIO SOTO.

El Sr. Alcalde-Presidente, D. MIKEL CABIECES GARCIA, recuerda a los asistentes que conocen el contenido del Decreto, pues se les ha remitido copia junto con el orden del día y, si ninguno de los presentes lo precisa, se excusará su lectura, reproduciéndose su contenido en el acta de la sesión,

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AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 47 DE

PORTUGALETE Pleno 26.09.02

Dto. de Secretaría Tel. 944729202 Ayto. Portugalete NIF.: P-4809100-C Telf..: 944729200 Fax.: 944729299

que resulta del siguiente tenor literal:

“Nuestro centenario Código Civil determina la competencia del Alcalde para autorizar el matrimonio en forma civil en aquellos municipios, que como el nuestro, no cuentan con Juez de Primera Instancia Encargado del Registro Civil, si bien la Ley 35/1.995 de 23 de diciembre, modificó determinados artículos del Código Civil, generalizando a todos los municipios el régimen competencial de celebración de matrimonios.

Por otra parte viene siendo habitual en el actual mandato municipal el deseo de vecinos de nuestro municipio de ser casados por la Autoridad Municipal, aunque también el Juez de Paz pueda realizar tal acto, existiendo por parte de esta Alcaldía plena comprensión para facilitar a los vecinos la realización de tal importante decisión de su esfera personal.

La Legislación local permite que determinadas facultades del Alcalde puedan ser delegadas por éste en favor de otros Concejales aunque no pertenezcan a la Comisión de Gobierno, encontrándose la de autorizar el matrimonio entre las facultades que pueden ser objeto de delegación a cualquier Concejal de la Corporación, que tendría la naturaleza y régimen jurídico asignada a las delegaciones especiales para cometido específico. Y habiendo solicitado el Concejal D. ALFREDO PALACIO SOTO ser delegado por esta Alcaldía para autorizar el matrimonio que en la parte dispositiva constará y vistas las facultades que la legislación vigente atribuye a esta Alcaldía, en particular Ley 7/1.985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, artículos 21 y 23.4, y restante legislación de pertinente aplicación: VENGO EN DISPONER:

Primero: Delegar en el Concejal D. ALFREDO PALACIO SOTO, la facultad de autorizar el matrimonio de D. LUIS ALBERTO BERCIANOS PAMPLIEGA y Dª CRISTINA HERNANDO ORRUÑO, a celebrar en esta Casa Consistorial el próximo día 28 de septiembre de 2002.

Segundo: El presente Decreto entrará en vigor al siguiente día de la fecha de su firma, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Bizkaia.

Tercero. El presente Decreto será notificado a todos los interesados y se dará cuenta al Pleno, para su conocimiento, en la siguiente sesión que celebre.” 4.-PREGUNTAS El Sr. PRESIDENTE DE LA CORPORACION manifiesta que hay tres preguntas del grupo político municipal IU-EB. La primera es relativa a los terrenos del parque municipal de Rivas. Realiza la primera pregunta el Sr. VICENTE CAÑADA de IU-EB: “En el comienzo del Camino La Sierra hay un cartel, con claros signos de oxidación, que dice lo siguiente: “ACONDICIONAMIENTO DE TERRENOS PARA PROYECTO “PARQUE MUNICIPAL DE RIVAS”

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AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 48 DE

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PROMOTOR: EXCMO. AYUNTAMIENTO DE PORTUGALETE CONTRATISTA: ESANMI, S.L FECHA INICIO OBRA: 09.02.94; FECHA FINAL DE OBRA …….” Como se puede observar, la fecha de finalización no aparece, pero en el contrato sí existe un plazo para la finalización de la explotación y desde que ésta finalizó han transcurrido nada menos que cuatro años. A consecuencia de todo ello, esta es la quinta vez que este grupo municipal pregunta al Gobierno sobre el particular. La última pregunta, ya lejana en el tiempo, se realizó en el Pleno del 26 de abril de 2001; han transcurrido 17 meses, plazo más que prudencial para haber cumplido con las respuestas que nos dio en las anteriores preguntas. Nuestra impresión es que este Gobierno no se cree lo que dice el cartel, por eso está totalmente oxidado, como suele ocurrir con las cosas que se abandonan. Prueba de ello es que el paraje denominado parque municipal de Rivas está en peores condiciones que hace dos años. Por todo ello, volvemos a preguntar al Gobierno: ¿Han autorizado ustedes el vertido de nuevos escombros consistentes en toneladas de piedra y materiales de desecho, cuando lo que procedía, según sus últimas respuestas y también lo contemplado en el contrato con ESANMI, S.L., era verter una capa de tierra vegetal para su posterior semillado y plantación de especies arbóreas? De no ser así, ¿tienen ustedes conocimiento de quiénes han realizado el mencionado vertido para exigirles que lo retiren? De lo contrario, lo que se decía que era un relleno se convertirá en una escombrera, como algunos siempre sospecharon. Por último, ¿está dispuesto el Gobierno a permitirle a la empresa ESANMI que, después de haber hecho el negocio con la escombrera, ahora le tome el pelo a esta Corporación incumpliendo el contrato de explotación?” Contesta el Sr. RUIZ ORTEGA del PSE-EE(PSOE): “Lo que consideran vertidos no son tal, sino un relleno que está realizando el propio Ayuntamiento en la zona, con material adecuado para poder construir un campo de fútbol en el parque deportivo. El terreno está a falta de colmatar con el fin de igualar el Parque de Rivas con la cota del SR 1. Para poder realizarlo es preciso trasladar el pabellón que se encuentra semienterrado en la zona; cuando se traslade, se arreglará el asunto. Creo que quien toma el pelo a este Ayuntamiento es usted, porque esto se lo ha preguntado al arquitecto y le ha respondido tal y como procede.” De nuevo el Sr. VICENTE CAÑADA de IU-EB manifiesta: “No he preguntado al arquitecto nada sobre este asunto, he tenido una conversación sobre otra pregunta. En la actualidad hay unos montones de piedras, y eso no se corresponde con la respuesta que nos dio el Gobierno en el Pleno de 29 de junio de 2000: “Se está procediendo al asentamiento del terreno para luego echar tierra vegetal, y se espera el mejor momento para la siembra y la plantación de árboles. En este empeño están trabajando nuestros servicios técnicos y los de la empresa ESANMI, S.L.” En segundo lugar, el Ayuntamiento no tiene que hacer ese trabajo, sino la empresa ESANMI, que se comprometió a entregar el relleno en condiciones. El Ayuntamiento debe desarrollar el Plan General, pero la finiquitación de ese relleno correspondía a ESANMI; de hecho, así lo ha

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reconocido este gobierno, y de hecho así ha contestado a anteriores preguntas que le hemos formulado a lo largo de los cuatro años en que venimos denunciando esta situación.” De nuevo el Sr. RUIZ ORTEGA del PSE-EE(PSOE) contesta: “Repito que no se está haciendo ningún relleno, se están poniendo las bases para asentar el campo de fútbol. En cuanto al relleno que había que hacer, como se ha comentado en las comisiones, usted sabe que hubo una remediación de suelos contaminados, por lo cual no se pudo colmatar en su día. Luego teníamos que trasladar a otra parte el pabellón con el fin de hacer los rellenos para colmatar e igualar los cotas del parque de Rivas con el SR 1.” Realiza la segunda pregunta el Sr. VICENTE CAÑADA de IU-EB: “Teniendo conocimiento este grupo municipal del ofrecimiento de D. FERNANDO VILDOSOLA LARRAZABAL para vender al Ayuntamiento unos terrenos de su propiedad, localizados en La Florida y Vicíos y siendo ésta una cuestión de trascendencia, preguntamos lo siguiente: ¿Los terrenos ofrecidos son de interés para el desarrollo urbano de Portugalete contemplado en el PGOU en cuantos a sistemas generales, zonas deportivas, viales, etc.? En caso de ser dichos terrenos de interés municipal, ¿qué orden de prioridad ocuparían dentro de las necesidades de adquisición de suelo para desarrollar el plan de etapas que contempla el PGOU de Portugalete? Esta cuestión sí la he comentado con el arquitecto, pero es un técnico municipal y no tiene por qué dar respuestas sobre decisiones políticas.” Contesta el Sr. RUIZ ORTEGA del PSE-EE(PSOE): “Me reafirmo en lo contestado a la primera pregunta. Con respecto a esta segunda, el PGOU establece la compra de terrenos, así que cuando se recibe una oferta interesante en cuanto a precio y oportunidad, se estudia y se acepta. Las prioridades las establece la posibilidad de adquirir los terrenos a mejor precio y de la mejor forma y, si es posible, sin recurrir a la expropiación.” Realiza la tercera pregunta el Sr. VICENTE CAÑADA de IU-EB: “En la Avenida Abaro, y más concretamente en un tramo de unos 30 metros frente al cine Java, existe un rebaje para canalización de aguas pluviales de unos 30 cm de ancho por 5 cm de profundidad, entre la plataforma para peatones de la parada de autobús y la acera del cine. Muchos peatones han sufrido accidentes al pisar el rebaje; unos lo han denunciado y otros no. Por todo ello, preguntamos lo siguiente: ¿Tiene el gobierno municipal constancia de la peligrosidad existente en este pequeño tramo de acera? De no ser así y conociéndolo a raíz de esta pregunta, sugerimos que se actúe de forma inmediata, puesto que la solución es bastante sencilla: bastaría con achaflanar el rebaje. En esa zona hemos visto accidentes, hemos sido testigos. Es muy fácil pisar en medio del rebaje y torcerse el tobillo. La pregunta está hecha con la mejor intención.” Contesta el Sr. RUIZ ORTEGA del PSE-EE(PSOE): “Vamos a trasladar este asunto a la Comisión de Obras y Servicios, que es donde procede, para darle la solución pertinente.”

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5.-RUEGOS Formula el único ruego el Sr. PALACIO SOTO de la Coalición EAJ-PNV/EA: “Quisiéramos que las respuestas a nuestras solicitudes tuvieran mejor eficacia. En concreto me refiero a una solicitud de planos generales de los dos frontones cubiertos que se describen en el acta de la comisión informativa del 2 de enero del 2001, y del campo de fútbol de 100 x 60 metros. El 5 de junio lo preguntamos, contestasteis que ibais a hacer alguna modificación, ha transcurrido un tiempo más que prudencial y está sin contestar. No se nos negó, pero quisiéramos saber si se puede de alguna forma acelerar.” Contesta el Sr. PRESIDENTE DE LA CORPORACION: “En cuanto tengamos los planos, no sé si se cobrará el porcentaje, pero se darán.” A continuación, el Sr. RUIZ ORTEGA del PSE-EE(PSOE) expone: “Disculpadme, porque lo del campo de fútbol me ha pasado inadvertido. Yo creía que sólo solicitasteis los planos de los frontones. Tuvimos una reunión con el grupo pelotazale, hizo una serie de sugerencias y hubo que cambiar vestuarios, duchas y servicios. Los planos que en principio podíamos ofreceros no eran los que se iban a ejecutar, ésa ha sido la razón, pero has hecho bien en recordarlo.” De nuevo el Sr PRESIDENTE DE LA CORPORACION manifiesta: “Antes de acabar esta sesión ordinaria, quiero decir algo que debería haber dicho al comienzo, como ha hecho la señora Ciordia. Se trata de manifestar nuestra solidaridad con las víctimas del atentado que ayer perpetró ETA y expresar una vez más nuestra rotunda condena.” El Sr. ALCALDE, no habiendo más asuntos que tratar, da por finalizada la sesión a las trece horas, cinco minutos, del día de la fecha, de lo cual, yo, como Secretaria General Accidental, doy fe.