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  • Aviso legal

    El Instituto Federal de Telecomunicaciones es la autoridad de competencia económica y el regulador con facultades exclusivas en los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 28 párrafos décimo cuarto, décimo quinto y décimo sexto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 5 párrafo primero de la Ley Federal de Competencia Económica y 7 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión. En estos sectores, el Instituto tiene por objeto regular y promover la competencia y el desarrollo eficiente de los mercados.Este estudio se publica con el objeto de ofrecer información detallada y objetiva para que el público en general pueda tener una visión más clara sobre la evolución reciente y el estado actual de las condiciones económicas en la provisión del servicio de televisión radiodifundida en México.Su realización estuvo a cargo de la Unidad de Competencia Económica a través de la Dirección General de Consulta Económica, con fundamento en los artículos 20, fracción XVII, y 47, fracción IX, del Estatuto Orgánico del Instituto Federal de Telecomunicaciones.El contenido de este documento no refleja la opinión ni es vinculante para el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones. El análisis que se llevó a cabo a lo largo de este documento, así como sus resultados y conclusiones, no prejuzgan sobre: i) resultados y conclusiones de otros procedimientos que pudiera llevar a cabo el Instituto, en los que se analicen casos particulares, o se cuente con información específica, adicional o proveniente de fuentes distintas a las del presente estudio, ii) las evaluaciones que, en su caso, se realicen sobre las medidas impuestas al Agente Económico Preponderante en el sector de Radiodifusión y iii) el ejercicio de las demás facultades que corresponden al Instituto como autoridad reguladora y de competencia económica en los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión.

  • Estudio de Diagnóstico del Servicio de Televisión Radiodifundida en México

    2

    Índice

    Glosario .................................................................................................................... 4

    Resumen Ejecutivo ....................................................................................................8

    El STR en números .................................................................................................. 10

    1. Introducción ...................................................................................................... 12

    2. Marco conceptual ............................................................................................. 14

    2.1 STR ............................................................................................................ 142.1.1 STR comercial .......................................................................................... 162.1.2 STR público y social ................................................................................. 192.2 Acuerdos comerciales entre participantes ................................................. 202.3 Multiprogramación .................................................................................... 21

    3. Políticas de administración y asignación del espectro radioeléctrico para el STR ...........................................................23

    3.1 Licitaciones de concesiones del STR comercial ............................................233.1.1 Licitación IFT-1 (Cadena nacional) ...........................................................233.1.2 Licitación IFT-6 (Estaciones locales) ........................................................253.2 Otorgamiento de concesiones para proveer

    el STR público y social .................................................................................273.3 Autorizaciones de multiprogramación ....................................................... 283.3.1 Multiprogramación en el STR comercial .................................................. 333.3.2 Multiprogramación en el STR público y social .........................................35

    4. Diagnóstico general del STR ............................................................................39

    4.1 Relevancia: ingresos, rating y cobertura .....................................................394.2 Provisión del STR .......................................................................................454.2.1 STR comercial ......................................................................................... 494.2.1.1 Concesionarios del STR comercial ........................................................ 494.2.1.2 Cobertura del STR comercial .................................................................524.2.2 STR público y social ................................................................................554.2.2.1 Concesionarios del STR público y social ................................................554.2.2.2 Cobertura del STR público y social .......................................................57

  • Estudio de Diagnóstico del Servicio de Televisión Radiodifundida en México

    3

    5. Evolución de la estructura del STR comercial a nivel nacional ....................... 61

    5.1 Audiencia .................................................................................................. 615.2 Canales de Transmisión .............................................................................635.3 Canales de Programación .......................................................................... 68

    6. Casos de estudio ............................................................................................... 71

    6.1  Análisis del STR comercial por zonas geográficas ....................................... 716.2 STR en la ZMVM ........................................................................................746.2.1 STR comercial .........................................................................................766.2.2 STR público .............................................................................................79

    7. Conclusiones ..................................................................................................... 81

    Anexo. De la información contenida en las figuras 15, 16, 36 y cuadro 16 ...............................................................83

  • Estudio de Diagnóstico del Servicio de Televisión Radiodifundida en México

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    Glosario1

    En el presente documento se utilizarán, además de los establecidos en la Ley Federal de Competencia Económica, los siguientes acrónimos y términos.

    Término o acrónimo DefiniciónCanal de Programación

    Organización secuencial en el tiempo de contenidos audiovisuales, puesta a disposición de la audiencia, bajo la responsabilidad de una misma persona y dotada de identidad e imagen propias y que es susceptible de distribuirse a través de un Canal de Transmisión (LFTR, artículo. 3, fracción VII).

    Canal de Programación Adicional

    Canal de Programación que se transmite al amparo de una autorización de acceso a la multiprogramación.

    Canal de Transmisión

    Ancho de banda indivisible destinado a la emisión de Canales de Programación de conformidad con el estándar de transmisión aplicable a la radio o a la televisión, en términos de las disposiciones generales aplicables y vigentes (Lineamientos, artículo 2, fracción III).

    Cofetel Comisión Federal de Telecomunicaciones (extinta)CPEUM o Constitución

    Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    Decreto de Reforma Constitucional

    Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de los artículos 6o., 7o., 27, 28, 73, 78, 94 y 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de telecomunicaciones, publicado en el DOF el 11 de junio de 2013.

    Distintivo Distintivo de llamada. Código alfanumérico que identifica a una estación del STR.DOF Diario Oficial de la Federación.ENCCA Encuesta Nacional de Consumo de Contenidos Audiovisuales.Estación de Televisión

    Instalación o equipamiento a través del cual se presta el STR, constituida por un equipo transmisor y la infraestructura e instalaciones accesorias requeridas, incluida la torre.

    GIE Grupo(s) de Interés Económico.Identidad Conjunto de características de un Canal de Programación, tales como el nombre

    comercial, logotipo, programación, entre otras, que permiten su conocimiento e identificación por parte de las audiencias.Para efectos del presente Estudio, los términos Identidad y Canal de Programación se utilizan como sinónimos.

    IFT o Instituto Instituto Federal de Telecomunicaciones.IHH Índice de Herfindahl-Hirschman.IPN Instituto Politécnico Nacional.LFCE Ley Federal de Competencia Económica.LFTR Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.Licitación IFT-1 Licitación Pública para concesionar el uso, aprovechamiento y explotación comercial

    de canales de transmisión para la prestación del STR digital, a efecto de formar dos cadenas nacionales de los Estados Unidos Mexicanos, cuya Convocatoria fue aprobada por el Pleno del Instituto el 6 de marzo de 2014.

    Licitación IFT-6 Licitación Pública para concesionar el uso, aprovechamiento y explotación comercial de 148 canales de transmisión para la prestación del STR digital, cuya Convocatoria fue aprobada por el Pleno del Instituto el 18 de noviembre de 2016.

    Lineamientos Lineamientos Generales para el acceso a la Multiprogramación, publicados en el DOF el 17 de febrero de 2015.

    Multiprogramación Distribución de más de un Canal de Programación en el mismo Canal de Transmisión

    1 Los términos y acrónimos presentados tienen el único objeto de facilitar la lectura y su aplicación se limita a este documento.

  • Estudio de Diagnóstico del Servicio de Televisión Radiodifundida en México

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    Término o acrónimo DefiniciónNielsen IBOPE Nielsen IBOPE México, S.A de C.V.OCDE Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos.OMV Operador(es) Móvil(es) Virtual(es).OPMA Organismo Promotor de Medios Audiovisuales. Se transformó en el SPR a partir de la

    entrada en vigor de la LFTR.PABF Programa Anual de Uso y Aprovechamiento de Bandas de FrecuenciasPIB Producto Interno Bruto.Rating También denominado Índice de audiencia, mide la cantidad de hogares que están

    viendo un canal o programa en específico, del total de la población medida.Resolución Bienal en Radiodifusión

    Resolución  mediante  la  cual  el  Pleno  del  Instituto  suprime,  adiciona,  modifica  y adiciona las medidas impuestas al AEPR mediante Resolución de fecha 6 de marzo de 2014, aprobada mediante Acuerdo P/IFT/EXT/060314/77.Emitida mediante Acuerdo P/IFT/EXT/270217/120

    Resolución de Preponderancia en Radiodifusión

    Resolución mediante la cual el Pleno del Instituto determina al AEPR y le impone las medidas necesarias para evitar que se afecte la competencia y la libre concurrencia.Emitida mediante el Acuerdo P/IFT/EXT/060314/77.

    RPC Registro Público de Concesiones del Instituto.SEP Secretaría de Educación Pública.Servicio de Radiodifusión

    Servicio público de interés general que se presta mediante la propagación de ondas electromagnéticas de señales de audio y video asociado, haciendo uso, aprovechamiento y explotación de las bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico atribuido por el Instituto precisamente a tal servicio; con el que la población puede recibir de manera directa y gratuita las señales de su emisor utilizando los dispositivos idóneos para ello.

    Share También denominado cuota de pantalla, mide la cantidad de hogares que están viendo un canal o programa en específico, del total de televisores encendidos en los hogares.

    SPR Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano.STAR Servicio de Televisión y Audio Restringidos.STR Servicio de Televisión Radiodifundida. Servicio público de interés general que se presta

    mediante la propagación de ondas electromagnéticas de señales de audio y video asociado, haciendo uso, aprovechamiento y explotación de Canales de Transmisión, que se presta a través de la tecnología que comprende la codificación de señales, el multiplexeo de las mismas y otros datos, así como la codificación final, modulación y transmisión por medio del espectro radioeléctrico atribuido al STR. Antes del cese de las transmisiones analógicas, se refiere tanto a transmisiones analógicas como a trasmisiones digitales. Posterior al  cese de  las  transmisiones analógicas,  se  refiere únicamente a transmisiones digitales.

    TDT Televisión Digital Terrestre. Tecnología que comprende la codificación de señales, el multiplexeo de las mismas y otros datos, así como la codificación final, modulación y transmisión por medio del espectro radioeléctrico atribuido al STR.

    UER Unidad de Espectro Radioeléctrico del Instituto.UMCA Unidad de Medios y Contenidos Audiovisuales del Instituto.UNAM Universidad Nacional Autónoma de México.USD Moneda oficial de los Estados Unidos de América.ZMVM Zona Metropolitana del Valle de México.

  • Estudio de Diagnóstico del Servicio de Televisión Radiodifundida en México

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    Agentes Económicos2

    Término o acrónimo DefiniciónAEPR Agente Económico Preponderante en el sector de Radiodifusión, del que forman

    parte Grupo Televisa, S.A.B., Canales de Televisión Populares, S.A. de C.V., Radio Televisión, S.A. de C.V., Radiotelevisora de México Norte, S.A. de C.V., T.V. de Los Mochis, S.A. de C.V., Teleimagen del Noroeste, S.A. de C.V., Televimex, S.A. de C.V., Televisión de Puebla, S.A. de C.V., Televisora de Mexicali, S.A. de C.V., Televisora de Navojoa S.A., Televisora de Occidente, S.A. de C.V., Televisora Peninsular, S.A. de C.V., Mario Enrique Mayans Concha, Televisión La Paz, S.A., Televisión de la Frontera S.A., Pedro Luis Fitzmaurice Meneses, Telemisión, S.A. de C.V., Comunicación del Sureste, S.A. de C.V., José de Jesús Partida Villanueva, Hilda Graciela Rivera Flores, Roberto Casimiro González Treviño, TV Diez Durango, S.A. de C.V., Televisora de Durango, S.A. de C.V., Corporación Tapatía de Televisión, S.A. de C.V., Televisión de Michoacán, S.A. de C.V., José Humberto y Loucille Martínez Morales, Canal 13 de Michoacán, S.A. de C.V., Televisora XHBO, S.A. de C.V., TV Ocho, S.A. de C.V., Televisora Potosina, S.A. de C.V., TV de Culiacán, S.A. de C.V., Televisión del Pacífico, S.A. de C.V., Tele-Emisoras del Sureste, S.A. de C.V., Televisión de Tabasco, S.A. y Ramona Esparza González.3

    Compañía Periodística Sudcaliforniana

    Compañía Periodística Sudcaliforniana, S.A. de C.V.

    Comunicación 2000 Comunicación 2000, S.A. de C.V.Flores y Flores Flores y Flores, S. en N.C. de C.V.Grupo Entravisión Tele Nacional, S. de R.L. de C.V., Televisora Alco, S. de R.L. de C.V. y TV Norte, S. de

    R.L. de C.V.Grupo Garza Limón Fundación Garza Limón, A.C., Radio Comunicación Gamar, S.A. de C.V. Grupo Intermedia Intermedia de Chihuahua, S.A. de C.V., Intermedia y Asociados de Mexicali, S.A. de

    C.V. y Televisora Nacional, S.A. de C.V.Grupo Radio Centro Grupo Radio Centro S.A.B. de C.V. y el C. Francisco de Jesús Aguirre Gómez.Grupo SIPSE Televisora de Cancún, S.A. de C.V. y Televisora de Yucatán, S.A. de C.V.Grupo Televisa Grupo Televisa, S.A.B. y subsidiarias, incluyendo Televisa y las siguientes que

    participan en el sector radiodifusión: Canales de Televisión Populares, S.A. de C.V., Radio Televisión, S.A. de C.V., Radiotelevisora de México Norte, S.A. de C.V., T.V. de Los Mochis, S.A. de C.V., Teleimagen del Noroeste, S.A. de C.V., Televimex, S.A. de C.V., Televisión de Puebla, S.A. de C.V., Televisora de Mexicali, S.A. de C.V., Televisora de Navojoa, S.A., Televisora de Occidente, S.A. de C.V. y Televisora Peninsular, S.A. de C.V.4

    Grupo Zócalo Jaime Juaristi Santos, Tele Saltillo, S.A. de C.V. y XHFJS-TV, S.A. de C.V.Imagen o Cadena Tres

    Cadena Tres I, S.A. de C.V.

    Multimedios Multimedios Televisión, S.A. de C.V. y Televisión Digital, S.A. de C.V.Quiero Media Quiero Media, S.A. de C.V.

    2 agrupación de empresas y personas en este documento no prejuzga sobre la dimensión e integrantes de Agentes Económicos en otras decisiones o resoluciones emitidas por el Instituto.3 En el presente Estudio, el AEPR se integra tal como se determinó en la Resolución de Preponderancia en Radiodifusión. No obstante, se advierte que: * Según el RPC, el C. José de Jesús Partida Villanueva cedió los derechos y obligaciones de la concesión XHFI-TDT a Telemisión, S.A. de C.V.; Televisión La Paz, S.A. no cuenta con título de concesión vigente.* En la Resolución P/IFT/040320/77, del 04 de marzo de 2020, el Pleno del Instituto resolvió que Tele Emisoras del Sureste, S.A. de C.V. deja de formar parte del GIE declarado como AEPR. Al respecto, las variaciones en los cálculos que representa esta actualización respecto a los que se presentan en este documento son marginales, debido a que Tele Emisoras del Sureste, S.A. de C.V. es titular únicamente de 2 (dos) de las 249 (doscientos cuarenta y nueve) estaciones asignadas al AEPR4 En 2018, subsidiarias de Grupo Televisa (Radiotelevisora de México Norte, S.A. de C.V., Canales de Televisión Populares, S.A. de C.V., T.V. Los Mochis, S.A. de C.V., Televisora de Mexicali, S.A. de C.V. y Televisión de Puebla, S.A de C.V.) llevaron a cabo diversas cesiones de concesiones, de modo que se identifica que, de los 11 (once) concesionarios iniciales, a la fecha existen 6 (seis): 1. Televimex, S.A. de C.V. — con 126 (ciento veintiséis) concesiones; 2. Radio Televisión, S.A. de C.V. — con 63 (sesenta y tres) concesiones; 3. Teleimagen Del Noroeste, S.A. de C.V. — con 17 (diecisiete) concesiones; 4. Televisora de Occidente, S.A. de C.V. — con 17 (diecisiete) concesiones; 5. Televisora de Navojoa, S.A. — con 1 (una) concesión, y 6. Televisora Peninsular, S.A. de C.V. — con 1 (una) concesión.

  • Estudio de Diagnóstico del Servicio de Televisión Radiodifundida en México

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    Radio Operadora Pegasso

    Radio Operadora Pegasso, S.A. de C.V.

    Radio-Televisión de Nayarit

    Radio-Televisión de Nayarit, S.A. de C.V.

    Telesistemas de Coahuila

    Telesistemas de Coahuila, S.A. de C.V. y Grupo Comunik, S.A. de C.V.

    Televisa Televisa, S.A. de C.V.Televisora del Yaqui Televisora del Yaqui, S.A. de C.V.Telsusa Telsusa Televisión México, S.A. de C.V.TV Azteca TV Azteca, S.A.B. de C.V. y subsidiarias.

  • Estudio de Diagnóstico del Servicio de Televisión Radiodifundida en México

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    Resumen Ejecutivo

    En México, el STR continúa siendo un medio de comunicación muy importante, pues:

    • Es el medio del que más usuarios dependen para ver contenidos audiovisuales (90.6% de la población nacional vive en localidades que cuentan con cobertura del STR).

    • Sus canales generan altos niveles de audiencia.

    • Atrae la mayor proporción del gasto en publicidad (38.5% del gasto total en 2018).

    En cuanto al gasto en publicidad, si bien la proporción que recibe el STR ha disminuido ante el auge de los medios digitales, el monto total destinado a este medio se ha incre-mentado en los últimos años y se prevé que se siga incrementando en el futuro.

    La asignación de nuevas concesiones para proveer el STR y el creciente uso de la mul-tiprogramación, han reducido las barreras a la entrada y la expansión.

    La escasez de concesiones de espectro radioeléctrico para la provisión del STR representó históricamente una importante barrera a la entrada. Esta barrera se ha reducido gracias a la adjudicación de nuevas frecuencias a través de licitaciones de concesiones comerciales llevadas a cabo por el Instituto (Licitaciones IFT-1 e IFT-6), el otorgamiento de conce-siones públicas y sociales, y el creciente uso de la multiprogramación que permite a los concesionarios, e incluso a terceros sin ser concesionarios, ofrecer más Canales de Pro-gramación.

    Asimismo, desde 2014, el Instituto elabora y publica el PABF, en el que se establecen las frecuencias que serán objeto de licitación o que podrán asignarse directamente. En la elaboración del PABF los interesados pueden solicitar que se incluyan frecuencias con características específicas en determinadas localidades, las cuales son evaluadas y, de ser técnicamente factible, se incluyen en el PABF final.

    Lo anterior ha permitido la entrada de nuevos competidores nacionales y regionales, y una consecuente reducción en la participación de Grupo Televisa y TV Azteca, en términos de Canales de Transmisión y Canales de Programación, así como una disminución del IHH tanto a nivel nacional como municipal.

    Además, derivado de la multiprogramación, existen Canales de Programación comerciales y públicos que se trasmiten únicamente como Canales de Programación Adicionales, por ejemplo, a+, Milenio TV, MVS TV, Ingenio TV, Once.2 y Ciudad TV 21.2.

    Los cambios en la provisión del STR han beneficiado a las audiencias.

    Las audiencias del país tienen a su disposición un número cada vez mayor de Canales de Programación de acceso abierto y gratuito.

    Actualmente, la población cuenta, en promedio, con una oferta de 15 Canales de Progra-mación del STR distintos (de los cuales, 11 son del STR comercial); es decir, 5 Canales de Programación adicionales respecto a 2014 (de los cuales, 4 son del STR comercial).

  • Estudio de Diagnóstico del Servicio de Televisión Radiodifundida en México

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    Asimismo, para 2019, 21.77% de la población tiene acceso a más de 25 Canales de Pro-gramación mientras que, en 2014, nadie contaba con esa cantidad de canales. Además, 41.26% de la población vive en localidades que tienen cobertura de 4 o más proveedores del STR comercial distintos; en 2014 el porcentaje era de 2.02%.

    En el STR comercial, el AEPR encabezado por Grupo Televisa mantiene una elevada participación de mercado en términos de audiencia.

    Respecto a las participaciones en la provisión del STR comercial a nivel nacional, se observa que el AEPR, si bien ha disminuido su participación ponderada por debajo del 50% en tér-minos del número de Canales de Transmisión y Canales de Programación, a septiembre de 2019, mantiene una elevada participación de mercado a nivel nacional en el indicador más importante de competencia en la provisión del STR comercial, que es el share de audiencia, con 57.79%, mientras que TV Azteca tiene 31.70%, Imagen 6.35% y Multimedios 3.85%.

  • Estudio de Diagnóstico del Servicio de Televisión Radiodifundida en México

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    El STR en números

    • Cobertura de la población nacional en 2T 2019:

    › STR: 90.6%. › STR comercial: 89.5% › STR público/social: 73.4%

    • PIB del sector radiodifusión: creció 3 mil millones de pesos (12.4%) entre 2014 y 2018.

    • Gasto en publicidad que se destina al STR comercial: 29,139 millones de pesos en 2018 (38.5% del total). Es el medio al que más gasto en publicidad se destina.

    • Estaciones del STR de 2014 al 3T 2019

    • TOTAL: de 686 a 885 (incremento de 199)

    › STR comercial: de 452 a 607 (incremento de 155) › STR público: de 225 a 257 (incremento de 32) › STR social: de 9 a 21 (incremento de 12)

    • Canales de Transmisión con acceso a Multiprogramación

    › 2014: 50 Canales de Transmisión (7.3% del total) › 2019: 376 Canales de Transmisión (42.45% del total)

    • Acceso a multiprogramación de TERCEROS en 2019: 122 (110 son de uso público y 12 de uso comercial)

    • Canales de Programación disponibles promedio por localidad

    › 2014: 10 (6.5 comerciales) › 2019: 15 (10.5 comerciales)

    • Entidades federativas con incremento de Canales de Programación de 2014 a 2019: Todas. Destacadamente Jalisco (13), Zacatecas (11), Sonora (10), Colima (9), Tabasco (9), Nuevo León (9), Durango (8) y Guanajuato (8).

    • Entidades federativas con mayor número de Canales de Programación en 2019: Jalisco (29), Ciudad de México (28), Nuevo León (26), Estado de México (25).

    • Entidades federativas con menor número de Canales de Programación en 2019: Chiapas (4), Oaxaca (4), Campeche (5), Guerrero (5), Baja California Sur (6) y Michoacán (6).

    • Población nacional con más de 25 Canales de Programación disponibles:

    › 2014: 0% › 2019: 21.77%

  • Estudio de Diagnóstico del Servicio de Televisión Radiodifundida en México

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    • Proveedores del STR comercial en 2019: 21 proveedores distintos; los principales proveedores:

    › AEPR (249 estaciones y 86% de población cubierta), › TV Azteca (180 estaciones y 84% de población cubierta), › Grupo Imagen (124 estaciones y 65% de población cubierta), › Multimedios (14 estaciones y 43% de población cubierta).

    • Estructura del STR comercial a nivel nacional

    › Audiencia

    » La participación del AEPR pasó de 66.8% en 2014 a 58.8% (8 puntos porcen-tuales menos) en septiembre 2019.

    » IHH pasó de 5,299 puntos en 2014 a 4,346 puntos en septiembre de 2019.

    › Canales de Transmisión

    » La participación del AEPR pasó de 56% en 2014 a 46% (10 puntos porcen-tuales menos) en septiembre 2019.

    » IHH pasó de 4,573 puntos en 2014 a 3,215 puntos en septiembre de 2019.

    › Canales de Programación

    » La participación del AEPR pasó de 55% en 2014 a 39% (16 puntos porcentua-les menos) en septiembre 2019.

    » IHH pasó de 4,534 puntos en 2014 a 3,116 puntos en septiembre de 2019.

    • Zonas geográficas para la provisión del SRS comercial: 88

    › Zonas en las que disminuyó el IHH del STR comercial - en términos de Ca-nales de Transmisión- de 2014 a 2019: 72

  • Estudio de Diagnóstico del Servicio de Televisión Radiodifundida en México

    12

    1. Introducción

    El STR es un servicio público de interés general de acceso gratuito para la población y, en algunas zonas o regiones del país, es el único medio a través del cual se puede tener ac-ceso a contenidos audiovisuales e información relevante.

    Estas dos características del STR, su amplia cobertura y acceso gratuito, lo convierten en una de las fuentes más importantes de información y entretenimiento para los mexicanos (93% de los hogares del país cuentan con al menos un televisor), situación que se refleja en los altos niveles de audiencia que mantienen los Canales de Programación del STR, así como en la gran proporción del gasto en publicidad que se le destina (el STR es el medio que absorbe la mayor proporción del gasto en publicidad, con 38.5% del gasto total en 2018).

    En ese sentido, a pesar de que el acceso a Internet de banda ancha ha ampliado las po-sibilidades de consumo de contenidos audiovisuales a través de distintas plataformas y dispositivos, el STR continúa siendo uno de los medios de comunicación más importantes.

    De esta manera, el STR contribuye a garantizar el derecho de acceso a información plural y oportuna, establecido en el artículo 6 de la CPEUM, de la misma manera que contribuye al objetivo de difundir contenidos que promuevan la integración nacional, la formación educativa, cultural y cívica, y la expresión de la diversidad de ideas y opiniones; principios que también se encuentran plasmados en el artículo señalado.

    Con lo antes expuesto, queda de manifiesto la relevancia del STR en la vida de la sociedad mexicana y su contribución al desarrollo de la misma.

    En años recientes, la provisión del STR en México ha experimentado cambios importantes:

    1) Tecnológicos, a partir de la transición a la TDT y la consecuente multiprograma-ción;5

    2) Estructurales, a partir de la entrada de nuevos participantes en el ámbito nacional y regional vía licitaciones y otorgamiento de concesiones de uso público y social, y

    3) Regulatorios, a partir de la determinación del AEPR y la imposición de un con-junto de medidas asimétricas para evitar que se afecte la competencia y la libre concurrencia en la provisión de este servicio.

    Como consecuencia de lo anterior, la oferta del STR se ha incrementado y las audiencias se han beneficiado, al contar con una mayor cantidad de contenidos audiovisuales dispo-nibles de manera abierta y gratuita, lo que se traduce en mayores posibilidades de acceso a información. A su vez, los concesionarios del STR cuentan con una mayor flexibilidad para participar en la provisión de este servicio y desarrollar estrategias comerciales que les permitan diferenciarse y hacer llegar sus contenidos a una mayor cantidad de personas.

    5 Desde 2011, la Cofetel autorizó el uso de la multiprogramación (el único requisito era que el concesionario o permisionario interesado solicitara una “toma de nota”, es decir, diera aviso a la autoridad), entre 2011 y 2013 sólo se registraron 63 (sesenta y tres) solicitudes de “toma de nota” por parte de concesionarios/permisionarios públicos y privados para hacer uso de la multiprogramación. Algunas de las entidades que utilizaron este recurso fueron Televisa, TV Azteca, Multimedios, el OPMA y el IPN. Para mayor referencia, ver: http://www.ift.org.mx/sites/default/files/contenidogeneral/comunicacion-y-medios/multiprogramaciontv-16-02-15.pdf No obstante, fue a partir de 2015 que el uso de la multiprogramación se generalizó, con la publicación de los Lineamientos, en los que el Instituto estableció la regulación de la autorización para el acceso a la multiprogramación y sus condiciones integrales de funcionamiento conforme a los principios de competencia y calidad técnica, garantizando el derecho a la información y atendiendo de manera particular la concentración nacional y regional de frecuencias. (Artículo 1 de los Lineamientos). Para mayor referencia, ver: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5382262&fecha=17/02/2015

    http://www.ift.org.mx/sites/default/files/contenidogeneral/comunicacion-y-medios/multiprogramaciontv-16-02-15.pdfhttp://www.ift.org.mx/sites/default/files/contenidogeneral/comunicacion-y-medios/multiprogramaciontv-16-02-15.pdfhttps://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5382262&fecha=17/02/2015

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    En este contexto, el presente Estudio de mercado del STR ofrece información detallada, objetiva y analizada, a fin de que el público en general pueda tener una visión más clara sobre: i) la evolución reciente y el estado actual de las condiciones económicas en la pro-visión del STR en México, y ii) los principales efectos de las políticas de administración y asignación de espectro para el STR que ha llevado a cabo el Instituto, incluyendo su im-pacto en los niveles de concentración existentes en diferentes zonas geográficas en las que se proporciona el STR comercial, desde una perspectiva de competencia económica.

    Lo anterior, en reconocimiento de que, tal como han señalado diversos organismos a ni-vel internacional, incluyendo la OCDE, los estudios e investigaciones de mercado son uno de varios pasos que se pueden tomar para garantizar que los mercados funcionen efec-tivamente,6 y con ello contribuir en las labores de abogacía y fomento al desarrollo de la competencia y libre concurrencia en el sector de radiodifusión.

    Así, el presente Estudio busca contribuir a que el sector de radiodifusión se desarrolle en las mejores condiciones posibles de eficiencia, calidad, cobertura y competencia econó-mica, que permitan el efectivo ejercicio de los derechos de libertad de expresión y de ac-ceso a la información de las audiencias, de conformidad con lo dispuesto por la CPEUM, la LFTR, la LFCE y las disposiciones técnicas y administrativas aplicables.

    La información utilizada proviene del RPC, el BIT, el Listado de Autorización de Acceso a la Multiprogramación, la OCDE, consultoras especializadas (Nielsen IBOPE, GlobalData y OVUM), así como de áreas del Instituto que concentran información relacionada con la provisión del STR, por lo que el análisis y conclusiones de este Estudio representan apro-ximaciones realizadas con la mejor información disponible al momento de su elaboración.

    No se omite señalar que el análisis que se lleva a cabo a lo largo de este documento, así como sus resultados y conclusiones, son independientes y no prejuzgan sobre: i) las eva-luaciones que, en su caso, se realicen sobre las medidas impuestas al AEPR; ii) resultados y conclusiones de otros procedimientos que pudiera llevar a cabo el Instituto, en los que se analicen casos particulares, o se cuente con información específica, adicional o provenien-te de fuentes distintas a las del presente estudio, y iii) el ejercicio de las demás facultades que corresponden al Instituto como autoridad reguladora y de competencia económica en los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión.

    6 OCDE (2013). Competition Issues in Television and Broadcasting, p. 10. Disponible en: http://www.oecd.org/daf/competition/TV-and-broadcasting2013.pdf

    http://www.oecd.org/daf/competition/TV-and-broadcasting2013.pdfhttp://www.oecd.org/daf/competition/TV-and-broadcasting2013.pdf

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    2. Marco conceptual

    2.1 STR

    El STR, al ser un servicio de radiodifusión, es un servicio público de interés general, por lo que, de conformidad con la CPEUM, el Estado garantizará que sea prestado en condiciones de competencia y calidad, y brinde los beneficios de la cultura a toda la población, pre-servando la pluralidad y la veracidad de la información, así como el fomento a los valores de la identidad nacional.

    En términos técnicos, el STR es un servicio que se presta mediante la propagación de señales de audio y video asociado, haciendo uso de bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico; las señales se distribuyen a los usuarios finales utilizando infraestructura que comprende torres, antenas, transmisores y otros equipos, y son recibidas por los te-levidentes de manera directa y gratuita mediante una antena y un receptor de televisión.

    Desde el punto de vista económico, el STR tiene características de un bien público, que es: i) no excluyente (cualquiera que cuente con un aparato receptor puede tener acceso a él, de manera libre) y ii) no rival (un número ilimitado de personas dentro de la zona de cobertura puede recibir la señal de manera simultánea).7

    En México, a partir de la transición a la TDT, completada en 2016, el STR se transmite únicamente en formato digital.

    Transición a la TDT

    La TDT permite transmitir Canales de Programación en formato digital con mayor calidad de audio e imagen que la tecnología analógica. Además, la TDT permite realizar multi-programación, por lo que, haciendo uso del mismo ancho de banda, se pueden transmitir varios Canales de Programación y no sólo uno como en la tecnología analógica.

    En México, la transición a la TDT, también conocida como apagón analógico, se formali-zó entre 2015 y 2016. En 2015, se concluyó el cese de las transmisiones de televisión en formato analógico en todo el país y en 2016, se finalizó la transición de las Estaciones y Equipos Complementarios de Baja Potencia,8 lo que marcó la conclusión definitiva de la transición a la TDT.

    Al respecto, la transición a la TDT permitió reordenar y aprovechar de forma más efi-ciente el espectro radioeléctrico, con beneficios directos en el sector de radiodifusión, e indirectos en el sector de telecomunicaciones.

    Beneficios en el sector de radiodifusión

    La TDT permite un uso más eficiente del espectro que beneficia a las audiencias del país ya que, a través del uso de la multiprogramación tienen acceso a:

    7 OCDE (2013). Competition Issues in Television and Broadcasting, p. 16. Disponible en: http://www.oecd.org/daf/competition/TV-and-broadcasting2013.pdf8 Se trata de estaciones que atienden poblaciones en zonas de difícil acceso, para las cuales se contempló un programa especial (Programa de Continuidad) que permitió extender la fecha límite para el cese de sus transmisiones analógicas hasta el 31 de diciembre de 2016, en  lugar del 31 de diciembre de 2015, a fin de no afectar  la provisión del servicio de radiodifusión en dichas áreas. Para mayor referencia, ver: IFT (2018) Memoria de la Transición a la Televisión Digital Terrestre. Disponible en: http://www.tdt.mx/docs/comunicados/2018/Memoria-TDT.PDF

    http://www.oecd.org/daf/competition/TV-and-broadcasting2013.pdfhttp://www.oecd.org/daf/competition/TV-and-broadcasting2013.pdfhttp://www.tdt.mx/docs/comunicados/2018/Memoria-TDT.PDFhttp://www.tdt.mx/docs/comunicados/2018/Memoria-TDT.PDF

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    • Mayor oferta de canales de programación, y• Mayor oferta y diversidad de contenidos.

    Además,  la TDT  representa una mejora  significativa en  la experiencia de  consumo de contenidos de TV Abierta, al ofrecer características como:

    • Mejor calidad de imagen y sonido, y• Servicios interactivos (guías electrónicas de programación, opciones de audio y

    subtítulos ocultos, traducciones al lenguaje de señas, entre otros).

    Por otra parte, los concesionarios de TDT cuentan con mayores posibilidades de entrada y expansión en el mercado, así como con mayor flexibilidad para desarrollar estrategias comerciales diferenciadas.

    Beneficios en el sector de telecomunicaciones

    La TDT también permite un uso más eficiente del espectro en beneficio de los usuarios de servicios de telecomunicaciones, ya que hizo posible la liberación de frecuencias que estaban siendo utilizado para el STR en las bandas de 600 MHz y 700 MHz, a fin de re-asignarlo a la provisión de servicios de telecomunicaciones.

    En particular, de los 108 MHz9 que se liberaron en la banda de 700 MHz, 90 MHz fueron asignados a la Red Compartida Mayorista,10 la cual tiene como propósito prestar servicios ma-yoristas a otros operadores de redes móviles y a OMV, a fin de que éstos puedan incrementar su cobertura y su capacidad para ofrecer más y mejores servicios minoristas a los usuarios finales. El compromiso de la Red Compartida es cubrir el 92.2% de la población en 2024.

    De acuerdo con lo establecido en la LFTR, los proveedores del STR pueden ser conce-sionarios o terceros que presten dicho servicio a través de un Canal de Programación en multiprogramación. En el primer caso, se requiere obtener una concesión para el uso, aprovechamiento y explotación del espectro radioeléctrico; el segundo caso, implica la celebración de un contrato entre un concesionario de radiodifusión y un tercero.11

    Respecto al otorgamiento de concesiones de espectro radioeléctrico para uso comercial, las concesiones se otorgan únicamente a través de un procedimiento de licitación públi-ca, previo pago de una contraprestación,12 mientras que las concesiones para uso público y social (incluidas las comunitarias y las indígenas) se otorgan por asignación directa.13 Respecto al acceso a un Canal de Programación en multiprogramación por parte de un tercero, el concesionario correspondiente debe solicitar autorización al Instituto para lle-var a cabo la multiprogramación del canal respectivo.

    Para el procedimiento de licitación pública y el otorgamiento de concesiones de uso pú-blico y social, el Instituto inicia con la elaboración del PABF, en el que establece las fre-cuencias que se encuentran disponibles en cada localidad para cada tipo de uso y que son sujetas de licitación o asignación.

    A este respecto, en el siguiente cuadro se muestran las frecuencias para el STR que se han incluido en cada PABF de 2015 a 2019.

    9 Para mayor referencia, ver: Memoria de la Transición a la Televisión Digital Terrestre. Disponible en: http://www.tdt.mx/docs/comunicados/2018/Memoria-TDT.PDF10 Artículo Décimo Sexto Transitorio del Decreto de Reforma.11 Artículo 159 de la LFTR y 18 de los Lineamientos.12 Artículo 78 de la LFTR.13 Artículo 28 de la CPEUM y artículo 83 de la LFTR.

    http://www.tdt.mx/docs/comunicados/2018/Memoria-TDT.PDFhttp://www.tdt.mx/docs/comunicados/2018/Memoria-TDT.PDF

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    Cuadro 1 Frecuencias para el STR incluidas en los PABF 2015-2019

    Modalidad de Uso Frecuencias incluidas2015 2016 2017 2018 2019 2020**

    Comercial 0 148* 0 58 50 9Público 12 40 10 12 10 14Social 0 6 10 22 15 8Total 12 194 20 92 75 31

    Fuente: Elaboración propia con información de los PABF 2015-2019.* Estas 148 frecuencias se incluyeron en la Licitación IFT-6.** En la primera versión del PABF 2020, se incluyeron 7, 8 y 3 frecuencias para uso comercial, público y social, respectivamente. Posteriormente, se incluyeron 2, 6 y 5 frecuencias adicionales, para los usos mencionados. PABF 2020 modificado, disponible en: http://www.ift.org.mx/industria/espectro-radioelectrico/programa-anual-de-uso-y-aprovechamiento/programa-anual-2020

    2.1.1 STR comercial

    Además de los atributos generales del STR, referidos en el apartado anterior, el STR co-mercial tiene la característica de ser una plataforma o mercado de dos lados que conecta dos tipos de consumidores: televidentes y anunciantes.

    En particular, un prestador del STR comercial ofrece contenidos a los televidentes bus-cando obtener los mayores niveles de audiencia posibles, ya que de ello depende el va-lor de los espacios publicitarios que comercializa. A su vez, los ingresos obtenidos de la comercialización de espacios publicitarios pueden ser utilizados para generar o adquirir contenidos atractivos.

    En ese sentido, el STR comercial, a diferencia del STR público y social, es un mercado de 2 (dos) lados en el que los proveedores funcionan como una plataforma para establecer un balance al satisfacer la demanda de ambos grupos de consumidores, tomando en con-sideración que, en general, los televidentes prefieren menos anuncios publicitarios y los anunciantes prefieren más televidentes. 

    Así, presumiblemente, un aumento en el tiempo destinado a publicidad permitiría reducir los precios de los espacios publicitarios, atrayendo anunciantes, pero sería percibido por los televidentes como una disminución en la calidad y, por lo tanto, podría implicar una disminución del nivel de audiencia.

    El STR comercial ha sido analizado por el Instituto en diversos precedentes decisorios.14 Los principales elementos que se han referido como parte del análisis son los siguientes:

    • A través de la transmisión de contenidos, los proveedores del STR comercial pue-den generar audiencias y comercializar espacios para publicidad.

    • El STR comercial es un mercado de dos lados en el que las audiencias (televiden-tes) y los anunciantes interactúan a través de la plataforma (el STR comercial). El STR comercial ofrece contenidos a las audiencias a precio cero a cambio de que éstas dediquen tiempo a observar las inserciones publicitarias pagadas por los

    14 Para mayor referencia, ver resoluciones del Instituto correspondientes a los expedientes: UCE/OLC-002-2014 a UCE/OLC-009-2014. Disponibles en: http://apps.ift.org.mx/publicdata/P_IFT_EXT_131114_217_Version_Publica.pdf http://apps.ift.org.mx/publicdata/P_IFT_EXT_131114_218_Version_Publica.pdf http://apps.ift.org.mx/publicdata/P_IFT_EXT_131114_219_Version_Publica.pdf http://apps.ift.org.mx/publicdata/P_IFT_EXT_131114_220_Version_Publica.pdf http://apps.ift.org.mx/publicdata/P_IFT_EXT_131114_221_Version_Publica.pdf http://apps.ift.org.mx/publicdata/P_IFT_EXT_131114_222_Version_Publica.pdf http://apps.ift.org.mx/publicdata/P_IFT_EXT_131114_223_Version_Publica.pdf http://apps.ift.org.mx/publicdata/P_IFT_EXT_131114_224_Version_Publica.pdf

    http://www.ift.org.mx/industria/espectro-radioelectrico/programa-anual-de-uso-y-aprovechamiento/programa-anual-2020http://www.ift.org.mx/industria/espectro-radioelectrico/programa-anual-de-uso-y-aprovechamiento/programa-anual-2020http://apps.ift.org.mx/publicdata/P_IFT_EXT_131114_217_Version_Publica.pdfhttp://apps.ift.org.mx/publicdata/P_IFT_EXT_131114_218_Version_Publica.pdfhttp://apps.ift.org.mx/publicdata/P_IFT_EXT_131114_219_Version_Publica.pdfhttp://apps.ift.org.mx/publicdata/P_IFT_EXT_131114_220_Version_Publica.pdfhttp://apps.ift.org.mx/publicdata/P_IFT_EXT_131114_221_Version_Publica.pdfhttp://apps.ift.org.mx/publicdata/P_IFT_EXT_131114_222_Version_Publica.pdfhttp://apps.ift.org.mx/publicdata/P_IFT_EXT_131114_223_Version_Publica.pdfhttp://apps.ift.org.mx/publicdata/P_IFT_EXT_131114_224_Version_Publica.pdf

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    anunciantes — el otro grupo de usuarios. Así, el STR comercial comprende dos mercados relevantes:

    i) La provisión y venta de tiempos en la programación para mensajes comerciales o publicidad a través de señales de televisión radiodifundida, y

    ii) La provisión y transmisión de señales de televisión radiodifundida (señales de au-dio y video), en forma directa y gratuita a la población, cuya programación puede ser vista utilizando los dispositivos idóneos para ello.

    • El STR público y el STR social no representan alternativas al STR comercial, pues:

    › No están autorizadas para comercializar publicidad. › Su audiencia objetivo es distinta a la del STR comercial.

    • El STR comercial constituye un medio separado de otros que también comerciali-zan publicidad y ofrecen entretenimiento, principalmente porque:

    El STR comercial:

    • Puede combinar imágenes con audio, por lo que el mensaje transmitido puede ser mucho más claro.

    • Los televidentes prestan atención al contenido que se presenta en el aparato re-ceptor de las señales de televisión.

    • Emite mensajes que pueden llegar sin que su receptor esté conscientemente bus-cándolo.

    • Llega a un gran número de personas con facilidad.

    • Transmite contenidos de mayor impacto y costo de producción, por lo cual este servicio tiene los mayores precios de publicidad en la industria.

    • Tiene precios de las inserciones publicitarias relativamente altos, principalmente para pequeños anunciantes.

    • Implica incurrir en altos costos para producir contenido audiovisual comercial, tanto para los proveedores como para los anunciantes.

    • Los ingresos de los proveedores provienen principalmente de la venta de espacios publicitarios.

    • Lo reciben las audiencias de manera gratuita y no requieren de acceso a internet.

    Mientras que,

    El STAR:

    • Generalmente se transmite a través de redes de cable, fibra óptica, satélite o IPTV terrestre, cuyos costos son distintos a los de la radiodifusión.

    • Se recibe mediante un contrato y un pago periódico.

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    • Los ingresos provienen principalmente de los pagos que realizan los suscriptores.

    • Permite acceder a un amplio rango de contenidos, aun en el caso de paquetes básicos.

    • Ofrece canales premium de deportes y de películas, a los cuales no es posible ac-ceder vía el STR comercial.

    • Ha sido considerado por autoridades de competencia en otras jurisdicciones tam-bién como un mercado diferente del STR.15

    Los contenidos audiovisuales a través de Internet (OTT):

    • Requieren contar con acceso a internet.16

    • Dependen de la calidad del servicio de acceso a Internet, especialmente en trans-misiones en vivo.

    • Requieren del uso de televisores inteligentes (Smart TV) que permiten la conexión directa a Internet o de dispositivos adicionales para los televisores que no cuentan con dicha capacidad (consolas de videojuegos, reproductores Blu-ray con acceso a internet, reproductores de streaming, entre otros).

    • Algunos requieren de una suscripción (además del pago mensual por el servicio de acceso a Internet).

    En general, la cadena de valor del STR comercial se integra de las actividades que se muestran en la siguiente figura:

    Figura 1. Cadena de valor del STR Comercial

    Producción o adquisiciónde Contenidos Audiovisuales

    (Productores independienteso verticalmente integrados,

    nacionales o internacionales)

    Anunciantes

    Televidentes

    Comercializaciónde espaciospublicitarios

    Transmisiónde señales

    Agregaciónde contenidos(Programadores)

    Fuente: Elaboración propia, con base en información de Motta, M. y Polo, M. (1997). Concentration and public policies in the broadcasting industries: The future of television.

    15 Como la autoridad de competencia del Reino Unido. Ver: http://stakeholders.ofcom.org.uk/binaries/consultations/market_invest_paytv/annexes/an13.pdf, página 5.16 Para ciertos servicios OTT, es necesaria una determinada velocidad de banda para tener un buen servicio. Al respecto, un proveedor de este tipo de servicios (Netflix) señala que se requiere una velocidad de, al menos, 0.5 Mbps para tener una experiencia satisfactoria. Información disponible en: https://help.netflix.com/en/node/306

    http://stakeholders.ofcom.org.uk/binaries/consultations/market_invest_paytv/annexes/an13.pdfhttp://stakeholders.ofcom.org.uk/binaries/consultations/market_invest_paytv/annexes/an13.pdfhttps://help.netflix.com/en/node/306

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    • Producción o adquisición de contenidos audiovisuales. En esta etapa se pro-ducen o adquieren contenidos audiovisuales. Las obras audiovisuales constituyen productos diferenciados, cuya creación enfrenta una demanda incierta, altos cos-tos de producción y bajos costos de reproducción. Asimismo, existen contenidos cuyos derechos de transmisión son adquiridos en exclusiva por los agentes eco-nómicos que buscan diferenciarse de sus rivales.17

    • Comercialización de espacios publicitarios. Esta es la actividad que genera in-gresos a  los proveedores del STR para financiar  la producción o adquisición de contenidos y realizar inversiones. Los concesionarios ofrecen espacios publicita-rios a cambio del pago de una contraprestación.

    • Agregación de contenidos (programación de señales de televisión). En esta etapa se seleccionan y ordenan en el tiempo contenidos audiovisuales e insercio-nes publicitarias, y se define la secuencia en la que se presentarán a las audiencias durante el periodo de transmisión de la señal, para cada día de transmisión.

    • Transmisión de señales de televisión. Las señales de televisión se adecuan para hacerlas susceptibles de transmitirse a través de Canales de Transmisión a los televidentes. Para la transmisión de señales del STR se requiere hacer uso de es-pectro radioeléctrico concesionado e infraestructura física.

    2.1.2 STR público y social

    Las concesiones para el STR público y social no tienen como objetivo explotar estacio-nes con fines de lucro; las de uso público confieren el derecho a los órganos de gobierno federales, estatales y municipales, así como a los órganos constitucionales autónomos y las instituciones de educación superior de carácter público, para proveer servicios de ra-diodifusión para el cumplimiento de sus fines y atribuciones; las de uso social confieren el derecho a organizaciones y asociaciones civiles, medios comunitarios e indígenas, así como las instituciones de educación superior de carácter privado, para prestar servicios de radiodifusión con propósitos culturales, científicos, educativos o a la comunidad.

    Así, el ámbito de actividades de los proveedores del STR público y social es distinto al de los proveedores del STR comercial, quienes sí pueden comercializar espacios publicitarios a través de las señales radiodifundidas.

    En este contexto, los titulares de concesiones de espectro de uso público y social no par-ticipan en el mercado donde desarrollan sus actividades los tenedores de concesiones de espectro de uso comercial. No obstante, ambos tipos de concesionarios requieren de es-pectro radioeléctrico (Canales de Transmisión) para la prestación del servicio de radiodi-fusión correspondiente, el cual es un recurso limitado; es decir, el espectro radioeléctrico disponible puede asignarse a usos alternativos y excluyentes.

    Por ello, el otorgamiento de concesiones de espectro de uso público y social puede tener efectos sobre las condiciones de competencia y libre concurrencia en el STR comercial.

    En ese sentido, en el otorgamiento de concesiones para el STR público y social, el Instituto evalúa –como también lo hace en el otorgamiento de concesiones de uso comercial- si las solicitudes tienen o pueden tener por efecto establecer barreras a la entrada o efectos contrarios a la competencia y libre concurrencia en la provisión del STR comercial.

    17 Un análisis similar es presentado en OCDE (1998). Regulation and Competition Issues in Broadcasting in the light of Convergence. Disponible en: https://www.oecd.org/daf/competition/sectors/1920359.pdf

    https://www.oecd.org/daf/competition/sectors/1920359.pdf

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    2.2 Acuerdos comerciales entre participantes

    Los participantes de la industria de la radiodifusión en México interactúan a través de la celebración de diversos acuerdos relacionados con la prestación del servicio, entre los cuales el Instituto ha identificado los siguientes.

    • Uso de marca. La marca es un factor importante para el éxito de una estación de radiodifusión pues le otorga la imagen e identidad que la distinguen de sus com-petidores, permitiéndole ser identificada plenamente por el público. En este sen-tido, los proveedores del STR pueden establecer vínculos comerciales con grupos cuyas marcas se encuentran bien posicionadas, a fin de aprovechar su prestigio y tener acceso a espacios de promoción en diversos medios de comunicación.

    • Afiliación para la trasmisión de contenidos. Mediante este tipo de acuerdos, las estaciones pueden transmitir, de manera total o parcial, contenidos producidos y transmitidos por otra estación o GIE, los cuales suelen ser atractivos para las audiencias, factor que es determinante para el éxito de una estación.18 Así, estos acuerdos permiten a las estaciones reducir costos de producción e incertidumbre respecto a la aceptación de nuevos contenidos por parte de las audiencias.

    • Afiliación para la venta de publicidad. Son acuerdos comerciales entre comer-cializadoras y estaciones, mediante los cuales se habilita a las comercializadoras para que representen a las estaciones en la venta de la totalidad o parte de sus espacios publicitarios a cambio de una contraprestación, la cual puede ser una comisión sobre las ventas, un pago en efectivo, un pago en especie, o un esquema combinado, entre otras. Mediante este tipo de acuerdos, los proveedores locales pueden acceder a anunciantes con presencia nacional, lo cual podría ser menos factible sin la intermediación de las comercializadoras, quienes cuentan con una fuerza de ventas especializada.

    • Venta de inventarios comerciales y de programación. Estos acuerdos consisten en vender parte del tiempo de transmisión de una estación, para que el com-prador transmita el contenido de su elección y pueda comercializar los espacios publicitarios disponibles; además del tiempo de transmisión, el vendedor también proporciona los servicios asociados a la operación de la estación.

    Asimismo, existen convenios que conjuntan o combinan las características de los acuerdos antes señalados.

    A manera de ejemplo, el AEPR incluye a 25 (veinticinco) estaciones del STR comercial que, sin ser propiedad de Grupo Televisa, fueron declaradas como parte del mismo GIE, en ra-zón de tener vínculos de afiliación mediante los cuales retransmiten 40% (cuarenta por ciento) o más de programación que coincide con la de Grupo Televisa.19

    18 La afiliación puede consistir en las siguientes relaciones: a) La afiliada paga a la empresa que afilia un monto monetario por el licenciamiento de la retransmisión de contenidos. En estos casos, generalmente, la afiliada es quien inserta y cobra por la publicidad dentro de la programación.  b) La empresa que afilia paga a la afiliada un monto monetario por la retransmisión de contenidos. En estos casos, generalmente, la afiliada retransmite íntegramente la señal y es la empresa que afilia quien inserta y cobra por la publicidad. c) La afiliada retransmite el contenido de la empresa que afilia y cada una inserta y cobra por publicidad en un porcentaje del tiempo total disponible para esos fines19 En la Resolución P/IFT/040320/77, del 04 de marzo de 2020, el Pleno del Instituto resolvió que Tele Emisoras del Sureste, S.A. de C.V. deja de formar parte del GIE declarado como AEPR. Al respecto, las variaciones en los cálculos que representa esta actualización respecto a los que se presentan en este documento son marginales, debido a que Tele Emisoras del Sureste, S.A. de C.V. es titular únicamente de 2 (dos) de las 249 (doscientos cuarenta y nueve) estaciones asignadas al AEPR.

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    21

    2.3 Multiprogramación

    La multiprogramación en la provisión de los servicios de radiodifusión consiste en la dis-tribución de más de un Canal de Programación en un mismo Canal de Transmisión.20 El uso de la multiprogramación en la provisión del STR es posible por la tecnología digital con que se transmiten los Canales de Programación y permite hacer un uso más eficiente del espectro radioeléctrico.

    Si un concesionario de radiodifusión quiere transmitir un Canal de Programación Adicional en un Canal de Trasmisión que tenga concesionado, debe obtener la autorización del Ins-tituto. Asimismo, un tercero (que puede tener o no el carácter de concesionario de radio-difusión) puede contratar el acceso a un Canal de Transmisión mediante una negociación comercial con el concesionario correspondiente.

    Así, a través de la multiprogramación, en un Canal de Transmisión de 6 MHz concesionado originalmente para transmitir una señal audiovisual, es posible:

    • Transmitir un mayor número de Canales de Programación, mediante el uso de tecnologías que permiten la multiplexación y la compresión.

    • Contar con mayor capacidad para transmitir audio y video de mejor calidad.

    • Enfrentar menores costos de transmisión.

    En este sentido, el uso de la multiprogramación en el STR tiene por efecto aumentar la oferta de Canales de Programación de acceso abierto y gratuito para las audiencias.

    En cuestiones regulatorias, los Lineamientos establecen que los concesionarios de ra-diodifusión o los terceros, según sea el caso, al transmitir un Canal de Programación en multiprogramación, no podrán utilizar tasas de transferencia menores a las siguientes:

    a) A través del formato de compresión MPEG-2:

    › Alta definición (HDTV): 10 Mbps. › Definición estándar (SDTV): 3 Mbps.

    b) A través del formato de compresión MPEG-4:

    › Alta definición (HDTV): 6 Mbps. › Definición estándar (SDTV): 2.5 Mbps.

    En México se utiliza principalmente el formato de compresión MPEG-2 con la especifica-ción ATSC A/53, el cual permite una tasa de transferencia máxima de 19.39 Mbps.21 Bajo estas características, en 1 (un) Canal de Transmisión de 6 MHz es posible transmitir 1 (un) canal HDTV y 3 (tres) canales SDTV; alternativamente, se pueden transmitir hasta 6 (seis) canales SDTV.

    En resumen, la multiprogramación:

    • Disminuye las restricciones a la entrada en la provisión del STR;

    20 Artículo 2, fracción XIV, de los Lineamientos. Disponible en: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5382262&fecha=17/02/201521 ACUERDO por el que se adopta el estándar tecnológico de televisión digital terrestre y se establece la política para la transición a la televisión digital terrestre en México, publicado en el DOF el 2 de julio de 2004. Disponible en: http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=678631&fecha=02/07/2004.

    https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5382262&fecha=17/02/2015http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=678631&fecha=02/07/2004.http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=678631&fecha=02/07/2004.

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    22

    • Disminuye la inversión necesaria para entrar al mercado;

    • Permite utilizar el espectro de manera eficiente;

    • Permite que las audiencias tengan acceso a una mayor variedad de Canales de Programación y contenidos, y

    • Permite incrementar la competencia en la provisión del STR comercial.

    Figura 2 Esquema de la transmisión de señales del STR

     

    Nota: El esquema ilustra los principales conceptos relacionados con la transmisión de señales del STR, cuando se hace uso de la multiprogramación. En este caso, a través del Canal de Transmisión C1, se transmiten los Canales de Programación C1.1, C1.2 y C1.3. Los Canales de Programación Adicionales C1.2 y C.1.3 son aquellos que no pueden transmitirse únicamente al amparo de la concesión, sino que requieren de una autorización de acceso a la multiprogramación por parte del Instituto.

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    23

    3. Políticas de administración y asignación del espectro radioeléctrico para el STR

    3.1 Licitaciones de concesiones del STR comercial

    El espectro radioeléctrico es un insumo indispensable para la prestación del STR; sin em-bargo, éste es escaso, y en México el acceso a tal insumo representó históricamente una importante barrera a la entrada. Sin embargo, las licitaciones IFT-1 e IFT-6 redujeron esta barrera al permitir la entrada y la expansión de proveedores del STR comercial. A conti-nuación, se describe en qué consistieron ambos procesos de licitación.

    3.1.1 Licitación IFT-1 (Cadena nacional)

    El Decreto de Reforma Constitucional, en su artículo Octavo Transitorio, fracción II, es-tableció que el Instituto debía publicar en un plazo no mayor a 180 (ciento ochenta) días naturales a partir de su integración, las bases y convocatorias para licitar nuevas conce-siones de frecuencias de televisión radiodifundida agrupadas a efecto de formar por lo menos 2 (dos) nuevas cadenas del STR con cobertura nacional.

    Ante este mandato constitucional, el 17 de diciembre de 2013, el Pleno del Instituto aprobó el “Programa de Licitación y adjudicación de frecuencias de televisión radiodifundida digital”22, el cual contenía las frecuencias y coberturas de las estaciones de televisión con las que se formarían las 2 (dos) cadenas nacionales.

    El 6 de marzo de 2014, el Pleno del Instituto aprobó por unanimidad la Convocatoria de la Licitación IFT-1 con el objeto de concesionar las 2 (dos) cadenas nacionales y prestar el STR comercial por un plazo de 20 (veinte) años;23 el 16 de abril de 2014, aprobó un valor mínimo de referencia de 830,000,000 (ochocientos treinta millones) de pesos para cada una de las cadenas nacionales.24

    Conforme al calendario de la Licitación IFT-1, el 2 y 3 de septiembre de 2014, los intere-sados en participar presentaron su solicitud de opinión en materia de competencia econó-mica25 y, el 13 de noviembre, el Instituto emitió opinión favorable a los siguientes 7 (siete) grupos interesados:

    • Grupo Radio Centro, S.A. B. de C.V.26,27

    • Empresarios Industriales de México, S.A. de C.V.28

    • Cadena Tres I, S.A. de C.V.29

    • Centro de Información Nacional de Estudios Tepeyac, S.A. de C.V. (CINET)30

    22 Para mayor referencia, ver: http://apps.ift.org.mx/publicdata/P_IFT_EXT_171213_13.pdf23 Para mayor referencia, ver: http://www.ift.org.mx/sites/default/files/comunicacion-y-medios/comunicados-ift//comunicado-ift-06-03-14.pdf24 Para mayor referencia, ver: http://www.ift.org.mx/sites/default/files/comunicacion-y-medios/comunicados-ift//comunicado-17-ift-16-04-2014.pdf25 Para mayor referencia, ver: http://www.ift.org.mx/comunicacion-y-medios/comunicados-ift/es/el-Instituto-federal-de-telecomunicaciones-realiza-acciones-y-emite-regulaciones-para-impulsar-la26 Para mayor referencia, ver: http://apps.ift.org.mx/publicdata/P_IFT_EXT_131114_219_Version_Publica.pdf27 Para mayor referencia, ver: http://apps.ift.org.mx/publicdata/P_IFT_EXT_131114_220_Version_Publica.pdf28 Para mayor referencia, ver: http://apps.ift.org.mx/publicdata/P_IFT_EXT_131114_218_Version_Publica.pdf29 Para mayor referencia, ver: http://apps.ift.org.mx/publicdata/P_IFT_EXT_131114_217_Version_Publica.pdf30 Para mayor referencia, ver: http://apps.ift.org.mx/publicdata/P_IFT_EXT_131114_223_Version_Publica.pdf

    http://apps.ift.org.mx/publicdata/P_IFT_EXT_171213_13.pdfhttp://www.ift.org.mx/sites/default/files/comunicacion-y-medios/comunicados-ift//comunicado-ift-06-03-14.pdfhttp://www.ift.org.mx/sites/default/files/comunicacion-y-medios/comunicados-ift//comunicado-ift-06-03-14.pdfhttp://www.ift.org.mx/sites/default/files/comunicacion-y-medios/comunicados-ift//comunicado-17-ift-16-04-2014.pdfhttp://www.ift.org.mx/sites/default/files/comunicacion-y-medios/comunicados-ift//comunicado-17-ift-16-04-2014.pdfhttp://www.ift.org.mx/comunicacion-y-medios/comunicados-ift/es/el-Instituto-federal-de-telecomunicaciones-realiza-acciones-y-emite-regulaciones-para-impulsar-lahttp://www.ift.org.mx/comunicacion-y-medios/comunicados-ift/es/el-Instituto-federal-de-telecomunicaciones-realiza-acciones-y-emite-regulaciones-para-impulsar-lahttp://apps.ift.org.mx/publicdata/P_IFT_EXT_131114_219_Version_Publica.pdfhttp://apps.ift.org.mx/publicdata/P_IFT_EXT_131114_220_Version_Publica.pdfhttp://apps.ift.org.mx/publicdata/P_IFT_EXT_131114_218_Version_Publica.pdfhttp://apps.ift.org.mx/publicdata/P_IFT_EXT_131114_217_Version_Publica.pdfhttp://apps.ift.org.mx/publicdata/P_IFT_EXT_131114_223_Version_Publica.pdf

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    24

    • Lauman Broadcast, S. de R. L. de C.V.31

    • Consorcio MAC, S.A. de C.V.32

    • Concesionaria Comseg, S.A. de C.V.33

    El 20 de noviembre de 2014, el Instituto dio inicio a la segunda etapa del proceso de lici-tación, en la que 3 (tres) interesados presentaron la garantía de seriedad y propuestas de cobertura y económica: CINET, Cadena Tres y Grupo Radio Centro. No obstante, el 30 de enero de 2015, CINET comunicó al Instituto su decisión de no seguir en el proceso.

    El 11 de marzo de 2015, el Instituto declaró como participantes ganadores de la Licitación IFT-1 a Grupo Radio Centro y a Cadena Tres. Sin embargo, el 13 de abril de 2015 se desca-lificó a Grupo Radio Centro debido a que el Instituto no recibió el pago de la contrapres-tación ofertada por 3,058,000,000 (tres mil cincuenta y ocho millones) de pesos.34

    Al final del proceso, Cadena Tres recibió 1 (una) concesión para operar 123 (ciento veinti-trés) Canales de Transmisión del STR comercial distribuidos en el territorio nacional, con una oferta de cobertura de 106,302,186 (ciento seis millones trescientos dos mil ciento ochenta y seis) habitantes, pagando la contraprestación ofertada de 1,808,000,000 (mil ochocientos ocho millones) de pesos35. A continuación, se muestra el mapa de cobertura de las estaciones que Imagen obtuvo en la Licitación IFT-1.

    Figura 3 Cobertura de todas las estaciones concesionadas a Imagen en la Licitación IFT-1

    Fuente: Elaboración propia con información del Instituto.

    31 Para mayor referencia, ver: http://apps.ift.org.mx/publicdata/P_IFT_EXT_131114_224_Version_Publica.pdf32 Para mayor referencia, ver: http://apps.ift.org.mx/publicdata/P_IFT_EXT_131114_222_Version_Publica.pdf33 Para mayor referencia, ver: http://apps.ift.org.mx/publicdata/P_IFT_EXT_131114_221_Version_Publica.pdf34 Para mayor referencia, ver: http://www.ift.org.mx/sites/default/files/conocenos/pleno/sesiones/acuerdoliga/piftext13041582acc.pdf35 Para mayor referencia, ver: http://apps.ift.org.mx/publicdata/P_IFT_EXT_110315_62.pdf

    http://apps.ift.org.mx/publicdata/P_IFT_EXT_131114_224_Version_Publica.pdfhttp://apps.ift.org.mx/publicdata/P_IFT_EXT_131114_222_Version_Publica.pdfhttp://apps.ift.org.mx/publicdata/P_IFT_EXT_131114_221_Version_Publica.pdfhttp://www.ift.org.mx/sites/default/files/conocenos/pleno/sesiones/acuerdoliga/piftext13041582acc.pdfhttp://apps.ift.org.mx/publicdata/P_IFT_EXT_110315_62.pdf

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    25

    3.1.2 Licitación IFT-6 (Estaciones locales)

    La Licitación IFT-6 tuvo por objeto concesionar el uso, aprovechamiento y explotación comercial de 148 (ciento cuarenta y ocho) Canales de Transmisión para la prestación del STR comercial con cobertura local por un plazo de 20 (veinte) años.

    El 18 de noviembre de 2016, el Pleno del Instituto aprobó y emitió la Convocatoria de la Li-citación IFT-6, en la cual se establecieron los lotes a licitar y sus correspondientes valores mínimos de referencia, los cuales se encontraron entre 13,000 (trece mil) y 425,929,000 (cuatrocientos veinticinco millones, novecientos veintinueve mil) pesos.

    La suma de los valores mínimos de referencia de los 148 (ciento cuarenta y ocho) Cana-les de Transmisión contemplados en la Licitación IFT-6 ascendió a 3,422,094,000 (tres mil cuatrocientos veintidós millones, noventa y cuatro mil) pesos.36

    El 3 de marzo de 2017 concluyó la etapa de entrega de información y documentación, en la que se recibió la documentación de 24 (veinticuatro) interesados,37 de los cuales 14 (catorce) recibieron constancias de participación del Instituto.38

    El 25 de septiembre de 2017, el Pleno del Instituto emitió 32 (treinta y dos) fallos a favor de 13 (trece) participantes ganadores,39 quienes obtuvieron al menos 1 (una) concesión.

    La suma de los valores mínimos de referencia de los 32 (treinta y dos) Canales de Trans-misión ganados fue de 1,565,347,000 (mil quinientos sesenta y cinco millones trescientos cuarenta y siete mil) pesos, mientras que el monto total de las contraprestaciones ofre-cidas por los participantes ganadores y que entregaron a la Tesorería de la Federación fue de 1,614,030,500.00 (mil seiscientos catorce millones treinta mil quinientos) pesos.40

    El 18 de diciembre de 2017 el Instituto entregó los títulos de concesión de 32 (treinta y dos) Canales de Transmisión a 12 (doce) diferentes GIE, 7 (siete) de los cuales son nuevos proveedores del STR comercial: Compañía Periodística Sudcaliforniana, Grupo Garza Li-món, Grupo Radio Centro, José Guadalupe Manuel Trejo García, Quiero Media, Radio Ope-radora Pegasso y Radio-Televisión de Nayarit, quienes obtuvieron 34.4% (treinta y cuatro punto cuatro por ciento) de las concesiones asignadas en esa licitación.

    Cuadro 2 Ganadores de la Licitación IFT-6

    No. Participante Concesiones

    Ganadas

    Poblaciones principalesa servir Contraprestación

    total (pesos)

    1 Telsusa 12

    Campeche y Champotón Ciudad del Carmen León, Silao y

    Lagos de Moreno Agualeguas Puebla y Área Metropolitana

    y Tlaxcala Cancún Chetumal Tulum, Cozumel y Solidaridad

    Jalapa, Misantla, Perote Veracruz y Boca del Río Mérida

    Tizimín y Valladolid

    262,237,500

    36 Apéndice F de las Bases de Licitación. Disponible en: http://www.ift.org.mx/sites/default/files/industria/espectro-radioelectrico/television/2016/6/anexo1acuerdoemiteconvocatoria.pdf37 Para mayor referencia, ver: http://www.ift.org.mx/comunicacion-y-medios/comunicados-ift/es/concluye-la-etapa-de-entrega-de-informacion-y-documentacion-para-licitacion-de-canales-de38 Para mayor referencia, ver: http://www.ift.org.mx/comunicacion-y-medios/comunicados-ift/es/concluye-la-entrega-de-constancias-de-participacion-14-interesados-en-la-licitacion-no-ift-6-de39 Para mayor referencia, ver: http://www.ift.org.mx/sites/default/files/industria/espectro-radioelectrico/television/2016/6/acuerdolotesdesiertosiftno6.6.pdf40 Para mayor referencia, ver: http://www.ift.org.mx/sites/default/files/industria/espectro-radioelectrico/television/2016/6/anexo21comunicadodeprensa.pdf

    http://www.ift.org.mx/sites/default/files/industria/espectro-radioelectrico/television/2016/6/anexo1acuerdoemiteconvocatoria.pdfhttp://www.ift.org.mx/sites/default/files/industria/espectro-radioelectrico/television/2016/6/anexo1acuerdoemiteconvocatoria.pdfhttp://www.ift.org.mx/comunicacion-y-medios/comunicados-ift/es/concluye-la-etapa-de-entrega-de-informacion-y-documentacion-para-licitacion-de-canales-dehttp://www.ift.org.mx/comunicacion-y-medios/comunicados-ift/es/concluye-la-etapa-de-entrega-de-informacion-y-documentacion-para-licitacion-de-canales-dehttp://www.ift.org.mx/comunicacion-y-medios/comunicados-ift/es/concluye-la-entrega-de-constancias-de-participacion-14-interesados-en-la-licitacion-no-ift-6-dehttp://www.ift.org.mx/comunicacion-y-medios/comunicados-ift/es/concluye-la-entrega-de-constancias-de-participacion-14-interesados-en-la-licitacion-no-ift-6-dehttp://www.ift.org.mx/sites/default/files/industria/espectro-radioelectrico/television/2016/6/acuerdolotesdesiertosiftno6.6.pdfhttp://www.ift.org.mx/sites/default/files/industria/espectro-radioelectrico/television/2016/6/acuerdolotesdesiertosiftno6.6.pdfhttp://www.ift.org.mx/sites/default/files/industria/espectro-radioelectrico/television/2016/6/anexo21comunicadodeprensa.pdfhttp://www.ift.org.mx/sites/default/files/industria/espectro-radioelectrico/television/2016/6/anexo21comunicadodeprensa.pdf

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    No. Participante Concesiones

    Ganadas

    Poblaciones principalesa servir Contraprestación

    total (pesos)

    2

    Multimedios Multimedios Televi-

    sión (4) y Televisión Digital (2) 6

    Ciudad Juárez, Monclova y Castaños, Ciudad de México

    y Área Metropolitana, Durango, Guadalajara y Área

    Metropolitana, y Puebla y Área Metropolitana

    647,466,000

    3 Compañía Periodística Sudcalifor-

    niana

    3 La Paz, San José del Cabo-Cabo San Lucas, y Puerto Vallarta 30,377,000

    4 Grupo Garza Limón 2 Cuencamé y Santiago Papasquiaro 2,187,000

    5 Radio- Televisión de Nayarit 2 Acaponeta-Tecuala y Tepic, y Santiago Ixcuintla 14,254,000

    6 Comunicación 2000 1 Matehuala 2,795,000

    7 Grupo Radio Centro 1 Ciudad de México y área metropolitana 425,929,000

    8 Grupo Intermedia 1 Chihuahua y Ciudad Delicias 53,516,000

    9 José Guadalupe Manuel Trejo

    García

    1 Uruapan 8,516,000

    10 Quiero Media 1 Guadalajara y área metropolitana 113,375,000

    11 Radio Operadora Pegasso 1 San Luis Potosí y Río Verde 36,050,000

    12 Grupo Zócalo 1 Saltillo 17,328,000

    Total 32 1,614,030,500

    Fuente: Elaboración propia con información del Instituto, disponible en: http://www.ift.org.mx/comunicacion-y-medios/comunicados-ift/es/el-ift-emitio-el-fallo-en-favor-de-13-participantes-ganadores-de-la-licitacion-ift-6-de-canales-de.

    Los 32 (treinta y dos) Canales de Transmisión estarán ubicados en 29 (veintinueve) zonas de cobertura distintas,41 y cubrirán potencialmente a una población de alrededor de 50 (cincuenta) millones de personas (cerca de 45% de la población total del país).

    Figura 4 Cobertura de las estaciones concesionadas a los ganadores de la Licitación IFT-6

    Fuente: Elaboración propia con información del Instituto.

    41 Para mayor referencia, ver: http://www.ift.org.mx/comunicacion-y-medios/comunicados-ift/es/se-acredita-el-pago-total-de-las-contraprestaciones-por-32-canales-de-television-radiodifundida

    http://www.ift.org.mx/comunicacion-y-medios/comunicados-ift/es/se-acredita-el-pago-total-de-las-contraprestaciones-por-32-canales-de-television-radiodifundidahttp://www.ift.org.mx/comunicacion-y-medios/comunicados-ift/es/se-acredita-el-pago-total-de-las-contraprestaciones-por-32-canales-de-television-radiodifundida

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    3.2 Otorgamiento de concesiones para proveer el STR público y social

    El artículo 28 de la Constitución, así como la LFTR, establecen que las concesiones para uso público y social son sin fines de lucro y se otorgan bajo el mecanismo de asignación directa, en condiciones que garanticen la transparencia del procedimiento.

    Para cumplir con lo anterior, el Instituto elabora los PABF, en los que establece las fre-cuencias que se encuentran disponibles en cada localidad, para cada tipo de uso: comer-cial, público y social.

    Una vez publicado el PABF correspondiente, los interesados en obtener una concesión pú-blica o social pueden presentar una solicitud al Instituto por algún Canal de Transmisión en las localidades de su interés; y el Instituto realiza los análisis pertinentes de acuerdo con el artículo 90 de la LFTR, a fin de determinar si se asigna la concesión solicitada.

    En los PABF 2015 a 2020, se han incluido un total de 92 (noventa y dos) Canales de Transmisión del STR público y 56 (cincuenta y seis) Canales de Transmisión del STR social.

    Cuadro 3 Canales de Transmisión del STR público y social previstos en los PABF 2015-2020

    PABF STR público STR social2015 12 02016 40 62017 10 102018 12 222019 10 152020 8 3Total 92 56

    Fuente: Elaboración propia con información de los PABF.

    De los Canales de Transmisión incluidos en los PABF 2015-2019, se otorgaron 32 (treinta y dos) concesiones de uso público y 12 (doce) de uso social,42 de las cuales 10 (diez) están en instalación, dado que la mayoría se otorgó entre 2018 y 2019.43

    Cuadro 4 Canales de Transmisión del STR público otorgados entre 2015 y 2019

    No. Año Proveedor Distintivo Entidad1

    2015

    Gobierno del Estado de Zacatecas XHZHZ Zacatecas2 Universidad Juárez Autónoma de Tabasco XHUJAT Tabasco3 SPR XHSPO Coahuila4 SPR XHSPY Nayarit5 SPR XHSPS San Luis Potosí6 SPR XHSPJ Quintana Roo7 SPR XHSPG Guerrero8 SPR XHSPQ Quintana Roo9 SPR XHSPB Baja California Sur

    42 RPC. Base de datos completa de concesiones, autorizaciones y permisos. Actualizada al 30 de septiembre de 2019. Disponible en: http://ucsweb.ift.org.mx/vrpc/visor/downloads43 Base de datos de Concesiones de Uso Social. Disponible en: http://www.ift.org.mx/industria/concesiones-sociales-otorgadas

    http://ucsweb.ift.org.mx/vrpc/visor/downloadshttp://www.ift.org.mx/industria/concesiones-sociales-otorgadas

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    28

    No. Año Proveedor Distintivo Entidad10

    2016

    SPR XHPBPV Jalisco11 SPR XHPBDR Durango12 SPR XHPBMR Oaxaca13 SPR XHPBPA Hidalgo14 SPR XHPBTH Puebla15 SPR XHPBCL Sinaloa16 SPR XHPBGY Sonora17

    2017

    Gobierno del Estado de Puebla XHPBZC Puebla18 IPN XHPBMY Nuevo León19 IPN XHPBCN Quintana Roo20 IPN XHPBGD Jalisco21 Gobierno del Estado de Michoacán XHPBHU Michoacán22 IPN XHPBTP Nayarit23 Gobierno del Estado de Coahuila XHPBSA Coahuila de Zaragoza24 Sistema Quintanarroense de Comunicación Social XHLQR Quintana Roo25 Universidad Autónoma de Querétaro XHPBQR Querétaro26 Sistema Quintanarroense de Comunicación Social XHNQR Quintana Roo27 Universidad de Guadalajara XHPBLM Jalisco28 Universidad de Guadalajara XHPBGZ Jalisco29 2018 Universidad de Guadalajara XHCPAF Jalisco30

    2019Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo XHPEAH Hidalgo

    31 Universidad Autónoma de Occidente XHCPAR Sinaloa32 Gobierno del Estado de Colima XHPBMZ Colima

    Fuente: Elaboración propia con datos del RPC.

    Cuadro 5 Canales de Transmisión del STR social otorgados entre 2015 y 2019

    No. Año Proveedor Distintivo Entidad1 2015 Fundación Cultural por Zacatecas, A.C. XHFZC Zacatecas2 Integración Mexicana con Visión en Zacatecas, A.C. XHZAC Zacatecas3 Valores y Tradiciones de mi Tierra, A.C. XHZAE Zacatecas4 2018 Laura Amparo Otto Díaz XHLAZ Michoacán5 Universidad Autónoma España de Durango XHPBDG Durango6 Patronato pro Difusión Social, A.C. XHRBA Tamaulipas7 Fundación Garza Limón, A.C. XHFGL Durango8 Simón Valanci Buzali XHTUG Chiapas9 2019 Flavio René Acevedo XHMOM Michoacán10 Radio Comunicación Purépecha, A.C. XHCSAF Michoacán11 Red Global Cultural de Televisión, A.C. XHCSBA Puebla12 Patronato para el Fomento de la Educación, S.C. XHFE Morelos

    Fuente: Elaboración propia con datos del RPC.

    3.3 Autorizaciones de multiprogramación

    La multiprogramación también ha contribuido a reducir las barreras a la entrada y la ex-pansión asociadas al acceso a concesiones de espectro radioeléctrico para proveer el STR. En particular, la multiprogramación ha permitido la entrada de proveedores que, sin ser concesionarios, pueden ofrecer sus contenidos audiovisuales.

    Al 3T 2019, 376 (trescientos setenta y seis) de los 885 (ochocientos ochenta y cinco) Canales de Transmisión concesionados en el país han obtenido autorización del Instituto

  • Estudio de Diagnóstico del Servicio de Televisión Radiodifundida en México

    29

    para acceder a la multiprogramación,44 mientras que, en 2014, únicamente 50 (cincuenta) Canales de Transmisión tenían acceso a la multiprogramación.

    En el siguiente cuadro, se presenta a los proveedores del STR y su número de Canales de Transmisión con autorización de acceso a la multiprogramación.

    Cuadro 6 Concesionarios del STR con autorización para multiprogramar, 3T 2019

    Proveedor Canales de Transmisión

    asignados

    Concesionario

    Canales de

    Transmisión con

    autorización de

    multiprogramación

    AEPR 249

    Televimex S.A. de C.V. 56Radio Televisión, S.A. de C.V. 18Televisora de Occidente, S.A. de C.V. 6Televisora Peninsular, S.A. de C.V. 1Roberto Casimiro González Treviño 1TV de Culiacán, S.A. de C.V. 1Televisión del Pacífico, S.A. de C.V. 1Televisión de la Frontera, S.A. 1Total 85

    TV Azteca 180TV Azteca 154Televisora del Valle de México, S.A.P.I de C.V. 1Total 155

    Imagen 124 (47 en operación)

    Cadena Tres I, S.A. de C.V 38Total 38

    Multimedios 14Multimedios Televisión, S.A. de C.V. 7Televisión Digital, S.A. de C.V. 5Total 12

    Comunicación 2000

    2 Comunicación 2000, S.A. de C.V. 1Total 1

    Quiero Media 1 Quiero Media, S.A. de C.V. 1Total 1

    Grupo Zócalo 3Tele Saltillo, S.A. de C.V. 1XHFJS-TV, S.A. de C.V. 1Total 2

    Grupo Entravisión 3Tele Nacional, S. de R.L. de C.V. 1Televisora Alco, S. de R.L. de C.V. 1TV Norte, S. de R.L. de C.V. 1Total 3

    Grupo Intermedia 3Intermedia y Asociados de Mexicali, S.A. de C.V.

    1

    Televisora Nacional, S.A. de C.V 1Total 2

    Telesistemas de Coahuila

    1 Telesistemas de Coahuila, S.A. de C.V. 1Total 1

    Televisora del Yaqui

    1 Televisora del Yaqui, S.A. de C.V. 1Total 1

    Otros comerciales 26 Total 0

    44 De acuerdo con información del Listado de Autorización de Acceso a Multiprogramación, consultado el 30 de septiembre de 2019.

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    Público 257

    SPR 26Gobierno del Estado de Guanajuato 27Gobierno de la Ciudad de México 1Gobierno del Estado de Aguascalientes 1Gobierno del Estado de Jalisco 1Gobierno del Estado de Zacatecas 1Televisión Metropolitana, S.A. de C.V 1IPN 13Universidad de Guadalajara 3Total 74

    Social 21 Sistema Regional de Televisión, A.C. 1Total 1

    Total 885 Total 376

    Fuente: Elaboración propia a partir del Listado de Autorización de Acceso a Multiprogramación,45 consultado el 30 de septiembre de 2019, e información del Instituto.

    Al respecto, el porcentaje de Canales de Transmisión en los que se hace uso de la mul-tiprogramación pasó de 7.3% (siete punto tres por ciento) en 2014 a 50.4% (cincuenta punto cuatro por ciento) en 2019. En el caso particular de Canales de Transmisión del STR comercial, el porcentaje pasó de 7.1% (siete punto uno por ciento) en 2014 a 59.6% (cin-cuenta y nueve punto seis por ciento) en 2019.

    Figura 5 Canales de Transmisión en operación en los que se hace uso de la multiprogramación, por tipo de concesión (%)

    7.1%

    59.6%

    8.0% 32.2% 0.0% 9.1% 7.3%

    50.4%

    0100200300400500600700800

    2014 2019 2014 2019 2014 2019 2014 2019

    Comercial Público Social Total

    Multiprogramados No multiprogramados

    Fuente: Elaboración propia con información del Instituto.

    Como resultado de lo anterior, en 2019, 97.5% (noventa y siete punto cinco por ciento) de la población que cuenta con cobertura del STR recibe Canales de Programación en mul-tiprogramación, lo que representa un incremento de 26.1 (veintiséis punto uno) puntos porcentuales con respecto a 2014.

    45 Disponible en: http://www.ift.org.mx/comunicacion-y-medios/multiprogramacion-de-contenidos

    http://www.ift.org.mx/comunicacion-y-medios/multiprogramacion-de-contenidos

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    Figura 6 Población que recibe Canales de Programación en multiprogramación (% de la población con STR)

    71.4%

    97.5%

    2014 2019

    Fuente: Elaboración propia con información del Instituto.

    En los 376 (trescientos setenta y seis) Canales de Transmisión con acceso a la multiprogra-mación, se ofrecen 896 (ochocientos noventa y seis) Canales de Programación: 377 (tres-cientos setenta y siete) en alta definición y 519 (quinientos diecinueve) en formato estándar. En 2014, únicamente 50