asociacion nacional de inocentes liberados-anil

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Fundado el 19 de abril de 1999 . Registro Público Asiento N° 11128690 Teléfonos: 356-8577 – 99921-7161 E-mail: [email protected] ¡¡ POR JUSTICIA, PAZ Y RECONCILIACIÓN NACIONAL!!

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Fundado el 19 de abril de 1999 . Registro Público Asiento N° 11128690 Teléfonos: 356-8577 – 99921-7161 E-mail: [email protected]

¡¡ POR JUSTICIA, PAZ Y RECONCILIACIÓN NACIONAL!!

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Miembros Fundadores:

• Rosa Maria Alva Rea. Comunicadora Social, con maestría en Ciencia Política, especialista en temas de Reparaciones por violencia Política y con experiencia en el sector Publico, gerencia social y política publicas.

• Antonio Lozano Moreno

• Ceferino Cahuana Quispe

• Dennis Dávila Picon

• Antonio Soto Flores

• Alicia Zamalloa Cáceres

• Marcelina Fernández Conde

• Segundo Yoplac Requejo

• Pelagia Salcedo Pizarro

• Antonio Alejo Tapia

• Máximo Torres Mercado

• Antonia Alfaro Rubina

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PRESENTACION Somos una institución formada por personas que fueron injustamente encarceladas durante la dictadura de Alberto Fujimori. Nos unimos en 1998 para luchar no sólo por la restitución de nuestros derechos sino por la justa demanda de los presos inocentes y por la recuperación de la democracia en nuestro país. Nuestras actividades están orientadas a defender los derechos humanos, la libertad, la justicia y la democracia. Actualmente venimos trabajando por lograr una justa indemnización; ya que el error cometido contra nosotros, reconocido por el mismo Estado Peruano, la comunidad nacional e internacional, nos da el derecho de reclamar una reparación por el daño causado. La injusta prisión vivida ha provocado que gran porcentaje de los nuestros presentemos problemas de salud, alteraciones mentales y nerviosas producto de la tortura a la que fuimos sometidos. También muchos han perdido trabajo, familia, bienes y cosas muy difíciles de recuperar. Un número considerable se encuentra viviendo en condiciones muy desfavorables no sólo por que han perdido todos sus bienes, sino por que el estigma de la prisión es algo de lo que no pueden sustraerse aún. Es por eso que nos hemos unido para luchar por ese bienestar que el estado peruano nos robó y todavía con sus leyes que defienden la impunidad nos niega el derecho a una reparación digna y justa. RESEÑA HISTORICA

La violencia política vivida en Perú desde mayo de 1980 por el accionar de grupos subversivos ha dejado huellas que difícilmente se podrán borrar de la mente de los peruanos; sobre todo de aquellos que se vieron afectados directamente no sólo por haber sido víctimas de los grupos levantados en armas sino también por la acción de las fuerzas del gobierno que en su afán de preservar el orden cometieron grandes atropellos a la población.

Participación en Pasacalle, frontis del MIMDES, 2003

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Santisteban de Noriega Primer Defensor del Pueblo

La presencia activa de los grupos subversivos desestabilizó seriamente la vida política, económica y social del Perú. Habían tomado presencia en muchos departamentos del país, sembrando el terror, la desconfianza total y un caos generalizado en todos los sectores de la población, lo cual ponía en peligro inminente al Estado Peruano. Pero es en 1990 cuando se inicia una lucha frontal y total contra la subversión. El Gobierno de Emergencia y Reconstrucción Nacional instituido por el Presidente Alberto Fujimori, constituyó el inicio de esta lucha que tuvo como consecuencia no sólo el rompimiento del orden constitucional y la democracia, que empezó con el cierre del Congreso de la República en 1992, sino que vastos sectores de la población se vieron afectados por la violación de sus derechos. El régimen dictatorial que a partir de allí se implantó quedó graficado en leyes y decretos de emergencia que violaban las reglas más elementales del derecho y que promovieron el abuso y la arbitrariedad. Se dictaron leyes que daban poderes casi ilimitados a los militares, quienes lograron ejercer el control de los poderes del estado, de los principales medios de comunicación y utilizaron al Servicio de Inteligencia Nacional no sólo para perseguir a elementos subversivos sino a sus adversarios políticos. Todo lo cual trajo consigo ejecuciones extrajudiciales, torturas, desapariciones y el encarcelamiento de un grupo significativo de personas que no tuvieron relación con grupos ni actividades terroristas. De manera que personas inocentes fueron encarceladas no sólo por que los detuvieron por error, calumnias o por la condenable acción de las fuerzas del orden de buscaba justificar una acción policial con cualquiera que se cruzaba en su camino. Así fueron detenidos campesinos, obreros, estudiantes, profesionales de todo tipo y familias enteras sin distingo de edades, sexo ni oficio. Frente a esta situación comenzaron a denunciarse y poner cuestión las medidas de emergencia tomadas por el gobierno. Pues instituciones nacionales y extranjeras, entre las que se encontraban organizaciones de derechos humanos, la iglesia católica y la evangélica, empezaron a denunciar las violaciones a los derechos humanos que se estaban cometiendo en Perú, destacando entre ellos el encarcelamiento de personas inocentes acusadas de terrorismo.

La presiones de las instituciones antes mencionadas lograron sensibilizar a la sociedad en su conjunto y hasta el mismo Presidente de la República reconoció públicamente que habían personas inocentes que purgaban condenas en las cárceles del país. Así el problema de los inocentes presos llegó a ser una preocupación en el Congreso de la República a partir del 1994 ya, que en el transcurso de los dos años siguientes, se presentaron 8 proyectos de ley en torno al tema. Sin embargo, con la creación de la Defensoría del Pueblo y la elección del primer Defensor, en mayo de 1996, se inicia un verdadero trabajo por la liberación de los inocentes presos ya que este problema fue asumido con carácter prioritario. Así se estudiaron todas las propuestas y los proyectos de ley presentados

en el Congreso de la República llegándose finalmente a proponer la creación de una

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comisión que recomendara el indulto y derecho de gracia al Presidente de la República. El 17 de agosto de 1996 el Presidente de la República promulgó la Ley N° 26655, que había sido aprobada por unanimidad en el Congreso de la República, que creaba la Comisión Ad-hoc para evaluar, calificar y proponer, en forma excepcional, la concesión del indulto o el derecho de gracia presidencial para las personas procesadas o condenadas por terrorismo y traición a la Patria. La cual en sus artículos 1° y 2° estableció que dichos beneficios serían recomendados por la Comisión cuando, a su criterio, se hubiese condenado o procesado con pruebas insuficientes a una persona y, además, se pudiese presumir, razonablemente, la no vinculación de estas personas con elementos, actividades u organizaciones terroristas. De manera que el motivo principal de esta ley del indulto a inocentes expresaba la preocupación de que: "fueron condenadas o se encuentran procesadas por delitos de terrorismo o traición a la patria, un significativo número de personas presumiblemente inocentes, es decir personas que no tuvieron ningún tipo de vinculación con elementos, actividades u organizaciones terroristas. Situación que fue reconocida y corroborada por el propio Presidente de la República quien intercedió por la liberación de Miguel Ruiz Cornejo, Danilo Quijano y Alvaro Villavicencio, que estuvieron presos injustamente. Estos fueron los argumentos que dieron origen a la Ley 26655. Desde entonces han sido liberadas más de 700 personas inocentes que estuvieron en cárceles de máxima seguridad en Lima y el interior del país. Recobrada la libertad, y conscientes de los muchos e irreparables daños causados por la injusta prisión, los inocentes liberados nos unimos no sólo para enfrentar los problemas de supervivencia, buscar reinsertarnos en la sociedad a través de la consecución de un trabajo digno, la recuperación de algunas de nuestras pérdidas y procurarnos los más elementales medios de vida, sino también para reclamar al gobierno peruano una indemnización que por hecho y derecho nos corresponde. NACIMIENTO DE LA ANIL

Así surgió la necesidad de agruparnos y constituirnos en una asociación que, gracias al apoyo de la Congresista Ana Elena Townsend, fue Fundado el 19 de

abril y en octubre de 1999, logramos inscribirnos en los Registros Públicos y obtener nuestra personería jurídica, Registro Público Asiento N° 11128690. Desde entonces somos reconocidos como Asociación Nacional de Inocentes Liberados, cuyas siglas son ANIL, contamos

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con una Junta directiva elegida democráticamente por los miembros asociados que hasta ahora somos cien miembros. LOGROS DE LA ASOCIACIÓN Ley Nº 26994.- Anulación de Antecedentes Penales, Judiciales y policiales. Iniciamos nuestras actividades tramitando la anulación de los antecedentes penales, policiales y penitenciarios de los liberados (Ley de beneficios complementarios, Ley N° 26994); así como, participando activamente en las campañas en favor de la liberación de inocentes que aún estaban en prisión. También tuvimos una participación activa en la lucha por la recuperación de la democracia contra la dictadura y la corrupción fujimontesinista. De esta manera, intervenimos decididamente en la búsqueda del reconocimiento, por parte del Estado peruano, de nuestros derechos e invocado la protección jurisdiccional como lo demuestra el fallo del tribunal Constitucional y la constitución de la Comisión Especial de Asistencia a los Inocentes Indultados. DEMANDA POR INDEMNIZACIÓN. FALLO DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

Interpusimos una demanda de Acción de Cumplimiento contra el Estado Peruano ante el Tribunal Constitucional (TC); por cuanto el Gobierno de turno era renuente a acatar las disposiciones que en materia de reparación económica por error judicial prevé el inciso 6 del artículo 14° del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, del cual el Perú forma parte; y del inciso 7 del artículo 139° de la Constitución Política del Estado.

Dicha demanda, como requisito de procedibilidad, conllevó a presentar medidas previas ante las diferentes instancias de los Juzgados de Derecho Público, los cuales declararon en reiteradas oportunidades infundadas nuestras demandas. Alentados por dicha decisión proseguimos con más entusiasmo esta solitaria búsqueda, siempre apoyados

Ingreso al Congreso de la República con la Congresista Anel Townsend 1998

Frontis de Palacio de Justicia, grupo de Asociados que presentamos la demand, 1999.

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moralmente por amigos demócratas y cristianos, a fin de dar solución a este delicado estado de Derechos Humanos. De esta manera, luego de un proceso largo, el 13 de julio de 2000 el Tribunal Constitucional resolvió la Acción de Cumplimiento interpuesto por nuestra asociación y la Congresista Anel Townsend firmando como nuestra abogada la Doctora Lourdes Flores Nano, contra el ex-presidente y la ex-ministra de Justicia, Carlota Valenzuela de Puelles, declarando FUNDADA la Acción de Cumplimiento y en consecuencia ordena a los funcionarios emplazados se cumpla con el mandato indemnizatorio reconocido en el inciso 6 del artículo

14° del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que indica que si el condenado es indultado por haberse producido un error judicial, la persona víctima de tal error deberá ser indemnizada, una vez que se haya determinado en sede judicial el monto de la reparación correspondiente a cada uno de los demandantes beneficiados con la Ley N° 26655.

ACTO DE DESAGRAVIO EN PALACIO DE GOBIERNO

Nuestras intenciones de conversar con el gobierno se iniciaron luego de la publicación de la sentencia del Tribunal Constitucional. Así logramos entrevistarnos de manera extraoficial con el Ministro de Justicia del Gobierno de Transición, el doctor Diego García Sayán, quien no mostró mayor interés en dar solución a nuestros requerimientos. Sin embargo, luego de

realizarse el proceso electoral peruano y de juramentar el nuevo Presidente de la República, volvimos a insistir en nuestra intención de tratar con el gobierno los

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problemas de los inocentes liberados. Aquí se destacó el interés del doctor Alejandro Toledo, Presidente de la República, y del Ministro de Justicia, Sr. Fernando Olivera, quién por intermedio de la Congresista Ana Elena Townsend, nos convocó a una entrevista en donde pudimos exponer nuestra preocupación y deseo de lograr beneficios inmediatos, así como la realización de un desagravio público para todas las personas que fueron injustamente encarceladas. El 14 de Enero del año 2002 el gobierno del doctor Alejandro Toledo mostró su disposición a reparar el daño causado con esta intención, realizo un acto de desagravio público en donde pidió disculpas a todas las personas que estuvieron presas injustamente en la época de la dictadura más corrupta de la historia peruana. D.S. 002-2002-JUS. REPARACIONES NO DINERARIAS

Asimismo, en dicha ceremonia se firmó un decretó supremo D.S. 002-2002-JUS en donde se creaba la Comisión Especial de Asistencia a los Indultados Inocentes - CEAII, que se encargaría de elaborar un programa de reparaciones no dinerarias priorizando las áreas de Salud Integral, Fomento al Trabajo, Acceso a los programas de vivienda y a la educación superior de los indultados inocentes y de sus familiares directos. Esta comisión tuvo una duración de 180 días y, cabe mencionar, como un gran logro de nuestra asociación, que dicha comisión estuvo integrada por UN MIEMBRO DE LA ASOCIACIÓN NACIONAL DE INOCENTES LIBERADOS, así como un miembro del Ministerio de Justicia, quien la presidió, un miembro del Ministerio de la Presidencia, un miembro del Ministerio de Salud, un miembro

del Ministerio de Economía, un miembro del Ministerio de Trabajo y Promoción Social, y un miembro de la Defensoría del Pueblo.

Acto de Desagravio, 14 Enero 2002

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INFORME DE LOS RESULTADOS DE LA COMISION MULTISECTORIAL DE ASISTENCIA A LOS INDULTADOS INOCENTES CEAII- D.S. 002-2002-JUS La Comisión fue presidida la Dra. Marcela Arriola Espino, entonces Secretaria Ejecutiva del Consejo Nacional de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia, e integrada por el Dr. Sócrates Grillo entonces Jefe del Área de Gracias Presidenciales del Ministerio de Justicia como Secretario Técnico y los representantes de los Ministerios de Educación, Trabajo, Salud, Economía y Finanzas, PCM, Defensoría del Pueblo y un representante de la Asociación de Inocentes Liberados- ANIL. La Comisión se instaló en Marzo del 2002 y terminó en setiembre de 2002, conforme al mandato explicito del D.S.002-2002-JUS que establecía un tiempo de 180 días. Al término de la misma, se elaboró un Informe Final, dando como resultado algunos beneficios otorgados hasta esa fecha y otros que aún se encuentran pendientes por implementar, así como las recomendaciones para el cumplimiento de dichos beneficios.

Mesa de Trabajo de la CEAII, 2002, en las instalaciones del Ministerio de Justicia,

Entrega del Informe Final de la CEAII al viceministro de Justicia Alfredo Solf Monsalve, der, a izq. Dr. Sócrates Grillo, sec. Técnico, Dra. Marcela Arriola, presidenta de CEAII, Viceministro, Rosa Alva representante de Anil, Dr. Dario Chueca, PCM y el representante de la Defensoria del Pueblo

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REPARACIONES NO DINERARIAS OBTENIDAS HASTA LA FECHA SALUD Seguro Integral de Salud – SIS Incorporación de los Indultados Inocentes y sus familiares directos a Seguro Integral de Salud –SIS, del Ministerio de Salud, (Cónyuge e hijos menores hasta los 17 años) como Adulto Focalizado, (Plan E) mediante Resolución Ministerial N° 1090 del Ministerio de Salud, del 01 Julio de 2002, al que acceden los indultados inocentes mediante la inscripción en el respectivo centro de Salud cercado al lugar de residencia el mismo que tienen que renovar cada año. el que actualmente por falta de presupuesto no atiende muchas de las dolencias que padecen los indultados y sus familiares, además de que aún no se han implementado la atención en salud Mental que no esta establecida en este régimen de seguro puesto que el MINSA no cuenta con un programa especializado para tratar este aspecto. EDUCACIÓN Reincorporación y Pago de devengados a profesores Indultados Inocentes Se logro que los maestros que sufrieron prisión injusta fueran reincorporados a sus plazas, además el Ministerio de Educación, emitió un informe favorable para el cumplimiento del pago de devengados a los profesores por el tiempo que estuvieron en prisión y que dejaron de percibir sus sueldos de docentes con plaza estable. Dicho beneficio ha sido otorgado hasta la fecha a 06 (seis) profesores, debido a que la gestión tienen que hacerla en las USES respectivas donde laboraron. Siendo los beneficiados hasta el momento con el pago de sus devengados los siguientes maestros: 1.- Victoriano Escudero (Provincia de Barranca) 2.- Tolentino Argandoña (Provincia de Barranca) 3.- Felix Garcia Quispe (Chorrillos – Lima) 4.- Cruz Santillan Góngora (Chorrillos – Lima) 5.- Edwin Jimenez (San Juan de Lurigancho-Lima) 6.- Ezequiel Tarazona Mallqui (Huaraz) BECAS DE ESTUDIO Mediante Resolución Jefatural Nº 188-JI-INABEC/2002, el Instituto Nacional de Becas y Crédito Educativo - INABEC se compromete a gestionar y canalizar ante instituciones educativas el otorgamiento de Becas a solicitud de los hijos de los Indultados Inocentes, las mismas que tienen que ser gestionadas individualmente no habiendo realizado hasta ahora un mecanismo que permita realizar las gestiones de manera adecuada. Asimismo se ha obtenido becas de estudio en Computación, Enfermería, Instalaciones Sanitarias y otros, gestionada por el Programa de Apoyo al Repoblamiento – PAR, del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social MIMDES a través de la gerencia zonal Lima y esto ha sido otorgado solo a un grupo de familiares de Indultados Inocentes, debido

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Visita de los representantes del D. S 002 y 005 al terreno de Huachipa,

a que este programa atiende a una gran cantidad de afectados por violencia política. Actualmente se esta gestionando otras becas a travez de la dependencia de la Direccion General de Desplazados y Cultura de Paz del Mimdes, instancia que ha reemplazado el trabajo del PAR que ha sido desactivado. TRABAJO Promoción del Empleo Mediante Resolución Ministerial Nº 127-2003-TR del 04 de junio de 2002 se aprueba las propuestas sobre Promoción del Empleo del Informe Final de la CEAII y se dispone su Implementación en el Ministerio de Trabajo (básicamente los programas, PRODAME, PROFECE, CIL a los que los indultados inocentes aún no han sido incorporados, por falta de gestión y el desinterés de parte de los funcionarios del Ministerio de Trabajo. VIVIENDA Adjudicación de terrenos del Estado para construcción de Viviendas El Dr. Sócrates Grillo, entonces Secretario Ejecutivo del Consejo Nacional de Derechos Humanos, solicitó la transferencia patrimonial de los terrenos del Estado de la localidad de Huachipa, para los comprendidos en los Decretos Supremos 002-2002-JUS (Indultados Inocentes) y 005-2002-JUS, en su calidad de presidente de dicha Comisión. De esta gestión se obtiene la Resolución Superintendencia N° 003-2003/SBN-GO-JAD de la Superintendencia de Bienes Nacionales que transfiere la propiedad del total del predio, al Ministerio de Justicia en enero del 2003. En abril de 2003, se firma el Contrato de Transferencia de Dominio entre la Superintendencia de Bienes Nacionales y el Ministerio de Justicia Nº 017-2003/-GO cuya Inscripción en los Registros Públicos se realizó el 16 de abril de 2003, Titulo Nº 00073833 que otorga la Adjudicación (propiedad) del Inmueble al Ministerio de Justicia, para ser transferidos a los beneficiarios de los Decretos Nros.002 y 005. La Asociación Nacional de Inocentes Liberados – ANIL, propone la creación de una Secretaría Técnica que se encargaría de efectivizar el cumplimiento de dichos beneficios; pero no fue aceptada, aduciendo falta de presupuesto. El entonces Vice Ministro de Justicia, Dr. Alfredo Solf, comunica mediante Oficio Nº 375-2003-JUS/VM que es el Consejo Nacional de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia el encargado de cumplir con dicho beneficio. Hasta entonces, el Dr. Sócrates Grillo, quien siempre brindó su atención y apoyo, propuso la entrega formal de los terrenos (Adjudicación) a la Asociación –ANIL, quien

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cuenta con personería jurídica. Se realizaron las consultas respectivas a las instancias del Ministerio, incluido Asesoría Jurídica del Ministerio de Justicia, quienes manifestaron la conformidad legal de dicha transferencia, sin embargo no prospero la propuesta por el cambio de la dirección del Consejo de Derechos Humanos. Al asumir el Dr. José Burneo la Secretaria Ejecutiva del CND-MINJUS, formalizamos nuestra propuesta por escrito para que de una vez se transfiera la propiedad a cada uno de los beneficiarios. Paralelamente a ello, se presentaron dos invasiones al terreno que fueron desalojadas por la policía de la Comisaría de Huachipa y con la intervención de la Procuraduría, para lo cual tuvimos que hacer las gestiones pertinentes ante la prefectura y otras instancias. Lo más preocupante fue que una de las invasiones realizaron un cerco perimétrico de ladrillos por parte de una constructora que adujo ser propietaria de dicho terreno, lo cual fue una farsa, luego de ser desalojado y en vista del peligro que corre el terreno que no se encuentra cercado y al que el Ministerio no ha podido dar seguridad, nos vimos en la necesidad de resguardar y vigilar el terreno, habiendo habilitado para ello una caseta de madera y una choza para las reuniones que se mantendrían cada 15 días hasta que se formalice la entrega del terreno. El 20 de noviembre del año 2004 salió publicado en el diario oficial El Peruano el D.S. 014 que autoriza realizar acciones de saneamiento físico legal sobre el terreno del Estado a efectos de implementar el D.S. 005, es allí donde se comete un error que produce una reacción negativa en los beneficiarios del D.S. 002 puesto que no estábamos comprendidos en dicho D.S. 014. Inmediatamente se realizaron los pedidos para que se modifique dicho decreto solicitando a la viceministra de Justicia, la Doctora Gianna Machiavelo se realice la modificatoria y se incorpore a los beneficiarios del D.S. 002, quienes por ley nos corresponde ese derecho. Como era de esperar, el 23 de Diciembre se publico la modificatoria mediante el D.S 018-2004-JUS en la que se incorpora a los beneficiarios del D.S.002, ratificando la autorización a COFOPRI a realizar el saneamiento físico legal hasta la titulación gratuita a favor de los beneficiarios del D.S. 002 y 005 respectivamente. Luego se nos informo que el seguimiento de las reparaciones no dinerarias pasaba a cargo de la CMAN (Comisión Nacional de Alto Nivel para las reparaciones a los afectados por violencia política). Cuyo director Ejecutivo, el Señor Jaime Urrutia dio muestras de resolver el problema e incluso no informo sobre el avance de los mismos en cumplimiento del D.S. 014 y 016, en el transcurso del año 2004 no se llego a ningún avance con respecto al tema de vivienda. PROPUESTA DE ANIL PARA EL SEGUIMIENTO DE LAS REPARACIONES NO DINERARIAS.

• Creación de una secretaria Técnica para el seguimiento y aplicación de las reparaciones no dinerarias obtenidas mediante D.S. 002 Y D.S. 005 en el Consejo Nacional de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia.

• SALUD: Aumentar el presupuesto para la implementación de la Atención en

Salud Mental del Ministerio de Salud, a fin de atender a la población afectada por la violencia política, cuya afectación tiene que ser tratada por profesionales con calificación especializada en este tipo de afectación.

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• EDUCACIÓN. Gestionar a nivel interinstitucional el ingreso directo a las

universidades del Estado de los propios beneficiarios y sus hijos a fin de brindarles la oportunidad de mejorar su calificación profesional y brindarles un futuro con calidad de vida para sus hijos.

• BECAS DE ESTUDIO. Incrementar y potenciar la gestión que vienen

realizando el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social en la obtención de becas de estudios técnicos y profesionales así como la ampliación a otras áreas como idiomas y estudios de especialización y post grados.

• TRABAJO. Implementar la aplicación de la Resolución Ministerial sobre

Promoción del Empleo otorgado por el Ministerio de Trabajo desde el año 2003 que aun no ha sido implementado.

• VIVIENDA. Insistir en la habilitación, saneamiento y titulación que según D.S.

014 y 018 ha sido establecido por el Ministerio de Justicia para que Cofopri entregue los terrenos de Huachipa a los beneficiarios de los D.S. 002 Y 005 en condiciones de habilitación urbana para vivienda

• Convocar a los representantes de los programas de vivienda del Estado (Techo

Propio, Tu Techo, Mi Vivienda etc) a fin de evaluar y proponer la inclusión de los afectados por violencia política en dichos programas en condiciones de flexibilidad crediticia, otorgamiento del bono, formalización de la propiedad inmueble etc.

• PARTICIPACIÓN E INCLUSIÓN. Participación activa y directa de los

afectados por violencia política en la discusión, elaboración y toma de decisiones del Plan Integral de Reparaciones establecida por la ley del PIR.

• Inclusión de los afectados por violencia política en la implementación de los

programas que se vienen realizando en el Ministerio de la Mujer y en las demás instituciones del Estado, dando oportunidad de trabajo y desarrollo profesional a los que cuenten con la calificación y perfil profesional requerido.

• Contribuir a la reconciliación nacional a través del trato tolerante y solidario

promoviendo la cultura de paz entre los afectados por la violencia política.