asistencias técnicas 2012 · les de la persona. artículo 33º de la ley general de salud nº...

4
Año 5 - Número 6 - Noviembre Diciembre 2012 Boletín (Cent. Aten. Farm.) ISSN 2221-4259 Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas. CONTENIDO 1 - 3 4 Asistencias Técnicas 2012 Día Panamericano del Farmacéutico Aldo Álvarez-Risco, Evelia Zegarra-Arellano, Zhenia Solis-Tarazona, Nelly Mejía-Acosta, Esha Matos-Valerio Asistencias Técnicas 2012 Segunda Jornada Nacional de Atención Farmacéutica 28 y 29 de Noviembre de 2012 Página 1 El Programa F3 de implementación de la Atención Farmacéutica en el Perú, encuentra su base legal en la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud, artículo 2° donde se señala que éste es el ente rector del Sector Salud que conduce, regula y promueve la intervención del sistema Nacional de Salud, con la finalidad de lograr el desarrollo de la persona humana, a través de la promoción, protección, recuperación y rehabilitación de su salud y del desarrollo de un entorno saludable, respetando los derechos fundamenta- les de la persona. Artículo 33º de la Ley General de Salud Nº 26842, establece que el químico farmacéuti- co es responsable de la dispensación y de la información y orientación al usuario sobre la administración, uso y dosis del producto farmacéutico, su interacción con otros medi- camentos, sus reacciones adversas y sus condiciones de conservación. La Ley del Trabajo del Químico Farmacéutico del Perú Nº 28173, establece en el artículo 5º literal a) que son funciones del Químico Farmacéutico brindar atención farmacéutica en farmacias y boticas del sector público y privado. La Resolución Ministerial Nº 552-2007/MINSA Norma Técnica en Salud: Sistema de Dispensación de Medicamentos en Dosis Unitaria, establece que se debe promover el cumplimiento de las Buenas Prácticas de Prescripción, Dispensación, Seguimiento Farmacoterapéutico y de Almacenamiento, entre otras. El Manual de Buenas Prácticas de Dispensación del año 2009 en el 1.5 de Disposiciones Específicas señala la informa- ción que se debe dar a los pacientes cuando se entrega el medicamento ante la presen- tación de la receta médica.

Upload: others

Post on 15-May-2020

9 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: Asistencias Técnicas 2012 · les de la persona. Artículo 33º de la Ley General de Salud Nº 26842, establece que el químico farmacéuti-co es responsable de la dispensación y

Año 5 - Número 6 - Noviembre Diciembre 2012 Boletín (Cent. Aten. Farm.) ISSN 2221-4259

Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas.

CONTENIDO

1 - 3

4

Asistencias Técnicas 2012

Día Panamericano del Farmacéutico

Aldo Álvarez-Risco, Evelia Zegarra-Arellano, Zhenia Solis-Tarazona, Nelly Mejía-Acosta, Esha Matos-Valerio

Asistencias Técnicas 2012

Segunda Jornada Nacional de Atención Farmacéutica 28 y 29 de Noviembre de 2012

Página 1

El Programa F3 de implementación de la Atención Farmacéutica en el Perú, encuentra su base legal en la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud, artículo 2° donde se señala que éste es el ente rector del Sector Salud que conduce, regula y promueve la intervención del sistema Nacional de Salud, con la finalidad de lograr el desarrollo de la persona humana, a través de la promoción, protección, recuperación y rehabilitación de su salud y del desarrollo de un entorno saludable, respetando los derechos fundamenta-les de la persona.

Artículo 33º de la Ley General de Salud Nº 26842, establece que el químico farmacéuti-co es responsable de la dispensación y de la información y orientación al usuario sobre la administración, uso y dosis del producto farmacéutico, su interacción con otros medi-camentos, sus reacciones adversas y sus condiciones de conservación. La Ley del Trabajo del Químico Farmacéutico del Perú Nº 28173, establece en el artículo 5º literal a) que son funciones del Químico Farmacéutico brindar atención farmacéutica en farmacias y boticas del sector público y privado.

La Resolución Ministerial Nº 552-2007/MINSA Norma Técnica en Salud: Sistema de Dispensación de Medicamentos en Dosis Unitaria, establece que se debe promover el cumplimiento de las Buenas Prácticas de Prescripción, Dispensación, Seguimiento Farmacoterapéutico y de Almacenamiento, entre otras. El Manual de Buenas Prácticas de Dispensación del año 2009 en el 1.5 de Disposiciones Específicas señala la informa-ción que se debe dar a los pacientes cuando se entrega el medicamento ante la presen-tación de la receta médica.

Page 2: Asistencias Técnicas 2012 · les de la persona. Artículo 33º de la Ley General de Salud Nº 26842, establece que el químico farmacéuti-co es responsable de la dispensación y

Boletín Centro de Atención FarmacéuticaAño 6 - Número 6 -Noviembre Diciembre 2012

Página 2

Asistencias técnicas 2012Aldo Álvarez-Risco, Evelia Zegarra-Arellano, Zhenia Solis-Tarazona, Nelly Mejía-Acosta, Esha Matos-ValerioEquipo de Atención Farmacéutica DIGEMID – Ministerio de Salud del Perú

Con fecha 26 de noviembre del 2009, se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Ley N° 29459 - Ley de los Produc-

tos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios, que define y establece los principios, normas,

criterios y exigencias básicas sobre estos productos de uso en seres humanos, en concordancia con la Política

Nacional de Salud y la Política Nacional de Medicamentos.

El Artículo 22° establece cumplir las buenas prácticas, entre las que se encuentran las Buenas Prácticas de

Dispensación y las Buenas Prácticas de Seguimiento Farmacoterapéutico. El Artículo Nº 32 establece la obliga-

ción de cumplir con lo normado en las Buenas Prácticas de Dispensación y Seguimiento Farmacoterapéutico,

conformando las Buenas Prácticas de Atención Farmacéutica.

En el Reglamento de Establecimientos Farmacéuticos aprobado en julio 2011, el Artículo 5º, 34º, 60º, 110º y 126º

se señala que se deben cumplir las Buenas Prácticas de Dispensación, Farmacovigilancia y Seguimiento Farmaco-

terapéutico.

La Atención Farmacéutica es la participación activa del Químico Farmacéutico en la mejora de la calidad de vida

del paciente, mediante la Indicación Farmacéutica, Dispensación de Medicamentos y Seguimiento Farmacotera-

péutico.

El Seguimiento Farmacoterapéutico es el acto profesional farmacéutico en el cual el Químico Farmacéutico se

hace responsable de las necesidades del paciente relacionadas con los medicamentos mediante la realización de

intervenciones farmacéuticas.

La Dispensación de Productos Farmacéuticos es el acto profesional farmacéutico de proporcionar uno o más medi-

camentos a un paciente generalmente como respuesta a la presentación de una receta elaborada por un profesio-

nal autorizado. En este acto, el profesional Químico Farmacéutico informa y orienta al paciente sobre el uso

adecuado del medicamento, reacciones adversas, interacciones medicamentosas y las condiciones de conserva-

ción del producto.

ANÁLISIS INTEGRAL

SITUACIÓN DETECTADA

Limitada competencia del personal de DIRESAS/DISAS/GERESAS sobre los aspectos de Buenas Prácticas de

Dispensación y Buenas Prácticas de Seguimiento Farmacoterapéutico.

ACCIÓN PREVISTA

Desarrollar una capacitación hacia las DIRESAS//DISAS/GERESAS para revisar los aspectos normativos y su

aplicación práctica de los aspectos de Dispensación y Seguimiento Farmacoterapéutico.

ACCIÓN ADOPTADA

El Equipo de Atención Farmacéutica DIGEMID programó para los días 28 y 29 de noviembre la Segunda Jornada

de Atención Farmacéutica. Durante los dos días del evento se tuvo la asistencia de 62 químicos farmacéuticos.

Durante el evento se obtuvieron diversas opiniones y planteamientos que servirán para la implementación de las

actividades de dispensación y seguimiento farmacoterapéutico. Estos planteamientos se resumen en lo siguiente:

1. Se requiere de una capacitación con conceptos uniformes en los temas de dispensación de medicamentos y

seguimiento farmacoterapéutico.

2. Se necesita que se designe en las DIRESAS/GERESAS/DISAS a un químico farmacéutico para hacerse cargo

de las actividades de Atención Farmacéutica de modo exclusivo, debido a la gran cantidad de actividades

que se requieren realizar y que no son posibles de hacer al tenerse más de un área cargo.

3. Es necesario que se vincule a las escuelas de farmacia en cada ciudad para los procesos de capacitación,

investigación y proyección social respecto a las actividades de dispensación y principalmente seguimiento farma-

coterapéutico.

4. Se necesita asistencias técnicas en cada departamento para dar origen a las actividades de implementación,

siendo muy útil el desarrollo de campañas (cuando sea posible), talleres prácticos.

5. Se requiere promover la investigación entre las escuelas de farmacia, hospitales, farmacias/boticas y

DIRESAS/GERESAS/DISAS para obtener resultados preliminares de las fases piloto.

6. Es importante programar las pasantías hacia la Farmacia Institucional DIGEMID por parte de los químicos

farmacéuticos a nivel nacional.

Page 3: Asistencias Técnicas 2012 · les de la persona. Artículo 33º de la Ley General de Salud Nº 26842, establece que el químico farmacéuti-co es responsable de la dispensación y

Año 6 - Número 6 -Noviembre Diciembre 2012

Boletín Centro de Atención FarmacéuticaPágina 3

Con fecha 26 de noviembre del 2009, se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Ley N° 29459 - Ley de los Produc-

tos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios, que define y establece los principios, normas,

criterios y exigencias básicas sobre estos productos de uso en seres humanos, en concordancia con la Política

Nacional de Salud y la Política Nacional de Medicamentos.

El Artículo 22° establece cumplir las buenas prácticas, entre las que se encuentran las Buenas Prácticas de

Dispensación y las Buenas Prácticas de Seguimiento Farmacoterapéutico. El Artículo Nº 32 establece la obliga-

ción de cumplir con lo normado en las Buenas Prácticas de Dispensación y Seguimiento Farmacoterapéutico,

conformando las Buenas Prácticas de Atención Farmacéutica.

En el Reglamento de Establecimientos Farmacéuticos aprobado en julio 2011, el Artículo 5º, 34º, 60º, 110º y 126º

se señala que se deben cumplir las Buenas Prácticas de Dispensación, Farmacovigilancia y Seguimiento Farmaco-

terapéutico.

La Atención Farmacéutica es la participación activa del Químico Farmacéutico en la mejora de la calidad de vida

del paciente, mediante la Indicación Farmacéutica, Dispensación de Medicamentos y Seguimiento Farmacotera-

péutico.

El Seguimiento Farmacoterapéutico es el acto profesional farmacéutico en el cual el Químico Farmacéutico se

hace responsable de las necesidades del paciente relacionadas con los medicamentos mediante la realización de

intervenciones farmacéuticas.

La Dispensación de Productos Farmacéuticos es el acto profesional farmacéutico de proporcionar uno o más medi-

camentos a un paciente generalmente como respuesta a la presentación de una receta elaborada por un profesio-

nal autorizado. En este acto, el profesional Químico Farmacéutico informa y orienta al paciente sobre el uso

adecuado del medicamento, reacciones adversas, interacciones medicamentosas y las condiciones de conserva-

ción del producto.

ANÁLISIS INTEGRAL

SITUACIÓN DETECTADA

Limitada competencia del personal de DIRESAS/DISAS/GERESAS sobre los aspectos de Buenas Prácticas de

Dispensación y Buenas Prácticas de Seguimiento Farmacoterapéutico.

ACCIÓN PREVISTA

Desarrollar una capacitación hacia las DIRESAS//DISAS/GERESAS para revisar los aspectos normativos y su

aplicación práctica de los aspectos de Dispensación y Seguimiento Farmacoterapéutico.

ACCIÓN ADOPTADA

El Equipo de Atención Farmacéutica DIGEMID programó para los días 28 y 29 de noviembre la Segunda Jornada

de Atención Farmacéutica. Durante los dos días del evento se tuvo la asistencia de 62 químicos farmacéuticos.

Durante el evento se obtuvieron diversas opiniones y planteamientos que servirán para la implementación de las

actividades de dispensación y seguimiento farmacoterapéutico. Estos planteamientos se resumen en lo siguiente:

1. Se requiere de una capacitación con conceptos uniformes en los temas de dispensación de medicamentos y

seguimiento farmacoterapéutico.

2. Se necesita que se designe en las DIRESAS/GERESAS/DISAS a un químico farmacéutico para hacerse cargo

de las actividades de Atención Farmacéutica de modo exclusivo, debido a la gran cantidad de actividades

que se requieren realizar y que no son posibles de hacer al tenerse más de un área cargo.

3. Es necesario que se vincule a las escuelas de farmacia en cada ciudad para los procesos de capacitación,

investigación y proyección social respecto a las actividades de dispensación y principalmente seguimiento farma-

coterapéutico.

4. Se necesita asistencias técnicas en cada departamento para dar origen a las actividades de implementación,

siendo muy útil el desarrollo de campañas (cuando sea posible), talleres prácticos.

5. Se requiere promover la investigación entre las escuelas de farmacia, hospitales, farmacias/boticas y

DIRESAS/GERESAS/DISAS para obtener resultados preliminares de las fases piloto.

6. Es importante programar las pasantías hacia la Farmacia Institucional DIGEMID por parte de los químicos

farmacéuticos a nivel nacional.

Asistencias técnicas 2012Aldo Álvarez-Risco, Evelia Zegarra-Arellano, Zhenia Solis-Tarazona, Nelly Mejía-Acosta, Esha Matos-ValerioEquipo de Atención Farmacéutica DIGEMID – Ministerio de Salud del Perú

Año 6 - Número 6 -Noviembre Diciembre 2012

Page 4: Asistencias Técnicas 2012 · les de la persona. Artículo 33º de la Ley General de Salud Nº 26842, establece que el químico farmacéuti-co es responsable de la dispensación y

Boletín Centro de Atención FarmacéuticaPágina 4

Día Panamericano del FarmacéuticoCentro de Atención Farmacéutica

El Boletín del Centro de Atención Farmacéutica (CAF) es una publicación bimestral de difusión libre en formato electrónico, dirigido a los profesionales de salud con el objetivo de difundir información y

contribuir con la implementación y desarrollo de la Atención Farmacéutica.

Boletín del CAFDirector General: QF Pedro Yarasca Purilla

Directora Ejecutiva de DAUM: QF Maruja Crisante NuñezResponsable del Equipo de Atención Farmacéutica: QF Evelia Zegarra Arellano

Coordinación: QF Aldo Alvarez Risco, QF Zhenia Solis Tarazona, QF Esha Matos Valerio, QF Nelly Mejía Acosta

Redacción: Centro de Atención Farmacéutica - DIGEMID

@¿Deseas contribuir con nuestro Boletín enviándonos noticias de interés?¿Estas interesado en mayor información de la que se publica en el Boletín?Escríbenos a: [email protected]

Estimados colegas y estudiantes de farmacia de América Latina

Reciban en este correo nuestros mejores deseos por la conmemoración del Día Panamericano del Farmacéutico. Esperamos que hoy nos tomemos un tiempo para enfocar nuestras activida-des hacia el cuidado de los pacientes, que logremos que puedan ser sostenibles y que la imple-mentación de los servicios de Atención Farmacéutica sean una realidad en nuestros países, podamos superar las diferencias entre colegas, puesto que todos buscamos trabajar, de distin-to modo, en beneficio de los pacientes. "Para llegar a la cima se deben tener las rodillas sangrantes". A pesar de las dificultades que podamos enfrentar, sigamos. Nuestros esfuerzos en los últimos 10 años están enfocados en colaborar con la mplementación de las actividades de Atención Farmacéutica pero principal-mente con la unidad profesional.

Año 6 - Número 6 -Noviembre Diciembre 2012