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SERVICIO DE CONTRATACIÓN Y PATRIMONIO CONTRATACION DE LOS SERVICIOS DE AYUDA A DOMICILIO COMO PRESTACIÓN BÁSICA DE LOS SERVICIOS SOCIALES COMUNITARIOS DEL SISTEMA PÚBLICO DE SERVICIOS SOCIALES Y DEL SISTEMA PARA LA AUTONOMÍA Y ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA. EC/ASS/001/2018 PROCEDIMIENTO: ABIERTO, VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN - SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES -ANEXOS 1 ANEXOS

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SERVICIO DE CONTRATACIÓN Y PATRIMONIO

CONTRATACION DE LOS SERVICIOS DE AYUDA A DOMICILIO COMO PRESTACIÓN BÁSICA DE LOS SERVICIOS SOCIALES COMUNITARIOS DEL SISTEMA PÚBLICO DE SERVICIOS SOCIALES Y DEL SISTEMA PARA LA

AUTONOMÍA Y ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA. EC/ASS/001/2018 PROCEDIMIENTO: ABIERTO, VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN - SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES -ANEXOS

 

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ANEXOS

SERVICIO DE CONTRATACIÓN Y PATRIMONIO

CONTRATACION DE LOS SERVICIOS DE AYUDA A DOMICILIO COMO PRESTACIÓN BÁSICA DE LOS SERVICIOS SOCIALES COMUNITARIOS DEL SISTEMA PÚBLICO DE SERVICIOS SOCIALES Y DEL SISTEMA PARA LA

AUTONOMÍA Y ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA. EC/ASS/001/2018 PROCEDIMIENTO: ABIERTO, VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN - SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES -ANEXOS

 

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ANEXO I DATOS GENERALES RELATIVOS A LA CONTRATACION DE LOS SERVICIOS DE AYUDA A DOMICILIO COMO PRESTACIÓN BÁSICA DE LOS SERVICIOS

DEL SISTEMA PARA LA AUTONOMÍA Y ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA. A) OBJETO DEL CONTRATO.

OBJETO DEL CONTRATO: CONTRATACION DE LOS SERVICIOS DE AYUDA A

DOMICILIO COMO PRESTACIÓN BÁSICA DEL SISTEMA PARA LA AUTONOMÍA Y ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA.

El objeto del contrato es el Servicio Público de Ayuda a Domicilio en el término municipal de Écija, como prestación básica de los servicios sociales comunitarios del Sistema Público de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia y en la Orden de 15 de Noviembre de 2007 por la que se regula el Servicio de Ayuda a Domicilio en la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en el Reglamento del Servicio de Ayuda a Domicilio del Excmo. Ayuntamiento de Écija (Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla nº 142, de 22/06/2010); todo ello atendiendo a la necesidad de mejorar la calidad de vida y la promoción de la autonomía de las personas físicas a fin de facilitarles la permanencia en su medio habitual. El código de Vocabulario Común de Contratación Pública (CPV) es 85312000-9 (Servicios asistenciales sin alojamiento), y Clasificación de Productos por Actividades (CPA), aprobada por el Reglamento (CE) nº 204/2002 de la Comisión, de 19 de diciembre (publicado en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas L36/1 de 6-2-2002), por el que se modifica el Reglamento (CEE) nº 3696/93 del Consejo relativo a la clasificación estadística de productos por actividades (CPA) en la Comunidad Económica Europea: 85.32.14.

Necesidades que pretenden satisfacerse, los objetivos y actuaciones que comprende este contrato:

El Servicio de Ayuda a Domicilio tiene como finalidad la mejora de la calidad de vida y la promoción de la autonomía de las personas para facilitarles la permanencia en su medio habitual. Pretende conseguir los siguientes objetivos: a) Promover la autonomía personal en el medio habitual, atendiendo las

necesidades de las personas con dificultades para la realización de las actividades básicas de la vida diaria.

b) Prevenir y evitar el internamiento de personas que, con este servicio, puedan permanecer en su medio habitual.

c) Apoyar técnicamente a las unidades de convivencia con dificultades para afrontar las responsabilidades de la vida diaria.

d) Favorecer el desarrollo de capacidades personales y de hábitos de vida adecuados.

e) Promover la convivencia de la persona en su grupo de pertenencia y con su entorno comunitario.

f) Favorecer la participación de las personas y de las unidades de convivencia en la vida de la comunidad.

g) Atender situaciones coyunturales de crisis personal o convivencial. h) Servir como medida de desahogo familiar apoyando a las personas cuidadoras en

su relación de cuidado y atención. Las tareas del Servicio de Ayuda a Domicilio se clasifican en tareas básicas, extraordinarias y complementarias. Las tareas básicas son aquellas de carácter personal y doméstico, y comprende la realización de las siguientes tareas: Desarrollo y ejecución del Programa del Servicio de Ayuda a Domicilio en las Unidades de Trabajo Social que comprende el municipio de Écija (Sevilla). El Servicio de Ayuda a Domicilio debe ofrecer una atención integral a la persona usuaria que dé respuesta a las necesidades del individuo y en la que resalta el carácter educativo y preventivo de todas las actuaciones. Las prestaciones a contratar son aquellas que se derivan de la valoración, propuesta técnica y concesión por parte de los Servicios Sociales Comunitarios y se refieren a las actuaciones de carácter personal y doméstico (relacionadas con la higiene personal, vestido, alimentación, movilidad, cuidados especiales y de ayuda en la vida familiar y social de la persona beneficiaria, mantenimiento de la vivienda) dando prioridad a la atención personal. La variedad de las actuaciones que contempla la Ayuda a Domicilio son: 1. Actuaciones de carácter personal, en relación a la higiene personal, alimentación, movilidad, cuidados especiales y de ayuda en la vida familiar y social: - Aseo e higiene personal, ayuda en el vestir y hábitos de higiene. - Ayuda y seguimiento de la alimentación y hábitos alimenticios. - Ayuda para levantarse y acostarse, cambios posturales y movilidad dentro del

hogar. - Control de la administración del tratamiento médico en coordinación con los

equipos de salud. - Ayuda a la movilidad dentro y fuera del domicilio, siempre dentro de la localidad. - Compañía y atenciones en el domicilio. - Acompañamiento y realización en su caso de gestiones fuera del hogar. - Ayuda a la movilidad externa, que garantice la atención e integración en su

entorno habitual. - Apoyo dirigido a facilitar la participación en actividades comunitarias y de

relación familiar o social. Apoyo a su organización doméstica (organización económica, de higiene, alimentación).

- Actividades de ocio dentro del domicilio. - Actividades dirigidas a fomentar la participación en su comunidad y en

actividades de ocio y tiempo libre.

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- Ayuda a la adquisición y desarrollo de habilidades, capacidades y hábitos personales y de convivencia.

- Otros apoyos complementarios de carácter similar, valorados técnicamente como adecuados a las circunstancias del caso para favorecer su autonomía, integración social y acceso a otros servicios.

2. Actuaciones de carácter doméstico en relación a la alimentación, vestido y mantenimiento de la vivienda: - Limpieza básica y orden del domicilio, del mobiliario y enseres de uso diario. - Limpieza general (Limpieza de cristales, lámparas, zonas altas). - Lavado, planchado y orden de ropa dentro del domicilio (siempre que existan los

medios técnicos oportunos, como lavadora y plancha) - Lavado y planchado de ropa fuera del domicilio (cuando no sea posible realizarla

en el mismo domicilio) - Adquisición y preparación de alimentos en domicilio. - Realización de compras, a cuenta del usuario/a. Servicio de comida a domicilio: Este servicio consistirá en el reparto del almuerzo al usuario/a en su domicilio. Concretamente, se deberá entregar la comida en frío para conservar en frigorífico y calentar en microondas en el momento del consumo. La comida incluirá primer y segundo plato, pan y postre. Se establece un mínimo de 250 a 300 gramos por plato. No se incluye la bebida. Los menús deberán estar elaborados por nutricionistas y cumplir los requisitos nutricionales y exigencias bromatológicas requeridas por la legislación vigente. Su elaboración será tradicional y en consonancia a los productos existentes y costumbres de la zona. En la elaboración de las comidas se utilizarán productos de primera calidad y en perfecto estado de conservación, con especial atención a los aspectos de manipulación y presentación, de forma que queden totalmente garantizadas las condiciones de higiene y salubridad exigibles en este tipo de actividad. Las dietas deberán ser sanas, variadas y equilibradas, en cantidades adaptadas a la edad y características de los/as usuarios/s, por lo que se contempla la posibilidad de introducir dietas individualizadas que deberán ser realizadas por un dietista acreditado: dietas trituradas, hiposódicas, astringentes, para diabéticos, etc. La comida será transportada en vehículos frigoríficos hasta los domicilios de los/as usuarios/as. Una vez allí se almacena en frigorífico hasta el momento de consumo. Se entregará debidamente envasada, en barquetas individuales aptas para uso alimentario. Asimismo, la empresa deberá dar las instrucciones necesarias a los/as usuarios/as para el correcto calentamiento y conservación de los alimentos La empresa deberá remitir un informe trimestral descriptivo de los menús servidos en ese período, tanto de las dietas normales como de aquellas especificas para personas con limitaciones alimentarias concretas o problemas de salud determinados que requieran de una dieta especial.

3.- Aquellas otras actuaciones contempladas en la Orden de 15 de noviembre de 2007 (BOJA nº 231 de 23 de noviembre) que unifica en la misma, la prestación del servicio de ayuda a domicilio como prestación básica en el ámbito del Sistema Público de Servicios Sociales y la derivada del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, modificada en la Orden de 10 de noviembre de 2010 (BOJA nº 223, de 16 de noviembre). 4.- Actuaciones excluidas: Se excluyen expresamente las actuaciones siguientes: • La atención a otros miembros de la unidad de convivencia que no hayan sido contemplados en la valoración, propuesta técnica y concesión del servicio. • Las actuaciones de carácter sanitario y otras que requieran una cualificación profesional específica, como son, la realización de curas, tratamiento de escaras, poner o quitar sondas, poner inyecciones, administrar medicación delicada que requiera un grado de conocimiento y especialización por parte de quien lo administra o cualquier otra de similar naturaleza. • El personal de Ayuda a Domicilio no realizará arreglos de cierto calibre (pintar, jardinería,...) o aquellas tareas físicas que pongan en peligro la salud o integridad física de los profesionales que prestan el servicio. • No podrá realizarse el acompañamiento a la persona dependiente fuera de la localidad. • No podrán realizarse tareas domésticas en días no laborables. Durante los sábados, domingos y festivos, el tiempo empleado por el/a auxiliar deberá dedicarse exclusivamente a cubrir las necesidades básicas (movilización, higiene y vestido). 5.- En el Informe nº 032/2018 emitido por el Servicio de Contratación y Patrimonio –que obra en el expediente, se justifican los motivos por los cuales no se divide en lotes el objeto del contrato.

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DATOS GENERALES.

TIPO DE CONTRATO CONTRATO DE SERVICIOS EXPEDIENTE EC/ASS/001/2018

CONTRATO SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA

SI, por ser un contrato comprendido entre los señalados en los Artículos 19 y 22.1 c) Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

CONTRATO SUJETO A RECURSO ESPECIAL EN MATERIA DE

CONTRATACIÓN

SI, dado que su valor estimado superior a 100.000,00 € (Artículo 44.1 a) Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público).

TRAMITACIÓN TRAMITACIÓN ORDINARIA

PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN

PROCEDIMIENTO ABIERTO SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA, en virtud de lo dispuesto en los Artículos 156 y ss. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN PLURALIDAD DE CRITERIOS, según dispone el Artículo 145 Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público .

PUBLICACIÓN

DIARIO OFICIAL DE LA UNIÓN EUROPEA (DOUE), en la PLATAFORMA DE CONTRATACIÓN DEL ESTADO que se tendrá acceso según las especificaciones que se regulan en la citada web https://contrataciondelestado.es y en el PERFIL DEL CONTRATANTE (www.ecija.es).

PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES

Las proposiciones, junto con la documentación preceptiva, se presentarán, dentro del plazo señalado en el anuncio –nunca inferior a 35 días-, contados desde la fecha de envío del anuncio al Diario Oficial de Unión Europea (DOUE), si fuese día inhábil se trasladará al siguiente día hábil, en el Registro General del órgano de contratación indicado en el mismo (Artículo 156.2 Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público).

PODER ADJUDICADOR

ADMINISTRACIÓN CONTRATANTE EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ÉCIJA

ÓRGANO DE CONTRATACIÓN CORPORACIÓN MUNICIPAL EN PLENO, por aplicación de la Disp. Adic. 2ª Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

UNIDAD RESPONSABLE DEL SERVICIO ÁREA DE SERVICIOS SOCIALES, IGUALDAD, VIVIENDA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA

UNIDAD RESPONSABLE DE LA TRAMITACIÓN SERVICIO DE CONTRATACIÓN Y PATRIMONIO B) PRESCRIPCIONES TÉCNICAS. Consta redactado Pliego de Prescripciones Técnicas y sus Anexos. C) VALOR ESTIMADO Y PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN. PRECIO DEL CONTRATO Y FINANCIACIÓN. VALOR MÁXIMO ESTIMADO DEL CONTRATO.

El valor estimado del contrato –conforme con el Artículo 101 Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público - asciende a la cantidad de 21.395.341,76 € (excluido el 4,00 % de Impuesto sobre el Valor Añadido), comprensivo de la estimación de 60 mensualidades, a razón de una mensualidad media de 356.589,03 € (IVA excluido).

PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN. Por presupuesto base de licitación –como el límite máximo de gasto que en virtud del contrato puede comprometer el órgano de contratación, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido-, se considera el importe de 25.873.436,55 €. PRECIO DEL CONTRATO. El precio del contrato será el que resulte de la adjudicación del mismo y deberá indicar como partida independiente el IVA. En el precio del contrato se considerarán incluidos los tributos, tasas y cánones de cualquier índole que sean de aplicación, así como todos los gastos que se originen para el adjudicatario como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en el pliego. En dichos importe, se consideran incluidas: • La contraprestación económica de los costes de la organización técnico –

empresarial, del personal asignado a la ejecución de los programas y su formación; así como sus sustituciones y bajas temporales; gastos generales, financieros e impuestos, el beneficio industrial de la actividad desarrollada y los gastos del tiempo de traslado entre los servicios a prestar.

El abono del precio por parte del Excmo. Ayuntamiento de Écija se hará efectivo a mes vencido mediante la presentación por el contratista de la factura correspondiente a cada mensualidad. El adjudicatario tendrá la obligación de presentar la factura mensual que haya expedido por los servicios prestados en el Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas de la Administración General del Estado «FACe», a efectos de su remisión a la Intervención Municipal; asimismo el adjudicatario deberá hacer constar en la factura –además de los previstos en RD 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación - los datos siguientes: Órgano administrativo con competencias en materia de contabilidad pública:

Intervención Municipal

Órgano de contratación: Corporación Municipal en Pleno

Destinatario: Unidad Administrativa correspondiente Responsable del contrato

FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Y EXISTENCIA DE CRÉDITO.

El importe se abonará con cargo a la aplicación presupuestaria siguiente del vigente Presupuesto de Gastos del Excmo. Ayuntamiento de Écija; quedando acreditada la plena disponibilidad de las aportaciones que permiten financiar el respectivo contrato, conforme con el compromiso del órgano competente en materia presupuestaria para reservar los créditos oportunos en los presupuestos de los ejercicio que resultan afectados. En todo caso, el contrato quedará condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto de cada año: Aplicación Presupuestaria ……………………………………………………….. 5000 231 227 99 Aplicación Presupuestaria ……………………………………………………….. 5000 231 227

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D) MÉTODO DE CÁLCULO DEL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO (Artículo 101.5 y 10 a) Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público) Considerando las limitaciones presupuestarias y, de acuerdo con el Artículo 101.5 y 10 a) Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, el valor estimado del contrato se ha calculado por la facturación media de los meses precedentes de estos ejercicios 2017-2018 (Consta en el expediente Informe del Servicio de Contratación y Patrimonio relativo a la determinación de la estimación del precio del contrato). E) PLAZOS DEL CONTRATO. PLAZO DE DURACIÓN: 60 MESES (5 AÑOS). La duración del contrato de servicios será de 60 MESES (5 años) con efectos a partir del día siguiente desde la formalización del respectivo contrato administrativo, una vez efectuada la adjudicación del mismo, no siendo susceptible de prórroga. F) PLAZOS PARCIALES. No se admiten G) REVISIÓN DE PRECIOS.

El precio del contrato se revisará en la variación porcentual que experimente la subvención de la Junta de Andalucía, anualmente, sobre el precio/hora de prestación de servicio. A estos efectos señala la Disposición Adicional Primera de la Orden de 28 de junio de 2017:

«El coste/hora establecido podrá ser objeto de revisión mediante

resolución de la persona titular de la Dirección-Gerencia de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, que deberá ser publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».

H.- CLASIFICACIÓN. No se establece clasificación sustitutiva a efectos de justificar la solvencia técnica y económica, al no existir correspondencia entre el Servicio licitado y los distintos grupos de Clasificación señalados en el Reglamento de Contratos (Anexo II, RD 773/2015, de 28 de Agosto). I) GARANTÍA PROVISIONAL: SE EXIGE. De conformidad con lo previsto en el artículo 106 Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, excepcionalmente y de forma justificada por la duración del contrato, por lo elevado de su importe y, por la complejidad de su tramitación, se exige para el presente contrato la constitución de una garantía provisional, siendo su importe del 3% sobre el Presupuesto Base de Licitación (como valor máximo estimado del presente contrato) IMPORTE GARANTÍA PROVISIONAL………………… 3% s/ 24.878.304,35 = 746.349,13 €

La garantía provisional se extinguirá automáticamente y será devuelta a los licitadores inmediatamente después de la perfección del contrato. En todo caso, la garantía será retenida al adjudicatario hasta que proceda a la constitución de la garantía definitiva, e incautada a las empresas que retiren injustificadamente su proposición antes de la adjudicación. El adjudicatario podrá aplicar el importe de la garantía provisional a la definitiva o proceder a una nueva constitución de esta última, en cuyo caso la garantía provisional se cancelará simultáneamente a la constitución de la definitiva. J) GARANTÍA DEFINITIVA. 5% DEL IMPORTE DEL PRECIO FINAL OFERTADO POR EL LICITADOR PROPUESTO COMO ADJUDICATARIO (IVA EXCLUIDO). La garantía definitiva -5% sobre el precio final ofertado (IVA excluido)- podrá constituirse en cualquiera de las formas previstas en los artículos 108 Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y 55 y siguientes del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre. Dada la imposibilidad de determinación del precio de adjudicación, el mismo se calculará aplicando el precio/hora de la oferta de la entidad adjudicataria a la cantidad estimada de horas de servicio durante la vigencia del contrato (1.990.264,34 horas). En caso de que se hagan efectivas sobre esta garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatario, éste deberá reponer o ampliar aquélla en la cuantía que corresponda en el plazo de quince (15) días naturales desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. Cuando como consecuencia de una modificación del contrato experimente variación su precio, deberá reajustarse la garantía, para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince (15) días naturales contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación. K) SEGURO DE RESPONSABILIDAD.

El adjudicatario será responsable de los daños y perjuicios que se ocasionen en el desarrollo de su actividad.

En todo caso, la empresa adjudicataria, será la responsable de cualquier

accidente o siniestro que se produzca siempre y cuando sean motivadas por negligencia o dejación de funciones.

La empresa adjudicataria deberá tener en vigor un seguro de responsabilidad civil

por importe mínimo de 600.000,00 por siniestro, que cubra como mínimo las siguientes garantías:

Responsabilidad civil de explotación para el servicio objeto de contrato. Defensa y fianzas. Asimismo deberá incluir las garantías de Responsabilidad civil patronal

por accidentes de trabajo, por un importe mínimo de 150.000,00 por siniestro.

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Durante la vigencia del contrato, el Excmo. Ayuntamiento de Écija podrá requerir al contratista que le exhiba la documentación correspondiente a dicho seguro, o que se le entregue copia de las pólizas o certificados del mismo, así como que se le acredite estar al corriente en el pago de las primas, con la obligación, por parte de éste, de cumplimentar dicho requerimiento. El incumplimiento, por parte del contratista, de lo establecido en el párrafo anterior, podrá dar lugar a la resolución del contrato, previo los trámites legalmente establecidos. L) ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS MATERIALES Y/O PERSONALES Y PROPIEDAD DE LOS TRABAJOS.

Los licitadores SÍ deben completar la acreditación de su solvencia mediante:

El compromiso de adscribir como mínimo los siguientes medios materiales/personales.

Los previstos en el Pliego de Prescripciones Técnicas Su incumplimiento podrá ser causa de: Resolución del Contrato Imposición de penalidades M) SUBCONTRATACIÓN. El adjudicatario del contrato NO podrá concertar con terceros la realización total o parcial de las prestaciones del contrato. N) MODIFICACIÓN DEL CONTRATO.

MODIFICACIONES NO PREVISTAS. Sólo podrán introducirse modificaciones por razones de interés público cuando se justifique suficientemente la concurrencia de alguno o varios de los supuestos tasados del artículo 205 Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, siempre que no se alteren las condiciones esenciales de la licitación y adjudicación. Sólo se podrán introducir las variaciones estrictamente indispensables para responder a la causa objetiva que la haga necesaria.

Ñ) RECEPCIONES PARCIALES. NO SE ADMITEN RECEPCIONES PARCIALES.

 

O) PLAZO DE GARANTÍA.

Como plazo de garantía se establece el plazo de UN AÑO a contar desde la fecha en que se produzca la finalización de la vigencia del contrato. Así como para poder hacer efectivas las indemnizaciones que en su caso pudieran producirse por responsabilidad del contratista dentro de dicho período. P) PAGO DEL PRECIO. PERIÓDICAMENTE El pago de las contraprestaciones del contrato que deban ser abonadas por el Excmo. Ayuntamiento de Écija, se efectuará previa presentación de factura. A tal efecto, los contratistas deberán remitir la factura en el plazo máximo de 30 días desde la realización del servicio de conformidad. Si se observase que la factura presentada adolece de algún requisito exigible, se solicitará su subsanación sin que empiece a computarse el plazo indicado en el párrafo siguiente hasta su corrección. Las prestaciones deberán abonarse en el plazo máximo previsto en el artículo 198.4 Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Si se produjera demora en el pago, el contratista tendrá derecho a percibir los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro previstos en ese mismo artículo. Conforme a lo dispuesto en el artículo 200 Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, y en los términos establecidos en el mismo, los contratistas podrán ceder el derecho de cobro que tengan frente a la Excmo. Ayuntamiento de Écija conforme a Derecho. Q) INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES CONTRACTUALES Y PENALIDADES

Se impondrán penalidades al contratista cuando incurra en alguna de las causas previstas a continuación: a) Por cumplimiento defectuoso. Se impondrán penalidades por cumplimiento defectuoso en los siguientes términos: Se considerará cumplimientos defectuosos las conductas definidas a continuación como incumplimientos. Según la gravedad de dichos incumplimientos se podrán imponer al contratista las siguientes penalidades:

• Los incumplimientos leves, con penalidades de 600,00 € a 12.000,00 €. • Los incumplimientos graves con penalidades de 12.001,00 € a 30.000,00 €. • Los incumplimientos muy graves con penalidades de 30.001,00 € al 10 % del

precio de adjudicación del contrato -de conformidad con el Artículo 192 Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público -, también podrá ser objeto de resolución del contrato con pérdida de fianza y la indemnización por los daños y perjuicios causados por tal resolución.

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Para la graduación de las penalidades, se atenderá a los siguientes aspectos: reincidencia en el incumplimiento, deterioro de la imagen del Excmo. Ayuntamiento de Écija, generación de riesgo para la seguridad y salud de la población o de los trabajadores de la empresa adjudicataria y omisión de cumplimiento de las instrucciones emanadas por el responsable del servicio. b) Procedimiento para hacer efectiva las penalidades y medios de hacer efectivas

las mismas. Las penalidades se impondrán por acuerdo del órgano de contratación, adoptado a propuesta del responsable del contrato, que será inmediatamente ejecutivo. En el expediente que se tramite al efecto se dará audiencia al contratista. El importe de las penalidades se hará efectivo mediante deducción de las cantidades que, en concepto de pago parcial –facturación mensual-, deban abonarse al contratista o sobre la garantía que, en su caso, se hubiese constituido cuando no puedan deducirse de las mencionadas facturas. El importe de las penalidades impuestas se deducirá de las facturas mensuales en el mes siguiente al de la fecha del acuerdo que adopte el órgano de contratación imponiendo la penalidad correspondiente. INCUMPLIMIENTOS EN SERVICIOS LEVES - No realizar algunos de los trabajos o servicios ordenados o realizarlos de forma

incorrecta o con insuficiencia de medios. - No facilitar información relativa al servicio en el tiempo solicitado. - No cumplir los servicios previstos. GRAVES

- El retraso continuado en la prestación de los servicios de modo reiterado y sistemático.

- La paralización o no prestación de algún servicio contratado y la interrupción del mismo, por causa imputable al contratista, por plazo superior a dos horas, y cuando fuere igual o inferior a dicho plazo si se produjera más de dos veces al mes.

- La deficiente prestación de algún servicio, total o parcialmente, que no pongan en riesgo su gestión ni perjudique a los usuarios.

- El incumplimiento reiterado por más de dos veces al semestre de advertencias formuladas por los servicios municipales por escrito sobre deficiencias de los servicios objeto de contrato.

MUY GRAVES - La paralización o no prestación de algún servicio contratado y la interrupción del

mismo, por causa imputable al contratista, por plazo superior a un día, y cuando fuere igual o inferior a dicho plazo si se produjera más de tres veces al mes.

- La suspensión o interrupción de los servicios, salvo causa de fuerza mayor apreciada por el Excmo. Ayuntamiento de Écija o paro laboral desarrollado en forma legal, o el incumplimiento de los servicios mínimos en este último supuesto.

- Deficiencias, por acción u omisión, en la prestación del servicio que pongan en riesgo la gestión del mismo, con inobservancia de las advertencias que el Excmo. Ayuntamiento de Écija le hubiere formulado al respecto.

- La falta de los elementos de seguridad necesarios para la prestación de algún servicio.

- El fraude en la forma de prestación del servicio no utilizando los medios adecuados o elementos esenciales exigidos.

- No dar comienzo a la prestación del servicio en los plazos establecidos en el presente pliego.

INCUMPLIMIENTOS DEL PERSONAL LEVES - No presentar correcta uniformidad, aseo y decoro en todo momento, el personal

afecto al servicio. - No tener cubiertos todos los puestos de trabajo ofertados, o determinados en el

contrato con las modificaciones que sufriese en su caso. GRAVES - Percibir el adjudicatario o sus empleados cualquier remuneración, canon o

merced de los particulares o usuarios del servicio. - La falta o deficiencia de uniformidad en el personal encargado de la prestación

de los servicios, por mala presentación y estado o por causa del material empleado en la confección, así como llevar distintivos ajenos al diseño establecido o la utilización de los uniformes como soporte de elementos publicitarios o propagandísticos y siempre que estas deficiencias no sean corregidas por el adjudicatario dentro del plazo de 24 horas sin que sea precisa comunicación previa de la deficiencia observada.

- El comportamiento incorrecto del personal del servicio con usuarios. MUY GRAVES - El incumplimiento de deberes sociales y laborales del adjudicatario respecto del

personal contratado y afectado al servicio. - La inobservancia de las prescripciones sanitarias o el incumplimiento de las

órdenes sobre prevención de situaciones insalubres, de peligrosidad o incomodidad.

INCUMPLIMIENTOS GENERALES LEVES - La superación de los plazos cuando la demora sea superior al doble del plazo

establecido.

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GRAVES - No resolver las incidencias por causas imputables al contratista que bien por

escrito o de forma verbal puedan ser comunicadas por parte del Responsable del contrato.

- La omisión, incorrección o falsedad de la información sobre la prestación del servicio aportada a los Servicios Técnicos Municipales, cuando se produzca en más de DOS (2) veces en UN (1) mes.

- Causar daños a bienes de terceros por culpa o negligencia en la prestación de los servicios, y ello sin perjuicio de la responsabilidad patrimonial que los perjudicados le puedan exigir.

- También será considerada como falta grave la omisión, incorrección o falsedad de la información sobre la prestación del servicio cuando por su elevado alcance o entidad no merezcan la calificación de falta leve.

MUY GRAVES - La omisión, incorrección o falsedad de la información sobre la prestación del

servicio aportada a los Servicios Técnicos Municipales, cuando se produzca en más de TRES (3) veces en UN (1) mes.

- Obstaculizar de manera activa las inspecciones o no facilitar la inspección por omisión de la ayuda técnica, personal o material que soliciten los inspectores del Servicio Municipales o agentes de la autoridad.

- La desobediencia o incumplimiento por más de DOS (2) veces en UN (1) mes, de las instrucciones impartidas por los Servicios Técnicos Municipales.

- No estar al corriente en el pago de la primas del seguro obligatorio de los vehículos y del seguro de responsabilidad Civil de daños ante terceros.

- El incumplimiento por el adjudicatario de cualquiera de las condiciones señaladas en los pliegos de condiciones o en la oferta adjudicada y que a juicio del Excmo. Ayuntamiento de Écija merezcan tal calificación por originar daño grave o peligro inminente para la seguridad de los bienes materiales, la salubridad pública o para el medio ambiente u otros motivos análogos.

- Utilizar los medios materiales y/o humanos adscritos a este contrato fuera del ámbito de actuación del mismo, sin autorización de los Servicios Técnicos Municipales responsables del servicio.

- No incrementar la fianza definitiva en los supuestos que esté obligado a ello. R) COPIA DE LA DOCUMENTACIÓN. Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual, y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, este Excmo. Ayuntamiento de Écija, cuenta con el Perfil del Contratante en la Plataforma de Contratación del Estado que se tendrá acceso según las especificaciones que se regulan en la citada web https://contrataciondelestado.es.

Servicio de Contratación y Patrimonio (Área de Hacienda, Gobierno Interior y Administración Pública)

C/ del Conde, 23, 2ª Planta Dcha. Écija e-mail: [email protected]

S) PLAZO DE PRESENTACIÓN. Se determinará en el Anuncio de Licitación que se publicará en el DIARIO OFICIAL DE LA UNIÓN EUROPEA (DOUE) y en el Perfil del Contratante alojado en a Plataforma de Contratación del Estado, que se tendrá acceso según las especificaciones que se regulan en la citada web https://contrataciondelestado.es. T) SUPUESTOS ESPECIALES DE RESOLUCIÓN. La prohibición de contratar sobrevenida con posterioridad a la adjudicación del contrato. U) CONDICIONES ESENCIALES EN LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO.

Además de las propias del objeto del contrato, se consideran obligaciones esenciales –a los efectos del Artículo 211 Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público- del contratista las siguientes: • El contratista está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los

medios personales o materiales suficientes para ello (artículo 76.2 Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público).

• El adjudicatario no podrá introducir o ejecutar modificaciones del trabajo comprendido en el contrato, sin la debida aprobación de dicha modificación por el Excmo. Ayuntamiento de Écija, y en todo caso, con estricta sujeción al Pliego de Prescripciones Técnicas.

• El contratista deberá designar un coordinador técnico con experiencia y/o titulación académica adecuada en las áreas actividades objeto de la contratación, según lo previsto en el Pliego de Prescripciones Técnicas.

• El adjudicatario viene obligado bajo su responsabilidad a cumplir lo dispuesto por la legislación vigente respecto de los salarios mínimos, previsión y Seguridad Social y demás leyes especiales.

• El adjudicatario –de acuerdo con el Artículo 122.2 Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público- tiene la obligación de cumplir las condiciones salariales de los trabajadores conforme al Convenio Colectivo sectorial y resto de normativa laboral de aplicación, tanto en la cuantía como en la periodicidad-puntualidad en el pago, sin que se pueda justificar el incumplimiento de dichas obligaciones en los posibles incumplimientos del Excmo. Ayuntamiento de Écija –como entidad contratante-.

• El Excmo. Ayuntamiento de Écija estará exento de cualquier litigio que se pudiera suscitar entre el contratista y sus trabajadores o entre éstos y terceros. El otorgamiento del contrato en ningún caso supondrá la existencia de una relación funcionarial o laboral entre el Excmo. Ayuntamiento de Écija y el personal que se adscriba a la prestación del servicio. De conformidad con lo previsto en el Artículo 308.2 Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, en ningún caso el Excmo. Ayuntamiento de Écija -como entidad contratante- podrá instrumentar la contratación de personal a través del contrato de servicios.

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A la extinción de los contratos de servicios, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal de la entidad contratante. A tal fin, los empleados o responsables del Excmo. Ayuntamiento de Écija deben abstenerse de realizar actos que impliquen el ejercicio de facultades que, como parte de la relación jurídico laboral, le corresponden a la empresa contratista.

Asimismo, el adjudicatario observará rigurosamente la legislación

sanitaria y sobre seguridad e higiene en el trabajo. De conformidad con lo establecido en el Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales, el adjudicatario deberá acreditar por escrito antes del inicio de la actividad contratada, el cumplimiento de las siguientes obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales:

a) La evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva

correspondiente a los servicios contratados. b) La formación e información en materia preventiva de los trabajadores que

van a prestar los servicios objeto de la presente contratación administrativa.

c) Justificante de entrega de equipos de protección individualizada que, en su caso, fueren necesarios.

d) Compromiso de que notificarán al Servicio de Prevención de Riesgos Laborales del Excmo. Ayuntamiento de Écija, de los nuevos riesgos que pudieran surgir en el transcurso de la actividad, sobre todo si son riesgos graves y si han ocurrido accidentes de trabajo durante la actividad.

• El contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos previstos en los

artículos 215, 216 y 217 Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público para los supuestos de subcontratación.

• El adjudicatario será responsable de la prestación del servicio objeto de licitación, siendo de su cargo la organización, gestión y dirección del personal contratado al efecto, sin perjuicio de las potestades de control y fiscalización que el Ayuntamiento se reserva.

• Responder adecuadamente de las obligaciones derivadas de los criterios de adjudicación ofertados por el contratista, de conformidad con lo establecido en el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.

• Finalmente, el adjudicatario deberá contar con el equipamiento material y con los recursos humanos necesarios para la realización de los servicios contratados. Deberá contar con una estructura organizativa que haga viable el cumplimiento de los compromisos adquiridos en la adjudicación de este servicio, tanto en cuanto a la responsabilidad jurídica, técnica y económica. Asimismo, el adjudicatario deberá cumplir cada una de las obligaciones que de forma específica se señalan en el Pliego de Prescripciones Técnicas que se adjuntan.

Son facultades del Excmo. Ayuntamiento de Écija, en todo caso, las siguientes: • Fiscalizar la gestión del adjudicatario, a cuyos efectos podrá inspeccionar la

materialización y la calidad de los servicios prestados.

• Imponer las penalidades correspondientes por incumplimientos del contratista, e incluso la resolución del contrato.

CONDICIONES ESENCIALES

Se consideran condiciones esenciales de ejecución del contrato las siguientes y aquellas otras que sean exigidas por el presente Pliego de Clausulas Administrativas Particulares:

1. El cumplimiento del Programa de Trabajo, así como los

compromisos puestos de manifiesto por el licitador en la documentación presentada por ser exigida en el Pliego.

2. La adscripción de medios específicos (artículo 76.2 Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público).

3. La contratación de un seguro de responsabilidad civil.

El Deber de confidencialidad sobre los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato, o que el contratista conozca con ocasión de su ejecución (artículo 133.2 Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público).

Asimismo se consideran condiciones esenciales en la ejecución los compromisos contenidos en las respectivas Proposiciones Técnicas y Económicas aceptadas por el Excmo. Ayuntamiento de Écija.

Condiciones esenciales en consideración al carácter de prestaciones directas a favor de la ciudadanía.

1ª.- El adjudicatario prestará el servicio de conformidad con el Reglamento Municipal del Servicio de Ayuda a Domicilio del Excmo. Ayuntamiento de Écija (Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla nº 142, de 22/06/2010), en todo lo que no se oponga a la normativa de rango superior. 2ª.- El adjudicatario del contrato del Servicios de Ayuda a Domicilio está sujeto a las obligaciones de prestar el servicio con la continuidad convenida y garantizar a los particulares el derecho a utilizarlo en las condiciones que hayan sido establecidas y mediante el abono en su caso de la contraprestación económica fijada; de cuidar del buen orden del servicio; de indemnizar los daños que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera el desarrollo del servicio, con la salvedad de aquellos que sean producidos por causas imputables al Excmo. Ayuntamiento de Écija.

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3ª.- Los bienes afectos a los servicios regulados en el presente apartado no podrán ser objeto de embargo. 4ª.- Si del incumplimiento por parte del contratista se derivase perturbación grave y no reparable por otros medios en el servicio y el Excmo. Ayuntamiento de Écija no decidiese la resolución del contrato, podrá acordar el secuestro o intervención del mismo hasta que aquella desaparezca. En todo caso, el contratista deberá abonar al Excmo. Ayuntamiento de Écija los daños y perjuicios que efectivamente le haya ocasionado. 5ª.- El Excmo. Ayuntamiento de Écija conservará los poderes de policía necesarios para asegurar la buena marcha de los servicios que conlleven prestaciones directas a favor de la ciudadanía de que se trate. 6ª.- Además de las causas de resolución del contrato establecidas en el artículo 313 Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, serán causas de resolución, las señaladas en las letras c), d), y f) del artículo 294.

Se considera como condición especial de ejecución –la cual tendrá

carácter esencial- de la empresa adjudicataria la siguiente:

En relación con el personal que presta el servicio, el adjudicatario se compromete a emplear en la plantilla que ejecutará el contrato al menos a un 5% de personas con la consideración de desempleados de larga duración o mayores de 45 años, siempre que dicha condición sea compatible con las funciones de auxiliar a domicilio. Si debido a la obligación de subrogar al personal en el momento de iniciarse la prestación no se pudiese cumplir dicho porcentaje, la empresa se compromete a llegar al referido 5% con las nuevas contrataciones, bajas y sustituciones que se precisen para la prestación del servicio.

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ANEXO II (Modelos)

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Primer Apellido Segundo Apellido Nombre DNI

Teléfono/Fax/email Localidad Provincia Código Postal

Actuando en representación de

Como acredita con escritura de poder otorgada ante el Notario de: ______________________ D/Dª. _____________________________________, el __/___/______, nº protocolo ________

Primer Apellido Segundo Apellido Nombre DNI

Teléfono/Fax/email Localidad Provincia Código Postal

Actuando en representación de

Como acredita con escritura de poder otorgada ante el Notario de: ______________________ D/Dª. _____________________________________, el __/___/______, nº protocolo ________

Primer Apellido Segundo Apellido Nombre DNI

Teléfono/Fax/email Localidad Provincia Código Postal

Actuando en representación de

Como acredita con escritura de poder otorgada ante el Notario de: ______________________ D/Dª. _____________________________________, el __/___/______, nº protocolo ________ Se comprometen en caso de resultar adjudicatarios del Contrato ______________________________________________________________________ [2], a constituirse formalmente en UNION TEMPORAL DE EMPRESAS al amparo de lo dispuesto en el artículo 69 Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y demás normativa de aplicación y cuya exclusiva finalidad será la realización de la referida prestación. Dichas empresas, en Unión Temporal, quedarán obligadas conjunta y solidariamente y responderán de esta forma del cumplimiento de todas las obligaciones que se deriven tanto de la licitación como del contrato. Asimismo, designan a D./Dña. _____________________________________, con DNI___________________, como representante único de la Unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo (sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa) que ostentará durante la vigencia del contrato la plena representación de la Unión Temporal.

(1) COMPROMISO DE UNIÓN TEMPORAL DE EMPRESAS EXP.:            EC/ …../……./20….[1] 

El domicilio de la Unión Temporal será el siguiente: DOMICILIO A EFECTO DE NOTIFICACIONES Avda./Calle/Plaza Número Piso Letra

Teléfono/Fax/email Localidad Provincia Código Postal

La participación en las empresas agrupadas es:

SOCIEDAD % de participación en la U.T.E. En _____________________ a ______ de ________ del 20___[3] Empresa: _____________________________ Empresa: ________________________________ Fdo.: _______________________________ Fdo.: ___________________________________ Empresa: ____________________________ Fdo.: ______________________________ 1.- Señalar número, referencia de expediente y lote. 2.- Señalar denominación del contrato y lote. 3.- La presente declaración deberá ser firmada dentro del plazo de presentación de proposiciones.

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D./Dª. con residencia en provincia de calle nº según Documento Nacional de Identidad nº en nombre, propio o de la empresa que representa (2), CERTIFICA: (indicar a, b ó c) Que la empresa que representa: a) Tiene un número de 50 o más personas trabajadoras en su plantilla, siendo el número global de personas trabajadoras de plantilla de ............, el número particular de personas trabajadoras con discapacidad de ..........., y el porcentaje de personas trabajadoras fijas con discapacidad de ………. (3); por tanto:

Cuenta con, al menos, un dos por ciento de personas trabajadoras con discapacidad.

Ha optado por el cumplimiento de las medidas alternativas legalmente previstas, a cuyo efecto presenta una copia de la declaración de excepcionalidad y una declaración con las concretas medidas aplicadas.

b) Tiene menos de 50 personas trabajadoras en su plantilla, siendo el número global de personas trabajadoras de plantilla de ............., el número particular de personas trabajadoras con discapacidad de ............ y el porcentaje de personas trabajadoras fijas con discapacidad de …………. (4) c) No cuenta con personas trabajadoras en plantilla. (Lugar, fecha y firma) (1) Señalar número, referencia de expediente. (2) Indicar denominación social y CIF. (3) En las empresas con 50 o más personas trabajadoras en su plantilla la indicación del número de personas trabajadoras fijas

con discapacidad es optativa pero se valorará a efectos de lo establecido para los supuestos de empate en la cláusula relativa a la clasificación de las ofertas.

(4) En las empresas con menos de 50 personas trabajadoras en su plantilla, la indicación del número global de personas trabajadoras de plantilla es obligatoria y la indicación del número particular de personas trabajadoras con discapacidad y del porcentaje de personas trabajadoras fijas con discapacidad que tienen en la misma es optativa pero se valorará a efectos de lo establecido para los supuestos de empate en la cláusula relativa a la clasificación de las ofertas.

(2) DOCUMENTACIÓN SOBRE PREFERENCIAS EN LA ADJUDICACIÓN Artículo 147 Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público

1. CERTIFICADO SOBRE TRABAJADORAS/ES CON DISCAPACIDAD EXP.: EC/ …../……./20….[1]

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Dª./D. con residencia en provincia de calle nº según Documento Nacional de Identidad nº en nombre propio o de la empresa que representa (2), declara bajo su personal responsabilidad: De conformidad con la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y la Ley 12/2007, de 26 de noviembre para la Promoción de la Igualdad de Género de Andalucía, que desarrolla medidas destinadas a lograr la igualdad de oportunidades, tales como: Marca de Excelencia de Distintivo Empresarial de Igualdad. Convenio suscrito al Programa Planes de Igualdad de empresas (IGUALEM). Medidas de Conciliación de la vida personal, familiar y laboral. Elaboración y aplicación de un Plan de Igualdad en la Empresa. Representación equilibrada de mujeres y hombres en los grupos y categorías

profesionales. Medidas de acción positiva en el acceso al empleo y en la promoción profesional en los

niveles en los que las mujeres estén subrepresentadas. Garantizar la igualdad de retribución por trabajos de igual valor. Implantación de medidas adecuadas de prevención y sanción contra la violencia de

género, acoso sexual y por razón de sexo.

Implementación de actuaciones de responsabilidad social en materia de igualdad de oportunidades.

La empresa se compromete a facilitar los datos que la Administración considere necesarios para acreditar la veracidad de esta declaración. (Lugar, fecha y firma) (1) Señalar número, referencia de expediente. (2) Indicar denominación social.

(3) DOCUMENTACIÓN SOBRE PREFERENCIAS EN LA ADJUDICACIÓN 2. DECLARACIÓN SOBRE LA PROMOCIÓN DE IGUALDAD DE GÉNERO

Artículo 147 Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público EXP.: EC/ …../……./20….[1]

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ANEXO III FORMULARIO NORMALIZADO DEL DOCUMENTO EUROPEO ÚNICO DE

CONTRATACIÓN

(DEUC)

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ANEXO III FORMULARIO NORMALIZADO DEL

DOCUMENTO EUROPEO ÚNICO DE CONTRATACIÓN (DEUC)

Parte 1: INFORMACIÓN SOBRE EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN Y EL PODER ADJUDICADOR O LA ENTIDAD ADJUDICADORA En el caso de los procedimientos de contratación en los que se haya publicado una convocatoria de licitación en el Diario Oficial de la Unión Europea, la información exigida en la parte I se obtendrá automáticamente, siempre que se utilice el servicio DEUC electrónico [1] para generar y cumplimentar el DEUC. Referencia del anuncio pertinente [2] publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea: DOUE S número ___, fecha _____________________, ___ Número del anuncio en el DO S: _________ /S ___–______ Si no se publica una convocatoria de licitación en el DOUE, el poder adjudicador o la entidad adjudicadora deberán consignar la información que permita identificar de forma inequívoca el procedimiento de contratación Si no es obligatorio publicar un anuncio en el Diario Oficial de la Unión Europea, sírvase facilitar otros datos que permitan identificar inequívocamente el procedimiento de contratación (p.ej., referencia de la publicación a nivel nacional).

INFORMACIÓN SOBRE EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN La información exigida en la Parte I se obtendrá automáticamente, siempre que se utilice el servicio DEUC electrónico antes citado para generar y cumplimentar el DEUC. De no ser así, dicha información deberá ser consignada por el operador económico.

Identidad del contratante [3] Respuesta

Nombre:

¿De qué contratación se trata? Respuesta

Titulo o breve descripción de la contratación [4].

Número de referencia del expediente asignado por el poder adjudicador o la entidad adjudicadora (en su caso) [5]:

La restante información en todas las demás secciones del DEUC habrá de ser consignada por el operador económico (licitador).                                                             1 Los servicios de la Comisión pondrán  gratuitamente el servicio DEUC electrónico a disposición de los poderes  adjudicadores, las entidades  adjudicadoras, los operadores económicos, los proveedores de servicios electrónicos y otras partes Interesadas. 2  En  el  caso    de  las  entidades  adjudicadoras  un  anuncio  periódico  indicativo  que  se  utilice  como   medio  de  convocatoria  de licitación,  un anuncio de contrato o un anuncio sobre la existencia de un sistema de clasificación. 3 Deberá   reproducirse  la  información   que figure   en  la sección 1,   punto 11,   del   anuncio pertinente. En caso   de contratación conjunta,  sírvase  Indicar  los nombres  de todos los contratantes. 4 Véanse los pun tos II.1.1 y II.1.3 del anuncio pertinente. 5 Véase el punto II.1.1 del anuncio pertinente. 

Parte II : Información sobre el operador económico

A: INFORMACIÓN SOBRE EL OPERADOR ECONÓMICO

Identificación Respuesta

Nombre:

Número de IVA, en su caso: Si no se dispone de un número de IVA, indíquese, en su caso, cuando seexija, otro número de identificación nacional (CIF/NIF).

Dirección postal:

Persona o personas de contacto [6]: Teléfono:

Correo electrónico: Dirección internet (dirección de la web) (en su caso):

Información general Respuesta

¿Es el operador económico una microempresa, una pequeña o una mediana empresa? [7]

[ ] Si [ ] No

Únicamente en caso de contratación reservada [8]: el operador económico ¿es un taller protegido o una empresa social [9] o prevé que el contrato se ejecute en el marco de programas de empleo protegido? Si la respuesta es afirmativa, ¿Cuál es el correspondiente porcentaje de trabajadores discapacitados o desfavorecidos? En caso necesario, especifíquese a qué categoría o categorías pertenecen los trabajadores discapacitados o desfavorecidos de que se trate.

[ ] Si [ ] No […………………………………] […………………………………]

En su caso, ¿figura el operador económico inscrito en una lista oficial de operadores económicos autorizados o tiene un certificado equivalente (por ejemplo, en el marco de un sistema nacional de (pre)clasificación)?

[ ] Si [ ] No [ ] No procede

                                                            6 Repítase la información relativa a las personas de contacto tantas veces como sea necesario. 7 Véase  la Recomendación de  la Comisión de 6 de mayo de 2003  sobre  la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas (DO L 124 de 20.5.2003,  p. 36). Este dato se solicita exclusivamente con fines estadísticos. 

Microempresa: empresa que cuenta con menos de 10 empleados y cuyo volumen de negocios anual o balance  total anual no excede de 2 millones €. Pequeña empresa: empresa que cuenta con menos de 50 empleados y cuyo volumen de negocios anual o balance total anual no excede de 10 millones €. Mediana empresa: empresa que no es ni una microempresa ni una pequeña empresa, que cuenta con menos de 250 empleados y cuyo volumen de negocios anual no excede de 50 millones € o cuyo balance total anual no excede de 43 millones €. 8 Véase el anuncio  de contrato,  punto III.1.5. 9 Es decir, cuyo objetivo principal sea la integración social y profesional de personas discapacitadas o desfavorecidas. 

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33

 

En caso afirmativo: Sírvase responder a las restantes preguntas de esta sección, a la sección B y, cuando proceda, a la sección C de la presente parte, cumplimente, cuando proceda, la parte V, y, en cualquier caso, cumplimente y firme la parte VI. a) Indíquense el nombre de la lista o certificado y el número de

inscripción o certificación pertinente: b) Si el certificado de inscripción o la certificación están disponibles

en formato electrónico, sírvase indicar:

a) [……………….] b) (dirección de la página web, autoridad u organismo

expedidor, referencia exacta de la documentación):

[………….] […………….] […………] [………………………]

c) Indíquense las referencias en las que se basa la inscripción o

certificación y, en su caso, la clasificación obtenida en la lista oficial [10]:

d) ¿Abarca la inscripción o certificación todos los criterios de selección

exigidos? En caso negativo: Sírvase consignar, además, la información que falte en la parte IV, secciones A, 8, C o D, según proceda. ÚNICAMENTE cuando así lo exijan el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación: e) Podrá el operador económico presentar un certificado con respecto

al pago de las cotizaciones a la seguridad social y los impuestos o facilitar información que permita al poder adjudicador o la entidad adjudicadora obtenerlo directamente a través de una base de datos nacional de cualquier Estado miembro que pueda consultarse gratuitamente?

Si la documentación pertinente está disponible en formato electrónico, sírvase indicar: Si la documentación pertinente está disponible en formato electrónico, sírvase indicar:

c) […………………………………]

d) [ ] Si [ ] No

e) [ ] Si [ ] No

(dirección de la pagína web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación):

[………….] […………….] [……………] [……………………….]

Forma de participación Respuesta

¿Está participando el operador económico en el procedimiento de contratación junto con otros [11]?

[ ] Si [ ] No

En caso afirmativo, asegúrese de que los demás interesados presentan un formulario DEUC separado

En caso afirmativo: a) Indíquese la función del operador económico dentro del grupo

(responsable principal, responsable de cometidos específicos, etc.): b) Identifíquese a los demás operadores económicos que participan en

el procedimiento de contratación conjuntamente: e) En su caso, nombre del grupo participante:

a) […………………………………………….]

b) […………………………………………….]

c) […………………………………………….]

Lotes Respuesta

En su caso, indicación del lote o lotes respecto a los cuales el operador económico desee presentar una oferta:

[…………………………………………….]

                                                            10   Las referencias y la clasificación, en su caso, figuran en la certificación. 

11 En particular, en el seno de un grupo, consorcio, empresa en participación o similares. 

B: INFORMACIÓN SOBRE LOS REPRESENTANTES DEL OPERADOR ECONÓMICO

En su caso, indíquense el nombre y la dirección de la persona o personas habilitadas para representar al operador económico a efectos del presente procedimiento de contratación.

Representación, en su caso Respuesta

Nombre y apellidos;

junto con la fecha y lugar de nacimiento, si procede:

[…………………………………………….] […………………………………………….]

Cargo/Capacidad en la que actúa: […………………………………………….]

Dirección postal: […………………………………………….]

Teléfono: […………………………………………….]

Correo electrónico: […………………………………………….]

En caso necesario, facilítese información detallada sobre la representación (sus formas, alcance, finalidad. . . ). […………………………………………….]

C: INFORMACION SOBRE EL RECURSO A LA CAPACIDAD DE OTRAS ENTIDADES

Recurso Respuesta

¿Se basa el operador económico en la capacidad de otras entidades para satisfacer los criterios de selección contemplados en la parteIV y los criterios y normas (en su caso) contemplados en la parte V,más abajo?

[ ] Si [ ] No

En caso afirmativo, facilítese un formulario DEUC separado por cada una de las entidades consideradas que recoja la información exigida en las Secciones A y B de esta parte y en la parte III, debidamente cumplimentado y firmado por dichas entidades. Se incluirán también aquí el personal técnico o los organismos técnicos que no estén integrados directamente en la empresa del operador económico, especialmente los responsables del control de la calidad y, cuando se trate de contratos públicos de obras, el personal técnico o los organismos técnicos de los que disponga el operador económico para la ejecución de la obra. Siempre que resulte pertinente en lo que respecta a la capacidad o capacidades específicas en que e base el operador económico, se consignará la información exigida en las partes IV y V por cada una de las entidades de que se trate [12].

D: INFORMACIÓN RELATIVA A LOS SUBCONTRATISTAS EN CUYA CAPACIDAD NO SE

BASA EL OPERADOR ECONÓMICO

(Esta Sección se cumplimentará únicamente si el poder adjudicador o la entidad adjudicataria exigen expresamente tal información).

Subcontratación Respuesta

¿Tiene el operador económico la intención de subcontratar alguna parte del contrato a terceros?

[ ] Si [ ] No

En caso afirmativo y en la medida en que se conozca este dato, enumérense los subcontratistas previstos:

[…..]

Si el poder adjudicador o la entidad adjudicataria solicitan expresamente tal información, además de la contemplada en la presente sección, facilítese la información requerida en las secciones A y B de esta parte y en la parte III por cada uno de los subcontratistas, o cada una de las categorías de subcontratistas, en cuestión.

                                                            12 Por ejemplo, cuando se trate de organismos técnicos encargados del control de la calidad: parte IV, sección C, punto 3. 

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35

 

Parte III: Motivos de exclusión A: MOTIVOS REFERIDOS A CONDENAS PENALES

El artículo 57, apartado 1, Directiva 2014/24/UE establece los siguientes motivos de exclusión:

1. Participación en una organización delictiva [13] 2. Corrupción [14] 3. Fraude [15] 4. Delitos de terrorismo o delitos ligados a las actividades terroristas [16] 5. Blanqueo de capitales o financiación del terrorismo [17] 6. Trabajo infantil y otras formas de trata de seres humanos [18]

Motivos referidos a condenas penales con arreglo a las disposiciones nacionales de aplicación de los motivos enunciados en el artículo 57, apartado 1, de la Directiva

Respuesta

¿Ha sido el propio operador económico, o cualquier persona que sea miembro de su órgano de administración, de dirección o de supervisión o que tenga poderes de representación, decisión o control en él, objeto, por alguno de los motivos enumerados más arriba, de una condena en sentencia firme que se haya dictado, como máximo, en los cinco años anteriores o en la que se haya establecido directamente un periodo de exclusión que siga siendo aplicable?

[ ] Si [ ] No

Si la documentación pertinente está disponible en formato electrónico, sírvase indicar: (dirección de la web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación): [………………] [………………………….] [………………………] (19)

En caso afirmativo, indíquese [20]:

a) Fecha de la condena, especificando de cuál de los puntos 1 a 6 se trata y las razones de la misma:

b) Identificación de la persona condenada [ ]:

e) En la medida en que se establezca directamente en la condena:

a) Fecha: [], punto(s): [], razón o razones: [ ]

b) [………….]

e) Duración del periodo de exclusión [ ................. ] y puntos de que se trate [……]:

Si la documentación pertinente está disponible en formato electrónico, sírvase indicar: (dirección de la web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación): [ ................ ][ .................. ][ ......................] [21]

En caso de condena, ¿ha adoptado el operador económico medidas para demostrar su credibilidad pese a la existencia de un motivo pertinente de exclusión («autocorrección»)?

[ ] Si [ ] No

En caso afirmativo, descríbanse las medidas adoptadas [22]: [ ................ ]

                                                            13 Tal como se define en el artículo 2 de la Decisión marco 2008/841/JAI del Consejo, de 24 de octubre de 2008, relativa a la lucha 

contra la delincuencia organizada (DO L 300 de 11.11.2008, p  42). 14 Tal como se define en el artículo 3 del Convenio relativo a la lucha contra los actos de corrupción en los que estén implicados 

funcionarios de las Comunidades Europeas o de los Estados miembros de la Unión Europea (DO C 195 de 25.6.1997, p. 1) y en el artículo  2,  apartado  1,  de  la  Decisión marco  2003/568/JAI  del  Consejo,  de  22  de  julio  de  2003,  relativa  a  la  lucha  contra  la corrupción en el sector privado (DO L 192 de 31.7.2003, p. 54). Este motivo de exclusión abarca también la corrupción tal como se defina en la legislación nacional del poder adjudicador (entidad adjudicadora) o del operador económico. 15 En el sentido del artículo 1 del Convenio relativo a la protección de los intereses financieros de las Comunidades Europeas (DO e 

316 de 27.11.1995, p  48). 16 Tal como se definen en la Decisión marco del Consejo, de 13 de junio de 2002, sobre la lucha contra el terrorismo (DO L 164 de 

22.6.2002, p. 3). Este motivo de exclusión engloba también  la  inducción o complicidad para cometer un delito o  la tentativa de cometerlo, tal como se contempla en el artículo 4 de la citada Decisión marco. 17 Tal como se definen en el artículo 1 de  la Directiva 2005/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de octubre de 

2005,  relativa  a  la prevención de  la utilización del  sistema  financiero para  el blanqueo de  capitales  y para  la  financiación del terrorismo (DO L 309 de 25.11.2005, p. 15). 18 Tal como se definen en el artículo 2 de  la Directiva 2011/36/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de abril de 2011, 

relativa a  la prevención y  lucha contra  la  trata de  seres humanos y a  la protección de  las víctimas y por  la que  se  sustituye  la Decisión marco 2002/629/JAI del Consejo (DO L 101 de 15.4.2011, p 1). 19 Repítase tantas veces como sea necesario. 

20 Repítase tantas veces como sea necesario. 

21 Repítase tantas veces como sea necesario. 

22 La explicación deberá demostrar la idoneidad de las medidas adoptadas teniendo en cuenta el carácter de los delitos cometidos 

(puntual, reiterado, sistemático, etc.). 

B: MOTIVOS REFERIDOS AL PAGO DE IMPUESTOS O DE COTIZACIONES A LA SEGURIDAD SOCIAL

Pago de impuestos o de cotizaciones a la seguridad social Respuesta

¿Ha cumplido el operador económico todas sus obligaciones relativas al pago de impuestos o de cotizaciones a la seguridad social, tanto en el país en el que está establecido como en el Estado miembro del poder adjudicador o la entidad adjudicadora, si no coincide con su país de establecimiento?

[ ] Si [ ] No

En caso negativo, indíquese:

a) País o Estado miembro de que se trate

b) ¿A cuánto asciende el importe en cuestión?

c) ¿De qué manera ha quedado establecido ese incumplimiento?

1) A través de una resolución administrativa o judicial:

- ¿Es esta resolución firme y vinculante?

- lndiquense la fecha de la condena o resolución.

- En caso de condena, y siempre que se establezca

directamente en ella, duración del periodo de exclusión.

2) Por otros medios. Especifíquese.

d) ¿Ha cumplido el operador económico sus obligaciones mediante pago o acuerdo vinculante con vistas al pago de los impuestos o las cotizaciones a la seguridad social que adeude, incluidos, en su caso, los intereses devengados o las multas impuestas?

Impuestos Cotizaciones sociales

a) [ ................. ]

b) [ ................. ]

c1) [ ] Si [ ] No

- [ ] Si [ ] No

- [ ................. ]

- [ ................. ]

c2) [ .................]

d) [ ] Si [ ] No

En caso afirmativo, especifíquese: [......]

a) [ ..................]

b) [ ..................]

c1) [ ] Si [ ]1 No - [ ] Si [ ] No

- [ ................. ]

- [ .................. ]

c2) [ ..................]

d) [ ] Si [ ] No

En caso afirmativo, especifíquese: [......]

Si la documentación pertinente relativa al pago de impuestos o de cotizaciones sociales está disponible en formato electrónico, sírvase indicar:

(dirección de la web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación): [23]

[ ................ ][ ............................................... ][ ……………………...................]

                                                            23 Repítase tantas veces como sea necesario. 

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37

 

C: MOTIVOS REFERIDOS A LA INSOLVENCIA, LOS CONFLICTOS DE INTERESES O LA FALTA PROFESIONAL [24]

Conviene tener en cuenta que, a los efectos de la presente contratación, algunos de los siguientes motivos de exclusión pueden haberse definido con mayor precisión en la legislación nacional, en el anuncio pertinente o en los pliegos de la contratación. Así, la legislación nacional puede, por ejemplo, establecer que el concepto de «falta profesional grave» abarca varias formas diferentes de conducta.

Información relativa a toda posible insolvencia, conflicto de

intereses o falta profesional Respuesta

Según su leal saber y entender, ¿ha incumplido el operador económico sus obligaciones en los ámbitos de la legislación laboral, social y medioambiental [25]?

[ ] Si [ ] No

En caso afirmativo, ¿ha adoptado el operador económico medidas para demostrar su credibilidad pese a la existencia de ese motivo de exclusión («autocorrección»)?

[ ] Si [ ] No

Si lo ha hecho, descríbanse las medidas adoptadas:

[ .................. ]

¿Se encuentra el operador económico en alguna de las siguientes situaciones?

a) En quiebra

b) Sometido a un procedimiento de insolvencia o liquidación

c) Ha celebrado un convenio con sus acreedores

d) En cualquier situación análoga resultante de un procedimiento de la misma naturaleza vigente en las disposiciones legales y reglamentarias nacionales

e) Sus activos están siendo administrados por un liquidador o por un tribunal

f) Sus actividades empresariales han sido suspendidas

En caso afirmativo: - Especifíquese:

- Indíquense los motivos por los cuales el operador es, no obstante, capaz de

ejecutar el contrato, teniendo en cuenta las disposiciones y medidas nacionales aplicables en lo referente a la continuación de la actividad en tales circunstancias [26]?

Si la documentación pertinente está disponible en formato electrónico, sírvase indicar:

[ ] Si [ ] No - [................... ]

- [................... ]

(dirección de la web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación):

[ ................ ][ ............................................... ][ ............................................... ]

¿Se ha declarado al operador económico culpable de una falta profesional grave [ 27]?

En caso afirmativo, especifíquese:

[ ] Si [ ] No

[ ..................1

En caso afirmativo, ¿ha adoptado el operador económico medidas autocorrectoras?

[ ] Si [ ] No

Si lo ha hecho, descríbanse las medidas adoptadas:

[ ..................]

                                                            24 Véase el artículo 57, apartado 4, de la Directiva 2014/24/UE. 

25 Tal como se contemplan a efectos de la presente contratación en la legislación nacional, en el anuncio pertinente o los pliegos 

de la contratación o en el artículo 18, apartado 2, de la Directiva 2014/24/UE. 26 No será necesario facilitar esta información si la exclusión de los operadores económicos en uno de los supuestos contemplados 

en las letras a) a f) tiene carácter obligatorio en virtud de la legislación nacional aplicable, sin ninguna excepción posible aun en el caso de que el operador económico esté en condiciones de ejecutar el contrato. 27 En su caso, véanse las definiciones en la legislación nacional, el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación. 

¿Ha celebrado el operador económico acuerdos con otros operadores económicos destinados a falsear la competencia?

En caso afirmativo, especifíquense.

[ ] Si [ ] No

[ ..................]

En caso afirmativo, ¿ha adoptado el operador económico medidas autocorrectoras?

[ ] Si [ ] No

Si lo ha hecho, descríbanse las medidas adoptadas:

[ ..................]

¿Tiene el operador económico conocimiento de algún conflicto de intereses debido a su participación en el procedimiento de contratación?

En caso afirmativo, especifíquese:

[ ] Si [ ] No

[ ..................]

¿Ha asesorado el operador económico o alguna empresa relacionada con él al poder adjudicador o la entidad adjudicadora o ha intervenido de otra manera en la preparación del procedimiento de contratación?

En caso afirmativo, especifíquese:

[ ] Si [ ] No

[ ..................]

¿Ha experimentado el operador económico la rescisión anticipada de un contrato público anterior, un contrato anterior con una entidad adjudicadora o un contrato de concesión anterior o la imposición de daños y perjuicios u otras sanciones comparables en relación con ese contrato anterior?

En caso afirmativo, especifíquese:

[ ] Si [ ] No

[ ................. ]

En caso afirmativo, ¿ha adoptado el operador económico medidas autocorrectoras?

[ ] Si [ ] No Si lo ha hecho, descríbanse las medidas adoptadas: [ ................. ]

¿Puede el operador económico confirmar que:

a) no ha sido declarado culpable de falsedad grave al proporcionar la información exigida para verificar la inexistencia de motivos de exclusión o el cumplimiento de los criterios de selección,

b) no ha ocultado tal información,

e) ha podido presentar sin demora los documentos justificativos exigidos por el poder adjudicador o la entidad adjudicadora, y

d) no ha intentado influir indebidamente en el proceso de toma de decisiones del poder adjudicador o la entidad adjudicadora, obtener información confidencial que pueda conferirle ventajas indebidas en el procedimiento de contratación, o proporcionar por negligencia información engañosa que pueda tener una influencia importante en las decisiones relativas a la exclusión, selección o adjudicación?

[ ] Si [ ] No

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39

 

D: OTROS MOTIVOS DE EXCLUSIÓN QUE PUEDEN ESTAR PREVISTOS EN LA LEGISLACIÓN NACIONAL DEL ESTADO MIEMBRO DEL PODER ADJUDICADOR O DE

LA ENTIDAD ADJUDICADORA

Motivos de exclusión puramente nacionales Respuesta

¿Son aplicables los motivos de exclusión puramente nacionales que se especifican en el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación?

Si la documentación exigida en el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación está disponible en formato electrónico, sírvase indicar:

[ ] Si [ ] No

(dirección de la web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación): [ ................ ][ ....................................... ][ ……………………................] (28)

En el caso de que sea aplicable cualquiera de los motivos de exclusión puramente nacionales, ¿ha adoptado el operador económico medidas autocorrectoras?

Si lo ha hecho, descríbanse las medidas adoptadas:

[ ] Si [ ] No

[ ..................]

                                                            28 Repítase  tantas veces como sea necesario. 

Parte IV: Criterios de selección En relación con los criterios de selección (sección A o secciones A a D de la presente parte), el operador económico declara que:

A: INDICACIÓN GLOBAL RELATIVA A TODOS LOS CRITERIOS DE SELECCIÓN El operador económico solo debe cumplimentar esta casilla si el poder adjudicador o la entidad adjudicadora han indicado en el anuncio pertinente o en los pliegos de la contratación a que se refiere el anuncio que el operador económico puede limitarse a cumplimentar la sección A de la parte IV omitiendo cualquier otra sección de la parte IV.

Cumplimiento de todos los criterios de selección Respuesta Cumple los criterios de selección requeridos : [ ] Si [ ] No

A: IDONEIDAD

El operador económico solo debe facilitar información cuando el poder adjudicador o la entidad adjudicadora exijan el cumplimiento de los criterios de selección en cuestión en el anuncio pertinente o en los pliegos de la contratación a que se refiera el anuncio.

Idoneidad Respuesta

1) Figura inscrito en un registro profesional o mercantil en su Estado miembro de establecimiento [29]:

Si la documentación pertinente está disponible en formato electrónico, sírvase indicar:

[ ................. ]

(dirección de la web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación):

[ ................ ][ .................. ][ .................. ]

2) Cuando se trate de contratos de servicios:

¿Es preciso disponer de una autorización específica o estar afiliado a una determinada organización para poder prestar el servicio de que se trate en el país de establecimiento del operador económico?

Si la documentación pertinente está disponible en formato electrónico, sírvase indicar:

[ ] Si [ ] No

En caso afirmativo, especifíquese qué autorización o afiliación e indíquese si el operador económico cumple este requisito:

[ ] Si [ ] No

(dirección de la web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación):

[ ................ ][ .................. ][ ..................]

                                                            29  Tal  como    se  contempla  en  el  anexo  XI  de  la Directiva  2014/24/UE;  los  operadores  económicos  de  determinados  Estados 

miembros pueden tener que cumplir otros requisitos establecidos en dicho anexo. 

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41

 

B: SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA

El operador económico solo debe facilitar información cuando el poder adjudicador o la entidad adjudicadora exijan el cumplimiento de los criterios de selección en cuestión en el anuncio pertinente o en los pliegos de la contratación a que se refiera el anuncio.

Solvencia económica y financiera Respuesta

1a) Su volumen de negocios anual («general») durante el número de ejercicios exigido en el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación es el siguiente:

Y/o

1b) Su volumen de negocios anual medio durante el

número de ejercicios exigido en el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación es el siguiente [30]:

Si la documentación pertinente está disponible en formato electrónico, sírvase indicar:

ejercicio: [.....] volumen de negocios: [...... ][... ]moneda

ejercicio: [.....] volumen de negocios: [.......][... ]moneda

ejercicio: [...... ]volumen de negocios: [...... ][... ]moneda

(Número de ejercicios [….], volumen de negocios medio […..]: Moneda […..]

(dirección de la web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación): [ .................][...................][...................]

2a) Su volumen de negocios anual («especifico») durante el número de ejercicios exigido en el ámbito de actividad cubierto por el contrato y que se especifica en el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación es el siguiente:

Y/o

2b) Su volumen de negocios anual medio en el ámbito y durante el número de ejercicios exigidos en el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación es el Siguiente [31]:

Si la documentación pertinente está disponible en formato electrónico, sírvase indicar:

Ejercicio: [...... ] volumen de negocios: [...... ][... ] moneda

ejercicio: [...... ] volumen de negocios: [...... ][... ] moneda

ejercicio: [...... ] volumen de negocios: [...... ][... ] moneda

(número de ejercicios, volumen de negocios medio):

[...... ],[...... ][... ]moneda

(dirección de la web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación):

[ ................ ][ .................. ][................. ]

3) Si no se dispone de la información sobre el volumen de negocios (general o especifico) en relación con todo el periodo considerado, indíquese la fecha de creación de la empresa o de inicio de las actividades del operador económico:

[ ................. ]

4) En relación con las ratios financieras [32] que se especifican en el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación, el operador económico declara que el valor real de la(s) ratio(s) requerida(s) es el siguiente:

Si la documentación pertinente está disponible en formato electrónico, sírvase indicar:

(indicación de la ratio requerida -ratio entre x e y [33]- y del valor): [......],[...... ] ( 34) dirección de la web, autoridad u organismo expedidor, referenciaexacta de la documentación):

[ ................ ][ .................. ][ .................. ]

                                                            30 Solo si el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación lo permiten. 

31 Solo si el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación lo permiten. 

32 Por ejemplo, la ratio entre el activo y el pasivo. 

33 Por ejemplo, la ratio entre el activo y el pasivo. 34 Repítase tantas veces como sea necesario. 

5) El importe asegurado en el seguro de indemnización

por riesgos profesionales del operador económico es el siguiente:

Si esta información está disponible en formato electrónico, sírvase indicar:

[...... ][... ]moneda

(dirección de la web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación):

[ ................ ][ .................. ][ .................. ]

6) En relación con los demás requisitos económicos o financieros que, en su caso, se especifiquen en el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación, el operador económico declara que:

Si la correspondiente documentación que, en su caso, se especifique en el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación está disponible en formato electrónico, sírvase indicar:

[ ................. ]

(dirección de la web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación):

[ ................ ][ .................. ][ .................. ]

C: CAPACIDAD TÉCNICA Y PROFESIONAL

El operador económico solo debe facilitar información cuando el poder adjudicador o la entidad

adjudicadora exijan el cumplimiento de los criterios de selección en cuestión en el anuncio pertinente o en los pliegos de la contratación a que se refiera el anuncio.

Capacidad técnica y profesional Respuesta

1a) Únicamente cuando se trate de contratos públicos de obras:

Durante el periodo de referencia, el operador económico ha ejecutado las siguientes obras del tipo especificado:

Si la documentación pertinente relativa a la ejecución y conclusión satisfactorias de las obras más importantes está disponible en formato electrónico, sírvase indicar:

Número de años (este periodo se especifica en el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación):

[ ................. ]

Obras:[...... ]

(dirección de la web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación):

[ ................ ][ .................. ][ .................. ]

1b) Únicamente cuando se trate de contratos públicos de suministros o contratos públicos de servicios: Durante el período de referencia [35], el operador económico ha realizado las siguientes principales entregas del tipo especificado o prestado los siguientes principales servicios del tipo especificado: Al elaborar la lista, indíquense los importes, las fechas y los destinatarios, públicos o privados (36):

Número de años (este período se especifica en el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación):

[ .................. ]

Descripción Importe Fechas Destinatarios

2) Puede recurrir al personal técnico o los organismos técnicos [37] siguientes, especialmente los responsables del control de la calidad:

En el caso de los contratos públicos de obras, el operador económico podrá recurrir al personal técnico o los organismos técnicos siguientes para ejecutar la obra:

[..................] [..................]

                                                            35 Los poderes adjudicadores podrán exigir hasta tres años y admitir experiencia que date de más de tres años. 

36 En otras palabras, deben enumerarse todos los destinatarios y la lista debe incluir los clientes tanto públicos como privados de 

los suministros o los servicios de que se trate. 37 Cuando se trate de personal técnico u organismos técnicos que no estén integrados directamente en la empresa del operador 

económico  pero  en  cuya  capacidad  se  base  este,  tal  como  se  indica  en  la  parte  11,    sección  C,  deberán  cumplimentarse formularios DEUC separados. 

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43

 

3) Emplea las siguientes instalaciones técnicas y medidas para garantizar la calidad y dispone de los siguientes medios de estudio e investigación:

[..................]

4) Podrá aplicar los siguientes sistemas de gestión de la cadena de suministro y seguimiento durante la ejecución del contrato:

[..................]

5) Cuando los productos o servicios que se vayan a suministrar sean complejos o, excepcionalmente, en el caso de productos o servicios que sean necesarios para un fin particular:

¿Autorizará el operador económico que se verifiquen [38] su capacidad de producción o su capacidad técnica y, en su caso, los medios de estudio e investigación de que dispone, así como las medidas de control de la calidad que aplicará?

[ ] SI [ ] NO

6) Quienes a continuación se indican poseen los siguientes títulos de estudios y profesionales:

a) el propio proveedor de servicios o contratista y/o (dependiendo de los requisitos fijados en el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación)

b) su personal directivo:

a) [...... ]

b) [...... ]

7) El operador económico podrá aplicar las siguientes medidas de gestión medioambiental al ejecutar el contrato:

[..................]

8) La plantilla media anual del operador económico y el número de directivos durante los tres últimos años fueron los siguientes:

Año, plantilla media anual:

[...... ], [...... ]

[...... ], [...... ] [...... ], [...... ]

Año, número de directivos:

[...... ], [...... ]

[...... ], [...... ] [..... , [...... ]

9) El operador económico dispondrá de la maquinaria, el material y el equipo técnico siguientes para ejecutar el contrato:

[..................]

10) El operador económico tiene eventualmente el propósito de subcontratar [39] la siguiente parte (es decir, porcentaje) del contrato:

[..................]

                                                            38 La verificación será efectuada por el poder adjudicador o, en su nombre, cuando este así  lo autorice, por un organismo oficial 

competente del país en el que esté establecido el proveedor de suministros o de servicios. 39 Téngase en cuenta que, si el operador económico ha decidido subcontratar una parte del contrato y cuenta con la capacidad del 

subcontratista para llevar a cabo esa parte, deberá cumplimentar un DEUC separado en relación con dicho subcontratista (véase la parte 11,  sección C, más arriba). 

11) Cuando se trate de contratos públicos de suministros:

El operador económico facilitará las muestras, descripciones o fotografías requeridas de los productos que se deban suministrar, sin necesidad de adjuntar certificados de autenticidad.

Cuando proceda, el operador económico declara asimismo que facilitará los certificados de autenticidad requeridos.

Si la documentación pertinente está disponible en formato electrónico, sírvase indicar:

[ ] SI [ ] NO [ ] SI [ ] NO

(dirección de la web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación): [ ................ ][ .................................................... ][ .................................................. ]

12) Cuando se trate de contratos públicos de suministros:

¿Puede el operador económico presentar los oportunos certificados expedidos por institutos o servicios oficiales encargados del control de calidad, de competencia reconocida, que acrediten la conformidad de los productos perfectamente detallada mediante referencias a las especificaciones o normas técnicas, conforme a lo previsto en el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación?

Si la respuesta es negativa, sírvase explicar por qué e indicar qué otros medios de prueba pueden aportarse.

Si la documentación pertinente está disponible en formato electrónico, sírvase indicar:

[ ] SI [ ] NO

[ ..................]

(dirección de la web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación): [ ................ ][ ............................................................. ][ ………………..................]

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45

 

D: SISTEMAS DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD Y NORMAS DE GESTIÓN MEDIOAMBIENTAL

El operador económico solo deberá facilitar información cuando el poder adjudicador o la entidad adjudicadora exijan la aplicación de sistemas de aseguramiento de la calidad o normas de gestión medio ambiental en el anuncio pertinente o en los pliegos de la contratación a que se refiera el anuncio. Sistemas de aseguramiento de la calidad y normas

de gestión medioambiental Respuesta

¿Podrá el operador económico presentar certificados expedidos por organismos independientes que acrediten que cumple las normas de aseguramiento de la calidad requeridas, en particular en materia de accesibilidad para personas con discapacidad?

Si la respuesta es negativa, sírvase explicar por qué y especificar de qué otros medios de prueba sobre el sistema de aseguramiento de la calidad se dispone.

Si la documentación pertinente está disponible en formato electrónico, sírvase indicar:

[ ] SI [ ] NO

[ ................ ] [ ................. ]

(dirección de la web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación): [ ................ ][ ............................................................. ][ ………………..................]

¿Podrá el operador económico presentar certificados expedidos por organismos independientes que acrediten que aplica los sistemas o normas de gestión medioambiental requeridos?

Si la respuesta es negativa, sírvase explicar por qué y especificar de qué otros medios de prueba sobre los sistemas o normas de gestión medioambiental se dispone.

Si la documentación pertinente está disponible en formato electrónico, sírvase indicar:

[ ] SI [ ] NO

[ ................ ] [ .................]

(dirección de la web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación): [ ................ ][ ............................................................. ][ ………………..................]

Parte V: Reducción del número de candidatos cualificados El operador económico solo debe facilitar información cuando el poder adjudicador o la entidad adjudicadora hayan especificado los criterios o normas objetivos y no discriminatorios que se aplicarán para limitar el número de candidatos que serán invitados a participar en la licitación en el diálogo. Esta información, que podrá ir acompañada de requisitos en relación con los tipos de certificados o tipos de pruebas documentales que, en su caso, deban presentarse, se establece en el anuncio pertinente o en los pliegos de la contratación a que se refiera el anuncio. Solo en el caso de los procedimientos restringidos, los procedimientos de licitación con negociación, los procedimientos de diálogo competitivo y las asociaciones para la innovación: El operador económico declara que:

Reducción del Número Respuesta Cumple con los criterios o normas objetivas y no discriminatorias que se aplicarán para limitar el número de los candidatos de la siguiente manera: En el supuesto de que se requieran ciertos certificados u otros tipos de pruebas documentales, indíquese en relación a cada uno de ellos si el operador económico dispone de los documentos necesarios. Si algunos de estos certificados u otros tipos de pruebas documentales están disponibles en formato electrónico [40], sírvase indicar respecto de cada uno de ellos.

[ ……….. ]

[ ] SI [ ] NO

(dirección de la web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación):

[ ................ ][ ............................................................. ][ ………………..................]

                                                            40 Indíquese claramente a qué elemento se refiere la respuesta. 

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Parte VI: Declaraciones finales El/los abajo firmantes (s) declara (n) formalmente que la información comunicada en las partes II – V es exacta y veraz y ha sido facilitada con pleno conocimiento de las consecuencias de una falsa declaración de carácter grave. El/los abajo firmantes (s) declara (n) formalmente que podrán aportar los certificados y otros tipos de pruebas documentales contemplados sin tardanza, cuando se le(s) solicite(n), salvo en caso de que:

a) El poder adjudicador o la entidad adjudicadora tengan posibilidad de obtener los documentos justificativos de que se trate directamente, accediendo a una base de datos nacional de cualquier Estado miembro que pueda consultarse de forma gratuita (41), o

b) A partir del 18 de octubre de 2018 a más tardar (42), el poder adjudicador o la

entidad adjudicadora ya posean los documentos en cuestión. El/los abajo firmantes (s) formalmente consiente(n) en que [indíquese el poder adjudicador o la entidad adjudicadora según figure en la parte I, sección A] tenga acceso a los documentos justificativos de la información que ha facilitado en [indíque(n)se la parte/sección/punto(s)] del presente Documento Europeo Único de Contratación, a efectos de [indíquese el procedimiento de contratación: (descripción breve, referencia de publicación en el DOUE, número de referencia)]. Fecha, lugar y, cuando se exija(n) o sea(n) necesarias, firma(s): [………………………]

                                                            41 Siempre y cuando el operador económico haya facilitado la información necesaria (dirección  de la  web, autoridad u organismo  

expedidor, referencia  exacta de la documentación) que permita al poder adjudicador o al entidad adjudicadora hacerlo. Si fuera preciso, deberá otorgarse el oportuno consentimiento para acceder a dicha base de datos. 42 Dependiendo de la aplicación a nivel nacional del Artículo 59, apartado 5, párrafo segundo, de la Directiva 2014/24/UE. 

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ANEXO IV JUSTIFICACIÓN DE LA SOLVENCIA

ECONÓMICO-FINANCIERA, PROFESIONAL Y TÉCNICA

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51

 

ANEXO IV JUSTIFICACIÓN DE LA SOLVENCIA

ECONÓMICO-FINANCIERA, PROFESIONAL Y TÉCNICA En el presente expediente de contratación se acreditará la SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA, TÉCNICA O PROFESIONAL mediante la presentación de alguna de la documentación señalada con una «X o ». De conformidad con el Artículo 11.3.2 RD 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y con el Pliego de Condiciones Económico-Administrativas, los licitadores podrán acreditar su solvencia indistintamente mediante su clasificación, o bien acreditando el cumplimiento de los requisitos específicos de solvencia mediante la presentación de la documentación (A), e incluir dicha documentación en el Sobre «A». A. Documentación específica A.1 DOCUMENTACIÓN QUE JUSTIFIQUE LA SOLVENCIA ECONÓMICO-FINANCIERA.

a) a) Cifra anual de negocios en el ámbito al que se refiera el respectivo contrato, en los tres últimos años, con un valor mínimo exigido de: 6.418.602,53 €.

NOTA IMPORTANTE: La acreditación documental de la suficiencia de la solvencia económica y financiera del empresario se efectuará mediante la aportación de los certificados y documentos determinados en el Artículo 11.4 a) RD 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

A.2 DOCUMENTACIÓN QUE ACREDITE LA SOLVENCIA TÉCNICA Y PROFESIONAL

a) El criterio para la acreditación de la solvencia técnica o profesional será el de la experiencia en la realización de trabajos del mismo tipo o naturaleza al que corresponda al objeto del contrato, que se acreditará mediante la relación de los trabajos efectuados por el interesado en el curso de los cinco últimos años, correspondientes al mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, avalados por certificados de buena ejecución, y el requisito mínimo será que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% del valor estimado del contrato, o de su anualidad media si esta es inferior al valor estimado del contrato [2.995.347,85 €]. A efectos de determinar la correspondencia entre los trabajos acreditados y los que constituyen el objeto del contrato, cuando exista clasificación aplicable a este último se atenderá al grupo y subgrupo de clasificación al que pertenecen unos y otros, y en los demás casos a la coincidencia entre los dos primeros dígitos de sus respectivos códigos CPV.

X

X

b) Indicación del personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, especialmente aquéllos encargados del control de calidad. c) Descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas por el empresario para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa. e) Las titulaciones académicas y profesionales del empresario y del personal directivo de la empresa y, en particular, del personal responsable de la ejecución del contrato que deberá reunir la siguiente titulación y cualificación:

Titulación relacionada con la materia de ____________ Especialidad en _____________________________________

Concretamente _____________________________________ Experiencia mínima _________________________________ Otros _______________________________________________

j) Descripción de las medidas empleadas por la empresa licitadora para

garantizar la calidad; mediante la acreditación de certificación de sistemas de gestión de calidad ISO 9001.

Recordar que en ningún caso se aceptará documentación que no sea original o copia auténtica y que cuando se exijan certificados solo se aceptarán estos y no otra documentación, los cuales deberán recoger en todo caso los datos exigidos. Las declaraciones de entidades financieras deberán estar expedidas dentro del plazo de presentación.

X

X

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ANEXO V CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN Y

DOCUMENTACIÓN TÉCNICA

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55

 

ANEXO V En el presente anexo se señalan los criterios de adjudicación que se utilizarán para el presente contrato junto con la ponderación que se le asigna así como la documentación técnica que se requiere en orden a la aplicación, justificación y valoración de dichos criterios, de tal forma que sí dicha documentación no se presenta no se obtendrá valoración alguna del respectivo criterio. Recordar que en ningún caso se aceptará documentación que no sea original o copia auténtica y que cuando se exijan certificados solo se aceptarán éstos y no otra documentación, los cuales deberán recoger en todo caso los datos exigidos. Importante: Cada licitador no podrá presentar más de una proposición.

CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN Y DOCUMENTACIÓN 1º.- CRITERIOS EVALUABLES DE FORMA AUTOMÁTICA A.-MEJOR OFERTA ECONÓMICA.TIPO DE LICITACIÓN Para el presente contrato se establece como «tipo de licitación mejorable a la baja» el precio unitario/hora para la prestación del servicio establecido por la Orden de 28 de junio de 2017, por la que se modifica la Orden de 15 de noviembre de 2007, por la que se regula el Servicio de Ayuda a Domicilio en la Comunidad Autónoma de Andalucía:

Precio del Servicio/hora……..13,00 € (4% IVA incluido)

CRITERIOS VALORACIÓN

 MEJOR OFERTA ECONÓMICA

PO = Puntuación de la Oferta PM = Puntuación Máxima = 10 OX = Oferta que se puntúa OM = Oferta más baja

10 PUNTOS

         

OM Po = PM

OX

 

PLAN DE FORMACIÓN DE TRABAJADORES VALORACIÓN MÁXIMA

Plan de Formación anual específico para los profesionales asignados a la ejecución del contrato sin coste para el Excmo. Ayuntamiento de Écija. El plan de formación será obligatorio, universal y gratuito. Baremación: 0,0066 Puntos por cada hora de formación, a partir de 500 horas/año, hasta un máximo de 10 Puntos.

10 PUNTOS

 

PLAN DE FORMACIÓN A FAMILIARES DE USUARIOS VALORACIÓN MAXIMA

Plan de Formación anual dirigido a familiares y cuidadores familiares de usuarios del Servicio Ayuda a Domicilio. El plan de formación será obligatorio, universal y gratuito. Baremación: 0,0033 Puntos por cada hora de formación, a partir de 500 horas/año, hasta un máximo de 5 Puntos.

5 PUNTOS

 

APORTACIÓN DE AYUDA TÉCNICA Y/O PRESTACIONES VALORACIÓN MAXIMA

Nº limpiezas de choque/año gratuitas cuando a juicio del responsable del contrato sea preciso ….. 0,25 Puntos por servicio de limpieza hasta un máximo de 5 Puntos.

10 PUNTOS

Puesta a disposición del Excmo. Ayuntamiento de Écija –durante la vigencia del contrato - como medios técnicos que mejoren la calidad de vida de los usuarios – según necesidades del servicio-: Grúas ……………………... 0,25 Puntos por unidad, hasta un máximo de 2,5 Puntos Camas Articuladas …..0,125 Puntos por unidad, hasta un máximo de 2,5 Puntos  

BOLSA DE HORAS S.A.D. GRATUITAS VALORACIÓN MAXIMA

Bolsa de horas de S.A.D. sin coste para el Excmo. Ayuntamiento de Écija, hasta un máximo de 30 puntos. Se baremará de acuerdo con la siguiente escala: 0,010 Puntos por hora hasta un máximo de 30 Puntos.

30 PUNTOS

                

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2º.- CRITERIOS NO EVALUABLES DE FORMA AUTOMÁTICA  

CRITERIOS VALORACIÓN

 MEMORIA TÉCNICA DEL SERVICIO Se otorgará la puntuación máxima a la oferta que mejor satisfaga los intereses municipales respecto a la forma de prestación de los servicios, valorándose las características de la oferta de la siguiente forma:

Claridad en la exposición del proyecto, valorándose la propuesta organizativa del servicio.

Desarrollo de los protocolos de actuación establecidos por la empresa que clarifiquen su funcionamiento y gestión (altas, bajas, inicio del servicio, seguimiento del servicio, evaluación, ausencias, etc...) Para poder valorar este apartado de protocolos, es imprescindible que por cada protocolo se detalle el nombre del protocolo, el/los objetivos del mismo, una breve descripción de la situación en que sería aplicable el protocolo y un esquema explicativo o donde se clarifique el procedimiento de actuación.

Procedimiento de evaluación del funcionamiento del servicio, así como el procedimiento de recepción, análisis y resolución de quejas y reclamaciones.

Estructura organizativa, procedimiento de coordinación interna y capacitación del personal: valorándose el organigrama y los miembros que componen la estructura.

Se valorará la metodología para el desarrollo y ejecución del servicio, así como la adecuación del proyecto al contexto socio-demográfico del municipio de Écija, así como la incentivación de la participación de los usuarios en la vida social, cultural y tradicional de la ciudad, expresando en el proyecto la descripción de la misma.

Se deberá, además, exponer y describir con detalle la organización del servicio objeto del contrato, el número y capacitación de su personal, los protocolos, la formación para el reciclaje profesional, la capacidad del equipo gerencial de la empresa y el currículo empresarial.

35 PUNTOS

 TOTAL PUNTOS 100 PUNTOS

3º.- FORMA DE DETERMINACIÓN DE LA OFERTA ECONÓMICAMENTE MÁS

VENTAJOSA Se considerará como oferta económicamente más ventajosa aquella que obtenga mayor puntuación en la suma de los apartados anteriores Límite respecto al precio a partir del cual se apreciará que la proposición no puede ser cumplida como consecuencia de oferta desproporcionada o temeraria.- 20% sobre la media aritmética de las ofertas presentadas.

4º.- DOCUMENTACIÓN TÉCNICA SOBRE CRITERIOS NO EVALUABLES DE FORMA AUTOMÁTICA

En el sobre B se deberá incluir la siguiente documentación: La memoria se presentará en formato papel, deberá ir encuadernada, con un índice y no exceder las 100 páginas en A-4, redactada en letra tipo Arial tamaño 11, con interlineado sencillo.

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ANEXO VI

PROPOSICIÓN ECONÓMICA

OFERTA SOBRE CRITERIOS EVALUABLES DE FORMA AUTOMÁTICA

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ANEXO VI PROPOSICIÓN ECONÓMICA Y   

OFERTA SOBRE CRITERIOS EVALUABLES DE FORMA AUTOMÁTICA

Primer Apellido Segundo Apellido Nombre DNI

Teléfono/Fax/email Localidad Provincia Código Postal

Domicilio a efecto de notificaciones

Actuando en representación de

Como acredita con escritura de poder otorgada ante el Notario de: ______________________ D/Dª. _____________________________________, el __/___/______, nº protocolo ________ SOLICITO tomar parte en la licitación convocada para la CONTRATACION DE LOS SERVICIOS DE LIMPIEZA DE COLEGIOS Y CENTROS PÚBLICOS DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ÉCIJA EC/ ACC/001/2018, y en consecuencia:

DECLARO bajo mi responsabilidad que son ciertos los datos que se consignan en la presente proposición.

DECLARO reunir todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con el Excmo. Ayuntamiento de Écija para este contrato.

MANIFIESTO MI CONFORMIDAD Y ACEPTACIÓN INCONDICIONADA del pliego de cláusulas administrativas particulares, del pliego de prescripciones técnicas y de todos sus anexos.

ME COMPROMETO, en caso de ser adjudicatario, a asumir la plena responsabilidad de la ejecución del contrato, siendo el único responsable de la misma ante el Excmo. Ayuntamiento de Écija y ante terceros de todos los daños y perjuicios que pudieran producirse durante la vigencia del mismo, asumiendo las obligaciones sobre protección del empleo, condiciones de trabajo, prevención de riesgos laborales y sobre protección del medio ambiente.

OFREZCO LA SIGUIENTE PROPOSICIÓN ECONÓMICA

PRECIO DEL CONTRATO: Precio /hora………………………………………….……… EUROS ……………… € IVA: ……………………………………………………………… EUROS …………….. € TOTAL PRECIO/HORA (IVA INCLUIDO): ……………………..……………… EUROS …………… € [1]

EN RELACIÓN AL RESTO DE CRITERIOS EVALUABLES DE FORMA AUTOMÁTICA, OFREZCO LA

SIGUIENTE PROPOSICIÓN PLAN DE FORMACIÓN DE TRABAJADORES HORAS/AÑO OFERTADAS Plan de Formación específico para los profesionales asignados a la ejecución del contrato. y sin coste para el Excmo. Ayuntamiento de Écija. El plan de formación será obligatorio, universal y gratuito.

 PLAN DE FORMACIÓN A FAMILIARES DE USUARIOS HORAS/AÑO OFERTADAS Plan de Formación dirigido a familiares y cuidadores familiares de usuarios del Servicio Ayuda a Domicilio. El plan de formación será obligatorio, universal y gratuito.

  

APORTACIÓN DE AYUDA TÉCNICA Y/O PRESTACIONES Nº LIMPIEZA/AÑO OFERTADAS

Nº limpiezas de choque gratuitas cuando a juicio del responsable del contrato sea preciso

Aportación como medio técnico que mejoren la calidad de vida de los usuarios: Nº EQUIPOS OFERTADOS

Grúas/año

Camas Articuladas/año

 BOLSA DE HORAS S.A.D. GRATUITAS HORAS/AÑO OFERTADAS Bolsa de horas de S.A.D. sin coste para el Excmo. Ayuntamiento de Écija

    En ____________________, a _____ de __________ de 2018 (Firma) 1.- Los licitadores deberán consignar en sus proposiciones económicas y como partida independiente la cifra a la que ascendería el importe del IVA (esto es, la cifra resultante de aplicar al precio ofertado el correspondiente tipo de gravamen).

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ANEXO VII

CONTRATO DE AUTORIZACIÓN DE ACCESO A DATOS DE CARÁCTER

PERSONAL POR TERCEROS PARA SU TRATAMIENTO.

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CONTRATO DE AUTORIZACIÓN DE ACCESO A DATOS DE CARÁCTER PERSONAL POR TERCEROS PARA SU TRATAMIENTO.

En Écija, a ………………………. de 2018

REUNIDOS De una parte, D. ………………………………………………., en su calidad de Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Écija y, actuando en su nombre y representación. Y de otra, D. …………………………………………………………………………, mayor de edad, con domicilio en ………………………….., calle ………………………………………, provisto de D.N.I. nº ………. , en su calidad de Adjudicatario del Contrato para la prestación del SERVICIO DE ……………………………………………………………………………………………, actuando en nombre y representación de ………………………[Nombre Adjudicatario], domiciliada en [Municipio] C/. [dirección] ………………., inscrita en el Registro Mercantil de ……………….. [Ciudad], en el tomo ….. hoja ……… libro ………… y CIF nº …………………., manifestando que los poderes que ostenta son suficientes para la firma del presente contrato, están vigentes y no han sido derogados ni limitados. (En adelante encargado del tratamiento). Reconociéndose ambas partes capacidad para contratar, proceden, en consecuencia a suscribir el siguiente

CONTRATO DE AUTORIZACIÓN DE ACCESO A DATOS DE CARÁCTER PERSONAL POR TERCEROS PARA SU TRATAMIENTO.

DECLARACIONES Y ANTECEDENTES

I.- Por medio del presente, el Adjudicatario del contrato para la prestación del SERVICIO ……………………………………………………………………………….., como Encargado del Tratamiento, suscribe con el Excmo. Ayuntamiento de Écija -Responsable del Fichero- el presente contrato en cuya virtud el Encargado del Tratamiento realiza la gestión y tratamiento de datos de carácter personal contenidos en el fichero ……………………………“[Nombre del fichero]” (en adelante Fichero) indicado con los fines y destinos de la prestación del objeto del contrato para la prestación del SERVICIO …………………………………………….; en virtud a la legislación vigente. El mencionado fichero de datos ha sido debidamente notificado a la Agencia Española de Protección de Datos e inscrito en el Registro General de Protección de Datos con el Código identificado [código inscripción] en fecha [fecha inscripción] habiéndose elaborado el correspondiente documento de seguridad con medidas de seguridad de nivel bajo, en virtud de la naturaleza de los datos que contienen y figurando como Responsable del citado fichero [Nombre Empresa ]. II.- Con arreglo a los antecedentes expuestos, las personas expresadas en el encabezamiento de este contrato, en el concepto en que intervienen en el mismo, convienen un contrato con arreglo a las siguientes

ESTIPULACIONES PRIMERA.- Objeto del contrato. El Excmo. Ayuntamiento de Écija como entidad Responsable del Fichero, en cuanto tal y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, autoriza al Encargado del Tratamiento (como adjudicatario del contrato de prestación de servicios referido), que acepta, para que por medio

de cualquiera de sus socios o empleados tenga acceso a los datos de carácter personal incluidos en el expresado fichero y pueda efectuar un tratamiento de los mismos de acuerdo con la finalidad/es declaradas ante la Agencia Española de Protección de Datos. El Excmo. Ayuntamiento de Écija, como responsable del Fichero, autoriza expresamente al encargado del tratamiento para que pueda subcontratar los servicios objeto del presente contrato con un tercero en nombre y por cuenta del responsable, siempre que éste último suscriba las obligaciones establecidas legalmente respecto a la protección de datos de carácter personal Para el cumplimiento de lo estipulado en el párrafo anterior, el Excmo. Ayuntamiento de Écija, como Responsable del Fichero, proporcionará por cualquier medio seguro al Encargado del Tratamiento los datos incorporados al Fichero SEGUNDA.- Encargado del tratamiento de datos. El Encargado del Tratamiento se obliga a guardar secreto profesional respecto de los datos de carácter personal cuyo acceso y tratamiento se regula por el presente contrato, obligándose a no comunicarlos, ni siquiera para su conservación, a otras personas, obligación que subsistirá aún después de finalizar sus relaciones con el Responsable, excepción hecha de lo regulado en el pacto primero del presente contrato. Así, sólo se accederá a El fichero únicamente, cuando sea imprescindible para el buen desarrollo de los servicios acordados entre las partes. TERCERA.- Forma y finalidad del tratamiento de datos. El tratamiento de los datos por el Encargado del tratamiento se hará conforme a las instrucciones que al efecto proporciona el Excmo. Ayuntamiento de Écija, como Responsable del Fichero, (Cláusula Primera), sin que el Encargado del tratamiento pueda hacer uso de los datos para una finalidad distinta de la que es objeto de este contrato. En consecuencia, de cualquier infracción tipificada en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y cometida por el Encargado del Tratamiento en vulneración de las instrucciones dadas por el Responsable del Fichero, así como en aquellos supuestos en que el destino que se dé a los datos a los que se ha tenido acceso difiera de la finalidad en este apartado reseñada, responderá única y exclusivamente el Encargado del Tratamiento como si del Responsable del Fichero se tratase, de conformidad con lo previsto en el Artículo 12.4 Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. El Encargado se obliga a:

Hacerse cargo del pago de cualquier cantidad que por cualquier causa y concepto El responsable se viera obligada a abonar, como consecuencia del uso indebido de los datos, incluidas sanciones administrativas y las eventuales indemnizaciones a cuyo pago fuera condenada ésta, en virtud del correspondiente procedimiento, administrativo o judicial. Asimismo, El encargado se compromete al pago de las costas judiciales y los honorarios de abogados y procuradores que El Responsable utilizare en los eventuales procesos que se entablaran en su contra.

Abonar a El Responsable, la suma que en su momento ambas partes acuerden en concepto de indemnización de daños morales y de reputación comercial sufridos por éste como consecuencia del uso indebido de los ficheros suministrados, cuya cantidad se fijará proporcionalmente a los perjuicios causados.

CUARTA.- Prohibición de comunicación de datos. El Encargado del Tratamiento asume expresamente la obligación de no comunicar a otras personas (físicas o jurídicas) los datos de carácter personal incluidos en el Fichero declarado ante la Agencia Española de Protección de Datos, ni siquiera a efectos de conservación de los datos o para la realización y mantenimiento de copias de seguridad de los mismos (backup).

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AUTONOMÍA Y ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA. EC/ASS/001/2018 PROCEDIMIENTO: ABIERTO, VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN - SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES -ANEXOS

 

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Exceptuando aquellos supuestos de depósito o almacenamiento de soportes o copias de seguridad en sede distinta a la del Encargado del Tratamiento, siempre que no impliquen un acceso a los datos por parte de terceros no autorizados. QUINTA.- Medidas de seguridad de los datos. El Encargado del Tratamiento asume expresamente la obligación de implantar las medidas de seguridad sobre los datos a que se refiere el artículo 9 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, a fin de impedir su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, de acuerdo con el estado de la tecnología, la naturaleza de los datos y los riesgos a que estén expuestos los mismos. La citada sociedad adoptará, cuando menos, las medidas de seguridad acordes con el nivel de seguridad de los datos, que aparecen definidas y enumeradas en el Reglamento de Medidas de Seguridad de los Ficheros que contengan Datos de Carácter Personal, aprobado por Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre. Ficheros a los que accederá El Encargado en calidad de encargado de tratamiento y nivel de medidas de seguridad aplicables a cada uno de ellos: Denominación del fichero Nivel de Seguridad aplicable …/… SEXTA.- Extinción del contrato. El presente contrato se extinguirá de conformidad con lo previsto en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares del contrato para la prestación del servicio, en lo que a causas y consecuencias de la extinción se refiere. SÉPTIMA.- Devolución o destrucción de los datos. Una vez extinguida la relación contractual, el Encargado del Tratamiento devolverá al Excmo. Ayuntamiento de Écija, como Responsable del Fichero, los datos que obren en su poder, así como cualquier soporte o documento en el que consten los mismos, debiendo certificar inmediatamente por escrito dicha devolución, en el plazo máximo de 15 días hábiles desde la fecha de cumplimiento o resolución del contrato. OCTAVA.- De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 80 del RD 1720/2007, el encargado asume las siguientes obligaciones:

Si como consecuencia de los términos de la prestación de servicios acordada entre las partes El responsable facilitara el acceso a los datos, a los soportes que los contengan o a los recursos del sistema de información que los trate, a El encargado cuando éste prestare sus servicios en los locales del primero, el personal de El encargado se comprometerá al cumplimiento de las medidas de seguridad previstas por El Responsable en su Documento de Seguridad.

Si ambas partes hubieran pactado que El encargado accediera a los datos de carácter persona o a los recursos del sistema de información de El responsable, el personal del primero se comprometerá al cumplimiento de las medidas de seguridad previstas por El Responsable en su Documento de Seguridad. Asimismo, y en le presente supuesto, El Encargado no podrá incorporar tales datos a sistemas o soportes distintos de los del responsable.

Si el servicio fuera prestado por el Encargado en sus propios locales, ajenos a los del El responsable, el primero deberá elaborar un documento de seguridad en los términos exigidos por el artículo 88 del RD 1720/2007 o completar el que ya hubiera elaborado, en su caso, identificando el fichero o tratamiento y el responsable del mismo e incorporando las medidas de seguridad a implantar en relación con dicho tratamiento

NOVENA.- Es obligación del Excmo. Ayuntamiento de Écija, como Responsable de los Ficheros, velar por que el Encargado del Tratamiento reúna las garantías necesarias para el cumplimiento de lo establecido en el artículo 20.2 del RD 1720/2007. A fin de cumplir con esta obligación, el Excmo. Ayuntamiento de Écija tendrá derecho a:

Solicitar que el Encargado del Tratamiento le exhiba la documentación preceptiva, conforme a lo establecido en la legislación sobre protección de datos de carácter personal.

Realizar auditorías para verificar el cumplimiento de las medidas de seguridad y su implantación, en el momento en que lo considere oportuno, siempre que medie un preaviso de al menos quince (15) día naturales sobre la fecha fijada para realizar dicha auditoria.

DÉCIMA.- Todos aquellos ficheros que sean creados e inscritos ante la Agencia Española de Protección de datos por el Responsable de los Ficheros con posterioridad a la firma del presente Contrato y a los que el Encargado del Tratamiento tenga que tener acceso para correcta prestación de los Servicios, quedarán sometidos a los términos previstos en este Contrato quedando obligado el Responsable de los Ficheros a comunicarlo al Encargado del Tratamiento de manera expresa, por cualquier medio, escrito, adjuntándose copia de dichas comunicaciones a este contrato como Anexos sucesivos. Datos incluidos en el presente contrato ……………….…………………… UNDÉCIMA.- De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Persona, El responsable con domicilio en el lugar indicado en el encabezamiento del presente contrato, informa a los intervinientes en el mismo, que los datos que figuran en él, serán incorporados a un fichero de datos de carácter personal responsabilidad de El Responsable con la finalidad de llevar a cabo la gestión de la relación contractual generada con la firma del presente documento. Para ejercitar los derechos de acceso, rectificación oposición y cancelación reconocidos por la legislación vigente, el interesado deberá realizar una comunicación a la dirección dicada anteriormente, a los referidos efectos, indicando como referencia «Derechos Protección de Datos». Y para que así conste a los efectos oportunos, las partes contratantes proceden a rubricar este contrato en fecha y lugar reseñado. POR EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ÉCIJA POR EL ADJUDICATARIO Responsable Ficheros. Encargado del Tratamiento EL ALCALDE-PRESIDENTE Fdo.: ………………………………… Fdo.: …………………………………