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Inevitable administracin provisional?"Nombrado un administrador provisional, la presin para aportar recursos indefinidamente a la universidad Arcis no se har esperar..."La situacin de la Universidad Arcis parece una comedia de equivocaciones que, por un tiempo innecesariamente prolongado, mantiene en vilo a sus estudiantes. En 2014 estos no llegaban a los tres mil y este ao, luego de que prcticamente no se registraran admisiones, los nmeros deben ser an ms bajos. Es razonable que se despejen las incertidumbres que los aquejan. Una primera investigacin del Ministerio de Educacin, que a juicio de sus autoridades est severamente restringido en su capacidad de investigar, detect problemas graves en su Escuela de Msica y orden su cierre. Pero no realiz reparos al resto de la institucin. Sin embargo, desde ese momento han ocurrido dos fenmenos. Por una parte, se han seguido conociendo antecedentes que revelan diversas irregularidades y situaciones que llevan a preguntarse si la institucin efectivamente est cumpliendo con sus objetivos estatutarios. Es importante determinarlo, porque si hubiese incumplimiento del estatuto o infracciones graves al mismo, la legislacin chilena establece la prdida del reconocimiento oficial de la universidad.Por otra, se aprob una ley que crea una figura de administrador provisional para las instituciones de educacin superior. Este fue concebido como un paso complementario, eventualmente previo, a la decisin de revocacin del reconocimiento oficial. La ley faculta al Ministerio de Educacin, luego de una investigacin, a nombrar un administrador provisional, entre otros casos, cuando est en riesgo la viabilidad administrativa o financiera de la institucin y se pueda afectar la continuidad de estudios de los alumnos, o se est frente a incumplimientos graves y reiterados de los compromisos acadmicos asumidos por la institucin con sus estudiantes. No parece tan difcil demostrar esta situacin en el caso de esta universidad y, por tanto, podra invocarse esa figura.Pero tambin podra nombrarse inmediatamente a un administrador de cierre si se constatan problemas graves. Para este nombramiento se requiere un acuerdo previo del Consejo Nacional de Educacin. La presin para nombrar a un administrador provisional es elevada, pero ello tiene el inconveniente de obligar al Estado a hacerse cargo, en la prctica, de esta institucin. La presin para aportar recursos indefinidamente no se har esperar. Sin embargo, no es evidente que haya un valor pblico en preservar esta institucin. En ese sentido, si se establecen infracciones graves, el camino ms adecuado es el cierre y el nombramiento de un administrador que en un plazo prudente cumpla con esta funcin. Ello resolvera la situacin y permitira quizs una solucin ms ordenada que la que en su momento tuvo la Universidad del Mar.