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ASPECTOS LEGALES EN LA ASPECTOS LEGALES EN LA ADOPCIÓN ADOPCIÓN Fundación San José Fundación San José para la Adopción para la Adopción Paula Arroyave Escaffi Paula Arroyave Escaffi Directora Programa de Adopción

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Page 1: ASPECTOS LEGALES EN LA ADOPCIÓN Fundación San José para la Adopción Paula Arroyave Escaffi Directora Programa de Adopción

ASPECTOS LEGALES EN LA ASPECTOS LEGALES EN LA ADOPCIÓNADOPCIÓN

Fundación San José Fundación San José para la Adopción para la Adopción

Paula Arroyave EscaffiPaula Arroyave EscaffiDirectora Programa de Adopción

Page 2: ASPECTOS LEGALES EN LA ADOPCIÓN Fundación San José para la Adopción Paula Arroyave Escaffi Directora Programa de Adopción

Ley 5.343 de 1934: la primera ley de adopción en Chile.

Ley 7.613 de 1943: adopción-contrato.

Ley 16.346 de 1965: legitimación adoptiva.

Ley 18.703 de 1988: adopción simple y plena.

Ley 19.620 de 1999: vigente en la actualidad.

La adopción en Chile:La adopción en Chile:Historia de la Ley Historia de la Ley

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Objetivos:

Velar por el interés superior del niño.Amparar su derecho a vivir y a desarrollarse en el seno de una familia que le brinde el afecto y le procure los cuidados tendientes a satisfacer sus necesidades espirituales y materiales, cuando ello no le pueda ser otorgado por su familia de origen.

La Ley 19.620 dicta las normas sobre adopción de niños La Ley 19.620 dicta las normas sobre adopción de niños en Chile (Vigente desde 27 de octubre de 1999).en Chile (Vigente desde 27 de octubre de 1999).

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ASPECTOS FUNDAMENTALES DE LA LEYASPECTOS FUNDAMENTALES DE LA LEY

Consagra un solo tipo de Adopción y al niño/a se le otorga el estado civil de Hijo/a.Defiende idea de “una familia para un niño” y no “un niño para una familia”.Respeta el interés superior del niño consagrado en la Convención Sobre los Derechos del Niño de 1989.Establece dos procedimientos específicos: PROCEDIMIENTO PREVIO A LA ADOPCIÓN (susceptibilidad) y ADOPCIÓN propiamente tal.Consagra la intervención exclusiva del SENAME y de los Organismos acreditados ante éste para realizar Programas de Adopción.

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DECLARACIÓN DE SUSCEPTIBILIDAD

DEL NIÑO/A

EVALUACIÓN DEIDONEIDAD DE LOS

POSTULANTES

ADOPCIÓNADOPCIÓN

Procedimiento previo a la adopción realizado por Tribunales de Familia

Evaluación psicosocial realizada por Sename u organismos acreditados

Procedimiento realizado por Tribunales de Familia

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Se inicia procedimiento cesión voluntaria de la madre biológica, por abandono o por inhabilidad.

Madre biológica asiste a una audiencia preliminar donde se le informa del plazo de retractación (30 días desde su declaración).

Madre biológica, dupla psico-social y abogado participa de una audiencia oral (preparatoria/juicio).

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Se dicta sentencia declarando al niño susceptible de ser adoptado y se notifica personalmente a progenitora y a familia de origen que compareció.

Familia de origen tiene 10 días para apelar de la sentencia, los que pueden ser renunciados. Luego de ello la sentencia queda ejecutoriada.

Se solicita el Cuidado Personal provisorio del niño para un matrimonio determinado o se presenta una terna. Excepcionalmente esto puede ocurrir antes de la sentencia.

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Puede otorgarse indefinidamente/o un número determinado de meses. Futuros padres acompañados de abogado participan de una audiencia

oral en Tribunales de Familia. Beneficios Legales de esta resolución:

Post Natal si el niño es menor a 6 meses. Fuero Laboral por 1 año. Licencia por enfermedad del niño menor a un año. Ingreso a Fonasa o Isapre. Son causantes de asignación familiar.

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Se inicia proceso de adopción en Tribunales de Familia acompañando documentos fundantes.Se fija una fecha para la audiencia preparatoria.Audiencia preparatoria/juicio: Participan futuros padres adoptivos y abogado. Veredicto.Lectura de sentencia. Notificación de la misma.Se envía oficio al Registro Civil y al Sename.Inscripción en el Registro Civil e Identificación, cambia RUN y apellidos del niño. ( 1 año desde el Cuidado Personal)

DERECHO A LA IDENTIDAD

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