apuntes der economico

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APUNTES DE ECONOMIA POLITICA DEFINICION DE ECONOMIA POLITICA Economía deriva de los vocablos griegos oikos que significa orden y de nomos que significa casa, lo que literalmente equivaldría a orden en la casa, o bien, “La buena administración domestica” La economía se refiere a la administración domestica, cuando dicha administración se traslada al ámbito familiar, al ámbito social, es decir al ámbito de la polis (ciudad- estado) entramos al terreno de la ECONOMIA POLITICA. Podemos conceptualizar a la economía política de la siguiente manera: “ciencia que se encarga de utilizar de manera adecuada los recursos públicos a fin de satisfacer las necesidades sociales” CONCEPTOS FUNDAMENTALES DEL DERECHO ECONOMICO. DEFINICION DE DERECHO ECONOMICO. En palabras de Darío Munera Arango, el derecho económico es el con junto de principios y de normas jurídicas que regulan la cooperación hu mana en las actividades de creación, distribución, cambio y consumo de la riqueza generada por un sistema económico ELEMENTOS SUBJETIVOS: Los sujetos como centro de imputación de derechos y obligaciones para el derecho económico son los agentes económicos en general, sea cual fuere su forma jurídica o naturaleza patrimonial, que actúen en la producción, distribución, circulación y consumo de los bienes y servicios. CARACTERISTICAS DEL DERECHO ECONOMICO:

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APUNTES DE ECONOMIA POLITICA

DEFINICION DE ECONOMIA POLITICA

Economía deriva de los vocablos griegos oikos que significa orden y de nomos que significa casa, lo que literalmente equivaldría a orden en la casa, o bien, “La buena administración domestica”

La economía se refiere a la administración domestica, cuando dicha administración se traslada al ámbito familiar, al ámbito social, es decir al ámbito de la polis (ciudad-estado) entramos al terreno de la ECONOMIA POLITICA.

Podemos conceptualizar a la economía política de la siguiente manera:

“ciencia que se encarga de utilizar de manera adecuada los recursos públicos a fin de satisfacer las necesidades sociales”

CONCEPTOS FUNDAMENTALES DEL DERECHO ECONOMICO.

DEFINICION DE DERECHO ECONOMICO.

En palabras de Darío Munera Arango, el derecho económico es el conjunto de principios y de normas jurídicas que regulan la cooperación humana en las actividades de creación, distribución, cambio y consumo de la riqueza generada por un sistema económico

ELEMENTOS SUBJETIVOS:

Los sujetos como centro de imputación de derechos y obligaciones para el derecho económico son los agentes económicos en general, sea cual fuere su forma jurídica o naturaleza patrimonial, que actúen en la producción, distribución, circulación y consumo de los bienes y servicios.

CARACTERISTICAS DEL DERECHO ECONOMICO:

Lo que caracteriza al derecho económico es que es humanista; dinámico; complejo; nacional e internacional; concreto; multidisciplinario e inter-disciplinario; posee un enfoque micro y macroeconómico, y es instrumento para el cambio social.

Humanista

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El derecho económico tiene como centro al hombre. Sus normas no tienen relación con los "ajustes estructurales" que limitan el gasto público y contienen los salarios, mientras los precios crecen en favor del capital.'

Dinámico

Con el proceso de la globalización, las normas cambian y se adaptan a los cambios tecnológicos y productivos.

Ese dinamismo es distinto a la globalización. Por tanto, los subsidios para impulsar a las pequeñas empresas y a los productores agrícolas serán dinámicos y oportunos para los países en desarrollo, mientras serán desleales e injustos para los productores de los países desarrollados de la pista rápida de la globalización.'

Complejo

El derecho económico contemporáneo muestra facetas duales. Así, normas del Garr (sustituido por la Organización Mundial del Comercio) que liberan los mercados para las exportaciones de los países en desarrollo, coexisten junto a normas que sancionan a las empresas estatales estratégicas que son vitales para el crecimiento económico de los países de la pista lenta.

Nacional e internacional.

El derecho económico mexicano se conforma por normas internas (arts.

3o., 5o., 25, 26, 27 y 28 de la carta fundamental); por normas zonales (los

XXII capítulos del TLCAN que otorga trato nacional, trato de nación más favorecida y principio de transparencia a las empresas y ciudadanos de Estados Unidos y Canadá en el territorio mexicano), e internacional, las normas del FONDO MONETARIOA INTERNACIONAL, LA OMC, LA OCDE (Organización para la Cooperación y el Desarrollo

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Económico), etc., que encuadran los comportamientos de gobernantes y gobernados en México

Concreto

El derecho económico es concreto, pues su basamento constitucional y sus Legislaciones secundarias se aplican a relaciones económicas que tienen como escenario el territorio nacional y zonal. Lo teórico en el derecho eco-nómico se plasma en los objetivos Meta jurídicos que están en los sistemas de economía mixta, como el vigente formalmente en México.

Multidisciplinario e interdisciplinario

El término multidisciplinario hace referencia a que el derecho económico puede ser analizado desde diferentes áreas del conocimiento humanos, es decir, por su misma naturaleza presenta implicaciones de tipo económico, jurídico, político, etc. Ello plantea el principal problema en las negociaciones internacionales, que es el lograr armonizarlas diferentes posturas e intereses de los países que en ellas intervienen, por los aspectos antes señalados.

Interdisciplinario

Como síntesis de la economía y el derecho, las normas de contenido económico requieren un abordaje no formalista y esencialmente realista y sociológico. Así, una norma que devalúa la moneda no puede verse sólo como una medida que fomenta exportaciones, sino como una decisión de política económica que expropia a los sueldos y salarios de las mayorías, y afecta los ingresos para educación, vivienda, salud y alimentación."

Enfoque macroeconómico y microeconómico

De manera formal, la política macroeconómica es como han sugerido diversos autores— la contrapartida normativa de la teoría macroeconómica. Su núcleo de atención son los agregados y variables macroeconómicas que explican los grandes equilibrios de una economía. Se acepta el supuesto de que las autoridades, o las

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agencias responsables de dirigir la política económica, pueden influir claramente sobre determinados agregados eco-nómicos y, en particular, moverlos en la dirección deseada de acuerdo con las metas establecidas para determinados objetivos, como la estabilidad de precios o la recuperación del equilibrio exterior. El logro de éstos y otros objetivos se supone que conduce a mejorar el bienestar económico de la sociedad en conjunto.

Por su parte, las políticas microeconómicas pueden considerarse, también, como la contrapartida normativa de la teoría microeconómica, cuyo centro de atención es la toma racional de decisiones por parte de unidades económicas individuales; por ejemplo, las decisiones de una empresa o de los consumidores individuales. En consecuencia, las políticas explícitamente microeconómicas podrían identificarse con aquellas actuaciones de las autoridades que pretenden influir o alterar dichas decisiones individuales con el fin de modificar la asignación de recursos. Como ejemplos de políticas de este tipo, en sentido estricto, podrían citarse tanto las acciones encaminadas a influir en las decisiones de producción y/o de fijación de precios por parte de empresas singulares, como el establecimiento de impuestos sobre productos muy determinados para desincentivar el consumo, y las sanciones legales y otras medidas similares que afecten a productores o consumidores, o en grupos bien delimitados. La entrada del sector público en una empresa, por razones sociales o políticas, podría también considerarse, en este sentido, como una medida de política microeconómica.'

Instrumento para el cambio social

No todo derecho económico es por sí un instrumento para el cambio social.

La liberación abrupta de las importaciones de productos no necesarios que consume divisas y plantas nacionales, no puede ser vista como una norma que impulsa el cambio social. En cambio, una norma que protege a los consumidores, que protege el empleo productivo y que fomenta la expansión de industrias nacionales sí conforma una norma de contenido económico que impulsa y dinamiza un cambio social, que conceptuamos como una transformación productiva que genera un crecimiento económico sustentable con equidad y justicia soc i a l .

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En resumen, las características del derecho económico obedecen a la concepción que se tenga tanto de la economía en turno como del cometido que se asigne al derecho como disciplina de control social. México, en este fin de siglo, es un verdadero laboratorio para evaluarla praxis del derecho económico. La experiencia de aplicar un derecho artificial de corte neoliberal sobre un sustrato de una economía mixta de claro contenido social, es un hecho histórico que varias generaciones viviremos con la esperanza cierta de no volver a intentar entrar a la globalización de pista rápida, olvidando a las mayorías que a un transitan por la marginación y la pobreza.

SUJETOS

PERSONA FISICAS: refiérase a la individualidad del género humano

Atributos de la personalidad:

Nombre

Domicilio

Estado civil

Nacionalidad

Capacidad

Patrimonio

PERSONA MORAL: agrupación de personas cuya personalidad jurídica es propia y diferente a la que cada uno de sus socios asociados

Capacidad

Patrimonio

Nacionalidad

Denominación

Domicilio

PUBLICOS: se predomina la heteronimia y las normas de corte imperativo u obligatorio, en el derecho.

PRIVADOS: los sujetos se suponen relacionados en posiciones de igualdad al menos teórica.

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BASES DEL DERECHO ECONOMICO ART. 25 Y ART. 28

ART.25

CORRESPONDE AL ESTADO LA RECTORIA DEL DESARROLLO NACIONAL PARA GARANTIZAR QUE ESTE SEA INTEGRAL Y SUSTENTABLE, QUE FORTALEZCA LA SOBERANIA DE LA NACION Y SU REGIMEN DEMOCRATICO Y QUE, MEDIANTE EL FOMENTO DEL CRECIMIENTO ECONOMICO Y EL EMPLEO Y UNA MAS JUSTA DISTRIBUCION DEL INGRESO Y LA RIQUEZA, PERMITA EL PLENO EJERCICIO DE LA LIBERTAD Y LA DIGNIDAD DE LOS INDIVIDUOS, GRUPOS Y CLASES SOCIALES, CUYA SEGURIDAD PROTEGE ESTA CONSTITUCION. (REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 28 DE JUNIO DE 1999)

EL ESTADO PLANEARA, CONDUCIRA, COORDINARA Y ORIENTARA LA ACTIVIDAD ECONOMICA NACIONAL, Y LLEVARA A CABO LA REGULACION Y FOMENTO DE LAS ACTIVIDADES QUE DEMANDE EL INTERES GENERAL EN EL MARCO DE LIBERTADES QUE OTORGA ESTA CONSTITUCION. (REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 03 DE FEBRERO DE 1983. MODIFICADO POR LA REIMPRESION DE LA CONSTITUCION, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 6 DE OCTUBRE DE 1986)

AL DESARROLLO ECONOMICO NACIONAL CONCURRIRAN, CON RESPONSABILIDAD SOCIAL, EL SECTOR PUBLICO, EL SECTOR SOCIAL Y EL SECTOR PRIVADO, SIN MENOSCABO DE OTRAS FORMAS DE ACTIVIDAD ECONOMICA QUE CONTRIBUYAN AL DESARROLLO DE LA NACION. (REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 03 DE FEBRERO DE 1983)

EL SECTOR PUBLICO TENDRA A SU CARGO, DE MANERA EXCLUSIVA, LAS AREAS ESTRATEGICAS QUE SE SEÑALAN EN EL ARTICULO 28, PARRAFO CUARTO DE LA CONSTITUCION, MANTENIENDO SIEMPRE EL GOBIERNO FEDERAL LA PROPIEDAD Y EL CONTROL SOBRE LOS ORGANISMOS QUE EN SU CASO SE ESTABLEZCAN. (REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 03 DE FEBRERO DE 1983)

ASIMISMO, PODRA PARTICIPAR POR SI O CON LOS SECTORES SOCIAL Y PRIVADO, DE ACUERDO CON LA LEY, PARA IMPULSAR Y ORGANIZAR

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LAS AREAS PRIORITARIAS DEL DESARROLLO. (REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 03 DE FEBRERO DE 1983. MODIFICADO POR LA REIMPRESION DE LA CONSTITUCION, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 6 DE OCTUBRE DE 1986)

BAJO CRITERIOS DE EQUIDAD SOCIAL Y PRODUCTIVIDAD SE APOYARA E IMPULSARA A LAS EMPRESAS DE LOS SECTORES SOCIAL Y PRIVADO DE LA ECONOMIA, SUJETANDOLOS A LAS MODALIDADES QUE DICTE EL INTERES PUBLICO Y AL USO, EN BENEFICIO GENERAL, DE LOS RECURSOS PRODUCTIVOS, CUIDANDO SU CONSERVACION Y EL MEDIO AMBIENTE. (REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 03 DE FEBRERO DE 1983)

LA LEY ESTABLECERA LOS MECANISMOS QUE FACILITEN LA ORGANIZACION Y LA EXPANSION DE LA ACTIVIDAD ECONOMICA DEL SECTOR SOCIAL: DE LOS EJIDOS, ORGANIZACIONES DE TRABAJADORES, COOPERATIVAS, COMUNIDADES, EMPRESAS QUE PERTENEZCAN MAYORITARIA O EXCLUSIVAMENTE A LOS TRABAJADORES Y, EN GENERAL, DE TODAS LAS FORMAS DE ORGANIZACION SOCIAL PARA LA PRODUCCION, DISTRIBUCION Y CONSUMO DE BIENES Y SERVICIOS SOCIALMENTE NECESARIOS. (REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 03 DE FEBRERO DE 1983)

LA LEY ALENTARA Y PROTEGERA LA ACTIVIDAD ECONOMICA QUE REALICEN LOS PARTICULARES Y PROVEERA LAS CONDICIONES PARA QUE EL DESENVOLVIMIENTO DEL SECTOR PRIVADO CONTRIBUYA AL DESARROLLO ECONOMICO NACIONAL, EN LOS TERMINOS QUE ESTABLECE ESTA CONSTITUCION. (REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 03 DE FEBRERO DE 1983)

ARTICULO 28. EN LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS QUEDAN PROHIBIDOS LOS MONOPOLIOS, LAS PRACTICAS MONOPOLICAS, LOS ESTANCOS Y LAS EXENCIONES DE IMPUESTOS EN LOS TERMINOS Y CONDICIONES QUE FIJAN LAS LEYES. EL MISMO TRATAMIENTO SE DARA A LAS PROHIBICIONES A TITULO DE PROTECCION A LA INDUSTRIA. (REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 3 DE FEBRERO DE 1983. MODIFICADO POR LA REIMPRESION DE LA CONSTITUCION, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 6 DE OCTUBRE DE 1986)

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EN CONSECUENCIA, LA LEY CASTIGARA SEVERAMENTE, Y LAS AUTORIDADES PERSEGUIRAN CON EFICACIA, TODA CONCENTRACION O ACAPARAMIENTO EN UNA O POCAS MANOS DE ARTICULOS DE CONSUMO NECESARIO Y QUE TENGA POR OBJETO OBTENER EL ALZA DE LOS PRECIOS; TODO ACUERDO, PROCEDIMIENTO O COMBINACION DE LOS PRODUCTORES, INDUSTRIALES, COMERCIANTES O EMPRESARIOS DE SERVICIOS, QUE DE CUALQUIER MANERA HAGAN, PARA EVITAR LA LIBRE CONCURRENCIA O LA COMPETENCIA ENTRE SI Y OBLIGAR A LOS CONSUMIDORES A PAGAR PRECIOS EXAGERADOS Y, EN GENERAL, TODO LO QUE CONSTITUYA UNA VENTAJA EXCLUSIVA INDEBIDA A FAVOR DE UNA O VARIAS PERSONAS DETERMINADAS Y CON PERJUICIO DEL PUBLICO EN GENERAL O DE ALGUNA CLASE SOCIAL. (REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 3 DE FEBRERO DE 1983)

LAS LEYES FIJARAN BASES PARA QUE SE SEÑALEN PRECIOS MAXIMOS A LOS ARTICULOS, MATERIAS O PRODUCTOS QUE SE CONSIDEREN NECESARIOS PARA LA ECONOMIA NACIONAL O EL CONSUMO POPULAR, ASI COMO PARA IMPONER MODALIDADES A LA ORGANIZACION DE LA DISTRIBUCION DE ESOS ARTICULOS, MATERIAS O PRODUCTOS, A FIN DE EVITAR QUE INTERMEDIACIONES INNECESARIAS O EXCESIVAS PROVOQUEN INSUFICIENCIA EN EL ABASTO, ASI COMO EL ALZA DE PRECIOS. LA LEY PROTEGERA A LOS CONSUMIDORES Y PROPICIARA SU ORGANIZACION PARA EL MEJOR CUIDADO DE SUS INTERESES. (REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 3 DE FEBRERO DE 1983)

NO CONSTITUIRAN MONOPOLIOS LAS FUNCIONES QUE EL ESTADO EJERZA DE MANERA EXCLUSIVA EN LAS SIGUIENTES AREAS ESTRATEGICAS: CORREOS, TELEGRAFOS Y RADIOTELEGRAFIA; PETROLEO Y LOS DEMAS HIDROCARBUROS; PETROQUIMICA BASICA; MINERALES RADIOACTIVOS Y GENERACION DE ENERGIA NUCLEAR; ELECTRICIDAD Y LAS ACTIVIDADES QUE EXPRESAMENTE SEÑALEN LAS LEYES QUE EXPIDA EL CONGRESO DE LA UNION. LA COMUNICACION VIA SATELITE Y LOS FERROCARRILES SON AREAS PRIORITARIAS PARA EL DESARROLLO NACIONAL EN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 25 DE ESTA CONSTITUCION; EL ESTADO AL EJERCER EN ELLAS SU RECTORIA, PROTEGERA LA SEGURIDAD Y LA SOBERANIA DE LA NACION, Y AL OTORGAR CONCESIONES O PERMISOS MANTENDRA O ESTABLECERA EL DOMINIO DE LAS RESPECTIVAS VIAS DE COMUNICACION DE ACUERDO CON LAS LEYES DE LA MATERIA. 

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(REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 02 DE MARZO DE 1995)

EL ESTADO CONTARA CON LOS ORGANISMOS Y EMPRESAS QUE REQUIERA PARA EL EFICAZ MANEJO DE LAS AREAS ESTRATEGICAS A SU CARGO Y EN LAS ACTIVIDADES DE CARACTER PRIORITARIO DONDE, DE ACUERDO CON LAS LEYES, PARTICIPE POR SI O CON LOS SECTORES SOCIAL Y PRIVADO. (REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 3 DE FEBRERO DE 1983)

EL ESTADO TENDRA UN BANCO CENTRAL QUE SERA AUTONOMO EN EL EJERCICIO DE SUS FUNCIONES Y EN SU ADMINISTRACION. SU OBJETIVO PRIORITARIO SERA PROCURAR LA ESTABILIDAD DEL PODER ADQUISITIVO DE LA MONEDA NACIONAL, FORTALECIENDO CON ELLO LA RECTORIA DEL DESARROLLO NACIONAL QUE CORRESPONDE AL ESTADO. NINGUNA AUTORIDAD PODRA ORDENAR AL BANCO CONCEDER FINANCIAMIENTO. (ADICIONADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 20 DE AGOSTO DE 1993)

NO CONSTITUYEN MONOPOLIOS LAS FUNCIONES QUE EL ESTADO EJERZA DE MANERA EXCLUSIVA, A TRAVES DEL BANCO CENTRAL EN LAS AREAS ESTRATEGICAS DE ACUÑACION DE MONEDA Y EMISION DE BILLETES. EL BANCO CENTRAL, EN LOS TERMINOS QUE ESTABLEZCAN LAS LEYES Y CON LA INTERVENCION QUE CORRESPONDA A LAS AUTORIDADES COMPETENTES, REGULARA LOS CAMBIOS, ASI COMO LA INTERMEDIACION Y LOS SERVICIOS FINANCIEROS, CONTANDO CON LAS ATRIBUCIONES DE AUTORIDAD NECESARIAS PARA LLEVAR A CABO DICHA REGULACION Y PROVEER A SU OBSERVANCIA. LA CONDUCCION DEL BANCO ESTARA A CARGO DE PERSONAS CUYA DESIGNACION SERA HECHA POR EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CON LA APROBACION DE LA CAMARA DE SENADORES O DE LA COMISION PERMANENTE, EN SU CASO; DESEMPEÑARAN SU ENCARGO POR PERIODOS CUYA DURACION Y ESCALONAMIENTO PROVEAN AL EJERCICIO AUTONOMO DE SUS FUNCIONES; SOLO PODRAN SER REMOVIDAS POR CAUSA GRAVE Y NO PODRAN TENER NINGUN OTRO EMPLEO, CARGO O COMISION, CON EXCEPCION DE AQUELLOS EN QUE ACTUEN EN REPRESENTACION DEL BANCO Y DE LOS NO REMUNERADOS EN ASOCIACIONES DOCENTES, CIENTIFICAS, CULTURALES O DE BENEFICENCIA. LAS PERSONAS ENCARGADAS DE LA CONDUCCION DEL BANCO CENTRAL, PODRAN SER SUJETOS DE JUICIO POLITICO CONFORME A LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 110 DE ESTA CONSTITUCION. 

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(ADICIONADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 20 DE AGOSTO DE 1993. FE DE ERRATAS PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 23 DE AGOSTO DE 1993)

NO CONSTITUYEN MONOPOLIOS LAS ASOCIACIONES DE TRABAJADORES FORMADAS PARA PROTEGER SUS PROPIOS INTERESES Y LAS ASOCIACIONES O SOCIEDADES COOPERATIVAS DE PRODUCTORES PARA QUE, EN DEFENSA DE SUS INTERESES O DEL INTERES GENERAL, VENDAN DIRECTAMENTE EN LOS MERCADOS EXTRANJEROS LOS PRODUCTOS NACIONALES O INDUSTRIALES QUE SEAN LA PRINCIPAL FUENTE DE RIQUEZA DE LA REGION EN QUE SE PRODUZCAN O QUE NO SEAN ARTICULOS DE PRIMERA NECESIDAD, SIEMPRE QUE DICHAS ASOCIACIONES ESTEN BAJO VIGILANCIA O AMPARO DEL GOBIERNO FEDERAL O DE LOS ESTADOS, Y PREVIA AUTORIZACION QUE AL EFECTO SE OBTENGA DE LAS LEGISLATURAS RESPECTIVAS EN CADA CASO. LAS MISMAS LEGISLATURAS, POR SI O A PROPUESTA DEL EJECUTIVO, PODRAN DEROGAR, CUANDO ASI LO EXIJAN LAS NECESIDADES PUBLICAS, LAS AUTORIZACIONES CONCEDIDAS PARA LA FORMACION DE LAS ASOCIACIONES DE QUE SE TRATA. (REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 3 DE FEBRERO DE 1983. MODIFICADO POR LA REIMPRESION DE LA CONSTITUCION, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 6 DE OCTUBRE DE 1986)

TAMPOCO CONSTITUYEN MONOPOLIOS LOS PRIVILEGIOS QUE POR DETERMINADO TIEMPO SE CONCEDAN A LOS AUTORES Y ARTISTAS PARA LA PRODUCCION DE SUS OBRAS Y LOS QUE PARA EL USO EXCLUSIVO DE SUS INVENTOS, SE OTORGUEN A LOS INVENTORES Y PERFECCIONADORES DE ALGUNA MEJORA. (REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 3 DE FEBRERO DE 1983)

EL ESTADO, SUJETANDOSE A LAS LEYES, PODRA EN CASOS DE INTERES GENERAL, CONCESIONAR LA PRESTACION DE SERVICIOS PUBLICOS O LA EXPLOTACION, USO Y APROVECHAMIENTO DE BIENES DE DOMINIO DE LA FEDERACION, SALVO LAS EXCEPCIONES QUE LAS MISMAS PREVENGAN. LAS LEYES FIJARAN LAS MODALIDADES Y CONDICIONES QUE ASEGUREN LA EFICACIA DE LA PRESTACION DE LOS SERVICIOS Y LA UTILIZACION SOCIAL DE LOS BIENES, Y EVITARAN FENOMENOS DE CONCENTRACION QUE CONTRARIEN EL INTERES PUBLICO. 

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(REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 3 DE FEBRERO DE 1983)

LA SUJECION A REGIMENES DE SERVICIO PUBLICO SE APEGARA A LO DISPUESTO POR LA CONSTITUCION Y SOLO PODRA LLEVARSE A CABO MEDIANTE LEY. (REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 3 DE FEBRERO DE 1983)

SE PODRAN OTORGAR SUBSIDIOS A ACTIVIDADES PRIORITARIAS, CUANDO SEAN GENERALES, DE CARACTER TEMPORAL Y NO AFECTEN SUSTANCIALMENTE LAS FINANZAS DE LA NACION. EL ESTADO VIGILARA SU APLICACION Y EVALUARA LOS RESULTADOS DE ESTA. (REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 3 DE FEBRERO DE 1983

RAMAS DEL DERECHO

DERECHO PUBLICO: constitucional, penal, administrativo, procesal, internacional publico

DERECHO PRIVADO: mercantil, civil, procesal, internacional privado

DERECHO SOCIAL: laboral, agrario económico, ambiental

ANTECEDENTES DEL DERECHO ECONOMICO.

Es cierto que desde 1810 existen elementos regulatorios que se constituyen en antecedentes del derecho económico actual; sin embargo, para efectos de este estudio consideramos pertinente inicia la revisión de antecedentes desde 1917 cuando este derecho adquiere relevancia constitucional a partir de la carta de Querétaro, que establece la propiedad como función social, pilar esencial del sistema de economía mixta mexicana. Los antecedentes esenciales de nuestra disciplina pueden ser evaluados en el sentido de que lejos de postular un sistema de economía liberal, refuerza y legitima la presencia rectoral del estado, facultándolo para planificar en forma concertada e indicativa el desarrollo económico y social de México.

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LAS GRANDES TRANSFORMACIONES TECNOLOGICAS Y ESTRUCTURALES DEL MUNDO CONTEMPORANEO Y SU IMPACTO EN EL DERECHO.

Introducción

Emerge la tercera revolución tecnológica industrial que trastoca la organización de la producción y advienen sistemas de producción global (fabricas mundiales) que relegan los sistemas de producción estandarizada y masiva. Nuevas tecnologías bancario-financieras, el auge de las telecomunicaciones, la informática y el desarrollo de nuevos materiales (biogenética, fibra óptica, sílice, etc.) cambian los determinantes de las ventajas comparativas. Se incrementa el comercio internacional o comercio cautivo. Se generalizan las fusiones y asociaciones entre empresas para avanzar en la conquista de mercados, desarrollar las tecnologías de productos, procesos y servicios y conjuntar recursos financieros. Las empresas transnacionales trasladan sus industrias maduras a otras regiones para reducir costos en el consumo de energía, de la mano de obra y en materia ecológica.

Las grandes transformaciones de fin de siglo las podemos resumir en:

1. Emergencia de la tercera revolución tecnológica industrial2. Redespliegue industrial (fabricas mundiales) 3. Globalización4. Integración5. Erosión del estado nacional6. Preminencia del mercado7. Protagonismo de empresas transnacionales 8. Revolución del conocimiento 9. Externalización de los servicios 10. Nueva división internacional del trabajo

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La empresa es la unidad de producción o de cambio basada en capital y que persigue la obtención de beneficios a través de la explotación de la riqueza, la publicidad, el crédito, la propiedad intelectual etc. La empresa se clasifica en:a) Individual o familiar se concentra en las llamadas

empresas pequeñas o microempresas que cumplen una significativa tarea, de la creación de empleos, la complementación de insumos a grandes empresas y en el cumplimiento de tareas artesanales y maquilas menores.

b) Societaria o jurídica es administrada por uno o más socios y en términos generales se rige por los estatus que contienen el social, en los que establece la forma que operaran las mismas y en los términos y condiciones de su liquidación y solución.

La globalización es un proceso que se nutre de liberalismo económico, la democracia y la tecnología cibernética que conjugan las categorías tiempo y espacio, al servicio de un mercado planetario que propicia el libre flujo de mercancía, capitales y empresas, asignando utilidades y beneficios a agentes económicos.

Las principales características de la globalización son: La globalización de la economía esta representada por la

interdependencia entre las economías nacionales, las industrias, las empresas y los bloques regionales.

El incremento en el comercio internacional y la gradual eliminación de barreras al mismo, lo cual permite la vinculación mas estrecha y cercana entre países, las industrias y las empresas, haciendo del mundo un mercado global.

Incorporación de nuevas tecnologías. Mediante la globalización se permite la introducción de cambios esenciales en los métodos de producción. Los avances recientes en el área de telecomunicaciones ha facilitado la integración de los mercados nacionales.

Movilidad de capitales e inversión extrajera directa.

Los actores de la globalización son:

Inversionistas e inversiones. Fabricas mundiales Información

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Individuos (respeto a derechos humanos)1

RegionalizaciónAtañe a una intensificación de las interacciones económicas entre determinados grupos de países que guardan entre si una cierta contigüidad, vecindad o cercanía geográfica.

InternacionalizaciónEs un proceso que surge como consecuencia de la globalización económica, requiere de la colaboración y en ocasiones de la experiencia de otros países sobre determinadas cuestiones. Tiene como sujeto a los estados y sus escenarios son los tratados internacionales.

IntegraciónEs un proceso articulado mediantes diversos estatus jurídicos tendentes a eliminar toda discriminación entre las economías de los Estados participantes, a fin de conformar un área dentro de la que circulen libremente mercancías, servicios, tecnología, capitales y personas.

MultilateralismoSistema normativo internacional, basado en dos principios fundamentales en la organización mundial del comercio: nación más favorecida y trato nacional, que se traduce en la creación de un nuevo esquema regulatorio de los mercados.

En lo que a tecnología de la información se refiere, los cambios están a la vista: la identificación automática- código de barras en el comercio- se aplicara con la pista magnética, el reconocimiento óptico de caracteres, el etiquetado por radiofrecuencia y el reconocimiento de voz. A ello se suma la tarjeta inteligente que, similar a las tarjetas de crédito servirá de teléfono personal, con la cual se podrán comprar mercancías, boletos para avión, entradas de cine; así mismo, controlar inventarios y evaluar estados financieros a distancia, y la red digital de servicios integrados.

En telecomunicaciones, los videoteléfonos, y el correo electrónico preparan cambios culturales y sociales impresionantes para las empresas y familias de este nuevo

1 Witker Velázquez Jorge, Introducción al derecho Económico, séptima edición, págs. 33 y 34

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siglo. La biotecnología es un aporte que ya comienza a impactar a empresas y familias. Todos estos cambios tecnológicos afectaran a las empresas como a las familias e individuos.

La automatización, la robótica, los métodos de trabajo, los estilos y pares administrativas, el sentido del tiempo, la producción flexible, la venta por teléfono, la calidad de productos y servicios, el mercadeo, la publicidad directa, la venta por fax, los hábitos de consumo, los servicios al cliente, los nuevos productos y la mundialización de las empresas son solo indicios del gran cambio que a nivel estatal y empresarial nos deparan el auge y despegue de más ciencias y tecnologías durante el siglo XXI.2

CONCEPTOS FUNDAMENTALES DE DERECHO ECONOMICO.

1.-DE LA INTERVENCION A LA PARTICIPACION DEL ESTADO EN LA ACTIVIDAD ECONOMICA.

La propiedad privada (románica-continental), la libertad de contradicción y la libertad económica fueron los pilares del modelo económico liberal que se consolido en el siglo XIX y que se expandió universalmente con base en una economía autorregulada por la fuerzas en mercado de competencia libre, y descansa precisamente en tales instituciones jurídicas. Es decir, economía privada y derecho individualizado son las dos caras de un mismo proceso, el cual opera en dicho lapso histórico y consolida la hegemonía de una clase social (burguesía), que nace de la sociedad feudal y emprende el transito a un sistema social más avanzado y progresista: el capitalismo.Dicho procesos intervencionistas no se detiene, sino, por el contrario, avanza hacia su racionalidad y permanencia. A la economía política que estudia y sistematiza las decisiones microeconómicas (empresas) le sustituye la política económica que sitúa al estado como centro de decisiones macroeconómicas, a las cuales los agentes económicos deben atenerse y ajustarse. El estado del bienestar (welfare state) se erige como el indicador del progreso social, y su participación se articula a la estructura misma de la nueva economía mixta (social de mercado), conformada por medio de empresas privadas, públicas y transnacionales.

2 Witker Velázquez Jorge, Introducción al derecho Económico, séptima edición, págs. 33 y 34

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En efecto, la política económica se convierte en ciencia y técnica, y avanza hacia la planificación regulando democráticamente las decisiones y ejecuciones económicas de los grupos o individuos y empresas, concluimos estas reflexiones con las siguientes premisas:

a) A sistemas económicos liberales han correspondido sistemas jurídicos individualistas y privatistas.

b) En cambio, a sistemas económicos socializados corresponden sistemas jurídicos administrativas y públicos. Dichos cambios han tenido como centro nodal el derecho de propiedad y sus consecuentes efectos jurídicos y económicos.

c) Finalmente, a sistemas económicos mixtos corresponden sistemas jurídicos orgánicos e inorgánicos (coexistencia de derechos públicos y privados). El derecho económico nace de los sistemas socializados y mixtos como instrumento que regula, disciplina y sanciona la política económica y la planificación del desarrollo.

La década de los noventa, planteo cambios significativos en la relación económico-derechos. El estado del bienestar y la economía mixta son sometidos a una crítica estructural y todas las deficiencias de los sistemas productivos- centrales o periféricos—son atribuidas a la presencia interventora reguladora de los gobiernos.Los procesos objetivos de globalización económica (comercial, financiera, productiva, tecnológica) son presentados ahora como paradigmas arrolladores indiscutibles, a los cuales los países en de desarrollo deben insertarse fatalmente a la manera 2neoliberal”; es decir, con apertura comercial, liberalización de la inversión extranjera y retiro del estado de sus funciones económicas como orientador, regulador y promotor del crecimiento económico y el bienestar social, con la amenaza de quedar al margen del progreso y del transito al primer mundo.Con bases en esa premisa de inserción neoliberal en la globalización contemporánea, los estados nacionales han aplicado una disciplina –llamada cambio o ajuste estructural en América Latina—basada en los siguientes principios:

1. liberalización de los precios.2. liberalización del comercio exterior.3. desincorporación y privatización de empresas paraestatales.4. liberalización y desregulación para la inversión extranjera, eliminando y reduciendo restricciones y requisitos de desempeño.

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5. reducción del gasto publico y productivo y asistencial (incluyendo la reducción o supresión de subvenciones a los alimentos, insumos y energéticos)6. deterioro de los salarios reales y de los ingresos de las mayorías nacionales.7. restricción de la oferta monetaria y crediticia.8. aumento de los ingresos públicos mediante reformas fiscales y la revalorización de los bienes y servicios vendidos por el Estado.9. liberalización de los mercados financieros.10. reducción o supresión de las políticas industriales o de fomento económico. 2.-EL DERECHO DE LA ECONOMIA DE MERCADO LIBRE A LAS ECONOMIAS MIXTAS.

Este sistema, conocido también como economía de mercado capitalista, surgió en el siglo XVIII, consolidándose universalmente en el siglo XIX y principios del siglo XX al calor de la revolución industrial que tiene como centro geoeconómico a Inglaterra. Los diez factores que determinan su gestación son:

1.-consolidacion de los mercados nacionales (Francia e Inglaterra)2.-apetertura de los mercados internacionales 3.- invenciones tecnológicas productivas4.-consolidacion de la propiedad privada sobre los medios de producción.5.-division social del trabajo.6.-desarroollode las ideas liberales (libertad, igualdad y fraternidad).7.-desarrollode instrumentos financieros, monetarios y bancario y de sociedades mercantiles.8.-presencia de un estado abstencionista con limitadas tareas 8custodia de fronteras, seguridad interna y regulador externo de los individuos).9.-la economía es una actividad natural autorregulada por el mercado que fija, mediante los precios, las retribuciones al capital y al trabajo.10.-la libertad económica es total, tanto a nivel interno como a nivel de los intercambios entre países (división internacional del trabajo).

Este modelo económico tuvo su mayor esplendor en el siglo XIX, experimentando al comienzo del siglo XX diversos desajustes, crisis y desequilibrios que desembocaron en el primera guerra mundial (1914?y en la gran crisis de 1929-1930, fenómenos que atacan en su esencia los principios y caracteres antes mencionados.

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Sistema de economía libre o de mercado capitalista liberal (liberalismo ya superado)

Iniciativa-innovación organización por empresas

privadas

Libertad contractual propiedad privada

Utilidades discrecionales

Lucro

Rango

Responsabilidad

Mercado

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Sistema de economía centralmente planificada, sistema socialista o colectivo.

B. SISTEMA DE ECONOMIA CENTRALMENTE PLANIFICADA.

Este sistema tiene como fuente de inspiración la filosofía marxista-leninista que rechaza la propiedad privada sobre los medios de producción y que la remplaza por la propiedad estatal colectiva.

Su critica al capitalismo se orienta a que la tendencia privada en la producción condena a la explotación a los trabajadores en condiciones de vida de subsistencia, pues el salario no corresponde al trabajo efectivamente realizado, existiendo una plusvalía o plusvador en favor de los empresarios, lo que los transforma en explotadores y clase dominante que controla el Estado e impone su derecho, un derecho burgués, al resto de la sociedad. Esto origina una lucha de clases permanente en el capitalismo que terminara con la revolución, en la que los trabajadores socializan la producción, toman el Estado e imponen un nuevo orden jurídico: el derecho socialista.

El primer país que siguió esta directrices ideológico-políticas fue Rusia en 1917; posteriormente conformo un bloque de países socialistas: la

Iniciativa e innovación estatal organización

social.

Contratos dirigidos propiedad estatal

Unidades colectivas

Beneficio social

Riesgo estatal

Responsabilidad del Estado

Planificación global imperativa.

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unión soviética, Rumania, Hungría, etc. Pero a fines de los ochenta se desintegraron estrepitosamente, actualmente solo cuba, Vietnam, corea del norte y la republica popular china, con sus particularidades sigue las premisas del sistema socialista.

Las características de estos sistemas económicos son:

1.-propiedad social sobre los medios de producción 2.-planificacion autoritaria de toda la economía 3.-monopolio estatal del comercio exterior 4.-rigido control de cambios 5.-desarrollo del derecho público o socialista (derecho de la planificación y derecho económico)6.-sistema político de partido único (no democrático)7.-inexistencias de libertad económica ( o de empresa)

C. SISTEMA DE ECONOMIA MIXTA.

Este sistema recibe diversos nombres: economía social de mercado; economía de mercado con planificación indicativa; economía socialista de mercado; economía de mercado administrativo y, mas jurídicamente, Estado social de derecho.

Este modelo económico surge en la década de 1930 como respuesta al colapso de las economías puras de mercado. Se sustenta en las teorías de John Maynard Keynes y en experiencia del “NUEVO TRATO” , del presidente Franklin Delano Roosevelt, de Estados Unidos de América (1934) sus principales características son:

1.-rectoria del estado en la dirección del sistema económico.2.-creacion de un sector publico estratégico 3.-existencias de empresas privadas nacionales y extranjeras4.-areas económicas planificadas o publicitarias.5.-areas económicas concurrenciales o privatizadas 6.-aceptacion parcial y regulada de los mecanismos del mercado7.-liberacion parcial del comercio exterior 8.-proteccion estatal de sectores atrasados9.-servicios públicos en salud, seguridad social, etc.10.-libertad individual empresarial.

En síntesis, el derecho en la economía internacional del mercado libre sufre cambios conceptuales profundos que alteran las bases mismas de lo que se conocen como derecho nacional o internacional. La revolución del conocimiento y los vertiginosos adelantos técnicos-

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científicos (nuevos materiales, la biotecnología, la informatización de la vida diaria y las relaciones multilenguas etc.), preparan un nuevo derecho que recientemente esta generación comienza a vislumbrar.

SISTEMA DE ECONOMIA MIXTA O DUAL (MODELO APLICABLE A MEXICO)

3. FORMAS DE INTERVENCION.

La intervención, así definida, utiliza en su primera aparición historia tres técnicas: policía, fenómeno y servicios públicos.

º La técnica de policía consiste en el resguardo externo que el Estado efectúa a los agentes privados de la actividad económica (protección y seguridades jurídicas a la actividad empresarial privada).

º La técnica de fenómeno consiste en el establecimiento de apoyos tributarios, financieros y crediticios, a las actividades económicas privadas.

Iniciativa dualista innovación dualista

organización dualista

Contratos administrativos propiedad, función social

Utilidades privadas

Lucro administrativo

Riesgo compartido

Responsabilidades compartidas

Mercado

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º El servicio publico consiste en la ejecución de actividades o prestación de servicios que por su naturaleza no interesan al sector privado, pues son consustanciales a la funciones de estado (defensa, administración de justicia, salud y educación).

El estado dirige la política económica mediantes instrumentos directos (política monetaria, fiscal, comercio exterior, empresa publicas) e indirectos (políticas salariales, de empleo, seguridad social, educativa, científica y tecnológica, etcétera).

La intervención directa es la intervención participativa de ejecución, por la cual el Estado es un sujeto económico más que actúa y dirige actividades económicas; es una intervención estatal administrativa, pues generalmente se traduce en acciones realizadas por medio de empresas publicas.

Esta intervención directa no es casual ni indicativa, sino que de forma sistemática participa (en competencia) o sustituye (en monopolio) a los particulares en el proceso de desarrollo, producción y distribución de bienes y servicios.

Los modos de gestión publica directa pueden ser, a su vez: centralizados (departamento administrativo o delegaciones de secretarias o ministerios) o descentralizados (organismos descentralizados, fideicomisos públicos o sociedades anónimas estatales) que cumplen una gestión instrumental generalmente de tipo económico y bajo directriz de la política económica del Estado.

La orientación, concentración y planeación son principios de las economías mixtas, que transitoriamente han sido relegadas a cambios de nuevas economías de mercado.

A.ORIENTACION

El Estado deja de intervenir para asumir un papel promotor del crecimiento económico. Para esta tarea promotora el Estado crea las condiciones macroeconómicas indispensables para que los agentes privados ocupen un lugar activo y protagónico.

Su tarea orientadora se basa en equilibrar las finanzas públicas, propiciar latas tasas de crecimiento, aumentar los ingresos y generar suficientes empleos. Los puntos relevantes al respecto serian:

a) Establecer el equilibrio entre crecimiento económico, mejoría social y preservación del ambiente;

b) Capitalizar las actividades industriales;

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c) Alcanzar un desarrollo regional geoeconómicamente equilibrado;

d) Impulsar el aumento del ahorro interno, y e) Cerrar la brecha de la extrema pobreza y crear alternativas a la

informalidad económica de los centros urbanos.

B. CONCETRACION

En las economías de mercado, la libre concurrencia o competencia económica es un valor o interés protegido de alta significación. Se busca que los operadores y agentes económicos actúen y promuevan la eficacia económica y respeten un autentico proceso competitivo, esto es, un escenario en que los empresarios compitan entre si, vía costos menores, innovaciones tecnológicas, mejores servicios y, lógicamente, menores precios para los consumidores.

El tema de la competencia debe abordarse desde una doble perspectiva; un economía, que incide en la actividad económica de las empresas en el mercado, y otra jurídica, cuyo contenido normativo proviene de la facultad, aceptada incluso en regímenes liberales, de que el poder publico pueda limitar la libre competencia del sector privado , sobre la base de evitar monopolios y concentraciones productivas o de servicios que ataquen al sistema económico y erosionen una autentica eficiencia empresarial y mercantil.

Bajo una empresa monopólica, el precio pagado por los consumidores es mayor y la cantidad es menor que en una situación competitiva, o el precio es igual y la calidad de los bienes inferior.

En contraste, cuando un mercado es competitivo, los empresarios reciben a cambio el bien o servicio que producen un monto de ingreso por cada unidad adicional igual al costo adicional (que incluye también la remuneración al empresario) en que concurrieron para producirla. Dicho ingreso es asimismo equivalente al precio que los consumidores están dispuestos a pagar por el bien.

En un contexto competitivo, existe un gran número de empresas en la industria produciendo un bien más o menos homogéneo: ninguna de ellas puede elevar el precio porque los consumidores cambiarían de proveedor. Tampoco pueden restringir su oferta porque sus ingresos disminuyen al mantenerse el precio fijo. De esta manera se alcanza la eficiencia distributiva, por que tanto los productores como los consumidores maximizan su bienestar.

Page 24: Apuntes Der Economico

C. PLANEACION

Toda planeación o planificación constituye una intervención deliberada basada en un conocimiento racional mínimo del proceso socioeconómico y político de un país. Se presenta como una técnica sociopolítica que compagina medios, instrumentos, mecanismos, evaluaciones y procesos sociales, por los cuales los actores, estructuras y movimientos buscan alcanzar metas y objetivos, consentidos democráticamente por un cuerpo social o comunidad.

Toda planeación presupone una estrategia de desarrollo que tiene como destinatarios o beneficiarios a determinados grupos o sectores sociales, sin omitir las necesidades generales de interés publico.

En una economía de mercado, la planeación se visualiza como una técnica autentica, pues limita y anula la libre decisión de los agentes y sectores privados. Sin embargo, sectorialmente se acepta su aplicación en áreas conflictivas y criticas (suelo urbano, planeación agrícola, derecho ecológico e, incluso, en materia poblacional y familiar).

En México la planeación democrática tiene una clara basa constitucional (art.26 de la constitución); sin embargo, su aplicación es letra muerta frente a la economía de mercado que rige desde la década de los noventa.

FACULTADES DEL CONGRESO DE LA UNION EN MATERIA EOCNOMICA

El artículo 73ª de la carta fundamental establece las facultades del congreso de la unión, pueden clasificarse en tres grupos:

a) Las que pertenece al congreso de la unión y que ejercen ambas cámaras en forma separada y sucesiva.

b) Las que son exclusivas y propias de la cámara de diputado (articulo 74ª) o de la de senadores (art 76ª). En este caso, las funciones las ejercen cada una en forma totalmente independiente de otra, y

c) Las que, siendo iguales para ambas cámaras, ejercen cada una por separado sin intervención de la otra ( art.77)

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ART. 73º FRACCIONES QUE SE CONSIDERAN EN EL DERECHO ECONOMICO

Fracción VII

Fracción VIII

Fracción IX

Fracción XVIII

Fracción XXIV

Fracción XXVIII

Fracción XXIV-F

Fracción X

FACULTADES DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE D.F EN MATERIA ECONOMICA.

El artículo 42º establece las siguientes facultades en materia económica:

º examinar, discutir y aprobar anualmente la ley de ingreso y el presupuesto de egresos del D.F, analizando primero las contribuciones que a su juicio deban decretarse para cubrirlos

º formular su proyecto de presupuesto

º determinar la ampliación del plazo de presentación de las iniciativas de leyes de ingresos y del proyecto de presupuesto de egresos.

º formular observaciones al programa general de desarrollo del D.F que le remita al jefe de gobierno del D.F para su examen y opinión

º expedir las disposiciones legales para organizar la hacienda publica, la contaduría mayor y el presupuesto, la contabilidad y el gasto publico del D.F.

ATRIBUCIONES DEL CONGRESO DE LA UNION EN MORELOS.

LEY ORGANIZA PARA EL CONGRESO DEL ESTADO DE MORELOS

ART. 2 el congreso del estado, ejercerá las facultades que le confiere la constitución política de los Estados Unidos Mexicanos, la constitución política del estado libre y soberano de Morelos, la

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presente ley , su reglamento y las demás disposiciones legales aplicables

ART.3 el congreso del estado, procurara un orden pùblico, justo y eficaz, mediante la expedición de leyes, decretos y acuerdos, conciliando los legítimos intereses de la sociedad. El congreso del estado, verificara de los ordenamientos que expida de acuerdo a lo que determine la presente ley y el reglamento del congreso del estado.

RECURSOS NATURALES

Llamamos recursos naturales a todos aquellos elementos que nos proporciona la naturaleza, de los cuales se sirve el hombre para satisfacer sus necesidades de orden material. Al respecto, Angel Bassols precisa:

Dentro de los factores que integran la naturaleza, deben individualizarse aquellos que realmente se consideran recursos naturales, o sea, las riquezas o fenómenos de orden físico que se usan o pueda o puedan utilizarse para satisfacer necesidades de la sociedad, incluyendo en estas últimas no sólo las de carácter económico, sino también las que ayudan a mejorar la salud, a practicar el deporte o fomentar el conocimiento de la propia naturaleza (árboles, agua y suelo) y también a todos ella tomado en su conjunto dentro de una expresión compleja (parques nacionales, reservas de caza, bellezas panorámicas). 3

Los recursos naturales se caracterizan en general por ser limitados e independientes; limitados porque están sujetos a las leyes naturales que les imponen tasas de crecimiento.

Son interdependientes, pues entre ellos se da una relación funcional de equilibrio en que la alteración de uno afecta al desarrollo de los otros.

Se clasifican en renovables y no renovables. Son renovables aquellos susceptibles de renovarse merced a la ley natural o bien por la acción del hombre, y que se controlan jurídicamente por vía de la facultad estatal de policía, se mencionan el suelo, la atmosfera, la flora y la fauna silvestre, la energía solar, hidroeléctrica y eólica, el agua y el clima.

3 Bassolos Batalla, Ángel, “Recursos naturales de México” , Nuestro Tiempo, México, 1980, p.50.

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Los recursos naturales no renovables o agotables son aquellos que se consumen con el uso, como minerales, hidrocarburos, carbón mineral y fuente geotérmicas.

El desarrollo científico y tecnológico permite al hombre explotar y dominar su entorno natural en forma racional o irracional, razón por la cual es importante su protección.

Los textos constitucionales y legales referidos a la protección de los recursos naturales nos señalan tres principios que coinciden con el ámbito de la política económica del Estado y por lo tanto con el área regulatoria del derecho económico:

1. Derecho a la protección en sí de los recursos naturales (reservas hidroeléctricas, parques nacionales, monumentos naturales, vedas y reservas de tierra y forestales).

2. Derecho a un aprovechamiento racional de los recursos naturales, vía instituciones, mediante licencias, permisos, concesiones, limitaciones administrativas, etcétera.

3. Ejercicio de facultades de policía administrativa que fomenta y con las actividades económicas relacionadas con los recursos naturales.

Los recursos naturales no renovables se inscriben directamente en el ámbito del derecho económico, pus su importancia, pues su importancia es estratégica para ,la economía de los países y sus características, además de agotables y limitadas, imponen al poder público tratamiento y protecciones que tienen como eje a la titularidad pública, con exclusión nominal de los particulares.

6.2 Desarrollo sustentable

Este concepto nace en 1980 en la Estrategia Mundial para la Conservación de la Naturaleza del Programa de las Naciones Unidas sobre Medio Ambiente, el cual trata de conciliar el desarrollo económico con la conservación y protección los recursos naturales.

El primer documento internacional que reconoce este concepto es el Informe Bruntland, que consideraba al desarrollo sustentable como aquel que satisface las necesidades de la presente generación sin comprender la capacidad de las generaciones futuras para satisfacer sus propios requerimientos. En esta definición se integran tres elemento: la cobertura de necesidades básicas en la presenten generación, la capacidad de los sistemas naturales básicas en la

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presente generación, la capacidad de los sistemas naturales para lograrlo y la cobertura de las necesidades de generaciones futuras.

El desarrollo sustentable puede entenderse como proceso, y que sus restricciones más importantes tienen relación con la explotación de los recursos, la orientación de la evolución tecnológica y el marco institucional.

Después de 1987 la idea del desarrollo sustentable, no tardó en ser retomada, en ello influyo la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Ambientes y Desarrollo se realizó en Rio de Janeiro, Brasil, en junio de 1992. El reconocimiento de que los países dependen de sus recursos naturales para su desarrollo, ha llevado a la reflexión de las necesidades de adoptar formas distintas de desarrollo que impliquen una producción sostenida, integra un conjunto de principios orientadores para hacer frente al desafío de diseñar un futuro más racional, estable y equitativo.

El desarrollo sustentable compatibiliza la satisfacción de las necesidades y aspiraciones sociales de hoy con el mantenimiento de equilibrios biosfericos y sociales indispensables para el propio proceso de desarrollo, actúa, y futuro.

Del discurso ambientalista provienen los aspectos relacionados con los efectos transgeneraciones de la actividad productiva actuales y los vinculados a la racionalidad ecológica del desarrollo. El discurso del desarrollo sustentable junto con el de la preservación de la biodiversidad, los derechos de los pueblos indígenas, la agricultura sustentable y las externalidades y los valores ambientales transformados en capital natural, cultural y humano. Sus objetivos principales son:

A) Mantener en los procesos ecológicos y los niveles vitales de los cuales dependen el desarrollo humano;

B) Preservar la diversidad genética de los seres vivos, en general;C) Asegurar el aprovechamiento sostenido de las especies de los

ecosistemas.4

6.3 Apropiación, explotación y aprovechamiento de los recursos naturales. Regímenes jurídicos establecidos en el artículo 27 constitucional.

4 Gutiérrez Nájera, Raquel, Introducción al estudio del derecho ambiental, Porrúa, México, 1998, p. 51; y Provencio, Enrique, El desarrollo en los noventa el desarrollo sustentable, hacia una política ambiental, UNAM, Coordinación de Humanidades, México, 1993, p. 62.

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Las tierras y aguas comprendidas en territorio nacional son propiedad originaria de la nación, y que precisamente a ella corresponde transmitir su dominio, fijándose de esta manera la propiedad privada.

Los bienes de la Nación son imprescriptibles y no son susceptibles de enajenarse por ningún título, sin embargo en algunos casos, su explotación y aprovechamiento se puede permitir a los particulares a través de concesión otorgada por el Ejecutivo Federal, en los términos de las leyes respectivas.

Se determina que únicamente puede adquirir el dominio de las tierras, aguas y sus accesiones, u obtener concesiones de explotación de minas o aguas, los mexicanos por nacimiento o por naturalización, así como las sociedades mexicanas; solo se permitirá adquirir u obtener la concesión de dichos bienes a los extranjeros que ante la secretaria de relaciones exteriores convengan en considerarse como nacionales respecto de los mismos y renuncien a la protección de sus gobiernos y leyes de su país de origen.

6.4 Enunciados de la legislación reglamentaria (objeto y sujeto de la ley, definiciones, fines, autoridad competente y procedimiento desde el punto de vista jurídico-económico)

6.4.1 en las materias de:

6.4.1.1 Hidrocarburos

El petróleo es posible uno de los elementos más definidores de la actual coyuntura de nuestra civilización industrial. Alto poder energético, facilidad de manejo y transporte, abundantes subproducto; por el contrario, su explotación es costosa y aleatoria, las reservas son limitadas, la distribución geográfica desigual y finalmente requiere de cuantiosas inversiones en infraestructura tanto para crudos como para petroquímicos.

El cuarto párrafo del artículo 27 constitucional es el fundamento de la legislación en materia mismo que dispone: Corresponde a la Nación el dominio directo de… el petróleo y todos los carburos de hidrogeno sólido, liquido o gaseoso…

La ley reglamentaria del Artículo 27 constitucional en el ramo el petróleo (DOF, 29 de noviembre de 1958 ) y su reglamento (DOF, 25 de agosto de 1959) 5

5 Reformas publicadas en el DOF el 24 de septiembre de 1959, 9 de febrero de 1971, 8 de enero y 26 de junio de 2006.

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Según el Artículo primero de esta ley:

Podrá llevar a cabo las distintas explotaciones de estos hidrocarburos, abarcando (articulo

3o):

1.- La explotación, la exploración, la refina ion, el trasporte, el almacenamiento, la distribución y las ventas de primera mano de aquellos derivados del petróleo y del gas que sean susceptibles de servir como materias primas industriales básicas y que constituyen petroquímicos básicos que a continuación se enumeran:

a) Etano

b) Propano

c) Butano

d) Pentano

e) Hexano

f) Hepano

Ley Orgánica de Petróleo Mexicano y Organismos Subsidiarios (DOF, 16 de julio de 1992)

Tiene por objeto establecer los términos por que el Estado realice las actividades que le corresponden en exclusiva en las áreas estratégicas del petróleo. Esta ley transformo la estructura original de Petróleos Mexicanos dividiéndolos en cuatro entidades. Asimismo, Pemex Corporativo mantiene la conducción central y la dirección estratégica de la industria petrolera de los cuatro organismos descentralizados.

Pemex –Explorativo y productivo. Lleva a cabo la exploración y explotación de los hidrocarburos localizados dentro del territorio nacional por medio de igniciones

Pemex- Refinación. Tiene a su cargo la realización de procesos industriales de la refinación

Pemex- Gas y Petroquímica Básica. Realiza el procedimiento del gas natural, líquidos del gas natural y gas artificial, almacenamiento de estos hidrocarburos.

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Pemex – Petroquímicos. Tiene a su cargo los procesos industriales petroquímicos secundarios y terciarios cuyo producto no forman parte de la industria petroquímica secundaria.

Las actividades estratégicas que esta ley determina solo pueden realizarse por estos organismos.

Permisos de cogeneración, autogeneración y autoabastecimiento a empresas privadas

La administración de ex presidente Carlos Salinas de Gortari se otorgó 16 permisos de autoabastecimiento y cogeneración. Por su parte, la administración de Ernesto Zedillo Ponce de León otorgo 158 de estos permisos, incluyendo a productores extranjeros.

El artículo 27 constitucional señala en su párrafo sexto:

Corresponde exclusivamente a la nación generar, conducir, transformar distribuir y abastecer energía eléctrica q tenga por objeto la prestación de servicio público. En esta materia no se otorgaran concesiones a los particulares y la Nación aprovechará los bienes y recursos naturales que se requieran para dichos fines…

Asimismo, el artículo 28 constitucional dispone en su párrafo cuarto:

No constituirán monopolios las funciones que el Estado ejerza de manera exclusiva en las siguientes áreas estratégicas: correos, telégrafos y radiotelegrafía; petróleo y los demás hidrocarburos; petroquímicas básicas; minerales radioactivos y generación de energía nuclear; electricidad y las actividades que expresamente señalen las leyes que expida el Congreso de la Unión.

6.4.1.2 Energía Eléctrica

Se ha convertido en una necesidad la vida moderna. Como recurso natural no renovable, la energía eléctrica se ubica como reserva exclusiva (artículo 27 constitucional, párrafo VI), exclusividad que se refiere a la presentación del servicio público de energía eléctrica

Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica (DOF, 22 de diciembre de 1975) 6 y su reglamento (DOF, 31 de mayo de 1993) 7

6 Reformas publicadas en el DOF los días 27 de diciembre de 1983, 31 de diciembre de 1989, 23 de diciembre de 1992 y 22 de diciembre de 1993

7 Reforma publicada en el DOF el 19 de mayo de 1997 y el 25 de julio de 1997.

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En diciembre de1992 se modificó, con el objeto de crear el marco legal apropiado para la participación de intervencionistas privados en el proceso de generación de energía eléctrica a través de autoabastecimiento, cogeneración, pequeña producción y producción independiente.

De acuerdo con el artículo 27 constitucional, el servicio público de energía seguirá siguiendo proporcionando por l Nación,; sin embargo, la secretaria de energía, oyendo la opinión de la comisión federal de electricidad, puede otorgar permisos de autoabastecimiento, cogeneración, producción independiente, pequeña producción, o de importación o explotación de energía eléctrica a los particulares.

La prestación del servicio público de energía comprende (artículo 4)

La planeación del sistema eléctrico nacional;

La generación, conducción, transformación, distribución y venta de energía eléctrica; y

La realización de todas las obras, instalaciones y trabajos que requieran la planeación, ejecución, operación y mantenimiento del sistema eléctrico nacional.

(articulo7)

Tiene por objeto:

a) Prestar el servicio público de energía eléctrica b) Proponer a la secretaria de Energía los programas a que se

refiere el artículo sexto;c) Explorar energía eléctrica y forma exclusiva , importarla para la

presentación del servicio publico d) Celebrar convenios o contratos con los Gobiernos de las

entidades federativas.

El reglamento detalla la regulación relativa a las obligaciones y facultades del suministrador, las obras eléctricas para servicio público, obras para alumbrado público y urbanización de fraccionamientos.

De acuerdo con el artículo 27 constitucional, el servicio público de energía eléctrica seguir siendo proporcionado por la nación; sin embargo, la Secretaria Energía, oyendo la opinión de la Comisión

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Federal de Electricidad, puede otorgar permisos, de acuerdo con las siguientes restricciones: (artículo 36)

1.- De autoabastecimiento de energía eléctrica destinada a la satisfacción de necesidades propiedades de personas física o morales

2.- De cogeneración para generar energía eléctrica producid conjuntamente con vapor u otro tipo de energía eléctrica producida conjuntamente con vapor u otro tipo de energía térmica secundaria, o ambos.

3.- De producción independiente, para generar energía eléctrica destinada a su vente a la comisión federal de electricidad, quedando está legalmente obligada a adquirirla en los términos y condiciones económicas.

6.4.1.3 Energía Nuclear

Según los párrafos cuarto y sexto del artículo 27 constitucional, los minerales radioactivos son propiedad de la Nación si se encuentran en territorio nacional. Su explotación y aprovechamiento están reservados de manera exclusiva al Estado.

Por parte del párrafo séptimo dispone textualmente:

Corresponde también a la Nación el aprovechamiento de los combustibles nucleares para la generación de energía nuclear solo tendrá fines. Es decir, la exploración, explotación y el aprovechamiento de los minerales de este tipo, combustible nucleares, usos energía nuclear en general, se encuentran exclusivamente reservados al Estado.

Ley del Artículo 27 Constitucional en Materia Nuclear (DOF, 4 de febrero de 1985)8

El objeto de ley referida es nuclear la exploración, explotación y e, beneficio de minerales radioactivos así como el aprovechamiento de los combustibles nucleares, los usos de energía nuclear y todo lo relacionado con la misma.

La gestión directa estatal de los minerales radioactivos está a cargo del Consejo de Recursos Minerales (artículos 9)

8 Reformas publicadas en el DOF el 23 de enero de 1998

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Se entiende por industrias nucleares la explotación, refinación y el ciclo del combustible nuclear, hasta el diseño, fabricación y empleo de reactores nucleares y fuentes de radiación

6.4.1.4 Pesca

Ley general de Pesca y Acuacultura Sustentable

Esta ley de conformidad con su artículo primero es de orden público, e interés social, siendo reglamentaria del artículo 27 de constitucional; y los recursos pesqueros y acuícola en el territorio nacional y las zonas sobre las que la Nación ejerce su soberanía y jurisdicción; y conforme al artículo 73 fracción XXIX-L constitucional establece las bases para el ejercicio de las atribuciones que en la materia corresponde a la federación.

Por su parte el artículo segundo señal como objetivos de la ley a los siguientes: establecer y definir loa principios para ordenar, fomentar y regular el manejo integral y el aprovechamiento sustentable de la pesca y la acuacultura, considerando los aspectos sociales, tecnológicos, productivos, biológicos y ambientales; promover e, mejoramiento de la calidad de vida de los pescadores y acuicultores del país a través de programas sectoriales correspondientes; establecer las bases para la ordenación, conservación, la protección, la repoblación y el aprovechamiento sustentable de los pesqueros y acuícolas así como la protección y rehabilitación de los ecosistemas en que se encuentran; fijar las normas básicas para planear y regular el aprovechamiento de los recursos pesqueros y acuícolas, en medio ambientes seleccionados.

6.4.1.5 Forestal

Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (DOF, 25 de febrero de 2003)

Esta ley es reglamentaria del artículo 27 constitucional, sus disposiciones son de orden e interés público y de observancia general en todo el territorio nacional, y tiene por objeto regular y fomentar la conservación, protección, restauración, producción, ordenación, el cultivo, manejo, y aprovechamiento de los ecosistemas forestales del país y sus recursos, así como distribuir las competencias que en materia forestal correspondan a la Federación, los Estados, el Distrito Federal y los Municipios, bajo el

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principio de concurrencia previsto en el artículo 73 fracción XXIX inciso G de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con el fin de propicia el desarrollo forestal sustentable.

Las atribuciones de la Secretaria de Medio ambiente y Recursos Naturales son (artículo 16):

I. Formular y conducir la política nacional de desarrollo forestal sustentable y asegurar su congruencia con la política ambiental y de recursos naturales nacional, así como, las relacionadas con el desarrollo rural;

II. Diseñar los instrumentos de policía forestal previstos en esta ley y pasión de ,a Comisión en las materias de su competencia;

III. Elaborar el Programa Estratégico Forestal Nacional, con la participación e la Comisión de las materias de su competencia.

IV. Conducir el Servicio Nacional Forestal, como instrumento de integración de las dependencias y entidades públicas vinculadas con la atención del sector forestal.

6.4.1.6 Minería

La producción minera nacional la componen cuatro siderúrgicos y los 27 metálicos. Esta variedad de minerales se distribuye en 28 estados de la república.

El artículo 27 constitucional en sus párrafos cuarto y sexto, establece el régimen constitucional de la minería en México. El párrafo cuarto señala:

Corresponde a la Nación el dominio directo de todo los recursos naturales de la plataforma continental y los zócalos submarinos de las islas; de todo los minerales o substancias que en ventas, mantos, masas o yacimientos de piedras preciosas, de sal de gema y las salinas formadas directamente por rocas, cuando su explotación necesite trabajos subterráneos; los yacimientos minerales u orgánicos de materia susceptible de ser utilizadas como fertilizantes; los combustibles minerales solidos; el petróleo y todos los carburos de hidrogeno solidos o gaseosos; y el espacio situado sobre el territorio nacional, en la extinción que fije el derecho internacional.

Ley Minera (DOF, 26 de junio de 1992) 9

9 Reforma publicada en DOF el 24 de diciembre de 1996 y el 26 de junio de 2006.

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Esta ley regula la exploración, explotación y beneficio de los minerales o sustancias que en vetas mantos, masas o yacimientos constituyen depósitos cuya naturaleza sea distinta de los componentes de los terrenos.

6.4.1.7 Tierra

Es el espacio terrestre de un país constituye el cuadro natural de las actividades agrícolas, ganaderas y artesanales, actividades primarias que forjaron el crecimiento y evolución del hombre actual. Este desarrollo rural, regido hasta ayer por el derecho civil que definía los derechos y transmisión de los propietarios, ha sido impactado por los fenómenos trascendentales: 1) el desarrollo de las ciudades y 2) los progresos técnicos; ambos, a su vez, influidos por el aumento demográfico y sus respectivas demandas alimentarias y habitaciones.

Ley Agraria

Esta ley reglamentaria del artículo 27 constitucional en materia agraria y de observación general en toda la república. Para efectos de nuestro análisis, el capítulo II de esta ley regula lo relativo a las tierras ejidales, las que por su destino, se divide en:

Tierras para el asentamiento humano

Tierras de uso común

Tierras parceladas

6.4.1.8 Zona Económica Exclusiva

Es un área situada más allá del mar territorial y adyacente a este, donde el Estado costero goza de una serie de derechos económicos, que la Convención de 1982 enumera en su artículo 56.

La zona económica exclusiva no se extenderá más allá de 200 millas marinas contadas desde las líneas de base a partir de las cuales se mide la anchura del mar territorial. Todos los Estados, sean ribereños o sin litoral, gozan, con sujeción a las disposiciones de la Convención.

En cuanto a las especies altamente migratorias, el Estado ribereño y los otros Estados cuyas nacionales es que en la región las especies altamente migratorias que enumeran el Anexo I cooperaran, directamente o por conducto de las organizaciones internacionales apropiadas, con miras a asegurar la conservación y promover el

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objeto de la utilización óptima de dichas especies en toda la región, tanto como fuera de la zona económica exclusiva.

LAS FINANZAS PÚBLICAS Y EL DERECHO ECONOMICO COMO INSTRUMENTO PARA EL EQUILIBRIO DE LA ECONOMIA Y EL DESARROLLO

7.1 “LA POLITICA FISCAL: CONCEPTO Y FINES CUANTITATIVOS Y CUALITATIVOS”

Las finanzas públicas constituyen un aspecto central para definir o tipificar un sistema económico. Cuando el estado se apropia de los recursos materiales necesarios para satisfacer las necesidades colectivas o publicas, la calificación de estas necesidades es resultado de una decisión política que se expresa en un documento publico llamado presupuesto.

Gerhard Colm señala que el presupuesto “es el programa de acción de las fuerzas políticas que gobiernan el Estado”, cuyas ideas se van a manifestar en el monto y naturaleza de los gastos, en la relación de estos con los ingresos (teoría del equilibrio y del desequilibrio presupuestal)”.

Para Colm _”el presupuesto es , como si dijéramos, el centro nervioso de la economía política, y desempeña en ella el papel del mercado en la economía privada.

10

Gerloff, uno de los más grandes teóricos contemporáneos de la ciencia financiera, decía que:

El punto de partida de toda consideración económico- financiera consiste por consiguiente, en la cuestión económico-estatal y económico-política de saber que parte de los recursos disponibles en

10 Colm, Gerhard, tratado de finanzas publicas, El Ateneo, Buenos Aires, 1971, p. 390

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una economía debe ser utilizada para satisfacer las necesidades publicas.

En la economía publica las resoluciones sobre la disposición de bienes y servicios, sobre la distribución y el pago de los mismos, son adoptadas principalmente por la organización política, es decir, por la colaboración entre los órganos parlamentarios, ejecutivos y administrativos, según las normas constitucionales de cada país.

Expresaba RETCHKIMAN que:

El punto de partida ha de ser la distinción entre gastos forzosos y gastos operativos.

Los gastos forzosos garantiza la satisfacción de la demanda existencial del Estado y ala vez el modo de vivir de la población respecto a ciertas realidades básicas de la existencia, como libertad, seguridad etc.

La proporción de los gastos forzosos respecto a los optativos se determina por la estructura del organismo público o de la comunidad publica.

El monto de los gastos optativos depende de los gastos en su totalidad. Ellos aumentan en un presupuesto creciente con mayor rapidez que los gastos forzosos.

El gasto Público es expresión de un estándar de vida, la cual debe relacionarse con ciertos factores para caracterizar su calidad social y cultural en una población.

El presupuesto presenta las siguientes características:

Competencia exclusiva del Estado para su formulación, aprobación y ejecución.

Principio de legalidad, tanto en materia de gastos como de ingresos;

Anualidad del presupuesto, característica que se une a la anualidad de los impuestos.

De naturaleza jurídica compleja. Puede ser considerando una ley material o formal, o un acto administrativo aprobado por el congreso;

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Unidad del presupuesto. Consiste en la reunión o agrupación de la totalidad de los gatos y recursos del estado y un documento único e indivisible.

Principio de universalidad. Se conoce también como principio de producto bruto, por el cual no se admite la compensación o confusión entre gastos y recursos. Este principio se ha flexibilizado con el desarrollo del sector paraestatal; las empresas paraestatales deben entregar el presupuesto de sus saldos netos positivos o negativos arrojado durante la gestión anual de tales organismos;

Principio de no afectación de recursos. Esta característica tiene como finalidad básica impedir que determinados ingresos sufran una especial afectación.

Especificación de gastos. Como facultad del congreso, este principio impone al Ejecutivo la limitación del gasto publico. El ejecutivo esta obligado a realizar erogaciones sancionadas de acuerdo con las especificaciones de gastos detallados en el documento presupuestario, aprobados por el congreso o parlamento.

Las fuentes jurídicas que regulan el presupuesto de egresos son las fracciones VIII del artículo 73, y IV del artículo 74 constitucional, La ley de presupuesto, Contabilidad y Gasto publico, La ley General de Deuda Publica y las leyes anuales de ingresos de la Federación.

7.1.1 “LOS INSTRUMENTOS DE LA POLITICA FISCAL: LA LEY DE INGRESOS Y EL PRESUSPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION”.

Clasificación de los ingresos fiscales que corresponden a los siguientes rubros:

Impuestos (ISR, Impuesto al activo, IVA, IESPS, Impuestos al comercio exterior etc.

Contribuciones de Mejoras

Derechos;

Contribuciones no comprendidas en las fracciones precedentes causadas en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o de pago;

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Productos

Aprovechamiento

Ingresos de organismos y empresas

Aportaciones de seguridad social

Ingresos derivados de financiamientos.

La ley de ingresos de la federación para el ejercicio fiscal de 2007 fue publicada en el DOF el 27 de diciembre de 2006. La ley se divide en cuatro capítulos:

1.- De los ingresos y el endeudamiento publico

2.- De las obligaciones de petróleos Mexicanos

3.- De las facilidades administrativas y estímulos fiscales

4.- De la información, la transparencia y la evaluación de la eficiencia recaudatoria, la fiscalización y el endeudamiento.

El presupuesto como instrumento jurídico – económico comprende cuatro fases:

1.- Preparación o elaboración

2.- Sanción o aprobación

3.- Ejecución, y

4.- control

En México, la constitución dividió la competencia al respecto en dos fases esencialmente políticas. A) El ejecutivo Federal prepara y presenta el proyecto del presupuesto, y b) La cámara de diputados lo aprueba y lo controla.

Los artículos 74 y 131 constitucionales facultan al ejecutivo federal para preparas y presentar el proyecto de presupuesto y la ley de ingresos de la federación, anualmente y en fechas precisas. Esta función la cumple la secretaria de hacienda y crédito publico.

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7.1.2 “LEY DE PRESUPUESTO, CONTABILIDAD Y GASTO PÚBLICO. CICLO PRESUPUESTARIO”

Mediante la expedición de esta ley se abrogo la ley de presupuesto, contabilidad y gasto público federal y se derogaron todas las disposiciones opuestas a lo dispuesto por la misma. El reglamento de la ley federal de presupuesto y responsabilidad hacendaria dejo sin efectos al reglamento de la ley de presupuesto, contabilidad y gasto público F. publicado en el Diario Oficial el día 18 de noviembre de 1981.

La nueva ley es de orden publico y tiene por objeto reglamentar los artículos 74 fracción IV, 75, 126 Y 134 constitucionales.

Las dependencias y entidades de la administración pública federal deberán observar las disposiciones generales que emitan la secretaria de hacienda y crédito público y la secretaria de la función pública.

Art. 4: la ley señala que el gasto publico federal comprende las erogaciones por concepto de gasto corriente etc.

El ejecutivo federal: por conducto de la secretaria de hacienda y crédito público federal correspondiente a las dependencias y entidades.

Art. 24: señala que la programación y presupuestacion del gasto público comprende:

Las actividades que deberán realizar las dependencias y entidades para llevar a cabo los objetivos, políticas, estrategias etc.

Las previsiones del gasto público para cubrir los recursos humanos, materiales, financieros y de otra índole.

En el presupuesto de egresos se aprobaran las previsiones de gasto con un nivel de agregación de ramo y programa. En el caso de las entidades, las previsiones de gasto se aprobaran por flujo de efectivo y programa.

EL PROYECTO LEY DE INGRESOS CONTENDRA:

La exposición de motivos en la que señale:

La política de Ingresos del Ejecutivo Federal.

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Los montos de ingresos en los últimos cinco ejercicios fiscales;

La estimación de los ingresos para el año que se presupuesta y las metas objetivo de los siguientes cinco ejercicios fiscales;

La explicación para el año que se presupuesta sobre los gastos fiscales, incluyendo los estímulos.

La propuesta de endeudamiento neto para el año que se presupuesta y las estimaciones para los siguientes cinco ejercicios fiscales;

La evolución de la política de deuda publica de los ejercicios fiscales anterior y en curso;

La estimación de las amortizaciones para el año que se presupuesta y el calendario de amortizaciones de los siguientes ejercicios fiscales;

La estimación del saldo histórico de los requerimientos financieros del sector publico para el año que se presupuesta y los siguientes cinco ejercicios fiscales.

EL PROYECTO DE DECRETO DE LEY DE INGRESOS, INCLUIRA:

La estimación de ingresos del Gobierno Federal, de las entidades de control directo;

Las propuestas de endeudamiento neto del Gobierno Federal, la intermediación financiera, los artículos 73 y 122 de la constitución política de los Estados Unidos.

Disposiciones en materia de transparencia fiscal e información que se deberá incluir en lo sin formes trimestrales.

EL PROYECTO DE PRESUPUESTO DE EGRESOS CONTENDRA:

La exposición de motivos en la que señale:

La política de gasto del Ejecutivo Federal;

Las políticas de gasto en los poderes Legislativo y Judicial y en los entes autónomos;

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Los montos de egresos de los últimos cinco ejercicios fiscales;

La estimación de los egresos para el año que se presupuesta y las metas objetivo de los siguientes cinco ejercicios fiscales;

PROYECTO DE DECRETO, LOS ANEXOS Y TOMOS, INCLUIRAN:

Las previsiones de gasto de los ramos autónomos;

Las previsiones de gasto de los ramos administrativos;

Un capitulo especifico que incorpore los flujos de efectivo de las entidades de control directo;

Las previsiones de gasto de los ramos generales;

En su caso, las disposiciones generales que rijan en el ejercicio fiscal;

Un apartado que contenga las principales variaciones que se proponen con respecto al año en curso y su justificación;

Un capitulo especifico que incorpore las previsiones de gasto que correspondan a gastos obligatorios.

El procedimiento que debe seguir la aprobación de la ley de Ingresos y del Presupuesto de Egresos es el siguiente: El ejecutivo, por conducto de la secretaria de Hacienda, deberá enviar al Congreso de la Unión a mas tardar el 1 de abril un documento que contenga los principales objetivos para la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos del año siguiente.

El ejecutivo, por conducto de la secretaria de Hacienda, remitirá a la Cámara de Diputados, a más tardar el 30 de junio de cada año.

El 8 de septiembre de cada año, el Ejecutivo Federal remitirá al Congreso de la Unión: Los criterios generales de política económica.

Ley de ingresos será aprobada por la Cámara de Diputados a más tardar el 20 de octubre y, por la Cámara de senadores, a más tardar el 31 de octubre.

El presupuesto de Egresos deberá ser aprobado por la Cámara de Diputados a más tardar el 15 de noviembre.

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Ley de ingresos y el Presupuesto de Egresos deberán publicarse en el diario oficial de la Federación a más tardar 20 días naturales después de ser aprobados.

El Ejecutivo Federal a más tardar dentro de los 20 días naturales posteriores, las modificaciones respectivas al Presupuesto de Egresos.

7.1.3 “LEY GENERAL DE DEUDA PÚBLICA”

El aumento creciente de los gastos gubernamentales para atender las necesidades colectivas ha llevado a los Estados contemporáneos a recurrir al endeudamiento,, tanto interno como externo.

El congreso de la Unión aprobó la ley, cuya exposición de motivos expresa:

Las perspectivas financieras del país deben encauzarse por los caminos que la experiencia y la técnica aconsejan. Los recursos crediticios del sector público federal deben enfocarse ala producción de bienes y servicios, en tal forma que su utilización se dirija, fundamentalmente, a la realización de proyectos, actividades y empresas que apoyen los planes para su pago o que se empleen para el mejoramiento de la estructura del propio endeudamiento publico. De fundamental importancia es que el servicio de la deuda pública se mantenga siempre dentro de la capacidad de pago del sector público y del país en su conjunto. Y agrega:

La ley General de la deuda pública tiende, en suma, a optimizar el uso de los recursos financieros que capte el sector público federal a través del crédito, tanto interno como externo.

La ley faculta al Ejecutivo Federal para contraer obligaciones que imponen a la Nación, siempre que se fundamenten y programen, autorizados pos la Secretaria de Hacienda y Crédito Publico.

Dicha competencia esta subordinada a la exigencia legal de que el adeudo corresponda a una obligación pública productiva, o bien al canje o refinanciamiento de adeudos anteriores.

Corresponde al Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaria de Hacienda y Crédito público (articulo 4).

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La secretaria de Hacienda y crédito Público tiene a su cargo, además de vigilar que los créditos obtenidos por las entidades públicas se apliquen a planes productivos que autogeneren su servicio, llevar un registro de la misma.

7.1.4 “LEY DE ADQUISICIONES Y OBRAS PÚBLICAS”

Esta ley tiene por objeto regular las acciones relativas a la planeación, programación, presupuestacion, contratación, gasto y control de las adquisiciones y arrendamientos de bienes muebles y la prestación de servicios de cualquier naturaleza, que realicen (Art. 1º.)

Las unidades administrativas de la presidencia de la Republica;

Las secretarias de estado, departamentos administrativos y la consejería jurídica del ejecutivo federal;

La procuraduría general de la republica;

Los organismos descentralizados;

Las empresas de participación estatal mayoritaria y los fideicomisos en los que el fideicomitente sea el gobierno federal de una entidad paraestatal, y

Las entidades federativas, con cargo total o parcial a fondos federales, conforme a los convenios que celebren con el Ejecutivo Federal.

7.1.4 “LEY DE OBRAS PUBLICAS Y SERVICIO RELACIONADOS CON LAS MISMAS” (DOF, 4 DE ENERO DE 2000).

Tienen por objeto regular las acciones relativas a la planeación, programación y control de las obras públicas.

Se consideran obras publicas los trabajos que tengan por objeto construir, instalar, ampliar, adecuar, remodelar, restaurar, conservar, mantener, modificar y demoler bienes inmuebles (articulo 3º).

Los reglamentos de ambas leyes fueron publicadas en el DOF el 20 de agosto de 2001.

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El marco jurídico se complementa con el capitulo X del TLCAN, cuyas principales reglas en la materia son: trato nacional y no discriminatorio, reglas de origen, provisión de compensaciones, especificaciones técnicas, calificación de proveedores, listas permanentes de proveedores, programas para las micros, operación técnica.

7.2 La política monetaria, conceptos y objetivos

La política monetaria es una parte de la política económica, que consiste en la acción consciente emprendida por las autoridades monetarias (bancos centrales) o la inacción deliberada, para cambiar la cantidad, la disponibilidad o el costo del dinero, con objeto de contribuir a lograr algunos de los objetivos básicos de la política económica. El más importante para la política monetaria es, sin duda, la estabilización de precios, pero también coopera en la meta de un crecimiento sostenido y también a favor del equilibrio externo.

Los objetivos de la política monetaria son, en el mundo actual, las políticas de estabilización, actuaciones a corto plazo que pretenden mantener un nivel de demanda efectiva suficiente para alcanzar un nivel aceptable de crecimiento de la renta y del empleo sin presionar excesivamente sobre el nivel de precios.

Los sujetos o agentes encargados de aplicar la política monetaria de un país son: a) el banco central, facultado para manipular los instrumentos monetarios que regula la liquidez, y b) el gobierno, normalmente a través del respectivo Ministerio de Economía o de Finanzas. Con carácter general, el gobierno a quien establece los objetivos económicos que pretende lograr: la tasa de crecimiento de los precios, la tasa de crecimiento del PIB o el nivel de empleo. Cuando se pretende mantener un tipo de cambio fijo, este puede venir determinado desde dentro o desde fuera del país (caso del Sistema Monetario Europeo). En aquellas economías en las que el banco central tiene un mayor grado de autonomía, es él quien suele responsabilizarse de fijar el nivel de precios que considera deseable de alcanzar.

7.2.1 El banco de México, ordenador de la política monetaria a través de la política cuantitativa y de la política cualitativa (Técnicas directas en indirectas). Ley orgánica del Banco de México

El objeto fundamental de la reforma del artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos fue el dotar de autonomía al Banco de México. Al efecto, en el párrafo sexto de ese artículo se establece que:

Art. 28 Párrafo sexto:

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El Estado tendrá un banco central que será autónomo en el ejercicio de sus funciones y en su administración. Su objetivo prioritario será procurar la estabilidad del poder adquisitivo de la moneda nacional, fortaleciendo con ello la rectoría del desarrollo nacional que corresponde al Estado. Ninguna autoridad podrá ordenar al Banco conceder financiamiento.

Así mismo, en el séptimo párrafo de ese precepto se establece que:

La conducción del banco estará a cargo de personas cuya designación será hecha por el Presidente de la Republica con la aprobación de la Cámara de Senadores o de la Comisión Permanente, en su caso; desempeñarán su encargo por periodos cuya duración y escalonamiento provean al ejercicio

autónomo de sus funciones: sólo podrán ser removidas por causa grave y no podrán tener ningún otro empleo, cargo o comisión, con excepción de aquellos en que actúen es representación del banco y de los no remunerados en asociaciones docentes, científicas, culturales o de beneficencia. La razón fundamental para establecer la autonomía se funda en la necesidad de procurar un equilibrio financiero y una estabilidad sobre la moneda. Esta autonomía da al banco la facultad de adoptar las medidas necesarias para lograr una armonía en el sistema de pagos, además de otros propósitos, como mantener equilibrio sobre la emisión de la moneda; esto permite mantener un estándar de control sobre la inflación. Estas medidas, a su vez, están encaminadas a lograr un sistema financiero sólido y eficaz que permita fomentar la inversión y la productividad.

Ley del Banco de México (DOF, 23 de diciembre de 1993)

Consistente con la Reforma constitucional antes mencionada, con fecha de 23 de diciembre de 1993 se publica en el Diario Oficial de la Federación la Ley reglamentaria del artículo 28, que materializa la nueva naturaleza jurídica y estructura del Banco de México.

ARTICULO 2o.- El Banco de México tendrá por finalidad proveer a la economía del país de moneda nacional. En la consecución de esta finalidad tendrá como objetivo prioritario procurar la estabilidad del poder adquisitivo de dicha moneda. Serán también finalidades del Banco promover el sano desarrollo del sistema financiero y propiciar el buen funcionamiento de los sistemas de pagos.

ARTICULO 3o.- El Banco desempeñará las funciones siguientes:

I. Regular la emisión y circulación de la moneda, los cambios, la intermediación y los servicios financieros, así como los sistemas de pagos;

II. Operar con las instituciones de crédito como banco de reserva y acreditante de última instancia;

III. Prestar servicios de tesorería al Gobierno Federal y actuar como agente financiero del mismo;

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IV. Fungir como asesor del Gobierno Federal en materia económica y, particularmente, financiera;

V. Participar en el Fondo Monetario Internacional y en otros organismos de cooperación financiera internacional o que agrupen a bancos centrales, y

VI. Operar con los organismos a que se refiere la fracción V anterior, con bancos centrales y con otras personas morales extranjeras que ejerzan funciones de autoridad en materia financiera.

7.2.3 Los instrumentos primarios de la política monetaria: operaciones de mercado abierto: el redescuento, porcentajes de reservas obligatorias, otros instrumentos

A partir de los años setenta los instrumentos monetarios han tendido a unificarse en el ámbito internacional. Son de aplicación predecible y regular. Los instrumentos monetarios clásicos son: las

operaciones de mercado abierto, la manipulación de la tasa de redescuento y las variaciones en los porcentajes de reservas obligatorias.

Los instrumentos monetarios clásicos son: las operaciones de mercado abierto, la manipulación de la tasa de redescuento y las variaciones en los porcentajes de reservas obligaciones.

Operaciones de mercado abierto

Las operaciones de mercado abierto, u OMA para abreviar, corresponde a un tipo de operación de compra-venta realizada por el Banco central en el mercado abierto. Son una de las medidas de planificación de política monetaria que pueden llevarse a cabo en un mercado abierto, junto con la modificación de la tasa de interés, la modificación de la tasa de cambio y la modificación de la tasa de encaje bancaria y operaciones con el sector público y con el propio sector bancario. Como puede apreciarse, hay dos tipos fundamentales de operaciones de mercado abierto (open market): las operaciones en firme y las operaciones con pacto de recompra (cuando se venden se acorda la fecha en la que se van a volver a comprar). Se puede realizar cuatro tipos de actuaciones:

a) elevación de los tipos de interés de los valores. En principio los bancos mantendrán valores en función de la rentabilidad que les reporten: cuanto mayor sea esta, mayor será el interés por conservarlos o adquirirlos. Siempre que se lleve a cabo un aumento de los títulos en poder de la banca, con disminución de su tesorería, se estará produciendo una reducción de la liquidez.

b) disminución de los tipos de interés de los valores. Su efecto es inverso al anterior.

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c) venta de valores por parte del banco central. Producirá una detracción de liquidez de los bancos cuando éstos los adquieran

d) Compra de los valores por parte del banco central. Se inyectará dinero al resto del sistema financiero.

El redescuento (tipo de Interés básico, tasa de descuento)

Este instrumento consiste en la adquisición por la autoridad monetaria de valores o efectos descontados con anterioridad por la banca. En la práctica funciona como créditos concedidos por el banco central a los bancos, con o sin garantía de títulos (son las “facilidades crediticias”). El volumen del redescuento se ve afectados por tres tipos de variables:

1.-Las líneas del redescuento, o límites máximos que puedes redescontar el banco central.

2.-Los sectores económicos sobre los que existe compromiso de redescuento.

3.-La tasa de redescuento, es decir, el tipo de interés al cual realizar la operación.

Cuando se desea inyectar liquidez al sistema financiero, le banco central puedes disminuir el tipo de redescuento y/o aumentar la líneas o cantidades totales de efectos redescontados. De esta manera, las entidades financieras que acuda a obtener este tipo de crédito del banco emisor tendrán mayor volumen de dinero, que a continuación podrán prestar a sus clientes.

En la actualidad el redescuento funciona más a través de la modificación del tipo de interés que del establecimiento de líneas de redescuento, puesto que se ha generalizado el uso del tipo de interés como variable operativa. Durante la década de 1980 este instrumento perdió importancia, salvo en Japón, aunque en Alemania, Austria, Holanda y Portugal todavía sigue siento relevante.

Las variaciones del tipo de redescuento suelen funcionar como señal de alarma, es decir, como indicador a los agentes económicos de lo que puede suceder a continuación, lo cual significa que los mercados reaccionan de inmediato ante su utilización.

Variaciones en los porcentajes de reservas obligatorias

La legislación de muchos países exige a las entidades financieras el mantenimiento de unas reservas frente a sus depósitos, ya sea en dinero, legal o en depósitos en el banco central. Estas reservas pueden cumplir varios fines: solvencia, liquidez, control monetario, incluso financiación del déficit público. Al inicio predomino la preocupación por la solvencia y, por ellos, el coeficiente de reserva era rígido y no susceptible de frecuentes variaciones, puesto que servía para dar seguridad a los depositantes, Después de la Segunda Guerra mundial las reservas tuvieron como fin primordial la absorción de dinero

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sobrante para evitar una excesiva expansión de la oferta monetaria, sobre todo procedente del superávit de la balanza de pagos.

La forma más habitual de las reservas bancarias es el coeficiente de caja, establecido como una proporción del volumen de depósitos y todas las posibles formas de captar fondos por parte de los intermediarios financieros. La cantidad resultante debe ser depositada en el banco central, pero también cabe que pueda ser mantenida en caja por los bancos. Éstos, para cumplir con dicha obligación, informan al banco central periódicamente del volumen total de sus depósitos computables, dato que es importante para controlar la liquidez.

Otros instrumentos monetarios

Existe una enorme diversidad de instrumentos que pueden utilizarse para regular la liquidez y que han sido usados con mayor o menos intensidad en todos los países.

7.2.3 Sistema financiero. Ley de Agrupaciones Financieras y Ley de Instituciones de Crédito

El sistema financiero ha venido experimentado desde la década de los ochenta una transformación significativa. Dicho cambio se evidencia en un fortalecimiento de la intermediación financiera, que no funciona con base en depósitos y que se conoce como intermediación bursátil. Esto es, la intermediación bursátil reemplaza a la intermediación bancaria.

Esta división hace que el sistema financiero mexicano adquiera formas más sofisticadas de funcionamiento, donde las fuentes de crédito pasan de un sistema basado en instituciones que reciben depósitos de corto plazo y otorgan préstamos de largo plazo a otro basado en mercado de valores. Éste es un proceso de cambio de una estructura financiera simple y altamente autorregulada a una sofisticación en la estructura y funcionamiento del sistema financiero comienza en 1989 vía liberalización del sector y reprivatización de los bancos. La premisa

fundamental de esta reformas legales es que en el nuevo contexto internacional, la eficiencia y competitividad del sector se logra no en la dispersión legal, sino en una verdadera corporativización financiera.

De manera adicional, la reforma constitucional de junio de 1990 permitió el restablecimiento del régimen mixto en la prestación de servicios de banca y crédito, al introducir cambios sustanciales al régimen de propiedad que regulaba a la banca desde la nacionalización de 1982. Tres iniciativas legislativas: La Ley de Instituciones de Crédito, las modificaciones a la Ley del Mercado de Valores y la Ley para regular las Instituciones financieras son básicas en esa dirección.

En el mes de junio de 2006 el Banco de México dio a conocer su nuevo Reporte sobre el Sistema Financiero Mexicano, mismo que será publicado anualmente.

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La llamada banca comercial o múltiple ( por la diversidad de operaciones que lleva a cabo= se encunetra intregrada al cierre de 2006 por 40 instituciones, de las cuales recibieron su licencia recientemente en este mismo año: Banco Autofin México, Banco Compartamos, Banco Ahorro Famsa, Banco Multiva, Banco regional,, UBS Bank México, Barclay’s Bank México, Banco Wal- Mart de México Adelante, Banco Comercial del Noreste, Banco Fácil, BanCoppel y prudencial Banck , en su mayoría se trata de filiales de bancos foráneos o pertenecen a grupos corporativos comerciales.

Ley de Instituciones de Crédito

La Ley de Instituciones de Crédito orienta el tránsito de la estructura de banca múltiple, existente desde los setenta, hacia una de banca universal más en consonancia con la tendencia internacional dominante. El propósito es la explotación de economías de escala como medio para reducir costos y mejorar la rentabilidad, lo que permite enfrentar la competencia internacional.

La ley tiene por objeto regular el servicio de banca y crédito; la organización y funcionamiento de las instituciones de crédito; las actividades y operaciones que las mismas podrán realizar; su sano y equilibrado desarrollo; la protección de los intereses del público ; y los términos en que el Estado ejercerá la rectoría financiera del Sistema Bancario Mexicano.

Ley de Agrupaciones Financieras

Esta ley regula la formación, organización y funcionamiento de los grupos financieros así como las atribuciones de las autoridades financieras, siendo facultad del ejecutivo federal, a través de la Secretaría de hacienda y Crédito Público, interpretar los preceptos de esta ley para efectos administrativos.

7.3 Coordinación de la política monetaria y de la política fiscal

En el Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006 (PND) se planteó como un elemento estratégico coordinar la política fiscal con la política monetaria, para establecer condiciones de certidumbre que permitan mantener la estabilidad en el entorno económico y coadyuvar a que la economía nacional crezca de manera sostenida. En congruencia con este planteamiento, el Programa Nacional de Financiamiento del Desarrollo 2002-2006 (PRONAFIDE) definió como un objetivo prioritario propiciar las condiciones necesarias para que el país cuente con los recursos financieros suficientes que permitan sustentar las estrategias económicas y sociales, con base en las siguientes cinco líneas estratégicas:

· La instrumentación de la reforma estructural y provisión de infraestructura.

· El esfuerzo de ahorro público.

· El impulso al ahorro privado.

· La utilización del ahorro externo como complemento del ahorro interno.

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· El fortalecimiento del sistema financiero y la transformación de la banca de fomento.

La coordinación de las políticas fiscal y monetaria prevalecientes en la actual administración, ha coadyuvado a que se mantenga la tendencia decreciente de las tasas de interés y de la inflación, así como a proteger la estabilidad económica y financiera, en un contexto de incertidumbre y volatilidad de los mercados internacionales en el que la economía internacional se recupera a un ritmo más lento que el esperado.

VII Derecho económico y fomento industrial

8.1 política de fomento industrial.

Dependiendo el sistema económico vigente, las normas jurídico - económicas que fomentan la actividad industrial.

El sector industrial y su fomento en México comprende la planta productiva nacional, la suma de empresas manufactureras que tienen como arranque básico la utilización de energéticos, sector estratégico que por mandato constitucional está radicado en el sector publico de la economía (energía eléctrica y petróleo, este modelo se ha consolidado paulatinamente con base a tres premisas esenciales:

1. Sanamiento de las finanzas publicas2. Privatización de empresas paraestatales3. Apertura económica y comercial.

Los instrumentos de política económica han sido los numerosos pactos o acuerdos para la estabilidad y el crecimiento, mecanismos cupulares, no previstos ni en la carta fundamental ni en el derecho económico nacional.

8.2 Instrumentos jurídicos para el desarrollo económico.

A. Subsidios

“Aquellas asignaciones de recursos federales que, a través de las dependencias y entidades, se otorgan a los diferentes sectores de la sociedad o a las entidades federativas para fomentar el

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desarrollo de actividades prioritarias de interés general, como son entre otras, proporcionar a los usuarios o consumidores los bienes y servicios a precios y tarifas por debajo de los de mercado. Asimismo, a los recursos federales que el Gobierno Federal otorga a los diferentes sectores de la sociedad y a los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios, como apoyos económicos, sean de carácter recuperable o no”

Los subsidios son aprobados en el presupuesto de egresos para el ejercicio fiscal 2007, por medio del programa para la fiscalización del gasto federalizado, así como los recursos a que se refiere el artículo 82, fracción XI, de la ley federal de presupuesto y responsabilidad hacendaria, destinados a la fiscalización de los recursos federales transferidos a las entidades federativas a través de convenios de reasignación, deberán sujetarse para su aplicación a las reglas de operación de dicho programa.

La distribución por entidad federativa de los subsidios del programa para la fiscalización del Gasto Federalizado deberá ser publicada en el Diario Oficial de la Federación y en el periódico oficial de la entidad federativa que corresponda , junto con las reglas de operación de dicho programa, todos estos subsidios serán administrados por la Tesorería de la Federación , la auditoria superior de la federación y los programas técnicos de fiscalización de las legislaturas locales deberán publicar en sus respectivas páginas de Internet informes trimestrales sobre la aplicación de los recursos de dicho programa, en los términos que establezcan las reglas de operación del mismo (artículo 10 del presupuesto de Egreso para el 2007).

Subsidios del ramo Administrativo 20 Desarrollo pobreza y de marginación de acuerdo con los criterios oficiales dados a conocer por la secretaría de Desarrollo social, acciones que promuevan la superación de la pobreza a través de la educación, salud, alimentación, generación de empleo e ingreso, autoempleo y capacitación.

Los subsidios se clasifican en:

Subsidios a la producción: Destinados a promover la producción y transformación de bienes, así como la presentación de servicios básicos estratégicos en los sectores económicos, a fin de apoyar su generación, sin alterar el precio de mercado.

Subsidios a la Distribución: Destinados al apoyo de la comercialización y distribución de los bienes y servicios básicos que realizan los sectores económicos, buscando que no impacten el precio de los mismos.

Subsidios al consumo: Destinados a mantener un menor nivel en los precios de bienes y servicios de consumo básico que distribuyen los sectores económicos.

Subsidios para Inversión: Destinadas a mantener y promover la inversión la inversión de los sectores social y privado en actividades económicas estratégicas.

Subsidios para cubrir diferenciales de tasas de interés: Destinadas a cubrir los diferenciales generados en las operaciones financieras realizadas para el desarrollo y fomento de actividades prioritarias mediante la aplicación de tasas fijas en los créditos otorgados, cuando se realiza a tasas de mercado.

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Subsidios para la capacitación y becas: Destinados al sostenimiento o ayuda de estudiantes y personas que realicen estudios e investigaciones en planteles e instituciones educativas y de investigación del país o del extranjero, así como programas de capacitación para el empleo.

B. Estímulos Fiscales

Son un beneficio de carácter económico concedidos por la ley fiscal al sujeto pasivo de un impuesto con objeto de obtener de él ciertos fines de carácter para fiscal.

Los elementos del estimulo fiscal son:

La existencia de una contribución a cargo del beneficiario del estimulo. Una situación especial del contribuyente, establecida en abstracto por la disposición

leal que otorga y que, al concentrarse, da origen al derecho del contribuyente para exigir el otorgamiento de dicho estimulo a su favor.

Un objeto de carácter para fiscal.

Los estímulos fiscales pueden ser:

a) Generales o específicos, ya que se otorguen para hacerse efectivos contra cualquier impuesto o cargo al beneficiario o se hagan efectivos contra un tributo especifico.

b) Federales y locales, en función de su ámbito de competencia.

C. Desregulación económica

La desregulación es efectivamente eliminar las normas que entorpecen el acceso de los particulares a un sector económico, traducir en mejorar y adaptar la regulación existente, es decir volver a regular, pero en un criterio de eficiencia.

Mediante la desregulación se pretende eliminar los obstáculos a la competencia, a efecto de que las empresas privadas puedan competir con éxito en sectores económicos en los que concurren al mercado junto con empresas públicas, situación que se presenta principalmente en materia de servicios públicos.

El objetivo es eliminar las barreras que protegen determinadas actividades económicas, con objeto de introducir o fomentar la competencia, eliminando los monopolios o actividades monopólicas fomentadas por la regulación existente.

En 1995 se da el acuerdo para la Desregulación de la Actividad empresarial, fortaleciendo las reformas a la Ley Federal de procedimiento Administrativo de 2000, mientras las cueles se crea la comisión Federal de Mejora regulatoria (Cofemer), la comisión federal de mejora regulatoria es un órgano administrativo desconcentrado de la secretaría de Economía, encargado de promover la transparencia en la elaboración y aplicación de las regulaciones y que estas generen beneficios superiores a sus costos y el máximo beneficio para la sociedad

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Algunas de sus atribuciones:

1.- Revisar el marco regulatorio nacional, diagnosticar su aplicación y elaborar para su propuesta al titular del Ejecutivo Federal proyectos de disposiciones legislativas y administrativas y programas para mejorar la regulación en actividades o sectores económicos específicos.

2.- Dictaminar los anteproyectores a que se refiere el artículo 69-H y las manifestaciones de impacto regulatorio correspondientes

3.- Llevar el registro federal de trámites y servicios

4.- Opinar sobre los programas de mejora regulatoria de las dependencias y los organismos descentralizados de la administración pública federal

5.- Brindar asesoría técnica en materia de mejora regulatoria a las dependencias y organismos descentralizados de la administración pública, así como los estados y municipios que lo soliciten, y celebren convenios para tal efecto.

La mejora regulatoria en este nuevo plan de desarrollo es entendida como el proceso sistemático y permanente de revisión de la regulación mediante la consulta pública y la evaluación de alternativas, para garantizar que la gestión y aplicación de la ley ambiental sean efectivas, eficientes, expeditas, transparentes y que incentiven inversiones sustentables, se buscara le revisión del marco jurídico ambiental en aras de garantizar un medio ambiente sano que proteja los recursos naturales. De esta forma, la comisión Federal de Mejora regulatoria participa en las estrategias planteadas por el Plan Nacional de Desarrollo 2007- 2012 en apoyo de lograr una mayor competitividad de la economía.

11

11 Sempé Minvielle, carlos, Técnica legislativa y desregulación,2ª.ed., Porrúa, México,1998,p.182.

Gomez Acebo, op. Cit., nota 25,p.15.

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D. Programas de apoyo financiero

Piderigas

Es el acrónimo de los proyectos de infraestructura diferenciados en el registro del gasto público y fueron creados en el año de 1996, estructura productiva de largo plazo también conocidos como inversión financiada por el sector privado, son propuestas de inversión pública con registro presupuestario diferido en el tiempo, conforme a los artículos 18 de la ley general de deuda pública y 32 de la ley federal de presupuesto y responsabilidad hacendaria.

Se crearon estos proyectos ante la necesidad de fortalecer la infraestructura productiva del país en aéreas estratégicas; su importancia económica radica en la posibilidad de que las inversiones impulsen el desarrollo económico nacional aprovechando su utilidad y fortaleciendo las finanzas publicas.

Proyectos de inversión productiva de largo plazo, basados en financiamientos provenientes de inversionistas privados, donde el sector publico pagaría esta inversión con recursos presupuestables, una vez recibidos los proyectos a entera satisfacción por la actividad contratante.

Las pidiregas se pueden dividir en tres etapas:

1.- El gobierno mexicano designa el proyecto como pidiregas y autoriza el gasto del sector privado en su desarrollo.

2.- terceros ejecutan el piderigas y lo entregan a petróleos Mexicanos o a la Comisión Federal de Electricidad.

3.- Petróleos Mexicanos, con la autorización de gobierno federal, paga el monto que se les debe a los contratistas para recibir el proyecto terminado. Asimismo, se registra como un pasivo el monto total de la deuda contratada para financiar el proyecto.

La importancia de pidiregas está en que las inversiones propicien el desarrollo económico nacional, aprovechando su utilidad y fortaleciendo las finanzas públicas; y su impacto habrá de valorarse a la luz de su aporte a la inversión y al ahorro interno, y directamente relacionado con la balanza comercial del país, tomando en cuenta a los precios y ajustes a la capacidad de oferta de los hidrocarburos y la satisfacción de la demanda interna.

12

12 Cámara de Diputados, centro de Estudios de las Finanzas Publicas, pidiregas 2006.

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E. Programas de Desarrollo Empresarial

En el plan de Desarrollo 2007- 2012 se plantearon los objetivos y estrategias en apoyo de las micro pequeñas y medianas empresas (MIP Y ME), con el propósito de establecer las condiciones que contribuyan a su creación, desarrollo y consolidación.

La importancia de las MIP Y ME radica en que constituyen el 99% del total de las unidades económicas del país, representan aproximadamente el 50% del PIB y contribuyen a generar mas del 70% de los empleos en México, de ahí que se busque su fortalecimiento.

Se plantean cuatro estrategias generales para promover el desarrollo de las micro, pequeñas y medianas empresas.

Estrategia 6.1 Favorecer el aumento de la productividad de las MIP Y ME e incrementar el desarrollo de productos acorde con sus necesidades.

Estrategia 6.2 Consolidar los esquemas de apoyo a las MIP Y ME en una sola instancia.

Estrategia 6.3 Impulsar el desarrollo de proveedores, elevando el porcentaje de integración de los insumos nacionales en los productos elaborados en México y consolidado cadenas productivas que permitan una mayor generación de valor agregado en la producción de bienes que se comercian internacionalmente.

Con esta estrategia se pretende seguir una política integral de desarrollo de sectores estratégicos por su importante papel en la generación de valor agregado y el nivel de empleo formal bien remunerado y la promoción del desarrollo regional equilibrado.

Esta estrategia debe complementarse con apoyo directo de recursos financieros mediante un servicio conducente a mayor capacitación y habilidad administrativa, y programas de asesoría y consultoría que faciliten la expansión de empresas y la adopción de nuevas prácticas de producción y de las tecnologías más avanzadas.

3 Problemas de transferencias de tecnología e inversión extranjera

A. La tecnología

Los países industrializados destinan sumas crecientes a la investigación tecnológica, convencidos de que se trata de una inversión redituable, y efectivamente lo es, dado que es la base de la productividad, además de que el proceso de traspaso tecnológico, tal como se verifica actualmente, ha hecho de la tecnología una mercancía que se vende a altos precios en un mercado monopolizado por sus propietarios.

México es un país en desarrollo con enormes carencias todavía no resueltas y con una población mayoritariamente marginada de los beneficios del progreso, y al igual que en las demás naciones

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Que componen ese heterogéneo grupo , es el Estado el que fundamentalmente enfrenta el gasto en las actividades, obviamente de manera incompleta y además generalmente ineficiente.

La crisis financiera que se desencadeno a partir de 1995 ha traído como consecuencia que el estado mexicano destine cada vez menos recursos financieros a este renglón fundamental, por lo que la brecha tecnológica que separa a México de los países industrializados se ha venido ensanchando. Todo esto implica la necesidad de alcanzar una adecuada importación tecnológica y una rápida asimilación de lo importado, aunada a la realización de actividades propias de investigación que propicien innovaciones en procesos y productos, el gobierno debe apoyar los esfuerzos del sector productivo mediante el fortalecimiento de la infraestructura científica y tecnológica, y propiciar el desarrollo de la tecnología en las instituciones de investigación con acciones que faciliten y promuevan la vinculación entre ambos.

El sistema de la propiedad industrial, que es una parte de aquel, se crea con el propósito de proteger las invenciones, recompensando al creador con la ventaja de un monopolio de explotación de su invento para promover estas en beneficio de la comunidad, por lo que desde su origen se presenta estrechamente vinculado al desarrollo tecnológico.

Como ha señalado la organización Mundial de la propiedad Intelectual (OMPI), cuanto más moderna sea la tecnología y más elevado sea el grado de especialización del procedimiento o del producto, tanto más probable es que esa tecnología esté sujeta a derechos de propiedad industrial y que esa información técnica, calificaciones o experiencia profesional este controlada en forma exclusiva por un particular o una empresa que a menudo opera en muchos países, es decir una corporación trasnacional.

Los principales derechos pertenecientes a la propiedad intelectual son las patentes, los certificados de inversión, las marcas, los certificados de dibujos o modelos industriales y los derechos de autor.

*Notamos la diferencia de quien patenta en el extranjero quien va a la cabeza en 2007 se muestra a continuación una grafica.

13

13 Cámara de Diputados, centro de Estudios de las Finanzas Publicas, Pidiregas, 2006.

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J.2 Patentes concedidas (por oficina)

En el gráfico se indica el número de patentes concedidas por oficina en 2005.

La Oficina de Patentes de los Estados Unidos concedió el mayor número de patentes, seguida

de las Oficinas del Japón, la República de Corea (que ha ascendido dos puestos desde 2004) y

China (que ha ascendido un puesto desde 2004), y la OEP.

Estas cinco oficinas abarcan el 74% de las patentes concedidas en todo el mundo en 2005.

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J.3 Patentes concedidas (por país de origen)

En el gráfico se indica el número de patentes concedidas en todo el mundo en 2005 según el país de origen de los solicitantes.

Se concedió el mayor número de patentes a residentes del Japón, seguidos de los de los

Estados Unidos de América, la República de Corea, Alemania y Francia.

Estos cinco países abarcan el 74% de las patentes concedidas en todo el mundo en 2005.

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Cuadro 1: Solicitudes de patente presentadas y patentes concedidas (por oficina)

*Los compañeros expresaban que estados unidos y Japón son los que siempre han demostrado su competitividad ante generar más tecnología y patentar.

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La inversión extranjera

Es la actividad económica (producción o prestación de servicios) que realizan los nacionales de un país en otro mediante la adquisición de activos de cualquier índole, tales como depósitos bancarios, acciones, valores industriales, participación en el capital de empresas locales e incluso en bienes raíces.

La inversión puede ser directa e indirecta, productiva o de portafolio, la inversión extranjera de portafolio es aquella que adquieren valores, con el único objetivo de obtener ganancias especulativas de corto plazo al amparo de tasas de interés altas o de diferencias cambiarias programadas.

La inversión extranjera productiva o directa es el aporte proveniente del extranjero propiedad de personas naturales, o empresas extranjeras, al capital de una empresa local en monedas libremente convertibles, maquinaria o equipos con derecho a la re explotación de su valor en divisas y a la transferencia de utilidades al exterior, el mundo actual ha abierto sus puertas a la inversión extranjera incluso los países mas proteccionistas han reemplazado sus normas de carácter restrictivo o disuasivo por legislaciones que tienden a incentivar los flujos de capital externo.

El enorme interés que existe hoy en los países por atraer inversiones extranjeras ha generado la preocupación por protegerlas debidamente.14

Los tratados de libre comercio signados por muestro país encontramos capítulos, anexos y apéndices relacionados con las inversiones.

Tratados de libre comercio de América del norte. Tratados de libre comercio México – costa rica. Tratados de libre comercio Del grupo de los Tres. Tratados de libre comercio México – chile. Tratados de libre comercio México – Bolivia Tratados de libre comercio México – Nicaragua Tratados de libre comercio México – Israel Tratados de libre comercio México- unión Europea Tratado de libre comercio México- Triangulo del norte. Tratados de libre comercio México- asociación Europea de libre comercio. Tratados de libre comercio México- Uruguay Acuerdo de cooperación económica México- Japón

Legislación reglamentariaA. plan Nacional de Desarrollo 2007 – 2012

El plan Nacional de Desarrollo tiene como finalidad establecer los objetivos nacionales, las estrategias y las prioridades que durante la presente Administración deberán regir la acción del gobierno, de tal forma que esta tenga un rumbo y una dirección clara, el plan

14 OECD proceedings, políticas de inversiones en America Latina y reglas multilaterales de inversiones, parís,1997.

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establece los objetivos y estrategias nacionales que serán la base para los programas sectoriales, especiales, institucionales y regionales que emanan de este.

El desarrollo Humano sustentable como instrumento básico para lograr el desarrollo integral del país, así como sus objetivos, los cinco ejes de política pública de plan son:

Estado de Derecho y seguridad. Economía competitiva y generadora de empleos. Igualdad de oportunidades. Sustentabilidad ambiental Democracia efectiva.

Eje 1. Estado de Derecho y seguridad

El gobierno debe instrumentar los mecanismos para sancionar con objetividad e imparcialidad a quienes no respeten las disposiciones legales en aras de garantizar la seguridad de todos los mexicanos.

Eje 2. Economía competitiva y generadora de empleos

Desempeño de la economía en el sentido de alcanzar mayores niveles de competitividad y generar más y mejores empleos para la población.

Eje 3 Igualdad de oportunidades

Todos los mexicanos sin importar origen o ingresos, deben tener acceso a las mismas oportunidades de formación y de realización, la igual de oportunidades mediante ella puede verificarse la ampliación de capacidades y el mejoramiento de las condiciones de vida de aquellos que más lo requieren.

Eje 4 sustentabilidad ambiental

Los recursos naturales son la base 15 de la sobrevivencia y la vida digna de las personas, tema fundamental para una estrategia integral de desarrollo humano que requiere la conciliación del medio ambiente.

Eje 5. Democracia efectiva y política exterior responsable.

El último eje de política pública previsto en el PND 2007- 2012, en esta tesitura es preciso garantizar que los mexicanos vivan la democracia no solo como procedimiento, sino también como forma de vida.

15 En cada uno de estos rubros se señala información en torno a la situación del país en sus diversos aspectos y con base en ellos se establecen sus respectivos objetivos y estrategias.

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Los programas sectoriales que se elaboraran corresponderán a los sectores administrativos con base en lo dispuesto en los artículos 48 y 49 de la ley orgánica de la administración pública federal.

Una política fiscal responsable y eficiente y el manejo adecuado de la deuda son componentes medulares de la estrategia de desarrollo. Solo así se puede mantener la estabilidad y asegurarse que los recursos públicos se obtengan de la manera más justa y eficiente posible, y que se asignen de manera correcta para maximizar su impacto social.

Se establece el objetivo de contar con una hacienda pública responsable, eficiente y equitativa que promueva el desarrollo en un entorno de estabilidad económica. Son cinco las estrategias a seguir:

Mejorar la administración tributaria fomentando el cumplimiento equitativo en el pago de impuestos y reduciendo la evasión fiscal.

Establecer una estructura tributaria eficiente, equitativa y promotora de la competitividad, permitiendo encontrar fuentes alternativas de ingresos, así como hacer frente a las necesidades de gasto en desarrollo social y económico que tiene el país.

Garantizar una mayor transparencia y rendición de cuentas del gasto público para asegurar que los recursos se utilicen de forma eficiente, así como para desatinar más recursos al desarrollo social y económico

Restablecer sobre bases más firmes la relación fiscal entre el Gobierno Federal y las entidades federativas.

Administrar de forma responsable la deuda pública para consolidar la estabilidad macroeconómica, reducir el costo financiero y promover el desarrollo de los mercados financieros.

Unidad 9 turismo

Introducción.

9.1 El turismo ocupa un lugar destacado dentro de las actividades terciarias o de servicios por ser fuente de empleos y generador de divisas. Más aun, es un factor fundamental de identidad nacional que propicia el entendimiento cultural interno y mejora las relaciones del país en la comunidad internacional.

La actividad turística, conocida también como “industria sin chimeneas”, se ha convertido para muchos países en uno de los capítulos importantes de su balanza de pagos, ya que las erogaciones que hacen los viajeros extranjeros constituyen una entrada de divisas que beneficia su economía nacional. Entre estos beneficios cabe destacar el referente a que el país visitado explota una riqueza que no se menoscaba nunca, pues el turista, a cambio de su dinero,

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recibe principalmente la oportunidad de conocer una urbe, admirar una ruina arqueológica o recrearse en un museo, bienes estos que en general no experimentan ningún desgaste económico directo.

Las riquezas turísticas son patrimonio de un pueblo que habita un territorio y la administración de ellas debe, necesariamente, corresponder al Estado, el cual debe proveer el impulso de las corrientes turísticas, ya sea con criterios sociales internos de integración nacional o atrayendo a turistas extranjeros con campañas de publicidad y protegiendo una estancia tranquila y racional en los lugares de servicios turísticos. Es decir, el Estado debe ejercer una facultad de policía administrativa que oriente y controle a los prestadores de servicios, quienes no solo deben actuar con criterios exclusivamente lucrativos.Contenido.

9.3  * Definición de Turista

La ley de turismo define al turista como: “la persona que viaja desplazándose temporalmente fuera de su lugar de residencia habitual y que utilice alguno de los servicios turísticos a que se refiere esta ley, sin perjuicio de lo dispuesto para efectos migratorios por la Ley General de Población”

 9.2 * Ley Federal de Turismo.

Es una ley de interés público y observancia general en toda la República, correspondiendo su aplicación e interpretación en el ámbito administrativo al Ejecutivo Federal, a través de la SECTUR (Secretaria de Turismo). Esta ley tiene por objeto (Art.2):        * Programar la actividad turística        * Elevar el nivel de vida económico, social y cultural de los habitantes en las entidades federativas y municipios con afluencia turística        * Establecer la aplicación y cumplimiento de los objetivos de esta ley        * Determinar los mecanismos necesarios para la creación, conservación, mejoramiento, protección, promoción y aprovechamiento de los recursos y atractivos turísticos nacionales, preservando el equilibrio ecológico y social de los lugares de que se trate        * Orientar y auxiliar a los turistas nacionales y extranjeros        * Optimizar la calidad de los servicios turísticos        * Fomentar la inversión en esta materia, de capitales nacionales y extranjeros        * Propiciar los mecanismos para la participación del sector privado y social en el cumplimiento d los objetivos de esta ley        * Promover el turismo social, así como fortalecer el patrimonio histórico y cultural de cada región del país.

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        * Garantizar a las personas con discapacidad la igualdad de oportunidades dentro de los programas de desarrollo del sector turismo.

Regula los servicios turísticos (Art.4), siendo estos los prestados por medio de:        * Hoteles, moteles, albergues y demás establecimientos de hospedaje, así como campamentos y paradores de casas rodantes que presten servicios a turistas.        * Agencias, subagencias y operadoras de viajes;        * Guías de turistas, de acuerdo con la clasificación prevista en las disposiciones reglamentarias;        * Restaurantes, cafeterías, bares, centros nocturnos y similares que se encuentren ubicados en hoteles, moteles, albergues, campamentos, paradores de casas rodantes, así como en aeropuertos, terminales de autobuses, estaciones de ferrocarril, museos y zonas arqueológicas        * Empresas de sistemas de intercambio de servicios turísticos

Esta ley regula la planeación de la actividad turística, que incluye la elaboración del programa sectorial turístico y el fomento del turismo social, y las zonas de desarrollo turístico prioritario. Además, la ley regula la operación de los prestadores de servicios y la protección del turista para el caso de que el prestador de servicios incumpla con alguno de los servicios ofrecidos.

9.5  * Programa Nacional de Turismo.

A pesar de que a la fecha no se ha expedido el Programa Nacional de Turismo correspondiente al presente sexenio, si se establecieron en el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 las líneas, objetivos y estrategias a seguir dentro del sector turístico. El PLANADE considera a este sector como una prioridad nacional en virtud de su importancia como factor de desarrollo y motor de crecimiento, destacando su elevada productividad y empleo bien remunerado y la riqueza cultural y natural con que cuenta México. En este contexto, el sector debe ser reconocido como una pieza clave en el desarrollo económico del país, respetando los entornos naturales, culturales y sociales. 

9.4* Ley General de Población.

Esta ley tiene por objeto regular los fenómenos que afectan a la población en cuanto a su volumen, estructura, dinámica y distribución en el territorio nacional, con el fin de lograr que participe justa y equitativamente de los beneficios del desarrollo económico y social (Art.1).Esta ley regula los servicios migratorios y, con relación a la internación de

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extranjeros al país, establece los lineamientos que han de seguir para permitir su legal Regula la internación de los extranjeros de acuerdo con las siguientes calidades:        * No inmigrante            * Turista            * Transmigrante            * Visitante            * Ministro de Culto o asociado religioso            * Asilado Político            * Refugiado            * Estudiante            * Visitante distinguido            * Visitantes locales             * Visitante provisional            * Corresponsal        * Inmigrante

Por otra parte, inmigrante es el extranjero que se interna legalmente en el país con el propósito de radicarse en el en tanto adquiere la calidad de inmigrado.Los inmigrantes se aceptan hasta por cinco años y tienen obligación de comprobar, a satisfacción de la SEGOB, que están cumpliendo con las condiciones que les fueron señaladas al autorizar su internación y con las demás disposiciones migratorias aplicables, a fin de que sea refrendada anualmente, si procede, su documentación migratorio.

UNIDAD 10

EL DERECHO ECONOMICO COMO INSTRUMENTO PARA MEJORAR LA CALIDAD DE LA VIDA

10.1. DERECHO DE LOS ASENTAMIENTOS HUMANOS:

Antes que nada conviene mencionar dos reformas jurídicas trascendentes: la reforma de 1992 al artículo 27 constitucional y la ley General de Asentamientos Humanos.

En conjunto con las disposiciones desregulatorias de simplificación administrativa y el fortalecimiento financiero de los organismos de vivienda, la oferta de tierra resulta, sin lugar a dudas, indispensable para la reactivación del proceso habitacional.

Con la modificación quedo establecido que:

La nación tendrá en todo tiempo el derecho de imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público, así como de regular, en beneficio social, el aprovechamiento de los elementos naturales susceptibles de

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apropiación. En consecuencia, se dictaran las medidas necesarias para ordenar los asentamientos humanos y establecer adecuadas provisiones, usos, reservas y destinos de tierra, aguas y bosques, a efecto de ejecutar obras públicas y de planear y regula la fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento de los cambios de población.

La reforma permite crearlas reservas de tierra necesarias para el ordenamiento de los centros de población y sobre todo aquellas destinadas a la construcción de viviendas, garantizando que las entidades federativas, el Distrito Federal y los municipios tengan capacidad de adquirir los bienes necesarios para los servicios públicos.

_____________________

Reformas publicadas en el DOF el 5 de agosto de 1994

10.1.2 DEFINICION DE ASENTAMIENTOS HUMANOS

Los asentamientos humanos son fenómenos que surgen de manera paralela a los sucesos de urbanización y concentración de las actividades industriales. Son resultado de las migraciones campo-ciudad y de los aumentos anuales de población que experimentan los países que están en vías de desarrollo.

El asentamiento es la expresión de la diferencia existente entre necesidades indispensables y la oferta de viviendas o terrenos que permitan un desarrollo armónico de ciudades y poblados en áreas apropiadas para conformar un habitad mínimo para los grupos de familia que emigran a los centros industriales en busca de trabajo y progreso.

La Ley General de Asentamientos Humanos, constituye una adecuada expresión jurídica del desarrollo sustentable, ya que busca reducir los desequilibrios regionales, garantizar la calidad de vida tanto de la población rural y urbana, conservar el ambiente reconociendo el valor incuantificable de los recursos naturales y fortalecer al municipio en tanto autoridad mas cercana en cuanto a las necesidades de la población.

Los municipios adquirieron una importancia fundamental para llevar acabo las acciones que en política social impulsa el gobierno federal. Asumen atribuciones y funciones que los capacitan para formular, aprobar y administrar planes y programas de desarrollo, planes de desarrollo urbano y habitacional; a ellos les corresponde expedir licencias y permisos de uso del suelo, construcción de fraccionamientos y condominios, re lotificación así como la regularización de la tenencia de la tierra urbana y la adquisición y administración de reservas territoriales.

Con esta ley quedaron enunciadas las acciones básicas que en materia de asentamientos humanos deben observarse: El fomento a las ciudades medias;

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la descongestión de las zonas metropolitana, el resguardo de os centris históricos como patrimonio cultural, la concertación como instrumento de planeación urbana y regional y la regulación del mercado de los terrenos y la vivienda de interés social, dicha reglamentación constituye un paso en cuanto a acotar la función del estado en la planeación del desarrollo en materia de vivienda, por su función de la edificación o mejoramiento de las habitaciones de interés social y popular y en el mercado de la tierra y la vivienda busca evitar los excesos que el libre juego de la oferta y la demanda puedan ocasionar en perjuicio de los mas necesitados.

Las disposiciones de la ley general de asentamientos humanos son de orden publico e interés social.

Conforme al tercer párrafo del articulo 27 constitucional se considera de interés publico y de beneficio social la determinación de provisiones, reservas, usos y destinos de áreas y predios de los centros de población, contenida en los planes o programas de desarrollo humano.

Esta ley regula la concurrencia y coordinación de autoridades, la planeación del ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y el desarrollo urbano de los centros de población, las conurbaciones, las regulaciones a la propiedad en los centros de población, las reservas territoriales, la participación social, el fomento al desarrollo urbano y el control del desarrollo urbano.

La autoridad es la Secretaria de Desarrollo Social (SEDESOL) y no se regula ningún procedimiento administrativo.

___________________

Catalán Valdez, Rafael, Las nuevas políticas de vivienda, Fondo de cultura económica, México, 1993

10.1.3 PROBLEMAS DE VIVIENDA Y BIENESTAR.

El derecho a la vivienda que el estado debe garantizar a sus habitantes en una sociedad planificada y moderna, este derecho que integra el campo de los derechos sociales fue establecido en el articulo 123 de la originaria carta de Queretaro de 1917:

Toda empresa agrícola, industrial, minera o de cualquier otra clase de trabajo estará obligada, según lo determinen las leyes reglamentarias a proporcionar a los trabajadores habitaciones cómodas e higiénicas. Esta obligación se cumplirá mediante las aportaciones que las empresas hagan a un fondo nacional de vivienda a fin de construir depósitos a favor de sus trabajadores y un sistema de financiamiento que permita otorgar a estos crédito barato y suficiente para que adquieran en propiedad tales habitaciones.

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La fracción IV del articulo 4 constitucional señala textualmente: toda familia tiene derecho a disfrutar de vivienda digna y decorosa. La ley establecerá los instrumentos necesarios a fin de alcanzar tal objetivo

___________________

Álvarez del castillo, Enrique, los derechos sociales del pueblo mexicano, tomo II, Porrúa México, 1978, pp. 591 y siguientes.

10.1.4 ÓRGANOS DE GESTIÓN:

A) El Infonavit

El instituto de Fondo Nacional de Vivienda para los trabajadores (INFONAVIT) es un organismo de servicio social con personalidad jurídica y patrimonio propio.

Tiene por objeto:

1) Administrar los recursos del Fondo Nacional de la Vivienda.2) Establecer y operar un sistema de financiamiento que permita a los

trabajadores obtener crédito barato y suficiente para: La adquisición en propiedad de habitaciones cómodas e higiénicas. La construcción, reparación, ampliación o mejoramiento de sus

habitantes, y El pago de pasivos contraídos por los conceptos anteriores.

3) Coordinar y financiar programas de construcción de habitaciones destinadas a ser adquiridas en propiedad por los trabajadores.

Su patrimonio se integra con:

Las aportaciones en numerario, servicios y subsidios que proporcione el gobierno federal;

Las cantidades y comisiones que obtenga por los servicios que presente, los cuales se determinaran en los términos de los reglamentos respectivos;

Los montos que se obtengan de las actualizaciones, recargos, sanciones y multas;

Los bienes y derechos que adquiera por cualquier titulo, y Los rendimientos que obtenga de la inversión de los recursos

anteriores.

B) Fovisste.

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Tiene como fundamento jurídico la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (DOF, 27 de Diciembre de 1983), misma que abrogo su homónima de 1959. A efecto de regular la disposición constitucional (fracciones XL, inciso f) del apartado B del articulo 123 constitucional y diversas disposiciones de Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, se constituyo el Fondo de la Vivienda que tiene por objeto:

Establecer y operar un sistema de financiamiento que prmita a los trabajadores obtener crédito barato y suficiente, mediante prestamos con garantía hipotecaria, o bien, a través del otorgamiento de una garantía personal, en los casos que expresamente determine la Comisión Ejecutiva. Estos préstamos se harán por una sola vez.

Coordinar y financiar programas programas de construcción de habitaciones destinadas a ser adquiridas en propiedad por los trabajadores que carecen de ellas.

4) Fonhapo

Desde su origen, al inicio de la década de 1980, el Fonhapo ha sido un organismo orientado hacia los sectores de mas bajos ingresos, a aquellos que no cuentan con un trabajo estable e ingresos seguros, que trabajan por cuenta propia, y que constituyen lo que se ah llamado el sector informal. Por ello, establece dos requisitos fundamentales para que el crédito sea otorgado: que el beneficiario no sea asalariado; pero, además, que exista una organización de por medio.

5) Fovi

El Fovi es un fideicomiso del Banco de México creado para canalizar recursos por medio de la banca comercial para financiar la vivienda de interés social. Desde su creación en 1981, ha atendido a una población cuyos ingresos oscilan entre los 2 y 12 salarios mínimos, financiando la construcción de vivienda terminada para venta y renta mediante créditos individúales.

_____________

La ley que rige la estructura y facultades de este organismo fue publicada en el DOF el 24 de abril de 1972y a sido reformada en diversas ocasiones.

Articulo 3º ley del infonavit.

Articulo 5º ley de isste

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10.1.5 LEY DE DESARROLLO URBANO DEL DISTRITO FEDERAL ( DOF, 7 de febrero de 1996)

Artículo 1. La presente ley es de orden público e interés social y tiene por objeto:

I. Fijar las normas básicas para planear, programar y regular el ordenamiento territorial y eldesarrollo, mejoramiento, conservación y crecimiento urbanos del Distrito Federal;II. Determinar los usos, destinos y reservas del suelo, su clasificación y zonificación; yIII. La protección, conservación, recuperación y consolidación del Paisaje Urbano del DistritoFederal, así como de los elementos que lo componen.IV. Establecer las normas y principios básicos mediante los cuales se llevará a cabo eldesarrollo urbano; ya) El ejercicio de las atribuciones de la Administración Pública del Distrito Federal;b) La participación democrática de los diversos grupos sociales a través de sus organizacionesrepresentativas; yc) Las acciones de los particulares para que contribuyan al alcance de los objetivos yprioridades del desarrollo urbano y de los programas que se formulen para su ejecución.

Serán de aplicación supletoria a las disposiciones de esta Ley, la Ley General deAsentamientos Humanos, la Ley de Vivienda del Distrito Federal, la Ley Ambiental del DistritoFederal y el Código Civil para el Distrito

Son autoridades en materia de desarrollo urbano (articulo 8º):

l. La asamblea Legislativa del Distrito Federal;

II. El Jefe de Gobierno del D.F.

III. La Secretaria de desarrollo urbano y Vivienda; y

IV. Los delegados del D.F.

_____________

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Reformas publicadas en el DOF el 23 de febrero de 1999 y el 29 de enero de 2004.

EL DERECHO ECONOMICO COMO INSTRUMENTO PARA MEJORAR LA CALIDAD DE LA VIDA

10.2 DERECHOS DEL CONSUMIDOR

CONSUMIDOR

Persona física o moral que adquiere, realiza o disfruta como destinatario final bienes, productos o servicios.16 Persona física o moral que adquiera, almacene, utilice o consuma bienes o servicios con objeto de integrarlos en procesos de producción, transformación, comercialización o prestación de servicios a terceros. 17

PROVEDOR

La persona física o moral que habitual o periódicamente ofrece, distribuye, vende, arrienda o concede el uso o disfrute de bienes, productos y servicios.

PROTECCION JURIDICA DEL CONSUMIDOR

Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO)

Institución básica encargada de la promoción y protección de los derechos e intereses de los consumidores.

Ley Federal de Protección al Consumidor (DOF, 24 de diciembre de 1992)

Articulo 1

El objeto de esta ley es promover y proteger los derechos y cultura del consumidor y procurar la equidad y seguridad jurídica en las relaciones entre proveedores y consumidores.

ARTÍCULO 3.- A falta de competencia específica de determinada dependencia de la administración pública federal, corresponde a la Secretaría de Economía expedir las normas oficiales mexicanas previstas por la ley y a la Procuraduría vigilar se cumpla con lo dispuesto en la propia ley y sancionar su incumplimiento.

ARTÍCULO 6.- Estarán obligados al cumplimiento de esta ley los proveedores y los consumidores. Las entidades de las administraciones públicas federal,

16 Fracción I del artículo 2 de la Ley Federal de Protección al Consumidor.

17 Artículos 99 y 117 de esta Ley.

Page 74: Apuntes Der Economico

estatal, municipal y del gobierno del Distrito Federal, están obligadas en cuanto tengan el carácter de proveedores o consumidores.

ORGANIZACIÓN DE LOS CONSUMIDORES

La procuraduría cuenta con funciones de orientación, información, difusión, educativas y de investigación que sirven a los consumidores.

Artículo 24 de esta ley establece:

Celebrar convenios con proveedores y consumidores y sus organizaciones para el logro de los objetivos de esta ley.

Promover y apoyar la constitución de organizaciones de consumidores, proporcionándoles capacitación y asesoría, así como procurar mecanismos para su autogestión.

Para el cumplimiento de estas tareas a nivel federal, se expidió un acuerdo que delega en los titulares de la Procuraduría de los Estados diversas atribuciones entre las que incluye:

Asesorar y orientar a los consumidores y a los proveedores con relación a sus derechos y obligaciones

Promover y apoyar la constitución de organizaciones en su funcionamiento y operación

Asesorar a las organizaciones de consumidores en su funcionamiento y operación

Capacitar a los grupos, comités o asociaciones de consumidores.

EDUCACIÓN Y CONSUMO

Tarea fundamental que cumple la Procuraduría es concientizar a los consumidores en el buen y racional uso de sus ingresos.

Fomenta la investigación sobre el consumo, hace pruebas de calidad, hábitos de consumo, análisis de publicidad etcétera.

Se trata de capacitar a los consumidores en temas como alimentación, fomento de la salud, publicidad y medios de comunicación, tecnología doméstica y formación de instructores.

La investigación de los productos que conforman la canasta básica es tarea a realizar en tiendas de autoservicios, centrales de abasto, distribuidores mayoristas, mercados zonales, etcétera.

Page 75: Apuntes Der Economico

Estas tareas se complementan con programas de radio y televisión y con la información periódica de revistas y diarios zonales. Con los cuales se hacen llegar consejos y mensajes a los consumidores a fin de prevenirlos de prácticas ilícitas que son frecuentes encontrar en proveedores y comerciantes poco escrupulosos.

Unidad 11

11.1 CONCEPTO DE DERECHO ECONÓMICO INTERNACIONAL

La sociedad internacional contemporánea ha transitado por diversa etapas en cuanto a los actores y sujetos que interactúan en las relaciones económicas y políticas.

Un rasgo característico evidente en la actual realidad mundial, es el hecho de que las relaciones internacionales ya no son conducidas exclusivamente por los estados: estos actualmente son distintos en número y distintos en funciones, en comparación con el papel que jugaban antes de la segunda guerra mundial. Dichas unidades jurídico-políticas se han visto en la necesidad de comprobar, por una parte, que son incapaces de resolver por sí mismas problemas que exigen el esfuerzo de la cooperación internacional permanente en institucionalizada, y de verificar por otra, que existen diversas entidades no gubernamentales que operan con creciente relevancia en la vida internacional.

En otras palabras, el estado no tiene ya la primacía como actor único en sistema internacional, sino que comparte tareas con organizaciones internacionales y otras entidades, como las uniones científicas, las cámaras de comercio internacional, las federaciones de profesionales y trabajadores, las organizaciones no gubernamentales (UNG) y las empresas trasnacionales, que han ido adquiriendo un creciente protagonismo para afrontar problemas de dimensión universal en los que el estado ya no puede responder con eficacia.

Por otra parte, la denominada “interdependencia” es un dato de la realidad que no puede soslayarse; esta ha erosionado los conceptos tradicionales de soberanía y seguridad, aunque aun no aparece con claridad la estructura que alcanzara la sociedad mundial en el nuevo siglo. De acuerdo con la concepción tradicional, la soberanía se entendía en términos prácticamente absolutos, en la medida en que el estado cumplía el papel de actor principal en una sociedad internacional tipificada como “anárquica” por carecer de instituciones centralizadas. En este sentido, el derecho internacional era concebido con un conjunto de normas creadas por voluntad de los propios estados para solucionar problemas de carácter fundamentalmente jurídicos.

Derivado de la emergencia de la tercera revolución industrial fincada en la energía nuclear, la electrónica, información y comunicación, telemática,

Page 76: Apuntes Der Economico

biotecnología, nuevos materiales, la comunidad internacional ha venido en una aldea global. La revolución de los servicios cambia los paradigmas de base del sistema capitalista y de las inversiones productivas por inversiones financieras especulativas de múltiples efectos en las economías emergentes.

Procesos informáticos y telemáticos semejantes se presentan en el campo de las inversiones, intercambio de bienes, propiedad intelectual, servicios financieros y bancarios, transportes y comercio transfronterizo de servicios técnico-profesionales.

Las empresas trasnacionales son sujetos protagónicos en todos estos sectores, penetran y permean los derechos domésticos de un país instrumentando estrategias globales o multilocales.

Para regular estas complejas relaciones jurídico-económicas en que los estados no son los únicos sujetos, surge el derecho económico internacional que, bajo orientaciones ideológicas diversas, regula las transacciones económicas internacionales, sean estas de carácter público o privado.

Podemos definir al derecho económico internacional como “aquella rama del derecho internacional que regula los intercambios de bienes, inversiones y servicios entre agentes públicos o privados originarios o procedentes de diversos países o regiones”.

Sus normas pueden ser de orden público económico o privadas consuetudinarias o factoradas.

Las principales normas e instituciones jurídico-económicas internacionales son: el banco mundial y el fondo monetario internacional, la organización mundial de comercio(OMC) y sus 18 acuerdos o códigos de conducta, los tratados y convenciones vigentes en la organización para la cooperación económica y el desarrollo (OCDE), los tratados y convenciones sobre propiedad intelectual derivados de OMPI y conexos. La Convención de Viena sobre Compraventa Internacional de mercancías, convenciones sobre contratos internacionales, usos y costumbres internacionales.

Estas normas, generalmente de derecho económico internacional se caracterizan por estar sustentadas en premisas de cooperación institucionalizada que las distinguen de las normas y preceptos emanados de los procesos de integración regional al estilo de la Unión Europea, TLCAN o Mercosur, que fincan en premisas de supranacionalidad o supraestatales.

El derecho de la integración o derecho comunitario, puede concebirse como una norma del derecho económico internacional con perfiles y procedimientos específicos.

UNIDAD 11 DERECHO ECONÓMICO INTERNACIONAL

Page 77: Apuntes Der Economico

11.2 LEYES Y REGLAMENTOS APLICABLES EN ESTE CONTEXTO

Acuerdo

Acta final de la ronda Uruguay de negociaciones

comerciales multilaterales y por lo tanto el acuerdo por el

que se establece la organización mundial del comercio.

Protocolo de Adhesión de México al Acuerdo General

sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT),

26 de noviembre de

1986

(FE 281XU1986)

Convención de la Organización de Cooperación y, 5 de julio de 1994

Desarrollo Económico.

Convención de las Naciones Unidas sobre Letras de 27 de enero de

Cambio Internacionales y Pagarés Internacionales.

1993 (FE 1911U93)

Convención de las Naciones Unidas sobre los Con- 17 de marzo de

tratos de Compraventa Internacional de

1988 (FE 25IIV/88)

Mercaderías.

Acta de Lisboa que revisa la Convención de París para 11 de julio de 1964

la Protección de la Propiedad Industrial del 20 de marzo

de 1883, revisada en Bruselas el 14 de diciembre de

1900, en Washington el 2 de junio de

1911,en La Haya 6 de noviembre de 1925,en Londres el

Page 78: Apuntes Der Economico

2 de junio de 1934 y en Lisboa el 31 de octubre de J958.

• Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados. 14 de febrero de

1975

• Convenio Constitutivo del Fondo Monetario 31 de diciembre de

Internacional (FMI), celebrado en la Conferencia 1945

Monetaria y Financiera de las Naciones Unidas realizada

en Bretton Woods.

• Convenio que establece la Organización Mundial de la 8 de julio de 1975

Propiedad Intelectual.

•Convenio

sobre

el

Banco

Internacional

de 3Jdediciembrede

Reconstrucción y Fomento (BIRF), celebrado en la 1945

Conferencia Monetaria y Financiera de las Naciones

Unidas realizada en Bretton Woods.

• Pacto Internacional de Derecho Económico, Sociales y 12 de mayo de

Culturales (ver Reservas y Declaraciones formula- das 1981

por México).

Tratado de Libre Comercio de América del Norte.

20 de diciembre de

1993

Tratado de Montevideo (1980), Protocolo Interpretativo 24 de octubre de

del artículo 44 del 24 de octubre.

1994

Page 79: Apuntes Der Economico

• Tratado de Montevideo de 1980 (ALADJ).

31 de marzo de

1981

11.4 ASPECTOS GENERALES DEL TLCAN

El derecho económico mexicano a partir del lo. de enero de 1994 tiene como

referente básico el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN),

pues sus 22 capítulos se aplican a las relaciones mercantiles con sujetos y

empresas de Estados Unidos y Canadá.

Este apartado nos parece indispensable, pues las principales leyes

económicas y administrativas deben encuadrarse en los compromisos que el

TLCAN prevé en consistencia, además con el artículo 133 constitucional que

da acceso a dichas disposiciones en el derecho nacional.

Este acuerdo, más que un tratado de libre comercio, es de inversión, el cual

abarca mercancías (bienes) y servicios.

Ambos sectores convergen a escenarios de resolución de controversias que

buscan, en general, sustraer la aplicación de las legislaciones nacionales a fin

de garantizar rapidez, objetividad y neutralidad a los operadores económicos

zonales.

El preámbulo del TLCAN establece los fines perseguidos por México, Canadá y

Estados Unidos, como sigue:

Reafirmar los lazos de amistad y cooperación entre sus naciones;

Contribuir al desarrollo armónico, a la expansión del comercio mundial y a

ampliar la cooperación internacional;

Page 80: Apuntes Der Economico

Crear un mercado más extenso y seguro para los bienes y servicios

producidos en sus territorios;

Reducir las distorsiones en el comercio;

Establecer reglas claras y de beneficio mutuo para el intercambio

comercial;

Asegurar un marco comercial predecible para la planeación de las

actividades productivas y de la inversión;

Desarrollar sus respectivos derechos y obligaciones derivados del GATT,

así como de otros instrumentos bilaterales y multilaterales de

cooperación internacional;

Fortalecer la competitividad de sus empresas en los mercados mundiales;

Alentar la innovación y la creatividad y fomentar el comercio de bienes y

servicios que estén protegidos por derechos de propiedad intelectual;

Crear nuevas oportunidades de empleo, mejorar las condiciones laborales

y los niveles de vida en sus respectivos territorios;

Emprender todo lo anterior de manera congruente con la protección y

conservación del ambiente;

Preservar su capacidad para salvaguardar el bienestar público;

Promover el desarrollo sostenible;

Reforzar la elaboración y la aplicación de leyes y reglamentos en materia

ambiental, y

Proteger, fortalecer y hacer efectivos los derechos de sus trabajadores.

En cuanto a los objetivos del tratado el artículo 102 del capítulo lo.

Los enuncia expresamente:

a) Eliminar obstáculos al comercio y facilitar la circulación transfronteriza de

bienes y servicios entre los territorios de las partes;

Page 81: Apuntes Der Economico

b) Promover condiciones de competencia leal en la zona de libre comercio;

c) Aumentar sustancialmente las oportunidades de inversión en los

territorios de las partes;

d) Proteger y hacer valer, de manera adecuada y efectiva, los derechos de

propiedad intelectual en el territorio de cada una de las partes;

e) Crear procedimientos eficaces para la aplicación y cumplimiento del

tratado, su administración conjunta y la solución de controversias, y

f) Establecer lineamientos para la ulterior cooperación trilateral, regional y

multilateral encaminada a ampliar y mejorar los beneficios del tratado.

Puede decirse que estos objetivos son los medios por los cuales se pretende

lograr los propósitos más generales enunciados en el preámbulo. El inciso 2

del artículo expresamente prevé que:

Las partes interpretarán y aplicarán las disposiciones de este tratado a la luz

de los objetivos establecidos en el párrafo primero y de conformidad con las

normas aplicables del derecho internacional.

Con lo anterior, el TLCAN se hace eco de la convención sobre derecho de los

tratados en materia de interpretación.

Los principios del tratado que se abordan en los 22 capítulos y sus anexos son:

• Trato nacional;

• Trato de nación más favorecida,

• y Transparencia.

Page 82: Apuntes Der Economico

a)Trato nacional. Uno de los aspectos más sustanciales del tratado es que

bienes, servicios y personas deben ser considerados como originarios de los

respectivos países suscriptores del TLCAN. Así, una mercancía canadiense

debe ser considerada en territorio mexicano corno originaria de México. Es

decir, no es viable discriminar por razones de nacionalidad. La única excepción

a este principio la encontramos en el capítulo VI del tratado, aun- que los

minerales radiactivos mexicanos excluyen tajantemente la presencia de

canadienses y estadounidenses en su explotación en territorio nacional.

b) Trato de nación más favorecida. Este principio general del GATT-OMC

significa que cualquier convenio comercial o de servicio que las partes del

TLCAN efectúen bilateralmente debe extenderse automáticamente a la otra

parte. Este principio esta subordinado al artículo XXIV del Acuerdo General de

Aranceles y Comercio, que permite que grupos de países que forman una zona

de libre comercio o unión aduanera puedan temporalmente excluir a terceros

países de los beneficios de la cláusula de nación más favorecida.

c) Transparencia. Este principio, expresamente establecido en el capítulo XVIII

del tratado, obliga a los tres países a notificar toda modificación, reforma o

adición que se intente efectuar a las legislaciones internas y que se relacionan

con aspectos regulados por el tratado, a fin de prevenir o evitar controversias

entre operadores económicos zonales.

Dicho principio se complementa con el código de conducta (artículo 2009.2,

inciso c) y con las reglas modelo de procedimiento (artículo 2012) del propio

tratado.

A.1 ESTRUCTURA

Page 83: Apuntes Der Economico

El TLCAN consta de un preámbulo y 22 capítulos distribuidos en ocho partes,

las cuales tratan, respectivamente, de los siguientes temas:

Primera parte. Aspectos generales: está integrada por los capítulos 1 y II que

se ocupan de los objetivos del tratado y de las definiciones generales.

Segunda parte. Comercio de bienes: conformada por los capítulos III a VIII,

que versan acerca del trato nacional y acceso de bienes al mercado (cap.

III); reglas de origen (cap. IV); procedimientos aduaneros (cap. V); energía

y petroquímica básica (cap. VI); sector agropecuario y medidas sanitarias y

fitosanitarias (cap. VII), y medidas de emergencia (cap. VIII).

Tercera parte. Barreras técnicas al comercio: capítulo IX, relativo a las medidas

en tomo a la normalización.

Cuarta parte. Compras del sector público: capítulo X, que se ocupa del tema

enunciado:

Quinta parte. Inversión, servicios y asuntos relacionados: la integran los

capítulos XI a XVI que plantean los temas de inversión (cap. XI); comercio

transfronterizo de servicios (cap. XII); telecomunicaciones (cap. XIII); servicios

financieros (cap. XIV); política en materia de competencia, monopolios y

empresas del Estado (cap. XV), y entrada temporal de personas de negocios

(cap. XVI).

Sexta parle. Propiedad intelectual: capítulo XVII.

Séptima parte. Disposiciones administrativas e institucionales: que incluye los

capítulos XVIII a XX, que presentan la publicación, notificación y administración

de leyes (cap. XVIII); revisión y solución de controversias en materia de

antidumping y cuotas compensatorias (cap. XIX); y disposiciones institucionales

y procedimientos para la solución de controversias (cap. XX).

Octava parte. Otras disposiciones: está integrada por los capítulos XXI y XXII

Page 84: Apuntes Der Economico

que exponen las excepciones y las disposiciones finales, respectivamente.

El tratado cuenta, además, con diversos anexos integrados a lo largo de su

capitulado, así como de notas, el anexo 40 l Y siete anexos numera- dos del 1

al VII que van al final del texto.

Capitulo del TLCAN

Legislación interna

Preámbulo y artículo 102 del capítulo I Artículos 25-28 de la Constitución

del TLCAN

Política de los Estados Unidos

Mexicanos.

Capítulos 111, IV YV del TLCAN.

Ley Aduanera. Ley de Comercio

Acceso a mercados

Exterior, Ley de Metrología y

Normalización. etcétera.

Capítulo VI. Energéticos y

Artículos 27-28 de la Constitución,

petroquímicos del TLCAN

más legislación reglamentaria en

materia de energéticos.

Capítulo VII del TLCAN.

Artículo 27 constitucional, Ley Agraria

Agricultura

y anexos en materia agrícola.

Capítulo VIII. Medidas de

Ley de Comercio Exterior, Acuerdo de

Page 85: Apuntes Der Economico

emergencia del TLCAN

Salvaguardas de la OMC.

Capítulo IX del TLCAN. Normalización Ley de Metrología y Normalización.

Acuerdo de Obstáculos Técnicos al

Comercio Internacional.

Capítulo X del TLCAN.

Ley de Adquisiciones, Arrendamientos

Compras de Gobierno

Capítulo XI del TLCAN.

Inversiones

Capítulo XII del TLCAN.

Comercio transfronterizo de

servicios

Capítulo

XIll

del

Telecomunicaciones

Capítulo XIV del TLCAN. Servicios Ley de Instituciones de Crédito, Ley

financieros

de Agrupaciones Financieras, Ley

de Sociedades Mercantiles, Ley del

Banco de México.

Capítulo

XV

del

Page 86: Apuntes Der Economico

TLCAN. Ley

Federal

de

Competencia

Competencia, monopolio y empresas Económica.

de Estado

Capítulo XVI del TLCAN. Entrada Ley General de Población, Ley

temporal de personas de negocios

Reglamentaria del Artículo 50.

Constitucional, Ley Federal de

Turismo.

Capítulo XVII del TLCAN. Propiedad Ley de la Propiedad Industrial y Ley

intelectual

Federal de Derechos de Autor.

Capítulo

XVIIl

del

TLCAN. Código

Civil,

Códigos

de

Publicación,

notificación

y Procedimientos Civiles y Ley Federal

administración de leyes

de Transparencia y Acceso a la

Información Pública Gubernamental.

Page 87: Apuntes Der Economico

Capítulo XIX del TLCAN. Revisión y Ley de Comercio Exterior, Acuerdo

solución de controversias en materia Antidumping de la OMC y Acuerdo

de dumping y subvenciones

sobre Subvenciones de la OMC.

Capítulo

XX

del

TLCAN. Ley de procedimiento administrativo

Disposiciones

institucionales

y y leyes en general que contemplan

procedimientos para la solución de recursos.

controversias

B. EVALUACIÓN DEL TRATADO A TRECE AÑOS DE SUS ENTRADAS EN

VIGOR

El 1o. de enero de 2007 se cumplió el decimotercer aniversario del Tratado

de Libre Comercio, cuyos beneficios prometidos aún no son tangibles.

Ciertamente, el comercio entre los tres países ha crecido de manera

significativa, pero en contraposición al volumen de nuestras exportaciones

contrasta con la importación de una importante cantidad de insumas para

incorporar a los procesos productivos.

Tomando en cuenta que el TLCAN no es sólo, ni siquiera principal- mente, un

acuerdo de liberalización comercial, es mucho más que eso; su evaluación

no puede reducirse al análisis de la balanza comercial. Incluye, como lo

hemos vivido en estos años de vigencia, un nuevo papel del Estado en la

Page 88: Apuntes Der Economico

economía, nuevos marcos legales y derechos de los inversionistas extranjeros,

y diferentes protecciones a la propiedad intelectual. Incluso en el ámbito

comercial incluye nuevos ámbitos, adelantándose a los resultados de la Ronda

y Servicios Financieros.

Ley de inversiones Extranjeras.

Ley Federal de Turismo, Ley General

de Vías de Comunicación, Ley de

Caminos .Puentes y Autotransportes

Federal.

TLCAN. Ley Federal de Telecomunicaciones.

de Uruguay del GATI, al incluir más plena- mente los servicios y el sector

agrícola.

Lo cierto es que el TLCAN aceleró la transición de México hacia una economía

liberalizada; sin crear las necesarias condiciones para que los sectores público

y privado respondieran a los choques económicos, sociales y ambientales

de comerciar con dos de las mayores economías del mundo. Los más

vulnerables ciudadanos de México han enfrentado un remolino de cambio más

allá de su capacidad de control, o la de su gobierno. Uno de los temas con

más expectativas para México, una vez forma- da la zona de libre comercio

más grande del mundo, fue el relativo a la generación de empleos, y que el

TLCAN no ha ayudado a la economía mexicana a mantenerse a la altura de la

creciente demanda de puestos de trabajo. Y los salarios reales de la mayoría

de los mexicanos son actual- mente más bajos que cuando no se contaba con

el acuerdo trilateral.

Page 89: Apuntes Der Economico

En cuanto a la migración, no se ha controlado el flujo de mexicanos que

se trasladan anualmente hacia Estados Unidos en busca de trabajo; por el

contrario, se ha registrado un aumento sin precedentes en el número de

emigrantes que pretenden laborar en ese país, pese a las excesivas medidas

de control fronterizo.

En síntesis, los aspectos positivos son los siguientes:

• Crecimiento de nuestras exportaciones, principalmente a Estados Unidos.

• Crecimiento de la captación de inversión extranjera.

• Reformas legislativas en tomo a inversión extranjera, derechos de

propiedad, legislación comercial y privatizaciones.

• Impacto amortiguador durante la crisis de 1994.

• Acceso a instrumentos comerciales diversos.

• Cambio estructural de la economía y dependencia exclusiva de

exportaciones petroleras y de manufacturas a Estados Unidos.

Los aspectos negativos son los siguientes:

• Concentración en el incremento de las exportaciones en limitadas empresas.

• Polarización de las estructuras y organizaciones industriales en México.

• Aún no somos competitivos en numerosas ramas productivas.

• El derrame tecnológico derivado de la apertura comercial muestra poca

inserción en el sector doméstico.

• La economía mexicana depende fuertemente de la estadounidense.

• Existencia de prácticas desleales asimétricas.

• Deterioro económico y social del sector agropecuario, el cual se ha visto

Page 90: Apuntes Der Economico

invadido por productos sustitutos transgénicos y subvencionados, amén de

manejos discrecionales de cupos de importación con tasa cero, asignados

a sectores monopolistas industriales (maíz, café, lácteos, papas, cárnicos,

etcétera).

• Desarticulación de cadenas productivas a costa de las pequeñas y medianas

empresas mexicanas que han sido excluidas como exportadores indirectos.

Dependencia alimentaria en granos y oleaginosos.

C. ¿ES POSIBLE RENEGOCIAR EL TLCAN?

Como acuerdo de voluntades el Tratado puede ser revisado, modificado,

según lo determine la Comisión de Libre Comercio a petición de alguno de los

gobiernos. A la fecha el Tratado ha tenido más de cuarenta reformas, siendo

la más importante la que modifica la regla de origen del petróleo, derivado de

la cual, México pierde la ventaja comparativa del energético, privilegiándose

ahora, la refinación, lugar geográfico del refino y no el lugar geográfico del pozo

del hidrocarburo. Con ello el energético mexicano se asimila a los energéticos

de Venezuela y el Golfo Pérsico, eliminándose todo estímulo y apoyo para

desarrollar plantas refinadoras en la República Mexicana.

¿Buscar un mecanismo que administre las importaciones del maíz blanco, frijol,

azúcar y leche es un expediente de menor entidad y trascendencia que haber

cambiado la regla de origen del petróleo? Según lo visto precedentemente

no hay inconveniente alguno para modificar, cambiar o ampliar o restringir el

capítulo agropecuario del TLCAN.

11.3 CONCEPTO DE NUEVO ORDEN ECONOMICO INTERNACIONAL

Una de las definiciones más utilizadas del concepto de Orden Económico Internacional (OEI) es la de Dominic Carreau. Señala que el orden económico internacional es: “el conjunto coherente de reglas jurídicas, orientadas en

Page 91: Apuntes Der Economico

función de las finalidades políticas, económicas y sociales del sistema”. A partir de esta definición se podría decir, desde un punto de vista económico, que el orden económico internacional es: “el conjunto de normas que regulan las relaciones económicas internacionales”. Independientemente de la definición que se quiera utilizar, el hecho a resaltar es que todo orden económico internacional está basado en una filosofía, política, económica, social, religiosas, determinada.

En un contexto histórico, se pueden distinguir 4 grandes etapas en el proceso de evolución del orden económico internacional (OEI).

La primera etapa del orden económico internacional se remonta al inicio de la Revolución Industrial en la Inglaterra de la segunda mitad del siglo XVIII, abarca el periodo desde 1815 hasta el inicio de la Primera Guerra Mundial en 1914. Es una estapa de características liberales en la que nace y se desarrolla un orden económico internacional de carácter privado, con limitada participación del estado en la actividad económica y cierto control en el intercambio del comercio internacional.

La segunda etapa del orden económico internacional se inicia al termino de la Primera Guerra Mundial, en 1918, y finaliza en la Segunda Guerra Mundial, en 1945.esta etapa es conocida con el nombre de desorden entre las guerras mundiales, es una etapa en la que las relaciones económicas internacionales estuvieron sujetas a restricciones a la libre circulación de las mercancías, de la mano de obra y de los capitales.

El inicio de la tercera etapa del orden económico internacional, está marcado por la creación a partir de 1944 de un marco institucional de cooperación económica internacional. Esta etapa, de reconstrucción de un orden económico internacional neoliberal, se inicia al término de la segunda Guerra Mundial y perdura hasta principios de los años setenta. La participación inicial en este orden económico internacional neoliberal de los países socialistas de economía centralmente planificada, así como la de los países considerados en desarrollo, fue prácticamente nula.

La cuarta etapa en la evolución del orden económico internacional, empezó a manifestarse de forma clara a principios de los años setenta. El modelo de crecimiento de la economía mundial, establecido al término de la Segunda Guerra Mundial y basado en la supremacía de los Estados Unidos, entra en crisis.

La crisis del dólar en la segunda mitad de los años setenta era un claro reflejo de las tensiones que en el orden económico internacional se estaban produciendo como consecuencia de la recuperación económica de Europa occidental y Japón, con la consiguiente pérdida relativa del poder económico de los Estados Unidos.

Page 92: Apuntes Der Economico

Durante los primeros años de esta cuarta etapa no se dejo de hablar del nuevo orden económico internacional.

En la década de los noventa, el orden económico internacional económico internacional tiene una agenda cualitativamente distinta a lo descrito.

Las crisis financieras que han asolado a numerosos países y regiones conforman un tema global que impacta al Banco Mundial, al Fondo Monetario Internacional y a todos los bancos centrales del mundo.

La situación se complica con problemas como el calentamiento de la Tierra, con su secuela de cambio climático y destrucción del hábitat mundial. El narcotráfico y su derivación: el lavado de dinero, detonante de la corrupción pública y privada que corroe a estados y empresas.

El flagelo del sida y otras baterías africanas, el resurgimiento del cólera y la propagación del dengue evidencian que la extrema pobreza de nueva cuenta renace al calor de policías públicas neoliberales que privilegian al capital financiero especulativo, en desmedro del capital productivo y del empleo.

Esta es la nueva agenda global que traslada su paso de decisiones de la Asamblea General de Naciones Unidas al Grupo de los Siete y la Reunión Anual de Davos (Suiza), como un símil de elitismo y privilegio que margina a millones de hombres sin voz ni voto, en el nuevo escenario del mercado global asimétrico, concentrador y excluyente.