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= ACTA 57/2014 NUMERO CINCUENTA Y SIETE DIAGONAL DOS MIL CATORCE=
“En la Ciudad de Celaya, Estado de Guanajuato, siendo las 20:44 Veinte horas con
Cuarenta y cuatro Minutos del día 03 Tres días del mes de Septiembre del año 2014
dos mil catorce, fueron presentes en el Salón Cabildos de esta Presidencia Municipal, para
llevar a cabo la Cuadragésima Octava Sesión Ordinaria de Ayuntamiento, con fundamento
con fundamento en lo dispuesto por la Ley Orgánica Municipal en sus Artículo 61, 62, 63; así
como los numerales 22, 23 y 26 del Reglamento Interior, los Ciudadanos Presidente
Municipal C. Ismael Pérez Ordaz, Síndicos: C. Vicente Caracheo Gómez, C. Eduardo Guillen
Hernández, Regidores, C. Dulce María Gallego Hinojosa, C. Antonio Rodríguez Alvarado, C.
Rebeca Lomelín Velasco, C. Rosa Isela Hernández Herrera, C. Carlos Reza Cordero, C. Arq.
José Alberto Pérez Quiroga, C. Rubén Guerrero Merino, C. Georgina Suárez Díaz, C. Martha
Guadalupe Gómez Cruces, C. Marco Heroldo Gaxiola Romo, así como el Secretario del
Ayuntamiento Lic. David Alfonso Orozco Pérez. ==========================
PUNTO NÚMERO DOS.- Declaración del Quórum legal. En uso de la voz el Lic. David
Alfonso Orozco Pérez, Secretario del H. Ayuntamiento, informa al C. Ismael Pérez Ordaz,
Presidente Municipal, que se encuentra la Mayoría de los integrantes del Ayuntamiento, por
lo que procede a declarar válida la Cuadragésima Octava Sesión Ordinaria de
Ayuntamiento.================================================
PUNTO NUMERO TRES.- Aprobación del Orden del Día.- ==================
En uso de la voz el Secretario del Ayuntamiento, da lectura al Orden del Día con la cual se
regirá la presente Sesión, misma que contempla los siguientes puntos: 1.- Lista de Presentes.
2.- Declaración de Quórum legal. 3.- Aprobación del Orden del Día. 4.- Lectura y Aprobación
de las actas anteriores. 5.- Dictámenes y asuntos de comisiones. 6.- Asuntos Generales. 7.-
Clausura de la Sesión, por lo que se somete a consideración del pleno la Orden del día,
misma que es aprobada por unanimidad de los presentes.- ==================
PUNTO NUMERO CUATRO.- LECTURA Y APROBACIÓN DE LAS ACTAS ANTERIORES.
En esta Ocasión queda pendiente la Aprobación de las actas anteriores.- ==========
PUNTO NUMERO CINCO.- DICTÁMENES Y ASUNTOS DE COMISIONES: =======
COMISIÓN DE HACIENDA PATRIMONIO Y CUENTA PÚBLICA. =============
En uso de la voz el Regidor C. Carlos Reza Cordero, Presidente de la Comisión, solicita al
Secretario del H. Ayuntamiento Lic. David Alfonso Orozco Pérez, someta a consideración del
Pleno la propuesta de que se omita la lectura de los considerandos y resolutivos de los
dictámenes a los que dará lectura, para únicamente referirse al rubro de los mismos, se
somete a consideración del pleno la propuesta del Regidor, misma que se aprueba por
unanimidad de los presentes, por lo que se procede a transcribir íntegramente los
dictámenes.- ================================================
DICTAMEN HDA-468/2014.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta
Pública, mediante el cual se autoriza a la Dirección de Policía Municipal, llevar a cabo la
Destrucción de Uniformes que se encuentran en mal estado. CONSIDERANDO.- 1.- Con
fundamento en el artículo 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos y el artículo 117 fracción XII de la Constitución Política del Estado de Guanajuato;
los cuales establecen que los Municipios estarán investidos de personalidad jurídica y
manejarán su patrimonio conforme a la Ley; y que cada Municipio será gobernado por un
Ayuntamiento que tendrá entre otras facultades el emitir las resoluciones que afecten al
patrimonio Municipal. 2.- Que con Oficio no. DAPM/452/2014 de fecha 26 de agosto de 2014,
suscrito por el Secretario de Seguridad Pública Municipal y el Director General de Policía
Municipal, donde solicitan a la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública, la
autorización para llevar a cabo la destrucción de los uniformes que se encuentran
almacenados en la bodega de Celanese y que se vienen acumulando desde más de 10 años
atrás, notando condiciones de deterioro y mal estado. Dado que las prendas son motivo de
desuso por cambios de imagen institucional, entrega por conclusión de relación laboral, y mal
estado su acumulo es bastante considerable adjuntando para constancia de lo anterior el
inventario y fotografías de las prendas. Documento que se tiene por anexado y reproducido
como si a la letra se insertare. Por lo antes expuesto y con fundamento en el artículo 81 de la
Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, esta Comisión: RESUELVE:
PRIMERO.- Se autoriza a la Secretaría de Seguridad Municipal, a través de la Dirección
General de Policía Municipal, llevar a cabo la destrucción de los uniformes que se encuentran
almacenados en la bodega de Celanese y que se vienen acumulando desde más de 10 años
atrás. SEGUNDO.- Se le solicita a la Contraloría Municipal establecer la manera de la
destrucción y estar presente y levantar el acta correspondiente. TERCERO.- Se le solicita al
Instituto Municipal de Ecología (IMEC), otorgue su apoyo en la destrucción mencionada y
sugiera de qué manera se lleve a cabo dicha destrucción. CUARTO.- Se instruye al
Secretario del Honorable Ayuntamiento, dé cumplimiento al presente Dictamen conforme a lo
establecido por el artículo 128 fracción IV de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de
Guanajuato. QUINTO.- Sométase a la consideración del Pleno del H. Ayuntamiento el
presente Dictamen para su aprobación. SEXTO.- Notifíquese para su cumplimiento. Así lo
resolvieron y firmaron para su debida constancia los integrantes de la Comisión de Hacienda,
Patrimonio y Cuenta Pública en fecha 01 de septiembre del 2014. Finalizada la lectura del
dictamen anterior, el Secretario del H. Ayuntamiento, Lic. David Alfonso Orozco Pérez,
procede a someterlo a votación del Pleno, mismo que se aprueba por unanimidad de los
presentes.- =================================================
DICTAMEN HDA-469/2014.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta
Pública, mediante el cual se autoriza a la Dirección General de Desarrollo Social, otorgar un
apoyo económico a favor del Centro de Investigación e Innovación Tecnología, A.C.
CONSIDERANDO.- Con la facultad que confiere el artículo 115, fracción IV, inciso c), último
párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el artículo 121 de la
Constitución Política para el Estado de Guanajuato y el artículo 69, fracción IV inciso a) de la
Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato; el Ayuntamiento tiene atribuciones
para ejercer los recursos que integran la Hacienda Pública Municipal en forma directa o bien,
por quién éste autorice conforme a la Ley. La Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos en su artículo 126, establece la prohibición de realizar algún pago que no esté
aprobado presupuestalmente, así mismo la Ley Orgánica Municipal para el Estado de
Guanajuato, en su artículo 235, establece que ningún gasto podrá efectuarse sin que exista
partida expresa del presupuesto que lo autorice y que tenga saldo disponible para cubrirlo.
Que mediante oficio No. DGDS/2082/2014 de fecha 25 de agosto del 2014, suscrito por el
Director General de Desarrollo Social, mediante el cual solicita poner a consideración de esta
Comisión la autorización del convenio de apoyo, para otorgar un apoyo económico a favor del
Centro de Investigación e Innovación Tecnología, A.C., por la cantidad de hasta $500,000.00
(Quinientos mil pesos 00/100 M.N.), para la construcción del techado y estructura de la
alberca y cancha 1 del Instituto Tecnológico de Celaya. Documentos que se anexan y se
tienen por reproducidos como si a la letra se insertaren. Por lo anteriormente expuesto y con
fundamento en el artículo 81 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato,
ésta Comisión: RESUELVE: PRIMERO.- Se autoriza a la Dirección General de Desarrollo
Social, otorgar un apoyo económico a favor del Centro de Investigación e Innovación
Tecnología, A.C., por la cantidad de hasta $500,000.00 (Quinientos mil pesos 00/100 M.N.),
para la construcción del techado y estructura de la alberca y cancha 1 del Instituto
Tecnológico de Celaya. SEGUNDO.- Se instruye a la Tesorería Municipal dar cumplimiento al
punto anterior según convenio elaborado por la Dirección General de Desarrollo Social.
TERCERO.- Se instruye a la Secretaría del H. Ayuntamiento a que dé cumplimiento a lo
establecido por el artículo 128 fracción IV de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de
Guanajuato. CUARTO.- Sométase a la consideración del Pleno del H. Ayuntamiento el
presente dictamen para su aprobación. QUINTO.- Notifíquese para su cumplimiento. Así lo
resolvieron y firmaron para su debida constancia los integrantes de la Comisión de Hacienda,
Patrimonio y Cuenta Pública en fecha 01 de septiembre del 2014. Finalizada la lectura del
dictamen anterior, el Secretario del H. Ayuntamiento, Lic. David Alfonso Orozco Pérez,
procede a someterlo a votación del Pleno, mismo que se aprueba por unanimidad de los
presentes.- =================================================
DICTAMEN HDA-470/2014.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta
Pública, referente a la modificación al Dictamen HDA-114/2010, donde se autorizó la
Donación de un bien inmueble propiedad Municipal a favor de Gobierno del Estado a través
de la Secretaria de Educación de Guanajuato. CONSIDERANDO.- Que en la Décima Quinta
Sesión Ordinaria el H. Ayuntamiento de Celaya, Gto., de fecha 30 de abril del 2010 aprobó el
Dictamen HDA-114/2010 con fecha 19 de abril del 2010, donde se autorizaron varias
Donaciones de varios bienes inmuebles propiedad Municipal a favor de Gobierno del Estado a
través de la Secretaria de Educación de Guanajuato, para la regularizar la situación jurídica,
así como de la Escuela Primaria “Jaime Nuno” de esta ciudad de Celaya, Gto. Por lo que el
citado Dictamen contiene 1 (uno) error involuntario, el cual se ubica en el Resolutivo Primero
tercer párrafo citado Dictamen. Por lo anterior, la C. Karina Cifuentes Ortiz del Departamento
de Conciliación y Consejería Legal de la Delegado Regional de Educación Este, quien informa
a la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública mediante Oficio No. DC y CL.-
256/2014 de fecha 28 de agosto del 2014, que la Secretaria de Educación de Guanajuato ha
implementado el programa de Regularización Legal de Bienes Inmuebles al Servicio
Educativo, por lo cual y con la finalidad de poder iniciar el trámite de regularización del
inmueble ubicado en Avenida Las Fuentes del Fraccionamiento Villas del Paraíso de esta
ciudad, el área técnica de la Dirección de Control Patrimonial realizó el levantamiento
topográfico, resultando una superficie física diferente de la donada, razón por la cual solicito
se modifique y en su caso realice las gestiones necesarias para que se modifique el acuerdo.
Lo anterior, debido a que se han detectado errores involuntarios en las publicaciones hechas
en los Periódicos Oficiales del Estado de Guanajuato. Documento que se tiene por anexado y
reproducido como si a la letra se insertare. Por lo que con la facultad que nos otorga el
artículo 81 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato; esta Comisión
resuelve corregir tales errores y se emite la siguiente modificación: PRIMERO.- Se
modifican: el Resolutivo Primero tercer párrafo del Dictamen HDA-114/2010 aprobado en la
Décima Quinta Sesión Ordinaria del H. Ayuntamiento, que a la letra dice: En el Resolutivo
Primero tercer párrafo del Dictamen HDA-114/2010 dice: PRIMERO.- Inmueble
ubicado en la Avenida Las Fuentes sin número en el Fraccionamiento Villas del Paraíso de
esta ciudad con una superficie de terreno 4,675.00 M2, con las siguientes medidas y
linderos: Norte: 52.50 metros con Teléfonos de México. Sur: 32.50 metros con
Teléfonos de México. Oriente: 109.20 metros con Avenida Las Fuentes. Poniente:
112.80 metros con Teléfonos de México. En el que actualmente presta servicios de
educación básica la escuela Primaria “Jaime Nuno”. DEBE DECIR: PRIMERO.- Inmueble
ubicado en la Avenida Las Fuentes sin número en el Fraccionamiento Villas del Paraíso de
esta ciudad con una superficie de terreno de 4,344.25 M2, con las siguientes medidas y
linderos: Al Norte: 36.283 mts., con Teléfonos de México (Telmex). Al Sur: 40.433
mts., con Teléfonos de México (Telmex). Al Oriente: 114.001 mts., con Avenida
Las Fuentes. Al Poniente: 111.655 mts., con Teléfonos de México (Telmex).
SEGUNDO.- Queda intacto el resto del Dictamen HDA-114/2010 aprobado en la
Décima Quinta Sesión Ordinaria del H. Ayuntamiento, de fecha 30 de abril del
2010. TERCERO.- Se instruye al Secretario del Honorable Ayuntamiento, dé cumplimiento al
presente Dictamen conforme a lo establecido por el artículo 128 fracción IV de la Ley
Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato. CUARTO.- Se instruye a la Secretaría del
H. Ayuntamiento, realice la publicación a que haya lugar en el Periódico Oficial del Gobierno
del Estado de Guanajuato. QUINTO.- Se instruye a la Tesorera Municipal, realice las
correcciones en el Padrón de Bienes Muebles Propiedad Municipal. SEXTO.- Se instruye al
Director Jurídico, realice las correcciones en el Instrumento Notarial de Donación a que
corresponda. SÉPTIMO.- Se instruye al Instituto Municipal de Investigación, Planeación y
Estadística de Celaya, Gto. (IMIPE), realice los movimientos necesarios dentro del Plan de
Ordenamiento Territorial vigente. OCTAVO.- Sométase a la consideración del Pleno del
Honorable Ayuntamiento para su aprobación el presente Dictamen. NOVENO.- Notifíquese
para su cumplimiento. Así lo resolvieron por Unanimidad de los presentes y firmaron para su
debida constancia los integrantes de la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública,
el día 01 del mes de Septiembre del año de 2014. Finalizada la lectura del dictamen anterior,
el Secretario del H. Ayuntamiento, Lic. David Alfonso Orozco Pérez, procede a someterlo a
votación del Pleno, mismo que se aprueba por unanimidad de los presentes.- ========
DICTAMEN HDA-471/2014.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta
Pública, referente a la modificación al Dictamen HDA-127/2010, donde se autorizó la
Donación de un bien inmueble propiedad Municipal a favor de Gobierno del Estado a través
de la Secretaria de Educación de Guanajuato. CONSIDERANDO.- Que en la Décima Sexta
Sesión Ordinaria el H. Ayuntamiento de Celaya, Gto., de fecha 21de mayo del 2010 aprobó el
Dictamen HDA-127/2010 con fecha 10 de mayo del 2010, donde se autorizo la Donación de
un bien inmueble propiedad Municipal a favor de Gobierno del Estado a través de la
Secretaria de Educación de Guanajuato, para la construcción de una Primaria en esta ciudad
de Celaya, Gto. Por lo que el citado Dictamen contiene 2 (dos) errores involuntarios, los
cuales se ubican en el Considerando número 5 y el Resolutivo Primero del citado Dictamen.
Por lo anterior, la C. Karina Cifuentes Ortiz del Departamento de Conciliación y Consejería
Legal de la Delegado Regional de Educación Este, quien solicita mediante Oficio No. DC y CL.
449/2014 de fecha 24 de agosto del 2014, la Rectificación del Dictamen y Fe de Erratas para
lograr subsanar los errores establecidos en el citado Dictamen, lo anterior debido a la
regularización y construcción de Centros Educativos de Nueva Creación donde se han
detectado errores en las publicaciones hechas en los Periódicos Oficiales del Estado de
Guanajuato. Así mismo, se anexa levantamiento topográfico realizado físicamente en
presencia de personal de Control Patrimonial del Municipio de Celaya, Gto., efectuados por el
Ing. Galo Eloy Lona Ávila del Departamento de Bienes Inmuebles adscrito a la Secretaria de
Educación de Guanajuato, mediante los cuales nos percatamos de los errores que se
cometieron. Documento que se tiene por anexado y reproducido como si a la letra se
insertare. Por lo que con la facultad que nos otorga el artículo 81 de la Ley Orgánica
Municipal para el Estado de Guanajuato; esta Comisión resuelve corregir tales errores y se
emite la siguiente modificación: PRIMERO.- Se modifican: el Considerando número 5 y el
Resolutivo Primero del Dictamen HDA-127/2010 aprobado en la Décima Sexta Sesión
Ordinaria del H. Ayuntamiento, que a la letra dice: En el Considerando número 5 del
Dictamen HDA-127/2010 dice: 5.-…Av. de la Arboleda y calle del Arenal,
Fraccionamiento Valle de los Naranjos Tercera Sección, de esta Ciudad de Celaya, Gto., tiene
una superficie de 3,630.00 m2 (TRES MIL SEISCIENTOS TREINTA METROS
CUADRADOS), con las siguientes medidas y linderos: Al Noreste: 83.72 mts., colindando
con calle Arenal. Al Suroeste: 63.38 mts., con resto de propiedad Municipal. Al Noroeste:
77.63 mts., con calle del Pantano. Al Sureste: 30.30 mts., con resto0 de propiedad
Municipal. DEBE DECIR: 5.-…Av. de la Arboleda y calle del Arenal, Fraccionamiento Valle de
los Naranjos Tercera Sección, de esta Ciudad de Celaya, Gto., tiene una superficie de
3,658.92 M2, con las siguientes medidas y linderos: Al Noreste: 83.79 mts., colindando con
calle Arenal. Al Sureste: 63.55 mts., con resto de propiedad Municipal. Al Suroeste: 77.83
mts., con calle del Pantano. Al Noroeste: 30.67 mts., con resto0 de propiedad Municipal.
En el Resolutivo Primero del Dictamen HDA-127/2010 dice: PRIMERO.-…Avenida
de la Arboleda y calle del Arenal del Fraccionamiento denominado Valle de los Naranjos
Tercera Sección, de esta Ciudad de Celaya, Gto., con una superficie de 3,630.00 m2 (TRES
MIL SEISCIENTOS TREINTA METROS CUADRADOS), con las siguientes medidas y
linderos: Al Noreste: 83.72 mts., colindando con calle Arenal. Al Suroeste: 63.38 mts., con
resto de propiedad Municipal. Al Noroeste: 77.63 mts., con calle del Pantano. Al Sureste:
30.30 mts., con resto0 de propiedad Municipal. DEBE DECIR: PRIMERO.-…Avenida de la
Arboleda y calle del Arenal del Fraccionamiento denominado Valle de los Naranjos Tercera
Sección, de esta Ciudad de Celaya, Gto., con una superficie de 3,658.92 M2, con las
siguientes medidas y linderos: Al Noreste: 83.79 mts., colindando con calle Arenal. Al
Sureste: 63.55 mts., con resto de propiedad Municipal. Al Suroeste: 77.83 mts., con
calle del Pantano. Al Noroeste: 30.67 mts., con resto0 de propiedad Municipal.
SEGUNDO.- Queda intacto el resto del Dictamen HDA-127/2010 aprobado en la
Décima Sexta Sesión Ordinaria del H. Ayuntamiento, de fecha 21 de mayo del
2010. TERCERO.- Se instruye al Secretario del Honorable Ayuntamiento, dé cumplimiento al
presente Dictamen conforme a lo establecido por el artículo 128 fracción IV de la Ley
Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato. CUARTO.- Se instruye a la Secretaría del
H. Ayuntamiento, realice la publicación a que haya lugar en el Periódico Oficial del Gobierno
del Estado de Guanajuato. QUINTO.- Se instruye a la Tesorera Municipal, realice las
correcciones en el Padrón de Bienes Muebles Propiedad Municipal. SEXTO.- Se instruye al
Director Jurídico, realice las correcciones en el Instrumento Notarial de Donación a que
corresponda. SÉPTIMO.- Se instruye al Instituto Municipal de Investigación, Planeación y
Estadística de Celaya, Gto. (IMIPE), realice los movimientos necesarios dentro del Plan de
Ordenamiento Territorial vigente. OCTAVO.- Sométase a la consideración del Pleno del
Honorable Ayuntamiento para su aprobación el presente Dictamen. NOVENO.- Notifíquese
para su cumplimiento. Así lo resolvieron por Unanimidad de los presentes y firmaron para su
debida constancia los integrantes de la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública,
el día 01 del mes de Septiembre del año de 2014. Finalizada la lectura del dictamen anterior,
el Secretario del H. Ayuntamiento, Lic. David Alfonso Orozco Pérez, procede a someterlo a
votación del Pleno, mismo que se aprueba por unanimidad de los presentes.- =======
DICTAMEN HDA-472/2014.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta
Pública, referente a la modificación al Dictamen HDA-281/2014, donde se autorizó la
Donación de un bien inmueble propiedad Municipal a favor de Gobierno del Estado a través
de la Secretaria de Educación de Guanajuato. CONSIDERANDO.- Que en la Trigésima Quinta
Sesión Ordinaria el H. Ayuntamiento de Celaya, Gto., de fecha 26 de febrero del 2014 aprobó
el Dictamen HDA-291/2014 con fecha 27 de febrero del 2014, donde se autorizo la Donación
de un bien inmueble propiedad Municipal a favor de Gobierno del Estado a través de la
Secretaria de Educación de Guanajuato, para la Regularización de la Escuela Preescolar
“Federico Froebel” y así obtener su certeza jurídica en esta ciudad de Celaya, Gto. Por lo que
el citado Dictamen contiene 3 (tres) errores involuntarios, los cuales se ubican en el
Considerando número 6 y los Resolutivos Primero y Segundo del citado Dictamen. Por lo
anterior, la C. Karina Cifuentes Ortiz del Departamento de Conciliación y Consejería Legal de
la Delegado Regional de Educación Este, quien solicita mediante Oficio No. DC y CL.
449/2014 de fecha 24 de agosto del 2014, la Rectificación del Dictamen y Fe de Erratas para
lograr subsanar los errores establecidos en el citado Dictamen, lo anterior debido a la
regularización y construcción de Centros Educativos de Nueva Creación donde se han
detectado errores en las publicaciones hechas en los Periódicos Oficiales del Estado de
Guanajuato. Así mismo, se anexa levantamiento topográfico realizado físicamente en
presencia de personal de Control Patrimonial del Municipio de Celaya, Gto., efectuados por el
Ing. Galo Eloy Lona Ávila del Departamento de Bienes Inmuebles adscrito a la Secretaria de
Educación de Guanajuato, mediante los cuales nos percatamos de los errores que se
cometieron. Documento que se tiene por anexado y reproducido como si a la letra se
insertare. Por lo que con la facultad que nos otorga el artículo 81 de la Ley Orgánica
Municipal para el Estado de Guanajuato; esta Comisión resuelve corregir tales errores y se
emite la siguiente modificación: PRIMERO.- Se modifican: el Considerando número 6 y los
Resolutivos Primero y Segundo del Dictamen HDA-291/2014 aprobado en la Trigésima Quinta
Sesión Ordinaria del H. Ayuntamiento, que a la letra dice: En el Considerando número 6
del Dictamen HDA-291/2014 dice: 6.-…Escuela Preescolar “Federico Froebel” que
actualmente se encuentra ubicada en calle de la Cruz s/n del Fraccionamiento Villas de
Celaya de este Municipio de Celaya, Gto., y que tiene las siguientes medidas y colindancias
de acuerdo al levantamiento topográfico: …Al Sur: 5.933 mts., con calle Paseo del
Carromato. Al Poniente: 66.294 mts., con carios propietarios. DEBE DECIR: 6.-…Escuela
Preescolar “Federico Froebel” que actualmente se encuentra ubicada en calle de la Cruz s/n
del Fraccionamiento Villas de Celaya de este Municipio de Celaya, Gto., y que tiene las
siguientes medidas y colindancias de acuerdo al levantamiento topográfico: …Al Sur: 5.933
mts., con calle de la Cruz. Al Poniente: 66.294 mts., con varios propietarios. En el
Resolutivo Primero del Dictamen HDA-291/2014 dice: PRIMERO.-…Fraccionamiento
Villas de Celaya, de esta ciudad de Celaya, Gto., con una superficie de 1,669.70 m2, con las
siguientes medidas y colindancias: …Al Sur: 5.933 mts., con calle Paseo del Carromato. Al
Poniente: 66.294 mts., con carios propietarios. DEBE DECIR: PRIMERO.-
…Fraccionamiento Villas de Celaya, de esta ciudad de Celaya, Gto., con una superficie de
1,669.70 m2, con las siguientes medidas y colindancias: … Al Sur: 5.933 mts., con calle
de la Cruz. Al Poniente: 66.294 mts., con varios propietarios. En el Resolutivo Segundo
del Dictamen HDA-291/2014 dice: PRIMERO.-… Fraccionamiento Villas de Celaya, de
esta ciudad de Celaya, Gto., en la que se ubica el Preescolar “Federico Froebel”, con una
superficie de 1,669.70 m2, con las siguientes medidas y colindancias: … Al Sur: 5.933 mts.,
con calle Paseo del Carromato. Al Poniente: 66.294 mts., con carios propietarios. DEBE
DECIR: PRIMERO.-…Fraccionamiento Villas de Celaya, de esta ciudad de Celaya, Gto., en
la que se ubica el Preescolar “Federico Froebel”, con una superficie de 1,669.70 m2, con las
siguientes medidas y colindancias: …Al Sur: 5.933 mts., con calle de la Cruz. Al Poniente:
66.294 mts., con varios propietarios. SEGUNDO.- Queda intacto el resto del Dictamen
HDA-291/2014 aprobado en la Trigésima Quinta Sesión Ordinaria del H.
Ayuntamiento, de fecha 26 de febrero del 2014. TERCERO.- Se instruye al Secretario
del Honorable Ayuntamiento, dé cumplimiento al presente Dictamen conforme a lo
establecido por el artículo 128 fracción IV de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de
Guanajuato. CUARTO.- Se instruye a la Secretaría del H. Ayuntamiento, realice la publicación
a que haya lugar en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato. QUINTO.-
Se instruye a la Tesorera Municipal, realice las correcciones en el Padrón de Bienes Muebles
Propiedad Municipal. SEXTO.- Se instruye al Director Jurídico, realice las correcciones en el
Instrumento Notarial de Donación a que corresponda. SÉPTIMO.- Se instruye al Instituto
Municipal de Investigación, Planeación y Estadística de Celaya, Gto. (IMIPE), realice los
movimientos necesarios dentro del Plan de Ordenamiento Territorial vigente. OCTAVO.-
Sométase a la consideración del Pleno del Honorable Ayuntamiento para su aprobación el
presente Dictamen. NOVENO.- Notifíquese para su cumplimiento. Así lo resolvieron por
Unanimidad de los presentes y firmaron para su debida constancia los integrantes de la
Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública, el día 01 del mes de Septiembre del año
de 2014. Finalizada la lectura del dictamen anterior, el Secretario del H. Ayuntamiento, Lic.
David Alfonso Orozco Pérez, procede a someterlo a votación del Pleno, mismo que se
aprueba por unanimidad de los presentes.- ============================
DICTAMEN HDA-473/2014.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta
Pública, referente a la modificación al Dictamen HDA-342/2014, donde se autorizó la
Donación de un bien inmueble propiedad Municipal a favor de Gobierno del Estado a través
de la Secretaria de Educación de Guanajuato. CONSIDERANDO.- Que en la Trigésima Octava
Sesión Ordinaria el H. Ayuntamiento de Celaya, Gto., de fecha 09 de abril del 2014 aprobó el
Dictamen HDA-342/2014 con fecha 09 de abril del 2014, donde se autorizo la Donación de un
bien inmueble propiedad Municipal a favor de Gobierno del Estado a través de la Secretaria
de Educación de Guanajuato, para la construcción de una Escuela Secundaria General de
nueva creación para el Ciclo Escolar 2014-2015, siendo necesaria para llevar a cabo el
proceso de Educación Básica a la población que poco a poco ha ido incrementándose en este
Fraccionamiento en esta ciudad de Celaya, Gto. Por lo que el citado Dictamen contiene 3
(tres) errores involuntarios, los cuales se ubican en el Considerando número 6 y los
Resolutivos Primero y Segundo del citado Dictamen. Por lo anterior, la C. Karina Cifuentes
Ortiz del Departamento de Conciliación y Consejería Legal de la Delegado Regional de
Educación Este, quien solicita mediante Oficio No. DC y CL. 449/2014 de fecha 24 de agosto
del 2014, la Rectificación del Dictamen y Fe de Erratas para lograr subsanar los errores
establecidos en el citado Dictamen, lo anterior debido a la regularización y construcción de
Centros Educativos de Nueva Creación donde se han detectado errores en las publicaciones
hechas en los Periódicos Oficiales del Estado de Guanajuato. Así mismo, se anexa
levantamiento topográfico realizado físicamente en presencia de personal de Control
Patrimonial del Municipio de Celaya, Gto., efectuados por el Ing. Galo Eloy Lona Ávila del
Departamento de Bienes Inmuebles adscrito a la Secretaria de Educación de Guanajuato,
mediante los cuales nos percatamos de los errores que se cometieron. Documento que se
tiene por anexado y reproducido como si a la letra se insertare. Por lo que con la facultad
que nos otorga el artículo 81 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato;
esta Comisión resuelve corregir tales errores y se emite la siguiente modificación:
PRIMERO.- Se modifican: el Considerando número 6 y los Resolutivos Primero y Segundo
del Dictamen HDA-342/2014 aprobado en la Trigésima Octava Sesión Ordinaria del H.
Ayuntamiento, que a la letra dice: En el Considerando número 6 del Dictamen HDA-
342/2014 dice: 6.-…de una fracción del predio propiedad Municipal, correspondiente al
Lote 1 Manzana 24 del Fraccionamiento Los Olivos Residencial III con una superficie de
13,009.28 m2, con las siguientes medidas y colindancias: … Al Oriente: Línea recta que va
de Norte a Surponiente en 35.00 mts., gira al Surponiente en 23.44 mts., gira al Surponiente
39.26 mts., con resto del predio; e instalaciones de JUMAPA. Al Sur: Curva que gira
ligeramente hacía el Suroriente en 6.65 mts., continuar en línea de 121.23 mts., y continua
en línea curva en 6.65 mts., con Avenida Ibérica. Al Poniente: Línea inclinada al
Norponiente en 27.19 mts., gira al Norponiente 8.49 mts., gira hacia el Norte 25.66 mts.,
gira al Norponiente 8.49 mts., para terminar Suroriente en longitud de cuerda de 21.19 mts.,
y línea de 8.65 mts., todas lindando con Avenida Baleares. DEBE DECIR: 6.-…de una
fracción del predio propiedad Municipal, correspondiente al Lote 1 Manzana 24 del
Fraccionamiento Los Olivos Residencial III con una superficie de 13,009.28 m2, con las
siguientes medidas y colindancias: … Al Oriente: Línea al Surponiente en 35.00 mts., con
lotes 2 Manzana 24 de equipamiento de JUMAPA y con resto de la propiedad municipal. Al
Sur: Curva que gira ligeramente hacía el Suroriente en 6.65 mts., continua en línea de
121.23 mts., con Avenida Ibérica. Al Poniente: Línea inclinada al Norponiente en 27.19
mts., gira al Nororiente 8.49 mts., gira hacia el Norte 25.66 mts., gira al Norponiente 8.49
mts., para terminar Suroriente en longitud de cuerda de 21.19 mts., y línea de 8.65 mts.,
todas lindando con Avenida Baleares. En el Resolutivo Primero del Dictamen HDA-
342/2014 dice: PRIMERO.-…lote 1 manzana 24 del Fraccionamiento Los Olivos
Residencial III de esta ciudad, con una superficie de 13,009.28 m2, con las siguientes
medidas y colindancias: … Al Oriente: Línea recta que va de Norte a Surponiente en
35.00 mts., gira al Surponiente en 23.44 mts., gira al Surponiente 39.26 mts., con resto del
predio; e instalaciones de JUMAPA. Al Sur: Curva que gira ligeramente hacía el Suroriente en
6.65 mts., continuar en línea de 121.23 mts., y continua en línea curva en 6.65 mts., con
Avenida Ibérica. Al Poniente: Línea inclinada al Norponiente en 27.19 mts., gira al
Norponiente 8.49 mts., gira hacia el Norte 25.66 mts., gira al Norponiente 8.49 mts., para
terminar Suroriente en longitud de cuerda de 21.19 mts., y línea de 8.65 mts., todas lindando
con Avenida Baleares. DEBE DECIR: PRIMERO.-…lote 1 manzana 24 del Fraccionamiento
Los Olivos Residencial III de esta ciudad, con una superficie de 13,009.28 m2, con las
siguientes medidas y colindancias: … Al Oriente: Línea al Surponiente en 35.00 mts., con
lotes 2 Manzana 24 de equipamiento de JUMAPA y con resto de la propiedad municipal. Al
Sur: Curva que gira ligeramente hacía el Suroriente en 6.65 mts., continua en línea de
121.23 mts., con Avenida Ibérica. Al Poniente: Línea inclinada al Norponiente en 27.19
mts., gira al Nororiente 8.49 mts., gira hacia el Norte 25.66 mts., gira al Norponiente 8.49
mts., para terminar Suroriente en longitud de cuerda de 21.19 mts., y línea de 8.65 mts.,
todas lindando con Avenida Baleares. En el Resolutivo Segundo del Dictamen HDA-
342/2014 dice: PRIMERO.-…Escuela Secundaria General de nueva creación para el Ciclo
Escolar 2014-2015, con una superficie de 13,009.28 m2, con las siguientes medidas y
colindancias: … Al Oriente: Línea recta que va de Norte a Surponiente en 35.00 mts., gira al
Surponiente en 23.44 mts., gira al Surponiente 39.26 mts., con resto del predio; e
instalaciones de JUMAPA. Al Sur: Curva que gira ligeramente hacía el Suroriente en 6.65
mts., continuar en línea de 121.23 mts., y continua en línea curva en 6.65 mts., con Avenida
Ibérica. Al Poniente: Línea inclinada al Norponiente en 27.19 mts., gira al Norponiente 8.49
mts., gira hacia el Norte 25.66 mts., gira al Norponiente 8.49 mts., para terminar Suroriente
en longitud de cuerda de 21.19 mts., y línea de 8.65 mts., todas lindando con Avenida
Baleares. DEBE DECIR: PRIMERO.-…Escuela Secundaria General de nueva creación para
el Ciclo Escolar 2014-2015, con una superficie de 13,009.28 m2, con las siguientes medidas y
colindancias: … Al Oriente: Línea al Surponiente en 35.00 mts., con lotes 2 Manzana 24 de
equipamiento de JUMAPA y con resto de la propiedad municipal. Al Sur: Curva que gira
ligeramente hacía el Suroriente en 6.65 mts., continua en línea de 121.23 mts., con Avenida
Ibérica. Al Poniente: Línea inclinada al Norponiente en 27.19 mts., gira al Nororiente 8.49
mts., gira hacia el Norte 25.66 mts., gira al Norponiente 8.49 mts., para terminar Suroriente
en longitud de cuerda de 21.19 mts., y línea de 8.65 mts., todas lindando con Avenida
Baleares. SEGUNDO.- Queda intacto el resto del Dictamen HDA-342/2010 aprobado en
la Trigésima Octava Sesión Ordinaria del H. Ayuntamiento, de fecha 09 de abril del
2014. TERCERO.- Se instruye al Secretario del Honorable Ayuntamiento, dé cumplimiento al
presente Dictamen conforme a lo establecido por el artículo 128 fracción IV de la Ley
Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato. CUARTO.- Se instruye a la Secretaría del
H. Ayuntamiento, realice la publicación a que haya lugar en el Periódico Oficial del Gobierno
del Estado de Guanajuato. QUINTO.- Se instruye a la Tesorera Municipal, realice las
correcciones en el Padrón de Bienes Muebles Propiedad Municipal. SEXTO.- Se instruye al
Director Jurídico, realice las correcciones en el Instrumento Notarial de Donación a que
corresponda. SÉPTIMO.- Se instruye al Instituto Municipal de Investigación, Planeación y
Estadística de Celaya, Gto. (IMIPE), realice los movimientos necesarios dentro del Plan de
Ordenamiento Territorial vigente. OCTAVO.- Sométase a la consideración del Pleno del
Honorable Ayuntamiento para su aprobación el presente Dictamen. NOVENO.- Notifíquese
para su cumplimiento. Así lo resolvieron por Unanimidad de los presentes y firmaron para su
debida constancia los integrantes de la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública,
el día 01 del mes de Septiembre del año de 2014. Finalizada la lectura del dictamen anterior,
el Secretario del H. Ayuntamiento, Lic. David Alfonso Orozco Pérez, procede a someterlo a
votación del Pleno, mismo que se aprueba por unanimidad de los presentes.- =========
DICTAMEN HDA-474/2014.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta
Pública, mediante el cual se autoriza la renovación del Contrato de Comodato celebrado con
la “Asociación Pro-Ayuda y Orientación para Jubilados, Pensionados y Adultos Mayores,
Delegación No. 76”. CONSIDERANDO.- 1.- Que con fundamento en el artículo 115 fracciones
I y II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 117 fracción XII de la
Constitución Política del Estado de Guanajuato, los cuales establecen que los Municipios
estarán investidos de personalidad jurídica y manejarán su patrimonio, conforme a la Ley y
que cada Municipio será gobernado por un Ayuntamiento que tendrá entre otras facultades el
emitir las resoluciones que afecten al patrimonio Municipal. 2.- Que con apoyo en lo
dispuesto por el artículo 58 fracción III del Reglamento de Bienes Muebles e Inmuebles del
Patrimonio Municipal de Celaya, Guanajuato, y 76 fracción IV inciso h), 207 fracción III y 208
de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, los cuales señalan que dentro de
las atribuciones de los Ayuntamientos en materia de Hacienda Pública Municipal encontramos
el ejercer la reversión de los bienes donados; también se precisa que los bienes del Municipio
donados, revertirán a su patrimonio cuando no se inicie la obra en el término especificado y
además se establece el procedimiento de reversión de aquellos bienes inmuebles propiedad
municipal que fueron donados a alguna Institución Pública ó Privada mismo que será iniciado
y tramitado por la dependencia Municipal que el Ayuntamiento determine mediante el
Dictamen correspondiente. 3.- Que en la Quincuagésima Quinta Sesión Ordinaria de fecha 14
de diciembre del 2011 el H. Ayuntamiento aprobó el Dictamen HDA-482/2011 de fecha 06 de
diciembre del 2011, emitido por la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública,
mediante el cual otorgo en comodato a favor de la “Asociación Pro-Ayuda y Orientación para
Jubilados, Pensionados y Adultos Mayores, Delegación No. 76”, un bien inmueble propiedad
Municipal ubicado frente a las calles Topógrafos y Profesores s/n, del Fraccionamiento Nuevo
Tecnológico de la Ciudad de Celaya, Gto., para la Construcción de sus oficinas, con una
superficie de 230.00 M2. Cabe hacer mención que en el Resolutivo Tercero del citado
Dictamen se resolvió lo siguiente:…La vigencia del Contrato de Comodato será vigente por el
periodo de la presente Administración, pudiendo ser ratificado, revisado y en su caso
modificado por las Administraciones subsecuentes. Documentos que se tienen por anexados
y reproducidos como si a la letra se insertaren. 4.- Acto seguido la C. Margarita Pérez Novoa,
Presidenta de la Delegación No. 76 de la “Asociación Pro-Ayuda y Orientación para Jubilados,
Pensionados y Adultos Mayores” R.F.C. APA060406CK7, solicita a la Comisión de Hacienda,
Patrimonio y Cuenta Pública una prórroga para la terminación de la obra que estamos
haciendo en el terreno que nos otorgo la Administración pasada en Comodato otorgado
mediante Dictamen HDA-482/2011 de fecha 06 de diciembre del 2011, ubicado en la calle de
Profesores No. 124 esquina con Topógrafos de la Colonia Nuevo Residencial Tecnológico II
de esta ciudad de Celaya, Gto., para hacer la casa del Jubilado, Pensionado y Adulto Mayor,
ya que a la fecha se lleva un avance de 70% y la demora ha sido que las instancias oficiales
nos han demorado los apoyos aun así el avance ha sido constante de acuerdo a nuestros
recursos obtenidos, por lo cual estamos solicitando una prorroga de año y medio. Documento
que se tiene por anexado y reproducido como si a la letra se insertare. 5.- Que en reunión de
la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública de fecha 01 de septiembre del 2014,
se analizaron los motivos de su solicitud, y sustentada en el artículo 206 de la Ley Orgánica
Municipal para el Estado de Guanajuato. Por lo que, en mérito de lo antes expuesto y con la
facultad que nos otorgan los artículos 76 fracción IV inciso g) y 81 de la Ley Orgánica
Municipal para el Estado de Guanajuato esta Comisión: RESUELVE: PRIMERO.- Se autoriza
la renovación del Contrato de Comodato entre la “Asociación Pro-Ayuda y Orientación para
Jubilados, Pensionados y Adultos Mayores, Delegación No. 76”, y el Municipio de Celaya,
Gto., para que la Asociación construya sus oficinas, ubicada en la calle de Profesores No. 124
esquina con Topógrafos de la Colonia Nuevo Residencial Tecnológico II de esta ciudad de
Celaya, Gto., con una superficie de 230.00 M2, con las siguientes medidas y colindancias: Al
Norte: 10.64 mts., con Topógrafos y Profesores. Al Sur: 10.55 mts., con Instituto Tecnológico
de Celaya. Al Oriente: 21.33 mts., con predio propiedad Municipal. Al Poniente: 22.45 mts.,
con Colegio de Ingenieros. SEGUNDO.- El Objeto será para la construcción de las oficinas de
la “Asociación Pro-Ayuda y Orientación para Jubilados, Pensionados y Adultos Mayores,
Delegación No. 76”. TERCERO.- La vigencia del Contrato de Comodato será vigente por el
periodo de la presente Administración, pudiendo ser ratificado, revisado y en su caso
modificado por las Administraciones subsecuentes, del bien inmueble. CUARTO.- En el
supuesto de que el bien inmueble donado se utilice a un fin distinto al autorizado, o que no
se inicie la obra en un plazo de un año y no se concluya en un plazo de dos años, el bien
donado revertirá a favor del Municipio, en el estado en que se encuentre. QUINTO.- Se
instruye a la Tesorera Municipal, realice los movimientos necesarios en el Padrón de Bienes
Inmuebles Propiedad Municipal. SEXTO.- Se instruye al Secretario del Honorable
Ayuntamiento, dé cumplimiento al presente Dictamen conforme a lo establecido por el
artículo 128 fracción IV de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
SÉPTIMO.- Sométase a la consideración del Pleno del H. Ayuntamiento el presente
Dictamen para su aprobación. OCTAVO.- Notifíquese para su cumplimiento. Así lo
resolvieron y firmaron para su debida constancia los integrantes de la Comisión de Hacienda,
Patrimonio y Cuenta Pública, el día 01 del mes de Septiembre del año de 2014. Finalizada la
lectura del dictamen anterior, el Secretario del H. Ayuntamiento, Lic. David Alfonso Orozco
Pérez, procede a someterlo a votación del Pleno, mismo que se aprueba por unanimidad de
los presentes.- ===============================================
DICTAMEN HDA-475/2014.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta
Pública, referente a la donación de una fracción de terreno propiedad Municipal a favor de
Gobierno del Estado a través de la Secretaria de Desarrollo Social del Estado de Guanajuato.
CONSIDERANDO.- 1.- Que con fundamento en lo establecido por el artículo 115, fracción II,
inciso b) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 117,
fracción XII de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato; el Municipio estará
investido de personalidad jurídica y manejará su patrimonio conforme a la Ley. Los
Ayuntamientos tendrán facultades para aprobar, de acuerdo con las Leyes en materia
Municipal los casos en que se requiera el acuerdo de las dos terceras partes de los miembros
de los Ayuntamientos, para dictar resoluciones que afecten el patrimonio inmobiliario
Municipal. 2.- Atendiendo a lo dispuesto por los artículos 76, fracción IV, inciso f) y g) y 206
y 207 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato; en concordancia con los
artículos 20, 21, 51, 56 y 58 del Reglamento de Bienes Muebles e Inmuebles del Patrimonio
Municipal de Celaya, Guanajuato; en los cuales encontramos dentro de las facultades de los
Ayuntamientos en materia de Hacienda Pública Municipal, le compete desafectar por acuerdo
de la mayoría calificada, los Bienes del Dominio Público Municipal, cuando éstos dejen de
destinarse al uso común ó al servicio público y así convenga al interés público, para que surta
efectos contra terceros y contra la misma autoridad. En ese sentido procederá el cambio de
régimen de Dominio Público al de Dominio Privado cuando a juicio del Ayuntamiento resulte
necesario sin que afecte el interés colectivo. 3.- Por consiguiente el Ayuntamiento solo podrá
otorgar en donación los Bienes del Dominio Privado del Municipio, por acuerdo de la mayoría
calificada de sus integrantes, cuando éstos sean a favor de Instituciones Privadas, que
representen un beneficio social para el Municipio y que no persigan fines de lucro. La
Tesorería Municipal será la Dependencia encargada de integrar la solicitud de donación con
los requisitos ahí mencionados. 4.- En el acuerdo correspondiente se deberá establecer la
cláusula de reversión, la cual consiste en que los bienes del Municipio donados revertirán a
su patrimonio cuando se cumplan los supuestos ahí mencionados. 5.- Que mediante Oficio:
1415/2014 de fecha 29 de agosto del 2014, suscrito por el C. Presidente Municipal, quien
solicita a la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública lo siguiente: se lleve a cabo
Adendum al Dictamen HDA-419/2008 que fue aprobado e la Cuadragésima Cuarta Sesión
Ordinaria celebrada el día 30 de junio del año 2008 para que le sea desmembrada una
fracción de la totalidad del predio propiedad Municipal entregada para su uso y destino al
Patronato Pro-construcción Parque Xochipilli y se desafecte para entregar en Donación a
Gobierno del Estado la cantidad de 1,050.537 metros cuadrados para la construcción de un
“Centro de Impulso Social Xochipilli las Américas, Celaya”. Haciendo del conocimiento los
siguientes antecedentes: el Municipio de Celaya, Guanajuato es propietario del inmueble
ubicado en la Fracción Primera Denominada del Rancho de Muñiz (Parque Xochipilli) de este
Municipio de Celaya, Guanajuato, según consta en la Escritura Pública número 3,908 de
fecha 29 de diciembre de 1994 pasada ante la fe del Notario Público número 36, Lic.
Romualdo Orozco Vargas y que cuenta con una superficie de 142,741.22 metros cuadrados
con las siguientes medidas y linderos que a continuación se describen: Al Norte: En 612.77
metros con Avenida Torres Landa. Al Sur: En línea quebrada de Poniente a Oriente en cinco
tramos, con las siguientes medidas, en 169.50 metros con calle América, en 106.16 metros
con Calzada Privada de América, en 94.92 metros con propiedad Privada, en 71.34 metros
con calle Abasolo y en 371.51 metros con propiedad Privada. Al Oriente: En 172.80 metros
con Panteón Municipal. Al Poniente: En 365 metros con Avenida Francisco Juárez. Escrituras
Públicas que se anexan al presente Dictamen. Que dicho inmueble fue entregado para su uso
y destino a favor del Parque Xochipilli con fecha del día 25 de marzo del año 2009 en
cumplimiento al Dictamen HDA-419/2008 que fue aprobado en la Cuadragésima Cuarta
Sesión Ordinaria celebrada el día 30 de junio del año 2008. Que es indispensable donar a
Gobierno del Estado, la fracción referida, para la construcción del Centro de Impulso Social
Xochipilli las Américas, el cual será a cargo y con recurso del Gobierno del Estado de
Guanajuato y dicho centro forma parte del proyecto de obra pública a ejecutar denominado
“Proyecto Parque Xochipilli Tercera Sección”. Que se solicita ADENDUM al Dictamen HDA-
419/2008 que fue aprobado en la Cuadragésima Cuarta Sesión Ordinaria celebrada el día 30
de junio del año 2008, a fin de desmembrar una fracción de terreno con una superficie
1,050.537 metros cuadrados cuya ubicación medidas y colindancias se describe en la ficha
técnica que se anexa al presente. En base a lo expuesto, solicito se someta la presente
petición a los integrantes de la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública para su
autorización y posterior aprobación del Ayuntamiento del Municipio de Celaya, Gto., y estar
en posibilidad de cumplir con los tiempos que nos marca la Secretaria de Desarrollo Social del
Estado de Guanajuato y puedan destinarse los recursos necesarios para la construcción de un
“Centro de Impulso Social Xochipilli las Américas Celaya”, en beneficio de la ciudadanía.
Documento que se anexa y se tiene por reproducido como si a la letra se insertare. Por lo
que, en mérito de lo antes expuesto y con la facultad que nos otorga el artículo 76 fracción
IV inciso g) y el artículo 81 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato esta
Comisión: RESUELVE: PRIMERO.- Se desafecta una fracción del bien inmueble de Dominio
Público propiedad Municipal ubicado en la Fracción Primera denominada del Rancho de Muñiz
(Parque Xochipilli) de esta ciudad de Celaya, Gto., con una superficie de 1,050.537 M2, con
las siguientes medidas y colindancias: Al Noroeste: 9.29 mts., de Sur a Norte 4.817 mts.,
continua hacia el Noroeste 12.445 mts., de Norte a Sur 4.948 mts., continua hacia el
Noroeste 19.01 mts., 0.464 mts., 2.100 mts., 0.658 mts., 10.0115 mts., y 5.225 mts.,
continua de Sur a Norte 5.558 mts., y continua hacia Noroeste 8.300 mts., luego de Norte
hacia el Sur 3.440 mts., continua hacia el Noroeste 19.067 mts., con el resto del predio. Al
Noreste: 15.144 mts., con el resto del predio. Al Sureste: 16.219 mts., luego de Norte a Sur
en 1.203 mts., continua hacia el Sureste en 10.709 mts., gira de Norte hacia el Sur en 1.518
mts., para continuar hacia el Sureste 16.544 mts., una línea inclinada de 5.429 mts., de
Norte hacia el Sur 1.143 mts., para continuar hacia el Sureste en 9.254 mts., gira de nuevo
de Sur hacia el Norte en 5.415 mts., para continuar hacia el Suroeste en 9.858 mts.,
colindando con el resto del predio. Al Suroeste: 11.919 mts., con el resto del predio.
SEGUNDO.- Se otorga en Donación una fracción del bien inmueble de Dominio Público
propiedad Municipal a favor de Gobierno del Estado a través de la Secretaria de Desarrollo
Social del Estado de Guanajuato, que se encuentra ubicado en la Fracción Primera
denominada del Rancho de Muñiz (Parque Xochipilli) de esta ciudad de Celaya, Gto., con una
superficie de 1,050.537 M2, con las siguientes medidas y colindancias: Al Noroeste: 9.29
mts., de Sur a Norte 4.817 mts., continua hacia el Noroeste 12.445 mts., de Norte a Sur
4.948 mts., continua hacia el Noroeste 19.01 mts., 0.464 mts., 2.100 mts., 0.658 mts.,
10.0115 mts., y 5.225 mts., continua de Sur a Norte 5.558 mts., y continua hacia Noroeste
8.300 mts., luego de Norte hacia el Sur 3.440 mts., continua hacia el Noroeste 19.067 mts.,
con el resto del predio. Al Noreste: 15.144 mts., con el resto del predio. Al Sureste: 16.219
mts., luego de Norte a Sur en 1.203 mts., continua hacia el Sureste en 10.709 mts., gira de
Norte hacia el Sur en 1.518 mts., para continuar hacia el Sureste 16.544 mts., una línea
inclinada de 5.429 mts., de Norte hacia el Sur 1.143 mts., para continuar hacia el Sureste en
9.254 mts., gira de nuevo de Sur hacia el Norte en 5.415 mts., para continuar hacia el
Suroeste en 9.858 mts., colindando con el resto del predio. Al Suroeste: 11.919 mts., con el
resto del predio. TERCERO.- El objeto: es para la construcción de un “Centro de impulso
Social Xochipilli las Américas Celaya”, en beneficio de la ciudadanía. CUARTO.- En el supuesto
de que el bien donado se utilice a un fin distinto al autorizado, o que no se inicie la obra en
un plazo de un año y no se concluya en un plazo de dos años, el bien donado revertirá a
favor del Municipio, en el estado en que se encuentre, de acuerdo a lo establecido en el
artículo 207 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato. QUINTO.- Se
instruye a la Tesorera Municipal, realice los movimientos necesarios en el Padrón de Bienes
Inmuebles Propiedad Municipal. SEXTO.- Se instruye a la Secretaría del H. Ayuntamiento,
realice las publicaciones a que haya lugar en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de
Guanajuato. SÉPTIMO.- Se instruye a la Dirección General de Desarrollo Urbano emita los
permisos correspondientes. OCTAVO.- Se instruye al Director Jurídico, realice los trámites
Legales que en Derecho procedan para la formalización de la presente donación. NOVENO.-
Se instruye al Instituto Municipal de Investigación, Planeación y Estadística de Celaya, Gto.
(IMIPE), realice los movimientos necesarios dentro del Plan de Ordenamiento Territorial
vigente. DÉCIMO.- Se instruye al Secretario del Honorable Ayuntamiento, dé cumplimiento al
presente Dictamen conforme a lo establecido por el artículo 128 fracción IV de la Ley
Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato. DÉCIMO PRIMERO.- Sométase a la
consideración del Pleno del H. Ayuntamiento el presente Dictamen para su aprobación.
DÉCIMO SEGUNDO.- Notifíquese para su cumplimiento. Así lo resolvieron y firmaron para su
debida constancia los integrantes de la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública,
el día 01 del mes de septiembre del año de 2014. Finalizada la lectura del dictamen anterior,
el Secretario del H. Ayuntamiento, Lic. David Alfonso Orozco Pérez, procede a someterlo a
votación del Pleno, mismo que se aprueba por unanimidad de los presentes.- =========
COMISIÓN DE SEGURIDAD, TRANSITO, TRANSPORTE Y PROTECCIÓN CIVIL ===
En uso de la voz el Regidor C. José Alberto Pérez Quiroga, Presidente de la Comisión,
solicita al Secretario del H. Ayuntamiento Lic. David Alfonso Orozco Pérez, someta a
consideración del Pleno la propuesta de que se omita la lectura de los considerandos y
resolutivos de los dictámenes a los que dará lectura, para únicamente referirse al rubro de
los mismos, se somete a consideración del pleno la propuesta del Regidor, misma que se
aprueba por unanimidad de los presentes.- ==============================
Solicita el uso de la Voz el Síndico, Vicente Caracheo Gómez, una vez concedido, “yo
solicitaría que previo a la lectura del dictamen, se diera a conocer si el dictamen fue
aprobado por unanimidad de la comisión, para conocer las personas específicas integrantes
de la comisión, que así lo manifestaron”, en el uso de la voz el Regidor José Alberto Pérez
Quiroga, Presidente de la Comisión menciona “fue votado por unanimidad de la Comisión en
la que participa la Regidora Rebeca, el Regidor Rubén, el Regidor Marco y el Síndico Eduardo
Guillen”; en el Uso de la voz El Síndico, Vicente Caracheo Gómez, “ la Pregunta a la
Secretaria es, si puede levantar una certificación, en ese sentido y una atenta suplica que a
partir desde este momento, en la propia sesión de Ayuntamiento que vaya generando, uno a
uno, el desenvolvimiento y las tomas de la palabra de cada uno de nosotros y de este punto
que se tocó” en el uso de la voz el Secretario del H. Ayuntamiento, Lic. David Alfonso
Orozco Pérez; “muy Bien, queda así asentado en el Acta, como lo solicita el Síndico”, por lo
que se procede a dar lectura al Rubro del Dictamen por parte del Regidor José Alberto Pérez
Quiroga, Presidente de la Comisión, solicita el uso de la voz el Síndico, Vicente Caracheo
Gómez, “voy a solicitarle de manera encarecida, aunque fue un acuerdo por lo miembros del
ayuntamiento, si no hay inconveniente de que pudiera leernos por lo menos, los resolutivos
del Dictamen y conocer los términos del Acuerdo que contiene el mismo, es una solicitud a la
Secretaría”; en el uso de la voz el Secretario del Ayuntamiento, Lic. David Alfonso
Orozco Pérez, “en una cuestión de procedimiento, si tengo entendido ya fue votado, la
omisión de la lectura, a solicitud del Presidente de la Comisión, ya fue un asunto votado, ya
se votó la omisión de la Lectura, pero se somete de nueva cuenta a los miembros del
Ayuntamiento si quieren que se les de lectura a los resolutivos, someto a su consideración, la
solicitud del Sindico, Vicente Caracheo Gómez, por lo que estén a favor de la propuesta del
Sindico, favor de manifestarlo levantando la mano, misma que se aprueba por unanimidad de
los presentes”, por lo que se le solicita al Presidente de la Comisión, Regidor José Alberto
Pérez Quiroga, dar lectura a los Resolutivos del presente dictamen, mismo que le da Lectura;
Solicita el uso de la Voz el Síndico, Vicente Caracheo Gómez, “Le agradezco mucho, la
consideración y la paciencia, me gustaría conocer si dentro del acuerdo, que está previendo
que voten en este momento, sí existe precisamente el acuerdo que está queriendo generar,
que es el acuerdo para la modernización y tecnificación del servicio público de transporte de
personas en ruta fija en el municipio de Celaya, esa es una primera solicitud, la Segunda es si
dentro del mismo, está contenido las cláusulas que pueden generar, de la misma pudiera
asentarse en el acta, como lo solicite en un inicio para que conste dentro del acta de
ayuntamiento, la identificada como la Cláusula o el Número Vigésimo Segundo de los
acuerdos, que es precisamente del tema tarifario y la tercera es una consulta a la Secretaría,
sí este mismo acuerdo, antes de someter a votación, sí este mismo acuerdo, es el que usted,
como secretario del Ayuntamiento, estuvo generando, convalidando, negociando,
modificando, ante las empresas transportistas” en el uso de la voz el Secretario del H.
Ayuntamiento, Lic. David Alfonso Orozco Pérez, “ la pregunta es para su servidor o para
el presidente de la comisión, efectivamente en los términos del acuerdo, fue un acuerdo de
comisión, de la propia comisión, que se trabajará con la propia secretaria, fuimos
construyendo de manera conjunta con los propios transportistas a raíz de bastantes mesas
de trabajo y tomando en consideración las propias sugerencias y observaciones que
integrantes de los prestadores de servicio, hicieron en su momento a la comisión, una vez
hecho este ejercicio, la propia comisión acordó de manera unánime, como lo comentaba el
presidente de la propia comisión, los lineamientos del mismo y en ese sentido se instruyó al
de la voz, a ejecutar.” Solicita el uso de la Voz el Síndico, Vicente Caracheo Gómez,
“derivado de sus manifestaciones, puedo hacer uso de la voz, una, si obra en autos y si
podemos conocer las constancias en la que conste ese acuerdo, de instrucción de la
comisión, porque no sé si fue acuerdo o fue dictamen, a mí me gustaría si lo tiene a la
mano, si el propio presidente de la comisión lo tiene , que quede de una vez asentado, a mí
me interesaría mucho saber eso” en el uso de la voz el Secretario del H. Ayuntamiento; Lic.
David Alfonso Orozco Pérez “por acuerdo de la comisión, se instruyó a la Secretaría, por
oficio, así me lo expusieron” en el uso de la voz el Regidor José Alberto Pérez Quiroga, “la
Comisión instruyo al Secretario, por oficio” en el uso de la Voz el Síndico, Vicente
Caracheo Gómez, “la Segunda, es más que seria, si entonces estamos negociando o
estamos queriendo aprobar como ayuntamiento en este momento, una instrucción, que ya
fue cumplida por usted, entonces qué razón tendría, que hacerlo en estos términos, si ya fue
cumplido el mismo” en el uso de la voz el Secretario del H. Ayuntamiento, Lic. David
Alfonso Orozco Pérez, “por la validez del mismo, para efectos de darle mayor fuerza, a
efecto de continuar con este proceso, se estimó por la propia comisión conveniente, a través
de un dictamen y aprobarlo en calidad de ello, un dictamen aprobarlo y que sea publicado en
el Periódico oficial, para sus efectos” en el uso de la voz el Síndico, Vicente Caracheo
Gómez, “yo le agradecería mucho si me vuelve a leer los resolutivos, para conocer
exactamente, a que le vamos a instruir al Secretario, y si esos puntos están puestos en esos
términos, entonces el dictamen se va a publicar” por lo que el Presidente de la Comisión, el
Regidor, José Alberto Pérez Quiroga, procede a dar lectura a los Resolutivos del Presente
Dictamen, en el uso de la voz el Síndico, Lic. Vicente Caracheo Gómez “disculpe mi
insistencia, discúlpenme amigos del Ayuntamiento, perdón nada más para dejar
perfectamente clarificado, dentro de los acuerdos, la cláusula Vigésimo Segunda, se genera
un término de tarifa, esa es una facultad especifica del Ayuntamiento, si en los términos en
que se apruebe este dictamen, como parece ser la intención, perfectamente se prevé el
incremento de una tarifa, quiero saber si ese es un acuerdo y si dentro de las instrucciones
que tenía usted, como secretario estaba, el generar ese acuerdo de tarifa, porque entonces
ese acuerdo de tarifa, sí fue una facultad delegada, que había hay que checar las
posibilidades de delegar esa facultad del Ayuntamiento hacia usted, fue tomada en cuenta o
si simplemente siguió las mismas instrucciones de un simple acuerdo de comisión, teniendo
muy en cuenta de que es una facultad muy específica del Ayuntamiento, si dentro de eso se
generó esa posibilidad y está incluida en ese acuerdo de modernización, que usted se
encargó de preparar, generar, modificar y acordar con todos ellos, estaba esa situación, en
ese sentido por favor”, se le concede el uso de la Voz a el Regidor Marco Heroldo
Gaxiola Romo “a diferencia de otros ejercicios practicados por Ayuntamientos anteriores y
habrá también que decirlo desafortunadamente hasta a partir de enero se empezó de
manera determinante a ver la problemática del Transporte Público, se buscó un esquema
diferente que no expusiera a este órgano de gobierno, a autorizar un esquema de
modificación de tarifa, antes del cumplimiento de lo convenido con los prestadores de
servicio, a diferencia de otros trienios, aquí lo que se pretende es que se dé primero
cumplimiento a las determinaciones y los acuerdos que se asumen por parte del
Ayuntamiento, los prestadores del servicio concesionados y luego a partir de que se cumpla,
lo que aquí se está autorizando, como acuerdo de este órgano de gobierno, solicitando a la
parte ejecutiva que firme solo bajo esas condiciones, entonces el Ayuntamiento estaría
supeditado a elaborar un dictamen donde se autorice la tarifa, esto está sujeto a condición,
no es que en este momento estemos obligados a que el usuario tenga que pagar en efectivo
una tarifa de 8 pesos y preferente 4 pesos, y quien pague con el sistema de prepago, pague
solamente 6 pesos, que es lo que está en este dictamen, esto surtirá efectos solo que haya
cumplimiento por parte de los prestadores de servicio, en el equipamiento de sus camiones,
entonces el dictamen que hace referencia el síndico, lo tenemos que hacer, pero después de
que se cumpla con los acuerdos” solicita el uso de la voz el Síndico Vicente Caracheo
Gómez, “hay una alusión personal, si me lo permite, gracias, el tema para mí es muy claro,
y la pregunta específica, nada más a la secretaria, y agradezco mucho la intervención del
señor regidor, nada más a la secretaría en específico, si él estuvo o no, o si considera sí
estuvo facultado para generar, negociar, acordar, con los transportistas este tema, y si eso
incluya su acuerdo previo, en el acuerdo que se está discutiendo en este momento”, en el
uso de la voz el Secretario del H. Ayuntamiento, Lic. David Alfonso Orozco Pérez, “a mi
parece, perdón, lo digo respetuosamente este secretario, dentro de sus facultades solamente
es moderar los debates, no formar parte de los mismos, en consecuencia yo pediría que se
integre a la comisión, en todo caso el procedimiento como su discusión en el seno de la
comisión”, en el uso de la voz el Síndico Vicente Caracheo Gómez, “si me lo permite, yo
previamente le pregunte a usted y aquí está asentado, por eso pedí que textualmente se
fuera asentado cada uno de los términos, si había intervenido o no en la negociación de este
convenio, a lo que usted me contestó afirmativamente, segundo de la misma manera se lo
hice como pregunta, sí este era el convenio que usted había negociado y usted acepto, me
contesto en los mismos términos, que efectivamente fue un acuerdo, yo le pediría en ese
sentido y como en contestaciones anteriores, si lo dijo que había sido en cumplimiento de un
acuerdo de la comisión, me conteste, si este fue el acuerdo tarifario, por una simple razón,
antes de generar un debate, el tema para mí no es nada más del orden técnico, como lo
platicábamos, para mí el tema principal, es saber con toda prontitud, por si dentro de sus
facultades esta , atender esta situación, hemos olvidado un tema y un factor importante que
es el social, hemos olvidado un tema que es el que a mí me interesa saber si de esa manera
consciente estamos generando ante la aplicación ya posterior, como lo decía el Regidor
Marco, que es aumento de la Tarifa, ya su aplicación será posterior, sujeta a condición, que
se pudiera dar una vez, si conviene, pero es acuerdo ahorita de aumento de tarifa, que
tenemos que enfrentar ahorita como, y si es esta la circunstancia, yo quisiera entender, en
consciencia, que este es un tema de orden social, que tenemos que estar y saber, si fue
previamente socializado y si fue consensado en esos términos con las demás personas, con
todo respeto para los transportistas, pero también con mucha sensibilidad social, para las
personas que son los usuarios del transporte, ese es el término de la pregunta, señor
Secretario”; Se le concede el uso de la voz al Regidor José Alberto Pérez Quiroga, “nada
mas una observación, conforme al Artículo 40 de la Ley Orgánica, el Síndico nada mas puede
tener dos intervenciones, el presidente de la Comisión, soy yo, creo que puedo, nada más
para responderle, todo esto está en este acuerdo, fue visto, revisado, fue consensado por
todos los miembros de la comisión, con los transportistas, con el Secretario, y con la gran
mayoría que participaron en esto, en estas más de 20 reuniones con todos y cada uno de los
transportistas, entonces, aquí se está pidiendo la aprobación de un convenio para llevarse a
cabo, donde si participo la comisión, y donde creo que es la duda de usted, sí participo la
comisión, sí se instruyó al Secretario, sí participo el Secretario y como ya aclaro el Regidor
Marco, el procedimiento para llevar a cabo, esto se está instruyendo al Secretario, que inicie
con esto, sea la negociación con la empresa que los transportistas seleccionaron, se inicie el
proceso y una vez que se inicie el proceso, se podrá proceder, al cambio de la tarifa, de
acuerdo a lo convenido, con los transportistas, con la comisión y con el señor Secretario, yo
les pediría que pasemos realmente a votar el asunto y si hay algunos otros comentarios, pues
dentro de la ley hagamos los comentarios correspondientes”; se le concede el uso de la voz
al Síndico Eduardo Guillen Hernández; “se me adelanto el Regidor, que era lo que iba a
decir que se procediera con la votación”; en el uso de la voz, el Secretario del H.
Ayuntamiento, Lic. David Alfonso Orozco Pérez; “luego entonces me veo yo obligado a
consultarles al pleno del Ayuntamiento si el asunto se encuentra plenamente discutido, por
los que estén por la afirmativa, favor de manifestarlo”; en el uso de la voz el Síndico, Lic.
Vicente Caracheo Gómez; “hubo una alusión personal, si usted lo permite lo hacemos
válida o lo dejamos en esos términos, nada más que quede asentado, hubo una alusión
personal del presidente de la comisión, si esa es la interpretación de ustedes de ese artículo,
yo no tengo problema”; en el uso de la voz, el Secretario del H. Ayuntamiento, Lic. David
Alfonso Orozco Pérez “muy bien consulto entonces de nueva cuenta, si la asamblea
considera que el tema se encuentra suficientemente discutido o continuamos con el debate,
si se estima suficientemente discutido, por lo que ya concluyeron las rondas de oradores, si
así se estima favor de manifestarlo levantando la mano, mismo que se aprueba por mayoría
de los presentes, siendo el voto en contra el del Síndico, Vicente Caracheo Gómez; por lo que
se trascribe íntegramente el presente dictamen.- =========================
DICTAMEN STTYPC-122/2014.- Que emite la Comisión de Seguridad, Transito,
Transporte y Protección Civil, referente a la aprobación del Acuerdo para la
Modernización y Tecnificación del Servicio Público de Transporte de Personas en Ruta Fija en
el Municipio de Celaya, Guanajuato. C O N S I D E R A N D O.- 1.- Que conforme al
artículo 115 fracción I y II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se
establece que “Cada Municipio será gobernado por un Ayuntamiento... La competencia que
esta Constitución otorga al gobierno municipal se ejercerá por el Ayuntamiento de manera
exclusiva y no habrá autoridad intermedia alguna entre éste y el gobierno del Estado”; y
fracción II “Los Municipios estarán investidos de personalidad Jurídica y manejarán su
hacienda conforme a la Ley...”.Y fracción V. “Los Municipios, en los términos de las leyes
federales y estatales relativas, estarán facultados para: h) Intervenir en la formulación y
aplicación de programas de transporte público de pasajeros cuando aquellos afecten su
ámbito territorial”. 2.- Subsecuentemente en los artículo 106 y 117, fracción II inciso h) de la
Constitución Política para el Estado de Guanajuato, establece que a los Ayuntamientos
compete: “II. Ejercer, en términos de las Leyes federales y estatales, las siguientes
facultades, inciso h) Intervenir, cuando no sea de su competencia exclusiva, en la
formulación y aplicación de programas de transporte público de pasajeros, cuando aquellos
afecten su ámbito territorial”. 3.- Por consiguiente, en los artículos 1, 2 y 76 fracción III,
inciso d) de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, establece que el
Ayuntamiento tendrá como atribución en materia de servicios públicos: inciso d) “Intervenir
en los términos de las Leyes de la materia, en la formulación y aplicación de los programas
de transporte público de pasajeros, cuando afecten su ámbito territorial”. 4.- En los artículos
75, 76, 78 Bis, 106, 117, 118 y 138 de la Ley de Tránsito y Transporte del Estado de
Guanajuato, se establece que para lograr que la prestación de los servicios público de
transporte y el especial en sus distintos tipos y modalidades, se lleve a cabo en condiciones
óptimas para beneficio de la colectividad, el ejecutivo del estado y los ayuntamientos, en la
esfera de su competencia, podrán celebrar los convenios que se requieran al efecto, con los
ayuntamientos de la propia entidad y con los sectores social y privado. 5.- Así mismo, en los
artículos 13 fracciones I, II y III, 38, 39, 45, 88 y 89, del Reglamento para la Prestación del
Servicio Público de Transporte de Pasajeros en el Municipio de Celaya, se establecen las
condiciones para la prestación del servicio de transporte. 6.- El Programa de Gobierno 2012-
2015, se contienen diversas líneas de acción en materia de Gobernanza, Seguridad y
Economía para la prosperidad, así como la línea estratégica II.8 relativa al Transporte Público
de Calidad y Eficiente, que abarca entre otros aspectos de seguridad el relativo a ofrecer los
servicios públicos urbanos y suburbanos de manera eficiente y con calidad. Para la aplicación
de las acciones mencionadas en el inciso anterior, se requiere la participación activa y
comprometida de los prestadores del servicio público de transporte de personas en ruta fija,
realizando la inversión económica necesaria para que los vehículos del servicio sean
equipados con instrumentos control y vigilancia, así como diversas acciones a corto y
mediano plazo que permitan una modernización palpable del servicio en beneficio de los
usuarios y de la colectividad en general. El Municipio, cuenta con estudios y análisis técnicos
tendientes a la modernización del servicio público de transporte en el que se presenta una
solución definitiva con mejores niveles de calidad, seguridad, rapidez y optimización de los
recursos en beneficio tanto de los usuarios como de “Los Prestadores del Servicio”. Para la
modernización del servicio público de transporte se requiere la suma de voluntades entre “El
Municipio” y “Los Prestadores del Servicio”, quienes en un esfuerzo conjunto buscarán las
mejores alternativas para lograr su materialización y operación, en la búsqueda siempre de
un servicio más rápido, seguro, económico y rentable. 7.- Ahora bien el día 01 de septiembre
del año 2014, se llevó a cabo la reunión de la Comisión de Seguridad, Transporte y
Protección Civil, en la cual se analizó la conveniencia de la suscripción de un acuerdo de
voluntades entre el Municipio y los Representes de las Empresas Transportistas, acordando la
firma de un documento base para la Modernización y tecnificación del Servicio Público de
Transporte. Por lo que en mérito de lo antes expuesto y con la facultad que otorgan a la
Comisión el artículo 81 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato: R E S U
E L V E.- PRIMERO: Se aprueba el Acuerdo para la Modernización y Tecnificación del
Servicio Público de Transporte de Personas en Ruta Fija en el Municipio de Celaya,
Guanajuato. SEGUNDO: Se instruye a la Secretaría del H. Ayuntamiento realizar los trámites
administrativos necesarios para llevar a cabo el Acuerdo en mención. TERCERO: Se instruye
al Secretario del H. Ayuntamiento publique el presente Acuerdo en el Periódico Oficial de
Gobierno del Estado de conformidad con lo establecido en el Artículo 7 del Reglamento para
la Prestación del Servicio Público de Transporte de pasajeros en el Municipio de Celaya.
CUARTO: Sométase a Consideración del Pleno de este Ayuntamiento, el presente Dictamen
para su aprobación. Así lo resolvieron y firmaron para su debida constancia los integrantes de
la Comisión en fecha 01 de Septiembre del 2014. Finalizada la lectura del dictamen anterior,
el Secretario del H. Ayuntamiento, Lic. David Alfonso Orozco Pérez, procede a someterlo a
votación del Pleno, mismo que se aprueba por mayoría Absoluto de los presentes, siendo el
voto en contra el del Síndico, Vicente Caracheo Gómez.- ======================
PUNTO NÚMERO SEIS: ASUNTOS GENERALES.- ========================
1.- Se Recibió oficio Número 10666 del H. Congreso del Estado, en el que se acusa de
recibo, el Oficio S.H.A 1.6. 627/2014 en el que se Remite contestación a la consulta de las
iniciativas de Reforma, Adiciones y Derogaciones a diversas disposiciones de la Ley de
Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado y los Municipios de
Guanajuato; y de la Ley de Responsabilidad Patrimonial del Estado y los Municipios de
Guanajuato. =================================================
2.- Se Recibió oficio Número 10724 del H. Congreso del Estado, en el que se acusa de
recibo, el Oficio S.H.A 1.6. 649/2014 en el que se Remite contestación a la consulta de las
iniciativas a efecto de adicionar un artículo 44 A, a la Ley de Seguridad Pública del Estado de
Guanajuato y a la Ley de Sistema de Seguridad pública del Estado de Guanajuato. =====
3.- Se Recibió oficio Número 10760 del H. Congreso del Estado, en el que se acusa de
recibo, el Oficio S.H.A 1.6. 6454/2014 en el que se Remite contestación a la consulta de la
iniciativa de Ley que establece las bases para la prestación de las Operaciones Inmobiliarias
para el Estado de Guanajuato. ======================================
PUNTO NUMERO SIETE.- Clausura de la Sesión.- En uso de la voz el Secretario del H.
Ayuntamiento Lic. David Alfonso Orozco Pérez, informa al C. Presidente Municipal Arq. Ismael
Pérez Ordaz que han sido agotados los asuntos inscritos en el orden del día, por lo que el
mandatario municipal procede a declarar clausurados los trabajos de la Cuadragésima
Octava Sesión Ordinaria del H. Ayuntamiento, siendo las 21:22 Veintiún horas con 22
Veintidós Minutos del día 03 Tres de Septiembre del 2014, levantándose para
constancia la presente acta, misma que firman quienes en ella intervinieron y quisieron
hacerlo. Doy fe ==============================================