arq. guillermo damían medina
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LICITACIÓN PÚBLICA
Licitaciones públicas Art. 38
Las bases
Se pondrán a disposición de los interesados para consulta y venta, tanto en el domicilio señalado por la convocante, como en los medios de difusión electrónica que establezca la Contraloría.
Convocatoria
Libremente se presenten convocatorias si cumplen con las bases.
Proposiciones
Presentarlas en sobre cerrado
Propuesta Técnica
Propuesta Económica
Art. 41
Resultado de Licitación Pública
Art. 44
• En junta pública, se dará a conocer el fallo de la licitación
Art. 45
• Declarar desierta una licitación
Art. 46
• Distribuir entre dos o más proveedores, la prestación de un bien o servicio
I.- La autorización del presupuesto para cubrir el compromiso derivado del
contrato;
II.- La indicación del procedimiento conforme al
cual se llevó a cabo la adjudicación del contrato;
III.- El precio unitario y el importe total a pagar
por los bienes, arrendamientos o
servicios;
IV.- Fecha, lugar y condiciones de entrega;
V.- Porcentaje, número y fechas de las
exhibiciones y amortización de los
anticipos que se otorguen;
VI.- Forma y términos para garantizar los
anticipos y el cumplimiento del contrato;
VII.- Plazo y condiciones de pago del
precio de los bienes, arrendamientos o
servicios;
IX.- Penas convencionales por atraso en la entrega de los bienes
o servicios.
• Los contratos que deban formalizarse como resultado de su adjudicación, deberán suscribirse en un término no mayor a 15 días hábiles, contados a partir de la fecha en que se hubiere notificado al licitante el fallo correspondiente.
Artículo 55.-
Los ANTICIPOS que, en su caso, reciban.
Estas garantías deberán constituirse por la totalidad del monto de los anticipos.
El CUMPLIMIENTO de los contratos. El porcentaje de esta garantía, será como mínimo del
diez por ciento y no podrá exceder al veinte por ciento del
monto total del contrato.
VICIOS OCULTOS
• El Estado, Entidades o Municipios, deberán pactar penas convencionales a cargo del proveedor por atraso en el cumplimiento de la entrega de bienes o de la prestación del servicio
Artículo 66.-
LEY DE OBRA PÚBLICA
Licitación
TÍTULO CUARTO DE LOS PROCEDIMIENTOS
DE CONTRATACIÓN
CAPÍTULO I DE LA LICITACIÓN
PÚBLICA
Artículo 34
Licitaciones públicas
Art. 35
Publicarse en Periódico Oficial y de mayor circulación en el estado y en los medios electrónicos destinados para tal fin.
Convocatoria
Libremente se presenten convocatorias
Proposiciones
Presentarlas en sobre cerrado el cual será abierto en Junta Pública.
• Los contratos de obras públicas o de los servicios relacionados con las mismas, se adjudicarán o llevarán a cabo a través de licitaciones públicas
Requisitos para publicar la licitación
Nombre, denominación o razón social de la
Dependencia, Entidad o Ayuntamiento convocante
La fecha, hora y lugar de celebración de las dos etapas
del acto de presentación y apertura de proposiciones
Fecha límite para la inscripción en el proceso de licitación,
como para la obtención de las bases de licitación
Lugares, fechas y horarios en que los interesados podrán
obtener las bases de la licitación
Los criterios conforme a los cuales se decidirá la
adjudicación
Los porcentajes de los anticipos que en su caso, se
otorgarían
La indicación de que no podrán participar las personas
físicas y morales, que se encuentren en los supuestos del Artículo 54 de esta Ley.
• ARTÍCULO 39.- El plazo para la presentación y apertura de proposiciones, no podrá ser inferior a quince días hábiles contados a partir de la fecha de publicación de la Convocatoria.
Art. 50.- Los Contratos de Obras Públicas y de Servicios relacionados con las mismas, contendrán como mínimo, lo
siguiente:
La autorización del
presupuesto.
La indicación del
procedimiento.
El objeto del contrato.
El importe del precio a pagar
por los trabajos.
Plazo de ejecución.
Porcentajes y Amortización del anticipo.
Fianzas
Plazos, forma y lugar de pago de las
estimaciones de trabajos ejecutados
Penas convencionales
Reintegro del contratista por exceso de pago
Causales y procedimiento de
recisión de contrato
Catálogo de conceptos o presupuesto: es un listado de
los conceptos, el volumen a ejecutar y el precio unitario por
cada uno de ellos
VOLUMEN
CANTIDAD
M²
PRECIO UNITARIO
CONCEPTO
Licitación
Contratación
Catálogo de Conceptos
Calendario de ejecución
Estimaciones
LEY DE OBRA PÚBLICA
•Trabajos ejecutados, correspondientes a Contratos en ejercicio con una periodicidad no mayor a un mes.
•Cinco días hábiles siguientes a la fecha de corte.
• Aprobación de las estimaciones presentadas por el contratista.
• VII.-Plazos, forma y lugar de pago de las estimaciones
Art . 50 Requisitos
mínimos de los contratos
Art. 68 Supervisión de
Obra
Art. 76
Pago de las estimaciones
Penas Convencionales
Penas convencionales
AR
TÍC
ULO
3
• III.- La fijación de los términos, forma y porcentajes para la aplicación de penas convencionales, conforme a lo dispuesto por el Artículo 50 fracción IX de la Ley, así como para el otorgamiento de las garantías relativas a la correcta inversión de los anticipos y al cumplimiento del contrato conforme a lo previsto en los Artículos 51 y 81 de la Ley;
AR
TÍC
ULO
62 • Las penas
convencionales, se aplicarán por atrasos en las fechas establecidas en los Programas de Ejecución de los Trabajos.
AR
TÍC
ULO
63 • Las penas
convencionales, únicamente procederán cuando ocurran causas imputables al contratista; la determinación del atraso se realizará por el residente de supervisión de obra con base en las fechas parciales o de terminación, fijadas en el Programa de Ejecución convenido.
Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Estado de Hidalgo .
Penas convencionales
AR
TÍC
ULO
63
• Las penas deberán establecerse atendiendo a las características, complejidad y magnitud de los trabajos a contratar, tipo de Contrato, grados de avance y posibilidad de recepción parcial de los trabajos.
AR
TÍC
ULO
14
3
•En el caso de rescisión, las Dependencias, Entidades y Ayuntamientos, optarán por aplicar retenciones o penas convencionales, antes de iniciar el procedimiento de rescisión, cuando el incumplimiento del Contrato derive del atraso en la ejecución de los trabajos.
AR
TÍC
ULO
15
1
•El sobrecosto que se determine al elaborar el finiquito, será independiente de las garantías, penas convencionales y demás cargos que deban considerarse en la rescisión administrativa
Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Estado de Hidalgo .
Licitación
Contratación
Catálogo de Conceptos
Calendario de ejecución
Estimaciones
Finiquito de Obra
LEY DE OBRA PÚBLICA
Finiquito de obra
De los contratos de Obras Públicas Art. 50 • Capitulo V: La elaboración del finiquito referido en el Artículo 80 de esta Ley.
De la ejecución Art. 73 • El contratante comunicará por escrito la suspensión, al contratista, a la Secretaría
y a la Contraloría, dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha, en que se emita la resolución
Terminación de los trabajos Art. 80 • Recibidos físicamente los trabajos, las partes deberán elaborar dentro del término
estipulado en el Contrato, el finiquito de los trabajos, en el que se harán constar los créditos a favor y en contra que resulten para cada uno de ellos, describiendo el concepto general que les dio origen y el saldo resultante.
LEY DE OBRA PÚBLICA
Licitación
Contratación
Catálogo de Conceptos
Calendario de ejecución
Estimaciones
Finiquito de Obra
Recurrencias
No existen estimaciones y
números generadores de la obra
Estimaciones
Números generadores
Conceptos de obra pagados no ejecutados
No se ejecutaron conceptos
de obra parcial o
totalmente
Falta documentación comprobatoria del
gasto
Contrato
Estimación
Facturas