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SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN Dirección General de Recursos Materiales CONVOCATORIA / BASES CONCURSO PÚBLICO SUMARIO CPSI/DGRM-DABI/005/2016 CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE DIFUSIÓN DE CONTENIDO EN LÍNEA Y BAJO DEMANDA, POR STREAMING DE VIDEO SNR/MAEV/RCD/JCRM* DGRM-CPS-ANEXO Anexo 1a CARTA PROTESTA DE NO IMPEDIMENTOS PARA CONTRATAR (PERSONAS FÍSICAS Y MORALES) (EN PAPEL MEMBRETADO DEL PARTICIPANTE) FECHA:________________ DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN P R E S E N T E (Nombre de la persona física o del representante legal de la empresa participante) actuando a nombre y representación de (Nombre de la empresa participante). Por medio del presente manifiesto bajo protesta de decir verdad y apercibido de las penas en que incurren los que declaran falsamente ante autoridad distinta a la judicial, que conocemos el Acuerdo General de Administración VI/2008, de fecha 25 de septiembre de 2008, y no nos encontramos en ninguno de los supuestos a que se refieren los artículos 48, fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII y X, así como 58 fracción XVI, del instrumento normativo antes referido. Sin otro particular, reitero la veracidad de lo manifestado en el presente escrito. ATENTAMENTE Nombre y firma del participante (Persona física o representante de la persona moral)

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CONVOCATORIA / BASES CONCURSO PÚBLICO SUMARIO CPSI/DGRM-DABI/005/2016

CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE DIFUSIÓN DE CONTENIDO EN LÍNEA Y BAJO DEMANDA, POR

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SNR/MAEV/RCD/JCRM*

DGRM-CPS-ANEXO

Anexo 1a CARTA PROTESTA DE NO IMPEDIMENTOS PARA CONTRATAR

(PERSONAS FÍSICAS Y MORALES) (EN PAPEL MEMBRETADO DEL PARTICIPANTE)

FECHA:________________

DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN P R E S E N T E

(Nombre de la persona física o del representante legal de la empresa participante) actuando a nombre

y representación de (Nombre de la empresa participante). Por medio del presente manifiesto bajo

protesta de decir verdad y apercibido de las penas en que incurren los que declaran falsamente ante

autoridad distinta a la judicial, que conocemos el Acuerdo General de Administración VI/2008, de fecha

25 de septiembre de 2008, y no nos encontramos en ninguno de los supuestos a que se refieren los

artículos 48, fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII y X, así como 58 fracción XVI, del instrumento

normativo antes referido.

Sin otro particular, reitero la veracidad de lo manifestado en el presente escrito.

ATENTAMENTE

Nombre y firma del participante

(Persona física o representante de la persona moral)

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SNR/MAEV/RCD/JCRM*

DGRM-CPS-ANEXO

Anexo 1b MANIFESTACIÓN DEL DOMICILIO LEGAL

(EN PAPEL MEMBRETADO DEL PARTICIPANTE)

FECHA:________________

DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN P R E S E N T E

(Nombre del representante legal de la persona física o moral) actuando en nombre y representación de

(nombre de la persona física o moral), por medio del presente escrito señalo como domicilio legal para

recibir y oir las notificaciones relacionadas con el presente procedimiento de contratación número

CPSI/DGRM-DABI/005/2016 , mediante (especificar, predial, agua o CFE), así como las relacionadas

con la contratación que llegare a celebrar con los órganos del Poder Judicial de la Federación, el

ubicado en Calle ______________ número exterior _________, número interior________, Colonia

__________, Delegación o Municipio ___________, Código Postal __________, Ciudad

______________________.

Sin otro particular, reitero la veracidad de lo manifestado en el presente escrito.

ATENTAMENTE

Nombre y firma del representante legal

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Y BAJO DEMANDA, POR STREAMING DE VIDEO

RÚBRICAS

DGRM-CPS-ANEXO

Anexo 1c CARTA PROTESTA DE QUE NO HA CAMBIADO LA SITUACIÓN LEGAL

(PERSONAS FÍSICAS Y MORALES) (EN PAPEL MEMBRETADO DEL PARTICIPANTE)

FECHA:________________

DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN P R E S E N T E

(Nombre de la persona física o del representante legal de la empresa participante) actuando a nombre

y representación de (Nombre de la empresa participante). Por medio del presente manifiesto bajo

protesta de decir verdad y apercibido de las penas en que incurren los que declaran falsamente ante

autoridad distinta a la judicial, que la situación jurídica con la que mi representada se ostentó en el

procedimiento de _______________________, para la contratación de

__________________________ es la misma y no ha cambiado a la fecha.

Sin otro particular, reitero la veracidad de lo manifestado en el presente escrito.

ATENTAMENTE

Nombre y firma del participante

(persona física o representante de la persona moral)

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ANEXO TÉCNICO SERVICIO DE DIFUSIÓN DE CONTENIDO EN LÍNEA Y BAJO DEMANDA, PARA USUARIOS INTERNOS Y EXTERNOS DE LA SCJN.

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ANTECEDENTES.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación, ha venido implementando acciones que permiten a todos los interesados en cada una de las resoluciones que emite, tener acceso a estas de una manera puntual y precisa. Parte de estas acciones fue la implementación en la página publica de internet de un vínculo que permite visualizar en vivo las sesiones públicas y solemnes, denominándose a este servicio “videostreaming”, lo cual no es otra cosa que la transmisión o distribución de señales de audio y video con formatos que permiten ser visualizados en computadoras y dispositivos móviles, sin importar el navegador o sistema operativo, a un gran número de usuarios de manera simultánea. A partir de 2011, este servicio ha crecido en cuanto a su aplicación y demanda, teniéndose ya la transmisión durante las 24 horas del día de la señal del Canal Judicial de Televisión, tanto en la página del Canal Judicial como en la página principal de la Suprema Corte, en donde se pueden hoy día visualizar las sesiones. De igual forma, este servicio se amplió hacia la página de la red interna (intranet), para que los secretarios de estudio de cada ponencia, así como de la Secretaria General de Acuerdos puedan dar seguimiento a los trabajos que se llevan en el pleno sin la necesidad de estar físicamente en sitio. Como parte de esta política de transparencia y capacitación que se tiene para todos aquellos que se dedican a la jurisprudencia y que están interesados en el quehacer de la Suprema Corte de Justicia, se ha permitido que muchos de los cursos de capacitación, diplomados, conferencias y presentaciones de libros se transmitan en tiempo real, sin interferir la señal que ya se envía las 24 horas. Una variante de este servicio de streaming es la denominada “Video On Demand” (VoD por sus iniciales en inglés) y que no es otra cosa que una videoteca interna y otra externa donde los videos que así se especifiquen son colocados en una ubicación en la nube, para su posterior consulta.

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DESCRIPCIÓN GENERAL DE LOS SERVICIOS.

Se requiere contratar los servicios de un prestador especializado en el suministro, instalación y puesta en operación de plataformas integrales de streaming, para cubrir mediante la modalidad de servicios administrados los siguientes requerimientos:

1. Servicio de Streaming de video para usuarios externos de la red de la Suprema Corte, en su modalidad de live Streaming

2. Servicio de Streaming de video para usuarios externos de la red de la Suprema Corte, en su modalidad de Video bajo demanda (VoD)

3. Servicio de Streaming de audio para usuarios externos de la red de la Suprema Corte, en su modalidad de podcast (MP3)

4. Servicio de Streaming para usuarios internos de la red de la Suprema Corte, en su modalidad de live straming

5. Servicio de straming para usuarios internos de la red de la Suprema Corte, en su modalidad de video najo demanda (VoD).

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ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS REQUERIDAS.

Los requerimientos técnicos se plasman en el cuadro siguiente:

PARTIDA ÚNICA. CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS Y ESPECIFICACIONES MÍNIMAS REQUERIDAS

1. Servicio de Streaming de video para usuarios externos de la red de la Suprema Corte, en su modalidad de live Streaming

a. Servicio por 21 meses. Comenzando a partir del 1 de Abril de 2016

b. El servicio deberá ser proporcionado en las instalaciones del ofertante ganador o en aquella que el ofertante considere que garantizará que el servicio estará disponible.

c. La disponibilidad requerida será del 99.6%, siendo esto un aproximado de 35 horas, en las cuales el servicio podrá estar fuera de línea durante el año, considerando dentro de este tiempo los mantenimientos programados, fallas o problemas técnicos.

d. Deberá de contar con la capacidad de disponer de 3 canales para transmisión de eventos en vivo, independientes, adicionales al que estará en uso las 24 horas. Los cuáles serán habilitados de conformidad a las necesidades de la Suprema Corte.

e. Deberá de permitir un máximo de 4000 conexiones simultáneas, teniendo la posibilidad de incrementar este número en caso de que la demanda de usuarios así lo requiera. Principalmente en eventos de relevancia para la Suprema Corte y de la ciudadanía en general.

f. Considerar una tasa de trasferencia de este servicio de 5 TB/mes, tomando en cuenta que esta pudiera ampliarse al requerirse una mayor tasa de trasferencia, lo cual estará definido por la relevancia del evento que se transfiera.

g. El ofertante deberá de garantizar un ancho de banda suficiente para que las 4000 conexiones estén disponibles simultáneamente.

h. El servicio deberá estar montado y funcionar sobre una plataforma Akamai y/o wowza Streaming Engine.

i. El bit rate para realizar el encoding será de 300 kb/s

j. El tamaño de la ventana requerida a desplegar será de 720x360 pixeles.

k. Dado que la distribución de este contenido es para usuarios que se conectan desde fuera de la red institucional, se requiere que el ofertante considere dentro de la propuesta:

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i. Soporte y asistencia en sitio para la integración del vínculo o liga en la página principal de la SCJN

ii. Proporcione o actualice el reproductor de contenido para usuario final.

iii. Verifique que la solución propuesta es compatible con sistemas operativos basados en Microsoft, IOS, Android, Macintosh, Linux, blackberry, etc.

iv. Verifique que la solución propuesta es compatible con los diferentes tipos de dispositivos del mercado, como PC de escritorio, Lap Top, Tabletas y Smartphone.

v. Verifique que la solución propuesta es compatible con cualquier navegador comercial montado en cualquiera de los dispositivos y sistemas operativos previamente mencionados, principalmente Internet Explorer, Google Crome, Safari, Mozilla y Opera.

l. Los ofertantes deberán de considerar y desglosar dentro de su propuesta el medio (enlace de comunicaciones) y los equipos necesarios para hacer llegar la señal desde las instalaciones de la Suprema Corte hasta las instalaciones del ofertante donde se realizara el broadcast.

m. Los pagos por este servicio se harán por mes, por lo cual es requisito que el ofertante ganador haga entrega de un reporte mensual donde especifique la calidad del contenido entregado, el número total de conexiones por mes, por día y por sesión del pleno, el ancho de banda, el número de usuarios por dispositivo y por sistema operativo, así como el tiempo fuera de línea en caso de presentarse.

2. Servicio de Streaming de video para usuarios externos de la red de la Suprema Corte, en su modalidad de Video bajo demanda (VoD)

a. Servicio por 21 meses. Comenzando a partir del 1 de Abril de 2016

b. El servicio deberá ser proporcionado en las instalaciones del ofertante ganador o en aquella que el ofertante considere que garantizara que el servicio estará disponible.

c. La disponibilidad requerida será del 99.6%, siendo esto un aproximado de 35 horas, en las cuales el servicio podrá estar fuera de línea durante el año, considerando dentro de este tiempo los mantenimientos programados, fallas o problemas técnicos.

d. Deberá de permitir un máximo de 1000 conexiones simultáneas, teniendo la posibilidad de incrementar este número en caso de que la demanda de usuarios así lo requiera.

e. El tamaño de almacenamiento para alojar contenido para usuarios externos

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deberá ser de 2TB

f. El ofertante deberá de garantizar un ancho de manda suficiente para que las 1000 conexiones estén disponibles.

g. Deberá de considerar dentro de los trabajos, la migración del contenido de la plataforma actual a la nueva plataforma.

h. El servicio deberá estar montado y funcionar sobre una plataforma Akamai y/o wowza Streaming Engine.

i. El tamaño de la ventana requerida a desplegar será de 720x360 pixeles.

j. Dado que la distribución de este contenido es para usuarios que se conectan desde fuera de la red institucional, se requiere que el ofertante considere dentro de la propuesta:

i. Soporte y asistencia en sitio para la integración del vínculo o liga en la página principal de la SCJN

ii. Proporcione o actualice el reproductor de contenido para usuario final.

iii. Verifique que la solución propuesta es compatible con sistemas operativos basados en Microsoft, IOS, Android, Macintosh, Linux, blackberry, etc.

iv. Verifique que la solución propuesta es compatible con los diferentes tipos de dispositivos del mercado, como PC de escritorio, Lap Top, Tabletas y Smartphone.

v. Verifique que la solución propuesta es compatible con cualquier navegador comercial montado en cualquiera de los dispositivos y sistemas operativos previamente mencionados, principalmente Internet Explorer, Google Crome, Safari, Mozilla y Opera.

k. Los ofertantes deberán de considerar y desglosar dentro de su propuesta el medio (enlace de comunicación) y los equipos necesarios para hacer llegar la señal desde las instalaciones de la Suprema Corte hasta las instalaciones del ofertante donde se alojara y consultara el contenido.

l. Los pagos por este servicio se harán por mes, por lo cual es requisito que el ofertante ganador haga entrega de un reporte mensual donde especifique la calidad del contenido entregado, el número total de conexiones por mes y por día, el reporte de videos más consultados, el ancho de banda, el número de usuarios por dispositivo y por sistema operativo, así como el tiempo fuera de línea en caso de presentarse.

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3. Servicio de Streaming de audio para usuarios externos de la red de la Suprema Corte, en su modalidad de podcast (MP3)

a. Servicio por 21 meses. Comenzando a partir del 1 de Abril de 2016

b. El servicio deberá ser proporcionado en las instalaciones del ofertante ganador o en aquella que el ofertante considere que garantizara que el servicio estará disponible.

c. La disponibilidad requerida será del 99.6%, siendo esto un aproximado de 35 horas, en las cuales el servicio podrá estar fuera de línea durante el año, considerando dentro de este tiempo los mantenimientos programados, fallas o problemas técnicos.

d. Deberá de permitir un máximo de 1000 conexiones simultáneas, teniendo la posibilidad de incrementar este número en caso de que la demanda de usuarios así lo requiera.

e. El formato a emplear para los archivos de audio es MP3 con un bit rate de 128 kbps

f. El ofertante deberá de garantizar un ancho de manda suficiente para que las 1000 conexiones estén disponibles.

g. El servicio deberá estar montado y funcionar sobre una plataforma Akamai y/o wowza Streaming Engine.

h. Dado que la distribución de este contenido es para usuarios que se conectan desde fuera de la red institucional, se requiere que el ofertante considere dentro de la propuesta:

i. Soporte y asistencia en sitio para la integración del vínculo o liga en la página principal de la SCJN

ii. Proporcione o actualice el reproductor de contenido para usuario final.

iii. Verifique que la solución propuesta es compatible con sistemas operativos basados en Microsoft, IOS, Android, Macintosh, Linux, blackberry, etc.

iv. Verifique que la solución propuesta es compatible con los diferentes tipos de dispositivos del mercado, como PC de escritorio, Lap Top, Tabletas y Smartphone.

v. Verifique que la solución propuesta es compatible con cualquier navegador comercial montado en cualquiera de los dispositivos y sistemas operativos previamente mencionados, principalmente Internet Explorer, Google Crome, Safari, Mozilla y Opera.

i. Los ofertantes deberán de considerar y desglosar dentro de su propuesta el medio (enlace de comunicación) y los equipos necesarios para hacer llegar la

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señal desde las instalaciones de la Suprema Corte hasta las instalaciones del ofertante donde se realizara el broadcast.

j. Los pagos por este servicio se harán por mes, por lo cual es requisito que el ofertante ganador haga entrega de un reporte mensual donde especifique la calidad del contenido entregado, el número total de conexiones por mes y por día, un listado de los audios más consultados, el ancho de banda, el número de usuarios por dispositivo y por sistema operativo, así como el tiempo fuera de línea en caso de presentarse.

4. Servicio de Streaming para usuarios internos de la red de la Suprema Corte, en su modalidad de livestraming.

a. Servicio por 21 meses. Comenzando a partir del 1 de Abril de 2016

b. El servicio deberá ser proporcionado desde las instalaciones de la SCJN, por lo cual hay que considerar, los servidores (en la cantidad y capacidad necesaria) y equipo broadcast para generar la señal, además de considerar dentro de la propuesta el soporte técnico para la integración a la red LAN de la institución.

c. Deberá de permitir un máximo de 1000 conexiones simultáneas, teniendo la posibilidad de incrementar este número en caso de que la demanda de usuarios así lo requiera.

d. Deberá de proporcionar un máximo de 4 canales para transmisión de eventos en vivo, independientes.

e. El servicio deberá estar montado y funcionar sobre una plataforma Akamai y/o wowza Streaming Engine.

f. El bit rate para realizar el encoding será de 300 kb/s

g. El tamaño de la ventana requerida a desplegar será de 720x360 pixeles.

h. Dado que la distribución de este contenido es para usuarios que se conectan desde adentro de la red institucional, se requiere que el ofertante considere dentro de la propuesta:

i. Soporte y asistencia en sitio para la integración del vínculo o liga en las páginas de la SCJN

ii. Proporcione o actualice el reproductor de contenido para usuario final.

iii. Verifique que la solución propuesta es compatible con sistemas operativos basados en Microsoft, IOS, Android, Macintosh, Linux, blackberry, etc.

iv. Verifique que la solución propuesta es compatible con los diferentes tipos de dispositivos del mercado, como PC de escritorio, Lap Top, Tabletas y Smartphone.

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v. Verifique que la solución propuesta es compatible con cualquier navegador comercial montado en cualquiera de los dispositivos y sistemas operativos previamente mencionados, principalmente Internet Explorer, Google Crome, Safari, Mozilla y Opera.

i. Los ofertantes deberán de considerar y desglosar dentro de su propuesta los equipos de broadcast necesarios para capturar la señal, así como de distribución del contenido sobre la red interna, considerando un máximo de 1000 conexiones simultaneas

Los pagos por este servicio se harán por mes, por lo cual es requisito que el ofertante ganador haga entrega de un reporte mensual donde especifique la calidad del contenido entregado, el número total de conexiones por mes, por día y por sesión del pleno, el ancho de banda, el número de usuarios por dispositivo y por sistema operativo, así como el tiempo fuera de línea en caso de presentarse.

5. Servicio de Streaming para usuarios internos de la red de la Suprema Corte, en su modalidad de video bajo demanda (VoD).

a. Servicio por 21 meses. Comenzando a partir del 1 de Abril de 2016

b. El servicio deberá ser proporcionado desde las instalaciones de la SCJN, por lo cual hay que considerar, los servidores (en la cantidad y capacidad necesaria) y equipo broadcast para generar la señal, además de considerar dentro de la propuesta el soporte técnico para la integración a la red LAN de la institución.

c. Deberá de permitir un máximo de 1000 conexiones simultáneas, teniendo la posibilidad de incrementar este número en caso de que la demanda de usuarios así lo requiera.

d. El tamaño de almacenamiento para alojar contenido para usuarios internos deberá ser de 2TB

e. El ofertante deberá de garantizar un ancho de manda suficiente para que las 1000 conexiones estén disponibles.

f. Deberá de considerar dentro de los trabajos, la migración del contenido de la plataforma actual a la nueva plataforma.

g. El servicio deberá estar montado y funcionar sobre una plataforma Akamai y/o wowza Streaming Engine.

h. El tamaño de la ventana requerida a desplegar será de 720x360 pixeles.

i. Dado que la distribución de este contenido es para usuarios que se conectan desde adentro de la red institucional, se requiere que el ofertante considere dentro de la propuesta:

i. Soporte y asistencia en sitio para la integración del vínculo o liga en las páginas de la SCJN

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ii. Proporcione o actualice el reproductor de contenido para usuario final.

iii. Verifique que la solución propuesta es compatible con sistemas operativos basados en Microsoft, IOS, Android, Macintosh, Linux, blackberry, etc.

iv. Verifique que la solución propuesta es compatible con los diferentes tipos de dispositivos del mercado, como PC de escritorio, Lap Top, Tabletas y Smartphone.

v. Verifique que la solución propuesta es compatible con cualquier navegador comercial montado en cualquiera de los dispositivos y sistemas operativos previamente mencionados, principalmente Internet Explorer, Google Crome, Safari, Mozilla y Opera.

j. Los ofertantes deberán de considerar y desglosar dentro de su propuesta los equipos necesarios para que el servicio está disponible.

k. Los pagos por este servicio se harán por mes, por lo cual es requisito que el ofertante ganador haga entrega de un reporte mensual donde especifique la calidad del contenido entregado, el número total de conexiones por mes y por día, el reporte de videos más consultados, el ancho de banda, el número de usuarios por dispositivo y por sistema operativo, así como el tiempo fuera de línea en caso de presentarse.

SERVICIOS REQUERIDOS DE LA SOLUCIÓN Como parte de la propuesta técnica y económica, los ofertantes deberán de considerar:

1. Suministro, instalación y puesta en operación de los servidores, codificadores, hardware y software necesario para la realización de los servicios solicitados en un esquema de servicios administrados, de manera que todo este equipo sea administrado por el personal técnico del ofertante adjudicado.

2. La operación y supervisión diaria de la calidad será realizada por personal designado por la Suprema Corte.

3. Toda la solución propuesta deberá de contar con una aplicación de monitoreo y seguimiento de la señal, de manera que en tiempo real se tenga la estadística de lo que sucede con la señal, tanto en vivo como bajo demanda.

4. Al ser un esquema de servicios administrados, se requiere que el ofertante adjudicado considere el soporte, refacciones, respaldos de información y de equipos, así como todo los insumos, herramientas, mano de obra y material necesario para cumplir con los tiempos de disponibilidad solicitados, las capacidades de almacenamiento y el performance de la solución; toda vez que los equipos y licencias serán propiedad del ofertante.

5. Dentro de la propuesta, el ofertante deberá de considerar el suministro de los equipos encoders siguientes: uno digital de alta definición para la difusión de contenido, uno con las mismas características para ser usado como equipo móvil para eventos fuera de las instalaciones de la SCJN, así como uno análogo, el cual será empleado como respaldo.

6. Como parte de los trabajos de implementación, el ofertante adjudicado deberá de realizar

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los trabajos de configuración necesarios para integrar la plataforma de videoconferencia de la marca Polycom, propiedad de la Suprema Corte de justicia, para que esta plataforma sea empleada como un aditamento más para la generación de contenido de audio y video y que este pueda ser transmitido mediante el servicio de videostreaming.

7. El ofertante adjudicado deberá de realizar por lo menos dos mantenimientos preventivos durante la duración del contrato a la solución ofertada, considerando limpieza de equipos, actualización de software, realese, instalación de parches y todo lo necesario que garantice la funcionalidad, operación y performance de toda la solución.

8. El ofertante adjudicado ante cualquier falla, deberá de contar con soporte telefónico las 24 horas, además de contar con soporte en sitio en un lapso no mayor a dos horas en caso de requerirse.

9. Se deberá de impartir un curso de capacitación en el uso, manejo y administración de la plataforma propuesta, así como de la integración del sistema Polycom a 6 integrantes de la Dirección General de Tecnologías de la Información, dentro de las instalaciones de la Suprema Corte, con la duración que el ofertante ganador considere necesario para capacitar plena y completamente al personal ya señalado.

PERSONAL REQUERIDO.

Se requiere que el prestador de servicios cuente con personal capacitado, por lo menos tres personas con el mismo nivel, para la ejecución y supervisión de los trabajos y que cubra cada uno o en conjunto el siguiente perfil:

ÁREA O SISTEMA EN LA QUE SE REQUIERE ESPECIALIDAD

PERFIL DEL PERSONAL (ESTUDIOS)

EXPERIENCIA COMPROBABLE MEDIANTE

Comunicaciones, desarrollo de software, informática o carrera afín.

Licenciatura y/o ingeniería en una de las carreras antes mencionada o afín.

1.- copia simple del título y cedula profesional. 2.- currículo vitae, donde describa sus actividades en la implementación de desarrollo de Streaming de audio y video. 3.- cursos de capacitación en redes, software y desarrollo de soluciones de videostreaming.

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POR STREAMING DE VIDEO

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DOCUMENTACIÓN.

La documentación solicitada tanto para la presentación de propuestas para los interesados en prestar el servicio, así como la que requiere entregar el prestador de servicios adjudicado para el procedimiento de entrega-recepción cuando finalice el contrato, se define a continuación.

DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS.

1. Documentación que avale la participación del ofertante en por lo menos tres proyectos de difusión de contenido (en vivo y bajo demanda) en los años 2013, 2014 y 2015. La información deberá de contener número y/o correo de contacto para validar la información.

2. Currículo del ofertante, donde se describa los trabajos que ha realizado, los alcances, las áreas donde ha participado, sus clientes y lo que el ofertante considere necesario que demuestre su experiencia y capacidad en el ramo.

3. Listado del personal técnico-operativo que realizará y supervisará los trabajos, incluir el currículum de cada uno de ellos, así como la documentación previamente solicitada en el apartado de PERSONAL REQUERIDO.

4. Carta compromiso firmada por el representante legal del prestador de servicios, donde se especifique claramente que cuenta con el personal en la cantidad necesaria y con el perfil requerido, de manera que cubra totalmente los requerimientos y los tiempos de respuesta solicitados.

5. Carta compromiso firmada por el representante legal del ofertante, donde se especifique claramente que las piezas, partes y/o refacciones a instalar serán totalmente nuevas, así como el software y licencias son legales y cuentan con autorización para su uso.

6. Documento impreso que incluya marca y modelo de la solución detallada propuesta, incluyendo descripción de los equipos, cantidad, sistemas, software, aplicaciones y todo aquello que documente a detalle su propuesta técnica. Incluir manuales y folletos de los fabricantes, donde se aprecien las características técnicas, así como un diagrama general de la misma propuesta.

ENTREGA – RECEPCIÓN DE LOS TRABAJOS.

Una vez que el ofertante ganador, notifique de manera escrita a la Dirección General de Tecnología de la Información sobre la culminación de los trabajos de implementación de

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la solución propuesta, el área técnica realizara una revisión para la validación de los trabajos, la cual consistirá en:

1. Se verificará mediante inspección física que todos los equipos y sistemas se encuentren correctamente bien instalados y funcionando de acuerdo a lo especificado en el anexo técnico y a lo ofertado en la propuesta técnica.

2. Se verificara, mediante el acta de capacitación, que se haya impartido el curso en el uso, operación y administración de todas las partes del sistema.

3. Se verificara en distintos dispositivos y plataformas que el contenido tanto en vivo como bajo demanda, se visualice adecuadamente.

4. Se verificara que la solución de videoconferencia Polycom esté integrada con la solución de videostreaming.

5. En caso de encontrar alguna anormalidad, anomalía o punto de mejora, se hará del conocimiento vía correo electrónico al responsable del concursante adjudicado, fijando claramente los tiempos para corregir esta situación, después de lo cual se revisarán de nueva cuenta las instalaciones, verificando hasta que la anomalía sea corregida.

6. Se verificará que toda la documentación solicitada en la memoria técnica descriptiva se encuentre tal cual como ha sido solicitada.

DOCUMENTACIÓN NECESARIA A PRESENTAR PARA LA ENTREGA RECEPCIÓN DE TRABAJOS.

La documentación que deberá de presentar de manera impresa (en una carpeta) y en formato digital (CD con todos los documentos en su formato original de creación – Word, power point, Visio, CAD, PDF, etc.) el ofertante adjudicado una vez concluidos los trabajos deberá de contener:

1. Copia simple del contrato.

2. Acta de capacitación. Lista donde se describa los temas impartidos y los asistentes a la capacitación del sistema, firmada por cada uno de los asistentes.

3. Galería fotográfica, donde se documente claramente las instalaciones antes de los trabajos, durante los trabajos y al finalizar los mismos.

4. Listado que indique número de serie de los equipos, número de licencias de software y la activación de estas.

5. Descripción clara sobre la configuración de cada uno de los equipos y sistemas instalados.

6. En sobre cerrado, las contraseñas y usuarios activados, indicando los usuarios con permiso de administrador, y aquellos que solo tengan permiso de monitoreo.

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7. Manual de usuario de cada uno de los equipos y sistemas instalados, tanto impresos como en CD

CRITERIO DE EVALUACIÓN DE PROPUESTAS.

La Dirección General de Tecnologías de la Información realizará la evaluación técnica de las propuestas, indicando que propuestas técnicas cumplen con los requisitos y la documentación solicitada, de acuerdo a lo que fue previamente establecido en el apartado “DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS”.

CONSIDERACIONES GENERALES.

1. Los ofertantes participantes estarán obligados a realizar una visita a las diferentes ubicaciones donde se realizaran los trabajos. Esto con la finalidad de que conozcan la ubicación y las condiciones de operación. El no presentarse será motivo de descalificación.

2. Durante la visita se permitirá tomar fotografías, no así video, de las instalaciones.

3. Deberá considerar dentro del monto de su propuesta técnica todos los materiales, herramientas, insumos y mano de obra, para que al final de los trabajos todos los equipos y sistemas operen de manera adecuada.

4. El personal del ofertante que realice los trabajos deberá portar siempre uniforme e identificación que lo acredite como miembro de la misma, así como mostrar un buen comportamiento.

5. Los daños y desperfectos ocasionados a las personas, equipo y mobiliario de la SCJN, atribuibles a los trabajos realizados durante los trabajos, deberán ser repuestos por un bien con iguales o superiores características.

6. No se cuenta con espacio para almacenar herramienta, materiales y demás insumos, por lo que el ofertante adjudicado deberá realizar lo necesario para que se cuente todos los días con lo necesario para trabajar.

7. Se permitirá el uso de las instalaciones sanitarias ubicadas en la planta baja y primer piso de dicho edificio; así como de espacio en oficina y conexión a la red corporativa.

8. En caso de requerir energía eléctrica, podrán hacer uso de las tomas de energía, haciendo uso de las mismas de manera adecuada, y empleando los implementos necesarios para tal fin.

9. No se cuentan con lugar de estacionamiento, únicamente se permitirá el acceso a vehículos para descarga de material y herramienta por un tiempo máximo de una

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hora. Este espacio podrá ser adentro del inmueble o en la acera del mismo, dependiendo de la hora de descarga.

10. Toda la basura, sin excepción, deberá ser retirada todos los días del área de trabajo, y se depositara en los contenedores ubicados en la planta baja del edificio.

11. El horario de trabajo será Para la implementación de los sistemas dentro del centro de cómputo, será

de lunes a viernes de las 10:00 a las 18:00 horas. Para la migración y pruebas previo al arranque, serán los días martes, de

las 19:00 horas y hasta las 22:00

LUGAR Y FECHA DE EJECUCIÓN DE TRABAJOS.

Los trabajos se realizarán en el Edificio Sede de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en Jose Maria Pino Suarez 2, col. Centro histórico de la Cd. De México.

El tiempo máximo de ejecución será de 40 días naturales, contados a partir del día siguiente de la notificación de adjudicación.

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SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN Dirección General de Recursos Materiales

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SNR/AEV/RCD/JCRM*

DGRM-CPS-ANEXO

Anexo 2b CARTA NORMAS NACIONALES E INTERNACIONALES

(EN PAPEL MEMBRETADO DEL PARTICIPANTE)

FECHA:__________

DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN PRESENTE

(Nombre de la persona física o del representante legal de la empresa participante) actuando a nombre

y representación de (Nombre de la empresa participante). Por medio del presente manifiesto bajo

protesta de decir verdad y apercibido en las penas en que incurren los que declaran falsamente ante

autoridad distinta a la judicial que mi representada cumple con las Normas Nacionales e

Internacionales respecto de los servicios objeto del concurso público sumario CPSI/DGRM-

DABI/005/2016, conforme lo establece la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y, demás

disposiciones aplicables, según se indica a continuación:

I. Normas Nacionales

II. Normas Internacionales

ATENTAMENTE

Nombre y firma del representante legal

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SNR/MAEV/RCD/JCRM* DGRM-CPS-ANEXO

Anexo 3 FORMATO DE PROPUESTA ECONÓMICA

(EN PAPEL MEMBRETADO DEL PARTICIPANTE)

FECHA DE LA PROPUESTA ECONÓMICA:

NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL PARTICIPANTE

Partida Descripción breve

Columna “A”

Columna “B” Columna

“C” Columna

“D” Columna “E” Columna “F”

Cantidad Unidad de

medida Precio

mensual

Subtotal Antes de IVA

“A x “C”

16% IVA “D” x 16%

Total Neto “D”+”E”

Única Contratación de servicios de difusión 

de contenido en línea y bajo 

demanda, por streaming de video.. 

12 Mes

Sumas Sumas Sumas

Las operaciones aritméticas se deberán efectuar con redondeo a dos decimales. Importe total en letra: _______________________________________________________________________________________ Forma de pago:

El pago deberá ser a crédito dentro de los 8 días hábiles siguientes a la presentación del Comprobante Fiscal

Digital (CFDI) y entrada al almacén correspondiente, en Ventanilla Única de la Dirección General de Presupuesto

y Contabilidad, previa verificación de que, la entrega recepción de los bienes se entregaron a entera satisfacción

de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Plazo de entrega: Señalar las condiciones establecidas en el apartado 9 “Propuesta Económica”, de la

convocatoria/bases.

Vigencia de la propuesta: 30 días naturales.

Los precios ofertados no serán sujetos a ningún ajuste y cualquier error en los mismos, será de la

estricta responsabilidad del ofertante.

Los precios se entenderán firmes hasta el cumplimiento total del contrato.

En el precio se deberán considerar todos los requerimientos del Anexo 2a.

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SNR/MAEV/RCD/JCRM* DGRM-CPS-ANEXO

Razón Social____________________________________________________________________________

R.F.C.__________________________________________________________________________________

Domicilio _______________________________________________________________________________

Nombre y firma del representante o apoderado legal___________________________________________

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ANEXO 5 Proyecto de contrato Simplificado de Servicios

I.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación, en lo sucesivo “la Suprema Corte” por conducto de su representante para los efectos de este instrumento manifiesta que: I.1.- Es el máximo órgano depositario del Poder Judicial de la Federación, en términos de lo dispuesto en los artículos 94 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 1º, fracción I, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. I.2.- El procedimiento mediante concurso público sumario, fue autorizado por el Director General de Recursos Materiales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de conformidad con lo previsto en los artículos 35, fracción I, 39 fracción III, 42, 43, fracción III y 82 del Acuerdo General de Administración VI/2008, del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, administración y desincorporación de bienes y la contratación de obras, usos y servicios requeridos por este Tribunal. I.3.- El titular de la Dirección General de Recursos Materiales está facultado para suscribir el presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25, fracción X, del Reglamento Orgánico en Materia de Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. I.4.- Para todo lo relacionado con el presente contrato señala como su domicilio el ubicado en la Calle de José María Pino Suárez número 2, colonia Centro de la ciudad de México, Delegación Cuauhtémoc, Código Postal 06060, en la Ciudad de México, Distrito Federal. II.- El “Prestador de Servicios” por conducto de su representante legal manifiesta bajo protesta de decir verdad que: II.1.- Conoce perfectamente las especificaciones técnicas y de operación de los servicios requeridos por “la Suprema Corte” y cuenta con los elementos técnicos y capacidad económica necesarios para realizarlos a satisfacción de ésta. II.2.- No se encuentra en ninguno de los supuestos a que se refieren los artículos 48, fracciones I,II,II, IV, V,VI, VII, VIII y X, así como 58 fracción XVI, del Acuerdo General de Administración VI/2008. II.3.-Conoce y acepta sujetarse a lo previsto en el Acuerdo General de Administración VI/2008, del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, administración y desincorporación de bienes y la contratación de obras, usos y servicios requeridos por este Alto Tribunal. II.4.- Para todo lo relacionado con el presente contrato, señala como su domicilio el indicado en la carátula del presente instrumento, en el apartado denominado “Prestador de Servicios”. III.- La “Suprema Corte” y el “Prestador de Servicios” declaran que: III.1.- Reconocen mutuamente la personalidad jurídica con la que comparecen a la celebración del presente instrumento y manifiestan que todas las comunicaciones que se realicen entre ellas se dirigirán a los domicilios indicados en los antecedentes I.4 y II.4 de este instrumento.

C L Á U S U L A S Primera. Condiciones Generales. El “Prestador de Servicios” se compromete a proporcionar los servicios descritos en la carátula del presente instrumento y respetar en todo momento el precio, plazo y condiciones de pago señalados en la referida carátula, durante y hasta el cumplimiento total del objeto de este acuerdo de voluntades. El pago señalado en la presente cláusula, cubre el total de los servicios contratados, por lo cual “la Suprema Corte” no tiene obligación de cubrir ningún importe adicional. Segunda. Pena Convencional. En caso de incumplimiento en cualquiera de las obligaciones establecidas en el instrumento contractual, la Suprema Corte de Justicia de la Nación aplicará al (los) participante(s) adjudicado(s), en forma proporcional, una pena convencional hasta por un 10% (diez por ciento) del monto que corresponda al valor de los servicios (sin incluir impuestos) que no se hayan entregado, o bien, no se hayan recibido a entera satisfacción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. En caso de incumplimiento en el plazo de entrega pactado en el contrato, se aplicará al (los) participante(s) adjudicado(s), una pena convencional por los atrasos que le(s) sean imputables, equivalente al monto que resulte de aplicar el 10 al millar por cada día natural de retraso, a la cantidad que importen los servicios no entregados en el plazo establecido, lo que no podrá exceder del 10% (diez por ciento) del monto total de los servicios no entregados en el plazo establecido, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado. El(los) participante(s) adjudicado(s) responsable(s) del incumplimiento se hará(n) acreedor(es) a las penas convencionales previstas en los numerales que anteceden, con independencia de que se hagan efectivas las garantías otorgadas. Las penas podrán descontarse de los montos pendientes de cubrir por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación al(los) participante(s) adjudicado(s) y de ser necesario, ingresando su monto a la Tesorería de este Alto Tribunal. Tercera. Requisitos para realizar los pagos respectivos. Para efectos fiscales el “Prestador de Servicios” deberá presentar la o las facturas a nombre de “la Suprema Corte” según consta en la cédula de identificación fiscal, expedida por la Secretaria de Hacienda y Crédito Público con el Registro Federal de Contribuyentes SCJ9502046P5, indicando el domicilio señalado en la declaración I.4 de este instrumento y demás requisitos fiscales a que haya lugar. Cuarta. Modificaciones. Las condiciones pactadas en el presente instrumento podrán ser objeto de modificación en términos de lo previsto en los artículos 12, fracción XXII; 143, fracción I, del referido Acuerdo General VI/2008. Quinta. Garantía del servicio. El Prestador de Servicios” garantiza la calidad de los servicios y entregables especificados en el Anexo Técnico mediante una Carta Garantía del servicio hasta por 21 meses, contados a partir de su inicio, contra cualquier irregularidad o deficiencia en la prestación del servicio, comprometiéndose a corregirlas o subsanarlas de inmediato, previo aviso de la convocante El “Prestador de Servicios“ se hace totalmente responsable en caso de que se infrinjan derechos de propiedad intelectual y, por tanto, liberan a la Suprema Corte de Justicia de la Nación de cualquier responsabilidad en dicho sentido. Sexta. Garantía de cumplimiento. Para garantizar el cumplimiento de este contrato el “Proveedor” deberá presentar a “la Suprema Corte” una póliza de fianza por institución debidamente autorizada, hasta por el importe equivalente al 10% del importe de los servicios contratados, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado, cuyo texto deberá de cumplir con los requisitos que “la Suprema Corte” indique. Dicha garantía deberá ser presentada dentro de los diez días hábiles siguientes al en que el “Proveedor” firme de conformidad el presente contrato. Séptima. Inexistencia de relación laboral. El “Prestador de Servicios”, como empresario y patrón del personal que ocupe para los servicios profesionales materia de este contrato, será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones laborales y demás ordenamientos en materia de trabajo y de seguridad social, por lo que responderá de todas las reclamaciones que sus trabajadores presenten en su contra o de la “Suprema Corte”, en relación con los servicios motivo de este contrato. La “Suprema Corte” estará facultada para requerir a “Prestador de Servicios” los comprobantes de afiliación de sus trabajadores al IMSS, así como los comprobantes de pago de las cuotas al SAR, INFONAVIT e IMSS. En caso de que alguno o algunos de los trabajadores del “Prestador de Servicios”, ejecuten o pretendan ejecutar alguna reclamación en contra de la “Suprema Corte”, el “Prestador de Servicios” deberá rembolsar la totalidad de los gastos que erogue la “Suprema Corte” por concepto de traslados, viáticos, hospedaje, transportación, alimentos y demás inherentes, con el fin de acreditar ante la autoridad competente que no existe relación laboral alguna con los mismos y deslindar a la “Suprema Corte” de cualquier tipo de responsabilidad en ese sentido. Las partes acuerdan que el importe de los referidos gastos que se llegaran a ocasionar podrá ser deducido por la “Suprema Corte” de las facturas que se encuentren pendientes de pago, independientemente de las acciones legales que se pudieran ejercer. Octava. Subcontratación. Queda estrictamente prohibido realizar cualquier subcontratación, para la prestación del servicio motivo del presente procedimiento; cualquier incumplimiento de esta cláusula será causa de rescisión por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, con las penalizaciones que correspondan y, en su caso, de los daños y perjuicios, así como los procedimientos administrativos correspondientes. Novena. Confidencialidad. El “Prestador de Servicios”, se compromete para guardar estricta confidencialidad y no divulgar a título personal y por interpósita persona, la información tangible e intangible recibida, generada o a la cual se tuviera acceso de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, entendiéndose por información confidencial, cualquier información científica, técnica, financiera, comercial o de cualquier otra naturaleza, reconociéndole el carácter de secreto industrial, incluyendo, por mencionar algunos casos de manera descriptiva y no limitativa, las bases de datos, lista de destinatarios y direcciones electrónicas. El “Prestador de Servicios”, manifiesta el compromiso de no hacer uso de dicha información para propósitos diferentes en trabajos presentes o futuros que no sean encomendados por la Suprema Corte de Justicia de la Nación. El “Prestador de Servicios”, está consciente de que los datos e información de cualquier índole obtenida, generada o recibida por cualquier medio, son exclusiva propiedad de la “Suprema Corte”, y se obliga a devolver o, en su caso, destruir toda la documentación e información citada en la carta de confidencialidad y el presente contrato, a la “Suprema Corte” sin haber obtenido copia de esta a la terminación del contrato. de Justicia El “Prestador de Servicios”, por cualquier incumplimiento a la confidencialidad del presente contrato, acepta las consecuencias legales que de su incumplimiento deriven, conforme a la Ley de Propiedad Industrial, Código Penal Federal y demás disposiciones legales aplicables. Décima. Rescisión. Queda expresamente convenido que “la Suprema Corte” podrá dar por rescindido el presente contrato sin necesidad de que medie declaración judicial, en caso de que el “Prestador de Servicios” deje de cumplir cualquiera de las obligaciones que asume en este contrato por causas que le sean imputables, o bien, en caso de ser objeto de embargo, huelga estallada, concurso mercantil o liquidación. Antes de declarar la rescisión, “la Suprema Corte” notificará por escrito las causas respectivas al “Prestador de Servicios” en su domicilio señalado en la declaración II.4 de este instrumento, con quien en el acto se encuentre, otorgándole un plazo de quince días hábiles para que manifieste lo que a su derecho convenga, anexe los documentos que estime convenientes y aporte, en su caso, las pruebas que estime pertinentes. Vencido ese plazo el órgano competente de “la Suprema Corte” determinará sobre la procedencia de la rescisión, lo que se comunicará al “Prestador de Servicios” en su domicilio señalado en la declaración II.4 de este instrumento. Décima Primera. Supuesto de terminación del contrato diversos a la recisión. El contrato podrá darse por terminado, al cumplimentarse su objeto o bien de manera anticipada cuando existan causas justificadas de interés general, en términos de lo previsto en los artículos 148, 149, 150 y 151, del Acuerdo General de Administración VI/2008, del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Décima Segunda. Del fomento a la transparencia y de la protección de datos personales. Las partes están de acuerdo en que el presente instrumento constituye información pública en términos de lo dispuesto en los artículos 1°, 7° y 42 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, por lo que los gobernados podrán realizar su consulta. De conformidad con lo establecido en el artículo 71 del Acuerdo General de la Comisión de Transparencia, Acceso a la Información Pública Gubernamental y Protección de Datos Personales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, del nueve de julio de dos mil ocho, relativo a los órganos y procedimientos para tutelar en el ámbito de este Tribunal los derechos de acceso a la información, a la privacidad y a la protección de datos personales garantizados en el artículo 6° Constitucional, el “Prestador de Servicios” se obliga a guardar secreto y a no divulgar por ningún medio, aun electrónico, ni por conferencias y/o informes los datos personales a que tenga acceso con motivo de la documentación que maneje o conozca al desarrollar las actividades objeto del presente contrato. En caso de incumplimiento “la Suprema Corte” podrá exigir el pago correspondiente al 10% del monto total de este instrumento, por concepto de pena convencional. Décima Tercera. Resolución de controversias. Para efecto de la interpretación y cumplimiento de lo estipulado en este instrumento, el “Prestador de Servicios se somete expresamente a las decisiones del Tribunal Pleno de “la Suprema Corte” renunciando en forma expresa a cualquier otro fuero que en razón de su domicilio o vecindad, tengan o llegaren a tener, de conformidad con lo indicado en el artículo 11, fracción XX de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. Las partes acuerdan que cualquier notificación que tengan que realizarse de una parte a otra, se realizará por escrito en el domicilio que ha señalado en las declaraciones I.4 y II.4 de este instrumento. Décima Cuarta. Legislación aplicable. El acuerdo de voluntades previsto en este instrumento contractual se rige por lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Reglamento Orgánico en Materia de Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Acuerdo General de Administración VI/2008, del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y en lo no previsto en este por el Código Civil Federal, Código Federal de Procedimientos Civiles y la ley Federal del Procedimiento Administrativo, en lo conducente.

RECEPCIÓN Y CONFORMIDAD DEL PRESENTE CONTRATO SIMPLIFICADO POR EL PRESTADOR DE SERVICIOS Nombre Firma Fecha

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ANEXO 4

FIANZA DE GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO

Para garantizar el fiel y exacto cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que el “Prestador de Servicios” asume con la celebración del presente contrato, así como para el pago de las penas estipuladas y posibles pagos en exceso con los intereses correspondientes, se obliga a otorgar fianza de compañía legalmente autorizada, por el equivalente al 10% del monto total del mismo sin incluir los impuestos aplicables, esto es, por la cantidad de $____,____.___ (________________________________ pesos ___/100 M.N.), y hasta 20% más, en el supuesto de que por algún motivo deba incrementarse la cantidad de los bienes adquiridos o el plazo del contrato. La presente garantía deberá contratarse de modo que esté vigente hasta que los _________________ materia del contrato de referencia hayan sido recibidos en su totalidad y a entera satisfacción de la “Suprema Corte”, y se haya presentado el acta de entrega-recepción correspondiente. Dicha fianza solo podrá ser cancelada con el consentimiento expreso y por escrito de la “Suprema Corte”. I. En la póliza de fianza que se expida por institución autorizada, deberá constar la siguiente leyenda:

"- Nombre de la afianzadora- en ejercicio de la autorización que le fue concedida por Comisión Nacional de Seguros y Fianzas de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, se constituye ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en fiadora hasta por la cantidad de $____,____.___ (______________________________ pesos ___/100 M.N.), y hasta un 20% más en el supuesto de que por algún motivo deba incrementarse la cantidad de los bienes adquiridos o el plazo del contrato para garantizar, por parte de _______, S.A. DE C.V., con domicilio en Calle ____________, número _____, Colonia ______________, Delegación ___________, Código Postal _______, México, Distrito Federal, el fiel y exacto cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a su cargo, derivadas del contrato número _______________, celebrado entre la Suprema Corte de Justicia de la Nación y _________, S.A. DE C.V., con un monto contratado que asciende a la cantidad de $__’____,____.___ (_______________________ pesos ___/100 M.N.), más el Impuesto al Valor Agregado. La afianzadora expresamente declara que:

- La presente fianza se expide de conformidad con lo establecido en el “Acuerdo General de Administración VI/2008, del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, administración y desincorporación de bienes y la contratación de obras, usos y servicios requeridos por este Tribunal” y en el contrato número _________________, celebrado entre la Suprema Corte de Justicia de la Nación y _________, S.A. DE C.V., con el objeto de garantizar el fiel y exacto cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a cargo de _________, S.A. DE C.V., relativo a _________________________________, con un monto contratado por la cantidad de $__’____,____.___ (_______________________ pesos __/100 moneda nacional), más el Impuesto al Valor Agregado. - La fianza se otorga atendiendo a las cláusulas contenidas en el contrato número _________________. - La presente fianza tendrá vigencia desde la fecha de su expedición y hasta que los ____________________ y todos los conceptos materia del contrato de referencia hayan sido recibidos en su totalidad y a entera satisfacción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y se haya presentado el acta de entrega-recepción correspondiente; solo podrá ser cancelada con el consentimiento previo, expreso y por escrito de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

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- De existir recursos legales o juicios relacionados con el contrato número ______________, la fianza otorgada por _________, S.A. DE C.V., tendrá plena vigencia durante la substanciación y hasta que se dicte resolución definitiva por autoridad competente.

- La afianzadora acepta someterse a los procedimientos de ejecución previstos en la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas para la efectividad de la fianza, aun para el caso de que procediera el cobro de intereses con motivo del pago extemporáneo del importe de la fianza requerida.

- La fianza garantiza el cumplimiento total de lo contratado, aun cuando exista subcontratación con autorización expresa de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. - La Suprema Corte de Justicia de la Nación o la Tesorería de la Federación, podrán reclamar el pago de la cantidad establecida en la presente póliza de fianza, conforme a los procedimientos señalados en los artículos 279 y 282 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, a su obligación de acreditarlo a satisfacción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, o a devolverlo en caso de ser requerido para ello. - La presente fianza podrá ser liberada a _________, S.A. DE C.V., siempre y cuando la Suprema Corte de Justicia de la Nación emita su consentimiento por escrito en el que conste el cumplimiento del contrato. - La presente fianza garantizará la obligación principal del contrato debiendo cubrir el importe correspondiente a la obligación principal, así como el pago de penas convencionales a que se haga acreedor _________, S.A. DE C.V., pagos en exceso y los intereses que correspondan por los mismos. Tratándose de prórrogas en el plazo de ejecución pactadas en algún instrumento de la misma naturaleza del contrato original, la presente fianza quedará vigente por un plazo igual al acordado en el convenio modificatorio que en su caso llegare a suscribirse, o el que corresponda al plazo de atraso. De existir incremento en el monto o plazo de ejecución, la fianza cubrirá hasta un 20% adicional al originalmente pactado. - Para la interpretación y cumplimiento de las cláusulas contenidas en el presente contrato de fianza, así como en caso de controversia, siempre que una de las partes en contienda sea la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la institución de fianzas se somete expresamente a las decisiones del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, órgano competente para interpretar y hacer cumplir lo pactado en este contrato, en términos de lo dispuesto en el artículo 11, fracción XX, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, renunciando en forma expresa a cualquier otro fuero que, en razón del domicilio que tenga o llegare a tener." II. Las “partes” convienen en que la fianza deberá ser presentada dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha en que se firme el contrato, en caso de que transcurrido el plazo señalado no se hubiere presentado la fianza en la forma y términos pactados, la “Suprema Corte” podrá rescindir el presente contrato. El “Prestador de Servicios”, por medio de este instrumento renuncia expresamente al derecho de compensación que pudiera hacer valer en contra de la “Suprema Corte”, dando con esta renuncia cumplimiento a lo que se establece en el párrafo último del artículo 289 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas. Las “partes” convienen que la presente garantía será exigible cuando el “Prestador de servicios” incumpla cualquiera de las cláusulas previstas en el presente instrumento.