aspectos legales en enfermería
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Responsabilidad profesional de enfermería Espero les sea de utilidad Siganme en FB JUANHERNANDEZGINECOTRANSCRIPT
ASPECTOS LEGALES EN ASPECTOS LEGALES EN ENFERMERÍA ENFERMERÍA
Dr. Juan Hernández LópezDr. Juan Hernández López
GINECOOBSTETRAGINECOOBSTETRA
La enfermeraLa enfermera
El papel de la enfermera en El papel de la enfermera en la atención de la salud es de la atención de la salud es de suma importancia, ya que es suma importancia, ya que es quien se encuentra al quien se encuentra al cuidado del paciente sano o cuidado del paciente sano o enfermo durante su enfermo durante su hospitalización las 24 hrs.hospitalización las 24 hrs.
Por lo tanto es importante Por lo tanto es importante que conozca las que conozca las implicaciones legales de su implicaciones legales de su proceder profesional.proceder profesional.
Causas de responsabilidadCausas de responsabilidad
Aplicación de medicamentosAplicación de medicamentos Trato directo con el pacienteTrato directo con el paciente Seguridad del pacienteSeguridad del paciente Falta de orientaciónFalta de orientación Revelación de secretosRevelación de secretos Negarse a dar atención de salud a la ciudadaníaNegarse a dar atención de salud a la ciudadanía Realizar su trabajo con negligencia, impericia ó Realizar su trabajo con negligencia, impericia ó
impudenciaimpudencia Contestar agresiones al paciente, familiares o Contestar agresiones al paciente, familiares o
compañeros.compañeros. Omitir, o no hacer la nota de enfermeríaOmitir, o no hacer la nota de enfermería
Aplicación de medicamentosAplicación de medicamentos Art. 226 de la Ley General de Salud Art. 226 de la Ley General de Salud
Medicamentos solo pueden aplicarse Medicamentos solo pueden aplicarse o adquirirse con receta médica.o adquirirse con receta médica.
Art. 240 de la Ley General de SaludArt. 240 de la Ley General de Salud Solo pueden recetar medicamentos, Solo pueden recetar medicamentos,
los médicos cirujanos, médicos los médicos cirujanos, médicos veterinarios, médicos odontólogos y veterinarios, médicos odontólogos y médicos en servicio social.médicos en servicio social.
Enfermería NO PUEDE RECETAR, solo Enfermería NO PUEDE RECETAR, solo administrar medicamentos.administrar medicamentos.
Registrándolos en el expediente Registrándolos en el expediente clínico, y no aplicarlos por indicación clínico, y no aplicarlos por indicación verbal ó por vía telefónica.verbal ó por vía telefónica.
Relación con el paciente.Relación con el paciente.
Art.51 de la Ley General de Art.51 de la Ley General de Salud.Salud. Los usuarios tendrán Los usuarios tendrán
derecho a recibir derecho a recibir servicios de salud servicios de salud oportunos y de calidad oportunos y de calidad idónea y a recibir idónea y a recibir atención profesional y atención profesional y éticamente responsable, éticamente responsable, así como trato así como trato respetuoso y digno de respetuoso y digno de los profesionales, los profesionales, técnicos y auxiliares.técnicos y auxiliares.
Seguridad al paciente.Seguridad al paciente. SVPT Y CGESVPT Y CGE
Art. 54 de la Ley General de Salud.Art. 54 de la Ley General de Salud. Las autoridades competentes y las Las autoridades competentes y las
propias instituciones de salud, propias instituciones de salud, establecerán procedimientos de establecerán procedimientos de orientación y asesoría a los orientación y asesoría a los usuarios y solicitantes para que usuarios y solicitantes para que presenten sus quejas, presenten sus quejas, reclamaciones o sugerencias, reclamaciones o sugerencias, respecto a la prestación de los respecto a la prestación de los servicios de salud.servicios de salud.
Art.47 de la Ley Federal del trabajo Art.47 de la Ley Federal del trabajo (Rescisión de las (Rescisión de las relaciones de trabajo)relaciones de trabajo)
Falta de educación y orientaciónFalta de educación y orientación
El paciente puede El paciente puede denunciar, denunciar, argumentando que no argumentando que no se le explicó, cómo se le explicó, cómo realizar un realizar un procedimiento o cómo procedimiento o cómo aplicar un aplicar un medicamento.medicamento.
BASES JURÍDICASBASES JURÍDICAS Art. 54 LGS y 47 LFTArt. 54 LGS y 47 LFT
Revelación de secretosRevelación de secretos
Art. 172 del CPEMArt. 172 del CPEM
30 a 200 jornadas de trabajo 30 a 200 jornadas de trabajo a favor de la comunidad, a a favor de la comunidad, a quien sin causa justa quien sin causa justa revelare algún secreto o revelare algún secreto o comunicación reservada que comunicación reservada que por cualquier medio que por cualquier medio que conociere o se haya conociere o se haya confiado con motivo de su confiado con motivo de su empleo, cargo oficio o arte, empleo, cargo oficio o arte, si de ello pudiera resultar si de ello pudiera resultar daño a alguna personadaño a alguna persona
Art. 173 del CPEMArt. 173 del CPEM
De 1 a 5 años de prisión y De 1 a 5 años de prisión y multa de 50 a 500 días de multa de 50 a 500 días de salario y suspensión de salario y suspensión de hasta por 2 años de la hasta por 2 años de la profesión, oficio o cargo profesión, oficio o cargo cuando el secreto se cuando el secreto se revelare o usare en beneficio revelare o usare en beneficio propio ó ajeno, etc.propio ó ajeno, etc.
Art. 47, fracción IX de la Ley Art. 47, fracción IX de la Ley Federal del Trabajo.Federal del Trabajo.
Negarse a otorgar atención de Negarse a otorgar atención de salud a un ciudadanosalud a un ciudadano Art. 294 Omisión de auxilioArt. 294 Omisión de auxilio
Art. 295 Sanciona a médicos, enfermeros y demás Art. 295 Sanciona a médicos, enfermeros y demás profesionistas similares y auxiliares, así como a los profesionistas similares y auxiliares, así como a los dueños, directores, administradores o encargados de dueños, directores, administradores o encargados de cualquier institución de salud, que injustificadamente cualquier institución de salud, que injustificadamente nieguen o condicionen la prestación de un servicio nieguen o condicionen la prestación de un servicio médico a quienes tengan notoria urgencia de ellos, médico a quienes tengan notoria urgencia de ellos, por estar en peligro su vida o su salud, se sancionará por estar en peligro su vida o su salud, se sancionará con prisión de 6 meses a 3 años y multa de 20 a 150 con prisión de 6 meses a 3 años y multa de 20 a 150 días de salario. Y si la persona fallece, prisión de 2 a días de salario. Y si la persona fallece, prisión de 2 a 4 años y hasta 300 días de salario.4 años y hasta 300 días de salario.
Realizar su trabajo con:Realizar su trabajo con:
Negligencia:Negligencia: El no hacer El no hacer ( la omisión inexcusable ) ( la omisión inexcusable )
Impericia:Impericia: El no saber El no saber ( la ignorancia ( la ignorancia inexcusable )inexcusable )
Imprudencia :Imprudencia : El hacer de más El hacer de más ( la temeridad ( la temeridad inexcusable )inexcusable )
Inobservancia de reglamentosInobservancia de reglamentos ( lo que está vetado ) ( lo que está vetado )
Por eso......!Por eso......!
Cuando el personal de Cuando el personal de enfermería, desconozca enfermería, desconozca el manejo de un equipo, el manejo de un equipo, de un medicamento, de de un medicamento, de una patología etc.una patología etc.
Es importante Es importante PREGUNTAR, antes de PREGUNTAR, antes de ocasionar una lesión al ocasionar una lesión al paciente.paciente.
Evitando caer en un Evitando caer en un delito culposodelito culposo
Tipos de delitosTipos de delitos
Doloso:Doloso: Cuando el agente quiere o acepta el Cuando el agente quiere o acepta el
resultado, o cuando éste es el resultado de resultado, o cuando éste es el resultado de la conducta realizada.la conducta realizada.
Culposo:Culposo: Cuando habiéndose previsto el resultado, Cuando habiéndose previsto el resultado,
se confió en que no se produciría; cuando se confió en que no se produciría; cuando no se previó siendo previsible, o cuando se no se previó siendo previsible, o cuando se causó por impericia o ineptitudcausó por impericia o ineptitud
Sanción del delito culposoSanción del delito culposo
Art. 56 del CPEMArt. 56 del CPEM
Prisión de 3 a 5 años y suspensión de Prisión de 3 a 5 años y suspensión de hasta 5 años, o definitiva del derecho hasta 5 años, o definitiva del derecho de ejercer una profesión, oficio o la de ejercer una profesión, oficio o la actividad que dio origen a la conducta actividad que dio origen a la conducta culposa.culposa.
Delito dolosoDelito doloso Art. 282, Instigación o ayuda al suicidio:Art. 282, Instigación o ayuda al suicidio:
Al que instigue o ayude a otro al Al que instigue o ayude a otro al suicidio, se le impondrá de 3 a 10 suicidio, se le impondrá de 3 a 10 años de prisión, si el suicidio se años de prisión, si el suicidio se consumare.consumare.
EUTANASIAEUTANASIA
Omitir o hacer de forma Omitir o hacer de forma incompleta, la hoja de enfermeríaincompleta, la hoja de enfermería NOM 168 SSANOM 168 SSA Dentro del expediente clínico de Dentro del expediente clínico de
encuentra la hoja de enfermería, que encuentra la hoja de enfermería, que deberá ser elaborada por el personal deberá ser elaborada por el personal en turno, según la frecuencia en turno, según la frecuencia establecida por las normas del establecida por las normas del instituto y las ordenes del médico, y instituto y las ordenes del médico, y deberá contener como mínimo. deberá contener como mínimo. Habitus exterior, gráfica de signos Habitus exterior, gráfica de signos vitales, administración de vitales, administración de medicamentos, fecha, hora, cantidad medicamentos, fecha, hora, cantidad y vía. Procedimientos realizados, y vía. Procedimientos realizados, evolución y observaciones.evolución y observaciones.
Por contestar agresionesPor contestar agresiones
Cuando la o el enfermero contesta una Cuando la o el enfermero contesta una agresión por parte del paciente, su familia, agresión por parte del paciente, su familia, un compañero de trabajo, el jefe mediato o un compañero de trabajo, el jefe mediato o inmediato.inmediato.
Se incurre en doble delitoSe incurre en doble delito1.1. Laboral ( Art. 47 de la LFT fracción Laboral ( Art. 47 de la LFT fracción
II,III,IV,V,VI,VII,VIII. )II,III,IV,V,VI,VII,VIII. )2.2. Penal, Art. 269 CP Lesiones 6 meses a Penal, Art. 269 CP Lesiones 6 meses a
2 años, dependiendo de la gravedad 2 años, dependiendo de la gravedad de la lesiónde la lesión
Evasión de presosEvasión de presos
Art. 119Art. 119 Prisión de 2 a 7 años, a Prisión de 2 a 7 años, a
quien facilite la fuga de quien facilite la fuga de presos por delitos no presos por delitos no gravesgraves
Art. 120Art. 120 Hasta 20 años, a quien Hasta 20 años, a quien
facilite la fuga e presos facilite la fuga e presos por delitos gravespor delitos graves
Causas de responsabilidadCausas de responsabilidad
Art. 227 Art. 227 PRIVACION PRIVACION
ILEGAL DE LA ILEGAL DE LA LIBERTAD.LIBERTAD.
1-4 años y 100-500 1-4 años y 100-500 días de salariodías de salario
Art. 228Art. 228 SECUESTRO.SECUESTRO. 20-40 años y 500-20-40 años y 500-
2000 días de salario2000 días de salario
Art. 229Art. 229
TRAFICOTRAFICO
DE PERSONAS O DE PERSONAS O RAPTORAPTO
15-40 años15-40 años
Art. 240Art. 240
VIOLACIÓNVIOLACIÓN
5-15 años5-15 años
Art 285Art 285
Aborto:Aborto: Es la muerte del Es la muerte del producto de la concepción producto de la concepción en cualquier momento de la en cualquier momento de la preñez.preñez.
Art 286,Art 286, ala mujer de 1-3 ala mujer de 1-3 años y multa de 50-150 días años y multa de 50-150 días de salariode salario
Art 287Art 287 Aquien le causare el Aquien le causare el abortoaborto Con consentimiento 1-5 Con consentimiento 1-5
añosaños Sin consentimiento 3-8 Sin consentimiento 3-8
añosaños
Art. 288Art. 288
Cuando lo provoque un médico cirujano o Cuando lo provoque un médico cirujano o enfermeraenfermera, se suspenderá además el , se suspenderá además el ejercicio de su profesión de 2-5 años, si es ejercicio de su profesión de 2-5 años, si es reincidencia se suspenderá la licenciareincidencia se suspenderá la licencia
Art. 290:Art. 290: No es punible el aborto cuando el No es punible el aborto cuando el Embarazo, es el resultado de una violaciónEmbarazo, es el resultado de una violación
Art. 291:Art. 291: No se aplicará sanción cuando de No se aplicará sanción cuando de no aplicarse corra peligro la vida de la madreno aplicarse corra peligro la vida de la madre
Art 191Art 191 Los médicos cirujanos y demás Los médicos cirujanos y demás
profesionistas similares y auxiliares, profesionistas similares y auxiliares, serán responsables por los delitos serán responsables por los delitos cometidos en el ejercicio de su profesión.cometidos en el ejercicio de su profesión.
Suspensión de 1 mes a 4 años o definitiva Suspensión de 1 mes a 4 años o definitiva en reincidenciaen reincidencia
Reparación del daño, por él o sus Reparación del daño, por él o sus ayudantes, enfermeras o practicantes ayudantes, enfermeras o practicantes cuando obren por instrucciones del cuando obren por instrucciones del responsable.responsable.
Responsabilidad Responsabilidad profesional y técnicaprofesional y técnica
Art. 208Art. 208
Sanción de 1 – 5 Sanción de 1 – 5 años, al que sin tener años, al que sin tener título profesional, o título profesional, o autorización para autorización para ejercer alguna ejercer alguna profesión profesión reglamentada, por el reglamentada, por el art. 5 constitucional. art. 5 constitucional. Realice o se atribuya Realice o se atribuya carácter profesional.carácter profesional.
ConclusionesConclusiones
La hoja de enfermería demuestra el La hoja de enfermería demuestra el trabajo del personal y, de acuerdo a trabajo del personal y, de acuerdo a su información es un documento su información es un documento legal que para todos sus usos evita u legal que para todos sus usos evita u origina problemas. Esta debe ser origina problemas. Esta debe ser clara, y entendible para todos, por lo clara, y entendible para todos, por lo que se debe tener conciencia de su que se debe tener conciencia de su importancia y del llenado en forma importancia y del llenado en forma correcta, ya que delimita las correcta, ya que delimita las acciones de responsabilidad de acciones de responsabilidad de todos los involucrados en el cuidado todos los involucrados en el cuidado del paciente. del paciente.
ConclusionesConclusiones
Por todo lo anterior es importante que el Por todo lo anterior es importante que el personal de enfermería, conozca en su personal de enfermería, conozca en su entorno laboral las siguientes leyes que rigen entorno laboral las siguientes leyes que rigen su proceder.su proceder.
La ley general de saludLa ley general de salud La ley federal del trabajoLa ley federal del trabajo La ley de los servidores públicosLa ley de los servidores públicos Las condiciones generales de trabajoLas condiciones generales de trabajo La ley general de profesionesLa ley general de profesiones
El contrato colectivo de trabajoEl contrato colectivo de trabajo El código penal del estado de MichoacánEl código penal del estado de Michoacán El código civil del estado de MichoacánEl código civil del estado de Michoacán Las normas oficiales mexicanasLas normas oficiales mexicanas NOM 168 ssa1-1998 del expediente clínicoNOM 168 ssa1-1998 del expediente clínico NOM -007-ssa2-1993 atención de la mujer NOM -007-ssa2-1993 atención de la mujer
durante el embarazo, parto, puerperio y el durante el embarazo, parto, puerperio y el recién nacidorecién nacido
NOM-010-ssa2-1993 prevención y control de NOM-010-ssa2-1993 prevención y control de la infección por VIHla infección por VIH
ENFERMERÍAENFERMERÍA
La profesión de enfermería, es tan loable e La profesión de enfermería, es tan loable e importante como cualquier otra profesión con importante como cualquier otra profesión con más años de preparación.más años de preparación.
La grandeza de una profesión está en quien La grandeza de una profesión está en quien la practica.la practica.
Muy pocas personas tienen el don de Muy pocas personas tienen el don de enfrentarse día tras día, cara a cara con la enfrentarse día tras día, cara a cara con la muerte, y menos aún, la satisfacción de verla muerte, y menos aún, la satisfacción de verla vencida. vencida.
GRACIAS.......GRACIAS.......Dr. Juan Hernández LópezDr. Juan Hernández López