aspectos a tener en cuenta a la hora

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ASPECTOS A TENER EN CUENTA A LA HORA DE CREAR UNA RED SOCIAL EDUCATIVA ESTE ARTÍCULO HA SIDO ESCRITO PARA EL CURSO COORDINACIÓN TIC 2.0. FUNCIONES, HABILIDADES Y REDES SOCIALES DE EDUCARED.

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Cuando decidimos crear una red social para poder trabajar con nuestros alumnos debemos tener en cuenta una serie de factores como la posibilidad de que nuestros alumnos tengan la edad para poder usarla, el tipo de red que queremos ya que hay diferentes sistemas que llevarán a resultados muy distintos o las prestaciones concretas de la red.

Podrá procederse al tratamiento de los datos de los mayores de catorce años con su consentimiento, salvo en aquellos casos en los que la Ley exija para su prestación la asistencia de los titulares de la patria potestad o tutela. En el caso de los menores de catorce años se requerirá el consentimiento de los padres o tutores.

Así pues los datos personales de los alumnos de 14 o más años pueden ser gestionados por ellos mismos y por lo tanto disponen de potestad para obtener sus propias cuentas y servicios de Internet. Esta modulación de la edad se extiende también para la autorización de la propia imagen. Para los menores de 14 años siempre será necesario el consentimiento de los padres o tutores legales.

Sin embargo, la Ley de la Propiedad Intelectual no establece modulaciones en cuanto a la edad por lo que un menor de edad deberá requerir siempre el consentimiento de sus padres o tutores legales para publicar obras o trabajos realizados por él mismo. Esto se aplica a las publicaciones originales de los alumnos, como los trabajos escolares, en cualquier ámbito público de Internet.

Por lo tanto para el uso de redes sociales privadas, donde sólo tienen acceso los alumnos y sus profesores en principio sólo sería necesaria la autorización paterna para los menores de 14 años en cuanto al alta en la red se refiere y el uso de sus datos en la misma ya que las publicaciones que realice permanecerán en el mismo ámbito escolar, equiparable a exponer los trabajos realizados por los alumnos en el tablón de anuncios de la clase, como es práctica habitual hacer. No obstante, como medida aplicable a otros ámbitos diferentes a las redes sociales, como blogs, wikis, página del centro educativo, etc, se aconseja encarecidamente pedir la autorización paterna también para los alumnos de edades comprendidas entre 14 y 18 años.

De este modo ,teniendo en cuenta el contexto más amplio del Centro educativo, sea cual sea la edad del alumno menor de edad, se deben pedir dos autorizaciones: una para el uso de la propia imagen y datos del alumno (fotografías, vídeos, alta en servicios, etc.) y otra para la publicación de trabajos escolares. En estas autorizaciones debe intentar detallarse, en la medida de lo posible, los servicios que serán utilizados.

Es importante destacar que de acuerdo con el artículo octavo de la Ley orgánica 1/1982el derecho a la imagen no impide la información gráfica de un acontecimiento público cuando la aparición de una persona (fotos o vídeos) se produce de forma accesoria dentro del acontecimiento.

Términos del servicio que se utilizará

Además de las limitaciones anteriores, debemos tener en cuenta las del propio servicio de Internet que vayamos a utilizar. La mayoría de las redes sociales imponen una limitación de 13 años para el registro y uso del servicio. Otras como Edmodo, Twiducate, Grouply o Wall.fm, sin embargo, no tienen esta restricción. Puede consultarse una lista completa sobre las edades de registro en estas páginas: Lista1, Lista2.Estas edades mínimas de registro no pueden ignorarse bajo ningún concepto, incluso aunque se disponga de autorización paterna.

Redes verticales y horizontales

Otro aspecto importante a tener en cuenta es el tipo de red que utilizaremos. Hay redes como Facebook, Tuenti o Twitter donde no es posible aislarse del resto de miembros que las forman. Así, lo más habitual al entrar en ellas es empezar a recibir peticiones de amistad de antiguos compañeros de colegio, amigos, familiares, etc. Estas redes, a las que hemos llamado horizontales, permiten el establecimiento de contactos potencialmente con cualquier usuario.

En el ámbito educativo con menores de edad esto supone un problema ya que el profesor desconoce las personas con las que contactan los alumnos y puede ser una fuente de problemas (acoso, insultos, etc.) de los que sería responsable en última instancia el profesor que “obliga” al alumno a utilizar dichos sistemas para sus clases. Por estos motivos desaconsejamos totalmente el uso de estas redes con menores de edad. Quizás en los niveles de Bachillerato es donde pueden empezar a utilizarse, pero siempre como algo optativo.

En su lugar lo más correcto con los menores de edad es utilizar las redes que hemos llamado verticales. En estas redes el alumno sólo puede contactar con los miembros de la propia red. Estas redes las crea el propio profesor. De este modo únicamente podrán entrar en contacto con sus propios compañeros y los profesores. Son redes de este tipo Edmodo, Twiducate, Grouply, SocialGO, Wall.fm, Ning, etc. Puede verse una lista completa de estos tipos de redes en este mapa conceptual.

¿Por qué esta precaución con las redes sociales? Porque el flujo de información personal es mucho mayor que en cualquier otro sistema de Internet y se presta especialmente a la exposición de datos, situaciones o imágenes personales que en otros medios como los blogs no existen. Por este motivo es necesaria una especial sensibilización con las redes sociales y los datos que fluyen a través de ellas. Todos estos motivos aconsejan utilizar siempre las redes de forma que nadie, excepto sus miembros, puedan ver su contenido.