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ASAMBLEA GENERAL DE SOCIOS ASOCIACION DE FUNCIONARIOS MUNICIPALES VIÑA DEL MAR Viernes 06 de julio de 2007

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Presentación en la reciente Asamblea de Socios de la Asociación de Funcionarios Municipales de Viña del Mar

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ASAMBLEA GENERAL DE SOCIOS

ASOCIACION DE FUNCIONARIOS MUNICIPALES VIÑA DEL MAR

Viernes 06 de julio de 2007

Tabla:

3. Lectura Acta Anterior

4. Informe Mejoramiento Económico

5. Informe Estado de Avance Artículo 121 CPE

6. Varios

2. Informe Mejoramiento Económico:

Acuerdo Asemuch-Gobierno

• Compromiso del Gobierno de mejoramiento a los grados de la Escala Municipal

• Se acepta petición de mejoramiento del PMGM

• Se agrega a la propuesta inicial bono de término de conflicto de $50.000 para los sueldos de $350.000 y de $45.000 para los sueldos entre $350.000 y $1.300.000

• Por ley se faculta a los Alcaldes, con acuerdo del Concejo Municipal otorgar un bono adicional de conformidad a las disponibilidades presupuestarias

• En Viña del Mar, las tres Asociaciones, acogiendo propuesta de AFUMUVI, solicitan un bono de $600.000 para cada funcionario

• La Alcaldesa y el Concejo Municipal acuerdan $500.000 para cada uno de los

trabajadores municipales en cargos de planta o a contrata

• Mejoramiento de las Asignaciones de Zona

Primera Parte Acuerdo Gobierno-Asemuch

Se promulga Ley Nº 20.198 que establece:• El PMG estará vigente hasta la entrada en vigencia de

la regulación del Artículo 121 CPE• Aumenta los sueldos base en dos etapas • Años 2007- 2008• Mejoramiento de Asignaciones de Zona

3 6.461 3.2304 6.125 3.0625 5.789 2.8946 7.404 4.9367 6.861 4.5748 5.892 3.9289 17.553 14.49210 17.739 13.53811 17.351 12.53612 15.237 11.60713 13.971 10.74714 12.146 9.94915 9.772 9.21316 18.353 8.52917 13.377 7.89718 12.708 7.31319 17.414 6.834

Grado 2007 2008

Sueldo base

actual3 339.834 6.461 346.295 51.6884 322.158 6.125 328.283 49.0005 304.487 5.789 310.276 46.3126 259.622 7.404 267.026 59.2327 240.604 6.861 247.465 54.8888 206.623 5.892 212.515 47.1369 164.476 17.553 182.029 140.42410 152.241 17.739 169.980 141.91211 140.000 17.351 157.351 138.80812 130.502 15.237 145.739 121.89613 120.975 13.971 134.946 111.76814 112.824 12.146 124.970 97.16815 106.025 9.772 115.797 78.17616 88.360 18.353 106.713 146.82417 85.624 13.377 99.001 107.01618 78.947 12.708 91.655 101.66419 67.957 17.414 85.371 139.312

Grado 2007 Sueldo Base reajustado 2007

Si se pagaen Agosto

GDO HRS.25% HRS.50% GDO HRS 25% HRS 50%

1 11.256 13.507 1 11.256 13.5072 10.738 12.886 2 10.738 12.8863 9.232 11.078 3 9.274 11.1294 8.907 10.689 4 8.948 10.7375 7.837 9.405 5 7.875 9.4506 6.638 7.966 6 6.687 8.0247 5.280 6.336 7 5.325 6.3908 4.198 5.038 8 4.237 5.0849 3.263 3.916 9 3.379 4.05510 2.650 3.180 10 2.767 3.32011 2.167 2.600 11 2.281 2.73712 1.778 2.134 12 1.878 2.25413 1.480 1.776 13 1.572 1.88714 1.259 1.511 14 1.339 1.60715 1.113 1.335 15 1.177 1.41216 989 1.187 16 1.110 1.33217 879 1.054 17 967 1.16018 825 990 18 908 1.09019 781 937 19 896 1.075

VALOR HORA EXTRA 2006 VALOR HORA EXTRA 2007

NUEVA TABLA DE VALORES DE HORAS EXTRAS MODIFICADAPOR EL MEJORAMIENTO DEL SUELDO BASE DESDE ENERO 2007

3. Informe Estado de avance Artículo 121

* 30 abril 2007: En el marco del acuerdo Gobierno-Asemuch se introducen modificaciones al proyecto de regulación del Artículo 121

MENSAJE AÑO 2004 MENSAJE MARZO 2007: LEY QUE ENTRARÍA EN VIGENCIA EN MARZO DE 2009.

Las unidades solo podrán recibir denominación de Las unidades deberán recibir la denominación de Dirección, Departamento, Sección y Oficina.

Organización propuesta por Alcalde y aprobada por 2/3 concejales

ídem

Las funciones y atribuciones de la unidades deben ser propuestas por Alcalde y aprobadas por 2/3 concejo

ídem

Unidades obligatorias: secretaria municipal; planificación comunal; obras municipales ; control interno y desarrollo social.

ídem

Funciones de unidades.: Se modifican las de: SECPLA: se agrega las vinculaciones técnicas con servicios públicos y mantener información comunal y regional. OBRAS: le agrega a sus funciones”para cuyo efecto gozará de las siguientes atribuciones” CONTROL: le agrega.”debe informar al Concejo y a la contraloría cuando corresponda, y dar respuesta por escrito a las consultas o peticiones que le formule un concejal y asesorarlo en la definición y evaluación de asesoría externa.

Jurídico: debe informar con la “periodicidad que se le defina”, se le agrega la defensa o asesoría de la comunidad cuando sea procedente.

Reglamento Municipal : Debe definir las unidades que serán responsables de las funciones de :Aseo y ornato, de transito, de administración y finanzas, y de asesoría jurídica,

Reglamento Municipal: establecerá las funciones y atribuciones específicas que se asignen a las unidades que se establezcan en la organización interna.

ídem

Organización Interna

MENSAJE AÑO 2004 MENSAJE MARZO 2007: LEY QUE ENTRARÍA EN VIGENCIA EN MARZO DE 2009.

El EA regula la carrera funcionaria, deberes y derechos, responsabilidad administrativa, sistema de calificación del desempeño, la capacitación y el perfeccionamiento y la cesación de funciones.

Se agrega: el mecanismo de ingreso y “el proceso de negociación colectiva local, que determina las condiciones comunes de empleo y remuneración de los funcionarios municipales”

La política de recursos humanos (PRHH) Se incorpora lo siguiente: “ La PRHH será propuesta al Alcalde por un Comité Técnico Municipal, este comité deberá integrar a lo menos 4 integrantes, la mitad de ellos nombrados por el Alcalde y la otra mitad a representantes de las asociaciones de funcionarios existentes en el municipio”

El Alcalde someterá al Concejo el proyecto de PRHH cuya aprobación requerirá la mayoría de sus miembros,

ídem

Ingreso por concurso público ídem La planta de personal solo podrá contemplar cargos de directivos, profesionales, técnicos administrativos y auxiliares

ídem

Cesan funciones por. -Renuncia voluntaria -Por jubilación -Por causa legal :desempeño deficiente, incumplimiento obligaciones, o pérdida requisitos función -Supresión del empleo

ídem

Funcionarios exclusiva confianza: Directores titulares de direcciones (ni obras ni control)

ídem

Las municipalidades podrán crear y suprimir empleos. La propuesta de creación y supresión de empleos se formaliza mediante un plan elaborado por el Alcalde. Alcalde debe consultar opinión de las asociaciones de funcionarios. El plan aprobado por 2/3 de Concejo, se formaliza mediante D.A. y debe ir a toma de razón de la CGR

ídem

Cargos suprimidos: Funcionarios tienen indemnización de acuerdo a lo que establece el EA. De cargo municipal

ídem

Directivos y Profesionales: Exige carrera de 8 semestres Técnicos: Título de instituto Educ. superior o de Educ. Media TP Administrativos: Enseñanza media Auxiliares: Enseñanza básica

Exige carrera de 10 semestres

PROMOCION: Administrativos y auxiliares por ascenso PROMOCION DE Directivos y profesionales y técnicos: por concurso interno

ídem

Personal

MENSAJE AÑO 2004 MENSAJE MARZO 2007: LEY QUE ENTRARÍA EN VIGENCIA EN MARZO DE 2009.

La determinación de las condiciones remuneratorias del personal se desarrolla en cada municipio mediante procedimiento reglado, con consulta a estamentos funcionarios preservando las atribuciones del Alcalde y la capacidad resolutiva del Concejo.

La determinación de las condiciones comunes de trabajo y remuneraciones se ajustará al Procedimiento de Negociación Colectiva Local. Los acuerdos sobre remuneraciones y beneficios deben ser aprobados por el Concejo Municipal.

Gasto máximo en personal 35% Ídem Las remuneraciones de los Alcaldes no se consideran para este limite.

Remuneraciones : considera las permanentes, variables y transitorias

1. Permanentes: fijas y por períodos mensuales: sueldo base y asignación municipal.

2. Transitorias: asociadas a determinadas tareas o funciones, de carácter temporal o permanente.

3. Variables: asociadas a cumplimiento metas institucionales y por unidades

Ídem.- Se agregó : en caso que el municipio decida otorgar un asignación variable distinta del PMGM, deberá dictar el respectivo reglamento que regule condiciones de otorgamiento.

Remuneraciones

MENSAJE AÑO 2004 MENSAJE MARZO 2007: LEY QUE ENTRARÍA EN VIGENCIA EN MARZO DE 2009.

Establece la Consulta Reglada Local Negociación Colectiva Local Se negocia:

-Condiciones comunes de trabajo -Remuneración personal planta y contrata. Incluye beneficios en especie, dinero o servicios.

Comisión negociadora: Por trabajadores: el directorio del gremio Por Alcaldía: Alcalde o su delegatario

El proyecto de ley fija el procedimiento de presentación del proyecto, sus limitantes, los plazos, responsabilidad del alcalde y Concejo en su aprobación.

No se contempla derecho a huelga.

Negociación

Acciones de Afumuvi

•Año 2006 Se apoyó Programa de Movilizaciones de Asemuch•Respecto de la nuevas indicaciones introducidas al artículo 121 el Directorio acordó:•Iniciar un trabajo de análisis sobre las nuevas indicaciones•Trabajo que se realiza los sábados desde junio pasado•Independiente de la tramitación del proyecto prepararnos para enfrentar su futura aplicación en nuestra Municipalidad•Crear Comisiones

•OBJETIVO:

•Comprometer a los socios y socias en el mejoramiento de su condición laboral futura.

•TAREA: REVISAR Y ANALIZAR EL PROYECTO DE LEY, ESPECIALMENTE EN LO CONCERNIENTE A SU ACTUAL Y FUTURA CALIDAD Y CONDICION LABORAL.

•PRESENTAR AL DIRECTORIO PROPOSICIONES DE NEGOCIACION EN SU AMBITO DE INTERES LABORAL.

Comisiones

DE CHOFERES MAQUINARIA-CAMIONES Y VEHICULOS ESPECIALES DE CHOFERES VEHICULOS MENORES DE INSPECTORES DE CONTRATAS DE PROFESIONALES DE JEFATURAS DE TECNICOS DE REMUNERACIONES DE BENEFICIOS DE ORGANIZACION INTERNA DE CONDICIONES DE TRABAJO DE CAPACITACION DE LEGISLACION

COMISIONES DE TRABAJO