año de la diversificacion productiva y fortalecimiento de la educacion

13
´´AÑO DE LA DIVERSIFICACION PRODUCTIVA Y FORTALECIMIENTO DE LA EDUCACION`` CURSO :Fundamentos de De!e"#o CARRERA :De!e"#o ALUMNA : DOCENTE : CUSCO $PERU %&'( DEREC)O Y NORMA *URIDICA

Upload: maomisho-karazuma

Post on 02-Nov-2015

216 views

Category:

Documents


0 download

DESCRIPTION

bueno

TRANSCRIPT

Derecho y norma jurdica

Derecho y norma jurdica

AO DE LA DIVERSIFICACION PRODUCTIVA Y FORTALECIMIENTO DE LA EDUCACION``

DERECHO Y NORMA JURIDICA

CURSO : Fundamentos del Derecho

CARRERA : Derecho

ALUMNA :

DOCENTE :

CUSCO PERU2015

Introduccin

Generalmente, utilizamos la palabra derecho como una facultad que tiene y se le reconoce a una persona con referencia a unacto concreto, por ejemplo, decimos que el vendedor tiene derecho a cobrar el precio de lo que est vendiendo, la queun hijo menor deedadtiene derecho a que sus padres le brinden alimento, salud y educacin, que el peatn tiene derecho a que el conductor de un automvil le ceda el paso. Es importante sealar que el derecho viene acompaado de los deberesy obligaciones

"Lo importante de todo es nunca dejar de hacerte preguntas. La curiosidad tiene su propia razn de existir."-Albert Einstein

lNOCIONES GENERALES DEL DERECHO

El Derecho se puede definir como el conjunto de normas, reglas y principios que regulan las relaciones sociales que la convivencia humana, en cada momento histrico.

ETIMOLOGIA

Etimolgicamente la palabra derecho viene del latn directum que significa enderezar, regir conforme a una regla. Y directum proviene del verbo dirigere que a su vez viene de di , sensacin de continuidad y regere, que significa dirigir, mandar, gobernar.Tambin cabe mencionar que para los romanos fue JUS: el principio normativo de la conducta humana.En la edad media comenz el uso de la palabra derecho deriva de directus (guiar enderezar) y rectus (rectitud), que sustituy al nombre jus.La doctrina cristiana dio el significado de dirigir en vez de mandar.De la raz ju proviene la jurisprudencia, jurisconsulto, jurisdiccin, juicio, juez etc.Por eso el adjetivo jurdico designa todo lo referente al derecho. Ejem: norma de derecho o norma jurdica

DEFINICION

El Derecho se puede definir como el conjunto de normas, reglas y principios que regulan las relaciones sociales que la convivencia humana, en cada momento histrico. El derecho es producto de la cultura humana, y como tal es un hecho natural que mediante normas que contienen mandatos o prohibiciones regula la conducta del hombre.

CONCEPTOS DEL DERECHO POR VARIOS AUTORES.Hans Kelsen: "El derecho es el orden coactivo y soberano de la conducta" (Fuente:Kelsen Hans, "Teora Pura del Derecho")Edgar Bodenheimer: "El derecho es un trmino medio entre la anarqua y el despotismo"("Teora del Derecho", Fondo de cultura econmica, Mxico,1971,pag.26).Miguel Villoro Toranzo: "Derecho es un sistema racional de normas sociales de conducta, declaradas obligatorias por la autoridad, por considralas soluciones justas a los problemas surgidos de la realidad histrica".

ALGUNOS CONCEPTOS (no estrictamente jurdicos)El termino DERECHO tiene diversas acepciones, puede ser entendido como sinnimo de justicia, disciplina social etc. Usualmente en el vocabulario de las personas se emplea para referirse a aquello que se considera recto, directo en el sentido de adecuarse a una regla o norma establecida en la sociedad

EN EL CAMPO JURIDICO:En este campo encontramos tres aspectos:

TAMBIEN es importante diferenciar entre

DIVISION DEL DERECHO

Es importante sealar sealar que a travs de la historia del derecho romano se funda la clasificacin del derecho en pblico y privado. Justiniano (Petrus Sabbatius Iustinianus) uno de los emperadores de roma (desde 527 d.c hasta 565 d.c) impuso su intencin ideologa que tena como principio fundamental la unidad de base cristiana. Justiniano divide el estudio del derecho en pblico y privado. Y con el transcurrir el tiempo y ante los cambios socio-econmicos en la sociedad encontramos una tercera divisin, el derecho social econmico.

a) Derecho privado: es el conjunto de normas que regulan la actividad, se caracteriza por la igualdad en derechos entre los individuos. En esta estn contenidas el derecho civil , derecho publico

b) Derecho pblico : Es el que regula las relaciones entre las personas o entidades privadas ,y los rganos relacionados al poder pblico, siempre que estos acten en base a lo que la ley establezca.En fin lo que persigue el derecho pblico es el inters de la colectividad, la relacin entre el estado y los ciudadanos para lograr armona en la convivencia humana y en esta estn contenidas: el derecho penal, derecho constitucional, derecho administrativo etc.

c) Derecho social y econmico: Esta divisin reciente obedece a las exigencias econmicas de la sociedad moderna, los derechos sociales, econmicos estan protegidos bajo mltiples tratados, internacionales y regionales.Los derechos sociales y econmicos se ocupan de cuestiones bsicas para la dignidad humana como la alimentacin, salud, vivienda.

El siguiente cuadro muestra la diferencia entre Derecho Pblico y Derecho Privado, ambos se desprenden del Derecho Positivo.

LA NORMA JURIDICA

Norma jurdica es una regla u ordenacin delcomportamientohumano dictado por laautoridadcompetente del caso, con un criterio devalory cuyo incumplimiento trae aparejado una sancin. Generalmente, impone deberes y confiere.El estado es donde se originan todas las normas legales, est obligado a garantizar su cumplimientoderechos.

Elementos de la norma jurdica

1.- sujeto jurdico: es todo ser o ente (persona) a quien el orden jurdico le afecta y lo reconoce como un derecho u obligacin. Y estas se dividenn en : Personas naturales: todos los individuos de la especie humana

Personas jurdicas: son personas ficticitas capaces de ejercer derechos y contraer obligaciones civiles.

2.- Objeto jurdico: consiste en la conducta que se debe cumplir , el sujeto obligadopor la norma jurdica 3.- relacin jurdica : Es el vnculo que se da entre dos sujetos surgido de la realizacin de un supuesto normativo y que coloca a uno de ellos en la calidad de sujeto activo frente al otro que tiene la calidad de sujeto pasivo en la realizacin de una prestacin determinada.Dentro de la relacin jurdica es necesario mencionar los siguientes elementos: Un hecho jurdico: como hiptesis y supuesto contemplado en la normal Un deber jurdico: del sugeto pasivo que lo lleva a cumplir con la prestacin exigida Un derecho subjetivo: que permite exigir el cumplimiento de la prestacin. Dado o realizado o cumplido el supuesto jurdico (hecho jurdico4.- consecuencia jurdica: Surge cuando un sujeto se coloca en situacin de incumplimiento de un deber jurdico. Para Kelsen la consecuencia jurdica es el elemento que diferencia a la norma jurdica de las restantes normas y por ello la denomina norma primaria. hay tres elementos en la consecuencia el hecho ilcito: realizacin de la conducta contraria la sancin: es el medio compulsivo o punitivo que el ordenamiento jurdico aplica para imponer observancia o castigar su infraccin la intervencin del estado: consiste en que por medio de sus rganos ( tribunales de justicia) intervenga aplicando la sancin preestablecida para el hecho ilcito5.- valores o fines jurdicos: Toda norma jurdica tiene ciertos fines o valores hacia los cuales se orienta y que se confunden con los fines del derecho (justicia, paz, seguridad, bien comn, entre otros).

JERARQUA NORMATIVA EN EL PER

En todo estado jurdicamente organizado, integran la estructura legislativa, que viene a ser un sistema de normas ordenada JERARQUICAMENTE. Tiene forma de una pirmide, su creador fue el filsofo austriaco Hans Kelsen quien por primera vez ordeno y esquematiz esta jerarqua piramidal en su obra: la teora pura del derecho.

a) constitucin nacional: llamada tambin ley de leyes es la ley fundamental de la organizacin del estado, sirven como principios para regular las relaciones entra los poderes pblicos y ciudadanos en general.

b) Los tratados: son acuerdos con otros pases u organismos establecidos por dos o ms representantes del estado

c) Leyes: norma de carcter general que emana el congreso.

d) Decreto legislativo: legislacin delegada por el congreso autoriza al poder judicial dictar normas con rango de ley, lo aprueba el consejo de ministros y lo firma el presidente de la republica

e) Decreto ley: reemplaza las leyes ordinarias durante los gobiernos de facto producto de un golpe de estado

f) Resolucin legislativa: norma legal de carcter especfico tiene por objeto aprobar tratados internacionales, es expedida por el congreso, se encuentra contemplado en el reglamento de este poder del estado (ejecutivo)

g) Decretos de urgencia: expedida por el poder ejecutivo como medida extraordinaria y valido para regularizar situaciones de carcter econmico, financiero.

h) Ordenanzas municipales: de carcter general , regula la organizacin, administra la prestacin de servicios pblicos locales

i) Decreto supremo: de carcter general expedido por el poder ejecutivo lleva la firma del presidente de la repblica y uno o ms ministros.

j) Resolucin suprema : de carcter especfico regulariza actividades de un determinado sector

k) Resolucin ministerial: dispositivos que permiten formular ejecutar y supervisar la poltica general del estado resolviendo casos concretos y particulares

l) Resolucin directorial rectoral: normas de menor jerarqua dentro de todo el ordenamiento jurdico del estado, regulan actividades administrativas de las diferentes reparticiones del estado ejem. Los ministerios, colegios, hospitales, etc.

Conclusiones

Las Clases de Derecho estn divididas por varios autores de una manera poco uniforme y muy arbitraria a su concepto y punto de vista de cada autor. No existe una regla clara de esta divisin. As tambin los diferentes pases y culturas tienen muy diferentes acepciones del derecho y sus divisiones.Varios autores citan las diferentes clases de derecho de manera individual, por lo que procedimos a hacer y edificar una divisin constructiva y lgica de las mismas. Conocer y manejar esta relacin es muy importante, as como la delimitacin de la misma en un orden lgico y ameno.Comprobamos y tratamos a su vez con una visin general, el concepto y relacin del derecho en la sociedad, y el hombre y con otras ciencias del saber humano, donde nos dimos cuenta de la gran afinidad al conocimiento puro de ser humano de la ciencia del Derecho.Con este desarrollo, entendemos dejamos plasmado, una idea de la divisin del derecho para su fcil estudio, aplicacin y diferenciacin

bibliografia

Universidad catlica del Per (1994) maestra en derecho con mencin en derecho constitucional Enciclopedia jurdica ( diccionario de derecho) Bernal , Beatriz y Ledesma , jose de jesus, historia del derecho romano, derechos neorromanistas ( de los orgenes de la alta media ) Diario oficial el peruano Libros de derecho peruano .blogspot.com