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ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 ANEXO I CONVENIO ENTRE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES Y LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL SOBRE MUTUA COLABORACION E INTERCAMBIO DE INFORMACION Entre la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), representada en este acto por el Sr. Gerente General, Pablo A. FONTDEVILA, D.N.I. Nº 7.797.293, con domicilio en la calle Piedras 353 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante “ANSES”, por una parte y el GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES (GCBA), representado en este acto por el Señor Jefe de Gabinete de Ministros, Horacio RODRIGUEZ LARRETA D.N.I. Nº…., con domicilio en Av. De Mayo 525, Piso 2° de la misma Ciudad, en adelante “EL G.C.B.A.” por la otra parte, celebran el presente CONVENIO de conformidad a las cláusulas que a continuación se detallan: PRIMERA: A los fines del presente se entiende por: DATOS PERSONALES: A la información de cualquier tipo referida a personas físicas o de existencia ideal determinadas o determinables. DATOS SENSIBLES: A los datos personales que revelen remuneraciones, haberes, prestaciones, origen racial, étnico, opiniones políticas, convicciones religiosas, filosóficas o morales, afiliación sindical e información referente a la salud o a la vida sexual. ARCHIVO, REGISTRO, BASE O BANCO DE DATOS: Indistintamente, designan al conjunto organizado de datos personales que sean objeto de tratamiento o procesamiento, electrónico o no, cualquiera que fuere la modalidad de su información, almacenamiento, organización o acceso. Dicho conjunto organizado de datos personales es siempre CONFIDENCIAL TRATAMIENTO DE DATOS: A las operaciones y procedimientos sistemáticos, electrónicos o no, que permitan la recolección conservación, ordenación, almacenamiento, modificación, relacionamiento, evaluación, bloqueo, destrucción, y en general el procesamiento de datos personales, así como también su cesión a terceros a través de comunicaciones, consultas, interconexiones o transferencias. INTERCAMBIO DE INFORMACION: Abarca tanto el acceso a información a través de aplicaciones en línea o servicios web, como la transferencia electrónica de conjuntos de datos. RESPONSABLE DEL ARCHIVO, REGISTRO, BASE O BANCO DE DATOS: A la persona física o de existencia ideal pública o privada, que es titular de un archivo, registro, base o banco de datos. DATOS INFORMATIZADOS: A los datos personales sometidos al tratamiento o procesamiento electrónico automatizado. TITULAR DE LOS DATOS: A toda persona física o de existencia ideal, residente en el país o en el exterior o con domicilio según corresponda, cuyos datos sean objeto de tratamiento al que se refiere el presente acuerdo. USUARIO DE DATOS: A toda persona pública o privada que realice a su arbitrio el tratamiento de datos, ya sea en archivos, registros o bancos de datos propios o a través de conexión con los mismos. DISOCIACIÓN DE DATOS: A todo tratamiento de datos personales de manera que la información obtenida no pueda asociarse a persona determinada o determinable. N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1

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ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091

ANEXO - DECRETO N° 1.517/08

ANEXO I CONVENIO

ENTRE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES Y LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

SOBRE MUTUA COLABORACION E INTERCAMBIO DE INFORMACION

Entre la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), representada en este acto por el Sr. Gerente General, Pablo A. FONTDEVILA, D.N.I. Nº 7.797.293, con domicilio en la calle Piedras 353 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante “ANSES”, por una parte y el GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES (GCBA), representado en este acto por el Señor Jefe de Gabinete de Ministros, Horacio RODRIGUEZ LARRETA D.N.I. Nº…., con domicilio en Av. De Mayo 525, Piso 2° de la misma Ciudad, en adelante “EL G.C.B.A.” por la otra parte, celebran el presente CONVENIO de conformidad a las cláusulas que a continuación se detallan: PRIMERA: A los fines del presente se entiende por: DATOS PERSONALES: A la información de cualquier tipo referida a personas físicas o de existencia ideal determinadas o determinables. DATOS SENSIBLES: A los datos personales que revelen remuneraciones, haberes, prestaciones, origen racial, étnico, opiniones políticas, convicciones religiosas, filosóficas o morales, afiliación sindical e información referente a la salud o a la vida sexual.ARCHIVO, REGISTRO, BASE O BANCO DE DATOS: Indistintamente, designan al conjunto organizado de datos personales que sean objeto de tratamiento o procesamiento, electrónico o no, cualquiera que fuere la modalidad de su información, almacenamiento, organización o acceso. Dicho conjunto organizado de datos personales es siempre CONFIDENCIAL TRATAMIENTO DE DATOS: A las operaciones y procedimientos sistemáticos, electrónicos o no, que permitan la recolección conservación, ordenación, almacenamiento, modificación, relacionamiento, evaluación, bloqueo, destrucción, y en general el procesamiento de datos personales, así como también su cesión a terceros a través de comunicaciones, consultas, interconexiones o transferencias. INTERCAMBIO DE INFORMACION: Abarca tanto el acceso a información a través de aplicaciones en línea o servicios web, como la transferencia electrónica de conjuntos de datos. RESPONSABLE DEL ARCHIVO, REGISTRO, BASE O BANCO DE DATOS: A la persona física o de existencia ideal pública o privada, que es titular de un archivo, registro, base o banco de datos. DATOS INFORMATIZADOS: A los datos personales sometidos al tratamiento o procesamiento electrónico automatizado. TITULAR DE LOS DATOS: A toda persona física o de existencia ideal, residente en el país o en el exterior o con domicilio según corresponda, cuyos datos sean objeto de tratamiento al que se refiere el presente acuerdo. USUARIO DE DATOS: A toda persona pública o privada que realice a su arbitrio el tratamiento de datos, ya sea en archivos, registros o bancos de datos propios o a través de conexión con los mismos. DISOCIACIÓN DE DATOS: A todo tratamiento de datos personales de manera que la información obtenida no pueda asociarse a persona determinada o determinable.

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ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación)

SEGUNDA: ANSES conviene con EL G.C.B.A. intercambiar información respecto a datos personales y previsionales existentes en las bases respectivas a fin de contribuir a la optimización y la celeridad de los procedimientos vigentes en ambos organismos. La especificación de los datos se detalla en el ANEXO I del presente CONVENIO. TERCERA: EL G.C.B.A. expresa que la Agencia de Sistemas de Información, que funciona como entidad autárquica en el ámbito de la Jefatura de Gabinete de Ministros del Gobierno de la Ciudad, administrará los datos con la finalidad de aportar soluciones a las diferentes jurisdicciones de Gobierno. Cumplido y/o modificado el objeto y/o la finalidad antes expresada, el GCBA deberá notificar a ANSES en un plazo de TREINTA (30) días estas circunstancias, a fin de readecuar las condiciones aquí pactadas, o, en su caso, de no poder llegar a un acuerdo común entre ambas partes, dar por rescindido el presente convenio. CUARTA: El plazo de duración del presente CONVENIO es de DOS (2) años contados a partir de su suscripción; siendo el mismo prorrogable, siempre que las partes renueven su voluntad expresa de continuar el mismo por idéntico plazo, con una antelación de SESENTA (60) días antes del vencimiento del presente. QUINTA: ANSES posibilitará el uso de sus servicios para el intercambio de información, todos los días del año durante las veinticuatro (24) horas. Asimismo, se exime de responsabilidad en los supuestos de caso fortuito y/o fuerza mayor o por interrupciones y/o suspensiones técnicas del servicio fundadas en el mantenimiento de sus Sistemas Informáticos que impidan la prestación del servicio. SEXTA: Ambas partes se obligan a garantizar la seguridad de los datos adoptando todas las medidas técnicas y organizativas tendientes a prevenir la adulteración, pérdida, consulta o tratamiento no autorizado de los mismos, permitiendo detectar desviaciones de información, ya sea que los riesgos provengan de la acción humana o del medio técnico utilizado. En caso de excesiva utilización de los sistemas por hora (“Ráfaga de Transacciones”) el servicio será inmediatamente interrumpido. Se considerarán como mínimo las siguientes medidas: a) Construir y Mantener una Red Segura 1. Instalar y mantener un sistema de protección frente a Internet (firewall) para proteger los datos. 2. No utilizar valores por defecto establecidos por el proveedor para passwords del sistema o parámetros de seguridad. b) Proteger la Información 1. Proteger la información almacenada 2. Utilizar controles criptográficos en la transmisión de datos e información sensitiva que viaja a través de redes públicas c) Mantener un Programa de Manejo de Vulnerabilidades 1. Usar y actualizar regularmente un software antivirus 2. Desarrollar y mantener sistemas y aplicaciones seguras d) Implementar Fuertes Medidas de Control de Acceso 1. Restringir el acceso a la información sobre la base de necesidad de negocio. 2. Asignar un único identificador para cada persona con acceso al sistema 3. Restringir físicamente el acceso a los datos e) Monitorear y Testear las Redes Regularmente 1. Rastrear y monitorear todos los accesos a los recursos de la red e información. 2. Testear regularmente la seguridad de sistemas y procesos

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ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación)

f) Mantener una Política de Seguridad de la Información 1. Mantener una política que garantice la seguridad de la información SEPTIMA: Dentro de los TREINTA (30) días de la firma del presente, las partes se obligan a suscribir toda la documentación técnica necesaria a los fines de instrumentar los procesos que permitan concretar el intercambio de información. OCTAVA: Las partes responderán por toda vulneración al deber de confidencialidad que en forma directa o indirecta implicare la difusión de los datos, en cualquier etapa del proceso, que se produjere por consecuencia del accionar negligente, culposo y/o doloso de cualquiera de ellas, de conformidad con toda la normativa vigente en materia de confidencialidad y privacidad de la información. NOVENA: A los fines de la cláusula anterior, las partes se obligan a notificar a todos los intervinientes en el proceso, los alcances técnicos y legales del “Deber de Confidencialidad” y de las responsabilidades consiguientes que su incumplimiento generaría como así también, de las infracciones a que hubieren lugar. En caso de que se tenga conocimiento de la comisión de un delito o violación a este acuerdo y sin perjuicio de las acciones judiciales pertinentes, deberá ser inmediatamente y sin dilación alguna comunicado a la otra parte de modo fehaciente. Fuera del caso previsto precedentemente, el “Deber de Confidencialidad” sólo podrá ser relevado por resolución judicial y/o cuando mediaren razones fundadas relativas a la defensa nacional y/o a la salud y seguridad pública. DECIMA: Cualquiera de las partes deberá notificar en forma inmediata a la otra, toda circunstancia que implique adulteración, pérdida, consulta o tratamiento no autorizado, desviación de la información o cualquier otra finalidad extraña al procedimiento. Dicho deber será independiente de la puesta en marcha de las medidas para regularizar el adecuado tratamiento de los datos personales. EL G.C.B.A. aceptará toda auditoria que realice ANSES o que dicho organismo delegue en un tercero, con o sin aviso previo, a fin de constatar el correcto tratamiento de los datos, así como el fiel cumplimiento del presente convenio. DÉCIMO PRIMERA: Las partes se comprometen a cumplir con la entrega de información en el tiempo y la forma que se especifique en los documentos adicionales que se suscriban. Ante el incumplimiento reiterado, se dará por rescindido el presente Convenio, debiéndose solicitar los tramites necesarios para la suscripción de un nuevo Acuerdo.En caso de detectarse un período de SEIS (6) meses de inactividad total en el acceso por parte de EL G.C.B.A., el presente CONVENIO caducará de pleno derecho y sin necesidad de notificación previa. DÉCIMO SEGUNDA: Ambas partes deberán utilizar la información a la que acceden únicamente a los fines de este Convenio y de conformidad con lo acordado, asumiendo toda responsabilidad por los daños y perjuicios causados, y/o la violación a los deberes de seguridad y confidencialidad que le sean imputables, o que eventualmente pudieren haber ocurrido en la esfera de su competencia o control. DÉCIMO TERCERA: EL G.C.B.A. queda sujeto al régimen establecido en la Disposición DNPDP Nº 7/2005, aprobatoria del régimen de “Clasificación de Infracciones” y “Graduación de Sanciones”, aplicables ante la comisión de faltas debidamente comprobadas y violatorias al régimen instituido por la Ley Nº 25.326 y sus disposiciones reglamentarias.

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ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación)

EL G.C.B.A. se compromete a aceptar las políticas, normas y procedimiento que en materia de Control Interno de Tecnologías de Información se encuentren vigentes en ANSES. DECIMO CUARTA: Las partes acuerdan que, a todos los efectos legales, la información transferida mediante mecanismos de firma electrónica definidos por ANSES, obrante en esta ADMINISTRACION NACIONAL, constituirá la prueba de las operaciones realizadas a través de los procesos informáticos acordados. DECIMO QUINTA: EL G.C.B.A. se compromete a no repudiar la información brindada, ni a desconocer las firmas electrónicas utilizadas por las personas autorizadas, siempre que las transacciones hayan cumplido con los protocolos que los procesos informáticos acordados determinan. DECIMO SEXTA: Cada una de las partes será responsable de los daños y perjuicios y de las sanciones administrativas y penales previstas en los artículos 31 y 32 de la Ley Nacional de Protección de Datos Personales Nº 25.326 y de su Decreto Reglamentario Nº 1558/01 que se generen por el repudio injustificado de la información suministrada y/o del desconocimiento de las firmas electrónicas del personal autorizado para realizar las transacciones, siempre que las mismas hayan cumplido con los protocolos que los procesos informáticos acordados determinen o por la transmisión de datos desactualizados, falsos, impertinentes, obsoletos y/o caducos. DECIMO SEPTIMA: Cada una de las partes podrá rescindir el presente Convenio, previa notificación fehaciente a la otra parte, la que deberá realizarse con treinta (30) días de anticipación. La rescisión no otorgará derecho a favor de ninguna de las partes a formular reclamos o exigir indemnización de ninguna naturaleza. DECIMO OCTAVA: A todos los efectos legales, las partes se someten a los Tribunales en lo Contencioso Administrativo Federal, con asiento en la Ciudad de Buenos Aires y constituyen domicilio en los lugares arriba indicados, donde se considerarán válidas todas las notificaciones y emplazamientos judiciales o extrajudiciales que se efectúen donde se considerarán válidas todas las notificaciones que se cursen con motivo de este convenio, a excepción de las notificaciones judiciales dirigidas a "EL G.C.B.A.", las que deberán realizarse en la calle Uruguay 458 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas, conforme lo dispuesto por la Ley N° 1.218, en concordancia con la Resolución N° 77-PG/06. Se firman en prueba de conformidad dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los.................. días del mes de.....................del año............. -

ANEXO I ESPECIFICACIÓN DE LOS DATOS A INTERCAMBIAR

• Información correspondiente a nacimientos, actualización de documentos, fallecimientos y sus eventuales rectificaciones, registrados por el Registro Civil de la Ciudad Autónoma de la Buenos Aires• Datos correspondientes a la matrícula escolar obrantes en los registros del Ministerio de Educación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. • Información centralizada por ANSES bajo la denominación “Historia Laboral”. Destino que se dará a los datos a los que tendrá acceso

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ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación)

El intercambio permitirá al GCBA – a través de su Registro Civil-, la verificación de los datos personales y previsionales registrados en ANSES, con la consecuente optimización de su gestión. Asimismo, el acceso a la historia laboral contribuirá a agilizar los trámites necesarios para la formalización de las relaciones de empleo público y/o locaciones de servicios promovidas en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Estas acciones permitirán avanzar en las pautas fijadas por el Decreto Nacional Nº 378/05 “Plan Nacional de Gobierno Electrónico y Planes Sectoriales de Gobierno Electrónico”, con el fin de potenciar la gestión del estado a través de acciones coordinadas que contribuyan a una mejor gestión de la información pública, la simplificación de los trámites y la reducción de tiempos y costos, brindando respuestas más rápidas a las necesidades y requerimientos de los habitantes y ciudadanos. Asimismo, contribuirán a promover el desarrollo, la modernización y la economía administrativa integral, a fin de que los recursos y procedimientos técnicos, sean aprovechados y aplicados con criterios de transparencia, eficacia, eficiencia, austeridad y celeridad en la resolución de los temas y en beneficio de los administrados, conforme las disposiciones de la Ley Nº 2.689 sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

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ANEXO - DECRETO N° 1.521/08

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ANEXO - DECRETO N° 1.521/08 (continuación)

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ANEXO - DECRETO N° 1.521/08 (continuación)

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 8

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ANEXO - DECRETO N° 1.521/08 (continuación)

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ANEXO - DECRETO N° 1.521/08 (continuación)

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 10

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ANEXO - DECRETO N° 1.525/08

ANEXO I

MINISTERIO DE SALUD

HOSPITAL MATERNO INFANTIL “RAMÓN SARDÁ”

REGULARIZAR SITUACION DE REVISTA

Colombo, Alfredo Humberto, L.E. 04.533.404, CUIL. 20-04533404-0, ficha 243.303.- Regularízase a partir del 25 de noviembre de 1.997, con carácter interino, como Jefe Unidad Internación (Dependiente de la División Obstetricia), con 36 horas semanales, de acuerdo a la designación que poseía como reemplazante de la Dra. María del Carmen Ciarnello, L.C. 03.819.137, CUIL. 27-03819137-9, ficha 194.508.- A partir del 25 de noviembre de 1.997, titularizase conforme la Ordenanza Nº 52.324, deja el cargo de Especialista en la Guardia Médico (Obstetricia), titular, con 40 horas semanales, del citado Hospital.- A partir del 01 de noviembre de 2.005, encasillase como Jefe Unidad Internación (Dependiente de la División Obstetricia), titular, con 40 horas semanales, partida 4021.0030.MS.18.014 (P.64), del mencionado establecimiento asistencial, conforme los términos de la Resolución Nº 375/SSySHyF/06.- Olejnik, Patricia Elisa, D.N.I. 13.081.481, CUIL. 27-13081481-1, ficha 295.367.- Regularízase a partir del 25 de noviembre de 1.997, con carácter interino, como Especialista en la Guardia Médica (Obstetricia), con 24 horas semanales, de acuerdo a la designación que poseía como reemplazante del Dr. Alfredo Humberto Colombo, L.E. 04.533.404, CUIL. 20-04533404-0, ficha 243.303.- A partir del 25 de noviembre de 1.997, titularizase conforme la Ordenanza Nº 52.324.- A partir del 01 de noviembre de 2.005, encasillase como Especialista en la Guardia Médica Consultor Adjunto (Obstetricia), titular, con 30 horas semanales, partida 4021.0030.MS. 20.954, del mencionado establecimiento asistencial, conforme los términos de la Resolución Nº 375/SSySHyF/06.-

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 11

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ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08

AGIP

Direcció

n G

ral.S

ub

Direcció

n G

ral

Fiscalización

Recaudación y Atención al

Contribuyente

Empadronamiento

Inmobiliario

Técnica Tributaria y

Coordinación Jurídica

Estadística y

Censos

Relaciones

Institucionales

Cobranzas

Rentas

Adjunta

Servicios al

Contribuyente

Análisis

Fiscal

Sistemas

ANEXO I

Grandes

Contribuyentes

Direcció

n

Dep

artamen

tos

Asesoría

Técnica Tributaria

Coordinación

Jurídica

Procedimientos

Tributarios

Técnica

Tributaria

Su

b. D

irección

G

eneral.

Gestión

Contable

Exenciones

Ingresos Brutos

Técnica Tributaria y Coordinación

Jurídica

RENTAS

Exenciones

Predeterminadas

Verificación de Control Interno

Coordinación Técnica,

Legal y Administrativa

Antecedentes y

Revisión Legislativa

Estudios Normativos

Y Técnicas Tributarias

Trámites de Actuaciones vinculadas con la Comisión

Arbitral

ANEXO I

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 12

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ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)

Direcció

n

Dep

artamen

tos

Gestión de la Deuda en Mora Contribuyentes

Masivos

Su

b. D

irección

G

eneral.

Gestión de la Deudaen Mora de

GrandesContribuyentes

CobranzasRENTAS

Mandatarios

Gestión Judicial

Cobranzas

Judiciales

Cobranzas

Administrativas

ANEXO I

Direcció

n

Dep

artamen

tos

Administración y Control de la Recaudación

Inmobiliario

Calidad de Atención al Contribuyente y

Coordinación de CGPC

Su

b. D

irección

G

eneral.

Automotores

Recaudación y Atención al

ContribuyenteRENTAS

Administración del Padrón de

Contribuyentes

Ingresos

Brutos

Rendición e

Imputación

Control

Fiscal

Gravámenes Varios

Mesa de Entradas de

CGPC

Coordinación

CGPC

Orientación

Personalizada

Trámites complementarios de

Impuestos Empadronados

Sellos

ANEXO I

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 13

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ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)

Direcció

n

Dep

artamen

tos

Su

b. D

irección

G

eneral.

.

Grandes Contribuyentes y Agentes de Recaudación

RENTAS

Grandes

Contribuyentes

Agentes de

Recaudación

Padrón de Grandes

Contribuyentes

Control de

Recaudación

ANEXO I

Direcció

n

Dep

artamen

tos

Externa

B

Fiscalización Integral y

Operativos Especiales

Inteligencia

Fiscal

Su

b. D

irección

G

eneral.

Externa

A

FiscalizaciónRENTAS

Externa

C

Análisis e

Investigación Fiscal

Revisión y Normas de

Fiscalización

Asignación y Análisis de

Cargos de Inspección

Fiscalización Interna

y Operativos Masivos

ANEXO I

Concursos y

Quiebras

Fiscalización

Interna

Operativos

Masivos

Revisión y Control

de Fiscalización

Verificación y

Descargos

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 14

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ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)

Direcció

n

Dep

artamen

tos

Operativa

Inspecciones

Recursos

Técnica

Enlace Técnico

Zona A

Empadronamiento

InmobiliarioRENTAS

Zona B

Su

b. D

irección

G

eneral.

Zona C

Planimetría

Investigación y

Actualización Fiscal

ANEXO I

Direcció

n

Dep

artamen

tos

Su

b. D

irección

G

eneral.

.

Servicios al

ContribuyenteRENTAS

Dirección de

Servicios y Desarrollo

Comunicación

Institucional

ANEXO I

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 15

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ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)

Direcció

n

Dep

artamen

tos

Tecnologías

Informáticas

Coordinación

De Procesos

Asistencia

Tecnica

Desarrollo de

Servicios

Su

b. D

irección

G

eneral.

Atención

Usuarios

Administración

de Servidores

SistemasAGIP

Soporte

Técnico

Información de

Sistemas

Planificación

Tecnologica

Administración de Base de

Datos

Comunicación

Gestión de

Proyectos

Desarrollo de Aplicaciones de Internet

Sistemas

Valuatorios

Coordinaciónde

Información

Procesos

Tributarios

Seguridad

ANEXO I

Su

bD

irección

G

ralD

irección

Gen

eral

CEDEMEstadísticas

Sociodemográficas

Estadística y

CensosAGIP

Estadísticas Económicas y

Fiscales

Estadísticas

Económicas

Estadísticas

Fiscales

Sistema de Información Secundaria

AnalisisDemográfico

Relevamiento de Información

Primaria

Administración

Procesamiento de Información

Gestión de la

Información

Dep

artamen

tos

Seguimiento de Coyuntura Económica

Análisis del Mercado de Trabajo,

Distribución del Ingreso y Situación

Social

ANEXO I

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 16

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ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)

Direcció

n

Dep

artamen

tos

Económico

Fiscal

Asuntos Legales y

Normativa Fiscal

Economía y Estadística

Fiscal

Estudios

Análisis

FiscalAGIP

Información y

Análisis

Direcció

n

Gen

eral.

Administrativo

Estudios y Proyectos

Especiales

Normativa

Fiscal

Asuntos

Legales

ANEXO I

Su

bD

irección

Gen

eral

Dep

artamen

tos

Direcció

n

Gen

eral.Relaciones

InstitucionalesA.G.I.P.

Relaciones Interjurisdiccionales para el

Cobro de Deudas Judiciales

Relaciones con la

Comunidad

ANEXO I

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 17

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ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)

Direcció

n

Dep

artamen

tos

U.A.I

A.G.I.P

Administración

Recursos

Humanos

Compras y

Contrataciones

Mesa de Entradas y

Despacho General

Administrativo

Contable

Control de

Gestión

Capacitación

Infraestructura

Edilicia

Legales

Servicios

Generales

Gestión

Operativa

Análisis y Control

de Gestión

Económico-

Tributario

Mesa de Entradas y

Salidas

Despacho

Archivo General

Unico

ANEXO I

Direcció

nD

epartam

ento

sD

irección

G

eneral.

U.A.IA.G.I.P.

Auditoría

Administrativa

Auditoría

Auditoría

Operativa

Auditoría de

Sistemas

ANEXO I

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 18

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

ANEXO II

ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS-

AGIP-

FUNCIONES:

Coordinar, ejecutar y supervisar la organización e implementación de los planes y

programas relativos a todas las etapas del proceso de recaudación tributaria

entendiendo por tal a la emisión, control de recaudación, fiscalización y dirección de

las ejecuciones fiscales de los tributos a su cargo tendientes a la eliminación de la

evasión, fomentando el pago voluntario de los tributos.

Establecer criterios en cuanto a la interpretación de la normativa tributaria vigente.

Fiscalizar a los contribuyentes mediante el intercambio de información con otros

organismos de recaudación y control impositivo.

Programar y controlar las actividades de investigación y análisis fiscal y de capacidad

contributiva de los contribuyentes y/o responsables de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires.

Promover la mejor calidad de atención al contribuyente.

Dirigir y coordinar por medio de normas técnicas específicas el Sistema Estadístico de

la Ciudad, a fin de garantizar unidad de criterio y sistematización de los distintos

trabajos.

Integrar el Sistema Estadístico Nacional en cumplimiento de la Ley Nacional Nº 17622,

su Decreto Reglamentario Nº 3.110-70 y ejecutar el Programa Anual de Estadísticas y

Censos.

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 19

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Asesorar, organizar y participar en la realización de censos y encuestas en el ámbito

de la Ciudad.

Establecer las metodologías a aplicar por las diferentes Oficinas de Gestión Sectorial,

en la capacitación, reunión y compilación de información que muestre el

desenvolvimiento de la gestión de gobierno, para dar cumplimiento a la Ley 70.

Celebrar acuerdos de colaboración con organismos públicos y/o privados, nacionales

o internacionales.

Prestar apoyo técnico, capacitar y proveer información estadística a las jurisdicciones

del Gobierno de la Ciudad y usuarios en general.

Entender en la realización de estudios, investigaciones e interpretaciones sobre el

Sistema Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Realizar estudios de investigación y análisis referidos a las relaciones fiscales con el

Gobierno Nacional y los Gobiernos Provinciales.

Diseñar e implementar el sistema de registro de intercambio de servicios prestados y

recibidos con otras jurisdicciones y sus habitantes.

DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

FUNCIONES

Administrar y gestionar el Sistema Tributario del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires de acuerdo con las políticas y las normas vigentes.

Coordinar, ejecutar y supervisar la organización e implementación de los planes y

programas relativos a la emisión, control de la recaudación y fiscalización de los

tributos a su cargo tendientes a eliminar la evasión, fomentando el pago a término de

los tributos.

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 20

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Establecer criterios en cuanto a la interpretación de la normativa tributaria vigente.

Fomentar el intercambio formal de información con otros organismos de recaudación y

control impositivo a fin de mejorar la fiscalización de los contribuyentes.

Programar y controlar las actividades de investigación y análisis fiscal y de capacidad

contributiva de los ciudadanos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Promover acciones que mejoren de modo continuo la calidad atención al

contribuyente.

DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS ADJUNTA:

Asistir al Director General de Rentas en el cumplimiento de las competencias

asignadas y reemplazarlo en caso de ausencia.

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 21

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE TÉCNICA TRIBUTARIA Y COORDINACIÓN

JURÍDICA.

FUNCIONES

Asesorar al Director General de Rentas y a todas las dependencias que lo requieran

en materia tributaria.

Analizar y elaborar las normas y procedimientos tributarios y definir los criterios de

interpretación de las normas ya vigentes, a efectos de asegurar su aplicación de

manera uniforme.

Evaluar y analizar los proyectos de resolución.

Controlar y efectuar el seguimiento de los pedidos de exenciones por parte de los

contribuyentes, a efectos de garantizar la pertinencia de cada uno de los

otorgamientos.

Supervisar las actuaciones en el curso del procedimiento de las determinaciones de

oficio e instrucción de los sumarios por infracciones fiscales de naturaleza formal o

material.

Ejercer como Juez Administrativo.

DIRECCIÓN DE TÉCNICA TRIBUTARIA

FUNCIONES

Efectuar el estudio de las normas legales, interpretándolas desde el punto de vista

técnico jurídico tributario a efectos de lograr, con la intervención de las áreas

competentes, la uniformidad de criterios en su aplicación.

Analizar las propuestas de modificaciones a las normas fiscales vigentes, consultando

y asesorando a la Dirección General y Subdirecciones Generales.

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 22

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Coordinar la elaboración, homogeneización y difusión de las normas generales

obligatorias para los contribuyentes, asegurando la disponibilidad de una base de

datos técnicos y jurídicos al efecto.

Registrar y difundir los dictámenes emitidos con relación a la aplicación e

interpretación de la ley fiscal. Supervisar la ejecución de las acciones tendientes a la

determinación impositiva de oficio como así también entender en la instrucción de

sumarios ante la detección de infracciones.

Evaluar y resolver los recursos de reconsideración, de repetición y compensación del

ISIB.

Controlar el registro de la información tendiente al mantenimiento actualizado del

Registro de Reincidencia de Faltas Fiscales.

Recopilar y examinar la jurisprudencia judicial y administrativa y todos los aspectos

relacionados con el acervo bibliográfico en materia tributaria propiciando el dictado de

instrucciones generales y el estudio de la modificación de las normas afectadas por

sentencias definitivas

Analizar cuestiones de interés general, por su alta complejidad, relevancia o novedad

de la materia tributaria cuya interpretación sea de puro derecho y producir los informes

emitiendo opinión fundada.

Dirigir y coordinar proyectos que se le encomienden sobre la relación jurídico –

tributaria de los obligados antes el ISIB.

Intervenir en la planificación y definición de estrategias conjuntas interactuando con las

distintas áreas de Fiscalización y del ISIB relacionadas al accionar de la Dirección.

Elaborar los proyectos definitivos de normas de carácter general de cumplimiento

obligatorio para los contribuyentes y/o responsables

.

DEPARTAMENTO DE ASESORÍA TÉCNICA TRIBUTARIA

FUNCIONES

Recepcionar, analizar y tramitar las sugerencias y presentaciones que efectúen

asociaciones, cámaras, colegios profesionales y demás entidades representativas de

la actividad económica, relacionadas con proyectos de legislación, modificación o

adecuación de las disposiciones tributarias vigentes.

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 23

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)

GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Administrar una base de datos técnico jurídico a través de la recopilación,

ordenamiento y procesamiento de legislación y jurisprudencia judicial y/o

administrativa, disposiciones y normas vinculadas con el régimen tributario.

Analizar y elevar para su resolución los recursos de reconsideración y los recursos de

repetición y de compensación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

Llevar el Registro de Reincidencia de Faltas Fiscales.

Asesorar a las distintas dependencias de la Dirección General de Rentas respecto de

criterios generales y particulares de interpretación y aplicación de la legislación

tributaria. Emitir los informes técnicos.

Realizar la interpretación de las normas vigentes emitiendo opinión de orden técnico,

tributario y/o jurídico a pedido de la administración o de terceros emitiendo los

informes técnicos.

Proponer proyectos de emisión de nuevas normativas o de modificación de las

vigentes, sin perjuicio de la intervención que le corresponde a la Dirección General de

Análisis Fiscal.

DEPARTAMENTO DE PROCEDIMIENTOS TRIBUTARIOS

FUNCIONES

Analizar y resolver en el procedimiento de determinación de oficio y sumario conexo

por infracciones a los deberes materiales.

Analizar y resolver en la instrucción de sumarios independientes por infracciones a los

deberes formales y materiales.

Analizar la corrección del trámite seguido por la inspección, en el marco de los

principios del derecho tributario y del derecho administrativo.

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 24

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DEPARTAMENTO DE GESTIÓN CONTABLE

FUNCIONES

Supervisar la emisión de instrumentos hábiles respecto de toda deuda líquida y

exigible resultante de todo procedimiento tributario.

Verificar las liquidaciones en las determinaciones de oficio y calcular los importes de

las multas que le correspondan en cada caso.

Analizar y proponer las cláusulas de los convenios o planes de pagos especiales para

acordar con los contribuyentes.

Atender los pedidos de planes de facilidades de pago y en todos aquellos que se

conceden por resolución de la Dirección General o del Ministerio de Hacienda.

Supervisar y coordinar el registro y notificación de las resoluciones recaídas en los

pedidos de planes de facilidades y convenios especiales acordados.

Apoyar desde el punto de vista contable a los restantes departamentos de la Dirección

de acuerdo con los requerimientos respectivos.

DEPARTAMENTO DE VERIFICACIÓN DE CONTROL INTERNO

FUNCIONES

Planificar y coordinar el seguimiento técnico informático de las actuaciones de la

Dirección, verificando su existencia física, informando sobre las demoras detectadas y

sosteniendo el seguimiento permanente de actuaciones con prescripción inminente.

Coordinar y supervisar, a través de los recursos informáticos, la clasificación de las

actuaciones de la Dirección de acuerdo con su responsable, sector, tipo y materia.

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 25

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Impulsar las modificaciones al SIAR o el diseño de aplicativos específicos que

permitan optimizar el desarrollo de las funciones técnicas de la Dirección.

Coordinar y supervisar la elaboración de una base de datos con la jurisprudencia en

materia tributaria, producida por los distintos fueros con competencia y la CSJN a

pedido de la Dirección y de los restantes sectores dependientes.

DIRECCIÓN DE COORDINACIÓN TÉCNICA, LEGAL Y ADMINISTRATIVA

FUNCIONES:

Coordinar las propuestas de las distintas áreas dependientes de la DGR, respecto de

las modificaciones de normas sustantivas para su posterior remisión a la Dirección

General de Análisis Fiscal

Coordinar las propuestas de las distintas áreas dependientes de la Dirección General

de Rentas tendientes a modificar o a impulsar normas reglamentarias para su posterior

remisión a la Dirección General de Análisis Fiscal.

Coordinar y elaborar el proyecto de normativa interna conforme a los requerimientos y

propuestas de las distintas áreas dependientes de la Dirección General de Rentas de

carácter netamente operativo.

Evacuar consultas técnicas de carácter general que le sean requeridas por las

distintas áreas del Organismo

Intervenir en la coordinación de todas las actuaciones originadas en la Legislatura de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires donde se planteen modificaciones a la

legislación vigente o nuevos proyectos de normas de contenido tributario como no

tributario, de competencia de la Dirección General de Rentas.

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 26

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Difundir las resoluciones de carácter general y adecuar el funcionamiento del

Organismo a las que arribe la Comisión Arbitral como consecuencia de las cuestiones

sometidas a su consideración, originadas con motivo de la aplicación del Convenio.

Entender en todas las actuaciones o cuestiones relacionadas con la intervención de

los Representantes del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires ante la Comisión

Arbitral

Entender en todas las actuaciones o asuntos vinculados con un “caso concreto” de

acuerdo con los términos del artículo 24, inciso b) del Convenio Multilateral

Entender en todas las actuaciones las actuaciones o asuntos vinculados con el

Recurso de Apelación ante la Comisión Plenaria, de acuerdo con los términos del

artículo 25 del Convenio Multilateral

Analizar e informar con arreglo a la normativa aplicable a las presentaciones

efectuadas sobre la aplicación, fiscalización y percepción de los tributos formulados

por las Asociaciones, Cámaras, Agrupaciones de Profesionales y demás Entidades

Representativas de Sectores Económicos.

Llevar el control del despacho de actuaciones de la Dirección General, verificando el

cumplimiento de las normas de procedimiento administrativo y demás disposiciones

vigentes.

Impulsar conjuntamente con el Departamento Capacitación la ejecución de talleres y

jornadas de debate atinentes a la difusión y aplicación práctica en los diversos

sectores operativos de la Dirección General de Rentas.

DEPARTAMENTO ANTECEDENTES Y REVISIÓN LEGISLATIVA

FUNCIONES:

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 27

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Realizar los estudios y evaluaciones permanentes para proponer, previo consenso con

las distintas áreas del Organismo, las modificaciones a la Ley Tarifaria anual y al

Código Fiscal.

Recopilar de cada una de las dependencias que componen la Dirección General, las

propuestas para la preparación del anteproyecto de decreto reglamentario del Código

Fiscal y de la Ley Tarifaria y mantener su actualización

Coordinar con todas las áreas de la Dirección General el tratamiento de las

modificaciones propuestas.

Recopilar los antecedentes normativos del Convenio Multilateral, analizando los

dictámenes y resoluciones generales de las Comisiones Arbitral y Plenaria.

DEPARTAMENTO ESTUDIOS NORMATIVOS Y TÉCNICAS TRIBUTARIAS

FUNCIONES:

Intervenir en todas las actuaciones en las que se tramitan consultas técnicas de

carácter general que le sean requeridas por las distintas dependencias de la Dirección

General

Evaluar las presentaciones efectuadas por la Asociaciones, Cámaras, Agrupaciones

de Profesionales y demás Entidades Representativas de Sectores Económicos

vinculadas con la aplicación, fiscalización y percepción de los tributos, produciendo el

informe correspondiente

Efectuar el análisis de las normas y criterios de interpretación con el fin de proyectar

las instrucciones para unificar la aplicación de los mismos, en el ámbito de la Dirección

General.

Informar todas las actuaciones originadas en la Legislatura de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires en las cuales se planteen modificaciones a la legislación vigente o

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 28

Page 29: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

nuevos proyectos de normas de contenido tributario y no tributario, de competencia de

la Dirección General.

DEPARTAMENTO TRÁMITE DE ACTUACIONES VINCULADAS CON LA

COMISIÓN ARBITRAL

FUNCIONES:

Tramitar las actuaciones o asuntos vinculados con un “caso concreto” de acuerdo con

lo términos del artículo 24, inciso b) del Convenio Multilateral.

Tramitar las actuaciones o asuntos vinculados con el Recurso de Apelación ante la

Comisión Plenaria, de acuerdo con los términos del artículo 25 del Convenio

Multilateral.

Divulgar las Resoluciones a las que arribe la Comisión Arbitral como consecuencia de

las cuestiones sometidas a su consideración, originadas con motivo de la aplicación

del Convenio en los casos concretos, entre las distintas dependencias del Organismo.

Divulgar las normas generales interpretativas de las cláusulas del Convenio

Multilateral de aplicación obligatoria para esta Jurisdicción, manteniendo un archivo de

las mismas ordenado por tema.

DIRECCIÓN DE COORDINACIÓN JURÍDICA

FUNCIONES

Analizar y elaborar las normas y procedimientos tributarios que correspondan al

otorgamiento de exenciones.

Entender en el tratamiento de los pedidos de exenciones que efectúen los

contribuyentes.

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 29

Page 30: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Coordinar y controlar la actualización de las bases de datos de exentos.

Fomentar el cruzamientos de datos, con organismos Nacionales y Provinciales a fin de

mejorar las bases de otorgamientos de exenciones.

Ejercer la coordinación jurídica en relación a la información de las bases de datos de

los diversos tributos.

Promover las normas y acciones tendientes a mantener la coherencia de la

información contenida en los distintos subsistemas de los tributos.

DEPARTAMENTO DE EXENCIONES INGRESOS BRUTOS

FUNCIONES

Analizar y dictaminar las actuaciones derivadas de tramitaciones de exenciones en el

impuesto sobre los Ingresos Brutos.

Controlar la posible existencia de deuda en el impuesto sobre los Ingresos Brutos, en

el curso de los procedimientos de evaluación para el reconocimiento de exenciones en

el citado impuesto.

Proyectar las resoluciones de exención de Ingresos Brutos para la firma del Director

General.

Evaluar y resolver los recursos de reconsideración interpuestos por los contribuyentes

en casos de exenciones denegadas.

Analizar y dictaminar sobre las actuaciones presentadas por fundaciones,

asociaciones, entidades o comisiones de beneficencia, de bien público, asistencia

social, científicas, artísticas, culturales y deportivas y entidades sin fines de lucro en

general, en relación al tratamiento de sus actividades como exentas o bien a la

alícuota cero por ciento previsto en el ordenamiento tarifario, resolviendo las mismas.

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 30

Page 31: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Evacuar los pedidos de informes y determinar el encuadre fiscal de las consultas

respecto de las exenciones de pleno derecho en el impuesto sobre los Ingresos

Brutos.

DEPARTAMENTO DE EXENCIONES PREDETERMINADAS

FUNCIONES

Analizar y dictaminar las actuaciones derivadas de tramitaciones de exenciones

predeterminadas.

Controlar dominios, domicilios, valuaciones fiscales y deudas pendientes de abono, en

el curso de los procedimientos de evaluación para el otorgamiento de exenciones.

Proyectar las resoluciones de exención para la firma del Director General.

Evaluar y resolver los recursos de reconsideración interpuestos por los contribuyentes

en casos de exenciones denegadas.

Efectuar el control y cumplimiento de los requerimientos que efectúen las distintas

áreas a su cargo a la prestataria del servicio informático.

Proyectar y promover resoluciones y demás normas complementarias en lo que

respecta al otorgamiento de las exenciones en los distintos tributos.

Efectuar informes y estadísticos en relación a los montos dejados de percibir en los

distintos tributos de acuerdo al carácter de la exención.

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 31

Page 32: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Controlar los movimientos del padrón de bienes, dominios y anuncios exentos, (altas,

bajas y modificaciones).

Controlar los movimientos de débitos en la cuenta corriente de los distintos tributos,

(altas, bajas y modificaciones). GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE COBRANZAS

FUNCIONES

Definir las estrategias administrativas y judiciales para la cobranza.

Establecer la normativa interna para la deuda en mora y deuda judicial.

Generar los procedimientos para eficientar la gestión de los mandatarios.

Realizar el seguimiento, evaluación y control de las carteras de mandatarios.

DIRECCIÓN DE COBRANZAS JUDICIALES

FUNCIONES

Aplicar las estrategias establecidas para el cobro judicial pro parte de la subdirección

general de cobranzas

Supervisar la emisión de los títulos ejecutivos para la cobranza coactiva

Evaluar gestionar y controlar las acciones que efectúen los mandatarios en sus

respectivas carteras de juicios

Realizar la adjudicación de los títulos ejecutivos de forma equitativa entre los

mandatarios

DEPARTAMENTO DE GESTIÓN JUDICIAL

FUNCIONES

Realizar la adjudicación de los títulos ejecutivos de forma equitativa entre los

mandatarios

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 32

Page 33: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Mantener actualizados los datos suministrados por los mandatarios a los efectos de

eficientar la tarea de cobranzas

DEPARTAMENTO DE MANDATARIOS

FUNCIONES

Evaluar, gestionar y controlar las acciones que realicen los mandatarios a los efectos

de eficientizar la tarea de cobranzas

Instruir a los mandatarios las acciones correspondientes a los efectos de eficientizar la

tarea de la cobranza coactiva

Generar planes y procedimientos para agilizar el cobro ejecutivo

DIRECCIÓN DE COBRANZAS ADMINISTRATIVAS

FUNCIONES

Establecer los procedimientos para el cobro administrativo de la deuda morosa

Eficientizar y reducir los plazos para hacer efectiva la cobranza en mora.

Realizar estudios para reducir la mora temprana.

Establecer los procedimientos para el cobro administrativo de la deuda en mora de los

Grandes Contribuyentes.

Gestionar el cobro a través de los medios idóneos de la cobranza administrativa.

Actualizar los datos necesarios para la recuperación de la deuda morosa.

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 33

Page 34: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)

GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DEPARTAMENTO DE GESTIÓN DE LA DEUDA EN MORA DE GRANDES

CONTRIBUYENTES

FUNCIONES

Establecer los procedimientos par el cobro administrativo de la deuda en mora de los

grandes contribuyentes.

Gestionar el cobro a través de los medios idóneos de la cobranza administrativa.

Actualizar los datos necesarios para la recuperación de la deuda morosa.

DEPARTAMENTO DE GESTIÓN DE LA DEUDA EN MORA CONTRIBUYENTES

MASIVOS

FUNCIONES

Establecer los procedimientos par el cobro administrativo de la deuda en mora de los

contribuyentes masivos.

Gestionar el cobro a través de los medios idóneos de la cobranza administrativa.

Actualizar los datos necesarios para la recuperación de la deuda morosa.

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECAUDACIÓN Y ATENCIÓN AL

CONTRIBUYENTE

FUNCIONES

Participar y proponer la elaboración de los programas y planes anuales de

recaudación

Dirigir y controlar el proceso de aplicación, percepción y rendición de los gravámenes y

contribuciones a cargo de la DGR e imputar éstos de conformidad con la norma

vigente.

Generar las políticas de incorporación y modificación de datos registrales y de

empadronamiento referidos a los impuestos a cargo del Organismo, de manera de

asegurar que la afectación de los gravámenes se realice sobre una base imponible

completa y actualizada.

Hacer que se cumpla la normativa tributaria y de procedimiento administrativo vigente.

Dirigir y controlar la aplicación de las normas de atención al contribuyente con el objeto

de optimizar la calidad del servicio

DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y CONTROL DE LA RECAUDACIÓN

FUNCIONES

Proponer e implementar los planes y programas para el desarrollo de las actividades

inherentes a la percepción de los gravámenes a cargo del Organismo que tiendan a

asegurar el cumplimiento de los objetivos de recaudación que se establezcan en cada

período.

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 35

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Dirigir y controlar la ejecución de los planes de recaudación, analizando los resultados

obtenidos y generando la información necesaria para apoyar a los niveles superiores

de Dirección en la evaluación y toma de decisiones.

Dirigir y controlar toda la operatoria de rendición de los entes recaudadores y la

correcta afectación de las remesas en las respectivas cuentas e impuestos.

Coordinar y controlar todas las tareas inherentes a la conciliación de la recaudación y

su verificación a fin de garantizar la mejor calidad en la información contenida en el

sistema.

Dirigir, coordinar y controlar la administración de los planes de facilidades de pago

acordados.

Intervenir en la definición y aplicación de pautas generales y particulares para la

emisión y cobro de los impuestos y contribuciones.

Planificar y pautar procedimientos de control fiscal que aseguren el cumplimiento de

todas las obligaciones fiscales de los contribuyentes

Controlar y evaluar el resultado de los procedimientos de control de cumplimiento y

gestión de deuda corriente y financiada en situación de mora temprana.

Asegurar la disponibilidad de información sobre la evolución de la cartera morosa, así

como los resultados de la gestión de su administración.

DEPARTAMENTO RENDICIÓN E IMPUTACIÓN

FUNCIONES

Atender las relaciones con los entes recaudadores y controlar las rendiciones de los

entes recaudadores, su procesamiento e imputación, verificando la acreditación de los

fondos en las cuentas recaudadoras.

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Supervisar la conciliación de la recaudación, a fin de optimizar el control de calidad de

la información ingresada.

Entender en los movimientos de créditos que se efectúen en la cuenta corriente de los

contribuyentes.

Administrar la documentación sobre pagos, comprobantes y partes de recaudación

derivados de la operatoria que desarrolla el Departamento.

Proceder a la confección de informes provenientes del sistema de recaudación,

efectuar el control de las comisiones abonadas a las entidades recaudadoras y en la

liquidación de intereses por depósitos tardíos.

DEPARTAMENTO CONTROL FISCAL

FUNCIONES

Intervenir en la definición y aplicación de normas referidas al Impuesto sobre Ingresos

Brutos y planes de facilidades.

Establecer pautas para definir los universos de contribuyentes del Impuestos sobre los

Ingresos Brutos, de acuerdo con la clasificación de Intermedios, Medianos, Masivos y

del Régimen Simplificado.

Participar en los proyectos de elaboración de planes de facilidades de pago y

regímenes de normalización tributaria.

Planificar y coordinar los procedimientos que permitan y aseguren el control de

cumplimiento de todas las obligaciones fiscales de los contribuyentes Intermedios,

Medianos, Masivos y de los que realizan actividades alcanzadas por la alícuota del

cero por ciento (excluidos los contribuyentes concursados y quebrados y aquellos

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 37

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)

GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

sujetos a procesos de verificación, en tanto se mantengan en ese estado o situación)

con relación al Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

Implementar circuitos que permitan establecer el universo de contribuyentes del

Régimen Simplificado en estado de morosidad a efectos de proceder al control del

cumplimiento de dicha obligación.

Administrar y controlar el cumplimiento de los planes de facilidades de pago de deuda

en gestión administrativa pertenecientes a contribuyentes de Impuesto sobre los

Ingresos Brutos e Impuestos Empadronados.

Controlar y evaluar el resultado de los procedimientos de control de cumplimiento y

gestión de deuda corriente y financiada en situación de mora temprana.

Instar, conforme la normativa vigente, las modificaciones en la cuenta corriente de los

impuestos para el correcto registro de los cambios que correspondan.

Practicar con relación a los planes de facilidades de pago sujetos a su control las

modificaciones y registros que correspondan.

Supervisar y controlar la gestión de cobranzas por: Servicios prestados por distintas

dependencias del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, recupero haberes mal

percibidos, solicitudes efectuadas por particulares de traslados de elementos

Alumbrado Público.

Supervisar y controlar la gestión y verificación del recobro de todas las obligaciones

tributarias cuyo pago se intentó con cheques rechazados (exceptuadas las

correspondientes a grandes contribuyentes).

Controlar las rendiciones de recaudación que efectúan las seccionales del Registro

Nacional de la Propiedad Automotor.

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Impulsar las transferencias puntuales de deuda por todos los impuestos, gravámenes,

tasas y servicios provenientes de los distintos sectores de esta Dirección General,

Dirección de Contaduría General y Procuración General y confeccionar los títulos

ejecutivos base del proceso de ejecución a iniciarse.

DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PADRÓN DE CONTRIBUYENTES

FUNCIONES

Programar, coordinar y controlar la incorporación de altas, bajas y modificaciones de

datos registrales y de empadronamiento a los impuestos a cargo del Organismo,

promoviendo la revisión permanente de los padrones para una eficaz actualización.

Coordinar y controlar la administración y resguardo de toda la documentación de las

bases de datos.

Participar en la definición y aplicación de las normas para los impuestos

predeterminados, así como las que se determinen para el tratamiento del Impuesto a

los Ingresos Brutos y los Grandes Contribuyentes.

Definir las pautas y coordinar la emisión y distribución de los instrumentos de pago.

Coordinar con Organismos nacionales, provinciales y municipales el intercambio de

información para actualizar permanentemente la base de datos de los impuestos a

cargo de la Dirección General.

Controlar la confección anual de la tabla de marcas y valuaciones del Impuesto de

Patentes sobre Vehículos en General.

Coordinar e implementar con la Dirección de Calidad de Atención al Contribuyente y

Coordinación de Centros de Gestión y Participación Comunal, la difusión y aplicación

de los mecanismos de empadronamiento y registro de modificaciones.

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 39

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)

GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DEPARTAMENTO INMOBILIARIO

FUNCIONES

Supervisar la administración de la base de datos registrales de los inmuebles para

asegurar que las altas, bajas y modificaciones en el estado de empadronamiento se

incorporen y la cuenta corriente fiscal.

Supervisar la aplicación de los procedimientos establecidos para cada una de las

operaciones que derivan en modificaciones del padrón.

Intervenir en el proceso de definición de las pautas para la emisión de los instrumentos

de pago, así como los requerimientos específicos a las prestatarias, controlando su

cumplimiento.

Asesorar a la Dirección de Calidad de Atención al Contribuyente y Coordinación de

Centros de Gestión y Participación Comunal, e interactuar con ella en la difusión e

implementación de los procedimientos de empadronamiento y registro de

modificaciones referidas a partidas sujetas al impuesto.

DEPARTAMENTO AUTOMOTORES

FUNCIONES

Supervisar la administración de la base de datos registrales de Vehículos en general y

la contribución de Embarcaciones Deportivas o de Recreación, para asegurar que las

altas, bajas y modificaciones sean incorporadas y la cuenta corriente fiscal.

Administrar y resguardar toda la documentación de respaldo de la información

contenida en la base de datos.

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 40

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Supervisar la aplicación de los procedimientos establecidos para cada una de las

operaciones que derivan en modificaciones en el padrón.

Interactuar con el Registro Nacional de la Propiedad Automotor con relación a la

validación, incorporación y/o modificación de información.

Confeccionar anualmente la tabla de marcas y valuaciones de los vehículos y asignar

la valuación fiscal a los vehículos no contemplados en aquella, durante el transcurso

del ejercicio fiscal.

Supervisar la administración y seguimiento de las valuaciones de los vehículos.

Intervenir en el proceso de definición de las pautas para la emisión de los instrumentos

de pago, así como los requerimientos específicos a las prestatarias, controlando su

cumplimiento.

Asesorar a la Dirección de Calidad y Atención al Contribuyente y Coordinación de

Centros de Gestión y Participación Comunal e interactuar con ella en la difusión e

implementación de los procedimientos de empadronamiento y registro de

modificaciones referidas a los contribuyentes del impuesto.

DEPARTAMENTO INGRESOS BRUTOS

FUNCIONES

Supervisar la administración de la base de datos registrales de los contribuyentes del

Impuesto a los Ingresos Brutos, par asegurar que se incorporen las altas, bajas y

modificaciones pertinentes.

Administrar el envío de la documentación de respaldo de la información contenida en

la base de datos al Archivo.

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 41

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GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Supervisar la aplicación de los procedimientos establecidos para cada una de las

operaciones que deriven en modificaciones de padrón de la base de datos registrales.

Interactuar con los Organismos nacionales, provinciales o comunales intercambiando

información ínterjurisdiccional, para mantener actualizada la base de datos del padrón

del impuesto.

Asesorar a la Dirección de Calidad y Atención al Contribuyente y Coordinación de

Centros de Gestión y Participación Comunal e interactuar con ella en la difusión e

implementación de los procedimientos de empadronamiento y registro de

modificaciones referidas a los contribuyentes del impuesto.

Brindar asesoramiento técnico personalizado a los contribuyentes del Impuesto sobre

los Ingresos Brutos.

Planificar, coordinar y supervisar los procedimientos relativos a la emisión del

Certificado Fiscal para Licitar o Contratar con el Gobierno de la Ciudad de Buenos

Aires.

Verificar el cumplimiento de la normativa vigente.

Controlar y evaluar la evolución de los certificados otorgados o denegados.

Elaborar y elevar los informes de resultados de la gestión de su administración.

Participar en la definición y aplicación de pautas generales y particulares para la

emisión de los Certificados Fiscales.

Dirigir, coordinar y controlar el desarrollo de las tareas relacionadas con la gestión

derivada de la solicitud de Certificado Fiscal.

ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 42

Page 43: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Planificar y coordinar los procedimientos que permitan y aseguren el control de

cumplimiento de todas las obligaciones fiscales relacionadas a la categorización de los

contribuyentes del Régimen Simplificado.

Dirigir, coordinar y controlar el cumplimiento fiscal de los proveedores y concesionarios

y/o permisionarios del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

DEPARTAMENTO GRAVÁMENES VARIOS

FUNCIONES

Supervisar la administración de la base de datos registrales para la percepción y

recaudación de los gravámenes y contribuciones por Publicidad, por el uso y

ocupación de la superficie, espacio aéreo de dominio público o privado y el subsuelo

de la Vía Pública y la venta de tarjetas para el sistema control de estacionamiento

medido.

Interactuar con las dependencias del Gobierno de la Ciudad que habiliten y otorguen

los permisos o registros para el uso de las contribuciones mencionadas anteriormente,

con las incorporaciones y/o modificaciones de datos registrables.

Coordinar los procesos que deban realizarse para la actualización permanente de

sujetos responsables y liquidación de los gravámenes mencionados anteriormente.

Administrar la cuenta corriente de los contribuyentes de los impuestos que se

administran.

Administrar y controlar el cumplimiento de Planes de Facilidades de Pago de los

gravámenes que se administran.

Coordinar y controlar la administración y resguardo de toda la documentación de las

bases de datos registrales.

ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 43

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Intervenir en el proceso de definición de las pautas para la emisión de los instrumentos

de pago, así como los requerimientos específicos a las prestatarias, controlando su

cumplimiento.

Asesorar a la Dirección de Calidad de Atención al Contribuyente y Coordinación

Centros de Gestión y Participación Comunal e interactuar con ella en los mecanismos

para la difusión e implementación de procedimientos y registro de altas y

modificaciones referidas a los contribuyentes de gravámenes predeterminados.

DEPARTAMENTO SELLOS

FUNCIONES

Supervisar la administración de la base de datos registrales para la percepción y

recaudación del impuesto de Sellos.

Interactuar con el Colegio de Escribanos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los

Colegios de las distintas jurisdicciones, Administraciones Nacionales y Provinciales y

los Registros Nacionales de la Propiedad de bienes registrables, a fin de intercambiar

información y mantener actualizada la base de datos de los Escribanos, en su carácter

de agentes de recaudación y demás sujetos responsables del impuesto de Sellos.

Coordinar los procesos que deban realizarse para la actualización permanente de

sujetos responsables del impuesto de Sellos.

Administrar la cuenta corriente de los agentes de recaudación y sujetos responsables

del impuesto de Sellos.

Coordinar y controlar la administración y resguardo de toda la documentación de las

bases de datos registrales.

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 44

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Intervenir en el proceso de definición de las pautas para la emisión de los instrumentos

de pago, así como los requerimientos específicos a las prestatarias, controlando su

cumplimiento.

Asesorar a la Dirección de Calidad de Atención al Contribuyente y Coordinación de

Centros de Gestión y Participación Comunal e interactuar con ellas en los mecanismos

para la difusión e implementación de procedimientos y registro de altas y

modificaciones referidas a los contribuyentes del impuesto de Sellos.

DIRECCIÓN DE CALIDAD DE ATENCIÓN AL CONTRIBUYENTE Y

COORDINACIÓN DE CENTROS DE GESTIÓN Y PARTICIPACIÓN COMUNAL

FUNCIONES

Coordinar y supervisar el desarrollo de las tareas vinculadas a la atención de los

contribuyentes en los Centros de Gestión y Participación Comunal, delegaciones en

Colegio de Abogados, Colegio de Graduados de Ciencias Económicas y Consejo

Profesional de Ciencias de Económicas, el Call-Center y la Sede Central.

Coordinar y supervisar el desarrollo de las tareas vinculadas con altas, bajas y

modificaciones que se operen desde los C. G. P.C, en la base de datos registrales de

los contribuyentes.

Implantar las políticas y procedimientos generales de administración de los recursos

humanos, en los CGPC, el Colegio de Abogados, el Colegio de Graduados de

Ciencias Económicas, el Consejo Profesional de Ciencias de Económicas, el Call-

Center y la Sede Central.

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Atender los requerimientos tecnológicos e informáticos de los CGPC, el Colegio de

Abogados, el Colegio de Graduados de Ciencias Económicas, el Consejo Profesional

de Ciencias de Económicas, el Call-Center y la Sede Central.

Controlar la aplicación de las normas aprobadas de atención a los contribuyentes.

Implementar y coordinar la metodología de respuesta al contribuyente en los CGPC, el

Colegio de Abogados, el Colegio de Graduados de Ciencias Económicas, el Consejo

Profesional de Ciencias de Económicas, el Call-Center y la Sede Central.

Elaborar informes de medición y seguimiento de la calidad del servicio de atención al

contribuyente.

DEPARTAMENTO MESA DE ENTRADAS DE CGPC

FUNCIONES

Coordinar y controlar con los supervisores designados en cada delegación las tareas

de atención a los contribuyentes y la documentación respaldatoria de los trámites que

se realizan.

Coordinar el suministro de información personalizada y provisión de todos los

instrumentos y útiles que facilitan una optima atención.

Reunir, confeccionar y coordinar estadísticas que reflejen los resultados de respuesta

de cada impuesto y cada CGPC demostrando el desempeño y la gestión que se

realiza en todas las delegaciones asignadas.

Controlar, evaluar e impulsar las quejas felicitaciones y sugerencias, que se producen

en las delegaciones de CGPC e incorporar los resultados a la estadística general .

Coordinar y organizar las tareas que se realizan en delegaciones conjuntamente con el

Departamento Coordinación CGPC.

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)

GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DEPARTAMENTO COORDINACIÓN CGPC.

FUNCIONES

Brindar respaldo a todas las delegaciones de esta Dirección en los Centros de Gestión

y Participación Comunal y organismos fuera de nivel asignados a esta área y controlar

su desenvolvimiento.

Representar en los CGPC a Dirección General de Rentas ante distintas circunstancias.

Coordinar, supervisar y orientar las tareas que realizan los divisionales supervisores y

personal, considerando los reordenamiento de agentes.

Realizar y proyectar una permanente interrelación y comunicación con personal de

conducción a su cargo, con el objetivo de primar los mejores resultados conjuntos.

Programar, coordinar y relevar las tareas y el desempeño de los recursos

Analizar, proyectar y evaluar el cumplimiento de los procedimientos establecidos

considerando distintos aspectos como ubicación geográfica, demanda de publico,

mayor afluencia por impuesto, etc.

Coordinar y organizar las tareas que se realizan en delegaciones conjuntamente con el

Área Mesa de Entradas y Estadísticas de las delegaciones.

DEPARTAMENTO ORIENTACIÓN PERSONALIZADA

FUNCIONES

Brindar atención personalizada y orientación en la sede central de Dirección de Rentas

y Call Center.

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 47

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Coordinar y supervisar las tareas de atención a los contribuyentes referidas a

orientación, asesoramiento e información en sede central y Call Center .

Controlar, supervisar y capacitar a todo el personal designado en los sectores

orientadores y Call Center.

Supervisar y gestionar el tramite de recepción de quejas, felicitaciones y sugerencias ,

realizadas en la Dirección de Rentas, Call Center y CGPC.

Participar en la confección de estadísticas de atención al público y gestión en sede

central y Call Center.

Interrelacionar con los Departamentos de la Dirección en los controles y

desenvolvimiento en todos los respectivos sectores con el objeto de homogeneizar y

alimentar los canales de atención y comunicación.

DEPARTAMENTO DE TRÁMITES COMPLEMENTARIOS DE IMPUESTOS

EMPADRONADOS

FUNCIONES

Atención on-line y asistencia de puestos de auto-consulta en la planta baja de la sede

central y atención personalizada de todos los planes de facilidades vigentes.

Coordinar y supervisar las tareas y el personal designado para la atención de

contribuyentes en sede central que soliciten instrumentos de pago, constancias,

certificación de documentación y otros.

Supervisar el ingreso en la base de datos de las modificaciones al padrón de los

impuestos Inmobiliario y Patentes sobre Vehículos en General.

Supervisar y controlar el ingreso de planes de facilidades y resguardar la

documentación respaldatoria.

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 48

Page 49: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Coordinar y supervisar la inscripción, atención y matriculación de mandatarios por

cuenta de terceros para trámites de Patentes sobre Vehículos en General.

Interrelacionar con los Departamento Coordinación CGPC y Orientación Personalizada

a efectos de homogeneizar y actualizar permanentemente los canales de atención y

comunicación.

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 49

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE GRANDES CONTRIBUYENTES Y

AGENTES DE RECAUDACIÓN

FUNCIONES:

Participar y proponer la elaboración de los programas y planes anuales de

recaudación de los contribuyentes calificados como Grandes Contribuyentes y los

Agentes de Recaudación.

Dirigir y controlar el proceso de aplicación, percepción y rendición de los gravámenes y

contribuciones de los contribuyentes calificados como Grandes Contribuyentes y los

Agentes de Recaudación.

Participar en las políticas de definición de las calificaciones de los contribuyentes,

impulsando su inclusión o exclusión como agentes de recaudación o grandes

contribuyentes.

Elaborar planes de fiscalización de acuerdo a índices obtenidos del comportamiento

de los sujetos bajo la orbita de esta Sub Dirección General

Proponer ingresos y egresos, y controlar la administración del padrón de Agentes de

Recaudación.

Hacer que se cumpla la normativa tributaria y de procedimiento administrativo vigente.

DIRECCIÓN DE GRANDES CONTRIBUYENTES

FUNCIONES

Participar en la definición y aflicción de las pautas de emisiones generales y

particulares que se determinen para el tratamiento de los contribuyentes calificados

como Grandes Contribuyentes, garantizando que se contemple cualitativa y

cuantitativamente, el universo imponible.

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 50

Page 51: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Asistir al Sub director general en el desarrollo de las tareas relacionadas con la

gestión, rendición e imputación de la recaudación derivada del cobro de tributos a

grandes contribuyentes.

DEPARTAMENTO PADRÓN DE GRANDES CONTRIBUYENTES

FUNCIONES

Supervisar el ingreso, seguimiento y modificación en las bases de datos registrales de

todos los impuestos a cargo de la DGR, de las marcas e indicadores que se

determinen para asegurar la identificación de los grandes contribuyentes, de acuerdo a

las pautas que para ello hayan definido los niveles superiores de la Dirección del

Organismo, para garantizar el conocimiento de esta información en forma fehaciente y

actualizada en cada momento.

Administrar y resguardar toda la documentación respaldatoria de la información

requerida para el registro de esta categoría de contribuyentes.

Supervisar la aplicación de los procedimientos establecidos para la incorporación de

modificaciones de situación.

Intervenir en la definición y control de aplicación de las pautas para la emisión de

normas que se generen para este segmento de contribuyentes.

Impulsar la emisión y distribución de las notificaciones de la Dirección de Grandes

Contribuyentes.

DEPARTAMENTO CONTROL DE RECAUDACIÓN

FUNCIONES

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 51

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Planificar y coordinar los procedimientos que aseguren el control del cumplimiento de

todas las obligaciones fiscales de los Grandes Contribuyentes garantizando que se

alcancen los objetivos de recaudación previstos y procurando la reducción de la mora

temprana.

Administrar y controlar las cuentas corrientes de los Grandes Contribuyentes.

Elaboración de informes sobre la detección de errores, desvíos e incumplimientos para

facilitar la toma de decisiones.

Verificar el cumplimiento de la normativa vigente.

Controlar y evaluar el resultado de los procedimientos de gestión de deuda corriente,

financiada y financiada concursal, produciendo estadísticas e informes de gestión de

las funciones a su cargo

Implementar los mecanismos de cruzamiento de información del universo de grandes

contribuyentes con las bases de AFIP y otros organismos de control que permitan

detectar diferencias presuntivas de situaciones de evasión y/o elusión.

Planificar e implementar los procedimientos que permitan el seguimiento, control y

registro de la deuda a transferir a gestión judicial .

Participar en la definición y aplicación de las pautas para la emisión de normas

dirigidas al cumplimiento de las obligaciones por parte de los Grandes Contribuyentes.

DEPARTAMENTO AGENTES DE RECAUDACIÓN

FUNCIONES

Participar en la elaboración, creación e implementación de los Regímenes de

Recaudación que aseguren el logro de los objetivos de recaudación y control fijados

por la Dirección de Grandes Contribuyentes.

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 52

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)

GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Planificar e implementar los procedimientos que permitan el seguimiento y control de

los Agentes de Recaudación.

Identificar y registrar las modificaciones de los datos de empadronamiento de los

Agentes de Recaudación de acuerdo a los procedimientos establecidos para la

incorporación de modificaciones de situación.

Administrar y resguardar toda la documentación respaldatoria de la información

requerida para el registro de los Agentes de Recaudación.

Producir estadísticas e informes de gestión de las funciones a su cargo.

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 53

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)

GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE FISCALIZACIÓN

FUNCIONES

Definir y proponer mecanismos de control que se orienten a garantizar el fiel

cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes y

responsables.

Coordinar las actividades de inteligencia fiscal que se implementen, evaluando los

informes de actuación y apoyando en la toma de decisiones respecto de los resultados

obtenidos.

Supervisar la elaboración de planes y programas de fiscalización, asegurando que

contemplen en su metodología el análisis y evaluación de información precisa y

detallada de los contribuyentes y responsables a fiscalizar.

Dirigir la implementación de pautas de control e inspección de segmentos específicos

de contribuyentes, con el fin de organizar las acciones fiscalizadoras que se lleven a

cabo y optimizar los resultados de la gestión; tomando en cuenta tanto actividades

económicas como zonas geográficas.

Evaluar periódicamente la marcha de los mecanismos implementados a fin de

organizar las acciones fiscalizadoras que se lleven a cabo y optimizar los resultados

de la gestión.

Evaluar periódicamente la marcha de los mecanismos implementados a fin de permitir

el conocimiento de lo actuado en forma completa y detallada y a la vez proponer

medidas correctivas para la mejora continua del control.

Seguir y controlar los resultados alcanzados en el desarrollo de las tareas de

fiscalización para garantizar que los mismos sean acordes con las metas definidas

para cada período y facilitar la decisión respecto de la implementación de acciones

correctoras ante la detección de desvíos.

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 54

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)

GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN INTELIGENCIA FISCAL

FUNCIONES

Definir el programa de fiscalización anual contemplando las diferentes acciones a

desarrollar en función de los recursos disponibles y de los resultados esperados.

Planificar relevamientos e investigaciones relacionadas con probables delitos

tributarios, acciones u omisiones por parte de los contribuyentes y responsables, en

perjuicio de la CABA, seleccionando los casos o población a fiscalizar.

Dirigir el seguimiento y control de las actividades de inteligencia fiscal que se

implementen, elaborando y procesando toda la información, elevando los informes de

las tareas desarrolladas y resultados obtenidos para apoyar la toma de decisiones al

respecto.

Coordinar con otros organismos de control e investigación el intercambio de

información. Así como la concreción de acuerdos para la realización de acciones u

operativos conjuntos sobre contribuyentes y/o responsables.

Asesorar e intervenir en el análisis de situaciones controvertidas, emergentes de las

investigaciones realizadas, elevando los informes pertinentes con el fin de facilitar la

definición de las acciones a tomar en cada caso.

Analizar y proponer nuevas reglamentaciones, normas y procedimientos y/o

modificaciones a las vigentes que regulan y enmarcan las acciones de fiscalización y

detección de anomalías, de manera de apoyar en la mejora continua de la eficiencia

en la gestión del Organismo.

DEPARTAMENTO ANÁLISIS E INVESTIGACIÓN FISCAL

FUNCIONES

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Elaborar el Plan Anual de Fiscalización (PAF). Controlar su ejecución, medir y evaluar

los desvíos que se produzcan.

Elaborar estrategias de análisis a fin de establecer parámetros de comportamiento

fiscal por actividad.

Investigar, analizar y evaluar el nivel de cumplimiento fiscal de los contribuyentes.

Establecer en cada caso, la problemática detectada y los indicios de interés fiscal

involucrado.

Analizar y evaluar las solicitudes de mayor alcance que remita la Dirección de

Inspecciones y Verificaciones.

Clasificar y sistematizar los casos analizados.

Seleccionar y proponer los contribuyentes a fiscalizar.

Emitir opinión sobre el nivel de complejidad de las tareas de fiscalización necesarias

para el análisis de la problemática de cada caso.

Proponer la implementación de mecanismos de intercambio de información con

organismos de recaudación, otras áreas de la Dirección General de Rentas, terceros y

contribuyentes.

Elaborar informes periódicos de gestión sobre el avance del Plan Anual de

Fiscalización (PAF) y sobre los resultados de las investigaciones y análisis realizados

DEPARTAMENTO REVISIÓN Y NORMAS DE FISCALIZACIÓN

FUNCIONES

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 56

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Elaborar y proponer metodologías generales de fiscalización, instrucciones de trabajo

y procedimientos específicos de auditoría tributaria.

Analizar y proponer mejoras a las normas y a los procedimientos vigentes que regulan

las acciones de fiscalización.

Entender e intervenir a través de grupos de trabajo, en la definición y elaboración de

los formularios, reportes específicos y demás elementos a utilizar en los planes de

fiscalización.

Entender en el análisis, selección y desarrollo de las normas de procedimiento

adecuados a los planes de fiscalización.

Revisar por muestreo las tareas desarrolladas a través de la revisión de las

inspecciones descargadas.

Requerir a los contribuyentes o a terceros, información adicional a la contenida en el

cargo, a los fines de una adecuada revisión.

Solicitar, en carácter de devolución, los informes ampliatorios y compulsas adicionales

que considere necesarios con motivo de los resultados de la revisión.

DEPARTAMENTO ASIGNACIÓN Y ANÁLISIS DE CARGOS DE INSPECCIÓN

FUNCIONES

Clasificar, por nivel de complejidad técnica, los análisis de comportamiento fiscal que

le son remitidos.

Proponer el tipo de Plan de Fiscalización adecuado a la problemática que plantea cada

caso.

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 57

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Elaborar y mantener actualizada una base de datos con información relevante de

inspectores a los fines de una apropiada asignación.

Proponer metodologías normalizadas de asignación de cargos.

Elaborar información de gestión relacionada con el volumen y tipología de cargos en

curso y descargados, su evolución y resultados.

Analizar la conducta observada de parte de los contribuyentes respecto de los cargos

concluidos por la Dirección Fiscalización Integral y Operativos Especiales, así como

también por la Dirección Fiscalización Interna y Operativos Masivos.

DIRECCIÓN FISCALIZACIÓN INTERNA Y OPERATIVOS MASIVOS

FUNCIONES

Proponer a la superioridad las zonas geográficas a fiscalizar.

Realizar los operativos masivos de fiscalización catastral que se establezcan, llevando

estadísticas de las actividades realizadas y elevando informes relativos a los

resultados obtenidos que faciliten el seguimiento de la gestión y toma de decisiones.

Proponer a la superioridad los operativos masivos a realizarse, que contemplen el

análisis y evaluación previa de información detallada de los contribuyentes y/o

responsables seleccionados a tal fin.

Preparar y elevar a consideración de la superioridad los informes técnicos, contables y

estadísticos de las inspecciones realizadas, que permitan conocer la situación de los

contribuyentes respecto del cumplimiento de sus obligaciones fiscales y/o de desvíos e

irregularidades detectadas.

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 58

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Definir la política de cargos de actuaciones para empresas que se encuentran

concursadas o en procesos de quiebra, utilizando para ello parámetros relevantes y/o

datos provenientes de otros organismos.

Supervisar las acciones que se implementen para la determinación administrativa de la

deuda en los casos de quiebras.

Controlar el cumplimiento de las pautas establecidas para el desarrollo de las tareas a

su cargo.

DEPARTAMENTO CONCURSOS Y QUIEBRAS

FUNCIONES:

Evaluar la conveniencia de la realización de la fiscalización atendiendo el interés fiscal

y la relación costo beneficio, sobre todo en los posibles casos de extraña jurisdicción.

Verificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales a cargo de los contribuyentes o

responsables concursados y/o quebrados con el objeto de lograr en tiempo y forma la

remisión a la Procuración General para su posterior verificación de las acreencias ante

el juzgado interviniente.

Entender en el proyecto de normas, instrucciones, procedimientos, planes y

programas relacionados con el área de su competencia.

Realizar los estudios técnicos e investigaciones necesarias para mantener y asegurar

un sistema de fiscalización eficiente.

Responder mediante la elaboración de informes, los requerimientos de las distintas

áreas respecto de los contribuyentes concursados.

Responder oficios judiciales cursados por los diferentes juzgados del país, así como

también las notas remitidas por la Procuración General.

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 59

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Elevar a la Dirección Fiscalización Interna y Operativos Masivos la propuesta de

archivo de las actuaciones que no presenten interés fiscal.

Mantener un inventario permanente de cargos terminados, así como también de sus

resultados.

Emitir informes periódicos, sobre las tareas realizadas y el grado de avance de los

cargos, elevándolo a la Dirección Fiscalización Interna y Operativos Masivos para su

evaluación.

Controlar el cumplimiento de las pautas establecidas para el desarrollo de las tareas a

su cargo.

DEPARTAMENTO FISCALIZACIÓN INTERNA

FUNCIONES

Efectuar fiscalizaciones impositivas internas sobre los contribuyentes que habiendo

sido seleccionados por la Dirección de Inteligencia Fiscal, hayan sido citados, con el

fin de corroborar el fiel cumplimiento de los requisitos formales y materiales respecto

de sus obligaciones fiscales.

Preparar y elevar a consideración los informes técnicos, contables y estadísticos de

las verificaciones realizadas, que permitan conocer la situación de los contribuyentes

citados respecto del cumplimiento de sus obligaciones fiscales y/o de desvíos e

irregularidades detectadas.

Preparar y elevar un reporte periódico del Departamento respecto de los

contribuyentes que habiendo sido citados, no han concurrido.

Determinar e informar respecto de aquellos contribuyentes que ante ciertos índices

determinados y no justificados, corresponderían ser objeto de inspección por parte de

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 60

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

los Departamentos dependientes de la Dirección Fiscalización Integral y Operativos

Especiales.

Confeccionar estadísticas mensuales del Departamento, reflejando en ellas el

movimiento de entradas y salidas de actuaciones, recaudación y resultados obtenidos,

así como también de las que tiene en trámite de verificación.

Controlar el cumplimiento de las pautas establecidas para el desarrollo de las tareas a

su cargo.

DEPARTAMENTO OPERATIVOS MASIVOS

FUNCIONES

Mantener la presencia permanente del organismo, verificar las distintas zonas

geográficas de la ciudad, e incentivar el cumplimiento voluntario de las obligaciones a

cargo de los contribuyentes.

Realizar los operativos masivos de fiscalización catastral que se establezcan, llevando

estadísticas de las actividades realizadas y elevando informes relativos a los

resultados obtenidos que faciliten el seguimiento de la gestión y toma de decisiones.

Proponer a la superioridad las zonas a fiscalizar mediante la realización de operativos,

que contemplen el análisis y evaluación previa de información detallada de los

contribuyentes y/o responsables seleccionados a tal fin.

Efectuar las verificaciones a contribuyentes seleccionados con el fin de corroborar el

correcto cumplimiento de los requisitos formales y materiales establecidos respecto de

sus obligaciones fiscales.

Coordinar la realización de inspecciones conjuntas con otros organismos que efectúan

tareas de contralor.

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 61

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Preparar y elevar a consideración de la superioridad los informes técnicos, contables y

estadísticos de las inspecciones realizadas, que permitan conocer la situación de los

contribuyentes respecto del cumplimiento de sus obligaciones fiscales y/o de desvíos e

irregularidades detectadas.

Controlar el cumplimiento de las pautas establecidas para el desarrollo de las tareas a

su cargo.

DIRECCIÓN FISCALIZACIÓN INTEGRAL Y OPERATIVOS ESPECIALES

FUNCIONES

Indicar las metodologías de fiscalización integral, que contemplen el análisis y

evaluación previa de información precisa y detallada de los contribuyentes y/o

responsables a fiscalizar.

Indicar los operativos especiales a realizarse, que contemplen el análisis y evaluación

previa de información precisa y detallada de los contribuyentes y/o responsables

seleccionados a tal fin.

Controlar la administración, registración y seguimiento de lo actuado por los

verificadores en el marco de los planes y programas aprobados con el fin de asegurar

la ejecución y el cumplimiento de las acciones fiscalizadoras.

Controlar los resultados alcanzados en el desarrollo de las tareas de fiscalización

asegurando la disponibilidad en tiempo y forma, de la información correspondiente

tanto para la Subdirección General de Fiscalización como para la Dirección de

Inteligencia Fiscal.

Administrar y gestionar la cobertura de las necesidades de recursos humanos y

materiales que se requieran para garantizar el cumplimiento óptimo de las funciones

de fiscalización.

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 62

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)

GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Mantener un inventario permanente de inspecciones terminadas, y derivadas a otras

áreas, así como también de sus resultados, solicitando a los Departamentos a su

cargo, en forma periódica, un informe del estado.

DEPARTAMENTO EXTERNA A

DEPARTAMENTO EXTERNA B

DEPARTAMENTO EXTERNA C

FUNCIONES

Realizar las inspecciones y verificaciones que determine la Dirección de Inteligencia

Fiscal, y en el caso de corresponder, efectuar las determinaciones impositivas, con el

fin de asegurar el cumplimiento por parte de los contribuyentes, de los requisitos

formales y materiales que se hayan establecido respecto de sus obligaciones y/o

aplicar las sanciones contempladas.

Realizar los operativos especiales de fiscalización integral que se establezcan llevando

estadísticas de las actividades realizadas y elevando informes relativos a los

resultados obtenidos que faciliten el seguimiento de la gestión y la toma de decisiones.

Efectuar las verificaciones a contribuyentes seleccionados con el fin de corroborar el

correcto cumplimiento de los requisitos formales y materiales establecidos respecto de

sus obligaciones fiscales.

Preparar y elevar a consideración los informes técnicos, contables y estadísticos de

las inspecciones realizadas en relación a la situación fiscal de los contribuyentes

incluidos en planes generales y específicos de fiscalización, que permitan conocer la

situación de los contribuyentes citados respecto del cumplimiento de sus obligaciones

fiscales y/o de desvíos e irregularidades detectadas.

Controlar el cumplimiento de las pautas establecidas para el desarrollo de las tareas a

su cargo.

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 63

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)

GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DEPARTAMENTO VERIFICACIÓN Y DESCARGOS

FUNCIONES

Recepción, intervención y control de las actuaciones de inspecciones descargadas,

verificar el cumplimiento de aspectos formales y control de legalidad.

Verificar y corroborar de la cuenta corriente del contribuyente que habiendo

conformado ajustes de inspección, haya realizado las presentaciones de las

declaraciones juradas rectificativas pertinentes con la cancelación de la deuda

respectiva o la inclusión en planes de pago vigentes.

Emisión de boleta de deuda en caso de contribuyentes que no regularicen los ajustes

conformados, para el inicio de acciones ejecutivas que garanticen el cobro.

Elevación de actuaciones para la aplicación de posibles sanciones.

DEPARTAMENTO REVISIÓN Y CONTROL DE FISCALIZACIÓN

FUNCIONES

Definir la metodología a aplicar en las áreas dependientes de la Subdirección General

de Fiscalización, que permita establecer el resultado de la gestión desarrollada por las

mismas.

Brindar conformación expresa en la providencia de remisión en la que se sustancien

procedimientos de captación de datos que generen la apertura del procedimiento de

determinación de oficio o el archivo por falta de interés fiscal.

Clasificar, sistematizar y llevar una estadística de los casos analizados, así como de

aquellos en los que hubiere hallado anomalías o discrepancias.

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 64

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Supervisar la ejecución de revisiones y auditorias de campo de las inspecciones en

curso y/o finalizadas, y/o de cualquiera de las tareas desarrolladas por el personal que

preste servicio en la Subdirección General de Fiscalización

Supervisar la ejecución de las tareas desarrolladas por las distintas áreas de la

Subdirección General de Fiscalización, con el fin de constatar que las actuaciones se

adecuen a las normas vigentes, evaluando el nivel de cumplimiento alcanzado como

intento de detección de posibles irregularidades, propiciando al mismo tiempo cursos

de acción para la corrección de los desvíos detectados.

Recepcionar e intervenir en el diligenciamiento de actuaciones correspondientes a

inspecciones y/o verificaciones que involucren tramitación de Boletas de Transferencia

de Deudas, a efectos de controlar la correcta aplicación del ordenamiento vigente en la

emisión de los referidos títulos ejecutivos.

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 65

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE EMPADRONAMIENTO INMOBILIARIO

FUNCIONES

Realizar las valuaciones fiscales de los inmuebles de la Ciudad con arreglo a las leyes

específicas vigentes en la materia, conformando con su empadronamiento, registro y

mantenimiento, la base imponible necesaria para emitir los gravámenes inmobiliarios

de Ley.

DEPARTAMENTO DE INVESTIGACION Y ACTUALIZACION FISCAL

FUNCIONES

Recopilar y procesar datos estadísticos que permitan la toma de decisiones en materia

de incorporación de novedades al padrón inmobiliario.

Determinar y priorizar las acciones necesarias para mantener actualizado el padrón

inmobiliario.

DIRECCIÓN TÉCNICA

FUNCIONES

Ejecutar todas las tareas de estudio y encuadramiento jurídico administrativo de las

actuaciones relacionadas con valuaciones fiscales inmobiliarias, en orden a la

determinación, informatización, notificación y encausamiento de las mismas para

permitir recaudar los gravámenes inmobiliarios.

DEPARTAMENTO DE ENLACE TÉCNICO

FUNCIONES

Recibir y distribuir todas las actuaciones que ingresen a la Dirección General Adjunta.

Confeccionar y diligenciar las notificaciones pertinentes, utilizando los distintos medios

previstos en la Ley. Atender y proveer los pedidos de vista y testimonios que le sean

requeridos.

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 66

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Realizar todas las tareas de coordinación técnica entre los sectores de la Dirección

General Adjunta y los de otras dependencias que resulten necesarios para desarrollar

con eficacia el objetivo propuesto.

DEPARTAMENTO OPERATIVA

FUNCIONES

Realizar el estudio de las actuaciones conforme al plexo normativo vigente en materia

valuatoria, produciendo la información correspondiente y/o proyectando el acto

administrativo que corresponda.

Realizar la adecuación técnico administrativa que requieren las incorporaciones y/o

modificaciones al Padrón Inmobiliario, remitiéndolas para su inclusión en el mismo.

Realizar el control de la información ya sistematizada, dándole el curso necesario para

las notificaciones del caso.

Realizar la tramitación de todos los oficios judiciales y requerimientos producidos por

la Procuración General que ingresen a la Subdirección General.

DEPARTAMENTO DE RECURSOS

FUNCIONES

Sustanciar los recursos administrativos interpuestos contra las valuaciones fiscales,

proyectando los actos administrativos a que hubiere lugar conforme a la Ley.

DEPARTAMENTO DE PLANIMETRÍA

FUNCIONES

Ajustar el Catastro físico con el Catastro económico por medio de la asignación de

partidas matrices.

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 67

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Registrar las modificaciones perimetrales parcelarias en base a la documentación que

se reciba.

Mantener actualizado el Catastro físico de la Ciudad de Buenos Aires de conformidad

con lo informado por la Dirección General de Registros de Obras y Catastro.

DIRECCIÓN DE INSPECCIONES

FUNCIONES

Planificar y dirigir las inspecciones que resulten necesarias para cumplir con el

cometido de la Dirección General Adjunta, sujetando su realización a los parámetros

técnicos en vigor.

DEPARTAMENTO ZONA A

DEPARTAMENTO ZONA B

DEPARTAMENTO ZONA C

FUNCIONES

Distribuir, ordenar y supervisar las inspecciones técnicas que se le encomienden en

los distintos circuitos de la Ciudad, con arreglo a la normativa vigente en materia de

valuaciones fiscales inmobiliarias.

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 68

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS AL CONTRIBUYENTE

FUNCIONES

Definir planes y programas que mejoren, faciliten y agilicen la presentación y pago de

los tributos.

Coordinar planes y programas de mejora continua en la calidad de atención al

contribuyente.

Establecer políticas de atención al contribuyente.

Definir objetivos específicos de Calidad de Atención al Contribuyente.

Coordinar programas de Cap

acitación permanente.

Participar en el desarrollo e implementación de nuevos servicios y procesos de

modernización y/o mejora en los procedimientos administrativos e informáticos.

Definir manuales de procedimiento, proponer modificaciones en los existentes,

estructurar cursogramas o circuitos administrativos, así como de registro y archivo

para los procesos y tareas que se realicen el ámbito de la AGIP.

Coordinar procesos conjuntos con la Subdirección de Recaudación y Atención al

Contribuyente y de Operaciones y Sistemas.

DIRECCIÓN DE SERVICIOS Y DESARROLLO

FUNCIONES

Ejecutar y Controlar la aplicación de los programas y procesos que competen a la

atención al contribuyente.

Controlar el cumplimiento y aplicación de los procedimientos establecidos.

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Prepara informes de gestión de las distintas áreas de Atención al Contribuyente.

Generar reportes de Calidad de Atención al Contribuyentes, mediante cumplimiento de

objetivos.

DEPARTAMENTO DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL

FUNCIONES

Trabajar en las herramientas y materiales que den soporte a la ejecución de la

plataforma de comunicación y mensajes claves elaborados por la AGIP.

Contribuir a la implementación de la estrategia de comunicación destinada a todos los

actores, internos y externos de la AGIP.

Colaborar en la confección de programas y proyectos destinados a mejorar la calidad

de la información difundida por la AGIP.

Elaborar informes de gestión.

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SISTEMAS

FUNCIONES

Impartir normas, políticas y lineamientos en materia de tecnologías de Información y

comunicaciones con el fin de regular su uso y desarrollo.

Dirigir el desarrollo, implementación, operación y mantenimiento de los sistemas

informáticos que operan en la Dirección General de Rentas.

Coordinar el diseño, instalación, mantenimiento y operación de la red de

telecomunicaciones de voz, datos e imágenes, incluyendo los enlaces, redes locales y

remotas, así como el hardware, software y servicios que en ella estuvieran

involucrados.

Dirigir el diseño, implementación y ejecución de los procedimientos de seguridad

informática lógica y física asociada a los recursos de telecomunicaciones, hardware,

software de base y software aplicativo.

Promover la interrelación de la Institución con su entorno para el desarrollo de la

informática y la tecnología en la A.G.I.P. y facilitar el acceso a la información a los

contribuyentes y terceros.

Coordinar la instalación, configuración, mantenimiento y administración del software de

base y del hardware de las estaciones de trabajo, servidores, computadores centrales

y equipos asociados.

Definir, evaluar y coordinar, conjuntamente con el responsable del Área Proyectos

Especiales del BCBA los desarrollos contenidos ene. Sistema SIAC

DEPARTAMENTO SEGURIDAD

FUNCIONES

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Entender en todas las tareas inherentes a la seguridad lógica y física del

equipamiento, software y aplicaciones informáticas, que almacenan, resguardan,

procesan, recepcionan y transmiten información, en el ámbito de la Dirección General

de Rentas.

Implementar y administrar los dispositivos físicos y lógicos tendientes a mantener la

seguridad física y lógica del organismo.

Elaborar, emitir y mantener las políticas y procedimientos de seguridad lógica y física.

Coordinar las tareas tendientes a la implementación y mantenimiento de la seguridad

entre las distintas áreas.

Controlar los eventos de seguridad (Log´s) generando los informes de gestión

correspondiente.

Participar en la definición de los perfiles para la asignación de autorizaciones de

acceso a datos, aplicaciones y red.

DIRECCIÓN TECNOLOGÍAS INFORMÁTICAS

FUNCIONES

Asesorar y elaborar proyectos referidos a las políticas y estrategias sobre

administración de información, de comunicaciones y de nuevos desarrollos

tecnológicos en sus aspectos técnicos y económicos que coadyuven a optimizar la

gestión tributaria.

Asesorar y elaborar proyectos de desarrollo, implementación, compatibilización e

integración de nuevas tecnologías, de administración de la información y

comunicaciones para los sistemas informáticos centrales de la A.G.I.P. y

descentralizados.

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Participar y coordinar en la fijación de políticas de seguridad respecto de las áreas a

su cargo y de su interrelación con las demás áreas.

Elaborar informes de gestión y pliegos técnicos.

DEPARTAMENTO COMUNICACIÓN

FUNCIONES

Coordinar, dirigir y planificar la administración, operación y el mantenimiento

preventivo y correctivo de los sistemas de comunicaciones (voz y datos) de la A.G.I.P.

a fin de garantizar la optima prestación de sus servicios, en un todo de acuerdo con las

políticas y estándares del Organismo y del GCBA.

Planificar la configuración de la central telefónica de la A.G.I.P..

Coordinar las tareas referidas garantizar el correcto funcionamiento de los dispositivos

de seguridad.

Participar en la elaboración del presupuesto y planes de capacitación anual, referente

al área.

Definir, coordinar y asignar los recursos humanos y técnicos para el funcionamiento

del sector, evaluando el desempeño del personal a cargo.

DEPARTAMENTO ADMINISTRACIÓN DE BASES DE DATOS

FUNCIONES

Administrar y mantener las Bases de Datos.

Ejecutar y verificar las tareas referidas a políticas de resguardo de información de los

diferentes servicios y servidores (backups).

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Planificar y disponer la asignación de recursos humanos y técnicos para el

funcionamiento del sector.

Participar en la fijación de políticas de seguridad referidas a las Bases de Datos.

Elaborar informes de gestión.

DEPARTAMENTO PLANIFICACIÓN TECNOLÓGICA

FUNCIONES

Planificar las tareas asociadas a la implementación, administración y el mantenimiento

de las diferentes plataformas, arquitecturas de sistemas y bases de datos en las fases

de desarrollo y de producción de los proyectos informáticos en el ámbito de la A.G.I.P..

Planificar la administración, acceso, recursos y estructura de las bases de datos, así

como analizar los requerimientos de perfiles de usuarios (privilegios y roles) de las

aplicaciones y programas residentes en los servidores.

Disponer la homologación y optimización con las diferentes áreas de la A.G.I.P. sobre

la conformación de las bases de datos y su utilización.

Planificar la integridad de los datos, las tareas referidas al resguardo de la información

almacenada en los servidores (bases de datos, aplicaciones, plataformas, etc.), y

participar en las políticas de seguridad y estándares de todos sus componentes.

Definir, coordinar y asignar los recursos humanos y técnicos para el funcionamiento

del sector, evaluando el desempeño del personal a cargo.

DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN DE SERVIDORES

FUNCIONES

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Entender en las tareas asociadas a la implementación, administración y el

mantenimiento de las diferentes plataformas, fases de desarrollo y de producción de

los proyectos informáticos en el ámbito de la AGIP.

Planificar, instalar y configurar las actualizaciones de los S.O., SW de Base,

Aplicaciones y Antivirus, en los servidores de las LANs, MANs, WANs, Servidores de

Servicios Web y de Correo.

Coordinar y asegurar la integridad de los datos, las tareas referidas al resguardo de la

información almacenada en los servidores y participar en las políticas de seguridad y

estándares de todos sus componentes.

Asegurar su normal funcionamiento y rápida recuperación, en caso de fallas.

Definir, coordinar y asignar los recursos humanos y técnicos para el funcionamiento

del sector, evaluando el desempeño del personal a cargo.

Implementar los requerimientos de perfiles de usuarios de las aplicaciones y

programas residentes en los servidores.

DIRECCIÓN SOPORTE TÉCNICO

FUNCIONES

Coordinar la administración de permisos de usuarios y sus funciones de los sistemas

tributarios críticos del personal de la A.G.I.P. y otros organismos.

Controlar la provisión, instalación, funcionamiento y garantía de equipamiento

informático y software instalado en la A.G.I.P.

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Planificar la adquisición, recepción, acopio, guarda, administración y entrega de

insumos informáticos tanto para la Dirección General de Rentas como para las

delegaciones que utilizan equipamiento de la repartición.

Supervisar el circuito de registro y seguimiento de incidentes ocurridos la utilización del

Hardware y Software utilizado en la A.G.I.P. y otros sectores externos vinculados,

según normas establecidas.

Coordinar y gestionar la ayuda primaria técnica a usuarios sobre la utilización de los

distintos sistemas aplicativos y recursos informáticos de la A.G.I.P., tanto internos

como externos.

DEPARTAMENTO ATENCIÓN USUARIOS

FUNCIONES

Coordinar y gestionar la ayuda primaria técnica a usuarios sobre la utilización de los

distintos sistemas aplicativos y recursos informáticos de la A.G.I.P., tanto internos

como externos.

Minimizar los tiempos de indisponibilidad de los recursos informáticos.

Generar de informes y cuadros estadísticos acerca del funcionamiento de los distintos

sistemas.

Controlar el circuito de registro y seguimientos de incidentes ocurridos entre A.G.I.P. y

otros organismos o reparticiones que utilicen programas críticos tributarios.

Administrar y asignar Direcciones lógicas para puestos de trabajo con acceso a los

distintos sistemas.

DEPARTAMENTO INFORMACIÓN DE SISTEMAS

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

FUNCIONES

Supervisar la gestión de usuarios y la asignación de funcionalidades del sistema

informático tributario de la A.G.I.P..

Proveer los insumos informáticos, tanto para las dependencias centralizadas como

para las delegaciones remotas.

Supervisión de las tareas de la áreas a su cargo.

Generación de informes, memos, carpetas internas, notas y cuadros estadísticos

referentes a los datos que surgen de la actividad del sector.

Planificar las tareas y diseño de los procedimientos para el manejo de los sistemas del

sector

DEPARTAMENTO ASISTENCIA TÉCNICA

FUNCIONES

Asegurar la provisión de recursos informáticos materiales y técnicos, tanto para las

dependencias centralizadas como para las delegaciones remotas de la repartición.

Administrar el equipamiento informático y el software propiedad de la A.G.I.P. con sus

respectivas licencias de uso.

Confeccionar el plan de actualización tecnológica del equipamiento y del software,

evaluando técnicamente los disponibles en el mercado y efectuando las

recomendaciones de adquisición.

Controlar la provisión, instalación, funcionamiento y ejecución de garantía de

equipamiento informático instalado en la A.G.I.P.

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Efectuar el control de gestión sobre la utilización del equipamiento e insumos

informáticos.

DIRECCIÓN DE DESARROLLO DE SERVICIOS

FUNCIONES

Administración y desarrollo de los sistemas de información institucionales.

Proponer y mantener actualizados los estándares sobre tecnologías de información.

Coordinar el desarrollo del sitio institucional en Internet, de forma de mejorar el

desempeño del organismo en el marco de las atribuciones que les han sido asignadas

y de facilitar la interrelación del mismo con el contribuyente, estimulando la realización

de trámites en remotos.

Generar un portal interno con información actualizada sobre las aplicaciones

informáticas propiedad del al A.G.I.P. disponibles, los proyectos de desarrollo en curso

y el software de libre disponibilidad de utilidad para la Administración Tributaria

Promover acciones que posibiliten a todos los usuarios de recursos emanados de esta

área un mayor uso de las herramientas y aprovechamiento más eficiente de los

distintos servicios brindados.

DEPARTAMENTO GESTIÓN DE PROYECTOS

FUNCIONES

Dirigir, coordinar e implementar los Servicios Informáticos que se presten el ámbito de

la Dirección General de Rentas.

Dirigir, coordinar e implementar el desarrollo y/o contratación de los Sistemas de

aplicación en el ámbito de la Dirección General de Rentas.

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)

GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Entender y atender el mantenimiento tanto preventivo como correctivo de los

diferentes sistemas, tanto los administrativos como del sistema informático tributario

de la A.G.I.P..

Entender, coordinar y supervisar todas las tareas relacionadas con el análisis, diseño,

implementación y mantenimiento de los Sistemas Troncales de la Administración

Tributaria.

Asegurar el mantenimiento predictivo, correctivo y adaptativo de todos los sistemas

soportados por la Dirección General de Rentas.

DEPARTAMENTO SISTEMAS VALUATORIOS

FUNCIONES

Dirigir, coordinar e implementar los sistemas informáticos relacionados con la base

imponible de los Gravámenes inmobiliarios.

Coordinar y controlar la ejecución de los procesos correspondientes a la incorporación

de las novedades catastrales.

Asegurar el mantenimiento predictivo, correctivo y adaptativo de todos los sistemas

relacionados con la liquidación de las diferencias de avalúo y de la cuenta corriente

emergente.

Coordinar y supervisar el ingreso de las novedades catastrales al padrón de

contribuyentes.

DEPARTAMENTO DESARROLLO DE APLICACIONES DE INTERNET

FUNCIONES

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Proyectar, planificar, desarrollar, implementar y mantener los sistemas informáticos de

acuerdo con los requerimientos y/o necesidades de las distintas áreas de esta

Dirección General

Analizar requerimientos de nuevos desarrollos o modificación de los existentes

Efectuar los relevamientos y análisis de los sistemas.

Realizar la coordinación de la programación y prueba de los aplicativos que se

desarrollen.

Investigar, evaluar y proponer el uso de nuevos productos de software para el

desarrollo de sistemas informáticos.

Coordinar con los usuarios la utilización de los recursos informáticos y asistirlos

técnicamente.

DIRECCIÓN DE COORDINACIÓN DE PROCESOS

FUNCIONES

Asesorar, en los proyectos con Organismos Tributarios y otras Organizaciones que

tengan relación con información y tecnologías relacionadas con la administración de

tributos a cargo de la A.G.I.P.

Participar en la definición de políticas y estrategias sobre tecnologías de información

en sus aspectos técnicos.

Coordinar el flujo de información entre la A.G.I.P. y las empresas prestatarias de

servicios y otros organismos municipales y nacionales.

Planificar las implementaciones de políticas, puesta en marcha de los programas y

proyectos relativos a la Subdirección General.

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DEPARTAMENTO DE PROCESOS TRIBUTARIOS

FUNCIONES

Coordinar la implementación de sistemas informáticos de trascendencia tributaria con

relación a otras Administraciones Tributarias, en cumplimiento de Convenios de

cooperación.

Analizar y definir las normas y procedimientos administrativos requeridos para ordenar,

integrar y estandarizar todos los procesos organizativos de índole general, elevándolas

para su aprobación.

Analizar, definir y aprobar los formularios de uso común y específicos de la repartición.

Dirigir los proyectos que impliquen la interrelación con otros organismos en materia de

informática tributaria.

DEPARTAMENTO COORDINACIÓN DE INFORMACIÓN

FUNCIONES

Coordinar, evaluar, controlar y desarrollar distintos cursos de acción para optimizar el

desenvolvimiento de este Departamento.

Elaborar proyectos tendientes a optimizar la comunicación tanto a nivel interno como

externo de esta Dirección General.

Elaborar informes estadísticos relacionados con la gestión realizada por las áreas de

su competencia.

Proponer políticas orientadas a la difusión de información para el contribuyente.

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN GENERAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS

FUNCIONES

Ejercer la dirección y coordinación del Sistema Estadístico de la Ciudad (SEC), de

acuerdo al principio de centralización normativa y descentralización operativa. La

coordinación de la producción de estadísticas de la CABA tiene la finalidad de

garantizar unidad de criterios de medición y sistematización de la información.

Garantizar la calidad de la información estadística producida y suministrada.

Relevar y recopilar de las Unidades de Organización de los Ministerios información

que sea susceptible de sistematizarse estadísticamente, ya sea para el SEC, como

para el Sistema de Gestión (Ley 70 y Decreto reglamentario 1000).

Establecer con los integrantes del SEC metodologías de captación, compilación y

sistematización de datos; determinar circuitos de la información y periodicidad de

recolección y envío de la misma a la DGESYC.

Realizar con carácter periódico y permanente actividades de mejoramiento del

Sistema Estadístico de la Ciudad.

Someter la información que ingresa a tratamiento estadístico: control de calidad de los

datos, codificación, archivo, procesamiento, integración de los datos en series y

elaboraciones técnicas específicas.

Coordinar, organizar, participar y asesorar en los operativos estadísticos (censos y

encuestas) que se ejecuten en el ejido de la ciudad, referidos a temáticas

sociodemográficas, fiscales y económicas de la CABA.

Suministrar, difundir y publicar la información estadística disponible a fin de satisfacer

los requerimientos de los usuarios, sean entes públicos o privados.

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Capacitar al personal que se desempeña en la DGESYC, así como a los integrantes

del SEC, a fin de elevar el nivel técnico del personal que produce información

estadística.

Cumplir y hacer cumplir el secreto estadístico.

Cumplir y hacer cumplir el secreto fiscal.

Mantener actualizada la capacidad de tecnologías de información y comunicación

(TIC) de la DGESYC.

Realizar la administración técnica de los recursos informáticos de la Dirección General

de Estadística y Censos (Servidores, Enlaces con otras instituciones, Red de Área

Local, Colas de impresión, Software corporativo, Base de Datos, Publicador Web, etc.)

Implementar políticas de resguardo ajustadas a las necesidades reales de la

DGESYC.

Establecer las relaciones institucionales de carácter profesional con otros organismos

proveedores de servicios informáticos como la Dirección General Sistemas de

Información o el INDEC (Email, Internet, Sume, SIGAF, Email INDEC, Mensajería,

Transferencia de Archivos).

Evaluar las mejoras o modificaciones, factibles de realizar en esta DGESYC, de

acuerdo a la evolución tecnológica. Asegurar el cumplimiento de los objetivos y la

capacitación adecuada del personal a su cargo.

Difundir a través de tecnologías dinámicas la información producida en la Dirección

General de Estadística y Censos.

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Organizar y administrar la bibliografía especializada en temas sociales, económicos y

tributarios y otros afines a las tareas de investigación y estudios comparados, tanto del

ámbito local, nacional como internacional.

Brindar un servicio dinámico y actualizado a los usuarios del Centro de

Documentación.

Mantener un Sistema de Gestión de la Calidad conforme con los requisitos de la

Norma ISO 9001:2000.

DEPARTAMENTO ADMINISTRACIÓN

FUNCIONES

Verificar la existencia de todos los bienes inventariables de la DGESYC a través de su

identificación y control.

Implementar y gestionar un sistema de registro de actuados que ingresan y egresan

de la Dirección General.

Realizar el seguimiento de la formulación y de la ejecución trimestral del presupuesto

anual de la Dirección General.

Realizar compras y contrataciones y realizar la rendición de la caja chica.

Suministrar insumos a las Subdirecciones y Departamentos de la Dirección General,

según los requerimientos de los mismos y llevar el control del stock.

Asistir al Director General en las actividades de contratación de personal para realizar

un servicio o una obra y realizar la gestión del pago de los mismos.

Coordinar la selección del personal de los operativos de la Dirección General.

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Llevar el registro y control de licencias del personal según los procedimientos que

correspondan.

Confeccionar la rendición de los gastos de movilidad del personal.

Realizar la solicitud de fondos para pasajes y viáticos del personal con misiones de

representación oficial y su correspondiente rendición.

Realizar el mantenimiento y reparación de averías menores en el edificio, mantener la

higiene de las oficinas, realizar el control de uso de los vehículos y controlar el acceso

a las oficinas.

Realizar la gestión de únicos avisos y actas de infracción enviados por la Dirección

General.

Cobrar y rendir cuentas de los trabajos realizados a terceros y publicaciones.

Coordinar la selección del personal de los operativos de la Dirección General

Coordinar el uso y disponibilidad del aula de capacitación y los bienes entregados a

préstamo a otros organismos.

Protocolizar y llevar registro de las disposiciones que emite la Dirección General,

siendo responsable asimismo de su posterior publicación en el Boletín Oficial de la

Ciudad de Buenos Aires.

Coordinar el uso de los equipos de fotocopias para todos los sectores de la Dirección

General.

Representar a la Dirección General ante la Auditoría Interna del Ministerio de

Hacienda en toda oportunidad que le sea solicitada.

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Mantener actualizados los legajos personales de los agentes de la Dirección General

en el SURH, o en el sistema que lo reemplace en el futuro.

Intervenir en los trámites de solicitud de licencias médicas, salario familiar, accidentes

de trabajo, derechohabientes y efectuar el seguimiento correspondiente.

Actuar como nexo entre los agentes y la Dirección de Liquidación de Haberes en todo

lo relacionado con las altas, bajas y novedades remunerativas.

Asesorar a la Dirección General y a todos los agentes en todo lo relacionado con la

normativa de administración de personal del GCBA.

DEPARTAMENTO PROCESAMIENTO DE INFORMACIÓN

FUNCIONES

Realizar el procesamiento y brindar soporte informático a las a las Subdirecciones

Generales y a los Departamentos de la Dirección General.

Garantizar la capacidad de tecnologías de información y comunicaciones de la

DGESYC.

Realizar el soporte técnico de los recursos informáticos de la Dirección General de

Estadística y Censos (Servidores, Enlaces con otras instituciones, Red de Área Local,

Colas de impresión, Software corporativo, Base de Datos, Publicador Web, etc.)

Realizar el mantenimiento preventivo y correctivo del soporte informático e

infraestructura de comunicaciones.

Implementar las acciones de resguardo de la información ajustadas a las necesidades

de la Dirección General.

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Garantizar que el equipamiento disponible en la Dirección General sea el adecuado

para el cumplimiento de las funciones de la misma y se encuentre en el estado de uso

requerido para la realización de las tareas.

Administrar y actualizar en forma permanente la página de Intranet de la Dirección

General.

DEPARTAMENTO GESTIÓN DE LA INFORMACIÓN

FUNCIONES

Generar un Sistema Integrado de Información Estadística y de Gestión.

Definir e implementar un Modelo de Datos Homogéneo para la gestión.

Contar con herramientas informáticas que permitan realizar una utilización estratégica

de la información, como instrumento de soporte para el desarrollo de los procesos de

planificación, el control de gestión y la toma de decisiones.

Generar los insumos necesarios para la formulación del Sistema Integrado de

Información Estadística de la Ciudad.

Generar y articular las acciones necesarias para apoyar la utilización estratégica de la

información estadística en la gestión de gobierno.

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Page 88: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)

GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE ESTADÍSTICAS ECONÓMICAS Y

FISCALES

FUNCIONES

Realizar actividades que competen al proceso de producción de estadísticas

económicas y fiscales: diseño de metodologías de captación de datos, control de

calidad de los mismos, codificación en los casos necesarios, elaboración de tablas de

salida a fin de mantener actualizado el Banco de Datos, integración de datos en series,

producción de indicadores de la actividad económica global y sectorial de la Ciudad e

informes estadísticos.

Realizar relevamientos y procesamientos de encuestas de índole económico.

Coordinar la implementación y análisis de la encuesta del Producto Bruto Geográfico

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Mantener vigente un “Directorio de Empresas” a fin de contar con un listado

actualizado de unidades económicas ubicadas en la Ciudad, que pueda ser utilizado

como Marco Muestral (MM) para todas las encuestas económicas y por otras áreas de

gobierno.

Realizar distintos relevamientos y operativos que pueden efectuarse como propios o

en el marco del Plan Anual Nacional de Estadísticas, implementado en forma

coordinada con el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC).

Elaborar documentación base para el Anuario Estadístico, para el SEC informa y

publicaciones e informes de índole económica.

Analizar los aspectos de trabajo de la Encuesta Anual de Hogares.

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 88

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Entender en la realización de estudios, investigaciones e interpretaciones sobre el

sistema tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Asesorar al Director General sobre la relación e impacto del sistema tributario local

respecto de la normativa regional y nacional y realizar la comparación con otras

jurisdicciones.

Monitorear el cumplimiento de los pactos interjurisdiccionales, en particular la Ley

Nacional N° 25.917 y normas complementarias y la Le y de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires N° 1.726

Estudiar el impacto del sistema tributario local sobre la economía de la Ciudad.

Estimar el gasto tributario incurrido por la aplicación de las políticas impositivas.

Efectuar los estudios concernientes a la administración del sistema tributario en

concordancia con los objetivos de la política fiscal.

Evaluar el funcionamiento del sistema tributario y el comportamiento fiscal a través de

la clasificación y categorización de los responsables y de indicadores que reflejen su

conducta.

Intervenir, cuando le sea requerido, en proyectos de creación, modificación o

actualización de normas tributarias e instrumentos de clasificación y categorización.

Efectuar el seguimiento de la evolución técnico-formal de los tributos a cargo del

Organismo.

Intervenir -cuando le sea requerido- en los estudios necesarios para la creación o

modificación de formularios de declaración jurada y todo otro soporte de información a

los efectos de definir los requisitos de homogeneidad necesarios para que sea

utilizable en agrupamientos o agregados.

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 89

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Coordinar el intercambio de información con organismos nacionales e internacionales

en temas de su competencia.

Elaborar y actualizar indicadores de gestión

DEPARTAMENTO ESTADÍSTICAS ECONÓMICAS

FUNCIONES

Elaborar estadísticas económicas: diseño de metodologías de captación de datos,

control de calidad de los mismos, codificación, elaboración de tablas de salida,

integración de datos en series, producción de indicadores de la actividad económica

global y sectorial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Actualizar en forma permanente el “Directorio de Empresas” de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires.

Elaborar documentación base para el Anuario Estadístico, para el SEC informa, las

publicaciones de índole económicas.

Realizar el relevamiento de los datos necesarios para estimar el Producto Bruto

Geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y analizar sus resultados.

Implementar los relevamientos correspondientes a encuestas de índole económico

(Encuesta de Indicadores Laborales, Encuesta Industrial Mensual, Encuesta de

Servicios Informáticos, y otras).

Realizar relevamientos y operativos que pueden efectuarse en el marco del Plan Anual

Nacional de Estadísticas, implementado en forma coordinada con el Instituto Nacional

de Estadística y Censos (INDEC).

Elaborar estadísticas de ocupación e ingresos a partir de los diferentes relevamientos

vigentes que den cuenta de esta temática: EAH, EPH, EIL y otras.

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 90

Page 91: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Implementar de manera coordinada con el INDEC la Encuesta Nacional Agropecuaria,

la Encuesta Nacional Económica, la Encuesta de Ocupación Hotelera, y otras.

Implementar de manera coordinada con el Ministerio de Salud de la Nación, el Informe

Estadístico de Recursos de Salud.

Implementar de manera coordinada con el INDEC los Censos Nacionales Económico y

Agropecuario, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Mantener actualizado el Banco de Datos de la Dirección General, en los aspectos de

su competencia.

DEPARTAMENTO ESTADÍSTICAS FISCALES

FUNCIONES

Analizar e interpretar la información estadística a fin de evaluar el funcionamiento del

sistema tributario y el comportamiento fiscal.

Estimar el rendimiento anual de los tributos que administra el Gobierno de la Ciudad y

realizar los análisis ex-post de la recaudación, considerando los factores que incidieron

en la misma.

Realizar estudios de carácter económico tributarios de los sectores que conforman la

estructura económica, elaborar metodologías y aplicar técnicas estadísticas para el

relevamiento de datos y la obtención, análisis e interpretación de la información.

Elaborar estudios comparativos de la evolución del sistema tributario y de la

administración tributaria con relación a otros gobiernos locales.

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 91

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Investigar los posibles efectos de los distintos instrumentos de la política económica en

el comportamiento de los tributos, así como los efectos económicos del sistema

tributario.

Estimar las metas de recaudación y evaluar su cumplimiento.

Cuantificar el costo fiscal y los efectos económico-tributarios de la aplicación de las

exenciones, desgravaciones y diferimientos de impuestos. Efectuar estimaciones de

evasión, morosidad y pérdida de recaudación.

Proponer los sistemas de procesamiento de la información necesarios para la

realización de los análisis y estudios que le competen.

Realizar los estudios y trabajos necesarios para la categorización del universo de

contribuyentes y su actualización permanente.

Estimar la recaudación potencial y rendimiento anual referidos a los tributos que

administra el Gobierno de la Ciudad.

Asesorar en los trabajos encaminados al intercambio de información con otros

organismos nacionales e internacionales cuando implicaren acuerdos referidos a los

criterios adoptados para la clasificación de las actividades económicas u otros que

impliquen categorización.

Mantener actualizado el Banco de Datos de la Dirección General, en los aspectos de

su competencia.

SUB DIRECCIÓN GENERAL DE ESTADÍSTICAS SOCIODEMOGRÁFICAS

FUNCIONES

Coordinar la producción de estadísticas continuas de los organismos que integran el

Sistema Estadístico de la Ciudad.

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Reunir datos estadísticos de organismos dependientes del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires y extra gubernamentales y generar información válida,

confiable y oportuna, considerando que los resultados a alcanzar deben

compatibilizarse con los indicadores de gestión de gobierno que establece la Ley 70.

Realizar actividades que competen al proceso de producción de estadísticas: diseño

de metodologías de captación de datos, control de calidad de los mismos, codificación

en los casos necesarios, elaboración de tablas de salida a fin de mantener actualizado

el Banco de Datos, integración de datos en series, producción de indicadores e

informes estadísticos.

Mantener actualizado el Plan de Series Estadísticas.

Coordinar las actividades de asesoramiento sobre la medición física de los programas

presupuestarios vigentes y las actividades que desarrollan las Unidades Ejecutoras del

GCBA, ya sea para la Formulación del Programa General de Acción de Gobierno, así

como para el Sistema Estadístico de la Ciudad.

Coordinar la implementación de los Programas “Sistema Integrado de Información

Sociodemográfica” (SESD) y “Sistemas de Información” (SI), desarrollados en el

marco del Convenio con el INDEC.

Coordinar las acciones de capacitación que involucren tanto al personal de la

Dirección General como a aquéllos pertenecientes a los diversos organismos

integrantes del Sistema Estadístico de la Ciudad.

Coordinar el diseño e implementación de la Encuesta Anual de Hogares.

Coordinar las actividades relacionadas con el análisis de los aspectos

sociodemográficos de la Encuesta Anual de Hogares.

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 93

Page 94: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Monitorear el avance del Modelo de la población de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires.

Coordinar la elaboración y publicación del Anuario Estadístico de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires y la Revista de Población de la Ciudad.

Coordinar la realización de los Operativos de Campo de Encuestas a Hogares y

Operativos Especiales organizados por la Dirección General.

Coordinar la implementación de los operativos censales de población, hogares y

viviendas.

Asegurar la asistencia técnica a los requerimientos de muestreo que otras

reparticiones del GCBA soliciten a la DGESYC.

Mantener actualizada cartografía de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Garantizar la actualización permanente del Marco General de Domicilios de la Ciudad

incorporando las modificaciones que correspondan.

Elaborar y actualizar indicadores de gestión.

DEPARTAMENTO SISTEMA DE INFORMACIÓN SECUNDARIA

FUNCIONES

Coordinar las actividades tendientes al funcionamiento integrado del Sistema

Estadístico de la Ciudad.

Sistematizar la información estadística proveniente de organismos dependientes del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y extra gubernamentales y generar

información que debe compatibilizarse con los indicadores de gestión de gobierno que

establece la Ley 70.

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 94

Page 95: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Elaborar estadísticas sociales y sectoriales (condiciones de vida, salud, educación,

desarrollo social, cultura, seguridad pública, esparcimiento, participación ciudadana,

medio ambiente, etc.): diseño de metodologías de captación de datos, control de

calidad de los mismos, codificación en los casos necesarios, integración de datos en

series, producción de indicadores e informes estadísticos.

Mantener actualizado el Mapa Temático correspondiente a las series estadísticas.

Elaborar documentación base para el Anuario Estadístico, para el SEC informa, las

publicaciones e informes de índole social.

Realizar la coordinación temática del Anuario Estadístico de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires.

Elaborar informes sobre los aspectos sociales de la Encuesta Anual de Hogares para

su publicación.

Asesorar sobre la medición física de los programas presupuestarios vigentes y las

actividades que desarrollan las Unidades Ejecutoras del GCBA, ya sea para la

Formulación del Programa General de Acción de Gobierno, así como para el Sistema

Estadístico de la Ciudad.

Elaborar y enviar al INDEC anualmente la información actualizada de los Programas

“Sistema Integrado de Información Sociodemográfica” (SESD) y “Sistemas de

Información” (SI).

Mantener actualizado el Banco de Datos de la Dirección General, en los aspectos de

su competencia.

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DEPARTAMENTO ANÁLISIS DEMOGRÁFICO

FUNCIONES

Elaborar estadísticas demográficas: diseño de metodologías de captación de datos,

control de calidad de los mismos, codificación en los casos necesarios, integración de

datos en series, producción de indicadores e informes estadísticos.

Analizar los distintos componentes de la dinámica demográfica (fecundidad,

mortalidad, migraciones, nupcialidad) de la población de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires.

Analizar las diversas temáticas relacionadas con la distribución espacial de la

población, su estructura y dinámica, el tamaño y composición de los hogares a partir

de la información relevada por la Encuesta Anual de Hogares.

Elaborar un modelo que, reconstruya la dinámica pasada (desde 1950), presente y

futura (hasta 2020) de la población de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y que

permita: i) describir las principales dimensiones de la dinámica y del rol jugado por los

componentes demográficos y responder preguntas acerca del comportamiento general

del sistema; ii) elaborar proyecciones especiales (por ejemplo, por subpoblaciones o

con supuestos alternativos); iii) experimentar e introducir (al modelo) nuevas variables,

y iv) analizar los cambios demográficos y sus posibles interrelaciones con otros

cambios sociales, económicos y físico-ambientales.

Publicar semestralmente una revista que promueva la investigación sobre la población

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; estimule la preparación y difusión de

artículos y notas en el ámbito académico; incremente y mejore la vinculación e

intercambio entre los productores y usuarios de datos y difundir informes técnicos,

noticias, datos e indicadores demográficos producidos por la DGESYC.

Elaborar documentación base para el Anuario Estadístico, para el SEC informa, las

publicaciones e informes de índole demográfico.

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 96

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Mantener actualizado el Banco de Datos de la Dirección General, en los aspectos de

su competencia.

DEPARTAMENTO RELEVAMIENTO DE INFORMACIÓN PRIMARIA

FUNCIONES

Implementar los Operativos de Campo de Encuestas a Hogares y Operativos

Especiales organizados por la Dirección General.

Coordinar e implementar las actividades que requieran los operativos censales de

población, hogares y viviendas.

Brindar asistencia técnica a los requerimientos de muestreo que otras reparticiones del

GCBA soliciten a la DGESYC.

Mantener actualizadas estadísticas sobre permisos de edificación.

Mantener la cartografía de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires actualizada, con la

descripción de parámetros cartográficos a utilizar en los censos nacionales e

incorporar las modificaciones que correspondan.

Actualizar en forma permanente el Marco General de Domicilios de la Ciudad

incorporando las modificaciones que correspondan.

Mantener actualizado el Banco de Datos de la Dirección General, en los aspectos de

su competencia.

SUB DIRECCIÓN GENERAL CEDEM – Centro de Estudios para el

Desarrollo Económico Metropolitano.

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 97

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

FUNCIONES

Efectuar estudios económicos sobre la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que sirvan

de base para la elaboración y ejecución de las políticas de desarrollo económico local

y para la divulgación de información y estudios hacia otras áreas de gobierno,

instituciones públicas y privadas, empresariales, académicas, etc

Realizar diagnósticos de los diversos sectores y ramas productivas que se desarrollan

en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Asesorar técnicamente a quienes tienen a su cargo la toma de decisiones inherentes a

la estructura productiva de la Ciudad, de acuerdo con los lineamientos de la gestión.

Apoyar los diferentes programas sectoriales y laborales que encara el Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Elaborar y actualizar indicadores de gestión

Elaborar y actualizar periódicamente un diagnóstico bilingüe para promover las

inversiones nacionales y extranjeras en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Generar publicaciones periódicas y estudios especiales.

DEPARTAMENTO SEGUIMIENTO DE COYUNTURA ECONÓMICA.

FUNCIONES

Efectuar la sistematización y actualización de los principales indicadores económicos

de la Ciudad de Buenos Aires, sobre la base de distintas fuentes de carácter local y

nacional.

Realizar el seguimiento de la coyuntura económica de la Ciudad de Buenos Aires, a

través de los principales indicadores correspondientes a las distintas ramas de

actividad.

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 98

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Realizar una publicación descriptiva de periodicidad mensual, que refleje la evolución

de todos los sectores de la actividad económica, las exportaciones, el mercado de

trabajo, el panorama social y la situación fiscal de la Ciudad.

Realizar una publicación de carácter cuatrimestral que analice con detenimiento las

causas que determinan la evolución de los sectores de actividad económica de la

Ciudad, así como los cambios en la estructura productiva.

Responder a demandas específicas de Información por parte de las áreas de

gobierno, programas de desarrollo económico local, cámaras empresariales,

instituciones académicas y medios de comunicación.

Estimar, en la medida que la información disponible lo permita, la desagregación

territorial de los distintos indicadores de la actividad económica (CGPs, comunas,

barrios).

DEPARTAMENTO ANÁLISIS DEL MERCADO DE TRABAJO, DISTRIBUCIÓN DEL

INGRESO Y SITUACIÓN SOCIAL

FUNCIONES

Efectuar el seguimiento de los principales indicadores del mercado de trabajo, los

ingresos y la situación social de la Ciudad de Buenos Aires, sobre la base de las

distintas fuentes locales y nacionales.

Elaborar informes sobre los aspectos de trabajo de la Encuesta Anual de Hogares

para su publicación.

Analizar con detenimiento las causas que determinan la evolución del empleo, el

desempleo y la subocupación en la Ciudad.

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 99

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Analizar la evolución de los indicadores de empleo, desempleo y subocupación según

las siguientes dimensiones: género, rangos de edades, situación de parentesco, nivel

educativo, categoría ocupacional y ramas de actividad.

Analizar la evolución de los principales indicadores del mercado de trabajo para

distintos niveles de desagregación territorial (CGPs, comunas).

Efectuar el seguimiento de los ingresos de la población ocupada de acuerdo a la

categoría ocupacional de los trabajadores.

Realizar el análisis de la evolución de los ingresos de los asalariados de acuerdo al

sector que los ocupa (formal, informal y público).

Calcular la evolución de la distribución del ingreso utilizando los indicadores más

relevantes.

Analizar las causas que determinan los cambios en la situación de pobreza e

indigencia.

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN GENERAL DE ANÁLISIS FISCAL

FUNCIONES

Entender en la realización de estudios, investigaciones e interpretaciones sobre el

sistema tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Asesorar sobre la relación y el impacto del sistema tributario local respecto de la

normativa regional nacional y realizar la comparación con otras jurisdicciones.

Estudiar el impacto del sistema tributario local sobre la economía de la Ciudad.

Investigar el cambio en las relaciones y variables económicas fundamentales, a fin de

proponer adecuaciones al sistema tributario local para propender a un desarrollo

armónico de la economía de la Ciudad.

Generar los proyectos de normas tributarias que sean menester.

Proponer, en su caso, la normativa interpretativa de alcance general, a fin de

minimizar el nivel de conflictividad de las citadas normas y asegurar la fluidez del

contrato fiscal en la Ciudad.

Intervenir en el trámite de las solicitudes de condonaciones por parte de los

contribuyentes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Intervenir en los recursos jerárquicos interpuestos en materia tributaria.

Participar en la planificación de la acción tributaria, conforme a las políticas fijadas por

la AGIP.

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO

FUNCIONES

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Asistir al Director General en las cuestiones relacionadas con el área.

Entender en el proceso de formulación y elaboración del presupuesto anual para la

Dirección General.

Entender en la recepción, clasificación, control y distribución de las actuaciones que se

tramitan en la Dirección General.

Realizar las registraciones contables, liquidaciones, rendiciones y pagos relacionados

con la gestión operativa de la Dirección General.

Verificar los ingresos y egresos de los fondos otorgados y rendir cuenta de los

mismos.

Confeccionar el inventario patrimonial, manteniéndolo actualizado.

Realizar tareas de registro, administración y control de personal de la Dirección

General.

Entender en el diligenciamiento de la documentación administrativa relacionada con

las adquisiciones de bienes y servicios de la Dirección General.

Administrar el Sistema de Gestión y Administración Financiera (SIGAF).

Realizar las tareas de apoyo administrativo en lo concerniente a las acciones

encomendadas a las Direcciones y sus demás departamentos dependientes, de la

Dirección General.

Realizar compras y contrataciones de acuerdo a las necesidades de la Dirección

General.

Suministrar insumos a las direcciones y departamentos de la Dirección General.

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Page 103: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Protocolizar y llevar registro de las disposiciones que emite la Dirección General,

siendo responsable asimismo de su posterior publicación en el Boletín Oficial de la

CABA de acuerdo a la normativa vigente en la materia.

DIRECCIÓN DE ASUNTOS LEGALES Y NORMATIVA FISCAL

FUNCIONES

Asesorar al Director General y emitir opinión jurídica en todas las cuestiones legales

del área.

Elaborar los proyectos de modificaciones al Código Fiscal y Ley Tarifaria anual y

demás normas tributarias.

Elaborar el texto ordenado del Código Fiscal, normas reglamentarias e interpretativas

de alcance general.

Entender en los pedidos originados por la Defensoría del Pueblo de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires relacionados con la materia impositiva y fiscal.

Intervenir en el trámite de las solicitudes de condonaciones por parte de los

contribuyentes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Intervenir en los recursos jerárquicos interpuestos en materia tributaria.

Intervenir en las actuaciones remitidas por los distintos organismos a consideración de

la Dirección General.

DEPARTAMENTO DE NORMATIVA FISCAL

FUNCIONES

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Entender en el proceso de elaboración de los proyectos de modificaciones al Código

Fiscal y Ley Tarifaria, demás normas tributarias, reglamentarias y normas

interpretativas de alcance general.

Elaborar actos administrativos de alcance particular.

Proponer proyectos de armonización, actualización, recopilación y sistematización de

las normas tributarias vigentes en ámbito de la Ciudad de Buenos Aires.

DEPARTAMENTO DE ASUNTOS LEGALES

FUNCIONES

Entender en el trámite de actuaciones que en materia tributaria y fiscal sean remitidas

a intervención del área.

Entender en el trámite de los recursos jerárquicos que en materia tributaria

interpongan los contribuyentes, elaborando el informe del art. 13 de la Ley 1218.

Entender en el trámite de pedidos y requerimientos que en materia tributaria realice la

Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires.

Realizar dictámenes e informes técnicos en cuestiones relacionadas con la materia

tributaria a pedido de la superioridad.

Disponer el diligenciamiento del despacho de las actuaciones de acuerdo a las normas

y disposiciones vigentes.

Intervenir en los oficios judiciales y los distintos requerimientos solicitados por la

Procuración General de la Ciudad.

DIRECCIÓN DE ECONOMÍA Y ESTADÍSTICA FISCAL

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 104

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

FUNCIONES

Asesorar al Director General en las cuestiones relacionadas con el área.

Analizar el impacto del sistema tributario local sobre la economía de la Ciudad.

Analizar los gravámenes impositivos vigentes en la Ciudad y realizar estudios sobre su

evolución, y estudios comparativos con el resto de las jurisdicciones.

Realizar el seguimiento de nivel, evolución, mora, cumplimiento y proyección de la

recaudación de los gravámenes impositivos de la Ciudad, su relación con el sistema

tributario e incidencia en la actividad económica.

Analizar la coyuntura y las proyecciones económicas y determinar las posibles o

probables repercusiones sobre los ingresos fiscales de la Ciudad.

Analizar las distintas alícuotas de los impuestos, tasas contribuciones, contribuciones

especiales, servicios y servicios especiales para su determinación e incorporación en

el proyecto de Ley Tarifaria.

DEPARTAMENTO ECONÓMICO FISCAL

FUNCIONES

Elaborar estudios e informes en cumplimiento de la competencia encomendada al

área.

Realizar informes técnicos y de estadística tributaria a pedido de la superioridad.

Recopilar la información económica y tributaria suministrada por organismos públicos y

privados.

DIRECCIÓN DE ESTUDIOS Y PROYECTOS ESPECIALES

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 105

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

FUNCIONES

Asesorar al Director General en los temas relacionados con la materia imposición

fiscal.

Realizar estudios y análisis referidos a valores de mercado de terrenos y

construcciones en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Realizar estudios comparativos de valores de venta de inmuebles en la Ciudad.

Proponer la modificación y/o actualización de los textos legales respectivos en materia

de valuaciones fiscales y alícuotas impositivas aplicables.

Entender en todo proyecto normativo relacionado con el tema tributario de la Ciudad.

Entender en todo proyecto normativo tributario relacionado con la competencia de la

Dirección.

DEPARTAMENTO DE ESTUDIOS

FUNCIONES

Realizar estudios sobre la evolución técnica y económica de los desarrollos

arquitectónicos en la Ciudad.

Realizar estudios sobre los parámetros de depreciación de las construcciones y

proponer la adecuación de las tablas respectivas.

Proponer la actualización normativa en materia fiscal, que contemple la dinámica del

proceso evolutivo de los basamentos tributarios.

Realizar los estudios fiscales que se le encomienden.

DEPARTAMENTO DE INFORMACIÓN Y ANÁLISIS

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 106

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)

GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

FUNCIONES

Recopilar información relativa a costos de reposición de edificios, valores de mercado

de terrenos y construcciones.

Realizar estudios comparativos según zonas de la Ciudad.

Producir las series estadísticas necesarias para proyectar las políticas en materia de

valuaciones fiscales, sus imposiciones y demás temas fiscales que se le encomienden.

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 107

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES INSTITUCIONALES

FUNCIONES

Asistir al Administrador Gubernamental de Ingresos Públicos en las relaciones

institucionales con los distintos sectores de la sociedad.

Coordinar y general vínculos con Organismos Internacionales o extranjeros,

nacionales, regionales, provinciales, municipales, autárquicos u otras entidades

públicas o privadas de fin público de interés para la AGIP.

Asesorar a las áreas y organismos de la CABA sobre asuntos y trámites que requieran

realizar los distintos sectores que actúan en el ámbito de la Ciudad.

Coordinar y articular las relaciones institucionales con los distintos poderes del

Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

Coordinar y articular las relaciones institucionales con el Estado Nacional, los estados

provinciales y los municipios.

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES INTERJURISDICCIONALES

PARA EL COBRO DE DEUDAS JUDICIALES

FUNCIONES

Asistir al Director General de Relaciones Institucionales respecto al vínculo con los

distintos organismos del Gobierno de la Ciudad intervinientes en el proceso de cobro

de deudas en estado judicial.

Coordinar y articular las relaciones con los distintos sectores del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires en cuanto al proceso de ejecuciones fiscales.

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 108

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Dar soporte a las otras dependencias de la AGIP vinculadas al cobro coactivo de

deudas.

DEPARTAMENTO DE RELACIONES CON LA COMUNIDAD

FUNCIONES

Colaborar en la confección de programas y proyectos destinados a mejorar la relación

entre la AGIP y la Comunidad.

Promover vínculos con distintas organizaciones (ONG´s, barriales, comunitarias,

deportivas, etc.) a fin de facilitar, a los distintos sectores de la comunidad, el acceso a

la información necesaria para conocer los deberes y derechos de cada uno en materia

de la AGIP.

Articular las relaciones con las Cámaras Empresarias para facilitar acciones de

cooperación entre estas y la AGIP.

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 109

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN

FUNCIONES

Dirigir la elaboración y consolidación de los anteproyectos de presupuestos del

Organismo, aplicando criterios de homogeneidad e integridad en su confección y

asegurando que se contemplen las normas técnicas que establece la Oficina de

Presupuesto del Sector Público de la Ciudad de Buenos Aires para su formulación, así

como las disposiciones internas de la AGIP para la programación.

Coordinar y controlar el cumplimiento del presupuesto aprobado en cuanto a

contenidos y cronogramas de ejecución de los planes y programas que lo conforman,

con el fin de lograr los resultados de aplicación pautados, tanto globales como

particulares de cada dependencia y posibilitar la evaluación de las acciones respecto

de la asignación de recursos.

Controlar la gestión administrativa y contable en el Organismo, para asegurar que se

realicen todas las tramitaciones y registros en las formas y tiempos que regulen las

normativas internas y externas, contemplando la disponibilidad y resguardo de la

documentación de respaldo que avalan estas acciones.

Dirigir la administración de los recursos humanos de la AGIP, de acuerdo a las

normativas internas y externas que reglamentan la gestión de personal, su formación y

promoción y la evaluación de su desempeño, asegurando la disponibilidad de la

información pertinente en forma correcta y actualizada.

Coordinar y controlar la ejecución de las acciones pertinentes para el

aprovisionamiento de bienes y servicios, con el objeto de satisfacer de manera óptima

las necesidades de todas las dependencias, manteniendo una adecuada relación

costo/calidad.

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 110

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Planificar, coordinar y controlar la prestación de servicios generales y de obra en las

dependencias de la AGIP, para conseguir eficiencia y eficacia en la resolución de las

tareas pactadas en cuanto a tiempos y calidad.

Implementar y controlar la aplicación de medidas de seguridad relacionadas con el

resguardo patrimonial y humano en la AGIP, asegurando que las mismas contemplan

las pautas y normativas establecidas al efecto.

DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS

FUNCIONES

Implementar, coordinar y administrar las actividades destinadas al desarrollo de los

recursos humanos del Organismo a través de la realización de acciones integradas de

formación y promoción, para satisfacer las necesidades de personal en todas las

dependencias del mismo.

Coordinar y controlar la ejecución de las tareas de administración del personal de la

AGIP, para disponer de los registros y de las informaciones que permitan conocer su

situación en forma correcta y actualizada en cada momento.

Controlar y efectuar el seguimiento de las actuaciones en materia de personal en

todas las dependencias del Organismo, para garantizar que se está operando

adecuadamente en todas y cada una de ellas.

Planificar, coordinar y controlar la confección y administración de la documentación e

información requeridas para las liquidaciones de remuneraciones al personal.

Controlar las actuaciones en materia de relaciones laborales, de manera de garantizar

el desarrollo de las actividades en el marco de un adecuado clima laboral.

DEPARTAMENTO DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

FUNCIONES

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 111

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Elaborar el “Plan anual de compras y contrataciones” y coordinar la ejecución de las

acciones de aprovisionamiento de bienes, servicios y obras, de acuerdo a las normas

y procedimientos establecidos, con el objeto de satisfacer las necesidades de todas

las dependencias de la AGIP, en función de las políticas, programas y presupuestos

fijados para cada período.

Coordinar las acciones de adquisición de bienes, servicios y obras, con el propósito de

conseguir un óptimo cumplimiento con relación a precios, cantidades, calidad y plazos

de entrega fijados para cada ítem.

Disponer y supervisar la administración de los fondos de la AGIP (en concepto de Caja

Chica, Fondos con cargo a rendir cuenta documentada de su inversión, Fondo

permanente, Movilidad, etc.), verificando la registración contable de sus ingresos y

egresos de acuerdo con la normativa vigente.

Proponer la contratación de servicios de terceros, en el marco de los programas y

presupuestos aprobados, contemplando las opciones más ventajosas, para conseguir

que los mismos se realicen con una óptima relación costo/calidad y de acuerdo a las

especificaciones establecidas en cada caso.

Proponer y mantener informado al órgano Rector respecto de las actualizaciones del

catálogo general de efectos, con las especificaciones técnicas y los estándares de

calidad de los bienes y servicios que utilizan las distintas dependencias de la AGIP

para el desarrollo de sus tareas, con el fin de asegurar la cobertura óptima de los

requerimientos.

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO CONTABLE

FUNCIONES

Coordinar y administrar el proceso y los sistemas de elaboración y consolidación de

los anteproyectos de presupuestos de la Administración Gubernamental de Ingresos

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Públicos, para poder prever los resultados globales y específicos de cada dependencia

y asegurar que se cumplan las normativas internas y externas establecidas para ello.

Llevar el control de la administración y contabilidad de la Administración

Gubernamental de Ingresos Públicos de acuerdo a las políticas y reglamentaciones

establecidas al efecto, distribuyendo el crédito de manera efectiva, asegurando la

correcta utilización de los recursos requeridos.

Coordinar, organizar y controlar las tareas inherentes a las rendiciones de valores.

Organizar, dirigir y supervisar las tareas relativas a la administración y resguardo de

los bienes patrimoniales y de consumo de la Administración Gubernamental de

Ingresos Públicos.

Supervisar el control de las auditorias efectuadas por los Órganos de Control Externos.

Supervisar la elaboración de informes relacionados con el Departamento

Administrativo Contable en las fechas fijadas, efectuando además el archivo y custodia

de las reglamentaciones relacionadas con las áreas involucradas.

Intervenir y supervisar todas las tareas inherentes a la coordinación de los servicios

prestados por los Grandes Contratos, así como su facturación y pago.

Colaborar y supervisar la confección del Pliego de Bases y Condiciones que

posteriormente rige el llamado a licitaciones cuyo objetivo es el servicio de “Provisión

de Insumos y Distribución de Piezas Postales” que efectúa la Administración

Gubernamental de Ingresos Públicos.

Realizar estudios de costos a fin de facilitar la toma de decisiones, la determinación de

estándares de actuación y el alcance de los objetivos de optimización en la asignación

de recursos.

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DEPARTAMENTO CAPACITACIÓN

FUNCIONES

Proponer y administrar las actividades destinadas al desarrollo de los recursos

humanos de la AGIP, a través de la realización de acciones que permitan la

actualización, capacitación y re-entrenamiento a corto, mediano y largo plazo, para

satisfacer la mejor cobertura de puestos en todas sus dependencias.

Implementar y coordinar un sistema de detección permanente de necesidades de

capacitación en todas las áreas de la AGIP.

Articular los distintos Programas de Capacitación con el área de Recursos Humanos-

AGIP- a fin de orientar conjuntamente las políticas institucionales, que permitan

potenciar y fortalecer la capacidad y el desempeño del personal.

Coordinar y supervisar del Plan Anual de Capacitación Integral y elevar propuesta.

Analizar los resultados de la medición del impacto producido en los distintos puestos

de trabajo en relación a la capacitación brindada, y producir los informes respectivos

con las recomendaciones del caso, si correspondiere.

Proponer la profesionalización de los funcionarios con estudio de grado, a través de la

realización de especialización pertinente a la temática del Organismo y supervisar

todas las acciones y procesos correspondientes al Programa de Profesionalización

que se apruebe.

Analizar y desarrollar herramientas y/o aplicativos pertinentes a través del enlace

técnico educativo, que permita optimizar las funciones del Departamento.

Ofrecer y facilitar información en materia tributaria de carácter técnico-legal necesaria

para el desarrollo y gestión de la AGIP; difundir y hacer cumplir el reglamento de

circulación y préstamo del acervo bibliográfico del Centro de Documentación e

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Información. Preservar y acrecentar el patrimonio bibliográfico y hemerográfico

existente.

Promover a través del Centro de Documentación e Información la cooperación con

otras Unidades de Información compartiendo medios informáticos que amplíen la

disponibilidad de recursos informativos.

DEPARTAMENTO SERVICIOS GENERALES

FUNCIONES

Planificar y coordinar la diagramación y ejecución de las tareas (orientación primaria

de público, controles internos, porteros y serenos) con la finalidad de lograr el mejor

aprovechamiento de los recursos humanos dependientes.

Coordinar y supervisar la asistencia brindada al Área de la Dirección General (Director

General y Adjunto, Subdirectores Generales).

Ejecutar y/o supervisar las recorridas periódicas a la repartición, para la detección de

aquellas situaciones que alteren el normal cumplimiento de las actividades de la

misma, coordinando su desarrollo y oportuna intervención con el personal de custodia

y vigilancia, como así también, de la Policía Federal Argentina.

Fiscalizar el ingreso y egreso de personas y bienes, requeridos por funcionarios y/o

agentes de la repartición, verificando que cuenten con la expresa autorización superior

para ello.

Supervisar y verificar la registración de todas las novedades que alteren el normal

cumplimiento de las actividades de la repartición durante la jornada laboral o fuera de

ella, comunicando de manera inmediata aquellas que requieran intervención superior.

DEPARTAMENTO DE INFRAESTRUCTURA EDILICIA

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

FUNCIONES

Coordinación, determinación de prioridades y contacto general operativo con los

contratistas.

Control y supervisión de las tareas de mantenimiento edilicio, y quien debe asegurar

las óptimas condiciones de funcionamiento del edificio y sus instalaciones.

Representación en las reuniones de coordinación y planificación con los responsables

de los sectores y direcciones.

Programación y Desarrollo de proyectos de obra y adecuación tecnológica para los

edificios de la AGIP

Confección de pliegos técnicos para licitar servicios de terceros

Supervisión profesional de la adjudicación, desarrollo de los trabajos y certificación de

los servicios tercerizados

Responsabilidad técnico profesional sobre la totalidad de las tareas inherentes a obras

refacciones y mantenimiento preventivo y correctivo, ejecutadas por cuenta propia o

tercerizados.

Desarrollo de proyectos de obra para mejoras edilicias en planes específicos y

adecuación tecnológica para los edificios de la AGIP.

Dirección de obras de ampliación y refacción

Supervisión profesional de trabajos de modificación y reparación de los sistemas que

componen la infraestructura edilicia de los Edificios de la AGIP, en lo referente a

provisión de energía, acondicionamiento térmico, servicios sanitarios, sistemas

electromecánicos, red de cableado estructurado, iluminación, etc.

Desarrollo operativo de pliegos técnicos para licitar servicios de terceros

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 116

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Control profesional de los servicios tercerizados

Responsabilidad técnica por los pliegos de licitación

Evaluación de las ofertas de los proveedores en cuanto a los proyectos de obras y

desarrollo edilicio.

Elaboración de pliegos para contratación de servicios de mantenimiento, mobiliario y

equipamiento

Efectúan el seguimiento del avance de las obras, y la evaluación de los resultados

Desarrollo de proyectos de refuncionalización y ampliación, integrando los layout de

mobiliarios y dimensionamiento de espacios interiores.

Confección de informes generales de desempeño del departamento con estadísticas

de actividades realizadas.

Supervisión técnica de las tareas de mantenimiento preventivo y correctivo

Control técnico de los servicios tercerizados

Control y supervisión del stock de materiales y herramientas

Coordinación de recursos humanos y materiales para la asignación de trabajos y su

control y seguimiento, y personal técnico interno o de terceros ejecutor de las tareas

de mantenimiento.

Organización y logística de las tareas administrativas inherentes al sector

Coordinación logística de las tareas de mantenimiento preventivo y correctivo

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 117

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DEPARTAMENTO DE ARCHIVO GENERAL ÚNICO

FUNCIONES

Custodiar mantener y depurar las actuaciones, oficios judiciales, registros, notas y toda

otra documentación originada en el ámbito de la Administración Gubernamental de

Ingresos Públicos (AGIP), que le sean remitan para su archivo por cualquiera de las

áreas que integran la misma.

Custodiar y depurar las solicitudes de planes de facilidades de pago de los tributos que

recauda la AGIP.

Custodiar los planos presentados por los contribuyentes y los enviados por los

distintos organismos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para

establecer las valuaciones fiscales de los inmuebles.

Adoptar los recaudos necesarios para asegurar la conservación e integridad de la

documentación y de los actuados archivados.

Organizar y clasificar las actuaciones y la documentación de modo de asegurar la

disponibilidad y localización inmediata de las mismas.

Analizar los plazos de guarda de acuerdo a la normativa vigente y depurar los

actuados y los planes de facilidades en oportunidad de vencer el plazo de guarda de

los mismos.

Implementar el sistema de digitalización de la documentación que se encuentra bajo

su custodia y guarda con el objeto de asegurar su integridad y obtener de esta forma

una progresiva despapelización en el área del archivo general.

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 118

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN MESA DE ENTRADAS Y DESPACHO GENERAL

FUNCIONES

Supervisar y coordinar el despacho general de los expedientes, actuaciones y demás

documental dirigida al Administrador Gubernamental de Ingresos Públicos y al Director

General de Rentas/Dirección General Adjunta o que debe ser puesto a consideración

de los mismos en cumplimiento de la normativa vigente.

Ejecutar las tareas administrativas y técnicas necesarias para soportar y analizar la

gestión de la Dirección y los Departamentos a su cargo.

Analizar, proponer y asesorar sobre los circuitos administrativos para el correcto

desenvolvimiento de las actuaciones.

DEPARTAMENTO MESA DE ENTRADAS Y SALIDAS

FUNCIONES

Recibir, registrar y dar trámite a las actuaciones remitidas a la AGIP por Organismos

públicos, privados y contribuyentes particulares.

Recepción de todo tipo de actuados que ingresan a la Administración Gubernamental

de las restantes Unidades de Organización del GCBA.

Recepción de toda clase de oficios judiciales de todas las áreas de la Administración

Gubernamental para su egreso a los Juzgados, Fiscalías u otros Organismos del

GCBA.

Recepción de los Recursos Jerárquicos, de Reconsideración, de Alzada u otras vías

recursivas articuladas contra los actos administrativos.

Distribución de las actuaciones originadas en las áreas dependientes de la

Administración Gubernamental.

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 119

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Recepción, distribución y egreso de la correspondencia de los correos oficiales.

Controlar, Verificar y Asesorar a todas las áreas sobre el uso y operatividad del

Sistema Único de Mesa de Entradas (SUME).

DEPARTAMENTO DESPACHO

FUNCIONES

Informar y despachar los expedientes, actuaciones y demás documentación dirigida al

Administrador Gubernamental de Ingresos Públicos y al Director General de

Rentas/Dirección General Adjunta o que deba ser puesta a consideración de los

mismos.

Intervenir en el trámite de los Oficios Judiciales y en los requerimientos de los

Organismos de Control del GCBA, cuando corresponda la intervención de la Dirección

Mesa de Entradas y Despacho General, del Administrador y/o Director General

Efectuar las tareas administrativas y técnicas necesarias para soportar y analizar la

gestión de la Dirección Mesa de Entradas y Despacho General.

Protocolizar los actos administrativos emanados del Administrador Gubernamental de

Ingresos Públicos y del Director General de Rentas y Directora General Adjunta.

Recibir, clasificar y remitir las actuaciones provenientes de los distintos Sectores del

Organismo que requieran la intervención del Administrador como del Director General

de Rentas con destino al Departamento Despacho.

Remitir las actuaciones recibidas de la Administración Gubernamental, de la Dirección

General de Rentas/Dirección General Adjunta, dando cumplimiento al destino indicado

en cada actuado.

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 120

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Diligenciar las cédulas de notificación emanadas de las distintas Áreas de la

Administración Gubernamental.

Asesorar con relación a las disposiciones vigentes en materia de notificaciones.

Planificar y Coordinar los operativos de notificaciones con las distintas Áreas de la

Administración Gubernamental.

DIRECCIÓN DE CONTROL DE GESTIÓN

FUNCIONES

Realizar el control de la Gestión.

Apoyar a la AGIP en los temas que le sean requeridos para el desarrollo de las

políticas, planes y programas estratégicos del Organismo, así como participar en la

realización de proyectos especiales.

Asesorar a la AGIP y liderar el desarrollo de los estudios que específicamente le sean

asignados, con el fin de asegurar la disponibilidad de informes analíticos completos

para facilitar la toma de decisiones óptimas.

Analizar y evaluar el rendimiento y eficiencia en la administración del sistema

tributario.

Coordinar con las distintas dependencias de la AGIP la recopilación de datos y

elaboración de informes que se le requieran, con el objeto de garantizar la

disponibilidad de una base analítica preliminar, uniforme e integrada para evaluar la

gestión global del Organismo.

DEPARTAMENTO ANÁLISIS Y CONTROL DE GESTIÓN

FUNCIONES

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 121

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Asesorar a la superioridad y liderar el desarrollo de los estudios que específicamente

le sean asignados, considerando las ventajas e inconvenientes que presente cada

caso, con el fin de asegurar la disponibilidad de informes analíticos completos para

facilitar la toma de decisiones.

Entender en la definición de un sistema integral de control de gestión a los fines de

evaluar el cumplimiento de las objetivos y metas definidas a nivel operativo para la

AGIP.

Elaborar los indicadores sectoriales de gestión pública a fin de dar cumplimiento a la

Ley Nacional Nº 25.917 y la Ley de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Nº 1.726.

Diseñar el plan de actividades para el relevamiento de datos que permitan el

seguimiento de la gestión interna a fin de identificar la realidad de los hechos,

examinarlos y contrastarlos con criterios o modelos preestablecidos, para poder

señalar las discrepancias con vista a lograr las correcciones necesarias.

Evaluar y analizar los datos de gestión a fin de proponer al Organismo estrategias y

lineamientos operativos a considerar sobre la base del análisis y evaluación efectuada

de los desvíos observados.

Elaborar en forma periódica informes de gestión sobre la base del análisis del

cumplimiento de las metas fijadas.

Dirigir y controlar el seguimiento de los informes especiales solicitados por las áreas

dependientes de la AGIP, como así también por otras áreas del Gobierno de la Ciudad

de Buenos Aires, controlando que se cumpla con lo solicitado en tiempo y forma,

informando los atrasos y sus causas.

Administrar, analizar y evaluar el universo de contribuyentes que conforman el Padrón

de sujetos encuadrados en el régimen de recaudación y control de acreditaciones

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 122

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

bancarias, elaborando informes mensuales indicando los motivos de inclusión o

exclusión en el mismo.

Coordinar y controlar las respuestas emitidas a las consultas y reclamos interpuestos

por los contribuyentes encuadrados en el régimen de retención a las acreditaciones

bancarias.

Participar conjuntamente con la Dirección, en la representación del fisco local ante el

Comité de Administración Sircreb.

Administrar, actualizar y controlar la integridad de los datos que sirven de base para

los distintos modelos e informes, traduciendo asimismo los requerimientos de

información de la Dirección, en diseños de sistemas que puedan ser implementados

informáticamente.

Coordinar con las distintas dependencias de la AGIP la recopilación de datos y

elaboración de informes que se le requieran, con el objeto de garantizar la

disponibilidad de una base analítica preliminar, uniforme e integrada para evaluar la

gestión global del Organismo.

DEPARTAMENTO GESTIÓN OPERATIVA

FUNCIONES

Dirigir y coordinar la elaboración de los informes diarios de recaudación y cuadros

comparativos desagregados por los diferentes conceptos que conforman el sistema

tributario.

Analizar la evolución de la recaudación y realizar los informes comparativos por tipo de

tributo con relación a lo presupuestado, proyectado y ejecutado.

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 123

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Entender en la elaboración de las proyecciones mensuales de recaudación a fin de

obtener un cálculo lo más cercano posible a la realidad.

Evaluar el cumplimiento de los planes de recaudación establecidos por el Organismo.

Realizar el control y verificación de los datos de recaudación afectada al concepto de

fondo estimulo, según surge de lo establecido en el Decreto 6718 (Art. 35)

Generar el coeficiente progresivo regresivo, a ser utilizado en la determinación de

oficio del Impuesto sobre los Ingresos Brutos; y efectuar el procedimiento pertinente

para su publicación en el Boletín Oficial de la CABA.

Elaborar los coeficientes de actualización mensual de deudas de los tributos de la

Dirección General de Rentas, y difundir los mismos a los organismos

correspondientes, dentro y fuera del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

Controlar la correcta aplicación de los coeficientes de actualización de la deuda

tributaria.

Intervenir en la elaboración del informe mensual de recaudación.

Controlar la correcta acreditación de los montos correspondientes a la recaudación del

sistema Sircreb, como así también verificar que las devoluciones efectuadas por los

agentes de recaudación sean correctas, con relación a la información existente en el

padrón de devoluciones para cada período.

Realizar informes de gestión.

Evaluar el comportamiento tributario de los principales sectores económicos.

DEPARTAMENTO ECONÓMICO-TRIBUTARIO

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 124

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

FUNCIONES

Analizar y evaluar el rendimiento y eficiencia en la administración del sistema tributario

y su interrelación con las políticas implementadas y la evolución económica, a efectos

de brindar elementos de sustento para la toma de decisiones.

Proponer metodologías y modelos que permitan evaluar el rendimiento y eficiencia del

sistema tributario.

Evaluar y analizar el gasto tributario y la presión tributaria.

Elaborar informes sobre la evolución del Impuesto al Valor Agregado con relación al

impuesto sobre los Ingresos Brutos.

Determinar la incidencia de los principales sectores económicos en la evolución de la

recaudación.

Elaborar el informe mensual de recaudación, efectuando la comparación de los

recursos del periodo analizado y del acumulado en el año respecto al año anterior y a

la proyección de recursos. Incluye información de recaudación de los últimos cuatro

años con el máximo nivel de desagregación.

Coordinar la elaboración del anteproyecto de presupuesto del Organismo, a fin de

describir los objetivos de cada programa, realizar la apertura analítica de los mismos

determinando las unidades de medidas y las metas físicas a cumplir en cada uno.

Controlar el cumplimiento de las metas físicas presupuestadas para cada programa en

el periodo correspondiente. Se analizan los posibles desvíos, y se justifica aquellos

que son significativos.

Coordinar el seguimiento trimestral del presupuesto, e informar los formularios

respectivos a fin de cumplimentar con los requerimientos de los informes normados en

la ley 70 Art. 23.-

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 125

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Analizar y evaluar el índice morosidad en los impuestos empadronados y elaborar los

informes pertinentes, con el fin de obtener una clara visión de cuales serían las

medidas necesarias a tomar para disminuir el grado de incumplimiento.

Realizar el seguimiento de la recaudación de mandatarios a fin de determinar lo

recaudado por los diferentes tributos del Organismo.

Elaborar informes de stock de deuda, facturación, pago en termino y morosidad de los

impuestos empadronados; calculando el valor de la deuda acumulada y los casos

facturados pendientes de cobro.

Realizar informes de gestión.

Intervenir en la elaboración de las proyecciones mensuales de recaudación.

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 126

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)

GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN DE LEGALES

FUNCIONES

Asistir al Administrador General en la representación legal de la Agencia en los casos

que este le correspondan.

Intervenir en todas las actuaciones que se sustancien en sede administrativa o judicial

y sea competencia o interés de la Administración.

Intervenir en el diligenciamiento de Oficios Judiciales.

Dictaminar en forma previa a su suscripción en actos y contratos que deban celebrarse

para el funcionamiento de la Administración.

Asesoramiento jurídico general y supervisión y seguimiento de las actuaciones

provenientes de los organismos de control.

Coordinación y control de la actividad de los representantes del Fisco.

Intervenir en actuaciones administrativas relativas al deslinde de responsabilidades por

aplicación de la Ley de Empleo (Ley Nº 471).-

Intervenir en la instrucción de sumarios.-

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 127

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GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA (UAI)

FUNCIONES

Examinar en forma integral las actividades que se llevan a cabo en la Administración

Gubernamental de Ingresos Públicos, teniendo en cuenta las normas de control

interno que dicte la Sindicatura General de la Ciudad.

Aportar información calificada a la autoridad superior para una mejor toma de

decisiones.

Elevar el plan Anual de Auditoría Interna y obtener su aprobación de la autoridad

superior.

Informar sobre los temas de su competencia que la autoridad superior requiera.

Evaluar la precisión y oportunidad de la regularidad contable en las registraciones de

las operaciones y las medidas de salvaguarda tomadas para el acceso restringido a

los activos líquidos, fijos documentos y registros.

Observar que las erogaciones sean efectuadas y los ingresos percibidos en

cumplimiento con las normas legales y contables dentro de los niveles presupuestarios

correspondientes.

Evaluar la existencia de lineamientos y estándares de seguridad para la protección de

la información en todas sus presentaciones, medios y formas

Analizar y mejorar los procedimientos de la Administración Gubernamental de Ingresos

Públicos y su control interno.

Informar de inmediato a la autoridad superior la falta de cumplimiento de cualquier de

las normas que rigen los sistemas de control interno y administración financiera.

DIRECCIÓN DE AUDITORÍA

ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 128

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GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

FUNCIONES

Elaborar y proponer los programas de auditoría interna de la AGIP, de acuerdo a las

políticas y objetivos establecidos, para asegurar la correcta evaluación del

cumplimiento de las normas y procedimientos vigentes.

Dirigir la realización de auditorías internas en todas las dependencias del Organismo,

para verificar la adecuación de sus actuaciones a las normas y procedimientos

establecidos, su nivel de cumplimiento, detectar irregularidades e informar a la AGIP

con clara perspectiva de apoyo a la gestión.

Dirigir la realización de estudios específicos relativos a los procedimientos e

instrucciones de aplicación en la AGIP a fin de verificar el cumplimiento de las políticas

vigentes y las pautas operativas y administrativas establecidas en cada caso.

Coordinar la elaboración de los informes de las auditorías realizadas, elevándolos a la

AGIP para su evaluación, apoyando con la propuesta de resoluciones de los casos

detección de irregularidades y/o desvíos.

Apoyar con sus medios la realización de auditorías externas, facilitando el trabajo y la

comunicación con los auditores externos de manera de optimizar estas gestiones.

Mantener la comunicación permanente y elaborar la información a suministrar a la

Sindicatura General de la Ciudad de Bs. As., así como los requerimientos de la

Auditoría General de la Ciudad de Bs. As. de manera de cumplir con la legislación

vigente en la materia.

Participar en la definición de normas y procedimientos a efectos de establecer el

sistema de control interno.

Supervisar el uso de los manuales de normas y procedimientos en las distintas áreas

de la AGIP, verificando desvíos a las normas o estándares establecidos, identificando

vulnerabilidades al circuito de control interno, y proponiendo mejoras a los

ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 129

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GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

procedimientos establecidos con el objeto de asegurar la calidad de los resultados

obtenidos en cada proceso.

Efectuar el seguimiento de las recomendaciones y observaciones realizadas en el

marco de colaboración con los organismos de control externo.

DEPARTAMENTO DE AUDITORÍA OPERATIVA

FUNCIONES

Coordinar y realizar auditorias operativas en todas las dependencias del Organismo,

de acuerda los programas aprobados, para verificar el cumplimiento de las normas y

procedimientos vigentes, detectar desvíos si los hubiera e informar a la Dirección con

el fin de facilitar la toma de decisiones para su corrección.

Coordinar y realizar auditorias de los sistemas implementados en el Organismo, para

verificar su adecuación a los requerimientos operativos y el cumplimiento de

adecuados niveles de seguridad y resguardo de la formación, evaluando las

irregularidades en el caso de ser detectadas.

Realizar los estudios específicos con relación a la evaluación de programas y

proyectos operativos con el fin de asegurar que se contemplan las pautas definidas

para cada uno de ellos, detectar los desvíos que pudieran presentarse, informar al

responsable y apoyar en su solución.

Emitir informes sobre las auditorias realizadas, elevándolos a la Dirección de Auditoria

para su evaluación.

Facilitar los medios que se requieran para la realización de auditorias externas, a

través del trabajo y la comunicación directa con los auditores externos de manera de

optimizar estas gestiones.

DEPARTAMENTO DE AUDITORÍA DE SISTEMAS

ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 130

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GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

FUNCIONES

Coordinar y realizar auditorias de Sistemas en todas las dependencias del Organismo,

de acuerdo a los programas aprobados, para verificar el cumplimiento de las normas y

procedimientos vigentes, detectar desvíos si los hubiera e informar a la AGIP con el fin

de facilitar la toma de decisiones para su corrección.

Emitir informes sobre las auditorias realizadas, elevándolos a la Dirección de Auditoria

para su evaluación.

DEPARTAMENTO DE AUDITORÍA ADMINISTRATIVA

FUNCIONES

Coordinar y realizar auditorias administrativas y contables en todas las dependencias

del Organismo, de acuerdo a los programas aprobados, para verificar el cumplimiento

de las normas y procedimientos vigentes, detectar desvíos si los hubiera e informar a

la Dirección con el fin de facilitar la toma de decisiones para su corrección.

Realizar los estudios específicos con relación a la evaluación de programas y

proyectos, en lo que a sus aspectos administrativo-contables se refiere, a fin de

verificar que se contemplan las pautas establecidas para cada uno de ellos, detectar

irregularidades, informar al responsable y apoyar en su resolución.

Emitir informes sobre las auditorias realizadas, elevándolos a la Dirección de Auditoria

para su evaluación.

Facilitar los medios que se requieran para la realización de auditorias externas, a

través del trabajo y la comunicación directa con los auditores externos de manera de

optimizar estas gestiones.

ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 131

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GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Preparar informes relativos al contenido de normas y procedimientos administrativos

de nueva implantación en el tiempo fijado al efecto, para verificar su concordancia con

los objetivos propuestos

ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 500 - AGIP/08 (continuación)

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 132

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 227 - SECLyT/08

MODIFICACIONES Y COMPENSACIONES PRESUPUESTARIAS

Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires SIGAF

Modificación Presupuestaria Ejercicio: 2008 Tipo de Ajuste: Secretario del Area

Requerimiento Nº: 3840 Estado: REVISION OGEPU Fecha: 19/12/2008

Norma Aprobatoria:

Tipo Actuación:

Actuación Origen:

NOTA

NOTA

Nº:

Nº:

Nº:

Fecha:

3896-DGTAD-08 19/12/2008Fecha:

3896-DGTAD-08 Fecha: 19/12/2008

0

20-JEFATURA DE GOBIERNO

0

Jurisdicción:

Subjurisdicción:

Entidad:

Proyecto

CREDITO

UE FueFin FinFunPrograma Subprograma Actividad Obra Partida Importe

Diferencia:

1313131313131313131313

1111111111111111111111

100-JEFE DE GOBIERNO 100-JEFE DE GOBIERNO 100-JEFE DE GOBIERNO 100-JEFE DE GOBIERNO 100-JEFE DE GOBIERNO 100-JEFE DE GOBIERNO 100-JEFE DE GOBIERNO 100-JEFE DE GOBIERNO 100-JEFE DE GOBIERNO 100-JEFE DE GOBIERNO 100-JEFE DE GOBIERNO

1-CONDUCCION SUPERIOR1-CONDUCCION SUPERIOR1-CONDUCCION SUPERIOR1-CONDUCCION SUPERIOR1-CONDUCCION SUPERIOR1-CONDUCCION SUPERIOR1-CONDUCCION SUPERIOR1-CONDUCCION SUPERIOR1-CONDUCCION SUPERIOR1-CONDUCCION SUPERIOR1-CONDUCCION SUPERIOR

00000000000

00000000000

1-1-1-1-1-1-1-1-1-1-1-

0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

21102310233023502630269029203320351043604370

-1,000.00-7,000.00-4,000.00-2,000.00-3,000.00-2,000.00-10,000.001,000.001,000.0023,000.004,000.00

0.00

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 133

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 1.003 - CMCABA/08

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 134

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 1.003 - CMCABA/08 (continuación)

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 135

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 1.003 - CMCABA/08 (continuación)

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 136

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 1.003 - CMCABA/08 (continuación)

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 137

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 1.003 - CMCABA/08 (continuación)

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 138

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 1.003 - CMCABA/08 (continuación)

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 139

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 1.003 - CMCABA/08 (continuación)

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 140

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 1.003 - CMCABA/08 (continuación)

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 141

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 1.003 - CMCABA/08 (continuación)

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 142

Page 143: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 1.003 - CMCABA/08 (continuación)

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 143

Page 144: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 1.003 - CMCABA/08 (continuación)

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 144

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 1.003 - CMCABA/08 (continuación)

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 145

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 1.004 - CMCABA/08

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 146

Page 147: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 1.004 - CMCABA/08 (continuación)

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 147

Page 148: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 1.004 - CMCABA/08 (continuación)

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 148

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 1.004 - CMCABA/08 (continuación)

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 149

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 1.004 - CMCABA/08 (continuación)

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 150

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 1.004 - CMCABA/08 (continuación)

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 151

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 1.004 - CMCABA/08 (continuación)

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 152

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 1.004 - CMCABA/08 (continuación)

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 1.004 - CMCABA/08 (continuación)

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 154

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 1.004 - CMCABA/08 (continuación)

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 1.004 - CMCABA/08 (continuación)

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 1.004 - CMCABA/08 (continuación)

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 157

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 6.918 - MEGC/08

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 158

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 6.918 - MEGC/08 (continuación)

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 6.918 - MEGC/08 (continuación)

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S

“2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

.

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES

PARA LA LICITACION PÚBLICA NACIONAL E INTERNACIONAL

PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO Y LIMPIEZA DE ESPACIOS VERDES Y DEMAS SERVICIOS CONEXOS

EN LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DIRECCIÓN GENERAL DE ESPACIOS VERDES

SUBSECRETARÍA DE ESPACIO PÚBLICO

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLCO

GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S “2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

INDICE

ARTÍCULO

Art. 1º. – DEFINICIONES Art. 2º. – OBJETO DE LA CONTRATACION Art. 3º. – PRINCIPIOS RECTORES Art. 4º. – DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS Art. 5º.- AREA DE PRESTACIÓN Y PRESUPUESTO OFICAL Art. 6º.- PLAZO DE CONTRATACION DEL SERVICIO Art. 7º.- PRÓRROGA Art. 8º.- VENTA DE LOS PLIEGOS Art. 9º.- DOCUMENTACION CONTRACTUAL Y ORDEN DE PRELACION Art. 10º.- GARANTIA DE OFERTA Art. 11º.- MANTENIMIENTO DE OFERTA Art. 12º.- PRESENTACION DE LAS OFERTAS Art. 13º.- CONTENIDO DE LAS OFERTAS Art. 14º.- PLAN DE TRABAJO Art. 15º.- FALSEAMIENTO DE DATOS Art. 16º.- FORMA DE COTIZAR Art. 17º.- EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA Art. 18º.- CONSULTAS Y PEDIDOS DE ACLARACIONES Art. 19º.- CUMPLIMIENTO DE LOS TERMINOS DE LA LICITACIÓN Art. 20º.- LUGAR Y FECHA DEL ACTO DE APERTURA Art. 21º.- ACTO DE APERTURA Art. 22º.- SOLICITUD DE ACLARACIONES E INFORMACIÓN ADICIONAL Art. 23º.- PRESELECCIÓN Art. 24°.- METODOLOGIA DE CALIFICACIÓNArt. 25°.- PUNTAJE DE ANTECEDENTES EMPRESARIOS Art. 26º. ADJUDICACIÓN Art. 27º.- INTERPOSICION DE RECURSOS Art. 28º.- COTEJO DE LA INFORMACION Art. 29º.- SUSCRIPCION DEL CONTRATO - GARANTIA DE ADJUDICACIÓN Art. 30°.- SEGUROS. ACCIDENTES DE TRABAJO Art. 31°.- SEGUROS DE RESPONSABILIDAD CIVIL Art. 32°.- RENOVACIÓN DE PÓLIZAS Art. 33°.- CONTRATACIÓN DE LOS SEGUROS Art. 34°.- EXIGENCIAS DE LAS PÓLIZAS SIN RESTRICCIONES Art. 35°.- TÉRMINO PARA CONSTITUIR LOS SEGUROS Art. 36°.- PRESENTACIÓN DE LAS PÓLIZAS Art. 37º- EXCLUSIVIDAD DE PRESTACION DEL SERVICIO Art. 38º.- INICIACION DE LOS SERVICIOS Art. 39°.- DESIGNACIÓN DE RESPONSABLES Art. 40º.- DE LAS OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO EN LA EJECUCION DEL CONTRATOArt. 41º.- PARQUE DE MAQUINARIAS Art. 42°.- AMPLIACION O DISMINUCION DEL SERVICIO Art. 43º.- CESION O TRANSFERENCIA DEL CONTRATO Art. 44º.- SUBCONTRATACION

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación) G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S “2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

ARTÍCULO

Art. 45º.- FISCALIZACION DEL SERVICIO Art. 46º.- MEDIOS DE COMUNICACIÓN ENTRE LAS PARTES. INFORMES DE PENALIDADES - ACTAS DE CONSTATACION– CORREOS ELECTRONICOS Art. 47º.- CONTINUIDAD DEL SERVICIO Art. 48º.- GENERALIDADES Art. 49°. - CARGO Art. 50° MECANISMO DE REDETERMINACION DE PRECIOS Art.51º.- PROCEDIMIENTO DE LIQUIDACION Art. 52º.- IMPUESTOS, TASAS Y CONTRIBUCIONES QUE RIGEN LA ACTIVIDAD Art. 53º.- CAUSAS DE EXTINCIÓN DEL CONTRATO Art. 54º.- RESCISION POR CAUSA DEL ADJUDICATARIO Art. 55º.- INDEMNIZACION Art. 56º.- CONTINUIDAD DE LOS SERVICIOS ANEXO I ANEXO II ANEXO III ANEXO IV ANEXO V ANEXO VI ANEXO VII ANEXO VIII ANEXO IX

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Page 164: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S “2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

CAPITULO I

OBJETO DE LA LICITACION

Art. 1º. – DEFINICIONES

“Acta de Apertura”: Significa el acta que se otorga en el Acto de Apertura.

“Acta de Constatación”: Significa el acta mediante el cual se dejan asentadas las faltas incurridas por el Adjudicatario.

“Acta de Preadjudicación”: Significa el acta que otorga la Comisión de Evaluación aconsejando la adjudicación de determinado Oferente o preadjudicando a determinado Oferente.

“Acta de Preselección”: Significa el acta que otorga la Comisión de Evaluación aconsejando los Oferentes que califican para la Apertura del Sobre N°2.

“Acto de Apertura”: Significa el acto de apertura del Sobre N°1 en primera instancia y oportunamente el Sobre N° 2.

“Adjudicatario” o “Contratista”: Significan, indistintamente, la persona que resulte adjudicataria de cada una de las zonas de la presente Licitación.

“Comisión de Evaluación”: Significa la comisión de evaluación conformada a los efectos de la presente Licitación en los términos de lo requerido por la Ley 2.095.

“Contrato”: Significa el contrato suscripto entre el Adjudicatario y la autoridad competente del GCBA.

“Convenio Colectivo”: Significa el Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector Jardinería, Paisajismo y Parquizaciones, entre la Sociedad Argentina de Paisajistas y el Sindicato Unido de Jardineros, Parquistas, Viveristas y Floricultores de la República Argentina, que rige la actividad de los trabajadores que prestan el Servicio previsto en el presente pliego.

“DGEV”: Significa la Dirección General de Espacios Verdes.

“Días Hábiles”: Significan días hábiles administrativos.

“Documentos de la Licitación”: Significan los documentos mencionados en el artículo 9 del presente.

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

“Faltas Graves”: Significan las faltas consideradas graves conforme se establece en el Capítulo V del presente.

“Faltas Leves”: Significan las faltas consideradas leves conforme se establece en el Capítulo V del presente.

“GCBA”: Significa Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

“Garantía de Oferta”: Significa la garantía de Oferta mencionada en el artículo 10 del presente.

“Libro de Notas de Pedido”: Significa el libro debidamente rubricado en el cual se asientan las Notas de Pedido.

“Libro de Órdenes de Servicio”: Significa el libro debidamente rubricado en el cual se asientan las Órdenes de Servicio.

“Licitación”: Significa la presente licitación para la contratación del servicio de mantenimiento y limpieza de espacios verdes y demás servicios conexos.

“MAYEP”: Significa el Ministerio de Ambiente y Espacio Público.

“Notas de Pedido”: Significan las comunicaciones escrita del Adjudicatario dirigidas a la DGEV, obrantes en el Libro de Notas de Pedido.

“Órdenes de Servicio”: Significan las comunicaciones escrita del DGEV dirigidas al Adjudicatario, obrantes en el Libro de Órdenes de Servicio.

“Oferta”: Significa la documentación que presenta cada Oferente en el Acto de Apertura.

“Oferente”: Significa la persona que presentó su Oferta en la presente Licitación.

“PAE”: Significa el puntaje de antecedentes empresarios previsto en el artículo 25 del presente.

“PCG”: Significa el pliego de condiciones generales.

“PCP”: Significa el presente pliego de condiciones particulares.

“PET”: Significa el Pliego de Especificaciones Técnicas.

“Plan de Trabajo”: Significa el plan de trabajo descripto en el artículo 14 del presente.

“Pliegos”: Significan en conjunto el PCG, PCP, PET, sus anexos y circulares.

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación) G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S

“2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

“Presupuesto Oficial”: Significa el presupuesto oficial de la Licitación.

“Presupuesto Oficial de la Zona”: Significa el presupuesto de la Zona por la que se hace la Oferta.

“Repartición Licitante”: Significa la repartición del GCBA que lleva adelante el procedimiento licitatorio.

“Representante Técnico”: Significa el responsable ante la DGEV de la correcta y perfecta ejecución de los trabajos que se licitan, así como de suministrar la información que se requiera, así como todos aquellos otros que se requieran para la mejor marcha de los trabajos y la emisión de las Notas de Pedido. En caso de producirse la acefalía en el cargo, cualquiera sea la razón o motivo, el Adjudicatario propondrá el reemplazante en un plazo máximo de 5 (cinco) días corridos de producida la vacante.

“SSEP”: Significa la Subsecretaría de Espacio Público dependiente del Ministerio de Ambiente y Espacio Público.

“Servicios Estético-Funcionales de Recuperación inicial”: Significan los servicios descriptos en el artículo 3 B) del presente PCP.

“Servicios Estético-Funcionales de Recuperación por Requerimiento”: Significan los servicios descriptos en el artículo 3 C) del presente PCP.

“Servicios de Mantenimiento y Limpieza”: Significan los trabajos descriptos en el artículo 3 A) del presente PCP.

“Sobre Exterior” o “Sobre N°1”: Significan, indistintamente, el sobre exterior mencionado en el artículo 13 del presente.

“Sobre Interior” o “Sobre N°2”: Significan, indistintamente, el sobre interior mencionado en el artículo 13 del presente.

“Tabla de Ponderación”: Significa la tabla de ponderación del capítulo III del presente.

“UTE”: Significa indistintamente unión transitorio de empresa o consorcio de cooperación.

“Vandalismo Menor”: Es el robo, hurto o ataque proferido por una o más personas que provoque la sustracción, destrucción o inutilización total de hasta el 40% (cuarenta por ciento) del mobiliario ubicado en algún espacio verde de una Zona determinada.

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

“Zona”: Significa la superficie de “cordón a cordón” y todo lo que se encuentre en ella, ya sea de la Zona 1, Zona 2 o Zona 3 según lo que el contexto requiera.

Todos los términos utilizados en plural o singular indistintamente que comiencen con mayúscula tendrán el significado que se les asigna en el presente o en los demás documentos de la Licitación, y subsidiariamente tendrán el significado de costumbre.

Art. 2º. – OBJETO DE LA CONTRATACION

El presente Pliego tiene por objeto regir la Licitación destinada a seleccionar a los Contratistas que prestarán el Servicio Público de Mantenimiento y Limpieza de Espacios Verdes y demás Servicios Conexos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.El GCBA ha establecido que la presente Licitación se sustancie como una Licitación Pública Nacional e Internacional de etapa múltiple, de conformidad con la Ley de Compras y Contrataciones vigente en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. A los efectos de la interpretación del Pliego y todo otro documento contractual, los términos y expresiones utilizadas tendrán el significado que se detalla en la Terminología.Los servicios a prestar son:

A) Servicio de Mantenimiento y Limpieza B) Servicios Estético-Funcionales de Recuperación Inicial C) Servicios Estético-Funcionales por Requerimiento

Art. 3º.- MARCO JURÍDICO

La presente Licitación se regirá por el Pliego, las disposiciones de la Ley N° 2.095, su Decreto Reglamentario N° 754/GCBA/08, la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad (Decreto N° 1.510/GCBA/97) sus normas reglamentarias y complementarias, así como la legislación de la República Argentina y el ordenamiento jurídico vigente en la CABA, de conformidad con el orden de prelación normativa previsto en el artículo 11 del presente Título.

Art. 4º.- AUTORIDAD DE APLICACIÓN

La presente Licitación es convocada a través de la Dirección General de Espacios Verdes, dependiente de la Subsecretaría de Espacio Público del Ministerio de Ambiente y Espacio Público del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con sede en la calle Carlos Pellegrini Nº 211 piso 8, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la cual será Autoridad de Aplicación de la misma, como así también de la ejecución del Contrato a que aquella diera lugar.

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Page 168: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación) G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S

“2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

Art. 5º. – PRINCIPIOS RECTORES

La totalidad de los servicios alcanzados por el presente PCP deberán prestarse bajo el cumplimiento de los principios rectores que se enuncian a continuación:

Principio de Calidad de Prestación en los Espacios Verdes

Todas las tareas, los servicios u obras que se ejecuten bajo el presente tienen por objetivo lograr la excelencia del estado de la Zona de que se trate, siendo responsabilidad exclusiva del Adjudicatario lograr el objetivo. Esto incluye pero no se limita al mantenimiento de la carpeta cespitosa de cada Zona verde en un noventa por ciento (90%).

En el mismo sentido, todas las tareas descriptas en los Documentos de la Licitación, presuponen la realización por parte del Adjudicatario de todas las revisiones periódicas, reacondicionamientos, reparaciones, ensayos, mediciones, etc., que fuese necesario realizar para conservar los Espacios Públicos, lo cual incluye pero no se limita a espacios de juegos, en las condiciones que garanticen su normal uso y funcionamiento, manteniendo el nivel de seguridad requerido por las normativas vigentes para instalaciones en la vía pública.

Principio de Inclusión por Conexidad o Accesoriedad Necesaria

En todos los casos se reputará que las tareas, servicios u obras encomendadas en el marco de la presente Licitación, comprende las tareas, servicios u obras conexos o necesariamente accesorios o necesarios a las mismas a los fines de obtener resultados acordes a los objetivos de excelencia pretendidos en la presente Licitación. En este sentido, en las cotizaciones de las tareas, servicios u obras cotizadas en la Oferta que resulte Adjudicataria se reputarán contempladas dichas tareas, servicios u obras conexas o necesariamente accesorias a las mismas a los fines de lograr los objetivos de excelencia pretendidos en la presente Licitación.

Principio de Custodia y Mantenimiento

El mantenimiento de la Zona adjudicada impone a cargo de Adjudicatario la custodia de los bienes ubicados en la Zona de que se trate. En consecuencia el Adjudicatario es responsable de reponer, reparar o reemplazar cualesquiera de ellos a su estado original, cuando fueren deteriorados o destruidos por causas propias o ajenas al actuar del Adjudicatario incluidos hechos de vandalismo menor En este sentido, en las cotizaciones de las tareas, servicios u obras previstas en la Oferta adjudicada se reputarán contemplados los costos de reposición, reparación o reemplazo de los bienes cuando ello fuera necesario por haber sido deteriorados o destruidos por causas propias o ajenas al actuar del Adjudicatario incluidos hechos de vandalismo menor.

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

Sin perjuicio de lo anterior se deja establecido que la propiedad y facultad de disposición plena de los bienes ubicados en la Zona es del GCBA, lo cual incluye los residuos generados en los Espacios Verdes cualquiera sea su tipo y procedencia.

Principio de Garantía Continuidad del Servicio

En ningún caso la invocación de la situación imprevista (incluyendo la falta de pago de parte del GCBA) autorizará al Adjudicatario a suspender o reducir la realización de las tareas, prestación de los servicios o ejecución de las obras, los que se deberán continuar realizando, prestando o ejecutando, según sea el caso, en las condiciones estipuladas, mientras se encuentre vigente el Contrato.

Art. 6º. – DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS

Los servicios previstos bajo la presente Licitación han sido clasificados en tres rubros (A, B y C), cada uno de los cuales incluye los trabajos que deberán ejecutarse en los términos especificados en los Documentos de Licitación y que se describen seguidamente:

A) Servicios de Mantenimiento y Limpieza: Las tareas que se enuncian en este rubro deberán ser ejecutadas por el Adjudicatario durante toda la vigencia del Contrato.

6.1.- Mantenimiento Integral de los Espacios Verdes

6.1.1.- Manejo del Césped 6.1.2.- Atención de canteros 6.1.3.- Atención de Especies Vegetales

6.2.- Limpieza Integral 6.2.1.- Áreas Verdes. 6.2.2.- Áreas secas - Senderos , solados y veredas. 6.2.3.- Deposiciones Caninas

6.3.- Mantenimiento y Limpieza de Infraestructura 4.3.1.- Áreas Secas- Senderos, solados y veredas 6.3.2- Mobiliario 6.3.3.- Rejillas y desagües6.3.4.- Cestos Papeleros 6.3.5-. Cartelería6.3.6.- Bebederos 6.3.7.- Zonas deportivas 6.3.8.- Servicios especiales días de afluencia extraordinaria

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Page 170: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S “2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

6.4.- Mantenimiento integral y Limpieza de los Espejos de Agua. 6.4.1.- Fuentes 6.4.2- Estanques

6.5.- Mantenimiento de Riego 6.5.1. Tareas de riego manual 6.5.2. Mantenimiento de sistemas de riego

6.6.- Patio de Juegos

6.7.- Mantenimiento y Limpieza de Obras de Arte, Monumentos, Esculturas, Estatuas, Bustos y Placas

6.8.- Mantenimiento, Conservación y Reposición de Rejas y Portones

6.9.- Mantenimiento de Baños Públicos existentes.

6.10.- Mantenimiento Preventivo y Correctivo del Alumbrado Público en espacios verdes

6.11.- Veedor de plaza

6.12.- Medidas de seguridad para el tránsito de peatones

B) Servicios Estético-Funcionales de Recuperación Inicial: Las tareas que se enuncian en este rubro deberán ser realizadas por el Adjudicatario dentro los primeros 90 (noventa) días desde la fecha de firma del Contrato, en la forma que se describe en el PET. Las tareas aquí previstas serán pagadas por el GCBA en dieciocho (18) meses a computarse a partir de la firma del Contrato, conforme se describe en el Capítulo VI del presente PCP.

C) Servicios Estético-Funcionales por Requerimiento: Son las tareas que el Adjudicatario deberá ejecutar en la medida que le sean solicitadas por la DGEV, dentro de un plazo razonable que le será indicado. El GCBA se reserva el derecho de ejecutar hasta el veinte por ciento (20 %) del total del monto contractual de cada rubro, sin derecho a reconocimiento o resarcimiento alguno para el Adjudicatario en caso que el resto de los trabajos no se realicen o bien que los trabajos se realicen con recursos propios del GCBA o bien a través de terceros por los motivos que fueren. Las tareas que se podrán solicitar bajo el presente rubro deberán ser ejecutadas en la forma descripta en el PET, y son las siguientes:

1. Trabajos en espacios verdes indicados en el Preciario N°1 del Anexo Vdel presente.

2. Trabajos de reparación o coacción de sistemas de riego indicados en el Preciario N°2 del Anexo V del presente.

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Page 171: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

3. Suministro de insumos restauración monumentos y obras de arte indicados en el Preciario N°3 del Anexo V del presente.

4. Trabajos de recuperación de solados rígidos indicados en el Preciario N°4 del Anexo V del presente.

5. Trabajos de remodelación y optimización de alumbrado indicados en el Preciario N°5 del Anexo V del presente.

6. Trabajos de instalación de patios de juegos por diseño libre indicado en el Preciario N°6 del Anexo V del presente.

7. Trabajos de adecuación a normas IRAM de patrios de juegos conforme Preciario N°7 pertinente del Anexo V del presente.

8. Trabajos de instalación de mobiliario indicados en el Preciario N°8 pertinente del Anexo V del presente.

9. Incorporación de Vigilador de Plaza para cumplir Trabajos de Vigilancia en Espacios Verdes con personal de Empresa de Seguridad Autorizada por el GCBA.

Art. 7º.- AREA DE PRESTACIÓN Y PRESUPUESTO OFICAL

Los servicios serán prestados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que a los fines de esta Licitación se ha subdividido en 3 (tres) zonas (las “Zonas” y cada una de ellas la “Zona”).

Las calles límites entre Zonas corresponden a una de ellas y se especifica en su descripción en cual de las mismas ha sido incluida. Los límites de cada Zona se describen a continuación:

ZONA NORTE: Comprende los CGP N° 2, N° 12, N° 13 y N° 14.

ZONA CENTRO: Comprende los CGP N° 1, N° 3, N° 5, N° 6, N° 11 y N° 15.

ZONA SUR: Comprende los CGP N° 4, N° 7, N° 8, N° 9 y N° 10.

Los espacios verdes incluidos en el Programa de Padrinazgo, serán atendidos con los servicios descriptos en el presente PCP.

La DGEV se reserva el derecho de reemplazar espacios verdes en cada Zona

El Presupuesto Oficial para cada una de las Zonas es el siguiente:

ZONA PRESUPUESTO OFICIAL

Zona Norte $ 97.638.580,56.-

Zona Centro $ 80.510.515,52.-

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S “2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

Zona Sur $ 68.343.839,05.-

El precio global mensual para la Zona será en pesos (incluido el IVA) y por todas las tareas comprendidas en el servicio objeto del presente, que sean necesarias de realizar en cada uno de los espacios verdes.

A los efectos emergentes del Impuesto al Valor Agregado, se deja constancia que el Gobierno reviste carácter de Exento, debiendo el Contratista ajustarse a la Resolución General D.G.I. 3419/90, en consecuencia, en las Ofertas no deberá discriminarse el importe correspondiente a la incidencia de este Impuesto, debiendo incluirse el mismo en el precio respectivo.-

El monto total estimativo del servicio objeto del presente asciende a la suma de $ 246.492.935,13.-

Art. 8º.- PLAZO DE CONTRATACION DEL SERVICIO

El plazo de duración del contrato será de 36 meses consecutivos e ininterrumpidos. Dicho período comenzará a contarse desde el día de iniciación de la prestación de los servicios conforme lo establecido en el art. 38 del presente Pliego.

Art. 9º.- PRÓRROGA

El GCBA se reserva el derecho de prorrogar el Contrato, bajo idénticas condiciones a las adjudicadas, respetándose los valores contractuales, por un período de hasta 12 (doce) meses consecutivos e ininterrumpidos.

Al operar la finalización del Contrato o de la prórroga de éste, prevista en el presente artículo, por cualquiera de los modos previstos en los Pliegos, el Adjudicatario estará obligado a requerimiento del GCBA, a continuar la prestación de los servicios por un plazo de hasta 60 (sesenta) días corridos. En este caso, el GCBA notificará fehacientemente al Adjudicatario con 30 (treinta) días de anticipación. Los servicios correspondientes a dicho lapso serán retribuidos en la misma forma que durante el plazo de la contratación, rigiendo todas las estipulaciones y condiciones establecidas en los Documentos de la Licitación.

Art. 10º.- ADQUISICIÒN DE LOS PLIEGOS

Los Pliegos podrán retirarse en las oficinas de la Dirección General de Compras y Contrataciones dependiente del Ministerio de Hacienda ubicadas en Av. De Mayo 525 P.B. Oficina 20 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el horario de 9.30 a 15 horas, hasta 5 (cinco) días corridos antes de la fecha prevista para el Acto de Apertura. Si dicha fecha fuese prorrogada, se prorrogará por igual término la fecha límite para el retiro de los Pliegos. El Pliego será gratuito conforme a los lineamientos aconsejados en el Dictamen PG – Nº 64580/08.

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

Los interesados podrán tomar conocimiento de los Pliegos así como de los antecedentes de los servicios anteriores en las oficinas de la Dirección General de Compras y Contrataciones dependiente del Ministerio de Hacienda ubicadas en Av. De Mayo 525 P.B. Oficina 20 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el horario de 9 a 15 horas. Sólo podrán pedir aclaraciones y ofertar aquellas personas que hubieran retirado los Pliegos.

En caso de impugnación al pliego se procederá de acuerdo a lo establecido en los artículos 17 y 18 de las Cláusulas Generales, la cual puede ser recibida hasta CUARENTA Y OCHO (48) horas antes de la fecha de apertura de las ofertas y se tramita por cuerda separada.-

El depósito de la impugnación será equivalente aL TRES por ciento (3%) del monto estimado de la contratación.-

Art. 11º.- DOCUMENTACION CONTRACTUAL Y ORDEN DE PRELACION

Los siguientes documentos constituyen los Documentos de la Licitación: 1) los Pliegos de la Licitación y sus Anexos, 2) las circulares aclaratorias con y sin consulta, 3) el contrato suscripto con el Adjudicatario; 4) las Ordenes de Servicio; y 5) La Oferta y los documentos aclaratorios o complementarios, tomados en consideración para la adjudicación.

En caso de existir contradicciones cuestiones de interpretación entre dichos Documentos de la Licitación, el orden de prelación será:

1. El Pliego de Condiciones Generales, el Pliego de Condiciones Particulares, Pliego de Especificaciones Técnicas y las circulares.

2. El Contrato.3. La Oferta y los documentos aclaratorios o complementarios, tomados en

consideración para la adjudicación.

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S “2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

CAPITULO II

DE LA PRESENTACION A LA LICITACION

Art. 12º.- GARANTIA DE OFERTA

El Oferente deberá constituir una Garantía de Oferta en alguna de las formas previstas en el PCG y a los fines de su cálculo deberá tomarse el Presupuesto Oficial de cada Zona por la que el Oferente presente su Oferta, y tendrá vigencia por el término de mantenimiento de Oferta como mínimo.La misma podrá formalizarse mediante: a) Dinero en efectivo: depositado en el Banco Ciudad de Buenos Aires, de

conformidad con lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones Generales.b) Mediante cheque certificado, contra una entidad bancaria. El Organismo

depositará el cheque dentro de los plazos que rijan para estas operaciones. Cuando la garantía se integre mediante el depósito en efectivo -Apartado a)- el mismo deberá efectuarse en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires y cuando se opte por cheque certificado, previsto por el Apartado b), éste deberá estar emitido a favor de la citada entidad bancaria o su similar. En caso que se opte por alguna de las opciones mencionadas precedentemente, el proveedor deberá concurrir a la Casa Matriz del Banco Ciudad, sita en la calle Sarmiento Nº 630, Piso 2º, Sector Títulos y Valores y abrir una “Cuenta de Garantía”, efectuando en ella los depósitos pertinentes, extendiéndole el Banco un comprobante dentro de las 48 (cuarenta y ocho) horas, el que se deberá adjuntar a la oferta.

c) Fianza o aval bancario a satisfacción de la Autoridad de Aplicación: a tal efecto, el Oferente deberá presentar conjuntamente con la Oferta una carta fianza extendida a favor del GCBA, por la cual la institución bancaria, radicada en el país, se constituye en fiadora solidaria, lisa, llana y principal pagadora renunciando al beneficio de excusión y división, así como al beneficio de interpelación previa judicial.

d) Seguro de Caución: extendido a favor del GCBA, por una compañía reconocida por la Superintendencia de Seguros de la Nación, y que resulte satisfactoria para el GCBA, quien deberá constituirse en fiadora solidaria, lisa, llana y principal pagadora renunciando al beneficio de excusión y división así como al beneficio de interpelación previa judicial.

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

Art. 13º.- MANTENIMIENTO DE OFERTA

Los Oferentes se obligan a mantener sus Ofertas por el término de 20 (veinte) Días Hábiles desde el Acto de Apertura. Sin embargo, el plazo de mantenimiento de las Ofertas quedará prorrogado de pleno derecho hasta el momento del perfeccionamiento del contrato. El oferente tendrá la posibilidad de retirar su oferta una vez fenecido el plazo estipulado en el presente artículo mediante comunicación fehaciente.

Art.14º.- CONDICIONES PARA SER OFERENTE

Podrán participar como Oferentes en la presente Licitación las sociedades comerciales regularmente constituidas conforme la Ley 19.550 y sus modificatorias, domiciliadas en el país o constituidas en el exterior, éstas últimas sólo en las condiciones previstas en el presente artículo.Las Sociedades podrán participar en la Licitación como Oferentes en forma individual o como integrantes de un Consorcio pero no podrán hacer uso de ambas alternativas. Tampoco podrán ser parte integrante de más de un Consorcio. Los Consorcios no podrán estar integrados por más de tres (3) Sociedades. La detección de alguna de estas situaciones será motivo de rechazo automático de todas las Ofertas en que participen, individualmente o como integrantes de un Consorcio, las firmas que no observasen las limitaciones antes descriptas.En ningún caso podrán participar como Oferentes, ya sea en forma individual o asociada en Consorcio, las personas físicas, ni las sociedades irregulares o de hecho.Las Sociedades constituidas en el extranjero sólo podrán participar de la presente Licitación en forma conjunta con Sociedades Comerciales constituidas en la Argentina, bajo la forma de Consorcio. En estos casos, la participación patrimonial de las Sociedades constituidas en el extranjero dentro del Consorcio no podrá superar el cuarenta y nueve por ciento (49%), requisito que se acreditará en la Carpeta de Presentación a través de la documentación constitutiva del Consorcio, acompañada de una declaración jurada de la Sociedad constituida en el extranjero, manifestando expresamente que su participación patrimonial no superará el límite indicado más arriba durante el Plazo Contractual.Las Sociedades constituidas en la Argentina deberán poseer una antigüedad no menor a cinco (5) años, contados desde la fecha de constitución hasta la fecha de publicación en el Boletín Oficial del llamado a la presente Licitación.En los casos de Consorcios, uno de sus integrantes deberá actuar como el Operador, y contar con una participación mínima del treinta y cinco por ciento (35%) en el Consorcio, requisito que se acreditará en la Carpeta de Presentación a través de la documentación constitutiva del Consorcio, acompañada de una declaración jurada del Operador, manifestando expresamente que su participación patrimonial

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Page 176: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S “2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

no podrá ser modificada en menos durante el trámite licitatorio ni durante el Plazo Contractual.En los casos de Consorcios, todas las Sociedades que lo integren deberán cumplir en lo que respecta a su constitución y demás efectos las prescripciones de la Ley de Sociedades Comerciales Nº 19.550, su Decreto Reglamentario, normas complementarias y modificatorias, y en especial: a) Unificar su personería y fijar domicilio único. b) Acreditar fehacientemente su decisión irrevocable de asociarse para esta

presentación expresada a través de los órganos correspondientes de cada Sociedad.

c) Acompañar declaración jurada bajo la forma de instrumento público otorgado en el país y conforme a las normas argentinas, y suscripta por todos los integrantes del Consorcio, en la que:

1. Se designa al Operador. 2. Se establece que cada Sociedad integrante del Consorcio se constituirá en

codeudor de todas las obligaciones en cabeza del Consorcio o de cada uno de sus integrantes causadas en ocasión de su participación en la Licitación, de la ejecución del Contrato o en la prestación del Servicio, asumiendo responsabilidad solidaria e ilimitada por todas sus obligaciones sin beneficio de división ni excusión durante todo el Plazo Contractual.

3. Se designa al Representante Legal de una de las sociedades individuales como Representante Único del Consorcio, a los efectos que corresponda.

4. Se designa al Representante Técnico, a los efectos previstos en este Pliego.

Si el Adjudicatario fuera un Consorcio, previo a la suscripción del Contrato tendrá la obligación de optar entre: a) Constituir una UTE conforme las disposiciones de la Ley 19.550, especialmente

sus artículos 377 y siguientes, debiendo establecerse en forma expresa en el contrato de UTE:

1. Responsabilidad solidaria e ilimitada de sus integrantes por todas las obligaciones emergentes del Contrato.

2. Cantidad y naturaleza de los aportes que cada integrante comprometa.3. Su objeto debe ser exclusivamente el cumplimiento del Contrato y su plazo

de vigencia no inferior al Plazo Contractual, debiendo preverse una eventual prórroga y/o extensión.

b) Constituir una Sociedad Anónima conforme lo establecido en la Ley 19.550, sus modificatorias y reglamentarias, en donde se prevea en forma expresa lo siguiente:

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

1. Su objeto debe ser exclusivamente el cumplimiento del Contrato y su plazo de vigencia no inferior al Plazo Contractual, debiendo preverse una eventual prórroga y/o extensión.

2. La participación comprometida irrevocablemente de cada integrante en la nueva Sociedad.

3. La asunción en forma expresa por cada integrante de la SA del carácter de codeudor de todas las obligaciones en cabeza de la SA causadas en ocasión de la ejecución del Contrato o en la prestación del Servicio, asumiendo responsabilidad solidaria e ilimitada por todas sus obligaciones sin beneficio de división ni excusión durante todo el Plazo Contractual.

Cualquiera sea la forma de constitución elegida por el Consorcio, hasta tanto no sea aprobada y registrada la SA o el Contrato de UTE por la autoridad competente, el mismo actuará como SA o UTE en formación, con la garantía de las Sociedades que lo integren en carácter de codeudoras solidarias.El estatuto social o el contrato de UTE del Contratista deberán prever una cláusula que contenga la prohibición de no modificar durante todo el Plazo Contractual los porcentajes de participación en el capital social sin contar con expresa autorización previa del GCBA. Asimismo, queda prohibida la transferencia de acciones o cualquier otro mecanismo que traiga aparejado el reemplazo del Operador o la reducción de su participación mínima, de modo tal que resulte una variación en la atribución del control total y responsabilidad del Operador en los aspectos técnicos operativos del Servicio. Finalmente, queda prohibido el reemplazo del Representante Técnico exigido en el Pliego, sin previa autorización del GCBA. En el supuesto de que la documentación que acredita la personería jurídica del Oferente o cualquier otro instrumento legal relacionado con la presente Licitación no estuviera redactado en idioma castellano, deberá ser acompañado por una traducción legalizada. Los poderes y documentación conferidos fuera de la República Argentina serán otorgados según las formas del lugar de otorgamiento y serán debidamente legalizados según la legislación nacional aplicable y con la intervención de los organismos competentes, debidamente apostillados en caso de corresponder. Asimismo deberá ser legalizada en forma similar toda la documentación requerida para el caso de sociedades extranjeras (certificados de existencia legal, estatutos, actas de directorio, instrumentos de vinculación, balances, poderes, etc.). Asimismo, en la Carta de Presentación requerida por el presente Pliego deberá figurar el nombre de cada una de las Sociedades integrantes de la UTE o SA, el domicilio especial en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de cada una de ellas, y el domicilio especial común de la UTE o SA en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.En caso de tratarse de Sociedades constituidas en el extranjero, deberá acreditarse que las mismas se encuentren regularmente constituidas, de acuerdo a la legislación vigente en su país de origen. Asimismo los balances y estados de situación

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Page 178: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S “2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

patrimonial expresados en la moneda del país de origen, deberán haber sido presentados ante el correspondiente organismo de control –si esto correspondiese según la legislación de su país de origen-, adjuntando una traducción oficial al castellano con todos los importes convertidos a la moneda de curso legal en la Argentina, refiriendo el tipo de cambio utilizado y su fuente, todo debidamente legalizado.

Art. 15º.- IMPEDIMENTOS PARA SER OFERENTE

No podrán participar en la presente Licitación directamente como Oferentes, o indirectamente como integrantes de un Consorcio, como accionistas de otra sociedad comercial, o como integrantes de una UTE:a) Las Sociedades cuyos accionistas, directores, apoderados o representantes

hayan sido condenados por delitos económicos con sentencia firme. b) Las Sociedades integradas por personas físicas y/o jurídicas cuyos miembros del

directorio y/o Consejo de Vigilancia, accionistas, síndicos, y/o gerentes resulten agentes y/o funcionarios –bajo cualquier forma de modalidad contractual- del Sector Público Nacional o del GCBA.

c) Las Sociedades cuyos miembros del directorio y/o Consejo de Vigilancia, accionistas, síndicos, y/o gerentes se encuentren inscriptos en el Registro de Deudores Morosos Alimentarios del GCBA.

d) Las Sociedades en estado de quiebra o concurso. e) Las Sociedades que se encontraren suspendidas o inhabilitados en el RIUPP, así

como en el Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas y/o de Proveedores, o en cualquier Municipalidad del país y/o en registros provinciales del Estado o en sus equivalentes de los países de origen o de actuación, en caso de Sociedades constituidas en el extranjero.

f) Las Sociedades que hayan sido sancionadas con la rescisión o anulación por incumplimiento a ellas imputable de sus obligaciones contractuales en el país y/o en el extranjero

g) Las Sociedades cuyos Representantes Técnicos no están debidamente habilitados para el ejercicio profesional por el Colegio y/o Consejo Profesional que correspondiere.

h) Las Sociedades que posean participación patrimonial directa o indirecta en otras Sociedades Oferentes -ya sea que estas últimas se hubieran presentado en forma individual o como integrantes de una S.A. o UTE- ni con carácter de controlante ni como vinculada conforme el artículo 33 de la Ley de Sociedades Nº 19.550.

Cuando se constatara que el Oferente estuviere alcanzado por alguna de las prohibiciones establecidas en este artículo y/o en algún otro artículo del presente Pliego, se aplicarán las siguientes sanciones:

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 178

Page 179: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

a) El rechazo de su Oferta con la pérdida de la Garantía de Mantenimiento de Oferta.

b) La anulación de la Adjudicación con pérdida de la Garantía de Mantenimiento de Oferta, cuando el impedimento se advirtiera después de notificada la Adjudicación.

c) La resolución del Contrato, con pérdida de la Garantía de Cumplimiento de Contrato, cuando el impedimento se advirtiera después de firmado el Contrato, sin perjuicio de la reclamación de daños y perjuicios que pudiera corresponder a favor del GCBA.

Art.16º.- CONOCIMIENTO DE LAS CONDICIONES

La presentación de la Oferta, importa de parte del Oferente, el pleno conocimiento del ámbito en el que se prestará el Servicio, las condiciones, factores externos, características propias y generales de su desarrollo y que se han estudiado profusamente y aceptado todas las cláusulas del Pliego, por lo que no podrá con posterioridad invocar en su favor, para justificar los errores en que pudiera haber incurrido al formular la Oferta, duda o desconocimiento de las cláusulas y disposiciones legales aplicables o de las condiciones técnicas y fácticas del Servicio.Asimismo el Oferente se hace responsable de manera exclusiva por la obtención de la información y de la realización de los estudios de campo necesarios para la elaboración de su Oferta.

Art. 17º.- PRESENTACION DE LAS OFERTAS

Se adecua lo estipulado en el artículo 10 del PCG para la presentación de las Ofertas, las cuales se ajustarán a lo establecido en el presente artículo.

Las Ofertas deben presentarse en las oficinas del GCBA y en el día y hora que se indican en el capítulo siguiente del presente PCP.

El Gobierno dará recibo numerado de los sobres entregados hasta el día y hora fijados para la apertura. Recibido el sobre se le pondrá cargo, indicando fecha y hora. Los sobres que llegaran al GCBA pasada la hora de apertura, cualquiera sea la causa de la demora, no serán recibidos, bajo ninguna circunstancia. Bajo ningún concepto se admitirá el retiro de Ofertas ya presentadas.

La presentación se hará de la siguiente forma:

Un único sobre (el “Sobre Exterior” o “Sobre Nº 1”), en cuyo interior se encontrará la documentación que se indica en el artículo siguiente de este PCP y el sobre interior (el “Sobre Interior o “Sobre Nº 2”).

1) El Sobre Exterior o Sobre N° 1 sin ningún tipo de inscripción o membrete que identifique al Oferente llevará como únicas leyendas las siguientes:

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Page 180: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S “2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

1º) Denominación de la Licitación a la cual corresponde la Oferta. 2°) Número de Licitación y Expediente.3º) Día y hora fijados para la apertura.

2) Dentro del Sobre Interior o N°2 se presentarán tantos Sobres Nº 2 como Zonas que desee cotizar el Oferente, los cuales tendrán la siguiente leyenda “Sobre N° 2 – Zona___”.

El Sobre Interior o Nº 2 llevará como únicas leyendas:

1º) Denominación de la Licitación. 2º) Día y hora de apertura. 3º) Nombre y dirección del Oferente. Bajo ningún concepto podrá

omitirse este dato.

Toda la documentación requerida para esta Licitación se presentara por Triplicado y en idioma castellano, a excepción de los folletos ilustrativos que podrán presentarse en el idioma original. En caso de discrepancia entre los tres ejemplares prevalecerá sobre los demás el señalado como “ORIGINAL”.

Cada una de las fojas del Original, Duplicado y Triplicado que integran la Presentación se encontraran foliadas en forma correlativa por separado, y de forma tal que el número de folio de la carpeta Original coincida con el de las restantes copias.

Todos los folios del Original, del Duplicado y del Triplicado tendrán sellos y firmas originales del Representante y del Profesional Responsable, aún cuando se trate de documentos emitidos por terceros.

Los documentos otorgados ante Escribano Público fuera del ámbito de la Ciudad de Buenos Aires deberán estar debidamente legalizados por el Colegio de Escribanos competente.

Los documentos conferidos fuera de la República Argentina serán otorgados según las formas del lugar de emisión y contarán con las condiciones de autenticidad exigidas por la legislación Argentina. En caso de países adheridos será suficiente la legalización mediante la “Apostille” de la Convención de La Haya.

Art. 18º.- CONTENIDO DE LAS OFERTAS

La documentación del Sobre Exterior se encontrará en forma inexcusable, debidamente encarpetada, organizada con índice y separadores, según el siguiente listado:

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 180

Page 181: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

a) Garantía de Oferta.

b) Certificado de Inscripción en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de la Ciudad (RIUPP) o Certificado de Preinscripción: Conforme el artículo 5 de las Cláusulas Generales.

c) Carta de presentación conforme se solicita en el Anexo I.

d) Los Estatutos o contratos sociales, poder o designación de autoridades, y todo otro documento societario debidamente inscripto que acredite el cumplimiento de los requisitos previstos en el PCG y la representación social del Oferente. En caso de tratarse de una UTE adjuntar convenio de UTE y documento que acredite la representación invocada unificando personería.

e) En caso de tratarse de Sociedades constituidas en el extranjero, deberá acreditarse que las mismas se encuentren regularmente constituidas, de acuerdo a la legislación vigente en su país de origen. Asimismo los balances y estados de situación patrimonial expresados en la moneda del país de origen, deberán haber sido presentados ante el correspondiente organismo de control –si esto correspondiese según la legislación de su país de origen-, adjuntando una traducción oficial al castellano con todos los importes convertidos a la moneda de curso legal en la Argentina, refiriendo el tipo de cambio utilizado y su fuente, todo debidamente legalizado.

f) Constancia de inscripción en la AFIP.

g) Declaración Jurada de Aptitud para Contratar conforme se establece en el artículo 10 de las Cláusulas Generales.

h) En el caso de tratarse de empresas constructoras, Certificado de inscripción en el Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas, con capacidad de “Contratación Anual Para Licitar Libre” habilitado en el Rubro “Ingeniería” y/o “Arquitectura” y/o especialidad a fin al objeto de la presente licitación, igual o superior a $10.000.000 (Pesos diez millones) por cada Zona, siendo que en el caso de Oferentes que concurran asociados para esta Licitación, la capacidad resultará de sumar las capacidades.

i) Certificado expedido por la Dirección General de Justicia y Registro dependiente de la Subsecretaría de Justicia y Trabajo de la Secretaría de Justicia y Seguridad Urbana del que resulta que los directores o miembros del Organismo de Administración, en el caso de Sociedades, no se encuentran inscriptos en el Registro de Deudores/as Alimentarios/as Morosos/as, conforme los términos de la Ley 269 (B.O.C.B.A. Nº 852, de fecha 05/01/2000) y su modificatoria Ley Nº 510 (B.O.C.B.A. Nº 1.073, de fecha 20/11/2000) concordante con el artículo 7° de las Cláusulas Generales.

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 181

Page 182: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S “2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

j) Acta de Directorio o documento similar donde surja la decisión social de presentarse a la licitación.

k) Planillas indicando personal profesional y/o técnico calificado exigido en el PET presentado en la forma indicada en el Anexo II.

l) Planillas indicando equipamiento que será afectado a la prestación de los trabajos encomendados en la presente Licitación conforme lo exigido en el PET, en la forma indicada en el Anexo III.

m) Descripción de antecedentes del Oferente en otras obras o servicios realizados en los últimos diez años a computarse desde la fecha de Apertura conforme surge de la Planilla del Anexo IV.

n) Cálculo y exposición de Indicadores de acuerdo al Artículo 25 del presente.

o) El Plan de Trabajo según la/s Zona/s para la/s que presenta Oferta.

p) Estados Contables correspondientes a los tres últimos ejercicios económicos, los que deberán contar con Dictamen sobre su razonabilidad emitido por un profesional en Ciencias Económicas con firma certificada por el Consejo Profesional respectivo y copia certificada del Acta de Asamblea de Accionistas aprobatoria de los mismos.

q) Cuando el cierre del último Estado Contable Anual sea de más de 5 (cinco) meses anteriores al mes del Acto de Apertura de las Ofertas, los Oferentesdeberán presentar, además, un estado contable parcial que abarque el período que va desde la fecha de cierre del último ejercicio anual, hasta el último día del penúltimo mes anterior al del Acto de Apertura de Ofertas. Dichos Estados Contables deberán contar con dictamen emitido por profesional en Ciencias Económicas, con firma certificada por el Consejo Profesional respectivo.

r) Referencias bancarias y comerciales requeridas mediante Artículo del presente PCP.

s) Sobre Interior o Sobre N°2.

La no presentación de la documentación detallada precedentemente dará lugar a la desestimación de la Oferta, salvo que se trate de errores u omisiones, menores o formales a criterio de la Repartición Licitante.

En cada Sobre Interior o Sobre Nº 2 se encontrará en forma inexcusable, la siguiente documentación de la Zona:

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

1º) Planillas del Anexo V. 3°) Análisis de Precios conforme Anexo VI. 4°) Versión Digital de los Anexos V y VI.

Art. 19º.- PLAN DE TRABAJO

El Oferente deberá presentar formando parte de la Oferta el Plan de Trabajo,incluyendo tantas carpetas como Zonas oferte. Cada uno de estas carpetas deberá individualizar la Zona a la que corresponda.

El Plan de Trabajo de cada Zona deberá estar organizado en tres capítulos, cada uno de los cuales debe prever la realización de las tareas descriptas en cada rubro mencionado en el Capítulo I del presente.

Como mínimo el Plan de Trabajos deberá contener los datos que se describen a continuación:

1) Programación y diagramación, en forma detallada, de cada uno y todos los servicios.

2) La dotación de personal a utilizar para la prestación de cada servicio ofrecido, la estructura administrativa a organizar para la ejecución del mismo, los programas de entrenamiento a que se someterá al personal y plan de relevo, sustitución o refuerzo de personal.

3) La descripción del equipo de vehículos, maquinarias, e implementos a utilizar, indicando detalladamente las características técnicas de cada uno –folletos y esquemas-, su afectación a los diversos servicios a prestar, los programas de mantenimiento de los mismos, equipos de reemplazos con que contarán y todo otro dato que permita establecer con exactitud los recursos de elementos técnicos que se dispondrá para la prestación de los diferentes servicios.

4) Los sistemas de comunicación, informáticos y administrativos a utilizar e implementar para las tareas, reclamos, urgencias y emergencias, con indicación de datos de contacto por situaciones de emergencia durante las 24 horas, los 365 días del año

Descripción detallada de la indumentaria a utilizar por los operarios para el cumplimiento de sus tareas. El GCBA podrá determinar los requerimientos de la indumentaria para el personal de la empresa adjudicataria.

5) Organización funcional del plantel completo propuesto para la realización de las tareas; mencionando, para cada cargo o función, el nivel de capacitación o título del personal.

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S “2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

6) Programa a implementar para el aseguramiento y control de calidad de cada servicio.

7) Cronogramas de cuadrillas con la asignación de los turnos a cubrir, durante las 24 hs., días normales y feriados, para casos de emergencias u excepcionales que solicitare la DGEV.

Una vez adjudicada la Zona, el Plan de Trabajo deberá ir adaptándose a los requerimientos que vaya efectuando la DGEV, lo cual se ajustará a las necesidades que se vayan generando.

Art. 20º.- FALSEAMIENTO DE DATOS

El falseamiento de datos en cualquier etapa del proceso licitatorio determinará la inmediata exclusión del Oferente, con pérdida de la Garantía de Oferta. Si la falsedad fuere advertida con posterioridad a la contratación, podrá ser causal de rescisión del Contrato por culpa del Contratista con pérdida de la Garantía de Adjudicación de Contrato y sin perjuicio de las demás responsabilidades que pudieren corresponder.

Art. 21º.- FORMA DE COTIZAR

El principio retributivo de los servicios es el de “satisfacción final”. La retribución de los servicios cotizados se deberá realizar en pesos, consignando en números y letras la suma total por cada Zona que se oferte y por el plazo de contratación correspondiente.

Además se deberá efectuar un desglose de la cotización por cada servicio en forma mensual de acuerdo con el Anexo VI.

Toda Oferta deberá estar acompañada de una apertura de los costos que conforman el precio de cada servicio. Esta apertura no es a los fines retributivos, sino sólo evaluativos de la administración para el mejor control del cumplimiento del contrato. La mencionada apertura será completa y deberá responder en cada caso a: costos directos, costos indirectos, gastos generales y margen, así como la declaración de la real incidencia del Impuesto al Valor Agregado.

La Apertura de los Costos debe ser tal que pueda permitir extraer de la misma el costo de los servicios de acuerdo a lo establecido en el Anexo VI.

La apertura de los costos no tendrá efectos a los fines de la cotización por zonas, ya que como se señaló anteriormente el precio de la oferta debe ser global.

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

Los OFERENTES deberán presentar OFERTAS por la totalidad de los servicios licitados contemplados en el Punto 2 (Ejecución de los Trabajos). Podrán hacerlo por una, varias o todas las ZONAS ofrecidas en este pliego, aunque solamente podrán ser adjudicatarios de hasta dos de ellas.

A los efectos de la preparación de la Oferta, los Oferentes deberán relevar la totalidad de los Espacios Públicos incluidos en cada Zona para determinar el estado de los mismos al momento del llamado.

La cotización respecto de los servicios comprendidos en el Servicio de Mantenimiento y Limpieza de la Zona se efectúa sobre la base de los bienes y el estado actual de los mismos que componen la Zona de que se trate.

Respecto a las cantidades consignadas en la planilla de cotización del Anexo V para el Rubro C, el GCBA se reserva el derecho de ejecutar hasta el veinte por ciento (20 %) del total del monto contractual de dicho Rubro, sin derecho a reconocimiento o resarcimiento alguno para el Adjudicatario. Asimismo, en caso de que sea necesario efectuar una reducción en el gasto público, motivada por razones de fuerza mayor o emergencia económica, el GCBA podrá suspender total o parcialmente las tareas comprendidas en el Rubro C, durante el lapso que perduren las causas motivantes; sin que ello de lugar a reclamo o resarcimiento alguno por parte del Adjudicatario. La retribución de los servicios cotizados se deberá realizar en pesos. Además se deberá efectuar un desglose de la cotización por cada rubro de acuerdo con el Anexo V.

Toda Oferta deberá estar acompañada de un Análisis de Precios que conforman el precio de cada servicio indicado en la Planilla del Anexo VI.. Esta apertura no es a los fines retributivos, sino sólo evaluativos de la Repartición Licitante y de la DGEV para la mejor evaluación de la Oferta y para el mejor control del cumplimiento del Contrato.

Se deberá prever en las propuestas económicas un dos coma cinco por ciento (2,5%) del monto contractual previsto para la Zona de que se trate, un fondo para hacer frente a gastos de inspección, del programa intendentes/guardianes de plaza, gastos de cartelería y comunicación pública, capacitación, o conceptos relacionados a criterio de la DGEV. Dicho porcentaje será ejecutado por la Adjudicataria, cumplimentando las Ordenes de Pago que a través de Orden de Servicio le indique la DGEV, debiendo acompañar luego de su ejecución los comprobantes de gastos y facturas que demuestren fehacientemente la correcta aplicación de esta previsión.

Deberá asimismo considerar en su oferta el cumplimiento de los Medios de Control, previstos en el Anexo VII, que integra el presente PCP.

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S “2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

Art. 22º.- EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA

La presentación de la OFERTA, importa por parte del OFERENTE el pleno conocimiento y aceptación de las cláusulas que rigen las bases y condiciones de la licitación y de las características de los servicios a contratar, por lo que no podrá con posterioridad invocar en su favor, para justificar los errores en que pudiera haber incurrido al formular la OFERTA, duda o desconocimiento de las cláusulas y disposiciones legales aplicables o de las condiciones técnicas y fácticas del servicio.

Art. 23º.- CONSULTAS Y PEDIDOS DE ACLARACIONES.

Las consultas y pedidos de aclaraciones que formulen los Oferentes, deberán efectuarse por escrito ante las oficinas de la Dirección General de Compras y Contrataciones dependiente del Ministerio de Hacienda ubicadas en Av. De Mayo 525 P.B. Oficina 20 de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires en los plazos previstos en el PCG. Las consultas podrán efectuarse hasta 72 horas previas a la fecha establecida para el Acto de Apertura de las Ofertas.

El GCBA podrá dictar circulares aclaratorias de oficio o como respuesta a consultas y/o pedidos de aclaraciones en los plazos previstos en el PCG. En el caso en que se dicten como respuesta a una consulta o pedido de aclaración, se emitirán sin identificar al adquirente de los Pliegos que efectúa la consulta, y se llevarán a conocimiento de todos los adquirentes de los Pliegos y pasarán a formar parte del mismo.

Art. 24º.- CUMPLIMIENTO DE LOS TERMINOS DE LA LICITACIÓN

Todas las Ofertas sin excepción deberán comprender la totalidad de los servicios por Zona cuya contratación se licita. Bajo ningún concepto serán admitidas Ofertas parciales. No serán admitidas Ofertas que se aparten de los términos y condiciones establecidos en los Pliegos, como tampoco se aceptarán Ofertas alternativas. Cualquier Oferta que imponga condiciones o se aparte de lo especificado en los Pliegos, será rechazada por el GCBA.

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S “2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

CAPITULO III

PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN, ADJUDICACION Y CONTRATACION

Art. 25º.- LUGAR Y FECHA DEL ACTO DE APERTURA

Las Ofertas deberán entregarse en el día y hora fijados para el Acto de Apertura del llamado a Licitación en las oficinas de la Dirección General de Compras y Contrataciones dependiente del Ministerio de Hacienda ubicadas en Roque Sáenz Peña 547 Piso 8° de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la que otorgará constancia de su recepción.

Art. 26º.- ACTO DE APERTURA

En presencia de los interesados que concurran, se procederá, en la Repartición Licitante, a la apertura de las Ofertas, siendo que una vez iniciado el Acto de Apertura, no se admitirá interrupción alguna, el cual se desarrollará de la siguiente forma:

1º) Se verificará que estén reunidas las Ofertas recibidas a tiempo.

2º) Se verificará el correcto estado de los Sobres Exteriores.

3º) Se abrirán los Sobres Exteriores o Sobre Nº 1, y se verificará si cada uno de ellos contiene la Garantía de Oferta y todos los demás elementos pertinentes. En ningún caso se permitirá introducir modificaciones en las propuestas después de la hora de apertura.

4º) Se labrará un acta en la que se consignará día y hora, nombre, CUIT de los Oferentes, importe de cada Garantía de Oferta y observaciones que formularen en la Repartición Licitante.

La documentación de los Sobres Interiores o Sobres N°2 sin abrir quedarán en custodia del GCBA.

Dentro del plazo estipulado de 3 (tres) Días Hábiles de la fecha del Acto de Apertura, las copias de las ofertas participantes se encontrarán a disposición de los Oferentes en las oficinas de la Dirección General de Compras y Contrataciones dependiente del Ministerio de Hacienda ubicadas en Roque Sáenz Peña 547 Piso 8° de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires , a fin de que tomen vista de las mismas.

Una vez examinado el contenido de los Sobres Nº 1, la Comisión de Evaluación designada oportunamente por el Señor Ministro de Ambiente y Espacio Público o quién/es designen en su reemplazo publicará en la Cartelera de la

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

Repartición licitante el Acta de Preselección y la notificará de modo fehaciente a cada uno de los Oferentes. La propuesta de Preselección contenida en dicha Acta de Preselección podrá estar sujeta a impugnaciones, debiendo los Oferentes impugnantes realizar un depósito de garantía equivalente al CUATRO POR CIENTO (4%) del Presupuesto Oficial de la Zona que se impugna, el que no devengará ni intereses ni actualización de ningún tipo y le será devuelto al Oferente impugnante en caso de que aquéllas fueren íntegramente procedentes. Las impugnaciones a que se vean con derecho a realizar las firmas Oferentes, deberán ser presentadas dentro del plazo perentorio e improrrogable de tres (3) Días Hábiles a contar desde la notificación fehaciente del Acta de Preselección.

En ningún caso se aceptará la presentación de observaciones de los Oferentes que no se ajusten al procedimiento previsto en el párrafo anterior.

La autoridad competente resolverá la preselección. En caso de que se hubieren cursado impugnaciones, previo a resolver la preselección se deberá dar intervención a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, conforme lo dispuesto en el Art. 141 de la Ley 2.095. Asimismo cabe destacar que de no recibirse impugnaciones el Órgano Legal intervendrá previo a la preselección.

6º) El acto administrativo que decida las Ofertas preseleccionadas para la apertura del Sobre Interior o Nº 2, así como el lugar, la fecha y la hora en que se efectuará la apertura de dicho sobre, será comunicado de modo fehaciente a cada uno de los Oferentes y en la cartelera de la Repartición Licitante.

7º) El acto de apertura del Sobre interior o N°2 se desarrollará con todas las formalidades establecidas para el Acto de Apertura del Sobre Nº 1, y se labrará acta de todo lo actuado indicándose día y hora, nombre y CUIT de las empresas Oferentes con mención de los montos de las cotizaciones. Dicha acta será leída y suscripta por representantes de la Repartición Licitante y los Oferentes presentes que deseen hacerlo.

8º) Una vez abiertos los Sobres Nº 2, la Comisión de Evaluación procederá a labrar el Acta de Preadjudicación que será notificada a los Oferentes preseleccionados y publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por un día y en la cartelera de la Repartición Licitante. El Acta de Preadjudicación podrá ser impugnada por parte de los Oferentes preseleccionados dentro del plazo perentorio e improrrogable de tres (3) Días Hábiles a contar desde la última fecha de la última notificación del Acta de Preadjudicación. Se establece como condición previa de admisibilidad formal de las impugnaciones, la constitución de una garantía del cuatro por ciento (4%) del Presupuesto Oficial de la Zona que se impugna, la que será reintegrada al Oferente impugnante sólo en el caso de que su impugnación prospere íntegramente.

En ningún caso se aceptará la presentación de observaciones de los Oferentes que no se ajusten al procedimiento previsto en el párrafo anterior.

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Page 189: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S “2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

Art. 27º.- SOLICITUD DE ACLARACIONES E INFORMACIÓN ADICIONAL

La Repartición Licitante se reserva el derecho de solicitar ampliación o aclaración de la Documentación de la Licitación, a solicitud de la Comisión de Evaluación, a fin de evaluar correctamente los antecedentes de los Oferentes, sin alterar la presentación de la propuesta económica realizada y los aspectos sustanciales de la oferta.

Art. 28º.- PRESELECCIÓN

A los fines de determinar que un Oferente cumple con los requisitos exigidos por el presente pliego para ser preseleccionado para la Apertura del Sobre Interior o N°2, el GCBA deberá: (i) efectuar un estudio integral de toda la documentación presentada por el Oferente conforme los requerimientos de los Pliegos, y determinar la idoneidad de la misma; y (ii) ponderar los antecedentes del Oferente mediante la utilización de los parámetros que se describen a continuación, y verificar que alcanza el puntaje necesario conforme Tabla de Ponderación.

Art. 29°.- METODOLOGIA DE CALIFICACIÓN

La calificación de los Oferentes se realizará sobre la base de los antecedentes presentados en el Sobre Nº 1, tomando en cuenta la capacidad empresaria del Oferente, para asumir el compromiso económico-financiero, que supone la ejecución de los trabajos y antecedentes demostrativos de la capacidad técnica para ejecutar los trabajos del tipo de la presente Licitación.

Con el objeto de otorgar importancia relativa a los antecedentes, se indican los puntajes máximos y mínimos necesarios para cada uno de los aspectos a considerar. A fin de eliminar subjetividades de calificación, se ha establecido una escala de puntaje y la modalidad de cálculo de los valores intermedios entre dichos extremos.

El PAE se obtiene de la siguiente sumatoria:

PAE = A1+A2+A3+A4+A5

Para ser preseleccionado el Oferente deberá obtener como mínimo 60 puntos en el PAE. En caso de no alcanzar el mínimo exigido quedara automáticamente descalificado.

Los antecedentes a considerar son los siguientes:

Art. 30°.- PUNTAJE DE ANTECEDENTES EMPRESARIOS

A1. Antecedentes de Obras en los últimos cinco (5) años

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Puntaje Máximo: 20 Puntos Puntaje Mínimo: 0 Punto

Corresponde puntaje máximo de veinte (20) puntos cuando el Oferente acredite haber ejecutado obras públicas y/o servicios públicos en los últimos cinco (5) años de por lo menos $50.000.000 (Pesos cincuenta millones).

Corresponde el puntaje 0 punto cuando el Oferente acredite haber realizado obras públicas y/o servicios públicos en los últimos cinco (5) años por 30.000.000 (Pesos treinta millones) o cifras inferiores.

Para documentar los antecedentes solicitados los Oferentes deberán presentar una certificación del comitente indicando grado de cumplimiento.

Los puntajes intermedios se calcularán con una variación lineal entre ambos extremos. Se deberá incluir en la documentación presentada, la certificación de obras.

En el caso de UTEs se considerará la suma de las obras de cada Oferente.

A2. Antigüedad del Oferente y continuidad de su actividad

Puntaje Máximo: 5 Puntos Puntaje Mínimo: 0 Puntos

Corresponderá puntaje máximo cinco (5) puntos cuando el Oferente, o una de las integrantes de la UTE, tengan una antigüedad igual o mayor a 10 (diez) años.

Corresponderá puntaje mínimo 0 punto cuando el Oferente, o algunos de los integrantes en el caso de UTE, acrediten una antigüedad igual o menor a 2 (dos) años.

Los puntajes intermedios se calcularán con una variación lineal entre ambos extremos.

A3. Capacidad de Producción Anual, quedará demostrada por el importe de certificación mensual promedio del Oferente en los últimos 24 (veinticuatro) meses, contados a partir del segundo mes anterior a la fecha del Acto de Apertura de la presente Licitación

Puntaje Máximo: 20 Puntos Puntaje Mínimo: 0 Punto

A4= 0,3XPCPPR+0,7XPCPMB

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 190

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En caso de UTE se considerará la suma de capacidades individuales.

A4. Plan de Trabajo

Puntaje Máximo: 25 Puntos Puntaje Mínimo: 0 Punto

Cada Plan de Trabajo será calificado por una comisión de técnicos integrada por hasta tres integrantes que designará la Subsecretaría de Espacio Público, siendo que corresponderá el puntaje máximo de veinticinco (25) puntos a criterio de la Comisión de Evaluación.

A5. Índices Financieros y Económicos

Puntaje Máximo: 30 Puntos Puntaje Mínimo: 0 Punto

Índices Financieros (en valores absolutos)

Puntaje máximo: 16,5 puntos

Se evaluara la situación económica - financiera del oferente sobre la base de los estados contables correspondiente al último ejercicio económico cerrado. Los puntajes máximos asignables se desglosarán de la siguiente manera:

INDICADOR DE EVOLUCIÓN DE PUNTOS DEFINIDO COMO

SOLVENCIA 2 ACTIVO TOTAL / PASIVO TOTAL LIQUIDEZ CORRIENTE 2 ACTIVO CORRIENTE / PASIVO CORRIENTE PRUEBA ÁCIDA 2 (ACTIVO CTE. – BS CAMBIO) / PASIVO CTE. ENDEUDAMIENTO 2 PASIVO TOTAL / PATRIMONIO NETO CAPITAL DE TRABAJO 5 ACTIVO CORRIENTE – PASIVO CORRIENTE PATRIMONIO NETO 2RENTABILIDAD DEL CAPITAL PROPIO 1,5 UTILIDAD NETA FINAL/ PATRIMONIO NETO

TOTAL 16,5

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 191

Page 192: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S “2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

TABLA DE VALORES DE LOS INDICES Y ESCALA CORRESPONDIENTE

INDICE DE ... ESCALA A UTILIZAR 0 – 0,99 Malo 01 – 1,29 Regular 0,5

1,30 – 1,50 Bueno 0,9ACTIVO TOTALPASIVO TOTAL

1,51 – 1,79 Muy Bueno 1,5SOLVENCIA

(Máximo: 2) 1,80 en + Optimo 20 – 0,99 Malo 01 – 1,40 Regular 0,5

1,41– 1,6 Bueno 0,9ACTIVO CORRIENTE PASIVO

CORRIENTE1,61– 1,99 Muy Bueno 1,5

LIQUIDEZCORRIENTE

(Máximo: 2) 2,00 en + Optimo 20 – 0,50 Malo 0

0,51 – 0,70 Regular 0,50,71 – 0,80 Bueno 0,9

(ACTIVO CTE. – BS CAMBIO) /PASIVO CORRIENTE

0,81 – 0,99 Muy Bueno 1,5PRUEBA ÁCIDA

(Máximo: 2) 1 en + Optimo 2Mayor a 1 Malo 00,99 - 0,80 Regular 0,50,79 – 0,60 Bueno 0,9

PASIVO TOTAL PATRIMONIO NETO

0,59 – 0,40 Muy Bueno 1,5ENDEUDAMIENTO

(Máximo: 2) 0,39 en - Optimo 2Menor a 1.000.000 Malo 0

1.000.000 – 2.000.000.

Regular 0,7

2.000.001 – 3.000.000

Bueno 1,5ACTIVO CORRIENTE – PASIVO

CORRIENTE

3.000.001 – 4.000.000

Muy Bueno 3

CAPITAL DE TRABAJO

(Máximo: 5) Mayor a 4.000.000 Optimo 5Menor a 1.500.000 Malo 0

1.500.000 – 2.000.000.

Regular 0,4

2.000.001 – 3.000.000

Bueno 0,9

3.000.001 – 4.000.000

Muy Bueno 1,5

PATRIMONIO NETO

(Máximo: 2) Mayor a 4.000.000 Optimo 2Menor a 0,01 Malo 00,011 – 0,04 Regular 0,30.041 – 0.08 Bueno 0,6

UTILIDAD NETA FINAL / PATRIMONIO NETO

0,081 – 0,12 Muy Bueno 1

RENTABILIDAD DEL CAPITAL PROPIO

(Máximo:1,5) Mayor a 0,121 Optimo 1,5

Los valores de las fórmulas definidas precedentemente se extraerán de los rubros correspondientes (activo corriente, pasivo corriente, patrimonio neto, etc.) de los estados contables del último ejercicio económico presentados por el oferente.

A los fines de determinar los índices de situación económico-financiera correspondientes a aquellos oferentes que se hallen conformados por Consorcios o Uniones Transitorias de Empresas, se calculará los índices como se ha establecido en el párrafo anterior para cada empresa integrante, y con ellos se determinará el promedio ponderado por el porcentaje de participación de cada empresa en el Consorcio o Unión Transitoria, que será adoptado como índice del Consorcio o Unión Transitoria de Empresas.

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 192

Page 193: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

Evolución económico -financiera

Se evaluará la evolución de los índices económicos - financieros que se indican a continuación, para los estados contables correspondientes a los tres últimos ejercicios económicos del oferente. Los puntajes a asignar serán los siguientes.

Puntaje Máximo: 12 puntos

INDICADOR DE EVOLUCIÓN DE ...

PUNTAJEMÁXIMO

CRECIENTEFLUCTUANTEPOSITIVO

FLUCTUANTENEGATIVO

DECRECIENTE

Solvencia 1,5 1,5 1 0,5 0Liquidez Corriente 1,5 1,5 1 0,5 0Prueba Ácida 1,5 1,5 1 0,5 0Endeudamiento 1,5 0 0,5 1 1,5Capital de Trabajo 3 3 2 1 0Patrimonio Neto 2 2 1,5 1 0Rentabilidad Del Capital Propio

1 1 0,6 0,4 0

A los efectos de la determinación de los indicadores, cuyo comportamiento posibilitará apreciar la evolución económica - financiera a calificar, se calculará todos y cada uno de los indicadores económico - financieros establecidos, para cada uno de los estados contables correspondientes a los tres (3) últimos ejercicios económicos presentados por el oferente, documentos estos de los que se extraerán los valores de los rubros (activo corriente, pasivo corriente, patrimonio neto, etc.) correspondientes. Cuando los Estados Contables solicitados hayan tenido obligatoriedad de ser presentados tomando en cuenta el ajuste por inflación, los análisis se realizarán con las cifras del respectivo balance a moneda histórica, con certificación ante el Consejo Profesional de Ciencias Económica que corresponda.

A los fines de determinar los indicadores económicos - financieros que correspondan a aquellos oferentes que se hallen conformados por Consorcios o Uniones Transitorias de Empresas, se calculará los indicadores para cada empresa integrante sobre la base de la información contenida en sus respectivos estados contables, y con ellos se determinará para cada indicador el promedio ponderado por el porcentaje de participación de cada empresa en el Consorcio o Unión Transitoria, promedios éstos que serán adoptados como indicadores económico - financieros del Consorcio o Unión Transitoria de Empresas.

La evolución de un indicador será creciente o decreciente en el período analizado cuando se verifique que la variación entre cada año y el siguiente ha sido siempre positiva o negativa respectivamente.

Si en el período considerado se verificaron variaciones entre cada año y el siguiente tanto positivas corno negativas, el evaluador considerará la tendencia general del

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

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G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S “2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

ciclo, entonces, si ésta es positiva, se tratará de un caso de evolución fluctuante positiva, mientras que en el supuesto contrario se tratará de un caso de evolución fluctuante negativa.

En el caso que los indicadores se mantengan significativamente constantes a lo largo del ciclo analizado, es decir que el valor máximo y el mínimo no difieran en mas del cinco por ciento (5%) respecto del valor medio, se considerará la evolución como creciente en el caso de la solvencia, la liquidez corriente, la prueba ácida, capital de trabajo y la rentabilidad del capital propio, y como decreciente en el caso de endeudamiento.

Referencias bancarias y comerciales

Puntaje máximo: 1,5 puntos

Se evaluarán objetivamente las referencias bancarias y comerciales de las principales firmas con las que opera el proponente, asignando el máximo puntaje, cinco (5) puntos, cuando se verifiquen cinco (5) o más referencias satisfactorias del oferente. Corresponderá puntaje mínimo, cero (0) puntos, cuando a criterio de la Comisión de Precalificación y Preadjudicación el oferente no cuente con ninguna referencia satisfactoria,

Las situaciones intermedias merecerán puntajes intermedios a criterio de la Comisión de Precalificación y Preadjudicación.

Consideraciones Generales

Los puntajes intermedios se calcularán con una variación lineal entre ambos extremos. El Oferente que no cumpla con los valores mínimos quedará automáticamente descalificada.

Se podrá descalificar a cualquier Oferente por haber sido sancionado por el estado nacional, provincial o municipal en otras licitaciones, cuando a criterio de la Comisión de Evaluación, ello sea un indicio negativo respecto de la capacidad de cumplimiento de las obligaciones que estarán a cargo del Adjudicatario bajo la presente Licitación.

Si los índices no cumplen con los valores mínimos o máximos especificados en cada caso será causal de rechazo de la Oferta.

Se asignará entre las Ofertas recibidas un valor relativo en función de la combinación de todos los índices e información económica recibida.

Aquel integrante de la UTE que aporte los mayores y mejores antecedentes técnicos específicos no deberá tener una participación menor al 50% en la UTE.

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

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Toda la información suministrada por el Oferente deberá estar certificada por Contador Público Nacional, matriculado, autenticado por Colegio Profesional competente

Art. 31º.- ADJUDICACIÓN

Cada Oferente podrá presentar Ofertas en las tres Zonas, y cada Oferentes podrá ser Adjudicatario de hasta dos (2) Zonas.

Para la evaluación económica de cada una de las Ofertas se considerará, no solo el precio cotizado sino también los antecedentes de los Oferentes.

El precio final para la comparación económica de las Ofertas se calculará de la siguiente forma:

Valor para el Orden de Mérito (VOM) Este valor será utilizado para determinar la adjudicación.

VOM= (0,7xCE)+(0,3xCT)

Se obtendrá con 3 cifras decimales.

Coeficiente Técnico (CT) Tiene en cuenta el valor del puntaje (P) alcanzado por el Oferente analizado respecto al puntaje máximo de los Oferentes preseleccionados:

maxPPCT �

Pmax: Puntaje máximo de los Oferentes. P: Puntaje del Oferente analizado.

�Coeficiente Económico (CE)

Para calcular el CE hay que determinar la Oferta Económica (“OE”), la cual se calcula tomando en cuenta los totales consignados en los Rubros A, B y C de las planillas obrantes como Anexo IX:

OE = 0,70 A + 0,15 B + 0,15 C

A = 0,70% por los items 4.1. + 4.2. + 4.3. de la Planilla Rubro A del Anexo V + 0,15% por el item 4.6. de la Planilla Rubro A del Anexo V) + 0,15% por los items 4.4. + 4.5. + 4.7. + 4.8. + 4.9. + 4.10. + 4.11 + 4.12. + 4.13. de la Planilla Rubro A del Anexo V)

B = Planilla Rubro B del Anexo V.

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S “2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

C = 0,40% ( Planilla Rubro C Preciario N°2 del Anexo V) +0,30% ( Planilla Rubro C Preciario N°1 del Anexo V) + 0,15% (Planilla Rubro C Preciarios N°6 + N° 7 del Anexo V) + 0,15% (Planilla Rubro C Preciarios N°3 + N° 4+ N° 5 + N° 8 del AnexoV).

Por su parte, el CE tiene en cuenta la Oferta Económica del Oferente analizado, respecto de las Ofertas económicas realizadas por los demás Oferentes preseleccionados:

� �max

max

OEOEOE

CE�

OEmax: Oferta económica máxima de los Oferentes. OE: Oferta económica analizada.

Art. 32º.- INTERPOSICION DE RECURSOS

Los recursos que se deduzcan contra el acto administrativo de adjudicación, se regirán por las disposiciones del Decreto Nº 1510-GCBA/97.

La interposición de recursos no suspenderá el trámite licitatorio y no dará lugar a la suspensión de la adjudicación ni a los trámites posteriores relacionados con la prestación del servicio, excepto cuando por razones de interés público así lo disponga el GCBA.

Art. 33º.- COTEJO DE LA INFORMACION

La Repartición Licitante podrá requerir en cualquier momento del procedimiento de licitación, el acceso a los libros de contabilidad y documentos de los Oferentes, todas las veces que lo considere necesario. A tales efectos, personal autorizado por el GCBA podrá visitar, inspeccionar y auditar las oficinas, depósitos, equipos, etc., del/los Oferentes.

Art. 34º.- SUSCRIPCION DEL CONTRATO - GARANTIA DE ADJUDICACIÓN

La adjudicación será comunicada al interesado en forma fehaciente. Dentro de los 5 (cinco) Días Hábiles de notificado de la adjudicación el Adjudicatario integrará la Garantía de Adjudicación conforme se establece en el PCG. En su defecto, se le intimará en forma fehaciente a hacerlo en un plazo que el GCBA estime adecuado, vencido el cual se podrá rechazar la Oferta con la pérdida del importe de la garantía de la Oferta.

El Adjudicatario, deberá presentarse a firmar el Contrato dentro de los 2 (dos) Días Hábiles de constituida la Garantía de Adjudicación.

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

Art. 34°.- SEGUROS. ACCIDENTES DE TRABAJO

El Adjudicatario será responsable de su personal por accidentes de trabajo, para lo cual deberá contratar un seguro que cubra la totalidad de las obligaciones fijadas por la Ley sobre Riesgos del Trabajo N° 24.557 y sus decretos reglamentarios.

El seguro deberá cubrir los riesgos y accidentes de trabajo y/o enfermedades profesionales e inculpables amparando las indemnizaciones por incapacidad permanente, parcial y absoluta, incapacidad temporaria y/o muerte, accidente "in-itinere" y prestación médico-farmacéutica, por el monto máximo que fijara la legislación vigente.

Además, el Adjudicatario deberá presentar una “declaración jurada", donde conste que todo el personal afectado a la prestación se encuentra cubierto por este seguro, indicando el número de la póliza correspondiente y el nombre de la Compañía Aseguradora.

Por lo tanto, en cada oportunidad que se produzca alguna modificación en la dotación destacada, deberá comunicarlo a la DGEV dentro de las 72 (setenta y dos) horas de producida la misma.

No se podrá afectar personal alguno a la prestación del servicio contratado, cualquiera sea su índole, hasta que el mismo no cuente con su correspondiente cobertura por riesgo de accidentes.

Art. 35°.- SEGUROS DE RESPONSABILIDAD CIVIL

El Adjudicatario deberá contratar un seguro por la suma mínima de $ 300.000.-(Pesos Trescientos mil), POR HECHO Y POR PERSONA, que cubra los riesgos de responsabilidad civil, por los daños que, como consecuencia de la prestación del servicio que se contrata, se ocasionen a personas, cosas y/o bienes de terceros y/o del GCBA.

Además el seguro deberá: (i) contener un endoso extendiendo la cobertura al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires como beneficiaria del seguro respecto de la responsabilidad civil atribuible a la ejecución de cualquier trabajo derivado de este contrato, y (ii) ser el principal con respecto a los intereses del GCBA y cualquier seguro mantenido por el Gobierno estará en exceso y no contribuirá a la cobertura aquí requerida.

En caso que el monto del mismo no alcanzare a cubrir los daños provocados, la diferencia resultante correrá por parte del Adjudicatario.

El Adjudicatario indemnizará al GCBA por cualquier daño que pudiera infringirse a su patrimonio con motivo de cualquier acto, omisión o negligencia del Adjudicatario en

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación) G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S “2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

la prestación del servicio contratado, incluyendo gastos administrativos, judiciales y / o honorarios de abogados, peritos, etc.

En cada oportunidad que se deba indemnizar como consecuencia de reclamos por la ocurrencia de accidentes originados en acciones debidas a la prestación del servicio que el GCBA ha contratado, se obtendrá por parte del beneficiario la constancia de haber sido satisfecho en su derecho y que carece de otro tipo de reclamos que efectuar con relación al hecho que diera origen a este pago, con relación al GCBA.

En esas constancias debe de figurar los datos filiatorios del beneficiario, su número de documento de identidad y domicilio.

Sin perjuicio de las garantías dispuestas en el presente pliego el GCBA se reserva el derecho de requerir garantías adicionales que sean procedentes en virtud del monto total que resulte la Contratación, ya sea por adicionales o redeterminaciones de precios o ampliaciones del Contrato.

Art. 36°.- RENOVACIÓN DE PÓLIZAS:

Si durante la prestación del servicio, se produjera el vencimiento de las pólizas, el Adjudicatario estará obligado a constituir nuevos seguros hasta la finalización efectiva de los trabajos encomendados, con una antelación no menor a cuarenta y ocho (48) horas a la fecha de vencimiento de las mismas.

Sin perjuicio de las consecuencias que serán exclusivamente a cargo del Adjudicatario, la no actualización de dichas pólizas dará lugar a la interrupción de los pagos, pudiendo dicha situación provocar la rescisión contractual, tal como se determina en el Capítulo VII del presente.

Art. 37°.- CONTRATACIÓN DE LOS SEGUROS:

Los seguros deberán contratarse en compañías o entidades aseguradoras con domicilio en la Ciudad de Buenos Aires, e incluirá a la misma como co-titular y/o beneficiaria, según corresponda.

Art. 38°.- EXIGENCIAS DE LAS PÓLIZAS SIN RESTRICCIONES

En caso que las primas sean abonadas en cuotas, deberá acreditarse el cumplimiento de la misma antes de su vencimiento.

Art. 38°.- TÉRMINO PARA CONSTITUIR LOS SEGUROS

Los requisitos exigidos para la constitución de los seguros, deberán ser cumplimentados antes de iniciar los trabajos por el Adjudicatario.

El incumplimiento en la oportunidad requerida para la presentación de las pólizas, motivará en todos los casos la consiguiente aplicación de las sanciones a que se hará pasible.

Art. 39°.- PRESENTACIÓN DE LAS PÓLIZAS

Las pólizas exigidas, deberán ser presentadas en el organismo usuario, teniendo en cuenta a su vez el plazo de vigencia previsto en el presente Pliego.

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S “2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

CAPITULO IV

DE LA EJECUCION DEL CONTRATO

Art. 40º.- EXCLUSIVIDAD DE PRESTACION DEL SERVICIO

El Adjudicatario tendrá la “exclusividad” para la prestación del servicio en la Zonaadjudicada, por el período de vigencia del Contrato, en los términos especificados en los Pliegos, sin perjuicio de las atribuciones del GCBA de ejercer su facultad de implementar programas, planes y/o servicios en forma excepcional, periódica o permanente, cuando a su juicio las circunstancias así lo requieran y dentro de los límites previstos en el presente PCP. El GCBA está facultado a ejecutar por sí o contratar con terceros los servicios para eventos extraordinarios dentro de cualquiera de las Zonas. El uso de estas facultades por parte del GCBA no supondrá derecho a indemnización por parte del Adjudicatario.

Art. 41º.- INICIACION DE LOS SERVICIOS

En cada Zona adjudicada, la prestación de todos los servicios licitados y adjudicados se iniciará, dentro de los 30 (treinta) Días Hábiles contados a partir de la suscripción del Contrato respectivo.

Los trabajos descriptos como Servicios Estético-Funcionales por Requerimiento serán requeridos al Adjudicatario por la DGEV quien posee la competencia necesaria para solicitarlos y deberán ser iniciados y finalizados en los plazos que indique la Orden de Servicio que los solicita.

Art. 42º.- DESIGNACIÓN DE RESPONSABLES

El Adjudicatario designará y mantendrá en forma permanente y durante el desarrollo de los trabajos un Representante Técnico con facultades de decisión, a los efectos de coordinar y asegurar el cumplimiento de las instrucciones que le imparta la Dirección General de Espacios Verdes.

La designación deberá quedar asentada en el "Libro de Notas de Pedido" previamente a dar comienzo a la prestación del servicio.

Art. 43º.- DE LAS OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO EN LA EJECUCION DEL CONTRATO

En la ejecución del Contrato, el Adjudicatario deberá ajustarse estrictamente a la documentación contractual, obligándose a:

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

a) Emplear en la ejecución de los distintos servicios, durante todo el período de la prestación, exclusivamente personal con pericia y experiencia en sus respectivas especialidades, particularmente en las tareas de conducción y supervisión.

b) Contratar el personal que integrará la dotación sin la participación de intermediarios y conforme a las leyes laborales vigentes y las que se dicten en lo sucesivo, constituyéndose en único y directo responsable de su cumplimiento. Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector Jardinería, Paisajismo y Parquizaciones, entre la Sociedad Argentina de Paisajistas y el Sindicato Unido de Jardineros, Parquistas, Viveristas y Floricultores de la República Argentina, que rige la actividad

c) Mantener al Representante Técnico, y al equipo de personal técnico-operativo según las exigencias mínimas del Anexo II declarados en su Oferta. En caso de reemplazo de dicho personal, el mismo debe ser previa y fehacientemente autorizado por el GCBA.

d) Utilizar desde el inicio y durante toda la vigencia del Contrato, todos los medios técnicos comprometidos, pudiendo incorporar los medios, sistemas y métodos que aconsejen la evolución tecnológica, y que contribuyan a mejorar la calidad de los servicios, así como la aplicación de todos los métodos y procedimientos para garantizar la calidad final de los mismos. En este caso, deberá quedar evidenciada sin lugar a dudas, la mayor calidad del servicio que se ofrece.

e) Adoptar recaudos para evitar alteraciones del orden por parte de su personal y situaciones de cualquier tipo que perjudiquen la tranquilidad pública, el orden y la seguridad de las personas, haciéndose responsable de todas las consecuencias mediatas e inmediatas –civiles y/o criminales- que tal situación provoque en las personas y/o las cosas, conforme lo previsto por el Art. 1.113 del Código Civil.

f) Observar las disposiciones legales sean locales o nacionales relativas a higiene y seguridad en el trabajo y las disposiciones de carácter laboral y previsional.

g) Producir dentro de las veinticuatro (24) horas de requerido cualquier informe que se solicite por el GCBA, como así también, informar inmediatamente de conocido, cualquier hecho o circunstancia que pudiera incidir en la normal prestación de los servicios.

h) Mantener la continuidad y regularidad de los servicios según pliego y Plan de Trabajo.

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S “2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

i) Facilitar las inspecciones de cualquier tipo que disponga efectuar el GCBA en depósitos, garajes, talleres y demás áreas afectadas a la prestación de los servicios.

j) Responder en forma exclusiva, por cualquier daño que pudiere ocasionarse a personas y/o bienes de la Administración y a terceros y/o sus bienes, con motivo de la prestación de los servicios.

k) Ante cualquier requerimiento de la Dirección General de Espacios Verdes, en relación a la calidad de la prestación del servicio, el Adjudicatario producirá un informe de respuesta dentro de las veinticuatro (24) horas de notificado del requerimiento.

l) Garantizar que el personal encargado de la conducción de la flota de transporte cuente con la licencia habilitante correspondiente.

m) Detectar cualquier rama o árbol que ostensiblemente constituya un riesgo para las cosas o personas dentro de la Zona, así como la necesidad de extraer troncos o corte de raíces. En tal caso deberá presentar la situación por escrito ante la DGEV.

n) Atender reclamos. Diariamente la Dirección General de Atención Ciudadana, dependiente de la SSEP o a DGEV, indistintamente, podrán requerir al Contratista la atención y resolución de reclamos o solicitudes de vecinos a fin de que éste los atienda dentro de las cuarenta y ocho (48) horas corridas de notificado de la solicitud. Los trabajos solicitados en éste carácter serán notificadas al Contratista por escrito o por correo electrónico con confirmación de envío o por fax con confirmación de envío satisfactorio. El plazo de cuarenta y ocho (48) horas corridas comenzará a computarse a las cero horas del Día Hábil siguiente al de su notificación al Contratista por cualquiera de las formas anteriormente descriptas. A criterio del Contratista los trabajos notificados por la Dirección General de Atención Ciudadana podrán realizarse en cualquier horario, aunque no sea horario laborable. En este sentido, el Contratista abonará a su personal los recargos de ley por ejecutar estas obras fuera de horario laborable. Únicamente podrá suspenderse el plazo de cuarenta y ocho (48) horas corridas por causas debidamente fundadas con anticipación a la DGEV A fin de poder certificar los trabajos realizados, el Contratista, dentro de las setenta y dos (72) horas corridas de notificado de la solicitud de trabajos (o el primer día hábil siguiente si el plazo finalizara en día inhábil), deberá presentar a la DGEV un informe de ejecución describiendo: ubicación y descripción del reclamo del vecino, con indicación de la fecha de atención del mismo.

El Contratista deberá entregar dentro de los primeros cuarenta (40) Días Hábiles de suscrito el Contrato los cuales deberán reunir los requisitos descriptos en el Anexo

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

VII del presente PCP: (i) tres (3) automóviles tipo utilitario Renault Kangoo o equivalente.; (ii) equipamiento informático consistente en 2 PC, 1 Notebook; 1 impresora láser; 3 máquinas de fotos digital (iii) planimetría e inventario; (iv) equipamiento de comunicación. Adicionalmente el Adjudicatario de la Zona Norte deberá entregar un plotter, de las características mencionadas en el Anexo VII. El ítem (i) deberá ser entregado a la DGEV para su utilización durante toda la vigencia del Contrato, y los demás ítems deberán ser entregados a la DGEV con carácter definitivo.

Art. 44º.- PARQUE DE MAQUINARIAS

La totalidad del parque de maquinarias y equipamiento necesario para prestar el servicio en los términos y satisfacción que se exige en el presente, deberá estar a su disponibilidad en virtud de cualquier título o relación contractual durante toda la vigencia de la contratación, incluidas sus prórrogas de acuerdo a lo establecido en el presente PCP.

Art. 45°.- AMPLIACION O DISMINUCION DEL SERVICIO

Las ampliaciones y disminuciones contempladas en el Artículo 117 de la Ley 2095 deberán ser aprobadas por Resolución de autoridad competente y serán notificadas por Orden de Servicio y serán notificadas fehacientemente al Adjudicatario, con una antelación no menor de 30 (treinta) días.

Para las ampliaciones de los servicios se podrán pactar menores precios que los adjudicados, sin que esto implique menoscabo en la calidad de los mismos.

Art. 46º.- CESION O TRANSFERENCIA DEL CONTRATO

Ni el Contrato, ni los derechos que de él nazcan podrán ser cedidos o transferidos por el Adjudicatario a terceros sin previa conformidad expresa del GCBA.

En virtud de la normativa vigente referida a las Comunas, el GCBA asignará y/o transferirá a las mismas, facultades y competencias que se desprenden del presente Contrato, si así lo establecen las normas que en un futuro se dicten.

Art. 47º.- SUBCONTRATACION

La Concesionaria podrá realizar la subcontratación parcial de alguno de los servicios que resulten adjudicados, siempre que mediare expresa autorización de la DGEV.

Las subcontrataciones que realicen los Adjudicatarios de ningún modo podrán justificar la variación del precio del servicio ni habilitarán la petición de incrementos por mayores costos.

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S “2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

Las obligaciones emergentes de la subcontratación serán responsabilidad del Adjudicatario, quien deberá tomar las medidas necesarias a los efectos de garantizar ante el GCBA frente a cualquier reclamo que se le efectúe con relación a estos o su personal.

En ningún caso la subcontratación de trabajos y servicios eximirá al Adjudicatario de la responsabilidad de ejecutar sus tareas de acuerdo con los Pliegos de la Licitación, ni el GCBA asumirá ninguna responsabilidad por la aprobación de cualquier subcontratista o subcontrato. Si durante la ejecución de las tareas encomendadas, el GCBA considerase que un subcontratista es incompetente para la ejecución del trabajo subcontratado, lo notificará al adjudicatario, quien inmediatamente deberá tomar las medidas necesarias para la cancelación de dicho Subcontrato. Queda entendido que cualquier trabajo subcontratado estará sujeto a las disposiciones aplicables de los Pliegos de la Licitación.

Art. 48º.- FISCALIZACION DEL SERVICIO

La fiscalización y control de los servicios objeto de la presente licitación estará a cargo de la DGEV.

Art. 49º.- MEDIOS DE COMUNICACIÓN ENTRE LAS PARTES. INFORMES DE PENALIDADES - ACTAS DE CONSTATACION– CORREOS ELECTRONICOS

La comunicación contractual entre el GCBA y el Adjudicatario se realizará mediante Ordenes de Servicio, que expedirá la DGEV y Notas de Pedido que expedirá el Adjudicatario.

Los formularios de las Ordenes de Servicio y Notas de Pedido serán foliados y con hojas triplicadas en los que las partes dejarán constancia de todas y cada una de las novedades surgidas. Estas comunicaciones serán por escrito y deberán ser registradas cronológicamente, en el registro especial que será habilitado, foliado y rubricado por la DGEV.

Asimismo la DGEV podrá hacer uso de Actas de Constatación e Informes de Penalidades, que también serán foliados y con hojas triplicadas, los que en cada periodo no mayor a 15 (quince) días corridos se unificarán y se registran en conjunto por medio de una Orden de Servicio. Estas novedades podrán ser anticipadas vía correo electrónico, fax o cualquier otro medio de comunicación dejando constancia en actas respectivas.

En las Orden de Servicio se registrarán las observaciones y/o deficiencias detectadas, como así también las sanciones aplicadas, etc., notificando el duplicado al Adjudicatario.

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

En las Notas de Pedido el Adjudicatario formulará las solicitudes pertinentes a la prestación del servicio.

El Adjudicatario no podrá excusarse de cumplimentar las Ordenes de Servicio so pretexto de no adecuarse a los términos y condiciones del Contrato, debiendo ejecutar la tarea requerida, sin perjuicio de formular dentro de los cinco (5) días siguientes las observaciones que estime pertinente. Vencido dicho término, no será procedente reclamo alguno.

Libro de Ordenes de Servicio: Es el registro foliado, numerado correlativamente y por triplicado de las Órdenes De Servicio.

Libro de Notas de Pedido: Es el registro foliado, numerado correlativamente y por duplicado de las Notas de Pedido.

Estos Libros deberán ser entregados en la Dirección General de Espacios Verdes por parte del Adjudicatario, previamente al inicio de la prestación de los servicios.

Art. 50º.- CONTINUIDAD DEL SERVICIO

En mérito a las características del servicio contratado el Adjudicatario está obligado a mantener la regularidad y continuidad de los servicios.

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S “2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

CAPITULO V

DE LAS PENALIDADES Y SANCIONES

Art. 51º.- GENERALIDADES

El incumplimiento por parte del Adjudicatario de las obligaciones emergentes de la relación contractual y de las normas que fijan los requisitos y modalidades de la prestación de los servicios en general, hace pasible al Adjudicatario de una o más penalidades y sanciones previstas en el presente Capítulo, además de los descuento proporcionales por los servicios no prestados en el precio básico.

Las penalidades aplicables son: 1) Pérdida de la garantía de adjudicación. 2) Rescisión contractual por culpa del Adjudicatario. 3) Sanciones sobre el Representante Técnico. 4) Multa por incumplimiento de las obligaciones contractuales

Las sanciones aplicables son: 1) Apercibimiento 2) Suspensión en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del GCBA. 3) Inhabilitación

Adicionalmente en todos los casos la DGEV está facultada a: 1) Publicar en los diarios oficiales o de amplia circulación que considere

pertinente las penalidades o sanciones que recaigan sobre el Adjudicatario. 2) Notificar a las reparticiones del GCBA, Nacionales o Provinciales las

penalidades o sanciones que recaigan sobre el Adjudicatario. 3) Solicitar a los registros municipales, provinciales o nacionales que considere

pertinente la suspensión o inhabilitación del Adjudicatario, como ser ante el Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas u otros.

51.1 Penalidades La autoridad de aplicación de las penalidades es la DGEV.

51.1.1 Pérdida de la garantía de adjudicación.

La DGEV podrá, mediante resolución fundada ejecutar la garantía de adjudicación, ya sea en forma total o parcial, en cuyo caso deberá intimar al Adjudicatario a reintegrar la garantía dentro del plazo de diez días de ejecutada la misma.

51.1.2 Rescisión contractual por culpa del Adjudicatario.

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Page 206: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

La DGEV podrá, mediante resolución fundada en los supuestos previstos en el Capítulo VII del presente, rescindir el presente con culpa del Adjudicatario.

51.1.3 Sanciones sobre el Representante Técnico

La falsedad de los informes brindados, la negligencia en la ejecución de los trabajos y en el cumplimiento de las medidas de seguridad y señalización de los obstáculos con peligro cierto o inminente para las personas, el incumplimiento reiterado de Órdenes de Servicio, la incomparencia continua a citaciones que se formulen, será causal suficiente para que el Representante Técnico sea pasible de las siguientes sanciones:

a) Llamado de atención.b) Suspensión. c) Remoción del Cargo.

De llegarse a la remoción del cargo, en forma independiente de otras acciones o sanciones que pudieran corresponder, se llevará a conocimiento del Consejo Profesional donde se encuentre matriculado el Profesional, la medida que ha debido adoptar el GCBA o la autoridad con facultades suficientes.

51.1.4 Multa por incumplimiento de las obligaciones contractuales

Seguidamente se establecen las multas que corresponden para los distintos tipos de incumplimiento, las cuales deberán ser asentadas y descontadas de la certificación mensual correspondiente al mes de aplicación o meses subsiguientes si ello no fuera posible por cualquier motivo.

Los montos establecidos en el presente para las multas serán actualizadas en forma automática, hacia el futuro, en los porcentajes de redeterminaciones aprobadas por el GCBA en la presente.

Cualquier otra falta no comprendida específicamente en la siguiente enumeración, será objeto de una penalidad que graduará la DGEV o autoridad competente, de acuerdo a la magnitud de la misma y su incidencia en la prestación del servicio y/o de la seguridad pública.

51.1.4.A. CLASIFICACIÓN DE FALTAS

A los fines establecidos en el presente las faltas se clasifican en faltas graves o faltas leves, de acuerdo a la siguiente tipificación:

FALTAS GRAVES

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Page 207: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación) G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S

“2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

1.- Interrupción del servicio, por causas imputables al Adjudicatario, durante 48 (cuarenta y ocho horas) horas consecutivas ó 6 (seis) días alternados en el curso de 3 (tres) meses consecutivos. Se considerará interrupción del servicio, tanto la no ejecución total de los mismos, como su reducción en un porcentaje que supere el 40% (cuarenta por ciento) de los servicios, o incumplimiento de la obligación de conservación del 90% (noventa por ciento) de la carpeta cespitosa verde en cada espacio verde de cada Zona; siempre que estos supuestos no estén originados por razones de fuerza mayor o casos fortuitos extraños al Adjudicatario. Multa: de $ 200.000 (Pesos doscientos mil).

2.- Incumplimiento de iniciación de las tareas en la fecha de iniciación de los servicios por causas imputables a la Adjudicatario en más de veinticuatro (24) horas. Multa: de $ 300.000 (Pesos trescientos mil).

3.- Ausencia del Representante Técnico por más de 3 (tres) días consecutivos o seis (6) días alternados en el curso de 2 (dos) meses consecutivos. Multa: de $ 100.000 (Pesos cien mil).

4.- Por negarse, entorpecer o dificultar todo tipo de auditoría administrativa, técnica o contable u otros controles. Multa: de $ 40.000 (Pesos cuarenta mil).

5.- Por efectuar tareas fuera del área contractual sin autorización. Multa: de $ 40.000 (Pesos cuarenta mil).

6.- Por suministrar o falsear de cualquier forma información presentada a la DGEV o GCBA, incluyendo la información presentada en los términos de lo requerido en el artículo 40 inciso n) del presente. Multa: de $ 40.000 (Pesos cuarenta mil).

FALTAS LEVES

Por cada hecho u omisión y por vez, la falta equivaldrá a $ 10.000 (Pesos diez mil.

1. Incumplimiento de Orden de Servicio o demoras en el cumplimiento mayores a 72 hs. (setenta y dos horas). $ 10.000 (Pesos diez mil).

2. Incumplimiento de las instrucciones impartidas por la inspección del Servicio o demoras en el cumplimiento mayores a 72 hs. (setenta y dos horas). $ 10.000 (Pesos diez mil). (Más lo establecido en el punto 23 del presente artículo).

3. Falta de constitución o renovación de los seguros exigidos con los respectivos comprobantes en el momento de la presentación de la certificación mensual por cada día sin cobertura. $ 30.000 (Pesos treinta mil).

4. Inobservancia de los recaudos de seguridad exigidos. $ 20.000 (Pesos veinte mil).

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Page 208: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

5. Afectación de chóferes de vehículos que no cuenten con la licencia habilitante correspondiente. Pesos $ 20.000 (veinte mil).

6. Incumplimiento del Plan de Trabajo y/o modificaciones al mismo sin notificación y aprobación del GCBA. $ 25.000 (Pesos veinticinco mil).

7. Alteración de las frecuencias o incumplimiento de horarios total para los diversos servicios. $ 10.000 (Pesos diez mil).

8. Ejecución parcial o ejecución deficiente de los trabajos, por hecho y por vez. $ 10.000 (Pesos diez mil). (Más lo establecido en el punto 23 del presente artículo).

9. Por el uso de maquinarias y equipos pesados en zonas húmedas o después de las lluvias. $ 10.000 (Pesos diez mil).

10 .Incumplimiento en los servicios especiales en días de afluencia extraordinaria, y en días de festividades patrias en la forma y tiempo programados o requeridos, por acontecimiento. $ 25.000 (Pesos veinticinco mil).

11. Falta de carteles e identificaciones previstas para los vehículos. $ 5.000 (Pesos cinco mil).

12. Omisión total o parcial de usar el vestuario reglamentario. $ 10.000 (Pesos diez mil).

13. Falta de observancia por parte del personal de las condiciones de higiene y/o inobservancia por parte del mismo de las reglas de comportamiento exigidas o violación de las normas establecidas. $ 5.000 (Pesos cinco mil).

14. Cambio de vestimenta de los empleados del Adjudicatario en la vía pública. $ 5.000 (Pesos cinco mil).

15. Cuando los empleados del Adjudicatario ingieran bebidas alcohólicas durante la prestación del servicio. $ 20.000 (Pesos veinte mil).

16. Solicitud o aceptación de dádivas durante y/o fuera de la prestación de los servicios. $ 20.000 (Pesos veinte mil).

17. Incumplimiento de las normas de seguridad e higiene para el trabajo. $ 20.000 (Pesos veinte mil).

18. Falta de entrega de uniformes y elementos de seguridad adecuados para el personal. $ 20.000 (Pesos veinte mil).

19. Utilización de equipamiento no autorizado por el GCBA. $ 10.000 (Pesos diez mil).

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 208

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G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S “2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

20. Incumplimiento en la provisión de los recursos comprometidos (infraestructura, equipos o personal) $ 10.000 (Pesos diez mil).

21. Por negarse, entorpecer o dificultar diligencias del GCBA en relación con operaciones de verificaciones, contralor o fiscalización de, vehículos, maquinas y/o equipos. $ 25.000 (Pesos veinticinco mil).

22. Toda falta que no se encuentre detallada en el presente artículo y que entorpezca el buen desempeño del servicio por causa u omisión de la adjudicataria será penada con hasta $ 50.000 (Pesos cincuenta mil) según la gravedad, por hecho y por vez.

23. Reiteración de una misma falta cometida durante tres días consecutivos o más será causal de la aplicación de duplicidad o triplicidad en los montos a descontar en el certificado.

51.1.4.B. MODALIDAD DE APLICACION DE MULTAS

Las multas previstas se incrementarán al doble cuando la infracción se reitere dentro del mismo mes calendario y se cuadruplicará cuando se tratare del tercer o sucesivos hechos reiterados dentro del mismo período. A los fines de la reincidencia se considerarán las faltas objetivamente, con prescindencia del agente o unidad que produjo el hecho u omisión.

Cuando un mismo hecho encuadre en distintos supuestos punibles, se aplicarán las faltas que para cada uno de ellos corresponda, salvo cuando una trasgresión presuponga otra, en cuyo caso será aplicable la pena más grave prevista.

En el caso de las faltas de carácter permanente, el Adjudicatario deberá subsanarlas dentro del plazo de setenta y dos horas, salvo que la DGEV disponga un plazo distinto, vencido el cual si subsistiera, se considerarán a los fines punitivos como un hecho nuevo.

La aplicación de las multas previstas en el presente se efectuarán conforme al siguiente procedimiento: verificada la falta, la inspección de la DGEV labrará un Acta de Constatación conforme modelo que se adjunta al presente como Anexo VIII.

La DGEV llevará un registro foliado donde consignará las deficiencias observadas, a los efectos de verificar el cumplimiento de los servicios exigidos en los Pliegos. El resultado mensual de la compilación de los incumplimientos se notificará por Orden de Servicio.

El Acta de Constatación se notificará en el acto de su verificación en caso de existir personal de la empresa presente, que deberá firmar con aclaración de firma una

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 209

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copia de dicho documento. En caso que no se pudiera notificar en ese acto, el Acta de Constatación se notificará en el Libro de Ordenes de Servicio. El Adjudicatario deberá formular descargo dentro de los 2 (dos) Días Hábiles de notificado del Acta de Constatación. Vencido ese plazo, el organismo de contralor emitirá la correspondiente disposición, que deberá ser notificada fehacientemente al Adjudicatario con la cual se percibirá el cobro de la misma conforme el siguiente orden de prelación: (i) facturas emergentes del contrato que estén al cobro o en trámite; (ji) garantía de adjudicación; (iii) créditos del Adjudicatario resultantes de otros contratos de suministro o prestación de servicios no personales.

El Adjudicatario podrá recurrir la sanción conforme a las previsiones del Decreto Nº 1510-GCBA/97. La presentación del recurso no suspende la aplicación de la multa, sin perjuicio del reintegro de su importe correspondiente en caso que tuviere resolución favorable.

51.2 Sanciones Las sanciones son aplicables por la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda, cuando ello sea solicitado por la DGEV en la forma prevista por Ley 2095 y su normativa complementaria.

Art. 52°. - CARGO

Cuando mediaren circunstancias que tornaren imposible para el Adjudicatario mantener la continuidad total o parcial, definitiva o temporaria, de los servicios, cualquiera sea la causa que las haya motivado, y sin perjuicio de la aplicación de las otras disposiciones que regulen el caso, el GCBA podrá asumir directamente o por terceros la prestación de los servicios a fin de asegurar su continuidad.

La prestación de servicios directamente o por terceros, en los supuestos contemplados, importará para el GCBA asumir el pago de los costos que implique la prestación directa, al mismo tiempo que privará al Adjudicatario de percepción o retribución alguna, durante el lapso en que los servicios se presten directamente por el GCBA o un tercero. Además se imputará como carga del Adjudicatario un quince por ciento (15%) del costo de dichos trabajos en concepto de gastos administrativos, suma que se deducirá de los créditos a percibir que tenga o de la garantía de adjudicación, independientemente de la penalidad que puede aplicar de conformidad con las penalidades previstas en los Pliegos.

Los trabajos ejecutados bajo éste artículo serán descontados de los certificados en la forma prevista para las multas.

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

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G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S “2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

CAPITULO VI

DEL PRECIO Y FORMA DE PAGO

Art. 53°.- MECANISMO DE REDETERMINACION DE PRECIOS

El precio de la contratación es fijo e invariable y no admite el reconocimiento de mayores costos, salvo que alguna de las partes acredite que su prestación se ha tornado excesivamente onerosa.

Se considerará que la prestación se ha tornado excesivamente onerosa cuando se encuentre debidamente acreditado el desequilibrio en las prestaciones contractuales.

En tal sentido y para que sea viable la adopción de la metodología prevista en este artículo resulta imprescindible que las distorsiones que se produzcan resulten significativas, es decir que posean una especial importancia.

Dicha circunstancia sólo se tendrá por concretada cuando las distorsiones operadas determinen que los precios de los ítems que conforman la estructura de costos estimada, cuya incidencia y parámetros de variación se detallan a continuación superen, en conjunto, el diez por ciento (10%):

ESTRUCTURA DE COSTOS ESTIMADA ITEM INCIDENCIA PARÁMETROS

Mano de Obra 11% Básico Convenio ColectivoMano de Obra 44% Índice Salarios Sector Privado Registrado

Maquinaria especifica y Repuestos 17% Índice de Precios Internos Mayoristas Vehículos, Carrocerías y Repuestos

Combustibles y Lubricantes 5% Índice de Precios Internos Mayoristas Productos Refinados del Petróleo

Bolsas 1% Índice de Precios Internos Mayoristas Productos de Plástico

Neumáticos 1% Índice de Precios Internos Mayoristas Productos de Caucho

Ropa para Personal 1% Índice de Precios Internos Mayoristas Prendas de Materiales Textiles

Otros Rubros 20% Estese a lo señalado en el Apartado 50.1.-

50.1.- Al solo efecto de verificar las distorsiones que pudieren producirse, se aplicará a los ítems expuestos la variación operada, conforme la incidencia y los parámetros fijados precedentemente y tomando como base los correspondientes al mes anterior al de la presentación de la Oferta. Es decir, que se aplicarán los porcentajes de

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 211

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variaciones operados al porcentaje de incidencia en los ítems en cuestión determinados en el cuadro, con excepción del denominado “Otros Rubros” al que se le asigna porcentual de variación cero (0%).

Asimismo, de ser procedente, en sucesivas redeterminaciones se tomarán como base los parámetros de variación utilizados en la última readecuación de precios.

50.2.- De superarse el diez por ciento (10%) previsto, el Contratista podrá solicitar la redeterminación de precios, debiendo ponderar y justificar la efectiva incidencia de dicha distorsión en su estructura real de costos. Al respecto, las variaciones que se produzcan en el ítem “Otros Rubros” y que integren la estructura real de costos del Contratista, no serán reconocidas por considerarse que forman parte del riesgo empresario.

50.3.- Formulada por el Contratista la solicitud de redeterminación de precios, el GCBA analizará y resolverá, de corresponder, la compensación que considere procedente.

A los fines de dicho análisis, deberá intervenir una Comisión integrada por un representante del Ministerio de Hacienda y otro del Ministerio de Ambiente y Espacio Público.

El Ministro de Ambiente y Espacio Público dictará el acto administrativo que resuelva sobre la redeterminación de precios planteada.

La adopción del procedimiento mencionado, no autoriza la paralización de los servicios incluidos en la presente Licitación, ni la desaceleración del ritmo de trabajo.

Art.54º.- PROCEDIMIENTO DE LIQUIDACION

El principio retributivo es el de “satisfacción final”. Para la liquidación mensual de los montos que abonará el GCBA, en concepto de los trabajos realizados con arreglo al Contrato, el Adjudicatario elaborará el certificado correspondiente dentro de los primeros 10 (diez) Días Hábiles de cada siguiente al de la ejecución de los trabajos. A tal efecto confeccionará una planilla tipo, normalizada por la DGEV, donde se consignará:

�� Monto del Rubro A del artículo 1 del presente (valor contractual).

�� Monto del Rubro B del artículo 1 del presente (mientras sea aplicable ).

�� Monto del Rubro C del artículo 1 del presente (si se hubiesen realizado trabajos), detallando los ítems ejecutados, sus cantidades y los montos parciales y totales resultantes.

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 212

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G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S “2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

�� Monto de deducciones por cargos o multas (si los hubiere).

�� Monto total del certificado, constituido por la suma de los Rubros A, B más C menos de las deducciones, expresados en números y letras.

La DGEV tendrá 10 (diez) Días Hábiles para verificar la correcta liquidación del certificado, pudiendo incluso verificar los trabajos mediante inspección. Vencido este plazo, notificará por Orden de Servicio al Adjudicatario las novedades relacionadas con el certificado.

Si el certificado no se encontrare en forma o no se adecuare a las condiciones estipuladas, será devuelto al Adjudicatario quien deberá subsanar los errores o deficiencias y presentarlo nuevamente para su revisión, repitiéndose el procedimiento descripto precedentemente. Los efectos de las dilaciones que se originen por no corregir o adecuar los certificados, serán asumidos en forma exclusiva por el Adjudicatario, no importando derecho al cobro de intereses, actualizaciones o cualquier otro tipo de indemnización.

De no existir observaciones, el Adjudicatario deberá confeccionar la factura correspondiente, en original y 2 (dos) copias, ajustadas a la forma para cotizar y conforme a la mecánica que se hace referencia en el Art. 19º del PCG.

La liquidación de las facturas se realizará a través de la Dirección General de Contaduría.

El pago se efectivizará a través de la Dirección General de Tesorería dentro de los treinta (30) Días Hábiles posteriores al vencimiento del plazo para conformar los certificados, siendo que la demora en el pago ningún caso justifica la paralización de los trabajos o demora en el cumplimiento de los mismos.

Las facturas serán abonadas previa acreditación por parte del Adjudicatario, de no adeudar importe alguno exigible en concepto de contribución al GCBA sobre la actividad comercial, industrial y de servicio.

El atraso en el pago por causa imputable al GCBA, otorga el derecho a favor del Adjudicatario de reclamar un interés equivalente a la Tasa Pasiva del Banco de la Ciudad para operaciones a plazo fijo a 30 (treinta) días.

Art. 55º.- IMPUESTOS, TASAS Y CONTRIBUCIONES QUE RIGEN LA ACTIVIDAD

Estarán a cargo del Adjudicatario, todos los impuestos, peajes, tasas y contribuciones o gravámenes en general, presentes o futuros, ya sean nacionales, provinciales o locales, que graven al Adjudicatario, a la actividad que desarrolle por la prestación de los servicios de que trata esta Licitación, sus inmuebles, instalaciones y/o equipos.

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

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G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S “2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

CAPITULO VII

DE LA EXTINCION DEL CONTRATO

Art. 56º.- CAUSAS DE EXTINCIÓN DEL CONTRATO

La relación contractual quedará extinguida por:

(a) Expiración del plazo término del Contrato. (b) Mutuo acuerdo. (c) Quiebra del Adjudicatario. (d) Rescisión por incumplimiento del Adjudicatario.

Art. 57º.- RESCISION POR CAUSA DEL ADJUDICATARIO

57.1- La DGEV podrá solicitar que se declarare rescindido el Contrato, por incumplimiento del Adjudicatario cuando mediare alguna de las siguientes circunstancias:

a) Interrupción del servicio, por causas imputables al Adjudicatario, durante tres (3) días consecutivos ó diez (10) días alternados en el curso de los últimos doce (12) meses. Se considerará interrupción del servicio, tanto la no ejecución total de los mismos, como su reducción en un porcentaje que supere el cuarenta por ciento (40%) de los servicios, siempre que no estén originados por razones de fuerza mayor o casos fortuitos extraños al Adjudicatario.

b) Cuando el Adjudicatario resulte multado durante dos (2) meses consecutivos con multas superiores al quince por ciento (15%) de la certificación mensual.

c) Cuando el promedio semestral de multas supere el cinco por ciento (5%) de la certificación mensual promedio.

d) Transferencia del contrato o por transferencia de participación accionaria en la sociedad Adjudicatario o derechos de la UTE Adjudicataria, sin autorización de autoridad competente del GCBA.

e) Incumplimiento de la fecha de iniciación de los servicios en más de tres (3) días.

f) Modificaciones en las coberturas o términos de los seguros solicitados, sin consentimiento de la DGEV.

g) Por presentación en concurso del Adjudicatario, cuando la situación jurídica del mismo, impide el cumplimiento de las prestaciones a su cargo.

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

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Page 215: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

h) Por quiebra del Adjudicatario

57.2- La expiración anticipada del Contrato hará perder al Adjudicatario la Garantía de Adjudicación, cuando la causa que la determine le sea imputable, sin perjuicio de las acciones legales que pudieran corresponderle al GCBA.

Art. 58º.- INDEMNIZACION

El Adjudicatario indemnizará al GCBA por cualquier daño que pudiera infringirse a su patrimonio con motivo de cualquier acto u omisión del Adjudicatario, incluyendo gastos judiciales y honorarios de abogados. Asimismo, reintegrará cualquier suma que el GCBA tuviera que abonar por cualquier concepto, incluyendo los especificados, cuando obedeciera a conductas y/o actividades directas o indirectas del Adjudicatario.

Art. 59º.- CONTINUIDAD DE LOS SERVICIOS

En los supuestos de extinción anticipada del Contrato por causa del Adjudicatario, éste estará obligado a continuar la prestación de los servicios por el tiempo que lo requiera la DGEV, tiempo durante el cual se regirán por os Documentos de la Licitación.

Cuando la situación lo amerite, el GCBA podrá, por acto debidamente fundado y a fin de garantizar la continuidad de los servicios, contratar la prestación del servicio objeto de esta contratación u ordenar a cualquier otro u otros Contratistas que por un plazo razonable se haga/n cargo del servicio objeto de esta contratación en cualquiera de las Zonas que no le hubieran sido adjudicadas. Este servicio extraordinario se ejecutará a los precios contractuales a la Zona originaria del Contratista, siempre que mediare conformidad del Contratista.

Lic. Edgardo David Cenzon Presidente

Comisión de Estudios de Pliegos Ad-Hoc y Ad-Honorem Ministerio de Hacienda

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 215

Page 216: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO “2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

ANEXO I(Al Pliego de Condiciones Particulares)

Modelo de Carta de Presentación

Buenos Aires, ...................... de ......... SeñoresGobierno de la Ciudad de Buenos Aires Buenos Aires República Argentina

La (Empresa y/o Unión Transitoria de Empresas). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . en adelante el Oferente, con domicilio legal en . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . , representada legalmente por el Señor . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . presenta su oferta de conformidad con lo establecido en los Pliegos de la obra denominada“ . . . . . . . . . . . . . . . “, para las zonas identificadas con el / los número / s.(ejemplo: Zona 1, Zona 2, etc.) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ”, y que es objeto de la LICITACION PUBLICA NACIONAL E INTERNACIONAL“N° . . . . . . . . . . . .

A los todos efectos de la presente Licitación denunciamos los siguientes datos de contacto, donde serán válidas las notificaciones:

a) Domicilio Especial: b) Teléfono: c) Dirección de correo electrónico d) Fax.

Dicha Oferta cubre todos los trabajos, incluyendo mano de obra, materiales, equipos y demás elementos necesarios para llevar a cabo la totalidad de los servicios y trabajos ofertados, a los precios cotizados.

El Oferente declara expresamente que:

1) La Oferta se ajusta íntegramente a los Documentos de la Licitación, a las disposiciones establecidas y a los documentos suministrados por el GCBA a los Oferentes.

2) La presentación no está impedida o afectada por ninguna de las incompatibilidades que se establecen en los Documentos de Licitación.

3) La Oferta es válida y permanecerá vigente por el lapso y en los términos establecidos en el Pliego de Condiciones Particulares.

4) Ha examinado y acepta sin reserva lo estipulado en los Documentos de la Licitación. Que asimismo ha estudiado con cuidado todos los ítems y cantidades mostradas en las “Planillas de Cómputo y Cotización” y “Análisis de Precios”, y revisado con cuidado la exactitud de cada frase y cada palabra incluida en esta Oferta y sus Anexos.

5) Ha efectuado un examen cuidadoso de tales Documentos de la Licitación y de las condiciones generales y locales que podrán ser encontradas durante la realización de cualquier trabajo.

6) Ha recogido la información necesaria para la elaboración del Plan de Trabajo, los equipos afectados a la realización de los trabajos, el cronograma de necesidades de personal; como

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 216

Page 217: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

asimismo, cualquier otro elemento que pudiese en alguna forma afectar los trabajos o el costo de los mismos.

7) Cumple con todas las exigencias y/o especificaciones técnicas establecidas en los Documentos de la Licitación y conoce la Zona por la que presenta la Oferta y el estado de la misma.

8) El GCBA no será responsable por cualquier error u omisión en la preparación de esta Oferta.

9) Toda la información proporcionada es verdadera y exacta, y autoriza mediante la presente, a que cualquier persona natural o jurídica suministre al GCBA o a sus representantes autorizados toda la información que ese organismo considere necesaria para verificar la documentación que se presenta, y en caso de comprobarse cualquier incorrección en la misma se da por notificado que el GCBA tiene el derecho de invalidar su participación.

10) No se encuentra dentro de las causales de impedimento para contratar con el GCBA. Siendo que ésta declaración se extiende a los directores, representantes legales y síndicos de la Sociedad.

11) No ha sido condenados ni actualmente se encuentra acusado por fraude, estafa o cualquier otro delito contra la fe pública.

12) No se encuentra suspendido o inhabilitado en el Padrón de Proveedores.

13) No pertenece a la planta de personal municipal, tanto permanente como contratado en cualquiera de las formas posibles, durante los dos últimos años previos al llamado de la presente Licitación.

14) No se encuentra quebrado ni concursado no rehabilitado.

15) No se encuentra en concurso de acreedores, ni posee acuerdo de acreedores pendiente de homologación judicial.

16) No se encuentra inhibido.

17) No pertenece al directorio, no es socio comanditado, o socio gerente, respectivamente, de Sociedades Anónimas, Sociedades en Comanditas por Acciones o Sociedades de Responsabilidad Limitada, de Empresas incluidas en el Registro de Sancionados de la Dirección General de Compras y Suministros.

18) No se encuentra condenado en juicio y con sentencia firme por el cobro de tasas, impuestos o contribuciones municipales no habiendo dado cumplimiento a las sanciones.

19) No es una empresa que se haya sido sancionada con caducidad de concesiones o permisos, por incumplimientos contractuales en la prestación del servicio, ya sea en el ámbito nacional, provincial y/o municipal, en los 5 (cinco) años precedentes al presente llamado a Licitación.

20) No tiene relación de dependencia ni vinculación directa o indirecta con el GCBA ni con sus directivos o funcionarios.

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 217

Page 218: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

“2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

Que designa como Representante Técnico al Sr. ______________ con D.N.I.______________

Que se compromete a proporcionar cualquier información adicional que le fuera requerida, entendiendo que se refiere única y exclusivamente a aclaraciones sobre la documentación presentada y en caso de no hacerlo será motivo suficiente para eliminar su Oferta. Dicha información adicional en ningún caso permitirá suministrar documentos o información que hubiere sido omitida en la oferta original.

Que las divergencias, errores o incompatibilidades entre los distintos documentos de la Oferta presentada pueden ser motivo suficiente para eliminar su participación.

Que en caso de ser invalidada su participación por las causales precedentes o por incumplimiento a las condiciones estipuladas en los Documentos de la Licitación, renuncia a cualquier reclamación o indemnización, reconociendo derecho al GCBA a realizar la eliminación de su participación a su exclusivo juicio.

Que renuncia a cualquier reclamación o indemnización en caso de error en la interpretación de los Documentos de la Licitación del llamado y demás documentos del Contrato.

Que en el caso de resultar adjudicatario, se compromete a presentar la Garantía de Adjudicación del Contrato, así como también a firmar el Contrato dentro del plazo fijado por el GCBA.

Que en el caso que no mantuviera la Oferta por el plazo indicado, que no presentase la Garantía de Adjudicación a satisfacción del GCBA, o que no firmase el Contrato dentro del plazo fijado por el GCBA, se perderá la Garantía de Oferta.

Que todos los términos en mayúsculas utilizados en el presente tendrán el significado que se le asigna en los Pliegos.

Atentamente. Firma del Representante Legal Nombre de la Empresa o UTE

Sello de la empresa / consorcio de cooperación G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO “2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

ANEXO II(Al Pliego de Condiciones Particulares) Planilla de Personal Calificado

ESPECIALIDAD DATOS PERSONALES (Nombre completo,

documento, domicilio, datos de inscripción en Colegios o

Consejos con matrícula si aplica)

ANTECEDENTESPROFESIONALES

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 218

Page 219: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación) G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO “2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

ANEXO III(Al Pliego de Condiciones Particulares)

Planilla de Equipamiento

TIPO(1) MARCA MODELO CAPACIDAD N°

(2)AÑO(3)

ESTADO(4) SITUACION

PROPIO A ADQUIRIR. A ALQUILAR

Referencias:

(1) Adjuntar descripción complementaria si es necesario.

(2) Indicar N° de equipo interno de la empresa y de fabricación.

(3) Indicar año de fabricación.

(4) Indicar si el estado es bueno, regular, etc. y donde puede ser inspeccionado

En el caso de equipos a adquirir o alquilar, indicar como mínimo: tipo (adjuntando descripción si es necesario) y capacidad.

En las columnas de situación, marcar una “X” donde corresponda.

G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

“2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

ANEXO IV(Al Pliego de Condiciones Particulares)

Antecedentes de obras similares en los últimos diez años

UBIC.(1)

DENOMINACIÓN.(2)

COMIT.(3)

MONTOCONTRACTUAL

FECHATERMINACION

OBSERVAC.(4)

ORIGINAL FINAL ORIGINAL REAL

Para completar el cuadro, se deberá: - Incluir las prestaciones de servicios ejecutados cuya fecha de terminación real haya operado en los últimos 10 años contados desde la fecha del Acto de Apertura.- Indicar los servicios similares y de magnitud técnica equivalente a la Licitación. - Adjuntar para cada obra las siguientes referencias:

(1) Localidad, provincia y país donde se encuentre ubicada la prestación del servicio. (2) Memoria descriptiva de los aspectos principales de los servicios, del equipamiento y demás recursos utilizados. (3) Dirección y teléfono del Comitente. (4) Personería legal del Oferente, mediante la indicación de: a) El Oferente como empresa individual; b) El Oferente como empresa asociada en una UTE, en cuyo caso se deberá adjuntar el instrumento legal de asociación en el que conste el porcentaje de participación del Oferente en la misma.

- De cada contrato de servicio, el Oferente deberá presentar copia certificada de los documentos principales que hagan al contrato informado.

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ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

“2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

ANEXO V(Al Pliego de Condiciones Particulares)

Planillas De Cotización

RUBRO A SERVICIOS DE MANTENIMIENTO Y LIMPIEZA

ITEM DESCRIPCIÓN UNIDAD PRECIOMENSUAL

4.1.1.Mantenimiento Integral de los Espacios Verdes - Manejo del Césped Categoría A Ha.

4.1.1.Mantenimiento Integral de los Espacios Verdes - Manejo del Césped Categoría B Ha.

4.1.1.Mantenimiento Integral de los Espacios Verdes - Manejo del Césped Categoría C Ha.

4.1.1.Mantenimiento Integral de los Espacios Verdes - Manejo del Césped Categoría D Ha.

4.1.2.Mantenimiento Integral de los Espacios Verdes - Atención de canteros Categoría A M2

4.1.2.Mantenimiento Integral de los Espacios Verdes - Atención de canteros Categoría B M2

4.1.2.Mantenimiento Integral de los Espacios Verdes - Atención de canteros Categoría C M2

4.1.2.Mantenimiento Integral de los Espacios Verdes - Atención de canteros Categoría E M2

4.1.3. Mantenimiento Integral de los Espacios Verdes - Atención de Especies Vegetales Categoría A M2

4.1.3. Mantenimiento Integral de los Espacios Verdes - Atención de Especies Vegetales Categoría B M2

4.1.3. Mantenimiento Integral de los Espacios Verdes - Atención de Especies Vegetales Categoría C M2

4.1.3. Mantenimiento Integral de los Espacios Verdes - Atención de Especies Vegetales Categoría E M2

4.2.1 a 4.2.3 Limpieza Integral Áreas Verdes - Áreas secas - Senderos, solados y veredas - Deposiciones Caninas Categoría A

Ha.

4.2.1 a 4.2.3 Limpieza Integral Áreas Verdes - Áreas secas - Senderos, solados y veredas - Deposiciones Caninas Categoría B

Ha.

4.2.1 a 4.2.3 Limpieza Integral Áreas Verdes - Áreas secas - Senderos, solados y veredas - Deposiciones Caninas Categoría C

Ha.

4.2.1 a 4.2.3 Limpieza Integral Áreas Verdes - Áreas secas - Senderos, solados y veredas - Deposiciones Caninas Categoría D

Ha.

4.2.1 a 4.2.3 Limpieza Integral Áreas Verdes - Áreas secas - Senderos, solados y veredas - Deposiciones Caninas Categoría E

Ha.

4.3.1 a 4.3.6. Mantenimiento y Limpieza de Infraestructura - Áreas Secas, Senderos, solados y veredas- - Mobiliario- Rejillas y desagües Cestos Papeleros –Cartelería – Bebederos Categoría A

Ha.

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ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

RUBRO A SERVICIOS DE MANTENIMIENTO Y LIMPIEZA (Cont.)

ITEM DESCRIPCIÓN UNIDAD PRECIOMENSUAL

4.3.1 a 4.3.6. Mantenimiento y Limpieza de Infraestructura - Áreas Secas, Senderos, solados y veredas- - Mobiliario- Rejillas y desagües Cestos Papeleros –Cartelería – Bebederos Categoría B

Ha.

4.3.1 a 4.3.6. Mantenimiento y Limpieza de Infraestructura - Áreas Secas, Senderos, solados y veredas- - Mobiliario- Rejillas y desagües Cestos Papeleros –Cartelería – Bebederos Categoría C

Ha.

4.3.1 a 4.3.6. Mantenimiento y Limpieza de Infraestructura - Áreas Secas, Senderos, solados y veredas- - Mobiliario- Rejillas y desagües Cestos Papeleros –Cartelería – Bebederos Categoría D

Ha.

4.3.1 a 4.3.6. Mantenimiento y Limpieza de Infraestructura - Áreas Secas, Senderos, solados y veredas- - Mobiliario- Rejillas y desagües Cestos Papeleros –Cartelería – Bebederos Categoría E

Ha.

4.3.7. Mantenimiento y Limpieza de Infraestructura incluyendo - Zonasdeportivas

M2

4.3.8 Mantenimiento y Limpieza de Infraestructura incluyendo: Servicios especiales días de afluencia extraordinaria

Ha.

4.4.1.Mantenimiento integral y Limpieza de los Espejos de Agua - Fuentes

Gl

4.4.2.Mantenimiento integral y Limpieza de los Espejos de Agua - Estanques

U

4.5.1 Mantenimiento de Riego - Tareas de riego manual Ha.

4.5.2 Mantenimiento de Riego - Mantenimiento de sistemas de riego U

4.6. Patio de Juegos U

4.7. Mantenimiento y Limpieza de Obras de Arte, Monumentos, Esculturas, Estatuas, Bustos y Placas

GL

4.8. Mantenimiento, Conservación y Reposición de Rejas y Portones ML

4.9. Mantenimiento de Baños Públicos existentes U

4.10. Mantenimiento de Alumbrado Público en espacios verdes U

4.11. Veedor de Plaza U

TOTALES

TOTAL EN LETRAS: Pesos _________________________________________________________________

__________________________Firma del Representante Legal

G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

“2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

RUBRO B SERVICIOS ESTÉTICO-FUNCIONALES DE RECUPERACIÓN INICIAL

ITEM DESCRIPCIÓN UNIDAD PRECIO.MENSUAL

1 Servicios de recuperación inicial. No aplica

TOTAL EN LETRAS: Pesos _________________________________________________________________

__________________________Firma del Representante Legal

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ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

“2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

RUBRO C- SERVICIOS ESTÉTICO-FUNCIONALES POR REQUERIMIENTO - PRECIARIO N°1– ESPACIOS VERDES

Item DESCRIPCIÓN UNIDAD Precio Unitario1 TRABAJOS PRELIMINARES

1.1 OBRADOR, DEPOSITOS SANITARIOS GL1.2 CARTEL DE OBRA U1.3 CERCO DE SEGURIDAD ML1.4 LIMPIEZA DE PREDIO Y REPLANTEO M21.5 LIMPIEZA PERIODICA Y FINAL DE OBRA M21.6 DOCUMENTACION GRAFICA, PROYECTO EJECUTIVO GL

2 DEMOLICIONES

2.1 DEMOLICION BANCOS DE H° EN MESAS DE AJEDREZ UNID.2.2 DEMOLICION DE BALDOSAS DE CEMENTO M22.3 DEMOLICION DE BANCO MURETE DE MAMPOSTERIA M32.4 DEMOLICION DE CAZOLETAS UNID.2.5 DEMOLICION DE CONTRAPISOS M2

2.6DEMOLICION DE CONTRAPISOS Y VIGAS DE BORDE DE CORDON M2

2.7 DEMOLICION DE CORDONES DE ADOQUINES ML2.8 DEMOLICION DE CORDONES DE ADOQUINES Y DE HORMIGÓN ML2.9 DEMOLICION DE CORDONES DE CANTEROS ML

2.10 DEMOLICION DE MAMPOSTERIA DE LADRILLOS HUECOS M22.11 DEMOLICION DE MAMPOSTERIA DE LADRILLOS VISTOS M22.12 DEMOLICION DE MURETES DE ADOQUINES EN CANTEROS ML2.13 DEMOLICION DE SOLADO ASFALTICO EN DISTRIBUIDOR M22.14 DEMOLICION DE SOLADO EXISTENTE EN PLAYON M22.15 DEMOLICION DE SOLADO LOSETA CON PIEDRA LAVADA M22.16 DEMOLICION DE SOLADOS DE ADOQUINES M22.17 DEMOLICION DE SOLADOS EXISTENTES M22.18 DEMOLICION DE SOLADOS VEREDAS M22.19 DEMOLICION ESCALONES M22.20 DEMOLICION LOSETAS DE CEMENTO EN GRADAS Y BANCOS M22.21 DEMOLICION MESAS DE AJEDREZ UNID.2.22 DEMOLICION MURETES DE GRANITULLO DE PATIO JUEGOS M32.23 DEMOLICION SOLADOS DE BALDOSAS M22.24 DEMOLICION SOLADOS DE CARPETA ASFALTICA M22.25 DEMOLICION SOLADOS DE VEREDAS Y CAMINOS INTERIORES M22.26 DESMONTE DE CARPETA ASFALTICA M22.27 DESMONTE DE CORDONES DE VEREDAS ML

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ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

RUBRO C- SERVICIOS ESTÉTICO-FUNCIONALES POR REQUERIMIENTO - PRECIARIO N°1– ESPACIOS VERDES (Cont.)

Item DESCRIPCIÓN UNIDAD Precio Unitario2.28 DESMONTE DE SOLADOS DE BALDOSAS EN VEREDAS M22.29 DESMONTE Y NIVELACION M32.30 MESAS DE AJEDREZ CON BANCOS U2.31 RETIRO DE ARENA M2

2.32RETIRO DE BARANDAS METALICAS TRASLADAR A DEPOSITO DE GCBA ML

2.33 RETIRO DE CORDON DE LADRILLOS ML2.34 RETIRO DE EQUIPAMIENTO EXISTENTE GL2.35 RETIRO DE GRANZA CERAMICA M22.36 RETIRO DE GRANZA CERAMICA M2

2.37RETIRO DE JUEGOS DE NIÑOS A TRASLADAR A DEPOSITOS DEL GCBA GL

2.38 RETIRO DE REJAS A TRASLADAR A DEPOSITO DE GCBA ML2.39 RETIRO DE SOLADOS DE LAJAS M2

3 ALBAÑILERIA

3.1 SOLADOS DE LOSETA DE CEMENTO M2

3.2 ALISADO DE CEMENTO EN BASE DE MASTIL EXISTENTE M2

3.3ALISADO DE CEMENTO EN ESCALERAS DE ACCESO EXISTENTES M2

3.4 AVISADOR TACTIL EN RAMPAS DE ACCESIBILIDAD M23.5 BANCO MEDIANERA ML3.6 BANCO OVALADO M33.7 CARPETA DE CAL REFORZADA M23.8 CARPETA DE CAL REFORZADA M23.9 CARPETA DE CEMENTO PARA APLICACIÓN DE VENECITA M2

3.10COLOCACION DE BALDOSAS CALACAREAS 9 PANCITOS GRIS EN VEREDAS M2

3.11 CONTRAPISO DE HORMIGON DE CASCOTE EN FUENTE M33.12 CONTRAPISOS DE HORMIGON DE CASCOTES M23.13 CONTRAPISOS DE HORMIGON DE CASCOTES M2

3.14CONTRAPISOS DE HORMIGON DE CASCOTES (incluye juntas de dilatacion) M2

3.15

EJECUCION NICHO DE 0.20 X 0.20 INT REVOQUE CEMENTICIO PARA CANILLA DE SERVICIO CON TAPA Y CIERRE DE SEGURIDAD UNID.

3.16

EJECUCION NICHO DE 0.20 X 0.20 INT REVOQUE CEMENTICIO PARA VALVULA DE ACOPLE RAPIDO CON TAPA Y CIERRE DE SEGURIDAD UNID.

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ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

“2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

RUBRO C- SERVICIOS ESTÉTICO-FUNCIONALES POR REQUERIMIENTO - PRECIARIO N°1– ESPACIOS VERDES (Cont.)

Item DESCRIPCIÓN UNIDAD Precio Unitario

3.17

EJECUCION NICHO DE 0.40 X 0.60 x 0.30 INT REVOQUE CEMENTICIO PARA CANILLA DE SERVICIO y MANGUERA DE 20 MTROS CON TAPA Y CIERRE DE SEGURIDAD UNID.

3.18

EJECUCION NICHO DE 0.40 X 1,20 x 0.30 INT REVOQUE CEMENTICIO PARA VALVULA DE ACOPLE RAPIDO y MANGUERA DE 20 MS CON TAPA Y CIERRE DE SEGURIDAD UNID.

3.19 JUNTAS ML 3.20 LOSETAS DE CEMENTO SOBRE BANCO MURETE M23.21 LOSETAS DE CEMENTO SOBRE GRADAS M23.22 PROVISION Y COLOCACION DE ARENA M33.23 RAMPAS DE ACCESIBILIDAD M23.24 REPARACION DE REVOQUES EN MEDIANERAS GL3.25 SOLADO DE BALDOSAS ANTIGOLPES EN PATIO DE JUEGOS M23.26 SOLADO DE BALDOSAS CALCAREAS DE 20X20CM M23.27 SOLADO DE BALDOSAS CALCAREAS DE 9 PANCITOS M23.28 SOLADO DE BALDOSAS DE CEMENTO M23.29 SOLADO DE GRANZA CERAMICA COLORADA M23.30 SOLADO DE GRANZA CERAMICA CON APORTE DE CASCOTE M23.31 SOLADO DE GRANZA CERAMICA CON APORTE DE CASCOTE M23.32 SOLADO DE GRANZA DE POLVO DE LADRILLO M23.33 SOLADO DE HORMIGON TEXTURADO M2

3.34SOLADO DE HORMIGON H21 TERM. PEINADO COLOR NATURAL M2

3.35 SOLADO DE HORMIGON PEINADO M2

3.36 SOLADO DE HORMIGON TEXTURADO M23.37 SOLADO DE PISO DEPORTIVO M23.38 SOLADO INTERTRABADO M2

3.39SOLADOS DE LOSETA DE CEMENTO CON PIEDRA LAVADA 0,40x0,60 M M2

3.40 SOLIA DE HORMIGON H21 TERM. LLANEADO COLOR NATURAL M2 3.41 MOVIMIENTOS DE TIERRA

3.42EXCAVACION DE POZOS DE DRENAJE/ INCLUYE PROV. DE CASCOTE M3

3.43 EXCAVACION PARA BASES DE CERCO OLIMPICO M33.44 EXCAVACION PARA BASES DE MURETE EN PATIO DE JUEGOS M33.45 EXCAVACION PARA BASES DE REJAS EN PATIO DE JUEGOS M3

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ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

RUBRO C- SERVICIOS ESTÉTICO-FUNCIONALES POR REQUERIMIENTO -PRECIARIO N°1– ESPACIOS VERDES (Cont.)

Item DESCRIPCIÓN UNIDAD Precio Unitario3.46 EXCAVACIONES

3.47EXCAVACIONES PARA BASES DE BANCOS / CESTOS / BEBEDEROS M3

3.48 EXCAVACIONES PARA SEÑALETICA / M33.49 EXCAVACIONES PARA FUNDACIONES DE JUEGOS DE NIÑOS M33.50 RELLENOS Y TERRAPLENAMIENTOS 3.51 SUB-BASES M33.52 ZANJEO PARA PASE DE INSTALACIONES M33.53 ZANJEO PARA PASE DE INSTALACIONES GL

4 HORMIGON ARMADO

4.1 BANCO DE HORMIGON BAJO REJA DE PATIO DE JUEGOS M34.2 BANCO DE HORMIGON CON MADERA (de 2 ML) U4.3 BANCO DE HORMIGON CON MADERA (de 4 ML) U4.4 BANCO DE HORMIGON CON RESPALDO U4.5 BANCO DE HORMIGON CURVO M34.6 BANCO DE HORMIGON EN CÍRCULO CENTRAL M34.7 BASE DE PARA EQUIPAMIENTOS / BANCOS / CARTELES M34.8 BASE PARA ERMITA M34.9 BASES DE HORMIGON PARA BARANDAS M3

4.10 BASES DE HORMIGON PARA CERCO OLIMPICO M34.11 BASES PARA JUEGOS DE NIÑOS M34.12 BATEA CON BANCO DE HORMIGON PARA FUENTE M34.13 CAZOLETAS ML

4.14CONSTRUCCION DE BASES PARA EQUIPAMIENTOS / BANCOS / CESTOS/ BEBEDEROS ETC. M3

4.15 ENCADENADO PARA MAMPOSTERIAS M34.16 RECONSTRUCCION DE CORDON VEREDA ML4.17 TABIQUE DE HORMIGON ARMADO ESP 20CM M34.18 TABIQUE DE HORMIGON ARMADO ESP 40CM BANCO M34.19 VIGA DE BORDE BAJO CERCO OLIMPICO M34.20 VIGA DE HORMIGON ARMADO DE 0.20x0.10M PARA CAMINOS ML4.21 VIGA DE HORMIGON ARMADO DE 0.20x0.10M PARA CAMINOS ML4.22 VIGA DE HORMIGON ARMADO PARA CAZOLETAS ML4.23 VIGA DE HORMIGON ARMADO PARA CAZOLETAS ML4.24 VIGA DE HORMIGON ARMADO PARA CAZOLETAS ML4.25 VIGA DE HORMIGON PARA BORDES DE CANTEROS ML4.26 ZAPATA PARA BANCO – MURETE DE MAMPOSTERIA M34.27 ZAPATA PARA CANIL

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ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación) G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO “2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

RUBRO C- SERVICIOS ESTÉTICO-FUNCIONALES POR REQUERIMIENTO - PRECIARIO N°1– ESPACIOS VERDES (Cont.)

Item DESCRIPCIÓN UNIDAD Precio Unitario4.28 ZAPATA PARA MURETES DE ADOQUINES M34.29 ZAPATA PARA REJA EN PATIO DE JUEGOS M3

5 PINTURA

5.1 PINTURA PARA EQUIPAMIENTO M25.2 PINTURA BASE ERMITAS GL5.3 DEMARCACION EN PLAYON DEPORTIVO ML

5.4PINTURA PARA EQUIPAMIENTO (CESTOS/PERFILES CARTELES) M2

5.5 PINTURA COLUMNAS DE ILUM. EXISTENTE UNID.5.6 PINTURA SOBRE EQUIPAMIENTO DE MADERA M2

5.7PINTURA SOBRE MEDIANERAS Y MURETES DE LADRILLO A CONSERVAR M2

5.8PINTURA PARA EQUIPAMIENTO, PORTONES METALICOS Y REJAS M2

5.9 PINTURA EN CERCO OLIMPICO M2

6 PAISAJISMO

6.1ACONDICIONAMIENTO DEL TERRENO - PROVISIÓN DE TIERRA FERTIL M3

6.2 COLOCACION DE TUTORES U6.3 DESMALEZADO Y LIMPIEZA M26.4 NIVELACION GRUESA M26.5 NIVELACION FINA M26.6 ROTURACION Y ESCARIFICADO M26.7 TRANSPLANTE DE ARBOLES GL

6.8TRATAMIENTO FITOSANITARIO Y DESTRUCCIÓN DE HORMIGUEROS GL

6.9 TRATAMIENTO GERONTO -FITOSANITARIOS GL6.10 PROV. Y PLANTACION DE CEIBO U6.11 PROV. Y PLANTACION DE FORMIO VARIEGADO / 10lTS U6.12 PROV. Y PLANTACION DE HIEDRA DE HOJA ANCHA / 3Lts U6.13 PROV. Y PLANTACION DE PRUNUS CARACIFERA U6.14 PROV. Y PLANTACION DE SALVIA GUARANITICA / 3Lts U6.15 PROV. Y PLANTACION DE TRADESCANTHIA / 3Lts U6.16 PROV. Y PLANTACION DE BOJ / 10Lts U6.17 PROV. Y PLANTACION DE COLA DE ZORRO / 10Lts U

6.19PROVISION DE COMPOST O RESACA EN POZOS DE PLANTACION M3

6.18 PROVISION Y PLANTACION DE ARBUSTOS Y HERBACEAS UNID.6.18.1 Abelia grandiflora compacta U6.18.2 Acacia bailayena U

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 226

Page 227: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

RUBRO C- SERVICIOS ESTÉTICO-FUNCIONALES POR REQUERIMIENTO - PRECIARIO N°1– ESPACIOS VERDES (Cont.)

Item DESCRIPCIÓN UNIDAD Precio Unitario6.18.3 Acacia melanoxylon U6.18.4 Acacia visco U6.18.5 Agapanthus africanus U6.18.6 Agapanthus africanus flor azul U6.18.7 Arecastrum romanzofiannum U6.18.8 Azalea japonica flor rosada U6.18.9 buxus sempervirens U

6.18.10 Cydonia japonica , flor blanca U6.18.11 Doxantha ungis cati U6.18.12 Euryops U6.18.13 Hemerocallis "Queen of Gonzalez" U

6.18.14 Magnolia grandiflora U6.18.15 Melia azedarach U6.18.16 Parthenocissus tricuspidata U6.18.17 Pavonia sepium U6.18.18 Pennisetum setaceum rupelli U6.18.19 Pittosporum tobira var. Nana U6.18.20 Platanus x acerifolia U

6.18.21 Prunus cerasifera ver. Atropurpurea U

6.18.22 Pyrostegia venusta (flor de San Juan) U6.18.23 Quercus robur U6.18.24 Salvia guaranítica U

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 227

Page 228: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

“2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

RUBRO C- SERVICIOS ESTÉTICO-FUNCIONALES POR REQUERIMIENTO - PRECIARIO N°1– ESPACIOS VERDES (Cont.)

Item DESCRIPCIÓN UNIDAD Precio Unitario6.18.25 Salvia procurrens U6.18.26 Sophora japonicum U6.18.27 Tabebuia avellanedae (Lapacho rosado) U6.18.28 Tipuana tipu (Tipa) U6.18.29 Tradescanthia virginiana pallida (tradescantia purpura) U

6.19 PROV. Y PLANTACION DE FORMIO VARIEGADO / 10lTS U6.20 PROV. Y PLANTACION DE HIEDRA DE HOJA ANCHA / 3Lts U6.21 PROV. Y PLANTACION DE SALVIA GUARANITICA / 3Lts U6.22 PROV. Y PLANTACION DE TRADESCANTHIA / 3Lts U6.23 PROV. Y PLANTACION DE BOJ / 10Lts U

6.24 PROV. Y PLANTACION DE COLA DE ZORRO / 10Lts U6.25 PROVISION Y COLOCACION DE TEPES GRAMMA BAHIANA M2

6.26PROVISION Y COLOCACION DE TEPES BERMUDA (CYNODON DACTYLON) M2

6.27 PROVISION Y COLOCACION DE TEPES KIKUYO M2

6.28PROVISIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE TIERRA NEGRA POZOS DE PLANTACION M3

6.29PROVISION Y SIEMBRA DE CESPED RYE GRASS (MARCA REGISTRADA) M2

6.30 PROVISION Y SIEMBRA DE CESPED FESTUCA RUBRA M26.31 PROVISION Y SIEMBRA DE CESPED FESTUCA ARUNDINACEA M2

6.32PROVISION Y SIEMBRA DE CESPED BERMUDA (CYNODON DACTYLON) M2

7 EQUIPAMIENTO

7.1 BANCOS DE HORMIGON TIPO TIGRE U7.2 BEBEDEROS U 7.3 CESTOS U 7.4 COLOCACION DE JUEGOS GL7.5 COLOCACION DE JUEGOS NUEVOS/ AYUDA DE GREMIOS GL7.6 GRIFERIA PARA BEBEDERO U7.7 PROV Y COLOC. DE BANCO MADERA SIMPLE CON RESPALDO U7.8 PROV Y COLOC. DE MESA DE AJEDREZ CON 2 BANCOS U7.9 PROV Y COLOC. DE MESA DE AJEDREZ CON 4 BANCOS U

7.10 PROVISION DE MATERIALES PARA MURALES

7.11PROVISION Y COLOCACION BANCOS CIRCULARES TIPO "QUESO" U

7.12 PROVISION Y COLOCACION DE BANCO ROMANO U

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 228

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ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

RUBRO C- SERVICIOS ESTÉTICO-FUNCIONALES POR REQUERIMIENTO - PRECIARIO N°1– ESPACIOS VERDES (Cont.)

Item DESCRIPCIÓN UNIDAD Precio Unitario

7.13PROVISION Y COLOCACION DE BANCOS CIRCULARES TIPO QUESO UNID.

7.14 PROVISION Y COLOCACION DE BANCOS ROSARIO UNID.7.15 PROVISION Y COLOCACION DE BEBEDEROS U

7.16PROVISIÓN Y COLOCACIÓN DE BEBEDEROS DE Hº PREMOLDEADO U

7.17PROVISIÓN Y COLOCACIÓN DE BEBEDEROS DE Hº PREMOLDEADO U

7.18 PROVISION Y COLOCACION DE BICICLETEROS U7.19 PROVISION Y COLOCACION DE CARTEL NOMENCLADOR U7.20 PROVISION Y COLOCACION DE CERCO OLIMPICO ML7.21 PROVISION Y COLOCACION DE CESTOS PAPELEROS U

7.22PROVISION Y COLOCACION DE GRAFICA EN REJA PATIO DE JUEGOS UNID.

7.23 PROVISION Y COLOCACION DE GRAFICA SOBRE REJA PAR7.24 PROVISION Y COLOCACION DE MESAS DE AJEDREZ UNID.7.25 PROVISION Y COLOCACION DE PARADA AEROBICA U

7.26PROVISION Y COLOCACION DE PORTON DOBLE EN PATIO DE JUEGOS U

7.27PROVISION Y COLOCACION DE PORTON DOBLE EN PLAYON DEPORTIVO U

7.28PROVISION Y COLOCACION DE PORTON EN PATIO DE JUEGOS U

7.29 PROVISION Y COLOCACION DE SILLONES BKF CEMENTO UNID.

8 HERRERIA

8.1 REJA PERIMETRAL 1,90 M ML8.2 REJA PERIMETRAL 2,10 M 8.3 PINTURA REJA PERIMETRAL (SEGÚN ESP. TECNICAS) ML

8.4PROVISION Y COLOCACION DE REJA EN PATIO DE JUEGOS H: 1,50M ML

8.5PROVISION Y COLOCACION DE REJAS EN PATIO DE JUEGOS (sobre murete) H : 1,10M ML

8.6PROVISION Y COLOCACION DE HERRERÍA EN FLORALÍAS DEL CANTERO ML

8.7PROVISION Y COLOCACION DE REJAS EN CANIL (sobre murete) H : 1,10M ML

8.8 PROVISION Y COLOCACION DE PORTON DOBLE EN CANIL U

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 229

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ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación) G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO “2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

RUBRO C- SERVICIOS ESTÉTICO-FUNCIONALES POR REQUERIMIENTO - PRECIARIO N°1– ESPACIOS VERDES (Cont.)

Item DESCRIPCIÓNUNIDAD

Precio Unitario

9 ESPECIES VEGETALES 9.1 ABELIA GRANDIFLORA E15 LTS U9.2 ABELIA GRANDIFLORA E30 LTS U9.3 ABELIA NANA E15 LTS U9.4 ACACIA BAYLEYANA PURPURA E04 LTS U9.5 ACACIA DEALBATA -Aromo frances- E10 U9.6 AGAPANTHUS AZUL E03 U9.7 AGAPANTHUS BLANCO E03 U9.8 AGAPANTHUS NANA AZUL E03 U9.9 AGAPANTHUS NANA BLANCO E03 U9.10 AGAVE HOJA GRIS E05 LTS U9.11 ALBIZZIA -ACACIA DE CONSTANTINOPLA- E040 U9.12 ARECASTRUM ROMANZOFIANUM -PINDO E100LTS U9.13 ARECASTRUM ROMANZOFIANUM -PINDO Ejemplar de 3 m de

estípite U 9.14 AZALEA INDICA E04 U9.15 BESCHORNERIA YUCCOIDES E10 U9.16 BULBINE AMARILLO E3 LTS U9.17 BUXUS SEMPERVIRENS E04 U9.18 BUTIA YATAY E 40L U9.19 BUTIA YATAY EJEMPLAR 3 M DE ESTIPITE U9.20 CANELA E04 U9.21 CHAMAEROPS............. VER TRACHYCARPUS U9.22 CHORISSIA SPECIOSA-FLOR BLANCA-E 15 LT U9.23 CHORISSIA SPECIOSA-FLOR ROSADA- E 15 LT U9.24 CORTADERIA SELLOWANA E 4 LTS U9.25 COTONEASTER DIELSIANA E15 U9.26 CUPRESSUSCYPARIS LEYLANDI E10 LTS U9.27 DIETES BICOLOR E03 LTS U9.28 DODONEA E04 U9.29 ERICA E03 FLOR BLANCA U9.30 ERICA E03 FLOR LILA U9.31 ERITHRINA CRISTA GALLI -SEIBO- E020 LTS U9.32 FESTUCA GLAUCA E01 U9.33 FORMIO VER..................... PHORMIUN U9.34 FRAXINUS AMERICANO -FRESNO- E015 LTS U9.35 GARDENIA AUGUSTA FORTUNIANA E04 LTS U

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 230

Page 231: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

RUBRO C- SERVICIOS ESTÉTICO-FUNCIONALES POR REQUERIMIENTO - PRECIARIO N°1– ESPACIOS VERDES (Cont.)

Item DESCRIPCIÓNUNIDAD

Precio Unitario 9.36 GAURA E03 U9.37 HEMEROCALLIS E04 LTS U9.38 HIEDRA CANARIENSIS E03 LTS U9.39 IBIRAPITA-E 15 L U9.40 IRIS GERMANICA BLANCO/VIOLETA E03 LTS U9.41 IRIS JAPONICA -FLOR CELESTE PASTEL- E03 U9.42 IRIS LAEVIGATUS -VIOLETA- E03 U9.43 IRIS LOUSIANA E03 LTS U9.44 JACARANDA MIMOSIFOLIA E20 U9.45 JAZMIN AMARILLO........ VER JAZMIN MEZNI U9.46 JUNIPERUS PFITZERIANA E04 LTS U9.47 JUNIPERUS PFITZERIANA GLAUCA E15 LTS U9.48 LAMIUN GALEOBDOLUM M12 U9.49 LANTANA CAMARA E03 LTS U9.51 LANTANA MONTEVIDENSIS AMARILLA E3 LTS U9.52 LANTANA MONTEVIDENSIS BLANCA E3 U9.53 LANTANA MONTEVIDENSIS LILA E3 LTS U9.54 LAPACHO.................... VER TABEBUIA U9.55 LAURENTINO........... VER VIBURNUM TINUS U9.56 LIQUIDAMBAR E030 U9.57 LIRIODENDRON -TULIPANERO E15 U9.58 LIRIOPE AZTECA E03 LTS U9.59 LIRIOPE MUSCARI E03 U9.60 LIRIOPE MUSCARI VARIEGATA E03 U9.61 MAGNOLIA GRANDIFLORA E40 U9.62 MISCANTHUS GRACILIMUS E4 U9.63 MISCANTHUS SINENSIS VARIEGADO E04 U9.64 NANDINA DOMESTICA E10 U9.65 NANDINA FIRE POWER E04 LTS U9.66 NEOMARICA E3 U9.67 NEPETA MUSINI E03 U9.68 OLEA FRAGANS.............. VER OSMANTHUS U9.69 OLEA TEXANA....... VER LIGUSTRUM TEXANUM U9.70 OMBU............... VER PHITOLACA DIOICA U9.71 OPHIOPOGON -PASTO INGLES- E01 U9.72 OPHIOPOGON -PASTO INGLES- E3 LTS U9.73 PALO BORRACHO.............. VER CHORISIA U9.74 PASPALUM EXALTATUM E04 U

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 231

Page 232: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación) G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO “2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

RUBRO C- SERVICIOS ESTÉTICO-FUNCIONALES POR REQUERIMIENTO - PRECIARIO N°1– ESPACIOS VERDES (Cont.)

Item DESCRIPCIÓNUNIDAD

Precio Unitario 9.75 PASPALUM EXALTATUM E15 U9.76 PASPALUM HAUMANI E04 LTS U9.77 PASPALUM HAUMANI E10 LTS U9.78 PENNISETUM ALOPECUROIDES E04 U9.79 PENNISETUM MOUDRY E04 U9.80 PENNISETUM RUPELLI E04 U9.81 PENNISETUM SETACEUM RUBRA E04 U9.82 PENNISETUM SETACEUM RUBRA E15 LTS U9.83 PENNISETUM VILLOSUM E04 U9.84 PHALARIS ARUNDINACEA PICTA E04 U9.85 PHITOLACA DIOICA- E 40LTS U9.86 PHOENIS CANARIENSIS EJEMPLAR .ESTÍPITE DE 4 MTS U9.87 PHOENIX CANARIENSIS E150 LTS U9.88 PHORMIUN BRONCEADO E04 LTS U9.89 PHORMIUN BRONCEADO E15 LTS U9.90 PHORMIUN RUBRA E04 LTS U9.91 PHORMIUN RUBRA E10 LTS U9.92 PHORMIUN RUBRA NANA E10 LTS U9.93 PHORMIUN RUBRA NANA E4 U9.94 PHORMIUN VARIEGADO E15 LTS U9.95 PHORMIUN VARIEGADO NANA E04 LTS U9.96 PHORMIUN VERDE E04 LTS U9.97 PHORMIUN VERDE E100 U9.98 PHORMIUN VERDE E15 LTS U9.99 PHOTINEA FRASSERI ARBOLITO E50 U

9.100 PINDO.................... VER ARECASTRUM U9.101 PITTOSPORUM TOBIRA NANA E04 LTS U9.102 PITTOSPORUM TOBIRA NANA E10 LTS U9.103 PLUMBAGO CAPENSIS ALBA -BLANCO- E04 U9.104 PLUMBAGO CAPENSIS -JAZMIN DEL CIELO- E04 U9.105 POGONATERUM PANICEUM E04 -CAÑA NANA- U9.106 POLYGALA E04 LTS U9.107 POPULUS NIGRA -ALAMO PIRAMIDAL- E020 LTS U9.108 QUERCUS PALUSTRIS E020 LTS U9.109 ROBINEA CASQUE ROUGE E20 LTS U9.110 ROBINEA FRISSIA E20 LTS U9.111 ROSA PIE BAJO E04 U9.112 RUELLIA FLORIBUNDA FLOR LILA E03 U

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 232

Page 233: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

RUBRO C- SERVICIOS ESTÉTICO-FUNCIONALES POR REQUERIMIENTO - PRECIARIO N°1– ESPACIOS VERDES (Cont.)

Item DESCRIPCIÓNUNIDAD

Precio Unitario 9.113 RUELLIA RASTRERA U9.114 SACHARUM RUBRA E15 U9.115 SALIX BABYLONICA -SAUCE LLORON- E020 LTS U9.116 SALIX HIBRIDO - SAUCE E60 U9.117 SALVIA DISCOLOR E3 U9.118 SALVIA FARINACEA E03 U9.119 SALVIA GREGUI E03 U9.120 SALVIA GUARANITICA VIOLETA E03 U9.121 SALVIA INDIGO BLUE -CHOLA- E03 U9.122 SALVIA INVOLUCRATA E03 LTS U9.123 SALVIA LEUCANTHA E03 U9.124 SALVIA MEXICANA E03 LTS U9.125 SALVIA PALLIDA CELESTE E03 LTS U9.126 SALVIA PROCURRENS E03 U9.127 SALVIA ULIGINOSA E03 U9.128 SENECIO MIKANOIDES M12 U9.129 SISIRRINCHIUM E03 LTS U9.130 SPARTIUM JUNCEUM -RETAMA AMARILLA- E10 U9.131 SPIRAEA BUMALDA -FLOR ROSA- E10 U9.132 SPIRAEA CANTONIENSIS E15 U9.133 SPIRAEA THUMBERGI E15 LTS U9.134 STIPA TENUISSIMA E3 LTS U9.135 STRELITZIA BLANCA E40 LTS U9.136 STRELITZIA REGINAE E15 LTS U9.137 TABEBUIA AVELLANEDAE- E 15LTS U9.138 TABEBUIA AVELLANEDAE- EJEMPLAR U9.139 TAXODIUM DISTICHIUM -CIPRES CALVO- E040 U9.140 TEUCRIUM FRUTICANS E15 U9.141 THULBALGIA VIOLACEA E03 U9.142 TILIA MOLTKEY -TILO- E040 U9.143 TIPUANA TIPU E 15L U9.144 TIPUANA TIPU EJEMPLAR U9.145 TRACHYCARPUS FORTUNEI Ejemplar de 3m de estípite U9.146 TRADESCANTHIA VIRGINIANA E03 U9.147 VERBENA PERENNE BLANCA-LILA-ROSA E03 U9.148 VIBURNUM ODORATISIMUM E15 LTS U9.149 VIBURNUM TINUS -LAURENTINO-E15 LTS U9.150 VINCA VARIEGADA E03 U9.151 VINCA VERDE E03 U

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 233

Page 234: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación) G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO “2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

RUBRO C- SERVICIOS ESTÉTICO-FUNCIONALES POR REQUERIMIENTO –PRECIARIO N°2- RIEGO

ITEM DESCRIPCION Unidad Precio

UnitarioDOTACION DE AGUA:

Unidad

1

Perforación h/ Acuífero Puelche – Diametro caño camisa 6” Caño camisa de acero diam. : 6” y long: 45 mts.-Filtro de ranura continua acero inoxidable tpo. Jhonson diam.: 4”. y long.: 12 mts.– Caño sosten de filtro en acero inoxidable diam.: 4” y long.:6 mts. -Sello parker –Tapa filtro de acero inoxidable diam.: 4” – Engravado y cementado del espacio anular

Una Perforación

1.1 Electrobomba sumergible – Motor 10 HP, 380 V. 50HZ Unidad

1.2 Caño sostén bomba Fe.Ga.por inmersión, diam.: 3” Tira 6,4 m 1.3 Curva Fe. Ga. diam.: 3” unidad1.4 Unión doble Fe. Ga. Diam.: 3” unidad1.5 Brida sostén de bomba en Fe.Ga. unidad1.6 Cable alimentación 4 x 10 mm2 m.l.1.7 Empalme a bomba termocontraible unidad1.8 Caño sostén bomba Fe.Ga.por inmersión, diam.: 2 1/2”

Tira 6,4 m

1.9 Curva Fe. Ga. diam.: 2 1/2” unidad1.10 Unión doble Fe. Ga. Diam.: 2 1/2” unidad1.11 Brida sostén de bomba en Fe.Ga. unidad1.12 Cable alimentación 4 x 6 mm2 m.l.1.13 Empalme a bomba termocontraible unidad1.14 Tablero de comando para bomba de 25 HP – Caja

metálica con tapa y llave tipo Yale

1.14.1 Contactor de arranque (Tipo Tubio) unidad1.14.2 Arranque de impedancia unidad1.14.3 Relevo térmico automático unidad1.14.4 Botonera de comando manual unidad1.14.5 Llave conmutadora p/ control manual y automático unidad

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 234

Page 235: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

RUBRO C- SERVICIOS ESTÉTICO-FUNCIONALES POR REQUERIMIENTO –PRECIARIO N°2 – RIEGO (Cont.) ITEM DESCRIPCION

Unidad PrecioUnitario

1.14.6 Señalización lumínica sobre c/fase de alimentación trifasica unidad

1.15 Tablero de comando para bomba de 20 HP – Caja metálica con tapa y llave tipo Yale unidad

1.15.1 Contactor de arranque (Tipo Tubio) unidad1.15.2 Arranque de impedancia unidad1.15.3 Relevo térmico automático unidad1.15.4 Botonera de comando manual unidad1.15.5 Llave conmutadora p/ control manual y automático unidad1.15.6 Señalización lumínica sobre c/fase de alimentación

trifasica unidad

1.16 Tablero de comando para bomba de 15 HP – Caja metálica con tapa y llave tipo Yale unidad

1.16.1 Contactor de arranque (Tipo Tubio)

unidad1.16.3 Arranque de impedancia unidad1.16.4 Relevo térmico automático unidad1.16.5 Botonera de comando manual unidad1.16.6 Llave conmutadora p/ control manual y automático unidad1.16.7 Señalización lumínica sobre c/fase de alimentación

trifasica unidad

1.17 Tablero de comando para bomba de 10 HP – Caja metálica con tapa y llave tipo Yale unidad

1.17.1 Contactor de arranque (Tipo Tubio) unidad1.17.2 Arranque de impedancia unidad1.17.3 Relevo térmico automático unidad1.17.4 Botonera de comando manual unidad1.17.5 Llave conmutadora p/ control manual y automático unidad1.17.6 Señalización lumínica sobre c/fase de alimentación

unidad

1.18 Trifasica unidad1.19 Pilar de mampostería para instalación de medidor y

tablero p/bomas de 25 HP a 10HP

1.19.1 Caja toma trifásica apto p/ bombas de 25HP a 10HP unidad1.19.2 Fusibles NH unidad1.19.3 Gabinete para medidor de energía trifásica unidad1.19.4 Jabalina para descarga a tierra – diam : ¾” – long.:2

mts. unidad

RUBRO C- - SERVICIOS ESTÉTICO-FUNCIONALES POR REQUERIMIENTO –PRECIARIO N°2 – RIEGO (Cont.)

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 235

Page 236: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación) G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO “2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

ITEM DESCRIPCION Unidad Precio

Unitario2 Salida de Bomba y elementos de control y seguridad

para Bombas de 25HP a 10HP unidad

2.1 Gabinete de contención de bomba y elementos de seguridad. (Pto.3.2.1.1 : Bomba)

2.2 Colector de Fe.Ga. diam.: 3” tipo Manifould unidad2.3 Válvula de retención horizontal a clapeta de acero diam.:

3” unidad

2.4 Pulmón neumático de diam.200mm y 1500mm de largo unidad

2.5 Válvula de seguridad o liberadora hidráulica, en bronce diam.:2” unidad

2.6 Presostato con salida de ¼” unidad2.7 Manometro 0/14 kg/cm2, en baño de glicerina, cuadrante

con diam. de 4” y salida de ½” unidad

2.8 Llave de paso general en bronce 3” unidad2.9 Conexión a tubería PVC c/dos curvas Fe.Ga. diam.3”x 45º

unidad

3 Perforación h/ Acuífero Puelche – Diametro caño camisa 4”

Caño camisa de acero diam. : 4” y long: 45 mts.-Filtro de ranura continua acero inoxidable tpo. Jhonson diam.: 2” y long : 6 mts. – Caño sosten de filtro acero inoxidable diam.: 2” y long.: 6 mts. -

Sello parker – Tapa filtro de acero inoxidable diam.: 2” –Engravado y cementado del espacio anular

unidad

3.1 Electrobomba sumergible – Motor 7,5 HP, 380 V. 50hz unidad

3.2 Electrobomba sumergible – Motor 4 HP, 380 V. 50HZ unidad

3.3 Electrobomba sumergible – Motor 3 HP, 380 V. 50HZ unidad

3.4 Electrobomba sumergible – Motor 1,5 HP, 380 V. 50HZ unidad

3.5 Caño sostén bomba Fe.Ga.por inmersión : unidad3.5.1 Caño sostén bomba Fe.Ga.por inmersión, diam.:1 1/4”

3.5.2 Caño sosten bomba Fe.Ga.por inmersión, diam.: 2” Tira 6,4 m 3.6 Curva Fe. Ga.: Tira 6,4 m

3.6.1 Curva Fe.Ga. diam.: 1 ¼”

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 236

Page 237: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación) G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

“2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

RUBRO C- - SERVICIOS ESTÉTICO-FUNCIONALES POR REQUERIMIENTO –PRECIARIO N°2 – RIEGO (Cont.)ITEM DESCRIPCION

Unidad PrecioUnitario

3.6.2 Curva Fe.Ga. diam.: 2” unidad3.7 Unión doble Fe. Ga. Diam.: unidad

3.7.1 Unión doble Fe. Ga. Diam.: 1 1/4”

3.7.2 Unión doble Fe. Ga. Diam.: 2” unidad3.8 Brida sostén de bomba en Fe.Ga. unidad3.9 Cable alimentación 3 x 2,5 mm2 unidad

3.10 Empalme a bomba termocontraible m.l.3.11 Tablero de comando para bombas de 7,5HP a 1,5HP – Caja metálica

con tapa y llave tipo Yale. unidad

3.11.1 Contactor de arranque (Tipo Tubio) unidad3.11.2 Relevo térmico automático unidad3.11.3 Botonera de comando manual unidad3.11.4 Llave conmutadora p/ control manual y automático unidad3.11.5 Señalización lumínica sobre c/fase de alimentación trifasica unidad

3.12 Pilar para medidor y tablero de la alimentación eléctrica para bombas de 7,5HP a 1,5HP unidad

3.12.1 Caja toma trifásica p/alimentación bombas 7,5HP a 1,5HP

unidad3.12.2 Fusibles tipo Diazed unidad3.12.3 Gabinete para medidor de energía trifásica unidad3.12.4 Jabalina para descarga a tierra – diam : ¾” – long.:2 mts.

unidad

4 Salida de bomba y elementos de control y seguridad para bombas de 7,5HP a 1,5HP

4.1 Colector de Fe.Ga. diam.: 2” tipo Manifould unidad4.2 Válvula de retención horizontal a clapeta de acero diam.: 2”

4.3 Válvula de seguridad o liberadora hidráulica, en bronce diam.:1” unidad

4.4 Presostato con salida de ¼” unidad4.5 Manometro 0/14 kg/cm2, en baño de glicerina, diam. Cuadrante de

4” y salida de ½” unidad

4.6 Llave de paso general en bronce 2” unidad4.7 Conexión a tubería PVC c/dos curvas Fe.Ga. diam.2”x 45º

unidad

4.8 Válvulas solenoides de 24 V.: unidad4.8.1 Válvulas solenoides de 24 V. sección ¾” unidad4.8.2 Válvulas solenoides de 24 V. sección 1”

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 237

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ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

RUBRO C- - SERVICIOS ESTÉTICO-FUNCIONALES POR REQUERIMIENTO –PRECIARIO N°2 – RIEGO (Cont.)

ITEM DESCRIPCION Unidad Precio

Unitario4.8.3 Válvulas solenoides de 24 V. sección 1 ½” unidad

4.9 Llave esclusa de bronce : unidad4.9.1 Llave esclusa de bronce sección 1” unidad4.9.2 Llave esclusa de bronce sección 1 ½” 4.9.3 Llave esclusa de bronce sección 2” unidad4.10Programadores para riego por estaciones o

circuitos: unidad

4.10.1Programador de cuatro estaciones unidad4.10.2 Programador de seis estaciones 4.10.3 Programador de nueve estaciones unidad

DISTRIBUCION DE AGUA : unidad5 Tuberías de PVC – Clase 10 – Con sello IRAM

5.1 Diámetro 32 mm Tira 6 mts 5.2 Diametro 40 mm Tira 6 mts 5.3 Diametro 50 mm Tira 6 mts 5.4 Diametro 63 mm Tira 6 mts 5.5 Diametro 75 mm Tira 6 mts 5.6 Diametro 90 mm Tira 6 mts 5.7 Diametro 110 mm Tira 6 mts 5.8 Diametro 40 mm Ml5.9 Diametro 50 mm Ml

5.10 Diametro 63 mm Ml5.11 Diametro 75 mm Ml5.12 Diametro 90 mm Ml5.13 Diametro 110 mm Ml

6 Accesorios de tuberías6.1 Reducción 110 x 90 mm unidad6.2 Reducción 90 x 75 mm unidad6.3 Reducción 75 x 63 mm unidad6.4 Reducción 63 x 50 mm unidad6.5 Reducción 50 x 40 mm unidad6.6 Reducción 40 X 32 mm unidad6.7 TEE 110 mm unidad6.8 TEE 90 mm unidad6.9 TEE 75 mm unidad

6.10 TEE 63 mm unidad6.11 TEE 50 mm unidad

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 238

Page 239: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

“2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

RUBRO C- SERVICIOS ESTÉTICO-FUNCIONALES POR REQUERIMIENTO –PRECIARIO N°2 – RIEGO (Cont.)

ITEM DESCRIPCION Unidad Precio

Unitario6.12 TEE 40 mm unidad6.13 TEE 32 mm unidad6.14 Manguito espiga-rosca 110 x 3” unidad6.15 Manguito espiga-rosca 90 x 3” unidad6.16 Manguito espiga-rosca 63 x 2” unidad6.17 Manguito espiga-rosca 50 x 2” unidad6.18 Manguito espiga-rosca 40 x 2” unidad6.19 Curva 45º - diam.: 110 mm unidad6.20 Curva 45º - diam.: 90 mm unidad6.21 Curva 45º - diam.: 75 mm unidad6.22 Curva 45º - diam.: 63 mm unidad6.23 Curva 45º - diam.: 50 mm unidad6.24 Curva 45º - diam.: 40 mm unidad6.25 Curva 45º - diam.: 32 mm unidad6.26 Curva 90º - diam.: 110 mm unidad6.27 Curva 90º - diam.: 90 mm unidad6.28 Curva 90º - diam.: 75 mm unidad6.29 Curva 90º - diam.: 63 mm unidad6.30 Curva 90º - diam.: 50 mm unidad6.31 Curva 90º - diam.: 40 mm unidad6.32 Curva 90º - diam.: 32 mm unidad6.33 Tapón final – diam.: 110 mm unidad6.34 Tapón final – diam.: 90 mm unidad6.35 Tapón final – diam.: 50 mm unidad6.36 Tapón final – diam.: 40 mm unidad6.37 Tapón final – diam.: 32 mm unidad6.38 Aro de goma (junta elástica para unión de tuberías)

6.38.1 Aro de goma p/tubería de 110 mm unidad6.38.2 Aro de goma p/tubería de 90 mm unidad6.38.3 Aro de goma p/tubería de 75 mm unidad6.38.4 Aro de goma p/tubería de 63 mm unidad6.38.5 Aro de goma p/tubería de 50 mm unidad6.38.6 Aro de goma p/tubería de 40 mm unidad6.38.7 Aro de goma p/tubería de 32 mm unidad

6.39 Abrazadera reforzada de sujeción con derivación p/montar válvulas de acoplerápido sobre tubería horizontal

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 239

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ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

“2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

RUBRO C- SERVICIOS ESTÉTICO-FUNCIONALES POR REQUERIMIENTO –PRECIARIO N°2 – RIEGO (Cont.)

ITEM DESCRIPCION Unidad Precio

Unitario6.39.1 Abrazadera de sujeción p/ tubería de 110 mm unidad6.39.2 Abrazadera de sujeción p/ tubería de 90 mm unidad6.39.3 Abrazadera de sujeción p/ tubería de 75 mm unidad6.39.4 Abrazadera de sujeción p/ tubería de 63 mm unidad6.39.5 Abrazadera de sujeción p/ tubería de 50 mm unidad6.39.6 Abrazadera de sujeción p/ tubería de 40 mm unidad6.39.7 Abrazadera de sujeción p/ tubería de 32 mm unidad

6.40 Anclajes en cambio de direcciones, tee, codos, salidas de válvulas unidad

6.40.1 Válvula automática de acople rápido en bronce, conexión rosca hembra –Diam.: 1” unidad

6.40.2 Válvula automático de acople rápido en bronce, conexión rosca hembra –Diam.: 1 ¼” unidad

7 Niple roscado. de Fe Ga. con anclaje de material: unidad7.1 Niple roscado. de Fe Ga. – Diam.: 1- long.: 0,30 mts

unidad

7.2 Niple roscado. de Fe Ga. – Diam.: 1 ¼”- long.: 0,30 mts unidad

8 Niple roscado de PVC reforzado : unidad8.1 Niple roscado de PVC – Diam.:1/2” - long.: 0,30 mts.

unidad

8.2 Niple roscado de PVC – Diam.:3/4” - long.: 0,30 mts. unidad

8.3 Niple roscado de PVC – Diam.: 1”- long.: 0,30 mts. unidad8.4 Niple roscado de PVC – Diam.: 11/4”- long.: 0,30 mts

unidad

9 Gabinete de protección de vál.acople en material c/tapa de Fe.Ga. con cerrojoantirrobo incorporado y llave unica gral. según lo especificado en elPto.3.2.12 : Vál.Acople.Ráp. unidad

APLICACIÓN DEL AGUA :

10 Bobinas enrrolladores de mangas según Pto.3.2.1.3 del P.E.T. unidad

11 Mangas colapsables

11.1 Mangas de diam.: 2” y largo : 30 mts unidad11.2 Mangas de diam.: 1 ½” y largo : 20 mts. unidad11.3 Mangas de diam.: 1 ½” y largo : 15 mts. unidad

11.4 Mangas de diam.: 1 ½” y largo : 10 mts. unidad

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 240

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ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación) G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO “2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

RUBRO C- SERVICIOS ESTÉTICO-FUNCIONALES POR REQUERIMIENTO –PRECIARIO N°2 – RIEGO (Cont.)

ITEM DESCRIPCION Unidad Precio

Unitario11.5 Válvulas de acople rápido rosca macho de bronce diam.: 1”

unidad

11.6 Válvula de acople rápido rosca macho de bronce diam.: 1 ¼” unidad

11.7 Conexiones de bronce amandrilables c/rosca tpo. gas unidad

11.8 Manguera no colapsable diam.:3/4” según Pto.3.2.1.4.( P.E.T) unidad

12 Aspersores :

12.1 Aspersor de impacto en bronce, sectorizable, sección ¾”, caudal: 3.500l/h,radio aspersión: 15 mts. unidad

12.2Aspersor de impacto en bronce, sectorizable, sección 1”, caudal:7.500l/h, radioaspersión: 21 mts.

unidad

12.3 Aspersor de impacto en bronce, sectorizable, sección 11/4”, caudal: 15.000l/h,radio aspersión: 30 mts. unidad

12.4 Aspersor Pop-up de engranaje (turbina), sección ¾” unidad

12.5 Aspersor Pop-up de engranaje (turbina), sección 1”unidad

12.6 Toberas emergentes spray sectorizables / circular sección ½”H unidad

GOTEO

13.1 tubería polietiileno b/d ciega para goteo de 16 mm metro 13.2 tubería polietileno ciega b/d para goteo de 13 mm metro 13.3 tubería de polipropileno ciega para goteo de 10 mm metro 13.4 tubería de poliprpileno ciega para goteo de 6 mm (tubín)

metro

13.5 adaptador rosca-enchufe 1/2" unidad13.6 adaptador rosca-enchufe de 3/8" unidad13.7 conector a espiga -rosca de1/2" unidad13.8 conector multiple tubines de 6mm unidad13.9 conector para cinta de riego 16 mm (adaptador) unidad

13.10 fin de linea de 1/2" unidad13.11 te 1/2" (13 mm) unidad13.12 te de 16 mm (16 mm unidad13.13 te de 19 mm 3/4" unidad

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 241

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ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

RUBRO C- SERVICIOS ESTÉTICO-FUNCIONALES POR REQUERIMIENTO –PRECIARIO N°2 – RIEGO (Cont.)

ITEM DESCRIPCION Unidad Precio

Unitario13.14 te de 6mm (espiga) unidad13.15 gotero autocompensado de pared unidad13.16 cinta de riego con salida cada 0,3 mts 200 micrones unidad13.17 filtro de malla en linea para goteo (1500 mesh) unidad13.18 llave de polipropileno de 3/4" metro 13.19 llave de polipropileno de 1/2" unidad13.20 te para cinta de riego( sistema por anillos) unidad13.21 conector fin de linea para cinta de riego unidad

MANO DE OBRA : unidad14 Apertura y cierre de zanja a una profundidad de 0,50 mts para instalación de

tuberías, uniones, válvulas de acople,aspersores, etc (Pto.3.2.1.2 : Tuberías yuniones) ml

15Cruce de tuberías o cables en senderos, veredas, calles con tunelera a unaprofundidad minima de 0,50m, con instalación de caño camisa de hierro

ml

16 Un jornal personal para operación riego en turno de 8 a 16 hs unidad

17 Un jornal personal peon para reparacion de riego en turno de 8 a 16 hs unidad

18 Un jornal personal especializado para reparacion en turno de 8 a 16 hs unidad

19 Personal con tareas de pliego para corte de cesped y limpieza, fijo en unespacio verde, por mes unidad

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 242

Page 243: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación) G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO “2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

RUBRO C- SERVICIOS ESTÉTICO-FUNCIONALES POR REQUERIMIENTO –PRECIARIO N°3– INSUMOS RESTAURACION MONUMENTOS Y OBRAS DE ARTE

ITEM DESCRIPCION UNIDAD PRECIO UNIT.1 LIJA AL AGUA N° 80 2 LIJA AL AGUA n° 120 3 ALAMBRE GALVANIZADO DE 2 mm4 ALAMBRE DE FARDO 5 YESO COLADA "Fabriyes" bolsas por 25 kgr. 6 PURPURINA ORO VIEJO 7 PINTURA SIKA ICOSIT CORROSTOP 8 BLOKER 5, (decapante p/ grafittis) 9 ANTIGRAFITTI (de base acuosa), tipo "Frudt" 10 ASPERSORES11 GUANTES DE PROTECCIÓN QUÍMICA 12 MASCARILLAS DESCARTABLES13 CERA MICROCRISTALINA 14 TREMENTINA15 ARCILLA SINTÉTICA 16 YESO COLADA 17 CAUCHO DE SILICONAS 18 ESPESANTE TIXOTROPICO 19 MARMOLINA BLANCA grano del ø 80 20 ACRILICO BLANCO p/ escultura, (Protoplast) 21 DESMOLDANTE (Silton) 22 VARILLA DE BRONCE FOSFORADO de ø 6 mm. 23 PAÑO DE FRANELA24 PINCEL DE CERDA BLANDA 1 1/2 Y OTRAS MEDIDAS25 CONVERTIDOR DE ÓXIDO 26 SIKA TOP-ARMATEC 110 EpoCem 27 GUANTES DE GOMA

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ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

RUBRO C- - SERVICIOS ESTÉTICO-FUNCIONALES POR REQUERIMIENTO – PRECIARIO N°4- SOLADOS RÍGIDOS

ITEM DENOMINACIÓN UNIDAD PRECIO UNIT.

1 TAREAS EN SOLADOS RIGIDOS

1.1Ejecución de contrapiso de 12 cm de espesor,sobre terrenonatural, previa demolición del solado y contrapiso deteriorado existente, incluido saneamiento y compactación del suelo natural y reposición de caños de desagues bajo vereda

1.2

Provisión y colocación de solados de cualquiera de los tipos indicados en el Art. 4.2.5.8 del P.E.T.P, incluye remoción y retiro del solado existente, conforme con la especificación técnica. Para superficies menores de 20 m2 por predio

1.3

Provisión y colocación de solados de cualquiera de los tipos indicados en el Art. 4.2.5.8 del P.E.T.P, incluye remoción y retiro del solado existente, conforme con la especificación técnica.Superficie mayores a 20 m2 por predio

1.4Provisión y colocacióbn de solados calcáreos de 40.40 cm. De 4cm de espesor de 64 panes.

1.5

Provisión y colocación de solados especiales cualquiera sea sutipo, incluso graníticos, excepto los indicados en 4.2.5.8.P.E.T.P., incluye remoción y retiro del solado existente, conforme con la especificación técnica.

1.6Ejecución y/o reparación de solado de cemento alisado de 3 cm deespesor, incluye rotura y remoción del existente si fuera necesario, conforme la especificacion técnica.

1.7Construcción y/o reconstrucción de veredas asfalticas, conforme laespecificación técnica.

1.8Construcción y/o reconstrucción de veredas de hormigón texturado,conforme la especificación técnica.

1.9Construcción de cordón de hormigón armado, recto, curvo orebajado, previa remoción y retiro del existente, conforme la especificación técnica.

1.10Alineación y/o nivelación de cordones de granito existentes, conforme la especificación técnica.

1.11 Construcción y/o reconstrucción de cuneta de hormigón y/o granito,conforme la especificación técnica.

1.12 Construcción y/o reconstrucción de cordón cuneta de hormigón,conforme la especificación técnica.

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 244

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ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

“2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

RUBRO C- - SERVICIOS ESTÉTICO-FUNCIONALES POR REQUERIMIENTO –PRECIARIO N°4- SOLADOS RÍGIDOS (Cont.)

ITEM DENOMINACIÓN UNIDAD PRECIO UNIT.

1.13 Construcción de planteras de acuerdo al codigo de edificación,conforme la especificación técnica.

1.14 Construcción de planteras de hormigón, conforme la especificacióntécnica.

1.15 Provisión y coclocación de cordón de retención de hormigón premoldeado, conforme a la especificación técnica.

1.16 Recolocación de solados de cualquier tipo S/provision de solado

2VADOS

2.1

Provisión, colocación y/o reemplazo de vados de hormigón premoldeado, comprende la demolición total o parcial de la vereda existente, rotura y reparación del cordón existente, preparación de la base de asiento y provisión e instalación del vado de hormigon

2.2

Construcción de vados de hormigón, comprende la demolición totaly/o parcial de vereda existente, rotura y reparación de cordón, preparación de base de asiento y construcción del vado de hormigón, conforme a la especificación técnica.

3LEVANTAMIENTOS/EXCAVACIONES/RETIROS/ RELLENOS

3.1 Levantamiento de pisos (solados )

3.2 Levantamiento de contrapisos existentes

3.3 Excavaciones para estructuras

3.4 Excavacion de todo tipo ,no clasificada incluido compactado,perfilado y transporte

3.5 Retiro de trincheras existentes

3.6 Saneamiento a mano con provisión de suelo seleccionado

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 245

Page 246: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación) G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO “2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

RUBRO C- - SERVICIOS ESTÉTICO-FUNCIONALES POR REQUERIMIENTO – PRECIARIO N°4- SOLADOS RÍGIDOS (Cont.)

ITEM DENOMINACIÓN UNIDAD PRECIO UNIT.

3.7 Remoción y/o retiro de canteros y/u otro elemento fuera de reglamento

3.8 Retiro de escombros y/o tierra sobrante en Volquetes de obrasespeciales

3.9 Provisión y colocación de binder Granítico

3.10 Nivelación y compactación de Suelo natural

4MAMPOSTERIA

4.1 Demolición,construcción y/o reconstrucción de muros de 0,15m deespesor en veredas, conforme a la especificación técnica.

4.2 Demolición,construcción y/o reconstrucción de muros de 0,30 mde espesor en veredas, conforme la especificación técnica.

4.3 Ejecución de cerco reglamentario de mamposteria

4.4 Mamposteria de ladrillo comun

4.5 Mamposteria de ladrillo ceramico portente de 0.18 / 0,12

4.6 Tabique de ladrillo hueco de 0.08

4.7 Demolicion de muros existentes

5ESTRUCTURA DE HORMIGON

5.1 Ejecución de Viga de Hormigon H21 Cuantia 60 kg

5.2Ejecucion de losa de Hormigon H21 cuantia 70 kg

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 246

Page 247: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

RUBRO C- SERVICIOS ESTÉTICO-FUNCIONALES POR REQUERIMIENTO – PRECIARIO N°4- SOLADOS RÍGIDOS (Cont.)

ITEM DENOMINACIÓN UNIDAD PRECIO UNIT.

5.3Ejecución de bases de Hormigon H21 cuantia 70 kg

6REVOQUES

6.1 Revoque fino a la cal terminado al fieltro

6.2 Revoque grueso (jaharro ) a la cal

6.3 Picado de revoques existentes

7AISLACIONES

7.1 Vertical Con hidfrofugo MC 1:3

7.2 Capa aisladora Horizontal

8PINTURA

8.1 Pintura al latex acrilico imprimacion y tres manos sobre muros

8.2Pintura al esmalte sintetico tres manos previo 1 mano de convertidor de oxido/elementos metalicos

8.3 Pintura al esmalte sintetico sobre elementos de madera Tres manos

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 247

Page 248: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

“2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

RUBRO C- SERVICIOS ESTÉTICO-FUNCIONALES POR REQUERIMIENTO –PRECIARIO N°5– ALUMBRADO – REMODELACIÓN Y OPTIMIZACIÓN

ITEM DESCRIPCIONUNIDAD

DEMEDIDA

PRECIOSUNITARIOS

MANO DE OBRA

101Apertura y cierre de zanja en tierra, con tendido de cable subterráneo, incluye tapado de zanja, compactación y colocación de césped, piedra partida, etc.

ml.

104Apertura y cierre de zanja en tierra con colocación de caño de cualquier tipo, incluye tapado, compactación de césped, piedra, etc., y pasaje de cableado

ml.

110 Construcción de base para columnas (cualquier tipo), incluye excavación en tierra y hormigonado Un.

111 Montaje de columna tubular de hierro recta de hasta 6 m. De altura útil, incluye aplomado, sellado y reparación de acera. Un.

115Montaje de columnas tubular de hierro de hasta 14 m. De altura útil y pescante doble o triple de hasta 3.50 m, incluye aplomado, sellado y reparación de acera

Un.

118 Montaje de columnas ornamentales de cualquier tipo, incluye aplomado y reparación superficie Un.

158 Ejecución de empalme EPOXI en cable subterráneo tripolar, incluye apertura y reparación de superficie Un.

163 Colocación y/o retiro de brazo o pescante adosado a columna Un.

164 Pintado de columna recta de hasta 6 m. de altura útil. Un.

165 Pintado de columna recta de hasta 11 m. de altura útil Un.

172 Pintado de columna ornamental de cualquier tipo Un.174 Pintado de artefacto Un.175 Pintado de buzón Un.

176 Pintado de brazo o pescante de cualquier tipo Un.

179 Medición de la puerta a tierra de la instalación Un.

184 Ejecución de cruce subterráneo con tunelera, con colocación de caño y llenado de túnel Un.

185 Adecuación de artefacto por cambio de fuente luminosa Un.186 Reacondicionamiento integrado de artefacto Un.

187 Limpieza de columna hasta 11 m. de altura útil, con artefacto Un.

189 Limpieza de columna ornamental con artefacto Un.

190 Limpieza de artefacto (in situ) en columna hasta 11 m. de altura útil Un.

193 Construcción de cámara subterránea de cualquier tipo, incluye excavación y reparación de la acera circundante de cualquier tipo Un.

194 Tendido de cable subterráneo por cañería existente (por metro de cañería) Un.

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 248

Page 249: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación) G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO “2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

RUBRO C- SERVICIOS ESTÉTICO-FUNCIONALES POR REQUERIMIENTO –PRECIARIO N°5– ALUMBRADO – REMODELACIÓN Y OPTIMIZACIÓN (Cont.)

ITEM DESCRIPCIONUNIDAD

DEMEDIDA

PRECIOSUNITARIOS

MANO DE OBRA

196 Ejecución de abertura para ventana y óvalo para acometida subterránea en columna Un.

197 Recambio de tramo inferior de columna Un.

198

Desramado para despeje de luminarias en árboles de hasta 8 m de altura, de acuerdo a la normativa específica para tal fin, con depósito de los restos vegetales al costado de los árboles intervenidos convenientemente seccionados y dispuestos sobre la acera en forma paralela a la calzada evitando inconvenientes en la circulación y en el escurrimiento libre de las aguas; sin retiro.

Un.

199

Desramado para despeje de luminarias en árboles de más de 8 m de altura, de acuerdo a la normativa específica para tal fin, con depósito de los restos vegetales al costado de los árboles intervenidos convenientemente seccionados y dispuestos sobre la acera en forma paralela a la calzada evitando inconvenientes en la circulación y en el escurrimiento libre de las aguas; sin retiro.

Un.

MN-1 Montaje (incluye Mantenimiento) y/o Retiro (incluye Guarda) Artesanía luminosa ornamental Formato "Estela sin estrella" Un.

MN-2 Montaje (incluye Mantenimiento) y/o Retiro (incluye Guarda) Artesanía luminosa ornamental Formato "Estrella con estela" Un.

MN-3 Montaje (incluye Mantenimiento) y/o Retiro (incluye Guarda) Artesanía luminosa ornamental Formato "Árbol Navideño" Un.

MN-4 Montaje (incluye Mantenimiento) y/o Retiro (incluye Guarda) Artesanía luminosa ornamental Formato "Sky Liners" Tipo 4 mts. Un.

MN-5 Montaje (incluye Mantenimiento) y/o Retiro (incluye Guarda) Artesanía luminosa ornamental Formato "Sky Liners" Tipo 6 mts. Un.

MN-6 Montaje (incluye Mantenimiento) y/o Retiro (incluye Guarda) Artesanía luminosa ornamental Formato "Cortina de Guirnaldas" Un.

MN-7 Montaje (incluye Mantenimiento) y/o Retiro (incluye Guarda) Artesanía ornamental tipo Hilo Luminoso tramo 20 mts. Un.

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 249

Page 250: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

RUBRO C- SERVICIOS ESTÉTICO-FUNCIONALES POR REQUERIMIENTO –PRECIARIO N°5– ALUMBRADO – REMODELACIÓN Y OPTIMIZACIÓN (Cont.)

ITEM DESCRIPCIONUNIDAD

DEMEDIDA

PRECIOSUNITARIOS

MATERIALES

200Cable Subterráneo doble vaina de PVC, de cobre, aislamiento para 1.00 v, según norma Iram 2.178 y complementarias, de las secciones que se detalla a continuación:

200.1 2 x 2,5 mm2 ml.

200.2 2 x 4 mm2 ml.

200.4 2 x 10 mm2 ml.

200.10 4 x 6 mm2 ml.

201 Cable tipo TPR, aislacion 500 v, con vaina PVC, conductores de cobre 2 x 2,5 mm2 ml.

206 Cable de cobre estañado y desnudo de 25 mm2 ml.

260 Pescante triple de 2,50 a 3,50 m. Un.

262 Soporte de artefactos para columna recta (más de 2 artefactos) Un.

264 Artefacto de 4 luminarias para columna recta tipo SL 4/400 vacío Un.

264.1 Completo con 4 lámparas VMF 250 w Un.

264.2 Completo con 4 lámparas SAP 250 w Un.

264.3 Completo con 4 lámparas VMH 400 w Un.

264.4 Completo con 4 lámparas SAP 400 w Un.

265 Artefacto tipo MBA 70 vacio Un.265.1 Completo con lámpara VMH 250 w Un.265.2 Completo con lámpara SAP 150 w Un.265.3 Completo con lámpara SAP 250 w Un.294 Proyector tipo L 400 vacío Un.

294.3 Completo con lámpara VMH 400 w Un.303 Farola tipo F 200 vacía Un.

303.1 Completo con lámpara VMF 125 w Un.303.2 Completo con lámpara VMF 250 w Un.

304.1 Farola tipo F 294 vacía Un.

304.3 Completa con lámpara VMH 125 w Un.

304.4 Completa con lámpara SAP 150 w Un.

304.5 Completa con lámpara VMH 250 w Un.

306 Farola Hispana (Refractor de policarbonato) vacía Un.

307 Proyector tipo L 300 completo con equipo y lámpara Un.

331 Lámpara VMH 125 w Un.

332 Lámpara VMH 250 w Un.

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 250

Page 251: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

“2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

RUBRO C- - SERVICIOS ESTÉTICO-FUNCIONALES POR REQUERIMIENTO –PRECIARIO N°5– ALUMBRADO – REMODELACIÓN Y OPTIMIZACIÓN (Cont.)

ITEM DESCRIPCIONUNIDAD

DEMEDIDA

PRECIOSUNITARIOS

MATERIALES 343 Equipo auxiliar para lámpara VMF 125 w Un.

354.1 Equipo auxiliar para lámpara VMH 250 w Un.

355.1 Equipo auxiliar para lámpara VMH 400 w Un.

348 Equipo auxiliar para lámpara VMH 125 w Un.349 Equipo auxiliar para lámpara VMH 250 w Un.

350 Equipo auxiliar para lámpara VMH 400 w Un.

368 Hormigón para base de columna Un.

369 Interruptor fotoeléctrico de 10 A con zócalo Un.

370 Jabalina de puesta a tierra de 2,50 m. De longitud Un.

371 Material para base de columna Un.

372 Tablero de conexión en columna, incluye interceptores, bornera, etc Un.

374 Tablero para buzón Un.

375 Llave térmica unipolar hasta 32 A Un.

375.1 Interruptor diferencial hasta 32 A Un.

378 Fusible DIAZED de 16 a 35 A Un.

380 Base Portafusible NH completa Un.

381 Contactor tripolar con bobina de 220 V de hasta 30 A Un.

385 Caño de PVC, según especificaciones de 75 mm. de diámetro ml.

385.1 Caño de PVC, según especificaciones de 63 mm. de diámetro ml.

385.2 Caño de PVC, según especificaciones de 40 mm. de diámetro ml.

392 Buzón de toma de hormigón Un.

394 Empalme de resina Epoxi bipolar Un.

395 Empalme de resina Epoxi tripolar Un.

400 Pintura para columna recta de hasta 6 m. de altura útil Un.

401 Pintura para columna recta de hasta 11 m. de altura útil Un.408 Pintura para columna ornamental de cualquier tipo Un.410 Pintura para artefacto Un.411 Pintura para buzón Un.

414 Digito numérico reflectivo autoadhesivo Un.

415 Tapa de ventana de columna Un.

MN-1.1 Artesanía luminosa ornamental Formato "Estela sin estrella" Un.

MN-2.1 Artesanía luminosa ornamental Formato "Estrella con estela" Un.

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 251

Page 252: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

“2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

RUBRO C- SERVICIOS ESTÉTICO-FUNCIONALES POR REQUERIMIENTO –PRECIARIO N°5– ALUMBRADO – REMODELACIÓN Y OPTIMIZACIÓN (Cont.)

ITEM DESCRIPCIONUNIDAD

DEMEDIDA

PRECIOSUNITARIOS

MATERIALES

MN-3.1 Artesanía luminosa ornamental Formato "Árbol Navideño" Un.

MN-4.1 Artesanía luminosa ornamental Formato "Sky Liners" Tipo 4 mts. Un.

MN-5.1 Artesanía luminosa ornamental Formato "Sky Liners" Tipo 6 mts. Un.

MN-6.1 Artesanía luminosa ornamental Formato "Cortina de Guirnaldas" Un.

MN-7.1 Artesanía ornamental tipo Hilo Luminoso por tramo 20 mts. Un.

MN-7.2 conector para Hilo Luminoso. Un.

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 252

Page 253: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

RUBRO C- SERVICIOS ESTÉTICO-FUNCIONALES POR REQUERIMIENTO –PRECIARIO N°6– PATIOS DE JUEGOS – DISEÑO LIBRE

ITEM DESCRIPCIÓN UNIDAD DE

MEDIDA

PRECIOUNITARIO*

6.1 Modulo 1 6.2 Modulo 2 6.3 Modulo “n” 6.4 Modulo discapacidades diferentes 6.5 Patio de Juegos, diseño libre integrador 6.6 Modulo 1 6.7 Modulo 2 6.8 Modulo “n” 6.9 Patio de Juegos, diseño al menos 70% madera 6.10 Modulo 1 6.11 Modulo 2 6.12 Modulo “n” 6.13 Patio de Juegos, diseño al menos 70% madera integrador 6.14 Modulo 1 6.15 Modulo 2 6.16 Modulo “n”

*Se deberá cotizar por dos modelos diferentes de patios de juego, de acuerdo a las especificaciones del ANEXO VII del PET.

RUBRO C- SERVICIOS ESTÉTICO-FUNCIONALES POR REQUERIMIENTO –PRECIARIO N°6– PATIOS DE JUEGOS – JUEGOS INTEGRADORES**

ITEM DESCRIPCIÓN UNIDAD DE

MEDIDA

PRECIOUNITARIO*

6.17 Plataforma Integradora 6.18 Pasamanos para discapacidad 6.19 Arenero sobreelevado

**Se deberá cotizar por los módulos integradores, de acuerdo a las características especificadas en el Anexo XX del PET.

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 253

Page 254: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación) G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

“2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

RUBRO C- SERVICIOS ESTÉTICO-FUNCIONALES POR REQUERIMIENTO –PRECIARIO N°7– PATIOS DE JUEGOS – NORMALIZACIÓN NORMAS IRAM

ITEM DESCRIPCIÓNPRECIO

UNITARIO ZONA CENTRO

7.1 Pque. LEZAMA 7.2 Pza. ROBERTO ARLT 7.3 Pza. LAVALLE 7.4 Pza. SAN MARTIN 7.5 Pzta. ANCHORENA 7.6 Pzta. CECILIA GRIERSON 7.7 Pzta. VERA PEÑALOZA 7.8 PATIO 7.9 Pza. GONZALEZ TUÑON 7.10 Pza. MARTIN FIERRO 7.11 Pzta. TITA MERELLO 7.12 Pzta. FRANCISCO CANARO 7.13 Pza. ALMAGRO 7.14 Pzta. AMAYA 7.15 Pzta. SIN DENOMINACION 7.16 Pque. RIVADAVIA 7.17 Pza. CRISOLOGO LARRALDE 7.18 Pza. IRLANDA 7.19 Pzta. F. G. LORCA 7.20 Pzta. LINDOR SOTOMAYOR 7.21 PATIO DE LA CIUDAD 7.22 PATIO 7.23 Pza. ANTONIO MALAVER 7.24 Pza. DR. A. NOBEL 7.25 Pza. ISLA DE LA PATERNAL 7.26 Pzta. JULIAN BESTEIRO

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 254

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ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

29RUBRO C- SERVICIOS ESTÉTICO-FUNCIONALES POR REQUERIMIENTO –PRECIARIO N°7– PATIOS DE JUEGOS – NORMALIZACIÓN NORMAS IRAM (Cont.)

ITEM DESCRIPCIÓNPRECIO

UNITARIO ZONA NORTE

7.27 Pza. RUBEN DARIO 7.28 Pza. MONSEÑOR DE ANDREA 7.29 Pza. REP. EE.UU DEL BRASIL 7.30 Pzta. PETRONILA RODRIGUEZ 7.31 Pzta. DEL ARBOL 7.32 Pque. PADRE MUJICA 7.33 Pza. L. N. ALEM 7.34 Pza. TTE. GRAL. LONARDI 7.35 Pza. BRIGADIER GRAL. ZAPIOLA 7.36 Pzta. DARWIN PASSAPONTI 7.37 Pzta. DR. P. ESCUDERO 7.38 PATIO 7.39 PATIO 7.40 PATIO 7.41 PATIO 7.42 CANTERO CENTRAL 7.43 CANTERO CENTRAL 7.44 CANTERO CENTRAL 7.45 Pza. BALCARCE 7.46 Pza. EL SALVADOR 7.47 Pza. MAFALDA 7.48 Pza. REPUBLICA DE MEXICO 7.49 Pzta. GRAL. FRANCISCO RAMIREZ 7.50 POLIDEPORTIVO "COLEGIALES" 7.51 Pza. INTENDENTE CASARES 7.52 Pza. SICILIA 7.53 Pza. REPUBLICA DE BOLIVIA 7.54 Pza. REPUBLICA DE PERU 7.55 Pza. PUERTO ARGENTINO 7.56 Pzta. DE RIEGO Y NUÑEZ 7.57 PATIO DE LA CDAD. "Luna de Enfrente" 7.58 CANTERO CENTRAL CIUDAD DE PIGUE 7.59 CANTERO CENTRAL TTE. GRAL. H. VARELA 7.60 VEREDA SOC. RURAL ARGENTINA

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 255

Page 256: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

“2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

RUBRO C- SERVICIOS ESTÉTICO-FUNCIONALES POR REQUERIMIENTO –PRECIARIO N°7– PATIOS DE JUEGOS – NORMALIZACIÓN NORMAS IRAM (Cont.)

ITEM DESCRIPCIÓNPRECIO

UNITARIO ZONA SUR

7.61 Pque. PEREYRA 7.62 Pza. ALTE. BROWN 7.63 Pza. CASA CUNA 7.64 Pza. MATHEU 7.65 Pza. SOLIS 7.66 Pza. NICARAGUA 7.67 Pzta. A. ILLIA 7.68 Pzta. HOMERO MANZI 7.69 Pzta. DON ORIONE 7.70 Pzta. AGUSTIN MAGALDI 7.71 Pzta. HERMINIO MASANTONIO 7.72 Pzta. BOMBEROS VOL. DE LA BOCA 7.73 Pzta. NUESTRA SRA. DE LUJAN 7.74 Pzta. JOSE HERNANDEZ 7.75 Pzta. CAFFERATA 7.76 Pzta. SIN DENOMINACION 7.77 Pzta. BARBIERI 7.78 PATIO 7.79 CANTERO CENTRAL 7.80 CANTERO CENTRAL 7.81 Pza. PASEO DEL RIACHUELO 7.82 PATIO 7.83 Pque. CHACABUCO 7.84 Pza. DE LOS PERIODISTAS 7.85 Pza. JOSE MARTI 7.86 Pza. DE LOS VIRREYES 7.87 Pza. RICARDO BALBIN 7.88 Pzta. E. S. DISCEPOLO 7.89 Pzta. ANTONIO MILLAN 7.90 Pzta. RINCON VERDE 7.91 PATIO 7.92 PATIO DE RECREACION Nº 11 7.93 PATIO 7.94 PATIO 7.95 Pque. ALTE. BROWN 7.96 Pque. INDOAMERICANO 7.97 Pza. DE LOS VECINOS

7.98 Pza. DE LA DEMOCRACIA

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 256

Page 257: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación) G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

“2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

RUBRO C- SERVICIOS ESTÉTICO-FUNCIONALES POR REQUERIMIENTO- PRECIARIO N°7– PATIOS DE JUEGOS – NORMALIZACIÓN NORMAS IRAM (Cont.)

ITEM DESCRIPCIÓNPRECIO

UNITARIO ZONA SUR (Cont.)

7.99 Pza. DE LAS ESCUELAS 7.100 Pzta. BERNARDO DELOM 7.101 Pzta. DE LOS MILAGROS 7.102 Pzta. PREF. NAVAL ARGENTINA 7.103 Pzta. EMILIO TRONCOSO 7.104 Pzta. JOSE SOLDATI 7.105 PATIO 7.106 PATIO 7.107 PATIO "LOS PILETONES" 7.108 CANTERO CENTRAL 7.109 CANTERO CENTRAL 7.110 ESTACION VILLA SOLDATI 7.111 Pque. JUAN B. ALBERDI 7.112 Pza. SGTO. CABRAL 7.113 Pza. DE LOS MATADEROS 7.114 Pza. HENRY DUNNANT 7.115 Pza. DOMINGO OLIVERA 7.116 Pza. INGENIERO ESTEVEZ 7.117 Pza. EX HTAL. SALABERRY 7.118 Pzta. 17 DE MAYO 7.119 Pzta. BEATO GUANELLA 7.120 Pzta. NICOLAS REPETTO 7.121 Pzta. DR. CARLOS SAAVEDRA LAMAS 7.122 Pza. JUSTO SUAREZ 7.123 Pzta. ROMULO ZABALA 7.124 Pzta. HUGO DEL CARRIL 7.125 Pzta. IGNACIO CORSINI 7.126 Pzta. SIN DENOMINACION 7.127 Pza. DE LA BANDERA 7.128 Pzta. 8 DE MARZO (Día Inter. De la Mujer) 7.129 Pzta. VICENTE BELLINI 7.130 Pzta. DE LOS AMIGOS 7.131 Pzta. SIN DENOMINACION 7.132 Pzta. DE LA VICTORIA

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 257

Page 258: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

RUBRO C-SERVICIOS ESTÉTICO-FUNCIONALES POR REQUERIMIENTO –PRECIARIO N°8– MOBILIARIO

ITEM DESCRIPCIÓN PRECIO UNITARIO A Bancos y mesas A.1.1 Cemento moldeado pintado A.1.2 Madera 6 tablas con 2 patas caños de aluminio A.1.3 Cemento doble con 3 patas A.1.4 Cemento individual A.1.5 Hormigon lineal a medida A.1.6 Madera 5 tablas y 2 patas de hierro

A.1.7Camastros de madera con 10 tablas gruesas con base de perfiles de hierro

A.1.8 Piedra natural A.1.9 Madera barnizado con 15 tablas y patas de hierro A.1.10 Piedra con patas clasicas A.1.11 Madera con 15 tablas y patas de hierro

A.1.12Mesas y bancos de madera individuales con patas de caños negros

A.1.13 Mesa con bancos individuales de cemento con pie A.1.14 Mesa con bancos individuales de cemento A.1.15 Mesas con banco Mod 3 A.1.16 Bancos Circulares A.1.17 Bancos curvos A.1.18 Mesas hormigon Mod 4 A.1.19 Banco hormigon con caño de respaldo A.1.20 Banco de hormigon Mod 5 A.1.21 Banco de hormigon Mod 6 A.1.22 Banco de piedra clásico A.1.23 Mesa de ajedrez Mod 5 A.1.24 Banco de cemento individual A.1.25 Banco dobles de madera con caños A.1.26 Bebederos de hormigon y bronce A.1.27 Banco de madera y hierro A.1.28 Banco simple de madera con patas de caño A.1.29 Bebedero de hormigon A.1.30 Anfiteatro A.1.31 Banco de madera con patas de hormigon A.1.32 Bancos largos de hormigon A.1.33 Canaletas de desagües A.1.34 Solado de Piedra BolaA.1.35 Solado de Piedra laja A.1.36 Bebedero de cemento

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 258

Page 259: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

“2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

RUBRO C-SERVICIOS ESTÉTICO-FUNCIONALES POR REQUERIMIENTO –PRECIARIO N°8– MOBILIARIO (cont.)

ITEM DESCRIPCIÓN PRECIO UNITARIO B CestosB.1.1 Cestos papelero de hierro tejido de 1 pata B.1.2 Cestos papelero de hierro negro B.1.3 Cestos papeleros de hierro dobles con 2 patas

B.1.4Cestos papeleros de hierro tejido con base rectangular de cemento

B.1.5 Cestos de hierro tipo jaula B.1.6 Cestos de aluminio pintado B.1.7 Cestos de aluminio B.1.8 Cestos de hierro pintado con patas de caño C LuminariasC.1.1 Aluminio C.1.2 Aluminio con 2 lamparas C.1.3 Aluminio con una lampara reflectora C.1.4 Aluminio con un brazo en 90° C.1.5 Hierro clasicos con vidrios D Especies Vegetales, arbustos, herbaceasD.1.1 Phormio variegado 1 x m2 D.1.2 Bleschornerrias 1 x m2 D.1.3 Rosal The Fairy D.1.4 Trachelospermun Jazminoides 3 X m2 D.1.5 Arboles jovenes con estacas dobles D.1.6 Dimorfotecas 15 x m2 D.1.7 Buxus / seto vivo 3 x m2 D.1.8 Cubresuelos / hiedra 7 x m2 D.1.9 Agapanthos 5 x m2 D.1.10 Tilos semiejemplares D.1.11 Palo borracho semiejemplares D.1.12 Populus alba nivea joven D.1.13 Arecastrum romansfiaum D.1.14 Dichondra repens D.1.15 Gazania D.1.16 Salvias D.1.17 Hemerocallis D.1.18 Pittosporum nanas D.1.19 Chorissia speciossa D.1.20 Agapanthos D.1.21 Arecastrum romanzofianun ejemplar D.1.22 Cañas nanas D.1.23 Hiedras mínimas

ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 259

Page 260: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

RUBRO C-SERVICIOS ESTÉTICO-FUNCIONALES POR REQUERIMIENTO –PRECIARIO N°8– MOBILIARIO (cont.)

ITEM DESCRIPCIÓN PRECIO UNITARIO D Especies Vegetales, arbustos, herbaceas (Cont.) D.1.24 Rosales iceberg D.1.25 Eureops D.1.26 Jazmin del cielo D.1.27 Dietes E Senderos y solados E.1.1 Piso cemento alisado rustico E.1.2 Bordes de sendero de ladrillo E.1.3 Bordes de sendero de cemento E.1.4 Solados de granza ceramica E.1.5 Pisos de baldosas E.1.6 Puente de madera E.1.7 Bordes de pórfido E.1.8 Baldosas de canto rodado E.1.9 Bordes de cemento Mod 2 E.1.10 Sendero de porfido E.1.11 Piso de pavimento articulado E.1.12 Senderos de piedra partida gris E.1.13 Veredas de baldosas E.1.14 Solado de granza cerámicaE.1.15 Solado de gardenblock E.1.16 Sendero de baldosas E.1.17 Senderos de asfalto E.1.18 Senderos de pavimento articulado E.1.19 Solado de cemento con canto rodado E.1.20 Senderos para personas con capacidades diferentes E.1.21 Solado de granza cerámicaF CarteleriaF.1.1 Carteles de placas de granito F.1.2 Carteles orientativos chapa con caño de aluminio F.1.3 Carteles con croquis descripcion de la plaza F.1.4 Carteles de hierro clasico con nombre de la plaza F.1.5 Cartel indicativo chapa para colgar de las rejas F.1.6 Cartelera de los padrinos

ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 260

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ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación) G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

“2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

RUBRO C-SERVICIOS ESTÉTICO-FUNCIONALES POR REQUERIMIENTO –PRECIARIO N°8– MOBILIARIO (cont.)

ITEM DESCRIPCIÓN PRECIO UNITARIO G HerreriaG.1.1 Protector de hierro circular contra arboles G.1.2 Rejillas de aluminio empotradas con visagra movil chica 20 x 20G.1.3 Rejillas de aluminio empotradas con visagra movil mediana 40 x 40G.1.4 Rejas para canchas de futbol G.1.5 Porton de reja perimetral G.1.6 Reja hierro altura 1,8 m G.1.7 Rejas de hierro para patio de juegos o canteros altura 0.6 m G.1.8 Rejillas de hierro G.1.9 Rejas para patio de juegos G.1.10 rejas bajas para canteros y monumentos G.1.11 Rejas galvanizadas G.1.12 Rejas perimetrales de hioerro Mod 2 ( H 1.80m) G.1.13 Puertas de chapa G.1.14 Alambre para perimetro de patios deportivos G.1.15 Rejas para Patio de juegos Mod 5 G.1.16 Rejillas de aluminio G.1.17 Rejas de aluminio para proteccion de luminarias G.1.18 Rejas para patio de juegos Mod 6

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ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

“2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

ANEXO VI(Al Pliego de Condiciones Particulares)

Análisis de Precios

(Ejemplo genérico)

RUBRO: (Nombre del rubro correspondiente: “Mantenimiento y Limpieza de Espacios Verdes”, “Puesta en Valor” o “Puesta en Marcha”)

Análisis de Precios Unitarios: (de un ítem cualquiera)

a) Materiales $ ................. b) Equipo: Rendimiento, Amortización e Intereses $ ................. c) Combustible y lubricantes $ ................. d) Mano de Obra $ .................

(A) Sub-Total $ .................

Gastos Generales y otros Gastos Indirectos (% sobre “A”) $ ................. (X) Sub-Total $ .................

IVA (% sobre “X”) $ .................

(P) Sub-Total $ .................

Costo del Ítem $ .................

El porcentaje de incidencia de cada rubro debe ser propuesto por el Oferente y fundamentado mediante análisis complementario basado en la vida útil, plantel necesario, depreciación, rendimiento, etc. Los gastos indirectos y generales serán estimados por los Oferentes y expresados en porcentajes de los gastos directos. A la suma se le aplicará el IVA, solamente a los efectos informativos. El GCBA se reserva el derecho de revisar y/o rechazar los análisis de precios presentados por el Oferente; pudiendo en caso de que los mismos presenten errores o irregularidades que afecten las bases de la licitación, proceder a la anulación de la Oferta.

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ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación) G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO “2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

ANEXO VII(Al Pliego de Condiciones Particulares)

Medios de Control

1) Automóviles: tres (3) automóviles por cada Zona, tipo utilitario Renault Kangoo o equivalente con capacidad 5 personas, con un motor de 1600 cm3 de cilindrada, con aire acondicionado y calefacción; con seguro contra terceros y responsabilidad civil sin límites, siendo el pago del seguro, patente y cualquier otro gravamen a cargo del Contratista, así como los gastos por reparaciones, repuestos, neumáticos, lubricantes, combustible, y todo otro gasto que se origine por el normal uso del vehículo y/o para su correcto funcionamiento.

Las unidades estarán equipadas con todos los accesorios y elementos exigidos por ley para la adecuada circulación y contará con toda la documentación en regla y la debida autorización de manejo al personal que la Dirección General de Espacios Verdes indique para su uso dentro de la Ciudad de Buenos Aires.

En caso de que alguna de las unidades deba ser sometida a una reparación que demore más de veinte (20) días, la misma será reemplazada por otra de similares características a satisfacción del Director de la Dirección General de Espacios Verdes.

Los vehículos deberán ser identificados mediante el pintado o pegado de una oblea autoadhesiva indeleble con la leyenda “Gobierno de La Ciudad de Buenos Aires, Ministerio de Ambiente y Espacio Público, Dirección General de Espacios Verdes, INSPECCIÓN DE MANTENIMIENTO DE ESPACIOS VERDES”.

2) Equipamiento informático :

El Contratista deberá suministrar con carácter permanente el siguiente equipamiento informático, por Zona:2 PCPotenciadas, según el siguiente detalle:

- Procesador Intel Pentium Dual Core E2160 ( 1.8 GHZ) o funcionalmente equivalente.

- El equipamiento deberá poseer setup residente en ROM con password de booteo y setup. Deberá poseer control de booteo desde diskettera residente en ROM o por Hardware.

- Bus PCI.

- Memoria dinámica RAM DDR2 de 512 MB, expandible a no menos de 4 GB en Motherboard ( Kingston, Memory Card Technology, propietaria o calidad similar)

- 1 MB de memoria caché L2.

- Disco rígido SATA de al menos 120 GB de capacidad de 7200 RPM, certificado por fabricante. ( Seagate, Western Digital, Maxtor, propietario o calidad similar)

- Controladora de video, integrada en motherboard, con tecnología de memoria de video dinámica.

- Monitor Color LCD de al menos 17", dot pitch 0.264 mm ( máximo ), resolución de 1280 x 1024

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ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

pixeles.

- Drive de 3,5" de 1,44 MB.

- Kit Multimedia.

Unidad DVD/CD-RW

Unidad de DVD-RW

Audio integrado en Motherboard.

Parlantes.

- Auriculares

- Web Cam

- Teclado Español con conexión PS/2 o USB, de al menos 104 teclas Windows 95 incluyendo 12 teclas de función teclado numérico separado y juego de 4 teclas para desplazamiento del cursor independiente dispuestos en forma de T invertida, indicadores de actividad de mayúsculas, teclado numérico separado y scroll.

- Mouse Optico con conexión PS/2 o USB.

- Expansión: 2 (dos) ranuras de expansión PCI (como mínimo) y 1(un) PCI Express x16.

- Ports (integrados en motherboard) :

6 Ports USB 2.0.

1 Port Serial RS232.

1 Port Paralelo Centronics

1 Port para mouse

1 Port para teclado

1 Conector RJ45

- Adaptador de Red Ethernet, 10/100 Mbps, integrado en motherboard, con conector RJ45, con soporte Wake On Lan, SNMP, IEEE 802.3i, 802.3u..

- Fuente de alimentación ATX.

- Cables de alimentación completos, funcionamiento 220 V 50 HZ sin adaptadores externos.

- Windows XP PRO, en castellano con su correspondiente manual y licencia. Preinstalado, con los drivers correspondientes embebidos y actualizado con la última versión de Servicepack disponible al momento de la entrega. Deberá entregarse CD de recuperación.

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ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación) G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

“2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

- Deberá cumplir con las siguientes normas: Soporte DMI 2.0, Wake on Lan, ACPI Ready Hardware, Soporte Wired for Management.

1 Notebook:

- Procesador Intel Core 2 Duo T 7100 ( 1,8 GHZ ) o funcionalmente equivalente.

- Memoria dinámica RAM DDR2 de 1 GB, expandible a no menos de 2 GB.

- Unidad de Disco rígido de al menos 120 GB de 5400RPM.

- Drive de 3.5 " de 1.44 MB ( Podrá ser Externo).

- Unidad de DVD-RW.

- Placa de sonido.

- Pantalla TFT de 15.4".

- Teclado tipo QWERTY de al menos 84 teclas, 4 teclas para desplazamiento del cursor independiente dispuestos en forma de "T" invertida, teclado numérico integrado seleccionable por tecla de función o combinación similar.

- Dispositivo de señalamiento del tipo Mouse ( Touch Pad ).

- 3 Port USB. como minimo

- 1 Port para conexión de monitor externo.

- 1 Slot de expansión PC card tipo II como minimo.

- Modem - Fax de 56 Kbps.

- Adaptador de Red Ethernet 10/100 Mbps, con conector RJ45.

- Lector de Tarjetas Multimedia.

- Módulo Wireless 802.11 b/g

- Alimentación por batería recargable de Li Ion y por suministro de red pública 220 V. Duración mínima de batería 3 horas.

- Deberá incluir 1 (un) alimentador para recarga de batería, con capacidad de detectar automáticamente las características de la corrientes alterna ( voltaje y frecuencia ).

- Windows XP PRO, en castellano con su correspondiente manual y licencia. Preinstalado, con los drivers correspondientes embebidos y actualizado con la última versión de Servicepack disponible al momento de la entrega. Deberá entregarse CD de recuperación.

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ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

- Deberá proveerse el maletín de transporte, acolchado, reforzado, con bolsillos para accesorios, manija y correa.

1 Impresora Láser: Una impresora láser con las siguientes especificaciones técnicas:

Velocidad de impresión

Modo borrador, negro, carta Hasta 19 ppm

Modo normal, negro, carta Hasta 19 ppm

Modo óptimo, negro, carta Hasta 19 ppm

3 Cámaras de Fotos Digitales:

�� Sensor CCD de 4 megapixeles o mas �� Con zoom �� Drivers y accesorios �� Con provision de 4 pilas recargables minimo 2700 �� Con cargador �� Funda para cinturón �� Memoria SD o similar minimo 1GB �� Con dispositivo para coneccion USB ,en directo TV�� Con seguro de robo mientras dure la ejecución del contrato

(iii) Planimetría e inventario Las firmas adjudicatarias de cada zona deberán entregar, a la Coordinación de Obras de Terceros , un plano en soporte magnético sistema 100x100 compatible con Autocad y tres copias en papel de cada uno de los espacios verdes de su zona.

Se deberá solicitar a la inspección el protocolo de dibujo, carátula, en caso de no existir Circular Sin Consulta ad-hoc, antes de la apertura de sobres

En escala 1:200, 1:500, o en 1:1000 para esquemas generales, adecuadas al tamaño del espacio verde de que se trate, en un layer denominado de MENSURA, con la firma de un Ingeniero Agrimensor, colegiado, los que se acompañaran con una declaración jurada del mismo, con el listado de todos los espacios verdes de la zona que le corresponda, con la superficie total de vereda a vereda, u otro limite del dominio ,con indicación de la superficie de las veredas perimetrales, se utilizara la codificación oficial, la que deberá ser requerida , de no existir Circular Sin Consulta ad-hoc, antes de la apertura de sobres

Se indicara sobre el contorno de cada cantero, sendero, patio de juegos, monumento, fuente, u otra construcción de obra civil de cierta envergadura, el área en metros cuadrados.

Se deberán entregar a la DGEV, desde los 30 días, desde la orden de comienzo del servicio hasta los 120 días, por entregas parciales mensuales y proporcionales a las superficies de los Espacios Verdes de la zona adjudicada.

Dentro de los 30 primeros días, se podrán solicitar por escrito, al Director de DGEV, prolongación del tiempo de entrega, por motivos justificados.

A partir de la entrega del layer MENSURA ,se deberán completar

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ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación) G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO “2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

a- Plano de las instalaciones .tres layers

�� Alumbrado Indicación de las columnas u otros, dentro y en el perímetro del espacio verde. (a solicitud de la empresa, el Coordinador de Proyectos recabara a la DGAP ,los planos de los zanjeos de los circuitos eléctricos), instalaciones de fuentes, y toda otra instalación. Esta información será entregada a la DRUyAP, via Coordinador de Espacios Verdes y a otro servicio que tenga que tener una intervención autorizada, sobre el espacio verde, a fin de que en su construcción no destruya nuestras instalaciones.

�� Riego (la Coordinación de Obras de 3º ,entregara los antecedentes de cada espacio verde que tenga instalación conocida)

El adjudicatario realizara un relevamiento de los sistemas de riego de cada espacio verde que le tocare, donde :

Se incluirán las cañerías, aspersores, canillas, punto de toma, cabina, tipo, capacidad, estado de bombas y tableros, áreas de que cantero sirve y todo otro dato que sea conducente para la puesta a cero del mismo. Toda esta información volcada al plano, incluyendo en él las planillas y datos correspondientes, serán verificadas por el inspector, el que firmara el plano (layer RIEGO) en forma conjunta con el representante de la adjudicataria, la veracidad de los mismos.

El Director General indicara por orden de servicio, los casos prioritarios para la puesta a punto, cuyos plazos sean más exiguos que los propuestos.

�� Plano de otras instalaciones, subterráneas o aéreas Se relevara toda instalación que se pueda visualizar o suponer que no correspondan a las categorías anteriores con su ubicación y tendidos si los hubiera . Telefonicas , video cable, cajas de datos, fibra opticas, tendidos y cajas de AYSA, gabinetes de Electricidad ,Postes de tv cable, respiraderos de Gas, instalaciones subterráneas con salida, de electricidad, salidas de emergencias, ventilaciones varias, columnas de la ex Coorporación de Transporte para los tranvías, trolebuses,.paradas y refugios de colectivos

b- Plano de Especies arbóreas (un layer) con la ubicación, genero, especie, estado sanitario, dimensiones aproximadas. No se especificaran en detalle las especies arbustivas menores, pero sí su ubicación general así como la disposición general de los florales en la medida que se dispongan en setos vivos y/o macizos o floralias existentes o huellas

c- Plano del Mobiliario (un layer), su tipo (dibujar esquema), ubicación, o la falta geométrica de el. Se entiende como mobiliario, bancos, bebederos (indicar toma, y llave de paso), papeleros, juegos, vírgenes, placas, carteleria y todo otro elemento fijado al espacio verde

El plazo de entrega es a partir de los 120 días hasta los 240 días, con iguales condiciones respecto al cumplimiento y multas que lo anteriormente detallado.

Para realizar dichas tareas en la vía publica la D.G.E.V., librará nota con los datos del agrimensor, explicativa de la tarea que esta realizando en nombre del G.C.B.A. , con fecha de terminación, para cualquier autoridad que lo requiera, la misma deberá ser solicitada al inspector respectivo.

Toda la información debe ser corroborada por la firma del Agrimensor y tiene características de

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ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

declaración jurada

(iv) Equipamiento de Comunicación:

Cada Adjudicatario de zona ,pondrá a disposición de la inspección, un sistema de comunicación de telefonía celular móvil, en cantidad de 20 (veinte) con seguro de reposición y garantía, con un consumo máximo de 150 minutos mensuales, a partir del uso de los mismos se interrumpirá el servicio telefónico, con servicio de Trankin ilimitado, con batería, soporte, cargador y manos libres. El inspector será responsable del uso del celular móvil, ante la firma adjudicataria, para lo que suscribirá un acta de recepción del mismo.

El director General de la DGEV, por documento fehaciente realizara los cambios de responsable ante el Adjudicatario.

El mismo deberá estar en servicio y entregado dentro de los 15 Días Hábiles de la orden de comienzo del servicio.

(v) Plotter:

Tecnología de impresión Inyección de tinta HP por calor

Tiempos y velocidades de impresión 1

Dibujos lineales de tamaño D Modo rápido: HP Designjet 500: 90 segundos

Imágenes de color Modo rápido: 85 pies 2 /hora Modo normal: 36 pies 2 /hora Modo óptimo: 21 pies 2 /hora

Resolución máxima / Tipos de papel / Alimentación del papel

Resolución máxima 1.200 x 600 ppp

Tipos de papel Papel recubierto y satinado, materiales técnicos, etc.

Alimentación del papel Hojas sueltas, rollo de papel, corte automático de papel

Manejo de papel

Modelos de 42 pulgadas (107 cm) Hojas sueltas Anchura: 8,3 a 42 pulgadas (21,0 a 106,7 cm) Hojas sueltas Longitud: 8,3 a 74,7 pulgadas (21,0 a 189,7 cm) Rollo Anchura: 24, 36 y 42 pulgadas (61,0, 91,4 y 106,7 cm) Rollo Longitud: Hasta 150 pies (45,7 m)

Modelos de 24 pulgadas (61 cm)

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ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación) G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO “2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

Hojas sueltas Anchura: 8,3 a 24 pulgadas (21,0 a 61,0 cm) Hojas sueltas Longitud: 8,3 a 74,7 pulgadas (21,0 a 189,7 cm) Rollo Anchura: 24 pulgadas (61,0 cm) Rollo Longitud: Hasta 150 pies (45 m)

Anchura mínima de línea / Precisión / Márgenes Anchura mínima de línea 0,002 pulgadas (0,04 mm)

Precisión Película de poliéster

Márgenes Márgenes laterales 0,20 pulgada (5 mm) Bordes anterior y posterior 0,70 pulgada (17 mm)

Memoria

Estándar 16 MB de RAM

Máxima 160 MB de RAM (con la tarjeta accesoria HP-GL/2)

Lenguajes

Estándar Interfaz gráfica de usuario HP-PCL3

Opción HP-GL/2, HP RTL

Controladores (drivers)

Aplicaciones Windows Microsoft® Windows® (NT 4.0, 2000, XP y 2003 Server)

Mac Controlador de impresión para Mac OS X v 10.2.3 y superior

AutoCAD(r) AutoCADT 2000-2004, AutoCAD Versión 13, 14

Interfaces Estándar Puerto Centronics paralelo, homologado con IEEE 1284 (ECP), USB 1.1 (Windows® 2000), servidor de impresión interno HP Jetdirect EIO 10/100 (sólo disponible como

accesorio en HP Designjet serie 500)

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ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación) G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

“2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

ANEXO VIII(Al Pliego de Condiciones Particulares)

MODELO DEACTA DE CONSTATACIÓN

ACTA DGEVN°___/200_

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ____ de ______ de 200_.

Sres.________PRESENTE

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los ____ del mes de ______ de 200_, siendo las __:__ horas, en mi carácter de Inspector designado mediante Disposición N°___ de la Dirección General de Espacios Verdes, en el marco de la licitación N° ________ “Contratación para el Mantenimiento y Limpieza de Espacios Verdes y demás Servicios Conexos”, adjudicada a la empresa XXX por Resolución Nº ______ (en adelante “La Contratista”) y habiéndome constituido en ________ de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se ha constatado el siguiente incumplimiento en relación a (la Orden de Servicio Nº _____/ al artículo ______ contrato).

MOTIVO DEL INCUMPLIMIENTO

Intimación: Consecuentemente, se intima para que dentro de las 24 horas proceda a dar estricto cumplimiento de las obligaciones a su cargo, las cuales deben estar finalizadas dentro del plazo de 72 horas de la presente, sin perjuicio de las sanciones que la autoridad competente disponga respecto del presente incumplimiento.

Se deja constancia que la presente acta ha sido confeccionada por cuadruplicado quedando el original exhibido a fs. ___ del Libro de Órdenes de Servicio, el duplicado lo elevará el Inspector a la Dirección General de Espacios Verdes para la prosecución del trámite y el triplicado se entrega a “La Contratista” y el cuadriplicado lo se le entrega al Inspector. En este acto se le hace saber a “La Contratista” que a partir de la fecha tiene diez (10) días hábiles administrativos para presentar el descargo que considere ante la Dirección General de Espacios Verdes conforme art. 22 inc. e) 4. de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Queda Ud. debidamente notificado.

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ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación) G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

“2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

ANEXO IX(Al Pliego de Condiciones Particulares)

ZonasCENTRO

ZONA Denominacion Nombre Dirección Barrio Comuna Superficie

centro Cantero Central Mafia, Pedro Comodoro Py entre Ramón Castilla y Antártida Argentina Retiro 1 2.751,00

centro Cantero Central Mansilla, Eduardo Salvador María del Carril, entre Marcos Paz y B. Juarez Villa Devoto 1 506,00

centro Cantero Central Oesterheld, Héctor De los Italianos, Villaflor, Noel, Guemes y Guacachá Zona del Puerto 1 30.000,00

centro Cantero Central Paseo de los Inmigrantes Av. De los Inmigrantes entre Antártida Argentina y Edison Retiro 1 5.746,00

centro Cantero Central Pracanico, Francisco Paseo Colón entre Belgrano e Independencia San Telmo 1 6.480,00

centro Cantero Central Ruiz Moreno, Isidoro Cerrito, Posadas y 9 de Julio Retiro 1 1.172,00

centro Cantero Central Urondo, Francisco De los Italianos, Guemes, Noel, Sanchez de Thompson Zona del Puerto 1 26.600,00

centro Cantero CentralAv. 9 de Julio Ciro EL Grande Av. 9 de Julio (O) entre Arroyo y Posadas Retiro 1

centro Cantero CentralAv. 9 de Julio Ortega Peña, Rodolfo Cerrito, Juncal, Arenales y carlos Pellegrini Retiro 1 1.290,00

centro Cantero CentralAv. 9 de Julio Paseo de la Ciencia y Cultura Arabe Lima, Chile, Independencia y 9 de Julio Retiro 1 113,00

centro Cantero CentralAv. 9 de Julio Paseo Provincias Argentinas

Comprende los canteros Centrales av 9 de julio

Retiro, San Nicolás, Monserrat y Constitución 1

ZONA Denominacion Nombre Dirección Barrio Comuna Superficie

centro Cantero CentralAv. 9 de Julio Provincia de Catamarca

Lima, Humberto Primo, San Juan y Bernardo de Irigoyen Constitución 1 9.692,00

centro Cantero CentralAv. 9 de Julio Provincia de Chaco

Lima, Independencia, Chile y Bernardo de Irigoyen Constitución 1 7.655,00

centro Cantero CentralAv. 9 de Julio Provincia de Chubut Lima, México, Chile y Bernardo de Irigoyen Constitución 1 8.190,00

centro Cantero CentralAv. 9 de Julio Provincia de Córdoba

Lima, Humberto Primo, Carlos Calvo y Bernardode Irigoyen Monserrat 1 8.770,00

centro Cantero CentralAv. 9 de Julio Provincia de Corrientes

Lima, Estados Unidos, Carlos Calvo y Bernardo de Irigoyen Monserrat 1 8.642,00

centro Cantero CentralAv. 9 de Julio Provincia de Entre Ríos

Lima, México, Venezuela y Bernardo de Irigoyen Monserrat 1 7.081,00

centro Cantero CentralAv. 9 de Julio Provincia de Formosa

Lima, Belgrano, Venezuela y Bernardo de Irigoyen Monserrat 1 7.400,00

centro Cantero CentralAv. 9 de Julio Provincia de Jujuy Lima, Belgrano, Moreno y Bernardo de Irigoyen Monserrat 1 4.165,00

centro Cantero CentralAv. 9 de Julio Provincia de la Pampa Lima, Alsina, Moreno y Bernardo de Irigoyen Monserrat 1 4.779,00

centro Cantero CentralAv. 9 de Julio Provincia de La Rioja

Lima, Alsina, Hipólito Yrigoyen y Bernardo de Irigoyen Monserrat 1 5.340,00

centro Cantero CentralAv. 9 de Julio Provincia de Mendoza

Lima, Av. De Mayo, Hipólito Yrigoyen y Bernardo de Irigoyen Monserrat 1 2.525,00

centro Cantero CentralAv. 9 de Julio Provincia de Misiones

Lima, Av. De Mayo, Rivadavia y Bernardo de Irigoyen Monserrat 1 2.459,00

centro Cantero CentralAv. 9 de Julio Provincia de Neuquén

Cerrito, Av. Rivadavia, Carlos Pellegrini y Bartolomé Mitre San Nicolás 1 5.261,00

centro Cantero CentralAv. 9 de Julio Provincia de Río Negro

Cerrito, Carlos Pellegrini, Bartolomé Mitre y Perón San Nicolás 1 4.900,00

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ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación) G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO “2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

ZONA Denominacion Nombre Dirección Barrio Comuna Superficie

centro Cantero CentralAv. 9 de Julio Provincia de San Juan Cerrito, Lavalle, tucumán y Carlos Pellegrini San Nicolás 1 3.621,00

centro Cantero CentralAv. 9 de Julio Provincia de San Luis Cerrito, Viamonte, tucumán y Carlos Pellegrini San Nicolás 1 4.138,00

centro Cantero CentralAv. 9 de Julio Provincia de Santa Cruz Cerrito, Viamonte, Córdoba y Carlos Pellegrini San Nicolás 1 5.233,00

centro Cantero CentralAv. 9 de Julio Provincia de Santa Fé Cerrito, Paraguay, Córdoba y Carlos Pellegrini Retiro 1 6.900,00

centro Cantero CentralAv. 9 de Julio Provincia de Santiago del Estero

Cerrito, Paraguay, Marcelo T. de Alvear y Carlos Pellegrini Retiro 1 8.886,00

centro Cantero CentralAv. 9 de Julio

Provincia de Tierra del guego, Antártida e Islas del Atlántico Sur Cerrito, Arenales, Santa Fé y Carlos Pellegrini Retiro 1 9.000,00

centro Cantero CentralAv. 9 de Julio Provincia de Tucumán

Cerrito, marcelo T. de Alvear, Santa Fé y Carlos Pellegrini Retiro 1 8.632,00

centro

Cantero CentralAv. 9 de Julio sindenominación 9 de julio y juncal Retiro 1 1.199,00

centro

Cantero CentralAv. 9 de Julio sindenominación 9 de julio ( e ) entre Arroyo y Posadas Retiro 1

centro

Cantero CentralAv. 9 de Julio sindenominación 9 de julio ( o ) entre Arroyo y Juncal Retiro 1

ZONA Denominacion Nombre Dirección Barrio Comuna Superficie

centro

Cantero CentralAv. 9 de Julio sindenominación

Lima, Estados Unidos, 9 de Julio e Independencia Constitución 1 1.867,00

centro

Cantero Centralsindenominación República Democrática del Congo Libertador, Suipacha, Quiroga y Callao Retiro 1 2.500,00

centro

Cantero Centralsindenominación Alem entre Bartolomé Mitre y Rojas Retiro y San Nicolás 1

centro

Cantero Centralsindenominación Alem entre Marcelo T. de Alvear y Rojas Retiro 1 1.048,00

centro

Cantero Centralsindenominación Alem entre Córdoba y Paraguay Retiro 1 1.048,00

centro

Cantero Centralsindenominación Alem entre Corrientes y Lavalle San Nicolás 1 1.048,00

centro

Cantero Centralsindenominación Alem entre Lavalle y tucumán San Nicolás 1 1.048,00

centro

Cantero Centralsindenominación Alem entre Bartolomé Mitre y Perón San Nicolás 1 1.048,00

centro

Cantero Centralsindenominación Alem entre Marcelo T. de Alvear y Paraguay San Nicolás 1 1.048,00

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 272

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ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación) G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO “2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

ZONA Denominacion Nombre Dirección Barrio Comuna Superficie

centro

Cantero Centralsindenominación Alem entre Sarmiento y Corrientes San Nicolás 1 1.048,00

centro

Cantero Centralsindenominación Alem entre Tucumán y Viamonte San Nicolás 1 1.048,00

centro

Cantero Centralsindenominación Alem entre Viamonte y Córdoba San Nicolás 1 1.048,00

centro

Cantero Centralsindenominación

Antártida Argentina entre Ramón Castillo y San Martín Retiro 1 10.156,00

centro

Cantero Centralsindenominación

Guemes entre Boulevar de los Italianos y Dealessi Puerto Madero 1

centro

Cantero Centralsindenominación La Rábida, Alem Monserrat 1 1.485,00

centro

Cantero Centralsindenominación La Rábida, Huergo Monserrat 1 1.523,00

centro

Cantero Centralsindenominación La Rábida y Bartolomé Mitre Monserrat 1 1.419,00

centro

Cantero Centralsindenominación Vera Peñaloza entre Calabria y Dealessi Puerto Madero 1

ZONA Denominacion Nombre Dirección Barrio Comuna Superficie

centro

Cantero Centralsindenominación

Azucena Villaflor entre de los Italianos y Dealessi Puerto Madero 1

centro Jardines De los Maestros Paraguay, Marcelo T. de Alvear, Rodriguez Peña, Palacio Pizzurno Recoleta 1 4.776,00

centro Jardines sin denominación Posadas entre Cerrito y 9 de Julio Retiro 1 143,00

centro Jardines sin denominación

Vía Rápida, Vías del FCGBM entre Suipacha y Callao Retiro 1

centro Parque Thays Av. Del Libertador, Callao, Vaz Ferreira, Quieroga; Brig. Gral Via rápida Recoleta 1 64.360,00

centro Parque Colón Paseo Colón, LA Rábida, Huego Monserrat 1 29.060,00

centro Parque Lezama Av. Paseo Colón, M. García y Defensa San Telmo 1 77.140,00

centro Parque Costanera Sur Zona del Puerto 1

centro Parque Balneario Sud Achaval Rodriguez, Sanchez de Thompson, Pareja 1

centro Patio Porteño Cochabamba Cochabamba y Solís Constitución 1 1.352,00

centro Patio Porteño San Juan y Bolivar San Telmo 1 184,00

centro Patios Recreativos Orzali, José Defensa 1282 San Nicolás 1

centro Patios Recreativos Zabala, Joaquín Suipacha 120 San Nicolás 1 914,00

centro Plaza Concepcion del Alto de San Pedro Irigoyen, Independencia, Estados Unidos, 9 de Julio Constitución 1 3.605,00

centro Plaza de la Constitucion Constitución, Lima y Garay Constitución 1 39.790,00

centro Plaza Garay Av. J. de Garay, Solís y Pavón Constitución 1 18.300,00

centro Plaza Lola Mora San Juan, Cevallos y Saenz Peña Constitución 1 1.960,00

ZONA Denominacion Nombre Dirección Barrio Comuna Superficie

centro Plaza 25 de Mayo Rivadavia, Balcarce, Yrigoyen, Bolivar Monserrat 1 17.919,00

centro Plaza Agustín P. Justo Moreno, Azopardo, Belgrano y Paseo Colón Monserrat 1 10.235,00

centro Plaza de la Defensa Defensa 530/548 Monserrat 1 1.246,00

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 273

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ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación) G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

“2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

centro Plaza De las Armas "Ejército Argentino" Paseo Colón, LA Rábida, Huego, Moreno Monserrat 1 30.840,00

centro Plaza del Congreso Entre Ríos, Rivadavia, Av. De Mayo, Saenz Peña, Irigoyen Monserrat 1 30.175,00

centro Plaza Lorea Rivadavia, Luis Saenz Peña, Av. De Mayo Monserrat 1 2.340,00

centro Plaza Mariano Moreno Luis Saenz Peña, Hipólito Yrigoyen y Av. De Mayo Monserrat 1 2.460,00

centro Plaza Monserrat México y Santiago del Estero Monserrat 1 2.536,00

centro Plaza Nuestra Señora de las Nieves Perón, LA Rábida, Eduardo Madero y Rosales Monserrat 1 25.800,00

centro Plaza Rodriguez Peña Callao, Marcelo T. de Alvear, Rodriguez Peña, Paraguay Recoleta 1 17.176,00

centro Plaza Vicente López y Planes Montevideo, Paraná y Arenales Recoleta 1 21.818,00

centro Plaza de Cataluña 9 de Julio, Cerrito, Posadas, Arroyo Retiro 1 5.325,00

centro Plaza del Carril Gilardi, Ramos Mejía, Martínez Zuviría, San Martín Retiro 1 5.321,00

centro Plaza Fuerza Aerea Argentina Libertador, San Martín, Ramos Mejía, Gilardi Retiro 1 26.630,00

centro Plaza Libertad Libertad, Marcelo T. de Alvear, Paraguay, Cerrito Retiro 1 14.530,00

centro Plaza San Martín Av. Del Libertador, Av. Santa Fé, Arenales y Florida Retiro 1 52.505,00

centro Plaza San Martín (anexo) Sante Fé, Arenales y Esmeralda Retiro 1 6.180,00

Centro Plaza de la República 9 de Julio entre Sarmiento y Lavalle San Nicolás 1 13.610,00

ZONA Denominacion Nombre Dirección Barrio Comuna Superficie

Centro Plaza de las Américas Sarmiento y Paraná San Nicolás 1 961,00

Centro Plaza del Correo Sarmiento, Rosales, Perón y Alem San Nicolás 1 7.015,00

Centro Plaza Lavalle Av. Córdoba, Libertad, Talcahuano y Lavalle San Nicolás 1 31.385,00

Centro Plaza Roberto Arlt Esmeralda y Rivadavia San Nicolás 1 6.926,00

Centro Plaza Roma Av. L.N.Alem, Tucumán, Bouchard y Lavalle San Nicolás 1 11.608,00

Centro Plaza Coronel Dorrego Defensa, Humberto Primo, Aieta, Bethlem San Telmo 1 2.100,00

Centro Plaza Rosario Vera Peñaloza San Juan, Piedras y Chacabuco San Telmo 1 7.845,00

Centro Plaza Embajada de Israel "En memoria del Atentado" Arroyo y Suipacha Retiro 1 644,00

Centro Plaza Cecilia Grierson Av. San Juan, Chacabuco y Perú San Telmo 1 2.640,00

centro Plaza CanadáAntártida Argentina, San Martín, Martinez Suviría y Ramos Mejía Retiro 1 15.107,00

Centro Plaza Congreso H. Irigoyen y Pte. L.S. Peña 1

centro Plaza de la Constitucion Brasil, Lima y Garay Constitución 1 28.552,00

centro Plaza futura sin denominación Juana Manso, Lorenzini, Dealessi Puerto Madero 1 21.540,00

centro Plaza futura sin denominación Juana Manso, Salotti y Eyle Puerto Madero 1

centro Plaza futura sin denominación Juana Manso, Peiné, Salotti y Eyle Puerto Madero 1 482,00

centro Plaza futura sin denominación Ocampo, Manso, Trinidad y Dealessi Puerto Madero 1 11.710,00

Centro Plaza sin denom sin denominacion Paseo Colón, subida AU 25 de Mayo San Telmo 1 1.300,00

Centro Plazas Futuras Chertkoff De los Italianos, Grierson, Juana Manso y Sánchez de Thompson Puerto Madero 1 1.348,00

ZONA Denominacion Nombre Dirección Barrio Comuna Superficie

Centro Plazoleta Alfonso R. Castellano Irigoyen, Independencia y Estados Unidos Constitución 1 2.373,00

Centro Plazoleta Izhak Rabin Recoleta 1 554,60

Centro Plazoleta Pedro Obligado Retiro 1 404,00

Centro Plazoleta Suipacha Viamonte y Suipacha San Nicolás 1 1.266,00

Centro Plazoleta Castelao Av. Independcencia, Estados Unidos y B. de Irigoyen 1 2.373,00

Centro Plazoleta Anchorena Av. Belgrano y Piedras Monserrat 1 1.500,00

Centro Plazoleta R. Vera Peñaloza Av. San Juan, Chacabuco y Piedras 1 7.845,00

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 274

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ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación) G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

“2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

Centro Plazoleta Petronila Rodriguez Rodriguez Peña y Paraguay 1 2.015,00

Centro Plazoleta Maimónides Córdoba y Uriburu Recoleta 1 2.875,00

centro Plazoleta Juan Carlos Castagnino Juan Garay, Bolivar San Telmo 1 175,00

centro Plazoleta Alfonsina Storni San Juan, Ceballos, Solís y AU 25 de Mayo Constitución 1 3.920,00

centro Plazoleta Ricardo Tanturi Julio A. Roca, Perú y Alsina 1

centro Plazoleta 11 de mayo de 1580 Alem, Mitre y Rivadavia Monserrat 1 2.100,00

centro Plazoleta Bernardo, Paquita Carlos Pellegrini, Sarmiento y 9 de Julio San Nicolás 1 1.076,00

centro Plazoleta Bouchard, Hipólito Rosales, Madero, Sarmiento y Perón San Nicolás 1 5.324,00

centro Plazoleta Campaña del Chaco Padre Migone, Achaval Rodriguez, Tristán, Rawson, Dellepiane, Elvira, Calabria Zona del Puerto 1 16.992,00

centro Plazoleta Conti, Haroldo Villaflor, Achaval Rodriguez, Calabria y Padre Migone Puerto Madero 1 38.800,00

centro Plazoleta De Coubertin, Pierre 9 de Julio y Cerrito Retiro 1 2.000,00

centro Plazoleta DE Iriarte, Tomás Libertador, Pettorutti, Figueroa Alcorta y Ayacucho Recoleta 1 4.950,00

centro Plazoleta De Lasala Cándido Santa Fé y Maipú Retiro 1 870,00

ZONA Denominacion Nombre Dirección Barrio Comuna Superficie

centro Plazoleta Del Mercado Modelo Rivadavia, Luis Saenz Peña, Av. De Mayo Monserrat 1 600,00

centro Plazoleta Del Tango Sarmiento, Bouchard, Corrientes y Rosales San Nicolás 1 3.600,00

centro Plazoleta Dellapaolera 9 de julio, Arroyo, Juncal y Carlos Pellegrini Retiro 1 2.820,00

centro Plazoleta Efrón, Paloma Cerrito, 9 de Julio y Lavalle San Nicolás 1 648,00

centro Plazoleta Erro, Carlos Alberto Madero, Rosales y Sarmiento San Nicolás 1 734,00

centro Plazoleta Estado del Vaticano Viamonte, Libertad, Toscanini, Cerrito San Nicolás 1 1.662,00

centro Plazoleta Infante Don Enrique "El Navegante" De los Italianos, Sanchez de Thompson, Noel y Costanera Zona del Puerto 1 1.900,00

centro Plazoleta Juvenilia Marcelo T de Alvear y Florida Retiro 1 273,00

centro Plazoleta Krasue, Otto Paseo Colón, Estados Unidos y Carlos Calvo San Telmo 1 448,00

centro Plazoleta La Cumparsita Calos Pellegini, Lavalle y 9 de Julio San Nicolás 1 669,00

centro Plazoleta Las Nereidas Achaval Rodriguez, Tristán, Padre Migone Zona del Puerto 1

centro Plazoleta Obligado, Pedro Miguel Guido y Juncal Retiro 1 404,00

centro Plazoleta Ortiz, Ciriaco Roque Saenz Peña, Florida y Bartolomé Mitre San Nicolás 1 368,00

centro Plazoleta Paseo Molina, Luciano Florencio Talcahuano, Viamonte y Córdoba San Nicolás 1 803,00

centro Plazoleta Pellegrini, Carlos Alvear, Arroyo y Libertad Retiro 1 1.700,00

centro Plazoleta Percy Harris, Paul Esmeralda y Arroyo Retiro 1 72,00

centro Plazoleta Perón, Eva Independencia, Paseo Colón, Estados Unidos San Telmo 1 4.125,00

centro Plazoleta de San Telmo Juande Garay y Perú San Telmo 1

centro Plazoleta Polledo, César Paseo Colón, Independencia y Giuffrá San Telmo 1 310,00

centro Plazoleta Quiroga, Rosita Roque Saenz Peña, Esmeralda, Perón San Nicolás 1 83,00

ZONA Denominacion Nombre Dirección Barrio Comuna Superficie

centro Plazoleta Razzano, José Rosales, Perón, Bartolomé Mitre y Alem San Nicolás 1 5.575,00

centro Plazoleta Regimiento 1 de Infantería "Patricios" Córdoba, Callao y Montevideo San Nicolás 1 3.405,00

centro Plazoleta Rivero Astengo, Agustín Juncal y Rodriguez Peña Recoleta 1 145,00

centro Plazoleta Rodriguez, Petronila Rodriguez Peña y Paraguay y Capdevila Recoleta 1 2.015,00

centro Plazoleta San Francisco Defensa y Alsina Monserrat 1 249,00

centro Plazoleta San Nicolás Corrientes y Reconquista San Nicolás 1 1.761,00

centro Plazoleta Sanchez de Thompson, Mariquita Alem, Córdoba y Butty Retiro 1 15.340,00

centro Plazoleta Santa Francisca Javier Cabrini Antártida Argentina 1345 Zona del Puerto 1

centro Plazoleta Tanturi, Ricardo Julio A. Roca, Perú y Alsina Monserrat 1 182,00

centro Plazoleta Tedin, Toribio Carlos Pellegrini, 9 de Julio, Arroyo y Posadas Retiro 1 994,00

centro Plazoleta Torre Nilsen, Leopoldo Córdoba, Madero, Bouchard y Viameonte San Nicolás 1 517,00

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 275

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ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación) G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO “2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

centro Plazoleta Udaondo, Enrique Arenales, Montevideo y Juncal Recoleta 1 1.975,00

centro Plazoleta Verano Porteño Cerrito, Sarmiento y 9 de Julio San Nicolás 1 921,00

centro Plazoleta Walsh, Rodfolfo Chile y Perú Monserrat 1 168,00

centro Plazoleta Zavala Ortiz, Miguel Angel Alem, Reconquista y Rojas Retiro 1 309,00

centro Plazoleta sin denominación Paseo colón, Cochabamba y Au 25 de Mayo San Telmo 1 470,00

centro Plazoleta sin denominación

Paseo Colón entre Estados Unidos y Carlos Calvo San Telmo 1 341,00

centro Plazoleta sin denominación Rivadavia y Alem Monserrat 1 265,00

centro Plazoleta sin denominación Santa Teresa y Luis Saenz Peña Constitución 1 750,00

centro Plazoleta sin denominación Edmundo, Rivero (propuesta) Independencia 306 San Telmo 1 78,00

ZONA Denominacion Nombre Dirección Barrio Comuna Superficie

centro Plazoleta sin denominación Achaval Rodriguez, Tristan, Villaflor Zona del Puerto 1 1.176,00

centro Plazoleta sin denominación Achaval Rodriguez, Tristan, Villaflor Zona del Puerto 1 1.176,00

centro Plazoleta sin denominación Calabria, Rawson de Dellepiane, Elvira Puerto Madero 1 442,00

centro Plazoleta sin denominación Callao entre Libertados y Vías del FCGBM Recoleta 1 250,00

centro Plazoleta sin denominación

Av. De los Italianos, Cecilia Grierson, Noel, Costanera, Acceso Dársena Norte Zona del Puerto 1 1.900,00

centro Plazoleta sin denominación Libertador y Maipú Retiro 1 282,00

centro Plazoleta sin denominación Distribuidor 9 de Julio y Au 25 de Mayo Constitución 1 7.000,00

centro 9 de Julio y Au 25 de Mayo Constitución 1 7.000,00

Centro Plaza Neptuno Retiro

Centro Cantero Central Ciudad de Salamanca España y Pareja Zona del Puerto 3 1.800,00

Centro Cantero Central Maderna, Osmar Iriarte entre Goncalvez Diaz y Vieytes Barracas 3 2.180,00

Centro

Cantero Centralsindenominación

Iriarte entre Gonzalvez Diaz y Santa Magdalena Barracas 3

Centro

Cantero Centralsindenominación Vieytez entre Olavarría y Suarez Barracas 3 796,00

CentroJardines sin denominación Nicolás Avellaneda

Almirante Brown, Rampa de Acceso a Puente Avellaneda Boca 3 3.411,00

CentroJardines sin denominación Olavarría 1770 / 1728 Barracas 3 485,00

ZONA Denominacion Nombre Dirección Barrio Comuna Superficie

Centro Parque España Amancio Alcorta y Caseros Barracas 3 55.480,00

Centro Parque Leonardo Pereyra Alvarado, Rio Cuarto, Luzuriaga, Velez Sarsfield Barracas 3 57.760,00

Centro Parque Flora Nativa de Casa Amarilla 3

Centro Patio Porteño Jean Jaures y Oeron Almagro 3 2.329,00

Centro

Patios Recreativos sin denominación Suarez 796/786 Boca 3 179,00

Centro Plaza Raúl Gonzalez Tuñón Hipólito Irigoyen y 24 de noviembre Balvanera 3 2.700,00

Centro Plaza Casa CunaMontes de Oca, Caseros, Brasil, Hornos, Finocchietto Barracas 3 4.872,00

Centro Plaza Champagnat Velez Sarsfield, Río Cuarto, Iriarte Barracas 3 8.600,00

Centro Plaza Díaz Velez Goncalvez Diaz, San Antonio, Cruz Barracas 3 5.857,00

Centro Plaza Gendarmeria Nacional Barracas 3 569,00

Centro Plaza Herrera Quinquela Martín y Herrera y Australia Barracas 3 5.416,00

Centro Plaza Virrey Vertiz Herrera, Aristóbulo del Valle, Brandsen, Hornos Barracas 3 5.655,00

Centro Plaza Brown Irala, Salvadores, Alvar Nuñez, Californi La Boca 3 8.276,00

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 276

Page 277: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación) G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO “2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

Centro Plaza Matheu Magallanes, Hernandarias, Irala, Araoz de Lamadrid La Boca 3 10.400,00

Centro Plaza Solís Olavarría, Bris, Suarez y Caboto La Boca 3 10.197,00

Centro Plaza Islas Malvinas 20 de septiembre, Pedro de Mendoza, Espinosa y Caboto Boca 3 10.160,00

Centro Plaza Houssay, Bernardo Uriburu, Paraguay, Junín y Córdoba Recoleta 3 14.733,00

Centro Plaza Martín Fierro La Rioja, Barcala, Urquiza y Constitución San Cristóbal 3 15.286,00

Centro Plaza González Tuñón H. Irigoyen y 24 de noviembre Balvanera 3 2.700,00

ZONA Denominacion Nombre Dirección Barrio Comuna Superficie

Centro Plaza Velazco Ibarra Av. Jujuy, México y Saavedra Balvanera 3 8.110,00

Centro Plaza Primero de Mayo Alsina, Pasco, Yrigoyen y Pichincha Balvanera 3 15.800,00

Centro Plaza Pichón Riviere Santa Fé y Azcuénaga Recoleta 3 1.414,00

Centro Plaza sin denom Quinquela Martín Isabel La Católica y Suarez Barracas 3 369,00

Centro Plaza sin denom Paseo Garibaldi Garibaldi y Vías de FFCC entre Quinquela Martín y Araoz de Lamadrid La Boca 3 1.570,00

Centro Plazoleta Francisco Canaro Cochabamba, C. de los Pozos y Sarandí San Cristóbal 3 2.289,00

Centro plazoleta Tita Merello Cochabamba, C. de los Pozos y Sarandí 3

Centro Plazoleta De los Molfeteses Cafferata, Pizón y Pte. Avellaneda La Boca 3 1.300,00

Centro Plazoleta Bomberos Voluntarios de La Boca Araoz de Lamadrid, Vías del FGCR Boedo 3 2.035,00

Centro Plazoleta Brown, Elisa Martín García, Ruiz Díaz de Guzmán, Py y Margall Barracas 3 86,00

Centro Plazoleta Calo, Miguel Caboto, Don Pedro de Mendoza, Araoz de Lamadrid La Boca 3 67,00

Centro Plazoleta Catalina Sur Necochea, Galvez, Gustavino, Victorica La Boca 3 3.655,00

Centro Plazoleta De los Suspiros Don Pedro de Medoza, Magallanes e Iburlucea La Boca 3 250,00

Centro Plazoleta De Luzuriaga, Toribio Velez Sarsfield, Luzuriaga y Finocchietto Barracas 3 960,00

Centro Plazoleta De Paz y Figueroa, María Antonia Lima, Cochabamba, 9 de Julio y Cosntitución Constitución 3 5.400,00

Centro Plazoleta Disarli, Carlos Paseo Colón, Martín García, Brown La Boca 3 241,00

Centro Plazoleta Gendarmería Nacional Pedro de Mendoza y Av. Cruz Barracas 3 569,00

Centro Plazoleta Hernández, José Monstes de Oca, Osvaldo Cruz y Puente Pueyrredón Barracas 3 1.770,00

Centro Plazoleta Nuestra Señora de Luján Luzuriaga, Mandisovi, Spika Barracas 3 2.624,00

Centro Plazoleta Provincia de Buenos Aires Brasil, Hornos, Irigoyen, Caseros Constitución 3 13.469,00

ZONA Denominacion Nombre Dirección Barrio Comuna Superficie

Centro Plazoleta Vergara, Carlos Norberto Amancio Alcorta, Brandsen y Luzuriaga Barracas 3 274,00

Centro Plazoleta Victorica, Miguel Carlos Salvadores, Melo y Vespucio Boca 3 138,00

Centro Plazoleta Yankelevich, Jaime Pinzín 1301 y 1299 e/Azara y Reg. De Patricios Barracas 3 976,00

Centro Plazoleta Cafferata Alte. Brown y Brandsen Barracas 3

Centro Plazoleta Colombia Montes de Oca, Brandesn, Pinzón, Isabel la Católica Barracas 3 5.728,00

CentroPlazoleta sin denominación Finocchietto, Rotonda, Hornos Barracas 3 7.000,00

CentroPlazoleta sin denominación Moussy y Suarez La Boca 3 244,00

CentroPlazoleta sin denominación Amancio Alcorta 3801 Nueva Pompeya 3 500,00

CentroPlazoleta sin denominación Osvaldo Cruz y Santa Magdalena Barracas 3 1.000,00

Centro Parque Irala 3

Centro Cantero Central Padre Lorenzo Maza Fernández de la Cruz, Erezcano y Matanza Nueva Pompeya 5 735,00

centro Cantero Central Alberte, Bernardo Rabanal entre Castañon y Lafuente Villa Soldati 5 31.280,00

centro Cantero Central Athahualpa Yupanqui Rabanal y Castañon Villa Soldati 5 2.779,00

centro Cantero Central Bernasconi, Irene Rabanal y Portela Villa Soldati 5 20.207,00

centro Cantero Central Forja Rabanal entre el Barco Centenera y Vedia Nueva Pompeya 5 7.829,00

centro Cantero Central Galvez, Juan Fernández de la Cruz entre Varela y Culpina Villa Soldati 5 3.675,00

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 277

Page 278: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación) G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO “2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

centro Cantero Central Islas Canarias Rabanal entre Vedia y Erezcano Nueva Pompeya 5 5.490,00

centro Cantero Central Massa, Lorenzo Fernández de la Cruz entre Erezcano y Matanza Nueva Pompeya 5 735,00

ZONA Denominacion Nombre Dirección Barrio Comuna Superficie

centro Cantero Central Mura, Francisco Fernández de la Cruz entre Pedernera y Varela Nueva Pompeya 5 3.762,00

centro Cantero Central Onzari, Cesareo Mariano Moreno entre Perito Moreno y Velazquez Flores 5 4.880,00

centro Cantero Central Pase Comisario Gral. Juan Angel Pirker Carabobo entre Eva Perón y Saraza Flores y Parque Chacabuco 5 3.120,00

centro Cantero Central Schultz, Ana María Fernández de la Cruz entre Rivera Indarte y Pedernera Nueva Pompeya 5 2.600,00

centro Cantero Central Tejada Gomez Rabanal entre Berg y Varela Nueva Pompeya y Villa Soldati 5 28.400,00

centro Cantero Central Vazquez, Ramón Mariano Acosta entre Velazquez y Balbastro Flores 5 4.880,00

centro Cantero Central Weiss, María Teherán Fernández de la Cruz entre Culpina y Castañon Villa Soldati 5 3.675,00

centro

Cantero Centralsindenominación Guevara, Ernesto Rabanal entre Charrua y Berg

Nueva Pompeya y Villa Soldati 5 17.095,00

centro

Cantero Centralsindenominación Mariano Acosta entre Balbastro y Castañares Flores 5 4.880,00

centro

Cantero Centralsindenominación Mariano Acosta entre P.Moreno y Castañares Flores 5 4.880,00

centro

Cantero Centralsindenominación

Dellepiane entre Mariano Acosta, Lafuente y Eva Perón Flores 5 40.333,00

centro

Cantero Centralsindenominación Erezacano entre Rabanal y 27 de febrero Nueva Pompeya 5 2.034,00

G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

“2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

ZONA Denominacion Nombre Dirección Barrio Comuna Superficie

centro

Cantero Centralsindenominación

Fernández de la Cruz entre Berg y Rivera iNdarte Nueva Pompeya 5 465,00

centro

Cantero Centralsindenominación Fernández de la Cruz entre Bonorino y Berg Nueva Pompeya 5 300,00

centro

Cantero Centralsindenominación Fernández de la Cruz entre Charrúa y Bonorino Nueva Pompeya 5 355,00

centro

Cantero Centralsindenominación

Fernández de la Cruz entre Del Bañado y Lanza Nueva Pompeya 5 1.088,00

centro

Cantero Centralsindenominación

Fernández de la Cruz entre del Barco Centenera y Mom Nueva Pompeya 5 560,00

centro

Cantero Centralsindenominación Fernández de la Cruz entre Fournier y Gual Nueva Pompeya 5 469,00

centro

Cantero Centralsindenominación Fernández de la Cruz entre Riestra y Gual Nueva Pompeya 5 1.026,00

centro

Cantero Centralsindenominación

Fernández de la Cruz entre Lanza y Del Barco Centenera Nueva Pompeya 5 1.425,00

centro

Cantero Centralsindenominación Fernández de la Cruz entre Matanza y Charrua Nueva Pompeya 5 270,00

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 278

Page 279: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

centro

Cantero Centralsindenominación Fernández de la Cruz entre Mom y Vedia Nueva Pompeya 5 675,00

ZONA Denominacion Nombre Dirección Barrio Comuna Superficie

centro

Cantero Centralsindenominación

Fernández de la Cruz entre Perito Moreno y Erezcano Nueva Pompeya 5 1.320,00

centro

Cantero Centralsindenominación

Fernández de la Cruz entre Tilcara y del Bañado Nueva Pompeya 5 618,00

centro

Cantero Centralsindenominación

Fernández de la Cruz entre Vedia y Perito Moreno Nueva Pompeya 5 400,00

centro

Cantero Centralsindenominación Janer entre Lafuente y Acosta Villa Soldati 5 6.285,00

centro

Cantero Centralsindenominación Lafuente entre Barros Pazos y Riestra Villa Soldati 5 5.117,00

centro

Cantero Centralsindenominación Perito Moreno y Varela Nueva Pompeya 5 3.675,00

centro

Cantero Centralsindenominación Rabanal entre Erezcano y Charrua Nueva Pompeya 5 4.572,00

centro

Cantero Centralsindenominación Rabanal entre Portela y Pergamino

Nueva Pompeya y Villa Soldati 5 2.591,00

centro

Cantero Centralsindenominación Rabanal entre Saenz y del Barco Centenera Nueva Pompeya 5

centro

Cantero Centralsindenominación Riestra entre Costa y Moreno Villa Soldati 5

ZONA Denominacion Nombre Dirección Barrio Comuna Superficie

centro

Cantero Centralsindenominación Riestra entre Lafuente y Mariano Acosta Villa Soldati 5 3.386,00

G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

“2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

centro

Cantero Centralsindenominación Riestra entre Perito Moreno y Lafuente Villa Soldati 5 3.386,00

centro

Cantero Centralsindenominación Varela y Fernández de la Cruz

Villa Soldati y Nueva Pompeya 5 2.019,00

centro

Cantero Centralsindenominación varela entre Barros Pazos y Chilavert

Villa Soldati y Nueva Pompeya 5 2.019,00

centro

Cantero Centralsindenominación Varela entre Perito Moreno y Barros Pazos

Villa Soldati y Nueva Pompeya 5 2.019,00

centro

Cantero Centralsindenominación

Varela entre Perito Moreno y Fernandez de la Cruz Villa Soldati 5

centro Jardines sin denominación Balbastro y Lafuente Flores 5

centro Jardines sin denominación

Rivera Fructuoso, Del Barco Centenera y Erescano Nueva Pompeya 5 8.900,00

centro

Patios Recreativos sin denominación Bonorino y Castañares Parque Chacabuco 5

centro

Patios Recreativos sin denominación

Lafuente, Correa Morales y Estación Villa Soldati Villa Soldati 5

centro Plaza Sicardi, Francisco Balbastro y Varela Flores 5 8.617,00

Centro Plaza Nuestra Señora de Fátima m. Acosta y Barros Pazos, Pergamimo, Chilavert Villa Soldati 5 7.764,00

ZONA Denominacion Nombre Dirección Barrio Comuna Superficie

centro Plaza futura sin denominación Tilcara 3277/3287 y del Barco Centenera 3422 Pompeya 5 800,00

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 279

Page 280: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

centro Plaza sin denom Carrefour Salcedo 4220 Boedo 5

centro Plazoleta Juan Tronconi Tilcara, del Barco Centenera 5

centro Plazoleta Lorenzo Massa Salcedo y Mármol 5

centro Plazoleta Alberletche, María Teresa Moreno, Mom, Rivera Nueva Pompeya 5 535,00

centro Plazoleta Dimilta, Julio Moreno, Corrales, Mansi Nueva Pompeya 5 143,00

centro Plazoleta Enrique Santos Discépolo La PLAta, Cobo, Senillosa, Zelarrayan Parque Chacabuco 5 594,00

centro Plazoleta El Alma que canta Rabanal entre Mom y Vedia Nueva Pompeya 5 8.400,00

centro Plazoleta Laurenz, Pedro Chiclana, Pirovano, Pomar Nueva Pompeya 5 825,00

centro Plazoleta Manzi, Homero Del Barco, Centenera, Riestra, Salvigny Parque Chacabuco 5 1.250,00

centro Plazoleta Perez de Holguin, Melchor Fernández de la Cruz, Lanza, Del Barco Centenera, Vías del FCGB Nueva Pompeya 5 1.875,00

centro Plazoleta Saenz Antonio Saenz, Uspallata y Raulet Nueva Pompeya 5 249,00

centro Plazoleta San Vicente de Paul Saraza, Castañares y Puan Parque Chacabuco 5 452,00

centro Plazoleta Soldati, José Mendez, Pedernera y Vías del FCGB Villa Soldati 5 1.300,00

centro Plazoleta sin denominación Luppi, Rabanal Nueva Pompeya 5 67,00

centro Plazoleta sin denominación Moreno, Lafuente y Castañares Flores 5 5.040,00

centro Plazoleta sin denominación Eva Perón y Lafuente Flores 5 230,00

centro Plazoleta sin denominación Eva Perón y San Pedrito Flores 5 520,00

centro Plazoleta sin denominación Rivera Indarte, Tabaré y José Estevez Villa Soldati 5 182,00

ZONA Denominacion Nombre Dirección Barrio Comuna Superficie

centro Plazoleta sin denominación Torres y tenorio, Somellera y Barrio Rivadavia Parque Chacabuco 5 410,00

centro Plazoleta sin denominación Castañares y Lafuente Villa Soldati 5 184,00

centro Plazoleta sin denominación Castañares y Moreno Villa Soldati 5 994,00

centro Plazoleta sin denominación Esquiu, Tilcara, Luppi Nueva Pompeya 5 291,00

centro Perito Moreno, Lafuente, Castañares flores 5 5.040,00

G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

“2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

centro Cantero Central Torrijos, Omar Patricias Argenmtinas entre Diaz Velez y Estivao Caballito 6 1.179,00

centro

Cantero Centralsindenominación

Patricias Argenmtinas, Diaz Velez, Leopoldo Marechal y Angel Gallardo Caballito 6 5.646,00

centro Jardines Lellis, Jorge Mario Lezica y Angel Peluffo Almagro 6

centro Parque Centenario Campichuelo y Av. Díaz Velez Caballito 6 126.874,00

centro Parque Rivadavia Av. Rivadavia, Doblas, Rosario y Beauchef Caballito 6 55.519,00

centro Patio Porteño Escuela Primera Junta Caballito 6 5.600,00

centro Patios Recreativos De Saint Exupery, Antoine Zuviría, Senillosa, Au 25 de Mayo y Doblas Parque Chacabuco 6 1.980,00

centro Patios Recreativos Liceaga, Félix Del Barco Centenera, Au 25 de Mayo y Zuviría Parque Chacabuco 6 1.500,00

centro Plaza Amaya Constitución, Boedo y Colombres Boedo 6 1.500,00

centro Plaza Amadeo Sabattini Colpayo y Ballese Caballito 6 2.626,00

centro Plaza Crisólogo Larralde Yerbal y Rojas Caballito 6 4.081,00

centro Plaza Dr. Amadeo Sabatini Caballito 6 2.626,00

ZONA Denominacion Nombre Dirección Barrio Comuna Superficie

centro Plaza Giordano Bruno Giordano Bruno y Vías FDFS Caballito 6 8.500,00

centro Plaza Irlanda Av. Gaona, Alvarez, Neuquén y Seguí Caballito 6 52.600,00

centro Plaza Primera Junta Rivadavia, Del Barco Centenera Caballito 6 2.248,00

centro Plaza Sanatorio Dr. Julio A. Mendez Av. Acoyte y Avellaneda 6

Centro Plaza sin denom Athahualpa Yupanqui Bacacay, Rojas y Vías de FCDFS Caballito 6 2.900,00

Centro Plazoleta Enrique Susini Caballito 6 629,00

Centro Plazoleta Parque Centenario Caballito 6 5.646,00

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 280

Page 281: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

centro Plazoleta Base Marambio Patricias Argentinas y Angel Gallardo Caballito 6 620,00

centro Plazoleta Cid Campeador Honorio Pueyrredón, Gaona, Díaz Velez, Monumento Cid Campeador Caballito 6 257,00

centro Plazoleta Crucero General Belgrano Patricias Argentinas entre Franklin y Machado Caballito 6 940,00

centro Plazoleta Froebel, Federico Diaz Velez, Acevedo, Patricias Argentinas Caballito 6 1.512,00

centro Plazoleta Greslebin, Héctor Marcehal y Díaz Velez Caballito 6 490,00

centro Plazoleta Paseo De la Victoria Rivadavia, La Plata, Yrigoyen Almagro 6 450,00

centro Plazoleta Susini, Enrique Honorio Pueyrredón, Díaz Velez, Angel Gallardo Caballito 6 629,00

centro Plazoleta sin denominación Gaona, San Martín, Diaz Velez Caballito 6 147,00

centro Plazoleta sin denominación Vaamonde, Saara (propuesta) Independencia, Muñiz y José Marmol Almagro 6 3.526,00

centro Cantero Central Corto Maltes Chorroarrín entre Montenegro y Combatientes de Malvinas Villa Ortúzar 11 562,00

centro Cantero Central De la Historieta Chorroarrín entre Triunvirato y Caldas Villa Ortúzar 11 562,00

centro Cantero Central De la Lealtad Donato Alvarez entre Trelles y Añasco Paternal 11 296,00

centro Cantero Central Don Fulgencio Chorroarin entre Caldas y Girardot Villa Ortúzar 11 562,00

ZONA Denominacion Nombre Dirección Barrio Comuna Superficie

centro Cantero Central Paturuzu Chorroarin entre Girardot y Montenegro Villa Ortuzar 11 562,00

centro Cantero Central Tric y Trake Chorroarin entre Girardot y Montenegro Villa Ortuzar 11 562,00

centro

Cantero Centralsindenominación

Chorroarin entre Triunvirato y Combatientes de Malvinas Villa Ortuzar 11

centro

Cantero Centralsindenominación Corrientes entre Maure y Olleros Chacarita 11 2.070,00

centro

Cantero Centralsindenominación Corrientes entre Newbery Lacroze Chacarita 11

centro

Cantero Centralsindenominación Corrientes entre Olleros y Lacroze Chacarita 11 2.070,00

G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

“2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

centro

Cantero Centralsindenominación Corrientes y Maure Chacarita 11 2.070,00

centro

Cantero Centralsindenominación Corrientes y Newbery Chacarita 11

centro Jardines Paseo de la Chacarita de los colegiales Jorge Newbery entre Guzman y Warnes Chacarita 11 22.100,00

centro Parque Ex Warnes Agronomia 11 70.000,00

centro Parque Los Andes Av. Corrientes, Dorrego, Guzmán y C. Arenal Chacarita 11 89.660,00

centro Patio De la Ciudad Santo Tomé 3400 11

centro Patio Sin denominación Av. Mosconi y Bahía Blanca 11

centro Plaza Isla de la Paternal Av. Chorroarrín y Dr. Joaquín Zabala Agronomia 11 70.000,00

centro Plaza Jamaica Burela, Miscú, Estocolmo Agronomia 11 1.188,00

ZONA Denominacion Nombre Dirección Barrio Comuna Superficie

Centro Plaza 24 de Septiembre Av. San Martín, A. Figueroa, Rojas, Antezana Villa Crespo 11 11.177,00

Centro Plaza Aristóbulo del Valle Cuena, Marcos Sastre y Campana Villa del Parque 11 16.395,00

Centro Plaza Arenales Pareja, Mercedes, B. Blanca y Nueva York Villa Devoto 11 35.087,00

Centro Plaza El Maestro Av. Beiró, C. de la Barca y Cervantes Villa Devoto 11 7.837,00

Centro Plaza Ricchieri Av. Beiró, Quevedo y Desaguadero Villa Devoto 11 17.981,00

Centro Plaza de la Asunción Gaona, Gavilán, Cararcas y Luis Viale Villa Gral. Mitre 11 9.270,00

Centro Plaza Dr. Roque Saenz Peña Villa Gral. Mitre 11 13.940,00

Centro Plaza Roque Saénz Peña Av. Juan B Justo, Boyacá, R.E. San Martín, Lamas Villa Gral. Mitre 11 13.940,00

Centro Plaza 25 de Agosto Heredia, Giribone, Charlone y 14 de Julio Villa Ortúzar 11 14.038,00

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 281

Page 282: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

centro Plaza De la Lealtad D. Alvarez, Trelles Y Añasco 11

centro Plaza Domingo Faustino Sarmiento Gandara, Gamarra, Marsella, Berlin Agronomía 11 3.086,00

centro Plaza Asunción Av. Gaona, Gavilán, Caracas; Luis Viale 11

centro Plaza Jorge Williams P. Lozano, Helguera y Gutierrez P. Lozano, Helguera y Gutierrez 11 1.332,00

centro Plazoleta García Lorca Lincoln, Gualeguaychú, Cubas Villa Devoto 11 4.276,00

Centro Plazoleta Mercedes San Martín de Balcarce Villa Gral. Mitre 11 1.556,00

Centro Plazoleta Villa de las Catalinas Triunvirato, Bauness, le Breton Villa Urquiza 11 380,00

centro Plazoleta Dante Linyera Av. San Martín, P. Lozano y Condarco Villa del Parque 11 770,00

centro Plazoleta Federico García Lorca Lincoln y Gualeguaychú 11

centro Plazoleta Elena de Roffo Av. Beiró y San Nicolás Villa del Parque 11 1.634,00

centro Plazoleta Lindor Sotomayor Vilardebo; Rohde y Jachal Saavedra 11 420,00

centro Plazoleta San Martín de Balcarce Lamas y R. E. de San Marín Villa General Mitre 11 1.555,00

ZONA Denominacion Nombre Dirección Barrio Comuna Superficie

centro Plazoleta Porto Alegre San Martín, Nazarre y Bolivia Villa del Parque 11 1.300,00

centro Plazoleta Cambiasso, Antonio Nazca, Melincué y Gutierrez Villa del Parque 11 5.638,00

centro Plazoleta Cañada, Gaspar Del Campo entre El Cano y Garmendia Chacarita 11 2.890,00

centro Plazoleta De Hisch, Mauricio Baron Warnes, Padilla y Julián Alvarez Villa Crespo 11 240,00

centro Plazoleta De la Pua, Carlos Artigas, Rivarola y Pantaleon Agronomía 11 582,00

centro Plazoleta De Sarratea, Manuel Juan B. Justo, Terrada y Tres Arroyos Villa Santa Rita 11 141,00

centro Plazoleta Gutierrez, Ricardo Bolivia, Rivas y Gutierrez Ricardo Villa del Parque 11 285,00

centro Plazoleta Koch, Roberto Chorroarrín, Combatientes de Malvinas Y donado Agronomía 11 150,00

centro Plazoleta Navarra San Martín, Chorroarín, Cittadini Villa del Parque 11 1.064,00

centro Plazoleta Nigeria Juan B. Justo, Terrero, Belaustegui Villa General Mitre 11 344,00

centro Plazoleta Raffo Bonta, Romeo Empedrado, Santo Tomé y Bolivia Villa del Parque 11 322,00

centro Plazoleta San Francisco, Javier San Martín 4100/4150 Villa del Parque 11 127,00

centro Plazoleta Santoro, Roberto Forest, Fraga y Teodoro García Chacarita 11 634,00

centro Plazoleta Vigil, Constancio Honorio Pueyrredón, Sunchales y Warnes y Batalla del pari Villa Crespo 11 610,00

G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

“2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

centro Plazoleta Villa Ortuzar Triunvirato, Guevara y Tronador Villa Ortúzar 11 935,00

centro Plazoleta Villa Santa Rita Cuenca, Juan B. Justo y Galicia Villa Santa Rita 11 256,00

centro Plazoleta Williams, Jorge Lozano, Helguera y Gutierrez Villa del Parque 11 1.332,00

centro Plazoleta sin denominación Garmendia, Osorio, Avalos Paternal 11 299,00

centro Plazoleta sin denominación Leiva, Caldas, Vías FCGSM Chacarita 11 42,00

centro Plazoleta sin denominación Murillo, Scalabrini Ortiz y Warnes Villa Crespo 11 150,00

ZONA Denominacion Nombre Dirección Barrio Comuna Superficie

centro Plazoleta sin denominación Chas, Vicente (propuesta) Avalos, Victorica y Gándara Parque Chas 11 660,00

centro Plazoleta sin denominación De la Vecindad (propuesta) Giribone y Plaza Villa Ortúzar 11 187,00

centro Plazoleta sin denominación Corrientes, Sacalabrini Ortiz y Drago Villa Crespo 11

centro Plazoleta sin denominación Empredrado, Bufano Villa del Parque 11 204,00

centro Empedrado, Bufano Villa del Parque 11 204,00

centro Parque De los Andes Av. Corrientes, Dorrego, Guzmán y Arenal Chacarita 15

centro Patio Porteño Sin denominación Estomba y Montenegro Villa Ortúzar 15 720,00

Centro Patio Porteño Del Barrio Gurruchaga 1078 Villa Crespo 15

centro Plaza Alfredo Nobel Hamburgo, Bucarest, Burela y Turin Agronomia 15 3.670,00

centro Plaza Cap. Domingo Fidel Sarmiento Gándara, Gamarra, Marsella y Merlín Agronomia 15 3.086,00

centro Plaza Exodo Jujeño Granada, Bauness, Liverpool, Londres Agronomia 15 3.446,00

centro Plaza Almagro Perón, Bulnes y Salguero Almagro 15 14.105,00

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 282

Page 283: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

Centro Plaza Paseo de la Vecindad Villa Ortúzar 15 353,00

Centro Plaza Benito Nazar Virasoro, A. Figueroa, Olaya y Antezana Villar Crespo 15 9.390,00

Centro Plaza Antonio Malaver Montenegro, Estomba, Giradot y Heredia Villar Ortúzar 15 12.497,00

Centro Plazoleta Sholem Aleijem Córdoba, Gascón y Lavalle Almagro 15 167,00

Centro Plazoleta Agustín Comastri Av. Córdoba y Bonpland Belgrano 15 853,00

Centro Plazoleta Julián Besteiro Warnes y P. Arenas y Av. De los Constituyentes Paternal 15 1.735,00

Centro Plazoleta Andrés Chazarreta Barcena y Moscú y Belgrado Agronomía 15 1.425,00

Centro Plazoleta De la Amistad Dorrego y Muñecas Villa Crespo 15 1.627,00

ZONA Denominacion Nombre Dirección Barrio Comuna Superficie

Centro Plazoleta Eloy Alfaro D. Alvarez, Trelles Y Añasco 15

centro Plazoleta Alippi, Elias Estado de Israel, Guardia Vieja, Alambres Almagro 15 248,00

centro Plazoleta Pueyrredón, Carlos Andrés Bello, Valentín Alsina, de los Ombués Palermo 15 33.281,00

centro Plazoleta Santa María de los Buenos Aires Elcano, Vidal, Hernández Belgrano 15 176,00

centro

Cantero Centralsindenominación Dellepiane entre Eva Perón y Gral. Paz

Flores, Parque Avellaneda y Villa Lugano 5 y 8

G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

“2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

NORTE

ZONA Denominacion Nombre Dirección Barrio Comuna Superficie

Norte Cantero Central Chabuca Granda Intendente Alvear y Juan XXIII Recoleta 2 256,00

norte

Cantero Centralsindenominación Quintana entre Callao y Ayacucho Recoleta 2 740,00

norte Jardines Grecia Figueroa Alcorta, Austria, Quiroga, Vía Rápida y Vías del FCGBM Recoleta 2 12.160,00

Norte Plaza de Miserere Rivadavia, Ecuador, Bartolomé Mitre, Pueyrredón, Balvanera 2 22.693,00

Norte Plaza Bélgica Ramón Castilla, Aguado y Figueroa Alcorta Palermo 2 1.990,00

Norte Plaza Grand Bourg Ramnón Castilla, Elizalde, Aguado Palermo 2 4.861,00

Norte Plaza República de Chile Libertador, Tagle, Figueroa Alcorta, Ramón Castilla Palermo 2 36.780,00

Norte Plaza República del Perú Salguero, Martín Coronado y Figueroa Alcorta Palermo 2 8.756,00

Norte Plaza Rufino de Elizalde Libertador, Ramón Castilla, de Elizalde Palermo 2 5.640,00

Norte Plaza Venezuela Figueroa Alcorta, Traza Libres del Sur, Vías del FCGBM, línea paralela a la calle Tagle Palermo 2 601,00

Norte Plaza Borges Av. Las Heras y Asutria Recoleta 2 2.121,00

Norte Plaza Dante Libertador, Pueyrredón, Figueroa Alcorta, Petrtorutti Recoleta 2 8.480,00

Norte Plaza de las Naciones Unidas Figueroa Alcorta, Quiroga, Brig. Gral. Vía Rápida Recoleta 2 43.531,00

Norte Plaza Emilio Mitre Av. Las Heras, Av. Pueyrredón, P. de Melo y Cantilo Recoleta 2 10.700,00

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 283

Page 284: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

Norte Plaza Evita Libertador, Agüero y Austria REcoleta 2 12.280,00

ZONA Denominacion Nombre Dirección Barrio Comuna Superficie

Norte Plaza Francia Libertador, Pueyrredón, Levene y Agote Recoleta 2 15.400,00

Norte Plaza Leloir Guido, Gelly Obes, Arjonilla, Agüero Recoleta 2 5.182,00

Norte Plaza Manuel Mujica Lainez Vicente López y Junín Recoleta 2 2.296,00

Norte Plaza Miguel de Andrea Córdobam Jaures, Anchorena, Paraguay Recoleta 2 10.957,00

Norte Plaza Mitre Libertador, Agote, Arjonilla, Libano, Agüero Recoleta 2 18.828,00

Norte Plaza Monseñor De Andrea Av. Córdoba, J.Jaures, Anchorena y Paraguay Recoleta 2 10.957,00

Norte Plaza Ramón Carcano Quintana, Ortiz, Alvear y Haedo Recoleta 2 2.520,00

Norte Plaza República del Paraguay Barrientos, Peña, Larrea, Melo Recoleta 2 4.857,00

Norte Plaza República Federativa de Brasil Av. F. Alcorta; J. Gonzales, Couture Recoleta 2 20.150,00

Norte Plaza República Oriental del Uruguay Libertador, Tagle, Figueroa Alcorta, Austria Recoleta 2 38.220,00

Norte Plaza Rubén Darío Av. Del Libertador, Asutria y Av. F. Alcorta Recoleta 2 63.308,00

Norte Plaza Torcuato de Avear Libertdor, Pueyrredón, CCRecoleta, Junín, Quintana, Haedo, Alvear Recoleta 2 33.620,00

Norte Plaza Sin denominación Perón y Jean Jaures 2

Norte Plaza sin denom Del Lector Palermo 2 1.980,00

Norte Plaza sin denom sin denominacion Recoleta 2 400,00

Norte Plaza sin denom Del Lector Agüero y Las Heras Palermo 2 1.980,00

Norte Plaza sin denom Coutore, Gonzalez, Bibiloni y Vías del FCGB Recoleta 2 10.001,00

Norte Plazas Futuras Libres del Sud Quiroga, Vías del FCGBM, ATC Recoleta 2

Norte Plazoleta Raúl Soldi Recoleta 2 481,81

Norte Plazoleta Tomás de Iriarte Recoleta 2 4.950,00

ZONA Denominacion Nombre Dirección Barrio Comuna Superficie

Norte Plazoleta Del Sur Boedo, Belgrano 2

Norte Plazoleta Sin denominación Boedo, Belgrano 2

Norte Plazoleta Del Arbol Agüero y Charcas Recoleta 2 892,00

G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

“2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

Norte Plazoleta F. Escardó Paraguay S. de Bustamante 2

Norte Plazoleta Carriego, Evaristo Charcas, Cnel. Díaz, Guise y República Dominicana Palermo 2 615,00

Norte Plazoleta De Caro, Julio Libertador, Schiaffino, Posadas y Molina Campos Recoleta 2 8.480,00

Norte Plazoleta Gelly y Obes Gelly Obes, Galileo, Newton y Guido Recoleta 2 103,00

Norte Plazoleta Gonzalez Pecotche, Carlos Las Heras, Agüero, Galileo Recoleta 2 208,00

Norte Plazoleta Juan XXIII Ortíz, Quintana, Junín y Guido Recoleta 2 11.050,00

Norte Plazoleta Lagos, Alberto Junín y Guido Recoleta 2 1.350,00

Norte Plazoleta Organización de Estados Americanos Libertador, Posadas y Alvear Recoleta 2 680,00

norte Plazoleta Paseo de la Recoleta Vicente López, Junín, Uriburu Recoleta 2 2.135,00

Norte Plazoleta Pio Rodriguez, Orencio Ecuador, Mansilla y Charcas Recoleta 2 622,00

Norte Plazoleta Potion, Alejandro Figueroa Alcorta, Aguado, Ortiz de Ocampo Palermo 2 832,00

Norte Plazoleta Racedo, Eduardo Figueroa Alcorta, Ramón Castilla y Aguado Palermo 2 558,00

Norte Plazoleta Reino de Tailandia Las Heras, Pueyrredón, Agote y V. Lopez Recoleta 2 1.168,00

Norte Plazoleta San Martín de Tours Alvear, Schiaffino, Posadas Recoleta 2 10.600,00

Norte Plazoleta San Vladimiro Charcas, Guise, República Dominicana y Vidt Palermo 2 1.616,00

Norte Plazoleta Soldi, Raul Alvear y Haedo Recoleta 2 365,00

Norte Plazoleta Sur Boedo y Belgrano Almagro 2 417,00

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 284

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ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

ZONA Denominacion Nombre Dirección Barrio Comuna Superficie

Norte Plazoleta sin denominación Escardo, Florencio (propuesta) Sanchez de Bustamante y Paraguay Recoleta 2 400,00

Norte Plazoleta sin denominación Boedo y Av. Moreno Almagro 2 237,00

Norte Plazoleta sin denominación Castilla, Rufino Elizalde y Aguado Palermo 2 712,00

Norte Bulevar García del Rio Saavedra 12 22.787,00

Norte Bulevar Paseo de las Filipinas Saavedra 12 22.787,00

Norte Bulevar San Isidro Saavedra 12 13.041,00

Norte Cantero Central Av. R. Goyeneche y Quesada 12

Norte Cantero Central Av. R. Goyeneche y Tamborini 12

Norte Cantero Central Av. R. Goyeneche y Besares 12

Norte Cantero Central Av. R. Goyeneche y Larralde 12

Norte Cantero Central Av. R. Goyeneche y Arias 12

Norte Cantero Central Arolas, Eduardo Balbín entre Arias y Pico Saavedra 12 4.375,00

Norte Cantero Central Ave Lallemant, Germán García del Río entre Vidal y Cramer Saavedra 12 2.347,00

Norte Cantero Central Balbín, Ricardo Balbín entre Salto y Pico Saavedra 12 1.202,00

Norte Cantero Central Matos, Rodriguez Balbín entre Correa y Arias Saavedra 12 4.356,00

Norte Cantero Central Pipet, Matías Ruiz Huidobro entre Valdenegro, Galván y Balbín Saavedra 12 2.258,00

norte Cantero Central García del Río entre Moldes y Vidal Saavedra 12

norte

Cantero Centralsindenominación Marshall, Meyer Nuñez, Crisólogo Larralde y Av.Donado Villa Urquiza 12

G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

“2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

ZONA Denominacion Nombre Dirección Barrio Comuna Superficie

norte

Cantero Centralsindenominación Arias, Donado y Bach Villa Urquiza 12

norte

Cantero Centralsindenominación Balbin, Donado y Besares Villa Urquiza 12

norte

Cantero Centralsindenominación Balbin, Av. Parque, Ruiz Huidobro y Donado Villa Urquiza 12

norte

Cantero Centralsindenominación Balbin entre Correa y Triunvirato Saavedra 12 1.552,00

norte

Cantero Centralsindenominación Balbin entre Ruiz Huidobro y Miller Saavedra 12

norte

Cantero Centralsindenominación Balbin entre Salto y Ruiz Huidobro Saavedra 12

norte

Cantero Centralsindenominación Balbin entre Triunvirato y Av. Galán Saavedra 12 550,00

norte

Cantero Centralsindenominación Congreso, Av. Parque, Quesada y Donado Villa Urquiza 12 362,00

norte

Cantero Centralsindenominación Donado y Balbín Villa Urquiza 12

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 285

Page 286: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

ZONA Denominacion Nombre Dirección Barrio Comuna Superficie

norte

Cantero Centralsindenominación Donado, Ruiz Huidobro y Besares Villa Urquiza 12

norte

Cantero Centralsindenominación García del Río, Balbin y Donado Villa Urquiza 12

norte

Cantero Centralsindenominación Iberá, Tamborini y Donado Villa Urquiza 12

norte

Cantero Centralsindenominación Jaramillo, Parque, Manzanares y Donado Villa Urquiza 12

norte

Cantero Centralsindenominación

Crisólogo Larralde, Jaramillo, Av. Parque y Donado Villa Urquiza 12

norte

Cantero Centralsindenominación Manzanarez y Av. García del Río y Donado Villa Urquiza 12

norte

Cantero Centralsindenominación

Manuela Pedraza, Nuñez, Donado y Av. Parque Villa Urquiza 12

norte

Cantero Centralsindenominación Quesada, Av. Parque, Iberá y Donado Villa Urquiza 12

norte

Cantero Centralsindenominación Ramallo, Donado y Arias Villa Urquiza 12

G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

“2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

ZONA Denominacion Nombre Dirección Barrio Comuna Superficie

norte

Cantero Centralsindenominación Ramallo, Donado, Arias, Av. Parque Villa Urquiza 12

norte

Cantero Centralsindenominación Ruiz Huidobro, Donado y Ramallo Villa Urquiza 12

norte

Cantero Centralsindenominación Ruiz Huidobro, Av. Parque, Donado y Ramallo Villa Urquiza 12

norte

Cantero Centralsindenominación Ruiz Huidobro entre Estomba y Tronador Saavedra 12 228,00

norte

Cantero Centralsindenominación Ruiz Huidobro entre Naon y Estomba Saavedra 12 433,00

norte

Cantero Centralsindenominación Ruiz Huidobro entre Washington y Naon Saavedra 12 415,00

norte

Cantero Centralsindenominación Ruiz Huidobro entre Mariano Acha y Lugones Saavedra 12 364,00

norte

Cantero Centralsindenominación Ruiz Huidobro entre Lugones y Miller Saavedra 12 369,00

norte

Cantero Centralsindenominación Ruiz Huidobro entre Washington y Balbín Saavedra 12

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 286

Page 287: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

ZONA Denominacion Nombre Dirección Barrio Comuna Superficie

norte

Cantero Centralsindenominación Ruiz Huidobro entre Donado y Machaín Saavedra 12 371,00

norte

Cantero Centralsindenominación Ruiz Huidobro entre Holmberg y Donado Saavedra 12 113,00

norte

Cantero Centralsindenominación Ruiz Huidobro entre Machain y Mariano Acha Saavedra 12 342,00

norte

Cantero Centralsindenominación Ruiz Huidobro entre Miller y Balbin Saavedra 12 241,00

norte

Cantero Centralsindenominación Ruiz Huidobro entre Holmberg y Olof Saavedra 12

norte

Cantero Centralsindenominación Ruiz Huidobro entre Tronador y Plaza Saavedra 12 48,00

norte

Cantero Centralsindenominación Ruiz Huidobro y Washington Saavedra 12 15,00

norte

Cantero Centralsindenominación Tamborini, Av. Parque, Pedraza y Donado Villa Urquiza 12

norte

Cantero Centralsindenominación Triunvirato y Balbín Saavedra 12 461,00

norte Jardines Barrio general San martín De los Constituyentes, Alvarez Prado, General Paz y Nazca Villa Pueyrredón 12 2.152,00

ZONA Denominacion Nombre Dirección Barrio Comuna Superficie

Norte Parque General Paz Larralde, Paz y Aizpurua Saavedra 12 80.000,00

Norte Parque Padre Mujica Gerchunof, Yrurtia, Pellegrini Saavedra 12 50.801,00

Norte Parque Saavedra García del Río, Melián, Vilela, Perez, Besares, Conde, Pinto, Freire Saavedra 12 94.800,00

norte Parque General Paz General Paz y Larralde 12

G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

“2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

Norte

ParqueDeportivo y Recreativo Sarmiento Tuyuti, Cosquin, Humaita, El Rastreador Liniers 12 5.708,00

Norte Parque sin denominación Guerchunoff, Yrurtia, Andonaegui Saavedra 12 44.367,00

norte Patio Valdenegro y Jaramillo 12

norte Patio Valdenegro y Paroissien 12

norte Patio Ramallo, Correa, Estorba 12

norte Patio Ex Coconor Av. Costanera y La Pampa 12

Norte Patio Porteño Nazca y Curupaití Villa Pueyrredón 12 852,00

norte

Patios Recreativos sin denominación Superí, Olazabal, Urtubey y Clodomiro belgrano 12 253,00

Norte Plaza Castelli Juramento, Conde, Echeverría, Freire, Vías FCGB Belgrano 12 10.275,00

Norte Plaza Estación Coghlan Coghlan 12 4.512,00

Norte Plaza 1ro de Marzo de 1948 Larralde, Miller, Galván, Balbín Saavedra 12

Norte Plaza Alberdi Acha, Machai, Nuñez, Larralde, Saavedra 12 14.685,00

Norte Plaza Benjamín Vicuña Mackenna Ramallo, Conesa, Cramer, Arias Saavedra 12 8.200,00

Norte Plaza Dr. Vicente Solano Lima Saavedra 12 7.035,00

Norte Plaza Pedro Escudero Saavedra 12 4.840,00

ZONA Denominacion Nombre Dirección Barrio Comuna Superficie

Norte Plaza Eduardo Lonardi Obispo San Alberto, Condarco, Cabezón, Bolivia, Ladines, Artigas, Vías del FCGBM Villa Pueyrredón 12 12.595,00

Norte Plaza Leandro N Alem Larsen, Artigas, Cochrane, Zamudio Villa Pueyrredón 12 11.045,00

Norte Plaza Martín Rodriguez Helguera, Pareja, Argerich, Habana Villa Pueyrredón 12 13.250,00

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 287

Page 288: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

norte Plaza Echeverria Rivera, Bauness, Nahuel Huapi, Capdevilla, Villa Urquiza 12 9.858,00

norte Plaza José María Zapiola Acha, Juramento, Donado, Echeverría Villa Urquiza 12 11.636,00

norte Plaza Marcos Sastre Monroe, Miller, Valdenegro, Roosevelt Villa Urquiza 12 5.491,00

norte Plaza República de Eslovenia Villa Urquiza 12 3.007,00

Norte Plaza Solano Lima, Vicente Carlos Pellegrini e Yrurtia Saavedra 12 7.035,00

norte Plaza Tte. Gral. Lonardi Condarco, Cabezón, Bolivia, Ladines 12

norte Plaza Brigadier General Zapiola M. Acha, Juramento, Donado, Echeverría 12

Norte Plaza sin denom Ex Viveros Kohl y Ullman Belgrano 12 4.238,00

Norte Plaza sin denom Paseo de la Paz Holmberg entre Monroe y Blanco Encalada Villa Urquiza 12 8.325,00

Norte Plaza sin denom Abanderada de los Humildes Goleta Santa Cruz, Montiel, 2 de abril de 1982, Servidumbre de paso Villa Urquiza 12

Norte Plaza sin denom Salvador Allende Ibera, Holmberg, Tamborini Villa Urquiza 12 3.779,00

Norte Plaza sin denom Eslovaquia Quesada, Holmberg, Iberá Villa Urquiza 12 3.360,00

Norte Plaza sin denom Petrona Gandulfo Manuela Pedraza y Nuñez Villa Urquiza 12 6.320,00

Norte Plaza sin denom Hungría Ramallo, Holmberg, Arias Saavedra 12 4.050,00

Norte Plaza sin denom Plaza de los Olmos Echeverría, Zapiola, Sucre, Vías del FCGBM Belgrano 12 4.238,00

Norte Plaza sin denom Correa 3781 Saavedra 12 4.064,00

Norte Plazoleta Combatientes de Malvinas Villa Urquiza 12 396,00

Norte Plazoleta Almonacid, Vicente Almandos Balbín, Miller, Ruid Huidobro Saavedra 12 892,00

ZONA Denominacion Nombre Dirección Barrio Comuna Superficie

Norte Plazoleta Contursi, Pascual Monroe y Bauness Villa Urquiza 12 124,00

Norte Plazoleta Curuzú Cuatiá Balbín, Conde y Quesada Coghlan 12 201,00

Norte Plazoleta Czetz, Juan F. Balbín, Naon y Larralde Saavedra 12 1.026,00

Norte Plazoleta Escudero, Pedro Roque Perez, García del Río, Melián, Paroissien Saavedra 12 4.840,00

Norte Plazoleta Fiorentino, Francisco Balbín, Tamborini y Roque Perez Coghlan 12 212,00

Norte Plazoleta Gagliardi, Héctor Barrio Gral. San Martín, Nazca, e/Pabellón entre 25 y 31 Villa Pueyrredón 12

Norte Plazoleta Le Pera, Alfredo Besares, Conde, Superí y Vilela Saavedra 12 1.600,00

G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

“2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

Norte Plazoleta Lomuto, Francisco Balbín, García del Río, Tronador Saavedra 12 208,00

Norte Plazoleta Massueli, Italo Barrio Gral. San Martín, Sudoeste de la calle El Gaucho Villa Pueyrredón 12

Norte Plazoleta Millán, Domingo Alejo Quesada, Plaza y San Francisco de Asís Villa Urquiza 12 900,00

Norte Plazoleta Perez, Pascual Besares, Vilela, Perz y Superí Saavedra 12 1.241,00

Norte Plazoleta República Socialista de Vietnam Av. Congreso, Holmberg, Quesada Villa Urquiza 12 4.771,00

Norte Plazoleta Sosa, Julio Balbín, Nuñez y Washington Saavedra 12 420,00

norte Plazoleta Darwin Passaponti Av. García del río entre Ciudad de la Paza y Amenabar Saavedra 12

Norte Plazoleta sin denominación Jaramillo y Manzanares Villa Urquiza 12

Norte Plazoleta sin denominación Ladines, Zamudio, Vías del FCGBM Villa Pueyrredón 12 490,00

Norte Plazoleta sin denominación Crisólogo Larralde, Jaramillo Villa Urquiza 12

Norte Plazoleta sin denominación Manzanarez y Av. García del Río Villa Urquiza 12

ZONA Denominacion Nombre Dirección Barrio Comuna Superficie

Norte Plazoleta sin denominación Nuñez, Crisólogo Larralde y Av. Parque Villa Urquiza 12

Norte Plazoleta sin denominación Plaza, San Francisco de Asís, Iberá Villa Urquiza 12 311,00

Norte Plazoleta sin denominación Ruiz Huidobro, Holmberg y Ramallo Villa Urquiza 12

Norte Plazoleta sin denominación Ruiz Huidobro y Melián Saavedra 12 2.491,00

Norte Plazoleta sin denominación Vedia, Zapiola y Conesa Saavedra 12 1.031,00

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 288

Page 289: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

Norte Plazoleta sin denominación Coghlan Norte (propuesta) Estación Coghlan entre Ugarte y Roosevelt Coghlan 12

Norte Plazoleta sin denominación Coghlan Sur (propuesta)

Estación Coghlan entre Nahuel Huapi y Roosevelt Coghlan 12

Norte Plazoleta sin denominación De las Madres de los Pañuelos Blancos (propuesta) García del Río y Balbín Villa Urquiza 12

Norte Plazoleta sin denominación Plaza de Todos (propuesta) Tamborini y Manuela Pedraza Villa Ortúzar 12

Norte Plazoleta sin denominación Arias, Holmberg, Pico Villa Urquiza 12

Norte Plazoleta sin denominación Balbín, Miller, Besares Saavedra 12 171,00

Norte Plazoleta sin denominación Balbín, Monroe y Zapiola Belgrano 12 170,00

Norte Plazoleta sin denominación Balbín, Naon y Jaramillo Saavedra 12 145,00

Norte Plazoleta sin denominación Balbín y Besares Villa Urquiza 12

Norte Plazoleta sin denominación Besares y Ruiz Huidobro Villa Urquiza 12

ZONA Denominacion Nombre Dirección Barrio Comuna Superficie

norte Plazoleta sin denominación Cramer 4802 Saavedra 12 298,00

Norte Cantero Central Africa San Isidro Labrador entre Arias y Dehesa Saavedra 13 1.517,00

Norte Cantero Central Almada, Jorge Mariano San Isidro Labrador entre Ramallo y Correa Saavedra 13 1.436,00

Norte Cantero Central Campana, Joaquín San Isisro Labrador entre Correa y Ruiz Huidobro Saavedra 13 1.240,00

Norte Cantero Central Demare, Lucio Martín Rivadavia entre Cabildo y Libertador Nuñez 13 6.608,00

Norte Cantero Central Filipo, Virgilio San Isidro Labrador entre Deheza y Pico Saavedra 13 1.446,00

Norte Cantero Central Girondo, Oliverio San Isidro Labrador entre Ramallo y Arias Saavedra 13 1.185,00

Norte Cantero Central Martinez, Regis San Isidro Labrador entr Pico y Vedia Saavedra 13 1.357,00

Norte Cantero Central Passaponti, Darwin García del Río entre Amenabar y Ciudad de la Paz Saavedra 13 2.445,00

norte Cantero Central Sampay, Enrique García del Río entre Cabildo y Ciudad de la Paz Saavedra 13 2.610,00

G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

“2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

norte Cantero Central Sanchez Viamoente, Carlos San Isidro Labrador entre Besares y Vilela Saavedra 13 1.200,00

norte Cantero Central Valle, Jua José Quinteros entre Monroe y F. Alcorta Belgrano 13 5.180,00

norte Jardines sin denominación Cantilo y Vías del FCGBM Belgrano y Nuñez 13 10.613,00

norte Jardines sin denominación Grecia entre Pedraza e Iberá Nuñez 13 1.544,00

Norte Parque de San Benito La Pampa, Figueroa Alcorta, Lugones, Círculo de Suboficiales de las FFAA Belgrano 13 115.500,00

Norte Parque C Univ - de la Memoria Nuñez 13 10.200,00

Norte Parque Ciudad Universitaria Nuñez 13 289.800,00

Norte Parque Mirador Nuñez 13 73.000,00

ZONA Denominacion Nombre Dirección Barrio Comuna Superficie

norte Parque Saint Tropez Rafael Obligado, Echeverría, Del Pino, Río de laPlata Belgrano 13 50.000,00

Norte

ParqueDeportivo y Recreativo Balneario Norte La Pampa, Rafael Obligado y Costanera Belgrano 13

Norte Parque sin denominación Ex Obras Sanitarias

Monreo, Romero, Saenz Valiente, Figueroa Alcorta, Basavilbaso, Plaza El Salvador Belgrano 13 49.999,00

norte Parque sin denominación de los Niños

Círculo Policial, Club Casa, Partido de V. López y Río de la Plata Nuñez 13 130.000,00

Norte Parque sin denominación Ciudad Universitaria "Plaza de la Memoria"

Rubén Darío, Av. Prolongación Imaginaria, Río de la Plata, Rafael Obligado, Av. Costanera Nuñez 13 10.200,00

norte Pasaje Zuberbuhler Belgrano 13 1.160,00

norte Patio Amigos del Lago Pampa y Dragones Nuñez 13

Norte Patio Porteño de las Escultura Húsares, Cazadores y Monroe Belgrano 13 2.586,00

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 289

Page 290: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

Norte Patio Porteño Conexa y Concepción Arenal Colegiales 13 420,00

norte

Patios Recreativos sin denominación Del Niño O´Higgins y Juana Azurduy Belgrano 13

Norte Plaza Alberti Arcos, Ugarte, O´Higgins, Roosevelt, Belgrano 13 10.464,00

Norte Plaza Barrancas de Belgrano Vertíz, Juramento, Zavalía, Echeverría, 11 de septiembre, La Pampa, Veritz, Sucre Belgrano 13 32.700,00

Norte Plaza El Salvador Monroe, Bavio, Richieri Belgrano 13 4.152,00

Norte Plaza Félix Aguilar Alsina, Cazadores, La Pampa, Dragones Belgrano 13 12.480,00

Norte Plaza Honduras Belgrano 13 3.450,00

Norte Plaza Joaquin Sanchez Vuelta de Obligado, Juramento, Sagasta, José María Belgrano Belgrano 13 1.028,00

ZONA Denominacion Nombre Dirección Barrio Comuna Superficie

Norte Plaza Manuel Belgrano Juramento, Cuba, Echeverría y Vuelta de Obligado Belgrano 13 10.400,00

Norte Plaza Parques Nacionales Argentinos Echeverría, Castañeda, Sucre, Figueroa alcorta Belgrano 13 14.962,00

Norte Plaza Paseo de las Américas Juramento, Figueroa Alcorta, Monroe, Ramsay, Liceo Italiano, Castañeda Belgrano 13 83.300,00

Norte Plaza Rafael Hernández Echeverría, Vuelta de Obligado y Mom Belgrano 13 1.124,00

Norte Plaza República de Honduras Figueroa Alcorta, Freire, Ramsay Belgrano 13 3.450,00

Norte Plaza Juan José Paso Olaguer y Feliu, Moldes, Zabala, Vías del FCGB Colegiales 13 10.207,00

Norte Plaza Balcarce Cabildo, Manzanares, Vuelta de Obligado y Jaramillo Nuñez 13 8.800,00

Norte Plaza Félix Lima Ramallo, Cuba, Arcos, Arias Nuñez 13 7.698,00

Norte Plaza Noruega Ciudad de la Paz, Amenabar, Mendoza y Juramento Palermo 13 5.635,00

Norte Plaza Cavagna Martínez Moldes, García del Río, Amenabar Saavedra 13 2.366,00

Norte Plaza Acosta Wladimiro Guiraldes, Parque Balneario Norte Belgrano 13 2.382,00

Norte Plaza Alejandro Bustillo Rafael Obligado y Parque Balneario Norte Belgrano 13 222,00

Norte Plaza Ing. José Luis Delpini Rafael Obligado y Parque Balneario Norte Belgrano 13 700,00

Norte Plaza René Karman Rafael Obligado y Parque Balneario Norte Belgrano 13 600,00

Norte Plaza Juan Kurchan Rafael Obligado y Parque Balneario Norte Belgrano 13 1.329,00

G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

“2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

Norte Plaza Prebisch, Alberto Rafael Obligado y Parque Balneario Norte Belgrano 13 770,00

Norte Plaza Vilar Antonio Rafael Obligado y Parque Balneario Norte Belgrano 13 800,00

Norte Plaza Amancio Williams Rafael Obligado y Parque Balneario Norte Belgrano 13 1.150,00

Norte Plaza sin denom Jardín de Esculturas Belgrano 13 2.586,00

Norte Plazoleta San Miguel de Garicoits Arredondo, Delgado y Alvarez Thomas Colegiales 13 12.656,00

ZONA Denominacion Nombre Dirección Barrio Comuna Superficie

Norte Plazoleta Francisco Ramires Nuñez 13 5.915,00

Norte Plazoleta Sin denominación O´Higgins, Juana Azurduy, Vías FFCC, M. Pedraza Nuñez 13

Norte Plazoleta Banchs, Enrique San Isidro Labrador, Paroissien, Vilela Saavedra 13 1.350,00

Norte Plazoleta De Sucre, Antonio Vertiz, Echeverría, 11 de septiembre y Sucre Belgrano 13 13.036,00

Norte Plazoleta Malagarriaga, Carlos Cabildo, Manzanares, San Isidro Labrador, Vilela Saavedra 13 730,00

Norte Plazoleta Marasso, Arturo San Isidro Labrador entre Besares y Ruiz Huidobro Saavedra 13 990,00

Norte Plazoleta Pizarnik, Alejandra San Isidro Labrador entre Paroissien y Vilela Saavedra 13 590,00

Norte Plazoleta Quiroga, Adan Libertador y Udaondo Nuñez 13 1.875,00

Norte Plazoleta Ramírez, Francisco Moldes, Pedraza, Tamborini Nuñez 13 5.915,00

Norte Plazoleta Trinidad y Tobago Vedia, Grecia, Gral. Paz, Nuñez 13 1.300,00

Norte Plazoleta Zanni, Pedro Cantilo y Pampa Belgrano 13 4.600,00

norte Plazoleta Fleming Quinteros y Hernández Nuñez 13

Norte Plazoleta sin denominación Sucre, Vertiz, La Pampa Belgrano 13 936,00

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 290

Page 291: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

Norte Plazoleta sin denominación Vertiz, Echeverría y Juramento Belgrano 13

norte Plazoleta sin denominación Superí y Urtubey 13

norte Plazoleta sin denominación Av. Alvarez Thomas y Santos Dumont 13

norte Polideportivo Colegiales Matienzo y Freire Nuñez 13

Norte Bulevar Olleros Palermo 14 3.877,00

ZONA Denominacion Nombre Dirección Barrio Comuna Superficie

Norte Cantero Central Barbieri, Guillermo Dorrego entre Lugones y Figueroa Alcorta Palermo 14 4.700,00

Norte Cantero Central Ciudad de Pigue Olleros entre Luis M Campos y Soldado de la Independencia Palermo 14 1.909,00

Norte Cantero Central Hidroavion Buenos Aires Emplazado dentro del Espigón Puerto Argentino Palermo 14 3.215,00

Norte Cantero Central Paseo de los Ombues De los Ombues entre Figueroa Alcorta y Lugones Palermo 14

norte Cantero Central Troilo, Anibal Santa Fe entre Thames y Oro Palermo 14 3.140,00

norte Cantero Central Varela, Héctor Chenaut entre Luis M. Campos y Campo Hípico Nacional Palermo 14 2.585,00

norte Jardín Botánico Thays, Carlos Santa Fé, Las Heras, República Arabe Siria Palermo 14 76.315,00

norte Jardines Hudson, Guillermo Enrique Sarmiento, Santa Fé y Libertador Palermo 14 13.125,00

norte Jardines Pita, Hernán Cnel y Pedernera, Federico, A J Tte. Cnel, Sarmiento, Santa Fé y Colombia Palermo 14 18.400,00

Norte Parque Benito Carrasco Rafael Obligado, Sarmiento, Prolongación Imaginaria, Río de la Plata Belgrano 14 23.183,00

Norte Parque Bosque Alegre Rafael Obligado, Scalabrini Ortiz, Sarmiento, Vías FCGB Palermo 14

Norte Parque Bosque Autóctono Palermo 14

Norte Parque de la Raza Rafale Obligado, Pampa, Scalabrini Ortiz, Vías FCGB Palermo 14

Norte Parque Las Heras Las Heras, Cnel Días, Juncal y Salguero Palermo 14 79.500,00

Norte Parque Tres de Febrero Cavia, Libertador, La Pampa, Casares, Castex, Vías del FCGB Palermo 14 559.989,00

Norte Patio Porteño Niceto Vega Niceto Vega 5223 Palermo 14 288,50

G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

“2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

norte

Patios Recreativos sin denominación Cerviño y Ruggieri Palermo 14 362,00

ZONA Denominacion Nombre Dirección Barrio Comuna Superficie

Norte Plaza Alemania Libertador, Casares, Castex y Cavia Palermo 14 38.913,00

Norte Plaza Andrés Guacurani Artigas Belgrano 14 8.808,00

Norte Plaza Armenia Figueroa Alcorta, Bunge, Bello y Tornquist Belgrano 14 70.860,00

Norte Plaza República de México Figueroa Alcorta, La Pampa, Alsina, Castañeda Belgrano 14 9.510,00

Norte Plaza de los Colegiales Matienzo, Zapiola, Conesa, Cramer Colegiales 14 7.774,00

Norte Plaza Mafalda Conde, Dumont, Arenal, Martinez Colegiales 14 15.200,00

Norte Plaza Alférez Sobral Las Heras, Scalabrini Ortiz, Cabello y Salguero Palermo 14 7.100,00

Norte Plaza Benjamín Gould Sarmiento, Casares, Roldán (Planetario) Palermo 14 80.500,00

Norte Plaza de Pakistán Dorrego, F. Alcorta, Pinedo, Liberti, Vespucio Palermo 14 17.100,00

Norte Plaza Fray Mocho Fiegueroa Alcorta, Bunge, Bello, de los Ombúes Palermo 14 27.620,00

Norte Plaza Güemes Salguero, Mansilla, Charcas y Medrano Palermo 14 3.900,00

Norte Plaza Holanda Iraola, Infanta Isabel, Montt y Libertador Palermo 14 51.900,00

Norte Plaza Int. Francisco Seeber Sarmiento, Kennedy, Libertador y Colombia Palermo 14 57.600,00

Norte Plaza Intendente Casares Santa Fé, República Araba Siria, Jardín Botánico Palermo 14 9.285,00

Norte Plaza Italia Santa Fé, Las Heras, Serrano y Thames Palermo 14 7.693,00

Norte Plaza José María Alferez Sobral Palermo 14 7.100,00

Norte Plaza Juan Facundo Quiroga Palermo 14 71.100,00

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 291

Page 292: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

Norte Plaza Martín de Alzaga Kennedy, Cerviño y Colombia Palermo 14 8.960,00

Norte Plaza Palermo Viejo Malabia, Costa Rica, Armenia, Nicaragua Palermo 14 10.890,00

Norte Plaza Puerto Argentino Palermo 14 3.215,00

ZONA Denominacion Nombre Dirección Barrio Comuna Superficie

Norte Plaza Ramón Gonzalez Fernandez Sarmiento, Iraola, Libertador Palermo 14 33.911,00

Norte Plaza República de Bolivia Libertador, Olleros, Lisandro de la Torre, federico Lacroze Palermo 14 12.300,00

Norte Plaza República de Haití Freire, Dorrego, Figueroa Alcorta, FCGBM Palermo 14 21.470,00

Norte Plaza República del Ecuador Figueroa Alcorta y Dorrego Palermo 14 43.940,00

Norte Plaza República Islámica de Iran Figueroa Alcorta, Sarmiento, Berro y Casares Palermo 14 20.617,00

Norte Plaza Sicilia Libertador, Sarmiento, Berro y Casares Palermo 14 130.000,00

Norte Plaza Unidad Latinoamericana Medrano, El Salvador, Costa Rica, Acuña de Figueroa, Palermo 14 11.425,00

Norte Plaza A. Zinny Gorriti y Gascón 14

Norte Plaza Guacurari Artigas, Andrés Libertador, Infanta Isabel, Freyre, Vías del FCGSM Belgrano 14 8.808,00

Norte Plazoleta QuirogaInfanta Isabel, Freyre, Vías del FCGSM, Figueroa Alcorta, Sarmiento, Iraola Palermo 14 71.100,00

Norte Plazoleta Cortazar Serrano y Honduras Palermo 14 985,00

Norte Plazoleta Falucho Santa Fé, Fitz Roy, Luis M. Campos, Dresco Palermo 14 1.015,00

Norte Plazoleta Sin denominación Santa Fé y Carranza 14

Norte Plazoleta Sin denominación A. Thomas y S. Dumont 14

Norte Plazoleta Alfaro, eloy Libertador, Migueletes y Teodoro García Palermo 14 500,00

Norte plazoleta Bardi, Agustín Figueroa Alcorta y La Pampa Palermo 14 1.310,00

Norte Plazoleta Bernaldo de Quiros, Cesáreo Casares, Figueroa Alcorta y Gelly Palermo 14 1.184,00

Norte Plazoleta Castex, Mariano Las Heras, Cnel. Díaz y Melo Palermo 14 223,00

Norte Plazoleta César tiempo Hernandez, Vertiz y Virrey del Pino Belgrano 14

Norte Plazoleta Cirigliano, Severino Forest, Olleros y Guevara Chacarita 14 86,00

ZONA Denominacion Nombre Dirección Barrio Comuna Superficie

G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

“2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

Norte Plazoleta Cobian, Juan Carlos Tedín, San Martín de Tours, Ortíz de Ocampo Palermo 14 369,00

Norte Plazoleta Colonia Esperanza Córdoba y Lacroze Chacarita 14 250,00

Norte Plazoleta De Riego y Nuñez, rafael O´Higgins, Céspedes y Arcos Palermo 14 688,00

Norte Plazoleta Firpo, Roberto Del Pino, Cramer y El Cano Colegiales 14 31,00

Norte Plazoleta Flores, Celedonio Córdoba y Lacroze Chacarita 14 331,00

Norte Plazoleta Francini, Enrique Lugones y Sarmiento Palermo 14 1.760,00

Norte Plazoleta García Velloso, Enrique Belisario Roldán, Av. Sarmiento, F. Alcorta y Leviller Palermo 14 5.600,00

Norte Plazoleta Iglesias Paz, César Salguero y Seguí Palermo 14 492,00

Norte Plazoleta Luna de Enfrente Gurruchuga y Soler Palermo 14 371,00

Norte Plazoleta Martinez, Enrique Bri. Gral. Don casares, Castex y Gelly Palermo 14 1.889,00

Norte Plazoleta Mercader, Emir Olleros entre Migueletes y Libertador Palermo 14 983,00

Norte Plazoleta Miguel Abuelo Sante Fé, Cabildo y Arévalo Palermo 14 1.720,00

Norte Plazoleta Monte Ararat Charcas, Salguero, República Dominicana y Vidt Palermo 14 1.031,00

Norte Plazoleta Morazan, Francisco Arcos, Arredondo y Loreto Belgrano 14 410,00

Norte Plazoleta Morris, Williams Uriarte, Darregueyra, Soler, Guatemala Palermo 14 430,00

Norte Plazoleta Mosconi, Enrique Libertador, Virrey del Pino, Virrey Loreto, Soldado de la Independencia Belgrano 14 1.100,00

Norte Plazoleta Olivera, Eduardo Libertador, Virrey del Pino, Luis M. Campos Belgrano 14 1.375,00

Norte Plazoleta Oribe, Manuel Brig. Gral. Don La Pampa, Rafael Obligado y Costanera Palermo 14

Norte Plazoleta Padilla, Ernesto Elcano, Martinez y Aviles Colegiales 14 341,00

Norte Plazoleta Paez, José Antonio Libertador, Kennedy, Montt, Iraola Palermo 14 16.302,00

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 292

Page 293: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

ZONA Denominacion Nombre Dirección Barrio Comuna Superficie

Norte Plazoleta Portugal Elcano, Aviles, Cramer, Del Pino, Vías del FCBM Colegiales 14 3.175,00

Norte Plazoleta República de Croacia Valentín Alsina entre los Ombues y Olleros Palermo 14

Norte Plazoleta Rizzuto, Francisco Antonio Olleros entre Soldado dela Independencia y Migueletes Palermo 14 985,00

Norte Plazoleta Sanchez, Florencio Alsina, Figueroa Alcorta, Mendez Palermo 14 50.740,00

Norte Plazoleta Virreinato del Río de la Plata Libertador e Iraola Palermo 14 635,00

Norte Plazoleta Wysocki, Jordan Fiegueroa Alcorta, Agustín Mendez y Pinedo Palermo 14 16.800,00

Norte Plazoleta Xuarez, Gaspar Libertador, Soldado de la Independencia y Virrey Loreto Belgrano 14 1.343,00

Norte Plazoleta Zinny, Antonio Gorriti y Gascón Palermo 14 383,00

Norte Plazoleta sin denominación Jufre, Darwin, Córdoba, Juan B Justo Palermo 14 124,00

Norte Plazoleta sin denominación Matienzo y Zapiola Colegiales 14 777,00

Norte Plazoleta sin denominación Zarraga y Superí Colegiales 14 97,00

Norte Plazoleta sin denominación Aviso Ara, Sobral Alferez (propuesta) Libertador, José Hernández y Virrey del pino Belgrano 14 319,00

Norte Plazoleta sin denominación Concepción Arenal y Conesa Colegiales 14 527,00

Norte Plazoleta sin denominación Concepción Arenal, Cramer, CEAMSe Colegiales 14

norte Plazoleta sin denominación Cramer y Santos Dumont Colegiales 14 2.271,00

Norte Plazoleta sin denominación Libertador y Sarmiento Palermo 14

ZONA Denominacion Nombre Dirección Barrio Comuna Superficie

norte Vereda Exposición Rural Av. Sarmiento y Santa Fé Palermo 14

Norte Libertador y Sarmiento Palermo 14

Norte Cantero Central Avenida Parque García del Río García del Río entre Amenabar y Pinto Saavedra 12 y 13 15.385,00

G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

“2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

SUR

ZONA Denominacion Nombre Dirección Barrio Comuna Superficie

sur Cantero Central Onelli, Clemente Amancio Alcorta entre Perito Moreno y Bonavena Nueva Pompeya 4 1.215,00

sur

Cantero Centralsindenominación Amancio Alcorta, Beazley, Taborda Nueva Pompeya 4 741,00

sur

Cantero Centralsindenominación Amancio Alcorta, Beazley, Cachi Nueva Pompeya 4 1.802,00

sur

Cantero Centralsindenominación Amancio Alcorta, Einstein, Cachi Nueva Pompeya 4 2.011,00

sur

Cantero Centralsindenominación Amancio Alcorta entre Falucho y Romero Nueva Pompeya 4 1.798,00

sur

Cantero Centralsindenominación Amancio Alcorta entre Magnaud y Bonavena Nueva Pompeya 4 881,00

sur

Cantero Centralsindenominación Amancio Alcorta entre Ochoa y Einstein Nueva Pompeya 4 3.764,00

sur

Cantero Centralsindenominación Amancio Alcorta entre Ochoa y Romero Nueva Pompeya 4 2.793,00

sur

Cantero Centralsindenominación Amancio Alcorta entre Saenz y Bonavena Nueva Pompeya 4

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 293

Page 294: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

ZONA Denominacion Nombre Dirección Barrio Comuna Superficie

sur

Cantero Centralsindenominación Amancio Alcorta entre Saenz y Falucho Nueva Pompeya 4 2.543,00

sur

Cantero Centralsindenominación Amancio Alcorta entre Taborda y Pepiri Nueva Pompeya 4 2.238,00

sur

Cantero Centralsindenominación

Dellepiane entre Saladillo, Río Negro y Cañada de Gomez Villa Lugano 4 40.333,00

sur Jardines Cirullo de Carnaghi, Rosa Alberti subida Au 25 de Mayo San Cristóbal 4 175,00

surJardines sin denominación Catamarca y AU 25 de Mayo San Cristóbal 4 150,00

Sur Parque Florentino Ameghino Caseros, Uspallata, Monaterio, Santa Cruz Parque Patricios 4 46.722,00

Sur Parque José E. Uriburu Parque Patricios 4 35.560,00

Sur Parque Patricios Caseros, Uspallata, Monteagudo, Almafuerte Parque Patricios 4 154.608,00

sur Parque Uriburu Almafuerte, Los Patos, Pepiri, Chutro Parque Patricios 4 35.560,00

sur Parque Pereyra Alvarado, Río Cuarto, Av. V. Sarsfield Barracas 4

sur Parque Ameghino Av. Caseros, Santa Cruz y Uspallata 4

sur Patio Porteño Yankelevich Barracas 4 961,35

surPatios Recreativos Vara de Anguita, Matilde Sarandía, Bajada Au 25 de Mayo, Rincón San Cristóbal 4 1.200,00

sur Plaza Nueva Pompeya Saenz, Traful, Ochoa Nueva Pompeya 4 2.837,00

sur Plaza Obispo Angelelli Erezcano, Ferré, Beron de Astrada, Matanza Nueva Pompeya 4 10.740,00

sur Plaza José C Paz Taborda, Cortejanera, Pepiri, José C Paz Parque Patricios 4 18.230,00

ZONA Denominacion Nombre Dirección Barrio Comuna Superficie

sur Plaza La Vuelta de Obligado Juan de Garay, Combate de los Pozos, Pichincha y Brasil Parque Patricios 4 97.800,00

sur Plaza Nicaragua Pepirí, José C Paz y Elía Parque Patricios 4 7.560,00

sur Plaza Barbieri Los Patos,. Luna, Montesquieu, Chutro Parque Patricios 4 12.000,00

sur Plaza España Av. Caseros, Baigorri, Av. A. Alcorta 4

G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

“2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

sur Plaza Almirante Brown Irala, California, Salvadores La Boca 4

surPlaza futura sin denominación

Garay 3242 al 3266 entre 24 de noviembre de 1679 y Sanchez de Loria Parque Patricios 4

sur Plaza sin denom Paseo del Riachuelo Romero, Beruti y Riachuelo Nueva Pompeya 4 4.900,00

sur Plaza sin denom sin denominacion Parque Patricios 4 12.000,00

sur Plaza sin denom sin denominacion Au 25 de Mayo entre Alberti y Cochabamba San Cristóbal 4

sur Plazoleta Miguel de Unamuno Morris, Ponce, Unamuno, Coni Barracas 4 2.858,00

sur Plazoleta López Torres Parque Patricios 4 928,00

sur Plazoleta Aietta de Gullo, Angela Jener, Entre Ríos y Combate de los Pozos San Cristóbal 4 1.168,00

sur Plazoleta Aviles de Elizalde, Elias Cochabamba, entre Pasco y Pichincha San Cristóbal 4 1.140,00

sur Plazoleta Ballestrino de Careaga, Esther Alberti 1323 San Cristóbal 4

sur Plazoleta Centeya, Julián Zavaleta, Arriola, Uspallata Parque Patricios 4 131,00

sur Plazoleta Ciudad de Lakewood Amancio Alcorta, Monteagudo y Ancaste Nueva Pompeya 4 165,00

sur Plazoleta De las Madres Garay, Combate de los Pozos y Entre Ríos San Cristóbal 4 114,00

sur Plazoleta Don Orione Traful, Padre Contardi y Taborda Nueva Pompeya 4 1.875,00

sur Plazoleta De Unamuno, Miguel Moni, Pone, de Unamuno, Coni Barracas 4 2.858,00

sur Plazoleta Escuela La Banderita Alcorta, Pepirí y Magnaud Nueva Pompeya 4 1.040,00

sur Plazoleta Ricardo Finocchieto Luna, San Francisco y Damianovich Barracas 4 1.105,00

ZONA Denominacion Nombre Dirección Barrio Comuna Superficie

sur Plazoleta Gastiazoro de Bontes, ramona Cochabamba emtre pichincha y Matheu San Cristóbal 4 1.550,00

sur Plazoleta Giacobini, Genaro Uspallata, Periri, Atuel Parque Patricios 4 3.032,00

sur Plazoleta Keller, Helen Gramajo Gutierrez, Cachi, Lynch, Einstein Nueva Pompeya 4 2.716,00

sur Plazoleta Lopez Torres, Francisco Miriñay, Mocoretá, Guayquiraro Parque Patricios 4 928,00

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 294

Page 295: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

sur Plazoleta Maffioli, Juan Uspallata, Guaraní, Puna Parque Patricios 4 55,00

sur Plazoleta Magaldi, Agustín Arata entre Iriarte y Río Cuarto Barracas 4 3.462,00

sur Plazoleta Masantonio, Herminio Zavaleta, Amancio Alcorta, Vías del FCGB Parque Patricios 4 3.806,00

sur Plazoleta Ponce de Bianco, Miara Sarandí, Combate de los Pozos y Jenner San Cristóbal 4

sur Plazoleta Pringles Caseros, Monteagudo, Patagones Parque Patricios 4 2.263,00

sur Plazoleta Rabinovich de Levenson, Elsa Sarandí, Au 25 de Mayo, Rincón San Cristóbal 4 1.200,00

sur Plazoleta Rivas, Alfredo Chiclana, Luca y Pavón San Cristóbal 4 282,00

sur Plazoleta A. Illia Av. Centenera y Av. Cruz 4

surPlazoleta sin denominación Av. Saenz, del Tigre y Guaraní Nueva Pompeya 4 327,00

surPlazoleta sin denominación Suarez y Mirave Parque Patricios 4 107,00

surPlazoleta sin denominación Traful, Pepiri, Taborda Nueva Pompeya 4 346,00

surPlazoleta sin denominación Uspallata, Atuel, Iguazú Parque Patricios 4 1.019,00

surPlazoleta sin denominación Uspallata, Monteagudo, Iguazú Parque Patricios 4 4.312,00

surPlazoleta sin denominación Uspallata y Pepirí Parque Patricios 4 1.881,00

surPlazoleta sin denominación Rivera, Mom, Cantenera 4

ZONA Denominacion Nombre Dirección Barrio Comuna Superficie

surPlazoleta sin denominación

Amancio Alcorta, Ancaste, Monteagudo, Vias FCGB Nueva Pompeya 4 1.815,00

Sur Bulevar Venancio Flores Venancio Flores y Cuenca Floresta 7 3.343,00

sur

Cantero Centralsindenominación Carrica, Irma

San Juan Baustista de La Salle entre Eva Perón y Recuerdos de Provincia

Parque Avellaneda y Mataderos 7 8.203,00

sur

Cantero Centralsindenominación Bilbao entre LA Fuente y San Pedrito Flores 7 906,00

sur

Cantero Centralsindenominación Bilbao entre Azul y Laguna Parque Avellaneda 7 906,00

G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

“2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

sur

Cantero Centralsindenominación Bilbao entre Culpina y Lafuente Flores 7 906,00

sur

Cantero Centralsindenominación Bilbao entre Portela y Pergamino Parque Avellaneda 7 906,00

sur

Cantero Centralsindenominación Bilbao entre Quirno y Martí Flores 7 906,00

sur

Cantero Centralsindenominación Bilbao entre San Pedrito y Quirno Flores 7 906,00

sur

Cantero Centralsindenominación Bilbao entre Varela y Culpino Flores 7 906,00

sur

Cantero Centralsindenominación Bilbao entre Varela y Laguna Flores y Parque Avellaneda 7

ZONA Denominacion Nombre Dirección Barrio Comuna Superficie

sur

Cantero Centralsindenominación

San Juan Bautista de la Salle entre Escalada y Eva Perón

Parque Avellaneda y Mataderos 7 8.203,00

surDistribuidores de Tránsito Perlotti, Luis Neuquén y Mendez de Andes Caballito 7 86,00

surJardines sin denominación Flores, Carrasco y Gualeguaychú Velez Sarsfield 7 4.907,00

surJardines sin denominación Pasaje s/d, entre Bermudez y Lacarra Parque Avellaneda 7 720,00

surJardines sin denominación Pasaje s/d, entre Bermudez y Fernández Parque Avellaneda 7 500,00

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 295

Page 296: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

surJardines sin denominación Pasaje s/d, entre Gaitán y Fernández Parque Avellaneda 7 480,00

surJardines sin denominación

Recuero Casimiro, Au 25 de mayo, Rivera Indarte Flores 7 95,00

surJardines sin denominación Rodrigiez Ignacio entre Varela y Pedernera Flores 7 500,00

Sur Parque Avellaneda Directorio, Lacarra, Monte, Au 6, Ameghino Florentino Parque Avellaneda 7 282.500,00

Sur Parque ChacabucoEva Perón, Curapaligue, Av. Asamblea, Emilio Mitre Parque Chacabuco 7 170.359,00

sur Patio De los Lecheros Donato Alvarez y Bacacay Flores 7

sur Patio Castañares y Bonorino Flores 7

sur Patio Zuviría y Centenera Flores 7

sur Patio Porteño Fray Cayetano y Vías del FC Sarmiento Flores 7 243,00

sur Patio Porteño Lautaro 860 Lautaro 860 Flores 7 1.200,00

sur Patio Porteño Donato Alvarez Donato Alvarez 136 Flores 7 481,00

G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

“2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

ZONA Denominacion Nombre Dirección Barrio Comuna Superficie

sur

Patios Recreativos sin denominación La Victoria Gaona y Gualeguaychú Floresta 7 1.500,00

sur Plaza Aramburu Avellaneda, Bogotá, Calcena, Donato Alvarez Flores 7 17.396,00

sur Plaza de la Misericordia Directorio, Lautaro, Bilbao, Camacua Flores 7 10.659,00

sur Plaza de los Periodistas Neuquén, Nazca, Paez y Terrada Flores 7 15.200,00

sur Plaza de los Virreyes Lafuente y Eva Perón Flores 7 16.150,00

sur Plaza Don Segundo Sombra Santander, Castillo, Aroma, Rodriguez Alonso Flores 7 2.220,00

sur Plaza Pueyrredón Rivadavia, Artigas, Yerbal, Fray Cayetano Rodriguez Flores 7 15.713,00

sur Plaza Domingo Olivera Remedios, Mozart, Tandil, Moreto Parque Avellaneda 7 9.500,00

sur Plaza Latinoamericana Profeta de La Pampa, Padre Montes Carballo, San Juan Baustista de La Salle Parque Avellaneda 7 1.621,00

sur Plaza Balbín, Ricardo Janner, Torres y Tenorio Flores 7

sur Plaza A. de Saint Exupery Zuviría 120 Flores 7

sur Plaza sin denom sin denominacion Directorio, Olivera, Rodó y Fernández Parque Avellaneda 7 2.262,00

sur Plaza sin denom sin denominacion Parque Chacabuco 7 3.780,00

sur Plaza sin denom sin denominación Eva Perón, Curapaligue, Fernández Moreno, Dávila Parque Chacabuco 7 33.745,00

sur Plazoleta Vicente Bellini Av. Rivadavia, White y Medina Villa Luro 7 820,00

sur Plazoleta Sin denominación Yerbal, Calderón de la Barca y Au 6 7

sur Plazoleta Carlos Gardel Alberdi, Castro y Au 6 7

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 296

Page 297: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

sur Plazoleta 11 de noviembre de 1859 Directorio, Varela, Tandil e Italia Flores 7 4.064,00

ZONA Denominacion Nombre Dirección Barrio Comuna Superficie

sur Plazoleta Brumana, Herminia Bilbao, Membrillay y Cipolletti Flores 7 500,00

sur Plazoleta Corsini, Ignacio Mozart, Bragado, Tapalqué y Pitágoras Parque Avellaneda 7 392,00

sur Plazoleta Fontova, León Mozart, Falcón y Medina Velez Sarsfield 7 333,00

sur Plazoleta Gardel, Carlos Emilio Castro, Mozart, Au 6 Parque Avellaneda 7 263,00

sur Plazoleta Gutierrez, Avelino Emilio Mitre y Eva Perón Parque Chacabuco 7 800,00

sur Plazoleta Hermanas Alice Domon y Leonie Duquet Moreto, Medina y Cajaraville Villa Luro 7 268,00

sur Plazoleta Los Amigos Homero, Falcón y AU 25 de Mayo Villa Luro 7 1.192,00

sur Plazoleta Millán, Antonio Bilbao, Castañon y Lafuente Flores 7 960,00

sur Plazoleta Nelson, Ernesto Juan B Justo entre Corro, Canónigo y Victor Hugo Villa Luro 7 7.055,00

sur Plazoleta Del Kiosho de la Floresta Bahía Blanca, Flores y Chilecito Floresta 7 345,00

sur Plazoleta Rincón Verde Kasu Mapún Lafuente y Eva Perón Flores 7 420,00

sur Plazoleta Romero, José Luis Fernández Moreno y Puán Parque Chacabuco 7 228,00

sur Plazoleta Sin denominación Rivera Indarte y Balbastro Flores 7

surPlazoleta sin denominación Lacarra, Eva Perón, María Remedios del Valle Parque Avellaneda 7 751,00

surPlazoleta sin denominación Moreno, Cagliari, Monte y María R del Valle Parque Avellaneda 7 980,00

surPlazoleta sin denominación Moreno, Cajaravilla y White Villa Luro 7 691,00

surPlazoleta sin denominación Moreno, Zinny, Monte y Briux Parque Avellaneda 7 688,00

surPlazoleta sin denominación Moreto, Directorio, Moreno y Olivera Parque Avellaneda 7 121,00

G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

“2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

ZONA Denominacion Nombre Dirección Barrio Comuna Superficie

surPlazoleta sin denominación Av. Olivera, Monte y Homero Parque Avellaneda 7 161,00

surPlazoleta sin denominación Pedernera y Au 25 de Mayo Flores 7 500,00

surPlazoleta sin denominación Eva Perón y Lafuente Flores 7 530,00

surPlazoleta sin denominación Primera Junta y Lafuente Flores 7 550,00

surPlazoleta sin denominación

Primera Junta, Wgite y Sab Juan Bautista de La Salle Parque Avellaneda 7 133,00

surPlazoleta sin denominación Quirno y Av. Lafuente Flores 7 300,00

surPlazoleta sin denominación Rivadavia y Au 25 de Mayo Villa Luro 7 512,00

surPlazoleta sin denominación Rivadavia, Cervantes y Au 25 de Mayo Villa Luro 7 1.200,00

surPlazoleta sin denominación rodo, José Enrique y Fernández Parque Avellaneda 7 175,00

surPlazoleta sin denominación

Av. San Pedrito, Av. Eva Perón, Lafuente, Primera Junta Flores 7 7.000,00

surPlazoleta sin denominación

Sarachaga, Miguel Corro y Calderón de la Barca Velez Sarsfield 7 210,00

surPlazoleta sin denominación

Yerbal, Calderón de la Barca y Au Perito Moreno Villa Luro 7 421,00

surPlazoleta sin denominación Castañares y Bonorino Flores 7

surPlazoleta sin denominación Del Buen Vecino (propuesta) Pumacahua, Recuero, Au 25 de Mayo Parque Chacabuco 7 518,00

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 297

Page 298: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

ZONA Denominacion Nombre Dirección Barrio Comuna Superficie

surPlazoleta sin denominación Juan B Alberdi, Escalada, Briux Parque Avellaneda 7 185,00

surPlazoleta sin denominación Au 25 de Mayo, Lautaro, Recuero y Casimiro Flores 7 500,00

surPlazoleta sin denominación Bonorino, Au 25 de Mayo y Camacua Flores 7 400,00

surPlazoleta sin denominación Calderón de la Barca, Au 6 Villa Luro 7 220,00

surPlazoleta sin denominación Castro Emilio, Escalada y Leopardi Mataderos 7 558,00

surPlazoleta sin denominación Condarco, Avellaneda y Polideportivo Flores 7

surPlazoleta sin denominación Curapaligue, Av. Eva Perón Parque Chacabuco 7 82,00

surPlazoleta sin denominación Moreno, Rafaela y White Villa Luro 7 333,00

sur Perito Moreno, Cajaravilla, White Villa Luro 7 691,00

sur Perito Moreno, Rafaela y White Villa Luro 7 333,00

sur Barrio Simón Bolivar Eva Perón y Curapaligue Flores 7

sur Cantero Central Av. Rabanal y Pedernera 8

sur Cantero Central Av. Rabanal y Av. San Pedrito 8

sur

Cantero Centralsindenominación Asturias, Dellepiane y Santander Parque Avellaneda 8 2.207,00

sur

Cantero Centralsindenominación Asturias, Dellepiane y Santiago de Compostela Parque Avellaneda 8

ZONA Denominacion Nombre Dirección Barrio Comuna Superficie

sur

Cantero Centralsindenominación Asturias, Santander y Santiago de Compostela Parque Avellaneda 8 2.207,00

sur

Cantero Centralsindenominación Cafayate entre Fernández de la Cruz y Berón Villa Lugano 8 2.351,00

G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

“2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

sur

Cantero Centralsindenominación

Dellepiane entre Antártida Argentina y Larrazabal Villa Lugano 8 40.333,00

sur

Cantero Centralsindenominación

Dellepiane entre Escalada y San Juan Baustista de La Salle Parque Avellaneda 8 40.333,00

sur

Cantero Centralsindenominación Dellepiane entre Lacarra y Mariano Acosta Flores 8 40.333,00

sur

Cantero Centralsindenominación Dellepiane entre Larrazabal y Escalada Villa Lugano 8 40.333,00

sur

Cantero Centralsindenominación Dellepiane entre Murgiondo y Av. Antártida Villa Lugano 8 40.333,00

sur

Cantero Centralsindenominación

Dellepiane entre Murgiondo, Río Negro y Cañada de Gomez Villa Lugano 8 40.333,00

sur

Cantero Centralsindenominación

Dellepiane entre San Juan Bautista de La Salle y Lacarra Parque Avellaneda 8 40.333,00

sur

Cantero Centralsindenominación Escalada entre 27 de febrero y Roca Villa Soldati y Villa Riachuelo 8 8.754,00

ZONA Denominacion Nombre Dirección Barrio Comuna Superficie

sur

Cantero Centralsindenominación

Escalada entre 27 de febrero y Roca y Fernandez de la Cruz y Dellepiane

Villa Soldati y Parque Avellaneda 8

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 298

Page 299: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

sur

Cantero Centralsindenominación Escalada entre Castañares y Saraza Villa Soldati y Villa Riachuelo 8 8.754,00

sur

Cantero Centralsindenominación Escalada entre Fernández de la Cruz y Batlle Villa Soldati y Villa Riachuelo 8 8.754,00

sur

Cantero Centralsindenominación Escalada entre Saraza y Dellepiane Villa Soldati y Villa Riachuelo 8 8.754,00

sur

Cantero Centralsindenominación Escalada entre Fernández de la Cruz y Roca Villa Soldati 8 4.700,00

sur

Cantero Centralsindenominación Fernández de la Cruz y Escalada Villa Lugano y Villa Soldati 8 7.620,00

sur

Cantero Centralsindenominación

Fernández de la Cruz entre Cafayate y Lisandro de la Torre Villa Lugano 8 1.800,00

sur

Cantero Centralsindenominación Fernández de la Cruz entre Larrazabal y Oliden Villa Lugano 8 2.400,00

sur

Cantero Centralsindenominación

Fernández de la Cruz entre Perito Murgiondo y Cafayate Villa Lugano 8 1.500,00

sur

Cantero Centralsindenominación Fernández de la Cruz entre Murgiondo y Oliden Villa Lugano 8 950,00

ZONA Denominacion Nombre Dirección Barrio Comuna Superficie

sur

Cantero Centralsindenominación Fernández de la Cruz entre Escalada y Larraya Villa Lugano 8 11.985,00

sur

Cantero Centralsindenominación

Fernández de la Cruz entre Martinez y Escalada Villa Soldati 8 93.865,00

sur

Cantero Centralsindenominación Larrazabal entre Roca y Fernández de la Cruz Villa Lugano 8 9.930,00

G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

“2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

sur

Cantero Centralsindenominación Riestra entre de la Torre y Gordillo Villa Lugano 8 521,00

sur

Cantero Centralsindenominación Riestra entre Gordillo y Cañana de Gomez Villa Lugano 8 521,00

sur

Cantero Centralsindenominación Riestra entre Hudson y Lisandro de la Torre Villa Lugano 8 521,00

sur

Cantero Centralsindenominación Riestra entre Larrayá y Cañada de Gomez Villa Lugano 8

sur

Cantero Centralsindenominación Riestra entre Larrayá y Larrazabal Villa Lugano 8 521,00

sur

Cantero Centralsindenominación Riestra entre Larrazabal y Oliden Villa Lugano 8 521,00

sur

Cantero Centralsindenominación Riestra entre Murgiondo y Leguizamón Villa Lugano 8 521,00

ZONA Denominacion Nombre Dirección Barrio Comuna Superficie

sur

Cantero Centralsindenominación Riestra entre Oliden y Murgiondo Villa Lugano 8 521,00

sur

Cantero Centralsindenominación Riestra entre Rucci y Hudson Villa Lugano 8 521,00

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 299

Page 300: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

sur

Cantero Centralsindenominación Roca entre Mariano Acosta y Gral. Paz Villa Soldati y Villa Lugano 8 65.065,00

sur

Cantero Centralsindenominación Roca entre Mariano Acosta y Pergamino

Nueva Pompeya y Villa Soldati 8 1.490,00

sur

Cantero Centralsindenominación

San Juan Bautista de la Salle entre Dellepiane yEva Perón

Parque Avellaneda y Mataderos 8 4.102,00

sur

Cantero Centralsindenominación

Santiago de Compostela entre Ameghino y Asturias Parque Avellaneda 8 579,00

sur

Cantero Centralsindenominación Santiago de Compostela entre Zinny y Asturias Parque Avellaneda 8 579,00

sur

Cantero Centralsindenominación

Santiago de Compostela entre Av. Fernández y Lacarra Parque Avellaneda 8 579,00

sur

Cantero Centralsindenominación

Santiago de Compostela entre Mozart y Ameghino Parque Avellaneda 8 579,00

sur

Cantero Centralsindenominación

Santiago de Compostela entre Zinny y Fernandez Parque Avellaneda 8 579,00

ZONA Denominacion Nombre Dirección Barrio Comuna Superficie

sur Parque de las Victorias Larrazabal, Fernández de la Cruz, Roca, Escalada Villa Lugano 8 47.500,00

sur Parque Indoam Paseo de los Derechos Humanos Lacarra, Escalada, Castañares, Av. Cruz Villa Soldati 8 100.000,00

sur Parque Almirante Brown

Colonia Autódromo: Paz, Gral Roca, Av. Escalada, Av. 27 de febrero, Perito Moreno, Av. Vedia, Av. F. de la Cruz, Castañon, Barros Pazos Diferentes Barrios 8

sur Parque Indoamericano Paseo de las Malvinas Lacarra, Escalada, Castañares, Av. Cruz Villa Soldati 8 100.000,00

sur Patio Sin denominación Aut. Dellepiane y Cafayate 8

sur Patio Sin denominación Lacarra y Barros Pazos 8

sur Plaza José Martí Zuviría, Levalle, Alvarez Crisóstomo, Acosta, Au 6 Flores 8 5.065,00

G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

“2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

sur Plaza Calabria escalada, Castañares, Saraza Parque Avellaneda 8 9.200,00

sur Plaza Ing. Estevez Dellepiane, Lacarra, Alvarez, Fernández Parque Avellaneda 8 15.424,00

sur Plaza Granada, Nicolás Aut. Dellepiane y Oliden Villa Lugano 8 13.594,00

sur Plaza Unidad Nacional Murgiondo, Cafayate, Gallo, Vías del FCGB Villa Lugano 8 5.720,00

sur Plaza Sudamérica Av. Cruz, Guaminí y Piedrabuena Villa Riachuelo 8 12.600,00

sur Plaza De las Escuelas Av. Larrazabal y Descalzi Villa Soldati 8 80,00

sur Plaza Di Pascuale, Jorge Lacarra, Dellepiane, Au 6, Eva Perón Parque Avellaneda 8

sur Plaza Glorias del Automovilismo Argentino Gral Paz, Ferré, Saladillo y Roca Villa Riachuelo 8 7.688,00

sur Plaza de los Viveros Av. Roca, Ferré, T. Gordillo y L. de la Torre Villa Riachuelo 8 6.127,00

sur Plaza De los Vecinos Av. Piedrabuena y Saraza 8

sur Plaza sin denom sin denominacion Homero, Alvarez, Saravia, Casco Parque Avellaneda 8 3.951,00

sur Plaza sin denom sin denominacion Parque Avellaneda 8

ZONA Denominacion Nombre Dirección Barrio Comuna Superficie

sur Plaza sin denom sin denominacion Villa Riachuelo 8 7.688,00

sur Plazas Futuras Democracia Av. Roca y L. de la Torre Villa Lugano 8 5.200,00

sur Plazoleta Bernardo Delom Saraza, Managua, Desimone y Matteoti 8 1.900,00

sur Plazoleta de los Milagros C. Alvarez, Santander, Pje. Hicken y Guiraldes 8 1.934,00

sur Plazoleta Prefectura Naval Argentina Frag. 25 de mayo, Cañonera América, Balcarce Villa Lugano 8 1.710,00

sur Plazoleta Emilio Troncoso Larrazabal, Pje. Hicken, Hermite Villa Lugano 8 3.640,00

sur Plazoleta José Soldati Pedernera y Mendez 8

sur Plazoleta Aeronáutica Argentina Av. Cruz y Larraya Villa Lugano 8 3.988,00

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 300

Page 301: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

sur Plazoleta Caras y Caretas Goleta Fortuna, Corbeta Belfast, Goleta Juliet Villa Lugano 8 786,00

sur Plazoleta Carrillo Gómez, Manuel Argentina, Zaraza, Leguizamón, Villa Lugano 8 110,00

sur Plazoleta Chukri, Ismael Riestra entre Cafayate y Rucci Villa Lugano 8 521,00

sur Plazoleta Ciudad de Guadix Argentina, Suarez, de la Roza Villa Lugano 8 3.200,00

sur Plazoleta Cueli, Pedro Agustín Av. Argentina, Somellera, Pola Villa Lugano 8 170,00

sur Plazoleta Delom, Bernardo Managua, De Simone, Matteoti, Villa de Masnou Villa Lugano 8 1.900,00

sur Plazoleta Divito, Guillermo Argentina, Suarez e Ibañez Villa Lugano 8 525,00

sur Plazoleta Oddone, Jacinto Derqui, Echeanda y Zinny Parque Avellaneda 8 229,00

sur Plazoleta Rega Molina, Horacio Fonrouge, De la Roza, Eva Perón Villa Lugano 8 404,00

sur Plazoleta Saavedra, Mariano Argentina, Corvalan y Sayos Villa Lugano 8 1.490,00

sur Plazoleta Skanderberg Alvarez, Santander, Hicken y Guiraldes Villa Lugano 8 1.934,00

surPlazoleta sin denominación Lacarra, Derqui Parque Avellaneda 8

ZONA Denominacion Nombre Dirección Barrio Comuna Superficie

surPlazoleta sin denominación Lacarra entre Triana y Roca Villa Soldati 8

surPlazoleta sin denominación

Santander, Asturias, Santiago de Compostela y Mozart Parque Avellaneda 8 6.197,00

surPlazoleta sin denominación Valparaiso y Maracaibo Villa Soldati 8 1.300,00

surPlazoleta sin denominación Argentina, Dellepiame y Zelarrayan Villa Lugano 8 141,00

surPlazoleta sin denominación Argentina y Zelarrayan Villa Lugano 8 1.570,00

surPlazoleta sin denominación Luis Dellepiane, Lilalla, Saraza, Mar Argentino Villa Lugano 8 285,00

sur Los Piletones Lacarra y Asturias EN OBRA 8

sur Estación Villa Soldati Lafuente y C. Morales 8

sur Dellepiane, Miralla, Saraza, Mar Argentino Villa Lugano 8 285,00

sur Cantero Central Acosta, Emar Diputada Eugenio Garzón entre Larrazabal y Murgiondo Mataderos 9 1.000,00

sur Cantero Central la Casa del Angel Ramón Falcón entre Araujo y Basualdo Villa Luro 9 535,00

G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

“2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

sur Cantero Central La Guerra Gaucha Ramón Falcón entre Araujo y Corvalan Villa Luro 9 535,00

sur Cantero Central La Historia Oficial Ramón Falcón entre Guardia Nacional y Escalada Villa Luro 9 535,00

sur Cantero Central La Patagonia Rebelde Ramón Falcón entre Basualdo y Guardia Nacional Villa Luro 9 1.303,00

sur Cantero Central Paseo del Cine Ramón Falcón entre Albariños y Escalada Villa Luro 9

sur Cantero Central Prisioneros de la Tierra Ramón Falcón entre Albariños y Corrvalán Villa Luro 9 535,00

sur

Cantero Centralsindenominación Bucich, Antonio Remedios entre Albariños y Corbalán Mataderos 9 452,00

ZONA Denominacion Nombre Dirección Barrio Comuna Superficie

sur

Cantero Centralsindenominación Cruciani, Julio Remedios entre Pola y Miralla Mataderos 9 438,00

sur

Cantero Centralsindenominación Llanes, Ricardo Remedios entre Corbalan y Araujo Mataderos 9 448,00

sur

Cantero Centralsindenominación Pavlosky, Rosa Remedios entre Miralla y Albariños Mataderos 9 457,00

sur

Cantero Centralsindenominación Garzón entre Albariño y Miralla Mataderos 9 499,00

sur

Cantero Centralsindenominación Garzón entre Araujo y Corbalán Mataderos 9 499,00

sur

Cantero Centralsindenominación Garzón entre Basualdo y Araujo Mataderos 9 499,00

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 301

Page 302: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

sur

Cantero Centralsindenominación Garzón entre Corvalan y Albariño Mataderos 9 499,00

sur

Cantero Centralsindenominación Garzón entre Escalada y Guardia Nacional Mataderos 9 499,00

sur

Cantero Centralsindenominación Garzón entre Escalada y Murgiondo Mataderos 9

sur

Cantero Centralsindenominación Garzón entre Fonrouge y Larraya Mataderos 9 499,00

ZONA Denominacion Nombre Dirección Barrio Comuna Superficie

sur

Cantero Centralsindenominación Garzón entre Guardia Nacional y Basualdo Mataderos 9 499,00

sur

Cantero Centralsindenominación Garzón entre Larraya y Larrazabal Mataderos 9 499,00

sur

Cantero Centralsindenominación Garzón entre Miralla y Pola Mataderos 9 499,00

sur

Cantero Centralsindenominación Garzón entre Pola y Fonrouge Mataderos 9 499,00

sur

Cantero Centralsindenominación Remedios entre Av. Araujo y Basualdo Mataderos 9 408,00

sur

Cantero Centralsindenominación Remedios entre Fonrouge y Pola Mataderos 9 408,00

sur

Cantero Centralsindenominación Remedios entre Laquena y Larraya Mataderos 9 408,00

sur

Cantero Centralsindenominación Remedios entre Larrayá y Fonrouge Mataderos 9 408,00

G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

“2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

sur

Cantero Centralsindenominación Remedios entre Larrzabal y La quena Mataderos 9 408,00

sur

Cantero Centralsindenominación Remedios entre Murgiondo y Basualdo Mataderos 9

ZONA Denominacion Nombre Dirección Barrio Comuna Superficie

sur

Cantero Centralsindenominación Remedios entre Murgiondo y Oliden Mataderos 9 408,00

sur

Cantero Centralsindenominación Remedios entre Oliden y Pieres Mataderos 9 408,00

sur

Cantero Centralsindenominación Remedios entre Pieres y larrazabal Mataderos 9 408,00

sur

Cantero Centralsindenominación

San Juan Bautista de la Salle entre Escalada y Remedios

Parque Avellaneda y Mataderos 9 2.734,00

sur Jardines 18 de diciembre de 1872 - General Paz General Paz, Bosch, Ventura, Tuyutí Liniers 9

Sur Parque Santojanni Sector Madre Ana María Mogas De la Torre, Patrón, Acassuso, Liniers 9 11.121,00

Sur Parque Juan B. Alberdi Directorio, Lisandro de la Torre, Tandil, Marsiniano, Leguizamón Mataderos 9 55.150,00

sur Plaza Sargento Cabral Martinez de Hoz, Suarez y Arce Liniers 9 4.888,00

sur Plaza de los Mataderos De la Torre, Tapalqué, Gordillo y Timoteo Mataderos 9 12.315,00

sur Plaza Henry Dunant Primera Junta, Guardia Nacional, Chamical y Caroya Mataderos 9 6.924,00

sur Plaza Juan F. Salaverry Alberdi, Cafayate, Bragado, Pilar Mataderos 9 7.800,00

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 302

Page 303: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

sur Plaza LeguizamonErcilla, Fragata LA argentina, Guaminí, Schmidel Mataderos 9 7.010,00

sur Plaza Onésimo Leguizamón Ercilla, F. Argentina y Guaminí Mataderos 9 7.010,00

sur Plaza Eduardo Olivera Parque Avellaneda 9 9.500,00

sur Plaza Ejército de los Andes Av. Rivadavia, Corvalán, Falcón y Albariños Villa Luro 9 10.146,00

sur Plaza Ex Hospital Salaberry Av. Juan B. Alberdi y Pilar 9

ZONA Denominacion Nombre Dirección Barrio Comuna Superficie

sur Plazoleta Fernando Ghio Mataderos 9 323,00

sur Plazoleta José Ricardo Calichio Mataderos 9 5.646,00

sur Plazoleta Justo Suárez Villa Lugano 9 961,00

sur Plazoleta Tte Gral Adolfo Arana Rivadavia, Cortina, Irigoyen Villa Luro 9 786,00

sur Plazoleta Calichio, Ricardo Cardenas, Cosquin, Tandil Mataderos 9 100,00

sur Plazoleta Chierico, Santiago Suarez, Humaita, Carreras Liniers 9 223,00

sur Plazoleta Cooperadoras Escolares General Paz, García de Cossio y Caaguazu Liniers 9

sur Plazoleta Di Taranto, Tomás Suarez, Humaita, Luchter Liniers 9 536,00

sur Plazoleta El Resero De la Torre, de los Corrales, Monumento al Resero Mataderos 9 415,00

sur Plazoleta Ghio, Fernando Cardenas, Garzon, Andalgala Mataderos 9 323,00

sur Plazoleta Guanella. Luis Emilio Castro, Leguizamón y Schimidl Mataderos 9 827,00

sur Plazoleta Luna, Pelagio Emilio Castro, Pieres y Pizarro Mataderos 9 128,00

sur Plazoleta Palacios, Alfredo Suarez, Acassusso, Saladillo Mataderos 9 2.500,00

sur Plazoleta Piñero, Norberto Castro, Fragata La Argentina y Montiel Mataderos 9 634,00

sur Plazoleta Puccini, Giacomo Finlandia, Ercilla, Cañada de Gomez, Emilio Castro Mataderos 9 317,00

sur Plazoleta Repetto, Nicolás Fragata Trinidad, Zelada, Fragata Halcón Mataderos 9 2.488,00

sur Plazoleta Saavedra Lamas, Carlos Cardenas, Carhue, Laferrere Mataderos 9 2.171,00

sur Plazoleta Suarez, Justo Cardenas, Directorio, Cosquin Mataderos 9 961,00

sur Plazoleta Superintendencia de Bomberos de la PFA Emilio Castro y Ercilla Liniers 9 250,00

sur Plazoleta Tejeda, Luis De Lasala, Benielli, Cosquin, Aguirre Mataderos 9 1.368,00

G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

“2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

sur Plazoleta Zabala, Rómulo Fragata Hércules, Fragata Trinidad, Ercilla y Suarez Mataderos 9 1.541,00

ZONA Denominacion Nombre Dirección Barrio Comuna Superficie

surPlazoleta sin denominación Monte y Andalgala Mataderos 9

surPlazoleta sin denominación Yrupe, Cosquin, Monte, Amancay Mataderos 9 2.907,00

surPlazoleta sin denominación Yrupe, Monte, Amancay Mataderos 9 3.780,00

surPlazoleta sin denominación 17 de Mayo (propuesta) Caroyá, Monte y Basualdo Mataderos 9 3.460,00

surPlazoleta sin denominación San Cayetano de Liniers (propuesta)

Juan B Justo, Colectora de Acceso a Gral Paz y Reservistas Argentinos Liniers 9 711,00

surPlazoleta sin denominación Artigas, Alberdo y Carhue Mataderos 9 402,00

surPlazoleta sin denominación Castro Emilio, Carhue y Acassusso Liniers 9 140,00

surPlazoleta sin denominación Castro Emilio, Sequeira y Basualdo Mataderos 9 160,00

sur Cantero Central Agustina, Delmira Salvador María del Carril entre Llavallol y Concordia Villa Devoto 10 506,00

sur Cantero Central Berni, Antonio Salvador María del Carril entre San Nicolás y Joaquin V Gonzalez Villa Devoto 10 506,00

sur Cantero Central Borowsky, Michel Chivilcoy entre Mosconi y Mistral Villa Devoto 10 572,00

sur Cantero Central Carpentier, Alejo Salvador María del Carril entre Concordia y Lamarca Villa Devoto 10 506,00

sur Cantero Central Del Carril, Hugo Salvador del Carril entre Gualeguaychú y Sanabria Villa Devoto 10 506,00

sur Cantero Central Del Grande, Dora Chivilcoy entre López y Griveo Villa Devoto 10 421,00

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 303

Page 304: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

“2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

sur

Cantero Centralsindenominación Chivilcoy entre Grideo y Gral. Paz Villa Devoto 10

sur

Cantero Centralsindenominación Chivilcoy entre Ladines y Gral. Paz Villa Devoto 10 719,00

sur

Cantero Centralsindenominación Fagnano entre Concordia y San Martín Villa Devoto 10 656,00

sur

Cantero Centralsindenominación

Juan B Justo y prolongación virtual de Alvarez Jonte Versalles 10 550,00

sur

Cantero Centralsindenominación Juan B Justo, Alcaraz y Miranda Versalles 10

sur

Cantero Centralsindenominación

Juan B Justo, Alvarez Jonte, Porcel de Perelta y lisboa Versalles 10 1.550,00

sur

Cantero Centralsindenominación Juan B Justo, Plazoleta Yugoslavia y Alcaraz Versalles 10

sur Jardines Paseo de Versalles Porcel de Peralta, Gamboa, Barragán y Arregui Versalles 10 10.780,00

sur Jardines Paseo de Versalles: Sector Amalfitani, José Porcel de Peralta, Gamboa, París y Alvarez Jonte Versalles 10 7.300,00

surJardines sin denominación Barragan, Au 6 y Bajada Au 6 Versalles 10 75,00

ZONA Denominacion Nombre Dirección Barrio Comuna Superficie

sur Cantero Central Fontenla, Norma Chivilcoy entre Habana y Cubas Villa Devoto 10 422,00

sur Cantero Central Guillen, Nicolás Salvador Maríadel carril entre Lamarca y San Nicolás Villa Devoto 10 506,00

ZONA Denominacion Nombre Dirección Barrio Comuna Superficie

sur Cantero Central Jara, Victor Salvador Maríadel carril entre Bermudez y Cervantes Villa Devoto 10 506,00

sur Cantero Central Kahlo, Frida Salvador Maríadel carril entre Benito Juarez y Allende Villa Devoto 10 506,00

sur Cantero Central Mansilla, Luis Salvador María del Carril, entre Desaguadero y Lastra Villa Devoto 10 506,00

sur Cantero Central Martinez Estrada, Ezequiel Salvador María del Carril, entre Sanabria y Segurola Villa Devoto 10 506,00

sur Cantero Central Mathies, Leonie Salvador María del Carril, entre Lastra y Quevedo Villa Devoto 10 506,00

sur Cantero Central Merce, Antonia Chivilcoy entre Vallejos y Mistral Villa Devoto 10 167,00

sur Cantero Central Neglia, José Chivilcoy entre Cubas y Vallejos Villa Devoto 10 419,00

sur Cantero Central Neruda, Pablo Salvador María del Carril, entre Mercedes y Gualeguaychú Villa Devoto 10 506,00

sur Cantero Central Parra, Violeta Salvador María del Carril, entre Cervantes y Gral. Paz Villa Devoto 10 506,00

sur Cantero Central Pase de las Artes Latinoamericanas Salvador María del Carril, entre San Martín y Gral. Paz Villa Devoto 10

sur Cantero Central Paseo del Ballet Argentino Chivilcoy entre Pareja y Cabezón Villa Devoto 10 1.561,00

sur Cantero Central Diego Rivera Salvador M. del Carril entre Allende y Desaguadero Villa Devoto 10 506,00

sur Cantero Central Rozenmacher, Germán Salvador M. del Carril entre Joaquin V Gonzalez y Bahía Blanca Villa Devoto 10 506,00

sur Cantero Central Ruanova, María Chivilcoy entre Mosconi y López Villa Devoto 10 590,00

sur Cantero Central Vallejo, César Salvador M. del Carril entre Segurola y Vías del FCGSM Villa Devoto 10 506,00

sur Cantero Central Vinicius, Moraes Salvador M. del Carril entre Quevedo y Bermudez Villa Devoto 10 506,00

ZONA Denominacion Nombre Dirección Barrio Comuna Superficie

sur

Cantero Centralsindenominación Chivilcoy entre Grideo y Ladines Villa Devoto 10 719,00

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 304

Page 305: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

sur

Patios Recreativos sin denominación

Santo Tomé 3460 entre Villardebo, Teodoro y Llavallol Villa del Parque 10 3.237,00

sur

Patios Recreativos sin denominación Simbron, Concordia y Vías del FCSM Villa Devoto 10 236,00

Sur Plaza Ciudad de Udine Camarones, Chivilcoy y Mercedes Floresta 10 8.387,00

Sur Plaza Velez Sarfield Av. Avellaneda, B. Blanca; Bogotá y Chivilcoy Floresta 10 14.511,00

Sur Plaza Martín Irigoyen Fonrouge, García de Cossio, Larrazabal, Caaguazú Liniers 10 14.604,00

sur Plaza Don Bosco Lope de Vega, Miranda, C. de la Barca Monte Castro 10 16.636,00

sur Plaza Fermín Lafitte Bermudez, Arregui, Allende, Almeira Monte Castro 10 10.160,00

sur Plaza Monseñor Lafitte Bermudez y Arregui Monte Castro 10 10.160,00

sur Plaza Monte Castro Mercedes, Miranda y Gualeguaychú Monte Castro 10 13.000,00

sur Plaza de la Bandera J. B. Justo, Gaona y Belén Vélez Sarfield 10 3.630,00

sur Plaza Ramón Falcón Laguna y R. L. Falcón Vélez Sarfield 10 7.355,00

sur Plaza Ciudad de Banff Roma, Arregui y Lisboa Versalles 10 15.518,00

sur Plaza Guatemala Juan B. Justo, Alvarez Jonte y Paredón del Estadio Velez Sarsfield Versalles 10 1.130,00

sur Plaza Vaccarezza, Alberto Virgilio, Alcaraz y Moliere Villa Luro 10 4.679,00

sur Plaza Derechos del Hombre J. B. Justo, Cervantes y Cortina Villa Luro 10 10.440,00

sur Plaza Dr. Juan Bautista Terán Villa Real 10 20.630,00

sur Plaza Juan B. Terán Nogoyá, Gordillo y Melincué Villa Real 10 20.630,00

sur Plaza Jardín Amalfitani Gamboa, P de Peralta y París 10

sur Plaza Jardín Paseo de Versalles Gamboa, P de Peralta y Barragán 10

ZONA Denominacion Nombre Dirección Barrio Comuna Superficie

sur Plaza sin denom Villa Real Irigoyén, Simbrón y Bruselas Villa Real 10 11.800,00

sur Plazoleta Belisario Roldán Versalles 10 2.678,00

sur Plazoleta 8 de Marzo "Día Internacional de la Mujer" J.B. Justo y Cervantes Versalles 10 2.294,00

sur Plazoleta De los Amigos Falcón y Homero 10

sur Plazoleta Sin denominación Simbrón y Concordia 10

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“2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

sur Plazoleta De la Victoria Gaona y Gualeguaychú 10

sur Plazoleta Pildsudski San Amrtín, Pareja y Nueva York Villa Devoto 10 330,00

sur Plazoleta Sin denominación Chivilcoy, Mercedes, Cantilo y Vías FFCC 10

sur Plazoleta Agüero, José Eusebio República de Croacia, Arregui y Roma Versalles 10 15.676,00

sur Plazoleta De la Policía Federal Lincoln y Gualeguaychú y Habana Villa Real 10 445,00

sur Plazoleta Di Caro, Francisco San Martín, Gutenberg, Del carril Villa Devoto 10 109,00

sur Plazoleta Donato, edgardo Lincoln,Segurola, Mistral Villa Devoto 10 192,00

sur Plazoleta Erausquin, Rodolfo Lascano, Ghana, Fragueiro Versalles 10 427,00

sur Plazoleta Fazio, Hermeneguildo Morán, Gonzalez y Lincoln Villa Devoto 10 295,00

sur Plazoleta LibanoAsunción, Gutierrez, Fernández de Enciso, Gualeguaychú Villa Devoto 10 420,00

sur Plazoleta Massa, Salvador Bermudez, Lozano, Solorzano Villa Devoto 10 300,00

sur Plazoleta Namuncurá, Ceferino Arreguí, Porcel de Peralta y Barragán Versalles 10 685,00

sur Plazoleta Regimiento 10 de Caballería "Husares de Pueyrredón" Gutierrez, Fernández de Enciso, Lavaisse Villa Devoto 10 620,00

sur Plazoleta República Arabe Siria Asunción, Gutierrez, Gualeguaychú Villa Devoto 10 506,00

sur Plazoleta Roffo, Elena Larroque de Gutierrez, San Nicolás y Beiró Villa del Parque 10 1.634,00

sur Plazoleta Roldán, Belisario Santo Tomé, Gana, Calden Versalles 10 2.678,00

sur Plazoleta Sotomayor, Lindor B Vilardebó, Cnel. Rohde, Pesacador y Jachal Villa del Parque 10 1.214,00

ZONA Denominacion Nombre Dirección Barrio Comuna Superficie

sur Plazoleta Yugolsavia Juan B Justo y Alvarez Jonte Versalles 10 3.420,00

surPlazoleta sin denominación Juan B Justo, Cuzco y Madrid Versalles 10 2.700,00

surPlazoleta sin denominación Juan B Justo, César Díaz, Moliere Villa Luro 10 464,00

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 305

Page 306: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

surPlazoleta sin denominación

Juan B Justo, Irigoyen, César Díaz, Ruiz de los Llanos Versalles 10

surPlazoleta sin denominación Juan B Justo, Veredón estadio Velez Sarsfield Versalles 10

surPlazoleta sin denominación Gral Paz y Vallejos Villa Devoto 10 40,00

surPlazoleta sin denominación 29 de diciembre de 2001 (propuesta) Mercedes y Elpidio González Monte Castro 10

surPlazoleta sin denominación Alvarez Jonte, Juan B Justo, Porcel de Peralta Versalles 10 195,00

sur

Cantero Centralsindenominación

Fernández de la Cruz entre Fournier y Lisandro de la Torre

Nueva Pompeya, Villa Soldati y Villa Lugano 5 y 8

sur

Cantero Centralsindenominación Rabanal, Saenz, Pergamino y Gral. Paz

Nueva Pompeya, Villa Soldati y Villa Riachuelo 5 y 8

sur

Cantero Centralsindenominación

San Juan Bautista de la Salle entre Dellepiane yRemedios

Parque Avellaneda y Mataderos 8, 7 y 9

sur Plaza Monseñor Enrique Angelelli Ferré, Berón de Astrada, Matanza y Erezcano Pompeya

sur Plaza Flores Av. Rivadavia al 5900

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“2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

PARA LA LICITACION PÚBLICA NACIONAL E INTERNACIONAL

PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE JARDINERÍA, PARQUIZACIÓN Y MANTENIMIENTO INTEGRAL DE ESPACIOS VERDES

DIRECCIÓN GENERAL DE ESPACIOS VERDES

SUBSECRETARÍA DE ESPACIO PÚBLICO

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLCO

GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 306

Page 307: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación) G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

“2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

ARTÍCULO 1- OBJETO

El presente PET tiene por fin establecer en el aspecto técnico-operativo, las condiciones que deben ser observadas por la Contratista en la ejecución de los servicios encomendados bajo la presente Licitación.

ARTÍCULO 2- DEFINICIONES

Todos los términos utilizados en plural o singular indistintamente que comiencen con mayúscula tendrán el significado que se les asigna en el presente o en los demás documentos de la Licitación, y subsidiariamente tendrán el significado de costumbre o lo que el contexto requiera.

ARTICULO 3- CONDICIONES PARTICULARES DE CONTRATACION

3.1- Alcance y detalle de los trabajos, responsabilidad del Contratista.

3.1.1- Personal

El Contratista deberá evaluar el personal idóneo para cada una de las tareas a realizar tanto en el mantenimiento como en la conservación de los espacios verdes referentes a la presente Licitación.

Asimismo se contemplarán las maquinarias necesarias, herramientas, insumos y materiales requeridos para lograr un resultado óptimo en el desarrollo de las mismas.

También se evaluará la supervisión, movilidad y comunicación de la misma con los capataces y personal operativo, para hacer efectivo el servicio en general.

Se organizarán las tareas con Personal Fijo y con cuadrillas de PersonalEspecífico para realizar las tareas correspondientes a cada rubro, todo conforme lo indicado en el Anexo IV.

Deberán disponer de una cuadrilla de emergencia las veinticuatro horas de los 365 días del año.

3.1.2- Esquema Básico de Mantenimiento. (“EBM” Anexo II - PET)

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 307

Page 308: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

La DGEV adjunta el Esquema Básico de Mantenimiento general donde se incluyen las tareas a realizar de acuerdo a las características de cada labor, fechas, frecuencias, cantidad de materiales, elementos y productos, el cual servirá de guía para lograr un resultado óptimo en el mantenimiento y la conservación de las instalaciones de los espacios verdes. (Ver Anexo II –PET)

Es por eso que mencionamos la calidad de la especialización de las cuadrillas de trabajos requeridas de acuerdo a la superficie correspondiente a cada área.

El Contratista no podrá realizar obras nuevas ni mejoras ni ningún tipo de modificación, que altere o modifique las características de los elementos a conservar, salvo autorización expresa del DGEV, a través de las instrucciones que imparta la misma.

3.1.3- Categorización de los espacios verdes. (Anexo I - PET)

En el Anexo I se detallan los parques, plazas, paseos, plazoletas, canteros centrales, boulevares, etc., debidamente categorizados según su estado y características, lo cual permitirá elaborar la cotización requerida en la planilla correspondiente al rubro A del Anexo V del PCP.

Partimos de una categoría base que incluye los rubros de: 4.1.- Mantenimiento integral de los espacios verdes, 4.2.- Limpieza integral y 4.3.- Mantenimiento y Limpieza de Infraestructura.

En algunos casos los espacios verdes incluirán otros rubros como:

4.4.- Mantenimiento integral y limpieza de los Espejos de Agua 4.5.- Mantenimiento de Riego 4.6.-Patio de Juegos 4.7.- Mantenimiento de y limpieza de obras de arte, monumentos, esculturas, estatuas, bustos y placas. 4.8.- Mantenimiento , conservación y reposición de Rejas y Portones 4.9.- Mantenimiento de Baños Públicos existentes. 4.10.- Caniles4.11.- Mantenimiento Preventivo y Correctivo del Alumbrado Público en espacios verdes4.12.- Veedor de plaza

Estos deberán evaluarse en forma global dentro de cada Zona, verificando mediante un relevamiento inicial a cargo del Oferente, de las características y cantidades de los mismos.

CATEGORIA A La categoría A, es aquella situación en que la plaza se encuentra en muy buen estado general y que requiere de las tareas de mantenimiento integral de sus instalaciones para lograr una óptima conservación tanto de las áreas verdes, canteros y especies vegetales, como así también de todos los elementos de

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 308

Page 309: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

“2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

mobiliario e infraestructura referentes a las mismas. Generalmente son plazas que han sido reconstruidas o reacondicionadas en los últimos años. Incluyen los siguientes ítems:

�� 4.1.-Mantenimiento Integral de los espacios verdes 100% �� 4.2.-Limpieza Integral 100% �� 4.3 -Mantenimiento y Limpieza de Infraestructura 100%�� Mantenimiento y conservación del resto de los ítems en forma global de

acuerdo a su existencia ( ítems 4.4, 4.5, 4.6, 4.7, 4.8, 4.9, 4.10, 4.11, 4.12).

CATEGORIA BLa categoría B, es aquella situación en que la plaza se encuentra en buen estado general pero que requiere, aparte de las tareas de mantenimiento integral en todos sus rubros existentes en óptimas condiciones, la reconstrucción de parte de ellos.

En la categoría B deberá tener en cuenta la puesta en valor de aquellos rubros que se encuentran deteriorados o faltantes que deberán ser restaurados o repuestos dentro de los primeros 90 (noventa días) una vez adjudicadas las tareas.

Una vez efectuadas las mejoras y certificadas por el DGEV, estas plazas pasarán a pertenecer a la categoría A.

�� 4.1.-Mantenimiento Integral de los espacios verdes 70% �� 4.2.-Limpieza Integral 100% �� 4.3 -Mantenimiento y Limpieza de Infraestructura 70%.�� Recuperación Inicial en forma global de los ítems existentes (Ver Planilla

Anexo I y XIV- PET), mantenimiento y conservación según su existencia. -( ítems 4.4-4.5-4.6-4.7-4.8-4.9-4.10)-

CATEGORIA C Las plazas de categoría C son aquellas que se encuentran deterioradas y se reconstruirán en el transcurso de los próximos dos años.

CATEGORIA D

Las áreas verdes de categoría D corresponden a grandes áreas de esparcimiento y a bulevares, veredas, y costados de FFCC. Son aquellas que requieren solamente los rubros de corte, limpieza y manejo de césped del tipo B. Si contaran

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 309

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

con especies vegetales en forma de canteros o plantación de árboles jóvenes deberá notificarse para su incorporación en la cotización.

4.1.1.- Corte 100% 4.1.2-Manejo de Césped del tipo B 100% 4.2.- Limpieza Integral 100%

CATEGORIA E

Son aquellos canteros que necesitan un cuidado especial ya que presenta gran cantidad de especies vegetales diseñadas en canteros geométricos los cuales deberán ser mantenidos, conservados y reacondicionados en forma permanente Para no desvirtuar su diseño paisajístico , al igual que los elementos de infraestructura y riego existentes. Se detallan a continuación:

- Canteros Centrales Avenida 9 de Julio- Cantero Lineal Bullrich - Cantero Avenida Olleros

�� 4.1.-Mantenimiento Integral de los espacios verdes 100% �� 4.2.-Limpieza Integral 100% �� 4.3 -Mantenimiento y Limpieza de Infraestructura 100%.�� Mantenimiento y conservación del resto de los ítems en forma global de

acuerdo a su existencia-( ítems 4.4-4.5-4.6-4.7-4.8-4.9-4.10)-

Reposición de especies dañadas en forma continua

Esta categoría contiene especies ejemplares de gran valor ornamental que deberán ser tratadas en forma especial de acuerdo a especificaciones técnicas, las cuales en caso de deterioro y muerte deberán ser repuestas en el mismo tamaño existente al momento de ser adjudicado el servicio.

3.1.4- Preciario

El listado del Anexo V del presente PET posee una planilla con un preciario y un CD con fotos de referencia. El mismo es útil de manera orientativa para que las empresas Contratistas tomen de referencia.

ARTÍCULO 4.- DESCRIPCIÓN DE LOS TRABAJOS

La descripción de los trabajos comprenden todos los ítems incluidos en los espacios verdes que deberán contemplarse en el cronograma general de la presente Licitación a fin de lograr un mantenimiento de altos niveles de calidad de los espacios verdes pertenecientes al GCBA.

Dentro de los mismos se incluyen tres servicios:

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 310

Page 311: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

“2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

A- Mantenimiento integral y Limpieza de los espacios verdes y su InfraestructuraB- Servicios Estético-Funcionales de Recuperación Inicial C- Servicios Estético-Funcionales por Requerimiento

A-Mantenimiento integral y limpieza de los espacios verdes y su Infraestructura.

El mismo incluye el mantenimiento integral y limpieza de las áreas verdes, césped, especies vegetales, canteros, caniles, playones polideportivos, áreas secas, senderos, solados y veredas, fuentes, instalaciones de riego, patio de juegos, rejas y portones, monumentos, mobiliario, alumbrado público en espacios verdes y toda la infraestructura que forma parte de los mismos.

Dentro del servicio estarán contemplados los trabajos de mantenimiento y limpieza de los espacios verdes en su totalidad, junto con los trabajos de conservación, reparación y modificación de la infraestructura existente según las especificaciones en el presente PET.

4.1.- Mantenimiento Integral de los espacios verdes 4.1.1.- Manejo del Césped 4.1.2.- Atención de canteros 4.1.3.- Atención de Especies Vegetales

4.2.- Limpieza Integral 4.2.1.- Áreas Verdes. 4.2.2.- Áreas secas - Senderos, solados y veredas. 4.2.3.- Deposiciones Caninas

4.3.- Mantenimiento y Limpieza de Infraestructura 4.3.1.- Áreas Secas- Senderos, solados y veredas 4.3.2.- Caniles 4.3.3- Mobiliario 4.3.4.- Rejillas y desagües4.3.5.- Cestos Papeleros4.3.6-.-Cartelería4.3.7.- Bebederos 4.3.8.- Zonas deportivas 4.3.9.- Servicios especiales días de afluencia extraordinaria

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 311

Page 312: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

4.4.- Mantenimiento integral y Limpieza de los Espejos de Agua. 4.4.1.- Fuentes 4.4.2- Estanques

4.5.- Mantenimiento de Riego 4.5.1 Tareas de riego manual 4.5.2 Mantenimiento de sistemas de riego

4.6.- Patio de Juegos

4.7.- Mantenimiento y Limpieza de Obras de Arte, Monumentos, Esculturas, Estatuas, Bustos y Placas

4.8.- Mantenimiento, Conservación y Reposición de Rejas y Portones

4.9.- Mantenimiento de Baños Públicos existentes.

4.10.- Caniles

4.11.- Mantenimiento Preventivo y Correctivo del Alumbrado Público en espacios verdes

4.12.- Veedor de plaza

DETALLE DE TAREAS Y ESPECIFICACIONES TECNICAS

El detalle de tareas contempla todas aquellas labores que se deberán incluir en el Plan de trabajo general.

Se adjuntan las especificaciones técnicas las cuales contemplan los lineamientos generales para el mantenimiento de los espacios verdes a lo largo de todo el año y por el período que contemple la presente licitación.

Se acompaña Esquema Base de Mantenimiento (EBM) (Anexo II – PET), que servirá como guía y que deberá ser seguido rigurosamente a fin de lograr una conservación óptima de las áreas verdes en su totalidad. Es por eso que mencionamos la calidad de la especialización de las cuadrillas de trabajos requeridas de acuerdo a la superficie correspondiente a cada área. En el EBM figuran tareas, frecuencias, productos a utilizar, cantidades generales, etc.

4.1 MANTENIMIENTO INTEGRAL DE LOS ESPACIOS VERDES

4.1.1– Manejo de césped

En todas las Zonas mencionadas el mantenimiento se realizará durante todo el año. Para todas las Zonas se deberá respetar el criterio de servicio mínimo imprescindible a prestar por el Contratista, todo aquello expresado en el Esquema

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Base de Mantenimiento (Anexo II - PET). Complementariamente al citado esquema, a continuación se detallan las directivas para cada tipo de zona.

El objetivo buscado con estas tareas es lograr una carpeta cespitosa verde durante todo el año en un porcentaje mayor al 90% en el total de las áreas a tratar. Si existieran Zonas deterioradas, que presenten peladuras, raleo por juego de pelota o por pisoteo intenso, deberán ser momentáneas, ya que con las tareas específicas de Manejo de Césped , se trabajará con una dinámica tendiente a optimizar el aspecto del césped en general en forma continúa y durante todo el año.

Habrá dos tipos de tratamiento diferenciados en las zonas cubiertas por césped:

AREAS TIPO A: Son aquellos que requieren de tratamiento más cuidadoso y de mejor terminación, cortadas con minitractores, máquinas de empuje y/o motoguadañas según necesidad.

AREAS TIPO B: Son superficies grandes que serán cortadas con tractor y desmalezadora o cortadoras rotativas.

Se coordina la cuadrilla completa de corte para realizar las tareas en forma consecutiva, es decir, corte, recolección y embolsado de césped.

Se organiza el cronograma según el EBM del Anexo II - PET.

Se organizará una segunda cuadrilla con oficiales jardineros que tendrán a cargo la realización de las tareas específicas del césped según Plan de Trabajo entregado por el Contratista.

Hay Plazas y Paseos que requerirán personal fijo. Se especifican en forma adjunta.(Ver Anexo XVI – PET)

DETALLE DE TAREAS

�� Corte del césped.�� Bordes.�� Control de malezas de hoja ancha, gramíneas con herbicidas selectivos en AREAS TIPO A.�� Resiembras en AREAS TIPO A.

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

�� Fertilización en AREAS TIPO A.�� Control fitosanitario en AREAS TIPO A�� Reacondicionamiento de áreas deterioradas: AIREACION-TOPDRESSING-FERTILIZACION Y RESIEMBRAS CONTÍNUAS. RIEGO en AREAS TIPO A Y B�� Reposición de césped en alfombras por deterioro inusual o vandalismo. (recitales, eventos, etc.) en AREAS TIPO A.

En todas las Zonas mencionadas el mantenimiento se realizará durante todo el año. Para todas las Zonas se deberá respetar el criterio de servicio mínimo imprescindible a prestar por el Contratista, de todo aquello expresado en el Esquema Base de Mantenimiento (Anexo II .- PET).

ESPECIFICACIONES TECNICAS AREAS TIPO: A

El corte del césped se realizará no menos de una vez por semana. Se evitará el corte del césped, dentro de lo posible, en condiciones de suelo encharcado o con excesiva humedad, para evitar el marcado del corte. Para tal fin deberá prevenirse cualquier tipo de encharcamiento, originado por el mal funcionamiento del riego, o por falta de drenajes o desniveles no deseados.

En este último caso la empresa Contratista deberá dar aviso a la inspección para notificar a la DGEV las áreas mencionadas, a fin de proponer una solución y ejecutarla a corto plazo para poder recuperar el l sector.

Se utilizarán minitractores, máquinas de empuje de corte rotativas, con recolector, reguladas y afiladas sus cuchillas, para que se reduzca al mínimo el efecto de marcado del corte sobre la superficie del césped. El uso de bordeadoras, guadañas mecánicas para corte será reducido al mínimo posible, y donde ello fuera imprescindible, bordes, perfilado de canteros, emprolijamiento alrededor de elementos o infraestructura. El Contratista se hace responsable del daño causado por las bordeadoras, y guadañas mecánicas a las plantas, arbustos o árboles, obligándose reponer las plantas dañadas en un plazo máximo de 15 días.

Corte del Césped

Se ejecutarán los cortes periódicos en toda la superficie cespitosa de los espacios verdes, con una frecuencia determinada por el crecimiento y/o desarrollo del césped de acuerdo a la estacionalidad, de modo que ofrezcan en forma permanente una apariencia cuidada y prolija.-

La frecuencia será variable a lo largo del año, y la cantidad de cortes a realizar será variable de acuerdo a los factores climáticos que inciden en forma directa sobre el crecimiento y a la variedad de césped existente.

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Considerar que la bermuda (Cynodon dactylon) requerirá un corte entre 3 y 7 cm, mientras que un Rye grass anual no tolera un corte menor a 7 cm. No deberá sobrepasar más del 50 % de la altura estipulada.

Con la Grama bahiana se prestará especial atención, ya que tampoco tolera el corte bajo. Si se produjeran peladuras por mal uso de las máquinas, el Contratista deberá reponer la grama deteriorada en forma de panes de césped en los lugares afectados.

Las especies de sombra requieren diferentes alturas de corte de acuerdo a sus características, si fueran mezclas de Festucas, Rye grass y Poa, se mantendrán con una altura de corte no menor a los 10 cm. En todos aquellos casos en que una carpeta cespitosa se deteriore a causa del uso inadecuado de los equipos o bien por la aplicación de una técnica deficiente, la empresa Contratista se encargará de reacondicionar el mismo a través de tratamientos intensivos o reposición de césped en panes, debiendo modificar el sistema de corte aplicado, a fin de evitar su repetición.

Frecuencia:

• AREAS TIPO A: 1 Corte Semanal • AREAS TIPO B: Se menciona solo a título orientativo ya que la misma dependerá exclusivamente del crecimiento estacional y variedad del césped: Tres Cortes: Septiembre, Octubre, Noviembre, Diciembre, Enero, Febrero y Marzo.

El mes de Abril dependerá si la zona fue resembrada. En este caso se cortará el césped una vez que la plántula de Rye grass se encuentre enraizada, para evitar pérdida de densidad de las mismas. (Aprox.20días)

Dos Cortes: Mayo, Agosto y Septiembre (Incluye Junio y Julio si son zonas conresiembras otoñales).

Un Corte: Junio y Julio. (zonas sin resiembras otoñales)

Recolección del césped cortado: La recolección del césped cortado se deberá efectuar el mismo día de su corte, considerándose como falta grave el no cumplimiento de lo aquí establecido. El producto del corte será dispuesto en bolsas diferenciadas para su aprovechamiento posterior por lo que no deberá

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incluirse en las mismas ningún otro tipo de material que no sean restos de vegetales.

Bordes: Se prestará especial atención a las áreas a cortar lindantes a elementos enclavados, plantados o amurados al suelo, no accesibles a determinado tipo de maquinarias (ejemplo: árboles, bancos, farolas, obras de arte, fuentes, bebederos, cestos papeleros, etc.) utilizando el equipo adecuado de corte, ya sea manual o mecánico, de manera tal de lograr la altura del corte de césped requerida, sin afectar o dañar los elementos mencionados, (ejemplo: impacto de bordeadoras sobre cortezas vegetales, roturas de cañerías, daños en revoques o pintura, etc.).-

Frecuencia: Idem Corte

El material vegetal, resultante del corte, deberá ser recolectado y debidamente embolsado.

Perfilado de los Bordes de Canteros: La empresa Contratista deberá realizar en forma periódica la tarea de perfilado en forma manual o mecánica de los bordes de todos los canteros de césped de los espacios verdes comprendidos en el presente PET, de manera de eliminar todo crecimiento de césped sobre la superficie de solados, senderos y veredas peatonales, areneros, canteros y cualquier otro elemento lindante con los canteros cespitosos.-

Daños a sectores de césped: Dado que la conservación y mantenimiento del césped son responsabilidad de la empresa Contratista, cualquier daño mayor producido a estas superficies, ya sea intencional o fortuito, que no sea imputable al Adjudicatario, deberá ser comunicado en forma fehaciente por libro de comunicaciones y dentro de las 48 horas de producido el hecho.- (deterioro x evento, recital, etc).

La empresa Contratista será responsable de atender el riego en toda su zona, para lo cual utilizará las instalaciones existentes, y regará en forma manual en caso de no existir instalaciones.

Control de malezas con herbicidas selectivos

Malezas de hoja ancha (Tipo A)

El desmalezado general se realizará por medio de herbicidas selectivos que actúan sobre malezas de hoja ancha.

Se realizará la aspersión con herbicidas selectivos con mucha precaución.

Durante la mañana bien temprano el viento es menor y ese horario es aprovechado para no correr riesgo con las especies vegetales.

Si hubiera presencia de oreja de ratón (Dichondra repens), vinagrillos (Oxalis spp.),trébol (Lotus corniculatus), trifolium spp o cualquier otra especie autóctona que se

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considere maleza no deseada en sectores de sombra, se consultará a la Inspección antes de incluir estos sectores en el tratamiento.

Se realizarán cuatro aplicaciones: dos aplicaciones en marzo y dos en juliorespectivamente.

Frecuencia: cada 15 díasProductos: Consultar el EBM Dosis: Consultar el EBM

Malezas de tipo gramíneas (Tipo A)

Se realizará la misma tarea para combatir estas malezas con herbicidas selectivos.

Puede ser que en algunos sectores al controlar las malezas queden áreas de tierra en la superficie. Si estas tareas se realizaran durante la primavera se instalará más rápido el césped existente.

Si estas áreas fueran muy visibles se solicitará a la empresa Contratista que realice una resiembra de primavera / verano, con semillas de bermuda pelada, enterrando la semilla dos veces su tamaño con arena y tierra. Se realizarán las tareas necesarias para el desarrollo de la misma.(fertilización, riego, etc.)

Si estas tareas no dieran resultado o el deterioro fuera muy visible se repondrá la superficie afectada con césped en panes.

En el césped Tipo B, llegado el caso de encontrarse malezas tipo cubresuelos que produzcan floración en distintas épocas del año se coordinará con Dirección de Obra la decisión de controlarlas o no.

Se realizarán cuatro aplicaciones: dos en noviembre y dos en enerorespectivamente.

Se deberá prestar real atención sobre la variedad de la cama cespitosa existente, para evaluar las dosis de los productos a utilizar según la especie, ya que este tipo de herbicidas suelen afectar a las especies implantadas. Solicitar información. (Consultar con el representante técnico de la empresa)

Se modifica el cronograma de riego para suspenderlo por lo menos por tres días consecutivos, para favorecer el resultado de los productos aplicados.

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No se realizará el control de malezas si se presentarán posibilidades de lluvias.

Fertilización

Se organiza un cronograma de fertilización según el estado y los requerimientos de la carpeta cespitosa que quedarán definidos en el relevamiento inicial. Se realizará un cronograma de acuerdo al EBM.

Se utilizará casi siempre una base de nitrógeno, potasio y fósforo pero en diferentes variaciones según el momento de su aplicación.

Antes de realizar la resiembra otoñal se utiliza un fertilizante arrancador en abril (Fosfato diamónico – a razón de 80 kg/ha), en primavera y verano un mejorador (Urea - 2 aplicaciones en octubre y enero respectivamente - 50 kg/ha x aplicación) y un fertilizante de apoyo según necesidad (Nitrato de potasio - 2 aplicaciones en mayo y agosto respectivamente - 50kg/ha x aplic.). Ser organiza el cronograma de riego para activarlo en forma manual el mismo día de realizadas las fertilizaciones correspondientes. Aquellas zonas que por algún motivo no tengan riego, serán regadas en forma manual.

Fertilización: Se realizarán las tareas de fertilización de acuerdo al EBM. A los fertilizantes nitrogenados sólidos, o a los líquidos, se evitará dispersarlos en días con temperaturas extremas y su distribución se realizará tomando los recaudos necesarios para evitar quemaduras del follaje. Si hubiere riego por aspersión en la zona tratada, se encenderá el sistema para un inicio de disolución y rápida incorporación al suelo y a la planta, de lo contrario se utilizarán mangueras desde las distintas bocas de agua.

Si no se pudiera realizar tareas de riego por razones ajenas a la Empresa Contratista deberá informarse a la DGEV a la brevedad.

Fósfato diamónico o Monoamónico: como fertilizante de arranque a la siembra o resiembra .Frecuencia: 1 vez al año-Antes de la resiembra Dosis: 100 kg/ha. Nitrato de Potasio: Frecuencia: Dos veces al año – Mayo y Septiembre. Dosis: 50 -80 kg /ha

Urea:Frecuencia: Dos veces al año. Noviembre y Enero-Febrero. Dosis 50-kg/ha. Se recomienda suspender toda fertilización un (1) mes antes de realizar la siembra de Rye grass. Aplicación: Utilizar máquinas de distribución por gravedad sin excepción, en bulevares, proximidades de cursos de agua y veredas.

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Durante las aplicaciones de fertilizantes en sectores con pendiente hacia calles o lagos, se deberá prestar particular atención para evitar que los nutrientes se laven trasportados por el agua de riego hacia las salidas de agua, y luego drenen a las lagunas. En el caso de las costas se podrá fertilizar hasta una distancia de 5 metros de la orilla. En el caso de las veredas se fertilizará hasta 1,5 metros de la calle.

Se modifica el cronograma de riego para utilizarlo en forma manual y realizar el primer riego una vez aplicados los fertilizantes, para favorecer el resultado de los productos aplicados.

�� Resiembras en áreas ( Tipo A )

La resiembra otoñal se realizará en el mes de Abril. Deberá bajarse el nivel de corte previo a la resiembra. Se rastrillará el césped existente, con rastrillos suaves del tipo barre hojas a contrapelo, una vez esparcida la semilla, para favorecer la incorporación de la misma hasta encontrar suelo protegido.

El riego, donde se disponga de equipos fijos por aspersión, transportables, o con pico de riego y manguera, se efectuará en los períodos de requerimiento hídrico, para suministrar una dotación de aproximadamente 35 mm semanales. En lo posible se utilizará una frecuencia diaria, suave durante 10 días, hasta el enraizado de la semilla. El corte se suspenderá durante 15 días después de realizada la resiembra. Así mismo se evaluara en forma puntual, el resultado de la implantación de acuerdo a la variación climática, para definir si se realiza el corte en la forma prevista o se suspende una semana más. (21 días)

Las áreas tipo A en las que se considere necesario, podrán ser clausuradas temporariamente al paso de los vecinos demarcando el área en cuestión con el propósito de su recuperación y o tratamiento.

Se utilizarán semillas de Rye grass anual con marca registrada.

�� Reacondicionamiento de áreas deterioradas. ( Tipo A y B )

Todas aquellas zonas que sufran pisoteo intenso en forma periódica, deberán tratarse en forma puntual.

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

Se realizarán cercos perimetrales para enmarcar dichas zonas, con estacas y cintas de protección. Puede ser que sean áreas de juego de pelota, en las cuales deberán realizarse tareas semanales de reacondicionamiento.

En los casos mencionados se realizarán las siguientes tareas: *Escarificado de la tierra , y aireación con máquinas aireadoras de púas huecas. Se pasará una rastra que desmenuce los tarugos de tierra y los incorpore nuevamente al suelo. Epoca del año: Septiembre- Noviembre

*Fertilización con fertilizante de liberación lenta 24-4-12 o similar Epoca del año: Septiembre – Noviembre Dosis: 2k/100m2

*Top Dressing: Se incorpora arena en todas las áreas a reacondicionar. Epoca del Año: Septiembre – Noviembre Cantidad: 0.01cm por aplicación.

*Fertilización con fertilizantes a base de nitrógeno y potasio. (Nitrato de Potasio, Urea, Nitrofoska azul) Frecuencia: 1 vez por semana, todo el año. Dosis: 1 k cada 100 m2 repartido en 4 aplicaciones mensuales.

• Re-resiembrasSe resembrarán dichas áreas con semillas de Rye grass anual durante Otoño- Invierno,a razón de4 kg cada 100 m2.en forma semanal. Durante primavera- verano se utilizarán semillas de bermuda o kikuyo de acuerdo a la especie existente. Dosis de acuerdo a la especie.

Si la especie existente fuera alguna especie de bermuda híbrida o grama bahiana se procederá a reponer en forma de panes de acuerdo a la superficie deteriorada, previo aviso a la DGEV.

�� Relieve y Microrelieve en áreas de juego de pelota ( Tipo A y B )

Relleno del relieve y microrelieve: es parte de este contrato que el Contratista disponga de una mezcla de arena, tierra negra y semilla de rye grass anual para el relleno de las depresiones más pequeñas que se observen luego de cada fin de semana, en particular en la AREAS TIPO A. No es parte de este contrato la nivelación como obra civil, sino que queda incluida dentro de las tareas de mantenimiento.

�� Reacondicionamiento de áreas de sombra. ( Tipo A y B )

Las áreas de sombra serán tratadas en forma puntual. Se realizarán las mismas prácticas culturales que las áreas de pisoteo intenso:

�� escarificado y aireación

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�� fertilización�� resiembra�� topdressing con arena

La resiembra y re- resiembra se realizará con una mezcla de semillas específicas de sombra. Variedades: festuca rubra Festuca arundinácea Rye grass anual

Dosis: Ver EBMFrecuencia: en forma puntual, semanalmente. Si es de uso intenso. Estacional si es de uso moderado.

�� Control fitosanitario

Se presta atención a la aparición de plagas y enfermedades del césped e insectos de suelo.

Se utilizan los productos y se realizarán los tratamientos necesarios para cada caso.Estos serán de baja toxicidad y marca reconocida en el mercado.

Se entregará un listado de los productos que se utilizarán habitualmente para que pueda ser controlado y aprobado por el responsable del G.C.B.A-

Se prestará real atención a la presencia de grillo topo en primavera – verano y al deterioro de la grama bahiana por exceso de agua o encharcamiento y falta de drenaje.

AREAS TIPO B

El corte del césped se realizará aproximadamente cada 10 días. Se evitará el corte del césped, dentro de lo posible, en condiciones de suelo encharcado o con excesiva humedad, para evitar el marcado del corte. Para tal fin deberá prevenirse cualquier tipo de encharcamiento, originado por el mal funcionamiento del riego, o por falta de drenajes o desniveles no deseados.

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En este último caso la empresa Contratista deberá dar aviso a la inspección para solicitar la recuperación del sector en los primeros 90 días adjudicado el servicio

La altura máxima de corte de estos espacios se establecerá entre 8 y10 cm, debiendo realizarse un nuevo corte cuando la altura sobrepasa en más de un 50% por encima de lo establecido. El resultante de los cortes no se retirará, excepto que se acumule muy notoriamente.

El corte se realizará con tractores y desmalezadotas o minitractores, acorde a la factibilidad de acceso al espacio, y se evitará la circulación de maquinaria pesada sobre terrenos anegados, encharcados o con exceso de humedad

El uso de bordeadoras, guadañas mecánicas para corte será reducido al mínimo posible, y donde ello fuera imprescindible, bordes, perfilado de canteros, emprolijamiento alrededor de elementos o infraestructura.

Son aquellas zonas amplias de esparcimiento visual y de uso no intensivo, en algunos casos.

Las costas de Lagos deberán tratarse con mucho cuidado. Si hubiera especies lacustres implantadas deberán respetarse.

En estas zonas no se realizarán tareas de resiembra, fertilización, ni control de malezas, pero se cuidará muy especialmente el control de hormigas u otras plagas.

Si en estas áreas hubiera sectores de juego intensivo de pelota se tratará con las características de las áreas de césped Tipo A en forma puntual para evitar el deterioro del césped con el tiempo.

En todas las áreas se pondrá especial atención a la limpieza y prolijidad, obligándose el Contratista a levantar piedras, ladrillos, caños, palos, ramas, producto del corte del pasto de otras zonas, podas o cualquier otro material de deshecho de cualquier origen, para su disposición final en bolsas de residuos.

4.1.2– Atención de canteros

Se refiere a todos los canteros construidos en los diferentes espacios verdes de la ciudad que presentan una variada gama de especies, generalmente ubicadas por grupos los que proporcionan junto con las cualidades de las especies, una sensación de fortaleza y uniformidad.

Los mismos están conformados con distintos tipos de arbustos, herbáceas, bulbosas, gramíneas, cubresuelos y florales de estación.

El contratista realizará las tareas indicadas debidamente en tiempo y forma para favorecer el mantenimiento y la conservación de las especies vegetales pertenecientes a los espacios verdes del GCBA, a fín de lograr un resultado óptimo en el desarrollo de las mismas.

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Las tareas encomendadas apuntan a mejorar el estado ornamental de los Espacios Públicos. El Contratista deberá reponer cada una de las especies que se deterioren o mueran, respetando la especie y tamaño de las existentes en el servicio.

Se detallan las tareas a realizar:

�� Punteo y remoción de tierra.

�� Extracción de malezas en forma manual.

�� Control de plagas y enfermedades.

�� Emprolijamiento de los bordes.

�� Fertilización.

�� Reincorporación de sustratos.

�� Reposición de especies vegetales según su especie.

�� Despunte de flores secas.

�� División de matas de herbáceas.

�� Incorporación de chips de madera.

��Riego.

�� Poda de formación.

�� Punteo y remoción de tierra

Se puntea con pala de punta, toda la superficie de los canteros para mantenerlos en un estado de prolijidad óptimo.

Se extrae la capa superficial (cascotes) según necesidad.

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

Si se cortara algún caño de riego con el trabajo de la pala, se le dará aviso al capataz de inmediato para que solucione el problema.

�� Control de malezas

Se extraen las malezas en forma manual en todos los canteros.

�� Control de plagas y enfermedades

Se realiza un relevamiento visual en forma diaria para detectar la presencia de algún tipo de plaga o enfermedad en las especies. Se aplican los productos correspondientes para cada caso.

Además se realiza un control preventivo en invierno en todas las especies sensibles a las plagas con insecticidas y funguicidas especiales para esta época. Se presta real atención al control de hormigas, babosas y caracoles. Para este fin se utilizarán cebos especiales en los canteros de las especies afectadas para mantenerlas en estado óptimo.

�� Control de hormigas

Las tareas de control de hormigas se realizan a través de diversos sistemas:

Con cebos: cuando hay presencia de hormigas y no se detectan los hormigueros (puede que vengan de muy lejos). Se colocan en dispositivos plásticos o bien se coloca e cebo en días secos a lo largo de los caminos en actividad.

Con insecticidas / hormiguicidas: aplicados en el dispositivo de PVC y/o goma espuma. En el caso de árboles jóvenes, y control manual en bocas de hormigueros.

También se combatirán las hormigas coloradas, mediante la aspersión con Fenitrotión al 3% alrededor de los hormigueros.

Se colocarán barreras protectoras para hormigas en troncos y tensores si fuera necesario, de todos los árboles jóvenes.

�� Emprolijamiento de los bordes

Todos los bordes se atienden con la punta de la pala y corte con tijera para evitar el deterioro de las especies con la tanza de la desmalezadora. Si los canteros fueran rectos se deberá prestar atención a no malograr la forma original de los mismos. Si el Contratista los malograra, deberá reponer el césped que acompaña los canteros a fin de rectificar las formas de los mismos.

�� Fertilización

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Se realizarán fertilizaciones cada 30 días durante primavera y verano. Nitrofoska azul según necesidad. Dosis: 1 kilo cada 100 m2

También se regaran las herbáceas con flor en época de floración con fertilizantes líquidos que favorezcan la activación de la floración.

Si se encontrara alguna especie deteriorada, por estar en tratamiento o por haber sufrido algún deterioro, se regara con hormonas de enraizamiento cada 30 días hasta lograr su mejoría.

�� Reincorporación de sustratos

Se incorpora tierra con sustratos durante la plantación de especies nuevas.

Se renovara la capa superficial de los canteros una vez al año con tierra negra (0.03m) mezclada con tierra abonada (0.015m) y humus de lombriz (0.01m). Total(0.05m)

Estas tareas se realizarán en el mes de Mayo- Junio- Julio (Ver Detalle de tareas de plantación.) Tierra negra : 60 % 0.03m Tierra abonada : 30 %0.015m Humus de lombriz: 10 % 0.01m

�� Reposición de Especies Vegetales

Se repondrán todas las especies deterioradas a lo largo de todo el año en todos los canteros existentes. Deberán contemplarse las cantidades x m2 de cada especie existente en los canteros referentes a los espacios verdes correspondientes.

Verificar en cada uno de los casos antes de la cotización ya que deberán contemplarse como si estuvieran completos en el momento de la adjudicación.

De acuerdo a la especie corresponde la cantidad de la misma por m2

Florales de estación: entre 20 y 30 unid x m2 según el envase de las mismas. Canteros de Florales de Estación: Estas reposiciones se harán en los meses de mayo con Florales de invierno y en Noviembre con Florales de verano:

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

El Contratista deberá contemplar la reposición de 4000 m2 de florales anuales por Zona dos veces al año. Los canteros de florales deberán mantenerse en perfecto estado de conservación.

Las zonas de canteros de florales de estación podrán variar o se podrá modificar los tamaños de las mismas, siempre dentro de las cantidades solicitadas.

Invierno: Violas en un solo tono. Si se dispusiera otra variedad se consultará con la DGEV.Verano: Copetes amarillos Se utilizarán 20 unid. x m2 en envase de 15 cm. Si se utilizaran florales envasadas en 12 cm se colocarán 30 unid x m2 NO SE ACEPTARÁN FLORALES DE ESTACIÓN QUE NO SEAN ACORDES A LA ÉPOCA DEL AÑO EN CURSO.

Si se replantearan canteros nuevos se cotizarán por separado. (Ver Anexo V- PET)

�� Extracción de florales deteriorados�� Provisión de Florales de estación �� Fertilización.�� Preparación del cantero y reposición de una bolsa de tierra especial por

cajón de florales.

Queda incluido en el servicio el mantenimiento integral de los canteros de florales, las dos reposiciones anuales correspondientes a la estación del año, como así también la reposición contínua por deterioro o vandalismo menor.

Canteros de Especies Vegetales

�� Bulbosas�� Arbustos�� Cubresuelos�� Gramíneas

Ver Anexo VI – PET para verificar cantidad de especies x m2 según la especie.

El Contratista deberá reponer continuamente las especies faltantes, según su variedad y en la densidad x m2 correspondiente.

Si se replantearan canteros nuevos se cotizarán por separado. (Ver Anexo V –PET)

. Provisión de especies vegetales

. Fertilización.

. Reposición de una bolsa de tierra especial x m2

. Ejecución de las tareas correspondientes.

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

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NO SE ACEPTAN ESPECIES VEGETALES QUE NO SE ENCUENTREN EN ESTADO ÓPTIMO DE SANIDAD, TAMAÑO Y FORMA SEGÚN LA ESPECIE.

�� Despunte de flores secas

Se extraen las flores secas en forma habitual para favorecer la floración de todos los canteros.

�� División de matas

Las herbáceas y gramíneas crecen y se multiplican. Estas se pueden dividir para realizar otros canteros cuando ya hayan llegado a superar el tamaño del cantero en que fueron emplazadas. Estas tareas se realizarán en el mes de Agosto.

�� Riego

Si no estuviera funcionando el sistema de riego o el mismo no existiera, deberán regarse todos los canteros de especies vegetales con manguera, en forma periódica según necesidad, para evitar el deterioro de los mismos, ya que no es lo mismo que la empresa Contratista reponga un arbusto o una herbácea deteriorada o muerta que lleva varios meses de plantado con uno recién traído del vivero.

El estado de los mismos queda bajo la exclusiva responsabilidad del Contratista.

Poda de formación y limpieza

Se realizarán podas suaves de formación y limpieza de ramas muertas o muy crecidas que hayan desvirtuado la forma natural del arbusto.

Los arbustos plantados para la formación de setos deberán ser podados en forma contínua según necesidad a lo largo de todo el año. Ej: Buxus sempervirens, Cupressus leylandiis, etc.

�� Reposición de chips

Se repondrá una capa de 0.03 m de chips de madera en los canteros de especies vegetales ornamentales. Las empresas deberán proveerse de los chips del residuo de la Ciudad por el Arbolado Urbano, en caso de que la DGEV asi lo determine. La

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

entrega de este material será a título gratuito, pero las empresas deberán encargarse de los costos del traslado desde los depósitos del GCBA a los espacios verdes correspondientes.

4.1.3- Atención de Especies Vegetales

Se refiere a los árboles jóvenes que llevan plantados menos de tres años.

El Contratista realizará las tareas indicadas debidamente en tiempo y forma para favorecer el mantenimiento y la conservación de las especies vegetales pertenecientes a los espacios verdes del GCBA, a fin de lograr un resultado óptimo en el desarrollo de las mismas.

Las tareas encomendadas apuntan a mejorar el estado ornamental de los Espacios Públicos. El Contratista deberá reponer cada una de las especies que se deterioren o mueran, respetando la especie y tamaño de las existentes en el servicio.

�� Relevamiento integral. �� Hoyas y palanganas. �� Podas de limpieza, seguridad, formación y corrección.�� Podas sanitarias. �� Control fitosanitario. �� Fertilización.�� Revisión de tutores y ataduras. �� Anclajes.�� Protección antiheladas. �� Control de hormigas. �� Reposición de árboles (Ver descripción). �� Atención de Palmeras Phoenix.�� Extracción de hojas secas de palmeras.�� Tratamiento post trasplante.

�� Relevamiento integral

Se observarán las especies en forma periódica .Si aparecieran plagas o enfermedades, se trata de averiguar cuál es la causa del deterioro de la especie. Puede ser falta de nutrientes, exceso o falta de agua, que no esté ubicado en el lugar que requiere para su desarrollo, que esté dañada por cortes de tanza de desmalezadora, movida por el viento, etc.

Todo esto se evalúa en el momento, ya que en muchas oportunidades las plagas y enfermedades aparecen porque no estamos cumpliendo con las condiciones necesarias para cada especie.

Una vez realizado este control, se procede a revertir lo que se encuentre modificado.

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

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Además se realiza el tratamiento según necesidad y se hace un seguimiento por escrito para evaluar los resultados.

Asimismo se realizará un relevamiento inicial con el estado de todas las especies y necesidad de guardianes, tutores, etc. para realizar la reposición necesaria a la brevedad una vez adjudicadas las tareas.

�� Hoyas y palanganas

Se mantienen las hoyas de los árboles jóvenes para hacer más efectivas las tareas de riego.

Se incorporarán por lo menos entre 40 y 50 litros por árbol por semana en los casos en que no haya riego automático.

Se mantienen todas las hoyas libres de malezas. Se punteará la tierra de las hoyas (0.50 de diámetro) si fuera necesario, prestando especial atención a no lastimar las raíces de las especies.

En otros casos se mantienen libres de malezas mediante aplicaciones de herbicidas totales. El pico de pulverización se protege con una campana para evitar el contacto del producto con las especies. Se utilizan picos especiales para herbicidas.

En todos los casos se controla que no haya grietas en superficie por donde pudiera entrar aire en las raíces y de esta manera proteger la sanidad de los árboles.

�� Poda

Se realizan las podas de formación correspondientes en todos los ejemplares según el estado de los mismos, siempre manteniendo su forma natural. Se le realiza a aquellos árboles que estén mal formados, buscando equilibrar las copas descompensadas.

Se atienden las lesiones con productos cicatrizantes, insecticidas y fungicidas especiales para evitar el deterioro de la especie. (Ver Control Fitosanitario). También se realizan las podas de seguridad en el caso de roturas por vientos o tormentas.

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

Se controlan por seguridad a los ciudadanos y se le colocan cicatrizantes para evitar la incorporación de patógenos perjudiciales para el árbol. También se extraen las ramas afectadas por alguna enfermedad o plaga para evitar que se siga esparciendo por todo el ejemplar.

Se extraen en verano todas aquellas ramas muertas que hayan quedado del invierno mediante poda de limpieza.

Se utilizarán las herramientas adecuadas para realizar dichas tareas, bien afiladas, y se realizarán los cortes en forma oblicua en dos cortes suaves, para evitar el desgarramiento de la rama.

Esta técnica favorece la cicatrización de la misma.

�� Control fitosanitario

Se realizará un relevamiento de todas las especies, mediante un informe por escrito.Se atienden todas las enfermedades y plagas que pudieran afectar a las distintas especies, algunas mediante pulverizaciones o riego según necesidad.

Se procederá a sellar cada una de las heridas con productos cicatrizantes, fungicidas, insecticidas para prevenir cualquier tipo de enfermedad.

Los productos a utilizar estarán debidamente aprobados por el Ministerio de Salud de la Nación.

Hay algunas especies que generalmente sufren ataques periódicos en diferentes épocas del año. En esos casos se procederá a realizar u tratamiento preventivo con productos fungicidas o insecticidas según la especie y la plaga o enfermedad correspondiente.

JACARANDA: APLICAR INSECTICIDAS Y FUNGUICIDAS EN AGOSTO PARA EVITAR EL ATAQUE DE PULGÓN EN LOS BROTES NUEVOS QUERCUS PALUSTRES: IDEM, CON UN OIDICIDA PARA EVITAR EL OIDIO EN PRIMAVERA –VERANO.

Queda terminantemente prohibido utilizar los productos para control fitosanitario sin los elementos de seguridad requeridos para tales tareas. Deberán ser realizados por personal idóneo quien será el responsable de la manipulación y aplicación de los productos.

Deberán realizarse las tareas en condiciones climáticas que optimicen la eficacia de los tratamientos.

�� Fertilización

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

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Las tareas de fertilización cumplen la tarea de restituir los nutrientes que se pierden en el suelo, aportando a las especies vegetales los elementos necesarios para la nutrición de las mismas. Los productos deberán ser aprobados por el Ministerio de Salud de la Nación.

Se realizan fertilizaciones mensuales en primavera / verano con NPK azul en forma radicular. Sería 1 fertilización cada 45 días desde 15/9 al 15/3 a razón de 50/200 grs x árbol según tamaño.

Se utilizan las cantidades necesarias para cada especie según su tamaño y requerimiento. Si fuera necesario se realizara una aplicación de NPK foliar.

En casos especiales se utilizan otros fertilizantes (sulfato de hierro, potasio, etc.) Dosis NPK azul : 20gr x cm de diámetro de tronco a un metro del piso.

�� Tutorado de especies

Se controlaran tutores durante el mantenimiento, para evitar el movimiento del árbol y la entrada de aire en las raíces. Se repondrán según necesidad.

Deberán revisarse las ataduras para evitar que cuando crezca el árbol no lastime el tronco del mismo. SI SE ENCONTRARAN LOS ÁRBOLES DETERIORADOS EN SUS TRONCOS, YA SEA POR LAS TANZAS DE LAS MOTOGUADAÑAS O POR LAS ATADURAS, EL CONTRATISTA DEBERA REPONER LA ESPECIE A LA BREVEDAD.

Se colocan tutores en aquellas que su estado lo requiera.

Los tutores serán 2 (dos) de madera de 3””x 3”” que alcancen la tercera parte de la altura del árbol, habiendo enterrado entre 50 y 70 cm del tutor en la hoya de plantación. Las ataduras se harán en forma de 8 con spaghetti o con alambre dentro de manguera transparente para no lastimar los troncos de los árboles.

�� Anclajes

Los árboles grandes que necesiten anclaje serán reforzados con 3 tensores de alambre, de grosor acorde al peso del árbol, recubierto con manguera transparente para evitar el deterioro de la corteza durante el roce.

Estos encastrados al suelo con estacas fuertes de 50 cm. de largo.

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

Se permite cierta flexibilidad natural para el árbol. EJEMPLO: Palmeras Arecastrum romanzofianum, Phoenix canariensis, árboles trasplantados los últimos años o que han sufrido cortes de raíces por obra como en los bulevares de 9 de Julio.

En algunos casos, se requerirán 3 (tres) estacones de madera dura de 5”x5” para árboles o Palmeras ejemplares según necesidad.

�� Control antiheladas

Las especies jóvenes de menos de 3 (tres) años de plantados, serán protegidas en sus troncos y ramas jóvenes con papel vegetal antes de que comiencen las heladas.Ombúes, Jacarandaes, Ibirá pita, palos borrachos, etc.

�� Control de hormigas

Las tareas de control de hormigas se realizan a través de diversos sistemas:

Con cebos: cuando hay presencia de hormigas y no se detectan los hormigueros (puede que vengan de muy lejos). Se colocan en dispositivos plásticos o bien a lo largo de los caminos en actividad.

Con insecticidas / hormiguicidas: aplicados en el dispositivo de PVC y/o goma espuma. Control en bocas de hormigueros

Se colocarán barreras protectoras para hormigas en troncos y tensores existentes.

�� Reposición de árboles

Se repondrán todos aquellos árboles que se hayan muerto durante el período en que brinda el servicio la empresa Contratista.

Se solicitará un relevamiento inicial a través de un informe por escrito con la Dirección de Obra de GCBA para verificar los árboles que se encuentran deteriorados, enfermos o lastimados. Si durante el período que realiza el servicio, estos árboles se murieran, tendrá la responsabilidad de la reposición de los mismos.

Para el GCBA es más importante preservar un árbol que tiene años de crecido que reemplazarlo por uno nuevo. La empresa Contratista debe esmerarse en el mantenimiento de los árboles jóvenes ya que son parte del patrimonio de la Ciudad de Buenos Aires.

El Contratista en caso de que se muera alguna especie deberá reponer un árbol del mismo tamaño del que tendría el existente al momento de la reposición.

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

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“2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

Se realizará dicha reposición en el mes de Julio.

Se plantará de acuerdo a las especificaciones técnicas de plantación. Anexo

�� Atención Palmeras Phoenix

Se realizará un control periódico con pulverizaciones preventivas en los ápices de las Palmeras Phoenix para prevenir o controlar la presencia de orugas y cualquier tipo de plaga existente que pueda afectar al normal desarrollo de la misma. Estos tratamientos se realizarán en el mes de Noviembre y Enero, evitando realizarlo en días de lluvia. También se tratarán con insecticidas en polvo por raíz. Acefato- Dosis: 5g x cm de diámetro de tronco a un metro de altura. Se cortan y extraen todas las hojas secas. Se controla el riego.

En el caso de que se muera alguna Palmera Phoenix existente deberá reponerse una especie del mismo tamaño, haciéndose cargo del costo de la especie, traslado, maquinarias y mano de obra correspondiente.

Si se notara algún deterioro, deberá comunicarlo al personal de Arbolado Urbano en forma inmediata.

En primavera – verano deberán regarse todos los ejemplares que fueron trasplantados los últimos 5 años con hormonas de enraizamiento a razón de 50 litros de agua con 2cc x litro de agua cada 30 días.

Atención de Árboles Ejemplares trasplantados o con sufrimiento de corte de raíces por obra.

En el caso de los ejemplares que han sufrido corte de raíces por obra se procederá a realizar el mismo tratamiento con hormonas de enraizamiento, durante primavera/verano con aplicaciones cada 30 días.

Si el Contratista detecta algún árbol o rama dañada que pueda generar un accidente deberá remitir al Área de Arbolado Urbano de la DGEV un informe de la situación, en caso de peligro, solicitando la extracción inmediata del mismo.

Si se desprendiera alguna rama de un árbol después de una tormenta, se procederá a cortarla y retirarla del servicio, o bien, acopiarla en pequeños trozos

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

en el sector determinado para que sean retiradas por el servicio de recolección de poda. Se presentará un informe al Área de Arbolado Urbano de la DGEV, especificando, la fecha, fotos del mismo, y la causa del deterioro.

4.2.- LIMPIEZA INTEGRAL

El objetivo principal de las tareas de limpieza es que todos los espacios verdes y su infraestructura se presenten en perfecto estado de prolijidad y limpieza.

El Contratista deberá organizar el cronograma del servicio en forma óptima y asesorar al personal afectado para que no se encuentren residuos de ningún tipo dentro de los espacios verdes que desmerezcan el aspecto general del mismo.

Se deberá considerar personal fijo para realizar las tareas de limpieza diaria en los espacios verdes de alto tránsito y alta exposición, y las cuadrillas necesarias de auxiliares jardineros para realizar dos visitas diarias por todas las áreas que no tengan personal fijo. Estas visitas tendrán una interrupción de no menos de 4 (cuatro) horas entre las mismas. Se detalla en el Anexo XVI – PET las plazas con personal fijo de limpieza.

Se especificará aquellos espacios verdes que requieran una dotación de personal de limpieza durante los Sábados, Domingos y feriados, como así también durante los eventos especiales que se realizan en los mismos. Se detalla en el Anexo XVI - PET el requerimiento.

Estos empleados realizarán tareas de limpieza continúa, recogiendo todo tipo de residuo, material, bolsas, papeles, deposiciones caninas, etc., manteniendo las áreas verdes en perfecto estado de higiene y limpieza los días de mayor incidencia de usuarios.

Se vaciarán los cestos papeleros la cantidad de veces que sea necesaria, durante la semana y con mayor intensidad durante el fin de semana o los días festivos.

En los espacios verdes que dispongan de Baños Públicos, habrá una dotación de personal de dos personas, hombre y mujer para la atención de los mismos.

Los baños se mantendrán limpios, secos y prolijos en todo momento.

El Contratista deberá proveer los elementos necesarios en normal funcionamiento de los mismos, papel higiénico, jabones, toallas descartables y los elementos necesarios para realizar las tareas de limpieza.

El Contratista podrá realizar, con aprobación de la DGEV, tareas de concientización sobre cuidado, limpieza y mantenimiento de los espacios verdes.

4.2.1.- Áreas verdes

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación) G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

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Recolección del césped cortado: La recolección del césped cortado se deberá efectuar el mismo día de su corte, considerándose como falta grave el no cumplimiento de lo aquí establecido. El producto del corte será dispuesto en bolsas diferenciadas para su aprovechamiento posterior por lo que no deberá incluirse en las mismas ningún otro tipo de material que no sean restos de vegetales.

Limpieza de los espacios verdes : El Adjudicatario deberá dedicar una atención constante a la limpieza de los espacios verdes correspondientes a su Zona, respetando para cada uno de ellos las frecuencias establecidas en el correspondiente Plan de Trabajos aprobado La limpieza consistirá en la eliminación diaria de todos aquellos residuos que se generan por el uso de los espacios verdes (papeles, botellas, latas, bolsas y demás desperdicios en general), los residuos vegetales producto del corte periódico del césped, mas todos aquellos residuos resultantes de la dinámica de los ciclos biológicos de los vegetales (desrame natural, caída de hojas, flores, frutos, semillas, etc.).-

La labor se realizará en todos los canteros de césped, solados y senderos peatonales internos y de accesos, veredas perimetrales, áreas de esparcimiento, patios de juegos, areneros y cualquier otra superficie afectada al paseo en cuestión. La recolección de los residuos se ejecutará en forma manual y/o mecánica, con equipos y maquinarias adecuados según las características de cada espacio verde, evitando la mínima agresión o impacto sobre las superficies a limpiar, ya sea por el peso de la maquinaria o el tipo de equipo utilizado.-

La disposición y clasificación del resultante de las tareas de limpieza, como así también del corte de césped, será acumulada en bolsas tipo consorcio, de suficiente espesor como para que no se rompan durante el manipuleo. Las mismas, deberán llevar impreso el nombre de la Contratista de la Zona y serán adecuadamente cerradas y ordenadamente dispuestas sobre la vereda, en aquellos sectores que no molesten o interrumpan el paso, para que la Concesionaria de Recolección de Residuos Urbanos correspondiente a la Zona, pueda retirarlas con facilidad. El acarreo de las bolsas hasta el lugar de retiro, deberá realizarse en el horario previo al paso de los camiones recolectores de manera tal que permanezcan en el sitio el menor tiempo posible, realizando la tarea el mismo día de su recolección. Las bolsas con residuos, deberán en caso de corresponder dispuestas en los containers correspondientes (residuos húmedos o secos), para su recolección diferencial y posterior reciclado de corresponder.

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

Se deberá prestar especial atención a la limpieza de los areneros, los cuales serán rastrillados diariamente en forma profunda, eliminando todo los elementos extraños y ajenos al mismo o que pudiese resultar perjudicial para los usuarios.

Deberán incluirse las tareas de sopleteado de césped de veredas, solados, accesos, cunetas en coordinación con las tareas de motoguadañas

Hojas, césped recién cortado: Se solicitará que se acopie en bolsas de polietileno. Barrido de cunetas para hacer correr el agua que se queda estancada, y el barro después de las lluvias

Extracción a pala de sedimentos encontrados en los bordes de las cunetas luego de lluvias intensas

Control de las rejillas, bocas de tormentas. Extracción de residuos acumulados por las lluvias

4.2.2.- Áreas secas- Senderos, veredas y solados.

Dentro del servicio debe considerarse también el hidrolavado semanal de la totalidad de los caminos y sectores de solados rígidos, y en forma diaria en aquellos espacios verdes de alto tránsito, como así también los muretes, escalones u otros elementos de infraestructura que requieran el mismo tratamiento. Con respecto a los caminos y senderos de materiales sueltos, los mismos deberán ser mantenidos nivelados, libres de cuerpos extraños y vegetación para lo cual se autorizará el empleo de herbicidas de bajo impacto ambiental.

El Contratista también tendrá a su cargo el vaciado, lavado y desinfección de losrecipientes de residuos dispuestos dentro de los límites de los espacios verdes correspondientes a su Zona, efectuando la reposición de la bolsa de polietileno tipo consorcio, en la que figurará el nombre de la empresa Contratista.

4.2.3.- Deposiciones caninas

El Contratista deberá disponer de un sistema diferencial de recolección de las deposiciones caninas, debiendo detallar los equipos, personal y herramientas que destinará a ese fin. En el caso de espacios verdes con caniles, deberá encargarse de la limpieza de los mismos en forma diaria.

El oferente deberá proponer el sistema de recolección de deposiciones caninas con presentación de las herramientas o máquinas propuestas.

Las herramientas de recolección que utilizará la Contratista, serán exclusivas y de uso diferenciado, ya que y a modo de ejemplo, el rastrillo de malla que se use en los areneros no podrá utilizarse en los caniles.

Los caniles, serán limpiados con rastrillos exclusivos para tal fin, pintados de color rojo (similar al de los areneros de base semicircular).

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

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“2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

Serán sancionadas las empresas que utilicen los rastrillos de los caniles (rojos) en los areneros de los patios de juego (verdes).

La limpieza, se realizará en las frecuencias necesarias para que las deposiciones caninas de los Espacios Públicos de la Comuna adjudicada, no representen peligro o contaminación a los usuarios. Se recolectarán en las bolsas de residuos general, provistas por la Contratista.

Limpieza de deposiciones caninas

Para retiros de deposiciones sólidas se considerará como residuo. Para deposiciones no sólidas se tomará, para la limpieza, un área ligeramente mayor que la deposición en canteros y senderos que lo permitan; serán retiradas de tal manera de asegurarse el quitar el 100 % de la deposición.

En solados rígidos, se recogerá el máximo posible, con escoba y pala, debiendobarrer los restos con solución desinfectante a proponer.

En todos los casos donde la circunstancia lo requiera deberá desinfectar el área circundante.

El producido de las tareas de limpieza diaria, como vaciado de los contenedores - dispensadores especiales, se reunirá con el servicio general.

Reparará los dispensadores-contenedores que sufran deterioro en su estabilidad de colocación o por otras causas, recolocando uno nuevo.

Deberá reponer diariamente las bolsas de la totalidad de dispensadores-contenedores. También diariamente deberá reponer la bolsa contenedora interior.

4.3.- MANTENIMIENTO Y LIMPIEZA DE INFRAESTRUCTURA

4.3.1.- Áreas secas, senderos, veredas y solados.

Corresponde a aquellas áreas secas referentes a sectores de mesas y bancos, terrazas, alrededor de Patio de Juegos, alrededor de Fuentes, solados, escaleras, descansos, etc.

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

Estos sectores pueden estar construidos con materiales sueltos, granza cerámica, piedra partida, etc, como así también pueden ser de cerámicas, losetas, baldosones, cemento alisado, asfalto u otro material. (Ver Anexo XI - PET)

En todos y cada uno de los casos el Contratista deberá mantener y reacondicionar cualquier tipo de deterioro o rotura en los mismos.

Hay situaciones donde encontramos grandes deterioros por el crecimiento de las raíces de los árboles cercanos. En estos casos el Contratista deberá solicitar la visita del personal de Arbolado Urbano para evaluar la situación. En ningún momento el Contratista está autorizado para realizar cortes de raíces.

Perfilado a pala: Los límites entre los senderos y los canteros verdes se demarcarán netamente eliminando las malezas y gramilla presentes en toda su extensión con métodos manuales

Desmalezado químico: El Contratista deberá aplicar herbicidas de acción total (base glifosato), en toda la superficie del sendero a tratar. En la aplicación de productos químicos, se deberá impedir el ingreso de personas mediante el cerramiento del área tratada con cintas plásticas.

Se utilizarán herbicidas totales con aplicaciones periódicas. Verano: vez cada 30 días.

Se utilizarán mochilas pulverizadoras con picos especiales para herbicidas y campana de protección para prevenir el deterioro de áreas de césped o especies vegetales aledañas.

Apertura de nuevos senderos en forma mecánica o manual: debe realizar la remoción de carpeta de césped, tierra, etc. a una profundidad de 0,10m, en la que se deberá desparramar Sal Industrial en forma pareja a razón de 10kg. por m2.

Reposición del material existente:

Provisión de granza de cerámica, piedra partida o el material correspondiente a los senderos y solados de cada servicio a razón de 0.025m de profundidad en toda la superficie dos veces al año, para obtener la profundidad estimada durante todo el servicio.

Distribución de material existente:

Se deberá distribuir en los senderos granza de cerámica colorada o piedra partida gris, según lo existente, logrando un espesor de 0,025 m (relación: un metro cúbico de granza para cubrir cuarenta metros cuadrados de superficie). Previamente se nivelarán los senderos que presenten depresiones susceptibles de acumulación de agua. La misma deberá ejecutarse con material poroso que permita la infiltración en profundidad del agua de lluvia, por ejemplo cascote de

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

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“2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

ladrillo o símil apisonado, o sea que no represente un elemento potencialmente tóxico al percolar en profundidad a las raíces de árboles cercanos.

Control de niveles y pendientes, para evitar encharcamientos.

Si hubiera algún deterioro que arruine algún sector del servicio, deberá reacondicionarse y restablecer la cantidad estimada de material de los mismos.

Atención de las veredas perimetrales si fueran del mismo material realizando las mismas tareas.

Materiales Rígidos:

En relación a las superficies de materiales rígidos se mantendrán o reacondicionarán, mediante provisión y colocación todas aquellas áreas de senderos, solados y bordes de canteros construidos con baldosones, cerámicas, asfalto, cemento alisado, etc. Deberán contemplarse las tareas y los materiales acordes a los solados y veredas existentes en cada caso. (Ver Anexo XIV – PET).

4.3.2.- Mobiliario

Los espacios verdes cuentan con una gran variedad de elementos del mobiliario urbano.

El Contratista deberá realizar un relevamiento para evaluar la cantidad, y variedad, estado de conservación de todo el mobiliario incluido en el servicio. Por otro lado deberá establecer la cantidad de elementos a reponer para que se ajusten a la cantidad requerida por ha., como así también la puesta a punto de cada una de las unidades del mobiliario urbano para situarlas en condiciones normales de funcionamiento.

Estos trabajos se realizarán los primeros 90 (noventa) días una vez adjudicada la obra Se adjunta planilla y preciario con los diferentes modelos existentes en los espacios verdes.

Durante el período de mantenimiento el Contratista realizará los arreglos de roturas necesarias, tareas de pintura, de herrería, carpintería, etc., para lograr la conservación en óptimo estado ya sea por el uso cotidiano o por vandalismo menor de todas las unidades del mobiliario urbano, como parte del contrato de mantenimiento básico.

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

Dentro del mobiliario urbano se incluyen los siguientes elementos:

Bancos de madera, de aluminio, cemento, hormigón, en diferentes modelos.

Rejas bajas, cercos, defensas, de hierro, aluminio, alambre, galvanizadas etc.Rejillas hierro esculturales de protección de árboles.Cestos papeleros, de alambre, hierro, aluminio, madera, etc. Pérgolas de madera, de cemento, de hierro, etc.Cartelería, carteles indicadores o de señalización. Mesas de ajedrez con sus bancos individuales. Y Otros.

Se entrega una planilla de tareas indicativa con frecuencias a lo largo de todo el año.

Son solamente indicativas, debiendo realizar cualquier tipo de corrección o mejora o sustitución si alguno de los elementos se encontrase afectado a pesar de haber sido incorporado o atendido con anterioridad. Las tareas de reparación o reposición de los elementos deteriorados deberán realizarse dentro de las 72 horas de verificado el deterioro (Ver Anexo V- PET).

La reparación de todos los daños, roturas o fallas, sean éstas por cualquier causa, que puedan producirse en los elementos de mobiliarios objeto del presente, será competencia exclusiva del Contratista.

4.3.3.- Rejillas y desagües

Deberán mantenerse en perfecto estado de conservación y limpieza todas aquellas instalaciones de rejillas y desagües que integren el servicio de espacios verdes.

Se extraerán en forma diaria los residuos, papeles, bolsas, cigarrillos, hojas secas, etc, que puedan interferir en el normal desarrollo de desagote de estos elementos. De esta manera se evitará todo tipo de encharcamiento de agua o deterioro de senderos o espacios verdes.

Si faltara, se rompiera o se extraviara alguno de estos elementos deberá reponerse a la brevedad, como así también si sufrieran deterioro, se encontraran rotos, oxidados, o sueltos, se procederá a su reacondicionamiento.

4.3.4.- Cestos papeleros – Recipientes para residuos

El Contratista deberá proveer, distribuir, instalar y mantener los recipientes portadores de bolsas de residuos consistentes en estructuras metálicas discontinuas amurables con sistema porta-bolsas en todos los espacios verdes de uso público.

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

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En algunos casos los cestos papeleros existentes se encuentran en buen estado de conservación, solamente se deberá reacondicionar los que se encuentren deteriorados, y proveer la cantidad suficiente faltante a la proporción solicitada en el RELEVAMIENTO ORIENTATIVO. Esto se cotizará con el Item de “Recuperación Inicial, para ser provistos dentro de los 90 (noventa) días una vez adjudicado el servicio

Se solicitará la provisión e instalación de cestos papeleros a cotizar por preciario de acuerdo a la siguiente proporción durante los dos primeros años de contrato.

Cantidad de Cestos recomendados según superficie.

�� Paseos hasta 1000 m2 2 Cestos �� Paseos entre 1001 y 2500 m2 4 Cestos �� Paseos entre 2501 y 7500 m2 8 Cestos �� Paseos entre 7501 y 18000 m2 14 Cestos �� Paseos entre 18001 y 40000 m2 20 Cestos �� Paseos entre 40001 y 180000 m2 10 Cestos cada 4000 m2

�� Paseos superiores a los 180.000 m2 4 Cestos cada 4000 m2

Asimismo el Contratista deberá preveer su reposición y/o reparación, en el caso de destrucción y/o deterioro de los elementos instalados, de modo tal que siempre se halle en condiciones de uso la cantidad total que resulte de la aplicación de la tabla anterior o la existente en el primer año.

Estos elementos portabolsas deberán ser instalados (amurados) en los sectores y ubicaciones que se indiquen. Las características constructivas, color y aspecto deberán ser iguales a los existentes en el espacio verde a tratar en cada caso. Si no hubiera cestos papeleros, deberá proveerse algún modelo referente al preciario(Anexo V – PET), acorde a la plaza o parque correspondiente según su diseño particular.

La provisión de bolsas deberá ser permanente, reponiéndose las que se deterioren o se encuentren excedidas en el 75%.de su capacidad

Las características que deberán poseer estos recipientes porta bolsas son:

�� Utilidad: funcionalidad, prestación de servicio y apropiación espacial con la mínima interferencia en el entorno inmediato, flexibilidad, integración entre los elementos y de éstos con el entorno.

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

�� Los elementos deberán ser resueltos con niveles de calidad, solidez, durabilidad, seguridad, facilidad de limpieza y mantenimiento adecuados al uso previsto.

�� Los elementos, sus fijaciones y fundaciones, si correspondiere, deberán ser diseñados para resistir eventuales sobrecargas originadas en el uso incorrecto, situaciones accidentales, actos de vandalismo y acciones climáticas extremas.

�� Los cestos serán construidos sin aristas peligrosas, con materiales y terminaciones no tóxicas, ni agresivos al medio ambiente.

�� Se tendrá especial cuidado en el diseño de los insertos en solados y de los correspondientes detalles de terminación, procurando que la colocación de los elementos provoque el menor deterioro posible del solado y contemplando la colocación de elementos que oculten y hagan más prolijas las terminaciones.

�� La capacidad individual de la bolsa deberá ser de aproximadamente entre 50 y 70 litros.

�� La recolección y vaciado de los residuos dispuestos en los cestos papeleros deberá incluir el recambio y provisión de las bolsas.

Se encuentran en el preciario los diferentes modelos, los cuales deberán ser verificados con los existentes en las plazas o parques donde se vaya a realizar la reposición, para repetir el diseño en los nuevos a incorporar.

En el caso que se encuentren mas de un modelo, solicitar a DGEV la definición sobre la elección de los mismos.

El Contratista deberá tener un acopio de recipientes y bolsas de manera que permita que las sustituciones y/o reparaciones se efectúen dentro de las 48 hs de verificado el hecho, garantizando que la cantidad exigida se mantenga constante en todo momento y durante toda la contratación.

El Contratista deberá prever la instalación de la totalidad de los cestos requeridos por pliego dentro de los noventa (90) días corridos contados desde la efectiva iniciación de los servicios objeto del presente Pliego. El parque de cestos será quincenalmente verificado en cantidad, siendo exclusiva obligación del Contratista su conservación y mantenimiento permanente

Las bolsas deben estar bien colocadas, para evitar que se vuelen.

4.3.5.- Cartelería

El Contratista deberá mantener en óptimas condiciones de limpieza toda la cartelería instalada en los espacios verdes referentes al servicio. Se solicitará la provisión, instalación y conservación de cartelería por preciario, de acuerdo al Anexo XXI

4.3.6.- Bebederos

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El Contratista deberá mantener y conservar en óptimas condiciones de uso y de limpieza, los bebederos existentes en los espacios verdes referentes al servicio.

Se le solicitará al Contratista la provisión e instalación de nuevos bebederos, según preciario. (Anexo V – PET)

Los bebederos deberán responder a lo indicado en el modelo a determinar por la DGEV y respetar todos los detalles constructivos y materiales que la misma indique. A los efectos de la cotización para la realización de la oferta, el Oferente deberá considerar una distancia a la red de agua potable no mayor a los 20 metros. La reparación de las roturas que se originen con motivo de la instalación de los bebederos estará a cargo del Contratista. La Contratista deberá con anterioridad a la instalación de bebederos controlar si hay agua potable en el espacio verde en cuestión e informarlo fehacientemente a la Inspección, para que esta determine donde instalar los mismos.

El Contratista deberá mantener el normal estado y funcionamiento de los bebederos incorporados durante todo el período del servicio. Se prestará especial atención a las pérdidas ocasionadas por el mal funcionamiento de la instalación sanitaria para evitar deterioros en los alrededores de los mismos.

Se recomienda utilizar algunos elementos antivandalismo para evitar la sustracción de los picos de agua.

El Oferente deberá indicar y cotizar la provisión e instalación completa de bebederos.

4.3.7. – Zonas deportivas

Se refiere a las zonas deportivas establecidas para este fin. Generalmente son áreas secas, con alambrados perimetrales donde se practican diferentes juegos de pelota o patín.

Deberán mantenerse en perfecto estado de limpieza y conservación.

Los alambres perimetrales serán restaurados o se les realizará el recambio de las partes dañadas si fuera necesario.

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

Se realizarán las tareas de pintura y albañilería necesarios en aquellos deterioros ocasionados por el uso de los mismos, como mínimo, una vez al año.

Si se detectara algún deterioro que pudiera ser perjudicial para el usuario, se procederá a clausurar el sector, notificándole a la Inspección el período de ejecución necesario para su restauración.

4.3.8.- Servicios especiales en días de afluencia extraordinaria

En ocasiones especiales, en los que se prevea una afluencia de público a los espacios verdes superior a la normal, tales como el día de la Primavera, Carnaval, Día del niño, eventos culturales, se deberá prever un refuerzo adicional del servicio de limpieza, de manera tal que a primera hora del día hábil siguiente (8,00 horas) el aspecto de todos los espacios verdes comprendidos sea cuidado y prolijo sin que ello implique adicional alguno.

Se solicitará personal idóneo para la realización de tareas de limpieza en los espacios verdes de mayor afluencia de público, para mantener en perfecto estado de limpieza y prolijidad estas áreas durante la jornada. El personal estará presente durante 10 hs. (Ver Planilla de Personal- Anexo XVI- PET)

Entre los Parques que requieren este servicio mencionamos: Parque 3 de Febrero, Parque Rivadavia. Parque Chacabuco, Parque Lezama, Parque Centenario Parque Los Andes y Parque Avellaneda entre otros.

4.4.- MANTENIMIENTO INTEGRAL DE LOS ESPEJOS DE AGUA

4.4.1 Fuentes

DISPOSICIONES GENERALES

FINALIDAD

Las presentes especificaciones tienen por fin establecer en el aspecto técnico – operativo, las condiciones que deben ser observadas por la empresa Adjudicataria, en adelante la Contratista, en la ejecución de los servicios de Limpieza y Mantenimiento de las Fuentes Hidroeléctricas Ornamentales de la Ciudad de Buenos Aires en funcionamiento, según de detalla en el Anexo XIX - PET.

PROFESIONAL ESPECIALIZADO

La Contratista deberá tomar a su cargo un profesional de primera categoría que acredite experiencia en el rubro de 5 (cinco) años en servicios similares.

El mismo deberá asistir conjuntamente con el Representante Técnico a reuniones de coordinación con la inspección de Obra y Asesores del rubro de GCBA.

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REUNIONES DE COORDINACION

La Contratista estará obligada a asistir, representado por su profesional responsable, a todas las reuniones de coordinación de trabajos que solicite la Inspección, a efectos de poder aclarar cuestiones técnicas relativas al servicio, optimizar la prestación del mismo o bien facilitar las modificaciones a los programas de ejecución que pudieran ser solicitadas por la DGEV.

RELEVAMIENTO DEL ESTADO DE LAS FUENTES Y PLAN DE TRABAJO

La Contratista debe confeccionar previo al inicio del servicio de mantenimiento un informe detallado de cada uno de las fuentes que forman parte del contrato.

El informe consiste en una descripción de las instalaciones de la fuente y el estado funcional actual y antigüedad de las mismas. La Contratista además debe presentar a la inspección del servicio de mantenimiento designada por el GCBA un inventario de todos equipos y elementos que forman parte de las instalaciones de cada una de las fuentes junto con un plan de trabajo que explica en detalle (tareas, frecuencia, días y horas) la ejecución del servicio para su aprobación.

El inventario se debe actualizar cada se agrega o retira elementos de las instalaciones. Estas modificaciones deben ser avisadas previo a la Inspección de la DGEV para su aprobación.

El plan de trabajo tiene una validez de 6 (seis) meses y el nuevo plan de trabajo debe ser presentado 30 días antes del vencimiento del plan anterior para su correspondiente aprobación.

LIBRO DE MANTENIMIENTO E INFORMES

La Contratista debe completar un libro de mantenimiento rubricado con copia para cada fuente donde están documentadas todas las tares realizadas con identificación del personal que realizo los trabajos. El libro debe permanecer en el lugar de la fuente en los momentos de la realización de las tareas de mantenimiento y disponible para las Inspectores para cualquier consulta.

La Contratista presentara cada mes un informe detallada por cada fuente resumiendo las tareas realizadas con observación y sugerencias si ella lo ve necesario. Las copias del libro de mantenimiento, como comprobante de las tareas realizadas, se deben entregar junto con el informe mensual.

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

PERSONAL DE LA CONTRATISTA

Todo el personal que asigna la Contrista a realizar los trabajos de mantenimiento deberá estar convenientemente identificado con credencial que contenga el nombre de la empresa Contratista y del empleado, el tipo de su documento de identidad y la tarea que el mismo desempeña. Todo el personal debe contar con un seguro vigente contra los riesgos de trabajo (ART) llevando el carné correspondiente junto con la credencial anteriormente mencionada.

Todo el personal también debe completar un curso de seguridad e higiene correspondiente al tipo de trabajo y tareas que va a realizar.

Junto con el plano de trabajo mencionado antes la Contratista debe entregar un listado del personal asignado junto con la documentación correspondiente al cumplimiento de la ART y seguridad e higiene.

EQUIPAMIENTO Y REPUESTOS

Para la correcta ejecución de los trabajos a realizar, la Contratista deberá utilizar equipos, repuestos y herramientas acordes a las características de las fuentes a intervenir.

Para la limpieza se debe contar como mínimo con los siguientes equipos:

- Hidrolavadora eléctrica- Cable eléctrico de extensión según normas vigentes con un largo suficiente

acorde a las distancias a desplazar. - Sistema de filtrado portátil que debe cumplir con la descripción a

continuación.

La bomba deberá ser una electro bomba autocebante monofásica de uso continuo con motor tropicalizado para climas húmedos y calidos de caudal y presión manométrica necesaria para lograr el filtrado deseado con eje de acero inoxidable contando con un filtro trampa de pelo.

Se reconocerán marcas de primera línea como Grundfos, Rotorpump, Espa o equivalente que garantizan repuestos y reposición inmediata.

La bomba será conectada a un filtro tipo arena de tamaño suficiente para la potencia de la bomba y la cantidad de agua a filtrar. Se reconocerán marcas de primera línea como Astral, Plufilt, Mark o calidad superior a aprobación de la inspección de mantenimiento.

Todo el sistema debe ser montado sobre un carro para su fácil desplazamiento y equipado con manguera de largo suficiente, mango telescópico y cepillo limpia fondo.

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación) G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

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Se debe proveer 1 (un) equipo completo y 1 (un) repuesto de manguera con mango telescópico y cepillo limpia fondo.

- Bomba de achique de buena calidad con manguera de un largo suficiente acorde a las distancias a desplazar.

- Productos para el tratamiento de agua (Cloro, Acido, Alguicida , etc. ..) con accesorios de manipuleo como guantes, botas de goma, antiparras etc. La Contratista debe contar con un stock suficiente para tratar el volumen de agua de las fuentes a intervenir.

- Test Kits para el control y análisis del agua. - Reja saca hojas con mango telescópico y repuestos. - Bolsas tipo consorcio, de suficiente espesor para que no se rompen durante

el manipuleo con el nombre de la empresa Contratista impreso. - Artículos y equipamiento de limpieza en general. - Maquina corta pasto o motoguadaña.

Para el mantenimiento se debe contar con como mínimo con los siguientes equipos y repuestos:

Bombas de recambio acorde a las fuentes a intervenir.

Surtidores de recambio acorde a las fuentes a intervenir.

Accesorios y repuestos hidráulicos (llaves de regulación, válvulas electrocomandadas, válvulas de retención, etc.)

Herramientas adecuadas para la intervención hidráulica y eléctrica.

Lámparas de reposición según el tipo de iluminación de cada fuente a intervenir.

Repuestos para los artefactos de iluminación (vidrios, guarniciones, prensacables, etc.) según el tipo de iluminación de cada fuente a intervenir.

ACCESO A SALA DE MAQUINAS

La Contratista debe garantizar que las puertas de acceso a las salas de máquinas de las fuentes están en buen estado y cerradas con cerradura o candado impidiendo el acceso de personas no autorizadas.

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

Se debe entregar a la Inspección de Mantenimiento 2 (dos) copias de llaves por cada sala de maquinas.

En caso de incumplimiento (Puertas mal cerradas o abiertas, puertas en mal estado y fácil de abrir, faltante de rejas de protección y antivandálica etc.) la Contratista se hace responsable de los daños y accidentes ocasionados.

INSPECCION DE LOS SERVICIOS

La Inspección designada por el GCBA realizara los controles que estime pertinentes, con el fin de poder evaluar el cumplimiento de los servicios contratados, como así también de la afectación de la Mano de Obra, Equipos y Repuestos necesarios a tal fin

DESCRIPCION DE LOS SERVICIOS

LIMPIEZA DE LAS FUENTES

Las fuentes se dividen en 3 (tres) zonas con distintos tareas de limpieza y frecuencia:

Zona I: El espejo de agua de la fuente. Zona II: El borde de la fuente, la sala de maquinas y esculturas y monumentos que forman parte de las fuentes. Zona III: El espacio comprendido entre el enrejado perimetral (si existiera) y el borde de la fuente. Si no hay enrejado, seria determinado el espacio en cada caso particular de las fuentes en cuestión.

ZONA I Frecuencia diaria:

La limpieza consistirá en la eliminación de todos aquellos residuos que se generan por el uso de los espacios verdes (papeles, botellas, latas, bolsas y demás desperdicios en general), mas todos aquellos residuos resultantes de la dinámica de los ciclos biológicos de la vegetación (desrame natural, pasto cortado, caída de hojas, flores, frutos, semillas, etc.).

ZONA I Frecuencia semanal:

Controlar la calidad del agua con medición de PH y contenido de cloro aplicando los productos necesarios para mantener el agua limpia y cristalina.

Limpiar el fondo de pileta con limpia fondo portátil o el sistema de filtrado si la fuente esta equipado con filtro propio. Controlar y limpiar (destapar) los picos y surtidores de los efectos de agua. Nivelar, ajustar y regular los efectos si fuese necesario para lograr la prolijidad y altura establecido por la Inspección de Mantenimiento.

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Page 349: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

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“2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

Controlar y limpiar todas las rejillas y filtros del sistema hidráulico (desborde, desagüe, filtros de succión, filtros de retorno.

Revisar el sistema de filtrado (si existe) que incluye el retrolavado del filtro, limpieza de la trampa de pelo de la bomba acorde del manual de mantenimiento y limpieza del sistema instalado.

Recambio de agua si fuese necesario.

ZONA II Frecuencia semanal:

Limpieza en general según Zona I frecuencia diaria. Eliminación de graffitis o pintadas en las áreas que forman parte de la fuente. Mantener las instalaciones (baños, lavatorios, depósitos etc.) de la sala de máquinas en un buen estado.Limpiar el pozo de bombeo con la bomba de achique en la sala de maquinas.

ZONA III Frecuencia diaria:

La limpieza consistirá en la eliminación de todos aquellos residuos que se generan por el uso de los espacios verdes (papeles, botellas, latas, bolsas y demás desperdicios en general), mas todos aquellos residuos resultantes de la dinámica de los ciclos biológicos de la vegetación (desrame natural, pasto cortado, caída de hojas, flores, frutos, semillas, etc.).

ZONA III Frecuencia semanal:

Corte de pasto y limpieza e mantenimiento de los espacios verdes incluido en la zona.

Limpieza e mantenimiento de los enrejados, de manera tal que se encuentren en buenas condiciones de seguridad y aspecto.

CONTROL Y MANTENIMIENTO HIDRAULICO DE LAS FUENTES

El control y mantenimiento de los componentes hidráulicos de la fuente incluye en todos los casos la reparación y/o reemplazo inmediato de los elementos defectuosos para evitar que la fuente quede sin funcionar correctamente.

El control que se debe realizar en forma semanal:

N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 349

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

Controlar y revisar la cañería y llaves de corte de la entrada de agua a la fuente incluyendo los controles de nivel por flotante o sensor y válvula electrocomandada.

Controlar y revisar la cañería de desagüe y desborde con sus llave de corte y rejillas de protección.

Controlar y revisar la cañería de impulsión y succión con todos los elementos de regulación (esclusas, esféricas, válvulas de retención, válvulas electrocomandadas, válvulas de alivio, etc.) y filtros de protección.

Controlar y revisar los picos y surtidores de los efectos de agua con todos los elementos de conexión (rotulas, uniones dobles, acoples, etc.).

Ante cualquier inconveniente los surtidores deben ser reparados o cambiados en forma inmediata para evitar que queden fuentes sin funcionar. Por eso es obligación de la empresa Contratista contar con repuestos y surtidores de recambio.

Controlar y revisar las electrobombas de la fuente con todas sus conexiones hidráulicas (uniones dobles, manchones, abrazaderas, acoples, llaves de corte y regulación, etc.) y eléctricas (cables, empalmes, etc.).

Ante cualquier inconveniente las bombas deben ser reparadas o cambiadas en forma inmediata para evitar que queden fuentes sin funcionar. Por eso es obligación de la empresa Contratista contar con repuestos y bombas de recambio.

Controlar y revisar el sistema de evacuación de agua en la sala de maquinas (bomba de achique) y garantizar su correcto funcionamiento. En caso contrario la Contratista debe hacerse cargo de los daños ocasionados.

Revisar y reparar posibles rajaduras, filtraciones y roturas en la estructura e instalación hidráulica de la fuente.

Mantener la pintura, revoque y revestimiento de la fuente (tanto externo como interno) en buen estado en el aspecto funcional y estético.

CONTROL Y MATENIMIENTO ELECTRICO DE LAS FUENTES

El control y mantenimiento de los componentes eléctricos de la fuente incluye en todos los casos la reparación y/o reemplazo inmediato de los elementos defectuosos para evitar que la fuente quede sin funcionar correctamente. Incluye cables, tablero, programación de la fuente, sistema de iluminación, transformadores, análisis y control de la puesta a tierra, entre otras cuestiones eléctricas.

4.4.2.- Estanques.

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

“2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

Recolección de las hojas que se acumulan en el fondo en temporada otoñal, barrido del fondo.

Retiro de basura.

Evitar la entrada del césped cortado al bordear el perímetro del estanque.

Sistema de circulación: chequear periódicamente el funcionamiento del equipo de bombeo.

En caso de descenso de nivel de agua, completar con agua de riego. Si hubiera plantas acuáticas deberá prestarse real atención al desarrollo de las mismas.

Extraer especies si hubiera superpoblación, como agregar especies si no fueran suficientes con respecto a la superficie del agua.

No incorporar ningún tipo de producto que pueda afectar a las especies vegetales

Limpieza Superficial de los Espejos de Agua, la limpieza se realizará a continuación de concluida la limpieza del espacio verde., Será solo de superficie, retirando diariamente todo tipo de objetos y/o residuos de cualquier naturaleza que se encuentren flotando y/o a la vista, cerca de los bordes, deberán ser retirados y embolsados de igual forma a la descripta para la disposición resultante de las demás tareas de limpieza. Esta tarea se efectuará en todos aquellos espejos de agua existentes en los servicios.

4.5.- RIEGO

Se contempla la prioridad de las tareas de riego para poder realizar las tareas culturales establecidas en el manejo de césped y en el mantenimiento y conservación de canteros y especies vegetales.

En los espacios verdes que no haya sistema de riego instalado, y cuente solamente con canillas o bocas de agua, el personal del Contratista deberá realizar las tareas de riego con mangueras de todas las áreas.

Deberá proveer las mangueras necesarias, acoples rápidos o regadores móviles según las características de la alimentación de agua del sector. Se organizará la cantidad de personal necesario para realizar dichas tareas a lo largo de todo el año

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

según las necesidades climáticas y técnicas de acuerdo a la tarea que se haya realizado.

En los espacios verdes con sistemas de riego instalados, deberán realizarse las tareas de mantenimiento, conservación y arreglo de roturas necesarias a fin de obtener un resultado óptimo en el funcionamiento de los mismos.

En aquellos espacios verdes donde exista un sistema de riego instalado se realizarán las siguientes tareas:

Revisiones periódicas para controlar el funcionamiento del sistema.

Si se detectan pérdidas o roturas, se procederá a reacondicionarlas de inmediato.

Se verificará el estado de toberas y aspersores, calibrando las boquillas hacia las áreas verdes cada vez que sea necesario.

Se recambiaran las baterías de los controladores en forma periódica para efectivizar el funcionamiento del riego de las distintas estaciones en forma automática para poder realizarlo durante la noche.

�� Mantenimiento preventivo �� Tareas generales de limpieza. �� Sopleteo de filtros. �� Control general de la válvula controladora de caudal y presión. �� Control de sistema automático y adecuación del mismo a las distintas necesidades (si también existieran). �� Reposición de cañerías, toberas o aspersores cuando sea necesario, siempre y cuando dichos desperfectos hayan sido ocasionados por el uso normal de los mismos. �� Incluye mantenimiento restauración y / o reposición de bombas de agua. �� ( Ver Anexo III- PET riego general)

Relevamiento y puesta a punto de sistemas de riego existentes y/o proyecto y ejecución de sistemas de riego nuevos.

En el transcurso de los primeros 45 (cuarenta y cinco) días una vez adjudicado el servicio, el Contratista deberá realizar un relevamiento de Riego, de todas las áreas verdes incluidas en su Zona.

En el caso en que hubiera un sistema de riego existente, el Contratista realizará un inventario del mismo para evaluar:

�� Tipo de sistema de riego �� Estado general �� Alimentación�� Estado de bombas existente, caños, toberas, aspersores, controladores.

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación) G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO “2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

�� Instalación eléctrica, etc.

Realizará un inventario y presentará una propuesta económica con detalle de tareas y materiales y período de ejecución, planos, descripción gral., costos totales de aquellos insumos y/o materiales, mano de obra, equipos y toda otra provisión o trabajo complementario que, directa o indirectamente, resulte necesario para la puesta a punto de recuperación del sistema de riego existente.

Si no hubiera sistema de riego o el existente se encontrara obsoleto, el Contratista deberá presentar un Proyecto de Riego afín al espacio verde correspondiente, presentando junto con el mismo, planos, descripción gral., detalle de materiales, costos totales de insumos y/o materiales, mano de obra, período de ejecución, equipos y toda otra provisión o trabajo complementario que, directa o indirectamente, resulte necesario para la puesta a punto del nuevo sistema de riego, teniendo en cuenta las especificaciones detalladas en el Anexo III.

4.6.-PATIO DE JUEGOS

El presente PET, incluye el mantenimiento de todos los patios de juegos que se encuentran en la Zona a licitar, listados en el Anexo XV - PET.

Para ello el enfoque de mantenimiento será tanto preventivo como correctivo.

La empresa Adjudicataria deberá presentar dentro de los 90 días de inicio de las actividades contractuales un detalle pormenorizado de los patios de juego correspondientes a su zona, indicado estado de los mismos y cumplimiento o no de las normas de seguridad correspondientes.

Las empresas Oferentes deberán presentar un programa de conservación de los patios de juegos infantiles, en el cual deberá especificar un calendario en el que refleje, de acuerdo a las especificaciones técnicas del presente PET, las siguientes labores, con sus frecuencias:

�� Limpieza de la superficie arena, goma, chips, pavimentos, etc. �� Nivelación de areneros y/o material existentes (chips, corteza, etc.) �� Carpida y reposición de arena, chips, etc. �� Mantenimiento y reposición de pisos de goma o similar �� Control de desagües por medio de pozos denantes o similares �� Anclajes y desanclajes según las normas de seguridad

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

�� Sustitución de piezas y reposiciones de elementos�� Tratamiento superficiales de piezas componentes (pinturas,

impermeabilizantes, etc.) �� Dotación de recursos: personal, maquinaria vehículos

Mantenimiento Preventivo

Periódicamente deberá controlarse el estado de los patios de juego.

Los juegos no deben presentar:

�� Juntas, bordes ni vértices cortantes. �� Salientes, ni faltantes o deterioro de tapones protectores. �� Riesgos de enganche de la ropa tales como ganchos en forma de S

abiertos o pernos salientes. �� Puntos accesibles de pellizco, aplastamiento o corte, ni partes en

movimiento expuestas. �� Elementos que impliquen riesgos de tropiezo, como por ejemplo

dispositivos de cimentación o anclaje. �� Rocas, ni raíces, ni cualquier otro obstáculo ambiental en el área de

juegos.

Los juegos no pueden estar deteriorados ni oxidados y tampoco presentar rajaduras o astillas, sobre todo en el sitio que se encuentra en contacto con el piso.

Deberán estar todos los componentes sanos (Ej. Pasamanos, barandas, barreras de protección, peldaños o barrotes de escalera), tanto de los juegos como los elementos del área (rejas, cercos, bancos, carteles, etc.)

Todos los juegos deben permanecer anclados en forma segura. Se deben encontrar libres de basura o desechos varios como por ejemplo ramas de árbol, latas de gaseosa, botellas, vidrios rotos, etc.

Para los siguientes ítems, deberá tenerse especial cuidado en:

Pórticos de hamacas, sillitas, caballitos, tambores oscilantes, etc: Revisión y cambio si fuere necesario de os anclajes superiores e inferiores y cadenas. Revisar especialmente las bases de caño amurados al piso Pórtico de sube y baja: Revisión de tacos de anclaje y estructuras de caños. Toboganes: Revisión completa del juego, especialmente el deslizante de madera y barandas de protección.Arboles de trepar y arcos escalables: Revisar especialmente las uniones de caños, las soladuras y bases de los mismos.

Los juegos considerados “tradicionales” deberán ser pintados previa arenación, dos veces al año, de acuerdo a especificaciones técnicas del área responsable dentro de la DGEV.

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

“2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

Dicha operación se realizará en presencia de personal calificado de la DGEV y con comunicación fehaciente por escrito con no menos de diez (10) días de antelación a dicha dirección quien la girará al MAYEP, con duplicado de recibo firmado.

Seguridad de los Elementos

Verificar que no haya puntos o bordes filosos en los juegos, ni riesgos de tropiezo (bases de cemento, raíces de árboles o rocas).

Las superficies ubicadas alrededor de los juegos deben tener asegurada una superficie no menor a 300 mm de virutas de madera, arena, grava, alfombra de goma o material similar.

Las superficies de protección deben mantener su prolongación al menos 1200 mm en todas las direcciones a partir del juego.

Con respecto a las hamacas, la superficie se prolonga adelante y atrás dos veces la altura de la barra de suspensión.

No debe haber dispositivos flojos ni conexiones deterioradas (Ej. Los ganchos en S).Los componentes con movimiento, como los soportes de hamacas o los cojinetes de las calesitas, no deben estar desgastados.

Desagües

Toda el área de juegos debe contar con desagües satisfactorios, en particular en áreas de alto tránsito como debajo de las hamacas y a la salida de los toboganes.

Limpieza de los Patios de Juego

Se deberá prestar especial atención a la limpieza de los areneros, los cuales serán rastrillados diariamente en forma profunda, a primera hora de la mañana en los casos en que se establezca Personal Fijo eliminando todo los elementos extraños y ajenos al mismo o que pudiese resultar perjudicial para los usuarios.

El resto de los Patios de Juegos serán revisados por el Veedor de Plazas en el momento en que se dispone a abrir las puertas de las rejas de los mismos.

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

La Contratista deberá mantener constantemente la limpieza de los Patios de Juego correspondientes a su Zona aplicando para cada uno de ellos, las frecuencias establecidas en el correspondiente Plan de Trabajo aprobado.

Los canastos de basura asignados al Patio de Juegos, deben permanecer ocupados hasta las ¾ parte de su capacidad.

Material Orgánico Suelto

Las virutas de madera, mantillo de corteza, fibras de madera procesada, etc., deberán ser renovadas o reemplazadas periódicamente y con mantenimiento continuo (es decir nivelación, emparejamiento, cernido, rastrillado) para mantener la profundidad adecuada y retirar los cuerpos extraños.

Para un mantenimiento adecuado, se tendrán en cuenta los siguientes factores: Clima lluvioso, humedad elevada, temperaturas muy bajas, el paso del tiempo (por el cual el material orgánico suelto se combina con tierra y otros cuerpos extraños, se descompone, se pulveriza y se compacta) lo que exige su reposición.

Material Inorgánico Suelto

El Contratista deberá, al inicio del contrato, limpiar profundamente la arena existente y agregar la necesaria para alcanzar las cotas estipuladas en cada patio de juegos Deberá mantener este nivel de arena constante a lo largo de la vigencia del contrato y deberá asimismo incorporar 10 cm de altura de arena en los areneros de todos los patio de juegos cada seis meses, incluyendo el retiro de la arena remanente de recambio resultante de las tareas diarias de limpieza, fuera del espacio verde y donde lo indique la Inspección en forma escrita.

El Contratista deberá revisar el estado de los bordes contenedores de los areneros, a efectos de su reparación si fuere necesario, por aplicación del preciario, a través de una orden de servicio específica.

Al inicio del contrato, la empresa Contratista deberá analizar el estado de todos los patios de juego y en caso de que según la información brindada la inspección considere que debe recambiarse toda la arena, se cotizará por medio del preciario.

La colocación de la nueva arena no deberá provocar roturas o deterioros en las instalaciones circundantes (riego, alumbrado, etc.) durante la colocación. Dicha operación se realizará en presencia de la Inspección y con comunicación fehaciente por escrito con no menos de diez (10) días de antelación a la Dirección General de espacios verdes quien la girará al MAyEP, con duplicado de recibo firmado.

El Contratista deberá mantener durante la duración del contrato los areneros en perfecto estado de limpieza y sanidad.

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación) G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO “2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

A- La arena y grava requieren un mantenimiento continuo (es decir nivelación, emparejamiento, cernido, rastrillado) para mantener la profundidad adecuada y retirar los cuerpos extraños.

B- Deberán ser rastrillados en profundidad diariamente, eliminando aquellos excrementos de origen animal (perros y gatos) así como cualquier otro elemento ajeno a la composición de la arena que represente un potencial peligro o distorsión en la utilización del recurso lúdico por sus usuarios (elementos cortantes, hojas semienterradas, piedras, etc.).

Esta tarea deberá implementarse con rastrillos metálicos de base semicircular, pesado, pintado de color verde (mango y rastrillo), con retícula no mayor de 4 mm, no admitiéndose ningún otro. Asimismo se deberán regar los mismos con agua rebajada con cloro en un 3% luego del rastrillado.

Para un mantenimiento adecuado, se tendrán en cuenta los siguientes factores:

�� Clima lluvioso, humedad elevada, temperaturas muy bajas. �� El paso del tiempo (por el cual el material inorgánico suelto se

combina con tierra y otros cuerpos extraños), lo que exige su reposición.

�� La deposición de los animales y basura (vidrios rotos, clavos u otros objetos filosos que pueden provocar cortes o heridas punzantes).

Debe darse vuelta periódicamente la arena compactada, que además debe aflojarse y limpiarse. Se debe desgranar periódicamente la grava y retirar sus partes endurecidas.

Material Sintético Unitario

En el caso de Neumáticos en Tiras, se realizará un mantenimiento continuo (tratamiento para que no ensucie la ropa) para retirar los cuerpos extraños.

El caucho o compuestos de caucho en forma de alfombra o baldosas, exigen un mantenimiento mínimo. Son inflamables y pueden ser cortados. Las baldosas deben estar pegadas y en buen estado. Asimismo, se deberá contemplar en el mantenimiento la reposición de estas alfombras por rotura o vandalismo menor.

Mantenimiento correctivo

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

La empresa Adjudicataria de cada Zona, deberá en caso de ser necesario realizar el mantenimiento correctivo de los patios de juegos y de sus componentes. Frente a roturas o desgastes de los juegos y sus componentes, la Adjudicataria deberá dentro del servicio básico de mantenimiento de los patios de juegos, hacerse cargo de las intervenciones que pudieran corresponder para mantener los juegos en perfecto estado de funcionamiento y seguridad.

Instalación de nuevos patios de juego

La empresa Oferente deberá cotizar por preciario al menos dos modelos de patios de juegos, que deberán cumplir con los requerimientos detallados en el manual de seguridad de patios de juegos, Anexo XVII- PET.

La empresa Adjudicataria deberá proponer diversos módulos para la construcción de patios de juego, que la DGEV podrá solicitar mediante preciario de acuerdo a los lineamientos que la misma determine.

En diseño de los patio de juego, será libre, dentro de los requerimientos especificados en el Anexo XVII- PET, debiendo uno de ellos contemplar que al menos el 70% de los componentes sean de madera.

Asimismo, deberán cotizar por preciario módulos de juegos para niños con capacidades diferentes, de acuerdo al Anexo XVIII- PET.

4.7.-MANTENIMIENTO Y LIMPIEZA DE OBRAS DE ARTE, MONUMENTOS, ESCULTURAS, ESTATUAS, BUSTOS Y PLACAS

La empresa Adjudicataria de cada Zona, deberá hacerse cargo del mantenimiento preventivo y correctivo de los monumentos y obras de arte que se encuentran en dicha zona, de acuerdo al Anexo XII- PET.

“El Patrimonio Cultural de la Ciudad de Buenos Aires (PCCABA) es el conjunto de los bienes muebles e inmuebles, ubicados en el territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”.

Se tendrá en cuenta la Ley 21.019 de Monumentos Históricos, teniendo que solicitar el correspondiente permiso a la Comisión Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares Históricos en el caso que se deba intervenir un monumento declarado “Monumento Histórico”.

La empresa Adjudicataria deberá presentar dentro de los 120 días de inicio de las actividades contractuales un detalle pormenorizado de los monumentos y obras de arte correspondientes a su Zona, indicado estado de los mismos.

Debido a la importancia artística, cultural y patrimonial que tienen los monumentos y obras de arte de la Ciudad, la empresa Adjudicataria deberá en todos los casos presentar un informe detallado de las intervenciones a realizar en estos bienes. La

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación) G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO “2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

DGEV por medio del personal idóneo en la materia, determinará la conveniencia de las intervenciones a realizar, o solicitará modificaciones cuando lo considere conveniente.

En todo momento, la empresa Contratista deberá analizar las intervenciones teniendo en cuenta los lineamientos descriptos en el Anexo XII – PET (Ppios de conservación, conservación y restauración del bronce)

Todas las obras escultóricas ubicadas en los espacios públicos de la Ciudad poseen diferentes grados de deterioro que deberían ser justipreciados puntualmente obrar por obra previo a cualquier intervención tendiente tanto a su preservación (mantenimiento preventivo), asi como a las eventuales restauraciones que se les deban practicar (tratamiento correctivo).

De manera sucinta el marco de referencia sobre los tipos de deterioros posibles son:

1. DETERIOROS DEL SOPORTE FÍSICO DE LA OBRA ORIGINADOS POR LA ACCIÓN AMBIENTAL Y/O FALLAS DE CARÁCTER CONSTRUCTIVO: �� Eflorescencias calcáreas en mármoles y granitos,

formación de colonias de moho, musgo, bacterias, etc. �� Erosiones de mármoles y mamposterías�� Decoloraciones por efecto de la polución ambiental�� Oxidación del soporte físico de las obras escultóricas y

de equipamiento ornamental realizadas en metal, (hierro, bronce) �� Hundimiento de las plataformas de sustentación de

grandes y medianas obras escultóricas �� Desprendimiento de partes de la obra �� Suciedad ambiental�� Etc.

2. DETERIOROS DEL SOPORTE FÍSICO DE LA OBRA ORIGINADOS POR LA ACCIÓN INTENCIONAL DEL HOMBRE: �� Graffitis sobre mármol, granito y mampostería �� Graffitis sobre metales �� Partes faltantes en obras de mármol, piedra, granito,

fibro cemento, mampostería �� Partes faltantes en obras de metal

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

�� Deterioros de carácter estructural por efecto de acciones vandálicas o accidentales

�� Etc.

Ante este marco de referencia (1y 2), las acciones posibles para la conservación de los bienes culturales básicamente son:

b. Limpieza mecánica mediante el hidrolavado a vapor. Esta acción se llevara a cabo utilizando rangos de presión adecuados a cada situación particular, controlando no solo los bares de salida del pico sino también la distancia a la cual se aplica y el ángulo de ataque.

c. Limpieza manual selectiva.

Esta acción se llevara a cabo utilizando jabón neutro aplicado con pinceles y en los casos que se requiera se utilizaran cepillos de cerda blanda, asimismo en los casos de incrustaciones resistentes, estas deberán ser removidas con estacas de madera.

d. Los enjuagues y eliminación de restos de la limpieza manual se realizaran mediante hidrolavado, con agua fría o vapor según sea el caso.

e. De resultar necesario –cuestión que se determinara puntualmente en cada caso- se aplicara a las obras escultóricas de bronce betún de Judea con una carga tonal verde a base de pigmentos inorgánicos, eliminando lagunas de excedentes mediante paños tipo franela.

f. Como protección final se le aplicara manualmente a todas las obras escultóricas que así lo requieran según diagnostico –sean de bronce o de mármol- cera microcristalina, utilizando para tal fin pinceles de cerda blanda y, de ser necesario diluir la cera para una mejor aplicación solo se hará con trementina vegetal.

g. Las reparaciones de las bases tanto de las obras escultóricas como las de equipamiento ornamental o de homenaje se efectuaran siguiendo las reglas del buen arte y utilizando el mismo material del soporte físico original.

h. Para la pintura tanto de bases de jarrones, mástiles, monolitos, etc.; se utilizara pintura Loxon para exteriores.

i. Para la realización de las patinas que sean necesaria realizar a jarrones, relieves, obras escultóricas, placas, etc. se utilizara el mismo material y metodología que posea originalmente el objeto a tratar.

Placas

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación) G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO “2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

Las placas de bronce existentes en calles, parques, plazas y monumentos en las que se consigna sintética y claramente su significado histórico, deberán ser mantenidas como se describe a continuación.

El bronce, aunque no sufre oxidación, se va deteriorando y perdiendo su brillo por efecto del polvo, la suciedad y con la humedad puede volverse verdoso. Para hacer que recupere su aspecto original, en primer lugar, si la pieza de metal forma parte de cualquier objeto se debe desmontar para evitar dañar el resto de los materiales. Si esto no es posible se protegerá adecuadamente lo que esté alrededor.

Hay tres formas de limpiarlo, según el grado de suciedad que presente:

�� Si está muy sucio, se impregna un cepillo suave, que no dañe el metal, en petróleo y se cepilla todo el objeto. Se debe actuar con mucha precaución al realizar esta operación; el petróleo es altamente inflamable y hay que evitar los focos de calor, además es tóxico por lo que se debe utilizar la protección adecuada. A continuación se lava el objeto con agua tibia con jabón (no ha de ser detergente), primero se seca la mayor parte de la humedad con un trapo y después se deja al aire libre y a la sombra hasta que hayan desaparecido totalmente los restos de agua. Finalmente se aplica la cera protectora.

�� Si presenta una suciedad intermedia, se prepara una mezcla con vinagre de vino y amoniaco, rebajada con un poco de agua y, con la ayuda de una paño, se frota toda la superficie. Se procede a su secado de la misma forma que hemos descripto con anterioridad y se aplica la capa de cera.

�� Si la suciedad es ligera será suficiente con lavarlo con agua tibia jabonosa a la que se le puede añadir un poco de alcohol de quemar. Se aclara completamente con agua tibia y se seca de la misma manera. Después se abrillanta con una lanilla y se aplica la cera.

Tras la limpieza, para que el bronce se conserve limpio y brillante durante mucho tiempo, se le aplica con un paño fino una ligera capa de cera o crema incolora que contenga silicona. La película que así se forma protegerá al objeto contra el polvo y la suciedad, y le dará un brillo duradero.

Mástiles

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

La Ciudad de Buenos Aires tiene mástiles en varios espacios públicos, según se detalla en el Anexo XVII- PET, los cuales son objeto de la presente Licitación para su mantenimiento.

La empresa Adjudicataria deberá presentar dentro de los 120 días de inicio de las actividades contractuales un detalle pormenorizado de los mástiles correspondientes a su Zona, indicado estado de los mismos. En dicho informe deberá tener en cuenta a modo de referencia si tiene driza y de que diámetro es, si el mecanismo de izamiento funciona bien, si falta pintura a la antena y base, si se encuentra en buenas condiciones (roturas, etc.) y si tiene obras escultóricas en qué estado se encuentran.

4.8.-MANTENIMIENTO, CONSERVACIÓN Y REPOSICIÓN DE REJAS Y PORTONES

General

El Oferente deberá considerar en su oferta la reposición, reparación y/o el mantenimiento de rejas y portones, durante la vigencia del servicio, ya sean nuevas o existentes, al inicio del contrato en todos los espacios públicos comprendidos en la Zona de cotización. Cotizar por preciario la colocación de nuevas rejas.

Trabajos a realizar en rejas y portones

Al inicio del contrato, se hará la reparación y/o recambio de todas las partes de las rejas que presenten roturas, como ser parantes, herrajes, paños, puertas y/o portones, otras roturas, etc. y el pintado de la de las rejas existentes en su Zona, que necesiten ser pintadas de acuerdo a un plan de trabajo y a la previa inspección por parte de la DGEV, para determinar la conveniencia o necesidad del pintado.

Durante el período de contrato se realizará la reparación de las roturas que se produzcan y el repintado de las partes reparadas.

El pintado de la totalidad de las rejas se realizará una vez al año, durante la duración del contrato.

El material que se utilizará para la reparación de las rejas será de hierro negro, al carbono, similar a los existentes. Los barrotes serán en varillas de hierro cuadrado. Los aros de hierro se realizarán en planchuelas. Las columnas serán de tubo cuadrado de igual medida a las existentes. Se repondrán los remates que faltaren respetando los materiales existentes.

Los portones a reparar o recambiar serán construidos en el mismo material que las rejas y respetando los módulos existentes.

Todos los materiales a incorporar y a utilizar en los trabajos serán de primera calidad y de primer uso.

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

“2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

Los metales que se empleen en la construcción de los elementos serán perfectamente homogéneos, estarán exentos de sopladuras o impurezas, tendrán textura granulada y fina, debiendo sus superficies exteriores ser limpias y sin defectos.

Las piezas curvadas no deberán presentar arrugas en la cara interior de las curvas.

Las reparaciones de las rejas y los portones se deberán entregar tratados y pintados, aplicando una mano de convertidor de óxido, una mano de base y dos manos de pintura esmalte sintético color a elección de la Inspección de Obra. La segunda mano de pintura esmalte sintético deberá ser aplicada en obra una vez finalizada la colocación definitiva de la reja en el lugar.

Si la reja correspondiera a otro modelo se procederá a repararla de acuerdo a sus características.

Verificar en el relevamiento inicial.

El Contratista deberá tener el cuidado de realizar el tratamiento de pintura en las soldaduras que se efectúen en la obra, dejando el material protegido y tratado, cumpliendo con todos los ítem del presente numeral.

Las pinturas a emplear serán en todos los casos de marca aceptada por la Inspección.

Los trabajos se realizarán de acuerdo a las reglas del arte, debiendo en todos los casos limpiarse las superficies perfectamente, libres de manchas, óxido, etc., lijándolas prolijamente y preparándolas en forma conveniente, antes de recibir las sucesivas manos de pintura.

Se aplicarán pinturas sobre superficies secas, limpias de polvo y grasas, debiendo ser limpiadas profundamente.

Los defectos que pudiera presentar cualquier superficie, serán corregidos antes de proceder a pintarlas. No se admitirá el empleo de pintura espesa para tapar poros, grietas, etc.

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

El Contratista notificará a la Inspección sin excepción alguna, cuando vaya a aplicar cada mano de pintura, debiéndose distinguir una mano de otra por su tono.

Las pinturas serán de primera calidad y de marca y tipos que se indiquen en cada caso, no admitiéndose sustitutos ni mezclas con pinturas de diferentes calidades.

De todas las pinturas, colorantes, esmaltes, aguarrás, secantes, etc., el Contratista entregará muestras a la Inspección para su elección y aprobación. Los productos que lleguen a la obra vendrán en sus envases originales cerrados y serán comprobados por la Inspección, quien podrá requerir del Contratista y a su costo, todos los ensayos que sean necesarios para verificar la calidad de los materiales. En todos los casos la preparación de las pinturas, mezclas o ingredientes, se deberán respetar las indicaciones del fabricante.

Los trabajos serán confiados a obreros expertos y especializados en la preparación de la pintura y su aplicación. El no cumplimiento de lo establecido en el presente PET y en especial en lo que se refiere a notificación a la Inspección de Obra previa aplicación de cada mano de pintura, salida de materiales, prolijidad de los trabajos, será motivo suficiente para su rechazo.

El orden de los diferentes trabajos se supeditará a la conveniencia de evitar el deterioro de los trabajos terminados. Antes de dar inicio al pintado, se deberá efectuar la limpieza de los sectores a pintar, debiéndose preservar la acera, con lonas, arpilleras, que el Contratista proveerá a tal fin.

Cuando se indique el número de manos a aplicar se entiende que es a título ilustrativo. Se deberá dar la cantidad de manos que requiera un perfecto acabado, a juicio de la Inspección. El Contratista corregirá los defectos que se presenten antes de proceder a su pintado. Además se deberán tomar las precauciones indispensables a fin de preservar las obras del polvo o lluvia. Será condición indispensable para la aprobación de los trabajos, que éstos tengan un acabado perfecto sin huellas de pinceladas. A los efectos de determinar el grado de calidad de las pinturas, para su aprobación se tendrán en cuenta las siguientes cualidades:

1) Pintabilidad: Condición de extenderse sin resistencia al deslizamiento del pincel o rodillo.

2) Nivelación: Las marcas del pincel o rodillo deben desaparecer a poco de aplicadas.

3) Poder Cubriente: Para disimular las diferencias de color del fondo con el menor número de manos posible.

4) Secado: La película de pintura debe quedar libre de pegajosidad al tacto y adquirir dureza adecuada en el menor tiempo posible, según la clase de acabado.

5) Estabilidad: Se verificará en el envase. En caso de presentar sedimento, este deberá ser blando y fácil de disipar.

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Page 365: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3091 · N° 3091 - 8/1/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1. ANEXO - DECRETO N° 1.517/08 (continuación) ... OCTAVA:

ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación) G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

“2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

La Inspección de Obra se reserva el derecho de rechazar aquellos trabajos que no respondan a las rejas existentes.

Limpieza

La Contratista deberá mantener constantemente la limpieza de Rejas y Portones de los espacios públicos correspondientes a su Comuna, aplicando para cada uno de ellos, las frecuencias establecidas en el correspondiente Plan de Trabajo aprobado.

También deberá considerar una limpieza permanente, para lo cual afectará personal fijo cubriendo todos los días del año.

Instalación de nuevas rejas:

La DGEV podrá solicitar a la empresa Contratista la instalación de nuevas rejas en las plazas donde lo considere oportuno, las cuales se abonarán de acuerdo al preciario. A partir de la colocación de las mismas, será responsabilidad de la empresa el correcto mantenimiento hasta la finalización del contrato.

4.9.- MANTENIMIENTO DE BAÑOS PÚBLICOS EXISTENTES . Mantenimiento de baños existentes: El Contratista será el encargado de mantener los baños existentes en los EV de la Ciudad. Realizarán las tareas de limpieza y atención de los baños públicos. Deberán encargarse del mantenimiento y limpieza de as instalaciones sanitaria y eléctricas.

Tendrá a cargo la provisión de artículos de limpieza. Incluye dentro de la provisión de materiales, papel higiénico, jabón y toallas descartables, cestos papeleros grandes y pequeños.

Se adjunta en la planilla de espacios verdes, las plazas o Parques que brindarán este servicio. Se menciona igualmente los días y horarios a cumplir.

Se organizará el servicio de limpieza con un auxiliar de limpieza en cada baño, una mujer en el baño de mujeres y un hombre en el baño de hombres.

El personal será responsable de:

�� cuidado de elementos e instalaciones.

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

�� control de acceso ordenado del público.

�� limpieza y desinfección contínua durante el horario de apertura.

�� limpieza y desinfección profunda fuera de horario de atención al público.

4.10.- CANILES

Los caniles pertenecientes a las áreas verdes del servicio, deberán mantenerse en un estado óptimo de limpieza y conservación.

Generalmente constan de cerco perimetral de alambre olímpico o rejas, superficie de arena o cemento, bancos, mesas, especies vegetales, y bebederos de perros con sus rejillas y desagües.

En el caso en que faltara uno o mas de estos elementos el Contratista deberá incorporarlos durante los primeros 90 días de adjudicado el servicio, incluyéndolos en la recuperación inicial de las Plazas categoría B.

Los caniles deberán tener un cronograma de limpieza intensivo.

Si la superficie fuera de cemento deberá limpiarse diariamente, mediante barrido, recolección de deposiciones caninas, hidrolavado con agua y desinfectante neutro o agua mezclada con cloro dos veces al día.

De la misma manera se limpiarán las patas de las mesas, bancos, base de rejas, rejillas y desagües etc, que haya estado en contacto con la orina de los perros.

Se colocarán carteles solicitándole a los propietarios o paseadores que realicen la recolección de los excrementos de los perros que están bajo su responsabilidad. El Contratista tendrá dispènsers de bolsas pequeñas de polietileno para el usuario dentro del recinto del canil y cestos de residuos, los cuales deberán ser higienizados con una frecuencia acorde a la cantidad de perros que visiten el canil.

En aquellos casos en que la superficie del canil sea de arena, se rastrillará la arena diariamente, dos veces por día, extrayendo los excrementos de los perros y cualquier otro residuo que se encuentre en la misma.

El Contratista deberá proveer arena nueva en forma mensual, o bimestral, según necesidad a fin de que se mantengan los niveles originales de arena de cada canil, cuando vayan bajando los niveles requeridos a causa de la limpieza

Los bebederos serán lavados y desinfectados 4 veces por día. Se llenarán con agua limpia.

Se mantendrán los desagües y rejillas en perfecto estado para facilitar el funcionamiento óptimo de los mismos.

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación) G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO “2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

En aquellas plazas donde haya caniles el Contratista podrá solicitar a los propietarios o paseadores que hagan uso del mismo.

Bajo ningún concepto los paseadores o propietarios podrán dejar los perros atados a los árboles o a las rejas si hubiera canil en la plaza.

El Contratista podrá elevar la denuncia correspondiente al Inspector de DGEV, para que evalúe la situación.

Ver dispensers en Anexo IX - PET.

4.11.- MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DEL ALUMBRADO PÚBLICO EN ESPACIOS VERDES

El Contratista deberá mantener en perfecto estado de limpieza y prolijidad de las columnas de alumbrado existentes dentro de los espacios verdes incluidos en el servicio. El mismo incluye, ajuste de tuercas, reposición de tapas y pintura de las luminarias dos veces al año, del color que indique la DGEV. Deberán asimismo reparar en forma inmediata cualquier desperfecto en la instalación de las luminarias o la falta de iluminación (o exceso si es que están encendidas durante el día)-

Entre las tareas a realizar dentro del mantenimiento, detalladas en el Anexo XIII-PET, se destacan:

a) Mantenimiento Preventivo del alumbrado público: Es el conjunto de tareas o trabajos tales como revisiones periódicas, reacondicionamientos, limpiezas, reparaciones, ensayos, mediciones y demás tareas que al respecto describa el presente PET que fuere menester realizar para conservar las instalaciones en condiciones similares a las de diseño.

b) Mantenimiento correctivo del alumbrado público: Constituye la acción inmediata tendiente a restablecer la prestación del servicio por falla de uno o más de los elementos constitutivos de la instalación, involucra, por lo tanto, a las luminarias apagadas en horario nocturno, así como las que permanezcan encendidas en horario diurno, cualquiera sea su origen o causa. Incluye además todos los reemplazos inmediatos de las distintas partes que componen el conjunto de las instalaciones de Alumbrado Público licitadas.

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

Asimismo, deberán cotizar por preciario y de acuerdo a las especificaciones técnicas detalladas en el ANEXO ALUMBRADO las siguientes tareas:

c) Adecuación de las instalaciones de alumbrado público: Son aquellas obras que encomienda el GCBA a ser realizadas en los espacios, que surjan de la inspección “in situ”, a través del área de Inspecciones de la DGEV,, tendientes a la modernización del alumbrado público, mejora de la distribución y de la elevación de los niveles de iluminación, basándose en la conservación de los componentes existentes que se hallen en condiciones de de utilización, y/o recuperación (dentro del análisis de cada espacio verde), trasladándolos o no a una nueva posición y/o sustituyéndolos solo las partes que lo requieran, para mejorar u homogeneizar el conjunto.

d) Remodelación y optimización del alumbrado público: Son todas aquellas obras que surjan durante la vigencia del Contrato consideradas de urgente materialización por el GCBA y/o las que respondan a necesidades de adecuación de instalaciones, seguridad, nuevos espacios verdes, uniformidad y modernización de las instalaciones, basándose en la conservación de los componentes existentes que se hallen en condiciones de de utilización, y/o recuperación, trasladándolos o no a una nueva posición y/o sustituyendo solo las partes que lo requieran, para mejorar u homogeneizar el conjunto. Incluye además las tareas que ocasionalmente encomiende el GCBA tales como traslados y remociones e instalación de farolas.

4.12.- VEEDOR DE PLAZA

El Oferente deberá prever como parte del servicio la figura de veedor de plaza, cuyas funciones serán: a) apertura de puertas por la mañana y cierre de las mismas por la noche en aquellos espacios verdes que estén cercados o que en el futuro lo estén; b) apertura y cierre de puertas de patios de juego; c) revisión al inicio de la jornada del estado de los juegos, debiendo proceder en caso de roturas a su clausura; d) informar a la Inspección de roturas del mobiliario urbano y falencias en el funcionamiento de los sistemas de riego, de iluminación, como así también de aquellos servicios a cargo del Contratista; e) informar a la Inspección de la presencia de personas en situación de calle; f) dar inmediato aviso a la Inspección sobre la presencia de empresas de servicios públicos que requieran efectuar trabajos, tendido de cañerías o conductores que deriven en roturas del espacio verde cuyo mantenimiento se encuentre a cargo del Contratista.

En caso de accidentes dentro del espacio verde, de los cuales el veedor debiere conocer, éste deberá dar inmediato aviso a la Inspección.

Las funciones mencionadas anteriormente son indicativas, pudiendo ser ampliadas y mejoradas por el Contratista en procura de la excelencia de los servicios.

El personal afectado a esta tarea deberá estar vestido con el uniforme de la empresa Contratista con visible identificación. El horario del servicio dependerá de la época del año y será determinado por la Inspección.

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

“2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

A los fines de la cotización, el Oferente deberá considerar una cantidad de veedores tal, que permita que en un lapso de dos horas, el veedor pueda realizar tanto la apertura como el cierre de los espacios verdes a su cargo, de acuerdo al horario establecido por la Inspección. Entre dicha apertura y cierre, el veedor deberá realizar las tareas de revisión del estado de los espacios verdes a su cargo, de conformidad con lo establecido precedentemente. La cantidad mínima de veedores por zona deberá ser de cuatro (4).

B- Servicios Estético Funcionales por Recuperación Inicial

El Servicio Estético Funcional por Recuperación Inicial son los trabajos que se encomiendan en el marco de lo indicado en el rubro B del artículo 4 del PCP.

Se trata de trabajos de recuperación inicial que incluye los trabajos indicados a los fines de estimar una cotización para los Oferentes, que se describen en el Anexo X – PET. Al respecto se deja constancia que a los fines de la cotización en la planilla individualizada como rubro B del Anexo V del PCP, el Oferente deberá contemplar todos los costos que conlleva la ejecución del trabajo final, colocado y debidamente presentado o puesto en funcionamiento.

Una vez adjudicada la Zona, la DGEV instruirá al Adjudicatario sobre lugar y fechas de ejecución.

Los servicios requeridos sobre los espacios verdes reacondicionados por haberse finalizados los trabajos encomendados bajo el presente rubro pasarán a certificar como espacios verdes incluidos en la categoría A.

C- Servicios Estético-Funcionales por Requerimiento

El GCBA podrá solicitar al Contratista la ejecución de diferentes trabajos en el marco de lo indicado en el rubro C del artículo 4 del PCP.

El proyecto será evaluado y aprobado de corresponder por la DGEV.

ARTICULO 5 GENERALIDADES

(i) Cartelería y Señalización: El Contratista, a su costo, colocará, proveerá y conservará carteles de obra y de señalización de acuerdo con las indicaciones y normas que suministre la DGEV. El cartel de obra se instalará con diez (10) días

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

corridos de anticipación a la fecha de comienzo de los trabajos y se mantendrá como mínimo por igual período de días una vez terminados los mismos. Serán a cargo del Contratista las reparaciones motivadas por su retiro y su traslado hasta el lugar que indique la DGEV.

(ii) Inspección: La supervisión técnica de los trabajos corresponde a la DGEV, realizando la inspección y controles pertinentes a través de los profesionales que ésta designe. A los efectos de atender las observaciones de la inspección deberá hallarse permanentemente en la obra el Representante Técnico o el Jefe de Obra del Contratista. La Inspección de Obra fiscalizará además de la calidad de los materiales y de la mano de obra, la marcha de los trabajos y el cumplimiento de las demás obligaciones contractuales. Además, conjuntamente con el Contratista y/o profesional responsable efectuará las mediciones que servirán de base para la verificación de avances de obra.

(iii) Horario de Trabajo: Al librarse el acta de comienzo se dejará constancia en la misma el horario en que desarrollará sus tareas el Contratista y si deseare modificar dicho horario deberá solicitarlo por intermedio del Libro exponiendo las razones y demás argumentos que crea conveniente. El GCBA, podrá o no acceder a tal demanda sin necesidad de explicación alguna en cualquiera de los casos.

(iv) Materiales y trabajo: Todos los materiales a emplear deberán ser aprobados previamente por la Inspección. Esta aprobación requerirá la intervención de la DGEV disponga a tal efecto para todos aquellos materiales cuyo análisis no pueda ser efectuado en la obra. El Contratista es responsable de cualquier reclamo o denuncias que pudiere originar la provisión o el uso indebido de materiales patentados. Este nivel de excelencia le será solicitado permanentemente al Contratista y el cumplimiento de este precepto se considerará imprescindible para la aprobación de los trabajos. El solo hecho de que la inspección de obra considerara que alguno de los trabajos o tareas contratadas no alcanzara el nivel de exigencia antedicho, será suficiente causa para su reconstrucción a cuenta y cargo del Contratista. Se considera además que las obras incluyen, salvo indicación en sentido contrario, todos los materiales, mano de obra, herramientas, equipo de personal técnico y de supervisión, etc. necesarios para la mejor ejecución, y que asimismo están incluidas en el costo de la obra todas las tareas conexas que aun sin ser mencionadas, son necesarias para obtener el producto final, completo y terminado.

(v) Perjuicio por incendio: El Contratista deberá extremar las medidas de precaución para evitar incendio en las obras durante los períodos de ejecución y de conservación, debiendo a tal fin disponer de los elementos apropiados de extinción según la naturaleza de las obras o trabajos. Será responsabilidad del Contratista y de su exclusiva cuenta, tanto los perjuicios ocasionados a la obra como los que pudieran ocasionarse al GCBA y/o terceros en caso de incendio.

(vi) Indemnización por caso fortuito o de fuerza mayor: El Contratista no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdida o perjuicios ocasionados por su propia culpa, falta de medios o errores en las operaciones que le sean imputables.

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación) G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

“2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

(vii) Responsabilidad por accidentes o daños: Será responsabilidad exclusiva del Contratista, todo accidente, daño, robo o perjuicio a personas o cosas a causa de hechos directos o derivados de las obras a su cargo.

(viii) Cumplimiento de regímenes legales: Durante el transcurso de los trabajos, el Contratista deberá cumplir estrictamente los regímenes legales de aplicación durante el lapso de la relación contractual, inclusive los de carácter laboral.

(ix) Seguro de personal obrero por accidente de trabajo: El Contratista deberá asegurar contra accidentes de trabajo a todo el personal obrero destacado en obra, seguro que deberá ser contratado en compañías argentinas, con domicilio en la Ciudad de Buenos Aires.

(x) Registro fotográfico: El Contratista deberá llevar en obra un registro fotográfico de todas las secuencias de los trabajos, que a juicio de la inspección, son significativos. Para tal fin se buscarán en las obras los lugares de toma fotográfica que demuestren el tenor de la intervención y será los mismos para repetir las secuencias de avance. Como mínimo se realizarán tres (3) tomas fotográficas de cada sitio escogido y mostrarán claramente el estado inicial, uno intermedio y el estado del sector terminado. Con este registro se confeccionará una carpeta y dos (2) copias para ser entregada a la inspección antes de la Recepción Provisoria. Las fotografías serán como mínimo de 11 cm x 15 cm. Además el Contratista entregará ampliaciones de las fotografías que la inspección escoja.

(xi) Limpieza de obra y aledaños: Se deberá mantener la obra y sus áreas aledañas diariamente en perfecto orden y limpieza.

(xii) Cumplimiento de la Ley Nº 2634: En caso de que los trabajos a realizar implicaran tareas de apertura y cierre de calzadas en la vía pública, el Contratista deberá cumplir con encontrarse inscripto en el Registro creado por la Ley Nº 2634 de la Dirección General de Ordenamiento del Espacio Público, con domicilio en Carlos Pellegrini 291 5to. Piso.

(xiii) Gastos y derechos: Todos los pagos a gastos y derechos que deriven de la ejecución de la obra serán abonados por el Contratista, incluso los derechos correspondientes al pago de agua de construcción. Asimismo, los trámites, derechos y gastos que demande la instalación y provisión de energía eléctrica, fuerza motriz, gas, etc., correrán por cuenta del Contratista.

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

(xiv) Vigilancia: Es obligación del Contratista mantener vigilancia diurna y nocturna en todos los lugares de entrada a la obra y establecer un servicio móvil de serenos para asegurar una vigilancia apropiada.

(xv) Recepción de la obra - Provisoria - Definitiva: Terminadas las obras, la inspección labrará en duplicado la "Recepción Provisoria", la que será refrendada por la DGEV. El original acompañará el último certificado, para su liquidación y pago y el duplicado será entregado al Contratista. Una vez transcurrido el plazo de garantía las mismas autoridades indicadas labrarán la "Recepción Definitiva", cuyo original deberá acompañar el certificado de devolución del Fondo de Reparos siendo el duplicado entregado al Contratista.

(xvi) Fondo de Reparos: Del importe de cada certificado se retendrá un 5% (cinco por ciento) en concepto de Fondo de Reparos, el que será devuelto juntamente con la Garantía de Adjudicación una vez producida la Recepción Definitiva. El Fondo de Reparos quedará en poder del GCBA hasta la oportunidad prevista en garantía de la correcta ejecución de los trabajos y para hacer frente a eventuales reparaciones que fueren necesarias y que el Contratista no ejecutare cuando le fuere ordenado. Se deducirán también del Fondo de Reparos los descuentos por trabajos mal ejecutados que se pongan de manifiesto. En cualquier momento, durante la ejecución de la obra el Contratista podrá sustituir hasta el 80 % (ochenta por ciento) del total acumulado en efectivo en el Fondo de Reparos por las otras formas de garantía que por costumbre se aceptadas para éstas contrataciones.

(xvii) Plazo de garantía de obra: Se fija para esta obra un Plazo de Garantía de ciento ochenta (180) días corridos, de finalizada la obra. Durante este período el Contratista procederá a efectuar todas las reparaciones o subsanar los inconvenientes que surgieren por deficiencias, tanto del material como del trabajo.

(xviii) Fiscalización durante el período de garantía: El GCBA fiscalizará la ejecución de los trabajos de conservación y a tal efecto, el Contratista deberá suministrar en todos los casos con dos (2) días hábiles administrativos de anticipación, las fechas en que procederá a ejecutarlos. La falta de cumplimiento de esta disposición determinará considerar tales trabajos como faltos de fiscalización. Establecido que los trabajos fueron mal ejecutados, sea por el empleo de distintos materiales, sea por defectos constructivos, el Contratista deberá rehacer en un todo o en parte la obra observada, según se le ordene y a su costa.

(xix) Liquidación Final y Devolución del Fondo de Garantía y Reparos: Dentro de los treinta (30) días de la Aprobación del Acta de Recepción Definitiva y de la Liquidación Final, el GCBA procederá a la devolución de los fondos de garantía y de reparos.

(xx) Medidas de seguridad para el tránsito de peatones: El Oferente deberá prever la adopción de todas las medidas que tiendan a prevenir daños o molestias a terceros y bienes propiedad de terceros que pudiesen estar en la zona de trabajo y mientras se ejecuten los mismos. En todo momento deberá asegurar adecuadamente el tránsito peatonal por las aceras, así como el acceso a todo

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 6 - MAyEPGC/09 (continuación)

G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

“2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos”

ingreso de los espacios verdes públicos. Si fuese necesario habrá señalización diurna y/o nocturna, y las medidas de prevención tomadas serán a entera satisfacción de la Inspección. Si se detectaran roturas, desniveles pronunciados, o cualquier otra situación que pudiera ser perjudicial para el transito de peatones, que hayan sido efectuados por empresas ajenas a su servicio, deberá informar de inmediato a la Inspección, previa marcación con cintas de peligro.

(xxi) Responsabilidades del Contratista: Dentro del costo de mantenimiento integral el Contratista será el responsable de restaurar o reponer todos y cada uno de los elementos, tanto del mobiliario, como de la Infraestructura, etc., referente a cada una de los espacios verdes. (Ver Descripción de los Servicios). Por lo tanto el Contratista deberá contemplar dentro de sus costos todos aquellos deterioros, ya sea por uso cotidiano y por Vandalismo Menor, en el porcentaje que considere necesario, en cada uno de los casos, para la restauración o reposición o simplemente para las tareas de mantenimiento de dichos elementos.

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