artículo 209°recurso de apelación
DESCRIPTION
apelacionTRANSCRIPT
Artculo 209Recurso de apelacin
Artculo 210.- Recurso de revisin
Excepcionalmente hay lugar a recurso de revisin, ante una tercera instancia de competencia nacional, si las dos instancias anteriores fueron resueltas por autoridades que no son de competencia nacional, debiendo dirigirse a la misma autoridad que expidi el acto que se impugna para que eleve lo actuado al superior jerrquico.
Artculo 211.- Requisitos del recurso
El escrito del recurso deber sealar el acto del que se recurre y cumplir los dems requisitos previstos en el Artculo 113 de la presente Ley. Debe ser autorizado por letrado.
Artculo 212.- Acto firme
Una vez vencidos los plazos para interponer los recursos administrativos se perder el derecho a articularlos quedando firme el acto.Artculo 213.- Error en la calificacin
El error en la calificacin del recurso por parte del recurrente no ser obstculo para su tramitacin siempre que del escrito se deduzca su verdadero carcter.