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  • 8/18/2019 Apunte Intro. al derecho. Ivana (1).doc.doc

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    BOLILLA I – El conocimiento y el conocimiento jurídico

    a) El acto de conocimiento:HESSEN: relación entre dos componentes, un sujeto y un objeto. Esa relación es dinámica. Elsujeto trasciende su esfera y se proyecta en busca del objeto. Una vez alcanzado el objeto, elsujeto trata de captar sus características esenciales. En una segunda etapa el sujeto apreendelas características del mismo y se retrotrae sobre si mismo, terminando la relación, llevándoseun conocimiento empírico y racional.KANT: El sujeto nunca podrá captar el objeto en si mismo, sino solamente sus manifestaciones.

    Esa manifestación es la !ue luego se representa en el sujeto dando lugar a la relación deconocimiento en el plano ontológico."el obj no cambia)

    Conocimiento Vulgar y el racional#$%$#&'&E%($ U*+-: !uel al !ue se accede cotidianamente, ametódica y asistematica.ccede en forma desordenada y solo por necesidad inmediata, E: accionar una llave de luz.#$%$#&'&E%($ -#&$%*:#&E%(&/$: estudia una parte del todo. Es un conjunto de verdadessistematizadas en un sentido teórico. Un sistema es el encadenamiento de las verdades de laciencia y la teoría la unidad de demostración de las mismas .Es /áctico, parte de ecos.0istemático, un sistema es un conjunto de elementos relacionados entre si,es decir ! es unorden . 'etódico, utiliza un m1todo para llegar a dico conocimiento,todo conocimientocientí2co se basa en un camino,el cual es un conjunto de reglas ! guian al cientí2co. .#omunicable, sus verdades pertenecen a todos por igual, se transmiten. /alible, susceptible deser refutado. -acional, producto de la razón. 3iomático, tiene supuestos !ue constituyen labase del conocimiento.#$%$#&'&E%($ /&*$0$/$: 0u objetivo es la b4s!ueda de la verdad. Es considerada comociencia universal, estudia a los obj en su totalidad. %ing4n sistema 2losó2co a perdurado en eltiempo. Es autónomo y pantonomo.

    Conce!to de Ciencia"#onjunto de verdades sistematizadas en sentido del conocimiento y no de la práctica. #ienciasurge cuando se circunscribe una porción de la realidad, se procura analizarlo, entenderlo y

    de2nirlo, dedicándole atención e3clusiva. *a ciencia es un estudio descriptivo, causal ysistematizado de verdades. -epresenta un sistema de conocimientos. *a 4nica forma deapreender la verdad en la ciencia, es de manera metódica y sistemática. 'etódica, por!ue todocientí2co se basa necesariamente en un camino !ue debe guiarlo. 0istemático, es la cone3ión delas verdades cientí2cas. (ambi1n debe ser de carácter +E%E-* "nutrirse de conocimientosgenerales), 0$#&* "vinculado con la comunidad y con la comprobación de cual!uiera de susintegrantes) y *E+* "sus a2rmaciones son de carácter general y sometidos a la refutación de lacomunidad, una vez pasado esos obstáculos, es lógico !ue sea considerara como legal ensentido cientí2co, no jurídico). En toda ciencia e3iste un sistema de cone3ión. El objetodetermina el m1todo a utilizar.

    Cla#i$caci%n de la# Ciencia#"5U%+E: realizo la clasi2cación entre #&E%#&0 /$-'*E0 y /6#(0.#&E%#&0 /$-'*E0: Estudian objetos ideales "E: n4meros), e3isten en la mente umana, no enla realidad. *os enunciados !ue se formulan consisten en relaciones entre signos. 7arademostrar sus enunciados aplican la lógica, la matemática y la deducción.#&E%#&0 /#(0: Estudian objetos 8reales9, !ue e3isten en la realidad como los ecos osucesos, !ue pueden ser captados por los sentidos. *os enunciados en las ciencias fácticas, sere2eren a relaciones entre ecos, sucesos y procesos. 7ara con2rmar la veracidad de susenunciados, necesitan de la veri2can mediante la observación de la realidad y lae3perimentación. *as ciencias fácticas utilizan la inducción.

    El conocimiento cientí$co y #u# m&todo# en relaci%n con lo# o'jeto#

    #onforme al objeto !ue estudian, las ciencias se clasi2can en:#&E%#&0 E $5E($ &E*: E: 'atemática, lógica. 0on las ciencias !ue estudian objetos !ue noe3isten en la realidad, sino en la mente umana. 0on no e3istentes, neutros al valor, utilizan elm1todo deductivo "deducir), y su acto de conocimiento es la intelección "entender).#&E%#&0 E $5E($ %(U-*: E: 5iología, anatomía, !uímica, física. 0on a!uellas !ue estudianlos fenómenos de la naturaleza. Estudian objetos e3istentes, neutros al valor "el valor de lo da el

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    ombre), utilizan el m1todo e3perimental empírico "e3periencia), y su acto de conocimiento es lae3plicación.#&E%#&0 E $5E($ #U*(U-*: E: #iencia del dereco, economía, istoria. Estudian objetose3istentes, son positiva o negativamente valorables, utilizan el m1todo empírico dial1ctico, y suacto de conocimiento es la comprensión.b) Conce!to de Ciencia en T(oma# Ku(n.#&E%#&: ;un abla de #&E%#& %$-'*, y la reconoce cuando una comunidad cientí2ca seadiere a un solo paradigma. Un paradigma se encuentra compuesto de leyes y t1cnicasaplicadas y debe ser entendido como 8Un conjunto de proposiciones aceptadas por la

    comunidad cientí2ca y !ue determina el sentido en el cual se encamina el conocimientocientí2co9. #-&0&0 > -E$*U#&$% > %UE #0. %$-'* > %UE #-&0&0 ?0+(E0.

    #uando los miembros de una comunidad cientí2ca pierden con2anza en el paradigma, se iniciael proceso de revolución. *a gravedad del paradigma se presenta cuando aparece un paradigmarival, contrario al original, !ue lo enfrenta, encontrando el nuevo la adesión de un n4meroimportante de cientí2cos, siendo aceptado como la nueva ciencia normal, abandonando eloriginario. %o e3isten motivos para a2rmar la superioridad de un paradigma sobre otro, esaceptado uno de ello debido a varios motivos, como ser simplicidad, mejor cone3ión, etc. *aciencia no debe !uedar atrapada en un solo paradigma por!ue sino no evolucionaría, para ;unen la revolución esta el carácter evolutivo de toda ciencia@ y deben poder pasar de un paradigmaa otro "no e3iste un paradigma perfecto). *a función de las revoluciones es la de progresar al

    e3istir una crisis del paradigma.

    ;-( 7$77E-: /ormulo varias criticas a la teoría de ;un. 0ostenía !ue el cientí2co debe teneruna posición crítica !ue bus!ue contrastaciones, no con2rmaciones. Una vez producida larefutación, el proceso se completa cuando se arriba a una teoría mejor. 0ostuvo !ue no e3istíadiferencia entre 8ciencia normal9 y 8ciencia en crisis9, la denominada ciencia normal es solo laactividad de profesionales.*a ciencia es un saber acumulativo, !ue crece de a poco y se basa ose apoya en las teorías anteriores.

    c) Ciencia del ,erec(o- .ilo#o/ía del ,erec(o y .ilo#o/ía de la Ciencia del ,erec(o0di#tinto# en/o1ue# del /en%meno jurídico.os preguntas esenciales: AEs el dereco una cienciaB, Apodemos reCe3ionar 2losó2camenteacerca del derecoB. *a respuesta es si a ambas. 0e puede abordar el dereco desde unaperspectiva cientí2ca como así tambi1n 2losó2ca. #uando indaguemos acerca de la (eoría+eneral del dereco, es decir sobre el análisis de las normas jurídicas, su conformación yelementos, nos encontraremos en el campo de la ciencia "espacio especí2co, determinado). Encambio, cuando nos preguntemos acerca de la esencia de la normatividad, sobre losfundamentos de validez del ordenamiento jurídico en su conjunto o sobre el contenido de justiciade las normas jurídicas, ingresaremos en el campo de la 2losofía del dereco "espacio gen1rico,amplio).7odemos agregar un tercer campo, !ue es la /ilosofía de la #iencia del ereco, y se trata delanálisis de las características del conocimiento jurídico y la posibilidad de constituirse en unconocimiento de características cientí2cas "de lo general a lo especí2co).

    Con#tituci%n de la ciencia del derec(o 2'icaci%n en el cuadro de la# ciencia#.+o#icione# 1ue a$rman y niegan el car3cter cientí$co del ,erec(o .*a ciencia del ereco tiene como objeto el dereco. Uno de los principales esfuerzos pordeterminar ontológicamente el objeto del dereco y con ello, !ue pueda ser materia de estudiocientí2co, fueron las /&-'#&$%E0 de los siguientes pensadores:

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     ($'0&$: istingue entre dereco y moral. =ay dos clases de acciones, las internas "moral) y lase3ternas "dereco).;%(: (oma la idea de (omasio, sostiene !ue para !ue aya acción debe aber voluntad ye3teriorización, de lo contrario sería solo un pensamiento. -econoce el fuero interno "intencióncon la !ue se realiza la acción, implica la moral, deseos, emociones, etc.) y el fuero e3terno"materialización de la acción, involucra al dereco). El dereco prescinde de motivos y observala conformidad de la acción con la ley.DU%(: *levo a cabo una clasi2cación, ciencias de la naturaleza "e3plican las causas de los

    fenómenos) y ciencias del espíritu "e3plican los 2nes), en esta ultima se encuentra la moral y eldereco.-E-(: istinguió las ciencias seg4n su objeto y seg4n sus m1todos. 0eg4n su objeto, planteados campos ontológicos: el de la naturaleza "objetos propios de si mismos E: una planta) y el dela cultura "todos los creados por el ombre).0(''*E-: irigió su pensamiento a la determinación del ámbito antológico del dereco.;E*0E%: %os plantea la (eoría 7ura del ereco, siendo el mismo responsable de un cambioradical sobre la ciencia del dereco. =asta 1l, el dereco estaba ligado a otras teorías. El va aintentar una (eoría +eneral del ereco, una teoría marco, conceptual. Esto me va a permitirposicionarme ante una situación y poder discernir si se trata de dereco o no. 0u aporte a laciencia del dereco fue la doble puri2cación ontológica. *a 7rimera puri2cación, seala unadiferencia entre las ciencias naturales "principio lógico del ser, causaFefecto, se puede predicarnecesariedad, ej: una tormenta) y las ciencias normativas "principio lógico del deber ser oimputación, fenómeno antecedenteFconducta consecuente, se puede predicar probabilidad. Eldereco integra el campo de las ciencias normativas, pero no es el 4nico, lo acompaan entreotras ciencias, la economía, la moral, la política. 7or ello plantea una 0egunda puri2cación.-e2ere !ue el dereco se diferencia de las otras ciencias, respecto de su neutralidad valorativa.#$00&$: 0u aporte en materia de la constitución de la #iencia del ereco, fue su (eoríaEgológica. 7lantea !ue el presupuesto fundamental para la constitución de una ciencia es ladeterminación de su objeto. 7lantea una clasi2cación de los objetos de acuerdo con lascaracterísticas !ue presentan respecto de la e3istencia, la realidad, los valores, su m1todo deconocimiento y el acto gnoseológico "teoría del conocimiento). #oncluye con la siguienteclasi2cación: objetos ideales, naturales, culturales y metafísicos. !uí reviste inter1s detenernos

    en los objetos culturales !ue a su vez #ossio los divide en mundanales y egológicos, seg4n susustrato material se alle constituido por objetos materiales "madera respecto del objeto cultural8mesa) o egológico cuando su sustrato es la conducta umana viviente. Este es el caso deldereco, cuyo objeto cientí2co seg4n la egología es la 8#$%U#( =U'% E% &%(E-/E-E%#&&%(E-0U5E(&9.

    7osiciones !ue %&E+% el carácter cientí2co del ereco:;&-#='%%: (oda ciencia tiene como fundamento la necesidad de conocer precisamente suobjeto. 0eg4n el, el dereco cambia permanentemente de objeto y se alla inCuenciado por lossentimientos./(*&$%: 0ostiene !ue la tarea del jurista es acer política, no descubrir el dereco en unproceso cientí2co.#0(&+*&$%E: tribuye al dereco una carácter 1tico y 2losó2co, para 1l trascendió el limite dela ciencia. E07&*: (riple perspectiva: 7rimero, los tratamientos prácticos del dereco a trav1s a trav1sde una t1cnica jurídica@ 0egundo, la ciencia jurídica !ue apunta al conocimiento teórico deldereco, (ercero, la 2losofía jurídica, !ue es el criterio valorativo de la e3periencia jurídica.

    *a interminable discusión sobre la cienti2cidad del dereco parece insoluble. El fenómeno jurídico inmerso en la realidad istóricoFcultural, no es ajeno a la variabilidad de las necesidadesy valoraciones umanas y por ende, esta imbuido en un fuerte sentido político. 0i pretendemosanalizar completamente el fenómeno jurídico, debemos incluir todos los temas propios de la2losofía jurídica:

    $%($*$+G U-&: es el estudio de los caracteres esenciales del objeto de conocimientocientí2co del dereco y a su distinción de los objetos de las otras ciencias.*$+ U-&: estudio sistemático de las características formales, la estructura relacional ylas funciones signi2cativas del juicio jurídico y de la norma jurídica.

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    +%$0E$*$+& U-&: disciplina de la 2losofía del dereco !ue plantea las cuestiones deforma y problemas del proceso del conocimiento del jurista, especialmente de las fuentes deldereco, la interpretación del dereco y el lenguaje jurídico.H&$*$+& U-&: 7roblemática de la esencia y posibilidad de los valores jurídicos, sudeterminación y caracterización.

    BOLILLA II – La ciencia del ,erec(o como di#ci!lina normati)a"

    a) Ciencia 4urídica y 5undo de la Cultura Hec(o- Valor y NormaEl ser umano despliega su actividad dentro de un conte3to societario. El ser umano es un serpolítico, posee un amplio sentido de pertenencia. *a cultura debe ser entendida como un modode vida de un grupo, cuyas pautas, !ue incluyen sistemas de creencias, conocimiento, valores yreglas de conducta entre otras, con compartidos por todos los ombres de esa sociedad.%$-': 7ero cabe preguntarse A#ómo se organiza este mundoB, se integra por diversossistemas de conductas, el dereco, la moral, la política, la economía. El elemento com4n enestos sistemas de conductas son las normas !ue e3presan !ue es lo proibido, lo obligatorio y lopermitido. %o ay órdenes de conducta sino ay normas. %o toda norma esta escrita, como sonlas !ue están socialmente organizadas, como el uso de los cubiertos para comer. *as normasson las !ue regulan la vida en sociedad.=E#=$: (odo a!uello !ue puede ser normado. 0on cambios o transformaciones !ue se producenen el mundo. El cambio es un pasaje de un estado a otro, de aspecto dinámico e instantáneo.istinto al 8proceso9, !ue es un cambio paulatino y no es un eco instantáneo. (ambi1n losecos de comportamiento, es decir la forma de actuar integran la cultura y son susceptibles deser captados por los sentidos.*$-E0: 0on cualidades estimables de las personas, de sus acciones o del producto de susacciones. 0igni2ca validez de la norma. #uando decimos !ue la norma es válida, signi2ca !uee3iste la norma, esto !uiere decir !ue la norma está vigente.

    Teoría general de la# norma# ,i#tinta# e#!ecie# de norma# +re#cri!cione#- regla#conce!tuale#- regla# t&cnica# Norma# con#uetudinaria#- norma# morale#- regla#ideale#

    on Drigt, publico su famoso articulo *ógica eóntica. Este trabajo estuvo inCuenciado por la2losofía analítica, especialmente por la teoría de la acción. on Drigt distingue las obligacionest1cnicas "relaciones de medio a 2n) de las normas establecidas por una autoridad normativa.e2ende una visión de la causalidad, donde el concepto de acción es básico para el de causa.Una acción umana no puede ser e3plicada por leyes causales, sino !ue debe ser entendidaintencionalmente. on Drigt comenzó a con2gurar distintas categorías funcionales a las cualesdenomino 8categorías > acto9 !ue implicaban dentro de su lógica deontica una interminableserie de movimientos de los operadores deonticos !ue eran los derecos y obligaciones, lasfacultades y los deberes. *as cosas seg4n on Drigt, se ven como poseyendo o no propiedades,pero en realidad deben verse como cambiando de un estado a otro. *os actos estánesencialmente conectados con los cambios. 7ara 1l tanto actos como abstenciones son modosde acción.cto umano es un suceso voluntario eventualmente productor de un cambio. -e!uiere todoacto un agente individual o colectivo. *a acción umana puede acer continuar estados de cosas!ue de otro modo desaparecerían y viceversa. *os actos y las abstenciones umanas sonmodalidades de la acción. Un acto umano es un suceso del mundo e3terno, voluntario yeventualmente productor de cambios. -e!uiere un agente individual o colectivo. *a abstenciónes la parte pasiva de la voluntad. (iene los mismos efectos !ue el movimiento. *a abstenciónpresupone poder acer algo y no obstante ello, no acerlo. =ala cierta relación con la 2losofía;antiana 8el deber presupone el poder acer algo9, si ay algo !ue no se puede acer, no tienesentido ablar de deber.En 2n, podría a2rmarse !ue para on Drigt, las normas son funciones lógicas determinadas demodo de pensar y de acciones y abstenciones umanas.

    *uego de establecer la polisemia de la palabra 8norma9, se inclina por uno de sus signi2cados8*ey9@ esta puede ser aplicada en tres campos diferentes:

    *E?E0 E * %(U-*EI: escriben fenómenos de la naturaleza, descriptos por los cientí2cosen base a la observación. 0on verdades o falsas. 0i e3iste discrepancia entre la teoría y lanaturaleza, la primera es la !ue debe ser corregida. Están regidas por el principio de causalidad

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    ##&$%E0 +E%L-0: son el n4mero ilimitado e indeterminado de actos !ue podemos o sepueden realizar. #omer, abrir una ventana.##&$%E0 &%&&U*E0: los diferentes casos de actos gen1ricos, o sea, los actos diferenciados,un acto determinado. Ejemplo: *a acción gen1rica sería matar, y la acción individual, uan matóa 7edro.

    %$#&K% E +E%(E: es esencial para la distinción entre actos y sucesos. Un agente es a!uel!ue realiza una acción o actividad, es !uien provoca el cambio. El agente realiza la acción

    buscando un resultado. Un acto re!uiere necesariamente de un agente. *os agentes pueden serempíricos o supraempíricos.*os agentes supraempíricos son agentes sobrenaturales, tienen e3istencia necesaria, "ios) esun ente eterno.*os agentes empíricos son naturales, su e3istencia es un eco contingente, es un enteperecedero. entro de los agentes empíricos e3isten los personales y los impersonales. *osimpersonales son los llamados personas legales o jurídicas, como un tribunal, una asamblealegislativa, etc. *os personales, se dividen en individuales "cuando el acto es ejecutadoindividualmente) y colectivos "cuando la ejecución de un acto es ejecutado colectivamente).

    -E0U*($ ? #$%0E#UE%#&: cada acto corresponde un cambio o un suceso en el mundo. 7orresultado de un acto podemos entender el cambio !ue corresponde a este acto, oalternativamente, el estado terminal de ese cambio. *a segunda transformación es unaconsecuencia de la primera. 0i la primera transformación se efect4a a trav1s de una acción es elresultado de un acto, entonces la segunda es una consecuencia de la acción. Ejemplo: ?o rompouna madera con la mano, el resultado es la madera rota, y la consecuencia la mano lastimada.

    ##&$%E0 ? $'&0&$%E0 /-E%(E * E-E#=$: unto a los actos, debemos entender los8correlatos9: las abstenciones. bstenerse no es lo mismo !ue no acer. Un agente, en unaocasión dada, se abstiene de acer una determinada cosa si y sólo si puede acer esta cosa,pero de eco no lo ace.En un sentido más fuerte de abstenerse, un agente se abstiene sólo en la acción !ue sabe !uepuede ejecutar en la ocasión en cuestión. bstenerse, como actuar, tiene resultados y

    consecuencias. *os resultados de abstenerse son !ue determinados cambios no tengan lugar.*as consecuencias de una determinada abstención son las consecuencias del estado o cambio!ue es resultado de esa abstención.on Drigt distingue acción de omisión. cto es el concepto de acción en el sentido positivo "esacer). $misión es el concepto de acción en el sentido negativo, es no acer, pudiendo acer.

    #&%#$ "M) +-$0 E $'&0&K%:NF %o acer, sin saber !ue puedoOF %o acer, sabiendo !ue puedoPF %o acer, sabiendo !ue puedo y teni1ndolo presenteQF %o acer, sabiendo !ue puedo, teniendo ganas "me abstengo)MF %o acer, sabiendo !ue puedo, intentando acerlo y no logrando. Esto es un intento fallido"omisión para on Drigt).

    c) Elemento# de la norma# N*cleo normati)o0 car3cter- contenido y condici%n dea!licaci%n Autoridad normati)a- #ujeto normati)o- oca#i%n- !romulgaci%n.El %U#*E$ %$-'(&$ es una estructura lógica com4n a todo tipo de norma y esta compuestapor:#-6#(E-: se relaciona con el A7ara !ue se emite una normaB. 0i ella obliga "debe), permite"puede) o proíbe "no ser eco),#$%(E%&$: 0e relaciona con A#uáles con las conductas !ue se proíben, permiten o obligan.7or respuesta se obtendrá a!uella acción u omisión !ue se desprende del carácter de la norma y!ue debe, puede o tiene !ue acerse. 0erá positiva cuando el contenido es una acción, negativa

    cuando es una obtención u omisión, o mi3ta, ambas.*as ##&$%E0 están íntimamente relacionadas con los sucesos. *as #(&&E0 con losprocesos, son las !ue mantienen a los mismos en curso. *as acciones y omisiones en el derecotienen una particular importancia. *as acciones se pueden considerar lícitas o ilícitas.

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    #$%&$% E 7*#&K%: a!uella situación !ue tiene !ue darse para !ue e3ista oportunidadpara la ejecución del contenido de la norma. 0e clasi2can en categórica e ipot1tica. #ategoría,su realización dependen del mismo contenido de la norma. =ipot1tica, se le adiciona otracondición al contenido de la norma. E: en la condición de aplicación categoría, 8apague laestufa9, la estufa debe estar encendida. En la condición de aplicación ipot1tica, 8apague laestufa cuando aga calor9, no solo debe estar encendida, sino además debe acer calor.U($-& %$-'(&: Es el agente !ue realiza la prescripción y se dirige a un sujetonormativo !ue es el destinatario de la misma. 0e dividen en teonomas "provienen de un agentesupraempirico, E: ios) y positivas, la autoridad es un agente empirico, personal o impersonal.

    0UE($ %$-'(&$: -eceptor de una prescripción !ue le permite, proíbe u obliga a una accióno una omisión. 7ueden clasi2carse en particular "un sujeto determinado o un numero 2nito desujetos) o general "a todos los sujetos sin ninguna limitación o a a!uellos !ue respondan a unadeterminada categoría). #uando se dirige en general sin limitación ni distinción alguna, esconjuntivamente general, mientras !ue cuando se dirige a a!uellos !ue responden a ciertascaracterísticas, es disyuntivamente general.$#0&K%: es el lugar y el tiempo en !ue se realiza la norma. 0e clasi2can en particular "se dictapara una ocasión determina), general "para un numero ilimitado de ocasiones). Esta ultima a suvez se clasi2ca en conjuntiva general "en todas las ocasiones, E: pague siempre los impuestos)o disyuntivamente general "E: tómese libre alg4n día de esta semana).7-$'U*+#&$%: 0e da cuando el receptor de una norma puede conocer el carácter, contenido ycondición de aplicación y su formulación se realiza mediante el uso de un idioma.0%#&$%: es la posibilidad !ue tiene la autoridad normativa de agregar una amenaza a lasprescripciones ante la eventualidad de su incumplimiento.

    BOLILLA III – El o'jeto de la ciencia jurídica

    a) +ro'lema# en torno a la determinaci%n del o'jeto de la ciencia del derec(o,i#tinta# teoría#En primer lugar, un mismo objeto puede ser abordado desde el conocimiento vulgar, cientí2co o2losó2co. El conocimiento cientí2co como el 2losó2co, presentan características distintivasrespecto de su sistematicidad y metodicidad. 7ero no e3iste un m1todo 4nico, por cuando noe3iste un 4nico objeto. Esto se vincula con el concepto !ue tengamos de ciencia y además con

    las diversas clasi2caciones de ciencia.*os distintos esfuerzos !ue intentaron ensayar distintas clasi2caciones de las ciencias, nosevidencias el error de pretender con2gurar un 4nico modelo cientí2co. *os griegos fueron losprimeros en propiciar clasi2caciones de ciencia. 7*($% distinguía entre física, 1tica y dial1ctica.-&0($(E*E0 en teóricas, practicas, po1ticas. *os E0($$0 en *ógica, física y 1tica. Esteconcepto amplio de ciencia se fue restringiendo asta llegar a las siguientes clasi2cacionesensayadas por =U00E-*, ciencias abstractas "ciencias de esencias, es decir esenciales) yconcretas "se basan en las anteriores y se re2eren a la teoría de los objetos). 5U%+E, clasi2co alas ciencias en formales "estudian objetos ideales) y fácticas "estudian objetos materiales, !uee3isten en la realidad. -E-(, propuso clasi2car la ciencia no solo por su objeto, sino tambi1npor su m1todo. esde la perspectiva del objeto, las ciencias se clasi2can en naturales "estudianfenómenos naturales), utilizando un m1todo generalizador@ y culturales "a!uellos creados por elombre) utilizan un m1todo individualizador.7ero, A#uál es el objeto de la ciencia del derecoB. 7reguntarnos ello nos traslada a preguntarnos!ue entendemos por dereco. *a palabra dereco resulta ambigua. #uando se dice tengodereco a algo "nos referimos al dereco subjetivo@ cuando decimos el dereco argentino admiteel divorcio vincular, nos referimos al ordenamiento jurídico objetivo. demás presenta vaguedadpor cuanto es difícil establecer los limites de cada campo de referencia "subjetivo > objetivo).%ino sostiene !ue la palabra dereco posee una gran carga emotiva, !ue suele ser positiva, E:Estado de E-E#=$ "orden jurídico estatal de carácter subordinado a las normas). esde elpunto de vista del conocimiento vulgar, los consultados abrán de referirse a las normas, la

     justicia, los jueces, las sanciones, lo !ue se debe acer, lo correcto, etc. 7or ello es necesariorecurrir a la /ilosofía del ereco, pero a!uí tampoco allaremos una respuesta uni2cada:

     U0%(U-*&0'$ (E$*$+$: 0anto (omas, la esencia del dereco es eminentementemetafísico. 0on los principios del dereco divino y natural dados por ios.7$0&(&&0'$ U-&$ ;E*0E%&%$: El dereco esta constituido pura y e3clusivamente por lasnormas positivas creadas por el ombre.-E*&0'$ U-&$: El dereco se encuentra en las decisiones judiciales, en la aplicación de lasnormas a los casos concretos.

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    /&*$0$/& %*&( o E0#UE* %*&( E * U-&07-UE%#&: ustin, =art, atribuíanespecial inter1s al lenguaje utilizado para reconocer el concepto de dereco.#$00&$: ereco es conducta umana en interferencia intersubjetiva.

     (-&*&0'$ U-&$: El dereco esta compuesto por el conjunto de relaciones entre el =E#=$,el *$- y las %$-'0.

    +ro'lema# recurrente# de la ciencia jurídica #eg*n He'ert Hart.=art, inCuenciado por la escuela analítica de la jurisprudencia, fundada por 5entam y ustin.5uscando la respuesta a !ue es el dereco, se baso en una postura eminentemente 2losó2ca,

    !ue no busca tanto la respuesta, sino el camino del análisis. 7ropuso analizar el dereco desdeuna teoría general conte3tual y descriptiva. En su obra más importante 8El concepto deereco9, formula tres preguntas y planteos !ue resultan recurrentes al abordar la problemáticadel dereco: Aen !ue se diferencia el dereco de las órdenes respaldadas por amenazas y !uerelación e3iste entre ambasB, Aen !ue se diferencia la obligación jurídica de la obligación moral,y !ue relación tiene con ellaB ? A

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    cierto aspecto interno, la conciencia de !uien esta sujeto a ella debe cumplir con cierto estándar!ue le es e3igido. ora bien, A!u1 tipo de reglas sociales integran el derecoB. =art acude alejemplo de una sociedad primitiva. En la misma, originariamente, e3isten reglas sobre lo !uedebe y lo !ue no debe acerse. Estas son las denominadas reglas primarias. medida !ue lasociedad se complejiza, las mismas resultan insu2cientes, surgiendo las reglas secundarias, !uedotaran de precisión a las primeras, a las cuales =art clasi2ca en: reglas de reconocimiento"permite reconocer cuando una regla pertenece al sistema), reglas de cambio "indican losprocedimientos de cambio de las reglas e3istentes) y reglas de adjudicación "adjudicancompetencias para aplicar sanciones). El dereco para =art es una sumatoria de reglas

    primarias y secundarias, denotando una marca tendencia normativista en el autor.

    /inalmente, seg4n la propuesta de =art, si nos referimos al dereco en su relación con lasordenes respaldadas por amenazas, en encontraremos en el campo de los ecos. 0i nosreferimos a la relación entre el dereco y la moral, en el campo de los valores. 'ientras !ue si loacemos en su relación con las reglas, nos encontraremos en el campo de las normas.

    b) La teoría de lo# o'jeto# O'jeto ideale#- naturale#- culturale# y meta/í#ico#0caracterí#tica# y m&todo de cada uno de ello#. continuación analizaremos la propuesta !ue formula el ius2losofo CA6LOS COSSIO en su obra8(eoría egologica del dereco y el concepto jurídico de libertad9. 7ropone el autor una divisióncuatripartita de los campos de objetos, en ideales, naturales, culturales y metafísicos. #ada unade estas regiones presenta características especí2cas y distintas en cuanto a su naturaleza, laforma en !ue se presentan en la e3periencia, su relación con los valores y el m1todo deconocimiento. #ossio destaca !ue el conocimiento es una adecuación del m1todo con el objeto.$5E($0 &E*E0: 0u naturaleza es irreal, no tienen e3istencia. %o se allan en el campo de lae3periencia. 0on neutros al valor "ni buenos, ni malos). El m1todo !ue se utiliza para su análisises el racional deductivo y el acto gnoseológico o de conocimiento es la intelección, el uso de lainteligencia y la razón. e lo general se llega a lo particular. E: los n4meros. *a ciencia !ue losestudia entre otras son la matemática, la lógica, etc.$5E($ %(U-*E0: 0on de carácter real, e3isten y pueden ser captados a trav1s de lae3periencia. 0on neutros al valor "una planta no puede ser mejor o peor !ue otra). El m1todo!ue se utiliza para su análisis es el empírico deductivo. 0u manifestación fenom1nica se e3plica.

    7or ello, el acto de conocimiento es mediante la e3plicación. e lo particular a lo general. E: unaplanta, un animal. #iencias: física, zoología, botánica, etc.$5E($0 'E(/&0$0: 0on reales, tienen e3istencia, pero so insusceptibles de ser captadosempíricamente. 0on valiosos o desvaliosos. %o tienen m1todo ni acto de conocimiento, aun!uedeja abierta la posibilidad de !ue la revelación ser el m1todo y la fe el acto de conocimiento delsujeto !ue pretende abordarlos. E: ios, el alma, etc.

    El más importante aporte !ue realizo #$00&$, fue respecto de la caracterización de los:OB4ETOS C2LT26ALES: Estos son a!uellas cosas creadas o transformadas por el ombreactuando seg4n valoraciones, E: una estatua, un libro, una erramienta y tambi1n el dereco.

     (ienen e3istencia, son reales. 0on 7$0&(& o %E+(&'E%(E *$-5*E0. %o es posible !uee3ista un objeto cultural al cual se le pueda asignar un valor. Este valor siempre se apoya sobreun ser físico. #uando ese ser lo constituye alguno de los objetos naturales !ue integran el mundodel ombre, como ser el mármol respecto de la estatua, o el papel respecto del libro, sondenominados $5E($0 #U*(U-*E0 'U%%*E0. ora, cuando ese substrato es en formadirecta el ombre, es decir su conducta umana, son denominados $5E($0 #U*(U-*E0E+$*$+$0. El m1todo apropiado es el empírico dial1ctico. Empírico, por!ue parte del dato dela e3periencia. ial1ctico, por!ue para arribar al valor !ue se le da al substrato material, elcamino se transita una y otra vez asta !ue el mismo es comprendido. 7recisamente ese es elacto de conocimiento, la #$'7-E%0&$%.El dereco es para #ossio el típico caso del objeto cultural egológico, por cuanto considera !ueno se re2ere al conocimiento de las normas, sino al conocimiento de la #$%U#( =U'% E%&%(E-/E-E%#& &%(E-0U5E(&.

    c) ,erec(o !o#iti)o y derec(o natural como duali#mo antol%gico de la ciencia jurídicaE)oluci%n de la teoría del derec(o natural &usnaturalismo, es a!uella postura !ue sostiene !ue la esencia de la normatividad alla sufundamento en principios anteriores y superiores a toda legislación. El dereco natural es elconjunto de normas reguladoras de la conducta umana pree3istentes a la ley positiva, !ue se

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    mani2estan por su sola razón o por revelación divina. #$--E0 distingue como jusnaturalismo atoda escuela !ue a2rma la insu2ciencia del dereco positivo como 4nico regulador jurídico. Eldereco natural resultarían un conjunto de reglas !ue no pertenecen al orden jurídico positivopero !ue resultan obligatorias para los creadores del sistema positivo.esde este mismo enfo!ue, el dereco positivo representa un sistema de normas jurídicas !ueinforma y regula efectivamente la vida de una comunidad en un momento istórico. Es unsistema de normas !ue se alla dotado de una ma!uinaria especi2ca de creación y aplicación, y!ue de eco es obedecido y aplicado.#uando se realiza un análisis de la perspectiva istórica, es posible observar !ue no a e3istido

    una 4nica corriente jusnaturalista. (ampoco a e3istido un 4nico dereco natural. 7odemosdistinguir entre cuatro corrientes del dereco natural: la cosmológica, teológica, racional ya3iológica.#$0'$*$+: "Universo) 7rincipios 2losó2cos de la antigRedad griega. *os griegosconsideraron la e3istencia de un sistema de principios !ue instruyeron al dereco puesto por losombres. 7latón contrapone la ley verdadera y justa con la ley positiva, siendo la primera lamedida de la segunda. ristóteles, e3plica !ue natural es lo justo en todas partes "ley naturaluniversal), y lo legal, a!uello !ue a sido sancionado "ley positiva). ristóteles no comparte laidea de !ue el dereco natural es inmutable. demás, a 1l no le importa lo justo por naturaleza,si lo justo en la sociedad y en el estado, lo justo por ley. /inalmente, cuando ristóteles se re2erea lo natural, lo ace en relación a la estructura normal de la sociedad y al comportamientonormal del individuo.

     (E$*$+: "ios). Esta teoría es elaborada por el cristianismo a partir de sus dos grandescorrientes: la patrística y la escolastica. 7atristica: -epresentada por 0an gustin. El ordenteológico de la naturaleza, e3presa el plan de ios y por ello tiene valor normativo. *anaturaleza, por ser el reCejo de ios, es la 4ltima razón de lo bueno y de lo justo. Escolastica:0anto (omas. 7arte de la idea de la imagen de ios en la naturaleza umana. (odo ser creadoconstituye una semejanza de ios. #oncibe al universo como un orden, un sistema creado porios. Establece en un sistema de ordenación, tres niveles normativos: *ey eterna: consiste en elgobierno del mundo seg4n la voluntad y sabiduría de ios. %o es cognoscible por el ombre, esrevelada por ios y aceptada por la fe del ombre. *a *ey natural: participación de las criaturasracionales en la ley eterna. El ombre puede conocerlas racionalmente. 0e resumen en acer elbien y evitar el mal. 0on evidentes al ser umano por el eco de estar dotado de inteligencia.

    0e distingue de la ley eterna, por!ue comprende a los seres racionales y puede ser comprendidapor estos. *ey umana o positiva: es producto de la actividad del ombre. -eside en suconsecuencia con la ley natural, sin cuyos fundamentos no es una ley verdadera.-#&$%*: partir del siglo H, la mente umana se emancipa de la sujeción religiosa. +rocioda el primer paso al considerar al dereco natural como absolutamente independiente de lareligión, aci1ndolo derivar de la voluntad umana, a2rmando !ue e3istiría a4n ante la ipótesisde !ue ios no e3istiera. ice !ue el ombre accede al dereco natural a trav1s de la razón dedos formas: una a priori, cuando establece !ue algo es conforme o disconforme a la razónnatural y social@ una a posteriori, cuando determina a trav1s de la e3periencia !ue algo es justoo injusto. Este 4ltimo conocimiento siempre es probable. ;ant distingue las leyes naturales,como a!uellas cuya obligatoriedad puede ser reconocida aun sin la e3istencia de una legislacióne3terna, a priori de las leyes positivas !ue, por el contrario, son a!uellas !ue sin una legislacióne3terna no obligan enteramente y no serian leyes. *a diferencia !ue establece entre losconceptos de dereco publico y privado, son: el primero es el !ue emana del Estado, esto es, eldereco positivo@ mientras !ue el dereco privado es el !ue rige en el estado de naturaleza.H&$*$+: "valoración). -icJert, describe el papel !ue cumplen los valores en las cienciasnaturales y culturales: las primeras, se desarrollan con independencia de las valoraciones. *aciencia cultural esta estrecamente relacionada con los valores. *os valores no son para 1l, elresultado de apreciaciones o decisiones subjetivas y arbitrarias@ de2ende una concepciónobjetiva y universal de los valores. E3iste en esta categorización, una primacía a3iológica deldereco natural sobre el dereco positivo.

    La con#tituci%n del !o#iti)i#mo jurídico

    En el sentido moderno y actual, es producto de la convergencia de diversas corrientes 2losó2casa partir del siglo H&H:7$0&(&&0'$ /&*$0$/$: 0urge como un movimiento de reacción contra los e3cesos por elidealismo postJantiano. 7arte de la base de !ue el 4nico m1todo posible para el conocimiento esel de la observación de los fenómenos en el tiempo y en el espacio. esde el punto de vista de la2losofía del dereco, esta corriente se opone a la b4s!ueda de un dereco natural.

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    E0#UE* =&0($-: ereco positivo como producto de la e3periencia istórica. %o reconoceotro dereco !ue el positivo. #onsidera !ue la ley es fundamentalmente un acto de voluntad.#-&(&0'$ ;%(&%$: 0ostiene !ue no conocemos las cosas en si misma, sino solo susmanifestaciones. educir las normas jurídicas de la naturaleza del ombre y de las cosas,presupone el reconocimiento de esa naturaleza y el lugar del ombre en el universo@ lo cual esimposible.E'7&-&0'$ &%+*E0: 7ara 1l, no e3istía otro dereco !ue el positivo, al punto tal !ue solo ablade 8dereco9. El dereco es lo !ue el soberano !uiere con respecto a la conducta de suss4bditos. 0u voluntad debe ser comunicada mediante una legislación, aun!ue puede

    manifestarse de otras formas@ le da al dereco un amplio campo de acción, pues entiende !uees toda e3presión de voluntad apoyada por el soberano.=%0 ;E*0E%: -epresentante más destacado. #onsidera !ue el 4nico dereco e3istente es eldereco positivo y !ue el dereco natural es algo e3tra jurídico, esta fuera del orden jurídico. *aperspectiva Jelseniana se encuadra dentro del positivismo metodológico. 7arte de una doblepuri2cación metódica !ue le permite distinguir en primer termino a las ciencias o disciplinasnaturales de las ciencias sociales, entre las !ue incluye al dereco. En esta distinción utiliza los

     juicios del 8ser9 para las ciencias naturales, mientras !ue en el campo de la moral y del dereco,se utilizan los juicios del 8deber ser9. *a segunda puri2cación es a3iológica, la diferencia entre eldereco y las demás disciplinas normativas radica en !ue el primero no ace referencia avalores, es neutro al valor.*a doctrina del dereco natural, pretende !ue las normas !ue regulan la conducta de losombres pueden allarse analizando la realidad natural. En la opinión Jelseniana, toda teoría deldereco natural es utópica, ya !ue presupone !ue los ombres no perturban su juicio objetivo y!ue son aptos para conocer la verdad plena. /inaliza a2rmando !ue el 4nico objeto del derecoes la norma jurídica positiva, siendo totalmente ajena a la problemática jurídica la motivación ofundamentación valorativa de la misma.

    E#tado actual de la contro)er#ia.%o siempre e3istió una visión tan antit1tica de la realidad jurídica entre ambas concepciones.0on mucas las corrientes !ue se an esforzado en establecer un puente entre ambos e3tremos.erdross, desarrollo una tesis de integración. 0ostiene !ue toda la justi2cación occidental, desdeun principio a reconocido !ue se correlaciona con la esencia del ombre el vivir dentro del

    orden del dereco. El dereco se allo siempre en la convicción del pueblo. -especto de la ley jurídica natural, !ue si este deriva consecuentemente de la naturaleza del ombre, algunasleyes jusnaturales pueden ser validas para todos los tiempos y todos los pueblos. grega unconcepto del relativismo istórico al considerar !ue todo ombre es un individuo concreto en undeterminado tiempo y cultura. e allí, !ue la ley jurídica natural deba asimilar las diferencias!ue se suscitan. Es por ello !ue la ley natural debe poseer una parte inmutable "dereco naturalprimario) y una cambiante "dereco natural secundario).*a ley jurídica natural, no puede carecer de la decisión del dereco positivo, constituyen unaunidad. Es función del dereco positivo determinar !ue normas concretas son vinculantes endeterminadas situaciones istóricas.erdross critica el positivismo jurídico Jelseniano. ice Acon !ue carácter resultan obligatorias lamanifestaciones de voluntad de legisladores y jueces para otros ombresB. 7ara dar respuesta,;elsen introduce una norma fundamental supra positiva !ue prescribe obedecer a determinadosindividuos y es considera por ;elsen como una ipótesis fundamental. 0igue la pregunta !ueA7or !u1 la norma fundamental establece precisamente como autoridad jurídica eseordenamiento jurídico y no otroB, eso se debe a !ue ;elsen considera al dereco como un ordensocial de paz y es la 4nica forma capaz de garantizar la tran!uilidad.$tro autor !ue a intentado encontrar solución a la antinomia jusnaturalismoFpositivismo

     jurídico, es #arlos #$00&$. Este critica las dos posturas. 0ostiene !ue toda escuela del dereconatural, no ace más !ue dar respuestas metafísicas al problema, en tanto !ue la respuesta dela egología, es de carácter ontológico. &ncluso, buscan como principios del dereco natural lo !ueoy se conocen como derecos umanos. 7ara #ossio el dereco es la conducta umano eninterferencia intersubjetiva y en su libertad fenomenalizada. Es a!uí donde se aparta del

    positivismo Jelseniano y lo critica, pues el dereco, en tanto conducta umana y no normapositiva, pasa a ser un objeto cultural egológico. uan #arlos 0mit, "7rof. U%*7 > /.#s. y 0ociales *a 7lata) considera !ue tanto el jusnaturalismocomo el positivismo jurídico, parten de lo !ue el a denominado 8dualismo ontologicopreteoretico9@ arriba a la conclusión !ue cual!uiera fuera la postura de dereco natural en lacual nos basemos, surge siempre una característica com4n, !ue es la de otorgar una primacía

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    absoluta y apriorística del dereco natural sobre el positivo. #ritica al positivismo jurídico porcircunscribirse con e3clusividad a la norma como objeto del conocimiento jurídico.*a solución de integración la alla sosteniendo !ue el objeto dereco esta compuesto por unaestructura ontologica compleja: la norma y la conducta, en relación inescindible. #ritica alpositivismo jurídico por no aber podido allar una solución a la cuestión en tratamiento. *asactuales concepciones ius2loso2cas se allan intentando encontrar caminos de integración.Ejemplo de ello es la denominada 8formula de -adbruc9 de le3y: seala !ue las normaspromulgadas conforme al ordenamiento y socialmente e2caces, pierden su carácter jurídicocuando son injustas, en realidad lo !ue destaca es !ue no se e3ige una coincidencia entre el

    ereco y la 'oral. Esta formula solo e3cluye contenido de injusticia e3trema del dereco. Elsistema jurídico !ue propone le3y es de tres niveles: reglas, principios y procedimientos. 7araeste autor el dereco posee dos propiedades esenciales: la coerción o la fuerza y por otro lado,la corrección o justicia.

    BOLILLA IV Introducci%n al e#tudio de la# norma#

    a) La teoría !ura del derec(o O'jeti)o# +uri$cacione# met%dica# ,i#tinci%n entreciencia# cau#ale# y ciencia# normati)a# y entre naturale7a y #ociedadKELSEN: %os plantea la (eoría 7ura del ereco, cambio radical sobre la ciencia del dereco.=asta 1l, el dereco estaba ligado a otras teorías. El va a intentar una (eoría +eneral delereco, una teoría marco, conceptual. Esto me va a permitir posicionarme ante una situación ypoder discernir si se trata de dereco o no. (E$-&: *os grupos umanos comienzan a aceptarreglas por uno o varios sujetos !ue forman parte de ese grupo o no@ si este sujeto no respeta lasreglas es sancionado. ;elsen abla de un 7rimer 0ujeto, siendo el mismo denominado como un*egislador $riginario, el !ue por primera vez impulso el dereco. espu1s dice de la e3istenciade una %orma urídica, adjudicando a las mismas el concepto de !ue 80$% E* E-E#=$9, siendoemanadas por !uien tiene la facultad de dictarlas. *as mismas son enunciados. %o e3istedereco si no e3isten normas !ue protegen al dereco. /ormara parte de lo moral, pero no serádereco. El dereco no se prolonga mas allá de la norma, caída la norma, se cae el dereco.;elsen en su análisis !uito todas las teorías !ue se vinculaban con el dereco, !uedándose conel $5E($ surgido del E5E 0E-, es decir como debería ser, a!uello nacido de la norma jurídica.0eg4n ftalion, en ello, ay una visión superadora. El !ue perfecciono este concepto fue #$00&$al decir !ue 8*a conducta umana es regulada por la norma jurídica9, por tanto, el 8ereco esla conducta umana en relación intersubjetiva con la norma jurídica9.TEO6IA +26A ,EL ,E6ECHO " +68LO9O ,EL A2TO6 – A LA E,ICI8N .6ANCESA: En NSPQ

    se publico una e3posición alemana general de la teoría pura del dereco, con el titulo de -eine-ecslere, pensando en ese momento el autor !ue debía publicarse una edición en franc1s. *a0egunda +uerra 'undial se lo impidió. *a traducción en espaol fue tomada de la ediciónfrancesa, debido a su mayor actualidad. ice el autor !ue las criticas sufridas desde la primeraedición, como así los trabajos realizados por 1l mismo sobre su teoría, lo icieron replanteársela

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    mucas veces. En 2n, pese a aber llevado a cabo modi2caciones, no cree aber cambiado enpuntos esenciales la misma.Uno de los principales 2nes de la (eoría, !ue a llegado a ser aun mas difícil de alcanzar, es la demantener la ciencia jurídica separada de la política. *as 0egunda +uerra 'undial y losdes!uiciamientos sociales an sido una amenaza permanente de subordinación de la ciencia a lapolítica.+6E.ACIO – ,E LA E,ICI8N ALE5ANA ,E :;

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    #$%U#( #$%0E#UE%(E, es decir, 8,ado A de'e o de'ería #er B9. Ej.: =abiendoactuado moralmente en forma incorrecta, debería e3istir una discriminación a esaconducta. En dereco, abiendo actuado ilícitamente, debería sobrevenir una sanción. 0epuede predicar 7-$55&*&.

    OT F 0E+U% 7U-&/#&$%: El dereco se deslinda de otros ordenes normativos "la moral,religión, etc.). *o ace distinguiendo !ue mientras !ue la norma moral no prev1 sanción, eldereco si lo ace. En la norma moral, el 8deber ser9 toma el punto de vista lógica. En la moralpuedo imputar de acuerdo al valor. ebe ser por!ue es bueno !ue así sea. ebe ser valorativo.

    *a ciencia del dereco es neutra al valor. ebe ser lógica. En el dereco el deber ser no estasigni2cado por el valor, sino por lo !ue nos a establecido una normaEn el campo de la imputación, tengo la moral, la religión, el dereco, algunas veces sucede !ueimputo el termino B  al termino A, por pura lógica, no ay nada !ue me determinevalorativamente el termino B al A. 0i imputo a3iológicamente una conducta negativa al B, la Adeberá ser negativa. 7ara ;elsen, la autoridad normativa !ue dicta el dereco, no debe valorarnegativamente la conducta A para imputar la sanción B.

    =$'&&$ > OM V$0 E 7-&0&$%A B

    El legislador para valorar la conducta como negativa, como por ejemplo el eco de =$'&&$,lo 4nico !ue necesita, es poder. *a diferencia entre la conducta mala inse y la conducta mala

    proibita, es !ue en el dereco para saber si una conducta es mala, debe esta sancionada,estatuida. 'oralmente, debo valorarla como mala.'* &%0E > H&$*$+$'* 7-$=&5&( > *$+$ "ebe ser)

    • E5E 0E- E5E 0E-• *$+$ H&$*$+$• 7-$=&5&( &%0E• E-E#=$ '$-*

    partir de la segunda puri2cación, concluimos !ue el dereco tiene cierta estructura: ado Asucede B Esta estructura es un principio ipot1tico !ue relaciona ambas conductas relacionadaspor un principio imputativo, encontrándonos entonces presentes frente a una %$-' U-&.

    E0(-U#(U- *$+: ado A debe ser B. Esta estructura le da base a la norma jurídica. Esto sellama 42ICIO HI+OT>TICO. *lamamos juicio a todo enunciado !ue relaciona dos t1rminos. Esipot1tico por!ue puede predicar necesariedad, es decir, debería darse B. A  resulta ser unaconducta antecedente y B es una conducta consecuente. #uando estamos en presencia de unanorma jurídica, A es un acto ilícito 8Ai9 y B, será una sanción 8S9. ado Ai debe ser S, es decir,8,ado el acto ilícito- de'e #er la #anci%n9. 7ara ;elsen, esto es una norma jurídica, el restoson derivaciones como por ejemplo el ##, #77, etc. =asta a!uí, es lo !ue ;elsen considera comoNO65A +6I5A6IA.

    NO65A SEC2N,A6IA: Esta compuesta de dos elementos: E5E- U-&$ y

    -E07$%05&*&.Estos elementos se de2nen en función de uno, la 0%#&$%, a la cual ;elsen toma comooriginaria, es decir como madre, punto de partida. SANCION es: la provocación umana o laprivación de un bien o la provocación de un mal, con o sin contenido económico, aplicado porparte de una autoridad competente, con la posibilidad por parte de esta de utilizar la fuerza araíz de una conducta umana. 5&E%: !uellos protegidos por el orden jurídico, como por ejemplobienes muebles, inmuebles, la libertad, !uitarme algo de lo !ue gozo, la vida, la libertad. '*:

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    inCuyen en su conducta, a trav1s de sanciones. *a diferencia entre estos tres ordenes "eldereco, la moral y la religión) radica en establecer cuando una conducta esta proibida. Eldereco, encarga a otro ombre !ue representa al Estado la acción descripta@ la moral, nos va adecir cuando un acto será o no desaprobado por sus semejantes@ 2nalmente la religión, amenazacon un castigo por parte de una autoridad supraempírica. *as conductas umanas en el marcode una sociedad, no pueden !uedar al libre albedrío. 0urge la necesidad de reglar esasmanifestaciones. /(*&$% plantea !ue las normas jurídicas son imperativos dirigidos a losreceptores de la normatividad. Esta de2nición fue puesta en ja!ue por 5&%&%+ al sealar !uelos criminales cumplían con las normas y !ue no las violaban. Este jurista consideraba oportuno

    llevar a cabo una división entre norma jurídica y ley criminal. 0i los delincuentes llevan a caboconductas del tipo penal, entonces no la abrán infringido. *E+0 y *#'5-, en las normas

     jurídicas se contiene un imperativo y por eso son preceptos@ pero el imperativo no se confundecon el puro mandato y, además, en la base de las normas ay tambi1n un juicio, un dictamen dela razón, pero el dictamen no tiene valor prescriptivo, es un producto de la prudencia, pero no esla decisión de acerlo ni una orden de !ue se aga. En el dictamen ay un puro conocimiento delo !ue se debe acer y la enunciación de ese deber ser. ;E*0E%, la norma se presenta como unes!uema de e3plicitación conceptual para !ue un suceso se constituya en un acto !ue seaconforme o contrario a dereco., al observar el contenido de la norma !ue es concebida comovalida y confrontándola con ese suceso. 0'&(=, es una signi2cación lógica !ue a sido creadaseg4n ciertos procedimiento establecidos por una comunidad jurídica formalmente e3presadaspor órganos e instancias productoras !ue regulan la conducta de los individuo, en un tiempo yun espacio, cuando enfrentan ciertas situaciones !ue los condicionan, deberes y facultades,estableciendo sanciones coactivas para el caso de incumplimiento.

    E#tructura y elemento# Norma# categ%rica#- (i!ot&tica# y di#yunti)a#.U0(&%, consideraba a las normas jurídicas como mandatos y ordenes !ue emanan del soberanoy se dirigen al s4bdito !ue tiene el deber de cumplir bajo amenaza de sanción. (riadainseparable: mandatoFdeberFsanción. El dereco positivo, e3presado por las normas jurídicas,son imperativos y emanan 4nicamente del Estado. El concepto de soberanía es la base de suconstrucción jurídica. *os '%($0 7-&'-&$0, son a!uellos !ue el soberano "legislador)impartía a todos los s4bditos, estableciendo la conducta deseada !ue debían cumplir. *os'%($0 0E#U%-&$0, son los !ue el soberano imponía a los jueces o funcionarios para !ue

    apli!uen las sanciones en caso de incumplimiento del mandato primario. E: el mandato primarioseria no robar y el secundario seria la condena al autor en caso de !ue se produzca el robo. *osmandatos primarios se vinculan con la faz licita del obrar, acciones u omisiones !ue los s4bditosestán obligados a cumplir por voluntad del Estado, y los secundarios a la faz ilícita, alincumplimiento del mandato primario y la consecuente sanción. *a norma descripta por gustínposee una EST62CT26A LO9ICA CATE9O6IA, E: no mataras "mandato primario) osancionaras "mandato secundario). 0e da una proposición o la otra.

    ;E*0E%, las normas jurídicas no son órdenes o mandatos por ser e3presiones vertidas desde laposición del soberano. En el sentido del vocablo, la e3istencia de un mandato presupone doselementos: un acto de voluntad !ue tiene como objeto la conducta de otra persona, y lae3presión del mismo acto por palabras, gestos u otros signos. *a fuerza del mandato deriva delas condiciones en las cuales es formulado. $tra observación !ue ;elsen re2ere a la postura degustín, es !ue las normas consuetudinarias nunca an sido formuladas en forma de mandatos,sin embargo son vigentes. #uando se ace referencia a ordenes, ay !ue recordar !ue paracumplir las ordenes deben de e3istir dos sujetos, uno el emisor de la norma y el otro el receptor,y ambos tienen !ue tener voluntad y reconocer una relación de mandoFobediencia. 0eg4n elmaestro vienes, la estructura lógica categoría sería: E: 8los propietarios deben pagarimpuestos9, es decir 80 "los propietarios, sujetos de la acción, los !ue llevan a cabo el accionar)debe ser 7 "este es el accionar, pagar impuestos, el predicado)9. í es donde reside elproblema, A!u1 ocurre en el caso del incumplimientoB, seg4n gustín el Estado ejecuta lasanción por medio de los jueces o funcionarios, entonces seg4n ;elsen, la EST62CT26ALO9ICA ES HI+OTETICA, es decir, 8ado debe ser 59, 8ado un =eco &lícito debe ser la

    0anción9. ado no pagar impuesto, deviene la sanción. *o relevante para el dereco es la fazilícita del obrar umano, sin sanción no ay dereco, solo estaríamos ante la e3presión debuenos deseos. esta norma sancionadora ;elsen la denomina NO65A +6I5A6IA, considera!ue esta es la !ue se vincula con la faz ilícita del comportamiento, por ser la norma !ue act4acuando se !uebranta el ordenamiento jurídico. *a norma primaria es la e3presada por medio del

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    principio de imputación, !ue relaciona un fenómeno antecedente con una conductaconsecuente, 8ado debe ser 59.*a parte de la norma !ue evita la sanción, !ue nos establece cual es la conducta !ue debemosseguir, si !ueres estar dentro de la faz licita del obrar, es la NO65A SEC2N,A6IA, !ue cumpleun papel de au3iliar de la justicia. E: %o se debe robar, si alguien roba, debe ser castigado. 7ara;elsen cuando ablamos de dereco, la 4nica norma verdadera es la primaria, la secundaria esuna mera consecuencia.

    #$00&$, se diferencia de ;elsen al considerar !ue el verdadero objeto de la ciencia jurídica es la

    conducta umana en interferencia intersubjetiva y !ue las normas jurídica cumplen una funcióngnoseológica, son el instrumento de conocimiento del !ue se vale el interprete para solucionarun conCicto. En el sentido de la norma jurídica disiente, en el sentido de considerar !ue la normasecundaria no es una mera ipótesis au3iliar de la justicia, dado !ue para 1l tiene un sentidoontológico y forma parte de la norma jurídica. *a parte !ue describe la conducta lícita de lanorma es la EN,ONO65A, la parte de la norma !ue describe la conducta ilícita es la+E6INO65A, !ue contiene la sanción y se identi2ca con la faz ilícita del obrar umano. El

     jus2losofo argentino concibe a la estructura normativa como un  42ICIO ,IS?2NTIVO, con lautilización de la partícula 8o9F estructura la norma a trav1s de dos proposiciones en disyunciónproposicional, se da la endonorma o la perinorma, pero no ambas, la norma es una sola !ue estaintegrada por dos partes. *a norma disyuntiva seg4n #ossio, plantea un primer juicio !uerelaciona lo pretendido por el sujeto, con lo re!uerido al sujeto pretendido. #ossio va a e3plicarla norma jurídica como dos juicios ipot1ticos en disyunción o un juicio disyuntivo:ada cierta circunstancia en una comunidad !ue pretende el despliegue de una conducta, debedarse esa conducta pretendida o dada la no pretensión del despliegue de esa conducta,entonces será la sanción.#ossio denomina a la 7-E(E%0&$% como EN,ONO65A, "!ue es lo !ue pretende la norma, E:respeto a la vida, a la propiedad privada, etc) y la +E6INO65A, si no se despliega lo !ue sepretende, deviene la sanción. menaza de sanción, contiene la sanción. Es decir: ado la noconsumación de la E%$%$-', entonces se despliega la 7E-&%$-'.

    0eg4n ;E*0E%, la NO65A 426I,ICA CONTIENE @ CINCO ELE5ENTOS@ tre# de ellos en la!ue considera el verdadero objeto del dereco, la norma !rimera: E* =E#=$ &*G#&($ K #($

    %(&U-G$, la #$7U* &'7U((& E5E- 0E-, y * 0%#&$%

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    en ilicitud@  lguien titular: es el sujeto activo de la relación jurídica, el !ue tiene dereco ae3igir el cumplimiento de la obligación. *a copula 8o9, es la !ue le otorga el sentido disyuntivo ala norma jurídica. *a +E6INO65A consta de los otros cinco elementos: : *a no prestación: !uesigni2ca trasgresión, acto antijurídico, eco ilícito@  eber ser: es una categoría lógica !uenos permite determinar la conducta a realizar o acto como libre@

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    BOLILLA V – El derec(o como #i#tema

    a) El ordenamiento jurídico Conce!toUn sistema normativo es un conjunto de enunciados tales !ue entre sus consecuencias ayenunciados !ue correlacionan casos con soluciones. *a correlación debe ser deductiva, !ue nospermita deducir !ue de dos enunciados, el primero es un caso y el segundo una solución. Esto esuna correlación normativa. *os sistemas normativos son a!uellos de los cuales se pueden

    e3traer consecuencias normativas utilizando la deducción. E3isten sistemas puramentenormativos y otros no. En los puramente normativos, no encontramos consecuencias en ecos,son todas consecuencias normativas. 0us enunciados acen referencias a normas coactivase3clusivamente. *os segundos posibilitan la coe3istencia de enunciados facticos con losnormativos. El sistema jurídico es una subclase de los sistema normativos mientras e3ista unanorma !ue contenga sanción. Un urden jurídico puede ser caracterizado como un orden coactivoa pesar !ue no todas sus normas son coactivas. El orden jurídico o dereco, es un sistema deenunciados !ue prescriben sanciones. ;E*0E% denomina nomodinámica al movimiento de lasnormas !ue se producen dentro del ordenamiento@ es una relación de derivación, aplicación ycreación de normas jurídicas. *as normas jurídicas no se presentan en forma independiente oaislada, ablamos de un conjunto, no de una sola, !ue se encuentran sistematizadas. 7or todoello, un $-E%'&E%($ U-G$ es un conjunto de normas jurídicas sistematizadas !ueregulan la conducta umana de los individuos en un tiempo y espacio determinado en formacoactiva.

    Caracterí#tica# 2nidad y 4erar1uía Com!letitud- co(erencia e inde!endencia del#i#temaEl ordenamiento jurídico como sistema posee ciertas características: unidad y jerar!uía, !ueresultan esenciales, no pueden faltar, si no se encuentran no estamos ante un ordenamiento

     jurídico, y tres son deseables: completitud, coerencia e independencia del sistema, puedenfaltar, sino están, e3isten mecanismos para suplirlas. ;elsen, considera !ue a parte de la unidady jerar!uía, la completitud es de carácter necesario.U%&: cuando la totalidad del conjunto de normas jurídicas !ue integran el sistema se

    remontan a trav1s de gradas acia una 4nica norma positiva !ue es al #onstitución. E-- normas generales > normas individuales.

    7&-'&E %$-' /U%'E%(* "=ipótesis o supuestognoseológico)

    %$-'0 +E%E-*E0%$-'0 &%&&U*E0EE#U#&$% E %$-'0

    #$=E-E%#&: 0e vincula con el vicio lógico de la contradicción. %o debe aber normascontradictorias. Es conveniente aclarar !ue de eco e3isten las contradicciones, debido a !uees imposible materialmente conocer el dereco por más !ue e3ista una 2cción jurídica !ueestablece un principio general como !ue 8el dereco se presume conocido por todos9. 0ubyacea!uí el valor de la seguridad jurídica. %o se puede argumentar el desconocimiento del dereco,pero en la realidad es imposible conocerlo. *as contradicciones pueden ser de dos tipos: entredos o más normas de igual nivel jerár!uico, o entre normas de distinto nivel. Este ultimo, el casotípico es la inconstitucionalidad de una *ey. Este conCicto se soluciona a trav1s del principiológico 8norma de grada superior deroga a la de grada inferior9. 0i son normas de igual grada,pueden ser de tres tipos: TOTAL – TOTAL: la totalidad de una norma colisiona con la totalidad deotra, E: proibido estacionar de WW a OQ > permitido estacionar de WW a OQ. TOTAL – PARCIAL:

    cuando una de las normas no puede ser aplicada sin entrar en contradicción con otra, E:proibido estacionar de WW a OQ > permitido estaciona de WX a WS para descarga. PARCIAL –PARCIAL: cuando el campo de aplicación de ambas normas se superponen parcialmente. (odosestos casos se resuelven por dos principios lógicos: 8la norma posterior deroga la anterior9, 8laley especial deroga a la general o por lo menos la modi2ca en lo !ue rige la general9.

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    #$'7*E(&(U: 0e considera !ue un ordenamiento jurídico es completo cuando no e3isten vacíosde juridicidad. %o encontramos con el problema de las lagunas en el dereco. El ordenamientodebe ser erm1tico, contemplar todas las situaciones !ue se puedan presentar. 7ara ;E*0E% elordenamiento jurídico es completo, no posee lagunas, siempre es posible resolver los casos !uese puedan dar. *as lagunas del dereco constituyen una 2cción jurídica. E3isten distintasposturas frente a las lagunas: Realismo ingenuo: reconoce una realidad en !ue e3isten lagunasen el dereco, pero peca de ingenuo al considerar !ue el ordenamiento jurídico es una merayu3taposición de normas, desconociendo !ue el dereco es un sistema de normas !ueencuentra soluciones para los casos mediante la intercone3idad de otras normas. Empirismo

    científco: no e3isten lagunas en el dereco basándose en el principio de clausura 8todo lo !ueno esta jurídicamente proibido esta permitido9. Iittelman, considera !ue el principio declausura es un a3ioma ontologico de la libertad, pues todas las libertades !ue no se me anrecortado, me están permitidas. onatti, el principio de clausura es una obligación positiva de noacer, de no impedirle a alguien realizar actos !ue no están proibidos. %uestra #.% recepta este4ltimo concepto en su artículo NS cuando e3presa 8%ing4n abitante de la %ación será obligadoa acer lo !ue no manda la *ey, ni privado de lo !ue ella no proíbe9. Francisco Geny : sostiene!ue e3isten lagunas en la *ey pero no en el dereco. Evidencia una posición jusnaturalista alconsiderar al dereco más !ue la *ey positiva. Cossio: critica esta 4ltima posición por considerar!ue no estaba clara la relación entre dereco y ley. 0i es una relación de g1nero a especie, sie3iste vacío en la *ey, debe e3istir tambi1n en el dereco@ si la relación es del todo a la parte, nopueden e3istir lagunas en la parte sin !ue afecte al todo. Kelsen: plantea tres tipos de pseudolagunas, ya !ue para 1l, no e3isten lagunas. : son las lagunas lógicas y se producen cuando el

     juez cree !ue una situación no fue regulada o !ue el legislador omitió legislar. Este supuestológico se transforma en a3iológico por el imperio del principio de clausura y aun!ue al juez no leagrade, debe aplicarlo, articulo NS de la #% y articulo NM del #.# 8los jueces no pueden dejar de

     juzgar bajo el prete3to de oscuridad, silencio o insu2ciencia de las leyes9.  trata las lagunast1cnicas, como por ejemplo, una norma !ue establezca !ue entrara en vigencia luego de los NWdías de su reglamentación y nunca se reglamenta.

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    Valide7 de la norma jurídica y )alide7 del ordenamiento jurídico Vigencia o e$cacia #on relación a la E/#&, podemos sostener !ue la norma es valida cuando a sido creadaformalmente, aun!ue carezca de e2cacia, es decir, el eco social del acatamiento ocumplimiento comunitario. *a e2cacia no es la condición de validez de la norma. 7ueden e3istirnormas !ue sean validas pero ine2caces. (oda norma regula la conducta umana !ue se ejecutaen una situación tempoespacial determinada. 7uede iniciarse en un tiempo y terminar en otro.Espacio, valida para un territorio. *a e2cacia esta referida al efectivo cumplimiento de la normapor parte de los miembros de la comunidad. Una norma es e2caz, en la medida !ue consigue el

    2n perseguido, y es efectiva, en la medida !ue los destinatarios la consideren como jurídica, losórganos comunitarios la apli!uen y sea obedecida por los miembros.Una norma tiene &+E%#& cuando se an cumplido todos los re!uisitos e3igidos para sue3istencia formal: sanción, promulgación, publicación y un lapso de tiempo determinado. Unanorma posee distintos ámbitos de vigencia: espacial "territorio determinado), temporal "periodode tiempo determinado) y personal "dirigido a determinas personas. Una norma es vigenteindependientemente de la e3istencia de una situación !ue pueda e3istir en el mundo !ueposibilite la aplicación de la misma. En las normas jurídicas la validez es independiente de lae2cacia, pues las normas aun!ue no sean acatadas por la comunidad, van a seguir siendovalidas asta ser derogadas.

    c) 9radaci%n del ordenamiento jurídico Con#tituci%n- norma# generale# y norma#indi)iduale# El ordenamiento jurídico puede ser representado por esa supuesta pirámide. En la c4spide seencuentra la #$%0(&(U#&$% !ue es tambi1n una norma general, pero se diferencia de estas,puesto !ue es la !ue le da unidad al sistema, de ellas dependen todas las demás. *as %$-'0+E%E-*E0 son dirigidas a los sujetos normativos indeterminados, no podemos establecer!uienes son en un espacio y en un tiempo, por lo tanto no sabemos a !uienes se les aplica lanorma. En la %$-'0 &%&&U*E0, el sujeto esta determinado cono nombre y apellido. Estetipo de norma puede ser de dos clases: autónomas "Ej.: los contratos, las partes establecenderecos y obligaciones) eterónomas "Ej.: las sentencias y los actos administrativos, el sujeto yla autoridad normativa no son coincidentes.

    ,in3mica del ordenamiento jurídico Creaci%n y a!licaci%n del derec(o7or el carácter dinámico del ordenamiento jurídico una norma es valida en la medida en !ue estadeterminada su creación por una norma de grada superior. Es el punto de vista dinámico formal.Una norma de grada inferior fundamenta su validez en una norma de grada superior en unproceso de creación y aplicación constante, asta llegar a la #.%. todas las normas del sistemason creación y aplicación. *as normas individuales para su creación aplican las normasgenerales, y estas, para su creación aplican la #.%. #uanto mas arriba en la pirámide meencuentro, las normas tendrán más de creación@ en cambio, cuanto más abajo, más deaplicación.E3isten dos e3cepciones: la pura creación, !ue es la norma ipot1tica !ue para su e3istencia noaplica nada por encima de ella y los actos de ejecución !ue consisten en pura aplicación, nocrean nada, solo aplican la sentencia: Ej.: un desalojo mediante el au3ilio de la fuerza publica.7ero cuando analizamos el contenido de la norma, esta no debe contradecir el contenido de lanorma de grada superior asta llegar a la #.%, este es el plano estático material.

    .undamentaci%n del orden jurídico Norma (i!ot&tica /undamental de Kel#en0 regla dereconocimiento de Hart*a %$-' =&7$(E( /U%'E%(* E ;E*0E%, es un supuesto gnoseológico !ue le dafundamento al ordenamiento jurídico en su conjunto. 0e ubica en el es!uema por encima de la#onstitución y se encuentra fuera del orden jurídico. ;elsen la denomina norma básica ofundamental, permiti1ndonos conocer o reconocer !ue el ordenamiento jurídico es valido si ese2caz. 0eg4n ;elsen, la validez de una norma solo puede ser fundada en la primera norma. *aprimer norma no tiene norma anterior, entonces ;elsen dice !ue 1sta se supone "norma

    ipot1tica).-E+* E -E#$%$#&'&E%($ E =-(: =art intento darle al ordenamiento jurídico una soluciónnormativista. 7lantea una división de las reglas: en primarias y secundarias. *as primarias sonreglas de conducta: obligan, permiten o proíben. entro de las 4ltimas tenemos a las reglas deadjudicación, de cambio y por 4ltimo las de reconocimiento: dice !ue esta permite reconocercuando una regla pertenece al sistema. &ntegra el ordenamiento jurídico.

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    Otra# !o#icione#.-ealista: 0eg4n lf -oss, un orden jurídico es válido solamente cuando se cumple. El conceptode validez es igual al de vigencia. %o se puede ablar de un orden jurídico válido, ya !ueconsidera !ue el dereco está en los ecos. El orden jurídico válido es el !ue se da en larealidad. *a validez está en !ue recientemente se cumplan los ecos.

     usnaturalismo: un orden jurídico es válido si tiene ciertos contenidos !ue respetan los derecosnaturales !ue tiene el ombre por ser ombre. 0anto (omas de !uino considera a la primeranorma como justa, ya !ue está dada por un orden divino. 0i esta norma no es justa, no es válida.

    #ossio: se re2ere a !ue todo ordenamiento jurídico convalida su validez, en una normafundamental !ue es propia de cada uno.

    BOLILLA VI – Lo# duali#mo# en la ciencia del derec(o

    a) ,uali#mo Conce!to 7untos de la ciencia !ue tienen dos objetos diferentes de estudio en relación. El ejemplo masmarcado es la posición entre el ereco %atural y el ereco 7ositivo, ó dereco objetivo ysubjetivo, publico y privado, etc.

    ,uali#mo# ontol%gico# y metodol%gico#U*&0'$ $%($*$+$: Es una controversia entre el dereco como conducta de sujetos cuyoacer se contrapone al impedir de otros "#ossio). El dereco como norma jurídicae3clusivamente ";elsen). #uando e3isten dos objetos a donde dirigir el estudio.U*&0'$ 'E($$*$+$: 0e e3presa en el dereco objetivo. 0e re2ere al estudio de lasnormas. E3iste un solo objeto en estudio, pero dos m1todos para realizar el mismo.

    +a#o# !ara #u uni$caci%n !ro!ue#to# !or la Teoría +ura del ,erec(o*a (eoría 7ura del ereco se caracteriza por un marcado rigor metodológico. esde su planteooriginal, propone distinguir entre las disciplinas de la naturaleza y las disciplinas normativas.*uego de ello se centra en el estudio de las disciplinas normativas y separa al dereco de todasellas, advirtiendo !ue lleva a cabo esa distinción dado !ue el dereco es una disciplina neutradesde el punto de vista valorativo. espu1s de deslindar ontológicamente al derecocaracterizándolo como ciencia normativa no valorativa, !ue estudia las normas positivas comoson y no como deberían ser, pasa al estudio de la estructura de la norma y sus elementos, enuna segunda parte de su teoría denominada 8nomoestática9. Una tercera denominada8nomodinámica9, donde aborda los aspectos dinámicos del dereco relacionados con lasrelaciones de creación y aplicación, y fundamentación y derivación de las normas. ;elsen

    propone 2nalmente disolver los dualismos en la ciencia jurídica. 7ara ello lleva a cabo unapropuesta metodológica: no resulta aceptable para la ciencia jurídica referirse a distintos8derecos9, el dereco es uno solo, 8el positivo9. *as visiones duales deben ser eliminadas porcuanto llevan a confusión. ;elsen sostiene !ue estas posiciones dualistas tienden a justi2car unaideológica subyacente, !ue se sostiene en el dereco natural. ;elsen se enfrenta al dualismo, locritica y desarrolla una posición '$%&0(, siendo esta una nueva teoría !ue destruye aldualismo: :F describe la postura de la doctrina tradicional !ue acepta el dualismo. F la critica.

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    se concebía desde una perspectiva dualista, se trata en 2n de una misma realidad. Estametodología es utilizada por ;elsen en el caso de todos los dualismos.

    ualismos fundados en el reconocimiento de la subjetividad.b) ,erec(o O'jeti)o y ,erec(o #u'jeti)o El primero de los dualismos !ue parten del presupuesto del reconocimiento y autonomía de lasubjetividad, es el de dereco subjetivo y dereco objetivo.E-E#=$ 0U5E(&$: !uellos !ue tienen los ombre por su condición de ser umano. *osintereses de los ombres. 0on innatos a los ombres por el solo eco de e3istir. E3istirían

    aun!ue el dereco objetivo no e3istiese. E-E#=$ $5E(&$: #onjunto de normas,ordenamiento jurídico. 7ara ;elsen es la norma jurídica, la creada y puesta por el ombre.esde la perspectiva de la ciencia tradicional, el dereco subjetivo es anterior y superior aldereco subjetivo. ;elsen advierte !ue en varios idiomas se ace referencia a este dualismo.0eg4n las distintas versiones, e3iste una primacía del dereco subjetivo sobre el derecoobjetivo. Esta posición se sustenta en diversas teorías !ue an intentado establecer lanaturaleza jurídica de los derecos subjetivos. ;elsen advierte !ue el dereco subjetivo no puedeser un inter1s protegido por el dereco. 0ino solamente la protección de a!uel inter1s !ue eldereco objetivo establezca. Esa protección consiste en !ue el dereco objetivo enlaza a lalesión de ese inter1s una sanción. ;elsen remarca cual es el sustrato ideológico jusnaturalista: elsostener !ue el ombre en tanto tal, es sujeto de derecos, portador de los mismos,encabezados por la libertad, cuya e3istencia es independiente del reconocimiento de los mismospor el dereco objetivo. 0i prescindimos de esa ideología como es deseable, arribaremos a laconclusión de !ue lo esencial para el dereco positivo es el deber jurídico. %o ay derecosubjetivo en relación con una persona, sin el deber jurídico de otra. El contenido del derecosubjetivo es el cumplimiento del deber de otro sujeto. 7uede aber deber sin dereco, pero nodereco sin deber. eber y dereco se integran para ;elsen como el 8dereco objetivo9. ;elsenconcede un segundo signi2cado al dereco subjetivo, !ue es el de 8dereco subjetivo en sentidoestricto9. En este caso, es la facultad de poner en acción el aparato sancionador del Estadofrente al caso del incumplimiento de una obligación. (ener un dereco subjetivo consiste en laposibilidad de ejercer la fuerza jurídica concebida por el ordenamiento jurídico. El concepto

     jurídico de persona, se alla íntimamente relacionado a la oposición dereco objetivoFderecosubjetivo.

    +er#ona# de ei#tencia /í#ica y !er#ona# de ei#tencia jurídica7E-0$% E EH&0(E%#& /&0: ente susceptible de ad!uirir derecos y contraer obligaciones.7E-0$% E EH&0(E%#& U-G: (odas las demás !ue no poseen e3istencia visible o física y!ue son susceptibles de ad!uirir derecos o contraer obligaciones. E: una sociedad.7ara la teoría tradicional, la persona es de vital importancia por cuanto constituye el sustrato delos derecos !ue le son propios: los derecos subjetivos, !ue desde esta perspectiva, conanteriores al ordenamiento jurídico objetivo. El sujeto de dereco en la teoría tradicional, essujeto de una obligación jurídica o de un dereco subjetivo. ;elsen sostiene !ue la teoríatradicional identi2ca a la persona con el ombre, esto es lo !ue se denomina una concepciónantropomór2ca de persona. El carácter inapropiado de esta de2nición se evidencia en el caso dea!uellas personas !ue no son ombres en sentido físico, como el ejemplo de una sociedad. 7araesta situación la teoría tradicional crea una segunda categoría, la persona jurídica o persona dee3istencia ideal. 7ara justi2car la personería jurídica de los entes colectivos, se an ensayadodiversas teorías, !ue pueden ser agrupadas en: (eoría de la realidad: consideran a la persona,cual!uiera sea su tipo, como una realidad social. (eoría de la 2cción: 0avigny, sostuvo !ue la4nica persona !ue e3iste es el ombre, aun!ue por conveniencia o inter1s económico o social,se recurre a la persona de e3istencia jurídica, !ue es un sujeto de dereco patrimonial, creadopara facilitar la asociación de individuos. (ambi1n an e3istido teorías negatorias al respecto.;elsen, sostiene !ue la ideología subyacente en esta postura es !ue, al relacionar al concepto depersona con el signi2cado antropomór2co de ombre, se intenta justi2car la posición

     jusnaturalista de los derecos subjetivos del ombre por su condición de ser umano. ;elsene3plica !ue las personas jurídicas poseen la misma caracterización !ue las personas físicas. En

    ambos casos la personalidad esta compuesta por un conjunto de derecos, obligaciones yresponsabilidades. En su opinión, tanto la persona física, como la jurídica, no poseen e3istenciareal o natural. *os deberes, derecos y responsabilidades de las personas jurídicas, no son otros!ue los !ue les corresponde a las personas físicas. ;elsen arriba a esta conclusión por entender!ue las normas no regulan otra cosa conductas umanas. #uando un ordenamiento jurídicoimpone deberes y responsabilidades a una persona jurídica, o le atribuye derecos, se los

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    impone o atribuye a una cierta cantidad de individuos sin designarlos especí2camente., y sucumplimiento o violación se da por los individuos integrantes de esa asociación. *a persona

     jurídica se convierte así desde la perspectiva ;elseniana, en un centro de imputación normativa.0us actos son imputados a un sujeto 2cticio, y ;elsen los denomina: imputación perif1rica uobligaciones y derecos e3ternos. esde el orden jurídico parcial !ue es la persona jurídica, elacto imputado a la sociedad desde el punto de vista e3terno, se imputa al individuo !ue actuócomo representante y se denomina imputación central u obligaciones y derecos internos. Unamención especial corresponde acer respecto de la imputación penal a las personas jurídicas: laasociación no tiene capacidad delictiva, aun!ue si los sujetos !ue la integran, pero los actos !ue

    estos cometan no pueden imputarse a la sociedad. Esto no e3cluye la responsabilidadpatrimonial de la asociación. 7ara ;elsen una persona es un punto com4n en el !ue convergenderecos, obligaciones y responsabilidades determinadas por las normas y !ue se aplican enforma directa o indirecta a la conducta de un individuo. Entonces, para la (eoría 7ura delereco la persona física no es el ombre !ue tiene dereco y obligaciones, sino la unidad dederecos y obligaciones cuyo contenido es el comportamiento de un ombre. e esta manera,tanto la persona física "ombre) como la jurídica "asociación), constituyen un 4nico concepto

     jurídico de persona en tanto centro de imputación normativa "derecos, deberes y obligaciones). lo sumo puede entenderse el concepto de persona jurídica como una construcción au3iliar, noesencial.

    ,erec(o# reale# y derec(o# !er#onale#.E-E#=$0 -E*E0: -elación jurídica inmediata entre una persona y una cosa sometida voluntady acción. 0on derecos absolutos. *os ejecuto contra todos por!ue todos deben respetar mipropiedad. .E-E#=$0 7E-0$%*E0: establecen relaciones entre personas.*os derecos reales son a!uellos !ue una persona tiene sobre un objeto. El ejemplo típico es eldereco de propiedad. Esta clasi2cación es utilizada en la actualidad con 2nes metodológicospara abordar el estudio del dereco positivo. Esta utilidad metodológica no obsta a reconocer!ue en su trasfondo se sostiene una ideología: la propiedad privada como dereco subjetivo.;elsen no se opone a la propiedad privada. *os derecos, dice, no se dan entre las personas ylos objetos, los 4nicos sujetos dentro de una relación jurídica son los ombres, a !uienes se lesatribuye derecos y obligaciones. *a 4nica característica es !ue en algunos casos esta relación

     jurídica se da entre dos sujetos determinados, el obligado y el pretensor, pero en otros, larelación se da entre un pretensor y toda la comunidad obligada, esto es lo !ue se denominaobligación pasivamente universal. ado !ue el dereco como sistema social regula la conductade los ombres en su relación con otros ombres, la propiedad no puede constituir,

     jurídicamente, sino en determinada relación de un ombre frente a otros ombres: es decir, enla obligación de los ombres de no impedir la disposición de un sujeto determinado sobre unacosa. 7ara ;elsen el dereco reCejo de propiedad no es un dereco absoluto, sino el reCejo de lamultiplicidad de obligaciones de un n4mero indeterminado de individuos, con respecto de unmismo individuo, con relación a una misma y 4nica cosa, a diferencia del dereco personal !uees el reCejo de la obligación de determinado individuo frente a otro individuo determinado.;elsen tambi1n se re2ere al dereco de propiedad como poder jurídico para e3cluir a todos losdemás de la disposición de una cosa determinada. 0eg4n ;elsen no e3iste el dereco sobre unacosa, sino un dereco en relación con una obligación pasivamente universal de sujetos, !uienesdeben respetar la posesión física de ese objeto por parte de un sujeto. Esas relaciones se fundanen el reconocimiento !ue de las mismas efect4e el ordenamiento jurídico, no principiosmetafísicos suprapositivos.

    ualismos fundados en la autonomía de la política.c) ,erec(o !*'lico y derec(o !ri)adoE-E#=$ 7U5*$: -elación jurídica entre los particulares y el Estado. ereco 7enal. %o e3isteun vínculo de igualdad sino de subordinación de una parte a la otra. 0e funda en el poder odominio del Estado. E-E#=$ 7-&$: -egulación de relación entre particulares, E: ereco#ivil. *a relación se da entre dos individuos particulares, razón por la cual ambos se encuentran

    en condición de igualdad.7ara ;elsen, el ereco 7rivado relaciona sujetos e!uivalentes con el mismo valor jurídico. Elereco 7ublico establece una relación entre dos sujetos entre los cuales una tiene frente al otroun valor jurídico superior. Un ejemplo típico de dereco privado es una compraventa entre dosparticulares. El incumplimiento de alguno de los contratantes genera en el otro la facultad dereclamar o accionar judicialmente. %o se presenta la misma relación en el caso del ereco

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    7ublico. !uí la relación se da entre un particular y el Estado, actuando este ultimo como poderpublico. En estas circunstancias, más allá de la vigencia de algunos principios procesalescomunes a ambos, la relación jurídica es desigual. En primero termino, los juicios de y contra elEstado cuentan con un fuero especial: el contencioso administrativo@ poseen un plazo deejecución mas reducido@ 2nalmente, por razón de emergencia u orden publico, puede llegar asuspenderse la ejecución de una sentencia contra el Estado. ;elsen sostiene !ue estasdiferencias se fundan en la pretensión de dar distinto sentido e intensidad a la validez de lasnormas jurídicas, las cuales en el caso del dereco privado, se tratarían de normas jurídicas ensentido estricto, y en el caso del dereco publico no, ya !ue deben sucumbir ante las urgencias

    de los 2nes del Estado. Este dualismo posee un carácter ideológico. Este dualismo se disuelvecuando en ambos casos, en los !ue intervengan el Estado o particulares, los actos son todoscreadores de normas imputables a un 4nico y mismo ordenamiento jurídico. ;elsen arriba a laconclusión !ue el dereco p4blico y el privado, no son realidades distintas, sino !ue se trata dedos t1cnicas de creación especí2cas de normas !ue pertenecen a un 4nico ordenamiento jurídicopositivo.

    ,erec(o y E#tado0e plantea clásicamente !ue el Estado es una entidad distinta, independiente y anterior aldereco: el E0($ es un ente constituido por una población asentada en un territorio y !uedetenta un poder !ue se mani2esta en la efectividad de un orden jurídico, por lo tanto, el Estadocrea al ereco. E-E#=$: podríamos de2nirlo como conjunto de normas, compararlo con unordenamiento jurídico, etc. e acuerdo con esto, el dereco es e2caz por!ue el Estado con supoder impone el dereco. El Estado y el dereco, son concebidos como dos cosas diferentes. ElEstado e3iste independientemente del dereco, y el dereco puede e3istir sin el Estado. Estedualismo alla fundamente en varias teorías, como por ejemplo de la &ering !ue sostiene !ue eldereco es una creación del Estado. (odas las teorías !ue sostienen esto, tienden a legitimar elEstado por el dereco. 0e intenta reforzar la autoridad del Estado a trav1s de la teoría del8Estado de ereco9. En realidad, lo !ue tienen en com4n los ombres !ue pertenecen a unmismo Estado, es e conjunto de normas. ;elsen sostiene !ue el Estado es un ordenamiento

     jurídico, pero a la inversa, no todo ordenamiento jurídico es un Estado. *a solución unitaria !ue;elsen encuentra para este dualismo es !ue el Estado tambi1n es un centro de imputaciónnormativa, es la personi2cación de un ordenamiento jurídico. 7or supuesto !ue es posible

    referirse al estado en un sentido restringido, aciendo alusión solamente al conjunto de órganos!ue lo componen, pero en sentido amplio, el Estado es el 8ereco9. esde la perspectiva;elseniana, es impropio y redundante referirnos al Estado de ereco.

    ,erec(o nacional y derec(o internacional.El dualismo entre el dereco nacional e internacional, es tratado por ;elsen de manera distinta alos anteriores. !uí invierte la primacía de los t1rminos, sin intentar uni2carlos. 0e a sostenido!ue e3iste una primacía del dereco nacional sobre el internacional. Este 4ltimo seráconsiderado dereco en la medida en !ue sea reconocido o admitido por el dereco nacional. *aideología !ue a nutrido esta dualidad, es la de preponderar lo propio por sobre lo foráneo. Estasuperioridad de lo nacional sobre lo internacional, suele considerarse como soberanía del Estado.;elsen propone plantear la cuestión de otra manera: e3iste en realidad una primacía del derecointernacional por sobre el nacional. El dereco internacional delimita en cierto modo al nacional,por cuanto la dimensión territorial, personal y temporal de un Estado %acional cual!uiera, se veen el reconocimiento !ue a 1ste le aga la comunidad internacional. 0ostiene así !ue el derecointernacional obliga y autoriza al Estado a comportarse en cierta forma, es decir, deja al orden

     jurídico nacional el determinar lo individuos !ue deberán cumplir con las obligaciones impuestaspor el dereco internacional. En la visión ;elseniana, el estado nacional funciona como unapersona dentro del marco del dereco internacional. simismo, el dereco internacional presentagradas: en la c4spide se ubica la norma de dereco internacional consuetudinario generalcontenido en la má3ima 8los pactos deben ser cumplidos9, principio básico sin el cual serianimpensables las relaciones in