analisis de los delitos informaticos

7
ANÁLISIS DE LA LEY DE DELITOS INFORMÁTICOS

Upload: viiiciclo

Post on 26-Jul-2015

18 views

Category:

Software


2 download

TRANSCRIPT

Page 1: analisis de los delitos informaticos

ANÁLISIS DE LA LEY DE DELITOS

INFORMÁTICOS

Page 2: analisis de los delitos informaticos

En el año 2012  la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso entonces presidida por Alberto Beingolea emitió un dictamen favorable sobre un grupo de proyectos de ley que proponían la introducción de nuevos delitos informáticos. El texto de este Dictamen, conocido como Ley Beingolea, recibió una avalancha de críticas por parte de la comunidad nacional e internacional a través de cartas, artículos y mensajes en redes sociales. Los principales cuestionamientos que se le hacían tenían que ver con la vaguedad de varios de sus artículos y su propuesta de reducir severamente el derecho constitucional al secreto de las telecomunicaciones. Sin embargo, el texto de la Ley Beingolea nunca fue retirado aunque el propio Alberto Beingolea reconoció las carencias de su proyecto. Desde entonces, el Proyecto ha estado esperando su debate y el año pasado fue incluido en la agenda del pleno luego de sendas solicitudes de premura de los congresistas Juan Carlos Eguren y Tomás Zamudio. En el interín, se presentaron otros proyectos que tratan delitos informáticos en específico o que están relacionados con el uso de la tecnología incluyendo un proyecto integral elaborado por el Ministerio de Justicia y enviado al congreso con las firmas del Presidente de la República y el Primer Ministro.

Page 3: analisis de los delitos informaticos

En el mes de septiembre del año pasado, la Ley Beingolea apareció como número 1 en el orden de Proyectos a ser debatidos. Durante la mañana del 12 de septiembre, se abrió el debate en el Pleno, donde pocos congresistas como Mesías Guevara, YonhyLescano y Luz Salgado expresaron su preocupación por la vaguedad de los términos del Proyecto. Otros congresistas aprovecharon para destacar que ellos también habían presentado sus propios proyectos de ley sobre acoso a menores a través de Internet o dieron cuenta del reciente proyecto del Ejecutivo. Frente a ello, el congresista Juan Carlos Eguren en su calidad de presidente de la Comisión de Justicia solicitó un receso para poder incorporar las sugerencias de los congresistas. A las 4:00 pm, pocas horas luego del debate, el congresista Eguren volvía a someter al debate un nuevo texto de la Ley Beingolea que solo conocían los parlamentarios y que fue “plenamente consensuado con los representantes del Poder Ejecutivo, ya que tenían un proyecto de ley presentado que pretendía legislar las mismas materias”. El nuevo texto del Proyecto de Ley incorporaba casi todos los demás proyectos de ley presentados, pese a que no se habían revisado ni votado en Comisión previamente. Sin embargo, el nuevo texto apenas mereció un par de intervenciones menores y fue inmediatamente aprobado por 79 votos a favor y ninguno en contra.

Page 4: analisis de los delitos informaticos

“La aprobación de la Ley Beingolea es el ejemplo perfecto de cómo no se debe llevar a cabo un proceso legislativo. En primer lugar, tienen un texto muy criticado durmiendo por más de un año en la agenda. Luego, lo someten a debate y en cuestión de horas cambian completamente el texto incorporando propuestas nuevas que no han pasado por ningún filtro en Comisión, como la de grooming o discriminación por Internet. Este nuevo texto solo lo conocen los congresistas y todos los demás ciudadanos tenemos que ver por televisión como es aprobado por unanimidad sin que sepamos qué dice. ¿No pensaron que si la primera versión había recibido tantos comentarios críticos era necesario someter a comentarios de la sociedad civil también la segunda?”

Page 5: analisis de los delitos informaticos

Morachimo destacó, además, que “si bien el nuevo texto ha moderado algunos de los errores de la Ley Beingolea también ha incorporado nuevos problemas como la penalización de las expresiones de discriminación a través de Internet o el contacto con menores a través de medios tecnológicos. Todos temas que han sido materia de mucha discusión en otros países y que acá se han propuesto, negociado en secreto y aprobado por unanimidad en menos de seis horas.”

El dia martes, 22 de octubre del 2013 La Ley de Delitos Informáticos, aprobada por el pleno del Congreso el 12 de setiembre, tuvo el visto bueno del Presidente de la República y fue publicada en el Boletín de Normas Legales del diario oficial “El Peruano”, lleva las firmas de Humala; el primer ministro, Juan Jiménez Mayor; el titular del Parlamento, Fredy Otárola; y la vicepresidenta del Legislativo, Carmen Omonte. Esto  a pesar de que especialistas le solicitaron al presidente Ollanta Humala no firmarla y observarla debido a que sus ambigüedades podrían afectar la libertad de expresión.

Page 6: analisis de los delitos informaticos

Miguel Morachimo, presidente de la ONG Hiperderecho, señaló que la forma en que ha sido redactado el proyecto pone en riesgo derechos fundamentales. Dijo que se pretende ampliar el delito de discriminación a través de Internet como una sanción igual a los actos de violencia ejercidos por discriminación. “Ello implica una amenaza a la libertad de expresión en línea, donde cualquier comentario que alguien pueda encontrar discriminatorio puede colocar al autor frente a una investigación penal”, indicó.

 Erick Iriarte, abogado especialista en temas de Internet,

ha señalado que la ley tiene muchas ambigüedades en su redacción que la hacen peligrosa. Por ejemplo se castiga hasta con seis años de prisión a los que borren, deterioren, alteren o supriman datos informáticos que no sean suyos, pero no hay una valorización de en qué circunstancia debe aplicarse.

Page 7: analisis de los delitos informaticos

Adicional a ello, se realiza especificaciones a los delitos de interceptación de datos e interceptación telefónica y a la información clasificada como secreta, reservada o confidencial, punto controversial en un inicio porque no se aclaraba las diferencias. Esta norma también elimina el delito de tráfico de datos contenido en esta ley para incluirlo en el Código Penal, permitiendo además que este ilícito sea perseguible mediante el ejercicio público de la acción penal y no privada como lo es para los demás delitos contra la intimidad. Finalmente, se precisa los agravantes en caso de discriminación e incitación a la discriminación cuando se perpetren mediante el uso de internet. La promulgación de la ley cuenta con la rúbrica del presidente Ollanta Humala y el primer ministro René Cornejo.