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TRABAJO DE FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA II
“ANÁLISIS DE SENTENCIA T- 413 - 2005”
MOISÉS DAVID ASÍS MERCADO
VIII CICLO
DOCENTE
ATRICIA RA!UEL MORRIS BOLA"O
CORORACIÓN UNIVERSITARIA AMERICANAFACULTAD DE #UMANIDADES $ CIENCIAS SOCIALES
RO%RAMA SABATINO DE DEREC#O
BARRAN!UILLA
201&
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ANÁLISIS DE SENTENCIA DE TUTELA
I' IDENTIFICACIÓN'
Corte Constitucional, Sentencia T- 413 - 2005, Magistrado Ponente
Humberto Antonio Sierra Porto,!"# !$%edientes T-1024111, T-1024113, T-1024114 & T-1024120'
II' SÍNTESIS FÁCTICA'1' (a "ederaci)n Colombiana de !ducadores * "!C+! -, & la Asociaci)n
de !ducadores del Cesar * AC!SA -, con.ocaron al Magisterio de
todo el %a/s, a un %aro de 24 oras, el cual se cum%li) %arcialmente el
d/a 1 de ma&o de 2004'
2' ica con.ocatoria ue acatada %arcialmente %or el Magisterio del
e%artamento del Cesar'3' inguna entidad %blica, .eriic) ue dico %aro se ubiere eectuado,
%or tanto, no se tiene conocimiento de uienes realmente %araron dico
d/a'4' (a 6obernaci)n del Cesar, descont) a los accionantes el salario
corres%ondiente al d/a del %aro, sin ue se ubiere .eriicado si
eecti.amente no traba7aron el d/a 1 de ma&o de 2004'5' (os Accionantes incoan Acci)n de Tutela, %or considerar .iolados sus
derecos undamentales al debido %roceso, a la libertad de e$%resi)n &
a la libertad de maniestaci)n sindical'
III' DECISIÓNES DE RIMERA INSTANCIA ( A !UO (A' E)*+,+./+ T-1024111 T-1024113 T-1024120'
!l 8u9gado Segundo de !7ecuci)n de Penas & Medidas de Seguridad de
:alledu%ar, en %ro.idencias del 13 & 1; de se%tiembre de 2004, concedi)
las acciones de tutela, %or considerar .ulnerado el dereco al debido%roceso de los accionantes' Se
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B' E)*+,+./+ T-1024114
Mediante sentencia del 24 de se%tiembre de 2004, el 8u9gado Tercero de
!7ecuci)n de Penas & Medidas de Seguridad de :alledu%ar, am%ar) el
dereco undamental al debido %roceso de los accionantes' Sem%ugnadas las decisiones de %rimera instancia, conoci) la Sala Penal del
Tribunal Su%erior de :alledu%ar, la cual en %ro.idencias de eca 21 & 22 de
octubre de 2004, re.oc) las sentencias de %rimera instancia & en su lugar,
neg) el am%aro solicitado %or los accionantes
!l ad uem consider) ue la acci)n de tutela era im%rocedente en este
caso es%ec/ico %or la e$istencia de otro medio de deensa 7udicial al cual
%od/an acudir los aectados, & %orue no se coniguraba un %er7uicio
irremediable'
B' E)*+,+./+ T-1024114
!n sentencia del 21 de octubre de 2004, la Sala Penal del Tribunal Su%erior
de :alledu%ar, %rocedi) a re.ocar la sentencia %roerida %or el 8u9gado
Tercero de !7ecuci)n de Penas & Medidas de Seguridad de :alledu%ar,
e$%oniendo como argumentos los mismos ue em%le) en los otros allos
dictados en el tr=mite de la segunda instancia de las otras acciones de
tutela au/ re.isadas'
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V' ROBLEMA JURÍDICO'
?!s 7ur/dicamente .iable ue la 6obernaci)n del Cesar %roceda al no %ago
de salario de los Ser.idores Pblicos sin los %resu%uestos m/nimosreueridos, aduciendo la .iolaci)n al ereco a la !ducaci)n de los
menores@
VI' AR%UMENTOS ES%RIMIDOS OR LA CORTE CONSTITUCIONAL
ARA SOLUCIONAR EL ROBLEMA JURÍDICO'
!l art/culo 430 del C'S'T' %ro/be la uelga en las acti.idades catalogadas
como ser.icio %blico' is%osici)n declarada e$euible de manera
condicionada en la sentencia C-4;3 de 14, siem%re ue se trate,
conorme al art/culo 5B de la Constituci)n Pol/tica, de ser.icios %blicos
esenciales deinidos %or el (egislador'
!l legislador no a deinido la educaci)n como un ser.icio %blico esencial,
ra9)n %or la cual, en %rinci%io, no est= %roibida la uelga en este ti%o de
acti.idad, sin embargo, es %reciso introducir algunas %recisiones a este
res%ecto' !n eecto, de conormidad al art/culo 41B del C)digo Sustanti.o
del Traba7o los sindicatos de em%leados %blicos no %ueden %resentar
%liegos de %eticiones ni celebrar de con.enciones colecti.as, dis%osici)n
ue ue declarada e$euible en la sentencia C-110 de 14'
+b.iamente, si los em%leados %blicos no %ueden %resentar %liegos de
%eticiones ni celebrar con.enciones colecti.as, tam%oco %ueden declarar ni
acer uelgaD
Si %udieran entrar en uelga %arali9ar/an la unci)n %blica corres%ondiente
& atentar/an contra el interEs colecti.o, ue debe %re.alecer segn el
art/culo 1F de la Constituci)n' (a continuidad en el e7ercicio de sus
unciones resulta esencial %ara el uncionamiento del !stado'
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