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83 COLEGIO DE ARQUITECTOS DE HIDALGO A.C. ARANCEL

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Page 1: Aranceles Profesionales

83 COLEGIO DE ARQUITECTOS DE HIDALGO A.C.

ARANCEL

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85 COLEGIO DE ARQUITECTOS DE HIDALGO A.C.

ARANCEL DE HONORARIOS PRO- FESIONALES, DE LA FEDERACIÓN DE COLEGIOS DE ARQUITECTOS DE LA REPÚBLICA MEXICANA, A.C.

OBJETIVO:

Precisar los alcances por servicios profesionales y, estandarizar los honorarios por el ejercicio de la arquitectura y el diseño urbano en sus diversas modalidades, dentro del territorio de la República Mexicana; además, sentar las bases que normen la relación entre el arquitecto y quien solicite sus servicios, en el plano del más alto nivel ético.

CAPÍTULO I - DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO PRIMERO:

Los honorarios establecidos es este Arancel, deberán ser cobrados por los arquitectos miembros de número, de los Colegios de Arquitectos afiliados a la Federación de Colegios de Arquitectos de la República Mexicana (FCARM), así como por los arquitec- tos de origen extranjero de países y economías con quienes la FCARM, tenga suscrito convenios o acuerdos para el ejercicio de la arquitectura con los homólogos mutua- mente reconocidos.

ARTÍCULO SEGUNDO:

Todo arquitecto tiene la obligación de estipular la prestación de sus servicios profe- sionales mediante contrato o convenio escrito, en el que se establezcan claramente sus alcances, los tiempos de ejecución, la forma de pago y monto de la retribución correspondiente.

ARTÍCULO TERCERO:

Cuando a pesar de lo dispuesto en el artículo precedente, no se hubiera celebrado contrato o convenio escrito, el pago de los servicios profesionales deberá hacerse conforme a este Arancel.

ARTÍCULO CUARTO:

Para los servicios profesionales que no se encuentren previstos en el presente Arancel, se aplicarán los honorarios de aquellos que presenten mayor semejanza.

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86 COLEGIO DE ARQUITECTOS DE HIDALGO A.C.

ARTÍCULO QUINTO:

En caso de conflicto entre las partes para determinar el monto de los honorarios en la prestación de un servicio, el Colegio de Arquitectos de la jurisdicción donde se ubique el proyecto, por medio de arbitraje, determinará el monto que deba aplicarse, sin perjuicio de su derecho a dirimir su controversia ante los tribunales competentes de esa jurisdicción.

ARTÍCULO SEXTO:

Los arquitectos podrán prestar sus servicios, mediante iguala que convengan libremente con las personas con quienes contraten, siempre y cuando con ello no se lesionen los intereses del gremio ni se violen los honorarios mínimos establecidos en este Arancel.

ARTÍCULO SÉPTIMO:

Los Arquitectos que celebren contratos de prestación de servicios profesionales, en los términos del Código Civil del estado en que residan, no podrán pactar honorarios más bajos de los establecidos en este Arancel.

ARTÍCULO OCTAVO:

Los Arquitectos que ejerzan la profesión en calidad de asalariados, quedan sujetos a los preceptos de la Ley Federal del Trabajo y, en su caso, a los de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado.

ARTÍCULO NOVENO:

Las conclusiones que el arquitecto proponga mediante planos, memorias, especifica- ciones, presupuestos y demás documentos necesarios para el cumplimiento de los diferentes servicios que preste; serán el resultado del análisis y consideración de las leyes, reglamentos y normas aplicables en el municipio o delegación política donde se ubique el proyecto; serán indicados en idioma español y expresados en pesos mexicanos.

ARTÍCULO DÉCIMO:

Cuando del resultado de la consideración de dichas leyes, reglamentos y normas; o por la magnitud del proyecto a desarrollar, requiera la participación de especialistas para el desarrollo de las ingenierías; el arquitecto coordinará los servicios de dichos profe- sionistas en su carácter de Director Responsable de Proyecto y los especialistas asumirán el carácter de corresponsables.

ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO:

Corresponde a cada Colegio de Arquitectos miembro de la FCARM, vigilar su cumpli- miento, mediante la instrumentación de los mecanismos convenientes para lograrlo.

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87 COLEGIO DE ARQUITECTOS DE HIDALGO A.C.

CAPÍTULO II - DEL ALCANCE DE LOS SERVICIOS

PROFESIONALES

ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO:

Los servicios profesionales que contempla el presente Arancel son:

I.- Diseño Arquitectónico; II.- Diseño Urbano y; III.- Consultorías.

ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO:

Los alcances, que se precisan en el presente capítulo, no consideran el pago de derechos, permisos, dictámenes o licencias, que corresponden a la autoridad compe- tente determinar dichos cargos; tampoco se incluyen trabajos y/o asesorías especiales tales como estudios de mecánica de suelo, levantamientos o trazos topográficos, entre otros. Así mismo, no se contemplan costos por traslados y viáticos que el arquitecto tenga la necesidad de realizar fuera de su lugar de residencia derivados de asesorías externas y/o por ubicación del proyecto.

ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO:

El alcance de los servicios profesionales por Diseño Arquitectónico, al que se refiere el inciso I del artículo Décimo Segundo del presente Arancel, podrá ser parcial o integral, de acuerdo a los alcances particulares mínimos y ponderación porcentual, que en la siguiente tabla se enlistan. Dicha ponderación será la base para el pago por cada etapa del desarrollo de un proyecto arquitectónico integral o, por la contratación parcial de los servicios.

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88 COLEGIO DE ARQUITECTOS DE HIDALGO A.C.

ETAPA ALCANCES PARTICULARES %

I.1. DISEÑO CONCEPTUAL 11.00 1.- Programa Arquitectónico definitivo 2.- Memoria expositiva del concepto arquitectónico 3.- Esquema funcional (plantas básicas) 4.- Imagen Conceptual (perspectivas volumétricas) 5.- Estimado del costo de la obra 6.- Dictamen de Uso de Suelo 7.- Dictamen de Impacto Ambiental (en su caso)

I.2. ANTEPROYECTO 20.00 1.- Memoria descriptiva del proyecto 2.- Plantas, cortes y fachadas a escala convencional 3.- Apuntes en perspectiva 4.- Criterio Estructural 5.- Criterios de instalaciones 6.- Especificaciones Generales 7.- Estimado de Costo a nivel de partidas 8.- Dictamen del INAH (en su caso)

I.3. DISEÑO EJECUTIVO (planos a escala convencional) 35.00 1.- Planos de Localización y de Conjunto 2.- Planos Arquitectónicos detallados (Plantas cortes y Fachadas) 3.- Detalles Constructivos 4.- Planos detallados de Herrería y/o Cancelería y/o Carpintería 5.- Planos de Albañilería 6.- Planos de Acabados 7.- Catálogo de especificaciones particulares 8.- Perspectivas detalladas 9.- Presupuesto con cantidades de obra y análisis de precios unitarios

10.- Programa de Obra 11.- Firma de Director Responsable de Proyecto (D.R.P.)

I.4. ESTRUCTURA 12.00 1.- Memoria de Cálculo Estructural 2.- Planos detallados de Cimentación con especificaciones 3.- Planos Estructurales detallados con especificaciones 4.- Detalles estructurales 5.- Firma de Director Corresponsable en estructuras (en su caso)

I.5. INSTALACIÓN ELÉCTRICA 10.00 1.- Memoria Técnica 2.- Planos detallados de Instalación Eléctrica con especificaciones 3.- Relación de equipos fijos y sus características 4.- Cuadro de cargas 5.- Diagrama unifilar 6.- Firma de Director Corresponsable en Instalación Eléctrica (en su caso)

I.6. INSTALACIÓN HIDROSANITARIA 8.00 1.- Memoria Técnica 2.- Planos detallados de Instalación Hidráulica con especificaciones 3.- Planos detallados de Instalación Sanitaria con especificaciones 4.- Relación de equipos fijos, guías mecánicas y sus características 5.- Cuadros de Gasto hidráulico y descargas 5.- Isométricos y despiece 6.- Firma de Director Corresponsable en Instalaciones Hidrosanitarias (en su

caso) I.7. INSTALACIÓN DE GAS 4.00

1.- Memoria Técnica 2.- Planos detallados de Instalación de Gas con especificaciones 3.- Relación de equipos fijos y sus características 4.- Cuadros de Gasto hidráulico y descargas 5.- Isométricos y despiece 5.- Firma de Director Corresponsable (en su caso)

TOTAL 100.00

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89 COLEGIO DE ARQUITECTOS DE HIDALGO A.C.

ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO:

Cuando las características del proyecto arquitectónico, requieran instalaciones especiales, los alcances se incrementarán conforme a las siguientes etapas requeri- das, ponderación porcentual y alcances particulares:

ETAPA

ALCANCES PARTICULARES

% ADICIO

NAL I.8. INSTALACIÓN DE AIRE ACONDICIONADO 11.00

1.- Memoria Técnica 2.- Planos detallados de Instalación de Aire Acondicionado con

especificaciones 3.- Relación de equipos fijos, guías mecánicas y sus características 4.- Isométricos y despiece 5.- Firma de Director Corresponsable

I.9. INSTALACIÓN DE VOZ Y DATOS 5.00 1.- Memoria Técnica 2.- Planos detallados de Instalación de Voz y Datos con especificaciones 3.- Relación de equipos fijos y sus características 4.- Firma de Director Corresponsable

I.10. INSTALACIÓN DE TELEFONÍA Y SONIDO 5.00 1.- Memoria Técnica 2.- Planos de Instalación de Telefonía, sonido, T.V. y circuito cerrado 3.- Relación de equipos fijos y sus características 4.- Firma de Director Corresponsable

I.11. INSTALACIÓN DE GASES MEDICINALES 8.00 1.- Memoria Técnica 2.- Planos de Instalación de Gases medicinales con especificaciones 3.- Relación de equipos fijos, guías mecánicas y sus características 4.- Firma de Director Corresponsable

I.12. INSTALACIÓN DE VAPOR Y CONDENSADOS 8.00 1.- Memoria Técnica 2.- Planos de Instalación de Vapor y Condensados con especificaciones 3.- Relación de equipos fijos, guías mecánicas y sus características 4.- Firma de Director Corresponsable

I.13. INSTALACIÓN DE PARARAYOS 3.00 1.- Memoria Técnica 2.- Planos de Instalación de Pararayos 3.- Relación de equipos fijos y sus características 4.- Firma de Director Corresponsable

I.14. INSTALACIÓN CONTRA INCENDIO 8.00 1.- Memoria Técnica 2.- Planos de Instalación de Red contra incendio 3.- Relación de equipos fijos, guías mecánicas y sus características 4.- Firma de Director Corresponsable

I.15. INSTALACIÓN DE CIRCULACIONES MECÁNICAS 8.00 1.- Memoria Técnica 2.- Planos de Instalación de Rampas y/o bandas y/o escaleras y/o elevadoes 3.- Relación de equipos fijos, guías mecánicas y sus características 4.- Firma de Director Corresponsable

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90 COLEGIO DE ARQUITECTOS DE HIDALGO A.C.

ARTÍCULO DÉCIMO SEXTO:

El alcance de los servicios profesionales por Diseño Urbano, al que se refiere el inciso II del artículo Décimo Segundo del presente Arancel, podrá ser parcial o integral, de acuerdo a los alcances particulares mínimos y ponderación porcentual, que en la siguiente tabla se enlistan. Dicha ponderación será la base para el pago por cada etapa del desarrollo de un proyecto urbano integral o, por la contratación parcial de los servicios.

ETAPA ALCANCES PARTICULARES % II.1. VIABILIDAD 6.00

1.- Jurídica (gravámenes, afectaciones, restricciones, leyes y reglamentos) 2.- Física (topografía, bienes ajenos a la tierra, accesibilidad y ubicación)

3.- Prefactibilidad (uso de suelo, agua potable, alcantarillado, electrificación y

otros) 4.- Vocación del predio (habitacional, comercial, industrial, campestre, mixto) 5.- Alternativas de financiamiento

II.2. DISEÑO CONCEPTUAL 10.00 1.- Análisis preliminar

2.- Memoria expositiva de la propuesta 3.- Esquema funcional 4.- Imagen Urbana de la propuesta

II.3. ANTEPROYECTO 22.00 1.- Memoria descriptiva del proyecto

2.- Plano a escala de lotificación con soluciones viales. 3.- Criterios de agua potable y drenaje 4.- Criterios de electrificación y alumbrado público 5.- Criterios de red de telefonía y gas (en su caso) 6.- Densidad de población y tabla general de áreas 7.- Especificaciones generales 8.- Estimado de costo 9.- Dictamen de uso de suelo

10.- Factibilidad de suministro de agua y conexión de drenaje 11.- Factibilidad de energía eléctrica 12.- Factibilidad de licencia de construcción

II.4. DISEÑO EJECUTIVO 34.00 1.- Planos de trazo con coordenadas, niveles y curva masa

2.- Planos detallados de vialidades y secciones tipo 3.- Planos detallados de manzanas y lotificación 4.- Especificaciones particulares 5.- Tabla definitiva de usos del suelo 6.- Presupuesto con cantidades de obra y análisis de precios unitarios 7.- Programa de Obra 8.- Firma de Director Responsable de Proyecto

II.5. INGENIERÍA ELÉCTRICA 10.00 1.- Memoria Técnica

2.- Planos detallados de electrificación 3.- Planos detallados de alumbrado público 4.- Especificaciones particulares 5.- Cuadro de cargas 6.- Relación de equipos fijos, guías mecánicas y sus características 7.- Despiece y diagramas de instalación 8.- Firma de Director Corresponsable

II.6. INGENIERÍA DEL AGUA 18.00 1.- Memoria Técnica

2.- Planos detallados de línea de conducción y red de agua potable 3.- Planos detallados de redes de drenaje, alcantarillado y colectores 4.- Especificaciones particulares 5.- Cuadros de demandas y descargas 6.- Relación de equipos fijos, guías mecánicas y sus características 7.- Despiece y diagramas de instalación 8.- Firma de Director Corresponsable

TOTAL 100.00

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91 COLEGIO DE ARQUITECTOS DE HIDALGO A.C.

III.2. SUPERVISIÓN DE OBRA

1.- Supervisión de tiempo calidad y costo de obra

2.- Revisión contra planos, presupuesto y programa de obra

3.- Registro en Bitácora de los aspectos relevantes de la obra

4.- Reportes periódicos (técnico y fotográfico)

5.- Reporte final (técnico y fotográfico)

III.3. DIRECCIÓN ARQUITECTÓNICA

1.- Seguimiento de la obra para que se ejecute conforme al Proyecto

ARTÍCULO DÉCIMO SÉPTIMO:

Cuando las características del proyecto urbano, requieran instalaciones especiales, los alcances se incrementarán conforme a las siguientes etapas requeridas, ponderación porcentual y alcances particulares:

ETAPA

ALCANCES PARTICULARES

% ADICIO

NAL II.7 INSTALACIÓN DE TELEFONÍA SUBTERRANEA 10.00

1.- Memoria Técnica 2.- Planos de Instalación de Telefonía, sonido, T.V. y circuito cerrado 3.- Relación de equipos fijos y sus características 4.- Firma de Director Corresponsable

II.8. INSTALACIÓN SUBTERRÁNEA DE GAS 10.00 1.- Memoria Técnica 2.- Planos detallados de Instalación subterránea de gas 3.- Relación de equipos fijos, guías mecánicas y sus características 4.- Isométricos y despiece 5.- Firma de Director Corresponsable

II.9. INSTALACIÓN DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES 12.00 1.- Memoria Técnica 2.- Planos detallados de la Planta de Tratamiento de aguas residuales 3.- Relación de equipos fijos, guías mecánicas y sus características 4.- Isométricos y despiece 5.- Firma de Director Corresponsable

ARTÍCULO DÉCIMO OCTAVO:

Los servicios profesionales por concepto de Consultorías a las que se refiere el inciso III del artículo Décimo Segundo del presente Arancel, se clasifican y tienen los alcances particulares que en la siguiente tabla se enlistan:

TIPO DE

CONSULTORÍA ALCANCES PARTICULARES

III.1. DIRECCIÓN RESPONSABLE DE OBRA 1.- REVISIÓN Y DICTAMEN DEL PROYECTO

1.1. Revisión de planos 1.2. Revisión de memorias y especificaciones 1.3. Coordinación con los corresponsables de obra (en su caso) 1.4. Revisión de aplicación de leyes, reglamentos y normas

2.- TRÁMITE DE LICENCIA 2.1. Integración del expediente 2.2. Trámite de documentos 2.3. Licencia de Construcción

3.- DESARROLLO DE LA OBRA (según programa de obra) 3.1. Visitas a la obra (para asegurar su calidad y apego al proy.) 3.2. Registro en Bitácora de los aspectos relevantes de la obra 3.3. Reportes periódicos (técnico y fotográfico)

4.- TERMINACIÓN DE LA OBRA 4.1. Integración de expediente 4.2. Reporte final (técnico y fotográfico) 4.3. Aviso de terminación y entrega de Bitácora ante las autoridades

competentes

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3.- DESARROLLO DE LA OBRA (según programa de obra)

3.1. Visitas a la obra (para asegurar su calidad y apego al proy.)

3.2. Registro en Bitácora de los aspectos relevantes de la obra

3.3. Reportes periódicos (técnico y fotográfico)

4.- TERMINACIÓN DE LA OBRA

4.1. Integración de expediente

4.2. Reporte final (técnico y fotográfico)

4.3. Aviso de terminación y entrega de Bitácora ante las autoridades

competentes

III.2. SUPERVISIÓN DE OBRA

1.- Supervisión de tiempo calidad y costo de obra 2.- Revisión contra planos, presupuesto y programa de obra 3.- Registro en Bitácora de los aspectos relevantes de la obra 4.- Reportes periódicos (técnico y fotográfico) 5.- Reporte final (técnico y fotográfico)

III.3. DIRECCIÓN ARQUITECTÓNICA 1.- Seguimiento de la obra para que se ejecute conforme al Proyecto

Ejecutivo 2.- Aclaración en Bitácora de obra, y/o en planos complementarios, de las

dudas al Proyecto que tenga el ejecutor de la misma. 3.- Aprobación de cambios al proyecto original y su registro en Bitácora

de obra. III.4. EJECUCIÓN Y ADMINISTRACIÓN DIRECTA DE LA OBRA

1.- Revisión del proyecto 2.- Ejecución de la obra 3.- Administración y control de recursos humanos, materiales y

económicos, incluyendo la determinación de pagos por las obligaciones derivadas de la Ley del Seguro Social, Ley del Infonavit y, Ley Federal del Trabajo.

4.- Reportes periódicos (técnico y fotográfico) del avance según programa de obra

5.- Finiquito de obra 6.- Reporte final (técnico y fotográfico)

III.5. VISITA TÉCNICA 1.- Visita a la obra 2.- Reporte técnico y fotográfico de la visita

III.6. CONSULTA TÉCNICA 1.- Reporte por escrito de la consulta

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93 COLEGIO DE ARQUITECTOS DE HIDALGO A.C.

CAPÍTULO III - DE LOS HONORARIOS POR DISEÑO

ARQUITECTÓNICO

ARTÍCULO DÉCIMO NOVENO:

Los Honorarios mínimos profesionales que aplicarán los arquitectos por concepto de Diseño Arquitectónico, se determinarán conforme a la siguiente fórmula:

H = CO x FS x FR / 100 En donde:

H Representa el costo de los honorarios profesionales en moneda nacional,

CO Representa el valor estimado de la obra a Costo Directo,

FS Representa el Factor de Superficie,

FR Representa el Factor Regional.

ARTÍCULO VIGÉSIMO:

El valor estimado de la obra a costo directo (CO), el factor de superficie (FS) y, el factor regional (FR); de los que se hace referencia en el artículo anterior, se determinarán conforme a las siguientes fórmulas y consideraciones:

CO: Será determinado por la siguiente fórmula:

CO = S x CBM x FC En donde:

S Representa la superficie estimada del proyecto en metros cuadrados, determinada por el programa arquitectónico preliminar.

CBM Representa el costo base por metro cuadrado de construcción y que en la Tabla No. I-A se precisa.

FC Representa un factor de ajuste al costo base por metro cuadrado según el género de edificio, dicho factor también se precisa en la Tabla No. I-A.

Es importante mencionar que, un proyecto puede tener la combinación de dos o más géneros de edificios, por lo que el valor estimado de la obra será la suma de los costos determinados individualmente por la tabla antes mencionada.

FS: El factor de superficie será determinado por la siguiente fórmula:

FS = 15- (2.5 x LOG S) En donde:

S Representa la superficie estimada del proyecto en metros cuadrados, determinada por el programa arquitectónico, por lo que LOG S determina su logaritmo.

Esta expresión se encuentra graficada en la Tabla I-B y será aplicada hasta superficies de 400,000 m2.

FR: Representa el factor regional y será determinado conforme a la tabla I-C:

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94 COLEGIO DE ARQUITECTOS DE HIDALGO A.C.

ARTÍCULO VIGÉSIMO PRIMERO:

El costo base por metro cuadrado (CBM) al que se refiere el artículo anterior, se actua- lizará trimestralmente por la Comisión del Arancel de la FCARM, con base en la información estadística que al respecto sea publicada por empresas especializadas en la materia y; los factores de costo según el género de edificio (FC) y, el factor regional (FR) también referidos en dicho artículo, serán revisados anualmente por la misma Comisión, con base a la citada información estadística y a las observaciones que los Colegios de Arquitectos miembros de la FCARM realicen.

ARTÍCULO VIGÉSIMO SEGUNDO:

En el caso de REMODELACIONES y RESTAURACIONES se aplicará la misma fórmula indicada en el artículo Décimo Noveno del presente Arancel y el valor estimado de la obra a costo directo (CO), será determinado por el arquitecto, con base al grado de intervención que se pretenda realizar al inmueble existente.

ARTÍCULO VIGÉSIMO TERCERO:

Cuando un mismo proyecto arquitectónico sea repetido en circunstancias similares, se cobrará la siguiente tarifa respecto a los honorarios cobrados en el primero:

Por el segundo proyecto: 40 % Por el tercer proyecto: 25 % Por el cuarto proyecto: 10 % Por el quinto en adelante, cada uno: 5 %

CAPÍTULO IV - DE LOS HONORARIOS POR DISEÑO

URBANO

ARTÍCULO VIGÉSIMO CUARTO:

Los Honorarios mínimos profesionales que aplicarán los arquitectos por concepto de Diseño Urbano, se determinarán conforme a la siguiente fórmula:

H = S x FS x SMD x FD En donde:

H Representa el costo de los honorarios profesionales en moneda nacional, S Representa la superficie estimada del proyecto expresada en hectáreas, FS Representa el factor de superficie, SMD Representa el salario mínimo diario de la región y, FD Representa el factor de densidad según el tipo de desarrollo urbano.

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95 COLEGIO DE ARQUITECTOS DE HIDALGO A.C.

ARTÍCULO VIGÉSIMO QUINTO:

El factor de superficie (FS) y, el factor de densidad (FD); de los que se hace referencia en el artículo anterior, se determinarán conforme a la siguiente fórmula y considera- ciones:

FS: El Factor de Superficie será determinado por la siguiente fórmula:

FS = 1050- (125 x LOG S) En donde:

S Representa la superficie estimada del proyecto expresada en hectáreas,

por lo que LOG S determina su logaritmo.

Esta expresión se encuentra graficada en la Tabla II-A y será aplicada hasta superficies de 4,000 Has.

FD: El factor de densidad en conjuntos habitacionales urbanos será determi- nado por los siguientes límites, según el promedio de habitantes por hectárea:

Hasta 50 Habs./Ha. FD = 0.80 Hasta 100 Habs./Ha. FD = 0.85 Hasta 200 Habs./Ha. FD = 0.95 Hasta 400 Habs./Ha. FD = 1.05 Hasta 800 Habs./Ha. FD = 1.40

FD: El factor de densidad en parques industriales y en proyectos residenciales de tipo campestre será determinado por los siguientes límites, según el promedio de lotes por hectárea vendible:

Hasta 3 Lotes/Ha. FD = 0.35 Hasta 5 Lotes/Ha. FD = 0.40 Hasta 8 Lotes/Ha. FD = 0.45 Hasta 12 Lotes/Ha. FD = 0.50 Hasta 20 Lotes/Ha. FD = 0.55

FD: El factor de densidad en plazas y campos deportivos abiertos será el siguiente:

FD = 0.30

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96 COLEGIO DE ARQUITECTOS DE HIDALGO A.C.

CAPÍTULO V -

DE LOS HONORARIOS POR CONSULTORÍAS

ARTÍCULO VIGÉSIMO SEXTO:

Los Honorarios mínimos profesionales que aplicarán los arquitectos por concepto de Consultorías, consideradas dentro de las clasificaciones de Dirección Responsable de Obra y, Supervisión de Obra, del artículo Décimo Octavo del presente Arancel; se determinarán conforme a la siguiente fórmula:

Hc = H x 0.05 + ( NS x NV x SMD x 10 ) En donde: Hc Representa el costo de los honorarios por consultoría en moneda

nacional, H Representa el costo de los honorarios por diseño arquitectónico o

urbano, segúncorresponda, NS Representa el número de semanas de ejecución según programa obra, NV Representa el número de visitas por semana a la obra que la complejidad

de la misma requiera, este valor podrá ser como mínimo 0.5 y como máximo 6.0,

SMD Representa el salario mínimo diario de la región.

ARTÍCULO VIGÉSIMO SÉPTIMO:

Cuando la Dirección Responsable de Obra, la realice el mismo profesionista que desa- rrolló el Proyecto Ejecutivo, los honorarios por este concepto se cobrarán al 50% (HC = 0.50), sin menoscabo de los honorarios establecidos por Diseño Arquitectónico o Urbano.

ARTÍCULO VIGÉSIMO OCTAVO:

Cuando la Dirección Responsable de Obra, la realice el mismo profesionista que Ejecute la obra, los honorarios por este concepto se cobrarán al 25% (HC = 0.25), sin menoscabo de los honorarios establecidos por la Ejecución y Administración Directa de la Obra.

ARTÍCULO VIGÉSIMO NOVENO:

Cuando la Dirección Responsable de Obra, la realice el mismo profesionista que desarolló el Proyecto Ejecutivo y además Ejecute la obra, los honorarios por este concepto no se cobrarán (HC = 0.00), sin menoscabo de los honorarios establecidos por Diseño Arquitectónico o Urbano, así como por la Ejecución y Administración Directa de la Obra.

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97 COLEGIO DE ARQUITECTOS DE HIDALGO A.C.

ARTÍCULO TRIGÉSIMO:

Los Honorarios mínimos profesionales que aplicarán los arquitectos por concepto de Consultoría, considerada dentro de la clasificación de Dirección Arquitectónica, del artículo Décimo Octavo del presente Arancel; se cobrarán a un tercio de HC (HC = 0.33).

ARTÍCULO TRIGÉSIMO PRIMERO:

Los Honorarios mínimos profesionales que aplicarán los arquitectos por concepto de Consultoría, considerada dentro de la clasificación de Ejecución y Administración Directa de la Obra, del artículo Décimo Octavo del presente Arancel; se cobrarán en forma similar a lo que resulte por honorarios por Diseño Arquitectónico o Diseño Urbano según corresponda (HC = H).

ARTÍCULO TRIGÉSIMO SEGUNDO:

Los Honorarios mínimos profesionales que aplicarán los arquitectos por concepto de Consultoría, considerada dentro de la clasificación de Visita Técnica, del artículo Décimo Octavo del presente Arancel; se cobrarán 12 Salarios Mínimos Diarios de la región económica de que se trate.

ARTÍCULO TRIGÉSIMO TERCERO:

Los Honorarios mínimos profesionales que aplicarán los arquitectos por concepto de Consultoría, considerada dentro de la clasificación de Consulta Técnica, del artículo Décimo Octavo del presente Arancel; se cobrarán 7 Salarios Mínimos Diarios de la región económica de que se trate.

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99 COLEGIO DE ARQUITECTOS DE HIDALGO A.C.

TRANSITORIOS

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100 COLEGIO DE ARQUITECTOS DE HIDALGO A.C.

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101 COLEGIO DE ARQUITECTOS DE HIDALGO A.C.

PRIMERO:

El presente Arancel fue aprobado el día veintidos del mes de noviembre del año dos mil siete, en la LXXXII Asamblea Nacional de la Federación de Colegios de Arquitectos de la República Mexicana, celebrada en la ciudad de Chetumal, Q. Roo. y; entrará en vigor a partir del día siguiente de su aprobación.

SEGUNDO:

Los Colegios afiliados a la FCARM, gestionarán ante las autoridades estatales, o ante el gobierno del Distrito Federal, la incorporación del presente Arancel, a la legislación de la entidad federativa donde se encuentren.

TERCERO:

Los Colegios afiliados a la FCARM, podrán aportar las observaciones a las que se refiere el artículo Vigésimo Primero, a la Comisión del Arancel o, al Comité Ejecutivo Nacional de la FCARM.

A T E N T A M E N T E EL COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL DE LA FEDERACIÓN DE COLEGIOS

DE ARQUITECTOS DE LA REPÚBLICA MEXICANA

ARQ. IVÁN CERVANTES EROSA PRESIDENTE

ARQ. SERGIO ALBERTO CASTRO NÚÑEZ ARQ. ALFREDO SANTOS MOLINA

SECRETARIO GENERAL SECRETARIO DE FINANZAS

ARQ. MARCO ANTONIO ROMERO BAUTISTA COORDINADOR DE LA COMISIÓN DEL ARANCEL FCARM

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102 COLEGIO DE ARQUITECTOS DE HIDALGO A.C.

TABLA I-A

DISEÑO ARQUITECTÓNICO

(COSTO BASE POR METRO CUADRADO) CBM = $4,635.00 TABLA DE FACTORES DE COSTO

CÓDIGO FACTOR DE

COSTO (FC) GÉNERO

CONSTRUCTIVO

CÓDIGO FACTOR DE

COSTO (FC) GÉNERO

CONSTRUCTIVO A ASISTENCIA SOCIAL E CULTURALES

A-1 1.39 Asilos, Orfelinatos E-1 1.35 Auditorios A-2 1.06 Casas de Empeño E-2 1.45 Bibliotecas A-3 1.55 Centros de Rehabilitación E-3 1.24 Casas de Cultura A-4 1.24 Centros de Protección E-4 1.24 Centros de Arte A-5 1.20 Dormitorios Públicos E-5 1.35 Editoriales A-6 1.16 Guarderías E-6 1.55 Galerías de Arte B COMERCIOS Y OFICINAS E-7 2.48 Monumentos

B-1 1.45 Agencias de Vehículos E-8 1.55 Museos B-2 1.04 Centros de Abasto E-9 2.07 Pabellones Internacionales y Nac. B-3 2.12 Centros Comerciales E-10 2.17 Salas de Concierto B-4 1.86 Centros de Exposiciones E-11 1.24 Talleres de Arte B-5 1.79 Edificios Comerciales y Oficinas E-12 2.07 Teatros B-6 1.89 Farmacias y Doguerías B-7 1.89 Ferreterías y Tlapalerías F DEPORTIVAS B-8 2.07 Joyerías F-1 3.01 Albercas Recreativas B-9 1.89 Librerías F-2 1.45 Boliche

B-10 1.04 Mercados F-3 0.21 Canchas Descubiertas B-11 1.69 Supermercados y Autoservicios F-4 1.24 Clubes Deportivos B-12 1.66 Interiorismo Comercial F-5 0.83 Gimnasios y Canchas Cubiertas B-13 1.94 Tiendas de Departamentos F-6

Club´s de Golf

B-14 2.07 Tiendas Especializadas f-6.1 1.24 Casa Club B-15 1.37 Locales Comerciales f-6.2 0.04 Campo de Golf B-16 0.62 Stands F-7 Club´s de Tiro

C MEDIOS DE COMUNICACIÓN f-7.1 1.24 Casa Club C-1 1.45 Agencias de Noticias f-7.2 0.04 Campo de Tiro C-2 1.55 Centrales Telefónicas F-8 1.04 Unidades Deportivas C-3 1.14 Centros de Internet

C-4 1.24 Edificio de Correos G EDUCACIÓN Y CIENCIA C-5 1.24 Edificios de Telégrafos G-1 1.08 Academias C-6 2.28 Estudios de Audio y Video G-2 1.45 Céntros de Investigación C-7 1.97 Estudios de Cine G-3 1.35 Campus de Educación Superior C-8 2.17 Estudios de T.V. G-4 1.15 Escuelas Preescolares C-9 1.14 Paquetería y Envíos G-5 1.15 Escuelas Primarias

C-10 1.24 Prensa G-6 1.15 Escuelas Secundarias C-11 1.59 Radiodifusoras G-7 1.39 Escuelas Preparatorias

D TRANSPORTES G-8 1.39 Escuelas Vocacionales D-1

Aeropuertos G-9 1.39 Escuelas Técnicas

d-1.1 2.07 Terminales Aereas G-10 1.45 Escuelas de Educación Especial d-1.2 1.27 Hangares G-11 1.45 Escuelas de Educación Superior d-1.3 2.69 Torres de Control G-12 1.24 Internados d-1.4 0.31 Obra Exterior G-13 1.45 Laboratorios

D-2 1.24 Casetas de Peaje G-14 1.45 Laboratorios de Enseñanza D-3 1.35 Centrales de Autobuses G-15 1.39 Normales D-4 1.35 Estaciones de Ferrocarril

D-5 1.76 Estaciones de Transporte Colec. D-6 1.76 Instalaciones Portuarias D-7 1.04 Paraderos de Autobuses D-8 0.58 Talleres de Mantenimiento D-9 1.04 Taquillas y Salas de Espera

Page 21: Aranceles Profesionales

103 COLEGIO DE ARQUITECTOS DE HIDALGO A.C.

CÓDIGO FACTOR DE

COSTO (FC) GÉNERO

CONSTRUCTIVO

CÓDIGO FACTOR DE

COSTO (FC) GÉNERO

CONSTRUCTIVO H FINANCIERAS Y BANCARIAS L PROTECCIÓN SOCIAL

H-1 1.20 Bancos L-1 1.14 Casetas de Seguridad Pública H-2 1.28 Casas de Bolsa L-2

Centros de Readaptación Social

H-3 1.28 Casas de Cambio l-2.1 1.18 Edificicios H-4 1.22 Oficinas Centrales y Regionales l-2.2 0.06 Obra Exterior H-5 1.20 Organizaciones Auxiliares L-3

Centros Tutelares

l-3.1 1.18 Edificicios

l-3.2 0.06 Obra Exterior L-4 1.20 Cuarteles de Seguridad Pública

I GUBERNAMENTALES L-5 Estaciones de Bomberos I-1 1.14 Archivos l-5.1 1.18 Edificicios I-2

Bases Militares l-5.2 0.06 Obra Exterior

i-2.1 1.35 Edificios L-6

Estaciones de Policía i-2.2 0.06 Obra Exterior l-6.1 1.18 Edificicios

I-3 1.20 Cuarteles Militares l-6.2 0.06 Obra Exterior I-4 1.38 Oficinas Estatales L-7 1.22 Laboratorios Especializados I-5 1.38 Oficinas Federales L-8 1.30 SEMEFO´s I-6 1.05 Oficinas Municipales

I-7 1.64 Palacios de Gobierno M RECREACIÓN Y ENTRETENIMIENTO I-8 1.59 Sedes Judiciales M-1 1.30 Arenas Deportivas I-9 1.59 Sedes Legislativas M-2 1.86 Autódromos

M-3 1.04 Billares M-4 1.30 Centros Nocturnos M-5 1.76 Cinemas

J HABITACIONALES M-6 1.32 Estadios J-1 1.04 Condominios de Interés Social M-7 1.86 Hipódromo J-2 1.34 Condominios de Interés Medio M-8 0.04 Jardines (zoológicos, botánicos) J-3 1.57 Condominios Residenciales M-9 1.45 Lienzos Charros J-4 1.49 Edificios de Apartamentos M-10 1.30 Palenques J-5 0.84 Vivienda Progresiva M-11 0.04 Parques J-6 0.90 Vivienda de Interés Social M-12 1.86 Planetarios J-7 1.00 Vivienda de Interés Social T-II M-13 0.05 Plazas Públicas J-8 1.14 Vivienda de Interés Medio M-14 1.41 Plazas de Toros J-9 1.28 Casa-Habitación Residencial M-15

Salones de Fiesta

J-10 1.89 Residencias de Lujo m-15.1 1.55 Edificicios

m-15.2 0.06 Obra Exterior N RELIGIÓN

K PLANTAS INDUSTRIALES N-1 1.86 Basílicas y Catedrales K-1 0.06 Áreas Exteriores N-2 1.97 Capillas K-2 0.55 Bodegas y Almacenes N-3 1.30 Casas Pastorales K-3 1.22 Laboratorios N-4 1.20 Conventos y Monasterios K-4 0.86 Naves Industriales N-5 1.76 Iglesias K-5 1.18 Oficinas N-6 1.55 Sede Arzobispal K-6 1.14 Servicios del Personal K-7 0.57 Talleres

TABLA I-A

DISEÑO ARQUITECTÓNICO

TABLA DE FACTORES DE COSTO (CONTINUACIÓN)

Page 22: Aranceles Profesionales

104 COLEGIO DE ARQUITECTOS DE HIDALGO A.C.

TABLA I-A

DISEÑO ARQUITECTÓNICO

TABLA DE FACTORES DE COSTO (CONTINUACIÓN)

CÓDIGO FACTOR DE

COSTO GÉNERO

CONSTRUCTIVO

CÓDIGO FACTOR DE

COSTO GÉNERO

CONSTRUCTIVO

O SALUD O-1 1.14 Centros de Rehabilitación Física O-2 1.08 Centros de Salud O-3 1.07 Clínicas O-4 1.08 Consultorios O-5 1.04 Dispensarios O-6 1.24 Labarorios de Análisis Clínico O-7 1.24 Laboratorios de Rayos X O-8 1.92 Hospitales O-9 1.22 Laboratorios Especializados O-10 1.04 Unidades de Servicio Médico O-11 1.04 Centros Antirábicos

P TURISMO P-1 1.14 Agencias de Viaje

P-2 0.00 Balnearios p-2.1 1.14 Edificicios p-2.2 0.06 Obra Exterior P-3 0.05 Camping P-4 2.01 Centros de Convenciones P-5 3.39 Complejos Hoteleros P-6 0.06 Complejos y Hoteles (Obra Ext.) P-7 2.82 Hoteles de cinco estrellas P-8 1.94 Hoteles de cuatro estrellas P-9 1.55 Hoteles de tres estrellas o menos P-10 1.45 Moteles P-11 0.06 Trailer Park P-12 2.07 SPA´s

Q ALIMENTOS Y BEBIDAS Q-1 1.86 Bares y Cantinas

Q-2 1.45 Cafeterías Q-3 1.24 Cocinas Rápidas Q-4 1.18 Comedores Q-5 1.76 Restaurantes

R VARIOS R-1 1.33 Baños Públicos

R-2 1.00 Estacionamientos Descubiertos R-3 1.16 Estacionamientos Cubiertos R-4 1.33 Gasolineras

Page 23: Aranceles Profesionales

105

CO

LEG

IO D

E A

RQ

UIT

EC

TO

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E H

IDA

LGO

A.C

.

FS

50

10

0

20

0

30

0

40

0

50

0

1,0

00

2,0

00

3,0

00

4,0

00

5,0

00

10,0

00

20,0

00

30,0

00

40,0

00

50,0

00

10

0,0

00

20

0,0

00

30

0,0

00

40

0,0

00

TABLA I-B

DISEÑO ARQUITECTÓNICO

GRÁFICA DE FACTORES DE SUPERFICIE (FS)

12.00

10.75

10.00

10.00

9.00

9.25

8.81

8.49

8.25

7.50

6.00

6.75

6.31

5.99

5.75

5.00

5.00

4.00

4.25

3.81

3.49

3.25

2.50

1.00

1.75

1.31

1.00

0.00

Superficie en m2

Page 24: Aranceles Profesionales

106 COLEGIO DE ARQUITECTOS DE HIDALGO A.C.

TABLA I-C COLEGIO FR

REGIÓN I Colegio de Arquitectos de la Cd. de México, A.C. 1.05 Colegio de Arquitectos del Estado de México, A.C. 1.00

Colegio de Arquitectos de Hidalgo, A.C. 0.95

Colegio de Arquitectos de Morelos, A.C. 0.95

Colegio de Arquitectos de Guerrero, A.C. 0.95

Colegio de Arquitectos de Oaxaca, A.C. 0.95

Colegio de Arquitectos de Puebla, A.C. 0.95

Colegio de Arquitectos de Tlaxcala, A.C. 0.95

REGIÓN II Colegio de Arquitectos de Aguascalientes, A. C. 0.95

Colegio de Arquitectos de Celaya, A. C. 0.95

Colegio de Arquitectos de Guanajuato, A. C. 0.95

Colegio de Arquitectos de Irapuato 0.95

Colegio de Arquitectos de León, A. C. 0.95

Colegio de Arquitectos de Salamanca, A. C. 0.95

Colegio de Arquitectos de San Miguel de Allende, A.C. 0.95

Colegio de Arquitectos de Michoacán, A. C. 0.95

Colegio de Arquitectos de Huasteca Potosina 0.95

Colegio de Arquitectos de Querétaro, A. C. 0.95

Colegio de Arquitectos de San Luis Potosí, A. C. 0.95

Colegio de Arquitectos de Zacatecas, A. C. 0.95

Colegio de Arquitectos de Michoacanos de Zamora 0.95

Colegio de Arquitectos de Valle de Santiago, A. C. 0.95

REGIÓN III Colegio de Arquitectos de Estado de Veracruz-Xalapa 0.95

Colegio de Arquitectos de Puerto de Veracruz, A. C. 0.95

Colegio de Arquitectos de Poza Rica, A. C. 1.00

Colegio de Arquitectos de Estado de Córdoba y Orizaba, 0.95

Colegio de Arquitectos de Chiapas, A. C 0.95

Colegio de Arquitectos de Chiapanecos, A.C. 0.95

Colegio de Arquitectos de Tabasqueños, A. C. 0.95

Colegio de Arquitectos de Campeche, A. C. 0.95

Colegio de Arquitectos de Cd. del Carmen, A. C. 0.95

Colegio de Arquitectos de Yucatecos, A. C. 0.95

Colegio de Arquitectos de Quintana Roo, A. C. 0.95

Colegio de Arquitectos de Cancún, A. C. 0.95

Colegio de Arquitectos de Cozumel y Solidaridad, A. C. 0.95

Colegio de Arquitectos de Rivera Maya, A. C. 0.95

Page 25: Aranceles Profesionales

REGIÓN IV Colegio de Arquitectos de Sur de Tamaulipas, A. C. 1.00

Colegio de Arquitectos de Reynosa, A. C. 1.05

Colegio de Arquitectos de Nuevo Laredo, A. C. 1.05

Colegio de Arquitectos de Noreste de Tamaulipas, A. C. 1.05

Colegio de Arquitectos de Tamaulipas Centro, A. C. 1.05

Colegio de Arquitectos de Nuevo León, A.C. 1.05

Colegio de Arquitectos de Saltillo, A. C. 0.95

Colegio de Arquitectos de Monclova, A. C. 0.95

Colegio de Arquitectos de Región Carbonífera, A. C. 0.95

Colegio de Arquitectos de Piedras Negras, A. C. 0.95

Colegio de Arquitectos de Comarca Lagunera, A. C. 0.95

Colegio de Arquitectos de Chihuahua, A. C. 0.95

Colegio de Arquitectos de Ciudad Juárez, A. C. 1.10

Colegio de Arquitectos de Durango, A. C. 0.95

REGIÓN V Colegio de Arquitectos de Estado de Jalisco, A. C. 1.00

Colegio de Arquitectos de Sur de Jalisco, A. C. 0.95

Colegio de Arquitectos de Puerto Vallarta, A. C. 0.95

Colegio de Arquitectos de Nayarit, A. C. 0.95

Colegio de Arquitectos de Colima, A. C. 0.95

Colegio de Arquitectos de Sinaloa, A.C. 0.95

Colegio de Arquitectos de Mazatlán, A. C. 0.95

Colegio de Arquitectos de Norte de Sinaloa, A. C. 0.95

Colegio de Arquitectos de Guasave, A. C. 0.95

Colegio de Arquitectos de Baja California Sur, A. C. 1.05

REGIÓN VI Colegio de Arquitectos de Hermosillo, A. C. 1.00

Colegio de Arquitectos de Cd. Obregón, A. C. 1.00

Colegio de Arquitectos de Nogales, A. C. 1.05

Colegio de Arquitectos de Agua Prieta, A. C. 1.05

Colegio de Arquitectos de San Luis Río Colorado, A. C. 1.05

Colegio de Arquitectos de Sur de Sonora, A.C. 1.00

REGIÓN VII Colegio de Arquitectos de Ensenada, A. C. 1.05

Colegio de Arquitectos de Mexicalli, A. C. 1.05

Colegio de Arquitectos de Tijuana, A. C. 1.05

Colegio de Arquitectos de Playas del Rosarito, A. C. 1.05

Colegio de Arquitectos de Tecate, A. C. 1.05

COLEGIO DE ARQUITECTOS DE HIDALGO A.C. 107

Page 26: Aranceles Profesionales

10

99.74

10

50.00

10

12.37

99 0.36

97 4.74

92 5.00

88

7.37

86

5.36

84

9.74

80

0.00

76

2.37

74 0.36 72 4.74

67 5.00

63

7.37

61

5.36

59

108

C

OLE

GIO

DE

AR

QU

ITE

CT

OS

DE

HID

ALG

O A

.C.

FS

TABLA II-A

DISEÑO URBANO

GRÁFICA DE FACTORES DE SUPERFICIE (FS)

1250.00

1000.00

750.00

9.74

500.00

250.00

0.00 0.4 1 2 3 4 10 20 30 40 100 200 300 400 1000 2000 3000 4000

Superficie en hectáreas