aqui hay bastente teoria de todo

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1) EXPLIQUE CON UN EJEMPLO EL PRINCIPIO DE LITERALIDAD EN LOS TTULOS VALORES.

PRINCIPIO DE LITERALIDAD.- los derechos y obligaciones del titulo valor deben constar por escrito en el documento. Para determinar el contenido y alcances del titulo valor solamente podr recurrirse a lo que se haya expresado en el titulo mismo o un una hoja adherida a este. De esta manera, ni acreedor ni deudor podrn alegar cuestiones que no emanen literalmente de lo manifestado en el titulo valor.

Ejemplo

primer caso.- S/. 200.00 DOS MIL CON 00/100 NUEVOS SOLES Modificacin de

2) LAS ACCIONES SE PROTESTAN? SI , NO, PORQUE?LOS TITULOS VALORES NO SUJETOS A PROTESTO.- El Art. 84 de la Ley que trata acerca de los ttulos valores no sujetos a protesto constituye un nuevo artculo con relacin a las normas legales contenidas en la Ley 16587.

Sobre este particular, el citado Art. 84 de la Ley seala que las Acciones, Obligaciones y dems valores mobiliarios a los que se refiere la Ley no estn sujetos a protesto, ni a formalidad alguna que lo sustituya y que para ejercitar las acciones cambiarias derivadas de ellos, es suficiente que se haya vencido el plazo o resulte exigible la obligacin, segn el texto del titulo o constancia de su registro; y que la ley sealar los dems ttulos valores en los que el protesto o formalidad sustitutoria no sern obligatorios para ejercitar las acciones cambiarias derivadas de ellos.

3)Para que en laletra de cambiose haga uso del protesto es necesario que el creador de la letra o cualquiera de los tenedores inserte en se contenido la palabra protesto, de los contrario no es necesario hacer el protesto en la letra. El protesto es una diligencia notarial que se hace con el fin de hacer constar que no se ha querido aceptar o pagar una letra de cambio por parte del obligado principal, todo esto para que se pueda iniciar accin en contra de los obligados secundarios.Si el protesto no se hace con intervencin del notario produce caducidad de las acciones de regreso, es decir, las acciones que se tienen en contra de los obligados secundarios, por ejemplo: la obligacin del avalista. En qu lugar se debe hacer el protesto?, el protesto se debe hacer en el mismo lugar que se debe presentar la letra para su aceptacin o para su pago.Cuando el obligado principal o girado se encuentra ausente, el notario deber dejar constancia; el protesto se puede hacer en la oficina del notario cuando se desconozca el lugar donde se encuentra la persona en contra de quien se debe hacer.El protesto se puede hacer por dos razones, primero por la no aceptacin de la letra de cambio, en este caso se debe hacer antes del vencimiento de la letra; y segundo por falta de pago, el cual se debe hacer dentro de los quince (15) das siguientes al vencimiento.El protesto debe llevar unas formalidades las cuales se encuentran establecidas en el artculo 706 delcdigo de comerciode la siguiente manera:En el cuerpo de la letra o en hoja adherida a ella se har constar, bajo la firma del notario, el hecho del protesto con indicacin de la fecha del acta respectiva. Adems, el funcionario que lo practique levantar acta que contendr:1. La reproduccin literal de todo cuanto conste en la letra;2. El requerimiento al girado o aceptante para aceptar o pagar la letra, con la indicacin de si esa persona estuvo o no presente;3. Los motivos de la negativa para la aceptacin o el pago;4. La firma de la persona con quien se extienda la diligencia o la indicacin de la imposibilidad para firmar o de su negativa, y5. La expresin del lugar, fecha y hora en que se practique el protesto, y la firma del funcionario que lo autorice.

3) CULES SON LAS CAUSALES PARA NO PAGAR EL CHEQUE?

El banco girado queda facultado a no papar el cheque en los siguientes casos: Cuando no existan fondos disponibles, salvo que decida sobregirar la cuenta. Para tomar esta decisin el banco girado debe haber efectuado las respectivas verificaciones del documento presentado a cobro, as como verificar la vigencia del plazo para que el tenedor pueda exigir el pago de su importe. Cuando el cheque est a simple vista raspado, adulterado, borrado o falsificado, en cuanto a su numeracin, fecha, cantidad, nombre del beneficiario, firma del emitente, etc. En este caso, se trata de situaciones donde objetivamente el documento presentado a cobro exhibe irregularidades extrnsecas que hacen dudar de su autenticidad y presuponen una adulteracin de algunos de los dalos que contiene. Cuando se presenta fuera de los treinta das que seala la1ev y el emitente hubiera efectuado surevocatoria. Cuando habindose presentado dentro del plazo establecido en la ley. el beneficiario o tenedor haya solicitado la suspensin del pago. Cuando el cheque sea a la orden y e1 derecho del tenedor no estuviera legitimado con una serie regular de endosos', o cuando conteniendo la clusula intransferible ver 169] no lo cobrase el beneficiario. Cuando el cheque sea al portador y quien exige su pago no se identifique y firme en constancia de su cancelacin parcial o total. Cuando un cheque cruzado, para abono en cuenta, o de pago diferido no se presentase al cobro de acuerdo a lo dispuesto en la ley sobre cheques especiales.

12. QU ES EL MERCADO DE DEUDA?El mercado de deuda permite a las empresas captar recursos a travs de la emisin de bonos (obligaciones emitidas a plazos mayores de un ao) e instrumentos de corto plazo (obligaciones emitidas a plazos menores a un ao). La emisin de estos valores obliga a los emisores a realizar pagos peridicos de intereses y a devolver el importe total de la deuda al vencimiento de la misma. Estos valores pueden venderse antes de su vencimiento, permitiendo que los inversionistas puedan obtener, adems de los intereses, ganancias (o prdidas) de capital derivadas de la diferencia entre los precios de compra y venta.Dependiendo de la evaluacin econmicofinanciera de la empresa emisora, sta podr optar por emitir directamente acciones de capital con o sin derecho a voto, bonos, instrumentos de corto plazo o por la titulizacin de parte de sus activos. Existen ventajas asociadas a cada uno de los instrumentos mencionados. Por ejemplo, una ventaja en el caso de la emisin acciones respecto a la emisin de bonos, es que no existe plazo de vencimiento y el emisor no enfrentar presiones para devolver en un plazo o plazos de tiempo estipulados el financiamiento que le ha sido proporcionado.

13. QU ES LA TITULIZACIN DE ACTIVOS?

Finalmente, se debe destacar dentro de las diversas alternativas de financiamiento a que actualmente tienen acceso los diversos agentes de la economa, al proceso de titulizacin de activos. Mediante este mecanismo, un conjunto de activos empresariales con flujos de caja predecibles forman un patrimonio con el propsito exclusivo de respaldar la emisin de valores negociables a ser colocados en los mercados de valores. Los activos a ser parte del proceso de titulizacin deben ser generalmente homogneos en cuanto a riesgo y calidad crediticia, plazo y tasas de inters, de manera que se pueda estimar un cronograma de pagos por concepto de amortizacin e intereses relativos a los valores producto de dicho proceso.

14.QUIN ACUDE AL MERCADO DE VALORES PARA INVERTIR?

En principio, cualquier persona con un excedente de dinero puede invertir en ttulos en el mercado de valores acciones e instrumentos de deuda- con el objetivo de obtener una rentabilidad por su inversin. Para ello, debe contar con la informacin necesaria para realizar una buena inversin. Mientras que un ahorrista que deposita su dinero en un banco solamente requiere informacin acerca de la tasa de inters, los costos de mantenimiento de esa cuenta y, en algunos casos, de las condiciones para retirar su dinero o cancelar el depsito, para invertir satisfactoriamente en el mercado de valores se necesita ms informacin. Esto es as porque el inversor (ya no el banco) es quien corre con el riesgo de perder su dinero en una mala inversin. De ah que el perfil del inversor del mercado de valores sea ms sofisticado que el de un cuenta-correntista. Esto no quiere decir que el mercado de valores no se encuentre al alcance del pblico en general; al contrario, por su volumen, el ahorro pblico es una fuente fundamental del mercado de valores para cubrir la oferta de ttulos emitidos por las empresas.

15. CMO SE CANALIZAN LOS RECURSOS DEL PBLICO EN EL MERCADO DE VALORES?

Los recursos del pblico suelen canalizarse al mercado de valores a travs de inversores especializados, que renen grandes cantidades de dinero y destinan tiempo y dinero para obtener la informacin necesaria para diversificar el riesgo y hacer una buena inversin. A ellos se les conoce comoinversionistas institucionales. Son inversionistas institucionales los sistemas previsionales (AFPs y otros fondos estatales), los bancos, las compaas de seguros, los fondos mutuos y los fondos de inversin. Estos actores tienen en comn el manejo de importantes sumas de dinero sobre las cuales deben obtener una rentabilidad.

16. QU SON LOS FONDOS MUTUOS?

Los fondos mutuos renen dinero proveniente del pblico para invertirlo en valores, entregando a cambio certificados de participacin. De esta manera se diluye el costo de una administracin profesional (analistas de inversin) y se diversifica el riesgo (invirtiendo en la mayor cantidad de valores). Los fondos mutuos pueden ajustarse a diversos perfiles de inversin: por tipo de valor (acciones, obligaciones, combinacin de ambos), por moneda, orientado a sectores productivos, por el plazos de vencimiento de los valores, etc. Los inversores no deben perder de vista que la inversin en cuotas de un fondo mutuo no equivale a un depsito de ahorro. Es decir, la adquisicin de estas cuotas no genera intereses sino rendimientos, los cuales se obtienen como resultado de la ganancia o prdida de las inversiones realizadas con los recursos del fondo.

17. QU SON LOS FONDOS DE INVERSIN?

Los fondos de inversin tienen caractersticas similares a los fondos mutuos en el sentido que tambin renen los aportes de un grupo de inversores, pero con la particularidad de que el dinero que administran tambin puede ser invertido en valores no necesariamente objeto de oferta pblica o en bienes inmobiliarios. La poca liquidez de las cuotas debido a la naturaleza de sus inversiones determina que dichos fondos sean de capital cerrado (nmero fijo de cuotas, sin posibilidad de rescate o redencin).

18. POR QU ES IMPORTANTE LA REGULACIN PARA ATRAER INVERSIN AL MERCADO DE VALORES?

La demanda de ttulos, la liquidez del mercado de valores y, en general, la disponibilidad de recursos para cubrir la oferta de ttulos valores depender en gran medida de los lmites, parmetros y reglas que la regulacin imponga a los administradores de fondos de pensiones, fondos mutuos y fondos de inversin. En este sentido, es importante que la regulacin sea efectiva con el fin de proteger los recursos del pblico que estos mecanismos administran pero sin que esto reste liquidez al mercado de valores ni restrinja el desarrollo de nuevas alternativas de financiamiento e inversin.De la misma manera, es fundamental el tratamiento tributario a las inversiones y a los inversores institucionales, as como a los vehculos que estos utilicen para canalizar sus recursos. Un ejemplo de cmo la legislacin tributaria puede obstaculizar el desarrollo de los fondos de inversin es el tratamiento vigente del impuesto a la renta que grava las utilidades de estos fondos, sin considerar que stos son nicamente una herramienta neutral por la que fluyen los recursos. Esta situacin impide la participacin de ciertos inversores importantes, que como las AFPs gozan de una exoneracin al impuesto a la renta, puesto que la utilidad que les correspondera se grava de todas maneras antes de que les sea distribuida.

19.POR QU SE NECESITA DE LA INVERSIN EXTRANJERA PARA DESARROLLAR EL MERCADO DE VALORES?

La inversin extranjera reviste singular importancia para el desarrollo del mercado de valores, entre otras razones, porque ayuda a cubrir los requerimientos de capital de las empresas locales y aumenta la liquidez del mercado secundario de valores. Adems, genera una competencia con los inversores locales por captar los ttulos ms atractivos, elevando de alguna manera su valor.Los mercados de valores juegan un importante rol en facilitar el flujo de capitales a travs de las fronteras. En la bsqueda de rentabilidad y diversificacin, los inversores estarn siempre dispuestos a canalizar sus recursos a aquellos mercados que satisfagan sus objetivos. En ese sentido, una de las maneras como los pases compiten por atraer los capitales extranjeros es poniendo a disposicin de stos un mercado de valores eficiente, transparente y accesible.Por esa razn, y tomando en cuenta que los capitales se movilizan por el mundo entero permanentemente, existe la necesidad de que nuestro mercado de valores satisfaga estndares mnimos de eficiencia demandados por los inversores extranjeros. De nada servira que las empresas peruanas ofrezcan una rentabilidad competitiva si no se garantiza transparencia ni seguridad a la inversin.

20. EN QU CONSISTE EL CONCEPTO DE BUEN GOBIERNO CORPORATIVO?

Hasta antes de la apertura de nuestros mercados, la mayora de las principales empresas peruanas se caracterizaron por concentrar su estructura accionaria y manejo gerencial en manos de grupos familiares. Esto se traduca en un marco legal societario preocupado nicamente en regular sociedades annimas cerradas. Bajo ese marco legal, no era necesario introducir mecanismos de control de la gerencia, de proteccin al accionista minoritario, ni de informacin al inversor.Sin embargo, el marco legal societario debi adecuarse al nuevo perfil de empresa que se desenvuelve en una economa globalizada, es decir, a empresas que requieren abrir su capital a la inversin privada nacional y extranjera, y que para ello necesitan brindar niveles mnimos de control, proteccin e informacin al inversor y accionista minoritario. El conjunto de normas o prcticas del buen gobierno corporativo, involucran las relaciones entre el directorio, la gerencia, los accionistas y otros grupos de inters (acreedores, bonistas, por ejemplo). El objetivo es que el directorio y la gerencia acten siempre en beneficio de los intereses de la empresa y de sus accionistas, y que se facilite el monitoreo efectivo por parte de stos ltimos, incentivndose el uso ms eficiente de los recursos por parte de las empresas. Podemos mencionar las normas que obligan a las empresas a elevar el estndar de manejo administrativo, a contratar auditoras, a profesionalizar el manejo de su contabilidad, etc. El buen gobierno corporativo es un elemento esencial en la bsqueda de eficiencia econmica para todo mercado de valores.21. QU ACTORES PARTICIPAN EN EL MERCADO DE VALORES?

Adicionalmente a los emisores e inversores, en el mercado de valores existen diversas instituciones que cumplen un rol especfico en el circuito de la negociacin de valores. Los principales actores son las sociedades agentes de bolsa, la bolsa de valores, CAVALI, las empresas clasificadoras de riesgo y CONASEV.Asimismo, dentro del principio de banca mltiple, las entidades bancarias pueden realizar diversas operaciones en el mercado de valores, entre ellas, operaciones de financiamiento estructurado, participar en procesos de titulizacin, y suscribir transitoriamente primeras emisiones de valores con garanta total o parcial de su colocacin. Para ello, los bancos deben constituir subsidiarias especializadas tales como Sociedades Agentes de Bolsa, Sociedades Administradoras de Fondos Mutuos y de Fondos de Inversin, y Sociedades Titulizadoras.

22. CUL ES EL PAPEL DE LAS SOCIEDADES AGENTES DE BOLSA (SAB)?

Las sociedades agentes de bolsa, son sociedades annimas autorizadas y supervisadas por la Comisin Nacional Supervisora de Empresas y Valores (CONASEV). Su funcin principal es la de representar la compra o venta de los inversores frente a otras Sociedades Agentes de Bolsa. Tambin pueden prestar otros servicios, tales como resguardar los valores (custodia), administrar cartera y brindar asesora.En el Per hay un total de 23 Sociedades Agentes de Bolsa, diez de las cuales concentran el 90% del monto total intermediado en la Bolsa de Valores de Lima en el ao 2000.

Fuente: CONASEV

23. QU ES UNA BOLSA DE VALORES?

La Bolsa de Valores es el lugar donde se encuentran los demandantes y ofertantes de valores, a travs de sus Sociedades Agentes de Bolsa. En el Per existe una sola bolsa de valores, la Bolsa de Valores de Lima - BVL[1].La BVL se encuentra dotada de una adecuada infraestructura fsica y tecnolgica con la finalidad de permitir el encuentro de las propuestas de compra y venta de los intermediarios para la ejecucin de sus operaciones. Para ello, administra dos mecanismos centralizados de negociacin: la Rueda de Bolsa en la que se negocian valores mobiliarios inscritos en el Registro Pblico del Mercado de Valores, y el Mecanismo para la Negociacin de Instrumentos de Emisin No Masiva MIENM. Las operaciones se realizan a travs de un sistema de negociacin electrnica lo que se traduce en menores costos y mayor eficiencia en el proceso de formacin de precios.Adems de las operaciones al contado[2]con acciones, se pueden realizar operaciones de reporte[3]con acciones, y operaciones con valores representativos de deuda. La BVL ha venido trabajando en el desarrollo de nuevas facilidades (prstamo de valores y Day Trade) con el fin de ofrecer a los inversionistas nuevas alternativas de inversin. Es importante sealar que en la BVL se pueden inscribir valores de emisores del exterior, y que la negociacin y liquidacin de las operaciones con tales valores se realiza en dlares norteamericanos facilitndose la participacin de inversionistas extranjeros.Adicionalmente, la BVL brinda amplia informacin sobre intermediarios autorizados y sobre las empresas con valores inscritos en Rueda. La informacin sobre las propuestas y operaciones realizadas es difundida en tiempo real y por igual a todos los participantes del mercado.Finalmente, la BVL fue calificada en mayo de 1998, como un Designated Offshore Securities Market (Mercado S) por la United States Securities and Exchange Commission SEC. Bajo esta regulacin, los inversionistas calificados norteamericanos pueden negociar valores en la plaza limea sin que se requiera su inscripcin en la SEC[4].

24. QU ES CAVALI?

La Institucin de Compensacin y Liquidacin de Valores (ICLV) es la entidad responsable que las operaciones realizadas en Bolsa concluyan satisfactoriamente, a travs de la entrega del efectivo a los vendedores y de los valores a los compradores. En el Per esta institucin se denomina CAVALI I.C.L.V. S.A.CAVALI es tambin responsable de llevar el Registro Central de valores mediante su anotacin en cuenta (registros electrnicos). Este sistema se conoce como desmaterializacin y permite eliminar el riesgo asociado al manejo fsico de los valores, adems de agilizar significativamente la realizacin de operaciones. Se debe indicar que a fines del 2000, el 51,5% de los valores inscritos en Rueda de Bolsa se encontraban desmaterializados.CAVALI lleva la titularidad de valores a nombre de los inversionistas finales[5]con lo que se agrega seguridad (las modificaciones slo se realizan en el registro central) y eficiencia (los intermediarios no tienen que incurrir en los costos del registro individualizado y los emisores cuentan con informacin completa sobre los titulares de valores emitidos por ellos). El total de cuentas administradas por CAVALI ICLV S.A. a fines del 2000 ascendi a 311 579, de las cuales el 97% correspondan a personas naturales, el 0.7% a inversionistas institucionales y la diferencia a personas jurdicas no institucionales.

25. CUL ES LA IMPORTANCIA QUE TIENEN LAS EMPRESAS CLASIFICADORAS DE RIESGO?

Las empresas clasificadoras de riesgo son empresas especializadas que emiten opinin sobre la capacidad de un emisor para cumplir con las obligaciones asumidas al emitir por oferta pblica, bonos e instrumentos de corto plazo, de acuerdo a las condiciones establecidas (tasa de inters, plazo, etc.).De esta manera, los inversores pueden conocer y comparar el riesgo de estos valores, sobre la base de una opinin especializada. Cuanto mejor sea la clasificacin de riesgo mayor ser la posibilidad de que la empresa cumpla con las obligaciones de pago asumida, sin embargo, el dictamen de clasificacin no constituye una recomendacin para comprar, vender o mantener un valor clasificado, es tan slo una opinin respecto a la calidad del valor.Segn la legislacin vigente en el Per, los emisores de bonos y otras obligaciones deben contar con la opinin de al menos dos empresas clasificadoras de riesgo.Las clasificadoras de riesgo que a la fecha operan en el Per son Apoyo & Asociados Internacionales S.A. Clasificadora de Riesgo, Clasificadora de Riesgo Pacific Credit Rating SAC, Class & Asociados S.A. Clasificadora de Riesgo, Equilibrium Clasificadora de Riesgo S.A.

DIFERENCIA DE LA FACTURA CONFORMADA CON LA FACTURA COMERCIALHabindonos ocupado de la definicin de la factura conformada, es necesario tener que diferenciar a este ttulo valor de la factura comercial o factura-comprobante de pago. Para ello habr que tener una nocin de lo que es la factura comercial Tartufari refiere quese entiende por factura la nota o detalle de las mercaderas vendidas que el vendedor remite al comprador con la precisa y detallada indicacin de su especie, calidad, cantidad y de su precio, y con todas aquellas que puedan servir o ser necesarias tanto para individualizar las mercaderas mismas como para determinar el contenido y las modalidades de ejecucin del contrato.[14] Si bien lo referido por el mencionado autor no deja de ser verdad, consideramos, siguiendo a Martnez Morales que la factura es un [d]ocumento mercantil, con propsitos fiscales y probatorios, entre otros.[15]Por lo que podemos decir que la factura conformada es un ttulo valor total y abiertamente distinto al comprobante de pago denominado "factura".[16]La primera diferencia a la que debemos hacer referencia, es que la factura conformada se rige por lasnormasrelativas a los ttulos valores, especficamente la Ley N 27287, mientras que la factura comercial es regulada por el Reglamento de Comprobantes de Pago, norma de carcter tributario.Por otro lado, la emisin de la factura comercial se produce con ocasin de laventade unproductoo la prestacin de unservicio, en estricto cumplimiento de las normas tributarias, por lo tanto, es de emisin obligatoria enoperacionessujetas alimpuestogeneral a lasventas; mientras que la emisin de la factura conformada es optativa ya que no existe imperativo legal que la haga de obligatoria utilizacin.La emisin de la factura comercial, se producir en toda operacin comercial, que se realice con pago al contado, o al crdito; que puede ser posible mediante la emisin de laletra de cambio, pagar o la factura conformada; mientras que el ttulo valor factura conformada solo se emite en operaciones comerciales que importen entrega de bienes o prestacin de servicios no pagados al contado, o sea, solo en operaciones al crdito. De lo que tambin podemos deducir que la emisin de la factura conformada no exime de la obligacin de emitir el comprobante de pago denominado factura.La factura comercial tiene la calidad de documento probatorio de una transaccin, porque es un comprobante de pago, mientras la factura conformada no puede tener tal calidad, es un ttulo valor.Adems, la constancia de conformidad en la factura comercial solo demuestra la entrega o prestacin de servicios; mientras que en la factura conformada tal conformidad le otorga vocacin circulatoria pudiendo ser transmisible por endoso.Y desde el punto de vistafiscal, los deudores tributarios no pueden utilizar el referido ttulo valor como sustento decostoo gasto, crdito fiscal o del crdito deducible.[17]

LASEXPORTACIONES TRADICIONALESincluyen bsicamente productos mineros, agrcolas, hidrocarburos y harina de pescado determinados por el Decreto Supremo 076-92-EF. Son considerados comoexportaciones no tradicionaleslas dems partidas arancelarias no sealadas en esa norma y son productos que tienden a tener un mayor valor agregado. Para fines de presentacin el BCR los agrupa en agropecuarios, textiles, pesqueros, maderas y papeles, qumicos, metal-mecnicos, sidero-metalrgicos y joyera, minera no metlica y otros, los cuales son presentados en la Nota Semanal del BCR en los cuadros 58 y 59.ONZA1oz = 28.350gSIDERURGIASe denominasiderurgia(del griego,sderos, "hierro") a la tcnica del tratamiento delmineraldehierropara obtener diferentes tipos de ste o de susaleaciones. El proceso de transformacin del mineral de hierro comienza desde su extraccin en las minas. El hierro se encuentra presente en la naturaleza en forma dexidos,hidrxidos,carbonatos,silicatosysulfuros. Los ms utilizados por la siderurgia son losxidos,hidrxidosycarbonatos. Los procesos bsicos de transformacin son los siguientes:xidos ->hematita(Fe2O3) y lamagnetita(Fe3O4)Hidrxidos ->LimonitaCarbonatos ->Sideritao carbonato de hierro (FeCO3)

PagarUnpagares un documento que contiene la promesa incondicional de una persona (denominada suscriptora), de que pagar a una segunda persona (llamada beneficiario o tenedor), una suma determinada de dinero en un determinado plazo de tiempo. Su nombre surge de la frase con que empieza la declaracin de obligaciones: "debo y pagar". La diferencia entre la letra y el pagar es que el pagar es emitido por el mismo que contrae el prstamo.

Caractersticas[editar]Al ser un instrumento de pago formal, el pagar debe poseer ciertos requisitos llamados de validez a la persona debida.

Mencin de ser pagar[editar]Se debe indicar que el instrumento es un "pagar" -o de otra forma- deber contener este trmino dentro del texto del documento, siendo expresado en el idioma que se firme el convenio de pago. Al ser impreso el documento, el ttulo del pagar debe ser escrito totalmente en el mismo idioma del pas donde se suscribe. Este requisito es imprescindible.Promesa incondicional de pago[editar]El pagar, a diferencia de laletra de cambio, posee una promesa incondicional de pagar una suma de dinero y sus respectivos intereses enmoneda nacionalo su equivalente internacional. La suma se debe expresar ennmero(s) y enletras, como tambin el tipo de moneda en que se efectuar el pago. Si se paga en moneda extranjera, se debe indicar el tipo de cambio o equivalencia entre las monedas, que deber tenerse en cuenta a su vencimiento. Este requisito es lo que lo distingue de los otrosttulos de crdito.Es de destacar que ni ley ni la jurisprudencia exigen que la promesa incondicional de pago sea expresa, sino que simplemente basta que la promesa de pago no contenga condicin alguna. Ejemplos: (Incorrecto): Debo y pagar a XXX la cantidad de XXX siempre y cuando se den las siguientes condiciones... (Correcto): Debo y pagar a XXX la cantidad de XXX...De igual forma, si as lo desea el suscriptor, es factible incluir expresamente en la literalidad del pagar la promesa incondicional de pago, ejemplo: Debo y pagar incondicionalmente a XXX la cantidad de XXX...Nombre del beneficiario[editar]Es imprescindible identificar a la persona a quien debe hacerse efectivo el pagar. Puede ser a favor de una persona natural opersona jurdica. En este ltimo caso se tratara de una denominada "razn social" osociedad comercial.Fecha de vencimiento[editar]La fecha de vencimiento corresponde al da en que el ttulo deber ser pagado. El vencimiento debe ser una fecha posterior a la fecha en que se suscribe. El pagar debe indicar el lugar en que se debe presentar el documento para su propio pago.Fecha y lugar en que se suscribe[editar]El pagar debe contener la fecha en que ha sido creado. Es imprescindible para su relacin con la fecha de vencimiento (determinando del plazo); y adems para respetar los tiempos en que corresponde aplicar (cuando la ley lo disponga) el sellado o timbrado correspondiente. hay varios tiempos de vencimiento los cuales son: - a la vista: aqu el pagar vencer en el momento de su presentacin al pago que debe realizarse dentro del ao siguiente a la fecha de su emisin. - a cierto tiempo vista: en este tipo de vencimiento el plazo indicado debe de contarse desde la fecha del visto. - a cierto tiempo fecha: indica que el pagar vence el da que se cumpla el plazo que se seal, contando desde el da de la emisin del pagar. - a da fijo: este nos indica que vence el da que est sealado.Firma del suscriptor[editar]No se exige el nombre del suscriptor, sino solamente su firma, y no admite otro medio para sustituirla, sino la firma de otra persona, que suscriba a ruego o en nombre del girador. No se admitir el uso de marcas o huellas digitales. La firma es indispensable y lgicamente torna nulo al ttulo su falta, ha de considerarse que no podr ser suplantada por la impresin digital.Satisfaccin de los requisitos de eficacia[editar]La ley y la jurisprudencia mexicana le conceden al legtimo tenedor de un ttulo de crdito, como lo es el pagar, el derecho a llenar los requisitos de eficacia que haban sido omitidos o dejados en banco al momento de haberse suscrito el referido documento.1No obstante, la jurisprudencia no ha sido muy clara respecto a que se debe entender por requisitos de eficacia, toda vez que hay tesis que sealan que estos son todos los anteriormente enumerados2mientras que otras tesis ms recientes hacen distincin de requisitos de existencia y de eficacia, sin embargo no se aclara qu se debe entender por cada una.3Transmisibilidad[editar]El pagar ser transmisible por endoso, que ser total, puro y simple, es decir, no ser transmisible el endoso por una parte del pagar ni aquel que incluya condiciones.Aval[editar]Artculo principal:AvalEn virtud del aval se garantiza en todo o en parte el pago del pagar. La persona que se obliga a garantizar el pago se llama avalista; aquella por quien se presta el aval recibir el nombre de avalado (suscriptor).El avalista se convierte en deudor solidario junto con el avalado (suscriptor) y su obligacin es vlida, aun cuando la obligacin garantizada sea nula.El pago[editar]El pago debe hacerse contra la entrega del pagar. El pagar es independiente del acto de comercio de que deriva, basta su presentacin para exigir su pago, incluso en el caso de que se haya efectuado ya el pago correspondiente pero no se hubiera recogido el pagar; En este caso, la persona que tratara de hacer el cobro del pagar dos veces estara incurriendo en delito penal, pero habra que poder demostrarlo ante las autoridades judiciales de lo penal que tuvieran competencia, independientemente de lo cual el tenedor del pagar podr procurar su cobro por la va mercantil.Si el pagar vence a la vista, deber presentarse para su pago dentro de un trmino de seis meses a contar de la fecha de suscripcin.Pago parcial[editar]El tomador est obligado a recibir un pago parcial del pagar; pero retendr el documento en su poder mientras no se le cubra ntegramente, anotar en el cuerpo del mismo los pagos parciales que reciba, y extender recibo por separado en cada caso. Conservando los derechos contra los dems obligados, como puede ser el portador.Protesto[editar]Artculo principal:ProtestoEl protesto es un acto de naturaleza formal, que demuestra de manera autntica, que el pagar fue presentado oportunamente para su cobro.Se practica el protesto por medio de un funcionario que tenga fe pblica y se levantar la correspondienteacta de protestocontra el suscriptor o sus avalistas.La sancin por la falta de protesto es la prdida de la accin cambiaria de regreso. El protesto tiene que cumplir obligatoriamente con las acciones para que no vuelvan a cambiar de regreso.La accin cambiaria[editar]Es la accin ejecutiva derivada del pagar. La accin cambiaria es directa o de regreso. Serdirectacuando su fundamento sea una obligacin cambiaria directa yde regresocuando sirva para exigir una obligacin cambiaria de regreso. Consecuentemente ser directa contra el suscriptor y sus avalistas y de regreso, contra todos los dems obligados del documento. Prescripcin: la accin cambiaria directaprescribeen Colombia y en Espaa a los tres aos contados desde la fecha de vencimiento. La accin cambiaria de regreso prescribe en tres meses de la fecha de protesto. Aunque existen otras causas que ocasionan lacaducidadde la accin cambiaria de regreso, como la falta de protesto. Contenido de la accin cambiaria: el tomador puede reclamar: El importe del pagar; los intereses moratorios al tipo legal, desde el da del vencimiento; los gastos de protesto y de los dems gastos legtimos y; el premio de cambio entre la plaza en que debera haberse pagado el documento y la plaza en que se lo haga efectivo, ms los gastos de situacin. Ejercicio de la accin cambiaria: el tomador del pagar puede exigir el pago de cualquiera de los obligados o de todos a la vez.Principales diferencias entre la letra de cambio y el pagar[editar]Las diferencias principales entre los documentos pueden concretarse a los elementos personales y al contenido bsico de cada uno de los ttulos. Elementos personales: en la letra de cambio los elementos personales son el girador o librador, el girado o librado y el tomador o beneficiario; en el pagar son dos: el suscriptor y el tomador o tenedor. El suscriptor equivale al aceptante en una letra de cambio. Contenido: la letra de cambio es concretamente unaorden de pago, mientras que el pagar es unapromesa de pago. Empresas de descuento de pagars: Adems de los bancos, existen empresas especializadas en descuento de pagars que ofrecen este servicio a empresas y autnomos que requieren anticipar el cobro para financiar su circulante. La operativa es ms sencilla y rpida que la de la banca clsica.El descuento de pagars es un servicio financiero que, al igual que otros servicios crediticios, estn regulados por el Banco de Espaa, pudiendo prestarse por Entidades de Crdito, Establecimiento Financiero de Crdito o Sociedades de Intermediacin Financiera.

Tarjeta de crditoTres tarjetas de crdito:Visa,MasterCardyAmerican Express.Latarjeta de crditoes un instrumento material de identificacin del usuario, que puede ser una tarjeta de plstico con unabanda magntica, unmicrochipy un nmero en relieve. Es emitida por unbancoo entidad financiera que autoriza a la persona a cuyo favor es emitida, a utilizarla como medio de pago en los negocios adheridos al sistema, mediante su firma y la exhibicin de la tarjeta. Es otra modalidad de financiacin, por lo tanto, el usuario supone asumir la obligacin de devolver el importe dispuesto y de pagar los intereses, comisiones bancarias y gastos.Entre las ms conocidas del mercado estn:Visa,American Express,MasterCard,Diners Club,JCB,Discover,Cabal, entre otras.

Caractersticas[editar]Los usuarios tienen lmites con respecto a la cantidad que pueden cargar de acuerdo a la poltica de riesgos existente en cada momento y a las caractersticas personales y de solvencia econmica de cada usuario. Generalmente no se requiere abonar la cantidad total cada mes. En lugar de esto, el saldo (o "revolvente") acumula un inters. Se puede hacer slo un "pago mnimo" as como pagar intereses sobre el saldo pendiente. Si se paga el saldo total, no se pagan intereses.La mayor ventaja es la flexibilidad que le da al usuario, quien puede pagar sus saldos por completo en su fecha lmite mensual o puede pagar una parte. La tarjeta establece el pago mnimo y determina los cargos de financiacin para el saldo pendiente. Las tarjetas de crdito tambin se pueden usar en loscajeros automticoso en unbancopara servirse de un adelanto de efectivo, aunque a diferencia de lastarjetas de dbito, se cobra un inters por la disposicin, comisin y, en algunos pases, un impuesto porque se trata de un prstamo.Un pago con tarjeta de crdito es un pago condinero M1, (dinero crediticio) que como todo agregado monetario distinto de M0, no es creado por losbancos centralessino por los bancos privados o las tiendas que dancrditos. Por tanto, el hacer efectivo un cobro con tarjeta de crdito depende de la solvencia de la entidad emisora de la tarjeta. Ese dinero crediticio NO es de la persona que posee la tarjeta, lo tiene que pagar.Se suele cobrar una cuota anual por el uso de la tarjeta.Cuando se paga con tarjeta en el comercio, el cobrador suele pedir una identificacin (identificacin personal, permiso de conducir, etc. ) y exige lafirmadelpagaro voucher para acreditar que se es propietario de la tarjeta. Existen algunas excepciones donde no se solicita firmar el recibo, a ste sistema se le denomina "autorizado sin firma" y suele utilizarse en comercios con grandes aglomeraciones de gente, como lo son cines, restaurantes de comida rpida y otros lugares similares. En algunos pases se solicita el ingreso de unPINpara autorizar las compras de manera presencial.En caso de uso fraudulento hay que dar aviso por escrito a la entidad financiera o tienda que le da la tarjeta pidiendo que anule el cargo y seguir los trmites de cada institucin. El emisor de la tarjeta debe demostrar que la compra ha sido hecha por el propietario.Las compras con tarjeta de crdito pueden tener diversos seguros sobre el saldo financiado.

QU ES LA CARTA FIANZA?La Carta Fianza es la operacin mediante la cual el Banco se constituye en fiador o garante ante un tercero, comprometindose al pago de la suma otorgada en caso de incumplimiento.CaractersticasSe puede otorgar Cartas Fianza puntuales o lneas de Carta Fianza.Vigencia hasta un ao, renovable al vencimiento por un perodo mayor o igual, previa evaluacin.En nuevos soles o dlares.Ventajas para la entidad pblica Beneficios: Los plazos se adaptan a cada necesidad o requerimiento.Ahorro: Comisiones competitivas.Cobertura: La ms amplia red de agencias. El Banco de la Nacin cuenta con ms de 500 agencias en el mbito nacional.Rapidez: La posibilidad de acceder a una lnea de Carta Fianza permite agilizar el proceso de aprobacin.

ELSEGUROes uncontratopor el cual una de las partes (el asegurador) se obliga, mediante una prima que le abona la otra parte (el asegurado), a resarcir undaoo cumplir la prestacin convenida si ocurre el evento previsto, como puede ser un accidente o un incendio, entre otras.El contrato de seguro puede tener por objeto todaclasederiesgossi existeintersasegurable, salvo prohibicin expresa de laley. Por ejemplo: Los riesgos de losincendios. Los riesgos de las cosechas. La duracin de la vida de uno o ms individuos. Los riesgos del mar. Los riesgos de los transportes poraireotierra.El asegurador por lo general es una compaa desegurosorganizada bajo la forma desociedadannima; pero tambin existencooperativasy mutualidades de seguros e incluso un organismo oficial La caja deAhorroy Seguro realizaoperacionesde este tipo. Asimismo, en algunas provincias funcionan entidades aseguradoras oficiales.El contrato de seguro es consensual, bilateral y aleatorio. Es consensual porque se perfecciona por el mero consentimiento de las partes y produce sus efectos desde que se ha realizado la convencin; es bilateral puesto que originaderechosyobligacionesrecprocas entre asegurador y asegurado, y es aleatorio porque se refiere a la indemnizacin de una prdida o de un dao producido por un acontecimiento o un hecho incierto, pues no se sabe si se va a producir y en el caso contrario como ocurre conla muerte no se sabe cundo ello ha de acontecer.

ONCEPTOY DEFINICIONLaFacturaConformada es un ttulovalorque emite el vendedor en razn de una compraventa alcrdito, requirindose que el comprador preste su conformidad respecto a la recepcin de losbieneso mercaderas detalladas en el ttulo.Es un ttulo valor que establecederechossobre bienes que han sido entregados pero no cancelados, la misma que debe ser suscrita por el deudor de conformidad a los bienes consignados en ella, su valor y fecha de pago.

Sitio MvilSguenosMarco LegalTransparencia de Mercado La obligacin de informar Hechos de importancia Informacin Reservada Informacin Privilegiada Deber de Reserva Estatuto de la BVLLegislacin Peruana Ley del Mercado de Valores Decreto Legislativo 861 y sus modificatorias Modificaciones a la Ley de Mercados de Valores Ley para facilitar la integracin entre las Bolsas de Valores

Ley: sanciones por manipulacin de precios en el mercado de valores

Ley que Promueve las Emisiones de Valores y Fortalece el Mercado de Valores

Registro de reclamaciones y sanciones Resoluciones BVL Tratamiento a la Inversin Extranjera Impuesto a la Ganancia de Capital Resumen de la Ley del Impuesto a la Renta Ley No.29492

Presentacin: Modificaciones a la Ley del Impuesto a la Renta y su Reglamento

Ley que grava con Impuesto a la Renta la Ganancia de Capital

Reglamento Impuesto a la Renta sobre Ganancia de Capital

Ley 29645 que modifica el Texto T.U.O.

Ley 29645 modifica el TUO LIR

Reglamentos Vigentes Reglamento de Operaciones Modifican el Reglamento de Operaciones, el Reglamento de Inscripcin de Valores y la norma sobre contribuciones por servicios de supervisin de la SMV Reglamento de Inscripcin y Exclusin de Valores Reglamento de Hechos de Importancia e Informacin Reservada Reglamento de Operaciones en el Mecanismo Centralizado de Negociacin e Instrumentos de Emisin no Masiva - MIENM Reglamento del Director de Mercados Modifican Reglamento del Director de Mercados Modifican el artculo 3 de la Resolucin SMV N 016-2012-SMV/01, ampliando plazo para que la Bolsa de Valores de Lima S.A. implemente sistema de suspensin automtica de la rueda de bolsa o mecanismos centralizados de negociacin Titulo VII Reg. de Operaciones : Reglas del Mercado Integrado Reglamento del Fondo de Garanta Reglamento del Mercado Alternativo de Valores Reglamento del Acceso Directo al Mercado Modifican Reglamento de Inscripcin y Exclusin de Valores en el RPMV y en Rueda de Bolsa, el Reglamento del MAV y el Reglamento del Segmento de Capital de Riesgo de la BVL; y aprueban el Reglamento Interno de Inscripcin y Exclusin de Valores en el RBVL. Manuales para el Cumplimiento de los Requisitos Aplicables a las Ofertas Pblicas de Bonos y de Instrumentos de Corto Plazo Emitidos por Empresas en el Mercado Alternativo de Valores - MAV. Modifican nuevamente el Reglamento del Mercado Alternativo de Valores - MAV Reglamento de Negociacin de Divisas

TRANSPARENCIA DE MERCADO

La transparencia del mercado es una condicin fundamental para el adecuado funcionamiento del mercado de valores; que conlleva, que los participantes en ste accedan en forma oportuna, completa, fidedigna y clara a la informacin relativa a los aspectos relevantes de las sociedades emisoras y de los valores emitidos por ellas, de manera que puedan tomar adecuadamente sus decisiones de inversin.En este sentido, la actual Ley del Mercado de Valores considera un ttulo referido a la Transparencia del Mercado, en el que se seala, entre otros aspectos, la obligacin de informar al mercado por parte de los emisores, sobre el uso de la informacin reservada y de la informacin privilegiada, as como del deber de reserva; aspectos que han sido detallados en normas adicionales, como la de Hechos de Importancia, en donde se establecen los hechos que deben ser informados.La Obligacin de Informar:El Registro de un determinado valor implica para su emisor la obligacin de informar a la CONASEV y, en su caso, a la bolsa respectiva, de los Hechos de importancia, incluyendo las negociaciones en curso, sobre s mismo, el valor y la oferta que de ste se haga, as como la de divulgar tales hechos en forma veraz, suficiente y oportuna.La omisin en el cumplimiento de la obligacin de informar, constituye infraccin sancionable. Las sanciones varan de acuerdo a la gravedad de la infraccin y van desde una amonestacin o una multa hasta la suspensin de la negociacin en la bolsa del valor e incluso, la exclusin del mismo del Registro Pblico del Mercado de Valores.La Informacin Financiera:

Las sociedades emisoras de valores estn obligadas a presentar a la CONASEV y a las bolsas en las que se encuentren inscritos sus valores, lo siguiente:Memoria Anual y, de ser el caso, el Documento de Informacin Anual que debern presentarse a ms tardar al da hbil siguiente de haber sido aprobados por el rgano correspondiente, siendo el plazo lmite para su presentacin el 15 de abril de cada ao.

Informacin Financiera Individual Auditada, que deber presentarse a ms tardar al da hbil siguiente de haber sido aprobada por el rgano correspondiente, siendo el plazo lmite para su presentacin el 15 de abril de cada ao

Informacin Financiera Intermedia Individual al 31 de Marzo, 30 de junio, 30 de setiembre y 31 de diciembre de cada ao, que deber presentarse a ms tardar al da siguiente de haber sido aprobada por el rgano correspondiente, siendo el plazo lmite para la presentacin de la informacin financiera intermedia individual al 31 de marzo, 30 de junio y 30 de setiembre de 30 das calendario siguientes a las fechas de cierre, mientras que en el caso de la informacin financiera intermedia individual al 31 de diciembre es de 45 das calendario siguientes a la fecha de cierre. Dicha informacin comprende:

Balance General

Estado de Ganancias y Prdidas

Estado de Cambios en el Patrimonio Neto

Estado de Flujos de Efectivo

Informe de Gerencia ( Declaracin de Responsabilidad y Anlisis y Discusin de la Gerencia).

Adicionalmente, las empresas matrices estn obligadas a preparar y presentar Estados Financieros Consolidados ( Intermedios y Auditados) cuando sta o sus subsidiarias se encuentren inscritas en el Registro Pblico del Mercado de Valores.La informacin antes sealada deber ser presentada en la forma que establezcan los reglamentos sobre informacin financiera.

las bolsas, como realizan la autorregulacion en el mercado de valoresArtculo 131.- Autorregulacin Las bolsas tienen la facultad de reglamentar la negociacin y las operaciones que se celebren a travs de los mecanismos centralizados de negociacin bajo su conduccin, as como la actividad de los agentes de intermediacin en dichos mecanismos. Adicionalmente y mediante autorizacin de CONASEV las bolsas podrn ejercer las siguientes facultades: a) Facultad normativa, que implica la emisin de normas que aseguren el correcto funcionamiento de la intermediacin de valores; b) Facultad de supervisin, que implica la vigilancia del cumplimiento de las normas del mercado y reglamentos de autorregulacin por parte de los intermediarios; y, c) Facultad disciplinaria, que implica la aplicacin de sanciones a los agentes de intermediacin que operen en los mecanismos centralizados bajo su conduccin que incumplan las normas del mercado y reglamentos de autorregulacin. Estas funciones se debern cumplir en los trminos y condiciones que previamente determine CONASEV, mediante reglamentos de alcance general. Las facultades mencionadas en los prrafos precedentes podrn ser realizadas por entidades autorreguladoras distintas de las bolsas de valores, debiendo sujetarse para dicho fin a las normas de alcance general que establezca CONASEV. Corresponde a CONASEV autorizar la organizacin y funcionamiento de tales entidades, as como supervisarlas e imponerles sanciones. En ningn caso las facultades de autorregulacin implican el ejercicio de funcin pblica y, por lo tanto, no limitan las funciones de regulacin, supervisin y sancin de CONASEV.

Una discusin que ya tena ms de un ao termin ayer por la noche. La Comisin Permanente del Congreso aprob la disposicin que convierte a la Comisin Nacional Supervisora de Empresas y Valores(Conasev)en la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV), un objetivo perseguido por el todava jefe de esa institucin, Michel Canta, y que era esperado y reclamado por varios especialistas, como el jefe de pas de Morgan Stanley, Mirko Stiglich, o el gerente general deGPIValores, Luis Felipe Arizmendi.Svm

Finalidad y Funciones

La Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) es un organismo tcnico especializado adscrito al Ministerio de Economa y Finanzas que tiene por finalidad velar por la proteccin de los inversionistas, la eficiencia y transparencia de los mercados bajo su supervisin, la correcta formacin de precios y la difusin de toda la informacin necesaria para tales propsitos. Tiene personera jurdica de derecho pblico interno y goza de autonoma funcional, administrativa, econmica, tcnica y presupuestal.Son funciones de la SMV las siguientes:a.Dictar las normas legales que regulen materias del mercado de valores, mercado de productos y sistema de fondos colectivos.

b.Supervisar el cumplimiento de la legislacin del mercado de valores, mercado de productos y sistemas de fondos colectivos por parte de las personas naturales y jurdicas que participan en dichos mercados.Las personas naturales o jurdicas sujetas a la supervisin de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) lo estn tambin a la SMV en los aspectos que signifiquen una participacin en el mercado de valores bajo la supervisin de esta ltima.

c.Promover y estudiar el mercado de valores, el mercado de productos y el sistema de fondos colectivos.

Asimismo, corresponde a la SMV supervisar el cumplimiento de las normas internacionales de auditora por parte de las sociedades auditoras habilitadas por un colegio de contadores pblicos del Per y contratadas por las personas naturales o jurdicas sometidas a la supervisin de la SMV en cumplimiento de las normas bajo su competencia, para lo cual puede impartir disposiciones de carcter general concordantes con las referidas normas internacionales de auditora y requerirles cualquier informacin o documentacin para verificar tal cumplimiento.

Mtodos de Subasta

Para Valores de Renta Variable, se podrn efectuar dos tipos de subasta:

Holandesa por Precio (Precio fijo) Discriminatoria por Precio (Precio variable)

Para, Valores Representativos de Deuda se podrn efectuar cuatro tipos de subasta:

Holandesa por Precio (Precio fijo) Discriminatoria por Precio (Precio variable) Holandesa por Tasa (Tasa fija) Discriminatoria por Tasa (Tasa variable)

Segn el mtodo seleccionado (Subasta Holandesa o Discriminatoria), el Sistema ELEX ejecutar el proceso de subasta que se describe a continuacin:

Subasta Holandesa

Una vez ingresadas las propuestas de compra, el Sistema las ordenar en forma descendente en funcin al precio o ascendente en funcin a la tasa

El proceso de adjudicacin se realizar en forma descendente para cada nivel de precio ofrecido (ascendente para cada nivel de tasa), inicindose con el precio ms alto (tasa ms baja) al cual se le asignar la cantidad total de la propuesta (monto nominal de la propuesta en el caso de valores de deuda), siguiendo con el segundo mayor precio (segunda menor tasa) y as sucesivamente.

La ltima cantidad adjudicada (o ltimo monto nominal adjudicado) ser la que determine el precio (o tasa) de adjudicacin. El precio (tasa) de adjudicacin ser el precio (tasa) que se aplicar a todos los valores adjudicados.

Subasta Discriminatoria

Una vez ingresadas las propuestas de compra, el Sistema las ordenar en forma descendente en funcin al precio o ascendente en funcin a la tasa

El proceso de adjudicacin se realizar en forma descendente para cada nivel de precio ofrecido (ascendente para cada nivel de tasa), inicindose con el precio ms alto (tasa ms baja) al cual se le asignar la cantidad total de la propuesta (monto nominal de la propuesta en el caso de valores de deuda), siguiendo con el segundo mayor precio (segunda menor tasa) y as sucesivamente.

El precio (tasa) de adjudicacin ser el precio (tasa) propuesto inicialmente por el comprador.

Mtodos de Prorrateo

Una vez determinado el precio (o tasa) de adjudicacin, el Sistema podr prorratear el saldo no adjudicado de las siguientes formas:

Prorrateo Normal

Si existieran dos o ms propuestas de compra con el mismo precio (o tasa) y la suma de dichas propuestas excediera el monto total de la subasta, o en su caso, el saldo por adjudicar, la cantidad (o monto nominal) a adjudicar a cada propuesta ser asignado en forma proporcional, efectundose, de ser el caso, un redondeo hacia abajo al entero ms cercano que sea mltiplo del valor nominal del valor subastado. La frmula de prorrateo ser la que resulte de dividir la cantidad (o monto nominal) de cada propuesta entre la cantidad (o monto nominal) total de las propuestas registradas al mismo precio (o tasa).

El saldo que quede pendiente ser asignado a la propuesta que tenga el mayor cantidad (o mayor monto nominal) propuesta. Si dos o ms propuestas tuviesen la mayor cantidad propuesta, el saldo ser dividido en igual cuanta entre dichas propuestas si el valor nominal o sus mltiplos lo permiten.

De existir an un remanente equivalente a uno o ms mltiplos del valor nominal, ste ser asignado en igual cuanta segn el criterio de Mejor Hora.

Prorrateo Menor a Mayor

Si existieran dos o ms propuestas de compra con el mismo precio (o tasa) y la suma de dichas propuestas excediera el monto total de la subasta, o en su caso, el saldo por adjudicar, la cantidad (o monto nominal) a adjudicar a cada propuesta ser asignado dando prioridad a las propuestas con menor cantidad (o menor monto nominal), adjudicndose en su totalidad cada una de stas.

De existir an un remanente equivalente a uno o ms mltiplos del valor nominal, ste ser asignado en igual cuanta segn el criterio de Mejor Hora.

Horario del Mercado

El horario del mdulo de Colocacin Primaria y Secundaria ser mostrado en la tabla Horario del Mercado. Ante cualquier eventualidad el Director de Mercados podr modificarlo (ampliarlo o reducirlo). Esta definido por los siguientes parmetros:

Inicio Ing Prop (Inicio de Ingreso de propuestas): Define la hora a partir de la cual las propuestas de compra pueden ser ingresadas.Fin Ing Prop (Fin de Ingreso de Propuestas): Define el horario por defecto para determinar el fin del perodo de ingreso de propuestas de compra. Fin: Define el horario en que el sistema realizar la adjudicacin de la subasta en forma automtica.

- El administrador de la subasta puede definir para cada subasta una hora especfica de fin de ingreso de propuestas, con la condicin de que esta no sea posterior a la hora por defecto definida en el horario del mercado. El fin de ingreso de propuestas de cada subasta puede ser consultada en la tabla Col Prim y Sec Disponibles en la columna Fin Ing Prop.

- El Administrador puede disponer manualmente el fin del perodo de ingreso de propuestas de compra antes de la hora de fin de ingreso de propuestas definida para cada subasta.

- El Administrador de la subasta puede ejecutar manualmente el proceso de adjudicacin en cualquier momento durante el perodo comprendido entre el fin de ingreso de propuestas de la subasta y el horario definido como Fin.

Estado de las Propuestas de Venta

El estado de cada subastas podr ser visualizado en la columna Estado de la tabla Col Prim y Sec Disponibles. El Director de Mercados determinar la duracin mxima de cada estado de las subastas (mediante la fijacin del horario del mercado):

Listado: Indica que la propuesta de venta ha sido ingresada al Sistema pero que no se ha iniciado an el perodo de ingreso de propuestas.

Ing Prop: Indica que la subasta se encuentra durante la fase de Ingreso de Propuestas. Bajo este estado se permite el ingreso, modificacin y cancelacin de propuestas de compra por parte de las Sociedades. La duracin de esta fase es fijada individualmente para cada subasta. Cerrado: Indica que el perodo de ingreso de propuestas ha culminado, pero aun no se ha realizado el proceso de adjudicacin. Bajo este estado no estar permitido el ingreso ni la cancelacin de propuestas de compra por parte de las Sociedades. De otro lado, el sistema permite al Director de Mercados cancelar propuestas cuando la subasta se encuentra bajo este estado.

Subasta: Indica que el Sistema se encuentra ejecutando el proceso de subasta, adjudicacin y prorrateo. La subasta muestra este estado solo durante unos pocos segundos.

Adjudicado: indica que la colocacin ha sido realizada, pudiendo o no haber existido adjudicaciones.

Cancelado: Indica que la propuesta de venta ha sido cancelada.

Operacin de Reporte:Es aquella que comprende una venta de valores a ser liquidada dentro del plazo establecido para las operaciones al contado y una simultnea compra a ser liquidada dentro del plazo pactado, por la misma cantidad y especie de valores y a un precio determinado. A la sociedad vendedora (duea de los valores) en la primera operacin se le llama reportado mientras que a la otra sociedad (duea del dinero) se le denomina reportante. Estas operaciones pueden realizarse slo con un nmero restringido de acciones o valores representativos de acciones y con algunos valores representativos de deuda. Si desea mayor informacin respecto a estas operaciones es mejor que se acerque a su Sociedad Agente de Bolsa.

Casi todo el mundo pasa la mayor parte de su tiempo trabajando con el fin de endeudarse para comprar bienes que se devalan (casas, posesiones, etc.). Esto supone trabajar an ms duro para ganar ms y pagar an ms deudas. Este es el mundo (el cuadrante) de los empleados y trabajadores autnomos.

En cambio, las personas financieramente astutas le sacan el mximo provecho a su tiempo. Consideran que un bien es cualquier cosa que genere flujo de caja. El objetivo de los propietarios e inversionistas es desarrollar sus bienes hasta que esta fuente de flujo de dinero les asegure el estilo de vida que desean llevar.

La verdadera riqueza no se mide en dlares sino en tiempo. En otras palabras, la riqueza es la cantidad de tiempo que podemos mantener nuestro estilo de vida actual sin trabajar fsicamente. Por tanto, para sacarle el mximo provecho a nuestro tiempo debemos pasarnos al cuadrante del flujo de dinero.La BVL se encuentra dotada de una adecuada infraestructura fsica y tecnolgica con la finalidad de permitir el encuentro de las propuestas de compra y venta de los intermediarios para la ejecucin de sus operaciones. Para ello, administra dos mecanismos centralizados de negociacin: la Rueda de Bolsa en la que se negocian valores mobiliarios inscritos en el Registro Pblico del Mercado de Valores, y el Mecanismo para la Negociacin de Instrumentos de Emisin No Masiva MIENM. Las operaciones se realizan a travs de un sistema de negociacin electrnica lo que se traduce en menores costos y mayor eficiencia en el proceso de formacin de precios.Las Ofertas pblicasLas ofertas pblicas pueden ser divididas en primarias y secundarias. Mientras que las primeras tienen por finalidad principal la captacin del ahorro pblico, las segundas tienen por objeto ofertar valores ya emitidos (ofertas pblicas de venta, de adquisicin, de intercambio). Sin embargo, antes de entrar en el anlisis de las ofertas pblicas primarias (en adelante, OPP) resulta conveniente desarrollar las principales caractersticas comunes a todas las ofertas pblicas.La Ley del Mercado de Valores (en adelante, la LMV), seala en el artculo 4 que, [e]s oferta pblica de valores mobiliarios, la invitacin adecuadamente difundida, que una o ms personas naturales o jurdicas dirigen al pblico en general o a determinado segmento de ste, para realizar cualquier acto jurdico referido a la colocacin, adquisicin o disposicin de valores mobiliarios.De esta definicin hay algunos conceptos que consideramos conveniente destacar tales como, invitacin, adecuadamente difundida, pblico en general o determinado segmento del pblico y acto jurdico referido a la colocacin, adquisicin o disposicin de valores mobiliarios. Estos conceptos son caractersticos de las ofertas pblicas y los explicamos a continuacin: a)La invitacin.-Segn el Reglamento de Oferta Pblica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobada por Resolucin de Conasev N 141-98-EF-94.10 (en adelante, el Reglamento) se considera invitacin () a toda aquella manifestacin de voluntad que se efecta de modo directo a travs de terceros, tenga sta el carcter de invitacin a ofrecer, simple oferta, promesa unilateral u otra que tenga por objeto efectuar o recibir propuestas vinculadas a los sealado en el inciso e). b)La adecuada difusin.-El Reglamento seala que la invitacin es considerada adecuadamente difundida () cuando se dirige a sus destinatarios, de manera individual o conjunta, simultnea o sucesiva, a travs de cualquier medio, como diarios, revistas, radio, televisin, correo, reuniones, sistemas informticos u otro que permita la tecnologa, que resulte idneo para dar a conocer el contenido de la misma a su destinatario.Cabe mencionar que no slo ser pblica la oferta que emplee medios masivos de comunicacin, sino que bastar el uso de cualquier medio idneo para llegar a sus destinatarios. Claro est, el uso de medios masivos determina que este requisito se ha cumplido sin que pueda argumentarse lo contrario. c)Pblico en General o Segmento del Pblico.-Por pblico en general el Reglamento entiende a () el conjunto de personas indeterminadas, nacionales o extranjeras, que sean potenciales inversionistas en el territorio nacional ().

En cuanto al segmento del pblico, el Reglamento lo entiende como () conjunto de personas determinadas o no que, de acuerdo a las circunstancias, requieren de la tutela a que se refiere el Artculo 2, cuando su nmero sea tal que involucre el inters pblico. Se considera que se requiere dicha tutela cuando, en orden a la posibilidad de acceso a informacin relevante por dichas personas y/o a que sta sea procesada por ellas, encuentren dificultades para adoptar una decisin libre e informada respecto a la invitacin efectuada. Sin perjuicio de lo dispuesto en el prrafo anterior, para efectos de su calificacin como segmento del pblico, se considera que un conjunto de destinatarios conformado por un nmero igual o mayor a cien (100) personas involucra el inters pblico, y se presume, salvo prueba en contrario, que dichas personas requieren de la tutela antes mencionada ().

Las caractersticas de las ofertas dirigidas a un segmento del pblico radica en que la indeterminacin de los destinatarios se relativiza en cuanto se establecen determinados parmetros o supuestos de hecho que reducen el mbito de destinatarios de la oferta. Se observa en la definicin la conjuncin de un elemento subjetivo y otro objetivo. El elemento subjetivo es la existencia de un grupo de personas que requieran tutela del Estado. El elemento objetivo es que dicho grupo tenga un nmero de integrantes tal que involucre el inters pblico, presumiendo el Reglamento que cien (100) o ms personas involucran dicho inters. d)Acto Jurdico sobre colocacin o disposicin de valores mobiliarios.-Con relacin a acto jurdico que se pretende celebrar, el Reglamento seala que ste comprende al relativo a la creacin o enajenacin de derechos patrimoniales referidos a dichos valores, incluyendo al derecho u opcin de suscripcin o adquisicin. Dicho acto jurdico, cualesquiera sean las caractersticas del mismo, debe tener la naturaleza de un acto de inversin para su suscriptor o adquirente. ()Las caractersticas antes mencionadas son comunes tanto a las ofertas pblicas primarias como a las secundarias. Habiendo determinado las principales caractersticas de las ofertas pblicas, corresponde determinar las caractersticas de las OPP.II. La Oferta Pblica PrimariaLa oferta pblica primaria (OPP) es el mecanismo de captacin del ahorro por lexcelencia en el Mercado de Valores.Las OPP se pueden realizar sobre instrumentos de renta variable (acciones, cuotas de participacin, etc.) y/o sobre instrumentos de deuda (bonos, papeles comerciales, etc.). Cuando la OPP se realice sobre acciones, el inversionista asumir el riesgo del negocio de la empresa y sus resultados; en cambio, si la OPP se realiza sobre instrumentos de deuda en donde el inversionista participa como un acreedor de la sociedad, no asumir el riesgo del negocio de la sociedad, asume s un riesgo crediticio.As pues, la sociedad, para obtener recursos para financiar sus operaciones, puede hacer una OPP para obtener capital va un aumento de capital con su correspondiente emisin de acciones, o para endeudarse va una emisin de ttulos de deuda.Explicaremos brevemente en que consiste una OPP en general, antes de centrarnos en el procedimiento de una OPP de acciones.A travs de una OPP se pone a disposicin del pblico en general valores mobiliarios emitidos por primera vez por la sociedad. Es requisito previo a la realizacin de una OPP que los valores sean debidamente inscritos en el Registro Pblico de Mercado de Valores (en adelante, el Registro). Asimismo se exige que se presente ante la CONASEV la informacin necesaria, de modo que los terceros interesados en adquirir los nuevos valores se encuentren debidamente informados sobre los valores que se les ofrecen y los riesgos inherentes a los mismos. Esta obligacin se materializa mediante la preparacin de un prospecto informativo, el mismo que debe contener toda la informacin relevante sobre el emisor y los valores ofrecidos, de manera que los inversionistas puedan adoptar decisiones libres e informadas sobre los valores que deseen adquirir.Luego de presentada dicha informacin, CONASEV verificar la documentacin y, de considerar que cumple con los requisitos aplicables, dispondr la inscripcin del valor y el registro del prospecto informativo en el Registro. Luego de efectuada la debida inscripcin, el emisor puede proceder a realizar su oferta al pblico inversionista.III. Oferta Pblica de Acciones3.1 Aumento de Capital por Nuevos AportesComo mencionamos, una OPP es la oferta al pblico de nuevos valores, por lo que tratndose de acciones, deber acordarse previamente un aumento del capital social.El artculo 202 de la LGS establece que el aumento de capital puede realizarse por: (i) nuevos aportes; (ii) capitalizacin de crditos contra la sociedad; (iii) capitalizacin de utilidades, reservas, beneficios, primas de capital o excedentes de revaluacin; y, (iv) otros casos previstos por sta. En todos los casos, el aumento de capital ser acordado por la junta general de accionistas, con los quorums y mayoras legalmente requeridos.Tratndose de los aumentos de capital por nuevos aportes, la sociedad obtendr recursos para sus operaciones a travs de sus propios accionistas o de terceros, en lugar de recurrir al incremento del pasivo de la empresa. Como seala Joaqun Garrigues [d]ado que la obligacin de aportacin del accionista es limitada, cuando la sociedad necesita ingresar nuevos recursos para la explotacin de su negocio, tiene que recurrir a un prstamo () o al aumento de su capital. (1)Ahora bien, la LGS, en su artculo 207, dispone que en el aumento de capital por nuevos aportes se otorgue a sus accionistas un derecho preferencial para suscribir, a prorrata de su participacin accionaria, las acciones que se creen.3.1.1 Derecho de Suscripcin PreferenteEl derecho de suscripcin preferente de los accionistas sobre las nuevas acciones producto de un aumento de capital es considerado uno de los derechos fundamentales de los accionistas con o sin derecho a voto.El derecho de suscripcin preferente tiene como primera y principal finalidad el otorgar a sus accionistas el derecho a mantener su proporcin accionaria y con ello, el poder ejercer los mismos derechos que tenan antes del aumento. De no ser as, un accionista podra ver diluida su participacin y, con ello, perder ciertos derechos que determinadas tenencias accionaras otorgan a los accionistas, por ejemplo, el derecho a solicitar la convocatoria a Junta General de Accionistas, que segn el artculo 113 de la LGS, pueden hacerlo aquellos accionistas que representen cuando menos el veinte por ciento (20%) de las acciones suscritas con derecho a voto; o, ejercer directamente las acciones de responsabilidad social contra los directores (segn el artculo 181 de la LGS, los accionistas que representen 1/3 del capital social tienen derecho a hacerlo sujeto a determinados requisitos); o, la eleccin de directores (de conformidad con el artculo 164 de la LGS, la eleccin de los miembros del directorio se realiza con representacin de las minoras).As, podemos notar que los derechos de un accionista se ven afectados cuando, como consecuencia de un aumento del capital social por nuevos aportes, su participacin accionaria se ve disminuida, ya sea por el incremento de la participacin de otros accionistas, o por el ingreso de alguno nuevo.Elas Laroza seala que [e]l fundamento del derecho de suscripcin preferente es que permite al accionista conservar su porcentaje de tenencia de acciones de la sociedad, con lo cual conserva tambin su posicin o peso dentro de la misma. Adems, el ejercicio de determinados derechos est sujeto por la Ley a la tenencia de un determinado porcentaje de acciones, con lo cual, si ste disminuye, el accionista pierde la posibilidad de ejercicio de derechos que muchas veces son fundamentales.(2)La segunda finalidad perseguida por el derecho de suscripcin preferente es que los accionistas participen en el mayor valor patrimonial de la sociedad al momento de producirse el aumento. En efecto, lo que se busca es que el accionista suscriba un porcentaje de las nuevas acciones emitidas a fin de que no pierda el mayor valor econmico generado por la empresa por sus aos de actividad. Veamos un ejemplo sencillo. Tenemos una sociedad constituida con un capital social de S/. 1,000, en donde cada accin vale S/.1. En ese momento el valor patrimonial contable de cada accin es S/.1. Al realizar sus actividades la empresa genera resultados, que van en la cuenta patrimonial Resultados Acumulados, mantenindose el capital en los S/.1,000 iniciales. As, si tales resultados ascienden a S/. 1,000, el valor patrimonial contable de la empresa ser de S/. 2,000, por lo que el valor contable por accin ser de S/. 2.00. Estos S/. 1,000 adicionales pertenecen a todos los accionistas, y ser distribuido entre todos segn su participacin en el capital. Por lo tanto, si entra un nuevo accionista, ste tambin tendr derecho a dicha plusvala. Por ello, a fin de no perder este derecho, se concede a los accionistas el derecho de mantener su participacin y consecuentemente, su derecho sobre el mayor valor del patrimonio.3.1.2 Ejercicio del Derecho de Suscripcin PreferenteEl artculo 208 de la LGS establece el procedimiento para ejercer el derecho de suscripcin preferente, sealando que [e]l derecho de preferencia se ejerce en por lo menos dos ruedas. En la primera, el accionista tiene derecho a suscribir nuevas acciones, a prorrata de sus tenencias a la fecha que se establezca en el acuerdo. Si quedan acciones sin suscribir quienes han intervenido en la primera rueda puedan suscribir, en segunda rueda, las acciones restantes a prorrata de su participacin accionaria, considerando en ellas las acciones que hubieran suscrito en la primera rueda.As, en virtud del artculo 208 de la LGS, en primera rueda el accionista podr suscribir el porcentaje de acciones que le permita su participacin accionaria y a prorrata de sta; y, en segunda rueda, slo podrn intervenir los accionistas que participaron en la primera y nuevamente a prorrata de su participacin en el capital social.Sobre la suscripcin de acciones en segunda rueda existen dos posiciones sobre la forma como debe ejercerse el derecho de suscripcin preferente.Por la primera, se considera que el derecho de suscripcin preferente permite a los accionistas incrementar su participacin accionaria hasta el extremo que en la segunda rueda pueden suscribir la totalidad de acciones pendientes de suscripcin en caso no todos los accionistas hubiesen participado en la primera rueda.Esta posicin se fundamenta en que el aumento de capital por nuevos aportes se realiza para obtener recursos para financiar las actividades de la sociedad, sin recurrir al incremento de las cuentas del pasivo (deuda), por lo que no tiene sentido recurrir a terceros que brinden estos recursos y permitir su ingreso al capital de la sociedad, cuando los propios accionistas tienen tales recursos.Veamos un ejemplo donde existen tres accionistas A, B y C, con una participacin de 60%, 30% y 10%, respectivamente. Si en la primera rueda de suscripcin preferente nicamente C hubiese participado, C tendra el derecho a suscribir la totalidad de las acciones pendientes de suscripcin (90% del monto al que asciende el aumento de capital). De esta manera C podra, dependiendo del monto del capital social y del aumento, incluso llegar a pasar a ser el accionista mayoritario. En esta misma lnea, asumiendo que B y C suscribieron en primera rueda y A no lo hizo, stos tendran derecho a suscribir el 60% de las acciones de las acciones materia del aumento no suscritas por A, a prorrata de su participacin en el capital social, con lo que B suscribiria el 75% y C suscribiria el 25% de las acciones remanentes.Segn la otra posicin, la LGS es clara cuando seala que [s]i quedan acciones sin suscribir, quienes han intervenido en la primera rueda pueden suscribir, en segunda rueda, las acciones restantes a prorrata de su participacin accionaria, considerando en ella las acciones que hubieran suscrito en la primera rueda. Por ello, sealan, segn la LGS el derecho de suscripcin preferente no permite que los accionistas incrementen su participacin en el capital social hasta el extremo de suscribir todas las acciones no suscritas en primera vuelta, sino slo hasta el que le permita el porcentaje que tenian antes de acordarse el aumento e incluso tener un incremento residual de su participacin.As, siguiendo el ejemplo presentado, en la sociedad que cuenta con un capital social de S/.1,000 y dispone un aumento de capital social en S/.1,000, vemos que en la primera rueda C tendra derecho a suscribir 100 acciones y, en segunda rueda, podra participar por el 18.18% de S/.1,100, toda vez que en primera rueda se suscribieron 100 acciones, por lo que el capital social ahora es de S/.1,100. Siendo que esas 100 acciones fueron suscritas nicamente por C, su participacin en el capital social ahora es de 200. Por lo tanto, tiene derecho a participar de las 900 acciones restantes del aumento de capital en el porcentaje que ahora tiene en el capital social (200/1100).Habiendo detallado ambas posiciones sealadas por la doctrina para el ejercicio del derecho de suscripcin preferente, a continuacin se explicar como se lleva a cabo una OPP de acciones.IV. Oferta Pblica de AccionesComo se ha sealado, a fin de llevar a cabo la OPP ser necesario realizar un aumento de capital en donde los accionistas ejercern el derecho de suscripcin preferente. As, la OPP versara nicamente sobre las acciones que no hayan sido suscritas por los accionistas de la sociedad. Esta etapa slo podr dispensarse en las sociedades annimas abiertas, pues el artculo 259 de la LGS permite que se pueda establecer que los accionistas no tendrn derecho preferente para suscribir las acciones que se creen, siempre y cuando cumplan con los requisitos que se sealan a continuacin: (i) que el acuerdo haya sido adoptado en la forma y con el qurum sealado en el articulo 257 de la LGS, y que adems cuenten con el voto de no menos del cuarenta por ciento de las acciones suscritas con derecho a voto; y, (ii) que el aumento de capital no est destinado a mejorar -ya sea de manera directa o indirecta- la posicin accionaria de alguno de los accionistas.En ambos casos, usualmente la Junta General de Accionistas delegar al Directorio la facultad para que ste establezca los trminos y condiciones que deber tener la Oferta Pblica Primaria. Hecho esto se proceder a inscribir el prospecto en el Registro.Una vez inscrito el prospecto, podr realizarse la oferta pblica primaria, en donde el emisor contar con un plazo de nueve (9) meses, contados desde la fecha de inscripcin en el Registro (el plazo sealado es prorrogable por un periodo similar). De esa manera, los valores sern ofrecidos al pblico a fin de que los adquieran, de modo tal que, como se ha mencionado, la sociedad capte recursos para financiar sus operaciones.Usualmente las acciones son colocadas mediante un mecanismo de subasta, asignndose las acciones de la siguiente manera: Se ordenan las ofertas de mayor a menor, en funcin al precio ofrecido por las acciones. Se fija como precio de corte aqul en el que se cubre la totalidad de acciones materia de la oferta. Las acciones son asignables, empezando por la oferta que ofreci un mayor precio hasta llegar a la oferta que ofreci al precio de corte. En caso exista ms de una oferta al precio de corte, la asignacin de las acciones remanentes ser a prorrata entre dichas ofertas.El sobreprecio sobre el valor nominal de las acciones ser considerado prima de capital.Finalmente, las acciones materia de la oferta se inscribirn en rueda de bolsa.CRDITO COMERCIALConcepto usado enComercioy prcticas comerciales.En ingls (loam). ElCrditocomercial es una forma comn de financiacin a cortoPlazo prcticamente entodoslos negocios. Es la mayor fuente de fondos a corto plazo para las compaas pequeas, principalmente debido a que los proveedores son generalmente ms liberales en el otorgamiento deCrditoque las instituciones financieras.CREDITO COMERCIALCrditoque extiende una organizacin a otraEmpresade negocios. Puede ocurrir en forma explcita por medio de laEmisinde unaLetra de Cambio, o es posible que surja de retrasos en los recibos y pagos por servicios realizados. Puede tener una influencia importante sobre laPoltica Econmica, porque como un todo es una fuente importante deRecursosde financiamiento, comparable por ejemplo, con los crditos bancarios; aunque a diferencia de stos, los crditos comerciales no entran bajo el control directo de las autoridades.Entrega deBieneso servicios a una persona oEmpresa, cuyo pago se realiza con posterioridad en un plazo previamente convenido. ElCrditocomercial sirve para facilitar y adecuar la produccin a la circulacin de mercancas. Facilita las ventas, la produccin, elDesarrollodelCapitaly el incremento deGanancias. ElCrditocomercial es generalmente de corto plazo.