aporte al deporte
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APORTE AL DEPORTE
Leidy Jacome C.I. 20.061.376Devlin Moreno C.I. 18.309.156
Yorman Araque C.I. 15.517.519Mileisy Lopez C.I. 18.310.038
Republica Bolivariana de VenezuelaUniversidad de los andes
Mérida – Edo. Mérida
LEY ORGÁNICA DE DEPORTE,
ACTIVIDAD FÍSICA Y
EDUCACIÓN FÍSICAEsta Ley que tiene por objeto
establecer las bases de la educación física y el deporte como derecho
humano y deber social fundamental y desarrolla el principio
constitucional establecido en el artículo 111 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
ÁMBITO DE APLICACIÓNSerá aplicado a la administración pública nacional, estadal y municipal, a las organizaciones del poder popular, así como todas las personas naturales o
jurídicas de derecho público o privado que se dediquen a realizar cualquier actividad relacionada
con la práctica, promoción o alguna actividad económica vinculada con el deporte
CREACIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DEL DEPORTE
Se crea el sistema para la integración funcional y coordinación de los siguientes componentes
ProgramáticosInfraestructura
y recursos financieros
Registro nacional del deporte, actividad física y educación
física
Orgánicos Talento Humano
PROPÓSITOS1. Diseñar y aplicar un régimen de aplicación, selección y
competencia, revisado y actualizado periódicamente2. Establecer objetivos y aplicar normas técnicas y administrativas de acuerdo con la realidad, necesidad
y exigencia de cada región del país3. Promover las relaciones de cooperación y solidaridad
entre los diferentes componentes del sistema4. Crear las estructuras necesarias y facilitar la
investigación y el desarrollo aplicado al deporte
COMPETENCIADesarrollar, construir, mantener las instalaciones
deportivas para el uso público Organizar y llevar el registro nacional del deporte,
con los órganos y entes de los estados y municipiosCoordinar, supervisar, fiscalizar y evaluar, las
actividades deportivas que se realicen en el país Brindar autorización para la realización de eventos deportivos de carácter internacional cuya sede se
ubica en el territorio nacional
ESTRUCTURA BÁSICA
Las asociaciones estadales, las federaciones y los comités olímpicos de Venezuela, deberán
constituirse con arreglo a la legislación Venezolana y contaran con la siguiente
estructura
Una asamblea general de sus
miembros
Una junta directiva
Un consejo contralor
Un consejo de honor
CREACIÓN DEL FONDO NACIONAL PARA EL
DESARROLLO DEL DEPORTELa creación de este fondo estará constituido por los aportes realizados por empresas públicas y privadas que realicen actividades económicas en el país con fines de lucro; por las donaciones o cualquier otro
aporte extraordinario que haga la republica
APROBACIÓN DE PROYECTOS PARA
FINANCIAR EL FONDO
Los proyectos a financiar para el desarrollo del deporte y la actividad física serán determinados por
el directorio del instituto nacional del deporte, previa recomendación de la comisión de aprobación y seguimiento de proyectos que se crearan para tal
fin
VIOLACIONES DE LA LEY
1. Negarse a conceder el permiso a los estudiantes o trabajadores para su participación en eventos deportivos
2. Negar sin causa justificada la inscripción de clubes en asociaciones deportivas estadales
3. El incumplimiento de los controles de detección de uso de sustancias prohibidas
4. La omisión del deber del patrono de facilitar condiciones para la practica de actividad física por parte de los trabajadores durante la jornada laboral
5. No contar con medidas y sistemas efectivos para prevenir situaciones de riesgo en las instalaciones deportivas
INCUMPLIMIENTO DEL DEBER DE CONTRIBUIR
AL FONADEDEl incumplimiento de la obligación de aportar al
fondo, será sancionado con la multa equivalente al doble de la contribución especial correspondiente, según el ejercicio fiscal respectivo; y en caso de
reincidencia, la multa será tres veces la contribución especial del ejercicio fiscal que
corresponde
REGLAMENTO DE LA LEY ORGÁNICA DEL
DEPORTE, EDUCACIÓN FÍSICA Y ACTIVIDAD
FÍSICA
REGLAMENTO DE LA LEY ORGÁNICA DEL
DEPORTE, EDUCACIÓN FÍSICA Y ACTIVIDAD
FÍSICAEl Reglamento tiene por objeto desarrollar el
contenido normativo de la ley orgánica del deporte, en los siguientes temas: organización y
funcionamiento del Registro Nacional del Deporte, Actividad Física y Educación Física
SUJETO ACTIVO
• Son las personas jurídicas que realizan actividades económicas en el territorio de Venezuela, cuya utilidad neta o ganancia
contable anual sea igual o superior a veinte mil unidades tributarias (20.000 UT)
“Bs.1’800.000,00”• Se establece que los sujetos pasivos del
FONADED, deberán inscribirse en el portar fiscal de éste, de la forma y en los plazos establecidos por el Instituto Nacional de
Deportes en su portal o página web. Igualmente, deberán mantener
actualizados sus datos y notificar oportunamente cualquier modificación.
Lo constituye
el Fondo Para
el Desarrollo
del Deporte, La
actividad Física
y la Educación
Física
SUJETO PASIVO
APORTE Y BASE IMPONIBLE
El aporte al FONADED es el 1% de la utilidad neta o ganancia contable, de acuerdo al reglamento de los
sujetos pasivos, cuando dicha utilidad neta o ganancia contable es superior a 20.000 unidades tributarias. Se establece que el aporte puede ser cancelado en líquido, en moneda de curso legal o
en forma combinada en líquido y en proyectos cargados en el banco de proyectos del Instituto
Nacional de Deportes
OBLIGACIÓN DE DECLARAR
De acuerdo con el Reglamento, todo sujeto pasivo que se inscriba por primera vez en el Registro del FONADED está obligado a declarar los ejercicios
económicos sucesivos, así su utilidad neta o ganancia contable sea menor a 20.000 unidades
tributarias y no esté obligado a aportar
DECLARACIÓN EN LÍNEA Y PLAZO PARA DECLARAR
El reglamento prevé que la declaración y autoliquidación del aporte deberá realizarse en
línea a través del portal o página web y de acuerdo a los manuales, instructivos y resoluciones que el Instituto Nacional de Deportes emita, dentro de los 120 días continuos al cierre del ejercicio
contable del sujeto pasivo (4 meses)
PAGO TOTAL
Los sujetos pasivos del FONADED a través del portal fiscal del Instituto Nacional de Deportes y dentro del
plazo establecido en el reglamento, podrán declarar y enterar al Instituto Nacional de Deportes, en efectivo, la
totalidad de su obligación legal.
PAGO EN PORCIONESCuando los sujetos pasivos decidan realizar
el aporte en su totalidad en efectivo, su liquidación podrá realizarse en 3 porciones. El primer pago debe efectuarse al momento de declarar y los dos restantes con un plazo de hasta 25 días continuos entre cada pago
DECLARACIÓN ESTIMADA
La declaración estimada será el 0,25% de la utilidad neta o ganancia contable del ejercicio económico
del año inmediatamente anterior y deberá ser realizada en línea mediante el portal o página web del Instituto Nacional de Deportes. La declaración se realizará a los 190 días del cierre contable del
contribuyente
PRORRATEO
El Reglamento establece que para el primer ejercicio económico luego a la entrada en vigencia de la Ley del Deporte y en los casos que el cierre contable del sujeto
pasivo no alcance 1 año, el aporte al FONADED será parcial y se calculará en días. En este caso, el aporte
será el resultado de multiplicar el 1% de la utilidad neta o ganancia contable por los días de diferencia de
entrada en vigencia de la Ley del Deporte y el cierre del ejercicio contable del sujeto pasivo y dividirla entre 365
FUNCIONAMIENTO, RECAUDACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DEL FONADED
Le corresponde al Instituto Nacional de Deportes, el cual es el encargado de:• Llevar a cabo las facultades, atribuciones,
competencias y funciones establecidas en el Código Orgánico Tributario, y en la ley del deporte
• Supervisar, fiscalizar y reparar los aportes al FONADED, así como la ejecución de los mismos por parte de las entidades deportivas que ejecuten proyectos con dichos recursos.
GRACIAS“Por su atención”