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AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 1 DE PORTUGALETE ACTA PLENO 17.12.03 Dto. de Secretaría Tel. 944729202 Ayto. Portugalete NIF.: “P-4809100-C Telf..: “944729200 Fax.: “944729299 ACTA DE LA SESION ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO DE LA NOBLE VILLA DE PORTUGALETE, EL DIA 17 DE DICIEMBRE DE 2003. ALCALDE-PRESIDENTE D. MIGUEL ANGEL CABIECES GARCIA (PSE-EE(PSOE) TENIENTES DE ALCALDE Dª DOLORES CIORDIA BURGOS (PP) D. FRANCISCO RUIZ ORTEGA (PSE-EE(PSOE) D.MIKEL TORRES LORENZO (PSE-EE(PSOE) D. GORKA ETXABE DE PABLOS(PSE-EE(PSOE) D. JOSE MANUEL DE INSAUSTI MONTALVO (PP) D. JUAN JOSE IBAÑEZ LEJONAGOITIA (PSE-EE(PSOE) Dª ANGEL ANERO MURGA (PSE-EE(PSOE) D. SANTIAGO PEREZ HERNANDEZ (PP) CONCEJALES D. FRANCISCO JAVIER MIRANDA GARATE (Coalición EAJ-PNV/EA) Dª AITZIBER MARTINEZ INTXAURTIETA (Coalición EAJ-PNV/EA) D. IÑAKI IBARMIA LAHUERTA (Coalición EAJ-PNV/EA) D. JOSE MIGUEL PEREZ LARRINAGA (Coalición EAJ-PNV/EA) Dª CRISTINA CUELLAR YARNOZ (Coalición EAJ-PNV/EA) D. ASIER BASAGOITI ELORZA (Coalición EAJ-PNV/EA) D. GAIZKA BILBAO SANDOVAL (Coalición EAJ-PNV/EA) Dª RAQUEL ANTUÑANO AGIRRE (Coalición EAJ-PNV/EA) Dª ESTHER CABEZUDO MARTINEZ (PSE-EE(PSOE) Dª FATIMA FREIJE RUEDA (PSE-EE(PSOE) D. JUAN CARLOS CASTAÑO MORENO (PP) Dª IGONE SALGADO SAINZ (PP) D. ROMAN VICENTE CAÑADA (IU-EB) D. PAULINO HERNANDEZ ELIZONDO (IU-EB) Dª EVA MARIA MIRANDA FERNANDEZ (IU-EB) TRADUCTORA DE EUSKERA Dª NOEMI PASTOR MARTINEZ INTERVENTOR D. JAVIER ORIO VEGAS SECRETARIA GENERAL Dª BEGOÑA SERRA ISPIZUA En la Noble Villa de Portugalete, siendo las nueve horas, del día 17 de diciembre de 2003, se constituyó el Ayuntamiento Pleno en el salón de actos de la casa consistorial, al objeto de celebrar la correspondiente sesión extraordinaria, convocada al efecto, bajo la presidencia del Alcalde D. MIGUEL ANGEL CABIECES GARCIA, asistido de mí, la Secretaria General.

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AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 1 DE

PORTUGALETE ACTA PLENO 17.12.03

Dto. de Secretaría Tel. 944729202 Ayto. Portugalete NIF.: “P-4809100-C Telf..: “944729200 Fax.: “944729299

ACTA DE LA SESION ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO DE LA NOBLE VILLA DE PORTUGALETE, EL DIA 17 DE DICIEMBRE DE 2003. ALCALDE-PRESIDENTE D. MIGUEL ANGEL CABIECES GARCIA (PSE-EE(PSOE) TENIENTES DE ALCALDE Dª DOLORES CIORDIA BURGOS (PP) D. FRANCISCO RUIZ ORTEGA (PSE-EE(PSOE) D.MIKEL TORRES LORENZO (PSE-EE(PSOE) D. GORKA ETXABE DE PABLOS(PSE-EE(PSOE) D. JOSE MANUEL DE INSAUSTI MONTALVO (PP) D. JUAN JOSE IBAÑEZ LEJONAGOITIA (PSE-EE(PSOE) Dª ANGEL ANERO MURGA (PSE-EE(PSOE) D. SANTIAGO PEREZ HERNANDEZ (PP) CONCEJALES D. FRANCISCO JAVIER MIRANDA GARATE (Coalición EAJ-PNV/EA) Dª AITZIBER MARTINEZ INTXAURTIETA (Coalición EAJ-PNV/EA) D. IÑAKI IBARMIA LAHUERTA (Coalición EAJ-PNV/EA) D. JOSE MIGUEL PEREZ LARRINAGA (Coalición EAJ-PNV/EA) Dª CRISTINA CUELLAR YARNOZ (Coalición EAJ-PNV/EA) D. ASIER BASAGOITI ELORZA (Coalición EAJ-PNV/EA) D. GAIZKA BILBAO SANDOVAL (Coalición EAJ-PNV/EA) Dª RAQUEL ANTUÑANO AGIRRE (Coalición EAJ-PNV/EA) Dª ESTHER CABEZUDO MARTINEZ (PSE-EE(PSOE) Dª FATIMA FREIJE RUEDA (PSE-EE(PSOE) D. JUAN CARLOS CASTAÑO MORENO (PP) Dª IGONE SALGADO SAINZ (PP) D. ROMAN VICENTE CAÑADA (IU-EB) D. PAULINO HERNANDEZ ELIZONDO (IU-EB) Dª EVA MARIA MIRANDA FERNANDEZ (IU-EB) TRADUCTORA DE EUSKERA Dª NOEMI PASTOR MARTINEZ INTERVENTOR D. JAVIER ORIO VEGAS SECRETARIA GENERAL Dª BEGOÑA SERRA ISPIZUA En la Noble Villa de Portugalete, siendo las nueve horas, del día 17 de diciembre de 2003, se constituyó el Ayuntamiento Pleno en el salón de actos de la casa consistorial, al objeto de celebrar la correspondiente sesión extraordinaria, convocada al efecto, bajo la presidencia del Alcalde D. MIGUEL ANGEL CABIECES GARCIA, asistido de mí, la Secretaria General.

AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 2 DE

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Excusa su ausencia el Sr. D. IBON URGOITI URIOSTE (Coalición EAJ-PNV/EA) I.- PARTE RESOLUTORIA 1.01.-SE PROPONE, BAJA DE CRÉDITO POR ANULACIÓN. EXPEDIENTE Nº 113/03 El Sr. Alcalde pregunta a los portavoces de los grupos si desean intervenir. No habiendo intervenciones, somete a votación el punto. Votan a favor todos los miembros de todos los grupos político municipales, y por lo tanto, por unanimidad, se aprueba el siguiente acuerdo: “Visto el expediente, número 113/03, de modificación créditos mediante BAJA POR ANULACION dentro del Presupuesto Prorrogado vigente en 2003 del Ayuntamiento de Portugalete, que se instruye para la aplicación de una de las medidas previstas en artículo 16.2 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia Presupuestaria, consistente en la Eliminación por Anulación de los Proyectos de Inversión, así como Anulación de las Fases A (Autorización) y D (Adjudicación) que se detallan en la relación adjunta. Examinadas las propuestas de reducción o anulación de créditos de las partidas presupuestarias, así como los informes, certificaciones y demás actuaciones practicadas en dicho documento. Visto, asimismo, el informe del Interventor que hace constar que la instrucción de dicho expediente se ajusta a la normativa legal vigente que le es de aplicación. El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 17 de diciembre de dos mil tres y con el informe favorable de la Comisión Informativa de Hacienda, en sesión celebrada el día 12 de diciembre de 2003, acuerda: Aprobar el expediente número 113/03 de modificación de créditos mediante BAJA POR ANULACIÓN, dentro del presupuesto vigente, por un importe de 85.726,67.-Euros de reducción de los gastos, 7.281,20.-Euros en Fase A(Autorización) de Gastos y 2.203,74.-Euros en Fase D (Adjudicación)de Gastos, con el correspondiente reflejo en contabilidad, a cuyo efecto se operará en la forma prevista para las <<bajas por anulación>> en la partida de Gasto y en los conceptos de Ingreso que se detallan en relación adjunta, por un importe total de 88.112,06.-Euros.” 1.02.-SE PROPONE, SUPLEMENTO DE CRÉDITO. EXPEDIENTE Nº 114/03. El Sr. Alcalde pregunta a los portavoces de los grupos si desean intervenir. No habiendo intervenciones somete a votación el punto. Votan a favor todos los miembros de todos los grupos político municipales, y por lo tanto, por unanimidad, se aprueba el siguiente acuerdo: “Visto el expediente iniciado por el área de Hacienda, el Decreto de Alcaldía sobre la declaración de urgencia y necesidad de realización del gasto y el informe del Interventor en relación con el expediente número 114/03 de concesión de SUPLEMENTO DE CREDITO y encontrándolo

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conforme, en todos sus términos, previo dictamen favorable de la Comisión Informativa de Hacienda, de fecha 12 de diciembre de 2003, se acuerda: PRIMERO.- Aprobar el expediente número 114/03 de concesión de SUPLEMENTO DE CREDITO, conforme a la siguiente determinación: Partida Concepto Crédito

Adicional € 03.6114.22001 Material de oficinas; Compras 12.000,00 € 06.3137.42101 Taller Ranzari 52.080,94 € 01.4631.22603 Publicidad y propaganda, calendarios, etc. 35.973,69 € 03.6112.22709 Recaudador ejecutivo junio y de septiembre a diciembre 25.000,00 € 01.1911.22701 Servicios de vigilancia P3 2.182,66 € 04.4431.62204 Marcos de nichos en el cementerio 8.772,25 € 01.2221.22105 Vestuario; policía municipal 3.327,12 € 05.6222.48101 Transferencia a la Asociación Profesional y Comercial de

Portugalete 6.000,00 €

01.1111.22602 Atenciones protocolarias y representativas (puente colgante incluido)

14.207,32 €

03.1911.22608 Gastos imprevistos 75.939,09 € Total gastos declarados de urgencia 235.483,07 €

INGRESOS: “Especificación del recurso que financia los gastos propuestos:

Remanente de Tesorería para Gastos Generales: 87001 Remanente Tesorería para Gastos Generales de la liquidación del ejercicio 2002 235.483,07 €

SEGUNDO.- Dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 150-151 y 152 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de información, reclamaciones, publicidad y recursos de los Presupuestos Generales.” 1.03.-SE PROPONE, CRÉDITO EXTRAORDINARIO. EXPEDIENTE Nº 115/03. El Sr. Alcalde pregunta a los portavoces de los grupos si desean intervenir. No habiendo intervenciones somete a votación el punto. Votan a favor todos los miembros de todos los grupos político municipales, y por lo tanto, por unanimidad, se aprueba el siguiente acuerdo: “Visto el expediente número 115/03, relativo a concesión de CREDITO EXTRAORDINARIO para la realización de gasto para el que no existe crédito de pago consignado, o existiendo éste fuere insuficiente y no ampliable y no siendo posible su cobertura en virtud de régimen de modificaciones previsto en las Bases de Ejecución Presupuestaria vigente. Considerando que según informa el Sr. Interventor, el expediente está ajustado a los requisitos exigidos por los artículos 158 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales y artículo 35 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla la Ley anterior en materia Presupuestaria, relativos a la justificación de la necesidad o urgencia del gasto y la especificación del recurso que ha de financiar el gasto propuesto y de la partida presupuestaria,

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debidamente detallada, a incrementar. Previo dictamen favorable de la Comisión Informativa de Hacienda, de fecha 12 de diciembre de 2003, se acuerda: PRIMERO.- La aprobación del CREDITO EXTRAORDINARIO con arreglo a la siguiente determinación: GASTO QUE SE PROPONE CREAR O INCREMENTAR.-

Partida Denominación Código Proy. Financiación Importe euros 04.0112.83202 Prest.a L.P.Sector Pco.: “Zabalgarbi ----- 870.01 69.670,26 T o t a l ----- 870.01 69.670,26 Especificación del recurso que financia el gasto propuesto: Importe euros - Remanente de Tesorería.................. 69.670,26 - Nuevos o mayores ingresos liquidados sobre totales previstos...... ----- - Nuevos ingresos finalistas.............. ----- - Bajas por anulación..................... ------ - Operación de crédito.................... ------ TOTAL RECURSOS...... 69.670,26 1.04.-SE PROPONE, LA AMPLIACIÓN DEL CONTRATO DE SERVICIOS SUSCRITO

CON LA EMPRESA CON LA EMPRESA CESPA, S.A., PARA LA GESTIÓN INDIRECTA DEL SERVICIO PÚBLICO DE RECOGIDA Y TRANSPORTE A VERTEDERO DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS (R.S.U.) DEL AYUNTAMIENTO DE PORTUGALETE, CONSISTENTE EN LA: “RECOGIDA DE PESCADERÍAS EN HORARIO DE TARDE Y LA RECOGIDA ESPECIAL DE MERCADOS, ASILOS Y EXTRARRADIO DEL MUNICIPIO DE PORTUGALETE.

Siendo las nueve horas, siete minutos, se incorpora a la sesión la Sra. ANTUÑANO AGIRRE de la Coalición EAJ-PNV/EA. El Sr. Alcalde pregunta a los portavoces de los grupos si desean intervenir. No habiendo intervenciones somete a votación el punto. Votan a favor todos los miembros de todos los grupos político municipales, y por lo tanto, por unanimidad, se aprueba el siguiente acuerdo: “Vista la memoria razonada elaborada por los Servicios Técnicos del Área de Servicios y Medio Ambiente de este Ayuntamiento, donde se solicita la ampliación del ámbito del contrato referente a la: “CONCESION PARA LA GESTION INDIRECTA DEL SERVICIO PUBLICO DE RECOGIDA Y TRANSPORTE A VERTEDERO DE LOS RESIDUOS SOLIDOS URBANOS (R.S.U.) DEL AYUNTAMIENTO DE PORTUGALETE”, adjudicado a la empresa CESPA,SA., mediante acuerdo del Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 30 de noviembre de 2000, por un precio total de 608.589,47 euros anuales, I.V.A. incluido, con un plazo máximo de duración de 8 años, vigente desde el día 1 de marzo de 2001, al objeto de incluir en el mismo los trabajos consistentes en la: “recogida de pescaderías en horario de tarde y la recogida

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especial en Mercados, Asilos y Extrarradios del municipio de Portugalete”, de acuerdo con las condiciones que se establecen en la Memoria Técnica de referencia, y todo ello por considerarse necesario su contratación, a objeto de subsanar los numerosos problemas higiénicos y de malos olores que originan su falta de prestación, según el informe emitido al efecto por los Servicios Técnicos de la citada Área. Resultando necesario proceder a contratar los servicios objeto de la citada ampliación, y que figuran descritos en la Memoria razonada de referencia, en las mismas condiciones que se establecen en los Pliegos de Condiciones que rigen el presente contrato, se procedió a solicitar oferta económica a la empresa CESPA,S.A., adjudicataria del contrato principal, en la que se propone realizar los trabajos que son objeto de dicha ampliación, por un importe de total de 59.591,75 Euros/Anuales, I.V.A. incluido (a razón de 4.965,98 Euros/Mensuales), según lo establecido en el presupuesto presentado al efecto ante este Ayuntamiento, realizado de conformidad con los precios unitarios que rigen el mismo. Por todo lo expuesto, considerándose necesario proceder a la contratación de los servicios que se indican en la Memoria razonada elabora al efecto por los Servicios Municipales, en las mismas condiciones que están previstas para la ejecución del contrato principal, estimándose conveniente que sea la empresa CESPA,S.A., adjudicataria del contrato principal, la que realice asimismo los trabajos objeto de la citada ampliación, y a la vista del informe técnico favorable emitido por los Servicios Municipales, donde se propone su adjudicación a favor de dicha empresa, por el importe total que se establece en la oferta presentada; es por lo que, de conformidad con lo dispuesto en el artículos 101 del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, artículo 22.2.n), de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en su redacción dada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, por la que se modifica dicha Ley y demás disposiciones de pertinente aplicación, y visto el dictamen favorable emitido por la Comisión Informativa del Área de Servicios y Medio Ambiente, en sesión celebrada el día 24 de noviembre de 2003, se acuerda: PRIMERO.- Autorizar, por razón de interés publico, la modificación del ámbito del contrato de servicios suscrito con la empresa CESPA,S.A., relativo a la: “CONCESION PARA LA GESTION INDIRECTA DEL SERVICIO PUBLICO DE RECOGIDA Y TRANSPORTE A VERTEDERO DE LOS RESIDUOS SOLIDOS URBANOS (R.S.U.) DEL AYUNTAMIENTO DE PORTUGALETE", vigente desde el día 1 de marzo de 2001, al objeto de incluir en el mismo la ampliación consistente en la: “recogida de pescaderías en horario de tarde y la recogida especial en Mercados, Asilos y Extrarradios del municipio de Portugalete”, de conformidad con las condiciones que se establecen al efecto en la Memoria razonada elaborada por los Servicios Municipales, y todo ello al objeto de satisfacer las necesidades surgidas durante la ejecución del presente contrato, según el informe emitido al efecto por los Servicios Técnicos de la citada Área. SEGUNDO.- Adjudicar a la empresa CESPA,S.A., adjudicataria del contrato principal, la prestación de los servicios objeto de la ampliación de referencia, por un importe total de cincuenta y nueve mil quinientos noventa y uno con setenta y cinco (59.591,75) Euros/Anuales, I.V.A. incluido (a razón de 4.965,98 Euros/Mensuales), para el periodo comprendido entre los días 1 de enero de 2004 al 28 de febrero de 2009 (fecha en la que está previsto el vencimiento del contrato principal), según lo establecido en la oferta económica presentada por dicha empresa, y todo ello de conformidad con las condiciones que se establecen para la prestación de los trabajos objeto del

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contrato principal en los Pliegos de Cláusulas Económico Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas que rigen el mismo. TERCERO.- Aprobar el gasto correspondiente a la realización de los trabajos objeto de la citada ampliación, con cargo a la partida 04.4221.22727 del Presupuesto Municipal de que se trate. CUARTO.- Comunicar a la empresa adjudicataria, la obligación que tiene de: a).- Constituir garantía complementaria a la definitiva depositada para responder del cumplimiento del contrato principal, por un importe de 2.383,67 Euros, equivalente al 4% del importe anual de adjudicación, ante la Tesorería Municipal, en el plazo de 15 días naturales a contar desde el siguiente al de la notificación del acuerdo de adjudicación. b).- Formalizar el correspondiente contrato relativo a la citada modificación, dentro del plazo de 30 días naturales, contados a partir del citado acuerdo de adjudicación. QUINTO.- Notificar el presente acuerdo a la empresa adjudicataria, y a los Servicios Municipales de Servicios y Medio Ambiente, Intervención, Tesorería y Contratación y Compras.” 1.05.-MOCIONES, PREVIA SU DECLARACIÓN DE URGENCIA. No se han presentado mociones. II.- CONTROL Y SEGUIMIENTO DE LA GESTIÓN DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO

POR EL PLENO. 3.- Decretos de la Alcaldía. 3.01.-DAR CUENTA DEL DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 20 DE NOVIEMBRE DE

2003, RELATIVO A RECTIFICACIÓN DEL DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 25 DE SEPTIEMBRE DE 2003.

El Sr. Alcalde-Presidente, D. MIKEL CABIECES GARCIA, recuerda a los asistentes que conocen el contenido del Decreto, pues se les ha remitido copia junto con el orden del día y, si ninguno de los presentes lo precisa, se excusará su lectura, reproduciéndose su contenido en el acta de la sesión, que resulta del siguiente tenor literal:

“Con fecha 9 de enero de 2001, el Pleno de la Corporación adoptó acuerdo por el que aprobó la suscripción de un Convenio de colaboración con la mercantil: “Los Llanos de Portugalete, promociones y Construcciones, S.A.” para la gestión y ejecución de la urbanización de las zonas adyacentes, sistemas locales y sistemas generales conexos al sector Residencial S.R.2 – Los Llanos.

De conformidad, con los informes emitidos por los Servicios Técnicos Municipales y el

contenido de las cláusulas del Convenio, mediante Decreto de veinticinco de septiembre de 2003, se acordó la transmisión a cuenta de la titularidad que ostentaba el Ayuntamiento sobre una porción indivisa del 88,2718 % de la parcela C1 del Sector Residencial S.R.2 – Los Llanos, equivalente a

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4.413,59 U.A., en virtud del Proyecto de Compensación del citado Sector, así como la emisión de la factura correspondiente a dicha entrega.

Visto que mediante las actas levantadas con fecha del día de hoy, veinte de noviembre de

2003, la Administración municipal ha recibido las obras de urbanización del Sector Residencial S.R.2 – Los Llanos, así como las obras complementarias a dicha de urbanización a que se refiere el Convenio suscrito con la mercantil: “Los Llanos de Portugalete, Promociones y Construcciones S.A.”, con fecha 11 de enero de 2001 y su modificación, aprobada por el Pleno de la Corporación en sesión de treinta de octubre de 2003, procede la rectificación de la factura emitida el veinticinco de septiembre, para ajustarla a la realidad de la obra recepcionada y, en consecuencia, vistas las facultades que atribuye a esta Alcaldía la legislación de pertinente aplicación, es por lo que VENGO EN DISPONER:

PRIMERO- Rectificar el Decreto de esta Alcaldía, emitido el veinticinco de septiembre de dos mil tres, por el que se ordenaba la emisión de una factura por importe de dos millones quinientos cuarenta y cuatro mil cuatrocientos cuarenta euros y diecinueve céntimos (2.544.440,19 €) de principal y cuatrocientos siete mil ciento diez euros y cuarenta y tres céntimos (407.110,43 €) en concepto de I.V.A, correspondiente a la entrega de la titularidad de la parcela C1 del Sector Residencial S.R.2 – Los Llanos, debiendo ajustarse el valor de la entrega al de obra recibida en contraprestación por la Administración Municipal a cuyo efecto deberá sustituirse por una nueva factura que se emitirá por importe DOS MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y OCHO EUROS Y OCHENTA Y UN CÉNTIMOS (2.753.888,81 €) de principal y CUATROCIENTOS CUARENTA MIL SEISCIENTOS VEINTIDÓS EUROS Y VEINTIÚN CÉNTIMOS (440.622,21 €) en concepto de I.V.A., así como la correspondiente factura de abono que anule la emitida con fecha 25 de septiembre de 2003. SEGUNDO.- Dar conocimiento del presente Decreto al Pleno de la Corporación, en la siguiente sesión que celebre.” 3.02.-DAR CUENTA DEL DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 20 DE NOVIEMBRE DE

2003, RELATIVO A FORMALIZACIÓN DE ESCRITURA PÚBLICA DE LA TRANSMISIÓN DE LA PLENA PROPIEDAD DE LA PARCELA B1 DEL S.R.2-LOS LLANOS.

El Sr. Alcalde-Presidente, D. MIKEL CABIECES GARCIA, recuerda a los asistentes que conocen el contenido del Decreto, pues se les ha remitido copia junto con el orden del día y, si ninguno de los presentes lo precisa, se excusará su lectura, reproduciéndose su contenido en el acta de la sesión, que resulta del siguiente tenor literal:

“El Pleno de la Corporación, en sesión de 5 de noviembre de 2003, adoptó acuerdo por el que aprobó la cesión gratuita, a favor de la sociedad pública municipal DEPORTIVA MUNICIPAL DE PORTUGALETE S.A. – SOCIEDAD UNIPERSONAL, de la parcela, de titularidad municipal, identificada como B1 en el Sector Residencial S.R.2 – Los Llanos, Inscrita en el Registro de la Propiedad de Portugalete, al tomo 1245, libro 414, folio 151, finca 28567, y es por lo que, en ejecución de dicho acuerdo

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PORTUGALETE ACTA PLENO 17.12.03

Dto. de Secretaría Tel. 944729202 Ayto. Portugalete NIF.: “P-4809100-C Telf..: “944729200 Fax.: “944729299

VENGO EN DISPONER:

PRIMERO- Formalizar en Escritura Pública la transmisión de la plena propiedad de la parcela B1 del Sector Residencial S.R.2 – Los Llanos, equivalente a 4.197,04 U.A., en virtud del Proyecto de Compensación del citado Sector aprobado definitivamente mediante resolución municipal de 9 de agosto de 1999. SEGUNDO.- Emitir la factura correspondiente a la anterior entrega, por importe de cero euros, correspondiente a la cesión gratuita efectuada y TRESCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS SEIS EUROS (382.206 €) en concepto de I.V.A., correspondiente al 16% de la Base Imponible de 2.388.787,49 €). TERCERO.- Dar conocimiento del presente Decreto al Pleno de la Corporación, en la siguiente sesión que celebre.” 3.03.-DAR CUENTA DEL DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 25 DE NOVIEMBRE,

RELATIVO A APROBACIÓN DE GENERACIÓN DE CRÉDITOS. EXPEDIENTE Nº 104/03.

El Sr. Alcalde-Presidente, D. MIKEL CABIECES GARCIA, recuerda a los asistentes que conocen el contenido del Decreto, pues se les ha remitido copia junto con el orden del día y, si ninguno de los presentes lo precisa, se excusará su lectura, reproduciéndose su contenido en el acta de la sesión, que resulta del siguiente tenor literal: “Visto el expediente número 104/03 relativo a GENERACIÓN DE CRÉDITOS POR INGRESOS previsto en el artículo 18 de la Norma Municipal de Ejecución Presupuestaria vigente. Considerando que según informa el Sr. Interventor, el expediente está ajustado a los requisitos exigidos en ésa Norma y habida cuenta de la obtención de los siguientes recursos no previstos en el presupuesto en vigor, procedentes de la subvención del Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social del Gobierno Vasco , con objeto de financiar la contratación de personal de refuerzo de los Servicios Sociales de este Ayuntamiento por un importe de 114.377,77.- euros De conformidad con las facultades que atribuye a esta Alcaldía el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, y demás legislación de pertinente aplicación, es por lo que VENGO EN DISPONER: PRIMERO. La aprobación de la generación de créditos de conformidad a las finalidades que a continuación se precisan: El ingreso procedente del Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social del Gobierno Vasco, por un importe de 114.377,77.- euros.

AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 9 DE

PORTUGALETE ACTA PLENO 17.12.03

Dto. de Secretaría Tel. 944729202 Ayto. Portugalete NIF.: “P-4809100-C Telf..: “944729200 Fax.: “944729299

Dicho ingreso se aplicará a la realización del nuevo gasto no previsto correspondiente a la financiación de la contratación de personal de refuerzo de los Servicios Sociales de este Ayuntamiento por un importe de 114.377,77.- euros Siendo esta resolución firme y ejecutiva sin necesidad de más trámites, por lo que se procederá por los servicios de Intervención a introducir las modificaciones de créditos aprobadas en la contabilidad de la Corporación con efectos inmediatos, conforme al siguiente detalle: Subcpto.

Iº Denominación Prev.inicial Mayor Iº euros

410.51 Subvenc.Gob.Vasco:Personal Refuerzo S.S. 0 114.377,77 T o t a l 0 114.377,77 2.- El establecimiento de la correlación entre el ingreso finalista obtenido y el crédito de gasto a generar, estableciéndose su fijación conforme a la siguiente determinación: Subcpto. Iº Importe Mayor Iº Nº Proy.Gasto Aplicac.Presup. Mayor Iº euros 410.51 114.377,77 ---- 06.3134.13102 114.377,77 En consecuencia, por tratarse de ingresos con carácter finalista corresponde la aprobación del expediente al Alcalde Presidente de la Corporación.” 3.04.-DAR CUENTA DEL DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 26 DE NOVIEMBRE DE

2003, RELATIVO A APROBACIÓN DE GENERACIÓN DE CRÉDITOS. EXPEDIENTE Nº 105/03.

El Sr. Alcalde-Presidente, D. MIKEL CABIECES GARCIA, recuerda a los asistentes que conocen el contenido del Decreto, pues se les ha remitido copia junto con el orden del día y, si ninguno de los presentes lo precisa, se excusará su lectura, reproduciéndose su contenido en el acta de la sesión, que resulta del siguiente tenor literal: “Visto el expediente número 105/03 relativo a GENERACIÓN DE CRÉDITOS POR INGRESOS previsto en el artículo 18 de la Norma Municipal de Ejecución Presupuestaria vigente. Considerando que según informa el Sr. Interventor, el expediente está ajustado a los requisitos exigidos en ésa Norma y habida cuenta de la obtención de los siguientes recursos no previstos en el presupuesto en vigor, procedentes de la subvención del Departamento de Empleo y Formación de la Diputación Foral de Bizkaia, con objeto de financiar 5 programas de Formación del Programa Lanera de Apoyo al Empleo por un importe de 53.181,05.- euros. De conformidad con las facultades que atribuye a esta Alcaldía el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, y demás legislación de pertinente aplicación, es por lo que VENGO EN DISPONER:

AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 10 DE

PORTUGALETE ACTA PLENO 17.12.03

Dto. de Secretaría Tel. 944729202 Ayto. Portugalete NIF.: “P-4809100-C Telf..: “944729200 Fax.: “944729299

PRIMERO. La aprobación de la generación de créditos de conformidad a las finalidades que a continuación se precisan: El ingreso procedente del Departamento de Empleo y Formación de la Diputación Foral de Bizkaia, por un importe de 53.181,05.- euros. Dicho ingreso se aplicará a la realización del nuevo gasto no previsto correspondiente a la financiación de 5 programas de Formación del Programa Lanera de Apoyo al Empleo por un importe de 53.181,05.- euros. Siendo esta resolución firme y ejecutiva sin necesidad de más trámites, por lo que se procederá por los servicios de Intervención a introducir las modificaciones de créditos aprobadas en la contabilidad de la Corporación con efectos inmediatos, conforme al siguiente detalle: Subcpto. Iº Denominación Prev.inicial Mayor Iº euros 420.59 Subvenc.Diput.Foral:Prog.Empleo y

Form. 0 53.181,05

T o t a l 0 53.181,05

2.- El establecimiento de la correlación entre el ingreso finalista obtenido y el crédito de gasto a generar, estableciéndose su fijación conforme a la siguiente determinación: Subcpto. Iº Importe Mayor Iº Nº Proy.Gasto Aplicac.Presup. Mayor Iº euros 420.59 53.181,05 ----- 02.3228.22799 53.181,05

En consecuencia, por tratarse de ingresos con carácter finalista corresponde la aprobación del expediente al Alcalde Presidente de la Corporación.” 3.05.-DAR CUENTA DEL DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 27 DE NOVIEMBRE DE

2003, RELATIVO A APROBACIÓN DE GENERACIÓN DE CRÉDITOS. EXPEDIENTE Nº 103/03.

El Sr. Alcalde-Presidente, D. MIKEL CABIECES GARCIA, recuerda a los asistentes que conocen el contenido del Decreto, pues se les ha remitido copia junto con el orden del día y, si ninguno de los presentes lo precisa, se excusará su lectura, reproduciéndose su contenido en el acta de la sesión, que resulta del siguiente tenor literal: “Visto el expediente número 103/03 relativo a GENERACIÓN DE CRÉDITOS POR INGRESOS previsto en el artículo 18 de la Norma Municipal de Ejecución Presupuestaria vigente. Considerando que según informa el Sr. Interventor, el expediente está ajustado a los requisitos exigidos en ésa Norma y habida cuenta de la obtención de los siguientes recursos no previstos en el presupuesto en vigor, procedentes de la subvención de la Viceconsejería de Trabajo y Seguridad Social del Gobierno Vasco con motivo del Convenio de Colaboración que ha de suscribirse por este Ayuntamiento y la mencionada Entidad, con objeto de financiar el Proyecto de:

AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 11 DE

PORTUGALETE ACTA PLENO 17.12.03

Dto. de Secretaría Tel. 944729202 Ayto. Portugalete NIF.: “P-4809100-C Telf..: “944729200 Fax.: “944729299

“Reciclaje de Administrativas” por un importe de 94.639.,04.- euros, de los cuales 10.122,00.- euros deberán ser para gastos de formación de este ejercicio. De conformidad con las facultades que atribuye a esta Alcaldía el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, y demás legislación de pertinente aplicación, es por lo que VENGO EN DISPONER: PRIMERO. La aprobación de la generación de créditos de conformidad a las finalidades que a continuación se precisan: El ingreso procedente del la Viceconsejería de Trabajo y Seguridad Social del Gobierno Vasco con motivo del Convenio de Colaboración que ha de suscribirse por este Ayuntamiento y la mencionada Entidad, por un importe de 94.639.,04.- euros, de los cuales 10.122,00.- euros deberán ser para gastos de formación de este ejercicio. Dicho ingreso se aplicará a la realización del nuevo gasto no previsto correspondiente a la financiación del Proyecto de: “Reciclaje de Administrativas” por un importe de 94.639.,04.- euros, de los cuales 10.122,00.- euros deberán ser para gastos de formación de este ejercicio. Siendo esta resolución firme y ejecutiva sin necesidad de más trámites, por lo que se procederá por los servicios de Intervención a introducir las modificaciones de créditos aprobadas en la contabilidad de la Corporación con efectos inmediatos, conforme al siguiente detalle: Subcpto. Iº Denominación Prev.inicial Mayor Iº euros 410.06 Subvenc.Gob.Vasco:Parados Larga Durac. 0 10.122,00 T o t a l 0 10.122,00

2.- El establecimiento de la correlación entre el ingreso finalista obtenido y el crédito de gasto a generar, estableciéndose su fijación conforme a la siguiente determinación: Subcpto. Iº Importe Mayor Iº Nº Proy.Gasto Aplicac.Presup. Mayor Iº euros 410.06 10.122,00 ------- 02.3225.16301 10.122,00

En consecuencia, por tratarse de ingresos con carácter finalista corresponde la aprobación del expediente al Alcalde Presidente de la Corporación.” 3.06.-DAR CUENTA DEL DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 27 DE NOVIEMBRE DE

2003, RELATIVO A NOMBRAMIENTO DE D. ANGEL ANERO MURGA COMO CONCEJAL DELEGADO DEL AREA DE COMUNICACIÓN.

El Sr. Alcalde-Presidente, D. MIKEL CABIECES GARCIA, recuerda a los asistentes que conocen el contenido del Decreto, pues se les ha remitido copia junto con el orden del día y, si ninguno de los presentes lo precisa, se excusará su lectura, reproduciéndose su contenido en el acta de la sesión, que resulta del siguiente tenor literal:

AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 12 DE

PORTUGALETE ACTA PLENO 17.12.03

Dto. de Secretaría Tel. 944729202 Ayto. Portugalete NIF.: “P-4809100-C Telf..: “944729200 Fax.: “944729299

“Mediante Decreto de Alcaldía de 20 de junio de 2003, se nombró a Dña. Esther Cabezudo Martínez concejala delegada del Área de Comunicación del Ayuntamiento. Visto el artículo13.6 de la Ley 30/92 de procedimiento administrativo y artículos 43 y 44 del Reglamento de Organización y funcionamiento del régimen jurídico de las Entidades Locales. VENGO EN DISPONER. PRIMERO. Revocar a Dña. Esther Cabezudo Martínez el nombramiento otorgado mediante decreto de fecha 20 de junio de 2003, como concejala delegada del Área de Comunicación. SEGUNDO. Nombrar a D. Angel Anero Murga, Concejal delegado del Área de Comunicación. TERCERO. El concejal designado ejercerá la delegación conferida con plena responsabilidad disponiendo de la facultad de dirección del Área; así como de incoación, gestión e impulso de todos los expedientes que les correspondan por razón de la materia, con exclusión de la facultad de resolución mediante actos administrativos. CUARTO. Publicar el presente decreto en el Boletín oficial de Bizkaia, dando cuenta del mismo además de al interesado, al Pleno municipal en la siguiente sesión que celebre.” 3.07.-DAR CUENTA DEL DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 27 DE NOVIEMBRE DE

2003, RELATIVO A DEJAR SIN EFECTO EL NOMBRAMIENTO DE D. ANGEL ANERO MURGA COMO PERSONAL EVENTUAL.

El Sr. Alcalde-Presidente, D. MIKEL CABIECES GARCIA, recuerda a los asistentes que conocen el contenido del Decreto, pues se les ha remitido copia junto con el orden del día y, si ninguno de los presentes lo precisa, se excusará su lectura, reproduciéndose su contenido en el acta de la sesión, que resulta del siguiente tenor literal: “Visto el Decreto de Alcaldía de 30 de junio de 2003, por el que se nombra a D. Angel Anero Murga, personal eventual del Ayuntamiento de Portugalete. Visto lo dispuesto en el artículo104.2 de la Ley 7/1.985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local VENGO EN DISPONER: PRIMERO Dejar sin efecto a partir del día 27 de noviembre de 2003 el nombramiento de D. Angel Anero Murga como personal eventual del Ayuntamiento de Portugalete. SEGUNDO. Ordenar que se dé de baja a D. Angel Anero en el Régimen general de la Seguridad Social como personal eventual con efecto a dicha fecha

AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 13 DE

PORTUGALETE ACTA PLENO 17.12.03

Dto. de Secretaría Tel. 944729202 Ayto. Portugalete NIF.: “P-4809100-C Telf..: “944729200 Fax.: “944729299

TERCERO. Notificar el presente decreto además de al interesado al Departamento de Régimen interior, y al Departamento de Intervención. Asimismo, notificar la presente resolución al Pleno municipal en la siguiente sesión que celebre.” 3.08.-DAR CUENTA DEL DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 27 DE NOVIEMBRE DE

2003, RELATIVO A LIBERAR EN RÉGIMEN DE DEDICACIÓN EXCLUSIVA A D. ANGEL ANERO MURGA.

El Sr. Alcalde-Presidente, D. MIKEL CABIECES GARCIA, recuerda a los asistentes que conocen el contenido del Decreto, pues se les ha remitido copia junto con el orden del día y, si ninguno de los presentes lo precisa, se excusará su lectura, reproduciéndose su contenido en el acta de la sesión, que resulta del siguiente tenor literal: “Visto el contenido del acuerdo Pleno de fecha 27 de junio de 2003, en el que se establece la relación de cargos para la legislatura 2003-2007 que podrán desempeñar sus tareas en régimen de dedicación exclusiva o parcial con derecho a retribución., entre los que se cita a los tenientes de Alcalde Habiendo designado, mediante decreto de Alcaldía de fecha 27 de noviembre de 2003, a D. Angel Anero Murga séptimo teniente de Alcalde del Ayuntamiento. De conformidad con el artículo75 de la Ley 7/1.985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local VENGO EN DISPONER: PRIMERO. Liberar en régimen de dedicación exclusiva a D. Angel Anero Murga (séptimo teniente de Alcalde del Ayuntamiento) para el ejercicio de las funciones propias de su cargo. SEGUNDO. Fijar, por expreso deseo del Sr. Anero, como retribución a percibir la contemplada en el Decreto de Alcaldía de fecha 30 de junio de 2003 por el que se nombró al Sr. Anero personal eventual del Ayuntamiento. Dicha retribución estará vigente hasta que el Sr. concejal manifieste lo contrario. TERCERO. El régimen de liberación dará comienzo el día 27 de noviembre de 2003., fecha en la que también se practicará el alta en el Régimen general de la Seguridad Social CUARTO. Notificar el presente decreto además de al interesado, a los Departamentos de Régimen interior e Intervención para su toma de razón; asimismo Dar cuenta del presente decreto al Pleno del Ayuntamiento en la siguiente sesión que celebre.” 3.09.-DAR CUENTA DEL DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 27 DE NOVIEMBRE DE

2003, RELATIVO A NOMBRAMIENTO DE D. ANGEL ANERO MURGA COMO MIEMBRO DE LA COMISIÓN DE GOBIERNO Y SÉPTIMO TENIENTE DE ALCALDE.

AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 14 DE

PORTUGALETE ACTA PLENO 17.12.03

Dto. de Secretaría Tel. 944729202 Ayto. Portugalete NIF.: “P-4809100-C Telf..: “944729200 Fax.: “944729299

El Sr. Alcalde-Presidente, D. MIKEL CABIECES GARCIA, recuerda a los asistentes que conocen el contenido del Decreto, pues se les ha remitido copia junto con el orden del día y, si ninguno de los presentes lo precisa, se excusará su lectura, reproduciéndose su contenido en el acta de la sesión, que resulta del siguiente tenor literal: “Vistos los decretos de fecha 16 de junio de 2003, y 4 de julio de 2003 en los que se nombra respectivamente a Doña Esther Cabezudo Martínez (PSE-EE-PSOE) miembro de la comisión de gobierno y tercer teniente de Alcalde del Ayuntamiento de Portugalete. Visto lo dispuesto en los artículos 23.1 y 21.2 de la Ley 7/1.985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local VENGO EN DISPONER: “ PRIMERO. Dejar sin efecto el nombramiento de Doña Esther Cabezudo Martínez como miembro de la Comisión de Gobierno y como tercer teniente de Alcalde SEGUNDO. Nombrar a D. Angel Anero Murga (PSE-EE-PSOE), miembro de la Comisión de gobierno. TERCERO. Designar Séptimo teniente de Alcalde a D. Angel Anero Murga (PSE-EE-PSOE) CUARTO. Modificar el orden de nombramiento de los tenientes de Alcalde (consignado en decreto de Alcaldía de fecha 16 de junio de 2003), quedando establecido el siguiente orden: Tercer teniente de Alcalde: “D .Mikel Torres Lorenzo (PSE-EE-PSOE) Cuarto teniente de Alcalde: “D. Gorka Etxabe de Pablos (PSE-EE-PSOE) Sexto Teniente de Alcalde: “D. Juan José Ibáñez Lejonagoitia (PSE-EE-PSOE) QUINTO. Publicar el presente decreto en el Boletín oficial de Bizkaia, así como a los concejales afectados y a los departamentos correspondientes. Asimismo, dar cuenta del citado decreto al Pleno municipal en la siguiente sesión que celebre.” 3.10.-DAR CUENTA DEL DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 28 DE NOVIEMBRE DE

2003, RELATIVO A APROBACIÓN DE GENERACIÓN DE CRÉDITOS. EXPEDIENTE Nº 106/03.

El Sr. Alcalde-Presidente, D. MIKEL CABIECES GARCIA, recuerda a los asistentes que conocen el contenido del Decreto, pues se les ha remitido copia junto con el orden del día y, si ninguno de los presentes lo precisa, se excusará su lectura, reproduciéndose su contenido en el acta de la sesión, que resulta del siguiente tenor literal: “Visto el expediente número 106/03 relativo a GENERACIÓN DE CRÉDITOS POR INGRESOS previsto en el artículo 18 de la Norma Municipal de Ejecución Presupuestaria vigente.

AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 15 DE

PORTUGALETE ACTA PLENO 17.12.03

Dto. de Secretaría Tel. 944729202 Ayto. Portugalete NIF.: “P-4809100-C Telf..: “944729200 Fax.: “944729299

Considerando que según informa el Sr. Interventor, el expediente está ajustado a los requisitos exigidos en ésa Norma y habida cuenta de la obtención de los siguientes recursos no previstos en el presupuesto en vigor, procedentes de la subvención del Departamento de Obras Públicas de la Diputación Foral de Bizkaia, con objeto de financiar las Obras del Proyecto de Paseo Peatonal en Calle Sotera de la Mier por un importe de 2.404.409.- euros, de los cuales fueron ingresados y habilitados en el ejercicio anterior 1.300.000.- euros y el resto 1.104.409.- euros son los que generan crédito en este Expediente. De conformidad con las facultades que atribuye a esta Alcaldía el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, y demás legislación de pertinente aplicación, es por lo que VENGO EN DISPONER: PRIMERO. La aprobación de la generación de créditos de conformidad a las finalidades que a continuación se precisan: El ingreso procedente del la subvención del Departamento de Obras Públicas de la Diputación Foral de Bizkaia, por un importe de 2.404.409.- euros, de los cuales fueron ingresados y habilitados en el ejercicio anterior 1.300.000.- euros y el resto 1.104.409.- euros son los que generan crédito en este Expediente. Dicho ingreso se aplicará a la realización del nuevo gasto no previsto correspondiente a la financiación de las Obras del Proyecto de Paseo Peatonal en Calle Sotera de la Mier por un importe de 2.404.409.- euros, de los cuales fueron ingresados y habilitados en el ejercicio anterior 1.300.000.- euros y el resto 1.104.409.- euros son los que generan crédito en este Expediente. Siendo esta resolución firme y ejecutiva sin necesidad de más trámites, por lo que se procederá por los servicios de Intervención a introducir las modificaciones de créditos aprobadas en la contabilidad de la Corporación con efectos inmediatos, conforme al siguiente detalle: Subcpto.

Iº Denominación Prev.inicial Mayor Iº euros

720.24 Subvenc.Diputac.Foral:Obras Urban.S.Mier 0 1.104.409,00 T o t a l 0 1.104.409,00

2.- El establecimiento de la correlación entre el ingreso finalista obtenido y el crédito de gasto a generar, estableciéndose su fijación conforme a la siguiente determinación: Subcpto. Iº Importe Mayor Iº Nº Proy.Gasto Aplicac.Presup. Mayor Iº euros 720.24 1.104.409,00 ----- 09.4325.60305 1.104.409,00 En consecuencia, por tratarse de ingresos con carácter finalista corresponde la aprobación del expediente al Alcalde Presidente de la Corporación.”

AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 16 DE

PORTUGALETE ACTA PLENO 17.12.03

Dto. de Secretaría Tel. 944729202 Ayto. Portugalete NIF.: “P-4809100-C Telf..: “944729200 Fax.: “944729299

3.11.-DAR CUENTA DEL DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 1 DE DICIEMBRE DE 2003, RELATIVO A DELEGACIÓN EN D. ANGEL ANERO MURGA LA FIRMA DE DOCUMENTOS PARA LA GESTIÓN ORDINARIA DE LAS AREAS DE SANIDAD, CONSUMO Y COMERCIO Y DROGODEPENDENCIAS.

El Sr. Alcalde-Presidente, D. MIKEL CABIECES GARCIA, recuerda a los asistentes que conocen el contenido del Decreto, pues se les ha remitido copia junto con el orden del día y, si ninguno de los presentes lo precisa, se excusará su lectura, reproduciéndose su contenido en el acta de la sesión, que resulta del siguiente tenor literal: “Visto el Decreto de 20 de junio de 2003, por el que se nombra a Doña Esther Cabezudo Martínez Concejala delegada de las Áreas de Sanidad, Consumo y Comercio; y Drogodependencias Visto que en la actualidad la citada concejala se encuentra en situación de baja por accidente de trabajo lo que le impide atender con puntualidad la gestión ordinaria del área a su cargo concretamente en lo que se refiere a la firma de cuantos documentos se generan; y visto que mediante Decreto de Alcaldía de fecha 10 de julio de 2003, el titular de la competencia recuperó las funciones que le habían sido delegadas Visto el artículo16 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que posibilita a los titulares de los órganos administrativos delegar la firma de sus resoluciones y actos administrativos VENGO EN DISPONER: PRIMERO Delegar a D. Angel Anero Murga, con efecto al día 28 de noviembre de 2003, la firma de cuantos documentos resulten necesarios para la gestión ordinaria de las áreas de Sanidad, Consumo y Comercio; y Drogodependencias, debiendo hacer constar la autoridad de procedencia en cuantas resoluciones y actos firme por delegación. SEGUNDO Delegar a D. Angel Anero Murga, con efecto al día 28 de noviembre de 2003, la facultad de incoación de los expedientes sancionadores relativos a las Áreas de Sanidad, Consumo y Comercio; y Drogodependencias debiendo abstenerse en las deliberaciones y votaciones del órgano colegiado del que forme parte y que sea competente para su resolución. TERCERO. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de Bizkaia, notificarla además de al interesado a los departamentos afectados; y dar cuenta de la misma en la siguiente sesión que celebre el Pleno municipal.”

AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 17 DE

PORTUGALETE ACTA PLENO 17.12.03

Dto. de Secretaría Tel. 944729202 Ayto. Portugalete NIF.: “P-4809100-C Telf..: “944729200 Fax.: “944729299

3.12.-DAR CUENTA DEL DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 1 DE DICIEMBRE DE

2003, RELATIVO A AUTORIZAR LA TRANSMISIÓN DE VIVIENDAS DE LA PARCELA B1 DEL S.R.2- LOS LLANOS A FAVOR DE LOS ADJUDICATARIOS.

El Sr. Alcalde-Presidente, D. MIKEL CABIECES GARCIA, recuerda a los asistentes que conocen el contenido del Decreto, pues se les ha remitido copia junto con el orden del día y, si ninguno de los presentes lo precisa, se excusará su lectura, reproduciéndose su contenido en el acta de la sesión, que resulta del siguiente tenor literal:

El Convenio suscrito, con fecha 11 de enero de 2001, entre el Ayuntamiento de Portugalete

y la mercantil “Los Llanos de Portugalete, Promociones y Construcciones, S.A.” para la gestión y ejecución de la urbanización de las zonas adyacentes, sistemas locales y sistemas generales conexos al sector Residencial S.R.2 – Los Llanos, establecía el procedimiento de adjudicación de las viviendas que habían de edificarse por la Promotora sobre la porción de la parcela B1 del citado Sector, inicialmente de titularidad municipal, así como que la transmisión de tales viviendas había de realizarse en las condiciones que se pactaron y ser autorizado expresamente por la Administración Municipal

Visto que, conforme a los antecedentes que obran en el Ayuntamiento se han respetado las

condiciones preestablecidas para la adjudicación de tales viviendas, conforme al contenido de la cláusula novena de dicho Convenio y así se desprende de las Actas levantadas, con la intervención de la Notaria de Portugalete, Dª Yolanda Fernández Sáinz, de fecha 9 de mayo de 2001 bajo el nº 1523 de su protocolo relativa al sorteo público practicado en aquella fecha y en la que consta la relación de adjudicatarios del sorteo y la lista de espera correspondiente, así como el Acta de fecha 25 de septiembre de 2003 bajo el nº 2.612 de su protocolo en la que se recogen las manifestaciones realizadas por la mercantil, y vistas las facultades que atribuye a esta Alcaldía la legislación de pertinente aplicación, es por lo que VENGO EN DISPONER:

PRIMERO- Autorizar que la transmisión de las viviendas edificadas por la mercantil “Los Llanos de Portugalete, Promociones y Construcciones S.A.” sobre la parcela B1 del Sector Residencial S.R.2 – Los Llanos, correspondientes a 4.197,04 m2 techo ponderados o unidades de aprovechamiento, que dicha mercantil ha adquirido, en virtud del Convenio suscrito con el Ayuntamiento de Portugalete y su modificación de 20 de noviembre de 2003, se realice a favor de los siguientes adjudicatarios:

AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 18 DE

PORTUGALETE ACTA PLENO 17.12.03

Dto. de Secretaría Tel. 944729202 Ayto. Portugalete NIF.: “P-4809100-C Telf..: “944729200 Fax.: “944729299

Nº orden

Vivienda (portal- piso)

Adjudicatario

1 2 Bajo A David Cristobal Carro 2 2 Bajo B Agustina Herrera Ontoria y Angel Gomez Espeso 3 2 1º A J. Jimenez Hernandez y Mª Adoración Iglesias Casado 4 2 1º B Angel Minguez Caballero y Gerardo Bravo de Medina Fernandez 5 2 2º A Ricardo Costoya Curros 6 2 2º B Imanol Arana Perez 7 2 3º A Mª Begoña Arranz Perote 8 2 3º B Cristina Revilla Dominguez 9 2 4º A Edurne Soto Rueda y Mª Jose Soto Rueda 10 2 4º B Jose Antonio Martinez Martinez 11 3 Bajo A Iñigo Soto Lopez 12 3 Bajo B Imanol Martin Asenjo 13 3 1º A Mª Carmen Franco Conquero y Jose Miguel Moreno Mayor 14 3 1º B Koldobika Uria Navaridas 15 3 2º A Mª Luisa Villamor Hedas y Oscar Martin Lerena 16 3 2º B Gorka Madariaga Gallo 17 3 3º A Eduardo Marcos Taboada 18 3 3º B Lorena Fernandez Guerra y David Narbaiza Asenjo 19 3 4º A Valavanera Marin Lerena 20 3 4º B Julia Bermudez Garcia 21 4 Bajo A Vicente Arias Bautista 22 4 Bajo B Juana Maria Castañón Gonzalez y Gorka Fernandez Dominguez 23 4 1º A Mª Belen Fonseca Perez 24 4 1º B Mª Esther Lavandeira Carreira y Raul Fernandez Revilla 25 4 2º A Begoña Supervia Garcia 26 4 2º B Igor Miranda Rodriguez 27 4 3º A Jose Ramón Cabezuelo Castro y Yolanda Ondarreta Gutierrez 28 4 3º B Nadia E. Trotta Lejarza 29 4 4º A Mª Mercedes Gonzalez Morla y Javier Perez Diaz 30 4 4º B David Vidal Fernandez y Leticia Gorbalan Telo 31 5 Bajo A Marta Lozano Alonso 32 5 Bajo B Unai Garmendia Fernandez 33 5 1º A Carlos Saiz Rabanal y Yolanda Alfageme Navarro 34 5 1º B Cristina Lerena Barneto y Jose Luis Ansual Barrio 35 5 2º A Ana Maria Novo Serantes y Fco. Javier Alonso Escudero 36 5 2º B Carlos Delgado Ferreiro 37 5 3º A Milagros Acha Calvo y Jose Luis Gonzalez Fuentes 38 5 3º B Cesarea Garcia Garcia e Isidoro Ceballos Sanz 39 5 4º A Rosa Baz Carranza y Alvaro Santamaria Pereda 40 5 4º B Silvia García Iglesias y Francisco Javier Capilla Ledesma SEGUNDO.- Comunicar a la mercantil “Los Llanos de Portugalete, Promociones y Construcciones S.A.” que, conforme a los pactos suscritos entre ambas partes, las citadas viviendas han accedido al mercado inmobiliario a un precio tasado, cifrado en el Convenio en 261.146 pta/m2

AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 19 DE

PORTUGALETE ACTA PLENO 17.12.03

Dto. de Secretaría Tel. 944729202 Ayto. Portugalete NIF.: “P-4809100-C Telf..: “944729200 Fax.: “944729299

de uso residencial construido y, en consecuencia, en las Escrituras de transmisión habrá de hacer constar expresamente las siguientes obligaciones: PLAZO DE OCUPACIÓN Las viviendas deberán ser ocupadas, salvo causa justificada y autorizada expresamente por el Ayuntamiento, en el plazo máximo de UN AÑO desde la firma de la oportuna escritura pública, no admitiéndose a estos efectos su entrega en arrendamiento a favor de terceras personas. DERECHOS DE ADQUISICIÓN PREFERENTE A FAVOR DEL EXCELENTÍSIMO AYUNTAMIENTO DE PORTUGALETE La parte compradora no podrá enajenar la vivienda hasta que hayan transcurrido CINCO años contados desde el otorgamiento de la escritura pública de venta, salvo a favor del Excmo Ayuntamiento de Portugalete, quien la recuperará al precio que resulte del precio satisfecho en la adquisición, incrementado en el I.P.C correspondiente. TANTEO Y RETRACTO. En las transmisiones onerosas que se verifiquen en el plazo de CINCO AÑOS a partir de la presente escritura de venta, el Ayuntamiento de Portugalete, conforme a los pactos establecidos con la Mercantil aquí vendedora, y en base a lo anteriormente citado, podrá ejercitar el derecho de TANTEO Y RETRACTO, en el caso de que la aquí compradora o los sucesivos titulares de la finca, quiera vender el inmueble objeto de la venta en esta escritura, de conformidad con lo siguiente: El plazo para el ejercicio del derecho de tanteo, será de UN MES desde la fecha en que el Ayuntamiento reciba fehaciente y formalmente la notificación de la intención de vender la finca por la parte compradora, expresando el precio de la venta, la persona física o jurídica adquirente, y demás condiciones de las que pueda depender la transmisión del dominio. Transcurrido este plazo sin notificación fehaciente del Ayuntamiento, se entenderá que desiste del derecho establecido a su favor en éste párrafo. Asimismo la venta y sus condiciones, una vez documentada, deberá notificarse al Ayuntamiento de Portugalete, titular del derecho de tanteo y retracto en el plazo de UN MES desde su otorgamiento. Caso de falta de notificación previa, o por no haberse concertado la compraventa conforme a las condiciones notificadas, el Ayuntamiento de Portugalete, podrá ejercitar el derecho de retracto, en el plazo de UN MES desde la notificación o caso de falta desde que hubiera tenido conocimiento de la venta. En consecuencia, si el Ayuntamiento de Portugalete, utiliza este derecho en el plazo establecido, la compradora vendrá obligada a vender o retrovender (en su caso) la finca, fijándose como precio el que resulte del precio satisfecho en la adquisición, incrementado en el I.P.C correspondiente. TERCERO.- Dar conocimiento del presente Decreto al Pleno de la Corporación, en la siguiente sesión que celebre”. 3.13.-DAR CUENTA DEL DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 1 DE DICIEMBRE DE

2003, RELATIVO A DELEGACIÓN DE LA FACULTAD DE AUTORIZAR MATRIMONIO EN EL CONCEJAL D. JOSE MIGUEL PEREZ LARRINAGA.

El Sr. Alcalde-Presidente, D. MIKEL CABIECES GARCIA, recuerda a los asistentes que conocen el contenido del Decreto, pues se les ha remitido copia junto con el orden del día y, si ninguno de

AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 20 DE

PORTUGALETE ACTA PLENO 17.12.03

Dto. de Secretaría Tel. 944729202 Ayto. Portugalete NIF.: “P-4809100-C Telf..: “944729200 Fax.: “944729299

los presentes lo precisa, se excusará su lectura, reproduciéndose su contenido en el acta de la sesión, que resulta del siguiente tenor literal: “Nuestro centenario Código Civil determina la competencia del Alcalde para autorizar el matrimonio en forma civil en aquellos municipios, que como el nuestro, no cuentan con Juez de Primera Instancia Encargado del Registro Civil, si bien la Ley 35/1.995 de 23 de diciembre, modificó determinados artículos del Código Civil, generalizando a todos los municipios el régimen competencial de celebración de matrimonios.

Por otra parte viene siendo habitual en el actual mandato municipal el deseo de vecinos de nuestro municipio de ser casados por la Autoridad Municipal, aunque también el Juez de Paz pueda realizar tal acto, existiendo por parte de esta Alcaldía plena comprensión para facilitar a los vecinos la realización de tal importante decisión de su esfera personal.

La Legislación local permite que determinadas facultades del Alcalde puedan ser delegadas por éste en favor de otros Concejales aunque no pertenezcan a la Comisión de Gobierno, encontrándose la de autorizar el matrimonio entre las facultades que pueden ser objeto de delegación a cualquier Concejal de la Corporación, que tendría la naturaleza y régimen jurídico asignada a las delegaciones especiales para cometido específico. Y habiendo solicitado el Concejal D. JOSE MIGUEL PEREZ LARRINAGA ser delegado por esta Alcaldía para autorizar el matrimonio que en la parte dispositiva constará y vistas las facultades que la legislación vigente atribuye a esta Alcaldía, en particular Ley 7/1.985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, artículos 21 y 23.4, y restante legislación de pertinente aplicación: VENGO EN DISPONER: Primero: “Delegar en el Concejal D. JOSE MIGUEL PEREZ LARRINAGA, la facultad de autorizar el matrimonio de D. Marco Guglielmino y Dª Miren Gotzone Bilbao Busto, a celebrar en esta Casa Consistorial el próximo día 5 de diciembre de 2003. Segundo: “El presente Decreto entrará en vigor al siguiente día de la fecha de su firma, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Bizkaia. Tercero. El presente Decreto será notificado a todos los interesados y se dará cuenta al Pleno, para su conocimiento, en la siguiente sesión que celebre.” 3.14.-DAR CUENTA DEL DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 1 DE DICIEMBRE DE

2003, RELATIVO A APROBACIÓN DE GENERACIÓN DE CRÉDITOS. EXPEDIENTE Nº 107/03

El Sr. Alcalde-Presidente, D. MIKEL CABIECES GARCIA, recuerda a los asistentes que conocen el contenido del Decreto, pues se les ha remitido copia junto con el orden del día y, si ninguno de los presentes lo precisa, se excusará su lectura, reproduciéndose su contenido en el acta de la sesión, que resulta del siguiente tenor literal:

AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 21 DE

PORTUGALETE ACTA PLENO 17.12.03

Dto. de Secretaría Tel. 944729202 Ayto. Portugalete NIF.: “P-4809100-C Telf..: “944729200 Fax.: “944729299

“Visto el expediente número 107/03 relativo a GENERACIÓN DE CRÉDITOS POR INGRESOS previsto en el artículo 18 de la Norma Municipal de Ejecución Presupuestaria vigente. Considerando que según informa el Sr. Interventor, el expediente está ajustado a los requisitos exigidos en ésa Norma y habida cuenta de la obtención de los siguientes recursos no previstos en el presupuesto en vigor, procedentes de la subvención de la Viceconsejería de Cultura, Juventud y Deportes del Gobierno Vasco, con objeto de financiar actividades destinadas a la promoción de niños y jóvenes de la lectura y el uso de las Bibliotecas Públicas por un importe de 2.607,00.- euros . De conformidad con las facultades que atribuye a esta Alcaldía el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, y demás legislación de pertinente aplicación, es por lo que VENGO EN DISPONER: PRIMERO. La aprobación de la generación de créditos de conformidad a las finalidades que a continuación se precisan: El ingreso procedente de la Viceconsejería de Cultura, Juventud y Deportes del Gobierno Vasco, por un importe de 2.607,00.- euros . Dicho ingreso se aplicará a la realización del nuevo gasto no previsto correspondiente a la financiación de actividades destinadas a la promoción de niños y jóvenes de la lectura y el uso de las Bibliotecas Públicas por un importe de 2.607,00.- euros. Siendo esta resolución firme y ejecutiva sin necesidad de más trámites, por lo que se procederá por los servicios de Intervención a introducir las modificaciones de créditos aprobadas en la contabilidad de la Corporación con efectos inmediatos, conforme al siguiente detalle: Subcpto. Iº Denominación Prev.inicial Mayor Iº euros 410.49 Subvenc.Gob.Vasco:Promoc.Lect.infan.y

j 0 2.607,00

T o t a l 0 2.607,00 2.- El establecimiento de la correlación entre el ingreso finalista obtenido y el crédito de gasto a generar, estableciéndose su fijación conforme a la siguiente determinación: Subcpto. Iº Importe Mayor Iº Nº Proy.Gasto Aplicac.Presup. Mayor Iº euros 410.49 2.607,00 ------ 08.4514.22699 2.607,00

En consecuencia, por tratarse de ingresos con carácter finalista corresponde la aprobación del expediente al Alcalde Presidente de la Corporación.”

AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 22 DE

PORTUGALETE ACTA PLENO 17.12.03

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3.15.-DAR CUENTA DEL DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 1 DE DICIEMBRE DE 2003, RELATIVO A APROBACIÓN DE TRANSFERENCIAS DE CRÉDITOS. EXPEDIENTE Nº 108/03

El Sr. Alcalde-Presidente, D. MIKEL CABIECES GARCIA, recuerda a los asistentes que conocen el contenido del Decreto, pues se les ha remitido copia junto con el orden del día y, si ninguno de los presentes lo precisa, se excusará su lectura, reproduciéndose su contenido en el acta de la sesión, que resulta del siguiente tenor literal: “Visto el expediente número 108/03, relativo a transferencias de crédito entre partidas de gastos correspondientes al vigente Presupuesto de la Corporación, afectan a partidas de gastos del Presupuesto vigente pertenecientes a los mismos grupos de función, o bien tratándose de transferencias entre distinto grupos de función afecten a créditos de personal. Considerando que según informa el Sr. Interventor, el expediente está ajustado a los requisitos exigidos por los artículos 160 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales y artículo 40 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril de Presupuestos de las Entidades Locales y el artículo17 de las Bases de Ejecución Presupuestaria vigente. De conformidad con las facultades que me vienen conferidas por el Art. 21 de la Ley 7/85, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en relación con el artículo 41 del Reglamento, aprobado por Real Decreto 2.568/86, de 28 de noviembre, y es por lo que, VENGO EN DISPONER PRIMERO. La aprobación de las transferencias de crédito según se propone en el expediente, que en conjunto son las siguientes: Partidas de Gastos con Créditos en baja

Partida Presupuest.

Denominación

Código Proyecto

Crédito Inicial €

Importe euros

05.6222.22699 Otros Gtos.Diversos ---- 6.000,00 6.000,00 Total Bajas de Crédito ---- 6.000,00 6.000,00

Partidas de Gastos con altas de crédito

Partida Presupuest.

Denominación

Código Proyecto

Crédito Inicial €

Importe euros

05.6222.48101 Transf.a Inst.sin fines Lucro ----- 13.109,27 6.000,00 Total Altas de Crédito ----- 13.109,27 6.000,00

El total de altas de créditos es igual a las bajas, siendo esta resolución firme y ejecutiva sin necesidad de más trámites, por lo que se procederá por los servicios de Intervención a introducir las modificaciones de créditos aprobadas en la contabilidad de la Corporación con efectos inmediatos.” 3.16.-DAR CUENTA DEL DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 2 DE DICIEMBRE DE

2003, RELATIVO A NOMBRAMIENTO DE D. ANGEL ANERO MURGA COMO

AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 23 DE

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VICEPRESIDENTE DE LAS COMISIONES INFORMATIVAS DE SANIDAD, CONSUMO Y COMERCIO Y DROGODEPENDENCIAS.

El Sr. Alcalde-Presidente, D. MIKEL CABIECES GARCIA, recuerda a los asistentes que conocen el contenido del Decreto, pues se les ha remitido copia junto con el orden del día y, si ninguno de los presentes lo precisa, se excusará su lectura, reproduciéndose su contenido en el acta de la sesión, que resulta del siguiente tenor literal:

“Visto el Decreto de Alcaldía de fecha 4 de julio de 2003, en el que se delega la presidencia efectiva de las Comisiones Informativas Permanentes del Ayuntamiento de Portugalete

Visto lo dispuesto en el artículo 126 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales VENGO EN DISPONER: Modificar el decreto de 4 julio de 2003, quedando como sigue: “

PRIMERO.- Revocar la delegación de la presidencia efectiva de la Comisión Informativa Permanente de Comunicación conferida a Doña Esther Cabezudo Martínez, y otorgársela a D. Angel Anero Murga, Concejal responsable del Área de Comunicación desde el día 27 de noviembre de 2003.

SEGUNDO.- Revocar la Vicepresidencia efectiva de las Comisiones Informativas Permanentes de Sanidad, Consumo y Comercio; y Drogodependencias atribuidas a D. Gorka Etxabe de Pablos y a Doña Beatriz Moreno Mínguez respectivamente.

TERCERO. Nombrar a Don Angel Anero Murga Vicepresidente de las Comisiones Informativas Permanentes de Sanidad, Consumo y Comercio; y Drogodependencias. Dar cuenta del presente decreto, además de a los interesados, a las Áreas afectadas y al Pleno de la Corporación en la siguiente sesión que celebre.” 3.17.-DAR CUENTA DEL DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 3 DE DICIEMBRE DE

2003, RELATIVO A APROBACIÓN DE TRANSFERENCIAS DE CRÉDITOS. EXPEDIENTE Nº 109/03

El Sr. Alcalde-Presidente, D. MIKEL CABIECES GARCIA, recuerda a los asistentes que conocen el contenido del Decreto, pues se les ha remitido copia junto con el orden del día y, si ninguno de los presentes lo precisa, se excusará su lectura, reproduciéndose su contenido en el acta de la sesión, que resulta del siguiente tenor literal: “Visto el expediente número 109/03, relativo a transferencias de crédito entre partidas de gastos correspondientes al vigente Presupuesto de la Corporación, afectan a partidas de gastos del Presupuesto vigente pertenecientes a los mismos grupos de función, o bien tratándose de transferencias entre distinto grupos de función afecten a créditos de personal.

AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 24 DE

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Considerando que según informa el Sr. Interventor, el expediente está ajustado a los requisitos exigidos por los artículos 160 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales y artículo 40 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril de Presupuestos de las Entidades Locales y el artículo17 de las Bases de Ejecución Presupuestaria vigente. De conformidad con las facultades que me vienen conferidas por el Art. 21 de la Ley 7/85, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en relación con el artículo 41 del Reglamento, aprobado por Real Decreto 2.568/86, de 28 de noviembre, y es por lo que, VENGO EN DISPONER PRIMERO. La aprobación de las transferencias de crédito según se propone en el expediente, que en conjunto son las siguientes: Partidas de Gastos con Créditos en baja

Partida Presupuest.

Denominación

Código Proyecto

Crédito Inicial €

Importe euros

01.2221.22111 Utiles y Herram.; Policía Munp. ---- 6.621,93 3.327,12 Total Bajas de Crédito ---- 6.621,93 3.327,12

Partidas de Gastos con altas de crédito

Partida Presupuest.

Denominación

Código Proyecto

Crédito Inicial €

Importe euros

01.2221.6230406 Utiles y Herram.; Policía Munp. ---- 0 3.327,12 Total Altas de Crédito ---- 0 3.327,12

El total de altas de créditos es igual a las bajas, siendo esta resolución firme y ejecutiva sin necesidad de más trámites, por lo que se procederá por los servicios de Intervención a introducir las modificaciones de créditos aprobadas en la contabilidad de la Corporación con efectos inmediatos.” 3.18.-DAR CUENTA DEL DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 5 DE DICIEMBRE DE

2003, RELATIVO A APROBACIÓN DE GENERACIÓN DE CRÉDITOS. EXPEDIENTE Nº 110/03.

El Sr. Alcalde-Presidente, D. MIKEL CABIECES GARCIA, recuerda a los asistentes que conocen el contenido del Decreto, pues se les ha remitido copia junto con el orden del día y, si ninguno de los presentes lo precisa, se excusará su lectura, reproduciéndose su contenido en el acta de la sesión, que resulta del siguiente tenor literal: “Visto el expediente número 110/03 relativo a GENERACIÓN DE CRÉDITOS POR INGRESOS previsto en el artículo 18 de la Norma Municipal de Ejecución Presupuestaria vigente. Considerando que según informa el Sr. Interventor, el expediente está ajustado a los requisitos exigidos en ésa Norma y habida cuenta de la obtención de los siguientes recursos no previstos en el presupuesto en vigor, procedentes de la subvención de la Viceconsejería de Cultura, Juventud y

AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 25 DE

PORTUGALETE ACTA PLENO 17.12.03

Dto. de Secretaría Tel. 944729202 Ayto. Portugalete NIF.: “P-4809100-C Telf..: “944729200 Fax.: “944729299

Deportes del Gobierno Vasco, con objeto de financiar la renovación de Fondos Bibliográficos por un importe de 6.128,86.- euros. De conformidad con las facultades que atribuye a esta Alcaldía el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, y demás legislación de pertinente aplicación, es por lo que VENGO EN DISPONER: PRIMERO. La aprobación de la generación de créditos de conformidad a las finalidades que a continuación se precisan: El ingreso procedente de la Viceconsejería de Cultura, Juventud y Deportes del Gobierno Vasco, por un importe de 6.128,86.- euros Dicho ingreso se aplicará a la realización del nuevo gasto no previsto correspondiente a la financiación de la renovación de Fondos Bibliográficos por un importe de 6.128,86.- euros Siendo esta resolución firme y ejecutiva sin necesidad de más trámites, por lo que se procederá por los servicios de Intervención a introducir las modificaciones de créditos aprobadas en la contabilidad de la Corporación con efectos inmediatos, conforme al siguiente detalle: Subcpto. Iº Denominación Prev.inicial Mayor Iº euros 710.19 Subvenc.Gob.Vasco:Renovac.Fdos.Biblio. 0 6.128,86 T o t a l 0 6.128,86

2.- El establecimiento de la correlación entre el ingreso finalista obtenido y el crédito de gasto a generar, estableciéndose su fijación conforme a la siguiente determinación: Subcpto. Iº Importe Mayor Iº Nº Proy.Gasto Aplicac.Presup. Mayor Iº euros 710.19 6.128,86 20028907 08.4512.62805 6.128,86

En consecuencia, por tratarse de ingresos con carácter finalista corresponde la aprobación del expediente al Alcalde Presidente de la Corporación.” 3.19.-DAR CUENTA DEL DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 5 DE DICIEMBRE DE

2003, RELATIVO A APROBACIÓN DE TRANSFERENCIAS DE CRÉDITOS. EXPEDIENTE Nº 111/03

El Sr. Alcalde-Presidente, D. MIKEL CABIECES GARCIA, recuerda a los asistentes que conocen el contenido del Decreto, pues se les ha remitido copia junto con el orden del día y, si ninguno de los presentes lo precisa, se excusará su lectura, reproduciéndose su contenido en el acta de la sesión, que resulta del siguiente tenor literal: “Visto el expediente número 111/03, relativo a transferencias de crédito entre partidas de gastos correspondientes al vigente Presupuesto de la Corporación, afectan a partidas de gastos del

AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 26 DE

PORTUGALETE ACTA PLENO 17.12.03

Dto. de Secretaría Tel. 944729202 Ayto. Portugalete NIF.: “P-4809100-C Telf..: “944729200 Fax.: “944729299

Presupuesto vigente pertenecientes a los mismos grupos de función, o bien tratándose de transferencias entre distinto grupos de función afecten a créditos de personal. Considerando que según informa el Sr. Interventor, el expediente está ajustado a los requisitos exigidos por los artículos 160 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales y artículo 40 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril de Presupuestos de las Entidades Locales y el artículo17 de las Bases de Ejecución Presupuestaria vigente. De conformidad con las facultades que me vienen conferidas por el Art. 21 de la Ley 7/85, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en relación con el artículo 41 del Reglamento, aprobado por Real Decreto 2.568/86, de 28 de noviembre, y es por lo que, VENGO EN DISPONER PRIMERO. La aprobación de las transferencias de crédito según se propone en el expediente, que en conjunto son las siguientes: Partidas de Gastos con Créditos en baja

Partida Presupuest.

Denominación

Código Proyecto

Crédito Inicial €

Importe euros

05.3132.22699 Otros Gtos.diversos; Prev.Drog. ---- 49.088,4 6.500,00 Total Bajas de Crédito ---- 49.088,4 6.500,00

Partidas de Gastos con altas de crédito

Partida Presupuest.

Denominación

Código Proyecto

Crédito Inicial €

Importe euros

05.3132.22714 ContratoLimpiez.Dependenc. ---- 4.373,00 700,00 05.3132.48101 Transfer.a Inst.sin Fines Lucro ---- 68.176,4 5.800,00 Total Altas de Crédito ---- ------ 6.500,00

El total de altas de créditos es igual a las bajas, siendo esta resolución firme y ejecutiva sin necesidad de más trámites, por lo que se procederá por los servicios de Intervención a introducir las modificaciones de créditos aprobadas en la contabilidad de la Corporación con efectos inmediatos.” 3.20.-DAR CUENTA DEL DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 5 DE DICIEMBRE DE

2003, RELATIVO A APROBACIÓN DE TRANSFERENCIAS DE CRÉDITOS. EXPEDIENTE Nº 112/03

El Sr. Alcalde-Presidente, D. MIKEL CABIECES GARCIA, recuerda a los asistentes que conocen el contenido del Decreto, pues se les ha remitido copia junto con el orden del día y, si ninguno de los presentes lo precisa, se excusará su lectura, reproduciéndose su contenido en el acta de la sesión, que resulta del siguiente tenor literal: “Visto el expediente número 112/03, relativo a transferencias de crédito entre partidas de gastos correspondientes al vigente Presupuesto de la Corporación, afectan a partidas de gastos del

AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 27 DE

PORTUGALETE ACTA PLENO 17.12.03

Dto. de Secretaría Tel. 944729202 Ayto. Portugalete NIF.: “P-4809100-C Telf..: “944729200 Fax.: “944729299

Presupuesto vigente pertenecientes a los mismos grupos de función, o bien tratándose de transferencias entre distinto grupos de función afecten a créditos de personal. Considerando que según informa el Sr. Interventor, el expediente está ajustado a los requisitos exigidos por los artículos 160 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales y artículo 40 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril de Presupuestos de las Entidades Locales y el artículo17 de las Bases de Ejecución Presupuestaria vigente. De conformidad con las facultades que me vienen conferidas por el Art. 21 de la Ley 7/85, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en relación con el artículo 41 del Reglamento, aprobado por Real Decreto 2.568/86, de 28 de noviembre, y es por lo que, VENGO EN DISPONER PRIMERO. La aprobación de las transferencias de crédito según se propone en el expediente, que en conjunto son las siguientes: Partidas de Gastos con Créditos en baja

Partida Presupuest.

Denominación

Código Proyecto

Crédito Inicial €

Importe euros

07.4223.6250101 Mobiliario para el CIP 94007007 0 582,75 07.4223.6230101 Utillaje para el CIP 94007006 0 2.652,42 Total Bajas de Crédito ------- 0 3.235,17

Partidas de Gastos con altas de crédito

Partida Presupuest.

Denominación

Código Proyecto

Crédito Inicial €

Importe euros

07.4223.6259901 Otros Enseres del CIP 20037901 0 3.235,17 Total Altas de Crédito ---- ------ 3.235,17

El total de altas de créditos es igual a las bajas, siendo esta resolución firme y ejecutiva sin necesidad de más trámites, por lo que se procederá por los servicios de Intervención a introducir las modificaciones de créditos aprobadas en la contabilidad de la Corporación con efectos inmediatos.” 4.- Preguntas El Sr. Alcalde manifiesta que hay una pregunta al Gobierno presentada por Fátima Freije Rueda. La Sra. FREIJE RUEDA del PSE-EE(PSOE) realiza la pregunta: “Ante las informaciones aparecidas en los medios de comunicación, realizadas por un grupo municipal, en las que se señalan retribuciones de cargos públicos no coincidentes con las aprobadas por el Pleno de la Corporación, ¿tiene intención el Gobierno de modificar las recomendaciones de Eudel para retribuciones de los cargos públicos con dedicación municipal?”

AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 28 DE

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Contesta el Sr. TORRES LORENZO del PSE-EE(PSOE) que: “En primer lugar, me gustaría dar una respuesta institucional desde el Área de Personal, y decir que no hay voluntad de cambiar ninguno de los criterios aprobados por Eudel ni modificar la situación actual. En segundo lugar, los grupos poseen información de lo que cobran estas personas tras la aprobación de los presupuestos, pues en ellos se evidencia que no hay ningún cambio de actitud y seguimos los criterios aprobados por Eudel.” De nuevo la Sra. FREIJE RUEDA del PSE-EE(PSOE) manifiesta: “En ese caso, los salarios que se ha dicho que cobran el Alcalde y los concejales ¿no son ciertos?” El Sr. TORRES LORENZO del PSE-EE(PSOE) le contesta que: “Es manifiestamente falsa esa información aparecida en algunos medios de comunicación. El Gobierno ha actuado y está actuando con total transparencia y claridad en cuanto a las retribuciones de las personas que están dedicadas a este Ayuntamiento. A quienes dicen públicamente que se ganan unas determinadas cantidades, o que se ganan unos determinados sueldos, hay que decirles que están mintiendo, y les exigimos que se disculpen públicamente porque están engañando a los vecinos.” 5.- Ruegos Realiza el primer ruego el Sr. VICENTE CAÑADA de IU-EB: “Parece que nos hemos puesto de acuerdo con el asunto de las preguntas y el ruego. Nosotros hicimos una propuesta a la que habéis contestado que sólo miramos por nuestro sueldo, cuando esa propuesta se está aplicando en otros ayuntamientos y nosotros simplemente hemos solicitado introducirla en un complejo Reglamento Orgánico Municipal (ROM), del cual gran parte se dedica a los grupos de la oposición y a los medios con los que deben contar. Sacar eso de contexto nos ha parecido tendencioso y nos afecta a la imagen. Por eso ruego que estas cosas se traten con el mayor respeto y la mayor objetividad posible.” Le contesta el Sr. ALCALDE que: “Fui yo quien hice esas declaraciones, aunque no recuerdo haber utilizado esas palabras; si las he utilizado, os pido disculpas, pero eso no quita para que nosotros hagamos la manifestación política de que no queremos enmascarar unos debates con otros; es decir, si hay un debate sobre la retribución de los concejales de la oposición, será un debate claro y transparente, y si hay un debate sobre el ROM, será claro y transparente. Nosotros también tenemos imagen, y eso que decís también daña. Por eso pedimos que haya claridad y transparencia.” Realiza el segundo ruego el Sr. VICENTE CAÑADA de IU-EB: “Este mes se han trastocado las fechas de los plenos, tenemos presentadas tres mociones y no sabemos por qué todavía no han sido trasladadas a la comisión.” Le contesta el Sr. ALCALDE: “Que yo sepa, hay dos mociones presentadas: una referida al Reglamento Orgánico; sobre ésta vais a recibir una carta todos los grupos en la que se os

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comunicará que la Comisión especial para el Reglamento Orgánico se considera técnicamente continuada; es decir, que no hay que crear una nueva, sino que se considera en vigor; cada grupo designará un miembro y retomaremos los trabajos. La otra es la referida a inmigrantes. Es verdad que el pleno se ha adelantado mucho y por eso no ha podido ir al ordinario del 30, pero también pensamos que tenía que ir a una comisión. La ley acaba de entrar en vigor ayer mismo y afecta muchísimo a la moción que vosotros habéis presentado. Por eso parecía razonable esperar a que entrara en vigor la Ley para discutirlo.” Realiza un ruego el Sr. MIRANDA GARATE de la Coalición EAJ-PNV/EA: “Se ha hecho una pregunta sobre un asunto que nos concierne y no hemos querido pedir la palabra porque se supone que no se puede intervenir. No sé si tengo posibilidad de decir algo o no. ¿Puedo dar alguna explicación por alusiones, por ruegos?” Le contesta el Sr. ALCALDE que: “Puedes hacer un ruego.” El Sr. MIRANDA GARATE de la Coalición EAJ-PNV/EA expone: “Cuando nosotros presentamos esa propuesta a incluir en el ROM, no pretendimos crear ningún debate, y el día 5 en El Correo nos encontramos el titular: “La oposición en Portugalete sólo mira por sus sueldos”. Con lo cual, nosotros rogaríamos la dimisión del Alcalde por su falta de sensibilidad para con la oposición cuando quiere llevar a cabo aquello que en abril de 2003 el propio Grupo Socialista defendía, y que hemos pretendido siempre que tenga luz y taquígrafos, es decir, que se sepa lo que cobra la oposición y lo que cobra el resto. También rogaríamos que se cumplan los acuerdos de Eudel. Eudel tiene actualizadas desde 2003 las cantidades que los municipios de más de cincuenta mil habitantes asignan a los grupos políticos, y este Ayuntamiento no las ha actualizado en 2003. Y también queremos que los grupos del Gobierno y el Alcalde tengan debates claros, limpios, y que podamos debatir aquí todas las cuestiones, incluidos los sueldos y lo que cuesta el Gobierno al pueblo de Portugalete, que es de lo que esta Coalición ha hablado en todo momento.” Le contesta el Sr. ALCALDE que: “Tiene gracia que vosotros habléis de sueldos, después de lo que habéis dicho, que es manifiestamente mentira. Habéis dado datos falsos, y está en los medios de comunicación. Yo he hecho la interpretación de lo que vosotros pedíais: sueldo para los concejales; he hecho una interpretación política, pero no doy datos falsos. Mis palabras alguien las puede considerar ofensivas y pido disculpas por esas palabras, pero no por el fondo. Os ha molestado la pregunta que se ha hecho aquí, pero ¿dónde vamos a hablar de estas cosas?, ¿en el periódico? Vosotros no habéis sido capaces de traer la cuestión al Ayuntamiento. Nosotros no tenemos miedo a hacer preguntas en el Pleno; queremos claridad y transparencia, por eso lo traemos aquí, no al periódico. Si habéis mentido, tenéis que pedir disculpas. Ese papelito vuestro decía “salario total” y no habéis reflejado el salario total, sino eso más toda la Seguridad Social de la empresa, que todo el mundo sabe que no es salario. Habéis querido engañar y ahora, como no tenemos miedo a hablar de esos

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PORTUGALETE ACTA PLENO 17.12.03

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temas, empezáis a recular y tenéis que decir que donde habíais dicho digo, queríais decir Diego, en lugar de pedir disculpas. Lo habéis hecho a conciencia. Pedid disculpas, es lo único que impedirá que pidamos responsabilidades políticas, que pidáis disculpas y que digáis a los vecinos que efectivamente os equivocasteis. Nadie tiene más interés que nosotros en la claridad y la transparencia. Todo lo discutiremos sin problemas y sin complejos, de salarios y de lo que haga falta.” Siendo las nueve horas, treinta minutos, se ausenta el Sr. HERNANDEZ ELIZONDO de IU-EB. De nuevo el Sr. MIRANDA GARATE de la Coalición EAJ-PNV/EA manifiesta que: “Si se trae a debate, que se traiga en su momento adecuado, que podamos todos intervenir con las mismas posibilidades y decir claramente que no hemos mentido; quien sí ha podido mentir es el gobierno y efectivamente mintió en las declaraciones del día 5, porque nosotros mantuvimos lo que en abril acordamos todos los grupos políticos y que el Alcalde sacó de contexto. Y después hemos expuesto exclusivamente lo que dicen los presupuestos de 2003 y el proyecto de 2004. Si se quiere traer esto al debate, hablaremos plenamente de ello y aclararemos todo lo que haya que aclarar.” El Sr. ALCALDE le contesta que: “Tiene narices que digáis que queréis que traigamos nosotros aquí el debate de sueldos y lo sacáis vosotros en el periódico. Con todo, que quede claro que el Gobierno en los presupuestos ha puesto unas retribuciones iguales a las del año anterior y que la subida salarial es la del Arcepafe, la que aprobaron tus compañeros en la legislatura pasada. Yo quería transmitir que debe haber claridad, y que no se puede enmascarar un debate en otro. ¿Qué tiene que ver eso con inventarse que Lola gane dos millones más, y que Gorka gana seis millones más? Pedid disculpas, decidles a los vecinos que os habéis equivocado, que el Alcalde cobra lo que él dijo. Pero diréis que no; yo he enseñado la nómina y diréis que no, y ya va a ser el esperpento mayor. Pedid disculpas; tal vez entonces algunos piensen que habéis cometido un error y no un engaño. Si no decís eso, si no decís que el Alcalde cobra lo que él dijo, seguiréis mintiendo y seguiréis engañando y pediremos la dimisión del máximo responsable. Finalmente, quiero desearos feliz Navidad, porque el siguiente pleno será el día 29.” A continuación interviene el Sr. RUIZ ORTEGA del PSE-EE(PSOE): “Quiero rogaros que paséis unas felices fiestas y agradecer al Alcalde el bonito regalo que nos ha hecho.” El Sr. ALCALDE, no habiendo más asuntos que tratar, da por finalizada la sesión a las nueve horas cuarenta y cinco minutos, del día de la fecha, de lo cual, yo, como Secretaria General, doy fe.