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Acta de Sesión
ordinaria de
Cabildo del 04 de
Enero del 2006
XVIII Ayuntamiento Constitucional de Ensenada B.C. 2004 – 2007
Año. 2
.
- - -En la ciudad de Ensenada, Estado de Baja
California, siendo las diez horas del día Cuatro de
Enero del año Dos Mil Seis, se reunieron en la Sala de
Presidentes de la Casa Municipal, once integrantes del
XVIII Ayuntamiento para celebrar Sesión Ordinaria de
carácter Pública. Una vez que ocupan sus lugares, el
Secretario Fedatario procede a tomar lista de
asistencia; asimismo da cuenta de tres escritos
remitidos por los Regidores Adela Lozano López,
Alfonso Talavera Hernández y Armando Reyes
Ledezma, por medio del cual justifican su ausencia, por
motivo de compromisos de agenda obtenidos con
anterioridad; al término de la lista de asistencia se
declara la existencia del quórum legal para sesionar.
Acto seguido, procede a dar lectura al Orden del Día,
que contiene los siguientes puntos:- PRIMERO.- Lista de
asistencia y declaración de quórum legal.- -
SEGUNDO.- Lectura y aprobación del orden del día.- -
TERCERO.- Solicitud de dispensa de lectura de las
Actas de las Sesiones Extraordinarias, celebradas los
días 19 y 23 de Diciembre del año 2005 y su
aprobación en su caso.- - CUARTO.- Presentación de
Informes del Presidente Municipal, Síndico Procurador y
de las Comisiones de los Regidores. (Art. 59 Fracción IV
del RIAE).- - QUINTO.-Presentación de Dictámenes u
opiniones de las Comisiones. (Art. 59 Fracción V del
RIAE).- - Asunto No. 1.- Presentación que hace al Pleno
del Cabildo la Comisión de Desarrollo Urbano y
Ecología, coordinada por el c. Regidor, Arnoldo Carlos
García Guerrero, del Dictamen No. 96/2005, relativo a
la solicitud de DESARROLLOS AVITAT, S. DE R. L. DE C. V.,
y el SR. JORGE ANTONIO NASSIF MURILLO, para llevar a
cabo el Fraccionamiento Habitacional para
Promoción De Vivienda De Interés Social Denominada
SAN BORJA RESIDENCIAL, a ubicarse en el Lote 9 Z-1 P-
1, 9 Z-1 P-1 FRACCION D-2 Y 9 Z-1 P-1 FRACCION D3IA-
1, manzana S/M del Ejido Chapultepec, con superficie
de 6-99-99-99 hectáreas.- - SEXTO.- Proyectos de
Acuerdos o Iniciativas de los Integrantes del
Ayuntamiento. (Art. 59 Fracción VI del RIAE.)
PRESIDENTE, Asunto No. 1.- Presentación que hace al
Pleno del Cabildo el C. Presidente Municipal, para
turnarse a la Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología,
Coordinada por el C. Regidor, Arnoldo Carlos García
Guerrero, para que emita el dictamen correspondiente
de la Solicitud de la C. Ana Kesia Arredondo Esquivel,
de cambio de uso de suelo en el condominio La
Gaviota Número 1 del Fracc. Pórticos del Mar, ubicado
en Calles Paseo Pacífico y Lázaro Cárdenas No. de
Casa 1007/59 con una superficie de 2.40 metros por 8
metros aproximadamente, para el establecimiento de
un local comercial.- - SEPTIMO.- ASUNTOS GENERALES.-
- OCTAVO.- CLAUSURA.- - Se paso lista de asistencia,
haciéndose constar la presencia del C. Presidente
Municipal, César Mancillas Amador, del Síndico
Procurador, Isaac Chapluk Pabloff y de los Regidores,
Ernesto Pedrín Márquez, Ricardo Lomelí Sedano,
Georgina Posada Aparicio, María Nélida Pelayo Ponce,
Jesús Salvador Abarca Macklis, José Felipe Romero
Guzmán, Arnoldo Carlos García Guerrero, Rocío López
Gorosave, Gilberto Flores Muñóz y Orlando Toscano
Montaño, contándose con la asistencia de doce de los
quince munícipes que integran el Cabildo, y la
Presidente Municipal César Mancillas Amador
Síndico Procurador
Isaac Chapluk Pabloff
Regidores Adela Lozano López Rocío López Gorosave
Gilberto Flores Muñoz Ricardo Lomelí Sedano Ernesto Pedrín Márquez Armando Reyes Ledezma
Georgina Posada Aparicio Maria Nélida Pelayo Ponce José Felipe Romero Guzmán Alfonso Talavera Hernández
Jesús Salvador Abarca Macklis Arnoldo Carlos García Guerrero Orlando A. Toscano Montaño
Secretario Fedatario
Julio César Arenas Ruiz
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Cabildo del 04 de
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ausencia justificada de los CC. Regidores, Alfonso
Talavera Hernández, Adela Lozano López y Armando
Reyes Ledezma; Declarándose Quórum Legal y la
formal instalación de esta Sesión Ordinaria de Cabildo,
por el C. Lic. Julio César Arenas Ruíz, Secretario
Fedatario.- - El Presidente Municipal somete a
votación el Orden del Día.- - Se aprobó por
unanimidad de votos de los munícipes presentes del
XVIII Ayuntamiento Constitucional de Ensenada, Baja
California, el Orden del Día de la Sesión Ordinaria
celebrada el día 04 de Enero de 2006.- La votación fue
la siguiente:- Doce votos a favor, correspondientes al
Síndico Procurador, Isaac Chapluk Pabloff y a los
Regidores, Ernesto Pedrín Márquez, Ricardo Lomelí
Sedano, Georgina Posada Aparicio, María Nélida
Pelayo Ponce, Jesús Salvador Abarca Macklis, José
Felipe Romero Guzmán, Arnoldo Carlos García
Guerrero, Rocío López Gorosave, Gilberto Flores
Muñóz, Orlando Toscano Montaño y al Presidente
Municipal, César Mancillas Amador. Tres ausencias
justificadas correspondientes a los CC. Regidores,
Alfonso Talavera Hernández, Adela Lozano López y
Armando Reyes Ledezma.- - El Secretario Fedatario
procede a desahogar el punto TERCERO del Orden del
Día, que consiste en la Solicitud de dispensa de lectura
de las Actas de las Sesiones Extraordinarias,
celebradas los días 19 y 23 de Diciembre del año 2005
y su aprobación en su caso.- - El Presidente Municipal
somete a votación la dispensa de lectura de las Actas
de las Sesiones Extraordinarias, celebradas los días 19 y
23 de Diciembre del año 2005.- - Se aprobó por
unanimidad de votos de los munícipes presentes del
XVIII Ayuntamiento Constitucional de Ensenada, Baja
California, la dispensa de lectura de las Actas de las
Sesiones Extraordinarias, celebradas los días 19 y 23 de
Diciembre de 2005. - - votación fue la siguiente: - Doce
votos a favor, correspondientes al Síndico Procurador,
Isaac Chapluk Pabloff y a los Regidores, Ernesto Pedrín
Márquez, Ricardo Lomelí Sedano, Georgina Posada
Aparicio, María Nélida Pelayo Ponce, Jesús Salvador
Abarca Macklis, José Felipe Romero Guzmán, Arnoldo
Carlos García Guerrero, Rocío López Gorosave,
Gilberto Flores Muñóz, Orlando Toscano Montaño y al
Presidente Municipal, César Mancillas Amador. Tres
ausencias justificadas correspondientes a los CC.
Regidores, Alfonso Talavera Hernández, Adela Lozano
López y Armando Reyes Ledezma.- - El Presidente
Municipal somete a votación las Actas de las Sesiones
Extraordinarias, celebradas los días 19 y 23 de
Diciembre del año 2005.- - A continuación el Presidente
Municipal indica que se llevara a cabo una exposición
por parte del C. Miguel Angel Medina Estrada, Director
de Proyectos, en relación a microfonía, quisiera
agregar que tenemos un proyecto para arreglar esta
sala, buscando la manera de que ya quede un lugar
fijo ó mas bien dicho, que pueda incluso removerse, en
forma de v, para tener cada uno de nosotros ubicado
su lugar, con instalaciones para su máquina ó lap top y
también la cuestión de microfonía, que Miguel va a
presentar, para que podamos dejarlo de manera fijo y
mejorar este honorable salón de cabildo.- - El
Secretario Fedatario da cuenta de la llegada del
Regidor Gilberto Flores Muñoz.- - El C. Miguel Angel
Medina Estrada expone, como un proyecto de la
Secretaría General del Ayuntamiento, nos dimos a la
tarea de buscar una mejora para realizar las sesiones
de cabildo, por atención al Secretario que también
solicitó una propuesta de lo que es microfonía, se va a
presentar lo que es la grabación de audio, indexación
y transcripción a texto, también como integrando la
microfonía, como todos sabemos actualmente las
grabaciones se hacen en cassette, y las desventajas
son las perdidas de fragmentos durante el cambio del
cassette, hay baja calidad del sonido, perdida o
deterioro de los cassettes con el paso del tiempo,
acumulación de cintas, dificultades de almacenaje,
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difícil localización de fragmentos de las grabaciones y
mayor costo económico, en otras palabras tenemos
las grabaciones en un formato análogo, y ya con los
avances de la tecnología, en ese punto estamos muy
atrasados, lo cual provoca que renunciemos al
mantenimiento de fonotecas, las fonotecas son un
conjunto de archivos sonoros el cual de la forma
análoga, obviamente se nos dificulta tener una
biblioteca ó una fonoteca para consulta de estos
archivos, lo que nosotros estamos presentando es un
sistema que se llama voice ralentizer, es un programa
informático diseñado para llevar a cabo las funciones
de grabaciones de audio y creación de archivos
sonoros, facilitando a su vez el tratamiento de dichos
archivos como su transcripción a texto, hoy en día la
administración pública y local, es una herramienta
insustituible para la grabación de actos institucionales
y culturales, ayudándonos a crear y mantener una
fonoteca permanente actualizada, que además
enriquecerá la memoria histórica de la entidad, este
sistema hace una grabación de audio en calidad
digital y soporte informático, crea archivos de hasta
20.00 horas de duración, crea archivos sonoros y con
ellos de una fonoteca en la que se conserven
grabaciones de los eventos deseados, posibilita la
edición y reproducción de los archivos creados de
modo rápido y sencillo, algunas de las características
importantes de este sistema es que nos permite la
estructuración interna de los archivos, mediante la
inserción de marcas de texto, con o sin nombre,
también la inserción de marcas preestablecidas,
nombres de participantes, temas a tratar y puntos del
orden del día, nos facilita la localización inmediata de
los fragmentos deseados, sin que sea necesario
escuchar el resto de la grabación, como puntos del
orden del día en un pleno declaraciones,
intervenciones, temas tratados en una rueda de
prensa o en una charla, para implementar este sistema
se requiere de la conexión a través de la tarjeta de
sonido del ordenador a una fuente de sonido, mesa de
sonido, micrófono, radio, teléfono, etc., en la utilización
de ordenadores portátiles, en el caso de una lap top,
facilita la grabación de cualquier evento donde
quiera que tenga lugar, con voice ralentizer esta labor
se desarrollo más fácilmente y con un considerable
ahorro de tiempo, reproduce y maneja el sonido
desde la misma pantalla de tratamiento de textos
habitual del usuario, también adapta la velocidad de
reproducción de la voz a la velocidad de escrituras del
usuario, permite seleccionar los fragmentos a
reproducir, ignorando el resto de la grabación, hice
algunas pruebas con este sistema, con un demo que el
proveedor me envió, se necesita de una persona que
cuando se este llevando a cabo la sesión, al momento
de estar hablando un integrante del cabildo, esta
persona va poniendo marca, de tal manera que
cuando ella esta transcribiendo el documento, al
momento de correr la grabación, le esta diciendo
quien esta hablando, le va apareciendo el nombre, de
tal manera que con las herramientas que nos
proporciona tenemos pensado que al estar
realizándose la sesión, al mismo tiempo se vaya
transcribiendo, lo que quiere decir que en la oficina de
la Secretaría se tienen dos personas, que al momento
de estar grabándose aquí, ellas empiezan a transcribir
al tener nosotros el sistema en red, vamos a suponer
que empieza la sesión del segundo cero al minuto diez,
empieza la persona a transcribir, del minuto diez al
minuto veinte, empieza la otra persona, sin dejar de
grabar, de tal manera que tenemos ventajas como
que al termino de la sesión una vez que se domine los
usuarios de este sistema, podemos casi tener en
cuanto termine la sesión podemos tener ya grabado ó
el acceso a la sesión, también si el Alcalde ó uno de
los regidores desea una información ó solo necesita lo
que el habló, también se le puede proporcionar el cd,
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nada mas con lo que habló esta persona, en fin son
varias ventajas las que tenemos con este sistema, otra
de las ventajas es la creación de la fonoteca para
gestionar los archivos, mediante un sencillo sistema de
búsqueda permite la localización y escucha de forma
inmediata de cualquier archivo o fragmento del
mismo, la acumulación de grabaciones y su
conservación, hace necesaria la organización de los
archivos siguiendo unos criterios lógicos de
almacenamiento, de forma que permita la búsqueda
y localización de grabaciones y fragmentos de la
misma, no es necesario estar adelantando o
regresando, además posee un entorno de trabajo fácil
y manejable para cualquier usuario sin conocimientos
avanzados de sonido o informática, de este modo la
unión de todos estos elementos, proporciona al usuario
la posibilidad real de crear y mantener una fonoteca
que contenga todos aquellos eventos de relieve en la
vida de la entidad, además de permitir su gestión y
consulta, pudiendo estar al alcance de quien lo
requiera, este sistema ya esta en algunos
ayuntamientos, partidos políticos, entidades bancarias,
grandes empresas, administraciones de justicia y
comisarías, palacios y centros de congresos y
convenciones, colegios oficiales y cámaras de
comercio, este sistema lo creo una compañía
española, en una visita que hice a México, este
sistema lo tienen en el congreso, la verdad que nos
dimos a la tarea de buscar algo muy profesional y
acorde, hay que pensar en grande y estar a la
vanguardia, lo que conforma el sistema de grabación
y transcripción, aunado a esto, tenemos otra
presentación muy rápida que es el sistema de
microfonía, buscamos un modelo, el cual fuera ya
probado, no con idea de haber si funciona o estar
batallando con la microfonía, este es un modelo
alemán, que esta muy acorde a lo que se necesita, se
busco este modelo en proporción a un control total de
todos los tipos de debates, excelente inteligibilidad de
voz para todos los participantes, función incorporada
de impresión digital de realimentación acústica, diseño
atractivo y discreto, varios modos de funcionamiento
para aportar la máxima flexibilidad en la gestión de
debates, indicado para instalaciones fijas o
temporales, fácilmente ampliable, consta de una
unidad central, incorpora una función de supresión
digital de realimentación acústica, controla un
máximo de 150 micrófonos, suministra alimentación
eléctrica para 50 unidades, cuatro modos de
funcionamiento de micrófono seleccionables,
altavoces y auriculares permiten monitorizar y tomar
notas, se conecta a equipos externos, selección de
número de micrófonos, consta también de la unidad
del delegado, la cual permite que hablen y escuchen
el desarrollo del debate, altavoz incorporado,
micrófono con varilla flexible, el costo del sistema en
cuanto a la grabación es de $102, 465.00, que incluye
el 15 % del IVA, porque lo tienen nada mas en México,
lo buscamos en Estados Unidos, pero es mas caro,
realmente nos fuimos con el proveedor directo que lo
tienen en España y la ciudad de México, y no
depende de este para que se pueda echar andar, son
independientes, a mediados de año va haber una
actualización del sistema, donde se va a incorporar el
video, si nosotros en un futuro queremos subir el video
al internet para que aunado a la transparencia esto lo
vamos a tener y sería pagar nada mas una
actualización que son como $ 20,000.00 pesos, nada
mas, entonces en si esta es un a propuesta que hace
la Secretaria del Ayuntamiento, para la mejora de las
grabaciones y transcripciones de las sesiones de
cabildo.- - El Presidente Municipal menciona, que esto
puede entrar dentro del proyecto de adecuación de
las oficinas de cada uno de los regidores.- - El
Secretario Fedatario procede a desahogar el punto
CUARTO correspondiente a Presentación de Informes
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del Presidente Municipal, Síndico Procurador y de las
Comisiones de los Regidores.- - No habiendo
presentación de informes el Secretario Fedatario
procede a desahogar el punto QUINTO del Orden del
Día que es Presentación de Dictámenes u opiniones
de las Comisiones; el Asunto No. 1, Presentación que
hace al Pleno del Cabildo el C. Presidente Municipal,
para turnarse a la Comisión de Desarrollo Urbano y
Ecología, Coordinada por el C. Regidor, Arnoldo Carlos
García Guerrero, para que emita el dictamen
correspondiente de la Solicitud de la C. Ana Kesia
Arredondo Esquivel, de cambio de uso de suelo en el
condominio La Gaviota Número 1 del Fracc. Pórticos
del Mar, ubicado en Calle Paseo Pacífico y Lázaro
Cárdenas No. de Casa 1007/59 con una superficie de
2.40 metros por 8 metros aproximadamente, para el
establecimiento de un local comercial.- - El Regidor
Gilberto Flores Muñóz aclara que no son de interés
social.- - El Regidor Arnoldo Carlos García Guerrero
hace la aclaración de que no son casas de interés,
son de interes medio, presenta el DICTAMEN No.
96/2005, HONORABLES MUNICIPES:- Se pone a
consideración de éste H. Cabildo, el Dictamen número
96/05 que emite la Comisión de Desarrollo Urbano y
Ecología de éste H. XVIII Ayuntamiento Constitucional
de Ensenada, Baja California, relativo a la solicitud de
parte de la Sociedad mercantil empresa denominada
DESARROLLOS AVITTAT S. DE R. L. DE C. V. y el Señor
JORGE ANTONIO NASSIF MURILLO para llevar el
Fraccionamiento habitacional de tipo Residencial
para la promoción de la Vivienda de Interes Medio
denominado “ SAN BORJA RESIDENCIAL” a ubicarse
en el lote número 9Z-1 P-1, 9Z-1 P-1 Fracción D-2 y
9Z-1 P-1 Fracción D31A-1 de la manzana S/ M del Ejido
Chapultepec de ésta Municipalidad, con superficie
de 6-99-99.99 hectáreas, dictamen que analizado y
valorado en los términos de los antecedentes,
considerando y puntos resolutivos que a continuación
se exponen.- ANTECEDENTES, 1.- Que por contrato de
compraventa formalizado el 28 de septiembre del
2005, ante la fe del Notario Público Número Cuatro de
la ciudad de Ensenada, Baja California, mediante
escritura pública número 49,107 del volumen 877, de la
que se tomó razón bajo la Partida número 5143878,
Sección Civil del Registro Público de la Propiedad y de
Comercio, de éste partido Judicial de Ensenada, Baja
California, la Sociedad Mercantil denominada
DESARROLLOS AVITTAT S. DE R.L. DE C.V., (en su carácter
de comprador) y el SR. JORGE ANTONIO NASSIF
MURILLO (en su carácter de vendedor) formalizan el
contrato de promesa de compraventa con reserva de
dominio del lote 9 Z-1 P-1 FRACC. D-3-I-A-1 de la
manzana S/M del Ejido Chapultepec de este
Municipio, correspondiendo a una superficie de
30,000.00 metros cuadrados y registrada en la
Dirección de Catastro con la clave catastral UL-H00-
592. 2.- Que por contrato de compraventa
formalizado el 28 de septiembre del 2005, ante la fe del
Notario Público Número Cuatro de la ciudad de
Ensenada, Baja California, mediante escritura pública
número 49110 del volumen 880, de la que se tomó
razón bajo la Partida número 5143904, sección Civil del
Registro Público de la Propiedad y de Comercio, de
ésta Cuidad de Ensenada, B. C, la Sociedad Mercantil
denominada DESARROLLOS AVITTAT S. DE R.L. DE C.V.,
adquirió los derechos de propiedad de los lotes 9 Z-1 P-
1 FRACC. D-1 y 9 Z-1 P-1 FRACCION D-2 de la manzana
S/M del Ejido Chapultepec de este Municipio,
correspondiendo a una superficie de 9,320.520 metros
cuadrados y 30,679.480 metros cuadrados
respectivamente y registrada en la Dirección de
Catastro bajo la clave catastrales UL-H00-587 y UL-
H00-591 respectivamente. 3.- Que la empresa
denominada DESARROLLOS AVITTAT S. DE R.L. DE C.V.
y el SR. JORGE ANTONIO NASSIF MURILLO a quien en lo
sucesivo se le designará como “EL URBANIZADOR”, ha
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proyectado una acción de urbanización consistente
en el fraccionamiento de los predios referidos
anteriormente y que en su conjunto tienen un a
superficie de 69, 999.99 metros cuadrados, misma
que se describe de la siguiente manera:- I.- Lote 9 Z-1
P-1 Fracción D-1 de la manzana S/M del Ejido
Chapultepec, del que la Dirección de Desarrollo
Urbano y Ecología, certificó con fecha 11 de marzo del
2005, una superficie de 9,320.52 metros cuadrados
describiéndola de la siguiente manera: 9 Z-1 P-1 Fracc.
D-1: al Noreste: 221.944 mts. con parcela 9 Fracc. “D-
2”, al Sureste 42.000 mts. con parcela 12 “Parque
Industrial Chapultepec”, al Noroeste: 42.000 mts. con
parcela 9 Fracc. “C” “Av. Emilio Abreu Gómez”; al
Suroeste: 221.891 mts. con parcela 9 Fracc. “C” ”Calle
Juan Rulfo”. II .- Lote 9 Z-1 P-1 Fracc. D-2 de la manzana
S/M del ejido Chapultepec, del que la Dirección de
Desarrollo Urbano y Ecología, certificó con fecha 11 de
marzo del 2005, una superficie de 30,679.480 metros
cuadrados describiéndola de la siguiente manera: 9 Z-
1 P-1 Fracc. D-2: al Noreste: 222.119 mts. con parcela 9
Fracc. “D-3”, al Sureste 138.036 mts. con parcela 12
“Parque Industrial Chapultepec”, al Noroeste: 138.317
mts. con parcela 9 Fracc. “C” “Av. Emilio Abreu
Gómez”; al Suroeste: 221.944 mts. con parcela 9 Fracc.
“D-1”. III .- Lote 9 Z-1 P-1 Fracc. D-3-I-A-1 de la
manzana S/M del ejido Chapultepec, del que la
Dirección de Desarrollo Urbano y Ecología, certificó
con fecha 11 de marzo del 2005, una superficie de
30,000.00 metros cuadrados describiéndola de la
siguiente manera: 9 Z-1 P-1 Fracc. D-3-I-A-1: al Noreste:
Lq. 26.953 mts. Con Av. Emilio Abreu Gómez + 117.325
mts. Con parcela 9 Fracc. “D-3-I-B” + 88.700 mts. con
parcela 9 Fracc. “D-3-I-A-2”, al Sureste 142.332 mts. con
parcela 12 “Parque Industrial Chapultepec”, al
Noroeste: 89.378 mts. Con Av. Emilio Abreu Gómez +
10.335 mts. con parcela 9 Fracc. “D-3-I-B”; al Suroeste:
222.119 mts. con parcela 9 Fracc. “D-2”. 4.- Que la
Secretaria de Administración Urbana, revisó y estudió
los proyectos y documentación presentados por EL
URBANIZADOR encontrándolos correctos y ajustados a
los lineamientos de los instrumentos de planeación del
desarrollo urbano vigentes en el Estado y el Municipio
de Ensenada, Baja California. 5.- Que los organismos
oficiales encargados de la prestación y atención de
los servicios públicos urbanos, han aprobado los
proyectos respectivos. 6.- Que en Sesión Extraordinaria
de Cabildo de fecha 19 de Diciembre del año en
curso, se ordenó turnar a la Comisión de Desarrollo
Urbano y Ecología, el presente asunto que fue remitido
por e C. Licenciado JULIOS CESAR ARENAS RUIZ,
Secretario Fedatario mediante Oficio número 006544
de fecha 22 de Diciembre del 2005, con el que se
acompaña a documentación correspondiente, a
efecto de que se emita el dictamen
correspondiente:- Atento a lo anterior, y con las
facultades conferidas en los artículos 1º., 3º., y 9º. De
la Ley de Régimen Municipal para el Estado de Baja
California, los artículos 1º., 3º., 4º., 8º., 25, 105, y 107
y demás reatos del Régimen Interior del Ayuntamiento
de Ensenada, Baja California, ésta Comisión de
Desarrollo Urbano y Ecología, después de haberse
efectuado una inspección por los C. Regidores
ARNOLDO CARLOS GARCIA GUERRERO, GEORGINA
POSADA APARICIO Y MARIA NELIDA PELAYO PONCE en
el inmueble donde se pretende llevar a cabo el
fraccionamiento y analizado la documentación que se
acompañó al expediente, se consideró procedente
resolver favorablemente la autorización del
fraccionamiento denominado SAN BORJA
RESIDENCIAL en los inmuebles que se describieron
en párrafos precedentes, y para ese efecto nos
permitimos exponer los siguientes considerando:
CONSIDERANDO, I.- Que de acuerdo a la
documentación que fue exhibida por la empresa
solicitante denominada DESARROLLOS AVITTAT, S. DE R.
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L. DE C.V. y JORGE ANTONIO NASSIF MURILLO, en la
solicitud que presentaron para la autorización del
fraccionamiento, se acreditó que la citada empresa
es la propietaria de los lotes de terreno que se
describieron en los antecedentes marcados con los
números 1, 2, y 3, que la empresa solicitante obtuvo
de la Secretaría de Administración Urbana, la
autorización del Uso de Suelo Habitacional en los
predios referidos anteriormente. 2.- Que se cuenta con
la documentación relativa a la factibilidad de
suministro de agua potable y de conexión de aguas
residuales por parte de la Comisión Estatal de Servicios
Públicos de Ensenada, ( C.E.S.P.E.) así como con la
factibilidad de suministro de energía eléctrica,
dictamen de impacto ambiental, se exhibieron
además, las memorias descriptivas del
fraccionamiento, los planos del polígono certificado,
los planos de localización, de lotificación, ejes de vías
públicas, los planos de Red de Agua Potable y de
Drenaje Sanitario y los planos de electrificación y de
alumbrado público, así como los planos de los
Rasantes de vías Públicas cuyos documentos fueron
revisados, analizados y aprobados, por la Secretaría
de Administración Urbana ,certificando haberlos
encontrado correctos y ajustados a los lineamientos
de los instrumentos de planeación de Desarrollo
Urbano, vigente en el Estado de Baja California y
del Municipio de Ensenada, B.C. 3.- Que con la
finalidad de garantizar que las áreas resultantes del
fraccionamiento, tengan el mejor uso o
aprovechamiento de Uso de Suelo en beneficio de
toda esa zona habitacional, ésta Comisión
dictaminadora, propone como punto de acuerdo,
que las áreas de donación con excepción de las
áreas verdes de esa zona, sean incorporadas al
sistema de equipamiento urbano debiendo quedar
como elemento de equipamiento urbano, el de
Educación en General, el de Centro de Desarrollo
Comunitario, Centro de Salud Urbano, Estancia de
Bienestar y Desarrollo Infantil, Jardín de Niños,
resaltando que ésta consideración es de gran
relevancia o de gran importancia, toda vez, que el
objeto que se persigue es precisamente que se le
otorgue a la Ciudadanía una seguridad de que
podrán disponer de ese tipo de equipamiento
urbano, en el mismo lugar donde estarán habitando.-
En inteligencia que en lo que corresponde a las áreas
de donación a favor del municipio, con la finalidad de
que éstas sean debidamente aprovechadas se toma
el acuerdo que se le impone como condición al
urbanizador, de que éste deberá participar
conjuntamente con el ayuntamiento en el desarrollo, y
protección de las mismas, de acuerdo a las
necesidades de las áreas a desarrollar que el
ayuntamiento le indicará al propio urbanizador; en
consecuencia se considera prudente que éstas
acciones deberán de desarrollarse dentro del termino
de un año, contados a partir de la publicación de éste
acuerdo para que se dé cumplimiento a esta
condición.- Por otra parte y con el objeto de evitar que
las áreas verdes sean susceptibles de invasión éstas
deberán ser debidamente equipadas e instaladas por
el propio urbanizador contados a partir de que éste
inicie las obras de fraccionamiento, esto es para que
la propia comunidad pueda disfrutar en todos los
sentidos de estas áreas comunitarias y de distracción,
debiéndose respetar los lineamientos que el propio
ayuntamiento le indicará en esa obra de acuerdo al
reglamento de áreas verdes. 4.- Por otra parte, dado
el gran impulso del desarrollo habitacional, tenemos
que proteger y aumentar el grado de oscuridad del
cielo sobre éste lugar, para conservar la calidad
del cielo para las observaciones astronómicas y
para que se puedan contar noches despejadas, y de
bajo niveles de contaminación lumínica, para
favorecer los trabajos de investigación astronómica
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que se realizan e el centro de estudios o de
investigación de la sierra de San Pedro Mártir.- Pero
con independencia del anterior, también tenemos
obligación, como Gobierno promover el ahorro de
energía eléctrica, y combatir la contaminación por
gases de invernadero, para evitar el cambio
climático que nos afecta, y disminuir de manera
sustancial la contaminación lumínica del cielo de
Ensenada ,por la importancia que tiene la
observación y la investigación astronómica que se
encuentra ubicada en la sierra de San Pedro Mártir,
es por ello que se acuerda que todo el sistema de
alumbrado público que se instale en el
fraccionamiento SAN BORJA RESIDENCIAL, deberá ser
a base de lámparas de sodio de baja presión,
por lo tanto se recomienda que esas lámparas de
sodio de baja presión tengan o cuenten con una
estructura de soporte que garantice que el eje de
haz luminoso principal sea perpendicular a la
superficie de la tierra. 5.- Que de acuerdo a la
ubicación donde se ha proyectado desarrollar el
Fraccionamiento SAN BORJA RESIDENCIAL es una zona
densamente poblada que desde luego se requiere
resolver el problema del tránsito vehicular de toda esa
zona habitacional, el artículo 162 de la Ley de
Desarrollo Urbano del Estado de Baja California,
dispone entre otras cosas que para otorgarse la
autorización de las acciones de urbanización es
requisito indispensable que se deba de evaluar entre
otros aspectos (la integración y organización de la
estructura vial y de transporte), el urbanizador deberá
integrar debidamente urbanizada la vialidad
denominada Emilio Abreu Gómez, para el efecto de
que esta vialidad quede debidamente integrado al
circuito vial de bulevar reforma y bulevar zertuche, con
la finalidad de que se resuelva el transporte vehicular
en toda esa zona habitacional, por lo tanto se le
impone como condición al urbanizador para la
autorización de este fraccionamiento denominado
SAN BORJA RESIDENCIAL el que deberá de de
urbanizar de una manera total la referida vialidad para
que este quede conectada entre los bulevares
reforma y zertuche respectivamente, y se le concede
un plazo de un año contados a partir de la fecha de la
firma del presente acuerdo para que concluya la obra
en cuestión.- Atento a lo anterior, con fundamento en
el artículo 115 de la Constitución Federal, los
artículos 82 y 83 de la Constitución del Estado de
Baja California, los artículos 43 fracción IX,, 57
fracción XIX, de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Municipal del Estado de Baja
California, los artículos 1º., 11 fracción XX 147, 148,
150, 159, 162, 174, 15, de la Ley de Desarrollo
Urbano del Estado de Baja California, los artículos
2º., 35, 62, 88, y demás relativos del Reglamento
Interior del Ayuntamiento de Ensenada, Baja
California, la Comisión de Desarrollo Urbano y
Ecología, pone a consideración el presente
dictamen a éste H. Cabildo, solicitando muy
atentamente sea aprobado a tenor de los
siguientes puntos resolutivos:- PUNTOS RESOLUTIVOS,
PRIMERO : Se autoriza al URBANIZADOR para llevar a
cabo el Fraccionamiento Habitacional de tipo
Residencial para la promoción de construcción de
viviendas de interés medio, de los predios descritos en
el considerando TERCERO de este Acuerdo, al que se
denominará Fraccionamiento “SAN BORJA
RESIDENCIAL”, sujeto a los proyectos que en este
mismo acto se firman, en los que resultan 152 lotes que
se dedicarán a uso habitacional unifamiliar con una
superficie de 19,786.830 m² ; 6 lotes que se dedicarán
a uso habitacional multifamiliar con una superficie de
28,095.948 m² ; 1 lotes que se dedicarán a uso
comercial con una superficie de 2,568.222 m² ; 1 lote
destinado para equipamiento educativo con una
superficie de 1,585.166 m² ; 1 lote destinado para área
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verde con una superficie de 1,584.898 m²; 4 lote como
área de donación con una superficie total de
5,202.734 m² para los usos o destinos que determine el
ayuntamiento de Ensenada Baja California; 4 lotes con
uso de paso de servicio con una superficie de
168.182 m² y la superficie de 11,008.001 m² como total
de vialidades. SEGUNDO: Para la transmisión de
propiedad, posesión, usufructo o aprovechamiento de
los lotes de terreno resultantes del FRACCIONAMIENTO
“SAN BORJA RESIDENCIAL”, EL URBANIZADOR deberá
cumplir previamente con los requisitos que establece
el Artículo 177 de la Ley de Desarrollo Urbano del
Estado, y obtener de la Secretaria de Administración
Urbana la constancia a la que se refieren los Artículos
109 y 110 del Reglamento de Fraccionamientos en
vigor, debiendo sujetar las escrituras correspondientes
a las siguientes condiciones:- a) Citar este Acuerdo y
su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del
Estado. b) Señalar claramente la infraestructura,
equipamiento y servicios urbanos con los que estarán
dotados los inmuebles que sean materia del contrato o
del convenio, de conformidad con este acuerdo.
c)Señalar claramente que los adquirientes de los
inmuebles, contraen la obligación de cooperar en el
costo de las obras que se realicen en beneficio directo
o indirecto del FRACCIONAMIENTO “SAN BORJA
RESIDENCIAL”, que no se señalen como obligatorias de
EL URBANIZADOR, debiendo hacer los pagos en la
forma y plazos que determine el organismo encargado
de realizarlas. d) Incluir las cláusulas restrictivas
necesarias para que no se varíen las dimensiones de
los lotes, ni el uso para el que hayan sido aprobados,
sin la autorización previa de la Secretaria de
Administración Urbana, así como para que se respeten
las servidumbres frontales establecidas.- Los Notarios
Públicos y demás fedatarios sólo podrán dar fe de los
actos, contratos o convenios relativos a la propiedad,
posesión, usufructo o aprovechamiento de los lotes
resultantes del FRACCIONAMIENTO “SAN BORJA
RESIDENCIAL”, previa comprobación de que sus
cláusulas se ajusten a lo establecido en este Acuerdo.-
Las escrituras correspondientes a los contratos o
convenios que se suscriban, deberán ser inscritas en el
Registro Público de la Propiedad y de Comercio. El
Registrador Público de la Propiedad y de Comercio,
sólo podrá inscribir los documentos respectivos previa
comprobación de estos requisitos. TERCERO: EL
URBANIZADOR deberá construir a su costa, las obras de
urbanización completas del FRACCIONAMIENTO “SAN
BORJA RESIDENCIAL”, conforme a los proyectos y
especificaciones aprobadas por la Comisión Estatal de
Servicios Públicos de Ensenada, Comisión Federal de
Electricidad, Dirección de Obras y Servicios Públicos y
la Secretaria de Administración Urbana y bajo la
supervisión de la autoridad competente, atendiendo
las condiciones que para el efecto señale la Dirección
General de Ecología del Estado, consistiendo estas
obras en: a) Red de distribución y abastecimiento de
agua potable, conectada al sistema de la ciudad, al
límite con vialidades de todos los lotes. b) Red de
drenaje sanitario, conectado al sistema de la ciudad,
al límite con vialidades de todos los lotes. c) Red de
electrificación. d) Red de alumbrado Público. f)
Sistema contra incendios. g) Guarniciones tipo “I“, “S”
y “L”, y andadores de banqueta de concreto
hidráulico. h) Amojonamiento de manzanas, puntos de
control y deslinde de lotes. i) Placas metálicas de
señales y nomenclatura vial. j) Pavimento de concreto
asfáltico en el arroyo de calles, vertido en mezcla
caliente. k) Sistema de drenaje pluvial superficial. l)
Forestación y jardinado de áreas verdes.- Se concede
a EL URBANIZADOR un plazo de 24 meses, contados a
partir de la publicación de este Acuerdo en el
Periódico Oficial del Estado, para la ejecución de las
obras citadas, debiendo garantizar su terminación en
el plazo señalado, conforme al monto y condiciones
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que determine la Secretaria de Administración Urbana.
Para las obras de edificación, se requerirá
invariablemente de la licencia de construcción
correspondiente, en los términos de la Ley de
Edificaciones vigente en el Estado. La autorización de
ocupación de las edificaciones quedará
condicionada a que EL URBANIZADOR acredite el
estricto cumplimiento de sus obligaciones. CUARTO: Es
obligación de EL URBANIZADOR, en los términos de los
Artículos 35, 70, 72, 77, 90, 92, 93 y 94 del Reglamento
de Fraccionamiento en vigor, y los Artículos 174 y 191
de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado, el otorgar y
ratificar contrato de donación gratuita, en un plazo no
mayor de 90 días hábiles contados a partir de la fecha
de publicación de este Acuerdo en el Periódico Oficial
del Estado, por los siguientes terrenos, libres de
gravamen o responsabilidad, debidamente
conformados y urbanizados: A) A favor del Gobierno
del Estado de Baja California:- 1. Lote número 7 de la
Manzana número 1 con superficie de 1,585.166 m²,
destinado a equipamiento educativo. B) A favor del H.
Ayuntamiento de Ensenada, Baja California:- 1. Lote
número 33 de la Manzana número 1 con superficie de
1,584.898 m², destinado para área verde. 2. Lote
número 15 de la Manzana número 1 con superficie de
853.705 m², destinado para el uso y destino que
determine el ayuntamiento. 3. Lote número 17 de la
Manzana número 1 con superficie de 1,707.405 m²,
destinado para el uso y destino que determine el
ayuntamiento. 4. Lote número 50 de la Manzana
número 1 con superficie de 1,462.398 m², destinado
para el uso y destino que determine el ayuntamiento.
5. Lote número 68 de la Manzana número 1 con
superficie de 1,179.226 m², destinado para el uso y
destino que determine el ayuntamiento. 6. La
superficie de 11,008.001 m², correspondiente al total de
vías públicas.- En la inteligencia de que con el
objeto de asegurar o garantizar, de que las áreas de
donación especificadas en los números 2, 3, 4, y 5
de éste aparado, tengan un mayor o mejor uso o
aprovechamiento de uso de suelo en beneficio de
esa zona habitacional, deberán ser incorporadas al
equipamiento urbano que se especifica en el
considerando número tres de este dictamen.
QUINTO: EL URBANIZADOR tendrá la obligación, no
obstante la presente autorización, de someterse
estrictamente a los lineamientos del reglamento de
fraccionamientos y demás ordenamientos legales
vigentes en la materia, siendo a su propia costa la
operación y mantenimiento de la infraestructura y
servicios urbanos, hasta que el fraccionamiento sea
recibido de conformidad por el H. Ayuntamiento de
Ensenada mediante el acta respectiva. SEXTO: EL
URBANIZADOR se obliga a hacer del conocimiento de
los adquirientes ó compradores el régimen interno bajo
el cual se constituirán así como los alcances y efectos
legales del mismo, esto deberá ser en la forma que
para estos quede más claro. SEPTIMO: El predio y
demás inmuebles materia del FRACCIONAMIENTO
“SAN BORJA RESIDENCIAL”, estarán conjuntamente
afectados a los fines de esta autorización y no podrán
ser enajenados o modificados si no es conforme a la
misma, ni podrán ser gravados para garantizar, a
nombre de EL URBANIZADOR, las obligaciones que se
señalan en este Acuerdo. OCTAVO: La presente
autorización se otorga a EL URBANIZADOR con base en
los títulos de propiedad y antecedentes exhibidos y
citados, por lo que éste será responsable frente a los
adquirientes de lotes del FRACCIONAMIENTO “SAN
BORJA RESIDENCIAL”, por los defectos o vicios de
dichos títulos, o por cualquier otra causa que hiciere
impugnables tales derechos de propiedad. NOVENO:
La presente autorización se otorga a EL URBANIZADOR
como un derecho personalísimo y por lo tanto
intransferible, por lo que sólo surtirá efectos a favor de
su titular, para ceder o transferir estos derechos, así
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como las obligaciones y responsabilidades que se le
señalan en este Acuerdo, se requiere la autorización
expresa del H. Ayuntamiento de Ensenada, cualquier
acto que implique cambio de titularidad de derechos,
incluyendo adjudicaciones a favor de terceros, traerá
como consecuencia la revocación de esta
autorización. DECIMO: La publicidad que se haga al
FRACCIONAMIENTO “SAN BORJA RESIDENCIAL” por
cualquier medio de difusión se referirá a la presente
autorización, por lo que será responsabilidad de EL
URBANIZADOR”, el dotar al FRACCIONAMIENTO con las
obras, servicios o atractivos que se mencionen en la
publicidad, aún cuando no se señalen expresamente
en los puntos de este acuerdo. UNDECIMO: El presente
acuerdo, junto con la memoria descriptiva de los lotes
debidamente verificada por la Secretaria de
Administración Urbana, deberá ser inscrito en el
Registro Público de la Propiedad y del Comercio, a
costa de EL URBANIZADOR. DUODECIMO: EL
URBANIZADOR deberá enterar en la Dirección de
Ingresos del Estado y en la Recaudación de Rentas
Municipal de Ensenada, Baja California, según
corresponda y previa a la publicación de este
Acuerdo en el Periódico Oficial del Estado, el monto
total de los derechos, cooperaciones y demás pagos
derivados de esta autorización, conforme a las
notificaciones que para el efecto expidan la Secretaría
de Infraestructura y Desarrollo Urbano del Estado y la
Secretaria de Administración Urbana.
Independientemente de los demás gastos que la
misma origine. DECIMO TERCERO: La Secretaria de
Administración Urbana será la encargada de verificar
el estricto cumplimiento de los puntos de este
Acuerdo, facultándose para:- a) Modificar los
proyectos aprobados cuando así lo requiera la
construcción y buen funcionamiento de la
infraestructura urbana, el establecimiento de
equipamiento urbano o por alguna otra causa de
utilidad pública. b) Proveer, en la esfera administrativa,
todo lo conducente para la interpretación y
aplicación correcta de este Acuerdo. c) Suspender sus
efectos cuando no se cumpla cualquiera de sus
puntos. d) Prorrogar el plazo señalado para terminar las
obras de urbanización, cuando así se justifique por
causas de fuerza mayor. f) Aprobar o negar la
transferencia de la titularidad de los derechos,
obligaciones y responsabilidades señaladas de este
Acuerdo. g) Aprobar o negar la modificación de
medidas y uso de lotes. h) Determinar el monto y
forma de la garantía de construcción de las obras de
infraestructura y los servicios urbanos que se
mencionan en el punto tercero de este Acuerdo, que
deberá otorgar EL URBANIZADOR. DECIMO CUARTO: La
Secretaria de Administración Urbana, una vez que
haya verificado lo que para el efecto proceda,
expedirá la constancia respectiva a fin de que los
fedatarios autoricen los actos, contratos y convenios
relativos a la propiedad, posesión, usufructo o
cualquier otra forma jurídica de tenencia de los lotes
resultantes del FRACCIONAMIENTO “SAN BORJA
RESIDENCIAL” y la Dirección del Registro Público de la
Propiedad y de Comercio haga la inscripción de los
títulos correspondientes, aún los suscritos en
documento privado. DECIMO QUINTO: Comuníquese
este Acuerdo a la Secretaría de Infraestructura y
Desarrollo Urbano del Estado, Oficialía Mayor de
Gobierno, Secretaría de Finanzas, Dirección del
Registro Público de la Propiedad y de Comercio,
Comisión Estatal de Servicios Públicos de Ensenada,
Secretaria de Administración Urbana, Dirección de
Obras y Servicios Públicos Municipales, Recaudación
de Rentas Municipal, Oficialía Mayor del H.
Ayuntamiento de Ensenada, Baja California y a EL
URBANIZADOR. DECIMO SEXTO: En los términos del
considerando quinto del cuerpo de esta resolución se
le impone al fraccionador como condición para la
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presente autorización de este fraccionamiento
denominado SAN BORJA RESIDENCIAL el que deberá
conectar la vialidad denominada Av. Ermilo Abreu
Gómez, con el Blvd. Reforma y Blvd. Zertuche
debidamente urbanizado por completo la citada
vialidad, para el efecto de que quede totalmente
integrado al circuito vial de los Blvds. Reforma,
Zertuche y Lázaro Cárdenas respectivamente y se le
concede para esos efectos un plazo de 1 año
contados a partir de la fecha del presente acuerdo.
DECIMO SEPTIMO: Este Acuerdo surtirá sus efectos a los
ocho días hábiles contados a partir de su publicación
en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del
Estado de Baja California, la cual se hará a costa de EL
URBANIZADOR. Se instruye al C Presidente Municipal,
para que ordene la publicación correspondiente.
DECIMO OCTAVO: Se propone que se apruebe que
todo el sistema de alumbrado público que se instale
en éste fraccionamiento SAN BORJA RESIDENCIAL,
sea con lámparas de sodio de baja presión, con las
características especificadas en el considerando
número 4 de éste dictamen. Dado en la Ciudad de
Ensenada, Baja California en la Sala de Regidores a
los 22 días del mes de Diciembre del 2005.
ATENTAMENTE.- LOS INTEGRANTES DE LA COMISION DE
DESARROLLO URBANO Y ECOLOGÍA DEL XVIII
AYUNTAMIENTO DE ENSENADA, B. C.- - El Regidor
Gilberto Flores Muñóz solicita que se modifique el
dictamen, estableciendo en el acuerdo de creación
de autorización, de que en cuanto se concluya el
desarrollo se conecte con el Boulevard Zertuche.- - El
Regidor Arnoldo Carlos García Guerrero menciona,
donde anduvimos recorriendo todas esas distancias a
la Lázaro Cárdenas, que es paralela a la Reforma y
queda a la Lázaro Cárdenas y al Boulevard Zertuche,
completamente de acuerdo en esa observación, ellos
habían dicho que a medida que iban a ir
desarrollando el fraccionamiento, iban a ir
pavimentando las calles y avenidas.- - La Regidora
Rocio López Gorosave menciona, este desarrollo esta
contemplado en tres años, hay que establecer cuanto
tiempo se les va exigir acceso, porque yo creo que en
la primera etapa no se me hace pedirles que se
conecten a la Zertuche, en primer lugar que todavía ni
esta.- - El Regidor Gilberto Flores Muñóz menciona, que
en cuanto se concluya que se conecte, debemos de
garantizar que se pavimente la ruta del transporte
público, porque es a través de este medio es que los
ciudadanos se movilizan, es asegurar que todo lo que
se haga en inversión de pavimento es asegurando
primero, es la primera parte.- - El Presidente Municipal
expone, ya estamos haciendo el proyecto para unir
Vicente Guerrero y San Quintín, y vamos por la parte
de arriba de la carretera, y que ya la carretera no sea
el único acceso, cuando hagamos eso ya nos va
permitir hacer un pueblo en desarrollo entre esos dos y
en las lomas, tenemos cinco planes parciales que
tenemos que hacer este año que vienen desde la
parte de la Misión, hasta lo que es Salsipuedes y toda
esa parte, desde el Sauzal que todavía falta buena
parte por desarrollar, el de Valle de Guadalupe,
Rosaliita, Bahía de Los Angeles y de Vicente Guerrero,
San Quintín, es muchísimo trabajo, pero se tiene que
hacer antes de que se desordene la zona, y el que se
esta haciendo en Chapultepec donde las casi 400
hectáreas, mas otras 400 de la zona militar, mas todas
las partes de arriba, nos dan mas o menos 2,000
hectáreas que tenemos que planear desde ahorita,
antes de que salgan de control, para inmediatamente
entrar a resolver los conflictos de tráfico, y seguridad
pública, se contemplan 2 semáforos y 3 puentes
peatonales, para este mismo año.- - El Regidor José
Felipe Romero Guzmán comenta, sobre lo mismo, es
bien indispensable que quede asentado eso, porque,
porque el problema del tráfico, yo lo vivo todos los días
en las mañanas y es bastante fuerte, y estamos
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agregándole otro complejo habitacional, con una sola
entrada, pero es una sola salida, no es la entrada
nada mas, es la salida, porque el regreso lo tienen que
dar por el Boulevard que conecta Pórticos, quien
quiere ir a dar la vuelta hasta el semáforo, si las colas
vienen a dar hasta el aeropuerto, es el único regreso
que ellos tienen, eso es nomás salida al Reforma, pero
salir en la mañana, el semáforo que sale de
Chapultepec ya no funciona, se puso un tiempo a
trabajar con vuelta y salió peor, es un problema fuerte,
considero que a la brevedad posible a los
urbanizadores se les debe de condicionar en el menor
tiempo posible, realizar ese enlace con el Zertuche,
terminado o no terminado el Zertuche ellos tienen que
enlazarse, porque ya serian dos alternativas de
entrada, una por Pórticos y otra por enfrente del
aeropuerto, entran a Villas del Real 1 y 2, apoyo la
propuesta del compañero Gilberto Flores, de que a la
brevedad se conecte, esa vialidad que están
haciendo en el Reforma esta bien, pero pienso que es
mas importante la del Zertuche.- - El Regidor Arnoldo
Carlos García Guerrero menciona, no se cuando se
vaya a terminar lo del Zertuche, para poderlos
condicionar a que tiempo.- - El Presidente Municipal
responde que este año, vamos dándoles 12 meses.- - El
Regidor Arnoldo Carlos García Guerrero agrega que lo
anexara al dictamen.- - El Presidente Municipal somete
a votación el Dictamen 96/2005, con la acotación
presentada por el Regidor Gilberto Flores Muñóz, de
que en un termino de 12 meses se conecte con el
Boulevard Zertuche.- - Se aprobó por unanimidad de
votos de los munícipes presentes del XVIII
Ayuntamiento Constitucional de Ensenada, Baja
California, el Dictamen No. 96/2005, presentado por la
Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología, Coordinada
por el C. Regidor, Arnoldo Carlos García Guerrero,
relativo a la solicitud de de la Sociedad mercantil
empresa denominada DESARROLLOS AVITTAT S. DE .R.
L. DE C. V. y el Señor JORGE ANTONIO NASSIF
MURILLO, para llevar a cabo el Fraccionamiento
habitacional de tipo Residencial para la promoción
de la Vivienda de Interés Medio, denominado “SAN
BORJA RESIDENCIAL”, a ubicarse en el lote número 9Z-1
P-1, 9Z-1 P-1 Fracción D-2 y 9Z-1 P-1 Fracción D31A-1
de la manzana S/M del Ex Ejido Chapultepec de ésta
Municipalidad, con superficie de 6-99-99.99 hectáreas,
dictamen que analizado y valorado en los términos de
los antecedentes, considerando y puntos resolutivos
que a continuación se exponen: - ANTECEDENTES.- - 1.-
Que por contrato de compraventa formalizado el 28
de septiembre del 2005, ante la fe del Notario Público
Número Cuatro de la ciudad de Ensenada, Baja
California, mediante escritura pública número 49,107
del volumen 877, de la que se tomó razón bajo la
Partida número 5143878, Sección Civil del Registro
Público de la Propiedad y de Comercio, de éste
partido Judicial de Ensenada, Baja California, la
Sociedad Mercantil denominada DESARROLLOS
AVITTAT S. DE R.L. DE C.V., (en su carácter de
comprador) y el SR. JORGE ANTONIO NASSIF MURILLO
(en su carácter de vendedor) formalizan el contrato
de promesa de compraventa con reserva de dominio
del lote 9 Z-1 P-1 FRACC. D-3-I-A-1 de la manzana S/M
del Ejido Chapultepec de este Municipio,
correspondiendo a una superficie de 30,000.00 metros
cuadrados y registrada en la Dirección de Catastro
con la clave catastral UL-H00-592. 2.- Que por
contrato de compraventa formalizado el 28 de
septiembre del 2005, ante la fe del Notario Público
Número Cuatro de la ciudad de Ensenada, Baja
California, mediante escritura pública número 49110
del volumen 880, de la que se tomó razón bajo la
Partida número 5143904, sección Civil del Registro
Público de la Propiedad y de Comercio, de ésta
Cuidad de Ensenada, B. C, la Sociedad Mercantil
denominada DESARROLLOS AVITTAT S. DE R.L. DE C.V.,
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adquirió los derechos de propiedad de los lotes 9 Z-1 P-
1 FRACC. D-1 y 9 Z-1 P-1 FRACCION D-2 de la manzana
S/M del Ejido Chapultepec de este Municipio,
correspondiendo a una superficie de 9,320.520 metros
cuadrados y 30,679.480 metros cuadrados
respectivamente y registrada en la Dirección de
Catastro bajo la clave catastrales UL-H00-587 y UL-
H00-591 respectivamente. 3.- Que la empresa
denominada DESARROLLOS AVITTAT S. DE R.L. DE C.V.
y el SR. JORGE ANTONIO NASSIF MURILLO a quien en lo
sucesivo se le designará como “EL URBANIZADOR”, ha
proyectado una acción de urbanización consistente
en el fraccionamiento de los predios referidos
anteriormente y que en su conjunto tienen un a
superficie de 69, 999.99 metros cuadrados, misma
que se describe de la siguiente manera:- I.- Lote 9 Z-1
P-1 Fracción D-1 de la manzana S/M del Ejido
Chapultepec, del que la Dirección de Desarrollo
Urbano y Ecología, certificó con fecha 11 de marzo del
2005, una superficie de 9,320.52 metros cuadrados
describiéndola de la siguiente manera: 9 Z-1 P-1 Fracc.
D-1: al Noreste: 221.944 mts. con parcela 9 Fracc. “D-
2”, al Sureste 42.000 mts. con parcela 12 “Parque
Industrial Chapultepec”, al Noroeste: 42.000 mts. con
parcela 9 Fracc. “C” “Av. Emilio Abreu Gómez”; al
Suroeste: 221.891 mts. con parcela 9 Fracc. “C” ”Calle
Juan Rulfo”. II.- Lote 9 Z-1 P-1 Fracc. D-2 de la manzana
S/M del ejido Chapultepec, del que la Dirección de
Desarrollo Urbano y Ecología, certificó con fecha 11 de
marzo del 2005, una superficie de 30,679.480 metros
cuadrados describiéndola de la siguiente manera: 9 Z-
1 P-1 Fracc. D-2: al Noreste: 222.119 mts. con parcela 9
Fracc. “D-3”, al Sureste 138.036 mts. con parcela 12
“Parque Industrial Chapultepec”, al Noroeste: 138.317
mts. con parcela 9 Fracc. “C” “Av. Emilio Abreu
Gómez”; al Suroeste: 221.944 mts. con parcela 9 Fracc.
“D-1”. III.- Lote 9 Z-1 P-1 Fracc. D-3-I-A-1 de la manzana
S/M del ejido Chapultepec, del que la Dirección de
Desarrollo Urbano y Ecología, certificó con fecha 11 de
marzo del 2005, una superficie de 30,000.00 metros
cuadrados describiéndola de la siguiente manera: 9 Z-
1 P-1 Fracc. D-3-I-A-1: al Noreste: Lq. 26.953 mts. Con
Av. Emilio Abreu Gómez + 117.325 mts. Con parcela 9
Fracc. “D-3-I-B” + 88.700 mts. con parcela 9 Fracc. “D-
3-I-A-2”, al Sureste 142.332 mts. con parcela 12 “Parque
Industrial Chapultepec”, al Noroeste: 89.378 mts. Con
Av. Emilio Abreu Gómez + 10.335 mts. con parcela 9
Fracc. “D-3-I-B”; al Suroeste: 222.119 mts. con parcela 9
Fracc. “D-2”. 4.- Que la Secretaria de Administración
Urbana, revisó y estudió los proyectos y
documentación presentados por EL URBANIZADOR
encontrándolos correctos y ajustados a los
lineamientos de los instrumentos de planeación del
desarrollo urbano vigentes en el Estado y el Municipio
de Ensenada, Baja California. 5.- Que los organismos
oficiales encargados de la prestación y atención de
los servicios públicos urbanos, han aprobado los
proyectos respectivos. 6.- Que en Sesión Extraordinaria
de Cabildo de fecha 19 de Diciembre del año en
curso, se ordenó turnar a la Comisión de Desarrollo
Urbano y Ecología, el presente asunto que fue remitido
por e C. Licenciado JULIOS CESAR ARENAS RUIZ,
Secretario Fedatario mediante Oficio número 006544
de fecha 22 de Diciembre del 2005, con el que se
acompaña a documentación correspondiente, a
efecto de que se emita el dictamen
correspondiente:- Atento a lo anterior, y con las
facultades conferidas en los artículos 1º., 3º., y 9º. De
la Ley de Régimen Municipal para el Estado de Baja
California, los artículos 1º., 3º., 4º., 8º., 25, 105, y 107
y demás reatos del Régimen Interior del Ayuntamiento
de Ensenada, Baja California, ésta Comisión de
Desarrollo Urbano y Ecología, después de haberse
efectuado una inspección por los C. Regidores
ARNOLDO CARLOS GARCIA GUERRERO, GEORGINA
POSADA APARICIO Y MARIA NELIDA PELAYO PONCE en
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el inmueble donde se pretende llevar a cabo el
fraccionamiento y analizado la documentación que se
acompañó al expediente, se consideró procedente
resolver favorablemente la autorización del
fraccionamiento denominado SAN BORJA
RESIDENCIAL en los inmuebles que se describieron
en párrafos precedentes, y para ese efecto nos
permitimos exponer los siguientes considerando:
CONSIDERANDO, I.- Que de acuerdo a la
documentación que fue exhibida por la empresa
solicitante denominada DESARROLLOS AVITTAT, S. DE R.
L. DE C.V. y JORGE ANTONIO NASSIF MURILLO, en la
solicitud que presentaron para la autorización del
fraccionamiento, se acreditó que la citada empresa
es la propietaria de los lotes de terreno que se
describieron en los antecedentes marcados con los
números 1, 2, y 3, que la empresa solicitante obtuvo
de la Secretaría de Administración Urbana, la
autorización del Uso de Suelo Habitacional en los
predios referidos anteriormente. 2.- Que se cuenta con
la documentación relativa a la factibilidad de
suministro de agua potable y de conexión de aguas
residuales por parte de la Comisión Estatal de Servicios
Públicos de Ensenada, ( C.E.S.P.E.) así como con la
factibilidad de suministro de energía eléctrica,
dictamen de impacto ambiental, se exhibieron
además, las memorias descriptivas del
fraccionamiento, los planos del polígono certificado,
los planos de localización, de lotificación, ejes de vías
públicas, los planos de Red de Agua Potable y de
Drenaje Sanitario y los planos de electrificación y de
alumbrado público, así como los planos de los
Rasantes de vías Públicas cuyos documentos fueron
revisados, analizados y aprobados, por la Secretaría
de Administración Urbana ,certificando haberlos
encontrado correctos y ajustados a los lineamientos
de los instrumentos de planeación de Desarrollo
Urbano, vigente en el Estado de Baja California y
del Municipio de Ensenada, B.C. 3.- Que con la
finalidad de garantizar que las áreas resultantes del
fraccionamiento, tengan el mejor uso o
aprovechamiento de Uso de Suelo en beneficio de
toda esa zona habitacional, ésta Comisión
dictaminadora, propone como punto de acuerdo,
que las áreas de donación con excepción de las
áreas verdes de esa zona, sean incorporadas al
sistema de equipamiento urbano debiendo quedar
como elemento de equipamiento urbano, el de
Educación en General, el de Centro de Desarrollo
Comunitario, Centro de Salud Urbano, Estancia de
Bienestar y Desarrollo Infantil, Jardín de Niños,
resaltando que ésta consideración es de gran
relevancia o de gran importancia, toda vez, que el
objeto que se persigue es precisamente que se le
otorgue a la Ciudadanía una seguridad de que
podrán disponer de ese tipo de equipamiento
urbano, en el mismo lugar donde estarán habitando.-
En inteligencia que en lo que corresponde a las áreas
de donación a favor del municipio, con la finalidad de
que éstas sean debidamente aprovechadas se toma
el acuerdo que se le impone como condición al
urbanizador, de que éste deberá participar
conjuntamente con el ayuntamiento en el desarrollo, y
protección de las mismas, de acuerdo a las
necesidades de las áreas a desarrollar que el
ayuntamiento le indicará al propio urbanizador; en
consecuencia se considera prudente que éstas
acciones deberán de desarrollarse dentro del termino
de un año, contados a partir de la publicación de éste
acuerdo para que se dé cumplimiento a esta
condición.- Por otra parte y con el objeto de evitar que
las áreas verdes sean susceptibles de invasión éstas
deberán ser debidamente equipadas e instaladas por
el propio urbanizador contados a partir de que éste
inicie las obras de fraccionamiento, esto es para que
la propia comunidad pueda disfrutar en todos los
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sentidos de estas áreas comunitarias y de distracción,
debiéndose respetar los lineamientos que el propio
ayuntamiento le indicará en esa obra de acuerdo al
reglamento de áreas verdes. 4.- Por otra parte, dado
el gran impulso del desarrollo habitacional, tenemos
que proteger y aumentar el grado de oscuridad del
cielo sobre éste lugar, para conservar la calidad
del cielo para las observaciones astronómicas y
para que se puedan contar noches despejadas, y de
bajo niveles de contaminación lumínica, para
favorecer los trabajos de investigación astronómica
que se realizan e el centro de estudios o de
investigación de la sierra de San Pedro Mártir.- Pero
con independencia del anterior, también tenemos
obligación, como Gobierno promover el ahorro de
energía eléctrica, y combatir la contaminación por
gases de invernadero, para evitar el cambio
climático que nos afecta, y disminuir de manera
sustancial la contaminación lumínica del cielo de
Ensenada ,por la importancia que tiene la
observación y la investigación astronómica que se
encuentra ubicada en la sierra de San Pedro Mártir,
es por ello que se acuerda que todo el sistema de
alumbrado público que se instale en el
fraccionamiento SAN BORJA RESIDENCIAL, deberá ser
a base de lámparas de sodio de baja presión,
por lo tanto se recomienda que esas lámparas de
sodio de baja presión tengan o cuenten con una
estructura de soporte que garantice que el eje de
haz luminoso principal sea perpendicular a la
superficie de la tierra. 5.- Que de acuerdo a la
ubicación donde se ha proyectado desarrollar el
Fraccionamiento SAN BORJA RESIDENCIAL es una zona
densamente poblada que desde luego se requiere
resolver el problema del tránsito vehicular de toda esa
zona habitacional, el artículo 162 de la Ley de
Desarrollo Urbano del Estado de Baja California,
dispone entre otras cosas que para otorgarse la
autorización de las acciones de urbanización es
requisito indispensable que se deba de evaluar entre
otros aspectos (la integración y organización de la
estructura vial y de transporte), el urbanizador deberá
integrar debidamente urbanizada la vialidad
denominada Emilio Abreu Gómez, para el efecto de
que esta vialidad quede debidamente integrado al
circuito vial de bulevar reforma y bulevar zertuche, con
la finalidad de que se resuelva el transporte vehicular
en toda esa zona habitacional, por lo tanto se le
impone como condición al urbanizador para la
autorización de este fraccionamiento denominado
SAN BORJA RESIDENCIAL el que deberá de de
urbanizar de una manera total la referida vialidad para
que este quede conectada entre los bulevares
reforma y zertuche respectivamente, y se le concede
un plazo de un año contados a partir de la fecha de la
firma del presente acuerdo para que concluya la obra
en cuestión.- Atento a lo anterior, con fundamento en
el artículo 115 de la Constitución Federal, los
artículos 82 y 83 de la Constitución del Estado de
Baja California, los artículos 43 fracción IX,, 57
fracción XIX , de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Municipal del Estado de Baja
California, los artículos 1º., 11 fracción XX 147, 148,
150, 159, 162, 174, 15, de la Ley de Desarrollo
Urbano del Estado de Baja California, los artículos
2º., 35, 62, 88, y demás relativos del Reglamento
Interior del Ayuntamiento de Ensenada, Baja
California, la Comisión de Desarrollo Urbano y
Ecología, pone a consideración el presente
dictamen a éste H. Cabildo, solicitando muy
atentamente sea aprobado a tenor de los
siguientes puntos resolutivos:- PUNTOS RESOLUTIVOS,
PRIMERO : Se autoriza al URBANIZADOR para llevar a
cabo el Fraccionamiento Habitacional de tipo
Residencial para la promoción de construcción de
viviendas de interés medio, de los predios descritos en
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el considerando TERCERO de este Acuerdo, al que se
denominará Fraccionamiento “SAN BORJA
RESIDENCIAL”, sujeto a los proyectos que en este
mismo acto se firman, en los que resultan 152 lotes que
se dedicarán a uso habitacional unifamiliar con una
superficie de 19,786.830 m² ; 6 lotes que se dedicarán
a uso habitacional multifamiliar con una superficie de
28,095.948 m²; 1 lotes que se dedicarán a uso
comercial con una superficie de 2,568.222 m² ; 1 lote
destinado para equipamiento educativo con una
superficie de 1,585.166 m² ; 1 lote destinado para área
verde con una superficie de 1,584.898 m²; 4 lote como
área de donación con una superficie total de
5,202.734 m² para los usos o destinos que determine el
ayuntamiento de Ensenada Baja California; 4 lotes con
uso de paso de servicio con una superficie de
168.182 m² y la superficie de 11,008.001 m² como total
de vialidades. SEGUNDO: Para la transmisión de
propiedad, posesión, usufructo o aprovechamiento de
los lotes de terreno resultantes del FRACCIONAMIENTO
“SAN BORJA RESIDENCIAL”, EL URBANIZADOR deberá
cumplir previamente con los requisitos que establece
el Artículo 177 de la Ley de Desarrollo Urbano del
Estado, y obtener de la Secretaria de Administración
Urbana la constancia a la que se refieren los Artículos
109 y 110 del Reglamento de Fraccionamientos en
vigor, debiendo sujetar las escrituras correspondientes
a las siguientes condiciones:- a) Citar este Acuerdo y
su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del
Estado. b) Señalar claramente la infraestructura,
equipamiento y servicios urbanos con los que estarán
dotados los inmuebles que sean materia del contrato o
del convenio, de conformidad con este acuerdo.
c)Señalar claramente que los adquirientes de los
inmuebles, contraen la obligación de cooperar en el
costo de las obras que se realicen en beneficio directo
o indirecto del FRACCIONAMIENTO “SAN BORJA
RESIDENCIAL”, que no se señalen como obligatorias de
EL URBANIZADOR, debiendo hacer los pagos en la
forma y plazos que determine el organismo encargado
de realizarlas. d) Incluir las cláusulas restrictivas
necesarias para que no se varíen las dimensiones de
los lotes, ni el uso para el que hayan sido aprobados,
sin la autorización previa de la Secretaria de
Administración Urbana, así como para que se respeten
las servidumbres frontales establecidas.- Los Notarios
Públicos y demás fedatarios sólo podrán dar fe de los
actos, contratos o convenios relativos a la propiedad,
posesión, usufructo o aprovechamiento de los lotes
resultantes del FRACCIONAMIENTO “SAN BORJA
RESIDENCIAL”, previa comprobación de que sus
cláusulas se ajusten a lo establecido en este Acuerdo.-
Las escrituras correspondientes a los contratos o
convenios que se suscriban, deberán ser inscritas en el
Registro Público de la Propiedad y de Comercio. El
Registrador Público de la Propiedad y de Comercio,
sólo podrá inscribir los documentos respectivos previa
comprobación de estos requisitos. TERCERO: EL
URBANIZADOR deberá construir a su costa, las obras de
urbanización completas del FRACCIONAMIENTO “SAN
BORJA RESIDENCIAL”, conforme a los proyectos y
especificaciones aprobadas por la Comisión Estatal de
Servicios Públicos de Ensenada, Comisión Federal de
Electricidad, Dirección de Obras y Servicios Públicos y
la Secretaria de Administración Urbana y bajo la
supervisión de la autoridad competente, atendiendo
las condiciones que para el efecto señale la Dirección
General de Ecología del Estado, consistiendo estas
obras en: a) Red de distribución y abastecimiento de
agua potable, conectada al sistema de la ciudad, al
límite con vialidades de todos los lotes. b) Red de
drenaje sanitario, conectado al sistema de la ciudad,
al límite con vialidades de todos los lotes. c) Red de
electrificación. d) Red de alumbrado Público. f)
Sistema contra incendios. g) Guarniciones tipo “I“, “S”
y “L”, y andadores de banqueta de concreto
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hidráulico. h) Amojonamiento de manzanas, puntos de
control y deslinde de lotes. i) Placas metálicas de
señales y nomenclatura vial. j) Pavimento de concreto
asfáltico en el arroyo de calles, vertido en mezcla
caliente. k) Sistema de drenaje pluvial superficial. l)
Forestación y jardinado de áreas verdes.- Se concede
a EL URBANIZADOR un plazo de 24 meses, contados a
partir de la publicación de este Acuerdo en el
Periódico Oficial del Estado, para la ejecución de las
obras citadas, debiendo garantizar su terminación en
el plazo señalado, conforme al monto y condiciones
que determine la Secretaria de Administración Urbana.
Para las obras de edificación, se requerirá
invariablemente de la licencia de construcción
correspondiente, en los términos de la Ley de
Edificaciones vigente en el Estado. La autorización de
ocupación de las edificaciones quedará
condicionada a que EL URBANIZADOR acredite el
estricto cumplimiento de sus obligaciones. CUARTO: Es
obligación de EL URBANIZADOR, en los términos de los
Artículos 35, 70, 72, 77, 90, 92, 93 y 94 del Reglamento
de Fraccionamiento en vigor, y los Artículos 174 y 191
de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado, el otorgar y
ratificar contrato de donación gratuita, en un plazo no
mayor de 90 días hábiles contados a partir de la fecha
de publicación de este Acuerdo en el Periódico Oficial
del Estado, por los siguientes terrenos, libres de
gravamen o responsabilidad, debidamente
conformados y urbanizados: A) A favor del Gobierno
del Estado de Baja California:- 1. Lote número 7 de la
Manzana número 1 con superficie de 1,585.166 m²,
destinado a equipamiento educativo. B) A favor del H.
Ayuntamiento de Ensenada, Baja California:- 1. Lote
número 33 de la Manzana número 1 con superficie de
1,584.898 m², destinado para área verde. 2. Lote
número 15 de la Manzana número 1 con superficie de
853.705 m², destinado para el uso y destino que
determine el ayuntamiento. 3. Lote número 17 de la
Manzana número 1 con superficie de 1,707.405 m²,
destinado para el uso y destino que determine el
ayuntamiento. 4. Lote número 50 de la Manzana
número 1 con superficie de 1,462.398 m², destinado
para el uso y destino que determine el ayuntamiento.
5. Lote número 68 de la Manzana número 1 con
superficie de 1,179.226 m², destinado para el uso y
destino que determine el ayuntamiento. 6. La
superficie de 11,008.001 m², correspondiente al total de
vías públicas.- En la inteligencia de que con el
objeto de asegurar o garantizar, de que las áreas de
donación especificadas en los números 2, 3, 4, y 5
de éste aparado, tengan un mayor o mejor uso o
aprovechamiento de uso de suelo en beneficio de
esa zona habitacional, deberán ser incorporadas al
equipamiento urbano que se especifica en el
considerando número tres de este dictamen.
QUINTO: EL URBANIZADOR tendrá la obligación, no
obstante la presente autorización, de someterse
estrictamente a los lineamientos del reglamento de
fraccionamientos y demás ordenamientos legales
vigentes en la materia, siendo a su propia costa la
operación y mantenimiento de la infraestructura y
servicios urbanos, hasta que el fraccionamiento sea
recibido de conformidad por el H. Ayuntamiento de
Ensenada mediante el acta respectiva. SEXTO: EL
URBANIZADOR se obliga a hacer del conocimiento de
los adquirientes ó compradores el régimen interno bajo
el cual se constituirán así como los alcances y efectos
legales del mismo, esto deberá ser en la forma que
para estos quede más claro. SEPTIMO: El predio y
demás inmuebles materia del FRACCIONAMIENTO
“SAN BORJA RESIDENCIAL”, estarán conjuntamente
afectados a los fines de esta autorización y no podrán
ser enajenados o modificados si no es conforme a la
misma, ni podrán ser gravados para garantizar, a
nombre de EL URBANIZADOR, las obligaciones que se
señalan en este Acuerdo. OCTAVO: La presente
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autorización se otorga a EL URBANIZADOR con base en
los títulos de propiedad y antecedentes exhibidos y
citados, por lo que éste será responsable frente a los
adquirientes de lotes del FRACCIONAMIENTO “SAN
BORJA RESIDENCIAL”, por los defectos o vicios de
dichos títulos, o por cualquier otra causa que hiciere
impugnables tales derechos de propiedad. NOVENO:
La presente autorización se otorga a EL URBANIZADOR
como un derecho personalísimo y por lo tanto
intransferible, por lo que sólo surtirá efectos a favor de
su titular, para ceder o transferir estos derechos, así
como las obligaciones y responsabilidades que se le
señalan en este Acuerdo, se requiere la autorización
expresa del H. Ayuntamiento de Ensenada, cualquier
acto que implique cambio de titularidad de derechos,
incluyendo adjudicaciones a favor de terceros, traerá
como consecuencia la revocación de esta
autorización. DECIMO: La publicidad que se haga al
FRACCIONAMIENTO “SAN BORJA RESIDENCIAL” por
cualquier medio de difusión se referirá a la presente
autorización, por lo que será responsabilidad de EL
URBANIZADOR”, el dotar al FRACCIONAMIENTO con las
obras, servicios o atractivos que se mencionen en la
publicidad, aún cuando no se señalen expresamente
en los puntos de este acuerdo. UNDECIMO: El presente
acuerdo, junto con la memoria descriptiva de los lotes
debidamente verificada por la Secretaria de
Administración Urbana, deberá ser inscrito en el
Registro Público de la Propiedad y del Comercio, a
costa de EL URBANIZADOR. DUODECIMO: EL
URBANIZADOR deberá enterar en la Dirección de
Ingresos del Estado y en la Recaudación de Rentas
Municipal de Ensenada, Baja California, según
corresponda y previa a la publicación de este
Acuerdo en el Periódico Oficial del Estado, el monto
total de los derechos, cooperaciones y demás pagos
derivados de esta autorización, conforme a las
notificaciones que para el efecto expidan la Secretaría
de Infraestructura y Desarrollo Urbano del Estado y la
Secretaria de Administración Urbana.
Independientemente de los demás gastos que la
misma origine. DECIMO TERCERO: La Secretaria de
Administración Urbana será la encargada de verificar
el estricto cumplimiento de los puntos de este
Acuerdo, facultándose para:- a) Modificar los
proyectos aprobados cuando así lo requiera la
construcción y buen funcionamiento de la
infraestructura urbana, el establecimiento de
equipamiento urbano o por alguna otra causa de
utilidad pública. b) Proveer, en la esfera administrativa,
todo lo conducente para la interpretación y
aplicación correcta de este Acuerdo. c) Suspender sus
efectos cuando no se cumpla cualquiera de sus
puntos. d) Prorrogar el plazo señalado para terminar las
obras de urbanización, cuando así se justifique por
causas de fuerza mayor. f) Aprobar o negar la
transferencia de la titularidad de los derechos,
obligaciones y responsabilidades señaladas de este
Acuerdo. g) Aprobar o negar la modificación de
medidas y uso de lotes. h) Determinar el monto y
forma de la garantía de construcción de las obras de
infraestructura y los servicios urbanos que se
mencionan en el punto tercero de este Acuerdo, que
deberá otorgar EL URBANIZADOR. DECIMO CUARTO: La
Secretaria de Administración Urbana, una vez que
haya verificado lo que para el efecto proceda,
expedirá la constancia respectiva a fin de que los
fedatarios autoricen los actos, contratos y convenios
relativos a la propiedad, posesión, usufructo o
cualquier otra forma jurídica de tenencia de los lotes
resultantes del FRACCIONAMIENTO “SAN BORJA
RESIDENCIAL” y la Dirección del Registro Público de la
Propiedad y de Comercio haga la inscripción de los
títulos correspondientes, aún los suscritos en
documento privado. DECIMO QUINTO: Comuníquese
este Acuerdo a la Secretaría de Infraestructura y
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Desarrollo Urbano del Estado, Oficialía Mayor de
Gobierno, Secretaría de Finanzas, Dirección del
Registro Público de la Propiedad y de Comercio,
Comisión Estatal de Servicios Públicos de Ensenada,
Secretaria de Administración Urbana, Dirección de
Obras y Servicios Públicos Municipales, Recaudación
de Rentas Municipal, Oficialía Mayor del H.
Ayuntamiento de Ensenada, Baja California y a EL
URBANIZADOR. DECIMO SEXTO: En los términos del
considerando quinto del cuerpo de esta resolución se
le impone al fraccionador como condición para la
presente autorización de este fraccionamiento
denominado SAN BORJA RESIDENCIAL el que deberá
conectar la vialidad denominada Av. Ermilo Abreu
Gómez, con el Blvd. Reforma y Blvd. Zertuche
debidamente urbanizado por completo la citada
vialidad, para el efecto de que quede totalmente
integrado al circuito vial de los Blvds. Reforma,
Zertuche y Lázaro Cárdenas respectivamente y se le
concede para esos efectos un plazo de 1 año
contados a partir de la fecha del presente acuerdo.
DECIMO SEPTIMO: Este Acuerdo surtirá sus efectos a los
ocho días hábiles contados a partir de su publicación
en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del
Estado de Baja California, la cual se hará a costa de EL
URBANIZADOR. Se instruye al C Presidente Municipal,
para que ordene la publicación correspondiente.
DECIMO OCTAVO: Se propone que se apruebe que
todo el sistema de alumbrado público que se instale
en éste fraccionamiento SAN BORJA RESIDENCIAL,
sea con lámparas de sodio de baja presión, con las
características especificadas en el considerando
número 4 de éste dictamen.- La votación fue la
siguiente: - Doce votos a favor, correspondientes al
Síndico Procurador, Isaac Chapluk Pabloff y a los
Regidores, Ernesto Pedrín Márquez, Ricardo Lomelí
Sedano, Georgina Posada Aparicio, María Nélida
Pelayo Ponce, Jesús Salvador Abarca Macklis, José
Felipe Romero Guzmán, Arnoldo Carlos García
Guerrero, Rocío López Gorosave, Gilberto Flores
Muñóz, Orlando Toscano Montaño y al Presidente
Municipal, César Mancillas Amador. Tres ausencias
justificadas correspondientes a los CC. Regidores,
Alfonso Talavera Hernández, Adela Lozano López y
Armando Reyes Ledezma.- - El Secretario Fedatario
procede a desahogar el punto SEXTO del Orden del
Día correspondiente a Proyectos de Acuerdos o
Iniciativas de los Integrantes del Ayuntamiento; el
Asunto No. 1, Presentación que hace al Pleno del
Cabildo el C. Presidente Municipal, para turnarse a la
Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología, Coordinada
por el C. Regidor, Arnoldo Carlos García Guerrero, para
que emita el dictamen correspondiente de la Solicitud
de la C. Ana Kesia Arredondo Esquivel, de cambio de
uso de suelo en el condominio La Gaviota Número 1
del Fracc. Pórticos del Mar, ubicado en Calles Paseo
Pacífico y Lázaro Cárdenas No. de Casa 1007/59 con
una superficie de 2.40 metros por 8 metros
aproximadamente, para el establecimiento de un local
comercial.- -El Presidente Municipal somete a votación
que se turne a Comisión de Desarrollo Urbano y
Ecología, la solicitud de la Ana Kesia Arredondo
Esquivel, de cambio de uso de suelo.- - Se aprobó por
unanimidad de votos de los munícipes presentes del
XVIII Ayuntamiento Constitucional de Ensenada, Baja
California, se turne a la Comisión de Desarrollo Urbano
y Ecología, Coordinada por el C. Regidor, Arnoldo
Carlos García Guerrero, para que emita el dictamen
correspondiente, de la Solicitud de la C. Ana Kesia
Arredondo Esquivel, de cambio de uso de suelo en el
condominio La Gaviota Número 1 del Fracc. Pórticos
del Mar, ubicado en Calles Paseo Pacífico y Lázaro
Cárdenas No. de Casa 1007/59 con una superficie de
2.40 metros por 8 metros aproximadamente, para el
establecimiento de un local comercial. - La votación
fue la siguiente: - Doce votos a favor, correspondientes
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al Síndico Procurador, Isaac Chapluk Pabloff y a los
Regidores, Ernesto Pedrín Márquez, Ricardo Lomelí
Sedano, Georgina Posada Aparicio, María Nélida
Pelayo Ponce, Jesús Salvador Abarca Macklis, José
Felipe Romero Guzmán, Arnoldo Carlos García
Guerrero, Rocío López Gorosave, Gilberto Flores
Muñóz, Orlando Toscano Montaño y al Presidente
Municipal, César Mancillas Amador. Tres ausencias
justificadas correspondientes a los CC. Regidores,
Alfonso Talavera Hernández, Adela Lozano López y
Armando Reyes Ledezma.- - El Secretario Fedatario
procede a desahogar el punto SEPTIMO,
correspondiente ASUNTOS GENERALES.- - El Presidente
Municipal expone, este año vamos atraer una buena
cantidad de recursos y listados de proyectos que el
otro día platicamos en la comida que tuvimos, son
muchos, vamos a buscar la manera de buscar mas
recursos, para poderlos terminar, y algunos de ellos
que traíamos para 3 años, vamos a buscar la manera
de que se terminen antes, es muy importante que
cada uno de los regidores pudiera junto con un
ciudadano, que estamos invitando en las mesas de
eficiencia y que hemos venido trabajando todo este
año, para que digamos pudieran capitanear estos
proyectos, si bien es cierto, la función de un regidor es
legislativa, normativa, pero también es muy bueno,
que nos pudiéramos involucrar en cada uno de estos
proyectos, no es todos, porque son muchísimos, pero si
alguien quiere entrar alguno de los proyectos para
darle seguimiento, la intención es de que este
ejecutivo de cuenta por parte de la sociedad y uno
por parte del cabildo, es que le podamos quitar las
posibles piedras en el camino, porque aquí el reto va
ser, como le vamos hacer para ejercer el recurso en
tan poco tiempo, porque se nos acumularon ejercicio
2005, obra adelantada 2006 y vienen todavía el
recurso 2006 y es muchísimo trabajo, por eso pediría
que en una reunión posterior fuera de cabildo, cada
quien que diga que proyecto quiere capitanear,
también hace mucha falta, por ejemplo en el Zertuche
hace falta que alguien vaya y concilie con los vecinos,
primero que nos dejen pasar sin necesidad de llegar a
un pleito legal, otra las derramas que se tienen que
hacer a la zona, mientras mas rápido nos ayude la
gente participando con lo que les toca, vamos
avanzar, ustedes ya saben cuales son los proyectos,
vayan pensando en cual pudieran involucrarse.- - El
Regidor Gilberto Flores Muñóz menciona, miren yo
quisiera solicitar al ejecutivo municipal, que tuviéramos
una presentación de toda la inversión pública que va
hacer el gobierno federal y municipal para este año,
de tal manera que estuviéramos nosotros informados
que hace uno y que hace otro orden de gobierno,
sobre todo mantener la mayor coordinación entre los 3
ordenes de gobierno, es algo importante, que urge
conocer la inversión pública federal, estatal y
municipal, el otro asunto es de que el año pasado
previo a la autorización de los Programas del Ramo 33,
planteamos la necesidad y acordamos la necesidad
de adquirir un consultorio doble para consulta general
y dental, movible, con el objeto de mejorar el trabajo
de atención médica del programa de Vive con
Sentido, en las colonias populares y rurales, ya les di
toda la información de uno de los proveedores, y yo
creo que seria de mucho alivio, de soporte, para la
atención medica, y el otro asunto es que hemos
estado revisando, ya que se acordó y aprobó realizar
algunos sistemas de alumbrado público de la zona
urbana y rural, instalación de lámparas y va muy lento
el programa, le encargo que se revise, porque ya
estamos en otro año programático.- - El Presidente
Municipal agrega, aquí abría que aclarar el punto, no
se si afortunada ó desgraciadamente, pero nos
tardamos mucho en la decisión municipal,
precisamente por algunos asuntos que tuvimos que ver
antes del Consejo de Desarrollo Social Municipal, nos
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tardamos como tres meses, pero hasta eso que el
gobierno estatal y federal, nos esperaron, las lámparas
apenas están llegando, eso ha sido una situación que
se esta dando en estos momentos, pero ahora se nos
va a cumular, y como le vamos hacer para instalarlas
en el menor tiempo posible, se nos van a cumular con
las de este año, por eso les digo que vamos a tener
que hacer un esquema de trabajo muy fuerte, va
tener que ser muy operativo, este año fue un poquito
de ver como íbamos a entrar, algunos ya teníamos
experiencia, otros no tanto y a veces hay rigidez,
pueden ser cuestiones personales ó también políticas,
no lo dudo, pero si debe haber la confianza y hay la
confianza, para que todos los proyectos y programas
se conozcan, eso es definitivo.- - La Regidora Rocio
López Gorosave menciona, quiero aprovechar este
punto de asuntos generales, para hacer unos
comentarios, uno es de que me gustaría que en este
año se reanudaran las sesiones ordinarias que
habíamos acordado que se iban a llevar a cabo en las
diferentes delegaciones, porque el año pasado
empezamos muy bien, pero se detuvieron, otro, me
gustaría que en el orden del día de las sesiones, se
incluyera un punto que fuera el seguimiento de
acuerdos, hay varias sesiones en que se mandan a
comisión ó se mandan a revisión, y se quedan en el
olvido, entonces creo que es importante que después
de una reunión ordinaria a la siguiente veamos
resultados de que paso con los acuerdos que se
tomaron en la sesión anterior.- - El Presidente Municipal
indica que así se hará, se reanudaran las sesiones en
las delegaciones, a continuación da uso de la voz al C.
Ramiro Núñez Díaz, Administrador de Auto transportes
del Valle, S.A. de C.V.- - El C. Ramiro Núñez Díaz
expone, que trabaja el transporte de personal, el
Presidente Municipal la semana anterior que estuvimos
con el, mencionaba que se mando a comisión lo de
la creación para el consejo regional de transporte
para San Quintín, hay ya un consejo municipal, de
echo participamos en las mesas de trabajo en San
Quintín desde el inicio de su administración y cuando
se instaló hace 10 días, lo que es la mesa de eficiencia
administrativa, se incluyo también dentro de desarrollo
urbano lo que es el transporte, estamos de acuerdo
con lo que se ha comentado en cuanto a que no
debemos de andar cada quien donde quiera, si no
que debemos de estar regulados, y le apostamos al
echo de que por donde circulamos los camiones
nosotros también como transportistas aportemos algo,
a la mejor no pavimentemos, pero si aportamos algún
tipo d granito, algo que haga que las calles estén un
poco mejor y si es muy importante para nosotros que el
concepto regional se instale en lo que es San Quintín,
porque hemos participado ya en el consejo municipal,
pero nos damos cuenta de que cuando se toca el
tema Ensenada, es una hora, hora y media ó hasta dos
horas donde un tema estamos escuchando y cuando
se toca el tema San Quintín es otra hora donde los de
Ensenada nada mas nos están escuchando, son
problemáticas muy diferentes definitivamente, San
Quintín el problema es el transporte de personal, sin
omitir claro los de ruta también, en Ensenada se
invierte, es el transporte de ruta, creemos nosotros que
si trabajamos en conjunto somos mas eficientes, mas
eficaces, en Ensenada que se vea el asunto de
Ensenada y en San Quintín, que se vea el asunto de
San Quintín, y estamos dispuestos a trabajar, siempre
hemos dicho que lo mejor que podemos hacer es el
cumplimiento de la ley, le apostamos a eso, nosotros
queremos que se cumpla con la ley y queremos
ayudar en ello, nada mas que queremos nosotros a
reserva de lo que el IMIP diga, si todos los que estamos
somos suficientes ó somos demás, creemos que somos
mas en la actualidad, ya nos fuimos al exceso, esto
deja de ser negocio y si queremos unidades nuevas,
unidades en buen estado y que se cumpla con todos
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Acta de Sesión
ordinaria de
Cabildo del 04 de
Enero del 2006
XVIII Ayuntamiento Constitucional de Ensenada B.C. 2004 – 2007
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los requisitos, debe de ser negocio, en la actualidad,
no es negocio el transporte de personal de San
Quintín, hay gente que dice que sí, Señor Presidente lo
hemos comentado, tenga cuidado con los que somos
o son líderes, porque en ocasiones nos dejamos llevar
por las cuotas, a veces es mas importante para los que
manejan un grupo tener no 20, no 30, si no que
muchos mas, porque ingresa mas dinero y cuando nos
hay una buena administración, a mí lo que me interesa
es que llegue dinero al gremio, al grupo, en el caso
nuestro tenemos una buena administración, sin que
sea parte del requisito, estamos dispuestos a
presentarla ante ustedes, el día que lo deseen, no hay
problema, no tenemos nada que ocultar, todos los
ingresos que tenemos están fiscalizados, no nos
preocupa, desde el primer día lo hemos dicho, para
puntualizar y dejar esto bien, es la intención de que el
consejo regional sea una realidad y que participemos
todos los transportistas en ello en San Quintín.- - El
Presidente Municipal menciona, la última sesión les
presente una propuesta, de que pudiéramos formar el
subcomité, en San Quintín, por lo que dice Ramiro, es
totalmente cierto, en las reuniones que se hacen aquí,
la mayor parte del tiempo se aplica para el problema
de la zona urbana y conurbada, y la realidad en San
Quintín, pues es otra, si pediría que la comisión lo mas
pronto posible lo pueda bajar en la siguiente sesión, y
que pudiéramos autorizar que se forme el subcomité
de San Quintín, y aprovechando su presencia le
comunico que estamos haciendo una cita con el IMIP
de León, Guanajuato, para que nos reciban el día
lunes 16 de Enero, para que ojalar pueda ir un
representante por cada una de las líneas, que veamos
la experiencia y hagamos una ruta para que este
estudio salga lo mas pronto posible, regularizar a los
que sea mas justo y necesario, poner un topo, un limite
de concesiones que vayamos a otorgar, para que esto
sea realmente un negocio para ustedes y su familia,
para luego poder pedir la modernización, si no, como
vamos a pagar los camiones, si no es negocio,
entonces eso nos queda muy claro, también ver lo de
la otra vialidad, lo de los bulevares, que tratamiento le
vamos a dar, hay muchas cosas que ver y si le pediría
a la comisión que lo defina lo mas pronto posible.- - El
Regidor Ernesto Pedrín Márquez menciona, hemos
estado comentando el Regidor Toscano y un servidor,
de este asunto y otro mas que se nos turno a las
comisiones conjuntas, mañana vamos a tener reunión,
lo vamos a bajar a la comisión, entre el 15 y el 20 a
mas tardar, ó entre el 13 y el 18 vamos a tener reunión
del Consejo Municipal de Trasporte, para ir avanzando
sobre este tema y pensamos que en un tiempo
razonable podrá estar el marco jurídico para poder
crear el consejo regional de transporte ó un organismo
análogo que se dedique a analizar la problemática de
la región de San Quintín y los poblados cercanos, para
ampliar información.- - No habiendo mas
intervenciones, el Presidente Municipal declara
clausurada la sesión, en cumplimiento del último Punto
del Orden del Día, siendo las doce horas con diez
minutos del día Cuatro del mes de Enero del año Dos
Mil Seis, firmando para constancia de la presente los
Munícipes que intervinieron en la sesión, en presencia
del Secretario Fedatario, quién da fe de ello. - - - - - - - -
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LIC. JULIO CESAR ARENAS RUIZ
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