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Consejería de Educación Juventud y Deportes Proyecto Educativo de Centro Curso 2018/2019 CEIP ANTONIO MACHADO Alhama de Murcia 19 ANEXO I: PLAN DE CONVIVENCIA

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Consejería de Educación Juventud y Deportes

Proyecto Educativo de Centro Curso 2018/2019 CEIP ANTONIO MACHADO Alhama de Murcia

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ANEXO I: PLAN DE CONVIVENCIA

Consejería de Educación Juventud y Deportes

Proyecto Educativo de Centro Curso 2018/2019 CEIP ANTONIO MACHADO Alhama de Murcia

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1. Aspectos del entorno del centro docente que pueden incidir en la convivencia y en los que el Plan va a incidir2

a) Características del centro:

El CEIP Antonio Machado está ubicado en la Rambla D. Diego nº 45, junto al Pabellón Municipal

de Deportes. Esta situado en una de las áreas de expansión del casco urbano. Por tanto, la mayoría de

sus viviendas son de nueva creación y las familias, por lo general, están formadas por personas

jóvenes. La mayoría de las mismas se ocupan en la industria, principalmente cárnica, y los servicios. La

agricultura, que en otras épocas era la principal fuente de riqueza de Alhama, es una actividad

minoritaria en la actualidad. Es muy frecuente que trabajen ambos cónyuges y el nivel económico -

social de las familias se puede considerar medio.

El Centro inició su andadura el día 1 de septiembre de 1.989, como desglose de algunas aulas del

Colegio Sierra Espuña, entonces Francisco Franco, y otras del Colegio Príncipe de España. En su

creación funcionaba como único centro de integración preferente de alumnos con necesidades

educativas especiales existente en Alhama, con prioridad en la admisión de alumnos con problemas

motóricos. Para ello se dotó al centro de ascensor y del personal técnico y auxiliar necesario

(Fisioterapeuta y A.T.E.).

La mayoría de nuestros alumnos proceden de la localidad, aunque como consecuencia de la

inmigración, hay también alumnos de otros países, principalmente sudamericanos y magrebíes. El nivel

económico del alumnado es medio y su rendimiento académico medio-alto. Hay que señalar las

dificultades académicas que encuentran los alumnos inmigrantes, principalmente los que tienen

desconocimiento del idioma. Otra dificultad añadida la tienen aquellos que se incorporan tardíamente a

nuestro sistema educativo.

Nuestro Centro tiene en la actualidad 6 aulas de Primaria y 3 de Educación Infantil, con un total de

219 alumnos. El equipo docente está formado por 12 profesores de Primaria, 4 de Educación Infantil, 2

de Pedagogía Terapéutica y 1 de Audición y Lenguaje. Además, el centro cuenta con 2 Auxiliares

Técnicos Educativos de apoyo para atender a los alumnos con deficiencias motrices (uno de ellos a

tiempo parcial), 1 fisioterapeuta, 1 psicólogo y 1 trabajadora social, estos últimos dependientes del

EOEPS (Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica) de Totana.

El Centro tiene habilitadas 6 aulas de Primaria y 3 de Educación Infantil, un aula de idioma y otra

donde se imparten música y psicomotricidad en E. Infantil. Dispone también de biblioteca, aula de

informática, sala de fisioterapia, sala de profesores, comedor y los despachos de secretaría, dirección,

logopedia y pedagogía terapéutica.

2 Para ello es conveniente analizar:

a) Características del centro: ubicación, alumnado, equipo docente, espacios, etc. b) Situación actual de la convivencia en el centro, identificando y analizando qué se considera conflicto; qué conflictos se producen con más frecuencia, y cuáles son las causas; quién está implicado en ellos y de qué forma inciden en la convivencia del centro. c) Las respuestas que el centro da a estas situaciones, la implicación del profesorado, del alumnado y de las familias. d) Relación con las familias y los servicios externos: Asociación de Madres y Padres de Alumnos, Servicios Sociales, Centro de Salud, etc. e) Experiencias y trabajos previos desarrollados en relación con la convivencia en el centro. f) Necesidades de formación y recursos.

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El Centro dispone también de un amplio patio de recreo, separado por un vallado que delimita la zona

de Educación Infantil. Tiene además un porche que ejerce esas mismas funciones en los días de lluvia.

Los alumnos disponen también de vestuarios y aseos con ducha.

b) Situación actual de la convivencia:

Después de estos años de funcionamiento podemos afirmar que en nuestro centro no han existido

grandes problemas de convivencia. El clima del centro es positivo y el sistema de relaciones, tanto

dentro de los diferentes sectores de la comunidad educativa (profesores, alumnos y padres), como entre

ellos es correcto y respetuoso. En la actualidad, y debido a que en el centro no se imparte ESO y por lo

tanto los alumnos son menores de 12 años, apenas si existen problemas disciplinarios. De forma

aislada han aparecido casos de alumnos con comportamientos disruptivos en el aula, que impedían que

la clase se desarrollara con normalidad, interrumpiendo al profesor. Son alumnos, por otra parte, que en

general no han mostrado interés alguno por las materias impartidas, en muchas ocasiones no traían el

material necesario a clase, han repetido curso alguna vez a lo largo de su escolaridad, presentan

trastornos de aprendizaje y acumulan un significativo retraso escolar.

Los profesores manifiestan mayoritariamente que el comportamiento de nuestros alumnos es,

habitualmente, bueno y respetuoso. Se encuentran a gusto en el Centro.

Las conductas más reprobadas por el profesorado son las que tienen que ver con los alumnos que

demuestran poco interés por sus clases, que no trabajan, que no traen el material necesario, que no

prestan atención y/o distraen a sus compañeros, interrumpiendo la marcha normal de la clase.

También se concede importancia especial a las conductas que supongan discriminación, racismo o

xenofobia, especialmente ahora que están matriculándose en nuestro Centro alumnos procedentes de

otros países.

A las familias les preocupan principalmente aquellas actitudes y formas de proceder de los alumnos

que interfieran en el proceso de enseñanza – aprendizaje de sus hijos, que impiden que las clases se

desarrollen en las mejores condiciones y no puedan aprovecharse debidamente.

Los alumnos conceden importancia principal a que se respeten sus pertenencias y a que el

comportamiento de los compañeros no dificulte que las clases puedan impartirse con normalidad.

c) Respuestas del Centro ante las situaciones de conflicto. Implicación del profesorado, alumnado y

familias:

Los distintos sectores que componen nuestra comunidad educativa explicitaron, entre los principios y

valores con los que se identifican, una seña de identidad relacionada con la convivencia y la necesidad

de desarrollar estrategias educativas que procuren mejorarla continuamente, y para ello se propugna

fomentar el respeto mutuo, el diálogo, la colaboración, la solidaridad, el orden y la disciplina.

Ante una situación de conflicto entre los alumnos, el profesor que imparte clase en ese momento

mediará para intentar solucionarlo en el mismo instante en que se produce. Si el problema persiste y el

profesor agota sus estrategias para solucionarlo, se procederá a informar al tutor para que éste tome las

medidas oportunas, que incluirán hablar con los alumnos, aplicar las sanciones si procede o llamar a las

familias.

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d) Relación con las familias y los servicios externos:

Las familias se relacionan con el Centro fundamentalmente a través de los tutores, quienes convocan a

los padres, bien colectivamente, tres veces al año, o bien individualmente a lo largo del mismo. Existe una

Asociación de Padres y Madres de Alumnos, cuya junta directiva mantiene contactos con la dirección del

Centro y ambos órganos cooperan para todo lo que mutuamente se solicita.

Cada trimestre se edita el boletín informativo para las familias, donde aparecen aquellos aspectos que se

consideran de interés y que guardan relación con el proceso educativo de los alumnos y, a menudo, con la

convivencia de los mismos en el Centro.

También hay habilitado un tablón de anuncios destinado exclusivamente a las familias de los alumnos.

e) Experiencia y trabajos previos desarrollados en relación con la convivencia en el centro:

Las experiencias y trabajos previos que se han llevado a cabo para favorecer la convivencia las

podemos resumir en los siguientes:

• Debates en clase sobre la conveniencia de que existan unas normas de convivencia y conducta que

aseguren el correcto funcionamiento del Centro.

• Elaboración y seguimiento de normas específicas para el grupo-clase, que impliquen en su

observancia a los alumnos y a los profesores de los mismos.

• Cumplimiento de las normas internas de convivencia y aplicación de las correcciones que de su

incumplimiento se deriven.

• Prestar un cuidado especial en atajar cualquier manifestación xenófoba o racista que pueda darse

dentro del Centro.

Además, se aprovecharán las salidas, talleres, teatros, convivencias, acampadas, granja-escuela, etc…

para fomentar la convivencia entre los alumnos, profesores y padres. De esta forma se previenen, se

observan y analizan los posibles problemas de convivencia que puedan surgir.

Es de vital importancia inculcar a los alumnos, desde la más tierna infancia, el valor del respeto hacia los

demás, ya que esta es la base para una convivencia satisfactoria en un futuro, y siempre ha sido el

objetivo en nuestro actuar.

f) Necesidades de formación y recursos:

Aunque la convivencia es una preocupación constante entre el profesorado, son pocos los que han recibido

una formación específica sobre este tema. Casi siempre, el tratamiento que cada uno hace ante un

problema de comportamiento, que se presenta en clase, es consecuencia del sentido común o de la

aplicación de las Normas de Convivencia y Conducta, o del conocimiento que de ellas se tenga.

Se hace necesario poseer estrategias que nos permitan detectar qué situaciones son las que más favorecen

los conflictos entre alumnos, y entre éstos y profesores, para prevenirlos. También es imprescindible saber

cómo intervenir en los casos en los que estos conflictos se presenten.

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2. Objetivos que se pretenden conseguir con su desarrollo3.

Siguiendo lo establecido en el Decreto 16/2016 de 9 de marzo de 2016, por el que se establecen las normas

de convivencia en los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad

Autónoma de la Región de Murcia, se establecen los siguientes objetivos para nuestras Normas de

Convivencia y Conducta.

Partimos de un objetivo global en torno al cual gira todo el Plan:

Mejorar la convivencia entre todos los miembros de la Comunidad Educativa de este Centro. Este

objetivo global supone una serie de objetivos más específicos:

• Conseguir la integración de todo el alumnado, sin discriminación por razón de sexo, raza, edad,

religión, capacidad, situación familiar o social, o por ser alumno con necesidades educativas

especiales.

• Favorecer las situaciones en las que el alumno pueda participar en la organización, desarrollo y

evaluación de los diferentes aspectos de la vida académica del centro.

• Considerar las pretensiones de este Plan como una parte más de la formación integral del

alumnado, es decir, como una serie de aprendizajes esenciales para su educación.

• Entender la disciplina como una guía necesaria, tanto para orientar y mejorar la convivencia como

para posibilitar los aprendizajes, y, por tanto, se considerará como uno de los ejes inspiradores de

este Plan. Se potenciará, dentro del Plan de Acción Tutorial, todas aquellas actividades que

favorezcan el orden, la disciplina y el respeto mutuo, entre las que cabe destacar la elaboración y el

seguimiento de las normas específicas del grupo clase.

• Fomentar el respeto a los demás, entendiendo esta actitud como el otro eje inspirador de este Plan

y concienciando a todos los miembros de la Comunidad Educativa de conocer y respetar los

derechos y deberes de los alumnos, los profesores, el personal de administración y servicios y los

padres.

• Arbitrar medidas que prevengan los conflictos, divulgando e implantando entre todos los miembros

de la Comunidad Educativa las Normas de Convivencia y Conducta, especialmente aquellos

artículos referidos a las normas internas de convivencia, a la disciplina, a la descripción y

calificación de las faltas y los procedimientos de corrección de las conductas que las incumplen.

• Fomentar la implicación y la cooperación de las familias en la mejora de la convivencia en el centro,

propiciando su colaboración a través de un intercambio constructivo de informaciones, que permita

unir esfuerzos para lograr fines comunes y crear cauces de comunicación.

• Conseguir que este Plan sea conocido ampliamente por todos los miembros de la Comunidad

Educativa, para que su puesta en práctica sea verdaderamente efectiva por parte de todos ellos.

3 Al menos los siguientes: a) Conseguir la integración de todo el alumnado sin discriminación por razón de raza, sexo o edad. b) Fomentar la implicación de las familias. c) Mejorar las relaciones entre todos los miembros de la comunidad educativa. d) Prevenir los conflictos.

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• Colaborar con otras administraciones o instituciones para favorecer la mejora de la convivencia en

el centro.

Para llevar a cabo estos objetivos, se contemplarán las medidas siguientes:

• Mantener una relación directa con el alumnado ante cualquier indicio de conflicto.

• Utilizar las sesiones de tutoría grupal y las reuniones del equipo docente para detectar posibles

situaciones de acoso.

• Establecer una relación cercana y de escucha con el alumnado.

• Trasmitir el mensaje nítido de tolerancia cero ante cualquier conducta agresiva.

• Trabajar las habilidades sociales y destrezas de gestión de emociones básicas para la convivencia

en el aula.

• Educar en las relaciones interpersonales e igualitarias basadas en la autovaloración, la valoración

mutua y el respeto.

3. Acciones previstas para conseguir los objetivos4.

Las acciones previstas se deben ajustar al Decreto 16/2016, de 9 de marzo.

Acciones del Equipo Directivo.

El Director favorecerá la convivencia en el centro y adoptará las medidas preventivas necesarias para

garantizar los derechos de los alumnos, el cumplimiento de sus deberes y para impedir la comisión de

hechos contrarios a las normas de convivencia en el centro. Con este fin, se potenciará la comunicación

constante y directa del profesorado, particularmente de los profesores tutores con los padres o

representantes legales de los alumnos.

La resolución de conflictos y la imposición de medidas correctoras corresponden al Director. El Consejo

Escolar tendrá conocimiento de dichas resoluciones y medidas correctoras y velará por que las sanciones

se atengan a lo establecido en el Decreto 16/2016, de 9 de marzo.

El Director podrá requerir la intervención de la Comisión de convivencia del Consejo Escolar para que

emita su opinión en lo relativo a la prevención y resolución de conflictos.

Es quien valorará la gravedad de las conductas o hechos cometidos. También decidirá la iniciación y

resolución de los procedimientos preventivos o correctivos y supervisará el cumplimiento de las medidas

correctoras impuestas.

Podrá delegar en profesores, tutores y Jefe de Estudios la competencia para imponer las medidas

correctoras.

4 Incluyéndose la sistematización de actuaciones en la prevención y resolución de conflictos: personas responsables de las mismas, metodología y desarrollo de actividades, temporalización, espacios, recursos, materiales, etc.

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El director, comunicará simultáneamente, al Ministerio Fiscal, a la Consejería de Educación y, en su

caso a la Consejería competente en materia de protección de menores, cualquier hecho que pudiera ser

constitutivo de delito o falta.

El Jefe de Estudios es el responsable, junto con el Director, de la aplicación de las normas de

convivencia y conducta. Llevará control de las actuaciones llevadas a cabo por los alumnos contra las

normas de convivencia, así como de las medidas correctoras impuestas, debiendo informar a las familias.

Acciones del Consejo Escolar.

El Consejo Escolar velará por el correcto cumplimiento de los derechos y deberes de los alumnos.

Propondrá iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la igualdad entre hombres y mujeres, la

igualdad de trato y la no discriminación.

En el caso de medidas adoptadas correspondientes a faltas graves o muy graves, podrá revisar la

decisión adoptada por el director y proponer, en su caso, las medidas oportunas, a instancias de los padres.

Para facilitar dicho cometido, el Consejo Escolar podrá constituir una Comisión de Convivencia,

formada por el Director, que será su presidente, el Jefe de Estudios, un profesor, un alumno y un padre o

madre, elegidos por y entre los representantes de cada sector en el Consejo Escolar del centro. También

podrá nombrar, a propuesta del director, a un Coordinador de Convivencia. Éste, en colaboración con el

Jefe de Estudios canalizará los ámbitos de prevención de conflictos, los procesos de mediación para la

resolución pacífica de estos, así como la supervisión y el seguimiento de los alumnos que hayan incumplido

las normas de convivencia.

- Competencias de la Comisión de Convivencia:

1. Canalizar los ámbitos de prevención de conflictos a iniciativa de todos los sectores de

la comunidad educativa representados en el Consejo Escolar para mejorar la

convivencia, el respeto mutuo y la tolerancia en los centros.

2. Seguimiento de los procesos de mediación para la resolución pacífica de conflictos.

3. Supervisión y seguimiento de los alumnos que hayan incumplido las normas de

convivencia.

4. Coordinar el Plan de Convivencia escolar y desarrollar iniciativas que favorezcan la

integración de todos los alumnos.

5. Proponer al Consejo Escolar las medidas que considere oportunas para mejorar la

convivencia en el centro.

6. Dar cuenta al Pleno del Consejo Escolar de las actuaciones realizadas y resultados

obtenidos.

7. Cualesquiera otras que puedan serle atribuidas por el Consejo Escolar, relativas al

conocimiento de la resolución de conflictos.

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Acciones del profesorado.

El Claustro tendrá conocimiento de la resolución de conflictos y de imposición de medidas correctoras y

velará por que se atengan a la normativa. Podrá proponer iniciativas que favorezca la convivencia en el

centro.

Los profesores de cada grupo, coordinados por el tutor/a, constituyen el equipo educativo responsable,

en primera instancia, de la prevención de conflictos y del respeto a las normas de convivencia en el aula y

en el resto de dependencias del centro. Además, contribuirán a que las actividades se desarrollen en un

clima de respeto, tolerancia, participación y libertad.

Acciones de los tutores.

Los tutores coordinarán al Equipo Docente y serán los intermediarios entre profesores, alumnos y

padres.

Acciones del orientador educativo.

Asesorará al profesorado en la reducción y extinción de problemas de comportamiento y en

estrategias de prevención. Además, diseñará planes de actuación específicos para alumnado con

problemas graves de conducta.

Acciones del profesorado técnico de servicios a la comunidad.

Realizará las funciones propias de su especialidad relacionadas con la convivencia escolar,

desarrollando actuaciones específicas de mediación y seguimiento del alumnado y sus familias.

Acciones de los Técnicos Educativos.

Colaborarán en la prevención de conflictos en relación con los alumnos de nee y contribuirán a que las

actividades se realicen en un clima de respeto.

Acciones del conserje.

Atenderán las funciones propias de sus puestos de trabajo de acuerdo a su nivel y categoría durante

las horas de funcionamiento del centro y contribuirá a la mejora del clima de convivencia cuando sea

necesario.

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4. Procedimientos preventivos y de resolución pacífica de conflictos.

Con carácter general se intentarán realizar en cada curso escolar las siguientes actividades para la

consecución de las Normas establecidas, sin excluir otras que estén relacionadas con estos temas.

Actividad 1ª

Debate al principio de curso sobre las Normas de Convivencia con los alumnos/as para que las vayan

conociendo y sientan la necesidad de la existencia de las mismas.

Responsable: tutor/a.

Recursos: material impreso con las Normas de Convivencia.

Metodología: charlas con los alumnos.

Lugar: Aula.

Temporalización: Durante el mes de septiembre se dedicarán dos o tres sesiones.

Actividad 2ª

Difusión de las Normas de convivencia y conducta entre los padres para establecer una relación familia-

escuela que ayude a prevenir los conflictos de convivencia o resolver los que surjan.

Responsable: Equipo Directivo y Tutores.

Recursos: Página Web del centro.

Metodología: Reuniones con las familias.

Lugar: Aulas.

Temporalización: Reunión del primer trimestre y si da lugar, hacer una segunda reunión más coloquial.

Actividad 3ª

Se analizará la marcha de la convivencia de cada clase una vez al trimestre en la junta de evaluación. El

tutor deberá tomar nota en el acta de evaluación si así se considera.

Responsable: Tutor/a.

Metodología: Participativa.

Lugar: Sala de profesores.

Temporalización: Al finalizar cada trimestre.

Actividad 4ª

Cuando el tutor o especialista lo considere oportuno, se tratará en la hora de clase cualquier aspecto que

afecte a las buenas relaciones del grupo. Para alumnos de niveles comprendidos entre 4º y 6º nivel, se

realizará esta misma actividad mediante asambleas en las que ellos expresen sus puntos de vista e

intercambien sus propias opiniones.

Responsable: Tutor/a y/o especialistas.

Recursos: Normas de convivencia.

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Metodología: Resolución del conflicto de forma participativa.

Lugar: Aula

Temporalización: Durante el curso.

Actividad 5ª

Dotar a la biblioteca del Centro de libros y materiales relacionados con los temas de violencia,

compañerismo, relaciones personales, maltrato, etc. Para contribuir o realizar el trabajo con los alumnos.

Responsables: Equipo Directivo y responsables de biblioteca.

Recursos: Materiales de diferentes editoriales.

Lugar: Biblioteca de Centro.

Temporalización: A principio de curso.

Actividad 6ª

Trabajo con los alumnos sobre los valores que favorecen la convivencia (tolerancia, respeto, amistad,

solidaridad, etc) a través de lecturas concretas como cuentos, fábulas, etc. También se realizará el

visionado de películas adecuadas.

Responsables: Tutor/a

Recursos: Libros, películas, prensa, etc.

Metodología: Participativa.

Lugar: Aula.

Temporalización: Una vez al trimestre.

Actividad 7ª

Dar a conocer la labor que realizan Asociaciones y ONGs (Manos Unidas, ONCE, Cruz Roja, Asociaciones

que ayudan a inmigrantes, etc.) con niños y personas desfavorecidas o víctimas de violencia de género,

para eliminar diferencias, pobreza y marginación por razón de sexo, raza, religión; y así, tratar de que el

alumnado sepa que todos somos diferentes pero necesarios. Se colaborará con las actividades que, en su

caso, realice la Concejalía de la Mujer desde el Ayuntamiento de la localidad.

Responsables: Tutores, Equipo Directivo, PT, AL y la colaboración de personas de las asociaciones.

Recursos: Los aportados por las asociaciones.

Metodología: Participativa.

Lugar: Centro.

Temporalización: Una ONG o Asociación por curso escolar.

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Actividad 8ª

Se abordará a lo largo del curso cualquier incidencia que altere la convivencia del Centro con el alumnado

implicado y su familia.

Responsables: Tutor y Equipo Directivo.

Recursos: Resolución del conflicto de forma dialogada y si procede, aplicación de las Normas de

Convivencia.

Metodología: Dialogante e informativa.

Actividad 9

Revisión de la marcha del Plan para contrastar su eficacia en la prevención o resolución de conflictos de

convivencia.

Responsables: Equipo Directivo y profesorado.

Recursos: Los documentos ya existentes.

Metodología: Grupos de trabajo.

Lugar: Centro.

Temporalización: A final del curso escolar.

Otras actividades:

� Acuerdos y contratos de convivencia: Se promoverán estos acuerdos en aquellos casos en el

que el comportamiento disruptivo del alumnado dificulte el proceso de enseñanza-aprendizaje

propio y de los compañeros. Este proceso se llevará a cabo por iniciativa del tutor con la supervisión

del jefe de estudios y el visto bueno del director. Estos contratos contendrán los compromisos y las

obligaciones asumidas por las familias y los alumnos y su incumplimiento podrá suponer la

aplicación de medidas correctoras.

� Aulas de convivencia: Irá dirigida a aquellos alumnos que, transitoriamente e individualmente, se

le haya impuesto una medida correctora y también a aquellos que puedan tener comportamientos

disruptivos durante el desarrollo de la actividad docente. En ella se favorecerá un proceso de

reflexión por parte del alumno sobre las circunstancias que han motivado su presencia en ella, en

los términos acordados por el claustro con el asesoramiento del equipo de orientación.

Dicho proceso de reflexión consistirá en que el alumno comprenda el alcance para sí mismo y para

los demás de sus conductas, se haga cargo de sus propias acciones, pensamientos, sentimientos y

comunicaciones con los demás, busque una resolución efectiva de sus conflictos interpersonales y

una mejor relación con la vida escolar. En su caso podrá realizar actividades para reponer el daño

material o personal realizado o actividades de ayuda y servicio a la comunidad escolar.

Cada año se formará el equipo de convivencia del centro que atenderá al aula: Jefatura de estudios,

equipo de educación especial y orientador del centro. El horario del aula estará en función de los

recursos disponibles, siendo por tanto variable de unos años a otros.

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La asistencia a esta aula de convivencia se combinará con la asistencia a su aula de referencia y

será decidida por la jefatura de estudios. El plan de mejora del alumno será decidido por el equipo

de convivencia oído el tutor.

� La mediación escolar: Se podrá utilizar como estrategia educativa para solucionar conflictos o

prevenirlos entre las personas que integran la comunidad educativa, complementando a otras

medidas que puedan adoptarse. El director decidirá en qué casos resulta conveniente. El equipo de

mediación será designado y autorizado por el director del centro. Si hubiera alumnos, estos

necesitarán de la autorización de sus padres o tutores legales.

5. Normas de convivencia y conducta (derechos-deberes, normas tipificación, resolución pacífica de conflictos)

5.1. DERECHOS Y DEBERES DEL ALUMNADO.

Derechos del alumnado.

Todos los alumnos disfrutarán de los derechos básicos recogidos en el artículo 6.3 de la Ley Orgánica

8/1985, de 3 de junio, sin más distinciones que las derivadas de su edad y del nivel que estén cursando,

conforme a las normas de convivencia y conducta establecidas en el centro.

a) A recibir una formación integral que contribuya al pleno desarrollo de su personalidad.

b) A que se respeten su identidad, integridad y dignidad personales.

c) A que su dedicación, esfuerzo y rendimiento sean valorados y reconocidos con objetividad.

d) A recibir orientación educativa y profesional.

e) A que se respete su libertad de conciencia, sus convicciones religiosas y sus convicciones morales, de

acuerdo a la Constitución.

f) A la protección contra toda agresión física o moral.

g) A participar en el funcionamiento y en la vida del centro, de conformidad con lo dispuesto en las normas

vigentes.

h) A recibir las ayudas y los apoyos precisos para compensar las carencias y desventajas de tipo personal,

familiar, económico, social y cultural, especialmente en el caso de presentar necesidades educativas

especiales, que impidan o dificulten el acceso y la permanencia en el sistema educativo.

i) A la protección social, en el ámbito educativo, en los casos de infortunio familiar o accidente.

Deberes del alumnado.

a) Estudiar y esforzarse para conseguir el máximo desarrollo según sus capacidades.

b) Participar en las actividades formativas y, especialmente, en las escolares y complementarias.

c) Seguir las directrices del profesorado.

d) Asistir a clase con puntualidad.

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e) Participar y colaborar en la mejora de la convivencia escolar y en la consecución de un adecuado clima

de estudio en el centro, respetando el derecho de sus compañeros a la educación y la autoridad y

orientaciones del profesorado.

f) Respetar la libertad de conciencia, las convicciones religiosas y morales, y la dignidad, integridad e

intimidad de todos los miembros de la comunidad educativa.

g) Respetar las normas de organización, convivencia y disciplina del centro educativo.

h) Conservar y hacer un buen uso de las instalaciones del centro y materiales didácticos.

Todos los alumnos, así como sus padres o representantes legales, están obligados a respetar al profesor en

el ejercicio de sus funciones, a respetar la autoridad y a cumplir las normas y seguir las pautas establecidas

por el profesor para hacer posible la organización del aula, el trabajo sistemático y la mejora del

rendimiento.

5.2. DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES Y MADRES:

Derechos de los padres y madres.

Los padres y madres en cuanto están representados en el Consejo Escolar, podrá este órgano:

Permitirles conocer la resolución de conflictos y velar porque se atengan a la normativa vigente.

Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la igualdad entre hombres y

mujeres, la igualdad de trato y la no discriminación, la resolución pacífica de conflictos y la prevención de

violencia de género.

A instancias de los padres implicados y ante medidas correctoras adoptadas por el director por faltas contra

las normas de convivencia del centro, tipificadas como graves o muy graves podrá revisar la decisión

adoptada y proponer en su caso, medidas oportunas.

Deberes de los padres y madres.

A todos los padres o tutores legales de los alumnos, como primeros y principales responsables de la

educación de sus hijos o pupilos les corresponde:

a) Adoptar las medidas necesarias, o solicitar la ayuda correspondiente en caso de dificultad, para que

sus hijos o pupilos cursen las enseñanzas obligatorias y asistan regularmente a clase.

b) Proporcionar, en la medida de sus posibilidades, los recursos y las condiciones necesarias para el

progreso escolar.

c) Estimularles para que lleven a cabo las actividades de estudio que se les encomienden.

d) Participar de manera activa en las actividades que se establezcan en virtud de los compromisos

educativos que los centros establezcan con las familias, para mejorar el rendimiento de sus hijos.

e) Conocer, participar y apoyar la evolución de su proceso educativo, en colaboración con los

profesores y los centros.

f) Respetar y hacer respetar las normas establecidas por el centro, la autoridad y las indicaciones u

orientación educativas del profesorado.

g) Fomentar el respeto por todos los componentes de la comunidad educativa.

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5.2. LA CONVIVENCIA EN EL CENTRO.

En la convivencia es donde se manifiestan y ejercitan los hábitos, las actitudes y los valores de las

personas y los grupos, de ahí la importancia de consensuar y explicitar los criterios que deseamos rijan la

convivencia en el centro escolar así como la intervención educativa para que se interioricen las pautas de

conducta, de modo que sean acordes con nuestros valores prioritarios.

Por tanto serán criterios que habrá que seguir:

• El respeto mutuo de todos los miembros de la Comunidad educativa.

• El favorecer un clima agradable, solidario y tolerante, facilitado por la participación, la libertad de

expresión, la no competitividad, la colaboración y el respeto a la diversidad.

• El respeto a las instalaciones y los materiales.

• La asunción, por parte de cada miembro de la Comunidad educativa de sus responsabilidades:

competencias, derechos y deberes.

• La orientación de las actuaciones hacia la unificación de criterios por parte de todos los miembros de la

Comunidad Educativa.

• La consideración de las situaciones de conflicto como una ocasión más de aprendizaje, abordándolas y

resolviéndolas mediante el diálogo con la persona o colectivo afectado.

NORMAS DE CONVIVENCIA.

1. Facilitar con sus actos el estudio de los compañeros y el desarrollo de las actividades del centro.

2. Traer el material necesario para las actividades del centro.

3. Esforzarse en realizar las actividades indicadas por el profesor.

4. Preservar la integridad, intimidad y dignidad de todo el personal del centro en las relaciones que se

tengan de trato y acción.

5. Dispensar la consideración que se merece un docente, otro alumno o demás personal del centro,

incluido los encargados de actividades que se realicen en el centro, en cuanto al lenguaje y actos

debido a sus características relacionadas con el sexo, raza, etnia, creencia o discapacidad.

6. Al centro se accede y sale por la puerta de acceso en los momentos establecidos.

7. Ser puntual.

8. Los momentos de uso del centro es el del horario establecido y con autorización.

9. Entregar al padre/madre o tutor/a las comunicaciones que se les entregue desde el centro.

10. Entregar los trabajos que se le indican, de aprendizaje y evaluación, como resultado de su esfuerzo

personal y no copiándolos de otros ya elaborados.

11. Nunca suplantar la personalidad de otros en actos de cualquier índole relacionados con la vida del

centro, ni falsificar ni sustraer documentos académicos.

12. El uso del material, instalaciones y documentos de las dependencias que se visiten en actividades

extraescolares y complementarias así como el del centro, ha de hacerse con sumo cuidado.

13. El material que no es de uno ha de utilizarse con permiso de su propietario.

14. Se permite el uso de teléfonos móviles u otros dispositivos bajo autorización docente.

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15. No se puede grabar sin autorización, a través de cualquier medio, imágenes o comentarios que

guarden relación con la vida escolar.

16. Considerar y asumir una corrección impuesta como una medida para modificar su conducta.

17. Cumplir las medidas correctoras impuestas.

18. La vestimenta no puede suponer un peligro para la salud y la seguridad personal o la de otras

personas.

19. La ropa que empleemos para estar en el centro no puede impedir la actividad educativa ni atentar

objetivamente contra los derechos y la sensibilidad de los demás.

20. La forma de llevar la ropa no debe suponer una muestra evidente de mala educación, inmoralidad o

degradación de la persona.

21. Arrojar los desperdicios y basuras solamente en los sitios destinados o adecuados para ello.

22. Aplicarse las vacunas y medicamentos que se requiera para prevenir enfermedades o restablecer la

salud.

23. Abstenerse de venir al centro cuando tenga afecciones de cualquier tipo (fiebre).

24. La comida en el centro ha de realizarse en los tiempos de descanso y de recreo.

25. Los lugares utilizados para tomarse el bocadillo deben dejarse limpios.

26. Masticar chicles o comer caramelos están prohibidos en clase salvo autorización docente por

necesidad aconsejada.

27. la organización y uso de las instalaciones en donde se desarrollen las actividades del centro estará

a cargo de los profesores responsables, las mismas tendrán que ser cumplidas evitando deterioro

alguno.

28. Cualquier residuo que se deje en mobiliario alguno o dependencias en el desarrollo de las clases

habrá de ser recogido por quien o quienes lo hayan dejado antes de abandonar la clase y en el

menor tiempo posible.

29. Los recursos que se empleen mientras se desarrollen las actividades del centro estarán bajo la

organización de los profesores responsables, las instrucciones de uso han de ser cumplidas

evitando deterioro alguno en el material.

5.3. CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA:

Procedimientos específicos

Los procedimientos específicos de actuación en el CEIP “Antonio Machado” para mantener una

buena convivencia y un clima positivo, se derivan de las Normas de Convivencia del centro.

Los profesores dispondrán de un modelo de parte de incidencias, donde quedarán recogidas las

conductas de comportamiento negativo de los alumnos/as y que en función de la gravedad de los hechos

serán presentadas como parte de la información necesaria para la toma de medidas, bien al equipo directivo

o si corresponde a la Comisión de Convivencia. Este parte de incidencias deberá incluir obligatoriamente la

medida correctora propuesta por el maestro que la haya realizado y se deberá hacer llegar a la familia (bien

a nivel oral o escrito) la información sobre la conducta de su hijo/a reflejada en dicho parte.

Las conductas contrarias a las Normas de convivencia se clasifican según su gravedad en:

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1. Faltas leves contra las Normas de Convivencia:

a) Faltas injustificadas de puntualidad o de asistencia a clase.

b) Conductas que puedan impedir o dificultar a sus compañeros el ejercicio del derecho o el

cumplimiento del deber del estudio, el comportamiento disruptivo y los actos que perturben el

desarrollo normal de las actividades del centro.

c) La asistencia reiterada a clase sin el material necesario.

d) No esforzarse por realizar las actividades de aprendizaje indicadas por el profesor.

e) No trasladar a sus padres o representantes legales la información del centro dirigida a ellos.

f) El uso, sin autorización, de teléfonos móviles y otros dispositivos electrónicos en las dependencias

del centro.

g) Los actos de indisciplina, desobediencia, incorrección o desconsideración hacia el profesor o demás

personal del centro, cuando por su entidad no sean considerados graves.

h) La desconsideración, insultos o agresiones entre compañeros cuando por su entidad no sean

consideradas graves.

i) Los daños leves causados en las instalaciones o el material del centro, así como el deterioro de las

condiciones de limpieza e higiene del mismo.

j) Los daños leves causados en los bienes o pertenencias de los miembros de la comunidad

educativa, así como la apropiación indebida de material escolar de escaso valor.

k) La incitación o estímulo a la comisión de una falta leve contra las normas de convivencia del centro.

l) El incumplimiento de las normas establecidas por el centro en cuanto a indumentaria, higiene,

alimentación, horarios y uso de instalaciones y recursos, así como aquellas otras establecidas en

sus normas de convivencia y conducta.

2. Faltas graves contra las normas de convivencia.

Se consideran faltas graves contra las normas de convivencia en el centro las siguientes conductas,

cuando por su entidad no llegaran a tener la consideración de faltas muy graves:

a) La comisión de una falta leve tras haber sido corregido el alumno durante el curso por la comisión

de tres faltas leves.

b) El incumplimiento de la medida correctora adoptada ante la comisión de faltas leves contra las

normas de convivencia, salvo que el incumplimiento se deba a causas ajenas al propio alumno, o,

en su caso, la negativa a cumplir los acuerdos alcanzados en el proceso de mediación escolar o en

los contratos de convivencia.

c) La grabación o difusión, sin autorización, a través de teléfonos móviles o de cualquier otro medio,

soporte o dispositivo electrónico o telemático, de imágenes o comentarios que guarden relación con

la vida escolar.

d) Los actos graves de indisciplina, incorrección o desconsideración, injuria u ofensa contra el

personal del centro o encargado de las actividades extraescolares o servicios complementarios.

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e) Las amenazas, insultos o actos violentos entre compañeros que no causen un daño grave.

f) Los actos de falta de respeto, amenazas, insultos, coacciones o agresión cometidos contra el

profesorado, cando por su entidad o circunstancias no sean considerados como muy graves, así

como aquellos que pudieran causar grave perjuicio a la integridad, dignidad o a la salud personal de

cualquier miembro de la comunidad educativa.

g) Copiar en los exámenes, trabajos o pruebas de evaluación, consultando o plagiando los trabajos o

ejercicios de otros alumnos, u obteniendo, en el caso de los exámenes y pruebas de evaluación,

información de libros de texto, apuntes o dispositivos electrónicos o telemáticos.

h) La suplantación de personalidad en actos de la vida académica y la falsificación o sustracción de

pruebas de evaluación, documentos académicos, boletines de calificaciones o cualquier otro

documento de notificación a los padres o representantes legales, en el caso de alumnos menores

de edad.

i) El acceso indebido o sin autorización a ficheros, documentación y dependencias del centro.

j) Los daños graves causados en los documentos, locales o materiales del centro, transporte escolar,

instalaciones donde se desarrollen actividades complementarias o extraescolares, o en los bienes

de otros miembros de la comunidad educativa, así como las sustracción de los mismos.

k) Las actuaciones perjudiciales para la salud y la integridad personal de los miembros de la

comunidad educativa, así como la introducción en el centro de objetos peligrosos.

l) El consumo dentro del recinto del centro, en los alrededores o en el desarrollo de actividades

complementarias o extraescolares de alcohol, drogas y de cualquier tipo de sustancias

perjudiciales para la salud.

m) Las conductas tipificadas como leves contra las normas de convivencia del centro, si concurren

circunstancias de colectividad o publicidad intencionada por cualquier medio.

n) La incitación o el estímulo a la comisión de una falta grave contra las normas de convivencia.

3. Faltas muy graves contra las normas de convivencia.

Se consideran faltas muy graves contra las normas de convivencia en el centro las siguientes conductas:

a) La comisión de una falta grave tras haber sido corregido el alumno durante el curso por la comisión

de dos faltas graves.

b) El incumplimiento de la medida correctora adoptada ante la comisión de faltas graves contra las

normas de convivencia, salvo que el incumplimiento se deba a causas ajenas al propio alumno.

c) Las amenazas, insultos y agresiones o actos violentos entre compañeros que causen un daño

grave, así como los actos que atenten gravemente contra la integridad, intimidad o dignidad de los

compañeros o demás miembros de la comunidad educativa.

d) Los actos graves de agresión, insultos, amenazas o actitudes desafiantes cometidos hacia los

profesores y demás personal del centro, así como el acoso físico o moral, realizado por cualquier

vía o medio, contra los miembros de la comunidad educativa.

e) Las vejaciones, humillaciones, discriminaciones u ofensas muy graves contra cualquier miembro de

la comunidad educativa, que tengan como origen o consecuencia una discriminación o acoso

basado en el sexo, orientación o identidad sexual, o un origen racial, étnico, religioso, de creencias

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o de discapacidad, o que se realicen contra el alumnado más vulnerable por sus características

personales, sociales o educativas.

f) La grabación, publicidad o difusión, a través de teléfono móvil o de cualquier otro medio, soporte o

dispositivo electrónico o telemático, de agresiones, actos que tengan un componente sexual,

humillaciones o actos violentos, que guarden relación con la vida escolar o que atenten contra la

intimidad, el honor, la integridad o dignidad de algún miembro de la comunidad educativa.

g) Los daños muy graves causados en los documentos, locales o materiales del centro, transporte

escolar, instalaciones donde se desarrollen actividades complementarias o extraescolares, o en los

bienes de otros miembros de la comunidad educativa.

h) La venta en el centro de sustancias perjudiciales para la salud, o la incitación de su consumo a

otros alumnos, así como la incitación al uso de objetos peligrosos para la integridad personal de los

miembros de la comunidad educativa.

i) La posesión o venta de sustancias estupefacientes.

5.4. MEDIDAS CORRECTORAS APLICABLES A LAS CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS DE

CONVIVENCIA:

1. Medidas correctoras aplicables en caso de falta leve.

Las faltas leves contra las normas de convivencia en el centro podrán ser corregidas con hasta dos de las

siguientes medidas educativas:

a) Situar temporalmente al alumno en un lugar determinado dentro del aula o enviarlo al espacio que,

en su caso, pueda tener habilitado el centro en su plan de convivencia.

b) Realización de actividades de aprendizaje e interiorización de pautas de conductas correctas.

c) Amonestación por escrito, con posterior comunicación a los representantes legales, en caso de los

menores de edad.

d) Comparecencia inmediata ante la Jefatura de Estudios o el Director del centro.

e) Retirada del teléfono móvil o del dispositivo electrónico que haya sido utilizado por el alumno, de

forma no autorizada, que será custodiado en las condiciones establecidas en las normas de

funcionamiento del centro hasta que sus padres o representantes legales lo recojan en el mismo.

f) Privación del tiempo de recreo por un periodo máximo de cinco días lectivos. Durante ese tiempo el

alumno permanecerá debidamente atendido.

g) Realización en casa de tareas educativas o actividades de carácter académico para el alumno.

h) Realización, dentro de la jornada escolar y durante un máximo de cinco días lectivos, de tareas

específicas dirigidas a mejorar las condiciones de limpieza e higiene del centro como fórmula de

reparación del daño causado a las dependencias o material del centro, o de cualquier miembro de la

comunidad educativa.

i) Realización de un curso o taller de habilidades sociales programado por el centro para aquellos

alumnos que requieran esta medida reeducativa.

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j) Suspensión del derecho a participar en alguna actividad extraescolar o complementaria que tenga

programada el centro, previo informe del profesor encargado de su desarrollo y una vez oído el

alumno y sus padres, o representantes legales, si es menor de edad.

k) Cambio de grupo por un periodo máximo de cinco días lectivos.

l) Realización de tareas educativas en el aula de convivencia, o en el lugar determinado por el centro

en su plan de convivencia, durante un máximo de cinco días lectivos.

m) Realización, fuera del horario lectivo y durante un máximo de cinco días, de una tarea o un servicio

a la comunidad educativa como fórmula de reparación del daño causado. Esta medida deberá

comunicarse previamente a los padres o representantes legales en el caso del alumnado menor de

edad.

Las faltas leves contra las normas de convivencia serán corregidas por la dirección del centro que, de

acuerdo con lo dispuesto en las normas de convivencia y conducta del centro, podrá delegar en las

personas que se indican a continuación:

a) Los profesores, oído el alumno, y dando cuenta al tutor y a jefatura de estudios, para la imposición

de las medidas previstas en las letras a), b), c), d), e) y f) del número anterior.

b) El tutor, tras oír al alumno, a la persona que, en su caso, haya presenciado los hechos, y dando

cuenta a jefatura de estudios, para la imposición de las mismas medidas que el profesor, y, además,

para las previstas en las letras g) y h) del número anterior.

c) El jefe de estudios, tras oír al alumno y a su profesor o tutor, para la imposición de las mismas

medidas que el profesor y el tutor, y además, para las previstas en las letras i), j), k), l) y m) del

número anterior.

Las decisiones de adoptar medidas correctoras serán inmediatamente ejecutivas y comunicadas por escrito

a sus padres o representantes legales, firmando un recibí.

2. Medidas correctoras aplicables en caso de falta grave.

Las faltas graves contra las normas de convivencia en el centro podrán ser corregidas, con alguna de las

medidas previstas para las faltas leves, o con una de las siguientes medidas educativas:

a) Cambio de grupo por un periodo máximo de quince días lectivos.

b) Realización de tareas educativas en el aula de convivencia del centro, o en su defecto en el lugar

que se determine, durante un máximo de quince días lectivos.

c) Realización, fuera del horario lectivo y durante un máximo de quince días, de una tarea o un servicio

a la comunidad educativa como fórmula de reparación del daño causado. Esta medida deberá

comunicarse previamente a los padres o representantes legales en el caso del alumnado menor de

edad.

d) Suspensión del derecho a participar en determinadas actividades extraescolares o complementarias

que tenga programada el centro en los tres meses siguientes a la comisión de la falta grave contra

las normas de convivencia.

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e) Suspensión del derecho a la utilización del transporte escolar del centro durante un periodo máximo

de quince días lectivos, cuando la conducta contraria haya sido cometida en el transporte escolar,

siempre que en función de la edad o de la existencia de transporte público alternativo el aluno no se

viera imposibilitado de acudir al centro.

f) Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases por un periodo máximo de quince días

lectivos. Durante la impartición de estas clases el alumno deberá permanecer en el centro

efectuando los trabajos académicos que se le encomienden, por parte del profesorado responsable

del área, materia o módulo afectado, para evitar la interrupción en el proceso formativo. El jefe de

estudios organizará la atención al alumno al que le haya sido impuesta esta medida correctora,

según lo dispuesto en las normas de funcionamiento.

g) Suspensión del derecho de asistencia al centro durante un periodo comprendido entre uno y quince

días lectivos. Durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno deberá realizar los trabajos

académicos que determine el equipo docente de su grupo de referencia, para evitar la interrupción

en el proceso formativo. Las normas de convivencia y conducta del centro determinarán los

mecanismos que posibiliten un adecuado seguimiento de dicho proceso, especificando el horario de

visitas al centro del alumno y garantizando siempre el derecho del alumno a realizar las pruebas de

evaluación o exámenes que se lleven a cabo durante los días que dure la suspensión.

La dirección del centro impondrá las medidas correctoras previstas en el apartado anterior, pudiendo

delegar en el jefe de estudios la imposición de las medidas correctoras previstas en las letras a), b), c) y d)

del mismo.

Para la aplicación de las medidas correctoras por faltas graves contra las normas de convivencia se seguirá

el procedimiento establecido en el capítulo IV del título III del Decreto 16/2016 de 9 de marzo, según hayan

sido los hechos constatados por un profesor o no.

3. Medidas correctoras aplicables en caso de faltas muy graves.

Las faltas muy graves contra las normas de convivencia y conducta en el centro podrán ser corregidas, con

alguna de las medidas previstas para las faltas leves y graves, o con una de las siguientes medidas

correctoras:

a) Suspensión del derecho de asistencia al centro durante un periodo comprendido entre dieciséis y

treinta días lectivos. Durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno deberá realizar los

trabajos académicos que determine el profesorado que le imparte docencia, para evitar la

interrupción en el proceso formativo. Se determinará los mecanismos para un adecuado

seguimiento de dicho proceso y se especificará el horario de visitas al centro del alumno, teniendo

en cuenta los recursos del centro y garantizando siempre el derecho del alumno a realizar las

pruebas de evaluación o exámenes que se lleven a cabo durante los días que dure la suspensión.

b) Suspensión del derecho a la utilización del transporte escolar del centro durante todo el curso

académico, cuando la conducta contraria haya sido cometida en el transporte escolar, siempre que

en función de la edad o de la existencia de transporte público alternativo el alumno no se viera

imposibilitado de acudir al centro.

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c) Suspensión del derecho a participar en actividades extraescolares o complementarias durante todo

el curso académico.

d) Cambio de centro, cuando se trate de un alumno de enseñanza obligatoria.

e) Expulsión del centro.

La conducta tipificada como “Las vejaciones, humillaciones, discriminaciones u ofensas muy graves

contra cualquier miembro de la comunidad educativa, que tengan como origen o consecuencia una

discriminación o acoso basado en el sexo, orientación o identidad sexual, o un origen racial, étnico,

religioso, de creencias o de discapacidad, o que se realicen contra el alumnado más vulnerable por sus

características personales, sociales o educativas” llevará asociada, como medida correctora la expulsión,

temporal o definitiva, del centro.

La medida correctora de expulsión o cambio de centro, se acordará con carácter excepcional, una vez

agotadas todas las medidas adoptadas para el alumno. El director del centro deberá exponer las razones

que, a su juicio, justifican o exigen que el alumno sea trasladado o expulsado del mismo y motivar, en su

resolución, la necesidad de dicha medida. Cuando el alumno se encuentre cursando enseñanza obligatoria,

se informará a la comisión de escolarización correspondiente. Si el alumno cambia voluntariamente de

centro antes del cumplimiento de la medida correctora que le haya sido impuesta, deberá terminar de

cumplir la misma en el nuevo centro.

6. Procedimiento específico de actuación ante conductas contrarias a las normas de convivencia provocadas por alumnado con necesidades educativas especiales.

Según la Resolución de 15 de abril de 2016, de la Dirección General de Innovación Educativa y

Atención a la Diversidad, por la que se establece un protocolo para la evaluación e intervención ante

conductas problemáticas en alumnado con necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad

intelectual, se considerarán conductas problemáticas graves aquellas conductas que por su intensidad,

duración o frecuencia pueden poner en peligro la integridad física del alumno y la de los demás, y afectan

negativamente tanto a su desarrollo personal como a sus oportunidades de participación en el medio

escolar, social y familiar. En ellas se incluyen los comportamientos autolesivos o daño a sí mismo,

heteroagresividad o daño a otros y la destrucción de objetos.

Protocolo de evaluación e intervención ante conductas problemáticas graves.

El procedimiento de actuación del protocolo de evaluación e intervención será el siguiente:

I. Fase de evaluación, donde se identificarán las variables que inciden en la ocurrencia de la

conducta y se determinará la función y el objetivo que persigue, con el fin de elaborar planes

de apoyo conductual orientados a reducirla o eliminarla.

II. Fase de intervención, en ella se elaborará un plan individual de apoyo conductual positivo

para el alumno cuyo objetivo será la eliminación o disminución de las conductas

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problemáticas del alumno, la mejora de sus capacidades y oportunidades de participación en

el medio escolar y familiar así como la mejora en su calidad de vida. En él, se priorizará la

enseñanza de habilidades alternativas, el diseño de adaptaciones del entorno y la

introducción de mejoras en el estilo de vida del alumno.

III. Fase de seguimiento, en esta fase se realizará el seguimiento del alumno para valorar el

incremento en el uso de habilidades alternativas y la eliminación o disminución de la

frecuencia e intensidad con la que ocurren las conductas problemáticas; así como la

evaluación de la eficacia del plan de apoyo conductual.

Será responsabilidad de la Jefatura de Estudios el adecuado y eficaz desarrollo del protocolo de

evaluación e intervención ante conductas problemáticas graves en el centro educativo.

En situaciones que supongan un peligro manifiesto y grave, se prestará auxilio o socorro, el cual

podrá consistir en la práctica de primeros auxilios, en la utilización de intervenciones físicas restrictivas o en

la comunicación al servicio de emergencias regional.

En el caso de que sea necesario recurrir a las intervenciones físicas restrictivas, se incluirá en el

plan de apoyo conductual positivo del alumno el procedimiento de actuación que se llevará a cabo. Además

los casos en los que se utilice algún tipo de intervención física restrictiva serán registrados debidamente y

notificados al jefe de estudios y a la familia del alumno.

Medidas de prevención.

Desde el centro se contemplará la planificación de estrategias de intervención en el entorno y de

aprendizaje de habilidades alternativas que contribuyan a la reducción de las conductas problemáticas. Se

procurará realizar modificaciones en el entorno, que vayan dirigidas a:

a) Diseñar entornos comprensibles y previsibles, delimitando espacial y temporalmente las diferentes

actividades que tienen lugar en el día a través de la utilización de apoyos visuales (pictogramas,

dibujos, fotografías,…).

b) Retirar, eliminar o modificar un suceso para prevenir que ocurra la conducta problemática (evitar

que se siente al lado de un determinado compañero, acortar el tiempo de tarea, evitar tareas

repetitivas,…).

c) Alternar tareas difíciles con otras más fáciles, o combinar tareas que ya sabe realizar con otras que

está aprendiendo.

d) Añadir nuevas situaciones a su rutina diaria que estimulen conductas positivas (dar a elegir tareas,

materiales y actividades, utilizar estrategias de aprendizaje cooperativo para estimular la

participación,…).

e) Permitir al alumno tener descansos frecuentes durante las actividades más difíciles, disminuir el

número de actividades a realizar cuando lo veamos nervioso,…

La enseñanza de habilidades alternativas también contribuye a que el alumno consiga los resultados

deseados por medios más adaptados. Estas habilidades pueden consistir:

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a) Enseñar al alumno conductas que le sirvan para la misma función que la conducta problemática

como la comunicación, la autonomía personal o las habilidades sociales.

b) Enseñanza de habilidades de resolución de problemas, de autocontrol, de elección, de

comunicación, de interacción social, de aprendizaje y también de ocio y tiempo libre.

c) Enseñanza de habilidades de afrontamiento y tolerancia como el control de la angustia, paciencia,

relajación, etc…

Estrategias reactivas.

Constituyen un procedimiento de emergencia para evitar que el alumno y otras personas del entorno

inmediato sufran daños, o para disminuir la intensidad de las situaciones de crisis cuando las estrategias

para la prevención de conductas problemáticas resulten insuficientes.

Deben complementar a las estrategias señaladas anteriormente y podrán incluirse en el plan de apoyo

conductual positivo del alumno una o varias de las siguientes:

a) Ignorar la conducta cuando no presente riesgo de producir daños, ni al propio alumno ni a otras

personas.

b) Redirigir al alumno a otra actividad que le distraiga de la conducta no deseada.

c) Aportar retroalimentación positiva al alumno para recordarle cuál es la conducta apropiada que se

espera de él y qué puede conseguir si llega a controlarla.

d) Aplicar la escucha activa.

e) Controlar la conducta del alumno con la proximidad de un profesional del centro con los que sea

menos probable que manifieste conductas problemáticas.

f) Utilizar instrucciones verbales, escritas o gestuales para reorientar al alumno hacia actividades más

apropiadas o para que abandone las actividades en curso.

g) Modificar o cambiar estímulos.

h) Usar intervenciones físicas restrictivas.

i) Cualquier otra estrategia previo asesoramiento por parte de los servicios de orientación educativa.

Cuando las situaciones y episodios de crisis graves del alumno se produzcan con una frecuencia,

duración e intensidad tal, que requieran de una atención especializada que exceda a la que se le puede

ofrecer desde el centro, se aplicarán las medidas correctoras y los procedimientos por la comisión de faltas

graves y muy graves contra las normas de convivencia contempladas en el punto 5 del presente Plan de

Convivencia.

7. Procedimiento específico de actuación para prevenir e intervenir acoso, maltrato y agresión.

En cualquier caso, para la toma de medidas, nos acogeremos al protocolo establecido a tal fin por la

administración educativa. Pero de forma más específica estos son los criterios básicos de actuación del

centro en relación a la prevención de casos de acoso e intimidación entre los alumnos.

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Identificación de situaciones de acoso entre escolares.

1. Según los especialistas se considera que existe acoso escolar cuando un alumno se ve expuesto de

forma repetida y deliberada a un maltrato verbal, físico, y/o psicológico por parte de un compañero o grupo

de compañeros, con el objeto de someterlo, apocarlo, asustarlo y/o amenazarlo, atentando contra su

dignidad e integridad física o moral.

2. El acoso entre escolares se puede llevar a cabo mediante diferentes conductas:

- Comportamientos de desprecio, difamación y ridiculización.

- Coacciones.

- Agresiones físicas y/o verbales.

- Comportamientos de intimidación y amenaza.

- Comportamientos de exclusión y marginación social.

- Sustracciones, extorsiones, chantajes y deterioro de pertenencias.

- Utilización de Internet, mensajería de móviles, etc., con intención de hacer daño a través de diferentes

procedimientos: envío masivo de correos electrónicos no deseados, difusión de imágenes sin

consentimiento del interesado, etc.

3. Es necesario distinguir entre acoso escolar y agresiones esporádicas u otras manifestaciones violentas

entre alumnos que no guardan continuidad en el tiempo, ni suponen inferioridad de uno de los participantes

en el suceso.

Existe una situación de acoso entre escolares si se dan simultáneamente las tres circunstancias

siguientes:

- Intención de hacer daño.

- Reiteración de conductas agresivas.

- Desequilibrio de fuerzas entre acosador o acosadores y víctima.

Comunicación de situaciones de acoso.

Se seguirán las instrucciones para la mejora de la convivencia escolar de los centros educativos no

universitarios recogidas en la Resolución del 13 de noviembre de 2017.

1. Cualquier miembro de la comunidad educativa (alumnado, profesorado, familias, personal no

docente), tiene la obligación de ponerla inmediatamente en conocimiento del equipo directivo del centro,

quien utilizará el Anexo I para la recogida inicial de información e iniciar el protocolo. Dicha documentación

junto con las medidas preventivas adoptadas, se comunicará de forma inmediata a la Inspección de

Educación y al Servicio de Ordenación Académica

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2. El centro establecerá los medios y procedimientos que faciliten la comunicación de las

situaciones de acoso. A tal efecto, se pondrá en funcionamiento un«Buzón de Convivencia» para la

recogida de denuncias o comunicaciones. Este buzón será gestionado por el Jefe de Estudios o persona en

quien delegue.

Procedimiento de intervención ante supuestas situaciones de acoso entre escolares.

1. El Jefe de Estudios, siguiendo las instrucciones del Director, solicitará al tutor del alumno afectado que

recabe información relacionada con esa situación. Para ello podrá utilizar, entre otros y con carácter

orientativo, los indicadores que figuran en el Anexo II. Si considerara necesario completar ésta información

con la aportada desde el entorno familiar podrá utilizar los indicadores contenidos en el Anexo III. El

resultado de estas actuaciones se comunicará de forma inmediata al Director.

2. En función de la información aportada por el tutor, el Director podrá establecer medidas preventivas de

protección que garanticen la inmediata seguridad del alumno supuestamente acosado. Estas medidas de

protección consistirán en el incremento de la vigilancia en aquellas zonas y durante los momentos en los

que se haya denunciado que se suele producir el acoso y/o cambio de grupo, así como otras que se

consideren pertinentes según cada caso concreto.

3. Si de la intervención del tutor del alumno afectado se confirmara la existencia de indicios de acoso, y para

verificar la situación, el Director instará al tutor, o a la persona que designe, para que continúe el

procedimiento. A tal efecto se mantendrán las siguientes entrevistas TOTALMENTE CONFIDENCIALES:

a) Con el alumno presuntamente acosado.

A lo largo de esa entrevista, se dará prioridad a la información que permita identificar:

- Alumno o alumnos agresores.

- Observadores no participantes.

- Alumnos que, en ocasiones, han protegido y ayudado a la víctima.

- Localización de espacios y tiempos en los que suele producirse la agresión.

- Consecuencias de la intimidación para la víctima (absentismo escolar, disminución del rendimiento

académico, repercusiones emocionales y físicas, etc.).

b) Con observadores no participantes.

Especialmente interesa conocer:

- Frecuencia con la que se produce el acoso.

- Tipo de acoso.

- Lugar donde se produce.

- Sentimiento de seguridad que tienen los alumnos en la escuela.

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c) Con los padres de la presunta víctima. En esta entrevista se informará sobre los hechos que se

investigan, sobre las medidas preventivas adoptadas, sobre el proceso disciplinario que se iniciaría si se

confirmase la existencia de una situación de acoso y, en caso necesario, de las medidas paliativas que se

adoptarían.

d) Con los padres del alumno o alumnos presuntos agresores. En esta entrevista se informará sobre la

acusación que se ha realizado, sobre las evidencias que existen relacionadas con esa acusación y que, si

se confirma la existencia de acoso, se iniciará el procedimiento disciplinario legalmente establecido.

e) Con el presunto agresor o agresores. Dentro de lo posible, la primera entrevista se realizará

inmediatamente después de concluir la reunión con sus padres. Se pedirá al alumno que informe sobre los

hechos que están sucediendo al alumno supuestamente acosado, y se contrastará su versión con los datos

conocidos.

4. Si es necesario a lo largo del proceso, el Jefe de Estudios, a solicitud del tutor o persona en quien se

haya delegado, podrá recabar orientaciones al Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica.

5. Una vez concluidas las entrevistas, el tutor o persona encargada de realizar el proceso, realizará un breve

informe sobre los datos más relevantes de la situación denunciada y lo trasladará al Director. Éste, en

función de la información aportada, decidirá si procede la incoación de expediente disciplinario al alumno o

alumnos agresores, en cuyo caso les aplicará de inmediato las medidas contempladas en el Decreto 115/

2005 de 21 de octubre, y trasladará toda la documentación existente al instructor del mismo.

En este caso el instructor, antes de finalizar el expediente, podrá pedir al alumno acosador que proponga y

adopte compromisos con el fin de que cese la situación de acoso, repare moralmente al acosado y colabore

con el profesorado en la erradicación de este tipo de comportamientos. La actitud y compromiso del alumno

ante estas propuestas se podrá tener en cuenta a la hora de determinar la medida correctiva que

corresponda.

6. El Director, confirmada la situación de acoso y considerando el informe del tutor o persona en quien se

haya delegado, podrá solicitar la intervención más especializada del Equipo de Orientación Educativa y

Psicopedagógica Específico para la Convivencia Escolar, solicitándola formalmente a través de la Dirección

General de Ordenación Académica.

7. El Director, una vez decidida la incoación de expediente disciplinario, informará por escrito de los hechos

a la Fiscalía de Menores. Además, si alguno de los escolares implicados en la situación de acoso escolar

fuera menor de catorce años se trasladará también esta información a la Consejería competente en materia

de protección de menores, a los efectos de que dentro de sus atribuciones adopte las medidas procedentes.

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8. Igualmente el Director, al comunicar la incoación de expediente disciplinario a la Dirección General de

Ordenación Académica, adjuntará una copia de la información recogida en los Anexos I y IV, y de los

escritos contemplados en el párrafo anterior.

Actuaciones posteriores con los implicados en las situaciones de acoso escolar.

1. Actuaciones con la víctima:

El centro adoptará cuantas medidas sena necesarias para garantizar el derecho a la educación y la

seguridad, integridad y dignidad personal de las víctimas de abuso sexual, acoso, maltrato o agresión, así

como de cualquier situación que pueda atentar contra su dignidad o integridad física o moral, aun cuando

se produzca fuera del ámbito escolar, debiendo primar siempre el interés de la víctima.

a) El tutor, o persona que se designe, en colaboración con el Equipo de Orientación Educativa y

Psicopedagógica u orientador, asesorará al alumno para que adopte conductas de afrontamiento

adecuadas ante aquellas situaciones conflictivas que, con anterioridad, habían concluido en una situación

de acoso. En la instauración de estas pautas se contará con la colaboración de los padres.

b) El profesorado, coordinado por el tutor, introducirá actuaciones tendentes a ampliar y fortalecer el círculo

de relaciones de la víctima.

c) En el caso de que se observe que el alumno está especialmente afectado desde el punto de vista

psicológico, el responsable de la orientación en el centro recomendará a la familia que sea atendido por los

servicios externos pertinentes.

2. Actuaciones con el agresor o agresores:

a) El tutor adoptará las medidas necesarias para favorecer la integración del agresor o agresores en el

grupo respetando los intereses y derechos de los demás.

b) En caso necesario, el responsable de la orientación en el centro podrá recomendar a la familia que el

alumno sea atendido por apoyos externos (especialistas sanitarios, servicios sociales, etc.)

3. Actuaciones con los observadores:

El tutor realizará actividades con el grupo de clase para que los alumnos conozcan cómo actuar ante

diferentes situaciones de acoso. Especialmente se incidirá sobre:

- Modo de reprobar las conductas de acoso.

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- Modo de mostrar apoyo a la víctima.

- Procedimiento para aislar al agresor cuando se comporta de modo inadecuado.

- Procedimiento para denunciar las agresiones.

Las actividades anteriores, deberán ser incluidas como tales en el Plan de Acción Tutorial.

Actuaciones de seguimiento y evaluación.

1. El Director mantendrá informado al Consejo Escolar de las situaciones detectadas y de las actuaciones

adoptadas.

2. La Comisión de Convivencia, realizará el seguimiento de compromisos y pautas de actuación adoptados

con alumnos y con padres.

3. El Consejo Escolar evaluará la eficacia de las medidas correctivas y orientadoras adoptadas.

8. Actuaciones que permitan detectar y prevenir acciones de discriminación o acoso y evitar la impartición de contenidos discriminatorios hacia las personas LGBTI.

Siguiendo las instrucciones para la mejora de la convivencia recogidos en la resolución del 13 de

noviembre de 2017, el centro realizará las siguientes actuaciones:

• El profesorado y el personal no docente se dirigirá al alumno/a por el nombre que ha sido

comunicado por él mismo o por su representante legal, tanto en actividades escolares como en

las extraescolares incluido los exámenes.

• La documentación administrativa de uso interno en el centro se ajustará al nombre elegido y al

sexo con el que se sienta identificado el alumno/a.

• Se respetará la imagen física del alumnado así como la libre elección de su indumentaria.

• Se evitarán actuaciones diferenciadas por sexos y si esto no fuera posible, se tendrá en cuenta el

sexo sentido por el alumnado.

9. Protocolo de actuación en casos de riesgo de autolisis.

La información sobre la autolisis puede llegar directamente del alumno, de sus compañeros del grupo-

clase, padres, profesorado o de manera fortuita a través de notas, mensajes, etc.. En cualquier caso,

requiere intervención inmediata siguiendo el protocolo establecido en la resolución del 13 de noviembre de

2017.

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10. Protocolos de actuación ante situaciones de violencia de género y maltrato infnatnil en el ámbito educativo.

Ante algún caso de estas características, la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades ha

elaborado una Guía de actuación contra la violencia de género en el ámbito educativo así como un

Protocolo de Atención al Maltrato Infantil desde el Ámbito Educativo, en los que se establecen los

procedimientos de actuación ante los supuestos de violencia de género y de maltrato infantil que se pueden

producir en el ámbito educativo, así como las estrategias de intervención ante cada supuesto.

11. Mecanismos para la difusión del plan y conocimiento por la comunidad educativa.

Los mecanismos de seguimiento y evaluación del Plan de Convivencia en el C.E.I.P. “Antonio

Machado”, sin excluir ningún otro procedimiento propio del centro que quedará reflejado en la Memoria

anual del mismo.

a) La Comisión de Convivencia del Consejo Escolar elaborará un informe que debe recoger las incidencias

producidas en este período, las actuaciones llevadas a cabo y los resultados conseguidos, ya que ésta

se reunirá, al menos, una vez al trimestre, si fuera necesario. Por tanto corresponde a ella la función de

coordinación y seguimiento del Plan de convivencia, así como al director y a los profesores en los que él

haya delegado.

b) El Claustro, al finalizar el curso, evaluará el Plan de Convivencia escolar y elevará al Equipo Directivo

las propuestas para su mejora que serán incluidas en la PGA del curso siguiente.

c) El Consejo Escolar elaborará, a partir de la información facilitada por el Equipo Directivo (actividades

realizadas, formación recibida, recursos utilizados, asesoramiento y apoyo técnico recibido y porcentaje

y características de correcciones impuestas) el Informe Anual de Convivencia que se incorporará a la

Memoria anual y que incluirá, al menos los siguientes apartados:

• En relación con la evaluación del Plan de Convivencia:

- Nivel de consecución de los objetivos propuestos.

- Grado de participación de los diferentes componentes de la comunidad

educativa.

- Valoración de resultados, propuestas de continuidad y mejora.

• En relación con los resultados de la aplicación de las normas de convivencia:

- Análisis de los problemas detectados.

- Propuesta de adopción de medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia.

• Anexo que incluya la información elaborada por el equipo directivo.